LA GACETA N° 114 DEL 26 DE
JUNIO DEL 2023
PODER LEGISLATIVO
ACUERDOS
DOCUMENTOS
VARIOS
GOBERNACIÓN Y
POLICÍA
HACIENDA
AGRICULTURA Y
GANADERÍA
SALUD
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE
ELECCIONES
EDICTOS
AVISOS
CONTRATACIÓN PÚBLICA
LICITACIONES
AVISOS
REGLAMENTOS
UNIVERSIDAD TÉCNICA
NACIONAL
MUNICIPALIDADES
REMATES
AVISOS
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD DE COSTA
RICA
INSTITUTO
TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
PATRONATO NACIONAL
DE LA INFANCIA
AUTORIDAD REGULADORA
DE LOS SERVICIOSPÚBLICOS
INSTITUTO NACIONAL
DE ESTADÍSTICA
Y CENSOS
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
SEGURIDAD PÚBLICA
INSTITUTO DE
DESARROLLO RURAL
AVISOS
MUNICIPALIDADES
N° 6978-23-24
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
De conformidad con
lo que disponen el inciso 2 3) del artículo 121 de la Constitución Política y
los artículos 90 y 91 del Reglamento de la Asamblea Legislativa
ACUERDA:
Artículo único. Modificar la integración de la Comisión Especial de la Provincia de
Cartago, que se encargará del análisis, investigación, estudio, dictamen y
valoración de las recomendaciones pertinentes en relación con la problemática
social, económica, empresarial, agrícola, turística, laboral y cultural de la
provincia de Cartago, con el objetivo de estimular el desarrollo de la pequeña
y mediana empresa, fomentando nuevos empleos y mejorando las condiciones
socio-económicas de los pobladores de dicha provincia, incluyendo el estudio de
toda la legislación referente y el dictamen de expedientes de ley, integrada
mediante Expediente Legislativo N° 23.116, Acuerdo Legislativo 6921-22-23.
Por tanto, el segundo párrafo de la moción
de creación de dicha Comisión, aprobada en la sesión ordinaria del 16 de mayo
de 2022, se leerá de la siguiente manera:
“La Comisión
Especial estará integrada por siete diputados y diputadas de la siguiente
manera: tres del Partido Liberación Nacional, uno del Partido Unidad Social
Cristiana, uno del Partido Liberal Progresista, uno del Partido Progreso Social
Democrático, y uno del Frente Amplio”.
San José, a los
seis días del mes de junio de dos mil veintitrés.—Rodrigo Arias Sánchez,
Presidente.—María Marta Carballo Arce, Primera Secretaria.—Manuel Esteban
Morales Díaz, Segundo Secretario.—1 vez.—O.C. N° 22029.—Solicitud N° 438156.—(
IN2023784398 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISO
El Registro
Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional
de Desarrollo de la Comunidad (DINADECO), hace constar: Que la Unión
Cantonal de Asociaciones de Poas de Alajuela, código de registro 1174. Por
medio de su representante: Marco Vinicio Valverde Solís, cédula número
204950060 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al
estatuto: Artículo 20: Para que en adelante se lea: La Junta Directiva es el
órgano encargado de dirigir, orientar la marcha de la unión, atendiendo las
reglas establecidas en este estatuto y a los acuerdos de la asamblea general,
estará integrada por siete miembros un presidente, un vicepresidente, un
secretario, un tesorero y tres vocales que serán nombrados en el seno de la
asamblea general en votación secreta, pública, individual y por mayoría de
votos o por papeleta. Podrán quedar máximo tres representantes de una misma
asociación de desarrollo de la junta directiva. Durarán dos años en sus
funciones y podrán ser reelectos indefinidamente, siempre y cuando así lo
decida la asamblea. Se nombrarán tres miembros directivos suplentes. En el
mismo acto de nombramiento de la junta directiva se nombrará la fiscalía
integrada por un miembro que deberá reunir los mismos requisitos establecidos
para ser miembro de la junta directiva y podrá ser reelecto.
Artículo 21: Para
ser miembro de la junta directiva se requiere:
a) Ser vecino de la jurisdicción que abarca la
asociación y tener al menos seis meses de estar afiliado a una asociación.
b) Ser mayor de edad.
c) Estar presente en la
asamblea donde se haga su elección.
d) Ser costarricense por
nacimiento o naturalización y/o extranjero documentado con estatus legal.
Dicha reforma es visible a folios 54-55
del libro de actas de la organización comunal en
mención, así mismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general
ordinaria de afilados celebrada el día 15 de
abril del 2023.
En cumplimiento de lo establecido en los
artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la
Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el termino de ocho días
hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública
o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que
estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a
esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las quince horas del
veinticuatro de mayo del dos mil veintitrés.—Departamento de Registro.—Licda.
Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—( IN2023783083 ).
DIRECCIÓN GENERAL DE
TRIBUTACIÓN
De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo
174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se concede a las
entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de
intereses difusos, un plazo de diez días hábiles contados a partir de la
primera publicación del presente aviso, con el objeto de que expongan su
parecer respecto del proyecto de decreto denominado: “Adiciones al Reglamento
de la Ley Del Impuesto sobre el Valor Agregado, Decreto Ejecutivo N°41779-H
sobre la aplicación de la tarifa reducida a los productos agropecuarios o
agroindustriales orgánicos de producción nacional”. Las observaciones sobre el
proyecto de referencia deberán expresarse por escrito y dirigirlas a la
dirección electrónica: TributacionInter@hacienda.go.cr. Para los efectos
indicados, el citado Proyecto se encuentra disponible en el sitio web: https://www.hacienda.go.cr/ProyectosConsultaPublica.html, sección “Proyectos en Consulta Pública” de la Dirección General de
Tributación.—San José, a las nueve horas del cinco de junio de dos mil
veintitrés.—Rudolf Lucke Bolaños, Director
General de Hacienda.—Mario Ramos Martínez, Director General de
Tributación.—O.C. N° 4600072511.—Solicitud N° 441565.—( IN2023790703 ). 2
v. 1.
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
AVISOS
N° DMV-RGI-R-996-2023.—El(La) señor(a) Esteban Mata
Paniagua, documento de identidad N° 4-0173-0786, en calidad de regente
veterinario de la compañía Ingeniería Verde S. A., con domicilio en Barreal de
Heredia, 100 metros al oeste de la plaza de deportes, multicomercial Baden,
bodega N° 48, Heredia, CR., Costa Rica, solicita el registro del producto
veterinario del grupo 3: Kit de diagnóstico frente a PRRS OF, fabricado por
IDEXX Switzerland GmbH, de Suiza, con la composición y componentes: placa con
antígeno PRRSV, control positivo, control
negativo, conjugado (1x60mL), diluyente de la muestra (1x120mL) y las
instrucciones de uso: prueba de diagnóstico rápido de síndrome viral
respiratorio y reproductivo del cerdo. La información del producto cumple con
lo requerido en el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.51:18.
Medicamentos Veterinarios, Productos Afines y sus Establecimientos. Requisitos
de Registro Sanitario y Control (Decreto Ejecutivo Nº 42965-COMEX-MEIC-MAG). Se
cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta
Dirección dentro del término de 5 días hábiles contados a partir del día
siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia,
a las 11 horas del 29 de mayo del 2023.—Dra. Miriam Jiménez Mata, Directora.—1
vez.—( IN2023782642 ).
N° 17-2023.—El(la) doctor(a), Caludia Re Huezo, número
de documento de identidad 8-0663-0991, vecino(a) de Heredia en calidad de
regente de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Claudia Re Huezo, con
domicilio en Heredia, de acuerdo con el
Decreto Ejecutivo N° 42965-COMEX-MEIC-MAG
“Medicamentos Veterinarios y Productos Afines. Requisitos de Registro
Sanitario y Control” y sus reformas, solicita el registro del siguiente
medicamento veterinario o producto afín del grupo 3: Toracard, fabricado por
Holliday-Scott S. A. de Argentina, con los siguientes principios activos:
torasemida 0.6 g/100 ml y las siguientes indicaciones: para el tratamiento de
la insuficiencia cardiaca congestiva en perros. Se cita a terceros con derecho
oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5
días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este
edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 07 horas del día
19 de mayo del 2023.—Dra. Miriam Jiménez Mata.—1 vez.—( IN2023783619 ).
DMV-RGI-R-1038-2023.—El(La)
señor(a) Andrea Tatiana Esquivel Sánchez, documento de identidad número
1-1519-0129, en calidad de regente veterinario de la compañía Grupo EGM S.A,
con domicilio en Cartago, Cartago, San Nicolás, La Lima. Ofibodegas La Lima, de
Laboratorios Stein 50 m oeste, Bodega Nº3,
Costa Rica, solicita el registro del producto veterinario del grupo 3:
Closbutil, fabricado por Innopharma S. de RL de C.V., de México, con los
principios activos: crospovidona 2 g/5 g, N-Butil bromuro de hioscina 3 mg/5 g,
clonixinato de lisina 100 mg/5 g y las indicaciones terapéuticas: coadyuvante en el tratamiento de trastornos
intestinales originados por alteraciones de la ósmosis, secreción, permeabilidad
o la motilidad, provocada por diversas causas en caninos domésticos. La
información del producto cumple con lo requerido en el Reglamento Técnico
Centroamericano RTCA 65.05.51:18. Medicamentos Veterinarios, Productos Afines y
sus Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control (Decreto Ejecutivo
Nº 42965-COMEX-MEIC-MAG). Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial “La Gaceta”.—Heredia, a las 14 horas del día 31 de mayo
del 2023.—Dra. Miriam Jiménez Mata, Directora.—1 vez.—( IN2023784121 ).
N°
22-2023.—El(la) doctor(a) Rafael Ángel Herrera Herrera, número de documento de
identidad 4-0103-1358, vecino(a) de Heredia, en calidad de regente de la
compañía Herrera y Elizondo S. A., con domicilio en Heredia, de acuerdo con el
Decreto Ejecutivo N° 42965-COMEX-MEIC-MAG “Medicamentos Veterinarios y
Productos Afines. Requisitos de Registro Sanitario y Control” y sus reformas,
solicita el registro del siguiente medicamento veterinario o producto afín del
grupo 3: Vitalflex, fabricado por Suandre Ltda. para Unimedical del
Uruguay de Uruguay, con los siguientes principios activos: Ácido hialurónico 20
mg/comprimido, glucosamina sulfato 628.4 mg/comprimido, condroitin sulfato
111.1 mg/comprimido, sulfato de manganeso 0.33.3 mg/comprimido, y las
siguientes indicaciones: Condroprotector y regenerador articular para uso en
perros. Se cita a terceros con derecho oponerse, para que lo hagan valer ante
esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día
siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial “La Gaceta”.—Heredia,
a las 18 horas del día 07 de junio del 2023.—Dra. Miriam Jiménez Mata,
Dirección de Medicamentos Veterinarios.—1 vez.—( IN2023784306 ).
El doctor, Javier
Molina Ulloa, número de documento de identidad 1-0543-0142, vecino de San José
en calidad de regente de la compañía Molimor JS S. R. L., con domicilio en San
José, de acuerdo con el Decreto Ejecutivo N° 42965-COMEX-MEIC-MAG “Medicamentos
Veterinarios y Productos Afines. Requisitos de Registro Sanitario y Control” y
sus reformas, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario o
producto afín del grupo 3: Antianémico para Terneros, fabricado por Allignani
Hnos. S. R. L. de Argentina, con los siguientes principios activos: tiamina
clorhidrato 10 g/100 ml, cianocobalamina 0.02 g/100 ml, gluconato de hierro 1
g/100 ml, gluconato de cobalto 1 g/100 ml y las siguientes indicaciones: como
suplemento vitamínico y mineral para uso en vacas. Se cita a terceros con
derecho oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del
término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a
las 18:00 horas del día 05 de junio del 2023.—Dra. Miriam Jiménez Mata.—1
vez.—( IN2023784309 ).
INSTITUTO SOBRE ALCOHOLISMO
Y FARMACODEPENDENCIA
ACUERDO
Para lo que
corresponda, les comunico el Acuerdo N° 3 Firme tomado por la Junta Directiva en su Sesión Ordinaria N° 16-2023, el pasado jueves 15 de junio del presente año:
ACUERDO 3:
designar los puestos de la Junta Directiva del Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia de la siguiente
manera: señor Juan Antonio Calderón Rodríguez,
Presidente; señora María del Rocío Monge Quirós, Secretaria; señora Tannia
Solano Ortiz, Tesorera; señor Jorge Enrique Araya Madrigal, Vocal I; señor José
Miguel Gómez Chavarría, Vocal II; señor Javier Alexander Rojas Elizondo, Vocal
III; señor José Eduardo Carvajal Obando, Vocal IV. Rige por un año a partir del
23 de junio de 2023.
Acuerdo firme. Aprobado por unanimidad.
Leonidas Ramírez Villalobos, Subproceso Adquisición Bienes y Servicios a.í.—1 vez.—O.C. N° 5640.—Solicitud N° 441788.—( IN2023790715 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
Para ver las marcas con sus respectivas imágenes solo en La Gaceta con formato PDF
Solicitud No.
2023-0003587.—María de la Cruz Villanea Villegas,
casada dos veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderado
especial de C.A. Mejía & Cía S.A.S. con domicilio en VDA Belén km. 38 aut.
med. Bogotá, Marinilla, Antioquia, Colombia, solicita la inscripción
como marca de
fábrica y comercio en clase 6 internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 6: Estoperoles. Reservas: De los colores; rojo, blanco,
negro, gris Fecha: 4 de mayo de 2023.
Presentada el: 20 de abril de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de
los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. 4 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art.
28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro
González, Registrador.—( IN2023780513 ).
Solicitud Nº
2023-0004823.—Rodrigo de Jesús Blanco Fernández, en
calidad de Apoderado Especial de Chat Studio S. A., cédula jurídica 3-101-698722
con domicilio en San José, Montes De Oca, San Rafael, Urbanización Maruz,
segunda casa a mano izquierda, 1414, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción
como marca de
comercio y servicios en clase: 43. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 43: Un establecimiento móvil, modalidad “food truck” o
“camión de comida”, para prestar servicios de preparación y expendio de
alimentos y bebidas para el consumo humano. Reservas: Imagen de un tenedor y un
cuchillo en blanco, sobre un fondo verde asemejando la cinta de una película;
la palabra “Food” en color anaranjado y la palabra “FLIX” en color rojo. Se
hace constar que la palabra “Food” significa “comida”; y la palabra “Flix” no
tiene traducción al español. Fecha: 29 de mayo de 2023. Presentada el: 25 de
mayo de 2023. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 29 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2023780611 ).
Solicitud N° 2023-0004405.—Ana Maria Aymerich Segovia, cédula de identidad 117840250, en calidad de Apoderado
Especial de EMET S. A. con domicilio en ciudad de Panamá, Bella Vista, calle 43
este, Belle View 23 A, Panamá, Panamá, solicita la inscripción
como marca de
comercio en clase 25 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 25: Ropa de shorts para la playa y aptos para la práctica del surf.
Fecha: 25 de mayo de 2023. Presentada el: 12 de mayo de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 25 de mayo de
2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en
una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2023780820
).
Solicitud Nº
2023-0004490.—Cristina López Garnier, casada,
cédula de identidad 111520941, en calidad de Apoderado Especial de Novogar
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101693063 con domicilio en Escazú Distrito
San Rafael, Centro Corporativo El Cedral, Edificio Integra Legal, Torre Uno,
quinto piso, Oficinas Bufete Integra Legal, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción:
como nombre
comercial en clase(s): internacional(es), para proteger y distinguir lo
siguiente: en Un establecimiento comercial dedicado a condominio residencial.
Ubicado en Heredia, San Francisco, del Mas x Menos de San Francisco, 200 metros
sur y 200 metros sureste, frente al Condominio Bosques de Velarde. Reservas:
reserva colores, rojo, negro y blanco. Fecha: 29 de mayo del 2023. Presentada
el: 16 de mayo del 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 29 de mayo del 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registrador(a).—(
IN2023780834 ).
Solicitud Nº
2023-0004947.—Roberto Ruffin Murillo, cédula de
identidad 114450525, en calidad de Apoderado Especial de Cemaco Internacional
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101070993, con domicilio en: San José-San José - Sabana Oeste, de la esquina sur de Teletica Canal Siete,
trescientos cincuenta metros al oeste, contiguo al Supermercado Palí, 10108, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción
como nombre
comercial, para proteger y distinguir lo
siguiente: establecimiento comercial dedicado a la venta de productos de
alimentación, baño, cuidado, seguridad, lactancia, ropa y artículos para bebés.
Se usará para la venta de productos para bebés, ropa, accesorios y zapatos
según la Clasificación Niza 25; juegos y juguetes según la clasificación Niza
28, Ubicado en: 1) San José, Sabana Oeste, de la esquina sur de Teletica Canal
Siete, trescientos cincuenta metros al oeste contiguo a la tienda CEMACO, 2) en
Alajuela: Centro Comercial City Mall, primer nivel frente a CEMACO, 3) San José
-Zapote contiguo a la Rotonda de la Garantía Sociales en Plaza CEMACO. Fecha:
31 de mayo de 2023. Presentada el: 29 de mayo de 2023. San José. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 31 de mayo de
2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en
una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2023780883
).
Solicitud N° 2023-0004821.—Kendal David Ruiz Jiménez, en calidad
de apoderado especial de Asociación Solidarista de Empleados de Align Technology
de Costa Rica y Afines, con domicilio en Heredia, Belén, del Hotel Marriot,
150 metros al este San Antonio, Business Park. Edificio Aling, Torre 2, 40702,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción:
como marca de
comercio en clases: 3; 25 y 28 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 3: productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales, productos de
perfumería, aceites esenciales; preparaciones para blanquear y otras sustancias
para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, fregar y raspar; en
clase 25: prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería; en clase 28:
juegos y juguetes; aparatos de videojuegos; artículos de gimnasia y deporte.
Fecha: 29 de mayo de 2023. Presentada el: 25 de mayo de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de
mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista
en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la
protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2023780947 ).
Solicitud Nº
2023-0004702.—María Monserrat Soto Roig, cédula de
identidad 112920641, en calidad de Apoderado Especial de Profármaco S. A.,
identificación NIFA 59168203 con domicilio en CL Numancia, número 187, P.5,
08034, Barcelona, España, solicita la inscripción de: MEDARIL DUO, como
marca de fábrica en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y
veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y
sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés;
complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para
apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes;
productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Fecha: 24 de
mayo del 2023. Presentada el: 22 de mayo del 2023. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 24 de mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen,
Registradora.—( IN2023780957 ).
Solicitud Nº 2023-0004313.—Lothar Arturo Volio Volkmer, casado una vez, cédula de identidad N° 109520932, en calidad de
apoderado especial de Laboratorio Aldo-Unión, S.L. con domicilio en Calles
Baronesa de Maldá, 73 08950 Espulgues De Llobregat, Barcelona, España, solicita
la inscripción de: VENTODUO como marca de comercio en clase 5.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos
farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos
higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para
uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para
personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes
e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos;
fungicidas, herbicidas. Fecha: 01 de junio de 2023. Presentada el 11 de mayo de
2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 01 de junio de 2023. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando
la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en
ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2023781432 ).
Solicitud Nº 2023-0000818.—Erika María Vázquez Boza, Cédula de identidad 107150787, en calidad de Apoderado Especial de
Aventuras H Dos O Sociedad Anónima, Cédula jurídica 3101316594 con domicilio en
Distrito Zapote Barrio Córdoba, Contiguo Al Centro Comercial, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción
como Marca de
Servicios en clase(s): 41. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 41: Caminatas y yoga. Fecha: 29 de mayo de 2023. Presentada
el: 1 de febrero de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de
mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita,
Registrador(a).—( IN2023781674 ).
Solicitud No. 2023-0004970.—Gerardina Fonseca Zúñiga, mayor, jubilada, casada una vez con domicilio en Barrio
Valverde, 25 metros norte del templo católico, 11901, San Isidro, Costa Rica,
solicita la inscripción
como Marca de
Fábrica y Comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 5: Detergente de lavar ropa, jabón de manos, jabón de lavar
platos y jabón de baño. Reservas: verde. Fecha: 1 de junio de 2023. Presentada
el: 30 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 1 de junio de 2023. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2023781681 ).
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
Solicitud Nº
2023-0003839.—Ronaldo Ignacio Rojas Chaves,
soltero, cédula de identidad 207450622, con domicilio en Ángeles Sur, San Ramón, Del
Súper Arroyo 150 metros norte casa a
mano derecha cerca de Olivo, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción:
como marca de
comercio en clase(s): 14 internacional(es), para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 14: Metales preciosos y sus aleaciones, así como productos
de estas materias o chapados no comprendidos en otras clases, artículos de
joyería, bisutería, piedras preciosas. Fecha: 2 de mayo del 2023. Presentada
el: 27 de abril del 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 2 de
mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo,
Registrador(a).—( IN2023781883 ).
Solicitud Nº 2023-0004241.—Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama,
en calidad de Apoderado Especial de Expediciones Tropicales S.A., cédula
jurídica 3101133624, con domicilio en: San José, Barrio Amón, calle 3 Bis,
entre avenidas 11 y 13, costado oeste del Hotel Clorión Amón, Costa Rica,
solicita la inscripción
como señal de
publicidad comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: para promocionar servicios relacionados con
el turismo, los servicios brindados por una agencia de viajes, guías turísticas
y asesoría para la realización y organización de viajes y vacaciones, en
relación con el expediente 2016-4876. Fecha: 01 de junio de 2023. Presentada
el: 09 de mayo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 01 de
junio de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio” y el artículo 63 que indica “Alcance de la protección. La protección conferida por el
registro de una expresión o señal de publicidad comercial abarca la expresión o
señal en su conjunto y no se extiende a sus partes o elementos considerados por
separado. Una vez inscrita, una expresión o señal de publicidad comercial goza
de protección por tiempo indefinido; pero su existencia depende, según el caso,
de la marca o el nombre comercial a que se refiera”.—Isela Chango Trejos
Registrador(a).—( IN2023782668 ).
Solicitud Nº 2023-0004457.—Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama,
en calidad de apoderado especial de La Superquímica S.A., con
domicilio en: Avenida Carrilet 293-299 E-08907 L’hospitalet de
Llobregat-Barcelona, España, solicita la inscripción
como marca de
fábrica en clases: 16 y 17 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 16: adhesivos de uso
doméstico, en concreto pegamentos y colas para bricolaje; adhesivos para la
papelería, la casa o el bricolaje con efecto instantáneo; cintas, bandas y
hojas adhesivas para uso doméstico o de papelería; distribuidores de cintas,
bandas y hojas adhesivas para uso doméstico o de papelería; material adhesivo
para uso doméstico o de papelería; pegamentos para uso doméstico o de
papelería; papel y cartón; productos de imprenta; material de encuadernación;
fotografías; artículos de papelería y artículos de oficina, excepto muebles;
material de dibujo y material para artistas; pinceles; material de instrucción
y material didáctico; hojas, películas y bolsas de materias plásticas para
embalar y empaquetar; caracteres de imprenta, clichés de imprenta; en clase 17:
adhesivos aislantes y obturadores; aislantes de fibrocemento; burletes; cinta
adhesiva de reparación; cintas adhesivas y autoadhesivas que no sean de
papelería ni para uso médico o doméstico; cintas aislantes; compuestos para
sellar [masillas]; compuestos adhesivos de calafateo y de sellado; compuestos
de masilla para juntas; espuma para su uso en el aislamiento acústico y
térmico; espuma de poliuretano; materiales aislantes de espuma de poliuretano;
masillas aislantes; masilla de sellado; masilla de calafatear; masillas para
juntas; selladores de silicona; sellantes impermeabilizantes; resinas sintéticas de reparación; revestimientos de impermeabilidad; caucho,
gutapercha, goma, amianto y mica en bruto o semielaborados, así como sucedáneos
de estos materiales; materias plásticas y resinas en forma extrudida utilizadas
en procesos de fabricación; materiales para calafatear, estopar y aislar;
tuberías, tubos y mangueras flexibles no metálicos. Fecha: 26 de mayo de 2023.
Presentada el: 15 de mayo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
26 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2023782671 ).
Solicitud Nº
2023-0004055.—Sergio José Solano Montenegro,
cédula de identidad 105780279, en calidad de Apoderado Especial de Hacer
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101265710, con domicilio en: Paseo Colón, de
la Agencia Purdy Motor, trescientos metros sur y veinticinco metros este, San
José, CR, Costa Rica, solicita la inscripción
como nombre comercial en clase(s): internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 49: un
establecimiento dedicado a los servicios de cambio de aceite, balanceo de
llantas, cambio de líquido de frenos y otros incluidos en mecánica rápida;
comercialización de aceite de motores y transmisión, lubricantes y aditivos de
motores. Ubicado en Paseo Colón, de la Agencia Purdy Motor, trescientos metros
sur y veinticinco metros este, San José, CR. Fecha: 31 de mayo de 2023.
Presentada el: 04 de mayo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
31 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registrador(a).—(
IN2023782674 ).
Solicitud Nº
2023-0004377.—Carmen Erika Hernández
Sandoval, cédula de identidad 107890031, en calidad de Apoderado Especial de
Vida Médica del Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101413560, con
domicilio en: Costa Rica, San José, Escazú, San Rafael, Guachipelín,
Urbanización Loma Real, de la entrada dos, setenta y cinco metros al sur, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción
como nombre
comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a Empresa de Equipo y Mobiliario Médico. Ubicado en San
José, Escazú, San Rafael, Guachipelín, Urbanización Loma Real, de la entrada
dos, setenta y cinco metros sur. Fecha: 25 de mayo de 2023. Presentada el: 12
de mayo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de
mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el
comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registrador(a).—( IN2023782736 ).
Solicitud N°
2023-0004841.—Anel Aguilar Sandoval, cédula de
identidad N° 113590010, en calidad de apoderado especial de Bayer
Aktiengesellschaft, con domicilio en Kaiser-Wilhelm-Allee, 51373 Leverkusen,
Alemania, solicita la inscripción de: RELOQUAVIST como marca de fábrica
y comercio, en clase(s): 5 internacional(es). Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 5: Preparaciones farmacéuticas; medios de contraste para la
representación de imágenes médicas. Fecha: 29 de mayo de 2023. Presentada el: 25
de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de
mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se
rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por
un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena
Marín Jiménez, Registrador(a).—( IN2023782744 ).
Solicitud N° 2023-0004848.—Anel Aguilar Sandoval, cédula de
identidad N° 113590010, en calidad de apoderado especial de Alo
LLC, con domicilio en 9830 Wilshire Boulevard, Beverly Hills, California 90212,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ALO X 01 CLASSIC
como marca de fábrica y comercio, en clase(s): 25 internacional(es). Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Calzado; zapatillas
deportivas; tops para yoga; prendas de vestir; pantalones de yoga; ropa
interior; camisas; uniformes de deporte; sujetadores deportivos; pantis; faldas;
chaquetas; calentadores de piernas; pantalones; camisetas de deporte sin
mangas; mallas deportivas; ajuares de ropa para bebés; leotardos; cinturones
[prendas de vestir]; gorros; fajas [ropa interior]; prendas de calcetería;
guantes [prendas de vestir]; fulares; calcetines para yoga; fajines; gorros de
ducha; antifaces para dormir; capas de peluquería; indumentaria religiosa;
vestidos; bodys; mallas; artículos de sombrerería; tops [ropa]; prendas
inferiores [ropa]; shorts; suéteres; pantalones de chándal tipo sudadera;
sudaderas; calcetines. Fecha: 29 de mayo de 2023. Presentada el: 25 de mayo de
2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de mayo de 2023. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registrador(a).—(
IN2023782746 ).
Solicitud N°
2022-0007914.—Anel Aguilar Sandoval, cédula de
identidad N° 113590010, en calidad de apoderado especial de KGS Agro Group LLC,
con domicilio en 183 Chestnut Ridge Road, Saddle River, New Jersey, 07458,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: GREENAMAX como
marca de fábrica y comercio, en clase(s): 1 internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 1: Aditivos para fertilizantes y nutrientes
vegetales para uso en agricultura orgánica y no orgánica. Fecha: 23 de mayo de
2023. Presentada el: 12 de septiembre de 2022. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 23 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se
rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por
un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel
Solís Fernández, Registrador(a).—( IN2023782747 ).
Solicitud Nº
2023-0004176.—Roxana Cordero Pereira, cédula de
identidad 1-1161-0034, en calidad de Apoderado Especial de Zodiac International
Corporation, con domicilio en: calle 50, edificio Global Plaza, 6to piso,
Panamá, solicita la inscripción de: FLEXITREX, como marca de fábrica en
clase(s): 5 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 5: preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y
sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o
veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y
animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas
dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos;
fungicidas, herbicidas. Fecha: 10 de mayo de 2023. Presentada el: 08 de mayo de
2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de mayo de 2023. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registrador(a).—( IN2023782756 ).
Solicitud Nº 2023-0004177.—Ana Gabriela Mata Roldán, divorciada por segunda vez, cédula de identidad 303020938 con
domicilio en San Francisco De Dos RÍOS, 450 metros al este del Parque Okayama,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como Marca de
Fábrica en clase(s): 30. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 30: Productos artesanales de panadería y productos
artesanales de pastelería. Fecha: 31 de mayo de 2023. Presentada el: 8 de mayo
de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 31 de mayo de 2023. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registrador(a).—( IN2023782771 ).
Solicitud Nº
2023-0004924.—Manolo Guerra Raven, casado, cédula
de identidad 800760914, en calidad de Apoderado Generalísimo de Laboratorio
Raven S.A., cédula jurídica 3101014499, con domicilio en: Km. 6 Autopista
Próspero Fernández, de la Estación del Peaje 1.5 km. oeste, frente a
Multiplaza, Escazú, Costa Rica, solicita la inscripción de: VITALDIN,
como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 5: producto farmacéutico, suplemento a la
dieta, para uso humano. Cualquier forma y/o presentación farmacéutica. Fecha:
31 de mayo de 2023. Presentada el: 29 de mayo de 2023. San José. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 31 de mayo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2023782824 ).
Solicitud Nº
2023-0004925.—Manolo Guerra Raven, casado, cédula
de identidad 800760914, en calidad de Apoderado Generalísimo de Corporación
Raven S. A., Cédula jurídica 3101014445 con domicilio en km. 6 Autopista
Próspero Fernández, de la Estación de Peaje 1.5 km al oeste frente a Multiplaza
Escazú, Costa Rica, solicita la inscripción
como Marca de
Fábrica y Comercio en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 5: Producto farmacéutico, suplemento a la dieta, para uso
humano. Cualquier forma y/o presentación farmacéutica. Fecha: 31 de mayo de
2023. Presentada el: 29 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 31 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos,
Registrador(a).—( IN2023782828 ).
Solicitud Nº 2023-0004215.—Carlos Enrique Mora Alfaro, cédula de
identidad 206480124, en calidad de Apoderado Especial
de Me Real State Sociedad Anónima, Cédula jurídica 3101859292 con domicilio
en Alajuela-San Ramón, distrito San Ramón, del Centro de Cultura Social, cincuenta
metros sur, edificio de dos plantas a mano derecha, 50201, San Ramon, Costa
Rica, solicita la inscripción
como marca de
servicios en clase: 36. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 36: asesoría y gestión de venta y alquiler de propiedades en Costa
Rica. Reservas: colores negro, anaranjado,
turquesa, amarillo, verde y blanco. Fecha: 23 de mayo de 2023.
Presentada el: 9 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
23 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2023782854 ).
Solicitud Nº 2023-0004469.—Mario José Urpi Solís, Conocido Como Dino Real, soltero,
cédula de identidad 114320729, con domicilio en San José, La Uruca Oeste, ochocientos metros oeste de Canal
Seis, Residencial El Solar casa número ocho B, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción:
como marca de
fábrica y comercio en clase(s): 16; 25; 35 y 41 internacional(es), para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 16: Objetos de arte para
decoración del tipo de ilustraciones e imágenes artísticas, calados y pintados,
sellados con resina, pintados o impresos sobre lienzos, papel y cartón; con
exclusión de atrapasueños, móviles, objetos en vidrio, objetos de fantasía o no
para fiestas y árboles de navidad.; en clase 25: Prendas, vestuario y ropa
artística.; en clase 35: Gestión de negocios comerciales para la venta y
distribución de productos, vestuario y ropa todos artísticos.; en clase 41: Servicios de educación, formación y organización de
actividades culturales, artísticas, temáticas y de entretenimiento.
Fecha: 30 de mayo del 2023. Presentada el: 15 de mayo del 2023. San José: Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 30 de mayo del 2023. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador(a).—( IN2023782870 ).
Solicitud Nº 2023-0000402.—Kevin Andrés Silva Inchima, soltero, cédula de residencia 117000887812, en calidad de
Apoderado Generalísimo de Importadora Macao S. A., cédula jurídica 3101698017,
con domicilio en del Parque de La Merced 450 mts. norte, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción:
como marca de
comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 3: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar ropa:
preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones no
medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos no
medicinales, lociones capilares no medicinales, dentífricos no medicinales
Fecha: 21 de abril del 2023. Presentada el: 19 de enero de 2023. San José: Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 21 de abril del 2023. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—(
IN2023782887 ).
Solicitud Nº
2023-0004197.—José Alberto Barahona Vargas, cédula
de identidad 0206270806, en calidad de Apoderado Especial de Arelis De Los
Ángeles Fonseca Badilla, divorciada una vez, Cédula de identidad 0205740023 con
domicilio en Santa Elena, Monteverde, Puntarenas, 200 metros al oeste del
Cementerio, casa amarilla de dos plantas, Monteverde, Costa Rica, solicita la
inscripción:
como marca de
servicios en clase(s): 44 internacional(es), para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 44: Servicio de Spa con fines terapéuticos o de belleza e
higiene para personas. Reservas: Reserva de color: celeste. Fecha: 18 de mayo
del 2023. Presentada el: 9 de mayo del 2023. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango
Trejos, Registrador(a).—( IN2023782900 ).
Solicitud Nº
2023-0004212.—Cindy Núñez González, soltera, cédula de identidad 401780671, con
domicilio en Barva, San Pedro, de COSEVI 75 este mano derecha, Heredia,
Costa Rica, solicita la inscripción:
como marca de servicios en clase: 41 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente:
en clase 41: Educación. Reservas: café, verde, celeste, amarillo, rosado,
blanco, piel, gris y negro. Fecha: 11 de mayo del 2023.
Presentada el: 9 de mayo del 2023. San José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
11 de mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez,
Registradora.—( IN2023782911 ).
Solicitud Nº
2023-0003927.—Mailyn De Los Ángeles Núñez Alfaro,
cédula de identidad 115630574, en calidad de Apoderado Especial de Productos
Minales E Industriales S.A. De Capital Variable, con domicilio en, 10101, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de
comercio en clase(s): 31 internacional(es), para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 31: Productos agrícolas, acuícolas, hortícolas y forestales
en bruto y sin procesar; plantas y flores naturales; bulbos, plantones y
semillas para plantar. Reservas: Se hace reserva de los colores celeste,
amarillo, verde y negro respecto al logo. Fecha: 31 de mayo del 2023.
Presentada el: 2 de mayo del 2023. San José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
31 de mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado
Registrador(a).—( IN2023782918 ).
Solicitud No.
2022-0007921.—Carlos Corrales Azuola, casado una
vez, cédula de identidad 108490717, en calidad de apoderado especial de
Productos Minerales e Industriales S.A. de Capital Variable (Prodmin S. A. de
C.V.) con domicilio en Prolongación 79 avenida sur peaje C N°. 27 San Salvador,
El Salvador, solicita la inscripción
como marca de
comercio en clase 31 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 31: Arena higiénica sanitaria para gato. Reservas: De los colores:
celeste, blanco y anaranjado. Fecha: 1 de
junio de 2023. Presentada el: 12 de septiembre de 2022. San José: Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 1 de junio de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2023782925 ).
Solicitud Nº 2022-0003286.—León Weinstok Mendelewicz, cédula de identidad,
en calidad de apoderado especial de Cohu Inc., con domicilio en: 825 University
Avenue, Norwood, Massachusetts 02062, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: COHU, como marca de
comercio y servicios en clase(s): 9 y 37 internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 9: manipuladores de prueba para manipular y
clasificar semiconductores, sistemas microelectromecánicos
y componentes electrónicos en procesos de prueba e inspección;
contactores, enchufes, sondas y tarjetas de sonda para probar semiconductores;
equipos de prueba automáticos para probar semiconductores; hardware informático
y software informático para la supervisión y el control de equipos en el ámbito
de la fabricación y las pruebas de semiconductores; software para recopilar,
evaluar y notificar datos de producción de semiconductores y productos
electrónicos y en clase 37: instalación, servicio, mantenimiento y reparación
de dispositivos para la fabricación y prueba de semiconductores y electrónica.
Prioridad: se otorga prioridad N° 97107121 de fecha 03/11/2021 de Estados
Unidos de América. Fecha: 01 de junio de 2023. Presentada el: 18 de abril de
2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 01 de junio de 2023. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—( IN2023782935 ).
Solicitud N° 2022-0007904.—José Andrés Moraga Paniagua, soltero,
cédula de identidad 207830169 con domicilio en 500
metros oeste calle Porvenir Tacares, Gredal, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción de: KAYO by zeda como marca de comercio en clase(s): 12.
Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 12:
Motobicis y repuestos para bicicletas. Fecha: 27 de octubre de 2022. Presentada
el: 9 de setiembre de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
27 de octubre de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2023783035 ).
Solicitud N° 2023-0003144.—Luis Fernando Núñez Alfaro, casado una vez, cédula de identidad N° 203380451, en calidad
de apoderado generalísimo de Núñez y Asociados Ltda., cédula jurídica N°
3102124446, con domicilio en San Pedro, Barrio La Granja, 100 S 25 E parque El
Retiro, casa dos plantas mano derecha, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción
como marca de
fábrica y comercio en clase 9. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Software o aplicación que permite la gestión y control de
activos de diversa índole como son computadoras, scanner, laptop, impresoras,
maquinas soldadoras, vehículos y cualquier otro que la empresa Utilice para
brindar sus servicios y crear productos. Incluye capacidades para control de
asignación de activos, préstamos y otras fases del ciclo de vida de los
activos. Incluye controles de depreciación financiera del activo, registro de
factura con montos, monedas, fechas, proveedores; así como directorios de
contacto y empresas. Es multiempresa y multiidioma, con roles de usuarios para
distinguir funcionalidad. Es instalable como sitio web interno en la
organización o como suscripción en plataforma abierta en servicios tipo SAS.
Diseño con interfaz de rápido aprendizaje, responsive (se adapta al
dispositivo), agradable al usuario final. Incluye capacidades de reportes e
integración con otras plataformas de software por medio de APIs y/o
webservices. Reservas: Del color violeta. Fecha: 15 de mayo de 2023. Presentada
el: 11 de abril de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de
mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2023783036 ).
Solicitud Nº
2023-0004195.—Jonathan Josué Eduarte Vargas,
cédula de identidad 1-1623-0658, en calidad de Apoderado Especial de María Ruth
Masís Quesada, casada una vez, cédula de identidad 3-0300-0874 con
domicilio en Heredia, Santo Domingo, Residencial Vereda Real, Heredia, Costa
Rica, solicita la inscripción de: YOHERY, como marca de comercio y servicios en clase: 25 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: prendas de vestir,
calzado, artículos de sombrerería. Fecha: 25 de mayo de 2023. Presentada el: 09
de mayo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de
mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2023783042 ).
Solicitud N° 2022-0010759.—Frederick Daniel Vega Alfaro, casado una vez, 115630244, en calidad de Apoderado Especial
de Pacific Market International LLC. con domicilio en 2401 Elliot Avenue, floor
4, Seattle, Washington 98121-3300, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción
como marca de
fábrica y comercio en clase(s): 21. Internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 21: Recipientes isotérmicos para alimentos o
bebidas; tazas y jarras; botellas de vació; ventosas de vació (vasos de vació
tipo ventosas); tazas de vació; neveras portátiles no eléctricas; jarras;
garrafas; frascos; jarras para beber; vasos para beber; cantimploras. Fecha: 30
de mayo de 2023. Presentada el: 8 de diciembre de 2022. San José: Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de
mayo de 2023. A efectos de publicación, tengase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado,
Registrador(a).—( IN2023783095 ).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
Solicitud Nº 2022-0010758.—Frederick Daniel Vega Alfaro, casado una
vez, cédula de identidad 115630244, en calidad de Apoderado Especial de Pacific
Market International, LLC con domicilio en 2401 Elliot Avenue, Floor 4, Seattle, Washington 981213300, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: STANLEY, como marca de fábrica y comercio en
clase: 21 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 21:
Recipientes isotérmicos para alimentos o bebidas; tazas y jarras; botellas de
vacío; ventosas de vacío (vasos de vació tipo ventosas); tazas de vacío;
neveras portátiles no eléctricas; jarras; garrafas; frascos, jarras para beber;
vasos para beber; cantimploras. Fecha: 23 de mayo del 2023. Presentada el: 8 de
diciembre del 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de
mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador(a).—(
IN2023783094 ).
Solicitud N°
2023-0004046.—María Gabriela Miranda Urbina,
casada, cédula de identidad 111390272, en calidad de Apoderado Especial de
Terminales Santamaria Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101143188 con
domicilio en San Jose, Pavas, contiguo al AyA, frente a la estación de
bomberos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de
servicios en clase 39 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 39: Servicios de logística y distribución a nivel nacional. Fecha: 17
de mayo de 2023. Presentada el: 4 de mayo de 2023. San Jose: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de mayo de 2023. A
efectos de publicación, tengase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2023783097 ).
Solicitud N° 2023-0004753.—Fabián Alonso Bonilla Leitón,
casado dos veces, cédula de identidad 401580584 con domicilio en San Pablo,
Residencial Brisas del Río casa N° 12D, Heredia, Costa Rica, solicita la
inscripción
como nombre
comercial en clase(s): Internacional(es). Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de
alimentos y bebidas, ubicado en Heredia, Heredia, Heredia, calles 7 y 9,
Avenida Central, 50 metros oeste de la esplanada de la Universidad Nacional.
Reservas: De los colores: amarillo, blanco, verde, negro, beige Fecha: 24 de
mayo de 2023. Presentada el: 23 de mayo de
2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de
este edicto. 24 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art.
28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador(a).—( IN2023783102 ).
Solicitud N° 2023-0004858.—Fabián Alonso Bonilla Leitón,
casado dos veces, cédula de identidad 401580584 con domicilio en San Pablo,
Residencial Brisas del Río casa N° 12D, Heredia, Costa Rica, solicita la
inscripción
como nombre comercial en clase(s): Internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado
a venta de Alimentos y bebidas. Ubicado en Heredia, 200 metros este, 75 norte
de los tribunales de justicia. Reservas: De los colores; negro, anaranjado,
azul, morado, blanco, turquesa, rojo Fecha: 29 de mayo de 2023. Presentada el:
25 de mayo de 2023. San José: Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 29 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González,
Registrador(a).—( IN2023783103 ).
Solicitud N°
2023-0003908.—Mariela Martínez Gómez, cédula de identidad 113250783, en calidad de
Apoderado Especial de ACELUB (Aceites y Lubricantes) Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101655342 con domicilio en Heredia-Heredia Lagunilla, del cementerio
Jardines del Recuerdo, 800 oeste y 100 norte en el Complejo Industrial Bodegas
Lagunilla, locales 7 y 8, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de
servicios en clase: 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 35: La importación, exportación y comercialización de aceites,
aditivos, lubricantes, combustibles y en general los servicios prestados en
relación con la venta de dichos productos y/o de todo tipo de productos
relacionados con la industria automotriz. Reservas: Se reserva el color café y
dorado Fecha: 24 de mayo de 2023. Presentada el: 2 de mayo de 2023. San José:
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 24 de mayo de 2023. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2023783106 ).
Solicitud N°
2022-0011093.—Jehuny Cristina González Arguedas,
cédula de identidad N° 1010030980, en calidad de apoderado especial de Ana
Marcela Duarte Mata, casada dos veces, cédula de identidad N° 116450232 con
domicilio en Jacó, Garabito, calle Boulevard, Condominios Costa Linda,
Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción
como nombre
comercial para proteger y distinguir: Un establecimiento comercial dedicado a
Ropa de playa e implementos de playa, bikinis, trajes de baño, salidas de
playa, bolsos, zapatos, lentes de sol; ubicado en San José, Escazú, San Rafael,
Centro Comercial Plaza Florencia, Local 10. Fecha: 22 de diciembre de 2022.
Presentada el 19 de diciembre de 2022. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 22 de diciembre de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no
se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2023783118 ).
Solicitud N°
2023-0003924.—Roxana Castro Corrales, cédula de
identidad 107430204, en calidad de Apoderado Especial de CBD JM Amsterdam
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101857999 con domicilio en Montes de Oca San
Pedro 300 mts. sur de la entrada principal del cementerio municipal, edificio
comercial de puerta metálica, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de
comercio en clase(s): 30 y 32. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 30: Chicles y chupa chups (popis); en clase 32: Cervezas.
Fecha: 29 de mayo de 2023. Presentada el: 22 de mayo de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de
mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado,
Registrador(a).—( IN2023783121 ).
Solicitud N°
2023-0002589.—Sonia Priscilla Álvarez Calvo,
casada, cédula de identidad 113370005 con domicilio en Desamparados, San
Antonio, 150 metros sureste del Liceo de San Antonio, en condominio TSURI, casa
número 12., San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PURA NUTTZ nutriendo
tu alma como marca de fábrica y comercio en clase(s): 29. Internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: pastas para untar a base
de frutos secos Fecha: 17 de mayo de 2023. Presentada el: 21 de marzo de 2023.
San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 17 de mayo de 2023. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.— Katherine Jiménez Tenorio, Registrador(a).—( IN2023783131 ).
Solicitud N°
2023-0003886.—Lineth M. Fallas Cordero, casada una
vez, cédula de identidad N° 110070268, en calidad de apoderado especial de
Metafar S. A. con domicilio en AV. Roque Sáenz Peña 855, piso 2, Oficina F,
Buenos Aires, Argentina, solicita la inscripción
como marca de
fábrica y servicios en clases 9; 35; 36; 38; 39; 42 y 44. Internacionales. Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Aparatos e instrumentos
científicos, de investigación, de
navegación, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, audiovisuales, ópticos,
de pesaje, de medición, de señalización, de detección, de pruebas, de
inspección, de salvamento y de enseñanza;
aparatos e instrumentos de conducción, distribución,
transformación, acumulación, regulación o control de la distribución o del
consumo de electricidad; aparatos e instrumentos
de grabación, transmisión, reproducción o tratamiento de sonidos, imágenes o datos; soportes grabados o
descargables, software, soportes de registro y almacenamiento digitales o
análogos vírgenes; mecanismos para aparatos que funcionan con monedas; cajas
registradoras, dispositivos de cálculo; ordenadores y periféricos de ordenador;
trajes de buceo, máscaras de buceo, tapones para los oídos para buceo, pinzas
nasales para submarinistas y nadadores, guantes de buceo, aparatos de
respiración para la natación subacuática; extintores; en clase 35: Publicidad;
gestión, organización y administración de negocios comerciales; trabajos de
oficina; en clase 36: Servicios financieros, monetarios y bancarios; servicios
de seguros; servicios inmobiliarios; en clase 38: Servicios de
telecomunicaciones; en clase 39: Transporte; embalaje y almacenamiento de
mercancías; organización de viajes. ;en clase 42: Servicios científicos
y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño conexos; servicios
de análisis industrial, investigación industrial y diseño industrial; control
de calidad y servicios de autenticación; diseño y desarrollo de hardware y
software; en clase 44: Servicios médicos; servicios veterinarios; tratamientos
de higiene y de belleza para personas o animales; servicios de agricultura,
acuicultura, horticultura y silvicultura. Fecha: 29 de mayo de 2023. Presentada
el 28 de abril de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 29 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho
Calvo, Registrador.—( IN2023783798 ).
Solicitud Nº 2023-0004070.—Johanna Agüero Flores, soltera, cédula de identidad 113940979, en calidad de Apoderado
Especial de Dijaviles Limitada, cédula jurídica 3102871018 con domicilio en
Liberia, de la Municipalidad de Liberia 100 metros norte, local a mano derecha,
Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: EL CHANCHITICO, como
marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 30: Burrito a base de carne de cerdo. Fecha:
17 de mayo del 2023. Presentada el: 4 de mayo del 2023. San José: Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de mayo del
2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo,
Registrador(a).—( IN2023784066 ).
Solicitud Nº
2023-0004073.—Johanna Agüero Flores, soltera, cédula de identidad 113940979, en calidad
de Apoderado Especial de Dijaviles Limitada, cédula jurídica 3102871018
con domicilio en Liberia, de la Municipalidad de Liberia 100 metros norte,
local a mano derecha, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: LA
CHIQUERA, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30
internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30:
Hamburguesas y sándwiches a base de carne de cerdo, que incluyen indistintamente
vegetales, queso, tocineta, salsas y/o otros acompañamientos. Fecha: 17 de mayo
del 2023. Presentada el: 4 de mayo del 2023. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de mayo del 2023. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador(a).—( IN2023784071 ).
Solicitud N° 2023-0003975.—Cynthia Yessica Rodríguez
Cruz, divorciada tres veces, cédula de identidad N° 109630835, con domicilio en
200 metros sur Escuela Copa Buena, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica y servicios en
clase(s): 30 y 43. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 30: Pan, productos de pastelería y repostería. Helados.; en clase 43:
Restaurante de comida rápida. Fecha: 24 de mayo de 2023. Presentada el: 3 de
mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de mayo de 2023.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en
una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2023784110 ).
Solicitud N°
2023-0003885.—Lineth M. Fallas Cordero, casada una
vez, cédula de identidad N° 110070268, en calidad de apoderado especial de
Dermacare S. A., con domicilio en Maipú 509, 4to Piso, Buenos Aires, Argentina,
solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en
clase(s): 3. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 3: Productos cosméticos y preparaciones
de tocador no medicinales; dentífricos
no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales;
preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa;
preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar. Fecha: 29 de mayo de
2023. Presentada el: 28 de abril de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 29 de mayo de 2023. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio” Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2023784255 ).
Solicitud N°
2023-0004601.—Francisco Javier Vargas Chaves,
soltero, cédula de identidad N° 105680103, con domicilio en Tres Ríos, La
Unión, de la Farmacia Tres Ríos, 300 sur y 50 oeste, Cartago, Costa Rica,
solicita la inscripción
como nombre
comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a importar y vender al por menor todo tipo de artículos de
decoración para casa. Ubicado en Cartago, costado este del BAC Costa Rica.
Reservas: De los colores: negro, gris y verde. Fecha: 22 de mayo de 2023.
Presentada el: 18 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
22 de mayo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2023784272 ).
Solicitud N°
2023-0004682.—María de la Cruz Villanea
Villegas, casada una vez, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de
apoderado especial de Shenzhen Invt Electric Co. Ltd., con domicilio en 501,
Building A7, Nanshan Zhiyuan, N° 1001, Xueyuan Avenue,
Changyuan Community, Taoyuan Subdistrict, Nanshan, Shenzhen, China, China,
solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en
clase(s): 7; 9; 11 y 12. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 7: Dispositivo de mando para ascensores; servomotores de
corriente alterna; dinamos; generadores de electricidad; mandos hidráulicos para
máquinas y motores; dispositivos de mando para máquinas o motores;
máquinas para la industria electrónica; equipos de energía eólica; equipo de
energía hidráulica; acoplamiento de potencia y transmisiones para máquinas
(para vehículos no terrestres); motores eléctricos para máquinas con
un controlador de motor servoaccionamiento digital; robot (mecánico); robots
industriales.; en clase 9: Transformadores de
la frecuencia; controladores para servomotores;
amplificadores para servomotores; controladores electrónicos para
servomotores; servocontrolador; tableros de control [electricidad]; aparatos de
control eléctricos; dispositivo de
compensación de potencia reactiva (electricidad); terminales interactivos con
pantalla táctil. controladores lógicos
programables; pantalla táctil; dispositivo de automatización de
centrales eléctricas; dispositivo de distribución de energía de alta tensión a
prueba de explosiones; sistema integrado de accionamiento y control de
ascensores; sistema de control y gestión de
ascensores; controladores eléctricos; transformadores eléctricos;
inversores [electricidad]; armarios de o distribución [electricidad]; consolas
de distribución [electricidad]; módulo de distribución de energía; acumuladores
eléctricos; cajas de acumuladores; inversores fotovoltaicos; células
fotovoltaicas; inversor para fuentes de alimentación; accesorios utilizados con
el inversor fotovoltaico; colector de datos fotovoltaicos; ultra capacitadores
para almacenamiento de energía; rectificadores de corriente; estaciones de
recarga para vehículos eléctricos; dispositivos de carga de baterías para
vehículos a motor; dispositivos de carga de baterías; dispositivo de cargador
para equipos recargables; banco de energía (batería recargable); convertidores
de corriente; pilas de carga de vehículos eléctricos; equipos terminales de
ordenador; aparatos de procesamiento de datos; acopladores ópticos.; en clase
11: Aparatos e instalación de ventilación [aire acondicionado]; ventiladores
para uso industrial; equipos de aire acondicionado (industrial); aire acondicionado; aparatos de aire acondicionado;
instalaciones de calefacción; secadores de aire; instalaciones de filtrado de
aire; aparatos y máquinas para purificar el aire; ventiladores [partes de
instalaciones de aire acondicionado]; bombas de calor.; en clase 12: Motores
eléctricos para vehículos terrestres; máquinas motrices para vehículos terrestres; cajas de cambios para
vehículos terrestres; convertidores de par motor para vehículos terrestres;
árboles de transmisión para vehículos terrestres; parachoques de vehículos; engranajes para vehículos
terrestres; sistema hidráulico para vehículos; mecanismos de transmisión
para vehículos terrestres; piezas de conexión para vehículos terrestres. Fecha:
23 de mayo de 2023. Presentada el: 19 de mayo de 2023. San José: Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicacion de este edicto. 23 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2023784295 ).
Solicitud N°
2023-0003944.—María de la Cruz Villanea
Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de
apoderado especial de Flumgio Technology Inc., con domicilio en 18351 Colima Rd
Unit 481 Rowland Heights, California 91748, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en
clase(s): 34. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 34: Cigarrillos electrónicos; Líquido para cigarrillos electrónicos [e-líquido] compuesto de propilenglicol; Líquido para cigarrillos electrónicos [e-líquido] compuesto de
glicerina vegetal; Soluciones liquidas para cigarrillos electrónicos; Líquido de cigarrillos electrónicos
[e-líquido] compuesto por aromas en forma líquida, que no sean aceites
esenciales, utilizando para rellenar cartuchos de cigarrillos electrónicos;
Aromatizantes químicos en forma líquida para rellenar cartuchos de cigarrillos
electrónicos; Aromatizantes, que no sean aceites esenciales, para tabaco;
Aromatizantes, que no sean aceites esenciales, para cigarrillos electrónicos;
Aromatizantes para sucedáneos del tabaco, que no sean aceites esenciales;
Cartuchos, a saber, cartuchos combinados para cigarrillos electrónicos que se
venden vacíos y atomizadores, que se venden como componentes de cigarrillos
electrónicos; Cartuchos de recarga vacíos para cigarrillos electrónicos;
Filtros para cigarrillos; Boquillas para cigarrillos; Pipas electrónicas; Cartuchos rellenos de glicerina vegetal
para cigarrillos electrónicos; Cartuchos rellenos de propilenglicol para cigarrillos electrónicos; Cartuchos
rellenos de aromatizantes químicos líquidos para cigarrillos electrónicos;
Pitilleras para cigarrillos electrónicos y sus accesorios; Pitilleras; Soportes
para cigarrillos
electrónicos; Pitilleras para cigarrillos electrónicos; Narguiles (pipa oriental); Narguiles
electrónicos; Puros electrónicos; Máquinas manuales para la inyección de tabaco en tubos para cigarrillos
[artículos para fumadores]; cordones para cigarrillos electrónicos. Fecha: 17
de mayo de 2023. Presentada el: 2 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicacion de este edicto.
17 de mayo de 2023. A
efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2023784296 ).
Solicitud Nº
2023-0004068.—María De La Cruz Villanea Villegas,
casada dos veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderado
especial de Corporación Favorita C.A. con domicilio en AV. Eloy Alfaro N52-468
y Avigiras, Ecuador, solicita la inscripción de: DollarWoow, como marca
de servicios en clase(s): 35 internacional(es), para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 35: Publicidad; gestión de negocios comerciales;
administración comercial; trabajos de oficina. Fecha: 18 de mayo del 2023.
Presentada el: 4 de mayo del 2023. San José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
18 de mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio” Milena Marín Jiménez
Registrador(a).—( IN2023784297 ).
Solicitud Nº
2023-0002012.—María De La Cruz Villane Villegas,
casada dos veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de Apoderado
Especial de Eurofarma Guatemala Sociedad Anónima, con domicilio en KM. 16.5
Carretera a El Salvador, Cruce a Llanos de Arrazola, Fraijanes, Guatemala,
solicita la inscripción de: BONFIBRA, como marca de fábrica y comercio
en clase(s): 5 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 5: Producto farmacéutico de uso humano. Fecha: 11 de mayo del 2023.
Presentada el: 6 de marzo del 2023. San José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
11 de mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador(a).—( IN2023784298 ).
Solicitud N° 2023-0004065.—María de la Cruz Villanea
Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de
gestor oficioso de Corporación Favorita C.A., con domicilio en Av. Eloy
Alfaro N52-468 y Avigiras, Ecuador, solicita la inscripción de: DOLLAR
STORE como marca de servicios, en clase(s): 35 internacional(es). Para
proteger y distinguir lo siguiente: Publicidad; gestión de negocios
comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. Fecha: 24 de mayo de 2023.
Presentada el: 4 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. 24 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se
rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por
un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez,
Registrador(a).—( IN2023784299 ).
Solicitud N° 2023-0004401.—María de la Cruz Villanea
Villegas, casada dos veces, cedula de identidad N° 109840695, en calidad de
apoderado especial de Yangtze River Pharmaceutical (Group) Co. Ltd., con
domicilio en N° 1, South Yangtze River Road, Taizhou, Jiangsu, China, solicita
la inscripción
como marca de fábrica y comercio en
clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 5: Medicamentos de uso médico; medicamentos crudas; complementos
alimenticios a base de proteínas; preparaciones de vitaminas; medicamentos
chinos patentados; tónicos reconstituyentes [medicamentos]; pociones
medicinales; sustancias dietéticas para uso médico; caramelos medicinales;
bebidas enriquecidas con vitaminas para uso médico; complementos nutricionales;
preparaciones nutraceúticas para uso terapéutico o médico; medicamento en
forma de comprimidos; hierbas medicinales disecadas o en conserva. Fecha: 15 de
mayo de 2023. Presentada el: 12 de mayo de 2023. San José: Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicacion de este edicto. 15 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se
rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por
un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en
ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos,
Registradora.—( IN2023784300 ).
Solicitud N° 2023-0004020.—María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos
veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderado especial de
Sanyfort Latam Inversiones y Servicios S. R. L., cédula jurídica N°
3102833187, con domicilio en San Rafael, Escazú, Edificio Prisma,
Tercer piso, Oficina Trescientos seis, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: HEMIVEC como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5.
Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5:
Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos
higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para
uso médico o veterinario, alimentos para bebes; suplementos alimenticios para
personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes
e impresiones dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos;
fungicidas, herbicidas. Fecha: 17 de mayo de 2023. Presentada el: 3 de mayo de
2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicacion de este edicto. 17 de mayo de 2023. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2023784301 ).
Solicitud N°
2023-0000876.—Classys Inc., con domicilio en 208
Teheran-Ro, Gangnam-Gu, Seoul, Korea, República de Corea, solicita la
inscripción
como marca de fábrica y comercio en
clase(s): 10. Internacional(es). Para
proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 10: Láseres para uso médico y en cirugía; máquinas y aparatos de
terapia ultrasónica; equipo médico de diagnóstico por ultrasonidos; aparatos
médicos de ultrasonidos; láser médico para el tratamiento de la piel;
vibradores; aparatos e instrumentos médicos para uso en cirugía. Fecha: 1 de junio de 2023. Presentada el: 2 de
febrero de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 1 de junio de 2023. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango
Trejos, Registradora.—( IN2023784304 ).
Solicitud N°
2023-0004462.—Ivonne Quirós González,
soltera, cédula de identidad N° 111700267, en calidad de apoderado generalísimo
de Zus Uniformes La Fabrica Asociados S. A., cédula jurídica N° 3101853214, con
domicilio en San Vicente, Moravia Centro, de la Biblioteca Pública de Moravia
25 mts sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica en clase(s): 25.
Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25:
Prendas de vestir.(ropa deportiva). Fecha: 30 de mayo de
2023. Presentada el: 15 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. 30 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2023784310 ).
Solicitud N° 2023-0004222.—Bernardo Jiménez Estrada,
cédula de identidad N° 106320367, en calidad de apoderado general de Costa Tri Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-196673,
con domicilio en 200 metros al este del Restaurante Comalitos, Guápiles, Costa
Rica, solicita la inscripción
como marca de
servicios en clase: 1. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 1: Productos químicos para uso en la
agricultura, fertilizantes (naturales
y artificiales) y coadyuvantes de uso
agrícola. Reservas: De los colores: celeste, azul y verde oscuro. Fecha: 25 de
mayo de 2023. Presentada el: 9 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. 25 de mayo de 2023. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en
ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2023784407 ).
Solicitud Nº
2023-0004733.—Rachel Natalie Vargas Zúñiga,
soltera, cédula de identidad 402460162, con domicilio en: Heredia, Heredia, San
Francisco. Bernardo Benavides frente al Comercial Las Américas, casa Nº 2,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de
fábrica y comercio en clase(s): 18 y 25 internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 18: artículos como bolsos, canguros; en clase
25: todo tipo de prendas: suéter, leggins, tops, blusas, medias. Reservas: de
los colores: naranja, café y verde. Fecha: 24 de mayo de 2023. Presentada el:
22 de mayo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 24 de mayo de 2023. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registrador(a).—( IN2023784443
).
Solicitud N° 2023-0004445.—José Fernando Fernández Alvarado, casado, cédula de
identidad N° 111190046, en calidad de apoderado especial de Comfar
S.A.E.C.A., con domicilio en Avenida Artigas 2315, Asunción, Paraguay, solicita
la inscripción de: CETOVEL como marca de fábrica y comercio, en clase: 5
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos
farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos
higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para
uso médico o veterinario, alimentos para bebés; suplementos alimenticios para
personas o animales. Fecha: 5 de junio de 2023. Presentada el: 15 de mayo de
2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de
los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. 5 de junio de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín
Jiménez, Registradora.—( IN2023784454 ).
Cambio de Nombre N° 154509
Que, María
Gabriela Miranda Urbina, cédula de identidad 1-1139-0272, en calidad de
apoderada especial de Ekos LLC, solicita a este Registro se anote la
inscripción de cambio de nombre de EKOS CORPORATION, por el de EKOS LLC,
presentada el día 24 de noviembre del 2022 bajo expediente 154509. El nuevo
nombre afecta a las siguientes marcas: 2016-0011637. Registro N° 263095 EKOS
en clase(s) 10 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por
única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de
publicación, tengase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—1 vez.—( IN2023783096 ).
Marca de Ganado
Solicitud Nº
2023-1087.—Ref.: 35/2023/2141.—Rafael Ángel Mena
Jimenez, cédula de identidad 105190344, solicita la inscripción de:
como marca de
ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Buenos Aires, Colinas,
Filadelfia 800 mts al sur de la escuela de
la localidad. Presentada el 19 de mayo del 2023. Según el expediente Nº
2023-1087. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto.—Giovanna Mora Mesen, Registradora.—1 vez.—( IN2023783119 ).
Solicitud N°
2023-1096.—Ref.: 35/2023/2138 .—Yadira Martínez Masis,
cédula de identidad N° 502100670, solicita la inscripción de:
como marca de
ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, La Cruz, San Dimas, de la
escuela, 2.5 kilómetros al sur. Presentada el 19 de mayo del 2023, según el
expediente N° 2023-1096. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Giovanna Mora
Mesén, Registradora.—1 vez.—( IN2023783134 ).
Solicitud Nº 2023-1014.—Ref: 35/2023/2040.—Sebastián Cervantes Altamirano, cédula de identidad 113980804, solicita la
inscripción de:
como marca de
ganado, que usará preferentemente en San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, Rosario de Pacuar, exactamente
cuatrocientos metros sur del Puente Beilyn. Presentada el 12 de mayo del
2023. Según el expediente Nº 2023-1014. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Randall Abarca
Aguilar, Registradores.—1 vez.—( IN2023784440 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
EDICTOS
Asociaciones civiles
El Registro de
Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad:
Asociación de Artes y Afines Kuma, con domicilio en la provincia de:
Alajuela-San Carlos, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
promover la práctica del deporte y la recreación del karate, fomento
y práctica del karate en sus diferentes ramas y especialidades. Cuyo
representante, será el presidente: David Andrés Artavia Rodríguez, con
las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento Tomo: 2023, Asiento: 282402 con adicional(es), Tomo: 2023, Asiento:
355545.—Registro Nacional, 01 de junio de 2023.—Master Jorge Enrique Alvarado
Valverde.—1 vez.—( IN2023783109 ).
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
El(la)
señor(a)(ita) Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, en
calidad de Apoderado Especial de Vertex Pharmaceuticals Incorporated, solicita
la Patente PCT denominada INHIBIDORES DE APOL1 Y MÉTODOS PARA USAR LOS
MISMOS. La presente invención proporciona al menos una entidad elegida de
los Compuestos de la Fórmula I, un tautómero del mismo, un derivado deuterado
de ese compuesto o tautómero, y una sal farmacéuticamente aceptable de
cualquiera de los anteriores, composiciones que comprenden los mismos, y
métodos para usar los mismos, incluyendo los usos en el tratamiento de
enfermedades mediadas por APOL1, incluyendo cáncer pancreático,
glomeruloesclerosis segmentaria focal (FSGS), y/o enfermedad renal no diabética (NDKD).Fórmula I. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 31/438; A61P 13/12; C07D 495/20 y C07D
519/00, cuyo(s) inventor(es) es(son) Brodney, Michael Aaron (US); Senter,
Timothy J. (US); Ahn, Jun Myun (US); Angle, Samantha (US); Cao, Jingrong (US);
Cochran, John E (US); Come, Jon H (US); Dakin, Leslie A. (US); Dolgikh, Elena
(US); Maxwell, Brad D. (US); Nanthakumar, Suganthini S. (US); O Dowd, Hardwin
(US); Olsen, Jessica Howard (US); Shimizu, Akira Joseph (US); Wang, Haoxuan
(US) y Stone, Steven David (US). Prioridad: N° 63/070,705 del 26/08/2020 (US).
Publicación Internacional: WO/2022/047031. La solicitud correspondiente lleva
el número 2023-0000132, y fue presentada a las 09:03:27 del 20 de marzo de
2023. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 27 de abril de
2023.—Oficina de Patentes.—Viviana Segura De La O.—( IN2023782719 ).
El señor Simón Alfredo
Valverde Gutiérrez, cédula
de identidad N° 3-0376-0289, en calidad de apoderado especial de Boehringer
Ingelheim International GmbH, solicita la Patente PCT denominada VACUNA
HETERÓLOGA DE ESTÍMULO PRIMARIO. La presente invención se refiere a la
provisión de una vacuna que comprende un primer componente (K) y un segundo
componente (V), en donde el primer componente (K) comprende un complejo en el
que un péptido de penetración celular, un dominio antigénico y un agonista de
TLR están unidos funcionalmente y el 5 segundo componente (V) comprende un
virus de la estomatitis vesicular recombinante oncolítico que expresa un
dominio antigénico. La invención se refiere además al uso de la vacuna
inventiva en el tratamiento del cáncer. La invención también proporciona un
virus de la estomatitis vesicular recombinante que expresa un dominio
antigénico y su uso en vacunas contra el cáncer. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional
de Patentes es: cuyos inventores son Wollmann, Guido (AT); Das, Krishna (AT);
Derouazi, Madiha (CH); Belnoue, Elodie (CH) y Elbers, Knut (AT). Prioridad: N°
20195872.5 del 14/09/2020 (EP), N° 20210671.2 del 30/11/2020 (EP), N°
21155814.3 del 08/02/2021 (EP) y N° 21176373.5 del 27/05/2021 (EP). Publicación
Internacional: WO/2022/053703. La solicitud correspondiente lleva el número
2023-0000155, y fue presentada a las 10:57:22 del 11 de abril de 2023.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 28 de abril de 2023.—Oficina de Patentes.—María Leonor
Hernández Bustamante.—( IN2023782720 ).
El señor Simón
Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad N° 303760289,
en calidad de apoderado especial de Astrazeneca AB, solicita la Patente PCT
denominada COMPUESTOS Y SU USO EN EL TRATAMIENTO DEL CÁNCER. La memoria
descriptiva se refiere en general a compuestos de Fórmula (I): (I) y sales
farmacéuticamente aceptables de estos, en donde A, Z, Y, RA,
Conector y v tienen cualquiera de los significados definidos en el presente
documento. Esta memoria descriptiva también se refiere al uso de tales
compuestos y sales farmacéuticamente aceptables de estos en métodos de
tratamiento del cuerpo humano o animal, por ejemplo, en la prevención o el
tratamiento del cáncer. Esta memoria descriptiva también se refiere a procesos
y compuestos intermedios involucrados en la preparación de tales compuestos y a
composiciones farmacéuticas que los contienen. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 47/54, A61K 47/55 y A61P 35/00; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Kettle, Jason, Grant (GB); Bagal, Sharanjeet, Kaur (GB);
HAYHOW, Thomas, George, Christopher (GB); Fallan, Charlene (GB); Bőrjesson,
Ulf (SE); Perry, Matthew, William, Dampier (SE); Grebner, Christoph (SE);
Michaelides, Iacovos, Neal (GB); Collie, Gavin, William (GB) y Storer, Robert,
Ian (GB). Prioridad: N° 63/085,384 del 30/09/2020 (US). Publicación
Internacional: WO/2022/069520. La solicitud correspondiente lleva el número
2023-0000185, y fue presentada a las 11:29:50 del 28 de abril de 2023.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 10 de mayo de 2023.—Oficina de Patentes.—Randall Piedra
Fallas.—( IN2023782767 ).
El(la)
señor(a)(ita) Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad 3-0376-0289, en
calidad de Apoderado Especial de Locus Solutions IPCO LLC, solicita la Patente
PCT denominada COMPOSICIONES Y MÉTODOS PARA PROMOVER LA SALUD DE LAS PLANTAS.
Se suministran composiciones y métodos para el control de infecciones en
plantas. En particular, la invención se refiere a tratamientos para combatir
infecciones bacterianas o fúngicas que afectan los sistemas vasculares de las
plantas mediante el uso de microorganismos y/o subproductos de su crecimiento, tales como biosurfactantes. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A01N 25/04, A01N 25/30, A01N 63/20 y A01N 63/30;
cuyo(s) inventor(es) es(son) Farmer, Sean (US); Alibek, Ken (US) y Zorner, Paul
(US). Prioridad: N° 63/039,184 del 15/06/2020 (US). Publicación Internacional:
WO/2021/257499. La solicitud correspondiente lleva el número 2023-0000012, y
fue presentada a las 10:52:38 del 13 de enero de 2023. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 09 de mayo de
2023.—Oficina de Patentes.—Daniel Marenco Bolaños.—( IN2023782772 ).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
El(la)
señor(a)(ita) Nestor Morera Víquez, en calidad de Apoderado Especial de INCYTE
Corporation, solicita la Patente PCT denominada COMPUESTOS TRÍCICLICOS DE UREA COMO INHIBIDORES DE JAK2
V617F. La presente solicitud proporciona compuestos
de urea tricíclicos que modulan la actividad de la variante V7F de JAK2, que
son útiles en el tratamiento de varias enfermedades, incluyendo cáncer. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/437, A61P 35/00, A61P
37/00, C07D 471/14 y C07D 521/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Mei, Song (US);
Yao, Wenqing (US); Douty, Brent (US); Burns, David M. (US); Wang, Haisheng
(US); Pan, Jun (US); Wu, Liangxing (US); Konkol, Leah C. (US); Yue, Eddy W.
(US); Levy, Daniel (US); BAI, Yu (US); AI, Yanran (US); Atasoylu, Onur (US);
Barbosa, Joseph (US); Feng, Hao (US); Lai, Cheng-Tsung (US) y LIU, Xun (US).
Prioridad: N° 63/047,483 del 02/07/2020 (US) y N° 63/164,302 del 22/03/2021
(US). Publicación Internacional: WO2022006457. La solicitud correspondiente
lleva el número 2023-0000057, y fue presentada a las 09:12:43 del 1 de febrero
de 2023. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José, 5 de junio de 2023.
Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación nacional.—Oficina de Patentes.—Daniel Marenco
Bolaños.—( IN2023783132 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste
del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante
este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como
delegatario (a) para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO,
por parte de: HENRY PIÑAR ALVARADO, con cédula de identidad N° 106430734,
carné N° 7857. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del
Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten
la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta
publicación.—San José, 21 de junio de 2023.—Licda. Ma. Gabriela De Franco
Castro. Abogada-Unidad Legal Notarial. Proceso N° 176582.—1 vez.—( IN2023790882
).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-0584-2023.—Exp. N° 13869P.—Inversiones Colven de
Liberia S. A., solicita concesión de: 4 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo CN-700, en finca de Inversiones Colver de
Liberia, en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso comercial e industria -
textil. Coordenadas: 284.723 / 363.485, hoja Carrillo Norte. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 19 de junio de 2023.—Departamento de
Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2023789731 ).
ED-0593-2023.—Exp. N° 9439P.—Edgar Solórzano Vega, solicita
concesión de: (1) 0.02 litros por segundo del acuífero, efectuando la
captación por medio del pozo NA-570, en finca de su propiedad en Zaragoza,
Palmares, Alajuela, para uso consumo humano - doméstico. Coordenadas: 224.900 / 490.575, hoja Naranjo. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 20 de junio de 2023.—Departamento
de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2023789807 ).
ED-0592-2023.—Exp.
N° 24359.—Afluencia del Viento Sociedad de
Responsabilidad Limitada, solicita concesión de: (1) 0.05 litros por segundo de la Quebrada Cacao, efectuando la captación en finca de su propiedad en Barú, Pérez Zeledón, San José,
para uso consumo humano. Coordenadas: 141.842 / 554.027, hoja Dominical.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 20 de junio de 2023.—Departamento
de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023789811 ).
ED-0578-2023.—Exp. N° 9772P.—Tecnotel S. A., solicita concesión de: (1) 0,15 litros por segundo del acuífero, efectuando la
captación por medio del pozo BC-368, en finca de su propiedad en Ceiba,
Orotina, Alajuela, para uso consumo humano - otro y consumo humano - doméstico.
Coordenadas: 207.810 / 468.030, hoja Barranca. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 15 de junio de 2023.—Departamento de
Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2023789866 ).
ED-0582-2023.—Exp.
N° 24328.—Colinas de San Mateo del Este Sociedad Anónima, solicita concesión de: (1)
0.05 litros por segundo del Nacimiento Quebrada Izarco, efectuando la captación en finca
de su propiedad en Pozos, Santa Ana, San José, para uso consumo
humano. Coordenadas: 214.419 / 514.619, hoja Abra. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 16 de junio de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—(
IN2023789879 ).
ED-0558-2023.—Exp. N° 24331.—Gerardo Méndez Soto, solicita concesión de: (1) 2
litros por segundo de la Quebrada Sin Nombre, efectuando la captación en finca
de su propiedad en Venecia, San Carlos,
Alajuela, para uso agropecuario, consumo
humano y agropecuario - riego. Coordenadas:
259.230 / 504.594, hoja Aguas Zarcas. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 13 de junio de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina
Torres Solís.—( IN2023789928 ).
ED-0586-2023.—Exp. N° 24342.—Gerardo Méndez Soto, solicita concesión de: (1) 2 litros por segundo del
Nacimiento Sin Nombre, efectuando la captación en finca de Los Querubines S. A., en Venecia,
San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario, consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas: 258.831 / 504.533, hoja Aguas Zarcas.
(2) 2 litros por segundo del Nacimiento Sin Nombre, efectuando la captación en finca de Los Querubines S. A., en
Venecia, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario, consumo humano y
agropecuario - riego. Coordenadas: 258.984 / 504.746, hoja Aguas Zarcas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de junio de
2023.—Departamento de
Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023789929 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-0505-2023.—Exp.
N° 13422.—Hadas de Bosque Verde S. A., solicita concesión de: 0.03 litros por
segundo del Nacimiento Sin Nombre, efectuando la captación en finca de su
propiedad en San Francisco (Cartago), Cartago, Cartago, para uso consumo humano
- doméstico. Coordenadas: 198.500 / 542.800, hoja Tapantí. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de
la primera publicación.—San José, 31 de mayo de 2023.—Departamento de
Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2023790327 ).
ED-0595-2023.—Exp.
24363.—3-102-736316 Sociedad De Responsabilidad Limitada, solicita concesión
de: (1) 0.5 litros por segundo del nacimiento naciente sin nombre, efectuando
la captación en finca de su propiedad en Bahia Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas
131.326 / 564.313 hoja Repunta.. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San
José, 21 de junio de 2023.—Departamento de Información, Evangelina Torres
Solís.—( IN2023790340 ).
ED-0512-2023.—Expediente N° 14787P.—Juergen Zimmerstaedt
y Annemarie Kotte, solicita concesión de: 0.7 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo
CY-192 en finca de El Mismo en Cóbano, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano - doméstico y agropecuario
- riego . Coordenadas 229.050 / 526.100
hoja Cabuya. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de mayo de
2023.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2023790361 ).
ED-0591-2023.—Exp. N° 11178.—Frutas Selectas del Trópico
S. A., solicita concesión de: (1) 23,89 litros por segundo del Río Parrita,
efectuando la captación en finca de Corporación Comercial Parrita S.
A. en Parrita, Parrita, Puntarenas, para uso agroindustrial - bananeras y
agropecuario - riego - frutal. Coordenadas 174.270 / 499.960 hoja Parrita. (2)
120 litros por segundo de la Quebrada Jicote, efectuando la captación en finca
de su propiedad en Parrita, Parrita, Puntarenas, para uso agropecuario - riego.
Coordenadas 170.573 / 495.230 hoja Parrita.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de junio del
2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres S.—( IN2023790383 ).
ED-0356-2023.—Exp. N° 24192.—Kimberly Alfaro Vásquez, solicita concesión de: (1) 0.07 litros por segundo del Nacimiento
Sin Nombre, efectuando la captación en finca de Inversiones Amandu S. A., en
Uruca (Santa Ana), Santa Ana, San José, para uso consumo humano. Coordenadas: 210.729
/ 515.380, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de
abril de 2023.—Departamento de
Información.—Marcela Chacón Valerio.—( IN2023790406 ).
ED-0597-2023.—Exp. 24362.—Orlando, Matamoros Orozco,
solicita concesión de: (1) 0.05 litros por segundo del Nacimiento Don Bosco,
efectuando la captación en finca de Felic Ángel Matamoros en Alfaro, San Ramon,
Alajuela, para uso agropecuario, consumo humano y agropecuario - riego.
Coordenadas 232.510 / 481.161 hoja Miramar. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 21 de junio de 2023.—Departamento de Información Marcela
Chacón Valerio.—( IN2023790449 ).
ED-UHTPSOZ-0023-2023.—Exp.
N° 14455.—Canción del Corazón S. A., solicita concesión de: (1) 0,31 litros por
segundo de la Quebrada Ballena, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Barú, Pérez Zeledón, San José, para uso agropecuario -
piscicultura, consumo humano - domestico,
turístico - piscina, agropecuario - piscicultura, consumo humano -
doméstico y turístico - hotel. Coordenadas 124.344 / 572.081 hoja Coronado.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 21 de junio de 2023.—Unidad
Hidrológica Térraba.—María Paula Alvarado Zúñiga.—( IN203790472 ).
ED-0544-2023.—Expediente
N° 13652.—Jorge, Francisco, Rolando, Manuel, Soto León, solicita concesión de: (1) 33,35 litros por segundo del
Nacimiento Sin Nombre 1, efectuando la captación en finca de su propiedad en Palmera, San Carlos,
Alajuela, para uso agropecuario - piscicultura. Coordenadas: 265.233 / 498.113,
hoja Aguas Zarcas. (2) 0,34 litros por segundo del Nacimiento Sin Nombre 2,
efectuando la captación
en finca de su propiedad en Palmera, San Carlos, Alajuela, para uso
agropecuario - lechería,
consumo humano - doméstico,
industria - alimentaria,
turístico - balneario, agropecuario -
abrevadero, consumo humano - doméstico, industria - alimentaria, turístico - balneario, agropecuario - lechería, restaurante y bar. Coordenadas:
265.277 / 498.012, hoja Aguas Zarcas. (3) 0,34 litros por segundo del
Nacimiento Sin Nombre 3, efectuando la captación en finca de su propiedad en Palmera, San Carlos,
Alajuela, para uso agropecuario - lechería, consumo humano - doméstico, industria - alimentaria, turístico - restaurante y bar, agropecuario
- lechería, consumo humano
- doméstico, industria -
alimentaria, turístico - otro,
agropecuario - abrevadero, balneario. Coordenadas: 265.413 / 497.578, hoja
Aguas Zarcas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 07 de junio de
2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023790521 ).
ED-0543-2023.—Exp.
N° 3501P.—Ornamentales Sapo Verde Sociedad Anónima, solicita concesión de: 7.5
litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo
BO-54, en finca de en Germania, Siquirres, Limón, para uso agroindustrial
empacado y agropecuario riego. Coordenadas: 237.776 / 581.456, hoja Bonilla.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 07 de junio de 2023.—Departamento
de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2023790534 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-0601-2023.—Expediente
N° 9413P.—Grupo Cugran Sociedad Anónima, solicita concesión de: (1) 0.03 litros
por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-1948 en
finca de su propiedad en San Sebastián, San José, San José, para uso
consumo humano-domestico. Coordenadas 210.650 / 527.620 hoja abra. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestar dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 22 de junio de 2023.—Departamento de
Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2023790669 ).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº 7136-2023.—Registro Civil.—Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas del
quince de mayo de dos mil veintitrés. Diligencias de ocurso presentadas por
Norma Murillo Murillo, cédula de identidad número 2-0277-1179, tendentes a la
rectificación de su asiento de nacimiento, en el sentido que la fecha de
nacimiento es 30 de enero de 1950. Se previene a las partes interesadas para
que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su
primera publicación.—Francisco Meléndez Delgado, Jefe a. í.—Javier Brenes Brenes, Encargado de Unidad de Procesos Registrales
Civiles.—( IN2023784444 ).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de Solicitud de Naturalización
Mayra Elizabeth Sánchez
Terán, venezolana, cédula de residencia N° 186200943125, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N°
2911-2023.—San José,
al ser las 10:03 del 07 de junio de 2023.—Junior Armando Barrantes Víquez, Asistente Funcional 2.—1 vez.—(
IN2023784259 ).
Rubí del Carmen Caicedo, colombiana, cédula de residencia N° 117001046534,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente N°
2671-2023.—Alajuela, al ser las 13:44 horas del 06 de junio de 2023.—José David
Zamora Calderón, Profesional Asistente.—1 vez.—( IN2023784391 ).
Lorena Del Carmen Tenorio Ramírez, nicaragüense,
cédula de residencia
DI155824242829, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente N° 3103-2023.—San José, al ser
las 02:27 del 07 de junio de 2023.—Ma. Virginia Solís Rodríguez, Asistente Funcional 3.—1 vez.—( IN2023784406 ).
Perla Auxiliadora
Arévalo López , nicaragüense, cédula de residencia 155809069613, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten
por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 3083-2023.—San José, al
ser las 08:45 horas del 07 de junio de 2023.—Lic. Fabricio Alberto Cerdas Díaz, Jefe.—1 vez.—( IN2023784411 ).
Adan Alberto Castillo Valdivia, nicaragüense, cédula de residencia N°
155822809506, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente N° 3063 2023.—San José, al ser las 9:12 am del 07 de junio de
2023.—David Antonio Peña Guzmán, Profesional en Gestión.—1 vez.—( IN2023784418
).
Marileny Del Socorro Ríos
Barrera, nicaragüense, cédula de
residencia N° 155827063327, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 3084-2023.—San José, al
ser las 10:32 O6/p6 del 07 de junio de 2023.—José Manuel Marín Castro,
Jefe.—1 vez.—( IN2023784423 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA
COLEGIO CANALETE DE UPALA
LICITACIÓN MENOR Nº 2023LE-00001
INVITACIÓN A PARTICIPAR
Para la “concesión temporal de un local
para la prestación de servicios de soda
en el Colegio Canalete de Upala”
La Junta Administrativa del Colegio Canalete de Upala recibirá ofertas
por correo electrónico para este concurso hasta las 10:00 horas del 30 de mayo
de 2023. El pliego de condiciones podrá́ solicitarse al correo
3008314175@junta.mep.go.cr.
Jose Pablo Quirós Madrigal, Cédula de Identidad 116690039.—(
IN2023789827 ).
CONSEJO UNIVERSITARIO
El Consejo Universitario de la Universidad Técnica Nacional comunica:
I.—La reforma tanto en el apartado de
Ingeniería en Ciencias Forestales y Vida Silvestre como en el de Administración
Agroindustrial del “Manual de Atinencias y Especialidades Profesionales del
Sector Docente de la Universidad Técnica Nacional”, mediante Acuerdo N°
6-12-2023 de la Sesión Ordinaria N° 12-2023, Artículo 10, celebrada el jueves
25 de mayo de 2023.
II.—La modificación del subproceso de
Gestión Estratégica de la Dirección de Gestión de Tecnología de la Información
del “Manual de Atinencias y Especialidades Profesionales del Sector
Administrativo de la Universidad Técnica Nacional”, mediante Acuerdo N°
8-12-2023 de la Sesión Ordinaria N° 12-2023, Artículo 10, celebrada el jueves
25 de mayo de 2023.
Las reformas anteriores rigen a partir de
su publicación.
Tanto el Manual
de Atinencias y Especialidades Profesionales del Sector Docente de la Universidad
Técnica Nacional como el Manual de Atinencias y Especialidades Profesionales del
Sector Administrativo de la Universidad Técnica Nacional en su versión completa
y actualizada, se encuentra disponible en el portal electrónico de la Universidad Técnica Nacional www.utn.ac.cr, sección
“Normativa Universitaria”.
Emmanuel González Alvarado, Rector.—1 vez.—( IN2023782941 ).
MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA
AVISO
El Concejo Municipal de la Municipalidad de Santa Bárbara, en sesión extraordinaria Nº 64-2023, celebrada el jueves 01
de junio del 2023, mediante el acuerdo Nº 6-2023, acordó por mayoría absoluta y
definitivamente aprobado en firme: Aprobar el Manual de Reclutamiento y
Selección.
Para visualizar el documento podrán
bajarlos mediante los siguientes links:
https://docs.google.com/document/d/1JvuEyecTq_KWqD-L9ku0QUaiol2VAnDJ/edit?usp=drive_link&ouid=111572514366762852126&rtpof=true&sd=true
https://drive.google.com/file/d/1MTkKEMyk8wFUyKXHdqVYAGOG-D7Txhis/view?usp=drive_link
Publicación por
única vez
Santa Bárbara, 05
de junio del 2023.—Ing. Víctor Hidalgo Solís,
Alcalde de la Municipalidad de Santa Bárbara.—1 vez.—( IN2023783038 ).
FIDUCIARIA JIF SOLUCIONES S.A EN SU
CONDICIÓN
DE FIDUCIARIO DEL FIDEICOMISO DE GARANTÍA
DENOMINADO “FIDEICOMISO FIDUCIARIA JIF
SOLUCIONES Y LUCRECIA SALAS RAMIREZ
CERO CERO UNO”
Se permite comunicar que en cumplimiento con lo establecido en el
fideicomiso indicado, en donde se traspasó el inmueble que se dirá en propiedad
fiduciaria, debidamente inscrito en el
Registro Nacional al tomo 2022-00775216-01, procederá a realizar la venta por
el valor indicado más adelante, en: Provincia: Alajuela, Cantón: Central,
Distrito: San José, de los Tribunales de Justicia un kilómetro al oeste y 70
metros norte, edificio de 2 pisos color gris, oficentro Leitón, del siguiente
inmueble: finca del partido de Puntarenas, matrícula de folio real 93167-000,
la cual se describe de la siguiente manera: naturaleza: Lote 96, Terreno para construir,
situada en el distrito 1- Puntarenas, cantón 1- Puntarenas, de la provincia de
Puntarenas, linda al norte: calle pública con un frente de 8 metros; al sur,
Candelaria La Maravilla Limitada; al este, lote 97 y oeste, lote 95, plano:
P-0623380-1986, libre de gravámenes y anotaciones, pero soportando las
afectaciones: a) Servidumbre sirviente, citas: 314-11807-01-0901-001; b)
Servidumbre de cloaca, citas: 574-08676-01-0290-001. El inmueble descrito se
remata con una base de ¢9.318.200,00 (nueve millones trescientos dieciocho mil
doscientos colones), se señala para el primer remate a las 10 horas del día 28
de junio del año dos mil veintitrés. De no haber postores el segundo remate
se efectuará con una base de ¢6.988.650,00 (seis millones novecientos ochenta y
ocho mil seiscientos cincuenta mil colones), se señalan las 10 horas del día 06
de julio del año dos mil veintitrés y de continuar sin oferentes para el
tercer remate con una base de ¢2.329.550,00 (dos millones trescientos
veintinueve mil quinientos cincuenta mil colones), se señalan las 10 horas del
día 14 de julio del año dos mil veintitrés. Se le comunica a los
oferentes que para participar se debe entregar un cheque certificado de gerencia, el cual deberá ser de al menos el 50% de
la base del remate, el representante del Fiduciario será el custodio de los
dineros hasta el fin del remate, en caso de existir una diferencia entre el
monto ofrecido y el cheque entregado, el adjudicatario tendrá 3 días hábiles
posteriores al remate para cancelar la diferencia entre el depósito de garantía
dado y el monto por el cual se adjudicó la propiedad. En caso, que, no cumpla
con este plazo se volverá a sacar el bien a remate y el depósito de garantía se
utilizará como arras para cubrir gastos del remate y su remanente se utilizará
para el pago de la deuda del fideicomitente. Ruth Fernández Cervantes, cédula:
1-1384-0224, apoderada generalísima
sin límite de suma de la sociedad Fiduciaria JIF Soluciones S.A., cédula jurídica: 3-101-758831, información al teléfono 2443-3201,
e-mail: info@fiduciariajifsoluciones.page.—( IN2023786005 ). 2 v. 1.
OFICINA DE REGISTRO E INFORMACIÓN
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ORI-145-2023.—Vilaboa Ulloa Pablo, R-106-2023, Cédula de identidad: 113180175, solicitó
reconocimiento y equiparación del diploma de Licenciado en Derecho, Universidad Veracruzana, México. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 31 de mayo de 2023.—M.Sc. María Gabriela Regueyra
Edelman, Jefa.—( IN2023781784 ).
ORI-131-2023.—Jackeline Soto Cruz, R-070-2023, cédula de identidad
2-0684-0137, solicitó reconocimiento y equiparación del diploma de Maestría,
Shanghai Jiao Tong University, China. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de mayo de 2023.—M.Sc.
María Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—( IN2023782697 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ORI-148-2023.—Ulloa
Morales Alejandro José, R-080-2023, cédula de identidad 1-1141-0025, solicitó
reconocimiento y equiparación del diploma de Máster en Ciencias, New York
University, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 01 de junio de 2023.—M.Sc. María Gabriela Regueyra Edelman,
Jefa.—( IN2023783147 ).
ORI-149-2023.—Ulloa
Morales Alejandro Jose, R-080-2023-B, cédula
de identidad N° 1-1141-0025, solicitó reconocimiento y equiparación del diploma
de Doctor en Filosofía, New York University, Estados Unidos. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 2 de junio de
2023.—M.Sc. María Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—( IN2023783148 ).
ORI-147-2023.—Merino
Mora Alejandra, R-363-2022-B, cédula de
identidad: 110850221,
solicitó reconocimiento y equiparación del diploma de
Máster, Université París 4, Francia. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Oficina
de Registro e Información.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 1°
de junio de 2023.—M.Sc. María Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—( IN2023783161
).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante el
Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, se
ha presentado Edgar Johnny Coto Cerdas, cédula N° 302920166, carné de
estudiante N° 8501604, a solicitar reposición de su título de Administrador de
Empresas Énfasis en Contaduría Pública, Grado Académico: Licenciatura, según
consta en el Libro Oficial de Graduados, tomo: 1, acta N° 60, página: 183,
Registro N° AELCP-94012, Graduación efectuada
el 28 de setiembre de 1994, por extravío. Se publica este edicto para
recibir oposiciones a esta reposición, dentro del término de cinco días hábiles
a partir de la tercera publicación. Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O.
C. N° 202318027.—Solicitud N° 434015.—( IN2023782741 ).
La señora Dalia
Luz Corrales Mora, costarricense, con cédula de identidad N° 6 0460 0638, ha
presentado para el reconocimiento y equiparación de grado y título en el
Instituto Tecnológico de Costa Rica, el título de Doctorado en Administración,
otorgado por la Universidad Internacional, Estados Unidos Mexicanos, el 23 de
junio del año 2022. Cualquier persona interesada
en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un
escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del
Instituto Tecnológico de Costa Rica o bien enviarlo al correo electrónico
cire@itcr.ac.cr firmado con firma digital, dentro de los quince días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Cartago, 02 de junio de 2023.—Departamento de Admisión y Registro..—MBA. William
Vives Brenes, Director.—O.C. Nº 2023318027.—Solicitud Nº 437118.—( IN2023782751
).
TIE-0573-2023
Memorando
Para: Licda. Evelyn
Bonilla Cervantes
Directora
del Departamento de Aprovisionamiento
De: M.Sc. Tannia
Araya Solano
Presidenta
del Tribunal Institucional Electoral
Cd: Archivo
Fecha: 06 de junio de
2023
Asunto: Solicitud publicación en la Gaceta Nacional del
nombramiento de la M.Sc. María Estrada Sánchez, Rectora del Instituto
Tecnológico de Costa Rica para el período comprendido del 01 de julio de 2023
hasta el 30 de junio de 2027
El Tribunal
Institucional Electoral el pasado jueves 25 de mayo de 2023, realizó la
elección del puesto de la Rectoría, para el período comprendido del 01 de julio
de 2023 hasta el 30 de junio de 2027, por plataforma de voto electrónico, en
este proceso resultó electa la M.Sc. María Estrada Sánchez.
Dado lo anterior, le solicitó
respetuosamente realizar los trámites para publicar en La Gaceta
Nacional, el nombramiento de la Rectora electa.
Se adjunta el texto para la publicación
respectiva.
Agradezco su atención.
TAS/GMS
TEXTO PARA PUBLICAR
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
TRIBUNAL INSTITUCIONAL ELECTORAL
EDICTO
El Tribunal
Institucional Electoral, por la autoridad que le confiere el Estatuto Orgánico
del Instituto Tecnológico de Costa Rica en sus artículos 84-87 declara:
Que la ingeniera
María Estrada Sánchez, cédula número uno cero novecientos setenta y cuatro cero
seiscientos cuarenta y tres, máster, mayor, casada una vez, vecina de Cartago,
De la Panadería Musmanni de la Pitahaya 100 metros norte y 50 metros oeste,
casa 6 a, Residencial Los Sueños, ha sido electa como Rectora del Instituto
Tecnológico de Costa Rica para el período del primero de julio del dos mil
veintitrés al treinta de junio del dos mil veintisiete.
Cartago, 07 de junio del 2023, M.Sc. Tannia
Araya Solano, Presidenta, Tribunal Institucional Electoral, Instituto
Tecnológico de Costa Rica.
M.Sc. Tannia Araya
Solano, Presidenta del Tribunal Institucional
Electoral.—1 vez.—O. C. N° 202318027.—Solicitud N° 437651.—(
IN2023783107 ).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Lic. Johan David
Gutiérrez Valverde, Órgano Director del Procedimiento Administrativo, en su carácter personal,
quien es Fabio René Castillo Chavarría, con cédula de identidad N° 206720621,
vecino de desconocido. Se le hace saber que en proceso especial de protección
en sede administrativa, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en
expediente N° OLAO-00088-2020, se ordena notificarle por edicto la resolución
que en lo literal dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de
Alajuela Oeste, a las ocho horas cuarenta y siete minutos del uno de junio del
dos mil veintitrés. Visto: único: que, en fecha del 22/04/2023 se reciben
incidentes 2023-04-22-01542, al ser las 21:19 horas y posteriormente
2023-04-22-04131, al ser las 23:55 ambos indicando persona menor de edad en
estado de abandono con golpes, la denuncia es atendida por la Unidad Regional
de Atención Inmediata de Alajuela (URAIA). Según se reporta en el incidente,
“Persona menor de edad con heridas en su rostro, la mordió un perro, tiene pus
en las heridas”. Considerando: De conformidad con lo establecido en el
reglamento a los artículos 133 y 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia y
siendo que, de la primera intervención institucional, las áreas de
investigación preliminar, identifican factores de riesgo que se deben
modificar, y factores de protección que requieren el fortalecimiento en
beneficio del interés superior de las personas menores de edad y su integridad.
Se requiere la ampliación de la intervención institucional con la finalidad de
poder determinar el actor o conducta que propicia los factores de riesgo,
necesarios para identificar y especializar el plan de intervención. Por tanto:
de acuerdo con la anterior esta representación ordena: a. Puesta en
conocimiento: por un plazo de cinco días hábiles se pone en conocimiento de las
partes involucradas, el informe de investigación preliminar. b. Audiencia:
siguiendo criterios de la lógica, razonabilidad, proporcionalidad y sana
crítica, se otorga audiencia de forma escrita por el plazo de cinco días
hábiles a partir de la notificación de la resolución para que presenten sus
alegatos y ofrezcan prueba. c. Fase diagnóstica: se dé inicio a la fase
diagnóstica por lo que se deberá de asignarse la intervención de un profesional
en el área de psicología para que dentro del plazo de 15 días hábiles cuando ha
existido separación familiar y de 20 días hábiles en los demás procesos, para
que al final de esta ampliación deberá determinar una recomendación de acuerdo
a lo trabajado, para establecer el cierre de la intervención institucional o
bien el dictado de la medida especial de protección correspondiente, respecto a
esto último deberá aportar un plan de intervención con su debido cronograma. Se
previene a las partes involucradas en el Proceso que les asiste todo el derecho
de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, así como tener
acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión o fotocopias. Recursos:
se le hace saber a las partes que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva
de esta institución, el cual podrá interponerse verbalmente o por escrito,
dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación (artículo 139
del Código de la Niñez y la Adolescencia). Medio para notificaciones: se insta
a las partes el establecimiento de un medio para recibir notificaciones.
Comuníquese.—Oficina Local de Alajuela Oeste.—Lic. Johan David Gutiérrez
Valverde, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 437154.—(
IN2023780804 ).
Al señor Alfonso
Maltez Romero, sin más datos, se le comunica la resolución de las ocho horas
del treinta y uno de mayo del año dos mil veintitrés, mediante la cual se dicta
mantener medida de Abrigo Temporal, de la persona menor de edad SJME. Se le confiere audiencia al señor por tres días
hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas
que estime necesarios, y se le advierte que tiene
derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su
elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la
salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el
horario los días Lunes a viernes de siete
horas con treinta minutos hasta las catorce horas, el cual permanecerá a su
disposición en esta oficina local, Puriscal, San José, Costa Rica. Barrio
Corazón de Jesús. 200 m Norte de la Estación de Bomberos, al lado derecho,
portón gris. Expediente N°OLSP-00291-2018.—Oficina Local de
Puriscal.—Msc. Yuliana Aguilar Sánchez, Representante Legal.—O. C. Nº
OC-13419-202.—Solicitud Nº 437162.—( IN2023780809 ).
Al señor Joaquín
Gerardo Castro Jiménez, mayor de edad, cédula de identidad número 106630387,
sin más datos conocidos en la actualidad, se les comunica la resolución de las
siete horas cincuenta y tres minutos de junio del año dos mil veintitrés,
Resolución de inicio del proceso especial de proteccion y puesta en
conocimiento de informe de investigación preliminar, a favor de la persona
menores de edad D. C. M., bajo expediente administrativo número
OLGO-00503-2017. Se le confiere audiencia por tres días hábiles para que
presenten alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y
se les advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado
y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del
expediente que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local en días y
horas hábiles, ubicada en Puntarenas, Golfito, Puerto Jiménez, La Palma,
contiguo a Super Servicio Las Palmas. Deberán señalar lugar conocido, número de
facsímil para recibir sus notificaciones en el entendido que de no hacerlo, o
si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el
medio electrónico señalado fuere defectuoso estuviere desconectado sin
suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
instituciones interrumpiere la comunicación,
las resoluciones futuras quedan firmes 24:00 horas después de dictadas,
conforme aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución
procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho,
en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores
a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la
entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete y
treinta minuto a las dieciséis horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además,
las pruebas que consideren pertinentes. Dicho recurso será inadmisible si es
presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación,
no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Publíquese por tres veces
consecutivas. Expediente N° OLGO-00503-2017.—Oficina Local de Puerto
Jiménez.—Licda. Nancy María Sánchez Padilla,
Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 437169.—( IN2023780811
).
Al señor: Jimmy
Alberto García Garita, se le comunica que por resolución de final con base a la
audiencia del artículo 133 Código de la Niñez y Adolescencia, se mantiene la
medida de Abrigo Temporal de las ocho horas con cincuenta minutos del quince de
mayo del año en curso, a favor de la persona menor de edad J.D.G.A, se le
concede audiencia a las partes para que se refieran al informe de investigación
preliminar trabajo social, extendido por el Licenciado en Trabajo Social, David
Trigueros Madrigal. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda
de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en Cartago,
Paraíso, de la Estación de Servicio SERPASA, 500 metros norte o bien, señalar
número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar
señalado fuere inexacto las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro
horas después de dictadas. Contra la presente, cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el
cual deberá interponer ante esta representación legal dentro de las cuarenta y
ocho horas siguientes contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la
última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 del Código de la
Niñez y la Adolescencia). Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente:
OLPR-00175-2019.—Oficina Local de Paraíso.—Licdo. Jorge Alberto Tencio
Almendáriz, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 437179.—(
IN2023780816 ).
Lic. Johan David
Gutiérrez Valverde. Órgano Director del Procedimiento Administrativo, en su
carácter personal, quien es Misael Guzmán Garita, con documento de identidad
204330278, vecino de desconocido. se le hace saber que, en Proceso Especial de
Protección en sede administrativa, establecido
por Patronato Nacional de la Infancia, en expediente administrativo OLA-00242-2014,
se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo literal dice:
Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local Alajuela Oeste. Al ser las
catorce horas y cuatro minutos del día treinta y uno de marzo del dos mil
veintitrés. Visto: I – Que en revisión del informe social de archivo de fecha
03 de marzo del 2023 a cargo de la profesional Licda. Jenny Castillo Russell,
en el que recomienda al área legal archivar el actual proceso especial de
protección al que fue sometido el grupo familiar de la persona menor de edad L
R G S, pues la joven alcanzo la mayoría de edad. Se Resuelve: Archivar el
presente Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa posterior al
análisis jurídico del expediente administrativo y recomendación vertida por la
profesional Jenny Castillo Russell, en su informe social de archivo de fecha 03
de marzo del 2023. Notifíquese.—Oficina Local Alajuela Oeste.—Lic. Johan David
Gutiérrez Valverde, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C Nº
OC-13419-202.—Solicitud Nº437183.—( IN2023780817 ).
Lic. Johan David
Gutiérrez Valverde. Órgano Director del Procedimiento Administrativo, en su
carácter personal, quienes son Jesica Auxiliadora Alemán González y Giraldo
Gómez Portobanco, vecinos de desconocido. se le hace saber que, en Proceso
Especial de Protección en sede administrativa, establecido por Patronato
Nacional De La Infancia, en expediente administrativo OLAO-00042-2023, se
ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo literal dice: Patronato
Nacional de la Infancia, Oficina Local Alajuela Oeste. Al ser las nueve horas y
cuarenta y seis minutos del día treinta y uno de marzo del dos mil veintitrés.
VISTO: I – Que en revisión del informe social de archivo de fecha 27 de marzo
del 2023 a cargo de la profesional Licda. Jenny Castillo Russell, en el que
recomienda al área legal archivar el actual proceso especial de protección al
que fue sometido el grupo familiar de la persona menor de edad D G A, pues en
la actualidad la persona menor de edad se encuentra cohabitando junto con su
progenitora fuera del territorio nacional, desconociéndose su domicilio actual,
por tanto, se debe de archivar desde esta instancia, lo anterior sin
inconvenientes de reapertura en caso de ser necesario. Se resuelve: Archivar el
presente Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa posterior al
análisis jurídico del expediente administrativo y recomendación vertida por la
profesional Jenny Castillo Russell, en su informe social de archivo de fecha 27
de marzo del 2023. Notifíquese.—Oficina Local Alajuela Oeste.—Lic. Johan David
Gutiérrez Valverde, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O.C. Nº
OC-13419-202.—Solicitud Nº 437186.—( IN2023780821 ).
A la señora María
Marcela Calderón se le comunica que por resolución de las diecisiete horas
cinco minutos del día primero de junio del año dos mil veintitrés, la Oficina
Local de Upala Revocó la Medida Cautelar de Cuido Provisional dictada en
beneficio de la persona menor de edad B.M.S.C y en su lugar ordenó Medida de Orientación,
Apoyo y Seguimiento Temporal a la Familia. Notifíquese la anterior resolución a
las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se
les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Expediente número OLU-00082-2023.—Oficina Local de Upala-Guatuso.—Licda. Katia Corrales Medrano, Órgano Director del
Procedimiento.—O. C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 437191.—( IN2023780824 ).
A Kelvin Orlando
Vega Sánchez, cédula 304750556 se le comunica que se tramita en esta
Oficina Local, proceso especial de protección en favor de N.V.V.U. y M.N.A.U. y
que mediante la resolución de las 7:30 horas del 1 de junio del 2023 se
resuelve: I.-Dar inicio al Proceso Especial de Protección. II.- Se procede a
poner a disposición de las partes el expediente administrativo, y por el plazo
de cinco días hábiles se confiere audiencia, y se pone en conocimiento de los
progenitores de las personas menores de edad, señor Kelvin Orlando Vega Sánchez,
Mario Luis Agüero Solano y Nathalia Ulate Barrantes, el informe, suscrito por la
Licda. Evelyn Camacho Álvarez y de las actuaciones constantes en el expediente
administrativo. Igualmente se pone a disposición de las partes el expediente
administrativo a fin de que puedan revisar o fotocopiar la documentación
constante en el mismo, referente a las personas menores de edad. III.- Se dicta
a fin de proteger el objeto del proceso cautelarmente medida de protección de
cuido provisional a favor de las personas menores de edad en el hogar de la
señora: Gretel Barrantes Vega. IV.- La presente medida rige por un mes contado
a partir del 1 de junio del 2023, y esto en tanto no se modifique en vía
judicial o administrativa.-V- -Medida cautelar de interrelación familiar
supervisada de los progenitores Mario Luis Agüero Solano y Nathalia
Ulate Barrantes: Siendo la interrelación familiar un derecho de las personas
menores de edad, se autoriza el mismo a favor de los progenitores de forma
supervisada, siempre y cuando no se encuentren bajo los efectos de drogas y
licor y en común acuerdo con la cuidadora. Dicha interrelación se realizará
siempre y cuando no entorpezca en cualquier grado, la formación integral de las
personas menores de edad VI.-Medida cautelar de suspensión de interrelación
familiar del progenitor Kelvin Orlando Vega Sánchez: De conformidad con la
recomendación técnica del profesional de intervención y el artículo 131 inciso
d) del Código de la Niñez y la Adolescencia, se procede a suspender la interrelación
familiar del progenitor Kelvin Orlando Vega Sánchez, respecto de su
hija. VII.- -Medida cautelar de interrelacion familiar de la persona menor de
edad de M. con sus abuelos paternos los señores Marlene Solano y José Agüero:
De conformidad con la recomendación técnica de la profesional de intervención,
se autoriza la interrelación familiar de la persona menor de edad M. con sus
abuelos paternos los señores Marlene Solano y José Agüero, el cual deberá
realizarse de previo y común acuerdo con la cuidadora y respetando los horarios
lectivos respectivos y compromisos de la cuidadora. VIII.-Medida cautelar: Se
le apercibe a los progenitores que deberán cumplir y coordinar lo respectivo a
sus obligaciones parentales con la respectiva persona cuidadora, en cuanto a
aportar económicamente para la manutención de las personas menores de edad que
están ubicadas en el respectivo sitio de ubicación para su cuido, a fin de
garantizar su derecho fundamental de vida y salud, en relación a su
alimentación. IX.-Medida cautelar: Se le apercibe a los progenitores, que
deberán abstenerse de exponer a las personas menores de edad, a situaciones de
riesgo, debiendo aprender a controlar sus impulsos, debiendo abstenerse de
exponer a las personas menores de edad a violencia intrafamiliar, agresión
verbal, emocional o física, y que deberán abstenerse de ejecutar castigo
físico, agresión verbal y/o emocional como medida de corrección disciplinaria.
Igualmente se les apercibe que deben velar por la salud de las personas menores
de edad. X.-Medida cautelar de IAFA: Se ordena al progenitor Kelvin Orlando
Vega Sánchez insertarse en valoración y tratamiento que al efecto tenga el
IAFA y presentar los comprobantes correspondientes. XI.-Medida cautelar de WEM:
Se ordena al progenitor Kelvin Orlando Vega Sánchez, insertarse en
valoración y tratamiento que al efecto tenga el Instituto WEM y presentar los
comprobantes correspondientes. XII.-Medida cautelar de INAMU: Se ordena al
progenitor Nathalia Ulate Barrantes, insertarse en valoración y tratamiento que
al efecto tenga el INAMU y presentar los comprobantes correspondientes.
XIII.-Se apercibe a la cuidadora nombrada, que deberá realizar las gestiones
necesarias para que las personas estén debidamente cuidadas y supervisadas en
su hogar, por una persona adulta responsable, en caso de que ella no pueda
estar. Igualmente se le apercibe que deberá mantener informada a la Oficina
Local en forma inmediata de cualquier cambio de domicilio, correo electrónico y
teléfono. XIV.- Se les informa a los progenitores para efectos de organización
interna, que la eventual profesional de seguimiento, sería la Licda. María Elena
Angulo, o la persona que la sustituya. Igualmente se les informa, que dicha
profesional tiene disponible agenda para citas de seguimiento que se llevaran a
cabo en esta Oficina Local, para atender a los progenitores, la persona
cuidadora y las personas menores de edad, en las fechas que oportunamente se le
indicarán: .XV.- Se señala conforme a agenda disponible el día más cercano para
celebrar comparecencia oral y privada, a saber el día 7 de junio del 2023, a
las 13:00 horas (entiéndase una de la tarde) en la Oficina Local de La Unión.
Cabe aclarar que en situaciones de fuerza mayor o caso fortuito que generen
cambios en la fecha de la comparecencia, y en general situaciones de
incapacidad médica, solicitud de las partes o sus abogados de cambio de
señalamiento de la comparecencia por señalamientos judiciales previos
–justificados debidamente con comprobante-, que impidan la realización de la
comparecencia en el día señalado en la presente resolución, y por ende que
impidan el dictado de la resolución de fondo; entonces se procederá a
reprogramar la fecha de la comparecencia, aclarándoseles que la revisión y
eventual modificación de la medida cautelar presente -dispuesta en la presente
resolución-, podría ser revisable y modificable hasta en la resolución que se
dicte una vez realizada la comparecencia oral y privada-, y esto en tanto no se
modifique en vía judicial o administrativa. Garantía de Defensa y
Audiencia: Se previene a las partes involucradas en el presente Proceso, que
les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional
en derecho, aunque para apersonarse al proceso no requieren la participación
obligatoria de un abogado; así mismo se les previene que tienen derecho a tener
acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión y/o fotocopias.
Notifíquese la presente resolución, con la advertencia a las partes de que
deben señalar Lugar dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de esta
oficina local, fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, con la
advertencia de que, en caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto,
impreciso, o llegara a desaparecer o el medio seleccionado fuera defectuoso,
estuviera desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiera la comunicación, las
resoluciones futuras quedarán notificadas
veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de la presente resolución
procede únicamente el Recurso Ordinario de Apelación que deberá interponerse
ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes a la
notificación de la presente resolución, Recurso que será resuelto por la
Presidencia Ejecutiva de la entidad. Se le hace saber a las partes, que la
interposición del recurso de apelación, no suspende la medida de protección
dictada. Expediente Nº OLLU-00448-2021.—Oficina Local de la Unión.—Licda.
Karla López Silva, Representante Legal.—O.C. N° OC-13419-202.—Solicitud N°
437194.—( IN2023780825 ).
Lic. Johan David
Gutiérrez Valverde. Órgano Director del Procedimiento Administrativo, en su
carácter personal, quien es Durling Antonio Peralta Herrera, vecino de
desconocido. se le hace saber que, en Proceso Especial de Protección en sede
administrativa, establecido por Patronato Nacional De La Infancia, en
expediente administrativo OLAO-00191-2022, se ordena notificarle por edicto, la
resolución que en lo literal dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina
Local Alajuela Oeste. Al ser las nueve horas y cuarenta y nueve minutos del día
treinta y uno de marzo del dos mil veintitrés. Visto: I – Que en revisión del
informe psicológico de archivo de fecha 03 de noviembre del 2022 a cargo de la
profesional Licda. Xóchitl González González,
en el que recomienda al área legal archivar el actual proceso especial de
protección al que fue sometido grupo familiar de la persona menor de edad C M P
T pues en la actualidad no se identifican factores de riesgo que requieran de
la intervención institucional. Lo anterior sin inconvenientes de reapertura en
caso de ser necesario. Se resuelve: Archivar el presente Proceso Especial de
Protección en Sede Administrativa posterior al análisis jurídico del expediente
administrativo y recomendación vertida por la profesional Xóchitl González
González, en su informe psicológico de archivo de fecha 03 de noviembre del
2022. Notifíquese.—Oficina Local Alajuela Oeste.—Lic. Johan David Gutiérrez
Valverde, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud
Nº 437201.—( IN2023780829 ).
Al señor Miguel Zumbado Cruz, cédula de identidad número 209640384. Se le
comunica la resolución de las 1º horas del dos de junio de 2023, dentro del expediente
administrativo N° RDURAIHN-00575-2023, mediante la cual se ordena el Cuido
Provisional de las personas menores de edad M.P.Z.B y V.S.B. Se le confiere
audiencia al señor Miguel Zumbado Cruz, por cinco días hábiles, para que
presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias
y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por
abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y
horas hábiles, y solicitar las copias del mismo, el cual permanecerá a su
disposición en esta oficina regional, ubicada en Costa Rica, Alajuela, San
Carlos, Ciudad Quesada 50 metros al Sur del Ministerio de Hacienda en Ciudad
Quesada. Teléfono 2461-0686 / 2461-0656. Correo electrónico: uraihuetarnorte@pani.go.cr.
Apartado Postal 5000-1000 San José, Costa Rica. Sitio web:
http://www.pani.go.cr.—Departamento de Atención y Respuesta Inmediata Huetar
Norte.—Licda. Eva María Arguedas Sequeira, Órgano Director del Proceso
Administrativo, Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº
437205.—( IN2023780963 ).
A quien interese se les comunica que por resolución de las catorce horas
veinticuatro minutos del día dos de junio del año dos mil veintitrés, se dictó
reubicación de persona menor de edad en del expediente OLPR-00244-2016 a favor
de la persona menor de edad K.T.M.L en la Oficina Local de Turrialba, en la
cual se conserva el expediente administrativo. Al ser materialmente imposible
notificarlos de forma personal, la publicación de este edicto cuenta como
notificación según la Ley General de Administración Pública y el reglamento a
los artículos 133 y 139 del código de la niñez y la Adolescencia número
41902-MP-MNA. Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente:
OLPR-00244-2016.—Oficina Local de Turrialba.—Lic. Andrey Portuguéz Morales,
Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 437452.—( IN2023780981
).
A la señora Cecilia Del Carmen Salablanca Diaz, mayor, costarricense,
cédula 205710572, estado civil, de oficio y domicilio desconocidos, se le
comunica que por resolución de las ocho horas veintidós minutos del dos de
junio del dos mil veintitrés se mantiene la medida de protección de cuido
provisional en recurso familiar a favor de la persona menor de edad Y.T.LL.S.,
por el plazo de seis meses que rige a partir del día ocho de mayo al ocho de
noviembre del dos mil veintitrés. Se le advierte que deberá señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro
a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en
Quepos, Rancho Grande, frente a la plaza de futbol o bien, señalar número de
facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese
medio, o correo electrónico. Contra la presente cabe recurso de apelación ante
la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante
esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes
(Artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia). Expediente N°
OLCH-00091-2014.—Oficina Local de Quepos.—Licda. Dora Del Carmen Salazar
Carvajal, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N° OC.-13419-202.—Solicitud N° 437444.—(
IN2023781046 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Notificar al
señora Ericka Teresa Jiménez Torres se le comunica la resolución de las diez
horas del seis de junio dos mil veintitrés en cuanto a la ubicación de la(s)
persona(s) menor(es) de edad, J.A.J.T. Notifíquese la anterior resolución a
la(s) parte(s) interesada(s), personalmente o en su casa de habitación, a
quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones
futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace
saber, además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario
de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del
plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación
a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de
esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible. Expediente OLLS-00138-2021.—Oficina Local de Los Santos
PANI.—Licda. María Auxiliadora Villanueva Morales, Órgano Director del
Procedimiento.—O.C. Nº
OC-13419-202.—Solicitud Nº437456.—( IN2023781528 ).
Al señor Erling Noel Saballos Meneses, mayor, nicaragüense, cédula,
estado civil, de oficio y domicilio desconocidos, se le comunica que por resolución de las diez horas catorce
minutos del dos de junio del dos mil veintitrés se mantiene medida de
protección de cuido provisional en recurso familiar a favor de la persona menor
de edad P.S.Z. y A.N.S.Z., por el plazo de seis meses que rige a partir del día
veintisiete de abril al veintisiete de octubre del dos mil veintitrés. Se le
advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un
kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra
situada en Quepos, Rancho Grande, frente a la plaza de futbol o bien, señalar
número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, o correo electrónico. Contra la presente cabe
recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual
deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho
horas siguientes (Artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia).—Órgano Director
del Procedimiento.—Expediente N°
OLQ-00060-2023.—Oficina Local Quepos.—Licda. Dora del Carmen Salazar
Carvajal.—O.C. N° OC.-13419-202.—Solicitud N° 437454.—( IN2023781562 ).
A Luis Rodríguez
González, cedula 401620818, demás calidades desconocidas se le comunica la
resolución de las diez horas del seis de mayo del año dos mil veintitrés y la
resolución de diez horas cincuenta y un minutos del cinco de junio del dos mil
veintitrés., mediante la cual se le informa que se dio inicio a proceso
especial de protección a favor de la menor A.F.R.S y mediante la cual se ordena
suspender el cuido y/o guarda de la menor. Dicha medida de conformidad con el
artículo doscientos tres del código procesal contencioso administrativo el cual
reforma el artículo trescientos cinco del código penal es de acatamiento
obligatorio, ya que en caso de incumplimiento se le podrá abrir causa por
desobediencia en sede penal, el cual castiga dicho del delito con pena de
prisión de seis meses a tres años se le advierte que deberá señalar lugar o un
fax o correo electrónico donde recibir notificaciones. de conformidad con el
artículo 133 del código de niñez y adolescencia y 218 de la ley general de
administración pública se le convoca a audiencia en el plazo de cinco días
después de haber sido notificados, para que se pronuncien y aporten prueba que
estimen pertinente. contra la presente resolución procede únicamente el recurso
ordinario de apelación que deberá interponerse ante esta representación legal
dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles después de notificada la presente
resolución, recurso que será resuelto por la presidencia ejecutiva de la
entidad. se previene a las partes involucradas en el proceso que les asiste
todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en
derecho, así como tener acceso al expediente administrativo para el estudio,
revisión o fotocopias. Expediente: OLSP-00191-2021.—Oficina Local PANI-San
Pablo de Heredia.—Licda. Indiahlay Castillo Hurtado, Representante Legal.—O.C.
Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 437477.—( IN2023781612 ).
Lic. Johan David
Gutiérrez Valverde, Órgano Director del Procedimiento Administrativo, en su carácter personal,
quien son Carlos de la Trinidad Pupiro, Juan José Amador Rivas y Josecito Rojas
Suarez, con documento de identidad N° 205810372, vecinos de
desconocido. se les hace saber que, en proceso especial de protección en sede
administrativa, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en
expediente administrativo N° OLA-00226-2015, se ordena notificarle por edicto, la resolución que
en lo conducente dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local
Alajuela Oeste, al ser las nueve horas ocho minutos del dieciséis de mayo del
dos mil veintitrés. Considerando: Único: De conformidad con la Convención Sobre
los Derechos del Niño, el artículo 55 de la Constitución Política, la normativa del Código de la Niñez y Adolescencia, la
normativa de la Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia y la
normativa de la Ley General de la Administración Pública. Por tanto: Se
resuelve: 1. Prorrogar por un plazo de 6 meses más la medida de protección de
Orientación, Apoyo y Seguimiento
Temporal a la Familia, dictada por esta Oficina Local Alajuela Oeste, al ser
las diez horas cuatro minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veintidós.
2. Se establece como fecha de vencimiento el 16 de noviembre del 2023. Notifíquese.—Oficina Local Alajuela Oeste.—Lic.
Johan Gutiérrez Valverde, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud
N° 437460.—( IN2023781643 ).
Comunica al señor
Daniel Alejandro Guevara Montero la resolución administrativa de las dieciocho
horas del veintidós de mayo del dos mil veintitrés dictada por la unidad
regional de atención inmediata de Cartago en favor de la persona menor de edad
JDGR, y la resolución de las nueve horas del cinco de junio del dos mil veintitrés dictada por la oficina local de
Cartago mediante la cual se señala audiencia de ley. Recurso. Se le hace saber
que en contra de la presente resolución procede el Recurso de Apelación para
ante la Presidencia Ejecutiva, el que deberá interponerse dentro del término de
cuarenta y ocho horas siguientes contados a partir de la tercera publicación de
este edicto, ante el Órgano Director de la Oficina Local de Cartago-. Se les
emplaza para que comparezca a la oficina local dentro de los cinco días
posteriores a la notificación de la presente resolución para lo que a bien tenga
por manifestar. Notifíquese. Expediente Administrativo
OLC-00671-2021.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Rodolfo Jimenez Arias,
Representante.—O. C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 437472.—( IN2023781661 ).
A Geiner Antonio
López Mora, cédula de identidad número siete-cero dos dos cero-cero cinco dos seis, de calidades y domicilio
desconocidos, en calidad de progenitor de la persona menor de edad I.A.L.M. Se
le comunica la resolución administrativa de las diez horas con treinta minutos
del día veinticinco de mayo del dos mil veintitrés, de esta Oficina Local. Se
les hace saber, además que contra la citada resolución procede el recurso ordinario de Apelación, que deberá interponer en
forma verbal o por escrito ante esta Oficina Local dentro de las cuarenta y
ocho horas siguientes a su notificación, el cual será elevado ante la Presidencia
Ejecutiva de esta Institución. Publíquese por tres veces consecutivas.
Expediente N° OLG-00116-2017.— Oficina Local de Guadalupe.—Licda. Yerlin
Vargas Pérez. Representante Legal.—O. C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº
437487.—( IN2023781676 ).
A: Gerald Araya
Solís, cédula N° 110760251, demás calidades desconocidas, se le comunica
la resolución de las nueve horas del seis de mayo del dos mil veintitrés y la
resolución de once horas veinte minutos del cinco de junio del dos mil
veintitrés, mediante la cual se le informa que se dio inicio a proceso especial
de protección a favor de la menor A.A.T y mediante la cual se ordena suspender
el cuido y/o guarda de la menor. Dicha medida de conformidad con el artículo
doscientos tres del código procesal contencioso administrativo el cual reforma
el artículo trescientos cinco del código penal es de acatamiento obligatorio,
ya que en caso de incumplimiento se le podrá abrir causa por desobediencia en
sede penal, el cual castiga dicho del delito con pena de prisión de seis meses
a tres años se le advierte que deberá señalar lugar o un fax o correo
electrónico donde recibir notificaciones. de conformidad con el artículo 133
del código de niñez y adolescencia y 218 de la ley general de administración
pública se le convoca a audiencia en el plazo de cinco días después de haber
sido notificados, para que se pronuncien y aporten prueba que estimen
pertinente. contra la presente resolución procede únicamente el recurso
ordinario de apelación que deberá interponerse ante esta representación legal
dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles después de notificada la presente
resolución, recurso que será resuelto por la presidencia ejecutiva de la
entidad. se previene a las partes involucradas en el proceso que les asiste todo
el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, así
como tener acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión o fotocopias. Expediente: OLSP-00085-2023.—Oficina
Local San Pablo de Heredia.—Licda. Indiahlay Castillo Hurtado, Representante
Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 437493.—( IN2023781682 ).
Al señor Kendall
Adrián Solís Tenorio, cédula de identidad N° 117150161, sin más datos
conocidos en la actualidad, se le comunica la resolución de las diez horas
treinta y un minutos del veintinueve de mayo del año dos mil veintitrés.
Audiencia de apelación artículo 133. Resolución de medida de Cuido Provisional
Provisionalísima, informe psicológico de investigación preliminar. Fecha: 26 de
mayo del 2023, elaborado por Kristel Chacón González favor de la persona menor
de edad I. F. S. C. y J. H. S. C., bajo expediente administrativo número
OLPZ-00477-2019. Se le confiere audiencia por cinco días hábiles para que
presenten alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y
se les advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado
y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del
expediente que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local en días y
horas hábiles, ubicada en Pérez Zeledón 400 metros oeste del Banco Nacional que
esta frente al Parque de San Isidro. Deberán señalar lugar conocido, número de
facsímil para recibir sus notificaciones en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer o si el medio electrónico señalado fuere
defectuoso estuviere desconectado sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta instituciones interrumpiere la
comunicación, las resoluciones futuras quedan firmes 24 horas después de
dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Se hace saber a las partes, que en contra de esta
resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante
este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho
horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia
Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete horas y treinta minutos
hasta las dieciséis horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas
que consideren pertinentes. Dicho recurso será inadmisible si es presentado
pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no
suspenderá la aplicación del acto recurrido. Publíquese por tres veces
consecutivas. Expediente N°
OLPZ-00477-2019.—Oficina Local de Pérez Zeledón.—Licda. Patricia Chanto Venegas, Representante Legal.—O.
C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 437501.—( IN2023781688 ).
Al señor Edward
Venancio Zumbado Gutiérrez, cédula de identidad N° 206410625, domicilio de
votación sita Alajuela, Desamparados, sin más datos de contacto se le comunica
la resolución administrativa de dictada las 08:00 del 29/05/2023, Medida de
Cuido Provisional a favor de la persona menor de edad E.J.Z.S. Quien
actualmente se encuentra separado de su progenitora y a cargo de un recurso
familiar. Se le confiere audiencia por tres días, para que presente los
alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que considere necesarias, se le
advierte que tiene derecho a asesorarse y representarse por un abogado o
técnicos de su elección. Expediente N° OLA-00063-2022.—Oficina Local de
Alajuela.—Licda. Dikidh González Álvarez,
Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 437510.—(
IN2023781692 ).
Al señor Arnaldo Martin Arias Zavaleta, mayor, costarricense,
cédula 304000519, estado civil, de oficio y domicilio desconocidos, se le
comunica que por resolución de las diez horas diecisiete minutos del cinco de
junio del dos mil veintitrés se revoca la medida de protección de cuido
provisional en recurso familiar y se dictó medida de orientación, apoyo y
seguimiento temporal a la familia, a favor de la persona menor de edad
D.T.A.V., por el plazo de seis meses, que rige a partir del día cinco de junio
al día cinco de diciembre del dos mil veintitrés. Se le advierte que deberá
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de
un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se
encuentra situada en Quepos, Rancho Grande, frente a la plaza de futbol o bien,
señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, o correo electrónico. Contra la presente cabe
recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual
deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho
horas siguientes (Artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia). Expediente N° OLQ-00192-2022.—Oficina Local de
Quepos.—Licda. Dora Del Carmen Salazar Carvajal, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 437528.—( IN2023781787 ).
A la señora Kenia
de Los Ángeles Yesca, indocumentada, se le comunica la resolución de trece
horas del cinco de junio del dos mil veintitrés, mediante la cual se resuelve
Medida de Cuido Provisional, a la persona menor de edad J. F. Y. Se le confiere
audiencia a la señora Kenia de Los Ángeles Yesca por tres días hábiles, para
que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estimen
necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar
por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar el
expediente en horas y días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en
esta oficina local, ubicada en San José, Uruca, de la Rotonda Juan Pablo
segundo, de Omnilife doscientos sur y cincuenta oeste. Expediente N°
OLUR-00029-2023.—Oficina Local de la Uruca.—Licda. Ileana Solano Chacón,
Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 437525.—( IN2023781788
).
A la señora
Kembly Ceba Jiménez, se le comunica que por resolución, dictada por el
Departamento de Atención Inmediata del Patronato Nacional de la Infancia, de
las catorce horas diez minutos del diecisiete de mayo del dos mil veintitrés,
se inició el proceso especial de protección en sede administrativa y se dictó
de medida cautelar de cuido provisional en beneficio de las personas menores de
edad U.G.C. Asimismo, se le comunica que mediante la resolución de las trece
horas del día dieciocho de junio del año dos mil veintitrés, se ha ordenado
convocatoria a audiencia oral y privada para que se presente a las nueve horas
del día ocho de junio del dos mil veintitrés, en las instalaciones de la
Oficina Local de Desamparados. Se le confiere audiencia a la parte por un plazo
de tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés y ofrezca
las pruebas que estime necesarias y se le advierte que tiene derecho a hacerse
asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como
consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su
disposición en esta Oficina Local, ubicada en Desamparados, cien metros norte y
cien metros al este del Banco Nacional de Desamparados. Se les hace saber
además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de
revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta
Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha
de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de
conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Expediente N°
OLHT-00162-2019.—Oficina Local de Desamparados.—Licda. Jennifer Salas Chaverri,
Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 437517.—( IN2023781792
).
Al señor Edin
Tomas Villalobos Ulloa y la señora Ana Lucía Navarro Cárdenas, se les comunica
la resolución PANI-OLAL-RA-260-2023 donde se hace citación a Audiencia Oral y
Privada, en favor de la persona menor de edad ELVN. Se le confiere audiencia
por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar
y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el
expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en
esta Oficina Local, ubicada San José, Alajuelita, San Josecito, del
supermercado Acapulco 300 metros oeste y 125 metros sur, calle al Liceo de
Alajuelita. Expediente OLAL-00269-2017.—Oficina Local de Alajuelita.—Licda.
Desirée Ramos B, Representante Legal.—O. C Nº OC-13419-202.—Solicitud
Nº437531.—( IN2023781864 ).
Al señor Herlin del Carmen Alemán López, se les comunica la resolución
PANI-OLAL-RA-259-2023, donde se inicia un proceso especial de protección bajo
la medida de abrigo y se hace citación a audiencia oral y privada, en favor de
la persona menor de edad A. A. A. L.. Se le confiere audiencia por tres días
hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y se le advierte que
tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su
elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada San José,
Alajuelita, San Josecito, del supermercado Acapulco 300 metros oeste y 125
metros sur, calle al Liceo de Alajuelita. Expediente N° OLAL-00040-2023.—Oficina Local de
Alajuelita.—Licda. Desirée
Ramos B., Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 437539.—(
IN2023781997 ).
Al señor Cesar
Ariel Castro Duarte, se desconocen más datos se le comunica la resolución de
las quince horas treinta minutos del primero de junio del dos mil veintitrés,
mediante la cual se resuelve audiencia de partes por el dictado de la medida de
abrigo temporal, a favor de la persona menor de edad. Se le confiere audiencia
a quien interese por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su
interés , y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que
tiene derecho de hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su
elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la
salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el
horario de siete horas treinta minutos y hasta las doce horas con treinta
minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina
Local, ubicada Paquera, Puntarenas, 200 metros al sur de la Escuela Julio
Acosta García. Expediente N° OLPA-00038-2023.—Oficina Local de Paquera.—Licda.
Karol Vargas Zeledón, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N°
437543.—( IN2023781999 ).
AUDIENCIA PÚBLICA VIRTUAL
La Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos convoca a audiencia pública virtual la
propuesta que se detalla a continuación:
Para ver la imagen solo en La Gaceta con formato PDF
SOBRE LA REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA:
La Audiencia
Pública virtual (*) se realizará el jueves 20 de julio de 2023 a las 17 horas
con 15 minutos (5:15 p.m.) por medio de la
Plataforma Zoom. El enlace para
participar en la audiencia pública virtual es:
https://aresep.go.cr/participacion/audiencias/et-069-2022
SOBRE CÓMO PARTICIPAR:
Los interesados pueden presentar una
posición a favor o en contra, indicando las razones por dos vías:
1. DE FORMA ORAL: Para participar de forma
oral debe registrarse a través del correo electrónico consejero@aresep.go.cr hasta las 16 horas (4:00 p.m.) del día de la
audiencia, manifestando su interés de participar en la audiencia del
expediente ET-069-2022 e indicar su nombre completo, número de cédula,
medio de notificaciones, número de teléfono y adjuntar
copia de su cédula de identidad.
El día de la audiencia se enviará un enlace
al correo electrónico registrado, para que pueda hacer uso de la palabra en la
audiencia. No obstante, si no se inscribió de forma anticipada y desea
participar, podrá inscribirse propiamente en la audiencia pública al chat
preguntas y respuestas.
2. MEDIANTE ESCRITO FIRMADO presentado en las
oficinas de la Aresep en horario de 8:00 am a 4:00 pm, por medio del fax
2215-6002 o al único correo electrónico oficial (**): consejero@aresep.go.cr hasta el día y hora de inicio de la
audiencia.
En ambos casos
presentar fotocopia de la cédula de identidad (personas físicas), correo
electrónico, número de fax o dirección exacta para notificaciones.
Las personas jurídicas pueden participar
por medio del representante legal aportando una certificación de personería
jurídica vigente.
SOBRE LA SESIÓN EXPLICATIVA:
Además, se invita a una sesión explicativa
y evacuación de dudas de la propuesta, que estará disponible el martes 4 de
julio de 2023 a las 17:00 horas (5:00 p.m.) en el perfil de Facebook
de la Aresep y al día siguiente la grabación de esta estará disponible en la
página www.aresep.go.cr.
Las dudas o consultas por escrito se
recibirán hasta el martes 11 de julio de 2023 al correo electrónico consejero@aresep.go.cr, mismas que serán
evacuadas a más tardar el martes 18 de julio de 2023.
PARA CONSULTAR EL EXPEDIENTE Y ASESORÍAS:
Puede hacerlo en las instalaciones de la
ARESEP en horario de 8:00 am a 4:00 pm o descargando el expediente en la
dirección electrónica: www.aresep.go.cr (expedientes,
expediente ET-069-2022).
Para asesorías e información adicional
comuníquese con el Consejero del Usuario al correo electrónico consejero@aresep.go.cr o a la línea gratuita número
8000 273737.
(*) En caso de
problemas o dudas para conectarse a la audiencia puede llamar al 2506-3200
extensión 1216.
(**) La
posición enviada por correo electrónico, debe estar suscrita mediante firma
digital o el documento con la firma debe ser escaneado y el tamaño no puede
exceder a 10,5 megabytes.
Dirección General de Atención al Usuario.—Gabriela Prado Rodríguez,
Directora General.—1 vez.—O. C. N° 082202310380.—Solicitud
N° 441648.—( IN2023790495 ).
AUDIENCIA PÚBLICA VIRTUAL
La Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos convoca a audiencia pública virtual la
propuesta que se detalla a continuación:
Para ver las imágenes solo en La Gaceta con formato PDF
Sobre la
realización de la audiencia: la Audiencia
Pública virtual (**) se realizará el miércoles 19 de julio de 2023 a las 17
horas con 15 minutos (5:15 p.m.) por medio de la Plataforma Zoom. El enlace
para participar en la audiencia pública virtual es: https://aresep.go.cr/participacion/audiencias/et-113-
2022
Sobre
cómo participar: los interesados pueden
presentar una posición a favor o en contra, indicando las razones por dos vías:
1. De
forma oral: Para participar de forma oral debe registrarse a través del
correo electrónico consejero@aresep.go.cr hasta las 16 horas (4:00 p.m.) del
día de la audiencia, manifestando su interés de participar en la audiencia del
expediente ET-113-2022 e indicar su nombre completo, número de cédula,
medio de notificaciones, número de teléfono y adjuntar
copia de su cédula de identidad.
El día de la audiencia se enviará un enlace
al correo electrónico registrado, para que pueda hacer uso de la palabra en la
audiencia. No obstante, si no se inscribió de forma anticipada y desea
participar, podrá inscribirse propiamente en la audiencia pública al chat
preguntas y respuestas.
2. Mediante
escrito firmado presentado en las oficinas de la Aresep en horario de
8:00 am a 4:00 pm, por medio del fax 2215-6002 o al único correo electrónico
oficial (***): consejero@aresep.go.cr hasta el día y hora de inicio de la
audiencia.
En ambos casos presentar fotocopia de la
cédula de identidad (personas físicas), correo electrónico, número de fax o
dirección exacta para notificaciones. Las personas jurídicas pueden participar
por medio del representante legal aportando una certificación de personería
jurídica vigente.
Sobre la
sesión explicativa: además, se invita a una
exposición explicativa y evacuación de dudas de la propuesta, que estará
disponible el jueves 29 de junio del 2023 a las 17:00 horas (5:00 p.m.)
en el perfil de Facebook de la Aresep y al día siguiente la grabación de esta,
estará disponible en la página www.aresep.go.cr.
Las dudas o consultas por escrito se
recibirán hasta el jueves 06 de julio del 2023 al correo electrónico
consejero@aresep.go.cr, mismas que serán evacuadas a más tardar el jueves 13
de julio de 2023.
Para
consultar el expediente y asesorías: puede
hacerlo en las instalaciones de la ARESEP en horario de 8:00 am a 4:00 pm o
descargando el expediente en la dirección electrónica: www.aresep.go.cr (expedientes,
expediente ET- 113-2022).
Para asesorías e información adicional
comuníquese con el Consejero del Usuario al correo electrónico
consejero@aresep.go.cr o a la línea gratuita número 8000 273737.
(**) En caso de problemas o dudas para
conectarse a la audiencia puede llamar al 2506-3200 extensión 1216.
(***) La posición enviada por correo
electrónico, debe estar suscrita mediante firma digital o el documento con la
firma debe ser escaneado y el tamaño no puede exceder a 10,5 megabytes.
Dirección General de Atención al Usuario.—Gabriela Prado Rodríguez, Directora General.—1
vez.—O.C. N° 082202310380.—Solicitud N° 441646.—(
IN2023790496 ).
ÁREA DE ESTADÍSTICAS CONTINUAS
UNIDAD DE ÍNDICES DE PRECIOS
El Instituto
Nacional de Estadística y Censos avisa que los Índices de Precios de la
Construcción base febrero 2012, correspondientes a abril del 2023, son los
siguientes:
|
Índice Marzo 2023 |
Índice marzo 2023 |
Variación porcentual mensual |
Índice de Precios
de Edificios |
146,925 |
146,172 |
-0,51 |
Índice de Precios de Vivienda de Interés Social |
135,801 |
135,527 |
-0,20 |
Índices de Precios de Insumos y Servicios Especiales1/ Índice de Precios
de Costo de Posesión de Maquinaria y Equipo |
141,163 |
142,221 |
0,75 |
Índice de Precios
de Repuestos |
152,835 |
153,019 |
0,12 |
Índice de Precios
de Llantas |
72,615 |
72,790 |
0,24 |
Índice de Precios
de Combustibles |
125,018 |
110,011 |
-12,00 |
Índice de Precios
de Lubricantes |
157,185 |
154,097 |
-1,96 |
Índice de Precios
de Asfálticos |
103,335 |
107,542 |
4,07 |
Índice de Precios
de Cemento Pórtland |
125,951 |
125,951 |
0,00 |
Índice de Precios
de Adquisición de Áridos |
113,262 |
113,262 |
0,00 |
Índice de Precios
de Encofrados |
132,020 |
131,670 |
-0,27 |
Índice de Precios
de Tuberías de Plástico
|
272,982 |
272,982 |
0,00 |
Índice de Precios
de Tuberías de Concreto |
105,462 |
105,462 |
0,00 |
Índice de Precios
de Hierro Fundido |
131,703 |
129,684 |
-1,53 |
Índice de Precios
de Hierro Dúctil |
109,370 |
109,370 |
0,00 |
Índice de Precios
de Acero de Refuerzo |
104,627 |
99,996 |
-4,43 |
Índice de Precios
de Acero Estructural |
138,665 |
137,734 |
-0,67 |
Índice de Precios
de Cable Eléctrico |
141,336 |
141,336 |
0,00 |
Índice de Precios de Señalización y Demarcación Vial
|
104,015 |
104,015 |
0,00 |
Índice de Precios
de Explosivos |
180,492 |
182,002 |
0,84 |
1/ La serie del
Índice de Precios de Acero Estructural de Importación se calculó hasta
setiembre del 2017 debido a que a partir de octubre del 2017 no se cuenta con
la fuente para obtener el precio del acero estructural de importación.
Elizabeth Solano
Salazar, Subgerente.—1 vez.—O.C. Nº 082202301090.—Solicitud Nº 436950.—(
IN2023783069 ).
MOISILLO SOCIEDAD ANÓNIMA
San José, Puriscal, Santiago, asamblea general ordinaria,
en cumplimiento de las normas del estatuto social, convócase a los señores
accionistas de la sociedad que se denomina: Moisillo Sociedad Anónima, a una
asamblea general extraordinaria para el 14 de julio del 2023, a las dieciséis
horas en primera convocatoria y en caso de no obtenerse quórum en ella. Se cita
para una hora después en segunda convocatoria y se realizará con los socios
presentes. La reunión tendrá lugar en la oficina del Lic. Álvaro
Herrera Madrigal, en Santiago de Puriscal, donde se tratará el siguiente “Orden
del día”: A.- Punto único, para el nombramiento de un usuario autorizado en el sistema
ATV, del Ministerio de Hacienda, ante la Tributación Directa, para efectos de
activar tributariamente la sociedad Moisillo S. A.—José, Puriscal, diecinueve
de junio de dos mil veintitrés.—Lic. Álvaro Herrera Madrigal, notario con
carné: 4493.—1 vez.—( IN2023790532 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
OASIS INN SOCIEDAD ANÓNIMA
Oasis Inn Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número tres –ciento uno- cuatrocientos
cincuenta mil sesenta, acordó la venta del
establecimiento mercantil denominado “Seis Playas”, ubicado en Tamarindo,
distrito noveno, del cantón de Santa Cruz, Guanacaste, propiedad de la
vendedora, dedicado a hotelería y turismo, a favor de la persona física o
jurídica que indique Mark Ramnauth, portador del pasaporte de los Estados
Unidos de América número cinco tres siete cinco ocho ocho dos cuatro cinco
(“Comprador”). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en la
oficina Bufete Guevara Esquivel, ubicado en Guanacaste, Santa Cruz, del Antiguo
Palacio Municipal ciento setenta y cinco metros al Sur, dentro del término de
quince días a partir de la primera
publicación de este aviso. Es todo.—Guanacaste, Santa Cruz, 5 de junio
de 2023.—Lic. Álvaro Guevara Gutiérrez,
Apoderado Especial para este acto.—( IN2023780907 ).
HACIENDA GANADERA TOPAL
SOCIEDAD ANÓNIMA
A solicitud de
José Antonio Gallegos Borbón, portador de la cédula de identidad número
9-0040-0077, en su condición de presidente de la compañía Hacienda Ganadera
Topal Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-082058, informo
del extravío del tomo primero de los libros de Actas de Asamblea de Socios,
Libro de Registro de Accionistas, y Libro de Junta Directiva, por lo que se
procederá con la reposición de los mismos para iniciar el tomo segundo.
Publíquese una vez para efectos de llevar a cabo las diligencias
correspondientes para la reposición de los libros.—San José, el 6 de junio del
2023.—Andrea Ovares López- Notaria Pública.—( IN2023781351 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
CONDOMINIO VERTICAL COMERCIAL
PLAZA BARCELONA
Comunicamos el
extravío de los libros de Caja, de Actas de Asambleas de Propietarios y de
Actas de Asambleas de Propietarios del Condominio Vertical Comercial Plaza
Barcelona, cédula jurídica N° 3-109-727756, finca matriz C-4263-M-000. Se
informa al público sobre dicho extravío, por lo que no asumimos responsabilidad
por el uso que se le dé a dichos libros.—San José, 5 de junio del
2023.—Licenciado Carlos Ureña Vásquez.—( IN2023782366 ).
SAN JOSÉ INDOOR CLUB SOCIEDAD
ANÓNIMA
Fonseca Solano Alejandro, mayor, casado, Ingeniero Químico, vecino de
Santa Ana, Río Oro, con cédula de identidad número: 1-0340-0070, al tenor de lo
dispuesto por el artículo
68 del Código de Comercio,
solicito la reposición
por extravío de la acción 1227. San José Indoor Club Sociedad Anónima, cédula jurídico número:
3-101-020989. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el domicilio sita en San Pedro,
Curridabat, de la Pops 300 metros al este, en el término de un mes a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Fonseca
Solano Alejandro, cédula
de identidad número:
1-0340-0070.—San José,
05 de junio del 2023.—Alejandro Fonseca Solano, cédula 10340070.—( IN2023782638
).
AVIANCA COSTA RICA S. A.
Para los efectos
del artículo 689 del Código de Comercio de Costa Rica, Avianca Costa Rica Sociedad Anónima (antes
Líneas Aéreas Costarricenses Sociedad Anónima), hace constar a quien interese, que por haberse
extraviado al propietario, repondrá los siguientes
certificados de acciones:
Certificado N° |
Acciones |
Serie |
4667 |
2400 |
A |
5563 |
400 |
B |
4668 |
400 |
B |
Nombre del
Accionista: Accionaria H Sociedad Anónima. Folio número: 6242.—24 mayo
2023.—Avianca Costa Rica S.A.—Norma Naranjo M.—Firma responsable: Benito Artiñano
Arechavala, cédula de identidad 8-0035-0175, Presidente de Accioniaria H S.A.,
3-101-113339.—( IN2023782683 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
CLUB LA GUARIA S. A.
Enrique Maroto Barquero, cédula de identidad número 201420224, solicita
la reposición del certificado de una acción de la sociedad Club La Guaria S.
A., cédula jurídica N° 3-101-005116, a su nombre por
haberse extraviado. Se publica este aviso para efectos del artículo 689 del
Código de Comercio.—San José, 05 de junio del 2023.—Responsable: Enrique Maroto
Barquero.—( IN2023782917 ).
UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA
Ante la Oficina de Registro de la Universidad Latina de Costa Rica, se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Licenciatura en Derecho,
inscrito bajo el tomo XI, folio 21, asiento 52417, a nombre de Ericka Segura
Zúñiga, cédula de identidad número 113500927. Se solicita la reposición del
título indicado anteriormente por extravío del original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Se extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar de la
fecha.—San José, 16 de mayo del 2023.—Departamento de Registro.—Neda Blanco
López, Directora.—( IN2023783044 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
PALMS AWAY COSTA RICA SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Eric Anderson Palmer, portador del pasaporte canadiense número al 765686, actuando en mi en condición de liquidador de la sociedad Palms Away Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada, con cédula jurídica número 3-102-826804, pongo en conocimiento un
extracto del estado final de liquidación conforme al artículo 215 del Código de
Comercio, estado en el cual se ha determinado que la compañía indicada no
cuenta con ningún bien y/o activo, ni ninguna deuda y/o pasivo, ni tiene
operaciones y/o actividades pendientes de ninguna naturaleza. Se insta a los
interesados para que dentro del plazo máximo de 15 días, a partir de esta
publicación, procedan a presentar cualquier reclamo y/u oposición ante el
liquidador, teléfono: 4056-5050; Dirección: San José, Escazú, San Rafael,
Centro Corporativo EBC, décimo piso.—Canadá, 28 de febrero del 2023.—Eric
Anderson Palmer GJ 765686, Liquidador.—1 vez.—( IN2023782888 ).
EL FARI INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA
El Fari Internacional Sociedad Anónima, cedula jurídica número
3-101-188028, solicita ante el Registro Público, la reposición de los
siguientes libros: libro de Actas de Asamblea General de Accionistas y libro de
Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición al Registro Público, en el término de ocho días hábiles contados a
partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Miguel
Villegas Arce, Notario Público.—1 vez.—( IN2023782912 ).
RIAR INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Riar Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica numero
3-101-172683, solicita ante el Registro Público, la reposición de los
siguientes libros: libro de Actas de Asamblea General de Accionistas y libro de
Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición al Registro Público, en el término de ocho días hábiles contados a
partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Miguel
Villegas Ame, Notario Público.—1 vez.—( IN2023782914 ).
PRETENSADOS NACIONALES SOCIEDAD ANÓNIMA
De conformidad con el Reglamento del Registro Nacional para la
legalización de libros legales de Sociedades Mercantiles se avisa que la
sociedad denominada Pretensados Nacionales Sociedad Anónima, titular de la
cedula de persona jurídica numero 3-101-005034, procederá con la apertura del
Tomo IV en formato de hojas removibles del Libro de Actas de Junta Directiva,
en virtud de que el Tomo III de dicho libro fue debidamente concluido.—San
Jose, 02 de junio del 2023.—Miguel González Volio, Presidente.—1 vez.—(
IN2023782921 ).
DR INMAN Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANONIMA.
Yo, Jeidy Eunice
Cruz Gamboa, cedula uno - cero seiscientos doce - cero trescientos sesenta,
vecina de Santa Ana, Urbanización Bosques de Lindora, en mi condición de
Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin limite de suma de Dr
Inman y Asociados S.A., inscrita en el Registro de Personas Jurídicas bajo la
cédula jurídica tres - ciento uno -
setecientos noventa y nueve mil ochocientos ochenta y tres, procederé a la
reposición de libros de Actas de Junta Directiva y Asamblea de Socios por
haberse extraviado los mismos.—San José, siete de junio de dos mil
veintitrés.—Jeidy Eunice Cruz Gamboa.—1 vez.—( IN2023782934 ).
CONSTRUCTORA ELECTROMECÁNICA
SEM LIMITADA
Se avisa a
terceros e interesados que los libros legales y contables de la sociedad
Constructora Electromecánica SEM Limitada, cédula jurídica número 3-102-775522, domiciliada
en San José, San Pedro, Barrio Dent, Edificio Latitud Dent, oficina 305, se
encuentra extraviados por lo que se procederá a la reposición de forma
inmediata, iniciándose con los mismos en formato electrónico o digital. Se
indica que el tomo extraviado de cada uno de los cinco libros sea los
contables: Mayor, Inventario y Balances y Diario, y los legales Registro de
Cuotistas y Actas de Asamblea de Cuotistas que se reponen, corresponde al tomo
primero de cada libro.—Silvia Herrera Escalante, Gerente.—1 vez.—( IN2023783115
).
NORTH VIEW CONDOMINIO S.A.
North View Condominio S.A., cédula jurídica 3-101-739656, en condición
de desarrolladora y propietaria de la finca filial 1-209840-F-000 y otras en el
Condominio Vertical Residencial Sabana Sesenta, finca matriz 1-5023-M-000,
informa al público del extravío del tomo número uno de los libros del citado
condominio, a saber, Actas de Asamblea, Actas de Junta Directiva, y Caja. Se
expide este edicto por parte de la sociedad indicada para los trámites de
reposición correspondiente, ante el vencimiento del plazo del administrador del
condominio.—San José, 07 de junio del 2023.—Esteban Carranza Kopper,
Apoderado.—1 vez.—( IN2023783135 ).
COLEGIO DE ABOGADOS Y DE ABOGADAS
DE COSTA RICA
El Colegio de
Abogados y de Abogadas de Costa Rica, avisa: que la Junta Directiva,
constituida en Consejo de Disciplina, sesión 08-2023, acuerdo 2023-08-051, le
impuso al licenciado Ricardo Argüello Chaverri, carné 6210, tres años y cuatro
meses de suspensión en el ejercicio de la profesión de la abogacía. Rige a
partir del día 14 de abril de 2024. (Expediente administrativo 106-21
(6)).—Lic. Carlos Villegas Méndez, Fiscal.—1 vez.—O.C. N° 3244.—Solicitud N°
436944.—( IN2023783153 ).
El Colegio de
Abogados y de Abogadas de Costa Rica avisa: que la Junta Directiva, constituida
en Consejo de Disciplina, sesión 47-22, acuerdo 2022-47-076, le impuso a la
licenciada Alexandra Loría Beeche, carné 2668, cuatro meses de suspensión en el
ejercicio de la profesión de la abogacía. Rige a partir de su publicación.
(Expediente administrativo 165-18 (2)).—Lic. Carlos Villegas Méndez, Fiscal.—1
vez.—O. C. N° 3245.—Solicitud N° 436947.—( IN2023783154 ).
El Colegio de
Abogados y de Abogadas de Costa Rica, avisa: que la Junta Directiva constituida
en Consejo de Disciplina, sesión: 30-22, acuerdo 2022-30-037, le impuso al
Licenciado David Alfaro Muñoz, carné: 21122, tres meses de suspensión en el
ejercicio de la profesión de la abogacía. Rige a partir del 30 de julio de
2023. (Expediente administrativo N° 404-19 (1)).—Lic. Carlos Villegas Méndez,
Fiscal.—1 vez.—O. C. N° 3246.—Solicitud N° 436948.—( IN2023783155 ).
El Colegio de
Abogados y de Abogadas de Costa Rica, avisa: que la Junta Directiva,
constituida en Consejo de Disciplina, sesión 08-2023, acuerdo 2023-08-053, le
impuso a la licenciada Jenny Valverde Solano, carné 15645, tres meses de
suspensión en el ejercicio de la profesión de la abogacía. Rige a partir de su
publicación. (Expediente administrativo 455-19 (6)).—Lic. Carlos Villegas
Méndez, Fiscal.—O.C. N° 3247.—Solicitud N° 436952.—( IN2023783156 ).
El Colegio de
Abogados y de Abogadas de Costa Rica, avisa que la Junta Directiva constituida
en Consejo de Disciplina, sesiones 30-21 y 08-23, acuerdos 2021-30-032 y
2023-08-031, le impuso a la Licenciada Haydee Estella Cortés Lacayo, carné N°
15006, dos meses de suspensión en el ejercicio de la profesión de la abogacía.
Rige a partir de su publicación. (Expediente administrativo: 462-19 (2)).—Lic.
Carlos Villegas Méndez, Fiscal.—1 vez.—O. C. N° 3248.—Solicitud N° 436956.—(
IN2023783157 ).
El Colegio de
Abogados y de Abogadas de Costa Rica, avisa: que la Junta Directiva,
constituida en Consejo de Disciplina, sesión 08-2023, acuerdo 2023-08-047, le
impuso al licenciado José Humberto Carillo Mora, carné 7453, un mes de
suspensión en el ejercicio de la profesión de la abogacía. Rige a partir de su
publicación. (Expediente administrativo 496-21 (6)).—Lic. Carlos Villegas
Méndez, Fiscal.—1 vez.—O.C. N° 3249.—Solicitud N° 436958.—( IN2023783158 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Se hace del
conocimiento solicitud de disminución de capital social de sociedad LYC
Desarrollo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-setecientos ochenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y seis.—Liberia,
primero de junio del año dos mil veintitrés.—Licda. Ana María Rivas Quesada,
Notaria.—( IN2023779928 ).
Ante esta
notaría, por escritura otorgada a las ocho horas del treinta de mayo del dos
mil veintitrés, se protocolizó acta de asamblea de accionistas número cinco, de
la sociedad: Sitio Desarrollo Diseño Construcción S. A., donde se
acuerda lo siguiente: modificar la cláusula primera del pacto constitutivo con
el fin de cambiar el nombre de dicha sociedad, además, se acuerda su
transformación de Sociedad Anónima a Sociedad de Responsabilidad Limitada,
acordándose denominarla: Nativo S.R.L. por lo que se procedió a nombrar
dos gerentes—San José, dos de junio del dos mil veintitrés.—Licda. Abril
Villegas Pérez.—( IN2023780304 ).
Ante esta
notaría, mediante escritura número sesenta y seis, visible al 46 vuelto, del
tomo primero, a las 14 horas del día 24 de mayo del año 2023, se protocoliza el
acta de Asamblea de Cuotistas de Oral Arts Dental Laboratories Of Costa Rica
Limitada, con la cédula de persona jurídica número 3-102-774288 mediante la
cual se acordó reformar la cláusula número cuarta del pacto constitutivo a fin
de reducir su capital social en la suma de ochenta y ocho millones novecientos
mil colones. Se otorga un plazo de tres meses, a partir de esta publicación,
para escuchar oposiciones en [San José, Curridabat, Cipreses, doscientos metros
oeste de la Estación de Servicio La Galera, contiguo a Expocerámica, edificio
de dos plantas color verde agua con morado o al teléfono 4001 8751. Disminución
de capital social.—Ciudad de San José, a las 12 horas y del día 02 del mes de
junio del año 2023.—Lic. Rodrigo González Hernández, Notario Público.—(
IN2023780667 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada C Positivo Limitada.—San José, 24 de marzo
del 2023.—Lic. Manfred Fischel Robles, Notario.—1 vez.—CE2023048256.—(
IN2023781720 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Digigold Investments
Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Esteban José
Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.— CE2023048257.—( IN2023781721 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ravicorp
Industria Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Monserrat
Alfaro Solano, Notario.—1 vez.—CE2023048259.—( IN2023781722 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Innova Aire Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Arthur
Jiménez Latouche, Notario.—1 vez.— CE2023048260.—( IN2023 781723).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada WIRXS Sociedad Anónima.—San
José, 24 de marzo del 202.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1
vez.—CE2023048261.—( IN2023781724 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Presumidas
C R Joquin Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Rodrigo
Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—CE2023048262.—( IN2023781725 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Villas L Ten de Papagayo
CR Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Hernán Cordero Baltodano,
Notario.—1 vez.— CE2023048263.—( IN2023781726 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 21 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación T Comunica
Marketing Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del
2023.—Lic. Carlo Magno Burgos Vargas, Notario.—1 vez.— CE2023048264.—(
IN2023781727 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 22 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grandir CM Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Andrés
Alberto Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2023048265.—( IN2023781728 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 21 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada VRASMR
Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del
2023.—Lic. Heberth Alonso Arrieta Carballo, Notario.—1 vez.—CE2023048266.—(
IN2023781729 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 05 minutos del 19 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Blob Company Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Carlo Magno
Burgos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023048267.—( IN2023781730 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 21 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Nisarm Gruop Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Heberth
Alonso Arrieta Carballo, Notario.—1 vez.— CE2023048268.—( IN2023781731 )
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 30 minutos del 22 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación Cardtech
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Vanessa
De Paul Castro Mora, Notaria.—1 vez.— CE2023048269.—( IN2023781732 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada BM Construyendo un Sueño
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic.
Nidia Sugey Montero Bermúdez, Notaria.—1 vez.—CE2023048270.—( IN2023781733 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 40 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Casitas del Rio Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Lawrence
Shanahan Lobo, Notario.—1 vez.— CE2023048271.—( IN2023781734 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Humble T LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Licda. Lawrence
Shanahan Lobo, Notaria.—1 vez.— CE2023048272.—( IN2023781735 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada PJCV Cars
Los Sueños Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Diana Elke
Pinchanski Fachler, Notario.—1 vez.—CE2023048273.—( IN2023781736 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Gastronómicas LB
Ventitrés Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Grace Calderón Garita, Notario.—1
vez.—CE2023048275.—( IN2023781737 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo KF Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Ligia
Rodríguez Moreno, Notario.—1 vez.— CE2023048274.—( IN2023781738 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Perlamar
Los Sueños Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Diana Elke
Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2023048276.—( IN2023781739 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sleuths Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Licda. Sabrina
Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2023048277.—( IN2023781740 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 23 de marzo del año
2023, se constituyó la sociedad denominada Papagayo Cinco Cero Seis JGVO
Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Andrés Abarca
Umaña, Notario.—1 vez.— CE2023048278.—( IN2023781741 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Chrome Condo Los Sueños
Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Diana Elke Pinchanski
Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2023048279.—( IN2023781742 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Manytam Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Alexis Monge
Barboza, Notario.—1 vez.— CE2023048280.—( IN2023781743 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 17 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Kasredha Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Alexis Monge
Barboza, Notario.—1 vez.— CE2023048281.—( IN2023781744 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Horizontes de Santa Cruz
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Ana
Militza Salazar Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2023048282.—( IN2023781745 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Delamar
Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Esteban José
Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.— CE2023048283.—( IN2023781746 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 22 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Colorado Export And
Trading Company Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic.
Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.— CE2023048284.—( IN2023781747 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 21 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ouses Nosara CR Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Eduardo
Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2023048285.—( IN2023781748 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Garcias y Monge Asociados
Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. José Luis Ureña Díaz,
Notario.—1 vez.—CE2023048286.—( IN2023781749 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Arias
Valverde del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de
marzo del 2023.—Lic. Rodrigo Sandoval Villalobos, Notario.—1
vez.—CE2023048287.—( IN2023781750 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación Servimedic CR
Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Kattia Vanessa Umaña
Araya, Notaria.—1 vez.—CE2023048288.—( IN2023781751 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 20 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Kalu Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Marco
Vinicio Solano Gómez, Notario.—1 vez.—CE2023048290.—( IN2023781752 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 10 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación Vivato
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic.
Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—CE2023048291.—( IN2023781753 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Flor de Lirio Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Sergio José
Guido Villegas, Notario.—1 vez.—CE2023048289.—( IN2023781754 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Palkingston PTY LTD ATF
Lane Family Trust Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de
marzo del 2023.—Lic. Paola Vargas Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2023048293.—(
IN2023781755 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 45 minutos del 22 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Villa Sueños Turner
Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado,
Notario.—1 vez.—CE2023048295.—( IN2023781756 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Barrantes Cubero
Importaciones Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic.
Marianela Doubleday Céspedes, Notaria.—1 vez.—CE2023048294.—( IN2023781757 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Bienes Bancarios BIBA
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic.
Nayarit Moreno Vásquez, Notaria.—1 vez.—CE2023048296.—( IN2023781758 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sole Corp Mil Novecientos
Treinta y Dos Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Deiby
Gutiérrez Atencio, Notario.—1 vez.—CE2023048292.—( IN2023781759 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada SG Tres D
Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Miriam Alejandra
Soto Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2023048298.—( IN2023781760 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Lua Alqamar Sociedad
Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Laura Virginia Baltodano
Acuña, Notaria.—1 vez.—CE2023048299.—( IN2023781761 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Panadería Giga del Este
Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Ana Verónica Cruz Vargas,
Notaria.—1 vez.—CE2023048300.—( IN2023781762 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sueños de Lagartillo SDL
Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Nidia Zúñiga
González, Notaria.—1 vez.—CE2023048301.—( IN2023781763 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 20 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cosechas del Valle SQ
Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Lilliana Fallas
Valverde, Notaria.—1 vez.—CE2023048302.—( IN2023781764 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Patylic GD Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Oscar José
Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—CE2023048304.—( IN2023781765 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Yumenokuni Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Walter Solís
Amen, Notario.—1 vez.—CE2023048305.—( IN2023781766 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Caballito de Mar Frances
Mafra Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Ana María
Avendaño Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2023048306.—( IN2023781767 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Disojo
Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Rita Gerardina Diaz
Amador, Notaria.—1 vez.—CE2023048303.—( IN2023781768 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Calexio Sociedad Anónima.—San
José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Vilma Solano Pérez, Notaria.—1
vez.—CE2023048309.—( IN2023781769 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Fabricante Acabados
Yconstrucciones Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Esteban
Villegas Castro, Notario.—1 vez.—CE2023048310.—( IN2023781770 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Olas Verdes de Nicoya
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic.
Randall Emilio Ramírez Calero, Notario.—1 vez.—CE2023048311.—( IN2023781771 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 21 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Racabla Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Alex Gerardo
Castro Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2023048313.—( IN2023781772 ).
En mi notaria
mediante escritura número 167, del tomo 6 se protocolizó el acta de asamblea
extraordinaria de accionistas de la sociedad: Transcerji S.A., cédula
jurídica: 3-101-384939, mediante la cual se modifica la representación social y
el domicilio social del pacto constitutivo. Es todo.—Heredia, 06 de junio del
2023.—Lic. Ricardo Alberto Murillo Sánchez.—1 vez.—( IN2023781773 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Vapores Incorporados
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic.
Ericka María Pérez Cordero, Notaria.—1 vez.—CE2023048207.—( IN2023781774 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Heredia Quinientos
Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del
2023.—Lic. Angie María Miranda Sandi, Notaria.—1 vez.— CE2023048208.—(
IN2023781775 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Marcin Sociedad Anónima.—San
José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Rodolfo Sotomayor Aguilar, Notario.—1 vez.—
CE2023048209.—( IN2023781776 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 23 de marzo del año
2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Fegaisem Limitada.—San
José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Daniela Elizondo Diaz, Notaria.—1 vez.—
CE2023048211.—( IN2023781777 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se
constituyó la sociedad denominada Avita Lodge Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic.
Denis Mauricio Artavia Cordero, Notario.—1 vez.— CE2023048212.—( IN2023781778
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 30 minutos
del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cardtech
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Vanessa
de Paul Castro Mora, Notaria.—1 vez.—CE2023048213.—( IN2023781779 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mediterráneo Siete
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic.
Miguel Alonso Vilchez Camacho, Notario.—1 vez.—CE2023048214.—( IN2023781780 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 10 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Legado Producciones
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic.
Lilliana Fernández Urpi, Notario.—1 vez.— CE2023048215.—( IN2023781781 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada GIVYG CR Limitada.—San
José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Gueneth Marjorie Williams Mullins, Notaria.—1
vez.—CE2023048216.—( IN2023781782 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Natju Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Alejandro
Cornejo Gutiérrez, Notario.—1 vez.— CE2023048218.—( IN2023781783 ).
Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 06 de junio de junio del
2023, protocolicé acta de asamblea general de accionistas de Servicios de
Inversiones Lufeca Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número N° 3-101-028595, por la que se
reforma la cláusula segunda de los estatutos de constitución en cuanto al
domicilio social, y se nombra agente residente.—San José, 06 de junio del
2023.—Dr. Fernando Mora Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2023781786 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 40 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Casitas del Río CR LLC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26
de marzo del 2023.—Lic. Lawrence Shanahan Lobo, Notario.—1 vez.—
CE2023048314.—( IN2023781789 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Familiar Chen
E Hijos Sociedad Anónima.—San José, 26 de marzo del 2023.—Lic. Alejandra
Barquero Ruiz, Notario.—1 vez.— CE2023048315.—( IN2023781790 ).
Protocolización
de acta número uno de asamblea general de la
sociedad Centro de Apoyo Profesional a la Adopción Sociedad de Actividades
Profesionales, con número de cédula jurídica: tres-ciento ocho-ciento setenta y
seis mil doscientos dieciséis; disolución de la sociedad, por acuerdo de
socios. Escritura otorgada en la ciudad de Heredia a las once horas del seis de
junio del año dos mil veintitrés. Es todo.—Lic. Gerardo Alonso Benavides Sánchez.—1 vez.—( IN2023781791 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada GACH Multiservicios
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic.
Julieta Vargas Quesada, Notaria.—1 vez.— CE2023048348.—( IN2023781793 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Global RGG Legal Consultants
Company Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. José
Sebastián Mesen Arias, Notario.—1 vez.— CE2023048349.—( IN2023781794 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Montiko Sociedad Anónima.—San
José, 27 de marzo del 2023.—Lic. José Ovidio Jiménez Ávila, Notario.—1
vez.—CE2023048350.—( IN2023781795 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada JS Servicios
Alimenticios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo
del 2023.—Lic. Sara Murillo Ramos, Notaria.—1 vez.—CE2023048352.—( IN2023781796
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 50 minutos del 20 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada City Muebles Limitada.—San
José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—
CE2023048353.—( IN2023781797 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada LBR Continental
Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Julie Daniela
González Castro, Notaria.—1 vez.— CE2023048354.—( IN2023781798 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Moto Partes Ruta Sesenta
y Seis Sociedad Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic.
Silvia Gabriela Meza Navarro, Notario.—1 vez.— CE2023048355.—( IN2023781799 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Iguana Tandem Limitada.—San
José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Andréi José Meza Evans, Notario.—1 vez.—
CE2023048356.—( IN2023781800 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Costa
Kossow Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Javier Alberto
Montejo Calvo, Notario.—1 vez.—CE2023048357.—( IN2023781801 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 22 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sisu Vida Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Leyden
Briceño Bran, Notario.—1 vez.— CE2023048358.—( IN2023781802 ).
La suscrita
notaria hace constar que protocolizó, mediante escritura número ciento
cincuenta y tres acta de asamblea general extraordinaria de Accionistas de la
sociedad denominada Windroseq&Q Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica su razón social 2505-0900.—San José,
06 de junio de 2023.—Lic. María Francella Sáenz Fernández.—1 vez.—(
IN2023781803 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 10 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Maporeteca Producciones
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Licda.
Lilliana Fernández Urpi, Notario.—1 vez.—CE2023048360.—( IN2023781804 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 50 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Esvarja del Sur CR
Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Adrián Ceciliano
Altamirano, Notario.—1 vez.—CE2023048362.—( IN2023781805 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Repuestos Nuevos y Usados
La Marina MYD Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Juan
Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.— CE2023048363.—( IN2023781806 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 15 minutos del 27 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Maysson Legal
Oursourcing Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del
2023.—Lic. Rafael Eduardo Pizarro Torres, Notario.—1 vez.— CE2023048365.—(
IN2023781807 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cmbrisas Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Federico
Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.— CE2023048366.—( IN2023781808 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 21 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tres Ríos Sin Huella
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic.
Luis Alonso Quesada Diaz, Notario.—1 vez.— CE2023048367.—( IN2023781809 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 21 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Boreal INT Sociedad
Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Douglas Mora Umaña,
Notario.—1 vez.—CE2023048368.—( IN2023781810 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mason Natural CR Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Lorna
Truque Arias, Notaria.—1 vez.— CE2023048370.—( IN2023781811 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos
del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Iguana BY
The Sea LLC Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Sergio Antonio
Solera Lacayo, Notario.—1 vez.— CE2023048371.—( IN2023781812 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Delight Motors DME
Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Elluany Coto Barquero,
Notario.—1 vez.—CE2023048372.—( IN2023781813 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada grupo avanzar dos mil dos
sociedad de responsabilidad limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic.
Ginnette Arias Mora, Notaria.—1 vez.— CE2023048373.—( IN2023781814 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Empresa de Seguridad El
Ojoche Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del
2023.—Lic. Julio López Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2023048374.—( IN2023781815
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Full Throttle Moto
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic.
José Matías Tristán Montero, Notario.—1 vez.— CE2023048376.—( IN2023781816 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 40 minutos del 22 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación MD Treinta y
Cinco Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Yeremy Ranses Ríos
Madriz, Notario.—1 vez.— CE2023048377.—( IN2023781817
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Transporte Frangon
Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Vera Denise Mora
Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2023048375.—( IN2023781818 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Arenal ATV Wheels
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic.
Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.— CE2023048378.—( IN2023781819 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Creeping Lizard
Properties LLC Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. José Antonio
Silva Meneses, Notario.—1 vez.—CE2023048380.—( IN2023781820 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19
horas 00 minutos del 21 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad
denominada Hacienda Horace CR Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo
del 2023.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—CE2023048381.—(
IN2023781821 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 15 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Ekraf Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Eduardo
Arauz Sánchez, Notario.—1 vez.— CE2023048382.—( IN2023781822 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada FIT Metales
Setenta y Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo
del 2023.—Lic. Alfredo Andreoli Gonzales, Notario.—1 vez.—CE2023048383.—(
IN2023781823 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 11 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Empresariales
LYM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del
2023.—Licda. Reyna Liz Mairena Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2023048384.—(
IN2023781824 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mecánica Firulais
Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Silvia Castro Quesada,
Notario.—1 vez.— CE2023048386.—( IN2023781825 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ecihem Educación En
Ciencias de Hemodinamia Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del
2023.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masis, Notario.—1 vez.— CE2023048385.—(
IN2023781826 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones T E S A
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del
2023.—Licda. Susan Alejandra Mora Umaña, Notaria.—1 vez.—CE2023048387.—(
IN2023781827 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada FCC Inversiones La
Ciénega Dos Mil Veintitrés S A Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del
2023.—Lic. José Gonzalo Saavedra Brenes, Notario.—1 vez.—CE2023048389.—(
IN2023781828 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pentagrama Domino PD
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic.
Fredrick Johan Schiebel Chinchilla, Notario.—1 vez.—CE2023048393.—(
IN2023781829 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 05 de enero
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Comerciales
Rojas Badilla Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Rafael
Ángel Jenkins Grispo, Notario.—1 vez.— CE2023048394.—(IN2023781830 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada SKI to Sea
Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Hernán Cordero Baltodano,
Notario.—1 vez.—CE2023048397.—( IN2023781831 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada RK Constructa
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic.
Sonia Corella Céspedes, Notaria.—1 vez.— CE2023048396.—( IN2023781832 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de marzo del año
2023, se constituyó la sociedad denominada Granja Avícola La
Bonita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 27 de marzo del 2023.—Licda. Maricela Mora Mora, Notaria.—1
vez.—CE2023048398.—( IN2023781833 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Lokilana Limitada.—San
José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Alejandra Salazar Blanco, Notaria.—1 vez.—
CE2023048399.—( IN2023781834 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Susocr Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Karen
Daniela Oconitrillo Quesada, Notario.—1 vez.—CE2023048400.—( IN2023781835 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 25 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sterling & Vargas
Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del
2023.—Licda. Lina María Jaramillo Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2023048402.—(
IN2023781836 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Smartell Investments
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del
2023.—Licda. Fiorella Elizondo Rojas, Notaria.—1 vez.— CE2023048403.—( IN2023781837
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Wuwei Village Sociedad
Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro,
Notario.—1 vez.— CE2023048404.—( IN2023781838 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Equipment El Durancho
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic.
Luis Diego Castro Chavarría, Notario.—1 vez.— CE2023048405.—( IN2023781839 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Vino Pura Vida CR
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic.
Guillermo Alberto Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—CE2023048406.—(
IN2023781840 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada G M Garcías y Monge Asociados INC Sociedad
Anónima.—San José, 27
de marzo del 2023.—Lic.
José Luis Ureña Díaz, Notario.— 1 vez.— CE2023048407.—( IN2023781841 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Eleven Eleven Real State
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic.
José Pablo González Trejos, Notario.—1 vez.—CE2023048408.—( IN2023781842 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 25 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo JAD Costa Rica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic.
Juan Carranza Cubillo, Notario.—1 vez.—CE2023048409.—( IN2023781843 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría. a las 19 horas 15 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Prosperland A
y F Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del
2023.—Lic. Eduardo Arauz Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2023048410.—( IN2023781844
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Oxenbauer Realty Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Enrique
Loría Brunker, Notario.—1 vez.— CE2023048412.—( IN2023781845 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Circular Project Sociedad
Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Vanessa de Paul Castro Mora,
Notaria.—1 vez.—CE2023048416.—( IN2023781846 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Colectivo Salem Sociedad
Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Lorna Truque Arias,
Notaria.—1 vez.— CE2023048417.—( IN2023781847 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 27 de marzo del año
2023, se constituyó la sociedad denominada Pacífico
Industries Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 27 de marzo del 2023.—Licda. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1
vez.—CE2023048418.—( IN2023781848 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pacífico Real
State Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notario.—1
vez.—CE2023048419.—( IN2023781849 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Rebuild CR Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. María Pía
Calvo Villalobos, Notario.—1 vez.— CE2023048420.—( IN2023781850 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 25 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sueños de Luna Azul
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic.
Celenia Godínez Prado, Notario.—1 vez.— CE2023048421.—( IN2023781851 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada TCQ C&C Limitada.—San
José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Johnny Alberto Pérez Vargas, Notario.—1
vez.—CE2023048422.—( IN2023781852 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada El Sabor de Pío Rikos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27
de marzo del 2023.—Lic. Jéssica Johanna Calderón Chinchilla, Notaria.—1 vez.—CE2023048316.—(
IN2023781853 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Viva Casa Florio Morado
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic.
Yancy Gabriela Araya Pérez, Notario.—1 vez.— CE2023048317.—( IN2023781854 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Elegania en Linea W F
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic.
Shih Min Lin Chang, Notario.—1 vez.— CE2023048318.—( IN202378155 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 40 minutos del 20 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Internacional Nadim
Consorcio Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Luis
Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.— CE2023048319.—( IN2023781856 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 40 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada H and H Auto LLC Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Fabián Kelso
Hernández, Notario.—1 vez.— CE2023048322.—( IN2023781857 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Yowe Bienes Raíces
Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Hazel Delgado
Cascante, Notario.—1 vez.—CE2023048323.—( IN2023781858 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 45 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Nav Ram Familiar Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Randall
Elías Madriz Granados, Notario.—1 vez.—CE2023048320.—( IN2023781859 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 20 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada H & R Asesores
Tecnológicos Global Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de
marzo del 2023.—Lic. Jacqueline Aponte Aguero, Notario.—1 vez.— CE2023048325.—(
IN2023781860 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 26 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Olmafu del Sur Sociedad
Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Juan Gabriel Piedra Soto,
Notario.—1 vez.—CE2023048326.—( IN2023781861 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 16 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporaciones AVMQ
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic.
Alejandro Campos Henao, Notario.—1 vez.— CE2023048327.—( IN2023781862 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 25 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Irradia Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Juan
Carranza Cubillo, Notario.—1 vez.— CE2023048328.—( IN2023781863 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Producciones Fuentes
Gasca Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Licda. Susy Bibiana
Moreno Amador, Notaria.—1 vez.—CE2023048330.—( IN2023781865 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Dezuma Sociedad Anónima.—San
José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Lilliana Ramírez Molina, Notaria.—1
vez.—CE2023048329.—( IN2023781866 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Optimalia Sociedad
Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Fernando Dionisio Zamora
Castellanos, Notario.—1 vez.— CE2023048332.—( IN2023781867 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada OES Obras de Estructura
en Seguridad Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27
de marzo del 2023.—Lic. Gastón Ulett Martínez, Notario.—1 vez.—CE2023048333.—(
IN2023781868 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Top Sexy Cars Km Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Joan
Sebastián Rivera Bedoya, Notario.—1 vez.— CE2023048334.—( IN2023781869 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Jenimen Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Mauricio
José Herrera Barboza, Notario.—1 vez.— CE2023048335.—( IN2023781870 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Proyecto Kai Arias
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic.
Cesar Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.— CE2023048337.—( IN2023781871 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Joquin C R Limitada.—San
José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1
vez.—CE2023048336.—( IN2023781872 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Premier Comfort All Star
Tours And Transport Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Jorge
Arturo Pacheco Castro, Notario.—1 vez.—CE2023048338.—( IN2023781873 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Azul
Veintiuno Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del
2023.—Licda. Eladio Antonio Picado Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2023048339.—(
IN2023781874 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Jefcys
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic.
Kenneth Mora Jiménez, Notario.—1 vez.— CE2023048341.—( IN2023781875 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Centro de Negocios RCV
del Coco Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. María
Gabriela Gómez Miranda, Notaria.—1 vez.— CE2023048340.—( IN2023781876 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ahumadictos de Costa Rica
Sociedad Anonima. —San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. María Alejandra
Calderón Hidalgo, Notaria.—1 vez.— CE2023048342.—( IN2023781877 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 15 minutos del 25 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Blessed Story Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Jenniffer De
Los Ángeles Montero Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2023048343.—( IN2023781878 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de marzo del año
2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Manuel Hz Sociedad
Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Juan Diego Cruz Esquivel,
Notario.—1 vez.— CE2023048345.—( IN2023781879 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo KF Dental Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Ligia
Rodríguez Moreno, Notaria.—1 vez.— CE2023048346.—( IN2023781880 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Juan Pablo II
Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Kevin Alfonso
Valerio Alfaro, Notario.—1 vez.— CE2023048347.—( IN2023781881 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Agroraíces L & L
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del
2023.—Licda. María del Carmen Otárola Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2023048344.—(
IN2023781882 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Stone Center Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Carlos
Miguel Redondo Campos, Notario.—1 vez.—CE2023048529.—( IN2023781900 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tecnotronic
Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Karen Melissa
Morelli Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2023048531.—( IN2023781901 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 20 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Kalu Real Estate
Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del
2023.—Lic. Marco Vinicio Solano Gómez, Notario.—1 vez.—CE2023048530.—(
IN2023781902 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos
del 17 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Kalkuco
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Andrés
Elliot Sule, Notario.—1 vez.—CE2023048533.—( IN2023781903
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 26 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Finca San Isidro VM
Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Braulio Alvarado
Salazar, Notario.—1 vez.—CE2023048534.—( IN2023781904 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 50 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Almería DDP Cero Cuatro
Dos Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del
2023.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—CE2023048535.—( IN2023781905 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos
del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gpo
Vallas CR Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Gueneth Marjorie
Williams Mullins, Notaria.—1 vez.—CE2023048536.—( IN2023781906 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada EQS Cuatrocientos
Cincuenta Plus Dos Mil Veintidós Limitada.—San José, 28 de marzo del
2023.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—CE2023048540.—(
IN2023781907 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Eden Multimarcas Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Karen
Melissa Morelli Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2023048486.—( IN2023781908 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 21 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada CTBS Sonder Sociedad Anónima.—San
José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Silvia Elena Suarez Jiménez, Notaria.—1
vez.—CE2023048487.—( IN2023781909 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Precisión Technical
Solutions AH Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo
del 2023.—Lic. José Fabio Vindas Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2023048488.—(
IN2023781910 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Modermicas Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Randall Elías Madriz
Granados, Notario.—1 vez.—CE2023048489.—( IN2023781911 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada R&R Industries
Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Nidia Zúñiga González,
Notaria.—1 vez.—CE2023048490.—( IN2023781912 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Enfermería Paliativa
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic.
Luis Felipe Martínez Obando, Notario.—1 vez.—CE2023048491.—( IN2023781913 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Fire Monkey Pura Vida
Liquor Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic.
Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—CE2023048493.—( IN2023781914
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Byanto Marketing Services
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic.
Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—CE2023048492.—( IN2023781915 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Centro Médico Integral
Innova Med Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Arturo
Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—CE2023048494.—( IN2023781916 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 14 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Constructora del Norte
Berrios Mendoza
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Nidia Sugey Montero Bermúdez, Notaria.—1 vez.—CE2023048495.— ( IN2023781917 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada KIJUFE
Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Johnny Gerardo León
Guido, Notario.—1 vez.—CE2023048496.—( IN2023781918 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos
del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Specialty
Green Products Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo
del 2023.—Lic. Oscar Eddy Trejos Monge, Notario.—1 vez.—CE2023048497.—(
IN2023781919 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 22 horas 27 minutos
del 13 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Industria
Creativa Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Yahaira Vanessa
Zamora Duarte, Notaria.—1 vez.—CE2023048498.—( IN2023781920 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Jardín
Sombreado Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Johnny Gerardo
León Guido, Notario.—1 vez.—CE2023048499.—( IN2023781921 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 40 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Horizonte Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Moraima
Agüero Artavia, Notaria.—1 vez.—CE2023048500.—( IN2023781922 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
12 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad
denominada Amayesing Life LLC Limitada.—San José, 28 de marzo del
2023.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—CE2023048501.—(
IN2023781923 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Transportes Salazar
Espinoza Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Pedro Celin Hidalgo
Zamora, Notario.—1 vez.—CE2023048502.—( IN2023781924 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Hospedaje El Pretal
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic.
Yelsing María Lira Martínez, Notaria.—1 vez.—CE2023048503.—( IN2023781925 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Obami
Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Mario Andrés
Santamaría Núñez, Notario.—1 vez.—CE2023048504.—( IN2023781926 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sarán Alpha Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Nicole María
Quesada Gurdián, Notaria.—1 vez.—CE2023048508.—( IN2023781927 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 28 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada CTE Holdings LLC Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Pedro
González Roesch, Notario.—1 vez.—CE2023048509.—( IN2023781928 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mejías & Espinoza
Costa Rica Ensueños Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de
marzo del 2023.—Lic. Douglas Espinoza Porras, Notario.—1 vez.—CE2023048507.—(
IN2023781929 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 40 minutos del 22 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación Moderuka
Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Yeremy Ranses Ríos
Madriz, Notario.—1 vez.—CE2023048510.—( IN2023781930 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 28 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Escondite del Dragon
Plateado LLC Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Gabriel Chaves
Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2023048511.—( IN2023781931 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 28 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Número de Cédula
Jurídica Asignado Sociedad Anónima.—San José, 28 de
marzo del 2023.—Lic. Luis Gerardo Ramos Vásquez, Notario.—1
vez.—CE2023048512.—( IN2023781932 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ganadería Rancho El
Chacal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del
2023.—Lic. German José Berdugo González, Notario.—1 vez.—CE2023048513.—(
IN2023781933 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada BYMSA Tropical LLC
Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma,
Notario.—1 vez.—CE2023048514.—( IN2023781934 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pérez y Arguello Noah
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic.
Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—CE2023048515.—( IN2023781935 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Agropecuaria Gosa de San
Miguel AGS Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28
de marzo del 2023.—Lic. Gabriel Gerardo Rojas González, Notario.—1
vez.—CE2023048518.—( IN2023781936 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 28 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ecofleet Sociedad Anónima.—San
José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Gastón Ulett Martínez, Notario.—1
vez.—CE2023048519.—( IN2023781937 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 05 de enero
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Leoale Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Roy Ramírez
Quesada, Notario.—1 vez.—CE2023048516.—( IN2023781938 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Canto del Bosque Sociedad
Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Elian Jiménez Cèspedes,
Notario.—1 vez.—CE2023048522.—( IN2023781939 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 26 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Alfacolo Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Montserrat
Duran Soto, Notaria.—1 vez.—CE2023048523.—( IN2023781940 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Togo PZ Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Jimmy
Cespedes Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2023048524.—( IN2023781941 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gastronomía Asiática Enso
Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Mauricio Lara Ramos,
Notario.—1 vez.—CE2023048526.—( IN2023781942 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada C Tres V Asociados
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic.
Aldo José Mata Morales, Notario.—1 vez.—CE2023048527.—( IN2023781943 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Alianzas Paliativas AIE
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic.
Luis Felipe Martínez Obando, Notario.—1 vez.—CE2023048528.—( IN2023781944 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Wombat
Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Ernesto Sanabria
Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2023048423.—( IN2023781945 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 25 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada JC&C Inmobiliaria
Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Fabio Alberto Arias
Córdoba, Notario.—1 vez.—CE2023048424.—( IN2023781946 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Monte Nosara Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Miguel
Enrique Zamora Azofeifa, Notario.—1 vez.—CE2023048425.—( IN2023781947 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Panorama Ingredients
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic.
Vivian Marcela Jiménez Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2023048426.—( IN2023781948 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 21 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Danglez Nueve Cero
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic.
Rosibel Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2023048428.—( IN2023781949 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 13 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Aguas Cristalinas del
Pacuar Ra Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del
2023.—Lic. Alexander Elizondo Quesada, Notario.—1 vez.—CE2023048427.—(
IN2023781950 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ruiz Walter Holdings
Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Andrea Hutt Fernández,
Notaria.—1 vez.— CE2023048431.—( IN2023781951 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 05 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Herbolaria Omega Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic.
Christophe Marcel Barón Inguimberty, Notario.—1 vez.— CE2023048432.—(
IN2023781952 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Reelax Charters Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Evelyn
Janieth Galán Caro, Notaria.—1 vez.— CE2023048433.—( IN2023781953 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Barro Caolín Sociedad
Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Rodrigo De Jesús Blanco
Fernández, Notario.—1 vez.— CE2023048434.—( IN2023781954 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La
Faralla Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Licda. Kattia
Vanessa Vargas Picado, Notaria.—1 vez.—CE2023048435.—( IN2023781955 )
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Rivera de Jade en Manuel
Antonio Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Mariel María
González Rojas, Notaria.—1 vez.— CE2023048436.—( IN2023781956 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Masana
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic.
Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.— CE2023048438.—( IN2023781957 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Transportes Caonabo
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic.
Carlos Manuel Navarro Moreno, Notario.—1 vez.— CE2023048439.—( IN2023781958 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 22 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Campbell Mata Inversiones
Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. María Melissa
Rodríguez Vásquez, Notaria.—1 vez.— CE2023048441.—( IN2023781959 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Islita Visión Sociedad
Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Nidia Zúñiga González,
Notaria.—1 vez.— CE2023048440.—( IN2023781960 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ski to
Sea Costa Rica Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Hernán Cordero
Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2023048443.—( IN2023781961 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Vet Pawradise CR Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. José
Ignacio Quijano San Gil, Notario.—1 vez.— CE2023048446.—( IN2023781962 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 07 minutos del 28 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Agro servicios RCJ
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del
2023.—Licda. Rosa Lidia Ferreto Morales, Notaria.—1 vez.—CE2023048447.—(
IN2023781963 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 21 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Houses Nosara CR Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Eduardo
Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2023048448.—( IN2023781964 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada C Positivo CRC Limitada.—San
José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Manfred Fischel Robles, Notario.—1 vez.—
CE2023048449.—( IN2023781965 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 21 de marzo del año
2023, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Ventas Servent
Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. María Fernanda Marchena
Avendaño, Notaria.—1 vez.— CE2023048450.—( IN2023781966 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 19 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Leapa Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Licda. Adriana
Zamora López, Notaria.—1 vez.—CE2023048451.—( IN2023781967 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Géminis Nueve Sociedad
Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Luis Casafont Terán,
Notario.—1 vez.— CE2023048452.—( IN2023781968 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Splendid
Villa Vacations Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Alex
Thompson Chacón, Notario.—1 vez.—CE2023048453.—( IN2023781969
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Rojaisa & Za
Construcciones Familiares Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Jorge Antonio
Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.— CE2023048454.—( IN2023781970 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Calexio Dos Mil Veintidós
Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Vilma Solano Pérez,
Notario.—1 vez.— CE2023048455.—( IN2023781971 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 28 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada C F Q Tres Tres Tres
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic.
Aldo José Mata Morales, Notario.—1 vez.—CE2023048456.—( IN2023781972 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada De La Docta Limitada.—San
José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Nidia Zúñiga González, Notario.—1
vez.—CE2023048459.—( IN2023781973 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria del Trópico
Azul Veintiuno Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Eladio Antonio
Picado Ramírez, Notario.—1 vez.— CE2023048461.—( IN2023781974 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Los Villanos Buenos
Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Alex Thompson Chacón,
Notario.—1 vez.—CE2023048462.—( IN2023781975 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de marzo del año
2023, se constituyó la sociedad denominada Vásquez González Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Melissa
Jiménez Moreno, Notaria.—1 vez.— CE2023048464.—( IN2023781976 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pura Vida Legacy Holdings
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic.
María Gabriela Gómez Miranda, Notaria.—1 vez.—CE2023048465.—( IN2023781977 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada VB Electro Construcciones
Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Mario Enrique Acuña
Jara, Notario.—1 vez.— CE2023048466.—( IN2023781978 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 25 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Capifruit & Veggies
Corporation Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Licda.
Monserrat Andrea Segura Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2023048467.—( IN2023781979).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Polugo Sociedad Anonima.—San
José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Edgar Odio Rohrmoser, Notario.—1
vez.—CE2023048468.—( IN2023781980 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grisi
Naturals de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del
2023.—Lic. Silvia María González Castro, Notaria.—1 vez.— CE2023048469.—( IN2023781981
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 45 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pura Vida Legacy Services
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic.
María Gabriela Gómez Miranda, Notario.—1 vez.— CE2023048473.—( IN2023781982 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Avanza Red C R Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Manfred
Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.— CE2023048472.—( IN2023781983 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 21 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Iterum Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Silvia Elena Suárez
Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2023048474.—( IN2023781984 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada K&N Properties Dos
Mil Veintitrés Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo
del 2023.—Lic. Alejandro José Burgos Bonilla, Notario.—1 vez.— CE2023048475.—(
IN2023781985 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Romero Consulting
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic.
Rafael Alberto Saborío Víquez, Notario.—1 vez.—CE2023048476.—( IN2023781986 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Centro de Distribución
Ofertón J J S Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Anthony Francisco Fernández
Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2023048477.—( IN2023781987 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mochuelo de Atenea P
& C Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del
2023.—Lic. Didier Mora Calvo, Notario.—1 vez.—CE2023048478.—( IN2023781988 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Palms
House Mys Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Carlos
Humberto Arias Solano, Notario.—1 vez.— CE2023048479.—( IN2023781989 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 27 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Everty Nova Sociedad
Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Mauricio Alberto Campos
Brenes, Notario.—1 vez.— CE2023048480.—( IN2023781990 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 21 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada CTBS Sociedad Anónima.—San
José, 28 de marzo del 2023.—Licda. Silvia Elena Suarez Jiménez, Notaria.—1
vez.—CE2023048481.—( IN2023781991 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 45 minutos del 25 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Osher
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic.
Daniela Gutiérrez Ugalde, Notario.—1 vez.— CE2023048483.—( IN2023781992 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 13 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Osnus Sociedad Anónima.—San
José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Carolina Campos Solís, Notaria.—1
vez.—CE2023048485.—( IN2023781993 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cosechas de Cariari
Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Licda. Sandra Isabel
González Pinto, Notaria.—1 vez.—CE2023048484.—( IN2023781994 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Siete Hermanos ZM
Sociedad Anónima.—San José, 4 de marzo del 2023.—Lic. Fernando Gutiérrez
Herrera, Notario.—1 vez.— CE2023046669.—( IN2023781995 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 45 minutos del 28 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Kalimantan L L C
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de marzo del 2023.—Lic.
Jaime Fonseca Zúñiga, Notario.—1 vez.— CE2023046670.—( IN2023781996 ).
The Villalobos
Legacy S. R. L., cédula jurídica
3102810169, modifica clausula sexta gerentes pueden otorgar toda clase de
poderes reservando su mandato. Tels.: 8848 4860 2236 7185.—Tibás.—Cinthya
Villalobos Mirada, Notaria.—1 vez.—( IN2023782000 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 21 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Formar Empresa CR
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic.
María Marilyn Segura Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2023046673.—( IN2023782002 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 02 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Makris and Family
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic.
Lorenzo Segura Mata, Notario.—1 vez.—CE2023046674.—( IN2023782003 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Jeoz Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Johnny
Alberto Moya Umaña, Notario.—1 vez.— CE2023046675.—( IN2023782004 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Garaje Outlet de
San Ramón Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Alexander Monge Cambronero, Notario.—1 vez.—
CE2023046676.—( IN2023782005 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 02 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Deco Roller CR Sociedad
Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Juan Pablo Carmona Mendoza,
Notario.—1 vez.—CE2023046677.—( IN2023782006 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 27 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Keymec MC Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Eugenio Francisco
Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.— CE2023046678.—( IN2023782007 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de
diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Gusto Por La
Parrilla y Mucho Mas M E J K Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Alonso Jesús Chaves Fernández, Notario.—1 vez.—
CE2023046679.—( IN2023782008 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 20 minutos del 28 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Fozzy Holdings
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic.
Allan García Barquero, Notario.—1 vez.— CE2023046680.—( IN2023782009 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pura Vida Joe Incorporated
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic.
Allan García Barquero, Notario.—1 vez.—CE2023046681.—( IN2023782010 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Transportes JyJ Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Liz Andrea
Salazar Arroyo, Notaria.—1 vez.— CE2023046684.—( IN2023782011 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada EGSU Homes Inmobiliaria
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic.
Fabian Jiménez Valverde, Notario.—1 vez.— CE2023046683.—( IN2023782012 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 16 de
diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios
JB Solutions Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Milton
Manuel Rojas Barquero, Notario.—1 vez.— CE2023046685.—( IN2023782013 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Importaciones M & O
CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del
2023.—Lic. Álvaro
Enrique Arguedas Duran, Notario.—1 vez.—
CE2023046687.—( IN2023782014 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Maleku Azteca
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic.
Rigoberto Rodríguez Hernández, Notario.—1 vez.—CE2023046688.—( IN2023782015 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios y
Consultoría Reymar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de
marzo del 2023.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.— CE2023046689.—(
IN2023782016 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 01 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Muebles
RVR Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. José Alberto
Zúñiga López, Notario.—1 vez.— CE2023046690.—( IN2023782017 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 27 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Técnicos Industriales en Soldadura J y G Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Ricardo Martínez Vásquez, Notario.—1 vez.—
CE2023046692.—( IN2023782018 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Abaco Global Services
J&A Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del
2023.—Lic. Luis Chen Mok, Notario.—1 vez.— CE2023046691.—( IN2023782019 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 05 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mairena & Campos
Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del
2023.—Lic. Esteban Caamaño Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2023046693.—(
IN2023782020 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada SVM Extintores Sociedad
Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Mary Luz Arias Barrantes,
Notaria.—1 vez.— CE2023046695.—( IN2023782021 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 02 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada MyM El Buen Gusto Heredia
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic.
Mauricio Montero Hernández, Notario.—1 vez.—CE2023046696.—( IN2023782022 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Aldara Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Mario Andrés
Santamaria Núñez, Notario.—1 vez.—CE2023046697.—( IN2023782023 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Kaimana Properties KPRO
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic.
Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—CE2023046698.—( IN2023782024 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 23 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación
Pacific Flashes M&M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6
de marzo del 2023.—Lic. Roger Antonio Valverde Sancho, Notario.—1
vez.—CE2023046699.—( IN2023782025 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Skwoma Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Roldán Morales
Novoa, Notario.—1 vez.—CE2023046700.—( IN2023782026 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Agrícolas Majo
Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Laura Marcela Hernández
Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2023046701.—( IN2023782027 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicio de Maquinaria
Pesada Copete Sociedad Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del
2023.—Lic. Daglich Anthony Medina López, Notario.—1 vez.—CE2023046702.—(
IN2023782028 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Esquivel Timber
International Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de
marzo del 2023.—Licda. Betty Herrera Picado, Notaria.—1 vez.—CE2023046703.—(
IN2023782029 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pangea Holdings Inc
Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Rebeca María Chacón
Montero, Notaria.—1 vez.—CE2023046704.—( IN2023782030 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación
Dreamland Sunset E&K Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6
de marzo del 2023.—Lic. Roger Antonio Valverde Sancho, Notario.—1
vez.—CE2023046705.—( IN2023782031 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Daku Investments Limitada.—San
José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Pamela Mora Soto, Notaria.—1
vez.—CE2023046707.—( IN2023782032 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Canguro
Tecnología y Accesorios Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Josefina Carime Ayubí
Pimienta, Notaria.— 1 vez.—CE2023046706.—(
IN2023782033 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Aguas del Rio Blanco
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic.
Melvin Reyes Duran, Notario.—1 vez.—CE2023046710.—( IN2023782034 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 25 minutos del 31 de enero
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada G Soluciones de
Trasnportes Modernos de Santa Ana.—San José, 06 del 03 del 2023.—Lic.
Gabriela Porras Benamburg, Notaria.—1 vez.—CE2023046712.—( IN2023782035 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 02 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Bc Mfi Nosara Rentals
Administration Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de
marzo del 2023.—Lic. Carmen de María Castro Kahle, Notaria.—1
vez.—CE2023046711.—( IN2023782036 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación
Peaceful Land B&D Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de
marzo del 2023.—Lic. Roger Antonio Valverde Sancho, Notario.—1
vez.—CE2023046713.—( IN2023782037 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios en Soporte
Corporativo Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Francisco
Javier Vargas Solano, Notario.—1 vez.—CE2023046715.—( IN2023782038 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sindesperdicio Costa Rica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic.
Sergio José Solano Montenegro, Notario.—1 vez.—CE2023046714.—( IN2023782039 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Investment Electric
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic.
Susana Méndez Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2023046717.—( IN2023782040 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Santorini
del Mar Egeo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del
2023.—Lic. Melvin Coto Ramos, Notario.—1 vez.—CE2023046718.—( IN2023782041 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada GPRH Limitada.—San
José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Sandra Isabel González Pinto, Notaria.—1
vez.—CE2023046721.—( IN2023782042 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Zammada Limitada.—San
José, 6 de marzo del 2023.—Licda. Pamela Mora Soto, Notaria.—1
vez.—CE2023046722.—( IN2023782043 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 27 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria
Luamero ML Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Miguel Ángel
Herrera González, Notario.—1 vez.—CE2023046724.—( IN2023782044 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ministerio
Profético Soplo de Dios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6
de marzo del 2023.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2023046719.—( IN2023782045 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 01 horas 50 minutos
del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada DLRB
Paradise Created Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Ana Isabel
Paniagua Lacayo, Notaria.—1 vez.—CE2023046725.—( IN2023782046 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tutoma Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Roberto
Francisco León Gómez, Notario.—1 vez.—CE2023046726.—( IN2023782047 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Minghe Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Yijun Xie
Luo, Notario.—1 vez.—CE2023046727.—( IN2023782048 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada PLD Filadelfia Sociedad
Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Mauricio Lara Ramos,
Notario.—1 vez.—CE2023046730.—( IN2023782049 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Goldenrl
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic.
Minor Vargas Salas, Notario.—1 vez.—CE2023046732.—( IN2023782050 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ballena Vacaciones
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic.
Atencio Ruiz Juárez, Notario.—1 vez.—CE2023046729.—( IN2023782051 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Transportes Gufo Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Liz Andrea
Salazar Arroyo, Notaria.—1 vez.—CE2023046733.—( IN2023782053 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Avicatec Sociedad Anónima.—San
José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Mario Madrigal Ovares, Notario.—1
vez.—CE2023046734.—( IN2023782054 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada JYB Servicios Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Joenny Rebeca
Araya Castro, Notaria.—1 vez.—CE2023046735.—( IN2023782055 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pro Job Construcciones
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Licda.
Carolina Zamora Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2023046736.—( IN2023782056 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Moonlight Avenue Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Juan José
Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2023046738.—( IN2023782057 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada RAH RAH INCORPORATED
Sociedad Anónima.—San José, 06 de marzo del 2023.—Lic. Roberto Alonso
Rimola Real, Notario.—1 vez.—CE2023046737.—( IN2023782058 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Aura Artesanal Sociedad
Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. José Guillén León,
Notario.—1 vez.—CE2023046742.—( IN2023782059 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 26 minutos
del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tagut
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic.
Alberto Rojas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023046741.—( IN2023782060 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 26 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tropic Tamarindo
Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Laura Gabriela Alcázar
Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2023046743.—( IN2023782061 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 31 de enero
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sigma Orionis Creations
Soc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del
2023.—Lic. Rodolfo Manuel Ramírez Barquero, Notario.—1 vez.—CE2023046739.—(
IN2023782062 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 01 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Casa Maravista de
Hojancha Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Edgar Manrique Salazar
Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2023046744.—( IN2023782063 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada HGC San Isidro Home and
Garden Community Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. José
Pablo González Trejos, Notario.—1 vez.—CE2023046745.—( IN2023782064 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 02 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Panadería y Cafetería La
Familia Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Stefany Borey
Bryan, Notaria.—1 vez.—CE2023046746.—( IN2023782065 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 40 minutos del 01 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Hacienda Marabuena de
Nicoya Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Edgar Manrique Salazar
Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2023046747.—( IN2023782066 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 02 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Witer Sociedad Anónima.—San
José, 6 de marzo del 2023.—Licda. Gabriela Mora Aguilar, Notaria.—1
vez.—CE2023046749.—( IN2023782067 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Lynard
Atelier Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Luis Diego
Quesada Araya, Notario.—1 vez.—CE2023046751.—( IN2023782068 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de marzo del año
2023, se constituyó la sociedad denominada Novostar Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Juan Diego
Elizondo Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023046752.—( IN2023782069 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Xfinity Twenty Three
Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Herberth Ernesto Camacho
Cubillo, Notario.—1 vez.—CE2023046753.—( IN2023782070 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Blessed Dreams by The
Ocean Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del
2023.—Lic. Lilliam Soto Hines, Notaria.—1 vez.—CE2023046754.—( IN2023782071 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Ferreteras
M & O CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de marzo
del 2023.—Lic. Álvaro Enrique Arguedas Durán, Notario.—1
vez.—CE2023046755.—( IN2023782072 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Logística Mesckalo de
Guanacaste KCV S R L Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de
marzo del 2023.—Lic. Franklin Carrillo Cubero, Notario.—1 vez.—CE2023046757.—(
IN2023782073 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Parpal CR Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Juan Diego
Elizondo Vargas, Notario.—1 vez.— CE2023046760.—( IN2023782074 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Xotic Diamante Vip Media
Soluciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del
2023.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—CE2023046761.—( IN2023782075
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Icksa Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Ernesto
Santiago Chinchilla Vilchez, Notario.—1 vez.— CE2023046762.—( IN2023782076).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 02 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Casa Santa Fe de Alexia
Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 6 de marzo del 2023.—Lic.
Juan Diego Chaves Quesada, Notario.—1 vez.— CE2023046763.—( IN2023782077 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de marzo del año
2023, se constituyó la sociedad denominada Bemoniral Limitada.—San José,
6 de marzo del 2023.—Lic. Federico Altamura Arce, Notario.—1 vez.—
CE2023046764.—( IN2023782078 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada CR Imagen de
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del
2023.—Lic. Luis Javier Solano Jiménez, Notario.—1 vez.— CE2023046765.—(
IN2023782079 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Trotti del Mar Limitada.—San
José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Ana Patricia Guerrero Murillo, Notario.—1 vez.—
CE2023046767.—( IN2023782080 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 01 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Exin Logistics Sociedad
Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Alejandra Bastida Álvarez,
Notario.—1 vez.— CE2023046766.—( IN2023782081 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Carita Linda Ocsnl
Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. María Teresa Urpi Sevilla,
Notario.—1 vez.— CE2023046768.—( IN2023782082 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos
del 01 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Educere
Servicios de Formación y Capacitación Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de marzo del 2023.—Lic. José Pablo González Trejos, Notario.—1 vez.—
CE2023046770.—( IN2023782083 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Soluciones y Proyectos de
Construcción Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Evelyn
Paola Solís Madrigal, Notario.—1 vez.— CE2023046769.—( IN2023782084 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inver House Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Aldo José
Mata Morales, Notario.—1 vez.— CE2023046771.—( IN2023782085 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 12 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Keramikos Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Maricela Mora
Mora, Notario.—1 vez.— CE2023046772.—( IN2023782086 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 22 horas 00 minutos del 05 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada D Antología Producciones
Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Hernán Flores
Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2023046773.—( IN2023782087 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Occidente
Yellow Motors Costa Rica Sociedad Anonima.— San José, 6 de marzo del
2023.—Lic. Guadalupe Montero Ugalde, Notario.—1 vez.— CE2023046774.—(
IN2023782088 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ricflo
Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 6 de marzo del 2023.—Lic.
Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.— CE2023046775.—( IN2023782089 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 24 de enero
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Nikitasantana Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Marcela
Patricia Gurdián Cedeño, Notario.—1 vez.— CE2023046776.—( IN2023782090 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Osa Dream Group Sociedad
Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Johan Andrés Herrera Ramírez,
Notario.—1 vez.— CE2023046777.—( IN2023782091 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tres P
Transformation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo
del 2023.—Lic. Rebeca Murillo Dobles, Notario.—1 vez.— CE2023046778.—(
IN2023782092 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Semilla del Abuelo
Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 6 de Marzo del 2023.—Lic.
Manfred Gerhard Marshall Facio, Notario.—1 vez.— CE2023046781.—( IN2023782093
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 15 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Dominical Luxury Rentals
Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain,
Notario.—1 vez.— CE2023046782.—( IN2023782094 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gestión Unificada de
Recursos y Operaciones Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del
2023.—Lic. Said Breedy Arguedas, Notaria.—1 vez.— CE2023046783.—( IN2023782095
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Caerulea Grace Limitada.—San
José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Alejandra Salazar Blanco, Notario.—1 vez.—
CE2023046784.—( IN2023782096 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Domi Property Management
Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain,
Notario.—1 vez.—CE2023046785.—( IN2023782097 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 50 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Other Love Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Arcelio
Alberto Hernández Mussio, Notario.—1 vez.— CE2023046786.—( IN2023782098 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 13 de febrero
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Tamasar
Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Huendy Mabel Cruz
Argueta, Notario.—1 vez.— CE2023046788.—( IN2023782099 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Nakama Pacific Group
Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 6 de marzo del 2023.—Lic.
Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.— CE2023046789.—( IN2023782100 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Investigaciones FM del
Norte Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Federico Calvo Pérez,
Notario.—1 vez.—CE2023046790.—( IN2023782101 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos
del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Chloe Dos
Mil Veintidós Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Fernando Alfaro
Chamberlain, Notario.—1 vez.— CE2023046791.—( IN2023782102 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 01 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Fralapa LP CR Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Rodolfo
Manuel Ramírez Barquero, Notario.—1 vez.— CE2023046787.—( IN2023782103 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 02 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servitec DQ Belice
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic.
Densis Armando Alvarado Chacón, Notario.—1 vez.— CE2023046792.—( IN2023782104
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Alquimi Lami Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Licda. Paola Lucia
Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2023046793.—( IN2023782105 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Paraulata Espress
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
Yesenia María Ballestero Jiménez, Notaria.—1 vez.— CE2023046794.—( IN2023782107
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicios Legales y
Empresariales de Orotina Sociedad Anónima.—San José, 07 de marzo del
2023.—Lic. Julio Cesar Sandoval Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2023046795.—(
IN2023782108 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Belus Labs Sociedad
Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Kimberly Rojas De La Torre,
Notaria.—1 vez.— CE2023046796.—( IN2023782109 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sloan Projects
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del
2023.—Licda. Zulay Estrada Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2023046797.—( IN2023782110
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Linda & Yves Dos Mil
Veintitrés Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Sylvia Muñoz
García, Notaria.—1 vez.—CE2023046799.—( IN2023782111 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de enero
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Operativa Nacional de
Seguridad Privada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de
marzo del 2023.—Lic. Roberto Enrique Romero Mora, Notario.—1 vez.—
CE2023046801.—( IN2023782112 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporation Pangea
Holdings Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Rebeca María
Chacón Montero, Notaria.—1 vez.— CE2023046802.—( IN2023782113 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Burger Factory El Chante
Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Alejandra Salazar Blanco,
Notaria.—1 vez.—CE2023046803.—( IN2023782114 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 15 de
noviembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Food Gurus
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 07 de marzo del 2023.—Licda. Andrea
Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.— CE2023046804.—( IN2023782115 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicios Técnicos GAMO
MAMP Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. René Dagoberto
Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.— CE2023046805.—( IN2023782116 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 26 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Rodríguez Valerio
Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Jorge Zúñiga
Calderón, Notario.—1 vez.—CE2023046806.—( IN2023782117 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Cingab
Limitada.—San José, 07 de marzo del 2023.—Lic. Luis Ricardo Garino
Granados, Notario.—1 vez.—CE2023046807.—( IN2023782118 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tree Top Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Luis Paulo
Castro Hernández, Notario.—1 vez.— CE2023046808.—( IN2023782119 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada G&K Investments
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
Billy Benjamín Latouche Ortiz, Notario.—1 vez.— CE2023046809.—( IN2023782120 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 02 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Jazzma Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Alberto Sáenz
Roesch, Notario.—1 vez.—CE2023046810.—( IN2023782121 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Sabadilla Limitada.—San
José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Sylvia Muñoz García, Notaria.—1
vez.—CE2023046811.—( IN2023782122 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Rofimor Sociedad
Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Antonio López Calleja
Villalobos, Notario.—1 vez.— CE2023046812.—( IN2023782123 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada MCM Cost Incorporate
Sociedad de Reponsabilidad Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
7 de marzo del 2023.—Lic. Kenneth Enrique Orozco Villalobos, Notario.—1 vez.—
CE2023046813.—( IN2023782124 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Adrales
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
Monserrat Andrea Segura Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2023046814.—( IN2023782125 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ver a las Estrellas
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.— CE2023046816.—( IN2023782126 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gastromarcas
Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Licda. Giannina Arroyo
Araya, Notaria.—1 vez.—CE2023046817.—( IN2023782127 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Isaiah Fifty Eight Ten
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de marzo del 2023.—Lic.
Geraldin Vargas Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2023046820.—( IN2023782128 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Bulwak Caribe
Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Johnny Gerardo León Guido,
Notario.—1 vez.— CE2023046821.—( IN2023782129 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Casa Jens Cahuita
Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Norman Frederick Mory Mora,
Notario.—1 vez.— CE2023046822.—( IN2023782130 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Flore Verde
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
Leonardo Alonso Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—CE2023046823.—( IN2023782131 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Exterminio Total TSH
Sociedad Anónima.—San José, 07 de marzo del 2023.—Licda. Reina María Quirós León, Notario.—1 vez.—CE2023046825.—(
IN2023782132 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada BC Cinco
Construcción CR Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Ranmy
Rafael Espinoza Cisneros, Notario.—1 vez.— CE2023046826.—( IN2023782133 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Jocamer
Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Eduardo
Rodríguez Paniagua, Notario.—1 vez.— CE2023046827.—( IN2023782134 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 23 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Bistro Cincuenta
y Nueve CR Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Carlo
Magno Burgos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023046828.—( IN2023782135 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 02 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Haoma Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. José Pablo
Badilla Quirós, Notario.—1 vez.—CE2023046829.—( IN2023782136 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Soñado Limitada.—San
José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Jarlin Guerra Álvarez, Notario.—1
vez.—CE2023046830.—( IN2023782137 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Daku Investments DICR
Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Pamela Mora Soto, Notaria.—1
vez.—CE2023046832.—( IN2023782138 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 02 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gonmaru Asociados Sociedad
Anónima.—San José, 07 de marzo del 2023.—Licda. Melania de Los Ángeles Chin
Wo Cruz, Notaria.—1 vez.—CE2023046831.—( IN2023782139 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Hacienda La Reserva
Ciento Treinta y Cuatro Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
Andrea Hutt Fernández, Notaria.—1 vez.—CE2023046834.—( IN2023782140 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de
agosto del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Jusanve Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Ileana
Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—CE2023046835.—( IN2023782141 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Management Dominical CR
Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain,
Notario.—1 vez.—CE2023046833.—( IN2023782142 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Groalsa Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de marzo del 2023.—Lic. Ernesto
Santiago Chinchilla Vílchez, Notario.—1 vez.—CE2023046838.—( IN2023782143 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Knollmeyer Re Investments
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2023046839.—( IN2023782144
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada VCINQ Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Carlos
Alberto Carballo Silesky, Notario.—1 vez.—CE2023046840.—( IN2023782145 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de febrero del año
2023, se constituyó la sociedad denominada Ascad Diseño y Construcción
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
Luis Antonio Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—CE2023046842.—( IN2023782146 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Vistas Potrero KH
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
Maureen Fernández Garcia, Notaria.—1 vez.—CE2023046844.—( IN2023782147 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada ASII
Asesoría Integral Inteligente Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Alejandra María Montiel Quirós, Notaria.—1
vez.—CE2023046845.—( IN2023782148 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ricflo
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—CE2023046843.—( IN2023782149 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Transnina Sociedad
Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Marjorie Vargas Sequeira,
Notaria.—1 vez.—CE2023046847.—( IN2023782150 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos
del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Fortalezza
Gestión Fiduciaria Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 07 de marzo del 2023.—Licda. Alejandra María Montiel Quirós, Notaria.—1
vez.—CE2023046848.—( IN2023782151 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora de
Carnes Zima Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Edgar
Ruiz Cordero, Notario.—1 vez.—CE2023046846.—( IN2023782152 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Casa de
Café Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del
2023.—Lic. Kattia Vargas Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2023046849.—( IN2023782153
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 01 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Azul Marino DGCR Group CR
Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Manuel Sánchez
González, Notario.—1 vez.—CE2023046850.—( IN2023782154 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 22 horas 20 minutos del 17 de febrero del año
2023, se constituyó la sociedad denominada CC Enterprise INC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Carlos
Alberto Montero Trejos, Notario.—1 vez.—CE2023046851.—( IN2023782155 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sensaciones del Trópico
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
Mauricio Alvarado Prada, Notario.—1 vez.—CE2023046852.—( IN2023782156 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Johan del
Caribe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del
2023.—Lic. Michael Jara Castillo, Notario.—1 vez.—CE2023046853.—( IN2023782157
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Eventos Oro Negro
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
Evelyn Karina Ramírez Solórzano, Notaria.—1 vez.—CE2023046854.—( IN2023782158 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Dave Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Mario Andrés
Santamaria Núñez, Notario.—1 vez.—CE2023046856.—( IN2023782159 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 05 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Academia de Basketball
Quepoa Pacific Warriors Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7
de marzo del 2023.—Lic. Ana Cecilia Artavia
Guadamuz, Notaria.—1 vez.—CE2023046857.—( IN2023782160 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 02 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Papapias Sociedad Anónima.—San
José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Alberto Paniagua Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2023046855.—( IN2023782161 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Investment Electric AYR
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
Susana Méndez Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2023046858.—( IN2023782162 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones G M M
de Sámara Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Erwin Alan
Seas, Notario.—1 vez.—CE2023046859.—( IN2023782163 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Goba Consultoría y
Construcción Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
Josseline Andrea Agüero Maroto, Notaria.—1 vez.—CE2023046860.—( IN2023782164 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de
septiembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Medical
Holding Comercial Latam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7
de marzo del 2023.—Lic. Jonathan Jara Castro, Notario.—1 vez.—CE2023046863.—(
IN2023782165 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Hacienda Guanacaste
Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Kennia Guerrero Ruiz,
Notaria.—1 vez.—CE2023046864.—( IN2023782166 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 23 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada LUVJOY Ochocientos Once
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
Juan Pablo Carmona Mendoza, Notario.—1 vez.—CE2023046865.—( IN2023782167 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gamaloru Asociados
Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Melania de Los
Ángeles Chin Wo Cruz, Notaria.—1 vez.—CE2023046866.—( IN2023782168 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Hermanos
Bogsol Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del
2023.—Lic. Douglas Soto Campos, Notario.—1 vez.—CE2023046868.—( IN2023782169 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 02 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Prairie Cliff Holdings
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
Kenneth Enrique Orozco Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2023046869.—( IN2023782170
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Rocky Mountain High Tech
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
Luis Diego Zúñiga Arley, Notario.—1 vez.—CE2023046871.—( IN2023782171 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Nikojen Investments
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
Marcela Patricia Gurdián Cedeño, Notaria.—1 vez.—CE2023046872.—( IN2023782172
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Viajemos Juntos CR
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
Marylin Chaves Badilla, Notaria.—1 vez.—CE2023046873.—( IN2023782173 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ger Estates Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Sixto Vinicio
Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—CE2023046874.—( IN2023782174 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Construaires
Nosara Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Erwin Alan
Seas, Notario.—1 vez.—CE2023046876.—( IN2023782175 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 04 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gusticos Kajibre
Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Gaudy Liseth Mena
Arce, Notaria.—1 vez.—CE2023046877.—( IN2023782176 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Izakaya CR Limitada.—San
José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Adolfo Jiménez Pacheco, Notario.—1
vez.—CE2023046875.—( IN2023782177 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada El Deen Sociedad Anónima.—San
José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Kattya Vanessa Diaz Mena, Notaria.—1
vez.—CE2023046878.—( IN2023782178 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos
del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada el que
asigne el registro al momento de su inscripción Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Elvira Patricia Ondoy
Cantillo, Notaria.—1 vez.—CE2023046879.—( IN2023782179 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Innovaty Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Geovanny Víquez Arley,
Notario.—1 vez.—CE2023046880.—( IN2023782180 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Beauty Fitness CR
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
Iván Darío Villegas Franco, Notario.—1 vez.—CE2023046881.—( IN2023782181 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 26 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Tagut de
Occidente Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del
2023.—Lic. Alberto Rojas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023046882.—( IN2023782182
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Camdos Lubs de
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Melissa
Guardia Tinoco, Notaria.—1 vez.—CE2023046883.—( IN2023782183 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 01 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Jimharry Sociedad Anónima.—San
José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1
vez.—CE2023046884.—( IN2023782184 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Choza de mi Barrio
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
María Virginia Méndez Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2023046885.—( IN2023782185 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Route CT Uno Nueve Cinco
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic.
Julio Cesar Azofeifa Soto, Notario.—1 vez.— CE2023046886.—( IN2023782186 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Segort
Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Andrea María Meléndez
Corrales, Notaria.—1 vez.— CE2023046887.—( IN2023782187 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad
denominada Majo Inversiones G D Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo
del 2023.—Lic. Marisol Arrieta Fernández, Notaria.—1 vez.—
CE2023046888.—( IN2023782188 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de marzo del año
2023, se constituyó la sociedad denominada By Gardens Sociedad Anónima.—San
José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Karen Otárola Luna, Notaria.—1
vez.—CE2023046889.—( IN2023782189 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Masoul Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Luciana
Acevedo Gutiérrez, Notaria.—1 vez.— CE2023046890.—( IN2023782190 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Villa
Rivera Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Flor Eugenia
Castillo Castro, Notaria.—1 vez.— CE2023046891.—( IN2023782191 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Inmoble
Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Geovanny Víquez
Arley, Notario.—1 vez.— CE2023046892.—( IN2023782192 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Mamma Mia MRM
Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Pía Picado González,
Notaria.—1 vez.—CE2023046955.—( IN2023782193 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría ,a las 12 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación Alfa Cetus
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic.
Diego Mora Rojas, Notario.—1 vez.— CE2023046957.—( IN2023782194 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Moras Rojas
Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Juan Abel Beteta
Ocampos, Notario.—1 vez.— CE2023046952.—( IN2023782195 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Luna Sea Boat Charters
Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Ricardo León Vargas Guerrero,
Notario.—1 vez.— CE2023046958.—( IN2023782196 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 08 de marzo del año
2023, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Development CRC
Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Glorielena Alvarado Orozco,
Notaria.—1 vez.— CE2023046959.—( IN2023782197 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 28 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Granja
Avícola Yema Tica Sociedad Anónima.—San José, 08 de marzo del 2023.—Lic.
Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2023046962.—( IN2023782198 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Collection Outsourcing
Group Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Francis Chacón
Alpízar, Notario.—1 vez.— CE2023046961.—( IN2023782199 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Maderas Latinas Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de marzo del 2023.—Lic. Lester
García Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2023046963.—( IN2023782200 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Odonto Digital Lab
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic.
José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.— CE2023046966.—( IN2023782201 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos
del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Maquenco
Villas CRC Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Glorielena
Alvarado Orozco, Notaria.—1 vez.— CE2023046967.—( IN2023782202 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Gama
Monteverde Uno Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Nidia Zúñiga
González, Notaria.—1 vez.—CE2023046969.—( IN2023782203 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 15 minutos
del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Calhima
Sociedad Anónima.—San José, 08 de marzo del 2023.—Lic. Jacqueline Rodríguez
Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2023046968.—( IN2023782204 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 15 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Dante Desarrollo
Residencia del Sol Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic.
Sonia Lucrecia Carvajal González, Notaria.—1 vez.— CE2023046965.—( IN2023782205
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Hacienda Guanacaste LC
Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Licda. Kennia Guerrero Ruiz,
Notaria.—1 vez.—CE2023046970.—( IN2023782206 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada FUSKLASS LLC Limitada.—San
José, 08 de marzo del 2023.—Lic. María Teresa Urpi Sevilla, Notario.—1
vez.—CE2023046971.—( IN2023782207 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Nueve Ochenta y Cuatro
Seiscientos Seis Ilach Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del
2023.—Lic. Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1 vez.— CE2023046972.—(
IN2023782208 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Birds Of Paradise
Holdings Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. José Andrés Cubillo
González, Notario.—1 vez.— CE2023046974.—1 vez.— CE2023046974.—( IN2023782209
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 20 minutos
del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Rahm Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Wilbert Yojancen
Arce Acuña, Notario.—1 vez.—CE2023046975.—( IN2023782210 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Entre nos Atelier
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de marzo del
2023.—Licda. Valeria Sánchez Moraga, Notaria.—1 vez.— CE2023046976.—(
IN2023782211 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada GYM MC de
Piedades Sur Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Andrea
Alvarado Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2023046977.—( IN2023782212 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Proyecto Solar Eólico el
Viejo Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Jefte Javier
Mathieu Contreras, Notario.—1 vez.— CE2023046979.—( IN2023782213 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de febrero del año
2023, se constituyó la sociedad denominada Carnes Porcinas Solano Sociedad
Anónima.—San José, 08 de marzo del 2023.—Lic. Edgar Ruiz Cordero,
Notario.—1 vez.—CE2023046978.—( IN2023782214 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Villa Ave del Paraíso CO
Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. José Andrés Cubillo González,
Notario.—1 vez.— CE2023046981.—( IN2023782215 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Smart Future Income
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic.
Carlos Eduardo Blanco Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2023046982.—( IN2023782216
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mega Tire
Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Eduardo
Rodríguez Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2023046984.—( IN2023782217 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada RAM Consultores
Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Licda. Marta Lorena
Espinoza Martínez, Notaria.—1 vez.— CE2023046983.—( IN2023782218 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cinco Seis Seis Servicio
Corporativo Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Francisco
Javier Vargas Solano, Notario.—1 vez.— CE2023046985.—( IN2023782219 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Proyecto Solar El Viejo
Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Jefte Javier Mathieu
Contreras, Notario.—1 vez.— CE2023046986.—( IN2023782221 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 27 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada STMI Sociedad
Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Licda. Alejandra Castro Peck,
Notaria.—1 vez.—CE2023046987.—( IN2023782222 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Siete Hermanos
Zaglul Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Fernando
Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.— CE2023046990.—( IN2023782223 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 28 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tajo La Flor
Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Grettel Vanessa Soto
Guzmán, Notaria.—1 vez.— CE2023046991.—( IN2023782224 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Brisahs
Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Maikol Vinicio
Rodríguez Morales, Notario.—1 vez.—CE2023046992.—( IN2023782225 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Lo Soñado Mio Limitada.—San
José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Jarlin Guerra Álvarez, Notario.—1vez.—
CE2023046993.—( IN2023782226 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Bear Claws Corp Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Andrés Villalobos Araya, Notario.—1
vez.— CE2023046994.—( IN2023782227 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inclusiva Tienda Sociedad
Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris
Canales, Notario.—1 vez.— CE2023046997.—( IN2023782228 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada RAA Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Dunia Pamela
González Calero, Notaria.—1 vez.—CE2023046995.—( IN2023782229 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Jacen de La Fortuna
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic.
Angelica Castro Castro, Notario.—1 vez.— CE2023046998.—( IN2023782230 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Agrícola
J Y J Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del
2023.—Lic. Esteban Hernández Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2023047001.—(
IN2023782231 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sareh Estética y
Salud Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del
2023.—Lic. Laura Yglesias Umaña, Notario.—1 vez.—CE2023047002.—( IN2023782232
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Osa Security Screens
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic.
Silvia Rebeca Zúñiga Mora, Notaria.—1 vez.— CE2023047003.—( IN2023782233 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 22 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cozy Mascotas y Mas
Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Vera Violeta Salazar
Rojas, Notario.—1 vez.— CE2023047005.—( IN2023782234 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones MCMH Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Gloriana
Cob Guillén, Notaria.—1 vez.— CE2023047006.—( IN2023782235 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Prieto Assets IN Bejuco
LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del
2023.—Lic. Carlos Alberto Echeverria Alfaro, Notario.—1 vez.— CE2023047007.—(
IN2023782236 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada The Seven Lots Inc Llc
Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 8 de marzo del 2023.—Lic.
Carlos Alberto Echeverria Alfaro, Notario.—1 vez.— CE2023047008.—( IN2023782237
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Proyectos de Arquitectura
Ingeniería y Desarrollo Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del
2023.—Lic. Evelyn Paola Solís Madrigal, Notario.—1 vez.— CE2023046894.—(
IN2023782238 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Safeguard Twentyfor Seven
Costa Rica Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Lilly Carolina
Murillo Sandi, Notario.—1 vez.— CE2023046895.—( IN2023782239 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 55 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Two South PC INC Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Lawrence
Shanahan Lobo, Notario.—1 vez.— CE2023046896.—( IN2023782240 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ferre Sur NP Limitada.—San
José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Corrales Barrientos, Notario.—1 vez.—
CE2023046897.—( IN2023782241 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Industrial BNC Empaques
Flexibles Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del
2023.—Lic. Eleonora Ortiz Runnebaum, Notaria.—1 vez.— CE2023046898.—(
IN2023782242 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Maestranza Manzanillo
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic.
Franklin López Ramírez, Notario.—1 vez.— CE2023046899.—( IN2023782243 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Piano B SS Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Juan Carlos
Segares Lutz, Notario.—1 vez.— CE2023046900.—( IN2023782244 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Brumas del Mar Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Jennifer
Vargas López, Notaria.—1 vez.— CE2023046901.—( IN2023782245 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Thrush Design
& Build Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del
2023.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.— CE2023046902.—(
IN2023782246 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 28 de febrero del año
2023, se constituyó la sociedad denominada La Costa del Sol Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Ericka María
Pérez Cordero, Notaria.—1 vez.—CE2023046904.—( IN2023782247 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada MN Guayabos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic.
Paola Castro Montealegre, Notario.—1 vez.— CE2023046903.—( IN2023782248 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 01 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pan Bagna
Horizonte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del
2023.—Lic. Franklin López Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2023046908.—( IN2023782249
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 05 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mairenas Group Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Esteban
Caamaño Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2023046907.—( IN20237872250 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Llantas Duma Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Sonia María
Ugalde Hidalgo, Notario.—1 vez.— CE2023046910.—( IN2023782251 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de marzo del año
2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Hermanos Alemán
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic.
Alexander Lobo Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2023046911.—( IN2023782252 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 24 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Reec
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic.
Cindy Mora Castro, Notario.—1 vez.— CE2023046912.—( IN2023782253 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de enero
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Red Diamond Luxury Cars
Sociedad Anónima.—San José, 08 de marzo del 2023.—Lic. Marcel Alejandro
Siles López, Notario.—1 vez.—CE2023046916.—( IN2023782254 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 24 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Blue Rockland
Investing SB Sociedad Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic.
Luis Antonio Vega Campos, Notario.—1 vez.— CE2023046917.—( IN2023782255 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Rome
Finance Holding Sociedad Anónima.—San José, 08 de marzo del 2023.—Lic.
Willy Rojas Chacón, Notario.—1 vez.—CE2023046918.—( IN2023782256 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 21 de febrero del año
2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Coati Siglo XXI Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Rafael
Alejandro Rojas Salazar, Notario.—1 vez.—CE2023046920.—( IN2023782257 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Fenua Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Kattya Vanessa Díaz Mena,
Notaria.—1 vez.—CE2023046919.—( IN2023782258 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Dubai Station de Puerto
Viejo Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Luis Fernando
Torres Rueda, Notario.—1 vez.— CE2023046921.—( IN2023782259 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada The Shoe Business Company
Limitada.—San José, 08 de marzo del 2023.—Lic. Alejandro Alonso Román
González, Notario.—1 vez.—CE2023046922.—( IN2023782260 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Hammers Good Times
Empowers Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del
2023.—Lic. Jean Pierre Fournier Pazos, Notario.—1 vez.— CE2023046923.—(
IN2023782261 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 05 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada ART Oasis AT Santa Teresa
LLC Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Maricruz Sánchez Carro,
Notaria.—1 vez.—CE2023046925.—( IN2023782262 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Appevolve Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Diana María
Vargas Rodríguez, Notaria.—1 vez.— CE2023046926.—( IN2023782263 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Lo Soñado Limitada.—San
José, 08 de marzo del 2023.—Lic. Jarlin Guerra Álvarez, Notario.—1
vez.—CE2023046928.—( IN2023782264 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada PAN LAB Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Rodrigo José
Carranza Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2023046929.—( IN2023782265 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Starcook Sociedad Anónima.—San
José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Wilber Solís Porras, Notario.—1 vez.—
CE2023046931.—( IN2023782266 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mítico
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic.
Ericka Navarro García, Notaria.—1 vez.— CE2023046930.—(
IN2023782267 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Anfre
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic.
Janel Barboza Orias, Notario.—1 vez.—CE2023046933.—( IN2023782268 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Weist CR Limitada.—San
José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Nidia Zúñiga González, Notaria.—1 vez.—
CE2023046935.—( IN2023782269 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sea Bros Surf And Trip
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic.
Gustavo Álvarez Mora, Notario.—1 vez.— CE2023046936.—( IN2023782270 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Vega J J Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Carlos
Eduardo Solano Serrano, Notario.—1 vez.— CE2023046937.—( IN2023782271 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 08 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación Mairena
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.–Lic.
Shirley Patricia Chacón Varela, Notaria.—1 vez.— CE2023046938.—( IN2023782272
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Adventure Catamarán
Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del
2023.—Lic. Roberto Enrique Romero Mora, Notario.—1 vez.—CE2023046943.—(
IN2023782273 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos
del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Costatel
Organization Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Olga
Martha Rojas Richmond, Notaria.—1 vez.— CE2023046941.—(
IN2023782274 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Harlan Mackie Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Randall
Segura Gutiérrez, Notario.—1 vez.— CE2023046944.—( IN2023782275 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada RDP Driving Academy Group
Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Mario Alonso Arias Agüero,
Notario.—1 vez.—CE2023046947.—( IN2023782276 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Luxury Spirits Sociedad
Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Douglas Soto Campos,
Notario.—1 vez.—CE2023046949.—( IN2023782277 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 23 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Precisión
Marketing Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Ana Eugenia
Guillén Arguedas, Notaria.—1 vez.— CE2023046950.—( IN2023782278 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Proyecto Eólico El Viejo
Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Jefte Javier Mathieu
Contreras, Notario.—1 vez.— CE2023046945.—( IN2023782279 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 24 de febrero del año
2023, se constituyó la sociedad denominada Paradise Propertys Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Erick Brealey
Bejarano, Notario.—1 vez.— CE2023046951.—( IN2023782280 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Biriteca Agroecológica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic.
Hazel Dayan Chaves Elizondo, Notaria.—1 vez.— CE2023046953.—( IN2023782281 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 24 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada SNEG Solutions
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic.
Wendy Marcela Valverde Cortés, Notaria.—1 vez.—CE2023046956.—( IN2023782282
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 30 de enero
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Zapatería Ashoes&San
José YC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del
2023.—Lic. Jessica Alvarado Herrera, Notario.—1 vez.— CE2023047009.—(
IN2023782283 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Chazam Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Magally María
Guadamuz García, Notaria.—1 vez.— CE2023047011.—( IN2023782284 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Yoma Comercial de
Cartago Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del
2023.—Lic. Fabián Arias Amador, Notario.—1 vez.—CE2023047012.—( IN2023782285 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Remycon
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic.
Kattia María Ajun Castro, Notaria.—1 vez.— CE2023047013.—( IN2023782286 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 02 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Greensburg Inversiones
Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Jorge Guzmán Calzada,
Notario.—1 vez.— CE2023047014.—( IN2023782287 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Nutriband Latinoamérica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic.
Vivian Marcela Jiménez Quesada, Notario.—1 vez.—CE2023047015.—( IN2023782288 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 25 minutos del 20 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Randalls Paradise
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic.
Johanna Pamela Cordero Araya, Notaria.—1 vez.— CE2023047016.—( IN2023782289 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 40 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Disfi Capital Trust
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Nathalie
Elizondo Montero, Notaria.—1 vez.— CE2023047017.—( IN2023782290 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Metamoguls Holdings
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic.
Nathalie Elizondo Montero, Notario.—1 vez.— CE2023047019.—( IN2023782291 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Bemos Tours & Rides S
A Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del
2023.—Lic. Iván Alfonso Aguilar Zúñiga, Notario.—1 vez.— CE2023047020.—(
IN2023782292 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ferre Mútiple de
Sur Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic.
Carlos Corrales Barrientos, Notario.—1 vez.—CE2023047022.—( IN2023782293 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Bike Garage
Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.–Lic. Robert Solís Sauma, Notario.—1
vez.— CE2023047023.—( IN2023782294 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Cava de Mina Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Manuel
Antonio Calderón Segura, Notario.—1 vez.— CE2023047024.—( IN2023782295 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 15 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Jaco de
Insumos Automotrices Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Johanna
Pamela Cordero Araya, Notario.—1 vez.— CE2023047025.—( IN2023782296 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Formula Mágica
Sociedad Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Sandra
Isabel Meza Salazar, Notario.—1 vez.— CE2023047026.—( IN2023782297 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 45 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Salud Mental Costa Rica
Cinco Cero Seis Sociedad Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del
2023.—Lic. Amanda Jackeline Segura Salazar, Notario.—1 vez.— CE2023047027.—(
IN2023782298 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Moyac Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Cinthya
Bonilla Romero, Notario.—1 vez.— CE2023047028.—( IN2023782299 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada SPRO Construcciones
Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Evelyn Paola Solís
Madrigal, Notaria.—1 vez.— CE2023047029.—( IN2023782300 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Finca Patamigos Limitada.—San
José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notario.—1 vez.—
CE2023047034.—( IN2023782301 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Madimi Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Arcelio
Alberto Hernández Mussio, Notario.—1 vez.— CE2023047033.—( IN2023782302 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Polynya Management
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic.
Juan Diego Elizondo Vargas, Notario.—1 vez.— CE2023047031.—( IN2023782303 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 05 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios JAF del
Caribe Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Milton Manuel
Rojas Barquero, Notario.—1 vez.— CE2023047035.—( IN2023782304 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Entre Nos Sur
Arquitectura Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del
2023.—Lic. Valeria Sánchez Moraga, Notario.—1 vez.— CE2023047036.—(
IN2023782305 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Viwolf Rentals Nosara
Sociedad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Jeannette de los
Ángeles Fallas Varela, Notario.—1 vez.— CE2023047037.—( IN2023782306 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 27 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Swill Wines CR
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic.
Andrea Bonilla Hernández, Notario.—1 vez.—CE2023047038.—( IN2023782307 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 08 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación Mairena
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic.
Shirley Patricia Chacón Varela, Notario.—1 vez.— CE2023047039.—( IN2023782308
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 02 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Constructivos Rojas y
Rivera Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del
2023.—Lic. María Alejandra Calderón Hidalgo, Notario.—1 vez.— CE2023047040.—(
IN2023782309 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Softstoic
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic.
Francisco Javier Vargas Solano, Notario.—1 vez.—CE2023047044.—( IN2023782310 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 26 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Herbal Vape
Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Sandra Isabel González Pinto,
Notario.—1 vez.— CE2023047045.—( IN2023782311 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 01 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Rumiline LTD Limitada.—San
José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Ana María Valverde Ramos, Notario.—1 vez.—
CE2023047048.—( IN2023782312 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos
del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Jermay Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Carol Yajaira
Zúñiga Arias, Notario.—1 vez.— CE2023047060.—( IN2023782313 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Laloux & Co Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—CE2023047058.—(
IN2023782314 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Innovaty Lays Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Geovanny
Víquez Arley, Notario.—1 vez.— CE2023047061.—( IN2023782315 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Famoyac Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Cinthya
Bonilla Romero, Notaria.—1 vez.— CE2023047062.—( IN2023782316 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Beautiful Dreamers Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Franklin
López Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2023047063.—( IN2023782317 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Exportadora Agro Green
Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Natalia Gómez
Aguirre, Notario.—1 vez.— CE2023047064.—( IN2023782318 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad
denominada Pura Vida Gypsy Kids Limitada.—San José, 09 de marzo del
2023.—Lic. Ana María Valverde Ramos, Notario.—1 vez.—CE2023047065.—(
IN2023782319 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 03 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Lobo Dragon Sociedad
Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Diana Ivonne Chang González,
Notario.—1 vez.— CE2023047066.—( IN2023782320 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos
del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Allenoddy
Investments Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Leonardo Salazar
Villalta, Notario.—1 vez.—CE2023047067.—( IN2023782321 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Family Nest Investments
CR LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del
2023.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—CE2023047068.—(
IN2023782322 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mayorista Sandino
Internacional Sociedad Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del
2023.—Lic. Enio Dino Blando Valverde, Notario.—1 vez.—CE2023047069.—(
IN2023782323 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 20 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ocean Gypsy Costa Rica
Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Randall Emilio Ramírez
Calero, Notario.—1 vez.—CE2023047071.—( IN2023782324 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Polkas Sociedad
Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. José Vargas Gómez, Notario.—1
vez.—CE2023047070.—( IN2023782325 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Crecimiento Endógeno
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic.
Dunia Pamela González Calero, Notaria.—1 vez.—CE2023047072.—( IN2023782326 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Marea Baja de Playa
Grande Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del
2023.—Lic. Jorge Luis Castillo Arias, Notario.—1 vez.—CE2023047073.—(
IN2023782327 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 54 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Recon J y A Sociedad
Anónima.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Rouland David Tiffer
Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2023047074.—( IN2023782328 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Loba Sagrada Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Andrea
Bonilla Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2023047075.—( IN2023782329 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Low Tide de Playa Grande
Huacas LBB Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del
2023.—Lic. Jorge Luis Castillo Arias, Notario.—1 vez.—CE2023047076.—(
IN2023782330 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de marzo del año
2023, se constituyó la sociedad denominada Dic Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Deiby López Lara,
Notario.—1 vez.—CE2023047077.—( IN2023782331 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 25 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Supermercado Martínez
Berrios Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Aura Rebeca
Menéndez Soto, Notaria.—1 vez.—CE2023047078.—( IN2023782332 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 24 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo REEC XXIII
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic.
Cindy Mora Castro, Notaria.—1 vez.—CE2023047079.—( IN2023782333 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Stat Medical
Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo
del 2023.—Lic. Sergio Fernando Jiménez Guevara, Notario.—1 vez.—CE2023047081.—(
IN2023782334 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Spraytec CR Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Christian
Garnier Fernández, Notario.—1 vez.—CE2023047080.—( IN2023782335 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de marzo del año
2023, se constituyó la sociedad denominada Unit Infrastructure Studio
Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Jacqueline Andrea
Mora Bonilla, Notaria.—1 vez.—CE2023047082.—( IN2023782336 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de enero
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Atian Gin CR Limitada.—San
José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Alejandra Echeverria Alfaro, Notaria.—1
vez.—CE2023047083.—( IN2023782337 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Aduo Arquitectos Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Alan
Elizondo Medina, Notario.—1 vez.—CE2023047084.—( IN2023782338 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Osa Home Services Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Carlos
Eduardo Castro Mora, Notario.—1 vez.—CE2023047052.—( IN2023782339 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Emi Remitt Internacional
Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Vanessa de Paul Castro Mora,
Notaria.—1 vez.—CE2023047087.—( IN2023782340 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Lalis Belo Limitada.—San
José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Cristian Mora Arguedas, Notario.—1
vez.—CE2023047085.—( IN2023782341 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Hogo Fogo de Uvita
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic.
Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—CE2023047089.—( IN2023782342 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora
de Alimento Tres Monedas TW Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
9 de marzo del 2023.—Lic. Edgar Andrey López Carrillo, Notario.—1
vez.—CE2023047088.—( IN2023782343 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Luma Biotec Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Raúl Alberto
Guevara Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2023047090.—( IN2023782344 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada ATCC
canopy station limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. María Teresa
Urpi Sevilla, Notaria.—1 vez.—CE2023047091.—( IN2023782345 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Adikora Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Sixto
Vinicio Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—CE2023047092.—( IN2023782346 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada PTGW Limitada.—San
José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Ana María Vargas Moya, Notaria.—1
vez.—CE2023047093.—( IN2023782347 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 27 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Formulados
Húmicos Internacionales Sociedad Anónima.—San José, 09 de marzo del
2023.—Lic. Alejandra Rodríguez Moya, Notaria.—1 vez.—CE2023047094.—( IN2023782348
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Guanacel CM Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Iveth Orozco
Garcia, Notaria.—1 vez.—CE2023047096.—( IN2023782349 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Fiestas Infantiles de
Costa Rica Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Ana Lorena Coto
Esquivel, Notaria.—1 vez.—CE2023047097.—( IN2023782350 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Villa Rivera A&M
Sociedad Anónima.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Flor Eugenia
Castillo Castro, Notaria.—1 vez.—CE2023047098.—( IN2023782351 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Dica A y C Sociedad
Anónima.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Ana Marcela Quesada Salas,
Notaria.—1 vez.—CE2023047099.—( IN2023782352 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Meta
Experimental Sociedad Anónima.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic.
Giovanni Jiménez Chacón, Notario.—1
vez.—CE2023047100.—( IN2023782353 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada PM Costa Rica Solutions
LLC Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Fernando Alfaro
Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2023047105.—( IN2023782354 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Rome Holding Sociedad
Anónima.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Willy Rojas Chacón,
Notario.—1 vez.—CE2023047106.—( IN2023782355 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Glowing Business Sociedad
Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Jorge Enrique Monge Jiménez,
Notario.—1 vez.—CE2023047107.—( IN2023782356 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Centro Educativo y Cuido Infantil
Zoobaboo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del
2023.—Licda. Laura Avilés Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2023047108.—( IN2023782357
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada A R L Diseños Sociedad
Anónima.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Tomas Esquivel Cerdas,
Notario.—1 vez.—CE2023047109.—( IN2023782358 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Raz Properties Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Esteban
Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2023047111.—( IN2023782359 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 08 de marzo del año
2023, se constituyó la sociedad denominada Familia Moyacosta Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Cinthya
Bonilla Romero, Notaria.—1 vez.—CE2023047112.—( IN2023782360 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Beckmann Estates Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Esteban
Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2023047113.—( IN2023782361 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Taller y Mantenimiento
Fran Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Diana Franciny
Hernández Bogantes, Notaria.—1 vez.—CE2023047115.—( IN2023782362 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada JJ Deportes de Aventura
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Licda.
María del Rocío Serrano Serrano, Notaria.—1 vez.—CE2023047116.—( IN2023782363
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 56 minutos del 10 de
febrero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Fabroy Sociedad Anónima.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Ana Rita
Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2023047117.—( IN2023782364 ).
Por escritura
número trescientos noventa y seis, del tomo dieciséis, otorgada ante esta
notaría a las quince horas del día dos de junio del dos mil veintitrés, he
protocolizado acta de la sociedad Copyvision Mayoreo S. A., cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y ocho mil
seiscientos cincuenta y dos, en la cual ha acordado de manera unánime la
disolución de dicha sociedad.—Guápiles, dos de junio del dos mil
veintitrés.—Lic. José Fco. Fallas González.—1 vez.—( IN2023782367 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Aplicaciones
Profesionales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo
del 2023.—Lic. Rebeca Milgram Fiseras, Notaria.—1 vez.—CE2023047118.—(
IN2023782368 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Marea Doce Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Licda.
Patricia Claudia Frances, Notaria.—1 vez.—CE2023047119.—( IN2023782369 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tamarocks Limitada.—San
José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Alberto Pauly Sáenz,
Notario.—1 vez.—CE2023047120.—( IN2023782370 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 42 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Rovalqui Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Melissa
María Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—CE2023047121.—( IN2023782371 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada A M Industrial Limitada.—San
José, 10 de marzo del 2023.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1
vez.—CE2023047122.—( IN2023782372 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada LPH Homes
Los Sueños Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Licda. Diana Elke
Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2023047123.—( IN2023782373 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Greensong Investments
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic.
Alejandro Arrieta Salas, Notario.—1 vez.— CE2023047125.—( IN2023782374 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada KGEJ Grupo
Empresarial Choferes y Servicios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Marco Vinicio Chaves Alfaro, Notario.—1 vez.—
CE2023047127.—( IN2023782375 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Medirroso Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Seanny
Jiménez Alfaro, Notario.—1 vez.— CE2023047126.—( IN2023782376 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Proyectos Emisol Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Licda. Jenny
Chaves Chacón, Notaria.—1 vez.— CE2023047129.—( IN2023782377 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Hermanos de Barrio
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic.
Ernesto Santiago Chinchilla Vilchez, Notario.—1 vez.— CE2023047130.—(
IN2023782378 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Clínica Dental Dulce
Nombre Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Luis Andrés
Bonilla Ortiz, Notario.—1 vez.—CE2023047131.—( IN2023782379 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Libations And Grapes
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic.
Alejandro José Burgos Bonilla, Notario.—1 vez.— CE2023047132.—( IN2023782380 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Constructora Brisa Azul
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic.
Owen Amen Montero, Notario.—1 vez.—CE2023047133.—( IN2023782381 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada JAC KAY Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Owen Amen
Montero, Notario.—1 vez.—CE2023047136.—( IN2023782382 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Surodoi FJS Asesoría y
Servicios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del
2023.—Lic. Oscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.— CE2023047134.—(
IN2023782383 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada South Pacific Group
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del
2023.—Licda. Ana Verónica Cruz Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023047137.—(
IN2023782384 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada M & N Inversiones
Globales Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Victorino
Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2023047138.—( IN2023782385 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 20 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mica Energías Verdes de
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Geovanny
Cordero Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2023047139.—( IN2023782386 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Catarata El Salto PZ
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic.
Wilber Navarro Sánchez, Notario.—1 vez.— CE2023047140.—( IN2023782387 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Jiménez y
Rusinek Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Licda. Diana Elke Pinchanski
Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2023047141.—( IN2023782388 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada AGORV Tecnologías
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic.
Carlos Jesús Diaz Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2023047143.—( IN2023782389 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 01 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada WT Kroft Group
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic.
Karen Otárola Luna, Notaria.—1 vez.— CE2023047144.—( IN2023782390 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos
del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Electrowind
Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Luis Ramírez
Badilla, Notario.—1 vez.—CE2023047145.—( IN2023782391 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos
del 02 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Enchapes
Nuevo Concepto Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Olga María Mata Chacón,
Notaria.—1 vez.—CE2023047146.—(
IN2023782392 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos
del 15 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Central
Pacific Accounting And Financial Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Kendy Karina Madrigal Anchia, Notario.—1 vez.—
CE2023047147.—( IN2023782393 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pelista Sociedad Anónima.—San
José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Erasmo Enrique Rojas Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2023047150.—( IN2023782394 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Víquez e
Hijos Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Alonso José
Fonseca Pion, Notario.—1 vez.—CE2023047151.—( IN2023782395 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Segura Ortiz
Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Andrea María
Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.— CE2023047152.—( IN2023782396 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada CR Casa Pacífica
Los Sueños Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Diana Elke
Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.— CE2023047153.—( IN2023782397 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Madmat Group Sociedad
Anónima.—San José, 10 de Marzo del 2023.—Licda. Andrea Alice Hernández
Villarreal, Notaria.—1 vez.—CE2023047154.—( IN2023782398 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Transportes y
Excavaciones Patica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de
marzo del 2023.—Lic. Nazareth Abarca Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2023047155.—(
IN2023782399 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada MP Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Rebeca María
Chacón Montero, Notaria.—1 vez.—CE2023047156.—( IN2023782401 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 10 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones ALPJ Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Yeremy
Ranses Ríos Madriz, Notario.—1 vez.—CE2023047157.—( IN2023782402 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Aracan Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. María Lorna
Ballestero Muñoz, Notaria.—1 vez.— CE2023047159.—( IN2023782403 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cairos Doscientos
Diecisiete Joyas en Acero y Reloj Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo
del 2023.—Licda. Gabriela Corrales Fallas, Notaria.—1 vez.—CE2023047158.—(
IN2023782404 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Doble Star Sociedad
Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023..—Lic. Juan José Briceño Benavides,
Notario.—1 vez.—CE2023047161.—( IN2023782405 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada de Lora Bio Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 10 de Marzo del 2023.—Lic. Alejandro Solís de
La Paz, Notario.—1 vez.— CE2023047160.—( IN2023782406 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Innova Comercial S&L
Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Ana Isabel Borbón
Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2023047163.—( IN2023782407 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Construir Eym
Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Ariel Víquez Vargas,
Notario.—1 vez.— CE2023047164.—( IN2023782408 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 03 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Cejiso
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del
2023.—Licda. María de Los Ángeles Jiménez Acuña, Notaria.—1
vez.—CE2023047165.—( IN2023782409 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Mobu Sociedad
Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca,
Notario.—1 vez.— CE2023047166.—( IN2023782410 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Global Scendere Sociedad
Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Roberto Alonso Rímola Real,
Notario.—1 vez.—CE2023047167.—( IN2023782411 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 04 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Consultora y
Capacitaciones de Costa Rica Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de marzo del 2023.—Lic. David Heriberto Torres Soto, Notario.—1 vez.—
CE2023047168.—( IN2023782412 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Achart ORL Sociedad
Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Jaimie Pamela Pardo Mora,
Notario.—1 vez.— CE2023047169.—( IN2023782413 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Little Alpaca Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Hans Van Der
Laat Robles, Notario.—1 vez.—CE2023047170.—( IN2023782414 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 22 horas 00 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Celjen Campvar Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Ronald
Francisco Ramírez Garita, Notario.—1 vez.—CE2023047171.—( IN2023782415 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Soluciones VCCR
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic.
Giovanni Manuel Campos Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2023047172.—( IN2023782416
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gardens Wellness Retreat
LLC Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Laura Carolina Coto
Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2023047173.—( IN2023782417 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mafia House Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Susana
Méndez Rojas, Notaria.—1 vez.— CE2023047175.—( IN2023782418 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada One Love Sacred Center
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic.
Carlos Darío Angulo Ruiz, Notario.—1 vez.— CE2023047174.—( IN2023782419 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Restaurante Alrevez
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic.
Susana Méndez Rojas, Notaria.—1 vez.— CE2023047176.—( IN2023782420 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Vistana Creata Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Juan
Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.— CE2023047179.—( IN2023782421 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sabrish Sociedad
Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Maikol Vinicio Rodríguez
Morales, Notario.—1 vez.—CE2023047181.—( IN2023782422 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Playa Cosmo CR Limitada.—San
José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1
vez.—CE2023047180.—( IN2023782423 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Favourite Trading
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic.
Juan Diego Elizondo Vargas, Notario.—1 vez.— CE2023047182.—( IN2023782424 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Group Viacca
Properties Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. German
Enrique Salazar Santamaria, Notario.—1 vez.—CE2023047183.—( IN2023782425 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Importaciones K
& J Luna Llena CR Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del
2023.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—CE2023047184.—(
IN2023782426 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tree Top
Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del
2023.—Lic. Luis Paulo Castro Hernández, Notario.—1 vez.—CE2023047185.—(
IN2023782427 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 02 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mia Foods International
LLC Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Marta Elena
Abellan Fallas, Notario.—1 vez.— CE2023047186.—( IN2023782428 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Lucky Snake Company
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic.
Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—CE2023047188.—( IN2023782429
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Cádiz LM
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic.
Juli Tatiana Miranda Carmona, Notaria.—1 vez.— CE2023047187.—( IN2023782430 )
Por escritura
otorgada ante mí, al ser las once horas del día dos de diciembre del dos mil
veintidós, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas
de la sociedad, Big Sky Apams Cr S. R. L., se acuerda nombrar dos nuevos
gerentes en la sociedad por lo que se modifica la cláusula sétima de la
administración.—San José, treinta y uno de mayo del dos mil veintitrés.—Lic.
Hans Van der Laat Robles.—1 vez.—( IN2023782431 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada E Vintage Restorations
Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Jorge Guzmán Calzada,
Notario.—1 vez.—CE2023047189.—( IN2023782432 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones y Desarrollo
Alíale Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del
2023.—Lic. Gloriana Cob Guillen, Notaria.—1 vez.— CE2023047190.—( IN2023782433
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Viwolf Camvi de Nosara
Sociedad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Licda. Jeannette de Los
Ángeles Fallas Varela, Notaria.—1 vez.— CE2023047192.—( IN2023782434 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos
del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Brandista
Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Manfred Gerhard
Marshall Facio, Notario.—1 vez.— CE2023047191.—( IN2023782435 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicios Médicos Feupra
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic.
Vivian Gazel Cortés, Notaria.—1 vez.—CE2023047193.—( IN2023782436 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 40 minutos del 28 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Smart Car
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic.
Jennifer Navarro Solano, Notaria.—1 vez.— CE2023047194.—( IN2023782437 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Hosanna Creativos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic.
Maricela Mora Mora, Notaria.—1 vez.— CE2023047196.—( IN2023782438 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mackay Smith Inversiones
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic.
Rafael Damián Araya Fallas, Notario.—1 vez.—CE2023047195.—( IN2023782439 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Villaruz Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Tomas
Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.— CE2023047197.—( IN2023782440 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Lindora Marvel One
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic.
Joan Sebastián Rivera Bedoya, Notario.—1 vez.— CE2023047198.—( IN2023782441 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 10 minutos del 04 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Procesos Sport Futbol
Club SA Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. José
Francisco Castillo Badilla, Notario.—1 vez.— CE2023047199.—( IN2023782442 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Construir De Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 10 de Marzo del 2023.—Lic. Ariel Víquez
Vargas, Notario.—1 vez.— CE2023047201.—( IN2023782443 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Allison Casad LLC
Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Mauricio Mata Monge,
Notario.—1 vez.—CE2023047202.—( IN2023782444 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada GC Property Group
Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Nidia Zúñiga González,
Notaria.—1 vez.— CE2023047203.—( IN2023782445 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cocoa y Menta Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Gabriela
María Colon García, Notaria.—1 vez.— CE2023047204.—( IN2023782446 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Terra Bella
DCR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de marzo del
2023.—Lic. Vera Violeta Salazar Rojas, Notaria.—1 vez.— CE2023047209.—(
IN2023782447 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 15 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tortuga Azul Sociedad
Anónima.—San José, 12 de marzo del 2023.—Lic. Gerardo Antonio Solorzano Bakit, Notario.—1 vez.— CE2023047211.—(
IN2023782448 ).
En mi notaria, se
tramita la modificación del pacto social de la sociedad Food Art Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-cinco siete uno cero nueve tres,
en cuanto a la cláusula tercera del pacto constitutivo, referente al plazo social.
Se emplaza a que se manifieste cualquier interesado.—Santa Teresa de Cóbano, 2
de junio del 2023.—Lic. Francisco José Salas Agüero, Abogado y Notario.—1
vez.—( IN2023782449 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de enero
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Finca Turística Monte del
Rey Sociedad Anónima.—San José, 11 de marzo del 2023.—Lic. Luis Diego Araya
González, Notario.—1 vez.— CE2023047205.—( IN2023782450 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 02 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicios Constructivos
Rojas y Rivera Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de marzo
del 2023.—Lic. María Alejandra Calderón Hidalgo, Notaria.—1 vez.—
CE2023047207.—( IN2023782451 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Primero de Abril
Veintitrés Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de marzo del
2023.—Lic. Gabriel Gerardo Rojas González, Notario.—1 vez.—CE2023047208.—(
IN2023782452 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Chanours Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Carlos
Enrique Mora Alfaro, Notario.—1 vez.— CE2023047213.—( IN2023782454 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 11 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Kenroqui Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Licda. Melissa
María Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.— CE2023047214.—( IN2023782455 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos
del 11 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Amos
Greilsammer Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.–Lic. Edgar Antonio
Nassar Guier, Notario.—1 vez.— CE2023047215.—( IN2023782457 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 13 de marzo del año
2023, se constituyó la sociedad denominada El Mazukon Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. José Pablo
González Trejos, Notario.—1 vez.— CE2023047216.—( IN2023782458 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Medico Somarribas
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic.
Carlos Enrique Mora Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2023047218.—( IN2023782459 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Espiga de Oro Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Lizbeth
Chavarría Soto, Notario.—1 vez.— CE2023047219.—( IN2023782460 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Impulso Empresarial Ceo
del Oeste Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del
2023.—Lic. Gerardo Francisco Quesada Monge, Notario.—1 vez.— CE2023047220.—(
IN2023782461 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada GCCSA Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Wilberth
Mata Fonseca, Notario.—1 vez.— CE2023047221.—( IN2023782462 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 40 minutos
del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Casagui SM Sociedad Anónima.—San José, 13 de Marzo del 2023.—Licda. Andrea
Catalina Arguello Corrales, Notaria.—1 vez.—CE2023047222 .—( IN2023782463 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Jicamo de La Sirra
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del
2023.—Licda. Ana Esperanza Vicente Sotela, Notario.—1 vez.—CE2023047223.—(
IN2023782464 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Digitales Sholo Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Isabel
Irene Montero Mora, Notario.—1 vez.— CE2023047227.—( IN2023782465 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Kenito
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic.
Vera María Sancho Vásquez, Notario.—1 vez.— CE2023047229.—( IN2023782466 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Viva la Enredadera
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic.
Juan Manuel Gómez Mora, Notario.—1 vez.— CE2023047230.—( IN2023782467 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Agroalva Limitada.—San
José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Enrique Mora Alfaro, Notario.—1
vez.—CE2023047231.—( IN2023782468 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada ERTGW LIMITADA.— San
José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Ana María Vargas Moya, Notario.—1 vez.—CE2023047233.—(
IN2023782469 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo CFO Limitada.—San
José, 13 de marzo del 2023.–Lic. Tomas Quirós Jiménez, Notario.—1 vez.—
CE2023047232.—( IN2023782470 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tensor Analytics Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Licda. María
Elena Rodríguez Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2023047234.—( IN2023782471 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Guro
Management Sociedad Anónima.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Said
Breedy Arguedas, Notario.—1 vez.—CE2023047235.—( IN2023782472 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Media Lab Technology
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic.
Luis Alfredo Rojas Rivera, Notario.—1 vez.— CE2023047237.—( IN2023782473 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Corzalo Tres
Sociedad Anónima.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Victorino Jiménez
Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2023047238.—( IN2023782474 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 11 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Kadu Grupo de Occidente
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic.
Flory Yadira Alfaro Retana, Notario.—1 vez.—CE2023047239.—( IN2023782475 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 50 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Leymi
Sociedad Anónima.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Pablo Morera Blandino, Notario.—1 vez.— CE2023047236.—(
IN2023782476 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 20 minutos del 11 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Fructify Group Dmc Sociedad
de Responsabilidad Limitada.— San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Walter
Solís Amen, Notario.—1 vez.— CE2023047240.—( IN2023782477 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 07 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Tres Hermanos
PM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del
2023.—Licda. Jessica Rodríguez Jara, Notaria.—1 vez.—CE2023047241.—(
IN2023782478 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 28 de
febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Corona la
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic.
Ericka María Pérez Cordero, Notario.—1 vez.— CE2023047243.—( IN2023782479 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Roberto Bajo Texas
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic.
Leticia Zúñiga Hidalgo, Notario.—1 vez.— CE2023047245.—( IN2023782480 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de marzo
del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Impresiones Digitales
Sholo Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de
marzo del 2023.—Licda. Isabel Irene Montero Mora, Notaria.—1
vez.—CE2023047256.—( IN2023782491 ).
Por escritura
otorgada en mi Notaria a las 08 horas del 06 de junio de 2023, se solicitó
reinscripción ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, de
la sociedad Valisand SA, cedula jurídica tres-ciento uno setecientos
treinta y un mil ciento ochenta y seis.—San Juan de Tibás, 06 de junio de
2023.—José Pablo Campos Mora, Notario Publico.—1 vez.—( IN2023784408 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ministerio de Seguridad Pública.—Departamento Disciplinario Legal
(DDL).—Inspección Policial.—Auto de Inicio.—Procedimiento
Ordinario.—Causa Administrativa Disciplinaria N° 104-IP-2023-DDL.—San
José, a las 09:15 horas del 29 de mayo de 2023. De conformidad con lo
establecido en los artículos 108, 109 inciso 1), 110 inciso 2) y 112 del
Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad Pública, 61 y 88 de la
Ley General de Policía (LGP) y 102 inciso c), 210, 211 incisos 1) y 3), 214,
215 inciso 1) y del 308 al 319 de la Ley General de la Administración Pública
(LGAP), este DDL, Inspección Policial, actuando como Órgano Director de
Procedimientos, procede a iniciar Procedimiento Administrativo Ordinario en
contra de: Allan Gabriel Delgado Morales, cédula de identidad número
1-1460-0892, Agente de Policía destacado en Unidad de Intervención Policial,
Dirección de Unidades Policiales, a quien resultó materialmente imposible
notificar de manera personal, pues no fue localizable en su domicilio. Se le
atribuyen en grado de presunción, las siguientes faltas: “1.—Ausencias
injustificadas a su trabajo, los días 08, 09, 15, 16, 18, 19, 20, 21, 22, 23,
24 y 28 de febrero del 2023. 2.—Incumplir la obligación contenida en el
artículo 44 del Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio de Seguridad
Pública. Hechos ocurridos en los presupuestos temporales supra citados en la
Unidad Intervención Policial, Dirección Unidades Policiales…”. “…3.—Ausencias
injustificadas a su trabajo, los días 12, 13, 14, 15, 16, 19, 21, 22, 23, 24,
25, 26, 27, 2, 29, 30 y 31 de marzo del 2023. 4.—Incumplir la obligación
contenida en el artículo 44 del Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio
de Seguridad Pública. Hechos ocurridos en los presupuestos temporales supra
citados en la Unidad Intervención Policial, Dirección Unidades Policiales…”.
Se consideran los anteriores hechos potencialmente violatorios de deberes,
obligaciones y de disposiciones éticas, del personal de las Fuerzas de Policía
Adscritas al Ministerio de Seguridad Pública, establecidas en los siguientes
cuerpos normativos: Artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; 85 inciso ñ)
de la LGP; 86 inciso e) y 87 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos
Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública; 44 del Reglamento
Autónomo de Servicio del Ministerio de Seguridad Pública, aplicado
supletoriamente de acuerdo al numeral 181 del Reglamento de Servicio de los
Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública. Asimismo, le
podría acarrear la imposición de una sanción disciplinaria de uno a treinta
días de suspensión sin goce salarial o inclusive hasta el despido sin
responsabilidad patronal, y la consecuente inhabilitación para reingresar a
cualquier otro cuerpo de policía, durante un período de diez (10) años, con
sustento en lo previsto en los artículos 81, 82, 83, 92 y 93 de la LGP; 96
incisos c) d) y e) del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales del
Ministerio de Seguridad Pública; así como compelerlo al pago de los salarios
percibidos indebidamente, y de los gastos en que incurra la Administración para
la tramitación del presente procedimiento por la vía del edicto. Para los
anteriores efectos, recábese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad
real de los hechos, haciéndosele saber al encausado que este Órgano Director ha
ordenado realizar una audiencia oral y privada, a celebrarse en la Inspección
Policial del DDL del Ministerio de Seguridad Pública, situado en San José,
Zapote, de los semáforos sobre el puente que va hacia Casa Presidencial 50
metros al sur, edificio a mano derecha color azul con ventanales, a partir de
las 09:00 horas del Decimosexto día hábil contado a partir de la tercera
publicación del presente acto, en donde será atendido por la licenciada
Jacqueline Alpízar Chinchilla, funcionaria de esta Oficina, asignada para tal
efecto, de conformidad con los artículos 241 inciso 4) y 311 de la LGAP. El
encausado al momento de rendir su declaración o de formular las conclusiones en
la comparecencia oral y privada, deberá comunicar con la prueba idónea
correspondiente, si ostenta la condición de miembro de sindicato en formación,
dirigente sindical, o afiliado con candidatura presentada para ser miembro de
su junta directiva, o bien, si actualmente forma parte como denunciante en un
proceso de hostigamiento sexual, de acuerdo a las disposiciones contenidas en
los artículos 367,540 y 541 del Código de Trabajo. El encausado deberá
comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado; puede
hacerse asesorar y acompañar de un abogado que le represente durante todo el
procedimiento. El expediente puede ser consultado y fotocopiado en la Sección
de Inspección Policial del DDL, el cual se encuentra conformado por lo
siguiente: Pruebas: Documental: 1) Oficio MSP-DMSP-DVUFP-DGFP-DUE-UI-RRHH-474-2023
de fecha 14 de marzo del 2023, suscrito por Junier Villalta Rubí, Jefe
de la Unidad Intervención Policial; con documentación adjunta. (folios 1 al
21). 2) Oficio MSP-DMSP-DVUFP-DGFP-DUE-UIRRHH-474-2023 de fecha 11 de abril del
2023, suscrito por Junier Villalta Rubí, Jefe
de la Unidad Intervención Policial; con documentación adjunta. (folios 22 al
49). En tal sentido se le hace saber al inculpado que dicha comparecencia será
el momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba y los
alegatos pertinentes; pudiendo aportar prueba escrita con antelación a dicha
comparecencia. Asimismo, se le hace de su conocimiento que en contra de esta
resolución proceden los recursos de Revocatoria y Apelación en subsidio, a
interponer ante el Órgano Director que dicta esta resolución, a quien
corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico, así
dispuesto en los artículos 343 y 345 de la LGAP. Es potestativo emplear uno o
ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24:00 horas contadas a
partir de la tercera publicación de este acto. Se le previene que deberá
señalar lugar para atender futuras
notificaciones, de lo contrario, se le estarán notificando las siguientes
actuaciones en su lugar de trabajo o en el último domicilio que conste en su
expediente personal laboral, de conformidad con los artículos 243 inciso 1) y
334 de la LGAP. Toda la documentación y prueba habida en el expediente
administrativo puede ser consultada y copiada en este Departamento en días
hábiles de 8:30 a.m. a 3:00 p.m. Se le advierte al encausado que por la
naturaleza de este expediente, de conformidad con los artículos 24 constitucional; 272 y 273 de la LGAP; 4, 9
incisos 2), 3) y 11 de la Ley de
Protección de la Persona frente al tratamiento de sus datos personales; se
declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes
legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para este Ministerio y
las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra
naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la
información que aquí se consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de la LGAP.
Notifíquese.—Jefatura DDL.—Gustavo Salazar Madrigal.—O. C. N°
4600070966.—Solicitud N° 437518.—( IN2023782648 ).
ASUNTOS JURÍDICOS DE LA REGIÓN
DE DESARROLLO BRUNCA
EDICTO
Instituto de Desarrollo Rural.—Asuntos Jurídicos de la Región de Desarrollo Brunca, a las doce horas cuarenta minutos del dos de
junio de dos mil veintitrés. Se comunica que Asuntos Jurídicos de la Región de
Desarrollo Brunca, se encuentra tramitando según el Decreto N° 38975-MAG, la
Ley N° 9036 Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el
Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y su reglamento, el expediente de
Regularización número REG-002-2023-OTCB-RDBR-ME,
solicitado por el señor Edwin Barrantes Soto, cédula de identidad número
6-0165-0330, quien pretende regularizar a su favor el predio B5-1, del
Asentamiento Colonia Coto Brus, ubicado en la provincia de Puntarenas, cantón
Coto Brus, distrito Gutiérrez Braun, con una medida de 6.298,66 m2,
plano catastrado N° P-2225183-2020. Se pone en conocimiento de cualquier
interesado, incluyendo a los colindantes del predio descrito en el plano
catastrado N° P-2225183-2020 para que dentro del término de diez días hábiles se
apersone a la Región de Desarrollo Brunca del INDER, sita en Daniel Flores de
Pérez Zeledón, San José, frente al Grupo Q, en donde se encuentra el expediente
de dicho trámite, a fin de realizar la respectiva revisión del expediente o a
presentar objeción u oposición a este procedimiento, si los hubiere.
Notifíquese.—Licda. Margarita Elizondo Jiménez, Asuntos Jurídicos
de la Región de Desarrollo Brunca.—1 vez.—( IN2023783055 ).
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La Junta Directiva
General mediante acuerdo N° 11 de la sesión N° 15-18/19-G.O. del 05 de marzo de
2019, acordó autorizar a la Administración a publicar por edicto en el Diario
Oficial La Gaceta el acuerdo N° 37 sesión N° 08-22/23-G.E., debido a que
según oficio TH-124-2023 del Departamento de Tribunales de Honor resultó
materialmente imposible notificar a la empresa Urbanizadora Acre de Heredia S.
A. (CC-09473) expediente disciplinario N° 2132-2021.
La Junta Directiva General del Colegio
Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión N° 08-22/23-G.E. de fecha
31 de enero de 2023, acordó lo siguiente:
Acuerdo N°37:
Se conoce informe final
INFIN-113-2022/2132-2021 remitido por el Tribunal de Honor integrado para
conocer expediente N° 2132-2021 de denuncia interpuesta por el Sr. Asdrúbal
Calvo Chaves, Alcalde Municipalidad de Esparza, en contra de la Urbanizadora
Acre de Heredia S. A. (CC-09473
(…)
Por lo tanto se acuerda:
Se aprueba lo recomendado por el Tribunal de Honor, de imponer una
sanción de dieciocho meses de suspensión en el ejercicio profesional a la
empresa: Urbanizadora Acre de Heredia S. A. (CC-09473), en el expediente N°
2132-2021, al tenerse por demostrado que con su actuación infringió el Código
de Ética Profesional del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de
Costa Rica, en sus artículos 2, 3, 7, 9, de acuerdo con las sanciones
establecidas en los artículos 26 y 31 del citado Código.
Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40
del Reglamento Interior General, y en consecuencia, la sanción impuesta, es
ejecutable de conformidad
con lo establecido en el artículo 146 de la Ley General de la Administración
Pública.
Que de conformidad con lo que dispone el artículo 31 del Código Procesal
Contencioso Administrativo, Ley N° 8508, es facultativo el agotamiento de la
vía administrativa, por lo que pueden los interesados acudir a los Tribunales de Justicia a hacer
valer sus derechos. Sin embargo, conforme lo señala el artículo 115 del
Reglamento del Procedimiento Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 119 de 20 de
junio de 2008, contra la anterior resolución cabe el recurso de reconsideración
ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de
diez días hábiles, contados a partir de la notificación a la presente
resolución.
La
interposición del recurso de reconsideración suspende
la ejecución de la sanción, hasta que la Junta Directiva General resuelva en
definitiva dicha impugnación. Esta decisión agota la vía administrativa.”
23 de mayo de 2023.—Junta Directiva General.—Ing. Guillermo Carazo Ramírez, Director Ejecutivo.—O.C. N° 099-2023.—Solicitud N° 435120.—( IN2023780163
).
COLEGIO DE
ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA
FISCALÍA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El Colegio de
Abogados y Abogadas de Costa Rica, avisa: Que la Junta Directiva del Colegio de
Abogados y Abogadas de Costa Rica, mediante acuerdo sesión ordinaria número
39-22, celebrada el tres de octubre de dos mil veintidós, acuerdo 2022-39-04, dicto el Acto final del Procedimiento
Administrativo disciplinario número 429-20(4), el cual indica lo siguiente:
Expediente N° 429-20 (4). Denunciado: Lic. José Alberto Villalobos
Salas. Denunciante: Elizabeth Santamaría Alpízar. Acto final. Junta
Directiva del Colegio de Abogados, constituida en Consejo de Disciplina.
Sesión ordinaria número 39-22, celebrada el tres de octubre de dos mil
veintidós, acuerdo 2022-39-048. Resultando: I.—La Junta Directiva del
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, mediante de la sesión ordinaria
44-20, celebrada el trece de abril del dos mil veinte, acuerdo 2020-44-049,
dispuso trasladar este expediente a la Fiscalía del Colegio de Abogados y
Abogadas a efectos de iniciar procedimiento. Para lo cual la Fiscalía, de
conformidad con las potestades otorgadas, inició procedimiento disciplinario en
contra del licenciado José Alberto Villalobos Salas, carné de colegiado número 12163, con el
fin de averiguar la verdad real de la supuesta comisión de los hechos que
constan en la denuncia, los cuales consisten en: “… Indicó la señora
Elizabeth Santamaría Alpízar que, en fecha del 07 de octubre del 2019, redactó
un documento a mano, manifestando sus deseos sobre la futura administración de
sus bienes, ahorros y todo lo que esté a nombre de la misma, esto en caso que
ella faltará. Por lo tanto, aproximadamente desde el mes de julio del año 2020,
le mostró el documento al licenciado José Alberto Villalobos Salas debido a la
confianza que le tenía y presuntamente el profesional le indicó que lo
conveniente era plasmarlo en una escritura, es decir, realizar un testamento.
ii. Manifestó la denunciante, que el denunciado se llevó el documento escrito a
mano por ella, para pasarlo en limpio y posteriormente, realizar el testamento
de manera válida y oficial. Además, que el denunciado presuntamente le indicó
no cobraría por realizar dicha gestión. iii. Que, el Lic. Villalobos Salas se
presentó a la vivienda de la denunciante cuatro días después para entregar un
borrador del escrito e indicó que había un problema en el Registro de la
Propiedad, porque, el sistema mostraba que el bien inmueble, provincia:
Heredia, Finca número: 65810, se obtuvo por causa adquisitiva, por sucesorio
notarial y no por compra y venta. Además, indicó que el usufructo otorgado era
de manera perpetua en favor de la aquí denunciante, y que debía ir
presencialmente al Registro para verificar el estado de la propiedad, porque
debía corregirse dicha causa adquisitiva, de lo contrario se generarían
conflictos a futuro. iv. Que, presuntamente el agremiado solicitó diversos
montos de dinero, los cuales serían utilizados como garantía del proceso que
debía realizar; y que en el mes de agosto del presente año, el licenciado
denunciado siguió solicitando varios montos de dinero para continuar con las
supuestas gestiones, las siguientes sumas: el 10 de agosto un monto de ¢1 234
400.00 depositado mediante el Banco Nacional según comprobante N°12381383, a la
cuenta N° 200-01-004-159053-0, bajo el nombre de Villalobos Salas José Alberto y
el 27 de agosto un monto de ¢872 000.00 depositado mediante el Banco Nacional
según comprobante N° 12312550, a la cuenta N° 15202001293411165, bajo el nombre
de Villalobos Salas José Alberto, sumas de los cuales no se entregó
ninguna factura o recibo. Además, presuntamente la denunciante, retiró de su
cuenta del Banco Nacional los siguientes montos: ¢462 825.00 en fecha del 20 de
julio, ¢1 214 400,00 en fecha del 03 de agosto, ¢2 650 000.00 en fecha del 12
de agosto, ¢500 000.00 en fecha del 14 de agosto, ¢672 000.00 en fecha del 18
de agosto, ¢ 1 160 000.00 en fecha del 24 de agosto, ¢1 472 000.00 en fecha el
27 de agosto, todas en el año 2020, siendo estas sumas presuntamente entregadas
en dinero en efectivo al denunciado, en las mismas fechas de retiro, habiéndose
entregado al denunciado un total aproximado de ¢11 436 800.00 de los cuales no
se giró ningún recibo. v. Que, después de los pagos anteriormente indicados, el
profesional manifestó que existía un conflicto por herederos que quedaron sin
herencia del sucesorio de la señora Dinorah Solís Rojas, ex dueña de la
propiedad adquirida por la aquí denunciante, y que los mismos declaraban tener
derechos, quien indicó que el expediente se encontraba en San Joaquín de
Flores, sin brindar mayor información o detalle. vi. Que posteriormente se
enteraron que el denunciado se encuentra
suspendido del ejercicio profesional como Abogado y Notario. Se le atribuye al agremiado
Lic. José Alberto Villalobos Salas, falta al deber de diligencia, probidad,
falta por ejercer suspendido, falta al deber de confianza, falta de información
y falta al recibir determinado monto o documentos por trabajo contratado y no
realizarlo en todo o en parte. Se considera a los anteriores hechos como
potencialmente violatorios de los deberes éticos profesionales así previstos y
sancionados en los términos de los artículos 14, 17, 24, 31, 34, 39, 78, 81, 82
inciso a), 83 inciso a) y e), 84 inciso a), 85 inciso a), b) y c) y 86 del
Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho. Sin
perjuicio de la calificación definitiva que eventualmente se haga en el acto
final, de acreditarse lo denunciado se impondría sanción que puede ir desde una
suspensión de tres meses hasta la suspensión por diez años del ejercicio
profesional. (…).” (visible del folio 57 al 62 del
expediente disciplinario). II.—El denunciado fue notificado por medio de edicto
oficial, publicados tres veces consecutivas, en La Gaceta números
203, 204 y 205 de fechas 21, 22 y 25 del mes de octubre del año 2021, respectivamente,
sin embargo, no contestó
los hechos ni se apersonó al procedimiento administrativo disciplinario. (visible
a folios 102 al 108 del expediente disciplinario). III.—La
comparecencia oral y privada se llevó a cabo, a las nueve horas del dieciséis
de junio de dos mil veintidós, audiencia en la que únicamente compareció la
denunciante, su representante legal y el testigo ofrecido como prueba. (Ver
audio digital que consta en el expediente y folios 113 y 114 del expediente
disciplinario). VII.—En la resolución del presente procedimiento se han
observado los requisitos normativos vigentes; y, Considerando: I.—Hechos
probados: Se tienen de esta naturaleza los siguientes de importancia para
la resolución del presente procedimiento: a. Que el denunciado fue contratado
por la quejosa, en el mes de julio de 2020, para trascribir su última voluntad
al momento de su fallecimiento, según recomendación del abogado denunciado, se
debía realizar un testamento. (ver hechos de la denuncia). b. Que el
denunciado, no realizó la labor contratada. c. Que el denunciado, recibió la
suma de un millón doscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos colones exactos
el 10 de agosto de 2020, por concepto de traslado de fondos. (según consta en
el depósito número 12381383. (visible a folio 10 del expediente disciplinario).
Así mismo el 27 de agosto de 2020, recibió del Sr. Luis Alonso Santamaría Alpízar
hijo de la quejosa, la suma de ochocientos setenta y dos mil colones, por
concepto de pago de honorarios, según consta en el depósito número 12312550 y a
solicitud de la quejosa y no emitió el recibo correspondiente. (visible a folio
07 del expediente disciplinario). c. Que la Sra. Elizabeth Santamaría Alpízar
retiró de su cuenta bancaria, del Banco Nacional de Costa Rica las siguientes
sumas de dinero: ¢1 214. 400 el 03 de agosto de 2020, (ver folio 22); el mismo
03 de agosto de 2020 retiró la suma de ¢ 700 000. (visible a folio 023). El 10
de agosto del 2020, retiró la suma de ¢ 1 234 000 (visible a folios 024); el 12
de agosto del mismo año, retiró la suma de ¢ 2 650 000, (visible a folio 025);
el 14 de agosto de 2020, retiró la suma de ¢ 500 000 (visible a folio 026); el
18 de agosto de 2020, retiró ¢ 672 000 (visible a folio 027).; el 24 de agosto
del 2020, retiró la suma de ¢ 1 160 000 (visible a folio 028); el 28 de agosto
de 2020, la suma de ¢ 1 472 000 (visible a folio 029). d. Que el inmueble
ubicado en la Provincia de Heredia, número 65810, derecho 002, a nombre de
Elizabeth Santamaría Alpízar, según la consulta histórica de dicha Finca, realizada a
la base de datos del registro Nacional de Bienes Muebles e inmuebles en fecha
24 de agosto de 2022, demuestra que no existía ninguna hipoteca inscrita a
nombre de dicho inmueble para el año 2020, 2021 y actual de 2022 (ver
impresiones de la página del Registro Nacional de la Republica de Costa Rica).
e. Que el Lic. Villalobos Salas, se encontraba suspendido en el ejercicio
profesional como abogado desde el 03 de marzo de dos mil diecinueve y hasta el
03 de setiembre de 2020. (ver certificación expedida por este colegio
profesional, el veintitrés de agosto de dos mil veintidós). II.—Hechos no
probados: Único: Que la Sra. Elizabeth Santamaría Alpízar, entregó en
dinero en efectivo al Lic. José Alberto Villalobos Salas, la suma de nueve
millones seiscientos dos mil cuatrocientos colones (¢9 602 400). (no consta
prueba fehaciente que lo acredite). III.—Fondo del asunto: En el caso
que nos ocupa, se atribuye al Lic. José Alberto Villalobos Salas, falta al deber de
diligencia, probidad, falta por ejercer suspendido, falta al deber de
confianza, falta de información y falta al recibir determinado monto o
documentos por trabajo contratado y no realizarlo en todo o en parte, como
hechos como potencialmente violatorios de los deberes éticos profesionales así
previstos y sancionados en los términos de los artículos 14, 17, 24, 31, 34,
39, 78, 81, 82 inciso a), 83 inciso a) y e), 84 inciso a), 85 inciso a), b) y
c) y 86 del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en
Derecho, en virtud de que, según denunció la Sra. Santamaría Alpízar que, en
fecha del 07 de octubre del 2019, redactó un documento a mano, manifestando sus
deseos sobre la futura administración de sus bienes, ahorros y todo lo que esté
a nombre de la misma, esto en caso que ella faltará. Por lo tanto,
aproximadamente en el mes de julio del año 2020, le mostró el documento al
licenciado José Alberto Villalobos Salas debido a la confianza que le tenía y
presuntamente el profesional le indicó que lo conveniente era plasmarlo en una
escritura, es decir, realizar un testamento. ii. Manifestó la denunciante que
el denunciado se llevó el documento escrito a mano por ella, para pasarlo en
limpio y posteriormente, realizar el testamento de manera válida y oficial.
Además, que el denunciado presuntamente le indicó no cobraría por realizar
dicha gestión. iii. Que, el Lic. Villalobos Salas se presentó a la vivienda de
la denunciante cuatro días después para entregar un borrador del escrito e
indicó que había un problema en el Registro de la Propiedad, porque, el sistema
mostraba que el bien inmueble, provincia: Heredia, Finca número: 65810, se
obtuvo por causa adquisitiva, por sucesorio notarial y no por compra y venta.
Además, indicó que el usufructo otorgado era de manera perpetua en favor de la
aquí denunciante, y que debía ir presencialmente al Registro para verificar el
estado de la propiedad, porque debía corregirse dicha causa adquisitiva, de lo
contrario se generarían conflictos a futuro. iv. Que, presuntamente el
agremiado solicitó diversos montos de dinero, los cuales serían utilizados como
garantía del proceso que debía realizar; y que en el mes de agosto del presente
año, el licenciado denunciado siguió solicitando varios montos de dinero para
continuar con las supuestas gestiones, las siguientes sumas: el 10 de agosto un
monto de ¢1 234 400.00 depositado mediante el Banco Nacional según comprobante
N° 12381383, a la cuenta N° 200-01-004-159053-0, bajo el nombre de Villalobos
Salas José Alberto y el 27 de agosto un monto de ¢872 000.00 depositado
mediante el Banco Nacional según comprobante N° 12312550, a la cuenta N°
15202001293411165, bajo el nombre de Villalobos Salas José Alberto,
sumas de los cuales no se entregó ninguna factura o recibo. Además,
presuntamente la denunciante, retiró de su cuenta del Banco Nacional los
siguientes montos: ¢462 825.00 en fecha del 20 de julio, ¢1 214 400,00 en fecha
del 03 de agosto, ¢2 650 000.00 en fecha del 12 de agosto, ¢500 000.00 en fecha
del 14 de agosto, ¢672 000.00 en fecha del 18 de agosto, ¢ 1 160 000.00 en
fecha del 24 de agosto, ¢1 472 000.00 en fecha el 27 de agosto, todas en el año
2020, siendo estas sumas presuntamente entregadas en dinero en efectivo al
denunciado, en las mismas fechas de retiro, habiéndose entregado al denunciado
un total aproximado de ¢11 436 800.00 de los cuales no se giró ningún recibo.
v. Que, después de los pagos anteriormente indicados, el profesional manifestó
que existía un conflicto por herederos que quedaron sin herencia del sucesorio
de la señora Dinorah Solís Rojas, ex dueña de la propiedad adquirida por la
aquí denunciante, y que los mismos declaraban tener derechos, quien indicó que
el expediente se encontraba en San Joaquín de Flores, sin brindar mayor
información o detalle. vi. Que posteriormente se enteraron de que el denunciado
se encuentra suspendido del ejercicio profesional como Abogado y Notario. II.
El denunciado fue notificado por medio de edicto oficial, publicados tres veces
consecutivas, en la gaceta números 203, 204 y 205 de fechas 21, 22 y 25 del mes
de octubre del año 2021, respectivamente. (visible a folios 102 al 108 del
expediente disciplinario). III. La comparecencia oral y privada se llevó a cabo
a las nueve horas del dieciséis de junio de dos mil veintidós, audiencia en la
que únicamente compareció la denunciante, su representante legal y el testigo
ofrecido como prueba. (Ver audio digital y folios 113 y 114 del expediente
disciplinario). Siendo que, en dicha audiencia, el testigo Luis Alonso Santamaría Alpízar,
cédula 1-0835-0974 expuso en lo que interesa que, cuando el empezó a llegar a
la casa, en primera instancia llegó y nos dijo que estaba pasando por una
situación, que le iban a quitar la casa, eso fue en junio de 2019, nosotros le
prestamos una plata por la amistad que le teníamos, y la confianza. A raíz de
eso, mi mama le dijo que ella quería arreglar lo de un testamento. Él dijo yo
le hago los tramites. A raíz de eso, empezó a decir que iba a hacer tramites,
que iba a meter papeles. Y empezó mira que hay un problema con la propiedad,
que debía tener un adelanto de la plata para agilizar el proceso, entonces
nosotros no sabíamos nada, a raíz de eso empezamos a darle dinero que él iba
pidiendo, duro casi un mes, iba todas las semanas a pedir plata, que el trámite
costaba, y bueno ella empezó a dar dinero que hacía falta para los trámites. Ante
las preguntas del Lic. Hernández Hernández, respondió: Él decía que era
abogado, que tenía bastantes años, como abogado. Solo la casa, conforme iba
haciendo el proceso que él decía que iba haciendo tramite, él decía que la casa
había sido adquirida de una forma no legal, que la forma que habían hecho. Pero
que la forma que la habían hecho no era correcta, que eso era un problema y que
podían llegar otras personas a reclamar, lo último que dijo fue que había ido a
san Joaquín y que había metido en unos archivos, y que aparecían dos familiares
de la señora que nos había vendido la casa y que ellos podían perfectamente
pelear la propiedad. Solo de la forma en que lo adquirimos, porque los abogados
estaban suspendidos, que cualquier persona de la familia si querían podían
pelearla. Él decía que eran tramites que el hacía, que era una forma de agilizar
como un compromiso de los tramites que se estaban realizando. Solo decía que se
depositaran en unas cuentas. El último pedido fue que teníamos que depositar en
una cuenta casi ochocientos mil pesos. Entonces dijo que uno en el Banco de
Costa Rica y uno en el Banco Nacional. Fueron más de trece millones, por ahí
andaba el asunto, sacando cuenta como trece millones. Yo siempre estaba
presente porque solo éramos mi mama y yo. En todas las ocasiones. Lo último que
dijo que había que depositar más plata, por lo de los familiares. A raíz de eso
fue cuando se le dijo que no. Eran como ochocientos mil colones también. Él
llegaba casi todas las semanas y él decía necesito un adelanto porque el
proceso se complicó y hay que hacer un adelanto, en la acompañaba a ella a
hacer los retiros, y a veces se le daban en efectivo y a veces en una cuenta.
En el carro de, él propio, él la llevaba y hay videos en el banco donde él
llega y para el carro al frente. Por lo menos un mes que él iba cada tres o
cuatro días, eso fue a mediados de junio que empezó y a mediados de julio. Él
decía que él era abogado y que él podía hacer los trámites, en ningún momento
nos dijo que estaba inhabilitado o suspendido. Nada más decía que eran tramites
que había que hacer y que necesitaba que les diera más plata.”. De lo anterior,
se logró acreditar que: I.—Hechos probados: Se tienen de esta naturaleza
los siguientes de importancia para la resolución del presente procedimiento: a.
Que el denunciado fue contratado por la quejosa, en el mes de julio de 2020,
para trascribir su última voluntad al momento de su fallecimiento, según
recomendación del abogado denunciado, se debía realizar un testamento. (ver
hechos de la denuncia). b. Que el denunciado, no realizó la labor contratada.
c. Que el denunciado, recibió la suma de un millón doscientos treinta y cuatro
mil cuatrocientos colones exactos el 10 de agosto de 2020, por concepto de
traslado de fondos. (según consta en el depósito número 12381383. (visible a
folio 10 del expediente disciplinario). Así mismo el 27 de agosto de 2020,
recibió del Sr. Luis Alonso Santamaría Alpízar hijo de la quejosa, la suma de
ochocientos setenta y dos mil colones, por concepto de pago de honorarios,
según consta en el depósito número 12312550 y a solicitud de la quejosa y no
emitió el recibo correspondiente. (visible a folio 07 del expediente
disciplinario). c. Que la Sra. Elizabeth Santamaría Alpízar retiró de su cuenta
bancaria, del Banco Nacional de Costa Rica las siguientes sumas de dinero: ¢1
214. 400 el 03 de agosto de 2020, (ver folio 22); el mismo 03 de agosto de 2020
retiró la suma de ¢ 700 000. (visible a folio 023). El 10 de agosto del 2020,
retiró la suma de ¢ 1 234 000 (visible a folios 024); el 12 de agosto del mismo
año, retiró la suma de ¢ 2 650 000, (visible a folio 025); el 14 de agosto de
2020, retiró la suma de ¢ 500 000 (visible a folio 026); el 18 de agosto de
2020, retiró ¢ 672 000 (visible a folio 027).; el 24 de agosto del 2020, retiró
la suma de ¢ 1 160 000 (visible a folio 028); el 28 de agosto de 2020, la suma
de ¢ 1 472 000 (visible a folio 029). d. Que el inmueble ubicado en la
Provincia de Heredia, número 65810, derecho 002, a nombre de Elizabeth Santamaría Alpízar,
según la consulta histórica de dicha Finca, realizada a la base de datos del registro
Nacional de Bienes Muebles e inmuebles en fecha 24 de agosto de 2022, demuestra
que no existía ninguna hipoteca inscrita a nombre de dicho inmueble para el año
2020, 2021 y actual de 2022 (ver impresiones de la página del Registro Nacional
de la Republica de Costa Rica). e. Que el Lic. Villalobos Salas, se encontraba
suspendido en el ejercicio profesional como abogado desde el 03 de marzo de dos
mil diecinueve y hasta el 03 de setiembre de 2020. (ver certificación expedida
por este colegio profesional, el veintitrés de agosto de dos mil veintidós).
Sin embargo, no se logró acreditar que: Que la Sra. Elizabeth Santamaría
Alpízar, entregó en dinero en efectivo al Lic. José Alberto Villalobos Salas,
la suma de nueve millones seiscientos dos mil cuatrocientos colones (¢9 602
400). (no consta prueba fehaciente que lo acredite). Se resuelve: Una
vez analizados los hechos denunciados, considera este órgano disciplinario que
se tiene por acreditados las faltas al deber de diligencia, probidad, ejercer
suspendido, confianza, información y recibir determinado monto o documentos por
trabajo contratado y no realizarlo en todo o en parte, en los términos de los
artículos 14, 17, 24, 31, 34, 39, 78, 81, 82 inciso a), 83 inciso a) y e), 84
inciso a), 85 inciso a), b) y c) y 86 del Código de Deberes Jurídicos, Morales
y Éticos del Profesional en Derecho. En cuanto al deber de probidad, establece
el artículo 17: El abogado y la abogada deberán actuar con corrección en el
ejercicio profesional. Su conducta se ajustará al ordenamiento jurídico vigente
en la sociedad costarricense, debiendo abstenerse de toda actuación impropia
que pueda desacreditar la profesión. Su ejercicio profesional deberá ser
siempre probo, leal, veraz y de buena fe. Artículo 31: La relación entre el
abogado o la abogada y el cliente se deberá fundar en una recíproca confianza
basada en los principios éticos y morales de este Código. Lo anterior, por
cuanto, según denunció la Sra. Elizabeth Santamaría Alpízar y así lo declaró en
la audiencia oral y privada llevada a cabo a las nueve horas del dieciséis de
junio de dos mil veintidós, ante el órgano instructor a cargo del proceso,
entre el Lic. Villalobos Salas y la quejosa, existía una relación de confianza,
siendo que la quejosa le compraba “pasitos” para el portal de navidad, ya que
el denunciado le manifestaba se dedicaba a esta labor; por lo que, una vez
debido a la compra de estos insumos, entre las partes surgió una amistad y
confianza, al punto de que el abogado denunciado en varia ocasiones iba a la
casa de la denunciante a tomar café, llevaba pan, le pedía que le hiciera
tortillas, y hasta le decía como sobrenombre de cariño “pollita” debido a lo
anterior, la quejosa ante esta circunstancia en virtud de la confianza que
existía, máxime qué, el abogado era conocido del hijo de la quejosa el Sr. Luis
Alonso Santamaría Alpízar, esta última le comentó al abogado denunciado, sobre la
intensión de dictar su última voluntad, para lo cual en el mes de julio de
2020, le mostró al denunciado un documento escrito a mano, en donde esta
plasmaba su última voluntad al momento de su fallecimiento. Refiriendo la
quejosa que el denunciado en ese momento le indicó que ese documento redactado
a mano y que contenía la última voluntad de la denunciante, debía ser autenticado
por un abogado y que se debía realizar un testamento, para lo cual, el
denunciado, se llevó tal documento para pasarlo en limpio y le manifestó a la
quejosa que no cobraría por ese acto. Sin embargo, posteriormente se presentó a
la casa de la quejosa y le manifestó que había un problema con la propiedad, y
que debía realizar diversas gestiones, y no realizó dicho testamento,
aprovechándose de su conociendo profesional y actuando con conocimiento de
causa, siendo que, según consta en la certificación expedida por este colegio
profesional, el veintitrés de agosto de dos mil veintidós, el abogado
denunciado no podría efectuar labores profesionales como abogado, y mucho menos
como Notario Público ya que se encontraba suspendido en el ejercicio profesional
desde 03 de marzo de 2019 y hasta el 03 de setiembre de 2020 inclusive; y según
consta en el análisis de la prueba aportada la relación entre cliente -Abogado
inició en el mes de julio de 2020, por lo que el denunciado, actuando de manera
incorrecta y proba, solicitó dineros a la quejosa para una labor por la
cual estaba inhabilitado para realizar, faltando al deber de probidad. En
cuanto a la falta de confianza, conforme dispone el artículo 31: La relación
entre el abogado o la abogada y el cliente se deberá fundar en una recíproca
confianza basada en los principios éticos y morales de este Código. Y se
demuestra con el propio dicho de la denunciante, así como la testimonial
ofrecida, que la quejosa debido a la confianza depositada por esta última, y el
denunciado actuando de manera incorrecta indujo a error a esta, haciéndole
creer que el inmueble ubicado en la Provincia de Heredia, número 65810, derecho
002, a nombre de Elizabeth Santamaría Alpízar, tenía un gravamen hipotecario y que
debía gestionar actuaciones con los bancos a efectos de solucionar el problema;
sin embargo, según la consulta histórica de dicha Finca, realizada a la base de
datos del Registro Nacional de Bienes Muebles e inmuebles en fecha 24 de agosto
de 2022, se demuestra que no existía ninguna hipoteca inscrita a nombre de
dicho inmueble para el año 2020 y hasta la actualidad (ver impresiones de la
página del registro nacional de bienes mueble se inmuebles de fecha 24 de
agosto de 2022), lo cual demuestra que el denunciado de manera incorrecta,
condujo a error a la quejosa con la intención de obtener un beneficio
económico, por cuanto el denunciado, recibió la suma de un millón doscientos
treinta y cuatro mil cuatrocientos colones exactos el 10 de agosto de 2020, por
concepto de traslado de fondos. (según consta en el depósito número 12381383.
(visible a folio 10 del expediente disciplinario), así como el 27 de agosto de
2020, también recibió del hijo de la quejosa el Sr. Luis Alonso Santamaría Alpízar a
solicitud de esta, la suma de ochocientos setenta y dos mil colones, por
concepto de pago de honorarios, según consta en el depósito número 12312550.
(visible a folio 07 del expediente disciplinario). Por lo que, aprovechándose
de la situación, el denunciado actuando contrario a la ética y a las normas que
rigen la profesión; de manera incorrecta y abusando de la confianza de la
quejosa, cobró la suma de total de dos millones ciento seis mil cuatrocientos
colones (¢ 2 106 400), situación que evidencia una falta a los artículos supra citados. Falta al deber de confianza que debe
concordarse con la falta por ejercer estando suspendido en el sentido de
que, el denunciado a sabiendas de que se encontraba imposibilitado para ejercer
la profesión de abogado y que, en consecuencia dicha suspensión origina de
manera inmediata la inhabilitación para ejercer como Notario Público, no
informó de esa situación tan relevante a la parte denunciante y brindó asesoría
en el ámbito legal y notarial, a fin de cobrar dineros por un trabajo que no
podría realizar, toda vez que se encontraba suspendido como profesional, según
conta en la certificación expedida por este Colegio profesional el 23 de agosto
de 2022 y según consta en los audios y conversaciones aportados como prueba
mediante la plataforma WhatsApp, se demuestra con suma claridad también la
falta estipulada en el artículo 24 del del Código de Deberes Jurídicos Morales
y Éticos de Profesional en Derecho que señala: “No deberán ejercer la
abogacía aquellos miembros de este Colegio que se encuentren suspendidos o
retirados voluntariamente del ejercicio profesional”. Aunado a lo anterior,
se tiene que el denunciado faltó a su deber de información, conforme lo dispone
el artículo 34 de la normativa deontología, al indicar lo siguiente: Una vez
aceptado el caso el abogado y la abogada, deberán informar al cliente
periódicamente el estado del asunto, siempre que sea necesario. Falta que
se tiene por acreditada, en el sentido de que, aprovechándose de la confianza
depositada por su cliente, induciéndola a error, y a sabiendas de que estaba
inhabilitado para ejercer la profesión, brindó información no veraz, en cuanto
al estado actual del inmueble referido, lo cual se evidencia en la comunicación
sostenida entre las partes mediante la plataforma WhatsApp, que constan de
folio 35 al 53 del expediente; en la que se observa que el denunciado, se
muestra omiso en diferentes ocasiones, ante las preguntas de la parte
interesada, omitiendo referirse con claridad y ampliamente sobre cada uno de
los trámites, que en supuesto debía realizar el abogado, a fin lograr que
la interesada comprendiera la labor, que el profesional se encontraba
realizando, en virtud de que, de manera previa, ya se había cancelado una suma
de dinero, en aras de solucionar los supuestos conflictos que el agremiado le
había referido que existían sobre la propiedad en la que habita la quejosa;
situación que fue ratificada por parte del testigo Santamaría Alpízar
en la comparecencia oral y privada celebrada ante el órgano instructor a cargo
del proceso disciplinario en el mes de junio del año en curso. Por
consiguiente, la omisión de una correcta información por parte del denunciado
para con su cliente, ocasionó un perjuicio en la esfera patrimonial de esta
última, siendo que la quejosa asumía que existía un gravamen que pesaba sobre
su bien inmueble; situación que generó que la denunciante cancelara el monto
total de dos millones ciento seis mil cuatrocientos colones (¢ 2 106 400) al
abogado denunciado para los supuestos tramites que este realizada. También se
acredita que el denunciado incurrió en la falta por no entrega de recibos toda
vez que recibió en sus cuentas bancarias y por parte de la denunciante y el
hijo de esta el Sr. Luis Alonso Santamaría Alpízar la suma de
dos millones ciento seis mil cuatrocientos colones (¢ 2 106 400), según consta
en los depósitos números 12381383 y 12312550 de fechas 10 y 27 de agosto de
2020, respectivamente, y que, del dinero recibido no expidió la factura
correspondiente conforme establece el artículo 50 al señalar: El abogado y
la abogada deberán siempre extender el recibo correspondiente por las sumas
recibidas con ocasión de su ejercicio profesional, debiendo especificar
claramente el concepto por el que se reciben. Todo lo anterior, conlleva a
determinar que el abogado denunciado. Y por último, todos los hechos
denunciados, conllevan a determinar que no solo el abogado incurrió en faltas
al deber de Probidad, confianza, ejercer estando suspendido, información, y no
entrega de recibos; sino que también incurrió en faltas a su deber de
diligencia, conforme los artículos 14 y 19 del Código de Deberes Jurídicos
Morales y Éticos que rigen la profesión de Abogado, toda vez, que habiéndose
ofrecido a realizar una labor, y siendo contratado por la quejosa según la
recomendación del agremiado denunciado para realizar un testamento, dicho
abogado, no realizo la labor contratada y recibió la suma de dos millones
ciento seis mil cuatrocientos colones (¢ 2 106 400), faltando a su deber de
diligencia, siendo que, si hubiera actuado de manera proba, integra y leal,
hubiese informado a la denunciante sobre la imposibilidad que tenía para
ejercer la profesión de abogado, y hubiese evitado faltar a su deber de
diligencia, toda vez que tal suspensión le impedía ejercer la profesión, y recibir
dinero alguno producto de la labor contratada, incurriendo en las faltas que
estipulan los artículos 14 y 39 del código referido al señalar: 14: Es deber
del abogado y la abogada dedicarse con diligencia y puntualidad a los asuntos
de su cliente y poner en su defensa todos sus esfuerzos y conocimientos con
estricto apego a las normas jurídicas, morales y éticas. Artículo 39: Quienes
ejercen la profesión del derecho emplearán al servicio del cliente todo su
saber, celo y diligencia. Podrán consultar con otros profesionales, pero la
responsabilidad en la dirección del asunto es suya. En otro orden de ideas, en
cuanto al presunto pago realizado por la quejosa al abogado denunciado, por la
suma aproximada de la suma de nueve millones seiscientos dos mil cuatrocientos
colones (¢9 602 400), es de manifestar que no existe prueba fehaciente que
acredite lo denunciado. Si bien, consta el detalle histórico de movimientos del
Banco Nacional de Costa Rica, de fecha 06 de octubre de 2020, a folio 021 del
expediente disciplinario, en el cual se observan retiros de dinero por parte de
la quejosa para el mes de agosto de 2020 y de los cuales la denunciante en la
comparecencia oral y privada expuso que los dineros retirados, sean las
siguientes sumas de dinero: ¢1 214. 400 el 03 de agosto de 2020, (ver folio
22); el mismo 03 de agosto de 2020 retiró la suma de ¢ 700 000. (visible a
folio 023). El 10 de agosto del 2020, retiró la suma de ¢ 1 234 000 (visible a
folios 024); el 12 de agosto del mismo año, retiró la suma de ¢ 2 650 000,
(visible a folio 025); el 14 de agosto de 2020, retiró la suma de ¢ 500 000
(visible a folio 026); el 18 de agosto de 2020, retiró ¢ 672 000 (visible a
folio 027).; el 24 de agosto del 2020, retiró la suma de ¢ 1 160 000 (visible a
folio 028); el 28 de agosto de 2020, la suma de ¢ 1 472 000 (visible a folio
029), presuntamente fueron entregados en efectivo, en virtud de que el
agremiado denunciado le solicitaba esos dineros, con la finalidad de solucionar
el supuesto problema relacionado con la hipoteca del inmueble donde reside la
quejosa; lo cierto del caso, es que dicha actuación denunciada no fue
acreditada en los autos, y siendo que existe dudas en cuanto al pago de los
dineros indicados, y por considerarse que los hechos denunciados en el sentido
supra, podrían constituir el delito de Estafa, ante la conducta en la cual
presuntamente se dieron los hechos; toda vez que, según relató el testigo Luis
Alonso Alpízar Santamaría, el denunciado presuntamente en su propio vehículo
transportaba a la Sra. Santamaría Alpízar hasta el Banco Nacional a efectos de
que esta retirara de su cuenta de ahorros dinero y se lo entregase al
denunciado de manera personal; sin embargo, al no existir prueba documental,
pericial, visual o cualquier otra sobre los presuntos hechos, en los que se
demuestre que efectivamente la quejosa entregó al denunciado la suma indicada y
en tanto que existe duda sobre el hecho acusado; por lo que, en virtud del
principio de inocencia que cubre a la parte denunciada, en el sentido de que si
existe duda sobre los hechos acusados se debe absolver a esta; y siendo que la
parte no acreditó de manera certera mediante elementos de prueba idóneos que
acreditaran la entrega de la suma de dinero de nueve millones seiscientos dos
mil cuatrocientos colones (¢9 602 400), no es posible determinar que en efecto
esos dineros hayan sido entregados al abogado denunciado. Siendo necesario
indicar a la parte quejosa, que, en caso de que considere que la actuación
denunciada pueda constituir un delito, la misma debe dirigirse a las
autoridades judiciales correspondientes a efectos de que se investiguen los
hechos acontecidos, toda vez que, esta instancia, conforme a la potestad
otorgada por ley, únicamente puede investigar y en caso de que considere lo
correspondiente, emitir un acto sancionatorio en contra de un abogado que haya
sido denunciado, únicamente por actos que infrinjan la normativa deontología,
es decir hechos que vulneren el Código de Deberes Jurídicos Morales y Éticos
del Profesional en Derecho, no así, presuntos hechos que puedan constituir
delitos. En cuanto a la devolución de honorarios solicitados al Lic. Villalobos
Salas, ha quedado demostrado con la prueba documental que el denunciado,
recibió en total la suma de dos millones ciento seis mil cuatrocientos colones
(¢ 2 106 400) por parte de la quejosa, los cuales fueron pagados de la
siguiente manera: la suma de un millón doscientos treinta y cuatro mil
cuatrocientos colones exactos el 10 de agosto de 2020, por concepto de traslado
de fondos. (según consta en el depósito número 12381383. (visible a folio 10
del expediente disciplinario). Así mismo el 27 de agosto de 2020, recibió del
Sr. Luis Alonso Santamaría Alpízar hijo de la quejosa, la suma de
ochocientos setenta y dos mil colones, por concepto de pago de honorarios,
según consta en el depósito número 12312550. (visible a folio 07 del expediente
disciplinario); lo anterior, por cuanto el
denunciado presuntamente estaba gestionando a favor de la quejosa un arreglo
con el banco en donde supuestamente se estaba tramitando una hipoteca del
inmueble donde reside la quejosa, situación que no era cierta en virtud de que
el inmueble ubicado en la provincia de Heredia, número 65810, derecho 002, a
nombre de Elizabeth Santamaría Alpízar, según la consulta histórica de dicha
Finca, realizada a la base de datos del registro Nacional de Bienes Muebles e
inmuebles en fecha 24 de agosto de 2022, demuestra que no existía ninguna
hipoteca inscrita a nombre de dicho inmueble para el año 2020, 2021 y actual de
2022 (ver impresiones de la página del registro nacional de bienes mueble se
inmuebles de fecha 24 de agosto de 2022), por lo que siendo que el denunciado,
recibió dineros por una labor que no realizó, y que no podría realizar en
virtud de la suspensión en el ejercicio profesional que acarreaba para las
fechas en que sucedieron los hechos denunciados, es procedente que se ordene al
denunciado Villalobos Salas DEVOLVER a la quejosa Elizabeth Santamaría Alpízar
la suma entregada por esta última, conforme establece el artículo 78 del Código
de Deberes Jurídicos Morales y Éticos del Profesional en Derecho para lo cual
se tiene que, si el agremiado no devuelve la suma, se expone a un incremento en
su sanción disciplinaria mínima impuesta, y para efectuar el cálculo de cuanto
equivale el adicional de la suspensión en relación al monto recibido por no
haber realizado la labor profesional a favor de las partes contratantes, se
tiene que, en sesión ordinaria 32-06, celebrada el veintinueve de agosto del
año dos mil seis, mediante acuerdo 2006-32-026, esta instancia, acogió el
proceso de cálculo presentado por la Fiscalía para los casos de incumplimiento
por parte del abogado denunciado de la prevención de devolver dinero o bien
cuando el profesional requirió dinero por adelantado y no haber realizado
ninguna labor profesional o no haberla realizado en todo o en parte, utilizando
la siguiente fórmula: siendo que al segundo semestre del año 2022, el salario
mínimo que percibe un trabajador no calificado es de ¢ 330299,11 (trescientos
treinta mil doscientos noventa y nueve colones con once céntimos mensuales),
para el sector privado, según Decreto N° 43633-MTSS, publicado en La Gaceta N°
143, Alcance N° 159 del 28 de julio del 2022, que rige a partir del 01 de julio
del 2022, mientras que el salario base a aplicar para definir las penas por la
comisión de diversas figuras delictivas contenidas en el Código Penal es de
¢462200 (cuatrocientos sesenta y dos mil doscientos colones ), para el
ejercicio del año 2022, según aviso publicado en el Boletín Judicial N° 244 del
lunes 20 de diciembre de 2021, por lo que sumados ambos y divididos entre dos,
nos da un promedio mensual de ¢396 249, 55 (trescientos noventa y seis mil
doscientos cuarenta y nueve colones con cincuenta y cinco céntimos), resultante
de la suma de ambos y la división del resultado entre dos y tomando esta suma de
referencia, como divisor; y dividendo la suma de dos millones ciento seis mil
cuatrocientos colones (¢ 2 106 400) monto pagado por la quejosa, nos da
como resultado 4.89. Tal cociente indica que, se requiere para que el ciudadano
promedio gane dos millones ciento seis mil cuatrocientos colones (¢ 2 106 400), en tiempo de trabajo o producción de cinco meses (pues las referencias dichas son sumas mensuales)
y aplicando las reglas del redondeo, el tiempo es de cinco meses.
Conforme al anterior cálculo y por las circunstancias particulares del caso,
representa hasta cinco meses más de suspensión. Por lo que, una vez analizado y
valorado que la gestión que el denunciado presuntamente realizó era imposible
de realizar por el denunciado, al estar suspendido en el ejercicio profesional;
siendo lo correcto de conformidad con el artículo 86 del Código de Deberes
Jurídicos Morales y Éticos del Profesional en Derecho ordenar al Lic.
José Alberto Villalobos Salas, proceder a devolver a la Sra. Elizabeth
Santamaría Alpízar, la suma de dos millones ciento seis mil cuatrocientos
colones (¢ 2 106 400), en el plazo de cinco meses calendario a
partir de la firmeza de esta resolución. Así mismo y siendo que para efectos de
imponer la sanción disciplinaria se debe tomar en cuenta los antecedentes del
profesional denunciado, conforme expone el artículo 86 del Código de Deberes
Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho, y siendo que el Lic.
Villalobos Salas cuenta con los siguientes antecedentes disciplinarios a saber:
Expediente: 454-13, Sanción 4 meses, Sesión 41-2014 acuerdo 2014-41-047.
Gaceta N° 222 del 16/11/2015. Rige 03/12/2017 al 02/04/2018. Expediente:
178-14, sesión 25-2015, sanción 11 meses, acuerdo 2015-25-037, Gaceta
N° 175 del 12/09/2016. Rige del 03/04/2018 al 02/03/2019. Expediente: 073-14,
sanción 20 meses, sesión 34-2015, acuerdo 2015-34-052, Gaceta N° 18 del
25/01/2017. Rige del 03/03/2019 al 02/11/2020. Expediente: 045-16,
sanción 10 meses, sesión 19-2019, acuerdo 2019-19-04, Gaceta 178
del20/09/2019 rige del 03/11/2020 al
02/09/2021. Actualmente se encuentra suspendido por morosidad.
Antecedentes dispuestos según la certificación expedida por este Colegio
profesional el 23 de agosto de 2022. Por lo que, en atención a lo expuesto
anteriormente, y con fundamento en los artículos 14, 24, 31, 34, 39, 50, 78,
81, 82 inciso a), 83 inciso a) y e), 84 inciso a), 85 inciso a), b) y c) y 86
del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho,
lo procedente es DECLARAR CON LUGAR la denuncia interpuesta por la Sra.
Elizabeth Santamaría Alpízar en contra del Lic. José Alberto Villalobos
Salas, carné 12163 e impone la sanción disciplinaria de cuatro años y nueve
meses de suspensión en el ejercicio de la profesión de abogado, sanción que se
desglosa de la siguiente manera: Tres años y nueve meses por cuatro faltas
graves, de conformidad con los artículos 14 y 39 (diligencia), 17(probidad), 24
(ejercer estando suspendido), 31 (confianza), donde tres años corresponden a la
falta por actuar estando suspendido, y los restantes nueve meses por las otras
citadas faltas. Así mismo de conformidad con el artículo 34 y 50, que
corresponden a dos faltas leves (información y no entrega de recibos) en
concordancia con el 83 inciso g) que refiere que por dos o más faltas leves, se
convierte en una grave, se imponen tres meses más de suspensión. En
concordancia con lo anterior, y en tanto que, para imponer la sanción
disciplinaria se debe tomar en cuenta los antecedentes del profesional
denunciado, y siendo que, el agremiado tiene cuatro antecedentes
disciplinarios, que fueron citados previamente, mismos que se suman como
agravante a la sanción a imponer, se tiene que, se debe sumar a la sanción impuesta
cuatro meses más de suspensión, conforme al artículo 86. Y, por último, siendo
que se ordenó la devolución de los honorarios cancelados por una labor no
realizada, de conformidad con el artículo 83 inciso e), el denunciado debe
devolver a la quejosa la suma de dos millones ciento seis mil cuatrocientos
colones (¢ 2 106 400), en el plazo de cinco meses calendario a partir de la
firmeza de esta resolución, y si no devuelve la suma indicada, conforme el
artículos 83 inciso g y 86, se expone a un incremento en su sanción, que
equivale a cinco meses más de suspensión. Todo lo anterior conlleva a una suma
total de cuatro años y nueve meses de suspensión, haciendo ver al
denunciado, que, si devuelve la suma indicada, se le rebajara de la sanción
citada, el plazo de cinco meses, quedando la misma en cuatro años y cinco
meses. Pero, si, por el contrario, no reintegra el dinero supra en el plazo
citado a la quejosa, la sanción quedara incólume de cuatro años y nueve meses
de suspensión. Todo lo anterior de conformidad con las normas citadas del
Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho. Por
tanto: Constituida en Consejo de Disciplina, la Junta Directiva del Colegio
de Abogados de Costa Rica, previa deliberación en votación secreta, acuerda: De
conformidad con los artículos 14, 24, 31, 34, 39, 50, 78, 81, 82 inciso a), 83
inciso a) y e), 84 inciso a), 85 inciso a), b) y c) y 86 del Código de Deberes
Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho, acuerda declarar con
lugar la denuncia interpuesta por la Sra. Elizabeth Santamaría Alpízar en contra del Lic. José Alberto Villalobos
Salas, carné N° 12163, e impone la sanción
disciplinaria de cuatro años y nueve meses de suspensión en el
ejercicio de la profesión de Abogado, sanción que
se desglosa de la siguiente manera: Tres años y nueve meses por cuatro faltas
graves, de conformidad con los artículos 14 y 39 (diligencia), 17(probidad), 24
(ejercer estando suspendido), 31 (confianza), donde tres años corresponden a la
falta por actuar estando suspendido, y los restantes nueve meses por las otras
citadas faltas. Así mismo de conformidad con el artículo 34 y 50, que
corresponden a dos faltas leves (información y no entrega de recibos) en
concordancia con el 83 inciso g) que refiere que por dos o más faltas leves, se
convierte en una grave, se imponen tres meses más de suspensión. En
concordancia con lo anterior, y en tanto que, para imponer la sanción
disciplinaria se debe tomar en cuenta los antecedentes del profesional
denunciado, y siendo que, el agremiado tiene cuatro antecedentes
disciplinarios, que fueron citados previamente, mismos que se suman como
agravante a la sanción a imponer, se tiene que, se debe sumar a la sanción
impuesta cuatro meses más de suspensión, conforme al artículo 86. Y, por
último, siendo que se ordenó la devolución de los honorarios cancelados por una
labor no realizada, de conformidad con el artículo 83 inciso e), el denunciado
debe devolver a la quejosa la suma de dos millones ciento seis mil
cuatrocientos colones (¢ 2 106 400), en el plazo de cinco meses calendario
a partir de la firmeza de esta resolución, y si no devuelve la suma indicada,
conforme el artículos 83 inciso g y 86, se expone a un incremento en su
sanción, que equivale a cinco meses más de suspensión. Todo lo anterior
conlleva a una suma total de cuatro años y nueve meses de suspensión, haciendo ver al denunciado, que, si devuelve la suma indicada, se
le rebajara de la sanción citada, el plazo de cinco meses, quedando la misma en
cuatro años y cinco meses. Pero, si, por el contrario, no reintegra el dinero supra en el plazo citado a la
quejosa, la sanción quedara incólume de cuatro años y nueve meses de
suspensión. Todo lo anterior de conformidad con las normas citadas del Código
de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho. Contra esta
resolución procede el recurso de revocatoria, dentro del plazo de tres días a
partir de su notificación, recurso que deberá interponerse ante este mismo
órgano, el cual lo resolverá definitivamente, dando por agotada la vía
administrativa, de conformidad con los artículos 12 de la Ley Orgánica del
Colegio de Abogados y 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública.
Notifíquese y publíquese tres veces consecutivas. (Expediente administrativo N°
429-20(4)).—Lic. Carlos Villegas Méndez, Fiscal.—O. C. N° 3251.—Solicitud N° 436961.—(
IN2023783159 ).
MUNICIPALIDAD DE TIBÁS
La Municipalidad
de Tibás, notifica mediante la presente publicación a los propietarios de
inmuebles que a continuación se indican, las valoraciones realizadas por el
Proceso de Bienes Inmuebles de esta Municipalidad en el Cantón de Tibás, en
virtud de no poseer domicilio fiscal donde notificar la actuación de la
Administración, lo anterior en cumplimiento del artículo 137, inciso d, del
Código de Normas y Procedimientos Tributarios y la Ley de Notificaciones,
Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales: (según tabla adjunta).
NOMBRE |
CEDULA |
AVALUO |
FINCA |
DU |
HO |
VALOR NUEVO |
MINOR EDUARDO BARQUERO AGUILAR |
108190960 |
078-2022 |
86280 |
0 |
F |
₡114,666,703 |
INVERLOZ SOCIEDAD ANONIMA |
3101781299 |
079-2022 |
86285 |
0 |
F |
₡124,018,274 |
YAQUELIN CAROLINA GOMEZ BECERA |
117000712602 |
080-2022 |
86286 |
0 |
F |
₡85,159,495 |
JOSE VICENTE RODRIGUEZ DULCE |
117000176335 |
081-2022 |
86287 |
0 |
F |
₡95,787,402 |
JULIO CESAR RODRIGUEZ CESPEDES |
106340811 |
082-2022 |
105752 |
0 |
0 |
₡31,802,157.50 |
RIOS DEL BOSQUE INTER SOCIEDAD ANONIMA |
3101477915 |
083-2022 |
105756 |
0 |
0 |
₡24,948,155.75 |
CARLOS ALBERTO CHARRUALDE BARRANTES |
107230586 |
083-2022 |
105756 |
0 |
0 |
₡24,948,155.75 |
INVERSIONES MARYROCI LIMITADA |
3102141588 |
084-2022 |
109079 |
0 |
0 |
₡170,716,590.00 |
FRANCISCO JAVIER ALVARADO MONGE |
107560871 |
085-2022 |
112617 |
0 |
0 |
₡55,309,760.00 |
OLGA ALICIA AGUERO SOTO |
103961336 |
090-2022 |
122585 |
0 |
0 |
₡35,913,559.00 |
BERMONT UNIDOS SOCIEDAD ANONIMA |
3101165053 |
091-2022 |
124668 |
0 |
0 |
₡66,061,820.00 |
ANA VICTORIA ROJAS QUESADA |
108980053 |
092-2022 |
124672 |
0 |
0 |
₡126,734,470.00 |
REPRESENTACIONES VINCEMU SOCIEDAD ANONIMA |
3101305401 |
094-2022 |
126840 |
A |
0 |
₡78,777,250.00 |
JULIETA DONDI PROTTI |
301510624 |
096-2022 |
133323 |
0 |
0 |
₡93,857,516.00 |
MAYRA ROJAS ROBLES |
300730009 |
097-2022 |
140860 |
0 |
0 |
₡55,985,222.00 |
DALMA MARIA ROJAS ROBLES |
101830219 |
097-2022 |
140860 |
0 |
0 |
₡55,985,222.00 |
MAURICIO CUBERO MADRIGAL |
110910069 |
098-2022 |
147076 |
0 |
0 |
₡36,906,330.00 |
GIANNINA MARTEN MUÑOZ |
111930863 |
098-2022 |
147076 |
0 |
0 |
₡36,906,330.00 |
MISAEL SOLIS ALFARO |
400630460 |
099-2022 |
158428 |
0 |
0 |
₡45,053,664.00 |
SARA MARIA SAENZ SOLANO |
301470523 |
100-2022 |
166963 |
0 |
0 |
₡34,818,000.00 |
LIESJE MARIA RAMIREZ LOPEZ |
104890807 |
101-2022 |
167846 |
0 |
0 |
₡112,850,748.00 |
ASOCIACION IGLESIA FAMILIA DE DIOS |
3002327085 |
106-2022 |
198104 |
0 |
0 |
₡81,637,629.00 |
GABRIEL UGARTE VARGAS |
117270311 |
107-2022 |
198106 |
0 |
0 |
₡33,547,716.00 |
CARMEN MARIA GRANADOS BARQUERO |
104001118 |
109-2022 |
256619 |
0 |
0 |
₡61,499,762.50 |
ANA JULY TORRES ROJAS |
104021283 |
110-2022 |
323149 |
0 |
0 |
₡47,189,951.00 |
3-101-451832 SOCIEDAD ANONIMA |
3101451832 |
113-2022 |
596555 |
0 |
0 |
₡59,357,725.00 |
1) De conformidad con el artículo N°
137 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios se considera notificado
el interesado a partir del tercer día hábil siguiente a la fecha de
publicación.
2) Para
futuras notificaciones, el contribuyente debe señalar lugar o medio electrónico
para recibirlas y en caso de no lo haga, las resoluciones que se emitan
quedaran firmes veinticuatro horas después de dictadas, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo N° 11 de la Ley 8687, publicada en La Gaceta
N° 20 del 20 de enero de 2009.
Tibás, 22 de mayo
del 2023.—Ing. Laura Mora Calvo, Perita Municipal.—1 vez.—( IN2023782940 ).
MUNICIPALIDAD DE PARRITA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Municipalidad de Parrita, cédula jurídica 3014042121, Ing. Kattia
Castro Hernández, Gestora, Gestión de Desarrollo Rural y Ambiental, que de
acuerdo al expediente de clausura EC 001-2023 y a lo motivado en el oficio DAM
GDURA N° 069-2023 y DAM GDUS N° 265-2023 se le notifica a Liseth Pamela Mena
Quirós cédula 6 0410 0786, que de acuerdo a lo establecido en el artículo 96
del procedimiento especial antes citado se le notifica que cuenta con un plazo
de 15 días para proceder por su cuenta a la demolición de la obra objeto del
presente procedimiento, una vez vencido ese primer plazo y en caso de
incumplimiento de forma consecutiva e inmediata se le intima por segunda vez
para otorgarle otro plazo de 15 días hábiles para que proceda a la demolición
de las obras de referencia.—( IN2023782644 ).
Municipalidad de Parrita, cédula jurídica N° 3014042121, Ing. Kattia
Castro Hernández, Gestora, Gestión de Desarrollo Rural y Ambiental, que de
acuerdo al expediente de clausura EC 039-2022 y a lo motivado en el oficio DAM
GDURA N° 070-2023 y DAM GDUS N° 266-2023 se le notifica a Juan Vicente Esquivel
Vargas cédula 1-546-163, que de acuerdo a lo establecido en el artículo 96 del
procedimiento especial antes citado se le notifica que cuenta con un plazo de 15
días para proceder por su cuenta a la demolición de la obra objeto del presente
procedimiento, una vez vencido ese primer plazo y en caso de incumplimiento de
forma consecutiva e inmediata se le intima por segunda vez para otorgarle otro
plazo de 15 días hábiles para que proceda a la demolición de las obras de
referencia.—( IN2023782645 ).
Municipalidad de Parrita, cédula jurídica 3014042121, Ing. Kattia
Castro Hernández, Gestora, Gestión de Desarrollo Rural y Ambiental, que de
acuerdo al expediente de clausura EC 030-2022 y a lo motivado en el oficio DAM
GDURA N° 071-2023 y DAM GDUS N° 267-2023 se le notifica a MSE Real Estate
Investments S. A. cédula 3-101-420266, representante Gustavo Sibaja
Alvares identificación 1 0716 0732, que de acuerdo a lo establecido en el
artículo 96 del procedimiento especial antes citado se le notifica que cuenta
con un plazo de 15 días para proceder por su cuenta a la demolición de la obra
objeto del presente procedimiento, una vez vencido ese primer plazo y en caso
de incumplimiento de forma consecutiva e inmediata se le intima por segunda vez
para otorgarle otro plazo de 15 días hábiles para que proceda a la demolición
de las obras de referencia.—( IN2023782646 ).