LA GACETA N° 114 DEL 26 DE JUNIO DEL 2023

PODER LEGISLATIVO

ACUERDOS

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

HACIENDA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SALUD

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN PÚBLICA

LICITACIONES

AVISOS

REGLAMENTOS

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

MUNICIPALIDADES

REMATES

AVISOS

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOSPÚBLICOS

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA

Y CENSOS

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

AVISOS

MUNICIPALIDADES

PODER LEGISLATIVO

ACUERDOS

N° 6978-23-24

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

De conformidad con lo que disponen el inciso 2 3) del artículo 121 de la Constitución Política y los artículos 90 y 91 del Reglamento de la Asamblea Legislativa

ACUERDA:

Artículo único. Modificar la integración de la Comisión Especial de la Provincia de Cartago, que se encargará del análisis, investigación, estudio, dictamen y valoración de las recomendaciones pertinentes en relación con la problemática social, económica, empresarial, agrícola, turística, laboral y cultural de la provincia de Cartago, con el objetivo de estimular el desarrollo de la pequeña y mediana empresa, fomentando nuevos empleos y mejorando las condiciones socio-económicas de los pobladores de dicha provincia, incluyendo el estudio de toda la legislación referente y el dictamen de expedientes de ley, integrada mediante Expediente Legislativo N° 23.116, Acuerdo Legislativo 6921-22-23.

Por tanto, el segundo párrafo de la moción de creación de dicha Comisión, aprobada en la sesión ordinaria del 16 de mayo de 2022, se leerá de la siguiente manera:

“La Comisión Especial estará integrada por siete diputados y diputadas de la siguiente manera: tres del Partido Liberación Nacional, uno del Partido Unidad Social Cristiana, uno del Partido Liberal Progresista, uno del Partido Progreso Social Democrático, y uno del Frente Amplio”.

San José, a los seis días del mes de junio de dos mil veintitrés.—Rodrigo Arias Sánchez, Presidente.—María Marta Carballo Arce, Primera Secretaria.—Manuel Esteban Morales Díaz, Segundo Secretario.—1 vez.—O.C. N° 22029.—Solicitud N° 438156.—( IN2023784398 ).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISO

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad (DINADECO), hace constar: Que la Unión Cantonal de Asociaciones de Poas de Alajuela, código de registro 1174. Por medio de su representante: Marco Vinicio Valverde Solís, cédula número 204950060 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículo 20: Para que en adelante se lea: La Junta Directiva es el órgano encargado de dirigir, orientar la marcha de la unión, atendiendo las reglas establecidas en este estatuto y a los acuerdos de la asamblea general, estará integrada por siete miembros un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero y tres vocales que serán nombrados en el seno de la asamblea general en votación secreta, pública, individual y por mayoría de votos o por papeleta. Podrán quedar máximo tres representantes de una misma asociación de desarrollo de la junta directiva. Durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelectos indefinidamente, siempre y cuando así lo decida la asamblea. Se nombrarán tres miembros directivos suplentes. En el mismo acto de nombramiento de la junta directiva se nombrará la fiscalía integrada por un miembro que deberá reunir los mismos requisitos establecidos para ser miembro de la junta directiva y podrá ser reelecto.

Artículo 21: Para ser miembro de la junta directiva se requiere:

a)  Ser vecino de la jurisdicción que abarca la asociación y tener al menos seis meses de estar afiliado a una asociación.

b)  Ser mayor de edad.

c)  Estar presente en la asamblea donde se haga su elección.

d)  Ser costarricense por nacimiento o naturalización y/o extranjero documentado con estatus legal.

Dicha reforma es visible a folios 54-55 del libro de actas de la organización comunal en mención, así mismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afilados celebrada el día 15 de abril del 2023.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las quince horas del veinticuatro de mayo del dos mil veintitrés.—Departamento de Registro.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—( IN2023783083 ).

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se concede a las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos, un plazo de diez días hábiles contados a partir de la primera publicación del presente aviso, con el objeto de que expongan su parecer respecto del proyecto de decreto denominado: “Adiciones al Reglamento de la Ley Del Impuesto sobre el Valor Agregado, Decreto Ejecutivo N°41779-H sobre la aplicación de la tarifa reducida a los productos agropecuarios o agroindustriales orgánicos de producción nacional”. Las observaciones sobre el proyecto de referencia deberán expresarse por escrito y dirigirlas a la dirección electrónica: TributacionInter@hacienda.go.cr. Para los efectos indicados, el citado Proyecto se encuentra disponible en el sitio web: https://www.hacienda.go.cr/ProyectosConsultaPublica.html,  sección “Proyectos en Consulta Pública” de la Dirección General de Tributación.—San José, a las nueve horas del cinco de junio de dos mil veintitrés.—Rudolf Lucke Bolaños, Director General de Hacienda.—Mario Ramos Martínez, Director General de Tributación.—O.C. N° 4600072511.—Solicitud N° 441565.—( IN2023790703 ).                                                                                2 v. 1.

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

AVISOS

N° DMV-RGI-R-996-2023.—El(La) señor(a) Esteban Mata Paniagua, documento de identidad N° 4-0173-0786, en calidad de regente veterinario de la compañía Ingeniería Verde S. A., con domicilio en Barreal de Heredia, 100 metros al oeste de la plaza de deportes, multicomercial Baden, bodega N° 48, Heredia, CR., Costa Rica, solicita el registro del producto veterinario del grupo 3: Kit de diagnóstico frente a PRRS OF, fabricado por IDEXX Switzerland GmbH, de Suiza, con la composición y componentes: placa con antígeno PRRSV, control positivo, control negativo, conjugado (1x60mL), diluyente de la muestra (1x120mL) y las instrucciones de uso: prueba de diagnóstico rápido de síndrome viral respiratorio y reproductivo del cerdo. La información del producto cumple con lo requerido en el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.51:18. Medicamentos Veterinarios, Productos Afines y sus Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control (Decreto Ejecutivo Nº 42965-COMEX-MEIC-MAG). Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección dentro del término de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 11 horas del 29 de mayo del 2023.—Dra. Miriam Jiménez Mata, Directora.—1 vez.—( IN2023782642 ).

N° 17-2023.—El(la) doctor(a), Caludia Re Huezo, número de documento de identidad 8-0663-0991, vecino(a) de Heredia en calidad de regente de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Claudia Re Huezo, con domicilio en Heredia, de acuerdo con el Decreto Ejecutivo N° 42965-COMEX-MEIC-MAG “Medicamentos Veterinarios y Productos Afines. Requisitos de Registro Sanitario y Control” y sus reformas, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario o producto afín del grupo 3: Toracard, fabricado por Holliday-Scott S. A. de Argentina, con los siguientes principios activos: torasemida 0.6 g/100 ml y las siguientes indicaciones: para el tratamiento de la insuficiencia cardiaca congestiva en perros. Se cita a terceros con derecho oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 07 horas del día 19 de mayo del 2023.—Dra. Miriam Jiménez Mata.—1 vez.—( IN2023783619 ).

DMV-RGI-R-1038-2023.—El(La) señor(a) Andrea Tatiana Esquivel Sánchez, documento de identidad número 1-1519-0129, en calidad de regente veterinario de la compañía Grupo EGM S.A, con domicilio en Cartago, Cartago, San Nicolás, La Lima. Ofibodegas La Lima, de Laboratorios Stein 50 m oeste, Bodega Nº3, Costa Rica, solicita el registro del producto veterinario del grupo 3: Closbutil, fabricado por Innopharma S. de RL de C.V., de México, con los principios activos: crospovidona 2 g/5 g, N-Butil bromuro de hioscina 3 mg/5 g, clonixinato de lisina 100 mg/5 g y las indicaciones terapéuticas: coadyuvante en el tratamiento de trastornos intestinales originados por alteraciones de la ósmosis, secreción, permeabilidad o la motilidad, provocada por diversas causas en caninos domésticos. La información del producto cumple con lo requerido en el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.51:18. Medicamentos Veterinarios, Productos Afines y sus Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control (Decreto Ejecutivo Nº 42965-COMEX-MEIC-MAG). Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial “La Gaceta”.—Heredia, a las 14 horas del día 31 de mayo del 2023.—Dra. Miriam Jiménez Mata, Directora.—1 vez.—( IN2023784121 ).

N° 22-2023.—El(la) doctor(a) Rafael Ángel Herrera Herrera, número de documento de identidad 4-0103-1358, vecino(a) de Heredia, en calidad de regente de la compañía Herrera y Elizondo S. A., con domicilio en Heredia, de acuerdo con el Decreto Ejecutivo N° 42965-COMEX-MEIC-MAG “Medicamentos Veterinarios y Productos Afines. Requisitos de Registro Sanitario y Control” y sus reformas, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario o producto afín del grupo 3: Vitalflex, fabricado por Suandre Ltda. para Unimedical del Uruguay de Uruguay, con los siguientes principios activos: Ácido hialurónico 20 mg/comprimido, glucosamina sulfato 628.4 mg/comprimido, condroitin sulfato 111.1 mg/comprimido, sulfato de manganeso 0.33.3 mg/comprimido, y las siguientes indicaciones: Condroprotector y regenerador articular para uso en perros. Se cita a terceros con derecho oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial “La Gaceta”.—Heredia, a las 18 horas del día 07 de junio del 2023.—Dra. Miriam Jiménez Mata, Dirección de Medicamentos Veterinarios.—1 vez.—( IN2023784306 ).

El doctor, Javier Molina Ulloa, número de documento de identidad 1-0543-0142, vecino de San José en calidad de regente de la compañía Molimor JS S. R. L., con domicilio en San José, de acuerdo con el Decreto Ejecutivo N° 42965-COMEX-MEIC-MAG “Medicamentos Veterinarios y Productos Afines. Requisitos de Registro Sanitario y Control” y sus reformas, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario o producto afín del grupo 3: Antianémico para Terneros, fabricado por Allignani Hnos. S. R. L. de Argentina, con los siguientes principios activos: tiamina clorhidrato 10 g/100 ml, cianocobalamina 0.02 g/100 ml, gluconato de hierro 1 g/100 ml, gluconato de cobalto 1 g/100 ml y las siguientes indicaciones: como suplemento vitamínico y mineral para uso en vacas. Se cita a terceros con derecho oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 18:00 horas del día 05 de junio del 2023.—Dra. Miriam Jiménez Mata.—1 vez.—( IN2023784309 ).

SALUD

INSTITUTO SOBRE ALCOHOLISMO

Y FARMACODEPENDENCIA

ACUERDO

Para lo que corresponda, les comunico el Acuerdo N° 3 Firme tomado por la Junta Directiva en su Sesión Ordinaria N° 16-2023, el pasado jueves 15 de junio del presente año:

ACUERDO 3: designar los puestos de la Junta Directiva del Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia de la siguiente manera: señor Juan Antonio Calderón Rodríguez, Presidente; señora María del Rocío Monge Quirós, Secretaria; señora Tannia Solano Ortiz, Tesorera; señor Jorge Enrique Araya Madrigal, Vocal I; señor José Miguel Gómez Chavarría, Vocal II; señor Javier Alexander Rojas Elizondo, Vocal III; señor José Eduardo Carvajal Obando, Vocal IV. Rige por un año a partir del 23 de junio de 2023.

Acuerdo firme. Aprobado por unanimidad.

Leonidas Ramírez Villalobos, Subproceso Adquisición Bienes y Servicios a.í.—1 vez.—O.C. N° 5640.—Solicitud N° 441788.—( IN2023790715 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Para ver las marcas con sus respectivas imágenes solo en La Gaceta con formato PDF

Solicitud No. 2023-0003587.—María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderado especial de C.A. Mejía & Cía S.A.S. con domicilio en VDA Belén km. 38 aut. med. Bogotá, Marinilla, Antioquia, Colombia, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase 6 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 6: Estoperoles. Reservas: De los colores; rojo, blanco, negro, gris Fecha: 4 de mayo de 2023. Presentada el: 20 de abril de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2023780513 ).

Solicitud Nº 2023-0004823.—Rodrigo de Jesús Blanco Fernández, en calidad de Apoderado Especial de Chat Studio S. A., cédula jurídica 3-101-698722 con domicilio en San José, Montes De Oca, San Rafael, Urbanización Maruz, segunda casa a mano izquierda, 1414, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de comercio y servicios en clase: 43. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43: Un establecimiento móvil, modalidad “food truck” o “camión de comida”, para prestar servicios de preparación y expendio de alimentos y bebidas para el consumo humano. Reservas: Imagen de un tenedor y un cuchillo en blanco, sobre un fondo verde asemejando la cinta de una película; la palabra “Food” en color anaranjado y la palabra “FLIX” en color rojo. Se hace constar que la palabra “Food” significa “comida”; y la palabra “Flix” no tiene traducción al español. Fecha: 29 de mayo de 2023. Presentada el: 25 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2023780611 ).

Solicitud N° 2023-0004405.—Ana Maria Aymerich Segovia, cédula de identidad 117840250, en calidad de Apoderado Especial de EMET S. A. con domicilio en ciudad de Panamá, Bella Vista, calle 43 este, Belle View 23 A, Panamá, Panamá, solicita la inscripción

como marca de comercio en clase 25 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Ropa de shorts para la playa y aptos para la práctica del surf. Fecha: 25 de mayo de 2023. Presentada el: 12 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2023780820 ).

Solicitud Nº 2023-0004490.—Cristina López Garnier, casada, cédula de identidad 111520941, en calidad de Apoderado Especial de Novogar Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101693063 con domicilio en Escazú Distrito San Rafael, Centro Corporativo El Cedral, Edificio Integra Legal, Torre Uno, quinto piso, Oficinas Bufete Integra Legal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción:

como nombre comercial en clase(s): internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en Un establecimiento comercial dedicado a condominio residencial. Ubicado en Heredia, San Francisco, del Mas x Menos de San Francisco, 200 metros sur y 200 metros sureste, frente al Condominio Bosques de Velarde. Reservas: reserva colores, rojo, negro y blanco. Fecha: 29 de mayo del 2023. Presentada el: 16 de mayo del 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registrador(a).—( IN2023780834 ).

Solicitud Nº 2023-0004947.—Roberto Ruffin Murillo, cédula de identidad 114450525, en calidad de Apoderado Especial de Cemaco Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101070993, con domicilio en: San José-San José - Sabana Oeste, de la esquina sur de Teletica Canal Siete, trescientos cincuenta metros al oeste, contiguo al Supermercado Palí, 10108, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: establecimiento comercial dedicado a la venta de productos de alimentación, baño, cuidado, seguridad, lactancia, ropa y artículos para bebés. Se usará para la venta de productos para bebés, ropa, accesorios y zapatos según la Clasificación Niza 25; juegos y juguetes según la clasificación Niza 28, Ubicado en: 1) San José, Sabana Oeste, de la esquina sur de Teletica Canal Siete, trescientos cincuenta metros al oeste contiguo a la tienda CEMACO, 2) en Alajuela: Centro Comercial City Mall, primer nivel frente a CEMACO, 3) San José -Zapote contiguo a la Rotonda de la Garantía Sociales en Plaza CEMACO. Fecha: 31 de mayo de 2023. Presentada el: 29 de mayo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 31 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2023780883 ).

Solicitud N° 2023-0004821.—Kendal David Ruiz Jiménez, en calidad de apoderado especial de Asociación Solidarista de Empleados de Align Technology de Costa Rica y Afines, con domicilio en Heredia, Belén, del Hotel Marriot, 150 metros al este San Antonio, Business Park. Edificio Aling, Torre 2, 40702, San José, Costa Rica, solicita la inscripción:

como marca de comercio en clases: 3; 25 y 28 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales, productos de perfumería, aceites esenciales; preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, fregar y raspar; en clase 25: prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería; en clase 28: juegos y juguetes; aparatos de videojuegos; artículos de gimnasia y deporte. Fecha: 29 de mayo de 2023. Presentada el: 25 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2023780947 ).

Solicitud Nº 2023-0004702.—María Monserrat Soto Roig, cédula de identidad 112920641, en calidad de Apoderado Especial de Profármaco S. A., identificación NIFA 59168203 con domicilio en CL Numancia, número 187, P.5, 08034, Barcelona, España, solicita la inscripción de: MEDARIL DUO, como marca de fábrica en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Fecha: 24 de mayo del 2023. Presentada el: 22 de mayo del 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2023780957 ).

Solicitud Nº 2023-0004313.—Lothar Arturo Volio Volkmer, casado una vez, cédula de identidad N° 109520932, en calidad de apoderado especial de Laboratorio Aldo-Unión, S.L. con domicilio en Calles Baronesa de Maldá, 73 08950 Espulgues De Llobregat, Barcelona, España, solicita la inscripción de: VENTODUO como marca de comercio en clase 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Fecha: 01 de junio de 2023. Presentada el 11 de mayo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 01 de junio de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2023781432 ).

Solicitud Nº 2023-0000818.—Erika María Vázquez Boza, Cédula de identidad 107150787, en calidad de Apoderado Especial de Aventuras H Dos O Sociedad Anónima, Cédula jurídica 3101316594 con domicilio en Distrito Zapote Barrio Córdoba, Contiguo Al Centro Comercial, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como Marca de Servicios en clase(s): 41. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Caminatas y yoga. Fecha: 29 de mayo de 2023. Presentada el: 1 de febrero de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registrador(a).—( IN2023781674 ).

Solicitud No. 2023-0004970.—Gerardina Fonseca Zúñiga, mayor, jubilada, casada una vez con domicilio en Barrio Valverde, 25 metros norte del templo católico, 11901, San Isidro, Costa Rica, solicita la inscripción

como Marca de Fábrica y Comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Detergente de lavar ropa, jabón de manos, jabón de lavar platos y jabón de baño. Reservas: verde. Fecha: 1 de junio de 2023. Presentada el: 30 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 1 de junio de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2023781681 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Solicitud Nº 2023-0003839.—Ronaldo Ignacio Rojas Chaves, soltero, cédula de identidad 207450622, con domicilio en Ángeles Sur, San Ramón, Del Súper Arroyo 150 metros norte casa a mano derecha cerca de Olivo, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción:

como marca de comercio en clase(s): 14 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 14: Metales preciosos y sus aleaciones, así como productos de estas materias o chapados no comprendidos en otras clases, artículos de joyería, bisutería, piedras preciosas. Fecha: 2 de mayo del 2023. Presentada el: 27 de abril del 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 2 de mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador(a).—( IN2023781883 ).

Solicitud Nº 2023-0004241.—Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, en calidad de Apoderado Especial de Expediciones Tropicales S.A., cédula jurídica 3101133624, con domicilio en: San José, Barrio Amón, calle 3 Bis, entre avenidas 11 y 13, costado oeste del Hotel Clorión Amón, Costa Rica, solicita la inscripción

como señal de publicidad comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: para promocionar servicios relacionados con el turismo, los servicios brindados por una agencia de viajes, guías turísticas y asesoría para la realización y organización de viajes y vacaciones, en relación con el expediente 2016-4876. Fecha: 01 de junio de 2023. Presentada el: 09 de mayo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 01 de junio de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio” y el artículo 63 que indica “Alcance de la protección. La protección conferida por el registro de una expresión o señal de publicidad comercial abarca la expresión o señal en su conjunto y no se extiende a sus partes o elementos considerados por separado. Una vez inscrita, una expresión o señal de publicidad comercial goza de protección por tiempo indefinido; pero su existencia depende, según el caso, de la marca o el nombre comercial a que se refiera”.—Isela Chango Trejos Registrador(a).—( IN2023782668 ).

Solicitud Nº 2023-0004457.—Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, en calidad de apoderado especial de La Superquímica S.A., con domicilio en: Avenida Carrilet 293-299 E-08907 L’hospitalet de Llobregat-Barcelona, España, solicita la inscripción

como marca de fábrica en clases: 16 y 17 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 16: adhesivos de uso doméstico, en concreto pegamentos y colas para bricolaje; adhesivos para la papelería, la casa o el bricolaje con efecto instantáneo; cintas, bandas y hojas adhesivas para uso doméstico o de papelería; distribuidores de cintas, bandas y hojas adhesivas para uso doméstico o de papelería; material adhesivo para uso doméstico o de papelería; pegamentos para uso doméstico o de papelería; papel y cartón; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería y artículos de oficina, excepto muebles; material de dibujo y material para artistas; pinceles; material de instrucción y material didáctico; hojas, películas y bolsas de materias plásticas para embalar y empaquetar; caracteres de imprenta, clichés de imprenta; en clase 17: adhesivos aislantes y obturadores; aislantes de fibrocemento; burletes; cinta adhesiva de reparación; cintas adhesivas y autoadhesivas que no sean de papelería ni para uso médico o doméstico; cintas aislantes; compuestos para sellar [masillas]; compuestos adhesivos de calafateo y de sellado; compuestos de masilla para juntas; espuma para su uso en el aislamiento acústico y térmico; espuma de poliuretano; materiales aislantes de espuma de poliuretano; masillas aislantes; masilla de sellado; masilla de calafatear; masillas para juntas; selladores de silicona; sellantes impermeabilizantes; resinas sintéticas de reparación; revestimientos de impermeabilidad; caucho, gutapercha, goma, amianto y mica en bruto o semielaborados, así como sucedáneos de estos materiales; materias plásticas y resinas en forma extrudida utilizadas en procesos de fabricación; materiales para calafatear, estopar y aislar; tuberías, tubos y mangueras flexibles no metálicos. Fecha: 26 de mayo de 2023. Presentada el: 15 de mayo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 26 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2023782671 ).

Solicitud Nº 2023-0004055.—Sergio José Solano Montenegro, cédula de identidad 105780279, en calidad de Apoderado Especial de Hacer Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101265710, con domicilio en: Paseo Colón, de la Agencia Purdy Motor, trescientos metros sur y veinticinco metros este, San José, CR, Costa Rica, solicita la inscripción

como nombre comercial en clase(s): internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: un establecimiento dedicado a los servicios de cambio de aceite, balanceo de llantas, cambio de líquido de frenos y otros incluidos en mecánica rápida; comercialización de aceite de motores y transmisión, lubricantes y aditivos de motores. Ubicado en Paseo Colón, de la Agencia Purdy Motor, trescientos metros sur y veinticinco metros este, San José, CR. Fecha: 31 de mayo de 2023. Presentada el: 04 de mayo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 31 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registrador(a).—( IN2023782674 ).

Solicitud Nº 2023-0004377.—Carmen Erika Hernández Sandoval, cédula de identidad 107890031, en calidad de Apoderado Especial de Vida Médica del Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101413560, con domicilio en: Costa Rica, San José, Escazú, San Rafael, Guachipelín, Urbanización Loma Real, de la entrada dos, setenta y cinco metros al sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a Empresa de Equipo y Mobiliario Médico. Ubicado en San José, Escazú, San Rafael, Guachipelín, Urbanización Loma Real, de la entrada dos, setenta y cinco metros sur. Fecha: 25 de mayo de 2023. Presentada el: 12 de mayo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registrador(a).—( IN2023782736 ).

Solicitud N° 2023-0004841.—Anel Aguilar Sandoval, cédula de identidad N° 113590010, en calidad de apoderado especial de Bayer Aktiengesellschaft, con domicilio en Kaiser-Wilhelm-Allee, 51373 Leverkusen, Alemania, solicita la inscripción de: RELOQUAVIST como marca de fábrica y comercio, en clase(s): 5 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Preparaciones farmacéuticas; medios de contraste para la representación de imágenes médicas. Fecha: 29 de mayo de 2023. Presentada el: 25 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registrador(a).—( IN2023782744 ).

Solicitud N° 2023-0004848.—Anel Aguilar Sandoval, cédula de identidad N° 113590010, en calidad de apoderado especial de Alo LLC, con domicilio en 9830 Wilshire Boulevard, Beverly Hills, California 90212, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ALO X 01 CLASSIC como marca de fábrica y comercio, en clase(s): 25 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Calzado; zapatillas deportivas; tops para yoga; prendas de vestir; pantalones de yoga; ropa interior; camisas; uniformes de deporte; sujetadores deportivos; pantis; faldas; chaquetas; calentadores de piernas; pantalones; camisetas de deporte sin mangas; mallas deportivas; ajuares de ropa para bebés; leotardos; cinturones [prendas de vestir]; gorros; fajas [ropa interior]; prendas de calcetería; guantes [prendas de vestir]; fulares; calcetines para yoga; fajines; gorros de ducha; antifaces para dormir; capas de peluquería; indumentaria religiosa; vestidos; bodys; mallas; artículos de sombrerería; tops [ropa]; prendas inferiores [ropa]; shorts; suéteres; pantalones de chándal tipo sudadera; sudaderas; calcetines. Fecha: 29 de mayo de 2023. Presentada el: 25 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registrador(a).—( IN2023782746 ).

Solicitud N° 2022-0007914.—Anel Aguilar Sandoval, cédula de identidad N° 113590010, en calidad de apoderado especial de KGS Agro Group LLC, con domicilio en 183 Chestnut Ridge Road, Saddle River, New Jersey, 07458, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: GREENAMAX como marca de fábrica y comercio, en clase(s): 1 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1: Aditivos para fertilizantes y nutrientes vegetales para uso en agricultura orgánica y no orgánica. Fecha: 23 de mayo de 2023. Presentada el: 12 de septiembre de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—( IN2023782747 ).

Solicitud Nº 2023-0004176.—Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad 1-1161-0034, en calidad de Apoderado Especial de Zodiac International Corporation, con domicilio en: calle 50, edificio Global Plaza, 6to piso, Panamá, solicita la inscripción de: FLEXITREX, como marca de fábrica en clase(s): 5 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Fecha: 10 de mayo de 2023. Presentada el: 08 de mayo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registrador(a).—( IN2023782756 ).

Solicitud Nº 2023-0004177.—Ana Gabriela Mata Roldán, divorciada por segunda vez, cédula de identidad 303020938 con domicilio en San Francisco De Dos RÍOS, 450 metros al este del Parque Okayama, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como Marca de Fábrica en clase(s): 30. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Productos artesanales de panadería y productos artesanales de pastelería. Fecha: 31 de mayo de 2023. Presentada el: 8 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 31 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registrador(a).—( IN2023782771 ).

Solicitud Nº 2023-0004924.—Manolo Guerra Raven, casado, cédula de identidad 800760914, en calidad de Apoderado Generalísimo de Laboratorio Raven S.A., cédula jurídica 3101014499, con domicilio en: Km. 6 Autopista Próspero Fernández, de la Estación del Peaje 1.5 km. oeste, frente a Multiplaza, Escazú, Costa Rica, solicita la inscripción de: VITALDIN, como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: producto farmacéutico, suplemento a la dieta, para uso humano. Cualquier forma y/o presentación farmacéutica. Fecha: 31 de mayo de 2023. Presentada el: 29 de mayo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 31 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2023782824 ).

Solicitud Nº 2023-0004925.—Manolo Guerra Raven, casado, cédula de identidad 800760914, en calidad de Apoderado Generalísimo de Corporación Raven S. A., Cédula jurídica 3101014445 con domicilio en km. 6 Autopista Próspero Fernández, de la Estación de Peaje 1.5 km al oeste frente a Multiplaza Escazú, Costa Rica, solicita la inscripción

como Marca de Fábrica y Comercio en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Producto farmacéutico, suplemento a la dieta, para uso humano. Cualquier forma y/o presentación farmacéutica. Fecha: 31 de mayo de 2023. Presentada el: 29 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 31 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—( IN2023782828 ).

Solicitud Nº 2023-0004215.—Carlos Enrique Mora Alfaro, cédula de identidad 206480124, en calidad de Apoderado Especial de Me Real State Sociedad Anónima, Cédula jurídica 3101859292 con domicilio en Alajuela-San Ramón, distrito San Ramón, del Centro de Cultura Social, cincuenta metros sur, edificio de dos plantas a mano derecha, 50201, San Ramon, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase: 36. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 36: asesoría y gestión de venta y alquiler de propiedades en Costa Rica. Reservas: colores negro, anaranjado, turquesa, amarillo, verde y blanco. Fecha: 23 de mayo de 2023. Presentada el: 9 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2023782854 ).

Solicitud Nº 2023-0004469.—Mario José Urpi Solís, Conocido Como Dino Real, soltero, cédula de identidad 114320729, con domicilio en San José, La Uruca Oeste, ochocientos metros oeste de Canal Seis, Residencial El Solar casa número ocho B, San José, Costa Rica, solicita la inscripción:

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 16; 25; 35 y 41 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 16: Objetos de arte para decoración del tipo de ilustraciones e imágenes artísticas, calados y pintados, sellados con resina, pintados o impresos sobre lienzos, papel y cartón; con exclusión de atrapasueños, móviles, objetos en vidrio, objetos de fantasía o no para fiestas y árboles de navidad.; en clase 25: Prendas, vestuario y ropa artística.; en clase 35: Gestión de negocios comerciales para la venta y distribución de productos, vestuario y ropa todos artísticos.; en clase 41: Servicios de educación, formación y organización de actividades culturales, artísticas, temáticas y de entretenimiento. Fecha: 30 de mayo del 2023. Presentada el: 15 de mayo del 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador(a).—( IN2023782870 ).

Solicitud Nº 2023-0000402.—Kevin Andrés Silva Inchima, soltero, cédula de residencia 117000887812, en calidad de Apoderado Generalísimo de Importadora Macao S. A., cédula jurídica 3101698017, con domicilio en del Parque de La Merced 450 mts. norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción:

como marca de comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar ropa: preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos no medicinales, lociones capilares no medicinales, dentífricos no medicinales Fecha: 21 de abril del 2023. Presentada el: 19 de enero de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de abril del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2023782887 ).

Solicitud Nº 2023-0004197.—José Alberto Barahona Vargas, cédula de identidad 0206270806, en calidad de Apoderado Especial de Arelis De Los Ángeles Fonseca Badilla, divorciada una vez, Cédula de identidad 0205740023 con domicilio en Santa Elena, Monteverde, Puntarenas, 200 metros al oeste del Cementerio, casa amarilla de dos plantas, Monteverde, Costa Rica, solicita la inscripción:

como marca de servicios en clase(s): 44 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 44: Servicio de Spa con fines terapéuticos o de belleza e higiene para personas. Reservas: Reserva de color: celeste. Fecha: 18 de mayo del 2023. Presentada el: 9 de mayo del 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—( IN2023782900 ).

Solicitud Nº 2023-0004212.—Cindy Núñez González, soltera, cédula de identidad 401780671, con domicilio en Barva, San Pedro, de COSEVI 75 este mano derecha, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción:

como marca de servicios en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Educación. Reservas: café, verde, celeste, amarillo, rosado, blanco, piel, gris y negro. Fecha: 11 de mayo del 2023. Presentada el: 9 de mayo del 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2023782911 ).

Solicitud Nº 2023-0003927.—Mailyn De Los Ángeles Núñez Alfaro, cédula de identidad 115630574, en calidad de Apoderado Especial de Productos Minales E Industriales S.A. De Capital Variable, con domicilio en, 10101, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de comercio en clase(s): 31 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31: Productos agrícolas, acuícolas, hortícolas y forestales en bruto y sin procesar; plantas y flores naturales; bulbos, plantones y semillas para plantar. Reservas: Se hace reserva de los colores celeste, amarillo, verde y negro respecto al logo. Fecha: 31 de mayo del 2023. Presentada el: 2 de mayo del 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 31 de mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado Registrador(a).—( IN2023782918 ).

Solicitud No. 2022-0007921.—Carlos Corrales Azuola, casado una vez, cédula de identidad 108490717, en calidad de apoderado especial de Productos Minerales e Industriales S.A. de Capital Variable (Prodmin S. A. de C.V.) con domicilio en Prolongación 79 avenida sur peaje C N°. 27 San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción

como marca de comercio en clase 31 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31: Arena higiénica sanitaria para gato. Reservas: De los colores: celeste, blanco y anaranjado. Fecha: 1 de junio de 2023. Presentada el: 12 de septiembre de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 1 de junio de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2023782925 ).

Solicitud Nº 2022-0003286.—León Weinstok Mendelewicz, cédula de identidad, en calidad de apoderado especial de Cohu Inc., con domicilio en: 825 University Avenue, Norwood, Massachusetts 02062, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: COHU, como marca de comercio y servicios en clase(s): 9 y 37 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: manipuladores de prueba para manipular y clasificar semiconductores, sistemas microelectromecánicos y componentes electrónicos en procesos de prueba e inspección; contactores, enchufes, sondas y tarjetas de sonda para probar semiconductores; equipos de prueba automáticos para probar semiconductores; hardware informático y software informático para la supervisión y el control de equipos en el ámbito de la fabricación y las pruebas de semiconductores; software para recopilar, evaluar y notificar datos de producción de semiconductores y productos electrónicos y en clase 37: instalación, servicio, mantenimiento y reparación de dispositivos para la fabricación y prueba de semiconductores y electrónica. Prioridad: se otorga prioridad N° 97107121 de fecha 03/11/2021 de Estados Unidos de América. Fecha: 01 de junio de 2023. Presentada el: 18 de abril de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 01 de junio de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—( IN2023782935 ).

Solicitud N° 2022-0007904.—José Andrés Moraga Paniagua, soltero, cédula de identidad 207830169 con domicilio en 500 metros oeste calle Porvenir Tacares, Gredal, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: KAYO by zeda como marca de comercio en clase(s): 12. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 12: Motobicis y repuestos para bicicletas. Fecha: 27 de octubre de 2022. Presentada el: 9 de setiembre de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 27 de octubre de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2023783035 ).

Solicitud N° 2023-0003144.—Luis Fernando Núñez Alfaro, casado una vez, cédula de identidad N° 203380451, en calidad de apoderado generalísimo de Núñez y Asociados Ltda., cédula jurídica N° 3102124446, con domicilio en San Pedro, Barrio La Granja, 100 S 25 E parque El Retiro, casa dos plantas mano derecha, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase 9. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Software o aplicación que permite la gestión y control de activos de diversa índole como son computadoras, scanner, laptop, impresoras, maquinas soldadoras, vehículos y cualquier otro que la empresa Utilice para brindar sus servicios y crear productos. Incluye capacidades para control de asignación de activos, préstamos y otras fases del ciclo de vida de los activos. Incluye controles de depreciación financiera del activo, registro de factura con montos, monedas, fechas, proveedores; así como directorios de contacto y empresas. Es multiempresa y multiidioma, con roles de usuarios para distinguir funcionalidad. Es instalable como sitio web interno en la organización o como suscripción en plataforma abierta en servicios tipo SAS. Diseño con interfaz de rápido aprendizaje, responsive (se adapta al dispositivo), agradable al usuario final. Incluye capacidades de reportes e integración con otras plataformas de software por medio de APIs y/o webservices. Reservas: Del color violeta. Fecha: 15 de mayo de 2023. Presentada el: 11 de abril de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2023783036 ).

Solicitud Nº 2023-0004195.—Jonathan Josué Eduarte Vargas, cédula de identidad 1-1623-0658, en calidad de Apoderado Especial de María Ruth Masís Quesada, casada una vez, cédula de identidad 3-0300-0874 con domicilio en Heredia, Santo Domingo, Residencial Vereda Real, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: YOHERY, como marca de comercio y servicios en clase: 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. Fecha: 25 de mayo de 2023. Presentada el: 09 de mayo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2023783042 ).

Solicitud N° 2022-0010759.—Frederick Daniel Vega Alfaro, casado una vez, 115630244, en calidad de Apoderado Especial de Pacific Market International LLC. con domicilio en 2401 Elliot Avenue, floor 4, Seattle, Washington 98121-3300, Estados Unidos de América, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 21. Internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 21: Recipientes isotérmicos para alimentos o bebidas; tazas y jarras; botellas de vació; ventosas de vació (vasos de vació tipo ventosas); tazas de vació; neveras portátiles no eléctricas; jarras; garrafas; frascos; jarras para beber; vasos para beber; cantimploras. Fecha: 30 de mayo de 2023. Presentada el: 8 de diciembre de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de mayo de 2023. A efectos de publicación, tengase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador(a).—( IN2023783095 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Solicitud Nº 2022-0010758.—Frederick Daniel Vega Alfaro, casado una vez, cédula de identidad 115630244, en calidad de Apoderado Especial de Pacific Market International, LLC con domicilio en 2401 Elliot Avenue, Floor 4, Seattle, Washington 981213300, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: STANLEY, como marca de fábrica y comercio en clase: 21 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 21: Recipientes isotérmicos para alimentos o bebidas; tazas y jarras; botellas de vacío; ventosas de vacío (vasos de vació tipo ventosas); tazas de vacío; neveras portátiles no eléctricas; jarras; garrafas; frascos, jarras para beber; vasos para beber; cantimploras. Fecha: 23 de mayo del 2023. Presentada el: 8 de diciembre del 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador(a).—( IN2023783094 ).

Solicitud N° 2023-0004046.—María Gabriela Miranda Urbina, casada, cédula de identidad 111390272, en calidad de Apoderado Especial de Terminales Santamaria Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101143188 con domicilio en San Jose, Pavas, contiguo al AyA, frente a la estación de bomberos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase 39 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 39: Servicios de logística y distribución a nivel nacional. Fecha: 17 de mayo de 2023. Presentada el: 4 de mayo de 2023. San Jose: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de mayo de 2023. A efectos de publicación, tengase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2023783097 ).

Solicitud N° 2023-0004753.—Fabián Alonso Bonilla Leitón, casado dos veces, cédula de identidad 401580584 con domicilio en San Pablo, Residencial Brisas del Río casa N° 12D, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción

como nombre comercial en clase(s): Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de alimentos y bebidas, ubicado en Heredia, Heredia, Heredia, calles 7 y 9, Avenida Central, 50 metros oeste de la esplanada de la Universidad Nacional. Reservas: De los colores: amarillo, blanco, verde, negro, beige Fecha: 24 de mayo de 2023. Presentada el: 23 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador(a).—( IN2023783102 ).

Solicitud N° 2023-0004858.—Fabián Alonso Bonilla Leitón, casado dos veces, cédula de identidad 401580584 con domicilio en San Pablo, Residencial Brisas del Río casa N° 12D, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción

como nombre comercial en clase(s): Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a venta de Alimentos y bebidas. Ubicado en Heredia, 200 metros este, 75 norte de los tribunales de justicia. Reservas: De los colores; negro, anaranjado, azul, morado, blanco, turquesa, rojo Fecha: 29 de mayo de 2023. Presentada el: 25 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador(a).—( IN2023783103 ).

Solicitud N° 2023-0003908.—Mariela Martínez Gómez, cédula de identidad 113250783, en calidad de Apoderado Especial de ACELUB (Aceites y Lubricantes) Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101655342 con domicilio en Heredia-Heredia Lagunilla, del cementerio Jardines del Recuerdo, 800 oeste y 100 norte en el Complejo Industrial Bodegas Lagunilla, locales 7 y 8, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase: 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: La importación, exportación y comercialización de aceites, aditivos, lubricantes, combustibles y en general los servicios prestados en relación con la venta de dichos productos y/o de todo tipo de productos relacionados con la industria automotriz. Reservas: Se reserva el color café y dorado Fecha: 24 de mayo de 2023. Presentada el: 2 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2023783106 ).

Solicitud N° 2022-0011093.—Jehuny Cristina González Arguedas, cédula de identidad N° 1010030980, en calidad de apoderado especial de Ana Marcela Duarte Mata, casada dos veces, cédula de identidad N° 116450232 con domicilio en Jacó, Garabito, calle Boulevard, Condominios Costa Linda, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción

como nombre comercial para proteger y distinguir: Un establecimiento comercial dedicado a Ropa de playa e implementos de playa, bikinis, trajes de baño, salidas de playa, bolsos, zapatos, lentes de sol; ubicado en San José, Escazú, San Rafael, Centro Comercial Plaza Florencia, Local 10. Fecha: 22 de diciembre de 2022. Presentada el 19 de diciembre de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de diciembre de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2023783118 ).

Solicitud N° 2023-0003924.—Roxana Castro Corrales, cédula de identidad 107430204, en calidad de Apoderado Especial de CBD JM Amsterdam Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101857999 con domicilio en Montes de Oca San Pedro 300 mts. sur de la entrada principal del cementerio municipal, edificio comercial de puerta metálica, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de comercio en clase(s): 30 y 32. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Chicles y chupa chups (popis); en clase 32: Cervezas. Fecha: 29 de mayo de 2023. Presentada el: 22 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador(a).—( IN2023783121 ).

Solicitud N° 2023-0002589.—Sonia Priscilla Álvarez Calvo, casada, cédula de identidad 113370005 con domicilio en Desamparados, San Antonio, 150 metros sureste del Liceo de San Antonio, en condominio TSURI, casa número 12., San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PURA NUTTZ nutriendo tu alma como marca de fábrica y comercio en clase(s): 29. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: pastas para untar a base de frutos secos Fecha: 17 de mayo de 2023. Presentada el: 21 de marzo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.— Katherine Jiménez Tenorio, Registrador(a).—( IN2023783131 ).

Solicitud N° 2023-0003886.—Lineth M. Fallas Cordero, casada una vez, cédula de identidad N° 110070268, en calidad de apoderado especial de Metafar S. A. con domicilio en AV. Roque Sáenz Peña 855, piso 2, Oficina F, Buenos Aires, Argentina, solicita la inscripción

como marca de fábrica y servicios en clases 9; 35; 36; 38; 39; 42 y 44. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Aparatos e instrumentos científicos, de investigación, de navegación, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, audiovisuales, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de detección, de pruebas, de inspección, de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la distribución o del consumo de electricidad; aparatos e instrumentos de grabación, transmisión, reproducción o tratamiento de sonidos, imágenes o datos; soportes grabados o descargables, software, soportes de registro y almacenamiento digitales o análogos vírgenes; mecanismos para aparatos que funcionan con monedas; cajas registradoras, dispositivos de cálculo; ordenadores y periféricos de ordenador; trajes de buceo, máscaras de buceo, tapones para los oídos para buceo, pinzas nasales para submarinistas y nadadores, guantes de buceo, aparatos de respiración para la natación subacuática; extintores; en clase 35: Publicidad; gestión, organización y administración de negocios comerciales; trabajos de oficina; en clase 36: Servicios financieros, monetarios y bancarios; servicios de seguros; servicios inmobiliarios; en clase 38: Servicios de telecomunicaciones; en clase 39: Transporte; embalaje y almacenamiento de mercancías; organización de viajes. ;en clase 42: Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño conexos; servicios de análisis industrial, investigación industrial y diseño industrial; control de calidad y servicios de autenticación; diseño y desarrollo de hardware y software; en clase 44: Servicios médicos; servicios veterinarios; tratamientos de higiene y de belleza para personas o animales; servicios de agricultura, acuicultura, horticultura y silvicultura. Fecha: 29 de mayo de 2023. Presentada el 28 de abril de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2023783798 ).

Solicitud Nº 2023-0004070.—Johanna Agüero Flores, soltera, cédula de identidad 113940979, en calidad de Apoderado Especial de Dijaviles Limitada, cédula jurídica 3102871018 con domicilio en Liberia, de la Municipalidad de Liberia 100 metros norte, local a mano derecha, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: EL CHANCHITICO, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Burrito a base de carne de cerdo. Fecha: 17 de mayo del 2023. Presentada el: 4 de mayo del 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador(a).—( IN2023784066 ).

Solicitud Nº 2023-0004073.—Johanna Agüero Flores, soltera, cédula de identidad 113940979, en calidad de Apoderado Especial de Dijaviles Limitada, cédula jurídica 3102871018 con domicilio en Liberia, de la Municipalidad de Liberia 100 metros norte, local a mano derecha, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: LA CHIQUERA, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Hamburguesas y sándwiches a base de carne de cerdo, que incluyen indistintamente vegetales, queso, tocineta, salsas y/o otros acompañamientos. Fecha: 17 de mayo del 2023. Presentada el: 4 de mayo del 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador(a).—( IN2023784071 ).

Solicitud N° 2023-0003975.—Cynthia Yessica Rodríguez Cruz, divorciada tres veces, cédula de identidad N° 109630835, con domicilio en 200 metros sur Escuela Copa Buena, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y servicios en clase(s): 30 y 43. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Pan, productos de pastelería y repostería. Helados.; en clase 43: Restaurante de comida rápida. Fecha: 24 de mayo de 2023. Presentada el: 3 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2023784110 ).

Solicitud N° 2023-0003885.—Lineth M. Fallas Cordero, casada una vez, cédula de identidad N° 110070268, en calidad de apoderado especial de Dermacare S. A., con domicilio en Maipú 509, 4to Piso, Buenos Aires, Argentina, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 3. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales; dentífricos no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales; preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar. Fecha: 29 de mayo de 2023. Presentada el: 28 de abril de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio” Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2023784255 ).

Solicitud N° 2023-0004601.—Francisco Javier Vargas Chaves, soltero, cédula de identidad N° 105680103, con domicilio en Tres Ríos, La Unión, de la Farmacia Tres Ríos, 300 sur y 50 oeste, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción

como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a importar y vender al por menor todo tipo de artículos de decoración para casa. Ubicado en Cartago, costado este del BAC Costa Rica. Reservas: De los colores: negro, gris y verde. Fecha: 22 de mayo de 2023. Presentada el: 18 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2023784272 ).

Solicitud N° 2023-0004682.—María de la Cruz Villanea Villegas, casada una vez, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderado especial de Shenzhen Invt Electric Co. Ltd., con domicilio en 501, Building A7, Nanshan Zhiyuan, N° 1001, Xueyuan Avenue, Changyuan Community, Taoyuan Subdistrict, Nanshan, Shenzhen, China, China, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 7; 9; 11 y 12. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 7: Dispositivo de mando para ascensores; servomotores de corriente alterna; dinamos; generadores de electricidad; mandos hidráulicos para máquinas y motores; dispositivos de mando para máquinas o motores; máquinas para la industria electrónica; equipos de energía eólica; equipo de energía hidráulica; acoplamiento de potencia y transmisiones para máquinas (para vehículos no terrestres); motores eléctricos para máquinas con un controlador de motor servoaccionamiento digital; robot (mecánico); robots industriales.; en clase 9: Transformadores de la frecuencia; controladores para servomotores; amplificadores para servomotores; controladores electrónicos para servomotores; servocontrolador; tableros de control [electricidad]; aparatos de control eléctricos; dispositivo de compensación de potencia reactiva (electricidad); terminales interactivos con pantalla táctil. controladores lógicos programables; pantalla táctil; dispositivo de automatización de centrales eléctricas; dispositivo de distribución de energía de alta tensión a prueba de explosiones; sistema integrado de accionamiento y control de ascensores; sistema de control y gestión de ascensores; controladores eléctricos; transformadores eléctricos; inversores [electricidad]; armarios de o distribución [electricidad]; consolas de distribución [electricidad]; módulo de distribución de energía; acumuladores eléctricos; cajas de acumuladores; inversores fotovoltaicos; células fotovoltaicas; inversor para fuentes de alimentación; accesorios utilizados con el inversor fotovoltaico; colector de datos fotovoltaicos; ultra capacitadores para almacenamiento de energía; rectificadores de corriente; estaciones de recarga para vehículos eléctricos; dispositivos de carga de baterías para vehículos a motor; dispositivos de carga de baterías; dispositivo de cargador para equipos recargables; banco de energía (batería recargable); convertidores de corriente; pilas de carga de vehículos eléctricos; equipos terminales de ordenador; aparatos de procesamiento de datos; acopladores ópticos.; en clase 11: Aparatos e instalación de ventilación [aire acondicionado]; ventiladores para uso industrial; equipos de aire acondicionado (industrial); aire acondicionado; aparatos de aire acondicionado; instalaciones de calefacción; secadores de aire; instalaciones de filtrado de aire; aparatos y máquinas para purificar el aire; ventiladores [partes de instalaciones de aire acondicionado]; bombas de calor.; en clase 12: Motores eléctricos para vehículos terrestres; máquinas motrices para vehículos terrestres; cajas de cambios para vehículos terrestres; convertidores de par motor para vehículos terrestres; árboles de transmisión para vehículos terrestres; parachoques de vehículos; engranajes para vehículos terrestres; sistema hidráulico para vehículos; mecanismos de transmisión para vehículos terrestres; piezas de conexión para vehículos terrestres. Fecha: 23 de mayo de 2023. Presentada el: 19 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicacion de este edicto. 23 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2023784295 ).

Solicitud N° 2023-0003944.—María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderado especial de Flumgio Technology Inc., con domicilio en 18351 Colima Rd Unit 481 Rowland Heights, California 91748, Estados Unidos de América, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 34. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 34: Cigarrillos electrónicos; Líquido para cigarrillos electrónicos [e-líquido] compuesto de propilenglicol; Líquido para cigarrillos electrónicos [e-líquido] compuesto de glicerina vegetal; Soluciones liquidas para cigarrillos electrónicos; Líquido de cigarrillos electrónicos [e-líquido] compuesto por aromas en forma líquida, que no sean aceites esenciales, utilizando para rellenar cartuchos de cigarrillos electrónicos; Aromatizantes químicos en forma líquida para rellenar cartuchos de cigarrillos electrónicos; Aromatizantes, que no sean aceites esenciales, para tabaco; Aromatizantes, que no sean aceites esenciales, para cigarrillos electrónicos; Aromatizantes para sucedáneos del tabaco, que no sean aceites esenciales; Cartuchos, a saber, cartuchos combinados para cigarrillos electrónicos que se venden vacíos y atomizadores, que se venden como componentes de cigarrillos electrónicos; Cartuchos de recarga vacíos para cigarrillos electrónicos; Filtros para cigarrillos; Boquillas para cigarrillos; Pipas electrónicas; Cartuchos rellenos de glicerina vegetal para cigarrillos electrónicos; Cartuchos rellenos de propilenglicol para cigarrillos electrónicos; Cartuchos rellenos de aromatizantes químicos líquidos para cigarrillos electrónicos; Pitilleras para cigarrillos electrónicos y sus accesorios; Pitilleras; Soportes para cigarrillos electrónicos; Pitilleras para cigarrillos electrónicos; Narguiles (pipa oriental); Narguiles electrónicos; Puros electrónicos; Máquinas manuales para la inyección de tabaco en tubos para cigarrillos [artículos para fumadores]; cordones para cigarrillos electrónicos. Fecha: 17 de mayo de 2023. Presentada el: 2 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicacion de este edicto. 17 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2023784296 ).

Solicitud Nº 2023-0004068.—María De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderado especial de Corporación Favorita C.A. con domicilio en AV. Eloy Alfaro N52-468 y Avigiras, Ecuador, solicita la inscripción de: DollarWoow, como marca de servicios en clase(s): 35 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. Fecha: 18 de mayo del 2023. Presentada el: 4 de mayo del 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio” Milena Marín Jiménez Registrador(a).—( IN2023784297 ).

Solicitud Nº 2023-0002012.—María De La Cruz Villane Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de Apoderado Especial de Eurofarma Guatemala Sociedad Anónima, con domicilio en KM. 16.5 Carretera a El Salvador, Cruce a Llanos de Arrazola, Fraijanes, Guatemala, solicita la inscripción de: BONFIBRA, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Producto farmacéutico de uso humano. Fecha: 11 de mayo del 2023. Presentada el: 6 de marzo del 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador(a).—( IN2023784298 ).

Solicitud N° 2023-0004065.—María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de gestor oficioso de Corporación Favorita C.A., con domicilio en Av. Eloy Alfaro N52-468 y Avigiras, Ecuador, solicita la inscripción de: DOLLAR STORE como marca de servicios, en clase(s): 35 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. Fecha: 24 de mayo de 2023. Presentada el: 4 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador(a).—( IN2023784299 ).

Solicitud N° 2023-0004401.—María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cedula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderado especial de Yangtze River Pharmaceutical (Group) Co. Ltd., con domicilio en N° 1, South Yangtze River Road, Taizhou, Jiangsu, China, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Medicamentos de uso médico; medicamentos crudas; complementos alimenticios a base de proteínas; preparaciones de vitaminas; medicamentos chinos patentados; tónicos reconstituyentes [medicamentos]; pociones medicinales; sustancias dietéticas para uso médico; caramelos medicinales; bebidas enriquecidas con vitaminas para uso médico; complementos nutricionales; preparaciones nutraceúticas para uso terapéutico o médico; medicamento en forma de comprimidos; hierbas medicinales disecadas o en conserva. Fecha: 15 de mayo de 2023. Presentada el: 12 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicacion de este edicto. 15 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2023784300 ).

Solicitud N° 2023-0004020.—María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderado especial de Sanyfort Latam Inversiones y Servicios S. R. L., cédula jurídica N° 3102833187, con domicilio en San Rafael, Escazú, Edificio Prisma, Tercer piso, Oficina Trescientos seis, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: HEMIVEC como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebes; suplementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e impresiones dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Fecha: 17 de mayo de 2023. Presentada el: 3 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicacion de este edicto. 17 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2023784301 ).

Solicitud N° 2023-0000876.—Classys Inc., con domicilio en 208 Teheran-Ro, Gangnam-Gu, Seoul, Korea, República de Corea, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 10. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 10: Láseres para uso médico y en cirugía; máquinas y aparatos de terapia ultrasónica; equipo médico de diagnóstico por ultrasonidos; aparatos médicos de ultrasonidos; láser médico para el tratamiento de la piel; vibradores; aparatos e instrumentos médicos para uso en cirugía. Fecha: 1 de junio de 2023. Presentada el: 2 de febrero de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 1 de junio de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2023784304 ).

Solicitud N° 2023-0004462.—Ivonne Quirós González, soltera, cédula de identidad N° 111700267, en calidad de apoderado generalísimo de Zus Uniformes La Fabrica Asociados S. A., cédula jurídica N° 3101853214, con domicilio en San Vicente, Moravia Centro, de la Biblioteca Pública de Moravia 25 mts sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica en clase(s): 25. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Prendas de vestir.(ropa deportiva). Fecha: 30 de mayo de 2023. Presentada el: 15 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2023784310 ).

Solicitud N° 2023-0004222.—Bernardo Jiménez Estrada, cédula de identidad N° 106320367, en calidad de apoderado general de Costa Tri Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-196673, con domicilio en 200 metros al este del Restaurante Comalitos, Guápiles, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase: 1. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1: Productos químicos para uso en la agricultura, fertilizantes (naturales y artificiales) y coadyuvantes de uso agrícola. Reservas: De los colores: celeste, azul y verde oscuro. Fecha: 25 de mayo de 2023. Presentada el: 9 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2023784407 ).

Solicitud Nº 2023-0004733.—Rachel Natalie Vargas Zúñiga, soltera, cédula de identidad 402460162, con domicilio en: Heredia, Heredia, San Francisco. Bernardo Benavides frente al Comercial Las Américas, casa Nº 2, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 18 y 25 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 18: artículos como bolsos, canguros; en clase 25: todo tipo de prendas: suéter, leggins, tops, blusas, medias. Reservas: de los colores: naranja, café y verde. Fecha: 24 de mayo de 2023. Presentada el: 22 de mayo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registrador(a).—( IN2023784443 ).

Solicitud N° 2023-0004445.—José Fernando Fernández Alvarado, casado, cédula de identidad N° 111190046, en calidad de apoderado especial de Comfar S.A.E.C.A., con domicilio en Avenida Artigas 2315, Asunción, Paraguay, solicita la inscripción de: CETOVEL como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas o animales. Fecha: 5 de junio de 2023. Presentada el: 15 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de junio de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2023784454 ).

Cambio de Nombre N° 154509

Que, María Gabriela Miranda Urbina, cédula de identidad 1-1139-0272, en calidad de apoderada especial de Ekos LLC, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de EKOS CORPORATION, por el de EKOS LLC, presentada el día 24 de noviembre del 2022 bajo expediente 154509. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2016-0011637. Registro N° 263095 EKOS en clase(s) 10 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, tengase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—1 vez.—( IN2023783096 ).

Marca de Ganado

Solicitud Nº 2023-1087.—Ref.: 35/2023/2141.—Rafael Ángel Mena Jimenez, cédula de identidad 105190344, solicita la inscripción de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Buenos Aires, Colinas, Filadelfia 800 mts al sur de la escuela de la localidad. Presentada el 19 de mayo del 2023. Según el expediente Nº 2023-1087. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Giovanna Mora Mesen, Registradora.—1 vez.—( IN2023783119 ).

Solicitud N° 2023-1096.—Ref.: 35/2023/2138 .—Yadira Martínez Masis, cédula de identidad N° 502100670, solicita la inscripción de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, La Cruz, San Dimas, de la escuela, 2.5 kilómetros al sur. Presentada el 19 de mayo del 2023, según el expediente N° 2023-1096. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—1 vez.—( IN2023783134 ).

Solicitud Nº 2023-1014.—Ref: 35/2023/2040.—Sebastián Cervantes Altamirano, cédula de identidad 113980804, solicita la inscripción de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, Rosario de Pacuar, exactamente cuatrocientos metros sur del Puente Beilyn. Presentada el 12 de mayo del 2023. Según el expediente Nº 2023-1014. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Randall Abarca Aguilar, Registradores.—1 vez.—( IN2023784440 ).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

EDICTOS

Asociaciones civiles

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Artes y Afines Kuma, con domicilio en la provincia de: Alajuela-San Carlos, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: promover la práctica del deporte y la recreación del karate, fomento y práctica del karate en sus diferentes ramas y especialidades. Cuyo representante, será el presidente: David Andrés Artavia Rodríguez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2023, Asiento: 282402 con adicional(es), Tomo: 2023, Asiento: 355545.—Registro Nacional, 01 de junio de 2023.—Master Jorge Enrique Alvarado Valverde.—1 vez.—( IN2023783109 ).

Patentes de Invención

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El(la) señor(a)(ita) Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, en calidad de Apoderado Especial de Vertex Pharmaceuticals Incorporated, solicita la Patente PCT denominada INHIBIDORES DE APOL1 Y MÉTODOS PARA USAR LOS MISMOS. La presente invención proporciona al menos una entidad elegida de los Compuestos de la Fórmula I, un tautómero del mismo, un derivado deuterado de ese compuesto o tautómero, y una sal farmacéuticamente aceptable de cualquiera de los anteriores, composiciones que comprenden los mismos, y métodos para usar los mismos, incluyendo los usos en el tratamiento de enfermedades mediadas por APOL1, incluyendo cáncer pancreático, glomeruloesclerosis segmentaria focal (FSGS), y/o enfermedad renal no diabética (NDKD).Fórmula I. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/438; A61P 13/12; C07D 495/20 y C07D 519/00, cuyo(s) inventor(es) es(son) Brodney, Michael Aaron (US); Senter, Timothy J. (US); Ahn, Jun Myun (US); Angle, Samantha (US); Cao, Jingrong (US); Cochran, John E (US); Come, Jon H (US); Dakin, Leslie A. (US); Dolgikh, Elena (US); Maxwell, Brad D. (US); Nanthakumar, Suganthini S. (US); O Dowd, Hardwin (US); Olsen, Jessica Howard (US); Shimizu, Akira Joseph (US); Wang, Haoxuan (US) y Stone, Steven David (US). Prioridad: N° 63/070,705 del 26/08/2020 (US). Publicación Internacional: WO/2022/047031. La solicitud correspondiente lleva el número 2023-0000132, y fue presentada a las 09:03:27 del 20 de marzo de 2023. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de abril de 2023.—Oficina de Patentes.—Viviana Segura De La O.—( IN2023782719 ).

El señor Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad N° 3-0376-0289, en calidad de apoderado especial de Boehringer Ingelheim International GmbH, solicita la Patente PCT denominada VACUNA HETERÓLOGA DE ESTÍMULO PRIMARIO. La presente invención se refiere a la provisión de una vacuna que comprende un primer componente (K) y un segundo componente (V), en donde el primer componente (K) comprende un complejo en el que un péptido de penetración celular, un dominio antigénico y un agonista de TLR están unidos funcionalmente y el 5 segundo componente (V) comprende un virus de la estomatitis vesicular recombinante oncolítico que expresa un dominio antigénico. La invención se refiere además al uso de la vacuna inventiva en el tratamiento del cáncer. La invención también proporciona un virus de la estomatitis vesicular recombinante que expresa un dominio antigénico y su uso en vacunas contra el cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: cuyos inventores son Wollmann, Guido (AT); Das, Krishna (AT); Derouazi, Madiha (CH); Belnoue, Elodie (CH) y Elbers, Knut (AT). Prioridad: N° 20195872.5 del 14/09/2020 (EP), N° 20210671.2 del 30/11/2020 (EP), N° 21155814.3 del 08/02/2021 (EP) y N° 21176373.5 del 27/05/2021 (EP). Publicación Internacional: WO/2022/053703. La solicitud correspondiente lleva el número 2023-0000155, y fue presentada a las 10:57:22 del 11 de abril de 2023. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de abril de 2023.—Oficina de Patentes.—María Leonor Hernández Bustamante.—( IN2023782720 ).

El señor Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad N° 303760289, en calidad de apoderado especial de Astrazeneca AB, solicita la Patente PCT denominada COMPUESTOS Y SU USO EN EL TRATAMIENTO DEL CÁNCER. La memoria descriptiva se refiere en general a compuestos de Fórmula (I): (I) y sales farmacéuticamente aceptables de estos, en donde A, Z, Y, RA, Conector y v tienen cualquiera de los significados definidos en el presente documento. Esta memoria descriptiva también se refiere al uso de tales compuestos y sales farmacéuticamente aceptables de estos en métodos de tratamiento del cuerpo humano o animal, por ejemplo, en la prevención o el tratamiento del cáncer. Esta memoria descriptiva también se refiere a procesos y compuestos intermedios involucrados en la preparación de tales compuestos y a composiciones farmacéuticas que los contienen. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 47/54, A61K 47/55 y A61P 35/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Kettle, Jason, Grant (GB); Bagal, Sharanjeet, Kaur (GB); HAYHOW, Thomas, George, Christopher (GB); Fallan, Charlene (GB); Bőrjesson, Ulf (SE); Perry, Matthew, William, Dampier (SE); Grebner, Christoph (SE); Michaelides, Iacovos, Neal (GB); Collie, Gavin, William (GB) y Storer, Robert, Ian (GB). Prioridad: N° 63/085,384 del 30/09/2020 (US). Publicación Internacional: WO/2022/069520. La solicitud correspondiente lleva el número 2023-0000185, y fue presentada a las 11:29:50 del 28 de abril de 2023. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de mayo de 2023.—Oficina de Patentes.—Randall Piedra Fallas.—( IN2023782767 ).

El(la) señor(a)(ita) Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad 3-0376-0289, en calidad de Apoderado Especial de Locus Solutions IPCO LLC, solicita la Patente PCT denominada COMPOSICIONES Y MÉTODOS PARA PROMOVER LA SALUD DE LAS PLANTAS. Se suministran composiciones y métodos para el control de infecciones en plantas. En particular, la invención se refiere a tratamientos para combatir infecciones bacterianas o fúngicas que afectan los sistemas vasculares de las plantas mediante el uso de microorganismos y/o subproductos de su crecimiento, tales como biosurfactantes. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 25/04, A01N 25/30, A01N 63/20 y A01N 63/30; cuyo(s) inventor(es) es(son) Farmer, Sean (US); Alibek, Ken (US) y Zorner, Paul (US). Prioridad: N° 63/039,184 del 15/06/2020 (US). Publicación Internacional: WO/2021/257499. La solicitud correspondiente lleva el número 2023-0000012, y fue presentada a las 10:52:38 del 13 de enero de 2023. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 09 de mayo de 2023.—Oficina de Patentes.—Daniel Marenco Bolaños.—( IN2023782772 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El(la) señor(a)(ita) Nestor Morera Víquez, en calidad de Apoderado Especial de INCYTE Corporation, solicita la Patente PCT denominada COMPUESTOS TRÍCICLICOS DE UREA COMO INHIBIDORES DE JAK2 V617F. La presente solicitud proporciona compuestos de urea tricíclicos que modulan la actividad de la variante V7F de JAK2, que son útiles en el tratamiento de varias enfermedades, incluyendo cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/437, A61P 35/00, A61P 37/00, C07D 471/14 y C07D 521/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Mei, Song (US); Yao, Wenqing (US); Douty, Brent (US); Burns, David M. (US); Wang, Haisheng (US); Pan, Jun (US); Wu, Liangxing (US); Konkol, Leah C. (US); Yue, Eddy W. (US); Levy, Daniel (US); BAI, Yu (US); AI, Yanran (US); Atasoylu, Onur (US); Barbosa, Joseph (US); Feng, Hao (US); Lai, Cheng-Tsung (US) y LIU, Xun (US). Prioridad: N° 63/047,483 del 02/07/2020 (US) y N° 63/164,302 del 22/03/2021 (US). Publicación Internacional: WO2022006457. La solicitud correspondiente lleva el número 2023-0000057, y fue presentada a las 09:12:43 del 1 de febrero de 2023. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José, 5 de junio de 2023. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Oficina de Patentes.—Daniel Marenco Bolaños.—( IN2023783132 ).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario (a) para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: HENRY PIÑAR ALVARADO, con cédula de identidad N° 106430734, carné N° 7857. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.—San José, 21 de junio de 2023.—Licda. Ma. Gabriela De Franco Castro. Abogada-Unidad Legal Notarial. Proceso N° 176582.—1 vez.—( IN2023790882 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ED-0584-2023.—Exp. N° 13869P.—Inversiones Colven de Liberia S. A., solicita concesión de: 4 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CN-700, en finca de Inversiones Colver de Liberia, en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso comercial e industria - textil. Coordenadas: 284.723 / 363.485, hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de junio de 2023.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2023789731 ).

ED-0593-2023.—Exp. N° 9439P.—Edgar Solórzano Vega, solicita concesión de: (1) 0.02 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo NA-570, en finca de su propiedad en Zaragoza, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano - doméstico. Coordenadas: 224.900 / 490.575, hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de junio de 2023.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2023789807 ).

ED-0592-2023.—Exp. N° 24359.—Afluencia del Viento Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita concesión de: (1) 0.05 litros por segundo de la Quebrada Cacao, efectuando la captación en finca de su propiedad en Barú, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano. Coordenadas: 141.842 / 554.027, hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de junio de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023789811 ).

ED-0578-2023.—Exp. N° 9772P.—Tecnotel S. A., solicita concesión de: (1) 0,15 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BC-368, en finca de su propiedad en Ceiba, Orotina, Alajuela, para uso consumo humano - otro y consumo humano - doméstico. Coordenadas: 207.810 / 468.030, hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de junio de 2023.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2023789866 ).

ED-0582-2023.—Exp. N° 24328.—Colinas de San Mateo del Este Sociedad Anónima, solicita concesión de: (1) 0.05 litros por segundo del Nacimiento Quebrada Izarco, efectuando la captación en finca de su propiedad en Pozos, Santa Ana, San José, para uso consumo humano. Coordenadas: 214.419 / 514.619, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de junio de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023789879 ).

ED-0558-2023.—Exp. N° 24331.—Gerardo Méndez Soto, solicita concesión de: (1) 2 litros por segundo de la Quebrada Sin Nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Venecia, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario, consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas: 259.230 / 504.594, hoja Aguas Zarcas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de junio de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023789928 ).

ED-0586-2023.—Exp. N° 24342.—Gerardo Méndez Soto, solicita concesión de: (1) 2 litros por segundo del Nacimiento Sin Nombre, efectuando la captación en finca de Los Querubines S. A., en Venecia, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario, consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas: 258.831 / 504.533, hoja Aguas Zarcas. (2) 2 litros por segundo del Nacimiento Sin Nombre, efectuando la captación en finca de Los Querubines S. A., en Venecia, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario, consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas: 258.984 / 504.746, hoja Aguas Zarcas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de junio de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023789929 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ED-0505-2023.—Exp. N° 13422.—Hadas de Bosque Verde S. A., solicita concesión de: 0.03 litros por segundo del Nacimiento Sin Nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Francisco (Cartago), Cartago, Cartago, para uso consumo humano - doméstico. Coordenadas: 198.500 / 542.800, hoja Tapantí. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de mayo de 2023.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2023790327 ).

ED-0595-2023.—Exp. 24363.—3-102-736316 Sociedad De Responsabilidad Limitada, solicita concesión de: (1) 0.5 litros por segundo del nacimiento naciente sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Bahia Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 131.326 / 564.313 hoja Repunta.. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 21 de junio de 2023.—Departamento de Información, Evangelina Torres Solís.—( IN2023790340 ).

ED-0512-2023.—Expediente N° 14787P.—Juergen Zimmerstaedt y Annemarie Kotte, solicita concesión de: 0.7 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CY-192 en finca de El Mismo en Cóbano, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano - doméstico y agropecuario - riego . Coordenadas 229.050 / 526.100 hoja Cabuya. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de mayo de 2023.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2023790361 ).

ED-0591-2023.—Exp. N° 11178.—Frutas Selectas del Trópico S. A., solicita concesión de: (1) 23,89 litros por segundo del Río Parrita, efectuando la captación en finca de Corporación Comercial Parrita S. A. en Parrita, Parrita, Puntarenas, para uso agroindustrial - bananeras y agropecuario - riego - frutal. Coordenadas 174.270 / 499.960 hoja Parrita. (2) 120 litros por segundo de la Quebrada Jicote, efectuando la captación en finca de su propiedad en Parrita, Parrita, Puntarenas, para uso agropecuario - riego. Coordenadas 170.573 / 495.230 hoja Parrita. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de junio del 2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres S.—( IN2023790383 ).

ED-0356-2023.—Exp. N° 24192.—Kimberly Alfaro Vásquez, solicita concesión de: (1) 0.07 litros por segundo del Nacimiento Sin Nombre, efectuando la captación en finca de Inversiones Amandu S. A., en Uruca (Santa Ana), Santa Ana, San José, para uso consumo humano. Coordenadas: 210.729 / 515.380, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de abril de 2023.—Departamento de Información.—Marcela Chacón Valerio.—( IN2023790406 ).

ED-0597-2023.—Exp. 24362.—Orlando, Matamoros Orozco, solicita concesión de: (1) 0.05 litros por segundo del Nacimiento Don Bosco, efectuando la captación en finca de Felic Ángel Matamoros en Alfaro, San Ramon, Alajuela, para uso agropecuario, consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas 232.510 / 481.161 hoja Miramar. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de junio de 2023.—Departamento de Información Marcela Chacón Valerio.—( IN2023790449 ).

ED-UHTPSOZ-0023-2023.—Exp. N° 14455.—Canción del Corazón S. A., solicita concesión de: (1) 0,31 litros por segundo de la Quebrada Ballena, efectuando la captación en finca de su propiedad en Barú, Pérez Zeledón, San José, para uso agropecuario - piscicultura, consumo humano - domestico, turístico - piscina, agropecuario - piscicultura, consumo humano - doméstico y turístico - hotel. Coordenadas 124.344 / 572.081 hoja Coronado. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de junio de 2023.—Unidad Hidrológica Térraba.—María Paula Alvarado Zúñiga.—( IN203790472 ).

ED-0544-2023.—Expediente N° 13652.—Jorge, Francisco, Rolando, Manuel, Soto León, solicita concesión de: (1) 33,35 litros por segundo del Nacimiento Sin Nombre 1, efectuando la captación en finca de su propiedad en Palmera, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario - piscicultura. Coordenadas: 265.233 / 498.113, hoja Aguas Zarcas. (2) 0,34 litros por segundo del Nacimiento Sin Nombre 2, efectuando la captación en finca de su propiedad en Palmera, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario - lechería, consumo humano - doméstico, industria - alimentaria, turístico - balneario, agropecuario - abrevadero, consumo humano - doméstico, industria - alimentaria, turístico - balneario, agropecuario - lechería, restaurante y bar. Coordenadas: 265.277 / 498.012, hoja Aguas Zarcas. (3) 0,34 litros por segundo del Nacimiento Sin Nombre 3, efectuando la captación en finca de su propiedad en Palmera, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario - lechería, consumo humano - doméstico, industria - alimentaria, turístico - restaurante y bar, agropecuario - lechería, consumo humano - doméstico, industria - alimentaria, turístico - otro, agropecuario - abrevadero, balneario. Coordenadas: 265.413 / 497.578, hoja Aguas Zarcas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 07 de junio de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023790521 ).

ED-0543-2023.—Exp. N° 3501P.—Ornamentales Sapo Verde Sociedad Anónima, solicita concesión de: 7.5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BO-54, en finca de en Germania, Siquirres, Limón, para uso agroindustrial empacado y agropecuario riego. Coordenadas: 237.776 / 581.456, hoja Bonilla. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 07 de junio de 2023.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2023790534 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ED-0601-2023.—Expediente N° 9413P.—Grupo Cugran Sociedad Anónima, solicita concesión de: (1) 0.03 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-1948 en finca de su propiedad en San Sebastián, San José, San José, para uso consumo humano-domestico. Coordenadas 210.650 / 527.620 hoja abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestar dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de junio de 2023.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2023790669 ).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente Nº 7136-2023.—Registro Civil.—Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas del quince de mayo de dos mil veintitrés. Diligencias de ocurso presentadas por Norma Murillo Murillo, cédula de identidad número 2-0277-1179, tendentes a la rectificación de su asiento de nacimiento, en el sentido que la fecha de nacimiento es 30 de enero de 1950. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Francisco Meléndez Delgado, Jefe a. í.—Javier Brenes Brenes, Encargado de Unidad de Procesos Registrales Civiles.—( IN2023784444 ).

AVISOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de Solicitud de Naturalización

Mayra Elizabeth Sánchez Terán, venezolana, cédula de residencia N° 186200943125, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 2911-2023.—San José, al ser las 10:03 del 07 de junio de 2023.—Junior Armando Barrantes Víquez, Asistente Funcional 2.—1 vez.—( IN2023784259 ).

Rubí del Carmen Caicedo, colombiana, cédula de residencia N° 117001046534, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 2671-2023.—Alajuela, al ser las 13:44 horas del 06 de junio de 2023.—José David Zamora Calderón, Profesional Asistente.—1 vez.—( IN2023784391 ).

Lorena Del Carmen Tenorio Ramírez, nicaragüense, cédula de residencia DI155824242829, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 3103-2023.—San José, al ser las 02:27 del 07 de junio de 2023.—Ma. Virginia Solís Rodríguez, Asistente Funcional 3.—1 vez.—( IN2023784406 ).

Perla Auxiliadora Arévalo López , nicaragüense, cédula de residencia 155809069613, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 3083-2023.—San José, al ser las 08:45 horas del 07 de junio de 2023.—Lic. Fabricio Alberto Cerdas Díaz, Jefe.—1 vez.—( IN2023784411 ).

Adan Alberto Castillo Valdivia, nicaragüense, cédula de residencia N° 155822809506, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 3063 2023.—San José, al ser las 9:12 am del 07 de junio de 2023.—David Antonio Peña Guzmán, Profesional en Gestión.—1 vez.—( IN2023784418 ).

Marileny Del Socorro Ríos Barrera, nicaragüense, cédula de residencia N° 155827063327, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 3084-2023.—San José, al ser las 10:32 O6/p6 del 07 de junio de 2023.—José Manuel Marín Castro, Jefe.—1 vez.—( IN2023784423 ).

CONTRATACIÓN PÚBLICA

LICITACIONES

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA

COLEGIO CANALETE DE UPALA

LICITACIÓN MENOR Nº 2023LE-00001

INVITACIÓN A PARTICIPAR

Para la “concesión temporal de un local

para la prestación de servicios de soda

en el Colegio Canalete de Upala

La Junta Administrativa del Colegio Canalete de Upala recibirá ofertas por correo electrónico para este concurso hasta las 10:00 horas del 30 de mayo de 2023. El pliego de condiciones podrá́ solicitarse al correo 3008314175@junta.mep.go.cr.

Jose Pablo Quirós Madrigal, Cédula de Identidad 116690039.—( IN2023789827 ).

REGLAMENTOS

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

CONSEJO UNIVERSITARIO

El Consejo Universitario de la Universidad Técnica Nacional comunica:

I.—La reforma tanto en el apartado de Ingeniería en Ciencias Forestales y Vida Silvestre como en el de Administración Agroindustrial del “Manual de Atinencias y Especialidades Profesionales del Sector Docente de la Universidad Técnica Nacional”, mediante Acuerdo N° 6-12-2023 de la Sesión Ordinaria N° 12-2023, Artículo 10, celebrada el jueves 25 de mayo de 2023.

II.—La modificación del subproceso de Gestión Estratégica de la Dirección de Gestión de Tecnología de la Información del “Manual de Atinencias y Especialidades Profesionales del Sector Administrativo de la Universidad Técnica Nacional”, mediante Acuerdo N° 8-12-2023 de la Sesión Ordinaria N° 12-2023, Artículo 10, celebrada el jueves 25 de mayo de 2023.

Las reformas anteriores rigen a partir de su publicación.

Tanto el Manual de Atinencias y Especialidades Profesionales del Sector Docente de la Universidad Técnica Nacional como el Manual de Atinencias y Especialidades Profesionales del Sector Administrativo de la Universidad Técnica Nacional en su versión completa y actualizada, se encuentra disponible en el portal electrónico de la Universidad Técnica Nacional www.utn.ac.cr, sección “Normativa Universitaria”.

Emmanuel González Alvarado, Rector.—1 vez.—( IN2023782941 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA

AVISO

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Santa Bárbara, en sesión extraordinaria Nº 64-2023, celebrada el jueves 01 de junio del 2023, mediante el acuerdo Nº 6-2023, acordó por mayoría absoluta y definitivamente aprobado en firme: Aprobar el Manual de Reclutamiento y Selección.

Para visualizar el documento podrán bajarlos mediante los siguientes links:

https://docs.google.com/document/d/1JvuEyecTq_KWqD-L9ku0QUaiol2VAnDJ/edit?usp=drive_link&ouid=111572514366762852126&rtpof=true&sd=true

https://drive.google.com/file/d/1MTkKEMyk8wFUyKXHdqVYAGOG-D7Txhis/view?usp=drive_link

Publicación por única vez

Santa Bárbara, 05 de junio del 2023.—Ing. Víctor Hidalgo Solís, Alcalde de la Municipalidad de Santa Bárbara.—1 vez.—( IN2023783038 ).

REMATES

AVISOS

FIDUCIARIA JIF SOLUCIONES S.A EN SU CONDICIÓN

DE FIDUCIARIO DEL FIDEICOMISO DE GARANTÍA

DENOMINADO “FIDEICOMISO FIDUCIARIA JIF

SOLUCIONES Y LUCRECIA SALAS RAMIREZ

CERO CERO UNO”

Se permite comunicar que en cumplimiento con lo establecido en el fideicomiso indicado, en donde se traspasó el inmueble que se dirá en propiedad fiduciaria, debidamente inscrito en el Registro Nacional al tomo 2022-00775216-01, procederá a realizar la venta por el valor indicado más adelante, en: Provincia: Alajuela, Cantón: Central, Distrito: San José, de los Tribunales de Justicia un kilómetro al oeste y 70 metros norte, edificio de 2 pisos color gris, oficentro Leitón, del siguiente inmueble: finca del partido de Puntarenas, matrícula de folio real 93167-000, la cual se describe de la siguiente manera: naturaleza: Lote 96, Terreno para construir, situada en el distrito 1- Puntarenas, cantón 1- Puntarenas, de la provincia de Puntarenas, linda al norte: calle pública con un frente de 8 metros; al sur, Candelaria La Maravilla Limitada; al este, lote 97 y oeste, lote 95, plano: P-0623380-1986, libre de gravámenes y anotaciones, pero soportando las afectaciones: a) Servidumbre sirviente, citas: 314-11807-01-0901-001; b) Servidumbre de cloaca, citas: 574-08676-01-0290-001. El inmueble descrito se remata con una base de ¢9.318.200,00 (nueve millones trescientos dieciocho mil doscientos colones), se señala para el primer remate a las 10 horas del día 28 de junio del año dos mil veintitrés. De no haber postores el segundo remate se efectuará con una base de ¢6.988.650,00 (seis millones novecientos ochenta y ocho mil seiscientos cincuenta mil colones), se señalan las 10 horas del día 06 de julio del año dos mil veintitrés y de continuar sin oferentes para el tercer remate con una base de ¢2.329.550,00 (dos millones trescientos veintinueve mil quinientos cincuenta mil colones), se señalan las 10 horas del día 14 de julio del año dos mil veintitrés. Se le comunica a los oferentes que para participar se debe entregar un cheque certificado de gerencia, el cual deberá ser de al menos el 50% de la base del remate, el representante del Fiduciario será el custodio de los dineros hasta el fin del remate, en caso de existir una diferencia entre el monto ofrecido y el cheque entregado, el adjudicatario tendrá 3 días hábiles posteriores al remate para cancelar la diferencia entre el depósito de garantía dado y el monto por el cual se adjudicó la propiedad. En caso, que, no cumpla con este plazo se volverá a sacar el bien a remate y el depósito de garantía se utilizará como arras para cubrir gastos del remate y su remanente se utilizará para el pago de la deuda del fideicomitente. Ruth Fernández Cervantes, cédula: 1-1384-0224, apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad Fiduciaria JIF Soluciones S.A., cédula jurídica: 3-101-758831, información al teléfono 2443-3201, e-mail: info@fiduciariajifsoluciones.page.—( IN2023786005 ). 2 v. 1.

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE REGISTRO E INFORMACIÓN

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ORI-145-2023.—Vilaboa Ulloa Pablo, R-106-2023, Cédula de identidad: 113180175, solicitó reconocimiento y equiparación del diploma de Licenciado en Derecho, Universidad Veracruzana, México. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 31 de mayo de 2023.—M.Sc. María Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—( IN2023781784 ).

ORI-131-2023.—Jackeline Soto Cruz, R-070-2023, cédula de identidad 2-0684-0137, solicitó reconocimiento y equiparación del diploma de Maestría, Shanghai Jiao Tong University, China. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de mayo de 2023.—M.Sc. María Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—( IN2023782697 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ORI-148-2023.—Ulloa Morales Alejandro José, R-080-2023, cédula de identidad 1-1141-0025, solicitó reconocimiento y equiparación del diploma de Máster en Ciencias, New York University, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 01 de junio de 2023.—M.Sc. María Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—( IN2023783147 ).

ORI-149-2023.—Ulloa Morales Alejandro Jose, R-080-2023-B, cédula de identidad N° 1-1141-0025, solicitó reconocimiento y equiparación del diploma de Doctor en Filosofía, New York University, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 2 de junio de 2023.—M.Sc. María Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—( IN2023783148 ).

ORI-147-2023.—Merino Mora Alejandra, R-363-2022-B, cédula de identidad: 110850221, solicitó reconocimiento y equiparación del diploma de Máster, Université París 4, Francia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Oficina de Registro e Información.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 1° de junio de 2023.—M.Sc. María Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—( IN2023783161 ).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, se ha presentado Edgar Johnny Coto Cerdas, cédula N° 302920166, carné de estudiante N° 8501604, a solicitar reposición de su título de Administrador de Empresas Énfasis en Contaduría Pública, Grado Académico: Licenciatura, según consta en el Libro Oficial de Graduados, tomo: 1, acta N° 60, página: 183, Registro N° AELCP-94012, Graduación efectuada el 28 de setiembre de 1994, por extravío. Se publica este edicto para recibir oposiciones a esta reposición, dentro del término de cinco días hábiles a partir de la tercera publicación. Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. N° 202318027.—Solicitud N° 434015.—( IN2023782741 ).

La señora Dalia Luz Corrales Mora, costarricense, con cédula de identidad N° 6 0460 0638, ha presentado para el reconocimiento y equiparación de grado y título en el Instituto Tecnológico de Costa Rica, el título de Doctorado en Administración, otorgado por la Universidad Internacional, Estados Unidos Mexicanos, el 23 de junio del año 2022. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica o bien enviarlo al correo electrónico cire@itcr.ac.cr firmado con firma digital, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Cartago, 02 de junio de 2023.—Departamento de Admisión y Registro..—MBA. William Vives Brenes, Director.—O.C. Nº 2023318027.—Solicitud Nº 437118.—( IN2023782751 ).

TIE-0573-2023

Memorando

Para:            Licda. Evelyn Bonilla Cervantes

Directora del Departamento de Aprovisionamiento

De:               M.Sc. Tannia Araya Solano

Presidenta del Tribunal Institucional Electoral

Cd:               Archivo

Fecha:         06 de junio de 2023

Asunto:       Solicitud publicación en la Gaceta Nacional del nombramiento de la M.Sc. María Estrada Sánchez, Rectora del Instituto Tecnológico de Costa Rica para el período comprendido del 01 de julio de 2023 hasta el 30 de junio de 2027

El Tribunal Institucional Electoral el pasado jueves 25 de mayo de 2023, realizó la elección del puesto de la Rectoría, para el período comprendido del 01 de julio de 2023 hasta el 30 de junio de 2027, por plataforma de voto electrónico, en este proceso resultó electa la M.Sc. María Estrada Sánchez.

Dado lo anterior, le solicitó respetuosamente realizar los trámites para publicar en La Gaceta Nacional, el nombramiento de la Rectora electa.

Se adjunta el texto para la publicación respectiva.

Agradezco su atención.

TAS/GMS

TEXTO PARA PUBLICAR

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

TRIBUNAL INSTITUCIONAL ELECTORAL

EDICTO

El Tribunal Institucional Electoral, por la autoridad que le confiere el Estatuto Orgánico del Instituto Tecnológico de Costa Rica en sus artículos 84-87 declara:

Que la ingeniera María Estrada Sánchez, cédula número uno cero novecientos setenta y cuatro cero seiscientos cuarenta y tres, máster, mayor, casada una vez, vecina de Cartago, De la Panadería Musmanni de la Pitahaya 100 metros norte y 50 metros oeste, casa 6 a, Residencial Los Sueños, ha sido electa como Rectora del Instituto Tecnológico de Costa Rica para el período del primero de julio del dos mil veintitrés al treinta de junio del dos mil veintisiete.

Cartago, 07 de junio del 2023, M.Sc. Tannia Araya Solano, Presidenta, Tribunal Institucional Electoral, Instituto Tecnológico de Costa Rica.

M.Sc. Tannia Araya Solano, Presidenta del Tribunal Institucional Electoral.—1 vez.—O. C. N° 202318027.—Solicitud N° 437651.—( IN2023783107 ).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Órgano Director del Procedimiento Administrativo, en su carácter personal, quien es Fabio René Castillo Chavarría, con cédula de identidad N° 206720621, vecino de desconocido. Se le hace saber que en proceso especial de protección en sede administrativa, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en expediente N° OLAO-00088-2020, se ordena notificarle por edicto la resolución que en lo literal dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela Oeste, a las ocho horas cuarenta y siete minutos del uno de junio del dos mil veintitrés. Visto: único: que, en fecha del 22/04/2023 se reciben incidentes 2023-04-22-01542, al ser las 21:19 horas y posteriormente 2023-04-22-04131, al ser las 23:55 ambos indicando persona menor de edad en estado de abandono con golpes, la denuncia es atendida por la Unidad Regional de Atención Inmediata de Alajuela (URAIA). Según se reporta en el incidente, “Persona menor de edad con heridas en su rostro, la mordió un perro, tiene pus en las heridas”. Considerando: De conformidad con lo establecido en el reglamento a los artículos 133 y 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia y siendo que, de la primera intervención institucional, las áreas de investigación preliminar, identifican factores de riesgo que se deben modificar, y factores de protección que requieren el fortalecimiento en beneficio del interés superior de las personas menores de edad y su integridad. Se requiere la ampliación de la intervención institucional con la finalidad de poder determinar el actor o conducta que propicia los factores de riesgo, necesarios para identificar y especializar el plan de intervención. Por tanto: de acuerdo con la anterior esta representación ordena: a. Puesta en conocimiento: por un plazo de cinco días hábiles se pone en conocimiento de las partes involucradas, el informe de investigación preliminar. b. Audiencia: siguiendo criterios de la lógica, razonabilidad, proporcionalidad y sana crítica, se otorga audiencia de forma escrita por el plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación de la resolución para que presenten sus alegatos y ofrezcan prueba. c. Fase diagnóstica: se dé inicio a la fase diagnóstica por lo que se deberá de asignarse la intervención de un profesional en el área de psicología para que dentro del plazo de 15 días hábiles cuando ha existido separación familiar y de 20 días hábiles en los demás procesos, para que al final de esta ampliación deberá determinar una recomendación de acuerdo a lo trabajado, para establecer el cierre de la intervención institucional o bien el dictado de la medida especial de protección correspondiente, respecto a esto último deberá aportar un plan de intervención con su debido cronograma. Se previene a las partes involucradas en el Proceso que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, así como tener acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión o fotocopias. Recursos: se le hace saber a las partes que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual podrá interponerse verbalmente o por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación (artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Medio para notificaciones: se insta a las partes el establecimiento de un medio para recibir notificaciones. Comuníquese.—Oficina Local de Alajuela Oeste.—Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 437154.—( IN2023780804 ).

Al señor Alfonso Maltez Romero, sin más datos, se le comunica la resolución de las ocho horas del treinta y uno de mayo del año dos mil veintitrés, mediante la cual se dicta mantener medida de Abrigo Temporal, de la persona menor de edad SJME. Se le confiere audiencia al señor por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarios, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario los días Lunes a viernes de siete horas con treinta minutos hasta las catorce horas, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, Puriscal, San José, Costa Rica. Barrio Corazón de Jesús. 200 m Norte de la Estación de Bomberos, al lado derecho, portón gris. Expediente N°OLSP-00291-2018.—Oficina Local de Puriscal.—Msc. Yuliana Aguilar Sánchez, Representante Legal.—O. C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 437162.—( IN2023780809 ).

Al señor Joaquín Gerardo Castro Jiménez, mayor de edad, cédula de identidad número 106630387, sin más datos conocidos en la actualidad, se les comunica la resolución de las siete horas cincuenta y tres minutos de junio del año dos mil veintitrés, Resolución de inicio del proceso especial de proteccion y puesta en conocimiento de informe de investigación preliminar, a favor de la persona menores de edad D. C. M., bajo expediente administrativo número OLGO-00503-2017. Se le confiere audiencia por tres días hábiles para que presenten alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se les advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local en días y horas hábiles, ubicada en Puntarenas, Golfito, Puerto Jiménez, La Palma, contiguo a Super Servicio Las Palmas. Deberán señalar lugar conocido, número de facsímil para recibir sus notificaciones en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio electrónico señalado fuere defectuoso estuviere desconectado sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta instituciones interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedan firmes 24:00 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete y treinta minuto a las dieciséis horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes. Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente N° OLGO-00503-2017.—Oficina Local de Puerto Jiménez.—Licda. Nancy María Sánchez Padilla, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 437169.—( IN2023780811 ).

Al señor: Jimmy Alberto García Garita, se le comunica que por resolución de final con base a la audiencia del artículo 133 Código de la Niñez y Adolescencia, se mantiene la medida de Abrigo Temporal de las ocho horas con cincuenta minutos del quince de mayo del año en curso, a favor de la persona menor de edad J.D.G.A, se le concede audiencia a las partes para que se refieran al informe de investigación preliminar trabajo social, extendido por el Licenciado en Trabajo Social, David Trigueros Madrigal. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en Cartago, Paraíso, de la Estación de Servicio SERPASA, 500 metros norte o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente, cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta representación legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente: OLPR-00175-2019.—Oficina Local de Paraíso.—Licdo. Jorge Alberto Tencio Almendáriz, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 437179.—( IN2023780816 ).

Lic. Johan David Gutiérrez Valverde. Órgano Director del Procedimiento Administrativo, en su carácter personal, quien es Misael Guzmán Garita, con documento de identidad 204330278, vecino de desconocido. se le hace saber que, en Proceso Especial de Protección en sede administrativa, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en expediente administrativo OLA-00242-2014, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo literal dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local Alajuela Oeste. Al ser las catorce horas y cuatro minutos del día treinta y uno de marzo del dos mil veintitrés. Visto: I – Que en revisión del informe social de archivo de fecha 03 de marzo del 2023 a cargo de la profesional Licda. Jenny Castillo Russell, en el que recomienda al área legal archivar el actual proceso especial de protección al que fue sometido el grupo familiar de la persona menor de edad L R G S, pues la joven alcanzo la mayoría de edad. Se Resuelve: Archivar el presente Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa posterior al análisis jurídico del expediente administrativo y recomendación vertida por la profesional Jenny Castillo Russell, en su informe social de archivo de fecha 03 de marzo del 2023. Notifíquese.—Oficina Local Alajuela Oeste.—Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº437183.—( IN2023780817 ).

Lic. Johan David Gutiérrez Valverde. Órgano Director del Procedimiento Administrativo, en su carácter personal, quienes son Jesica Auxiliadora Alemán González y Giraldo Gómez Portobanco, vecinos de desconocido. se le hace saber que, en Proceso Especial de Protección en sede administrativa, establecido por Patronato Nacional De La Infancia, en expediente administrativo OLAO-00042-2023, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo literal dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local Alajuela Oeste. Al ser las nueve horas y cuarenta y seis minutos del día treinta y uno de marzo del dos mil veintitrés. VISTO: I – Que en revisión del informe social de archivo de fecha 27 de marzo del 2023 a cargo de la profesional Licda. Jenny Castillo Russell, en el que recomienda al área legal archivar el actual proceso especial de protección al que fue sometido el grupo familiar de la persona menor de edad D G A, pues en la actualidad la persona menor de edad se encuentra cohabitando junto con su progenitora fuera del territorio nacional, desconociéndose su domicilio actual, por tanto, se debe de archivar desde esta instancia, lo anterior sin inconvenientes de reapertura en caso de ser necesario. Se resuelve: Archivar el presente Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa posterior al análisis jurídico del expediente administrativo y recomendación vertida por la profesional Jenny Castillo Russell, en su informe social de archivo de fecha 27 de marzo del 2023. Notifíquese.—Oficina Local Alajuela Oeste.—Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 437186.—( IN2023780821 ).

A la señora María Marcela Calderón se le comunica que por resolución de las diecisiete horas cinco minutos del día primero de junio del año dos mil veintitrés, la Oficina Local de Upala Revocó la Medida Cautelar de Cuido Provisional dictada en beneficio de la persona menor de edad B.M.S.C y en su lugar ordenó Medida de Orientación, Apoyo y Seguimiento Temporal a la Familia. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Expediente número OLU-00082-2023.—Oficina Local de Upala-Guatuso.—Licda. Katia Corrales Medrano, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 437191.—( IN2023780824 ).

A Kelvin Orlando Vega Sánchez, cédula 304750556 se le comunica que se tramita en esta Oficina Local, proceso especial de protección en favor de N.V.V.U. y M.N.A.U. y que mediante la resolución de las 7:30 horas del 1 de junio del 2023 se resuelve: I.-Dar inicio al Proceso Especial de Protección. II.- Se procede a poner a disposición de las partes el expediente administrativo, y por el plazo de cinco días hábiles se confiere audiencia, y se pone en conocimiento de los progenitores de las personas menores de edad, señor Kelvin Orlando Vega Sánchez, Mario Luis Agüero Solano y Nathalia Ulate Barrantes, el informe, suscrito por la Licda. Evelyn Camacho Álvarez y de las actuaciones constantes en el expediente administrativo. Igualmente se pone a disposición de las partes el expediente administrativo a fin de que puedan revisar o fotocopiar la documentación constante en el mismo, referente a las personas menores de edad. III.- Se dicta a fin de proteger el objeto del proceso cautelarmente medida de protección de cuido provisional a favor de las personas menores de edad en el hogar de la señora: Gretel Barrantes Vega. IV.- La presente medida rige por un mes contado a partir del 1 de junio del 2023, y esto en tanto no se modifique en vía judicial o administrativa.-V- -Medida cautelar de interrelación familiar supervisada de los progenitores Mario Luis Agüero Solano y Nathalia Ulate Barrantes: Siendo la interrelación familiar un derecho de las personas menores de edad, se autoriza el mismo a favor de los progenitores de forma supervisada, siempre y cuando no se encuentren bajo los efectos de drogas y licor y en común acuerdo con la cuidadora. Dicha interrelación se realizará siempre y cuando no entorpezca en cualquier grado, la formación integral de las personas menores de edad VI.-Medida cautelar de suspensión de interrelación familiar del progenitor Kelvin Orlando Vega Sánchez: De conformidad con la recomendación técnica del profesional de intervención y el artículo 131 inciso d) del Código de la Niñez y la Adolescencia, se procede a suspender la interrelación familiar del progenitor Kelvin Orlando Vega Sánchez, respecto de su hija. VII.- -Medida cautelar de interrelacion familiar de la persona menor de edad de M. con sus abuelos paternos los señores Marlene Solano y José Agüero: De conformidad con la recomendación técnica de la profesional de intervención, se autoriza la interrelación familiar de la persona menor de edad M. con sus abuelos paternos los señores Marlene Solano y José Agüero, el cual deberá realizarse de previo y común acuerdo con la cuidadora y respetando los horarios lectivos respectivos y compromisos de la cuidadora. VIII.-Medida cautelar: Se le apercibe a los progenitores que deberán cumplir y coordinar lo respectivo a sus obligaciones parentales con la respectiva persona cuidadora, en cuanto a aportar económicamente para la manutención de las personas menores de edad que están ubicadas en el respectivo sitio de ubicación para su cuido, a fin de garantizar su derecho fundamental de vida y salud, en relación a su alimentación. IX.-Medida cautelar: Se le apercibe a los progenitores, que deberán abstenerse de exponer a las personas menores de edad, a situaciones de riesgo, debiendo aprender a controlar sus impulsos, debiendo abstenerse de exponer a las personas menores de edad a violencia intrafamiliar, agresión verbal, emocional o física, y que deberán abstenerse de ejecutar castigo físico, agresión verbal y/o emocional como medida de corrección disciplinaria. Igualmente se les apercibe que deben velar por la salud de las personas menores de edad. X.-Medida cautelar de IAFA: Se ordena al progenitor Kelvin Orlando Vega Sánchez insertarse en valoración y tratamiento que al efecto tenga el IAFA y presentar los comprobantes correspondientes. XI.-Medida cautelar de WEM: Se ordena al progenitor Kelvin Orlando Vega Sánchez, insertarse en valoración y tratamiento que al efecto tenga el Instituto WEM y presentar los comprobantes correspondientes. XII.-Medida cautelar de INAMU: Se ordena al progenitor Nathalia Ulate Barrantes, insertarse en valoración y tratamiento que al efecto tenga el INAMU y presentar los comprobantes correspondientes. XIII.-Se apercibe a la cuidadora nombrada, que deberá realizar las gestiones necesarias para que las personas estén debidamente cuidadas y supervisadas en su hogar, por una persona adulta responsable, en caso de que ella no pueda estar. Igualmente se le apercibe que deberá mantener informada a la Oficina Local en forma inmediata de cualquier cambio de domicilio, correo electrónico y teléfono. XIV.- Se les informa a los progenitores para efectos de organización interna, que la eventual profesional de seguimiento, sería la Licda. María Elena Angulo, o la persona que la sustituya. Igualmente se les informa, que dicha profesional tiene disponible agenda para citas de seguimiento que se llevaran a cabo en esta Oficina Local, para atender a los progenitores, la persona cuidadora y las personas menores de edad, en las fechas que oportunamente se le indicarán: .XV.- Se señala conforme a agenda disponible el día más cercano para celebrar comparecencia oral y privada, a saber el día 7 de junio del 2023, a las 13:00 horas (entiéndase una de la tarde) en la Oficina Local de La Unión. Cabe aclarar que en situaciones de fuerza mayor o caso fortuito que generen cambios en la fecha de la comparecencia, y en general situaciones de incapacidad médica, solicitud de las partes o sus abogados de cambio de señalamiento de la comparecencia por señalamientos judiciales previos –justificados debidamente con comprobante-, que impidan la realización de la comparecencia en el día señalado en la presente resolución, y por ende que impidan el dictado de la resolución de fondo; entonces se procederá a reprogramar la fecha de la comparecencia, aclarándoseles que la revisión y eventual modificación de la medida cautelar presente -dispuesta en la presente resolución-, podría ser revisable y modificable hasta en la resolución que se dicte una vez realizada la comparecencia oral y privada-, y esto en tanto no se modifique en vía judicial o administrativa. Garantía de Defensa y Audiencia: Se previene a las partes involucradas en el presente Proceso, que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, aunque para apersonarse al proceso no requieren la participación obligatoria de un abogado; así mismo se les previene que tienen derecho a tener acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión y/o fotocopias. Notifíquese la presente resolución, con la advertencia a las partes de que deben señalar Lugar dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de esta oficina local, fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, con la advertencia de que, en caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso, o llegara a desaparecer o el medio seleccionado fuera defectuoso, estuviera desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiera la comunicación, las resoluciones futuras quedarán notificadas veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de la presente resolución procede únicamente el Recurso Ordinario de Apelación que deberá interponerse ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la presente resolución, Recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la entidad. Se le hace saber a las partes, que la interposición del recurso de apelación, no suspende la medida de protección dictada. Expediente Nº OLLU-00448-2021.—Oficina Local de la Unión.—Licda. Karla López Silva, Representante Legal.—O.C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 437194.—( IN2023780825 ).

Lic. Johan David Gutiérrez Valverde. Órgano Director del Procedimiento Administrativo, en su carácter personal, quien es Durling Antonio Peralta Herrera, vecino de desconocido. se le hace saber que, en Proceso Especial de Protección en sede administrativa, establecido por Patronato Nacional De La Infancia, en expediente administrativo OLAO-00191-2022, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo literal dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local Alajuela Oeste. Al ser las nueve horas y cuarenta y nueve minutos del día treinta y uno de marzo del dos mil veintitrés. Visto: I – Que en revisión del informe psicológico de archivo de fecha 03 de noviembre del 2022 a cargo de la profesional Licda. Xóchitl González González, en el que recomienda al área legal archivar el actual proceso especial de protección al que fue sometido grupo familiar de la persona menor de edad C M P T pues en la actualidad no se identifican factores de riesgo que requieran de la intervención institucional. Lo anterior sin inconvenientes de reapertura en caso de ser necesario. Se resuelve: Archivar el presente Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa posterior al análisis jurídico del expediente administrativo y recomendación vertida por la profesional Xóchitl González González, en su informe psicológico de archivo de fecha 03 de noviembre del 2022. Notifíquese.—Oficina Local Alajuela Oeste.—Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 437201.—( IN2023780829 ).

Al señor Miguel Zumbado Cruz, cédula de identidad número 209640384. Se le comunica la resolución de las 1º horas del dos de junio de 2023, dentro del expediente administrativo N° RDURAIHN-00575-2023, mediante la cual se ordena el Cuido Provisional de las personas menores de edad M.P.Z.B y V.S.B. Se le confiere audiencia al señor Miguel Zumbado Cruz, por cinco días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, y solicitar las copias del mismo, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina regional, ubicada en Costa Rica, Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada 50 metros al Sur del Ministerio de Hacienda en Ciudad Quesada. Teléfono 2461-0686 / 2461-0656. Correo electrónico: uraihuetarnorte@pani.go.cr. Apartado Postal 5000-1000 San José, Costa Rica. Sitio web: http://www.pani.go.cr.—Departamento de Atención y Respuesta Inmediata Huetar Norte.—Licda. Eva María Arguedas Sequeira, Órgano Director del Proceso Administrativo, Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 437205.—( IN2023780963 ).

A quien interese se les comunica que por resolución de las catorce horas veinticuatro minutos del día dos de junio del año dos mil veintitrés, se dictó reubicación de persona menor de edad en del expediente OLPR-00244-2016 a favor de la persona menor de edad K.T.M.L en la Oficina Local de Turrialba, en la cual se conserva el expediente administrativo. Al ser materialmente imposible notificarlos de forma personal, la publicación de este edicto cuenta como notificación según la Ley General de Administración Pública y el reglamento a los artículos 133 y 139 del código de la niñez y la Adolescencia número 41902-MP-MNA. Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente: OLPR-00244-2016.—Oficina Local de Turrialba.—Lic. Andrey Portuguéz Morales, Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 437452.—( IN2023780981 ).

A la señora Cecilia Del Carmen Salablanca Diaz, mayor, costarricense, cédula 205710572, estado civil, de oficio y domicilio desconocidos, se le comunica que por resolución de las ocho horas veintidós minutos del dos de junio del dos mil veintitrés se mantiene la medida de protección de cuido provisional en recurso familiar a favor de la persona menor de edad Y.T.LL.S., por el plazo de seis meses que rige a partir del día ocho de mayo al ocho de noviembre del dos mil veintitrés. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en Quepos, Rancho Grande, frente a la plaza de futbol o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, o correo electrónico. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes (Artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia). Expediente N° OLCH-00091-2014.—Oficina Local de Quepos.—Licda. Dora Del Carmen Salazar Carvajal, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N° OC.-13419-202.—Solicitud N° 437444.—( IN2023781046 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Notificar al señora Ericka Teresa Jiménez Torres se le comunica la resolución de las diez horas del seis de junio dos mil veintitrés en cuanto a la ubicación de la(s) persona(s) menor(es) de edad, J.A.J.T. Notifíquese la anterior resolución a la(s) parte(s) interesada(s), personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber, además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente OLLS-00138-2021.—Oficina Local de Los Santos PANI.—Licda. María Auxiliadora Villanueva Morales, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. OC-13419-202.—Solicitud Nº437456.—( IN2023781528 ).

Al señor Erling Noel Saballos Meneses, mayor, nicaragüense, cédula, estado civil, de oficio y domicilio desconocidos, se le comunica que por resolución de las diez horas catorce minutos del dos de junio del dos mil veintitrés se mantiene medida de protección de cuido provisional en recurso familiar a favor de la persona menor de edad P.S.Z. y A.N.S.Z., por el plazo de seis meses que rige a partir del día veintisiete de abril al veintisiete de octubre del dos mil veintitrés. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en Quepos, Rancho Grande, frente a la plaza de futbol o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, o correo electrónico. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes (Artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia).—Órgano Director del Procedimiento.—Expediente N° OLQ-00060-2023.—Oficina Local Quepos.—Licda. Dora del Carmen Salazar Carvajal.—O.C. N° OC.-13419-202.—Solicitud N° 437454.—( IN2023781562 ).

A Luis Rodríguez González, cedula 401620818, demás calidades desconocidas se le comunica la resolución de las diez horas del seis de mayo del año dos mil veintitrés y la resolución de diez horas cincuenta y un minutos del cinco de junio del dos mil veintitrés., mediante la cual se le informa que se dio inicio a proceso especial de protección a favor de la menor A.F.R.S y mediante la cual se ordena suspender el cuido y/o guarda de la menor. Dicha medida de conformidad con el artículo doscientos tres del código procesal contencioso administrativo el cual reforma el artículo trescientos cinco del código penal es de acatamiento obligatorio, ya que en caso de incumplimiento se le podrá abrir causa por desobediencia en sede penal, el cual castiga dicho del delito con pena de prisión de seis meses a tres años se le advierte que deberá señalar lugar o un fax o correo electrónico donde recibir notificaciones. de conformidad con el artículo 133 del código de niñez y adolescencia y 218 de la ley general de administración pública se le convoca a audiencia en el plazo de cinco días después de haber sido notificados, para que se pronuncien y aporten prueba que estimen pertinente. contra la presente resolución procede únicamente el recurso ordinario de apelación que deberá interponerse ante esta representación legal dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles después de notificada la presente resolución, recurso que será resuelto por la presidencia ejecutiva de la entidad. se previene a las partes involucradas en el proceso que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, así como tener acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión o fotocopias. Expediente: OLSP-00191-2021.—Oficina Local PANI-San Pablo de Heredia.—Licda. Indiahlay Castillo Hurtado, Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 437477.—( IN2023781612 ).

Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Órgano Director del Procedimiento Administrativo, en su carácter personal, quien son Carlos de la Trinidad Pupiro, Juan José Amador Rivas y Josecito Rojas Suarez, con documento de identidad N° 205810372, vecinos de desconocido. se les hace saber que, en proceso especial de protección en sede administrativa, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en expediente administrativo N° OLA-00226-2015, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local Alajuela Oeste, al ser las nueve horas ocho minutos del dieciséis de mayo del dos mil veintitrés. Considerando: Único: De conformidad con la Convención Sobre los Derechos del Niño, el artículo 55 de la Constitución Política, la normativa del Código de la Niñez y Adolescencia, la normativa de la Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia y la normativa de la Ley General de la Administración Pública. Por tanto: Se resuelve: 1. Prorrogar por un plazo de 6 meses más la medida de protección de Orientación, Apoyo y Seguimiento Temporal a la Familia, dictada por esta Oficina Local Alajuela Oeste, al ser las diez horas cuatro minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veintidós. 2. Se establece como fecha de vencimiento el 16 de noviembre del 2023. Notifíquese.—Oficina Local Alajuela Oeste.—Lic. Johan Gutiérrez Valverde, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 437460.—( IN2023781643 ).

Comunica al señor Daniel Alejandro Guevara Montero la resolución administrativa de las dieciocho horas del veintidós de mayo del dos mil veintitrés dictada por la unidad regional de atención inmediata de Cartago en favor de la persona menor de edad JDGR, y la resolución de las nueve horas del cinco de junio del dos mil veintitrés dictada por la oficina local de Cartago mediante la cual se señala audiencia de ley. Recurso. Se le hace saber que en contra de la presente resolución procede el Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva, el que deberá interponerse dentro del término de cuarenta y ocho horas siguientes contados a partir de la tercera publicación de este edicto, ante el Órgano Director de la Oficina Local de Cartago-. Se les emplaza para que comparezca a la oficina local dentro de los cinco días posteriores a la notificación de la presente resolución para lo que a bien tenga por manifestar. Notifíquese. Expediente Administrativo OLC-00671-2021.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Rodolfo Jimenez Arias, Representante.—O. C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 437472.—( IN2023781661 ).

A Geiner Antonio López Mora, cédula de identidad número siete-cero dos dos cero-cero cinco dos seis, de calidades y domicilio desconocidos, en calidad de progenitor de la persona menor de edad I.A.L.M. Se le comunica la resolución administrativa de las diez horas con treinta minutos del día veinticinco de mayo del dos mil veintitrés, de esta Oficina Local. Se les hace saber, además que contra la citada resolución procede el recurso ordinario de Apelación, que deberá interponer en forma verbal o por escrito ante esta Oficina Local dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación, el cual será elevado ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución. Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente N° OLG-00116-2017.— Oficina Local de Guadalupe.—Licda. Yerlin Vargas Pérez. Representante Legal.—O. C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 437487.—( IN2023781676 ).

A: Gerald Araya Solís, cédula N° 110760251, demás calidades desconocidas, se le comunica la resolución de las nueve horas del seis de mayo del dos mil veintitrés y la resolución de once horas veinte minutos del cinco de junio del dos mil veintitrés, mediante la cual se le informa que se dio inicio a proceso especial de protección a favor de la menor A.A.T y mediante la cual se ordena suspender el cuido y/o guarda de la menor. Dicha medida de conformidad con el artículo doscientos tres del código procesal contencioso administrativo el cual reforma el artículo trescientos cinco del código penal es de acatamiento obligatorio, ya que en caso de incumplimiento se le podrá abrir causa por desobediencia en sede penal, el cual castiga dicho del delito con pena de prisión de seis meses a tres años se le advierte que deberá señalar lugar o un fax o correo electrónico donde recibir notificaciones. de conformidad con el artículo 133 del código de niñez y adolescencia y 218 de la ley general de administración pública se le convoca a audiencia en el plazo de cinco días después de haber sido notificados, para que se pronuncien y aporten prueba que estimen pertinente. contra la presente resolución procede únicamente el recurso ordinario de apelación que deberá interponerse ante esta representación legal dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles después de notificada la presente resolución, recurso que será resuelto por la presidencia ejecutiva de la entidad. se previene a las partes involucradas en el proceso que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, así como tener acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión o fotocopias. Expediente: OLSP-00085-2023.—Oficina Local San Pablo de Heredia.—Licda. Indiahlay Castillo Hurtado, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 437493.—( IN2023781682 ).

Al señor Kendall Adrián Solís Tenorio, cédula de identidad N° 117150161, sin más datos conocidos en la actualidad, se le comunica la resolución de las diez horas treinta y un minutos del veintinueve de mayo del año dos mil veintitrés. Audiencia de apelación artículo 133. Resolución de medida de Cuido Provisional Provisionalísima, informe psicológico de investigación preliminar. Fecha: 26 de mayo del 2023, elaborado por Kristel Chacón González favor de la persona menor de edad I. F. S. C. y J. H. S. C., bajo expediente administrativo número OLPZ-00477-2019. Se le confiere audiencia por cinco días hábiles para que presenten alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se les advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local en días y horas hábiles, ubicada en Pérez Zeledón 400 metros oeste del Banco Nacional que esta frente al Parque de San Isidro. Deberán señalar lugar conocido, número de facsímil para recibir sus notificaciones en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio electrónico señalado fuere defectuoso estuviere desconectado sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta instituciones interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedan firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete horas y treinta minutos hasta las dieciséis horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes. Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente N° OLPZ-00477-2019.—Oficina Local de Pérez Zeledón.—Licda. Patricia Chanto Venegas, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 437501.—( IN2023781688 ).

Al señor Edward Venancio Zumbado Gutiérrez, cédula de identidad N° 206410625, domicilio de votación sita Alajuela, Desamparados, sin más datos de contacto se le comunica la resolución administrativa de dictada las 08:00 del 29/05/2023, Medida de Cuido Provisional a favor de la persona menor de edad E.J.Z.S. Quien actualmente se encuentra separado de su progenitora y a cargo de un recurso familiar. Se le confiere audiencia por tres días, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que considere necesarias, se le advierte que tiene derecho a asesorarse y representarse por un abogado o técnicos de su elección. Expediente N° OLA-00063-2022.—Oficina Local de Alajuela.—Licda. Dikidh González Álvarez, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 437510.—( IN2023781692 ).

Al señor Arnaldo Martin Arias Zavaleta, mayor, costarricense, cédula 304000519, estado civil, de oficio y domicilio desconocidos, se le comunica que por resolución de las diez horas diecisiete minutos del cinco de junio del dos mil veintitrés se revoca la medida de protección de cuido provisional en recurso familiar y se dictó medida de orientación, apoyo y seguimiento temporal a la familia, a favor de la persona menor de edad D.T.A.V., por el plazo de seis meses, que rige a partir del día cinco de junio al día cinco de diciembre del dos mil veintitrés. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en Quepos, Rancho Grande, frente a la plaza de futbol o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, o correo electrónico. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes (Artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia). Expediente N° OLQ-00192-2022.—Oficina Local de Quepos.—Licda. Dora Del Carmen Salazar Carvajal, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 437528.—( IN2023781787 ).

A la señora Kenia de Los Ángeles Yesca, indocumentada, se le comunica la resolución de trece horas del cinco de junio del dos mil veintitrés, mediante la cual se resuelve Medida de Cuido Provisional, a la persona menor de edad J. F. Y. Se le confiere audiencia a la señora Kenia de Los Ángeles Yesca por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estimen necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar el expediente en horas y días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en San José, Uruca, de la Rotonda Juan Pablo segundo, de Omnilife doscientos sur y cincuenta oeste. Expediente N° OLUR-00029-2023.—Oficina Local de la Uruca.—Licda. Ileana Solano Chacón, Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 437525.—( IN2023781788 ).

A la señora Kembly Ceba Jiménez, se le comunica que por resolución, dictada por el Departamento de Atención Inmediata del Patronato Nacional de la Infancia, de las catorce horas diez minutos del diecisiete de mayo del dos mil veintitrés, se inició el proceso especial de protección en sede administrativa y se dictó de medida cautelar de cuido provisional en beneficio de las personas menores de edad U.G.C. Asimismo, se le comunica que mediante la resolución de las trece horas del día dieciocho de junio del año dos mil veintitrés, se ha ordenado convocatoria a audiencia oral y privada para que se presente a las nueve horas del día ocho de junio del dos mil veintitrés, en las instalaciones de la Oficina Local de Desamparados. Se le confiere audiencia a la parte por un plazo de tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Desamparados, cien metros norte y cien metros al este del Banco Nacional de Desamparados. Se les hace saber además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente N° OLHT-00162-2019.—Oficina Local de Desamparados.—Licda. Jennifer Salas Chaverri, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 437517.—( IN2023781792 ).

Al señor Edin Tomas Villalobos Ulloa y la señora Ana Lucía Navarro Cárdenas, se les comunica la resolución PANI-OLAL-RA-260-2023 donde se hace citación a Audiencia Oral y Privada, en favor de la persona menor de edad ELVN. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada San José, Alajuelita, San Josecito, del supermercado Acapulco 300 metros oeste y 125 metros sur, calle al Liceo de Alajuelita. Expediente OLAL-00269-2017.—Oficina Local de Alajuelita.—Licda. Desirée Ramos B, Representante Legal.—O. C Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº437531.—( IN2023781864 ).

Al señor Herlin del Carmen Alemán López, se les comunica la resolución PANI-OLAL-RA-259-2023, donde se inicia un proceso especial de protección bajo la medida de abrigo y se hace citación a audiencia oral y privada, en favor de la persona menor de edad A. A. A. L.. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada San José, Alajuelita, San Josecito, del supermercado Acapulco 300 metros oeste y 125 metros sur, calle al Liceo de Alajuelita. Expediente N° OLAL-00040-2023.—Oficina Local de Alajuelita.—Licda. Desirée Ramos B., Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 437539.—( IN2023781997 ).

Al señor Cesar Ariel Castro Duarte, se desconocen más datos se le comunica la resolución de las quince horas treinta minutos del primero de junio del dos mil veintitrés, mediante la cual se resuelve audiencia de partes por el dictado de la medida de abrigo temporal, a favor de la persona menor de edad. Se le confiere audiencia a quien interese por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés , y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho de hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas treinta minutos y hasta las doce horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada Paquera, Puntarenas, 200 metros al sur de la Escuela Julio Acosta García. Expediente N° OLPA-00038-2023.—Oficina Local de Paquera.—Licda. Karol Vargas Zeledón, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 437543.—( IN2023781999 ).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOSPÚBLICOS

AUDIENCIA PÚBLICA VIRTUAL

La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos convoca a audiencia pública virtual la propuesta que se detalla a continuación:

Para ver la imagen solo en La Gaceta con formato PDF

SOBRE LA REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA:

La Audiencia Pública virtual (*) se realizará el jueves 20 de julio de 2023 a las 17 horas con 15 minutos (5:15 p.m.) por medio de la Plataforma Zoom.  El enlace para participar en la audiencia pública virtual es:

https://aresep.go.cr/participacion/audiencias/et-069-2022

SOBRE CÓMO PARTICIPAR:

Los interesados pueden presentar una posición a favor o en contra, indicando las razones por dos vías:

1.  DE FORMA ORAL: Para participar de forma oral debe registrarse a través del correo electrónico consejero@aresep.go.cr hasta las 16 horas (4:00 p.m.) del día de la audiencia, manifestando su interés de participar en la audiencia del expediente ET-069-2022 e indicar su nombre completo, número de cédula, medio de notificaciones, número de teléfono y adjuntar copia de su cédula de identidad.

El día de la audiencia se enviará un enlace al correo electrónico registrado, para que pueda hacer uso de la palabra en la audiencia. No obstante, si no se inscribió de forma anticipada y desea participar, podrá inscribirse propiamente en la audiencia pública al chat preguntas y respuestas.

2.  MEDIANTE ESCRITO FIRMADO presentado en las oficinas de la Aresep en horario de 8:00 am a 4:00 pm, por medio del fax 2215-6002 o al único correo electrónico oficial (**): consejero@aresep.go.cr hasta el día y hora de inicio de la audiencia.

En ambos casos presentar fotocopia de la cédula de identidad (personas físicas), correo electrónico, número de fax o dirección exacta para notificaciones.

Las personas jurídicas pueden participar por medio del representante legal aportando una certificación de personería jurídica vigente.

SOBRE LA SESIÓN EXPLICATIVA:

Además, se invita a una sesión explicativa y evacuación de dudas de la propuesta, que estará disponible el martes 4 de julio de 2023 a las 17:00 horas (5:00 p.m.) en el perfil de Facebook de la Aresep y al día siguiente la grabación de esta estará disponible en la página www.aresep.go.cr.

Las dudas o consultas por escrito se recibirán hasta el martes 11 de julio de 2023 al correo electrónico consejero@aresep.go.cr, mismas que serán evacuadas a más tardar el martes 18 de julio de 2023.

PARA CONSULTAR EL EXPEDIENTE Y ASESORÍAS:

Puede hacerlo en las instalaciones de la ARESEP en horario de 8:00 am a 4:00 pm o descargando el expediente en la dirección electrónica: www.aresep.go.cr (expedientes, expediente ET-069-2022).

Para asesorías e información adicional comuníquese con el Consejero del Usuario al correo electrónico consejero@aresep.go.cr o a la línea gratuita número 8000 273737.

(*) En caso de problemas o dudas para conectarse a la audiencia puede llamar al 2506-3200 extensión 1216.

(**) La posición enviada por correo electrónico, debe estar suscrita mediante firma digital o el documento con la firma debe ser escaneado y el tamaño no puede exceder a 10,5 megabytes.

Dirección General de Atención al Usuario.—Gabriela Prado Rodríguez, Directora General.—1 vez.—O. C. N° 082202310380.—Solicitud N° 441648.—( IN2023790495 ).

AUDIENCIA PÚBLICA VIRTUAL

La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos convoca a audiencia pública virtual la propuesta que se detalla a continuación:

Para ver las imágenes solo en La Gaceta con formato PDF

Sobre la realización de la audiencia: la Audiencia Pública virtual (**) se realizará el miércoles 19 de julio de 2023 a las 17 horas con 15 minutos (5:15 p.m.) por medio de la Plataforma Zoom. El enlace para participar en la audiencia pública virtual es: https://aresep.go.cr/participacion/audiencias/et-113- 2022

Sobre cómo participar: los interesados pueden presentar una posición a favor o en contra, indicando las razones por dos vías:

1. De forma oral: Para participar de forma oral debe registrarse a través del correo electrónico consejero@aresep.go.cr hasta las 16 horas (4:00 p.m.) del día de la audiencia, manifestando su interés de participar en la audiencia del expediente ET-113-2022 e indicar su nombre completo, número de cédula, medio de notificaciones, número de teléfono y adjuntar copia de su cédula de identidad.

El día de la audiencia se enviará un enlace al correo electrónico registrado, para que pueda hacer uso de la palabra en la audiencia. No obstante, si no se inscribió de forma anticipada y desea participar, podrá inscribirse propiamente en la audiencia pública al chat preguntas y respuestas.

2. Mediante escrito firmado presentado en las oficinas de la Aresep en horario de 8:00 am a 4:00 pm, por medio del fax 2215-6002 o al único correo electrónico oficial (***): consejero@aresep.go.cr hasta el día y hora de inicio de la audiencia.

En ambos casos presentar fotocopia de la cédula de identidad (personas físicas), correo electrónico, número de fax o dirección exacta para notificaciones. Las personas jurídicas pueden participar por medio del representante legal aportando una certificación de personería jurídica vigente.

Sobre la sesión explicativa: además, se invita a una exposición explicativa y evacuación de dudas de la propuesta, que estará disponible el jueves 29 de junio del 2023 a las 17:00 horas (5:00 p.m.) en el perfil de Facebook de la Aresep y al día siguiente la grabación de esta, estará disponible en la página www.aresep.go.cr.

Las dudas o consultas por escrito se recibirán hasta el jueves 06 de julio del 2023 al correo electrónico consejero@aresep.go.cr, mismas que serán evacuadas a más tardar el jueves 13 de julio de 2023.

Para consultar el expediente y asesorías: puede hacerlo en las instalaciones de la ARESEP en horario de 8:00 am a 4:00 pm o descargando el expediente en la dirección electrónica: www.aresep.go.cr (expedientes, expediente ET- 113-2022).

Para asesorías e información adicional comuníquese con el Consejero del Usuario al correo electrónico consejero@aresep.go.cr o a la línea gratuita número 8000 273737.

(**) En caso de problemas o dudas para conectarse a la audiencia puede llamar al 2506-3200 extensión 1216.

(***) La posición enviada por correo electrónico, debe estar suscrita mediante firma digital o el documento con la firma debe ser escaneado y el tamaño no puede exceder a 10,5 megabytes.

Dirección General de Atención al Usuario.—Gabriela Prado Rodríguez, Directora General.—1 vez.—O.C. N° 082202310380.—Solicitud N° 441646.—( IN2023790496 ).

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA

    Y CENSOS

ÁREA DE ESTADÍSTICAS CONTINUAS

UNIDAD DE ÍNDICES DE PRECIOS

El Instituto Nacional de Estadística y Censos avisa que los Índices de Precios de la Construcción base febrero 2012, correspondientes a abril del 2023, son los siguientes:

 

Índice

Marzo

2023

Índice

marzo

2023

Variación

porcentual

mensual

Índice de Precios de Edificios

146,925

146,172

-0,51

Índice de Precios de Vivienda de Interés Social

135,801

135,527

-0,20

Índices de Precios de Insumos y Servicios Especiales1/

Índice de Precios de Costo de Posesión de Maquinaria y Equipo

 

141,163

 

142,221

 

0,75

Índice de Precios de Repuestos

152,835

153,019

0,12

Índice de Precios de Llantas

72,615

72,790

0,24

Índice de Precios de Combustibles

125,018

110,011

-12,00

Índice de Precios de Lubricantes

157,185

154,097

-1,96

Índice de Precios de Asfálticos

103,335

107,542

4,07

Índice de Precios de Cemento Pórtland

125,951

125,951

0,00

Índice de Precios de Adquisición de Áridos

113,262

113,262

0,00

Índice de Precios de Encofrados

132,020

131,670

-0,27

Índice de Precios de Tuberías de Plástico

272,982

272,982

0,00

Índice de Precios de Tuberías de Concreto

105,462

105,462

0,00

Índice de Precios de Hierro Fundido

131,703

129,684

-1,53

Índice de Precios de Hierro Dúctil

109,370

109,370

0,00

Índice de Precios de Acero de Refuerzo

104,627

99,996

-4,43

Índice de Precios de Acero Estructural

138,665

137,734

-0,67

Índice de Precios de Cable Eléctrico

141,336

141,336

0,00

Índice de Precios de Señalización y Demarcación Vial

104,015

104,015

0,00

Índice de Precios de Explosivos

180,492

182,002

0,84

 

1/ La serie del Índice de Precios de Acero Estructural de Importación se calculó hasta setiembre del 2017 debido a que a partir de octubre del 2017 no se cuenta con la fuente para obtener el precio del acero estructural de importación.

Elizabeth Solano Salazar, Subgerente.—1 vez.—O.C. Nº 082202301090.—Solicitud Nº 436950.—( IN2023783069 ).

AVISOS

CONVOCATORIAS

MOISILLO SOCIEDAD ANÓNIMA

San José, Puriscal, Santiago, asamblea general ordinaria, en cumplimiento de las normas del estatuto social, convócase a los señores accionistas de la sociedad que se denomina: Moisillo Sociedad Anónima, a una asamblea general extraordinaria para el 14 de julio del 2023, a las dieciséis horas en primera convocatoria y en caso de no obtenerse quórum en ella. Se cita para una hora después en segunda convocatoria y se realizará con los socios presentes. La reunión tendrá lugar en la oficina del Lic. Álvaro Herrera Madrigal, en Santiago de Puriscal, donde se tratará el siguiente “Orden del día”: A.- Punto único, para el nombramiento de un usuario autorizado en el sistema ATV, del Ministerio de Hacienda, ante la Tributación Directa, para efectos de activar tributariamente la sociedad Moisillo S. A.—José, Puriscal, diecinueve de junio de dos mil veintitrés.—Lic. Álvaro Herrera Madrigal, notario con carné: 4493.—1 vez.—( IN2023790532 ).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

OASIS INN SOCIEDAD ANÓNIMA

Oasis Inn Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres –ciento uno- cuatrocientos cincuenta mil sesenta, acordó la venta del establecimiento mercantil denominado “Seis Playas”, ubicado en Tamarindo, distrito noveno, del cantón de Santa Cruz, Guanacaste, propiedad de la vendedora, dedicado a hotelería y turismo, a favor de la persona física o jurídica que indique Mark Ramnauth, portador del pasaporte de los Estados Unidos de América número cinco tres siete cinco ocho ocho dos cuatro cinco (“Comprador”). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en la oficina Bufete Guevara Esquivel, ubicado en Guanacaste, Santa Cruz, del Antiguo Palacio Municipal ciento setenta y cinco metros al Sur, dentro del término de quince días a partir de la primera publicación de este aviso. Es todo.—Guanacaste, Santa Cruz, 5 de junio de 2023.—Lic. Álvaro Guevara Gutiérrez, Apoderado Especial para este acto.—( IN2023780907 ).

HACIENDA GANADERA TOPAL

SOCIEDAD ANÓNIMA

A solicitud de José Antonio Gallegos Borbón, portador de la cédula de identidad número 9-0040-0077, en su condición de presidente de la compañía Hacienda Ganadera Topal Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-082058, informo del extravío del tomo primero de los libros de Actas de Asamblea de Socios, Libro de Registro de Accionistas, y Libro de Junta Directiva, por lo que se procederá con la reposición de los mismos para iniciar el tomo segundo. Publíquese una vez para efectos de llevar a cabo las diligencias correspondientes para la reposición de los libros.—San José, el 6 de junio del 2023.—Andrea Ovares López- Notaria Pública.—( IN2023781351 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

CONDOMINIO VERTICAL COMERCIAL

PLAZA BARCELONA

Comunicamos el extravío de los libros de Caja, de Actas de Asambleas de Propietarios y de Actas de Asambleas de Propietarios del Condominio Vertical Comercial Plaza Barcelona, cédula jurídica N° 3-109-727756, finca matriz C-4263-M-000. Se informa al público sobre dicho extravío, por lo que no asumimos responsabilidad por el uso que se le dé a dichos libros.—San José, 5 de junio del 2023.—Licenciado Carlos Ureña Vásquez.—( IN2023782366 ).

SAN JOSÉ INDOOR CLUB SOCIEDAD ANÓNIMA

Fonseca Solano Alejandro, mayor, casado, Ingeniero Químico, vecino de Santa Ana, Río Oro, con cédula de identidad número: 1-0340-0070, al tenor de lo dispuesto por el artículo 68 del Código de Comercio, solicito la reposición por extravío de la acción 1227. San José Indoor Club Sociedad Anónima, cédula jurídico número: 3-101-020989. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el domicilio sita en San Pedro, Curridabat, de la Pops 300 metros al este, en el término de un mes a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Fonseca Solano Alejandro, cédula de identidad número: 1-0340-0070.—San José, 05 de junio del 2023.—Alejandro Fonseca Solano, cédula 10340070.—( IN2023782638 ).

AVIANCA COSTA RICA S. A.

Para los efectos del artículo 689 del Código de Comercio de Costa Rica, Avianca Costa Rica Sociedad Anónima (antes Líneas Aéreas Costarricenses Sociedad Anónima), hace constar a quien interese, que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

Certificado N°

Acciones

Serie

4667

2400

A

5563

400

B

4668

400

B

 

Nombre del Accionista: Accionaria H Sociedad Anónima. Folio número: 6242.—24 mayo 2023.—Avianca Costa Rica S.A.—Norma Naranjo M.—Firma responsable: Benito Artiñano Arechavala, cédula de identidad 8-0035-0175, Presidente de Accioniaria H S.A., 3-101-113339.—( IN2023782683 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

CLUB LA GUARIA S. A.

Enrique Maroto Barquero, cédula de identidad número 201420224, solicita la reposición del certificado de una acción de la sociedad Club La Guaria S. A., cédula jurídica N° 3-101-005116, a su nombre por haberse extraviado. Se publica este aviso para efectos del artículo 689 del Código de Comercio.—San José, 05 de junio del 2023.—Responsable: Enrique Maroto Barquero.—( IN2023782917 ).

UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Latina de Costa Rica, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Licenciatura en Derecho, inscrito bajo el tomo XI, folio 21, asiento 52417, a nombre de Ericka Segura Zúñiga, cédula de identidad número 113500927. Se solicita la reposición del título indicado anteriormente por extravío del original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Se extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar de la fecha.—San José, 16 de mayo del 2023.—Departamento de Registro.—Neda Blanco López, Directora.—( IN2023783044 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

PALMS AWAY COSTA RICA SOCIEDAD

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Eric Anderson Palmer, portador del pasaporte canadiense número al 765686, actuando en mi en condición de liquidador de la sociedad Palms Away Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número 3-102-826804, pongo en conocimiento un extracto del estado final de liquidación conforme al artículo 215 del Código de Comercio, estado en el cual se ha determinado que la compañía indicada no cuenta con ningún bien y/o activo, ni ninguna deuda y/o pasivo, ni tiene operaciones y/o actividades pendientes de ninguna naturaleza. Se insta a los interesados para que dentro del plazo máximo de 15 días, a partir de esta publicación, procedan a presentar cualquier reclamo y/u oposición ante el liquidador, teléfono: 4056-5050; Dirección: San José, Escazú, San Rafael, Centro Corporativo EBC, décimo piso.—Canadá, 28 de febrero del 2023.—Eric Anderson Palmer GJ 765686, Liquidador.—1 vez.—( IN2023782888 ).

EL FARI INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

El Fari Internacional Sociedad Anónima, cedula jurídica número 3-101-188028, solicita ante el Registro Público, la reposición de los siguientes libros: libro de Actas de Asamblea General de Accionistas y libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición al Registro Público, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Miguel Villegas Arce, Notario Público.—1 vez.—( IN2023782912 ).

RIAR INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

Riar Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica numero 3-101-172683, solicita ante el Registro Público, la reposición de los siguientes libros: libro de Actas de Asamblea General de Accionistas y libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición al Registro Público, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Miguel Villegas Ame, Notario Público.—1 vez.—( IN2023782914 ).

PRETENSADOS NACIONALES SOCIEDAD ANÓNIMA

De conformidad con el Reglamento del Registro Nacional para la legalización de libros legales de Sociedades Mercantiles se avisa que la sociedad denominada Pretensados Nacionales Sociedad Anónima, titular de la cedula de persona jurídica numero 3-101-005034, procederá con la apertura del Tomo IV en formato de hojas removibles del Libro de Actas de Junta Directiva, en virtud de que el Tomo III de dicho libro fue debidamente concluido.—San Jose, 02 de junio del 2023.—Miguel González Volio, Presidente.—1 vez.—( IN2023782921 ).

DR INMAN Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANONIMA.

Yo, Jeidy Eunice Cruz Gamboa, cedula uno - cero seiscientos doce - cero trescientos sesenta, vecina de Santa Ana, Urbanización Bosques de Lindora, en mi condición de Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin limite de suma de Dr Inman y Asociados S.A., inscrita en el Registro de Personas Jurídicas bajo la cédula  jurídica tres - ciento uno - setecientos noventa y nueve mil ochocientos ochenta y tres, procederé a la reposición de libros de Actas de Junta Directiva y Asamblea de Socios por haberse extraviado los mismos.—San José, siete de junio de dos mil veintitrés.—Jeidy Eunice Cruz Gamboa.—1 vez.—( IN2023782934 ).

CONSTRUCTORA ELECTROMECÁNICA

SEM LIMITADA

Se avisa a terceros e interesados que los libros legales y contables de la sociedad Constructora Electromecánica SEM Limitada, cédula jurídica número 3-102-775522, domiciliada en San José, San Pedro, Barrio Dent, Edificio Latitud Dent, oficina 305, se encuentra extraviados por lo que se procederá a la reposición de forma inmediata, iniciándose con los mismos en formato electrónico o digital. Se indica que el tomo extraviado de cada uno de los cinco libros sea los contables: Mayor, Inventario y Balances y Diario, y los legales Registro de Cuotistas y Actas de Asamblea de Cuotistas que se reponen, corresponde al tomo primero de cada libro.—Silvia Herrera Escalante, Gerente.—1 vez.—( IN2023783115 ).

NORTH VIEW CONDOMINIO S.A.

North View Condominio S.A., cédula jurídica 3-101-739656, en condición de desarrolladora y propietaria de la finca filial 1-209840-F-000 y otras en el Condominio Vertical Residencial Sabana Sesenta, finca matriz 1-5023-M-000, informa al público del extravío del tomo número uno de los libros del citado condominio, a saber, Actas de Asamblea, Actas de Junta Directiva, y Caja. Se expide este edicto por parte de la sociedad indicada para los trámites de reposición correspondiente, ante el vencimiento del plazo del administrador del condominio.—San José, 07 de junio del 2023.—Esteban Carranza Kopper, Apoderado.—1 vez.—( IN2023783135 ).

COLEGIO DE ABOGADOS Y DE ABOGADAS

DE COSTA RICA

El Colegio de Abogados y de Abogadas de Costa Rica, avisa: que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 08-2023, acuerdo 2023-08-051, le impuso al licenciado Ricardo Argüello Chaverri, carné 6210, tres años y cuatro meses de suspensión en el ejercicio de la profesión de la abogacía. Rige a partir del día 14 de abril de 2024. (Expediente administrativo 106-21 (6)).—Lic. Carlos Villegas Méndez, Fiscal.—1 vez.—O.C. N° 3244.—Solicitud N° 436944.—( IN2023783153 ).

El Colegio de Abogados y de Abogadas de Costa Rica avisa: que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 47-22, acuerdo 2022-47-076, le impuso a la licenciada Alexandra Loría Beeche, carné 2668, cuatro meses de suspensión en el ejercicio de la profesión de la abogacía. Rige a partir de su publicación. (Expediente administrativo 165-18 (2)).—Lic. Carlos Villegas Méndez, Fiscal.—1 vez.—O. C. N° 3245.—Solicitud N° 436947.—( IN2023783154 ).

El Colegio de Abogados y de Abogadas de Costa Rica, avisa: que la Junta Directiva constituida en Consejo de Disciplina, sesión: 30-22, acuerdo 2022-30-037, le impuso al Licenciado David Alfaro Muñoz, carné: 21122, tres meses de suspensión en el ejercicio de la profesión de la abogacía. Rige a partir del 30 de julio de 2023. (Expediente administrativo N° 404-19 (1)).—Lic. Carlos Villegas Méndez, Fiscal.—1 vez.—O. C. N° 3246.—Solicitud N° 436948.—( IN2023783155 ).

El Colegio de Abogados y de Abogadas de Costa Rica, avisa: que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 08-2023, acuerdo 2023-08-053, le impuso a la licenciada Jenny Valverde Solano, carné 15645, tres meses de suspensión en el ejercicio de la profesión de la abogacía. Rige a partir de su publicación. (Expediente administrativo 455-19 (6)).—Lic. Carlos Villegas Méndez, Fiscal.—O.C. N° 3247.—Solicitud N° 436952.—( IN2023783156 ).

El Colegio de Abogados y de Abogadas de Costa Rica, avisa que la Junta Directiva constituida en Consejo de Disciplina, sesiones 30-21 y 08-23, acuerdos 2021-30-032 y 2023-08-031, le impuso a la Licenciada Haydee Estella Cortés Lacayo, carné N° 15006, dos meses de suspensión en el ejercicio de la profesión de la abogacía. Rige a partir de su publicación. (Expediente administrativo: 462-19 (2)).—Lic. Carlos Villegas Méndez, Fiscal.—1 vez.—O. C. N° 3248.—Solicitud N° 436956.—( IN2023783157 ).

El Colegio de Abogados y de Abogadas de Costa Rica, avisa: que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 08-2023, acuerdo 2023-08-047, le impuso al licenciado José Humberto Carillo Mora, carné 7453, un mes de suspensión en el ejercicio de la profesión de la abogacía. Rige a partir de su publicación. (Expediente administrativo 496-21 (6)).—Lic. Carlos Villegas Méndez, Fiscal.—1 vez.—O.C. N° 3249.—Solicitud N° 436958.—( IN2023783158 ).

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se hace del conocimiento solicitud de disminución de capital social de sociedad LYC Desarrollo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos ochenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y seis.—Liberia, primero de junio del año dos mil veintitrés.—Licda. Ana María Rivas Quesada, Notaria.—( IN2023779928 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas del treinta de mayo del dos mil veintitrés, se protocolizó acta de asamblea de accionistas número cinco, de la sociedad: Sitio Desarrollo Diseño Construcción S. A., donde se acuerda lo siguiente: modificar la cláusula primera del pacto constitutivo con el fin de cambiar el nombre de dicha sociedad, además, se acuerda su transformación de Sociedad Anónima a Sociedad de Responsabilidad Limitada, acordándose denominarla: Nativo S.R.L. por lo que se procedió a nombrar dos gerentes—San José, dos de junio del dos mil veintitrés.—Licda. Abril Villegas Pérez.—( IN2023780304 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número sesenta y seis, visible al 46 vuelto, del tomo primero, a las 14 horas del día 24 de mayo del año 2023, se protocoliza el acta de Asamblea de Cuotistas de Oral Arts Dental Laboratories Of Costa Rica Limitada, con la cédula de persona jurídica número 3-102-774288 mediante la cual se acordó reformar la cláusula número cuarta del pacto constitutivo a fin de reducir su capital social en la suma de ochenta y ocho millones novecientos mil colones. Se otorga un plazo de tres meses, a partir de esta publicación, para escuchar oposiciones en [San José, Curridabat, Cipreses, doscientos metros oeste de la Estación de Servicio La Galera, contiguo a Expocerámica, edificio de dos plantas color verde agua con morado o al teléfono 4001 8751. Disminución de capital social.—Ciudad de San José, a las 12 horas y del día 02 del mes de junio del año 2023.—Lic. Rodrigo González Hernández, Notario Público.—( IN2023780667 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada C Positivo Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Manfred Fischel Robles, Notario.—1 vez.—CE2023048256.—( IN2023781720 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Digigold Investments Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Esteban José Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.— CE2023048257.—( IN2023781721 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ravicorp Industria Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Monserrat Alfaro Solano, Notario.—1 vez.—CE2023048259.—( IN2023781722 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Innova Aire Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Arthur Jiménez Latouche, Notario.—1 vez.— CE2023048260.—( IN2023 781723).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada WIRXS Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 202.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—CE2023048261.—( IN2023781724 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Presumidas C R Joquin Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—CE2023048262.—( IN2023781725 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Villas L Ten de Papagayo CR Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.— CE2023048263.—( IN2023781726 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 21 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación T Comunica Marketing Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Carlo Magno Burgos Vargas, Notario.—1 vez.— CE2023048264.—( IN2023781727 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grandir CM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Andrés Alberto Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2023048265.—( IN2023781728 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada VRASMR Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Heberth Alonso Arrieta Carballo, Notario.—1 vez.—CE2023048266.—( IN2023781729 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 05 minutos del 19 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Blob Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Carlo Magno Burgos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023048267.—( IN2023781730 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 21 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Nisarm Gruop Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Heberth Alonso Arrieta Carballo, Notario.—1 vez.— CE2023048268.—( IN2023781731 )

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 30 minutos del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación Cardtech Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Vanessa De Paul Castro Mora, Notaria.—1 vez.— CE2023048269.—( IN2023781732 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada BM Construyendo un Sueño Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Nidia Sugey Montero Bermúdez, Notaria.—1 vez.—CE2023048270.—( IN2023781733 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 40 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Casitas del Rio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Lawrence Shanahan Lobo, Notario.—1 vez.— CE2023048271.—( IN2023781734 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Humble T LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Licda. Lawrence Shanahan Lobo, Notaria.—1 vez.— CE2023048272.—( IN2023781735 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada PJCV Cars Los Sueños Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notario.—1 vez.—CE2023048273.—( IN2023781736 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Gastronómicas LB Ventitrés Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Grace Calderón Garita, Notario.—1 vez.—CE2023048275.—( IN2023781737 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo KF Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Ligia Rodríguez Moreno, Notario.—1 vez.— CE2023048274.—( IN2023781738 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Perlamar Los Sueños Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2023048276.—( IN2023781739 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sleuths Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2023048277.—( IN2023781740 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Papagayo Cinco Cero Seis JGVO Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña, Notario.—1 vez.— CE2023048278.—( IN2023781741 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Chrome Condo Los Sueños Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2023048279.—( IN2023781742 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Manytam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Alexis Monge Barboza, Notario.—1 vez.— CE2023048280.—( IN2023781743 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 17 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Kasredha Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Alexis Monge Barboza, Notario.—1 vez.— CE2023048281.—( IN2023781744 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Horizontes de Santa Cruz Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Ana Militza Salazar Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2023048282.—( IN2023781745 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Delamar Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Esteban José Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.— CE2023048283.—( IN2023781746 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Colorado Export And Trading Company Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.— CE2023048284.—( IN2023781747 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 21 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ouses Nosara CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2023048285.—( IN2023781748 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Garcias y Monge Asociados Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—CE2023048286.—( IN2023781749 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Arias Valverde del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Rodrigo Sandoval Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2023048287.—( IN2023781750 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación Servimedic CR Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaria.—1 vez.—CE2023048288.—( IN2023781751 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 20 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Kalu Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Marco Vinicio Solano Gómez, Notario.—1 vez.—CE2023048290.—( IN2023781752 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 10 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación Vivato Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—CE2023048291.—( IN2023781753 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Flor de Lirio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Sergio José Guido Villegas, Notario.—1 vez.—CE2023048289.—( IN2023781754 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Palkingston PTY LTD ATF Lane Family Trust Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Paola Vargas Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2023048293.—( IN2023781755 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 45 minutos del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Villa Sueños Turner Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2023048295.—( IN2023781756 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Barrantes Cubero Importaciones Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Marianela Doubleday Céspedes, Notaria.—1 vez.—CE2023048294.—( IN2023781757 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Bienes Bancarios BIBA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Nayarit Moreno Vásquez, Notaria.—1 vez.—CE2023048296.—( IN2023781758 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sole Corp Mil Novecientos Treinta y Dos Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Deiby Gutiérrez Atencio, Notario.—1 vez.—CE2023048292.—( IN2023781759 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada SG Tres D Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Miriam Alejandra Soto Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2023048298.—( IN2023781760 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Lua Alqamar Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Laura Virginia Baltodano Acuña, Notaria.—1 vez.—CE2023048299.—( IN2023781761 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Panadería Giga del Este Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Ana Verónica Cruz Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2023048300.—( IN2023781762 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sueños de Lagartillo SDL Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Nidia Zúñiga González, Notaria.—1 vez.—CE2023048301.—( IN2023781763 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 20 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cosechas del Valle SQ Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Lilliana Fallas Valverde, Notaria.—1 vez.—CE2023048302.—( IN2023781764 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Patylic GD Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Oscar José Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—CE2023048304.—( IN2023781765 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Yumenokuni Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—CE2023048305.—( IN2023781766 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Caballito de Mar Frances Mafra Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Ana María Avendaño Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2023048306.—( IN2023781767 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Disojo Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Rita Gerardina Diaz Amador, Notaria.—1 vez.—CE2023048303.—( IN2023781768 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Calexio Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Vilma Solano Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2023048309.—( IN2023781769 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Fabricante Acabados Yconstrucciones Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—CE2023048310.—( IN2023781770 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Olas Verdes de Nicoya Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Randall Emilio Ramírez Calero, Notario.—1 vez.—CE2023048311.—( IN2023781771 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 21 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Racabla Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Alex Gerardo Castro Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2023048313.—( IN2023781772 ).

En mi notaria mediante escritura número 167, del tomo 6 se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad: Transcerji S.A., cédula jurídica: 3-101-384939, mediante la cual se modifica la representación social y el domicilio social del pacto constitutivo. Es todo.—Heredia, 06 de junio del 2023.—Lic. Ricardo Alberto Murillo Sánchez.—1 vez.—( IN2023781773 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Vapores Incorporados Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Ericka María Pérez Cordero, Notaria.—1 vez.—CE2023048207.—( IN2023781774 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Heredia Quinientos Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Angie María Miranda Sandi, Notaria.—1 vez.— CE2023048208.—( IN2023781775 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Marcin Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Rodolfo Sotomayor Aguilar, Notario.—1 vez.— CE2023048209.—( IN2023781776 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Fegaisem Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Daniela Elizondo Diaz, Notaria.—1 vez.— CE2023048211.—( IN2023781777 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Avita Lodge Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Denis Mauricio Artavia Cordero, Notario.—1 vez.— CE2023048212.—( IN2023781778 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 30 minutos del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cardtech Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Vanessa de Paul Castro Mora, Notaria.—1 vez.—CE2023048213.—( IN2023781779 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mediterráneo Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Miguel Alonso Vilchez Camacho, Notario.—1 vez.—CE2023048214.—( IN2023781780 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 10 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Legado Producciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Lilliana Fernández Urpi, Notario.—1 vez.— CE2023048215.—( IN2023781781 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada GIVYG CR Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Gueneth Marjorie Williams Mullins, Notaria.—1 vez.—CE2023048216.—( IN2023781782 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Natju Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de marzo del 2023.—Lic. Alejandro Cornejo Gutiérrez, Notario.—1 vez.— CE2023048218.—( IN2023781783 ).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 06 de junio de junio del 2023, protocolicé acta de asamblea general de accionistas de Servicios de Inversiones Lufeca Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número N° 3-101-028595, por la que se reforma la cláusula segunda de los estatutos de constitución en cuanto al domicilio social, y se nombra agente residente.—San José, 06 de junio del 2023.—Dr. Fernando Mora Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2023781786 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 40 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Casitas del Río CR LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de marzo del 2023.—Lic. Lawrence Shanahan Lobo, Notario.—1 vez.— CE2023048314.—( IN2023781789 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Familiar Chen E Hijos Sociedad Anónima.—San José, 26 de marzo del 2023.—Lic. Alejandra Barquero Ruiz, Notario.—1 vez.— CE2023048315.—( IN2023781790 ).

Protocolización de acta número uno de asamblea general de la sociedad Centro de Apoyo Profesional a la Adopción Sociedad de Actividades Profesionales, con número de cédula jurídica: tres-ciento ocho-ciento setenta y seis mil doscientos dieciséis; disolución de la sociedad, por acuerdo de socios. Escritura otorgada en la ciudad de Heredia a las once horas del seis de junio del año dos mil veintitrés. Es todo.—Lic. Gerardo Alonso Benavides Sánchez.—1 vez.—( IN2023781791 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada GACH Multiservicios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Julieta Vargas Quesada, Notaria.—1 vez.— CE2023048348.—( IN2023781793 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Global RGG Legal Consultants Company Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. José Sebastián Mesen Arias, Notario.—1 vez.— CE2023048349.—( IN2023781794 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Montiko Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. José Ovidio Jiménez Ávila, Notario.—1 vez.—CE2023048350.—( IN2023781795 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada JS Servicios Alimenticios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Sara Murillo Ramos, Notaria.—1 vez.—CE2023048352.—( IN2023781796 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 50 minutos del 20 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada City Muebles Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.— CE2023048353.—( IN2023781797 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada LBR Continental Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Julie Daniela González Castro, Notaria.—1 vez.— CE2023048354.—( IN2023781798 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Moto Partes Ruta Sesenta y Seis Sociedad Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Silvia Gabriela Meza Navarro, Notario.—1 vez.— CE2023048355.—( IN2023781799 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Iguana Tandem Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Andréi José Meza Evans, Notario.—1 vez.— CE2023048356.—( IN2023781800 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Costa Kossow Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Javier Alberto Montejo Calvo, Notario.—1 vez.—CE2023048357.—( IN2023781801 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sisu Vida Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Leyden Briceño Bran, Notario.—1 vez.— CE2023048358.—( IN2023781802 ).

La suscrita notaria hace constar que protocolizó, mediante escritura número ciento cincuenta y tres acta de asamblea general extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada Windroseq&Q Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica su razón social 2505-0900.—San José, 06 de junio de 2023.—Lic. María Francella Sáenz Fernández.—1 vez.—( IN2023781803 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 10 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Maporeteca Producciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Licda. Lilliana Fernández Urpi, Notario.—1 vez.—CE2023048360.—( IN2023781804 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 50 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Esvarja del Sur CR Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Adrián Ceciliano Altamirano, Notario.—1 vez.—CE2023048362.—( IN2023781805 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Repuestos Nuevos y Usados La Marina MYD Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.— CE2023048363.—( IN2023781806 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 15 minutos del 27 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Maysson Legal Oursourcing Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Rafael Eduardo Pizarro Torres, Notario.—1 vez.— CE2023048365.—( IN2023781807 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cmbrisas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.— CE2023048366.—( IN2023781808 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 21 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tres Ríos Sin Huella Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Luis Alonso Quesada Diaz, Notario.—1 vez.— CE2023048367.—( IN2023781809 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 21 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Boreal INT Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Douglas Mora Umaña, Notario.—1 vez.—CE2023048368.—( IN2023781810 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mason Natural CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Lorna Truque Arias, Notaria.—1 vez.— CE2023048370.—( IN2023781811 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Iguana BY The Sea LLC Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.— CE2023048371.—( IN2023781812 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Delight Motors DME Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Elluany Coto Barquero, Notario.—1 vez.—CE2023048372.—( IN2023781813 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada grupo avanzar dos mil dos sociedad de responsabilidad limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Ginnette Arias Mora, Notaria.—1 vez.— CE2023048373.—( IN2023781814 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Empresa de Seguridad El Ojoche Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Julio López Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2023048374.—( IN2023781815 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Full Throttle Moto Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. José Matías Tristán Montero, Notario.—1 vez.— CE2023048376.—( IN2023781816 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 40 minutos del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación MD Treinta y Cinco Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Yeremy Ranses Ríos Madriz, Notario.—1 vez.— CE2023048377.—( IN2023781817 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Transporte Frangon Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2023048375.—( IN2023781818 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Arenal ATV Wheels Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.— CE2023048378.—( IN2023781819 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Creeping Lizard Properties LLC Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—CE2023048380.—( IN2023781820 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 21 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Hacienda Horace CR Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—CE2023048381.—( IN2023781821 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 15 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Ekraf Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Eduardo Arauz Sánchez, Notario.—1 vez.— CE2023048382.—( IN2023781822 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada FIT Metales Setenta y Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Alfredo Andreoli Gonzales, Notario.—1 vez.—CE2023048383.—( IN2023781823 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 11 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Empresariales LYM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Licda. Reyna Liz Mairena Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2023048384.—( IN2023781824 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mecánica Firulais Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Silvia Castro Quesada, Notario.—1 vez.— CE2023048386.—( IN2023781825 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ecihem Educación En Ciencias de Hemodinamia Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masis, Notario.—1 vez.— CE2023048385.—( IN2023781826 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones T E S A Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Licda. Susan Alejandra Mora Umaña, Notaria.—1 vez.—CE2023048387.—( IN2023781827 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada FCC Inversiones La Ciénega Dos Mil Veintitrés S A Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. José Gonzalo Saavedra Brenes, Notario.—1 vez.—CE2023048389.—( IN2023781828 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pentagrama Domino PD Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Fredrick Johan Schiebel Chinchilla, Notario.—1 vez.—CE2023048393.—( IN2023781829 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Comerciales Rojas Badilla Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Rafael Ángel Jenkins Grispo, Notario.—1 vez.— CE2023048394.—(IN2023781830 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada SKI to Sea Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2023048397.—( IN2023781831 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada RK Constructa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Sonia Corella Céspedes, Notaria.—1 vez.— CE2023048396.—( IN2023781832 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Granja Avícola La Bonita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Licda. Maricela Mora Mora, Notaria.—1 vez.—CE2023048398.—( IN2023781833 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Lokilana Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Alejandra Salazar Blanco, Notaria.—1 vez.— CE2023048399.—( IN2023781834 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Susocr Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Karen Daniela Oconitrillo Quesada, Notario.—1 vez.—CE2023048400.—( IN2023781835 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 25 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sterling & Vargas Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Licda. Lina María Jaramillo Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2023048402.—( IN2023781836 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Smartell Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Licda. Fiorella Elizondo Rojas, Notaria.—1 vez.— CE2023048403.—( IN2023781837 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Wuwei Village Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notario.—1 vez.— CE2023048404.—( IN2023781838 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Equipment El Durancho Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Luis Diego Castro Chavarría, Notario.—1 vez.— CE2023048405.—( IN2023781839 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Vino Pura Vida CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Guillermo Alberto Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—CE2023048406.—( IN2023781840 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada G M Garcías y Monge Asociados INC Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.— 1 vez.— CE2023048407.—( IN2023781841 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Eleven Eleven Real State Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. José Pablo González Trejos, Notario.—1 vez.—CE2023048408.—( IN2023781842 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 25 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo JAD Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Juan Carranza Cubillo, Notario.—1 vez.—CE2023048409.—( IN2023781843 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría. a las 19 horas 15 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Prosperland A y F Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Eduardo Arauz Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2023048410.—( IN2023781844 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Oxenbauer Realty Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.— CE2023048412.—( IN2023781845 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Circular Project Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Vanessa de Paul Castro Mora, Notaria.—1 vez.—CE2023048416.—( IN2023781846 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Colectivo Salem Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Lorna Truque Arias, Notaria.—1 vez.— CE2023048417.—( IN2023781847 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pacífico Industries Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Licda. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—CE2023048418.—( IN2023781848 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pacífico Real State Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notario.—1 vez.—CE2023048419.—( IN2023781849 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Rebuild CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. María Pía Calvo Villalobos, Notario.—1 vez.— CE2023048420.—( IN2023781850 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 25 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sueños de Luna Azul Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Celenia Godínez Prado, Notario.—1 vez.— CE2023048421.—( IN2023781851 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada TCQ C&C Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Johnny Alberto Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023048422.—( IN2023781852 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada El Sabor de Pío Rikos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Jéssica Johanna Calderón Chinchilla, Notaria.—1 vez.—CE2023048316.—( IN2023781853 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Viva Casa Florio Morado Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notario.—1 vez.— CE2023048317.—( IN2023781854 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Elegania en Linea W F Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Shih Min Lin Chang, Notario.—1 vez.— CE2023048318.—( IN202378155 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 40 minutos del 20 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Internacional Nadim Consorcio Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.— CE2023048319.—( IN2023781856 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 40 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada H and H Auto LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Fabián Kelso Hernández, Notario.—1 vez.— CE2023048322.—( IN2023781857 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Yowe Bienes Raíces Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Hazel Delgado Cascante, Notario.—1 vez.—CE2023048323.—( IN2023781858 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 45 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Nav Ram Familiar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Randall Elías Madriz Granados, Notario.—1 vez.—CE2023048320.—( IN2023781859 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 20 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada H & R Asesores Tecnológicos Global Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Jacqueline Aponte Aguero, Notario.—1 vez.— CE2023048325.—( IN2023781860 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 26 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Olmafu del Sur Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Juan Gabriel Piedra Soto, Notario.—1 vez.—CE2023048326.—( IN2023781861 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 16 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporaciones AVMQ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Alejandro Campos Henao, Notario.—1 vez.— CE2023048327.—( IN2023781862 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 25 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Irradia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Juan Carranza Cubillo, Notario.—1 vez.— CE2023048328.—( IN2023781863 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Producciones Fuentes Gasca Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Licda. Susy Bibiana Moreno Amador, Notaria.—1 vez.—CE2023048330.—( IN2023781865 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Dezuma Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Lilliana Ramírez Molina, Notaria.—1 vez.—CE2023048329.—( IN2023781866 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Optimalia Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.— CE2023048332.—( IN2023781867 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada OES Obras de Estructura en Seguridad Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Gastón Ulett Martínez, Notario.—1 vez.—CE2023048333.—( IN2023781868 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Top Sexy Cars Km Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Joan Sebastián Rivera Bedoya, Notario.—1 vez.— CE2023048334.—( IN2023781869 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Jenimen Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Mauricio José Herrera Barboza, Notario.—1 vez.— CE2023048335.—( IN2023781870 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Proyecto Kai Arias Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Cesar Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.— CE2023048337.—( IN2023781871 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Joquin C R Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—CE2023048336.—( IN2023781872 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Premier Comfort All Star Tours And Transport Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Jorge Arturo Pacheco Castro, Notario.—1 vez.—CE2023048338.—( IN2023781873 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Azul Veintiuno Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Licda. Eladio Antonio Picado Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2023048339.—( IN2023781874 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Jefcys Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Kenneth Mora Jiménez, Notario.—1 vez.— CE2023048341.—( IN2023781875 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Centro de Negocios RCV del Coco Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. María Gabriela Gómez Miranda, Notaria.—1 vez.— CE2023048340.—( IN2023781876 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ahumadictos de Costa Rica Sociedad Anonima. —San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. María Alejandra Calderón Hidalgo, Notaria.—1 vez.— CE2023048342.—( IN2023781877 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 15 minutos del 25 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Blessed Story Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Jenniffer De Los Ángeles Montero Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2023048343.—( IN2023781878 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Manuel Hz Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Juan Diego Cruz Esquivel, Notario.—1 vez.— CE2023048345.—( IN2023781879 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo KF Dental Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Ligia Rodríguez Moreno, Notaria.—1 vez.— CE2023048346.—( IN2023781880 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Juan Pablo II Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2023.—Lic. Kevin Alfonso Valerio Alfaro, Notario.—1 vez.— CE2023048347.—( IN2023781881 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Agroraíces L & L Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de marzo del 2023.—Licda. María del Carmen Otárola Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2023048344.—( IN2023781882 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Stone Center Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Miguel Redondo Campos, Notario.—1 vez.—CE2023048529.—( IN2023781900 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tecnotronic Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Karen Melissa Morelli Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2023048531.—( IN2023781901 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 20 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Kalu Real Estate Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Marco Vinicio Solano Gómez, Notario.—1 vez.—CE2023048530.—( IN2023781902 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Kalkuco Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Andrés Elliot Sule, Notario.—1 vez.—CE2023048533.—( IN2023781903 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 26 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Finca San Isidro VM Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Braulio Alvarado Salazar, Notario.—1 vez.—CE2023048534.—( IN2023781904 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 50 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Almería DDP Cero Cuatro Dos Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—CE2023048535.—( IN2023781905 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gpo Vallas CR Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Gueneth Marjorie Williams Mullins, Notaria.—1 vez.—CE2023048536.—( IN2023781906 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada EQS Cuatrocientos Cincuenta Plus Dos Mil Veintidós Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—CE2023048540.—( IN2023781907 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Eden Multimarcas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Karen Melissa Morelli Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2023048486.—( IN2023781908 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 21 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada CTBS Sonder Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Silvia Elena Suarez Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2023048487.—( IN2023781909 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Precisión Technical Solutions AH Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. José Fabio Vindas Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2023048488.—( IN2023781910 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Modermicas Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Randall Elías Madriz Granados, Notario.—1 vez.—CE2023048489.—( IN2023781911 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada R&R Industries Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Nidia Zúñiga González, Notaria.—1 vez.—CE2023048490.—( IN2023781912 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Enfermería Paliativa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Luis Felipe Martínez Obando, Notario.—1 vez.—CE2023048491.—( IN2023781913 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Fire Monkey Pura Vida Liquor Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—CE2023048493.—( IN2023781914 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Byanto Marketing Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—CE2023048492.—( IN2023781915 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Centro Médico Integral Innova Med Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—CE2023048494.—( IN2023781916 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Constructora del Norte Berrios Mendoza Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Nidia Sugey Montero Bermúdez, Notaria.—1 vez.—CE2023048495.— ( IN2023781917 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada KIJUFE Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—CE2023048496.—( IN2023781918 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Specialty Green Products Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Oscar Eddy Trejos Monge, Notario.—1 vez.—CE2023048497.—( IN2023781919 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 22 horas 27 minutos del 13 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Industria Creativa Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Yahaira Vanessa Zamora Duarte, Notaria.—1 vez.—CE2023048498.—( IN2023781920 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Jardín Sombreado Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—CE2023048499.—( IN2023781921 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 40 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Horizonte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Moraima Agüero Artavia, Notaria.—1 vez.—CE2023048500.—( IN2023781922 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Amayesing Life LLC Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—CE2023048501.—( IN2023781923 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Transportes Salazar Espinoza Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Pedro Celin Hidalgo Zamora, Notario.—1 vez.—CE2023048502.—( IN2023781924 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Hospedaje El Pretal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Yelsing María Lira Martínez, Notaria.—1 vez.—CE2023048503.—( IN2023781925 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Obami Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Mario Andrés Santamaría Núñez, Notario.—1 vez.—CE2023048504.—( IN2023781926 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sarán Alpha Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Nicole María Quesada Gurdián, Notaria.—1 vez.—CE2023048508.—( IN2023781927 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada CTE Holdings LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1 vez.—CE2023048509.—( IN2023781928 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mejías & Espinoza Costa Rica Ensueños Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Douglas Espinoza Porras, Notario.—1 vez.—CE2023048507.—( IN2023781929 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 40 minutos del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación Moderuka Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Yeremy Ranses Ríos Madriz, Notario.—1 vez.—CE2023048510.—( IN2023781930 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Escondite del Dragon Plateado LLC Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2023048511.—( IN2023781931 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Número de Cédula Jurídica Asignado Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Luis Gerardo Ramos Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2023048512.—( IN2023781932 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ganadería Rancho El Chacal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. German José Berdugo González, Notario.—1 vez.—CE2023048513.—( IN2023781933 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada BYMSA Tropical LLC Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2023048514.—( IN2023781934 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pérez y Arguello Noah Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—CE2023048515.—( IN2023781935 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Agropecuaria Gosa de San Miguel AGS Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Gabriel Gerardo Rojas González, Notario.—1 vez.—CE2023048518.—( IN2023781936 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ecofleet Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Gastón Ulett Martínez, Notario.—1 vez.—CE2023048519.—( IN2023781937 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Leoale Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Roy Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—CE2023048516.—( IN2023781938 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Canto del Bosque Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Elian Jiménez Cèspedes, Notario.—1 vez.—CE2023048522.—( IN2023781939 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 26 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Alfacolo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Montserrat Duran Soto, Notaria.—1 vez.—CE2023048523.—( IN2023781940 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Togo PZ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Jimmy Cespedes Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2023048524.—( IN2023781941 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gastronomía Asiática Enso Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Mauricio Lara Ramos, Notario.—1 vez.—CE2023048526.—( IN2023781942 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada C Tres V Asociados Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario.—1 vez.—CE2023048527.—( IN2023781943 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Alianzas Paliativas AIE Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Luis Felipe Martínez Obando, Notario.—1 vez.—CE2023048528.—( IN2023781944 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Wombat Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Ernesto Sanabria Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2023048423.—( IN2023781945 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 25 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada JC&C Inmobiliaria Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—CE2023048424.—( IN2023781946 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Monte Nosara Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Miguel Enrique Zamora Azofeifa, Notario.—1 vez.—CE2023048425.—( IN2023781947 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Panorama Ingredients Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Vivian Marcela Jiménez Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2023048426.—( IN2023781948 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 21 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Danglez Nueve Cero Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Rosibel Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2023048428.—( IN2023781949 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 13 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Aguas Cristalinas del Pacuar Ra Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Alexander Elizondo Quesada, Notario.—1 vez.—CE2023048427.—( IN2023781950 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ruiz Walter Holdings Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Andrea Hutt Fernández, Notaria.—1 vez.— CE2023048431.—( IN2023781951 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 05 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Herbolaria Omega Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Christophe Marcel Barón Inguimberty, Notario.—1 vez.— CE2023048432.—( IN2023781952 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Reelax Charters Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Evelyn Janieth Galán Caro, Notaria.—1 vez.— CE2023048433.—( IN2023781953 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Barro Caolín Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Rodrigo De Jesús Blanco Fernández, Notario.—1 vez.— CE2023048434.—( IN2023781954 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Faralla Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Licda. Kattia Vanessa Vargas Picado, Notaria.—1 vez.—CE2023048435.—( IN2023781955 )

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Rivera de Jade en Manuel Antonio Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Mariel María González Rojas, Notaria.—1 vez.— CE2023048436.—( IN2023781956 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Masana Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.— CE2023048438.—( IN2023781957 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Transportes Caonabo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Manuel Navarro Moreno, Notario.—1 vez.— CE2023048439.—( IN2023781958 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Campbell Mata Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. María Melissa Rodríguez Vásquez, Notaria.—1 vez.— CE2023048441.—( IN2023781959 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Islita Visión Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Nidia Zúñiga González, Notaria.—1 vez.— CE2023048440.—( IN2023781960 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ski to Sea Costa Rica Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2023048443.—( IN2023781961 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Vet Pawradise CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. José Ignacio Quijano San Gil, Notario.—1 vez.— CE2023048446.—( IN2023781962 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 07 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Agro servicios RCJ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Licda. Rosa Lidia Ferreto Morales, Notaria.—1 vez.—CE2023048447.—( IN2023781963 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 21 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Houses Nosara CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2023048448.—( IN2023781964 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada C Positivo CRC Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Manfred Fischel Robles, Notario.—1 vez.— CE2023048449.—( IN2023781965 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 21 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Ventas Servent Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. María Fernanda Marchena Avendaño, Notaria.—1 vez.— CE2023048450.—( IN2023781966 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 19 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Leapa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Licda. Adriana Zamora López, Notaria.—1 vez.—CE2023048451.—( IN2023781967 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Géminis Nueve Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Luis Casafont Terán, Notario.—1 vez.— CE2023048452.—( IN2023781968 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Splendid Villa Vacations Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Alex Thompson Chacón, Notario.—1 vez.—CE2023048453.—( IN2023781969 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Rojaisa & Za Construcciones Familiares Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Jorge Antonio Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.— CE2023048454.—( IN2023781970 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Calexio Dos Mil Veintidós Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Vilma Solano Pérez, Notario.—1 vez.— CE2023048455.—( IN2023781971 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada C F Q Tres Tres Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario.—1 vez.—CE2023048456.—( IN2023781972 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada De La Docta Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Nidia Zúñiga González, Notario.—1 vez.—CE2023048459.—( IN2023781973 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria del Trópico Azul Veintiuno Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Eladio Antonio Picado Ramírez, Notario.—1 vez.— CE2023048461.—( IN2023781974 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Los Villanos Buenos Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Alex Thompson Chacón, Notario.—1 vez.—CE2023048462.—( IN2023781975 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Vásquez González Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Melissa Jiménez Moreno, Notaria.—1 vez.— CE2023048464.—( IN2023781976 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pura Vida Legacy Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. María Gabriela Gómez Miranda, Notaria.—1 vez.—CE2023048465.—( IN2023781977 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada VB Electro Construcciones Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Mario Enrique Acuña Jara, Notario.—1 vez.— CE2023048466.—( IN2023781978 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 25 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Capifruit & Veggies Corporation Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Licda. Monserrat Andrea Segura Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2023048467.—( IN2023781979).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Polugo Sociedad Anonima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Edgar Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—CE2023048468.—( IN2023781980 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grisi Naturals de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Silvia María González Castro, Notaria.—1 vez.— CE2023048469.—( IN2023781981 ). 

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 45 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pura Vida Legacy Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. María Gabriela Gómez Miranda, Notario.—1 vez.— CE2023048473.—( IN2023781982 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Avanza Red C R Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.— CE2023048472.—( IN2023781983 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 21 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Iterum Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2023048474.—( IN2023781984 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada K&N Properties Dos Mil Veintitrés Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Alejandro José Burgos Bonilla, Notario.—1 vez.— CE2023048475.—( IN2023781985 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Romero Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Rafael Alberto Saborío Víquez, Notario.—1 vez.—CE2023048476.—( IN2023781986 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Centro de Distribución Ofertón J J S Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Anthony Francisco Fernández Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2023048477.—( IN2023781987 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mochuelo de Atenea P & C Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Didier Mora Calvo, Notario.—1 vez.—CE2023048478.—( IN2023781988 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Palms House Mys Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Humberto Arias Solano, Notario.—1 vez.— CE2023048479.—( IN2023781989 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Everty Nova Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Mauricio Alberto Campos Brenes, Notario.—1 vez.— CE2023048480.—( IN2023781990 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 21 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada CTBS Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Licda. Silvia Elena Suarez Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2023048481.—( IN2023781991 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 45 minutos del 25 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Osher Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Daniela Gutiérrez Ugalde, Notario.—1 vez.— CE2023048483.—( IN2023781992 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 13 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Osnus Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Carolina Campos Solís, Notaria.—1 vez.—CE2023048485.—( IN2023781993 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cosechas de Cariari Sociedad Anónima.—San José, 28 de marzo del 2023.—Licda. Sandra Isabel González Pinto, Notaria.—1 vez.—CE2023048484.—( IN2023781994 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Siete Hermanos ZM Sociedad Anónima.—San José, 4 de marzo del 2023.—Lic. Fernando Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.— CE2023046669.—( IN2023781995 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 45 minutos del 28 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Kalimantan L L C Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de marzo del 2023.—Lic. Jaime Fonseca Zúñiga, Notario.—1 vez.— CE2023046670.—( IN2023781996 ).

The Villalobos Legacy S. R. L., cédula jurídica 3102810169, modifica clausula sexta gerentes pueden otorgar toda clase de poderes reservando su mandato. Tels.: 8848 4860 2236 7185.—Tibás.—Cinthya Villalobos Mirada, Notaria.—1 vez.—( IN2023782000 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 21 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Formar Empresa CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. María Marilyn Segura Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2023046673.—( IN2023782002 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 02 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Makris and Family Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Lorenzo Segura Mata, Notario.—1 vez.—CE2023046674.—( IN2023782003 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Jeoz Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Johnny Alberto Moya Umaña, Notario.—1 vez.— CE2023046675.—( IN2023782004 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Garaje Outlet de San Ramón Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Alexander Monge Cambronero, Notario.—1 vez.— CE2023046676.—( IN2023782005 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 02 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Deco Roller CR Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Juan Pablo Carmona Mendoza, Notario.—1 vez.—CE2023046677.—( IN2023782006 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 27 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Keymec MC Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Eugenio Francisco Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.— CE2023046678.—( IN2023782007 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Gusto Por La Parrilla y Mucho Mas M E J K Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Alonso Jesús Chaves Fernández, Notario.—1 vez.— CE2023046679.—( IN2023782008 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 20 minutos del 28 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Fozzy Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Allan García Barquero, Notario.—1 vez.— CE2023046680.—( IN2023782009 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pura Vida Joe Incorporated Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Allan García Barquero, Notario.—1 vez.—CE2023046681.—( IN2023782010 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Transportes JyJ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Liz Andrea Salazar Arroyo, Notaria.—1 vez.— CE2023046684.—( IN2023782011 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada EGSU Homes Inmobiliaria Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Fabian Jiménez Valverde, Notario.—1 vez.— CE2023046683.—( IN2023782012 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios JB Solutions Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Milton Manuel Rojas Barquero, Notario.—1 vez.— CE2023046685.—( IN2023782013 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Importaciones M & O CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Álvaro Enrique Arguedas Duran, Notario.—1 vez.— CE2023046687.—( IN2023782014 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Maleku Azteca Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Rigoberto Rodríguez Hernández, Notario.—1 vez.—CE2023046688.—( IN2023782015 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios y Consultoría Reymar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.— CE2023046689.—( IN2023782016 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Muebles RVR Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. José Alberto Zúñiga López, Notario.—1 vez.— CE2023046690.—( IN2023782017 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 27 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicios Técnicos Industriales en Soldadura J y G Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Ricardo Martínez Vásquez, Notario.—1 vez.— CE2023046692.—( IN2023782018 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Abaco Global Services J&A Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Luis Chen Mok, Notario.—1 vez.— CE2023046691.—( IN2023782019 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 05 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mairena & Campos Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Esteban Caamaño Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2023046693.—( IN2023782020 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada SVM Extintores Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Mary Luz Arias Barrantes, Notaria.—1 vez.— CE2023046695.—( IN2023782021 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 02 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada MyM El Buen Gusto Heredia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Mauricio Montero Hernández, Notario.—1 vez.—CE2023046696.—( IN2023782022 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Aldara Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Mario Andrés Santamaria Núñez, Notario.—1 vez.—CE2023046697.—( IN2023782023 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Kaimana Properties KPRO Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—CE2023046698.—( IN2023782024 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación Pacific Flashes M&M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Roger Antonio Valverde Sancho, Notario.—1 vez.—CE2023046699.—( IN2023782025 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Skwoma Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Roldán Morales Novoa, Notario.—1 vez.—CE2023046700.—( IN2023782026 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Agrícolas Majo Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Laura Marcela Hernández Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2023046701.—( IN2023782027 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicio de Maquinaria Pesada Copete Sociedad Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Daglich Anthony Medina López, Notario.—1 vez.—CE2023046702.—( IN2023782028 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Esquivel Timber International Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Licda. Betty Herrera Picado, Notaria.—1 vez.—CE2023046703.—( IN2023782029 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pangea Holdings Inc Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Rebeca María Chacón Montero, Notaria.—1 vez.—CE2023046704.—( IN2023782030 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación Dreamland Sunset E&K Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Roger Antonio Valverde Sancho, Notario.—1 vez.—CE2023046705.—( IN2023782031 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Daku Investments Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Pamela Mora Soto, Notaria.—1 vez.—CE2023046707.—( IN2023782032 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Canguro Tecnología y Accesorios Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Josefina Carime Ayubí Pimienta, Notaria.— 1 vez.—CE2023046706.—( IN2023782033 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Aguas del Rio Blanco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Melvin Reyes Duran, Notario.—1 vez.—CE2023046710.—( IN2023782034 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 25 minutos del 31 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada G Soluciones de Trasnportes Modernos de Santa Ana.—San José, 06 del 03 del 2023.—Lic. Gabriela Porras Benamburg, Notaria.—1 vez.—CE2023046712.—( IN2023782035 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 02 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Bc Mfi Nosara Rentals Administration Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Carmen de María Castro Kahle, Notaria.—1 vez.—CE2023046711.—( IN2023782036 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación Peaceful Land B&D Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Roger Antonio Valverde Sancho, Notario.—1 vez.—CE2023046713.—( IN2023782037 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios en Soporte Corporativo Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Francisco Javier Vargas Solano, Notario.—1 vez.—CE2023046715.—( IN2023782038 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sindesperdicio Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Sergio José Solano Montenegro, Notario.—1 vez.—CE2023046714.—( IN2023782039 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Investment Electric Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Susana Méndez Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2023046717.—( IN2023782040 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Santorini del Mar Egeo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Melvin Coto Ramos, Notario.—1 vez.—CE2023046718.—( IN2023782041 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada GPRH Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Sandra Isabel González Pinto, Notaria.—1 vez.—CE2023046721.—( IN2023782042 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Zammada Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Licda. Pamela Mora Soto, Notaria.—1 vez.—CE2023046722.—( IN2023782043 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 27 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Luamero ML Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Miguel Ángel Herrera González, Notario.—1 vez.—CE2023046724.—( IN2023782044 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ministerio Profético Soplo de Dios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2023046719.—( IN2023782045 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 01 horas 50 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada DLRB Paradise Created Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Ana Isabel Paniagua Lacayo, Notaria.—1 vez.—CE2023046725.—( IN2023782046 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tutoma Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Roberto Francisco León Gómez, Notario.—1 vez.—CE2023046726.—( IN2023782047 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Minghe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Yijun Xie Luo, Notario.—1 vez.—CE2023046727.—( IN2023782048 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada PLD Filadelfia Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Mauricio Lara Ramos, Notario.—1 vez.—CE2023046730.—( IN2023782049 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Goldenrl Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Minor Vargas Salas, Notario.—1 vez.—CE2023046732.—( IN2023782050 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ballena Vacaciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Atencio Ruiz Juárez, Notario.—1 vez.—CE2023046729.—( IN2023782051 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Transportes Gufo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Liz Andrea Salazar Arroyo, Notaria.—1 vez.—CE2023046733.—( IN2023782053 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Avicatec Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Mario Madrigal Ovares, Notario.—1 vez.—CE2023046734.—( IN2023782054 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada JYB Servicios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Joenny Rebeca Araya Castro, Notaria.—1 vez.—CE2023046735.—( IN2023782055 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pro Job Construcciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Licda. Carolina Zamora Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2023046736.—( IN2023782056 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Moonlight Avenue Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2023046738.—( IN2023782057 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada RAH RAH INCORPORATED Sociedad Anónima.—San José, 06 de marzo del 2023.—Lic. Roberto Alonso Rimola Real, Notario.—1 vez.—CE2023046737.—( IN2023782058 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Aura Artesanal Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. José Guillén León, Notario.—1 vez.—CE2023046742.—( IN2023782059 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 26 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tagut Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Alberto Rojas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023046741.—( IN2023782060 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 26 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tropic Tamarindo Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Laura Gabriela Alcázar Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2023046743.—( IN2023782061 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 31 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sigma Orionis Creations Soc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Rodolfo Manuel Ramírez Barquero, Notario.—1 vez.—CE2023046739.—( IN2023782062 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 01 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Casa Maravista de Hojancha Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Edgar Manrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2023046744.—( IN2023782063 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada HGC San Isidro Home and Garden Community Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. José Pablo González Trejos, Notario.—1 vez.—CE2023046745.—( IN2023782064 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 02 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Panadería y Cafetería La Familia Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Stefany Borey Bryan, Notaria.—1 vez.—CE2023046746.—( IN2023782065 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 40 minutos del 01 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Hacienda Marabuena de Nicoya Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Edgar Manrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2023046747.—( IN2023782066 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 02 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Witer Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Licda. Gabriela Mora Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2023046749.—( IN2023782067 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Lynard Atelier Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Luis Diego Quesada Araya, Notario.—1 vez.—CE2023046751.—( IN2023782068 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Novostar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Juan Diego Elizondo Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023046752.—( IN2023782069 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Xfinity Twenty Three Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Herberth Ernesto Camacho Cubillo, Notario.—1 vez.—CE2023046753.—( IN2023782070 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Blessed Dreams by The Ocean Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Lilliam Soto Hines, Notaria.—1 vez.—CE2023046754.—( IN2023782071 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Ferreteras M & O CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de marzo del 2023.—Lic. Álvaro Enrique Arguedas Durán, Notario.—1 vez.—CE2023046755.—( IN2023782072 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Logística Mesckalo de Guanacaste KCV S R L Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Franklin Carrillo Cubero, Notario.—1 vez.—CE2023046757.—( IN2023782073 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Parpal CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Juan Diego Elizondo Vargas, Notario.—1 vez.— CE2023046760.—( IN2023782074 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Xotic Diamante Vip Media Soluciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—CE2023046761.—( IN2023782075 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Icksa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Ernesto Santiago Chinchilla Vilchez, Notario.—1 vez.— CE2023046762.—( IN2023782076).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 02 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Casa Santa Fe de Alexia Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Juan Diego Chaves Quesada, Notario.—1 vez.— CE2023046763.—( IN2023782077 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Bemoniral Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Federico Altamura Arce, Notario.—1 vez.— CE2023046764.—( IN2023782078 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada CR Imagen de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Luis Javier Solano Jiménez, Notario.—1 vez.— CE2023046765.—( IN2023782079 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Trotti del Mar Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Ana Patricia Guerrero Murillo, Notario.—1 vez.— CE2023046767.—( IN2023782080 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 01 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Exin Logistics Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Alejandra Bastida Álvarez, Notario.—1 vez.— CE2023046766.—( IN2023782081 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Carita Linda Ocsnl Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. María Teresa Urpi Sevilla, Notario.—1 vez.— CE2023046768.—( IN2023782082 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 01 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Educere Servicios de Formación y Capacitación Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. José Pablo González Trejos, Notario.—1 vez.— CE2023046770.—( IN2023782083 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Soluciones y Proyectos de Construcción Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Evelyn Paola Solís Madrigal, Notario.—1 vez.— CE2023046769.—( IN2023782084 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inver House Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario.—1 vez.— CE2023046771.—( IN2023782085 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 12 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Keramikos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Maricela Mora Mora, Notario.—1 vez.— CE2023046772.—( IN2023782086 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 22 horas 00 minutos del 05 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada D Antología Producciones Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Hernán Flores Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2023046773.—( IN2023782087 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Occidente Yellow Motors Costa Rica Sociedad Anonima.— San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Guadalupe Montero Ugalde, Notario.—1 vez.— CE2023046774.—( IN2023782088 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ricflo Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.— CE2023046775.—( IN2023782089 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 24 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Nikitasantana Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Marcela Patricia Gurdián Cedeño, Notario.—1 vez.— CE2023046776.—( IN2023782090 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Osa Dream Group Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Johan Andrés Herrera Ramírez, Notario.—1 vez.— CE2023046777.—( IN2023782091 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tres P Transformation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Rebeca Murillo Dobles, Notario.—1 vez.— CE2023046778.—( IN2023782092 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Semilla del Abuelo Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 6 de Marzo del 2023.—Lic. Manfred Gerhard Marshall Facio, Notario.—1 vez.— CE2023046781.—( IN2023782093 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 15 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Dominical Luxury Rentals Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.— CE2023046782.—( IN2023782094 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gestión Unificada de Recursos y Operaciones Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Said Breedy Arguedas, Notaria.—1 vez.— CE2023046783.—( IN2023782095 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Caerulea Grace Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Alejandra Salazar Blanco, Notario.—1 vez.— CE2023046784.—( IN2023782096 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Domi Property Management Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2023046785.—( IN2023782097 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 50 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Other Love Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Arcelio Alberto Hernández Mussio, Notario.—1 vez.— CE2023046786.—( IN2023782098 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 13 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Tamasar Sociedad Anónima.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Huendy Mabel Cruz Argueta, Notario.—1 vez.— CE2023046788.—( IN2023782099 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Nakama Pacific Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.— CE2023046789.—( IN2023782100 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Investigaciones FM del Norte Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1 vez.—CE2023046790.—( IN2023782101 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Chloe Dos Mil Veintidós Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.— CE2023046791.—( IN2023782102 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 01 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Fralapa LP CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Rodolfo Manuel Ramírez Barquero, Notario.—1 vez.— CE2023046787.—( IN2023782103 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 02 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servitec DQ Belice Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Lic. Densis Armando Alvarado Chacón, Notario.—1 vez.— CE2023046792.—( IN2023782104 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Alquimi Lami Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de marzo del 2023.—Licda. Paola Lucia Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2023046793.—( IN2023782105 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Paraulata Espress Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Yesenia María Ballestero Jiménez, Notaria.—1 vez.— CE2023046794.—( IN2023782107 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicios Legales y Empresariales de Orotina Sociedad Anónima.—San José, 07 de marzo del 2023.—Lic. Julio Cesar Sandoval Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2023046795.—( IN2023782108 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Belus Labs Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Kimberly Rojas De La Torre, Notaria.—1 vez.— CE2023046796.—( IN2023782109 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sloan Projects Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Licda. Zulay Estrada Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2023046797.—( IN2023782110 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Linda & Yves Dos Mil Veintitrés Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Sylvia Muñoz García, Notaria.—1 vez.—CE2023046799.—( IN2023782111 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Operativa Nacional de Seguridad Privada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Roberto Enrique Romero Mora, Notario.—1 vez.— CE2023046801.—( IN2023782112 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporation Pangea Holdings Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Rebeca María Chacón Montero, Notaria.—1 vez.— CE2023046802.—( IN2023782113 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Burger Factory El Chante Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Alejandra Salazar Blanco, Notaria.—1 vez.—CE2023046803.—( IN2023782114 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 15 de noviembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Food Gurus Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 07 de marzo del 2023.—Licda. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.— CE2023046804.—( IN2023782115 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicios Técnicos GAMO MAMP Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. René Dagoberto Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.— CE2023046805.—( IN2023782116 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 26 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Rodríguez Valerio Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—CE2023046806.—( IN2023782117 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Cingab Limitada.—San José, 07 de marzo del 2023.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—CE2023046807.—( IN2023782118 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tree Top Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Luis Paulo Castro Hernández, Notario.—1 vez.— CE2023046808.—( IN2023782119 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada G&K Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Billy Benjamín Latouche Ortiz, Notario.—1 vez.— CE2023046809.—( IN2023782120 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 02 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Jazzma Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—CE2023046810.—( IN2023782121 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Sabadilla Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Sylvia Muñoz García, Notaria.—1 vez.—CE2023046811.—( IN2023782122 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Rofimor Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Antonio López Calleja Villalobos, Notario.—1 vez.— CE2023046812.—( IN2023782123 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada MCM Cost Incorporate Sociedad de Reponsabilidad Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Kenneth Enrique Orozco Villalobos, Notario.—1 vez.— CE2023046813.—( IN2023782124 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Adrales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Monserrat Andrea Segura Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2023046814.—( IN2023782125 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ver a las Estrellas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.— CE2023046816.—( IN2023782126 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gastromarcas Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Licda. Giannina Arroyo Araya, Notaria.—1 vez.—CE2023046817.—( IN2023782127 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Isaiah Fifty Eight Ten Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de marzo del 2023.—Lic. Geraldin Vargas Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2023046820.—( IN2023782128 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Bulwak Caribe Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.— CE2023046821.—( IN2023782129 ). 

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Casa Jens Cahuita Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Norman Frederick Mory Mora, Notario.—1 vez.— CE2023046822.—( IN2023782130 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Flore Verde Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Leonardo Alonso Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—CE2023046823.—( IN2023782131 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Exterminio Total TSH Sociedad Anónima.—San José, 07 de marzo del 2023.—Licda. Reina María Quirós León, Notario.—1 vez.—CE2023046825.—( IN2023782132 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada BC Cinco Construcción CR Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Ranmy Rafael Espinoza Cisneros, Notario.—1 vez.— CE2023046826.—( IN2023782133 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Jocamer Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, Notario.—1 vez.— CE2023046827.—( IN2023782134 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Bistro Cincuenta y Nueve CR Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Carlo Magno Burgos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023046828.—( IN2023782135 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 02 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Haoma Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. José Pablo Badilla Quirós, Notario.—1 vez.—CE2023046829.—( IN2023782136 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Soñado Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Jarlin Guerra Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2023046830.—( IN2023782137 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Daku Investments DICR Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Pamela Mora Soto, Notaria.—1 vez.—CE2023046832.—( IN2023782138 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 02 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gonmaru Asociados Sociedad Anónima.—San José, 07 de marzo del 2023.—Licda. Melania de Los Ángeles Chin Wo Cruz, Notaria.—1 vez.—CE2023046831.—( IN2023782139 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Hacienda La Reserva Ciento Treinta y Cuatro Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Andrea Hutt Fernández, Notaria.—1 vez.—CE2023046834.—( IN2023782140 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de agosto del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Jusanve Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Ileana Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—CE2023046835.—( IN2023782141 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Management Dominical CR Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2023046833.—( IN2023782142 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Groalsa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de marzo del 2023.—Lic. Ernesto Santiago Chinchilla Vílchez, Notario.—1 vez.—CE2023046838.—( IN2023782143 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Knollmeyer Re Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2023046839.—( IN2023782144 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada VCINQ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Alberto Carballo Silesky, Notario.—1 vez.—CE2023046840.—( IN2023782145 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ascad Diseño y Construcción Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Luis Antonio Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—CE2023046842.—( IN2023782146 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Vistas Potrero KH Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Maureen Fernández Garcia, Notaria.—1 vez.—CE2023046844.—( IN2023782147 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada ASII Asesoría Integral Inteligente Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Alejandra María Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—CE2023046845.—( IN2023782148 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ricflo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—CE2023046843.—( IN2023782149 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Transnina Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Marjorie Vargas Sequeira, Notaria.—1 vez.—CE2023046847.—( IN2023782150 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Fortalezza Gestión Fiduciaria Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de marzo del 2023.—Licda. Alejandra María Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—CE2023046848.—( IN2023782151 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora de Carnes Zima Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Edgar Ruiz Cordero, Notario.—1 vez.—CE2023046846.—( IN2023782152 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Casa de Café Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Kattia Vargas Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2023046849.—( IN2023782153 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 01 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Azul Marino DGCR Group CR Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Manuel Sánchez González, Notario.—1 vez.—CE2023046850.—( IN2023782154 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 22 horas 20 minutos del 17 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada CC Enterprise INC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Alberto Montero Trejos, Notario.—1 vez.—CE2023046851.—( IN2023782155 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sensaciones del Trópico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Mauricio Alvarado Prada, Notario.—1 vez.—CE2023046852.—( IN2023782156 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Johan del Caribe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Michael Jara Castillo, Notario.—1 vez.—CE2023046853.—( IN2023782157 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Eventos Oro Negro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Evelyn Karina Ramírez Solórzano, Notaria.—1 vez.—CE2023046854.—( IN2023782158 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Dave Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Mario Andrés Santamaria Núñez, Notario.—1 vez.—CE2023046856.—( IN2023782159 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 05 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Academia de Basketball Quepoa Pacific Warriors Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Ana Cecilia Artavia Guadamuz, Notaria.—1 vez.—CE2023046857.—( IN2023782160 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 02 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Papapias Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Alberto Paniagua Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2023046855.—( IN2023782161 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Investment Electric AYR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Susana Méndez Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2023046858.—( IN2023782162 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones G M M de Sámara Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Erwin Alan Seas, Notario.—1 vez.—CE2023046859.—( IN2023782163 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Goba Consultoría y Construcción Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Josseline Andrea Agüero Maroto, Notaria.—1 vez.—CE2023046860.—( IN2023782164 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de septiembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Medical Holding Comercial Latam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Jonathan Jara Castro, Notario.—1 vez.—CE2023046863.—( IN2023782165 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Hacienda Guanacaste Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Kennia Guerrero Ruiz, Notaria.—1 vez.—CE2023046864.—( IN2023782166 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 23 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada LUVJOY Ochocientos Once Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Juan Pablo Carmona Mendoza, Notario.—1 vez.—CE2023046865.—( IN2023782167 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gamaloru Asociados Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Melania de Los Ángeles Chin Wo Cruz, Notaria.—1 vez.—CE2023046866.—( IN2023782168 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Hermanos Bogsol Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Douglas Soto Campos, Notario.—1 vez.—CE2023046868.—( IN2023782169 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 02 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Prairie Cliff Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Kenneth Enrique Orozco Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2023046869.—( IN2023782170 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Rocky Mountain High Tech Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Luis Diego Zúñiga Arley, Notario.—1 vez.—CE2023046871.—( IN2023782171 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Nikojen Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Marcela Patricia Gurdián Cedeño, Notaria.—1 vez.—CE2023046872.—( IN2023782172 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Viajemos Juntos CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Marylin Chaves Badilla, Notaria.—1 vez.—CE2023046873.—( IN2023782173 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ger Estates Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Sixto Vinicio Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—CE2023046874.—( IN2023782174 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Construaires Nosara Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Erwin Alan Seas, Notario.—1 vez.—CE2023046876.—( IN2023782175 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gusticos Kajibre Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Gaudy Liseth Mena Arce, Notaria.—1 vez.—CE2023046877.—( IN2023782176 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Izakaya CR Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Adolfo Jiménez Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2023046875.—( IN2023782177 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada El Deen Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Kattya Vanessa Diaz Mena, Notaria.—1 vez.—CE2023046878.—( IN2023782178 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada el que asigne el registro al momento de su inscripción Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Elvira Patricia Ondoy Cantillo, Notaria.—1 vez.—CE2023046879.—( IN2023782179 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Innovaty Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—CE2023046880.—( IN2023782180 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Beauty Fitness CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Iván Darío Villegas Franco, Notario.—1 vez.—CE2023046881.—( IN2023782181 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 26 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Tagut de Occidente Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Alberto Rojas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023046882.—( IN2023782182 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Camdos Lubs de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Melissa Guardia Tinoco, Notaria.—1 vez.—CE2023046883.—( IN2023782183 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 01 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Jimharry Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—CE2023046884.—( IN2023782184 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Choza de mi Barrio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. María Virginia Méndez Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2023046885.—( IN2023782185 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Route CT Uno Nueve Cinco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Julio Cesar Azofeifa Soto, Notario.—1 vez.— CE2023046886.—( IN2023782186 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Segort Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.— CE2023046887.—( IN2023782187 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Majo Inversiones G D Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Marisol Arrieta Fernández, Notaria.—1 vez.— CE2023046888.—( IN2023782188 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada By Gardens Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Karen Otárola Luna, Notaria.—1 vez.—CE2023046889.—( IN2023782189 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Masoul Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Luciana Acevedo Gutiérrez, Notaria.—1 vez.— CE2023046890.—( IN2023782190 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Villa Rivera Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Flor Eugenia Castillo Castro, Notaria.—1 vez.— CE2023046891.—( IN2023782191 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Inmoble Sociedad Anónima.—San José, 7 de marzo del 2023.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.— CE2023046892.—( IN2023782192 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Mamma Mia MRM Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Pía Picado González, Notaria.—1 vez.—CE2023046955.—( IN2023782193 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría ,a las 12 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación Alfa Cetus Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Diego Mora Rojas, Notario.—1 vez.— CE2023046957.—( IN2023782194 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Moras Rojas Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Juan Abel Beteta Ocampos, Notario.—1 vez.— CE2023046952.—( IN2023782195 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Luna Sea Boat Charters Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Ricardo León Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.— CE2023046958.—( IN2023782196 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Development CRC Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Glorielena Alvarado Orozco, Notaria.—1 vez.— CE2023046959.—( IN2023782197 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Granja Avícola Yema Tica Sociedad Anónima.—San José, 08 de marzo del 2023.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2023046962.—( IN2023782198 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Collection Outsourcing Group Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Francis Chacón Alpízar, Notario.—1 vez.— CE2023046961.—( IN2023782199 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Maderas Latinas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de marzo del 2023.—Lic. Lester García Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2023046963.—( IN2023782200 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Odonto Digital Lab Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.— CE2023046966.—( IN2023782201 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Maquenco Villas CRC Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Glorielena Alvarado Orozco, Notaria.—1 vez.— CE2023046967.—( IN2023782202 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Gama Monteverde Uno Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Nidia Zúñiga González, Notaria.—1 vez.—CE2023046969.—( IN2023782203 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 15 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Calhima Sociedad Anónima.—San José, 08 de marzo del 2023.—Lic. Jacqueline Rodríguez Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2023046968.—( IN2023782204 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 15 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Dante Desarrollo Residencia del Sol Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Sonia Lucrecia Carvajal González, Notaria.—1 vez.— CE2023046965.—( IN2023782205 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Hacienda Guanacaste LC Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Licda. Kennia Guerrero Ruiz, Notaria.—1 vez.—CE2023046970.—( IN2023782206 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada FUSKLASS LLC Limitada.—San José, 08 de marzo del 2023.—Lic. María Teresa Urpi Sevilla, Notario.—1 vez.—CE2023046971.—( IN2023782207 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Nueve Ochenta y Cuatro Seiscientos Seis Ilach Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1 vez.— CE2023046972.—( IN2023782208 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Birds Of Paradise Holdings Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. José Andrés Cubillo González, Notario.—1 vez.— CE2023046974.—1 vez.— CE2023046974.—( IN2023782209 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 20 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Rahm Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Wilbert Yojancen Arce Acuña, Notario.—1 vez.—CE2023046975.—( IN2023782210 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Entre nos Atelier Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de marzo del 2023.—Licda. Valeria Sánchez Moraga, Notaria.—1 vez.— CE2023046976.—( IN2023782211 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada GYM MC de Piedades Sur Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Andrea Alvarado Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2023046977.—( IN2023782212 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Proyecto Solar Eólico el Viejo Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Jefte Javier Mathieu Contreras, Notario.—1 vez.— CE2023046979.—( IN2023782213 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Carnes Porcinas Solano Sociedad Anónima.—San José, 08 de marzo del 2023.—Lic. Edgar Ruiz Cordero, Notario.—1 vez.—CE2023046978.—( IN2023782214 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Villa Ave del Paraíso CO Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. José Andrés Cubillo González, Notario.—1 vez.— CE2023046981.—( IN2023782215 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Smart Future Income Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2023046982.—( IN2023782216 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mega Tire Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2023046984.—( IN2023782217 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada RAM Consultores Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Licda. Marta Lorena Espinoza Martínez, Notaria.—1 vez.— CE2023046983.—( IN2023782218 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cinco Seis Seis Servicio Corporativo Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Francisco Javier Vargas Solano, Notario.—1 vez.— CE2023046985.—( IN2023782219 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Proyecto Solar El Viejo Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Jefte Javier Mathieu Contreras, Notario.—1 vez.— CE2023046986.—( IN2023782221 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 27 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada STMI Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Licda. Alejandra Castro Peck, Notaria.—1 vez.—CE2023046987.—( IN2023782222 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Siete Hermanos Zaglul Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Fernando Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.— CE2023046990.—( IN2023782223 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 28 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tajo La Flor Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Grettel Vanessa Soto Guzmán, Notaria.—1 vez.— CE2023046991.—( IN2023782224 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Brisahs Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Maikol Vinicio Rodríguez Morales, Notario.—1 vez.—CE2023046992.—( IN2023782225 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Lo Soñado Mio Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Jarlin Guerra Álvarez, Notario.—1vez.— CE2023046993.—( IN2023782226 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Bear Claws Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Andrés Villalobos Araya, Notario.—1 vez.— CE2023046994.—( IN2023782227 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inclusiva Tienda Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.— CE2023046997.—( IN2023782228 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada RAA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Dunia Pamela González Calero, Notaria.—1 vez.—CE2023046995.—( IN2023782229 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Jacen de La Fortuna Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Angelica Castro Castro, Notario.—1 vez.— CE2023046998.—( IN2023782230 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Agrícola J Y J Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Esteban Hernández Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2023047001.—( IN2023782231 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sareh Estética y Salud Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Laura Yglesias Umaña, Notario.—1 vez.—CE2023047002.—( IN2023782232 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Osa Security Screens Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Silvia Rebeca Zúñiga Mora, Notaria.—1 vez.— CE2023047003.—( IN2023782233 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 22 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cozy Mascotas y Mas Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Vera Violeta Salazar Rojas, Notario.—1 vez.— CE2023047005.—( IN2023782234 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones MCMH Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Gloriana Cob Guillén, Notaria.—1 vez.— CE2023047006.—( IN2023782235 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Prieto Assets IN Bejuco LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Alberto Echeverria Alfaro, Notario.—1 vez.— CE2023047007.—( IN2023782236 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada The Seven Lots Inc Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Alberto Echeverria Alfaro, Notario.—1 vez.— CE2023047008.—( IN2023782237 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Proyectos de Arquitectura Ingeniería y Desarrollo Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Evelyn Paola Solís Madrigal, Notario.—1 vez.— CE2023046894.—( IN2023782238 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Safeguard Twentyfor Seven Costa Rica Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Lilly Carolina Murillo Sandi, Notario.—1 vez.— CE2023046895.—( IN2023782239 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 55 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Two South PC INC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Lawrence Shanahan Lobo, Notario.—1 vez.— CE2023046896.—( IN2023782240 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ferre Sur NP Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Corrales Barrientos, Notario.—1 vez.— CE2023046897.—( IN2023782241 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Industrial BNC Empaques Flexibles Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Eleonora Ortiz Runnebaum, Notaria.—1 vez.— CE2023046898.—( IN2023782242 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Maestranza Manzanillo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Franklin López Ramírez, Notario.—1 vez.— CE2023046899.—( IN2023782243 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Piano B SS Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.— CE2023046900.—( IN2023782244 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Brumas del Mar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Jennifer Vargas López, Notaria.—1 vez.— CE2023046901.—( IN2023782245 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Thrush Design & Build Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.— CE2023046902.—( IN2023782246 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 28 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Costa del Sol Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Ericka María Pérez Cordero, Notaria.—1 vez.—CE2023046904.—( IN2023782247 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada MN Guayabos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Paola Castro Montealegre, Notario.—1 vez.— CE2023046903.—( IN2023782248 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pan Bagna Horizonte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Franklin López Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2023046908.—( IN2023782249 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 05 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mairenas Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Esteban Caamaño Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2023046907.—( IN20237872250 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Llantas Duma Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Sonia María Ugalde Hidalgo, Notario.—1 vez.— CE2023046910.—( IN2023782251 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Hermanos Alemán Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Alexander Lobo Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2023046911.—( IN2023782252 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Reec Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Cindy Mora Castro, Notario.—1 vez.— CE2023046912.—( IN2023782253 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Red Diamond Luxury Cars Sociedad Anónima.—San José, 08 de marzo del 2023.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario.—1 vez.—CE2023046916.—( IN2023782254 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 24 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Blue Rockland Investing SB Sociedad Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Luis Antonio Vega Campos, Notario.—1 vez.— CE2023046917.—( IN2023782255 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Rome Finance Holding Sociedad Anónima.—San José, 08 de marzo del 2023.—Lic. Willy Rojas Chacón, Notario.—1 vez.—CE2023046918.—( IN2023782256 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 21 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Coati Siglo XXI Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Rafael Alejandro Rojas Salazar, Notario.—1 vez.—CE2023046920.—( IN2023782257 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Fenua Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Kattya Vanessa Díaz Mena, Notaria.—1 vez.—CE2023046919.—( IN2023782258 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Dubai Station de Puerto Viejo Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Luis Fernando Torres Rueda, Notario.—1 vez.— CE2023046921.—( IN2023782259 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada The Shoe Business Company Limitada.—San José, 08 de marzo del 2023.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—CE2023046922.—( IN2023782260 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Hammers Good Times Empowers Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Jean Pierre Fournier Pazos, Notario.—1 vez.— CE2023046923.—( IN2023782261 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 05 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada ART Oasis AT Santa Teresa LLC Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—CE2023046925.—( IN2023782262 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Appevolve Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Diana María Vargas Rodríguez, Notaria.—1 vez.— CE2023046926.—( IN2023782263 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Lo Soñado Limitada.—San José, 08 de marzo del 2023.—Lic. Jarlin Guerra Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2023046928.—( IN2023782264 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada PAN LAB Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Rodrigo José Carranza Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2023046929.—( IN2023782265 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Starcook Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Wilber Solís Porras, Notario.—1 vez.— CE2023046931.—( IN2023782266 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mítico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Ericka Navarro García, Notaria.—1 vez.— CE2023046930.—( IN2023782267 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Anfre Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Janel Barboza Orias, Notario.—1 vez.—CE2023046933.—( IN2023782268 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Weist CR Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Nidia Zúñiga González, Notaria.—1 vez.— CE2023046935.—( IN2023782269 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sea Bros Surf And Trip Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Gustavo Álvarez Mora, Notario.—1 vez.— CE2023046936.—( IN2023782270 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Vega J J Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Eduardo Solano Serrano, Notario.—1 vez.— CE2023046937.—( IN2023782271 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 08 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación Mairena Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.–Lic. Shirley Patricia Chacón Varela, Notaria.—1 vez.— CE2023046938.—( IN2023782272 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Adventure Catamarán Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Roberto Enrique Romero Mora, Notario.—1 vez.—CE2023046943.—( IN2023782273 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Costatel Organization Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Olga Martha Rojas Richmond, Notaria.—1 vez.— CE2023046941.—( IN2023782274 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Harlan Mackie Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Randall Segura Gutiérrez, Notario.—1 vez.— CE2023046944.—( IN2023782275 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada RDP Driving Academy Group Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Mario Alonso Arias Agüero, Notario.—1 vez.—CE2023046947.—( IN2023782276 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Luxury Spirits Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Douglas Soto Campos, Notario.—1 vez.—CE2023046949.—( IN2023782277 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 23 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Precisión Marketing Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Ana Eugenia Guillén Arguedas, Notaria.—1 vez.— CE2023046950.—( IN2023782278 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Proyecto Eólico El Viejo Sociedad Anónima.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Jefte Javier Mathieu Contreras, Notario.—1 vez.— CE2023046945.—( IN2023782279 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Paradise Propertys Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Erick Brealey Bejarano, Notario.—1 vez.— CE2023046951.—( IN2023782280 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Biriteca Agroecológica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Hazel Dayan Chaves Elizondo, Notaria.—1 vez.— CE2023046953.—( IN2023782281 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 24 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada SNEG Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de marzo del 2023.—Lic. Wendy Marcela Valverde Cortés, Notaria.—1 vez.—CE2023046956.—( IN2023782282 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 30 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Zapatería Ashoes&San José YC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Jessica Alvarado Herrera, Notario.—1 vez.— CE2023047009.—( IN2023782283 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Chazam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.— CE2023047011.—( IN2023782284 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Yoma Comercial de Cartago Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Fabián Arias Amador, Notario.—1 vez.—CE2023047012.—( IN2023782285 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Remycon Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Kattia María Ajun Castro, Notaria.—1 vez.— CE2023047013.—( IN2023782286 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 02 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Greensburg Inversiones Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.— CE2023047014.—( IN2023782287 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Nutriband Latinoamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Vivian Marcela Jiménez Quesada, Notario.—1 vez.—CE2023047015.—( IN2023782288 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 25 minutos del 20 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Randalls Paradise Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Johanna Pamela Cordero Araya, Notaria.—1 vez.— CE2023047016.—( IN2023782289 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 40 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Disfi Capital Trust Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Nathalie Elizondo Montero, Notaria.—1 vez.— CE2023047017.—( IN2023782290 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Metamoguls Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Nathalie Elizondo Montero, Notario.—1 vez.— CE2023047019.—( IN2023782291 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Bemos Tours & Rides S A Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Iván Alfonso Aguilar Zúñiga, Notario.—1 vez.— CE2023047020.—( IN2023782292 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ferre Mútiple de Sur Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Corrales Barrientos, Notario.—1 vez.—CE2023047022.—( IN2023782293 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Bike Garage Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.–Lic. Robert Solís Sauma, Notario.—1 vez.— CE2023047023.—( IN2023782294 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Cava de Mina Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Manuel Antonio Calderón Segura, Notario.—1 vez.— CE2023047024.—( IN2023782295 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 15 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Jaco de Insumos Automotrices Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Johanna Pamela Cordero Araya, Notario.—1 vez.— CE2023047025.—( IN2023782296 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Formula Mágica Sociedad Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Sandra Isabel Meza Salazar, Notario.—1 vez.— CE2023047026.—( IN2023782297 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 45 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Salud Mental Costa Rica Cinco Cero Seis Sociedad Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Amanda Jackeline Segura Salazar, Notario.—1 vez.— CE2023047027.—( IN2023782298 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Moyac Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Cinthya Bonilla Romero, Notario.—1 vez.— CE2023047028.—( IN2023782299 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada SPRO Construcciones Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Evelyn Paola Solís Madrigal, Notaria.—1 vez.— CE2023047029.—( IN2023782300 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Finca Patamigos Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notario.—1 vez.— CE2023047034.—( IN2023782301 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Madimi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Arcelio Alberto Hernández Mussio, Notario.—1 vez.— CE2023047033.—( IN2023782302 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Polynya Management Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Juan Diego Elizondo Vargas, Notario.—1 vez.— CE2023047031.—( IN2023782303 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 05 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios JAF del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Milton Manuel Rojas Barquero, Notario.—1 vez.— CE2023047035.—( IN2023782304 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Entre Nos Sur Arquitectura Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Valeria Sánchez Moraga, Notario.—1 vez.— CE2023047036.—( IN2023782305 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Viwolf Rentals Nosara Sociedad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Jeannette de los Ángeles Fallas Varela, Notario.—1 vez.— CE2023047037.—( IN2023782306 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 27 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Swill Wines CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Andrea Bonilla Hernández, Notario.—1 vez.—CE2023047038.—( IN2023782307 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 08 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación Mairena Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Shirley Patricia Chacón Varela, Notario.—1 vez.— CE2023047039.—( IN2023782308 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 02 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Constructivos Rojas y Rivera Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. María Alejandra Calderón Hidalgo, Notario.—1 vez.— CE2023047040.—( IN2023782309 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Softstoic Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Francisco Javier Vargas Solano, Notario.—1 vez.—CE2023047044.—( IN2023782310 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 26 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Herbal Vape Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Sandra Isabel González Pinto, Notario.—1 vez.— CE2023047045.—( IN2023782311 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 01 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Rumiline LTD Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Ana María Valverde Ramos, Notario.—1 vez.— CE2023047048.—( IN2023782312 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicios Jermay Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Carol Yajaira Zúñiga Arias, Notario.—1 vez.— CE2023047060.—( IN2023782313 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Laloux & Co Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—CE2023047058.—( IN2023782314 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Innovaty Lays Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.— CE2023047061.—( IN2023782315 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Famoyac Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Cinthya Bonilla Romero, Notaria.—1 vez.— CE2023047062.—( IN2023782316 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Beautiful Dreamers Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Franklin López Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2023047063.—( IN2023782317 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Exportadora Agro Green Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Natalia Gómez Aguirre, Notario.—1 vez.— CE2023047064.—( IN2023782318 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pura Vida Gypsy Kids Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Ana María Valverde Ramos, Notario.—1 vez.—CE2023047065.—( IN2023782319 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 03 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Lobo Dragon Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Diana Ivonne Chang González, Notario.—1 vez.— CE2023047066.—( IN2023782320 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Allenoddy Investments Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1 vez.—CE2023047067.—( IN2023782321 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Family Nest Investments CR LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—CE2023047068.—( IN2023782322 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mayorista Sandino Internacional Sociedad Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Enio Dino Blando Valverde, Notario.—1 vez.—CE2023047069.—( IN2023782323 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 20 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ocean Gypsy Costa Rica Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Randall Emilio Ramírez Calero, Notario.—1 vez.—CE2023047071.—( IN2023782324 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Polkas Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. José Vargas Gómez, Notario.—1 vez.—CE2023047070.—( IN2023782325 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Crecimiento Endógeno Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Dunia Pamela González Calero, Notaria.—1 vez.—CE2023047072.—( IN2023782326 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Marea Baja de Playa Grande Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Jorge Luis Castillo Arias, Notario.—1 vez.—CE2023047073.—( IN2023782327 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 54 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Recon J y A Sociedad Anónima.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Rouland David Tiffer Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2023047074.—( IN2023782328 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Loba Sagrada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Andrea Bonilla Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2023047075.—( IN2023782329 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Low Tide de Playa Grande Huacas LBB Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Jorge Luis Castillo Arias, Notario.—1 vez.—CE2023047076.—( IN2023782330 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Dic Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Deiby López Lara, Notario.—1 vez.—CE2023047077.—( IN2023782331 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 25 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Supermercado Martínez Berrios Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Aura Rebeca Menéndez Soto, Notaria.—1 vez.—CE2023047078.—( IN2023782332 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo REEC XXIII Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Cindy Mora Castro, Notaria.—1 vez.—CE2023047079.—( IN2023782333 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Stat Medical Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Sergio Fernando Jiménez Guevara, Notario.—1 vez.—CE2023047081.—( IN2023782334 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Spraytec CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Christian Garnier Fernández, Notario.—1 vez.—CE2023047080.—( IN2023782335 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Unit Infrastructure Studio Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Jacqueline Andrea Mora Bonilla, Notaria.—1 vez.—CE2023047082.—( IN2023782336 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Atian Gin CR Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Alejandra Echeverria Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2023047083.—( IN2023782337 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Aduo Arquitectos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Alan Elizondo Medina, Notario.—1 vez.—CE2023047084.—( IN2023782338 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Osa Home Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Eduardo Castro Mora, Notario.—1 vez.—CE2023047052.—( IN2023782339 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Emi Remitt Internacional Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Vanessa de Paul Castro Mora, Notaria.—1 vez.—CE2023047087.—( IN2023782340 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Lalis Belo Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Cristian Mora Arguedas, Notario.—1 vez.—CE2023047085.—( IN2023782341 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Hogo Fogo de Uvita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—CE2023047089.—( IN2023782342 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora de Alimento Tres Monedas TW Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Edgar Andrey López Carrillo, Notario.—1 vez.—CE2023047088.—( IN2023782343 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Luma Biotec Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Raúl Alberto Guevara Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2023047090.—( IN2023782344 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada ATCC canopy station limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. María Teresa Urpi Sevilla, Notaria.—1 vez.—CE2023047091.—( IN2023782345 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Adikora Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Sixto Vinicio Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—CE2023047092.—( IN2023782346 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada PTGW Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Ana María Vargas Moya, Notaria.—1 vez.—CE2023047093.—( IN2023782347 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 27 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Formulados Húmicos Internacionales Sociedad Anónima.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Alejandra Rodríguez Moya, Notaria.—1 vez.—CE2023047094.—( IN2023782348 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Guanacel CM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Iveth Orozco Garcia, Notaria.—1 vez.—CE2023047096.—( IN2023782349 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Fiestas Infantiles de Costa Rica Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—CE2023047097.—( IN2023782350 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Villa Rivera A&M Sociedad Anónima.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Flor Eugenia Castillo Castro, Notaria.—1 vez.—CE2023047098.—( IN2023782351 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Dica A y C Sociedad Anónima.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Ana Marcela Quesada Salas, Notaria.—1 vez.—CE2023047099.—( IN2023782352 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Meta Experimental Sociedad Anónima.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Giovanni Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—CE2023047100.—( IN2023782353 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada PM Costa Rica Solutions LLC Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2023047105.—( IN2023782354 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Rome Holding Sociedad Anónima.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Willy Rojas Chacón, Notario.—1 vez.—CE2023047106.—( IN2023782355 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Glowing Business Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Jorge Enrique Monge Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2023047107.—( IN2023782356 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Centro Educativo y Cuido Infantil Zoobaboo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Licda. Laura Avilés Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2023047108.—( IN2023782357 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada A R L Diseños Sociedad Anónima.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Tomas Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—CE2023047109.—( IN2023782358 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Raz Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2023047111.—( IN2023782359 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Familia Moyacosta Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Cinthya Bonilla Romero, Notaria.—1 vez.—CE2023047112.—( IN2023782360 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Beckmann Estates Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2023047113.—( IN2023782361 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Taller y Mantenimiento Fran Sociedad Anónima.—San José, 9 de marzo del 2023.—Lic. Diana Franciny Hernández Bogantes, Notaria.—1 vez.—CE2023047115.—( IN2023782362 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada JJ Deportes de Aventura Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de marzo del 2023.—Licda. María del Rocío Serrano Serrano, Notaria.—1 vez.—CE2023047116.—( IN2023782363 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 56 minutos del 10 de febrero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Fabroy Sociedad Anónima.—San José, 09 de marzo del 2023.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2023047117.—( IN2023782364 ).

Por escritura número trescientos noventa y seis, del tomo dieciséis, otorgada ante esta notaría a las quince horas del día dos de junio del dos mil veintitrés, he protocolizado acta de la sociedad Copyvision Mayoreo S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y ocho mil seiscientos cincuenta y dos, en la cual ha acordado de manera unánime la disolución de dicha sociedad.—Guápiles, dos de junio del dos mil veintitrés.—Lic. José Fco. Fallas González.—1 vez.—( IN2023782367 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Aplicaciones Profesionales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Rebeca Milgram Fiseras, Notaria.—1 vez.—CE2023047118.—( IN2023782368 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Marea Doce Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Licda. Patricia Claudia Frances, Notaria.—1 vez.—CE2023047119.—( IN2023782369 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tamarocks Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Alberto Pauly Sáenz, Notario.—1 vez.—CE2023047120.—( IN2023782370 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 42 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Rovalqui Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Melissa María Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—CE2023047121.—( IN2023782371 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada A M Industrial Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—CE2023047122.—( IN2023782372 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada LPH Homes Los Sueños Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2023047123.—( IN2023782373 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Greensong Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Alejandro Arrieta Salas, Notario.—1 vez.— CE2023047125.—( IN2023782374 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada KGEJ Grupo Empresarial Choferes y Servicios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Marco Vinicio Chaves Alfaro, Notario.—1 vez.— CE2023047127.—( IN2023782375 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Medirroso Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Seanny Jiménez Alfaro, Notario.—1 vez.— CE2023047126.—( IN2023782376 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Proyectos Emisol Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Licda. Jenny Chaves Chacón, Notaria.—1 vez.— CE2023047129.—( IN2023782377 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Hermanos de Barrio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Ernesto Santiago Chinchilla Vilchez, Notario.—1 vez.— CE2023047130.—( IN2023782378 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Clínica Dental Dulce Nombre Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Luis Andrés Bonilla Ortiz, Notario.—1 vez.—CE2023047131.—( IN2023782379 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Libations And Grapes Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Alejandro José Burgos Bonilla, Notario.—1 vez.— CE2023047132.—( IN2023782380 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Constructora Brisa Azul Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Owen Amen Montero, Notario.—1 vez.—CE2023047133.—( IN2023782381 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada JAC KAY Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Owen Amen Montero, Notario.—1 vez.—CE2023047136.—( IN2023782382 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Surodoi FJS Asesoría y Servicios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Oscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.— CE2023047134.—( IN2023782383 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada South Pacific Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Licda. Ana Verónica Cruz Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023047137.—( IN2023782384 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada M & N Inversiones Globales Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Victorino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2023047138.—( IN2023782385 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 20 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mica Energías Verdes de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Geovanny Cordero Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2023047139.—( IN2023782386 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Catarata El Salto PZ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Wilber Navarro Sánchez, Notario.—1 vez.— CE2023047140.—( IN2023782387 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Jiménez y Rusinek Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2023047141.—( IN2023782388 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada AGORV Tecnologías Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Jesús Diaz Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2023047143.—( IN2023782389 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 01 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada WT Kroft Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Karen Otárola Luna, Notaria.—1 vez.— CE2023047144.—( IN2023782390 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Electrowind Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—CE2023047145.—( IN2023782391 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 02 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Enchapes Nuevo Concepto Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Olga María Mata Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2023047146.—( IN2023782392 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 15 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Central Pacific Accounting And Financial Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Kendy Karina Madrigal Anchia, Notario.—1 vez.— CE2023047147.—( IN2023782393 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pelista Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Erasmo Enrique Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2023047150.—( IN2023782394 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Víquez e Hijos Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Alonso José Fonseca Pion, Notario.—1 vez.—CE2023047151.—( IN2023782395 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Segura Ortiz Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.— CE2023047152.—( IN2023782396 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada CR Casa Pacífica Los Sueños Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.— CE2023047153.—( IN2023782397 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Madmat Group Sociedad Anónima.—San José, 10 de Marzo del 2023.—Licda. Andrea Alice Hernández Villarreal, Notaria.—1 vez.—CE2023047154.—( IN2023782398 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Transportes y Excavaciones Patica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Nazareth Abarca Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2023047155.—( IN2023782399 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada MP Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Rebeca María Chacón Montero, Notaria.—1 vez.—CE2023047156.—( IN2023782401 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 10 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones ALPJ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Yeremy Ranses Ríos Madriz, Notario.—1 vez.—CE2023047157.—( IN2023782402 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Aracan Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. María Lorna Ballestero Muñoz, Notaria.—1 vez.— CE2023047159.—( IN2023782403 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cairos Doscientos Diecisiete Joyas en Acero y Reloj Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Licda. Gabriela Corrales Fallas, Notaria.—1 vez.—CE2023047158.—( IN2023782404 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Doble Star Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023..—Lic. Juan José Briceño Benavides, Notario.—1 vez.—CE2023047161.—( IN2023782405 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada de Lora Bio Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 10 de Marzo del 2023.—Lic. Alejandro Solís de La Paz, Notario.—1 vez.— CE2023047160.—( IN2023782406 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Innova Comercial S&L Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Ana Isabel Borbón Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2023047163.—( IN2023782407 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Construir Eym Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Ariel Víquez Vargas, Notario.—1 vez.— CE2023047164.—( IN2023782408 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Cejiso Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Licda. María de Los Ángeles Jiménez Acuña, Notaria.—1 vez.—CE2023047165.—( IN2023782409 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Mobu Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.— CE2023047166.—( IN2023782410 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Global Scendere Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Roberto Alonso Rímola Real, Notario.—1 vez.—CE2023047167.—( IN2023782411 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 04 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Consultora y Capacitaciones de Costa Rica Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. David Heriberto Torres Soto, Notario.—1 vez.— CE2023047168.—( IN2023782412 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Achart ORL Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Jaimie Pamela Pardo Mora, Notario.—1 vez.— CE2023047169.—( IN2023782413 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Little Alpaca Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1 vez.—CE2023047170.—( IN2023782414 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 22 horas 00 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Celjen Campvar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Ronald Francisco Ramírez Garita, Notario.—1 vez.—CE2023047171.—( IN2023782415 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Soluciones VCCR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Giovanni Manuel Campos Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2023047172.—( IN2023782416 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gardens Wellness Retreat LLC Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2023047173.—( IN2023782417 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mafia House Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Susana Méndez Rojas, Notaria.—1 vez.— CE2023047175.—( IN2023782418 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada One Love Sacred Center Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Darío Angulo Ruiz, Notario.—1 vez.— CE2023047174.—( IN2023782419 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Restaurante Alrevez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Susana Méndez Rojas, Notaria.—1 vez.— CE2023047176.—( IN2023782420 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Vistana Creata Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.— CE2023047179.—( IN2023782421 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sabrish Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Maikol Vinicio Rodríguez Morales, Notario.—1 vez.—CE2023047181.—( IN2023782422 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Playa Cosmo CR Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—CE2023047180.—( IN2023782423 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Favourite Trading Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Juan Diego Elizondo Vargas, Notario.—1 vez.— CE2023047182.—( IN2023782424 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Group Viacca Properties Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. German Enrique Salazar Santamaria, Notario.—1 vez.—CE2023047183.—( IN2023782425 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Importaciones K & J Luna Llena CR Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—CE2023047184.—( IN2023782426 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tree Top Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Luis Paulo Castro Hernández, Notario.—1 vez.—CE2023047185.—( IN2023782427 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 02 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mia Foods International LLC Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Marta Elena Abellan Fallas, Notario.—1 vez.— CE2023047186.—( IN2023782428 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Lucky Snake Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—CE2023047188.—( IN2023782429 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Cádiz LM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Juli Tatiana Miranda Carmona, Notaria.—1 vez.— CE2023047187.—( IN2023782430 )

Por escritura otorgada ante mí, al ser las once horas del día dos de diciembre del dos mil veintidós, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad, Big Sky Apams Cr S. R. L., se acuerda nombrar dos nuevos gerentes en la sociedad por lo que se modifica la cláusula sétima de la administración.—San José, treinta y uno de mayo del dos mil veintitrés.—Lic. Hans Van der Laat Robles.—1 vez.—( IN2023782431 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada E Vintage Restorations Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—CE2023047189.—( IN2023782432 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones y Desarrollo Alíale Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Gloriana Cob Guillen, Notaria.—1 vez.— CE2023047190.—( IN2023782433 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Viwolf Camvi de Nosara Sociedad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Licda. Jeannette de Los Ángeles Fallas Varela, Notaria.—1 vez.— CE2023047192.—( IN2023782434 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Brandista Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Manfred Gerhard Marshall Facio, Notario.—1 vez.— CE2023047191.—( IN2023782435 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicios Médicos Feupra Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Vivian Gazel Cortés, Notaria.—1 vez.—CE2023047193.—( IN2023782436 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 40 minutos del 28 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Smart Car Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Jennifer Navarro Solano, Notaria.—1 vez.— CE2023047194.—( IN2023782437 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Hosanna Creativos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Maricela Mora Mora, Notaria.—1 vez.— CE2023047196.—( IN2023782438 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mackay Smith Inversiones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Rafael Damián Araya Fallas, Notario.—1 vez.—CE2023047195.—( IN2023782439 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Villaruz Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Tomas Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.— CE2023047197.—( IN2023782440 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Lindora Marvel One Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Joan Sebastián Rivera Bedoya, Notario.—1 vez.— CE2023047198.—( IN2023782441 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 10 minutos del 04 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Procesos Sport Futbol Club SA Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. José Francisco Castillo Badilla, Notario.—1 vez.— CE2023047199.—( IN2023782442 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Construir De Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 10 de Marzo del 2023.—Lic. Ariel Víquez Vargas, Notario.—1 vez.— CE2023047201.—( IN2023782443 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Allison Casad LLC Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—CE2023047202.—( IN2023782444 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada GC Property Group Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Nidia Zúñiga González, Notaria.—1 vez.— CE2023047203.—( IN2023782445 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cocoa y Menta Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de marzo del 2023.—Lic. Gabriela María Colon García, Notaria.—1 vez.— CE2023047204.—( IN2023782446 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Terra Bella DCR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de marzo del 2023.—Lic. Vera Violeta Salazar Rojas, Notaria.—1 vez.— CE2023047209.—( IN2023782447 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 15 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tortuga Azul Sociedad Anónima.—San José, 12 de marzo del 2023.—Lic. Gerardo Antonio Solorzano Bakit, Notario.—1 vez.— CE2023047211.—( IN2023782448 ).

En mi notaria, se tramita la modificación del pacto social de la sociedad Food Art Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-cinco siete uno cero nueve tres, en cuanto a la cláusula tercera del pacto constitutivo, referente al plazo social. Se emplaza a que se manifieste cualquier interesado.—Santa Teresa de Cóbano, 2 de junio del 2023.—Lic. Francisco José Salas Agüero, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2023782449 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Finca Turística Monte del Rey Sociedad Anónima.—San José, 11 de marzo del 2023.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.— CE2023047205.—( IN2023782450 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 02 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicios Constructivos Rojas y Rivera Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de marzo del 2023.—Lic. María Alejandra Calderón Hidalgo, Notaria.—1 vez.— CE2023047207.—( IN2023782451 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Primero de Abril Veintitrés Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de marzo del 2023.—Lic. Gabriel Gerardo Rojas González, Notario.—1 vez.—CE2023047208.—( IN2023782452 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Chanours Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Enrique Mora Alfaro, Notario.—1 vez.— CE2023047213.—( IN2023782454 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 11 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Kenroqui Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Licda. Melissa María Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.— CE2023047214.—( IN2023782455 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 11 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Amos Greilsammer Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.–Lic. Edgar Antonio Nassar Guier, Notario.—1 vez.— CE2023047215.—( IN2023782457 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 13 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada El Mazukon Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. José Pablo González Trejos, Notario.—1 vez.— CE2023047216.—( IN2023782458 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Medico Somarribas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Enrique Mora Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2023047218.—( IN2023782459 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Espiga de Oro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Lizbeth Chavarría Soto, Notario.—1 vez.— CE2023047219.—( IN2023782460 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Impulso Empresarial Ceo del Oeste Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Gerardo Francisco Quesada Monge, Notario.—1 vez.— CE2023047220.—( IN2023782461 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada GCCSA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Wilberth Mata Fonseca, Notario.—1 vez.— CE2023047221.—( IN2023782462 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 40 minutos del 08 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Casagui SM Sociedad Anónima.—San José, 13 de Marzo del 2023.—Licda. Andrea Catalina Arguello Corrales, Notaria.—1 vez.—CE2023047222 .—( IN2023782463 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Jicamo de La Sirra Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Licda. Ana Esperanza Vicente Sotela, Notario.—1 vez.—CE2023047223.—( IN2023782464 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Digitales Sholo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Isabel Irene Montero Mora, Notario.—1 vez.— CE2023047227.—( IN2023782465 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Kenito Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Vera María Sancho Vásquez, Notario.—1 vez.— CE2023047229.—( IN2023782466 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Viva la Enredadera Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora, Notario.—1 vez.— CE2023047230.—( IN2023782467 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Agroalva Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Carlos Enrique Mora Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2023047231.—( IN2023782468 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada ERTGW LIMITADA.— San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Ana María Vargas Moya, Notario.—1 vez.—CE2023047233.—( IN2023782469 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo CFO Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.–Lic. Tomas Quirós Jiménez, Notario.—1 vez.— CE2023047232.—( IN2023782470 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tensor Analytics Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Licda. María Elena Rodríguez Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2023047234.—( IN2023782471 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Guro Management Sociedad Anónima.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Said Breedy Arguedas, Notario.—1 vez.—CE2023047235.—( IN2023782472 ). 

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Media Lab Technology Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Luis Alfredo Rojas Rivera, Notario.—1 vez.— CE2023047237.—( IN2023782473 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Corzalo Tres Sociedad Anónima.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Victorino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2023047238.—( IN2023782474 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 11 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Kadu Grupo de Occidente Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Flory Yadira Alfaro Retana, Notario.—1 vez.—CE2023047239.—( IN2023782475 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 50 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Leymi Sociedad Anónima.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Pablo Morera Blandino, Notario.—1 vez.— CE2023047236.—( IN2023782476 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 20 minutos del 11 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Fructify Group Dmc Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.— CE2023047240.—( IN2023782477 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 07 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Tres Hermanos PM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Licda. Jessica Rodríguez Jara, Notaria.—1 vez.—CE2023047241.—( IN2023782478 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 28 de febrero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Corona la Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Ericka María Pérez Cordero, Notario.—1 vez.— CE2023047243.—( IN2023782479 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Roberto Bajo Texas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Lic. Leticia Zúñiga Hidalgo, Notario.—1 vez.— CE2023047245.—( IN2023782480 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de marzo del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Impresiones Digitales Sholo Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de marzo del 2023.—Licda. Isabel Irene Montero Mora, Notaria.—1 vez.—CE2023047256.—( IN2023782491 ).

Por escritura otorgada en mi Notaria a las 08 horas del 06 de junio de 2023, se solicitó reinscripción ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, de la sociedad Valisand SA, cedula jurídica tres-ciento uno setecientos treinta y un mil ciento ochenta y seis.—San Juan de Tibás, 06 de junio de 2023.—José Pablo Campos Mora, Notario Publico.—1 vez.—( IN2023784408 ).

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ministerio de Seguridad Pública.—Departamento Disciplinario Legal (DDL).—Inspección Policial.—Auto de Inicio.—Procedimiento Ordinario.—Causa Administrativa Disciplinaria N° 104-IP-2023-DDL.—San José, a las 09:15 horas del 29 de mayo de 2023. De conformidad con lo establecido en los artículos 108, 109 inciso 1), 110 inciso 2) y 112 del Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad Pública, 61 y 88 de la Ley General de Policía (LGP) y 102 inciso c), 210, 211 incisos 1) y 3), 214, 215 inciso 1) y del 308 al 319 de la Ley General de la Administración Pública (LGAP), este DDL, Inspección Policial, actuando como Órgano Director de Procedimientos, procede a iniciar Procedimiento Administrativo Ordinario en contra de: Allan Gabriel Delgado Morales, cédula de identidad número 1-1460-0892, Agente de Policía destacado en Unidad de Intervención Policial, Dirección de Unidades Policiales, a quien resultó materialmente imposible notificar de manera personal, pues no fue localizable en su domicilio. Se le atribuyen en grado de presunción, las siguientes faltas: “1.—Ausencias injustificadas a su trabajo, los días 08, 09, 15, 16, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 28 de febrero del 2023. 2.—Incumplir la obligación contenida en el artículo 44 del Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio de Seguridad Pública. Hechos ocurridos en los presupuestos temporales supra citados en la Unidad Intervención Policial, Dirección Unidades Policiales…”. “…3.—Ausencias injustificadas a su trabajo, los días 12, 13, 14, 15, 16, 19, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 2, 29, 30 y 31 de marzo del 2023. 4.—Incumplir la obligación contenida en el artículo 44 del Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio de Seguridad Pública. Hechos ocurridos en los presupuestos temporales supra citados en la Unidad Intervención Policial, Dirección Unidades Policiales…”. Se consideran los anteriores hechos potencialmente violatorios de deberes, obligaciones y de disposiciones éticas, del personal de las Fuerzas de Policía Adscritas al Ministerio de Seguridad Pública, establecidas en los siguientes cuerpos normativos: Artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; 85 inciso ñ) de la LGP; 86 inciso e) y 87 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública; 44 del Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio de Seguridad Pública, aplicado supletoriamente de acuerdo al numeral 181 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública. Asimismo, le podría acarrear la imposición de una sanción disciplinaria de uno a treinta días de suspensión sin goce salarial o inclusive hasta el despido sin responsabilidad patronal, y la consecuente inhabilitación para reingresar a cualquier otro cuerpo de policía, durante un período de diez (10) años, con sustento en lo previsto en los artículos 81, 82, 83, 92 y 93 de la LGP; 96 incisos c) d) y e) del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales del Ministerio de Seguridad Pública; así como compelerlo al pago de los salarios percibidos indebidamente, y de los gastos en que incurra la Administración para la tramitación del presente procedimiento por la vía del edicto. Para los anteriores efectos, recábese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, haciéndosele saber al encausado que este Órgano Director ha ordenado realizar una audiencia oral y privada, a celebrarse en la Inspección Policial del DDL del Ministerio de Seguridad Pública, situado en San José, Zapote, de los semáforos sobre el puente que va hacia Casa Presidencial 50 metros al sur, edificio a mano derecha color azul con ventanales, a partir de las 09:00 horas del Decimosexto día hábil contado a partir de la tercera publicación del presente acto, en donde será atendido por la licenciada Jacqueline Alpízar Chinchilla, funcionaria de esta Oficina, asignada para tal efecto, de conformidad con los artículos 241 inciso 4) y 311 de la LGAP. El encausado al momento de rendir su declaración o de formular las conclusiones en la comparecencia oral y privada, deberá comunicar con la prueba idónea correspondiente, si ostenta la condición de miembro de sindicato en formación, dirigente sindical, o afiliado con candidatura presentada para ser miembro de su junta directiva, o bien, si actualmente forma parte como denunciante en un proceso de hostigamiento sexual, de acuerdo a las disposiciones contenidas en los artículos 367,540 y 541 del Código de Trabajo. El encausado deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado; puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado que le represente durante todo el procedimiento. El expediente puede ser consultado y fotocopiado en la Sección de Inspección Policial del DDL, el cual se encuentra conformado por lo siguiente: Pruebas: Documental: 1) Oficio MSP-DMSP-DVUFP-DGFP-DUE-UI-RRHH-474-2023 de fecha 14 de marzo del 2023, suscrito por Junier Villalta Rubí, Jefe de la Unidad Intervención Policial; con documentación adjunta. (folios 1 al 21). 2) Oficio MSP-DMSP-DVUFP-DGFP-DUE-UIRRHH-474-2023 de fecha 11 de abril del 2023, suscrito por Junier Villalta Rubí, Jefe de la Unidad Intervención Policial; con documentación adjunta. (folios 22 al 49). En tal sentido se le hace saber al inculpado que dicha comparecencia será el momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba y los alegatos pertinentes; pudiendo aportar prueba escrita con antelación a dicha comparecencia. Asimismo, se le hace de su conocimiento que en contra de esta resolución proceden los recursos de Revocatoria y Apelación en subsidio, a interponer ante el Órgano Director que dicta esta resolución, a quien corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico, así dispuesto en los artículos 343 y 345 de la LGAP. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24:00 horas contadas a partir de la tercera publicación de este acto. Se le previene que deberá señalar lugar para atender futuras notificaciones, de lo contrario, se le estarán notificando las siguientes actuaciones en su lugar de trabajo o en el último domicilio que conste en su expediente personal laboral, de conformidad con los artículos 243 inciso 1) y 334 de la LGAP. Toda la documentación y prueba habida en el expediente administrativo puede ser consultada y copiada en este Departamento en días hábiles de 8:30 a.m. a 3:00 p.m. Se le advierte al encausado que por la naturaleza de este expediente, de conformidad con los artículos 24 constitucional; 272 y 273 de la LGAP; 4, 9 incisos 2), 3) y 11 de la Ley de Protección de la Persona frente al tratamiento de sus datos personales; se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para este Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de la LGAP. Notifíquese.—Jefatura DDL.—Gustavo Salazar Madrigal.—O. C. N° 4600070966.—Solicitud N° 437518.—( IN2023782648 ).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

ASUNTOS JURÍDICOS DE LA REGIÓN

DE DESARROLLO BRUNCA

EDICTO

Instituto de Desarrollo Rural.—Asuntos Jurídicos de la Región de Desarrollo Brunca, a las doce horas cuarenta minutos del dos de junio de dos mil veintitrés. Se comunica que Asuntos Jurídicos de la Región de Desarrollo Brunca, se encuentra tramitando según el Decreto N° 38975-MAG, la Ley N° 9036 Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y su reglamento, el expediente de Regularización número REG-002-2023-OTCB-RDBR-ME, solicitado por el señor Edwin Barrantes Soto, cédula de identidad número 6-0165-0330, quien pretende regularizar a su favor el predio B5-1, del Asentamiento Colonia Coto Brus, ubicado en la provincia de Puntarenas, cantón Coto Brus, distrito Gutiérrez Braun, con una medida de 6.298,66 m2, plano catastrado N° P-2225183-2020. Se pone en conocimiento de cualquier interesado, incluyendo a los colindantes del predio descrito en el plano catastrado N° P-2225183-2020 para que dentro del término de diez días hábiles se apersone a la Región de Desarrollo Brunca del INDER, sita en Daniel Flores de Pérez Zeledón, San José, frente al Grupo Q, en donde se encuentra el expediente de dicho trámite, a fin de realizar la respectiva revisión del expediente o a presentar objeción u oposición a este procedimiento, si los hubiere. Notifíquese.—Licda. Margarita Elizondo Jiménez, Asuntos Jurídicos de la Región de Desarrollo Brunca.—1 vez.—( IN2023783055 ).

AVISOS

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La Junta Directiva General mediante acuerdo N° 11 de la sesión N° 15-18/19-G.O. del 05 de marzo de 2019, acordó autorizar a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el acuerdo N° 37 sesión N° 08-22/23-G.E., debido a que según oficio TH-124-2023 del Departamento de Tribunales de Honor resultó materialmente imposible notificar a la empresa Urbanizadora Acre de Heredia S. A. (CC-09473) expediente disciplinario N° 2132-2021.

La Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión N° 08-22/23-G.E. de fecha 31 de enero de 2023, acordó lo siguiente:

Acuerdo N°37:

Se conoce informe final INFIN-113-2022/2132-2021 remitido por el Tribunal de Honor integrado para conocer expediente N° 2132-2021 de denuncia interpuesta por el Sr. Asdrúbal Calvo Chaves, Alcalde Municipalidad de Esparza, en contra de la Urbanizadora Acre de Heredia S. A. (CC-09473

(…)

Por lo tanto se acuerda:

Se aprueba lo recomendado por el Tribunal de Honor, de imponer una sanción de dieciocho meses de suspensión en el ejercicio profesional a la empresa: Urbanizadora Acre de Heredia S. A. (CC-09473), en el expediente N° 2132-2021, al tenerse por demostrado que con su actuación infringió el Código de Ética Profesional del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, en sus artículos 2, 3, 7, 9, de acuerdo con las sanciones establecidas en los artículos 26 y 31 del citado Código.

Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General, y en consecuencia, la sanción impuesta, es ejecutable de conformidad con lo establecido en el artículo 146 de la Ley General de la Administración Pública.

Que de conformidad con lo que dispone el artículo 31 del Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley N° 8508, es facultativo el agotamiento de la vía administrativa, por lo que pueden los interesados acudir a los Tribunales de Justicia a hacer valer sus derechos. Sin embargo, conforme lo señala el artículo 115 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 119 de 20 de junio de 2008, contra la anterior resolución cabe el recurso de reconsideración ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de diez días hábiles, contados a partir de la notificación a la presente resolución.

La interposición del recurso de reconsideración suspende la ejecución de la sanción, hasta que la Junta Directiva General resuelva en definitiva dicha impugnación. Esta decisión agota la vía administrativa.”

23 de mayo de 2023.—Junta Directiva General.—Ing. Guillermo Carazo Ramírez, Director Ejecutivo.—O.C. N° 099-2023.—Solicitud N° 435120.—( IN2023780163 ).

COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA

FISCALÍA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, avisa: Que la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, mediante acuerdo sesión ordinaria número 39-22, celebrada el tres de octubre de dos mil veintidós, acuerdo 2022-39-04, dicto el Acto final del Procedimiento Administrativo disciplinario número 429-20(4), el cual indica lo siguiente: Expediente N° 429-20 (4). Denunciado: Lic. José Alberto Villalobos Salas. Denunciante: Elizabeth Santamaría Alpízar. Acto final. Junta Directiva del Colegio de Abogados, constituida en Consejo de Disciplina. Sesión ordinaria número 39-22, celebrada el tres de octubre de dos mil veintidós, acuerdo 2022-39-048. Resultando: I.—La Junta Directiva del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, mediante de la sesión ordinaria 44-20, celebrada el trece de abril del dos mil veinte, acuerdo 2020-44-049, dispuso trasladar este expediente a la Fiscalía del Colegio de Abogados y Abogadas a efectos de iniciar procedimiento. Para lo cual la Fiscalía, de conformidad con las potestades otorgadas, inició procedimiento disciplinario en contra del licenciado José Alberto Villalobos Salas, carné de colegiado número 12163, con el fin de averiguar la verdad real de la supuesta comisión de los hechos que constan en la denuncia, los cuales consisten en: “… Indicó la señora Elizabeth Santamaría Alpízar que, en fecha del 07 de octubre del 2019, redactó un documento a mano, manifestando sus deseos sobre la futura administración de sus bienes, ahorros y todo lo que esté a nombre de la misma, esto en caso que ella faltará. Por lo tanto, aproximadamente desde el mes de julio del año 2020, le mostró el documento al licenciado José Alberto Villalobos Salas debido a la confianza que le tenía y presuntamente el profesional le indicó que lo conveniente era plasmarlo en una escritura, es decir, realizar un testamento. ii. Manifestó la denunciante, que el denunciado se llevó el documento escrito a mano por ella, para pasarlo en limpio y posteriormente, realizar el testamento de manera válida y oficial. Además, que el denunciado presuntamente le indicó no cobraría por realizar dicha gestión. iii. Que, el Lic. Villalobos Salas se presentó a la vivienda de la denunciante cuatro días después para entregar un borrador del escrito e indicó que había un problema en el Registro de la Propiedad, porque, el sistema mostraba que el bien inmueble, provincia: Heredia, Finca número: 65810, se obtuvo por causa adquisitiva, por sucesorio notarial y no por compra y venta. Además, indicó que el usufructo otorgado era de manera perpetua en favor de la aquí denunciante, y que debía ir presencialmente al Registro para verificar el estado de la propiedad, porque debía corregirse dicha causa adquisitiva, de lo contrario se generarían conflictos a futuro. iv. Que, presuntamente el agremiado solicitó diversos montos de dinero, los cuales serían utilizados como garantía del proceso que debía realizar; y que en el mes de agosto del presente año, el licenciado denunciado siguió solicitando varios montos de dinero para continuar con las supuestas gestiones, las siguientes sumas: el 10 de agosto un monto de ¢1 234 400.00 depositado mediante el Banco Nacional según comprobante N°12381383, a la cuenta N° 200-01-004-159053-0, bajo el nombre de Villalobos Salas José Alberto y el 27 de agosto un monto de ¢872 000.00 depositado mediante el Banco Nacional según comprobante N° 12312550, a la cuenta N° 15202001293411165, bajo el nombre de Villalobos Salas José Alberto, sumas de los cuales no se entregó ninguna factura o recibo. Además, presuntamente la denunciante, retiró de su cuenta del Banco Nacional los siguientes montos: ¢462 825.00 en fecha del 20 de julio, ¢1 214 400,00 en fecha del 03 de agosto, ¢2 650 000.00 en fecha del 12 de agosto, ¢500 000.00 en fecha del 14 de agosto, ¢672 000.00 en fecha del 18 de agosto, ¢ 1 160 000.00 en fecha del 24 de agosto, ¢1 472 000.00 en fecha el 27 de agosto, todas en el año 2020, siendo estas sumas presuntamente entregadas en dinero en efectivo al denunciado, en las mismas fechas de retiro, habiéndose entregado al denunciado un total aproximado de ¢11 436 800.00 de los cuales no se giró ningún recibo. v. Que, después de los pagos anteriormente indicados, el profesional manifestó que existía un conflicto por herederos que quedaron sin herencia del sucesorio de la señora Dinorah Solís Rojas, ex dueña de la propiedad adquirida por la aquí denunciante, y que los mismos declaraban tener derechos, quien indicó que el expediente se encontraba en San Joaquín de Flores, sin brindar mayor información o detalle. vi. Que posteriormente se enteraron que el denunciado se encuentra suspendido del ejercicio profesional como Abogado y Notario. Se le atribuye al agremiado Lic. José Alberto Villalobos Salas, falta al deber de diligencia, probidad, falta por ejercer suspendido, falta al deber de confianza, falta de información y falta al recibir determinado monto o documentos por trabajo contratado y no realizarlo en todo o en parte. Se considera a los anteriores hechos como potencialmente violatorios de los deberes éticos profesionales así previstos y sancionados en los términos de los artículos 14, 17, 24, 31, 34, 39, 78, 81, 82 inciso a), 83 inciso a) y e), 84 inciso a), 85 inciso a), b) y c) y 86 del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho. Sin perjuicio de la calificación definitiva que eventualmente se haga en el acto final, de acreditarse lo denunciado se impondría sanción que puede ir desde una suspensión de tres meses hasta la suspensión por diez años del ejercicio profesional. (…).” (visible del folio 57 al 62 del expediente disciplinario). II.—El denunciado fue notificado por medio de edicto oficial, publicados tres veces consecutivas, en La Gaceta números 203, 204 y 205 de fechas 21, 22 y 25 del mes de octubre del año 2021, respectivamente, sin embargo, no contestó los hechos ni se apersonó al procedimiento administrativo disciplinario. (visible a folios 102 al 108 del expediente disciplinario). III.—La comparecencia oral y privada se llevó a cabo, a las nueve horas del dieciséis de junio de dos mil veintidós, audiencia en la que únicamente compareció la denunciante, su representante legal y el testigo ofrecido como prueba. (Ver audio digital que consta en el expediente y folios 113 y 114 del expediente disciplinario). VII.—En la resolución del presente procedimiento se han observado los requisitos normativos vigentes; y, Considerando: I.—Hechos probados: Se tienen de esta naturaleza los siguientes de importancia para la resolución del presente procedimiento: a. Que el denunciado fue contratado por la quejosa, en el mes de julio de 2020, para trascribir su última voluntad al momento de su fallecimiento, según recomendación del abogado denunciado, se debía realizar un testamento. (ver hechos de la denuncia). b. Que el denunciado, no realizó la labor contratada. c. Que el denunciado, recibió la suma de un millón doscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos colones exactos el 10 de agosto de 2020, por concepto de traslado de fondos. (según consta en el depósito número 12381383. (visible a folio 10 del expediente disciplinario). Así mismo el 27 de agosto de 2020, recibió del Sr. Luis Alonso Santamaría Alpízar hijo de la quejosa, la suma de ochocientos setenta y dos mil colones, por concepto de pago de honorarios, según consta en el depósito número 12312550 y a solicitud de la quejosa y no emitió el recibo correspondiente. (visible a folio 07 del expediente disciplinario). c. Que la Sra. Elizabeth Santamaría Alpízar retiró de su cuenta bancaria, del Banco Nacional de Costa Rica las siguientes sumas de dinero: ¢1 214. 400 el 03 de agosto de 2020, (ver folio 22); el mismo 03 de agosto de 2020 retiró la suma de ¢ 700 000. (visible a folio 023). El 10 de agosto del 2020, retiró la suma de ¢ 1 234 000 (visible a folios 024); el 12 de agosto del mismo año, retiró la suma de ¢ 2 650 000, (visible a folio 025); el 14 de agosto de 2020, retiró la suma de ¢ 500 000 (visible a folio 026); el 18 de agosto de 2020, retiró ¢ 672 000 (visible a folio 027).; el 24 de agosto del 2020, retiró la suma de ¢ 1 160 000 (visible a folio 028); el 28 de agosto de 2020, la suma de ¢ 1 472 000 (visible a folio 029). d. Que el inmueble ubicado en la Provincia de Heredia, número 65810, derecho 002, a nombre de Elizabeth Santamaría Alpízar, según la consulta histórica de dicha Finca, realizada a la base de datos del registro Nacional de Bienes Muebles e inmuebles en fecha 24 de agosto de 2022, demuestra que no existía ninguna hipoteca inscrita a nombre de dicho inmueble para el año 2020, 2021 y actual de 2022 (ver impresiones de la página del Registro Nacional de la Republica de Costa Rica). e. Que el Lic. Villalobos Salas, se encontraba suspendido en el ejercicio profesional como abogado desde el 03 de marzo de dos mil diecinueve y hasta el 03 de setiembre de 2020. (ver certificación expedida por este colegio profesional, el veintitrés de agosto de dos mil veintidós). II.—Hechos no probados: Único: Que la Sra. Elizabeth Santamaría Alpízar, entregó en dinero en efectivo al Lic. José Alberto Villalobos Salas, la suma de nueve millones seiscientos dos mil cuatrocientos colones (¢9 602 400). (no consta prueba fehaciente que lo acredite). III.—Fondo del asunto: En el caso que nos ocupa, se atribuye al Lic. José Alberto Villalobos Salas, falta al deber de diligencia, probidad, falta por ejercer suspendido, falta al deber de confianza, falta de información y falta al recibir determinado monto o documentos por trabajo contratado y no realizarlo en todo o en parte, como hechos como potencialmente violatorios de los deberes éticos profesionales así previstos y sancionados en los términos de los artículos 14, 17, 24, 31, 34, 39, 78, 81, 82 inciso a), 83 inciso a) y e), 84 inciso a), 85 inciso a), b) y c) y 86 del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho, en virtud de que, según denunció la Sra. Santamaría Alpízar que, en fecha del 07 de octubre del 2019, redactó un documento a mano, manifestando sus deseos sobre la futura administración de sus bienes, ahorros y todo lo que esté a nombre de la misma, esto en caso que ella faltará. Por lo tanto, aproximadamente en el mes de julio del año 2020, le mostró el documento al licenciado José Alberto Villalobos Salas debido a la confianza que le tenía y presuntamente el profesional le indicó que lo conveniente era plasmarlo en una escritura, es decir, realizar un testamento. ii. Manifestó la denunciante que el denunciado se llevó el documento escrito a mano por ella, para pasarlo en limpio y posteriormente, realizar el testamento de manera válida y oficial. Además, que el denunciado presuntamente le indicó no cobraría por realizar dicha gestión. iii. Que, el Lic. Villalobos Salas se presentó a la vivienda de la denunciante cuatro días después para entregar un borrador del escrito e indicó que había un problema en el Registro de la Propiedad, porque, el sistema mostraba que el bien inmueble, provincia: Heredia, Finca número: 65810, se obtuvo por causa adquisitiva, por sucesorio notarial y no por compra y venta. Además, indicó que el usufructo otorgado era de manera perpetua en favor de la aquí denunciante, y que debía ir presencialmente al Registro para verificar el estado de la propiedad, porque debía corregirse dicha causa adquisitiva, de lo contrario se generarían conflictos a futuro. iv. Que, presuntamente el agremiado solicitó diversos montos de dinero, los cuales serían utilizados como garantía del proceso que debía realizar; y que en el mes de agosto del presente año, el licenciado denunciado siguió solicitando varios montos de dinero para continuar con las supuestas gestiones, las siguientes sumas: el 10 de agosto un monto de ¢1 234 400.00 depositado mediante el Banco Nacional según comprobante N° 12381383, a la cuenta N° 200-01-004-159053-0, bajo el nombre de Villalobos Salas José Alberto y el 27 de agosto un monto de ¢872 000.00 depositado mediante el Banco Nacional según comprobante N° 12312550, a la cuenta N° 15202001293411165, bajo el nombre de Villalobos Salas José Alberto, sumas de los cuales no se entregó ninguna factura o recibo. Además, presuntamente la denunciante, retiró de su cuenta del Banco Nacional los siguientes montos: ¢462 825.00 en fecha del 20 de julio, ¢1 214 400,00 en fecha del 03 de agosto, ¢2 650 000.00 en fecha del 12 de agosto, ¢500 000.00 en fecha del 14 de agosto, ¢672 000.00 en fecha del 18 de agosto, ¢ 1 160 000.00 en fecha del 24 de agosto, ¢1 472 000.00 en fecha el 27 de agosto, todas en el año 2020, siendo estas sumas presuntamente entregadas en dinero en efectivo al denunciado, en las mismas fechas de retiro, habiéndose entregado al denunciado un total aproximado de ¢11 436 800.00 de los cuales no se giró ningún recibo. v. Que, después de los pagos anteriormente indicados, el profesional manifestó que existía un conflicto por herederos que quedaron sin herencia del sucesorio de la señora Dinorah Solís Rojas, ex dueña de la propiedad adquirida por la aquí denunciante, y que los mismos declaraban tener derechos, quien indicó que el expediente se encontraba en San Joaquín de Flores, sin brindar mayor información o detalle. vi. Que posteriormente se enteraron de que el denunciado se encuentra suspendido del ejercicio profesional como Abogado y Notario. II. El denunciado fue notificado por medio de edicto oficial, publicados tres veces consecutivas, en la gaceta números 203, 204 y 205 de fechas 21, 22 y 25 del mes de octubre del año 2021, respectivamente. (visible a folios 102 al 108 del expediente disciplinario). III. La comparecencia oral y privada se llevó a cabo a las nueve horas del dieciséis de junio de dos mil veintidós, audiencia en la que únicamente compareció la denunciante, su representante legal y el testigo ofrecido como prueba. (Ver audio digital y folios 113 y 114 del expediente disciplinario). Siendo que, en dicha audiencia, el testigo Luis Alonso Santamaría Alpízar, cédula 1-0835-0974 expuso en lo que interesa que, cuando el empezó a llegar a la casa, en primera instancia llegó y nos dijo que estaba pasando por una situación, que le iban a quitar la casa, eso fue en junio de 2019, nosotros le prestamos una plata por la amistad que le teníamos, y la confianza. A raíz de eso, mi mama le dijo que ella quería arreglar lo de un testamento. Él dijo yo le hago los tramites. A raíz de eso, empezó a decir que iba a hacer tramites, que iba a meter papeles. Y empezó mira que hay un problema con la propiedad, que debía tener un adelanto de la plata para agilizar el proceso, entonces nosotros no sabíamos nada, a raíz de eso empezamos a darle dinero que él iba pidiendo, duro casi un mes, iba todas las semanas a pedir plata, que el trámite costaba, y bueno ella empezó a dar dinero que hacía falta para los trámites. Ante las preguntas del Lic. Hernández Hernández, respondió: Él decía que era abogado, que tenía bastantes años, como abogado. Solo la casa, conforme iba haciendo el proceso que él decía que iba haciendo tramite, él decía que la casa había sido adquirida de una forma no legal, que la forma que habían hecho. Pero que la forma que la habían hecho no era correcta, que eso era un problema y que podían llegar otras personas a reclamar, lo último que dijo fue que había ido a san Joaquín y que había metido en unos archivos, y que aparecían dos familiares de la señora que nos había vendido la casa y que ellos podían perfectamente pelear la propiedad. Solo de la forma en que lo adquirimos, porque los abogados estaban suspendidos, que cualquier persona de la familia si querían podían pelearla. Él decía que eran tramites que el hacía, que era una forma de agilizar como un compromiso de los tramites que se estaban realizando. Solo decía que se depositaran en unas cuentas. El último pedido fue que teníamos que depositar en una cuenta casi ochocientos mil pesos. Entonces dijo que uno en el Banco de Costa Rica y uno en el Banco Nacional. Fueron más de trece millones, por ahí andaba el asunto, sacando cuenta como trece millones. Yo siempre estaba presente porque solo éramos mi mama y yo. En todas las ocasiones. Lo último que dijo que había que depositar más plata, por lo de los familiares. A raíz de eso fue cuando se le dijo que no. Eran como ochocientos mil colones también. Él llegaba casi todas las semanas y él decía necesito un adelanto porque el proceso se complicó y hay que hacer un adelanto, en la acompañaba a ella a hacer los retiros, y a veces se le daban en efectivo y a veces en una cuenta. En el carro de, él propio, él la llevaba y hay videos en el banco donde él llega y para el carro al frente. Por lo menos un mes que él iba cada tres o cuatro días, eso fue a mediados de junio que empezó y a mediados de julio. Él decía que él era abogado y que él podía hacer los trámites, en ningún momento nos dijo que estaba inhabilitado o suspendido. Nada más decía que eran tramites que había que hacer y que necesitaba que les diera más plata.”. De lo anterior, se logró acreditar que: I.—Hechos probados: Se tienen de esta naturaleza los siguientes de importancia para la resolución del presente procedimiento: a. Que el denunciado fue contratado por la quejosa, en el mes de julio de 2020, para trascribir su última voluntad al momento de su fallecimiento, según recomendación del abogado denunciado, se debía realizar un testamento. (ver hechos de la denuncia). b. Que el denunciado, no realizó la labor contratada. c. Que el denunciado, recibió la suma de un millón doscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos colones exactos el 10 de agosto de 2020, por concepto de traslado de fondos. (según consta en el depósito número 12381383. (visible a folio 10 del expediente disciplinario). Así mismo el 27 de agosto de 2020, recibió del Sr. Luis Alonso Santamaría Alpízar hijo de la quejosa, la suma de ochocientos setenta y dos mil colones, por concepto de pago de honorarios, según consta en el depósito número 12312550 y a solicitud de la quejosa y no emitió el recibo correspondiente. (visible a folio 07 del expediente disciplinario). c. Que la Sra. Elizabeth Santamaría Alpízar retiró de su cuenta bancaria, del Banco Nacional de Costa Rica las siguientes sumas de dinero: ¢1 214. 400 el 03 de agosto de 2020, (ver folio 22); el mismo 03 de agosto de 2020 retiró la suma de ¢ 700 000. (visible a folio 023). El 10 de agosto del 2020, retiró la suma de ¢ 1 234 000 (visible a folios 024); el 12 de agosto del mismo año, retiró la suma de ¢ 2 650 000, (visible a folio 025); el 14 de agosto de 2020, retiró la suma de ¢ 500 000 (visible a folio 026); el 18 de agosto de 2020, retiró ¢ 672 000 (visible a folio 027).; el 24 de agosto del 2020, retiró la suma de ¢ 1 160 000 (visible a folio 028); el 28 de agosto de 2020, la suma de ¢ 1 472 000 (visible a folio 029). d. Que el inmueble ubicado en la Provincia de Heredia, número 65810, derecho 002, a nombre de Elizabeth Santamaría Alpízar, según la consulta histórica de dicha Finca, realizada a la base de datos del registro Nacional de Bienes Muebles e inmuebles en fecha 24 de agosto de 2022, demuestra que no existía ninguna hipoteca inscrita a nombre de dicho inmueble para el año 2020, 2021 y actual de 2022 (ver impresiones de la página del Registro Nacional de la Republica de Costa Rica). e. Que el Lic. Villalobos Salas, se encontraba suspendido en el ejercicio profesional como abogado desde el 03 de marzo de dos mil diecinueve y hasta el 03 de setiembre de 2020. (ver certificación expedida por este colegio profesional, el veintitrés de agosto de dos mil veintidós). Sin embargo, no se logró acreditar que: Que la Sra. Elizabeth Santamaría Alpízar, entregó en dinero en efectivo al Lic. José Alberto Villalobos Salas, la suma de nueve millones seiscientos dos mil cuatrocientos colones (¢9 602 400). (no consta prueba fehaciente que lo acredite). Se resuelve: Una vez analizados los hechos denunciados, considera este órgano disciplinario que se tiene por acreditados las faltas al deber de diligencia, probidad, ejercer suspendido, confianza, información y recibir determinado monto o documentos por trabajo contratado y no realizarlo en todo o en parte, en los términos de los artículos 14, 17, 24, 31, 34, 39, 78, 81, 82 inciso a), 83 inciso a) y e), 84 inciso a), 85 inciso a), b) y c) y 86 del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho. En cuanto al deber de probidad, establece el artículo 17: El abogado y la abogada deberán actuar con corrección en el ejercicio profesional. Su conducta se ajustará al ordenamiento jurídico vigente en la sociedad costarricense, debiendo abstenerse de toda actuación impropia que pueda desacreditar la profesión. Su ejercicio profesional deberá ser siempre probo, leal, veraz y de buena fe. Artículo 31: La relación entre el abogado o la abogada y el cliente se deberá fundar en una recíproca confianza basada en los principios éticos y morales de este Código. Lo anterior, por cuanto, según denunció la Sra. Elizabeth Santamaría Alpízar y así lo declaró en la audiencia oral y privada llevada a cabo a las nueve horas del dieciséis de junio de dos mil veintidós, ante el órgano instructor a cargo del proceso, entre el Lic. Villalobos Salas y la quejosa, existía una relación de confianza, siendo que la quejosa le compraba “pasitos” para el portal de navidad, ya que el denunciado le manifestaba se dedicaba a esta labor; por lo que, una vez debido a la compra de estos insumos, entre las partes surgió una amistad y confianza, al punto de que el abogado denunciado en varia ocasiones iba a la casa de la denunciante a tomar café, llevaba pan, le pedía que le hiciera tortillas, y hasta le decía como sobrenombre de cariño “pollita” debido a lo anterior, la quejosa ante esta circunstancia en virtud de la confianza que existía, máxime qué, el abogado era conocido del hijo de la quejosa el Sr. Luis Alonso Santamaría Alpízar, esta última le comentó al abogado denunciado, sobre la intensión de dictar su última voluntad, para lo cual en el mes de julio de 2020, le mostró al denunciado un documento escrito a mano, en donde esta plasmaba su última voluntad al momento de su fallecimiento. Refiriendo la quejosa que el denunciado en ese momento le indicó que ese documento redactado a mano y que contenía la última voluntad de la denunciante, debía ser autenticado por un abogado y que se debía realizar un testamento, para lo cual, el denunciado, se llevó tal documento para pasarlo en limpio y le manifestó a la quejosa que no cobraría por ese acto. Sin embargo, posteriormente se presentó a la casa de la quejosa y le manifestó que había un problema con la propiedad, y que debía realizar diversas gestiones, y no realizó dicho testamento, aprovechándose de su conociendo profesional y actuando con conocimiento de causa, siendo que, según consta en la certificación expedida por este colegio profesional, el veintitrés de agosto de dos mil veintidós, el abogado denunciado no podría efectuar labores profesionales como abogado, y mucho menos como Notario Público ya que se encontraba suspendido en el ejercicio profesional desde 03 de marzo de 2019 y hasta el 03 de setiembre de 2020 inclusive; y según consta en el análisis de la prueba aportada la relación entre cliente -Abogado inició en el mes de julio de 2020, por lo que el denunciado, actuando de manera incorrecta y proba, solicitó dineros a la quejosa para una labor por la cual estaba inhabilitado para realizar, faltando al deber de probidad. En cuanto a la falta de confianza, conforme dispone el artículo 31: La relación entre el abogado o la abogada y el cliente se deberá fundar en una recíproca confianza basada en los principios éticos y morales de este Código. Y se demuestra con el propio dicho de la denunciante, así como la testimonial ofrecida, que la quejosa debido a la confianza depositada por esta última, y el denunciado actuando de manera incorrecta indujo a error a esta, haciéndole creer que el inmueble ubicado en la Provincia de Heredia, número 65810, derecho 002, a nombre de Elizabeth Santamaría Alpízar, tenía un gravamen hipotecario y que debía gestionar actuaciones con los bancos a efectos de solucionar el problema; sin embargo, según la consulta histórica de dicha Finca, realizada a la base de datos del Registro Nacional de Bienes Muebles e inmuebles en fecha 24 de agosto de 2022, se demuestra que no existía ninguna hipoteca inscrita a nombre de dicho inmueble para el año 2020 y hasta la actualidad (ver impresiones de la página del registro nacional de bienes mueble se inmuebles de fecha 24 de agosto de 2022), lo cual demuestra que el denunciado de manera incorrecta, condujo a error a la quejosa con la intención de obtener un beneficio económico, por cuanto el denunciado, recibió la suma de un millón doscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos colones exactos el 10 de agosto de 2020, por concepto de traslado de fondos. (según consta en el depósito número 12381383. (visible a folio 10 del expediente disciplinario), así como el 27 de agosto de 2020, también recibió del hijo de la quejosa el Sr. Luis Alonso Santamaría Alpízar a solicitud de esta, la suma de ochocientos setenta y dos mil colones, por concepto de pago de honorarios, según consta en el depósito número 12312550. (visible a folio 07 del expediente disciplinario). Por lo que, aprovechándose de la situación, el denunciado actuando contrario a la ética y a las normas que rigen la profesión; de manera incorrecta y abusando de la confianza de la quejosa, cobró la suma de total de dos millones ciento seis mil cuatrocientos colones (¢ 2 106 400), situación que evidencia una falta a los artículos supra citados. Falta al deber de confianza que debe concordarse con la falta por ejercer estando suspendido en el sentido de que, el denunciado a sabiendas de que se encontraba imposibilitado para ejercer la profesión de abogado y que, en consecuencia dicha suspensión origina de manera inmediata la inhabilitación para ejercer como Notario Público, no informó de esa situación tan relevante a la parte denunciante y brindó asesoría en el ámbito legal y notarial, a fin de cobrar dineros por un trabajo que no podría realizar, toda vez que se encontraba suspendido como profesional, según conta en la certificación expedida por este Colegio profesional el 23 de agosto de 2022 y según consta en los audios y conversaciones aportados como prueba mediante la plataforma WhatsApp, se demuestra con suma claridad también la falta estipulada en el artículo 24 del del Código de Deberes Jurídicos Morales y Éticos de Profesional en Derecho que señala: “No deberán ejercer la abogacía aquellos miembros de este Colegio que se encuentren suspendidos o retirados voluntariamente del ejercicio profesional”. Aunado a lo anterior, se tiene que el denunciado faltó a su deber de información, conforme lo dispone el artículo 34 de la normativa deontología, al indicar lo siguiente: Una vez aceptado el caso el abogado y la abogada, deberán informar al cliente periódicamente el estado del asunto, siempre que sea necesario. Falta que se tiene por acreditada, en el sentido de que, aprovechándose de la confianza depositada por su cliente, induciéndola a error, y a sabiendas de que estaba inhabilitado para ejercer la profesión, brindó información no veraz, en cuanto al estado actual del inmueble referido, lo cual se evidencia en la comunicación sostenida entre las partes mediante la plataforma WhatsApp, que constan de folio 35 al 53 del expediente; en la que se observa que el denunciado, se muestra omiso en diferentes ocasiones, ante las preguntas de la parte interesada, omitiendo referirse con claridad y ampliamente sobre cada uno de los trámites, que en supuesto debía realizar el abogado, a fin lograr que la interesada comprendiera la labor, que el profesional se encontraba realizando, en virtud de que, de manera previa, ya se había cancelado una suma de dinero, en aras de solucionar los supuestos conflictos que el agremiado le había referido que existían sobre la propiedad en la que habita la quejosa; situación que fue ratificada por parte del testigo Santamaría Alpízar en la comparecencia oral y privada celebrada ante el órgano instructor a cargo del proceso disciplinario en el mes de junio del año en curso. Por consiguiente, la omisión de una correcta información por parte del denunciado para con su cliente, ocasionó un perjuicio en la esfera patrimonial de esta última, siendo que la quejosa asumía que existía un gravamen que pesaba sobre su bien inmueble; situación que generó que la denunciante cancelara el monto total de dos millones ciento seis mil cuatrocientos colones (¢ 2 106 400) al abogado denunciado para los supuestos tramites que este realizada. También se acredita que el denunciado incurrió en la falta por no entrega de recibos toda vez que recibió en sus cuentas bancarias y por parte de la denunciante y el hijo de esta el Sr. Luis Alonso Santamaría Alpízar la suma de dos millones ciento seis mil cuatrocientos colones (¢ 2 106 400), según consta en los depósitos números 12381383 y 12312550 de fechas 10 y 27 de agosto de 2020, respectivamente, y que, del dinero recibido no expidió la factura correspondiente conforme establece el artículo 50 al señalar: El abogado y la abogada deberán siempre extender el recibo correspondiente por las sumas recibidas con ocasión de su ejercicio profesional, debiendo especificar claramente el concepto por el que se reciben. Todo lo anterior, conlleva a determinar que el abogado denunciado. Y por último, todos los hechos denunciados, conllevan a determinar que no solo el abogado incurrió en faltas al deber de Probidad, confianza, ejercer estando suspendido, información, y no entrega de recibos; sino que también incurrió en faltas a su deber de diligencia, conforme los artículos 14 y 19 del Código de Deberes Jurídicos Morales y Éticos que rigen la profesión de Abogado, toda vez, que habiéndose ofrecido a realizar una labor, y siendo contratado por la quejosa según la recomendación del agremiado denunciado para realizar un testamento, dicho abogado, no realizo la labor contratada y recibió la suma de dos millones ciento seis mil cuatrocientos colones (¢ 2 106 400), faltando a su deber de diligencia, siendo que, si hubiera actuado de manera proba, integra y leal, hubiese informado a la denunciante sobre la imposibilidad que tenía para ejercer la profesión de abogado, y hubiese evitado faltar a su deber de diligencia, toda vez que tal suspensión le impedía ejercer la profesión, y recibir dinero alguno producto de la labor contratada, incurriendo en las faltas que estipulan los artículos 14 y 39 del código referido al señalar: 14: Es deber del abogado y la abogada dedicarse con diligencia y puntualidad a los asuntos de su cliente y poner en su defensa todos sus esfuerzos y conocimientos con estricto apego a las normas jurídicas, morales y éticas. Artículo 39: Quienes ejercen la profesión del derecho emplearán al servicio del cliente todo su saber, celo y diligencia. Podrán consultar con otros profesionales, pero la responsabilidad en la dirección del asunto es suya. En otro orden de ideas, en cuanto al presunto pago realizado por la quejosa al abogado denunciado, por la suma aproximada de la suma de nueve millones seiscientos dos mil cuatrocientos colones (¢9 602 400), es de manifestar que no existe prueba fehaciente que acredite lo denunciado. Si bien, consta el detalle histórico de movimientos del Banco Nacional de Costa Rica, de fecha 06 de octubre de 2020, a folio 021 del expediente disciplinario, en el cual se observan retiros de dinero por parte de la quejosa para el mes de agosto de 2020 y de los cuales la denunciante en la comparecencia oral y privada expuso que los dineros retirados, sean las siguientes sumas de dinero: ¢1 214. 400 el 03 de agosto de 2020, (ver folio 22); el mismo 03 de agosto de 2020 retiró la suma de ¢ 700 000. (visible a folio 023). El 10 de agosto del 2020, retiró la suma de ¢ 1 234 000 (visible a folios 024); el 12 de agosto del mismo año, retiró la suma de ¢ 2 650 000, (visible a folio 025); el 14 de agosto de 2020, retiró la suma de ¢ 500 000 (visible a folio 026); el 18 de agosto de 2020, retiró ¢ 672 000 (visible a folio 027).; el 24 de agosto del 2020, retiró la suma de ¢ 1 160 000 (visible a folio 028); el 28 de agosto de 2020, la suma de ¢ 1 472 000 (visible a folio 029), presuntamente fueron entregados en efectivo, en virtud de que el agremiado denunciado le solicitaba esos dineros, con la finalidad de solucionar el supuesto problema relacionado con la hipoteca del inmueble donde reside la quejosa; lo cierto del caso, es que dicha actuación denunciada no fue acreditada en los autos, y siendo que existe dudas en cuanto al pago de los dineros indicados, y por considerarse que los hechos denunciados en el sentido supra, podrían constituir el delito de Estafa, ante la conducta en la cual presuntamente se dieron los hechos; toda vez que, según relató el testigo Luis Alonso Alpízar Santamaría, el denunciado presuntamente en su propio vehículo transportaba a la Sra. Santamaría Alpízar hasta el Banco Nacional a efectos de que esta retirara de su cuenta de ahorros dinero y se lo entregase al denunciado de manera personal; sin embargo, al no existir prueba documental, pericial, visual o cualquier otra sobre los presuntos hechos, en los que se demuestre que efectivamente la quejosa entregó al denunciado la suma indicada y en tanto que existe duda sobre el hecho acusado; por lo que, en virtud del principio de inocencia que cubre a la parte denunciada, en el sentido de que si existe duda sobre los hechos acusados se debe absolver a esta; y siendo que la parte no acreditó de manera certera mediante elementos de prueba idóneos que acreditaran la entrega de la suma de dinero de nueve millones seiscientos dos mil cuatrocientos colones (¢9 602 400), no es posible determinar que en efecto esos dineros hayan sido entregados al abogado denunciado. Siendo necesario indicar a la parte quejosa, que, en caso de que considere que la actuación denunciada pueda constituir un delito, la misma debe dirigirse a las autoridades judiciales correspondientes a efectos de que se investiguen los hechos acontecidos, toda vez que, esta instancia, conforme a la potestad otorgada por ley, únicamente puede investigar y en caso de que considere lo correspondiente, emitir un acto sancionatorio en contra de un abogado que haya sido denunciado, únicamente por actos que infrinjan la normativa deontología, es decir hechos que vulneren el Código de Deberes Jurídicos Morales y Éticos del Profesional en Derecho, no así, presuntos hechos que puedan constituir delitos. En cuanto a la devolución de honorarios solicitados al Lic. Villalobos Salas, ha quedado demostrado con la prueba documental que el denunciado, recibió en total la suma de dos millones ciento seis mil cuatrocientos colones (¢ 2 106 400) por parte de la quejosa, los cuales fueron pagados de la siguiente manera: la suma de un millón doscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos colones exactos el 10 de agosto de 2020, por concepto de traslado de fondos. (según consta en el depósito número 12381383. (visible a folio 10 del expediente disciplinario). Así mismo el 27 de agosto de 2020, recibió del Sr. Luis Alonso Santamaría Alpízar hijo de la quejosa, la suma de ochocientos setenta y dos mil colones, por concepto de pago de honorarios, según consta en el depósito número 12312550. (visible a folio 07 del expediente disciplinario); lo anterior, por cuanto el denunciado presuntamente estaba gestionando a favor de la quejosa un arreglo con el banco en donde supuestamente se estaba tramitando una hipoteca del inmueble donde reside la quejosa, situación que no era cierta en virtud de que el inmueble ubicado en la provincia de Heredia, número 65810, derecho 002, a nombre de Elizabeth Santamaría Alpízar, según la consulta histórica de dicha Finca, realizada a la base de datos del registro Nacional de Bienes Muebles e inmuebles en fecha 24 de agosto de 2022, demuestra que no existía ninguna hipoteca inscrita a nombre de dicho inmueble para el año 2020, 2021 y actual de 2022 (ver impresiones de la página del registro nacional de bienes mueble se inmuebles de fecha 24 de agosto de 2022), por lo que siendo que el denunciado, recibió dineros por una labor que no realizó, y que no podría realizar en virtud de la suspensión en el ejercicio profesional que acarreaba para las fechas en que sucedieron los hechos denunciados, es procedente que se ordene al denunciado Villalobos Salas DEVOLVER a la quejosa Elizabeth Santamaría Alpízar la suma entregada por esta última, conforme establece el artículo 78 del Código de Deberes Jurídicos Morales y Éticos del Profesional en Derecho para lo cual se tiene que, si el agremiado no devuelve la suma, se expone a un incremento en su sanción disciplinaria mínima impuesta, y para efectuar el cálculo de cuanto equivale el adicional de la suspensión en relación al monto recibido por no haber realizado la labor profesional a favor de las partes contratantes, se tiene que, en sesión ordinaria 32-06, celebrada el veintinueve de agosto del año dos mil seis, mediante acuerdo 2006-32-026, esta instancia, acogió el proceso de cálculo presentado por la Fiscalía para los casos de incumplimiento por parte del abogado denunciado de la prevención de devolver dinero o bien cuando el profesional requirió dinero por adelantado y no haber realizado ninguna labor profesional o no haberla realizado en todo o en parte, utilizando la siguiente fórmula: siendo que al segundo semestre del año 2022, el salario mínimo que percibe un trabajador no calificado es de ¢ 330299,11 (trescientos treinta mil doscientos noventa y nueve colones con once céntimos mensuales), para el sector privado, según Decreto N° 43633-MTSS, publicado en La Gaceta N° 143, Alcance N° 159 del 28 de julio del 2022, que rige a partir del 01 de julio del 2022, mientras que el salario base a aplicar para definir las penas por la comisión de diversas figuras delictivas contenidas en el Código Penal es de ¢462200 (cuatrocientos sesenta y dos mil doscientos colones ), para el ejercicio del año 2022, según aviso publicado en el Boletín Judicial N° 244 del lunes 20 de diciembre de 2021, por lo que sumados ambos y divididos entre dos, nos da un promedio mensual de ¢396 249, 55 (trescientos noventa y seis mil doscientos cuarenta y nueve colones con cincuenta y cinco céntimos), resultante de la suma de ambos y la división del resultado entre dos y tomando esta suma de referencia, como divisor; y dividendo la suma de dos millones ciento seis mil cuatrocientos colones (¢ 2 106 400) monto pagado por la quejosa, nos da como resultado 4.89. Tal cociente indica que, se requiere para que el ciudadano promedio gane dos millones ciento seis mil cuatrocientos colones (¢ 2 106 400), en tiempo de trabajo o producción de cinco meses (pues las referencias dichas son sumas mensuales) y aplicando las reglas del redondeo, el tiempo es de cinco meses. Conforme al anterior cálculo y por las circunstancias particulares del caso, representa hasta cinco meses más de suspensión. Por lo que, una vez analizado y valorado que la gestión que el denunciado presuntamente realizó era imposible de realizar por el denunciado, al estar suspendido en el ejercicio profesional; siendo lo correcto de conformidad con el artículo 86 del Código de Deberes Jurídicos Morales y Éticos del Profesional en Derecho ordenar al Lic. José Alberto Villalobos Salas, proceder a devolver a la Sra. Elizabeth Santamaría Alpízar, la suma de dos millones ciento seis mil cuatrocientos colones (¢ 2 106 400), en el plazo de cinco meses calendario a partir de la firmeza de esta resolución. Así mismo y siendo que para efectos de imponer la sanción disciplinaria se debe tomar en cuenta los antecedentes del profesional denunciado, conforme expone el artículo 86 del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho, y siendo que el Lic. Villalobos Salas cuenta con los siguientes antecedentes disciplinarios a saber: Expediente: 454-13, Sanción 4 meses, Sesión 41-2014 acuerdo 2014-41-047. Gaceta N° 222 del 16/11/2015. Rige 03/12/2017 al 02/04/2018. Expediente: 178-14, sesión 25-2015, sanción 11 meses, acuerdo 2015-25-037, Gaceta N° 175 del 12/09/2016. Rige del 03/04/2018 al 02/03/2019. Expediente: 073-14, sanción 20 meses, sesión 34-2015, acuerdo 2015-34-052, Gaceta N° 18 del 25/01/2017. Rige del 03/03/2019 al 02/11/2020. Expediente: 045-16, sanción 10 meses, sesión 19-2019, acuerdo 2019-19-04, Gaceta 178 del20/09/2019 rige del 03/11/2020 al 02/09/2021. Actualmente se encuentra suspendido por morosidad. Antecedentes dispuestos según la certificación expedida por este Colegio profesional el 23 de agosto de 2022. Por lo que, en atención a lo expuesto anteriormente, y con fundamento en los artículos 14, 24, 31, 34, 39, 50, 78, 81, 82 inciso a), 83 inciso a) y e), 84 inciso a), 85 inciso a), b) y c) y 86 del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho, lo procedente es DECLARAR CON LUGAR la denuncia interpuesta por la Sra. Elizabeth Santamaría Alpízar en contra del Lic. José Alberto Villalobos Salas, carné 12163 e impone la sanción disciplinaria de cuatro años y nueve meses de suspensión en el ejercicio de la profesión de abogado, sanción que se desglosa de la siguiente manera: Tres años y nueve meses por cuatro faltas graves, de conformidad con los artículos 14 y 39 (diligencia), 17(probidad), 24 (ejercer estando suspendido), 31 (confianza), donde tres años corresponden a la falta por actuar estando suspendido, y los restantes nueve meses por las otras citadas faltas. Así mismo de conformidad con el artículo 34 y 50, que corresponden a dos faltas leves (información y no entrega de recibos) en concordancia con el 83 inciso g) que refiere que por dos o más faltas leves, se convierte en una grave, se imponen tres meses más de suspensión. En concordancia con lo anterior, y en tanto que, para imponer la sanción disciplinaria se debe tomar en cuenta los antecedentes del profesional denunciado, y siendo que, el agremiado tiene cuatro antecedentes disciplinarios, que fueron citados previamente, mismos que se suman como agravante a la sanción a imponer, se tiene que, se debe sumar a la sanción impuesta cuatro meses más de suspensión, conforme al artículo 86. Y, por último, siendo que se ordenó la devolución de los honorarios cancelados por una labor no realizada, de conformidad con el artículo 83 inciso e), el denunciado debe devolver a la quejosa la suma de dos millones ciento seis mil cuatrocientos colones (¢ 2 106 400), en el plazo de cinco meses calendario a partir de la firmeza de esta resolución, y si no devuelve la suma indicada, conforme el artículos 83 inciso g y 86, se expone a un incremento en su sanción, que equivale a cinco meses más de suspensión. Todo lo anterior conlleva a una suma total de cuatro años y nueve meses de suspensión, haciendo ver al denunciado, que, si devuelve la suma indicada, se le rebajara de la sanción citada, el plazo de cinco meses, quedando la misma en cuatro años y cinco meses. Pero, si, por el contrario, no reintegra el dinero supra en el plazo citado a la quejosa, la sanción quedara incólume de cuatro años y nueve meses de suspensión. Todo lo anterior de conformidad con las normas citadas del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho. Por tanto: Constituida en Consejo de Disciplina, la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Costa Rica, previa deliberación en votación secreta, acuerda: De conformidad con los artículos 14, 24, 31, 34, 39, 50, 78, 81, 82 inciso a), 83 inciso a) y e), 84 inciso a), 85 inciso a), b) y c) y 86 del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho, acuerda declarar con lugar la denuncia interpuesta por la Sra. Elizabeth Santamaría Alpízar en contra del Lic. José Alberto Villalobos Salas, carné N° 12163, e impone la sanción disciplinaria de cuatro años y nueve meses de suspensión en el ejercicio de la profesión de Abogado, sanción que se desglosa de la siguiente manera: Tres años y nueve meses por cuatro faltas graves, de conformidad con los artículos 14 y 39 (diligencia), 17(probidad), 24 (ejercer estando suspendido), 31 (confianza), donde tres años corresponden a la falta por actuar estando suspendido, y los restantes nueve meses por las otras citadas faltas. Así mismo de conformidad con el artículo 34 y 50, que corresponden a dos faltas leves (información y no entrega de recibos) en concordancia con el 83 inciso g) que refiere que por dos o más faltas leves, se convierte en una grave, se imponen tres meses más de suspensión. En concordancia con lo anterior, y en tanto que, para imponer la sanción disciplinaria se debe tomar en cuenta los antecedentes del profesional denunciado, y siendo que, el agremiado tiene cuatro antecedentes disciplinarios, que fueron citados previamente, mismos que se suman como agravante a la sanción a imponer, se tiene que, se debe sumar a la sanción impuesta cuatro meses más de suspensión, conforme al artículo 86. Y, por último, siendo que se ordenó la devolución de los honorarios cancelados por una labor no realizada, de conformidad con el artículo 83 inciso e), el denunciado debe devolver a la quejosa la suma de dos millones ciento seis mil cuatrocientos colones (¢ 2 106 400), en el plazo de cinco meses calendario a partir de la firmeza de esta resolución, y si no devuelve la suma indicada, conforme el artículos 83 inciso g y 86, se expone a un incremento en su sanción, que equivale a cinco meses más de suspensión. Todo lo anterior conlleva a una suma total de cuatro años y nueve meses de suspensión, haciendo ver al denunciado, que, si devuelve la suma indicada, se le rebajara de la sanción citada, el plazo de cinco meses, quedando la misma en cuatro años y cinco meses. Pero, si, por el contrario, no reintegra el dinero supra en el plazo citado a la quejosa, la sanción quedara incólume de cuatro años y nueve meses de suspensión. Todo lo anterior de conformidad con las normas citadas del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho. Contra esta resolución procede el recurso de revocatoria, dentro del plazo de tres días a partir de su notificación, recurso que deberá interponerse ante este mismo órgano, el cual lo resolverá definitivamente, dando por agotada la vía administrativa, de conformidad con los artículos 12 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese y publíquese tres veces consecutivas. (Expediente administrativo N° 429-20(4)).—Lic. Carlos Villegas Méndez, Fiscal.—O. C. N° 3251.—Solicitud N° 436961.—( IN2023783159 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE TIBÁS

La Municipalidad de Tibás, notifica mediante la presente publicación a los propietarios de inmuebles que a continuación se indican, las valoraciones realizadas por el Proceso de Bienes Inmuebles de esta Municipalidad en el Cantón de Tibás, en virtud de no poseer domicilio fiscal donde notificar la actuación de la Administración, lo anterior en cumplimiento del artículo 137, inciso d, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales: (según tabla adjunta).

NOMBRE

CEDULA

AVALUO

FINCA

DU

HO

VALOR NUEVO

MINOR EDUARDO BARQUERO AGUILAR

108190960

078-2022

86280

0

F

₡114,666,703

INVERLOZ SOCIEDAD ANONIMA

3101781299

079-2022

86285

0

F

₡124,018,274

YAQUELIN CAROLINA GOMEZ BECERA

117000712602

080-2022

86286

0

F

₡85,159,495

JOSE VICENTE RODRIGUEZ DULCE

117000176335

081-2022

86287

0

F

₡95,787,402

JULIO CESAR RODRIGUEZ CESPEDES

106340811

082-2022

105752

0

0

₡31,802,157.50

RIOS DEL BOSQUE INTER SOCIEDAD ANONIMA

3101477915

083-2022

105756

0

0

₡24,948,155.75

CARLOS ALBERTO CHARRUALDE BARRANTES

107230586

083-2022

105756

0

0

₡24,948,155.75

INVERSIONES MARYROCI LIMITADA

3102141588

084-2022

109079

0

0

₡170,716,590.00

FRANCISCO JAVIER ALVARADO MONGE

107560871

085-2022

112617

0

0

₡55,309,760.00

OLGA ALICIA AGUERO SOTO

103961336

090-2022

122585

0

0

₡35,913,559.00

BERMONT UNIDOS SOCIEDAD ANONIMA

3101165053

091-2022

124668

0

0

₡66,061,820.00

ANA VICTORIA ROJAS QUESADA

108980053

092-2022

124672

0

0

₡126,734,470.00

REPRESENTACIONES VINCEMU SOCIEDAD ANONIMA

3101305401

094-2022

126840

A

0

₡78,777,250.00

JULIETA DONDI PROTTI

301510624

096-2022

133323

0

0

₡93,857,516.00

MAYRA ROJAS ROBLES

300730009

097-2022

140860

0

0

₡55,985,222.00

DALMA MARIA ROJAS ROBLES

101830219

097-2022

140860

0

0

₡55,985,222.00

MAURICIO CUBERO MADRIGAL

110910069

098-2022

147076

0

0

₡36,906,330.00

GIANNINA MARTEN MUÑOZ

111930863

098-2022

147076

0

0

₡36,906,330.00

MISAEL SOLIS ALFARO

400630460

099-2022

158428

0

0

₡45,053,664.00

SARA MARIA SAENZ SOLANO

301470523

100-2022

166963

0

0

₡34,818,000.00

LIESJE MARIA RAMIREZ LOPEZ

104890807

101-2022

167846

0

0

₡112,850,748.00

ASOCIACION IGLESIA FAMILIA DE DIOS

3002327085

106-2022

198104

0

0

₡81,637,629.00

GABRIEL UGARTE VARGAS

117270311

107-2022

198106

0

0

₡33,547,716.00

CARMEN MARIA GRANADOS BARQUERO

104001118

109-2022

256619

0

0

₡61,499,762.50

ANA JULY TORRES ROJAS

104021283

110-2022

323149

0

0

₡47,189,951.00

3-101-451832 SOCIEDAD ANONIMA

3101451832

113-2022

596555

0

0

₡59,357,725.00

 

1)  De conformidad con el artículo N° 137 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios se considera notificado el interesado a partir del tercer día hábil siguiente a la fecha de publicación.

2)  Para futuras notificaciones, el contribuyente debe señalar lugar o medio electrónico para recibirlas y en caso de no lo haga, las resoluciones que se emitan quedaran firmes veinticuatro horas después de dictadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo N° 11 de la Ley 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del 20 de enero de 2009.

Tibás, 22 de mayo del 2023.—Ing. Laura Mora Calvo, Perita Municipal.—1 vez.—( IN2023782940 ).

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Municipalidad de Parrita, cédula jurídica 3014042121, Ing. Kattia Castro Hernández, Gestora, Gestión de Desarrollo Rural y Ambiental, que de acuerdo al expediente de clausura EC 001-2023 y a lo motivado en el oficio DAM GDURA N° 069-2023 y DAM GDUS N° 265-2023 se le notifica a Liseth Pamela Mena Quirós cédula 6 0410 0786, que de acuerdo a lo establecido en el artículo 96 del procedimiento especial antes citado se le notifica que cuenta con un plazo de 15 días para proceder por su cuenta a la demolición de la obra objeto del presente procedimiento, una vez vencido ese primer plazo y en caso de incumplimiento de forma consecutiva e inmediata se le intima por segunda vez para otorgarle otro plazo de 15 días hábiles para que proceda a la demolición de las obras de referencia.—( IN2023782644 ).

Municipalidad de Parrita, cédula jurídica N° 3014042121, Ing. Kattia Castro Hernández, Gestora, Gestión de Desarrollo Rural y Ambiental, que de acuerdo al expediente de clausura EC 039-2022 y a lo motivado en el oficio DAM GDURA N° 070-2023 y DAM GDUS N° 266-2023 se le notifica a Juan Vicente Esquivel Vargas cédula 1-546-163, que de acuerdo a lo establecido en el artículo 96 del procedimiento especial antes citado se le notifica que cuenta con un plazo de 15 días para proceder por su cuenta a la demolición de la obra objeto del presente procedimiento, una vez vencido ese primer plazo y en caso de incumplimiento de forma consecutiva e inmediata se le intima por segunda vez para otorgarle otro plazo de 15 días hábiles para que proceda a la demolición de las obras de referencia.—( IN2023782645 ).

Municipalidad de Parrita, cédula jurídica 3014042121, Ing. Kattia Castro Hernández, Gestora, Gestión de Desarrollo Rural y Ambiental, que de acuerdo al expediente de clausura EC 030-2022 y a lo motivado en el oficio DAM GDURA N° 071-2023 y DAM GDUS N° 267-2023 se le notifica a MSE Real Estate Investments S. A. cédula 3-101-420266, representante Gustavo Sibaja Alvares identificación 1 0716 0732, que de acuerdo a lo establecido en el artículo 96 del procedimiento especial antes citado se le notifica que cuenta con un plazo de 15 días para proceder por su cuenta a la demolición de la obra objeto del presente procedimiento, una vez vencido ese primer plazo y en caso de incumplimiento de forma consecutiva e inmediata se le intima por segunda vez para otorgarle otro plazo de 15 días hábiles para que proceda a la demolición de las obras de referencia.—( IN2023782646 ).