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PODER LEGISLATIVO

LEYES

8657

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN A LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO

TÉCNICO PROFESIONAL RICARDO CASTRO BEER, DE OROTINA,

PARA QUE DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD

A LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

PARA CONSTRUIR LA CLÍNICA DE ATENCIÓN

INTEGRAL EN SALUD DE OROTINA

ARTÍCULO 1.-

Autorízase a la Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional Ricardo Castro Beer, de Orotina, con cédula de persona jurídica número tres-cero cero ocho-cero cincuenta y un mil ciento nueve (N° 3-008-051.109), para que segregue un lote, que es parte de la finca de su propiedad inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Alajuela, número setenta y cuatro mil noventa y ocho (N° 74.098), tomo seiscientos cuarenta y cuatro (644), folio cuatrocientos treinta y dos (432), asiento veintiocho (28). El lote por segregar está situado en el cantón IX, Orotina; distrito 1°, Orotina; provincia segunda, Alajuela. Su naturaleza es terreno para construir; mide trece mil cuatrocientos ochenta y dos metros cuadrados y cuarenta y un decímetros cuadrados. Linda al norte con la quebrada Aguacate; al sur, con calle pública; al oeste, con el Instituto Agropecuario de Orotina, y al este, con Maribel García Vargas, Marco Tulio Chaves Granados, Marta Álvarez Camacho, Rosa Isela Chaves Monge, Gerardo Jiménez Jiménez, Jorge González Fernández, Merlín Vega Vargas, Marta Jiménez Sánchez, Mario Salas Salas, Gerardo Álvarez Salazar, Ricardo Espinoza Cordero, Milay Zúñiga Monge, Yamileth Matarrita Estrada, y Ana Ruth López Morales. Cuenta con el plano catastrado número A-uno uno nueve cero ocho ocho cinco-dos mil siete (N° A-1190885-2007).

ARTÍCULO 2.-

Autorízase a la Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional Ricardo Castro Beer, de Orotina, para que done a la Caja Costarricense de Seguro Social, con cédula de persona jurídica número cuatro-cero cero-cero-cero cuarenta y dos mil ciento cuarenta y siete (N° 4-00-0-042.147), el lote segregado en el artículo 1 de esta Ley, manteniendo el fin e interés públicos para construir la Clínica de Atención Integral en Salud de Orotina, San Mateo y comunidades aledañas.

Rige a partir de su publicación.

ASAMBLEA LEGISLATIVA.- Aprobado a los ocho días del mes de julio del dos ocho.

COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO

Francisco Antonio Pacheco Fernández

PRESIDENTE

        Hilda González Ramírez                           Guyon Massey Mora

      PRIMERA SECRETARIA                   SEGUNDO SECRETARIO

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diecisiete días del mes de julio del dos mil ocho.

Ejecútese y publíquese

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—(Solicitud Nº 13832-MEP).—C-26420.—(L8657-71306).

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 34660-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

En uso de las facultades que le confieren los incisos 3) 10) y 12) del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; Ley Nº 8360 del 24 de junio de 2003, Aprobación del Segundo Protocolo de Modificación al Código Aduanero Uniforme Centroamericano; Decreto Ejecutivo Nº 31536-COMEX-H del 24 de noviembre de 2003, Reglamento al Código Aduanero Uniforme Centroamericano; los artículos 25, inciso 1), 27, inciso 1) y 28, inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública; Ley Nº 7557 del 20 de octubre de 1995, Ley General de Aduanas, su Reglamento, sus reformas y modificaciones;  Ley Nº 8316 del 26 de setiembre del 2002, Ley Reguladora de los Derechos de Salida del Territorio Nacional;

Considerando:

I.—Que los días 10, 11, 12, 13 y 14 de noviembre del 2008, Costa Rica será la sede de la “XXIX Reunión de Directores Nacionales de Aduanas de América Latina, España y Portugal”.

II.—Que este evento es desarrollado por los Directores de Aduanas que integran el Acuerdo Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones Generales de Aduanas de América Latina, España y Portugal (COMALEP).

III.—Que la finalidad de la “XXIX Reunión de Directores Nacionales de Aduanas de América Latina, España y Portugal”, es la presentación del Informe Anual de la Secretaría del Convenio, en temas como el estado actual de la ratificación del Protocolo, el informe de la reunión del Comité Ejecutivo, el estado actual del Fideicomiso, el reporte del Segundo Comité Iberoamericano de Nomenclatura y diferentes temas relacionados con el acontecer aduanero entre los países que conforman el COMALEP.

IV.—Que por los temas de fondo que comprende el presente evento, opera la declaratoria de interés público. Por tanto,

Decretan:

Declaratoria de Interés Público y Nacional la XXIX Reunión de Directores Nacionales de Aduanas de América Latina, España y Portugal.

Artículo 1º—Se declaran de interés público y nacional las actividades que se llevarán a cabo, con motivo de  la realización de la XXIX Reunión de Directores Nacionales de Aduanas de América Latina, España y Portugal, que tendrá lugar en nuestro país los días 10, 11, 12, 13 y 14 de noviembre del 2008.

Artículo 2º—Se insta a todas las dependencias del Sector Público para que en la medida de sus posibilidades y dentro del marco legal respectivo apoyen esta actividad, para su exitosa realización, sin perjuicio de sus propios objetivos.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los cuatro días del mes de julio del dos mil ocho.

OSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo E. Zúñiga Chaves.—1 vez.—(Solicitud Nº 9279).—C-29060.—(D34660-71737).

Nº 34667-MAG-MEIC

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

En el ejercicio de las facultades establecidas en los artículos 140, incisos 3), 8), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25, 27, inciso 1), 28, inciso 2) b) de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública, la Ley Nº 8285 del 30 de mayo del 2002, Ley de Creación de la Corporación Arrocera Nacional, Decreto Ejecutivo Nº 32968.

Considerando:

I.—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 32968-MAG-MEIC, de 26 de octubre del 2005, publicado en La Gaceta Nº 74 del 18 de abril del 2006, el cual se encuentra vigente, se emitió el Reglamento a la Ley Nº 8285 de Creación de la Corporación Arrocera Nacional.

II.—Que el artículo 36 del Reglamento a la Ley Nº 8285 de Creación de la Corporación Arrocera Nacional en cuanto a la Asamblea Nacional de Productores, contiene una redacción inapropiada pues contempla la posibilidad de que la Asamblea Nacional de Productores, pueda reunirse en segunda convocatoria sin sujeción a quórum, de manera que esta situación generaría que los representantes de una sola región pretendan sesionar en calidad de Asamblea Nacional de Productores, razón por la que en sesión Nº 10 del 16 de julio de 2006 esta Asamblea consideró urgente, la inaplicabilidad de dicho artículo y la necesidad de su reforma, en lo que se refiere al quórum, porque al establecer el artículo 36 del Reglamento un quórum del sesenta por ciento para la primera convocatoria, lo que se pretendió fue utilizar el modelo dispuesto por la ley para las convocatorias de la Asamblea General, previsto en el artículo 11 de la Ley Nº 8285.

III.—Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 43 del Reglamento a la Ley Nº 8285 de Creación de la Corporación Arrocera Nacional en cuanto a las Asambleas Regionales de Productores, históricamente se han presentado dificultades para que estas puedan alcanzar la asistencia suficiente para completar el quórum necesario para la validez de sus sesiones, a pesar del esfuerzo de las regiones para atraer a sus miembros e incentivar su participación por múltiples medios; la función de la Corporación Arrocera Nacional es promover la participación de los productores en procura de que puedan escoger a sus representantes en los diferentes órganos.

IV.—Que de conformidad con la normativa aplicable en la materia, la Junta Directiva de la Corporación Arrocera Nacional en la sesión Nº 279, celebrada el 24 de marzo de 2008, mediante acuerdos 3.6 (0308) y 3.6.1 (0308), por razones de interés público, acordó realizarle algunas modificaciones al Reglamento, con el fin de brindarle mayor agilidad y claridad a lo establecido para el quórum en la Asamblea Nacional de Productores y en las Asambleas Regionales de Productores en lo por tanto,

DECRETAN:

Artículo 1º—Modifíquese los artículos 36 y 43 del Decreto Ejecutivo Nº 32968-MAG-MEIC, publicado en La Gaceta Nº 74 del 18 de abril de 2006, para que el mismo se lea de la siguiente manera:

“Artículo 36.—La Asamblea Nacional de Productores, para los fines indicados en el artículo anterior, podrá celebrarse en primera convocatoria, con la presencia de por lo menos la mitad mas uno de sus miembros.  Si no se reuniere el quórum legal a la hora señalada, la sesión podrá celebrarse una hora después con la presencia de al menos un 40% de sus delegados.”

“Artículo 43.—Las Asambleas Regionales de Productores, para los fines indicados en el artículo anterior, podrán celebrarse en primera convocatoria, con la presencia de por lo menos el cincuenta por ciento de los productores debidamente inscritos en el registro de productores de arroz de la Corporación.  Si no se reuniere el quórum legal a la hora de la sesión se podrá celebrar en segunda convocatoria una hora después con el treinta y tres por ciento de los productores inscritos en la región. Si tampoco hubiese quórum en segunda convocatoria, se podrá realizar la sesión válidamente, una hora y media después de la primera hora convocada, en tercera convocatoria, si estuviere presente al menos un 20% de los productores inscritos que conforman el Padrón registro de productores de arroz que la Corporación determine para esa región arrocera.”

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los treinta días del mes de junio de dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, Javier Flores Galarza.—El Ministro de Economía, Industria y Comercio, Marco Vargas Díaz.—1 vez.—(D34667-72197).

Nº 34668-MTSS

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Con fundamento en las atribuciones y facultades conferidas por los incisos 3) y 18) del artículo 140 de la Constitución Política, y 25 y 27 de la Ley General de Administración Pública, en concordancia con los numerales 103 a 107 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y 13 inciso a) del Reglamento de Reorganización y Racionalización de dicho Ministerio.

Considerando:

I.—Que con sustento en los artículos 13 y 110 inc. l) de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos Nº 8131 de 18 de setiembre de 2001 y el Manual de Normas Generales de Control Interno de la Contraloría General de la República, se emitió el Reglamento sobre la Rendición de Cauciones a favor del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, mediante Decreto Ejecutivo Nº 34341-MTSS de 10 de enero de 2008, el cual rige a partir del 29 de febrero de 2008, fecha de su publicación en La Gaceta Nº 43.

II.—Que una vez instituida la Comisión de Cauciones que ordena el mencionado Reglamento, se hizo manifiesta la necesidad de realizar algunos cambios importantes en el mismo para su mejor implementación y disposición de sus funciones y responsabilidades.

III.—Que existen directrices precisas emitidas por la Contraloría General de la República que no fueron tomadas en cuenta en la elaboración de este Reglamento y que resultan sumamente importantes para el funcionamiento de la Comisión de Cauciones y de los derechos y responsabilidades que caben a las personas funcionarias que deben rendir caución a favor de este Ministerio.

IV.—Que para una correcta aplicación de los objetivos propuestos por la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Nº 8131 de 18 de setiembre de 2001, es necesario hacer expresa mención de las sanciones que genera a las personas obligadas a dar caución, el hecho que no cumplan con ella oportunamente y por los montos exigidos. Por tanto:

Decretan:

REFORMA AL REGLAMENTO SOBRE LA RENDICIÓN

DE CAUCIONES A FAVOR DEL MINISTERIO

DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 1º—Adiciónense los artículos 7º, 11º y 19º del Decreto Ejecutivo Nº 34341-MTSS de 10 de enero de 2008, para que se lean de la siguiente forma:

“Artículo 7º—Caucionantes obligados(as): Estarán obligados a rendir caución para el ejercicio de sus cargos el Ministro o Ministra, los Viceministros o Viceministras de esta Cartera, el o la Oficial Mayor y Director o Directora General Administrativa, el Director o Directora, el Subdirector o Subdirectora, el o la jefa del Departamento de Pagos y el Jefe o Jefa del Departamento de Economía Actuarial todos de la Dirección Nacional de Pensiones, el Director o la Directora, Subdirector o Subdirectora y el Tesorero o Tesorera del Fondo de Desarrollo Social (FODESAF), el Director o la Directora del Consejo de Salud Ocupacional, el Director o Directora del Proyecto Nacional de Medianas y Pequeñas Empresas (PRONAMYPE), el Director o Directora y el Jefe o Jefa del Departamento Generación de Empleo, ambos de la Dirección Nacional de Empleo, así como el Director o Directora y el Subdirector o la Subdirectora Financiera, el Proveedor o Proveedora Institucional, el Director o la Directora de Recursos Humanos, y los o las Encargados (as) de Programas Presupuestarios.”

“Artículo 11.—De la creación, integración y funciones de la Comisión de Cauciones. Se crea la Comisión de Cauciones integrada por el Director o Directora General Administrativo, quien la coordinará, el Director o Directora de Recursos Humanos, el Director o Directora Financiero y el Director o Directora de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Corresponde a dicha Comisión determinar el monto de la póliza de fidelidad que deben rendir las personas funcionarias obligadas a ello, debiendo emitirse un acto motivado, en el cual se incorpore una tabla con el monto de la garantía por cada funcionario o funcionaria y considerándose además, que el monto mínimo aceptable para tales efectos es la suma de quinientos mil colones.”

“Artículo 19.—Responsabilidad por la no presentación de la caución. En el caso que las personas funcionarias que se encuentren obligadas a rendir la garantía no suscribieren la póliza de fidelidad, o no la tuvieren vigente por el período que esté obligada a hacerlo, incurrirá en causal para el cese en el cargo sin responsabilidad patronal, todo conforme lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y siguiendo las reglas del debido proceso.”

Artículo 2º—Reformase el artículo 6º, para que se lea de la siguiente forma:

 “Artículo 6º—Personas obligadas a rendir caución. Deberán caucionar todas aquellas personas funcionarias que recauden, custodien o administren fondos y valores públicos. Asimismo y cuando proceda, las personas que las sustituyan por ausencias de cualquier tipo, durante un plazo de treinta días o más.

La anterior obligación se mantiene aún cuando la nomenclatura del puesto varíe, siempre que las funciones se mantengan análogas. Por resolución razonada, la Comisión de Cauciones, podrá sujetar a caución otro puesto o función adicional a los ya contemplados. Firme la resolución, el servidor o servidora contará con hasta treinta (30) días hábiles para cumplir con la respectiva obligación.

Artículo 3º—Se agrega un nuevo artículo, el Nº 20, en el CAPITULO V, que se leerá de la siguiente forma:

“Artículo 20.—Para todos los aspectos no regulados en este reglamento se seguirán las reglas establecidas en el Título X de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos.”

Artículo 4º—Refórmense la titulación de los Capítulos III y V, para que se lean de la siguiente forma:

“CAPÍTULO III

De la Comisión de Cauciones”

“CAPÍTULO V

Disposiciones finales.”.

Artículo 5º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dieciséis días del mes de junio del dos mil ocho.

OSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Francisco Morales Hernández.—1 vez.—(Solicitud Nº 15324).—C-60080.—(D34668-71740).

Nº 34670-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

En ejercicio de las atribuciones establecidas en los artículos 140, incisos 8) y 18) y 146 de la Constitución Política, y los artículos 25 inciso 1, 27 inciso 1 y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley 6227 o Ley General de Administración Pública del 2 de mayo de 1978, la Ley Nº 8114, Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias de 4 de julio del 2001 y Decreto Ejecutivo Nº 29643-H del 10 de julio del 2001, “Reglamento a la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias”.

Considerando:

1º—Que el artículo 1 de la Ley Nº 8114, Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias publicada en el Alcance Nº 53 a La Gaceta Nº 131 del 9 de julio del 2001, crea un impuesto único por tipo de combustible, tanto de producción nacional como importado, determinando el monto del impuesto en colones por cada litro según el tipo de combustible.

2º—Que el artículo 3 de la ley supracitada dispone que a partir de su vigencia, el Ministerio de Hacienda deberá actualizar trimestralmente el monto de este impuesto único, conforme con la variación del índice de precios al consumidor que determina el Instituto Nacional de Estadística y Censos, y que este ajuste no podrá ser superior al 3%. Asimismo, que la referida actualización deberá comunicarse mediante Decreto Ejecutivo.

3º—Que el artículo 3 del Decreto Ejecutivo Nº 29643-H “Reglamento a la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias”, publicado en La Gaceta Nº 138 del 18 de julio del 2001, establece con respecto a la actualización de este impuesto único, que el monto resultante será redondeado a los veinticinco céntimos (¢ 0,25) más próximos.

4º—Que mediante Decreto Nº 34504-H de 4 de abril del 2008, publicado en La Gaceta Nº 86 del 6 de mayo del 2008, se actualizó el impuesto único por tipo de combustible tanto para la producción nacional como para el importado a partir del 1 de mayo del 2008.

5º—Que los niveles del índice de precios al consumidor a los meses de marzo y junio del 2008, corresponden a 116.661 y 121.563, generándose una variación entre ambos meses de 4.20%.

6º—Que según la variación del índice de precios al consumidor, corresponde ajustar el impuesto único por tipo de combustible, tanto de producción nacional como importado, en un 4.20%. No obstante, en virtud de lo indicado en el artículo 3 de la Ley Nº 8114, que establece un tope de ajuste del 3%, procede actualizar el monto del impuesto único por tipo de combustible, tanto de producción nacional como importado, en un 3%. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Actualízase el monto del impuesto único por tipo de combustible, tanto de producción nacional como importado, establecido en el artículo 1 de la Ley Nº 8114, Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias, publicada en el Alcance Nº 53 a La Gaceta Nº 131 del 9 de julio del 2001, mediante un ajuste del 3%, según se detalla a continuación:

Tipo de combustible por litro                         Impuesto en colones (¢)

Gasolina regular                                                                 170,75

Gasolina súper                                                                  178,50

Diesel                                                                                100,50

Asfalto                                                                                34,25

Emulsión asfáltica                                                               25,25

Búnker                                                                                 17,00

LPG                                                                                     34,25

Jet Fuel A1                                                                        102,00

Av Gas                                                                              170,75

Queroseno                                                                           49,00

Diesel pesado (Gasóleo)                                                     32,75

Nafta pesada                                                                       24,00

Nafta liviana                                                                        24,00

Artículo 2º—Derógase el Decreto Nº 34504-H del 4 de abril del 2008, publicado en La Gaceta Nº 86 del 6 de mayo del 2008.

Artículo 3º—Rige a partir del primero de agosto del dos mil ocho.

Dado en la Presidencia de la República, a los cuatro días del mes de julio del dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo E. Zúñiga Chaves.—1 vez.—(Solicitud Nº 19116).—C-39620.—(D34670-71741).

Nº 34671-S-SP-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LOS MINISTROS DE SALUD,

DE SEGURIDAD PÚBLICA Y DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,

Y DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 27 y 28 de la Ley Nº 6227 de 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; 42, 147 y 173 de la Ley Nº 5395 de 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”. 1 y 2 de la Ley Nº 5412 de 8 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”.

Considerando:

I.—Que la salud de la población es un bien de interés público tutelado por el Estado.

II.—Que corresponde al  Ministerio de Salud ejercer la vigilancia y  el control de las enfermedades transmisibles y no transmisibles, para evitar la difusión de las mismas.

III.—Que conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 173 de la Ley General de Salud, toda persona al ingresar al territorio nacional, en forma transitoria o permanente deberá acreditar mediante certificado válido de vacunación que cumple con las vacunaciones obligatorias.

IV.—Que mediante decreto ejecutivo Nº 33934-S-SP-RE de 1 de agosto de 2007, publicado en La Gaceta Nº 165 de 29 de agosto de 2007, reformado por decreto ejecutivo Nº 34396-S-SP-RE de 6 de febrero de 2008, publicado en La Gaceta N’ 58 de 25 de marzo de 2008, el Poder Ejecutivo declaró obligatoria la vacunación contra la fiebre amarilla en personas provenientes de áreas geográficas consideradas de riesgo, así como en las personas que habitan en el país y que van a viajar a los países considerados de riesgo.

V.—Que el Ministerio de Salud ha recibido diversas consultas de parte de representantes de aerolíneas, sobre algunos procedimientos que deben aplicarse, cuyos supuestos no están contemplados en la normativa vigente, por lo que se hace oportuno y necesario reformar el decreto ejecutivo Nº 33934-S-SP-RE de 1 de agosto de 2007. Por tanto,

Decretan:

REFORMA A LOS ARTÍCULOS 5 Y 6 DEL DECRETO EJECUTIVO

Nº 33934-S-SP-RE DE 1 DE AGOSTO DE 2007 QUE DECLARÓ

OBLIGATORIA LA VACUNACIÓN CONTRA LA FÍEBRE AMARILLA

Artículo 1º—Refórmese el artículo 5 y adiciónese un segundo párrafo al artículo 6 del decreto ejecutivo Nº 33934-S-SP-RE de 1 de agosto de 2007, publicado en La Gaceta Nº 165 de 29 de agosto de 2007, para que en lo sucesivo se lean así:

“Artículo 5º—Todas las personas que habitan en el país que van a viajar a los países considerados de riesgo que no puedan vacunase contra fiebre amarilla por una contraindicación médica, absoluta o relativa, exceptuando la edad del menor de 9 meses,  donde un documento válido que indique  la  fecha de nacimiento será suficiente, de las referidas en el artículo 10 del presente decreto, deberán presentar un certificado médico. Estas personas deberán presentar, previo a su salida del país, ante las dependencias del Ministerio de Salud que se citan en el artículo 11 de este decreto ejecutivo, el certificado médico para otorgarle su validez a nivel internacional mediante sello y firma”.

“Artículo 6º—

(...)

Igualmente quedan exentos del requisito de vacunación contra la fiebre amarilla, las personas viajeras en tránsito provenientes de un país considerado de riesgo, que por razones de fuerza mayor, tales como factores climatológicos adversos como la niebla o fuertes lluvias, o bien, por pérdida de conexión por demora ocasional en la llegada de un vuelo o por problemas de mantenimiento de la aeronave en que continuará su vuelo, deben permanecer veinticuatro horas o más en el territorio nacional”.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dieciséis días del mes de junio del dos mil ocho.

OSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Salud, Dra. María Luisa Ávila Agüero, y de Seguridad Pública y de Gobernación y Policía, Licda. Yanina del Vecchio Ugalde y el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud Nº 3423).—C-39620.—(D34671-71743).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 512-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confiere el artículo 47 punto 1 de la Ley General de la Administración Pública y,

Considerando:

1º—Que la señora Aurelia Garrido Quesada, cédula de identidad Nº 1-836-401, renunció al cargo que ocupaba como Viceministra de Cultura a partir del 25 de junio del 2008. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Aceptar la renuncia de la señora Aurelia Garrido Quesada, en el cargo de Viceministra de Cultura, a partir del 25 de junio del 2008 y darle las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º—Nombrar como Viceministra de Cultura a la señora Laura Pacheco Oreamuno, portadora de la cédula de identidad Nº 1-600-413, a partir del ocho de julio del dos mil ocho.

Artículo 3º—El presente acuerdo rige a partir del ocho de julio del dos mil ocho.

Dado en la Presidencia de la República, a los ocho días del mes de julio del dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(C. P. Nº 148-2008).—C-13860.—(72128).

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Nº 086-08-PE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, la participación en la Reunión de Coordinación Centroamericana para los pilares Político y de Cooperación del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, ya que en la misma se analizarán temas importantes para el área, de cara a la preparación para la IV Ronda del Acuerdo de Asociación.

2º—Es necesaria la participación del Sr. Francisco J. Chacón Hernández, ya que es parte del equipo negociador que asiste a estas reuniones. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Francisco J. Chacón Hernández, cedula de identidad Nº 1-700-926, funcionario de la Dirección General de Política Exterior para participar en la Ronda de Coordinación Centroamericana, a realizarse en la ciudad de San Salvador, El Salvador, del 21 al 23 de mayo del 2008.

Artículo 2º—Los pasajes aéreos y viáticos, así como los gastos de transporte interno corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, Dirección General de Política Exterior subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos y subpartida 1.05.04 de viáticos, se adelanta la suma de US$ 148 (ciento cuarenta y ocho) diarios, para un total de US$ 592 (quinientos noventa y dos). Todo lo anterior sujeto a liquidación.

Artículo 3º—Rige del 21 de mayo al 24 de mayo del 2008.

Firmado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, San José, Costa Rica, a las quince horas del día 9 de mayo del año dos mil ocho.

Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº 28683).—C-17840.—(71666).

Nº 094-08-PE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 7º y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República,

Considerando:

1º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, la participación en el XXXVIII Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, (OEA), por la gran importancia que tiene para Costa Rica pertenecer al máximo órgano multilateral Regional, donde tienen múltiples beneficios los países que lo conforman.

2º—Es necesaria la participación del señor Embajador de Costa Rica ante la OEA, ya que él es nuestro Embajador Permanente que nos representa ante tan importante Organización Internacional con sede en Washington. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Enrique Castillo Barrantes, cédula de identidad Nº 1-399-937, Embajador, Representante Permanente de Costa Rica ante la Organización de los Estados Americanos, (OEA), para que en calidad de Asesor Directo del Jefe de Delegación, participe en el XXXVIII Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, (OEA), a realizarse en Medellín, Colombia, del 31 de mayo al 4 de junio del 2008.

Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, viáticos, así como los gastos de transporte interno, e impuestos aeroportuarios, corren por cuenta del Ministerio del Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, Dirección General de Política Exterior, subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos y subpartida 1.05.04 de viáticos, se adelanta la suma de US$264,00 diarios, para un total de US$1.320,00. Todo lo anterior sujeto a liquidación.

Artículo 3º—Rige del 31 de mayo al 4 de junio del 2008.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, San José, Costa Rica, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil ocho.

Bruno Stagno Ugarte, Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(28683).—C-21140.—(71667).

Nº 095-08-PE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 7º y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República,

Considerando:

1º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, la participación en el XXXVIII Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, (OEA), por la gran importancia que tiene para Costa Rica pertenecer al máximo órgano multilateral Regional, donde tienen múltiples beneficios los países que lo conforman.

2º—Es necesaria la participación del señor Embajador Alterno de Costa Rica ante la OEA, ya que él junto con el resto de funcionarios de dicha Misión nos representan ante tan importante Organización Internacional con sede en Washington. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Luis Guardia Mora, cédula de identidad Nº 1-399-942, Embajador, Representante Alterno de Costa Rica ante la Organización de los Estados Americanos, (OEA), para que en calidad de Asesor Directo del Jefe de Delegación, participe en el XXXVIII Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, (OEA), a realizarse en Medellín, Colombia, del 31 de mayo al 4 de junio del 2008.

Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, viáticos, así como los gastos de transporte interno, e impuestos aeroportuarios, corren por cuenta del Ministerio del Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, Dirección General de Política Exterior, subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos y subpartida 1.05.04 de viáticos, se adelanta la suma de US$264,00 diarios, para un total de US$1.320,00. Todo lo anterior sujeto a liquidación.

Artículo 3º—Rige del 31 de mayo al 4 de junio del 2008.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, San José, Costa Rica, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil ocho.

Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº 28683).—C-20480.—(71668).

Nº 104-08-PE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, la participación en el XXXVIII Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), por la gran importancia que tiene para Costa Rica pertenecer al máximo órgano multilateral regional, donde tienen múltiples beneficios los países que lo conforman.

2º—Que es necesaria la participación de la señora Embajadora de Costa Rica en Colombia, dada su condición de Jefa nuestra Misión Diplomática permanente, en el país que será sede del XXXVIII Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Clara Montero Mejía, cédula de identidad Nº 1-340-797, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de Costa Rica en Colombia, para que en calidad de Asesora Directa del Jefe de Delegación, participe en el XXXVIII Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), a realizarse en Medellín, Colombia, del 31 de mayo al 4 de junio del 2008.

Artículo 2º—Los pasajes aéreos y viáticos, así como los gastos de transporte interno e impuestos aeroportuarios, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, Dirección General de Política Exterior subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos y subpartida 1.05.04 de viáticos, por un monto de US $ 264,00 diarios, para un total de US $ 1.320,00. Todo lo anterior sujeto a liquidación.

Artículo 3º—Rige del 31 de mayo al 4 de junio del 2008.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, San José, Costa Rica, a los veintinueve días del mes de mayo del dos mil ocho.

Publíquese.—Édgar Ugalde Álvarez, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 28683).—C-18500.—(71680).

Nº 107-08-PE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto asistir a la Reunión Preparatoria de América Latina y el Caribe de la III Reunión Bienal de los Estados en el marco del Programa de Acción de las Naciones Unidas para prevenir, Combatir y Eliminar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras, presentar la posición nacional en materia de control de armas convencionales, así como, participar en el debate regional que analizará distintos aspectos de la agenda internacional sobre el tráfico de armas.

2º—Que es necesario que el funcionario responsable del área encargada de los organismos internacionales y los temas de seguridad en la Dirección de Política Exterior del Ministerio participe en la consolidación de los temas que promueve el país y en su negociación.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Randolph Coto Echeverría, cédula Nº 1-514-806 funcionario de la Dirección General de Política Exterior encargado de coordinar los temas de desarme ante los organismos internacionales, delegado para que participe en Reunión Preparatoria de América Latina y el Caribe de la III Reunión Bienal de los Estados en el marco del Programa de Acción de las Naciones Unidas para prevenir, Combatir y Eliminar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras que tendrá lugar del 16 al 19 de junio de 2008 en Bogotá, Colombia.

Artículo 2º—Los pasajes aéreos y gastos de viaje y transporte interno, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, subpartida 105.03 de pasajes aéreos y 105.04 de viáticos, se le gira la suma de $.224,00 diarios para un total de $.896,00. Todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—Rige a partir del 16 y hasta el 19 de junio del 2008.

Firmado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las quince horas del día nueve de junio del dos mil ocho.

Publíquese.—Édgar Ugalde Álvarez, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº  28684).—C-23120.—(71683).

Nº 109-08 PE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 7º y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto participar en la Conferencia de América Latina y el Caribe, Preparatoria a la Conferencia de Revisión de Durban, ya que la misma es un proceso de seguimiento de la Conferencia Mundial de Racismo, celebrada en Durban en el año 2002 y es un tema de prioridad para la política Exterior costarricense. Asimismo para que participe en la misión de avanzada para coordinar el viaje del señor Presidente de la República a Brasil, el próximo 30 de julio.

2º—Que es necesaria la participación del señor Subdirector de Política Exterior de este Ministerio, ya que es esta Dirección la encargada de la parte temática política de dichas reuniones.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Alejandro Solano Ortiz, cédula Nº 1-749-659 Subdirector de Política Exterior, para que en calidad de Asesor Directo del Jefe de Delegación, participe en la Conferencia de América Latina y el Caribe, Preparatoria a la Conferencia de Revisión de Durban, a realizarse en Brasilia, Brasil, del 16 al 19 de junio de 2008. Asimismo para que participe en la misión de avanzada para coordinar el viaje del señor Presidente de la República a Brasil, el próximo 30 de julio, a realizarse en Sao Paulo, Brasil del 19 al 21 de junio de 2008.

Artículo 2º—Los pasajes aéreos y gastos de viaje y transporte interno e impuestos aeroportuarios, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, subpartida 105.03 de pasajes aéreos y 105.04 de viáticos, se le gira la suma $ 310,00 diarios, para un total de $ 1.860,00. Todo sujeto a liquidación. Se autoriza al funcionario a realizar llamadas internacionales.

Artículo 3º—Rige a partir del 16 y hasta el 21 de junio de 2008.

Firmado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las diez horas del nueve de junio del dos mil ocho.

Publíquese.—Édgar Ugalde Álvarez, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº  28683).—C-23120.—(71677).

Nº 110-08-PE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Modificar el Acuerdo Nº 105-08-PE, del señor Christian Guillermet Fernández, cédula de identidad Nº 1-616-763, Director General de Política Exterior, en el sentido de que debido a que la VII Reunión de la Comisión Binacional México-Costa Rica, a realizarse en México D. F., del 9 al 11 de junio de 2008, se canceló, se lea correctamente: “Designar al señor Christian Guillermet Fernández, cédula de identidad Nº 1-616-763, Director General de Política Exterior, para que en calidad de Asesor Directo del Jefe de Delegación, participe en el Foro de Diálogo y Cooperación Corea-Centroamérica, a realizarse en San Salvador, El Salvador, del 10 al 13 de junio de 2008.”

Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, viáticos, así como los gastos de transporte interno, e impuestos aeroportuarios, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, Dirección General de Política Exterior, subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos y subpartida 1.05.04 de viáticos, se adelanta la suma diaria de $ 212, para un total de US $ 636,00, Se autoriza al funcionario a realizar llamadas internacionales. Todo lo anterior sujeto a liquidación.

Artículo 3º—Rige a partir del 10 y hasta el 13 de junio de 2008.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, San José, Costa Rica, a los seis días del mes de junio del dos mil ocho.

Édgar  Ugalde Álvarez, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 28683).—C-17180.—(71679).

Nº 117-08

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 7º y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, la participación en la Reunión de Coordinación Centroamericana para los pilares Político y de Cooperación del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, ya que en la misma se analizarán temas importantes para el área, de cara a la preparación para la IV Ronda del Acuerdo de Asociación.

2º—Es necesaria la participación del señor Francisco J. Chacón Hernández, ya que es parte del equipo negociador que asiste a estas reuniones. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Francisco J. Chacón Hernández, cedula de identidad Nº 1-700-926, funcionario de la Dirección General de Política Exterior, para participar en la Ronda de Coordinación Centroamericana, a realizarse en la ciudad de San Salvador, El Salvador, del 29 de junio al 1º de julio de 2008.

Artículo 2º—Los pasajes aéreos y viáticos, así como los gastos de transporte interno corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, Dirección General de Política Exterior subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos y subpartida 1.05.04 de viáticos, se adelanta la suma de US $ 180 (ciento ochenta) diarios, para un total de US.$.540 (quinientos cuarenta). Todo lo anterior sujeto a liquidación.

Artículo 3º—Rige del 29 de junio al 1º de julio del 2008.

Firmado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, San José, Costa Rica, a las quince horas del día diecisiete de junio del dos mil ocho.

Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº  28684).—C-17840.—(71685).

Nº 118-08

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, la participación en la Reunión de Coordinación Centroamericana para los pilares Político y de Cooperación del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, ya que en la misma se analizarán temas importantes para el área, de cara a la preparación para la IV Ronda del Acuerdo de Asociación.

2º—Es necesaria la participación de la señorita Adriana Solano Laclé, ya que es parte del equipo negociador que asiste a estas reuniones. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señorita Adriana Solano Laclé, cedula de identidad Nº 1-889-158, funcionaria de la Misión de Costa Rica ante la Unión Europea, para participar en la Ronda de Coordinación Centroamericana, a realizarse en la ciudad de San Salvador, El Salvador, del 29 de junio al 1º de julio de 2008.

Artículo 2º—Los pasajes aéreos y viáticos, así como los gastos de transporte interno corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, Dirección General de Política Exterior subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos y subpartida 1.05.04 de viáticos, se adelanta la suma de US $ 180 (ciento ochenta) diarios, para un total de US.$.900 (novecientos). Todo lo anterior sujeto a liquidación.

Artículo 3º—Rige del 28 de junio al 2 de julio del 2008.

Firmado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, San José, Costa Rica, a las quince horas del día diecisiete de junio del dos mil ocho.

Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº  28684).—C-17840.—(71686).

Nº 119-08-PE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, participar en el Taller sobre Asuntos Metodológicos relacionados con la Reducción de Emisiones producto de la Deforestación y la Degradación forestal en Países en Desarrollo, en el marco de la Convención Marco de Naciones Unidas de Cambio Climático, a realizarse del 23 al 27 de junio del 2008, en la ciudad de Tokio, Japón.

2º—Es necesaria la participación del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto ya que resulta esencial el adecuado seguimiento de la reunión arriba mencionada, asimismo es un compromiso adquirido en la Iniciativa de Paz con la Naturaleza que impulsa el Gobierno de la República para contribuir a mitigar los efectos del cambio climático mundial y la degradación de los ecosistemas naturales. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Cinthia Soto Gólcher, cédula Nº 1-880-013, Funcionaria de la Dirección General de Política Exterior, para que participe en el Taller sobre Asuntos Metodológicos relacionados con la Reducción de Emisiones producto de la Deforestación y la Degradación forestal en Países en Desarrollo, a realizarse del 23 al 27 de junio del 2008, en la ciudad de Tokio, Japón.

Artículo 2º—Los pasajes aéreos y viáticos, así como los tributos, impuestos o cánones que deba pagar en las terminales aéreas, transporte interno, corren por cuenta de la Coalición para Países con Bosque Tropical.

Artículo 3º—Rige del 23 al 27 de junio de 2008.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, San José, Costa Rica, el día diecisiete del mes de junio del dos mil ocho.

Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº  28684).—C-19160.—(71687).

Nº 120-08-PE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 7º y 31 del Reglamento de gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, R-CO-1-2007 del 22 de enero del 2007.

Considerando:

1º—Que es de interés del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, participar en la Tercera Reunión del Comité Ejecutivo del SICA, que se celebrará en El Salvador el 24 de junio de 2008.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la Embajadora Adriana Prado Castro, Representante de Costa Rica ante el Comité Ejecutivo del SICA, cédula de identidad 1-381-537, para que viaje a San Salvador el 24 de junio de 2008.

Artículo 2º—Los pasajes aéreos, gastos de viaje y transporte interno, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, subpartida 105.03 de transporte en el exterior y 105.04 de viáticos, se le gira la suma de $.212,00. Todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—Rige el 24 de junio de 2008.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los diecisiete días del mes de junio del dos mil ocho.

Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº  28684).—C-13200.—(71688).

Nº 121-08-PE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto la participación en la Reunión de Coordinación Centroamericana, para los Pilares Política y de Cooperación del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, ya que en la misma se analizarán temas importantes para el área, de cara a la preparación para la IV Ronda del Acuerdo de Asociación.

2º—Que es necesaria la participación del señor Director de Política Exterior, ya que el es parte del equipo negociador que participa en dichas reuniones. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Christian Guillermet Fernández, cédula de identidad Nº 1-616-763, Director General de Política Exterior, para que en calidad de Asesor Directo del Jefe de Delegación, participe en la Reunión de Coordinación Centroamericana, para los Pilares Política y de Cooperación del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, a realizarse en San Salvador, El Salvador, del 29 de junio al 1º de julio de 2008.

Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, viáticos, así como los gastos de transporte interno, e impuestos aeroportuarios, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, Dirección General de Política Exterior, subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos y subpartida 1.05.04 de viáticos, se adelanta la suma diaria de $ 212 para El Salvador, para un total de US $ 636,00, para un total general de $.1.512,00. Se autoriza al funcionario a realizar llamadas internacionales. Todo lo anterior sujeto a liquidación.

Artículo 3º—Rige del 29 de junio al 1º de julio del 2008.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, San José, Costa Rica, a las once horas del dieciocho de junio del dos mil ocho.

Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº 28684).—C-20480.—(71689).

Nº 122-08 PE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 7º y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto participar en la Reunión Técnica Preparatoria de la XXXII Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Sistema de Integración Centroamericana, SICA, ya que en la misma se tratarán los temas que analizarán los señores Presidentes de Centroamérica en dicha Cumbre, así como los temas de la Declaración que se emane de la misma.

2º—Que es necesaria la participación del señor Subdirector de Política Exterior de este Ministerio, ya que es esta Dirección la encargada de la parte temática política de dichas reuniones.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Alejandro Solano Ortiz, cédula Nº 1-749-659 Subdirector de Política Exterior, para que en calidad de Jefe de Delegación, participe en la Reunión Técnica Preparatoria de la XXXII Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Sistema de Integración Centroamericana, SICA, a realizarse en la Ciudad de San Salvador, El Salvador del 24 al 27 de junio del año 2008.

Artículo 2º—Los pasajes aéreos y gastos de viaje y transporte interno, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, subpartida 105.03 de pasajes aéreos y 105.04 de viáticos, se le gira la suma $.212,00 diarios, para un total de $.848,00. Todo sujeto a liquidación. Se autoriza al funcionario a realizar llamadas internacionales.

Artículo 3º—Rige del 24 al 27 de junio del 2008.

Firmado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las doce horas del dieciocho de junio del dos mil ocho.

Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº  28684).—C-19820.—(71690).

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Nº 338-2008-MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en el artículo 146 de la Constitución Política, el Estatuto de Servicio Civil y los artículos 10 párrafo segundo y 13 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.

Considerando:

1º—Que por el regreso del titular del puesto número 06383, clase Oficinista 3, G.de.E.: Labores Varias de Oficina, código presupuestario N° 08900-001-030, se hace indispensable cesar el nombramiento interino de la funcionaria que ocupa en la actualidad el puesto mencionado. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Cesar el nombramiento interino en el puesto número: 06383, clase Oficinista 3, G.de.E.: Labores Varias de Oficina, a la funcionaria Indira Calderón Araya, cédula de identidad número: 3-403-234.

Artículo 2º—Rige a partir del 1º de julio del 2008.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veinticinco días del mes de junio del dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación, Policía, y Seguridad Pública a. í. Lic. Gerardo Láscarez Jiménez.—1 vez.—(Solicitud Nº 3038).—C-10580.—(71156).

Nº 371-2008-MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 140 inciso 2) de la Constitución Política, artículo 2 del Estatuto de Servicio Civil y artículo 10 párrafo segundo del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Mantener el nombramiento de forma interina en el Ministerio de Seguridad Pública y con sujeción a las disposiciones del Servicio Civil al siguiente funcionario:

Nombre

Cédula

Puesto

Clase Puesto

Gustavo González Bermúdez

1-867-741

004664

Oficinista 2, G.de.E.: Labores varias de oficina

Artículo 2º—Dicho funcionario estará destacado en la Oficina de Asesores.

Artículo 3º—Rige a partir del 1º de julio del 2008.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los dos días del mes de julio del dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Gobernación, Policía, y Seguridad Pública, Janina Del Vecchio Ugalde.—1 vez.—(Solicitud Nº 3038).—C-10580.—(71155).

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

N° DGAN-MCJ-01-08

LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en el artículo 28, inciso 1 de la Ley N° 6227 o Ley General de Administración Pública, del 2 de mayo de 1978 y el artículo 9 de la Directriz N° 7 del 29 de noviembre de 1991; el artículo 7º inciso C) de la Ley N° 8316 o Ley Reguladora de los Derechos de Salida del Territorio Nacional, del 26 de setiembre de 2002 y el artículo 40 del Estatuto del Servicio Civil.

Considerando:

1º—Que la señora Ana Virginia García De Benedictis, ha sido invitada a participar en el II Encuentro Nacional de Archivos.

2º—Que su participación en el Encuentro Nacional de Archivos es de interés para el Ministerio de Cultura y Juventud porque se tratarán asuntos sobre la implementación y funcionamiento del Sistema Nacional de Archivos de Costa Rica

3º—Que la participación de la señora Ana Virginia García de Benedictis en el Encuentro Nacional de Archivos responde a las funciones que realiza como Subdirectora del Archivo Nacional.

4º—Que por motivo de itinerario la señora Ana Virginia García De Benedictis, deberá salir del país el día 14 de julio de 2008 y regresar el 19 de julio de 2008. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a Ana Virginia García De Benedictis, cédula N° 2-263-661, para que participe en el II Encuentro Nacional de Archivos, que se realizará del 14 al 19 de julio de 2008, en República Dominicana.

Artículo 2º—Los gastos de transporte aéreo, alimentación y hospedaje, serán cubiertos por el Comité Organizador del evento.

Artículo 3º—Que durante los días del 14 al 19 de julio de 2008, en que se autoriza la participación de la señora García De Benedictis en el II Encuentro Nacional de Archivos, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 14 al 19 de julio de 2008.

Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, a los dos días del mes de julio del año 2008.

María Elena Carballo Castegnaro, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—(Solicitud Nº 12103).—C-16820.—(71314).

N° 052-C.—San José, 13 de junio del 2008

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20), 146 de la Constitución Política y el artículo 25 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, y

Considerando:

1º—Que la “Sexta Semana Japonesa”, organizada por la Embajada de Japón en Costa Rica, está orientada a presentar la cultura japonesa a los costarricenses, para propiciar oportunidades de acercamiento cultural entre ambos países.

2º—Que esta actividad promoverá aún más las buenas relaciones entre Japón y Costa Rica, utilizando como vehículo las expresiones artísticas y deportivas japonesas.

3º—Que en este evento, se mostrará una amplia gama de artes japonesas, desde lo tradicional hasta lo moderno, permitiendo enriquecer la diversidad cultural costarricense.

4º—Que en esta actividad, se presentarán los deportes originarios de Japón, arraigadas en antiquísimas tradiciones, permitiéndonos un conocimiento de otros pueblos y estimulando una vida más sana.

5º—Que este evento tiene como uno de sus objetivos, estimular actividades culturales costarricenses, ya que los principales participantes en la Semana Japonesa son costarricenses, que tienen un conocimiento profundo sobre la cultura japonesa y disponen de buena voluntad de difundirla para enriquecer la diversidad cultural.

6º—Que además beneficia al turismo, ya que se cuenta con las actividades específicas para ello. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Declarar de Interés Cultural la “Sexta Semana Japonesa”, que se realizará en nuestro país del 29 de setiembre al 20 de octubre del 2008.

Artículo 2º—Rige a partir del 13 de junio del 2008.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Cultura y Juventud, María Elena Carballo Castegnaro.—1 vez.—(71330).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 356-2008

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, número 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, número 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo número 29606; H-COMEX del 18 de junio del 2001, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas.

Considerando:

1º—Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 179-2007 de fecha 15 de mayo del 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 25 del 5 de febrero del 2008, a la empresa Westport S. A., cédula jurídica número 3-101-469477, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley número 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

2º—Que mediante documentos presentados los días 12 de febrero, 30 de abril, 23 de mayo y 3 de junio del 2008, en la Gerencia de Operaciones de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Westport S. A., solicitó la modificación de la fecha de inicio de operaciones productivas y de la actividad.

3º—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la Sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre del 2006, conoció la solicitud de la empresa Westport S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER número 43-2008 de fecha 4 de junio del 2008, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.

4º—Que se han observado los procedimientos de ley. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Modificar el acuerdo ejecutivo número 179-2007 de fecha 15 de mayo del 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 25 del 5 de febrero del 2008, para que en el futuro las cláusulas segunda y sétima, se lean de la siguiente manera:

“2. La actividad de la beneficiaria consistirá en la producción de instrumentos y dispositivos médico quirúrgicos, y sus partes.”

“7. Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el 1º de julio del 2008. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica seguirá tomando como referencia para su cálculo las proyecciones de área de techo industrial consignadas en su respectiva solicitud.

Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a Procomer de los aumentos realizados en el área de techo industrial. El incumplimiento de esta obligación provocaría el cobro retroactivo del canon, a partir de la fecha de la última medición realizada por la citada Promotora, quien tomará como base para realizar el cálculo la nueva medida.”

Artículo 2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo número 179-2007 de fecha 15 de mayo del 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 25 del 5 de febrero del 2008.

Artículo 3º—La empresa deberá suscribir un Addéndum al contrato de operaciones.

Artículo 4º—Rige a partir de su comunicación.

Comuníquese y publíquese.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los dos días del mes de julio del dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez—1 vez.—(70817).

DOCUMENTOS VARIOS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Nº 004-2008.—San José, 23 de julio de 2008.

Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio Civil, a los siguientes funcionarios:

                                                                        

            Nombre                                                 Cédula              puesto                 Clase puesto

Kattia Barquero Ruiz                                 1-1148-036         000120         Oficinista 3

Esquivel Agüero Amarildo                        7-091-347         011796         Operador Equipo Móvil 1

Mora Najar Heidy María                             1-949-230         030231         Oficinista 3

María del Rocío Bastos Villalobos          2-352-627         000105         Profesional Serv. Civil 3

Rafael Segura Vargas                                  1-1063-373         053276         Prof. Serv. Civil 1B

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de marzo del 2008, 1º de abril de 2008, 1º de abril del 2008, 1º de abril 2008 y 16 abril del 2008, respectivamente.

Publíquese.—Ing. Alejandro Molina Solís, Director Ejecutivo.—1 vez.—(Solicitud Nº 1437).—C-13220.—(71157).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Dirección, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 57, título Nº 689, emitido por el Liceo de San Carlos, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Esquivel Arroyo Mario, se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 15 de abril del 2008.—Asesoría Nacional de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(70299).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de conclusión de estudios de la educación diversificada, inscrito en el tomo 1, folio 48, título Nº 709, emitido por el Liceo León Cortes Castro, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Rojas Rojas Lorena María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de julio del 2008.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(70433).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 100, título Nº 209, emitido por el Liceo Teodoro Picado, en el año dos mil siete, a nombre de Gutiérrez Hernández Erika Dayana. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de junio del 2008.—Guisela Céspedes Lobo, Asesora Nacional.—(70751).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 117, asiento 32, título Nº 1149, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Pococí, en el año dos mil, a nombre de Rodríguez Hernández Kattya. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lucyna Sawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(71146).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto social de la organización social denominada: Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Trabajadores del Sector Salud R. L., siglas COOPECAJA R. L., acordada en asamblea celebrada el 19 de mayo del 2007. Resolución 259. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 61 y 62 del Estatuto.—16 de julio del 2008.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(70822).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Sindicato Nacional de Administradores de Servicios de Salud del Seguro Social, siglas SINASSASS. Expediente 874-SI. Habiéndose cumplido con las disposiciones contenidas en los artículos 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente.

La organización ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 16, folio 34, asiento: 4490 del 17 de julio del 2008.

La Junta Directiva se formó de la siguiente manera:

Secretario general: Flander Alfaro Chacón.

Secretaria general adjunto: María de Los Ángeles Valverde

Gutiérrez.

Secretario de actas y correspondencia: Anabelle Mena Loría.

Secretario de conflicto: Mario Cascante Arguedas.

Secretario de organización: Gilbert Monge Madrigal.

Secretario de finanzas: Óscar Montero Sánchez.

Vocal 1: Jorge Mora Acuña.

Vocal 2: José María Romero Jiménez.

Fiscal: Mayela Carrillo Valverde.

17 de julio del 2008.—José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—Nº 50180.—(71063).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Cambio de nombre Nº 56845

María Lupita Quintero Nassar, en calidad de apoderada especial de Sattya-Indústria é Coércio Ltda., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Satya Comercial Ltda., por el de Sattya-Indústria é Coércio Ltda., presentada el día 5 de octubre del 2007 bajo expediente Nº 56845. El nuevo nombre afecta a la siguiente marca: 1996-0002010, Registro Nº 98264 ESBELT. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—Ana Cecilia Calvo Astúa, Registradora.—1 vez.—(71126).

Cambio de nombre Nº 59152

Manuel E. Peralta Volio, cédula Nº 9-012-480, en calidad de apoderado especial de Galliano B.V., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Remy Finance, B.V. por el de Galliano B.V., presentada el día 12 de marzo del 2008 bajo expediente Nº 59152. El nuevo nombre afecta a siguiente marca: 1995-0002824, Registro Nº 106739 GALLIANO. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—Ana Cecilia Calvo Astúa, Registradora.—1 vez.—(71274).

Cambio de nombre Nº 2008-365

Que Marco Antonio Jiménez Carmiol, cédula Nº 1-299-846, en calidad de apoderado especial de Mutoh Holding Co. Ltd, solicita a este Registro se anote la inscripción del cambio de nombre de Mutoh Industries Ltd. por el de Mutoh Holding Co. Ltd, presentada el día 8 de mayo del 2008, bajo expediente Nº 2008-365. El nuevo nombre afecta la siguiente marca: 2003-0002558 Registro Nº 142028 MUTOH. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—Ana Cecilia Calvo Astúa.—1 vez.—Nº 50659.—(71529).

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Acueducto Rural de Concepción de La Tigra de San Carlos, que en adelante se denominará Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Concepción de La Tigra de San Carlos de Alajuela. Por cuanto, dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 575, Asiento: 61977, Adicionales 575-83147 y 576-69774.—Curridabat, 21 de julio del 2008.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº 50305.—(71058).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Servicios Funerarios Dulce Nombre de Jesús, con domicilio en la provincia de Cartago, Tierra Blanca. Sus fines, entre otros están: Gestionar la creación de servicios sociales y/o comunales especialmente aquellos relacionados con ayuda para atender la defunción de seres queridos. Su presidente Luis Fernando Víquez Gómez, es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, conforme al artículo 1253 del Código Civil, y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite; Tomo: 575 Asiento: 89562.—Curridabat, 22 de julio del 2008.—Lic. Grace Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº 50164.—(71059).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Deportiva Ballestero Valverde, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover el desarrollo del fútbol de salón, fútbol, fútbol sala y de otras disciplinas deportivas, tanto en masculino como el femenino. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Carlos Ballestero Astúa. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 573 Asiento: 74995, Adicional Tomo 574 Asiento: 25043).—Curridabat, 03 de junio del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 50170.—(71060).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma estatutos de la entidad denominada Asociación Administradora del Acueducto Rural de Barrio Limón de Santa Cruz de Guanacaste. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 573 Asiento: 98807.—Curridabat, 03 de junio del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 50258.—(71061).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción El estatuto de la entidad denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Punta Bejuco, con domicilio en la provincia de Guanacaste, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto de conformidad con las disposiciones y reglamentos que al respecto emite el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados que serán de acatamiento obligatorio. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente Eduardo Fajardo Morales. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 574 Asiento 50589.—Curridabat, 03 de junio del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 50259.—(71062).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Vecinos de Urbanización Cerámica de Poás de Desamparados pro-mejoras, con domicilio en la provincia de San José, Desamparados. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Fomentar el bienestar y el desarrollo de la comunidad en la Urbanización Cerámica de Poás. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Olga Rojas Álvarez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 575, asiento: 49593.—Curridabat, dos del mes de julio del año dos mil ocho.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 50447.—(71583).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada, Asociación Divina Misericordia, con domicilio en la provincia de San José, La Aurora Alajuelita, doscientos metros al oeste de la escuela Los Pinos. Cuyos fines son los siguientes: dar protección a la población adulta mayor del país, que presente problemas familiares, económicos y sociales con prioridad que estén en total abandono. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, es la presidenta. Sihagnny Alejandra González Badilla. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en tramite. Tomo: 576, asiento: 18151.—Curridabat, quince de julio del dos mil ocho.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº 50605.—(71584).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción. El estatuto de la entidad denominada Asociación Cultural de Montes de Oca, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover y contribuir al desarrollo social, tecnológico y cultural de todo tipo del cantón de Montes de Oca. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la presidenta: Patricia Arguedas Sánchez, Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 575, asiento 38422.—Curridabat, veintidós de mayo del dos mil ocho.—Lic. Grace Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº 50729.—(71585).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señora Denise Garnier Acuña, mayor, abogada, cédula de identidad número 1-487-992, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Bayer Cropsciense AG, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS PLAGUICIDAS DE FENILAMIDINA SUSTITUIDA CON TIAZOLILOXI. La presente invención se refiere a derivados de fenilamidina sustituida con Ariloxi de fórmula (I), en la que los sustituyentes son tal como se definen en la memoria descriptiva, a procedimientos para su preparación, su uso como agentes activos fungicidas o insecticidas, particularmente en la forma de composiciones fungicidas o insecticidas, y a métodos para el control de hongos fitopatógenos o insectos dañinos, especialmente de plantas, que usan estos compuestos o composiciones. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes sexta edición es C07D 277 /34, cuyos inventores son Kunz, Klaus, Greul, Jorg, Guth, Oliver, Hartmann, Benoit, Ilg, Kerstin, Moradi, Wahed, Seitz, Thomas, Dahmen, Meter, Voerste, Arnd, Wachendorff-Newmann, Ulrike, Dunkel, Ralf, Ebbert, Ronald, Franken, Eva María, Malsam, Olga. La solicitud correspondiente lleva el número 9776, y fue presentada a las 11:37:15 del 29 de febrero del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. .—San José, 25 de abril del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 49985.—(70509).

La señora Denise Garnier Acuña, mayor, casada, abogada, cédula de identidad número 1-487-992, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Biomor Israel Ltd, de Israel, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN FUNGICIDA QUE CONTIENE ACEITE DE ÁRBOL DE TÉ. La presente invención se refiere a una nueva composición fungicida. Esta emulsión comprende aceite esencial del árbol del té, y una emulsión acuosa, en donde el emulsificador es una solución acuosa de un producto de reacción de un ácido orgánico de alto peso molecular y un compuesto álcali o de amonio. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes sexta edición es A01N 65 /00, cuyos inventores son Moshe Reuveni, Gregory Pipko, Dani Neifeld. La solicitud correspondiente lleva el número 7703, y fue presentada a las 10:28:26 del 24 de febrero de 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 6 de junio del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 49987.—(70510).

La señora Denise Garnier Acuña, mayor, Abogada, cédula de identidad número 1-487-992, vecino de San José, en su condición de apoderada especial de Weber-Stephen Products Co de los Estados Unidos, solicita la Patente de Invención denominada TANQUE RETENEDOR. Las invenciones divulgadas en este documento se relacionan con dispositivos de retención para tanques de gas. En una primera presentación, el retenedor de tanque incluye un soporte para unirse con el cuello de un tanque de gas y una bandeja para unirse con la base del tanque de gas. El soporte es preferiblemente estacionario, mientras que el tanque, aunque apoyado en la bandeja, se hace rotar para engancharlo en una ranura formada en el soporte. La bandeja preferiblemente incluye un canal para recibir y retener la base de un tanque de gas. Los soportes y las bandejas se pueden usar en conjunto o independientemente. La clasificación internacional de patentes sexta edición es F24C 3/12, cuyos inventores son Bruno Adrián, Zelek Leonard. La solicitud correspondiente lleva el número 9778, y fue presentada a las 11:38:43 del 29 de febrero del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de mayo del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 49988.—(70511).

La señora Denise Garnier Acuña, mayor, casada una vez, Abogada, cédula de identidad número 1-487-992, vecina de San José, en su condición de Apoderada Especial de Bayer Cropscience S. A., de Francia, solicita la patente de invención denominada NUEVOS DERIVADOS DE LA BENZOHETEROCICLILETILBENZAMIDA. La presente invención se refiere a nuevos derivados de benzoheterocicliletilbenzamida de fórmula (I), en la que los sustituyentes son según la memoria descriptiva, su procedimiento de preparación, su uso como fungicidas, particularmente en forma de composiciones fungicidas y métodos para luchar contra hongos fitopatógenos de plantas usando estos compuestos o sus composiciones. La clasificación internacional de patentes sexta edición es C07D 209/16, cuyos inventores son Mansfield, Darren, Coqueron, Pierre, Rieck, Heiko, Desbordes, Philippe, Villier, Alain, Grosjean-Cournoyer, Marie-Claire, Genix, Pierre. La solicitud correspondiente lleva el número 9685, y fue presentada a las 10:43:29 del 23 de enero del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 6 de mayo del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 49989.—(70512).

El señor César Carter Cantarero, mayor, abogado, cédula Nº 8-023-645, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de S-Anofi Aventis Deutschland GMB, de R.D. Alemana, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE DIARILCICLOALQUILO, PROCEDIMIENTO PARA SU PREPARACIÓN Y SU UTILIZACIÓN COMO AGENTES ACTIVADORES DEL PPAR. Se refiere a derivados de diarilcicloalquilo, así como a sus sales fisiológicamente compatibles y derivados funcionales fisiológicamente. El invento se refiere por lo tanto a compuestos de la fórmula I. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/421, cuyo(s) inventor(es) es (son) Glombik, Heiner, Eugen, Volklingerweg, Frick, Wendelin, Keil, Stefanie, Schafer, Hans-Ludwing, Schwink, Lothar, Wendle, Wolfgang. La solicitud correspondiente lleva el número 7261, y fue presentada a las 10:48:43 del 25 de febrero del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de marzo del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 50113.—(70513).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Francisco Javier Leyva Lobato, de Costa Rica, solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA ELECTRÓNICO DE COBRO MULTISECTORIAL AUTOMATIZADO. Se refiere a un novedoso sistema de cobro multisectorial que permite ejecutar automáticamente el monitoreo simultáneo de la recaudación y la supervisión de unidades, de transporte de pasajeros en general. La memoria descriptiva, reinvindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es G06F 17/00, cuyo inventor es Francisco Javier Leyva Lobato. La solicitud correspondiente lleva el número 9971 y fue presentada a las 11:20:40 del 13 de mayo del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de julio del 2008.—Nº 50233.—(71057).

El señor Manuel Enrique Lizano Pacheco, mayor, casado, abogado, cédula 1-833-413, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de World-Trade Import-Export, Wtie, A. G., de suiza, solicita la patente de invención denominada COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS QUE COMPRENDEN SUSTANCIAS INHIBIDORAS DE LA RECAPTURA DE NORADRENALINA, DOPAMINA, SEROTONINA, COMBINADAS CON UN AMINOÁCIDO PARA EL TRATAMIENTO DE LA OBESIDAD Y SOBREPESO. La presente invención esta relacionada con la industria farmacéutica en general y con la industria farmacéutica productora de medicamentos para el control de la obesidad y el sobrepeso. Más específicamente se trata de una composición formada por una sustancia inhibidora de la recaptura de noradrenalina, dopamina y serotonina y un aminoácido. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de dibujos y modelos industriales sexta edición es A61K 31/205, cuyos inventores son García Armenta María Elena, Álvarez Ochoa Víctor Guillermo, Santos Murillo Josefina y García Armenta Patricia. La solicitud correspondiente lleva el número 10109 y fue presentada a las 09:41:20 del 23 de junio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de junio del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(71276).

El señor Manuel Enrique Lizano Pacheco, mayor, casado, abogado, cédula 1-833-413, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de World-Trade Import-Export, Wtie, A. G., de suiza, solicita la patente de invención denominada COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS QUE COMPRENDEN SUSTANCIAS INHIBIDORAS DE LAS LIPASAS INTESTINALES COMBINADAS CON UN COMPLEJO O COORDINADO DE DINICOTINATO DE CROMO PARA SU USO EN EL TRATAMIENTO Y CONTROL DE LA OBESIDAD O SOBREPESO. La presente invención está relacionada con la industria farmacéutica en general y con la industria farmacéutica productora de medicamentos para el control de la obesidad y el sobrepeso. Más específicamente se trata de una composición formada por una sustancia inhibidora de las lipasas intestinales y un complejo O-coordinado de dinicotinato de cromo. La composición se caracteriza en que dicha combinación o asociación consiste de una sustancia seleccionada inhibidor de las lipasas intestinales conocida como orlistat y un complejo O-coordinado de dinicotinato de cromo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes sexta edición es A61K 31/365, cuyos inventores son García Armenta, María Elena, Álvarez Ochoa, Víctor Guillermo, Santos Murillo, Josefina y García Armenta, Patricia. La solicitud correspondiente lleva el número 10105 y fue presentada a las 14:03:33 del 20 de junio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de junio del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(71278).

El señor Manuel Enrique Lizano Pacheco, mayor, casado, abogado, cédula de identidad número 1-833-413, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de World-Trade Import-Export, Wtie, A.G., de suiza, solicita la patente de invención denominada COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS QUE COMPRENDEN SUSTANCIAS ANTIDIABÉTICAS COMBINADAS PARA SU USO EN DIABETES MELLITUS TIPO 2. La presente invención describe una composición farmacéutica que comprende una combinación de sustancias antidiabéticas como una sulfonilurea como lo es la glimepirida y una tiazolidinediona como lo es la pioglitazona para el uso farmacológico de la composición en el tratamiento de la Diabetes Mellitus tipo 2; la composición produce un producto de combinación con propiedades mejoradas y produce un efecto sinérgico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes sexta edición es A61K 31/64, cuyos inventores son García Armenta, María Elena, Álvarez Ochoa, Víctor Guillermo, Santos Murillo, Josefina. La solicitud correspondiente lleva el número 10053, y fue presentada a las 11:18:18 del 06 de junio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de junio del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(71280).

El señor Manuel Enrique Lizano Pacheco, mayor, casado, abogado, cédula de identidad número 1-0833-0413, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de World-Trade Import-Export, Wtie, A.G., de suiza, solicita la patente de invención denominada COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS QUE COMPRENDEN SUSTANCIAS DERIVADAS DE LA TIAZOLIDINEDIONAS COMBINADAS CON UNA BIGUANIDA PARA SU USO EN DIABETES MELLITUS TIPO 2. La presente invención está relacionada con la industria farmacéutica en general y con la industria farmacéutica productora de medicamentos para el control de la Diabetes Mellitus tipo 2. La ventaja de la presente invención en relación con las composiciones del estado de la técnica radica en que nuestro invento permite una utilización menor de los componentes que cuando se consumen por separado de manera que se eviten efectos colaterales o secundarios y se alcanza el mismo desempeño o un desempeño mejor aún con estas cantidades menores. Esta composición se trata de una composición farmacéutica formada por una sustancia del grupo de las tiazolidinedionas y una biguanida. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes sexta edición es A61K 31/426, cuyos inventores son García Armenta, María Elena, Álvarez Ochoa, Víctor Guillermo, García Armenta, Patricia, Santos Murillo, Josefina. La solicitud correspondiente lleva el número 10106, y fue presentada a las 09:40:35 del 23 de junio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de junio del 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—(71282).

El señor José Antonio Muñoz Fonseca, mayor, abogado, cédula Nº 1-0433-0939, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Abbott Laboratories, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada EMULSIONES NUTRICIONALES CON VISCOCIDAD INDUCIDA. El presente invento esta dirigido a las emulsiones nutricionales con viscocidad inducida que constan de (A) proteína con un contenido de sulfóxido de metionina con enlace proteico (MSO) que representa 8% o menos, con base molar, del total de metionina de enlace proteico, (B) grasa y (C) un sistema de fibra con viscocidad inducida que proporciona una emulsión con viscocidad empacada de menos de 300 centipoise (cps) y una viscocidad inducida después del consumo de al menos 300 cps. Las emulsiones nutricionales son emulsiones de aceite en agua. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes sexta edición es A23L 1/05, cuyos inventores son Lai, Chron-Si, Johns, Paul, W. La solicitud correspondiente lleva el número 10110 y fue presentada a las 11:20:30 del 23 de junio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de junio del 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—(71283).

La señorita Kristel Faith Neurohr, mayor, soltera, abogada, cédula número 1-1143-447, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Bajaj Auto Limited, de India, solicita la patente de invención denominada VEHICLE FRAME AND METHOD OF MANUFACTURING A VEHICLE, un cuadro de vehículo que comprende una pluralidad de porciones (1 a 31b) de cuadro interconectables, en donde una las porciones (2) de cuadro de vehículo se ensambla en una primera ubicación con componentes de vehículo para formar un componente de cuadro intermedio el cual se ensambla con el resto de las porciones de cuadro en una segunda ubicación diferente de la primera ubicación. El cuadro (1) puede dividirse en porciones en un punto que permite a la porción (50) de cuadro frontal soportar la carga del conductor. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de dibujos y modelos industriales sexta edición es B62K 11/02, cuyos inventores son Joseph Abraham, Patwardhan Vivek Nilkanth, Deshpande Prashant Ramesh. La solicitud correspondiente lleva el número 9714 y fue presentada a las 07:43:22 del 7 de febrero de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de mayo del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(71284).

El señor José Antonio Muñoz Fonseca, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-433-939, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Abbott Laboratories, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada MÉTODO PARA LA UTILIZACIÓN DEL B HIDROXI -B- METILBUTILBUTIRATO. Se divulgan los métodos para dar tratamiento a un individuo que presenta una condición caracterizada por un desequilibrio en la producción de citosinas del tipo 1 y tipo 2, en donde el método abarca la administración al individuo de una cantidad de B-hidroxi-B-metilbutilbutirato (HMB) que es eficaz para modular o provocar en alguna otra manera un aumento en el índice de citosinas del tipo 1 al tipo 2, incluyendo un aumento en el índice de citosinas del tipo 1 al tipo 2, sin un aumento correspondiente en los niveles de citosinas tipo 2. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes sexta edición es A61K 31/19, cuyos inventores son Thomas, Debra, L., Mukerji, Pradip. La solicitud correspondiente lleva el número 10085 y fue presentada a las 14:30:15 del 18 de junio de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de junio del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(71285).

La señorita Kristel Faith Neurohr, mayor, soltera, abogada, cédula de identidad número 1-1143-447, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Monsanto Technology LLC, de los Estados Unidos, solicita la patente de invención denominada COMPOSICIONES INSECTICIDAS Y MÉTODOS PARA CREAR PLANTAS TRANGÉNICAS RESISTENTES A INSECTOS. En la presente invención se proveen secuencias de polinucleótidos aisladas que codifican proteínas ET37, TIC810 y TIC812 de bacillus thuringiensis y secuencias de nucleóticos para usar en la expresión de TIC809, ET37, TIC810 y TIC 812 y fusiones de diversas combinaciones de estas proteínas efectivas como insecticidas, tales como TIC127, en plantas. Se describen métodos para preparar y usar las secuencias de polinucleótidos y las proteínas en el desarrollo de células vegetales trangénicas y plantas transgénicas que presentan resistencia mejorada. La clasificación internacional de patentes sexta edición es C12N 15/31 cuyos inventores son Anderson, Heather, M., Baum, James, A., Chay, Catherine, A., Roberts, James, K., Zhang, Bei. La solicitud correspondiente lleva el número 9769 y fue presentada a las 12:41:03 del 27 de febrero del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de junio del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(71286).

El señor Álvaro Enrique Dengo Solera, mayor, casado una vez, abogado, cédula de identidad número 1-544-035, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Prenet Corporation, domiciliada en los Estados Unidos; solicita la Patente de Invención denominada “SISTEMA DE PAGO ELECTRÓNICO UTILIZANDO CUENTAS INTERMEDIARIAS”. Los pagos en efectivo son aceptados para mercar en un punto de venta. La transacción de pago es efectuada electrónicamente a crédito al final de la cuenta intermediaria del usuario. Las comunicaciones electrónicas subsecuentes entre la cuenta intermediaria y un sitio de venta efectúa el pago al vendedor para los bienes o servicios en representación del usuario final. Este sistema apalanca el sistema de pago de la tarjeta de crédito existente en forma contraria a proveer la conveniencia de aceptar el pago en efectivo para ubicaciones de mercadería en masa. La clasificación internacional de patentes sexta edición es G07F cuyos inventores son Resnick, David, Callanan, Matt. La solicitud correspondiente lleva el número 6365, y fue presentada a las 11:26:00 del 15 de mayo del 2001. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de mayo del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora.—(71318).

El señor Álvaro Enrique Dengo Solera, mayor, casado una vez, abogado, cédula número 1-544-035, vecino de San José, solicita el Modelo Industrial denominado LUCES DELANTERAS PARA UNA MOTOCICLETA TIPO SCOOTER.

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Luces para una motocicleta tipo scooter comprendido de lentes frontales, un plato de soporte y una lámpara de bulbo instalada dentro. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es B60Q cuyo (s) inventor (s) es (son) Masamichi Utida, Katsuyuki Nagano, Lou Ai Ming, Hou Xiang Dong. La solicitud correspondiente lleva el número 7560, y fue presentada a las 12:29:42 del 29 de octubre del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los 3 meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de julio del 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(71319).

El señor Álvaro Enrique Dengo Solera, mayor, casado una vez, abogado, cédula número 1-544-035, vecino de San José, solicita el Modelo Industrial denominado FOCO DIRECCIONAL FRONTAL PARA UNA MOTOCILETA TIPO SCOOTER.

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Foco direccional frontal para una motocicleta tipo scooter que comprende lentes frontales y un plato de soporte en la parte trasera. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es B60Q cuyo (s) inventor (s) es (son) Masamichi Utida, Katsuyuki Nagano, Lou Ai Ming, Hou Xiang Dong. La solicitud correspondiente lleva el número 7558, y fue presentada a las 12:29:11 del 29 de octubre del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los 3 meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de julio del 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(71320).

El (la) señor (a) (ita) Álvaro Enrique Dengo Solera, mayor, casado una vez, abogado, cédula número 1-544-035, vecino de San José, solicita el Modelo Industrial denominado COMBINACIÓN DE FOCOS TRASEROS PARA UNA MOTOCICLETA TIPO SCOOTER.

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Una combinación de focos traseros para una motocicleta tipo scooter comprendido de tres lentes y un plato de soporte en la parte trasera. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es B60Q cuyo (s) inventor (s) es (son) Masamichi Utida, Katsuyuki Nagano, Lou Ai Ming, Hou Xiang Dong. La solicitud correspondiente lleva el número 7559, y fue presentada a las 12:29:26 del 29 de octubre del 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los 3 meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de julio del 2008.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(71321).

El señor Álvaro Enrique Dengo Solera, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-544-035, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de Honda Motor Co., Ltd, de Japón, solicita el Modelo Industrial denominado “MOTOCICLETA TIPO SCOOTER.

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La clasificación internacional de dibujos y modelos industriales sétima edición es 12-11 cuyos inventores son Rika Mizuta, Jun Tanaka. La solicitud correspondiente lleva el número 8116, y fue presentada a las 12:54:45 del 5 de diciembre del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial la Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de mayo del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(71322).

AMBIENTE Y ENERGÍA

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. Nº 12935P.—Agropecuaria Yuky S. A., solicita concesión de: 2,5 litros por segundo del Pozo CY-61, efectuando la captación en finca de Agropecuaria Yuky S. A., en Cóbano, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 179.650/410.725 Hoja Cabuya. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de junio del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 49946.—(70515).

Exp. Nº 6393P.—Patuka Inc S. A., solicita renovación de la concesión de: 1 litro por segundo del Pozo BA-362, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Joaquín, Flores, Heredia, para uso industria y doméstico - bodegas. Coordenadas 220.725 / 518.650 Hoja Barba. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de julio del 2008.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(70524).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Expediente Nº 13014 P.—Parisima Dos Internacional S. A., solicita concesión de: 1.5 litros por segundo del pozo TS-61, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tárcoles, Garabito, Puntarenas, para uso doméstico. Coordenadas: 185.300 / 463.800, hoja Tárcoles. 0,65 litros por segundo del pozo TS-74 efectuando la captación en finca de su propiedad en Tárcoles, Garabito, Puntarenas, para uso doméstico. Coordenadas: 185.350 / 463.600. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de julio del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(70789).

Exp. 13016P.—Kamoire S. A., solicita concesión de: 2. litros por segundo del pozo CN-514, efectuando la captación en finca de su propiedad en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso industria lavado de vehículos, coordenadas 286.700/369.150 hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de julio de 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(70797).

Exp. 13015P. Inversiones Sa y Sa, Sociedad Anónima, solicita concesión de: 1 litro por segundo del pozo AB-1558, efectuando la captación en finca de su propiedad en Escazú, Escazú, San José, para uso consumo humano agropecuario, riego y piscina. Coordenadas 213.100 / 520.300 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de julio de 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(70798).

Expediente Nº 12982P.—Recess P.K.P. S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del pozo BH-48, efectuando la captación en finca de su propiedad en La Cruz, La Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario, abrevadero, doméstico, consumo humano, agropecuario, riego y turístico. Coordenadas: 334.215 / 346.490, hoja Bahía de Salinas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de julio de 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(71212).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente Nº 6341A.—Rodolfo Rodríguez Alvarado, solicita concesión de: 0,45 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca propiedad de don Fernado S. A., en San Isidro, Grecia, Alajuela, para uso agropecuario-abrevadero, consumo humano-doméstico y turístico-piscina. Coordenadas 235.000 / 507.800 hoja Naranjo. Predios inferiores. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de julio del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(71703).

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE

Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLE

EDICTO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Que el día 18 de julio del dos mil ocho, se tiene por presentada la solicitud por parte del señor Jorge Eduardo Solano Zúñiga, mayor, casado, empresario, portador del cédula número 3-293-587, en su condición de Representante Legal, de la empresa denominada Servicentro Santa Ana Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-411695, para cambio de titularidad y prestación de servicio público por concepto de venta de la estación de servicio conocida como Servicentro Herrary, ubicada en Santa Ana, San José; cuyo permisionario de servicio público actual lo es la empresa Servicentro Herrary Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-89091, la cual es representada por su apoderado generalísimo, señor Juan Carlos Herrera Porras, cédula de identidad número 1-547-603, quien ha manifestado que no se le tenga como prestatario del servicio público de estación de servicio Servicentro Herrary por haber vendido dicho local comercial, una vez autorizado el respectivo cambio de titular y manifiesta expresamente traspasar a la empresa denominada Servicentro Santa Ana Sociedad Anónima, todos los derechos inherentes al negocio mercantil de estación de servicio. Se otorga un plazo de quince días hábiles a partir de la primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta, para que aquellos acreedores e interesados se presenten a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 479 del Código de Comercio. Publíquese este aviso por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Msc. Óscar Porras Torres, Director General.—(70810).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Sandra del Carmen López Cortez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 0405-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas cincuenta y cinco minutos del diecinueve de febrero del dos mil ocho. Expediente Nº 34837-07. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Angie María Cortés López... en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre... son “Sandra del Carmen López Cortez”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 50129.—(71064).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Aurora Martínez Cano, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1869-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cuarenta minutos, del diez de julio del dos mil seis. Ocurso. Expediente Nº 2817-06. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de María de los Ángeles Martínez Ramírez..., en el sentido que el segundo apellido de la madre es “Cano” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 50333.—(71065).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Julio José Mena, no indica segundo apellido, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1475-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas diez minutos del dos de julio del dos mil ocho. Exp. Nº 17143-08. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Julio José Mena, no indica otro apellido con María José Duarte García... en el sentido que el apellido de la madre del cónyuge es “Mena, no indica segundo apellido.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General, M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(71232).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Vilma María Escoto Ibarra, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1380-08. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas y siete minutos del veintitrés de junio del dos mil ocho. Ocurso. Exp. N° 11211-2008. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Reichel Scoto Ibarra, en el sentido que el nombre y el primer apellido de la madre son “Vilma María” y “Escoto”, respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(71326).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Andrés Avelino Arrieta, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1385-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cinco minutos del veintitrés de junio del dos mil ocho. Ocurso. Expediente N° 17067-2008. Resultando: I… II… Considerando: I. Hechos Probados:... II. Hechos no Probados:... III. Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Andrés Avelino Arrieta Arrieta con Teresita Montero Fernández, en el sentido que el apellido del cónyuge es “Arrieta, no indica segundo apellido, hijo de Otilia Arrieta, no indica segundo apellido, no indica nacionalidad” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 50449.—(71587).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Blanca Johana Aguilar Rodríguez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución N° 1150-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta minutos del seis de junio del dos mil seis. Ocurso. Expediente N° 30771-05. Resultando: I… II… Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Hechos no Probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Cinthya Karina y Bryan Alejandro ambos Robles Rodríguez... en el sentido que los apellidos de la madre son “Aguilar Rodríguez” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 50497.—(71588)

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Nancy Molina Jaramillo, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 0333-08. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas diez minutos del siete de febrero del dos mil ocho. Expediente Nº 37576-07. Resultando: 1... 2…; Considerando: I.—Hechos Probados... II.—Hechos no Probados... III.—Sobre el fondo…, Por tanto: procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Randall Pereira Mora con Nancy Molina Jaramillo... en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre de la cónyuge son “Martha Jaramillo Canizales”. Se deniega lo referente a rectificar los datos del padre de la cónyuge en el precitado asiento de matrimonio.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 50625.—(71589).

Se hace saber que este registro en diligencias de ocurso incoadas por Aura Julia Serrano, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1225-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas quince minutos del seis de junio del dos mil ocho. Ocurso. Expediente N° 8390-2008. Resultando 1º ..., 2º … 3º… Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Mario Bautista Reyes Serrano, en el sentido que el nombre y el apellido de la madre son “Aura Julia Serrano, no indica segundo apellido” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—MSc. Ligia Maria González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 50628.—(71590).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Silvia Elena Aguilar Rojas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1455-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas del treinta de junio del dos mil ocho. Expediente 13485-2008. Resultando: 1… 2… 3… Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Hechos no Probados:... III.—Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Sergio Antonio Rojas Chinchilla... en el sentido que los apellidos de la madre del mismo son “Aguilar Rojas” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 50675.—(71591).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Marissa del Socorro Gómez Escalante, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1511-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas treinta minutos del catorce de julio del dos mil ocho. Expediente Nº 18244-08. Resultando: 1º—... 2º—…; Considerando: I.—Hechos Probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo… Por tanto: procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Jorge Arturo Portillo Rodríguez con Marisa del Socorro Gómez Escalante... en el sentido que el apellido del padre y el apellido de la madre de la cónyuge son “Gómez, no indica segundo apellido” y “Escalante, no indica segundo apellido” respectivamente.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 50704.—(71592).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Aviso de solicitud de naturalización

Darwin Eliésser Urbina Quiroz, mayor, soltero, auxiliar de tienda, nicaragüense, cédula de residencia 155800725707, vecino de Cartago, expediente 1600-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 10 de julio del 2008.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—1 vez.—(71660).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES 2008

(Modificación)

De conformidad con lo estipulado en el artículo Nº 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo Nº 7 del Reglamento General de Contratación Administrativa, se informa a todos los interesados que durante el período 2008, se contratará lo siguiente:

Descripción                                                                  Monto                                    Cuatrimestre

Servicios de mantenimiento correctivo

y preventivo para radios troncalizados

y equipo electrónico                                       ¢60.200.000,00 (*)                                    III

Anatomía Patológica                                      ¢44.000.000,00 (*)                                    III

Implantes y otros                                             Cuantía inestimada                                    III

Remodelación sede INS-San Pedro               ¢78.000.000,00                                       III

(*) Monto correspondiente a 48 meses.

Nota: las adquisiciones se cancelarán con el presupuesto propio del Instituto, el cual está contemplado en el programa anual de gasto ordinario.

Departamento de Proveeduría.—Map. Elizabeth Castro Fallas, Jefa.—1 vez.—(O/C Nº 18477).—C-15180.—(72214).

AVISOS

COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.

AMPLIACIÓN PROGRAMA DE ADQUISICIÓN

DE BIENES Y SERVICIOS

PRESUPUESTO 2008

                                                                    Monto estimado          Fecha estimada            Fuente de

Tipo de bienes y servicios                 (miles de colones)          inicio proceso       financiamiento

1-  Servicio de mano de obra

      para instalación de sistemas

      de iluminación                                          18.700                        Agosto 2008                Propios

2-  Materiales diversos

      de iluminación                                        176.000                        Agosto 2008                Propios

      Total                                                         194.700

San José, 1º de agosto del 2008.—Sección Control de Presupuesto.—Juan M. Casasola Vargas, Jefe.—1 vez.—(72189).

LICITACIONES

JUSTICIA Y GRACIA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000379-78300

Compra de textiles y vestuarios

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Justicia y Gracia recibirá ofertas hasta las 09:00 horas del día 22 de agosto del 2008, para la licitación supracitada.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta notificación, o podrá obtenerlo en la Proveeduría Institucional del Ministerio de Justicia, que se encuentra ubicado 50 metros al norte de la Clínica Bíblica, frente al Centro Educativo Marcelino García Flamenco, calle 1, ave. 12 y 14.

San José, 31 de julio del 2008.—MBA. Manuel Sánchez Cascante, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 16608).—C-11900.—(72111).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2008LN-000026-01

Contratación de una empresa para la reparación de datafonos o pos

de la red adquirente del Banco Nacional de Costa Rica

La Proveeduría Casa Matriz del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, hasta el veintiocho (28) de agosto del dos mil ocho, a las diez horas, para la “Contratación de una empresa para la reparación de datafonos o pos de la red adquirente del Banco Nacional de Costa Rica”.

El pliego de condiciones puede ser retirado en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de Bienes del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca, previo pago de la suma de ¢2.000,00 (dos mil colones con 00/100).

Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(Nº 2105-2008).—C-8580.—(72101).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

CLÍNICA DR. CLORITO PICADO TWIGHT

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000002-2213

Servicios profesionales para el mantenimiento y soporte de la

red de conectividad y comunicación de equipos

de la Clínica Dr. Clorito Picado

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000002-2213 por la adquisición de Servicios profesionales para el mantenimiento y soporte de la red de conectividad y comunicación de equipos de la Clínica Dr. Clorito Picado.

La apertura de ofertas se realizará el día: 4 de setiembre del 2008, a las 10:00 horas. Se realizará una única visita el día: 18 de agosto del 2008, a las 10:00 horas.

Para lo anterior ver detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 1º de agosto del 2008.—Lic. Josué Castro Camacho.—1 vez.—(71825).

HOSPITAL WILLIAM ALLEN T.

UNIDAD DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2008LA-000007-2307

Construcción de rampa para salida de Emergencia del

Área de encamados, para el Hospital William Allen T.

La Subárea de Contratación de Bienes y Servicios del Hospital William Allen T, de Turrialba, con autorización de la Dirección Médica y Administración, les invita a participar en el siguiente concurso: Licitación Abreviada N° 2008LA-000007-2307, por la construcción de rampa para salida de emergencia del área de encamados, para el Hospital William Allen T.

Fecha y hora máxima de recepción y apertura de ofertas: 21 de agosto del 2008

Hora de apertura: 10:00 horas.

El cartel de especificaciones de este concurso se encuentra a la venta en la Subárea de Contratación Administrativa del Hospital William Allen de Turrialba, ubicado en la entrada principal del cantón, carretera San José -Turrialba.

Valor del cartel ¢500,00 (quinientos colones).

Turrialba, 31 de julio del 2008.—Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Orlando Céspedes Campos, Jefe.—1 vez.—(72188).

HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000034-3003

Compra de mantenimiento preventivo y correctivo

para 115 equipos de refrigeración

Se informa a los interesados que está disponible la licitación abreviada Nº 2008LA-000034-3003 compra de mantenimiento preventivo y correctivo para 115 equipos de refrigeración. Fecha máxima de recepción de ofertas 28 de agosto del 2008 a las 2:00 p. m. El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 1º de agosto del 2008.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador.—1 vez.—(72226).

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN

DIVISIÓN FÁBRICA NACIONAL DE LICORES

SECCIÓN PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000010-PV

Contratación de servicios de reparación de estructuras metálicas

del edificio de la Destilería de Alcoholes

La Fábrica Nacional de Licores, por medio de su Proveeduría comunica que se recibirán ofertas por escrito para el siguiente concurso:

Descripción: Contratación de servicios de reparación de estructuras metálicas del Edificio de la Destilería de Alcoholes.

Tipo de concurso: Licitación Abreviada 2008LA-000010-PV.

Fecha de apertura: 28 de agosto del 2008, 10:00 horas.

Se invita a los interesados a que retiren el cartel en las oficinas de la Sección de Proveeduría, ubicadas en Rincón de Salas de Grecia, en horarios de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 3:00 p. m., sin costo alguno. El acto de apertura de las ofertas se realizará en la oficina de la Proveeduría.

Alajuela, 31 de julio del 2008.—Área Administrativa.—MBA. Francisco Merino Carmona, Coordinador.—1 vez.—(72108).

LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000012-PV

Compra de artículos promocionales

La Fábrica Nacional de Licores, por medio de su Proveeduría comunica que se recibirán ofertas por escrito para el siguiente concurso:

Descripción: Compra de artículos promocionales.

Tipo de concurso: Licitación Abreviada 2008LA-000012-PV.

Fecha de apertura: 25 de agosto del 2008, 10:00 horas.

Se invita a los interesados a que retiren el cartel en las oficinas de la Sección de Proveeduría, ubicadas en Rincón de Salas de Grecia, en horarios de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 3:00 p. m., sin costo alguno. El acto de apertura de las ofertas se realizará en la oficina de la Proveeduría.

Alajuela, 31 de julio del 2008.—Área Administrativa.—MBA. Francisco Merino Carmona, Coordinador.—1 vez.—(72109).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000124-PROV

Adquisición de equipo de cómputo

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 3 de setiembre del 2008, en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este del edificio central, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento:

Adquisición de equipo de cómputo

Las condiciones particulares y especificaciones técnicas podrán adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la misma en la Proveeduría de este Instituto, o accesando nuestra dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PEL/inicio.do.

Las condiciones generales deben de ser consultadas en el cartel tipo, el cual puede adquirirse por los mismos medios indicados en el párrafo anterior.

San José, 1º de agosto del 2008.—Licitaciones-Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera.—1 vez.—(O. S. Nº 335364).—C-11240.—(72198).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000011-PRI

Compra de 2.835.000 kilogramos de sulfato de aluminio granulado

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 09:00 horas del día 28 de agosto del 2008, para contratar la “Compra de 2.835.000 kilogramos de sulfato de aluminio granulado”.

Los documentos que conforman el cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del AyA, sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢500,00; o en el Web www.aya.go.cr, link Proveeduría Institucional.

San José, 25 de julio del 2008.—Jéniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(71830).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA000010-01

Compra e instalación de equipos de aire acondicionado

El Patronato Nacional de la Infancia, cédula jurídica Nº 3-007-042039-35, a través del Departamento de Suministro de Bienes y Servicios, invita a participar en la Licitación Abreviada 2008LA000010-01 “Compra e instalación de equipos de aire acondicionado”.

El  cartel  podrá ser retirado de lunes a viernes de 7:30 a. m a 4:00 p. m en el Departamento de Suministro de Bienes y Servicios, Oficinas Centrales de San José. Sita de la Casa Matute Gómez 300 metros al sur, Barrio Luján.

Las ofertas serán recibidas hasta las 9:00 horas del día 10 de setiembre del 2008, inmediatamente se procederá con la apertura.

San José, 01 de agosto del 2008.—Departamento de Suministro de Bienes y Servicios.—Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora a. í.—1 vez.—(72120).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000018-01

Contratación de los servicios de inspección y control de la

construcción del tanque de almacenamiento de agua potable

La Municipalidad de Belén, hace la siguiente prorroga Licitación Abreviada Nº 2008LA-000018-01 contratación de los servicios de inspección y control de la construcción del tanque de almacenamiento de agua potable. La fecha límite para la recepción de ofertas y apertura de la misma será el día 22 de agosto del 2008, hasta las 10:00 horas, solo se tomará en cuenta el reloj de la Unidad de Bienes y Servicios. Esto por cuanto se recibió una aclaración de uno de los oferentes, la cual se está analizando si se requiere realizar modificaciones al cartel, las cuales estarían comunicando por este mismo medio.

La apertura será realizada en las oficinas centrales de la Municipalidad de Belén, en la misma fecha y hora antes señaladas.

San Antonio de Belén, Heredia, 1º de agosto del 2008.—Marcos Porras Quesada, Subcoordinador Unidad de Bienes y Servicios.—1 vez.—(O. C. Nº 24569).—C-9260.—(72192).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-900136-02

Contratación de los servicios profesionales en geología

La Dirección de Suministros de Recope invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2008LA-900136-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el primer piso de las Oficinas Centrales de Recope, sita en Urbanización Tournón Norte, hasta las 10:00 horas del día 28 de agosto del 2008.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢2.000,00; o bien, el mismo está disponible, sin sus anexos, en la página Web de Recope, www.recope.com.

San José, 30 de julio del 2008.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(Nº 2008-5-329).—C-6620.—(71822).

ADJUDICACIONES

PODER LEGISLATIVO

ASAMBLEA LEGISLATIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000015-01

Adquisición de 6 conmutadores Alcatel de 48 puertos

y 3 conmutadores Alcatel de 24 puertos

Se le avisa a todos los interesados en la referida licitación que mediante el oficio del Director Ejecutivo, D.E.-1972-07-2008, del 30 de julio del 2008, se acordó adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000015-01 “Adquisición de 6 conmutadores Alcatel de 48 puertos y 3 conmutadores Alcatel de 24 puertos” a la empresa Coasin de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-079786-00, por un monto total de $16.800,00.

San José, 31 de julio del 2008.—MBA. Melvin Laines Castro, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 06306).—C-9260.—(72119).

PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000063-87400

Compra de equipo de cómputo

Se avisa a los interesados en esta contratación, que por resolución de adjudicación Nº 2008LN-000063-87400, de las 11 horas del 31 de julio del 2008, se adjudica dicha contratación de la siguiente manera:

a)  A la empresa Solutions Network (SOLNET) S. A.: Línea Nº 1: 35 microcomputadoras de escritorio, por un total de $61.250,00.

b)  A la empresa Central de Servicios P.C. S. A.: Línea Nº 2: 1 servidor para GNU/Linux Debian 4.0.R3, por un total de $4.420,21.

c)  A la empresa I.S. Productos de Oficina C.A. S. A.: Línea Nº 6: 6 impresoras láser a color, por un total de $30.600,00.

d)  A la empresa Telecomunicaciones Radiodigitales (TELERAD), S. A.: Línea Nº 7: 1 impresora láser a color, por un total de $7.431,21.

e)  Las líneas Nº 3, Nº 4 y Nº 5 se declaran infructuosas por la no presentación de ofertas.

San José, 31 de julio del 2008.—MBA. Eloy Cerdas R., Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 10037).—C-13220.—(72139).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Se comunica a todos los interesados que el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión 56-08, celebrada el día 31 de julio de 2008, dispuso adjudicar, las siguientes licitaciones:

Licitación Pública N° 2008LN-000008-PROV “Compra de mobiliario bajo la modalidad de entrega según demanda”, de la siguiente manera:

A: Muebles Crometal S. A., cédula jurídica 3-101-112243.

Bloque N° 2: Ítemes Nos. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9.

Bloque N° 3: Ítemes Nos. 1, 2, 4.

Con una garantía para todas las líneas adjudicadas de 24 meses y un plazo de entrega de 30 días hábiles a partir de la entrega del pedido.

Demás condiciones y características, según el pliego de condiciones y la oferta.

Total anual estimado correspondiente a lo adjudicado para este oferente ¢139.237.610,00.

A: Soluciones Modernas para Oficina y Estanterías S. A., cédula jurídica 3-101-391131

Bloque N° 1: Ítemes Nos. 1, 2, 5 a), 6 b), 8.

Con una garantía para todas las líneas adjudicadas de 24 meses y un plazo de entrega de 30 días hábiles a partir de la entrega del pedido.

Demás condiciones y características, según el pliego de condiciones y la oferta.

Total anual estimado correspondiente a lo adjudicado para este oferente $180.177,00, equivalente al tipo de cambio de 1US$=¢556,27 (17-07-08) para un monto total en colones de ¢100.227.059,70.

En cuanto al bloque N° 1, se declararon infructuosos los ítemes Nos. 3, 4, 5 b), 6 a), 7 a) y 7 b) y en el bloque N° 3, se declaró infructuoso el ítem N° 3.

Licitación Abreviada N° 2008LA-000050-PROV “Acondicionamiento eléctrico para los Tribunales de Justicia de Nicoya”, de la siguiente manera:

A: Sistemas y Construcciones A. G. Limitada, cédula jurídica N° 3-102-236169

El acondicionamiento eléctrico (acometida) para los Tribunales de Justicia de Nicoya, por un monto total de ¢27.743.400,00, impuestos incluidos.

Plazo de entrega: 60 días naturales a partir del quinto día hábil luego de entregado el pedido, vía fax o en forma personal.

Demás características y condiciones según cartel, planos y oferta. Gran total adjudicado ¢27.743.400,00.

Al propio tiempo, dispuso declarar infructuosa la licitación que se dirá:

Licitación Abreviada N° 2008LA-000053-PROV “Contratación de servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de las cámaras enfriadoras, congeladores verticales y horizontales, además de los biotrones ubicados en la Ciudad Judicial de San Joaquín de Flores, Heredia”.

San José, 1º de agosto del 2008.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í., Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(72196).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000026-2104

Por la adquisición de Rituximab 100 y 500 miligramos

Empresa adjudicada: Cefa Central Farmacéutica S. A.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 31 de julio del 2008.—Subárea de Contratación Administrativa.—Bach. Jacqueline Villalobos Hernández.—1 vez.—(71829).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2008LI-000015-PROV

Servicios de limpieza y aseo en Fórmula A: varias zonas

de Sabana norte, este, sur y varias del CAIC del oeste

en Pavas, y Fórmula B: varias áreas: Casa Luz

Belino San Pedro de Montes de Oca, edificio

Para e Hijo en Barrio México y edificio

Tierra I en Heredia

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Subgerencia Administrativa Institucional mediante oficio 5001-891-2008 del 29 de julio del 2008, acordó adjudicar la Licitación Pública Internacional Nº 2008LI-000015-PROV, de la siguiente manera:

Oferta

Fórmula

Monto Adjudicado (CRC)

4

DISTRIBUIDORA MOZZE S. A.

A

106.128.864,00

B

19.176.396,00

El servicio es por un año, prorrogable por periodos iguales hasta un máximo de 3 prórrogas.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.

NOTA:   Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, personería jurídica y certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 1º de agosto del 2008.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. 335364).—C-16520.—(72200).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000038-PROV

Servicio para desarrollar e implementar

un sistema de gestión integrado

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Dirección Técnica Aseguramiento Ingresos División Clientes, mediante oficio 9040-79-2008 del 18 de julio del 2008, acordó adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000038-PROV, de la siguiente manera:

A: Fundación Centro de Gestión Tecnológica e Informática Industrial, cédula jurídica Nº 3-106-131997.—Oferta Nº 1.

Contratación de servicio para desarrollar e implementar un sistema de gestión integrado.

Total adjudicado: 58.366.360,00 CRC.

Plazo de inicio: Se iniciarán en un plazo máximo de 15 días hábiles a partir de la notificación de la orden de servicio.

Lugar de prestación servicio: Complejo ICE, San Pedro, o en cualquier otro lugar que defina la DT Aseguramiento de Ingresos. Sin embargo en el caso de actividades que no necesariamente deban realizarse físicamente en el ICE, el adjudicatario deberá ejecutarlas en sus propias instalaciones (Revisiones de documentos, elaboración de cronogramas, reuniones, entre otros).

Modalidad y forma de pago: se efectuarán cada 3 meses, de conformidad con el cumplimiento de los entregables indicados en este documento para cada periodo de pago. Estos se llevaran a cabo de la siguiente manera: giro a la vista (a 30 días vista), posteriores a la verificación del cumplimiento de los entregables por parte de la empresa contratada. Para el cálculo de estos pagos se tomara el monto adjudicado y se dividirá entre la cantidad de trimestres que se estima durará esta contratación (8), quedando de esta forma pagos trimestrales en tractos iguales.

Garantía del servicio: Todo oferente debe garantizar en su oferta que en caso de resultar adjudicado, el servicio ofrecido será permanente e ininterrumpido durante todo el periodo de la contratación y se brindara con la más alta calidad, eficacia, eficiencia y por el personal capacitado.

Garantía de cumplimiento: 5% del valor total adjudicado con una vigencia de 24 meses.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.

NOTA:   Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, personería jurídica y certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 1º de agosto del 2008.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. 335364).—C-26420.—(72201).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2008LA-000067-PROV

Adquisición de láminas de acero al carbón

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Subgerencia Sector Electricidad, mediante oficio 0510.1085.2008 del 23 de julio de 2008, acordó adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000067-PROV de la siguiente manera:

A:  Triple-S Steel Supply Co.—(Oferta N° 2)

Partida única (Arts. 1, 2 y 3): Láminas de acero.

Monto total adjudicado 557.118,00 USD.

Plazo de entrega: 120 días hábiles a partir de la notificación de la orden de compra.

Modalidad de pago: Crédito documentario (confirmado).

Forma de pago:

60% a 30 días contra presentación de documentos de embarque.

40% restante a 30 días contra el recibido conforme del suministro en el lugar de entrega señalado.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.

NOTA: Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS, actualizada, personería jurídica y certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 1º de agosto del 2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 335364).—C-17180.—(72203).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000075-PROV

Contratación del diseño de la estructura de clasificación y valoración

de puestos para el ICE, con sus respectivas herramientas técnicas

para gestionar el recurso humano

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la División Capital Humano, mediante oficio 53045-0631-2008 del 29 de julio de 2008, acordó adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000075-PROV de la siguiente manera:

A: Manpower Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-212545.

“Contratación del diseño de la estructura de clasificación y valoración de puestos para el ICE, con sus respectivas herramientas técnicas para gestionar el recurso humano”.

Monto total adjudicado: USD 175.000,00.

De acuerdo con el siguiente cuadro de actividades:

 

Partida

Producto

Descripción

Plazo de entrega

(días hábiles)

FASE I

Diseño y definición de la estructura de clasificación de puestos

1

Cronograma de trabajo y metodología para cada una de las fases y actividades del proyecto (ver 6.1)

25

2

Taller de capacitación sobre la metodología de clasificación y valoración a aplicar descritas en el capítulo III de este cartel (ver del 7.1 al 7.10)

3

Informe de entendimiento organizacional y su relación con la clasificación y valoración de los puestos identificados en los sectores de telecomunicaciones, electricidad, administrativo y la alta Gerencia según el análisis estratégico del ICE y conforme a las necesidades de los negocios

4

Informe y mapa de la estructura de familias de puestos, clases y perfiles de puestos identificados descritos y valuados por tipo de responsabilidad naturaleza del trabajo y competencias del ICE alineados a la estrategia de los negocios y sus procesos correspondientes por sector telecomunicaciones electricidad administrativo a la alta Gerencia identificar las familias especificas y genéricas correspondientes a los sectores de telecomunicaciones electricidad administrativo y alta Gerencia. (ver del 3.1.3 al 3.1.3.3)

50

5

Catálogo de familias de puestos, clases y roles con descripción detallada por nivel jerárquico y responsabilidades bien definidas y sus competencias asociadas a cada nivel correspondiente (ver 3.1.4)

10

FASE II

Diseñar la estructura de la compensación alineada a la estrategia de negocio

6

Informe con estructura de compensacio9n (fija y variable) de familias de puesto, clases y roles que incluya tabuladores equidad interna y externa por sector: telecomunicaciones, electricidad y corporativo. El oferente deberá brindar por escrito y en forma electrónica, los procedimientos necesarios para gestionar los nuevos elementos de la compensación en el instituto. (ver del 3.2.1 al 3.2.1.5)

40

7

Escala e índice salarial por sector: telecomunicaciones, electricidad, administrativo y la alta Gerencia. (ver 3.3.1)

5

8

Informe final que integre todos los productos anteriormente descritos. (ver 3.3.2)

10

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.

Nota:  Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, personería jurídica y certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada o poder consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢ 2,50 por cada ¢ 1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 1º de agosto de 2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 335364).—C-52480.—(72205).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE ORO

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2008LA-000003-01

Contratación de maquinaria para realizar bacheo mecanizado en los

caminos del distrito de La Unión, Montes de Oro, Puntarenas

La Municipalidad de Montes de Oro, resuelve en forma definitiva, adjudicar la Licitación Abreviada N° 2008LA-000003-01, a la empresa Alquileres Valverde S. A., cédula jurídica número 3-101-168406, por un monto de ¢28.575.000,00, (veintiocho millones quinientos setenta y cinco mil colones netos).

Marlene Ramírez Posada, Secretaria Municipal.—1 vez.—(72208).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000005-01

Realización de un tratamiento asfáltico bitumino (T.S.B.-3) de

36.000 metros cuadrados en las calles del distrito de Miramar

La Municipalidad de Montes de Oro, resuelve en forma definitiva, adjudicar la licitación pública Nº 2008LN-000005-01, a la empresa Alquileres Valverde S. A., cédula jurídica Nº 3-101-168406, por un monto de ¢97.920.000,00 (noventa y siete millones novecientos veinte mil colones netos).

Marlene Ramírez Posada, Secretaria Municipal.—1 vez.—(72210).

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2008LN-000006-01

Adquisición de agregados para el tratamiento asfáltico bituminoso

(T.S.B.-3) de 6 kilómetros en las calles del distrito de Miramar

La Municipalidad de Montes de Oro, resuelve en forma definitiva, adjudicar la Licitación Pública N° 2008LN-000006-01, a la empresa Productos Canteros Marítimos, PROCAMAR S. A., cédula jurídica número 3-101-377310, por un monto de ¢58.450.000,00, (cincuenta y ocho millones cuatrocientos cincuenta mil colones netos).

Marlene Ramírez Posada, Secretaria Municipal.—1 vez.—(72211).

AVISOS

COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000012-PROV

Venta de una máquina de impresión offset usada

Les comunicamos que la Gerencia General de esta Compañía, acordó declarar infructuosa la licitación en referencia.

José Antonio Salas Monge, Proveedor Institucional.—1 vez.—(72103).

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000018-CV

Adquisición de vehículos automotores para el CONAVI

En relación con la licitación arriba indicada, se informa a las potenciales personas interesadas en dicho concurso, que al cartel se le hacen las siguientes correcciones.

Por página 18, numeral 2.5.6 Ventajas adicionales: Puntaje máximo: 10 puntos

Donde dice:

Ventajas adicionales

Puntaje

1. Modelo 2009

2

2. Sistema de alarma o inmovilización antirrobos

2

3. Barras protectoras laterales

2

4. Cantidad de válvulas

16

2

12

1

5. Sistema frenos ABS en las 4 ruedas

2

Total

10

Léase correctamente:

Ventajas adicionales

Puntaje

1. Modelo 2009

2

2. Sistema de alarma o inmovilización antirrobos

2

3. Barras protectoras laterales

2

4. Cantidad de válvulas

16

2

12

1

8

0.50

5. Sistema frenos ABS en las 4 ruedas

2

Puntaje máximo

10

En ese mismo orden, en el numeral 4.2.2 Especificaciones Técnicas

Constituye parte del cartel lo siguiente:

El CONAVI como parte de pago en cualquiera de las líneas, obligatoriamente, el eventual adjudicatario recibirá el siguiente vehículo:

1 (un) vehículo doble tracción, marca Chevrolet, modelo Trailblazer, año 2004, número de chasis 1GNET19P8446223128, motor 46223128, combustible gasolina, color azul, placa 581594.

Todo lo demás se mantiene invariable.

San José, 31 de julio del 2008.—Proveeduría y Suministros.—MBA Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 1439).—C-26820.—(72225).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-004939-01

(Aclaración Nº 2)

Construcción remodelación oficina BCR en Playas El Coco

El Banco de Costa Rica, informa a los interesados en la licitación en referencia las siguientes aclaraciones:

1.  Se modifica el plazo para la recepción de ofertas para el día 13 de agosto del 2008, a las diez horas con treinta minutos (10:30 a. m.).

2.  No cotizar la pared indicada en planos como PGM, cotizarlas como PFM (forro de paredes y/o paneles con madera aglomerada de 25 mm de espesor, recubierta con plástico laminado metalizado igual o similar al satin stainless 4830-07 de la casa Wilsonart, con estrías en perfil de aluminio natural Tipo “U” de 13x13 mm, la separación entre las estrías será definido por el inspector del BCR).

3.  Eliminar paredes de seguridad indicadas entre los ejes A-D y eje 1.

4.  Colocar una película polarizada negra adicional, entre los ejes A-D y eje 1.

El resto del cartel se mantiene invariable.

San José, 1º de agosto del 2008.—Oficina de Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Área de Licitaciones.—1 vez.—(Solicitud Nº 14755).—C-13880.—(72150).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2008LN-000045-PCAD

(Enmienda 1)

Suministro e instalación de rotulación interna y externa

para el Banco Popular (consumo por demanda)

Se les comunica a todos los interesados en este concurso que el documento que contiene la Enmienda Nº 1 al cartel, de oficio, puede ser retirado en el Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, ubicado en el sexto piso de las sede central, en avenidas 2 y 4, calle 1, San José, en un horario de lunes a viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m.

La fecha de apertura de ofertas de este concurso se traslada para el 12 de agosto del 2008 a las 14:00 horas.

Todas las demás condiciones y requisitos se mantienen invariables.

San José, 1º de agosto del 2008.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Coordinadora.—1 vez.—(72204).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2008LN-108040-UL

(Aclaración - Modificación - Prórroga)

Servicios Profesionales para la adquisición de una solución integral

para la implementación de los Procesos de Entrega y Soporte

y Gestión Documental del Modelo de Gestión de Servicios

de Tecnología de la Información, los cuales están diseñados

con base en las mejores prácticas ITIL y COBIT

Se comunica a los interesados en el presente concurso, cuya invitación se publicó en el Diario Oficial La Gaceta N° 135 del 14 de julio 2008, lo siguiente:

I.   Aclaración:

1.  En el capítulo I Aspectos Técnicos, aparte V Requisitos técnicos para el oferente, inciso D Entregables, “Adquisición de la herramienta”, punto 3 Customización, se aclara lo siguiente:

La customización debe considerar la parametrización de los flujos de trabajo, de los roles con sus responsabilidades y las respectivas líneas de reporte funcional; de los reportes y consultas sobre los indicadores de desempeño; así como los requerimientos que se definan de acuerdo al Modelo diseñado, y que permitan que la herramienta implemente los procesos diseñados y definidos en el alcance; y siguiendo el Plan de Implementación.

II.  Modificación:

1.  En el capítulo I Aspectos Técnicos, aparte III Requisitos técnicos para el oferente, punto 2

Donde dice:

Las notas deben haber sido emitidas en un plazo máximo de 6 meses anteriores en relación con la fecha de apertura; notas con plazos mayores de emisión no serán consideradas en los requisitos. El INS se reserva el derecho de verificar cada constancia de referencia. (Subrayado no es del original).

Debe leerse:

Para todos los casos, las notas presentadas deben estar firmadas por una persona que ocupe en la fecha de emisión un puesto gerencial dentro de la empresa. No se tomarán como requisitos cumplidos ni se asignarán puntos a los oferentes que no presenten las referencias solicitadas. Estas deben referirse a proyectos realizados dentro de los cinco años inmediatos anteriores a la fecha fijada para la apertura.

En caso de que la persona que emitió la nota ya no labore en la empresa, el oferente deberá confirmar en su oferta el nombre y los datos (teléfono, facsímil, correo electrónico, etc.) de la persona con la cual podrá verificarse la información en la empresa que emitió la nota.

2.  Los interesados deben retirar en el Departamento Proveeduría un nuevo anexo con información adicional incorporado al pliego de condiciones.

III.      Prórroga:

La apertura de ofertas se prorroga para las 09:00 horas del 03 de setiembre del 2008.

Todos los demás términos y condiciones permanecen invariables.

San José, 1º de agosto del 2008.—Mba. Elizabeth Castro Fallas, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 18477).—C-27080.—(72215).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2008LN-000004-2102

Insumos por consignación-Laboratorio de Hemodinamia

El pasado 8 de julio del 2008 en La Gaceta Nº 131, fue prorrogado hasta nuevo aviso el proceso licitatorio en mención, debido a los recursos de objeción al cartel, interpuestos por las casas comerciales Internacional Medical Advances y Laboratorios Rymco, los cuales han sido debidamente resueltos y por ende el cartel licitatorio sufrió varias modificaciones.

Por tal motivo la Dirección del Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital San Juan de Dios debidamente autorizada les comunica a todos los interesados en dicha licitación que la nueva fecha límite para la recepción de ofertas será el día 14 agosto del 2008 a las 9:00 horas, por lo que el nuevo cartel se encuentra disponible de forma digital en este despacho, a la hora de retirarlo, favor traer un dispositivo de almacenamiento.

San José, 1º de agosto del 2008.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Msc. Maritza Campos Calvo, Jefa a. í.—1 vez.—(72181).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2008LI-000002-PRI

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la Licitación Pública Internacional Nº 2008LI-000002-PRI, que la fecha de recepción de los documentos que conforman la oferta según los términos de la presente contratación, se prorroga para el día 28 de agosto del 2008, hasta las 14:00 horas (hora del despacho).

San José, 31 de julio del 2008.—Lic. Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—(71831).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ

LICITACIÓN PÚBLICA N°2008LN-000002-PROV (Prórroga)

Contratación de servicios profesionales de hasta tres agencias de

publicidad que brinden asesoramiento técnico, intermediación

operativa y de producción en materia de publicidad

A los interesados en la presente licitación, se les comunica que la apertura de ofertas ha sido prorrogada para las 10:00 horas del día 23 de setiembre del 2008.

Posteriormente se estarán publicando algunas aclaraciones y/o modificaciones al cartel de esta licitación.

San José, 1º de agosto del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Jorge A. Villalobos Fonseca, Jefe.—1 vez.—(O/C Nº 10611).—C-6620.—(72231).

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE OROTINA

REGLAMENTO PARA EFECTUAR DECOMISOS DE MERCADERÍA,

POR VENTA EN LA VÍA PÚBLICA, Y DECOMISOS DE BEBIDAS

ALCOHÓLICAS EN LUGARES NO AUTORIZADOS POR

LA MUNICIPALIDAD DE OROTINA DENTRO

DE SU JURISDICCIÒN

CAPÍTULO I

Artículo 1º—Definiciones. Para efectos de este Reglamento se entenderán como:

•    Decomiso: Para los efectos del presente Reglamento se entiende por decomiso el secuestro de la mercadería aplicada en los casos en que se realiza el comercio sin contar con la respectiva licencia o patente municipal, para la actividad específica.

•    Ley: Ley de impuesto de Patentes de la Municipalidad de Orotina (Ley Nº 7246).

•    Licencia o patente: Autorización que previa solicitud del interesado, concede la Municipalidad, para ejercer cualquier actividad lucrativa dentro de su jurisdicción.

•    Licencia o patente temporal: Autorización que previa solicitud del interesado, concede la Municipalidad, para el ejercicio de actividad lucrativa no permanente en el tiempo de acuerdo a la vigencia que la Municipalidad les otorga y las leyes y reglamentos que le dan fundamento; dentro de la jurisdicción de la Municipalidad.

•    Municipalidad: Para los efectos de este Reglamento se entiende por Municipalidad a la Municipalidad de Orotina representada por las distintas dependencias de acuerdo a sus funciones y nivel de autoridad.

•    Patentado: Persona física o jurídica que adquiere Licencia Municipal para ejercer actividades lucrativas, y quien paga el respectivo impuesto.

•    Permiso de funcionamiento: Autorizaciones por escrito que a criterio de la Municipalidad o exigidas por ley especial deben obtener los interesados ante organismos estatales de acuerdo a sus funciones delimitadas por el principio de legalidad, de previo a que la municipalidad les otorgue la patente.

•    Persona física: Todo aquel que ejerce la existencia y capacidad jurídica de acuerdo a los artículos 31 y 36 del Código Civil.

•    Persona jurídica: Toda aquella que ejerce la existencia y capacidad jurídicas de acuerdo a los artículos 33, 34 y 36 del Código Civil.

•    Venta: Contrato bilateral por el que se transmite la propiedad de un bien determinado, a cambio de una contraprestación.

•    Comercio: comprende la compra y venta de toda clase de bienes, mercaderías, propiedades, títulos valores, monedas y otros. Además, los actos de valoración de los bienes económicos, según la oferta y la demanda, tales como casas de cambio, comisionistas, agencias corredores de bolsa, instituciones bancarias y de seguros, salvo las estatales, instituciones de crédito y, en general todo lo que involucre transacciones de mercado de cualquier clase. Finalmente, incluye los establecimientos de servicios de restaurante, cantina, recreo y esparcimiento en general.

•    Servicios: Comprende los servicios prestados al sector privado, al sector público, o ambos que sean atendidos por organizaciones o personas privadas. Comprende entre otros el transporte, almacenaje, las comunicaciones, los establecimientos de enseñanza privada y el esparcimiento.

•    Vía pública: comprende elementos de vialidad como calles, aceras, plazas, caminos u otro sitio por donde se transita o circula.

Artículo 2º—Ámbito de aplicación. Toda persona física o jurídica que se dedique al ejercicio de cualquier tipo de actividad lucrativa, en el cantón de Orotina, y haya o no; obtenido la respectiva licencia, deberá pagar a la Municipalidad de Orotina el impuesto de patente que las faculte para llevar a cabo esa actividad. Dicho impuesto se pagará durante todo el tiempo en que se ejerza la actividad lucrativa, o por el tiempo que se posea la licencia, aunque la actividad no se haya realizado de acuerdo a lo establecido en el Código Municipal.

CAPÍTULO II

Artículo 3º—Potestades. Son potestades de la Municipalidad de Orotina:

a)  Conceder o denegar las licencias conforme lo establecen la Ley y este Reglamento.

b)  Verificar los datos que el interesado le proporcione como requisito para solicitar la licencia según se establece en este Reglamento.

c)  Realizar inspecciones periódicas y sin necesidad de previo aviso para comprobar que se están dando las condiciones de oferta de mercadería en la vía pública (aceras y calles).

d)  Practicar decomisos de mercadería que se ofrece a la venta, en la vía pública, lo cual podrán hacer por si mismo y cuando lo considere pertinente, podrá acudir a las autoridades de policía para realizar decomisos de mercadería.

e)  En el caso de patentes otorgadas, como ambulante, pero que se encuentre estacionados en la vía pública, podrá proceder a la suspensión provisional, suspensión definitiva, cancelación de la licencia; en caso de reincidencia; sin responsabilidad alguna para el municipio; pero en observancia del debido proceso.

f)   Conocer las solicitudes de devolución de mercadería decomisada; en virtud de operativo de control que genere la sustracción de la misma.

g)  Aprobar o denegar las solicitudes de devolución de la mercadería.

h)  Cualquier otra otorgada por ley o este Reglamento.

Artículo 4º—Deberes de la Municipalidad. Son deberes de la Municipalidad:

a)  Brindar la información necesaria sobre los requisitos de las solicitudes de licencias.

b)  Elaborar los formularios que establece este Reglamento.

c)  Tramitar dentro del término que establece este Reglamento las solicitudes de licencia, según los procedimientos de trámites municipales establecidos al efecto.

d)  Entregar copia del documento de decomiso, debidamente confeccionado; al infractor.

e)  Facilitar fotocopia, del documento utilizado, sea para la devolución; donación; destrucción o envío al Juzgado competente; del decomiso realizado; esto cuando se presente solicitud formal del afectado directo.

f)   La Municipalidad está obligada a hacer cumplir la Ley de Patentes Municipales, y las demás normas que tengan relación con el ejercicio de actividades lucrativas en el cantón de Orotina.

Para cumplir con la obligación señalada podrá acudir a las otras instituciones del estado y sus dependencias y coordinar con ellas la ejecución e implementación de lo que imponga la normativa establecida.

Artículo 5º—De la inspección municipal. La Municipalidad por medio de sus funcionarios y/o habilitadas al efecto, podrá ejercer las labores de inspección que considere oportunas, para el fiel cumplimiento del presente Reglamento; conforme lo establece el artículo 198 del Código Procesal Penal y siguientes concordantes.

CAPÍTULO III

Artículo 6º—Procedimiento de decomiso. Cuando una persona que se dedique a la venta de productos o servicios (incluye ventas ambulantes de bienes y servicios), y ante el requerimiento de los inspectores municipales o de las otras autoridades que los acompañan, no presente su correspondiente patente o licencia municipal que le autorice a ejercer esta actividad específica, sin perjuicio de otras sanciones que se puedan aplicar, se procederá de la siguiente manera: Se rotulará con una boleta de decomiso que al efecto se elaborará y en ella se consignará el número de decomiso, la persona a quien se le decomisa, la autoridad administrativa que decomisa, hora, fecha y lugar, además de una descripción y cantidad del bien decomisado.

Para ello se seguirá el siguiente proceso:

1)  Se le informará de lo que establece este Reglamento y demás normativa para el Funcionamiento de las Ventas Estacionarias y Ambulantes en Vías Públicas del Cantón si se tratare de vendedores ambulantes o de lo que señala este Reglamento en los otros casos; por medio de la lectura de las faltas concretas a esos reglamentos en que haya incurrido a través de una notificación escrita entregada al efecto. Si se negare a recibirla, los funcionarios municipales podrá dejar constancia de ello en ese documento y aportará los testigos del caso de esta situación específica.

2)  En el mismo acto se procederá al decomiso de toda la mercadería que tenga expuesta esa persona sobre la vía pública o aquella que cargue en su cuerpo pudiendo al efecto el funcionario municipal recogerla o bien de aquella mercadería para la cual no tenga licencia para su explotación o comercialización. Este decomiso se consignará en un acta que se levantará al efecto en la que se establecerá la hora y fecha del operativo, el inventario de la mercadería obtenido, establecer en el lugar, una estimación del precio de mercado de la misma. Además se marcará la mercadería decomisada con una señal de decomiso. El acta debe estar firmada por el funcionario municipal encargado del proceso así como de un testigo, en caso de haberlos.

3)  El interesado deberá demostrar mediante facturas o documentos de ley la propiedad de la mercadería decomisada, a más tardar al tercer día hábil de la fecha del decomiso. Si no pudiere hacerlo los funcionarios municipales no la entregarán al infractor.

4)  Una vez hecho el decomiso y demostrada la propiedad de la misma por parte del vendedor, éste podrá retirarla mediante firma en acta para tal fin en la que constará el detalle de la mercadería retirada.

5)  Los funcionarios municipales encargados al efecto levantarán un archivo de infractores de este Reglamento para lo correspondiente al inciso siguiente de este artículo.

6)  En caso de reincidencia de los hechos señalados en el presente artículo por parte del vendedor, la municipalidad trasladará el caso a la autoridad competente para lo que corresponda.

7)  Al estar en conocimiento de un hecho ilícito, sea por una infracción a una ley, falta o contravención que infrinja la Ley de Licores, se remitirá informe respectivo con la evidencia decomisada a la autoridad judicial correspondiente.

Artículo 7º—Del destino de la mercadería decomisada. La mercadería decomisada podrá ser dispuesta por la Municipalidad de la siguiente manera:

a)  Podrá ser devuelta al vendedor cuando cumpla con lo establecido en el artículo anterior y en caso de que se trate de su primera infracción a este Reglamento. Para este efecto la parte interesada deberá acudir a la Municipalidad dentro de los tres días hábiles posteriores al decomiso. Si no acudiere en este plazo se procederá de acuerdo a los incisos siguientes de este artículo, sin responsabilidad para la institución.

b)  Si el vendedor no acudiere a reclamar la mercadería o si no cumpliere con los requisitos establecidos en el artículo anterior se procederá así:

•    Si se tratare de mercadería orgánica, comestible y perecedera será entregada a una organización de bien social del cantón a criterio de la Alcaldía Municipal, conforme a solicitudes presentadas. De determinarse el vencimiento de la mercadería o descomposición antes de los tres días que tiene derecho el vendedor, será desechada mediante acta en el Vertedero Municipal de Desechos Sólidos o sitio que la Municipalidad defina al efecto y que haga constar en el acta respectiva que se levante según se expresó en el Artículo 6 de este reglamento.

•    Si se tratare de otro tipo de artículos o servicios serán entregadas a organización social o de educación que defina el Concejo, siempre y cuando su uso no se oponga a las buenas costumbres o seguridad, en cuyo caso serán dispuestas o desechadas en el Vertedero Municipal de Desechos Sólidos mediante acta al respecto.

•    Si se determina que la mercadería puede ser producto de un delito, se debe proceder a entregar al Poder Judicial para lo que corresponda.

CAPÍTULO IV

Artículo 8º—Sanciones. Por incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, sin perjuicio de las demás estipuladas en este Reglamento, podrá la Municipalidad imponer las siguientes sanciones:

a)  Suspensión de la licencia, de acuerdo a las reglas del debido proceso.

b)  Clausura de la actividad, de acuerdo a las reglas del debido proceso.

c)  Imposición de multas. Por una primera vez, la suma de veinte mil colones exactos (¢20.000,00), de no cancelarse este rubro en las cajas municipales dicho rubro se pasará a cobro administrativo y/o judicial en caso que corresponda.

d)  En caso de reincidencia, se presentará la correspondiente denuncia ante los órganos judiciales competentes en los casos conducentes.

Artículo 9º—Suspensión de la licencia. En el caso de contar con licencia para la actividad ambulante o estacionaria y ser reincidente en la venta en sitios públicos no autorizados; la licencia será suspendida temporalmente, en la segunda reincidencia y en forma definitiva al tercer decomiso.

Artículo 10.—Clausura. Se decretará la clausura de la actividad y/o la consecuente cancelación de la patente, en los siguientes casos:

a)  Por falta de licencia.

b)  Por lo dispuesto en el artículo 10 de este Reglamento.

c)  Por lo señalado en el procedimiento de cierre de negocios del Reglamento de Ley de Licores Nº 17757-6 y el artículo 42 de La Ley de Licores.

d)  Y las demás que se deriven de este Reglamento.

Artículo 11.—Multas. La Municipalidad impondrá las multas estipuladas en el artículo 8 de este Reglamento.

Artículo 12.—Denuncias ante los órganos jurisdiccionales. La Municipalidad procederá a denunciar ante los órganos jurisdiccionales competentes en los casos contemplados en los artículos 9º y 10 de este Reglamento.

Artículo 13.—Ruptura de sellos. Los sellos que coloque la Municipalidad con el fin de clausurar e impedir el ejercicio de actividades lucrativas de acuerdo a este Reglamento o normativa vigente son patrimonio público oficial y se hace para los efectos fiscales que corresponde. El patentado tiene la obligación de velar y cuidar por la protección de estos sellos. Si la Municipalidad por medio de los funcionarios competentes conociera y lograre demostrar que el patentado o empleado del mismo ha roto o permitido que rompan los sellos, podrá comunicarlo a la autoridad judicial competente, para que se ejecute la sanción correspondiente conforme a lo definido en el Código Penal.

Artículo 14.—Recursos. Los actos que emanen del decomiso de mercadería, suspensión y cancelación de patentes contra lo resuelto por la oficina de Patentes, procederán los recursos ordinarios ante el Alcalde y el Concejo Municipal de acuerdo a lo previsto en el artículo 161 y 162 del Código Municipal.

Artículo 15.—Aplicación irrestricta de este Reglamento. Los procedimientos para cobrar el impuesto de patentes, fijados en este Reglamento, no excluyen las actividades sujetas a licencia que, por características especiales sean objeto de gravámenes impositivos creados por leyes de alcance nacional.

Artículo 16.—Derogatoria. Este Reglamento deroga cualquier disposición anterior que se le oponga.

Artículo 17.—Vigencia. Se somete a publicación consultiva no vinculante de este reglamento por el término de diez días hábiles conforme al artículo 43 del Código Municipal. Rige a partir de su publicación definitiva.

Aprobado en forma unánime y en firme por el Concejo Municipal de Orotina, en el Acta de Sesión Ordinaria Nº 176, celebrada el día 29 de mayo del 2008, en su artículo V, aparte 1, inciso b).

Bach. Jéssica Solano Sánchez, Secretaria Municipal a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 18069).—C-126020.—(71135).

REGLAMENTO PARA EL COBRO DE LA TASA POR CONCEPTO

DE MANTENIMIENTO DE PARQUES Y ZONAS VERDES

EN LOS DISTRITOS EN DONDE SE PRESTE

EL SERVICIO EN LA JURISDICCIÓN

DEL CANTÓN DE OROTINA.

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Para efectos del presente reglamento se definen los siguientes términos:

Mantenimiento: toda aquella actividad técnica y artesanal, así como el costo financiero que realiza la Municipalidad, a través de sus distintas dependencias para la atención de los parques ubicados en los distritos de su jurisdicción en donde se preste el servicio.

Municipalidad: Municipalidad de Orotina.

Parque o zona verde: todo aquel bien inmueble de dominio público que sirva como área de recreo y esparcimiento para la ciudadanía y que cuenta o es sujeto de tener servicios públicos y facilidades urbanísticas, tales como telefonía, agua potable (bebederos), bancas, juegos infantiles, entre otros.  Estos sitios, son de libre acceso a todos los habitantes del país, los que al usarlos tienen la obligación de conservarlos en el mejor estado posible.  Dentro de estos sitios no se deberá:

a)  Destruir los prados, arbustos o árboles que están en ellos plantados.

b)  Destruir las obras de ornato que en estos estén colocadas.

Artículo 2º—El servicio de mantenimiento de parques considera el costo efectivo de lo invertido por la Municipalidad el cuál se distribuye de acuerdo con el metraje lineal de frente de cada propiedad.  Su cálculo se rige de conformidad con el modelo establecido en el artículo 74 del Código Municipal.

Artículo 3º—Es sujeto pasivo de esta tasa todo aquel que sea propietario de un inmueble ubicado en los distritos en los que se preste el servicio al que se refiere este Reglamento, aunque el propietario no demuestre interés en el servicio.

Artículo 4º—El mobiliario urbano existente o que se instale en los parques y zonas verdes, consistente en bancas, juegos infantiles, papeleras, fuentes, señalización, postes y equipo de iluminación así como elementos decorativos (adornos, estatuas, etc.), deberá mantenerse en el más adecuado y estético estado de conservación. Los causantes de su deterioro o destrucción serán responsables no sólo del resarcimiento del daño producido, sino que serán sancionados los que haciendo uso indebido de tales elementos perjudiquen la buena disposición y utilización de los mismos por los usuarios de tales sitios.

Artículo 5º—Cuando por motivos de interés general se autoricen en dichos lugares actos públicos, se deberán tomar las medidas previsoras necesarias para que la mayor afluencia de personas a los mismos no cause detrimento en los árboles, plantas o mobiliario urbano.

CAPÍTULO II

Del procedimiento para el cobro

Artículo 6º—La Municipalidad, cobrará una tasa por concepto de mantenimiento de parques, a todos los propietarios de inmuebles ubicados en los distritos de su jurisdicción en el que se preste el servicio, aún cuando el propietario no demuestre interés en el servicio.

Artículo 7º—El monto de esta tasa se determina tomando en consideración el costo efectivo de lo invertido por la Municipalidad para su mantenimiento, incrementándose en un diez por ciento de utilidad para su desarrollo.  De conformidad con lo indicado en el artículo 2º de este Reglamento.

Artículo 8º—El diez por ciento de utilidad para el desarrollo en que se incrementa la tasa señalada en el artículo anterior, se destinará para impulsar la creación de nuevos parques, para la remodelación de los existentes y para la incorporación de una red o sistema de parques en esta jurisdicción que permita su mantenimiento.

Artículo 9º—Esta tasa deberá pagarla el sujeto pasivo a que se refiere este Reglamento, según la medida frontal o vertical de frente de su propiedad.

Artículo 10.—El cobro de esta tasa lo hará la Municipalidad a los sujetos pasivos, por trimestre y mediante un único recibo que se emitirá para tal efecto.

Artículo 11.—En la determinación del costo efectivo, la Municipalidad tomará como base el gasto real o efectivo que por la actividad de mantenimiento de parques se demuestren con base en los informes de ejecución o liquidación presupuestaria de cada período fiscal, que estarán sustentadas en los costos reales, brindados por la Tesorería Municipal, costos que determinarán la tasa por metro lineal.

Artículo 12.—El atraso en el pago de esta tasa generará intereses que se calcularan según lo establecido en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

Artículo 13.—De conformidad con el artículo 70 del Código Municipal, las deudas por tributos municipales constituirán hipoteca legal preferente sobre los respectivos inmuebles.

Artículo 14.—Esta tasa rige 30 días hábiles después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Artículo 15.—La presente normativa se aprueba en forma unánime y en firme por el Concejo Municipal de Orotina, en el Acta de Sesión Ordinaria Nº 162, celebrada el día 26 de marzo del 2008, en su artículo VII, aparte 6; por lo que, de conformidad con el artículo 43 del Código Municipal, se procede a su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, para abrir el período de consulta pública no vinculante, siendo que posterior a dicho lapso, se procederá a la publicación de su aprobación definitiva.

Bach. Jéssica Solano Sánchez, Secretaria Municipal a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 18069).—C-44420.—(71136).

REGLAMENTO PARA EL USO DE VEHÍCULOS PROPIEDAD

DE LA MUNICIPALIDAD DE OROTINA

Artículo 1º—Objeto. El presente reglamento tiene por objeto, regular el uso, control y mantenimiento de equipo de transporte y automotor de producción de la Municipalidad de Orotina.

Artículo 2º—Definiciones. Para efectos del presente reglamento, se tiene la utilización de los siguientes términos:

1.  Emergencia: es toda aquella cuya acción cuya ocurrencia haya sido imprevisible y que pueda tener consecuencias tales, que den paso a situaciones de alto riesgo en donde peligren vidas humanas o intereses de la población; ejemplo: derrumbes, inundaciones, conflagraciones, sismos, averías debido a desastres naturales en el sistema de acueducto, etc.

2.  Vehículo: en general el equipo de uso administrativo o equipo de producción que pertenece a la Municipalidad de Orotina y que circula por las vías terrestres; dentro de este término se hará la siguiente división: 

a.   Equipo de uso administrativo: es el equipo de transporte que circula por las vías terrestres y designado para uso de las diferentes dependencias municipales sin que estén exclusivamente al servicio de ningún funcionario o empleado en particular; pero estarán asignados a un funcionario específico, para efectos de asignación de responsabilidad y control interno, el cual deberá de cumplir este reglamento y las normas de control interno que al efecto se emitan. En este grupo se encuentran motocicletas, automóviles livianos, vehículos tipo rural o pick up, y el resto que no se clasifique como esquipo de producción.

b.  Equipo de producción: es el equipo automotor que circula por las vías terrestres, que presenta características especiales y con cuyo funcionamiento se logra realizar tareas de índole mecanizadas, entre estos equipos se encuentran retroexcavadoras, tractores, niveladoras, vagonetas, entre otras.

Este reglamento utiliza en forma indistinta el término vehículo, salvo que expresamente se indique con alguna de las anteriores definiciones.

3.  Funcionario autorizado: el funcionario municipal que esté debidamente autorizado, previo cumplimiento de requisitos legales, para conducir vehículos municipales. En la institución se conformará un registro de conductores autorizados.

4.  Funcionario responsable: el funcionario municipal al cual se le ha asignado un vehículo propiedad de la Municipalidad de Orotina, y el cual tendrá la responsabilidad directa de velar por dicho vehículo, de acuerdo a las pautas de este reglamento y las medidas de control interno que se emitan.

DEL USO DE LOS VEHÍCULOS

Artículo 3º—Registro en inventarios. Todos los vehículos serán parte del patrimonio de la institución, se contarán como activos, estarán incorporados en los registros contables que al efecto se lleven de conformidad con la normativa contable para el sector público, estarán asignados a una dependencia administrativa así como a un funcionario en específico, quien será el responsable directo del vehículo, y velar por su mantenimiento y cuidado; dicho funcionario será el único autorizado para conducirlo y estará debidamente inscrito en el registro de conductores que al efecto se confeccione.

Artículo 4º—Del uso en general. Los vehículos municipales no pueden usarse en situaciones diferentes a las funciones e intereses propios de la institución.

Cuando se tenga vehículos que respondan a un programa en específico, sólo se utilizarán ordinariamente en las labores que competen a dicho programa.

Artículo 5º—Del horario: Los vehículos podrán ser utilizados sólo dentro de la jornada laboral de la institución, de conformidad con los horarios definidos por el Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad de Orotina, tanto para la parte operativa como para la parte administrativa, según se encuentren asignados.

La utilización de vehículos fuera de la jornada laboral ordinaria, sólo se autorizará previa solicitud escrita por parte de la dependencia competente y aprobada por la Alcaldía o a quien ella designe, de acuerdo al manual que se emita para tal efecto. Cuando se trate de emergencias calificadas y con resolución de la Alcaldía Municipal, se dispensará de dicho trámite de solicitud previo, sustituyéndose por un reporte detallado de su uso, luego de solventada la situación.

Artículo 6º—De la jurisdicción: Los vehículos son para utilización dentro de la jurisdicción del cantón de Orotina, en caso de requerirse su salida de dicho territorio, se requerirá autorización expresa de la Alcaldía Municipal, según la solicitud realizada y a las normas de control interno que se emitan al efecto.

Artículo 7º—Identificación. Todo vehículo propiedad de la Municipalidad de Orotina, deberá estar debidamente rotulado, en lugar visible, con letra de un tamaño tal que se visualice claramente a una distancia mínima de 25 metros y al menos la siguiente leyenda deberá estar impresa en cada puerta delantera:

MUNICIPALIDAD DE OROTINA

- USO OFICIAL -

En la medida de lo posible se incorporará el escudo del cantón.

Artículo 8º—De los usuarios. Sólo los funcionarios municipales, podrán hacer uso ordinario de los vehículos, y queda absolutamente prohibido que viajen personas ajenas a la institución, salvo en aquellos casos excepcionales que por los propósitos de las diligencias, así se requiera, previo a ello deberá existir solicitud escrita por parte de la dependencia competente y aprobada por la Alcaldía o a quien ella designe, mediante el manual que se confeccione para tal efecto.

Cuando miembros del Concejo Municipal requieran de transporte con motivo de desplazarse para representar oficialmente a esta Municipalidad, deberán realizar tal solicitud mediante acuerdo de este órgano colegiado y remitirlo a la Alcaldía Municipal para programar el respectivo equipo.

Articulo 9º—Del mantenimiento. La Municipalidad abastecerá de combustible, reparará y dará mantenimiento únicamente a los vehículos de su propiedad. Se dictarán medidas para el adecuado consumo de combustible, bitácora de uso y mantenimiento de los vehículos.

Artículo 10.—Sobre pagos de estacionamientos. Si un funcionario autorizado incurre, de su propio peculio, en un gasto por servicio de estacionamiento para un vehículo municipal, se procederá a liquidarle dicha suma de conformidad con el manual que se emita para tal fin. El uso de los vehículos de la Municipalidad, o el uso de estacionamientos, en ningún caso se entenderán como parte de la retribución del servidor para todos los efectos laborales.

Artículo 11.—De los seguros. La Municipalidad de Orotina tendrá asegurados los vehículos automotores con las coberturas que estime más convenientes por medio de pólizas de seguro con el Instituto Nacional de Seguros o alguna entidad debidamente autorizada.

Artículo 12.—De la coordinación interna: Los encargados de las dependencias administrativas, que para su correcto funcionamiento y en caso que sea verdaderamente necesario requieran de la utilización de vehículos, y que éstos no respondan a programas específicos, realizarán en forma directa las coordinaciones necesarias para solventar sus necesidades de transporte y así cumplir con sus objetivos.

Artículo 13.—Del resguardo. Luego de la jornada laboral, los vehículos se resguardarán dentro de las instalaciones municipales.

DE LAS OBLIGACIONES DE LOS FUNCIONARIOS

Artículo 14.—De las obligaciones de los funcionarios a los que se les asigne un vehículo. Además de sus labores ordinarias, los funcionarios a los cuales se les asigne un vehículo, tendrán las siguientes obligaciones:

a)  Conocer y cumplir estrictamente con lo establecido en la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y otras leyes según sean aplicables y en el respectivo reglamento que emita la institución para el uso de sus vehículos.

b)  Conducir el vehículo con el mayor cuidado y responsabilidad.

c)  Portar debidamente actualizada la licencia de conducir.

d)  Portar en el vehículo la tarjeta de derechos de circulación y de propiedad.

e)  Portar en todo momento las autorizaciones para conducir el vehículo oficial y para circular vehículos municipales.

f)   Portar cuando corresponda el permiso para conducir fuera de días y horas no hábiles.

g)  Mantener el mejor estado de conservación y limpieza del vehículo bajo su responsabilidad.

h)  Cuidar de las herramientas, repuestos y otras piezas complementarias de que disponga el vehículo.

i)   Comunicar al superior inmediato cualquier irregularidad que se presente en el cumplimiento de su función así como reportar la desaparición de accesorios del vehículo a su jefe inmediato para que se proceda a realizar las diligencias del caso.

j)   Cubrir las multas por infracciones a la Ley de Tránsito y otras regulaciones que sean penalizadas por los inspectores, cuando incurra en ellas por causa achacable a su responsabilidad.

k)  Cumplir los programas de mantenimiento establecidos para el vehículo.

l)   Guardar el vehículo al finalizar la jornada de trabajo, en el lugar que la institución designe para tal fin.

m) Velar por el buen estado del vehículo asignado, revisando diariamente, al iniciar y finalizar la jornada laboral, el estado en que se encuentra el vehículo,

n)  No utilizar el vehículo en condiciones de evidente necesidad de intervención mecánica,

o)  Llevar un inventario de los aditamentos o accesorios con los que cuenta el vehículos; la permanencia y el estado de éstos es de igual forma su responsabilidad,

p)  Coordinar lo relativo a las labores de mantenimiento periódico del vehículo, y el consumo de combustible,

q)  Realizar, con la debida anticipación, las diligencias necesarias para que se tenga debidamente cancelado lo referente al pago de seguro y marchamo así como a la revisión técnica vehicular,

r)   En caso de colisión o accidente de tránsito, comunicar inmediatamente a su superior jerárquico para que se proceda conjuntamente con la Asesoría Legal de la institución a realizar las diligencias que protejan los intereses de la institución.

s)  En caso de colisión o accidente durante la gira, deberá tomar las previsiones para que las autoridades judiciales y de tránsito, así como de la entidad aseguradora, cumplan con las obligaciones, con base en la realidad de los hechos y reportar inmediatamente según lo anotado en el inciso anterior,

t)   No usar el vehículo para asuntos personales, familiares o particulares,

u)  Durante la realización de giras, deberá dejar el vehículo en sitios seguros (estacionamientos públicos autorizados o similares) en donde el sitio no corra peligro de hurto o de ser dañado en su carrocería o funcionamiento mecánico,

v)  No cambiar el destino de la gira sin justa causa, si eso ocurriese debe brindar las justificaciones del caso,

w) Las colisiones, raspaduras y pérdidas que se ocasionen por culpa por responsabilidad imputable al funcionario responsable, se procederá de conformidad con el Artículo 1045 del Código Civil, sin menoscabo de las responsabilidades penales y disciplinarias que resultaren,

x)  Portar las autorizaciones debidamente firmadas, cuando requiera salir del cantón o esté laborando en un caso de emergencia calificada,

y)  Velar porque los acompañantes cumplan con la normativa de seguridad que se requiere para el viaje: postura del cinturón de seguridad, no distraer durante el viaje, no exponer al exterior partes del cuerpo u otras que pongan en peligro la vida de los usuarios,

z)  No ingerir licor ni fumar mientras se viaja en los vehículos. 

Artículo 15.—Corresponde al Alcalde en su condición de Autoridad Administrativa Superior de la institución las siguientes funciones, de conformidad con este reglamento:

a.   Velar por el cumplimiento de este reglamento así como de los manuales de control interno que al efecto se emitan,

b.  En caso que se presentase alguna situación contraria a lo establecido en el presente reglamento y/o los manuales de control interno, deberá dar inicio a los procedimientos legales y disciplinarios correspondientes para determinar las responsabilidades del caso,

c.   Mediante resolución administrativa, realizará la asignación de vehículos a los funcionarios responsables,

d.  Firmar el carné de cada funcionario autorizado,

e.   Realizar las autorizaciones que se indican en los artículos 5, 6 y 8 de este reglamento,

f.   Determinar en caso de accidente, colisión o pérdida de objetos, piezas, herramientas, etc., las causas y las responsabilidades que pudiera caber al servidor respectivo, mediante investigación y expediente que abrirá.       

Artículo 16.—De los vehículos con uso discrecional. Salvo modificación de este reglamento, no se autoriza el uso de vehículos de carácter discrecional en la Municipalidad de Orotina.

En caso que se autorice su uso, se procederá a confeccionar, aprobar y publicar un reglamento denominado Reglamento para el uso de vehículos con carácter discrecional de la Municipalidad de Orotina.

DE LAS SANCIONES

Artículo 17.—El servidor que incumpliere las disposiciones de este reglamento, será sancionado de acuerdo con la gravedad de la falta, conforme con la aplicación de lo dispuesto en el Código Municipal, el Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad de Orotina, Ley General de la Administración Pública, Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos, Código Civil, Código Penal y toda aquella normativa aplicable.

Artículo 18.—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

El Concejo Municipal de Orotina, en Acta de Sesión Ordinaria Nº 143, celebrada el día 02 de enero del 2007, en su artículo V, Aparte 1, acuerda en forma unánime aprobar el presente reglamento.

Bach. Jéssica Solano Sánchez, Secretaria Municipal a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 18069).—C-127220.—(71137).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

La Junta Directiva Nacional, en sesión Nº 4589 del 7 de julio del 2008, modificó el acuerdo Nº 140 de la sesión Nº 4548 del 4 de febrero del 2008, en el sentido de aprobar el documento ‘Tarifas y Comisiones para los productos de Captación’, para que se lea así:

 

PRODUCTO: “AHORRO VOLUNTARIO A LA VISTA”

CONCEPTO

MONTO DÓLARES

MONTO COLONES

CUENTAS INACTIVAS

$ 2 mensuales

(Sin movimiento a partir de 6 meses sin movimientos y con saldos menores a los $10 o su equivalente)

$ 2 mensuales.

(Sin movimiento a partir de 6 meses sin movimientos y con saldos menores a los $10 o su equivalente en colones)

DEPÓSITOS MASIVOS A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA DE SERVICIOS.

$ 2 dólares por depósito.

(Cuando un cliente efectúe más de 5 depósitos a diferentes cuentas). Se le cobra a la persona que hace el trámite.

$ 2 dólares por depósito.

(Cuando un cliente efectúe más de 5 depósitos a diferentes cuentas). Se le cobra a la persona que hace el trámite.

COMISIÓN POR SERVICIO DE CUENTA RECAUDADORA

$ 1,00 dólar por depósito.

(Cuando se efectúen depósitos continuos a través de ventanilla o cualquier otro medio a una sola cuenta de ahorros). Se cobra a la cuenta que se hacen los depósitos.

$ 1,00 dólar por depósito.

(Cuando se efectúen depósitos continuos a través de ventanilla o cualquier otro medio a una sola cuenta de ahorros). Se cobra a la cuenta que se hacen los depósitos.

GENERACIÓN DE HISTÓRICOS

$ 5 dólares (Por solicitud de histórico).

$ 5 dólares. (Por solicitud de histórico).

CONFIRMACIÓN BANCARIA DE SALDO

$ 15 (Por confirmación a Auditorías)

$ 15. (Por confirmación a Auditorías)

CONSTANCIAS

$ 3 por constancia

$ 3 por constancia

CONSTANCIAS PARA EFECTOS DE TRÁMITE DE VISA DE INGRESO A LOS ESTADOS UNIDOS Y OTROS PAÍSES

$ 5,00

$ 5,00

CHEQUES DEVUELTOS

$ 5 por cada cheque

$ 5 por cada cheque

PRODUCTO: “CUENTAS CORRIENTES”

CONCEPTO

MONTO DÓLARES

MONTO COLONES

CHEQUES DE GERENCIA

0,1% del monto del cheque

0,10% del monto del cheque

Mínimo: $5

Mínimo: $5

Máximo: $25

Máximo: $25

CERTIFICACIÓN DE CHEQUES

0,1% del monto del cheque

0,10% del monto del cheque

Mínimo: $5

Mínimo: $5

Máximo: $15

Máximo: $15

ORDEN DE NO PAGO

$3 por cheque

$3 por cheque

CIERRE DE CUENTAS CORRIENTES

$10

$10

POR EXTRAVÍO DE FORMULAS DE

CHEQUES

CONFIRMACIÓN BANCARIA DE SALDOS

$15 (por confirmación para Auditorías)

$15 (por confirmación para Auditorias)

CONSTANCIAS

$3 por constancia

$3 por constancia

CONSTANCIAS

$5

$5

PARA EFECTOS DE TRÁMITE DE

VISA DE INGRESO A LOS ESTADOS

UNIDOS Y OTROS PAÍSES

COPIA DE CHEQUES POR MEDIO DE MICROFILM

$1 por copia

$1 por copia

CHEQUES DEVUELTOS

$5 (por cheque)

$5 (por cheque)

CHEQUERAS

$ 3,50 Formulario de 25 cheques.

$ 3,50 Formulario de 25 cheques.

LIBROS DE DEPÓSITO PARA CUENTA CORRIENTE

No cobrar comisión alguna por libros de depósito para cuentas corrientes

No cobrar comisión alguna por libros de depósito para cuentas corrientes

GENERACIÓN DE HISTÓRICOS

$ 5 por histórico

$ 5 por histórico

TRANSFERENCIA DE FONDOS EN PLATAFORMA

$ 3 por transferencia

$ 3 por transferencia

COMISIÓN POR SALDOS INFERIORES AL MÍNIMO.

$ 2 por mes.

$ 2 por mes.

SOBREGIRO EN EL LÍMITE DE CHEQUES PERMITIDO

$ 1 (por cheque adicional)

$ 1 (por cheque adicional)

CIERRE DE CUENTA

$2

$2

ENVÍO DE ESTADO DE CUENTA POR FAX

$ 0,25 por folio

$ 0,25 por folio

CUENTAS CORRIENTES INACTIVAS

$ 2 por mes (estado inactividad definida en Reglamento)

$ 2 por mes (estado inactividad definida en Reglamento)

PRODUCTO: “AHORRO A PLAZO”

CONCEPTO

MONTO DÓLARES

MONTO COLONES

REIMPRESIÓN DE CERTIFICADOS

$ 3

$3

FRACCIONAMIENTO DE CERTIFICADOS

$ 5,00 tarifa única después del 5to fraccionamiento

$ 5,00 tarifa única después del 5to fraccionamiento

IMPRESIÓN DE UN DESMATERIALIZADO

$ 5 Comisión Adm + Recup. plus Monto facial X % de sobretasa/360 x número de días transcurridos.

$ 5 Comisión Adm. + Recup. plus Monto facial X % de sobretasa/360 x número de días transcurridos.

CONFIRMACIÓN BANCARIA DE SALDOS

$ 15 (por confirmación a Auditorías)

$ 15 (por confirmación a Auditorías)

CONSTANCIAS

$ 3 por constancia

$ 3 por constancia

CONSTANCIAS PARA EFECTOS DE TRÁMITE DE VISA DE INGRESO A LOS ESTADOS UNIDOS Y OTROS PAÍSES

$ 5,00

$ 5,00

ORDENES DE NO PAGO

$ 3,5

$ 3,5

PRODUCTO: “AHORROS PROGRAMADOS”

CONCEPTO

MONTO DÓLARES

MONTO COLONES

GENERACIÓN DE HISTÓRICOS

$5 dólares (por solicitud de histórico).

$5 dólares (por solicitud de histórico).

CONFIRMACIÓN BANCARIA DE SALDOS.

$15 (por confirmación a Auditorías)

$15 (por confirmación a Auditorías)

CONSTANCIAS

$3 por constancia

$3 por constancia

CONSTANCIAS PARA EFECTOS DE TRÁMITE DE VISA DE INGRESO A LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y OTROS PAÍSES

$5

$5

El Gerente General Corporativo o el Subgerente de Negocios, respetando el principio de igualdad y por acto motivado e indelegable, podrán exonerar hasta el 100% de las tarifas antes indicadas, a personas o grupos de ellas cuando medien motivos tales como el interés social, las condiciones del mercado financiero y bancario o la celebración de negocios colaterales como saldos medios en cuentas a la vista o a plazo, inversiones en el Puesto de Bolsa propiedad del Banco Popular, operaciones de crédito, fideicomisos, pagos de salarios; atribución que en las mismas condiciones podrán ejercer también los Directores de Banca y Regionales y los Gerentes de Sucursal, pero sin que la exoneración pueda superar el 25%.

La variación de alguna de las tarifas antes indicadas para la totalidad de los clientes, requerirá acuerdo de la Junta Directiva Nacional.

San José, 29 de julio de 2008.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Coordinadora.—1 vez.—(70821).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

OFICINA DE REGISTRO E INFORMACIÓN

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORG-141-08.—Zúñiga Campos Roxana, costarricense, cédula Nº 1-967-086, ha solicitado reposición del título de Bachillerato en la Enseñanza del Francés. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentando ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 17 de julio del 2008.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—(O. C. 112287).—C-14520.—(70368).

ORG-144-08.—Vargas Morgan Wolfgang, costarricense, cédula Nº 1-914-086, ha solicitado reposición de los títulos de Grado Académico de Licenciado en Medicina y Cirugía y Título Profesional de Doctor en Medicina y Cirugía. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentando ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 17 de julio del 2008.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—(O. C. 112287).—C-14520.—(70369).

ORG-140-08.—Sáenz Madrigal María del Rocío, costarricense, cédula Nº 9-054-537, ha solicitado reposición del título de Magíster en Salud Pública. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentando ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 17 de julio del 2008.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—(O. C. 112287).—C-14520.—(70370).

ORG-145-08.—Montero Alpízar María de los Ángeles, costarricense, cédula Nº 2-306-977, ha solicitado reposición del título de Bachiller en Ciencias de la Educación con Énfasis en Orientación. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentando ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 17 de julio del 2008.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—(O. C. 112287).—C-14520.—(70371).

ORG-143-08.—Madrigal Ávila Enrique, costarricense, cédula Nº 2-469-975, ha solicitado reposición del título de Licenciado en Administración de Negocios con Énfasis en Contaduría Pública. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentando ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 17 de julio del 2008.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—(O. C. 112287).—C-14520.—(70372).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ORG-142-08.—Campos Granados Xinia María, costarricense, cédula Nº 1-764-260, ha solicitado reposición del título de Licenciada en Administración de Negocios con Énfasis en Dirección de Empresas y Mercadeo. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentando ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 17 de julio del 2008.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—(O. C. 112287).—C-14520.—(70373).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Vittoria Emanuela Digioacchino Mora, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veintinueve días del mes de julio del dos mil ocho.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(71279).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

VICERRECTORÍA EJECUTIVA

DIRECCION DE ASUNTOS ESTUDIANTILES

AVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Augusto César Arcia Espinoza de nacionalidad costarricense, cédula Nº 1-1002-0336, ha solicitado reconocimiento y equiparación del Título de Investigador Policial Especializado c/menc. en la Investigación de Homicidio obtenido en Polica de Investigaciones de Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a esta dirección, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—San José, 15 de julio del 2008.—Lic. Sandra Chaves, Coordinadora a. í, Comisión de Reconocimiento de Estudios.—(71229).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA

Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por la empresa Inversiones Shinji Japonés S.A., en la ruta 694, tramitada en el expediente ET-111-2008 y que se detalla de la siguiente manera:

DESCRIPCIÓN

Tarifas

(en colones)

Incrementos

Vigentes

Solicitadas

Usuario regular

Regular

Adulto Mayor

Regular

Adulto Mayor

Absoluto

%

Ruta 694

 Puntarenas - Calle El Arreo y Viceversa

170

0

230

0

60

35,29

El 13 de agosto del 2008 a las diecisiete horas (5:00 p.m.) se llevará a cabo la Audiencia Pública en la Escuela de Carrizal, ubicada al costado oeste de las instalaciones de Fertica, Calle El Arreo. Puntarenas

El plazo para recibir posiciones vence el 7 de agosto de 2008 a las dieciséis horas.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección de Protección al Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José. La petición tarifaria se puede consultar además en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr.

Cualquier interesado, con interés legítimo o derecho subjetivo, puede participar en la audiencia y quien desee hacer uso de la palabra, debe formular por escrito, en original, su posición ante esta Autoridad

Reguladora, sustentando su pretensión con las pruebas que sean pertinentes. En el documento debe indicar lugar dentro del perímetro de San José o número de fax donde ser notificado; en el caso de una persona física deberá aportar fotocopia de su cédula; y en el caso de las personas jurídicas la posición deberá estar suscrita por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería vigente.

Dentro del plazo legal otorgado se recibirán posiciones mediante el facsímile 2290-2010, mismas que deberán estar firmadas y debiendo presentar el original a más tardar el día de la celebración de la audiencia. Se informa que el Consejero del Usuario para estas solicitudes es el Lic. Daniel Fernández Sánchez.

Lic. Laura Suárez Zamora, Dirección de Protección al Usuario.—1 vez.—(Solicitud Nº 13376).—C-33020.—(70813).

Para exponer sobre la propuesta de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos para determinar el Modelo de Fijación de Tarifas para Generadores Privados Existentes (Ley Nº 7200) que firmen un nuevo contrato de compra-venta de electricidad con el ICE. De aplicarse el modelo propuesto, este implica una disminución en la tarifa actual, por lo que se propone además ajustar la tarifa de compra-venta de energía eléctrica para los generadores privados existentes al amparo de la Ley Nº 7200 que firmen un nuevo contrato con el ICE. Estas propuestas se tramitadas en el expediente ET-135-2008 y se detallan de la siguiente manera:

1.  El modelo propone que el nivel tarifario represente el costo del kilovatio hora actual de sustitución de esas plantas, ajustado por el promedio de años de uso de las plantas para venta de electricidad al ICE.

El modelo consiste en una tarifa que se determina a partir del promedio ponderado, por tamaño de planta, de los costos de inversión y explotación, anualizados, de las plantas hidráulicas que conforman el SEN (benchmarking de costos), para la industria de producción conformada por plantas hidroeléctricas cuya capacidad se encuentre entre 1 y 50 MW y no cuenten con embalse plurianual, considerando un factor de planta promedio ponderado de la industria, la cual se ajusta (disminuye) por un factor de utilización de esas plantas para venta de electricidad al ICE.

Cálculo de la Tarifa de Referencia (TR)

TR= (C/XU) + (I*XU*Ke)

        8760 horas/ año* fp

TR: Tarifa de referencia en Colones / KWh

C: Costo anual de explotación promedio ponderado de las plantas de referencia (Colones/(KW*año)), Benchmark.

I: Valor promedio ponderado de reemplazo actualizado de la Inversión según datos de las plantas de referencia (Colones     / KW), Benchmark.

Fp: Factor de planta ponderado de los generadores privados (%).

XU: Factor por la utilización promedio ponderado que han tenido las plantas de los generadores privados, para venta de electricidad al ICE.

Ke: Costo de capital propio (% /año), calculado por ARESEP, utilizando el modelo de valoración de activos de capital.

Adicionalmente el modelo establece una alternativa para el cálculo de la tarifa de referencia para los generadores hidroeléctricos, con base en la metodología de tasa de retorno tomando como referencia los costos individuales de cada generador; las posibilidades para calcular la tarifa para el caso de plantas no hidráulicas; las fórmulas para el cálculo del costo de capital, el factor de utilización y  los ajustes de precios expresados en colones o el dólares; así como las condiciones para determinar la estructura tarifaria.

2.  Ajustar tarifa de compra-venta de energía eléctrica para los generadores privados existentes al amparo de la Ley Nº 7200 que firmen un nuevo contrato con el ICE, de la siguiente forma:

Tarifa Vigente                                             Tarifa Propuesta

$ 0,0601 por kWh                                         $ 0,0572 por kWh

La Audiencia Pública se llevará a cabo, por medio del sistema de Video-Conferencia*, a las 17 horas 15 minutos del 4 de setiembre del 2008, en forma simultánea, en los siguientes lugares: Auditorio de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y en los Tribunales de Justicia de: Limón Centro, Heredia Centro, Ciudad Quesada, Liberia Centro, Puntarenas Centro, Pérez Zeledón y de Cartago Centro.

El plazo para recibir posiciones vence el 28 de agosto del 2008 a las dieciséis horas.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección de Protección al Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del Edificio de la Contraloría General de la República, San José.

Se hace saber a los interesados que las propuestas, se encuentran disponibles:

•    En los expedientes que constan en la Dirección de Protección al Usuario de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José.

•    En la dirección electrónica: www.aresep.go.cr.

•    Con el Lic. Daniel Fernández Sánchez, Consejero del Usuario, al correo electrónico: dfernandez@aresep.go.cr.

Cualquier interesado, con interés legítimo o derecho subjetivo, puede participar en la audiencia y quien desee hacer uso de la palabra, debe formular por escrito, en original, su posición ante esta Autoridad Reguladora, sustentando su pretensión con las pruebas que sean pertinentes. En el documento debe indicar lugar dentro del perímetro de San José o número de fax donde ser notificado; en el caso de una persona física deberá aportar fotocopia de su cédul; y en el caso de las personas jurídicas la posición deberá estar suscrita por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería vigente.

Dentro del plazo legal otorgado se recibirán posiciones mediante el facsímile 2290-2010, mismas que deberán estar firmadas y debiendo presentar el original a más tardar el día de la celebración de la audiencia. Se informa que el Consejero del Usuario para estas solicitudes es el Lic. Daniel Fernández Sánchez.

*   Quienes sean admitidos para hacer uso de la palabra en la Audiencia Pública, conforme al artículo 36 de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley Nº 7593, podrán hacerlo en cualquiera de las sedes establecidas al efecto.

Dirección de Protección al Usuario.—Laura Suárez Zamora.—1 vez.—(Solicitud Nº 13380).—C-60740.—(71240).

Para exponer sobre la siguiente solicitud de concesión:

Solicitud presentada por empresa Planta Eléctrica de Tapezco Ltda., con el fin de que se le otorgue concesión para generar energía eléctrica (concesión de explotación de central eléctrica) por medio de fuerza hidráulica, por una potencia teórica máxima de 250 KW, al amparo de la ley 7200, para la venta al Instituto Costarricense de Electricidad. Solicitud tramitada en el expediente CE- 01-2008.

El 01 de setiembre del 2008 a las diecisiete horas (5:00 p. m.) se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Liceo de Alfaro Ruiz, ubicado al frente del cementerio de Alfaro Ruiz.

El plazo para recibir posiciones vence el 28 de agosto del 2008 a las dieciséis horas.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección de Protección al Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José.

Cualquier interesado, con interés legítimo o derecho subjetivo, puede participar en la audiencia y quien desee hacer uso de la palabra, debe formular por escrito, en original, su posición ante esta Autoridad Reguladora, sustentando su pretensión con las pruebas que sean pertinentes. En el documento debe indicar lugar dentro del perímetro de San José o número de fax donde ser notificado; en el caso de una persona física deberá aportar fotocopia de su cédula; y en el caso de las personas jurídicas la posición deberá estar suscrita por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería vigente.

Dentro de los plazos legales otorgados se recibirán posiciones mediante el facsímile 2290-2010, mismas que deberán estar firmadas y debiendo presentar el original a más tardar el día de la celebración de la audiencia.

Se informa que el Consejero del Usuario para esta solicitud es el Lic. Daniel Fernández Sánchez.

Dirección de Protección al Usuario.—Laura Suárez Zamora.—1 vez.—(Solicitud Nº 13380).—C-16520.—(71249).

Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por la empresa Corporación Nacional de Transportes CONATRA S. A., en las rutas 74, 75, 76 y 81, tramitadas en el expediente ET-116-2008 y que se detalla de la siguiente manera:

DESCRIPCIÓN

Tarifas (en colones)

Incremento Regular

Vigentes

Solicitadas

Regular

Adulto Mayor

Regular

Adulto Mayor

Absoluto

Porcentual

Ruta 75-75A

SAN JOSÉ-PASO ANCHO Y RAMALES

San José-Paso Ancho-Santa Rosa

155

-

175

-

20

12,90

San José-Paso Ancho Loma Linda

155

-

175

-

20

12,90

Ruta 74-76 BS

SAN JOSÉ-Bº SAN MARTÍN-UMARÁ-Y ZOROBARÚ-LUNA PARK ( BUSETAS)

San José –Bº San Martín-Umará

155

-

175

-

20

12,90

San José-Zorobarú-Luna Park

155

-

175

-

20

12,90

Ruta 81

San José-San Sebastián- López Mateo

San José-San Sebastián- López Mateo

155

-

175

-

20

12,90

El 18 de agosto de 2008 a las diecisiete horas (5:00 p.m.) se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Auditorio de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicado 400 metros al oeste de la Contraloría General de la República, Sabana Sur, San José.

El plazo para recibir posiciones vence el 13 de agosto de 2008 a las dieciséis horas.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección de Protección al Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José. La petición tarifaria se puede consultar además en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr.

Cualquier interesado, con interés legítimo o derecho subjetivo, puede participar en la audiencia y quien desee hacer uso de la palabra, debe formular por escrito, en original, su posición ante esta Autoridad Reguladora, sustentando su pretensión con las pruebas que sean pertinentes. En el documento debe indicar lugar dentro del perímetro de San José o número de fax donde ser notificado; en el caso de una persona física deberá aportar fotocopia de su cédula; y en el caso de las personas jurídicas la posición deberá estar suscrita por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería vigente.

Dentro del plazo legal otorgado se recibirán posiciones mediante el facsímile 2290-2010, mismas que deberán estar firmadas y debiendo presentar el original a más tardar el día de la celebración de la audiencia. Se informa que el Consejero del Usuario para estas solicitudes es el Lic. Daniel Fernández Sánchez.

Información:      800-827-3737, 2543-0528;

Email: consejero@aresep.go.cr

Dirección de Protección al Usuario.—Lic. Laura Suárez Zamora.—1 vez.—(Solicitud Nº 13384).—C-44020.—(71749).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE LOS CHILES

El Departamento de Patentes de la Municipalidad de Los Chiles ha recibido solicitud de traspaso de las patentes licores nacionales número 32 a nombre de la señora Alpízar Altamirano María del Carmen, cédula número 6-130-916, para que se inscriba a nombre de la señora Godínez Calderón Juana Carolina, cédula número 2-643-007. La referida patente se explota en el distrito primero Los Chiles, caserío llamado Santa Fe, cantón número catorce de la provincia de Alajuela. Se otorga plazo de ocho días hábiles de esta publicación para que cualquier interesado formule las oposiciones del caso ante el Departamento de Patentes de esta Municipalidad.

Los Chiles, 16 de junio del 2008.—Departamento de Patentes, Arnulfo Miranda Romero, Jefe.—1 vez.—(71651).

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

La suscrita Secretaria a. í. del Concejo Municipal de Belén, le notifica el acuerdo tomado, en la sesión ordinaria Nº 42- 2008, artículo 7º, celebrada el diez de junio del dos mil ocho, que literalmente dice:

Según el artículo 7º del acta 42 celebrada el día 15 de julio y en relación oficio 06936 de la licenciada Giselle Segnini Hurtado, se presenta las nuevas tasas por la prestación de los servicios de recolección y tratamiento de basura y de aseo de vías y sitios públicos.

SERVICIO DE RECOLECCIÓN Y TRATAMIENTO DE BASURA

TASA MENSUAL

(EN COLONES)

POR USUARIO

Social

1.110,00

Residencial

2.215,00

Comercial 1

5.54,00

Comercial 2

16.635,00

Comercial 3

26.615,00

SERVICIOS DE ASEO DE VÍAS Y SITIOS PÚBLICOS

POR METRO LINEAL

Tarifa Social

43,83

Residencial e institucional

87,66

Comercial

219,15

Industrial

438,30

Industria Régimen de zona Franca

876,61

Belén, 16 de julio del 2008.—María Catalina González Villegas, Secretaria a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 24650).—C-21820.—(71316).

MUNICIPALIDAD DE CARRILLO

DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMA TERRESTRE

El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, comunica que la señora Evelyne Vogel, mayor, soltera, oficios del hogar, de único apellido en razón de su nacionalidad Suiza, vecina de Playas del Coco, cédula de residencia número setecientos noventa-uno seis nueve tres uno nueve-cero cero cero cinco uno cero. Con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre número 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo número 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión un lote de terreno localizado en Playas del Coco, distrito Sardinal, cantón Carrillo, provincia Guanacaste, mide novecientos cincuenta y dos metros con sesenta y seis decímetros cuadrados, y es terreno para darle un uso residencial según el Plan Regulador vigente para la zona; los linderos son: al norte, zona restringida frente a mojones 606 y 607, al sur, calle pública; al este, calle pública; al oeste, zona restringida. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que el área, uso y frente al mar quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador aprobado para la zona y disposiciones del MINAE. Se conceden treinta días hábiles contados a partir de esta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad en papel sellado y con los timbres correspondientes, a dos tantos, además deberá identificarse debidamente el opositor.

Filadelfia, 23 de julio del 2008.—Francisco Canales Canales, Encargado.—1 vez.—(71661).

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRETRE

EDICTO

Carlotta Emilia Garro Vargas, mayor, casada, pensionada, costarricense, vecina de Mercedes Sur de Heredia, cédula de identidad número 1-252-186. Con base en la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno localizada en playa Esterillos Este, distrito Parrita, cantón Parrita, provincia de Puntarenas, mide 1 993,86 m2 de conformidad al plano de catastro P-453261-81, es terreno para darle el uso residencial recreativo, de conformidad al plan regulador aprobado. Linderos norte: calle pública 10 metros de ancho, sur: zona pública inalienable, este: Municipalidad de Parrita y oeste: Municipalidad de Parrita. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que las disposiciones del Plan Regulador Aprobado en este sector de playa, afecte el uso actual de la parcela, se conceden treinta días para oír oposiciones las cuales deberán venir acompañadas de dos copias, parcela ubicada entre los mojones frente a costa 34 y 35 del Instituto Geográfico Nacional.

Parrita, 25 de julio del 2008.—Marvin Mora Chinchilla, Jefe.—1 vez.—(71294).

AVISOS

CONVOCATORIAS

COLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica, convoca a todas/os sus agremiadas/os a la asamblea general ordinaria número sesenta y cinco-dos mil ocho, por celebrarse el día sábado veintitrés de agosto del año dos mil ocho, al ser las ocho horas en primera convocatoria. De no haber quórum, se procederá a realizar una segunda convocatoria una hora después, al ser las nueve horas del mismo día la cual se realizará con los/as miembros presentes, en la Sede del Colegio, sita: setecientos metros al este del Servicentro La Galera, carretera a Tres Ríos.

ORDEN DEL DÍA:

1.  Bienvenida y comprobación del quórum.

2.  Lectura del orden del día.

3.  Lectura y aprobación de la tabla de distribución del tiempo.

4.  Lectura de acuerdos acta 64-2008.

5.  Informe parcial de logros de junta directiva.

6.  Modificaciones presupuestarias.

ü Departamento de Control de Evaluación de Idoneidad Mental.

ü Representación Colegio en Congreso en Bolivia.

7.  Presentación Expediente Nº 14-2007, Proceso Disciplinario.

     Presentación Expediente Nº 08-2007, Proceso Disciplinario.

8.  Aprobación de Reglamentos.

ü Código de Ética.

9.  Fondo de Ayuda Mutua.

Recordatorios: Las y los colegiados deben estar al día en sus responsabilidades financieras con la institución, para poder participar como miembros de pleno derecho durante la Asamblea. Si cancela por medio de transferencia, debe consignar el nombre, el monto pagado y enviar el comprobante de pago, para garantizar el registro en el sistema.

Se recuerda a las y los asambleístas que, en caso de no poder asistir a la Asamblea, deberán justificar su ausencia por escrito, dirigir una nota a la Junta Directiva, en un plazo no mayor a un mes, después de celebrada la asamblea, según (Artículo 32, Reglamento a la Ley Orgánica)

Se invita a las y los colegiados a visitar la página Web www.psicologos.or.cr, del Colegio, donde encontrarán la documentación a analizar en esta actividad.

Se les recuerda a los y las colegiadas el pago de la cuota extraordinaria de ¢5000 (cinco mil colones), correspondiente al Fondo de Ayuda Mutua. Infórmese en el Dpto. de Contabilidad.—MSc. Delio Carlos González Burgos, Presidente.—Lic. María Magali Márquez Wilson, Secretaria.—(71650).                                                                                                                         2 v. 2..

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

Se les convoca a la asamblea extraordinaria de representantes Nº 03-07/08-AER del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, que se celebrará en primera convocatoria el martes 12 de agosto del 2008, a las 07:30 a. m., y en segunda y tercera convocatoria el jueves 14 de agosto del 2008, a las 06:00 p. m. y 06:30 p. m. en el Auditorio del Colegio Federado.

Orden del día:

1.  Aprobación orden del día.

2.  Lectura y aprobación acta Nº 02-07/08-AER.

3.  Conocimiento y aprobación del Código de Cimentaciones.

4.  Conocimiento y aprobación del Código Eléctrico.

5.  Reincorporación de miembros.

San José, 31 de julio del 2008.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. 6441).—C-9920.—(72223).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

INVERSIONES RD Y MA S. A.

Inversiones RD Y MA S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y siete mil trescientos sesenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Actas de Asamblea General y Actas de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado dirigir oposiciones a la Sección de Legalización de Libros de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del aviso.—San José, 15 de julio del dos mil ocho.—Reina Dolores Madrid López, Representante Legal.—(70254).

RINA S. A.

Rina S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero quince ciento ochenta y ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor e Inventarios y Balances, además los libros de Actas de Asamblea de Socios, Actas de Consejo de Administración y el Libro Registro de Socios, todos los libros en su tomo número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Msc. Norman Moya Arrieta.—(70255).

INSTITUTO PEDAGÓGICO CRAYOLAS SOCIEDAD ANÓNIMA

Instituto Pedagógico Crayolas Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-dos cinco seis siete uno ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asambleas de Socios, Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Licenciado Carlos Luis Rodríguez Herrera, Notario.—(70297).

HUEN M R SOCIEDAD ANÓNIMA

Huen M R Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cincuenta y cinco mil quinientos cincuenta y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro número uno: Actas de Asambleas Generales de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Alajuela, 24 de julio del 2008.—Lic. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—(70335).

ASESORÍA TÉCNICA Y ECONÓMICA DE TRANSPORTES

SOCIEDAD ANÓNIMA

Asesoría Técnica y Económica de Transportes Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero noventa y siete mil setenta y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros número uno: Actas de Consejo de Administración, Actas de Asambleas Generales de Socios y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Alajuela, 24 de julio del 2008.—Lic. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—(70339).

MUEBLES GERBA SOCIEDAD ANÓNIMA

Muebles Gerba Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-094258-21, se solicita ante la Dirección General de Tributación de San José, la reposición de los libros legales a saber: Diario Uno, Mayor Uno, Inventarios y Balances Uno, libro de Actas de Junta Directiva Uno, libro de Actas de Asamblea General Uno y libro de Actas de Registro de Accionistas Uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Elizabeth Angulo Gatjens, Notaria.—(70380).

ÁRBOL SAGRADO DEL AGUA SOCIEDAD ANÓNIMA

Árbol Sagrado del Agua Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-uno cinco uno cinco uno uno, anteriormente denominada Hotel Kekoldi Sociedad Anónima, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario 1, Mayor 1, Inventarios y Balances 1, Registro de Accionistas 1, Actas de Asambleas Generales 1, Actas de Junta Directiva 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación.—Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—(70381).

TALLER MECÁNICO INDUSTRIAL SOLÍS ROJAS LTDA.

Taller Mecánico Industrial Solís Rojas Ltda., cédula jurídica tres-ciento dos-cero cuarenta y cuatro mil quinientos sesenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración, Acta de Asamblea de Socios y Registro de Socios todos número uno), quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Grecia, veinticinco de julio del dos mil ocho.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—(70393).

BAHÍA DE LOS DELFINES S. A.

Bahía de los Delfines S. A., cédula jurídica número 3-101-291118, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Junta Directiva número Uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante al Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—(70521).

CASATROY S. A.

Casatroy S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero catorce mil seiscientos dieciséis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Inventarios y Balances Uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Robert Coto Quirós, Notario.—Nº 49864.—(70536).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

MARJO S. A.

Marjo S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero catorce mil cero ochenta y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: de Actas del Consejo de Administración. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Robert Coto Quirós, Notario.—Nº 49878.—(70537).

TRANSPORTES VILVA S. A.

Transportes Vilva S. A., cédula jurídica 3-101-104766, anteriormente denominada Transportes Julio Villalobos S. A., solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: libro número uno de Actas de Junta Directiva, libro número uno de Actas de Asamblea de Socios y libro número uno de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Edison Moya Umaña, Notario.—Nº 49973.—(70538).

COSTA RICA YACHT CLUB

Jorge Acuña Sánchez, cédula Nº 1-838-547, ha extraviado su acción N° 131 serie común y de acuerdo con los artículos 689 y 690 del Código de Comercio, ha solicitado al Costa Rica Yacht Club, cédula jurídica número 3-101-005849, la reposición de la misma. La acción se repondrá de acuerdo con los citados artículos y de acuerdo con lo dispuesto en el estatuto vigente de la sociedad. Quien se considere afectado dirigir la oposición a la Secretaría de Junta Directiva.—Miguel Acuña Valerio.—(70737).

CIEN MIL SEIS S. A.

Cien Mil Seis S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos tres mil doscientos noventa y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros número uno de Registro de Accionistas, Asamblea de Socios, Actas de Junta Directiva, Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administran Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles después de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—(70740).

BETTYANA SOCIEDAD ANÓNIMA

Bettyana Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento veintiocho mil ochocientos cuarenta y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición por extravío, de los libros siguientes: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General y Registro de Accionistas, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la tercera publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Licenciado Iván Lewin Salas, Notario.—(70741).

VIENTO FRESCO S. A.

Viento Fresco S. A., cédula Nº 3-101-038244, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del Libro Registro de Accionistas Nº 1 y Libro de Actas de Consejo de Administración Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de julio del 2008.—Gonzalo Ramírez Masís.—(70756).

IMPORTACIONES KARIOKI SOCIEDAD ANÓNIMA

Importaciones Karioki Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-138304, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Actas de Asambleas Generales número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Carlos Federico Monge Chévez, apoderado generalísimo.—(70767).

PARAÍSO CORCOVADO SOCIEDAD ANÓNIMA

Paraíso  Corcovado  Sociedad  Anónima,  cédula  jurídica  número 3-101-310924, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Registro de Accionistas número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Carlos Federico Monge Chévez, Apoderado generalísimo.—(70768).

REFORESTACIÓN INDUSTRIAL LOS NACIENTES

SOCIEDAD ANÓNIMA

Reforestación Industrial Los Nacientes Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-077522, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas Consejo de Administración, Actas de Asambleas de Socios y Actas de Registro de Socios, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—(70778).

ARRENDADORA ATI SOCIEDAD ANÓNIMA

Arrendadora Ati Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-276037, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Inventarios y balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Luis Gerardo Barquero Villalobos.—(70823).

CORPORACIÓN OB GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

Corporación OB Group Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-195947, anteriormente denominada Corporación OB El Orbe S. A., solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Inventarios y balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Luis Gerardo Barquero Villalobos.—(70824).

SISTEMAS CONVERGENTES SOCIEDAD ANÓNIMA

Sistemas Convergentes Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-142259, anteriormente denominada Alquileres El Orbe S. A., solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Inventarios y balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Luis Gerardo Barquero Villalobos.—(70825).

NOVA TECHNOLOGIES SOCIEDAD ANÓNIMA

Nova Technologies Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-222627, anteriormente denominada Aduanera OL Mundial de Costa Rica, S. A., solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Inventarios y balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Luis Gerardo Barquero Villalobos.—(70827).

Eduardo Calderón Fernández, cédula Nº 3-0292-0693, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 1, Mayor Nº 1, Inventarios y Balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Eduardo Calderón Fernández, solicitante.—Nº 50244.—(71072).

GALERÍAS ÓPTICAS JYR DE COSTA RICA

SOCIEDAD ANÓNIMA

Galerías Ópticas JYR de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-317855, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de la totalidad de los libros de la sociedad, los cuales son: Diario, Inventarios y Balances, Mayor, Actas Junta Directiva, Actas Asamblea General, Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Es todo.—San José, al ser las ocho horas del veintiuno de julio del dos mil ocho.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—Nº 50330.—(71073).

PANAMERICAN WOODS INDUSTRY SOCIEDAD ANÓNIMA

Panamerican Woods Industry Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-120714, hace del conocimiento público que el señor Dennis Popowich ha solicitado la reposición de sus certificados accionarios números 1771, 3058, 3059, 10139, 11426 y 11427. Y el señor Gregg Calkins al mismo tiempo las 4228, 4229, 4230, 12596, 12597 y 12598 por motivo de extravío. Se emplaza a cualquier interesado para que en el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifiesten su oposición dirigida a: PanAmerican Woods Industry S. A., c/o Bufete Baltodano y Asociados, edificio Galería Ramírez Valido, avenida central, calles 5 y 7, San José.—Dr. Néstor G. Baltodano Vargas, Presidente.—(71209).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

SERVICIO AUTOMOTRIZ PAKIN SOCIEDAD ANÓNIMA

Servicio Automotriz Pakin Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-195239, solicita a la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Mayor (1), Diario (1) e Inventarios y Balances (1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Juan Carlos Soto Cartín.—(71120)

Banco Bac San José

Yo Michael Lee Smith, cédula Nº 175-110376-10619, he solicitado en San José, Costa Rica, la reposición del cheque Nº 60050 emitido por Bac San José por la suma de $3.000,00 (tres mil exactos) dólares americanos del Bank of America, Miami el día 22 de marzo del 2007 a favor de Chase Card Services.—San José, 29 de julio del 2008.—Michael Lee Smith—(71241).

IMAGE & VALUE MANAGEMENT

BY MULTIMEDIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

Image & Value Management by Multimedios Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-097428, anteriormente denominada Multimedios G.C. y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-097428, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 1, Mayor Nº 1, Inventarios y balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Giselle Cubillo Mora, Presidenta.—(71312).

PASTEL DE BANANO SOCIEDAD ANÓNIMA

Pastel de Banano Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento once mil trescientos sesenta y ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro: actas de junta directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Helen Coleen Marshall.—Nº 50495.—(71593).

ASESORES DEPORTIVOS PANDORA SOCIEDAD ANÓNIMA,

Asesores Deportivos Pandora Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-177871, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de un libro de accionistas, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante le área de información y asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este edicto.—Lic. Álvaro Barboza Orozco, Notario.—Nº 50627.—(71594).

Randall Barahona Navarro número de cédula 303330770. Solicito ante la Dirección General de Tributación, la reposición de un libro de diario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir  de  la  publicación  de  este aviso.—Randall Barahona Navarro.—Nº 50639.—(71595).

AYHPOS S. A.

Ayhpos S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-268352, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: 1 de Registro de Socios, 1 de Actas de Asamblea de Socios, 1 de Actas de Consejo de Administración, 1 de diario, 1 de Inventario y Balances, 1 de mayor. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación del Diario Oficial la Gaceta.—San José, 30 de julio del 2008.—Adrián Salazar Cyrman, Presidente.—(71640).

SOPHYSCA S. A.

Sophysca S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-208208, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: 1 de Registro de socios, 1 de Actas de asamblea de socios, 1 de Actas de consejo de administración, 1 de diario, 1 de inventario y balances, 1 de mayor. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de julio del 2008.—Adrián Salazar Cyrman, Presidente.—(71641).

PRORAVIA SOCIEDAD ANÓNIMA

Proravia Sociedad Anónima, cédula 3-101-023020, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: actas de asamblea de socios Nº 1, Actas de consejo de administración Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—(71665).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO

Y ALCANTARILLADO DE SAN RAFAEL DE OJO DE AGUA

Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado de San Rafael de Ojo de Agua, cédula jurídica: 3-002-224008, solicita ante el Departamento de Asociaciones del Registro Público la reposición del libro, Mayor, número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Departamento de Asociaciones del Registro Público, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación del presente aviso.—Gerardo Morera Rojas, Presidente.—1 vez.—(71264).

COLEGIO CIRUJANOS DENTISTAS DE COSTA RICA

La junta directiva del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica en ad referendum Nº 41, tomó el acuerdo que textualmente expresa: Proceder al levantamiento de las suspensiones, según lo establece el artículo 35 de la Ley Orgánica a los siguientes odontólogos:

Araya Valverde Lizeth                 Montie1 Corrales Rebeca

Araya Valverde Róger                  Mora Mora Ericka

Braddock Stradmann Henry         Murillo Murillo Ericka

Chaves Constenla Marisol           Muñoz Retana Ana Lorena

Coto Picado Juan Carlos              Soto Arredondo Hilda Lucía

García Jiménez Guiselle               Trautman Peters Glenn

Marabe Ruiz Ana Sofía                Ureña Arias Ingrid

Dr. Ottón Fernández López, Fiscal.—1 vez.—(71275).

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las ocho horas treinta minutos, del veintinueve de enero del año dos mil ocho, se protocolizaron acuerdos de asamblea de accionistas de la compañía Yvoire Limitada, mediante la cual acordó reformar la cláusula quinta del contrato social, disminuyendo el capital social.—San José, veinticuatro de julio del dos mil ocho.—Lic. Luis Garino Granados, Notario.—Nº 49808.—(70118).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta Notaría, a las diez horas del trece de abril del dos mil ocho, socia Idalie María Estrada Saborío, Maynor José Arias Carrillo y José Enrique Vargas García, modifican disminución de capital de doce mil colones a diez mil colones, mediante acuerdo de Junta Directiva.—Lic. José Alberto Zúñiga López, Notario.—Nº 50165.—(71070).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura otorgada en Cartago a las quince horas treinta minutos del nueve de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada con el número de cédula jurídica que le asigne el registro, domiciliada en la ciudad de Cartago, con un plazo de noventa y nueve años. Capital social de diez mil colones. Presidente, como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, veinticuatro de julio del dos mil ocho.—Lic. Adrián Masís Mata, Notario.—1 vez.—Nº 50106.—(70713).

Por escritura otorgada en Cartago a las quince horas del nueve de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada con el numero de cédula jurídica que le asigne el registro, domiciliada en la ciudad de Cartago, con un plazo de noventa y nueve años. Capital social de diez mil colones. Presidente, como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, nueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Adrián Masís Mata, Notario.—1 vez.—Nº 50107.—(70714).

Por escritura otorgada en Parrita, a las once horas treinta minutos del cuatro de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad que se denominará según lo dispuesto en el artículo segundo del Decreto Ejecutivo tres tres uno siete uno cinco, publicado en La Gaceta ciento catorce de junio del dos mil seis, domiciliada en la ciudad de Cartago, con un plazo de noventa y nueve años. Capital social de diez mil colones. Presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, veintitrés de julio del dos mil ocho.—Lic. Adrián Masís Mata, Notario.—1 vez.—Nº 50108.—(70715).

Por escritura otorgada en Cartago, a las nueve horas del diez de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Eduma E.M.R S. A., domiciliada en la ciudad de Cartago, con un plazo de noventa y nueve años. Capital social de diez mil colones. Presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, veinticuatro de julio del dos mil ocho.—Lic. Adrián Masís Mata, Notario.—1 vez.—Nº 50109.—(70716).

Por escritura otorgada ante mí, hoy se constituyó Lottyred S. A. Domicilio: San José, Moravia, Los Colegios, Presidente: Manuel Párraga Sáenz. Objeto: comercialización de bienes y servicios.—San José, 03 de julio del 2008.—Lic. Eugenia Soto Baltodano, Notaria.—1 vez.—Nº 50110.—(70717).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del quince de julio del dos mil ocho, se constituyó la empresa Ferstev Sociedad Anónima. Domicilio social en Palmares centro, cincuenta metros al oeste y cincuenta metros al norte del Palacio Municipal. Capital social: cien mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Presidente. Fernando Ávila González.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 50111.—(70718).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas con treinta minutos del quince de julio del dos mil ocho, se constituyó la empresa Ávila González Asesores Jurídicos y Notariales S. A. Domicilio social: en Palmares centro cincuenta metros al oeste y cincuenta metros al norte del Palacio Municipal. Capital social: cien mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Fernando Ávila González.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 50112.—(70719).

Mediante escritura pública número veintiocho del protocolo número catorce de la notaria Hellen Alfaro Alfaro, otorgada el día veinticuatro de julio del dos mil ocho, a las ocho horas, se constituyó la sociedad denominada Mueblería Los Tavios Sociedad Anónima, cuyo presidente es el socio Luis Octavio Salazar Salazar.—Sarchí Norte, veinticinco de julio del dos mil ocho.—Lic. Hellen Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 50114.—(70720).

Ante este notario público, Bernardo Guzmán Núñez, se constituye escritura número ciento ochenta y ocho, en donde se constituye Compañía Cafetalera El Sol Naciente de San Isidro Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento final en S. A., inscrita en el tomo segundo, folio noventa y dos vuelto, del protocolo del suscrito notario; cuyo capital social está representado por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Dado en Alajuela, el tres de julio del dos mil ocho.—Lic. Bernardo Guzmán Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 50117.—(70721).

Ante el licenciado Juan Carlos Chávez Alvarado, se constituye: The One Percenters Sociedad Anónima. Presidente: Bradley Milwyn Bishko, apoderado generalísimo sin límite de suma, capital social: doce mil colones, plazo noventa y nueve años.—Lic. Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 50118.—(70722).

Ante los Licenciados Juan Carlos Chávez Alvarado y Juan Federico Arias Chacón, se constituyó Diseño y Construcción Costa-Merica Sociedad Anónima. Presidente Jay Donald Dekleine apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social, es de seis mil colones. Plazo social noventa y nueve años.—Lic. Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 50119.—(70723).

Gil Tablada Gutiérrez, cédula de identidad Nº 5-273-574, y Ronny Manuel Tablada Gutiérrez, cédula de identidad Nº 5-195-118, constituyen sociedad anónima denominada Preserved Paradise Gardens Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las 13:00 horas del día 14 de julio del 2008.—Lic. Gloriana Carmona Castañeda, Notaria.—1 vez.—Nº 50120.—(70724).

La suscrita Andrea Rojas Rodríguez, notaria pública con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número ciento cuarenta y dos, iniciada al folio ciento dos frente, del tomo quinto de mí protocolo, otorgada ante mi notaría, al ser las quince horas con treinta minutos, del día veintitrés de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Cuadramotos RYS-ATV.MX Sociedad Anónima, cuyo presidente y tesorero, tienen la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 23 de julio del 2008.—Lic. Andrea Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 50122.—(70725).

Ante mi notaría el día nueve de julio del dos mil ocho, a las once horas mediante asamblea general extraordinaria número ocho, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad referente al domicilio social de la sociedad denominada: Tajo La Pista Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-ochenta y nueve mil quinientos ochenta y tres.—Atenas, veintiuno de julio del dos mil ocho.—Lic. Carlos García Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 50123.—(70726).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 24 día de julio del 2008, se reformó la cláusula primera estableciendo como nombre de la sociedad Productos K y C S. A., se reformó la cláusula décima y el nombramiento de nuevos miembros de la junta directiva de la compañía Inversiones y Desarrollos O.K.A Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2008.—Lic. Jürgen Gustav Nanne Koberg, Notario.—1 vez.—Nº 50126.—(70727).

Por escritura Nº 261-16 otorgada en San José, a las 10:30 horas del día de hoy, ante esta notaría la compañía de esta plaza Proexa, S. A. mediante acta de asamblea general extraordinaria modificó la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 25 de julio del 2008.—Lic. Wayner González Arguedas, Notario.—1 vez.—(70730).

Canchas Deportivas Cavan del Oeste S. A., modifica cláusula sexta de la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, que será ejercida por el presidente y nombra nuevos miembros. Presidente a Algren Antonio Anchía Vargas y de tesorera a Miran Vargas Chavarría. Escritura número dieciséis-catorce, de las nueve horas del veintiuno de julio del dos mil ocho.—Lic. Juan Carlos Matamoros Carvajal, Notario.—1 vez.—(70731).

Que ante mi notaría, al ser las once horas con treinta minutos del día de veinte de junio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Profútbol 20 20 Sociedad Anónima. Con un plazo social de noventa y nueve años. Se nombró presidente, secretario y tesorero.—San José, 26 de junio del 2008.—Lic. Marilyn Rodríguez Mena, Notaria.—1 vez.—(70744).

Que ante mi notaría, al ser las once horas del día de veinte de junio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada In Costa Rica Sociedad Anónima. Con un plazo social de noventa y nueve años. Se nombró presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y vocal.—San José, 26 de junio del 2008.—Lic. Marilyn Rodríguez Mena, Notaria.—1 vez.—(70746).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de julio del 2008, se constituye sociedad anónima que se denominará como su número de cédula jurídica según lo indique el Registro Público. Presidenta: Elisa María Murillo Alfaro. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: Alajuela. Objeto: comercio, industrias, finanzas, agricultura, ganadería, prestación de servicios en general. Plazo: 99 años.—Lic. Lilibeth Gómez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(70748).

En esta notaría se constituyó Malinois G Y P S. A. Presidenta: Rosa Ana Herrero Peñuela. Escritura otorgada en ciudad de San José, a las quince horas del veintiséis de julio de dos mil ocho.—Lic. Giselle María Jara Alvarado, Notaria.—1 vez.—(70757).

Por escritura ciento setenta y tres de las 13:31 horas del 24 de julio de dos mil ocho del tomo cuatro del protocolo de esta notaría, se procedió a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la empresa American Solutions Home S. A., por la cual se modifica cláusula cuarta del pacto constitutivo del plazo.—San José, 24 de julio de 2008.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—(70758).

Por escritura ciento cuarenta y ocho de las 14:00 horas del 19 de junio de dos mil ocho del tomo cuatro del protocolo de esta notaría, se procedió a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Sobres Posformados S. A., por la cual se modifica cláusula tercera del pacto constitutivo del plazo.—San José, 19 de junio de 2008.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—(70759).

Por escritura otorgada ante mí, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Franca S. A., mediante la que se modifica aspectos estatuarios del pacto constitutivo, relativos a la conformación de la junta directiva y fiscal de la sociedad. Escritura otorgada en ciudad de San José, a las ocho horas del día veintiocho de julio de dos mil ocho.—Lic. Giselle Jara Alvarado, Notaria.—1 vez.—(70760).

Por escritura número ciento cincuenta y tres del tomo dos del protocolo del suscrito notario, se reformó las cláusulas primera y cuatro de la sociedad First Quality Investors Enterprise S. A., nombrándose nueva junta directiva.—Heredia, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Lindbergh Arrieta Zárate, Notario.—1 vez.—(70761).

Fuego del Corazón Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres cero ocho cuatro dos seis, cambia presidente de la junta directiva y se cambia razón social. Escritura número 283, otorgada a las once horas del veinticuatro de julio del dos mil ocho del tomo cuarto.—Lic. David A. Garita Madrigal, Notario.—1 vez.—(70763).

Mediante escritura de las catorce horas treinta minutos de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad IMT Inversiones Monte Tauro Sociedad Anónima, por la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 23 de julio del 2008.—Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—(70766).

Ante mi notaría, se constituyó el día de hoy la compañía denominada M Rice N Smile Dos S. A. Capital social: mil colones. Plazo: cien años.—San José, a las 8:00 horas del 24 de julio del dos mil ocho.—Lic. Miguel Córdoba Retana, Notario.—1 vez.—(70776).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del veinticuatro de julio del dos mil ocho, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Interclear Central de Valores S. A. Capital social: cuatrocientos setenta y cinco millones de colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Orlando Soto Enríquez.—Lic. Priscilla Soto Quirós, Notaria.—1 vez.—(70780).

El suscrito notario, hace constar que mediante escritura ciento setenta y tres, del tomo tres de mi protocolo, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la compañía Rivergrand Development Sociedad Anónima, en la cual se realizaron reformas a su pacto constitutivo, asimismo mediante escritura ciento sesenta y nueve del mismo protocolo se protocolizó asamblea general extraordinaria de la compañía Zeledonia U W Y treinta y uno Sociedad Anónima, en la cual se realizaron reformas a su pacto constitutivo. Es todo.—San José, veintinueve de julio de dos mil ocho.—Lic. Mario Varela Martínez, Notario.—1 vez.—(70782).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, el 26 de julio del dos mil ocho, se reformó parcialmente la cláusula sexta del pacto constitutivo, de la empresa Fernando Rodríguez y Compañía Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-dos dos ocho cuatro ocho seis, inscrita en el Registro Mercantil al tomo mil ciento diez, folio uno dos seis, asiento uno siete siete. Presidente: Fernando Rodríguez Villa. Domicilio: Heredia.—Heredia, veintinueve de julio del 2008.—Lic. Manrique Chaves Borbón, Notario.—1 vez.—(70785).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas del 25 de julio del 2008, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad Las Terrazas de Los Condes Abril Vente S. A., en donde se modifica las cláusulas primera, segunda y décima, referentes a la razón social, el domicilio y la administración.—San José, 25 de abril del 2008.—Lic. Gabriela Porras Agüero, Notaria.—1 vez.—(70787).

Por escrituras públicas número cero setenta y dos-cero ocho y setenta y tres-cero ocho, de las doce horas y doce horas, quince minutos del veintinueve de julio de dos mil ocho, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Spacio Interplanetario Limitada y de Hoja Cristal Blanco Limitada, respectivamente, en la que se modifica la cláusula primera del nombre, la segunda del domicilio, se nombra gerentes y agente residente, la primera; y se modifica la cláusula segunda del domicilio y se nombra gerentes, la segunda.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—(70788).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día veintiocho de julio del dos mil ocho, a las diecisiete horas, se constituyó Inveco Sociedad Anónima. Domicilio social: cincuenta metros oeste entrada bajo El Tigre Monteverde, Puntarenas. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar individual o conjuntamente. Capital social: cien mil colones.—Monteverde, Puntarenas, a las once horas del veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Guerin Lacayo González, Notario.—1 vez.—(70799).

Montie Marr Sinclair Marr II y William Artavia Salas, constituyen Infinity Inventions Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las doce horas del veintinueve de julio del 2008.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. María Gabriela Valladares Navas, Notaria.—1 vez.—(70800).

Romina Karin Caglieri y Mauricio Silva Giustiniani, constituyen Bo Warehouse Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las quince horas del veintinueve de julio del 2008.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. María Gabriela Valladares Navas, Notaria.—1 vez.—(70801).

Romina Karin Caglieri y Eduardo Terán Victory, constituyen La Martina de Centroamérica Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las quince horas diez minutos del veintinueve de julio del 2008.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. María Gabriela Valladares Navas, Notaria.—1 vez.—(70802).

A las quince horas del veintiocho de julio del año dos mil ocho, ante la notaría de la licenciada Ana Yancy Fuentes Porras, se constituyó la sociedad denominada Repuestos JJ Sociedad Anónima.—Alajuela, veintinueve de julio del año dos mil ocho.—Lic. Ana Yancy Fuentes Porras, Notaria.—1 vez.—(70807).

Por escritura pública número trescientos treinta y nueve, otorgada en mi Despacho, a las diez horas treinta minutos del veinticinco de julio de dos  mil ocho, protocolicé acta de la compañía Transportes Bolaños de C.R. Limitada por virtud de la cual se aumenta capital social.—Grecia, 29 de julio del 2008.—Lic. Rodolfo Alfaro Morera, Notario.—1 vez.—(70812).

Por escritura otorgada hoy 24 de julio del 2008 a las 11:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Gortation Management Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó modificar la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 24 de julio del 2008.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1 vez.—(70826).

Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, Adrián Echeverría Escalante y Marco Antonio Fernández López, constituyen la sociedad Hacienda Hills Development Company Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente, secretario y tesorero del consejo de administración. Capital social de doce mil colones.—San José, a las doce horas del día veinticuatro de julio de dos mil ocho.—Lic. José Andrés Masís Calvo, Notario.—1 vez.—(70828).

Por acuerdo de accionistas protocolizado en escritura otorgada ante esta notaría, se modificó la cláusula sexta de los estatutos de Codihepro Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-536761, en cuanto a los poderes que ejercen los miembros de la junta directiva, y se nombró nuevo presidente y secretario de junta directiva.—Alajuela, a las 20:00 horas del 16 de julio del 2008.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1 vez.—(70829).

Por escritura número ciento cuarenta y cuatro-treinta y uno, otorgada en la ciudad de San Isidro de Heredia, a las ocho horas treinta minutos del veinticinco de julio del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Ambientes Sami Sociedad Anónima Se nombra nueva junta directiva y fiscal, por lo que resta del plazo social. Presidente y vicepresidente apoderados generalísimos sin límite de suma, con representación judicial y extrajudicial.—San Isidro de Heredia, veinticinco de julio del dos mil ocho.—Lic. Gonzalo Villalobos Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 50128.—(70839).

El suscrito notario, por este medio hago constar que por escritura número noventa y cinco, tomo tercero, a las dieciséis horas del veinticinco de julio del dos mil ocho, ante el notario Luis Alcides Salazar Jara, se constituyó la sociedad denominada Corporación Tributto Comercial Sociedad Anónima. Con capital de diez mil colones. Representante legal Julián Andrés Cano Mejía, presidente.—Veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Luis Alcides Salazar Jara, Notario.—1 vez.—Nº 50130.—(70840).

José Andrés Soto Rojas, con la cédula número uno-mil ciento cincuenta y ocho-cero catorce, Rocío Soto Rojas, con la cédula número: uno-setecientos noventa y siete-novecientos setenta y nueve, Adriana Soto Rojas, cédula: uno-ochocientos sesenta y nueve-novecientos setenta y cuatro, constituyen Inversiones La Amistad Sociedad de Responsabilidad Limitada. Escritura otorgada a las catorce horas del veintiocho de julio del dos mil ocho, ante le notaria María del Milagro Ugalde Víquez.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 50132.—(70841).

Núñez y Ugalde de Poás Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos doce mil setenta, nombra nueva junta directiva y reforma pacto constitutivo mediante acta protocolizada ante la notaria María del Milagro Ugalde Víquez, a las nueve horas del veintiocho de julio del dos mil ocho.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 50133.—(70842).

Inversiones Corporativas Poás M y H Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta y dos mil cuatrocientos setenta, reforma pacto constitutivo mediante acta protocolizada ante la notaría María del Milagro Ugalde Víquez, a las diez horas del veintiocho de julio del dos mil ocho.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 50134.—(70843).

Freddo Fresas Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veinticuatro mil trescientos setenta y uno, reforma pacto constitutivo mediante acta protocolizada ante la notaría María del Milagro Ugalde Víquez, a las trece horas del veintiocho de julio del dos mil ocho.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 50135.—(70844).

Se avisa que ante la suscrita notaría Marelyn Jiménez Durán, se constituye sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social será el número de cédula jurídica que el registro le asigne. Capital un millón de colones, corresponde al Gerente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma.—Liberia, 24 de julio del 2008.—Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 50136.—(70845).

Ante esta notaría, el día veintiséis de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Disame M S de Occidente S. A., capital social cien mil colones, domicilio Palmares de Alajuela, plazo social noventa y nueve años. Presidente Mario Armando Salas Fernández, Notario cartulante y agente residente Didier Solórzano Ruiz.—Lic. Didier Solórzano Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 50137.—(70846).

Se avisa que ante la suscrita notaría Marelyn Jiménez Durán, se constituye sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social será el número de cédula jurídica que el registro le asigne. Capital un millón de colones, corresponde al Gerente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma.—Liberia, 24 de julio del 2008.—Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 50138.—(70847).

Se avisa que ante la suscrita notaría Marelyn Jiménez Durán, se constituye sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social será el número de cédula jurídica que el registro le asigne. Capital un millón de colones, corresponde al Gerente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma.—Liberia, 24 de julio del 2008.—Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 50140.—(70848).

Se avisa que ante la suscrita notaría Marelyn Jiménez Durán, se constituye sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social será el número de cédula jurídica que el registro le asigne. Capital un millón de colones, corresponde al Gerente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma.—Liberia, 24 de julio del 2008.—Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notario.—1 vez.—Nº 50141.—(70849).

Se avisa que ante la suscrita notaría Marelyn Jiménez Durán, se constituye sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social será el número de cédula jurídica que el registro le asigne. Capital un millón de colones, corresponde al Gerente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma.—Liberia, 24 de julio del 2008.—Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notario.—1 vez.—Nº 50142.—(70850).

Por escritura otorgada ante el notario Carlos Lizano Lépiz, a las ocho horas del dieciocho de julio del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima Pharma Express Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra totalmente suscrito y pagado.—San José, 18 de julio del 2008.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—Nº 50143.—(70851).

Por escritura otorgada ante el notario Carlos Lizano Lépiz, a las ocho horas treinta minutos del dieciocho de julio del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima Bio-Tech Pharma Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra totalmente suscrito y pagado.—San José, 18 de julio del 2008.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—Nº 50144.—(70852).

Por escritura número ciento setenta y dos, ante la suscrita, se reforman cláusulas sétima, novena, décimo primera, del pacto constitutivo de la sociedad Corporación Eros de Flores S. A. Presidente Ernesto Soto Salazar.—Heredia, veinticinco de julio del dos mil ocho.—Lic. Karen Ramos González, Notaria.—1 vez.—Nº 50145.—(70853).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las a las 09:00 horas del 25 de julio del 2008 se constituyó Transportes Damadi del Caribe S. A., capital social: ¢10,000.00. Plazo social: 100 años. Domicilio: Limón. Presidenta: Mayela Nach Porras.—Limón, 25 julio del 2008.—Lic. Northon Allen White, Notario.—1 vez.—Nº 50146.—(70854).

Ante esta notaría, a las diez horas del día siete de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Taller de Soldadura Quintana e Hijos Sociedad Anónima.—Upala, veintiocho de julio del dos mil ocho.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 50147.—(70855).

La suscrita da fe que por escritura pública número 191 otorgada a las 18:00 horas del 26 de julio del 2008, se constituyó la sociedad denominada Alimentos Framalusan S. A., plazo 99 años, capital social diez mil colones, presidente y secretario: con facultades de apoderados generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 29 de julio del 2008.—Lic. Rocío Murillo Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 50148.—(70856).

La suscrita da fe que por escritura pública número 192, otorgada a las 18:30 horas del 26 de julio del 2008, se constituyó la sociedad denominada Alimentos Sofiale S. A., plazo 99 años, capital social diez mil colones, presidente y secretario: con facultades de apoderados generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 29 de julio del 2008.—Lic. Rocío Murillo Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 50149.—(70857).

La suscrita da fe que por escritura pública número 193 otorgada a las 18:50 horas del 26 de julio del 2008, se constituyó la sociedad denominada Serce S. A., plazo 99 años, capital social diez mil colones, presidente y secretario: con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma.—Grecia, 29 de julio del 2008.—Lic. Rocío Murillo Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 50150.—(70858).

Mediante escritura número 137, se constituyó la sociedad Los Kermananos Sociedad Anónima, ante el suscrito notario Mariano Núñez Quintana, con un capital social de cien mil colones.—Puntarenas, 28 julio del 2008.—Lic. Mariano Enrique Núñez Quintana, Notario.—1 vez.—Nº 50151.—(70859).

Ante esta notaría, mediante escritura número noventa y tres, otorgada a las diez horas del veinticuatro de julio de dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea de Breakwater Street S. A., mediante la cual se modificaron las cláusulas segunda, sétima y octava.—Lic. María Gabriela Araya Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 50152.—(70860).

En mi notaría el día 14 de julio del 2008, se constituyó la compañía E Lundquist Trust S. A. domiciliada en Barbacoas de Puriscal, cuatrocientos suroeste de la escuela. Presidente y apoderado Eric George Lundquist.—Lic. Luis Charpentier Acuña, Notario.—1 vez.—Nº 50153.—(70861).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad, a las once horas cincuenta y tres minutos del veintiuno de julio del dos mil ocho, se constituyó Agropecuaria Rivamontes Sociedad Anónima, con un plazo de noventa y nueve años, con una junta directiva de tres miembros. Presidente: José Alberto Rivera González, tesorera: Irene Vargas Oreamuno, secretario: José Alberto Rivera Vargas.—Pérez Zeledón, veintiuno de julio del 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 50157.—(70862).

Edicto al ser las doce horas del día veinticinco de julio del dos mil ocho, mediante escritura otorgada ante esta notaría, se constituye Laguna Boruca Holdings Sociedad Anónima, que traducido al español es Compañía Laguna Boruca Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Laguna Boruca Holdings S. A., que traducido al español es Compañía Laguna Boruca S. A.—Pérez Zeledón, veinticinco de julio del dos mil ocho.—Lic. Jorge Luis Zúñiga Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 50158.—(70863).

Al ser las once horas del día veinticinco de julio del año dos mil ocho, mediante escritura otorgada ante esta notaría, se constituye Valle de las Morenas Holdings Sociedad Anónima, que traducido al español es Compañía de Comercio Valle de las Morenas Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Valle de las Morenas Holdings S. A., que traducido al español es Compañía de Comercio Valle de las Morenas S. A.— Pérez Zeledón, veinticinco de julio del año dos mil ocho.—Lic. Jorge Luis Zúñiga Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 50159.—(70864).

La suscrita notaria pública hace constar que protocolicé el acta número dos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Villa Digital Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda (del domicilio) y se nombra nueva Junta Directiva.—San José, veinticuatro de julio de dos mil ocho.—Lic. Ana Cecilia Salazar Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 50160.—(70865).

Al ser las catorce horas del día veintitrés de julio del año dos mil ocho, mediante escritura otorgada ante esta notaría se constituye Valle de los Conejos Holdings Sociedad Anónima, que traducido al español es Compañía Valle de los Conejos Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Valle de los Conejos Holdings S. A., que traducido al español es Compañía Valle de los Conejos S. A.—Pérez Zeledón, veinticinco de julio del año dos mil ocho.—Lic. Jorge Luis Zúñiga Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 50161.—(70866).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy se constituyó Servicios de Maquinaria y Pintura Navas Sociedad Anónima, Presidente: Mainor Navas Obando, plazo: noventa y nueve años, capital social: diez acciones, de mil colones cada una.—Buenos Aires de Puntarenas, veinticuatro de julio del dos mil ocho.—Lic. Alejandra González Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 50162.—(70867).

Por escritura número trescientos seis - treinta y siete otorgada hoy ante mí, se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo de Grupo Migun Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de julio del dos mil ocho.—Lic. Patricia Lara Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 50163.—(70868).

Ronny Alexander Quirós Sequeira y María Jennifer Calderón Sandoval, constituyen la sociedad domiciliada en San José, Aserrí, Barrio María Auxiliadora, denominada Quirós & Calderón Sociedad Anónima. Presidente: Ronny Alexander Quirós Sequeira. Capital social diez mil colones.—San José, a las 18:00 horas del 22 de julio del año 2008.—Lic. Carlos Alberto Berrocal Arias, Notario.—1 vez.—Nº 50167.—(70869).

A las diez horas del veintiséis de julio del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Osne.Mo Sociedad Anónima, ante el notario Alexander Quesada Venegas.—Lic. Alexander Quesada Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 50168.—(70870).

A las quince horas del veinticinco de julio del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Construcciones y Servicios de Mantenimiento Ceron de Alky H.N.D. Sociedad Anónima, ante el notario Alexander Quesada Venegas.—Lic. Alexander Quesada Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 50169.—(70871).

Por escritura noventa y ocho, visible al folio noventa frente al noventa y uno frente del tomo cuarto, del veinticinco de julio del dos mil ocho, protocolicé acuerdos de la sociedad Tecnomercadeo Latinoamericano Sociedad Anónima, reforma los estatutos modifica la cláusula segunda del domicilio y sexta de la administración y hace nuevos nombramientos.—San José, veinticinco de julio del dos mil ocho.—Lic. Magda González Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 50171.—(70872).

Ante esta notaría, mediante escritura pública número dieciséis - uno, otorgada al ser las trece horas del día once de de julio del dos mil ocho, los señores Luis Sandro Ureña Hernández y Cristian Ureña Hernández, constituyeron una sociedad anónima denominada Aqua Green Engineering de Latinoamérica Sociedad Anónima, con un capital de diez mil colones, correspondiendo a su Presidente la representación judicial y extrajudicial sin limitación de suma. Es todo.—San José, 25 de julio del dos mil ocho.—Lic. Adrián Montero Granados, Notario.—1 vez.—Nº 50173.—(70873).

El suscrito notario, hago constar y doy fe, que en esta notaría mediante escritura número noventa y dos de las nueve horas treinta y cinco minutos del veintiocho de julio del dos mil ocho, se cambio al secretario de la junta directiva de la empresa Quebradores de Río de Ora S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y un mil seiscientos cuarenta y siete.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Luis Araya Cerdas, Notario.—1 vez.—Nº 50177.—(70874).

Por escritura número quinientos sesenta y cuatro-tres, otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintiocho de julio del dos mil ocho, protocolicé acta asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Corporación Agroindustrial Rojas y Rojas S. A. cédula jurídica número 3-101-174929. Reforma a la cláusula primera. Domicilio de la compañía y nombramiento de nueva junta directiva. Presidente: Rodolfo Enrique Lizano Barboza.—Monterrey, Montes de Oca, San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Gerardo Ulises Alfaro Portugués, Notario.—1 vez.—Nº 50179.—(70875).

Por escritura número 185 de las 15:00 horas del 26 de junio del 2008, visible al folio 108 vuelto del tomo noveno de mi protocolo, se protocolizó acta de la compañía Alejofra S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-tres dos uno nueve uno cero.—San José 26 de julio del 2008.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—1 vez.—Nº 50181.—(70876).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 9 de junio del 2008, se constituye la empresa Cloromascota Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. José Enrique Brenes Montero gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Francisco Castro Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 50183.—(70877).

Mediante escritura número cuarenta y cinco otorgada ante esta notaría de la Lic. Any Clark Jiménez, a las catorce horas del veintisiete de mayo del año dos mil ocho, se nombró la junta directiva de la Asociación de Pequeños Productores de Paraíso Baja Talamanca.—Limón, veintisiete de mayo del dos mil ocho.—Lic. Any Clark Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 50184.—(70878).

Mediante escritura número setenta y uno otorgada ante esta notaría de la Lic. Any Clark Jiménez, a las ocho horas del veinticuatro de julio del año dos mil ocho, se constituyó y nombró la junta directiva de la Asociación Administradora del Acueducto Rural de Aguas Zarcas. Nombrándose como presidente al señor Alberto Hidalgo Rodríguez, quién ejercerá la representación judicial y extrajudicial de la asociación, sin límite de suma.—Limón, veinticuatro de julio del dos mil ocho.—Lic. Any Clark Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 50185.—(70879).

Yo, Rodrigo Atmetlla Molina, hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Terapin Holdings J.N.B. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa mil setecientos veintiocho. Es todo.—Veintidós de julio de dos mil ocho.—Lic. Rodrigo Antonio Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—Nº 50187.—(70880).

Ante la notaría de Mónica Gago Brenes, se constituyó la sociedad anónima Rodar Free S A., domiciliada en San José, plazo social: 99 años, Presidente y secretario con facultades apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social diez mil colones, suscrito y pagado. Otorgada en la cuidad de San José, 9:00 horas del 25 de julio del 2008.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 50189.—(70881).

Yo, Rodrigo Atmetlla Molina, hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Tres - Ciento Dos - Cuatrocientos Sesenta Mil Quinientos Noventa y Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—01 de julio del dos mil ocho.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—Nº 50188—(70882).

Por escrituras otorgadas ante el suscrito notario se constituyen Terrapromezza Sociedad Anónima y Tekaforesta del Valle Sociedad Anónima escrituras otorgadas en San José, a las 15:00 horas y 15:00 horas treinta del 24 de julio del dos mil ocho. Apoderado Generalísimo: Presidente. Plazo social noventa y nueve años, capital social íntegramente suscrito y pagado.—San José, 24 de julio del 2008.—Lic. Marco Fallas del Valle, Notario.—1 vez.—Nº 50190.—(70883).

Por escritura otorgada ante mí se constituyó Ages of Empire S.A., presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo actuar conjuntamente.—San José, 21 de julio del 2008.—Lic. Óscar Picado Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 50191.—(70884).

Por escritura otorgada ante mí se constituyó Manchester Corp. Sociedad Anónima S.A., Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo actuar conjuntamente.—San José, 21 de julio del dos mil ocho.—Lic. Óscar Picado Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 50192.—(70885).

Por escritura otorgada ante mí se constituyó Arce Segreda S.A., Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo actuar conjuntamente.—San José, 21 de julio del dos mil ocho.—Lic. Óscar Picado Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 50193.—(70886).

Capital de San José Sociedad Anónima en asamblea general extraordinaria celebrada a las dieciocho horas del veinte de junio del dos mil ocho, modifica la cláusula sexta de la Junta Directiva de sus estatutos, se otorga poder generalísimo al presidente y se establecen límites del mismo, reforma aprobada por la totalidad de los votos presentes. Notario Marco Antonio Vargas Cavallini, escritura otorgada en San José, a las nueve horas, del veintitrés de julio de dos mil ocho; número treinta y nueve, folio once vuelto, tomo octavo de mi protocolo.—Lic. Marco Antonio Vargas Cavallini, Notario.—1 vez.—Nº 50194.—(70887).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 19:00 horas del 17 de julio del 2008, se constituyó la entidad denominada Grupo MJM Sociedad Anónima, representada por su presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente, el presidente el señor José Manuel Ledezma Valverde, y el secretario el señor José Francisco Mora Solís. Es todo.—Ciudad de Quepos, 24 de julio del 2008.—Lic. Yuri Alonso Ramírez Acon, Notario.—1 vez.—Nº 50195.—(70888).

Por medio de la escritura número ochenta y tres, otorgada a las nueve horas del día ocho de julio del dos mil ocho, ante este Notario se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Coco’s Sunset Hills S.A., por la cual se modifica la cláusula quinta y se aumenta el capital social, la cláusulas sexta de la administración. Se revocan el nombramiento de los miembros de la Junta Directiva y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 50196.—(70889).

Por medio de la escritura número veintinueve, otorgada a las doce horas del día diecisiete de junio del dos mil ocho, ante este notario se constituyó una sociedad limitada, sujeta a las disposiciones del artículo número segundo del Decreto Ejecutivo tres tres uno siete uno-J publicado en La Gaceta número catorce del día catorce de junio del dos mil ocho para utilizar como si razón social del número de cédula jurídica asignada por el Registro Público. Domicilio Playas del Coco, Guanacaste. Capital social cien mil colones. Gerente el señor Wesley Ward Sabulka.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 50198.—(70890).

Por medio de la escritura número veintinueve, otorgada a las doce horas del día diecisiete de junio del dos mil ocho, ante este notario se constituyó la sociedad denominada Properties in Paradise Limitada. Domicilio: Playas del Coco, Guanacaste. Capital social cien mil colones. Gerente el señor Serguei Galkine.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 50199.—(70891).

En mi notaría se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad de esta plaza denominada Costa Rica Skin Care S. A., en donde se modificó pacto social y se nombraron personeros. Escritura pública otorgada en San José, a las 10:00 horas del día 25 de julio del año 2008.—Lic. Jimmy Monge Sandí, Notario.—1 vez.—Nº 50201.—(70892).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Mercadeo Karovi Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: el ejercicio del comercio, la venta de publicidad a la consultoría en mercadeo. Capital social: diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Karol Rojas Villalobos.—San José, diecisiete de junio del año dos mil ocho.—Lic. José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—Nº 50202.—(70893).

Ante esta notaría a las nueve horas del día veintiséis de julio del dos mil ocho, se protocoliza asamblea general ordinaria y extraordinaria de tres ciento uno cuatrocientos setenta y seis mil seiscientos cuarenta y dos sociedad anónima, cambió junta directiva.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Oscar Alberto Pérez Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 50203.—(70894).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas quince minutos del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Eventos Corporativos C. M. Sociedad Anónima que es nombre de fantasía. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: el ejercicio del comercio, la consultoría en mercadeo y a la producción, animación y presentación de videos musicales. Capital social: diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidenta: Cristina Castro Meléndez.—San José, diecisiete de junio del año dos mil ocho.—José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—Nº 50204.—(70895).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas treinta minutos del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada W V Ferji Sociedad Anónima que es nombre de fantasía. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: el ejercicio del comercio y a la venta de publicidad. Capital social: diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: William Fernández Valverde.—San José, diecisiete de junio del año dos mil ocho.—Lic. José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—Nº 50205.—(70896).

Ante esta notaría a las trece horas del día dieciocho de julio del dos mil ocho, se constituye la empresa Bienestar de los Tiempos Correctivos Sociedad Responsabilidad Limitada. Plazo noventa y nueve años. Gerente: Karl Wilhelm Urich Dux.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Óscar Alberto Pérez Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 50206.—(70897).

Ante est notaría a las quince horas del día veinticuatro de julio del dos mil ocho, se protocoliza asamblea general ordinaria y extraordinaria de cambio de Junta Directiva de la empresa Servicios Ilimitados Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Óscar Alberto Pérez Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 50207.—(70898).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Naro Producciones Sociedad Anónima que es nombre de fantasía. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: el ejercicio del comercio y a la producción, animación y presentación de videos musicales. Capital social: diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidenta: Natalia Rodríguez Quesada.—San José, diecinueve de junio del año dos mil ocho.—Lic. José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—Nº 50208.—(70899).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas quince minutos del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Maraé Producciones Sociedad Anónima que es nombre de fantasía. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: el ejercicio del comercio y a la producción, animación y presentación de videos musicales. Capital social: diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Eyeri Madrigal Ramírez.—San José, diecinueve de junio del año dos mil ocho.—Lic. José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—Nº 50209.—(70900).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Locuciones y Animaciones J.C. Sociedad Anónima que es nombre de fantasía. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: el ejercicio del comercio y a la producción, animación y presentación de videos musicales. Capital social: diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de rail colones cada una. Presidente: Jair Cruz Chevez.—San José, primero de julio del año dos mil ocho.—Lic. José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—Nº 50210.—(70901).

Por escritura otorgada ante mí, a la once horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Más Q T Más Productions Sociedad Anónima que es nombre de fantasía. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: el ejercicio del comercio y a la producción, animación y presentación de videos musicales. Capital social: diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Mario Palacios Peraza.—San José, cuatro de julio del año dos mil ocho.—Lic. José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—Nº 50211.—(70902).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas quince minutos del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Weekend Productions W P Sociedad Anónima que es nombre de fantasía. Plazo social: Noventa y nueve años. Objeto: el ejercicio del comercio y a la producción, animación y presentación de videos musicales. Capital social: diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Carlos Steven Lewis Garro.—San José, cuatro de julio del año dos mil ocho.—Lic. José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—Nº 50212.—(70903).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas treinta minutos del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Publirelaciones D G T Sociedad Anónima que es nombre de fantasía. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: El ejercicio del comercio y a la producción, animación y presentación de videos musicales. Capital social: diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Mauricio Alvarado Jiménez.—San José, ocho de julio del dos mil ocho.—Lic. José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—Nº 50214.—(70904).

Ante la notaría del licenciado Luis Diego Pérez Chacón, se constituyó la sociedad anónima denominada Soluciones Técnicas e Industriales Solmesa Sociedad Anónima, cuya representación la ostentan el presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma; plazo social de noventa y nueve años.—San José, 28 de julio del 2008.—Lic. Luis Diego Pérez Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 50216.—(70905).

Ante la notaria Rosa Elena Segura Ruiz, el día 22 de julio del 2008, se constituyeron las siguientes sociedades Small Sea Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sweet Home Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sweet Place Sociedad de Responsabilidad Limitada y Sweet Town Sociedad de Responsabilidad Limitada, se suscriben y pagan cuotas y se nombra gerente con facultades de apoderados generalísimos por el resto del plazo social y el día 25 de julio del 2008, se constituyen las siguientes sociedades Montajes MF Sociedad Anónima, Montajes Arsi Sociedad Anónima, se suscribe y paga el capital social se nombra por el resto del plazo social, apoderados generalísimos sin límite de suma, Junta Directiva y Fiscal.—Lic. Rosa Elena Segura Ruiz, Notaria.—1 vez.—Nº 50218.—(70906).

Por escrituras otorgadas hoy en esta ciudad a las 15:00 y 16:00 horas ante el suscrito notario se reforman estatutos y se realiza cesión de cuotas de las sociedades limitadas Kinswick Carwash Limitada y GM Costa Rica Carwash Limitada.—San José, 22 de julio de 2008.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—Nº 50219.—(70907).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se reformó la cláusula quinta de los estatutos constitutivos de Imago Comunicación Interactiva Sociedad Anónima.—San José, siete de julio del dos mil ocho.—Lic. María de los Ángeles Calderón Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 50222.—(70908).

Por escritura otorgada en mi notaría a las doce horas del día de hoy, se constituyó Lusitano Groupe S. A. Capital pagado.—23 de julio del 2008.—Lic. Manuel Enrique Badilla Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 50224.—(70909).

La suscrita notaria pública Xinia Aguilar Picado, doy fe que el día veintiocho de julio del dos mil ocho, mediante escritura número trescientos treinta y cinco, visible al folio ciento cincuenta y cinco frente y vuelto del tomo diez, se constituyó la sociedad cuyo nombre será el número de cédula de persona jurídica que le sea asignado al momento de su inscripción. Según lo establece el decreto número tres tres uno siete uno-J publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis. Cuyos apoderados generalísimos sin límite de suma son Durfay Quintero Aristizabal, cédula de residencia número uno uno siete cero cero cero cero ocho cuatro nueve tres cuatro, pasaporte de su país de origen número siete dos cero uno cinco cuatro uno cuatro y Gildardo Ramírez Soto, pasaporte número CC siete dos cero uno cuatro nueve cero tres, quienes podrán actuar conjuntamente o por separado. Capital suscrito y pagado. Es todo.—Heredia, el día veintiocho de julio del dos mil ocho.—Lic. Xinia Aguilar Picado, Notaria.—1 vez.—Nº 50225.—(70910).

Mediante escritura número doscientos noventa y nueve, del tomo sétimo, hoy se constituyó la sociedad Todo en Limpieza y Más S. A.—San José, 25 de julio del 2008.—Lic. Rómulo Eduardo Pacheco Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 50226.—(70911).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del veinticinco de julio de dos mil ocho, se constituyó SBT Aqua Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social totalmente suscrito y pagado. El gerente uno y el gerente dos son representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar individualmente.—San José, veinticinco de julio de dos mil ocho.—Lic. Rogelio Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 50227.—(70912).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del dieciséis de julio del dos mil ocho, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza, Transportes Cinco Dos Veinte MIDR Sociedad Anónima, en que se reforman las cláusulas primera, segunda, quinta, sexta y octava del pacto social y se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Juan José Rímolo Bolaños, Notaria.—1 vez.—Nº 50230.—(70913).

Ante esta notaría, al ser las diez horas del veinticinco de julio del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad La Máscara de La Bailarina Irlandesa Sociedad Anónima, donde se acordó modificar la cláusula segunda del domicilio, se destituye al presidente de la junta directiva y se nombra nuevo presidente. Presidente: Steven John Temp.—Ciudad Colón, veinticinco de julio de dos mil ocho.—Lic. Stanley Mejía Mora, Notario.—1 vez.—Nº 50231.—(70914).

Mediante escritura número noventa y siete, otorgada ante esta notaría a las diecinueve horas del veinticinco de julio del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Adrenalina Hobby Shop S. A. Domicilio: San José; capital: íntegramente suscrito; presidente, y tesorero apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintinueve de julio del año dos mil ocho.—Lic. Mario Valladares Guilá, Notario.—1 vez.—Nº 50232.—(70915).

El día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad Limpieza y Mantenimiento Mora y Cubero Sociedad Responsabilidad Limitada. Gerente: Luis Enrique Mora Sánchez.—Puerto Viejo, Sarapiquí, veinticuatro de julio de dos mil ocho.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 50235.—(70916).

El día de hoy se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Solórzano y Arias Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-tres tres uno cero nueve cero, en la que se reforma la junta directiva. Es todo.—San Ramón de Alajuela, a las diez horas del veinticuatro de julio del dos mil ocho.—Lic. Silvia Chaves Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 50236.—(70917).

El día de hoy se constituye en mi notaría la Asociación Productora Agrícola Arias Zúñiga. Domiciliada en San Ramón de Alajuela, Bajo Zúñiga. Es todo.—San Ramón de Alajuela a las diez horas del veinticuatro de julio del dos mil ocho.—Lic. Silvia Chaves Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 50237.—(70918).

El día de hoy se constituye en mi notaría la sociedad Armonía Verde Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, plazo social noventa y nueve años.—San Ramón, Alajuela trece de mayo del dos mil ocho.—Lic. Silvia Chaves Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 50238.—(70919).

Los señores Carlos Vargas Ledezma y Cecilia Virginia Campos Sánchez, constituyen la sociedad denominada Elec-Carvale S. A. Domicilio: provincia de Heredia, cantón de Heredia. Plazo 99 años a partir del 23 de julio del 2008. Capital social ¢10.000,00, íntegramente suscrito y pagado. Administración: Presidente, secretario y tesorero, corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial y con facultades de apoderados generalísimos sin límites de suma, actuando conjunta. Escritura otorgada a las 10:00 horas del 23 de julio del 2008.—Lic. José Joaquín Arias Segura, Notario.—1 vez.—Nº 50240.—(70920).

Por escritura otorgada ante esta notaría pública a las 16:00 horas del 25 de julio del 2008, se constituyó Escalante Business Center S. A. Domicilio: Curridabat; capital: ¢100.000,00; presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. David Dumani Echandi, Notario.—1 vez.—Nº 50241.—(70921).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria pública a las trece horas treinta minutos del veintisiete de julio del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Código de Notas Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Domicilio: San José, Sabanilla de Montes de Oca. Capital social suscrito y pago. Presidente y secretaria apoderados generalísimos.—San José, veintisiete de julio del año dos mil ocho.—Lic. María Gabriela Fernández Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 50243.—(70922).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Consorcio de Empresas Desarrolladoras Ceconsa S. A. Representación: Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo: cien años.—San José, 25 de julio del 2008.—Lic. Leda Di Nápoli Perera, Notaria.—1 vez.—Nº 50245.—(70923).

Por escritura otorgada a las 13:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada: Cat and Rabbit Sociedad Anónima; representada por su presidente con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 26 de julio del 2008.—Lic. Freddy Abarca Alpízar, Notario.—1 vez.—Nº 50246.—(70924).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:30 horas del 28 de julio del 2008, se constituyó la sociedad Myra’s Top of the World Sociedad Anónima, Capital social debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago. Plazo noventa y nueve años.—Cartago, 29 de julio del 2008.—Lic. Jorge R. Arias Mora, Notario.—1 vez.—Nº 50249.—(70925).

Mediante escritura pública ante esta notaría, al ser las diez horas treinta minutos del trece de junio del dos mil ocho, se ha constituido la sociedad anónima denominada Atlantisoft Sociedad Anónima, cuyo capital fue totalmente suscrito y pagado por los socios. Es todo.—Cartago, trece de junio del dos mil ocho.—Lic. Jacqueline Martínez Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 50248.—(70926).

Ante esta notaría por escritura número ciento cuarenta y tres-dieciséis, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de Inversiones Cataginesas Mar-Mar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y un mil seiscientos ochenta y siete, en la cual se modifican las cláusulas octava y décima del pacto constitutivo.—Cartago, dieciocho de julio del año dos mil ocho.—Lic. Walter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—Nº 50250.—(70927).

Por escritura otorgada ante mí a las 16:00 horas del 28 de julio de 2008, se constituyó la compañía denominada Hermanos RM del Norte Sociedad Anónima, con capital social de cien mil colones.—Ciudad Quesada, 29 de julio del 2008.—Lic. Ballardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 50251.—(70928).

Ante esta notaría por escritura número ciento cuarenta y cinco-dieciséis, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de Rosara Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-treinta y ocho mil novecientos setenta, en la cual se modifican las cláusulas quinta y sexta del pacto constitutivo.—Cartago, dieciocho de julio del año dos mil ocho.—Lic. Walter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—Nº 50252.—(70929).

Por escritura otorgada ante mí a las 12:00 horas del 19 de julio de 2008, se constituyó la compañía denominada Selva Negra de Venecia Sociedad Anónima, con capital social de cien mil colones.—Ciudad Quesada, 29 de julio del 2008.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 50253.—(70930).

Por escritura otorgada ante la notaría del Licenciado Luis Paulo Castro Hernández, se constituye la compañía Grupo Anna Tempo Sociedad Anónima; presidenta: Laura Patricia Hernández Mora.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Luis Paulo Castro Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 50254.—(70931).

Ante la notaría de los licenciados Yuliana Gaitán Ayales y Piero Vignoli Chessler, se modificaron las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Mi Choza en Los Reyes Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Piero Vignoli Chessler, Notario.—1 vez.—Nº 50257.—(70932).

Ante esta notaría al ser las ocho horas del veintiocho de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada: Antigua-Dieciocho Limitada, cuyo capital social es de diez mil colones. Gerente: Yohanka González González.—San José, veintiocho de julio del dos mil ocho.—Lic. Melissa de Gualupe Láscarez Abarca, Notaria.—1 vez.—Nº 50260.—(70933).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en Playa Flamingo, a las 9:00 horas del 25 de julio de 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Leatherback Turtle Thirteen S. A., se reforma la cláusula octava, se revocan nombramientos de presidente, secretario, tesorero y fiscal, se nombran nuevos.—Lic. Andrés Calvo Herra, Notario.—1 vez.—Nº 50263.—(70934).

Por escritura otorgada ante mí a las 8:00 horas del día 19 de julio 2008, se protocoliza acta de la sociedad denominada Wild Stories of the Symphony Lake S. A. Se reforma cláusula octava de los estatutos, se nombra nueva junta directiva.—Lic. Iván Granados Fischel, Notario.—1 vez.—Nº 50264.—(70935).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la entidad Dansk Sociedad Anónima, capital social cien mil colones. Presidente y secretaria apoderados generalísimos sin límite de suma.—Golfito, 28 de mayo del 2008.—Lic. Bernal Castro Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 50265.—(70936).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las quince horas del trece de junio del año dos mil ocho, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Smart Publicidad Sociedad Anónima, mediante los cuales se modifican la cláusula segunda del domicilio y la cláusula octava de la administración de la sociedad.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Juan José Carreras Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 50266.—(70937).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 15:00 horas del 24 de julio del 2008, protocolizo actas de asambleas extraordinarias de socios de Retyrados S. A., mediante la cual se reforma la cláusula dos del domicilio.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 50267.—(70938).

Ante esta notaría por escritura ciento treinta y siete-veintisiete otorgada a las ocho horas veinte minutos del veinticinco de julio del dos mil ocho, se constituyeron por Carolina Blanco Vargas y César Borge Alvarado, quince sociedades anónimas de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno, para efectos de denominación social, capital: doce mil colones. Domicilio: San Pedro, Montes de Oca. Apoderados: Presidente y secretario apoderados generalísimos individuales. Es todo.—San José, veinticinco de julio del dos mil ocho.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—Nº 50269.—(70939).

Hoy protocolicé acta de asamblea de socios de Inmobiliaria Mercantil Maya S. A. Se modificó las cláusulas tercera y sexta de sus estatutos; se revocó el nombramiento de la junta directiva, agente residente, se nombraron nuevos miembros.—San José, 1º de julio del 2008.—Lic. Carlos Alberto Mora Moya, Notario.—1 vez.—Nº 50288.—(70940).

Hoy protocolicé acta de asamblea de socios de Beneficiadora Sarchí Industrial S. A. Se modificó las cláusulas segunda y sexta de sus estatutos; se revocó el nombramiento de la junta directiva, agente residente, se nombraron nuevos miembros.—San José, 1º de julio del 2008.—Lic. Carlos Alberto Mora Moya, Notario.—1 vez.—Nº 50290.—(70941).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría a las 9:00 horas de hoy se constituyó la sociedad denominada Casa Tres Monos Sociedad Anónima. Presidente, vicepresidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—San José, 24 de julio del 2008.—Lic. Ingrid Reischfleger Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 50291.—(70942).

La suscrita notaria pública, hago constar que ante esta notaría, al ser las ocho horas del quince de julio del dos mil ocho, el señor Minor Gerardo Álvarez López y el señor Daniel Quirós Soto, constituyeron la sociedad denominada Residencia Jade de Cartago Sociedad Anónima, con un capital de cien mil colones; domicilio en Heredia, San Isidro, distrito de San Francisco costado norte de la escuela. Presidente con facultades de apoderados generalísimo sin límite de suma. Presidente Minor Gerardo Álvarez López.—San José, 22 de julio del 2008.—Lic. Odile Altamirano Urrutia, Notaria.—1 vez.—Nº 50292.—(70943).

La suscrita notaria pública, hago constar que ante esta notaría, al ser las ocho horas del quince de julio del dos mil ocho, el señor Minor Gerardo Álvarez López y el señor Daniel Quirós Soto, constituyeron la sociedad denominada Residencias Viviendo Feliz en Cartago Sociedad Anónima, con un capital de cien mil colones; domicilio en Heredia, San Isidro, distrito de San Francisco costado norte de la escuela. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente Minor Gerardo Álvarez López.—San José, 22 de julio del 2008.—Lic. Odile Altamirano Urrutia, Notaria.—1 vez.—Nº 50293.—(70944).

La suscrita notaria pública hago constar que ante esta notaría, al ser las ocho horas del quince de julio del dos mil ocho, el señor Minor Gerardo Álvarez López y el señor Daniel Quirós Soto, constituyeron la sociedad denominada Residencias Nueva Vida en Cartago Sociedad Anónima, con un capital de cien mil colones, domicilio en Heredia, San Isidro, distrito de San Francisco costado norte de la escuela. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente Minor Gerardo Álvarez López.—San José, 22 de julio del 2008.—Lic. Odile Altamirano Urrutia, Notaria.—1 vez.—Nº 50294.—(70945).

La suscrita notaria pública, hago constar que ante esta notaría, al ser las ocho horas del quince de julio del dos mil ocho el señor Minor Gerardo Álvarez López y el señor Daniel Quirós Soto, constituyeron la sociedad denominada Residencias Modernas de Cartago Sociedad Anónima, con un capital de cien mil colones; domicilio en Heredia, San Isidro, distrito de San Francisco costado norte de la escuela. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente Minor Gerardo Álvarez López.—San José, 22 de julio del 2008.—Lic. Odile Altamirano Urrutia, Notaria.—1 vez.—Nº 50295.—(70946).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó R & R Inversiones Sociedad Anónima, plazo social de noventa y nueve años, capital social diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Representada por su presidente Rafael Ángel Rojas Vargas.—Monterrey de San Carlos, Alajuela, a las catorce horas treinta minutos del veinticinco de julio de dos mil ocho.—Lic. Ricardo Reyes Cálix, Notario.—1 vez.—Nº 50296.—(70947).

El suscrito Giovanni Salas Camacho, notario público, hace constar y saber que ante esta notaría se constituyó sociedad anónima, denominación social número de cedula jurídica S. A., que el Registro le asigne, constituida por los socios y miembros de junta; presidente; Guillermo Vega López, cédula uno cero siete nueve dos uno nueve, tesorero Leandro Vega Figueroa, cédula cinco uno seis siete seis ocho uno, secretario Luis Vega López, cedula cuatro dos cero tres ocho uno siete. Fiscal Marleni Vega López, con cédula siete uno siete ocho cuatro dos nueve, el capital de constitución diez mil colones y tres accionistas.—San José, veintisiete de julio del dos mil ocho.—Lic. Giovanni Salas Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 50297.—(70948).

Por escritura número cuarenta y uno otorgada ante mí, a las dieciséis horas cinco minutos del quince de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Parkstone Palms Sociedad Anónima con un capital totalmente suscrito y pagado. Su domicilio en la ciudad de Atenas, Residencial La Picaflora, lote número catorce. Su presidenta Nancy Juana Partain.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Felicia Vargas Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 50298.—(70949).

Por escritura número treinta y nueve otorgada ante mí, a las trece horas del catorce de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Backroads of Atenas Sociedad Anónima con un capital totalmente suscrito y pagado. Su domicilio en la ciudad de Atenas, Residencial La Picaflora, lote número catorce. Su presidente Andrew Arthur Partain.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Felicia Vargas Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 50299.—(70950).

Por escritura número cuarenta otorgada ante mí, a las dieciséis horas del quince de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Puente Viejo Sociedad Anónima con un capital totalmente suscrito y pagado. Su domicilio en la ciudad de Atenas, Residencial La Picaflora, lote número catorce. Su presidente Bob Arthur Partain.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Felicia Vargas Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 50301.—(70951).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 8 de julio de 2008, se constituyó la sociedad Inversiones Inmobiliarias Maryfer Sociedad Anónima. Presidente: Rodolfo Murillo Pérez, cédula 1-385-035.—Barva, 29 de julio del 2008.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—Nº 50302.—(70952).

He constituido la empresa cuya denominación será su número de cédula jurídica de conformidad con el decreto ejecutivo, representación legal y extrajudicial en la figura del presidente, capital social diez mil colones.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Jurgen Kinderson Roldán, Notario.—1 vez.—Nº 50303.—(70953).

La suscrita notaria hace constar que en escritura número ciento setenta y seis-dos, visible a folio noventa vuelto del tomo segundo de mi protocolo, otorgada al ser las ocho horas del veintitrés de julio del dos mil ocho, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad South Beach Clothes Costa Rica Sociedad Anónima.—Garabito, veintitrés de julio del dos mil ocho.—Lic. Pamela Andrea Cerdas Cerdas, Notaria.—1 vez.—Nº 50306.—(70954).

La suscrita notaria pública, licenciada Pamela Cerdas Cerdas, hace constar que en escritura número ciento setenta y cinco-dos, visible a folio inicial ochenta y nueve frente del tomo segundo de mi protocolo, otorgada a las quince horas del veintidós de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Corporación Menvar JMV Limitada, pudiéndose abreviar el aditamento como Ltda.—San José, veintidós de julio del dos mil ocho.—Lic. Pamela Cerdas Cerdas, Notaria.—1 vez.—Nº 50307.—(70955).

Hoy día he protocolizado acta de la sociedad Aisha Arlington XX S. R. L., se modifica el domicilio de la sociedad, la representación, se nombra nuevos gerentes y agente residente.—Desamparados, San José, 25 de julio del 2008.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 50308.—(70956).

Por escrituras otorgadas ante mí, a las 8:00, 8:15, 8:30, 9:00, 9:15, 9:30, 9:45, 10:00, 10:15 10:30, 10:45, 11:00, 11:15, 11:30, 11:45, 12:00, 12:15 horas del día de hoy, se constituyeron las compañías Mitah de Escazú, Mitah Desarrolladora, Corsa del Pacífico C.L.K., Esencia del Paraíso, Rancho Azul T.B.X., Dulce Abuela, Palabras Maestras, Costakul, Cozatil, Torre Escondida, Inversora Kalu, y Vesamar todas Sociedad Anónima, pudiendo dichos aditamentos abreviarse en S. A., y Vesatren, Vallado de Fuego, Desatin, Gamaber y Fuego de Pasiones todas Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo dichos aditamentos abreviarse en S.R.L., respectivamente. Plazos 100 años, capitales sociales suscritos y pagados.—San José, 28 de julio del 2008.—Lic. Carmen Fernández Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 50309.—(70957).

Por escritura número seis-setenta y seis, otorgada ante esta notaría a las nueve horas treinta minutos, del día veintiuno de julio del año dos mil ocho, se constituye Desarrollo Inmobiliario Las Vistas Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones representado con cien acciones comunes y nominativas de cien colones cada una y con un plazo de cien años.—San José, veintiuno de julio del 2008.—Lic. Juan Ignacio Gallegos Gurdián, Notario.—1 vez.—Nº 50322.—(70958).

Por escritura número seis-setenta y cinco, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día veintiuno de julio del año dos mil ocho, se constituyen las siguientes sociedades: (i) Las Vistas del Monte de las Palomas Casa Primera Sociedad de Responsabilidad Limitada, (ii) Las Vistas del Monte de las Palomas Casa Segunda Sociedad de Responsabilidad Limitada (iii) Las Vistas del Monte de las Palomas Casa Tercera Sociedad de Responsabilidad Limitada, (iv) Las Vistas del Monte de las Palomas Casa Cuarta Sociedad de Responsabilidad Limitada, (v) Las Vistas del Monte de las Palomas Casa Quinta Sociedad de Responsabilidad Limitada y (vi) Las Vistas del Monte de las Palomas Casa Sexta Sociedad de Responsabilidad Limitada, todas con un capital social de diez mil colones representado con cien acciones comunes y nominativas de cien colones cada una y con un plazo de cien años.—San José, veintiuno de julio de 2008.—Lic. Juan Ignacio Gallegos Gurdián, Notario.—1 vez.—Nº 50323.—(70959).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintidós de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima Fuerza de Luz Roca Tranquila Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones. Presidente: Víctor Manuel Rodríguez Morales.—Cóbano de Puntarenas, veintitrés de julio del dos mil ocho.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 50324.—(70960).

El notario que suscribe, debidamente autorizado para tal efecto, a las quince horas del veintidós de julio de dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Peñon Tropical de Manzanillo Sociedad Anónima, domiciliada en la ciudad de San José, provincia de San José, avenida central, calle cuatro, edificio Infilang, sexto piso, en la oficina del licenciado Eleazar Duarte Briones, a las ocho horas del veintiuno de julio del dos mil ocho, cédula jurídica  número tres- ciento uno-ciento sesenta y nueve mil veintiocho, modifica el pacto social, en el artículo sexto suprimiendo el agente residente del pacto social, se cambia domicilio social y se nombra nueva junta directiva. Presidente: Fernando Quirós Rojas.—Cóbano de Puntarenas, veintitrés de julio del dos mil ocho.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 50325.—(70961).

Ante esta notaria a las 14:00 horas del 02 de julio del año 2008, se constituyó la sociedad denominada Importadora Rockies Sociedad Anónima. Duración 10 años. Domicilio: San José. Capital social: cien colones. Presidente representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 02 de julio del 2008.—Lic. Marielos Meléndez Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 50326.—(70962).

Ante esta notaría a las 15:00 horas del 02 de julio del año 2008, se constituyó la sociedad denominada Auto Diamen, Sociedad de Responsabilidad Limitada. Duración 100 años. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Gerente representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 02 de julio del 2008.—Lic. Marielos Meléndez Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 50327.—(70963).

A las diez y treinta horas del veintiocho de julio del dos mil ocho, mediante escritura número cuarenta y uno visible al folio veintiséis vuelto del tomo cuatro del protocolo del notario Lic. Luis Guillermo Álvarez Rodríguez se constituyó la sociedad denominada Muribarra del Prado Azul Sociedad Anónima. Capital social: ciento veinte mil colones. Presidente: José Antonio Murillo Barrantes.—Grecia, 28 de julio del 2008.—Lic. Luis Guillermo Álvarez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 50328.—(70964).

Ante mi notaría el día de hoy se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Transportes Privados de Occidente S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y un mil novecientos ochenta y siete, mediante la cual se nombró nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Víctor Hugo Blanco Rojas, cédula de identidad número dos-quinientos dos-quinientos veinticinco.—San Ramón, veinticuatro de julio del dos mil ocho.—Lic. Marlenne María Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 50340.—(70965).

A las dieciséis horas del veinticinco de julio del dos mil ocho, mediante escritura número treinta y nueve visible al folio veinticuatro vuelto del tomo cuatro del protocolo del notario Lic. Luis Guillermo Álvarez Rodríguez se constituyó la sociedad denominada Mauped R.M.H.A. Sociedad Anónima. Capital social veinte mil colones. Presidente: Pedro Orlando Rojas Murillo.—Grecia, 25 de julio del 2008.—Lic. Luis Guillermo Álvarez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 50329.—(70966).

Por escritura otorgada ante mi se constituyó la sociedad Villakeal Sociedad Anónima. Objeto: servicios de excavaciones, movimientos de tierra y drenajes. Domicilio: en Cuatro Esquinas de Pital de San Carlos, trescientos metros norte de la escuela, casa de Gerardo Villalobos Torres. Capital social: la suma de cien mil colones netos. Representación: Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Joaquín Alvarado Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 50342.—(70967).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad El Gakeal Sociedad Anónima. Objeto: la actividad agrícola en general. Domicilio: en Cuatro Esquinas de Pital de San Carlos, trescientos metros norte de la escuela, casa de Gerardo Villalobos Torres. Capital social: la suma de ciento veinte mil colones. Representación: Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Joaquín Alvarado Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 50344.—(70968).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las catorce horas con treinta minutos del primero de julio del dos mil ocho, María del Carmen Solís Enríquez y Carlos Luis Berrocal González constituyen la entidad M.V. Consultoría Sociedad Anónima, domiciliada en San Rafael de la Marina de San Carlos, Alajuela, quinientos metros al oeste del supermercado. Capital social diez mil colones. Objeto: industria y comercio. Presidenta María del Carmen Solís Enríquez.—Ciudad Quesada, primero de julio del dos mil ocho.—Lic. Cristian Miguel Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 50345.—(70969).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas con treinta minutos, del veintidós de julio del dos mil ocho, Sandra Masís Cubillo y José David Rojas Meléndez, constituyen la entidad Sol de los Alpes Sociedad Anónima, domiciliada en San Jorge de Upala, Alajuela, trescientos metros al este y un kilómetro y medio al sur de la Guardia Rural. Capital social diez mil colones. Objeto: industria y comercio. Presidenta Sandra Masís Cubillo.—Ciudad Quesada, veintidós de julio del dos mil ocho.—Lic. Cristian Miguel Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 50346.—(70970).

En la notaría del licenciado Álvaro José Meza Lazarus, se constituyó una sociedad cuyo nombre es el mismo que el número de cédula jurídica. Es todo.—San José, veinticinco de julio del dos mil ocho.—Lic. Álvaro José Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—Nº 50350.—(70971).

En la notaría del licenciado Álvaro José Meza Lazarus, se constituyó una sociedad cuyo nombre es el mismo que el número de cédula jurídica. Es todo.—San José, veinticinco de julio del dos mil ocho.—Lic. Álvaro José Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—Nº 50351.—(70972).

En la notaría del licenciado Álvaro José Meza Lazarus, se constituyó una sociedad cuyo nombre es el mismo que el número de cédula jurídica. Es todo.—San José, veinticinco de julio del dos mil ocho.—Lic. Álvaro José Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—Nº 50352.—(70973).

Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría, de las doce horas del día veintinueve de julio del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Transportes M & M Panamá Inc S. A., por la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social aumentando el capital social.—San José, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Cristian Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—Nº 50353.—(70974).

Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría, de las once horas treinta minutos del día veintinueve de julio del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Fexenae S. A., por la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social aumentando el capital social.—San José, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Cristian Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—Nº 50354.—(70975).

Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría, de las once horas del día veintinueve de julio del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Aerografica S. A., por la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social aumentando el capital social.—San José, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Cristian Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—Nº 50355.—(70976).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Constructora Montecristo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. Rocío Zamora Moya, Notaria.—1 vez.—Nº 50356.—(70977).

Por escritura otorgada en esta notaria a las 17:00 horas del 17 de julio del 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Condominio El Viñedo Número Doce, Carmenere S. A., mediante la cual se modifica el artículo primero: del nombre, para que en lo sucesivo se denomine El Viñedo Carmenere S. A., el artículo quinto: de la administración y se nombran nuevos personeros.—17 de Julio del 2008.—Lic. José Arturo Fernández Arden, Notario.—1 vez.—Nº 50357.—(70978).

Mediante escritura número treinta y cinco, otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del veintisiete de julio del año dos mil ocho, iniciada al veintisiete frente del tomo tercero del protocolo del suscrito notario; Daniel Sancho Villalobos, Jorge Walter Castro Murillo, Minor Bhorquez Sánchez y Minor Montenegro Molina, constituyeron Transfeco Sociedad Anónima, con domicilio social en casa G cuatro, de La Emilia, San Francisco de Heredia. Presidente Daniel Sancho Villalobos.—Veintiocho de julio del año dos mil ocho.—Lic. Octavio Castiglioni Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 50358.—(70979).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas con diez minutos, del día veintitrés de julio del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Servicios Comerciales el Sentir de La Jungla Sociedad Anónima, por medio de la cual se revoca el nombramiento del presidente, secretaria y tesorero de la junta directiva, se nombra nueva junta directiva, se revoca el nombramiento del fiscal, se nombra nuevo fiscal, se crea la cláusula décimo primera y se nombra agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintitrés de julio del año dos mil ocho.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº 50359.—(70980).

Mediante acta de asamblea general extraordinaria de Puesto de Bolsa Interbolsa S. A. protocolizada ante los notarios públicos Marianela Sáenz Alfaro, Juan Manuel Jiménez Ruiz y David Arturo Campos Brenes, en escritura pública número ochenta y tres-cuatro, de las nueve horas cuarenta minutos, del día veintinueve de julio del dos mil ocho, se reforma la cláusula quinta del capital de los estatutos de la sociedad.—San José, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Marianela Sáenz Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 50360.—(70981).

Mediante acta de asamblea general extraordinaria de Puesto de Bolsa Interbolsa S. A. protocolizada ante los notarios públicos Marianela Sáenz Alfaro, Juan Manuel Jiménez Ruiz y David Arturo Campos Brenes, en escritura pública número ochenta y dos-cuatro, de las nueve horas treinta minutos, del día veintinueve de julio de dos mil ocho, se reforma la cláusula quinta del capital de los estatutos de la sociedad.—San José, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Marianela Sáenz Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 50361.—(70982).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del día veintitrés de julio del año dos mil ocho, se reformó cláusula décima sexta del reglamento del Condominio Ambra Dos.—San José, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Ana Marcela García Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 50362.—(70983).

Por escritura número ciento dieciocho-treinta y siete, otorgada ante el notario Mario Quesada Bianchini, a las ocho horas treinta minutos, del veintitrés de julio del año dos mil ocho, se reforma la cláusula primera de los estatutos de la sociedad Eagle Global Logistics Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número 3-102-386156.—San José, veinticinco de julio del 2008.—Lic. Mario Quesada Bianchini, Notario.—1 vez.—Nº 50363.—(70984).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día 24 de julio del 2008, a las 13:00 horas la sociedad tres-ciento dos-quinientos cuatro mil doscientos quince, sociedad de responsabilidad limitada, protocolizó acuerdos en que se reforman las cláusulas primera y novena, del pacto social.—San José, 24 de julio del 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 50364.—(70985).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintitrés de julio del dos mil ocho, se reformó la cláusula primera de la sociedad Acuario de Aticus Sociedad de Responsabilidad Limitada, siendo el nuevo nombre de la sociedad Desarrollos Inmobiliarios TC Condominio Sociedad de Responsabilidad Limitada, la cláusula segunda y se nombra nueva junta directiva.—San José, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Luis Manuel Gutiérrez Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 50365.—(70986).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día 24 de julio del 2008 a las 13:00 horas, la sociedad tres-ciento uno-quinientos veintiocho mil ciento veinte, sociedad anónima, protocolizó acuerdos en que se reforman las cláusulas primera y novena, del pacto social.—San José, 24 de julio del 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 50366.—(70987).

Por escrituras otorgadas ante la notaría del Lic. Marvin Céspedes Méndez, a las 12:00 y 13:00 horas del 25 de julio 2008, protocolicé actas de asamblea de socios de Promotex Internacional S. A., y Metrotex del Sur S. A., donde reforman sus capitales sociales debido a un aumento de capital.—San José, 25 de julio del 2008.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 50368.—(70988).

Por escritura número trescientos once otorgada a las dieciséis horas del cinco de junio del año dos mil ocho, ante el notario Milton González Vega, se constituye la sociedad denominada Corporación Unción Empresarial Sociedad Anónima. Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, cinco de junio del año dos mil ocho.—Lic. Milton González Vega, Notario.—1 vez.—Nº 50371.—(70989).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veinticinco de julio del año dos mil ocho, se protocolizó asamblea de socios en donde se hacen nombramientos en la junta directiva de la misma.—Veintinueve, de julio del dos mil ocho.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—Nº 50375.—(70990).

Álvaro Barrientos Astúa y Eduardo Moya Lizano, constituyen la sociedad anónima denominada E.M. System Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, Escazú, Centro Comercial Plaza. Escritura otorgada a las diecisiete horas del cuatro de julio del dos mil ocho.—Lic. Harry Flores Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 50376.—(70991).

Por escritura otorgada a las nueve horas del veintitrés de julio del dos mil ocho, se constituyó Inversiones y Desarrollos Montero E.A.M.C. Sociedad de Responsabildiad Limitada. Domicilio social: San Pablo de Heredia, urbanización Irazú, de la entrada principal cuatrocientos metros norte, a mano izquierda, apartamentos portones negros. Capital social: cien mil colones. Plazo social: cien años.—San José, veintitrés de julio del dos mil ocho.—Lic. Martín Hernández Treviño, Notario.—1 vez.—Nº 50377.—(70992).

Álvaro Jiménez Guido y Mayetti Aguirre Cordoncillo, constituyen Mundo Sinai Sociedad Anónima. Domicilio: San José, de la estación del Pacífico seiscientos metros oeste. Plazo social: 50 años. Capital social: 10.000.000,00 colones en Santo Domingo de Heredia, a las 9:00 horas del 26 de junio del 2088 ante la notaria Shileny Méndez Picado.—Lic. Shileny Méndez Picado, Notaria.—1 vez.—Nº 50378.—(70993).

Álvaro Jiménez Guido y Mayetti Aguirre Cordoncillo, constituyen Dianantima Sociedad Anónima. Domicilio: San José, de la estación del Pacífico  seiscientos  metros oeste. Plazo social: 50 años. Capital   social: 5 000 000,00 colones, en Santo Domingo de Heredia, a las 8:40 horas, del 26 de junio del 2008 ante la notaria Shileny Méndez Picado.—Lic. Shileny Méndez Picado, Notaria.—1 vez.—Nº 50379.—(70994).

Mediante escritura pública se constituye sociedad anónima denominada El Chanerito Sociedad Anónima, escritura número doscientos cincuenta y seis, del tomo tres del protocolo de la Licenciada Ana Rita Zamora Castillo, con fecha dieciocho de julio del dos mil ocho.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 50381.—(70995).

Por escritura número 125 otorgada ante mí, a las 8:30 minutos, del 29 de julio de 2008, los señores Orlando Castellón Navarro, cédula 1-637-193 y María García Pérez, cédula 2-477-396, constituyeron una sociedad anónima denominada Constructora Maoz TJH Sociedad Anónima, capital diez mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, 29 de julio de 2008.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 50384.—(70996).

Por escritura número 96, otorgada ante mi notaría, a las 11 horas 50 minutos, del 9 de julio de 2008, los señores Orlando Castellón Navarro, cédula 1-637-193 y María García Pérez, cédula 2-477-396, constituyeron la sociedad Coraxe JKFQ Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, 10 de julio de 2008.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 50385.—(70997).

Mediante escritura otorgada ante mi el día de hoy se constituyó GPN Prados del Oriente Limitada, abreviable el aditamento en Ltda que es nombre de fantasía. Domicilio San José, San Rafael de Coronado, residencial Prados del Norte, 50 metros norte y 50 metros este de la entrada principal. Capital diez mil colones suscrito y pagado. Plazo social: 99 años. Gerente y subgerente apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, 28 de julio de 2008.—Lic. Greyvin Cordero Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 50386.—(70998).

Mediante escritura otorgada ante mí el día de hoy se constituyó PDN San Rafael de Coronado Limitada, abreviable el aditamento en Ltda., que es nombre de fantasía. Domicilia San José, San Rafael de Coronado, residencial Prados del Norte, 50 metros norte y 50 metros este de la entrada principal. Capital diez mil colones suscrito y pagado. Plazo social 99 años. Gerente y subgerente apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, 28 de julio de 2008.—Lic. Greyvin Cordero Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 50387.—(70999).

Por escritura número 127, otorgada ante mí, a las 10:30 minutos, del 29 de julio de 2008, los señores Orlando Castellón Navarro cédula 1-637-193 y María García Pérez, cédula 2-477-396, constituyeron una sociedad anónima denominada Constructora Rochava ICR Sociedad Anónima, capital diez mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, 29 de julio de 2008.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 50388.—(71000).

Por escritura número 126, otorgada ante mí, a las 9:40 minutos, del 29 de julio de 2008, los señores Orlando Castellón Navarro, cédula 1-637-193 y María García Pérez, cédula 2-477-396, constituyeron una sociedad anónima denominada Constructora Romobe TCJ Sociedad Anónima, capital diez mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, 29 de julio de 2008.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 50389.—(71001).

Por escritura otorgada a las 8:30 horas del 25 de julio del 2008, se constituye sociedad denominada Roes Puerto Aventura Sociedad Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—Nº 50390.—(71002).

Por escritura otorgada a las once horas del día veinticinco de julio del año dos mil ocho, se constituye la empresa de esta plaza denominada C.P.E. Producciones Sociedad Anónima. Capital social: un millón de colones exactos. Representación: Presidente y secretario. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, veintinueve de julio del año del dos mil ocho.—Lic. Marcelo Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 50391.—(71003).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del veintiuno de julio del 2008, se constituye la sociedad Miami Concepts Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintidós de julio del dos mil ocho.—Lic. Juan Carlos Herrera Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 50395.—(71004).

Ante esta notaría mediante escritura doscientos veintisiete, se protocolizó la asamblea o acta número dos de la sociedad Agrícola Santa Sofia donde se nombra nuevo fiscal y forma de representación. Es todo Dado en Quepos, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Steven Alvarado Bellido, Notario.—1 vez.—Nº 50396.—(71005).

Ante esta notaria se constituye una sociedad anónima denominada. Inversiones Daga Generaleña Sociedad Anónima. Domicilio social Pérez Zeledón, distrito San Isidro. Presidenta: Damaris Méndez Godínez.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintiuno de julio del dos mil ocho.—Lic. Ileana Hidalgo Somarribas, Notaria.—1 vez.—Nº 50397.—(71006).

Por escritura otorgada a las 12:00 horas del día 17 de julio de 2008, se constituyó Eventos y Producciones Probent S. A. Secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: noventa mil colones.—San José, 22 de julio de 2008.—Lic. Catalina Pujol Rueda, Notaria.—1 vez.—Nº 50398.—(71007).

Por escritura de las 13:30 horas del 29 de julio del 2008, se protocoliza acta de la sociedad Huhebot Limitada, se nombran gerentes. Es todo.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 50399.—(71008).

La suscrita notaria pública, hace constar que mediante escritura otorgada ante mi notaría, Calidad a Tiempo S. A., reforma cláusula primera de los estatutos, para en adelante denominarse: Calidad a Tiempo S. A., cuyo nombre de fantasía es CATISA.—San José, veintitrés de julio de dos mil ocho.—Lic. Stella Santamaría Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 50400.—(71009).

La suscrita notaria pública, hace constar que mediante escritura otorgada ante mi notaría, Bejucos Laborales S. A., elige junta directiva y reforma cláusula primera de los estatutos, para en adelante denominarse: Tandi Sociedad Anónima.—San José, veintidós de julio de dos mil ocho.—Lic. Stella Santamaría Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 50401.—(71010).

El suscrito Ramiro Fernández Elizondo, notario público con oficina abierta en Puntarenas, informa que en esta notaría, mediante escritura noventa y cinco, visible a folio ciento noventa y cinco frente y vuelto del protocolo segundo, se constituyó la sociedad anónima denominada Infocountries.Com Sociedad Anónima la que se podrá abreviar Infocountries.Com S. A., por lo que se publica el presente edicto para lo que ordena la ley.—Lic. Ramiro Fernández Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 50402.—(71011).

José Gerardo López Jiménez y Gerardo Enrique López Jiménez fundan la sociedad Agrícola López Jiménez Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente José Gerardo López Jiménez.—Santa Rosa de Pocosol, 17 de julio del 2008.—Lic. Rocío Villalobos Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 50405.—(71012).

Por escritura otorgada a las 12:30 horas del 29 de julio del 2008, Siparia Sociedad Anónima, modifica cláusula tercera, del pacto constitutivo. Representante legal: el presidente.—Lic. John Charles Truque Harrington, Notario.—1 vez.—Nº 50404.—(71013).

En mi notaría a las 11:30 del 26 de junio del 2008, se constituyó la sociedad Inversiones L Y L del Bosque S. A. Domicilio: Ciudad Quesada de San Carlos; Capital social: ciento veinte mil colones. Representación: corresponde al presidente y al secretario con facultades de apoderado generalísimos sin límite de suma.—Ciudad Quesada, 26 de junio del 2008.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 50406.—(71014).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 25 de julio del 2008, se constituye la sociedad Negocios Mabri de Nicoya Sociedad Anónima. Domicilio: Guanacaste, Nicoya, barrio San Martín, 50 E. de la Escuela de San Martín. Objeto: comercio, industria, agricultura y ganadería en general. Capital social: ¢100.000,00. Plazo 99 años. Presidente: Marvin Matarrita Rosales.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 50408.—(71015)

Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas, del día veintinueve de julio del dos mil ocho, ante la notaria pública Laura Zumbado Loría, se constituye la empresa El Chapernal Heights S. A. Domicilio: San José, Paseo Colón, edificio Colón, último piso, bufete Robles Oreamuno. Administración: Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Laura Zumbado Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 50409.—(71016).

Por escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del veinticinco de julio del dos mil ocho, se reforma la cláusula primera de la denominación de la sociedad C.R. Insurance Group Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—Nº 50410.—(71017).

Por medio de escritura número cuarenta y uno, comparecieron Gonzalo Velásquez Martínez y Erick Velásquez Martínez a constituir la compañía Cornice Trade Sociedad Anónima mediante escritura otorgada en San José, al ser las 20:15 horas, del 20 de febrero de 2008, capital 10,000 colones, plazo: 100 años, domicilio social: Nº 2385 de avenida diez bis, Barrio González Lahmann.—Lic. Luis Manuel Gutiérrez Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 50413.—(71018).

Por medio de escritura número doscientos veinticinco-dos, comparecieron Christophe Leroy y Fabien Gil a constituir la compañía Don Horacio del Monte Sociedad Anónima mediante escritura otorgada en San José al ser las 20:30 horas, del 25 de julio del 2008, capital 10.000 colones, plazo: 100 años, domicilio social: Nº 20 barrio El Robledal, La Uruca.—San José.—Lic. Gonzalo Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 50414.—(71019).

Por medio de escritura número cuarenta y dos, comparecieron Gonzalo Velásquez Martínez y Erick Velásquez Martínez a constituir la compañía Methodical Business Metbiz Sociedad Anónima mediante escritura otorgada en San José, al ser las 20:30 horas, del 20 de febrero de 2008, capital 10,000 colones, plazo: 100 años, domicilio social: Nº 2385 de avenida diez bis, barrio González Lahmann.—Lic. Luis Manuel Gutiérrez Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 50415.—(71020).

Hago saber que por escritura pública N° 81, otorgada en mi notaría a las 10:00 horas del 16-07-08, visible a folio 154 vuelto del tomo 9° de mi protocolo notarial, autoricé la constitución de Lucia Venecost de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2008.—Lic. Óscar Guillermo Espinoza Sing, Notario.—1 vez.—Nº 50416.—(71021).

Melissa Espinoza Rodríguez y Yanina Espinoza Rodríguez, constituyen la sociedad Corporación YAME S. A., plazo social: 99 años, capital social: diez mil colones, Presidenta: Melissa Espinoza Rodríguez.—San José, 28 de julio del 2008.—Lic. José Manuel López Mora, Notario.—1 vez.—Nº 50418.—(71022).

Por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del día veinticuatro de julio del dos mil ocho, ante esta notaría, se reforma la cláusula sexta del pacto social de la sociedad Tranquilo Karacol del Mar Rojo Sociedad Anónima.—San José, veinticinco de julio del dos mil ocho.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—Nº 50421.—(71023).

Ante esta notaría se ha constituido la sociedad anónima denominada Negocios J Y G M J Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, domicilio social en la ciudad de San José. Se lleva a cabo esta publicación para los fines pertinentes.—San José, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Mario Zamora Mata, Notario.—1 vez.—Nº 50422.—(71024).

Ante mi notaría mediante escritura número 11 otorgada a las 10:00 horas del 09 de julio del 2008, se constituyó sociedad denominada Excavaciones y Acarreos Valverde Salas Excavas S. A. Presidente Róger Valverde.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Ricardo Alfonso Gamboa Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 50423.—(71025).

Ante mi notaría mediante escritura número 13 otorgada a las 10 horas del 28 de julio del 2008, se constituyó sociedad denominada Excavaciones y Trabsportes Villegas del Atlántico S. A. Presidente: Jacob Villegas Ocón.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Ricardo Alfonso Gamboa Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 50424.—(71026).

Ante esta notaría, Jaime Manuel Otero y Ana Celia Carmona, por escritura número treinta y ocho-cuatro, otorgada a las dieciséis horas del veintiséis de julio del dos mil ocho, constituyeron una sociedad anónima, cuya denominación social se ajusta a lo dispuesto en el artículo dos del decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, capital social: diez mil colones, plazo: cien años.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1 vez.—(71121).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas diez minutos del día veinticinco de julio del dos mil ocho, se constituyó Transeguros de Atenas S. A., domicilio: Atenas, Alajuela, cuatrocientos metros al sur y veinticinco este de la los Tribunales de Justicia. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 26 de julio del 2008.—Lic. Luis Fernando Sánchez Villalobos, Notario.—1 vez.—(71123).

Mediante escritura número sesenta y cinco, visible al folio cincuenta y cinco del tomo cuarenta y ocho de mi protocolo, otorgada a las nueve horas del día veinticuatro de julio del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Patral Dorada Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintinueve de julio del año dos mil ocho.—Lic. Harry Wohlstein R., Notario.—1 vez.—Nº 50425.—(71125).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyó la compañía que se denominará por el número de cédula jurídica que le asigne la Sección Mercantil del Registro Público de acuerdo al consecutivo que por orden le corresponde a cada compañía, con capital social de mil colones, presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos. Domicilio: San José.—San José, veintiséis de julio de dos mil ocho.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—(71147).

Por escritura número doscientos veintidós del tomo tres del protocolo del notario Freddy Aguilar Paniagua, mediante protocolización de acta, se ha modificado el domicilio y la representación de la sociedad Farmedic Internacional Sociedad Anónima.—Santa Bárbara de Heredia, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Freddy Aguilar Paniagua, Notario.—1 vez.—(71152).

En escritura pública número 110, de las 11:00 horas del 29 de julio de 2008, protocolicé acta de asamblea general de Efedra Gaeta Ltda., cédula jurídica 3-102-521901, en la que se modifica la cláusula segunda del domicilio, se acepta la renuncia y se nombra gerente y agente residente.—Lic. Adriana Calvo Fernández, Notaria.—1 vez.—(71153).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 15:00 horas del 25 de julio del dos mil ocho, se constituye la sociedad con domicilio en Alajuela, denominada Vafasi Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—Alajuela, 29 de julio del 2008.—Lic. Carlos Martínez Ocampo, Notario.—1 vez.—(71210).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 15:30 horas del 25 de julio del dos mil ocho, se constituye la sociedad con domicilio en Alajuela, denominada Edjusi Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—Alajuela, 29 de julio del 2008.—Lic. Carlos Martínez Ocampo, Notario.—1 vez.—(71211).

Por escritura número trescientos sesenta y uno-nueve, celebrada en el tomo noveno del protocolo del suscrito notario José Joaquín Herrera Arias, a las dieciséis horas del veintitrés de julio del dos mil ocho, se protocolizó la constitución de la sociedad denominada: Residencial Don Manuel Sociedad Anónima, en la que se nombra junta directiva. Así mismo se solicita la cédula jurídica.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario.—1 vez.—(71218).

Ante esta notaría al ser las 10:00 horas del día 1º de julio de 2008, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Playa Guiones S. A. domiciliada en San José, Ciudad Colón. Presidente: Mario Campos Castro. Capital íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Sharon Marcela Esquivel Morales, Notaria.—1 vez.—(71228).

Ante la notaría del suscrito al ser las quince horas del veinticuatro de julio del dos mil ocho, se constituyo la sociedad denominada Servicios de Ingeniería, Arquitectura y Construcción S. A., con un capital social de veinte mil colones. Domiciliada en Heredia Centro. La representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente y al secretario. Es todo.—Heredia, al ser las diez horas treinta minutos del treinta de julio del dos mil ocho.—Lic. Roberto Villalobos Conejo, Notario.—1 vez.—(71230).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas del día treinta de julio de dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general de cuotistas de la sociedad denominada Ontario Tariona OTR Ltda. Donde se acuerda reformar las cláusulas primera y novena de los estatutos y se adiciona la cláusula décima segunda del pacto constitutivo.—San José, treinta de julio de dos mil ocho.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(71233).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 13:00 horas del 30 de julio del dos mil ocho, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Llanuras Liberianas CR S. A. donde se reforma la cláusula primera y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 30 de julio del 2008.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—(71246).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 14:10 horas del 19 de julio del dos mil ocho, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Monte Luna Mono Araña CR S. A. donde se reforma la cláusula sexta y se nombra nueva junta directiva y agente residente.—San José, 30 de julio del 2008.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—(71250).

Por escritura otorgada ante mí, a las 12:09 horas del día 30 de julio del 2008, se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad anónima Concentrados Luomis S. A., cedula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y siete mil ciento veinte.—San José, 30 de julio del 2008.—Lic. Marice Porras Zamora, Notaria.—1 vez.—(71255).

Por escritura otorgada ante mí a las 17:43 horas del día 29 de julio del 2008, se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad anónima Ganadería Porcina Fortis S. A., cedula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y un mil cuatrocientos setenta y dos.—San José, 30 de julio del 2008.—Lic. Marice Porras Zamora, Notaria.—1 vez.—(71258).

En mi notaría se constituyó la sociedad Productora Imaginación Audiovisual PRODIGIA S. A., domiciliada en Alajuela, avenida central, calles cinco y siete. Plazo social es noventa y nueve años a partir de su constitución. El capital social es treinta mil colones. El presidente tiene facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintitrés de julio del dos mil ocho.—Lic. Elizabeth Venegas Fernández, Notaria.—1 vez.—(71293).

Ante mí, José Cordero Chavarría notario público, se constituyó la sociedad denominada Décima Nuda Sociedad Anónima, el seis de mayo del año dos mil ocho, con un plazo social de cien años y un capital social de veinte mil colones, domiciliada en barrio San José de Alajuela, quinientos metros norte de la iglesia católica.—Heredia, 30 de julio del 2008.—Lic. José Miguel Cordero Chavarría, Notario.—1 vez.—(71295).

Ante mí, José Miguel Cordero Chavarría notario público, se constituyó la sociedad denominada Nuda Vigésima Sociedad Anónima, el seis de mayo del año dos mil ocho, con un plazo social de cien años y un capital social de veinte mil colones, domiciliada en barrio San José de Alajuela, quinientos metros norte de la iglesia católica.—Heredia, 30 de julio del 2008.—Lic. José Miguel Cordero Chavarría, Notario.—1 vez.—(71296).

Ante mí, José Miguel Cordero Chavarría notario público, se constituyó la sociedad denominada Productora Borja Sociedad Anónima, el veintinueve de julio del año dos mil ocho, con un plazo social de cien años y un capital social de diez mil colones, domiciliada Heredia, cien metros al norte y ciento veinticinco metros al este de la escuela Cubujuquí.—Heredia, 30 de julio del 2008.—Lic. José Miguel Cordero Chavarría, Notario.—1 vez.—(71297).

Ante mí, José Miguel Cordero Chavarría notario público, se constituyó la sociedad denominada Productora Los Candelabros Sociedad Anónima, el veintinueve de julio del año dos mil ocho, con un plazo social de cien años y un capital social de diez mil colones, domiciliada Heredia, cien metros al norte y ciento veinticinco metros al este de la escuela Cubujuquí.—Heredia, 30 de julio del 2008.—Lic. José Miguel Cordero Chavarría, Notario.—1 vez.—(71302).

Ante mí, José Miguel Cordero Chavarría notario público, se constituyó la sociedad denominada Cantera Río Oro Sociedad Anónima, el veintinueve de julio del año dos mil ocho, con un plazo social de cien años y un capital social de diez mil colones, domiciliada en San Pablo de Heredia, contiguo al supermercado Más x Menos.—Heredia, 30 de julio del 2008.—Lic. José Miguel Cordero Chavarría, Notario.—1 vez.—(71303).

Ante mí, José Miguel Cordero Chavarría notario público, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora de Abrasivos Roca Sol Sociedad Anónima, el veintinueve de julio del año dos mil ocho, con un plazo social de cien años y un capital social de diez mil colones, domiciliada en Heredia, cien metros al norte y ciento veinticinco al este de la escuela Cubujuquí.—Heredia, 30 de julio del 2008.—Lic. José Miguel Cordero Chavarría, Notario.—1 vez.—(71304).

Ante mi, José Miguel Cordero Chavarría notario público, se constituyó la sociedad denominada Bio Equilibrio Natural CM Sociedad Anónima, el ocho de julio del año dos mil ocho, con un plazo social de cien años y un capital social de cuatro mil colones, domiciliada en Mercedes Norte de Heredia, quinientos metros al norte del bar España.—Heredia, 30 de julio del 2008.—Lic. José Miguel Cordero Chavarría, Notario.—1 vez.—(71305).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas, quince horas con cuarenta minutos, quince horas con cincuenta minutos, del día veinticuatro de julio del dos mil ocho, se constituyeron las sociedades anónimas denominadas: Corporación La Hacienda Ochenta y Nueve de Santa Ana Sociedad Anónima; Corporación La Hacienda Noventa de Santa Ana Sociedad Anónima, y Corporación La Hacienda Noventa y Uno de Santa Ana Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de julio del dos mil ocho.—Lic. Norman de Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—Nº 50486.—(71361).

Por escritura número 47-3, de las 09:30 horas del 24 de julio del 2008, otorgada ante el suscrito notario, se constituyó una sociedad anónima que se denominará por su número de cédula jurídica.—San José, 24 de julio del 2008.—Lic. Carlos Roberto López Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 50487.—(71362).

Por escritura otorgada a las 10:30 horas del día 22 de julio del 2008, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Niva Euroequipos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y un mil sesenta y cinco, por medio de la cual se reforma el pacto constitutivo.—San José, 24 de julio del 2008.—Lic. Miguel Vílchez Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 50488.—(71363).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del día 22 de julio del 2008, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Renta Equipos Niva Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos dos mil setecientos treinta y siete, por medio de la cual se reforma el pacto constitutivo.—San José, 24 de julio del 2008.—Lic. Miguel Vílchez Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 50489.—(71364).

En esta notaría, a las 08:00 horas del 24 de julio del 2008, se modifica la cláusula octava de los estatutos de la sociedad anónima denominada Repuestos Carvajal del Este Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2008.—Lic. Teresita Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—Nº 50490.—(71365).

Ante esta notaría, por escritura número ciento cuarenta y tres-tres, otorgada a las veinte horas del veintidós de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Bertila de Belén Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado. Presidente con la representación judicial y extrajudicial.—Heredia, 23 de julio del 2008.—Lic. Mónica Bogantes Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 50491.—(71366).

Ante esta notaría, los señores Arthur William Clausen III, de nacionalidad estadounidense, pasaporte de su país Nº 141293806 y Elixa Danet Peña de Clausen, de nacionalidad venezolana, pasaporte de su país Nº 007212420, han constituido una sociedad anónima y se hace constar que la denominación social de la empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Reglamento para la inscripción de la constitución de empresas comerciales Nº 33171-J. Capital social: cinco millones de colones. Funge como presidente: Arthur William Clausen III.—Lic. Tatiana Salgado Loaiza, Notaria.—1 vez.—Nº 50494.—(71367).

El suscrito notario hace constar que con vista en la matriz, se modificaron las cláusulas primera y segunda y se nombra presidente y secretario de la junta directiva de la empresa Servicios de Consultoría Gerencial de Latinoamérica S. A.—San José, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 50498.—(71368).

El suscrito notario hace constar que con vista en la matriz, se modificó la cláusula segunda y la cláusula sexta y nombra nueva junta directiva de la empresa Hacienda Inmobiliaria Monte Colonial S. A.—San José, treinta de julio del dos mil ocho.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 50499.—(71369).

Mediante escritura otorgada el día de hoy, a las nueve horas, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Macro Search de Costa Rica S. A. Capital social: doce mil colones, totalmente suscritos y pagos. Presidente y secretario, representantes judiciales y extrajudiciales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente salvo en caso de contratación administrativa. Domicilio: San José, San Pedro de Montes de Oca, quinientos metros al sur del cementerio municipal.—San José, cinco de junio del dos mil ocho.—Lic. Agnes Fajardo Jirón, Notaria.—1 vez.—Nº 50500.—(71370).

Mediante escritura del día de hoy, se protocolizó acta de la sociedad de esta plaza denominada Servicios Técnicos Alce S. A., mediante la cual se reforma el pacto social en la cláusula primera del nombre por P.I. Programadores Internacionales S. A.—San José, once de julio del dos mil ocho.—Lic. Agnes Fajardo Jirón, Notaria.—1 vez.—Nº 50501.—(71371).

Ante el suscrito notario, se protocolizó el día de hoy, acta de la asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Maywood Fields Corporation MFC Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula sexta del pacto social y se nombra presidente y secretario.—San José, veinticuatro de julio del dos mil ocho.—Lic. Roger Petersen Morice, Notario.—1 vez.—Nº 50502.—(71372).

Por escritura otorgada ante mí, a las 08:00 horas del 14 de enero del 2008, se constituyó la sociedad denominada Aryma de Santiago Sociedad Anónima. Domicilio: Santiago de San Ramón, Alajuela, específicamente 300 metros al sur de la Escuela de Río Jesús. Plazo: noventa y nueve años. Capital: totalmente suscrito. Presidente: Francisco Arguedas Conejo.—San Ramón, 12 de mayo del 2008.—Lic. Carlos E. Salas Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 50505.—(71373).

Que por escritura otorgada en conotariado ante los notarios Adrián Morales Loría y Carlos Manuel Guzmán Aguilar, a las diecinueve horas del quince de julio del dos mil ocho, se constituye la sociedad de responsabilidad anónima denominada TBR Internacional Sociedad Anónima. Domiciliada: en la ciudad Guadalupe de Cartago, cuyo capital social se encuentra suscrito y pagado en su totalidad, con plazo social de noventa y nueve años.—Lic. Carlos Manuel Guzmán Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 50506.—(71374).

Por escritura Nº 83, de las 10:00 horas del día 22 de julio del 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Aeroservicios AS Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 50507.—(71375).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 08:40 horas del 22 de julio del 2008, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Costa Esterillos Estates Adonis Vernal Cero Cero Cuatro Sociedad Anónima, en la cual se modifica la cláusula quinta, la cláusula octava, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva.—San José, 22 de julio del 2008.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—Nº 50511.—(71376).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 08:26 horas del 22 de julio del 2008, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Costa Esterillos Estates Acoro Gramineo Cero Cero Tres Sociedad Anónima, en la cual se modifica la cláusula quinta, la cláusula octava, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva.—San José, 22 de julio del 2008.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—Nº 50512.—(71377).

Por escritura pública número setenta y cuatro, otorgada ante esta notaría, en Santa Cruz, Guanacaste, ciento setenta y cinco metros al sur de la Municipalidad, a las doce horas del día cuatro de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Perro Dogo Propiedades Sociedad Anónima. Domicilio social: Santa Cruz, Guanacaste, ciento setenta y cinco metros al sur de la Municipalidad. Capital social: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Burton Webb (nombres) Wiand (apellido).—Santa Cruz, Guanacaste, veintiuno de julio del dos mil ocho.—Lic. Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 50513.—(71378).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 17:00 horas del 28 de julio del 2008, se constituye Bosques de Riana Ltda., con un capital social de diez mil colones.—Lic. Olga María Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 50514.—(71379).

Por escritura número noventa y cuatro, de las dieciocho horas del veinticinco de julio del dos mil ocho, tres-uno cero uno-cuatro ocho nueve cinco sociedad anónima, modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, nombra secretaria, modifica el nombre de la sociedad para que en adelante se lea así: Villasec Noventa y Cuatro Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse sus dos últimos aditamentos en “S. A.”, el mismo es nombre de fantasía, misma fecha.—Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.—Nº 50516.—(71380).

Por escritura número cuarenta y cuatro, se constituyó la empresa La Chica del Sol Sociedad Anónima. Nombramientos: presidente y secretario, apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Es todo.—Lic. Oldemar Vargas Machado, Notario.—1 vez.—Nº 50518.—(71381).

Por escritura de las trece horas de hoy, en esta ciudad, protocolicé acta de asamblea de socios de Inversiones Vía Corfinio S. A., en la cual reforma sus estatutos.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—Nº 50519.—(71382).

Ante esta notaría, se constituyó sociedad anónima Representaciones Comerciales de Bienes y Servicios Flavio, el día cuatro de julio del dos mil ocho. Presidente y tesorera, apoderados generalísimos sin límite de suma, firmando conjuntamente. Domicilio social: Cañas, Guanacaste. Plazo social: cincuenta años.—Tilarán, Guanacaste, 4 de julio del 2008.—Lic. José Luis Villalobos Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 50520.—(71383).

Ante esta notaría, se constituyó sociedad anónima Inversiones Comerciales Francesca, el día cuatro de julio del dos mil ocho. Presidente y tesorera, apoderados generalísimos sin límite de suma, firmando conjuntamente. Domicilio social: Cañas, Guanacaste. Plazo social: cincuenta años.—Tilarán, Guanacaste, 4 de julio del 2008.—Lic. José Luis Villalobos Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 50521.—(71384).

Ante esta notaría, se constituyó sociedad anónima Inversiones Valezka, el día cuatro de julio del dos mil ocho. Presidente y tesorera, apoderados generalísimos sin límite de suma, firmando conjuntamente. Domicilio social: Cañas, Guanacaste. Plazo social: cincuenta años.—Tilarán, Guanacaste, 4 de julio del 2008.—Lic. José Luis Villalobos Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 50522.—(71385).

Por escritura número dieciocho-uno, otorgada a las diez horas y veinte minutos del día 29 de julio del 2008, protocolicé una acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima Filial Condominio Villa Sitio de Ensueño Disprocio Minos Treinta y Seis Sociedad Anónima, se modifica la cláusula segunda del domicilio y sétima de la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, 5 de junio del 2008.—Lic. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—Nº 50548.—(71386).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario público Mario Gerardo Ulloa Aiza, a las diez horas del diecisiete de julio del dos mil ocho, se constituyó Villa Hernández de Juan Díaz Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: un millón doscientos mil colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Nicoya, diecisiete de julio del dos mil ocho.—Lic. Mario Gerardo Ulloa Aiza, Notario.—1 vez.—Nº 50550.—(71387).

Por escritura otorgada ante mí, a las 09:00 horas del 25 de junio del 2008, procedí a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Karla Virginia S. A., en la cual se modifica la cláusula del pacto constitutivo referente a la administración.—San Ramón, 29 de julio del 2008.—Lic. José Enrique Jiménez Bogantes, Notario.—1 vez.—Nº 50554.—(71388).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 17 de julio del 2008, procedí a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Industria de Pantalones Tentador Ltda., en la cual se modifica las cláusulas del pacto constitutivo referentes a la administración y domicilio de la sociedad. Asimismo, se procede a agregar una nueva cláusula referente al agente residente.—San Ramón, 17 de julio del 2008.—Lic. José Enrique Jiménez Bogantes, Notario.—1 vez.—Nº 50555.—(71389).

Ante la notaría del Lic. Luis Diego Pérez Chacón, se constituyó la sociedad anónima denominada Creaciones y Novedades Textiles Calderón Piedra Sociedad Anónima, cuyas representaciones las ostentan el presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Luis Diego Pérez Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 50556.—(71390).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las dieciocho horas y treinta minutos del nueve de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Isitoy Mil Doscientos Veinte Sociedad Anónima. Domicilio social: San Lorenzo de Flores, Heredia, cien metros este y cien metros sur de la capilla de velación de la Funeraria San Lorenzo. Plazo social: 99 años. Capital social: suscrito y pagado. Presidente y secretaria, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veinte de julio del dos mil ocho.—Lic. Henry Alonso Barquero Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 50558.—(71391).

Hacienda Guayacán del Norte S. A., cédula jurídica Nº 3-101-309635, reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo. Escritura otorgada en San José, al ser las 15:00 horas del 16 de julio del 2008.—Lic. Ana Lorena González Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 50560.—(71392).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de la sociedad de esta plaza tres-uno cero uno-cinco tres dos nueve ocho ocho S. A., se elige nueva junta directiva, se modifica la cláusula sétima y se cambia de nombre.—San José, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. José Antonio Zeledón Colombari, Notario.—1 vez.—Nº 50559.—(71393).

El suscrito notario da fe que por medio de escritura pública número once, del tomo cincuenta y seis de mi protocolo, visible al folio veintidós vuelto y otorgada a las trece horas treinta minutos del veintinueve de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Crume Sociedad Anónima. Presidenta: Ivonne Méndez Salazar y secretaria: Stefany Cruz Méndez, ambas apoderadas generalísimas sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones.—Grecia, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Rafael Antonio Ortega Ayón, Notario.—1 vez.—Nº 50563.—(71394).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las dieciséis horas y treinta minutos del día 29 de julio del 2008, se reformó la cláusula segunda de la sociedad denominada CK Computadores y Accesorios Sociedad Anónima. Domiciliada: en Heredia.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—Nº 50566.—(71395).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 17:00 horas del día 23 de julio del 2008, se constituyó una sociedad anónima denominada Proyecto Cabuyal Sociedad Anónima. Domiciliada: en Heredia, Ciudadela Cubujuquí, 50 metros norte y 200 este de la Iglesia. Capital social: diez mil colones.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—Nº 50567.—(71396).

La suscrita notaria Marta Emilia Rojas Carranza, constituí sociedad anónima, siendo su denominación social la cédula jurídica que le otorgue el Registro de Personas Jurídicas, ello conforme al Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta número ciento catorce del día catorce de junio del dos mil seis. Con un capital social de cien mil colones y un plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—Palmares, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—Nº 50568.—(71397).

Por escritura otorgada por el suscrito Omar Ayales Aden, a las dieciocho horas del día veintitrés de julio del dos mil ocho, protocolicé acuerdos de asamblea general de tres-ciento uno-quinientos quince mil ochocientos setenta y dos s. a., por lo que se reforma las cláusulas primera y segunda del pacto social.—San José, veintitrés de julio del dos mil ocho.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.—Nº 50569.—(71398).

Por escritura otorgada por el suscrito Omar Ayales Aden, a las diecisiete horas treinta minutos del día veintitrés de julio del dos mil ocho, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía tres-ciento dos-quinientos treinta y tres mil novecientos noventa y siete srl, por lo que se reforma las cláusulas primera y segunda del pacto social.—San José, veintitrés de julio del dos mil ocho.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.—Nº 50570.—(71399).

En mi notaría, se ha constituido la sociedad Alas Adventure Ocho Dos Siete Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Presidenta la socia Silvia Mariela Hidalgo Quesada. En Guadalupe, a las nueve horas del treinta de julio del dos mil ocho.—Lic. Priscilla Sánchez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 50571.—(71400).

Ante esta notaría, a las 15:00 horas del 23 de julio del 2008, se constituye la sociedad anónima denominada Fincas Pink Pony Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social: ¢10.000,00. Presidente: Viarley Campos Alfaro, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 23 de julio del 2008.—Lic. Olga Margarita Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 50573.—(71401).

Se constituye sociedad Misión Cristiana Corban Sociedad Anónima, otorgada en San Isidro de Alajuela, a las 11:00 horas del 28 de julio del 2008.—Alajuela, 29 de julio del 2008.—Lic. Beatriz Saborío Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 50575.—(71402).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Ciclo Liberia MCS Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo, se nombra junta directiva. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las ocho horas del veintiuno de julio del dos mil ocho.—Lic. Alejandra Castro Peck, Notaria.—1 vez.—Nº 50576.—(71403).

Ante esta notaría, al ser las dieciséis horas del día veintinueve de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Corporación Baobab Zafer Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretario representantes legales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 30 de julio del 2008.—Lic. Yaroly Cole Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 50577.—(71404).

Ante esta notaría, al ser las quince horas del día veintinueve de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Illari Chrismar Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretario, representantes legales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 30 de julio del 2008.—Lic. Raquel Vanessa Hurtado Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 50578.—(71405).

Mediante escritura número noventa, de las diez horas treinta minutos del veinticinco de julio del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria, en donde se modifica la junta directiva y domicilio, correspondiente a la sociedad Condominio Los Robles de Tamarindo Verde Oliva Sociedad Anónima.—Lic. Carolina Morales García, Notaria.—1 vez.—Nº 50579.—(71406).

Mediante escritura número ochenta y nueve, de las diez horas del veinticinco de julio del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria, en donde se modifica la junta directiva y domicilio, correspondiente a la sociedad Condominio Los Robles de Tamarindo Verde Bosque Sociedad Anónima.—Lic. Carolina Morales García, Notaria.—1 vez.—Nº 50580.—(71407).

Mediante escritura número ochenta y seis, de las ocho horas del veintitrés de julio del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria, en donde se modifica la junta directiva y domicilio, correspondiente a la sociedad Condominio Los Robles de Tamarindo Verde Esmeralda Sociedad Anónima.—Lic. Carolina Morales García, Notaria.—1 vez.—Nº 50581.—(71408).

Mediante escritura número ochenta y siete, de las ocho horas quince minutos del veintitrés de julio del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria, en donde se modifica la junta directiva y domicilio, correspondiente a la sociedad Condominio Los Robles de Tamarindo Verde Mar Sociedad Anónima.—Lic. Carolina Morales García, Notaria.—1 vez.—Nº 50582.—(71409).

Ante mí, Marvin Aguirre Chaves, notario público de San José, se constituyó la empresa denominada Qbero Sociedad Anónima, mediante escritura número ciento seis-seis, a las diez horas del día veintinueve de julio del dos mil ocho, al tomo número seis del suscrito notario.—Lic. Marvin Aguirre Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 50584.—(71410).

Ante mí, Marvin Aguirre Chaves, notario público de San José, se constituyó la empresa denominada El Capullo Dorado de Alajuela Sociedad Anónima, mediante escritura número ciento siete-seis, a las doce horas treinta minutos del día veintinueve de julio del dos mil ocho, al tomo número seis del suscrito notario.—Lic. Marvin Aguirre Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 50586.—(71411).

Ante mí, a las 09:00 horas del 19 de abril del 2008, se constituyó sociedad anónima. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Paola Barquero Sanabria, nombre cédula jurídica por asignar.—Lic. Lineth Serrano Lacayo, Notaria.—1 vez.—Nº 50587.—(71412).

Corporación Bobirina Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres nueve cuatro nueve cero cinco, está solicitando ante el Registro Mercantil del Registro Público la modificación de estatutos y nombra nuevo secretario, tesorero y agente residente. Escritura otorgada a las quince horas del veinticinco de junio del dos mil ocho.—Lic. Mayling Quirós Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 50588.—(71413).

Protocolización acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cinco mil cuatrocientos sesenta s. a., a las doce horas del veintinueve de julio del dos mil ocho, se reforma las cláusula segunda y vigésima y nombra junta directiva y fiscal.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº 50592.—(71414).

Protocolización acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y tres mil quinientos treinta y cinco s. a., a las trece horas del veintinueve de julio del dos mil ocho, reforma de las cláusula segunda y vigésima y nombran junta directiva y fiscal.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº 50593.—(71415).

Los suscritos Paula Yelba Martínez Torres, cédula de identidad Nº 9-067-702,  y Miguel Ángel Zambrana Martínez, cédula de identidad Nº 7-147-318, constituyen la empresa denominada Villa Blanca Zambrano Sociedad Anónima. Es todo.—Las Palmitas de La Rita, Pococí.—Lic. Rosa Nelly Rivera Meza, Notaria.—1 vez.—Nº 50596.—(71416).

Por escritura otorgada ante el notario Gabriel Chaves Ledezma, a las 12:00 horas del 23 de julio del 2008, se constituyó la sociedad Eight Count Ltda.—Tamarindo, Guanacaste, 24 de julio del 2008.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 50598.—(71417).

Por escritura otorgada el día de hoy, se constituyó la empresa Little Bird S. A.—San Ramón, 3 de julio del 2008.—Lic. José María Penabad Bustamante, Notario.—1 vez.—Nº 50599.—(71418).

Por escritura otorgada el día de hoy, se creó la sociedad denominada Yennys Fashions S. A.—San Ramón, 16 de julio del 2008.—Lic. José María Penabad Bustamante, Notario.—1 vez.—Nº 50600.—(71419).

Mediante escritura número doscientos cuarenta y seis, del tomo vigésimo del protocolo del suscrito notario, se constituye la sociedad Repuestos Directos de Tampa S. A.—Lic. Ferdinand Von Herold Duarte, Notario.—1 vez.—Nº 50603.—(71420).

Por escritura número cuarenta y dos, otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 7 de julio del 2008, se constituyó la sociedad denominada Pushkin S.R.L, con domicilio social en la provincia de Heredia, cantón cinco San Rafael, distrito tres Santiago Jardines de Roma, casa once-C. Capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años. Gerente: Lilleana Cerdas Chacón.—San José, 7 de julio del 2008.—Lic. Yuran Grant Douglas, Notario.—1 vez.—Nº 50604.—(71421).

En esta notaría comparecieron Jorge Barahona Mora y Jorge Eduardo Barahona Ramírez, para constituir una sociedad anónima cuya denominación será el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Nacional. Capital social: cien mil colones. Objeto: comercio, industria, etc. Domicilio: San José. Plazo: 99 años. Presidente: Jorge Barahona Mora y secretario Jorge Eduardo Barahona Ramírez, ambos con las facultades del 1253 Código Civil. Escritura otorgada en San José, a las 13:00 horas del 26 de julio del 2008.—Lic. Claudio Antonio Hernández Guerrero, Notario.—1 vez.—Nº 50607.—(71422).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas del día veintinueve de julio de dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Puerto Avellino Ltda. Donde se acuerda reformar las cláusulas segunda y sexta de los estatutos.—San José, veintinueve de julio de dos mil ocho.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 50608.—(71423).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del día veintinueve de julio de dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Obra y Diseño Inmobiliario ADJ Sociedad Anónima. Donde se acuerda reformar las cláusulas segunda y sexta de los estatutos y se modifica la junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 50609.—(71424).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas del día veintinueve de julio de dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada R H T Hobart S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, veintinueve de julio de dos mil ocho.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 50610.—(71425).

Se deja constancia que en esta notaría tres-ciento dos-quinientos treinta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta sociedad de responsabilidad limitada, el día veintinueve de julio de dos mil ocho, mediante escritura otorgada a las trece horas protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se nombra nuevo Gerente: David Turner Cornelius.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 50611.—(71426).

Ante esta notaría se ha constituido la sociedad Gemass Limitada. Capital suscrito y pagado.—Lic. Cesar Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 50612.—(71427).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad tres-ciento uno-quinientos veintinueve mil ciento sesenta y seis s. a., para que en adelante sea denominada Bahía Ballena Lote Trece Tambor Sociedad Anónima, se modifica la cláusula novena y se nombra nuevo presidente y secretario.—San José, 16 de julio del 2008.—Lic. Guillermo E. Zúñiga González, Notario.—1 vez.—Nº 50613.—(71428).

Hoy protocolicé los acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Nilkan del Oeste XXI, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y tres mil ochocientos noventa y cuatro, mediante la cual se reformó la cláusula segunda referente al domicilio de la sociedad y la cláusula sexta referente a la administración de la sociedad, por medio de escritura otorgada en la ciudad de San José a las diez horas del veintitrés de julio del dos mil ocho, por el notario público Rodrigo Maffioli Márquez.—Lic. Rodrigo Maffioli Márquez, Notario.—1 vez.—Nº 50614.—(71429).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaría, se constituyó la sociedad Coorporación Royfan Padilla S. A. se nombra junta directiva y fiscal.—Heredia, a las dieciséis horas del veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Jorleny Ugalde Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 50615.—(71430).

Por escritura pública número trescientos treinta y siete, otorgada en mi despacho, a las diez horas del diecisiete de julio de dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada: Humetal Precision S. R. L. Plazo social: noventa y nueve años. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 29 de julio 2008.—Lic. Rodolfo Alfaro Morera, Notario.—1 vez.—Nº 50616.—(71431).

Por escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 10:30 horas del 24 de julio del 2008, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de Asociación de Operadores de Turismo de la Fortuna Atofor; en la cual renuncia el presidente, vicepresidente, vocal uno, vocal dos, vocal tres y fiscal y se nombran sustitutos por el resto del período. Misma fecha.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 50617.—(71432).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 24 de julio de 2008, se modificó la cláusula quinta del pacto social de Acobo Puesto de Bolsa S. A., para que en lo sucesivo se lea así: El capital social será la suma de cuatrocientos millones de colones, representado por cuarenta millones de acciones comunes y nominativas de diez colones cada una, debidamente suscritas y pagadas por los socios.—San José, 25 de julio de 2008.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 50620.—(71433).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 24 de julio de 2008, se modificó la cláusula quinta del pacto social de Vista Sociedad de Fondos de Inversión S. A., para que en lo sucesivo se lea así: El capital social será la suma de trescientos millones de colones, representado por treinta millones de acciones comunes y nominativas de diez colones cada una, debidamente suscritas y pagadas por los socios.—San José, 25 de julio del 2008.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 50621.—(71434).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 10 de julio del 2008, se constituye la sociedad Princesa del Valle Azul Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones exactos.—San José, 10 de julio del 2008.—Lic. Ariana Azofeifa Vaglio, Notaria.—1 vez.—Nº 50622.—(71435).

Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las 8:15 horas del día de hoy, se constituyó la empresa denominada: Creaciones e Innovaciones Zurá Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Se nombran presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: quince mil colones.—San José 23 de julio del 2008.—Lic. Edgardo Flores Albertazzi, Notario.—1 vez.—Nº 50623.—(71436).

Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las 8:30 horas del día de hoy, se constituyó la empresa denominada: Logística Labourd Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Se nombran presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: quince mil colones.—San José, 23 de julio del 2008.—Lic. Edgardo Flores Albertazzi, Notario.—1 vez.—Nº 50624.—(71437).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Inmobiliaria Acesa Uno A S. A., capital 12 mil colones. Presidenta: Carla Ortiz Campos.—San José, 17 agosto del 2004.—Lic. Max Pérez González, Notario.—1 vez.—Nº 50626.—(71438).

En mi notaría por escritura número sesenta y dos, otorgada en San José, a las nueve horas del veintiséis de julio del año dos mil ocho, del tomo tercero, se constituyó la siguiente sociedad anónima: Costa Rica Station Adventure And Culture Sociedad Anónima, con un capital social de doce mil colones, domiciliada en San José. Representante: presidente y secretario.—San José, a las doce horas del veintiséis de julio del año dos mil ocho.—Lic. Alejandro Vargas Carazo, Notario.—1 vez.—Nº 50629.—(71439).

En mi notaría las señoras Carol Arias Castellón y Natalia Arias Grillo, constituyen la sociedad de esta plaza denominada Educare Costa Rica S. A.—San José, 31 de julio del 2008.—Lic. Juan Ernesto Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—Nº 50630.—(71440).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 9:00 horas del 23 de julio 2008, se constituyó la sociedad denominada Azarecnay Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado íntegramente.—San José, 29 de julio del 2007.—Lic. José Gerardo Guillén Mora, Notario.—1 vez.—Nº 50635.—(71441).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veinticuatro de julio del dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda del domicilio de la sociedad Promotora Nastik S. A.—San José, 28 de julio del 2008.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—Nº 50636.—(71442).

Sociedad de Inversiones Gurami del Pacífico S. A., mediante acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas, nombra nueva junta directiva, se otorga la representación judicial y extrajudicial de la sociedad al señor Allan Eduardo Monge Sequeira, escritura número ciento dos-cinco del tomo quinto del notario público Óscar Arroyo Ledezma.—Puntarenas, treinta de julio del dos mil ocho.—Lic. Óscar Arroyo Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 50638.—(71443).

Ante esta notaría mediante escritura otorgada, a las catorce horas del veintitrés de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Eclectic Networks Systems Ens Sociedad Anónima.—San José a los veintinueve días de julio dos mil ocho.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1 vez.—Nº 50640.—(71444).

Los señores Juan Carlos Quesada Ramos y Claudia Elena Mazzo López, constituyen la sociedad denominada Desarrolladora Inmobiliaria Caminos del Triunfo S. A.  Domicilio, provincia de Alajuela, cantón de Atenas. Plazo 99 años a partir del 17 de julio del 2008. Capital social ¢100.000.00, íntegramente suscrito y pagado. Administración: presidente, vicepresidente, secretario y tesorero corresponde al presidente y vicepresidente la representación judicial y extrajudicial y con facultades de apoderados generalísimos sin límites de suma, actuando conjunta. Escritura otorgada, a las a las 10:00 horas del 17 de julio del 2008.—Lic. José Joaquín Arias Segura, Notario.—1 vez.—Nº 50642.—(71445).

Yo, Sergio Rodríguez Garita, notario, hago del conocimiento público, se constituyó la sociedad Asesores Petroleros Sociedad Anónima con domicilio, San José, del IMAS, ciento setenta y cinco metros al sur, capital social es la suma de cien mil colones, plazo social es de noventa y nueve años.—25 de julio del 2008.—Lic. Sergio Rodríguez Garita, Notario.—1 vez.—Nº 50643.—(71446).

Yo, Sergio Rodríguez Garita, notario, hago del conocimiento público, se constituyó la sociedad Faro y Foro Sociedad Anónima, con domicilio, San José, del IMAS, 175 metros al sur, capital social es la suma de cien mil colones, plazo social es de noventa y nueve años.—25 de julio del 2008.—Lic. Sergio Rodríguez Garita, Notario.—1 vez.—Nº 50644.—(71447).

Yo, Sergio Rodríguez Garita, notario, hago del conocimiento público, se constituyó la sociedad Inversiones Forero Sociedad Anónima con domicilio, San José, del IMAS, 175 metros al sur, capital social es la suma de cien mil colones, plazo social es de noventa y nueve años.—Lic. Sergio Rodríguez Garita, Notario.—1 vez.—Nº 50645.—(71448).

Heiner Mauricio Abarca Reyes y Jenier Ortiz Romero, constituyen la sociedad denominada Servicios Abarca de Liberia Sociedad Anónima con domicilio en Liberia, Guanacaste.—Lic. María Lourdes Delgado Lobo, Notaria.—1 vez.—Nº 50646.—(71449).

Ante Lic. Douglas Ricardo Avendaño Chaverri, a las 13 horas con 30 minutos del 29 de julio del 2008, se constituyó Hermanos Segura Alcazar S. A.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Douglas Ricardo Avendaño Chaverri, Notario.—1 vez.—Nº 50647.—(71450).

Ante Lic. Douglas Ricardo Avendaño Chaverri a las 13 horas con 45 minutos  del  29 de julio del  2008, se constituyó  Segura Aironman, S. A.—San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Douglas R. Avendaño Chaverri, Notario.—1 vez.—Nº 50648.—(71451).

Presente en mi  bufete, el señor Francisco Vanegas Parrales, portador de la cédula 8-073-422 vecino de Irlanda, Río Jiménez y dice que viene a constituirla sociedad llamada Chapeas Charys  S. A., con un capital de 10 000 y un plazo de noventa y nueve años ejerciendo la representación judicial y extrajudicial de la misma.—Guácimo, ocho horas del veintinueve de julio del 2008.—Lic. Elsa Azofeifa Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 50650.—(71452).

Por escritura otorgada ante mi notaría, el veinticinco de julio pasado se constituyeron las compañías Forestal Los Higuerones S. A., e Inmobiliaria Los Higuerones S. A. Presidente, secretario, tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social cien mil colones.—San José, julio del dos mil ocho.—Lic. Jorge Luis Fonseca Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 50653.—(71453).

Por escritura autorizada por el suscrito notario, a las 8:00 horas del 29 de julio del 2008, Telefónica de Promociones de San José S. A. reforma la cláusula sexta del pacto social, nombra junta directiva y revoca poder.—San José, 30 de julio del 2008.—Lic. Luis Lapeira González, Notario.—1 vez.—Nº 50654.—(71454).

Mediante escritura número cuarenta visible al folio número treinta tres del tomo segundo, otorgada a las once horas del cinco de junio del año dos mil ocho, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la Fundación Pro Ciencia Educación y Cultura, con domicilio en San José; ante el notario Andrés Carrillo Rosales.—Lic. Andrés Carrillo Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 50655.—(71455).

Que por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Filial Fabrizio Nirvana Azul Seis Sociedad Anónima, donde se transforma el acta constitutiva, cláusula segunda, y se nombra junta directiva. Escritura número ciento setenta y ocho de  las doce horas del veintinueve de julio del dos mil ocho.—San José, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Andrea K. Rojas Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 50660.—(71456).

Ante esta notaría al ser las 17:00 horas del 29 de julio del 2008, se constituyó Asesores Comerciales Centroamericanos Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse ACC S. A.—Heredia, 30 de julio del 2008.—Lic. Yendri Patricia Rojas Pérez, Notaria.—1 vez.—Nº 50662.—(71457).

Ante esta notaría al ser las 7:00 horas del 30 de julio del 2008, se constituyó Rocket Fox Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse ACCSA.—Heredia, 30 de julio del 2008.—Lic. Yendri Patricia Rojas Pérez, Notaria.—1 vez.—Nº 50663.—(71458).

Por escritura otorgada ante esta notaría, mediante escritura de las quince horas del veintiocho de noviembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Consorcio Jurídico Intercontinental de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 7 de julio del 2008.—Lic. Juan Sánchez Cascante, Notario.—1 vez.—Nº 50664.—(71459).

Que por escritura número 131, visible a folio 127 vuelto, se modificó el nombre de la sociedad a Sloth Whisperer SRL, la cláusula sexta del pacto social y se nombró gerente de Finca las Nubes de los Altos de Uvita. Que por escritura número 132, visible a folio 128 frente, se modificó la cláusula tercera del pacto social de Almohada del Sur S.A. Que por escritura número 133, visible a folio 129 frente, se modificó la cláusula tercera del pacto social de Alcachofa del Sur S. A. Todas en el protocolo X del notario Lic. Eduardo Abarca Vargas. Teléfono 2771-5855.—Uvita de Osa, a las 9:00 horas del 25 de julio del año 2008.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 50665.—(71460).

Que por escritura número 129, visible a folio 126 vuelto del tomo X del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas, se nombró nuevo gerente de Inversiones La Costa del Pizote SRL.—Uvita de Osa, a las 9:00 horas del 24 de julio del año 2008.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 50666.—(71461).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:40 horas 24 de julio del 2008, se constituyó la empresa Dental Sur - Home Ltda. Plazo social 99 años. Gerente: Laura Valverde Lizano. Capital social: diez mil colones.—San Isidro, Pérez Zeledón, 24 julio del 2008.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 50667.—(71462).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:50 horas 24 de julio del 2008, se constituyó la empresa Dental Sur - Car Ltda. Plazo social 99 años. Gerente: Laura Valverde Lizano. Capital social: diez mil colones.—San Isidro, Pérez Zeledón, 24 julio del 2008.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 50668.—(71463).

Mediante escritura número 198 otorgada a las ocho horas respectivamente del diez de julio del dos mil ocho, se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de las sociedades de esta plaza: Real Ayarco Negro Seis S. A. respectivamente.—San José, diez de julio del dos mil ocho.—Lic. Farith Suárez Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 50669.—(71464).

Mediante escrituras números 54 y 55 otorgadas a las nueve horas y nueve horas treinta minutos del doce de junio del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de las sociedades de esta plaza Costa Esterillos Estates Alabahaca Cero Cero Ocho S. A. y Costa Esterillos Estates Cartamo Cero Treinta y Tres, respectivamente.—San José, doce de junio del dos mil ocho.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 50670.—(71465).

Mediante escritura número 52 otorgada a las doce horas del seis de junio del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza Costa Esterillos Estates Aromo Cero Veintitrés Sociedad Anónima. San José, diecisiete de abril del dos mil ocho.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 50671.—(71466).

Mediante escrituras números 71, 72, 73, otorgadas a las ocho horas cinco minutos, nueve y diez horas respectivamente del quince de julio del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de las sociedades de esta plaza: Costa Esterillos Estates Dionaea 232 S. A., Costa Esterillos Estates Drosera 231 S. A. y Costa Esterillos Estates Fresno 230 S. A., respectivamente.—San José, quince de julio del dos mil ocho.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—Nº  50672.—(71467).

Por escritura otorgada por el notario Lic. Felipe Gómez Rodríguez, a las 18:00 horas del 26 de julio del 2008, se constituyó la sociedad Corporacion It- Digetec, Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse  Corporacion It Digetec, S. A. Presidente: con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el señor: Alexander Castro Reyes. Capital: suscrito y pago en su totalidad. Firmo en la ciudad de Grecia, a las ocho horas del veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 50673.—(71468).

Por escritura otorgada en Grecia, a las ocho horas  del veintinueve de julio del dos mil ocho, ante el notario Giovanni Barrantes Barrantes, comparecieron Jonathan Castillo Umaña, Mario Enrique Castillo Salazar, Michael Vinicio Rodríguez Rodríguez, Israel Barrantes Umaña y constituyeron Publistatus Sociedad Anónima, el objeto la creación de publicidad y diseño para medios de comunicación, presidente el señor Jonathan Castillo Umaña, con todas las facultades.—Grecia, veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Giovanni Barrantes Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 50674.—(71469).

Ante mí se constituyeron las siguientes sociedades: Hola Dieciocho Limitada, Ruleta Negra Limitada, Marques de Eden Limitada, Montes Rocosos Limitada, Inversiones el Invernadero Limitada, Mañanas Temporales Limitada, Caminos Cayetano Limitada, Luz de Día Limitada, Mujer Veterana Limitada, Desierto de Sade Limitada.—San José, veintidós de julio del dos mil ocho.—Lic. Juan Carlos González Lavergne, Notario.—1 vez.—Nº 50676.—(71470).

Ante esta notaría, se procedió a constituir la sociedad denominada Soluciones Tecnológicas Compucel Sociedad Anónima. Plazo: cien años. Objeto: agricultura, industria y comercio en general. Capital social: doce mil colones y cuyos representantes son Eduardo Enrique Vega Solís, Marvin Vega Solís y Maryorie María Vega Solís.—San José, veinte horas del día veintinueve de julio del dos mil ocho.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—Nº 50679.—(71471).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del treinta de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada con el mismo número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Capital: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. La representación la tendrá el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 50680.—(71472).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Seger Distribuidores S. A., Sergio Hernández Carmona, presidente.—San José, 25 de julio de 2008.—Lic. Carlos Guillermo Zamora Campos, Notario.—1 vez.—Nº 50681.—(71473).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del treinta de julio del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada con el mismo número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Capital: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. La representación la tendrá el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 50682.—(71474).

NOTIFICACIONES

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA

Por no lograr ubicar por los medios idóneos el domicilio actual del señor Roderick Dennis Mcdermid, apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa Safari de Pesca Dominical Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-049872 de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública se procede a notificar por medio de edicto la resolución 097-08. Ministerio de Hacienda, Dirección General de Hacienda, a las diez horas y treinta minutos del cuatro de junio del año dos mil ocho. Procede la Dirección General de Hacienda a dictar acto final, dentro del procedimiento incoado para declarar la ineficacia sobreviniente de la nota de exoneración N° 13843 del 18 de mayo de 1994, aplicada a la declaración aduanera de importación N° 200203 con fecha 21 de febrero de 1995 de la Aduana Caldera y determinar la obligación tributaria inicialmente dispensada, en la cual aparece como beneficiaria de la exoneración la empresa Safari de Pesca Dominical Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-049872. Resultando: 1) Que la empresa Sarafi de Pesca Dominical S. A. suscribió Contrato Turístico N° 620 el 14 de marzo de 1994. Dicha empresa operó desde 1994 y ofreció servicios de transporte acuático de turistas, en el cual se realiza excursiones de pesca deportiva teniendo como base Playa Dominical en la provincia de Puntarenas. (Folios 104 a 109). 2) Que en un estudio realizado a la empresa indicada, se pudo corroborar que al suscribir con el ICT, el Contrato Turístico N° 620, la empresa disfrutó de los beneficios fiscales que le otorgó dicho contrato, tramitando dos notas de exoneración con número 13843 y 13844 ambas con fecha 18 de mayo de 1994, mediante las cuales se importaron libres de impuestos las embarcaciones con número de placas P-6393 y P-6394 (Folios 46 a 51 y 102 - 103). 3) Que de acuerdo a la declaración aduanera N° 200203 del 21 de febrero de 1995, aplicando la nota de exoneración N° 13843 la empresa Safari de Pesca Dominical S. A. importo libre de beneficios fiscales la embarcación P-6393, siendo el total exonerado por un millón doce mil quinientos ochenta y un colones con noventa y seis céntimos por concepto de impuestos de importación (Folio 128). 4) Que mediante escritura pública ciento cuatro, ante el notario público Gerardo Bolaños Alpízar, comparece el señor Harry Zurcher Blen en su condición de apoderado especial de la sociedad denominada Safari de Pesca Dominical S. A. y vende la embarcación P-6393 a la empresa Instituto Latinoamericano de Formación Profesional S. A. la cual cambia de nombre a Desarrollo Turístico Rilee S. A. mediante su apoderado generalísimo sin límite de suma el señor John Kevin Rilee y no cuenta con contrato turístico. Asimismo, en la escritura de cita comparece el apoderado especial de la empresa Safari de Pesca Dominical S. A. y el apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada Servicio Mundial de Viajes S. A. y convinieron en rescindir la venta realizada mediante la escritura 105 otorgada el 18 de marzo de 1996. (Folios 229 y 230). 5) Que según Escritura Pública número ochenta y dos, expedida por el notario público Luis Fernando Bolaños Vargas en San José el día 20 de julio del año 2001, comparece el señor Gerardo Bolaños Alpízar en su condición de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad Desarrollos Turísticos Rilee S. A. (anteriormente denominada Instituto Latinoamericano de Formación Profesional S. A.), vende la embarcación P-6393 por un monto de $30.000,00 al señor Mauricio Pérez Villalobos, advirtiéndole que la embarcación adquirida se encuentra amparada a beneficios fiscales por estar siendo utilizada la embarcación para fines turísticos. Por lo que se compromete el señor Pérez Villalobos a iniciar los tramites correspondientes para que dicho beneficio sea otorgado a su nombre. El señor Pérez quien es un tercer interesado, presenta la solicitud de liquidación de tributos. (Folio 52 y 53). 6) Que mediante resolución N° 10-08 de las ocho horas con treinta minutos del trece de febrero de dos mil ocho, se le notifica al señor Roderick Denis Mcdermid, en su calidad de representante legal de la empresa Safari de Pesca Dominical S. A., el traslado de cargos, y se le da cita a una comparecencia oral y privada que se celebrara a el 30 de abril de 2008, en las oficinas de la Dirección General de Hacienda. (folio 403 a 408). 7) Que el día 30 de abril del 2008, fecha señalada para la celebración de la comparecencia oral y privada el señor Roderick Denis Mcdermid no se presentó a la audiencia, hecho que se demuestra mediante acta que se levantó a tal efecto a las diez horas y cuarenta y cinco minutos de este mismo día. (folio 416). 8) Que en el presente caso se han observado los procedimientos de ley. Considerando: En cuanto al uso y destino de los bienes exonerados, la Ley Reguladora de Todas las Exoneraciones vigentes, sus Derogatorias y Excepciones, Ley 7293 en su artículo 37 reza. “De la eficacia de la exención. En cuanto a su eficacia, las exenciones tributarias que se mencionan como vigentes en la presente Ley y las demás que se incorporen al ordenamiento jurídico, están condicionadas, de manera resolutoria, al pleno acatamiento de los preceptos, requisitos y fines que regulan el otorgamiento, así como al correcto uso y destino previsto, de los bienes y servicios sobre los que haya recaído la exención que disfruta determinado sujeto.” (El resaltado no es del original). En el caso de marras, la empresa Safari de Pesca Dominical S. A., es la acreedora del beneficio fiscal otorgado para la importación de la embarcación P-6393 denominada Pez Espada. Mediante el Informe Nº DGH-FI-1036-07 del Departamento de Fiscalización e Incentivos se pudo corroborar que la empresa cometió una trasgresión a la normativa vigente, esto por cuanto vende a la empresa denominada Servicios Mundial de Viajes S. A. dicha embarcación, dicha venta fue rescindida por acuerdo de ambas empresas, mediante escritura Nº 105 otorgada el 18 de marzo de 1996; luego mediante escritura número ochenta y dos del 20 de julio del año 2001 Safari de Pesca Dominical vende nuevamente la embarcación a la empresa Desarrollos Turísticos Rilee S. A. misma que no cuenta con un contrato turístico y por lo tanto no puede ser beneficiaria de la exoneración inicialmente otorgada a la empresa Safari de Pesca Dominical. Asimismo la empresa Desarrollos Turísticos Rilee S. A. vende al señor Mauricio Pérez Villalobos la embarcación de cita. Como se ha dejado en evidencia, se refleja una actuación anómala por parte de la empresa beneficiaria, en cuanto a la venta del bien, dando como resultado un uso y destino indebido en cuanto a los fines que pretende las normas referentes a bienes exonerados y de conformidad con la Ley N° 7293, por lo que existe una condición resolutoria que faculta a la Administración para declarar la ineficacia de la Nota de exoneración N° 13843 del 18 de mayo de 1994, procediendo el cobro de la obligación emergente, la cual asciende en el caso de la embarcación P-6393, al monto de un millón doce mil quinientos ochenta y un colones con noventa y seis céntimos (¢1.012.581,96), desglosados de la siguiente manera. Impuesto. Ley 6946. Exonerado ¢85.088,40. Impuesto Ley 5582. Exonerado. ¢30.00. Impuesto. Ventas. ¢927.463,56. Total ¢1.012.581,96. Además de la suma descrita anteriormente, por concepto del incumplimiento señalado se procede a cobrar los intereses especiales que indica el artículo 41 de la Ley 7293, que se calculan de acuerdo con la fecha de la presente resolución determinativa y ascienden a la suma un millón trescientos cuarenta y dos mil quinientos catorce colones con noventa y dos céntimos ¢1.342.514,92. Siendo el monto total a cancelar por concepto de impuestos exonerados e intereses especiales la suma de dos millones trescientos cincuenta y cinco mil noventa y seis colones con ochenta y ocho céntimos ¢2.355.096,88. Por todo lo anteriormente expuesto, determina ésta Dirección que procede declarar la ineficacia de las Nota de exoneración N° 13843 del 18 de mayo de 1994, procediendo el cobro de la obligación emergente, la cual asciende en el caso de la embarcación P-6393, al monto de ¢1.012.581,96 (un millón doce mil quinientos ochenta y un colones’ con noventa y seis céntimos), mas los intereses especiales acorde a los términos del artículo 41 de la ley 7293, los cuales ascienden a la suma de ¢1.342.514.92 (un millón trescientos cuarenta y dos mil quinientos catorce colones con noventa y dos céntimos). Por lo tanto, la Dirección General de Hacienda, resuelve: 1) Declarar la ineficacia de la nota de exoneración N° 13843 del 18 de mayo de 1994. 2) Proceder al cobro de la obligación tributaria emergente a la Sociedad Safari de Pesca Dominical S. A., la cual asciende al monto de ¢1.012.581,96 (un millón doce mil quinientos ochenta y un colones con noventa y seis céntimos), mas los intereses especiales acorde a los términos del artículo 41 de la ley 7293, los cuales ascienden a la suma de ¢1.342.514,92 (un millón trescientos cuarenta y dos mil quinientos catorce colones con noventa y dos céntimos) para un total de ¢2.355.096,88 (Dos millones trescientos cincuenta y cinco mil noventa y seis colones con ochenta y ocho céntimos). Contra la presente resolución puede interponer los recursos de revocatoria y apelación en subsidio para ante el Tribunal Fiscal Administrativo, establecidos en el artículo 40 de la Ley Reguladora de todas las Exoneraciones Vigentes, su Derogatoria y sus Excepciones, dentro de los quince días siguientes a su notificación. Comuníquese al Departamento de Fiscalización de Incentivos y notifíquese por edicto. Carole Quesada Rodríguez, Directora General de Hacienda.—1 vez.—(Solicitud Nº 16043).—C-63350.—(71315).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se hace saber a: I.- Luis Diego Agüero Godínez cédula 1-930-631 como propietario del derecho 002 de la finca 6-107725, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, se les comunica por este medio, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado Diligencias Administrativas para  investigar la posible doble inmatriculación que involucra las fincas 6-107725 y 6-121383. Por lo anterior, se le notifica por este medio y se le confiere audiencia hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del respectivo edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convenga (artículo 98 del reglamento del Registro Público, Decreto Ejecutivo Nº 26771-J de 18 de febrero de 1998 y sus reformas, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año). Y se le previene que dentro de dicho término debe señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94 y concordantes del Reglamento de la materia, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere (artículo 20 de la Ley sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, 185 del Código Procesal Civil y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales Nº 7637 vigente a partir del 4 de noviembre de 1996). (Ref. Exp. 07-741-BI). Notifíquese.—Curridabat, 22 de julio del 2008.—Lic. Kattia Meza Brenes, Asesora, Departamento de Asesoría Jurídica Registral.—(Solicitud Nº 46198).—C-41600.—(70833).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

PROCESO CONTROL FISCAL Y URBANO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Por ignorarse el domicilio actual del señor Zenato Cesare, pasaporte Nº A666612, en su condición de representante legal de la sociedad Il Villaggio de la Garita Sociedad Anónima y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241, inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificarle por medio de edicto, el “Acta de Notificación Nº 042-2008” del Proceso Control Fiscal y Urbano de la Municipalidad de Alajuela que literalmente dice: Al ser las 11:30 horas del 2 de junio del 2008, en la finca del partido de Alajuela, folio real, matrícula 2-309235-000, ubicada en distrito La Garita, del Cantón Central de Alajuela, dirección contiguo al Bar Squele, La Garita, inmueble propiedad de Il Villaggio de la Garita Sociedad Anónima identificación Nº 3-101-399673, se detectó un relleno que consiste en un total de 5000 m3, el cual no cuenta con licencia municipal y que puede presentar un peligro de deslizamiento respecto a las colindancias. Por tal razón se le apercibe al propietario de dicho inmueble, que en forma inmediata suspenda los trabajos de relleno y realice las tareas necesarias para mitigar los eventuales daños que puedan acarrear esa obra a las propiedades vecinas. Se le apercibe al Sr. Zenato Cesare, en su condición de representante legal de la sociedad Il Villaggio de la Garita S. A., que el incumplimiento a esta orden podría constituir el delito de desobediencia a la autoridad previsto en el artículo 307 del Código Penal y sancionado con pena de prisión de 15 días a un año. Se le apercibe al Sr. Zenato Cesare que de conformidad con el artículo 74 de la Ley de construcciones, es su obligación contar con la respectiva licencia municipal para las obras realizadas. De acuerdo con el artículo 161 del Código Municipal, en contra de esta actuación son admisibles en recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los que deberán interponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación ante el Proceso Control Fiscal y Urbano de la Municipalidad de Alajuela y serán conocidos en su orden por el Coordinador de ese Proceso y Concejo Municipal de Alajuela. Notificado por el inspector Luis Murillo Cambronero, identificación Nº 1-1033-070 y Cristian Cárdenas Zúñiga, identificación Nº 2-533-576.—Dra. Joyce Zürcher Blen, Alcaldesa Municipal.—(70301).

Por ignorarse el domicilio actual del señor Marino González Vega, cédula de identidad número 2-166-199 y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241, inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificarle por medio de edicto, el “Acta de Información de Obra Concluida sin Licencia Nº 055-2008 del Proceso de Control Fiscal y Urbano de la Municipalidad de Alajuela que literalmente dice: Al ser las 09:45 a. m. horas del 2 de junio del 2008, presentes en la siguiente dirección, 500 metros sureste y 75 sur de la Delegación de Desamparados, inmueble propiedad de Marino González Vega, identificación Nº 2-166-199 inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Alajuela, matrícula 329658-000 los suscritos inspectores municipales Ricardo Brenes Golcher, identificación 1-809-713 y Carlos Álvarez Rudín, identificación Nº 2-520-681. Hemos constatado que las obras de construcción que se detallan, se realizaron en la dirección antes mencionada y fueron concluidas sin contar con licencia ni proyecto aprobado por la Municipalidad. Detalle de la obra: Construcción de seis viviendas de 50 m2 cada una en block y tapia perimetral prefabricada de 150 ml por tres de alto. En consecuencia, dentro de las facultades que el artículo 88 de la Ley de Construcciones le otorga a esta Municipalidad, se apercibe al propietario del inmueble que según lo dispuesto en los artículos 93, 94 y 95 de la Ley de Construcciones, se fija un plazo improrrogable de 30 días para que de cumplimiento a lo dispuesto por la Ley y el Reglamento de construcciones. En caso de que haga caso omiso a esta prevención, de conformidad con el artículo 96 de esa ley la Municipalidad está facultada para ordenar la demolición de las obras que se realicen en violación a lo dispuesto por la normativa que rige la materia, o a demolerlas por cuenta del propietario. De acuerdo con el artículo 161 del Código Municipal, en contra de esta actuación son admisibles en recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los que deberán interponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación ante el Proceso Control Fiscal y Urbano de la Municipalidad de Alajuela y serán conocidos en su orden por el Coordinador de ese Proceso y Concejo Municipal de Alajuela.—Dra. Joyce Zürcher Blen, Alcaldesa Municipal.—(70304).

Por ignorarse el domicilio actual del señor Alcides Murillo Vargas, identificación Nº 2-281-472 y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241, inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificarle por medio de edicto, el “Acta de Notificación Movimiento de Tierra Nº 039-2008” del Proceso Control Fiscal y Urbano de la Municipalidad de Alajuela que literalmente dice: Al ser las 10:00 horas del 4 de junio del 2008, en la finca del partido de Alajuela, Folio Real matrícula 119048, ubicada en distrito San Antonio; del cantón Central de Alajuela, dirección del Rostro de María 300 metros este, plaza Perica, propiedad de Alcides Murillo Vargas identificación Nº 2-281-472, se detecto un movimiento de tierra que consiste en un relleno de tierra y movimiento aproximadamente 400 m3, el cual no cuenta con licencia municipal y que puede presentar un peligro de desplazamiento respecto a esa colindancia. Por tal razón se le apercibe al propietario de dicho inmueble, que en forma inmediata suspenda los trabajos de relleno y realice las tareas necesarias para mitigar los eventuales daños que puedan acarrear esa obra a las propiedades vecinas. Se le apercibe al Sr. Alcides Murillo Vargas, que el incumplimiento a esta orden podría constituir el delito de desobediencia previsto en el artículo 307 del Código Penal, y sancionado con pena de prisión de 15 días a un año. Se le apercibe al Sr. Alcides Murillo Vargas que de conformidad con el artículo 74 de la Ley de Construcciones es su obligación contar con la respectiva licencia municipal para las obras realizadas. De acuerdo con el artículo 162 del Código Municipal, en contra de esta actuación son admisibles en recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los que deberán interponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación ante la Actividad de Inspección de la Municipalidad de Alajuela y serán conocidos en su orden por el jefe de esta unidad y por el Concejo Municipal de Alajuela. Notificado por el inspector Óscar Mora Cruz, identif. 2-611-415.—Dra. Joyce Zürcher Blen, Alcaldesa Municipal.—(70306).

Por ignorarse el domicilio actual del señor José Albisu, cédula Nº 220687116 y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241, inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificarle por medio de edicto, el “Acta de Clausura de Construcción Nº 108-2008” del Proceso Control Fiscal y Urbano de la Municipalidad de Alajuela que literalmente dice: Al ser las 10:05 horas del 3 de junio del 2008, presentes en la siguiente dirección Urbanización el Bosque lote Nº 28-E, La Garita inmueble propiedad de José Albisu, identif. Nº 220687116, inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Alajuela, matrícula Nº 383770 los suscritos inspectores municipales Luis Murillo Cambronero Nº 1-1033-070 y Cristian Cárdenas Zúñiga, identif. Nº 2-533-576 hemos constatado que las obras de construcción que se detallan y que se realizan en la dirección antes mencionada incumplen con la ley y el reglamento de construcciones. Detalle de la obra: Construcción de vivienda en block con un área de 150 m2 aproximadamente con un avance de 40% queda sin repellos, sin cielorraso y sin puertas y sin ventanas. En consecuencia, dentro de las facultades que el artículo 88 de la Ley de Construcciones le otorga a esta Municipalidad, procedemos a clausurar las obras de construcción colocando dos sellos de clausura en los siguientes puntos al costado sur. Se apercibe al propietario del inmueble que según lo dispuesto en los artículos 18, 24, 82, 88 y 96 de la Ley de Construcciones, la Municipalidad está facultada para ordenar la demolición de las obras que se realizan en violación a lo dispuesto por esa ley y su reglamento, o a demolerlas por cuenta del propietario. Se le apercibe también que el incumplimiento de la clausura podría constituir los delitos de desobediencia a la autoridad previsto en el articulo 307 del código penal y sancionado con penas de prisión de quince días a un año y de violación de sellos establecido en el articulo 312 del código penal citado para el cual se prevé una sanción privativa de libertad de tres meses a dos años. Que de acuerdo con el articulo 162 del Código Municipal en contra de esta actuación son admisibles en recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los que deberán interponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación ante el Proceso de Control Fiscal y Urbano de la Municipalidad de Alajuela y serán conocidos en su orden por el Coordinador de ese Proceso y por el Concejo Municipal de Alajuela. Notificado por el inspector Luis Murillo Cambronero, cédula Nº 1-1033-070 y Cristian Cárdenas Zúñiga, cédula Nº 2-533-576.—Dra. Joyce Zürcher Blen, Alcaldesa Municipal.—(70307).

MUNICIPALIDAD DE LIBERIA

La Municipalidad de Liberia ha efectuado diferente gestiones cobratorias que por diferentes situaciones las notificaciones han resultado infructuosas, por lo que amparados al artículo 73 de Código Municipal para los Servicios Urbanos, patentes y artículo 8 de la Ley del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles, todo esto en concordancia con 51 al 56 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley Nº 4755, por lo que para evitar futuras prescripciones y con fundamento en el artículo 137, inciso d), del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, en concordancia con el artículo 27 de la Ley de Impuesto Sobre Bienes Inmuebles, se procede a realizar la publicación de los contribuyentes morosos, por lo que una vez efectuada esta publicación los contribuyentes descritos a continuación se consideran notificado a partir del tercer día hábil siguiente, a la fecha de publicación de este edicto, así también se inicia proceso judicial cobratorio. El listado de contribuyentes que no se ha logrado notificar son los siguientes:

CONTR.

NOMBRE

CÉDULA

MONTO ¢

8681

ABARCA HERRERA FÉLIX PEDRO

502320242

502.862,45

10944-13126

ACIMUT S. A.

3101034594

130.975,00

9970

AGROINDUSTRIALES FTC S. A.

3101211625

1.118.698,55

3084

AGROPECUARIA EL CARMEN AEC DE STA CEC S. A.

3101283418

1.263.611,95

7235

AGUILAR ALVARADO ANA ISABEL

10501022237

113.965,85

6885

AGUIRRE CENTENO ALEJANDRO

90028085317

225.684,65

3905

AGUIRRE CENTENO ZACARÍAS DANILO

50115100305

315.715,75

2078

ALAN MONTIEL MANUEL ANTONIO

50053004817

221.502,65

269

ALFARO JIMÉNEZ LEITAN

201600244

241.211,50

6705-1832

ALFARO RUIZ ANAYANCY E HIJOS

5188969

94.380,95

5262

ALGUERA RAMÍREZ EDGAR

501570547

256.549,55

6111

ALVARADO ALVARADO LUIS FERNANDO

50169080624

282.924,00

638

ALVARADO VEGA LUIS ENRIQUE

10577030032

797.384,10

1095

AMERICAN AIRLINES INC.

3012101460

866.380,15

9212

APUESTAS CONTINENTALES

3101215369

1.389.987,30

3958

ARAYA MONTIEL GRETTEL

503010929

141.483,25

7719

ARCE BRENES ÁLVARO

400680382

526.634,85

4302

ARCIA FERNÁNDEZ ALBA LUZ

7051436

330.153,60

6462

ARRIETA CHAVARRÍA ROGER

501820207

156.663,45

11053

ARROCERA EL GAUCHO S. A.

3101304888

943.640,70

604

ARROCERA EL GAUCHO S. A.

3101304888

1.653.520,05

10695

ASOC. DE DESAR. INT. DE Bº LA VICTORIA

3002078454

745.142,80

10672

ASOC. IGL CRIST PENT. DE C. R. MOV.

3002045505

111.775,95

2677

AUTO REPUESTOS BARMO INTERNACIONAL S. A.

3101319453

96.863,15

82

AUTOMÁTICA DE CENTRAL TELEFÓNICA S. A.

9900000086

225.776,35

832

BADILLA RODRÍGUEZ ANTONIO

5180591

416.313,10

2749

BALDIOCEDA ROJAS ELÍAS

500258551

1.748.357,20

1046

BALTODANO CONTRERAS EDUARDO

5299532

813.972,25

3269

BANCO ELCA S. A.

3101057477

245.882,45

8684

BANCO ELCA S. A.

3101057477

245.882,45

10725

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

3007078890

202.418,00

12553

BANCO IMPROSA S. A.

3101079006

117.827,50

4962

BARRIENTOS VALERIO MABEL

501431288

7.097.493,05

111

BERMÚDEZ FERNÁNDEZ DEYANIRA

104150085

157.361,35

584

BERROCAL DOMÍNGUEZ ENRIQUE

9048052

633.764,10

13225

BOCANA DEL TORO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101199477

182.903.595,10

2846

BOLANDI GORGONA ÉVER ENRIQUE

502620963

99.022,40

5090

BRENES CHAVARRÍA NERY MAYELA

102460757

57.478,70

3633

BRITISH AMERICAN TOBACCO CENTRAL AMERICA

3012277299

3.137.869,25

6261

BUSTOS RODRÍGUEZ OSCAR ALBERTO

102460757

110.375,55

21626-12997

CABRERA ORTIZ EMILIO

800030721

77.278,60

4109

CALUCHIN S. A.

3101017134

2.334.654,50

8710

CALVO SÁNCHEZ ÁLVARO

102460757

200.777,90

2680

CAMPOS CALVO MARGOT

202660714

229.754,05

13621

CÁRDENAS LÓPEZ NÍSIDA

502040559

104.126,25

13047

CARMONA SEGNINI GERARDO

401300980

55.070,55

4177

CARRILLO RUIZ YORLENY

502570415

113.965,85

5660

CASTILLO CASTILLO FREDDY ALBERTO

900990249

205.856,05

1331

CASTILLO CASTILLO JUSTINA

500760130

217.977,50

2120

CASTRILLO VADO MARÍA WESTFALIA

500540734

887.901,80

933

CEMEX DE COSTA RICA

3101188009

1.060.843,00

5556

CENTENO MARTÍNEZ ALICIA

502330400

265.324,85

9436

CENTRO DE SERVICIOS INTERNACIONALES S. A.

3101158686

852.118,50

12539-480

CHAVARRÍA ORTIZ OLGA JEANNETTE

51361026

99.928,05

5210

CHAVES FONSECA MARIO ALBERTO

501481422

888.036,80

10845

CLUB DE PLAYA SOC ANÓNIMA

3101016663

1.738.965,00

4279

COCA COLA FEMSA DE COSTA RICA S. A.

3101005212

1.565.574,05

3902

COMERCIALIZADORA COLES S. A.

3101324777

607.291,30

11118

COMERCIALIZADORA DE ARROZ GUANACASTECA

3101082122

909.874,30

2916

COMERCIALIZADORA TEXTIL LOS PALMARES

3102415459

56.790,80

1331

CONEJO ESPINOZA NIDIA

202390279

198.015,65

19487

CONDOMINIO EL REAL

3109328154

2.163.666,80

2030

CONTRERAS CAMARENO MARÍA MAG

502810438

249.895,50

5367

CONTRERAS VANEGAS JERÓNIMO

501520948

164.187,85

16477

CONTROL DE PROCESOS DE LA UNIÓN S. A.

3101063031

197.387,75

6507

COOP. VIV. EMP. HOSPITAL DE LIBERIA

3004098416

204.215,10

6501

COOP. VIV. EMP. HOSPITAL DE LIBERIA

3004098416

182.075,05

6500

COOP. VIV. EMP. HOSPITAL DE LIBERIA

3004098416

284.719,90

6508

COOP. VIV. EMP. HOSPITAL DE LIBERIA

3004098416

204.215,10

6509

COOP. VIV. EMP. HOSPITAL DE LIBERIA

3004098416

204.215,10

10712

COOP. VIV. EMP. HOSPITAL DE LIBERIA

3004098416

1.434.460,50

1002

CÓRDOBA C JOSÉ Y FUENTES CÉLIMO

5175334

720.758,75

1211

CORP. SAKURA DE SAN JOSÉ

3101230837

488.733,75

5230

CORPORACIÓN DE VIDEOS CORVI

3101172667

979.907,60

10328

CORPORACIÓN ESTRELLA DEL NORTE DE SAN JOSÉ

3101124746

129.466,80

20631

CORPORACIÓN RODRÍGUEZ ELIZONDO

3101105242

198.349,15

1113

CORRALES CARRANZA EDDIE

5190613

517.162,60

680

CORTES BLANCO JOSÉ MARIO

5298902

407.486,05

9962

CORTES CHEVES UVENCE

800770993

402.292,65

579

CORTES RIVERA MAYRA

502170193

205.711,80

4170

CREDOMATIC DE COSTA RICA

3101024180

937.056,55

3942

CHACÓN MESEN LIGIA MARÍA DE LOS ÁNG.

900170615

146.297,10

201

CHAMORRO MUÑOZ IRIS

500690110

1.429.549,90

8259

CHAMORRO SÁNCHEZ CHARLES

5280630

415.238,35

2975-18995

CHAROOVI S. A.

3101064218

844.513,00

6631

CHAVARRÍA ARCE JOSÉ MANUEL (C. C. CHAV. MORICE)

1105500000

152.510,85

8335

CHAVES CORTES KATTIA

502670922

278.895,85

10445

CHAVES SANTANA ROSIBEL DE JESÚS

205370695

119.903,60

1495

CHAVES REQUENES FRANCISCO

1560583

606.445,60

8082

DESARROLLOS PUERTA ESCONDIDA S. A.

3101278629

209.443,60

4195

DÍGERES PÉREZ MARÍA HELLEN

503150256

86.066,90

14064

DOWNING VILLALOBOS WILLIAM

601530384

154.427,70

7323

DUARTE CAMACHO MÉLIDA

9900007323

191.447,20

11009

DUARTE TINOCO S. A.

3101047692

292.438,40

19218

ECHEVERRI MC CANDLESS ROCÍO ELENA

109110450

719.663,10

2358

ECHEVERRÍA ALFARO GUILLERMO

9900002358

966.458,60

896

EDALSA DEL NORTE S. A.

3101253565

889.534,90

1952

EL AGUACATE S. A.

3101018159

1.128.332,90

10550

EL ESTADO

210000000005

1.217.060,70

1657

EL FORTÍN S. A.

3101031283

78.196,45

18507

EL TIBURÓN MARTILLO S. A.

3101325420

190.736,95

3915

EMBOTELLADORA CENTROAMERICANA S. A.

3101121156

1.666.581,45

12645

EMPACADORA DE CARNE DE ABANGARES S. A.

3101013863

1.244.287,25

8372

ESPINOZA LÓPEZ ARMANDO JOSÉ

110160497

130.164,20

833

ESPINOZA LÓPEZ EDGAR

5280425

248.539,35

3316

ESPINOZA OBANDO JUAN FRANCISCO

500960396

118.944,40

21586

ESQUIVEL PIZA JOSÉ ANTONIO

204120125

259.204,15

865

ESQUIVEL UGALDE LUIS A,

200697241

573.235,25

1804

ESQUIVEL UGALDE LUIS A.

200697241

3.010.793,85

285

ESQUIVEL UGALDE LUIS A.

200697241

1.073.741,30

10814

FASA S. A.

3101013185

191.879,50

3264-6946

FERNÁNDEZ SANDOVAL GLORIA CC SANDOVAL ROJAS

2136515

184.670,05

18344

FIDUCIARIA CASTRO GARNIER S. A.

3101270668

1.577.256,95

11195

FIDUCIARIA ELCA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101224135

1.074.307,75

11087

FONSECA DÍAZ CRISTIAN

303270398

187.993,05

5768-9782

FRANCO MARTÍNEZ SUSANA MARÍA

501630066

111.626,50

9192-8513-9364

FRANCO MARTÍNEZ OTILIO MARIO

502590322

117.671,05

796

FUENTES TOLEDO ELSPETH

109240576

375.363,70

13744

GAMBOA ZÚÑIGA ANA LUISA

502970489

69.290,95

10905

GANADERA EL AMO S. A.

3101027720

495.867,20

11337

GANADERA BEJUCO S. A.

3102021490

217.030,90

12080

GARCÍA CAJINA GUILLERMO

108960173

150.570,15

4667

GARCÍA VILLATORO MARIO ANTONIO

2200188252

94.278,45

4391

GIANFRANCO NICHILO

138000048505

61.875,00

5352-2457

GOLUBOAY UMAÑA WILFREDO

5152482

81.319,80

3821

GÓMEZ GÓMEZ OFELINA

800600674

547.431,45

3715

GONZÁLEZ RUIZ ABEL

500700783

737.362,70

9746

GUADAMUZ GÓMEZ EITHEL

502720763

220.587,35

683

GUEVARA MORA MARÍA DE LOS A

5265273

443.949,70

10324

GUIDO ARRIETA OLGA VANESSA

5298426

43.132,70

4997-2343

GUIDO CASTRO JUAN JOSÉ

5630372

269.296,55

3717

GUIDO PEÑA VIRGINIA

5198524

967.287,25

1122

GUIDO RÍOS SANTOS MANUEL

5206271

603.581,65

4818

GUTIÉRREZ ÁLVAREZ SHIRLEY

5297470

347.038,30

4636

GUTIÉRREZ GÓMEZ JOAQUINA

501300603

290.948,05

5560

GUTIÉRREZ GUADAMUZ GLORIA

106890933

244.058,35

582

GUTIÉRREZ RUIZ PRISCILA

11040775

413.039,30

9870

HAPPER UGALDE ÁNGELA LUZ

600660013

150.226,65

7505

HERMANOS OCAMPO FERNÁNDEZ S. A.

3101104775

1.576.337,40

7514

HERNÁNDEZ FAERRÓN HERMANAS

9900007514

499.791,00

1494

HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ PEDRO

50001065408

188.728,20

4125-5967

HERNÁNDEZ PÉREZ CLAUDIO RICARDO

301100290

204.759,15

7436

HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ ADOLFO ENRIQUE

501370426

166.762,00

1621

HERRERA FIALLOS MOISÉS

800350974

2.368.136,20

9156

HIDALGO RODRÍGUEZ MARCO VINICIO

2474629

505.968,25

772

I.H.M.O. INTERNACIONAL

3101319368

765.956,35

4675

IBARRA IBARRA MARÍA ISABEL

9900004675

197.535,45

18453

IMPORTACIONES GRAN LOBO S. A.

3101124706

999.097,10

1052

IMPORTADORA JOCALI S. A.

3101346170

1.972.131,45

8734

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

400004214409

991.791,80

3440

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

205.856,35

3452

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

246.953,10

3293

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

514.584,75

3301

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

514.584,75

5246

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

135.130,80

5245

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

135.130,80

5467

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

231.652,80

5503

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

271.031,75

5464

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

655.345,45

5269

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

612.686,65

5459

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

193.043,95

5646

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

135.130,80

5653

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

135.130,80

5644

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

135.130,80

5642

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

135.130,80

5637

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

135.130,80

5663

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

135.130,80

5659

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

135.130,80

5657

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

135.709,05

5632

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

424.696,75

5656

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

134.929,20

5655

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

134.929,20

5665

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

135.130,80

5669

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

561.179,70

1120

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

468.166,95

5401

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

598.960,55

5400

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

182.292,35

5399

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

182.292,35

5397

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

182.292,35

5398

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

182.292,35

5396

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

625.002,30

5261

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

182.502,20

1153

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

400004213412

1.404.859,40

19833

INVERSIONES ARCE DE LIBERIA S. A.

3101166971

167.849,00

10068

INVERSIONES BAHER S. A.

3101165945

2.188.637,80

10860

INVERSIONES BUCANERO DEL COCO FEHURCLA S. A.

3101406392

591.264,80

9521

INVERSIONES CARMAYRC DE LA PAMPA

3101303539

702.752,35

9934-503

INVERSIONES GIMARCO S. A.

3101063082

226.381,05

10840

INVERSIONES MV VUATSI S. A.

3101460084

225.762,50

11101

INVERSIONES ROMÁN Y OCAMPO S. A.

310107913720

1.195.834,65

2940

INVERSIONES SEGUNDA VISTA DEL LAGO J S S. A.

3101348567

2.879.031,00

1187

INVERSIONES SOTERRÉ S. A.

3101382318

854.174,80

9359

INVERSIONES Y SERVICIOS S. A.

3101147914

1.037.346,70

4318

J.R.A. VERDE S. A.

3101214520

151.478,95

4722-5006

JAÉN VELÁSQUEZ LUIS

5266792

299.406,25

9172

JAÉN VELÁSQUEZ ROXANA

3319945

413.101,55

10791

JANERICA S. A.

310100919609

728.536,50

9851

JARDÍN BELLO S. A.

3101210306

776.263,95

3799

JARQUÍN LÓPEZ HUMBERTO

502230140

135.875,70

3453

JARQUÍN VILLALOBOS ÁNGELA FLORA

501000012

278.922,65

3973

JIMÉNEZ ALBENDA SIMÓN

5146992

163.143,30

9597

JIMÉNEZ ARTAVIA ANYERÍ

2548026

453.780,55

19889

JIMÉNEZ GONZÁLEZ RONALD GERARDO

204940988

209.593,55

14975-8018

JIMÉNEZ RIVAS MARÍA AUXILIA

900440567

512.848,55

10141

JIMÉNEZ ROSABAL ROBERTO

1230272

545.269,45

19753

JUNTA ADMIN. COLEG. ACAD. DEPORT. CAÑAS DULCES

3008233091

1.154.594,10

16942

JUNTA ADMIN. LICEO ART. PROF. FELIPE PÉREZ P.

3008154848

842.492,80

5849-12005

LACAYO RÍOS JOSÉ LUIS

5165461

147.422,50

2337

LEIVA CHAMORRO MANUEL ENRIQUE

501640820

631.511,80

2761

LEZAMA PORRAS PORFIRIO

60190100404

1.021.576,95

635

LOBO ALVARADO MINOR

5294648

397.287,00

10081

LÓPEZ RIVAS ROSA ISABEL

9900010081

169.251,55

2869

LUNA MORA DONALDO

50185002525

282.924,00

5483

LUNA MORA FÉLIX ANTONIO

501550546

135.713,50

7022

LUNA MORA FREDDY

50208058615

302.921,25

13220

LUZ ACCIÓN DE CENTROAMÉRICA S. A.

3101079177

4.481.860,55

10894

MEDINA CHAVARRÍA ANTONIA

601380411

1.656.883,70

11868

MADRIGAL ARAYA JESÚS

202630570

222.689,50

4547

MAIRENA SEGURA FRANCISCO

9900004547

284.978,30

146

MALAVASSI BARRIENTOS MARÍA EUGENIA

202680793

97.034,35

10921

MANGO TICO S. A.

310102986321

879.305,05

10421

MARBUSTOS DE GUANACASTE SA

3101255799

393.881,95

8321

MARCHENA MANUEL

9900008321

269.101,70

2859

MARÍN MARÍN EMILIO

105460028

396.534,45

8050-11306

MARTIMEX S. A.

3101164035

1.445.014,05

9855

MARTÍNEZ ORTIZ DULCE MARÍA

270118773401

408.038,40

10287

MARTÍNEZ ORTIZ DULCE MARÍA

270118773401

448.097,90

2269

MATA TREJOS ANA CECILIA

10367017434

212.144,85

19899

MATAMOROS BOLAÑOS FEDERICO ANTONIO

106780603

167.849,00

4780

MATARRITA SALAS JOSÉ JANNID

108490350

32.302,75

10894

MEDINA CHAVARRÍA ANTONIA

601380411

1.656.883,70

11786

MEDINA VELÁSQUEZ CESAR

946157000

196.103,75

6488

MENA AGUILAR FLORY

202670700

1.026.649,05

3804

MERCALZADO S. A.

3101222438

1.198.883,35

9243

MERCALZADO S. A. (DOMINIC)

3101222438

339.307,00

1355

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

2100042000

2.612.122,10

8886

MINISTERIO DE SALUD

2100042010

1.734.623,75

5203

MIRANDA HERNÁNDEZ JOSÉ LUIS

501630085

102.510,00

17835

MISENER ROBERT DONALD

948156

161.380,20

5149

MOLINA ARTAVIA MARÍA DE LOS ÁNGELES

105640168

119.903,60

8048

MOLINA CHÉVEZ TERESA

6064483

465.161,25

7931

MONTANO RAMOS LUIS FERNANDO

5227760

157.003,00

2960

MONTERO ACEVEDO CARLOS ANDRÉS

104270840

4.197.327,90

20745

MONTERO BARRANTES RAFAEL ARTURO

203950259

114.951,60

19100-8932

MONTERO QUESADA FRANCISCO

9900089320

445.849,00

3456

MONTIEL MONTIEL JULIO

500212156

258.270,80

3740

MONTOYA SOTO JESÚS

5142999

427.718,05

10964

MONTURIOL LE ROY JOSÉ MIGUEL

105090273

139.709,00

3854

MORA DÍAZ ALEJANDRO

5145525

1.119.117,10

574

MORA MADRIZ FLORENILDA

6229613

277.544,25

6048

MORALES LEIVA OSCAR

500840243

276.922,00

8674

MORALES ROJAS ANTONIO

502170156

1.053.567,80

7934

MOSCOSO MORA CARLOS ALBERTO

401210974

850.897,25

782

MULTISER AUTOMOTRIZ HERMOSA

3101305197

477.934,90

1359

MUÑOZ SEGURA FÉLIX

5277977

632.519,55

3486

MURILLO ALVARADO KAREN

2553890

875.306,60

10741

MUTUAL GUANACASTE DE AHORRO Y PRÉSTAMO

3009045223

591.974,85

4845

NAVARRO CANALES ANA ROSA

502350804

147232,,45

1110

NAVIS KHA A.S.

3101383228

988.722,15

12405

NOPAL S. A.

3101427890

62.200,95

11312

NUEVO HOTEL LA RONDA

3101170790

199.348,50

4509

OBANDO JIMÉNEZ GERARDO MIGUEL

501640942

44.239,85

3749

OBANDO JIMÉNEZ LUIS ANTONIO

501870448

634.201,90

1687

OBANDO OBANDO EUFEMIO

500320218

216.682,05

4681

OCAMPO BALTODANO GERARDO

104010121

236.937,25

10066

OJOCHE Y OCORNO

3101202655

493.071,45

1540

OPORTO MARTÍNEZ MAINOR

502040865

634.577,25

6779

ORO VERDE DEL SUR DEL PACIFICO S. A.

3101173235

1.346.952,75

1794

PANIAGUA MURILLO RAFAEL

203140157

989.020,65

5064

PASTRANA PASTRANA PAULA

9900005064

184.705,55

19600

PÉREZ ARATA ANA ISABEL

104010880

803.334,10

19599

PÉREZ ARATA LIGIA MARÍA

104010885

803.334,10

18536

PÉREZ CHAVES ALBINA

502860288

115.544,30

16705

PINEDA CASTILLO CARLA DANIELA

270158411091

105.913,25

1275

PINEDA RENDÓN LILLIANA MARÍA

5124588

57.966,05

1256

PINEDA RENDÓN LILLIANA MARÍA

5124588

228.432,90

2484

PORRAS CASTRO MARÍA ISABEL

500850097

1.269.551,65

4591

PORRAS CRUZ JUVENAL

6069885

345.077,50

17060

PORRAS ESPINOZA LABELIA

500390056

111.104,30

11291

PRODUCTO DE BACHEO DE COSTA RICA

3101157153

129.718,15

12860

QUESADA GONZÁLEZ ÁLVARO

700250911

702.087,15

5144

RAMÍREZ ARIAS GILBERTH

9066539

555.531,50

10837

RANCHO SAN RAFAEL S. A.

3101015844

1.444.575,35

3054

REAL ESTATE MARÍA A.R.S. DE LIBERIA S. A.

3101373752

168.683,65

4043

REAL ESTATE MARÍA A.R.S. DE LIBERIA S. A.

3101373752

105.236,95

1684

REPRESENTACIONES PREMIER S. A.

3101024429

901.092,40

17822

RESIDENCIAS CAIMANES TEMPISQUEÑOS S. R. L.

3102415840

804.937,70

5892

RESIDENCIAS CASA DEL MELONAL S. R. L.

3102415492

586.342,80

19979

RESIDENCIAS TURIST. PORO PORO SOC. RESP. L.

3002413379

224.813,85

9214

REYES CÁRDENAS HENRY

502580289

230.875,35

13243

RICHARDSON CLARENCE DENDY Y CLAIRE MAIRIE

9900013243

536.576,15

4111

RÍO NEGRO S. A.

3101016995

1.488.357,85

1774

RIVAS GUTIÉRREZ ÁNGELA

9900001774

197.696,15

7264

RIVAS LAMAS GABRIELA

9900007264

295.652,40

7698

RIVAS TORUÑO MARÍA DEL ROCÍO

502220518

770.639,85

7397

RIVAS TORUÑO MARÍA ELIETH

502120633

128.177,60

5409

RIVERA RIVERA EVA ARGENTINA

800540672

1.027.111,00

12805

RIVERA RIVERA JOSÉ NAPOLEÓN

800510606

230.276,85

10566

ROCHA LÓPEZ DANIEL ANTONIO

901060154

108.153,85

1739

RODRÍGUEZ ALANIS MARÍA DEL SOCORRO

501050678

91.726,90

1760

RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ OSCAR

101790908

180.617,90

4802

RODRÍGUEZ HERRERA TATIANA DE LOS ÁNG.

108590206

319.778,40

5499

RODRÍGUEZ MARTÍNEZ ARACELLY

900960704

215.583,50

572

RODRÍGUEZ ORTIZ ESMERALDA

5301095

306.153,90

4012

RODRÍGUEZ ORTIZ NURIA

502460299

141.483,25

4578

RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ EFIGENIA

501220077

108.153,85

8746

RODRÍGUEZ VELÁSQUEZ IVANNIA

502770746

119.268,00

4981

ROGER BARAHONA & HNOS. S. A.

9900004981

1.952.904,70

105

ROJAS FALLAS RAMÓN

100518892

307.815,40

4508

ROJAS JIMÉNEZ OCTAVIO

800490585

1.847.384,35

3154

ROJAS VILLAVICENCIO GUILLE

500900784

1.693.987,65

12552

ROJAS VÍQUEZ MARÍA DE LOS ÁNGELES

400870250

3.342.432,05

8613

ROMÁN MÉNDEZ VÍCTOR JULIO

201310029

3.653.449,40

901

ROMÁN MÉNDEZ VÍCTOR JULIO

201310029

5.620.357,80

2868

ROMÁN TRIGO VÍCTOR JULIO

104460574

1.377.836,50

4002

RUIZ GUEVARA SIRZA

503190805

108.153,85

1549

RUIZ MIRANDA CARLOS

5188791

715.258,40

9146

RUIZ NAVARRO XINIA

5177223

356.120,40

8635

RUIZ SALAZAR OLGA LUZ

9900008635

535.452,10

2520

SABORÍO ANGULO ARACELLY

900470878

313.758,30

4102

SALAZAR ALVARADO EDDIE

1966623

539.394,80

1915

SALAZAR WELLS GLENN

5163612

88.004,95

2624

SALGADO LARA BEMBENUTA

500720918

448.048,55

9991

SÁNCHEZ GARCÍA JUAN

502450403

220.587,35

4187

SÁNCHEZ PABLO

9900004187

113.965,85

918

SANDOVAL MEJÍA MARTHA PETRONILA

190017220

578.902,20

605

SANTAMARÍA MENA MINOR

1860194

507.028,10

4635

SARAVIA ALVARADO BILLY

6234419

340.529,75

3775

SEGURA CASTILLO ROQUE

1236400

812.134,40

665

SEGURIDAD OCHO NOVENTA Y DOS S. A.

3101135530

602.724,15

11075

SERVICIOS FINANCIEROS MÉDICOS S. A.

3101068762

1.997.120,60

483

SIBAJA ALFARO MARÍA DE LOS ÁNGELES

9900000483

576.943,85

1229

SITIO DE CULTURA S. A.

3101131014

866.801,50

742

SOC. DE INGEN. EN REFRIG. Y AIRE ACOND. S. A.

3101257486

455.449,10

19628

SOFFIONI DE GUANACASTE S. A.

3101407550

1.100.989,15

3512

SOLANO CAMBRONERO MARÍA JULIETA

203320684

135.875,70

576

SOLAIRE DE COSTA RICA

301059286

513.058,05

11246

SOTO ENRÍQUEZ GLADYS MAGALY

245124415620

286.083,60

8990

SOTO MOREIRA DAISY

501100531

135.425,05

705

TAMAYO MIRANDA MARCELO

25120674

375.183,70

9885-1997

TAUTIVA QUEVEDO GERMAN ALBERTO

117000175227

1.647.436,05

9965

TAYLER CLARKE WENDY

175169691012

181.171,30

1062

TELEFERIA SAN ANDRESITO INTERNACIONAL S. A.

3101353172

922.297,15

19645

TERMINALES SANTA MARÍA S. A.

3101143188

389.661,40

3531

TIENDA BIMBAR DE SAN JOSÉ

3101207100

434.943,65

5418

TIJERINO MEDRANO SERGIO ENRIQUE

800580178

1.254.417,50

9822

TIJERINO MEDRANO SERGIO ENRIQUE

800580178

889.158,50

11174

TORRENTES TORRENTES OCTAVIO

500550089

203.137,50

4133

TORRES BALTODANO JOSÉ ÁNGEL

9900004133

113.965,85

1801

TORRES CAMACHO MENARDO

500390845

218.471,10

4214

TORRES MIRANDA PEDRO FCO.

502090782

270.354,85

368

TRANQUILIDAD Y SOL S. A.

3101316280

173.511,10

20389

TRANSAMERICA BANK AND TRUST COMPANY LIMITED

3012114238

2.327.046,95

4124

TRANSP. DE COMBUST. GTECO S. A. (TRACOGUA S. A.)

3101036265

4.714.796,85

10925

TRANSAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101109350

1.976.011,20

12730-13321

TRAÑA CHAVES JUANA

500900084

121.476,90

371

TRASPORTE PRIVADOS CAROLINA

3101270882

256.712,80

1200

TRIP ARTE DE LIBERIA

3101277853

381.571,35

1321

TROPICAL RENT CAR S. A.

3101350796

2.011.938,65

1822

UGARTE LEIVA GUADALBERTO

500400738

659.623,60

1497

UGARTE MORAGA GREIVIN

5211384

244.883,55

11488

UMAÑA PÉREZ MARVIN

107770506

135.425,05

4288

UNDERWOOD GUEVARA RICARDO

9900004288

1.272.255,00

1500

UNIÓN AND FORCE P Y E FORM UP SA

3101433299

397.040,40

8326

VALLEJOS DUARTE CARLOS ALBERTO

502490085

334.617,30

10492

VÁSQUEZ GONZÁLEZ ANA LORENA

502380538

135.875,70

913

VÁSQUEZ MARTÍNEZ LUIS MAURICIO

800640153

165.331,10

5613

VÁSQUEZ VÁSQUEZ MARTINA

501600121

329.007,80

9674

VEGA FERNÁNDEZ ESPERANZA

800680946

238.412,45

1174

VENTAS RURALES S. A.

3101424245

2.116.325,70

10554

VIALES UMAÑA MARÍA GABRIELA

502740774

125.085,85

8296

VÍCTOR VÍCTOR FELIPE

501130327

241.211,50

4160

VILLALOBOS PORRAS RAFAEL

502760752

113.965,85

2266

VILLARREAL RAMÍREZ LETICIA

900030458

279.340,85

1138

VINDAS BARAHONA MIGUEL ÁNGEL

1550728

603.581,65

4810

VIVIENDAS LIBERIANAS S. A.

3101062165

478.685,55

9457

WIESSEL BALDIOCEDA ÁLVARO

501300420

1.085.978,25

9530

WILLE GUNTHER ISOLVE

800010361

1.916.803,70

3874

YASCAMAL IMPEX S. A.

3101264838

684.864,75

2959

ZAPATA ZAPATA TIMOTEO

800510669

505.678,05

2259

ZÚÑIGA MAIRENA ZENEIDA

500790555

230.875,35

2831

ZÚÑIGA MAIRENA ZENEIDA

500790555

683.448,05

4180

ZÚÑIGA QUIRÓS ANA VICTORIA

502150880

113.965,85

Nota: Estos montos fueron calculados al día 8 de julio de 2008, e inlcuyen las multas e intereses respectivos esta fecha. Si se encuentra al día en los pagos, rogamos hacer caso omiso a este edicto.

Notifíquese.—Liberia, 8 de julio de 2008.—Carlos Marín Muñoz, Alcalde.—1 vez.—(71224).

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