DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA
CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 24, Título N° 73,
emitido por el Colegio Nacional Virtual Marco Tulio Salazar Escuela Campo
Kennedy en el año dos mil quince, a nombre de García Ballestero Nirian, cédula 7-0230-0188. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
veinticinco días del mes de agosto del dos mil veinte.—Dr. Pablo Mena Castillo,
Director.—( IN2021519371 ).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección
se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 4, Folio 58, Título N° 1685, emitido por el Liceo San Miguel, en el año dos mil catorce, a nombre de Cascante Hernández José Alberto, cédula
1-1604-0364. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir
de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, al primer día del mes de agosto del dos mil diecinueve.—Dr.
Pablo Mena Castillo, Director.—( IN2021519787 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 164, Título N° 252,
emitido por el Liceo Nocturno de La Cruz en el año dos mil doce, a nombre de Morales Cubillo
Mariela, cédula 5-0397-0075. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles
a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los cuatro días del mes
de marzo del dos mil veinte.—Dr.
Pablo Mena Castillo, Director.—( IN2021519863 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Para ver
las marcas con sus respectivas
imágenes solo en La Gaceta con formato PDF
Solicitud Nº 2020-0010420.—Liliana Solís
Guerrero, casada una vez,
cédula de identidad N° 107090573, en
calidad de apoderado generalísimo de Fashion Shoes Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3101681628, con domicilio en: El Palmar de San
Rafael, noventa metros sur de la iglesia
católica, Heredia, Costa Rica, solicita
la inscripción de: NULIKK, como
marca de comercio en clase 25 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: calzado de todo tipo de mujer.
Fecha: 18 de diciembre de
2020. Presentada el: 14 de diciembre
de 2020. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2021516321 ).
Solicitud N° 2020-0007902.—Laura
Fernández Meza, cédula de identidad N°
107830292, en calidad de apoderada especial de Concretera
Total Sociedad Anónima,
cédula jurídica
N° 3012792577, con domicilio en
Kilómetro
Once Punto Nueve, carretera
a Masaya, Plaza Britania, Módulo Uno, Managua, Nicaragua, solicita la inscripción de: CT CONCRETERA TOTAL,
como marca de fábrica en clase
19. Internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: todo tipo de estructuras y productos grises de uso en construcción, elaborados
a base de cemento o concreto,
así como todo tipo
de productos y materiales
de acabado para la construcción. Reservas:
de los colores: azul y verde. Fecha: 03 de diciembre de 2020. Presentada el
30 de setiembre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto.
03 de diciembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta
solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2021517372
).
Solicitud Nº 2020-0004321.—María Laura Valverde
Cordero, casada una vez,
cédula de identidad N° 113310307, en
calidad de apoderada
especial de Eset, Spol. S
R.O., con domicilio en Einsteinova 24, 851 01 Bratislava, Eslovaquia,
solicita la inscripción de:
PROGRESS. PROTECTED., como marca
de fábrica y servicios en clases 9 y 42 Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: software, software de
protección de datos,
software antivirus, software de seguridad, software
de protección de la privacidad,
software para diagnóstico y solución
de problemas, paquetes de
software informático, aplicaciones
de software, software de cómputo en
la nube, herramientas de desarrollo de software, aparatos
e instrumentos de procesamiento
de datos, ordenadores, componentes y partes de computadoras, periféricos adaptados para su uso con computadoras, publicaciones electrónicas descargables; en clase 42: investigación, desarrollo, diseño y actualización de software de cómputo,
instalación y mantenimiento
de software de cómputo, servicios
de cortafuegos informáticos
(firewall), servicios de protección
contra virus informáticos, alquiler
de software informático, software como
servicio (SaaS), plataforma
como servicio (PaaS), ingeniería de software, consultoría
de software de cómputo, consultoría
en seguridad informática, consultoría en seguridad de datos, consultoría de seguridad en internet, solución de problemas de software
de cómputo, prestación de servicios de información, asesoramiento y consultoría en el ámbito de software de cómputo. Prioridad: Se otorga prioridad Nº 018236881 de fecha 11/05/2020 de España. Fecha: 12 de octubre de 2020. Presentada el 12 de junio de
2020. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de octubre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio.”.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2021517406 ).
Solicitud Nº 2020-0007533.—Monserrat Alfaro Solano, divorciada, cédula de identidad
N° 111490188, en calidad de
apoderado especial de Novartis AG, con domicilio en 4002, Basilea, Suiza, solicita la inscripción de: NOVARTIS
como marca de fábrica y servicios en clases: 9; 35; 38 y 42. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Software de comercio electrónico que permite a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas a través de una red informática
global; en clase 35: Prestación de servicios de información y asesoramiento relacionados con el comercio electrónico; gestión de empresas; administración de empresas.; en clase
38: Provisión de acceso a plataformas de comercio electrónico en Internet; provisión de servicios de telecomunicaciones para plataformas
de comercio electrónico en Internet y otros medios electrónicos; en clase 42: Alojamiento
de plataformas de comercio electrónico en Internet; servicios de autenticación de usuarios que utilizan tecnología para transacciones de comercio electrónico; programación de software para plataformas
de comercio electrónico; consultoría en materia de creación y diseño de sitios web para comercio
electrónico; servicios de mantenimiento y consultoría relacionados con software utilizado
en el ámbito del comercio electrónico. Fecha: 01 de octubre de 2020. Presentada el 17 de setiembre de
2020. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 01 de octubre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2021517410
).
Solicitud Nº 2020-0009387.—Diego
Alexander Salas Salas, soltero,
cédula de identidad 114840486, en
calidad de apoderado
especial de Federación Centroamericana
de Laboratorios Farmacéuticos
(FEDEFARMA), con domicilio en
4ª avenida 12-20 Calle Santa Luisa, Zona
16, Acatán, Santa Rosita, Guatemala, código postal 01016, Guatemala, solicita
la inscripción de: FEDEFARMA, como marca de servicios
en clase 42. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios científicos y de investigación. Fecha: 23 de diciembre de 2020. Presentada el
11 de noviembre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2021517431 ).
Solicitud N° 2020-0009386.—Diego Alexander Salas Salas,
soltero, cédula de identidad
N° 114840486, en calidad de
apoderado especial de Federación
Centroamericana de Laboratorios
Farmacéuticos (FEDEFARMA), con domicilio
en 4A. Avenida 12-20 Calle Santa Luisa, Zona 16, Acatan, Santa Rosita, Guatemala, Código Postal 01016,
Guatemala, solicita la inscripción
de: FEDEFARMA, como marca
de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: educación; formación; cursos de instrucción y formación relacionados con la salud, la ciencia y la medicina; dirección de cursos educativos; facilitación de cursos de formación en medicina; organización
de cursos que emplean métodos de aprendizaje a distancia; organización de cursos que utilizan métodos de aprendizaje abierto; organización de talleres profesionales y cursos de formación; producción de material de cursos distribuido en charlas profesionales; producción de material didáctico distribuido en cursos profesionales; realización de cursos en línea relacionados
con productos bioterapéuticos,
manufactura y regulaciones
de medicamentos biotecnológicos,
inmunogenicidad, extrapolación
de indicaciones de biosimilares,
análisis y sustitución de productos biotecnológicos y trazabilidad y farmacovigilancia
de biosimilares; publicación
de revistas, libros y manuales en el ámbito de la medicina. Fecha: 23 de diciembre de 2020. Presentada el 11 de noviembre de
2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2021517436 ).
Solicitud Nº 2020-0009385.—Diego
Alexander Salas Salas, soltero,
cédula de identidad N° 114840486, en
calidad de apoderado
especial de Federación Centroamericana
de Laboratorios Farmacéuticos
(FEDEFARMA) con domicilio en
4a avenida 12-20 calle
Santa Luisa, Zona 16, Acatán, Santa Rosita,
Guatemala, Código Postal 01016, Guatemala, solicita
la inscripción de: FEDEFARMA, como marca de servicios
en clase 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de cabildeo; publicidad; trabajos de oficina; publicidad en línea por una red informática; indagaciones sobre negocios; servicios de inteligencia de
mercado; investigación comercial;
sistematización de información
en bases de datos informáticas; demostración de productos; distribución de
material publicitario (folletos,
prospectos, impresos, muestras); organización de exposiciones con fines comerciales
o publicitarios; recopilación
de estadísticas. Fecha: 23
de diciembre de 2020. Presentada
el 11 de noviembre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2021517444 ).
Solicitud N° 2020-0010336.—Francine Fonseca Fonseca,
casada, cédula de identidad
N° 107920039, en calidad de
apoderada especial de Mecanizados
Integrados de Precisión MIP
S. A., cédula jurídica N° 3101584455, con domicilio en Heredia, Heredia, San Francisco, Condominio
Tierra Uno, bodega N° 11, Heredia, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Mecanizados
Integrados de Precisión,
como marca de fábrica y servicios en clase 49 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a servicio de maquinado y diseño especializado para la industria. Reservas: Se reserva el color rojo, negro y verde. Fecha: 21 de diciembre de 2020. Presentada el
10 de diciembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2021517487 ).
Solicitud N° 2020-0010445.—Mario Antonio Chacón Aguilar,
casado una vez, cédula de identidad 302680290, en calidad de apoderado generalísimo
de Nouricrops Company Limitada, cédula jurídica
3102613515 con domicilio en Pacayas, Alvarado, de la esquina sureste de la
plaza de deportes 10 este y 10 sur, 25 oeste, Cartago, Costa Rica, solicita la
inscripción de: NouriCrops Company
como nombre comercial en clase
internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a venta de
vegetales, frutas y verduras, ubicado en Pacayas, Alvarado, Cartago, de la
esquina sureste de la plaza 100 mts este, 100 mts sur y 25 mts oeste. Fecha: 21
de diciembre de 2020. Presentada el: 15 de diciembre de 2020. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 21 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2021517494 ).
Solicitud Nº 2020-0001178.—Rodrigo Muñoz Ripper, casado una vez, cédula de identidad
N° 113100774, en calidad de
apoderado especial de Productos
Alimenticios Bocadeli S. A.
de C.V., con domicilio en: avenida Cerro Verde, San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: La
Vide es Dulce
como
señal de publicidad comercial en clase
50 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente:
para proteger la atención
del público consumidor sobre los siguientes productos: carne, pescado, carne
de ave y carne de caza; extractos
de carne; frutas y verduras,
hortalizas y legumbres en conserva, congeladas,
secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche, quesos, mantequilla, yogur y otros productos lácteos; aceites y grasas para uso alimenticio, café, te, cacao y sucedáneos del café; arroz, pastas alimenticias
y fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de
cereales; pan, productos de
pastelería y confitería;
chocolate; helados cremosos,
sorbetes y otros helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear sal, productos
para sazonar, especias, hierbas en conserva;
vinagre, salsas y otros condimentos; hielo. En relación con la marca PLANETA DULCE., registro
291209 Fecha: 05 de enero
de 2021. Presentada el: 11 de febrero
de 2020. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio” y el artículo 63 que indica “Alcance de la protección.
La protección conferida por
el registro de una expresión
o señal de publicidad comercial abarca la expresión o señal en su conjunto y no se extiende a sus partes o elementos considerados por separado. Una vez inscrita, una expresión o señal de publicidad comercial goza de protección por tiempo indefinido; pero su existencia depende,
según el caso, de la marca o el nombre comercial a que se refiera”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2021517498 ).
Solicitud Nº 2020-0008971.—Raquel Elena Polanco Calderón, soltera, cédula de identidad
115690771 con domicilio en Urbanización Llano Verde, casa C2, San Juan, La Unión,
Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción
de: mochis Bakeshop
como marca de servicios en clase
30 Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 30: la oferta de servicios en la creación de productos de pastelería, repostería y panadería. Fecha: 15 de diciembre de 2020. Presentada el: 3 de noviembre de
2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2021517499 ).
Solicitud Nº 2020-0010440.—Nikole Sánchez Mora, soltera, cédula de identidad N°
116060031, en calidad de apoderado especial de Aurora Navarro, soltera,
pasaporte PN0096913 con domicilio
en: Condominio Barlovento, casa número 47, Costa
Rica, solicita la inscripción
de: auro visual
como marca de servicios en clase 35 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: publicidad. Reservas: de los colores morado lila y verde
limón. Fecha: 22 de diciembre de 2020. Presentada el:
15 de diciembre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Rándall
Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2021517545).
Solicitud N° 2020-0008855.—Gerald José Delgado Vásquez, soltero,
cédula de identidad 207490717 con domicilio
en Palmares; 150 metros este, de los tres puentes, casa a mano izquierda,
color arena, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Gera’s Gourmet
como marca de fábrica en clase 30 internacional
para proteger y distinguir
lo siguiente: Salsa de chile picante gourmet, adobo de hierbas y
chile picante gourmet, mayonesa de hierbas y chile picante gourmet, aderezo
de hierbas gourmet, salsa de pesto y chile picante
gourmet. Reservas: De los colores:
vino y blanco. Fecha: 21 de
diciembre de 2020. Presentada
el: 27 de octubre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Adriana Bolaños Guido, Registradora.—(
IN2021517551 ).
Solicitud Nº 2020-0009295.—Griselda Arias Herrera, viuda una vez, cédula de identidad 204080503, en calidad de apoderada generalísima de Agrícola Agrial
S. A., cédula jurídica 3-101- 176828, con domicilio en contiguo
al Hotel Aeropuerto, Autopista
Bernardo Soto, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: AGRIAL
como nombre comercial en clase
Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente:
un establecimiento comercial
dedicado a venta, distribución y comercialización
de insumos agrícolas,
abonos, fungicidas, foliares, herbicidas. Ubicado en Alajuela, contiguo al Hotel Aeropuerto, Autopista Bernardo Soto. Reservas:
de los colores azul y blanco. Fecha: 17 de diciembre de 2020. Presentada el:
9 de noviembre de 2020. San Jose: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de diciembre de 2020. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Rina Ruiz Mata Registradora.—(
IN2021517610 ).
Solicitud N° 2020-0009298.—Griselda
Arias Herrera, viuda una vez,
cédula de identidad N° 204080503, en calidad de apoderada
especial de Agrícola
Agrial S. A., cédula jurídica N° 3101176828, con domicilio en contiguo
al Hotel Aeropuerto, Autopista
Bernardo Soto, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
de: AGRIAL INSUMOS,
como nombre comercial en clase: 49 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a venta, distribución y comercialización de insumos
agrícolas,
abonos, fungicidas, foleares, herbicidas. Ubicado en Alajuela, contiguo al Hotel Aeropuerto, Autopista Bernardo Soto. Reservas:
de los colores: azul y blanco. Fecha: 17 de diciembre de 2020. Presentada el
9 de noviembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de
este edicto. 17 de diciembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina
Ruiz Mata, Registradora.—( IN2021517611 ).
Solicitud N° 2020-0009293.—Griselda
Arias Herrera, viuda una vez,
cédula de identidad N° 204080503, en calidad de apoderado
generalísimo
de Agrícola
Agrial S. A., cédula jurídica
N° 3101176828, con domicilio en
contiguo al Hotel Aeropuerto,
Autopista Bernardo Soto, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: AGRICOLA AGRIAL
como
nombre comercial, en clase: Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a venta, distribución y comercialización de insumos
agrícolas,
abonos, fungicidas, foleares, herbicidas. Ubicado en Alajuela, contiguo al Hotel Aeropuerto, Autopista Bernardo Soto. Reservas:
de los colores azul y blanco. Fecha: 17 de diciembre del 2020. Presentada
el: 9 de noviembre del 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de
este edicto. 17 de diciembre del 2020. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina
Ruiz Mata, Registradora.—( IN2021517612 ).
Solicitud Nº 2020-0007892.—Pahola
Arias Benavides, casada una vez,
cédula de identidad 108820026, con domicilio en Heredia, Mercedes
Norte, 200 metros oeste, 200 norte
Automercado, 40104, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Ditsú
como nombre comercial en clase internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 49: un establecimiento comercial dedicado a comercializar metales preciosos y sus aleaciones y objetos de estas materias o chapeados, joyería, papel y artículos de papel, cartón y artículos de cartón, impresos, artículos de encuadernación, libros, papelería, materias adhesivas, materiales para artistas, pinceles, material de oficina, clisés, cuero e imitaciones de cuero, paraguas y sombrillas, artículos de madera, corcho, caña, junco, mimbre, concha, ámbar, nácar, celuloides y sucedáneos de todas estas materias
o de materias plásticas,
café, té, cacao. Ubicado en 200 oeste y 200 norte del automercado en Heredia centro, Mercedes
Norte. Fecha: 6 de noviembre
de 2020. Presentada el: 29 de septiembre
de 2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de noviembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2021517626 ).
Solicitud Nº 2020-0010225.—Valeria Madrigal Jiménez, casada
una vez, cédula de identidad
N° 114680963, en calidad de
apoderado generalísimo de
DHCRMN SRL, cédula jurídica N° 3102788979, con domicilio en: Plaza Maynard,
local 16, San Rafael, Escazú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: DH DENTAL HOUSE COSMETIC DENTISTRY AND ORTHOMONTICS
como marca de servicios en clase 44 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: servicios odontológicos, clínica dental Reservas: reserva los colores rosado pastel
y azul oscuro. Fecha: 15 de diciembre de 2020. Presentada el: 08 de diciembre de
2020. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador(a).—( IN2021517648 ).
Solicitud Nº 2020-0010706.—Luz Marina Córdoba
Trujillo, casada una vez,
cédula de residencia N° 117001244332, con domicilio en Santa Ana, Pozos, Calle
Orozco, Condominio Lusso,
casa Nº33, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: QeBela
como
marca de comercio en clase: 3. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 3: Productos cosméticos no medicinales. Reservas: De los colores: negro, fucsia y rosado. Fecha: 30 de diciembre de 2020. Presentada el:
21 de diciembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—(
IN2020517662 ).
Solicitud N° 2020-0008003.—Álvaro Enrique Dengo
Solera, divorciado, cédula de identidad
105440035, en calidad de apoderado especial de Laboratorios
Arsal Sociedad Anónima de
capital variable con domicilio en
Calle Modelo, N° 512, San Salvador, República de El Salvador, El Salvador, solicita
la inscripción de: Macrox-lab
como marca de fábrica y comercio en clase: 5 Internacional
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos, especialmente antibiótico. Fecha: 3 de noviembre de 2020. Presentada el:
2 de octubre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 3 de noviembre de 2020. A efectos de publicación,
tengase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2021517664 ).
Solicitud Nº 2020-0008005.—José Antonio Gamboa Vázquez, casado una vez, cédula de identidad N°
104610803, en calidad de apoderado especial de Laboratorios
Arsal Sociedad Anónima de capital variable, con domicilio en: Calle Modelo, N° 512, San Salvador, El
Salvador, solicita la inscripción de: Mucoasmat,
como marca de fábrica y comercio en clase:
5. Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos, especialmente mucolítico. Fecha: 3 de noviembre de 2020. Presentada el: 2 de octubre de
2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto.
3 de noviembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Wendy
López Vindas, Registradora.—(
IN2021517667 ).
Solicitud Nº 2020-0008007.—José Antonio Gamboa
Vásquez, casado una vez, cédula de identidad
104610803, en calidad de apoderado especial de Laboratorios
Arsal Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio en Calle Modelo, Nº 512, San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: Doparsal, como marca de fábrica y comercio en clase
5 Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 5: producto
farmacéutico
para el tratamiento sintomático de la enfermedad
Alzheimer de leve a moderadamente
grave. Fecha: 3 de noviembre
de 2020. Presentada el: 2 de octubre
de 2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 3 de noviembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no
se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2021517669 ).
Solicitud Nº 2020-0008004.—Álvaro Enrique Dengo Solera, divorciado, cédula de identidad N°
105440035, en calidad de apoderado especial de Laboratorios
Arsal Sociedad Anónima de Capital Variable con domicilio en Calle Modelo, N°
512, San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción
de: Zalmalax como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos, especialmente analgésico-antiinflamatorio.
Fecha: 3 de noviembre de
2020. Presentada el: 2 de octubre
de 2020. San José.
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 3 de noviembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2021517671 ).
Solicitud Nº 2020-0009470.—José Antonio Gamboa Vázquez, casado una vez, cédula de identidad N°
104610803, en calidad de apoderado especial de CTC Global Corporation, con domicilio en: 2026 Mcgaw Avenue, Irvine, California 92614, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: INFOCORE, como marca de fábrica y comercio
en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: sistema de inspección de metrología óptica compuesto por una fuente
de luz y una cámara
que se utilizan en la comunicación
con software y hardware informático, componentes para sistemas de metrología óptica de inspección
en forma de fuentes de luz,
cámaras,
software y hardware informático. Prioridad: se otorga prioridad N° 88916786 de fecha 14/05/2020 de Estados
Unidos de América. Fecha: 23 de noviembre
de 2020. Presentada el: 13 de noviembre
de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto.
23 de noviembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex
Villegas Méndez, Registrador.—( IN2021517673 ).
Solicitud N° 2020-0009211.—José Antonio Gamboa Vásquez, casado, cédula de identidad N° 104610803, en calidad de apoderado especial de
Walmart Apollo LLC, con domicilio en
702 SW 8th. Street, Bentonville, Arkansas 72716, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: ASDA, como marca de fábrica y comercio
en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: café, té, cacao y sucedáneos del
café; arroz, pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagú; harinas
y preparaciones a base de cereales;
pan, productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos, sorbetes y otros helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbas en conserva;
vinagre, salsas y otros condimentos; hielo, comidas congeladas, preparadas o empacadas que consisten principalmente de pasta
o arroz; pizzas, pasteles; productos
horneados y postres, queques, pasteles de crema; confitería; dulces; chicle, arroz; pasta; galletas; helado;
pan; cereales; bebidas a
base de té;
café; dulce; miel; chocolate; sandwiches preparados. Fecha: 13 de noviembre de 2020. Presentada el
6 de noviembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de
este edicto. 13 de noviembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo
Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2021517675
).
Solicitud N° 2020-0009210.—José Antonio Gamboa Vázques, casado, cédula de identidad N° 104610803, en calidad de apoderado especial de
Walmart Apollo LLC, con domicilio en
702 SW 8TH. Street, Bentonville, Arkansas 72716, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: [G] GEORGE,
como marca de comercio en clases 9; 18 y 25 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: aparatos
e instrumentos ópticos; anteojos; lentes
de contacto; lupas; gafas de sol; en clase 18: cuero e imitaciones de cuero; pieles y cueros de animales; equipaje y bolsas de transporte; carteras y billeteras; paraguas y sombrillas; bastones; látigos, arneses y talabartería; collares, correas y ropa para animales; en clase
25: ropa; fajas (ropa);
fajas para ropa; faja de vestir,
de cuero; fajas hechas de materias textiles; fajas de tela;
ropa de playa; vestidos de
playa; salidas de playa; sombreros de playa; calzado; calzado para dama; calzado para caballero; calzado para playa; zapatillas;
botas; botas para lluvia; botas para invierno; botas para nieve; sandalias; sandalias para playa; calcetines; tocados (sombrerería); sombreros; bufandas;
guantes; camisas; pantalones;
pantalones jeans; pantalones
cortos; pantalones largos; pantalones de vestir; camisas
para trajes; enaguas para trajes; chaquetas para trajes; corbatas como ropa; suéteres; tops tejidos;
tops trenzados; abrigos; chaquetas; ropa
interior; trajes de baño; calzado,
sombrerería. Fecha: 1° de diciembre de 2020. Presentada el
6 de noviembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto.
1 de diciembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo
Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2021517678 ).
Solicitud Nº 2020-0005704.—José Antonio Gamboa Vázquez, casado una vez, cédula de identidad N°
104610803, en calidad de apoderado especial de Bugatti International S. A., con domicilio en: 412F Route D’esch, 1030 Luxemburgo, Luxemburgo, solicita la inscripción
de: BUGATTI, como marca
de fábrica
y comercio en clases: 8 y 9 internacionales,
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 8: herramientas e implementos manuales, accionados manualmente; cuchillería; armas blancas, excepto armas de fuego; maquinillas de afeitar; rasuradoras de afeitar, eléctricas o no eléctricas; hojas de afeitar, suavizadores de navajas de afeitar, estuches para navajas y maquinillas de afeitar, cuchillas de afeitar, dispensadores de cuchillas de afeitar, cartuchos que contienen cuchillas de afeitar; cassettes
para cuchillas de afeitar, recipientes adaptados para cuchillas de afeitar y en clase 9: aparatos
e instrumentos científicos, de investigación, navegación, topografía, fotográficos, cinematográficos, audiovisuales,
ópticos, de pesaje,
medición,
señalización, detección, prueba,
inspección,
salvamento y enseñanza; aparatos
e instrumentos para conducir,
conmutar, transformar, acumular, regular o controlar la distribución o
uso de la electricidad; aparatos e instrumentos para grabar, transmitir, reproducir o procesar sonido, imágenes o datos; información grabadas y descargables, software
informático,
medios de grabación, y almacenamientos
digitales o analógicos en
blanco; mecanismos para aparatos que funcionan con monedas; cajas registradoras, dispositivos de cálculo; ordenadores y dispositivos periféricos de
computadora; trajes de buceo, mascaras para buzos, tapones para los oídos para buzos,
pinzas para la nariz para buzos y nadadores, guantes para buzos, aparatos de respiración para nadar
bajo el agua; aparatos de extinción de incendios; cables de alimentación, cargadores, cargadores de batería,
cargadores portátiles,
bases de carga, estuches de baterías, estuches
adaptados para cargadores de baterías; auriculares, auriculares
internes, estuches para auriculares, cables adaptadores para auriculares, almohadillas
para auriculares, enchufes de dos vías para auriculares, soportes para auriculares; altavoces,
soportes de altavoces, sistemas de altavoces, cables de altavoces, bastidores para altavoces, estuches para altavoces, altavoces con amplificadores integrados; barras de sonido, sistemas de sonido de alta fidelidad, amplificadores de audio, cable de audio; Aparatos de audio; repuestos y accesorios para aparatos de
audio; reproductores de audio, dispositivos
de audio y receptores de radio, bastidores
adaptados para aparatos de
audio domésticos.
Fecha: 03 de agosto de
2020. Presentada el: 28 de julio
de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto.
03 de agosto de 2020. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registrador(a).—(
IN2021517679 ).
Solicitud Nº 2020-0005706.—José Antonio Gamboa
Vásquez, casado una vez, cédula de identidad
104610803, en calidad de apoderado especial de Bugatti International S. A., con domicilio en 412F Route D’Esch, 1030-Luxemburgo, Luxemburgo,
solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio en clases
8 y 9 Internacionales. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 8: herramientas
e implementos manuales, accionados manualmente, cuchillería, armas blancas, excepto armas de fuego, maquinillas de afeitar, rasuradoras de afeitar, eléctricas o no eléctricas hojas
de afeitar, suavizadores de
navajas de afeitar, estuches para navajas y maquinillas de afeitar, cuchillas de afeitar, dispensadores de cuchillas de afeitar, cartuchos que contienen cuchillas de afeitar, casetes para cuchillas de afeitar, recipientes adaptados
para cuchillas de afeitar; en clase 9: aparatos
e instrumentos científicos,
de investigación, navegación,
topografía, fotográficos, cinematográficos, audiovisuales, ópticos, de pesaje, medición, señalización, detección, prueba, inspección, salvamento y enseñanza, aparatos e instrumentos para conducir, conmutar, transformar, acumular, regular o controlar la distribución o uso de la electricidad, aparatos e instrumentos para grabar, transmitir, reproducir o procesar sonido, imágenes o dates, información grabadas y descargables, software
informático, medios de grabación y almacenamientos digitales o analógicos en blanco, mecanismos
para aparatos que funcionan
con monedas, cajas registradoras, dispositivos de cálculo, ordenadores y dispositivos periféricos de computadora, trajes de buceo, mascaras para buzos, tapones para los oídos para buzos, pinzas para la nariz para buzos y nadadores, guantes para buzos, aparatos de respiración para nadar bajo el agua, aparatos de extinción de incendios, cables de
alimentación, cargadores, cargadores de batería, cargadores portátiles,
bases de carga, estuches
de baterías, estuches adaptados para cargadores de baterías,
auriculares, auriculares internes, estuches para
auriculares, cables adaptadores para auriculares, almohadillas para auriculares, enchufes
de dos vías para auriculares, soportes
para auriculares, altavoces, soportes
de altavoces, sistemas de altavoces, cables de altavoces, bastidores para altavoces,- estuches para altavoces, altavoces con amplificadores integrados, barras de sonido, sistemas de sonido de alta fidelidad, amplificadores de
audio, cable de audio, aparatos de audio, repuestos y accesorios para aparatos de audio, reproductores
de audio, dispositivos de audio y receptores
de radio, bastidores adaptados
para aparatos de audio domésticos.
Fecha: 5 de agosto de 2020.
Presentada el: 28 de julio
de 2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de agosto de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela
Chango Trejos, Registradora.—(
IN2021517680 ).
Solicitud N° 2020-0005705.—José Antonio Gamboa Vázquez, casado una vez, cédula de identidad N°
1461803, en calidad de apoderado especial de Bugatti International S. A., con domicilio en 412F Route DʹEsch,
1030-Luxemburgo, Luxemburgo, solicita
la inscripción
de: BUGATTI
como
marca de fábrica y comercio, en clases 8 y 9 internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 8: herramientas
e implementos manuales, accionados manualmente; cuchillería; armas blancas, excepto armas de fuego; maquinillas de afeitar; rasuradoras de afeitar, eléctricas o no eléctricas; hojas de afeitar, suavizadores de navajas de afeitar, estuches para navajas y maquinillas de afeitar, cuchillas de afeitar, dispensadores de cuchillas de afeitar, cartuchos que contienen cuchillas de afeitar; cassettes
para cuchillas de afeitar, recipientes adaptados para cuchillas de afeitar. Clase 9: aparatos e instrumentos científicos, de investigación, navegación, topografía, fotográficos, cinematográficos, audiovisuales, ópticos, de pesaje, medición, señalización, detección,
prueba, inspección, salvamento
y enseñanza;
aparatos e instrumentos
para conducir, conmutar, transformar, acumular, regular o controlar la distribución o uso
de la electricidad; aparatos
e instrumentos para grabar,
transmitir, reproducir o procesar sonido, imágenes o datos; información grabadas y descargadles, software informático, medios
de grabación
y almacenamientos digitales
o analógicos
en blanco; mecanismos para aparatos que funcionan con monedas; cajas registradoras, dispositivos de cálculo; ordenadores y dispositivos periféricos de computadora;
trajes de buceo, máscaras para buzos, tapones para los oídos para buzos, pinzas para la nariz para buzos y nadadores, guantes para buzos, aparatos de respiración
para nadar bajo el agua; aparatos de extinción de incendios;
cables de alimentación,
cargadores, cargadores de batería, cargadores portátiles, bases de carga, estuches de baterías, estuches adaptados para cargadores de baterías; auriculares, auriculares internos, estuches para
auriculares, cables adaptadores para auriculares, almohadillas para auriculares, enchufes
de dos vías
para auriculares, soportes para auriculares; altavoces, soportes de altavoces, sistemas de altavoces, cables de altavoces, bastidores para altavoces, estuches para altavoces, altavoces con amplificadores integrados; barras de sonido, sistemas de sonido de alta fidelidad, amplificadores de audio,
cable de audio; aparatos de audio; repuestos y accesorios para aparatos de audio; reproductores
de audio, dispositivos de audio y receptores
de radio, bastidores adaptados
para aparatos de audio domésticos. Fecha:
05 de agosto del 2020. Presentada
el: 28 de julio del 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
05 de agosto del 2020. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta
solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2021517681 ).
Solicitud N° 2019-0004294.—Álvaro Enrique Dengo Solera, divorciado, cédula
de identidad 1054400351 en calidad de apoderado especial de
Guangzhou Nome Brand Management CO. LTD con domicilio
en 18-20/F, Building 82, N° 23, Xuanyue
East Street, Haizhu Districti
Guangzhou, P.R., China, solicita la inscripción de: NO ME
como
marca de fábrica y servicios en clases:
3; 8; 9; 14; 16; 18; 20; 21; 24; 25; 26; 27; 28 y 35 internacional
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 3: Cosméticos; algodón cosmético; protector
solar; detergente; loción
corporal; desodorante para uso
no personal o animal; jabón; acondicionador;
mascara de belleza; esmalte
para uñas; tónico facial cosmético; Limpiador Facial; lápiz labial; rubor; crema de
manos; dentífricos; fragancias;
preparaciones de fragancias
para el aire; lociones Me parpados; preparaciones para el lavado; preparaciones de limpieza; para el cabello; lociones de baño; aceites esenciales; perfumes; pegamento para preparaciones para
pulir; abrasivo; cremas de belleza; sombra para ojos. En clase
8: Piedras de afilar; rasuradora
para la barba; pinzas para cutícula; sets de pedicura; set
de manicura; rizadores de pestañas; las rasuradoras; implementos de mano para rizar el
cabello; destornillador no eléctrico; taladrador; bomba manual; pinzas; cuchillos para manualidades [escalpelos]; tijeras; cortadores [herramientas de corte (cutters); puñal; llaves; artículos de cuchillería. En clase 9: Computadoras; calculadoras de bolsillo; reglas [instrumentos de medida]; dispositivos periféricos para computadoras; ratones [periféricos informáticos]; alfombrilla para ratones; metros [instrumentos de medición]; memorias USB / memorias flash; software [programas
grabados]; cronógrafos [aparatos de registro del tiempo]; Aparatos para revisar de estampillas de correo; detectores de monedas falsas; dispensador de tiquetes; máquina de votación; dispositivo de reconocimiento facial; fotocopiadoras
[fotográficas, electrostáticas,
térmicas]; aparatos e instrumentos de pesaje; medidores; linternas de señal; equipo de comunicación en forma de joyería; teléfonos celulares; laminas protectoras adaptadas para teléfonos inteligentes; correas para teléfonos
celulares; capa protectora adaptada para teléfonos inteligentes; rastreadores de actividad portátiles; registrador de datos del automóvil; aparatos de grabación de sonido; auriculares de diadema; altavoces; palo autofoto (selfie)
adaptado para teléfonos celulares; cámaras; calibradores; telescopios; cables
USB para teléfonos celulares;
material de resistencia; tarjetas
de circuitos impresos; bobinas, eléctricas; Enchufes, tomas y otros contactos (conectores eléctricos); pantallas de video; control remoto
usado en el hogar; fibras ópticas
[fibras] [filamentos conductores de luz]; equipos de automatización de centrales eléctricas; pararrayos; electrolizadores; aparatos de extinción de fuego; Equipos radiológicos para uso industrial; gafas de protección para el deporte; alarmas; lentes; estuches para gafas; tela de vidrio; energía móvil (batería recargable); cargadores
para baterías eléctricas; baterías, eléctricas; dibujos animados; Collares electrónicos para entrenar animales; balanzas; auriculares; Gafas para
sol. En clase 14: Aleaciones de metales preciosos; cajas para joyería; amuletos [joyería]; collares [joyería]; anillos [joyería]; bisutería (joyería personalizada); joyería; aretes; alfileres para corbata; dijes para aros de llaveros; relojes; relojes de mano; correas
para relojes de pulsera; cronógrafos [relojes]; cajas de presentación para relojes. En clase
16: Papel; papel carbón; toallas de papel; cobertores de mesa de papel; cuadernos; tarjetas de felicitación; marcadores de libros; adhesivos [artículos de papelería] / autoadhesivos]; almohadillas [artículos de papelería]; sobres [artículos de papelería]; publicaciones impresas; publicaciones
periódicas; cartel publicitario;
papel para recortar; bolsas [sobres, bolsitas] de papel o plástico, para empacar; grapadora de oficina; sacapuntas, eléctricos o no eléctricos; clip de papel; uñas (artículos de oficina); bolígrafos [artículos de oficina]; portalápices; gomas para borrar; clips para la oficina; tintas; estampas [sellos]; cintas adhesivas de papelería o de uso doméstico; instrumentos para dibujo; bandejas para pintura; globos terráqueos; tizas para escribir. Clase 18: Pieles de animales; billeteras de bolsillo; mochilas escolares, mochilas; baúles de viaje; bolsas de viaje; estuches para tarjetas de negocio; maletas; morrales; cintas de cuero; adornos de cuero para muebles; paraguas; bastones; bastones de alpinismo; accesorios para arnés, collares para animales; Ropa para mascotas. En clase 20: Mueble;
colchones; recipientes no metálicos [almacenaje, transporte]; cajas no metálicas; vajilla, excepto cuchillos, tenedores y cucharas; clips de plástico para el sellado de bolsas; espejos de mano [espejos de baño]; arte y artesanías en bambú; campanas de viento [decoración]; placas de identidad no metálicas; decoraciones de plástico para productos alimenticios; casetas para mascotas; brazaletes de identificación, no metálicas; urnas funerarias; almohada en forma de IJI persianas de rejilla para interiores; marcos para fotos; artículos de bambú, obras de arte en madera,
cera, yeso o plástico; accesorios para muebles no metálicos; ganchos para colgar bolsos, no metálicos; aros separados, no metálicos, para llaves, abanicos para uso personal, no eléctricos;
canastas de bambú; accesorios
para cama; cojines; almohadas; almohadas descasa brazos. En clase 21: Utensilios
para uso doméstico; recipientes para uso doméstico o de uso en la cocina; cristalería
para uso diario, incluidos tasas, platos, ollas, vasijas; artículos de porcelana; obras de arte hechas
de cristal; vasijas para beber; dispensador de aerosoles, que no sean para uso médico; quemadores
de perfumes; peines; cepillos;
pelo para cepillos; cepillos de dientes; palillos de dientes; hilo dental; utensilios de cosmética; botellas vacías; limpiadores para ventanas y puertas de vidrio; cristal [cristalería]; jaulas para mascotas domesticas; acuarios de interior; mata
mosquitos; tazas; servicios
de mesa [vajilla]; set de vinagrera
para aceite y vinagre; vasos [recipientes]; frascos de vidrio [recipientes]; vajilla china para uso diario, incluyendo
palanganas, tazones, platos, ollas, servicio de mesa, vasijas, jarros, latas); obras de arte de porcelana, cerámica, barro, terracota o vidrio; candeleros [candelabros]; cajas dispensadoras de toallas de papel; estuches de tocador equipado; esponjas para bañarse; jarrones; bastidores para secar la ropa; toalleros y dispensadores de toallas. En clase
24: Telas; materias
textiles no tejidas; tapizados
murales de materias
textiles; fieltro; guantes
de aseo personal; ropa de hogar; sábanas; mantas; fundas para almohada; toallas de baño; bolsas para dormir; manteles, que no sean de papel; cortinas para puertas; tapa de inodoro empotrada cubierta tela; banderas de textil o de plástico; sudarios; telas de tapicería; toallitas; toallas faciales de textil; toallas para quitar el maquillaje; alfombras de baño; fundas de edredón; edredones; mantas para cama, fundas para muebles; manteles, que no sean de papel; cubiertas de textil para muebles; cortinas de textil o de plástico; cortinas para baño de textil o de plástico; ropa para el hogar. En clase
25: Camisas; pantalones; suéteres;
ropa interior; calzoncillos;
abrigos para el viento; prenda de vestir de uso interior; camisetas deportivas; ajuares [ropa]; trajes de baño; impermeables; ropa de baile; zapatos; sombreros; calcetería; guantes [ropa]; bufandas; chales; corbatas; corbatines; fajas (ropa interior) batas de baño; antifaces para dormir. En clase
26: Cintas para el pelo; accesorios
para sombreros; accesorios para zapatos;
prensas para pelo; broches
[accesorios de vestir]; prendedores; botones; cremalleras; pelucas; costurero; Flores artificiales; bonsái artificial; hombreras para
la ropa. Clase 27: Alfombra; esteras; colchonetas para yoga; alfombras
de baño; estera para automóvil; papel tapiz; estera; tapetes, resistentes al fuego, para chimeneas y barbacoas; alfombras
para puerta; revestimientos
para el suelo. En clase 28: Juegos; juguetes; juguetes de peluche; ladrillos de juguete; globos para jugar; ajedrez; bolas para juegos; aparatos de entrenamiento corporal; implementos
para tiro con arco; máquinas
para física; guantes de boxeo; silbatos; cañas para la pesca; fajas para deportes; Adornos para árboles de
navidad. En clase 35: Publicidad; publicidad en línea en
una red informática; Presentación
de productos en medios de comunicación, para
fines minoristas; administración
comercial de concesión de licencias de productos y servicios de terceros; suministro de información comercial a través de un sitio
web, mercadeo; servicios de
agencias de importación y exportación; consultoría de administra de personal; servicios
de reubicación para empresas;
optimización del tráfico
del sitio web; contabilidad; alquiler
de máquinas expendedoras; búsqueda de patrocinio; alquiler de stands de venta; servicios de venta de medicamentos minorista o mayorista; consultoría de gestión y organización de empresas; Servicios de gestión de proyectos empresariales para proyectos de construcción; promoción de ventas para terceros; suministro de un mercado en línea para compradores y vendedores de bienes y servicios; venta de productos en una red; tienda de artículos para el hogar, al detalle; tienda de muebles al por
menor; tienda por departamentos;
Servicios de venta minorista de artículos para el hogar. Fecha: 13 de noviembre de 2020. Presentada el:
16 de mayo de 2019. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de noviembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela
Chango Trejos, Registradora.—(
IN2021517682 ).
Solicitud N° 2020-0009212.—Álvaro Enrique Dengo
Solera, divorciado, cédula de identidad N° 1544035, en calidad de apoderado especial de
Walmart Apollo LLC, con domicilio en
702 Southwest 8th. Street, Bentonville, Arkansas 72716, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: GEORGE, como marca de comercio
en clases 14; 18 y 25 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 14: metales
preciosos y sus aleaciones;
artículos
de joyería,
piedras preciosas y semipreciosas; artículos de relojería e instrumentos
cronométricos,
relojes de uso personal; relojes de pulsera; relojes económicos que no incluyen joyas; relojes deportivos; relojes de vestir; relojes que incluyen joyas; correas para reloj de metal, de cuero o de plástico; relojes que no sean de uso personal; relojes de escritorio; relojes de pared; relojes de piso; relojes de alarma; joyería; joyería, incluida la bisutería y la joyería de plástico; piedras
semi preciosas; piedras y cuentas de cristal preciosos y semipreciosos para uso en joyería; en clase 18: cuero y cuero de imitación; pieles de animales; artículos de equipaje y bolsas de transporte; paraguas y sombrillas; bastones; fustas, arneses y artículos de guarnicionería; collares,
correas y ropa para animales,
billeteras; estuches para pasaportes; estuches para tarjetas de negocios; estuches y soportes para tarjetas de crédito; estuches para llaves; portabilletes, bolsos de mano; carteras; cartera de mano; bolso riñonera; bolsos para la cintura o espalda; bolsos para gimnasio; mochilas; bolsos para
playa; bolsos para pañales; portabebés; bolsas
de mano; bolsos para cosméticos vendidas
vacías; estuches para tocador vendidos vacíos; valijas; bolsos de viaje; maletas; maletines, maletines tipo portafolios; bolsas malla para la compras; bolsas con agarraderas para la compra; bolsas reutilizables para compra; bolsas de lona para la compra; mochilas escolares; bolsos para libros; ropa para mascotas; dispositivos para sujetar mascotas que consisten en collares,
arneses, correas, correas para llevar,
correas de sujeción;
riendas para guiar a los niños; en clase 25: prendas
de vestir, calzado, artículos de sombrerería, camisas; camisas con cuello; camisetas; camisetas sin mangas; cardigan; chaquetas; abrigos; suéteres; chalecos, abrigos para trajes; corbatas; vestidos; enaguas; pantalones; pantalones cortos; pantalones jeans; pantalones capris; monos; camisetas; camisetas y pantalones médicos que no sean para uso quirúrgico; calcetería; medias; leggins; calcetas; calcetines y medias; ropa interior; modeladoras; modeladoras, en concreto, fajas; pijama; túnicas; overoles; pantalones tipo joggers; camisas
de dormir, camisas de noche;
ropa de dormir; camisas; enterizo; pijamas baby doll; trajes de baño; calzado; sandalias;
botas; zapatillas; fajas, fajas de cuero; fajas de imitación de cuero;
guantes; bufandas; camisas
para niños;
pantalones para niños; pantalones
cortos para niños; trajes
de baño
para niños;
calzado para niños; sombreros; sombreros para niños; ropa para niños y bebés, en concreto,
jumpers, overoles para dormir,
pijamas, mamelucos y prendas de una pieza; diademas; sombreros; gorros de ducha; bandas; máscaras para dormir; vestidos de novia; delantales, griñón (prenda de vestir), bandas para brazo; casullas. Fecha: 13 de noviembre de 2020. Presentada el 6 de noviembre de
2020. San Jose: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de
este edicto. 13 de noviembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo
Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2021517684
).
Solicitud Nº 2019-0010127.—José Antonio Gamboa Vásquez, casado, cédula de
identidad 104610803, en calidad de apoderado especial de
Walmart Apollo LLC, con domicilio en
702 SW 8th, Street, Bentonville Arkansas 72716, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción
de: AUTO DRIVE, como marca
de fábrica
y comercio en clases 3, 7, 9, 12, 20, 21, 22 y 27 Internacionales.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 3: productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales, dentífricos no medicinales, productos de perfumería, aceites esenciales, preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar, champú para automóviles, ambientadores de aire, limpiadores de tapicería, limpiacristales; en clase 7: máquinas, máquinas herramientas
y herramientas mecánicas, motores, excepto motores para vehículos terrestres, acoplamientos y elementos de transmisión, excepto para vehículos terrestres, instrumentos agrícolas que no sean herramientas de mano que funcionan
manualmente, incubadoras de
huevos, distribuidores automáticos,
gatas hidráulicas, compresores, tapones de válvula (partes de máquinas de cabeza de pozo de yacimientos petrolíferos), aspiradoras; en clase 9: trajes de buceo, tapones auditivos para buceo, pinzas nasales para submarinistas
y nadadores, guantes de buceo, cargadores de teléfonos celulares, portadores de tabletas y teléfonos celulares, cables de poder, tapones de válvula(tapones indicadores de presión para válvulas); en clase 12: cubiertas
para carro (cubierta de
asiento ajustada para automóviles),
cubiertas de sol, protectores
de cinturones de seguridad,
pedales (pedales y accesorios para pedales-partes de
vehículos); en clase 20: muebles, espejos, marcos, contenedores no metálicos de almacenamiento o transporte, hueso, cuerno, ballena o nácar, en bruto o semielaborados,
conchas, espuma de mar, ámbar amarillo, espejos (espejo accesorio de carro-espejos de coche de bebé); en clase
21: recipientes para uso doméstico y culinario, utensilios de cocina y vajilla, excepto tenedores, cuchillos y cucharas, peines y esponjas, cepillos, materiales para fabricar cepillos, material de limpieza, vidrio en bruto
o semielaborado, excepto vidrio de construcción, artículos de cristalería, porcelana y loza, gamuza, microfibras, guantes (guantes de lavado de automóviles), rociadores (boquillas para manguera de riego), esponjas (limpieza), embudos; en clase
22: cuerdas y cordeles,
redes, tiendas de campaña y lonas,
toldos de materias textiles
o sintéticas, velas de navegación, sacos para el transporte y almacenamiento de mercancías a granel, materiales de acolchado y
relleno, excepto papel, cartón, caucho o materias plásticas, materias textiles fibrosas en bruto
y sus sucedáneos, fundas
para automóviles (fundas
para vehículos, no montadas),
cuerdas elásticas (cuerdas para remolcar automóviles, cuerdas no metálicas); en clase 27: alfombras, felpudos, esteras, linóleo y otros revestimientos de suelos, tapices morales que no sean de materias textiles, alfombras para autos. Fecha: 18
de noviembre de 2020. Presentada
el: 4 de noviembre de 2019. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto, 18 de noviembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2021517685 ).
Solicitud Nº 2020-0006520.—José Antonio Gamboa Vázquez,
casado, cédula de identidad N° 104610803, en calidad de apoderado
especial de Walmart Apollo LLC, con domicilio en: 702 SW 8th. street, Bentonville, Arkansas 72716, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: EXPERT GRILL, como marca de fábrica
y comercio en clase 4 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: carbón vegetal; briquetas de carbón vegetal; carbón de leña para ahumar y asar alimentos;
carbón en trozos; encendedor líquido; encendedor líquido para carbón; líquido para encendedor de carbón; iniciadores de fuego sólidos; astillas de madera para ahumar y asar a la parrilla; astillas de madera para usar como combustible; candelas. Aceites
y grasas para uso
industrial, ceras; lubricantes; composiciones
para absorber, rociar y asentar el polvo; combustibles y materiales de alumbrado; velas y mechas de iluminación Fecha: 02 de diciembre de 2020. Presentada el:
20 de agosto de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 02 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Bernard Molina Alvarado, Registrador(a).—(
IN2021517687 ).
Solicitud N° 2020-0007835.—Marlin Dale (único
apellido) Yoder, casado una
vez, cédula de residencia 184000834635, en calidad de apoderado
generalísimo de Carnes Loma Verde Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101792611 con domicilio en
Pérez Zeledón San Pedro, Santiago, 100 metros al este, de la planta pollo PZ, calle
Los Menonitas, primera casa
a la izquierda color rosada,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: carnes LOMA VERDE
como marca de comercio en clase: 29 internacional
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 29: Carne de res, carne de cerdo
y carne de ave; extractos
de carne. Reservas: De los colores
rojo, negro, blanco, vino. Fecha: 4 de enero de 2021. Presentada el: 29 de septiembre
de 2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de enero de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2021517760 ).
Solicitud Nº 2020-0009974.—Jorge Luis Jimenez
Porras, cédula de identidad N° 203950083, en calidad de apoderado
generalísimo de Bloquera La
Fortuna S. A., cédula jurídica N° 3101140401, con domicilio en: Costa Rica,
Alajuela, San Carlos, La Fortuna, 6 kilómetros al oeste
de la iglesia católica, La
Fortuna, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Blockera LF
como
marca de fábrica en clase 19 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: bloques; alcantarillas; baldosas; postes; columnas; cunetas. Fecha: 28 de diciembre de 2020. Presentada el:
27 de noviembre de 2020. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de diciembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—( IN2021517797 ).
Solicitud Nº 2020-0009229.—Eilyn
Patricia Jiménez Ugalde, divorciada una vez, cédula de identidad
N° 109760235 con domicilio en
Ciudad Quesada, Barrio San Pablo, frente a la Iglesia Luz del Mundo, Departamentos
Veygo Nº 6, Costa Rica, solicita
la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio en clase: 18. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 18: Artículo de equipajes, bolsos, bolsas de transporte, collares y correas para animales.
Reservas: De los colores: naranja, café y blanco. Fecha: 17 de noviembre de 2020. Presentada el: 6 de noviembre de
2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de noviembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2021517799 ).
Solicitud Nº 2020-0007536.—Leonora Carboni Álvarez, divorciada,
cédula de identidad 302630099, en
calidad de apoderada generalísima de Lisan Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-039877, con domicilio en
Barrio El Dorado, en Curridabat,
contiguo a Panificadora
Lee, distrito primero (Curridabat),
cantón (Curridabat), San
José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: CUAMARA, como marca
de fábrica en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
5: productos farmacéuticos
y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico. Fecha:
21 de diciembre de 2020. Presentada
el: 17 de septiembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2021517807 ).
Solicitud N° 2020-0007817.—Rodolfo
Carboni Álvarez, divorciado,
cédula de identidad N° 302630098, en
calidad de apoderado generalísimo de Lisan Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-039877, con domicilio en San José, Barrio El Dorado en
Zona Industrial de Curridabat, quinientos
metros al oeste de Café Volio,
distrito primero (Curridabat),
cantón (Curridabat), Costa
Rica, solicita la inscripción
de: TABZZ, como marca
de fábrica en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos, preparaciones para
uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico. Fecha:
11 de diciembre de 2020. Presentada
el: 28 de setiembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(
IN2021517809 ).
Solicitud Nº 2020-0007322.—Diana Carolina Granados
González, cédula de identidad 115060532, en calidad de apoderado
generalísimo de Anahata
Consulting, cédula jurídica 3102775997, con domicilio en San José, Montes de
Oca, San Rafael, del Cristo de Sabanilla, 25 metros sur, Calle Claudio
Rodríguez, tercera casa color blanco
a mano derecha, 11801, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ANATA
como marca de servicios en clase
41 Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 41: programas
y talleres de educación y capacitación relacionados con comunicación efectiva, negociación, resolución de conflictos y habilidades blandas. Reservas: No se reserva el uso de colores Fecha: 9 de noviembre de 2020. Presentada el:
10 de septiembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 9 de noviembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2021517823 ).
Solicitud Nº 2020-0010215.—María Laura Elizondo
García, soltera, cédula de identidad
N° 112660691 y David José Pereira Cordero, soltero,
cédula de identidad N° 304510067, con domicilio en 300 metros este de Plaza Cristal, Condominios
Don Carlos II, apartamento tres,
Curridabat, San José, Costa Rica y Guadalupe, Arenilla de Cartago, Residencial
la Julieta, casa N° 61, Cartago, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Garaje
CR,
como marca de servicios en clase: 35 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: servicios de publicidad, anuncios clasificados y marketing para la promoción
de la compra y venta de vehículos automotores, accesibles a través de una plataforma digital (sitio web), de redes sociales y de correo electrónico proporcionando un servicio de catálogo informativo digital y una base de datos
de consulta para compradores y de difusión
de sus bienes para los vendedores
de vehículos. Reservas: no
se hace reserva de las letras CR. Fecha: 30 de diciembre de 2020. Presentada el 8 de diciembre de
2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2021517830 ).
Solicitud N° 2020-0010810.—Giulio Sansonetti Hautala, casado una vez, cédula de identidad N°
111780002, en calidad de apoderado especial de Nunos LTD,
con domicilio en Edificio O’neal Marketing Asociados, segundo piso, apartado postal 4493, Road
Town, Tortola, Islas Vírgenes (Británicas),
solicita la inscripción de:
GRUPO asys,
como marca de servicios en clase:
44 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: consultoría profesional en tecnología médica,
cirugía médica y ortopedia; servicios médicos; servicios de telemedicina; tratamientos de higiene y de belleza para
personas o animales, servicios
de agricultura, horticultura
y silvicultura. Reservas:
de los colores: blanco y
negro. Fecha: 5 de enero de
2021. Presentada el 23 de diciembre
de 2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de enero de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—(
IN2021517833 ).
Solicitud Nº 2020-0010809.—Giulio Sansonetti Hautala, casado una vez, cédula de identidad N° 111780002, en calidad de apoderado especial de Nunos, Ltd., con domicilio en edificio O’neal
Marketing Asociados, segundo
piso, apartado postal 4493,
Road Town, Tortola VG1110, Islas Vírgenes (Británicas), solicita la inscripción de: GRUPO asys
como marca de servicios en clase
39 internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 39: Remolque
de vehículos en el marco de servicios de asistencia en carretera;
servicios de asistencia en viajes. Servicios
de Asistencia en general. Reservas: De los colores; blanco y negro Fecha: 5 de enero de 2021. Presentada el: 23
de diciembre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de enero de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—(
IN2021517837 ).
Solicitud N° 2020-0010808.—Giulio
Sansonetti Hautala, casado una vez, cédula de identidad N° 111780002, en calidad de apoderado especial de Nunos LTD, con domicilio en Edificio O’neal
Marketing Asociados, segundo
piso, apartado postal 4493,
Road Town, Tortola VG1110, Islas Vírgenes (Británicas), solicita la inscripción de: GRUPO asys,
como marca de servicios en clase:
38 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: transmisión de llamadas telefónicas, telecomunicaciones. Reservas: de los colores: blanco y negro. Fecha: 5 de enero de 2021. Presentada el 23
de diciembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de enero de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—(
IN2021517838 ).
Solicitud N° 2020-0010807.—Giulio
Sansonetti Hautala, casado una vez, cédula de identidad N° 111780002, en calidad de apoderado especial de Nunos Ltd, con domicilio en Edificio O’neal
Marketing Asociados, segundo piso, apartado postal 4493, Road Town, Tórtola VG1110, Islas Vírgenes (Británicas), solicita la inscripción de: GRUPO
asys
como marca de servicios, en clase
36 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 36: seguros,
operaciones financieras, operaciones monetarias, negocios inmobiliarios. Reservas: de los colores: blanco y negro. Fecha: 05 de enero
del 2021. Presentada el: 23 de diciembre
del 2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 05 de enero del 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2021517841 ).
Solicitud Nº 2020-0006466.—Fabiola Sáenz
Quesada, cédula de identidad, en
calidad de apoderada
especial de Queserías Entrepinares
S.A.U., con domicilio en
Av. Santander, 140, 47011 Valladolid, España, San
José, España, solicita la inscripción de: CHEESON
como marca de fábrica y comercio en clase: 29. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: quesos. Reservas: reserva de utilizarlo en cualquier
color, tamaño, sólo o acompañado de otras leyendas o frases, pudiendo ser reproducido por todos los medios que se estimen convenientes e ir impreso, gravado,
o litografiado, adherido, estampado, fotografiado por cualquier medio conocido o por conocerse, en los productos que ampara o en las cajas, envoltorios
o depósitos que los contengan,
así como propaganda, etc. Fecha: 24 de noviembre de 2020. Presentada el: 19 de agosto de
2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de noviembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2021517845 ).
Solicitud N° 2020-0008210.—Fabiola
Sáenz
Quesada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderada
especial de Ecareyou Innovation S.L., con domicilio en 08173-Sant Cugat Del Vallés (Barcelona),
Avenida Corts Catalanes, Número 9-11, Edificio III, Center
P., San Jose, España, solicita
la inscripción de: ENNA, como
marca de fábrica y comercio en clase
3 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: geles corporales; duchas vaginales desodorantes o para la higiene
personal. Para la higiene personal e íntima de la mujer. Reservas: reserva de utilizarlo en cualquier
color, tamaño, solo o acompañado
de otras leyendas o frases, pudiendo ser reproducido por todos los medios que se estimen convenientes e ir impreso, gravado, o litografiado, adherido, estampado, fotografiado por cualquier medio conocido o por conocerse, en los productos que ampara o en las cajas, envoltorios
o depósitos que los contengan,
así como propaganda, etc. Fecha: 12 de noviembre de 2020. Presentada el 8 de octubre de
2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de noviembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2021517857 ).
Solicitud N° 2020-0010878.—Javier
Alberto Ortiz González, casado una vez, cédula de identidad
105510129, en calidad de apoderado generalísimo de El Ropero de Un Soñador S. A.,
cédula jurídica 3101704335 con domicilio
en La Unión, San Rafael, Urbanización
Estancia Antigua, casa F20, Cartago, Costa Rica, solicita
la inscripción de: ESNEIN
como marca de servicios en clase
41 internacional para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 41: Enseñanza
mediante clases en temas de negocios
a cualquier persona que requiera
conocimiento. Fecha: 5 de enero de 2021. Presentada el: 28
de diciembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de enero de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2021517868 ).
Solicitud Nº 2020-0009736.—Ricardo Alfredo
Sánchez Marín, soltero, cédula de identidad
N° 114700903, con domicilio en:
de Panadería La Florida 300 metros norte, 100 metros este, 25 metros
sur en La Florida de Tibás,
Tibás, Costa Rica, 11301, Tibás,
Costa Rica, solicita la inscripción
de: Green Forest
como
marca de comercio en clase 16 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: papel higiénico. Fecha: 21 de diciembre de 2020. Presentada el:
20 de noviembre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2021517874 ).
Solicitud Nº 2020-0006465.—Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad ,
en calidad de apoderado especial de Queserías Entrepinares S.A.U., con domicilio
en: Av. Santander, 140, 47011, Valladolid, España, San José, España, solicita
la inscripción de: El Plantío,
como marca de fábrica y comercio en clase: 29. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: leche, quesos,
productos lácteos, frutas, verduras, jaleas, confituras y compotas. Reservas: reserva de utilizarlo en cualquier color, tamaño, sólo o acompañado de otras leyendas o frases, pudiendo ser reproducido por todos los medios que se estimen convenientes e ir impreso, gravado,
o litografiado, adherido, estampado, fotografiado por cualquier medio conocido o por conocerse, en los productos que ampara o en las cajas, envoltorios
o depósitos que los contengan,
así como propaganda, etc. Fecha: 8 de octubre de 2020. Presentada el: 19 de agosto de 2020.
San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 8 de octubre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2021517882 ).
Solicitud Nº 2020-0006503.—Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderada
especial de United States Mineral Products Company (D/B/A Isolatek
International), con domicilio en
41 Furnace Street, Stanhope, New Jersey 07874, U.S. A., Estados
Unidos de América, solicita la inscripción
de: CAFCO SPRAYFILM como marca de fábrica y comercio en clase 2 internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 2: Recubrimientos ignífugos intumescentes de sellado para uso en la construcción de edificios y otras estructuras de aplicación como una lámina o película en spray o aerosol. Reservas: Reserva de utilizarlo en cualquier
color, tamaño, sólo o acompañado de otras leyendas o frases, pudiendo ser reproducido por todos los medios que se estimen convenientes e ir impreso, gravado,
o litografiado, adherido, estampado, fotografiado por cualquier medio conocido o por conocerse, en los productos que ampara o en las cajas, envoltorios
o depósitos que los contengan,
así como propaganda, etc. Fecha: 16 de octubre de 2020. Presentada el: 20 de agosto de 2020.
San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de octubre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2021517884 ).
Solicitud Nº 2020-0009622.—Giannina
Arroyo Araya, casada una vez,
cédula de identidad 206010671, en
calidad de apoderada
especial de Esteban Kopper Brenes,
soltero, cédula de identidad
207450583 con domicilio en
Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, del Hospital San Carlos, cincuenta metros norte y cien metros este, frente a Fundación Amor y Esperanza, 21001, Quesada, Costa
Rica, solicita la inscripción
de: SLOW FOOD BY KOPPER
como marca de comercio y servicios en clase: 43. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: servicios de preparación de alimentos para el consumo de personas. Reservas: colores blanco, azul y negro. Fecha: 21 de diciembre de 2020. Presentada el:
18 de noviembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2021517887 ).
Solicitud Nº 2020-0008801.—Mariano Batalla Garrido, casado una vez, cédula de identidad N° 112280378,
en calidad de apoderado especial de Carolina Quirós
Martén, divorciada de sus primeras nupcias, cédula de identidad N° 112460003, con domicilio
en: Escazú, Guachipelín, Centro Corporativo
Plaza Roble, edificio El Patio, primer piso, oficinas de Katia Martén Arquitectos, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción
de: Springkicks
como
marca de servicios en clases: 41 y 44 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: clases
de mantenimiento físico, clubes deportivos, coaching, servicios de preparador físico personal, formación y educación en meditación,
prestación de servicios de
club de salud y gimnasio, proporcionar clases, seminarios o talleres en el área de deportes,
acondicionamiento físico, ejercicios metabólicos, rutinas de ejercicios, artes marciales, enseñanza del deporte, yoga y otras rutinas deportivas,
organización de clases, conferencias, eventos, torneos y competencias deportivas y en clase 44: terapia física. Reservas: de los colores: negro, blanco y rojo. Fecha: 31 de diciembre de 2020. Presentada el:
23 de octubre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 31 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador(a).—(
IN2021517888 ).
Solicitud N° 2020-0008212.—Fabiola
Sáenz
Quesada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderada
especial de Ecareyou Innovation S.L., con domicilio en 08173-Sant Cugat Del Vallés (Barcelona),
Avenida Corts Catalanes, Número 9-11,
Edificio III, Center P., San José, España, solicita la inscripción de: ENNA, como
marca de fábrica y comercio en clase
10 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: aparatos e instrumentos médicos; aparatos de masaje; aparatos, dispositivos y artículos para actividades sexuales; copas menstruales; aparatos médicos para fortalecer los músculos del suelo pélvico; soportes pélvicos, dispositivos médicos para la fertilidad y la incontinencia urinaria. Reservas: reserva de utilizarlo en cualquier color, tamaño, sólo o acompañado de otras leyendas o frases, pudiendo ser reproducido por todos los medios que se estimen convenientes e ir impreso, gravado,
o litografiado, adherido, estampado, fotografiado por cualquier medio conocido o por conocerse, en los productos que ampara o en las cajas, envoltorios
o depósitos que los contengan,
así como propaganda, etc. Fecha: 12 de noviembre de 2020. Presentada el 8 de octubre de
2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de noviembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2021517896 ).
Solicitud N° 2020-0010228.—Óscar Fabián Camacho Monge, soltero, cédula de identidad
115860475 con domicilio en
Ciudad Quesada, 50 m sur, 150 m este y 75 m sur del
Super Roype San Carlos, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: SANITIN
Frescura y protección como marca de comercio
en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Preparaciones
para blanquear y otras sustancias para lavar ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones no medicinales; cosméticos no medicinales. Fecha: 18 de diciembre de 2020. Presentada el: 8 de diciembre de
2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—(
IN2021517900 ).
Solicitud Nº 2020-0010672.—Eduardo David Chacón Acuña, soltero con domicilio en: Desamparados, Calle
Fallas, Urbanización Monteclaro, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: KOLLUSION
como marca de fábrica y comercio en clase
25 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: prendas de vestir. Reservas: de los colores: negro y
blanco. Fecha: 05 de enero de 2021. Presentada el: 21
de diciembre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de
este edicto. 05 de enero de 2021. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rándall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2021517905 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Solicitud Nº 2020-0010784.—Luis Alberto Pereira Brenes, cédula de identidad N°
106600563, en calidad de apoderado especial de Alcanú
Sociedad Anónima, cédula jurídica
N° 3101790066, con domicilio en:
Heredia-Heredia provincia de Heredia, cantón San Isidro, distrito
Central, dirección exacta con señas,
75 metros al oeste del EBAIS de la localidad, frente a Gollo, Heredia, Costa Rica, solicita
la inscripción de: InAurea
como marca de servicios en clase 44 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: servicios de clínicas médicas, consultorías sobre salud, servicios de salud, servicios médicos, tratamientos médicos, servicios de análisis médicos prestados por laboratorios médicos con fines diagnósticos y terapéuticos. Reservas: no se hacen. Fecha: 04 de enero de 2021. Presentada el: 23
de diciembre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 04 de enero de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2021517832 ).
Solicitud Nº 2020-0006760.—Monserrat Alfaro Solano, divorciada, cédula de identidad
111490188, en calidad de apoderado especial de Casazo
Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-762258, con domicilio en
San José, Desamparados, costado noreste
de la iglesia católica,
diagonal a la Óptica Visión,
sucursal Imágenes Dentales, Costa Rica, solicita la
inscripción de: DENTICARD
como marca de servicios en clase
35 Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 35: servicios
relacionados con un plan de incentivos
al consumidor por medio de descuentos
con el fin de fidelizar al consumidor
y a su núcleo familiar, servicios relacionados con programas de bonos, incentivos y fidelización de clientes, organización y gestión de planes de incentivación
y fidelidad empresarial, organización, explotación y supervisión de programas de fidelidad de clientes, gestión de planes de fidelidad de
clientes, planes de incentivos
o de promoción, administración
de programas de fidelización
basados en descuentos o incentivos, administración de programas de fidelización y de incentivos, administración de programas de fidelidad del consumidor, administración de programas de fidelización de consumidores, administración de programas de incentivos promocionales y de ventas, administración de programas de incentivos y fidelización del cliente, administración de programas de recompensas por fidelización, administración de programas de afiliación, administración de un programa de descuentos para que
los participantes puedan obtener descuentos en productos y servicios mediante el uso de tarjetas de descuento para socios. Fecha: 21 de octubre de 2020. Presentada el: 27 de agosto de
2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de octubre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2021517922 ).
Solicitud N° 2020-0009502.—María Vanesa Murillo Fernández, cédula de identidad N° 109870023, en calidad de apoderada especial de Geovanny Gerardo Garita Bolaños, divorciado una vez, cédula de identidad N° 401570517, con domicilio
en Heredia, San Antonio de Belén,
250 metros al este de la Discoteca
Rumba, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: GS GARISPORT,
como marca de fábrica y comercio en clase:
25 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: ropa de deporte; calzado; short; camisas; gorras; chaquetas; faldas de deporte gorros y gorras para deporte; jerséis deportivos y pantalones para el deporte; prendas de vestir: pantalones; suéteres; uniformes de deportes. Fecha: 29 de diciembre de 2020. Presentada el 13 de noviembre de
2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2021517951 ).
Solicitud Nº 2020-0009616.—Elena Pianca, divorciada, cédula de
residencia N° 175600090419, en calidad
de apoderado generalísimo
de Asociacion Religiosa Budista Thupten Chokor Ling de Costa Rica, cédula jurídica
N° 3002793254, con domicilio en:
San Isidro, calle El Chilillal,
un kilómetro y medio hacia
el norte del estadio de
Concepción, casa a mano derecha portón
color naranja, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: monte
MERU
como
marca de servicios en clases: 41, 44 y 45 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: servicios
de educación, formación, entretenimiento, actividades deportivas y culturales; específicamente para las siguientes
actividades: charlas, seminarios, congresos, reuniones, convivios; actividades culturales, sociales, para complementar las prácticas espirituales, integrándolas en la comunidad y la vida diaria tales como yoga, pilates, caminatas, guía y concejos, fiestas, ferias.
Talleres de artesanía, talleres de jardinería y cultivo orgánico, talleres culturales, charlas sobre espiritualidad,
seminarios de guía espiritual; en clase 44: terapias holísticas para la salud física y mental y en clase 45: encuentros y reuniones grupales de meditación y prácticas espirituales. Fecha: 04 de enero de 2021. Presentada el: 18
de noviembre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de enero de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2021517983 ).
Solicitud Nº 2020-0006649.—Luis Alonso Ramírez Gamboa, casado una vez, cédula de identidad número 113980066, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Unión Nacional de Academias
de Futbol Sociedad Anónima,
cédula jurídica número
3-101-800171 con domicilio en
Moravia, San Vicente, La Isla, Urbanización Lomas,
casa 7B, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: UNACAFUT
como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a educación, formación, servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales, a fin de representar
a sus afiliados siendo esto academias de futbol en formación,
velando por el cumplimiento
de sus derechos además ofreciendo
los mecanismos para la profesionalización
de sus afiliados ofreciendo
los medios para que las academias
tengas sus posibilidades
para organizarse formalmente
por los servicios que UNACAFUT les ofrece con capacitaciones en temas relacionados
a su fortalecimiento como academia, ubicado en San José, Moravia, La Isla, Residencial
Lomas, casa 7 B. Fecha: 21 de diciembre
de 2020. Presentada el: 25 de agosto
de 2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta
solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2021517984 ).
Solicitud Nº 2020-0009369.—Roxana Gutiérrez
Elías, casada, cédula de identidad
N° 204890419, en calidad de
apoderada generalísima de Crosslands Education S. A., cédula jurídica N° 3101664618, con domicilio en Pozos de Santa Ana, de la Gasolinera Uno, en carretera La Radial, 200 este, Residencial Montana, casa Nº 13, Costa Rica, solicita la inscripción de: The
Space Club
como
marca de servicios en clase: 41. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 41: Educación, formación, servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales. Reservas: De los colores: mostaza, verde menta, morado y negro Fecha: 21 de diciembre de 2020. Presentada el:
10 de noviembre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2021517989 ).
Solicitud Nº 2020-0010155.—Melba Pastor Pacheco, divorciada, cédula de identidad
N° 107450742, en calidad de
apoderada especial de Gis
Routes Sociedad Anónima, con domicilio
en Guatemala, primera calle 18-83 Zona 15. Colonia Vista Hermosa 2 Apartamentos Super Centro Vista Hermosa AP 9E, Guatemala, solicita la inscripción de: GIS
Routes
como marca de servicios en clase:
42. Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 42: Servicio
científico y tecnológico, así como servicios
de investigación y diseño relativos a ellos;
diseño y desarrollo de ordenadores y software. Fecha: 5
de enero de 2021. Presentada
el: 4 de diciembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de enero de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2021517991 ).
Solicitud N° 2020-0010196.—Laura Castro Coto, casada una vez, cédula de identidad
900250731, en calidad de apoderado especial de Newport Pharmaceutical of Costa Rica
Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101016803 con domicilio en
Barrio Francisco Peralta, 100 mts sur, 100 mts este y
50 mts sur de la Casa Italia, casa N° 1054, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Prazolam-New como marca de fábrica en clase: 5 internacional
para proteger y distinguir
lo siguiente: Productos farmacéuticos, preparaciones para
uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos
y sustancias dietéticas
para uso médido o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales;
emplastos, material para ápositos;
material para empastes e improntas
dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Fecha: 11 de diciembre de 2020. Presentada el: 7 de diciembre de
2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Adriana Bolaños Guido, Registradora.—(
IN2021518020 ).
Solicitud N° 2020-0007802.—Laura
Castro Coto, casada una vez, cédula de identidad N°
90025731, en calidad de apoderada especial de Rosaura Ordeñana
Castro, cédula de identidad N°
115730959, con domicilio en
San Francisco, 25 oeste de la Bomba
Casaque, Costa Rica, solicita
la inscripción de: PUNTO De nieve
como nombre comercial, en clase: 49. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a fabricación y comercialización de productos
comestibles, ensaladas, sándwiches o emparedados, hamburguesas, sopas, frescos naturales, café y té, queques,
galletas, bizcochos empacados
y bebidas y a la vez venta de productos artesanales como artesanías, bisutería, libros. Ubicado en Heredia centro, calle 2, avenida 2-4 MZ14. Fecha: 3 de diciembre del 2020. Presentada
el: 28 de setiembre del 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 3 de diciembre
del 2020. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley
N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie
Phillips Guardado, Registrador(a).—(
IN2021518021 ).
Solicitud Nº 2020-0010198.—Laura Castro Coto, casada una vez, cédula de identidad
900250731, en calidad de apoderado generalísimo de Newport
Pharmaceutical de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-016803, con domicilio
en Barrio Francisco Peralta, 100 m sur, 100 m este y 50 m sur de la Casa Italia, casa Nº 1054, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción
de: Bisoprol-New, como
marca de fábrica en clase 5 Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: productos farmacéuticos, preparaciones para
uso médico y veterinario, productos higiénicos y sanitarios para uso médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario,
alimentos para bebés, complementos alimenticios para
personas o animales, emplastos,
material para apósitos,
material para empastes e improntas
dentales, desinfectantes, productos para eliminar animales dañinos, fungicidas, herbicidas. Fecha: 11 de diciembre de 2020. Presentada el: 7 de diciembre de
2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Adriana Bolaños Guido, Registradora.—(
IN2021518022 ).
Solicitud N° 2020-0010197.—Laura
Castro Coto, casada una vez, cédula de identidad N°
900250731, en calidad de apoderada generalísima de Newport
Pharmaceutical of Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica
N° 310106803, con domicilio en
Barrio Francisco Peralta, 100 mts. sur, 100 mts. este
y 50 mts. sur de la Casa Italia, casa N° 1054, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción
de: Equiterol, como marca de fábrica en clase: 5 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: productos farmacéuticos, preparaciones para
uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos
y sustancias dietéticas
para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas o animales;
emplastos, material para apósitos;
material para empastes e impresiones
dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Fecha: 11 de diciembre de 2020. Presentada el 7 de diciembre de
2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Adriana Bolaños Guido, Registradora.—(
IN2021518023 ).
Solicitud Nº 2020-0010322.—Pablo Casafont
Villalobos, casado una vez,
cédula de identidad 108660706, con domicilio en Moravia, San
Vicente, Barrio Saprissa, del Ebais, 525 m al este, casa de dos plantas a mano derecha, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: NO NO
ORDINARY LIFE
como marca de comercio en clase
25 Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 25: prendas
de vestir en especial camisetas para hombre y mujer. Fecha: 28 de diciembre de 2020. Presentada el: 10 de diciembre de
2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2021518026 ).
Solicitud N° 2020-0007132.—Rosa Inés Gutiérrez Jiménez, divorciada una vez, cédula de identidad N°
303210270, con domicilio en
Santa Bárbara, del palacio
municipal, 400 oeste, 50 sur y 200 oeste, Heredia, Costa Rica, solicita
la inscripción
de: GREEN ROSE,
como marca de fábrica y comercio en clase
31 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: plantas vivas, de vivero, en macetas.
Fecha: 17 de setiembre de
2020. Presentada el 4 de setiembre
de 2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de
este edicto. 17 de septiembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela
Chango Trejos, Registradora.—(
IN2021518072 ).
Solicitud Nº 2020-0010382.—Marco Antonio Garrido Blanco, divorciado una vez,
cédula de identidad N° 10626474, en
calidad de apoderado generalísimo de Alpha Technologists Business Intelligence
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101611680, con domicilio en Rohrmoser, de Plaza Mayor 200
metros al este, 100 metros al sur y 25 metros al este, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: cloudnet
como marca de servicios en clase
42 internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 42: Servicios
informáticos (tradicionales
y en nube), plataformas informáticas (tradicionales y en nube, Paas, Saas
), alojamientos y hospedaje
de dominios, datos y sitios
web, internet por fibra y por microonda
o inalámbrico y servicios
de almacenamiento de bases de datos
(nube y local), plataforma como servicio ( Paas ), plataformas de juego en calidad
de software como servicio(Saas), plataformas de diseño gráfico en calidad de software como servicio (Saas), plataformas para inteligencia artificial como
software en forma de servicio
(Saas), plataforma como servicio (PaaS) con plataformas de software para la transmisión
de imágenes, contenido
audiovisual, contenidos de video, servicios
informáticos en la nube, servicios de información sobre programas informáticos, servicios informáticos sobre la seguridad de los datos informáticos, servicios de diseño de programas informáticos, servicios de integración de sistemas informáticos, servicios de elaboración de programas informáticos, servicios de protección (contra
virus informáticos), servicios
de diseño de sistemas informáticos, servicios de análisis de sistemas informáticos, servicios de pruebas de programas informáticos, servicios de programación de programas informáticos, servicios informáticos de análisis de datos, servicios informáticos y tecnológicos para
la protección de datos informáticos, servicios relacionados con programas informáticos, servicios de consultoría relacionados con programas informáticos, servicios de análisis relacionados con programas informáticos y consultoría, asesoramiento e información sobre servicios informáticos. Fecha: 5 de enero de 2021. Presentada el: 11
de diciembre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de enero de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2021518074 ).
Solicitud N° 2020-0008440.—Vladimir
Sandoval Prendas, soltero,
cédula de identidad N° 603700518, en
calidad de apoderado generalísimo de Agro-Servicios La
Cordillera Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3101-727718, con domicilio en San Rafael de Abangares, 800 m oeste de la
Escuela, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: AGROSERVICIOS LA CORDILLERA
como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la venta de productos agropecuarios y productos afines y tienda vaquera, así como
de servicios en veterinaria y servicios generales de asesoría a agricultores
y ganaderos. Ubicado en San Rafael de Abangares, 800
metros oeste de la Escuela. Reservas:
de los colores verde claro
y verde oscuro. Fecha: 20 de noviembre del 2020. Presentada
el: 15 de octubre del 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de noviembre del 2020.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley
N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—(
IN2021518105 ).
Solicitud Nº 2020-0010499.—Marlon Antonio Medina Robleto, divorciado una vez, cédula de residencia N° 155803630417, en calidad de apoderado
especial de Transportes y Movimientos
de Carga Pesada Sociedad Anónima,
con domicilio en: Departamento de Managua, Municipio de Managua, Las Jaguitas, Cuatro Esquinas, Las Enramadas, de La Hielera Glacial
200 mts al oeste, local a mano izquierda,
contiguo a pulpería Nohelia, Nicaragua, solicita la inscripción de: ACEITE DE PALMA FAMILIAR El Aceite de su Familia
como marca de comercio en clase
29 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: aceite de Palma para uso alimenticio. Reservas: de los colores: rojo, azul, amarillo,
blanco y verde. Fecha: 07 de enero de 2021. Presentada el: 16
de diciembre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 07 de enero de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne
Mora Ortega, Registrador(a).—( IN2021518117 ).
Solicitud N° 2020-0010094.—Donny
Chou Wu, casado una vez,
cédula de identidad N° 111650437, con domicilio en 900 metros al norte de la Cruz Roja de Santa
Ana, Costa Rica, solicita la inscripción
de: MUSA arte y ciencia en café,
como marca de servicios en clase 43 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: servicio de cafetería Fecha: 31 de diciembre de 2020. Presentada el
3 de diciembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 31 de diciembre de 2020. A efectos de arte
y ciencia en café publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2021518133 ).
Solicitud N° 2020-0007667.—Lorna Vindas Pereira, casada una vez, cédula de identidad N°
602940459, con domicilio en
del Estadio esquina SE 3 cuadras
al este y 50 m sur, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: KORÚ
como marca de fábrica y comercio, en clase: 30. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: café, té,
cacao, sucedáneos
de café, arroz, harinas y preparaciones
a base de cereales, pan, productos
de pastelería
y confitería,
helados, azúcar, miel, jarabe de melaza, sal, mostaza,
vinagre, salsas, especias. Reservas: de los colores: naranja, verde y café. Fecha: 06 de octubre del 2020. Presentada el: 22 de setiembre
del 2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de
este edicto. 06 de octubre del 2020. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta
solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2021518140
).
Solicitud N° 2020-0008943.—Jessica
Ward Campos, casada una vez,
cédula de identidad N° 113030101, en
calidad de apoderado
especial de Sanfra Group SAS, con domicilio
en Carrera 45B N° 35 a sur 47, Edificio Las Vegas, Interior: 201, Barrio El Portal, Envigado, Antioquia, Colombia, solicita
la inscripción de: GIVELO
como
marca de fábrica y comercio, en clase
25 internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 25: prendas
de vestir deportivos, calzado deportivo y artículos de sombrerería deportivos. Fecha: 15 de diciembre del 2020. Presentada
el: 28 de octubre del 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de diciembre del 2020.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley
N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2021518157 ).
Solicitud Nº 2020-0008945.—Jessica Ward Campos, casada una vez, cédula de identidad N° 113030101, en calidad de apoderado especial de Sanfra Group SAS, con domicilio en Carrera 45B Nº 35 A Sur 47, Edificio
Las Vegas, Interior: 201, Barrio El Portal, Envigado,
Antioquia, Colombia, solicita la inscripción
de: GVL
como
marca de fábrica y comercio en clase:
25. Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 25: Prendas
de vestir deportivos, calzado deportivo y artículos de sombrerería deportivos. Fecha: 14 de diciembre de 2020. Presentada el:
28 de octubre de 2020. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de diciembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2021518158 ).
Solicitud Nº 2020-0007911.—Nichole Ivette Hidalgo Murillo,
cédula de identidad N° 111590595, en
calidad de apoderado
especial de Marta Elena Arguedas Mora, casada una vez, cédula de identidad N°
111130435, con domicilio en:
provincia de San José, distrito
San Francisco Dos Ríos, de la rotonda de la Y Griega 75 metros al este carretera a San Francisco, local azul
esquinero, 10106, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: SAM VET DRA. MARTA ARGUEDAS
como marca de comercio y servicios en clase
44 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: servicios veterinarios reservas: el color anaranjado y el color turquesa. Fecha: 16 de diciembre de 2020. Presentada el: 30 de septiembre
de 2020. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2021518168 ).
Solicitud N° 2020-0008877.—Rubén Francisco Santamaría Rodríguez,
casado una vez, en calidad de apoderado especial de Corporación Santamaría
Hidalgo S. A., cédula jurídica 3101766501, con domicilio en Palmares, de La
Iglesia católica, 250 m sur, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:
W LUVIC
como marca de servicios en
clases 35 y 39 internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 35: Servicios de comercialización y venta de llaves de agua o grifos para
baño; en clase 39: Servicios de distribución de llaves de agua o grifos para
baño. Reservas: De los colores: negro, gris y blanco Fecha: 10 de diciembre de
2020. Presentada el: 27 de octubre de 2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. 10 de diciembre de 2020. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2021518210 ).
Solicitud N° 2020-0002034.—Monserrat
Alfaro Solano, divorciada, cédula de identidad N° 111490188, en calidad de apoderado especial de
Sun Pharmaceutical Industries Inc., con domicilio en 2 Independence Way, Princeton, New Jersey, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: SUN RADIOPHARMA como marca de fábrica
y comercio, en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
5: kits de preparación farmacéutica
radiomarcados para su uso en procedimientos
de diagnóstico por imagen in vivo; agentes farmacéuticos radiactivos para su uso en imágenes
de diagnóstico in vivo. Fecha:
27 de agosto del 2020. Presentada
el: 10 de marzo del 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 27 de agosto del 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2021518215 ).
Solicitud Nº 2020-0009349.—Julio César Montoya
Rojas, casado una vez,
cédula de identidad N° 205660001, en
calidad de apoderado generalísimo de CLIMATISA Climatización Indrustrial
S. A., cédula de identidad N° 3101505197, con domicilio en: San Rafael de
Alajuela, Calle Potrerillos Ofibodegas
Milano bodega número
treinta y seis, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:
CLIMATISA
como
marca de servicios en clases: 37 y 40 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 37: servicios
de instalación
y en clase 40: purificación de aire. Reservas: se reserva los colores verde claro y verde oscuro se reserva el diseño de la hoja. Fecha: 06 de enero de 2021. Presentada el: 10
de noviembre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 06 de enero de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registrador(a).—(
IN2021518216 ).
Solicitud N° 2020-0009879.—Maricela
Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad N° 110350557, en calidad de apoderada especial de
Teleperformance SE, con domicilio en
21/25, Rue Balzac, 75008 París, Francia, solicita la inscripción de: Teleperformance,
como marca de servicios en clases: 35; 38 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: asistencia
en la gestión de empresas; asistencia en la gestión de asuntos comerciales; asistencia en la organización de asuntos comerciales; gestión de procesos empresariales; servicios de asesoramiento y gestión de procesos de trabajo; análisis de sistemas de gestión empresarial; asesoramiento, información o investigaciones en asuntos empresariales;
administración comercial; sistemas de gestión de documentos y sistemas de gestión de programas informáticos para grupos de trabajo; facilitación de información relativa a negocios, comunicaciones comerciales y comercio a través de redes informáticas y
redes mundiales de comunicación;
servicios de información en línea, a saber, facilitación de bases de datos y
enlaces a sitios web a otros proveedores
de contenido; actualización
y mantenimiento de datos en bases de datos informáticas; servicios de gestión de archivos informáticos; sistematización y análisis de datos en bases de datos informáticas; compilación de
bases de datos informáticas;
asesoramiento en el campo
de la sistematización de datos
y tercerización; servicios
de consultoría en el campo
de tercerización, gestión
de negocios y procesos de trabajo, y gestión de recursos humanos; servicios de tercerización (asistencia comercial); gestión de habilidades del
personal; gestión gerencial
y administrativa de centros
de llamadas telefónicas
para terceros; servicios de
línea directa para terceros; servicios de publicidad, mercadeo y promoción; servicios de
telemarketing; promoción de la venta
de servicios para terceros
a través de servicios de publicidad.-; en clase 38: servicios de telecomunicaciones prestados a través de internet, intranet y extranet; servicios de telecomunicaciones prestados por medio de plataformas
y portales en internet y otros medios; servicios
de telecomunicaciones, que permiten
el acceso a un sitio web que ofrece
servicios de colaboración
para grupos de trabajo y grupos de creación y gestión de documentos; servicios de acceso a contenidos, sitios web y portales;
servicios de acceso a plataformas de internet para usuarios;
transmisión, difusión y descarga de textos, fotografías, mensajes, imágenes, mensajes, datos, sonidos, música, vídeos, información por terminales a través de internet; servicios de foros de discusión en internet y salas de chat; servicios de acceso a bases de datos informáticas y a sitios web
de terceros a través de una
red mundial de comunicaciones;
servicios de mensajería informática, electrónica y telemática; alquiler de tiempo de acceso a sistemas informáticos; alquiler de tiempo de acceso a bases de datos y servidores de bases de datos, en particular para redes de comunicación
mundiales como la internet
o de acceso privado o reservado
como la intranet; transmisión
de información accesible
por código de acceso a
bases de datos y a centros
de servidores de bases de datos
informáticas o telemáticas;
servicios de acceso a usuarios a motores de búsqueda; servicios de proveedores de servicios de aplicación, a saber, descarga de aplicaciones informáticas, descarga de aplicaciones para teléfonos móviles y tabletas, descarga de programas informáticos; facilitación de acceso a datos o documentos almacenados electrónicamente en archivos centrales
para su consulta a distancia
por cualquier medio de procesamiento
de dalos; servicios de transferencia de llamadas telefónicas, en clase 42: diseño, desarrollo, instalación, mantenimiento y alojamiento de
una plataforma colaborativa
para facilitar el intercambio
de la información y la comunicación;
servicios de plataforma como servicio [PaaS], a saber, plataforma de comunicación y plataforma de colaboración; suministro temporal de aplicaciones
informáticas de redes sociales
no descargables; servicios
de uso temporal de software no descargable;
suministro de motores de búsqueda para obtener datos mediante redes de comunicación; servicios de proveedor de servicios de aplicación, a saber, alojamiento
de programas de aplicación
de terceros; servicios informáticos, en particular la creación de comunidades virtuales que permitan a los usuarios inscritos organizar grupos y eventos, participar en debates y en redes sociales, profesionales y comunitarias; servicios informáticos en forma de páginas web personalizadas que contienen información definida o especificada por el usuario, perfiles personales, contenido de audio, contenido de vídeo, fotografías, textos, gráficos y datos; servicios de facilitación de un
sitio web que contiene tecnología
que permite a los usuarios en línea crear
perfiles personales que ofrecen información sobre redes sociales y empresariales y transferir y compartir esta información a través de múltiples infraestructuras; suministro de información en los campos de computación, redes informáticas, sistemas informatizados gestión de documentos y grupos de trabajo por medio de
redes informáticas y redes mundiales
de comunicación; análisis
de sistemas informáticos; almacenamiento electrónico de datos; transformación y conversión de documentos de un soporte físico a un soporte electrónico; servicios de investigación informática y de diagnóstico de fallos; servicios de apoyo en caso
de fallos de sistemas de computación; servicios de información en el campo de la tecnología de la información; consultoría y asesoramiento técnicos en el ámbito informático; asistencia técnica en materia de informática
por teléfono, redes y todos
los medios de transmisión Fecha: 22 de diciembre de 2020. Presentada el 25 de noviembre de
2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2021518241 ).
Solicitud Nº 2020-0008108.—Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad N° 110350557, en calidad de apoderado especial de
Blackberry Limited, con domicilio en:
2200 University Avenue East Waterloo, Ontario N2K 0A7, Canadá,
solicita la inscripción de:
como
marca de fábrica y servicios en clases
9 y 42 internacionales, para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 9: software informático descargable para ciberseguridad, detección y mitigación de ataques de red mediante inteligencia artificial,
aprendizaje automático y/o aprendizaje, profundo, software informático
descargable para monitoreo
continuo, identificación, verificación,
análisis, comparación, clasificación, organización y puntuación de datos recopilados o adquiridos del tráfico de red, comunicaciones de
red, datos de flujo de red
e intercomunicación de redes mediante
inteligencia artificial, aprendizaje
automático y/o aprendizaje
profundo; software informático descargable
para proporcionar iniciación,
distribución, entrega y seguimiento de respuestas de notificaciones de emergencia a
los usuarios a través de dispositivos de comunicación
personal y dispositivos públicos
de comunicación masiva;
software informático descargable
para apoyar el intercambio
de información y procesos
de colaboración entre organizaciones
y personas durante situaciones
de emergencia y crisis; software informático
descargable con fines de recopilación
de datos, monitoreo y servicios de notificación masiva para la gestión de emergencias, crisis y situaciones
críticas relacionadas con
los negocios y mejorar la capacidad de comunicación en situaciones de crisis;
software informático descargable
para la transmisión segura
de información de emergencia
de notificación masiva a través de audio, vídeo y redes electrónicas de comunicación y dispositivos, incluidas redes sociales; software informático descargable para gestionar y analizar fuentes de datos y entradas de datos en el ámbito de la presentación de informes en situaciones de crisis, comunicación y gestión, y para el
envío de notificaciones a través de múltiples canales de red IP y servicios de entrega; software informático descargable para cargar datos desde directorios
de personal y administrar usuarios
con fines de comunicación en
situaciones de crisis; software informático
descargable para administrar
directorios y conexiones de
organizaciones entre organizaciones
con el fin de conectarlos y facilitar
la colaboración antes, durante
y después de situaciones de
crisis; software informático descargable
para localizar al personal con fines de seguridad y protección mediante un sistema de posicionamiento global, autoinformes
de usuarios y otros medios de localización; software informático descargable para monitoreo electrónico, detección y enviar información sobre alarmas, alertas, emergencias, peligros, amenazas a la seguridad y condiciones climáticas peligrosas; software informático descargable para notificar a individuos y organizaciones del cambio de estado o condición de un dispositivo de detección o fuente de entrada a través de alertas de mensajes basadas en red; software descargable en la naturaleza de una aplicación móvil para enviar, recibir, confirmar y responder a alertas, mensajes y notificaciones a través de redes de comunicaciones
inalámbricas o Internet; software informático
descargable en la naturaleza de las aplicaciones de
software de escritorio para proporcionar
notificaciones a computadoras
de escritorio que captan la
atención del usuario con señales audiovisuales y permiten a los usuarios confirmar, responder a notificaciones
o recibir información relacionada con las notificaciones;
software informático descargable
para su uso en la prevención de amenazas, detección, investigación, respuesta, corrección y análisis para ordenadores, sistemas informáticos, servidores, redes informáticas, dispositivos
finales, dispositivos móviles,
dispositivos habilitados
con tecnología de empresa
de cosas (EOT) e Internet de cosas
(loT); software informático
para administrar la seguridad
de los dispositivos finales de la red informática y predecir y supervisar las amenazas de seguridad a las redes informáticas;
programas descargables del sistema operativo de computadoras; software informático
descargable para realizar funciones de seguridad de datos en el ámbito
de la seguridad de la red criptográfica;
software informático descargable
para automatizar un proceso
de autenticación de identidad
utilizando bases de datos existentes en relación
con la emisión y gestión de
certificados digitales utilizados para la autenticación
o cifrado de comunicaciones
digitales a través de la
Internet y otras redes informáticas;
software informático descargable,
a saber, software de cifrado para permitir
la transmisión segura de información digital; software informático
descargable para integrar
la seguridad gestionada, a
saber, redes privadas virtuales
(VPN), infraestructura de clave pública
(PKI), emisión, verificación
y gestión de certificados digitales; software de computación
en la nube; plataforma de software descargable
de gestión de Internet de las cosas
(IOT) que consta de software descargable
basado en la nube, aplicaciones móviles y de escritorio, y
software de agente de puerta
de enlace basado en premisas; software informático descargable para su uso en la gestión
de comunicaciones de dispositivo
a dispositivo, de dispositivo
a nube y de nube a dispositivo; software informático
descargable para comunicación
máquina a máquina (M2M), recopilación remota de datos y control de procesos;
software informático descargable
para el seguimiento de activos;
software informático descargable
para rastrear y administrar
máquinas habilitadas para
IP y otros dispositivos conectados; Kits descargables de desarrollo de software (SDK), software de interfaz de programación de aplicaciones (API) y software de integración
de aplicaciones empresariales
(EAI) para crear software y aplicaciones
relacionadas con dispositivos
de máquina a máquina (M2M),
dispositivos conectados a
redes e Internet, y dispositivos IOT; software informático descargable para enviar, recibir y analizar datos de dispositivos conectados a redes e
Internet; software informático descargable,
a saber, software y middleware utilizados para permitir que las aplicaciones de
software interactúen con dispositivos
móviles y remotos y para permitir la conectividad, el almacenamiento de memoria y la gestión de dispositivos, todo a través de una red informática; software informático
descargable y hardware para el seguimiento
de activos de flota en la industria del transporte; software informático descargable y hardware para el seguimiento
y gestión de máquinas habilitadas para IP; software informático
descargable y hardware para recopilar,
filtrar y procesar datos electrónicos, a saber,
audio, voz, vídeo, imágenes, texto, correo electrónico y mensajería, documentos y telemática y análisis de vehículos y conductores sobre el comportamiento del
conductor, diagnóstico del vehículo,
mantenimiento, rendimiento,
ubicación y tiempo de inactividad; sistemas de software
informático descargables
para su uso en el despacho, monitoreo por vídeo, cumplimiento del conductor, rendimiento
del conductor, tarjetas de puntuación
del conductor, gestión de documentos,
seguimiento de remolques, seguimiento de activos, seguimiento de vehículos, telemática, seguimiento de la economía de combustible, flujo de
trabajo de conductores, integraciones con software de terceros,
utilización de vehículos, seguimiento de la temperatura, informes de inspección de vehículos; teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, tabletas y dispositivos de comunicación inalámbrica para transmisión de voz, datos o imágenes;
accesorios para teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, tabletas y dispositivos de comunicación inalámbrica, a saber, cascos y auriculares, cargadores de teléfono, cargadores de batería, soportes, bases y soportes para
el uso de teléfonos con
manos libres, estaciones de
carga y acoplamiento, fundas
protectoras para computadoras
telefónicas y tabletas, cubiertas protectoras y fundas para dispositivos electrónicos portátiles, fundas de teléfonos celulares y altavoces; software informático descargable para teléfonos móviles, reproductores multimedia portátiles
y ordenadores portátiles, a
saber, software para enviar fotos
digitales, videos, imágenes
y texto a terceros a través de la red informática
global; software informático descargable
en los ámbitos de Gestión de Dispositivos Móviles (MDM), Gestión de Aplicaciones Móviles (MAM), Gestión de Seguridad Móvil (MSM), Gestión de Información Móvil (MIM) y Gestión móvil de Identidad y Acceso (IAM); software informático
descargable para permitir a
los administradores de red monitorear,
administrar y poner en cuarentena los dispositivos que tienen acceso a una red y en clase 42: suministro de uso temporal de software informático
no descargable para medir, evaluar, identificar, detectar, analizar, prevenir y responder a amenazas, ataques, riesgos y vulnerabilidades de seguridad cibernética; suministro de uso temporal de software no descargable
para inteligencia artificial, aprendizaje
automático basado en análisis y software de aprendizaje profundo, todo con el
propósito de medir, detectar, analizar, prevenir y responder a ataques de
ciberseguridad; diseño y desarrollo de sistemas de comunicación en situaciones de crisis compuestos
por hardware y software; análisis de sistemas e ingeniería en el ámbito de los sistemas de comunicación de situaciones de crisis; servicios informáticos, a saber, facilitación
en línea de servicios de gestión de sistemas que permiten a los usuarios ver a distancia, supervisar, programar, manejar y controlar sistemas de comunicación de crisis; Investigación
sobre tecnologías de comunicación de situaciones de
crisis; Pruebas de sistemas
de comunicación en situación de crisis compuestos
por software y hardware; Software de informática en ¡a nube para comunicaciones de situaciones de
crisis mediante diferentes canales de redes IR y servicios
de envío; Servicios informáticos, a saber, integración
de entornos de informática en la nube privada
y pública para comunicaciones
de situaciones de crisis; servicios
informáticos, a saber, servicios
de proveedores de alojamiento
en la nube para comunicaciones de situaciones de
crisis; servicios informáticos,
a saber, instalación de software informático
para la computación privada
en la nube para la comunicación en situación de crisis; Servicios de
consultoría sobre informática en la nube para comunicaciones de situaciones de crisis; Servicios informáticos, a saber, creación de
comunidades en línea para que los usuarios inscritos puedan participar en debates, recibir comentarios de compañeros, crear comunidades virtuales, invitar a otras organizaciones a la comunidad y participar en colaboraciones
en los ámbitos de las comunicaciones y la gestión de la
seguridad y situaciones de
crisis; suministro de uso
temporal de programas informáticos
en línea no descargables, a saber, alojamiento
de programas informáticos
para su uso por terceros para el envío, recepción, confirmación y respuesta a alertas, mensajes y notificaciones en el ámbito de la comunicación y gestión de crisis;
suministro de programas informáticos en línea no descargables para recopilación de datos, supervisión y servicios de notificación masiva para la gestión de situaciones de emergencia y crisis y la mejora
de la capacidad de comunicación
en situaciones de crisis; suministro de uso temporal de programas informáticos en línea no descargables
para la seguridad de los puntos finales, análisis de programas maliciosos, pruebas de vulnerabilidad, pruebas de penetración y evaluación de vulnerabilidad; suministro de uso temporal de software en línea no descargable para su uso en
la prevención, detección, investigación, respuesta, reparación y análisis
de amenazas para computadoras,
sistemas informáticos, servidores, redes informáticas,
puntos finales, dispositivos móviles
y dispositivos habilitados
para Internet de cosas (loT);
suministro de uso temporal
de software en línea no descargable para predecir y monitorear las amenazas a la seguridad de las redes informáticas;
suministro de uso temporal
de software en línea no descargable para prevenir el acceso no autorizado a computadoras y redes informáticas;
diseño, desarrollo y mantenimiento
de sistemas de software informático
en línea y de software para
el funcionamiento y control de vehículos
de conducción autónoma; uso
temporal de software en línea
no descargable para el análisis
de datos; diseño, desarrollo
y mantenimiento de sistemas
de software informático en línea y de software para el funcionamiento
y control de vehículos de conducción autónoma;
suministro de uso temporal
de aplicaciones de software no descargables
y herramientas de desarrollo
de software y de plataforma como
servicio (PAAS) con plataformas
de software informático que permitan
a los desarrolladores de software programar
y a los usuarios construir
y configurar aplicaciones
de software que funcionen conjuntamente
con dichas aplicaciones y plataformas de software no descargables
para transferir, compartir,
formatear, manipular e integrar
datos, información y dichas
aplicaciones de software para desarrolladores
que funcionen conjuntamente
con aplicaciones y plataformas
de software no descargables y servicios
de terceros y entre las mismas;
suministro de uso temporal
de programas informáticos en línea no descargables
con programas informáticos en el
ámbito de la seguridad
de los archivos electrónicos
para permitir a los usuarios
cifrar, marcar electrónicamente con una marca de
agua, proporcionar un acceso restringido a los documentos electrónicos y otros archivos electrónicos y digitales y proporcionar una transmisión y un seguimiento seguros de los mismos; Plataforma como servicio (PAAS) con plataformas
de software informático para crear,
gestionar e implementar servicios de infraestructuras informáticas en la nube; diseño y desarrollo de sistemas informáticos en línea, hardware informático y software informático;
servicios de asistencia técnica, a
saber, instalación, administración y diagnóstico de fallos de aplicaciones web y de base de datos;
suministro de servicios de integración de comunicación de máquina a máquina (M2M) e internet de las cosas
(loT), a saber, integración de sistemas informáticos, redes,
hardware y software dispares mediante
la aplicación de tecnologías de comunicación inalámbrica, inteligencia artificial, aprendizaje
automático y/o aprendizaje
profundo para facilitar la comunicación M2M e loT a través de navegadores
web, asistentes digitales personales, teléfonos móviles, microprocesadores integrados, sensores y otros dispositivos electrónicos; suministro para uso temporal de aplicaciones de
software en línea no descargables, kits de desarrollo
de software (SDKs) y herramientas de desarrollo de software, y plataforma
como servicio (PAAS) con plataformas de desarrollo informático que permiten
a los desarrolladores de software diseñar,
probar, implementar, administrar y monitorear dispositivos de Internet de las cosas
(loT) y de máquina a máquina (m2m); servicios de
software informático, a saber, desarrollo,
mantenimiento, reparación, instalación y solución de problemas de software informático,
asistencia en la naturaleza del diagnóstico de problemas informáticos, actualización y actualización de
software informático, creación
de software informático, suministro
de información de software informático
y consulta, diseño y personalización
de software y middleware; consultoría sobre seguridad informática; consultoría técnica y asistencia con sistemas y componentes de información basados en computadora, a saber, servicios de consultoría técnica en los campos de gestión de dispositivos móviles (MDM), Gestión de aplicaciones móviles (MAM), Gestión de seguridad móvil (MSM), Gestión de información móvil (MIM), Identidad móvil
y gestión de acceso (IAM), arquitectura de centros de datos, soluciones informáticas en la nube públicas y privadas, ciberseguridad y evaluación e implementación de tecnología y servicios de
Internet; suministro de un sitio web seguro en la naturaleza
de una plataforma de alojamiento
web, y suministro de uso
temporal de software en línea
no descargable para permitir
que los usuarios y las aplicaciones
de software empresarial interactúen
con dispositivos remotos y permitan conectividad, almacenamiento de memoria, administración de dispositivos, dispositivo monitoreo, seguimiento de dispositivos, y
auditoria de dispositivos, todo
a través de una red informática;
suministro de uso temporal
de software en línea no descargable con software para la Gestión
de la Movilidad Empresarial
(EMM), la Gestión Unificada de Puntos
Finales (UEM), la Gestión de Dispositivos
Móviles (MDM), la Gestión
de Aplicaciones Móviles
(MAM), la Gestión de Seguridad
Móvil (MSM), la Gestión de Información Móvil (MIM) y la Gestión de Identidad y Acceso Móvil (IAM); suministro de uso temporal de software en línea no descargable para la operación, gestión, seguridad y mantenimiento de
redes empresariales,
gestión de centros de datos, gestión de recursos y optimización del rendimiento. Fecha: 10 de noviembre de 2020. Presentada el:
06 de octubre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de ¡os dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de noviembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio’’.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2021518242 ).
Solicitud Nº 2020-0009118.—Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557, en calidad de apoderado especial de Asociación Templo Shaolin y Disciplinas Chinas, cédula jurídica
3-002-607820, con domicilio en
Urbanización Paseo Colón, 200 metros al sur de Yamuni, casa blanca frente a salón comunal, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: TEMPLO SHAOLIN SHI YONGXIN
como marca de servicios en clase
41 Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 41: difusión,
educación y formación, en la cultura china. Promoción de actividades y deportivas, culturales, formativas y apreciativas, artísticas, para la difusión y comprensión de la cultura china en general.
Fecha: 28 de diciembre de
2020. Presentada el: 4 de noviembre
de 2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el comercio”.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2021518245 ).
Solicitud N° 2020-0009153.—Rodrigo
Valverde Naranjo, casado una vez,
cédula de identidad N° 104770943, con domicilio en Urbanización
Korobó, Ampliación, casa N°
32, del Palí cruce de
Coronado 175 mts este y 75 mts sur, casa mano derecha color verde, Costa Rica, solicita la inscripción de: NISH
MAN
como marca de fábrica y comercio, en clase(s):
3 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: aceites para uso cosmético, acondicionadores para el cabello, productos de afeitar, agua de colonia, cera depilatoria, cera para el bigote, champús, geles de uso no médico, lacas para el cabello, lociones capilares, lociones para después del afeitado, lociones para uso cosmético, todos los productos mencionados son para hombre. Fecha:
09 de diciembre del 2020. Presentada
el: 05 de noviembre del 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 09 de diciembre del 2020.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley
N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador(a).—(
IN2021518249 ).
Solicitud Nº 2020-0010344.—Francisco Jara Castillo, casado una vez, cédula de identidad
109100286, con domicilio en
de la iglesia católica 100 oeste, 100 norte y 400 oeste, 40306, Santa Rosa, Santo Domingo, Heredia, Costa
Rica, solicita la inscripción
de: TICO SOPA TS, como nombre
comercial en clase Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
49: restaurante ubicado en Heredia, Santo Domingo, Santa Rosa, de la entrada después de la escuela, 100 norte y 500 oeste, contiguo a carrocerías Fallas. Reservas: no. Fecha: 6 de enero de 2021. Presentada el: 11 de diciembre de
2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de enero de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2021518265 ).
Solicitud Nº 2020-0010352.—Steven Ferris Aguilar, casado dos veces, cédula de identidad N° 106940078, con domicilio
en Escazú, San Rafael, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción
de AL AIRE LIBRE DE COLON como marca de comercio y servicios en clase:
41. Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: Educación, formación. Servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturas. Actividades de esparcimiento familiar, deportes
de aventura en campos abiertos y/o senderos. Fecha: 8 de enero de 2021. Presentada el: 11
de diciembre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 8 de enero de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Adriana Bolaños Guido, Registradora.—(
IN2021518266 ).
Solicitud Nº 2020-0009038.—Diego Corrales
Martínez, cédula de identidad N° 304080804, con domicilio en: 500 mts este de la esquina noreste del templo católico Paraíso, casa esquinera
mano derecha, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de:
PTSKIFMLYCO. PETROSKIFAMILYCO
como marca de fábrica en clase
25 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: prendas de vestir, sombrería y calzado, específicamente: camisetas, gorras, sombreros, calzado de deporte y playa. Reservas: de los
colores: amarillo y negro. Fecha: 23 de diciembre de 2020. Presentada el: 03 de noviembre de
2020. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2021518272 ).
Solicitud Nº 2020-0008873.—Jenaro
Joaquín Milán
Ocampo, casado dos veces,
cédula de identidad N° 105430543, en
calidad de apoderado generalísimo de Holystone Group Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3101759263, con domicilio en: San Carlos, La
Fortuna, 300 metros norte de la plaza de deportes, Alajuela, Costa Rica, solicita
la inscripción de: MEDICAL ENTERPRISES
como marca de comercio en clase
5 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos, preparaciones médicas y veterinarias; preparaciones sanitarias con fines médicos; alimentos dietéticos y sustancias adaptadas para uso médico o veterinario,
alimentos para bebés, suplementos dietéticos para seres humanos y animales; yeso, materiales para apósitos; material para retener
los dientes, cera dental; desinfectantes; preparativos para
destruir alimañas; fungicidas, herbicidas.
Fecha: 28 de diciembre de
2020. Presentada el: 27 de octubre
de 2020. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2021518310 ).
Solicitud N° 2020-0010608.—Óscar Granados Duarte, casado una
vez, cédula de identidad N°
106910219, con domicilio en
Barrio Laboratorio, Calle Palacios, 50 m. sur y 100
m. oeste de Radio 88 Estéreo, Pérez Zeledón, Costa Rica, solicita la inscripción de: BRUNCA CONSTRUCTORA,
como nombre comercial en clase 49 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a construcción, ubicado en Barrio Laboratorio, Calle
Palacios, 50 metros sur y 100 metros oeste de Radio
88 Estéreo,
Pérez Zeledón, San José. Fecha: 6 de enero de 2021. Presentada el 18
de diciembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de enero de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—(
IN2021518323 ).
Solicitud N° 2020-0009588.—Alejandra Brenes San Gil, Cédula de
identidad 109660090, en calidad de apoderado especial de Ald
Investment Group Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3101800742 con domicilio en San José, cantón segundo,
Escazú, distrito tercero, San Rafael, Barrio noveno, Guachipelín, calle Boqueron, frente al condominio casa del parque, San José,
Costa Rica , solicita la inscripción de: Nummi
como marca de servicios en clase: 36. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Servicios de seguros, operaciones financieras, operaciones monetarias y negocios
inmobiliarios; Servicios de seguros; operaciones financieras; operaciones
monetarias y negocios inmobiliarios Fecha: 21 de diciembre de 2020. Presentada
el: 17 de noviembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
21 de diciembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art.
28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2021518346 ).
Solicitud N° 2020-0009598.—Andrei
Calderón Enríquez, cédula de identidad
N° 112060952, en calidad de
apoderado especial de Consultadvisers
Gipsa Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3101434618, con domicilio en Vásquez de Coronado Patalillo, del Restaurante Almosa, 400 metros al norte y 200
metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: IM
WORLD
como
marca de servicios, en clase(s): 35 y 41 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: servicios
de asesoría técnica y profesional en general, capacitación profesional, servicios en administración
de negocios, asesoría profesional en temas aduaneros, emprendimiento y negociación y comercio. Clase 41: servicios de capacitación profesional. Reservas: de los colores: blanco, naranja fuerte, naranja claro, verde fuerte, verde claro, celeste fuerte, celeste fuerte, azul, morado oscuro,
morado claro. Fecha: 05 de enero del 2021. Presentada el: 17
de noviembre del 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 05 de enero del 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne
Mora Ortega, Registrador(a).—( IN2021518374 ).
Solicitud Nº 2020-0008454.—Andrei Calderón Enríquez, cédula de identidad N°
112060952, en calidad de apoderado generalísimo de Consultadvisers Gipsa Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3101434618, con domicilio en: Vásquez
de Coronado Patalillo, del Restaurante
Almosa, 400 metros al norte
y 200 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: IM GROUP
como
marca de servicios en clases 35 y 41 internacionales,
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 35: servicios de asesoría técnica y profesional en general, servicios en administración de negocios, asesoría profesional en temas aduaneros, emprendimiento y negociación y comercio y en clase
41: servicios de capacitación
profesional Reservas: de los
colores: negro, naranja fuerte, naranja claro, verde fuerte, verde
claro, celeste fuerte, celeste claro, azul, morado oscuro, morado claro, Fecha: 25 de noviembre de 2020. Presentada el:
15 de octubre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de noviembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2021518375 ).
Solicitud Nº 2020-0007430.—Ana Victoria Velo Madrigal, divorciada tres veces, cédula de identidad
304030626, en calidad de apoderada especial de Gonzalo Martín Morales González, casado dos veces, cédula de identidad 603060001, con domicilio
en avenida 14, entre calles 6 y 8, edificio azul, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: LABIMEX INDUSTRIAL INVENTOR,
como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a inventos
industriales, herramientas,
motores de máquinas, instrumentos
agrícolas, no accionados manualmente; ubicado en San José, central, Hospital, avenida
14, entre calles 4 y 6, edificio
azul. Fecha: 9 de noviembre de 2020. Presentada el:
15 de septiembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 9 de noviembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2021518391 ).
Solicitud N° 2020-0010317.—Randy Roberto González Rodríguez, casado una vez, cédula de identidad N° 111120234, en calidad de apoderado generalísimo de Ragonma Soluciones S.A., cédula jurídica N° 3101802453, con domicilio
en Aserrí, cuatrocientos metros noroeste del supermercado Más y Más, casa a mano derecha, portón negro, contiguo al puente peatonal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: THINKERNAUT RAGONMA SOLUCIONES,
como marca de servicios en clase: 42. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software Reservas:
se reservan los colores
dorado, amarillo, gris azul y blanco Fecha:
17 de diciembre de 2020. Presentada
el 10 de diciembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2021518401 ).
Solicitud Nº 2020-0010442.—Selenia Méndez
Delgado, casada una vez,
con domicilio en: Tirrases, Curridabat, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción
de: CS Chef Selenia
como marca de servicios en clases: 35 y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: publicidad,
gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajo de oficina, todos relacionados con la actividad de
chef. y en clase 41: formación, educación, todo relacionado con la actividad de chef. Fecha: 06 de enero de 2021. Presentada el: 15
de diciembre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 06 de enero de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Rándall
Abarca Aguilar, Registrador(a).—(
IN2021518413 ).
Solicitud N° 2020-0001077.—Harry Castro Carranza, casado
una vez, cédula de identidad
N° 900580789, en calidad de
apoderado especial de Tortuga International Holding
Limited, con domicilio en Bourboon House, Bourbon Street Castries, Santa Lucía, solicita la inscripción de: TORTUGA,
como marca de fábrica en clase:
33 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: bebidas alcohólicas excepto cerveza. Fecha: 18 de diciembre de 2020. Presentada el
7 de febrero de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2021518417 ).
Solicitud N° 2020-0009837.—Juan
Gabriel Moya Ulate, cédula de identidad
N° 112490693, en calidad de
apoderado generalísimo de
Ceiba Natural S. A., cédula jurídica N° 3101643056,
con domicilio en Alajuela,
Grecia, costado este del
Mercado Municipal, local cuatro, 4100, Alajuela,
Grecia, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Macrobiótica Ceiba Natural,
como marca de comercio en clase internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a la venta y comercialización de productos naturales y macrobióticas.
descripción taxativa: tes, vitaminas, alimentos integrales, inciensos, esencias, cosméticos naturales, suplementos
deportivos, chocolates, cereales,
galletas sin azúcar y alimentos
de soya. Reservas: si: todos los colores y tipos de letras. Fecha: 21 de diciembre de 2020. Presentada el 24 de noviembre de
2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2021518538 ).
Solicitud N° 2020-0010590.—Jorge Eduardo Rojas Cambronero, cédula de
identidad 203270615, en calidad de apoderado generalísimo de Tacos Pira S.A,
Cédula jurídica 3101739418 con domicilio en Alajuela Grecia costado sur del parque,
20301, Alajuela - Grecia, Costa Rica, solicita la inscripción de: VAMPIRO
como marca de comercio en clase 30 internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 30: Emparedado o Sandwich.
Reservas: no Fecha: 4 de enero de 2021. Presentada el: 17 de diciembre de 2020.
San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 4 de enero de 2021. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2021518539 ).
Solicitud Nº 2020-0010591.—Jorge Eduardo Rojas
Cambronero, cédula de identidad
N° 203270615, en calidad de apoderado generalísimo de Tacos Pira S.A., cédula jurídica N° 3101739418, con domicilio en Alajuela Grecia costado sur
del parque, 20301, Alajuela - Grecia, Costa Rica, solicita la inscripción de: MACHA como marca de comercio en clase
30 internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 30: Emparedado
o Sandwich. Reservas: no. Fecha:
4 de enero de 2021. Presentada
el: 17 de diciembre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de enero de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2021518541).
Solicitud Nº 2020-0004279.—Óscar
Oswaldo Newball Gómez, casado, cédula de identidad N°
800880157, en calidad de apoderado generalísimo de Oskkar Fruttos Sociedad de Responsabilidad
Límite,
cédula jurídica
N° 3102723446, con domicilio en:
Cervantes, 500 este de la entrada “La Flor”, Cartago,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Natisol
como marca de fábrica en clase 30 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: aderezo tipo natilla a base de semilla de girasol. Fecha: 27 de agosto de 2020. Presentada el: 10
de junio de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto.
27 de agosto de 2020. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex
Villegas Méndez, Registrador.—( IN2021518549 ).
Solicitud N° 2020-0009584.—Zoraida
De Los Ángeles Vargas Ríos, viuda, cédula de identidad N°
109380625, en calidad de tipo representante desconocido de Asociación de Mujeres
Unidas de Quizarrá, cédula jurídica N° 3002683400, con domicilio en Pérez Zeledón,
Cajón, Quizarrá, contiguo al Templo Católico, Costa Rica, solicita la inscripción de: Productos AMUQ,
como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la producción y distribución de artesanías, turismo y productos alimenticios, ubicado en Pérez Zeledón, Cajón, Quizarrá, contiguo al templo católico. Fecha: 22 de diciembre de 2020. Presentada el
17 de noviembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2021518592 ).
Solicitud Nº 2020-0009585.—Víctor Chinchilla Mata, divorciado, cédula de identidad
107950390, con domicilio en
San Isidro de El General, Perez Zeledón, Barrio Santa
Cecilia, contiguo a Distribuidora
Cisneros, Costa Rica, solicita la inscripción
de: VICHIMA Consultores S. A.
como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a servicios contables, mercadeo y recurso humano. Ubicado en San Isidro de El General, Perez Zeledón,
Barrio Santa Cecilia, contiguo a Distribuidora
Cisneros. Fecha: 22 de diciembre
de 2020. Presentada el: 17 de noviembre
de 2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2021518593 ).
Solicitud Nº 2020-0009586.—Yorleny
del Socorro Corrales Retana, casada
una vez, cédula de identidad
N° 900990783, en calidad de
apoderado generalísimo de Eventos Mágicos YJ Sociedad Anónima, cédula jurídica
N° 3101798257, con domicilio en:
San José, Pérez Zeledón, San Isidro, 800 metros noroeste del Bar El Corral, Barrio San Valentín, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción
de: EM EVENTOS MÁGICOS DONDE LA ILUSIÓN SE HACE REALIDAD
como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a salón de eventos y catering
service. Ubicado en San
José, Pérez Zeledón, San Isidro 800 metros noroeste del Bar El Corral, Barrio San Valentín. Fecha: 22 de diciembre de 2020. Presentada el: 17 de noviembre de
2020. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2021518594 ).
Solicitud No.
2020-0010370.—Sergio
Jose Cruz (un solo apellido), divorciado, cédula de residencia 184001928821, en
calidad de apoderado generalísimo de Reymar Delicias
del Mar Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102804192, con
domicilio en Santa Ana, distrito Santa Ana, Santa Town Center, local o- dos
treinta y dos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: REYMAR
como marca de fábrica en
clase(s): 29. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente:
Alimentos a base de pescado. Fecha: 18 de diciembre de 2020. Presentada el: 11
de diciembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de
diciembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2021518631 ).
Solicitud Nº 2020-0005008.—Aaron Cordero Solís, soltero, cédula de identidad N°
116760188, con domicilio en
200 m sur de la Escuela María Mora Ureña, Pueblo
Nuevo, Pérez Zeledón, Costa Rica, solicita
la inscripción de: BAKÄLI CALIDAD PASIÓN DEDICACIÓN
como
marca de fábrica y comercio en clase:
30. Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 30: Café. Fecha: 7 de setiembre de 2020. Presentada el: 1 de julio de
2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 7 de setiembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2021518633 ).
Solicitud N° 2020-0010075.—Héctor Fallas Castillo, soltero, cédula
de identidad N° 112080693, con domicilio
en Cristo Rey, contiguo antiguo Canal 7, edificio esquinero azul con amarillo de alto, diagonal al Palí,
avenida 20, calle 10 y 12,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: LA CASA DE LA MAQUINA
como
nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: venta y reparación de cables automotrices
y máquinas levanta vidrios. Nos encargamos de la venta y reparación de máquinas levanta vidrios eléctricos, manuales y de piñón, botoneras, motores eléctricos, carruchas, cables de elevador 2 y
4 postes, cables para maquinaria
pesada agrícola e
industrial, cables de marchas, freno
de mano, gas, cluth, espirómetro,
tapa de gasolina, tapa de motor, cable para cajuela, compuerta. Fecha: 09 de diciembre del 2020. Presentada el: 02 de diciembre
del 2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 09 de diciembre del 2020.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley
N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—(
IN2021518641 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Solicitud Nº 2020-0006186.—María Del Pilar
López Quirós, divorciada,
cédula de identidad 110660601, en
calidad de apoderado
especial de Daily Harvest, INC., con domicilio en 99 Hudson Street, New York, NY 10013, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: DAILY HARVEST, como marca de comercio
y servicios en clases 29; 30; 31; 32 y 35 internacionales,
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 29: Sopas; mezclas de sopa; preparaciones para hacer sopas; comidas preparadas que consisten principalmente en verduras; comidas preparadas que consisten principalmente en sucedáneos de la carne; comidas preparadas que consisten principalmente en legumbres, aperitivos a base de vegetales, bocadillos a base de legumbres, bocadillos a base de nueces, aperitivos a base de frutas; semillas de chía procesadas; comidas preenvasadas que consistan principalmente de frutas y semillas; comidas preparadas y envasadas que consistan principalmente de legumbres procesadas; bebidas de leche de
coco aromatizadas con jengibre
como especia; en clase 30: Bebidas
a base de café; bebidas a base de té;
bebidas a base de chocolate; mezclas
de chocolate caliente; sucedáneos del helado; sundaes de helado; gachas de avena; parfaits; avena procesada; comidas preenvasadas que consisten principalmente de pasta
o arroz; comidas preenvasadas
que consisten principalmente
de quinoa; comidas preenvasadas
que consisten principalmente
de cereales, bebidas exprés; bebidas de café; café; té; cacao; aperitivos a base de
café; avena cruda; copos de avena; avena cortada al acero; avena sin procesar; comidas preenvasadas que consisten principalmente de avena; masa
para galletas; masa comestible para galletas no destinada
a hornear; masa para galletas congelada;
dulces, a saber, snacks, en
concreto, chocolate, aperitivos
a base de cereales; en clase 31: Avena y avena sin procesar; en clase 32: Bebidas
de frutas congeladas; bebidas congeladas a base de frutas; bebidas de frutas; bases de zumos de frutas; bebidas a base de frutas; preparaciones para hacer bebidas, en concreto, batidos y zumos de frutas y vegetales; batidos; jugos de vegetales; jugos de frutas y vegetales; kits de
batidos; batidos de vegetales; batidos que contienen cereales y avena; bebidas a base de jengibre; en clase
35: Servicios de tienda minorista
en línea con comidas preparadas, postres y bebidas. Prioridad: Se otorga prioridad N° 88/791 939 de fecha 10/02/2020 de Estados
Unidos de América. Fecha: 21 de diciembre
del 2020. Presentada el: 10 de agosto
del 2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de diciembre del 2020.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2021518465 ).
Solicitud Nº 2019-0008996.—María Del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601, en calidad de Apoderado Especial de Alcón INC. con domicilio en Rue Louis-D’affry 6, CFI- 1701
Fribourg, Suiza, solicita
la inscripción de: CLAREON XD como Marca de Fábrica y Comercio en clase 10 internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 10: Instrumentos y aparatos oftalmológicos y quirúrgicos; lentes intraoculares. Fecha: 21 de diciembre de 2020. Presentada el:
30 de septiembre de 2019. San Jose: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2021518466 ).
Solicitud Nº 2020-0009040.—Édgar
Zurcher Gurdián,
cédula de identidad 1-0532-0390, en calidad de apoderado
especial de Yamaha Hatsudoki Kabushiki Kaisha, con domicilio en: 2500 Shingai, Iwata-Shi, Shizuoka-Ken, Japón, solicita
la inscripción
de: MT, como marca
de fábrica
y comercio en clase: 12. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: motocicletas,
scooters, ciclomotores, motocicletas
de tres ruedas, scooters de
tres ruedas ciclomotores de tres ruedas y piezas y accesorios para los mismos. Fecha: 18 de diciembre de 2020. Presentada el: 03 de noviembre de
2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto.
18 de diciembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Randall
Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2021518467 ).
Solicitud N° 2017-0012496.—María del Pilar López
Quirós, divorciada, cédula de identidad N° 110660601, en calidad de apoderado
especial de Monster Energy Company, con domicilio en 1 Monster Way, Corona, California 92879, U.S. A., Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: FURY como marca
de fábrica
y comercio, en clase 32 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
32: bebidas no alcohólicas, incluyendo
las bebidas carbonatadas y energéticas; siropes, concentrados, polvos y preparaciones para hacer bebidas, incluyendo bebidas carbonatadas y bebidas energéticas;
cerveza. Fecha: 18 de diciembre
del 2020. Presentada el: 22 de diciembre
del 2017. San José:
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de
este edicto. 18 de diciembre del 2020. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta
solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2021518468
).
Solicitud N° 2020-0009873.—Harry
Zurcher Blen, casado, cédula de identidad N° 1041501184, en calidad de apoderado especial de
The Clorox International Company, con domicilio en 1221 Broadway, Oakland, California, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: Fórmula 409
como marca de fábrica y comercio, en clases 3 y 5 internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: productos
cosméticos
y preparaciones de tocador
no medicinales; dentífricos no medicinales;
productos de perfumería, aceites esenciales; preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar. Clase 5: productos farmacéuticos,
preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas
para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; suplementos
alimenticios para personas o animales;
emplastos, material para apósitos; material para empastes e impresiones dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Fecha: 07 de diciembre del 2020. Presentada
el: 25 de noviembre del 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto.
07 de diciembre del 2020. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta
solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2021518469 ).
Solicitud Nº 2019-0000040.—Harry Zürcher Blen, cédula de identidad 104151184, en calidad de apoderado especial de
FKD Therapies Oy, con domicilio en
Microkatu 1 S, Kuopio, FIN-70210, Finlandia, solicita la inscripción de: ADSTILADRIN,
como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 5: preparaciones anticancerígenas,
vacunas terapéuticas. Fecha: 28 de diciembre de 2020. Presentada el: 7 de enero de
2019. San Jose: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2021518470 ).
Solicitud Nº 2017-0007056.—María del Pilar
López Quirós,
divorciada, cédula de identidad N° 110660601, en calidad de apoderado especial de Molinos de Costa Rica Sociedad Anónima, con domicilio
en: 400 metros al norte del
Mall Internacional, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: MOCRISA MASPAN, como marca de fábrica y comercio
en clases: 29 y 30 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: carne, pescado, carne de ave y carne de
caza; extractos de carne; frutas
y verduras, hortalizas y legumbres en conserva,
congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos;
leche y productos lácteos; aceites
y grasas comestibles y en clase 30: café, té, cacao, sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas
y preparaciones a base de cereales;
pan, productos de pastelería y confitería; helados;
azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal mostaza;
vinagre, salsas (condimentos);
especias; hielo. Fecha: 07 de diciembre de 2020. Presentada el: 20 de julio de
2017. San José.
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de
este edicto. 07 de diciembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie
Phillips Guardado, Registrador(a).—(
IN2021518474 ).
Solicitud Nº 2019-0007364.—María del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad número 110660601, en calidad de apoderada
especial de Harboes Bryggeri
A/S, con domicilio en Spegerborgvej 34,4230 Skaelskør, Dinamarca,
solicita la inscripción de:
BEAR BEER como marca de fábrica y comercio en clase: 32. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: Cerveza. Fecha:
10 de diciembre de 2020. Presentada
el: 13 de agosto de 2019. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de diciembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio.”.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2021518475 ).
Solicitud N° 2018-0003137.—Édgar Zurcher Gurdián, divorciado, cédula de identidad N° 105320390, en calidad de apoderado especial de Younique LLC, con domicilio en 3400 Mayflower Ave, Lehi, Utah 84043, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: YOUNIQUE
como marca de servicios, en clase 35 internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 35: servicios de venta al por menor en línea
a través
de solicitudes directas de distribuidores
dirigidos a los usuarios
finales que ofrezcan productos
cosméticos,
de cuidado de la piel y de belleza; servicios de venta al por menor a través de
solicitudes directas de distribuidores
dirigidos a los usuarios finales
que ofrezcan productos cosméticos, de
cuidado de la piel y de belleza; servicios de venta al por menor en el ámbito de los productos cosméticos, de cuidado
de la piel y de belleza. Fecha: 04 de diciembre del 2020. Presentada el: 13 de abril del
2018. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de
este edicto. 04 de diciembre del 2020. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Bernard
Molina Alvarado, Registrador.—( IN2021518476 ).
Solicitud N° 2020-0009762.—Harry Zurcher Blen, casado, cedula de identidad 1041501184, en calidad de
apoderado especial de Old Navy (Itm)
Inc. con domicilio en 2 Folsom Street, San Francisco, California 94105, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio
en clase 25 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
25: Vestido, calzado, sombrerería Fecha: 9 de diciembre de 2020. Presentada el:
23 de noviembre de 2020. San Jose: Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 9 de
diciembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2021518477 ).
Solicitud N° 2020-0009763.—Harry
Zurcher Blen, casado cédula de identidad N° 104151184, en calidad de apoderado especial de Laboratorios Zepol S. A., cédula jurídica N°
3-101-003812, con domicilio en
75 metros al norte del Servicentro
la Galera, Curridabat, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: ZANYSCRUB, como marca de fábrica y comercio
en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; sustancias dietéticas
para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para empastes
e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Fecha: 1° de diciembre de 2020. Presentada
el 23 de noviembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de
este edicto. 1°
de diciembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2021518478 ).
Solicitud Nº 2020-0009433.—Harry Zürcher Blen, casado,
cédula de identidad 104151184, en calidad de apoderado
especial de Grendene S. A., con domicilio
en Avenida Pimentel Gomes, 214, Expectativa
EM Sobral/CE-CEP: 62040-125, Brasil,
solicita la inscripción de:
GRENDHA, como marca
de fábrica y comercio en clase 25 Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 25: calzado, calzado para mujeres y niños, en concreto,
sandalias, zapatos de
playa, pantuflas, zapatillas
de baño,
botas. Fecha: 19 de noviembre
de 2020. Presentada el: 12 de noviembre
de 2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de noviembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2021518479 ).
Solicitud Nº 2020-0009434.—Harry Zürcher
Blen, casado, cédula de identidad 10451184, en calidad de apoderado especial de Grendene S. A., con domicilio en Avenida Pimentel Gomes 214, Expectativa
EM, Sobral / CE-CEP: 62040-125, Brasil,
solicita la inscripción de:
IPANEMA, como marca
de fábrica y comercio en clase 25 Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 25: calzado, calzado de mujer, hombre y niño, en concreto,
sandalias, calzado de
playa, zapatillas, zapatillas
de baño,
botas y sombrerería.
Fecha: 19 de noviembre de
2020. Presentada el: 12 de noviembre
de 2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de noviembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2021518480 ).
Solicitud Nº 2020-0009025.—Édgar
Zürcher Gurdián, divorciado, carné de refugiado 105320390, en calidad de apoderado especial de Fatro S.P.A., con domicilio en Via Emilia 285-40064 Ozzano, Dell’Emilia (BO], Italia, solicita
la inscripción
de: Afilaria
como marca de fábrica y comercio en clase 5 Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 5: productos veterinarios. Fecha: 11 de noviembre de 2020. Presentada el:
3 de noviembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de noviembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2021518481 ).
Solicitud N° 2020-0010084.—María Del Pilar
López Quirós,
divorciada, cédula de identidad
N° 110660601, en calidad de
apoderada especial de Apple Inc., con domicilio en One Apple Park Way,
Cupertino, California 95014, Estados Unidos de
América, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:
como marca de comercio y servicios en clases:
9; 35 y 42 internacionales, para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 9: computadoras,
hardware de cómputo, hardware de cómputo
portátil, computadoras portátiles, computadoras tipo Tablet, aparatos e instrumentos de telecomunicaciones,
teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, dispositivos de comunicación inalámbricos para la transmisión
de voz, datos, imágenes, audio, video y contenido
multimedia, aparatos para redes de comunicación, dispositivos electrónicos digitales manuales capaces de proporcionar acceso a internet y para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correo electrónico y otros datos digitales,
dispositivos electrónicos digitales portátiles capaces de proporcionar acceso a internet, para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correo electrónico y otros datos digitales,
relojes inteligentes, rastreadores de actividad portátiles, pulseras conectadas (instrumentos de medición), lectores de libros electrónicos, software de ordenador, software para ajustar,
configurar, operar o controlar dispositivos móviles, teléfonos móviles, dispositivos portátiles, computadoras, periféricos de computadoras, decodificadores, televisores y reproductores de audio y video, software de desarrollo de aplicaciones,
software de juegos informáticos,
contenido de audio, video y multimedia pregrabado descargable, dispositivos periféricos informáticos, dispositivos periféricos para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, audífonos, auriculares, decodificadores
y reproductores y grabadoras
de audio y video periféricos de cómputo
portátiles periféricos portátiles para usar con computadoras,
teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, televisores, decodificadores y reproductores y
grabadoras de audio y video, acelerómetros
altímetros, aparatos de medición de distancia, aparatos para grabar datos de distancia, podómetros aparatos, de medición de presión, aparatos, indicadores de presión, monitores, pantallas de visualización, pantallas de visualización
frontal, y auriculares para usar con computadoras, teléfonos inteligentes, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, televisores y reproductores y grabadoras de audio y video lentes
inteligentes, anteojos 3d, lentes, gafas de sol, vidrios y cristales ópticos, productos ópticos, aparatos e instrumentos ópticos, cámaras, flashes para cámaras, pantallas de visualización para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, televisores y reproductores y grabadoras de
audio y video, teclados, ratones
de computadora, alfombrillas
para ratones de computadora,
impresoras, unidades de
disco y discos duros, aparatos
para grabar y reproducir sonido, reproductores y grabadores digitales de audio y
video, bocinas de audio, amplificadores
y receptores de audio, aparatos
de audio para vehículos de motor, aparatos
para grabación y reconocimiento
de voz, audífonos,
auriculares, micrófonos televisores,
receptores y monitores de televisión, decodificadores, radiotransmisores y radiorreceptores
sistemas de posicionamiento
global (dispositivos GPS), instrumentos
de navegación controles remotos para controlar computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, reproductores y grabadoras de audio y video, televisores,
bocinas, amplificadores, sistemas de teatro en casa y sistemas de entretenimiento dispositivos portátiles para controlar computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, reproductores y grabadoras de audio y video, televisores,
bocinas, amplificadores, sistemas de teatro en casa y sistemas de entretenimiento, aparatos para el
almacenamiento de datos,
chips de cómputo, tarjetas
de crédito, codificadas y lectores de tarjetas terminales de pago electrónico y puntos de transacción,
baterías, cargadores de baterías,
conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, cables
eléctricos, alambres eléctricos,
cargadores, estaciones para cargar
baterías, y adaptadores
para su uso con todos los productos anteriormente mencionados,
interfaces para computadoras, periféricos
de computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos digitales móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, televisores, decodificadores y reproductores y grabadoras de
audio y video, películas protectoras
adaptadas para pantallas de
ordenador cubiertas, bolsas, estuches, fundas, correas y cordones para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos digitales móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, audífonos, auriculares, decodificadores
y reproductores y grabadoras
de audio y video brazos extensibles
para autofotos (mono pies de mano), cargadores de batería para cigarrillos electrónicos, controles remotos, aparatos electrónicos de comando y reconocimiento de voz para controlar las operaciones de dispositivos electrónicos de consumo y sistemas residenciales; en clase 35: administración de empresas, administración de negocios, servicios de consultoría empresarial, servicios de planificación, colocación e información de carreras, prestación de funciones de oficina, servicios de agencias de publicidad, servicios de publicidad, marketing y promoción,
consultas sobre publicidad y marketing, servicios
de promoción de ventas, promoción de productos y servicios de terceros, realizar estudios de mercado, análisis de respuesta publicitaria e investigación de
mercado, diseño, creación, preparación, producción y difusión de anuncios y material publicitario para terceros, servicios de planificación de medios, administración de programas de fidelización de consumidores, organización y realización de programas de recompensas de incentivos para promover la venta de bienes y servicios gestión de archivos y bases de datos informatizados servicios de procesamiento de datos, creación de índices de información, sitios y otros recursos disponibles en redes informáticas mundiales y otras redes electrónicas y de comunicaciones para terceros suministro, búsqueda, navegación y recuperación de información, sitios y otros recursos disponibles en redes informáticas mundiales y otras redes electrónicas y de comunicaciones
para terceros organización
de contenido de información
proporcionada a través de
una red informática mundial
y otras redes electrónicas
y de comunicaciones, según
las preferencias del usuario
suministro de información comercial, de consumo y de negocios a través de redes informáticas y redes de comunicaciones
globales servicios comerciales, en concreto, suministro de bases de datos informáticas sobre la compra y venta de una amplia variedad de productos y servicios de terceros recopilaciones de directorios
para su publicación en internet y otras redes electrónicas, informáticas y de comunicaciones, servicios de
tienda minorista y tienda minorista
en línea, servicios de tiendas minoristas prestados a través de internet y otras redes informáticas, electrónicas y de comunicaciones servicios de tiendas minoristas en relación con libros, revistas, publicaciones periódicas, boletines informativos, revistas y otras publicaciones sobre una amplia gama de temas de interés general, prestados a través de internet y otras redes informáticas, electrónicas y de comunicaciones servicios de tiendas minoristas en el ámbito del esparcimiento con películas, programas de televisión, eventos deportivos, obras musicales y obras de audio
y audiovisuales, prestados
a través de internet y otras
redes informáticas, electrónicas
y de comunicaciones servicios
de tiendas minoristas que ofrecen
productos informáticos, electrónicos y de entretenimiento,
aparatos de telecomunicaciones,
teléfonos móviles, dispositivos electrónicos digitales móviles manuales y otros productos electrónicos de consumo, software y accesorios, periféricos, piezas y estuches de transporte para dichos productos, proporcionados a través de
internet y otras redes informáticas,
electrónicas y de comunicaciones
demostraciones de productos
proporcionadas en la tienda
ya través de redes de comunicaciones globales y otras redes electrónicas y de comunicaciones servicios de suscripción, en concreto, suministro de suscripciones a contenido de texto, datos, imágenes,
audio, video y multimedia, prestados a través de internet y otras redes electrónicas y de comunicaciones suministro de textos, datos, imágenes, audio, video y contenido multimedia pregrabados descargables mediante una tarifa o una suscripción prepaga, a través de internet y otras redes electrónicas y de comunicaciones organización y dirección de conferencias, espectáculos y exposiciones comerciales, comerciales y de negocios servicios de información, asesoramiento y consultoría relacionados con todo lo mencionado; en clase 42: diseño
y desarrollo de hardware, software, periféricos y juegos informáticos y de video, servicios
de consultoría de hardware y software informáticos, programación de computadoras, diseño de bases de datos informáticas, almacenamiento de datos electrónicos, servicios de computación en la nube, alquiler de hardware,
software y periféricos informáticos,
suministro de software en línea no descargable, servicios de consulta para desarrollar
sistemas informáticos, bases
de datos y aplicaciones consultoría en seguridad informática y seguridad de datos servicios de cifrado de datos, suministro de información de hardware o software
en línea, mantenimiento, reparación y actualización de hardware, software, periféricos
y aplicaciones informáticas,
servicios de soporte técnico, diagnóstico y resolución de problemas de
hardware y software informáticos, y servicios de mesa de ayuda informática, servicios de creación, diseño y mantenimiento de sitios web servicios
de alojamiento de sitios web, suministro
de motores de búsqueda para
obtener datos a través de internet y otras redes
de comunicaciones electrónicas,
creación de índices de información en línea, sitios y otros recursos disponibles en internet y otras redes de comunicaciones electrónicas, servicios de cartografía y mapeo, acceso a un portal de
internet que permite a los usuarios
obtener una vista previa y descargar
libros, publicaciones y otros documentos electrónicos acceso a un portal
de internet que permite a los usuarios
obtener una vista previa y descargar
libros, publicaciones y otros documentos electrónicos servicios científicos y tecnológicos, servicios de diseño industrial, servicios de análisis e investigación industrial investigación
médica, laboratorios médicos, servicios de información, asesoramiento y consultoría relacionados con todo lo mencionado. Prioridad: Fecha: 10 de diciembre de 2020. Presentada el
2 de diciembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Alex
Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2021518486 ).
Solicitud Nº 2020-0010337.—María del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de
Husqvarna Aktiebolag, con domicilio
en Drottninggatan 2, SE-561
82, Huskvarna, Suecia, Suecia, solicita la inscripción de: HUSQVARNA
como marca de comercio y servicios en clases
4, 7, 8, 9, 12, 25, 35 y 37 internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
4: aceites y grasas industriales aceites para máquinas, grasas para máquinas lubricantes composiciones absorbentes, humectantes y aglutinantes de polvo combustibles (incluido el
alcohol para motores) e iluminantes
velas y mechas para iluminar; en clase
7: máquinas para jardinería,
parques, silvicultura, construcción y sus partes y piezas sierras de mano [máquinas]
sierras eléctricas sierras de cadena,
sierras de limpieza, sierras de poste aserraderos (eléctricos) bancos de sierra (partes de máquinas) hojas de sierra (partes
de máquinas) máquinas de recorte, desbrozadoras, cortasetos máquinas cortadoras
de césped, cortadoras de césped robóticas, cortadoras de césped con operador a pie, cortadoras de césped de giro cero, cortadoras frontales comerciales, cortadoras de césped con asiento tractores de jardín para cortar césped aireadores
de césped, desbrozadoras, cultivadores, trituradoras de tocones, recortadoras de césped dispositivos de soplado y succión, como sopladores de hojas y quitanieves
aspiradoras de jardín, colectores
quitanieves barrenas de hielo (impulsadas por gasolina) limpiadores de alta presión bombas de agua pulverizadores (de mochila)
[eléctricos] para llevar en la espalda, pulverizadores [máquinas] para uso en el jardín, máquinas
de pulverización que funcionan con baterías plantas [paquetes] de energía cadenas
(partes de máquinas) motores, piezas de motor y motores para productos eléctricos para exteriores cadenas y barras para motosierras cubiertas de barra de sierra de cadena accesorios para montar en cortadoras de césped, tractores de jardín
para cortar césped y
cortadoras de césped de giro cero, incluidos carros de descarga, hojas [cuchillas] topadoras, palas frontales, guardabarros, cubiertas para tractores de jardín, fundas
para asientos, rampas de carga, toldos
accesorios para cortadoras
de césped robóticas, incluidas las carrocerías de repuesto, ruedas delanteras y traseras pesadas, cepillos de ruedas carcasas de protección
y colgadores de pared para cortadoras
de césped, incluidas cortadoras de césped robóticas generadores máquinas y aparatos de corte, taladrado, abrasión, pulido, afilado herramientas abrasivas para su uso con máquinas
herramientas abrasivas como parte de máquinas
lijadoras orbitales (máquinas)
afiladores de motor discos abrasivos
para lijadoras eléctricas
sierras de pared, sierras para caminos y pisos, sierras de alambre, sierras para azulejos y mampostería, cortadoras eléctricas
perforadoras y soportes de perforación herramientas de diamante hojas
de sierra, alambres, rodillos, amoladoras,
cepilladoras equipo de preparación de superficies (máquinas) amoladoras de hormigón y suelos,
pulidoras herramientas de
diamante, que incluyen: discos de diamante para máquinas y equipos de corte de hormigón brocas y brocas de diamante para máquinas segmentos de diamante, muelas de copa de diamante, discos de diamante, almohadillas
de pulido de diamante y bloques
de diamante, todo lo anterior para máquinas y equipos de preparación de
superficies herramientas de diamante, incluidos alambres, alambres estacionarios,
alambres de cantera, alambres múltiples,
hojas, hojas de sierra en grupo,
hojas circulares, almohadillas de amolar,
taladros y brocas, para su uso en
la industria de la piedra
para cortar, pulir o procesar piedra natural extractores de polvo [de motor], aspiradores de lechada de hormigón [de motor], depuradores
de aire [de motor], pre-separadores
de polvo y lechada [de
motor] separadores húmedos máquinas de limpieza de polvo y lechada instalaciones [para limpieza] de eliminación de polvo máquinas y aparatos eléctricos de limpieza máquinas de succión para uso industrial máquinas de succión con fines de barrido aspiradoras para la construcción aspiradoras para uso industrial aspiradoras para limpiar superficies
aspiradoras en seco y húmedo piezas y accesorios para aspiradoras compactadores máquinas de compactación y acabado de
superficies del suelo cribadoras
(máquinas) vibradores de hormigón vibradores (máquinas) para uso industrial ejes para máquinas ejes flexibles paletas eléctricas
piezas y accesorios para
paletas, compactadores, cribas,
vibradores, máquinas vibradoras de demolición remota martillos de demolición accesorios para máquinas de demolición remota robots (máquinas) máquinas lavavajillas, lavadoras, rodillos [escurridores], máquinas para limpieza de alta presión, centrifugadoras, compresores para frigoríficos y congeladores, máquinas mezcladoras de alimentos, procesadoras de alimentos, cortadoras, trituradoras, envasadoras al vacío, máquinas de eliminación de residuos, aspiradoras y sus partes, a saber mangueras, boquillas, tubos, bolsas de polvo y filtros máquinas de planchar prensas de planchar estaciones de vapor máquinas de coser, bordar y sobrecerrar máquinas de tejer máquinas de puntada invisible máquinas de coser de puntada de recubrimiento máquinas para acolchar plisados [partes de máquinas de coser] pliegues [partes de máquinas de coser] motores, piezas de motor y motores para máquinas de coser soportes para máquinas de coser y accesorios para máquinas de coser
prensatelas para máquinas de coser
bobinas para máquinas de coser fajas de máquina de coser resortes [partes de máquinas] guardapolvos para máquinas de coser accionamientos de pedal
para máquinas de coser placas de agujas para máquinas de coser cuchillas de remalladora dispositivos de tensión para máquinas de coser partes y accesorios par; en clase 8: herramientas
e implementos manuales, todos para uso en silvicultura, parques y horticultura cizallas para setos, hojas,
sierras, espadas, hachas, rastrillos,
colectores, cinturones de herramientas, tenazas elevadoras, cepilladoras, esparcidores, hojas de sierra de diamante, hojas soldadas con láser para corte en seco, brocas de diamante, alambres y cadenas
de diamante [herramientas], herramientas
abrasivas, de esmerilado y pulido pulverizadores (de
mochila) [no eléctricos] para llevar
en la espalda, pulverizadores [herramienta
manual] para uso en el jardín planchas, planchas de vapor tijeras lijadoras manuales herramientas e instrumentos de afilado manuales instrumentos abrasivos (instrumentos de mano) muelas abrasivas (esmeril)a máquinas de coser; en clase 9: ropa
y equipo de protección y seguridad calzado de protección cascos protectores
botas de protección, guantes,
cascos, caretas, gafas, gafas de sol viseras lentes de seguridad arneses de seguridad correas de seguridad para los hombros aparatos e instrumentos científicos, ópticos, de medición, señalización y control aparatos e instrumentos para la conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad,
baterías, baterías eléctricas, baterías recargables, cargadores de batería,
estaciones para cargar baterías, celdas fotovoltaicas, unidades de energía eléctrica, válvulas electromagnéticas,
radiocontroles, acumuladores,
interruptores de tiempo mecánicos, eléctricos y electrónicos, interruptores eléctricos, dispositivos de seguridad de funcionamiento en seco para bombas, cables eléctricos, extensiones de cables
eléctricos, enchufes, conectores eléctricos, empalmes de cables para cables eléctricos,
acoplamientos eléctricos, conectores adaptadores, adaptadores de enchufes eléctricos, transformadores eléctricos, tableros de circuitos eléctricos, tableros de interruptores eléctricos, tableros de control eléctrico, cajas de fusibles eléctricos repetidores, repetidores multipuerto, repetidores ethernet
pasarelas, convertidores de
protocolo convertidores de frecuencia amplificadores de señal dispositivos y aparatos de sistemas de posicionamiento global (GPS) aparatos
e instrumentos de seguimiento
electrónico dispositivos de
comunicación GPS para cortadoras
de césped robóticas sensores y detectores sensores electrónicos sensores para registrar el uso de
máquinas y motores etiquetas y lectores de identificación por radiofrecuencia
(RFID) etiquetas electrónicas
receptores de señales electrónicas controladores inalámbricos para monitorear y controlar de forma remota la función y el estado de otros dispositivos o sistemas eléctricos, electrónicos y mecánicos registradores de datos cámaras, indicadores de movimiento alarmas, alarmas de seguridad, alarmas de robo, alarmas eléctricas, alarmas remotas [distintas de las antirrobo para vehículos] controles remotos controles remotos para robots cortacésped y
para robots de demolición controles
remotos para extractores de
polvo aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes TV integrada soportes de datos magnéticos, discos de grabación programas informáticos, software software de aplicaciones, aplicaciones móviles manuales en formato
electrónico, publicaciones en formato electrónico,
material didáctico en formato electrónico, guías de usuario en formato electrónico,
cuadernos de formato electrónico, cuadernos de bitácora en formato
electrónico relojes inteligentes software y aplicaciones
para relojes inteligentes conectados periféricos adaptados para su uso con ordenadores y otros dispositivos inteligentes instrumentos de medición del tiempo (sin incluir relojes de pulseras y relojes); en clase 12: tractores
de jardín y sus partes y piezas accesorios para tractores de jardín, incluidos carros de descarga, hojas [cuchillas] topadoras, palas frontales, guardabarros, cubiertas para tractores de jardín, fundas para asientos, rampas de carga, toldos motocicletas de dos y cuatro ruedas vehículos motorizados de dos ruedas vehículos todo terreno de cuatro ruedas, vehículos utilitarios bicicletas y sus partes, en concreto
marcos, frenos, cadenas, luces, infladores, sillines alarmas para vehículos, alarmas antirrobo para vehículos, alarmas remotas para vehículos terrestres; en clase 25: vestuario,
calzado, sombrerería; en clase 35: publicidad
decoración de escaparates servicios de consultoría y asesoramiento comerciales relacionados con concesionarios servicios de venta minorista de equipos, máquinas, prendas de vestir, herramientas y accesorios para jardinería servicios de venta minorista relacionados con equipos, máquinas, prendas de vestir, herramientas y accesorios para el
cuidado de parques servicios de venta minorista de equipos, máquinas, prendas de vestir, herramientas y accesorios para la silvicultura servicios de venta minorista de equipos, máquinas, prendas de vestir, herramientas y accesorios para la construcción servicios de venta minorista de lubricantes y
combustibles, motocicletas y accesorios,
electrodomésticos, máquinas
de coser servicios de gestión administrativa relacionados con la gestión, uso, control, seguimiento, monitoreo, consumo, recolección y valoración de datos e información sobre todo lo anterior, incluidos los servicios de gestión de flotas, de equipos, máquinas, herramientas y accesorios para jardinería, parques, silvicultura y construcción; en clase 37: instalación,
mantenimiento y reparación
de maquinaria servicios posventa y servicios de mantenimiento, servicios de mantenimiento y reparación, servicios de limpieza y restauración, servicios de instalación de aparatos eléctricos, electrónicos y de gasolina servicios posventa y servicios de mantenimiento, servicios de mantenimiento y reparación, servicios de limpieza y restauración, servicios de instalación de equipos, máquinas, herramientas y accesorios para usos en jardinería, parques, silvicultura y construcción servicios de asesoramiento relacionados con la
instalación, mantenimiento
y reparación de maquinaria alquiler de equipo de construcción alquiler de equipos, máquinas, herramientas y accesorios para uso en jardinería,
parques, silvicultura y construcción reparación y mantenimiento de relojes y relojes de pulsera suministro de información relacionada con la reparación o
el mantenimiento de relojes
y relojes de pulsera Fecha: 18 de diciembre de 2020. Presentada el: 10 de diciembre de
2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2021518487 ).
Solicitud Nº 2020-0010168.—María del Pilar
López Quirós,
divorciada, cédula de identidad
N° 110660601, en calidad de
apoderado especial de Andalusia Investments, Ltd. con
domicilio en: Road Town, Tórtola, Islas Vírgenes Británicas, -, Islas Vírgenes (Británicas), solicita la inscripción de: CAMPOLISTO, como
marca de fábrica y comercio en clase
29 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: zumo de tomate (para usarse en la cocina)
y puré de tomate Fecha: 10 de diciembre de 2020. Presentada el: 07 de diciembre de
2020. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2021518488 ).
Solicitud Nº 2020-0010173.—María del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad N° 110660601, en calidad de apoderada especial de
Marriott Worldwide Corporation con domicilio en 10400 Fernwood Road, Bethesda, Maryland 20817, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: SEMANA SENSACIONAL como marca de servicios en clases: 35 y 43. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Publicidad gestión comercial, administración de empresas programas de premios de incentivos promoción de servicios de hotel, complejos vacacionales, aerolíneas, alquiler de automóviles, tiempo compartido, viajes y vacaciones a través de un programa de premios de incentivos organización, operación y supervisión de programas de fidelización, en clase 43: Servicios hoteleros; servicios de restaurante y bar; servicios de alojamiento y complejos vacacionales; servicios de suministro de alimentos y bebidas; alojamiento temporal; servicios de reservas de hoteles para terceros; servicios de hotel con un programa
de premios de incentivos. Presentada el: 7 de diciembre de
2020. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 9 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2021518489 ).
Solicitud Nº 2020-0010717.—María del Pilar López Quirós, divorciada,
cédula de identidad N° 110660601, en
calidad de apoderado
especial de Apple Inc., con domicilio en: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América, -, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción
de: AIRPODS MAX, como marca
de fábrica y comercio en clase 9 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: computadoras
hardware de cómputo hardware de cómputo
portátil computadoras portátiles computadoras tipo tablet aparatos e instrumentos de telecomunicaciones
teléfonos teléfonos móviles teléfonos inteligentes dispositivos
de comunicación inalámbricos
para la transmisión de voz,
datos, imágenes, audio,
video y contenido multimedia aparatos
para redes de comunicación dispositivos
electrónicos digitales manuales capaces de proporcionar acceso a internet y para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correo electrónico y otros datos digitales
dispositivos electrónicos digitales portátiles capaces de proporcionar acceso a internet, para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correo electrónico y otros datos digitales
relojes inteligentes rastreadores de actividad portátiles pulseras conectadas [instrumentos de medición] lectores de libros electrónicos software de ordenador software para ajustar, configurar, operar o controlar dispositivos móviles, teléfonos móviles, dispositivos portátiles, computadoras, periféricos de computadoras, decodificadores, televisores y reproductores de audio y video software de desarrollo de aplicaciones
software de juegos informáticos
contenido de audio, video y multimedia pregrabado descargable dispositivos periféricos informáticos dispositivos periféricos para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, audífonos, auriculares, decodificadores
y reproductores y grabadoras
de audio y video periféricos de cómputo
portátiles periféricos portátiles para usar con computadoras,
teléfonos móviles dispositivos electrónicos móviles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, televisores, decodificadores y reproductores y
grabadoras de audio y video acelerómetros
altímetros aparatos de medición de distancia aparatos para grabar datos de distancia podómetros aparatos de medición de presión aparatos indicadores de presión monitores, pantallas de visualización, pantallas de visualización
frontal, y auriculares para usar con computadoras, teléfonos inteligentes, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, televisores y reproductores y grabadoras de audio y video lentes
inteligentes anteojos 3D lentes gafas de sol vidrios y cristales ópticos productos ópticos aparatos e instrumentos ópticos cámaras
flashes para cámaras pantallas
de visualización
para computadoras, teléfonos
móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, televisores y reproductores y grabadoras de
audio y video teclados, ratones
de computadora, alfombrillas
para ratones de computadora,
impresoras, unidades de
disco y discos duros aparatos
para grabar y reproducir sonido reproductores y grabadores digitales de audio y
video bocinas de audio amplificadores
y receptores de audio aparatos
de audio para vehículos de motor aparatos
para grabación y reconocimiento
de voz audífonos
auriculares micrófonos televisores
receptores y monitores de televisión decodificadores radiotransmisores y radiorreceptores
sistemas de posicionamiento
global (dispositivos GPS) instrumentos
de navegación controles remotos para controlar computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, reproductores y grabadoras de audio y video, televisores,
bocinas, amplificadores, sistemas de teatro en casa y sistemas de entretenimiento dispositivos portátiles para controlar computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, reproductores y grabadoras de audio y video, televisores,
bocinas, amplificadores, sistemas de teatro en casa y sistemas de entretenimiento aparatos para el almacenamiento de datos chips de cómputo tarjetas de crédito codificadas y lectores de tarjetas terminales de pago electrónico y puntos de transacción
baterías cargadores de baterías
conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, cables
eléctricos, alambres eléctricos,
cargadores, estaciones para cargar
baterías, y adaptadores
para su uso con todos los productos anteriormente mencionados
interfaces para computadoras, periféricos
de computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos digitales móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, televisores, decodificadores y reproductores y grabadoras de
audio y video películas protectoras
adaptadas para pantallas de
ordenador cubiertas, bolsas, estuches, fundas, correas y cordones para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos digitales móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, audífonos, auriculares, decodificadores
y reproductores y grabadoras
de audio y video brazos extensibles
para autofotos [mono pies de mano] cargadores de batería para cigarrillos electrónicos controles remotos aparatos electrónicos de comando y reconocimiento de voz para controlar las operaciones de dispositivos electrónicos de consumo y sistemas residenciales Prioridad: Fecha: 29 de diciembre de 2020. Presentada el: 21 de diciembre de
2020. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registrador(a).—(
IN2021518490 ).
Solicitud N° 2020-0010725.—María
del Pilar López Quirós, divorciada, Cédula de identidad 110660601, en calidad
de apoderado especial de Ceragem Co., Ltd. con domicilio
en 10, Jeongja 1-Gil, Osaekdang-Ri,
Seonggeo-Eup, Seobuk-Gu, Cheonan-Si, Chungcheongnam-Do
31045, República de Corea, -, República de Corea, solicita la inscripción de: Master V3 como marca de fábrica y comercio en
clase: 10. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Aparatos de
masaje de uso personal, aparatos de masaje, aparatos de terapia
electromagnética de alta frecuencia, aparatos de fisioterapia, aparatos de
masaje estético, máquinas y aparatos médicos, aparatos e instrumentos médicos,
aparatos de masaje [para uso médico], colchones de aire para uso médico,
aparatos de terapia eléctrica de baja frecuencia, aparatos galvánicos para uso
terapéutico, aparatos para terapia por acupresión, aparatos de vibromasaje, máquinas y aparatos de terapia de ondas
ultracortas, máquinas y aparatos de terapia ultrasónica, mantas eléctricas para
uso médico, cojines, calentadores eléctricos para uso médico, almohadillas
electrotérmicas para uso médico, aparatos eléctricos de masaje para uso doméstico.
Fecha: 30 de diciembre de 2020. Presentada el: 21 de diciembre de 2020. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 30 de diciembre de 2020. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2021518491 ).
Solicitud Nº 2020-0010775.—María del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad N° 110660601, en calidad de apoderada especial de
Mars, Incorporated, con domicilio en
6885 Elm Street, Mclean, Va 22101, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: BEN’S ORIGINAL como marca de fábrica y comercio en clases: 29 y 30. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Carne pescado (no vivo) carne de ave
carne de caza extractos de carne charcutería
sucedáneos de la carne hortalizas
y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas frutas en conserva
frutas secas frutas cocidas frutas procesadas hongos y hortalizas (incluyendo frutos secos y legumbres) verduras procesadas legumbres procesadas lentejas garbanzos procesados
frijoles procesados frijoles horneados
frijoles en salsa granos de
soja en conserva para uso alimenticio tofu puré de tomate puré de verduras jugo de tomate para cocinar tomates enlatados jugos de verduras para cocinar pepinillos preparaciones para hacer sopa sopas caldos
preparaciones para hacer caldos [consomés] consomés leche de coco aceite de
coco grasa de coco grasas vegetales para la alimentación
dips [salsas] frutos secos,
preparados cremas para untar a base de frutos secos semillas, preparadas bocadillos a base de frutas bocadillos a base de legumbres bocadillos a base de frutos secos bocadillos
a base de vegetales guiso
de curry precocido chili vegetariano
chili con carne platos preparados
que consisten principalmente
en carne ensaladas preparadas
platos de verduras preparadas comidas preparadas que consisten principalmente de carne comidas preparadas que consisten principalmente de sucedáneos de
la carne comidas preparadas
que consisten principalmente
de aves de corral comidas preparadas que consisten principalmente en verduras comidas preparadas que consisten principalmente en pescado comidas congeladas que consisten principalmente de verduras comidas congeladas que consisten principalmente en carne comidas congeladas que consisten principalmente de sucedáneos de
la carne comidas congeladas
que consisten principalmente
de pescado comidas congeladas que consisten principalmente de aves de corral comidas listas para cocinar que consisten principalmente de carne comidas listas para cocinar que consisten principalmente de sucedáneos de la carne comidas listas para cocinar que consisten principalmente de aves de corral comidas listas para cocinar que consisten principalmente de verduras comidas listas para cocinar que consisten principalmente de pescado; en clase
30: Arroz tapioca sagú
pasta tallarines dumplings [masa para rellenos]
vermicelli [fideos] cuscús
[sémola] preparaciones a
base de cereales granos procesados cereales procesados arroz de grano entero arroz de grano largo arroz
silvestre [preparados] arroz
integral arroz basmati arroz al vapor risotto mezclas
de arroz mezclas de arroz con verduras,
extractos de pollo, extractos
de carne, queso, frijoles, legumbres, especias, aromas, hierbas, condimentos mezclas de comidas envasadas que consisten principalmente de arroz
quinua procesada pizzas pasteles condimentos salsas salsas para cocinar preparaciones para hacer salsas salsas de curry salsas para pasta salsas para hornear pasta salsa de chili salsa de soja salsa picante
salsa agridulce salsas especiadas
salsas saladas salsas para arroz polvos
para salsa mezclas para preparar
salsas condimentos en forma
de salsas concentradas productos
alimenticios preparados en forma de salsas adobos aderezos
para ensaladas chutneys [condimentos] pastas (alimentos farináceos) salsas de pepinillos gravy [salsas espesas]
espesantes para cocinar alimentos pesto [salsa] mostaza vinagre sal especias
condimentos hierbas culinarias ajo procesado para su uso como
sazonador jengibre procesado para su uso como condimento
jengibre picado pastas para condimentar
pimienta condimento de
chile pasta de chile para usar como condimento preparaciones aromáticas para la alimentación saborizantes para alimentos extractos utilizados como saborizantes [no aceites esenciales] preparaciones de especias extractos de especias mezclas de especias mezclas de curry comidas preparadas a base de pasta comidas
preparadas a base de arroz comidas
preparadas a base de fideos
instantáneos arroz instantáneo
bocadillos (a base de cereales)
bocadillos (a base de arroz) snacks que consisten principalmente de pasta
bocadillos que consisten principalmente de arroz comidas
que consisten principalmente
de pasta comidas que consisten
principalmente de arroz comidas
que consisten principalmente
de granos procesados comidas que consisten principalmente de cereales procesados comidas que consisten principalmente de quinua y cereales procesados comidas que consisten principalmente de fideos comidas congeladas que consisten principalmente de pasta comidas congeladas que consisten principalmente de arroz comidas congeladas que consisten principalmente de granos procesados comidas congeladas que consisten principalmente de cereales procesados comidas congeladas que consisten principalmente de quinua y cereales procesados comidas congeladas que consisten principalmente de fideos comidas secas y líquidas listas para servir, compuestos principalmente de
arroz comidas secas y líquidas listas para servir, compuestos principalmente de pasta comidas secas y líquidas listas para servir, compuestos principalmente de fideos granos procesados
combinados en paquetes unitarios con condimentos y saborizantes cereales procesados combinados en paquetes
unitarios con condimentos y
saborizantes quinua y cereales procesados combinados en paquetes
unitarios con condimentos y
saborizantes arroz combinado
en paquetes unitarios con condimentos y saborizantes granos procesados combinados en paquetes unitarios
con semillas comestibles, legumbres
o vegetales cereales procesados combinados en paquetes unitarios
con semillas comestibles, legumbres
u hortalizas quinua y cereales procesados combinados en paquetes
unitarios con semillas
comestibles, legumbres u hortalizas
arroz combinado en paquetes unitarios con semillas comestibles, legumbres u
hortalizas pasta combinada en paquetes unitarios
con semillas comestibles, legumbres
u hortalizas fideos combinados en paquetes unitarios con semillas comestibles, legumbres u
hortalizas Prioridad: Fecha: 30 de diciembre de 2020. Presentada el: 22 de diciembre de
2020. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2021518492 ).
Solicitud Nº 2020-0006467.—María del Pilar
López Quirós,
cédula de identidad N° 110660601, en
calidad de representante
legal de RPC IP Holdings LLC, con domicilio en: 1010 NE 2nd Avenue, Miami, Florida 33132, -, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: LEGACY HOTELS & RESIDENCES
como
marca de servicios en clases 35 y 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: servicios
inmobiliarios, en concreto, gestión de ventas de condominios inmobiliarios que implican propiedades de inversión, adjuntos o afiliados a marcas de terceros, utilizados como residencias personales o colocados en grupos de alquiler
disponibles para uso compartido por terceros; gestión de ventas inmobiliarias; servicios de desarrollo empresarial; administración de empresas; servicios de administración comercial; planificación, gestión, organización y suministro de eventos especiales con fines comerciales
del tipo de exposiciones,
ferias y espectáculos; planificación,
gestión, organización y suministro de eventos de redes de
negocios en forma de exposiciones, ferias y espectáculos
en los campos de bienes raíces, publicidad, marca y administración, clubes de membresía, hoteles, restaurantes, cafés, bares, gimnasios
y servicios recreativos; servicios de promoción, marketing
y publicidad; planificación,
gestión, organización y suministro de eventos promocionales de marketing para terceros
del tipo de exposiciones,
ferias y espectáculos; publicidad
de bienes raíces comerciales o residenciales; adquisición, en concreto, compra de entradas para
espectáculos y eventos deportivos para terceros; en clase 43: Facilitación
de oficinas temporales, en concreto, alquiler
de salas de reuniones; facilitación de instalaciones de uso general para reuniones, conferencias, seminarios, salas de recepción y exposiciones; facilitación de servicios de alojamiento para reuniones, en concreto,
facilitación de instalaciones
para conferencias y reuniones;
servicios de alquiler de habitaciones, en concreto, alquiler de habitaciones como alojamiento temporal; facilitación
de locales de oficinas en alquiler; prestación de servicios de catering; facilitación
de instalaciones de cocina temporales; facilitación de refrigerios, en concreto, servicios de barra de jugos, servicios de cafetería, servicios de aperitivos, servicios de batidos, servicios
de café, salones de té; servicios de cafetería móvil para proporcionar comida y bebida; servicios de agencia para organizar y reservar hoteles y alojamientos; servicios de agencia para la reserva de alojamiento temporal; servicios
de guardería; servicios de guarderías, en concreto, servicios de niñeras; servicios de catering, en concreto, servicios
de catering móviles; servicios
de catering prestados en línea desde una base de datos informática o desde Internet, en concreto, realización de reservas para el catering de comidas
y bebidas, reserva de servicios de catering para terceros;
facilitación de instalaciones
para banquetes para ocasiones
especiales; servicios de
club de vinos, en concreto,
servicios de bar de vinos, suministro
de información sobre las características del vino, asesoramiento
sobre vinos y maridaje de
vinos y comidas; servicios
de clubes de vinos, en concreto, ubicaciones de reuniones de clubes de vinos; servicios de comedor, en concreto, prestación
de servicios de restaurante
a miembros del club; arreglo,
reserva, operación, gestión, provisión, alquiler y reserva de casas de vacaciones, casas y apartamentos turísticos, habitaciones en hoteles, habitaciones
de hotel, habitaciones en moteles, alojamiento temporal, comidas, facilitación de guarderías, restaurante, bar y servicios de catering. Prioridad:
Fecha: 28 de agosto de
2020. Presentada el: 19 de agosto
de 2020. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de agosto de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2021518493 ).
Solicitud Nº 2020-0006470.—María del Pilar López Quiros, cédula de identidad
110660601, en calidad de representante legal de RPC IP Holdings LLC, con domicilio en 1010 NE 2nd Avenue, Miami, Florida 33132, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: LEGACY RESORTS & RESIDENCES
como marca de servicios en clases 35, 36 y 43 Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: servicios
de desarrollo empresarial, administración de empresas, servicios de administración comercial, planificación, gestión, organización y suministro de eventos especiales con fines comerciales
del tipo de exposiciones,
ferias y espectáculos, planificación,
gestión, organización y suministro de eventos de redes de
negocios en forma de exposiciones, ferias y espectáculos
en los campos de bienes raíces, publicidad, marca y administración, clubes de membresía, hoteles, restaurantes, cafés, bares, gimnasios
y servicios recreativos, servicios de promoción, marketing
y publicidad, planificación,
gestión, organización y suministro de eventos promocionales de marketing para terceros
del tipo de exposiciones,
ferias y espectáculos, publicidad
de bienes raíces comerciales o residenciales, adquisición, en concreto, compra de entradas para
espectáculos y eventos deportivos para terceros; en clase 36: servicios
inmobiliarios, en concreto, gestión de ventas de condominios inmobiliarios que implican propiedades de inversión, adjuntos o afiliados a marcas de terceros, utilizados como residencias personales o colocados en grupos de alquiler
disponibles para uso compartido por terceros, gestión de ventas inmobiliarias; en clase 43: facilitación de oficinas temporales, en concreto, alquiler
de salas de reuniones, facilitación de instalaciones de uso general para reuniones, conferencias, seminarios, salas de recepción y exposiciones, facilitación de servicios de alojamiento para reuniones, en concreto,
facilitación de instalaciones
para conferencias y reuniones,
servicios de alquiler de habitaciones, en concreto, alquiler de habitaciones como alojamiento temporal, facilitación
de locales de oficinas en alquiler, prestación de servicios de catering, facilitación
de instalaciones de cocina temporales, facilitación de refrigerios, en concreto, servicios de barra de jugos, servicios de cafetería, servicios de aperitivos, servicios de batidos, servicios
de café, salones de té, servicios de cafetería móvil para proporcionar comida y bebida, servicios de agencia para organizar y reservar hoteles y alojamientos, servicios de agencia para la reserva de alojamiento temporal, servicios
de guardería, servicios de guarderías, en concreto, servicios de niñeras, servicios de catering, en concreto, servicios
de catering móviles, servicios
de catering prestados en línea desde una base de datos informática o desde Internet, en concreto, realización de reservas para el catering de comidas
y bebidas, reserva de servicios de catering para terceros,
facilitación de instalaciones
para banquetes para ocasiones
especiales, servicios de
club de vinos, en concreto,
servicios de bar de vinos, suministro
de información sobre las características del vino, asesoramiento
sobre vinos y maridaje de
vinos y comidas, servicios
de clubes de vinos, en concreto, ubicaciones de reuniones de clubes de vinos, servicios de comedor, en concreto, prestación
de servicios de restaurante
a miembros del club, arreglo,
reserva, operación, gestión, provisión, alquiler y reserva de casas de vacaciones, casas y apartamentos turísticos, habitaciones en hoteles, habitaciones de hotel, habitaciones en moteles, alojamiento temporal, comidas, facilitación de guarderías, restaurante, bar y servicios de catering. Prioridad:
Se otorga prioridad Nº
88/803, 934 de fecha 20/02/2020 de Estados Unidos de América. Fecha:
8 de diciembre de 2020. Presentada
el: 19 de agosto de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 8 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2021518494 ).
Solicitud N° 2020-0006535.—María del Pilar
López Quirós,
cédula de identidad N° 110660601, en
calidad de apoderado
especial de Relaxo Footwears Limited, con domicilio en Aggarwal City Square,
Plot N° 10, Mangalam Palace. District Center, Rohini Sector -3, Delhi -
110085, -, India, solicita la inscripción
de: FLITE como marca
de fábrica y comercio, en clase(s): 25 internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 25: calzado;
partes y accesorios para
los mismos (punteras, tacones, plantillas, suelas y ribetes para calzado). Fecha: 07 de octubre del 2020. Presentada el:
20 de agosto del 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 07 de octubre del 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registrador(a).—( IN2021518495 ).
Solicitud N° 2020-0006679.—María Del Pilar
López Quirós,
cédula de identidad N° 110660601, en
calidad de apoderada
especial de Bare Foods Co., con domicilio en 700 Anderson Hill Road, Purchase, NY 10577, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: BARE,
como marca de fábrica y comercio en clases:
29; 30 y 31. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: verduras al horno, en concreto,
chips de verduras al horno;
chips de camote; aperitivos, en
concreto, chips de vegetales
y aperitivos a base de patatas, yuca y camote; verduras procesadas, a saber, verduras picadas; frutas procesadas, en concreto, frutas trituradas, panecillos y fajitas
de frutas y verduras procesadas; panecillos y fajitas elaboradoras de frutas, hortalizas y semillas; bocadillos a base de frutas; bocadillos a base de vegetales; bocadillos empacados que consisten principalmente en frutas horneadas;
bocadillos empacados que consisten principalmente en vegetales horneados,
chips de manzana, chips de frutas, en concreto, chips de frutas secas; fruta
seca; frutos secos, en concreto,
chips de coco; mezclas para aperitivos
que consisten en frutas horneadas y mezclas para bocadillos que consisten en frutas
deshidratadas, frutos secos, en concreto,
cocos procesados; bocadillos a base de frutos secos; bocadillos a base de semillas; frutos secos picados; frutos secos, a saber, frutos secos procesados;
en clase 30: Aperitivos a base de cereales; bocadillos, en concreto, barras alimenticias listas para el consumo a base de cereales, densas en nutrientes,
que también contienen frutas secos, chocolate, frutos secos, semillas
y soja; barritas energéticas
compuestas principalmente
de jarabe de arroz integral; barritas alimenticias a base de cereales listas para comer; aperitivos a
base de cereales, en concreto, barritas alimenticias a base de cereales listas para comer; barras de
granola, en concreto, barras de aperitivos a base de cereales; bocadillos a base de yogur, a saber, frutos secos y frutas cubiertos de yogur; en clase 31: Frutos
secos, en concreto, cocos crudos; frutos secos, a saber, frutos secos crudos. Fecha:
24 de noviembre de 2020. Presentada
el 26 de agosto de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de noviembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador(a).—( IN2021518496 ).
Solicitud Nº 2020-0007361.—María del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de Imerys Filtration Minerals Inc., con domicilio
en 100 Mansell Court East, Suite 300, Roswell, GA
30076, Estados Unidos de América, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción
de: IMERGARD, como marca
de fábrica y comercio en clase 1 Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 1: silicato de aluminio Fecha: 3 de noviembre de 2020. Presentada el:
11 de septiembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 3 de noviembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2021518497 ).
Solicitud N° 2020-0007461.—María Del Pilar
López Quirós,
divorciada, cédula de identidad
N° 110660601, en calidad de
apoderada especial de Etablissements
Geyer Freres, con domicilio en
Route De Sarre-Union, F-57670 Munster, Francia,
Francia, solicita la inscripción
de: LORINA, como marca
de fábrica y comercio en clase 32 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: bebidas no alcohólicas; aguas minerales y gaseosas; bebidas de frutas y jugos de frutas; siropes y otras preparaciones
no alcohólicas para hacer bebidas. Fecha: 29 de setiembre de 2020. Presentada el
16 de setiembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de setiembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—(
IN2021518498 ).
Solicitud Nº 2020-0008286.—María del Pilar López Quirós, mayor, divorciada, abogada, cédula de identidad N°
110660601, en calidad de apoderado especial de Mid America Pet Food, LLC con domicilio en 2024 North Frontage
Road, Mount Pleasant, Texas 75455, Estados Unidos de
América, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ASPIRE
como marca de fábrica y comercio en clase:
31. Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 31: Alimentos para mascotas, a saber, comida para perros
y comida para gatos Prioridad:
Fecha: 9 de diciembre de
2020. Presentada el: 12 de octubre
de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 9 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2021518499 ).
Solicitud Nº 2020-0008488.—María del Pilar
López Quirós,
divorciada, cédula de identidad
N° 110660601, en calidad de
apoderado especial de Mid America Pet Food, LLC, con domicilio en: 2024 North Frontage
Road, Mount Pleasant, Texas 75455, Estados Unidos de
América, -, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: EAGLE
MOUNTAIN
como
marca de fábrica y comercio en clase
31 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: alimentos para mascotas, a saber,
comida para perros, comida para gatos
y golosinas para mascotas. Prioridad: Fecha: 08 de diciembre de 2020. Presentada el:
15 de octubre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 08 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2021518501 ).
Solicitud N° 2020-0008564.—María del Pilar López Quirós, divorciada,
cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderado especial de Mid América Pet Food, LLC, con domicilio en 2024 North Frontage
Road, Mount Pleasant, Texas 75455, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: EAGLE MOUNTAIN PET FOOD como marca de fábrica y comercio en clase 31
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31: Alimento
para mascotas Fecha: 9 de diciembre de 2020. Presentada el: 17 de octubre de
2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 9 de diciembre de 2020. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2021518502 ).
Solicitud Nº 2020-0008565.—María Del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad
110660601, en calidad de Apoderado Especial de Mid América Pet Food, LLC con domicilio en 2024 North Frontage
Road, Mount Pleasant, Texas 75455, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción
de: VICTOR como Marca de Fábrica
y Comercio en clase 31 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31: Alimento
para mascotas Fecha: 10 de diciembre de 2020. Presentada el:
17 de octubre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2021518503 ).
Solicitud N° 2020-0008649.—María del Pilar López Quirós, divorciada,
cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderado especial de Toy Cantando Sas con domicilio en
CALLE 140 17-15, OF. 203, Bogotá, Colombia, Colombia ,
solicita la inscripción de: EL MUÑECO PIN PON como marca de comercio y
servicios en clases 9; 35; 38 y 41 internacionales. Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 9: Aplicaciones informáticas descargables; aplicaciones
descargables para dispositivos móviles; programas computacionales para uso con
internet y worldwide web; software de aplicación para
teléfonos inteligentes; grabaciones de audio y video descargables; grabaciones
de video y audio con música e interpretaciones artísticas; grabaciones de
videos musicales; programas de juegos informáticos y videojuegos; aparatos para
grabación, transmisión o reproducción de sonido e imágenes; archivos de audio y
video descargables; archivos de imagen descargables, discos de audio; discos de
audio grabados; discos compactos, DVD y otros soportes de grabación digitales;
libros digitales descargables de internet; dibujos animados; música digital
descargable disponible en sitios web de MP3 en internet; hardware y software;
software de juegos informáticos descargable a través de redes informáticas
mundiales y dispositivos inalámbricos; software de juegos electrónicos;
software de entretenimiento interactivo descargable para videojuegos ;en clase
35: Gestión de negocios comerciales, publicidad, importación, exportación,
comercialización y distribución de toda clase de productos, bienes y servicios
por cualquier medio físico y por la web; servicios de gestión de proyectos
comerciales; organización de eventos, exposiciones, ferias y espectáculos con
fines comerciales, de promoción y publicitarios; servicios de merchandising; preparación de transacciones comerciales
para terceros a través de tiendas en línea; publicidad de sitios web
comerciales; distribución de material publicitario [folletos, prospectos,
impresos, muestras]; distribución y difusión de material publicitario;
promoción de los productos y servicios de terceros mediante la distribución de
material publicitario por diversos medios; publicación de material publicitario
en línea; gestión comercial de licencias de productos y servicios de terceros;
administración comercial; adquisición de productos por cuenta de empresas;
servicios de comercialización y distribución de toda clase de productos, bienes
y servicios por cualquier medio y por la web de ropa de cama, peluches,
material de juegos didácticos y educativos, vestuario, perfumería, tejidos,
juegos, juguetes, útiles escolares, artículos de deporte, vajillas, libros,
cuadernos, música, videos, publicaciones, productos de imprenta, mochilas,
maletas, billeteras, paraguas, utensilios y recipientes para uso doméstico y
culinario, utensilios de cocina, peines, esponjas, cepillos y termos, entre
otros, directamente y/o por cuenta de terceros (intermediario comercial)
comercialización de productos; cotización de precios de productos y servicios;
demostración de productos; marketing de productos; obtención de contratos para
terceros relacionados con la venta de productos; organización y realización de
presentaciones de productos; preparación de contratos por cuenta de terceros
para la compra y venta de productos; presentación de empresas y de sus
productos y servicios en internet; presentación de productos en cualquier medio
de comunicación para su venta al por menor; presentación de productos y
servicios por medios electrónicos; promoción de productos y servicios de
terceros por internet; puesta a disposición de espacios publicitarios en sitios
web para anunciar productos y servicios; servicios de agencias de importación-exportación
de productos; suministro de espacios de venta en línea para vendedores y
compradores de productos y servicios; suministro de información y asesoramiento
comerciales al consumidor en la selección de productos y servicios a través de
internet; suministro de información y asesoramiento comerciales a los
consumidores respecto a la compra de determinados productos y artículos;
promoción de ventas en puntos de compra o de venta para web; gestión comercial
de licencias de productos y servicios de terceros; publicidad en línea por una
red informática; representación comercial de artistas del espectáculo,
representación comercial de autores y escritores, gestión empresarial de
artistas intérpretes o ejecutantes, representación comercial de artistas musicales,
comercialización por internet, promoción, publicidad y marketing de sitios web
en línea, promoción de música de terceros mediante el suministro de carteras en
línea por sitios web, puesta a disposición de espacios publicitarios en sitios
web para anunciar productos y servicios, promoción de productos y servicios de
terceros por internet, publicidad por internet, servicios de venta minorista
prestados por tiendas de música y discos ;en clase 38: Telecomunicaciones;
telecomunicaciones por redes digitales; difusión de películas y programas o
espectáculos televisivos, incluido por internet, redes de telecomunicación
móvil y otros soportes; difusión de programas de televisión, películas
cinematográficas y otros contenidos audiovisuales y multimedia mediante el
protocolo internet y redes de comunicación; servicios de acceso por medios de
telecomunicación a películas y programas de televisión disponibles mediante un
servicio de video a la carta; transmisión de programas de radio y televisión;
comunicaciones por redes de fibra óptica; comunicaciones por terminales de
ordenador; transmisión de archivos de datos, audio, video y multimedia
incluidos archivos descargables y archivos difundidos en flujo continuo en
redes informáticas mundiales; transmisión de flujo continuo de datos [streaming]; servicios de difusión y de acceso por medios de
telecomunicación a contenidos de video y de audio disponibles mediante
servicios de video a la carta por internet; transmisión de mensajes e imágenes
asistida por ordenador; transmisión y retransmisión electrónica de sonido,
imágenes, documentos, mensajes y datos; servicios de transmisión digital y por
internet de datos de audio, video o gráficos; servicios de comunicación por
terminales informáticos analógicos y digitales; servicios de telecomunicación
mediante plataformas y portales de internet y por otros soportes; foros en
línea para transmitir mensajes entre usuarios de ordenador ;en clase 41:
Servicios culturales, educativos y de entretenimiento; academias [educación]; dirección
de la producción de programas de radio y de televisión; dirección de obras de
teatro; distribución de películas; distribución de programas de televisión para
otros; doblaje; edición de grabaciones de sonidos e imágenes; edición de libros
y revisiones; educación; enseñanza; espectáculos teatrales y musicales
proveídos en lugares de actuación; exhibición de películas; exposiciones de
arte; facilitación de cursos de instrucción de idiomas; facilitación de
estudios de audio o video; organización de concursos [actividades educativas o
recreativas]; organización de exposiciones con fines culturales o educativos;
presentación de espectáculos musicales; presentación de obras de teatro;
producción de animaciones; producción de canciones para películas cinematográficas;
producción de cintas de video de películas; producción de espectáculos;
producción de grabaciones sonoras; producción de películas; producción musical;
producción de videos musicales; provisión de información sobre educación;
provisión de información sobre educación online; publicación de libros,
revistas, diarios, periódicos, catálogos y brochures;
publicación en línea de libros y revistas especializadas en formato
electrónico; realización de películas no publicitarias; redacción de textos;
representación de espectáculos de variedades; representación de espectáculos en
vivo; representaciones teatrales; servicios de edición de posproducción en
música, videos y películas; servicios de entretenimiento; servicios de
entretenimiento prestados por artistas de espectáculos; servicios de
exposiciones de arte; servicios de grabación de audio y video; servicios de
juegos electrónicos proveídos a través de internet; suministro de publicaciones
electrónicas en línea no descargables; suministro en línea de música no
descargable; suministro en línea de videos no descargables; servicios de
artistas del espectáculo; obras de teatro y representaciones musicales;
servicios de compositores y autores de música; servicios de entretenimiento por
parte de grupos musicales; servicios de entretenimiento en línea; servicios de
entretenimiento musical; puesta a disposición de música digital no descargable
por internet; presentación y gestión de conciertos de música, festivales, giras
y otras actuaciones, eventos y actividades musicales y culturales; servicios de
composición musical; servicios de compositores y autores de música;
organización y dirección de conciertos; servicios de juegos disponibles en
línea por una red informática, servicios de organización y producción de eventos
culturales, educativos, deportivos y de entretenimiento Reservas: Se reservan
los colores negro, blanco, amarillo, rojo, celeste, café, naranja, verde y
rosado en la misma disposición que aparecen en el modelo adjunto Fecha: 1 de
diciembre de 2020. Presentada el: 20 de octubre de 2020. San José: Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 1 de diciembre de
2020. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en
una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la
protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso
común o necesario en el comercio”.—Johnny Rodríguez
Garita, Registrador.—( IN2021518504 ).
Solicitud N° 2020-0009074.—María Del Pilar López
Quirós, divorciada, cédula de identidad
N° 110660601, en calidad de
apoderado especial de Charles Schwab & Co, Inc.,
con domicilio en 211 Main
Street, San Francisco, CA 94105, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción
de: SCHWAB STOCK SLICES, como marca de servicios en clase: 36. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: gestión de inversiones financieras; suministro de información sobre el mercado de valores; servicios financieros y de inversión, en concreto,
gestión y corretaje en materia de acciones;
servicios financieros y de inversión, en concreto,
gestión y corretaje en el ámbito de la inversión en dólares
y las acciones fraccionarias;
servicios de corretaje de acciones, en concreto,
gestión, compra y venta de acciones fraccionarias de acciones a través de internet. Presentada el
4 de noviembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de noviembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2021518505 ).
Solicitud N° 2020-0009180.—María del Pilar López
Quirós, divorciada, cédula de identidad N° 110660601, en calidad de apoderado especial de
Lego Juris A/S, con domicilio en
7190 Billund, Dinamarca, solicita
la inscripción de: FIGURA TRIDIMENSIONAL
como
marca de fábrica y comercio, en clase
28 internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 28: juegos
y juguetes aparatos y equipos de juegos informáticos juegos electrónicos juguetes de construcción aparatos y equipos de juegos infantiles adornos para árboles de Navidad disfraces como juguetes para niños máscaras que son juguetes y disfraces que son juguetes para niños. Fecha: 10 de diciembre del 2020. Presentada el: 05 de noviembre
del 2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de diciembre del 2020.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley
N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2021518506 ).
Solicitud Nº 2020-0009182.—María del Pilar López Quirós, divorciada,
cédula de identidad N° 110660601, en
calidad de apoderado
especial de Lego Juris A/S, con domicilio en 7190 Billund, Dinamarca, - Dinamarca, solicita la inscripción de: LEGO CREATOR
como marca de fábrica y comercio en clases: 28. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 28: Juegos
y juguetes; aparatos y equipos de juegos informáticos; juegos electrónicos; juguetes de construcción; aparatos y equipos de juegos infantiles; adornos para árboles de Navidad; disfraces como juguetes para niños; máscaras que son juguetes y disfraces que son juguetes para niños Fecha: 16 de noviembre de 2020. Presentada el: 5 de noviembre de
2020. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de noviembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2021518507).
Solicitud Nº 2020-0009184.—María del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad N° 110660601, en calidad de apoderado especial de
Lego Juris A/S con domicilio en.
7190 Billund, Dinamarca, -, Dinamarca,
solicita la inscripción de:
LEGO CITY, como marca
de fábrica y comercio en clases: 14; 25 y 28 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
14: llaveros; relojes de pulsera; relojes; relojes de alarma; joyas de plástico; en clase 25: prendas
de vestir, calzado, sombrerería; disfraces y trajes de Halloween y en clase 28: juegos y juguetes aparatos y equipos de juegos informáticos juegos electrónicos juguetes de construcción aparatos y equipos de juegos infantiles adornos para árboles de Navidad disfraces como juguetes para niños máscaras que son juguetes y disfraces que son juguetes para niños Fecha: 10 de diciembre de 2020. Presentada el: 05 de noviembre de
2020. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador(a).—(
IN2021518508 ).
Solicitud Nº 2020-0009189.—María del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderado especial de
Lego Juris A/S, con domicilio en
7190 Billund, Dinamarca, solicita
la inscripción de: SPINJITZU, como marca de fábrica
y comercio en clase 28 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
28: juegos y juguetes, aparatos y equipos de juegos informáticos, juegos electrónicos, juguetes de construcción, aparatos y equipos de juegos infantiles, adornos para árboles de Navidad, disfraces como juguetes para niños, máscaras
que son juguetes y disfraces
que son juguetes para niños
Fecha: 11 de diciembre de
2020. Presentada el: 5 de noviembre
de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de diciembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá
a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2021518509 ).
Solicitud N° 2020-0009190.—María Del Pilar
López Quirós,
divorciada, cédula de identidad
N° 110660601, en calidad de
apoderada especial de Lego Juris A/S, con domicilio en 7190 Billund, Dinamarca, Dinamarca, solicita la inscripción de: BRICK
HEADZ, como marca de fábrica y comercio en clase: 28 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: juegos y juguetes; aparatos y equipos de juegos informáticos; juegos electrónicos; juguetes de construcción; aparatos y equipos de juegos infantiles; adornos para árboles de navidad; disfraces como juguetes para niños; máscaras que son juguetes y disfraces que son juguetes para niños. Fecha: 16 de diciembre de 2020. Presentada el
5 de noviembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2021518510 ).
Solicitud Nº 2020-0009193.—María del Pilar López Quirós, divorciada,
cédula de identidad N° 110660601, en
calidad de apoderada
especial de Lego Juris A/S con domicilio en: 7190 Billund, Dinamarca, solicita la inscripción de: LEGO
TECHNIC, como marca de fábrica y comercio en clase: 28. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: juegos y juguetes, aparatos y equipos de juegos informáticos, juegos electrónicos, juguetes de construcción, aparatos y equipos de juegos infantiles, adornos para árboles de navidad, disfraces como juguetes para niños, máscaras
que son juguetes y disfraces
que son juguetes para niños. Fecha: 10 de diciembre
de 2020. Presentada el: 05 de noviembre
de 2020. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de diciembre de 2020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2021518511 ).
Solicitud Nº 2020-0009197.—María del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de
Lego Juris A/S, con domicilio en
7190 Billund, Dinamarca, Dinamarca,
solicita la inscripción de:
MINIFIGURA 3D
como marca de fábrica y comercio en clase
28 Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 28: juegos
y juguetes, aparatos y equipos de juegos informáticos, juegos electrónicos, juguetes
de construcción, aparatos y
equipos de juegos infantiles, adornos para árboles de Navidad, disfraces como juguetes para niños,
máscaras que son juguetes y disfraces que son juguetes para niños Fecha: 16 de diciembre de 2020. Presentada el: 5 de noviembre de
2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto.
16 de diciembre de 2020. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros