SERVICIO
NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN
DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
DMV-RGI-R-163-2023 El(La) señor(a) Andrea Tatiana Esquivel Sánchez, documento
de identidad número 1-1519-0129, en calidad de regente veterinario de la
compañía Grupo EGM S. A., con domicilio en Cartago, Cartago, San Nicolás, La
Lima. Ofibodegas La Lima, de Laboratorios Stein 50 m
oeste, Bodega Nº3, Costa Rica, solicita el registro del producto veterinario
del grupo 3: Clemastine, fabricado por Innopharma S. de RL de C.V., de México, con los principios
activos: clemastina fumarato 1 mg/tableta y las indicaciones
terapéuticas: antihistamínico para uso en perros y gatos. La información del
producto cumple con lo requerido en el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.51:18. Medicamentos Veterinarios, Productos Afines y sus
Establecimientos. Requisitos de
Registro Sanitario y Control (Decreto Ejecutivo Nº 42965-COMEX-MEICMAG). Se cita a terceros con
derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del
término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 14 horas del día
26 de enero del 2023.—Dra. Miriam Jiménez Mata, Directora.—1 vez.—(
IN2023711823 ).
N°
158-2022.—El(la) doctor(a), Yuli Mateus Cortés, número de documento de identidad 8-0109-0682, vecino(a)
de Alajuela en calidad de regente de la compañía Corporación de Registros Sanitarios Internacionales M
& C, con domicilio en
Alajuela, de acuerdo con el
Decreto Ejecutivo N°
42965-COMEX-MEIC-MAG “Medicamentos Veterinarios y Productos Afines. Requisitos de Registro Sanitario y Control” y
sus reformas, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario o producto afín del grupo 3: Mastifin Lactancia, fabricado por Ourofino
Saude Animal de Brasil, con
los siguientes principios activos: gentamicina 1.5 g/100 g y las siguientes
indicaciones: antibiótico
de uso intramamario para la
mastitis en vacas. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en
el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 11 horas del día 23 de enero
del 2023.—Dra. Miriam Jiménez Mata.—1 vez.—( IN2023711895 ).
DMV-RGI-R-37-2023.—El
señor Víctor Hugo Gutiérrez Vargas, documento de identidad número 6-0147-0506, en calidad de regente veterinario de la compañía Navet Internacional S.A., con domicilio en: 100 m este, 50 m norte de la Iglesia Católica de San Miguel de Santo Domingo de Heredia,
Abastecedor La Argentina, Quesada Durán, Zapote,
San José, casa N° 46, Costa Rica, solicita el registro del producto veterinario del grupo 4: Groom Star Fragancia Desodorante, fabricado por Laboratorios Vet S. A., de
Guatemala, con los siguientes
ingredientes: Soyethyl
Morpholinium Ethosulfato, Fragancia,
Propilenglicol, Alcohol Etílico,
Agua estéril
y las siguientes indicaciones:
cosmético para uso en perros y gatos
para control de olores. La información
del producto cumple con lo requerido en el
Reglamento Técnico Centroamericano
RTCA 65.05.51:18. Medicamentos Veterinarios,
Productos Afines y sus Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control (Decreto Ejecutivo Nº
42965-COMEX-MEIC-MAG). Se cita a terceros
con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La Gaceta.—Heredia,
a las 10 horas del día 17 de enero del 2023.—Dra. Miriam
Jiménez Mata, Directora.—1 vez.—( IN2023712016 ).
DMV-RGI-R-165-2023.—El(La) señor(a) Andrea Tatiana
Esquivel Sánchez, documento de identidad
número 1-1519-0129, en calidad de regente veterinario de la compañía Grupo
EGM S.A., con domicilio en:
Cartago, Cartago, San Nicolás, La Lima. Ofibodegas La
Lima, de Laboratorios Stein 50 m oeste,
Bodega Nº 3, Costa Rica, solicita el
registro del producto veterinario del grupo 4: Lagrivet, fabricado por Laboratorios Kirón México S.A. de C.V., de México, con los siguientes ingredientes: aceite mineral 0.05
g, vaselina blanca c.s.p. 1 g y las siguientes indicaciones: humectante y
protector ocular. La información del producto cumple con lo requerido en el
Reglamento Técnico Centroamericano
RTCA 65.05.51:18. Medicamentos Veterinarios,
productos afines y sus Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control (Decreto Ejecutivo Nº
42965-COMEX-MEIC-MAG). Se cita a terceros
con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La Gaceta”.—Heredia, a las 14
horas del dia 26 de enero
del 2023.—Dra. Miriam Jiménez Mata, Directora.—1 vez.—( IN2023712085 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
ACUERDO N° PRODHAB 1-2022
LA DIRECTORA NACIONAL DE LA AGENCIA DE
PROTECCIÓN DE DATOS DE LOS HABITANTES
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 11, 84 a),89, 90 d) y 103 inciso 1 y 3 de la Ley General de la Administración
Pública,
Considerando:
1º—Que la competencia administrativa
es un corolario del principio de legalidad,
cuyo objeto es señalar los poderes
y deberes con que cuenta la
Administración Pública para
actuar siempre conforme al ordenamiento y para el logro de los
fines públicos generales o específicos asignados.
2º—Que de conformidad con los
artículos 101, 102, y 103 inciso
3) de la Ley General de la Administración Pública, la Directora Nacional de
la Agencia de Protección de
Datos de los Habitantes, es competente, entre otras atribuciones de conformidad con el numeral 16 de
la Ley N° 8968, para resolver sobre los reclamos
por infracción a las normas sobre protección
de los datos personales y ordenar, de oficio o a petición de parte, la supresión, rectificación, adición o restricción en la circulación de las informaciones contenidas en los
archivos y las bases de datos,
cuando estas contravengan las normas sobre protección de los datos personales.
Por lo que los numerales
13, 24, 25 y 26 de la Ley indicada, reconocen el derecho de toda persona con interés legítimo o derecho subjetivo a un
procedimiento administrativo
sumario, sencillo y rápido de tutela del derecho fundamental a la autodeterminación informativa,
que se caracteriza por sus plazos cortos; mediante el cual
únicamente a instancia de parte la PRODHAB únicamente puede ordenar la supresión, rectificación, adición o aclaración de la información que conste en una base de datos, o bien, impedir su transferencia o difusión; diferenciándolo así del procedimiento sancionatorio, el cual debe tramitarse
por medio de un procedimiento
ordinario.
3º—Que de conformidad al Punto 2.5.1 de las Normas de Control Interno para el Sector Público, aprobadas mediante Resolución Nº
R-CO-9-2009 del 26 de enero del 2009 de la Contraloría General de la República, se dispone que “El jerarca y los titulares
subordinados, según sus competencias, deben asegurarse de que la delegación
de funciones se realice de conformidad con el bloque de legalidad, y de que conlleve la exigencia de la responsabilidad correspondiente y
la asignación de la autoridad
necesaria para que los funcionarios respectivos puedan tomar las decisiones y emprender las acciones pertinentes.” Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la Licenciada Karla Quesada Rodríguez, cédula de identidad número 2-0501-0956, en su condición
de Jefe del Departamento de Registro
de Archivos y Base de Datos,
para que tramite los procesos sumarios que sean presentados a la PRODHAB de tutela del derecho fundamental a
la autodeterminación informativa,
mediante el cual únicamente se puede ordenar la supresión, rectificación, adición o aclaración de la información que conste en una base de datos, o bien, impedir su transferencia o difusión, esto previa gestión del titular.
La Dirección Nacional podrá
avocarse el conocimiento y decisión de cualquier expediente y se reserva el derecho de revocar en cualquier
momento la autorización realizada.
Artículo 2º—La vigencia
de esta autorización rige desde el
1 de enero del 2023 hasta el
31 de diciembre del 2024.
Dado en San José,
a las 9.35 horas del 26 de diciembre del 2022.
Publíquese.—Wendy Rivera Román, Directora Nacional.—1 vez.—O. C. N° 4600070545.—Solicitud
N° 407027.—( IN2023712170 ).
REGISTRO DE LA
PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Para ver marcas
con sus respectivas imágenes,
ir a La Gaceta con formato PDF
Solicitud Nº 2018-0010482.—Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
1-335-794, en calidad de apoderado especial de Hyundai Motor Company, con domicilio en: 12, Heolleung-Ro, Seocho-Gu, Seúl, República de Corea, solicita la inscripción
como marca de fábrica
y comercio en clase(s): 12 internacional(es),
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 12: automóviles, automóviles para pasajeros, casas
rodantes (autocaravanas), vehículos utilitarios deportivos (SUV), partes y accesorios para automóviles, tractores. Fecha: 20 de diciembre de 2022. Presentada el: 13 de noviembre de 2018. San
José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de diciembre de
2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Jamie
Phillips Guardado, Registrador(a).—(
IN2023711107 ).
Solicitud Nº
2023-0000330.—Rebeca
de Los Ángeles Cruz Garro, soltera, cédula de identidad 115450944 con domicilio
en Aserrí, San Gabriel, del Ebais trescientos metros
sur, casa a mano izquierda, San José, Costa Rica ,
solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30. Internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Bebidas a base de Café,
Café, Café molido, Café en verde. Fecha: 19 de enero de 2023. Presentada el: 17
de enero de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de
enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro
González, Registrador.—( IN2023711172 ).
Solicitud N° 2022-0010292.—Sylvia Andrea Cascante Sandí, cédula de identidad N° 110420647,
en calidad de apoderado especial de Tecni Group
S. A., otra identificación N° 632977,
con domicilio en Ciudad de
Boulevard Principal Justo Rufino Barrios 8-06, Ciudad de Guatemala 01021,
Guatemala, solicita la inscripción
como marca
de comercio, en clase(s): 7 y 12 internacional(es).
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 7: Repuestos e implementos para tractores, fresador y rectificación. Clase 12: Tractores y monocultivadores. Fecha: 12 de enero de 2023. Presentada el: 23 de noviembre de 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Rebeca
Madrigal Garita, Registrador(a).—(
IN2023711177 ).
Solicitud Nº 2022-0010784.—Anel Aguilar Sandoval, cédula de identidad
113590010, en calidad de
Gestor oficioso de Vivara Participações S. A. con domicilio
en R. Verbo Divino, 1207 - Chácara Santo Antônio, São Paulo - SP, CEP 04719-002, Brasil, solicita la inscripción de: VIVARA, como
marca de comercio y servicios en clase(s):
14 y 35 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 14: adornos
[joyería y bisutería]; alfileres de adorno; alfileres de corbata; alfileres de metales preciosos; amuletos [joyería y bisutería]; anillos [joyería y bisutería]; arte [objetos de -) de metales preciosos; berloques [joyería y bisutería]; joyería (artículos de -); aretes;
broches [joyería y bisutería];
cajas de metales preciosos; estuches para relojes de pulsera; llaveros de joyería; collares [joyería y bisutería]; cadenas [joyería y bisutería]; estuches para relojes; alambre de
metales preciosos [joyería y bisutería]; piedras preciosas de imitación; joyas (cajas para - ); joyas de ámbar amarillo y bisutería; medallas; medallones [joyería y bisutería]; metales preciosos (alambres de -) [joyería
y bisutería]; resortes de relojes; adornos para sombreros
[de metales preciosos]; oro (hebras de -) [joyería]; piedras preciosas; piedras preciosas (imitación de -); piedras semi preciosas; péndulos [relojería]; colgantes [joyería y bisutería]; perlas [joyería y bisutería]; punteros [relojería]; plata (cadenas de -) [joyería y bisutería]; brazaletes [joyería y bisutería]; correas de reloj; brazaletes de reloj; relojes (cadenas de -); relojes [de pared o de habitación];
relojes de pulsera; anillo personal [joyería]; brazaletes de cualquier material
[joyería/bisutería]; brillo [joyería]; llaveros para uso personal [excepto tipo billetera];
cuerda de reloj [resorte]; reloj de cuarzo; tobillera (joyería/ bisutería).; en clase 35: Comercio (por cualquier medio) de aparatos e instrumentos ópticos; comercio (por cualquier medio) de joyería; comercio (por cualquier medio) de papelería; comercio (por cualquier medio) de artículos de cuero e imitaciones de cuero; comercio (por cualquier
medio) de bisutería; comercio
(por cualquier medio) de cosméticos; comercio (por cualquier medio) de maletas y
bolsas de viaje; comercio (por cualquier
medio) de productos de perfumería.
Fecha: 23 de enero de 2023.
Presentada el: 08 de diciembre de 2022. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registrador(a).—( IN2023711237 ).
Solicitud Nº 2022-0010788.—Anel Aguilar Sandoval, cédula de identidad N° 113590010,
en calidad de Gestor oficioso de Vivara Participações S. A. con domicilio
en R. Verbo Divino, 1207 - Chácara Santo Antônio, São Paulo - SP, CEP 04719-002, Brasil, solicita la inscripción:
como marca de comercio
y servicios en clases 14 y 35 Internacionales.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 14: Adornos [joyería y bisutería]; alfileres de adorno; alfileres de corbata; alfileres de metales preciosos; amuletos [joyería y bisutería]; anillos [joyería y bisutería]; arte [objetos de -) de metales preciosos; berloques [joyería y bisutería]; joyería (artículos de - );
aretes; broches [joyería y bisutería];
cajas de metales preciosos; estuches para relojes de pulsera; llaveros de joyería; collares [joyería y bisutería]; cadenas [joyería y bisutería]; estuches para relojes; alambre de
metales preciosos [joyería y bisutería]; piedras preciosas de imitación; joyas (cajas para -); joyas de ámbar amarillo y bisutería; medallas; medallones [joyería y bisutería]; metales preciosos (alambres de -) [joyería
y bisutería]; resortes de relojes; adornos para sombreros
[de metales preciosos]; oro (hebras de -) [joyería]; piedras preciosas; piedras preciosas (imitación de -); piedras semi preciosas; péndulos [relojería]; colgantes [joyería y bisutería]; perlas [joyería y bisutería]; punteros [relojería]; plata (cadenas de -) [joyería y bisutería]; brazaletes [joyería y bisutería]; correas de reloj; brazaletes de reloj; relojes (cadenas de -); relojes [de pared o de habitación];
relojes de pulsera; anillo personal [joyería]; brazaletes de cualquier material
[joyería/bisutería]; brillo [joyería]; llaveros para uso personal [excepto tipo billetera];
cuerda de reloj [resorte]; reloj de cuarzo; tobillera (joyería/ bisutería).; en clase 35: Comercio (por cualquier medio) de aparatos e instrumentos ópticos; comercio (por cualquier medio) de joyería; comercio (por cualquier medio) de papelería; comercio (por cualquier medio) de artículos de cuero e imitaciones de cuero; comercio (por cualquier
medio) de bisutería; comercio
(por cualquier medio) de cosméticos; comercio (por cualquier medio) de maletas y
bolsas de viaje; comercio (por cualquier
medio) de productos de perfumería.;
Comercio (por cualquier
medio) de aparatos e instrumentos
ópticos; comercio (por cualquier medio) de joyería; comercio (por cualquier medio) de papelería; comercio (por cualquier medio) de artículos de cuero e imitaciones de cuero; comercio (por cualquier
medio) de bisutería; comercio
(por cualquier medio) de cosméticos; comercio (por cualquier medio) de maletas y
bolsas de viaje; comercio (por cualquier
medio) de productos de perfumería.
Fecha: 23 de enero del
2023. Presentada el: 8 de diciembre del 2022. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de enero del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2023711239 ).
Solicitud Nº 2022-0010901.—Anel Aguilar Sandoval, cédula de identidad
113590010, en calidad de
Gestor oficioso de Salvatore Ferragamo S.P.A., con domicilio en: Via Dei Tornabuoni 2, 50123 Firenze (FI), Italia, solicita la inscripción
como marca
de servicios en clase(s): 35 internacional(es),
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 35: publicidad; servicios de publicidad digital; presentación de productos en medios de comunicación
para la venta al por menor; mercadeo; publicidad en línea
en Internet; promoción en línea de redes informáticas y sitios web; promoción
de ventas, para terceros, a
través de una red informática mundial; suministro de información sobre productos a través de Internet; suministro de
un directorio de información
comercial en línea a través de Internet; facilitación de un
mercado en línea para compradores y vendedores; promoción de ventas para terceros; servicios de venta minorista y servicios de venta minorista en línea
en relación con bienes virtuales, en concreto, calzado,
prendas de vestir, cinturones, artículos de sombrerería, anteojos, gafas de sol, anteojos deportivos, bolsas, bolsos de mano, bolsos deportivos, mochilas, fundas para
teléfonos móviles y tabletas, perfumes, relojes y relojes y joyas, obras de arte y piezas no fungibles; servicios de
mercados en línea en relación con servicios de juegos de realidad virtual; servicios de venta al por menor
de perfumería y cosmética, gafas y gafas de sol, fundas para teléfonos inteligentes, joyería, bisutería y relojería, prendas de vestir, calzado y complementos, bolsos, maletas, carteras y otros artículos de marroquinería, artículos para el hogar, tejidos,
menaje ropa de cama, artículos de regalo. Prioridad: se otorga prioridad N° 302022000132189 de fecha
20/09/2022 de Italia . Fecha:
19 de enero de 2023. Presentada
el: 12 de diciembre de
2022. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—(
IN2023711240 ).
Solicitud Nº 2022-0011059.—Anel Aguilar Sandoval, cédula de identidad
113590010, en calidad de
Gestor oficioso de Whatshome
S. A. de C.V., con domicilio en:
Querétaro N° 65-B 1er piso, CDMX,
06700, México, solicita la inscripción
de: WHATSHOME, como marca
de fábrica y comercio en clase(s): 21 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 21: utensilios
y recipientes para uso doméstico y culinario; utensilios de cocina y vajilla; utensilios que funcionan manualmente para uso doméstico y culinario; utensilios de tocador y utensilios cosméticos, los artículos de cristalería y ciertos productos de porcelana, cerámica, loza, barro cocido o vidrio; utensilios de tocador y utensilios cosméticos, artículos de cristalería y productos de porcelana, cerámica, loza, barro cocido o vidrio; aparatos pequeños de cocina para picar, moler, exprimir
o triturar, que funcionan manualmente; prensa ajos, los cascanueces, los pilones y los
morteros; los salvamanteles, posa botellas y posavasos; peines y cepillos de dientes eléctricos o no, el hilo dental, separadores interdigitales de espuma para la pedicura, las borlas de polvera, los neceseres de tocador llenos; vajillas, porcelana y loza no comprendidas en otras clases,
cristalería, utensilios y recipientes para la casa o la cocina
(que no sean de metales preciosos, ni chapeados);
peines y esponjas; cepillos o brochas (con excepción de pinceles); materiales para la fabricación de
cepillos o brochas; artículos de limpieza; estropajos de acero; vidrio en bruto
o semielaborado (con excepción
del vidrio usado en la construcción; guantes de jardinería, jardineras para ventanas, regaderas y boquillas para mangueras de riego; - acuarios de interior, terrarios
de interior y vivarios de interior; vidrio coloreado [decoración]; cuencos para decoración floral; adornos de cristal; adornos de porcelana; calderos [ollas]; ollas
a presión no eléctricas /
ollas exprés no eléctricas;
tazas y tazones. Fecha: 19 de enero de 2023. Presentada el: 16 de diciembre de 2022. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—(
IN2023711241 ).
Solicitud Nº 2022-0008983.—Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad
109530774, en calidad de apoderado especial de Banco Davivienda
S. A., con domicilio en: avenida El Dorado N° 68C-61 piso
10, Bogotá, Colombia, solicita la inscripción
como marca
de fábrica y servicios en clase(s): 9; 16; 35; 36; 38 y
41 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 9: soportes
grabados o descargables,
software, soportes de registro
y almacenamiento digitales
o análogos vírgenes; ordenadores y periféricos de ordenador; software descargable
para su uso en computadoras, tabletas, dispositivos móviles y teléfonos inteligentes; hardware de computadora;
software descargable para redes sociales e interacción con comunidades virtuales; software descargable
para integrar datos electrónicos con entornos del mundo virtual. Archivos de datos electrónicos descargables con ilustraciones, texto, imágenes, audio, video y fichas no fungibles; software informático
descargable para gestionar fichas digitales y virtuales basadas en cadenas de bloques;
software de aplicación informática
descargable para plataformas
basadas en cadenas de bloques, en concreto, software para intercambios digitales de artículos virtuales; software informático descargable para crear, acceder, leer y rastrear información en el campo de tokens no fungibles en
una cadena de bloques; medios digitales, a saber, tokens no fungibles con contenido de audio, video, texto
y gráfico; archivos de datos electrónicos descargables con tokens no fungibles (NFT). Todos los anteriores
productos enfocados en materia de finanzas;
en clase 16: papel y cartón; productos de imprenta; material
de encuadernación; fotografías;
artículos de papelería y artículos de oficina, excepto muebles; material didáctico. Todos los anteriores productos enfocados en materia de finanzas;
en clase 35: publicidad; gestión, organización y administración de negocios comerciales; trabajos de oficina. Todos los anteriores
relacionados a servicios financieros; en clase 36: servicios de asesoramiento sobre finanzas; servicios financieros, monetarios y bancarios; en clase
38: servicios de telecomunicaciones
orientados o relacionados a
servicios financieros y en clase 41: educación;
formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales. Todos los anteriores
servicios relacionados con materia financiera. Fecha: 21 de diciembre de 2022. Presentada el: 13 de octubre de 2022. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de diciembre de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—( IN2023711297 ).
Solicitud Nº 2022-0008982.—Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad
109530774, en calidad de
Gestor oficioso de Banco Davivienda
S.A., con domicilio en: avenida El Dorado N° 68c-61 piso 10, Bogotá, Colombia, solicita
la inscripción
como marca
de fábrica y servicios en clase(s): 9; 16; 35; 36; 38 y
41 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 9: soportes
grabados o descargables,
software, soportes de registro
y almacenamiento digitales
o análogos vírgenes; ordenadores y periféricos de ordenador; software descargable para su uso en computadoras, tabletas, dispositivos móviles y teléfonos inteligentes; hardware de computadora; software descargable
para redes sociales e interacción
con comunidades virtuales;
software descargable para integrar
datos electrónicos con entornos del mundo virtual. Archivos de datos electrónicos descargables con ilustraciones, texto, imágenes, audio, video y fichas
no fungibles; software informático descargable para gestionar fichas digitales y virtuales basadas en cadenas de bloques;
software de aplicación informática
descargable para plataformas
basadas en cadenas de bloques, en concreto, software para intercambios digitales de artículos virtuales; software informático descargable para crear, acceder, leer y rastrear información en el campo de tokens no fungibles en
una cadena de bloques; medios digitales, a saber, tokens no fungibles con contenido de audio, video, texto
y gráfico; archivos de datos electrónicos descargables con tokens no fungibles (NFT). Todos los anteriores
productos enfocados en planes de fidelidad e incentivos para clientes; en clase 16: Papel
y cartón; productos de imprenta; material de encuadernación;
fotografías; artículos de papelería y artículos de oficina, excepto muebles; material didáctico; en clase 35: gestión,
organización y administración
de negocios comerciales; trabajos de oficina. Todos los anteriores
productos enfocados en planes de fidelidad e incentivos para clientes; en clase 36: servicios
financieros, monetarios y bancarios; servicios de seguros; negocios inmobiliarios, Todos los anteriores servicios enfocados en planes de fidelidad e incentivos para clientes; en clase 38: servicios
de telecomunicaciones y en clase 41: educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales. Todos los anteriores
servicios enfocados en planes de fidelidad e incentivos para clientes. Fecha: 21 de diciembre de 2022. Presentada el: 13 de octubre de 2022. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de diciembre de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—(
IN2023711298 ).
Solicitud N° 2022-0009196.—Guillermo Rodríguez Zúñiga, soltero, cédula de identidad N°
113310636, en calidad de
gestor oficioso de Fertiberia
S. A., con domicilio en
Calle Agustín De Foxá, 27; Plantas 8- 11, 28036 Madrid, España,
solicita la inscripción de:
FERTIBERIA BIO, como marca
de fábrica y servicios en clase(s): 1; 5 y 35 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 1: Sustancias
químicas para uso
industrial, científico y fotográfico,
así como para uso agrícola, hortícola
y forestal; resinas artificiales
en bruto, materias plásticas en bruto; compuestos
para la prevención y extinción
de incendios; preparaciones
para templar y soldar metales;
sustancias para curtir cueros y pieles de animales; adhesivos para uso industrial; masillas y otras materias de relleno en pasta; compost, abonos, fertilizantes; preparaciones biológicas para la industria y la
ciencia; biofertilizantes; biofertilizantes nitrogenados;
biochar (carbón vegetal); bioestimulantes
para plantas; biofertilizantes
no químicos; bioestimulantes
para las plantas; activadores
biológicos; bioestimulantes
que son hormonas de plantas;
aditivos biológicos para convertir cultivos en abono vegetal; aditivos biológicos para convertir vegetación en piensos agrícolas;
bioestimulantes para la estimulación
del crecimiento de plantas;
aditivos biológicos para convertir vegetación en piensos de ensilado;
bioestimulantes que son preparados
para la nutrición de plantas;
biofertilizantes para su uso en el
tratamiento de semillas; biofertilizantes para su uso en el
tratamiento de suelos;
genes formados mediante métodos biotecnológicos para su uso en
la manufactura de semillas
para la agricultura; en clase 5: productos farmacéuticos, preparaciones médicas y veterinarias; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario,
alimentos para bebés; complementos alimenticios para seres humanos y animales; emplastos, material
para apósitos; material para empastes
e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar parásitos; fungicidas, herbicidas; biocidas; fungicidas
biológicos; herbicidas biológicos; biopesticidas para la agricultura; biopesticidas para uso doméstico; en clase 35: publicidad;
gestión, organización y administración de negocios comerciales; trabajos de ofi cina; servicios
de venta al por menor y al por mayor de productos químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; servicios de venta al por menor y al por mayor de resinas artificiales
en bruto, materias plásticas en bruto; servicios
de venta al por menor y al por mayor de composiciones para la extinción
de incendios y la prevención
de incendios; servicios de venta al por menor
y al por mayor de preparaciones
para templar y soldar metales; servicios
de venta al por menor y al por mayor de sustancias para curtir cueros y pieles de animales; servicios de venta al por menor
y al por mayor de adhesivos
(pegamentos) para la industria;
servicios de venta al por menor y al por mayor de masillas y otras materias de relleno en pasta; servicios de venta al por menor
y al por mayor de compost, abonos,
fertilizantes; servicios de
venta al por menor y al por mayor de preparaciones biológicas para la industria y la ciencia; servicios de venta al por menor y al por mayor de biofertilizantes; servicios de venta al por menor y al por mayor debió fertilizantes nitrogenados; servicios de venta al por menor y al por mayor de biochar (carbón
vegetal); servicios de venta
al por menor y al por mayor de bioestimulantes para
plantas; servicios de venta al por menor
y al por mayor de biofertilizantes
no químicos; servicios de venta al por menor
y al por mayor de bioestimulantes
para las plantas; servicios
de venta al por menor y al por mayor de activadores biológicos; servicios de venta al por menor y al por mayor de bioestimulantes que
son hormonas de plantas; servicios de venta al por menor y al por mayor de aditivos biológicos para convertir cultivos en abono
vegetal; servicios de venta
al por menor y al por mayor de aditivos biológicos para convertir vegetación en piensos
agrícolas; servicios de venta al por menor
y al por mayor de bioestimulantes
para la estimulación del crecimiento
de plantas; servicios de venta al por menor
y al por mayor de aditivos biológicos para convertir vegetación en piensos
de ensilado; servicios de venta al por menor
y al por mayor de bioestimulantes
que son preparados para la nutrición
de plantas; servicios de venta al por menor
y al por mayor de biofertilizantes
para su uso en el tratamiento
de semillas; servicios de venta al por menor
y al por mayor de biofertilizantes
para su uso en el tratamiento
de suelos; servicios de venta al por menor
y al por mayor de genes formados
mediante métodos biotecnológicos para su uso en la manufactura
de semillas para la agricultura
servicios de venta al por menor y al por mayor de productos farmacéuticos, preparaciones para
uso médico y veterinario; servicios de venta al por menor
y al por mayor de productos
higiénicos y sanitarios
para uso médico; servicios de venta al por menor y al por mayor de alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario,
alimentos para bebés; servicios de venta al por menor y al por mayor de suplementos alimenticios para personas o animales;
servicios de venta al por menor y al por mayor de emplastos, material
para apósitos; servicios de
venta al por menor y al por mayor de material
para empastes e improntas dentales; servicios de venta al por menor
y al por mayor de desinfectantes;
servicios de venta al por menor y al por mayor de productos para eliminar animales dañinos; servicios de venta al por menor
y al por mayor de fungicidas,
herbicidas; servicios de venta al por menor
y al por mayor de biocidas;
servicios de venta al por menor y al por mayor de fungicidas biológicos; servicios de venta al por menor
y al por mayor de herbicidas
biológicos; servicios de venta al por menor
y al por mayor de biopesticidas
para la agricultura; servicios
de venta al por menor y al por mayor de biopesticidas para uso doméstico. Fecha: 11 de enero de 2023. Presentada el 20 de octubre de 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Katherine
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2023711306 ).
Solicitud N° 2022-0004960.—Guillermo Rodríguez Zúñiga, soltero, cedula de identidad N° 113310636,
en calidad de apoderado especial de Consorcio Citricos Dominicanos S. A., con domicilio en Km. 46 1/2, Autopista Duarte, Villa Altagracia, República Dominicana, solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5;
29 y 32. Internacional(es). Para proteger
y distinguir Io siguiente: en clase 5: Alimentos para bebés, bebidas dietéticas complementarias, mezcla de bebidas de complementos dietéticos
en polvo con sabor a frutas, mezclas de bebidas de complementos nutricionales en polvo.; en
clase 29: Pulpa de frutas; fruta cortada
enlatada; frutas y verduras enlatadas; frutas en rodajas
enlatadas; frutas enlatadas; frutas y verduras cocidas; frutas y verduras secas; frutas secas;
frutas heladas; frutas congeladas; extractos de frutas y hortalizas congelados, glaseados, en conserva,
procesados, secos, cocidos
o cristalizados para su uso en comidas
preparadas; concentrados y purés de frutas utilizados como ingredientes de alimentos; cáscaras de frutas; purés de frutas; fruta en
conserva; fruta procesada; Leche; bebidas a base
de leche que contienen zumos
de frutas; leche en polvo; queso; manteca; yogur; bebidas de yogur; bebidas a base de yogur; yogurt congelado.; en clase 32: Bebidas
y zumos de frutas; bebidas de aloe vera; bebidas de
café; bebidas de frutas; bebidas de aloe vera; bebidas con
sabor a frutas; agua potable embotellada; bebidas carbonatadas sin alcohol;
refrescos con sabor a café;
concentrados para hacer bebidas de frutas; concentrados para hacer refrescos; agua potable; bebidas energizantes; refrescos bajos en calorías; agua
potable purificada; jarabes
para hacer refrescos, jarabes para hacer bebidas con sabor a frutas; bebidas deportivas, específicamente, bebidas para espectáculos; Bebidas deportivas, específicamente, bebidas de recuperación; Bebidas deportivas, específicamente, bebidas energéticas; agua de coco; Bebidas de malta sin alcohol. Fecha: 20 de octubre de 2022. Presentada el: 10 de junio de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicacion de este edicto. 20 de octubre de 2022. A efectos de publicacion,
téngase en cuenta Io dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no
se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2023711307 ).
Solicitud Nº 2022-0004962.—Guillermo Rodríguez Zúñiga, soltero, cédula de identidad 113310636, en calidad de Gestor oficioso de GCS
Systems Limited, con domicilio en:
calle Rafael Augusto Sánchez, Esq. Freddy Prestol Castillo, edificio Roble
Corporate Center, piso 8, Ensanche Piantini, Santo Domingo, distrito
Nacional, República Dominicana, solicita
la inscripción
como marca
de fábrica
y servicios en clase(s): 9 y 42 internacional(es),
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: aparatos
e instrumentos científicos,
de investigación,
de navegación, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, audiovisuales, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de detección, de pruebas, de inspección, de
salvamento y de enseñanza; aparatos
e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la distribución o
del consumo de electricidad;
aparatos e instrumentos de grabación, transmisión, reproducción o
tratamiento de sonidos, imágenes o
dates; soportes grabados o descargables, software, soportes
de registro y almacenamiento
digitales o análogos vírgenes; mecanismos
para aparatos que funcionan
con monedas; cajas registradoras, dispositivos de cálculo; ordenadores y periféricos de ordenador;
trajes de buceo, máscaras de buceo, tapones auditivos para buceo, pinzas nasales para submarinistas
y nadadores, guantes de buceo, aparatos de respiración
para la natación
subacuática;
extintores y en clase 42: servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación
y diseño
conexos; servicios de análisis
industrial, investigación
industrial y diseño
industrial; control de calidad y servicios
de autenticación;
diseño y
desarrollo de hardware y software. Reservas: negro y violeta. Fecha: 12 de octubre de 2022. Presentada el: 10 de junio de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
12 de octubre de 2022. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el comercio”.—Rándall
Abarca Aguilar, Registrador(a).—(
IN2023711308 ).
Solicitud Nº 2022-0009744.—María Alejandra Medina Zeledón, cédula de identidad N° 112500924, en calidad de apoderada
generalísima de Inversiones
Alejandra y Carolina S. A., cédula jurídica N° 3101735718 con domicilio en El Carmen, frente al costado oeste de la esquina suroeste del Estadio Lito Pérez,
Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: Territorio
de Tiburones como señal de publicidad comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería, con relación al expediente 2022-202. Fecha: 19 de enero de 2023. Presentada el: 21 de noviembre de 2022. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio” y el artículo
63 que indica “Alcance de la protección. La protección conferida por el registro
de una expresión o señal de publicidad comercial abarca la expresión o señal en su conjunto y no se extiende a sus partes o elementos considerados por separado. Una vez inscrita, una
expresión o señal de publicidad comercial goza de protección por tiempo indefinido;
pero su existencia
depende, según el caso, de la marca o el nombre
comercial a que se refiera”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2023711325 ).
Solicitud Nº 2022-0004218.—Joselyn Monique Zúñiga de La Fuente, cédula de identidad N° 115930924, en calidad
de apoderado especial de N° 3-102-829971 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102829971, con domicilio
en: Quepos, distrito Naranjito, Londres, tres kilómetros sur del Supermercado La
Amistad, portón de madera a
mano derecha en Paraíso
Paradise, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca
de servicios en clase 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios destinados a divertir o entretener, cuyos principales propósitos son el recreo, la diversión
y el entretenimiento de
personas. Fecha: 22 de julio
de 2022. Presentada el 17
de mayo de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de julio de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ivonne
Mora Ortega, Registradora.—( IN2023711330 ).
Solicitud Nº 2023-0000288.—Luis Enrique Pal Hegedus, cédula de identidad N° 105580219, en calidad de apoderado especial de
Lihong He con domicilio en
N° 152, Mixi Village, Suxi Town, Yiwu City, Jinhua
City, Zhejiang Province, China, China, solicita la inscripción
como marca de fábrica
y comercio en clase 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
16: Bolsas de regalo; Cajas
de regalo; Libretas; Tarjetas
de felicitación; Papel para
envolturas; Plumas (artículos
de oficina); Gomas de borrar; Sacapuntas; Cuaderno de dibujo. Reservas: N/A Fecha: 19 de enero de 2023. Presentada el: 17 de enero de 2023. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—(
IN2023711341 ).
Solicitud Nº 2023-0000289.—Luis Enrique Pal Hegedus, cédula de identidad 105580219, en calidad de
apoderado especial de Hisense Visual Technology Co., Ltd. con domicilio en N°
218, Qianwangang Road, Qingdao Economic
& Technological Development
Zone, Qingdao, China, China ,
solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 9. Internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Televisores para
automóviles; Pantallas de video; Tablones de anuncios electrónicos; Aparatos de
navegación para vehículos (ordenadores de a bordo); Terminales interactivos con
pantalla táctil; Pizarras interactivas electrónicas; Monitores de pantalla;
Televisores; Decodificadores; Controles remotos para el hogar; Archivos de
imagen descargables; Receptores (audio y vídeo); Amplificadores de estéreo;
Programas informáticos descargables; Aparatos de proyección. Reservas: N/A
Fecha: 19 de enero de 2023. Presentada el: 17 de enero de 2023. San José: Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 19 de enero de 2023. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2023711350 ).
Solicitud Nº 2023-0000435.—Anel Aguilar Sandoval, cédula de identidad
113590010, en calidad de apoderado especial de Isaac Sánchez Mateo, casado en primeras
nupcias, otra identificación 1517039430126 con domicilio
en Calle de Fátima Nº 69, Colonia Guadalupe, Peribán, Michoacán, C.P. 60440, México, solicita
la inscripción:
como marca de fábrica
y comercio en clase(s): 31 internacional(es),
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 31: Aguacates; limones; mangos; frambuesas; zarzamoras; arándanos. Fecha: 24 de enero del 2023. Presentada el: 20 de enero del 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de enero del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Wendy López Vindas, Registrador(a).—(
IN2023711380 ).
Solicitud Nº 2022-0000660.—Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad N° 107580660,
en calidad de apoderado especial de Integrama
Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3101369898, con domicilio en: Alajuela-Palmares Barrio Y Griega, costado norte Moto Repuestos Ávila, Costa Rica, solicita
la inscripción
como marca
de fábrica y comercio en clase 9. internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: Programas de
software, paquetes de software integrado,
paquetes de software integrado
para la automatización de procesos,
software para punto de venta, software para la administración de recursos humanos, aplicaciones informáticas. Fecha: 19 de agosto de 2022. Presentada el 25 de enero de 2022. San José.
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de agosto de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2023711403 ).
Solicitud Nº 2023-0000194.—Carlos Alberto Riba
Gutiérrez, casado una vez, cédula de identidad N° 108510525 con domicilio
en Pavas, Rohrmoser, 50 metros al norte de
Prisma Dental, en Clare Facio
Legal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Blue Horses como
marca de comercio y servicios en clases
16; 18; 25 y 39 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
16: Cuadernos; Lápices; Artículos de papelería; en clase 18: Bolsos;
Carteras; Billeteras; en clase 25: Prendas
de vestir; Sombreros; Sandalias;
Gorras; Calzado; en clase 39: Alquiler
de caballos para el transporte;
Acompañamiento de viajeros;
Servicios de transporte
para visitas turísticas; Servicios para organizar excursiones para turistas; Transporte
de pasajeros; Organización
de transporte para circuitos
turísticos; Transporte por teleférico; Reservas de viajes Reservas: No. Fecha: 18 de enero de 2023. Presentada el: 12 de enero de 2023. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2023711404 ).
Solicitud Nº 2023-0000232.—Gabriel Alberto Bernal Zambrano, soltero,
cédula de residencia N°
186200744717 con domicilio en
Urbanización Los Llamos,
Concepción 3 Ríos, 100 metros este del Super Luna y Sol portón negro, Cartago, Costa Rica, solicita
la inscripción
como marca de servicios en clase
39 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 39: Distribución
de Alimentos. Fecha: 18 de enero
de 2023. Presentada el: 13 de enero
de 2023. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2023711415 ).
Solicitud N°
2023-0000233.—Gabriel Alberto Bernal Zambrano, soltero, cédula de residencia N° 186200744717, con domicilio en Urbanización
los Llanos, Concepción 3 Ríos, 100 mts. este del Super Luna y Sol, portón
negro, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción:
como marca de comercio
en clase(s): 30 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente:
café, té, cacao y sucedáneos
del café, arroz, tapioca y sagú; harinas
y preparaciones a base de cereales,
pan, productos de pastelería
y confiterías, helados, azúcar, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos de hornear, sal, mostaza, vinagre,
salsas, condimentos, especies,
hielo, miel. Fecha: 18 de enero de 2023. Presentada el 13 de enero de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2023711416 ).
Solicitud Nº 2022-0010403.—Ana Rocío
Sánchez Castro, casada una vez, cédula de identidad
N° 110540574 con domicilio en Altos de Germania de La Alegría,
Siquirres, 300 sur de la Escuela Altos Germania,
Limón, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de comercio
en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Frutas
y verduras, hortalizas y legumbres en conserva,
congeladas, secas y cocidas; pulpas de frutas, jaleas, confituras, compotas. Fecha: 13 de enero de 2023. Presentada el: 25 de noviembre de 2022. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Pablo Andrés Sancho
Calvo, Registrador.—( IN2023711418 ).
Solicitud Nº 2022-0010972.—David Robles Rivera, cédula de identidad N°
109700541, en calidad de apoderado especial de Quarzo Sistemas S. A., cédula jurídica N°
3101242637 con domicilio en
Tibás, seiscientos cincuenta metros al oeste de la Estación de Servicios San Juan, edificio color crema mano derecha,
Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios
en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicios
de comercialización de todo
tipo de software, con especial atención
en software disponible en
la plataforma de internet para generar,
emitir, aceptar y enviar facturas electrónicas (la operatividad de este sistema se da desde la nube). Fecha: 24 de enero de 2023. Presentada el: 14 de diciembre de 2022. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ivonne
Mora Ortega. Registradora.—( IN2023711424 ).
Solicitud Nº 2022-0010396.—Lizandro José Méndez
Corrales, cédula de identidad 205840850, en calidad de Apoderado
Especial de Portones de Costa Rica FMJ Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101450504 con domicilio en
San José, Desamparados, San Rafael Abajo, de Plaza Higuerones
350 oeste y 100 metros sur, Costa Rica, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica
y comercio en clase(s): 7. Internacional(es).
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 7: Motores para portones en general; correas de transmisión eléctrica; partes para motores de portones de todo tipo; acoplamientos; elementos de transmisión de todo tipo de motores
excepto para vehículos terrestres. Reservas: De las
palabras One Automatismos, el
diseño y los colores gris, negro y verde. Fecha: 17 de enero de 2023. Presentada el: 25 de noviembre de 2022. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador(a).—(
IN2023711432 ).
Solicitud N° 2022-0010984.—Floribeth Herrera Alfaro, casada una vez,
cédula de identidad N° 401500761, en
calidad de apoderado
especial de Soluciones en Tecnologías de Información Geofráfica S. A. (en adelante Soltig S. A.), cédula jurídica N° 3101691238, con domicilio en Alajuela, La Guácima, exactamente de la Plaza de Deportes
del Coco, cuatrocientos metros sur, Condominio Villas del Río, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios
en clase(s): 42. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 42: Servicios
tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño conexos; desarrollo de hardware
y software; comprende principalmente
los servicios prestados en sectores
de actividades de alta complejidad, por ejemplo: los servicios
ingeniería, la programación
informática, servicios de consultoría tecnológica; servicios de diseñadores de embalajes. Reservas: De los colores: turquesa
y morado. Fecha: 16 de enero de 2023. Presentada el: 23 de diciembre de 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Isela
Chango Trejos, Registradora.—( IN2023711438 ).
Solicitud Nº
2022-0010398.—Lizandro
Jose Mendez Corrales,
cédula de identidad 205840850, en calidad de apoderado especial de Portones de
Costa Rica FMJ Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101450504 con domicilio en
Costa Rica, San José, Desamparados, San Rafael Abajo, de Plaza Higuerones 350
metros oeste y 100 metros sur., San José, Costa Rica ,
solicita la inscripción
como marca de servicios en clase(s): 37. Internacional(es). Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 37: Fábrica de instalación;
reparación; mantenimiento; construcción de todo tipo de accesos vehiculares y
peatonales tales como entradas, puertas, sistemas de montaje, instalaciones
eléctricas en portones elevadizos, corredizos o batientes, ya sea de uso
residencial o industrial. Fecha: 17 de enero de 2023. Presentada el: 25 de
noviembre de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de
enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2023711448 ).
Solicitud N°
2022-0011249.—Daniela Quesada Cordero, casada una vez,
cédula de identidad N° 113240697, en
calidad de apoderada
especial de Rotomoldeo de Centroamérica Sociedad Anónima (ROTOCAS), con domicilio en Kilómetro 6, carretera norte, de Cruz Lorena,
600 metros al lago, Managua, Nicaragua, solicita la inscripción de: PLASTITANK,
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 11 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 11: instalaciones
sanitarias, equipos de saneamiento y para el abastecimiento de agua. Fecha: 24 de enero de 2023. Presentada el 21 de diciembre de 2022. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2023711484 ).
Solicitud N°
2022-0008869.—Manfred Sáenz Montero, cédula de identidad N° 1-0729-0973, en calidad de apoderado generalísimo de Banco de Costa Rica, cédula jurídica N° 40000000019, con domicilio en San José, avenida segunda calles 4 y 6 Banco de
Costa Rica, San José, Costa Rica, solicita la inscripción:
como señal de publicidad
comercial en clase(s): internacional(es), para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase
50: BCR BANCO DE COSTA RICA bajo el Registro N° 234641 para proteger servicios de negocios financieros, negocios monetarios, negocios de seguros y negocios inmobiliarios. Reservas: sin reservas. Fecha: 11 de enero de 2023. Presentada el 11 de octubre de 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio” y el artículo 63 que indica “Alcance
de la protección. La protección
conferida por el registro de una expresión o señal de publicidad comercial abarca la expresión o señal en su conjunto y no se extiende a sus partes o elementos considerados por separado. Una vez inscrita, una
expresión o señal de publicidad comercial goza de protección por tiempo indefinido;
pero su existencia
depende, según el caso, de la marca o el nombre
comercial a que se refiera”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2023711490 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Solicitud Nº 2023-0000296.—María del Roció
Quirós Arroyo, cédula de identidad 108710341, en calidad de Apoderado
Especial de dõTERRA
HOLDINGS, LLC. con domicilio en
389 South 1300 West, Pleasant Grove, Utah 84062, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción
como marca de comercio
en clase(s): 11. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 11: Humidificadores
[que no sean para uso médico]; aparatos de purificación de aire; aparatos ambientadores; aparato de filtración de aire. Fecha: 19 de enero de 2023. Presentada el: 17 de enero de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Isela
Chango Trejos, Registradora.—( IN2023711504 ).
Solicitud Nº 2023-0000297.—María Del Rocío Quirós Arroyo, cédula de identidad N°
108710341, en calidad de apoderada especial de doTerra
Holdings, LLC. con domicilio en
389 South 1300 West, Pleasant Grove, Utah 84062, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción
como marca de comercio
en clase 21 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 21: Difusores
de aceites esenciales; quemadores de aceites esenciales; difusores de aceites aromáticos, distintos de los difusores de caña, eléctricos y no eléctricos; placas para difundir aceite aromático. Fecha: 19 de enero de 2023. Presentada el: 17 de enero de 2023. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2023711505 ).
Solicitud Nº 2023-0000060.—José David Vargas Ramírez, Cédula de identidad
113700220, en calidad de Apoderado Especial de Jabes Comercial Interamericana Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101305185 con domicilio en
Santo Domingo, Santa Rosa, setenta y cinco metros al sur de Extralum, Oficinas de Grupo Rolan, Heredia,
Costa Rica, solicita la inscripción
como marca
de fábrica y servicios en clase(s): 6 y 37. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 6: metales
comunes y sus aleaciones; materiales de construcción metálicos; construcciones transportables metálicas; materiales metálicos para vías férreas; cables e hilos metálicos no eléctricos; artículos de cerrajería y de ferretería metálicos; tubos y tuberías metálicos; en clase 37: Construcción;
Reparación; Servicios de instalación Reservas: Se hace reserva de toda la tipografía y de los colores blanco,
vino, gris claro, gris oscuro, tal
como se muestran en el signo
que se aporta Fecha: 16 de enero de 2023. Presentada el: 9 de enero de 2023. San José:
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Alex
Villegas Méndez, Registrador(a).—( IN2023711513 ).
Solicitud Nº
2023-0000316.—Elisa
Bravo González, soltera, cédula de identidad 116660384, en calidad de apoderado generalísimo de Genérica Agroindustrial Byproducts S.R.L, Cédula jurídica 3102863477 con domicilio
en La Guácima Arriba, Alajuela, un kilómetro y ochocientos metros al este de
salida de la autopista Próspero Fernández, sobre la carretera principal, en
frente al vivero Green Fresh, casa con tapia color
terracota, y cerca eléctrica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 29. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 29: Productos
alimenticios de origen animal a base de carne, pescado, frutas y verduras,
hortalizas y legumbres, así como otros productos hortícolas comestibles
preparados o en conserva para su consumo. Fecha: 19 de enero de 2023.
Presentada el: 17 de enero de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 19 de enero de 2023. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2023711517 ).
Solicitud Nº 2022-0008866.—Manfred Sáenz Montero, cédula de identidad
1-0729-0973, en calidad de Apoderado Generalísimo de Banco de Costa Rica, cédula jurídica
40000000019 con domicilio en San José Avenida segunda calles 4 Y 6 Banco de Costa Rica, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como Señal de Publicidad Comercial.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: Para promocionar
servicios de negocios financieros, negocios monetarios, negocios de seguros y negocios inmobiliarios. Relacionada a la marca “BCR Somos El Banco de
Costa Rica” (diseño especial), número
de registro 234641. Reservas:
Sin reservas Fecha: 15 de noviembre de 2022. Presentada el: 11 de octubre de 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de noviembre de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio” y el artículo 63 que indica “Alcance de la protección.
La protección conferida por el registro
de una expresión o señal de publicidad comercial abarca la expresión o señal en su conjunto y no se extiende a sus partes o elementos considerados por separado. Una vez inscrita, una
expresión o señal de publicidad comercial goza de protección por tiempo indefinido;
pero su existencia
depende, según el caso, de la marca o el nombre
comercial a que se refiera”.—Kimberly Arick Alvarado, Registrador(a).—( IN2023711540 ).
Solicitud Nº 2022-0008869.—Manfred Sáenz
Montero, cédula de identidad N° 1-0729-0973, en calidad de apoderado
generalísimo de Banco de Costa Rica, cédula jurídica 40000000019, con domicilio
en: San José, Avenida Segunda, calles
4 y 6 Banco de Costa Rica, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción
como señal
de publicidad comercial en clase Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 50: BCR Banco de Costa Rica bajo el
Registro número 234641 para
proteger servicios de negocios Financieros, negocios monetarios, negocios de seguros y negocios inmobiliarios. Reservas: Sin Reservas. Fecha: 11 de enero de 2023. Presentada el 11 de octubre de 2022. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio” y el artículo 63 que indica “Alcance de la protección.
La protección conferida por el registro
de una expresión o señal de publicidad comercial abarca la expresión o señal en su conjunto y no se extiende a sus partes o elementos considerados por separado. Una vez inscrita, una
expresión o señal de publicidad comercial goza de protección por tiempo indefinido;
pero su existencia
depende, según el caso, de la marca o el nombre
comercial a que se refiera”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2023711541 ).
Solicitud Nº 2022-0008872.—Manfred Sáenz
Montero, cédula de identidad N° 1-0729-0973, en calidad de apoderado
generalísimo de Banco de Costa Rica, cédula jurídica N° 40000000019 con domicilio
en San José Avenida Segunda Calle 4 y 6 Banco de
Costa Rica, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como señal de publicidad
comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: BCR Banco de Costa Rica bajo el
Registro número 234641 para proteger servicios de negocios Financieros, negocios monetarios, negocios de seguros y negocios inmobiliarios. Reservas: sin reservas. Fecha: 10 de noviembre de 2022. Presentada el: 11 de octubre de 2022. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de noviembre de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio” y el
artículo 63 que indica “Alcance de la protección. La protección conferida por el
registro de una expresión o señal de publicidad comercial abarca la expresión o señal en su
conjunto y no se extiende a sus partes
o elementos considerados por separado. Una vez inscrita, una
expresión o señal de publicidad comercial goza de protección por tiempo indefinido;
pero su existencia
depende, según el caso, de la marca o el nombre
comercial a que se refiera”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2023711542 )
Solicitud Nº 2022-0003881.—Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad
109530774, en calidad de apoderado especial de CMI IP Holding, con domicilio en: 20 Rue Eugene
Ruppert L-2453, Luxemburgo, solicita
la inscripción de: Renova,
como marca de servicios en clase(s):
40 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 40: tratamiento
de materiales; reciclaje de
residuos y desechos; purificación del aire y tratamiento del agua; servicios de impresión; conservación de alimentos y bebidas. Fecha: 31 de agosto de 2022. Presentada el: 04 de mayo de 2022. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 31 de agosto de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Katherine Jiménez
Tenorio, Registrador(a).—( IN2023711544 ).
Solicitud Nº 2022-0007874.—Fabiola Sáenz
Quesada, cédula de identidad 109530774, en calidad de apoderado
especial de CMI IP Holding, con domicilio en: 20 Rue Eugene Ruppert L-2453, Luxemburgo,
solicita la inscripción de:
DELJI, como marca de
fábrica y comercio en clase: 29. internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 29: carne de pollo y sus derivados,
pollo en piezas y productos cárnicos en distintas presentaciones.
Incluyendo cocinados, embutidos, chorizos, carne, aves
y caza; extractos de carne; frutas
y legumbres en conserva, secas y cocidas; huevos. Fecha: 06 de octubre de 2022. Presentada el: 09 de setiembre de 2022. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 06 de octubre de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Milena
Marín Jiménez, Registradora.—( IN2023711547 ).
Solicitud Nº 2022-0011230.—Rita María Calvo González, cédula de identidad
N° 110940091, en calidad de
apoderada especial de 3102813931 S.R.L, cédula jurídica
N°
3102813931 con domicilio en (provincia), Santa Ana (cantón), Pozos (distrito), Calle Gavilanes, de Alimentos Concentrados La Soya 200 metros este,
Condominio Lajas del Río,
casa número 16, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica
y comercio en clases 29 y 44 internacionales,
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 29: Industrialización de los plátanos cosechados
para convertirlos en plátanos procesados y listos para el consumo; en clase
44: La siembra y cosecha de
plátanos frescos, sin procesar.
Fecha: 23 de enero de 2023.
Presentada el: 21 de diciembre de 2022. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2023711602 ).
Solicitud Nº 2022-0011067.—Alonso Umaña Quesada, casado, cédula de identidad
110230465, en calidad de Apoderado Generalísimo de Grupo Fumsa Asesores Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101731790 con domicilio en
Santa Ana, Piedades, Calle San Marcos, de la Gruta San Marcos 250 metros al norte,
calle sin salida, casa a
mano izquierda portón café
con rampa de cemento, Costa Rica, solicita
la inscripción:
como marca de servicios
en clase(s): 37 internacional(es), Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 37: Servicios
prestados en relación con la construcción; servicios de reparación; servicios de instalación, así como los servicios
especializados de análisis,
auditorias, consultorías, evaluaciones de riesgo, diseños, capacitación, inspecciones, pruebas, mantenimiento e inspección de todos los aspectos generales en materia de prevención,
seguridad humana y protección contra incendios. Fecha: 13 de enero del 2023. Presentada el: 16 de diciembre del 2022. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de enero del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador(a).—(
IN2023711612 ).
Solicitud Nº 2023-0000378.—Charline Aguilar Madrigal, cédula de identidad
116420447, con domicilio en:
Goicoechea, Mata de Plátano,
Urbanización La Carmelina casa 116, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción
como marca
de servicios en clase(s): 45 internacional(es),
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 45: asesoramiento jurídico. Celebración de ceremonias religiosas. Servicios de arbitraje y mediación. Servicios jurídicos. Reservas: servicios legales y notariales. Fecha: 23 de enero de 2023. Presentada el: 19 de enero de 2023. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Rándall Abarca Aguilar, Registrador(a).—(
IN2023711648 ).
Solicitud Nº 2022-0011142.—Kathya Nazaria
Mora Schlager, Cédula de identidad 205880166, en calidad de Apoderado
Especial de Cooperativa Nacional de Educadores R.L., cédula jurídica 3004045205 con domicilio en calle central. avenidas
12 Y 14, 50 sur de La Iglesia de La Dolorosa, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción
como
Marca de Fábrica y Servicios en clase(s): 1; 2; 3; 4; 5; 6; 7;
8; 9; 10; 11; 12; 13; 14; 15; 16; 17; 18; 19; 20; 21; 22; 23; 24; 25; 26; 27;
28; 29; 30; 31; 32; 33; 34; 35; 36; 37; 38; 39; 40; 41; 42; 43 y 45. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 1: productos
químicos para uso en la industria, la ciencia y la fotografía, así como en
la agricultura, la horticultura
y la silvicultura; resinas
artificiales sin procesar, plásticos sin procesar; composiciones para la extinción y
prevención de incendios; preparaciones para templar y soldar;
sustancias para curtir pieles y cueros de animales; adhesivos para su uso en
la industria; masillas y otros rellenos en pasta; compost,
abonos, fertilizantes; preparaciones biológicas para su
uso en la industria y la ciencia.; en clase 2: Pinturas, barnices, lacas; conservantes contra la herrumbre
y contra el deterioro de la
madera; colorantes, tintes; tintas para imprimir, marcar y grabar; resinas naturales en bruto; metales en hojas y en polvo
para su uso en pintura, decoración, impresión y arte.; en clase 3: Productos
cosméticos y de tocador no medicinales; dentífricos no medicinales; perfumería, aceites esenciales; preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar.; en clase 4: Aceites
y grasas industriales, cera; lubricantes; composiciones absorbentes, humectantes y aglutinantes de polvo; combustibles e iluminantes;
velas y mechas para alumbrado.; Aceites y grasas industriales, cera; lubricantes; composiciones absorbentes, humectantes y aglutinantes de polvo; combustibles e iluminantes;
velas y mechas para alumbrado.; en clase 5: Preparaciones farmacéuticas, médicas y veterinarias; preparaciones higiénicas para uso médico; alimentos y sustancias dietéticos para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; suplementos dietéticos para seres humanos y animales; emplastos, material para apósitos;
material para empastar dientes,
cera dental; desinfectantes;
preparaciones para destruir
alimañas; fungicidas, herbicidas.; en clase 6: metales comunes y sus aleaciones, minerales; materiales metálicos para la edificación y
la construcción; construcciones
transportables de metal; cables y alambres no eléctricos de metales comunes; pequeños artículos de ferretería metálica; recipientes metálicos para almacenamiento o transporte; cajas fuertes; en clase
7: Máquinas, máquinas herramientas, herramientas eléctricas; motores y motores, excepto para vehículos terrestres; componentes de acoplamiento y transmisión de máquinas, excepto para vehículos terrestres; instrumentos agrícolas, que no sean herramientas manuales accionadas manualmente; incubadoras de huevos; máquinas expendedoras automáticas.; en clase 8: Herramientas
e instrumentos manuales accionados manualmente; cuchillería; armas cortas, excepto armas de fuego; maquinillas de afeitar; en clase 9: Aparatos
e instrumentos científicos,
de investigación, de navegación,
topográficos, fotográficos,
cinematográficos, audiovisuales,
ópticos, de pesaje, de medida, de señalización, de detección, de ensayo, de inspección, de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos para la conducción, maniobra, transformación, acumulación, regulación o control
de la distribución o uso de
la electricidad; aparatos e
instrumentos para grabar, transmitir, reproducir o procesar sonido, imágenes o datos; soportes grabados y descargables, software, soportes vírgenes digitales o analógicos de grabación y almacenamiento; mecanismos para aparatos que funcionan con monedas; cajas registradoras, dispositivos de cálculo; computadoras y dispositivos periféricos de computadora; trajes de buceo, máscaras de buzo, tapones para los oídos para buzos, pinzas para la nariz para buzos y nadadores, guantes para buzos, aparatos de respiración para nadar bajo el agua; en
clase 10: Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios; miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; materiales de sutura; dispositivos terapéuticos y de asistencia adaptados para personas con discapacidad;
aparatos de masaje; aparatos, dispositivos y artículos para lactantes; aparatos, dispositivos y artículos de actividad sexual.; en clase 11: Aparatos
e instalaciones de alumbrado,
calefacción, refrigeración,
generación de vapor, cocción,
secado, ventilación, abastecimiento de agua y sanitarios.; en clase 12: Vehículos; aparatos de locomoción por tierra, aire o agua.; en clase
13: armas de fuego; municiones y proyectiles; explosivos; fuegos artificiales.; en clase 14: metales preciosos y sus aleaciones; joyería, piedras preciosas y semipreciosas; instrumentos de relojería y cronométricos.; en clase 15: Instrumentos musicales;
atriles y soportes para instrumentos musicales; bastones
de conductores.; en clase 16: Papel y cartón; impresos; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería y de oficina, excepto muebles; adhesivos para papelería o uso doméstico; materiales de dibujo y materiales para artistas; pinceles; materiales de instrucción y enseñanza; láminas, películas y bolsas de plástico para envolver y embalar; tipos de impresoras, bloques de impresión.; en clase 17: Caucho en bruto y semielaborado, gutapercha, goma, amianto, mica y sucedáneos de todas estas materias;
plásticos y resinas en
forma extruida para su uso en la fabricación;
materiales de embalaje, taponamiento y aislamiento; tubos, mangueras y tubos flexibles, no metálicos.; en clase 18: Cuero e imitaciones de cuero; pieles y cueros de animales; equipaje y bolsas de transporte; sombrillas y sombrillas; bastones; fustas, arneses y artículos de guarnicionería; collares, correas
y ropa para animales.; en clase 19: materiales
no metálicos para la edificación
y la construcción; tubos rígidos no metálicos para la construcción; asfalto, brea, alquitrán y betún; construcciones transportables no metálicas; monumentos, no de metal.; en clase 20: Muebles, espejos, marcos de cuadros; recipientes no metálicos para almacenamiento o transporte; hueso, cuerno, ballena o nácar, en bruto
o semielaborados; conchas; espuma; ámbar amarillo;
en clase 21: Utensilios y recipientes para el hogar o la cocina;
utensilios de cocina y vajilla, excepto tenedores, cuchillos y cucharas; peines y esponjas; cepillos, excepto pinceles; materiales para la fabricación de
cepillos; artículos para la
limpieza; vidrio en bruto o semielaborado,
excepto vidrio para la construcción; cristalería, porcelana y loza.; en clase 22: Cuerdas
y cordeles; redes; tiendas de campaña
y lonas alquitranadas; toldos de materiales textiles o sintéticos; paño; sacos para el transporte
y almacenamiento de materiales
a granel; materiales de acolchado, acolchado y relleno, excepto de papel, cartón, caucho o plástico; materias primas textiles fibrosas y sus sucedáneos.; en clase 23: Hilados
e hilos para uso textil.; en clase
24: Textiles y sucedáneos de textiles; ropa de casa; cortinas de materia textil o de plástico.; en clase
25: Ropa, calzado, sombrerería.; en clase 26: Encajes, galones y bordados, cintas y lazos de mercería; botones, corchetes y ojetes, alfileres y agujas; Flores artificiales; adornos para el cabello; Pelo
falso.; en clase 27: Alfombras, moquetas, esteras y esteras, linóleo y otros materiales para cubrir suelos existentes;
tapices murales que no sean de materia textil.; en clase
28: Juegos, juguetes y juguetes; aparatos de videojuegos; artículos de gimnasia y deporte; adornos para árboles de navidad.;
en clase 29: Carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y verduras en conserva,
congeladas, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos;
leche, queso, mantequilla, yogur
y otros productos lácteos; aceites y grasas para alimentos.; en clase 30: Café, té, cacao y sucedáneos de los mismos; arroz, pasta y fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de
cereales; pan, bollería y confitería; chocolate; helados, sorbetes y otros helados comestibles; azúcar, miel, melaza; levadura,
levadura en polvo; sal, condimentos,
especias, hierbas en conserva; vinagre,
salsas y otros condimentos;
hielo (agua congelada).; en clase 31: Productos agrícolas, acuícolas, hortícolas y forestales crudos y
sin procesar; granos y semillas crudos y sin procesar; frutas y verduras frescas, hierbas frescas; plantas y flores naturales; bulbos, plántulas y semillas para
plantar; animales vivos; alimentos y bebidas para animales; malta.; en clase 32: cervezas; bebidas no alcohólicas; aguas minerales y gaseosas; bebidas de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas sin alcohol.; en clase 33: Bebidas
alcohólicas, excepto
cervezas; preparaciones alcohólicas
para hacer bebidas.; en clase 34: Tabaco y sucedáneos del tabaco; cigarrillos
y puros; cigarrillos electrónicos
y vaporizadores orales para
fumadores; artículos para fumadores; partidos.; en clase 35: Publicidad; gestión, organización y administración de empresas; funciones de oficina.; en clase 36: Servicios
financieros, monetarios y bancarios; servicios de seguros; servicios Inmobiliarios.; en clase 37: Servicios de construcción; servicios de instalación y reparación; extracción minera, perforación de petróleo y gas.; en clase 38: Servicios
de telecomunicaciones.; en clase 39: Transporte; embalaje y almacenamiento de mercancías; arreglo de viaje; en clase
40: Tratamiento de materiales;
reciclaje de desechos y basura; purificación de aire y tratamiento de agua; servicios de impresión; conservación de alimentos y bebidas.; en clase 41: Educación;
suministro de formación; entretenimiento; actividades deportivas y culturales; en clase 42: Servicios
científicos y tecnológicos
e investigación y diseño relacionados con los mismos; servicios de análisis industrial, investigación
industrial y diseño industrial; servicios
de control de calidad y autenticación;
diseño y desarrollo de
hardware y software informático.; en
clase 43: Servicios de suministro de alimentos y bebidas; alojamiento temporal.; en clase 45: Servicios
jurídicos; servicios de seguridad para la protección física de bienes tangibles e individuos; servicios de citas, servicios de redes sociales en línea;
servicios funerarios; cuidado de niños Fecha: 9 de enero de 2023. Presentada el: 19 de diciembre de 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 9 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador(a).—( IN2023711686 ).
Solicitud Nº
2022-0008044.—Fabiola
Saenz Quesada, cédula de identidad 109530774, en
calidad de apoderado especial de CMI IP Holding con domicilio en 20 Rue Eugene Ruppert L-2453, Luxemburgo, Luxemburgo, solicita la
inscripción de: Toledo como marca de fábrica y comercio en clase(s): 29.
Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29:
Embutidos, chorizos, carne, carne de aves y caza, frutas y legumbres en
conserva, secas y cocidas; jaleas, mermeladas; huevos, leche, quesos y otros
productos lácteos; aceites y grasas. Fecha: 17 de octubre de 2022. Presentada
el: 15 de septiembre de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de
octubre de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés
Sancho Calvo, Registrador.—( IN2023711698 ).
Solicitud N°
2023-0000063.—Beatriz Mora Cascante, soltera, cédula de identidad N°
108660864, con domicilio en
La Palma, Parrita, 200 este
200 sur de la Plaza de Deportes, Puntarenas, Costa
Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase(s):
25. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 25: Prendas
de vestir. Fecha: 12 de enero de 2023. Presentada el: 9 de enero de 2023. San José:
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Isela
Chango Trejos, Registradora.—( IN2023711699 ).
Solicitud Nº 2023-0000064.—Beatriz Mora Cascante, soltera, cédula de identidad
108660864 con domicilio en La Palma, Parrita; 200 este 200 sur de la Plaza Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción
como nombre
comercial para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de ropa y accesorios. Ubicado en Puntarenas, La Palma, Parrita 200 este 200 sur de la
plaza de deportes. Fecha:
12 de enero de 2023. Presentada
el: 9 de enero de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Isela
Chango Trejos Registrador(a).—( IN2023711700 ).
Solicitud Nº 2022-0008645.—Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad
1953774, en calidad de Apoderado Especial de Alejandro
Leal Esquivel, costarricense, casado
en primeras nupcias, cédula de identidad
107100767 con domicilio en
Residencial Sierras De La Unión 46C., Cartago, Costa Rica, solicita
la inscripción
como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 10. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 10: Aparatos
de análisis médico para uso médico; Aparatos
de pruebas genéticas con
fines médicos. Fecha: 21 de
octubre de 2022. Presentada
el: 5 de octubre de 2022.
San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de octubre de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador(a).—(
IN2023711715 ).
Solicitud Nº 2022-0008646.—Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad 109530774, en calidad de Apoderado Especial de
Alejandro Leal Esquivel, cédula de identidad
107100767, con domicilio en
Residencial Sierras de La Unión 46C., Cartago, Costa Rica, solicita
la inscripción:
como marca de servicios
en clase: 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 44: Servicios
de atención médica y
sanitaria relacionados con el
ADN, la genética y las pruebas
genéticas. Fecha: 21 de octubre del 2022. Presentada el: 5 de octubre del 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de octubre
del 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador(a).—( IN2023711720 ).
Solicitud N°
2022-0008832.—Fabiola Sáenz
Quesada, divorciada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad
de apoderado especial de Cmi
Ip Holding, con domicilio en
20 Rue Eugene Ruppert L-2453, Luxemburgo, solicita la inscripción de: EL
PURITICO SABOR como señal
de publicidad comercial en clase(s): Internacional(es).
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 50: Para promocionar:
Carne, pescado, aves y
caza, extractos de carne, embutidos,
frutas y legumbres en conserva, secas
y cocidas, jaleas, mermeladas, huevos, leche y otros
productos lácteos, aceites y grasas comestibles, conservas, encurtidos, relacionados con la marca
“FRANKS”, número de registro
116772. Fecha: 17 de octubre
de 2022. Presentada el: 10
de octubre de 2022. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de octubre de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio” y el artículo
63 que indica “Alcance de la protección. La protección conferida por el registro
de una expresión o señal de publicidad comercial abarca la expresión o señal en su conjunto y no se extiende a sus partes o elementos considerados por separado. Una vez inscrita, una
expresión o señal de publicidad comercial goza de protección por tiempo indefinido;
pero su existencia
depende, según el caso, de la marca o el nombre
comercial a que se refiera”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2023711721 ).
Solicitud Nº 2022-0010200.—Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez, cedula de identidad 107580405, en calidad de
apoderado especial de International Tek Brands Inc.
con domicilio en Ciudad de Panamá, Exactamente en Calle Aquilino de La Guardia,
N° 8, Panamá, solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase(s):
1. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1:
Productos químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, as! como para
la agricultura, la horticultura y la silvicultura; abonos, enmiendas y
fertilizantes para el suelo; aditivos para la
protección solar de las hojas y frutas resinas artificiales en bruto, materias
plásticas en bruto; abonos para el suelo; composiciones extintoras;
preparaciones para templar y soldar metales; productos químicos para conservar
alimentos; materias curtientes; adhesives ( pegamentos ) para la industria.
Reservas: Color negro. Fecha: 23 de enero de 2023. Presentada el: 21 de
noviembre de 2022. San Jose: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 23 de enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo
Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2023711722 ).
Solicitud Nº 2022-0009485.—Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad N°
109530774, en calidad de apoderada especial de Hardell
Investments S. A. con domicilio en
Torre MMG, piso 2, calle 53
Este, Marbella, Panamá, solicita la inscripción de: NET+ por Telecable como marca de comercio en clase 38 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 38: Servicios de telecomunicaciones Fecha: 01 de noviembre de 2022. Presentada el: 27 de octubre de 2022. San José.
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 01 de noviembre de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Walter
Alfaro González, Registrador.—( IN2023711726 ).
Solicitud Nº 2022-0009610.—Fabiola Sáenz Quesada, divorciada,
cédula de identidad 109530774, en
calidad de Apoderado
Especial de Grupo Cometa S. A.S. con domicilio en Ave. Isabel Aguiar N°
164, Zona Industrial de Herrera, Santo Domingo, República Dominicana,
solicita la inscripción
como marca de fábrica
y comercio en clase(s): 9. Internacional(es).
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 9: Baterías para vehículos Fecha: 3 de noviembre de 2022. Presentada el: 1 de noviembre de 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 3 de noviembre de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—(
IN2023711728 ).
Solicitud N°
2022-0009612.—Fabiola Sáenz Quesada, divorciada,
cédula de identidad N° 1953774, en
calidad de apoderado
especial de Grupo Cometa S. A. S., con domicilio en Ave. Isabel Aguiar N°
164, Zona Industrial de Herrera, Santo Domingo, República Dominicana,
solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 9.
Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 9: Baterías
para vehículos. Fecha: 3 de
noviembre de 2022. Presentada
el: 1 de noviembre de 2022.
San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 3 de noviembre de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2023711729 ).
Solicitud Nº 2022-0009125.—Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad
109530774, en calidad de Apoderado Especial de Sala Asesores,
S.L. con domicilio en
46380-Cheste, Vial 4, Parcela Número
8, Polígono Industrial De Cheste,
Valencia, España, solicita
la inscripción de: VIJUSA como
Marca de Fábrica y Comercio en
clase(s): 1. Internacional(es).
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 1: Productos químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la agricultura, la horticultura y la
silvicultura; resinas artificiales
en bruto, materias plásticas en bruto; compuestos
para la extinción de incendios
y la prevención de incendios;
preparaciones para templar y soldar
metales; sustancias para curtir cueros y pieles de animales; adhesivos (pegamentos) para la industria; masillas y otras materias de relleno en pasta; compost, abonos, fertilizantes; preparaciones biológicas para la industria y la
ciencia. Fecha: 27 de octubre de 2022. Presentada el: 18 de octubre de 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 27 de octubre de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registrador(a).—(
IN2023711732 ).
Solicitud Nº 2022-0008945.—Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderada
especial de Bodegas Rodero, S.L. con domicilio en CTRA. Boada, S/N,
09314 Pedrosa De Duero (Burgos), España, solicita la inscripción de: CARMELO
RODERO como marca de fábrica y comercio en clase 33 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 33: Bebidas alcohólicas, excepto cervezas; preparaciones alcohólicas para elaborar bebidas. Fecha: 17 de noviembre de 2022. Presentada el: 12 de octubre de 2022. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de noviembre de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2023711733 ).
Solicitud Nº 2022-0007176.—Cindy Johanna Duque Rodríguez, casada una vez, cédula de identidad 801180752, con domicilio
en San Ramón, 400 metros sur del Colegio Magallanes,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción:
como marca de comercio
en clase(s): 30 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 30: Pan, pan español, pan de barra y productos
de pastelería. Fecha: 14 de
diciembre del 2022. Presentada
el: 17 de agosto del 2022.
San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de diciembre del 2022.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ginna
Aguilar Madriz, Registrador(a).—( IN2023711748 ).
Solicitud Nº 2022-0011193.—Fabián Rodrigo Lizano López, soltero, cédula de identidad N° 208300131 con domicilio en San Carlos, Ciudad
Quesada, Urbanización Cocique,
contiguo a parque infantil, casa amarilla, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: FROBERRY
ICE CREAM BAR como nombre
comercial en clase internacional,para
proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a Heladería y Cafetería. Ubicado en Alajuela, San Carlos, Cuidad Quesada, Plaza Comercial
El Encuentro, local FS-N2-19. Fecha: 20 de enero de 2023. Presentada el: 13 de enero de 2023. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ginna
Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2023711766 ).
Solicitud Nº 2023-0000248.—Hazel Valverde Richmond, cédula de identidad
109060690, en calidad de Apoderado Generalísimo de Banco
Central de Costa Rica, cédula jurídica N°
4000004017 con domicilio en
cantón
San José, distrito Merced en
Avenida Central y 1, Calles 2 y 4, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción
como marca de servicios
en clase 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Atención al análisis y evaluación de propuestas innovadoras en el marco de la regulación financiera y respecto a su contribución
potencial a la inclusión financiera, al desarrollo de los mercados, a la protección del
consumidor financiero, a la
estabilidad financiera y a
la regulación y supervisión
financiera. Además, se podrá brindar información
y respuestas a las consultas
de los interesados mediante la utilización de medios de comunicación, realizar reuniones individuales con el fin de que los innovadores financieros expongan su propuesta y así guiarlos de forma no vinculante en los
procesos administrativos
que sean necesarios de acuerdo con la normativa financiera. Facilitar el diálogo, la consulta y el intercambio de información entre las entidades
de regulación y supervisión
financiera. Reservas: Del
color celeste. Fecha: 18 de enero
de 2023. Presentada el: 13
de enero de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—O. C. N° 4200003899.—Solicitud
N° 406674.—( IN2023711769 ).
Solicitud Nº 2023-0000321.—Roberto Antonio Cubero Muñoz, cédula de identidad N°
111140545, en calidad de apoderado generalísimo de Buzos de Aletas Negras S. A.,
cédula jurídica N° 3101842176 con domicilio en Parrita,
Barrio Loma Linda 50 metros oeste de la entrada casa techo rojo a mano izquierda,
Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: BLACK TIP DIVERS como
nombre comercial en clase internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a
Escuela de Buceo, formación,
tour de buceos, expediciones
de buceo, actividades de
snorkel, buceos libres. actividades deportivas acuáticas en general, servicios de entretenimiento.
Turismo en general; ubicado
en Costa Rica, Puntarenas, Osa,
Bahía Ballena, 150 metros este
de la Asada Bahía Ballena de Uvita,
casa roja de portón rojo a
mano derecha. Fecha: 18 de enero de 2023. Presentada el: 17 de enero de 2023. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Pablo
Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2023711773 ).
Solicitud Nº 2023-0000322.—Roberto Antonio Cubero Muñoz, cédula de identidad N°
111140545, en calidad de apoderado generalísimo de Buzos de Aletas Negras S. A.,
cédula jurídica N° 3101842176 con domicilio en Parrita,
Barrio Loma Linda 50 metros oeste de la entrada casa techo rojo a mano izquierda,
Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: BORN TO DIVE como
nombre comercial en clase internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a prendas de vestir relacionada con la marca, venta de productos, fabricación, distribución de productos para buceo, publicidad en redes sociales y otros medios de comunicación. Ubicado en Puntarenas, Osa, Bahía Ballena, 150 metros este de la Asada Bahía Ballena de
Uvita, casa rojo de portón
rojo a mano derecha. Fecha:
18 de enero de 2023. Presentada
el: 17 de enero de 2023.
San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Pablo
Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2023711774
).
Solicitud Nº 2023-0000282.—Victor
Gutiérrez Estrada, Cédula de residencia 155832433521, en calidad de Apoderado
Generalísimo de Distribuidora Agro Comercial S. A., cédula jurídica 3101010782
con domicilio en Alajuela, La Garita, El Coyol
de Alajuela, Zona Franca Bes. contiguo a la Planta
Dos Pinos, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: SURPASS
como marca de comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos
higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para
uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos nutricionales para
seres humanos y animales; emplastos, material para apósitos; material para
empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales
dañinos; fungicidas, herbicidas Fecha: 19 de enero de 2023. Presentada el: 16
de enero de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de
enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2023711806 ).
Solicitud N° 2022-0011379.—Andrey Bravo Eduarte, divorciado, cédula de identidad N° 114510467, con domicilio
en Tapezco de Zarcero de Alajuela, trecientos
metros norte de la escuela,
Zarcero, Alajuela, Costa Rica, solicita
la inscripción de: BRAVO como
marca de comercio en clase(s): 20. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 20: Cajas
de plástico para almacenamiento.
Fecha: 11 de enero de 2023.
Presentada el: 23 de diciembre de 2022. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Kimberly Arick Alvarado, Registradora.—(
IN2023711810 ).
Solicitud Nº 2022-0007922.—Esteban Javier Valverde Cortés, cédula de identidad N° 112590746, en calidad de apoderado
generalísimo de Asociación Hijos del Gran Artista, cédula jurídica N° 3002810987 con domicilio
en Anselmo Llorente, Jardines de Tibás, del AM PM 150
mts sur y 25 mts oeste, casa de dos plantas a mano izquierda, portón café, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción
como marca de servicios en clase
41 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 41: Crear
espacios de oportunidad
para el desarrollo integral
de las personas y sus habilidades para la vida, por medio de la educación, el arte, la cultura,
la recreación, el deporte, la espiritualidad y los valores en
Costa Rica. Reservas: De los
colores dorado, rojo, naranja,
blanco y negro. Fecha: 23
de setiembre de 2022. Presentada
el: 12 de setiembre de
2022. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de septiembre de 2022.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ginna
Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2023711815 ).
Solicitud Nº 2023-0000364.—Monserrat Alfaro Solano, cédula de identidad
1-1149-0188, en calidad de Apoderado Especial de Novartis AG con domicilio
en 4002, Basilea, Suiza, solicita la inscripción de: PIVSELEQ, como
marca de fábrica y comercio en clase(s):
5 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 5: Preparaciones
farmacéuticas. Fecha: 20 de
enero del 2023. Presentada el: 18 de enero del 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de enero del 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Walter
Alfaro González, Registrador(a).—( IN2023711829 ).
Solicitud Nº 2023-0000366.—Monserrat Alfaro
Solano, Cédula de identidad 1-1149-0188, en calidad de Apoderado Especial de
Novartis AG con domicilio en 4002, Basilea, Suiza, solicita la inscripción de: PIVOZACT
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Preparaciones farmacéuticas
para el diagnóstico y tratamiento de enfermedades y
trastornos oncológicos; preparaciones farmacéuticas con el propósito de
aumentar la eficacia de otros productos farmacéuticos en el tratamiento de
enfermedades oncológicas; agentes de administración de fármacos que consisten
en compuestos que facilitan la administración de una amplia gama de productos
farmacéuticos para tratar el cáncer. Fecha: 20 de enero de 2023. Presentada el:
18 de enero de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de
enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal
Garita, Registradora.—( IN2023711846 ).
Solicitud Nº 2023-0000365.—Monserrat Alfaro Solano, cédula de identidad
1-1149-0188, en calidad de apoderado especial de Novartis AG, con domicilio
en: 4002 Basel, -, Suiza , solicita
la inscripción de: VANPESMA, como marca de fábrica
y comercio en clase(s): 5 internacional(es),
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 5: preparaciones farmacéuticas. Fecha: 20 de enero de 2023. Presentada el: 18 de enero de 2023. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Wálter Alfaro
González, Registrador(a).—( IN2023711850 ).
Solicitud Nº 2023-0000363.—Monserrat Alfaro Solano, cédula de identidad
1-1149-0188, en calidad de apoderado especial de Novartis AG., con domicilio
en: 4002 Basilea, Suiza, solicita la inscripción de: KLYRFYND, como
marca de fábrica y comercio en clase(s):
5 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 5: preparaciones
farmacéuticas. Fecha: 20 de
enero de 2023. Presentada el: 18 de enero de 2023. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Wálter Alfaro
González, Registrador(a).—( IN2023711858 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Solicitud Nº 2022-0011164.—Marion Dieke Claussen, cédula de identidad 105580215, en calidad de Apoderado Generalísimo de Ofitec de Centroamérica S. A., Cédula jurídica
3101219278 con domicilio en
Escazú, San Rafael, Guachipelín, 400 metros al norte de Construplaza, Edificio latitud norte, cuarto piso,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como Nombre Comercial en clase(s): Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a oficentro con modalidad de arrendamiento de
locales para oficinas comerciales.
Ubicado en San José, Escazú, San
Rafael, Guachipelín, 400 metros al norte de Construplaza, Edificio Latitud Norte. Fecha: 22 de diciembre de 2022. Presentada el: 20 de diciembre de 2022. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de diciembre de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Walter Alfaro
González, Registrador(a).—( IN2023708708 ).
Solicitud Nº 2022-0010731.—José Antonio Gamboa Vázquez, casado una vez,
cédula de identidad N° 104610803, en calidad de apoderado
especial de Essential Export Limitada, cédula jurídica N° 3102645090 con domicilio en Santa Ana, Fórum 11, Edificio A, cuarto piso, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción
como marca de fábrica,
comercio y servicios en clases 9; 35 y 36 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: keypago
Software y hardware informático; plataformas
de software informático; software de aplicación para servicios informáticos en la nube; equipos de ‘procesamiento de datos; dispositivos electrónicos móviles; software descargable desde Internet; software para dispositivos
móviles y computadoras de
mano; software de aplicación para dispositivos
móviles; software para el desarrollo de aplicaciones para dispositivos móviles; accesorios para dispositivos móviles; en clase
35: Publicidad; gestión de negocios
comerciales; administración
comercial; Intermediación comercial para unir a prestadores del servicio de financiación con clientes o potenciales clientes; Gestión y administración comercial de portales de pago; promoción de la venta de productos y servicios de terceros mediante la concesión de puntos por las compras realizadas; trabajos de oficina; ventas por internet; en clase 36: Financiación, servicio de financiación de compras, facilitación de financiación de créditos de venta, prestamos (financiación), financiación de créditos al consumo, giros nacionales e internacionales; Asesoría sobre créditos; Servicios de agencia de crédito; Servicios de verificación de crédito. Fecha: 12 de diciembre de 2022. Presentada el: 07 de diciembre de 2022. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de diciembre de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Ginna Aguilar
Madriz, Registradora.—( IN2023711839 ).
Solicitud Nº
2022-0010916.—Agistín Lamas, otra identificación AAI264800 con domicilio
en Santa Cruz, Tamarindo, Villareal, 100 mts norte al
cruce, Guanacaste, Costa Rica , solicita la
inscripción
como marca de fábrica en clase(s): 25. Internacional(es). Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase
25: Prendas de vestir: tapados, batas, calzones, camisas, enaguas,
abrigos/tapados, batas(saltos de cama) batines/saltos de cama, cazones de
baño/shorts de baño, camisas de manga corta, camisas, camisetas, camisetas de
deporte, camisetas de deporte sin magas, camisetas de protección (rashguards), camisolas, capuchas, chalecos, suelas de calzado, chaquetas de pescador, chaquetones,
combinaciones (ropa interior), conjuntos de vestir, corbatas, delantales
(prendas de vestir), estolas (pieles), faldas short, forros confeccionados
(partes de prendas de vestir), gabanes/paletós/sobretodos,
jerseys (prendas
de vestir), kimonos, mallas (leggings)/calzas (leggings)/leggings (pantalones), manguitos (prendas de vestir),
orejeras(prendas de vestir), pantalones, pantalones bombachos, pantis, pañuelos
de bolsillo (prendas de vestir), pañuelos de cuello de hombre, pañuelos para la
cabeza, pecheras de camisa, pijamas, ponchos, prendas de punto, prendas de
vestir bordadas, prendas de vestir impermeables/impermeables, prendas de vestir
que contienen sustancias adelgazantes, prendas de vestir/ropa/vestimenta,
puños(prendas de vestir), ropa de confección, ropa de cuero, ropa de cuero de
imitación, ropa de gimnasia, ropa de látex, ropa de playa, ropa exterior, ropa
interior /lencería, ropa para ciclistas, trajes de baño (bañadores)/
bañadores/mallas (bañadores), trajes de disfraces, trajes de esquí acuático,
trajes, turbantes, uniformes, velos, vestidos. Fecha: 15 de diciembre de 2022.
Presentada el: 12 de diciembre de 2022. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 15 de diciembre de 2022. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2023711842 ).
Solicitud Nº 2022-0011146.—Jessica Enue Ward Campos, cédula de identidad 113030101, en calidad de apoderado especial de
Sacred Self School of Yoga LLC, SRL, cédula jurídica
3102756378, con domicilio en:
cantón Central, Mata Redonda, Sabana
Norte, avenida Las Américas,
calle sesenta, edificio torre La Sabana, tercer piso, oficinas de Colbs Estudio Legal, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción
como marca
de servicios en clase(s): 41 internacional(es),
para proteger y distinguir
lo siguiente: Escuela de Artes Alquímicas
que ofrece formaciones, cursos y experiencias - presenciales y virtuales - para
la difusión de conocimientos
y prácticas espirituales de
tradiciones como el yoga, artes chamánicas, y herramientas para
la sanación holística, la vida en armonía
con la tierra, el bienestar
integral y la expansión de la consciencia.
Fecha: 19 de enero de 2023.
Presentada el: 20 de diciembre de 2022. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por
el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Alex
Villegas Méndez,
Registrador(a).—( IN2023711867 ).
Solicitud Nº 2023-0000431.—Mónica Bolaños Alvarado, soltera, cédula de identidad N° 115940481, en calidad de apoderada
especial de 3-102-851157 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N°
3-102-851157 con domicilio en
Liberia, del Aeropuerto Daniel Oduber tres kilómetros oeste, Centro de Negocios, Plaza
Futura oficina número ocho, Guanacaste, Costa Rica, solicita
la inscripción de: MANZU como
nombre comercial para proteger y distinguir lo siguiente: Para proteger un establecimiento comercial dedicado a condominio comercial y residencial que prestará servicios de administración, desarrollo, arrendamiento, construcción y compra y venta de bienes inmuebles ubicados en Guanacaste, Carrillo,
Sardinal, Playa Hermosa, de la calle
principal 159, 25 metros al sur del Restaurante &
Bar Ginger. Fecha: 24 de enero
de 2023. Presentada el: 20
de enero de 2023. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2023711873 ).
Solicitud Nº 2023-0000406.—Julio Méndez Castro, divorciado, cédula de identidad N° 110660487 con domicilio en Santa Ana, de la Cruz Roja 250
metros este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios
en clase 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 36: Servicios
financieros Servicios financieros, operaciones financieras, asesoría financiera, operaciones monetarias, financiamiento, administración de cartera, servicios de seguros, servicios de correduría, asesoría y comercialización de seguros, servicios de inversión, asesoría de inversión, corretaje de bienes y valores, administración de carteras de inversión, gestión, administración y asesoría en productos de crédito. Fecha: 23 de enero de 2023. Presentada el: 19 de enero de 2023. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Rina
Ruiz Mata, Registradora.—( IN2023711878 ).
Solicitud Nº 2022-0009991.—Federico Alberto Solano Rojas, casado una vez, cédula de identidad 304050944, con domicilio
en Barrio Los Ángeles,
Centro Comercial Plaza Los Ángeles,
Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción:
como nombre comercial
en clase(s): internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 49: Establecimiento
comercial dedicado a la comercialización de todo tipo de productos tales como: comestibles, granos, hogar, limpieza personal y del hogar, artículos de librería, pastelería, declaración, y demás artículos de primera necesidad. Ubicado en Cartago, Barrio Los Ángeles, Edificio Plaza Los Ángeles. Fecha: 13 de enero del 2023. Presentada el: 14 de noviembre del 2022. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de enero del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2023711881 ).
Solicitud Nº 2021-0010288.—Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, cédula de identidad
113780918, en calidad de apoderado especial de Gano Excel
Industries SDN, BHD, con domicilio en 3: Susiran Shahab, Shabab
Perdana, Lebuhraya Sultanah Bahiyah,
05150, Alor Setar, Kedah, Malasia / Malasia, Malasia, solicita la inscripción
como marca
de fábrica en clase(s): 30 internacional(es),
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 30: productos alimenticios; cereales; café,
café artificial, bebidas a base de café, café que contiene ganoderma lucidum; té, bebidas a base de te, te que contiene
ganoderma lucidum; cacao, bebidas
a base de cacao, cacao que contiene ganoderma lucidum; miel, miel que contiene ganoderma lucidum. Fecha: 24 de enero de 2023. Presentada el: 11 de noviembre de 2021. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ginna
Aguilar Madriz, Registrador(a).—( IN2023711894 ).
Solicitud N°
2021-0010292.—Ricardo Alberto Rodríguez
Valderrama, cédula de identidad N° 113780918, en calidad de apoderado
especial de Gano Excel Industries SDN, BHD, con domicilio en 3 Susiran Shahab, Shabab Perdana, Lebuhraya Sultanah Bahiyah, 05150, Alor Setar, Kedah, Malasia / Malasia, Malasia, solicita la inscripción:
como nombre comercial
en clase(s): internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 49: para proteger un establecimiento comercial dedicado a la venta y distribución de productos alimenticios y suplementos dietéticos, nutricionales y productos para el bienestar y salud humana, ubicado
en San José, San José, Merced, San José calle 38, avenida 3, edificio Gano Itouch.
Fecha: 24 de enero de 2023.
Presentada el 11 de noviembre de 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Ginna Aguilar
Madriz, Registradora.—( IN2023711896 ).
Solicitud Nº 2021-0010291.—Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, cédula de identidad 113780918, en calidad de Apoderado Especial de Gano Excel Industries SDN, BHD con domicilio
en 3 Susiran Shahab, Shabab
Perdana, Lebuhraya Sultanah Bahiyah,
05150, Alor Setar, Kedah, Malasia / Malasia, Malasia, solicita la inscripción:
como nombre comercial
en clase(s): internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 49: Para proteger un establecimiento comercial dedicado a la venta y distribución de productos alimenticios y suplementos dietéticos, nutricionales y productos para el bienestar y salud humana, ubicado
en San José, San José, Merced, San José calle 38, avenida 3, edificio Gano Itouch.
Fecha: 24 de enero del
2023. Presentada el: 11 de noviembre del 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de enero del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Ginna Aguilar
Madriz, Registrador(a).—( IN2023711897 ).
Solicitud N°
2022-0010753.—Monserrat Alfaro Solano, cédula de identidad N° 1-1149-0188, en calidad de apoderado especial de
Novartis AG, con domicilio en
4002 Basilea, Suiza, solicita la inscripción:
como marca de fábrica
y comercio en clase(s): 5 internacional(es),
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 5: preparaciones farmacéuticas. Fecha: 12 de diciembre de 2022. Presentada el 8 de diciembre de 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de diciembre de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2023711930 ).
Solicitud Nº 2022-0011257.—David Rojas Peck, 113640196, soltero, vecino
de casa esquinera, Urbanización
Las Rosas, San Vicente, Moravia, San José, Costa Rica, Centroamérica, Ingeniero, EAAS,
cédula de identidad N° 113640196 con domicilio en casa esquinera, Urbanización Las
Rosas, San Vicente, Moravia, San José, Costa Rica, Centroamérica, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de comercio
en clase 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Cosméticos. Reservas: No se hace reserva. Fecha:
20 de enero de 2023. Presentada
el 12 de enero de 2023. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ginna
Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2023711954 ).
Solicitud N°
2022-0010825.—Jazmín
Sánchez Salas, cédula
de identidad N° 109790190, en calidad de apoderado
especial de Amaruka Costa Rica S. A., cédula jurídica N° 3-101-569408, con domicilio en Coronado, Patalillo, de Mall
Don Pancho, 450 metros este,
85 metros norte, 50 metros oeste,
25 metros norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BIO-C,
como marca de fábrica y comercio en clase 5 Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: Medicamentos,
homeopatía, productos
naturales con cualidades medicinales,
todo en uso
humano. Fecha: 09 de enero de 2023. Presentada el 08 de diciembre de 2022. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 09 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Kimberly
Arick Alvarado, Registradora.—(
IN2023711959 ).
Solicitud Nº 2022-0010826.—Jazmín Sánchez Salas, cédula de identidad 109790190, en calidad de Representante Legal de
Amaruka Costa Rica S. A., cédula jurídica
3-101-569408, con domicilio en:
Coronado, Patalillo, de Mall Don Pancho
450 metros este, 85 metros norte,
50 metros oeste, 25 metros norte,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: IMPLETOL, como marca
de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 5: medicamentos,
homeopatía, productos
naturales con cualidades medicinales,
todo en uso
humano. Fecha: 09 de enero de 2023. Presentada el: 08 de diciembre de 2022. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 09 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Kimberly
Arick Alvarado, Registrador(a).—(
IN2023711973 ).
Solicitud Nº 2022-0010372.—Camilo Adrián Castro Trejos, casado, cédula de identidad
205140837 con domicilio en
Ulloa, Condominio Tierras de Café, casa 252, Heredia,
Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica
y comercio en clase: 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
9: Equipos de tecnología de
la información y salvamento,
reproducción o tratamiento
de sonidos, aparatos e instrumentos de grabación, imágenes o datos, software, soporte de registro y almacenamiento digitales, aparatos GPS, los relojes inteligentes, los monitores de actividad física ponibles. Fecha: 23 de enero del 2023. Presentada el: 24 de noviembre del 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de enero del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Pablo Andrés
Sancho Calvo, Registrador.—( IN2023711982 ).
Solicitud N° 2022-0009952.—Mauricio Jose Garro
Guillen, cédula de identidad
N° 107160872, en calidad de
apoderado especial de Kelly Toys Holdings LLC, con domicilio en 4811 Alameda Street,
Los Ángeles, California, Estados
Unidos De América., 90058, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de:
LIVING ON THE VEG, como marca
de comercio y servicios en clase(s): 28 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: juguetes de peluche, muñecos de plástico y juegos. Prioridad: se otorga prioridad N° JZWR0107TCR
de fecha 16/06/2022 de Estados
Unidos de América. Fecha: 23 de enero
de 2023. Presentada el 14
de noviembre de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Alex
Villegas Méndez, Registrador.—( IN2023711984 ).
Solicitud N°
2022-0004976.—Jairo Madriz Rodríguez, casado una vez,
cédula de identidad N° 100770046, en
calidad de apoderado generalísimo de Centro de Reeducación,
Estimulación y Contactología
Crevic S.A., cédula de identidad N° 3101466520, con domicilio en Montes De Oca, Sabanilla de San Pedro, 50 metros este de la Subestación del I.C.E.,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción:
como marca de servicios
en clase(s): 44 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 44: para proteger servicios médicos: servicios de optometristas, servicios de oftalmólogo. Fecha: 18 de agosto de 2022. Presentada el: 10 de junio de 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de agosto de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2023712008 ).
Solicitud Nº 2023-0000387.—Herberth
Ernesto Camacho Cubillo, soltero, cédula de identidad
113740517, en calidad de Apoderado Especial de Valderrama & Asociados
Sociedad Anónima, Cédula jurídica
3101328710 con domicilio en
Montes De Oro, Miramar, 225 metros sur del Cementerio, Frente
A Aremi, Puntarenas, Costa Rica, solicita
la inscripción
como Nombre Comercial
Para proteger y distinguir
lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a Venta y consumo de comidas y bebidas; ubicado en Puntarenas, Montes de
Oro, Miramar, 225 metros sur del cementerio, frente a Aremi,
edificio de dos pisos. Fecha: 23 de enero de 2023. Presentada el: 19 de enero de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ivonne
Mora Ortega, Registrador(a).—( IN2023712061 ).
Solicitud Nº 2022-0009571.—Pablo Antonio Chacón Zúñiga, casado una vez, cédula de identidad 105100555, en calidad de apoderado generalísimo de Frutas del Valle
Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101131113, con domicilio
en: Dota, San Gerardo, 1 km al sur de la Escuela La Lía, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción
como marca
de fábrica en clase(s): 32 internacional(es),
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 32: aguas minerales y gaseosas, y otras bebidas sin alcohol; bebidas de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. Fecha: 13 de enero de 2023. Presentada el: 18 de noviembre de 2022. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Kimberly Arick Alvarado, Registrador(a).—( IN2023712077 ).
Solicitud N°
2023-0000368.—Monserrat Alfaro Solano, cédula de identidad N° 1-1149-0188, en calidad de apoderada especial de
Tequila Defrente S.A.P.I. de C.V., con domicilio en Paseo de los Tamarindos 90, torre 2, piso 5, Col. Bosques de
las Lomas, 05120 México City, México, solicita la inscripción de: DEFRENTE, como
Marca de Fábrica y Comercio en
clase: 33. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 33: Bebidas alcohólicas, excepto cervezas Fecha: 20 de enero de 2023. Presentada el: 18 de enero de 2023. San José: Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—(
IN2023712113 ).
Solicitud Nº 2023-0000500.—Daniel Alonso Murillo Campos, casado una vez, cédula de identidad N° 108270893, en calidad
de apoderado especial de VMG Healthcare Products S.
A., cédula jurídica N° 3101201700 con domicilio en Guachipeln,
Escazú, 800 metros noroeste del paso a desnivel a Multiplaza, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de comercio
en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Producto
farmacéutico. Fecha: 26 de enero de 2023. Presentada el: 24 de enero de 2023. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 26 de enero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978, Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2023712114 ).
Solicitud Nº 2022-0011112.—Guillermo Sáenz
Solano, cédula de identidad 104161186, en calidad de Apoderado
Generalísimo de Guialsa
Sociedad Anónima, cédula jurídica
310138707 con domicilio en
75 metros oeste Funeraria
del Magisterio San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Fitwell
Tech, como marca de fábrica en clase:
9 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 9: básculas,
aparatos de medición cardíaca para el deporte, aparatos masajeadores, anteojos de sol. Fecha: 23 de enero del 2023. Presentada el: 19 de diciembre del 2022. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de enero del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Milena Marín
Jiménez, Registradora.—( IN2023712119 ).
Solicitud Nº 2021-0010287.—Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, cédula de identidad 113780918, en calidad de Apoderado Especial de Gano Excel Industries SDN, BHD con domicilio
en 3 Susiran Shahab, Shahab
Perdana, Lebuhraya Sultanah Bahiyah,
05150, Alor Setar, Kedah, Malasia / Malasia, Malasia, solicita la inscripción
como Marca de Fábrica y Servicios
en clase(s): 30 y 35. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 30: Productos
alimenticios; cereales;
café, café artificial, bebidas a base de café, café
que contiene ganoderma
lucidum; té, bebidas a base
de té, té que contiene ganoderma lucidum; cacao, bebidas
a base de cacao, cacao que contiene ganoderma lucidum; miel, miel que contiene ganoderma lucidum.; en clase 35: Publicidad; gestión, organización y administración de negocios comerciales; trabajos de oficina. Fecha: 24 de enero del 2023. Presentada el: 11 de noviembre del 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de enero del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Ginna Aguilar
Madriz, Registrador(a).—( IN2023712132 ).
Solicitud Nº 2022-0008030.—Sonsire Ivonne Espinoza Ríos, cédula de identidad
N° 107680087, en calidad
de Apoderado Especial de Antonio Enrique Bertarioni Montes, casado tres veces, cédula de identidad N° 602300697, con domicilio en Lagunilla,
Residencial Privacia, casa número
D Ocho, Heredia, Costa Rica, solicita
la inscripción
como marca de servicios
en clase 38. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Emisión de programas de radio y televisión, a través de una red de cable. Reservas: Se reserva los colores: negro, mangenta (fucsia), cian (celeste) y amarillo. Fecha: 04 de noviembre de 2022. Presentada el 14 de septiembre de 2022. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 04 de noviembre de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—(
IN2023712134 ).
Solicitud Nº 2022-0011381.—Andrey Dorado Arias, viudo, cédula de identidad N° 205650345, en calidad de apoderado
especial de Disfruta de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3101220737 con domicilio en
San Rafael de Escazú, de Paco 100 m sur, Urbanización
Las Vistas, casa 32, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica
y comercio en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
1: Fertilizantes. Fecha: 10
de enero de 2023. Presentada
el: 23 de diciembre de
2022. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Walter
Alfaro González, Registrador.—( IN2023712148 ).
Solicitud Nº 2022-0009648.—Paola Castro Montealegre, casada una vez,
cédula de identidad 111430953, en
calidad de Apoderado
Especial de Esteban Pablo Mira, mayor, soltero, comerciante, Otra identificación 29433238 con domicilio
en Pedro Nolasco Rodríguez 1174, Ciudad De Córdoba, Provincia De Córdoba, República Argentina, Argentina, solicita la inscripción
como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 34. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 34: Aromatizantes
de tabaco; boquillas de cigarrillo;
botes para tabaco; cajas de
cigarrillos; cigarreras; cigarrillos; cigarrillos y puros;
cortacigarros; dispositivos
para apagar cigarrillos y
puros calentados, así como cigarrillos de tabaco adaptados que se calientan en dispositivos eléctricos; dispositivos para calentar tabaco para su inhalación; encendedores de cigarrillos; escupideras para consumidores de tabaco; estuches
de tabaco; estuches para cigarrillos;
filtros de cigarrillos; filtros para cigarrillos; filtros para tabaco; fundas para
pipas de tabaco largas asiáticas;
hojas de tabaco; humidificadores para tabaco; inhaladores para su uso como alternativa
a cigarrillos a base de tabaco; latas
para tabaco; librillos de papel
de fumar; limpiadores de cigarrillos electrónicos; limpiadores de pipas de tabaco; máquinas
manuales para la inyección
de tabaco en tubos de papel para fumar; melazas de hierbas [sucedáneos del tabaco]; papel absorbente para tabaco; papel de fumar; papel para cigarrillos; papel para liar cigarrillos; papelillos para cigarrillos; paquetes de cigarrillos; petacas para cigarrillos; productos de tabaco;
rapé [tabaco en polvo]; rascadores de pipas de
tabaco; recipientes y humectantes
para tabaco; saborizantes para tabaco, que no sean aceites esenciales;
tabaco; tabaco para cigarrillos; tabaco suelto, para hacer cigarrillos y para pipa; tabaco y productos
del tabaco (incluidos sus sustitutos);
tabaco y sucedáneos del tabaco; tubos
de cigarrillos de papel de fumar con filtro incorporado Fecha: 24 de enero de 2023. Presentada el: 2 de noviembre de 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Rebeca
Madrigal Garita, Registrador(a).—(
IN2023712155 ).
Solicitud Nº 2023-0000376.—Nancy Melissa Brenes Quirós, cédula
de identidad 303590765, en calidad de apoderado especial de
Stephanie Sibaja Sánchez, casada una vez,
cédula de identidad 111660953, con domicilio
en: San Pablo, Condominio Interamericana, casa 51, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción
como nombre comercial en clase(s):
internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: establecimiento comercial que se dedica a brindar servicios de cafetería, restauración, preparación
de alimentos, repostería y bebidas. Ubicado en San José, San Pedro, Montes de Oca, contigua
a la antigua Pops, edificio
Lachner, segundo piso, local 102. Reservas: se realiza reserva en cuanto a color y tamaño. Fecha: 23 de enero de 2023. Presentada el: 19 de enero de 2023. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 23 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Alex
Villegas Méndez, Registrador.—( IN2023712172 ).
Solicitud Nº 2023-0000375.—Nancy Melissa Brenes Quirós, cédula
de identidad N° 303590765, en
calidad de apoderado
especial de Stephanie Sibaja Sánchez, casada una vez,
cédula de identidad N° 111660953, con domicilio en San Pablo, Condominio Interamericana, casa número 51, Heredia, Costa Rica, solicita
la inscripción
como marca
de comercio y servicios en clase 43. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: Servicios de cafetería, restauración, preparación de alimentos, repostería y bebidas. Reservas: Se hacen reservas en cuanto
a color y tamaño Fecha: 23
de enero de 2023. Presentada
el 19 de enero de 2023. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Alex
Villegas Méndez, Registradora.—( IN2023712177 ).
Solicitud Nº 2022-0010415.—André Francisco Barrantes Ramírez, cédula de identidad 113930466, en calidad de Apoderado
Generalísimo de CAPACITA Int. Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101663566 con domicilio en
Goicoechea, de la CNFL 375 M. este,
oficina amarilla con portón
café, mano izquierda, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca
de servicios en clase(s): 41. Internacional(es).
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 41: Talleres, charlas, seminarios. Fecha: 21 de diciembre de 2022. Presentada el: 25 de noviembre de 2022. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de diciembre de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Walter Alfaro
González, Registrador(a).—( IN2023712200 ).
Solicitud Nº 2023-0000360.—Monserrat Alfaro Solano, cédula de identidad N°
111490188, en calidad de apoderada especial de Novartis AG con domicilio
en 4002, Basilea, Suiza, solicita la inscripción de: FASYMAGE como
marca de fábrica y comercio en clase
5 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 5: Preparaciones
farmacéuticas. Fecha: 20 de
enero de 2023. Presentada el: 18 de enero de 2023. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ginna
Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2023712219 ).
Solicitud N° 2023-0000307.—Marco Antonio López Volio, casado, cédula de identidad
1010740933, en calidad de
Gestor oficioso de Puma Energy International S.A.,
con domicilio en: Rue de Jargonnant 1, 1207 Geneva, Suiza,
solicita la inscripción de:
DIRSOL, como marca
de fábrica y comercio en clase(s): 2 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 2: pinturas, barnices, lacas; productos contra la herrumbre y el deterioro de la madera, materias tintóreas, mordientes, resinas
naturales en bruto, metales en hojas y en polvo para pintores
y decoradores. Fecha: 18 de
enero de 2023. Presentada el: 30 de agosto de 2022. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio.—Rebeca Madrigal Garita, Registrador(a).—( IN2023712226 ).
Solicitud Nº 2022-0006283.—Harry Zurcher Blen, casado,
cédula de identidad N° 1041501184, en calidad de apoderado
especial de Triumph Designs Limited con domicilio en Normandy Way, Hinckley, Leicestershire, LE10 3BZ, Reino Unido, solicita
la inscripción de: TRIUMPH como
marca de servicios en clase 35 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 35: Servicios de venta al por menor,
servicios de venta al por mayor, servicios de distribución, relacionados con dentífricos, preparaciones y sustancias para limpiar y pulir, desengrasantes, papel de lija, tela de lija, tela de esmeril, trementina, gasolina, diésel, aceites, grasas, lubricantes,
combustibles, productos metálicos,
insignias, cadenas para llaves
, cadenas de relojes, anillas para llaveros, cadenas, candados, tuercas, pernos, tornillos,
cables y alambres (no eléctricos), ferretería, ropa de protección, cascos, guantes de protección y calzado de protección, botas con capuchón de
acero [calzado de protección], viseras, estuches para gafas y gafas de sol , parasoles, accesorios eléctricos, repuestos e instrumentos para motocicletas, interruptores para controlar accesorios eléctricos para motocicletas, baterías, cargadores de baterías,
juegos electrónicos, antenas, cintas de video y cintas de audio, discos compactos,
DVDs, relés, tacómetros, termómetros, velocímetros, bocinas, arrancadores, cableado eléctrico, arneses, arneses secundarios, adaptadores, cerraduras eléctricas, aparatos e instrumentos de alarma, aparatos e instrumentos de iluminación,
bombillas, cubiertas de faros, reflectores
de motocicletas y vehículos
terrestres, linternas, vehículos terrestres de motor, motocicletas, ciclomotores, motos
tipo scooters, vehículos motorizados de dos ruedas, maleteros, dispositivos de alarma para motocicletas y vehículos terrestres, soportes para motocicletas, neumáticos, joyería, relojes de pulsera, relojes, bandas para reloj, correas y cadenas, brazaletes, mancuernillas, anillas para llaves, llaves remotas, insignias, artículos de metales preciosos o chapados , prensa corbatas y pins [artículos de joyería], tarjetas, pósters, dibujos, álbumes de fotografías, calcomanías, naipes, tatuajes, materias plásticas y de caucho y artículos de estas materias, maletas, baúles, paraguas, cinturones, bandas y correas, maletines, estuches para llaves, mochilas, morrales, bolsos, cajas, cinturones de herramientas, billeteras y monederos, fundas para motocicletas y vehículos terrestres, juegos y juguetes, cerveza, ale, cerveza tipo
‘mild ale’, lager, stout, porter, bebidas no alcohólicas, jugos de frutas y bebidas, aguas minerales y gaseosas, bebidas alcohólicas, encendedores, artículos para fumadores, partes y piezas de cualquiera de los productos antes mencionados; servicios publicitarios; servicios de marketing. Fecha: 09
de diciembre de 2022. Presentada
el: 19 de julio de 2022.
San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 09 de diciembre de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2023712229 ).
Solicitud Nº 2022-0009930.—Harry Jaime Zurcher Blen, mayor, casado, Abogado, Cédula de identidad
1041501184, en calidad de Apoderado Especial de Newmark & Company Real Estate,
Inc. con domicilio en 125
Park Avenue, New York, NY 10017, Estados Unidos De
América, -, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: NEWLITIC
como Marca de Servicios en clase(s): 35; 36 y 42. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicios
de administración comercial
relacionados con bienes inmuebles; servicios de gestión de datos, a saber, gestión de datos inmobiliarios; servicios de asesoramiento empresarial en el ámbito
inmobiliario; preparación
de informes comerciales y financieros relacionados con bienes inmuebles comerciales para terceros; comercialización de bienes raíces; servicios y análisis; servicios de consultoría, gestión y planificación de negocios en el ámbito
de los bienes inmuebles comerciales; y servicios de inteligencia de
mercado en el ámbito inmobiliario.; en clase 36: Consultoría
inmobiliaria; servicios de asesoramiento inmobiliario; corretaje de bienes raíces; servicios de inversión inmobiliaria; servicios de gestión de bienes raíces; valoración y gestión de bienes inmuebles; evaluación financiera de bienes inmuebles; servicios de evaluación financiera, seguimiento, análisis, previsión, consultoría, asesoramiento e investigación relacionados con bienes inmuebles; servicios de análisis de bienes inmuebles, a saber, prestación de servicios de modelado, pronóstico, investigación, análisis, consulta
y gestión de riesgos para inversores inmobiliarios; suministro de información en el ámbito
de bienes inmuebles y análisis de bienes inmuebles; y recopilación y análisis de datos en el ámbito
inmobiliario.; en clase 42: Software como servicio (SAAS) con software para proporcionar
análisis de datos y recopilar y analizar datos en el
ámbito inmobiliario; servicios de software como servicio (SAAS) con software para acceder, recopilar, almacenar, organizar, analizar y compartir datos inmobiliarios; servicios de
software como servicio
(SAAS) con un portal web para que los usuarios accedan, compartan, se comuniquen e interactúen con otros y para facilitar transacciones comerciales en el ámbito inmobiliario;
servicios de software como servicio (SAAS) con software para gestionar
transacciones inmobiliarias,
datos inmobiliarios y plazos inmobiliarios; servicios de software como servicio (SAAS) con software para análisis
de bienes inmuebles;
software informático no descargable
que proporciona inteligencia
de gestión empresarial integrada en tiempo
real al combinar información
de varias bases de datos y presentarla en una interfaz de usuario fácil de entender; facilitación del uso temporal de software informático
no descargable en línea para la agregación de datos y la elaboración de informes; servicios de software como servicio (SAAS) con software
para acceder a información e informes
y generarlos en el ámbito inmobiliario;
suministro de software no descargable
en línea para crear, acceder, actualizar, descargar, ver y manipular información en los campos de la investigación
del mercado inmobiliario, el
arrendamiento de bienes inmuebles, las propiedades inmobiliarias, la demografía del consumidor, la información del consumidor y la segmentación del
mercado; servicios de software como
servicio (SAAS) que incluyen
software de visualización del tipo
de representación gráfica y
análisis de bienes inmuebles; servicios de software como servicio (SAAS) que ofrecen software para ayudar con
la selección de sitios inmobiliarios;
servicios de software como servicio (SAAS) con software para el
modelado de datos, fijación de precios y planificación en la industria inmobiliaria; servicios de software como servicio (SAAS) con un portal web para que los usuarios naveguen
entre sistemas de gestión
de bienes inmuebles; servicio de recopilación y automatización de datos utilizando software propietario
para evaluar, analizar y recopilar datos de servicio; investigación, diseño y desarrollo de software informático; mantenimiento y actualización de software informático;
personalización de software informático;
consultoría de software informático;
suministro de software de sistema
de información geográfica
(GIS) no descargable en línea; facilitación del uso temporal de software y aplicaciones
en línea no descargables para acceder a información
inmobiliaria; facilitación
del uso temporal de software y aplicaciones
en línea no descargables para acceder a información
financiera en el ámbito inmobiliario;
y proporcionar el uso temporal de software y aplicaciones
en línea no descargables para buscar, recuperar, ver, analizar y proporcionar información inmobiliaria y financiera Fecha: 11 de enero de 2023. Presentada el: 11 de noviembre de 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Jamie
Phillips Guardado, Registrador(a).—(
IN2023712230 ).
Solicitud Nº 2022-0010176.—Marco Antonio López Volio, casado, cédula de identidad N°
1010740933, en calidad de apoderado especial de Taco Bell Corp., con domicilio en: 1 Glen Bell Way,
Irvine, California 92618, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ZONA
DEL TACO, como marca de
servicios en clase 43. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de restaurante especializados en tacos. Fecha: 13 de enero de 2023. Presentada el 18 de noviembre de 2022. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Alex
Villegas Méndez, Registradora.—( IN2023712231 ).
Solicitud Nº 2022-0010447.—Harry Jaime Zurcher Blen, casado, cédula de identidad N°
1041501184, en calidad de apoderado especial de Essity Hygiene and Health Aktiebolag con domicilio en 405 03 Göteborg, Suecia, Suecia, solicita la inscripción
como marca de fábrica
y comercio en clase 5 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 5: Toallas sanitarias [toallas] ecológicas; bragas sanitarias ecológicas; bragas ecológicas para menstruación; tampones sanitarios ecológicos; protectores de bragas [sanitarios] ecológicos; calzoncillos absorbentes para la incontinencia [ecológicos]; preparaciones ecológicas para duchas vaginales para uso médico; lavados
vaginales para uso médico [ecológicos]; toallitas impregnadas con lociones farmacéuticas ecológicas; desinfectantes
ecológicos para la higiene;
almohadillas ecológicas de lactancia; almohadillas ecológicas para incontinencia; almohadillas ecológicas de menstruación; toallitas higienizantes [ecológicas]; artículos absorbentes [ecológicos] para la higiene
personal; calzoncillos ecológicos
para uso sanitario; pantaletas ecológicas para la menstruación; toallas sanitarias reutilizables [ecológicas]; toallas sanitarias lavables [ecológicas]. Fecha: 12 de enero de 2023. Presentada el: 28 de noviembre de 2022. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Rebeca
Madrigal Garita, Registradora.—(
IN2023712232 ).
Cambio de Nombre
N° 154460
Que Televisa S, de R.L. de C.V., solicita a este
Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre
de Televisa S.A. de C.V. por
el de Televisa S, de R.L.
de C.V., presentada el día
18 de noviembre del 2022 bajo expediente
154460. El nuevo nombre afecta
a las siguientes marcas:
2009-0005086 Registro N° 195382 TDN en clase(s) 41 Marca Mixto,
2009-0005087 Registro N° 195377 TDN en clase(s) 38 Marca Mixto,
2009-0005088 Registro N° 195371 TDN en clase(s) 9 Marca Mixto,
2009-0005092 Registro N° 195392 TDN en clase(s) 41 Marca Mixto,
2009-0005095 Registro N° 195401 TDN en clase(s) 38 Marca Mixto,
2009-0005096 Registro N° 195398 TDN en clase(s) 9 Marca Mixto, 2012-
0005723 Registro N° 223057 TIIN en clase(s) 38 Marca Denominativa,
2012- 0005725 Registro N° 223036 GOLDEN EDGE en
clase(s) 38 Marca Mixto,
2012- 0005726 Registro N° 223056 BANDAMAX en
clase(s) 38 Marca Denominativa,
2012-0005727 Registro N° 223032 G GOLDEN en
clase(s) 38 Marca Mixto,
2012- 0005728 Registro N° 222994 RITMOSON LATINO en
clase(s) 38 Marca Denominativa,
2012- 0005729 Registro N° 223035 tlnovelas en clase(s) 38 Marca Mixto, 2012- 0005730 Registro N° 223033 dp
de película en clase(s) 38 Marca Mixto, 2012-
0006773 Registro N° 222982 WISE UP en
clase(s) 16 Marca Mixto,
2012- 0010103 Registro N° 226793 VIVAFUT en clase(s) 9 Marca Denominativa,
2012- 0010104 Registro N° 226792 VIVAFUT en clase(s) 38 Marca Denominativa,
2012- 0010105 Registro N° 226880 VIVAFUT en clase(s) 41 Marca Denominativa,
2012-0010106 Registro N° 226881 VIVAFUT en clase(s) 42 Marca Denominativa,
2012- 0011684 Registro N° 228014 DISTRITO COMEDIA en
clase(s) 38 Marca Denominativa,
2014- 0005592 Registro N° 240998 RITMOSON en
clase(s) 38 Marca Denominativa,
2014- 0005962 Registro N° 245386 UNICABLE en
clase(s) 38 Marca Denominativa,
2014- 0006896 Registro N° 244150 TELEHIT en clase(s) 38 Marca Mixto,
2014-0011118 Registro N° 245072 G PREMIER en
clase(s) 38 Marca Mixto,
2016- 0001840 Registro N° 254666 tD
CENTRO en clase(s) 38
41 Marca Mixto, 2016- 0008079 Registro
N° 259049 AQUÍ
ESTÁ EL TRI en clase(s)
41 Marca Denominativa, 2019- 0005049 Registro N°
285196 TUDN en clase(s) 38 41 Marca Mixto, 2019-
0005050 Registro N° 285543 TUDN en clase(s) 38 41 Marca Mixto, 2019-
0006202 Registro N° 285446 bitMe en clase(s) 38 41 Marca Mixto y 2019- 0006203 Registro N° 285202 BITME en clase(s) 38 41 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez,
de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2023712178 ).
Marcas
de Ganado
Solicitud Nº 2022-3053.—Ref.: 35/2023/141José German Morales Ugalde, cédula de identidad
2-0683-0921, solicita la inscripción de:
como marca de ganado,
que usará preferentemente en Alajuela, Upala, San Luis, de la Escuela un Kilómetro
al norte, a mano derecha en la parcela conocida
como la parcela de Don
German, con entrada de portón rojo de metal con palos
de pipas a los costados. Presentada el 15 de diciembre del 2022. Según el expediente Nº 2022-3053 Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradores.—1
vez.— ( IN2023711863 ).
Solicitud Nº 2023-71.—Ref: 35/2023/176.—Rubén de Las Piedades
Arias Sánchez, cédula de identidad 601210325, solicita la inscripción de: 8SG,
como marca de ganado, que usará preferentemente en: Guanacaste, Tilarán, propiamente en parcelas de Monseñor Morera Vega, cincuenta metros al oeste del salón comunal. Presentada el 17 de enero del 2023. Según el expediente Nº 2023-71. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—1
vez.—( IN2023712031 ).
Solicitud Nº 2022-3026.—Ref: 35/2023/137.—Marta Lorena Bolaños Guillén, cédula de identidad N° 2-0593-0250 solicita la inscripción de:
como marca de ganado,
que usará preferentemente en Alajuela, Upala, Yolillal, de la entrada de Upala Agrícola seis kilómetros al norte. Presentada el 12 de diciembre del 2022. Según el expediente Nº 2022-3026. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1
vez.—( IN2023712063 ).
Solicitud Nº 2023-61.—Ref: 35/2023/147.—José German Morales Ugalde, cédula de
identidad N° 2-0683-0921, solicita la inscripción de:
como marca de ganado,
que usará
preferentemente en
Alajuela, Upala, Upala, San
Luis, ochocientos metros noroeste de la Escuela Agrícola en
Upala. Presentada el 16 de enero del 2023. Según el expediente Nº 2023-61. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación
de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1
vez.— ( IN2023712067 ).
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
El Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación
Plataforma OSC ODS, con domicilio en
la provincia de: Heredia-Belén, cuyos
fines principales, entre otros
son los siguientes: Los
fines primordiales de la asociación
son apoyar al cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible. Cuyo representante, será el presidente:
Laura Cristina Villalobos Chaves, con las facultades
que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas
en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2022, asiento: 760625.—Registro
Nacional, 24 de enero de 2023.—Master Jorge Enrique Alvarado Valverde.—1 vez.—( IN2023711874 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula N° 3-002-650243. denominación: Asociación de
Médicos de Occidente. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley
Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por
15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2022 asiento:
806484.—Registro Nacional, 11 de enero de 2023.—Master Jorge Enrique Alvarado Valverde.—1 vez.—( IN2023711974 ).
El Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la
persona jurídica cédula: 3-002-352342, denominación: Asociación de la Persona Adulta Mayor de la Península de Osa.
Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza
por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
tomo: 2022, asiento: 691266.—Registro
Nacional, 18 de enero de 2023.—Master Jorge Enrique
Alvarado Valverde.—1 vez.—(
IN2023712198 ).
El Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: 3-002-111362, denominación: Asociación
Hogar Carlos María Ulloa. Por cuanto dicha
reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza
por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
tomo: 2022 asiento: 822650.—Registro
Nacional, 26 de enero de 2023.—Master Jorge Enrique
Alvarado Valverde.—1 vez.—(
IN2023712199 ).
Patentes
de Invención
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad N° 3-0376-0289, en calidad de apoderado especial de
Zeus Company Inc., solicita la Patente
PCT denominada TUBO TERMOCONTRAÍBLE DE DOBLE CAPA.
Tubo termocontraíble de
doble capa que tiene una capa polimérica
interna con un espesor t1 y un diámetro
exterior D1; y una capa polimérica externa expandida con
un espesor t2’ y un diámetro
exterior D2’ que se obtiene expandiendo
un tubo de polímero de D2 a
D2’ y de t2 a t2’ a una determinada
temperatura, de manera que
D2’ - 2(t2’) > D1, donde un anillo
cortado de una sección
transversal del tubo termocontraíble
de doble capa, y seccionado
para obtener un rectángulo
y sujeto por los extremos cortados mediante unas pinzas
de sujeción para estudios
de tensión dentro de un
DMA, y sometido a un barrido
de temperatura de 3 ºC/min con una
frecuencia de 1 Hz presenta
una diferencia de temperaturas entre el inicio de un evento endotérmico de fusión de la capa polimérica interna y el de la capa polimérica
externa expandida que es mayor de 1 ºC y menor de 12 ºC. Además, se proveen métodos asociados para preparar y usar dichos tubos, así
como productos que incluyen dichos tubos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61F 2/24 y A61B 90/00; cuyos
inventores son Campanelli, John,
Richard (US) y Hunter, Cameron (US). Prioridad: N°
63/030,948 del 28/05/2020 (US). Publicación Internacional: WO/2021/243036. La solicitud
correspondiente lleva el número 2022-0655, y fue presentada a las 08:30:23 del
20 de diciembre de 2022. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 22 de diciembre de
2022.—Oficina de Patentes.—Kelly
Selva Vasconcelos.—( IN2023712068 ).
El señor Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad N° 3-0376-0289, en calidad de apoderado especial de Biocryst Pharmaceuticals, Inc., solicita
la Patente PCT denominada PIRROLOPIRIMIDINAMINAS COMO INHIBIDORES DEL
SISTEMA DEL COMPLEMENTO. Compuestos de Fórmula (I) y sus
sales farmacéuticamente aceptables,
que son inhibidores del sistema
del complemento. También, composiciones farmacéuticas que comprenden un compuesto con dichas características y métodos para usar los compuestos y composiciones en el tratamiento
o la prevención de una enfermedad o condición caracterizada por una actividad
aberrante del sistema del complemento. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/519, C07D 207/02 y C07D 265/28; cuyos inventores son Babu,
Yarlagadda, S. (US); Kotian, Pravin, L. (US); Wu, Minwan (US); Nguyen, Trung, Xuan
(US); Dang, Zhao (US) y Raman, Krishnan (US). Prioridad:
N° 63/004,799 del 03/04/2020 (US). Publicación Internacional: WO/2021/202977. La solicitud
correspondiente lleva el número 2022-0553, y fue presentada a las 14:55:45 del
27 de octubre de 2022. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 21 de diciembre de
2022.—Oficina de Patentes.—Kelly
Selva Vasconcelos.—( IN2023712075 ).
El señor Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad N°
303760289, en calidad de apoderado especial de Bayer Healthcare LLC, solicita la Patente PCT denominada: APARATO DE SUSPENSIÓN DE BURBUJAS DE AIRE EN
LÍNEA PARA TRAYECTORIAS DE FLUIDOS DE INYECTORES DE ANGIOGRAFÍA. Un aparato para suspender burbujas
de aire en una trayectoria de fluido de un sistema de inyector de fluido incluye una cámara
interna que tiene una pared
interior curvada definida dentro de la carcasa, una vía de fluido
de entrada en comunicación fluida con la cámara interna, y una vía de fluido
de salida en comunicación fluida con la cámara interna. La vía de entrada
de fluido se extiende dentro de la cámara en una tangente
a la pared interior curvada, y la vía
de salida de fluido está espaciada de la vía de entrada de fluido de tal manera que el fluido que fluye
en la cámara interna a través de la vía de entrada de fluido se dirige lejos de la vía de salida de fluido. La cámara interna está configurada para crear un vórtice de fluido interno en un fluido de inyección que entra en la cámara interna desde la vía de fluido de entrada, y en donde el vórtice
de fluido interno suspende al menos temporalmente una o más burbujas de aire en el
fluido en el vórtice interno
y retrasa el paso de la o más burbujas de aire a la vía de fluido de salida. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
A61M 5/00, A61M 5/168 y A61M 5/36; cuyos inventores son Cowan, Kevin (US); Dedig,
James (US); Spohn, Michael (US); Haury, John (US) y
Uber, Arthur, III (US). Prioridad: N° 62/705,250 del
18/06/2020 (US). Publicación Internacional:
WO/2021/257699. La solicitud correspondiente
lleva el N° 2022-0000640, y
fue presentada a las
09:01:27 del 14 de diciembre de 2022. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial
La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 13 de enero de 2023.—Oficina de Patentes.—Daniel Marenco Bolaños.—( IN2023712080 ).
El señor Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad N°
3-0376-0289, en calidad de apoderado especial de Boehringer Ingelheim International
GMBH, solicita la Patente
PCT denominada DERIVADOS DE TETRAZOL COMO
INHIBIDORES DE TRPA1. La presente divulgación proporciona algunos derivados de tetrazol que son inhibidores de potencial de receptor transitorio
anquirina 1 (TRPA1) y que, por
ende, son útiles para el tratamiento de las enfermedades que se pueden tratar mediante inhibición de TRPA1. Asimismo, se
proporcionan composiciones farmacéuticas que lo contienen, y
procesos para la preparación
de dichos compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
A61K 31/506; cuyos inventores
son Willwacher, Jens (DE); Binder, Florian, Paul,
Christian (DE) y Fleck, Martin, Thomas (DE). Prioridad:
N° 20182988.4 del 29/06/2020 (EP). Publicación Internacional: WO/2022/002782. La solicitud correspondiente
lleva el número 2022-0667, y fue presentada a las 08:01:22 del 21 de diciembre
de 2022. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos
en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación
nacional.—San
José, 22 de diciembre de 2022.—Oficina
de Patentes.—Kelly Selva Vasconcelos.—( IN2023712084
).
El(la) señor(a)(ita)
Edgar Zurcher Gurdian,
Cédula de identidad 1-0532-0390, en calidad de Apoderado Especial de Taminco BV, solicita la Patente PCT denominada MÉTODOS
PARA TRATAR SUELO. La presente divulgación describe métodos para tratar el
suelo con una composición que incluye isotiocianato de metilo (MITC) o un
compuesto que produce MITC como degradado, o su alternativa o equivalente
funcional, al (1) aplicar la composición al suelo para producir suelo tratado;
y mezclar/combinar el suelo tratado a una profundidad de al menos 60 cm; (2)
aplicar la composición a dos profundidades entre 0 cm y 60 cm por debajo de la
superficie del suelo, al menos una profundidad de las cuales está al menos 40
cm por debajo de la superficie del suelo. También se proporcionan sistemas para
suministrar una composición que incluye MITC o un compuesto que produce MITC
como degradado, o su alternativa o equivalente funcional, al suelo, por
ejemplo, en un campo. Los sistemas descritos prevén el suministro de la
composición al menos 40 cm por debajo de la superficie del suelo y,
opcionalmente, para mezclar/combinar el suelo. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A01N 25/00; A01N 47/46 y A01N 47/14; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Garita Alvarado, Harry (CR) y Vergote,
Nico, Achiel (BE). Prioridad: N°
62/993,956 del 24/03/2020 (US). Publicación Internacional: WO/2021/191313. La
solicitud correspondiente lleva el número 2022-0000495, y fue presentada a las
13:24:32 del 3 de octubre de 2022. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José,
13 de enero de 2023. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Oficina
de Patentes.—Daniel Marenco Bolaños.—( IN2023712228 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Inscripción N° 1123
Ref:
30/2023/352.—Por resolución de las 14:18 horas del 16
de enero de 2023, fue inscrito(a) el Diseño Industrial denominado(a) ORNAMENTACIÓN,
ARTE PARA EMPAQUE a favor de la compañía Essity
Hygiene and Health Aktiebolag, cuyos
inventores son: Hunt, Adam (GB). Se le ha otorgado el número
de inscripción 1123 y estará
vigente hasta el 16 de enero de 2033. La Clasificación Internacional de Diseños versión Loc. 13 es: 32-00. Publicar
en La Gaceta por única vez,
de conformidad con el artículo 22 del Reglamento a la
Ley N° 6867. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo
32 de la Ley citada. 16 de enero
de 2023.—Oficina de Patentes.—María Leonor
Hernández Bustamante.—1 vez.—( IN2023712227 ).
DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS
Paola Sibaja Hernández, mayor, casada,
cédula de identidad N° 401880034, vecina del Comercial Manolo 75
sur, San Rafael, Heredia, en su
calidad de titular del Derecho Patrimonial, solicita la inscripción de la obra artística, divulgada y en colaboración LIBRO DE MANDALAS “EN LA DULCE ESPERA... AL
OTRO LADO DE LA PIEL. Ilustraciones para colorear campanada de frases. Los derechos morales le corresponden a Paola Sibaja Hernández mayor, casada, cédula de
identidad N° 401880034, vecina
del Comercial Manolo 75 sur, San Rafael, Heredia y
Dominick Baltodano cédula N° 1-1289-247, mayor, casado, vecino de San José, Goicoechea, Calle Blancos. Publíquese por una sola vez en
el Diario Oficial La Gaceta, para
que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación,
conforme al artículo 113 de
la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos N° 6683. Expediente N° 11276.—Curridabat, 16 de enero de 2023.—Licda. Giovanna Mora Mesén, Registradora.—1
vez.—( IN2023712205 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A).
La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro
de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A,
5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de
HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de VICTOR MANUEL
HERNANDEZ VARGAS, con cédula de identidad número 107270474, carné número 30447. De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 11 del Código
Notarial, se invita a quienes
conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes
a esta publicación.—San José, 18 de enero del 2023.—Tattiana Rojas Salgado, Abogada-Unidad
Legal Notarial. Expediente Nº 171119.—1 vez.—(
IN2023711953 ).
HABILITACIÓN DE
NOTARIO PÚBLICO. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas
en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN
Y HABILITACIÓN como delegatario
para ser y ejercer la función
pública Estatal del
NOTARIADO, por parte de: YAZMÍN RODRÍGUEZ CAMPOS, con cédula de identidad N°4-0162-0487, carné N°30368. De conformidad con
lo dispuesto por el artículo 11 del Código
Notarial, se invita a quienes
conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes
a esta publicación. Proceso N°171020.—San José, 25 de enero
del 2023.—Licda. Irene
Garbanzo Obregón, Abogada/Unidad
Legal Notarial.—1 vez.—(
IN2023711975 ).
HABILITACIÓN DE
NOTARIO PÚBLICO. La DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO con oficinas en
San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste
del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN
Y HABILITACIÓN como delegatario
para ser y ejercer la función
pública Estatal del
NOTARIADO, por parte de: RAQUEL
MONGE ARIAS, con cédula de identidad N°
4-0175-0183, carné N° 29139. De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 11 del Código
Notarial, se invita a quienes
conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes
a esta publicación.—San José, veintisiete de enero de dos mil veintitrés.—Licda. Alejandra Solano Solano, Abogada.—Unidad
Legal Notarial.—Proceso N° 171867.—1 vez.—( IN2023712042 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro,
Oficentro Sigma, Edificio
A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como
delegatario(a) para ser y ejercer
la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: JOHAN ALBERTO ANZORA SOLANO, cédula de identidad número 1-1551-0099,
carné número 30595.
De conformidad con lo dispuesto
por el artículo
11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes
a esta publicación.—San José, 25 de enero de 2023.—Licda. Natalia María Arias Araya. Abogada-Unidad
Legal Notarial. Proceso N° 171509.—1 vez.—(
IN2023712064 ).
HABILITACIÓN DE
NOTARIA PÚBLICA. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas
en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro,
Oficentro Sigma, Edificio
A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como
delegataria para ser y ejercer
la función pública Estatal del NOTARIADO, por IVETH
NATALIA CRUZ MURILLO, con cédula de identidad N° 206340368,
carné N° 30433. De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 11 del Código
Notarial, se invita a quienes
conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes
a esta publicación.—San José, 27 de enero del 2023.—Lic. Josué Gutiérrez Rodríguez,
Abogado-Unidad Legal Notarial. Proceso N° 171800.—1 vez.—(
IN2023712138 ).
HABILITACIÓN DE
NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro
de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A,
5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como
delegatario (a) para ser y ejercer
la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de DEINIER MANUEL SALAZAR RUIZ C.C. DEINER SALAZAR
RUIZ, cédula de identidad número 1-1129-0060, carné número 30296. De conformidad con lo dispuesto por el artículo
11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto
de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes
a esta publicación. Proceso N°171118.—San José, 18 de enero
de 2023.—Licda. Natalia
María Arias Araya, Abogada.—Unidad Legal Notarial.—1 vez.—(
IN2023712181 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro
de Montes de Oca, costado oeste
del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE
SABER: Que ante este Despacho
se ha recibido solicitud de
HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de ROXANA MARÍA UREÑA CHINCHILLA, con cédula de identidad
número 114510300, carné
número 27542. De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 11 del Código
Notarial, se invita a quienes
conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de
la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes
a esta publicación. Expediente N° 171642.—San José, 26 de enero
del 2023.—Tattiana Rojas Salgado, Abogada-Unidad
Legal Notarial.—1 vez.—(
IN2023712184 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN
Y HABILITACIÓN como delegatario
(a) para ser y ejercer la función
pública Estatal del
NOTARIADO, por parte de: WILLIAM
DANILO RAMIREZ BUITRAGO, cédula de identidad número 7-0246-0946, carné número 31025. De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 11 del Código
Notarial, se invita a quienes
conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes
a esta publicación.—San José, 25 de enero de 2023.—Licda. Natalia María Arias Araya. Abogada-Unidad
Legal Notarial. Proceso N°171640.—1 vez.—(
IN2023712195 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO PÚBLICO. La
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro,
Oficentro Sigma, Edificio
A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como
delegatario para ser y ejercer
la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de NORMAN ALONSO BADILLA BADILLA,
con cédula de identidad N° 115020525, carné N° 29466. De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 11 del Código
Notarial, se invita a quienes
conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes
a esta publicación. Proceso N° 171598.—San José, 24 de enero
de 2023.—Lic. Josué Gutiérrez Rodríguez, Abogado-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2023712222 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIA
PÚBLICA. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro
de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio
A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegataria para ser y ejercer la función
pública Estatal del NOTARIADO, por KENDY SOTO ALFARO, con cédula de
identidad 207270581, carné 30566. De conformidad con lo dispuesto
por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o
situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo
comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES
siguientes a esta publicación. Proceso N° 171896. San
José, 27 de enero del 2023.—Unidad Legal Notarial.—Lic.
Josué Gutiérrez Rodríguez, Abogado.—1 vez.—( IN2023712279 ).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-UHTPNOL-0088-2022.—Expediente N° 2482P.—Escuela de agricultura
de la región tropical húmeda,
solicita concesión de: (1)
5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captacion por medio del pozo cn-532 en finca de su propiedad en Curubande,
Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario-lechería, consumo
humano-otro, industria, agropecuario-riego-otro, turístico, agropecuario-granja,
consumo humano-otro, industria, agropecuario-riego-otro,
turístico,
agropecuario-abrevadero, consumo humano-otro, industria, agropecuario-riego-otro, turístico, agropecuario-abrevadero, consumo humano, industria, agropecuario-riego-otro, turístico-piscina,
agropecuario-granja, consumo humano, industria, agropecuario-riego-otro, turístico-piscina,
agropecuario-lechería, consumo
humano, industria, agropecuario-riego-otro, turístico,
agropecuario-lechería, consumo
humano-otro, industria, agropecuario-riego-otro, turístico-piscina,
agropecuario-granja, consumo
humano-otro, industria, agropecuario-riego-otro, turístico-piscina,
agropecuario-abrevadero, consumo humano-otro, industria, agropecuario-riego-otro, turístico-piscina,
agropecuario-abrevadero, consumo humano, industria, agropecuario-riego-otro, turístico,
agropecuario-granja, consumo
humano, industria, agropecuario-riego-otro, turístico,
agropecuario-lechería, consumo
humano, industria, agropecuario-riego-otro y turístico-piscina.
Coordenadas 292.244 / 371.213 hoja carrillo norte. (2) 5 litros por segundo
del acuífero,
efectuando la captación por
medio del pozo CN-78 en
finca de su propiedad en Curubande, Liberia,
Guanacaste, para uso agropecuario-lechería,
consumo humano-otro, industria-alimentaria, agropecuario-riego-otro, turístico-otro,
agropecuario-granja, consumo
humano-otro, industria-alimentaria, agropecuario-riego-otro,
turístico-otro, agropecuario-abrevadero, consumo humano-otro, industria-alimentaria,
agropecuario-riego-otro, turístico-otro, agropecuario-lechería,
consumo humano, industria-alimentaria, agropecuario-riego-otro,
turístico-otro, agropecuario-granja,
consumo humano, industria-alimentaria, agropecuario-riego-otro,
turístico-otro, agropecuario-abrevadero, consumo humano, industria-alimentaria, agropecuario-riego-otro, turístico-otro, agropecuario-lechería, consumo humano-otro, industria-alimentaria,
agropecuario-riego-otro, turístico-piscina,
agropecuario-granja, consumo
humano-otro, industria-alimentaria,
agropecuario-riego-otro, turístico-piscina, agropecuario-abrevadero,
consumo humano-otro, industria-alimentaria, agropecuario-riego-otro,
turístico-piscina, agropecuario-lechería,
consumo humano, industria-alimentaria, agropecuario-riego-otro,
turístico-piscina, agropecuario-granja,
consumo humano, industria-alimentaria, agropecuario-riego-otro,
turístico-piscina, agropecuario-abrevadero,
consumo humano, industria-alimentaria, agropecuario-riego-otro
y turístico-piscina.
Coordenadas 292.423 / 368.451 hoja carrillo norte. (3) 5 litros por segundo
del acuífero, efectuando la
captación por medio del pozo CN-128 en finca de su propiedad en
Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario-lechería, consumo humano-otro, industria, agropecuario-riego-otro, turístico-piscina, agropecuario-abrevadero,
consumo humano, industria, agropecuario-riego-otro, turístico-otro, agropecuario-granja, consumo humano, industria, agropecuario-riego-otro, turístico-otro,
agropecuario-abrevadero, consumo
humano-otro, industria, agropecuario-riego-otro, turístico-piscina,
agropecuario-lechería, consumo
humano, industria, agropecuario-riego-otro, turístico-otro, agropecuario-granja, consumo
humano-otro, industria, agropecuario-riego-otro, turístico-piscina, agropecuario-abrevadero, consumo humano, industria, agropecuario-riego-otro, turístico-piscina, agropecuario-abrevadero, consumo humano-otro, industria, agropecuario-riego-otro, turístico-otro,
agropecuario-lechería, consumo
humano, industria, agropecuario-riego-otro, turístico-piscina, agropecuario-granja, consumo humano-otro, industria,
agropecuario-riego-otro, turístico-otro, agropecuario-granja, consumo humano, industria, agropecuario-riego-otro,
turístico-piscina, agropecuario-lechería,
consumo humano-otro, industria, agropecuario-riego-otro
y turístico-otro. Coordenadas
290.473 / 369.288 hoja carrillo norte.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—Liberia, 21 de diciembre de
2022.—Unidad Hidrológica Tempisque,
Pacífico Norte.—Silvia Mena Ordóñez.—(
IN2023711324 ).
ED-0901-2022.—Expediente N° 23706.—Bernal José Chavarría Segura, solicita
concesión
de: (1) 0.01 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Herjoca Ltda en Zaragoza, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas
224.731 / 486.181 hoja Naranjo. (2) 0.18 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captacion en finca de Clemente
Vargas en Zaragoza, Palmares,
Alajuela, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 224.672 / 486.265 hoja Naranjo. (3) 0.18 litros por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captacion en finca de Clemente Vargas R en
Zaragoza, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano
y agropecuario-riego. Coordenadas
224.667 / 486.267 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de enero de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina
Torres.—( IN2023711338 ).
ED-0033-2023.—Exp. 23909.—Luis Gerardo,
Sandí Delgado,
solicita concesión de: (1) 3 litros por segundo de la Quebrada Lajas,
efectuando la captación en finca de Zona Protectora Cerros de Escazú en San
Antonio (Escazú), Escazú, San José, para uso consumo humano y agropecuario -
riego. Coordenadas 207.312 / 520.261 hoja ABRA. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de enero de 2023.—Departamento de
Información.—Marcela Chacón Valerio.—( IN2023711360 ).
ED-0055-2023.—Exp. N° 13472P.—El Codo Del Ángel, S. A., solicita
concesión de: 0.05 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo MTP-320 en finca de su propiedad en Cabo Velas, Santa Cruz, Guanacaste, para uso
consumo humano - domestico. Coordenadas 265.125 /
341.150 hoja Matapalo. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de enero del 2023.—Departamento de Información.—David
Chaves Zúñiga.—( IN2023711386 ).
ED-0056-2023.—Expediente N° 23930.—Henrich Madaj, solicita concesión de: (1) 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captacion en finca de en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 128.096/570.397 hoja Coronado. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 25 de enero de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina
Torres S.—( IN2023711401 ).
ED-0062-2023.—Expediente N° 23934.—Rommar del
Sur Sociedad Anónima,
solicita concesión de: (1) 2.5 litros por segundo
de la quebrada La Cuesta, efectuando la captación en finca de en Canoas, Corredores, Puntarenas, para uso industria. Coordenadas 55.944 /
664.342 hoja Canoas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de enero de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina
Torres S.—( IN2023711458 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-0045-2023.—Exp. N° 4648.—Distribuidora
Quirós de Naranjo Sociedad Anónima,
solicita concesión de: (1)
0.02 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de María
Cristina Benavides Araya en San José (Naranjo),
Naranjo, Alajuela, para uso consumo
humano-domestico. Coordenadas
236.000 / 492.200 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de enero del 2023.—Departamento de Información.—Vanessa
Galeano Penado.—(
IN2023711676 ).
ED-0067-2022. Expediente 23943.—Hot Springs E G R B Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita concesión de: (1) 4 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en
finca de en Palmera, San
Carlos, Alajuela, para uso agropecuario,
consumo humano, agropecuario - riego y turístico. Coordenadas 267.154 / 496.097 hoja Aguas
Zarcas. (2) 3 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en
finca de en Palmera, San
Carlos, Alajuela, para uso agropecuario,
consumo humano, agropecuario - riego y turístico. Coordenadas 267.162 / 495.996 hoja Aguas
Zarcas. (3) 1.5 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en
finca de en Palmera, San
Carlos, Alajuela, para uso agropecuario,
consumo humano, agropecuario - riego y turístico. Coordenadas 266.964 / 495.990 hoja Aguas
Zarcas. (4) 1.5 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en
finca de en Palmera, San
Carlos, Alajuela, para uso agropecuario,
consumo humano, agropecuario - riego y turístico. Coordenadas 266.949 / 495.981 hoja Aguas
Zarcas. (5) 1.5 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en
finca de en Palmera, San
Carlos, Alajuela, para uso agropecuario,
consumo humano, agropecuario - riego y turístico. Coordenadas 267.159 / 495.980 hoja Aguas
Zarcas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de enero de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina
Torres S.—( IN2023711690 ).
ED-UHTPNOL-0078-2022.—Expediente N° 14794P.—Panamerican Woods Plantations S. A., solicita concesión de: (1) 2 litros por segundo del acuifero, efectuando la captación por medio del pozo GA-279 en finca de el mismo en Samara, Nicoya, Guanacaste, para uso
consumo humano–piscina doméstica y agropecuario-riego. Coordenadas
210.058 / 369.747 hoja Garza. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Liberia, 12 de diciembre de
2022.—Unidad Hidrológica Tempisque,
Pacífico Norte.—Silvia Mena Ordóñez.—(
IN2023711717 ).
ED-0028-2023.—Exp: 23906.—Carmen Pereira Núñez
solicita concesión de: 3 litros por segundo
de la quebrada sin nombre, efectuando
la captación en finca de
Miguel Antonio Molina Benavides en Pejibaye, Jiménez,
Cartago, para uso agropecuario abrevadero-acuicultura,
consumo humano doméstico y agropecuario-Riego. Coordenadas 197.334 / 569.505 hoja Pejibaye. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de enero de 2023.— Departamento de Información.—David
Chaves Zúñiga.—( IN2023711756 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-0060-2023.—Expediente N° 23928P.—Wagner
Gerardo Cerdas Alfaro solicita concesión de: (1) 0.4 litros por segundo del acuífero sin nombre, efectuando la captación por medio del pozo en finca de en Palmira (Alfaro
Ruiz), Zarcero, Alajuela, para uso Agroindustrial,
Agropecuario, Consumo
Humano y agropecuario-riego. Coordenadas 243.878 / 497.147 hoja Quesada. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 25 de enero de
2023.—Evangelina Torres S, Departamento de Información.—( IN2023711979 ).
ED-0059-2023.—Expediente N° 23933.—Gojarob Sociedad Anónima, solicita concesión de: (1) 10 litros por segundo de la Quebrada,
Quebrada Platanillo, efectuando
la captación en finca de en Fortuna, (San Carlos), San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano,
agropecuario-riego y turístico. Coordenadas
272.943/462.584 hoja Fortuna. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Departamento de Información.—San José, 25 de enero
de 2023.—Evangelina Torres.—( IN2023712163 ).
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS
DGM-TOP-ED-001-2023
SOLICITUD DE AREA PARA EXPLOTACIÓN
EN CAUCE DE DOMINIO PÚBLICO
EDICTO
En expediente
2021-CDP-PRI-077, Alfredo Chaves Álvarez, cédula número
dos-cero trescientos sesenta
y cuatro-cero ochocientos quince, Presidente
con facultades de Apoderado
Generalísimo sin límite de suma de la sociedad AGREGADOS LA
TABLA S. A., cédula de persona jurídica Nº
3-101-689314, tramita solicitud
para extracción de materiales
en cauce de dominio público Río Toro, ubicado entre San Carlos y Río Cuarto de Alajuela.
Ubicación Cartográfica:
Coordenadas del área:
Aguas arriba: 1151793.40 Norte- 471731.63 Este,
y 1151741.86 Norte- 471683.52 Este
Aguas abajo: 1153294.59 Norte- 471915.03 Este y
1153231.14 Norte-472042.36 Este
Área solicitada:
27ha 5377.6m2.
Longitud 2000m (Dos Unidades)
Para detalles y mapas ver el
expediente en la página:
https://dgm.addax.cr/Expedientes/form_buscar_expediente_dgm
Enlace al expediente:
https://dgm.addax.cr/Expedientes/form_public_expediente_consecutivo_dgm?e=2021-CDP-PRI-077
Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.
San José, a las nueve horas, cero minutos del diez de enero del dos mil veintitrés.
Registro Nacional Minero.—Lic. Jose Ignacio Sánchez Mora, Jefatura.—( IN2023711315 ). 2 v 2 Alt.