¿Cuál es el precio para publicar
en los Diarios Oficiales?
El
precio depende de la cantidad de centímetros cuadrados que conforman el
documento para publicar. El precio por centímetro cuadrado es de Ȼ66.
La
tarifa fue aprobada por la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional en
la sesión ordinaria N° 30, celebrada el 3 de
diciembre del 2019, mediante el Acuerdo N°
7459-12-2019, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 233 del 6 de diciembre
del 2019, página 10.
Además,
la metodología para la fijación de las tarifas de las publicaciones en los
Diarios Oficiales fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 231 del 12 de diciembre del 2018, página
2.
¿Cuáles
son los requisitos para la recepción de documentos cuando el pago es de
contado?
Todo
documento que se presente en forma física (entiéndase papel) o digital (con
firma digital), deberá cumplir con los siguientes requisitos:
-Documento
100% legible (letra clara, sin tachones).
-Documento
original, ya sea impreso o digital.
-Nombre
completo y cargo del responsable de la publicación al final del documento
(como parte del texto a publicar).
-Firma
del responsable del documento (firma digital o física).
-Sello
cuando corresponda.
-El
documento no debe incluir sellos o firmas dentro del texto a publicar.
-Presentar
el respaldo digital del documento a publicar en formato de Word (.docx) o
PDF editable.
¿Cuáles
son los requisitos para la recepción de documentos cuando el pago es de
crédito?
Es
importante que sepa que estos requisitos aplican únicamente para
instituciones del Estado. Todo documento que se presente en forma
física (entiéndase papel) o digital (con firma digital) deberá cumplir con
lo siguiente:
-Solicitud
de publicación (impresa o digital).
-Certificación
presupuestaria, impresa o digital, debidamente firmada, indicando el saldo
disponible.
-Orden
de compra o contrato de SICOP.
-Documento
100% legible (letra clara, sin tachones).
-Nombre
completo y cargo del responsable de la publicación al final del documento
(como parte del texto a publicar).
-Firma
del responsable del documento (firma digital o física).
-Sello
cuando corresponda.
-El
documento no debe incluir sellos o firmas dentro del texto a publicar.
-Presentar
el respaldo digital del documento a publicar en formato de Word (.docx) o
PDF editable.
-Si
el documento es presentado con firma digital esta debe contar con las
credenciales correspondientes. Asimismo, el nombre del responsable del
documento debe coincidir con la firma digital. Solo en casos autorizados la
firma responsable puede ser diferente al de la firma digital.
¿Cuáles
son las características de los documentos para cotizar?
La
Imprenta Nacional cotiza bajo la modalidad por espacio (cm²) según la publicación
del Diario
Oficial La Gaceta N° 238 del 21 de diciembre
de 2018, página 43. Por ese motivo, asegúrese de cumplir con las siguientes
características para no tener problemas con la cotización del documento:
-Tipo
de letra:
Times New Roman.
-Tamaño
de letra:
12 puntos.
-Alineación
del texto:
justificado.
-Márgenes: superior 2.5 cm,
inferior 2.5 cm, izquierdo 3 cm, derecho 3 cm.
-Interlineado: sencillo.
-Tamaño
de papel:
8.5" x 11" (carta).
-Evite
encabezados y pies de página; incluya únicamente el texto a publicar.
-Coloque
la firma y el sello cerca del texto a publicar.
¿Cómo puedo cotizar el trámite
de publicación de un documento en los Diarios Oficiales?
Para
cotizar la publicación de un documento tiene tres opciones:
-Presentar
el documento original impreso (firmado) en las oficinas de la Imprenta
Nacional en la Uruca o el Registro Nacional y solicitar esa información.
-Registrarse
en nuestro sitio web con un correo y una contraseña en el apartado de Trámites
en Línea en la página de inicio de nuestro sitio web y realizar hasta
el paso de cotización.
-Enviar
un correo a publicacionespj@imprenta.go.cr
si tiene que publicar documentos del Poder Judicial, para ello debe indicar
el número de expediente a tramitar. Este correo no es para cotizar otro
tipo de documentos.
¿Cuáles
son las formas de pago permitidas?
Contado:
-Pago
con tarjeta de crédito o débito (Mastercard, Visa,
AMEX) en ambas oficinas.
-Efectivo
(solo en las oficinas centrales de la Uruca).
-Transferencia
bancaria o cheque (solo en las oficinas centrales de la Uruca).
-Depósito
bancario (en ambas oficinas).
Crédito:
-Solo
para instituciones del Estado (trámite de solicitud de crédito solo en las
oficinas centrales de la Uruca).
¿Cuánto tiempo tarda en
publicarse un documento en los Diarios Oficiales?
El
trámite tarda de 8 a 10 días hábiles desde el momento que realiza el pago
en ventanilla o se aprueba la solicitud en el sitio web. Solo los
documentos de Contratación Administrativa, ARESEP y sucesorios, entre
otros, cuentan con plazos de tiempo establecidos por ley.
¿Qué opciones de búsqueda
tengo para localizar una publicación en los Diarios Oficiales?
Tanto
en La Gaceta como en el Boletín Judicial puede realizar las siguientes
búsquedas:
-Por
número de documento en Imprenta Nacional (número asignado en la factura de
pago o en la solicitud tramitada en la página web, en la pestaña de
"Información de la Publicación").
-Por
número de documento en el Registro Nacional (esta opción es para clientes
que tramitaron documentos en la oficina del Registro entre el 3 de
setiembre del 2009 y el 5 de julio del 2013).
-Por
fecha si sabe cuándo se publicó el documento (este histórico está
disponible en el menú de La Gaceta desde el 2 de enero del 2006 y en el
menú del Boletín Judicial desde el 1 de setiembre del 2005, ambos hasta el
día de hoy).
-Genérica
por palabras clave.
¿Cómo busco los documentos
tramitados a través de CrearEmpresa?
Los documentos que se gestionan a través de la
plataforma digital de CrearEmpresa pueden ser consultados mediante el
número de edicto que brinda el sistema (ejemplo: CE2017000000) en nuestro
sitio web, una vez que este haya sido publicado. En caso de que requiera el
número de documento que asigna la Imprenta Nacional, puede remitir su
consulta al correo consultas@imprenta.go.cr indicando el número de edicto.
¿Puedo tramitar cualquier tipo
de documento en la oficina del Registro Nacional?
No,
en la oficina del Registro Nacional no se pueden tramitar documentos de
instituciones del gobierno bajo la modalidad de pago a crédito. Además, en
el Registro Nacional no se aceptan pagos en efectivo, solo con tarjeta o
depósito bancario.
¿Cuáles son las opciones para
tramitar documentos a distancia?
Para
tramitar documentos a distancia tiene dos opciones:
-La
página web de la Imprenta Nacional www.imprentanacional.go.cr Para más detalles sobre este
servicio puede ir a la sección de preguntas frecuentes "Trámites en la
Página Web".
-El
correo publicacionespj@imprenta.go.cr
para tramitar documentos expedidos por del Poder Judicial (remates,
sucesorios, matrimonios, informaciones posesorias, entre otros).
¿Puedo retener o anular una
publicación?
Sí,
es posible retener o anular una publicación enviando un correo electrónico
a consultas@imprenta.go.cr
con el número de documento a retener/anular, fecha del trámite y motivo por
el cual desea realizar dicha acción. También puede enviar un oficio físico
dirigido a la jefatura de Diarios Oficiales de la Imprenta Nacional.
La
retención o anulación de la publicación dependerá del proceso en que se
encuentre el documento, en el proceso interno de los Diarios Oficiales.
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