DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN,
DIRECCIÓN
GENERAL DE HACIENDA
Nº DGT-DGH-R-043-2019.—Dirección General de Tributación y Dirección General
de Hacienda.—San José, a las ocho horas cinco minutos del veinticuatro de julio
de dos mil diecinueve.
Considerando:
I.—Que el artículo 99 del Código
de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley Nº 4755
del 29 de abril de 1971 y sus reformas, en adelante Código Tributario, faculta
a la Administración Tributaria para dictar normas generales para la correcta
aplicación de las leyes tributarias, todo esto dentro de los límites que fijen
las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.
II.—Que con la promulgación de la Ley N° 9635 del 3 de diciembre de 2018, publicada en el Alcance
Digital de La Gaceta N° 202 del 04 de
diciembre de 2018, denominada “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas
Públicas”, se reforma de manera integral el sistema de imposición sobre las
ventas, Ley N° 6826 de 8 de noviembre de 1982 y sus
reformas, y se migra, a un nuevo marco normativo, denominado Ley del Impuesto
sobre el Valor Agregado -en adelante IVA-, el cual se encuentra regulado en el
Título I de la citada Ley.
III.—Que el artículo 8, numeral primero de la
Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado, establece que se encuentran exentas
“las exportaciones de bienes, así como las operaciones relacionadas con estas;
la introducción de bienes en depósitos aduaneros o su colocación al amparo de
regímenes aduaneros y la reimportación de bienes nacionales que ocurren dentro
de los tres años siguientes a su exportación. Igualmente, estarán exentos la
compra de bienes y la prestación de los servicios que sean destinados a ser
utilizados para la producción de bienes y servicios destinados a la
exportación. Asimismo, estarán exentos los servicios prestados por contribuyentes
de este impuesto cuando se utilicen fuera del ámbito territorial del impuesto”.
IV.—Que el artículo 9,
numerales primero y segundo de la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado,
establece que se encuentran no sujetos los bienes y servicios que venda, preste
o adquiera la Caja Costarricense del Seguro Social y las Corporaciones
Municipales.
V.—Que el artículo 28 de la Ley del Impuesto
sobre el Valor Agregado establece, en lo que interesa, que cuando el
contribuyente realice operaciones relacionadas con exportaciones, o que sean
proveedores de la CCSS y o de las Corporaciones Municipales, en una cuantía
superior al setenta y cinco por ciento (75%) del total de sus operaciones con
derecho a crédito de acuerdo con el artículo 23 de la ley, tendrá derecho una
devolución expedita del crédito o a la aplicación de cualquier otro sistema
desarrollado por la Administración con la finalidad de garantizar la
recuperación ágil y eficiente del crédito fiscal.
VI.—Que a través del artículo 66 del
Reglamento de la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado, Decreto Ejecutivo N° 41779 del 7 de junio de 2019, denominado “Registro de
exportadores”, se establece que la Administración Tributaria conformará un
registro de exportadores, el cual estará disponible en el sitio web del
Ministerio de Hacienda, con el fin de ser consultado por todos los proveedores
que realicen operaciones con estos contribuyentes.
VII.—Que en dicho numeral se establece que
podrán ingresar al registro de exportadores, aquellos contribuyentes que
exporten al menos el 75% de sus operaciones, o aquellos contribuyentes que aún
y cuando no alcancen el mínimo del 75%, cuando el impuesto soportado en la
adquisición de bienes y servicios gravados para todas sus operaciones,
supere el débito del período durante tres períodos consecutivos,
imposibilitando así la aplicación de dichos saldos en la declaración del
impuesto.
VIII.—Que por medio de la resolución número
DGT-DGH-R-031-2019 de la Dirección General de Tributación y la Dirección
General de Hacienda, a las ocho horas cinco minutos del veinte de junio de dos
mil diecinueve, publicada en el Alcance N° 140 a La
Gaceta N° 116 de la fecha 21 de junio 2019, se
crea el “Registro de comercializadores, distribuidores y productores de canasta
básica tributaria, Registro de exportadores y procedimiento para el
otorgamiento de la exoneración o tarifa reducida, para efectos del Impuesto
sobre el Valor Agregado”.
IX.—Que la resolución de cita,
no incluyó la creación de un registro de proveedores de exportadores, ni tampoco
un registro de proveedores de la CCSS y de las Corporaciones Municipales, los
cuales resultan necesarios a la luz de lo establecido en el párrafo tercero del
artículo 28 del Impuesto sobre el Valor Agregado antes citado.
X.—Que la Ley N°
9395, “Transparencia de las Contrataciones Administrativas por medio de la
reforma del artículo 40 y de la adición del artículo 40 bis a la ley N° 7494, Contratación Administrativa”, del 31 de agosto del
2016, en su artículo 40 establece que toda la actividad de contratación
regulada por la Ley de Contratación Administrativa o por cualquier régimen
especial, deberá realizarse por medio del Sistema digital unificado de compras
públicas”, actualmente dicho sistema es SICOP.
XI.—Que mediante el
artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios se establece
que toda persona física o jurídica que desee obtener o tramitar cualquier
régimen de exoneración o incentivo fiscal, deberá encontrarse al día en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias materiales y formales, así como en
la presentación de las declaraciones tributarias a las que estuviera obligada ante las dependencias del
Ministerio de Hacienda.
XII.—Que el párrafo cuarto del artículo 62
del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, establece que el
incumplimiento determinado dentro de un debido proceso seguido al efecto, de
cualquier obligación tributaria administrada por el Ministerio de Hacienda o de
cualquier obligación con la Caja Costarricense de Seguro Social, será causa de
pérdida de cualquier exención que haya sido otorgada.
XIII.—Que de conformidad con el artículo 102
del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la Administración Tributaria
está obligada a resolver toda petición planteado por los interesados dentro de
un plazo de hasta dos meses, contado desde la fecha de presentación o
interposición de una u otro.
XIV. Que el Decreto Ejecutivo número 31611-H
del 07 de octubre de 2017, autoriza al Departamento de Exenciones de la
Dirección General de Hacienda, Publicado en el Alcance Digital N° 140 a La Gaceta N° 116
del 21 de junio de 2019, crea el Sistema de Información Electrónico denominado
EXONET, como mecanismo único para el trámite de las solicitudes de exención de
tributos para los beneficiarios de incentivos fiscales.
XV.—Que de conformidad
con lo establecido en el artículo 12 bis del Decreto Ejecutivo Nº. 37045-MP-MEIC del 22 de febrero de 2012 y su reforma
“Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano de Exceso de Requisitos y
Trámites Administrativos”, esta regulación no crea ni modifica un trámite para
el administrado, además de beneficiar al contribuyente al generar certeza
jurídica respecto de la presentación de la declaración del referido impuesto.
XVI.—Que en la presente
resolución se omite el procedimiento de consulta pública establecido en el
artículo 174 del Código Tributario, debido a la urgencia de poner en
conocimiento del contribuyente la forma de presentar las declaraciones del
Impuesto sobre el Valor Agregado a partir del 1 de julio de 2019, y conforme a
la Ley Nº 9635 del 3 de diciembre de 2018, publicada
en el Alcance Digital N° 202 de La Gaceta Nº 225 del 4 de diciembre de 2018, denominada “Ley de
Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”. Por tanto,
RESUELVEN:
Adiciones y modificaciones a la Resolución N° DGT-DGH-R-031-2019 del veinte de junio de dos mil
diecinueve, denominada “Registro de comercializadores, distribuidores y
productores de canasta básica tributaria, Registro de exportadores y
procedimiento para el otorgamiento de la exoneración o tarifa reducida, para
efectos del Impuesto sobre el Valor Agregado” y modificaciones a la Resolución N° DGT-R-035-2019 del veintisiete de junio de dos mil
diecinueve denominada
“Otras
operaciones exentas relacionadas con las exportaciones
establecidas
en el artículo 11 del Reglamento de la Ley
del
Impuesto sobre el Valor Agregado”
Artículo 1º—Adiciónese un
Capítulo III que contiene los artículos 7, 8, 9 y 10 y un Capítulo IV que
contiene los artículos 11, 12, 13 y 14, a la Resolución N°
DGT-DGH-R-031-2019 del veinte de junio de dos mil diecinueve, denominada
“Registro de comercializadores, distribuidores y productores de canasta básica
tributaria, Registro de exportadores y procedimiento para el otorgamiento de la
exoneración o tarifa reducida, para efectos del Impuesto sobre el Valor
Agregado”, y renumérese la numeración consecutiva del Capítulo III denominado
“Sobre el procedimiento del inscripción en el registro ante la Administración
Tributaria“ para que pase a ser el Capítulo V de la resolución, asimismo
renumérense el consecutivo de la numeración para que el artículo 7 de la
resolución N° DGT-DGH-R-031-2019 , pase a ser el
artículo 15 y se corra la numeración sucesivamente.
CAPÍTULO III
Registro de Proveedores de exportaciones
Artículo 7º—Registro
de proveedores de exportadores. Créase un registro de proveedores de
exportadores, para aquellos contribuyentes que presten los servicios
relacionados con exportaciones señalados en el inciso c) del numeral 1) del
artículo 11 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Agregado, con el fin de
identificar a los obligados tributarios que se dedican a la prestación de
servicios asociados a la exportación y con ello poder solicitar ante la
Dirección General de Hacienda la autorización para adquirir los servicios que
se encuentran relacionados con el proceso de exportación y que se ponen a
disposición de los exportadores, sin el pago previo del Impuesto sobre el Valor
Agregado.
Artículo 8º—Requisitos generales que deben
cumplir los interesados para solicitar la inclusión en el Registro de
Proveedores de Exportadores. Los interesados en formar parte de este
registro deben cumplir con los siguientes requisitos:
1. Que los ingresos por servicios relacionados
con la exportación y que corresponden a los contenidos en el inciso c) numeral
1) del artículo 11 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Agregado,
representen no menos del 75% del total de sus operaciones, porcentaje que se
estimará con base en las operaciones correspondientes al año natural, o bien,
aun cuando no alcancen el umbral del 75% podrán solicitar su inclusión en el
registro, cuando el impuesto soportado en la adquisición de bienes y servicios
gravados para todas sus operaciones en condiciones normales, supere el débito
del periodo durante tres periodos consecutivos. En los casos antes indicados,
el contribuyente deberá utilizar el formulario D-300 “Registro de
comercializadores, distribuidores y productores de canasta básica Tributaria y
exportadores”. Los contribuyentes que no alcancen el umbral del 75% deberán
incorporar en dicho formulario los datos de los últimos tres periodos de
impuesto, completando en ambos casos únicamente los campos referidos al
registro de proveedores de exportadores.
2. Estar inscrito ante la Administración
Tributaria como contribuyente.
3. En el caso de personas jurídicas, el
representante legal debe estar debidamente registrado y acreditado ante el
Registro Único Tributario.
4. Estar al día ante la Caja Costarricense del
Seguro Social.
5. Estar al día con las obligaciones formales y
materiales ante la Administración Tributaria. Este requisito se verificará en
el momento de solicitar la exoneración o tarifa reducida por medio de EXONET.
6. Contar con un correo electrónico en la
información registrada por el contribuyente en el Registro Único Tributario
para recepción de notificaciones, para efectos de lo que establece el artículo
134 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y el segundo párrafo del
artículo 97 del Reglamento de Procedimiento Tributario.
Artículo 9º—Servicios
prestados a exportadores. Para efectos del artículo 7 de la presente
resolución serán consideradas como prestación de servicios a exportadores,
únicamente aquellos que cumplan con los siguientes supuestos:
1. Cuando se presten servicios contenidos en el
inciso c) del numeral 1) del artículo 11 del Reglamento del Impuesto sobre el
Valor Agregado, directamente a exportadores registrados como tales en el
Registro de Exportadores regulado en la presente resolución, o en su defecto, que
cuenten con un código de exportador suministrado por PROCOMER y sobre los
cuales, en consecuencia, no se ha repercutido el Impuesto sobre el Valor
Agregado, en cuyo caso deberán también encontrarse respaldados por un Documento
Único Aduanero (DUA), y se deberá incorporar el número de DUA en el comprobante
electrónico, en el campo habilitado para tales efectos, requisito para poder
facturar exento el servicio.
2. Cuando se presten servicios asociados a la
exportación reconocidos como tales en las resoluciones generales dictadas por
la Dirección General de Tributación, que estén amparadas en la facultad que
otorga el último párrafo del inciso c) del numeral 1) del artículo 11 del
Reglamento del Impuesto sobre el Valor Agregado, y sobre los cuales, en consecuencia,
no se ha repercutido el Impuesto sobre el Valor Agregado, en el tanto dichos
servicios sean respaldados por un Documento Único Aduanero (DUA), para lo cual
deberán incorporar en el comprobante electrónico el número de DUA, en el campo
habilitado para tales efectos, así como el código de exportador suministrado
por PROCOMER, como requisito para poder facturar exento el servicio.
3. Cuando se presten servicios asociados a la
exportación, contenidos en el inciso c) del numeral 1) del artículo 11 del Reglamento
del Impuesto sobre el Valor Agregado, , contratados por un no domiciliado en el
territorio nacional y que no es contribuyente del impuesto, pero que al estar
asociados a una exportación se encuentran exentos del impuesto, siempre y
cuando se cuente con el respectivo DUA, en este caso una factura de
exportación, además, en caso del servicio de transporte, el mismo debe tener
como destino, una zona primaria, una aduana o un puerto o aeropuerto.
Artículo 10.—Porcentaje de exportaciones. Para determinar el
porcentaje que representan los servicios relacionados con las exportaciones del
total de sus operaciones, se debe tomar la información de las declaraciones del
Impuesto sobre el Valor Agregado, correspondientes al año natural anterior a la
fecha de la solicitud. Cuando el proveedor del servicio no cuente con la
totalidad de las declaraciones del Impuesto sobre el Valor Agregado, podrá
utilizar las declaraciones del Impuesto General sobre las Ventas necesarias para
completar las 12 declaraciones indicadas en el presente artículo. Si el
interesado tiene menos de 12 meses de operación en el Impuesto sobre el Valor
Agregado y/o Impuesto General sobre las Ventas, el porcentaje de operaciones se
basará en la información de las declaraciones presentadas desde el inicio de
operaciones y hasta la fecha de la presentación de la solicitud, siempre y
cuando se cuente con al menos seis declaraciones presentadas. En el caso de los
nuevos contribuyentes o aquellos con menos de seis meses de operación, al no
contar con declaraciones del Impuesto al Valor a Agregado suficientes, deberán
presentar una proyección, por una única vez, de las operaciones para los 6
meses siguientes a la fecha de la solicitud, al finalizar dicha proyección
deberá actualizar la información con base en los datos reales de sus
operaciones.
CAPÍTULO V
Registro de Proveedores de la Caja Costarricense del Seguro
Social
y las Corporaciones Municipales.
Artículo 11.—Registro
de Proveedores de la Caja Costarricense del Seguro Social y las Corporaciones
Municipales. Créase un registro de proveedores de la Caja Costarricense del
Seguro Social y de las Corporaciones Municipales, al amparo de lo establecido
en el párrafo tercero del artículo 28 de la Ley del Impuesto sobre el Valor
Agregado, con el fin de identificar a los obligados tributarios que venden
bienes y/o prestan los servicios a estas instituciones y que podrán solicitar
ante la Dirección General de Hacienda la autorización para adquirir los bienes
y servicios que ponen a disposición de las mismas, sin el pago previo del
Impuesto sobre el Valor Agregado.
Artículo 12.—Requisitos
generales que deben cumplir los interesados para solicitar la inclusión en el
registro de proveedores de la Caja Costarricense del Seguro Social y de las
Corporaciones Municipales. Los interesados en formar parte de este registro
deben cumplir los siguientes requisitos:
1. Que las ventas de bienes y servicios que
contraten con la Caja Costarricense del Seguro Social o con las Corporaciones
Municipales, represente al menos el 75% del total de sus operaciones,
porcentaje que se estimará con base en las operaciones correspondientes al año
natural, o bien, aún cuando no alcancen el umbral del
75% podrán solicitar su inclusión en el registro cuando el impuesto soportado
en la adquisición de bienes y servicios gravados para todas sus operaciones en
condiciones normales, supere el débito del periodo durante tres periodos
consecutivos. En los casos antes indicados, el contribuyente deberá utilizar el
formulario D-300 “Registro de comercializadores, distribuidores y productores
de canasta básica Tributaria y exportadores”. Los contribuyentes que no
alcancen el umbral del 75% deberán incorporar en dicho formulario los datos de
los últimos tres periodos de impuesto, completando en ambos casos únicamente
los campos referidos al registro de exportadores.
2. Estar inscrito ante la Administración
Tributaria como contribuyente.
3. En el caso de personas jurídicas, el
representante legal debe estar debidamente registrado y acreditado ante el
Registro Único Tributario.
4. La venta de bienes y la prestación de
servicios a las Corporaciones municipales o a la CCSS debe haber sido
adjudicada en los procesos de licitación de bienes y servicios mediante el
sistema digital unificado de compras públicas, actualmente denominado Sistema
Integrado de Compras Públicas (SICOP).
5. Estar al día con las obligaciones formales y
materiales ante la Administración Tributaria. Este requisito se verificará en
el momento de solicitar la exoneración o tarifa reducida por medio de EXONET.
6. Estar al día ante la Caja Costarricense del
Seguro Social.
7. Contar con un correo electrónico en la
información registrada por el contribuyente en el el
Registro Único Tributario para recepción de notificaciones, para efectos de lo
que establece el artículo 134 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios
y el segundo párrafo del artículo 97 del Reglamento de Procedimiento
Tributario.
Artículo 13.—Proveedores
de la Caja Costarricense del Seguro Social y las Corporaciones Municipales. Como
respaldo de las operaciones con la Caja Costarricense del Seguro Social y las
Corporaciones Municipales deberá aportar para la exoneración ante la Dirección
General de Hacienda, la adjudicación de la licitación realizada por SICOP.
Artículo 14.—Porcentaje
de operaciones con la Caja Costarricense del Seguro Social. Para determinar
el porcentaje que representan las ventas a la Caja Costarricense del Seguro
Social y de las Corporaciones Municipales del total de sus operaciones, se debe
tomar la información de las declaraciones del Impuesto sobre el Valor Agregado,
correspondientes al año natural anterior a la fecha de la solicitud. Cuando el
interesado no cuente con la totalidad de las declaraciones del Impuesto sobre
el Valor Agregado, podrá utilizar las
declaraciones del Impuesto General sobre las Ventas necesarias para completar
las 12 declaraciones indicadas en el presente artículo. Si el interesado tiene
menos de 12 meses de operación en el Impuesto sobre el Valor Agregado y/o
Impuesto General sobre las Ventas, el porcentaje de operaciones se basará en la
información de las declaraciones presentadas desde el inicio de operaciones y
hasta la fecha de la presentación de la solicitud, siempre y cuando se cuente con
al menos seis declaraciones presentadas. En el caso de los nuevos
contribuyentes o aquellos con menos de seis meses de operación, al no contar
con declaraciones del Impuesto al Valor a Agregado suficientes, deberán
presentar una proyección, por una única vez, de las operaciones para los 6
meses siguientes a la fecha de la solicitud, al finalizar dicha proyección
deberá actualizar la información con base en los datos reales de sus
operaciones.
Artículo 2º—Modifíquense el
numeral 5) del artículo 2, el numeral 5) del artículo 5 y el numeral 2) del
artículo 16 la Resolución N° DGT-DGH-R-031-2019 del
veinte de junio de dos mil diecinueve denominada “Registro de
comercializadores, distribuidores y productores de canasta básica tributaria,
Registro de exportadores y procedimiento para el otorgamiento de la exoneración
o tarifa reducida, para efectos del Impuesto sobre el Valor Agregado” y que
pasa a ser el artículo 24, según lo indica el artículo 1 de la presente
Resolución para que se lea de la siguiente manera:
Artículo 2º—Requisitos para
solicitar la inclusión en el registro de comercializadores, distribuidores y
productores de canasta básica.
“(…)
5. Estar al día con las obligaciones formales y materiales ante la
Administración Tributaria. Este requisito se verificará en el momento de
solicitar la exoneración o tarifa reducida por medio de EXONET.
(…)”
Artículo 5º—Requisitos generales
que deben cumplir los interesados para solicitar la inclusión en el registro de
exportadores.
“(…)
5. Estar al día con las obligaciones formales y materiales ante la
Administración Tributaria. Este requisito se verificará en el momento de
solicitar la exoneración o tarifa reducida por medio de EXONET. (…)”
Artículo 24.—Gestión
de la solicitud de exoneración.
“(…)
2. Estar inscrito en alguno de los siguientes
registros:
a. Registro de Exportadores
b. Registro de productores, distribuidores y
comercializadores de productos incluidos en el decreto de canasta básica
tributaria,
c. Registro de proveedores de servicios relacionadas
con exportaciones o
d. Registro de proveedores de la Caja
Costarricense del Seguro Social y las Corporaciones Municipales. (…)”
Artículo 3º—Modifíquense el
artículo 1, de la Resolución N° DGT-R-035-2019 del
veintisiete de junio de dos mil diecinueve denominada “Otras operaciones
exentas relacionadas con las exportaciones establecidas en el artículo 11 del
Reglamento de la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado” para que se lea de
la siguiente manera:
Artículo
1º—De acuerdo con lo establecido en el artículo 11, numeral primero de la Ley
de Impuesto sobre el Valor Agregado, contenido en el Título Primero de la Ley
de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas Ley N°
9635, así como en el numeral 1 inciso c), párrafo final, del artículo 11 del
Reglamento del Impuesto Sobre el Valor Agregado, Decreto Ejecutivo N° 41779, se entenderán incluidos en dicho inciso, y en
consecuencia exoneradas del Impuesto al Valor Agregado las siguientes
operaciones relacionadas con las exportaciones:
1. Servicios portuarios o aeroportuarios en
general.
2. Servicios de transporte de bienes destinados a
la exportación, hacia los puertos, aeropuertos y fronteras terrestres, siempre
que el transportista esté debidamente inscrito ante la Dirección General de
Tributación y emita el comprobante electrónico correspondiente, aún en aquellos
supuestos en que no se encuentre registrado como auxiliar de la función
pública, en el tanto dichos servicios sean respaldados por un Documento Único
Aduanero (DUA), para lo cual deberán el número de DUA en el comprobante
electrónico, en el campo establecido para tales efectos, requisito para poder
facturar exento el servicio.
Artículo 4º—Vigencia.
Rige a partir de su publicación.
Priscilla Piedra Campos,
Directora General de Hacienda.— Carlos Vargas Durán,
Director General de Tributación.—1 vez.—O.C. N°
14050777038.—Solicitud N° 156921.—( IN2019366362 ).
SERVICIO
FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE
AGROQUÍMICOS Y EQUIPOS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
AE-REG-0853-2019.—El señor
Sebastián Silesky Acuña, cédula de identidad:
1-1127-0460, en calidad de Representante Legal, de la compañía Agrosuperior S.A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de Cartago, solicita la inscripción del Equipo de Aplicación de Agroquímicos,
Tipo: Pulverizador de presión previa, Marca: CARPI, Modelo: Alfa Spray LT8,
Capacidad: 8 litros y cuyo fabricante es: Officine
Carpi SRL (Italia) Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros
con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del
Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la
tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José,
a las 10:00 horas del 19 de junio del 2019.—Unidad de Registro de Agroquimicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Arlet Vargas Morales,
Jefe.—( IN2019361545 ).
AE-REG-0855-2019.—El
señor Sebastián Silesky Acuña, cédula de identidad:
1-1127-0460, en calidad de Representante Legal, de la compañía Agrosuperior, S.A, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de Cartago, solicita la inscripción del Equipo de Aplicación de
Agroquímicos, Tipo: Pulverizador de presión previa, marca: CARPI, modelo: ECO
Spray LT 6, capacidad: 6 litros y cuyo fabricante es: Officine
Carpi SRL (Italia) Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros
con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del
Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la
tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José,
a las 10:45 horas del 19 de junio del 2019.—Unidad de Registro de Agroquimicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Arlet Vargas Morales, Jefa.—(
IN2019361546 ).
AE-REG-0854-2019.—El señor Sebastián Silesky Acuña, cédula de identidad N° 1-1127-0460, en calidad de Representante Legal,
de la compañía Agrosuperior
S. A., cuyo domicilio fiscal
se encuentra en la ciudad
de Cartago, solicita la inscripción
del Equipo de Aplicación de
Agroquímicos, Tipo: Pulverizador
de presión previa, Marca: CARPI, Modelo:
BIO SPRAY LT 2, Capacidad: 2 litros
y cuyo fabricante es:
Officine Carpi SRL (Italia). Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto
27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros
con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término
de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario
Oficial La Gaceta.—San
José a las 10:30 horas del 19 de junio del
2019.—Unidad de Registro de Agroquimicos
y Equipos de Aplicación.—Ing.
Arlet Vargas Morales, Jefe.—(
IN2019361547 ).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta
Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 21, título N°
171, emitido por el Colegio Técnico Profesional Jicaral, en el año mil
novecientos noventa y tres, a nombre de Núñez Parra Amado, cédula 6-0266-0834.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San
José, a los treinta y un días del mes de mayo del dos mil diecinueve.—Dr. Pablo
Mena Castillo, Director.—( IN2019361612 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con resolución
MTSS-DMT-RTPG-27-2019 de las 9 horas del día 05 de julio del 2019. El Ministro
de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la
resolución JPIGTA-14-2019, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de
Guerra. Se otorga una Pensión de Guerra incoadas por María del Carmen Barquero
Ulate, cédula de identidad N° 400690086, a partir del
día 1 de enero del 2019; por la suma de ciento veinticinco mil doscientos
noventa y un colones con cuarenta y dos céntimos (¢125.291,42), mensuales en
forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se
hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Steven Núñez, Ministro de Trabajo y Seguridad
Social.—Luis Paulino Mora Lizano, Director.—1 vez.—( IN2019366813 ).
En sesión celebrada en San José, a las 2:00 horas del 02 de mayo del 2019, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución
JNPA-52-2019 al señor Bruno Gonzalo Cerdas Murillo, cédula de identidad
N° 5-146-1267, vecino de Guanacaste; por un monto de ciento veintidós mil setecientos cincuenta y un colones con sesenta y tres céntimos (¢122.751,63), con un rige
a partir de la inclusión en planillas. Constituye
un gasto fijo a cargo de la
Tesorería Nacional. El que se haga
efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Luis
Paulino Mora Lizano,
Director .—1 vez.—( IN2019366935 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Para ver
las marcas con sus respectivas
imágenes solo en La Gaceta con formato PDF
Karolina Sánchez Vargas, divorciada una
vez, cédula de identidad 109730865, en calidad de apoderada generalísima de Proarsa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101022571, con
domicilio en Flores, San Lorenzo, 200 al norte del Bar la Gallera, Heredia,
Costa Rica, solicita la inscripción de: URSafe,
como marca de servicios
en clase: 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: los
servicios que permitan la comunicación, por medios sensoriales, entre dos o más
personas, en particular: la conversación entre dos personas, la transmisión de
mensajes entre dos personas, la comunicación oral o visual (radio y
televisión), que se realicen mediante una aplicación de software para
dispositivos móviles, propiedad de la solicitante, que brinda herramientas a
sus usuarios para monitoreo y localización de personas, envío de alertas,
comunicación directa e inmediata, vía teléfono o mediante envío y recepción de
mensajes de texto y de voz, de fotografías y de vídeos, entre los usuarios, sus
contactos afiliados y la central de monitoreo de la solicitante, con el fin de
brindar protección al usuario y su familia, a su empresa y sus colaboradores,
mediante monitoreo electrónico, localización, y coordinación y comunicación
inmediata con servicios de emergencias, médicas, incendio y seguridad, a través
de la central de monitoreo de la solicitante, mediante el uso de los botones de
alerta de la aplicación. Reservas: de los colores: azul, morado, rojo y gris.
Fecha: 21 de mayo de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de
marzo de 2019. Solicitud N° 2019-0002680. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 21 de mayo de 2019.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2019361180 ).
Max Alonso Víquez García, casado una vez, en calidad de apoderado
especial de Biotterfly Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101754967, con domicilio
en San Carlos, Fortuna, Barrio Pastoral, frente a Cabinas el Buho, Alajuela, Costa Rica, solicita
la inscripción de: BIOSFERA honestly natural,
como marca de fábrica y comercio
en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: jabones de
uso cosmético, perfumería, aceites esenciales y lociones para el cabello,
mezclados con lodo volcánico para la limpieza facial y corporal, todos
naturales y biodegradables, fabricados en armonía con el medio ambiente, para
uso en spas, hoteles, establecimientos que ofrecen tratamientos, terapias o
sistemas de relajación, y lugares similares. Fecha: 6 de junio de 2019. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 22 de abril de 2019. Solicitud N° 2019-0003421. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 6 de junio de 2019.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2019361182 ).
Cristiam Alvarado
Sánchez, soltero, cédula de identidad
N° 1-0815-0309, con domicilio en
Zapote, Las Luisas casa N°
15, calle 31, Costa Rica, solicita
la inscripción de: El Bazar DEL MAGO
como nombre comercial en clase
Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente en clase 49: Un
establecimiento comercial dedicado a la venta y asesoría en productos y
servicios en la rama esotérica, holística y terapias alternativas a través del
uso de aceites, perfumes, lociones, esencias e inciensos para técnicas
holísticas, además, como productos complementarios de la línea
esotérica-holística están la bisutería, ropa y velas, el producto de velas se
caracteriza por ser velas perfumadas, con propósito de relajación, meditación y
terapias alternativas, ubicado en Centro Comercial Boldaldi;
50 mts. oeste, de la plaza municipal de Liberia,
Guanacaste, local N° 9. Reservas: De los colores:
verde, blanco, rojo, negro, amarillo. Fecha: 04 de julio de 2019. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 21 de mayo del 2019. Solicitud N° 2019-0004451. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José, 04 de julio del 2019.—Jamie
Phillips Guardado, Registrador.—( IN2019361187 ).
Tatiana Rojas Hernández, cédula de identidad 1-0956-0429, en calidad de apoderada especial de Tralema Asesoría en Producción y Calidad S. A.,
cédula jurídica 3101268927, con domicilio
en Curridabat, Urbanización Lomas del Sol, casa N° 364, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción
de: THE DREAM WORKSHOP,
como marca
de servicios en clase: 37 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: reparación de somieres, colchones, accesorios de cama. Fecha: 21 de
junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de abril de
2019. Solicitud N° 2019-0003249. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—San José, 21 de junio de 2019.—Jamie
Phillips Guardado, Registrador.—( IN2019361210 ).
José Luis
Rodríguez Madrigal, casado una vez, cédula de identidad N°
2-0345-0295, en calidad de apoderado especial de Unión Comercial de Costa Rica,
Unicomer Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-074154, con domicilio en El Coyol, 800 metros
oeste de Riteve, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: CON LA CUOTA MAS PEQUEÑA como señal de propaganda en
clase Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Para proteger y
distinguir electrodomésticos, muebles y artículos para el hogar En relación con
la marca G GOLLO registro 103622. Reservas: De los colores: rojo, amarillo y
azul. Fecha: 04 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 14 de mayo del 2019. Solicitud N°
2019-0004198. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica. “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio y el artículo 63 que
indica”. “Alcance de la protección. La protección conferida por el registro de
una expresión o señal de publicidad comercial abarca la expresión o señal en su
conjunto y no se extiende a sus partes o elementos considerados por separado.
Una vez inscrita, una expresión o señal de publicidad comercial goza de
protección por tiempo indefinido; pero su existencia depende, según el caso, de
la marca o el nombre comercial a que se refiera”.—San
José, 04 de julio del 2019.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2019361220
).
Nidia Núñez Alfaro, casada
dos veces, cédula de identidad
204240236con domicilio en calle 29 Ave. 58 A Bo. Los Sauces, San Francisco de Dos
Ríos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: EON CONSULTORES
como marca
de servicios en clase: 35 y 36 Internacional para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 35: servicios de consultoría administrativa y en recursos
humamos; en clase 36: servicios de contabilidad, auditoría externa, consultoría
financiera y asesoría fiscal. Fecha: 23 de abril de 2019. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 5 de abril del 2019. Solicitud N° 2019-0003126. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 23 de abril del 2019.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2019361227
).
Gabriela Alvarado Alfaro, casada, cédula
de identidad 1097500108, en
calidad de apoderada generalísima de Industrias Hache Siete Limitada,
cédula jurídica 3102058643, con domicilio
en San Sebastián, 300 metros sur de la Iglesia Católica, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción
de: GALVANIZADORA G CEMESA,
como marca de servicios en
clase: 40 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: galvanizado y metalizado, tratamiento y fundición de metales,
endurecimiento de metales y productos metálicos. Fecha: 3 de julio de 2019. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de junio de 2019.
Solicitud N° 2019-0005679. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 3 de julio de 2019.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2019361239 ).
Benjamín
Gutiérrez Contreras, cédula de identidad número 108470905, en calidad de
apoderado especial de Sinhue, LLC, con domicilio en
Delaware, en 1007 Orange Street, noveno piso, Wilmington, Newcastle County,
Delaware 19801, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: EQUILIBRA
PODEROSAMENTE TU SISTEMA INMUNOLOGICO como señal de propaganda. Para
promocionar: Productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales;
dentífricos no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales;
Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; alimentos
y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés,
suplementos alimenticios para personas o animales, emplastos, material para
apósitos; café, té, cacao y sucedáneos del café, preparaciones a base de
cereales; pan, productos de pastelería y confitería, chocolate; jarabe de
melaza; todos buscan equilibrar el sistema inmunológico de las personas. En
relación con las marcas Registros 277720 y 277908. Fecha: 10 de junio de 2019.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de marzo del 2019.
Solicitud N° 2019-0002518. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio y
el artículo 63 que indica “Alcance de la protección. La protección conferida
por el registro de una expresión o señal de publicidad comercial abarca la
expresión o señal en su conjunto y no se extiende a sus partes o elementos
considerados por separado. Una vez inscrita, una expresión o señal de
publicidad comercial goza de protección por tiempo indefinido; pero su
existencia depende, según el caso, de la marca o el nombre que se refiera”.—San José, 10 de junio del 2019.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2019361245 ).
Ricardo Alberto Rodríguez
Valderrama, casado, cédula de identidad N°
1-1378-0918, en calidad de apoderado especial de Aventón Tech,
Sociedad Anónima, con domicilio en ciudad de Managua, Residencial Bolonia, de
la Óptica Nicaragüense 1 cuadra al este, 50 m al sur, Nicaragua, solicita la
inscripción de: AVENTON como marca de servicios en clase 35 y 42.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Publicidad;
gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina;
Facilitación de asesoramiento sobre productos de consumo en relación con
software; Servicios de venta al por menor en relación con el software de
ordenador; Suministro de información sobre productos de consumo en relación con
software; servicios de marketing en el marco de edición de software; en clase
42: Consultoría en software; Consultoría en software informático; Creación de
programas informáticos; Creación de sitios web en Internet; creación y diseño
de índices de información basados en la web para terceros [servicios de
tecnología de la información]; Desarrollo de software de controladores y
sistemas operativos; Desarrollo de software informático; Desarrollo, actualización
y mantenimiento de software y bases de datos; Desarrollo, diseño y
actualización de páginas web; Diseño de páginas web; Diseño de páginas y sitios
web; Diseño de software; Diseño de software informático para el control de
terminales de autoservicio; Diseño de software informático, páginas y sitios
web; Diseño y actualización de software informático; Diseño y desarrollo
[escritura] de software informático; Diseño y desarrollo de hardware
informático; Diseño y desarrollo de páginas web en la Internet; Diseño y
desarrollo de software informático; Diseño, desarrollo y aplicación de software
informático; Diseño, desarrollo, instalación y mantenimiento de software
informático; Diseño, instalación, actualización y mantenimiento de software
informático; Diseño, mantenimiento, desarrollo y actualización de software
informático; Diseño, mejora y alquiler de software informático; software como
servicio. Fecha: 13 de mayo de 2019. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 03 de mayo del 2019. Solicitud N°
2019-0003844. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 13 de mayo del 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019361262 ).
Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado, cedula de identidad
113780918, en calidad de apoderado especial de Organización
Solarte & CIA SCA (la compañía)
con domicilio en calle 12B N° 35-69, Bogotá, Oficinas
de la Compañía, Colombia, solicita
la inscripción de: TRUKITAS, como marca de fábrica en clase: 30 Internacional
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 30: galletas; galletas de malta;
galletas de mantequilla; galletas de sal y de dulce. Fecha: 6 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo
del 2019. Solicitud N° 2019-0004804. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José,
6 de julio del 2019.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2019361264
).
Ricardo Alberto Rodríguez
Valderrama, casado cédula de identidad 113780918, en calidad de apoderado
especial de Organización Solarte & CIA SCA (la compañía) con domicilio en
calle 12 B N° 35-69, Bogotá, Colombia, oficinas de la
compañía, Colombia, solicita la inscripción de: DELEITINAS como marca de fábrica en clase:
30 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30:
galletas; galletas de malta; galletas de mantequilla; galletas de sal y de
dulce. Fecha: 10 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2019. Solicitud N° 2019-0004809. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 10 de junio del 2019.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2019361265 ).
Ricardo
Alberto Rodríguez Valderrama, casado, cédula de identidad N°
113780918, en calidad de apoderado especial de Organización Solarte & CIA
SCA (LA “COMPAÑIA”), con domicilio en calle 12 B N°
35 - 69 Bogota, Oficinas de la Compañía, Colombia,
solicita la inscripción de: BYN’S, como marca de fábrica en clase(s): 30
internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30:
galletas; galletas de malta; galletas de mantequilla; galletas de sal y de
dulce. Fecha: 6 de junio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de
mayo del 2019. Solicitud Nº 2019-0004802. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 6 de
junio del 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019361266 ).
Ricardo Alberto Rodríguez
Valderrama, casado cédula de identidad 113780918, en calidad de apoderado
especial de organización Solarte & CIA SCA con domicilio en calle 12 B N° 35-69, Bogotá, oficinas de la compañía, Colombia,
solicita la inscripción de: GRONCH como marca de fábrica en clase:
30 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30:
galletas; galletas de malta; galletas de mantequilla; galletas de sal y de
dulce. Fecha: 6 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 30 de mayo del 2019. Solicitud N°
2019-0004801. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 6 de
junio del 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019361267 ).
Ricardo Alberto Rodríguez
Valderrama, casado, cédula de identidad N° 113780918,
en calidad de apoderado especial de Organización Solarte & CIA SCA (LA
“COMPAÑÍA”), con domicilio en calle 12 B N° 35-69, Bogotá,
Oficinas de La Compañía, Colombia, solicita la inscripción de: GOLOZETAS,
como marca de fábrica en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 30: galletas; galletas de malta; galletas de mantequilla;
galletas de sal y de dulce. Fecha: 6 de junio del 2019. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2019. Solicitud Nº 2019-0004803. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José, 6 de junio de 2019.—Wendy
López Vindas, Registradora.—( IN2019361268 ).
Ricardo Alberto Rodríguez
Valderrama, casado, cedula de identidad 113780918, en calidad de apoderado
especial de Yanco Limited
(La Compañía) con domicilio en 1 Estuary Banks, Estuary Commerce Park, Speke, Liverpool, L24 8QR, Oficinas
de Yanco, Reino Unido, solicita la inscripción de: ZAPPO
como marca de fábrica y comercio en clases 4; 5 y 21 internacionales para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 4: Velas (iluminación); velas
(iluminación); mechas; aceite para alumbrado; velas, cirios, mechas y aceite de
lampara que contienen repelente de insectos; velas, cirios, mechas y aceite de
lampara que contienen preparados para matar insectos; en clase 5: Insecticidas;
insecticidas para uso agrícola, domestico, hortícola y veterinario; repelentes
de insectos; repelentes de insectos; preparaciones para matar insectos;
insecticidas; polvos insecticidas; pulverizador de insecticidas; papel para
atrapar moscas e insectos; bobinas anti mosquitos y esteras; larvicidas;
larvicidas para uso agrícola, domestico, hortícola y veterinario; tratamientos
antipolillas; pesticidas (distintos de germicidas, fungicidas, herbicidas,
desinfectantes, preparados y sustancias sanitarios); pesticidas agrícolas,
domésticos, hortícolas y de uso veterinario (distintos de germicidas,
fungicidas y herbicidas, desinfectantes, preparados y sustancias sanitarios);
rodenticidas; productos para eliminar roedores para uso agrícola, domestico,
hortícola y veterinario; acaricidas; productos para eliminar ácaros para uso
agrícola, domestico, hortícola y veterinario; productos y sustancias
farmacéuticos; productos y sustancias veterinarias; ninguno de los productos
mencionados sirve para su uso en animales de compañía; ninguno de los productos
mencionados sirve para su uso en relación con los escarabajos; en clase 21:
Trampas para insectos, plagas, moscas y roedores; dispositivos y aparatos para
atraer, repeler y eliminar insectos, moscas, plagas y roedores; botellas;
botellas de plástico; aerosoles, que no sean para uso personal; recipientes de
aerosoles, válvulas de aerosol; aparatos accionados eléctricamente para la
producción de vapor insecticida; dispositivos eléctricos para atraer, eliminar
y repeler insectos; aparatos eléctricos para repeler insectos; trampas
eléctricas para insectos; dispositivos eléctricos para repeler insectos; piezas
y accesorios de estos productos. Fecha: 11 de junio de 2019. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2019. Solicitud N° 2019-0004814. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 11 de junio del 2019.—Ildreth Araya Mesen,
Registradora.—( IN2019361269 ).
Ricardo
Alberto Rodríguez Valderrama, casado, cédula de identidad N°
113780918, en calidad de apoderado especial de Kamadaya
Entertainment Corp, con domicilio
en calle 12 B N° 35-69 Bogotá, Colombia, solicita la
inscripción de: SEBASTIAN YATRA, como marca de fábrica y servicios en
clases 25; 35 y 41, internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 25: prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería para hombres
y mujeres; en clase 35: publicidad; gestión de negocios comerciales; servicios
de comunicados de prensa; consultoría sobre estrategias de comunicación
[relaciones publicas]; gestión empresarial de artistas intérpretes o ejecutantes;
publicación de textos publicitarios; publicidad; relaciones públicas;
marketing/mercadotecnia; en clase 41: servicios de entretenimiento; servicios
de artistas del espectáculo; servicios de composición musical; servicios de
compositores y autores de música; servicios de entretenimiento; producción de
espectáculos; organización y dirección de conciertos; servicios de estudios de
grabación; suministro en línea de música no descargable. Fecha: 26 de junio del
2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio del 2019.
Solicitud Nº 2019-0004815. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José, 26 de junio del 2019.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2019361270 ).
Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado,
cédula de identidad N° 1-1378-0918, en calidad de apoderado
especial de Organización Solarte
& CIA SCA, con domicilio en
calle 12 B N° 35-69, Bogotá, Colombia, oficinas de la compañía,
Colombia, solicita la inscripción
de: GOLOZETAS
como marca de fábrica en clase
30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Galletas; galletas
de malta; galletas de mantequilla; galletas de sal y de dulce. Fecha: 10 de
junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del
2019. Solicitud N° 2019-0004811. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 10 de
junio del 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019361271 ).
Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado,
cédula de identidad N° 1-1378-0918, en calidad de apoderado
especial de Organización Solarte
& CIA SCA (LA “COMPAÑÍA”), con domicilio en calle 12 B Nº 35-69 Bogotá,
Colombia, Oficinas de La Compañía,
Colombia, solicita la inscripción
de: TRUKITAS,
como marca de fábrica en clase
30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Galletas; galletas
de malta; galletas de mantequilla; galletas de sal y de dulce. Fecha: 10 de
junio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del
2019. Solicitud Nº 2019-0004812. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 10 de
junio del 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019361272 ).
Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado,
cédula de identidad 113780918, en
calidad de apoderado
especial de Organización Solarte
& Cía SCA, con domicilio
en calle 12 B N° 35-69,
Bogotá, Oficinas de la Compañía
Colombia, solicita la inscripción
de: Deleitinas
como marca de fábrica en clase
30 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Galletas; galletas
de malta; galletas de mantequillas; galletas de sal y de dulce. Fecha: 20 de
junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de junio
del 2019. Solicitud N° 2019-0005243. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.—San José, 11 de junio del 2019.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2019361273 ).
Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado,
cédula de identidad N° 113780918, en
calidad de apoderado
especial de Organización Solarte
& Cia SCA con domicilio en
Calle 12 B Nº 35-69, Bogotá, Colombia, Oficinas de la
Compañía, Colombia, solicita
la inscripción de: Dom’s
como marca de fábrica en clase
30 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 30: Galletas; galletas
de malta; galletas de mantequilla;
galletas de sal y de dulce. Fecha:
10 de junio del 2019. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 03 de junio del 2019. Solicitud
Nº 2019-0004918. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley
Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José,
10 de junio del 2019.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2019361274 ).
Max Araya Cruz, divorciado, cédula de identidad 111990628, en calidad de apoderado generalísimo de Rua Mercadeo S. A., cedula jurídica
3101556922, con domicilio en
Pavas, del correo de Pavas, 200 metros norte, 100 oeste y 50 norte, casa a mano izquierda, portón negro, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: RUA MERCADEO,
como marca de servicios en
clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
publicidad. Fecha: 2 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de junio de 2019. Solicitud N°
2019-0005580. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 2 de
julio de 2019.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2019361275 ).
Erick Lonis Bolaños, divorciado
una vez, cédula de identidad
606590358 con domicilio en
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Las Cumbres Agrihood
Natural Connectión
como nombre
comercial en clase: Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a ganadería, agricultura e
inmobiliaria, ubicado en Alajuela, Poás, San Juan Norte de Ferretería San Juan;
27 km al norte. Fecha: 17 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 10 de mayo del 2019. Solicitud N°
2019-0004075. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 17 de
junio del 2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019361300 ).
Luis Diego Castro Chavarría,
casado en segundas nupcias, cédula de identidad N° 106690228, en calidad de apoderado especial de
Abbott Cardiovascular Systems, Inc. con domicilio en 300 Lakeside Drive Santa Clara California 95054, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: HI-TORQUE VEKTOR como marca de fábrica
y comercio en clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
10: Dispositivos médicos, a
saber, alambres guía para uso
cardiovascular, excluyendo oftalmología.
Fecha: 19 de junio del
2019. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 26 de abril del 2019. Solicitud
Nº 2019-0003651. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley
Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José,
19 de junio del 2019.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2019361302 ).
Luis Diego Castro Chavarría,
casado dos veces, cédula de identidad 106690228, en calidad de apoderado
especial de Benemerito Cuerpo de Bomberos de Costa
Rica, con domicilio en avenida 3a, calle 18, costado norte parada de buses del
mercado la Coca Cola, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Amamos lo que hacemos, cuidamos lo que usted ama como señal de propaganda
en clase(s): Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 50: Para promocionar metales preciosos y sus aleaciones, así como
productos de estas materias o chapados no comprendidos en otras clases;
artículos de joyería, bisutería, piedras preciosas; artículos de relojería e
instrumentos cronométricos Papel, cartón y artículos de estas materias no
comprendidos en otras clases; productos de imprenta; material de
encuadernación; fotografías; artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) de
papelería o para uso doméstico; material para artistas; pinceles; máquinas de
escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o
material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no
comprendidas en otras clases); caracteres de imprenta; clichés de imprenta
Utensilios y recipientes para uso doméstico y culinario; peines y esponjas;
cepillos; materiales para fabricar cepillos; material de limpieza; lana de
acero; vidrio en bruto o semielaborado (excepto el vidrio de construcción);
artículos de cristalería, porcelana y loza no comprendidos en otras clases
Prendas de vestir; calzado, artículos de sombrerería Servicios de construcción;
servicios de reparación; servicios de instalación Educación; formación;
servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales Servicios
científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en
estos ámbitos; servicios de análisis e investigación industriales; diseño y
desarrollo de equipos informáticos y de software Servicios jurídicos; servicios
de seguridad para la protección de bienes y
personas; servicios personales y sociales prestados por terceros para
satisfacer necesidades individuales En relación con la marca “BOMBEROS 1865
COSTA RICA”, número de registro 237758. Fecha: 21 de junio de 2019. SSe cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de
junio del 2019. Solicitud N° 2019-0005450. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio.—San José, 21 de junio del
2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019361303 ).
Mariana
Vargas Roqhuett, casada una vez, cédula de identidad
304260709, en calidad de apoderada especial de Roble International Corporation, con domicilio en Torre Las Américas, Torre C,
piso N° 27-02, Punta Pacífica, Ciudad de Panamá,
Islas Vírgenes (Británicas), solicita la inscripción
de: EL PASEO LINDORA, como marca de servicios en clase: 36
Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: negocios inmobiliarios.
Reservas: No se hace reserva del término LINDORA. Fecha: 21 de junio de 2019.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de marzo de 2019.
Solicitud N° 2019-0002725. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 21 de junio de 2019.—Jamie Phillips
Guardado, Registrador.—( IN2019361305 ).
Kiran Kamal (nombres) Motwani Shivdasani (apellidos), casada una vez, pasaporte PAI243569 con domicilio
en Calle San Bartolomé setenta
y nueve uno B El Arenal
Cero Siete Mil Seiscientos,
Mallorca, Baleares, España, solicita
la inscripción de: ALOHA MENTAL ARITHMETIC
como marca de fábrica en clase 16 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 16: Papel y cartón; productos de imprenta; material de encuadernación;
fotografías; artículos de papelería y artículos de oficina, excepto muebles; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material de dibujo y material para artistas; pinceles; material de instrucción
y material didáctico; hojas películas
y bolsas de materias plásticas para embalar y empaquetar; caracteres de imprenta, clichés de imprenta. Fecha: 09 de mayo del 2019. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de mayo
del 2019. Solicitud Nº 2019-0003781. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José,
09 de mayo del 2019.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2019361308 ).
Javier Alberto Montejo Calvo, soltero,
cédula de identidad 114380275, en
calidad de apoderado
especial de Costa Vida Presenta Limitada,
cédula jurídica 3102778905 con domicilio
en Escazú, EBC Centro Corporativo Octavo Piso, Sfera Legal, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: COSTA VIDA PRESENTA
como marca de servicios en clase
35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35:
publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos
de oficina. Fecha: 19 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 9 de mayo del 2019. Solicitud N°
2019-0004017. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”—San José, 19 de junio del 2019.—Katherine
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019361310 ).
Javier Alberto Montejo Calvo,
soltero, cédula de identidad N° 1-1438-0275, en
calidad de apoderado especial de Costa Vida Presenta
Limitada, cédula jurídica N° 3-102-778905, con
domicilio en Escazú, EBC Centro Corporativo, octavo piso, Sfera Legal, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: COSTA VIDA PRESENTA, como
marca de servicios en clase 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales.
Fecha: 13 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 09 de mayo de 2019. Solicitud N° 2019-0004018. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 13 de junio de 2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2019361311 ).
Carlos Gerardo Díaz Soto, casado 2 veces, cédula de identidad
1-0911- 0575, con domicilio en
Mata de Plátano de Goicoechea
Resd Portevadia casa 39 frente igle católica,
Costa Rica, solicita la inscripción
de: SI-Transportes
como marca de servicios en clase
39 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicio de
transporte, embalaje y almacenamiento de mercancías, organización de viajes.
Fecha: 10 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 26 de junio del 2019. Solicitud N°
2019-0005766. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio.—San José, 10 de
julio del 2019.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2019361323 ).
José Hans Vargas Sandi, soltero,
cédula de identidad N° 108910614, en calidad de
apoderado generalísimo de Tres-Ciento Uno-Quinientos Ocho Mil Doscientos Trece
S. A., cédula jurídica N° 3101508213, con domicilio
en Santa Ana, Salitral, Calle Perico, frente Puplena
Gato, Costa Rica, solicita la inscripción de: GSM Infracon,
como nombre comercial en clase(s): internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a construcción
de inmuebles ubicado en Salitral de Santa Ana, calle el Perico, de las cabañas
ochocientos metros al sur. Fecha: 17 de junio del 2019. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 10 de mayo del 2019. Solicitud Nº 2019-0004074. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José, 17 de junio del 2019.—Alex
Villegas Méndez, Registrador.—( IN2019361339 ).
Ana Laura Berdugo Ulate,
divorciada, cédula de identidad
108850602, en calidad de apoderada generalísima de Grupo
Santa Diabla Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101700141, con domicilio
en Colima de Tibás, 200 norte del Maxipalí, Residencial Real de Colima, apartamento
N° 6, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: socialforce,
como marca de servicios en
clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios
publicitarios que consisten en publicar en cualquier medio de difusión,
comunicaciones, declaraciones o anuncios relacionados publicitarios que consisten
en publicar en cualquier medio de con todo tipo de productos o servicios, por
medo de comunicaciones electrónicas en sitios web o redes sociales. Fecha: 5 de
junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de mayo de
2019. Solicitud N° 2019-0004701. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—San José, 5 de junio de 2019.—Rina Ruiz
Mata, Registradora.—( IN2019361343 ).
Juan Ernesto Arias Achío, casado una vez, cédula de identidad N° 113270088 con domicilio
en Asunción de Belén, de
EPA 250 metros oeste y 100 metros norte,
Costa Rica, solicita la inscripción
de: AA ADVANT ATELIER
como Marca
de Servicios en clase: 42. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: diseño de nuevos productos, diseño arquitectónico, servicio de
consultaría de diseño y arquitectura. Fecha: 03 de julio del 2019. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 17 de junio del 2019. Solicitud Nº 2019-0005429. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no
se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—San José, 03 de julio del
2019.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2019361371 ).
M. Enrique Lizano, casado
una vez, cédula de identidad
108330413, en calidad de apoderado especial de Aceros de
Guatemala Sociedad Anónima, con domicilio
en Avenida las Américas
18-81, Zona 14, Edificio Columbus Center, Nivel 14
Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción
de: HIERRO AG,
como marca de fábrica y comercio
en clase: 6 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: materiales
de construcción metálicos a base de hierro; construcciones transportables
metálicas a base de hierro, materiales metálicos para vías férreas a base de
hierro. Fecha: 3 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 22 de marzo de 2019. Solicitud N°
2019-0002592. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 3 de
julio de 2019.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2019361384 ).
Michael Tarcica Galindo, soltero, cédula de identidad N° 114070869, en calidad de apoderado especial de Parkside Inmobiliaria S. A., cédula jurídica N° 3101669952 con domicilio en San José, Sabana Sur, 250
metros al sur de Pops, casa a mano derecha color azul
de dos pisos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: URBANIA,
como marca de servicios en clase(s): 36, internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 36: negocios inmobiliarios. Fecha: 26 de
junio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de mayo del
2019. Solicitud Nº 2019-0004032. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 26 de
junio del 2019.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2019361390 ).
Flor María Rodríguez Gamboa, casada una vez, cédula de identidad N° 203450464 con domicilio
en casa 159, Residencial
Aries, Cantón Central, San Francisco, Heredia, Costa
Rica, solicita la inscripción
de: Bolsitica
como marca de fábrica y comercio
en clase 18 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
18: Bolsas de empaque de carga de compras, del hogar reutilizables sustitutas
de las de plástico. Fecha: 01 de abril del 2019. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 01 de marzo del 2019. Solicitud Nº
2019-0001868. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 1 de abril del 2019.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2019361423 ).
David Mora Marín, divorciado una vez, cédula de identidad
6-205-856, con domicilio en
San Isidro de Pérez Zeledón, Barrio San Andrés. calle Leman, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: NaturalTico,
como marca de comercio en clase
29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aceite de coco,
mantequilla de coco, coco deshidratado, grasa de coco. Fecha: 9 de julio de
2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de abril de 2019.
Solicitud N° 2019-0003070. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 9 de julio de 2019.—Jamie Phillips Guardado,
Registrador.—( IN2019361430 ).
Gilberto Ricardo Sáenz Vargas, casado una vez, cédula de identidad 112490237, en calidad de apoderado generalísimo de Constructora Sáenz Vargas HSV Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101436575, con domicilio
en Pérez Zeledón, Quebrada
Honda, 50 metros al este del surtidor
Vargas, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CONSTRUCTORA SAENZ,
como marca de servicios en clase
37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: construcción o fabricación,
remodelación y restauración de edificaciones. Fecha: 10 de julio de 2019. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de julio de 2019. Solicitud
N° 2019-0005928. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 10 de julio de 2019.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2019361433
).
Shannon Biodin (nombres) Smith (único apellido), casada una vez,
cédula de residencia 18400147381121, en calidad de apoderada generalísima de
Charolitas Limitada, cédula jurídica 3102729427, con domicilio en cantón
Monteverde, distrito Santa Elena, contiguo al Banco Nacional, en la pensión
Santa Elena, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MUCHA LUCHA
como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a la elaboración de comida, venta y preparación de alimentos
y salsa picantes. Ubicado en Puntarenas, cantón Monteverde, distrito Santa
Elena, contiguo al Banco Nacional, en La Pensión Santa Elena. Fecha: 8 de julio
de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio del 2019.
Solicitud N° 2019-0005488. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.—San José, 8 de julio del 2019.—Rolando Cardona Monge,
Registrador.—( IN2019361435 ).
Mariana Vargas Roqhuett, casada una vez, cédula de identidad N° 304260709, en calidad de apoderado especial de Intratext de El Salvador S. A. DE C.V. (Intratex,
S. A. de C.V.), con domicilio en
Soyopango, Departamento de
San Salvador, El Salvador solicita la inscripción de: INTRATEC PERFORMANCE APPAREL,
como marca
de fábrica y comercio en clase(s): 25 internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 25: prendas de vestir, calzado, artículos de
sombrerería, todas en el área de ropa de rendimiento. Fecha: 20 de junio del
2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de abril del 2019.
Solicitud Nº 2019-0003649. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José, 20 de junio del
2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019361439 ).
William Zúñiga Jiménez, casado
una vez, cédula de identidad 503090883, en calidad de apoderado generalísimo de
Hermosa High School SRL, cédula jurídica 3102689180,
con domicilio en Playa Hermosa, San Martín de Cóbano,
sobre la carretera principal, instalaciones de Hermosa Valley School, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de:
CENTRO PRIVADO HERMOSA HIGH SCHOOL, como nombre comercial en clase:
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a servicios en materia de educación secundaria, ubicado en
Playa Hermosa, San Martín de Cóbano, Puntarenas,
sobre la carretera principal, instalaciones de Hermosa Valley School. Fecha: 16 de enero de 2019. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 21 de diciembre de 2018. Solicitud N° 2018-0011809. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de enero de
2019.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2019361444 ).
Edgar Nassar Guier, soltero,
cédula de identidad N° 106170850, en
calidad de apoderado
especial de Interamérica Trading Corporation of Costa
Rica SRL, cédula jurídica N° 3102715138 con domicilio en Moravia, San Jerónimo, 50 metros al este de La
Ermita Católica, Costa Rica, solicita
la inscripción de: ABAD como
marca de comercio en clase 25 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: Ropa, calzado y sombrerería. Fecha: 16 de enero del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 21 de diciembre del 2018. Solicitud
Nº 2018-0011811. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley
Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José,
16 de enero del 2019.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2019361446 ).
Luis Alfredo Mata Guzmán, casado
una vez, cédula de identidad 113040956, en calidad de apoderado generalísimo de
Soestra Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula
jurídica 3102774958, con domicilio en Pavas, Boulevard de Rohrmoser,
la Favorita Norte Avenida 27, calle 108, primera casa, a mano derecha, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Natural Soul
by Nancy Sánchez,
como marca
de servicios en clase: 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
educación alimentaria del paciente en temas de nutrición clínica Realización,
análisis e interpretación de mediciones de composición corporal
Asesoría en planes de alimentación y recomendaciones nutricionales de forma
individual y personalizada, ajustada a las necesidades nutricionales de cada
paciente y su familia tomando en cuenta las enfermedades asociadas Orientación
nutricional a mujeres embarazadas, niños y personas sanas que deseen mejorar
sus hábitos de alimentación Tratamiento de todo tipo de patologías relacionadas
con trastornos del metabolismo (desnutrición, diabetes, trastornos de la
alimentación, sobre peso, obesidad, entre otros. Fecha: 10 de julio de 2019. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de junio de 2019. Solicitud N° 2019-0005420. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 10 de julio de 2019.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2019361504 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Giselle
Reuben Hatounian, casada,
cédula de identidad N° 110550703, en
calidad de apoderada
especial de Warner Media, LLC con domicilio en One Time Warner Center, New York, New York, 10019, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: WARNERMEDIA
como marca de servicios en clase 41 internaciónal,
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 41: Servicios de entretenimiento, tales como, la producción y distribución de contenido de entretenimiento
multimedia continue distribuido a través
de varias plataformas, a traves de múltiples formas de medios de transmisión, televisión y televisión por protocolo de
internet (TVPI) servicios de programación
de televisión, servicios de
entretenimiento en la naturaleza de los programas de televisión y cine, televisión sobre demanda, pago-por-ver y servicios de suscripción de televisión de pago, servicios de entretenimiento transmitidos a través de televisión por cable, provisión
de medios audiovisuales por
medio de redes de telecomunicaciones, proporcionados a través de una plataforma de cable, televisión interactiva, grabaciones audiovisuales no descargables en los campos de comedia, drama, acción, varios, aventura, deportes, música y musicales, acontecimientos actuales, noticias y noticias de entretenimiento, documentales y animaciones, producción y publicación de audiolibros, entretenimiento interactivo en línea en
la naturaleza de un sitio Web que contiene
fotografía no descargable, presentaciones de video, audio y presentaciones
animadas (prose), clips de video y otros materiales multimedia relacionados con películas y programas de televisión en los campos de comedia, drama, acción, variados, aventura, deportes, música y musicales, acontecimientos actuales, noticias y noticias de entretenimiento, documentales y animaciones, diarios en línea, tales como, blogs en los campos de las películas cinematograficas y entretenimiento
de video vía internet proporcionando
información relativa a televisión, películas cinematográficas, audio, información
y noticias de entretenimiento,
y producción y distribución
de radio, servicios de grabación
de video. Reservas: De los colores:
negro y gris. Prioridad: Fecha: 28 de junio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 13 de diciembre del 2018. Solicitud
Nº 2018-0011447. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley
Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José,
28 de junio del 2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019327313 ).
Édgar Nassar Guier, soltero, cédula de identidad 106170850, en calidad de apoderado especial de Interamérica Trading Corporation of Costa Rica SRL., cédula
jurídica 3102715138, con domicilio
en Moravia, San Jerónimo,
50 metros al este de La Ermita Católita,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Abad
como marca de comercio en
clase(s): 25. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Ropa,
calzado y sombrerería. Fecha: 30 de enero de 2019. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 21 de diciembre del 2018. Solicitud N° 2018-0011810. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.—San
José, 30 de enero del 2019.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2019361445
).
Lineth
Magaly Fallas Cordero, casada una vez, cédula de identidad N°
110070268, en calidad de apoderada especial de Pharma
Development Sociedad Anónima con domicilio en Maipú
509, cuarto piso, en Buenos Aires, Argentina, solicita la inscripción de: TENEGLUCON
MET como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos
metabólicos. Fecha: 19 de junio del 2019. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 16 de junio de 2016. Solicitud Nº
2016-0005851. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 19 de junio del 2019.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2019361480
).
Miguel Ángel González Sancho, casado una vez, cédula de identidad 401250517, en calidad de apoderado generalísimo de RMF Mecánica
Integral Automotriz Sociedad Anónima,
cédula de identidad 3-101-721695, con domicilio en Santa Bárbara,
Jesús, del Ebais 400 metros norte,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción
de: ErgoMOVIL
como marca de fábrica en clase 8
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Herramientas e
instrumentos de mano accionados manualmente. Reservas: De los colores: negro y
café. Fecha: 19 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 29 de mayo del 2019. Solicitud N° 2019-0004743.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en
una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio.—San José, 19 de junio del
2019.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2019361493 ).
Miguel Ángel González Sancho, casado una vez, cédula de identidad 401250517, en calidad de apoderado generalísimo de Grupo Logístico
JMA, cédula jurídica 3101502113, con domicilio en Santo Domingo, San
Miguel, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Grupo Logístico
JMA,
como nombre comercial en clase:
internacional, Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a transporte de carga seca y temperatura controlada, ubicado
en Heredia, Santo Domingo, San Miguel, 15 km al este del restaurante La Casa de
Doña Lela, sobre la calle paralela. Reservas: de los colores: anaranjado y
blanco. Fecha: 30 de mayo de 2019. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 9 de mayo de 2019. Solicitud N°
2019-0003998. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 30 de
mayo de 2019.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2019361494 ).
Miguel Ángel González Sancho, casado una vez, cédula de identidad 401250517, en calidad de apoderado generalísimo de RMF Mecánica
Integral Automotriz, cédula jurídica
3101721695 con domicilio en
Heredia, Santa Barbara, Jesús, 400 metros norte del
EBAIS, Costa Rica, solicita la inscripción
de: RMF Mecámica Integral Automotriz
como nombre
comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un
establecimiento comercial dedicado a mecánica integral automotriz y venta de
vehículos, ubicado en Heredia, Santo Domingo, San Miguel; 15 km. al este, del
restaurante La Casa de Doña Lela, calle paralela, portón azul, mano derecha.
Reservas: De los colores: negro, blanco, amarillo y rojo. Fecha: 5 de junio de
2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de mayo del 2019.
Solicitud N° 2019-0004000. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 5 de junio del 2019.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2019361495 ).
Miguel Ángel González Sancho, casado una vez, cédula de identidad 401250517, en calidad de apoderado generalísimo de Transchava Temperatura Controlada S. A.,
cédula jurídica 3101670073, con domicilio
en Santa Bárbara, Jesús, Urbanización
Ramiva, última casa, mano derecha, Heredia, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Transchava,
como nombre comercial en clase
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a transporte de material peligroso, ubicado en Cartago,
Ochomogo, de la estación de pesaje, 150 mts. al este.
Reservas: de los colores; verde y naranja. Fecha: 16 de mayo de 2019. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 9 de mayo de 2019. Solicitud N° 2019-0003999. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 16 de mayo de 2019.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2019361496 ).
Gustavo Adolfo Ramírez Duarte, casado una vez, cédula de identidad
112050889, en calidad de apoderado generalísimo de Grupo
de Belleza Total Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica
3102779495, con domicilio en
Escazú, San Rafael, Urbanización
Palma Mayorca, casa D veinte,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: SK Sarahk,
como Marca de Comercio en clase:
3. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: cosméticos no
medicinales, lociones capilares no medicinales tintes para cabello y shampoo para cabello. Fecha: 25 de junio de 2019. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio de 2019. Solicitud N° 2019-0005470. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 25 de junio de 2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2019361497 ).
Aluxe Can Vargas, casado una vez, cédula de identidad N° 113700350, en calidad de apoderado generalísimo de N° 3-101-767607 S.A., cédula jurídica N° 3-101-767607, con domicilio
en 300 este de la Basílica de Los Ángeles, Oficentro Murano, segunda planta,
distrito Oriental, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de:
HISTOLABS,
como Nombre
Comercial en clase: 49. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
un establecimiento comercial dedicado a venta de software, venta de productos
médicos, capacitaciones en temas de salud, ubicado 300 metros este de la
Basílica de Los Ángeles, Oficentro Murano, segunda planta, Cartago, distrito
Oriental. Fecha: 26 de junio del 2019. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de junio del 2019. Solicitud Nº
2019-0005546. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 26 de junio del 2019.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2019361556 ).
Aluxe Can Vargas, casado una vez, cédula de identidad N° 1-1370-0350, en calidad de apoderado generalísimo de 3-101-767607 S.A., cédula jurídica N° 3-101-767607, con domicilio
en 800 este de La Basílica de Los Ángeles, Oficentro Murano, segunda planta,
Distrito Oriental, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: CITACR
como marca de comercio en clase
9. Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: Programa de software. Fecha: 26
de junio del 2019. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio del 2019. Solicitud Nº
2019-0005544. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley
Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José,
26 de junio del 2019.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2019361557 ).
Lothar Volio Volkmer,
casado una vez, cédula de identidad 109520932, en calidad de apoderado especial de Distrisur Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101028344, con domicilio
en Santa Ana, Pozos de
Santa Ana, del Restaurante El Rodeo, 800 sur, 200 oeste, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: PIG NIC,
como marca de comercio en clase:
29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos de carne
de cerdo, y productos compuestos a base de carne de cerdo. Fecha: 2 de julio de
2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de febrero de 2019.
Solicitud N° 2019-0001258. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 2 de julio de 2019.—Jamie Phillips Guardado,
Registrador.—( IN2019361564 ).
Daniel Castro Camacho, casado una vez, cédula de identidad N°
1-1118-0416 con domicilio en
San Jerónimo de Moravia; 300 metros norte, de la Iglesia Católica, Costa Rica, solicita la
inscripción de: LUXURIANCE
como marca de servicios en clase
41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Educación;
formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales.
Fecha: 03 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de junio del 2019. Solicitud N°
2019-0005445. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 03 de julio del 2019.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2019361622 ).
María De La Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de Guardado Sociedad Anónima de Capital
Variable, con domicilio en Colonia Militar, Pasaje Martínez Entre 1a
y 2 a, avenida sur, N° 412, Zona 5, Barrio
San Jacinto, San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: BIBAN,
como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: productos farmacéutico específicamente utilizado para
el fortalecimiento de los huesos y para la prevención de rupturas de los huesos
en casos de problemas óseos, administrado vía oral. Fecha: 5 de abril de 2019.
Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 21 de noviembre de 2018. Solicitud N°
2018-0010784. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 5 de abril de 2019.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2019361625
).
María de la
Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad
número 109840695, en calidad de apoderada especial de Guardado Sociedad Anónima
de Capital Variable, con domicilio en Colonia Militar, Pasaje Martínez entre la
y 2a Avenida Sur, N° 412, zona 5, Barrio San Jacinto,
San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: DEKAM como marca
de fábrica y comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos de consumo humano. Fecha: 5 de
abril de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de
noviembre del 2018. Solicitud N° 2018-0010786. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.—San José, 5 de abril del 2019.—Sabrina Loáciga Pérez, Registradora.—( IN2019361626 ).
María De La
Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad
109840695, en calidad de apoderada especial de Delibra S. A., con domicilio en
Juncal 1202, Montevideo-10000, Uruguay, solicita la inscripción de: CARTREXAN,
como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: preparaciones farmacéuticas para tratar patologías del
sistema músculo-esquelético. Fecha: 12 de abril de 2019.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de enero de 2019.
Solicitud N° 2019-0000503. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 12 de abril de 2019.—Bernard Molina Alvarado,
Registrador.—( IN2019361627 ).
María de La Cruz Villanea
Villegas, casada, cédula de identidad
109840695, en calidad de apoderado especial de Asociación Costarricense de Criadores de
Caballos Pura Raza Española, cédula jurídica
300256996, con domicilio en
Sabana Sur, de la Contraloría
General de la República 125 al oeste
Edificio Edicol, segundo piso, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción
de: EQUUS como marca
de servicios en clase(s): 41. Internacional(es).
Para proteger y distinguir
lo siguiente: Educación, formación, servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales, lo
anterior en el ámbito ecuestre. Fecha: 24 de abril del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de enero del 2019. Solicitud N°
2019-0000701. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio.—San José,
24 de abril del 2019.—Bernard Molina Alvarado.—(
IN2019361628 ).
María De La Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de Blenastor C.A.,
con domicilio en Calle Benjamín Carrión E9-194 y Alfredo Luna Tobar, Conocoto,
Ecuador, solicita la inscripción de: BLENDY, como marca de fábrica y
comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones
para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería,
aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; enjuagues bucales no
medicados, dentífricos no medicados. Fecha: 6 de marzo de 2019. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005848. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 6 de marzo de 2019.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2019361629 ).
María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderado especial de INTEL Corporation, con domicilio
en 2200 Mission College Boulevard Santa Clara,
California, 95052, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: INTEL
ADAPTIX, como marca de fábrica en clase(s):
9 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 9: software informático; kits de desarrollador
de software informático; herramientas
para desarrolladores de software informático;
módulos de computación;
kits de desarrollo de módulos
de computación; software de control de gráficos por ordenador; software informático y firmware para promocionar
control, monitorización y manipulación
de datos de los productos y
sistemas de ingeniería. Fecha: 5 de junio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 28 de mayo del 2019. Solicitud Nº 2019-0004711. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José,
5 de junio del 2019.—Grettel
Solís Fernández, Registradora.—( IN2019361631 ).
María De La
Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad
109840695, en calidad de apoderada especial de Procaps
S. A., con domicilio en calle 80 N° 78B-201,
Barranquilla, Colombia, solicita la inscripción de: XICOX, como marca de
fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y
veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y
sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos
alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos;
material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para
eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Fecha: 6 de junio de 2019.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 29 de mayo de 2019. Solicitud N°
2019-0004754. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 6 de
junio de 2019.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2019361632 ).
María de La Cruz V1llanea Villegas, casada,
cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de Procaps S. A., con domicilio en calle 80 N° 78B-201,
Barranquilla, Colombia, solicita la inscripción de: BLEFADEX como
marca de fábrica y comercio en clase(s):
5. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario,
alimentos para bebés, complementos alimenticios para
personas o animales; emplastos,
material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes, productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Fecha: 6 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo
del 2019. Solicitud N° 2019-0004753. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio.—San José, 6
de junio del 2019.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2019361633 ).
María de la
Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad
109840695, en calidad de apoderada especial de Delibra S. A., con domicilio en
Juncal 1202- Montevideo-10000, Uruguay, solicita la inscripción de: POSITRAL
como marca de fábrica en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas para tratar afecciones
uro-ginecológicas. Fecha: 3 de junio del 2019. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 24 de mayo del 2019. Solicitud N°
2019-0004582. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio.—San José, 3 de junio del 2019.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2019361634 ).
María de la Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de Delibra S. A., con domicilio en Juncal
1202-Montevideo-10000, Uruguay, solicita la inscripción de: DUTAFLOX
como marca de fábrica en clase: 5 Internacional para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 5: preparaciones farmacéuticas para tratar patologías
urológicas. Fecha: 3 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 24 de mayo del 2019. Solicitud N°
2019-0004583. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”—San José, 3 de junio del 2019.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2019361635 ).
María de La
Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderado especial de Guardado
Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio en Colonia Militar, Pasaje
Martínez entre 1a y 2a avenida sur, Nº
412, Zona 5, Barrio San Jacinto, San Salvador, El Salvador, solicita la
inscripción de: TALIS, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5
internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5:
productos farmacéutico para la disfunción eréctil. Fecha: 11 de junio del 2019.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2019.
Solicitud Nº 2019-0004823. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José, 11 de junio del 2019.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2019361637 ).
María De La Cruz Villanea Villegas, casada una vez, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de Hoteles Decameron Colombia S. A.S., con domicilio
en Carrera 1 No. 10-10, Bocagrande
Cartagena, Colombia, solicita la inscripción
de: DECAMERON All Inclusive Hotels & Resorts,
como marca
de servicios en clases 39; 41 y 43 internacionales, para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 39: servicios relacionados con el transporte de personas
o mercancías de un lugar a otro por vía terrestre férrea, aérea o marítima y
los servicios necesariamente relacionados con esos transportes; servicios
relacionados con el alquiler de vehículos de transporte; los servicios que
consisten en informaciones referentes a los viajes y reservas de pasajes
prestados por intermediarios y agencias de turismo; informaciones relativas a
las tarifas, los horarios y los medios de transporte, organización de
excursiones, viajes, cruceros y visitas turísticas: acompañamiento de viajeros;
reservas para los viajes; transporte de viajeros; en clase 41: Servicios cuyo
fin esencial es el entretenimiento, la diversión, el esparcimiento, el recreo,
la educación y la formación de los individuos; actividades deportivas y culturales;
servicios de discotecas; organización y dirección de conferencias,
congresos, seminarios y simposios; organización y realización de ferias,
eventos o exposiciones con fines culturales o educativos; juegos de suerte y
azar; servicios de casino; explotación de casinos y salas de juego; servicios
de juegos disponibles en línea a través de una red informática; parques de
atracciones y diversiones, servicios de jardines y parques zoológicos,
organización de fiestas y recepciones; en clase 43: servicios prestados por
personas o por establecimientos cuyo fin esencial es preparar y
procurar alimentos y bebidas para el consumo; servicios de restauración
(alimentación); servicios de restaurantes, cafés, cafeterías, bares,
restaurantes de autoservicios, así como los servicios prestados procurando el
alojamiento, el albergue, el hospedaje y la comida en hoteles, pensiones,
hostales u otros establecimientos que aseguren un hospedaje temporal; servicios
de hotelería, servicios de reserva de alojamiento para viajeros, prestados
principalmente por agencias de viaje o corredores. Fecha: 26 de abril de 2019.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de abril de 2019. Solicitud
N° 2019-0003141. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 26 de abril de 2019.—Ildreth
Araya Mesen, Registradora.—( IN2019361640 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
María de La Cruz Villanea
Villegas, casada, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada
especial de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R. L., cédula
jurídica 3-004-045002, con domicilio en del aeropuerto; 7 kilómetros al oeste,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de DOS
PINOS A2 MILK como marca de fábrica y comercio en clase: 29 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: leche tipo a2 líquida y en
polvo. Fecha: 3 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 9 de mayo del 2019. Solicitud N°
2019-0004045. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 9 de
mayo del 2019.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2019361638 ).
María de La Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad N°
1-0984-0695, en calidad de apoderada especial de Hoteles
Decameron Colombia S.A.S. con domicilio en carrera 1 N° 10-10, Bocagrande, Cartagena, Colombia, solicita
la inscripción de: Multi VACACIONES DECAMERON
como marca de servicios en
clases 39; 41 43. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 39: Servicios relacionados con el transporte de personas o mercancías de
un lugar a otro por vía terrestre férrea, aérea o marítima y los servicios
necesariamente relacionados con esos transportes; servicios relacionados con el
alquiler de vehículos de transporte; los servicios que consisten en
informaciones referentes a los viajes y reservas de pasajes prestados por
intermediarios y agencias de turismo; informaciones relativas a las tarifas,
los horarios y los medios de transporte, organización de excursiones, viajes,
cruceros y visitas turísticas: acompañamiento de viajeros; reservas para los
viajes; transporte de viajeros; en clase 41: Servicios cuyo fin esencial es el
entretenimiento, la diversión, el esparcimiento, el recreo, la educación y la
formación de los individuos; actividades deportivas y culturales; servicios de
discotecas; organización y dirección de conferencias, congresos, seminarios y
simposios; organización y realización de ferias, eventos o exposiciones con
fines culturales o educativos; juegos de suerte y azar; servicios de casino;
explotación de casinos y salas de juego; servicios de juegos disponibles en
línea a través de una red informática; parques de atracciones y diversiones,
servicios de jardines y parques zoológicos,
organización de fiestas y recepciones; en clase 43: Servicios prestados por
personas o por establecimientos cuyo fin esencial es preparar y procurar
alimentos y bebidas para el consumo; servicios de restauración (alimentación);
servicios de restaurantes, cafés, cafeterías, bares, restaurantes de autoservicios,
así como los servicios prestados procurando el alojamiento, el albergue, el
hospedaje y la comida en hoteles, pensiones, hostales u otros establecimientos
que aseguren un hospedaje temporal; servicios de hotelería, servicios de
reserva de alojamiento para viajeros, prestados principalmente por agencias de
viaje o corredores. Fecha: 26 de abril de 2019. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 05 de abril del 2019. Solicitud N°
2019-0003143. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 26 de abril del 2019.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2019361641 ).
María de La Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad
109840695, en calidad de apoderada especial de ACG Arisol
Consulting Group Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-313740 con domicilio
en San Francisco, Goicoechea,
Barrio Tournón, Oficentro
Torres del Campo, frente al centro
comercial el, Costa Rica, solicita
la inscripción de: ARISOL
como marca
de servicios en clase 45 internacional para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 45: Servicios jurídicos; servicios de seguridad para la protección
física de bienes materiales y personas; servicios personales y sociales
prestados por terceros para satisfacer necesidades individuales. Fecha: 23 de
abril de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de abril del
2019. Solicitud N° 2019-0003138. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”—San José, 23 de abril del 2019.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2019361643 ).
María de La Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad N°
109840695, en calidad de apoderado especial de ACG Arisol
Consulting Group Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-313740 con domicilio
en San Francisco, Goicoechea,
Barrio Tournón, Oficentro
Torres del Campo, frente al Centro Comercial EL, Costa Rica, solicita
la inscripción de: ARISOL
como marca de servicios en clase 41 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 41: Educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales. Fecha: 23 de abril del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 5 de abril del 2019. Solicitud
Nº 2019-0003137. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley
Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José,
23 de abril del 2019.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2019361644 ).
María de La Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad N°
109840695, en calidad de apoderado especial de Hoteles
Decameron Colombia S.A.S. con domicilio en carrera 1 NO. 10-101 Barrio Bocagrande, Cartagena, Colombia, solicita
la inscripción de: DECAMERON EXPLORER,
como marca de servicios en
clase(s): 39; 41 y 43 internacional(es), para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 39: servicios relacionados con el transporte de personas o
mercancías de un lugar a otro por vía terrestre férrea, aérea o marítima y los
servicios necesariamente relacionados con esos transportes; servicios
relacionados con el alquiler de vehículos de transporte; los servicios que
consisten en informaciones referentes a los viajes y reservas de pasajes
prestados por intermediarios y agencias de turismo; informaciones relativas a
las tarifas, los horarios y los medios de transporte, organización de
excursiones, viajes, cruceros y visitas turísticas: acompañamiento de viajeros;
reservas para los viajes; transporte de viajeros; en clase 41: servicios cuyo
fin esencial es el entretenimiento, la diversión, el esparcimiento, el recreo,
la educación y la formación de los individuos; actividades deportivas y
culturales; servicios de discotecas; organización y dirección de conferencias,
congresos, seminarios y simposios; organización y realización de ferias,
eventos o exposiciones con fines culturales o educativos; juegos de suerte y
azar; servicios de casino; explotación de casinos y salas de juego; servicios
de juegos disponibles en línea a través de una red informática; parques de
atracciones y diversiones, servicios de jardines y parques zoológicos,
organización de fiestas y recepciones; en clase 43: servicios prestados por personas
o por establecimientos cuyo fin esencial es preparar y procurar alimentos y
bebidas para el consumo; servicios de restauración (alimentación); servicios de
restaurantes, cafés, cafeterías, bares, restaurantes de autoservicios, así como
los servicios prestados procurando el alojamiento, el albergue, el hospedaje y
la comida en hoteles, pensiones, hostales u otros establecimientos que aseguren
un hospedaje temporal; servicios de hotelería, servicios de reserva de
alojamiento para viajeros, prestados principalmente por agencias de viaje o
corredores. Fecha: 26 de abril del 2019. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 5 de abril del 2019. Solicitud Nº
2019-0003142. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 26 de abril del 2019.—Ildreth Araya Mesen,
Registradora.—( IN2019361645 ).
María de La Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad N°
1-0984-0695, en calidad de apoderada especial de Bridgewood
Capital Inc., con domicilio en
Whitepark House White Park Road, Bridgetown,
Barbados, solicita la inscripción
de: epk.
como marca de fábrica y comercio
en clase 25. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: prendas de
vestir, calzado, artículos de sombrerería. Fecha: 24 de abril de 2019. Se cita
a terceros a interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 09 de abril de 2019. Solicitud N° 2019-0003233. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José, 24 de abril de
2019.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2019361646 ).
María de La Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad
109840695, en calidad de apoderada especial de Inversiones
Oopale Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica
3102778355 con domicilio en
Escazú, San Rafael, del Centro Comercial
Paco; 300 metros oeste, Edificio
Prisma, piso tres, oficina trescientos seis, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: OOPALE
como marca
de fábrica y comercio en clase: 20 Internacional para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 20: Muebles, espejos, marcas; contenedores no metálicos de
almacenamiento o transpone; hueso, cuerno, ballena o nácar, en bruta o
semielaborados; conchas; espuma de mar; ámbar amarillo. Fecha: 8 de abril de
2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de abril del 2019.
Solicitud N° 2019-0002915. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”—San José, 8 de abril del 2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019361647 ).
María de La Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad N°
1-0984-0695, en calidad de apoderada especial de Otis Mcallister
Inc., con domicilio en 300
Frank H. Ogawa Plaza, Suite 400, Oakland, California 94612, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción
de: LA SIRENA,
como m3arca de fábrica y
comercio en clase 32. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: bebidas y preparaciones hechas a base de vegetales
(jugo de tomate, clamato). Fecha: 05 de junio de
2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de enero de 2019.
Solicitud N° 2019-0000034. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no
se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—San José, 05 de junio de
2019.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2019361649 ).
María de La Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad N°
109840695, en calidad de apoderado especial de Seeberger
GMBH, con domicilio en
Hans-Lorenser-Strasse 36, 89079 ULM, Alemania, solicita la inscripción de: Seeberger,
como marca
de fábrica y comercio en clase(s): 29; 30 y 31 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 29: frutas y verduras conservadas, secas y
cocinadas; frutos secos con fines nutricionales; frutos secos con fines nutricionales,
cacahuetes (procesados), frutos secos (procesados), cáscaras de fruta, rodajas
de fruta, almendras (procesadas), lentejas (conservadas); frutos estañado,
granos de nuez (procesados); en clase 30: café, té, cacao, bebidas a base de
cacao, productos de cacao, azúcar, especias, nuez moscada, palomitas de maíz,
arroz; muesli, barras de muesli; postres de muesli; barras energéticas, snacks
fabricados con muesli; cereales, snack productos alimenticios que consisten en
productos de cereales; copos de avena; avena gachas; productos de cereales en
forma de barra; galletas, mezclas de galletas, bizcochos que contengan fruta;
pasteles chocolate, chocolate bebible; en clase 31: granos, en particular
también con fines de consumo, cacahuetes (frutas), nueces; almendras (frutas),
frutas frescas, lentejas (verduras frescas), bayas (frutas), cítricos, granos;
granos de cacao
(crudos); avellanas. Fecha: 28 de mayo del 2019. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 20 de mayo del 2019. Solicitud Nº
2019-0004405. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 28 de mayo del 2019.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2019361650
).
María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderada especial de
Shenzhen Xidesheng Bicycle CO. LTD, con domicilio en N° 26 Zhenxing Road, Loucun, Gongming Street, Guangming New
District, Shenzhen, China, solicita la inscripción de: xds
como marca de fábrica y comercio
en clase(s): 12 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 12: soportes para bicicletas [patas de apoyo], ciclomotores, bicicletas,
manillas para bicicletas motores para bicicleta, triciclos, carritos,
cochecitos, camiones de equipaje, motocicletas. Fecha: 15 de mayo del 2019. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de mayo del 2019. Solicitud
Nº 2019-0003886. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 15 de mayo del 2019.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2019361651 ).
María De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de
MR. Wonderful Comunication, S.L., con domicilio en Avenida diagonal,
435 -4 -1 08036 Barcelona, España, solicita la inscripción de: mr. wonderful*,
como marca de fábrica y
servicios en clases: 4; 9; 16; 18; 25; 35 y 42 internacionales, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 4: velas (iluminación); velas perfumadas; velas
aromáticas; en clase 9: Gafas de sol; fundas y estuches para gafas, móviles,
reproductores de sonido portátiles, cámaras de fotos, ordenadores portátiles, tablets, lectores de libros electrónicos y aparatos gps; imanes decorativos para el frigorífico; alfombrillas
de ratón; memorias usb; básculas eléctricas; en clase
16: Papel y cartón; productos de imprenta; material de encuadernación;
fotografías; artículos de papelería y artículos de oficina, excepto muebles;
adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material de dibujo y
material para artistas; pinceles; material de instrucción o material didáctico
(excepto aparatos); hojas, películas y bolsas de materias plásticas para
embalar y empaquetar; calendarios; libretas; agendas; álbumes; carpetas;
bolígrafos; láminas (grabados); etiquetas adhesivas; bolsas de papel;
guirnaldas de banderines de papel; servilletas de papel; estuches para lápices;
blocs de notas; planificadores de escritorio; sets de escritorio; pizarras; en
clase 18: Cuero y cuero de imitación; artículos de equipaje y bolsas de
transporte; paraguas y sombrillas; equipaje de viaje; estuches de viaje
[artículos de marroquinería]; bolsas; bolsas de deporte; bolsos; neceseres
(vacíos); neceseres para cosméticos; neceseres para transportar artículos de
higiene personal; tarjeteros; carteras de mano; billeteras; monederos; estuches
de cuero o cartón cuero; portabebés que se sujetan al cuerpo; mochilas
escolares; en clase 25: prendas de vestir; calzado; sombrerería; en clase 35:
publicidad y gestión de negocios comerciales; servicios de venta al por mayor y
menor en comercios y a través de redes mundiales de informática de velas
(iluminación), velas perfumadas, velas aromáticas, gafas de sol, fundas y
estuches para gafas, móviles, reproductores de sonido portátiles, cámaras de
fotos, ordenadores portátiles, tablets, lectores de
libros electrónicos y aparatos gps, imanes
decorativos para el frigorífico,
alfombrillas de ratón, memorias usb, básculas
eléctricas, papel y cartón, productos de imprenta, material de encuadernación,
fotografías, artículos de papelería y artículos de oficina, excepto muebles,
adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico, material de dibujo y
material para artistas, pinceles, material de instrucción o material didáctico
(excepto aparatos), hojas, películas y bolsas de materias plásticas para
embalar y empaquetar, calendarios, libretas, agendas, álbumes, carpetas,
bolígrafos, láminas (grabados) , etiquetas adhesivas, bolsas de papel,
guirnaldas de banderines de papel, servilletas de papel, estuches para lápices,
blocs de notas, planificadores de escritorio, sets de escritorio, pizarras,
cuero y cuero de imitación, artículos de equipaje y bolsas de transporte,
paraguas y sombrillas, equipaje de viaje, estuches de viaje [artículos de
marroquinería], bolsas, bolsas de deporte, bolsos, neceseres (vacíos),
neceseres para cosméticos, neceseres para transportar artículos de higiene
personal, tarjeteros, carteras de mano, billeteras, monederos, estuches de
cuero o cartón cuero, portabebés que se sujetan al cuerpo, mochilas escolares,
prendas de vestir, calzado y sombrerería; en clase 42: Servicios informáticos;
servicios de diseño gráfico. Fecha: 31 de Mayo de
2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de mayo de 2019.
Solicitud N° 2019-0004515. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 31 de mayo de 2019.—Ildreth
Araya Mesen, Registradora.—( IN2019361653 ).
María de La Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad N°
109840695, en calidad de apoderada especial de ACG Arisol
Consulting Group Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-313740, con domicilio
en San Francisco, Goicoechea,
Barrio Tournón, Oficentro
Torres del Campo, frente al Centro Comercial El, Costa Rica, solicita
la inscripción de: ARISOL,
como Marca de Servicios en
clase: 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: publicidad;
gestión de negocios comerciales; administración comercial, trabajos de oficina.
Fecha: 23 de abril de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 05 de abril del 2019. Solicitud Nº 2019-0003139. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José, 23 de abril de 2019.—Ivonne
Mora Ortega, Registradora.—( IN2019361660 ).
Asociaciones Civiles
El Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la
persona jurídica cédula N° 3-002-500690,
denominación: Liga Nacional de Futbol Aficionado. Por cuanto dicha reforma
cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento Tomo: 2019 Asiento: 438738.—Registro Nacional, 15 de julio
del 2019.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado, Registradora.—1
vez.—( IN2019362776 ).
El Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la
entidad: Asociación Deportiva y Recreativa Alajuelita Basket
Unidos por el Deporte, con domicilio en la provincia de: San José-Alajuelita,
cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: la práctica del
basquetbol en diferentes categorías, fomentar la disciplina del basquetbol en
la comunidad y entre sus asociados, brindar capacitación, ayuda en lo social y
cultural, en los servicios que se necesiten para el mejoramiento organizativo y
deportivo. Cuyo representante, será el presidente: Juan Carlos Meléndez Torres,
con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad
dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº
218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de
esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento Tomo: 2018 Asiento: 627631 con adicional(es)
Tomo: 2019 Asiento: 446462.—Registro Nacional, 18 de julio del 2019.—Licda.
Yolanda Víquez Alvarado, Registradora.—1 vez.—(
IN2019365038 ).
CONVOCATORIA PARA LA ASIGNACIÓN
DE
REMANENTES CONTINGENTES
ARANCELARIOS
DE IMPORTACIÓN 2019
El detalle de los remanentes
disponibles, así como el formulario correspondiente y la normativa aplicable
para su asignación, se encuentra disponible en el siguiente vínculo:
http://www.comex.go.cr/tramites_servicios/contingentes.aspx.
Para mayor información al correo
electrónico agricultura_contingentes@comex.go.cr.—Marcela Chavarría Pozuelo, Directora
General.—1 vez.—O. C. Nº OC46000238.—Solicitud Nº 156724.—( IN2019365774 ).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
ED-UHTPNOL-0059-2019.—Expediente
N° 12010.—Agrocomercial Navapor
S. A., solicita concesión de: 0,06 litros por segundo de la Quebrada
Hormiguero, efectuando la captación en finca de su propiedad en Río Naranjo,
Bagaces, Guanacaste, para uso agropecuario-piscicultura. Coordenadas
297.350/417.600 hoja Miravalles. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Liberia,
8 de julio de 2019.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Silvia Mena
Ordóñez.—( IN2019365812 ).
ED-0094-2019.—Exp. N° 18859.—Sergio José,
Durán Solano solicita concesión de: 40 litros por segundo de la quebrada
el Quetzal, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, El
Guarco, Cartago, para uso agropecuario-acuicultura y consumo humano-domestico.
Coordenadas 185.120 / 548.699 hoja Tapanti. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de
la primera publicación.—San José, 08 de abril del
2019.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2019365831 ).
ED-0095-2019.—Expediente N° 18861.—José
Luis, Durán Cordero, solicita concesión de: 50 litros por segundo de la
Quebrada los Quetzalez, efectuando la captación en
finca de su propiedad en San Isidro, (El Guarco), El Guarco, Cartago, para uso
agropecuario-acuicultura, consumo humano-doméstico y turístico-hotel-restaurante.
Coordenadas 185.029/548.709 hoja Tapantí. 100 litros
por segundo del Rio Macho, efectuando la captación en finca de su propiedad en
San Isidro, (El Guarco), El Guarco, Cartago, para uso agropecuario-acuicultura,
consumo humano-doméstico y turístico-hotel-restaurante. Coordenadas
185.048/548.874 hoja Tapantí. 10 litros por segundo
del nacimiento sin nombre 1, efectuando la captación en finca de su propiedad
en San Isidro (El Guarco), El Guarco, Cartago, para uso agropecuario-acuicultura,
consumo humano-doméstico y turístico-hotel-restaurante. Coordenadas
184.911/548.620 hoja Tapantí. 10 litros por segundo
del nacimiento sin nombre 3, efectuando la captación en finca de su propiedad
en San Isidro, (El Guarco), El Guarco, Cartago, para uso
agropecuario-acuicultura, consumo humano-doméstico y
turístico-hotel-restaurante. Coordenadas 184.967/548.848 hoja Tapantí. 10 litros por segundo del nacimiento sin nombre 2,
efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, (El Guarco), El
Guarco, Cartago, para uso agropecuario-acuicultura, consumo humano-doméstico y
turístico-hotel-restaurante. Coordenadas 184.947/548.743 hoja Tapantí. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 08 de abril de 2019.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano
Penado.—( IN2019365832 ).
ED-0088-2019. Exp. N° 18852.—Rolando Felipe
Mora Romero, solicita concesión de: 2 litros por segundo de la quebrada 3, efectuando la captación en finca de su
propiedad en San Isidro, El Guarco, Cartago, para uso consumo humano doméstico,
agropecuario abrevadero-acuicultura y riego. Coordenadas 186.137/549.277 hoja Tapantí. 1 litro por segundo de la Quebrada 1, efectuando
la captación en finca de su propiedad en San Isidro, El Guarco, Cartago, para
uso consumo humano doméstico, agropecuario abrevadero-acuicultura y riego
Coordenadas 186.027/549.315 hoja Tapantí. 4 litros
por segundo de la Quebrada 2, efectuando la captación en finca de su propiedad
en San Isidro, El Guarco, Cartago, para uso consumo humano doméstico,
agropecuario abrevadero-acuicultura y riego. Coordenadas 186.023/549.302 hoja Tapantí. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 04 de abril de 2019.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—(
IN2019366033 ).
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
ED-UHTPNOL-0066-2019.—Expediente
N° 12298.—Banco Improsa
Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.057 litros por segundo de la
quebrada sucia, efectuando la captación en finca de su propiedad en monte
verde, Puntarenas, Puntarenas, para uso turístico-hotel. Coordenadas 256.200 /
447.550 hoja juntas. 0.057 litros por segundo de la quebrada sin nombre,
efectuando la captación en finca de su propiedad en monte verde, Puntarenas,
Puntarenas, para uso turístico-hotel. Coordenadas 256.000 / 447.900 hoja
juntas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—Liberia,
19 de julio de 2019.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Silvia Mena
Ordóñez.—( IN2019366260 ).
El Instituto Nacional de
Aprendizaje, solicita concesión de: 4 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo AB-1117 en finca de su propiedad en
Uruca (San José), San José, San José, para uso consumo humano y riego.
Coordenadas 216.130 / 522.570 hoja Abra. 3,94 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo AB-1118 en finca de su propiedad en
Uruca (San José), San José, San José, para uso consumo humano y riego.
Coordenadas 216.350/ 521.650 hoja Abra.—Unidad de
Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—O.C. N° 26976.—Solicitud N° 156896.—(
IN2019366268 ).
ED-0229-2019.—Exp. 5599P.—Guido Ulate
Montero, Mauricio
Ulate Campos, Adriana Ulate Campos y Agropecuaria El Cairo S. A., solicita
concesión de: 2 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por
medio del pozo NA-235 en finca de Agropecuaria El Mandario
S. A. en San Miguel, Naranjo, Alajuela, para uso agropecuario - riego.
Coordenadas 228.350 / 493.500 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 04 de julio del 2019.—Departamento de
Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2019366334 ).
ED-0245-2019.—Expediente
N° 11016P.—3-101-698997 S.A., solicita concesión de: 0.5 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo sin número en
finca de su propiedad en San José, (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso consumo
humano-doméstico. Coordenadas 220.510/492.900 hoja Naranjo. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 12 de julio de 2019.—Departamento
de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2019366335 ).
ED-UHTPSOZ-0024-2019.—Exp. 13024.—Tigresa Pro Sociedad Anónima, solicita concesión de:
0.25 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en
finca de Bolemr Verde Uno S. A. en Bahía Ballena,
Osa, Puntarenas, para uso Consumo Humano - Doméstico, Agropecuario - Riego y
Turístico. Coordenadas 130.190 / 565.538 hoja Repunta. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 03 de julio de 2019.—Unidad
Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—Marcela Quirós Hidalgo.—( IN2019366341 ).
ED-UHTPSOZ-0012-2019.—Expediente
N° 18992.—Inversiones Kumbya
S. A., solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del nacimiento sin
nombre, efectuando la captación en finca de Catedral Verde S. A. en Rivas,
Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas
161.974/582.904 hoja San Isidro. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 06 de junio de 2019.—Unidad Hidrológica Térraba-Pacífico Sur.—Marcela
Quirós Hidalgo.—( IN2019366342 ).
ED-UHTPSOZ-0013-2019.—Expediente
N° 18993.—Heroic Civilization S. A., solicita concesión de: 0.05
litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca
de Corporación Pura Vida AT Achiote S. A., en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas,
para uso consumo humano-doméstico y turístico. Coordenadas 132.584/559.895 hoja
Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José,
6 de junio de 2019.—Unidad Hidrológica Térraba-Pacífico Sur.—Marcela Quirós
Hidalgo.—( IN2019366343 ).
ED-UHTPSOZ-0014-2019.—Exp. N°
18994.—Reserva La Foresta de Achiote S. A., solicita
concesión de: 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la
captación en finca de Corporación Pura Vida AT Achiote S. A. en Bahía
Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano y turístico. Coordenadas
132.584 / 559.895 hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 06 de junio de 2019.—Unidad Hidrológica Térraba-Pacífico Sur.—Marcela
Quirós Hidalgo.—( IN2019366344 ).
ED-UHTPSOZ-0018-2019.—Expediente
N° 18998.—Gerald Guido
Chávez Zúñiga, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la quebrada
sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Bahía Ballena,
Osa, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico y turístico. Coordenadas
122.762/571.778 hoja Coronado. Quienes se consideren lesionados deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 07 de junio de 2019.—Unidad Hidrológica Térraba-Pacífico Sur.—Marcela
Quirós Hidalgo.—( IN2019366345 ).
ED-UHTPSOZ-0019-2019.—Exp. N°
18999. 3-102-736433 SRL, solicita concesión de: 2 litros por segundo del
nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico y turístico.
Coordenadas 132.480 / 566.777 hoja Repunta. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 07 de junio de 2019.—Unidad Hidrológica
Térraba-Pacífico Sur.—Marcela Quirós Hidalgo.—( IN2019366346 ).
ED-0276-2019.—Exp. N°
19108.—Amancio Rojas Retana, solicita
concesión de: 0.05 litros por segundo del Nacimiento Rojas Araya, efectuando la
captación en finca de su propiedad en San Antonio, (Puriscal), Puriscal, San
José, para uso consumo humano-domestico. Coordenadas 205.676/502.681 hoja Rio
Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José,
22 de julio de 2019.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—(
IN2019366470 ).
ED-0086-2019.—Expediente
N° 18850.—Rodolfo Gerardo
Chacón Zúñiga, solicita concesión de: 0.03 litros por segundo del nacimiento,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Copey, Dota, San José, para
uso agropecuario acuicultura, consumo humano doméstico y turístico cabinas.
Coordenadas 172.292/558.080 hoja Vueltas. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 4 de abril de 2019.—Departamento de
Información.—David Chaves
Zúñiga.—( IN2019366513 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-0208-2019.—Exp. 19032.—Víctor Arnulfo Arroyo Rojas y Laura Cristina
Arroyo Fuentes, solicita concesión de: 4 litros por segundo de la Quebrada Doña
Ana, efectuando la captación en finca de su propiedad en Guácima (Alajuela),
Alajuela, Alajuela, para uso riego. Coordenadas 215.858 / 506.556 hoja Río
Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado
a partir de la primera publicación. Predios Inferiores: No hay.—San
José, 19 de junio de 2019.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano
Penado.—( IN2019363634 ).
ED-0287-2019.—Expediente N° 12002. Costas Tropicales Hermosas de OR
Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.02 litros por segundo de la quebrada sin nombre,
efectuando la captación en finca de su
propiedad en Escobal, Atenas, Alajuela, para uso
consumo humano-domestico. Coordenadas 215.937 / 492.580 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de julio del 2019.—Departamento de Información.—David
Chaves Zúñiga.—( IN2019366699 ).
ED-0268-2019.—Expediente
13287.—Bananera Tamesis S.A., solicita concesión de: 304.65 litros por segundo del Río Tortuguero, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Roxana, Pococí, Limón, para uso agropecuario-riego-banano. Coordenadas
266.357 / 572.901 hoja Agua Fría. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación. Predios Inferiores Marco Tulio
Méndez Araya y Guillermo Mora Calderón.—San José, 26
de julio del 2019.—Departamento
de Información.—Vanessa Galeano
Penado.—( IN2019366716 ).
ED-UHTPNOL-0062-2019.—Exp. N° 12578.—LD
Naranjo de Hojancha S. A., solicita
concesión de: 0.05 litros
por segundo del nacimiento
sin nombre, efectuando la captación en finca
de su propiedad en Hojancha, Hojancha,
Guanacaste, para uso consumo
humano-domestico. Coordenadas
227.715/380.703 hoja Matambú. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—Liberia, 19 de julio de
2019.—Unidad Hidrológica Tempisque,
Pacífico Norte.—Silvia Mena Ordóñez.—(
IN2019366780 ).
ED-0283-2019.—Exp. 6958.—Sociedad de Usuarios de Agua Asentamiento San
Luis, solicita concesión
de: 4 litros por segundo
del Río Espino, efectuando la captación
en finca de Agropecuaria Solblanco S. A. En Guadalupe (Alfaro Ruiz), Zarcero,
Alajuela, para uso agropecuario
- abrevadero y riego - hortaliza. Coordenadas 239.300 /
490.700 hoja Quesada. Predios Inferiores:
Luis Fernando Arguello, Mayela Lorena Solís Vargas,
Javier Salas Moya. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de julio del 2019.—Departamento de Información.—Vanessa
Galeano Penado.—(
IN2019366788 ).
ED-0257-2019.—Expediente N°
19096.—Hacienda Condesa Sociedad Anónima,
solicita concesión de: 0.3 litros por segundo del Nacimiento
1, efectuando la captación en finca de Maxfez
S. A., en Santo Domingo, Santa Bárbara, Heredia, para
uso agropecuario abrevadero-lechería y consumo humano domestico. Coordenadas 235.746/520.565 hoja Barva.
0.1 litro por segundo del
Nacimiento 2, efectuando la captación
en finca de Maxfez S. A., en Santo Domingo,
Santa Bárbara, Heredia, para uso agropecuario
abrevadero-lechería y consumo
humano doméstico. Coordenadas 235.741/520.541 hoja Barva.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de julio de 2019.—Departamento de Información.—David
Chaves Zúñiga.—( IN2019366793 ).
ED-0075-2019.—Expediente
N° 18834.—José Martín, Segura Ortega, solicita concesión de: 13
litros por segundo de la quebrada sin nombre 1, efectuando la captación en
finca de su propiedad en San Isidro, (El Guarco), El Guarco, Cartago, para uso
agropecuario-acuicultura. Coordenadas 184.765/548.653 hoja Tapantí.
5 litros por segundo de la quebrada sin nombre 2, efectuando la captación en
finca de su propiedad en San Isidro (El Guarco), El Guarco, Cartago, para uso
agropecuario-acuicultura. Coordenadas 184.814/548.605 hoja Tapantí.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 29 de
marzo del 2019.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—(
IN2019366928 ).
ED-0262-2019.
Exp. 12990. Rio Tuy Sociedad Anónima, solicita
concesión de: 0.12 litros por segundo del nacimiento sin nombre 4, efectuando
la captación en finca de su propiedad en San Nicolás, Cartago, Cartago, para
uso consumo humano-oficinas, agropecuario-lechería-granja-abrevadero y riego.
Coordenadas 211.499/544.122 hoja Istarú. 0.1 litro
por segundo del nacimiento sin nombre 5, efectuando la captación en finca de su
propiedad en San Nicolas, Cartago, Cartago, para uso consumo humano-oficinas,
agropecuario-lechería-granja-abrevadero y riego. Coordenadas 211.551/544.227
hoja Istarú. 0.1 litro por segundo del nacimiento sin
nombre 6, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Nicolas,
Cartago, Cartago, para uso consumo humano-oficinas,
agropecuario-lechería-granja-abrevadero y riego. Coordenadas 211.474/544.250
hoja Istarú. 0.04 litros por segundo del nacimiento
sin nombre 7, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Nicolás,
Cartago, Cartago, para uso consumo humano-oficinas,
agropecuario-lechería-granja-abrevadero y riego. Coordenadas 211.246/544.938
hoja Istarú. 0.5 litros por segundo del nacimiento
sin nombre 8, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Nicolás,
Cartago, Cartago, para uso consumo humano-oficinas,
agropecuario-lechería-granja-abrevadero y riego. Coordenadas 211.011/544.093
hoja Istarú. 0.12 litros por segundo del nacimiento
sin nombre 3, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Nicolás,
Cartago, Cartago, para uso consumo humano-oficinas,
agropecuario-lechería-granja-abrevadero y riego. Coordenadas 211.501/544.093
hoja Istarú. 0.03 litros por segundo del nacimiento
sin nombre 1, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Nicolas,
Cartago, Cartago, para uso consumo humano-oficinas,
agropecuario-lechería-granja-abrevadero y riego. Coordenadas 211.510/544.085 hoja
Istarú. 0.1 litro por segundo del nacimiento sin
nombre 2, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Nicolás,
Cartago, Cartago, para uso consumo humano-oficinas,
agropecuario-lechería-granja-abrevadero y riego. Coordenadas 211.504/544.094
hoja Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 18 de julio de 2019.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—(
IN2019366961 ).
Asociación de Vecinos
de Urbanización
Freses Biarquiria,
Se convoca a asamblea general
extraordinaria de la Asociación de Vecinos de Urbanización Freses Biarquiria, San José, Curridabat, Granadilla. Que se
llevará a cabo la primera convocatoria el día 07 de agosto del 2019 a las 7:00
p.m. Lugar: Casa D-28, 300 m norte, 200 m este y 50 norte de Plaza Freses.
Orden del día: elección de miembros de junta directiva, temas de seguridad
comunitaria, informe de Tesorería, varios.—Lic. Jorge
Sánchez Garbanzo, Notario.—1 vez.—( IN2019365017 ).
TERMAS DE CARACALLA SOCIEDAD ANÓNIMA S. A.
Se convoca a los socios de
Termas de Caracalla Sociedad Anónima, S. A. cédula de persona jurídica número
3-101-721189 a una Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria que se realizará
en su domicilio social, en San José, Mata Redonda, Sabana Norte, Avenida Las
Américas, edificio Torres del Parque, tercer piso, Bufete Expertis
GHP Abogados, para conocer de los siguientes asuntos:
Lectura y aprobación de agenda.
Informe del presidente.
Revocatoria del puesto de
tesorero de la Junta Directiva y elección de nuevo.
Análisis y aprobación de venta
de propiedades inmuebles de la sociedad.
Análisis y
aprobación de remuneración del Presidente de la
sociedad.
Asuntos
varios que los accionistas deseen someter a la asamblea.
Comisión a notario público para
que protocolice.
La asamblea se efectuará el 27
de agosto del 2019.
La asamblea se efectuará en
primera convocatoria a las 13:00 horas, y en caso de no existir quórum para
esta, a las 14:00 horas del mismo día con cualquier número de acciones representadas.—San José, 15 de mayo del 2019.—Sr. Carlo Boghi, Presidente.—1 vez.—( IN2019366594 ).
CONDÓMINOS DEL CONDOMINIO CENTRO
COLÓN-ASOCIACIÓN
DE COPROPIETARIOS
Se deja sin efecto la
convocatoria para el día 10 de setiembre del 2019, y en su lugar de conformidad
con el artículo 26 de la Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio y del
Reglamento interno se convoca a todos los propietarios e inquilinos a la
Asamblea General de Propietarios del Condóminos del Condominio Centro
Colón-Asociación de Copropietarios a celebrarse en el Hotel Try Sabana, 30
piso, salón 1, San José, avenida 3-0, calles 38-40, a las a las 17 horas del
día 12 de setiembre del 2019, en primer convocatoria y a las 18 horas de ese
mismo día, en segunda convocatoria en caso de no haber el quórum de ley. Los únicos temas a tratar en dicha asamblea serán los
siguientes: 1.-Conocimiento y aprobación del presupuesto extraordinario para el
ario 2019 (hasta enero del 2020) y los medios de aportar los fondos necesarios
para cubrirlo, derivado de la entrada en Vigencia del Impuesto al Valor
Agregado. 2.- Cambio de destino de área común para cumplir con requisitos del
Ministerio de Salud con relación a la ley 7600. Este documento está a
disposición de los asambleístas con 15 días de antelación a la asamblea, en las
oficinas de la Administradora. Podrán estar presentes los propietarios
registrales y sus apoderados con facultades suficientes para representarlos en
esta asamblea, debidamente identificados, con poder y certificación de
personería y los inquilinos pueden estar presentes cuando así sean autorizados
por los propietarios mediante carta debidamente autenticada.—Walter
Valverde Madrigal, Presidente.—1 vez.—( IN2019366698 ).
INVERSIONES ACHITA
SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inversiones Achita
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N°
3-102-577943, convoca a sus socios cuotistas a la
asamblea general extraordinaria, que se celebrará en su domicilio social, cito
en: San José, Escazú, Guachipelín, de Construplaza oChocientos metros norte, Urbanización Loma Real uno, casa
treinta A, a las dieciocho horas del 19 de agosto del 2019, en primera convocatoria
con el quórum de ley y una hora más tarde con los socios presentes. En la
asamblea se conocerán los siguientes asuntos: 1. Apertura de la asamblea. 2.
Comprobación del quórum. 3. Cambio del domicilio social. 4. Nombramiento de
nuevo gerente tras el fallecimiento de la actual. 5. Autorizar la
protocolización del acta respectiva e inscripción, y autorización a publicar
edicto al notario encargado que se proponga. 6. Cualquier otro asunto de
relevancia que surja. Los socios deberán acreditarse personalmente o por medio
de poder debidamente autenticado a una tercera persona. Si no hubiere quórum a
la hora indicada, la asamblea se celebrará una hora después en el citado lugar,
con los accionistas que se encuentran presentes.—Lic.
Alonzo Gallardo Solís, Apoderado Especial Judicial.—1
vez.—( IN2019366754 ).
CONDOMINIO JENNY LA AURORA HEREDIA
Fecha: sábado 10 de agosto del
2019.
Lugar: salón anexo, Templo
Católico, La Aurora.
Orden del día
1. Acreditación de propietarios registrales.
2. Comprobación del quórum.
3. Aprobación del orden del día.
4. Nombramiento de nuevos miembros de junta directiva.
6. Informe de contrato de empresa seguridad.
7. Asuntos varios.
Franklin
Montes Matarrita, Responsable.—1 vez.—( IN2019366865 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
UNIVERSIDAD LATINA
Ante la Oficina de Registro
de la Universidad Latina de Costa Rica, se ha presentado
la solicitud de reposición
del Título de Bachillerato en Administración de Negocios, inscrito bajo el Tomo IX, Folio 77, Asiento 49049 a nombre
de Juan Edgar Picado Quevedo, cédula de identidad número 113460713. Se solicita la reposición del título indicado anteriormente por extravió del original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta. Se extiende
la presente a solicitud del
interesado en el día y lugar de la fecha.—San
José, 11 de julio del 2019.—Departamento
de Registro.—Neda Blanco López, Directora.—(
IN2019361457 ).
Montejo & Associates S. A.
Por contrato de cesión de marcas
entre Montejo & Associates S. A., con cédula de
persona jurídica 3-101-312285, (la cedente) y Montejo Investments
S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-012828
(la cesionaria), suscrito entre las partes el 11 de julio de 2019, se traspasó
el nombre Comercial M Montejo (DISEÑO), registrado bajo el expediente
2014-9468, con número de registro 241771. Se cita a acreedores e interesados
para que se presenten dentro del término de quince días a partir de la primera
publicación a hacer valer sus derechos.—Javier Montejo
Calvo, Montejo Investments S. A.—( IN2019361618 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
TALLER MELO ÁLVAREZ E HIJO SOCIEDAD ANÓNIMA
En mi notaría mediante escritura
número setenta y nueve del folio ciento doce, vuelto del tomo veintitrés de mi
protocolo, a las nueve horas del nueve de julio del dos mil diecinueve, se
protocoliza la solicitud de reposición del libro de asamblea de socios,
registro de socios y actas de junta directiva de Taller Melo Álvarez e Hijo
Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica N°
tres-ciento uno-dieciséis mil doscientos catorce por extravío, se otorga un
plazo de ocho días hábiles a partir de esta publicación, para escuchar
oposiciones en la notaría del licenciado Carlos Luis Jiménez Masís, ubicada en San José, Barrio Córdoba, calle
veintinueve, avenida veintiséis B, oficinas de J y R Legal.—San José, dieciocho
de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís,
Notario.—1 vez.—( IN2019364730 ).
BRITTIENDAS SOCIEDAD
LIMITADA
Brittiendas
Sociedad Limitada, con cédula jurídica
número 3-102-663464, solicita
ante el Registro Nacional, Sucursal
de San José, la reposición de los libros,
acta de registro de cuotistas
y actas de asamblea de cuotistas, todos número uno. Quien
se considere afectado, puede manifestar su oposición en
el Registro, Sucursal de
San José, dentro del término de ocho
días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—19 de julio del 2019.—Licda. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria Publica.—1 vez.—( IN2019364805 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
En mi
notaría mediante la escritura pública número ciento treinta y cinco-veinte,
otorgada a las diez horas del veintisiete de junio del año dos mil diecinueve
se protocolizó el acta número dos del libro de asambleas generales de socios
número uno de Cartin Painting
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa
y nueve mil doscientos ochenta y dos, en la cual por acuerdo de socios se
disuelve la supracitada sociedad anónima.—San Isidro
de El General, diez de julio del año dos mil diecinueve.—Lic. Erick Alexander
Muñoz Linkimer, Notario.—1 vez.—( IN2019362947 ).
Por escritura 111
del tomo 12 de la suscrita notaria, de fecha 29 de junio del 2019, se
protocoliza acuerdo de asamblea general extraordinaria de Tres-ciento uno-
cinco cuatro tres seis dos seis S. A., que modifica la cláusula quinta del
pacto constitutivo aumento de capital social. Presidente: Fernando Córdoba Solís.—Lic. Yalile Villalobos
Zamora, Notaria.—1 vez.—( IN2019362983 ).
Por
escritura 112 del tomo 12 de la suscrita notaria, de fecha 29 de junio del
2019, protocoliza acuerdos de fusión de la asamblea general extraordinaria de
las sociedades Consultoría e Inversiones Fernando Jesús C.I.F.J, S. A. y
Bienes Raíces María Fernanda B.R.M.F, S. A. Prevaleciendo la primera.
Reforma cláusula quinta de la prevaleciente: aumento de capital social.
Presidente: Fernando Córdoba Solís.—Lic. Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1 vez.—( IN2019362984 ).
Por escritura 117
del tomo 12 de la suscrita notaria, de fecha 09 de julio del 2019, se
protocolizan los acuerdos de asamblea general extraordinaria de Inmobiliaria
Córdoba y Asociados de Heredia S.A., que modifican la cláusula primera y
quinta del pacto constitutivo así: del nombre; Inmobiliaria Córdoba y
Asociados de Heredia S.A. Capital social; aumento de capital social.
Presidente: Fernando Córdoba Solís.—Licda. Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1 vez.—( IN2019362985 ).
Por escritura
pública número ciento veintidós, de las quince horas del tres de julio del año
dos mil diecinueve, del protocolo cinco, del notario Geiner
Molina Fernández, 19129 se protocolizó acta constitutiva de la sociedad anónima
Costa Rica Arbe de Centroamérica Sociedad Anónima,
así mismo se establece su junta directiva, plazo social de noventa y nueve años
y se pagó íntegramente su capital.—Lic. Geiner Enrique Molina Fernández, Notario.—1 vez.—(
IN2019362987 ).
Al
ser las dieciocho horas treinta minutos del seis de mayo del dos mil
diecinueve, se constituye ante esta notaria la sociedad ASOFAM LAGUI
Sociedad Civil. Se nombra administradora uno y administrador dos.—San José, tres de julio del dos mil diecinueve.—Licda.
Marta Cedeño Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2019362990 ).
Ante esta notaría,
se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Amarillo
Mostaza Sociedad Anónima, donde modifica el pacto constitutivo.—Heredia,
quince de julio del 2019.—Licda. María Lourdes Delgado Jiménez, Notaria.—1
vez.—( IN2019362993 ).
Por
escritura otorgada hoy a las 11:00 horas, se protocolizó acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Grupo
Sistemas Consultores de América Central GSCAC S. R. L., donde se modifica
la décima primera de los poderes de la administración y se nombra II Gerente.
Firmo en San José, el 11 de julio del 2019.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2019362996 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del día seis de mayo del dos
mil diecinueve, se realizó cambio de nombre de la sociedad Karina, Loriana y Valeria S.A., cuya abreviatura es Kalova S.A., cédula jurídica 3-101-640333,
junta directiva y domicilio.—Alajuela, cinco de julio
del 2019.—Lic. Violeta Miranda Meza, Notaria.—1 vez.—( IN2019362997 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas del 11 de julio de 2019,
la empresa Jacó Condo Life
JLA S.A., protocolizaron acuerdos en donde se reforman la cláusula primera
del nombre, donde la sociedad se denominará Río Plata Investments
Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar a Río Plata Investments
S.A., así como la cláusula de la administración.—San
José, 12 de julio de 2019.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1
vez.—( IN2019362998 ).
En escritura
autorizada por el suscrito notario, en San Ramón a las trece horas con treinta
minutos del ocho de julio del año dos mil diecinueve, se protocolizan los
acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de Instituto de
Emprendedores a tu Alcance S.R.L., con cédula de persona jurídica número
tres-uno cero dos-siete cuatro siete siete cero dos,
en virtud de los cuales se modifica la cláusula sexta del pacto
constitutivo.—San Ramón, quince de julio del dos mil diecinueve. Tel.:
8839-4375.—Lic. Javier Villalobos Pineda, Notario.—1
vez.—( IN2019363014 ).
Ante esta notaría
por escritura otorgada a las trece horas y cincuenta minutos del día miércoles
diez de julio del dos mil diecinueve, se protocolizan acuerdos de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Herrajes
Técnicos Centroamericanos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-setecientos sesenta y ocho mil ochocientos noventa, se
acuerda la disolución de la sociedad.—San José, diez de julio del dos mil
diecinueve.—Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2019363017
).
Por escritura 34-7
de las 17:00 del 15 de julio de 2019 se reformó la cláusula de la
Administración de 3-101-571239 S.A., misma cédula jurídica y se nombra secretario.—Licda. Rosamira
Cordero Méndez, Notaria.—1 vez.—( IN2019363018 ).
Por escritura
34-7 de las 17:15 del 15 de julio de 2019 se reformó la cláusula de la administración de Casamartha
Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica 3-102-88285 y se nombra
subgerente.—Lic. Rosamira Cordero Méndez, Notaria.—1 vez.—( IN2019363019 ).
Por
escritura otorgada a las 19 horas del 09 de julio del año 2019, se modificó el
nombre de la sociedad International Pharmaceutics
Tradings S.A., cédula de persona jurídica 3-101-267259, en adelante será Freedom Advisors S.A.—Palmares,
09 de julio de 2019.—Licda. Ana Lucrecia González Vargas, Notaria.—1
vez.—( IN2019363022 ).
Por escritura
número ciento cuarenta y dos-veintiocho visible al folio setenta y siete frente del tomo veintiocho de protocolo del suscrito,
otorgada a las quince horas del veintiocho de junio del año dos mil diecinueve,
protocolice el acta de Dilfra Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno-doscientos doce mil
cuatrocientos treinta y tres, en la que se acuerda disolver y liquidar la
sociedad antes dicha. Tel.: 2460-6563, correo electrónico jahidalgoq@hotmail.com.—Ciudad
Quesada, San Carlos, Alajuela, diez de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Jorge
Arturo Hidalgo Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2019363023 ).
Ante
esta notaría por escritura otorgada a las 11:30 horas del 9 de julio del 2019,
se procede a la liquidación de la empresa Suesca S. A., cédula jurídica
3-101-162900.—San José, 10 de julio de 2019.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga
González, Notario.—1 vez.—( IN2019363029 ).
Por
escritura otorgada ante la suscrita notaria, en la ciudad de Cañas, Guanacaste,
a las dieciséis horas del quince de julio del año dos mil diecinueve, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Prologística Sociedad Anónima, de las
dieciséis horas del doce de julio del año dos mil diecinueve, mediante la cual
se reforma cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra nuevo presidente y
secretario de junta directiva.—Lic. María del Rocío Apuy
Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2019363035 ).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario, en la ciudad de Cañas, Guanacaste,
a las 16 horas del 28 de junio del año 2019, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la compañía Ganadera Balalaika Sociedad
Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto
constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Ciudad de Cañas,
Guanacaste, 28 de junio del año 2019.—Lic. Luis Arnoldo Apuy
Sirias, Notario.—1 vez.—( IN2019363036 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las quince horas, del día tres de julio del dos
mil diecinueve, se modificó la cláusula de la domicilio social del pacto social
de la sociedad denominada Dos Lagos Enterprioses
MM Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-102-627396.—Arenal, diez de julio
del 2019.—Lic. Gonzalo Murillo Álvarez, Notario.—1
vez.—( IN2019363038 ).
En
escrit 32 T 2, Not Púb Javier Slein, 15:00 hrs, 10-7-2019, se constituyó Ethan y Asociados S A.
Capital totalmente suscrito y pagado. Presid: Karen
Gutiérrez Pérez, con representación judicial y extrajudicial. Es todo.—Lic. Javier Slein,
Notario.—1 vez.—( IN2019363040 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas treinta minutos, del
día tres de julio del dos mil diecinueve, se modificó la cláusula de la
domicilio social del pacto social de la sociedad denominada Gryphon
Global Enterprises Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-102-552827.—Arenal, diez de julio del 2019.—Lic. Gonzalo
Murillo Álvarez, 23158, Notario.—1 vez.—( IN2019363042
).
Por
escritura número 227-19 otorgada en San José, a las 9:00 horas del 12 de julio
2019, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria, de disolución de
la compañía Hacienda Federico Sociedad Anónima. Teléfono 2250-9540.—San
José, 12 de julio de 2019.—Lic. Édgar Omar Belloso Montoya, Notario.—1
vez.—( IN2019363043 ).
Por escritura
136-29, de las 16:00 horas del día 19 de diciembre de 2018, se constituye Gemancol Empresa Individual de Responsabilidad
Limitada, y se nombre Gerente.—Lic. Guido Granados
Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2019363045 ).
En escritura
otorgada ante el notario Luis Alberto Pereira Brenes, mediante escritura número
ciento cincuenta y siete, de las quince horas del diez de julio de dos mil
diecinueve, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía Grupo Canafin Sociedad Anónima, donde
se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo sobre el objeto.—San José, diez de julio de dos mil diecinueve.—Lic.
Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2019363046 ).
En mi notaría, a las
once horas del ocho de junio
del año dos mil diecinueve,
se protocolizó acta de la sociedad
The Right Side S.A., modifica
cláusula novena del pacto constitutivo de la sociedad. Se
publica edicto para lo que en
derecho corresponda.— Nicoya, nueve de junio del dos mil diecinueve.—Licda. Yisley Cristina Gonzáles Godoy, Notaria.—1 vez.—( IN2019363050 )
Por escritura
otorgada ante este notario, a las 10:40 horas del 15 de julio del 2019, se
protocolizó el acta de asamblea general de cuotistas
de Admin Support Group, Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante
la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San
José, 15 de julio del 2019.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—(
IN2019363051 ).
Por escritura
otorgada a las 15:00 horas del nueve de julio de 2019, ante esta notaría se
protocolizaron: acta asamblea general extraordinaria de accionistas de Ecofuelgas S.A., Mini Super Los Sueños
S.A., y Comercializadora F.R.L. S.A., en virtud de la cual se acordó
fusionar dichas compañías, prevaleciendo y reformando por ende la cláusula
quinta de Comercializadora F.R.L. S.A. Es todo.—San
José, nueve de julio de 2019.—Lic. Adolfo Antonio García Baudrit, Notario.—1
vez.—( IN2019363052 ).
Mediante
escritura otorgada en esta notaría, a las 10:30 horas del 04 de julio del 2019,
Marco Antonio Quesada Rodríguez, Sira Lorena Arias Vargas, Diana Lizeth y Nadia
Raquel Quesada Arias constituyeron Properties
M&S Sociedad Civil, domiciliada en San Isidro de Grecia, con un capital
de cien mil colones, y los dos primeros como administradores con poderes
generalísimos sin límite de suma.—Licda. Ana
Lorena Umaña Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2019363054 ).
La
sociedad Lote Treinta y Cinco Punta Leona Limitada, protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de socios. Escritura otorgada en Grecia a las
17:00 horas del día 15 de julio del 2019.—Lic. Walter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—( IN2019363056 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del quince de junio del dos
mil diecinueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Distribuidora Santa Bárbara Pavas S. A.,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-sesenta y cuatro mil
seiscientos noventa y cuatro, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula
sexta de representación.—Lic. Ricardo Cordero
Baltodano, Notario.—1 vez.—( IN2019363060 ).
Por escritura
otorgada ante mí a las 17:30 horas del 28 de junio de 2019, protocolice acta de
MIVR Ltda. de las 14:00 horas del 26 de junio del 2019, mediante la cual
se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Lic.
Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—( IN2019363061 ).
Inversiones
MOPOSA Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-049797. Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 9:00 horas del 05 julio, 2019, se modifican las siguientes
cláusulas del pacto constitutivo: cláusula segunda: del domicilio. cláusula
tercera: del objeto. cláusula sétima: de la representación. Se hacen nuevos nombramientos,
en la mercantil Inversiones MOPOSA Sociedad Anónima.—San José, 12 julio, 2019.—Lic. Siu-len Wing-Ching Jiménez,
Notaria.—1 vez.—( IN2019363062 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las 10,30 horas del día de hoy se reforma la
cláusula de la administración de la empresa 3-102-781871 S. R. L.—San
José, 7 de junio de 2019.—Licda. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1
vez.—( IN2019363064 ).
Por escritura
número 271-19, otorgada ante el notario William Eduardo Sequeira Solís, a las
15:00 horas del 10 de julio de 2019, se protocoliza acta de la sociedad 3-101-604421
S. A. cédula jurídica 3-101-604421, mediante la cual se reforma la cláusula
sétima de la administración y se nombra presidente y secretario. Es todo.—San José, 11 de julio de 2019.—Lic. William Eduardo
Sequeira Solís, Notario.—1 vez.—( IN2019363065 ).
Por escritura
autorizada a las catorce horas del veinticuatro de junio, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de la compañía Las Nubes Biscayne I.N.C. Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-411221, donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 11 de julio del 2019.—Lic. Sylvia
Salazar Escalante, Notaria.—1 vez.—( IN2019363067 ).
Por escritura
autorizada a las diez horas del veinte de junio, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de la compañía Las Nubes Nova Sofala
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-450065, donde se acuerda la
disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 11
de julio del 2019.—Lic. Sylvia Salazar Escalante, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363069 ).
Mediante escritura
número setenta y nueve, otorgada ante esta notaría a las diez horas del once de
julio del año dos mil diecinueve, Tres-Ciento Dos-Quinientos Noventa y Nueve
Mil Quinientos Ochenta y Ocho, reformó cláusulas: del domicilio, de la
representación y los nombramiento, se realizó nombramientos de tesorero,
secretario y fiscal de la junta directiva.—San José, doce de julio del año dos
mil diecinueve.—Licda. María Jesús Tamayo Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2019363071
).
Por escritura N° 185-35, otorgada a las 16:00 horas del día de 10 de
julio del 2019, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de general
extraordinaria de Simeón de Amparados Sociedad Anónima, mediante la cual
se reformaron las cláusulas del pacto constitutivo: segunda del domicilio y
sexta de la representación. Tel.: 2283-9169.—San José, 11 de julio del
2019.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—(
IN2019363072 ).
Mediante
escritura número setenta y ocho, otorgada ante esta notaría a las nueve horas
del once de julio del año dos mil diecinueve, Inversiones Ortivar Limitada, reformó cláusulas: del domicilio, de
la representación y los nombramientos, se realizó nombramiento de subgerente.—San José, doce de julio del año dos mil
diecinueve.—Lic. María Jesús Tamayo Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2019363073 ).
Por
escritura autorizada a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del
veinticuatro de junio, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de la compañía Las Nubes Mullers Colonies Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-443712, donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 11 de julio del 2019.—Lic. Sylvia
Salazar Escalante, Notaria.—1 vez.—( IN2019363075 ).
Por
haberse otorgado ante mi notaría la escritura número doscientos ochenta y
nueve-III de las ocho horas cero minutos del veintiuno de mayo del dos mil
diecinueve, en la que se procede a protocolizar el acta número uno: asamblea
extraordinaria de accionistas de la compañía Sociedad Tres- Ciento
Uno-Seiscientos Cuarenta y Nueve Mil Trescientos Treinta y Cinco S. A., con
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y nueve
mil trescientos treinta y cinco celebrada en su domicilio social San José, San
José, San Francisco de Dos Ríos, Residencial El Bosque casa ciento cinco a la
diez horas quince minutos del veintinueve de enero del dos mil diecinueve, en
la que se procede a reformar la cláusula primera de la razón social del pacto
constitutivo.—San José, once de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Christian
Gómez Monge, carné 20583, Notario.—1 vez.—( IN2019363077 ).
Por escritura
otorgada por el suscrito notario a las 12:00 horas del 10 de julio del 2019, se
acordó la disolución de Ingeniería Marítima de Costa Rica S. A.—Lic.
Olman Aguilar Castro, Notario.—1 vez.—( IN2019363082
).
Por
escritura otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las trece horas
del día doce de mayo de dos mil catorce, se protocoliza acta número cinco de la
empresa Anyell Estética S.A. por la que
se acuerda la disolución de la empresa a partir del cinco de julio del dos mil diecinueve.—San José, nueve de julio del dos mil
diecinueve.—Licda. Sofía Alexandra Oviedo Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2019363085
).
Por escritura
otorgada ante mí, a las nueve horas del día primero de julio del año dos mil
diecinueve, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Tres Ciento Uno Quinientos Cuarenta y Cinco Mil
Novecientos Sesenta y Cuatro Sociedad Anónima, donde se acuerda realizar
nombramientos de secretario y fiscal.—San José, once
de julio del año dos mil diecinueve.—Licda. Ligia María González Leiva,
Notaria.—1 vez.—( IN2019363087 ).
Ante
la notaría del Lic. Roberto Pochet Torres, se
solicitó protocolizar el acta de disolución de la sociedad Epic
Tecnologías de Gestión Avanzada de Tecnología e Informática de Centroamérica,
cédula jurídica 3-101-743941. Escritura 182 de las 18 horas del 15-7-2019.—Lic.
Roberto Pochet Torres, Notario.—1
vez.—( IN2019363088 ).
Ante esta notaría,
por escritura número 142-1, otorgada a las 10:40 horas del día 28 de junio del año 2019, se protocolizan acuerdos de asamblea
general extraordinaria de cuotistas de la sociedad
denominada A.L.P.U. Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos setenta y siete
mil treinta, donde se acuerda la disolución de la sociedad.—Pérez Zeledón,
veintiocho de junio del año dos mil diecinueve.—Lic. Melvin Montenegro Cedeño,
Notario.—1 vez.—( IN2019363089 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del día dieciséis de junio del
año dos mil diecinueve, se protocolizan acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Gris de Payne, Sociedad Anónima,
donde se acuerda reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo y realizar
nombramientos de vicepresidente y secretario.—San
José, once de julio del año dos mil diecinueve.—Licda,
Ligia María González Leiva, Notaria.—1 vez.—( IN2019363090 ).
Por escritura otorgada
ante mí, a las once horas del día doce de junio del año dos mil diecinueve, se
protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Importaciones Danao, Sociedad Anónima,
donde se acuerda realizar nombramientos de vicepresidente y secretario.—San
José, once de julio del año dos mil diecinueve.—Licda. Ligia María González
Leiva, Notaria.—1 vez.—( IN2019363097 ).
Por escritura
otorgada ante mí, a las ocho horas del día catorce de junio del año dos mil
diecinueve, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Mahamas Sud Corporation Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar
la cláusula sexta del pacto constitutivo y realizar nombramientos de
vicepresidente y secretario.—San José, once de julio
del año dos mil diecinueve.—Licda. Ligia María González Leiva, Notaria.—1
vez.—( IN2019363099 ).
Por escritura N° 184-35, otorgada a las 15:30 horas del día de 10 de
julio del 2019, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de general
extraordinaria de Rubén de Amparados Sociedad Anónima, mediante la cual
se reformó la cláusula octava de la representación.—San
José, 11 de julio del 2019.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—(
IN2019363102 ).
Por escritura
otorgada ante mí, a las ocho horas del día primero de julio del año dos mil
diecinueve, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Negocios Apolonio Sintaxis Sociedad Anónima,
donde se acuerda realizar nombramientos de secretario y fiscal.—San
José, once de julio del año dos mil diecinueve.—Lic. Ligia María González
Leiva, Notaria.—1 vez.—( IN2019363103 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del día trece de junio del
año dos mil diecinueve, se protocolizan acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Plaza Anonos Alegre Sociedad
Anónima, donde se acuerda reformar la cláusula sétima del pacto
constitutivo y realizar nombramientos de secretario y fiscal.—San
José, once de julio del año dos mil diecinueve.—Lic. Ligia María González
Leiva, Notaria.—1 vez.—( IN2019363104 ).
Por escritura
otorgada ante mí, a las once horas del día trece de junio del año dos mil
diecinueve, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad Ordóñez y Compañía Sociedad Anónima, donde se acuerda
realizar nombramientos de secretario y fiscal.—San
José, once de julio del año dos mil diecinueve.—Licda. Ligia María González
Leiva, Notaria.—1 vez.—( IN2019363106 ).
Por escritura
otorgada ante mí, a las ocho horas del veinticinco de junio del mil diecinueve,
protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la
compañía de esta plaza, Fitch Costa Rica Calificadora de Riesgo Sociedad
Anónima en que se reforma la cláusula quinta del pacto social.—Lic.
Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—( IN2019363121 ).
Por escritura
otorgada en mi notaría, a las trece horas con cuarenta minutos del cinco de
julio del año dos mil diecinueve, se protocolizó acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad El Barco Technology Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica tres-ciento uno-setecientos cincuenta mil ochocientos noventa y cinco,
mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, sétima y octava del pacto
constitutivo de la citada sociedad, además se remueven de sus cargos a los
miembros de la junta directiva y el fiscal, procediéndose a realizar nuevos
nombramientos en dichos puestos. Se solicita la publicación de este edicto,
para lo que en derecho corresponda.—Ciudad Quesada,
once de julio del año dos mil diecinueve..—Msc.
Claudio Antonio González Valerio, Notario.—1 vez.—(
IN2019363126 ).
Ante esta notaría
por escritura otorgada a las catorce horas del diecinueve de marzo del dos mil
diecinueve, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de la sociedad Delicias Francesas Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintitrés mil
cuatrocientos ochenta y seis, se acuerda la disolución de la sociedad.—San
José, once de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Mauricio Marín Sevilla,
Notario.—1 vez.—( IN2019363128 ).
Mediante escritura
número cinco-seis otorgada a las once horas del once de julio del dos mil
diecinueve ante el notario público Eduardo Rojas Piedra, se transforma la
sociedad Los Pearson de Tilarán Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica tres-ciento uno-quinientos sesenta y seis mil ciento cincuenta y
siete, a una sociedad de responsabilidad limitada.—Lic.
Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—( IN2019363131 ).
El suscrito
notario hace constar que, por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del
catorce de junio del dos mil diecinueve, se protocolizó el acta de asamblea
extraordinaria de accionistas de la sociedad Oxton
Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-doscientos noventa y un mil sesenta y nueve, mediante la cual
se acordó la reforma de la cláusula segunda de los estatutos sociales. Es todo.—En la ciudad de San José, once de julio del año dos
mil diecinueve.—Lic. Roberto Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—( IN2019363133 ).
Por escritura
otorgada en esta ciudad y notaría, a las 15:00 horas del 26 de junio del 2019,
protocolicé acta de Asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Elmava Sociedad Anónima en la que se reforma
la cláusula 10ma del pacto social y se nombran vocales primero y segundo.—San José, 11 de julio del 2019.—Lic. Marco Vinicio
Coll Argüello, Notario.—1 vez.—( IN2019363135 ).
La
suscrita notaria Irene Arrieta Chacón, hago constar que ante mi notaría, se
modificó el estatuto de la sociedad Electromecánicos Ticos CR Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número tres -ciento uno- cinco tres
nueve cuatro dos cuatro, se modifica la cláusula primera del nombre, en
adelante se denominada Pescaribe Azul C y R
Sociedad Anónima.—Puntarenas,
12 de julio 2019.—Licda. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2019363139
).
La
suscrita notaria Irene Arrieta Chacón, hago constar que ante mi notaría se
modificó el estatuto de la sociedad Hermanos Esquivel Aguilar Ltda.,
cédula jurídica tres-ciento dos-dos cero cero cero ocho cinco, se modifica la cláusula sexta.—Puntarenas,
12 de julio 2019.—Lic. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2019363140 ).
Ante
esta notaría, en San José, al ser las 18:00 horas del 1 de julio del 2019,
mediante escritura número 32 del tomo 5 del protocolo de la suscrita notaria,
se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de socios de la empresa 3-101-758497
S. A., donde se acordó la disolución y liquidación de la
misma. Es todo.—1 de julio de 2019.—Lic.
Priscilla Ureña Duarte, Notaria.—1 vez.—( IN2019363143 ).
Mediante escritura
135-3 de las 15:30 horas del 12/6/2019, otorgada en Playas del Coco, Guanacaste,
protocolicé los acuerdos de asamblea de socios de la sociedad Villa Hawk PGCC CD Veintidós S. A., cédula jurídica
3-101-384221, donde se modifica la cláusula del plazo social de la sociedad.—Guanacaste, 11-07-2019.—Licda. María Gabriela
Gómez Miranda, Notaria.—1 vez.—( IN2019363145 ).
Mediante escritura
136-3 de las 11 horas del 13/6/2019, otorgada en Playas del Coco, Guanacaste,
protocolicé los acuerdos de asamblea de cuotistas de
la sociedad Bahamamama Consulting
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-739966, donde
se modifica la cláusula del plazo social de la sociedad.—Guanacaste,
17 de junio del 2019.—Licda. María Gabriela Gómez Miranda, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363147 ).
Ante
esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios
de la sociedad Corporación Atabal S. A., en la cual se procede a
reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad.—San
José, dieciséis de julio del dos mil diecinueve.—Licda. Stephanie Mary Picado
Chang, Notaria.—1 vez.—( IN2019363152 ).
En esta notaría, a
las 11:10 horas de 28 de junio de 2019, mediante escritura N°
123 del tomo 3, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de
socios de: (i) Arbustos de Extremadura 49 S. A., cédula de persona
jurídica 3-101-382384; (ii) Hostal del Cielo 71,
cédula de persona jurídica 3-101-382620; (iii) Jardines
de la Rivera 54 S. A., cédula de persona jurídica 3-101-382849; y Puerto
de Paz 51 S. A., cédula de persona jurídica 3-101-383511, en la cual se
acuerda por unanimidad y con la totalidad del capital social, fusionar las
primeras tres sociedades mediante una fusión por absorción quedando inscrita la
sociedad Puerto de Paz 51 S. A. Asimismo, se acuerda modificar el pacto
social de la sociedad Puerto de Paz 51 S. A. realizando un aumento en su
capital social. Cualquier interesado que se considere afectado cuenta con un
mes desde esta publicación para oponerse judicialmente a dicha disolución. Es todo.—Lic. Francisco Eduardo Montes Fonseca, Notario.—1
vez.—( IN2019363153 ).
En esta notaría, a
las 11:20 horas de 28 de junio de 2019, mediante escritura N°
124 del tomo 3, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de
socios de: (i) Verdes de San Clemente S. A., cédula de persona jurídica
3-101-382296; (ii) Agro Comercializadora Mausa S. A., cédula de persona jurídica 3-101-273268; y
(iü) Constructora Salazar Vargas Salva S. A.,
cédula de persona jurídica 3-101- 166049, en la cual se acuerda por unanimidad
y con la totalidad del capital social, fusionar las primeras dos sociedades
mediante una fusión por absorción quedando inscrita la sociedad Constructora
Salazar Vargas Salva S. A. Asimismo, se acuerda modificar el pacto social
de la sociedad Constructora Salazar Vargas Salva S. A. realizando un
aumento en su capital social. Cualquier interesado que se considere afectado
cuenta con un mes desde esta publicación para oponerse judicialmente a dicha
disolución. Es todo.—Lic. Francisco Eduardo Montes
Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2019363154 ).
En esta notaría, a
las 11:00 horas de 28 de junio de 2019, mediante escritura N°
125 del tomo 3, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de
socios de Desarrolladora Andaro, S.A., con
cédula de persona jurídica número 3-101-276246, en la cual se acuerda por
unanimidad y con la totalidad del capital social, disolver dicha sociedad.
Cualquier interesado que se considere afectado cuenta con 30 días desde esta
publicación, para oponerse judicialmente a dicha disolución. Es todo.—Lic. Francisco Eduardo Montes Fonseca, Notario.—1
vez.—( IN2019363155 ).
Por escritura
otorgada en esta notaría a las 12:00 horas del 11 de Julio del 2019, se
protocolizó acta de asamblea de socios de Central de Inversiones S. A.,
con cédula jurídica 3-101-013744, celebrada a las 14:00 horas del 25 de junio
del 2019, en la que se acordó disolver la sociedad.—San
José, 11 de julio del año 2019.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—( IN2019363158 ).
Por escritura
otorgada hoy ante mí se constituyó Jofa Land S. A. Domicilio: Filadelfia de Carrillo de
Guanacaste. Objeto: comercio. Plazo: 99 años. Representación: presidente,
secretaria, y tesorero.—Filadelfia, 24 de junio del
2019.—Lic. Gerardo Enrique Picón Chávez, Notario.—1 vez.—( IN2019363162 ).
Por
escritura número setenta y uno, otorgada a las doce horas del diez de julio del
dos mil diecinueve, protocolicé acta de asamblea general de cuotistas
de la sociedad denominada, Glocal Negotium Audit
Limitada, en la cual se reforma la cláusula primera y segunda.—Licda.
Elluany Coto Barquero. Abogada- Notaria.—1
vez.—( IN2019363163 ).
En mi notaría
debidamente autorizado, he protocolizado el acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Casa Sauce Condominio Residencial
Guaria Morada San Pablo, Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia, San
Pablo, del parque ciento cincuenta metros sur, cédula jurídica número tres
-ciento uno- cuatrocientos noventa y dos mil doscientos cuatro. Por unanimidad
de la totalidad del capital accionario y de conformidad con lo establecido en
el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, se tomó el
acuerdo principal de disolver la sociedad. No existen activos ni pasivos que liquidar.— Guápiles, quince horas del nueve de julio del año
dos mil diecinueve.—Lic. Michael Jara Castillo, Notario Público —1 vez.—(
IN2019363165 ).
Mediante escritura
número doscientos noventa y siete-uno del notario David Heriberto Torres Soto,
se protocoliza acuerdo de junta directiva de la sociedad Zealin
Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo.—Ciudad Quesada, once de julio de dos mil
diecinueve.—Lic. David Heriberto Torres Soto, Notario.—1 vez.—( IN2019363169 ).
Por escritura
número sesenta y siete, ante la suscrita notaria
pública otorgada en Cartago a las trece horas del doce de julio del año dos mil
diecinueve, se reforman los estatutos y cargos de la junta directiva de la
empresa Rehabilitación y Salud COSAVI Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cedula jurídica número: tres-ciento dos-siete cero siete cinco cinco nueve.—Cartago, doce de
junio del año dos mil diecinueve.—Licda. Cindy Blanco González, Notaria.—1
vez.—( IN2019363170 ).
Mediante escritura
249 otorgada ante esta notaría se acuerda modificar estatutos de EDN Café y Wine Bar Limitada, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento dos-siete cuatro nueve nueve siete
cuatro.—11 de julio de 2019.—Licda. Paola Vargas
Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2019363171 ).
Que
por escritura número 199-7, otorgada a las 09:00 horas de hoy, se reforma pacto
social, cláusula segunda. Domicilio, de la compañía Menafar
S. A., cédula jurídica 3-101-196750.—San José, 8 de julio del 2019.—Lic.
Carlos Roberto López León, Notario.—1 vez.—(
IN2019363174 ).
Por escritura
otorgada ante mí, se protocoliza la asamblea general extraordinaria de la
sociedad Finqui S.A., cédula jurídica
tres-ciento uno-ochenta y dos mil cuatrocientos trece. Se reforma la cláusula
octava, del pacto constitutivo para que se lea: La junta directiva se reunirá
ordinaria y extraordinariamente cuando convoque el presidente o el secretario
de junta directiva, por medio de carta o correo electrónico. Se reforma el
pacto constitutivo para incluir cláusula decimotercera la cual dirá las
asambleas generales de accionistas ordinaria o extraordinaria serán convocadas
por el presidente o el secretario de la junta directiva con al menos diez días
naturales de anticipación a su celebración, por medio de carta. Reformar el
pacto constitutivo a efecto de excluir la cláusula décima tercera para eliminar
lo correspondiente al agente residente.—Lic. Gerardo
Villalobos Montero, Notario.—1 vez.—( IN2019363175 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13:30 horas del día 15 de julio del 2019, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Grupo
Gamma Siete Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-687925, por la
cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.
Se confiere un plazo de treinta días para que cualquier interesado presente su
oposición judicial.—Lic. Juan Rafael Zavala Tasies, Notario.—1 vez.—( IN2019363176 ).
A las 10 horas del
09, y a las 16 horas del 11, ambas del mes de julio de 2019, protocolicé actas
de asambleas generales extraordinarias de las empresas Servicios
Fisioterapéuticos Sánchez Ospina S. A., y Alfredo y Mercedes S. A.,
por las cuales se reforman sus pactos sociales constitutivos y se tomaron otros
acuerdos.—San José, 11 de jul. de 2019.—Lic. Luis
Alberto Arias Naranjo, Notario.—1 vez.—( IN2019363177 ).
Que en la asamblea
extraordinaria de la compañía 3-102-744875 S. R. L., cédula jurídica
número 3-102-744875, de las 10 horas del día 01 de julio del año 2019,
celebrada en su domicilio social, se acordó modificar la cláusula primera,
referente al cambio de nombre de la sociedad. Es todo.—9
de julio del año 2019.—Lic. José Antonio Silva Meneses, número de cédula
1-1082-0529, Notario.—1 vez.—( IN2019363180 ).
Por
escritura número ciento cuarenta y nueve- veintiocho, visible al folio setenta
y nueve vuelto del tomo veintiocho de mi protocolo, otorgada a las dieciséis
horas cuarenta minutos del once de julio del año dos mil diecinueve,
protocolicé el acta número siete de asamblea general extraordinaria de socios
de El Molino V.H. Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-setecientos siete mil trescientos ochenta, en la que se reforma
la cláusula octava del pacto constitutivo. Ciudad Quesada, San Carlos,
Alajuela, once de Julio del dos mil diecinueve. Colegiatura número 4.829. Teléfono:
2460-6563, correo electrónico: jahidalgo@hotmail.com.—Lic.
Jorge Arturo Hidalgo Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2019363182 ).
Que en la asamblea
extraordinaria de la compañía Lurian LLC
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-766739,
de las 11 horas del día 01 de julio del año 2019, celebrada en su domicilio
social, se acordó la disolución de la sociedad. Es todo.—09
de julio del año 2019.—Lic. José Antonio Silva Meneses, número de cédula
1-1082-0529, Notario.—1 vez.—( IN2019363183 ).
Por escritura número doscientos once,
otorgada por mí, a las 09 horas del 22 de junio del 2019, protocolizó acta de
instalación de junta administrativa, renuncia de miembro director y
nombramiento de miembro director de la Fundación Territorio de Zaguates.—San
Rafael de Heredia, 22 de junio del 2019.— Licda. Carmen Martínez Ramírez,
Notaria.—1 vez.—( IN2019363184 ).
Que en el acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía De
Tierras Chumash Sociedad Anónima, cédula jurídica
número 3-101-550931, a las diez horas del día 20 de junio del año 2019, en la
ciudad de Tamarindo se acordó la transformación de la sociedad, para
convertirla en sociedad de responsabilidad limitada. Es todo.—9
de julio del año 2019.—Lic. José Antonio Silva Meneses, número de cédula
1-1082-0529, Notario.—1 vez.—( IN2019363186 ).
Por escritura
número doscientos diez, otorgada por mí a las 08 horas del 22 de junio del
2019, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
anónima Brisas de Paz Bloque uno Lote seis, mediante la cual se acordó
disolver la compañía.—San Rafael de Heredia, 22 de
junio del 2019.—Licda. Carmen Martínez Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2019363188
).
Que en la asamblea
extraordinaria de la compañía CR Bagels Tamarindo
LLC Limitada, cédula jurídica número 3-102-759796, de las 16:00 horas del
día 29 de junio del 2019, celebrada en su domicilio social, se acordó la
disolución de la sociedad. Es todo.—10 de julio del
año 2019.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, número de cédula 1-1071-0752, Notario.—1
vez.—( IN2019363190 ).
Que en la asamblea
extraordinaria de la compañía 3-101-567431 S. A., cédula jurídica número
3-101-567431, de las 11 horas del día 4 de junio del 2019, celebrada en su
domicilio social, se acordó la disolución de la sociedad. Es todo. Gabriel
Chaves Ledezma, número de cédula 1-1071-0752.—10 de julio del año 2019.—Lic.
Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—( IN2019363192
).
Por escritura número
setenta-cuatro otorgada en San José, a las dieciséis horas y cero minutos del
día veintinueve del mes de junio del año dos mil diecinueve, ante la notaria
Alicia Yesenia Chacón Araya, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Industrias Cindo
de Centro América Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero
uno-uno seis siete seis cinco uno; celebrada en su domicilio social San José,
Tibás, del Periféricos cien metros al norte, se acuerda modificar los puestos
de tesorero y fiscal, además se reforma la cláusula cuarta del pacto
constitutivo en el cual e acuerda que el tesorero tendrá representación
judicial y extrajudicial y se reforma parcialmente la cláusula quinta del pacto
constitutivo, en el que se acuerda que el fiscal durará en su cargo durante
todo el plazo social, salvo remoción por parte del órgano que lo nombró y cuyas
atribuciones son las consignadas en el artículo ciento noventa y siete del
Código de Comercio.—San José, diez de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Alicia
Yesenia Chacón Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2019363193 ).
Por medio de
escritura otorgada a las ocho horas del nueve de julio del dos mil diecinueve,
ante el notario público Esteban Chérigo Lobo, por
medio de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas, se reformó las cláusulas quinta y sexta de la
sociedad Tres-Ciento Dos-Setecientos Setenta y Nueve Mil Setecientos
Cincuenta y Cinco Sociedad Responsabilidad Limitada.—Heredia, diez de julio
del dos mil diecinueve.—Lic. Esteban Chérigo Lobo, Notario.—1 vez.—( IN2019363196 ).
Ante mi Yesenia
Arce Gómez, notaria pública de Escazú, mediante
escritura pública protocolicé las actas de asambleas extraordinarias de socios
de las siguientes sociedades: acta número cuatro asamblea de socios de Condimentos
de Tiquicia S. A., se reforma cláusula de administración, y acta número uno
asamblea extraordinaria de socios de Corporación El Olivo del Norte S. A.,
se nombra junta directiva.—Escazú, 15 de julio del año
2019.—Lic. Yesenia Arce Gómez, Notaria.—1 vez.—( IN2019363206 ).
En proceso de
liquidación en vía notarial de la compañía Kalitex
S.A., que se ha tramitado ante esta notaría, la señorita Karen Lierow Dundorf, en su calidad de
liquidadora ha presentado el estado final de los bienes cuyo extracto se
transcribe así: Al socio, Karl Christian Lierow, de
único apellido en razón de su nacionalidad alemana, mayor, divorciado una vez,
ingeniero agrónomo, vecino de Alemania, Kroenchenhagen
treinta, Guestrow, dieciocho mil doscientos setenta y
tres, portador de la cédula de residencia número uno dos siete seis cero cero cero cinco seis siete dos
uno, propietario de todas las acciones comunes y nominativas que representan la
totalidad del capital social, le corresponden ciento siete dólares con setenta
y un centavos de dólares moneda de curso legal de los Estados Unidos de América
de la cuenta corriente en dólares en el Banco Nacional de Costa Rica número uno
cero cero-cero dos-cero cero cero-seis cero cuatro cuatro
dos seis-siete. Así mismo, le corresponden los derechos litigiosos sobre el
crédito legalizado por la suma de ciento catorce mil dólares moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América el cual consta en los certificados de
inversión números siete cero uno cuatro dos dos en el
proceso de quiebra del Banco Federado de las Cooperativas de Ahorro y Préstamo
y Servicios Múltiples R. L. que se tramita en el Juzgado Concursal de San José
bajo el expediente número noventa y nueve-cero cero cero
siete uno uno-cero uno ocho tres-CI. Por último, le corresponden los derechos
sobre la cajita de seguridad en el Banco Nacional de Costa Rica. Se cita y
emplaza a todos los interesados para que dentro del
plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a presentar sus reclamaciones y hacer
valer sus derechos. Notaría del Lic. Juan Carlos Retana Otárola, San Jose,
Escazú, Oficentro Trilogía, numero trescientos veintiséis, Teléfono dos dos dos ocho dos ocho cinco cinco.—Dieciséis de julio dos mil diecinueve.—Lic. Juan
Carlos Retana Otárola, Notario.—1 vez.—( IN2019363212 ).
En proceso de
liquidación en vía notarial de la compañía Bienes y Raíces Ticos S. A.,
que se ha tramitado ante esta notaría, la señorita Karen Lierow
Dundorf, en su calidad de liquidadora ha presentado
el estado final de los bienes cuyo extracto se transcribe así: Al socio, Karl
Christian Lierow, de único apellido en razón de su
nacionalidad alemana, mayor, divorciado una vez, ingeniero agrónomo, vecino de
Alemania, Kroenchenhagen treinta, Guestrow,
dieciocho mil doscientos setenta y tres, portador de la cédula de residencia
número uno dos siete seis cero cero cero cinco seis siete dos uno propietario de todas las
acciones comunes y nominativas que representan la totalidad del capital social,
le corresponde el único bien de la sociedad el inmueble Registro Público de la
Propiedad, Partido de Guanacaste matrícula tres ocho cero tres dos-F-cero cero cero, que es finca filial cinco terreno apto para construir
que se destinara a uso habitacional y que tendrá una altura máxima de dos
pisos, sito en el distrito ocho Cabo Velas del cantón tres Santa Cruz de la
provincia de Guanacaste, con una medida de quinientos veinticinco metros con
veinticuatro decímetros cuadrados, plano catastrado número G-nueve dos ocho
cuatro dos cuatro-dos mil cuatro y los siguientes linderos: norte, calle
pública y finca filial cinco comilla; sur,
finca filial siete y finca filial ocho; este, finca filial cuatro y finca
filial ocho; y oeste, finca filial cinco comilla y finca filial seis, valorado
en seis millones doscientos veintinueve mil novecientos ochenta colones, según
valor fiscal registrado ante el Registro Nacional. Se cita y emplaza a todos
los interesados para que dentro del plazo máximo de
quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaría a presentar sus reclamaciones y hacer valer sus
derechos. Notaría del Lic. Juan Carlos Retana Otárola, San Jose, Escazú,
Oficentro Trilogía, numero trescientos veintiséis, teléfono dos dos dos ocho dos ocho cinco cinco.—Quince de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Juan
Carlos Retana Otárola, Notario.—1 vez.—( IN2019363213 ).
Ante esta notaría
por escritura número ciento cuarenta y nueve, de las trece horas del quince de
julio del dos mil diecinueve, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la compañía Inversiones Jamil Sociedad
Anónima, donde se modifica el domicilio y la junta directiva, visible al
folio ciento sesenta y uno frente al folio ciento sesenta y dos frente del tomo
veinte.—San José, quince de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Natan Wager Vainer,
Notario.—1 vez.—( IN2019363216 ).
Ante esta notaría,
por escritura número: ciento cuarenta de las trece horas del tres de julio del
dos mil diecinueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la compañía, J G D Holdings Sociedad Anónima, donde se
modifica la junta directiva, visible al folio ciento cincuenta frente al folio
ciento cincuenta vuelto del tomo veinte.—San José quince horas con treinta y
cinco minutos del tres de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Natan Wager Vainer,
Notario.—1 vez.—( IN2019363219 ).
Por escritura
otorgada ante mí, Luis Javier Blandino Herrera, notario con oficina en
Alajuela, el día de hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de Bodega San Martin Sociedad Anónima. Domiciliada en
Alajuela, en la cual se reforman las cláusulas segunda del domicilio, quinta
del capital social y sétima de la representación Escritura otorgada.—Alajuela,
a las dieciséis horas del diez de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Luis
Javier Blandino Herrera, Notario.—1 vez.—( IN2019363222 ).
Por escritura
otorgada ante mí a las diez horas, del día quince de julio de dos mil
diecinueve, se protocolizó acta de asamblea de cuotistas
de la sociedad Free To Decide, Limitada, con
cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos noventa y cinco
mil cuatrocientos ochenta y ocho, en la cual, por unanimidad de votos, se
acordó reformar la cláusula referente al domicilio social de los estatutos de
la sociedad. Es todo.—San José, quince de julio de dos
mil diecinueve.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum,
Notario Público.—1 vez.—( IN2019363223 ).
Por escritura
otorgada ante mí, a las nueve horas treinta minutos, del día quince de julio de
dos mil diecinueve, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de Malajugijumada,
S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos
ocho mil doscientos catorce, en la cual, por unanimidad de votos, se acordó
reformar la cláusula referente al domicilio social de los estatutos de la
sociedad. Es todo.—San José, quince de julio de dos
mil diecinueve.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum,
Notario.—1 vez.—( IN2019363224 ).
Por escritura
otorgada ante mí a las doce horas, del día doce de julio de dos mil diecinueve,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas
de Inmobiliaria Ulloa Cordero Limitada, con cédula jurídica número
tres-ciento dos-quinientos once mil trescientos once, y acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria Ulloa-Echandi S.A.,
con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y seis mil
trescientos veinticuatro, en las cuales por unanimidad de votos, se aprueba la
fusión por absorción, prevaleciendo la sociedad Inmobiliaria Ulloa-Echandi
S.A. Asimismo, se acuerda modificar la cláusula del capital social de la
sociedad Inmobiliaria Ulloa-Echandi S.A. Es todo.—San
José, doce de julio de dos mil diecinueve.—Lic. Eric Scharf
Taitelbaum, Notario.—1 vez.—( IN2019363225 ).
Por escritura
otorgada, a las siete horas del día dieciséis de julio del dos mil diecinueve,
se protocoliza el acta número seis de asamblea extraordinaria de socios de la
sociedad Prestige Motors Int Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos treinta y nueve mil sesenta y cuatro.—Lic. Lency Jhannory Salas Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2019363241 ).
Por
escritura número ochenta y seis otorgada ante mi notaría el pasado 23 de junio
se reforma la cláusula cuarta del pacto social constitutivo de la compañía Inmobiliaria
Los Herales S. A. Del objeto.—Lic.
Jorge Luis Fonseca Fonseca, Notario.—1 vez.—
( IN2019363242 ).
Por escritura
autorizada en esta notaría, a las 09:00 horas del 09 de julio del 2019, se
protocolizó asamblea de socios de Ayroma
Consultores S.A., por la cual se modificó la razón social a Darwin National Parks Enterprise Sociedad Anónima, la
representación y facultades, y se nombra nuevo presidente, secretario, tesorero
y fiscal por el resto del plazo social.—San José, 09
de julio del 2019.—Lic. Paúl Murillo Miranda, Notario.—1 vez.—( IN2019363243 ).
Por escritura
autorizada ante esta notaría a las 12:00 horas del 16 de julio de 2019 se
modifica el pacto constitutivo de Ambrielmi
de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. Jorge Antonio Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.—( IN2019363244 ).
Que en escritura autorizada por el
suscrito notario, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
socios de Inversiones de Vistas de Sarchí Número Dos Sociedad Anónima,
mediante la cual se hacen reformas al pacto y nuevos nombramientos. Tels.:
2454-2333 y 8812-5054.—Sarchí, 15 de julio del 2019.—Lic. Josué Campos
Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2019363245 ).
Por escritura
autorizada en esta notaría, a las 09:45 horas del 09 de julio del 2019, se
protocolizó asamblea de socios de Vite Cuatro Dos Cero VHS S.A., por la
cual se modificó la representación, miembros, facultades, se eliminó el cargo
de vicepresidente y agente residente, y se nombra nuevo presidente, secretario,
tesorero y fiscal por el resto del plazo social.—San José, 09 de julio del
2019.—Lic. Paúl Murillo Miranda, Notario.—1 vez.—( IN2019363247 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del hoy, se constituyó la sociedad
denominada Laboratorio ELM Costa Rica S. A.—San José, 27 de junio del
2019.—Lic. Alonso Vargas Araya, Notario.—1 vez.—(
IN2019363249 ).
Por escritura
número doscientos diecisiete, otorgada ante el notario público Dan Hidalgo Hidalgo, a las nueve horas diez minutos del diecisiete de
mayo del año dos mil diecinueve, se acuerda liquidar y disolver la sociedad Instituto
Ivi Infertilidad Costa Rica S. A.—San José, 12 de
junio del 2019.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2019363251 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día doce de julio
del dos mil diecinueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria
de socios de Agrícola Morasa del Norte Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y seis
mil doscientos cincuenta y tres, en que se modifica cláusula novena, junta
directiva y representación.—Pital, San Carlos, a las diez horas del doce de
julio del dos mil diecinueve.—Licda. Yesenia Quesada Rojas. Notaria
Pública.—1 vez.—( IN2019363253 ).
Por escritura
otorgada el día 28 de junio del 2019, ante el notario público Eduardo Enrique
Arroyo Boirivant, se protocoliza asamblea de la
sociedad 3-101-761181 S.A., donde se reforma la cláusula segunda del
pacto constitutivo del domicilio social.—San José, 12
de julio del 2019.—Lic. Eduardo Enrique Arroyo Boirivant,
Notario.—1 vez.—( IN2019363255 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 10 de julio de 2019, se
acordó transformar la sociedad Noe Niñeros de Mascotas S. R. L. en una
sociedad anónima.—San José, 12 de julio de 2019.—Lic.
Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—(
IN2019363258 ).
El suscrito
notario público, Gonzalo José Rojas Benavides, mayor de edad, casado, portador
de la cédula de identidad número uno-mil ciento veintisiete-cero novecientos
noventa y dos, con oficina abierta en la provincia de San José, Escazú,
Guachipelín, Edificio Latitud Norte, tercer piso, oficinas de Quatro Legal, hago constar que por solicitud de los
accionistas de la compañía Surfside Emerald Woods S. A., cédula de persona jurídica
tres-ciento uno-cuatrocientos nueve mil novecientos noventa y siete, al haber
operado la disolución de la sociedad en aplicación de la Ley nueve mil
veinticuatro, se tramita proceso de liquidación notarial, mediante número de
expediente número cero cero dos-dos mil diecinueve. A
continuación se incluye un extracto del “Informe Final
de la Liquidación”: “A) Estado final de la liquidación. De conformidad con el
artículo 214 del Código de Comercio, se presenta el estado final de la
liquidación para los accionistas: I. Sobre los pasivos. Del estudio realizado al día de hoy, la compañía Surfside
Emerald Woods S. A. no tiene pasivos u
obligaciones pendientes de pago. II. Sobre los activos. Del estudio realizado al día de hoy, la compañía Surfside
Emerald Woods S. A. no tiene bienes muebles
inscribibles y no inscribibles. Sin embargo, tiene inscrita a su nombre la
finca del Partido de Guanacaste número de Folio Real ciento cuarenta y cinco
mil quinientos cincuenta y seis-cero cero cero.
Aparte de este inmueble, no existe otros bienes registrados y no registrados.
III. Distribución del haber social. De conformidad con los registros que al
efecto lleva la compañía, el cien por ciento del haber social le corresponde a
la compañía MP Ventures Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos veintitrés
mil ochocientos. IV. Sobre la papelería y documentos de la sociedad. En este
acto, de conformidad con el numeral 216 inciso c), se entrega a la única
accionista toda la papelería y documentos de la sociedad de esta plaza.”.—San José, veintidós de junio del dos mil diecinueve. Es todo.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(
IN2019363268 ).
Mediante
escritura número ciento treinta- uno otorgada, ante los notarios públicos
Monserrat Alvarado Keith y Dan Alberto Hidalgo Hidalgo,
actuando en conotariado del protocolo del primero, a
las dieciséis horas del día tres de julio del año dos mil diecinueve, se acordó
reformar las cláusulas referentes al domicilio y a la administración de los
estatutos sociales de la sociedad STAINDROP, S. A., con cédula de
persona jurídica número 3-101-738122.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2019363290 ).
Mediante escritura
número ciento veintisiete-tres, otorgada ante los notarios públicos Nadia
Chaves Zúñiga y Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, actuando
en conotariado en el protocolo de la primera, a las
nueve horas diez minutos del día doce de julio del año dos mil diecinueve, se
acordó reformar la cláusula octava de los estatutos sociales de la sociedad Makma Corporation Inc Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-seiscientos treinta y dos mil ochocientos cuarenta y
siete.—Licda. Nadia Chaves Zúñiga, Notaria.—1 vez.—( IN2019363299 ).
Por
escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día doce de
junio del año dos mil diecinueve, se constituyó la Fundación Golees, y
sus directores para integrar la junta administrativa de la fundación son los
señores Manfred Goyenaga Rodríguez y Helvetia Solís Quesada.—San
José, 29 mayo del 2019.—Licda. Pía Picado González, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363307 ).
Mediante escritura
número sesenta y siete, otorgado ante los notarios públicos José Miguel Alfaro
Gómez y Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, a las nueve
horas quince minutos del diez de julio del año dos mil diecinueve, se acordó
reformar la siguiente cláusula del domicilio, referente a los estatutos
sociales de la sociedad Electromechanical Engineering Consulting Group Limitada.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo,
Notario.—1 vez.—( IN2019363317 ).
Mediante escritura
número ciento veintitrés-tres otorgada ante los notarios públicos Nadia Chaves
Zúñiga y Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, actuando en conotariado en el protocolo de la primera, a las nueve
horas del día diez de julio del año dos mil diecinueve, se disuelve y liquida
la compañía denominada Cara Vaca del Oeste Limitada, con cédula de
persona jurídica 3-102-749304.—San José, diez de julio del año dos mil
diecinueve.—Licda. Nadia Chaves Zúñiga, Notaria.—1 vez.—( IN2019363318 ).
Por escritura
70, otorgada a las 9:00 horas del 15 de julio de 2019, se protocoliza asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Arconte Padmur S. A.,
se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo.—Lic. Eduardo Roldán Granados, Notario.—1
vez.—( IN2019363319 ).
Se protocoliza
acta de Inversiones la Carreta de Alajuela S. A. Se reforma cláusula
4.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—(
IN2019363320 ).
Por escritura
otorgada ante mí, a las trece horas con treinta minutos del 12 de julio del
2019, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad QDR Filial Sesenta y Seis Tulipán S. A., en la cual se
modifica el pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva, fiscal y
agente residente.—San José, 12 de julio del
2019.—Licda. Mónica Froimzon Goldenberg , Notaria.—1
vez.—( IN2019363321 ).
Por escritura de
las nueve horas, del día quince de julio del año dos mil diecinueve, se procede
a disolver la empresa Hidro Consultores H G T Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica número tres -ciento uno- seiscientos dieciocho mil
trescientos noventa y uno, carne 19704.—San José, dieciséis de julio del año
dos mil diecinueve.—Lic. Stefan Ali Chaves Boulanger, Notario.—1 vez.—( IN2019363323 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las diez quince horas con cuarenta y
cinco minutos del diecinueve de abril de dos mil diecinueve, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Destino
Caribe y Más Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos veintidós mil seiscientos setenta y ocho, por la cual no
existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—Nicoya,
Guanacaste, a las quince horas con veinte minutos del doce de julio de dos mil
diecinueve.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Notario.—1 vez.—( IN2019363330 ).
Por
escritura número 169-8, otorgada ante mí a las 19:00 horas del 11 de julio de
2019, se constituyó una sociedad mercantil de sociedad de responsabilidad
limitada, de un plazo de noventa y nueve años.—Licda.
Flory Gabriela Arrieta Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2019363333 ).
Por
escritura número 168-8, otorgada ante mí a las 18:00 horas del 11 de julio de
2019, se constituyó una sociedad mercantil de sociedad de responsabilidad
limitada, de un plazo de noventa y nueve años.—Licda.
Flory Gabriela Arrieta Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2019363334 ).
Ante esta notaría
y mediante escritura número cero cero seis-veintiuno
visible en su inicio a folio cero cero tres vuelto
del tomo veintiuno del protocolo de esta notaría, se protocoliza el acta número
seis de la entidad denominada Corporación Flamingo
Limitada, mediante la cual se modifica la junta directiva sociedad.—Alajuela, nueve de julio del dos mil
diecinueve.—Lic. Luis Alonso Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.—( IN2019363336
).
Ante esta notaría
y mediante escritura número cero cero seis-veintiuno
visible en su inicio a folio cero cero tres vuelto
del tomo veintiuno del protocolo de esta notaría, se protocoliza el acta número
seis de la entidad denominada Corporación Flamingo
Limitada, mediante la cual se modifica la junta directiva sociedad.—Alajuela, nueve de julio del dos mil
diecinueve.—Lic. Luis Alonso Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.—( IN2019363337
).
La
suscrita notaria hace constar que ante mí, se protocolizó el acta número dos de
asamblea general extraordinaria de cuotistas de la
compañía POSH.TI.VO S. R. L., con cédula de persona jurídica número
tres-uno cero dos-seis seis tres siete seis cinco, en la cual se modificó la
cláusula segunda: del domicilio, la cláusula decimosegunda: agente
residente.—San José, doce de julio de dos mil diecinueve.—Lic. Karina Aguilar
Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2019363338 ).
Por escritura
otorgada ante mí, a las 15:00 horas del día 12 de julio de 2019, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad El
Sauce del Río S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
sesenta y tres mil seiscientos treinta y nueve mediante la cual se acordó
disolver la compañía.—Tamarindo, Santa Cruz,
Guanacaste, 12 de julio de 2019.—Licda. María Andrea Jara Pérez, Notaria.—1
vez.—( IN2019363339 ).
Por
escritura otorgada ante mí, el 12 de julio del 2019, se constituyó sociedad que
tendrá por nombre H B Capital Group Sociedad
Anónima; representación judicial y extrajudicial le corresponde al
presidente y secretario de la junta directiva con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma; su domicilio será Grecia centro, de los
bomberos, cien metros oeste y cincuenta metros al sur.—Grecia, quince de julio
del dos mil diecinueve.—Lic. José Aníbal Cascante Soto, Notario.—1 vez.—(
IN2019363342 ).
Mediante escritura
número ciento veinticuatro-tres otorgada ante los notarios públicos Nadia
Chaves Zúñiga y Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, actuando
en conotariado en el protocolo de la primera, a las
dieciséis horas del día diez de julio del año dos mil diecinueve, se disuelve y
liquida la compañía denominada Cara Blanca del Monte S. A., con cédula
de persona jurídica 3-101-285684.—San José, diez de julio del año dos mil
diecinueve.—Lic. Nadia Chaves Zúñiga, Notaria.—1 vez.—( IN2019363343 ).
Mediante
escritura número ciento veintiséis-tres otorgada ante los notarios públicos
Nadia Chaves Zúñiga y Dan Alberto Hidalgo Hidalgo,
actuando en conotariado en el protocolo de la
primera, a las nueve horas cinco minutos del día doce de julio del año dos mil
diecinueve, se disuelve y liquida la compañía denominada AIP Socios Inversionistas
Aliados Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica 3-101-238369.—San
José, diez de julio del año dos mil diecinueve.—Lic. Nadia Chaves Zúñiga,
Notaria.—1 vez.—( IN2019363344 ).
En escritura
otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del doce de julio del dos mil
diecinueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía Tres-Ciento Dos-Seiscientos
Noventa y Nueve Mil Limitada, cédula jurídica número tres-ciento
dos-seiscientos noventa y nueve mil, mediante la cual se acordó la disolución
de la sociedad.—San José, doce de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Norman de
Pass Ibarra, Notario Público.—1 vez.—( IN2019363346 ).
Yo, Esteban
Gerardo Mora Bermúdez, notario público de la ciudad de Puriscal, procedí a
protocolizar en lo conducente acta número uno de la asamblea general
extraordinaria de la asamblea general extraordinaria de la Asociación Putis
Bikers, cédula jurídica tres-cero cero dos-siete
seis uno cuatro cinco ocho, debidamente convocada y celebrada el trece del mes
de julio del año dos mil diecinueve a las diecisiete horas y treinta minutos,
en la dirección setenta y cinco metros oeste de la biblioteca pública. San
José, Puriscal, Santiago, en primera convocatoria y se tomaron los siguientes
acuerdos: Cláusula Primera: La asociación se denominará de ahora en adelante
como: Asociación de Ciclismo Puriscal, por su naturaleza será de
duración indefinida. Es todo.—San José, quince de
julio del dos mil diecinueve.—Lic. Esteban Gerardo Mora Bermúdez, Notario.—1
vez.—( IN2019363351 ).
Yo, Melandi Azofeifa Ocampo, Notaria Pública de la ciudad de
Puriscal, veinticinco metros norte del juzgado penal, procedí a protocolizar en
lo conducente acta número quince de la asamblea general extraordinaria de la
sociedad de esta plaza Azomo Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno- cinco cero ocho seis
tres; celebrada en su domicilio social, San José, Puriscal Santiago,
cuatrocientos metros norte del parque, a las quince horas y treinta minutos,
del día diez del mes de octubre del año dos mil dieciocho, con la asistencia de
la totalidad del capital social, por lo cual se prescinde del trámite de
convocatoria previa y se toman los siguientes acuerdos: Primero:.. Segundo: Se
modifica el domicilio social de la empresa a: San José, Puriscal, Santiago, de
la biblioteca pública, cien metros al oeste. Tercero: Se amplía el plazo social
de la sociedad anónima, a noventa y nueve años contados a partir de la firma
del presente acuerdo. Cuarto: se modifica el estatuto octavo de la sociedad y
en su lugar se dispondrá que los miembros de la junta directiva duraran en su
puesto todo el plazo social de la empresa. Quinto: … Sexto: se modifica la
cláusula de representación de la sociedad la cual queda de la siguiente manera:
El presidente contará con las facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma y con la representación judicial y extrajudicial con la capacidad de
actuar separadamente, el vicepresidente contará con las facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma y con la representación judicial y
extrajudicial, debiendo actuar conjuntamente con el presidente, de acuerdo al
artículo mil doscientos cincuenta y cuatro, a la hora de enajenar de cualquier
manera un bien de la sociedad. Es Todo.—Puriscal, diez
de octubre dos mil dieciocho.—Licda. Melandi Azofeifa
Ocampo, Notaria.—1 vez.—( IN2019363353 ).
Mediante
asamblea general extraordinaria de socios, de las 9:45 del 13 de julio del
2019, de la sociedad Nimet Corp S. A., cédula 3-101-701049, se nombre como nuevo
presidente a David Aguilar Aguilar, cédula
1-1486.0863 y con representante judicial y extrajudicial exclusivamente
quitándole dicha representación al tesorero así como de apoderado generalísimo
sin límite de suma.— Lic. Juan Pablo Gómez Echeverria,
Notario.—1 vez.—( IN2019363354 ).
Ante
mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que: el
día diez de julio del dos mil diecinueve, a las once horas treinta minutos, se
protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Heger
y Wegner Sociedad Anónima, cédula jurídica número: Tres-ciento uno-cuatro siete cuatro cuatro cero tres, en la cual se disuelve la
sociedad.—Atenas, once de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Pablo Arias
González, Notario.—1 vez.—( IN2019363355 ).
Ante
mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el
día diez de julio del dos mil diecinueve, a las doce horas se protocolizó
asamblea general extraordinaria de la sociedad Anónima Wegner
y Heger Bienes Sociedad, cédula jurídica número:
tres-ciento uno-seis cuatro uno seis cero tres, en la cual se disuelve la
sociedad.—Atenas, once de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Pablo Arias
González, Notario.—1 vez.—( IN2019363356 ).
Por escritura
otorgada, a las trece horas del once de julio de dos mil diecinueve, se
protocoliza acta de la sociedad Autobuses Trali
Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo.—Ciudad Quesada, 14 de julio 2019.—Licda.
Julieta Vargas Quezada, Notaria.—1 vez.—( IN2019363358).
Leonardo Rojas
Rodríguez notario público de Atenas, indico que en escritura 344 iniciada a
folio 171 vuelto, tomo 08 de mí protocolo, otorgada en mi notaría, a las 17
horas del 15/07/2019, se constituyó la compañía Ongi
Etorri I.A. S.A.—Lic. Leonardo Rojas Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2019363359).
Por
escritura otorgada ante mí, el día de hoy a las doce horas, se protocolizó acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de DILAP Distribuidora
Latinoamericana de Películas Sociedad Anónima en que se aumenta capital
social, se modifican cláusulas quinta del capital, octava de la representación
y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José,
dieciséis de julio del año dos mil diecinueve.—Lic. Juan Carlos Céspedes Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2019363360 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría protocolicé acta de Distribuidora Mavale Sociedad Anónima, en la cual acuerda modificar
el domicilio, se aumenta el capital social, la junta de administración y se
hacen nuevos nombramientos.—Lic. Marcia Matarrita
Varela, Notaria.—1 vez.—( IN2019363362 ).
Al
ser diecisiete horas del quince de julio del dos mil diecinueve se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Alphamiesen LLC Limitada. Se reforma la
cláusula de la representación.—Lic. Allan Garro
Navarro, Notario.—1 vez.—( IN2019363364 ).
Al ser diecisiete
horas treinta minutos del quince de julio del dos mil diecinueve se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones
Melnik Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula
del capital social.—Lic. Allan Garro Navarro,
Notario.—1 vez.—( IN2019363365 ).
Mediante escritura
156 del tomo 6 de la suscrita notaria de las 9:00 horas del 30/06/2019 se
protocolizó acuerdo de socios en que se disuelve la sociedad S&F Sueños
Arizona Inversiones S. A., cédula jurídica 3101-620506 sin activos, ni
pasivos que repartir. Presidenta: Carolina Selva Fariñas.—Licda.
Patricia Guerrero Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2019363382 ).
Por escritura
número 115, tomo 12 de la suscrita notaria otorgada a 15:00 del 29/06/2019, que
es protocolización de acta para aumento de capital social de Ralls S.A. y se reforma cláusula del capital
social. Presidente: Rafael Guerrero, a protocolizar.—Licda.
Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363383 ).
Mediante escritura
autorizada por mí, a las dieciocho horas del quince de julio de dos mil
diecinueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad Lucky Stars Designs
Limitada, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la
disolución de la sociedad.—San José, quince de julio
de dos mil diecinueve.—Lic. Gabriela Barrantes Alpízar, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363385 ).
Por escritura
número 114 tomo 12 de la suscrita notaria otorgada a 14:00 del 29/06/2019, en
protocolización de acuerdos tomados en asambleas generales extraordinarias de
las sociedades Tamig S. A. y Centro
Comercial Mi Bella Orotina S. A., se acordó fusionar las dos sociedades
supra dichas prevaleciendo la primera, reformando la cláusula del capital de la
sociedad prevaleciente, y además se realiza un aumento de capital social en la
sociedad prevaleciente. Se comisiona al presidente Rafael Guerrero a protocolizar.—Lic. Yalile
Villalobos Zamora, Notaria.—1 vez.—( IN2019363386 ).
Mediante
escritura autorizada por mí, a las diez del dieciséis de julio de dos mil
diecinueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad Desarrollos Jusebe S. A. mediante
la cual se modifica la cláusula sexta de la administración de su pacto constitutivó.—San
José, dieciséis de julio de dos mil diecinueve.—Lic. Gabriela Barrantes
Alpízar, Notaria.—1 vez.—( IN2019363387 ).
Mediante escritura
autorizada por mí, a las nueve del dieciséis de julio de dos mil diecinueve, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Taven de Costa Rica S. A., mediante la cual
se modifica la cláusula sétima de la administración de su pacto constitutivo.—San José, dieciséis de julio de dos mil
diecinueve.—Lic. Gabriela Barrantes Alpízar, Notaria.—1 vez.—( IN2019363388 ).
Carolina
Vargas Ávalos, cédula 1-1453-0982, Omkar Ram León Valencia, número de pasaporte ecuatoriano
1722376819, Juan José Muñoz Knudsen, cédula número 1-1431-0788, constituyen
mediante escritura pública número 54, otorgada ante la notaria
pública Flora Virginia Alvarado Desanti, a las 14:50
minutos del 08 de julio de 2019 la empresa denominada Centro América Feliz Feliz Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio:
San-José, San José, El Carmen, Barrio Escalante, veinticinco metros al sureste
del Farolito, Condominio Bohemia, apartamento siete. Capital social 100,000
colones representado por cien acciones de mil colones, capital suscrito y pagado.—Es todo. Alajuela, 08 de julio de 2019.— Licda.
Flora Virginia Alvarado Desanti, Notaria.—1
vez.—( IN2019363389 ).
Mediante escritura
autorizada por mí, a las dieciocho horas treinta minutos del quince de julio de
dos mil diecinueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
socios de la sociedad Country Angels Limitada,
por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, quince de julio de dos mil
diecinueve.—Licda. Gabriela Barrantes Alpízar, Notaria.—1 vez.—( IN2019363390
).
Ante
esta notaría, en San José, al ser las 13:00 horas del 12 de julio del 2019,
mediante escritura número 129 del tomo 29 del protocolo del suscrito notario,
se protocolizó el acta de Asamblea extraordinaria de socios de la empresa 3-101-741081
S. A., donde se acordó la modificación de su domicilio y junta directiva.
Es todo.—15 de julio de 2019.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—( IN2019363391 ).
Felipe Gerardo
Víquez Brenes, cédula 2-0695-0093, Omkar Ram León Valencia, número de pasaporte ecuatoriano
1722376819, constituyen mediante escritura pública número 53, otorgada ante la notaria pública Flora Virginia Alvarado Desanti,
a las 14:30 minutos del 8 de julio de 2019 la empresa denominada Astro Bar
Escalante Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio: San José, San
José, El Carmen, Barrio Escalante, veinticinco metros al sureste del Farolito,
Condominio Bohemia, apartamento siete. Capital social: 100,000 colones
representado por cien acciones de mil colones, capital suscrito y pagado. Es todo.—Alajuela, 8 de julio de 2019.—Lic. Flora Virginia
Alvarado Desanti, Notaria.—1 vez.—( IN2019363392 ).
Ante
esta notaría, en San José, al ser las 9:00 horas del 9 de julio del 2019,
mediante escritura número 33 del tomo 5 del protocolo del suscrito notario, se
protocolizó el acta de Asamblea extraordinaria de socios de la empresa 3-101-715076
S.A., donde se acordó la modificación de su domicilio y junta directiva. Es
todo.—15 de julio de 2019.—Licda. Priscilla Ureña
Duarte, Notaria.—1 vez.—( IN2019363393 ).
Por
medio de la escritura número ciento once-uno del protocolo de la notaria pública Ana Beatriz Guillén Vindas, la sociedad J
S & At Home Depot S. A., cédula jurídica
número tres-ciento uno-doscientos setenta mil quinientos cuarenta y uno,
mediante acuerdo de socios se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo
con relación a la representación. Es todo.—Cartago,
quince de julio de dos mil diecinueve.—Lic. Ana Beatriz Guillén Vindas,
Notaria.—1 vez.—( IN2019363394 ).
Por medio de la
escritura número ciento doce-uno del protocolo de la notaria
pública Ana Beatriz Guillén Vindas, la sociedad Corporación Sosa S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y nueve mil
cuatrocientos cuarenta y cuatro, mediante acuerdo de socios se reforma la
cláusula de la administración del pacto constitutivo. Es todo.—Cartago,
quince de julio de dos mil diecinueve.—Lic. Ana Beatriz Guillén Vindas,
Notaria.—1 vez.—( IN2019363398 ).
Ante
esta notaría se protocoliza la asamblea general ordinaria y extraordinaria
número veinte de la sociedad denominada Vinícola Costarricense Vicosa Sociedad Anónima, con cédula jurídica
número tres-ciento uno-doscientos once mil setecientos noventa y seis, en la
cual se modifican las siguiente cláusulas del pacto constitutivo que de ahora
en adelante se leerán de la siguiente forma: cláusula quinta: Del capital
social: El capital social es la suma de un millón de colones representada por
quinientas acciones comunes y nominativas de dos mil colones cada una, total e
íntegramente suscritas y pagadas por los comparecientes. Las acciones o los
certificados representativos de las mismas serán firmados por el presidente y
el secretario de la junta directiva. Ningún socio podrá traspasar sus acciones
a terceras personas sin antes dar a los restantes socios en su debida
proporción una opción de venta por un plazo no menor de treinta días naturales,
lo cual deberá hacerse a través de la junta directiva. Cláusula sexta: De la
administración: los negocios sociales serán administrados por una junta
directiva o consejo de administración compuesta de cuatro miembros socios o no,
que serán: presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, quienes durarán
en sus cargos por todo el plazo social. Corresponderá al presidente y al
vicepresidente de la junta directiva la representación judicial y extrajudicial
de la compañía cada uno con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma, quienes podrán actuar conjuntamente o separadamente, podrán celebrar toda
clase de contratos, podrán otorgar poderes, y sustituir su mandato en todo o en
parte sin perder por ello su ejercicio, revocar sustituciones y hacer otras de
nuevo, lo anterior de acuerdo con los artículos mis doscientos cincuenta y
tres, mil doscientos cincuenta y cinco y mil doscientos cincuenta y seis del
Código Civil. Corresponderá al presidente convocar a Asambleas Generales y en
ausencia de este por el vicepresidente de la junta directiva, mediante correo
electrónico autorizado por los socios; para tal fin, los socios tendrán la
obligación de mantener actualizados dichos correos. Dichos correos electrónicos
se enviarán con al menos ocho días naturales de anticipación, en los que no se
contará el día del envío del correo electrónico ni el día de la celebración de
la asamblea, o bien, mediante carta certificada, o bien mediante publicación en
un diario de circulación nacional, el mismo se publicará con al menos ocho días
naturales de anticipación en los que no contarán el día de la publicación ni el
día de la celebración de la Asamblea. La junta directiva se reunirá
ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando la convoque el
presidente. En la elección de los miembros de la junta directiva no habrá voto acumulativo.—Lic. Víctor Manuel Herrera Jara, cédula dos
cero trescientos cincuenta cero trescientos cuarenta y nueve, carné de abogado
veintidós mil doscientos veintinueve, Notario.—1 vez.—( IN2019363400 ).
Por
escritura 58 del tomo 26 de mi protocolo, se disuelve Autos Chaque B y B
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos
cuarenta y un mil quinientos setenta y dos, otorgada al ser las 13:00 horas del
15 de julio del dos mil diecinueve.—Licda. Silvia
Elena Suárez Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2019363403 ).
Por escritura
otorgada en San José, el día 7 de julio del año dos mil 2019, la sociedad razón
social igual a su número de cédula jurídico: 3101771036, nombra nuevo
secretario de junta directiva. Es todo.—San José, 16
de julio del año 2019.—Lic Marvin Martínez Alvarado,
código 16705, Notario.—1 vez.—( IN2019363404 ).
Ante
esta notaría, al ser las nueve horas del dieciséis de julio del dos mil
diecinueve, se ha protocolizado el acta de asamblea general extraordinaria de
la sociedad Tres-Ciento Uno-Setecientos Setenta y Cinco Mil Treinta y Seis
Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, dieciséis de julio del dos mil
diecinueve.—Firma ilegible.—1 vez.—( IN2019363408 ).
En
mi notaría he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad Inmmobiliaria EFCC Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y
ocho mil quinientos ochenta y tres, todos los socios tomaron el acuerdo
principal de disolver la sociedad y han prescindido del nombramiento de
liquidador, conforme se establece el acta constitutiva ya que no existen activos
ni pasivos que liquidar.—Cartago, al ser las dieciocho horas del doce de julio
del dos mil diecinueve.—Lic. Julia Alvarado Gómez, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363411 ).
En
mi notaría he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad Desarrolos de Motores Del Castillo
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
catorce mil novecientos diecisiete, todos los socios tomaron el acuerdo
principal de disolver la sociedad y han prescindido del nombramiento de liquidador,
conforme se establece el acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos
que liquidar.—Cartago, al ser las dieciocho horas del quince de julio del dos
mil diecinueve.—Lic. Julia Alvarado Gómez, Notaria.—1 vez.—( IN2019363412 ).
Mediante escritura
número ciento cuarenta y seis, del día doce de julio del año dos mil
diecinueve, se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la
sociedad Esmera Proyectos Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-setecientos treinta-doscientos noventa y tres.—Lic. Julia Alvarado Gómez, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363413 ).
Por
escritura otorgada a las 15:00 horas del día de 15 de julio del 2019, se
protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad denominada Domus Mea Sociedad Anónima, mediante la cual
se acuerda declarar disuelta la sociedad.—Puntarenas,
Garabito, 15 de julio del 2019.—Lic. Sylvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363414 ).
Se protocoliza
acta de Murano Rojo S. A., se acuerda reformar domicilio, cambiar junta
directiva y fiscal. Presidente: Gustavo Gómez Cueva. Escritura otorgada en la
ciudad de San José a las quince horas del diez de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Zaida María Rojas Cortés, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363416 ).
En mi notaría, a
las 15:00 horas del día 29 de junio del 2019, se constituyó la empresa Seguridad
J.E.L.A Sociedad Anónima, domiciliada en provincia San José, cantón
Goicoechea, distrito Ipís, Mozotal,
seiscientos metros al este de plaza de deportes, en Centro Comercial Plaza Mozotal, primera planta, local número cinco. Capital
social: 100.000 colones, Plazo social: 100 años.—San
José, 15-07-2019.—Licda. Elizabeth Angulo Gatjens,
Notaria.—1 vez.—( IN2019363420 ).
Mediante
escritura número ciento veintiocho-uno otorgada ante los notarios públicos
Monserrat Alvarado Keith y Alejandro Antillón Appel,
a las dieciséis horas del veintiocho de junio del dos mil diecinueve, se acordó
reformar la cláusula referente al domicilio de los estatutos sociales de la
sociedad Masala Real Estate Investments S. R. L., con cédula de persona jurídica
número 3-102-684989.—Lic. Monserrat Alvarado Keith, Notaria.—1
vez.—( IN2019363422 ).
Mediante escritura
pública número ciento treinta y dos del protocolo número treinta y dos de la
notaria Hellen Alfaro Alfaro, otorgada a las nueve
horas del día siete de junio dos mil dieciocho, se nombró como fiscal de la
sociedad denominada Artesanos Unidos de Sarchí Sociedad Anónima, al
señor Mario Zamora Castro.—Sarchí Norte, quince de
julio del dos mil diecinueve.—Lic. Hellen Alfaro Alfaro,
Notaria.—1 vez.—( IN2019363424 ).
Por escritura
otorgada número ciento tres-cuarenta y dos ante la suscrita notaria a las
quince horas treinta minutos del ocho de julio del dos mil diecinueve se
reformó estatuto para aumento de capital de la sociedad Don Eddy Sociedad Anónima.—San
Isidro de Pérez Zeledón, ocho de julio del dos mil diecinueve.—M.Sc. Ileana Hidalgo Somarribas, Notaria.—1 vez.—( IN2019363437 ).
Por escritura
número 24 otorgada en mi notaría, a las 13:00 horas del 16 de julio de 2019, se
reforma el plazo del nombramiento de los directores y el fiscal,
correspondiente a la empresa Prenac
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-194953. Carné 16776.—San
José, 16 de julio de 2019.—Lic. José Fernando Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2019363439 ).
En mi notaría, a
las nueve horas del diecisiete de julio del año dos mil diecinueve, se
protocolizó acta número siete de asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad Round Trip
Costa Rica Sociedad Anónima S. A. Se modificó cláusula quinta, respecto al
monto del capital social. Se solicita la publicación de este edicto para lo que
en derecho corresponda.— San José, diecisiete de julio
del dos mil diecinueve.—Licda. Susan Pamela Astúa Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363440 ).
La
suscrita notaria, hace constar que en mi notaría, mediante escritura número
ocho, en donde se reforman el pacto constitutivo de la sociedad, La
Margarita L y M Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-370996, en donde se
cambia de domicilio, se aumenta el capital, y se reorganiza parcialmente la
junta directiva y fiscal.—Licda. Gina Cristina Vincenzi Zúñiga, Abogada,1 vez.—( IN2019363454 ).
La suscrita
notaria, hace constar que en mi notaría, mediante escritura número diecisiete,
en donde se reforman el pacto constitutivo de la sociedad Kbto
y El Mar, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101- 716157, en donde se
cambia de domicilio, se aumenta el capital, y se reorganiza la junta directiva
y fiscal.— Licda. Gina Cristina Vincenzi
Zúñiga, Abogada, Notaria.—1 vez.—( IN2019363558 )
La suscrita
notaria hace constar que en mi notaría, mediante escritura número treinta y
uno, en donde se reforman el pacto constitutivo de la sociedad Tico Pinolero
Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-182033, en donde se
cambia de domicilio, se aumenta el capital, y se reorganiza parcialmente la
junta directiva y fiscal.—Licda. Gina Cristina Vincenzi Zúñiga, Notaria.—1 vez.—( IN2019363459 ).
Mediante escritura
número setenta otorgada ante los notarios públicos Álvaro Enrique Leiva
Escalante y Rudy Antonio Sorto Guzmán, actuando en conotariado
en el protocolo del primero, a las nueve horas del día doce de julio del año
dos mil diecinueve, se reforma la cláusula de la administración y representación
del pacto constitutivo de la sociedad Constructora Eterna Primavera S. A.,
con cédula de persona jurídica número 3-101-187696.—San José, quince de julio
del año dos mil diecinueve.—Lic. Álvaro Enrique Leiva Escalante, Notario.—1
vez.—( IN2019363460 ).
Mediante
escritura número setenta y uno otorgada ante los notarios públicos Álvaro
Enrique Leiva Escalante y Rudy Antonio Sorto Guzmán, actuando en conotariado en el protocolo del primero, a las nueve horas
quince minutos del día doce de julio del año dos mil diecinueve, se reforma la
cláusula de la administración y representación del pacto constitutivo de la
sociedad Grupo Costructor Villa Azul S. A.,
con cédula de persona jurídica número 3-101-185799.—San José, quince de julio
del año dos mil diecinueve.—Lic. Álvaro Enrique Leiva Escalante, Notario.—1
vez.—( IN2019363464 ).
La suscrita
notaria hace constar que en mi notaria mediante escritura número treinta y dos,
en donde se reforman el pacto constitutivo de la sociedad Bosques y Matas Rojascer Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-
291137, en donde se cambia de domicilio, se aumenta el capital, y se reorganiza
parcialmente la junta directiva y fiscal.—Lic. Gina
Cristina Vincenzi Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363465 ).
La
suscrita notaria hace constar que en mi notaría mediante escritura número
diecinueve, en donde se reforman el pacto constitutivo de la sociedad Intelisoft Sociedad Anónima cédula jurídica
3-101-286621, en donde se cambia de domicilio, se aumenta el capital, y se
reorganiza parcialmente la junta directiva y fiscal.—Lic.
Gina Cristina Vincenzi Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363467 ).
La
suscrita notaria hace constar que en mi notaría mediante escritura número
treinta y cuatro, en donde se reforman el pacto constitutivo de la sociedad Verofer Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-194520, en donde se cambia de domicilio, se aumenta el capital, y se
reorganiza parcialmente la junta directiva y fiscal.—Lic.
Gina Cristina Vincenzi Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363470 ).
Mediante escritura
número setenta y dos otorgada ante los notarios públicos Álvaro Enrique Leiva
Escalante y Rudy Antonio Sorto Guzmán, actuando en conotariado
en el protocolo del primero, a las nueve horas treinta minutos del doce del día
doce de julio del año dos mil diecinueve, se reforma la cláusula de la
administración y representación del pacto constitutivo de la sociedad Integra
Visión S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-227227.—San José,
quince de julio del año dos mil diecinueve.—Lic. Álvaro Enrique Leiva
Escalante, Notario.—1 vez.—( IN2019363471 ).
La suscrita
notaria hace constar que en mi notaría mediante escritura número veintiocho, en
donde se reforman el pacto constitutivo de la sociedad Mercedes Mil
Novecientos Noventa y Cuatro Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-269570,
en donde se cambia de domicilio, se aumenta el capital, y se reorganiza
parcialmente la junta directiva y fiscal.—Licda. Gina
Cristina Vincenzi Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363472 ).
Mediante
escritura número setenta y tres otorgada ante los notarios públicos Álvaro
Enrique Leiva Escalante y Rudy Antonio Sorto Guzmán, actuando en conotariado en el protocolo del primero, a las nueve horas
cuarenta y cinco minutos del doce de julio del año dos mil diecinueve, se
reforma la cláusula de la administración y representación del pacto
constitutivo de la sociedad Oro Verde de Escazú S. A., con cédula de
persona jurídica número 3-101-158215.—San José, quince de julio del año dos mil
diecinueve.—Lic. Álvaro Enrique Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—( IN2019363475
).
La
suscrita notaria hace constar que en mi notaría mediante escritura número
treinta y cinco, en donde se reforman el pacto constitutivo de la sociedad Valzu Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-156507, en donde se cambia de domicilio, se aumenta el capital, y se
reorganiza parcialmente la junta directiva y fiscal.—Licda.
Gina Cristina Vincenzi Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363476 ).
Que
por acta de asamblea general extraordinaria de socios de las empresas: Sammie Surprise,
Sociedad Anónima, con cédula número tres ciento- cuatrocientos ochenta y un
mil doce, Cassie House Investments, Sociedad
Anónima con cédula jurídica número: tres ciento uno- cuatrocientos treinta
y seis mil cuatrocientos veintiséis y Fajo Raksen,
Sociedad Anónima con cédula jurídica número: tres – ciento uno-
cuatrocientos cincuenta y dos mil ciento treinta avisan de la modificación de
la cláusula segunda en sus pactos constitutivos y adelante será: Del domicilio
social, las cuales estarán en Puntarenas, Garabito, Jacó, Residencial Jacó Sol,
oficinas JPC Abogados. Es todo.—Puntarenas. 12 de
Julio de 2019.—Licda. Johanna Pamela Cordero Araya, Notaria.—1
vez.—( IN2019363477 ).
La suscrita
notaria, hace constar que, en mi notaría, mediante escritura número
veintinueve, en donde se reforman el pacto constitutivo de la sociedad Clínica
Odontológica Loma Real Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-213614, en
donde se cambia de domicilio, se aumenta el capital, y se reorganiza
parcialmente la junta directiva y fiscal.—Licda. Gina
Cristina Vincenzi Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363479 ).
La
suscrita notaria, hace constar que en mi notaría mediante escritura número
treinta y seis, en donde se reforman el pacto constitutivo de la sociedad Pro
Montelimar Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-172045, en donde se cambia de domicilio, se aumenta el capital, y se
reorganiza parcialmente la junta directiva y fiscal.—Licda.
Gina Cristina Vincenzi Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363481 ).
La
suscrita notaria hace constar que en mi notaría mediante escritura número
treinta, en donde se reforman el pacto constitutivo de la sociedad Psicología
y Asesoría Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101- 233934, en donde se
cambia de domicilio, se aumenta el capital, y se reorganiza parcialmente la
junta directiva y fiscal.—Lic. Gina Cristina Vincenzi Zúñiga, Notaria.—1 vez.—( IN2019363482 ).
La
suscrita notaria hace constar que en mi notaría mediante escritura número
treinta y siete, en donde se reforman el pacto constitutivo de la sociedad María
Belén Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-082009, en donde se cambia de
domicilio, se aumenta el capital, y se reorganiza parcialmente la junta
directiva y fiscal.—Lic. Gina Cristina Vincenzi Zúñiga, Notaria.—1 vez.—( IN2019363485 ).
En escritura
autorizada por la suscrita notaria número setenta y tres de las dieciocho horas
del día diecinueve del mes de junio del año dos mil diecinueve, se protocolizo
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Servicios
Externos Aguirre Valverde AGUIVAL Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres ciento uno seis nueve uno cinco cuatro ocho, mediante la cual se reforma
las siguientes cláusulas: primera: del pacto constitutivo, para que se lea Cops Sánchez Roland Seguridad y Protección
Sociedad Anónima, siendo este un nombre de fantasía, pudiendo abreviarse
las dos últimas palabras en S. A. Es todo.—Puntarenas,
quince de julio del año dos mil diecinueve.—Lic. Rosela
Rojas Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2019363487 ).
Mediante
escrituras números 110-20, 111-20, 113-20; de las 10:00 horas; 11:00; y 15:00
horas, las primeras dos del veintinueve de mayo y la tercera del dos junio
todas del dos mil diecinueve, protocolicé acuerdo de disolución de Riders on the Storm S. A., Ranas Verdes del Sur S. A.; DD
Surfside S A.—Huacas, cuatro de junio del dos mil
diecinueve.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—( IN2019363489 ).
Mediante escritura
63-6, otorgada ante esta notaria a las 10:30 horas del 13 de mayo del 2019, se
acuerda disolver la sociedad Villa Nassau Tucanes LEA Nueve S.A., cédula
jurídica número 3- 101-394632, con base al artículo 201 Código de Comercio. Es todo.—Guanacaste, 10 de junio del 2019.—Licda. Ariana
Azofeifa Vaglio, Notaria.—1 vez.—( IN2019363492 ).
Por medio de
asamblea general extraordinaria, la sociedad Advisor
Development S. A., cédula jurídica 3-101-398298
modifica su pacto constitutivo.—San José,
14/07/2018.—Lic. Seanny Jiménez Alfaro, Notaria.—1
vez.—( IN2019363494 ).
Por escritura
295-16, otorgada en San José a las 14:00 horas del 27 de junio del 2017, se
otorga escritura de disolución de las sociedades Torre Jaco R. L. & T.L.
S. A. y de BKD S. A. Se aprueba disolución de la sociedad.—Lic.
Annia Lobo Madrigal, Notaria.—1 vez.—( IN2019363497
).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15:45 del 15 de julio del 2019, la sociedad Mario
y Rina Sociedad Anónima, acuerda modificar la cláusula séptima: la
administración y la cláusula del domicilio.—San José,
15 de julio de 2019.—Lic. Alberto Pauly Sáenz,
Notario.—1 vez.—( IN2019363501 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las 16:20 del 15 de julio del 2019, la sociedad Ola
Grande Arenosa Sociedad Anónima, acuerda modificar la cláusula novena: la
administración y la cláusula del domicilio.—San José,
15 de julio de 2019.—Lic. Alberto Pauly Sáenz,
Notario Público.—1 vez.—( IN2019363503 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 16:15 del 15 de julio del 2019, la
sociedad Regalos Rina Sociedad Anónima, acuerda modificar la cláusula
del domicilio.—San José, 15 de julio de 2019.—Lic.
Alberto Pauly Sáenz, Notario.—1 vez.—( IN2019363505
).
Ante
mi notaría a las 16:00 horas del día 16 de julio del 2019, se protocolizó acta
de asamblea de socios de la sociedad Best
Hardware Buy Costa Rica S. A. en donde reforma la
cláusula de domicilio social y de administración.—San
José, 16 de Julio del 2019.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—(
IN2019363507 ).
Por
medio de escritura otorgada al ser las 9:30 horas del 12 de julio del año 2019,
donde se reforman estatutos de la compañía Inversiones Villa Marieta de
Liberia S.A, entidad con cédula jurídica 3-101-717444.—San José, al ser las
14:00 horas del 12 de julio del 2019.—Licda. Natalia María Rodríguez Ríos, Notaria.—1 vez.—( IN2019363514 ).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario, se disolvió y liquidó en esta
fecha la sociedad Internetico Corporativo
Costarricense del Sur, Sociedad Anónima.—San José,
15 de julio del 2019.— Lic. Alonso Jesús Chaves Fernández, Notario.—1 vez.—(
IN2019363516 ).
La sociedad Londoser Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica número tres-ciento dos-setecientos sesenta y cinco mil ochocientos,
por acuerdo de socios se solicita la disolución.—Alajuela,
quince de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Danny Garita Rojas, Notario.—1
vez.—( IN2019363519 ).
Ante
mi notaría se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la compañía Big
Fish Turística de Tamarindo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-setecientos veintidós mil ciento catorce, de las quince horas del cuatro de
julio del dos mil dieciocho. Se reforma la cláusula octava de la representación
y la cláusula primera del pacto social variando el nombre de la compañía; que
de hoy en adelante se dirá Vandelay Enterprises de Tamarindo Sociedad Anónima.—Santa Cruz, quince de julio del
dos mil diecinueve.—Lic. Andrea Melissa Ruiz Juárez, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363528 ).
Mediante escritura
número 79 del tomo 5 otorgada a las 15:20 horas del 15/07/2019 ante la suscrita
notaria, se fusión las sociedades por absorción Autos Speed
Paniagua S. A. y Corporación P & L Motor S. A., prevaleciendo la
segunda.—Licda. Blanchy
Rodríguez Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2019363535 ).
Mediante
escritura ciento setenta y cuatro del notario público Víctor Hugo Castillo
Mora, se protocolizó asamblea extraordinaria cuotistas
de Solgroup Costa Rica Limitada, cédula
jurídica número tres-ciento dos-quinientos trece mil cero ochenta y cinco, se
reforma cláusula novena de la sociedad indicada y se nombra subgerente dos.—San
José, a las nueve horas del primero de julio del año dos mil diecinueve.—Lic.
Víctor Hugo Castillo Mora, Notario.—1 vez.—( IN2019363538 ).
Por escritura
253-9 otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 16 de julio del 2019,
se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Edwards
& Edwards S. A., cédula jurídica 3-101-708581, en la cual se acuerda
disolver y liquidar dicha sociedad.—Lic. Efraín
Mauricio Carvajal Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2019363546 ).
Por escritura
otorgada a las diecisiete horas del dieciséis de julio de dos mil diecinueve,
ante el suscrito notario, la sociedad Tres-Ciento Uno-Cinco Ocho Cuatro Cuatro Uno Seis Sociedad Anónima, se acuerda modificar
la representación de la sociedad.—San José, diecisiete
de julio de dos mil diecinueve.—Lic. Carmen Soto Montero, carné 8969,
Notaria.—1 vez.—( IN2019363548 ).
Por escritura
252-9 otorgada ante esta notaría, a las 12:30 horas del 16 de julio del 2019,
se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de
Anur S. A., cédula jurídica
3-101-26382, en la cual se modifican las cláusulas 1, 2, 5 se crea la 9 y se
nombra fiscal.—Lic. Efraín Mauricio Carvajal Madrigal,
Notario.—1 vez.—( IN2019363550 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16:10 del 15 de julio del 2019, la sociedad Sáenz
y Lippa Sociedad Anónima, acuerda modificar la cláusula
séptima: la administración y la cláusula del domicilio.—San
José, 15 de julio del 2019.—Lic. Alberto Pauly Sáenz,
Notario.—1 vez.—( IN2019363555 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las 16:30 horas del 15 de julio del 2019, la
sociedad Tortuga Anacamar Sociedad Anónima,
acuerda modificar la cláusula novena: la administración y la cláusula del domicilio.—San José, 15 de julio de 2019.—Lic. Alberto Pauly Sáenz, Notario.—1 vez.—( IN2019363556 ).
Por
escritura 043-63 del tomo 63 de protocolo de notario público Casimiro Vargas
Mora, otorgada a la 08:00 horas del 15 de julio del 2019, se protocoliza
acuerdo de disolución de Tres-Ciento Dos-Cuatrocientos Setenta Mil
Novecientos Setenta y Seis S.R.L., cédula jurídica 3-102-470976.—San Isidro
de El General, 15 de julio del 2019.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—( IN2019363557 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaria, a las diez horas del veintiocho de junio
del dos mil diecinueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria
de socios de Equipal Sociedad Anónima, cédula tres -ciento uno- cero
cuatro cuatro ocho cero cero,
y no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—Heredia, once horas del veintiocho de junio del
dos mil diecinueve.—Licda. Norma Quintero Ureña, Notaria.—1 vez.—( IN2019363559
).
Que por escritura
otorgada, a las 10.00 horas de hoy, la entidad Manglarhhev
Sociedad Anónima, persona con cédula jurídica número 3-101-238396, modifica
las cláusulas primera y séptima de escritura constitutiva y se nombraron
secretario y fiscal.—Heredia, 17 de julio del año
2019.—Lic. José Leonel Sáenz Batalla, Notario.—1 vez.—( IN2019363561 ).
Mediante escritura
número setenta y cinco otorgado ante el notario público Álvaro Enrique Leiva
Escalante, a las ocho horas del día quince de julio del año dos mil diecinueve,
se acordó reformar la siguiente cláusula sexta, referente a los estatutos
sociales de la sociedad El Palacio de Santa Ana S. A.—Lic. Álvaro
Enrique Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—(
IN2019363562 ).
Por
escritura número ciento sesenta y siete-veintiséis otorgada en esta notaría el
día veintisiete de junio del dos mil diecinueve, a las dieciséis horas, se
protocoliza asamblea general extraordinaria de las empresas, J G B Casona
Real Sociedad Anónima y Corporación Magrabe
del Este Sociedad Anónima, mediante las cuales se acuerda fusionarlas
prevaleciendo J G B Casona Real Sociedad Anónima, de conformidad con el
artículo doscientos veinticuatro del Código de Comercio.—Cartago, dieciséis de
julio del dos mil diecinueve.—Lic. Belisario Antonio Solano Solano,
Notario.—1 vez.—( IN2019363563 ).
Por asamblea
extraordinaria de las diez horas del quince de julio del dos mil diecinueve, se
modifican junta directiva de la sociedad Mega Servicios Prisma Sociedad
Anónima, presidente: Luis Andrés Artavia Salazar.—San
José, 16 de julio del 2019.—Lic. Allan García Barquero, Notario.—1 vez.—(
IN2019363564 ).
Mediante
escritura número setenta y seis otorgado ante el notario público Álvaro Enrique
Leiva Escalante, a las ocho horas diez minutos del día quince de julio del año
dos mil diecinueve, se acordó reformar la siguiente cláusula octava, referente
a los estatutos sociales de la sociedad H. F. Proyectos y Producciones S.A.—Lic.
Álvaro Enrique Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—(
IN2019363566 ).
Mediante
escritura número setenta y siete otorgado ante el notario público Álvaro
Enrique Leiva Escalante, a las ocho horas veinte minutos del día quince de
julio del año dos mil diecinueve, se acordó reformar la siguiente cláusula
sexta, referente a los estatutos sociales de la sociedad Proarmonía
Sociedad Anónima.—Lic.
Álvaro Enrique Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—( IN2019363568 ).
Mediante escritura
número setenta y ocho otorgado ante el notario público Álvaro Enrique Leiva Escalante,
a las ocho horas treinta minutos del día quince de julio del año dos mil
diecinueve, se acordó reformar la siguiente cláusula sexta, referente a los
estatutos sociales de la sociedad Torre Villa Rosa S. A.—Lic. Álvaro
Enrique Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—(
IN2019363570 ).
Por escritura
otorgada en mi notaría, a las ocho horas del dieciséis de julio de dos mil
diecinueve, protocolicé acta número tres de asamblea general extraordinaria de
socios de la sociedad Pacific Marine Resources Sociedad Anónima, mediante la cual se
disolvió dicha sociedad, domiciliada en Golfito, Puntarenas, Servicios Tierra
Mar, frente al cementerio.—Corredores, diez horas del
dieciséis de julio de dos mil diecinueve.—Licda. Hazel Salas Desanti, Notaria.—1 vez.—( IN2019363572 ).
Ante
esta notaría el día hoy se protocoliza acta de asamblea de socios de
Transportes Dos DCR Sociedad Anónima, por escritura número diecinueve-diez
de las nueve horas del veintinueve de junio del dos mil diecinueve, donde la
empresa Transportes Dos DCR Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y tres mil ochocientos veintidós, se
fusiona por absorción con la empresa Laboratorios Apia de Costa Rica
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero treinta y un
mil setecientos treinta y cuatro, prevaleciendo Transportes Dos DCR Sociedad
Anónima y se reforma la cláusula quinta: del capital social (aumento de
capital) del pacto constitutivo.—San José, a las nueve horas del veintinueve de
junio del dos mil diecinueve.—Lic. Ariel Ramírez Martínez, Notario.—1 vez.—(
IN2019363576 ).
Mediante escritura
243 otorgada ante este notario a las 10:30 horas del 22 de abril del 2019, se
disuelve la sociedad Tres-Ciento Dos-Cuatrocientos Setenta y Nueve Mil
Ciento Setenta y Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
número 3-102-479172. Es todo.—Playas del Coco,
Guanacaste, 22 de abril del 2019.—Lic. Juan Antonio Casafont
Álvarez, Notario.—1 vez.—( IN2019363580 ).
Por
escritura otorgada a las trece horas del doce de julio de dos mil diecinueve,
se acordó disolver la sociedad Charter Rica
Daeli Ltda.—M.Sc.
Alfredo Andreoli González, Notario.—1
vez.—( IN2019363581 ).
Por escritura
otorgada, a las catorce horas quince minutos del doce de julio de dos mil diecinueve,
se acordó modificar el pacto social de la sociedad, Mitch Construcción Ltda..—M.Sc. Alfredo Andreoli González, Notario.—1
vez.—( IN2019363587 ).
Por
escritura otorgada, a las catorce horas del doce de julio de dos mil
diecinueve, se acordó disolver la sociedad Un Gout
de France SRL.—M.Sc. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—( IN2019363590 ).
Ante esta notaría,
por escritura otorgada a las doce horas del día dieciséis de julio de dos mil
diecinueve, donde se protocolizan acuerdos de acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Viva Cinco
Bellanca, S.A. Donde se acuerda la disolución y liquidación de la compañía.—San José, dieciséis de julio del dos mil
diecinueve.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2019363594
).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08:00 del día 15 de julio del 2019, se
constituyó de la sociedad Electroemecánica
y Construcción JISE S. A.—San José, 17 de julio del 2019.—Lic. Rigoberto
Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—( IN2019363595 ).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas diez minutos del día
dieciséis de julio de dos mil diecinueve, donde se protocolizan acuerdos de
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad
denominada Flexipark Siete Atalanta S. A.
Donde se acuerda la disolución y liquidación de la compañía.—San
José, dieciséis de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Guillermo
José Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2019363596 ).
Ante esta notaría,
por escritura otorgada a las doce horas veinte minutos del día dieciséis de
julio de dos mil diecinueve, donde se protocolizan acuerdos de acta de asamblea
de cuotistas de la sociedad denominada UPS SCS
Costa Rica Ltda. Donde se acuerda reformar la cláusula sexta referente a la
administración de la compañía.—San José, dieciséis de
julio del dos mil diecinueve.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1
vez.—( IN2019363597 ).
Ante mí Juan Diego
Chaves Quesada en escritura número sesenta y cinco se modificó la cláusula
séptima de la sociedad anónima Heavyrent S.
A. con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos dieciocho mil
cuatrocientos noventa y uno. Es todo.—Cóbano de Puntarenas once de julio del dos mil
diecinueve.—Lic. Juan Diego Chaves Quesada, Notario.—1 vez.—( IN2019363598 ).
Protocolización de
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Madas S. A., en la cual se reforma la
cláusula de administración y se nombra directores. Escritura otorgada a las
nueve horas del cinco de julio de dos mil diecinueve.—Lic.
Luis Lacayo Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2019363603 ).
Protocolización
de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Finca Quercus
S. A., en la cual se reforma la cláusula del domicilio. Escritura otorgada
a las ocho horas del cinco de julio de dos mil diecinueve.—Lic.
Luis Lacayo Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2019363604 ).
Mediante escritura
por mí otorgada en San José a las doce horas del veintinueve de junio de 2019,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones
Sherpa S.A. cédula jurídica: 3-101-155448 en donde se acuerda la disolución
de la sociedad por acuerdo unánime de socios, de conformidad con el artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Lic.
Danilo Loaiza Delgado, Notario.—1 vez.—( IN2019363605 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día veinte de junio del dos
mil diecinueve, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios número
tres, de la sociedad denominada Alfa Sierra S. A. modificación del
domicilio social. Otorgada ante el notario José Alberto Rojas Oreamuno.—Alajuela, 16 de julio del 2019.—Lic. José Alberto
Rojas Oreamuno, Notario.—1 vez.—( IN2019363613 ).
A las 10:00 horas
del día 02 de junio del 2019, ante esta notaría, se protocolizó acta de
disolución de la sociedad Anónima Pasitos de Luz Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-706364, se emplaza a interesados.—San
José, ocho de julio del año 2019.—Lic. Randall Segura Gutiérrez, Notario.—1
vez.—( IN2019363615 ).
El día de hoy ante
esta notaría se protocolizó acta de asamblea general de socios de 3-101-558741
S. A., cédula jurídica 3-101-558741, en la que se modifica la cláusula
cuarta del pacto constitutivo.—San José, dieciséis de
julio del 2019.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2019363622
).
Mediante escritura
número cincuenta, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos
del dieciséis de julio del dos mil diecinueve, se disolvió la Sociedad J S C
Ingenieros Consultores S.A, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos
cincuenta y dos mil ochocientos siete. Presidente: Diego Ching Vindas.—San José, diecisiete de julio del 2019.—Lic. Eugenio
Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—( IN2019363623 ).
Con vista en el
libro de actas de asamblea generales de la sociedad, Cuarenta y Cinco Quince
de San José S.A., cédula jurídica número: 3-101-465861, de las 11:00 horas
del 15 de julio del 2019, se realizó la asamblea general extraordinaria, la
cual estuvo representada por la totalidad del capital social, en la cual se
tomó los acuerdos que dicen así: Se reforma cláusula quinta del pacto
constitutivo.—San José, 16 de julio del 2019.—Lic. Mauricio Bolaños Delgado,
Notario.—1 vez.—( IN2019363629 ).
Mediante escritura
número 398-36, otorgada a las 12:25 horas del 26 de junio del 2019, ante el
suscrito notario, se disuelve la sociedad Inversiones Chinchilla Mora D R S.
A.—Lic. Pablo Morera Blandino, Notario.—1 vez.—(
IN2019363630 ).
Por escritura
otorgada ante mí, a las 10 horas del 15 de julio de 2019, se reformó la
cláusula segunda del domicilio de la sociedad Tritech
Costa Rica Sociedad Anónima, domicilio: la ciudad de San José, San José,
San Francisco de Dos Ríos, 300 metros al norte de la Bomba La Pacífica, a mano
izquierda, bodega número uno.—San José 10 de julio del
2019.—Lic. Bautista Elgarrista Fuentes, Notario.—1
vez.—( IN2019363646 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 09:00 horas del 16 de julio de 2019
se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de
la sociedad Calzado Arte S. A., cédula jurídica número 3-101-198196,
modificándose la administración y nombrándose nuevo presidente y secretario.—San José, 16 de julio del 2019.—Lic. Luis Alonso
Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—( IN2019363653 ).
Por escritura
otorgada el día de hoy, se protocolizaron acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Asesores
Jurídicos Asociados S.A. por medio de los cuales se acordó modificar la
cláusula tercera del pacto constitutivo.—San Jose, 15
de julio de 2019.—Licda. Ariana Sibaja López, Notaria.—1 vez.—( IN2019363656 ).
Ante esta notaría
mediante escritura otorgada a las doce horas del doce de julio del 2019, se
protocolizó acta de asamblea general de cuotistas de
la compañía Montealto Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-setecientos seis mil
setecientos seis, en la cual se acuerda disolver la sociedad, de conformidad
con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de
Comercio. Escritura otorgada a las doce horas del doce de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Cinzia Víquez
Renda, Notaria.—1 vez.—( IN2019363670 ).
Ante esta notaría
mediante escritura otorgada a las once horas del doce de julio del 2019, se
protocolizó acta de asamblea general de accionista de la compañía Producciones
Talamanca Verde Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-trescientos cuarenta y nueve mil cero cero
siete, en la cual se acuerda disolver la sociedad en el mes de julio del
2019.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1
vez.—( IN2019363672 ).
Ante esta notaría
mediante escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del doce de julio
del 2019, se protocolizó acta de asamblea general de cuotistas
de la compañía Grupo Sacuta Limitada, cédula
de persona jurídica número tres-ciento dos-doscientos setenta y un mil cero
ochenta y cinco, en la cual se acuerda disolver la sociedad en el mes de julio
de 2019.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—( IN2019363673 ).
Que por escritura
otorgada el día quince de julio del dos mil diecinueve ante esta notaría se
protocolizaron los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad El Trillo A Andaygu S. A., cédula
jurídica número tres-ciento uno-trescientos dos mil quinientos cinco, en los
cuales se modificó la cláusula del pacto social en virtud del aumento de
capital y la cláusula de la administración. Escritura otorgada a las doce horas
del quince de julio del dos mil diecinueve.—Lic.
Kristel Faith Neurohr,
Notaria.—1 vez.—( IN2019363675 ).
Por escritura
número 658-6 de las 18:00 del 7 de junio de 2019, protocolizó acta de
disolución de Desarrollo Sistemas.Net Sociedad Anónima, cédula
3-101-709273.—Lic. Rosamira Cordero Méndez, Notaria.—1 vez.—( IN2019363682 ).
Mediante escritura
otorgada a las ocho horas del día dieciséis de julio del dos mil diecinueve
ante la Notaria Pública Rita Eugenia Guzmán Fernández se modifica la cláusula
sexta del pacto social de la sociedad Condominio Residencial Palmeto Veinticuatro Cobre Veinticuatro, S. A., cédula
de persona jurídica número tres -ciento uno -trescientos cuarenta y dos mil
setecientos treinta y tres, reguzman@racsa.co.cr. T. setenta setenta diez treinta y tres.—San
José, quince de julio del dos mil diecinueve.—Licda. Rita Eugenia Guzmán
Fernández, Notaria.—1 vez.—( IN2019363683 ).
Por escritura
otorgada en la notaría de Mónica Rodríguez Campos se procedió a constituir la
sociedad anónima llamada Valdreth Sociedad Anónima
en donde tiene como presidenta a la señora Elieth Soto Chacón.—Lic.
Mónica Rodríguez Campos, Notaria.—1 vez.—( IN2019363687 ).
Por escritura
otorgada en la notaría de Mónica Rodríguez Campos, se procedió a constituir la
sociedad anónima llamada MSBG Dos mil diecinueve Sociedad Anónima, en
donde tiene como secretario al señor Ricardo Salguero Zúñiga.—Licda.
Mónica Rodríguez Campos, Notaria.—1 vez.—( IN2019363688 ).
El suscrito
notario público, mediante escritura pública número catorce-veintinueve de las
quince horas del día veintisiete de junio de dos mil diecinueve, protocolizó
acuerdos de asamblea general extraordinaria de las siguientes empresas: a) Corporación
Gerencial Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cero dieciocho mil trescientos trece; b) Inversiones del
Poniente Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cero veintinueve mil seiscientos cuarenta; c) Tres-Ciento
Uno-Cuatrocientos Ochenta y Dos Mil Cuatrocientos Ochenta y Dos Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos ochenta y dos mil cuatrocientos ochenta y dos; d) Casa
Cuatro Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-ciento ochenta y tres mil seiscientos tres, e) Zacatito Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y nueve mil
setecientos noventa y uno; empresa domiciliada en San José, Escazú, distrito
San Rafael, cantón segundo de Escazú, ochocientos metros noroeste de la Rotonda
de Multiplaza, Ofibodegas Capri, Local L cero nueve,
por medio de las cuales las citadas sociedades acuerdan fusionarse de
conformidad con el capítulo décimo, sección sétima del Código de Comercio, por
el sistema de absorción con Zacatito Sociedad Anónima, siendo ésta
última sociedad la prevaleciente, carné 2702.—San José, 16 de julio de
2019.—Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, , Notario.—1 vez.—( IN2019363689 ).
Hoy protocolicé
acta de asamblea de socios de, Fisher Scientific
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada mediante la cual se reforma
la cláusula de domicilio.—San José, dieciséis de julio
del dos mil diecinueve,.—Licda. Renata Muñoz Paniagua, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363694 ).
Ante esta notaría
mediante escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del veintiocho de
junio del 2019, se protocolizó un acta de asamblea general ordinaria de
accionistas de la compañía Pascualito S.A., cédula jurídica número
3-101-102326, mediante la cual se reforma el domicilio social y se reforma la
cláusula segunda de los estatutos.—San José,
diecisiete de julio de 2019.—Licda. Ana Sáenz Beirute,
Notaria.—1 vez.—( IN2019363709 ).
En esta notaría se
disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo
201, inciso d) del Código de Comercio de la República de Costa Rica, la empresa
Nimbos del Persia Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número 3101428473. Presidente Carlos Andrés Salas Guzmán.—San
José, 15 de julio de 2019.—Lic. Jonathan Jara Castro, cédula de identidad
número 111460386, Notario.—1 vez.—( IN2019363717 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del día once de julio
de dos mil diecinueve, se protocolizó acta de asamblea de cuotistas
de la sociedad Mattermo Properties
Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos veintiséis mil cuatrocientos noventa y cinco, en la cual por unanimidad de votos, se acordó disolver la sociedad
conforme lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de
Comercio. Es todo.—San José, once de julio de dos mil
diecinueve.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum,
Notario.—1 vez.—( IN2019363722 ).
Ante
esta notaría al ser las ocho horas del diecisiete de julio del dos mil
diecinueve, se protocolizó el acta número tres de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Euro Solutions CR Inc Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-setecientos cuarenta mil setecientos noventa y nueve, mediante
la cual se modificó la cláusula sétima, de la representación judicial y
extrajudicial, del pacto constitutivo.—Cartago, 17 de julio del 2019.—Lic.
Eduardo Guardia Williams, Notario.—1 vez.—( IN2019363727 ).
Por escritura
otorgada ante mí a las quince horas del dieciséis de julio del dos mil
diecinueve, se modifican la cláusulas primera y cuarta del pacto constitutivo
de la sociedad Corporación Unida Cuatro Siete Dos Sociedad Anónima (la
“Compañía”), cédula de persona jurídica tres-ciento uno-setecientos sesenta y
siete mil ochocientos veintiocho, con el fin de cambiar la razón social y el
objeto social de la compañía.—San José, diecisiete de julio del dos mil
diecinueve.—Lic. Rafael Arturo Quirós Bustamante, Notario Público.—1 vez.—(
IN2019363730 ).
La suscrita
notaria hace constar que mediante acta número uno de asamblea extraordinaria de
accionistas, se acordó disolver la empresa denominada Inversiones La Joya de
Cedral Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco tres cinco
dos dos siete.—Puntarenas,
quince de julio del dos mil diecinueve.—Licda. Rosanette
Naranjo Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2019363731 ).
Por escritura
pública otorgada, a las quince horas del dieciséis de julio del dos mil
diecinueve, se protocolizó el acta de la sociedad Inversiones Yebueno Sociedad Anónima.—San José diecisiete de julio del
dos mil diecinueve.—Lic. Kenneth Muñoz Ureña, Notario.—1 vez.—( IN2019363735 ).
Ante
el licenciado Marvin Ramírez Víquez, el día 17 de julio del 2019, se a disolver
la sociedad Logística de Transportes S R L.—Lic. Marvin Ramírez
Víquez, Notario.—1 vez.—( IN2019363742 ).
Por escritura
otorgada ante mi notaría a las 10:00 horas del día de hoy se protocolizó acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Inversiones Heredianas Aloc S. A., mediante la cual se reforma la cláusula
segunda y se designa nueva junta directiva.—San José,
10 de julio del 2019.—Lic. Manuel Briceño López, Notario.—1 vez.—( IN2019363746
).
El suscrito
notario hace constar que por escritura otorgada el día de hoy, número
veintidós-sexto; protocolicé acta segunda de asamblea extraordinaria de
accionistas de la compañía Proyecto Sinsimp Belén
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-setecientos
cincuenta y cinco mil trescientos ochenta y uno. Se reforman las cláusulas
segunda y sexta de los estatutos; se nombra junta directiva y fiscal.—San José, a las doce horas del día trece de julio
del dos mil diecinueve.—Lic. Juan Luis Guardiola Arroyo, 10.192, Notario.—1
vez.—( IN2019363753 ).
Mediante
escritura otorgada en San José, a las ocho horas del doce de julio del dos mil
diecinueve, se constituyó Servicios Contables ALAFI Empresa Individual de
Responsabilidad Limitada.—Lic.
Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—( IN2019363754
).
Por escritura número
sesenta y cinco, otorgada ante mí a las quince horas del quince de julio del
dos mil diecinueve, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de la
sociedad denominada Bagel Guanacaste
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos cincuenta mil ciento cuarenta y cuatro, por medio de la cual se
reforma la cláusula sexta de la administración del pacto constitutivo.—Lic.
Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—( IN2019363758
).
Por escritura
número cincuenta y siete, otorgada ante mí a las quince horas del cuatro de
julio del dos mil diecinueve, se protocolizó la asamblea general extraordinaria
de la sociedad denominada Splash Buggy Tours
Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-setecientos
cuarenta y cinco mil quinientos sesenta y ocho, por medio de la cual se reforma
la cláusula sexta de la administración del pacto constitutivo.—Lic. Enrique
Loría Brunker, Notario.—1 vez.—( IN2019363764 ).
Ante
esta notaría se ha protocolizado acta número uno de la sociedad cuya
denominación social es Iderabatt Corporation Limitada, cédula jurídica número
tres-ciento dos-cuatro cero dos ocho siete tres. Mediante la cual los socios
acuerdan la disolución de la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno, inciso D del Código de Comercio.—Nicoya,
diecisiete de julio del año dos mil diecinueve.—Lic. Xinia Gómez Montiel,
Notaria.—1 vez.—( IN2019363768 ).
Ante esta notaría,
se ha protocolizado acta número uno de la sociedad cuya denominación social es Murciélago
Gris P y G Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número
tres-ciento dos-siete cuatro cero dos uno siete. Mediante la cual los socios
acuerdan la disolución de la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno, inciso del Código de Comercio.—Nicoya, diecisiete
de julio del año dos mil diecinueve.—Licda. Xinia Gómez Montiel, Notaria.—1
vez.—( IN2019363769 ).
Ante esta notaría
se ha protocolizado acta número tres de la sociedad cuya denominación social es
Inongo Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-tres nueve tres seis ocho tres. Mediante la cual los
socios acuerdan la disolución de la sociedad de conformidad con el artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Nicoya
diecisiete de julio del año dos mil diecinueve.—Licda. Xinia Gómez Montiel,
Notaria.—1 vez.—( IN2019363770 ).
El
suscrito notario, Eduardo Rojas Piedra, hago constar y doy fe que mediante
escritura número ocho-seis, protocolicé acta de asamblea de la sociedad Tres-Ciento
Dos-Seiscientos Setenta y Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta y Cinco Sociedad De
Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-seiscientos setenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y cinco, mediante la
cual se acuerda y aprueba una modificación a los estatutos sociales de la
sociedad.—Dieciséis de julio, dos mil diecinueve.—Lic. Eduardo Rojas Piedra,
Notario.—1 vez.—( IN2019363772 ).
Enrique Gerardo
Vásquez Vargas, notario público, con oficina abierta en la ciudad de Alajuela,
San Ramón, Urbanización Tres Marías Dos, del CEN CINAI, 100 al norte y 20 al
este, indica que en asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Beatros Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-32124, se modifica la cláusula segunda de los estatutos y en adelante se
leerá: “Segunda: Tendrá su domicilio en la provincia de San José , en el
distrito primero Santa Ana, cantón noveno Santa Ana, de la provincia de San
José, exactamente de la fábrica INASA 200 metros al sur, Urbanización Vista
Dorada, casa número 7”.—San José, 10 de febrero del 2019.—Lic. Enrique Gerardo
Vásquez Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2019363775 ).
Por escritura
otorgada ante la suscrita notaria, en Playa Flamingo,
Santa Cruz, Guanacaste, a las nueve horas del día nueve de julio de dos mil
diecinueve, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de socios de la compañía Wandering Star Llc, Sociedad de
Responsabilidad Limitada, donde se procede a la disolver la sociedad.
Licda. María José Víquez Alpízar, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363781).
Por
escritura otorgada ante la suscrita notaria, en Playa Flamingo,
Santa Cruz, Guanacaste, a las diez horas del día nueve de julio de dos mil
diecinueve, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de socios de la Compañía King Crab Eighteen, Sociedad Anónima, donde se procede a la
disolver la sociedad.—Licda. María José Víquez
Alpízar, Notaria.—1 vez.—( IN2019363783 ).
Por
escritura otorgada ante la suscrita notaria, en Playa Flamingo,
Santa Cruz, Guanacaste, a las ocho horas del día nueve de julio de dos mil
diecinueve, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de socios de la compañía, La Casa del Lobo de Luz Nocturna, Sociedad
Anónima, donde se procede a la disolver la sociedad.—Licda.
Maríajosé Víquez Alpízar, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363785 ).
Por escritura
otorgada en mi notaría, a las once horas treinta minutos del veintiocho de
junio del dos mil diecinueve, protocolicé‚ acta de asamblea general
extraordinaria de Agropecuaria Melina Ocho F Ocho Sociedad Anónima. Se
reforma cláusula quinta del capital social.—Grecia,
dieciséis de julio del 2019.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—(
IN2019363790 ).
El día de hoy ante
esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Ocotea
Monteverde S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos
veintidós mil cero treinta, que modifica la cláusula quinta de los estatutos.
Es todo.—Monteverde, Puntarenas, dieciséis de julio
del año dos mil diecinueve.—Lic. Freddy Mesén Bermúdez, carné 20795, Notario.—1
vez.—( IN2019363797 ).
Por
escritura otorgada por el suscrito notario a las 10:00 horas del 16 de julio
del 2019, se reforma la administración, se revoca poder y se nombra nueva junta
directiva y fiscal para La Nueva Conciencia S. A.—Lic. Olman Aguilar
Castro, Notario.—1 vez.—( IN2019363802 ).
Por escritura
otorgada a las 08:00 horas del 16 de julio del 2019, se protocolizó acta de
asamblea de la sociedad Promotora Ahorrosorteos
Sociedad Anónima. Se reforma junta directiva y se modifica cláusula de la administración.—Lic. Ana Victoria Kinderson
Roldán, Notaria.—1 vez.—( IN2019363806 ).
H M Zero Four Zero Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-693325,
sociedad domiciliada en Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, oficina P&D
Abogados, Centro Comercial Tamarindo Business Center, local número dos, hace
constar que mediante acuerdo unánime de socios en asamblea de cuotistas celebrada en su domicilio social a las 16 horas
del día 24 de junio del año 2019, se disuelve dicha compañía de acuerdo al
artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio costarricense. Es todo.—16 de julio del 2019.—Lic. José Antonio Silva Meneses,
cédula 1-1082-0529, Notario.—1 vez.—( IN2019363807 ).
El día de hoy el
suscrito notario público protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de
socios de Agrood Fruits
S. A., celebrada a las 7 horas del 27 de junio del 2019, mediante la cual
se reforma la cláusula del plazo social del pacto social y se nombra presidente
de la junta directiva.—San José, 16 de julio del
2019.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—( IN2019363811 ).
El
día de hoy el suscrito notario público protocolizó acta de asamblea general de cuotistas de Servifruit
International Trading S. R. L., celebrada a las 8 horas del 29 de junio del
2019, mediante la cual se reforma las cláusulas de la administración y
representación del pacto social y se otorga poder generalísimo.—San
José, 16 de julio del 2019.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—(
IN2019363813 ).
Tocari, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101- 521499,
por unanimidad, los socios acuerdan por escritura 104-8 de las 10:00 horas del
16 de julio del 2019, disolver y liquidar la misma.—San
José, 17 de julio del año 2019.—Licda. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363817 ).
Productos Tara
Tica, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-406362, por unanimidad los socios acuerdan por
escritura 107-8, de las 10 horas del 17 de julio del 2019, disolver y liquidar
la misma.—San José, 17 de julio del afio 2019.—Licda.
Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2019363818 ).
Tres- Ciento
Dos-Seiscientos Once Mil Quinientos Cuarenta y Dos, Sociedad de Responsabilidad
Limitada,
cédula jurídica 3-102-611542, por unanimidad los cuotistas
acuerdan por escritura 106-8, de las 8 horas del 17 de julio del 2019, disolver
y liquidar la misma.—San José, 17 de julio del año
2019.—Licda. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2019363819 ).
Mediante escritura
pública número 129, otorgada ante la suscrita notaria
pública, a las 09:00 horas del 16 de julio del 2019, se protocoliza el acta
número dos de asamblea general de la sociedad Daniidoll
Travel Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica 3-102-726416 y se acuerda modificar la cláusula sexta del pacto
social.—San José, 16 julio de 2019.—Licda. Natasha
María Blanco Elizondo, Notaria.—1 vez.—( IN2019363820 ).
Se
protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad Hotel Villa Roca Sociedad Anónima, con número de cédula
jurídica 3-101-236954, en la que se modifica la cláusula quinta la cual
corresponde a la administración del pacto constitutivo. Protocolización
otorgada en San José, ante los notarios públicos Sergio Aguiar Montealegre y
Alberto Sáenz Roesch, a las 11:45 del 15 de junio del
año 2019, en la escritura pública 62-16. Teléfono: 4036-5050.—Lic. Alberto
Sáenz Roesch, Notario.—1
vez.—( IN2019363821 ).
Por
escritura otorgada por el suscrito notario a las 10:00 horas del 16 de julio
del 2019, se reforma la administración, se revoca poder y se nombra nueva junta
directiva y fiscal para La Nueva Conciencia S. A.—Olman Aguilar Castro, Notario.—1 vez.—( IN2019363823 ).
Por
escritura otorgada en esta notaría, número 63, del tomo 10, se protocoliza acta
de asamblea general extraordinaria número 4 de Villalobos Fernández S.R.L.,
cédula jurídica 3102749982, en la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—Quepos, 16 de julio de 2019.—Lic. Jaime Fonseca
Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2019363826 ).
Ante esta notaría,
por escritura número doscientos treinta y uno otorgada a las quince horas del
doce de julio del dos mil diecinueve, se protocolizó acta de asamblea ordinaria
y extraordinaria de socios de la empresa Ocilla
S.A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta mil
cuatrocientos setenta y domicilio social en San José. Modifica cláusulas
segunda y sexta del pacto constitutivo y nombra nuevo tesorero, fiscal y agente
residente. Es todo.—Doce de julio de dos mil
diecinueve.—Lic. Patricia Francés Baima, Notaria.—1
vez.—( IN2019363827 ).
Por
escritura otorgada en esta notaría, número 49, del tomo 10, se protocoliza acta
de asamblea general extraordinaria número 2 de Inversiones Itálicas La Mona
S. A., cédula jurídica 3-101-448463, en la cual se acuerda la disolución de
la sociedad.—Quepos, 16 de julio de 2019.—Lic. Jaime
Fonseca Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2019363828 ).
Por escritura
otorgada en esta notaría, número 50, del tomo 10, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria número 3 de Otoronga
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-101-448463, en la
cual se acuerda la disolución de la sociedad.—Quepos,
16 de julio de 2019.—Lic. Jaime Fonseca Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2019363830
).
Por escritura
otorgada ante mí, se protocoliza acta de Distribuidora Alpace
S. A. Se acuerda modificar junta directiva.—Orotina,
a las 16:00 horas del 15 de julio, 2019.—Lic. Johan Castillo Umaña, Notario.—1
vez.—( IN2019363831 ).
Por escritura
número 125 otorgada en mi notaría a las 14:30 horas del 15 de julio de 2019, se
reforma la cláusula del domicilio social, correspondiente a la empresa Crew Nosotros Films Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-372075.—San José, 15 de julio de 2019.—Lic. Juan José
Lara Calvo, carné 2600, Notario.—1 vez.—( IN2019363832
).
Por
escritura número 126 otorgada en mi notaría a las 15:10 horas del 15 de julio
del 2019, se reforman las cláusulas de domicilio social y representación y
administración, correspondiente a la empresa QDR Filial Cuarenta y Nueve
Menta Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-440706, carné
2600.—San José, 15 de julio de 2019.—Lic. Juan José Lara Calvo, Notario.—1 vez.—( IN2019363834 ).
Ante esta notaría,
por acta de asamblea general extraordinaria de socios de la entidad de esta
plaza denominada TZUNUN Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula
jurídica tres-ciento dos-siete seis seis nueve seis
dos, celebrada a las diez horas y treinta minutos del día diecinueve de junio
de dos mil diecinueve y protocolizada mediante escritura ochenta y uno, de
conformidad con el artículo 201 inc. d) del Código de Comercio se acordó la
disolución de dicha sociedad. Se avisa de la disolución para efectos de derechos
de interesados, por el plazo de ley. Es todo.—San
José, 05 de julio de 2019.—Licda. María de Los Ángeles Cordero Díaz, Notaria.—1
vez.—( IN2019363838 ).
El
suscrito notario, hago constar que, en mi notaría, mediante escritura número
ochenta y uno del dieciséis de julio del dos mil diecinueve, protocolicé la
disolución de Distribuidora CBS Virtual Sociedad Anónima.—San José, dieciséis de julio del
dos mil diecinueve.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís,
Notario.—1 vez.—( IN2019363840 )
Mediante escritura
número noventa y dos, otorgada ante esta notaría, en San José, a las nueve
horas del dieciséis de julio de dos mil diecinueve, se constituyó la Fundación:
Fundación Ambiente Sostenible Ae Sos, con domicilio social en, San José, Hatillo Cinco,
casa seiscientos dieciocho, alameda trece, administrada por un director y
fundador directivos, quienes durarán en sus cargos tres años. El presidente
tendrá las facultades de representante legal y apoderado generalísimo.—Lugar
y fecha: San José, dieciséis de julio de dos mil diecinueve.—Licda. Diana Karolina Quesada Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2019363841
).
Por escritura
número doscientos cuarenta y siete otorgada en San José a las diez horas del
dieciséis de julio del dos mil diecinueve, ante la licenciada María del Carmen
Garita Araya, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la Sociedad
Anónima Gaval Inmobiliaria S. A., con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos seis mil novecientos
sesenta y nueve. Es todo.—San José, once horas con
treinta minutos del diecisiete de julio del dos mil diecinueve.—Lic. María del
Carmen Garita Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2019363844 ).
Por
escritura número doscientos cuarenta y ocho otorgada en San José a las doce
horas y diez minutos del dieciséis de julio del dos mil diecinueve, ante la
licenciada María del Carmen Garita Araya, se modifica la cláusula sexta del
pacto constitutivo de la Sociedad Anónima Valgar
S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos
veintiséis mil setecientos veintitrés. Es todo.—San
José, doce horas del diecisiete de julio del dos mil diecinueve.—Licda. María
del Carmen Garita Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2019363845 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría el día de hoy, se protocolizó el acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Tres-Ciento Uno-Setecientos Ochenta
Mil Doscientos Veintidós Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-780222; reformando la cláusula sétima del pacto constitutivo referentes a
la administración de la sociedad.—Ciudad Quesada, 16
de julio del 2019.—Lic. Dowglas Dayán Murillo Murillo, Notario.—1 vez.—( IN2019363847 ).
El día de hoy el
suscrito notario protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de socios
de 3-101-539191 S. A., celebrada a las 7:00 horas del 27 de junio del
2019, mediante la cual se reforma la cláusula del plazo social.—San
José, 27 de junio del 2019.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—(
IN2019363852 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 16 de julio del
2019, protocolicé asamblea de la sociedad Albert And Sons
S. A. cédula 3-101-738266, nombra directiva.—San
José, 16 de julio de 2019.—Lic. Alfredo Antonio López Vargas, Notario.—1 vez.—(
IN2019363853 ).
Por
escritura 116 ante esta notaría a las 9:00 horas del día 16 de julio del 2019,
se constituye la sociedad RYW Corporation S. R. L.
Plazo social 100 años. Wiciak notario público 6001.
Gerentes Reimer Bjorn Kossler y William Kaspar Freymuth.—San
José.—Lic. Slawomir Wiciak,
carné 6001, Notario.—1 vez.—( IN2019363859 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del dieciséis de julio
del año dos mil diecinueve, se modifica la cláusula tercera de la sociedad Aventura
Fagre González Management Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-setecientos ochenta y
cuatro mil quinientos sesenta y siete.—Lic. Federico
Jenkins Moreno, Notario.—1 vez.—( IN2019363860 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las once horas del doce de julio del año dos mil
diecinueve, se modifica la cláusula sétima de la sociedad Inversiones Trocha
Veintisiete Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-setecientos dieciséis mil noventa y uno.—Lic.
Federico Jenkins Moreno, Notario.—1 vez.—( IN2019363861 ).
Ante
esta notaría por escritura otorgada a las trece horas y cincuenta minutos del
diez de julio del dos mil diecinueve, se protocolizan acuerdos de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Herrajes
Técnicos Centroamericanos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-setecientos sesenta y ocho mil ochocientos noventa, se
acuerda la disolución de la sociedad.—San José, diecisiete de julio del dos mil
diecinueve.—Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2019363862
).
Mediante
la asamblea general extraordinaria de cuotistas de la
sociedad denominada OOCL Logistics (Costa Rica)
Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número
3-102-779368 celebrada en su domicilio social el 16 de julio del 2019, se
procedió a reformar la cláusula séptima del pacto constitutivo referente a la representación.—San José, 16 de julio del 2019.—Lic. Rolando
García Moya, Notario.—1 vez.—( IN2019363864 ).
En mi notaría al
ser las dieciocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de junio del
año dos mil diecinueve se reformaron estatutos de la sociedad Jehová
Pentecostal Rohi Sociedad Anónima que implican disolución
de la misma.—Licda. Celenia
Godínez Prado, Notaria.—1 vez.—( IN2019363868 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las diez horas quince minutos del quince de julio
del año dos mil diecinueve, ante el notario Luis Fernando Castro Gomez, se protocolizó acuerdos de modificación de la
cláusula del domicilio, de la empresa Monte Regina M.R. Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres ciento uno quinientos treinta mil trescientos catorce.—San José, dieciséis de julio del año dos mil
diecinueve.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2019363870 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las nueve horas quince minutos del quince de julio
del año dos mil diecinueve, ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, se
protocolizó acuerdos de modificación de la cláusula del domicilio, la cláusula
de administración y cláusula del órgano de administración de la empresa Hacienda
Inmobiliaria Monte Plata C.R.C. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres
ciento uno cuatrocientos treinta y cuatro mil cuatrocientos veinte.—San José,
dieciséis de julio del año dos mil diecinueve.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez,
Notario.—1 vez.—( IN2019363874 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las nueve horas del quince de julio del año dos
mil diecinueve, ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, se protocolizó
acuerdos de modificación de la cláusula del domicilio, la cláusula de
administración y cláusula del órgano de administración de la empresa Inmobiliaria
Oranda Sociedad Anónima, cédula jurídica tres
ciento uno trescientos cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta y ocho.—San
José, dieciséis de julio del año dos mil diecinueve.—Lic. Luis Fernando Castro
Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2019363877 ).
Mediante
escritura número sesenta y cuatro-tres otorgada ante los notarios públicos José
Miguel Alfaro Gómez y Alejandro Antillón Appel,
actuando en conotariado en el protocolo del primero,
a las nueve horas treinta minutos del cuatro de julio del año dos mil
diecinueve, se disuelve y liquida la compañía denominada Internacional Arbitration Law Group Limitada, con cédula de persona jurídica
3-102-500996.—San José, diez de julio del año dos mil diecinueve.—Lic. José
Miguel Alfaro Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2019363879 ).
Ante esta notaría,
por escritura otorgada a las catorce horas del día veinte de junio del dos mil
diecinueve, se acuerda la constitución de la fundación Fundación
de la Universidad Latina de Costa Rica (FUNDAULATINA).—San José, diecisiete de julio
del dos mil diecinueve.—Lic. Magally María Guadamuz
García, Notaria.—1 vez.—( IN2019363881 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del quince de julio del
año dos mil diecinueve, ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, se
protocolizó acuerdos de modificación de la cláusula del domicilio, de la
empresa Ingenieros Mecánicos Asociados S. A., cédula jurídica tres
ciento uno ciento veintidós mil seiscientos doce.—San
José, dieciséis de julio del año dos mil diecinueve.—Lic. Luis Fernando Castro
Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2019363882 ).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas del día dieciséis de
julio del dos mil diecinueve, donde se protocolizan acuerdos de acta de
asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Cellboard Media Costa Rica LLC S. R. L. Donde
se acuerda reformar la cláusula segunda referente al domicilio social de la compañía.—San José, dieciséis de julio del dos mil
diecinueve.—Licda. Magally María Guadamuz García,
Notaria.—1 vez.—( IN2019363883 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas cuarenta y cinco minutos
del quince de julio del año dos mil diecinueve, ante el notario Luis Fernando
Castro Gómez, se protocolizo acuerdos de modificación de la cláusula del
domicilio, la cláusula de administración y cláusula del órgano de
administración de la empresa Gutiérrez & Rosabal
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno ciento cuarenta y nueve
mil quinientos noventa.—San José, dieciséis de julio del año dos mil
diecinueve.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2019363885 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas treinta minutos del
quince de julio del año dos mil diecinueve, ante el notario Luis Fernando
Castro Gómez, se protocolizó acuerdos de modificación de la cláusula del
domicilio, la cláusula de administración y cláusula del órgano de
administración de la empresa Hacienda Inmobiliaria Puerto Ibiza Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres ciento uno cuatrocientos cuarenta y nueve mil
quinientos setenta y cuatro.—San José, dieciséis de julio del año dos mil
diecinueve.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2019363886 ).
La sociedad
denominada, Agro Tips Sociedad Anónima cédula
jurídica: tres - ciento uno - setecientos ochenta y cuatro mil cincuenta y
seis, reforma acta constitutiva, cambia su denominación por, Distribuidora
MQM Sociedad Anónima, nombra nueva junta directiva, otorgado, a las nueve
horas del dieciséis de julio del dos mil diecinueve. Ante la licenciada María
del Milagro Ugalde Víquez.—Licda. María del Milagro
Ugalde Víquez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019363887 ).
Asamblea general
extraordinaria de Asociación Pro Atención a Ciudadanos Poaseños
de la Tercera Edad, cédula Jurídica, tres- cero cero
dos-cero noventa y seis mil trescientos noventa y dos, modifica domicilio
social; otorgado ante la Licda. María del Milagro Ugalde Víquez.—Licda.
María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019363888 ).
Asamblea general
ordinaria extraordinaria de socios de Transportes Angar
S.A cédula jurídica tres-ciento uno - trescientos setenta y cinco mil
seiscientos cuarenta y siete, reforma acta constitutiva, modifica nombre por Grupo
Aro S.A, nombra nueva junta directiva; otorgado ante la Licda. María del
Milagro Ugalde Víquez.—Licda. María del Milagro Ugalde
Víquez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019363889 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las once horas del día once de julio del año dos
mil diecinueve, ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se protocolizó acuerdos
de modificación de la cláusula del capital social del pacto constitutivo de la
empresa Vuelos Ejecutivos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento
uno trescientos sesenta y nueve mil quinientos ocho.—San
José, dieciséis de julio del año dos mil diecinueve.—Lic. Carlos Gutiérrez Font,
Notario.—1 vez.—( IN2019363890 ).
Por
escritura otorgada en San José, a las ocho horas del día diecisiete de julio de
dos mil diecinueve, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de Ingeurbana,
Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó la disolución de la misma.—San José, diecisiete de julio del dos mil
diecinueve.—Licda. Marcela Filloy Zerr,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019363897 ).
La suscrita,
Melissa Vargas Vargas, notaria
pública con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día diez de
julio, protocolicé acta de la empresa Investments
Groups Sociedad de Responsabilidad Limitada en la
que se modifica el domicilio de la sociedad.—San José,
diecisiete de julio de dos mil diecinueve.—Licda.
Melissa Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2019363900
).
Mediante la
escritura, de protocolización número catorce del protocolo cinco, del suscrito
notario, otorgada en Uvita de Osa de Puntarenas a las nueve horas del
diecisiete de Julio. Se acuerda disolver la sociedad costarricense Rugby Skuppy S. A., con cédula jurídica 3-101-465270.—Es todo. Uvita, Osa, Puntarenas nueve horas del
diecisiete de Julio.—Lic. Luis Felipe Gamboa Camacho,
Notario Público.—1 vez.—( IN2019363901 ).
Mediante la
escritura, de protocolización número quince del protocolo cinco del suscrito
notario, otorgada en Uvita de Osa de Puntarenas a las diez horas del diecisiete
de julio. Se acuerda disolver la sociedad costarricense, Tres-Ciento Dos
–Seiscientos Setenta y Ocho Mil Ochocientos Cincuenta y Ocho S.R.L.,
con cédula jurídica igual al nombre.—Es todo. Uvita,
Osa, Puntarenas diez horas treinta minutos del diecisiete de julio.—Lic.
Luis Felipe Gamboa Camacho, Notario Público.—1 vez.—( IN2019363902 ).
Protocolización de
acta de asamblea general extraordinaria de asociados de la asociación
denominada: Asociación Deportiva Juventud Escazuceña,
cédula 3-002-321496. Se acuerda transformar la asociación en Sociedad Anónima
Deportiva para que se denomine Juventud Escazuceña
Sociedad Anónima Deportiva.—San
José, 15 de Julio del 2019.—Lic. Walter Xavier Niehaus
Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2019363903 ).
Mediante la
escritura de protocolización número dieciséis del protocolo cinco del suscrito
notario, otorgada en Uvita de Osa de Puntarenas a las once horas del diecisiete
de Julio. Se acuerda disolver la sociedad costarricense Tres – Ciento Dos -
Seiscientos Sesenta y Ocho Mil Ochocientos Setenta y Siete S.R.L., con
cédula jurídica igual al nombre.—Es todo. Uvita, Osa,
Puntarenas doce horas del diecisiete de Julio.—Lic.
Luis Felipe Gamboa Camacho, Notario.—1 vez.—( IN2019363904 ).
Por escritura Nº9
otorgada ante esta notaria, a las 14:00 horas del 9 de Julio de 2019, se
protocoliza acta de socios de la compañía Mango Vista de Costa Rica S.A.,
mediante la cual se acuerda la disolución de la compañía.—San
José, 15 de julio de 2019.—Licda. Ana Gabriela Ávila Morua,
Notaria.—1 vez.—( IN2019363905 ).
Mediante escritura
pública número sesenta y dos del tomo 1 otorgada a las doce horas con quince
minutos del veintiséis de junio del 2019 ante esta notaría, se protocolizó
acuerdo número trece de asamblea general extraordinaria de socios de Transportes
Ego S. A., cédula 3-101-082460, mediante el cual se modifican las cláusulas
segunda y novena del pacto social en cuanto al domicilio y a la representación
judicial y extrajudicial de la compañía.—Licda. Verónica Calderón Vega,
Notaria.—1 vez.—( IN2019363907 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del doce de julio del
dos mil diecinueve, se protocolizó acta de la sociedad, Tres- Ciento Dos-
Setecientos Once Mil Ochocientos Diez, titular de la cédula jurídica número
tres –ciento dos- setecientos once mil ochocientos diez, en donde se acuerda la
disolución de la sociedad por acuerdo de socios.—San José, dieciséis de julio
del dos mil diecinueve.—Licda. María José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—(
IN2019363908 ).
Por
escritura ciento diecinueve-once de las nueve horas del once de julio del dos
mil diecinueve, se reformó la sociedad, M G Diseñadores y Constructores
Asociados de Costa Rica S. A, cédula tres-ciento uno-trescientos cuarenta y
dos mil doscientos ochenta y cinco.—Licda. Marianela
González Fonseca, Notaria.—1 vez.—( IN2019363910 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaria, a las trece horas y treinta minutos del dieciséis
de julio del dos mil diecinueve, se protocolizó acta de la sociedad Corporación
Nada & Nada Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres
–ciento uno- doscientos setenta y siete mil quinientos treinta y ocho, en donde
se acuerda la disolución de la sociedad por acuerdo de socios.—San José,
dieciséis de julio del dos mil diecinueve.—Licda. María José Vicente Ureña,
Notaria.—1 vez.—( IN2019363912 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del dieciséis de julio
del dos mil diecinueve, se protocolizó acta de la sociedad Distribuidora Joyca Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica
número tres –ciento uno- ciento dieciocho mil ochocientos treinta y uno, en
donde se acuerda la disolución de la sociedad por acuerdo de socios.—San José,
dieciséis de julio del dos mil diecinueve.—Licda. María José Vicente Ureña,
Notaria.—1 vez.—( IN2019363913 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las a las trece horas del día primero de julio
del año dos mil diecinueve, se constituyó la sociedad denominada Nacaar Football Academy Sociedad Anónima Deportiva.—San José, 17 de julio del 2019.—Lic. Hugo Madrigal Chinchilla, Notario.—1 vez.—(
IN2019363922 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría N° 15 de las 15
horas de 8 de julio de 2019, se reformó la cláusula novena de la sociedad Eridiajaz S. A., cédula 3-101-562907 para que
la representación judicial y extrajudicial de la sociedad la ostenten el
presidente y el secretario quienes actuarán siempre de manera conjunta.—San José, 8 de julio de 2019.—Lic. Edwin D. Leiva
Jara, Notario.—1 vez.—( IN2019363932 ).
Ante
mí, Carlos Francisco García Zamora, notario público con oficina en Atenas,
costado oeste del parque, procedí a protocolizar mediante escritura número
noventa y seis otorgada en la ciudad de Atenas, a las ocho horas del diez de
junio del dos mil diecinueve, escritura visible al folio: sesenta y uno vuelto,
del tomo: cuarenta y tres de mi protocolo, el acta número: ocho de asamblea
general extraordinaria de socios, donde la totalidad de los socios acordó
disolver la sociedad Grupo Balama Sociedad
Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-trescientos treinta y
siete mil veintiocho.—San José, diecisiete de julio del dos mil
diecinueve.—Lic. Carlos Francisco García Zamora, Notario.—1 vez.—( IN2019363944
).
En esta notaria, a
las 8:30 horas del día 16 de julio del 2019, acta número cuatro de la sociedad
denominada Propiedades Quinientos Noventa y Dos Sociedad Anónima,
reforman las cláusulas, del domicilio social, del capital social y de la administración.—San José, 16 de julio del 2019.—Licda. Sonsire Ivonne Espinoza Ríos, Notaria.—1 vez.—( IN2019363952
).
Ante esta notaría,
se modificó la cláusula sétima de Corporación Manza
te de Centroamérica, referente a la administración, empresa que es una
sociedad anónima. Es todo.—San José, diecisiete de
julio del dos mil diecinueve.—Licda. Hazel Tatiana Monge Calvo, Notaria.—1
vez.—( IN2019363957 ).
Mediante escritura
número ciento ochenta y cinco de las once horas del cuatro de julio del año dos
mil diecinueve, se protocolizan las actas de asamblea extraordinaria de
accionistas de las sociedades Bazo y Roldán Unidos, Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres -ciento uno-cero noventa mil ciento
veintinueve, e Inmobiliaria Herbaso del Oeste, S.
A., tres -ciento uno-doscientos cinco mil trescientos ochenta y dos, por
medio de las cuales, se acuerda fusionar ambas sociedades por medio de
absorción de la primera a la segunda, prevaleciendo la sociedad Inmobiliaria
Herbaso del Oeste, S. A. Es todo.—San
José, cuatro de julio del dos mil diecinueve.— Lic. Fernando Solís Agüero,
Notario Público.—1 vez.—( IN2019363962 ).
El
suscrito, Minor Alberto González Ugalde, notario
público con oficina en San Juan de Ciudad Quesada, San Carlos, hago constar que
el día nueve de mayo del dos mil diecinueve, se otorgó la escritura doscientos
cuarenta y ocho-uno, en la cual se protocoliza acta de la empresa: Go-Labs Enterprises Solutions S. A., empresa con cédula jurídica número
tres - ciento uno – seiscientos setenta y nueve mil setecientos sesenta y
cuatro en la cual se protocoliza la reforma del pacto social en sus cláusulas:
Tercera, del domicilio; Quinta, del aumento del capital social de la empresa y
el consecuente aumento en el número de acciones; Décima, de las convocatorias
para las asambleas ordinarias y extraordinarias de accionistas. Además, se
incluyó la reforma de estatutos para agregar nuevos elementos y sus respectivas
cláusulas, las cuales se agregarán siguiendo el orden aprobado en el acto
constitutivo de la sociedad y corriendo de numeración la actual cláusula
undécima, que en adelante se llamará Décima Quinta. Las nuevas cláusulas se
denominarán Décima Primera, sobre el derecho preferencial de suscripción de
acciones; Décima Segunda, sobre el derecho de preferencia frente a terceros;
Décima Tercera, sobre el derecho de acompañamiento y Décima Cuarta, sobre las
leyendas restrictivas. La anterior cláusula Undécima solo variará en su
numeración, no así en su contenido, pasando ahora a ser la cláusula Décima Quinta.—San Juan de Ciudad Quesada, San Carlos, dieciséis de
julio del dos mil diecinueve.—Lic. Minor Alberto
González Ugalde, Notario.—1 vez.—( IN2019363973 ).
Por
escritura Nº25 otorgada, a las 8:00 horas del día 4 de julio del 2019, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Quintana
del Monte Sociedad Anónima donde se reforma pacto social.—Lic.
Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2019363988 ).
Ante
esta notaría, mediante escritura número doscientos sesenta y cinco, de mi tomo
treinta y seis se protocolizó acta Moni & Adri Sociedad Anónima. Carné7981.—Quince
de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2019363991 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, el día 18 de junio de 2019, a las 09:00 horas, la
sociedad Parque Industrial Pococí, S. a., cédula 3-101-80813 protocolizó
acuerdos en que se acuerda disolver la sociedad.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Mauricio Marín Sevilla, Notario Público.—1
vez.—( IN2019364027 ).
Por escritura
otorgada ante Lic. José Humberto Vega Venegas, número 324 del protocolo 2, a
las 8:00 horas del 28/06/2019, se reformó junta directiva de la sociedad
anónima Tres Ciento Uno Cinco Cuatro Seis Uno Cuatro Uno S A, cédula
jurídica número 3-101- 546141, domicilio San José, presidente Ernesto Azufeifa Cedeño.—15 de julio del 2019.—Lic. José Humberto Vega Venegas,
Notario.—1 vez.—( IN2019364034 ).
Por
escritura otorgada ante Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, número 375 del protocolo
13 a las 11 h 04/06/2019, se reformo directiva de la sociedad anónima Tres
Ciento Uno Siete Tres Seis Dos Nueve Nueve S.A,
cédula jurídica número 3-101-736299, domicilio San José, presidente Jenny Roció
Duran Pérez.—15 de julio del 2019.—Lic. Ernesto
Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—( IN2019364035 ).
Por escritura
otorgada ante Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, número 2 del protocolo 14 de a las
18 h 03/07/2019, se reformo junta directiva de la sociedad anónima Comercializadora
Fero R y f S A, cedula jurídica número
3-101-348305, domicilio San José, presidente Ana Elizondo Jiménez.—15
de julio del 2019.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—( IN2019364036
).
Mediante escritura
número 118-10 otorgada por el notario público Rafael Gerardo Montenegro Peña, a
las 13:00 horas del día 30 de mayo del 2019, se constituyó la sociedad Le Soleil Et la Riviera, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de julio de 2018.—Lic. Rafael
Gerardo Montenegro Peña, Notario.—1 vez.—( IN2019364038 ).
En mi notaría se
protocoliza el acta número uno, modificando la cláusula octava de la
administración de la sociedad Agroinsumos Tecnoplant de Centro América SA cédula jurídica
3-101-584266.—Diecisiete de julio del dos mil diecinueve.—Lic.
Jorge Adrián Prado Salas, Notario.—1 vez.—( IN2019364044 ).
En
la notaría del licenciado Luis Gustavo Ortega Álvarez, se protocoliza el acta
de asamblea general extraordinaria de la sociedad, Tres-Ciento Dos-Seis Uno
Cinco Uno Cuatro Tres S.R.L., con cédula jurídica número: tres-ciento
dos-seis uno cinco uno cuatro tres, celebrada a las quince horas del veinte de
julio del dos mil dieciocho, donde se cambió la junta directiva y la
representación legal de esta sociedad , así como la distribución de las cuotas,
domiciliada en San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General Avenida
Central, contiguo al Almacén El Cinco Menos, Lic. Luis Gustavo Ortega Álvarez,
carné: quince mil ochocientos cuarenta y nueve.—Lic. Luis Gustavo Ortega
Álvarez, Notario.—1 vez.—( IN2019364066 ).
Por
escritura protocolizada por mí, al ser las 20 horas del 17 de julio del 2019,
se disuelve la sociedad: Servicios Corporativos Shangrilah
Sociedad Anónima.—Heredia,
17 de julio del2019.—Licda. María Lourdes Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—(
IN2019364067 ).
En mi notaría se
protocolizó, acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Asupunto
Sociedad Anónima Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento
uno- seis uno uno ocho tres tres,
al ser las catorce horas del diecisiete de julio del dos mil diecinueve,
modificando la cláusula de la administración del pacto constitutivo. Es todo.—San José dieciocho de julio del dos mil diecinueve.—Licda.
Ana Marlen Guillen Godínez, Notaria.—1 vez.—(
IN2019364073 ).
Por
escritura de las 15:00 horas de hoy se protocolizó acta de la sociedad, Marvila S.A. en la que se modifica la
cláusula segunda y se nombra junta directiva y fiscal.—San
José, 16 de julio del 2018.—Lic. Bernal Chavarría Herrera, Notario.—1 vez.—(
IN2019364075 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del día 15 de julio de 2019 se
protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Kaisho
Consultores Limitada, cédula jurídica 3-102-489213, en la cual se acuerda
la disolución de la sociedad.—San José 15 de julio de
2019.—Lic. Eliécer Hernández Fallas, Notario.—1 vez.—( IN2019364082 ).
Que, ante esta
notaría pública, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo
establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la
sociedad denominada Bella Princesa y Rey del Sur Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- cuatrocientos setenta y
nueve mil ciento sesenta y dos. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición en la dirección física ubicada en Alajuela, de la Heladería Pops cien metros Norte y veinticinco metros Oeste, antiguo
Registro Civil, Bufete BSV Asesores Legales, en el término de un mes a partir
de la publicación de este aviso.—Alajuela, diecisiete
de julio del dos mil diecinueve.—Licda. Nathalia
Karina Valles Villuti, Notaria.—1 vez.—( IN2019364083
).
Por escritura Nº15
otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 16 de julio de 2019, se
protocoliza acta de cuotistas de la compañía, Omavad Capital S.R.L, mediante la cual se
acuerda modificar la cláusula segunda: del domicilio: San José, Escazú, San
Rafael, Oficentro Plaza Roble, Centro Regus, Oficina
cinco cuatro dos.—San José, 17 de julio de 2019.—Licda. Ana Gabriela Ávila Morua, Notaria.—1 vez.—( IN2019364085 ).
Por escritura
otorgada ante mí, a las 17 horas del 17 de julio del 2019, La Sociedad Frewa Fw de Turrialba S. A.
cambió su nombre a Wama WM de Turrialba S.
A. Turrialba S. A.—Turrialba, 17 de julio del 2019.—Licda. Carmen
María Achoy Arce, Notaria.—1
vez.—( IN2019364099 ).
En escritura número
ciento noventa y cuatro, tomo tres de mi protocolo, se protocolizó el acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de la entidad Ladybug
LLC Limitada, cédula jurídica tres ciento dos quinientos treinta y siete
mil ochenta y seis, con acuerdos en firme para aumento de capital.—Quepos,
diecisiete de julio dos mil diecinueve.—Licda. Vielka Cubero Moya, Notaria.—1
vez.—( IN2019364100 ).
Mediante la
escritura de protocolización número dieciocho del protocolo cinco del suscrito
notario, otorgada en Uvita de Osa de Puntarenas a las dieciséis horas del
diecisiete de julio. La sociedad Pacific Bliss Properties S.R.L con
cédula jurídica 3-102-770578 es absorbida mediante Fusión por la sociedad Tres
– Ciento Dos – Setecientos Setenta Mil Novecientos Noventa y Tres S.R.L,
con cédula jurídica igual al nombre. Es todo.—Uvita,
Osa, Puntarenas diecisiete horas del diecisiete de julio.—Lic. Luis Felipe
Gamboa Camacho, Notario.—1 vez.—( IN2019364109 ).
En escritura
doscientos diez del protocolo tercero de la suscrita notaria se protocolizó el
acta número dos de la asamblea ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Flower
Be Me Llc, Limitada; cédula jurídica
3-102-494621, y se acuerda disolver la sociedad. Se cita a interesados a
manifestar oposiciones a dicho departamento después de esta publicación en La
Gaceta.—Licda. Vielka Cubero Moya, Notaria.—1
vez.—( IN2019364113 ).
En
esta notaría, a las 08:00 horas del 17 de julio del 2019, mediante escritura
número 28 del tomo 10, se protocolizó acta de asamblea general de condóminos
del Condominio La Itaba, con cédula jurídica
número tres- ciento nueve- ciento noventa y dos mil doscientos sesenta y ocho,
en la que se acordó nombrar como administradora del condominio por un año, a
administradora Casawest Condo
S. A.—San Lorenzo de Flores, Heredia, 17 de julio del 2019.—Lic. Max Alonso
Víquez García, Notario Público.—1 vez.—( IN2019364114 ).
Por escritura
otorgada ante mí el día de hoy, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Inversiones Joma del Este Sociedad Anónima,
por la cual se nombra liquidadora.—San José, 15 de
julio de 2019.—Lic. Jorge Sánchez Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2019364115 ).
Al
ser las catorce horas del día tres de julio del año dos mil diecinueve, se
modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la empresa Inmobiliaria
Alianza de Pérez Zeledón Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno- doscientos cincuenta y siete mil quinientos cincuenta y
uno, en el sentido de disminuir el capital social a la suma de doscientos
cincuenta millones de colones sin céntimos, representado por cinco acciones
comunes y nominativas de cincuenta millones de colones sin céntimos cada una
las cuales son suscritas y pagadas por la Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza
de Pérez Zeledón Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres- cero cero cuatro- cero cuarenta y cinco mil ciento treinta y
ocho. Dicha modificación del capital social fue realizada mediante la escritura
ochenta y seis- cinco, otorgada por los notarios públicos Alexander Elizondo
Quesada e Iliana Arguedas Umaña.—San Isidro de Pérez
Zeledón, el día doce de julio del año dos mil diecinueve.—Lic. Alexander
Elizondo Quesada, Notario Público.—1 vez.—( IN2019364116 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 17 de julio de 2019,
protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad
denominada Asole y Asociadas S.A., cédula de persona jurídica número
3-101-285498, en la que se acuerda disolver la sociedad.—Lic.
Orlando Enrique Ramírez Retana, Notario.—1 vez.—( IN2019364117 ).
Actitud, Estilo
y Vida Sociedad Anónima, solicita por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:30 hrs. del 26 de junio, 2019, se solicita la disolución de la
mercantil Actitud, Estilo y Vida Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-693044 por acuerdo de socios.—San José, 26 de
junio, 2019.—Licda. Melina Cortés Castro, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2019364118 ).
Hong Tai Dos Mil Diez Sociedad Anónima, solicita por escritura
otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas. del 26 de junio del 2019, se
solicita la disolución de la mercantil Hong Tai
Dos Mil Diez Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-618915 por acuerdo de socios.—San José, 26 de junio del 2019.—Licda. Melina Cortés
Castro, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019364121 ).
El día de hoy el
suscrito notario público protocolizó acta de asamblea general de cuotistas de Renocro
Dos S.R.L., celebrada a las 12 horas del 28 de junio del 2019, mediante la
cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San
José, 17 de julio del 2019.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—(
IN2019364123 ).
El día de hoy el
suscrito notario público, protocolizó acta de asamblea general de cuotistas de Zany
Holding, S.R.L., celebrada a las 10 horas del 28 de junio del 2019,
mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San
José, 17 de julio del 2019.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—(
IN2019364125 ).
El
día de hoy el suscrito notario público, protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Vezell
Logística VLCR, S. A., celebrada a las 8 horas del 28 de junio del 2019,
mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San
José, 17 de julio del 2019.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—(
IN2019364126 ).
Por
escritura otorgada, en San José a las 09:00 horas del diecinueve de julio del
2019, ante la notaria Laura Avilés Ramírez, se modifica la cláusula primera del
pacto constitutivo de la sociedad M y M Pizza SA, cédula jurídica
3-101-406670, para que se denomine, Inversiones Vista Alegre Sesenta y Uno
S.A. Es todo.—San José, 05 de julio del
2019.—Licda. Laura Avilés Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2019364127 ).
Ante
esta notaría pública, a las 8:00 horas del 17 de julio del 2019, se protocoliza
acta de asamblea general de socios de la sociedad EDFA S. A., por la
cual se modifica el objeto social.—San José, 17 de
julio del 2019.—Lic. Andrés Elliot Sule, Notario.—1
vez.—( IN2019364129 ).
Ante esta notaría,
por escritura otorgada, a las quince horas del cinco de julio del dos mil
diecinueve, se acuerda la constitución de la Fundación, Programa de
Integración Educativa Para Niños y Niñas Migrantes y Refugiados (Integra).—San José,
diecisiete de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva,
Notario.—1 vez.—( IN2019364130 ).
Se
hace saber a terceros e interesados de la disolución de la compañía Águila
Dorada de Mesoamérica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres- ciento uno- seiscientos seis mil treinta y dos.—San
José, 15 de julio del 2019.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario
Público.—1 vez.—( IN2019364131 ).
Se
hace saber a terceros e interesados de la disolución de la compañía Estella
del Sur de Latinoamérica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número: tres- ciento uno- seiscientos cinco mil seiscientos noventa y siete.—San José, 15 de julio del 2019.—Lic. Juan Carlos
Montero Villalobos, Notario Público.—1 vez.—( IN2019364136 ).
Mediante escritura
49 del tomo 8 otorgada, ante esta notaría a las 13:00 pm, del 10 de julio del
2019, se constituyó la sociedad denominada, Jazdan
Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José,
17 de julio del 2019.—Lic. José Alberto Monterrosa Ordeñana, Notario Público.—1
vez.—( IN2019364139 ).
Lidia Isabel
Castro Segura, notaria pública: Certifica que ante
esta notaría, se está reformando la nueva junta directiva y fiscalía de la Asociación
de Agricultores El Rescate de Santa Elena de Anta Cecilia de La Cruz,
cédula jurídica Nº 3-002-715122, con domicilio en
Guanacaste, distrito La Cruz, cantón La Cruz.—Liberia
17 de julio del 2019.—Licda. Lidia Isabel Castro Segura, Notaria.—1 vez.—(
IN2019364149 ).
Por escritura
otorgada ante mí, a las dieciséis horas del diez de diciembre del dos mil
dieciocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad, La Ranita Coqui S. A., con
cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- doscientos veintiséis mil
novecientos cuarenta y ocho, de las catorce horas del diez de diciembre del dos
mil dieciocho, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula sexta de
representación de la sociedad. Teléfono: 2201-6640.—Lic. Hernán Cordero Maduro,
Notario.—1 vez.—( IN2019364150 ).
Mediante escritura
número cincuenta y uno- dos, otorgada en mi notaría, se nombra nuevo presidente
en la sociedad Entrenamiento Balanceado Sociedad Anónima, cédula
jurídica número: tres- ciento uno- siete uno nueve uno siete ocho.—San
Ramón, diecisiete de julio del dos mil diecinueve.—Licda. Angelica Campos
Barrantes, Notario.—1 vez.—( IN2019364152 ).
Lidia Isabel
Castro Segura, notaría pública: certifica que ante esta notaria se está
reformando la nueva junta directiva y fiscalía de la Asociación de Mujeres
para el Desarrollo Agroecoturístico Social y
Organizativo da La Virgen Santa Cecilia de La Cruz, cédula jurídica
3-002-443671-, con domicilio en Guanacaste, distrito La Cruz, cantón La Cruz.—Liberia 17 de julio del 2019.—Licda. Lidia Isabel
Castro Segura, Notario.—1 vez.—( IN2019364158 )
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las trece horas del quince de julio del dos mil
diecinueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad
de esta plaza denominada Unidos Rade Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101- 230624, mediante la cual se reforma la
cláusula sétima del pacto constitutivo, se revoca y nombra nueva junta
directiva, fiscal y agente residente por el resto del plazo social.—San José,
quince de julio del dos mil diecinueve.—Licda. Roxana Sofia Lao Méndez,
Notaria.—1 vez.—( IN2019364161 ).
Por medio de
escritura otorgada, a las 15 horas del día 17 de julio del año 2019, se
protocolizó acta de la sociedad, Art Blend S.A,
por medio de la cual se cambia el domicilio de la sociedad.—Licda.
Alejandra Echeverria Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2019364167 ).
Corporación Ulasan Sociedad de
Responsabilidad Limitada, por escritura otorgada, a las 13:00 horas del
05 de julio del 2019, se protocolizan actas números 1 y 2. Disolución y liquidación.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario Público.—1
vez.—( IN2019364178 )
Por
escritura pública número treinta y tres, otorgada, ante los notarios públicos
Luis Esteban Hernández Brenes y Héctor Manuel Fallas Vargas, a las diecisiete
horas treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil diecinueve, se
protocolizó el acta de la sociedad Anelmo Bat, Sociedad Anónima. En donde se acordó disolver la sociedad.—Lic. Luis Esteban Hernández Brenes.—Lic. Héctor
Manuel Fallas Vargas, Notarios Públicos.—1 vez.—( IN2019364180 ).
Que por escritura
otorgada en mi notaría, se constituye la sociedad mercantil denominada Events Tkg Sociedad
Anónima, cuyo capital social se encuentra suscrito y pagado y con plazo
social de noventa y nueve años.—Lic. Carlos Manuel
Guzmán Aguilar, Notario Público.—1 vez.—( IN2019364191 ).
Soluciones
Tecnológicas Muñoz & Delgado Ltda., modifica la cláusula cuarta: Que se leerá
así el plazo social de la sociedad se ampliará hasta el año dos mil ochenta y
tres. Escritura número: ciento noventa y cinco.—San
José, 06 de julio del 2019.—Licda. Ileana Flores Sancho, Notaria.—1 vez.—(
IN2019364193 ).
Por escritura
otorgada ante mí a las 15:00 horas del 4/03/2019, se constituyó la “Fundación
Forjando Carácter”. Domicilio Los Guido, Desamparados, San José, plazo
perpetuo, objeto amplio de ayuda social, capital social suscrito y pagado,
junta administrativa compuesta por 5 miembros y tendrá un delegado ejecutivo y
una corporación de patrocinadores.—Lic. Guido Alberto
Soto Quesada, Notario Público.—1 vez.—( IN2019364195 ).
Por escritura
número ciento sesenta y seis-tomo segundo, otorgada el diecisiete de julio del
dos mil diecinueve, a las trece horas, se protocolizó en forma conducente ante
esta notaría, acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada
Yobel Logistics
Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó modificar la cláusula segunda
y novena del pacto constitutivo de la sociedad, así como el nombramiento de un
vocal con representación legal.—Licda. Alma
Monterrey Rogers, Notaria.—1 vez.—( IN2019364198 ).
A las 13:15 horas
del día 19 de junio del año 2019, se protocolizó asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Desarrollos Playa Prieta DPP S.
A., donde se acordó reformar la cláusula del capital del pacto de constitución.
Es todo.—San José, 16 de julio del 2019.—Lic. Felipe
Esquivel Delgado, Notario.—1 vez.—( IN2019364204 ).
Protocolización
del acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad de esta plaza tres-ciento uno-seiscientos treinta y ocho mil ciento
sesenta y seis Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos treinta y ocho mil ciento sesenta y seis, mediante la cual se
aumenta el capital social de la sociedad y se Reforma de manera integral el
Pacto Social. Escritura otorgada a las quince horas del diecisiete de julio de
dos mil diecinueve.—Licda. Brizza
Mena Segura, Notaria.—1 vez.—( IN2019364206 ).
Mediante escritura
otorgada en mi notaría a las 17:00 horas de hoy protocolicé acta de asamblea de
socios de Fervas Sociedad Anónima
mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y onceava de los
estatutos, trasladando el domicilio y modificando la conformación y
atribuciones de la junta directiva.—San José, 17 de
julio del 2019.—Lic. Mario Alberto Solórzano Sandoval, Notario.—1 vez.—(
IN2019364220 ).
La
suscrita Catherine Vanessa Mora Chavarría, carne 19189, hago constar que ante mi notaría, se encuentra tramitando el cierre de la
empresa Luna de Santa Ana Sociedad Anónima, cedula jurídica
tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cinco mil cuatrocientos noventa y ocho
por lo que solicito se publique el edicto de ley respectivo. Es todo.—San José, dieciocho de julio del año dos mil
diecinueve.—Licda. Catherine Mora Chavarría, Notaria.—1 vez.—( IN2019364225 ).
A las diez horas
del día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de las
sociedades Desalmacenadora Costarricense S.
A., cédula jurídica 3-101-068265 y Frutas de Coronado S. A., cédula
jurídica 3-101-103524, en donde se fusionan por absorción, quedando Frutas
de Coronado S. A.—San José, 17 de julio de 2019.—Licda. Carmen Estrada Feoli, Notaria.—1 vez.—(
IN2019364233 ).
A las diez y
treinta horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de las sociedades Rodyara
S.A., cédula jurídica 3-101-101300 y Zamora y Alpízar S.A., cédula
jurídica 3-101-258821, en donde se fusionan por absorción, quedando Rodyara S.A.—San José, 17 de julio de
2019.—Licda. Carmen Estrada Feoli, Notaria.—1
vez.—( IN2019364234 ).
Protocolización de
acta asamblea general extraordinaria de la sociedad, Vallearriba
Caripito Veintiods Tres A SRL., en la cual se el
gerente y se incluye agente residente. Es Todo.—Licda.
María Araya Morera, Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN2019364240 ).
Mediante
escritura pública número veintinueve, con anotación marginal otorgada a las
horas del quince horas con treinta minutos del treinta de abril dos mil
diecinueve, la suscrita notario público constituyó la empresa Thien My E.I.R.L., Individual
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de julio del dos mil diecinueve.—Licda. Isabel Zúñiga Gómez,
Notaria.—1 vez.—( IN2019364241 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las 08:00 horas del 16 de julio del 2019 se
reformó la junta directiva de “Desarrollo Vacacional Solymar S. A.”.—San José, 17 de julio del 2019.—Lic. Emmanuel Naranjo
Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2019364247 ).
Por escritura 123,
tomo 16, protocolicé acta N° 3 de asamblea general
extraordinaria de cuotistas de la sociedad Lote
Cuarenta y Cinco Tamarindo Ltda. cédula jurídica: 3-102-781874, que cambia
el domicilio social y el Gerente.—Liberia, 18 de julio
del 2019.—Licda. Xenia Saborío García, Notaria.—1 vez.—( IN2019364249 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10:30 horas, del 18 de julio de 2019 se
acordó: a) Reformar la cláusula correspondiente al domicilio social; c)
Reformar la cláusula correspondiente a la representación, y c) Nombrar nuevo
secretario de la compañía Compañía Gandera y Agrícola El Mamey Sociedad Anónima.—Licda. Mariana Herrera Ugarte,
Notaria.—1 vez.—( IN2019364254 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas, del 18 de julio de 2019 se acordó
constituir la sociedad Huetares Monge
Sociedad de Responsabilidad Limitada. Notaria
Pública, Mariana Herrera Ligarte. 8846-8145. 18 de julio de 2019.—Licda.
Mariana Herrera Ligarte, Notaria.—1 vez.—(
IN2019364255 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:15 horas del día 18 de julio del
2019, la sociedad The Answer
at the End of the Line Limitada, acuerda
modificar la cláusula segunda: el Domicilio y la sétima: la Administración.—San
José, 18 de julio de 2019.—Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez, Notario.—1
vez.—( IN2019364257 ).
Por escritura
otorgada ante mí a las 09:30 horas del 18 de julio del 2019, se acuerda la
disolución de la sociedad Priscipeanuts S. A.,
cédula jurídica número 3-101-570017. Es todo.—San
José, 18 de julio del 2019.—Gustavo Tellini Mora.—1
vez.—( IN2019364258 ).
Mediante
escritura número setenta y nueve otorgada ante los notarios públicos Álvaro
Enrique Leiva Escalante y Hernán Pacheco Orfila, actuando en conotariado en el protocolo del primero, a las ocho horas
del día dieciocho de julio del año dos mil diecinueve, se acordó reformar la
cláusula referente al domicilio de los estatutos sociales de la sociedad Intercambios
de Casas Residenciales Bernis Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número 3-101-396706.—Lic. Álvaro Enrique Leiva
Escalante, Notario.—1 vez.—( IN2019364259 ).
Protocolización
de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Asesores
Coral MV S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
sesenta y tres mil novecientos ochenta y cuatro, mediante la cual se acuerda
modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo y se modifica nombramiento
de fiscal. Escritura otorgada en San José, ante el notario público, Gabriel
Rojas González, diecisiete de julio de dos mil diecinueve.—Lic.
Gabriel Rojas González.—1 vez.—( IN2019364262 ).
Protocolización
de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Dreams
of the West S.A., con
cédula jurídica N° tres-ciento uno-trescientos
noventa mil cero cero cuatro, mediante la cual se
disolvió la sociedad. Escritura otorgada en San José, ante el Notario Público
Gabriel Rojas González.—17 de julio del 2019.—Lic.
Gabriel Rojas González, Notario.—1 vez.—( IN2019364264 ).
Protocolización de
acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inmobiliaria
la Negrita Ilnesa S. A., con cédula de persona
jurídica N° tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y
seis mil quinientos setenta y uno, mediante la cual se disolvió la sociedad.
Escritura otorgada en San José, ante el notario público Gabriel Rojas González.—17 de julio de 2019.—Lic. Gabriel Rojas González,
Notario.—1 vez.—( IN2019364265 ).
Protocolización
de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Freccia Argento S. A., con cédula de persona
jurídica N° tres-ciento uno-seiscientos quince mil
ciento once, mediante la cual se disolvió la sociedad. Escritura otorgada en
San José, ante el notario público Gabriel Rojas González.—17
de julio de 2019.—Lic. Gabriel Rojas González, Notario.—1 vez.—( IN2019364266
).
Protocolización de
acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Eugenita
de San José S. A., con cédula de persona jurídica N°
tres-ciento uno-ciento noventa y nueve mil cero treinta y tres, mediante la
cual se disolvió la sociedad. Escritura otorgada en San José, ante el notario
público Gabriel Rojas González.—17 de julio de
2019.—Lic. Gabriel Rojas González, Notario.—1 vez.—( IN2019364267 ).
La compañía El
Gallo de la Península Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-40535,
cambia su domicilio social, revoca y hace nuevos nombramiento de junta
directiva y además reforma la cláusula de la administración.—Licda.
Jenny María Ramos González, Notaria.—1 vez.—( IN2019364268 ).
Por
acuerdo unánime de socios, de la sociedad Soluciones Integradas Dekoralo Sociedad Anónima, cédula N°
3-101-668702 y por la cual no existen activos ni pasivos se acuerda la
disolución de la sociedad.—San José, a las 9 horas del
18 de julio del 2019.—Licda. Angie Vanessa Miranda Salas, Notario.—1 vez.—(
IN2019364269 ).
Por
escritura otorgada ante mí a las 09:40 horas del 18 de julio del 2019, se
acuerda la disolución de la sociedad Einstein English E L S. A., cédula
jurídica N° 3-101-570783. Es todo.—San
José, 18 de julio del 2019.—Lic. Gustavo Tellini
Mora, Notario.—1 vez.—( IN2019364271 ).
Por
escritura pública otorgada a las nueve horas del diecisiete de julio de dos mil
diecinueve, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de AUG Corporación S. A., en la que se aumenta el capital, reforma
cláusula de administración y nombra vocal seis.—San
José, diecisiete de julio de dos mil diecinueve.—Lic. Luis Fernando León
Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2019364274 ).
Que por escritura N° 156, visible a folio 186 vuelto, se acordó disolver la
sociedad Cabinas D Val Llc Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica: 3-102-709050, visible en el tomo 30 del
protocolo del suscrito notario público, el motivo de este edicto es la
disolución de la empresa indicada.—Uvita de Osa, a las
9:00 horas del 18 de julio del 2019.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1
vez.—( IN2019364275 ).
Por
escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del veintisiete de junio
del dos mil diecinueve, protocolizo actas de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de las sociedades: Grupo Terraza Sabana Sociedad
Anónima, con cédula jurídica N° tres-ciento
uno-setecientos ochenta mil quinientos noventa y ocho y Grupo Puerta del
Barrio Sociedad Anónima, con cédula jurídica N°
tres-ciento uno-quinientos setenta y cuatro mil setenta y ocho, mediante las
cuales se acuerda la fusión por absorción de ambas, prevaleciendo Grupo
Terraza Sabana Sociedad Anónima y se aumenta el capital social de esta
última compañía.—San José, a las ocho horas del diecisiete de julio de dos mil
diecinueve.—Lic. Francisco José Rucavado
Luque, Notario.—1 vez.—( IN2019364284 ).
Por escritura
otorgada a las doce horas del veintisiete de junio del dos mil diecinueve,
protocolizo actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de
las sociedades: Torres del Parque Kiwi Sociedad Anónima, con cédula
jurídica N° tres-ciento uno-quinientos sesenta y un
mil quinientos uno y Desarrollos Turísticos Lago Arenal Sociedad Anónima,
con cédula jurídica N° tres-ciento uno-ciento nueve
mil veinticinco, mediante las cuales se acuerda la fusión por absorción de
ambas, prevaleciendo Torres del Parque Kiwi Sociedad Anónima y se
aumenta el capital social de esta última compañía.—San José, a las ocho horas
quince minutos del diecisiete de julio de dos mil diecinueve.—Lic. Francisco
José Rucavado Luque, Notario.—1 vez.—( IN2019364285 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos
del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Costa Rica B Dos I
Developpment Sociedad Anónima.—San José, 19 de
junio del 2019.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—CE2019008149.—(
IN2019364290 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 18 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Belén
del Oeste Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2019.—Licda. Jeannina Saborio Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2019008150.—(
IN2019364291 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos
del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Confecciones
M Y P Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de junio del 2019.—Lic.
Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2019008151.—(
IN2019364292 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Administrative
Consultant CR Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de junio del 2019.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—CE2019008152.—( IN2019364293 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos
del 19 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Bermúdez &
Ramírez Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2019.—Lic. Herberth Enrique Martínez
Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2019008153.—(
IN2019364294 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos
del 19 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Uvita
Finance Limitada.—San José, 19 de junio del 2019.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—CE2019008154.—(
IN2019364295 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 45 minutos del 17 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Tres Mundos Producciones Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19
de junio del 2019.—Lic.
André Vargas Siverio, Notario.—1 vez.—CE2019008155.—( IN2019364296 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos
del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Constru-Vásquez
& Solís Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de junio del 2019.—Lic. Braulio Ulises Murillo Segura, Notario.—1 vez.—CE2019008156.—( IN2019364297 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos
del 19 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Mon Papillon MPP Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 19
de junio del 2019.—Lic.
Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—CE2019008157.—( IN2019364298 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos
del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Gooniesneversaydie
Investments Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de junio del 2019.—Licda. María Gabriela Elizondo Alpízar,
Notaria.—1 vez.—CE2019008158.—(
IN2019364299 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos
del 13 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Grecia Land and Residential
Solutions Limitada.—San José, 19 de junio del 2019.—Lic. José Juan Sánchez Chavarría,
Notario.—1
vez.—CE2019008159.—( IN2019364300 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos
del 15 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Aux Technology Ltd Limitada.—San José, 19
de junio del 2019.—Lic.
América Zeledón Carrillo, Notario.—1 vez.—CE2019008160.—( IN2019364301 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos
del 19 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Casasola &
Asociados Inc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19
de junio del 2019.—Lic.
Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—CE2019008161.—( IN2019364302 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Servicios Médicos Manga
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de junio del 2019.—Licda.
Betty Herrera Picado, Notaria.—1 vez.—CE2019008162.—(
IN2019364303 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 35 minutos
del 13 de mayo del año 2019, se constituyó
la sociedad denominada Agencia de Viajes
Oro S H L Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2019.—Licda. Yahaira Vanessa Zamora Duarte, Notaria.—1
vez.—CE2019008082.—( IN2019364304 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 24 de mayo del año 2019, se constituyó
la sociedad denominada Grupo
Cerro Verde El Roble Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del
2019.—Lic. José Luis Ramos Castellón,
Notario.—1
vez.—CE2019008083.—( IN2019364305 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 40 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Metamorphosis
Beauty Salón Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1
vez.—CE2019008084.—( IN2019364306 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 35 minutos del 17 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada L.C.G Lowcountry
Grace One Limitada.—San José, 18 de junio del
2019.—Licda. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—CE2019008085.—(
IN2019364307 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de mayo
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Construmartínez
Sociedad Anónima.— San José, 18 de junio del
2019.—Licda. Carolina Sánchez Mata, Notaria.—1 vez.—CE2019008086.—(
IN2019364308 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Rojas y Jiménez Contadores de
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda. Jennifer Jiménez Arias, Notaria.—1
vez.—CE2019008087.—( IN2019364309 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Aguas Limpias del General Sur
Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2019.—Lic.
Adrián Mora Retana, Notario.—1 vez.—CE2019008088.—( IN2019364310 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Valle Escondido Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2019.—Lic. Herald
Garbanzo Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2019008089.—( IN2019364311 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada JU FU LOU Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de junio del 2019.—Lic. Shuk Shen Young Au Yeung, Notario.—1 vez.—CE2019008090.—( IN2019364312 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 20 de mayo del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Katrus
Edu Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2019.—Lic. José Raúl
Ugalde Xatruch, Notario.—1 vez.—CE2019008091.—(
IN2019364313 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Consorcios Mariscos
Caribeños Sociedad Anónima.—San
José, 19 de junio del 2019.—Licda. Grettel Chavarría
Gamboa, Notaria.—1 vez.—CE2019008092.—( IN2019364314 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 13 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Wifi Here Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de junio del 2019.—Lic. Cinzia Víquez Renda,
Notaria.—1 vez.—CE2019008093.—( IN2019364315 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada PCS Representaciones
Farmacéuticas del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del
2019.—Lic. Jazmín Santamaria Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2019008094.—(
IN2019364316 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada El Retiro de la Esperanza
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del 2019.—Lic. José Ignacio
García Azofeifa, Notario.—1 vez.—CE2019008095.—( IN2019364317 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Forwardtogether
Crc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del
2019.—Lic. Fabio Enrique Corrales Loria, Notario.—1 vez.—CE2019008096.—(
IN2019364318 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 15 minutos del 19 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Evora
FF Blaubart Veintiuno Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del
2019.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—CE2019008097.—(
IN2019364319 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 50 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Montajes Estructurales BM
Sociedad Anónima.—San
José, 19 de junio del 2019.—Licda. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaria.—1
vez.—CE2019008098.—( IN2019364320 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 15 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Cremalleras de Occidente Sociedad
Anónima.—San
José, 19 de junio del 2019.—Lic. José Alberto Zúñiga López, Notario.—1
vez.—CE2019008099.—( IN2019364321 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 05 minutos del 19 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Shalom Costa Rica Tours
and Vacations Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del
2019.—Lic. Alejandro Montero Vargas, Notario.—1 vez.—CE2019008100.—(
IN2019364322 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada 1157 Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del
2019.—Lic. Osman González Araya, Notario.—1 vez.—CE2019008101.—( IN2019364323
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Zacate de Occidente
Sociedad Anónima.—San
José, 19 de junio del 2019.—Lic. José Alberto Zúñiga López, Notario.—1
vez.—CE2019008102.—( IN2019364324 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Hoovida
Sociedad Anónima.—San
José, 19 de junio del 2019.—Licda. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1
vez.—CE2019008103.—( IN2019364325 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 19 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Evora
FF Vorarlberg Veintidós Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del
2019.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—CE2019008104.—(
IN2019364326 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Nutritivas F
Y H de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del
2019.—Lic. Gerardo Arturo Badilla Rumoroso, Notario.—1 vez.—CE2019008105.—(
IN2019364327 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Casa de la Guacamaya Escarlata
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del 2019.—Lic. Douglas
Alberto Beard Holst, Notario.—1 vez.—CE2019008106.—(
IN2019364328 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 19 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Mofer
Dos Mil Dos Sociedad Anónima.—San
José, 19 de junio del 2019.—Lic. Diego José Mata Morales, Notario.—1
vez.—CE2019008107.—( IN2019364329 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mabo
Loan Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del
2019.—Licda. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—CE2019008108.—( IN2019364330
).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Ópticas del Sol Uvita Sociedad Anónima.—San
José, 19 de junio del 2019.—Lic. Cristhian Fabián Artavia Gamboa, Notario.—1
vez.—CE2019008109.—( IN2019364331 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Modelo Jubesa Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del
2019.—Licda. Kerling María Araya Madrigal,
Notaria.—1 vez.—CE2019008110.—( IN2019364332 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Grupo Mapa de Occidente
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del 2019.—Lic. Otto José Andre Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2019008111.—(
IN2019364333 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 18 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada BMFAM de CR Sociedad Anónima.—San
José, 19 de junio del 2019.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1
vez.—CE2019008112.—( IN2019364334 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Pacifico CR TYT Sociedad Anónima.—San
José, 19 de junio del 2019.—Licda. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1
vez.—CE2019008113.—( IN2019364335 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Importadora y
Distribuidora BEG Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del
2019.—Lic. Giovanni Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—CE2019008114.—(
IN2019364336 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 16 de mayo
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Oxo
Consultoría & Diseño Limitada.—San José, 19 de junio del 2019.—Licda. Kattia
Navarro López, Notaria.—1 vez.—CE2019008115.—( IN2019364337 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Alimentos Modernos de
Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 19 de junio del 2019.—Licda. Diana Catalina Varela Solano,
Notaria.—1 vez.—CE2019008116.—( IN2019364338 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Mabey
Sociedad Anónima.—San
José, 19 de junio del 2019.—Lic. Alejandro Matamoros Bolaños, Notario.—1
vez.—CE2019008117.—( IN2019364339 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada German Sounding
Like Hindenburg Limitada.—San José, 19 de junio del
2019.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—CE2019008118.—( IN2019364340
).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada NR & DR Corporación Todo En
Nube Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del
2019.—Licda. Carolina Zamora Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2019008119.—(
IN2019364341 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Súper Babies
Escazú Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del
2019.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto,
Notario.—1 vez.—CE2019008120.—( IN2019364342 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos
del 07 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Barrantes
JMD Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2019.—Lic. Reynaldo Arias Mora, Notario.—1 vez.—CE2019008121.—( IN2019364343 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 15 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Green
Sense Sostenibilidad e Innovación
Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2019.—Licda. Nidia Isabel Sibaja
Blanco, Notaria.—1 vez.—CE2019008122.—(
IN2019364344 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos
del 15 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada It Developing & Consulting
Limitada.—San José, 19 de junio del 2019.—Licda. Raquel Verónica Piedra Alfaro, Notaria.—1
vez.—CE2019008123.—( IN2019364345 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos
del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Casa Veruca
LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de junio del 2019.—Licda.
Diana Herrera Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2019008124.—(
IN2019364346 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 18 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Ganadera San Martín de la Altura
MBFG Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2019.—Licda. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1
vez.—CE2019008125.—( IN2019364347 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos
del 19 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Liquidation APP Sociedad Anónima.—San
José, 19 de junio del 2019.—Lic.
Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2019008126.—(
IN2019364348 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Cookie
Town USA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de junio del 2019.—Lic.
Manuel Enrique Ventura Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2019008127.—(
IN2019364349 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Casalamor Ostional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19
de junio del 2019.—Lic.
Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1
vez.—CE2019008128.—( IN2019364350 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 14 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Representaciones Intercambios
y Pasantías Sociedad Anónima “RIPSA Sociedad Anónima.—San José, 19 de
junio del 2019.—Lic. Juan
Carlos Acosta Baldomero, Notario.—1 vez.—CE2019008129.—( IN2019364351 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos
del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Comercializadora
Ramírez Rodríguez Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de junio del 2019.—Licda. Lilly Carolina Murillo Sandí,
Notaria.—1 vez.—CE2019008130.—(
IN2019364352 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 40 minutos
del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Centro Yireh
Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2019.—Lic. Claudio Antonio González Valerio, Notario.—1 vez.—CE2019008131.—( IN2019364353 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos
del 19 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Olive Ridley Zeeschildpad
Inc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de junio del 2019.—Lic.
Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1
vez.—CE2019008132.—( IN2019364354 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 13 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada FE &
VA Company Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2019.—Lic. Gustavo Jiménez Ocampo, Notario.—1 vez.—CE2019008133.—( IN2019364355 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos
del 15 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Plus Energy Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 19 de junio del 2019.—Licda.
Elizabeth Víquez Matamoros, Notaria.—1
vez.—CE2019008134.—( IN2019364356 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos
del 19 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Jason J Schmidt CR
Limitada.—San José, 19 de junio del 2019.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1
vez.—CE2019008135.—( IN2019364357 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Nico Enríquez Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio
del 2019.—Licda. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—CE2019008136.—(
IN2019364358 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Pacific
Quality Services PQS de
Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 19 de junio del 2019.—Licda. Miriam Adriela Medina Espinoza, Notaria.—1
vez.—CE2019008137.—( IN2019364359 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 01 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Salvaje
Sociedad Anónima.—San
José, 19 de junio del 2019.—Licda. Odith Bolandi Castro, Notaria.—1 vez.—CE2019008138.—(
IN2019364360 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Vinoteca Las
Calabazas Sociedad Anónima.—San
José, 19 de junio del 2019.—Licda. Laura Ramírez Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2019008139.—(
IN2019364361 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Bygdanfelipe
Sociedad Anónima.—San
José, 19 de junio del 2019.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1
vez.—CE2019008140.—( IN2019364362 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 19 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Habitacional el Nuevo Belén
Sociedad Anónima.—San
José, 19 de junio del 2019.—Licda. Paola Lucía Rojas Alpízar, Notaria.—1
vez.—CE2019008141.—( IN2019364363 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Liv FF Veintinueve
Sociedad Anónima.—San
José, 19 de junio del 2019.—Licda. Hazel Sancho González, Notaria.—1
vez.—CE2019008142.—( IN2019364364 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 11 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada OWLB LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de junio del 2019.—Licda. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1
vez.—CE2019008143.—( IN2019364365 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada AARM Comercial Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de junio del 2019.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1
vez.—CE2019008144.—( IN2019364366 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Grupo AMP de Occidente
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del 2019.—Lic. Otto José Andre Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2019008145.—(
IN2019364367 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 19 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Casa Romeo Mart Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del
2019.—Licda. Maureen Irlene Masís
Mora, Notaria.—1 vez.—CE2019008146.—( IN2019364368 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada P&M Estudio de Sueños
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del 2019.—Lic. Royran Gerardo Arias Navarro, Notario.—1
vez.—CE2019008147.—( IN2019364369 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Global Stands Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de junio del 2019.—Licda. María Lorna Ballestero Muñoz, Notaria.—1
vez.—CE2019008148.—( IN2019364370 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general de la
sociedad Tyk Tak
Catálogo y Ventas Online NMS S.R.L., donde se reformó la administración y domicilio.—San José, 18 de julio del 2019.—Lic. Javier
Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—( IN2019364374 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 10 minutos del 16 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Muebles Romo Dos Mil
Diecisiete Sociedad Anónima.—San
José, 17 de junio del 2019.—Licda. Lucia Azofeifa Azofeifa,
Notaria.—1 vez.—CE2019007982.—( IN2019364376 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Alma Negra Café HMD Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Licda. Rita María Calvo González, Notaria.—1
vez.—CE2019007983.—( IN2019364377 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Las Olas del Martin
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio del 2019.—Lic. Gonzalo
Eduardo Rodríguez Castro, Notario.—1 vez.—CE2019007984.—( IN2019364378 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada T Y T Servicios de Alimentos
Sociedad Anónima.—San
José, 17 de junio del 2019.—Licda. Ana Cristina Moya Bedoya, Notaria.—1
vez.—CE2019007985.—( IN2019364379 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Great Horizons
Sociedad Anónima.—San
José, 17 de junio del 2019.—Licda. Carolina Kierszenson
Lew, Notaria.—1 vez.—CE2019007986.—( IN2019364380 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 17 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Bocatto
Dulcette Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón,
Notario.—1 vez.—CE2019007987.—( IN2019364381 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Globales Kjmata Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio del
2019.—Lic. Luis Humberto Herrera Castillo, Notario.—1 vez.—CE2019007988.—(
IN2019364382 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Lex Consultores CR Sociedad Anónima.—San
José, 17 de junio del 2019.—Licda. Priscilla María Hidalgo Castro, Notaria.—1
vez.—CE2019007989.—( IN2019364383 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 13 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Aroma y Sabor Sabana Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1
vez.—CE2019007990.—( IN2019364384 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada JSDS Costa Rican
Samara Dream Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Juan Francisco Molinero Hernández, Notario.—1
vez.—CE2019007991.—( IN2019364385 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Auto Platino de Costa Rica
Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda. Jéssica Alvarado Herrera, Notaria.—1
vez.—CE2019007992.—( IN2019364386 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Bio Foams
Internacional Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Oscar José Ocampo Soto, Notario.—1
vez.—CE2019007993.—( IN2019364387 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mabo
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del 2019.—Licda. Lilliam Boza
Guzmán, Notaria.—1 vez.—CE2019007994.—( IN2019364388 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Autobacs
de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—1
vez.—CE2019007995.—( IN2019364389 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 17 de mayo del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Novahub
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del 2019.—Lic. Adrián Mora
Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2019007996.—( IN2019364390 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 40 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Techgrand
Company Limited Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Carlos Alberto Montero Trejos, Notario.—1
vez.—CE2019007997.—( IN2019364391 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Lunapacca
Limitada.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1
vez.—CE2019007998.—( IN2019364392 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 03 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Metropolitan
Maio Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del
2019.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—CE2019007999.—(
IN2019364393 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Concalma
Investments Limitada.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1
vez.—CE2019008000.—( IN2019364394 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 01 minutos del 01 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Grupo Cavallini
Fernández Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda. Sandra María Obando Juárez, Notaria.—1
vez.—CE2019008001.—( IN2019364395 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de mayo del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ruta Treinta y Cinco
Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del
2019.—Lic. Geraldine Marín Villegas, Notario.—1 vez.—CE2019008002.—(
IN2019364396 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Forward2gether CRC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de junio del 2019.—Lic. Fabio Enrique Corrales Loria,
Notario.—1 vez.—CE2019008003.—( IN2019364397 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 15 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Meilan Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del
2019.—Lic. Gustavo Alonso Rodríguez Murillo, Notario.—1 vez.—CE2019008004.—(
IN2019364398 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 08 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Emi y Emi Atenas Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Juan Blanco Vargas, Notario.—1
vez.—CE2019008005.—( IN2019364399 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Jafu
Limitada.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Juan José Valerio Alfaro, Notario.—1
vez.—CE2019008006.—( IN2019364400 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada FRM Inversiones Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1
vez.—CE2019008007.—( IN2019364401 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Always
The Best Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Ricardo Urbina Paniagua, Notario.—1
vez.—CE2019008008.—( IN2019364402 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 30 minutos
del 31 de mayo del año 2019, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Montes Rothe
del Pacífico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del 2019.—Lic. Alejandro Salom Hernández, Notario.—1
vez.—CE2019008009.—( IN2019364403 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 14 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Pinilla Teca Trees Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de junio del 2019.—Licda. Yendri María González Céspedes, Notaria.—1 vez.—CE2019008010.—( IN2019364404 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 29 de abril del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Rbicalentadores Representantes
para Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2019.—Lic. Mario Madrigal Ovares, Notario.—1
vez.—CE2019008011.—( IN2019364405 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 18 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada La Lupina del Parque Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del 2019.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—CE2019008012.—( IN2019364406
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 45 minutos
del 16 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Salva Brava Ciento
Seis Caribbean House Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic.
Iván Villalobos Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2019008013.—(
IN2019364407 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 20 minutos
del 07 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Trasportes
Sirham Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de junio del 2019.—Lic. Enrique Curling Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2019008014.—( IN2019364408 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos
del 15 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Bluwood
Industries Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2019.—Lic. Tobías Felipe Murillo
Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2019008015.—(
IN2019364409 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 30 minutos
del 16 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada BP Uno-Cero Siete CCS Limitada.—San José, 18 de junio del 2019.—Lic. Iván Villalobos Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2019008016.—( IN2019364410 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos
del 06 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Mutiservicios
Environmental Technology Industry Sociedad Anónima.—San José, 18 de
junio del 2019.—Lic.
Maximiliano Villalobos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2019008017.—(
IN2019364411 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 13 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada H Sol
Diez AEJ Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de junio del 2019.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2019008018.—( IN2019364412 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 15 minutos del 15 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada OFS Operaciones Forestales Sostenibles Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2019.—Lic. Tobías Felipe Murillo
Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2019008019.—(
IN2019364413 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos
del 13 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada AJ Solutions Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de junio del 2019.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2019008020.—( IN2019364414 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 15 minutos del 18 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada El Retiro Encantada Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de junio del 2019.—Lic.
José Ignacio García Azofeifa, Notario.—1 vez.—CE2019008021.—( IN2019364415 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos
del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada se solicita sea utilizado el número de cédula jurídica que se asigne Sociedad
Anónima.—San José, 18 de junio del 2019.—Licda. Giselle Arroyo Segura, Notaria.—1
vez.—CE2019008022.—( IN2019364416 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 30 minutos
del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Inmobiliaria
Arco Azul LMC Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de junio del 2019.—Lic. Bismarck Adonis Gómez Zúñiga,
Notario.—1
vez.—CE2019008023.—( IN2019364417 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos
del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Lara Romero Proyectos
& Soluciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del 2019.—Licda. Carolina Zamora Ramírez, Notaria.—1
vez.—CE2019008024.—( IN2019364418 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos
del 10 de mayo del año 2019, se constituyó
la sociedad denominada BMS
Health Solutions Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2019.—Lic. Giovanni Jiménez Chacón, Notario.—1
vez.—CE2019008025.—( IN2019364419 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 18 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada AA & G
Colmenarez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de junio del 2019.—Licda.
Carolina Zamora Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2019008026.—( IN2019364420 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos
del 13 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Administracion
Corporativa Valu Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda.
Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2019008027.—(
IN2019364421 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 20 minutos
del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Casa Lumpusita
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic.
Jefte David Zúñiga Jiménez,
Notario.—1
vez.—CE2019008028.—( IN2019364422 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada se solicita sea utilizado el número
de cédula jurídica que se asigne Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda. Giselle Arroyo Segura, Notaria.—1
vez.—CE2019008029.—( IN2019364423 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Campamento Vista del Valle
Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1
vez.—CE2019008030.—( IN2019364424 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 45 minutos del 14 de mayo
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Servicios Médicos San
Francisco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1
vez.—CE2019008031.—( IN2019364425 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora El Guardián
de Occidente Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda. Julia María Zeledón Cruz, Notaria.—1
vez.—CE2019008032.—( IN2019364426 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 18 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Agregados AR Treinta y
Cuatro Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1
vez.—CE2019008033.—( IN2019364427 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 04 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Monbre
de Oriente Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1
vez.—CE2019008034.—( IN2019364428 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Instalaciones Roblemar
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de junio del 2019.—Licda. Lucrecia Flaque Murillo,
Notaria.—1 vez.—CE2019008035.—( IN2019364429 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Importadora y
Distribuidora Brengu Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del 2019.—Lic. Giovanni
Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—CE2019008036.—( IN2019364430 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 03 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada En Todas Empanadas Factory
Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del
2019.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—CE2019008037.—(
IN2019364431 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Rosa de Los Vientos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del 2019.—Lic. Juan José
Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2019008038.—( IN2019364432 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 15 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Muro Meilan Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del
2019.—Lic. Gustavo Alonso Rodríguez Murillo, Notario.—1 vez.—CE2019008039.—(
IN2019364433 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Corporación Mariño &
Villamizar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del
2019.—Licda. Carolina Zamora Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2019008040.—(
IN2019364434 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Nutritivas de Costa
Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del
2019.—Lic. Gerardo Arturo Badilla Rumoroso, Notario.—1 vez.—CE2019008041.—(
IN2019364435 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Villa Cuarenta Mil Treinta y Tres
Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda. Alejandra Rojas Carballo, Notaria.—1
vez.—CE2019008042.—( IN2019364436 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Sueños de Orotina SO Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda. Flor Del Carmen Guevara Vega, Notaria.—1
vez.—( IN2019364437 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 11 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Acai
Bowls Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del
2019.—Lic. Kattia Vargas Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2019008044.—( IN2019364438
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada HDA Cortezamarillo
Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Pablo Gazel Pacheco, Notario.—1
vez.—CE2019008045.—( IN2019364439 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Earnup
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del
2019.—Lic. Rodrigo Maffioli Márquez, Notario.—1
vez.—CE2019008046.—( IN2019364440 ).
Mediante
escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada JV Cosmo
Creativa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio
del 2019.—Licda. Oliva Priscilla Ugalde Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2019008047.—
( IN2019364441 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada se solicita sea utilizado el número
de cedula jurídica que se asigne Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda. Heidy Patricia
Lizano Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2019008048.—( IN2019364442 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 45 minutos del 14 de mayo
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Anydia
Servicios Médicos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del
2019.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2019008049.—( IN2019364443
).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Quesada y Marín
Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda. Laura Ramírez Brenes, Notaria.—1
vez.—CE2019008050.—( IN2019364444 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 10 minutos del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Exotic
Beach Home Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del
2019.—Lic. Francisco Manuel Conejo Vindas, Notario.—1 vez.—CE2019008051.—(
IN2019364445 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 18 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Agrícola Fernández y
Calderón Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda. Carolina Méndez Zamora, Notaria.—1
vez.—CE2019008052.—( IN2019364446 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Top Gun Holdings Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda. María Gabriela Elizondo Alpízar, Notaria.—1
vez.—CE2019008053.—( IN2019364447 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos y Administración
Prodigy Dap Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1
vez.—CE2019008054.—( IN2019364448 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Coordinación de
Operaciones Especiales A&K Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del
2019.—Lic. Iván Araya Monge, Notario.—1 vez.—CE2019008055.—(
IN2019364449 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Mistcode
Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Oldemar Antonio Fallas Navarro, Notario.—1
vez.—CE2019008056.—( IN2019364450 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Artroscopía y Deporte Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda. Betty Herrera Picado, Notaria.—1
vez.—CE2019008057.—( IN2019364451 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada A & P Consultores Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda. María de Los Ángeles Angulo Gómez, Notario.—1
vez.—CE2019008058.—( IN2019364452 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Disprova
Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. José Francisco Berrocal Henderson, Notario.—1
vez.—CE2019008059.—( IN2019364453 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 13 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Khalifa Co 1111 Limitada.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Juan Luis Mora Cascante, Notario.—1
vez.—CE2019008060.—( IN2019364454 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Bermúdez y Morales Sotero Amado
Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Herald Garbanzo Alvarado, Notario.—1
vez.—CE2019008061.—( IN2019364456 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada O Y T Miembro Superior y Mano
Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda. Betty Herrera Picado, Notaria.—1
vez.—CE2019008062.—( IN2019364457 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 12 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Juárez y Asociados
Industriales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del
2019.—Licda. Irene Jiménez Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2019008063.—( IN2019364458
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Grupo AARM Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—CE2019008064.—(
IN2019364459 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 05 minutos del 21 de mayo del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Tom & Jonny Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda. Laura Priscila Carvajal Ramírez, Notaria.—1
vez.—CE2019008065.—( IN2019364460 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Servicios Financieros Taurus
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del 2019.—Lic. Gonzalo
Alberto Carrillo Delgado, Notario.—1 vez.—CE2019008066.—( IN2019364461 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Agropecuaria Rialva
Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda. Miriam Adriela Medina Espinoza, Notaria.—1
vez.—CE2019008067.—( IN2019364462 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 05 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Loma Italcika
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del 2019.—Lic. Juan Guillermo
Coghi Molina, Notario.—1
vez.—CE2019008068.—( IN2019364463 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Romeag
Rma Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del
2019.—Lic. Antonio López Calleja Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2019008069.—( IN2019364464
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Sports
Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del
2019.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2019008070.—(
IN2019364465 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 10 minutos del 13 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Brass
Tax Global Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda. Johanna Pamela Cordero Araya,
Notaria.—1 vez.—CE2019008071.—( IN2019364466 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Metacom
Business Process Outsourcing Solutions
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del 2019.—Lic. Augusto Ronney Arce Marín, Notario.—1 vez.—CE2019008072.—(
IN2019364467 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Constructora Montenegro y Peralta
Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Andrés Gómez Tristán, Notario.—1
vez.—CE2019008073.—( IN2019364468 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios B & Z de
Cariari Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del
2019.—Lic. Rafael Elías Madrigal Brenes, Notario.—1 vez.—CE2019008074.—(
IN2019364469 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Inmova
Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Licda. Rosalina Estrella Mendoza, Notaria.—1
vez.—CE2019008075.—( IN2019364470 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Desarrolladora Veca Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del
2019.—Licda. María José Campos García, Notaria.—1 vez.—CE2019008076.—(
IN2019364471 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Jaymi
Inmobiliaria Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del
2019.—Lic. Ronny García González, Notario.—1 vez.—CE2019008077.—( IN2019364472
).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Condominio Jaymi
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del 2019.—Lic. Ronny García
González, Notario.—1 vez.—CE2019008078.—( IN2019364473 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 25 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Alfacas
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del 2019.—Lic. José Rafael
Ortiz Carvajal, Notario.—1 vez.—CE2019008079.—( IN2019364474 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 17 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Peace
in Paradise Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1
vez.—CE2019008080.—( IN2019364475 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Icsell
Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2019.—Lic. Alejandro Vargas Alfaro, Notario.—1
vez.—CE2019008081.—( IN2019364476 ).
En
mi notaría a las catorce horas con cincuenta y siete minutos del veintidós de
mayo del dos mil diecinueve, se protocolizó acta de la sociedad N.A.W.A.L.
Servicios y Consultorías Integrales Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica N° tres-ciento dos-setecientos setenta
y cuatro mil novecientos noventa y tres, se modifica sétima: la representación
del pacto constitutivo, en el cual los señores gerente uno: señor Abbie Mora
Araya y gerente cuatro: Julio César Araya Rojas, renuncian a su representación
y se acuerda nombrar por el resto del plazo social a la siguiente persona como:
gerente uno: Deiby Gamboa Noguera, mayor, divorciado
de primeras nupcias, chofer de maquinaria pesada, vecino de Guanacaste,
Abangares, Matapalo, casa de madera, frente a taller mecánico Luis Fernando
Segura, cédula de identidad seis-trescientos veintiuno-seiscientos catorce,
como gerente uno.—San José, 18 de julio del 2019.—Licda. Dolia
Carmona González, Notaria.—1 vez.—( IN2019364477 ).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, se disolvió la sociedad Tres-Ciento
Uno-Quinientos Noventa y Cinco Mil Novecientos Diecinueve Sociedad Anónima.—San
Ramon, 16 de julio del 2019.—Lic. Mario Eduardo Salazar Camacho, Notario.—1
vez.—( IN2019364482 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 7:00 horas del 18 de julio de 2019
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
LS Dos Júpiter S Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres -
ciento uno - trescientos sesenta y nueve mil seiscientos ochenta y ocho,
mediante la cual se acordó disolver la sociedad.—San
José, 18 de julio del 2019.—Lic. Jesús Brenes Calderón, Notario.—1 vez.—(
IN2019364486 ).
Ante esta notaría,
a las 15:00 horas del 17 de julio del 2019, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Especialidades
Electromecánicas R & R Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-384372, donde se reforma parcialmente el pacto constitutivo, mediante
escritura número 262-10 del tomo 10 del protocolo de la Licda. Laura Daniela Fernández
Mora.—Cartago, 15 de julio del 2019.— Licda. Laura Daniela Fernández Mora,
Notaria.—1 vez.—( IN2019364487 ).
Por
escritura número cuarenta y ocho otorgada ante esta notaría, a las 12:30 horas
del 17 de julio pasado, se protocoliza acta de asamblea ordinaria y
extraordinaria de socios de Consultora y Constructora de Proyectos y Diseños
de Costa Rica S. A., cedula de persona jurídica 3-101- 658682 mediante la
cual se acuerda reformar la cláusula novena de los estatutos sociales relativa
a la administración.—San José, dieciocho de julio del dos mil
diecinueve.—Licda. Rocío Leiva Trejos, Notaria.—1 vez.—( IN2019364491 ).
Por escritura
número 45 otorgada ante esta notaría, a las 10 horas del 17 de julio pasado, se
protocoliza acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de DICA
Desarrollos Inmobiliarios Centroamericanos S. A., cédula de persona
jurídica 3-101-465.579, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula octava
de los estatutos sociales relativa a la administración.—San
José, dieciocho de julio del dos mil diecinueve.—Licda. Rocío Leiva Trejos,
Notaria.—1 vez.—( IN2019364492 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de mayo del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Getaway
Dental Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 14 de junio del 2019.—Lic. Raúl Álvarez
Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2019007891.—( IN2019364494 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 13 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Grupo Sang
Sociedad Anónima.—San
José, 14 de junio del 2019.—Licda. Evelyn Alejandra Calderón Murillo,
Notaria.—1 vez.—CE2019007892.—( IN2019364495 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 15 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Cofidos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de junio del 2019.—Lic. José Bernardo
Soto Calderón, Notario.—1 vez.—CE2019007893.—( IN2019364496 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora de Pollo THC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de junio del 2019.—Lic. Walter Rolando
Portuguez Fernández, Notario.—1 vez.—CE2019007894.—(
IN2019364497 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Tahula
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de junio del 2019.—Lic. Ricardo Antonio
Cerdas Guntanis, Notario.—1 vez.—CE2019007895.—(
IN2019364498 ).
Por
escritura número doscientos cincuenta y uno, de las once horas del veintiseis de junio de dos mil diecinueve, ante esta
notaría, se modifican las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de Narsos Sociedad Anónima, y se nombra al vicepresidente.—La Unión.—Licda. Marta Vargas Arrieta,
Notaria.—1 vez.—( IN2019364505 ).
Ante
mi notaría, escritura número doscientos cincuenta y ocho-tres, se protocoliza
acta cuatro de asamblea general extraordinaria de la sociedad Salón y Spa Fast Hair S. A. Se modifican
las cláusulas primera y tercera del pacto constitutivo.—La
Unión, 04 julio 2019.—Licda. Marta Vargas Arrieta.—1 vez.—( IN2019364506 ).
Ante
mi notaría, escritura número doscientos cincuenta y seis-tres, se protocoliza
acta cinco de asamblea general extraordinaria de la sociedad Gideon Development CR S. A. Se revoca el nombramiento de
agente residente y se nombra tesorero y fiscal.—La
Unión, 29 junio 2019.—Licda. Marta Vargas Arrieta, Notaria.—1 vez.—(
IN2019364508 ).
Mediante escritura
de las catorce horas el treinta de junio del dos mil diecinueve, número
veinticuatro, tomo tres de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea de
socios de Inversiones Profectus S. A., en la
que se cambia el objeto principal y se nombra nuevo tesorero de la junta
directiva. Fax 2240-0782.—Licda. Kattia Hernández Chaves, Notaria.—1
vez.—( IN2019364516 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Primitive
Foods Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de junio del
2019.—Licda. Jennifer Jiménez Arias, Notaria.—1 vez.—CE2019007896.—(
IN2019364517 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Piscosour
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de junio del 2019.—Lic. Juan Carlos
Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—CE2019007897.—( IN2019364518 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Rojas y Jiménez Consultores
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de junio del 2019.—Licda. Jennifer Jiménez Arias, Notaria.—1
vez.—CE2019007898.—( IN2019364519 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Constructora Onix
y Asociados Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de junio del 2019.—Licda. Jennifer Jiménez Arias, Notaria.—1
vez.—CE2019007899.—( IN2019364520 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Gucce
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17
de junio del 2019.—Licda. Ofelia Jiménez Hernández, Notaria.—1
vez.—CE2019007900.—( IN2019364521 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Mazz
Holding Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca, Notario.—1
vez.—CE2019007901.—( IN2019364522 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Alpha Monarchy
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio del 2019.—Licda. Yojever Ortega Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2019007902.—(
IN2019364523 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Ramírez Jiménez Twins & Bro Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio del 2019.—Licda. Laura Zaideth Campos Chaves, Notaria.—1 vez.—CE2019007903.—(
IN2019364524 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Cabo Raso Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio
del 2019.—Lic. Sergio José Guido Villegas, Notario.—1 vez.—CE2019007904.—(
IN2019364525 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Consorcio Hermanos Peraza
Sociedad Anónima.—San
José, 17 de junio del 2019.—Lic. Allan Andrés Madrigal Anchia, Notario.—1
vez.—CE2019007905.—( IN2019364526 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 20 de mayo
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada JIPTV-Puntocom Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Lic. José Antonio Reyes Villalobos, Notario.—1
vez.—CE2019007906.—( IN2019364527 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de mayo
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada DYBA Producciones Limitada.—San José, 17 de junio del 2019.—Lic. Rodrigo
Sandoval Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2019007907.—( IN2019364528 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada E-Prioritybus Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de junio del 2019.—Licda. Jessica Rodríguez Jara, Notaria.—1 vez.—CE2019007908.—(
IN2019364529 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos
del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Comercializadora
Siba CS Número
Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Lic.
Norman Leslie De Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—CE2019007909.—(
IN2019364530 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 12 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Distribuidora
STLA CR Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio del 2019.—Licda. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2019007910.—( IN2019364531
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos
del 10 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Proyecto Seguro A & S de
Centroamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio del 2019.—Lic. Rodolfo Enrique Montero Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2019007911.—( IN2019364532 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Transmora
Tres-Ocho-Cero Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio del 2019.—Lic. Federico Gerardo Meneses
Sancho, Notario.—1 vez.—CE2019007912.—(
IN2019364533 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 14 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Importex Sourcing Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio del 2019.—Lic. Johannes Pereira Casal, Notario.—1
vez.—CE2019007913.—( IN2019364534 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos
del 13 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones
Rempack Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de junio del 2019.—Licda. Shirley Ávila Cortés, Notaria.—1
vez.—CE2019007914.—( IN2019364535 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos
del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Luna El Sole Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Lic.
Ismene Arroyo Marín, Notario.—1 vez.—CE2019007915.—(
IN2019364536 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 14 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Pinilla
Trees Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17
de junio del 2019.—Licda. Yendri María González Céspedes, Notaria.—1 vez.—CE2019007916.—(
IN2019364537 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos
del 13 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Moto Austria KTM Sociedad
Anónima.—San José, 17 de junio del 2019.—Licda. María Fernanda Salazar Acuña,
Notaria.—1 vez.—CE2019007917.—(
IN2019364538 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 17 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Jiménez y Aguilar de
Paquera Sociedad Anónima.—San José, 17 de
junio del 2019.—Lic. Juan
Luis Jiménez Succar, Notario.—1 vez.—CE2019007918.—( IN2019364539 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos
del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones
Directas Rojas Sociedad Anónima.—San José, 17 de
junio del 2019.—Licda. Ginnette Arias Mora, Notaria.—1 vez.—CE2019007919.—( IN2019364540 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 13 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada GM Soluciones Informáticas
SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Lic.
Álvaro José Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—CE2019007920.—( IN2019364541 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos
del 08 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones
Solca Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio del 2019.—Lic. German Enrique Salazar Santamaría,
Notario.—1
vez.—CE2019007921.—( IN2019364542 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos
del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Star Center FZC Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Licda.
Ginnette Arias Mora, Notaria.—1
vez.—CE2019007922.—( IN2019364543 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 30 minutos
del 10 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Grupo Dunhill y Asociados Sociedad Anónima.—San José, 17 de
junio del 2019.—Lic. Luis
Gustavo Ocampo Rojas, Notario.—1 vez.—CE2019007923.—(
IN2019364544 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos
del 15 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada IMCO Solucions
Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio del 2019.—Licda. María Lourdes Delgado Jiménez, Notaria.—1
vez.—CE2019007924.—( IN2019364545 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Roka
Business Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio del 2019.—Lic. Denis Mauricio Artavia
Cordero, Notario.—1 vez.—CE2019007925.—(
IN2019364546 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos
del 12 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada FAMHG4 Limitada.—San José,
17 de junio del 2019.—Lic.
Enrique Corrales Barrientos, Notario.—1 vez.—CE2019007926.—(
IN2019364547 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos
del 30 de mayo del año 2019, se constituyó
la sociedad denominada CNCAL
Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio del 2019.—Lic. Sergio Mena Díaz, Notario.—1 vez.—CE2019007927.—( IN2019364548 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada RC Naturals
CBD Sociedad Anónima.—San
José, 17 de junio del 2019.—Lic. Ismael Alexander Cubero Calvo, Notario.—1 vez.—CE2019007928.—(
IN2019364549 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 30 de mayo
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Grupo de Comunicación
Marcos Blanco Sociedad Anónima.—San
José, 17 de junio del 2019.—Licda. Magally Herrera
Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2019007929.—( IN2019364550 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Clínica Santa Ana D N T L
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio del 2019.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notario.—1 vez.—CE2019007930.—(
IN2019364551 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Sident
Diecinueve Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio del
2019.—Licda. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1
vez.—CE2019007931.—( IN2019364552 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada The
Love Locks on London
Bridges Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio del
2019.—Licda. Natalia María González Bogarín, Notaria.—1 vez.—CE2019007932.—(
IN2019364553 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 31 de mayo
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora L Y P Mundo
Calzado Turrialba Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio del 2019.—Lic. Arturo Hidalgo
Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2019007933.—( IN2019364554 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 12 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Casa Caballo Nosara Springs LTED Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1
vez.—CE2019007934.—( IN2019364555 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de junio del año 2019,
se constituyó la sociedad denominada Pura Vibra Real Estate Holdings Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1
vez.—CE2019007935.—( IN2019364556 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 12 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Muva
Service Cero Seis Once Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Licda. Carolina Zamora Ramírez, Notaria.—1
vez.—CE2019007936.—( IN2019364557 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada MN And B LLC Limitada.—San José, 17 de junio del
2019.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—CE2019007937.—( IN2019364558
).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Camafiru
Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Lic. Adolfo Antonio García Baudrit, Notario.—1 vez.—CE2019007938.—(
IN2019364559 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 17 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada CRMB Holding Corporation Limitada.—San José, 17 de junio del
2019.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2019007939.—(
IN2019364560 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 14 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Churun
Meru Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio del
2019.—Licda. Carolina Zamora Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2019007940.—(
IN2019364561 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Fernández
& Romero Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio del
2019.—Lic. Luis Alberto Apú Oviedo, Notario.—1
vez.—CE2019007941.—( IN2019364562 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Butterfly
Bungalows Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Licda. Ana Lucrecia Gómez Mora, Notaria.—1
vez.—CE2019007942.—( IN2019364563 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada All
in Cloud Service Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Licda. Carolina Zamora Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2019007943.—(
IN2019364564 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Concalma
Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1
vez.—CE2019007944.—( IN2019364565 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 15 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Consultores Samambaya
Quince Cero Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio del
2019.—Licda. Carolina Zamora Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2019007945.—(
IN2019364566 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Espléndida CCC Sociedad Anónima.—San
José, 17 de junio del 2019.—Licda. María Emilia Chacón González, Notaria.—1
vez.—CE2019007946.—( IN2019364567 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Best Management CRBM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Lic. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1
vez.—CE2019007947.—( IN2019364568 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Araya y Valverde ARAVAL Compañía
de Servicios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio del
2019.—Lic. Merlin Starling
Leiva Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2019007948.—( IN2019364569 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 13 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Grupo Whi
KA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio del
2019.—Lic. Kenneth Mauricio Mora Díaz, Notario.—1 vez.—CE2019007949.—(
IN2019364570 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de mayo del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Centro Técnico Contable (CETECO)
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio del 2019.—Licda. Kattia
Navarro López, Notaria.—1 vez.—CE2019007950.—( IN2019364571 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Ex Nihilo Construction
Costa Rica Inc Limitada.—San José, 17 de junio del
2019.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2019007951.—(
IN2019364572 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 16 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Aoyama
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17
de junio del 2019.—Lic. Federico Piedra Poveda, Notario.—1 vez.—CE2019007952.—(
IN2019364573 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Yacumamita Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de junio del 2019.—Lic. Luis Felipe Gamboa Camacho, Notario.—1 vez.—CE2019007953.—( IN2019364574 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de mayo
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Grupo Vendemax
Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio del
2019.—Lic. Rodrigo Sandoval Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2019007954.—(
IN2019364575 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Coordinación de
Operaciones Especiales. Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio del
2019.—Lic. Iván Araya Monge, Notario.—1 vez.—CE2019007955.—(
IN2019364576 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 12 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Industriales
JJ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
17 de junio del 2019.—Licda. Irene Jiménez Alfaro, Notaria.—1
vez.—CE2019007956.—( IN2019364577 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Marjiva
CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio del
2019.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2019007957.—(
IN2019364578 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 13 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada A & P
Mechanics Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de junio del 2019.—Lic. Rafael Elías Madrigal Brenes,
Notario.—1
vez.—CE2019007958.—( IN2019364579 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 30 minutos
del 13 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada G&M I.T Solutions Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17
de junio del 2019.—Lic.
Álvaro José Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—CE2019007959.—(
IN2019364580 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos
del 17 de junio del año 2019,
se constituyó la sociedad denominada Sarubo
Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Licda.
Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1
vez.—CE2019007960.—( IN2019364581 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos
del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Volcano Xtreme Tour Sociedad Anónima.—San
José, 17 de junio del 2019.—Lic.
Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez,
Notario.—1
vez.—CE2019007961.—( IN2019364582 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos
del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad
denominada Famzelaro
Montelimar Limitada.—San José, 17 de junio del 2019.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1
vez.—CE2019007962.—( IN2019364583 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada BETECAM Sociedad Anónima.—San
José, 17 de junio del 2019.—Lic. Eduardo López Solano, Notario.—1
vez.—CE2019007963.—( IN2019364584 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Tecno Maque Sociedad Anónima.—San José,
17 de junio del 2019.—Lic. Eduardo José Mora Castro, Notario.—1
vez.—CE2019007964.—( IN2019364585 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 07 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Impress
Sociedad Anónima.—San
José, 17 de junio del 2019.—Lic. Luis Pablo Rojas Grijalba, Notario.—1
vez.—CE2019007965.—( IN2019364586 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 17 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Dolce Terrabela
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio del
2019.—Lic. Sonia María Madrigal Fernández, Notaria.—1 vez.—CE2019007966.—(
IN2019364587 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Romeag Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio del
2019.—Lic. Antonio López Calleja Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2019007967.—(
IN2019364588 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Secure
Investments by Chap Cash Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1
vez.—CE2019007968.—( IN2019364589 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Expediciones Bluejam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Lic. Santos Javier Saravia Baca, Notario.—1
vez.—CE2019007969.—( IN2019364590 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Playa Negra Skatepark
Limitada.—San José, 17 de junio del 2019.—Lic.
José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—CE2019007970.—( IN2019364591 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada HOORA Sociedad Anónima.—San José, 17 de junio del
2019.—Licda. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—CE2019007971.—(
IN2019364592 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 14 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Tortuga en las Nubes Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera García, Notario.—1
vez.—CE2019007973.—( IN2019364594 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada The
Life Costa Rica Llc. Limitada.—San José, 17 de junio del 2019.—Lic.
Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2019007974.—( IN2019364595 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 14 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada PCS Costa Rica Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Licda. Jazmín Santamaría Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2019007975.—(
IN2019364596 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 13 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Vidrios MRQ de Guápiles Sociedad
Anónima.—San
José, 17 de junio del 2019.—Licda. Rocío Zamora Moya, Notaria.—1
vez.—CE2019007976.—( IN2019364597 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 14 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Pinilla Trees Sociedad de Responsabilidad Limitada (español: “Árboles
Pinilla” S.R.L.) Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Licda. Yendri María González Céspedes,
Notaria.—1 vez.—CE2019007977.—( IN2019364598 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Patrimonio Cuatro Jotas de Occidente
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio del
2019.—Lic. Randall Emilio Ramírez Calero, Notario.—1 vez.—CE2019007978.—( IN2019364599
).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 05 minutos del 13 de mayo del año
2019, se constituyó la sociedad denominada The
Feel Good House Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de junio del 2019.—Lic. Oscar Venegas Córdoba, Notario.—1
vez.—CE2019007979.—( IN2019364600 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 25 de abril del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Edenarts
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de junio del 2019.—Lic. Oscar Venegas
Córdoba, Notario.—1 vez.—CE2019007980.—( IN2019364601 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Hermanos Monge Rojas FMR Sociedad
Anónima.—San
José, 17 de junio del 2019.—Lic. Alfredo Álvarez Quirós, Notario.—1
vez.—CE2019007981.—( IN2019364602 ).
Por
escritura número 289 tomo 1 del protocolo del notario Juan Carlos Acosta
Baldomero, otorgada a las dieciséis horas del 15 de julio del 2019, se disuelve
la sociedad denominada: Transportes Convas
Sociedad Anónima, de conformidad con lo establecido en artículo 201 inciso
d) del Código de Comercio.—San José, 18 de julio del
2019.—Lic. Juan Carlos Acosta Baldomero, Notario.—1 vez.—( IN2019364605 ).
Ante esta notaría,
por escritura otorgada a las dieciséis horas del día diecisiete de julio de dos
mil diecinueve, donde se protocolizan acuerdos de acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Garnier Interiors S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula
referente al domicilio social de la Compañía.—San
José, diecisiete de julio del dos mil diecinueve.—Licda. Magally
María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—( IN2019364607 ).
En esta notaría, a
las 8:30 horas del día 17 de julio del 2019. Acta número cinco de la sociedad
denominada Lounge Essentials Sociedad Anónima, reforman las cláusulas
segunda, sétima y decimotercera.—San José, 17 de julio
del 2019.—Lic. Édgar Omar Belloso Montoya, Notario.—1 vez.—( IN2019364608 ).
Ante esta notaría,
por escritura otorgada a las quince horas cuarenta y cinco minutos del día
diecisiete de julio de dos mil diecinueve, donde se protocolizan acuerdos de
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada GD Garnier Developers, S. A.
Donde se acuerda modificar la cláusula referente al domicilio social de la compañía.—San José, diecisiete de julio del dos mil
diecinueve.—Licda. Magally María Guadamuz García,
Notaria.—1 vez.—( IN2019364609 ).
Ante esta notaría,
por escritura otorgada a las dieciséis horas quince minutos del día diecisiete
de julio de dos mil diecinueve, donde se protocolizan acuerdos de acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada Garnier Lamdscaping & Planning S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula
referente al domicilio social de la Compañía.—San
José, diecisiete de julio del dos mil diecinueve.—Licda. Magally
María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—( IN2019364610 ).
Ante esta notaría,
por escritura otorgada a las once horas del día diecisiete de julio de dos mil
diecinueve, donde se protocolizan acuerdos de acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Viva Treinta
y Uno Timón S. A. Donde se acuerda la disolución y liquidación de la compañía.—San José, diecisiete de julio del dos mil
diecinueve.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2019364611
).
Ante esta notaria,
por escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del día diecisiete de
julio de dos mil diecinueve, donde se protocolizan acuerdos de acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada RDS Contruction CR S.A. Donde se acuerda modificar la
cláusula primera referente al nombre de la compañía.—San
José, diecisiete de julio del dos mil diecinueve.—Licda. Magally
María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—( IN2019364612 ).
Mediante
escritura autorizada por el suscrito notario público, a las 13:00 horas del día
03 de julio del 2019, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de 3-101-601311 S. A., mediante la cual se
acordó reformar la cláusula referente al capital social, por haberse aumentado
el mismo por medio de la emisión de acciones preferentes.—San José, 16 de julio
de 2019.—Lic. Pablo Sancho Calvo, Notario.—1 vez.—( IN2019364613 ).
Gisemari del Oeste Sociedad
Anónima, nombra nuevo presidente y secretaria, otorgada el día dieciocho de
julio dos mil diecinueve.—Licda. Ana Lucía Herrera
Bogarín, Notaria.—1 vez.—( IN2019364615 ).
Por
escritura otorgada en mi notaría, a las 8:00 horas del día 17 de Julio del año
2019, se constituyó sociedad Dardón & Arias S.A. Presidente:
Marco Tulio Roberto Dardón Gallardo. Capital social:
mil dólares. Domicilio social: San José, Curridabat Curridabat
Prado de la Pop’s 200 metros sur y veinticinco metros
oeste.—San José, 17 de julio del 2019.—Lic. Ronald
Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2019364617 ).
El notario Harold
Núñez Muñoz, protocolizó en San José, a las 17:00 horas del 15 de julio del
2019, acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones
Internacionales Joli S. A., cédula 3-101-114284,
en donde se reforma cláusulas “primera y segunda” del pacto social.—San
José, 15 de julio del 2019.—Lic. Harold Núñez Muñoz, Notario.—1 vez.—(
IN2019364621 ).
Por escritura
otorgada en esta notaría, a las 8:00 horas de hoy, se protocolizó
reestructuración de la junta directiva de Distribuidora Arrieta y Badilla
S.A.—Palmar Norte, 09 julio 2019.—Lic. Rafael Campos Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2019364622 ).
Por escritura otorgada ante mí se constituyó Costa Rica Cheer UP Producciones Sociedad Anónima
Deportiva. Capital social íntegramente
suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente
y tesorero con facultades
de apoderados generalísimos
sin límite de suma. El objeto es el desarrollo de actividades deportivas.—San José, 19 de julio del 2019.—Licda. Kattia Alvarado Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2019365337 ).
En mi notaría,
mediante escritura número 129, de las 15:00 horas del 19 de Julio de 2019, la
sociedad Inversiones Rosales de Heredia Sociedad Anónima modifica la
representación judicial y extrajudicial, le corresponde al presidente y
secretaria, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma
pudiendo actuar conjunta o separadamente y cambia el presidente, secretario y
fiscal.—Santa Bárbara de Heredia, 19 de Julio de 2019.—Licda. Lilliana Madrigal
Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2019365484 ).