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Nombre del
Trámite:
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Protocolo para adquisición de producto terminado (Textos Jurídicos,
Alcances en forma de folleto, Gacetas y Boletines).
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Nombre de la
Institución:
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Junta Administrativa de la Imprenta Nacional
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Dependencia
responsable del
trámite:
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Plataforma de Servicios: Unidad de Publicaciones (oficinas centrales en la Uruca) y Oficina
Descentralizada (en Curridabat).
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Dirección de la dependencia, sus sucursales y horarios:
|
Oficinas centrales: San José, la
Uruca, detrás del Almacén Técnico Capris S. A.
Horario: Lunes a viernes
de 8:00 am a 3:30 pm (jornada continua).
Oficina Descentralizada: Curridabat, dentro del Registro Nacional.
Horario: lunes a viernes de 8:00 am a 2:45 pm (jornada continua).
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Licencia, autorización, o permiso que se obtiene con el trámite:
|
No aplica.
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Requisitos
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Fundamento Legal de cada requisito
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Sistema de Crédito (Aplica únicamente para
instituciones gubernamentales), sólo en nuestras oficinas centrales.
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● El usuario o cliente que desee adquirir alguno
de nuestros productos terminados (textos jurídicos, alcances en forma de
folleto, gacetas o boletines), puede hacerlo en las oficinas centrales de la Imprenta Nacional,
ubicadas en la Uruca.
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● Debe presentar la orden de compra, solicitud de
pedido o reserva presupuestaria
respectiva que cubre el pago del producto terminado, con sellos y
firmas de las personas autorizadas para estos efectos.
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● Una vez corroborado por el plataformista que el
monto establecido en la orden de compra corresponde a la cantidad solicitada
y el monto total de la sumatoria es correcto, procede a solicitar a la Sección de
Cuentas Corrientes del Departamento Financiero de nuestra institución, la
factura original correspondiente, a fin de que sea entregada de una vez al
cliente, para su puesta en trámite de pago.
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● El cliente da un compás de espera, para
despacharle la mercancía de una vez, amparada la misma al documento de pago
que la respalda.
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Requisitos
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Fundamento Legal de cada requisito
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● PROFORMAS: Si el usuario o el cliente desea
obtener la cotización de lo que requiere comprar, puede hacerlo a través de
las siguientes direcciones electrónicas: suscripciones@imprenta.go.cr, o
adonato@imprenta.go.cr, o bien, directamente en nuestra Plataforma de
Servicios.
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Sistema de Contado (Aplica para todo público).
Lo puede adquirir en las oficinas centrales en la Uruca, o en la Oficina Descentralizada,
situada dentro del Registro Nacional, en Curridabat.
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● El usuario o cliente que desee adquirir alguno
de nuestros productos terminados (textos jurídicos, alcances en forma de
folleto, gacetas o boletines), puede hacerlo en las oficinas centrales de la Imprenta Nacional,
ubicadas en la Uruca,
o en la
Oficina Descentralizada de la Imprenta Nacional,
ubicada dentro del Registro Nacional, en Curridabat.
|
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● Debe presentarse y tomar del dispensador de
fichas, su ficha numérica para que sea atendido en su turno.
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● Le solicita al plataformista el producto que
requiere, quien ingresará los datos respectivos en el sistema, a fin de que
en la Caja
Recaudadora de Dinero se procese la factura original de
contado.
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● Una vez concluido este trámite, se traslada a la Caja Recaudadora
de Dinero para cancelar la cuenta. En este lugar, se le entrega la factura
original cancelada, la cual es presentada en la Plataforma de
Servicios para la entrega del producto terminado.
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|
● PROFORMAS: Si el usuario o el cliente desea
obtener la cotización de lo que requiere comprar, puede hacerlo a través de
las siguientes direcciones electrónicas: suscripciones@imprenta.go.cr, o
adonato@imprenta.go.cr, o bien directamente en nuestra Plataforma de
Servicios.
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Plazo de
resolución:
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Inmediato
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Vigencia de la licencia, autorización o permiso:
|
No aplica
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Costo del trámite:
|
Basado en las tarifas aprobadas por la Junta Administrativa
de la Imprenta
Nacional, según Artículo 11 de su Ley de creación No. 5394
del 05 de noviembre de 1973. Además, año con año las tarifas son actualizadas
de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor
|
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|
Formulario(s) que se debe(n) presentar
|
No aplica
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|
Funcionario contacto para atender consultas:
Sra. Ana Donato Calderón, Jefa de la Unidad de Publicaciones.
Central Telefónica 2296-9570 Ext. 159 Tel. 2220-1333.
Sitio Web:
www.imprentanacional.go.cr
Dirección
electrónica: callcenter@imprenta.go.cr
|
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Nombre del
Trámite:
|
Protocolo para trámites de publicaciones de contado a los Diarios
Oficiales “La Gaceta”
y el “Boletín Judicial”.
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Nombre de la
Institución:
|
Junta Administrativa de la Imprenta Nacional
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Dependencia
responsable del
trámite:
|
Plataforma de Servicios: Unidad de Publicaciones (oficinas centrales en la Uruca) y Oficina
Descentralizada (en Curridabat).
|
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Dirección de la dependencia, sus sucursales y horarios:
|
Oficinas centrales: San José, la
Uruca, detrás del Almacén Técnico Capris S. A.
Horario: Lunes a viernes
de 8:00 am a 3:30 pm (jornada continua).
Oficina Descentralizada: Curridabat, dentro del Registro Nacional.
Horario: lunes a viernes de 8:00 am a 2:45 pm (jornada continua).
|
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|
Licencia, autorización, o permiso que se obtiene con el trámite:
|
Oficialidad y legalidad del documento.
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Requisitos
|
Fundamento Legal de cada requisito
|
Las instituciones públicas que deseen tramitar documentos en los diarios
oficiales “La Gaceta”
o “Boletín Judicial”, deben presentarse en la Unidad de Publicaciones
de la Imprenta
Nacional, ubicada en la Uruca. Tomar del
dispensador de fichas, su número de ficha correspondiente y quedar a la
espera de la llamada de su turno.
|
Todo de conformidad con lo establecido en los
artículos 1 y 3 del Manual de Normas y Procedimientos de Publicaciones en los
Diarios Oficiales, publicado en el Alcance 70 a La Gaceta 201 de 20 de
octubre del año 2000.
Reglamento de “La Gaceta”, Decreto No. 26651-G
del 19 de diciembre de 1997.
Según lo establecido en la Circular 019-2010 de la Dirección General
de la Imprenta
Nacional, Pronunciamiento de la Procuraduría General
de la
República C-168-20, Ley de Certificados, Firmas Digitales y
Documentos Electrónicos #8454 de 30-8-2005 y su Reglamento.
|
Deben remitir los documentos para publicar en los diarios oficiales en
originales y firmados por la persona responsable de su publicación (debe
indicar claramente nombre, firma, cargo y sello). En caso de que los
documentos a publicar no sean originales, deben venir autenticados por un
abogado.
|
El texto del documento debe ser legible. Debe presentarse en tamaño carta
y con las páginas numeradas. Las firmas y sellos no deben colocarse sobre el
texto. Además, indicar el número de veces que debe publicarse el documento.
|
Con el documento físico a publicar, debe adjuntarse el respaldo digital,
que sea copia fiel del mismo. Este respaldo digital debe venir en algún
dispositivo electrónico de almacenamiento de información (CD, llave maya,
correo electrónico).
|
En cuanto al respaldo digital, el cliente o usuario debe presentar el
texto en WORD. Si contiene tablas deben venir en EXCEL o tabla de WORD. Si
contiene imágenes deben venir, preferiblemente, en JPG (todo dentro de un
mismo documento).
|
Si el documento contiene imágenes (fotografías, mapas), el cliente o
usuario, en coordinación con la persona que le atiende, deben establecer
claramente cómo se van a publicar dichas imágines. Todo para efectos de cobro
y de diagramación del documento. (1/4 página, ½
página, o página completa).
|
|
PROFORMAS: Si el usuario o el cliente desea obtener la
cotización de lo que requiere publicar, es decir que se le emita una factura
proforma para gestionar el pago del servicio antes de presentarse a nuestras
oficinas a realizar el trámite, puede hacerlo mediante la opción de envío de
la información a través del correo electrónico
publicacionespro@imprenta.go.cr; cotización que deberá, preferiblemente,
presentar a la hora de solicitar el servicio de publicación.
|
Todo de conformidad con lo establecido en los
artículos 1 y 3 del Manual de Normas y Procedimientos de Publicaciones en los
Diarios Oficiales, publicado en el Alcance 70 a La Gaceta 201 de 20 de
octubre del año 2000.
Reglamento de “La Gaceta”, Decreto No.
26651-G del 19 de diciembre de 1997.
|
Requisitos
|
Fundamento Legal de cada requisito
|
Una vez que el cliente se presenta en la Plataforma de
Servicios, Área de Publicaciones, con los documentos a publicar cumpliendo
con los requisitos antes expuestos, procede a recibir del plataformista el
servicio requerido. El documento se cobrará de conformidad con el número de
veces que haya que publicarse, según la normativa legal que lo establezca, de
acuerdo también con el número de líneas que contenga el documento, las cuales
serán calculadas en el formato de gaceta que opera en la Imprenta Nacional;
esto es con la medida de 9,5
cm., con tamaño de letra de 10 puntos y tipo de letra
Times New Roman.
|
Según lo establecido en la Circular 019-2010 de la Dirección General
de la Imprenta
Nacional, Pronunciamiento de la Procuraduría General
de la
República C-168-20, Ley de Certificados, Firmas Digitales y
Documentos Electrónicos #8454 de 30-8-2005 y su Reglamento.
|
Posteriormente, el usuario, se traslada a la Caja de Recaudación a
cancelar el servicio. El pago lo puede efectuar en efectivo, tarjeta de
crédito o de débito, por depósito bancario, o bien mediante cheque girado por
persona jurídica, a nombre de la Junta Administrativa
de la Imprenta
Nacional (NO se aceptan cheques personales ni con
abreviaturas). Según normativa del Departamento de
Financiero de la Institución.
|
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|
|
Plazo de
resolución:
|
Aproximadamente el plazo de resolución será 5 días hábiles en Oficinas
Centrales, según oficio DG-540-2011 del 26-10-2011, y aquellos plazos que por
norma específica se determine. Para aquellos documentos que se tramiten en el
Registro Nacional el plazo de resolución será de 6 días hábiles.
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|
Vigencia de la licencia, autorización o permiso:
|
No aplica
|
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|
Costo del trámite:
|
Basado en las tarifas aprobadas por la Junta Administrativa
de la Imprenta
Nacional, según Artículo 11 de su Ley de creación No. 5394
del 05 de noviembre de 1973. Además, año con año las tarifas son actualizadas
de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor
|
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|
|
Formulario(s) que se debe(n) presentar
|
No aplica
|
|
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|
|
Funcionario contacto para atender consultas, quejas o denuncias:
Sra. Ana Donato Calderón, Jefa de la Unidad de Publicaciones.
Central Telefónica 2296-9570 Ext. 159
Tel. 2220-1333.
Oficina Descentralizada (no aplica para fecha de publicación de
documentos) Tel. 2253-5528
Sitio
Web: www.imprentanacional.go.cr
Dirección
electrónica: callcenter@imprenta.go.cr
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Nombre del
Trámite:
|
Protocolo para trámites de publicaciones de crédito en los Diarios
Oficiales “La Gaceta”
y el “Boletín Judicial” (aplica únicamente
para el Sector Gobierno).
|
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|
Nombre de la
Institución:
|
Junta Administrativa de la Imprenta Nacional
|
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|
Dependencia
responsable del
trámite:
|
Plataforma de Servicios: Unidad de Publicaciones (oficinas centrales en la Uruca)
|
|
|
|
Dirección de la dependencia, sus sucursales y horarios:
|
Oficinas centrales: San José, la
Uruca, detrás del Almacén Técnico Capris S .A.
Horario: Lunes a viernes
de 8:00 am a 3:30 pm (jornada continua).
|
|
|
|
Licencia, autorización, o permiso que se obtiene con el trámite:
|
Oficialidad y legalidad del documento.
|
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|
Requisitos
|
Fundamento Legal de cada requisito
|
El usuario o cliente que desee publicar documentos en los diarios
oficiales “La Gaceta”
o “Boletín Judicial”, debe presentarse en la Unidad de Publicaciones
de la Imprenta
Nacional, ubicada en la Uruca.
|
Todo de conformidad con lo establecido del Manual de Normas y
Procedimientos de Publicaciones en los Diarios Oficiales, publicado en el
Alcance 70 a
La Gaceta
201 de 20 de octubre del año 2000.
Reglamento de “La Gaceta”,
Decreto No. 26651-G del 19 de diciembre de 1997.
Según lo establecido en la
Circular 019-2010 de la Dirección General
de la Imprenta
Nacional, Pronunciamiento de la Procuraduría General
de la
República C-168-20, Ley de Certificados, Firmas Digitales y
Documentos Electrónicos #8454 de 30-8-2005 y su Reglamento.
|
Debe presentar los documentos, en originales y firmados por la persona
responsable de la publicación (debe indicar claramente nombre, cargo y
sello). En caso de que los documentos a publicar no sean originales, deben
venir autenticados por un abogado.
|
El texto del documento debe ser legible. Debe presentarse en tamaño carta
y CON LAS PÁGINAS NUMERADAS. Las firmas y sellos no deben colocarse sobre el
texto. Además, indicar el número de veces que debe publicarse el documento.
|
Con el documento físico a publicar, debe adjuntarse el respaldo digital,
que sea copia fiel del mismo. Este respaldo digital debe venir en algún
dispositivo electrónico de almacenamiento de información (CD, llave maya,
correo electrónico).
|
En cuanto al respaldo digital, el cliente o usuario debe presentar el
texto en WORD. Si contiene tablas deben venir en EXCEL o tabla de WORD. Si contiene
imágenes deben venir, preferiblemente, en JPG (todo dentro de un mismo
documento).
|
Si el documento contiene imágenes (fotografías, mapas), el cliente o
usuario, en coordinación con la persona que le atiende, deben establecer
claramente cómo se van a publicar dichas imágenes. Todo para efectos de cobro
y de diagramación del documento. (1/4 página, ½
página, o página completa)
|
PROFORMAS: Si el usuario o el cliente desea obtener la
cotización de lo que requiere publicar, es decir que se le emita una factura
proforma para gestionar el pago del servicio antes de presentarse a nuestras
oficinas a realizar el trámite, puede hacerlo mediante la opción de envío de
la información a través del correo electrónico
publicacionespro@imprenta.go.cr; cotización que deberá, preferiblemente,
presentar a la hora de solicitar el servicio de publicación.
|
Adjunto al documento que van a publicar, deben remitir la solicitud de
publicación y la orden de compra, orden de pedido o reserva presupuestaria,
en originales, firmados y sellados por la persona responsable de su
publicación (debe indicar claramente nombre, firma y cargo de la persona
firmante). En caso de que la orden de compra, orden de pedido o reserva
presupuestaria no sean los originales, por haber sido el monto presupuestado
emitido por este concepto mediante orden abierta, las copias deben venir
certificadas por el ente financiero respectivo de la institución
correspondiente, que dé fe de la existencia de contenido presupuestario para
hacerle frente a la publicación. Todo, de conformidad con el Manual de
Políticas y Procedimientos de Crédito y Cobro de la Imprenta Nacional.
Aprobado por la
Junta Administrativa de la Imprenta Nacional
en el Acuerdo 5056-06-07 del 06 junio del 2007, mediante Oficio No.3094 del
14 de junio del 2007.
|
Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 3 del Manual
de Normas y Procedimientos de Publicaciones en los Diarios Oficiales,
publicado en el Alcance 70 a
La Gaceta
201 de 20 de octubre del año 2000.
Reglamento de “La Gaceta”,
Decreto No. 26651-G del 19 de diciembre de 1997.
Según lo establecido en la
Circular 019-2010 de la Dirección General
de la Imprenta
Nacional, Pronunciamiento de la Procuraduría General
de la
República C-168-20, Ley de Certificados, Firmas Digitales y
Documentos Electrónicos #8454 de 30-8-2005 y su Reglamento.
|
|
|
|
Plazo de
resolución:
|
Aproximadamente el plazo de resolución será 5 días hábiles en Oficinas
Centrales, según oficio DG-540-2011
del 26-10-2011, y aquellos plazos que por norma específica se determine.
|
|
|
|
Vigencia de la licencia, autorización o permiso:
|
No aplica
|
|
|
|
|
Costo del trámite:
|
Basado en las tarifas aprobadas por la Junta Administrativa
de la Imprenta
Nacional, según Artículo 11 de su Ley de creación No. 5394
del 05 de noviembre de 1973. Además, año con año las tarifas son actualizadas
de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor
|
|
|
|
Formulario(s) que se debe(n) presentar
|
Original de la
Solicitud de publicación y la orden de compra, orden de
pedido o reserva presupuestaria (firmados y sellados por la persona
responsable de su publicación).
|
|
|
|
Funcionario contacto para atender consultas:
Sra. Ana Donato Calderón, Jefa de la Unidad de Publicaciones.
Central Telefónica 2296-9570 Ext. 159
Tel. 2220-1333.
Sitio Web:
www.imprentanacional.go.cr
Dirección
electrónica: callcenter@imprenta.go.cr.
|
|
|
|
|
Nombre del Trámite:
|
Protocolo para trámites de suscripciones de
contado a los Diarios Oficiales “La
Gaceta” y el
“Boletín Judicial”.
|
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Nombre de la Institución:
|
Junta Administrativa de la Imprenta Nacional
|
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|
Dependencia responsable del
trámite:
|
Plataforma de Servicios: Unidad de Publicaciones
(oficinas centrales en la
Uruca) y Oficina Descentralizada (en Curridabat).
|
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|
Dirección de la dependencia, sus sucursales y
horarios:
|
Oficinas centrales: San José, la Uruca, detrás del Almacén
Técnico Capris S. A.
Horario: Lunes a viernes
de 8:00 am a 3:30 pm (jornada continua).
Oficina Descentralizada: Curridabat, dentro del
Registro Nacional.
Horario: lunes a viernes de 8:00 am a 2:45 pm
(jornada continua).
|
|
Licencia, autorización, o permiso que se obtiene
con el trámite:
|
Activación del período de suscripción a los
Diarios Oficiales contratado.
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Requisitos
|
Fundamento Legal de
cada requisito
|
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El servicio de nuevas suscripciones y
renovaciones a los Diarios Oficiales puede tramitarse por diferentes vías:
1) Personalmente:
El cliente puede presentarse en las oficinas
centrales de la
Imprenta Nacional, ubicadas en la Uruca, detrás de Almacén
Técnico Capris S.A., o bien, en la Oficina Descentralizada,
ubicada en el Registro Nacional, en Curridabat.
|
|
|
|
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|
|
|
Todo de conformidad con lo establecido en el Manual de Normas y
Procedimientos de Suscripciones en los Diarios Oficiales, publicado en el
Alcance 70 a
La Gaceta
201 de 20 de octubre del año 2000
|
|
En el caso de que la persona que se presenta a
efectuar el trámite, no maneje la información completa para que el ejecutivo
de cuenta que lo atiende actualice la base de datos, debe comprometerse a
remitir la información en el formulario que se le entrega (Ver casilla de “Formulario(s)
que se debe(n) presentar”)
|
|
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|
|
Una vez atendido en la Plataforma de
Servicios, el cliente procede a realizar el pago en la Caja Recaudadora
de dinero.
2) Pago por depósito bancario o transferencia
electrónica:
El cliente puede depositar el
monto de la suscripción, directamente en las cuentas bancarias de la Imprenta Nacional:
Banco de
Costa Rica 15201001008930215
Banco
Nacional de Costa Rica 15100010010411298
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|
Todo de conformidad con lo establecido en los
artículos 1 y 3 del Manual de Normas y Procedimientos de Publicaciones en los
Diarios Oficiales, publicado en el Alcance 70 a La Gaceta 201 de 20 de
octubre del año 2000.
|
|
Estas modalidades de pago, se realizan a nombre
de la Junta
Administrativa de la Imprenta Nacional.
En caso de que el cliente lo requiera, el número de cédula jurídica es:
3-007-042032.
|
Basado en las tarifas aprobadas por la Junta Administrativa
de la Imprenta
Nacional, según Artículo 11 de su ley de creación No. 5394
del 05 de noviembre de 1973. Además, año con año las tarifas son actualizadas
de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor
|
|
Posteriormente, para la activación del servicio,
el cliente debe enviar por fax o correo electrónico el comprobante de pago.
|
|
Simultáneamente al envío del comprobante de
pago, para efectos de envío de los diarios oficiales, debe remitir adjunto
los datos del suscriptor (nombre, teléfono, fax, correo electrónico,
dirección bien clara y que además contenga la provincia, el cantón y el
distrito).
|
|
|
|
La factura original correspondiente debe ser
retirada por el cliente, en las instalaciones de la Imprenta Nacional,
en la Uruca. Si
el cliente desea una copia de esa factura original, se le hace llegar por fax
o correo electrónico.
|
|
|
|
|
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|
Plazo de resolución:
|
Si se cumple con todos los requisitos se activa
de inmediato la suscripción y el servicio se hace efectivo dos días hábiles
después.
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|
Vigencia de la licencia, autorización o permiso:
|
Según período contratado: anual, semestral
o trimestral.
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|
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|
|
Costo del
trámite:
|
Basado en las tarifas aprobadas por la Junta Administrativa
de la Imprenta
Nacional, según Artículo 11 de su Ley de creación No. 5394
del 05 de noviembre de 1973. Además, año con año las tarifas son actualizadas
de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor.
|
|
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|
Formulario(s) que se
debe(n) presentar
|
Datos para
suscripciones a los Diarios Oficiales
Nombre del suscriptor:________________________
Tipo de envío:
Apartado_________Dirección_________Retiro Imprenta
Retiro oficina Registro Nacional__________
Dirección exacta:
___________________________________________
Provincia: ______________
Cantón: ________________
Distrito: ________________
Apartado postal: __________
Teléfonos:_______________Celular:______________Fax:____________
Correo electrónico:________________
|
|
Nota: Este formulario ésta disponible en
Oficinas Centrales, la Uruca
y en la
Oficina Descentralizada del Registro Nacional.
Se llenará una única vez en suscripciones nueva
o cuando los datos del suscriptor se hayan modificado.
|
|
|
|
Funcionario contacto para atender consultas:
Sra. Ana Donato Calderón, Jefa de la Unidad de Publicaciones.
Central telefónica: 2296-9570, extensiones 121,
122 ó 155
Fax: 2290-5187
Sitio Web: www.imprentanacional.go.cr
Dirección electrónica: suscripciones@imprenta.go.cr
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|
|
Nombre del
Trámite:
|
Protocolo para trámites de suscripciones de crédito a los Diarios
Oficiales “La Gaceta”
y el “Boletín Judicial” (aplica
únicamente en el caso de instituciones públicas y realizando el trámite en
las oficinas centrales, la
Uruca).
|
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|
|
Nombre de la
Institución:
|
Junta Administrativa de la Imprenta Nacional
|
|
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|
Dependencia
responsable del
trámite:
|
Plataforma de Servicios: Unidad de Publicaciones (oficinas centrales en la Uruca).
|
|
|
|
Dirección de la dependencia, sus sucursales y horarios:
|
Oficinas centrales: San José, la
Uruca, detrás del Almacén Técnico Capris S. A.
Horario: Lunes a viernes de 8:00 am a 3:30 pm (jornada continua).
|
|
|
|
|
Licencia, autorización, o permiso que se obtiene con el trámite:
|
Activación del período de suscripción a los Diarios Oficiales contratado.
|
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|
Requisitos
|
Fundamento Legal de cada requisito
|
El suscriptor debe presentar la orden de compra u orden de pedido
original.
|
|
El funcionario corroborará que el documento cumpla con los requisitos
establecidos en el Manual de Políticas y Procedimientos de Crédito y Cobro
(firmas, sellos, contenido presupuestario, descripción correcta de los datos,
entre otros).
|
Todo de conformidad con lo establecido en el Manual de Normas y
Procedimientos de Suscripciones en los Diarios Oficiales, publicado en el
Alcance 70 a
La Gaceta
201 de 20 de octubre del año 2000
|
Seguidamente, verificará el registro del cliente en el sistema ORACLE e
ingresará la información del nuevo período de suscripción. En el mismo
momento, el plataformista deberá tramitar ante la Sección de
Cuentas Corrientes del Departamento Financiero la orden compra, con el fin de
que se le entregue al cliente de una vez la factura original, para su trámite
de pago.
|
|
Cuando la institución pública, siguiendo
directrices del Ministerio de Hacienda, tramita el pago de las suscripciones
a los diarios oficiales utilizando la reserva de recursos vía Sistema
CompraRed, el encargado de suscripciones deberá activar el servicio una vez
verificados los datos y continuar con los trámites ante la Sección de
Cuentas Corrientes de nuestro Departamento Financiero para su facturación y
puesta en trámite de cobro.
|
Basado en las tarifas aprobadas por la Junta Administrativa
de la Imprenta
Nacional, según Artículo 11 de su ley de creación No. 5394
del 05 de noviembre de 1973. Además, año con año las tarifas son actualizadas
de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor.
|
|
|
|
Plazo de
resolución:
|
Si se cumple con todos los requisitos se activa de inmediato la
suscripción y el servicio se hace efectivo dos días hábiles después.
|
|
|
|
Vigencia de la licencia, autorización o permiso:
|
Según período contratado: anual, semestral o trimestral.
|
|
|
|
Costo del trámite:
|
Basado en las tarifas aprobadas por la Junta Administrativa
de la Imprenta
Nacional, según Artículo 11 de su Ley de creación No. 5394
del 05 de noviembre de 1973. Además, año con año las tarifas son actualizadas
de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor
|
|
|
|
Formulario(s) que se debe(n) presentar
|
Si no se utiliza la reserva de recursos vía Sistema CompraRed,
deberá presentar el original de la orden de compra, orden de pedido o
reserva presupuestaria (firmados y sellados por los responsables del
trámite).
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Funcionario contacto para atender consultas:
Sra. Ana Donato Calderón, Jefa de la Unidad de Publicaciones.
Central telefónica: 2296-9570, extensiones 121, 122 ó 155
Fax: 2290-5187
Sitio Web: www.imprentanacional.go.cr
Dirección electrónica:
suscripciones@imprenta.go.cr.
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Nombre del Trámite:
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Protocolo para el trámite del servicio de
impresión digital y litográfica.
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Nombre de la Institución:
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Junta Administrativa de la Imprenta Nacional
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Dependencia responsable del
trámite:
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Pre-prensa digital (Arte y
Diseño)
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Dirección de la dependencia,
sus sucursales y horarios:
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Oficinas centrales: San José, la Uruca, detrás del Almacén
Técnico Capris S. A.
Horario: Lunes a viernes
de 8:00 am a 12:00md y de 12:45 pm a 4:00 pm
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Licencia, autorización, o
permiso que se obtiene con el trámite:
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Las especificaciones técnicas permiten que el
diseño de su proyecto se imprima de la forma y el color requerido.
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Requisitos
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Fundamento Legal de cada requisito
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1.TRABAJOS PARA DISEÑAR:
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PROGRAMAS
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Los trabajos deben de venir en
los siguientes programas:
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● Word
(solo para enviar texto y tablas)
● Excel
(para tablas)
● Adobe
Ilustrador CS4 para Mac (gráficos, logos, elementos vectoriales)
● Adobe
Photoshop CS4 para Mac (fotografías, fondos)
● Las
fotografías o imágenes en formato psd, eps, jpg ó tiff.
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El fundamento de los
requisitos aquí descritos son los tecnicismos necesarios para brindarle el
mejor servicio de impresión digital y litográfica
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TEXTO:
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Debe ser enviado en algún
medio digital como: CD, DVD, o Llave Maya.
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Texto levantado en el programa
Microsoft Word. NO SE RECIBIRÁN TEXTOS SIN DIGITAR.
Para trabajos que se diagraman
y diseñan en la Imprenta,
debe proporcionarse la versión definitiva del texto digitado en Word. Previo
a la entrega del texto a la
Imprenta, este debe haber sido revisado en redacción y
ortografía por el responsable del trabajo, ya que no se aceptarán cambios
sustanciales dentro del mismo una vez que esté diagramado. Esto incluye:
agregar textos o fotografías que no fueron suministradas anteriormente,
cambios en el orden de los párrafos o las páginas, cambios de género, cambios
ortográficos por faltas propias del documento original, entre otros que no
sean responsabilidad del diseñador.
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TABLAS Y GRÁFICOS
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Los gráficos deben ser
elaborados de preferencia en programa Adobe Ilustrador. Otra opción es
realizarlos en el programa Excel, con colores planos, con un grosor de línea
mínimo de 1 punto y salvar cada uno como una imagen de PDF. Para ambos casos
cada gráfico debe venir en un archivo individual e identificado con su
respectivo nombre.
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Las tablas pueden venir
diagramadas dentro del documento de Microsoft Word. Si tienen alguna
característica especial deberán venir en Adobe Ilustrador.
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El fundamento de los
requisitos aquí descritos son los tecnicismos necesarios para brindarle el
mejor servicio de impresión digital y litográfica.
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La información de las tablas y
gráficos se utilizará tal y como se envía, ya que no se hará ningún tipo de
modificación dentro de las mismas (formato, dígitos, comas, agregar o quitar
información, etc.).
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IMÁGENES, FOTOGRAFÍAS Y LOGOS
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Las fotografías e imágenes que
se envíen pueden ser originales (para ser escaneadas) o digitales en formato
eps, tiff o jpg, con resolución mínima de 150 dpi, y con un tamaño similar al
que será utilizado en el trabajo. Para garantizar la calidad en las imágenes,
se debe evitar bajar fotografías de
Internet.
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La responsabilidad en cuanto a
derechos de autor y derechos de imagen, de todo material enviado por el
cliente la asumirá quien remita dicho material (cliente).
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Las fotos insertadas en los
documentos de Word sirven como guía para el diseñador, pero no sirven para
el trabajo final.
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Si el trabajo lleva logos, se
debe enviar el arte del logo preferiblemente elaborado en vectores desde el
programa Ilustrador. De lo contrario debe enviarse en formato eps, tiff o
jpg con resolución mínima de 200 dpi.
Para mantener la calidad del trabajo se recomienda no bajar logos de
internet. No enviar logos insertos en Word.
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Cada fotografía debe venir en
un archivo individual e identificada con un nombre, el cual debe permitir
ubicar donde va inserta la fotografía dentro del documento.
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NO ENVIAR fotografías, logos y
gráficos insertos en WORD, PUBLISHER, POWER POINT, PAGE MAKER, COREL DRAW u
otro que no sean los programas mencionados anteriormente.
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El Departamento de Arte y
Diseño cuenta con una colección de imágenes y fotografías que pueden ser utilizadas
en los trabajos. Si el cliente requiere hacer uso de estas imágenes, puede
solicitar cita previa para consultar los catálogos en el departamento y
seleccionar las que se ajusten a sus necesidades. De lo contrario el cliente
deberá proporcionar las imágenes que desee incluir.
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El fundamento de los
requisitos aquí descritos son los tecnicismos necesarios para brindarle el
mejor servicio de impresión digital y litográfica.
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MODOS DE COLOR
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Las fotografías a color que se envíen para que se utilicen en el
diseño deben estar en modo CMYK.
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Si el trabajo requiere tintas
Pantone el cliente debe indicar el nombre y número completo y exacto del o
los Pantones seleccionados.
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MUESTRA IMPRESA
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Todo material debe incluir
prueba final impresa del trabajo completo (exacta a la que se envía dentro
del medio digital) como guía para el diseñador. No se aceptarán pruebas
impresas que no correspondan exactamente al contenido que envían por el medio
digital.
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Si el cliente tiene alguna
consideración específica que desee incluir en el diseño (colores, formatos,
imágenes, etc.) esta debe comunicarla en forma escrita y adjunta al Reporte
de Necesidades.
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2. ENTREGA DE ARTES FINALES
PARA IMPRESIÓN
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Se consideran Arte Finales,
aquel material gráfico diseñado y diagramado que el cliente entrega para su
impresión, el cual debe venir acabado y listo para su reproducción sin que
haga falta ningún retoque o intervención.
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Es responsabilidad del cliente
indicar que el Arte Final ya fue revisado y aprobado por el responsable del
trabajo, ya que no se realizará ninguna corrección al mismo.
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El fundamento de los
requisitos aquí descritos son los tecnicismos necesarios para brindarle el
mejor servicio de impresión digital y litográfica.
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Solo se recibirán ARTES
FINALES, que reúnan todas las características necesarias para su correcta
impresión:
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PROGRAMAS:
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Los trabajos deben de venir en
los siguientes programas:
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Programas del Adobe Cretive
Suite 4 (CS4)
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● Adobe
Ilustrador CS4 para Mac
● Adobe
Photoshop CS4 para Mac
● Adobe
In Design CS4 para Mac
● Adobe
Acrobat Profesional v.9
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En caso de que los trabajos
fueran diseñados en programas de CS5, le solicitamos favor salvar los
trabajos para abrirlos en CS4. En el caso de In Desing además de realizar el
package con todo el contenido del trabajo original, se debe exportar el mismo
con la extención .idml.
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DIAGRAMACIÓN
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● No
se recibirán como Artes Finales trabajos realizados en Word, Power Point ó
Publisher o cualquier otro programa que no sean los indicados anteriormente.
● El
arte diagramado deberá venir al tamaño final, sin escalar ni comprimir.
● Incluir
todos los respaldos ó links de imágenes, fotografías, logos, gráficos o cualquier otro elemento utilizado en el
diseño final.
● En
libros, folletos, revistas o boletines NO se debe compaginar el material.
Acomodarlo en forma ascendente de la primera a la última página.
● El
arte diagramado debe tener al menos a 0,25 pulgadas de
margen a todo alrededor, esto para asegurar que no se corte.
● Para
libros con lomo contemplar como mínimo 1 pulgada de margen
hacia el lado del lomo, esto para evitar que la información se vea
comprometida por el agarre del encolado. Esta indicación también debe tomarse
en cuenta en las portadas.
● Si
el arte es a morir (abarca todo el área del tamaño final) se debe incluir un
exceso de 0,25
pulgadas hacia fuera del tamaño final y en todos sus
lados. Este tamaño de exceso aplica para afiches, volantes, brochures o
cualquier otro trabajo que no vaya compaginado.
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● Si
el arte a morir corresponde a un libro o folleto el exceso debe ser de 0,1875 pulgadas
hacia fuera del tamaño final y en todos sus lados.
● Incluir
guías de corte y doblez y tamaño del lomo según el tipo de trabajo. Estas
guías deben estar fuera del área de diseño, dentro del área del exceso.
● Los
elementos que conforman el arte deben de diagramarse preferiblemente en
InDesign o Ilustrador. Evitar usar
Photoshop para realizar diagramación de artes finales.
● Se
debe contemplar un espacio en el diseño para poner el pie de imprenta.
● Todo
material debe ser respaldado por una muestra impresa en su última versión y
al tamaño final. Este debe incluir, numero total de páginas, dobleces
(cantidad y posición). NO SE RECIBIRAN TRABAJOS QUE NO TRAIGAN UNA MUESTRA
IMPRESA.
● El
cliente es responsable por revisar sus archivos para evitar errores
ortográficos y gramaticales.
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El fundamento de los requisitos
aquí descritos son los tecnicismos necesarios para brindarle el mejor
servicio de impresión digital y litográfica.
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IMÁGENES, FOTOGRAFÍAS Y LOGOS
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● Se
recomienda trabajar con logotipos
realizados en programas de vectores como Ilustrator. Si se utilizan como
logotipos imágenes tipo .eps o .jpg, estos deben ser de buena resolución. No
se recomienda bajar logotipos de internet.
● Para
artes realizadas en Illustrator, no olvide que si utiliza imágenes o
fotografías en su diseño estas deben estar incrustadas (embed image) y las
mismas deben venir incluidas en la carpeta de respaldos. No se aceptarán
archivos sin las imágenes de respaldo.
● Si
el trabajo incluye fotografías e imágenes a color, estas deben estar en CMYK.
● No
nos hacemos responsables por la calidad de las imágenes o fotografías
proporcionadas por el cliente.
● Las
imágenes o fotografías deberán ser de la mejor resolución posible (150 dpi
como mínimo) al tamaño final de la
impresión y sin compresión.
● Evitar
ampliar o reducir imágenes o fotografías más de un 5% dentro de la
diagramación.
● No
utilizar ninguna imagen o elemento en RGB.
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El fundamento de los
requisitos aquí descritos son los tecnicismos necesarios para brindarle el
mejor servicio de impresión digital y litográfica.
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TEXTOS Y TIPOGRAFÍAS
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● Se
debe enviar con los archivos digitales respaldo de todas las tipografías
(respaldos de tipos de letras) utilizadas.
● También
se pueden enviar los artes con los textos convertidos a curvas (out lines),
con la salvedad que en este caso no se realizaría ninguna corrección
ortográfica de última hora.
● Los
textos 100% negros (black) que vayan sobre fondos de color deben venir
overprint, tanto en Illustrator como en In Desing. En Photoshop no es
recomendado realizar ningún tipo de diagramación, pero en caso necesario los
textos o elementos negros deben venir en un layer con la opción “multiply”
activada.
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PDF´S
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● Se
podrán enviar los artes finales en PDF siempre que cumpla con todos los
requisitos anteriores.
● Para
todos los artes finales en PDF incluir el área de exceso (Bleed).
● Para
PDF de libros, revistas o boletines, no incluir guías o escalas de
referencia.
● Revisar
que los textos negros vengan al negro 100% y con overprint.
● El
PDF no debe contener ninguna imagen en formato RGB.
● El
PDF debe generarse en modo de color CMYK, o en el caso que el arte lo
requiera incluir los colores pantone.
● No
realizar PDF para artes finales de trabajos realizados en Word, Power Point o
Publisher.
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El fundamento de los
requisitos aquí descritos son los tecnicismos necesarios para brindarle el
mejor servicio de impresión digital y litográfica.
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3. OTRAS RECOMENDACIONES PARA
ARTES FINALES:
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● Los
artes que sean enviados por correo electrónico (PDF, JPG, TIFF), deben
generarse en alta calidad (press quality) y con los excesos activados
(bleeds).
● Cuando
se realicen trabajos desde Ilustrador, se debe cerciorar de que la plantilla
de trabajo se encuentre en modo de color CMYK (File /Document color mode/
CMYK) y que en la paleta de colores también se encuentre seleccionada la
opción CMYK.
● Los
fondos, fotografías e imágenes realizados desde Photoshop deben venir en
CMYK.
● Recordar
que en los trabajos en CMYK no deben venir elementos en Pantone o RGB. No se
recomienda tomar como referencia colores de la paleta pantone para realizar
los diseños creativos ya que los mismos cambian su tonalidad al convertirlos
al modo CMYK, por lo tanto el color del arte final no será el mismo.
● En
caso de que el trabajo lleve pantones por aspectos de diseño, estos deben
venir indicados en la solicitud de trabajo con su respectiva nomenclatura.
Utilizar pantones de la gama Coated o Uncoated.
● La
calidad del trabajo impreso dependerá directamente de la calidad con la cual
el diseñador responsable haya elaborado el diseño y el arte final del mismo.
● Estos
trabajos saldrán tal y como los envía el cliente en el formato digital y
según la muestra impresa a tamaño final que deben enviar adjunta (la cual
debe ser exacta al arte digital). Estos archivos no serán manipulados por los
diseñadores por lo que si existiera algún error de diseño el Departamento de
Arte no se hace responsable del mismo.
● Si
el cliente desea ver una muestra impresa o una prueba de color para Visto
Bueno, antes de que el trabajo sea impreso debe comunicarlo al Departamento
de Recepción de Trabajos a la hora de hacer la solicitud.
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El fundamento de los
requisitos aquí descritos son los tecnicismos necesarios para brindarle el
mejor servicio de impresión digital y litográfica.
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IMPORTANTE:
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Cuando se reciben Arte
Finales, solo se revisa que cumplan con las características necesarias para
su correcta impresión: tamaño, modo de color, guías, excesos, overprint.
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En Artes Finales no se revisa
por parte del personal de la
Imprenta: ortografía, fechas de calendarios, números
telefónicos, direcciones.
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PRUEBAS Y VISTOS BUENOS
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Para cada trabajo que se
realiza, ya sea para diseñar o que envíen las artes finales, se le estará
enviando al cliente una prueba impresa del trabajo para su revisión y
aprobación.
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En cada prueba impresa el
cliente como responsable del trabajo deberá revisar fotografías, textos,
ortografía, fechas, índices, cuadros, tablas, gráficos, imágenes, colores,
calendarios, etc., esto con el fin de garantizar que el trabajo cumpla con
todas las especificaciones solicitadas, en cuanto a diseño y contenido.
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La prueba impresa lleva
adjunta una boleta que el responsable del trabajo deberá firmar. Esta boleta
indica que el cliente a revisado cuidadosamente el trabajo, por lo tanto, aunque el trabajo regrese con correcciones, la
misma debe venir firmada por la persona responsable de la revisión,
cada vez que se envíe una prueba.
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|
El fundamento de los
requisitos aquí descritos son los tecnicismos necesarios para brindarle el
mejor servicio de impresión digital y litográfica.
|
Si es necesario hacer
correcciones al trabajo, estas deben ser marcadas en el documento y enviar
una lista detallada de las mismas en un oficio aparte, esto para agilizar el
proceso de corrección.
|
|
Cuando el material esté
correcto, además de la boleta, deberá traer el Visto Bueno del Responsable, (el cual debe anotar su nombre, firma y
fecha directamente en la prueba impresa), esto indica que
el cliente ha revisado y aprobado en su totalidad el material que se le
envía, y con ello da el aval para que se imprima.
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Por
lo tanto el Depto. de Arte y Diseño no se hace responsable por errores, en
cuanto a diseño, diagramación y contenidos del trabajo que estén firmados
como correctos en el Visto Bueno.
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El cliente tiene un tiempo
máximo de 10 días hábiles para realizar la revisión correspondiente y
enviar las correcciones o Visto Bueno.
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Se entregaran hasta un máximo
de 2 pruebas para correcciones. La tercera muestra será para el Visto Bueno.
De ser necesarias más correcciones se debe informar a Recepción de
Trabajos para tramitar el cobro
correspondiente a las pruebas adicionales.
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Plazo de resolución:
|
Aproximadamente 15 minutos por
documento para revisión preliminar.
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Vigencia de la licencia,
autorización o permiso:
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No aplica
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Costo del trámite:
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Según las horas laborales
utilizadas en cada trabajo.
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Formulario(s) que se debe(n)
presentar
|
Ninguno
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Funcionario contacto para
atender consultas, quejas o denuncias:
Licda. Guiselle Hernández
Solano, Jefetura Pre-Prensa Digital y Licda. Jaqueline Quirós Masis
Central telefónica:
2296-9570 Ext. 351 y 151
Sitio Web: www.imprentanacional.go.cr,
Dirección electrónica:
ghernandez@imprenta.go.cr y jquiros@imprenta.go.cr
|
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|
Nombre del Trámite:
|
Protocolo para trámites de presentación de
inconformidades y sugerencias ante la Contraloría de Servicios
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Nombre de la Institución:
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Junta Administrativa de la Imprenta Nacional
|
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|
Dependencia responsable del
trámite:
|
Contraloría de Servicios
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|
Dirección de la dependencia, sus sucursales y
horarios:
|
Oficinas centrales: San José, la Uruca, detrás del Almacén
Técnico Capris S. A.
Horario: Lunes a viernes
de 8:00 am a 12:30md y de 1:15 pm a 4:00 pm
|
|
|
|
Licencia, autorización, o permiso que se obtiene
con el trámite:
|
Permite a los ciudadanos manifestar su inconformidad
en el servicio recibido ejerciendo su derecho a que sus demandas sean oídas y
resueltas.
|
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|
Requisitos
|
Fundamento Legal de
cada requisito
|
El usuario puede manifestar sus inconformidades
o sugerencias a través de varios canales:
|
Decreto No.34587-PLAN Creación, Organización y
Funcionamiento del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios, del 02 de
julio 2008 publicado en La
Gaceta No. 127.
Proyecto de Ley de Creación, Organización y
Funcionamiento del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios Expediente
Nº 17.473; Publicado en La Gaceta No. 204 del 21 de octubre de 2009.
Decreto No. 35358 Reglamento sobre el Catáalogo
de Trámites y Plataformas de Servicios, del 23 de junio del 2009.
Ley No. 8220, Ley de Protección al ciudadano del
exceso de requisitos y trámites administrativos, del 11 de marzo del 2002,
publicado en la Gaceta
No. 49.
|
|
1. Buzón de sugerencias: los cuales están
ubicados en las oficinas centrales en la Uruca y en la Oficina Descentralizada
de la Imprenta
Nacional, Curridabat. Para lo cual deberá llenar un
formulario “Atención de disconformidades y sugerencias”.
2. Vía telefónica: a través de la central
telefónica 2296-9570 Ext. 140 o el teléfono directo 2290-5186; para lo cual,
preferiblemente, el usuario deberá indicar nombre y número de telefónico.
3. Vía fax al número 2290-5186, para lo cual,
preferiblemente, el usuario deberá indicar nombre y número de telefónico.
4. Vía email a través de la
dirección electrónica contraloria@imprenta.go.cr; para lo cual,
preferiblemente, el usuario deberá indicar nombre y número de telefónico.
5. Personalmente: Se puede presentar a la
oficina de la
Contraloría de Servicios ubicada en la Uruca. Preferiblemente,
el usuario deberá llenar la boleta de “Inconformidades y sugerencias” o
indicar nombre y número de telefónico.
|
|
|
|
Plazo de resolución:
|
Según Decreto No. Artículo 20. Del plazo para
resolver. Las inconformidades o denuncias interpuestas por los usuarios
deberán ser tramitadas con la mayor diligencia. La Contraloría
de Servicios estará obligada a contestar en un plazo máximo de cinco días.
Cuando por razones de complejidad la solución definitiva no pueda brindarse
en el plazo anterior, la Contraloría de Servicios dispondrá de un plazo
de hasta quince días hábiles más, y excepcionalmente, podrá prorrogarse por
quince días hábiles más si se requiere de mayor tiempo para la investigación,
en ambos casos deberá dejarse constancia de las razones en el
expediente.
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|
Vigencia de la licencia, autorización o permiso:
|
No aplica caducidad
|
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|
Costo del
trámite:
|
Ninguno
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|
Formulario(s) que se debe(n) presentar
|
En caso de manifestar una denuncia a través del
buzón de sugerencias o personalmente deberán, preferiblemente, llenar la
“Boleta de inconformidades y sugerencias” para dejar constancia en el
expediente.
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Funcionario contacto para atender consultas,
quejas o denuncias:
Licda. Adriana Campos Ávila, Contralora de
Servicios
Central telefónica: 2296-9570 Ext. 140 Telfax: 2290-5186.
Sitio Web: www.imprentanacional.go.cr,
Dirección electrónica: contraloria@imprenta.go.cr
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Nombre del Trámite:
|
Protocolo para trámites de apertura y
mantenimiento de cuentas de crédito para las Instituciones de Gobierno.
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Nombre de la Institución:
|
Junta Administrativa de la Imprenta Nacional
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Dependencia responsable del
trámite:
|
Sección de Cuentas Corrientes, Departamento
Financiero.
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Dirección de la dependencia, sus sucursales y
horarios:
|
Oficinas centrales: San José, la Uruca, detrás del Almacén
Técnico Capris S. A.
Horario: Lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm (jornada continua).
|
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|
|
Licencia, autorización, o permiso que se obtiene
con el trámite:
|
Así como la facturación y cancelación de los
servicios de:
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|
● Publicaciones de crédito en los Diarios
Oficiales “La Gaceta”
y el “Boletín Judicial”.
● Suscripciones de crédito a los Diarios Oficiales
“La Gaceta”
y el “Boletín Judicial”.
● Trabajos de impresión y encuadernación.
● Adquisición de producto terminado.
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(Aplican solo para el Sector de Gobierno:
Ministerios, Adscritas, Instituciones Autónomas y Municipalidades)
|
Requisitos
|
Fundamento
Legal de cada requisito
|
El usuario o cliente que desee la prestación de
servicios bajo la modalidad de crédito; deberá contar con una cuenta de
crédito activa en la
Sección de Cuenta Corrientes del Departamento Financiero.
La Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional, como máxima autoridad, es la facultada
para otorgar el sistema de crédito a instituciones gubernamentales, cualquier
institución del Estado, Adscritas a Ministerios, Instituciones Autónomas,
Municipalidades y otra (s) cuya razón de ser esté dirigida a un servicio
social, comunal, educativo y sin fines de lucro, que demuestren su
legitimidad legal. Por lo que la institución que cumpla dichas característica
y requiere de la activación de esta cuenta, deberá extender la solicitud a la Junta Administrativa
previa presentación del análisis de la Sección de Cuentas Corrientes. Para este efecto
se emitirá un formulario con la información necesaria para el otorgamiento de
crédito, el cual será retirado en el Departamento Financiero.
|
Todo de conformidad con lo establecido en el
Manual de Políticas y Procedimientos de Cobro y Crédito, publicado en la Gaceta 151 del 08 de
agosto del año 2007.
Reglamento General de Políticas de Crédito y
Cobro de la
Imprenta Nacional, publicado en la Gaceta 222 del 16 de
noviembre del 2010
|
Una vez activado dicho sistema de crédito, la
institución podrá solicitar bajo esta modalidad cualquiera de los servicios
mencionados, siempre y cuando se cumpla con los requisitos específicos al
tipo de servicio (ESTOS SE HAN ESTIPULADO EN LOS PROTOCÓLOGOS DE TRÁMITES
RESPECTIVOS)
|
|
Los departamentos responsables (Publicaciones o
Comercialización) serán los encargados de transferir a esta Sección los
documentos necesarios para la confección de la factura, los cuales respaldan
el pago e incluyen el monto que deber ser cobrado por cada servicio prestado
|
|
Requisitos
|
Fundamento
Legal de cada requisito
|
Todos los servicios solicitados bajo la
modalidad de crédito deben poseer su respectivo respaldo económico como
garantía de pago, mediante Orden de Compra, Orden de Pedido o Reserva
Presupuestaria, cumpliendo con los requisitos de logo, fecha, monto, detalle,
con sellos y firmas de los responsables y contar con los recursos
presupuestarios suficientes para hacerle frente a la erogación del gasto.
|
Todo de conformidad con lo establecido Manual de
Políticas y Procedimientos de Cobro y Crédito, publicado en la Gaceta 151 del 08 de
agosto del año 2007.
Reglamento General de Políticas de Crédito y
Cobro de la
Imprenta Nacional, publicado en la Gaceta 222 del 16 de
noviembre del 2010.
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Esta sección confeccionará la factura y la
enviará por medio de la mensajería, lo anterior para las instituciones
ubicadas en el Área Metropolitana, las demás deberán ser retiradas en las
instalaciones de la
Imprenta Nacional o enviadas por medio de Correos de Costa
Rica.
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La Imprenta Nacional aceptará el mecanismo de pago utilizado a nivel comercial y el de las
instituciones de gobierno: efectivo, cheque, transferencia bancaria o acuerdo
de pago. Según los lineamientos del Código de Comercio, Ley de Administración
Financiera y Presupuestos Públicos y demás leyes conexas, todo dentro del
ámbito jurídico Financiero y la normativa vigente para estos efectos, según
su origen: Ministerio, Institución Adscrita, Institución Autónoma o
Municipalidad.
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Si se cancela por medio de cheque la razón
social debe venir a nombre de la JUNTA ADMINISTRATIVA
DE LA IMPRENTA
NACIONAL (sin abreviaturas).
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Si cancela por transferencia bancaria puede
depositar en las siguientes cuentas:
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● Banco Nacional: 100-01-000-041129-8,
cuenta cliente: 151000100104111298.
● Banco de Costa Rica: 001-0089302-1,
cuenta cliente 15201001008930215.
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El cliente será responsable de enviar a la Oficina de Cuentas
Corrientes Crédito y Cobro del Departamento Financiero, vía fax, correo
electrónico o mediante el mecanismo que posea disponible la información de
las cancelaciones que realiza mediante depósito, transferencia, cheque,
acuerdo de pago, o efectivo, en cuanto a monto total del pago, número de
depósito o transferencia, número de todas las facturas a cancelar con ese
giro, con el fin de agilizar los procesos de cancelación de facturas y
actualización de estados de cuenta del cliente.
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Plazo de resolución:
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Una vez realizado el servicio y entregado se
confecciona la factura en lapso aproximado de 5 días hábiles.
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Vigencia de la licencia, autorización o permiso:
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Los plazos para la cancelación son definidos por
la Junta
Administrativa, autoridad facultada para ordenar cualquier
cambio en los mismos. Estos comienzan a regir a partir de la fecha de emisión
de la factura y serán considerados en días naturales.
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Los plazos de crédito establecidos mediante
Acuerdo No. 389-11-2000.
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Son:
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● Ministerios y adscritas 60 días
● Autónomas y Municipalidades 30 días
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Costo del
trámite:
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Basado en las tarifas aprobadas por la Junta Administrativa
de la Imprenta
Nacional, según Artículo 11 de su Ley de creación No. 5394
del 05 de noviembre de 1973. Además, año con año las tarifas son actualizadas
de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor.
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Formulario(s) que se debe(n) presentar
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Según lo amerite el servicio contratado.
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Funcionario
contacto para atender consultas:
Alejandra
Hernández Vargas, Encargada Sección de Cuentas Corrientes.
Central
Telefónica 2296-9570 Ext. 157 Fax.
2520-2554.
Sitio
Web: www.imprentanacional.go.cr
Dirección
electrónica: cuentascorrientes@imprenta.go.cr.
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Nombre del
Trámite:
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Protocolo para el trámite del servicio en Artes Gráficas
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Nombre de la
Institución:
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Junta Administrativa de la Imprenta Nacional
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Dependencia
responsable del
trámite:
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Área de
Comercialización
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Dirección de la dependencia, sus sucursales y horarios:
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Oficinas centrales: San José, la
Uruca, detrás del Almacén Técnico Capris S. A.
Horario: Lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm (jornada continúa).
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Licencia, autorización, o permiso que se obtiene con el trámite:
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Servicios de
Impresión
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Requisitos
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Fundamento Legal de cada requisito
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Solicitud:
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Ley de Contratación Administrativa No. 7494, Artículo 2, inciso c);
publicada el 02 de mayo de 1995
Reglamento de la Ley
de Contratación Administrativa Decreto No. 33411, Artículo No. 130, publicado
el 27 de setiembre del 2006.
Nota: Por tanto, se obvia todo concurso público.
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● Para solicitar la cotización de un trabajo, es
indispensable que el cliente complete el formulario “Solicitud de Trabajo” (suministrado
por la Imprenta
Nacional).
● En esta solicitud se debe anotar la siguiente
información: Nombre del solicitante, departamento, fecha, tipo de trabajo
(blokcs, libros, folletos, carpetas, entre otros), materiales a utilizar,
(papeles, cartulinas, tintas). Servicios requeridos (Diseño, impresión,
grapado, doblado).
● Cuando el cliente presenta la solicitud completa
ante la Imprenta
Nacional, debe acompañarla de una muestra impresa del
trabajo que va a realizar, ésta también debe presentarse en formato digital.
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Requisitos
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Fundamento Legal de cada requisito
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Cotización:
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La Imprenta Nacional confeccionará la cotización del
trabajo solicitado en un plazo de 2
a 3 días hábiles, después de formalizada la Solicitud de Trabajo.
Las cotizaciones pueden ser retiradas por
funcionarios autorizados por la institución que solicitó el trabajo, en el
Área de Comercialización, o bien, se pueden enviar por fax (2296-9570 ext.
129) y tienen una validez de 30 días hábiles a partir de su emisión.
El costo de cada trabajo depende de las
características específicas del
mismo (cantidad de productos, tipos de papel, tintas, acabados).
La fecha de recepción de un trabajo, se fijará a
partir del recibido de la cotización aprobada, en la cual se debe especificar
claramente la forma de pago (reserva de crédito, orden de compra, efectivo,
etc.) y adjuntar el original del pedido de compra (reserva), o bien, si es
por un monto abierto (contrato marco) una copia certificada (según
establece el Manual de Crédito y Cobro de la Imprenta Nacional).
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Ley de Contratación Administrativa No. 7494, Artículo 2, inciso c);
publicada el 02 de mayo de 1995.
Reglamento de la Ley
de Contratación Administrativa Decreto No. 33411, Artículo No. 130, publicado
el 27 de setiembre del 2006.
Nota: Por tanto, se obvia todo concurso público
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Período de pruebas:
Una vez confeccionadas las muestras impresas del
trabajo por la
Sección de Arte y Diseño, se llamará al cliente para que se
presente en el Área de Comercialización de la Imprenta Nacional, para que se les dé el visto bueno.
Si el trabajo es pequeño (tarjeta de
presentación, hojas membretadas) y si el cliente así lo requiere, se le puede
enviar la muestra por fax,
igualmente el cliente puede remitir la misma con el visto
bueno, por esta misma vía. (Para dar el visto bueno el cliente tiene un plazo
máximo de 5 días).
El cliente aprueba o rechaza la muestra. Si esta
prueba no es aprobada, y la remite con modificaciones, se le realizan las
mismas y se repite el proceso. Si las pruebas se reciben con el visto bueno,
se pasa al proceso de impresión.
Forma de pago:
Cuando la forma de pago es con reserva de
crédito, ésta debe contener el programa, la
subpartida y el número de reserva que afecta la erogación.
Tiempo de
entrega y retiro del trabajo
El tiempo de entrega del trabajo se establece de
acuerdo con el grado de complejidad de éste y
la respectiva programación de máquinas que esté calenda rizada por el
área operativa, y se fija hasta el momento en que el solicitante dé el visto
bueno a la prueba impresa del diseño ya concluido.
El trabajo ya terminado debe ser retirado por el cliente, en la Sección de
Despacho, ubicado en las instalaciones de la Imprenta Nacional,
en la Uruca,
para lo cual se le llamará en el momento que el producto este listo.
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Ley de Contratación Administrativa No. 7494, Artículo 2, inciso c);
publicada el 02 de mayo de 1995.
Reglamento de la Ley
de Contratación Administrativa Decreto No. 33411, Artículo No. 130, publicado
el 27 de setiembre del 2006.
Nota: Por tanto, se obvia todo concurso público.
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Plazo de
resolución:
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En coordinación con el cliente y cantidad de trabajos pendientes en
producción.
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Vigencia de la licencia, autorización o permiso:
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No aplica
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Costo del trámite:
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Esto es variable, ya que todos los productos tienen un costo diferente.
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Formulario(s) que se debe(n) presentar
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Solicitud de
Trabajo.
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Funcionario contacto para atender consultas, quejas o denuncias:
Rocío Calderón Alvarado
Encargada de Trámites Comerciales
Sandra Gamboa Salazar
Encargada Área de Comercialización
Teléfono: 2296-9570 extensiones 178-167-176-200
Fax: 2296-9570
Ext. 129
Sitio Web:
www.imprentanacional.go.cr,
Dirección
electrónica: rcalderon@imprenta.go.cr y sgamboa@imprenta.go.cr
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