Alcances

BOLETÍN JUDICIAL N° 32 DEL 14 DE FEBRERO DEL 2019

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR 116-18

Asunto:   Modificación a los nombres de los juzgados del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Tercer Circuito Judicial de Alajuela y Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, con motivo de los cambios en la competencia territorial de la materia penal juvenil.

A LAS AUTORIDADES, DESPACHOS, OFICINAS

JUDICIALES DEL PAÍS, INSTITUCIONES,

ABOGADOS Y PÚBLICO EN GENERAL

SE LES HACE SABER QUE:

La Corte Plena en sesión 42-18 celebrada el 10 de setiembre del 2018, artículo IX, con motivo de los cambios en la competencia territorial de la materia penal juvenil, modificó los nombres de los juzgados que a continuación se dirá, de la siguiente manera:

II Circuito Judicial de la Zona Sur

Juzgado Penal Juvenil del Segundo Circuito Judicial

de la Zona Sur (Corredores y Golfito).

Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito

III Circuito Judicial de Alajuela

Juzgado Penal Juvenil del Tercer Circuito Judicial

de Alajuela (San Ramón y Grecia).

Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia

II Circuito Judicial de Guanacaste

Juzgado Penal Juvenil del Segundo Circuito Judicial

de Guanacaste (Nicoya y Santa Cruz).

Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Santa Cruz.

 

San José, 17 de setiembre de 2018.

                                           Silvia Patricia Navarro Romanini

                                                         Secretaria General

1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312925 ).

CIRCULAR N°  131-18

Asunto:         Competencia del Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia.

A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS,

INSTITUCIONES, ABOGADOS Y PÚBLICO EN GENERAL,

SE LES HACE SABER QUE:

En sesión de Corte Plena 40-18 celebrada el 27 de agosto de 2018, artículo XXXI, se dispuso que la competencia del Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia será en los siguientes términos: a) Que el Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia conozca los procesos especiales de protección a la niñez y la adolescencia y los que señala el numeral 116 del Código de la Niñez y la Adolescencia, las tutelas, los depósitos de personas menores de edad, la declaratoria de abandono, adopción de personas menores de edad, la utilidad y necesidad han de depender de si se trata de los intereses de una persona menor de edad o no. b) En cuanto al tema de la patria potestad, si la discusión se da entre los progenitores del niño o adolescente (conflictos de patria potestad, salidas del país, guarda, crianza y educación, visitas, etcétera) ese asunto debe conocerse por el Juzgado de Familia. Pero si lo que se pide es una protección especial para el niño como serían las suspensiones o extinciones de la patria potestad contra sus padres, no entre ellos, ese asunto debe ser conocido por el Juzgado de Niñez y la Adolescencia. c) Tendrá la competencia a nivel nacional para conocer las Adopciones Internacionales y los procesos de Restitución Internacional de Personas Menores de Edad.

San José, 2 de octubre de 2018.

                                           Silvia Patricia Navarro Romanini

                                                         Secretaria General

1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312929 ).

CIRCULAR 137-18

Asunto:  Lista de abogadas y abogados suspendidos en el ejercicio de su profesión, actualizada al 16 de octubre de 2018.

A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS,

SE LES HACE SABER QUE:

En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del citado Colegio Profesional.

LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS EN

EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN ACTUALIZADA

AL 16 DE OCTUBRE DEL 2018

Para ver las imágenes solo en el Boletín Judicial en formato PDF

Notas:

* La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena impuesta en sede penal.

** La suspensión será hasta la revocación de medida cautelar o finalización del proceso penal.

*** Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por Medida Cautelar. Res, Juzgado Penal Pérez Zeledón de las 13:35 del 14/12/2015 Exp. 12-000974-0485-PE.

**** Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por Medida Cautelar. Res, Juzgado Penal de Corredores Exp. N°10-202045-0456-PE.

#### Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por Medida Cautelar dictada por Juzgado Exp. 05-0022756-0042-PE.

### (Lic. Rojas) Inhabilitación en el ejercicio de la abogacía por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal Exp. 00-200095-0486-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

### (Lic. Zumbado) Suspensión por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal. Exp. 09-008513-0369-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

### (Licda. Salas) Suspensión por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal. Exp. 06-024335-0042-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

& Fe de erratas. Gaceta 110 del 08/06/2016.

&& Fe de erratas. Gaceta 197 del 13/10/2016.

&&& Fe de erratas Gaceta 96 del 23/05/2017.

&&&& Fe de erratas Gaceta 164 del 07/09/2018.

San José, 16 de octubre de 2018.

                                           Silvia Patricia Navarro Romanini

                                                         Secretaria General

1 vez.—O.C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312930 ).

CIRCULAR 139-2018

Asunto:  Lista de abogadas y abogados suspendidos en el ejercicio de su profesión, actualizada al 18 de octubre de 2018.

A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS,

SE LES HACE SABER QUE:

En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del citado Colegio Profesional.

LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS EN

EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN ACTUALIZADA

AL 18 DE OCTUBRE DEL 2018

Para ver las imágenes solo en el Boletín Judicial en formato PDF

Notas:

* La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena impuesta en sede penal.

** La suspensión será hasta la revocación de medida cautelar o finalización del proceso penal.

### (Lic. Rojas) Inhabilitación en el ejercicio de la abogacía por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal Exp. 00-200095-0486-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

### (Lic. Zumbado) Suspensión por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal. Exp. 09-008513-0369-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

### (Licda. Salas) Suspensión por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal. Exp. 06-024335-0042-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

& Fe de erratas. Gaceta 110 del 08/06/2016.

&& Fe de erratas. Gaceta 197 del 13/10/2016.

&&& Fe de erratas Gaceta 96 del 23/05/2017.

&&&& Fe de erratas Gaceta 164 del 07/09/2018.

San José, 19 de octubre de 2018.

                                           Silvia Patricia Navarro Romanini

                                                         Secretaria General

1 vez.—O.C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312931 ).

CIRCULAR 173-18

Asunto:   Política de Seguridad de la Información.

A TODAS LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS,

SE LES HACE SABER QUE:

En sesión de Corte Plena 56-18 celebrada el 10 de diciembre de 2018, artículo IV, se aprobó la Política de Seguridad de la Información en los siguientes términos:

Política de Seguridad de la Información

Propósito

El propósito de esta política de primer nivel es regular las actividades pertinentes a la seguridad de la información y su sistema de gestión (SGSI), mediante el establecimiento de objetivos, principios y reglas básicas que permitan al Poder Judicial alcanzar sus objetivos estratégicos y cumplir con los requisitos legales y regulatorios aplicables.

Alcance

Esta política aplica para todo el Poder Judicial, todas las personas que laboran para él y terceras partes de cualquier índole que acceden y utilizan los activos de información del Poder Judicial.

Términos y definiciones

Para un mejor entendimiento de esta política, se deben tener en cuenta los siguientes términos y definiciones:

Administración Superior: Está constituida por la Corte Plena y el Consejo Superior del Poder Judicial.

Amenaza: Es cualquier persona, gesto o acción que se anticipa a la intención de causar algún tipo de daño.

Confidencialidad: Propiedad de que la información no esté disponible o sea divulgada a individuos, entidades o procesos no autorizados.

Disponibilidad: Propiedad de ser accesible y utilizable a petición de una entidad autorizada.

Integridad: Propiedad de exactitud y completitud.

Política: Representan las expectativas y deseos de la Administración Superior. Son consideradas como obligatorias y normalmente son de alto nivel, por lo que no cita detalles.

Persona usuaria: Persona tanto interna como externa al Poder Judicial que utiliza cualquier servicio o bien que tenga acceso a los diferentes recursos tecnológicos del Poder Judicial.

Riesgo: Es la probabilidad de que una amenaza se materialice y cause un daño o perjuicio.

Seguridad de la información: Preservación de la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información en cualquiera de los medios en los que se presente, sean impresos, electrónicos, telemáticos y otras fuentes.

SGSI: Es un Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información, que consiste en una serie de actividades de gestión que deben realizarse mediante procesos sistemáticos, documentados y conocidos por una organización o entidad.

Recursos tecnológicos: Son los componentes o dispositivos tanto de hardware (recursos tangibles como computadoras, impresoras, equipo de comunicaciones, etc.), como de software (recursos intangibles como programas o sistemas informáticos), que permiten a una persona interactuar directa o indirectamente con la información; ya sea leerla, copiarla, moverla, transmitirla, escucharla o visualizarla, para satisfacer una necesidad.

Objetivos de seguridad de la información

Mediante la seguridad de la información y la implementación del SGSI, el Poder Judicial pretende lograr los siguientes objetivos:

a.   Conocer y tratar los riesgos estratégicos y operacionales de seguridad de la información y continuidad del negocio para que se mantengan en un nivel aceptable para el Poder Judicial, incluyendo aquellos relacionados con el cumplimiento de las legislaciones y regulaciones aplicables.

b.  Proveer servicios tecnológicos institucionales y de atención al público seguros, donde se proteja la confidencialidad de los datos de las personas usuarias, la integridad de la información sensible de los procesos judiciales, y se garantice de acuerdo con su nivel de criticidad, que dicha información esté disponible para las personas autorizadas.

c.   Contar con personas capacitadas y comprometidas con el cumplimiento de las políticas, lineamientos y procedimientos relativos a la seguridad de la información, así como técnicamente preparadas para asegurar que las medidas de protección definidas puedan ser correctamente implementadas y administradas durante todo su ciclo de vida.

Responsabilidades

Con el fin de lograr los objetivos de seguridad de la información y cumplir con los requisitos de esta política se describen las siguientes responsabilidades:

1)  Administración Superior

a.   Valorar y aprobar las políticas y/o lineamientos generales y específicos en materia de seguridad de la información del Poder Judicial.

b.  Procurar los recursos presupuestarios, físicos y recursos humanos que se requieran para la implementación y operación del SGSI, y el cumplimiento de las políticas y/o lineamientos de seguridad institucionales.

c.   Valorar y aprobar las estrategias, planes, proyectos, recomendaciones, indicadores y métricas en materia de seguridad de la información, propuestos por las diferentes instancias de coordinación en temas de tecnología de información y comunicaciones en el Poder Judicial.

2)  Auditoría Interna

a.   Verificar y evaluar el cumplimiento de las políticas y/o lineamientos relacionados con la seguridad de la información.

3)  Comisión Gerencial de Tecnologías de la Información y Comunicaciones

a.   Promover el desarrollo institucional de la seguridad de la información, para que se haga conforme a un proceso de planificación estratégica que esté alineado con el Plan Estratégico Institucional y el Plan Estratégico de Tecnologías de Información.

b.  Proponer políticas y/o lineamientos a la Administración Superior para que constituyan el marco de referencia de seguridad de la información, a partir de las propuestas que le facilite la Dirección de Tecnología de Información y Comunicaciones.

c.   Dar seguimiento y apoyo a la seguridad de la información, así como al presupuesto en esta materia.

d.  Elevar a la Administración Superior las métricas, indicadores y evaluaciones facilitadas por la Dirección de Tecnología de Información y Comunicaciones, que permitan medir el desempeño de la seguridad de la información en el Poder Judicial y tomar decisiones en relación a su mejora continua.

e.   Proponer planes, estrategias y proyectos a la Administración Superior con el fin de promover una cultura de seguridad institucional.

4)  Dirección de Tecnología de Información y Comunicaciones

a.   Velar, en conjunto con la Administración Superior, por la implementación y operación del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI) en su componente tecnológico.

b.  Formular las políticas y/o lineamientos generales y específicas en materia tecnológica para la seguridad de la información del Poder Judicial y velar por su cumplimiento.

c.   Velar, en conjunto con la Administración Superior, porque todas las personas que laboran para la organización, conozcan y estén comprometidos con las políticas y/o lineamientos de seguridad de la información y las consecuencias de su incumplimiento.

d.  Desarrollar e implementar los proyectos tecnológicos en materia de seguridad de la información que hayan sido aprobados por la Administración Documento firmado digitalmente Superior.

e.   Velar por las condiciones físicas y ambientales donde se encuentran instalados los diferentes recursos tecnológicos utilizados para brindar servicios.

f.   Velar por la integridad de la información en todos los procesos de implementación de las nuevas aplicaciones, así como en los procesos de mantenimiento de software e infraestructura.

g.  Definir los mecanismos que permitan aplicar y verificar el cumplimiento de la seguridad tecnológica, según lo establecido en esta política.

h.  Gestionar los proyectos de seguridad informática, y participar en aquellos donde se utilice la tecnología de información como elemento estratégico para el cumplimiento de los objetivos.

i.   Detectar, analizar y resolver de forma oportuna los problemas e incidentes de seguridad que se presenten en la plataforma tecnológica.

j.   Delegar la implementación de procedimientos y estándares que se desprenden de las políticas y/o lineamientos de seguridad de la información.

k.  Proponer estrategias y soluciones específicas para la implantación de los controles necesarios, destinados a cumplir con las políticas y/o lineamientos de seguridad establecidos y la debida solución de las situaciones de riesgo detectadas en el ámbito tecnológico.

5)  Control Interno

a.   Velar por que los riesgos de seguridad de la información sean gestionados adecuadamente y elevar los resultados obtenidos, acciones o estrategias al Subcomité Institucional de Seguridad de la Información.

6)  Subcomité Institucional de Seguridad de la Información

a.   Mediar en los conflictos en materia de seguridad de la información y los riesgos asociados, para así proponer soluciones.

b.  Coordinar con los comités de Continuidad y de Riesgos de la institución, para mantener alineada toda la estrategia institucional.

c.   Mantener informada a la Comisión Gerencial de Tecnologías de Información y Comunicaciones y Administración Superior sobre cualquier oportunidad de mejora, así como de los incidentes importantes y su respectiva solución en el Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información.

d.  Establecer los procedimientos tanto de priorización, así como de solución a los diferentes incidentes y riesgos que se vinculen con los activos de la información de la institución.

e.   Promover la gestión de la seguridad a lo interno de todo el Poder Judicial.

7)  Persona Usuaria

a.   Cumplir con las pautas establecidas en las políticas y/o lineamientos de seguridad de la información.

8)  Jefaturas de oficina

a.   Velar por el cumplimiento de las políticas, lineamientos y demás elementos relativos a la seguridad de la información institucional, en sus respectivas oficinas.

b.  Comunicar oportunamente a la DTIC los incumplimientos a las políticas, lineamientos y demás elementos sobre la seguridad de la información institucional.

Pautas

Para asegurar que se gestione correctamente la seguridad de la información en toda la institución, el Poder Judicial debe:

Definir y mantener un Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI) que permita identificar las necesidades de la institución y las expectativas de las partes interesadas en materia de seguridad, incluyendo los requisitos legales, regulatorios y contractuales aplicables.

b.  Desarrollar y aplicar todas las políticas, lineamientos y/o reglamentos de seguridad de la información necesarios, que permitan la protección adecuada de la información institucional y que apoyen el cumplimiento de esta política.

c.   Documentar y mantener actualizadas las responsabilidades y autoridades asociadas al SGSI, tanto de las personas que laboran para la organización, como de terceras relacionadas.

d.  Definir un enfoque sistemático para la gestión de riesgos de seguridad de la información, donde los riesgos sean identificados, evaluados y tratados hasta que puedan ser aceptados por la institución, de acuerdo con el nivel de tolerancia al riesgo acordado.

e.   Concientizar y capacitar a todas las personas que trabajan para la institución en materia de seguridad, confidencialidad y riesgos asociados con el uso de las TI, incluyendo las políticas y/o lineamientos y sus responsabilidades relacionadas con la seguridad de la información.

f.   Implementar los procesos requeridos para la gestión de la seguridad de la información, y los relacionados con la operación de los controles de seguridad para tratar los riesgos identificados.

g.  Monitorear el entorno de riesgo y tomar las acciones necesarias, para que los riesgos de seguridad de la información originados por cambios en el contexto de la institución puedan ser aceptados.

h.  Evaluar el desempeño de la seguridad de la información y la efectividad del SGSI, para asegurar que sea conveniente, suficiente y cumpla con las necesidades y requisitos de la institución.

i.   Tomar las acciones necesarias para asegurar la mejora continua del SGSI.

Medición del cumplimiento

El cumplimiento de esta política se verificará mediante diferentes métodos, entre los que se destacan: recorridos periódicos, auditorías internas y externas, reportes de las jefaturas, o cualquier otro mecanismo definido por la Dirección de Tecnología de Información y Comunicaciones.

Excepciones

Cualquier excepción a esta política debe ser aprobada previamente por Corte Plena o quien ésta designe como responsable para la aprobación de la misma.

Incumplimientos

Cualquier persona que labore, visite o brinde apoyo al Poder Judicial y que no cumpla con lo aquí estipulado, queda sujeta a las sanciones disciplinarias y/o legales que los órganos correspondientes determinen. La Dirección de Tecnología de Información Documento firmado digitalmente y Comunicaciones elaborará un informe donde se incluya un análisis de los riesgos derivados del incumplimiento, así como del posible impacto asociado.

Documentación relacionada

Normas técnicas para la gestión y control de las Tecnologías de Información de la Contraloría General de la República.

Reglamento del Gobierno, de la Gestión y el uso de los Servicios Tecnológicos del Poder Judicial.

    Políticas y/o lineamientos de carácter específico o de segundo nivel que forman parte del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información.

Historial de versiones

Fecha

Revisión

Descripción del cambio

Responsable

22/06/2018

1.0

Política elevada a aprobación de Corte Plena

Comisión Gerencial de TI

 

San José, 19 de diciembre del 2018.

                                           Silvia Patricia Navarro Romanini

                                                         Secretaria General

1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.— ( IN2019312932 ).

CIRCULAR 03-2019

Asunto:       Modificación de la Competencia del Juzgado de Seguridad Social.

A LAS INSTITUCIONES, ABOGADOS, FUNCIONARIOS

Y SERVIDORES JUDICIALES DEL PAÍS Y

AL PÚBLICO EN GENERAL

SE LES HACE SABER QUE:

La Corte Plena en la sesión 57-18, celebrada el 17 de diciembre del 2018, artículo VII, dispuso modificar la competencia del Juzgado de Seguridad Social de la siguiente forma: “El Juzgado de Seguridad Social (con sede en el Primer Circuito Judicial de San José) abarcará del cantón Central San José, los distritos del Carmen, Merced, Hospital, Catedral, Zapote, San Francisco de Dos Ríos, Uruca, Mata Redonda y Pavas, así como los cantones de Goicoechea, Moravia, Vásquez de Coronado, Tibás, Montes de Oca, Curridabat, Escazú, Santa Ana y el distrito de Colón del cantón de Mora.”

San José, 11 de enero de 2019.

                                           Silvia Patricia Navarro Romanini

                                                         Secretaria General

1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.— ( IN2019312934 ).

SALA CONSTITUCIONAL

Asunto:       Acción de inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA,

HACE SABER:

PRIMERA PUBLICACIÓN

Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el 15-006655-0007-CO, promovida por Álvaro Sagot Rodríguez contra la Ley para Regular la Creación y el Desarrollo del Puesto Fronterizo las Tablillas, Ley 8803, publicada en el Diario Oficial La Gaceta 125 de 29 de junio de 2010, así como contra el Reglamento a esa ley, Decreto Ejecutivo 38628-MP-HCOMEXMINAE-SP-G, publicado en el Diario Oficial La Gaceta 60 de 26 de marzo de 2014, por estimarlos contrarios al derecho protegido en el artículo 50 de la Constitución Política, el principio precautorio, el principio de razonabilidad, de irreductabilidad del bosque, de objetivación y de no regresión, se ha dictado el voto 2019-000673 de las doce horas y cero minutos de dieciséis de enero de dos mil diecinueve, que literalmente dice:

«Se declara con lugar la acción y, en consecuencia, se anulan la Ley para regular la creación y el desarrollo del puesto fronterizo Las Tablillas, Ley 8803 de 16 de abril de 2010, y su Reglamento, Decreto Ejecutivo 38628-MP-HCOMEX-MINAE-SP-G del 16 de setiembre de 2014. Con base en el ordinal 91 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, por mayoría, se gradúan y dimensionan los efectos de esta sentencia y se insta a la Asamblea Legislativa, en el uso de sus atribuciones constitucionalmente asignadas, a que en el plazo de 18 meses, contado a partir de la publicación íntegra de este pronunciamiento en el Boletín Judicial, se apruebe una nueva ley para regular la creación y el desarrollo del puesto fronterizo Las Tablillas, que esté fundamentada en estudios técnicos completos e incorpore las medidas de compensación que correspondan. Los magistrados Salazar Alvarado y Araya García declaran con lugar la acción, excepto en cuanto se establece un plazo para dictar la ley de cita. Reséñese esta sentencia en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese al accionante, a la Presidenta de la Asamblea Legislativa o a quien ocupe el cargo, al Ministro de la Presidencia, al Ministro de Ambiente y Energía, al Ministerio de Comercio Exterior, al Viceministro de Comercio Exterior en su condición de presidente del Consejo de Puestos Fronterizos Terrestre, y a la Procuraduría General de la República.-»

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 17 de enero del 2019.

                                                                         Vernor Perera León

                                                                               Secretario a. í.

O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312974 ).

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el 15-009960-0007-CO promovida por Carlos Asdrúbal Quesada Bermúdez, Corporación de Transportes Conatra S. A. contra el artículo 31.B.1 de la Ley 3503 de 10 de mayo de 1965, se ha dictado el voto 2019-000674 de las doce horas y uno minutos de dieciséis de enero de dos mil diecinueve, que literalmente dice:

«Se rechaza de plano la acción.»

San José, 17 de enero del 2019.

                                                                              Vernor Perera León,

                                                                                     Secretario a. í.

O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312976 ).

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A David Aarón Garita Madrigal, mayor, notario público, cédula de identidad 1-1018-0738, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial 17-001029-0627-NO, establecido en su contra por Michael Chinchilla Serrano, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. A las trece horas y treinta y cuatro minutos del dieciocho de junio de dos mil dieciocho. De conformidad con los artículos 152 del Código Notarial, 290 y 291 del Código Procesal Civil, y dado que la parte denunciante no cumplió con la prevención realizada por este despacho, mediante resolución de las nueve horas y cuarenta y cuatro minutos del veinticuatro de enero de dos mil dieciocho (folio 12), se declara la inadmisibilidad de la pretensión civil resarcitoria, para continuar únicamente con la acción disciplinaria. En razón de lo anterior, se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Michael Román Chinchilla Serrano contra David Aarón Garita Madrigal, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo, se le previene a cada parte, que, si no, escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que. si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. La notificación en el domicilio registral de la parte denunciada ubicada en San Pablo de Heredia, frente al cementerio local, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Heredia. La notificación en la oficina notarial de la parte denunciada ubicada en Santa Ana, Forum 1, Torre G, piso 1, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de San José. Asimismo, se ordena notificar a la Dirección Nacional de Notariado, mediante comisión dirigida a la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, en: San Pedro Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Edificio SIGMA, quinto piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N°8687, publicada en La Gaceta 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, se ordena consultar la página web de la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para certificar si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. Remítase oficio a la Dirección Nacional de Notariado, a fin de que se indique la última dirección de la casa de habitación y oficina notarial registrados por David Aarón Garita Madrigal, para que notifique la presente resolución a la parte denunciada, para lo cual se pone a su disposición la comisión correspondiente. Notifíquese. Licda. Melania Suñol Ocampo, Jueza.” y “Juzgado Notarial. San José, a las diez horas y cincuenta y seis minutos del diecinueve de diciembre del dos mil dieciocho. Siendo fallidos los intentos por notificarle al licenciado(a) David Aarón Garita Madrigal, la resolución dictada a las trece horas y treinta y cuatro minutos del dieciocho de junio de dos mil dieciocho (folio 17 al 18) en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 10, 11, 27), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 32 al 33), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado que los hechos que se le atribuyen son: La no inscripción de la escritura número 359, otorgada en su notaria a las quince horas del día ocho de julio del dos mil catorce, donde consta el traspaso de la finca ubicada en la provincia de Cartago, Turrialba, matrícula 53219-000 a nombre del denunciante. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado(a) David Aaron Garita Madrigal, cédula de identidad 1-1018-0738. Notifíquese. Licda. Melania Suñol Ocampo, Jueza”.

San José, 19 de diciembre del 2018.

                                                      Licda. Melania Suñol Ocampo

                                                                            Jueza

1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019313800 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Sabino Zúñiga Zúñiga, cédula de identidad 5-254-382, fallecido el 28 de mayo del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 18-000251-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 18-000251-0868-LA. Por a favor de.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Laboral), 30 de agosto del año 2018.—Licda. Nedyn Barrantes Jiménez, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312871 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Eugenio José Jiménez Zúñiga, mayor, casado una vez, educador, vecino de San Blas de Jicaral, fallecido el 29 de julio del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el 18-000265-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 18-000265-0868-LA. Por a favor de.—Juzgado Civil y Trabajo Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Materia Laboral), 10 de enero del 2019.—Licda. Ximena Jiménez Soto, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312872 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Sabino Zúñiga Zúñiga, mayor, soltero, vecino de Sámara de Nicoya, cédula 5-0254-0382 fallecido el 28 de mayo del 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el 18-000275-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-000275-0868-LA, en favor de Leidy María Fajardo Castrillo.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Materia Laboral), 10 de enero del 2019.—Licda. Ximena Jiménez Soto, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312873 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de José Omar Gómez Reyes, fallecido el 11 de agosto del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el 18-000284-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 18-000284-0868-LA. En favor de Soleida Gómez Reyes.—Juzgado Civil y Trabajo Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Materia Laboral), 11 de enero del 2019.—Licda. Nedyn Barrantes Jiménez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312874 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de María Marlene Quesada Chinchilla, 0108200985, fallecido(a) el 22 de junio del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el 18-000340-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 18-000340-1125-LA. Por a favor de María Marlene Quesada Chinchilla.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 31 de julio del 2018.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312877 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fulvio Didier Villegas Hernández, fallecido el 12 de noviembre del 2018, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el 18-000355-0868-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-000355-0868-LA, en favor de Didier Fulvio Villegas Castrillo.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Materia Laboral), 14 de enero del 2019.—Licda. Nedyn Barrantes Jiménez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312878 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Heriberto Díaz Castillo, mayor, costarricense, cédula de identidad 5-415-176, fallecido el 22 de noviembre del 2018, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el 18-000361-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-000361-0868-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Materia Laboral), 14 de enero del 2019.—Licda. Nedyn Barrantes Jiménez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312879 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Cinthya Lizeth Elizondo Picado, mayor, casada, número de cédula de identidad: uno-uno-tres-cero-dos-cero-siete-cero-tres, docente, fallecido el 10 de junio del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. pago sector público bajo el 18-000513-1125-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-000513-1125-LA. Por a favor de...—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Laboral), 16 de enero del 2019.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312880 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ernesto Roberto Harriet Swann con cédula de identidad 0700430696, fallecido el diecinueve de octubre del año dos mil dieciocho, quien fue mayor, casado, vecino de Limón pueblo nuevo pulpería el pueblito tercera casa de color amarillo con vino a la derecha, laboró para Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA), y falleció el diecinueve de octubre del año dos mil dieciocho, se les hace saber que Miriam Centeno Pizarro, quien es mayor de edad, viuda, costarricense, portadora de la cédula de identidad 7-0134-0277, vecina de Limón, Limoncito del restaurante 28, segunda entrada a la izquierda segunda casa a la derecha color melón, se apersonó a este despacho en calidad de esposa del causante, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el 18-000852-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 18-000852-0679-LA. Por Ernesto Roberto Harriet Swann a favor de Miriam Centeno Pizarro.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 19 de diciembre del 2018.—Lic. Luis Martínez Castro, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312881 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Giovanni Walter Benavides Jiménez, cédula de identidad 06-0202-0303, fallecido el 06 de julio del 2018, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el 18-001082-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-001082-0643-LA, por Servicio de Cuido Responsable Secure S. A., cédula jurídica 3-101-077363 a favor de Gabriela Cruz Maffio, cédula de identidad 06-0213-0673 y Ana Loanny Benavides Cruz, cédula jurídica 06-0454-0932.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 10 de diciembre del 2018.—Licda. Jacqueline Peraza Fallas, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312882 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Randall Esteban Ureña Castro, quien fue mayor, casado una vez, empleado de la Caja Costarricense de Seguro Social en el Laboratorio de Parenterales, contiguo al centro comercial Real Cariari, vecino de Palmichal de Acosta, 350 metros oeste de la entrada del cementerio, cédula de identidad 0108650093, se les hace saber que Yamieth Porras Mora, quien es mayor, viuda, de 46 años de edad, ama de casa, vecina de Palmichal de Acosta, 350 metros oeste de la entrada del cementerio, casa color verde agua, cédula de identidad 09-0097-0121, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Randall Esteban Ureña Castro. Expediente 19-000004-1529-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia Puriscal, (Materia Laboral), 18 de enero del 2019.—Licda. Charlyn Miranda Arias, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312883 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de ocho millones ochocientos veinticuatro mil ochocientos treinta y nueve colones con dieciocho céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión, sumaria 16-001107-0492-TC, Juzgado de Tránsito de Hatillo; sáquese a remate el vehículo placa 846576, marca Nissan, estilo Tida, chasis 3N1CC1AD4ZL167282, capacidad 5 personas, color rojo, año 2011, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas y quince minutos del veinticinco de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y quince minutos del tres de julio de dos mil diecinueve, con la base de seis millones seiscientos dieciocho mil seiscientos veintinueve colones con treinta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y quince minutos del doce de julio de dos mil diecinueve, con la base de dos millones doscientos seis mil doscientos nueve colones con setenta y nueve céntimos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Mauricio Antonio Rosales Mora. Expediente: 18-011927-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de octubre del 2018.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza.—( IN2019318103 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de treinta y siete millones seiscientos sesenta y nueve mil doscientos ochenta y tres colones con noventa y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas:413-14582-01-0047-001; Reservas Ley Forestal citas: 413-14582-01-0109-001; afectaciones y limitaciones Ley Forestal 7575 citas: 531-07553-01-0001-001; afectaciones y limitaciones Ley Forestal 7575 citas: 560-06522-01-0001-001; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ochenta y ocho mil quinientos nueve, derecho 000, la cual es terreno para agricultura, lote 24, asentamiento La Osa Forestal. Situada en el distrito 2-Puerto Jiménez, cantón 7-Golfito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Rio Conte; al sur: lote 47; al este: lotes 21 y 23 y al oeste: lote 25. Mide: trescientos ochenta y ocho mil seiscientos diecinueve metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Plano: P-0742147-1988 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y treinta minutos del siete de mayo de dos mil diecinueve, con la base de veintiocho millones doscientos cincuenta y un mil novecientos sesenta y dos colones con noventa y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y treinta minutos del quince de mayo de dos mil diecinueve, con la base de nueve millones cuatrocientos diecisiete mil trescientos veinte colones con noventa y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Víctor Hugo De Jesús Ceciliano Ureña. Expediente: 16-001177-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 30 de enero del 2019.—Licda. Hazel Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2019318359 ).

En este Despacho, 1.) Con una base de cincuenta y nueve millones setecientos veinticinco mil cuatrocientos sesenta y seis colones exactos, soportando la anotación de donación bajo las citas 2017-00196631-01, hipoteca de primer grado bajo las citas 568-13134-01-0008-001, Hipoteca de segundo grado bajo las citas 568-13134-02-0004-001, los practicados 800-148372-01-0001-001, 800-150348-01-0001-001 y la demanda ordinaria bajo las citas 800-00437113-01-0001-001 sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula 203583, derecho 000 la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 1, cantón 2, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Manuel Antonio Salas Fallas; al sur, lote 11; al este, Lucía Picado Prendas, y al oeste, calle pública. Mide: ciento setenta y ocho metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del catorce de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintidós de marzo del dos mil diecinueve, con la base de cuarenta y cuatro millones setecientos noventa y cuatro mil noventa y nueve colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de abril de dos mil diecinueve con la base de catorce millones novecientos treinta y un mil trescientos sesenta y seis colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). 2.) Con una base de veintiséis millones doscientos cincuenta y nueve mil sesenta colones con cincuenta céntimos, soportando la anotación de donación bajo las citas 2017-00196631-01, hipoteca de primer grado bajo las citas 568-13134-01-0008-001, hipoteca de segundo grado bajo las citas 568-13134-02-0004-001, los practicados 800-33439-01-0001-001, 800-148371-01-0001-001 y la demanda ordinaria bajo las citas 800-00437112-01-0001-001 sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula 116019, derecho 000 la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 1, cantón 2, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote ocho; al sur, Manuel Antonio Salas Fallas; al este, Lucía Picado Prendas, y al oeste, calle pública. Mide: ciento cuarenta y siete metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del catorce de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintidós de marzo del dos mil diecinueve con la base de diecinueve millones seiscientos noventa y cuatro mil doscientos noventa y cinco colones con treinta y ocho céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de abril del dos mil diecinueve, con la base de seis millones quinientos sesenta y cuatro mil setecientos sesenta y cinco colones con trece céntimos (25% de la base original). 3.) Con una base de veinte millones doscientos veintidós mil cuatrocientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula 116022, derecho 000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1, cantón 2, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Lote 11; al sur, lote 13; al este Lucía Picado Prendas, y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta y ocho metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del catorce de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintidós de marzo del dos mil diecinueve, con la base de quince millones ciento sesenta y seis mil ochocientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de abril de dos mil diecinueve con la base de cinco millones cincuenta y cinco mil seiscientos colones exactos (25% de la base original). 4.) Con una base de tres millones quinientos quince mil colones exactos, soportando el practicado bajo las citas de inscripción 800-248320-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula 116021, derecho 000 la cual es terreno para construir con una casa lote 11. Situada en el distrito 1, cantón 2, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 10; al sur, Lote 12; al este, Lucía Picado Prendas, y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta y cuatro metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del catorce de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintidós de marzo del dos mil diecinueve con la base de dos millones seiscientos treinta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de abril del dos mil diecinueve, con la base de ochocientos setenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ordinario de Leonel Hernández Méndez, Manuel Antonio Sánchez Fallas, Virgita Villegas Arrieta contra Juanca Barveña Sociedad Anónima. Expediente 08-001463-0504-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil Heredia, 17 de enero del 2019.—Licda. María Inés Mendoza Morales, Jueza Decisora.—( IN2019318388 )

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 263-07534-01-0002-001; a las once horas y treinta y cinco minutos del cuatro de marzo del dos mil diecinueve, y con la base de diecinueve mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta mil doscientos seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote K-11 con una casa. Situada en el distrito Barranca, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote K-10; al sur, lote K-12; al este, lote K-32 y al oeste, calle primera. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y treinta y cinco minutos del diecinueve de marzo del dos mil diecinueve, con la base de catorce mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y treinta y cinco minutos del tres de abril del dos mil diecinueve con la base de cuatro mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Doña Amelia RAS S. A. contra Erick Alberto Montes Molina Expediente 18-006240-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 19 de setiembre del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Decisor.—( IN2019318451 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 377-07723-01-0922-001; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de marzo de dos mil diecinueve y con la bas e de cuarenta y un mil ochocientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y dos mil trescientos cincuenta-cero cero cero, la cual es terreno con tres casas de habitación. Situada en el distrito 11-San Rafael Abajo, cantón 3-Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte: Peregrina Valverde Astúa; al sur: calle pública; al este: Rafael Isaac Ulate Barrantes; y al oeste: Luis Fernando Fuentes Bejarano. Mide: ciento noventa y nueve metros con tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de marzo de dos mil diecinueve, con la base de treinta y un mil trescientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de abril de dos mil diecinueve, con la base de diez mil cuatrocientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. la anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Doña Amelia RAS S. A. contra Franklin Olmos Marchena. Expediente: 18-005748-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 25 de setiembre del 2018.—Lic. Liseth Delgado Chavarría, Jueza Decisora.—( IN2019318452 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del once de marzo del dos mil diecinueve, y con la base de once mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos diecisiete mil ciento sesenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito Miramar, cantón Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle publica con frente a calle de 10 metros lineales; al sur identificar predial 60401016149400; al este, identificar predial 60401015604000, y al oeste, identificar predial 60401015604000. Mide: doscientos cuarenta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de marzo del dos mil diecinueve, con la base de ocho mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de abril del dos mil diecinueve, con la base de dos mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Rojal de Heredia S.A. contra Ana Magali Ulate León. Expediente 18-006243-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 27 de setiembre del 2018.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2019318453 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula número sesenta mil seiscientos treinta y cinco, derecho 000, la cual es terreno: terreno para construir, situada en el distrito 4-Tempate, cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte: calle pública con 13 m. 41 cm.; sur: María Remigia Moreno Vega; este: Municipalidad de Santa Cruz; oeste: Carmen Moreno Peraza. Mide: mil cuatrocientos ochenta metros con veintitrés decímetros cuadrados. Plano: G-0613019-1985. Para tal efecto se señalan las quince horas y treinta minutos del once de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del diecinueve de marzo del dos mil diecinueve con la base de doce millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil diecinueve, con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Amelia Yadira Valerín Lara. Expediente: 15-001604-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 20 de diciembre del 2018.—Jorge Zúñiga Jaen, Juez Decisor.—( IN2019318456 ).

En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula número ciento dos mil cuatrocientos uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 1-Las Juntas, cantón 7-Abangares de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte: calle pública con un frente de 3,20 metros; al sur: Desacarga S.A; al este: en parte con Rocío Gómez López y Luis Wong Segura; y al oeste: Marlen Gómez López. Mide: mide: doscientos setenta y tres metros cuadrados. Plano: G-1363786-2009. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero minutos del trece de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del veintiuno de marzo del dos mil diecinueve, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintinueve de marzo del dos mil diecinueve, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Productores de Sal Ahorro y Crédito contra Cintia Carina Gómez López. Expediente: 17-000255-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 20 de diciembre del 2018.—M.Sc. Jenny Corrales Torres, Jueza Decisora.—( IN2019318466 ).

En este Despacho, con una base de seis millones ciento veintitrés mil ciento diez colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento tres mil trescientos veinticuatro, derecho 006, la cual es terreno de potrero con una casa. Situada en el distrito 01 Miramar, cantón 04 Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Ramón Herrera y calle pública; al sur, Carlos Arguedas; al este, Rosalina Venegas y Servicios Especializados Médicos Quirúrgicos SEMEG S.A., y al oeste, Miguel Garita. Mide: diez mil setecientos ochenta metros con noventa y seis decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del trece de marzo del dos mil diecinueve con la base de cuatro millones quinientos noventa y dos mil trescientos treinta y dos colones con cincuenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de marzo del dos mil diecinueve, con la base de un millón quinientos treinta mil setecientos setenta y siete colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Raúl María Mesén Bermúdez contra Roy Martin del Carmen Herrera Núñez. Expediente 14-001769-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 13 de diciembre del 2018.—Lic. Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2019318471 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; con la base de veinticuatro millones seiscientos veintiséis mil ochocientos setenta y nueve colones con cuarenta y ocho céntimos (¢24.626.879,48), se señalan las ocho horas del veintiséis de marzo de dos mil diecinueve en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, se rematará en el mejor postor la Puntarenas número finca del Partido de Puntarenas matrícula folio real número 134777 derechos 001 y 002, que es terreno para construir situado en el distrito de Miramar en la provincia de Puntarenas, el derecho 001. Mide: ciento sesenta y nueve metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados, propiedad de Rubén González Saborío y el derecho 002. Mide: ciento sesenta y nueve metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados, propiedad de Adriana Alvarado Venegas, la misma se encuentra libre de hipotecas. Para llevar a cabo el segundo remate se señalan las ocho horas del dos de abril de dos mil diecinueve, con la base de veinticuatro millones seiscientos veintiséis mil ochocientos setenta y nueve colones con cuarenta y ocho céntimos (¢24.626.879,48) y, para celebrar tercera subasta se señalan las ocho horas del nueve de abril de dos mil diecinueve, con la base de veinticuatro millones seiscientos veintiséis mil ochocientos setenta y nueve colones con cuarenta y ocho céntimos (¢24.626.879,48). Comuníquese la subasta por medio de edicto que se publicará en el Boletín Judicial dos veces consecutivas, advirtiendo a aquellas personas jurídicas interesadas en la almoneda que, si la oferta que hagan por el inmueble es pagada con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho (art. 805 Código de Comercio). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de sentencia de Rubén González Saborío contra Adriana Alvarado Venegas. Expediente: 09-400305-0421-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 31 de enero de 2019.—Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019318485 ).

A las ocho horas del ocho de mayo de dos mil diecinueve, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, soportando practicado bajo las citas 800-418429-01-0001-001, y con la base de seis millones seiscientos setenta y nueve mil ciento cuarenta y siete colones con setenta y cuatro céntimos (¢6.679.147,74), en el mejor postor, se rematará la finca inscrita en el Partido de Limón, distrito tercero La Rita, cantón segundo Pococí, cuya naturaleza es terreno de potrero, matrícula número ciento veinte mil seiscientos setenta y cuatro-cero cero cero, colinda al norte: lote uno, sur: Amalia González Sánchez y Jorge González Sánchez, este: calle pública y Amalia González Sánchez, oeste: IDA, con una medida de dos mil doscientos veintiséis metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado ese primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta pero con la base de cinco millones nueve mil trescientos sesenta colones con ochenta céntimos (¢5.009.360,80), (incluida la rebaja del 25% de la base anterior), se señalan las ocho horas del dieciséis de mayo de dos mil diecinueve. De ser fracasado también el segundo señalamiento, para llevar a cabo la tercera subasta se señalan las ocho horas del veinticuatro de mayo de dos mil diecinueve esta vez con la base de un millón seiscientos sesenta y nueve mil setecientos ochenta y seis colones con noventa y cuatro céntimos (¢1.669.786,94), (es decir un 25% de la base original). Se advierte además que de conformidad con el artículo 25 de la Ley Cobro Judicial, si al tercer remate no hubiere postores, el bien se tendrá por adjudicado al ejecutante, por el veinticinco por ciento de la base original. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en monitorio 12-000150-0507-AG (172-1-12) del Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, de Banco Nacional de Costa Rica contra Edwin Murillo Calderón y Francisco Arley Barboza. Nota: este edicto debe publicarse por dos veces consecutivas en la Boletín Judicial, artículo 21.5 de la Ley de Cobro Judicial. Debiendo hacerse la primera publicación con al menos ocho días de anticipación al primer señalamiento a remate (artículo 23 ibídem).—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 2 de febrero de 2019.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019318486 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas tres dos cinco, seis cuatro cuatro uno, cero uno, cero cero uno; a las ocho horas del veinte de marzo de dos mil diecinueve, y con la base de seis millones noventa y siete mil colones , en el mejor postor remataré lo siguiente: finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número seis uno tres tres ocho cero, cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito seis platanares cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Eugenio Jiménez Aguero; al sur, Eugenio Jiménez Aguero; al este, calle pública, y al oeste, Eugenio Jiménez Aguero. Mide: ochocientos setenta y un metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas del veintidós de abril del dos mil diecinueve, con la base de cuatro millones quinientos setenta y dos mil setecientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del diecisiete de mayo del dos mil diecinueve, con la base de un millón quinientos veinticuatro mil doscientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de sentencia de Olger Jesús Martínez Gutiérrez contra Tres Ciento Uno Seis Siete Dos Nueve Siete Seis S.A. Expediente 143001030402LA-01. Publíquese dos veces en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional de Cañas (Materia Laboral), 30 de enero del 2019.—Lic. Kevin Leiva Masis, Juez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019318487 ).

En este Despacho, con una base de treinta y siete millones ciento cincuenta y siete mil setecientos treinta colones con setenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando: servidumbre trasladada al tomo 320, asiento 00002202, secuencia 01-0905-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, folio real matrícula cuatrocientos ochenta mil quinientos sesenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 5A. Situada en el distrito tres San Juan de Dios, cantón tres Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte: calle pública; al sur: Zaida Piedra; al este: lote 4ª; y al oeste: lote 6A. Mide: ciento veintiún metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciocho de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintiséis de marzo del dos mil diecinueve, con la base de veintisiete millones ochocientos sesenta y ocho mil doscientos noventa y ocho colones con cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del tres de abril del dos mil diecinueve, con la base de nueve millones doscientos ochenta y nueve mil cuatrocientos treinta y dos colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Anthony Elías Espinoza Cruz. Expediente: 19-000032-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 30 de enero del 2019.—Lic. Mariela María Porras Retana, Jueza Tramitadora.—( IN2019318495 ).

En este Despacho, con una base de veinte mil dólares, soportando servidumbre de lineas electricas y de paso citas: 575-08267-01-0002-001, servidumbre de acueducto citas: 575-08267-01-0003-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2009-179610-01-0613-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2009-179610-01-0613-001, hipoteca citas: 2012-201872-01-0002-001, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número setenta y ocho mil ciento trece, derechos F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número doscientos quince apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito San Josecito, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, área común de calle, área común de taller de mantenimiento, control y oficina; al sur, finca filial doscientos catorce, área común de calle; al este, área común de calle; y al oeste, finca filial doscientos catorce, área común de taller de mantenimiento, control y oficina. Mide: doscientos cinco metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de abril del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintisiete de mayo del dos mil diecinueve con la base de quince mil dólares (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de junio del dos mil diecinueve con la base de cinco mil dólares (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Residencial Valle Dorado contra Marianela Sánchez Bravo. Expediente 18-006288-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 08 de noviembre del 2018.—MSc. Gabriela Chaves Villalobos, Jueza.—( IN2019318496 ).

En este Despacho, con una base de setenta y dos millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 575-08267-01-0002-001, servidumbre de acueducto citas: 575-08267-01-0003-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2009-179610-01-0613-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2009-179610-01-0613-001, hipoteca de primer grado citas: 2011-278525-01-0002-001 sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 78012-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número ciento catorce apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 02 San Josecito, cantón 05 San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, finca filial ciento trece, finca filial ciento tres; al sur, finca filial ciento quince, área común de calle; al este, finca filial ciento tres, finca filial ciento quince, y al oeste, finca filial ciento trece, área común de calle. Mide: ciento cincuenta y nueve metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y veinte minutos del diez de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y veinte minutos del veinte de mayo de dos mil diecinueve con la base de cincuenta y cuatro millones de colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y veinte minutos del veintiocho de mayo del dos mil diecinueve, con la base de dieciocho millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Residencial Valle El Dorado contra Heylin Johanna Eduarte Cedeño. Expediente 18-006287-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 16 de enero del 2019.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2019318498 ).

En este Despacho, con una base de veintinueve millones cuatrocientos treinta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 0304-00005400-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 460836, derecho 000, naturaleza: lote uno C. Terreno para construir, situada en: distrito 05 guácima, cantón 01, Alajuela de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Comercial E Y J Uno S. A., sur, lote dos C; este, calle pública con un frente de ocho punto ochenta y siete metros; oeste, Bolívar Jara Castillo. Mide: trescientos cuarenta metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y veinticinco minutos del cuatro de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y veinticinco minutos del doce de marzo de dos mil diecinueve con la base de veintidós millones setenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y veinticinco minutos del veinte de marzo de dos mil diecinueve con la base de siete millones trescientos cincuenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Jessica Gazel Bonilla. Exp. 18-003693-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de enero del 2019.—Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2019318529 ).

En este Despacho, con una base de seis millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 307-07171-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ochenta y seis mil cuatrocientos cincuenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno lote 9 terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un rente de 8,30 cm; al sur, Henry Fallas Sojo; al este, Judith Chevez Villegas y al oeste, Antonio Salas Pizarro. Mide: ciento sesenta y ocho metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Plano: G-0030595-1992. Para tal efecto, se señalan las trece horas y cero minutos del veinticinco de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cero minutos del dos de abril del dos mil diecinueve con la base de cinco millones cien mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cero minutos del diez de abril del año dos mil diecinueve con la base de un millón setecientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ana María Rafaela Córdoba Solís contra Ana Patricia Castañeda Chevez. Exp. 18-002335-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 10 de enero del 2019.—M.sc. Jenny Corrales Torres, Jueza Decisora.—( IN2019318542 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos quince mil ochocientos setenta y cinco, derecho 000, la cual es terreno construido con patio y zona verde. Situada en el distrito 08 Cajón, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, Nicidia Rodríguez Barboza; al noroeste, calle pública con un frente a ella de 8 metros y 6 centímetros y Andrea del Socorro Elizondo Montelegre, ambos en parte; al sureste, Erick Hernández Mora, y al suroeste, Luis Alberto Bolaños Castro y Andrea del Socorro Elizondo Montealegre ambos en parte. Mide: setecientos veintiséis metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintinueve de abril del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del ocho de mayo del dos mil diecinueve con la base de treinta millones seiscientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de mayo del dos mil diecinueve, con la base de diez millones doscientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Rodolfo José Montealegre Rodríguez, Luis Carlos Valverde Ávila. Expediente 18-006527-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 15 de enero del 2019.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2019318578 ).

En este Despacho, para la tercera subasta (rebajada en un veinticinco por ciento) y con una base de cinco millones trescientos cincuenta y un mil setecientos quince colones (un 25% de la base original), libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada 298-18637-01-0901-001; sáquese a remate la finca partido de Limón matrícula número nueve mil doscientos noventa y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Limón, cantón 01 Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte lote 9; al sur; lote 13 al este, calle pública y al oeste, lote 12. Mide: trescientos cuarenta y cinco metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: l-0299808-1978, para lo cual se señalan las diez horas treinta minutos del 21 de marzo de 2019. Publíquese el edicto de ley. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Olman Fabio Víquez Rojas contra Beatriz del Socorro Córdoba López. Exp. 15-000714-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial Zona Atlántica, 05 de febrero del 2019.—Maricela Monestel Brenes, Jueza Decisora.—( IN2019318579 ).

En este despacho, con una base de quince millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de a y a, citas 0386-00004586-01-0926-001, limitaciones de leyes 7052, 7208, Sist. Financiero de vivienda citas 0432-0004651-01-0005-001, habitación familiar citas 0432-00004651-01-0006-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número setenta y un mil cuatrocientos treinta, derecho cero cero cuatro, la cual es terreno de solar lote h con una casa. Situada en el distrito primero Cañas, cantón sexto Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 9:00 mts.; al sur, Inversiones Esperanza Bagaceña S. A.; al este, lote 8 H y al oeste lote 6 H. Mide: ciento noventa y ocho metros cuadrados. Plano: G-0832482-1989. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del quince de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veinticinco de marzo del año dos mil diecinueve con la base de once millones ochocientos treinta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de abril del año dos mil diecinueve con la base de tres millones novecientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución Ley Cobro Judicial de Municipalidad de Cañas contra Angela Dominga de Jesús Palacios Alvarado. Exp. 16-000207-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 17 de enero del año 2019.—Jorge Zúñiga Jaén, Juez Decisor.—( IN2019318588 ).

En este Despacho, con una base de trece millones trescientos setenta y tres mil setecientos sesenta colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando limitaciones de leyes 7052, 7208 Sist. Financiero de Vivienda citas: 478-04622-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento quince mil cuatrocientos doce, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Cañas, cantón 06 Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 3; al sur, lote 5; al este, lote 55; y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Plano: G-0993912-1991. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintinueve de marzo del dos mil diecinueve con la base de diez millones treinta mil trescientos veinte colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de abril del dos mil diecinueve con la base de tres millones trescientos cuarenta y tres mil cuatrocientos cuarenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución Ley Cobro Judicial de Municipalidad de Cañas contra Flor de María Villarreal Mendoza. Expediente 16-000675-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 20 de diciembre del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez Decisor.—( IN2019318589 ).

En este Despacho, con una base de un millón ochocientos doce mil colones quinientos noventa y cinco colones con cincuenta céntimos (¢1.812.595,50), libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate al ser las diez horas del trece de marzo del dos mil diecinueve (10:00 a. m. // 13-03-2019): una computadora portátil Toshiba, serie ZB 334792 Qnaton, valor sesenta y cinco mil colones // Una registradora Pert 2000, valor noventa y cinco mil colones // Una pantalla plana (monitor), valor cuarenta y cinco mil colones // Un teclado Genius, valor siete mil quinientos // Pantalla Monitos AOC 1619 SW, valor cuarenta y cinco mil colones // CPU, Teclado y monitor valor cincuenta mil colones // Una patineta valor veinticinco mil colones // Una patineta Playstation, valor veinticinco mil colones // Un UPS Centra Max, valor veintidós mil setecientos cincuenta colones // Dos Lapto Stand, valor veinte mil colones cada una // Un regulador de voltaje APQ, valor doce mil quinientos colones // Una máquina para quitar vidrio de celulares, valor treinta y nueve mil colones // Una impresora de punto de venta FFFG172148, valor ciento cinco mil colones // Un audífono Stereo Havit, valor trece mil setenta y siete colones // Un audífono Havit, valor diez mil setecientos quince colones // Un audífono Headphone, valor seis mil quinientos treinta y ocho colones con cincuenta céntimos // Un audífono Havit, valor siete mil quinientos colones // Rauter Wireless, valor dieciocho mil colones // Ocho cargadores inalámbrico Wireless Changer, marca Nokia, valor ochenta mil colones (diez mil colones cada uno) // Un parlante Havit, valor doce mil quinientos colones // Dos audífonos Iphone, valor seis mil colones (tres mil colones cada uno) // Cinco audífonos Huawei, valor veinticinco mil colones (cinco mil colones cada uno) // Un audífono Huawei, valor cinco mil colones // Una máquina para soldar valor veintiocho mil quinientos colones // Tres estuche Otter, sesenta y nueve mil colones (veintitrés mil colones cada uno) //Tres audífonos Genius HS-05A, valor treinta y siete mil quinientos colones (doce mil quinientos colones cada uno) // Cuatro bluetooth, valor diez mil colones (dos mil quinientos colones cada uno) // Doce baterías Samsung A3, valor cuarenta y nueve mil ciento cuarenta colones (cuatro mil noventa y cinco colones cada uno) // Dos adaptadores de viaje Samsung, valor catorce mil colones (siete mil colones cada uno) // Noventa y cinco cartuchos para tinta de impresora de inyección American Ink, valor setecientos sesenta mil colones (ocho mil colones cada uno) // Cuatro cinta Epson, valor cuarenta y seis mil colones (once mil quinientos colones) cincuenta y un cinta Datapac, valor cincuenta y siete mil trescientos setenta y cinco colones (mil ciento veinticinco colones cada uno), todo en buen estado. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas del veintiuno de marzo del dos mil diecinueve (10:00 a.m. // 21-03-2019), con la base de un millón trescientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y seis colones con veinticinco céntimos (¢1.359.446,25) (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas del veintinueve de marzo del año dos mil diecinueve (10:00am // 29-03-2019) con la base de cuatrocientos cincuenta y tres mil ciento cuarenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (¢453.148,75) (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso incidente de Cobro de Alquileres Insolutos de Inversiones Martínez & Martínez S. A., contra Clever Dimas Hidalgo Paladines. Expediente: 17-000269-0346-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 18 de enero del 2019.—Msc. Flory Tames Brenes, Jueza Tramitadora.—( IN2019318590 ).

En este Despacho, con una base de siete millones doscientos treinta y siete mil ciento cincuenta y cuatro colones con setenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas 573-63745-01-0002-001, servidumbre de paso citas 2010-223346-01-0003-001 y servidumbre de paso citas 2011-133935-01-0011-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula seiscientos setenta y dos mil seiscientos veinticuatro, derechos 000, la cual es terreno de café. Situada en el distrito 04 Rivas, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte: Gerardo Camacho Valverde; al sur: Adriana Mena Valverde, Rosa Camacho Salmerón, Jimmy Umaña Elizondo; al este: Gerardo Camacho Valverde, Jimmy Umaña Elizondo; y al oeste: servidumbre agrícola, Adriana Mena Valverde, Rosa Camacho Salmerón, Rufino Camacho Salmerón. Mide: diez mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del once de marzo del dos mil diecinueve, con la base de cinco millones cuatrocientos veintisiete mil ochocientos sesenta y seis colones con nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diecinueve de marzo del dos mil diecinueve, con la base de UN millón ochocientos nueve mil doscientos ochenta y ocho colones con setenta céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de Coopealianza R.L. contra Expedito Camacho Valverde. Expediente: 18-004315-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), 6 de noviembre del 2018.—Lic. Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2019318591 ).

En este Despacho, con una base de diez millones doscientos veintitrés mil ochocientos veintisiete colones con cincuenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BMM557, marca: Citroën, estilo: C-Elysee, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: VF7DDNFPBHJ511783, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número chasis: VF7DDNFPBHJ511783, año fabricación: 2017 vin: VF7DDNFPBHJ511783. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del dos de abril del dos mil diecinueve, con la base de siete millones seiscientos sesenta y siete mil ochocientos setenta colones con sesenta y dos céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil diecinueve, con la base de dos millones quinientos cincuenta y cinco mil novecientos cincuenta y seis colones con ochenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Kevin Andrey Garita Calvo. Expediente 18-001857-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de enero del 2019.—Licda Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2019318615 ).

En este Despacho, con una base de veintiséis mil trescientos cuatro dólares con ochenta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones, pero soportando infracción sumaria 17-005007-0174-TR, del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José; sáquese a remate el vehículo placas BLS 295, marca Nissan, estilo X Trail, categoría automóvil, capacidad 7 personas, serie JN1JBAT32HW009116, año 2017, carrocería todo terreno 4 puertas color azul tracción 4x2, cilindrada 2500 cc, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta y uno de julio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del nueve de agosto de dos mil diecinueve con la base de diecinueve mil setecientos veintiocho dólares con sesenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil diecinueve con la base de seis mil quinientos setenta y seis dólares con veintiún centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Mauricio Antonio Céspedes Morales. Exp. 18-013166-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de noviembre del año 2018.—Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2019318616 ).

En este Despacho, con una base de veintinueve millones setecientos veinticinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos treinta y cuatro mil trescientos sesenta y cuatro, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 4-Piedades Norte, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María Elena Arredondo Arias; al sur, Lidier Elizondo Arredondo; al este, calle pública con un frente a ella de 13 metros, y al oeste, María Elena Arredondo Arias. Mide: cuatrocientos veinticinco metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del trece de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del veintiuno de mayo del dos mil diecinueve, con la base de veintidós millones doscientos noventa y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintinueve de mayo del dos mil diecinueve, con la base de siete millones cuatrocientos treinta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ernesto Martín Salas Alfaro, Xenia María Elizondo Arredondo. Expediente 16-001029-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramon), 05 de febrero del 2019.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2019318618 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y tres millones seiscientos nueve mil ciento sesenta y dos colones con setenta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento noventa y tres mil doscientos cuarenta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno Bloque AA, Lote 9 terreno para construir con una casa. Situada en el distrito cero uno, El Tejar, cantón cero ocho, El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo; al sur, calle pública con 9 metros de frente; al este lote 10 Bloque AA, y al oeste, Lote 8 Bloque AA. Mide: ciento treinta y cinco metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del trece de marzo del dos mil diecinueve, con la base de cuarenta millones doscientos seis mil ochocientos setenta y dos colones con tres céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de marzo del dos mil diecinueve, con la base de trece millones cuatrocientos dos mil doscientos noventa colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Ada María de Los Ángeles Mora Alvarado. Expediente 18-008669-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 15 de enero del 2019.—Gerardo Monge Blanco, Juez Tramitador.—( IN2019318634 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro mil seiscientos veintinueve dólares exactos, libre de gravámenes, pero soportando infracción bajo la sumaria 16-000092-0174-TR; sáquese a remate el vehículo placas 873181, marca: Honda, estilo: Civic EX, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2011, color: gris, tracción: 4X2. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del tres de abril de dos mil diecinueve, con la base de dieciocho mil cuatrocientos setenta y un dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de abril de dos mil diecinueve, con la base de seis mil ciento cincuenta y siete dólares con veinticinco centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Daniel Alberto Rodríguez Brenes, Evelyn De Los Ángeles González Solano. Expediente: 17-001250-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 05 de febrero del 2019.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2019318659 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil ciento veinticinco dólares con seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BDT 646, marca Suzuki, estilo SX4, chasís JS2YC21S5E6100353, capacidad 5 personas, color gris, año 2014, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del nueve de julio de dos mil diecinueve con la base de diez mil quinientos noventa y tres dólares con setenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de julio de dos mil diecinueve con la base de tres mil quinientos treinta y un dólares con veintiséis centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Floribeth Alfaro Villegas. Exp. 15-015055-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de enero del año 2019.—Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza Tramitadora.—( IN2019318660 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y nueve mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula 124629-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial A-treinta y cuatro destinada a uso residencial ubicada en el nivel cinco en proceso de construcción. Situada en el distrito San Josecito, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, área común construida de paredes estructurales y ductos; al sur, área común construida de paredes estructurales y ductos; al este, área común construida de paredes estructurales y ductos, y al oeste, área común construida de paredes estructurales. Mide: sesenta y siete metros cuadrados. Y la finca del partido de Heredia, matrícula 124816-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial P-setenta y siete destinada a estacionamiento ubicada en el nivel uno en proceso de construcción. Situada en el distrito San Josecito, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, área común construida de paredes estructurales, baranda metálica y área común de parqueo de visitas; al sur, finca filial P setenta y ocho y área común libre de circulación vehicular; al este, área común construida de paredes estructurales y área común libre de circulación vehicular y al oeste finca filial P setenta y ocho, baranda metálica y área común de parqueo de visitas. Mide: veintinueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y quince minutos del dieciséis de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y quince minutos del veintiséis de agosto del dos mil diecinueve, con la base de cincuenta y dos mil ciento veinticinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y quince minutos del tres de setiembre de dos mil diecinueve, con la base de diecisiete mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Brumas del Pacifico S. A. y Grupo Fenicia S. A. contra Decomsa S. A. Expediente 18-018812-1044-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 04 de febrero del  2019.—Marvin Jesús de Los Ángeles Castro Villalobos, Juez Tramitador.—( IN2019318663 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones trescientos setenta y ocho mil setecientos un colones con veinticinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número sesenta y ocho mil uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1-Corredor, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, calle pública y Eduardo Pérez y al oeste, calle pública. Mide: cuatrocientos setenta y siete metros con treinta y nueve decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las Siete horas y treinta minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve con la base de trece millones treinta y cuatro mil veinticinco colones con noventa y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y treinta minutos del cuatro de abril de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones trescientos cuarenta y cuatro mil seiscientos setenta y cinco colones con treinta y un céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Sindicato Democrático de Trabajadores de Golfito, expediente 18-000899-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 16 de enero del 2019.—Lic. Rafael Araya Fallas, Juez.—( IN2019318750 ).

En este Despacho, con una base de trescientos ochenta y seis millones seiscientos setenta mil trescientos sesenta y tres colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula 60957-000, la cual es terreno naturaleza: terreno de potrero. Situada en el distrito 3-Sardinal, cantón 5-Carrillo de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte: Rosaura Venegas Renault; sur: calle pública con frente a ella de 72.72 mts.; este: Rosaura Venegas Renault y Osmin Gutiérrez Contreras; oeste: calle pública con frente a ella de 37.73 mts. Mide: tres mil setecientos setenta y un metros con veintinueve decímetros cuadrados. plano: G-0816528-2002. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de abril de dos mil diecinueve, con la base de doscientos noventa millones dos mil setecientos setenta y dos colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de abril de dos mil diecinueve, con la base de noventa y seis millones seiscientos sesenta y siete mil quinientos noventa colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gale Warren Schrag contra La Plaza Playa Hermosa S. A. Expediente: 17-001316-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 6 de febrero del 2019.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Tramitador.—( IN2019318762 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando advertencia administrativa (exp. administrativo 2018-0586 RIM); sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula 554045, derecho 000, la cual es terreno para construir, lote dos. Situada en el distrito 01 Atenas, cantón 05 Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Fernando Manuel Augusto Campos Rosales; al sur, Ganadera González Hnos. Ltda.; al este, calle pública y al oeste, Dinorah Arguedas Cruz. Mide: ciento veintidós metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de mayo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del quince de mayo del año dos mil diecinueve con la base de diez millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintitrés de mayo del año dos mil diecinueve con la base de tres millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-561958 Sociedad Anónima contra Ganadera González Hnos. Limitada, expediente 18-001055-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 04 de febrero del 2019.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza Decisora.—( IN2019318778 ).

En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca de primer grado; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 95499-F-, derecho 000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número cincuenta y siete pta, para construir que se destinará para uso habitacional la cual tendrá una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 Piedades Norte, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial número cuarenta y siete y en parte con finca filial cuarenta y seis; al sur, área común libre de Avenida Segunda; al este, finca filial número cincuenta y ocho; y al oeste, finca filial número cincuenta y seis. Mide: doscientos dieciocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintiuno de mayo del dos mil diecinueve con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintinueve de mayo del dos mil diecinueve con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3101561958 contra Marcos Manuel Sibaja Retana. Expediente 18-001141-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 05 de febrero del 2019.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2019318780 ).

En este Despacho, con una base de dos millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando advertencia administrativa; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula número quinientos cincuenta y cinco mil quinientos setenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 4. Situada en el distrito Atenas, cantón Atenas de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: resto de finca; al sur: Ganadera González Hnos. Ltda; al este: calle pública; y al oeste: Dinorah Arguedas Cruz. Mide: ciento veintiún metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del veintinueve de marzo del dos mil diecinueve, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de abril del dos mil diecinueve, con la base de quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-561958 Sociedad Anónima contra Ganadera Gonzalez Hnos. Limitada. Expediente: 18-001058-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Ramon, 28 de enero del 2019.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2019318781 ).

En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula 554640, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Atenas, cantón 05 Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, resto de la finca; al sur, Ganadera González Hermanos Limitada; al este, calle pública y al oeste, Dinorah Arguedas Cruz. Mide: ciento veintidós metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veintinueve de marzo del dos mil diecinueve con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de abril del dos mil diecinueve con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-561958 Sociedad Anónima contra Ganadera González Hnos. Limitada, expediente 18-001057-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 28 de enero del 2019.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza Decisora.—( IN2019318782 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca de primer grado; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula 437575, derecho 000, la cual es terreno para construir lote 2. Situada en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Dilana Patricia Quesada Solís; al sur: Inversiones Romdox S. A.; al este: Inversiones Romdox S. A. y al oeste: calle pública con 10 metros de frente. Mide: trescientos cuarenta y nueve metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de abril del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del seis de mayo del dos mil diecinueve, con la base de diecisiete millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del catorce de mayo del dos mil diecinueve, con la base de cinco millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-561958 Sociedad Anónima contra Marcos Manuel Sibaja Retana. Expediente: 18-001138-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramón), 01 de febrero del 2019.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2019318783 ).

En este Despacho, con una base de un millón quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas CL-223430, marca Kia, estilo Frontier, categoría carga liviana, capacidad 3 personas, año 1999. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del dos de abril del año dos mil diecinueve con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de abril del año dos mil diecinueve con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de 3-101-561958 Sociedad Anónima contra Joselyn de Los Ángeles Castillo Vargas, expediente 18-001112-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 29 de enero del 2019.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza Decisora.—( IN2019318784 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando habitación familiar citas: 568-47928-01-0001-001; a las catorce horas y cuarenta minutos del seis de marzo de dos mil diecinueve y con la base de siete millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 330344-000, la cual es terreno urbanizado, para construir, lote 11 bloque I. Situada en el distrito 2-San José, cantón 1-Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: lote 10 I; al sur: lote 12 I; al este. German Fuentes Señora e Hijos Limitada; y al oeste: calle 4 con 8 metros. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del veintiuno de marzo de dos mil diecinueve, con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del cinco de abril de dos mil diecinueve, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados Dos Pinos contra Miguel Ángel Sánchez Segura. Expediente: 18-004694-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro de Primer Circuito Judicial de San José, 13 de junio del 2018.—M.Sc. Zary Navarro Zamora, Juez/a.—( IN2019318802 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y treinta minutos del doce de marzo de dos mil diecinueve, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y siete mil quinientos sesenta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Rafael, cantón Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Municipalidad de Oreamuno; al sur, calle pública con frente de 20.00 metros; al este, calle pública con frente de 10.00 metros y al oeste, Municipalidad de Oreamuno. Mide: ciento noventa y siete metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de abril de dos mil diecinueve con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados Dos Pinos contra Evelyn Violeta Arias Chacón, Rafael Gerardo Maroto Solano, expediente 18-010792-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de agosto del 2018.—Lic. Verny Arias Vega, Juez Decisor.—( IN2019318803 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones trescientos ochenta y cuatro mil novecientos cuarenta y dos colones con quince céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas 388-12377-01-0904-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número trescientos cincuenta y siete mil quinientos cinco, derecho 000, la cual es terreno potrero. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte: Marco Tulio Ávila Esquivel; al sur: Miguel Montero y Hernán Jiménez; al este: calle pública; y al oeste: calle pública. Mide: veintisiete mil novecientos ochenta y ocho metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y treinta minutos del diez de junio del dos mil diecinueve, con la base de dieciséis millones treinta y ocho mil setecientos veintinueve colones con once céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil diecinueve, con la base de cinco millones trescientos cuarenta y seis mil doscientos cuarenta y tres colones con cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Fernández Pérez. Expediente: 18-007450-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 17 de enero del 2019.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2019318813 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, 1) Con una base de ocho millones ciento ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 15-002227-0174-TR 201477801079 0 0 Juzgado de Transito del II Circuito Judicial de San José, sáquese a remate el vehículo Placa: CL 264098, marca: Isuzu, estilo: NLR55E-14, categoría: carga liviana, tracción: 4x2, año fabricación: 2012, color: blanco, motor: 4JB1218886, combustible: diesel, cilindrada: 2800 cc. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de seis millones ciento treinta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de dos millones cuarenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. 2) Con una base de ocho millones trescientos treinta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: CL 258182, marca: Isuzu, estilo: D-MAX, categoría: carga liviana, serie: MPATFR54HCH501786, año fabricación: 2012, color: plateado, motor: 126712, combustible: diesel, cilindrada: 2500 cc. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve con la base de seis millones doscientos cuarenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de dos millones ochenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. 3) Con una base de siete millones seiscientos sesenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: CL 257868, marca: Isuzu, estilo: D Max, categoría: carga liviana, tracción: 4x2, año fabricación: 2011, color: plateado, motor: 953445, combustible: diesel, cilindrada: 2500 cc. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve con la base de cinco millones setecientos cuarenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de un millón novecientos quince mil colones exactos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. la parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. 4) Con una base de siete millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando; colisiones 12-002315-0174-TR 122427-334 0 0. Juzgado de Transito del II Circuito Judicial de San José, sáquese a remate el vehículo placa: CL 256478, marca: Isuzu, estilo: D Max, serie: MPATFS54HBH519783, categoría: carga liviana, tracción: 4X4, año fabricación: 2011, color: plateado, motor: 961187, cilindrada: 2500 cc, combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de cinco millones setecientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de un millón novecientos mil colones exactos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. 5) Con una base de siete millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: CL 256466, marca: Isuzu, estilo: D Max, serie: MPATFS54HBH520139, categoría: carga liviana, tracción: 4x4, año fabricación: 2011, color: plateado, motor: 961185, combustible: diesel, cilindrada: 2500 cc. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de cinco millones setecientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de un millón novecientos mil colones exactos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. 6) Con una base de siete millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: CL 257615, marca: Isuzu, estilo: D-Max, serie: MPATFS54HBH516233, tracción: 4x2, año fabricación: 2011, color: plateado, motor: 954602, combustible: diesel, cilindrada: 2500 cc. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de cinco millones setecientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de un millón novecientos mil colones exactos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. 7) Con una base de siete millones quinientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: CL 253846, marca: Isuzu, estilo: NLR55E-14, categoría: carga liviana, serie: JAANLR55EB7100227, tracción: 4x2, año fabricación: 2011, color: blanco, motor: 4JB1960615, combustible: diesel, cilindrada: 2800 cc. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de cinco millones seiscientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de un millón ochocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. 8) Con una base de siete millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: CL 252901, marca: Isuzu, estilo: D-Max, serie: MPATFS54HBH504260, tracción: 4x4, año fabricación: 2011, color: blanco, motor: 901526, combustible: diesel, cilindrada: 2500 cc. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de cinco millones setecientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de un millón novecientos mil colones exactos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. 9) Con una base de siete millones quinientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: CL 254622, marca: Isuzu, estilo: NLR55E-14, categoría: carga liviana, tracción: 4x2, año fabricación: 2011, color: blanco, motor: 959123, cilindrada: 2800 cc, combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de cinco millones seiscientos sesenta y seis mil quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de un millón ochocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. 10) Con una base de siete millones quinientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando; colisiones 15-000419-0174-TR 201490100444 0 0 Juzgado de Transito del Segundo Circuito Judicial de San José; sáquese a remate el vehículo placa: CL 253317, marca: Isuzu, estilo: NLR55E-14, categoría: carga liviana, tracción: 4x2, año fabricación: 2011, color: blanco, motor: 938392, combustible: diesel, cilindrada: 2800 cc. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de cinco millones seiscientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de un millón ochocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. 11) Con una base de diez millones seiscientos noventa mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: C 161120, marca: International, estilo: 4700, categoría: carga pesada, tracción: 4x2, año fabricación: 2000, color: azul, motor: ilegible, combustible: diesel, cilindrada: 7600 cc. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de ocho millones diecisiete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de dos millones seiscientos setenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. 12) Con una base de catorce millones seiscientos setenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: C 160740, marca: International, estilo: 4300, categoría: carga pesada, carrocería: furgón refrigerado, tracción: 4x2, año fabricación: 2002, color: azul, motor: ilegible, combustible: diesel, cilindrada: 7600 cc. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de once millones dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de tres millones seiscientos sesenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. 13) Con una base de catorce millones seiscientos setenta mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando; colisiones 13-002283-0494-TR 201381200397 0 0 Juzgado de Transito del I Circuito Judicial de Alajuela; sáquese a remate el vehículo placa: C 159180, marca: International, estilo: 4300, categoría: carga pesada, año fabricación: 2002, color: azul, año fabricación: 2002, motor: no visible, cilindrada: 7600 cc, combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de once millones dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de tres millones seiscientos sesenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. 14) Con una base de tres millones noventa mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: CL 240097, marca: Toyota, estilo: Tacoma, categoría: carga liviana, tracción: 4x2, año fabricación: 2000, color: plateado, motor: no visible, combustible: gasolina, cilindrada: 2400 cc. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de dos millones trescientos diecisiete mil quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de setecientos setenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. 15) Con una base de cinco millones quinientos sesenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: CL 233045, marca: Isuzu, estilo: NKR, categoría: carga liviana, serie: JAANKR55E87102855, tracción: 4x2, año fabricación: 2008, color: blanco, motor: 591008, combustible: diesel, cilindrada: 2771 cc. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de cuatro millones ciento setenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve con la base de un millón trescientos noventa mil colones exactos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. 16) Con una base de ocho millones trescientos treinta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones pero soportando colisiones 13-002283-0494-TR 201381200397 0 0 Juzgado de Transito del Primer Circuito Judicial de Alajuela; sáquese a remate el vehículo Placa: CL 245175, marca: Hino, estilo: Dutro WU300L-HBMLS3, categoría: carga liviana, serie: JHFAF04H00K001422, tracción: 4x2, año fabricación: 2010, color: blanco, motor: W04DJ34442, combustible: diesel, cilindrada: 4009 cc. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de seis millones doscientos cuarenta y siete mil quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de dos millones ochenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. 17) Con una base de cinco millones seiscientos cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: C 156341, marca: Isuzu, estilo: FRR, categoría: carga pesada, tracción: 4x2, año fabricación: 2000, color: blanco, motor: ilegible, combustible: diesel, cilindrada: 7800 cc. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de cuatro millones doscientos treinta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de un millón cuatrocientos diez mil colones exactos (25% de la base original). publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. 18) Con una base de cinco millones setecientos ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: CL 235444, marca: Isuzu, estilo: NKR55E-04, tracción: 4x2, año fabricación: 2008, color: blanco, motor: 646956, combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de cuatro millones trescientos treinta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de un millón cuatrocientos cuarenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. 19) Con una base de ocho millones trescientos treinta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: CL 245124, marca: Hino, estilo: Dutro WU300L-HBMLS3, categoría: carga liviana, serie: JHFAF04H70K001417, tracción: 4x2, año fabricación: 2010, color: blanco, combustible: diesel, cilindrada: 4009 cc. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de seis millones doscientos cuarenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de dos millones ochenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta a su publicación. 20) Con una base de catorce millones trescientos cuarenta mil exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: C 160971, marca: International, estilo: 4300, serie: 1HTMMAAN36H181307, tracción: 4x2, año fabricación: 2006, color: blanco, motor: NA, combustible: diesel, cilindrada: 7600 cc. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de diez millones setecientos cincuenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de tres millones quinientos ochenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R.L. contra Hacienda Metzatl S. A., Iberico S. A., Transportes Ciento Cinco S. A., Transportes Doce Veintidós S. A., Transportes Treinta y Tres S. A. Expediente: 17-018240-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 7 de diciembre del 2018.—Adriana Soto González, Jueza Decisora.—( IN2019318829 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones setecientos diez mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada, inscrita a citas 227-05546-01-0901-001, y serv. trasladada citas: 341-12337-01-0903-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número ciento treinta y tres mil doscientos ochenta y cinco, derecho 004, (1-133285-004), la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 2-San Antonio, cantón 2-Escazú de la provincia de San José. Colinda: al norte: Antonia Angulo y otros; al sur: Antonia Angulo y otros; al este: río y otro y al oeste. calle pública y otros. Mide: dos mil cien metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del diecisiete de setiembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta minutos del dos de octubre de dos mil diecinueve, con la base de once millones treinta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del diecisiete de octubre de dos mil diecinueve, con la base de tres millones seiscientos setenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Manuel Monge Cartín contra Inversiones del Bajo S.A. Expediente: 17-014727-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de febrero del 2019.—Mauricio Hidalgo Hernández, Juez Decisor.—( IN2019318663 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, a las trece horas veinte minutos del cinco de marzo del dos mil diecinueve, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 365765 derechos 003 y 004 la cual es terreno para construir, lote trece L, con una casa. Situada en el distrito 04 Concepción, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lotes 23-24L; al sur, alameda 7; al este, lote 14L y al oeste, lote 12L. Mide: ciento treinta y un metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas veinte minutos del veinte de marzo del dos mil diecinueve, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas veinte minutos del cuatro de abril del dos mil diecinueve con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Edwin Alberto Núñez Varela e Inversiones Arvamil S. A., contra Fernando Alvarado Trejos y Roxana Patricia Orozco Sandoval, expediente 17-010689-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de mayo del 2018.—Licda. María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2019318977 ).

En este Despacho, con una base de treinta y seis millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula 539708, derecho 000, la cual es terreno lote 234 H terreno para construir. Situada en el distrito Damas, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote doscientos treinta y cinco H; al sur, parque número dos, Condominios Residenciales Los Sauces S,A.; al este, lote doscientos treinta y tres G y calle pública con un frente de seis metros setenta y ocho centímetros y al oeste, Juegos Infantiles Condominios Residencial Los Sauces S.A., y lote doscientos veintiuno H. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del uno de abril del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del nueve de abril del año dos mil diecinueve con la base de veintisiete millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veinticinco de abril del año dos mil diecinueve con la base de nueve millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Yeldin Eli López Azofeifa, expediente 19-000022-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 05 de febrero del 2019.—Licda. María Angelina Varela Valenciano, Jueza Tramitadora.—( IN2019319056 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cinco mil cuatrocientos trece dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo RRM295, marca: B.M.W., estilo: 328, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: sedán 4 puertas, tracción: 4x2, número chasis: WBA3A5109EJ541472, año: 2014, uso: particular, color: gris. Para tal efecto se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de abril de dos mil diecinueve con la base de veintiséis mil quinientos sesenta dólares con cuarenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de abril de dos mil diecinueve con la base de ocho mil ochocientos cincuenta y tres dólares con cuarenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Rehan Fraile Pérez, expediente 18-011991-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de noviembre del 2018.—Lic. Heilim Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2019319057 ).

En este Despacho, con una base de setenta y un mil cuatrocientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula 34834-F-, derechos 000, la cual es terreno finca filial ocho apartamento destinado a uso habitacional totalm. Situada en el distrito 2-La Ribera, cantón 7-Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Carlos Luis Alpízar Mora; al sur, área común no construida acceso peatonal acera; al este, finca filial número siete y al oeste, área común no construida área verde. Mide: ciento dieciocho metros con trece decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del siete de mayo de dos mil diecinueve con la base de cincuenta y tres mil quinientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del quince de mayo de dos mil diecinueve con la base de diecisiete mil ochocientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra apartamento Venus Ocho Dos Mil Siete La Ribera S.A., Frank Boyd Daniels Acuña, expediente 18-003907-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 06 de noviembre del 2018.—Liseth Delgado Chavarría, Tramitadora.—( IN2019319058 ).

En este Despacho, con una base de ciento cincuenta y tres mil setecientos once dólares con dieciocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ochenta y dos mil trescientos setenta y ocho, derechos 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 3-Macacona, cantón 2-Esparza de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Hermanos Peraza Solórzano; al sur: carretera internac. con 25 mts.; al este: Hermanos Peraza Solorzano; y al oeste: Hermanos Peraza Solórzano. Mide: mil quinientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y quince minutos del diecisiete de mayo de dos mil diecinueve. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las nueve horas y quince minutos del veintisiete de mayo de dos mil diecinueve, con la base de ciento quince mil doscientos ochenta y tres dólares con treinta y nueve centavos(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y quince minutos del cuatro de junio de dos mil diecinueve, con la base de treinta y ocho mil cuatrocientos veintisiete dólares con ochenta centavos(25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas firmado digital de: en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda ( Costa Rica) Sociedad Anónima contra Luz Marjorie Monge Chaves, Pablo Matarrita Soto. Expediente: 18-006752-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 15 de noviembre del 2018.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2019319120 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete mil quinientos cincuenta dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MGM571, marca Nissan, estilo Tiida, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2013, color gris, vin 3N1CC1AD7ZK136145, cilindrada 1598 cc, combustible gasolina, motor HR16260316C. Para tal efecto se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del dos de abril del dos mil diecinueve, con la base de trece mil ciento sesenta y dos dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diez de abril del dos mil diecinueve, con la base de cuatro mil trescientos ochenta y siete dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Greivin José Alvarado Herrera. Expediente: 18-005511-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 23 de enero del 2019.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza Tramitadora.—( IN2019319169 ).

En este Despacho, con una base de seis millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 338-01502-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 338-01502-01-0902-001,servidumbre de paso citas: 520-07120-01- 0004-001, servidumbre de paso citas: 538-13555-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 538-13555-01-0003-001, servidumbre de paso citas: 569-03128-01-0004-001; sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula número doscientos veinticuatro mil trescientos cuarenta, derecho 000, la cual es terreno de uso agrícola. Situada en el distrito 1-Cañas, cantón 6-Cañas de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte: Victoria Chaves Vega; sur: Inversiones J.H.D del Noreste Sociedad Anónima; este: Inversiones J.H.D del Noreste Sociedad Anónima y servidumbre agrícola, ambos en parte; oeste: Inversiones J.H.D del Noreste Sociedad Anónima. Mide: diez mil metros cuadrados. Plano: G-1998998-2017. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de mayo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del trece de mayo del dos mil diecinueve, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de mayo del dos mil diecinueve, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Gustavo Saborío Ramírez contra Inversiones JHD del Noroeste S.A. Expediente: 18-002709-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 22 de enero del 2019.—MSC. Jenny Corrales Torres, Jueza.—( IN2019319172 ).

En este Despacho, con una base de tres millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y dos mil veintisiete cero cero seis la cual es terreno naturaleza: terreno de frutales y potrero. Situada en el distrito 2-El Mastaste, cantón 9- Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Gabriel de Jesús Herrera Vega, Roberto Retana Fallas; al sur, derechos segregados; al este, Alfonso Herrera Vargas Vega, vía ferrea y al oeste, Gabriel de Jesús Herrera Vega, Gerardo Quirós Guillén, William Naranjo Murillo, Custodio Naranjo Chaves, Flor Edit, William, Alfonso, Ileana María, María de Los Ángeles y Ada Luz Naranjo Murillo, calle pública lote a Inversiones Orozcan de Orotina S. A. Mide: dieciséis mil quinientos setenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y veinticinco minutos del cuatro de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y veinticinco minutos del doce de marzo de dos mil diecinueve con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y veinticinco minutos del veinte de marzo de dos mil diecinueve con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Roberto Jiménez Madrigal contra Omar Zúñiga Benavides, expediente 17-004126-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de enero del 2019.—Lic. Víctor Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2019319173 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones quinientos noventa mil cuatrocientos cincuenta y ocho colones con veinticuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento siete mil trescientos treinta y tres, derecho 000, la cual es terreno para construir lote Z-10. Situada en el distrito 3-Rita, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública 9 metros; al sur, Mayela Porras Retana; al este, lote Z-11; y al oeste, lote Z 9. Mide: ciento ochenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y veinte minutos del uno de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y veinte minutos del trece de marzo del dos mil diecinueve con la base de siete millones ciento noventa y dos mil ochocientos cuarenta y tres colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y veinte minutos del veintiuno de marzo del dos mil diecinueve con la base de dos millones trescientos noventa y siete mil seiscientos catorce colones con cincuenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito ANDE 1 contra Marisol Salazar Retana. Expediente 18-006367-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 18 de enero del 2019.—Lic. Yanin Torrentes Ávila, Juez Decisor.—( IN2019319175 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando demanda ordinaria citas 800-478893-01-0001-001 y servidumbre trasladada citas 200-04658-01-0901-001; a las trece horas y treinta minutos del ocho de mayo de dos mil diecinueve, y con la base de sesenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 97237-F-cero cero cero la cual es terreno finca filial primaria individualizada 7 apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 03 La Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial número ocho; al sur, finca filial número seis; al este, calle privada del condominio y al oeste, Montemino S.A. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintitrés de mayo de dos mil diecinueve, con la base de cuarenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil diecinueve con la base de quince mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rolando de La Trinidad Calderón Segura contra Grupo G Constructora Sociedad Anónima. Exp. 17-016075-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del año 2018.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2019319195 ).

En este despacho, con una base de un millón cuatrocientos veintinueve mil ciento sesenta y dos colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas MOT-517513, marca: Euromot, categoría: motocicleta, estilo: GXT, capacidad: 2 personas, serie: LV7MNZ40XGA013082, carrocería: motocicleta, tracción: 2x2, año fabricación: 2016, motor: K166FML30117006, combustible: gasolina, cilindrada: 199 c c. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del veintidós de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del uno de abril del año dos mil diecinueve con la base de un millón setenta y un mil ochocientos setenta y un colones con sesenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del nueve de abril del año dos mil diecinueve con la base de trescientos cincuenta y siete mil doscientos noventa colones con cincuenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Coocique R. L. contra Andrey Darío Nájera Gómez. Exp. 18-002907-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 24 de enero del año 2019.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2019319197 ).

En este Despacho, con una base de un millón ciento noventa y dos mil seiscientos noventa y siete colones con setenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: MOT 531591, marca: Euromot, estilo: XT 200 E; categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas; serie-chasis-Vin: LB420YC56HC000224, año fabricación: 2017, color: azul, número de motor: 165FML2G000224, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero minutos del dos de abril del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del diez de abril del dos mil diecinueve con la base de ochocientos noventa y cuatro mil quinientos veintitrés colones con treinta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de abril del dos mil diecinueve con la base de doscientos noventa y ocho mil ciento setenta y cuatro colones con cuarenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de COOCIQUE R.L. contra José Omar Ramírez Morera. Expediente 18-002913-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 06 de febrero del 2019.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2019319200 ).

En este Despacho, con una base de seis millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula número ciento cuarenta y siete mil treinta y tres-cero cero uno (147033-001) (demandado dueña a un medio de la finca), la cual es terreno para construir lote G-8. Situada en el distrito 3-San Francisco, cantón 1-Heredia de la provincia de Heredia. Colinda: al norte: avenida Guaraní Dos; al sur: INVU; al este: INVU; y al oeste: INVU. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Plano: H-0203851-1994. Para tal efecto se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de julio de dos mil diecinueve, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del quince de julio de dos mil diecinueve, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Guñi y Puchi S.A. contra Gloria Mercedes Zeledón Rodríguez. Expediente: 18-006300-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 05 de febrero del 2019.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2019319212 ).

En este despacho, con una base de nueve millones cien mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 370-18769-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos treinta y siete mil ochocientos veintidós, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 7-puente de piedra, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, ca#era El Plan S. A.; al sur, calle pública; al este, lote 10 y al oeste, lote 6. Mide: doscientos sesenta y seis metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y quince minutos del cuatro de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y quince minutos del doce de marzo de dos mil diecinueve con la base de seis millones ochocientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y quince minutos del veinte de marzo de dos mil diecinueve con la base de dos millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Fernando Eliseo Molina Álvarez. Exp. 18-002507-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de enero del año 2019.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2019319214 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando cada una de las fincas que se dirán una servidumbre de paso; a las nueve horas del veintidós de abril del dos mil diecinueve y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos por la primer finca que se dirá y con la base de dos millones quinientos mil colones por la segunda finca que se dirá, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y ocho mil novecientos cuatro-cero cero cero, la cual es terreno lote dos-terreno con una casa. Situada en el distrito 5- Candelaria, cantón 7-Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Dimas Gerardo Soto Cruz; al sur, Dimas Gerardo Soto Cruz y Olga Maria Mejías Rojas; al este, Marvin Castillo Alfaro, Dimas Gerardo Soto Ruiz y servidumbre de paso en medio, y al oeste, Marvin Castillo Alfaro, Dimas Gerardo Soto Cruz con servidumbre de paso en medio. Mide: setecientos veintiséis metros con quince decímetros cuadrados. 2) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y ocho mil novecientos tres-cero cero cero, la cual es terreno lote uno terreno para construir. Situada en el distrito 5-Candelaria, cantón 7-Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ana Iris Hernández Estrada; al sur, Dimas Gerardo Soto Cruz; al este, Dimas Gerardo Soto Cruz con servidumbre de paso en medio y al oeste, Ana Iris Hernández Estrada y Dimas Gerardo Soto Cruz. Mide: doscientos sesenta y cinco metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del treinta de abril del dos mil diecinueve, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos por la primer finca y con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos por la segunda finca (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas del nueve de mayo del dos mil diecinueve, con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos por la primer finca y con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos por la segunda finca (un veinticinco por ciento de la base inicial). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sady María López Chavarría contra Gilberto Antonio de Ángeles Alvarez Delgado. Expediente 18-000057-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 11 de enero del 2019.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2019319218 ).

En este Despacho, con una base de setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa 556934, marca Hyundai. Estilo Elantra. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2000. Color verde. VIN KMHJF35FYU049387. Cilindrada 2000 cc. Combustible gasolina. Motor G1FY313679. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del diez de junio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del dieciocho de junio del año dos mil diecinueve con la base de quinientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiséis de junio del año dos mil diecinueve con la base de ciento setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Alexander Jesús Salas González contra Carlos Luis Gerardo Gómez Quesada. Exp. 16-004670-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 06 de febrero del año 2019.—Yendry González Get, Jueza Decisora.—( IN2019319222 ).

En este Despacho, con una base de seis mil quinientos treinta y cuatro dólares con veintitrés centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: 796774, marca: Nissan, estilo: Sentra, serie: 3N1AB61D1ZL501792, año fabricación: 2009, color: gris, motor: MR20258536H, cilindrada: 1997 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de abril del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del veinticinco de abril del dos mil diecinueve, con la base de cuatro mil novecientos dólares con sesenta y siete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del siete de mayo del dos mil dieciocho, con la base de mil seiscientos treinta y tres dólares con cincuenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ Sociedad Anónima contra Rebeca Beatriz Miranda Abarca. Expediente 18-017423-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de noviembre del 2018.—Licda. Adriana Soto González, Jueza.—( IN2019319234 ).

En este Despacho, con una base de seis mil quinientos cuarenta dólares con ochenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa FGM118. marca: Kia, estilo: Picanto, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2013, color: café, VIN: KNABE512ADT349183 y cilindrada: 1248 c.c. para tal efecto se señalan las diez horas y quince minutos del quince de mayo de dos mil diecinueve. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y quince minutos del veintitrés de mayo de dos mil diecinueve con la base de cuatro mil novecientos cinco dólares con sesenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y quince minutos del tres de junio de dos mil diecinueve con la base de mil seiscientos treinta y cinco dólares con veintidós centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Katty Auxiliadora Zúñiga Vega. Exp. 18-020967-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de enero del año 2019.—Licda. Adriana Soto González, Jueza Decisora.—( IN2019319239 ).

En este Despacho, con una base de treinta y dos millones seiscientos treinta y seis mil seiscientos treinta y ocho colones con noventa y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 0329-00002033-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula 00288999, derecho 000, la cual es terreno para construir con casa. Situada en el distrito San Francisco de Dos Ríos, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, casa 34 B; al sur, casa 32 B; al este, casa 38 B, y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta y seis metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del trece de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintiuno de marzo del dos mil diecinueve, con la base de veinticuatro millones cuatrocientos setenta y siete mil cuatrocientos setenta y nueve colones con dieciocho céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de marzo del dos mil diecinueve, con la base de ocho millones ciento cincuenta y nueve mil ciento cincuenta y nueve colones con setenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Martin Gilberto Cordero Estrada, MC Electrónica S. A. Expediente 18-008765-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 18 de enero del 2019.—Licda. María Angelina Varela Valenciano, Jueza Tramitadora.—( IN2019319240 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones quinientos mil colones, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando: servidumbre trasladada al tomo 241, asiento 04259 secuencia 01-0901-001, servidumbre trasladada al tomo 380, asiento 19480, secuencia 01-0911-002, plazo de convalidación (rectificación de medida) al tomo 515, asiento 02854, secuencia 01-0006-001; sáquese a remate la finca del partido de San José Folio Real matrícula número ciento cuarenta y ocho mil ciento setenta y cinco-cero cero uno, cero cero dos y cero cero tres, la cual es terreno con dos viviendas. Situada en el distrito primero Guadalupe, cantón ocho Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, dest. a calle pública con frente 10 metros; al sur, dest. calle pública con frente 10 metros; al este, Anselmo Alvarado, y al oeste, dest. calle pública con frente de 10 metros. Mide: doscientos ochenta y nueve metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del once de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas del diecinueve de marzo del dos mil diecinueve, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del veintisiete de marzo del dos mil diecinueve, con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Grace Díaz Sánchez, Patricia Díaz Sánchez, Rodrigo Díaz Villalobos. Expediente 18-010383-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 23 de enero del 2019.—Mariela María Porras Retana, Jueza Tramitadora.—( IN2019319241 ).

En este despacho, con una base de diecisiete mil ochocientos dólares con cincuenta y cinco centavos, libre de gravámenes, pero soportando colisiones 18-003290-0491-TR; sáquese a remate el vehículo YCH888, marca: Peugeot estilo: 308 active, categoría: automóvil capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas hatchback, tracción: 4x2, año fabricación: 2016, color: rojo, motor: Peugeot, combustible diesel. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del quince de julio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veintitrés de julio del año dos mil diecinueve con la base de trece mil trescientos cincuenta dólares con cuarenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del uno de agosto del año dos mil diecinueve con la base de cuatro mil cuatrocientos cincuenta dólares con catorce centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A., contra Yehudy Eduardo Chaves Arias. Exp. 18-008631-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 18 de enero del año 2019.—Patricia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2019319243 ).

En este despacho, con una base de diez millones doscientos mil colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas: 0231-000006832-01-0902-001, citas: 0231-000006832-01-0903-001, citas: 0231-000006832-01-0905-001, citas: 0254-000002469-01-0901-001, citas: 0254-000005049-01-0901-001, citas: 0351-00011059-01-0901-001, citas: 0351-00011059-01-0902-001, citas: 0351-00011059-01-0903-001, citas: 0351-00011059-01-0904-001, citas: 0351-00011059-01-0905-001, hipoteca primer grado citas: 0574-00033597-01-0002-001, hipoteca legal ley 9024 citas: 2017-00604667-01-0079-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 00510201, derecho 000, la cual es terreno: naturaleza: terreno para construir, lote 35 B. Situada en el distrito: San Sebastián, cantón: San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 14 B; al sur, calle pública; al este, lote 36 B, y al oeste, lote 34 B. Mide: noventa y dos metros con veinticinco decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de abril del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del treinta de abril del año dos mil diecinueve con la base de siete millones seiscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de mayo del año dos mil diecinueve con la base de dos millones quinientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Inversiones Rabre de Centroamérica S. A.—Exp. 18-009208-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 19 de diciembre del año 2018.—Licda. Yendri Patricia Rojas Pérez, Jueza Tramitadora.—( IN2019319245 ).

En este Despacho, con una base de dos millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: placas número 897103. Marca Dodge. Estilo Durango SLT. Categoría automóvil. Capacidad 8 personas. Año 1999. Color gris. VIN 184HS28Y6XF545840. Cilindrada 5200 cc. combustible gasolina. Motor desconocido. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de julio de dos mil diecinueve con la base de un millón quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del quince de julio de dos mil diecinueve con la base de quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Goga J & D Sociedad Anónima contra Alejandro Antonio Zúñiga Salazar, Víctor Manuel Hernández Vargas. Exp. 14-004747-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 24 de enero del año 2019.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez Tramitador.—( IN2019319275 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis millones doscientos setenta y tres mil cuatrocientos dieciséis colones con dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones; citas: 0360-00017525-01-0913-001; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento cincuenta y cuatro mil seiscientos ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Laurel, cantón 10 Corredores de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: calle pública; al sur: canal y medio Jorge Cortes García; al este: Ana Giselly Méndez Díaz; y al oeste: Sonia Olmos Almengor. Mide: cuatrocientos cinco metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Plano: P-1179146-2007. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de doce millones doscientos cinco mil sesenta y dos colones con dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de cuatro millones sesenta y ocho mil trescientos cincuenta y cuatro colones con un céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de Banco Nacional de Costa Rica contra Sonia Estela Olmos Olmengor. Expediente: 18-000363-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 18 de enero del 2019.—Lic. Rafael Araya Fallas, Juez.—( IN2019319323 ).

En este Despacho, con una base de dos millones ochocientos ochenta y cuatro mil trescientos treinta y siete colones con ochenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de oleoducto y de paso de Recope; citas: 0544-00018812-01-0001-001; sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula número doscientos diez mil ochenta y siete, derecho-cero cero cero, la cual es terreno lote C-2, terreno para construir. Situada en el distrito 11 La Isabel, cantón 05 Turrialba de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: lote C-1; al sur: lote C-3; al este: Rosa María Cascante Carpio, Sonia Mayela Cascante Carpio y al oeste: calle pública. Mide: ciento treinta y nueve metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Plano: C-1188703-2007. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del catorce de marzo de dos mil diecinueve, con la base de dos millones ciento sesenta y tres mil doscientos cincuenta y tres colones con treinta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de marzo de dos mil diecinueve, con la base de setecientos veintiún mil ochenta y cuatro colones con cuarenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Rodrigo Cerdas Arias, Margarita Brenes Fegeira. Expediente: 18-000942-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 15 de enero del 2019.—Lic. Rafael Araya Fallas, Juez Decisor.—( IN2019319324 ).

En este Despacho, con una base de cien mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 0408-00010788-01-0004-001, 0423-00010846-01-0002-001, 0449-00003271-01-0005-001, 0567-00062086-01-0006-001, 0567-00079913-01-0004-001, 0567-00093167-01-0001-001, 0567-00093167-01-0006-001, 0568-00006197-01-0028-001, 0572-00075745-01-0005-001, 2009-00216147-01-0012-001, 2010-00198113-01-0005-001, 2015-00139463-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número trece mil ochocientos cuarenta y siete, derecho cero cero uno, cero cero dos, la cual es para ambos terreno de repasto. Situada en el distrito 01 Jacó, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Talle Metasol Sociedad Anónima; al sur, Talle Metasol Sociedad Anónima; al este, Talle Metasol Sociedad Anónima; y al oeste, Talle Metasol Sociedad Anónima. Mide: seiscientos veintiún mil trescientos ochenta y un metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y diez minutos del veintisiete de mayo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y diez minutos del cuatro de junio de dos mil diecinueve con la base de setenta y cinco mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y diez minutos del doce de junio de dos mil diecinueve con la base de veinticinco mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hugadana Sociedad Anónima contra Tecnodesarrollos e Ingenierios B.I y Asociados Sociedad Anónima, Tres Ciento Uno Cuatrocientos Ochenta y Cinco Mil Cuatro Sociedad Anónima. Expediente 17-000348-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 21 de noviembre del 2018.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2019319336 ).

En este Despacho, con una base de dos millones setecientos ochenta mil doscientos cuarenta y seis colones con ochenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 387-00247-01-0883-001 servidumbre de paso citas: 2011-339446-01-0008-001 sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 202913-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 6-Bejuco, cantón 9-Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Finca ubicada en zona catastrada. Linderos: al norte, Keilor Sánchez López; al sur, Karen Sánchez López y Gerald García García; al este, Domingo Gerardo Sánchez Arguedas y María Santos López Castillo; y al oeste, calle pública, con un frente de 14 mts y 32 cms. Mide: seiscientos treinta y cinco metros cuadrados. Plano: G-1690944-2013. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del cinco de abril del dos mil diecinueve con la base de dos millones ochenta y cinco mil ciento ochenta y cinco colones con trece céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de abril del dos mil diecinueve con la base de seiscientos noventa y cinco mil sesenta y un colones con setenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Verny Sánchez López. Expediente 18-003341-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial Guanacaste (Santa Cruz), 11 de febrero del 2019.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Tramitador.—( IN2019319359 ).

En este Despacho, Con una base de treinta millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Condic Reserv Citas: 303-00205-01-0901-028, Condic y Reserv ref: 2247 073 001: Citas: 303-00205-01-0902-011, Reservas y Restricciones: Citas: 303- 06517-01-0904-006, Reservas y Restricciones: Citas: 303-06517-01-0905-008, Reservas y Restricciones; Citas: 303-06517-01-0906-005, Reservas y Restricciones: Citas; 303-06517-01-0907-003, servidumbre de paso; citas: 570- 16164-01-0127-001, servidumbre de paso; citas: 570-16164-01-0134-001, servidumbre de paso; citas: 570-16164-01-0140-001, servidumbre de paso; citas: 570-16164-01-0145-001, servidumbre de paso; citas: 570-16164-01-0149-001, servidumbre de paso; citas: 570-16164-01-0153-001, servidumbre de paso; citas: 570-16164-01-0156-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento cincuenta y ocho mil ciento setenta y nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno de tacotal lote dieciséis.- Situada en el distrito 1- Puerto Cortes, cantón 5- Osa, de la provincia de Puntarenas.- Colinda: al norte Azulillo Intenso S. A.; al sur, Azulillo Intenso S. A.; al este, calle pública con 50.69 metros y al oeste Azulillo Intenso S. A. Mide: seis mil ochocientos cincuenta y dos metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: P-1044859-2006. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de abril de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del siete de mayo de dos mil diecinueve con la base de veintidós millones ochocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de mayo de dos mil diecinueve con la base de siete millones seiscientos doce mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Aurea María Soto Zamora, Ronald Orlando Solano Hernández. Exp: 18-001192-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 31 de enero del 2019.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Decisora.—( IN2019319367 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 16-000067-0689-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Jesús Eladio Delgado Siles, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de San Antonio de Puriscal, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe 01-1479-0172, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es cultivo de plátanos, yuca, hortalizas, frutales y ocasionales como maíz y frijoles. Situada en el distrito San Antonio, cantón Puriscal de la provincia de San José. Colinda: al norte: Rafael Delgado Retana, Walter Bermúdez Quirós y sucesión de María Cecila Castrillo Rojas; al sur: Rafael Delgado Retana; al este: Rafael Delgado Retana y al oeste: sucesión de Amable Cerdas Madrigal. Mide: nueve mil quinientos sesenta y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1832770-2015. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, chapias, siembre de productos agrícolas, mantenerlo delimitado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Jesús Eladio Delgado Siles. Expediente: 16-000067-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 11 de enero del 2019.—Licda. Andrea Mercedes Ruiz Ramírez, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312835 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente 16-000231-0507-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Zaida María Badilla Miranda quien es mayor, soltera, vecina de Heredia, Santa Bárbara, San Juan Abajo, detrás de Panadería Las Rosas, cédula número uno-ochocientos treinta-ochocientos siete, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es agricultura. Situada en Rótulo en el distrito tercero La Rita, cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública de dieciséis metros con cincuenta y dos metros lineales; al sur, canal de desagüe artificial; al este, Rosa Emilia Corea Salas y al oeste, María Eufemia Rosales. Mide: quinientos diez metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado L-477064-98. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias un millón de colones y el inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 12 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Zaida María Badilla Miranda, expediente 16-000231-0507-AG. Nota: este edicto debe de publicarse por una sola vez y con la mayor brevedad en el Boletín Judicial de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 09 de enero 2019.—Lic. Geison López Barrantes, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312836 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 18-000077-0993-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Soluciones Estrella Dorada S.E.D. S. A., cédula jurídica 3-101-411235, representada por William Pérez Arias, quien es mayor, casado una vez, vecino de Piedades Norte de San Ramón, cédula de identidad vigente que exhibe 2-0426-0132, profesión agricultor, a fin de inscribir a nombre de su representada y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es de charral y árboles nativos. Situada en La Paz el distrito 04: Piedades Norte, cantón 02: San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Eddap del Norte S. A.; al sur: Soluciones Estrella Dorada S. A.; al este: Luis Marino Méndez Montero y al oeste: Ángel Alberto Pérez Arias y Carlos Eduardo Pérez Arias. Mide: 7097,50 metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado A-207023-1994 fechado 30/08/1994. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble en tres millones de colones como las presentes diligencias en la suma de mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de tres años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas y limpieza del terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la ley de informaciones posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Soluciones Estrella Dorada S.E.D. S.A. Expediente: 18-000077-0993-AG.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramon), 7 de enero del 2019.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312837 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente 18-000079-0465-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Inmobiliaria de La Costa Atlántica Naar S.A., con cédula jurídica 3-101-104298 representada por su representante legal Luis Fernando Arias Molina, quien es mayor, vecino de Montes de Oca, San José, portador de la cédula de identidad 0202140460, ingeniero agrónomo, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es para construir. Situada en el distrito Cahuita, cantón Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Zona Marítimo Terrestre; al sur, Playa Manzanillo S.A.; al este, calle pública y al oeste, Playa Manzanillo S.A. Mide: quince mil seiscientos cuarenta metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado 7-2021760-2017. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra-venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de carriles y cuido de sistema agroforestal. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Inmobiliaria de La Costa Atlántica Naar S.A., expediente 18-000079-0465-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 09 de enero del 2019.—Licda. Karol Valverde Miranda, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312838 ).

Webb e Hijos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero dos uno nueve dos tres, domiciliada en Alajuela, San Carlos, distrito sexto Pital, La Legua, un kilómetro al sur del Supermercado La Legua, representada por Sharon Webb, mayor, casado dos veces, de nacionalidad estadounidense, pasaporte actual cinco seis tres ocho uno dos dos cinco dos, vecina de Estados Unidos de Norteamérica, Clearwater, Florida, tres tres siete seis tres, dos dos cero cero Monttclair Road. Solicita se levante información posesoria a fin de que se rectifique la medida de la finca inscrita a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, al Partido de Alajuela, folio real matrícula número ciento sesenta y ocho mil trescientos sesenta y seis-cero cero cero, que se describe: terreno de pastos y potrero, montaña con una casa de administración y otra para peones, sito en La Legua, distrito sexto Pital, cantón décimo San Carlos de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte: Euclides Barrantes Quesada; al sur: Fernando Jiménez Salas, Claudio Montero Elizondo, José Luis Salas Rodríguez, Eddy Miranda Zamora, Juana Álvarez Rojas; al este: Consorcio Económico Chiroldes Sociedad Anónima, Vinicio Rojas Alfaro, Quebrada Huevo y calle pública con un frente a ella de quinientos treinta y ocho metros con ocho centímetros lineales. Mide: según registro doscientos treinta y cuatro hectáreas tres mil trescientos ochenta y un metros cuadrados y de acuerdo al plano catastral aportado A-3166-1974 de fecha105 de febrero de 1974, una superficie de trescientos veintiuna hectáreas tres mil ochocientos setenta y cinco metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. El inmueble antes descrito lo adquirió la sociedad titulante por venta que le hiciera el señor Jorge Luis Alfaro Rojas, quien fuera mayor, casado una vez, ganadero, cédula de identidad número dos-ciento sesenta y cuatro-seiscientos sesenta y nueve, vecino de Heredia, doscientos metros este de El Estado mediante escritura pública número ciento veintiún mil novecientos, otorgada ante los notarios Orlando Arguedas Molina y Raúl Madrigal Jiménez en fecha veinticinco de febrero de mil novecientos setenta y cuatro. Con un mes de término contando a partir de la publicación de este edicto. Se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial. Información posesoria para rectificar medida. Expediente: 18-000197-0298-AG, establecida por Webb E Hijos Sociedad Anónima.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 08 de enero de 2019.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312839 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 18-000204-0465-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Marlene Hernández Pérez, quien es mayor, soltera, vecina de Corina de Matina de la provincia de Limón, portadora de la cédula de identidad 0700990358, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es para la agricultura con una casa de habitación. Situada en el distrito primero, cantón quinto Matina de la provincia de Limón. Colinda: al norte: quebrada Agua Fría; al sur: servidumbre de paso de siete metros de ancho por veintiún punto sesenta y nueve metros de largo, Miguel Hernández Alpízar; al este: Quebrada Agua Fría, El Molino Central S. A. y calle pública y al oeste: Héctor Rivera González y Gerardo Rivera González. Mide: nueve hectáreas cuatro mil novecientos sesenta y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado L-1890138-2016. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima las diligencias en la suma de quince millones de colones y el inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 40 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y protección del terreno y siembra de árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Marlene Hernández Pérez. Expediente: 18-000204-0465-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 9 de enero del 2019.—Lic. Ronny Flores Oviedo, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312840 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 18-000284-0507-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Diego Hernán González Velasco, quien es mayor, soltero, comerciante, vecino de Limón, Pococí, Guápiles, cédula ocho-cero noventa y cinco-trescientos setenta y dos, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es potrero y área de protección. Situada en Jiménez en el distrito segundo Jiménez, cantón segundo Pococí de la provincia de Limón. Colinda: al norte: Fabiola Prat Jiménez; al sur: Zulema Jiménez Murillo; al este: Río Jiménez y al oeste: Luces del Valle S. A. Mide: siete mil doscientos sesenta y siete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado 7-1992677-2017. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias así como el inmueble en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Diego Hernán González Velasco. Expediente: 18-000284-0507-AG. Nota: Este edicto debe de publicarse por una sola vez y con la mayor brevedad en el Boletín Judicial de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 7 de enero de 2019.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312842 ).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente 18-000111-0993-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Melania María Soto Vargas, mayor, soltera, vecina de san ramón de piedades norte, cédula 2-445-640, maquilera, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es charral y agricultura. Situada en el distrito 04 Piedades Norte, cantón 04 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con calle pública; al suroeste, con Froilán Soto Vargas y sureste, con Orlando Quesada Soto y Melania Soto Vargas; al este y al oeste, María José Cubillo Hernández. Mide: 7.219 metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-2037346-2018. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma total de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por cesión verbal de los derechos posesorios por parte de su padre Fidel Soto Jiménez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe, sumado a la posesión del trasmitente y a título de dueño por más de 40 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de maíz, mantenimiento de cercas y linderos, además hay una parte charral. Que no ha inscrito mediante el amparo de la ley de informaciones posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Melania María Soto Vargas. Exp. 18-000111-0993-AG.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 14 de enero del año 2019.—Licda. Tatiana Rodríguez Herrera, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312844 ).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente 18-000122-0815-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Heyzel Lorena González Ávila, mayor, soltera, ama de casa, cédula 02-0473-0538, vecina de Alajuela, San Mateo, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno de solar, sito en distrito primero San Mateo, cantón cuarto San Mateo de la provincia de Alajuela, con una medida de mil ochocientos quince metros cuadrados, según el plano catastrado A-2019963-2017. Linda: al noroeste: con calle pública con un frente a ella de quince metros con cuarenta y dos centímetros lineales, e Gilberto Chinchilla Jiménez, al noreste: con Rosa María Venegas Chinchilla y Flor Jeannette Venegas Chinchilla; al sureste: con José Joaquín Venegas Chinchilla; y al suroeste: con Gilberto Chinchilla Jiménez. Indica el promovente que estima el inmueble en la suma de tres millones de colones exactos y las presentes diligencias en la suma de quinientos colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Heyzel Lorena González Ávila. Expediente: 18-000122-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de enero del 2019.—Lic. Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312845 ).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente 18-000018-1129-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Elsa María de Las Piedades Guevara Mora quien es mayor, viuda una vez, vecina de San Antonio de La Amistad de Pérez Zeledón; 300 metros sureste, de la escuela pública, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0675-0190, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno de café y árboles maderables. Situada en el distrito sétimo (pejibaye), cantón diecinueve (Pérez Zeledón), de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 37.48 metros; al sur, Walter Elizondo Naranjo; al este, Efraín Cordero Venegas y al oeste, Elsa Guevara Mora. Mide: cuatro mil ciento setenta y siete metros con ochenta y un decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ 849041-2003. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación del señor Bernardo Delgado López, el 01 de octubre del año 2003, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en delimitar el terreno en su totalidad con postería viva y muerta de alambre de púas, hacer cercas y darles mantenimiento, chapias periódicas, sembrar café y darle mantenimiento al cafetal y recolectar la cosecha. Que no ha inscrito mediante el amparo de la ley de informaciones posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Elsa María de Las Piedades Guevara Mora. Exp. 18-000018-1129-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón), 12 de junio del año 2018.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez Agrario.—1 vez.—O.C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312846 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 18-000201-0507-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Héctor Antonio Porras Blanco, quien es mayor, casado una vez, vecino de San Ramón de la Virgen de Sarapiquí, Heredia, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe 4-0141-0994, profesión peón agrícola, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de potrero con dos galeras, una casa de madera y una casa mixta. Situada en el distrito segundo La Virgen, cantón décimo Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte: Franklin Arroyo Abarca; al sur: Life Vanities S. A. y Víctor Manuel Chinchilla Rojas; al este: con calle pública y Víctor Manuel Chinchilla Rojas; y al oeste: Franklin Arroyo Abarca. Mide: siete mil novecientos setenta y tres metros, con cuarenta y nueve decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado 4-1283203-2008. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 17 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en potreros, cría de aves de corral, agricultura de cultivos como yuca y otros. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Héctor Antonio Porras Blanco. Expediente: 18-000201-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 31 de octubre del 2018.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312884 ).

Citaciones

En mi notaría en la ciudad de Limón, a las 10:00 horas del 17 de diciembre del 2018, doy por abierta la sucesión notarial de María Zeneida Goisne Goisne, cédula 7-0041-0975. Cito a los interesados, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasara a quien corresponda, mi oficina se encuentra en la ciudad de Limón, ciento cincuenta metros norte del Mas x Menos, frente a Funeraria Lam.—Limón, 17 de diciembre del 2018.—Licda. Laura María Espinoza Brenes.—1 vez.—( IN2019312335 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados, legatarios y acreedores al sucesorio de quien vida fue Ana Padilla Vargas, quien fue mayor, divorciada, ama de casa y vecina de Los Guidos de Desamparados, Sector Seis, cédula uno ciento setenta y ocho trescientos ochenta y tres y demás interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos con el apercibimiento de que si así no lo hicieren la herencia pasara a quien mejor corresponda. Expediente 01-2018, Notaria del Bufete Lic. Jorge Miranda Murillo, Aserrí.—Lic. Jorge Miranda Murillo, Notario.—1 vez.—( IN2019312346 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juan Rafael Ballestero Mora, viudo en segundas nupcias, pensionado, portador de la cédula de identidad número uno-uno cuatro uno-ocho siete seis, vecino de San José, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2014. Notaría del Bufete de la Licda. Noilly Vargas Esquivel, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019312350 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jorge Eduardo Peñaranda Chaves, mayor, estado civil divorciado, profesión u oficio mecánico, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0401310928 y vecino de San Rafael de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente 18-000671-0504-CI-2.—Juzgado Civil de Heredia, 27 de noviembre del 2018.—Yarini Madrigal Escoto, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019312365 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Bernardita Campos Alvarado c.c. Bernarda Campos Alvarado, mayor, casada una vez, ama de casa, número de cedula 201790832, vecina Barrio Daniel Flores, Pérez Zeledón, a fin de que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto concurran ante la notaría de la Licenciada Shirley Navarro Marín, situada en San Isidro, Pérez Zeledón, frente a Importadora Monge en horario de lunes a viernes de 8 a. m. a 17 p. m., a reclamar sus derechos se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que si no se presentan dentro de este término aquella pasará a quien corresponde. El sucesorio en sede notarial de la causante se tramita bajo expediente 0001-2019.—Licda. Shirley Navarro Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2019312409 ).

Se hace saber que ante el notario público Carlos Humberto Serrano Pérez, con oficina en San José, Tibás de la Iglesia, 200 metros al sur y 50 oeste, han comparecido el señor Luis Guillermo Rivera Vargas, soltero, costarricense, cédula: 105340579, servicio al cliente, hijo de Juan Bautista Rivera Jiménez y María Isabel Vargas Sibaja y la señora Yoanny Margarita Fernández Casanova, de nacionalidad venezolana, soltera, educadora, pasaporte 091437578, manifiesta que es hija, Rafael Ángel Fernández Barrera y Nelly Margarita Casanova un solo apellido, ambos padres de nacionalidad venezolana, comparecientes vecinos de San José, Tibás, Cinco Esquinas, del Puente, 200 metros norte, casa a mano izquierda, color celeste, han comparecido ante esta notaría a efecto de celebrar matrimonio civil conforme a nuestra legislación. En virtud de ello y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia, se ordena la publicación de este edicto en aras de que si existe alguna oposición a la unión solicitada lo hagan saber dentro del plazo de ocho días naturales después de la publicación de este edicto ante la notaría del Licenciado Carlos Humberto Serrano Pérez.—San José, 18 de enero del 2019.—Lic. Carlos Humberto Serrano Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2019312422 ).

Se tiene por abierto el sucesorio testamentario extrajudicial de quien en vida fue: Jesús María Camacho Víquez. Se cita a todos los interesados, para que dentro del término común de treinta días a partir de la publicación de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos. Albacea Nelly García Fonseca, cédula cuatro-cero setenta y uno-cuatrocientos dieciocho. Notaria pública del Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca. Expediente: 01-2019.—Heredia, dieciocho de enero del dos mil diecinueve.—Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2019312424 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Mercedes Vargas Vargas, quién fue, mayor, viuda una vez, ama de casa, cédula dos-ciento treinta y siete-ciento noventa y cinco, vecina de Zaragoza de Palmares, Rincón doscientos metros oeste del taller Rayma, para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de éste edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que, si no, se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente 0001-2019. Notaría del Bufete del licenciado Didier Solórzano Ruiz, Palmares, Esquipulas setecientos metros Este del estadio.—Lic. Didier Solórzano Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2019312463 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por María Mayela Arias Cerdas, a las veinte horas del dieciocho de enero del dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Enrique Eduardo Coronado Arroyo, quien en vida fuera: mayor, casado una vez, pensionado, vecino Cartago, Turrialba, Tres Equis, cédula de identidad número uno-doscientos cincuenta y tres-seiscientos setenta y dos. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos..—Cartago, Tres Ríos, Yerbabuena, del centro diurno doscientos cincuenta metros al este, doscientos metros al sur, 21 de enero de 2019.—Licda. Ingrid Abraham Soto, Notaria.—1 vez.—( IN2019312465 ).

Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carlos Alberto Arma Madrigal, mayor, casado en segundas nupcias, pensionado, vecino de la misma dirección que las comparecientes, cédula nueve-cero cero dos nueve-cero uno cero cero, quien falleció en San José, el día catorce de noviembre del dos mil dieciocho, para que, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe que los que crean tener capacidad de herederos, que, si no, se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2019.—Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—( IN2019312473 ).

Mediante acta de apertura otorgada a esta notaría, por los señores Antonio González Vargas, Gloriela María González Ulate, Catalina González Ulate, María del Roció González Ulate, Roxana María de la Trinidad González Ulate, Silvia Elena de la Trinidad González Ulate, Ana Marcela González Ulate y Manuel Antonio González Ulate a las veinte horas del día diecisiete de enero del dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera María Antonieta del Socorro Ulate Avendaño, mayor, casada una vez, vecina de Heredia, Heredia, Mercedes Norte, de la Iglesia Católica setecientos metros oeste, portadora de la cédula de identidad número cuatro-cero cero noventa-cero setecientos cincuenta y dos. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos..—Heredia, Mercedes Norte, del cementerio setenta y cinco metros oeste.—Licda. Ana Lorena Rojas Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2019312479 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Manuel Mora Jara, mayor, casado una vez, costarricense, con documento de identidad 0103260275 y vecino Cartago, La Unión, San Ramón. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp. 18-000193-0640-CI-8.—Juzgado Civil de Cartago, 14 de diciembre del 2018.—Licda. Marlen Solís Porras, Jueza.—1 vez.—( IN2019312487 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante la notaria de la Licenciada Angie Jeannette Tenorio Granados, los señores Miriam María Quirós Morales, mayor, viuda, ama de casa, vecina de Cartago, Tres Ríos, del auto mercado doscientos cincuenta metros al este, trescientos cincuenta metros al sur y sesenta metros al oeste, Calle Obando, primera casa a mano derecha, portadora de la cédula de identidad número nueve-cero treinta y nueve-doscientos, a las catorce horas del veintidós de diciembre del dos mil dieciocho y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Jorge Gerardo Segura Obando, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Cartago, Tres Ríos, del auto mercado doscientos cincuenta metros al este, trescientos cincuenta metros al sur y sesenta metros al oeste, Calle Obando, primera casa a mano derecha, portador de la cédula de identidad número tres-ciento ochenta y uno doscientos veinte, quien falleció el día siete de marzo del dos mil dieciocho. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos.—San José, San Pedro, Los Yoses, Barrio Dent, del Centro Cultural Costarricense Norteamericano, ciento cincuenta metros al norte, Centro de Especialidades jurídicas.—Licda. Angie Jeannette Tenorio Granados, Notaria.—1 vez.—( IN2019312497 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Yorleni Montiel Matarrita, mayor, soltera, oficios domésticos, costarricense, con documento de identidad 0502930049 y vecina Santa Rosa, Río Jiménez de Guácimo. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 18-000058-0873-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Guácimo (Materia Civil), 31 de julio del 2018.—Lic. Marvin Gerardo Arce Castro, Juez.—1 vez.—( IN2019312513 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y terceros interesados en el proceso sucesorio notarial de quién en vida fue José Antonio Alfaro Moreira, quien en vida fue mayor de edad, casado en primeras nupcias, Pensionado, vecino de Cartago, Alvarado, Pacayas, del Colegio Técnico Profesional, trescientos metros al este, portador de la cédula de identidad número cuatro-cero noventa y cuatro-setecientos veinticuatro, con el fin de que se apersonen en el plazo de quince días a hacer valer sus derechos, y bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero uno-dos mil diecinueve-AAG. Notaría Pública del Licenciado Alberto Acevedo Gutiérrez, sita en Cartago, exactamente doscientos metros al norte y cincuenta metros al este de la esquina noreste de Las Ruinas.—Cartago, dieciséis de enero de dos mil diecinueve.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2019312519 ).

Mediante escritura 206 otorgada ante esta notaría, en la Ciudad de Paraíso, a las 15:00 horas del 19 de enero del 2019 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Gaspar Nieto Aguirre, mayor, soltero, agricultor, vecino de Puntarenas Golfito, número de cédula seis-uno uno cuatro-tres cinco uno, que nació el día seis de enero de mil novecientos cincuenta y cinco, fallecido el día siete de marzo del dos mil seis, cuya madre era Sosina Nieto Aguirre la cual esta fallecida. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de 30 días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos.—Licda. Andrea Fernández Montoya, Notaria.—1 vez.—( IN2019312520 ).

Mediante escritura 204 otorgada ante esta notaría, en la ciudad de Paraíso a las 09 horas 30 minutos del 18 de enero del 2019, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Ana Leticia Meza Fallas, cédula 3-213-754. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de 30 días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la licenciada Andrea Fernández Montoya, teléfono 8320-5847. (Publicar 1 vez en el Boletín Judicial).—Licda. Andrea Fernández Montoya, Notaria.—1 vez.—( IN2019312522 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juvenal Francisco Parra Montero, mayor, estado civil soltero, profesión artesano, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0400650057 y vecino de Heredia, San Pablo de Barva, Calle La Matilde, de la iglesia católica de Barva; 400 metros al norte y 50 metros este. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 16-000431-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 29 de setiembre del 2016.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—1 vez.—( IN2019312559 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Antonio Francisco Cañas Mora, mayor, estado civil casado, profesión desconocida, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0102200160 y vecino de Escazú. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 18-000296-0182-CI-8.—Juzgado Segundo Civil de San José, 20 de noviembre del 2018.—MSc. Ingrid Fonseca Esquivel, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2019312571 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Manuel Roberto de Jesús Leiva mora 0302450854, fallecido el 11 de setiembre del 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector público bajo el número 18-002242-0166-la, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Por María Fernanda Leiva Rojas, portadora de la cédula de identidad 0114550275 a favor de Manuel Roberto de Jesús Leiva Mora. Expediente 18-002242-0166-LA.—Juzgado de Trabajo Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de diciembre del 2018.—Licda. Andrea Isabel Cubillo Monge, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312599 ).

Notaria del Notario Público Bernal Chavarría Soley. Sucesorio del señor Juan Rafael Ángel Elizondo Duarte. Expediente número cero cero cero cuatro-dos mil dieciocho. En esta notaría se está tramitando un proceso sucesorio notarial del señor Juan Rafael Angel Elizondo Duarte, cédula de identidad número cinco-ciento veintidós-cuatrocientos ochenta. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, en un plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta sede notarial ubicada en Calle Blancos, Montelimar, de la Bomba Montelimar, cien metros al norte y setenta y cinco al este, casa mil ciento cincuenta y uno.—San José, veintiuno de enero del dos mil diecinueve.—Bernal Chavarría Soley, Notado Público.—1 vez.—( IN2019312633 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Aurora Emperatriz Cuadra Caparro; conocida como María Daisy Cuadra Valle, mayor, soltera, ama de casa, vecina de San José, cédula 800530158; fallecida el trece de enero del dos mil diecinueve; para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2019.—Licda. Lorena Grau Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2019312635 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Jennifer Patricia Muñoz Guzmán, cédula de identidad uno-mil sesenta y tres-novecientos cincuenta y nueve, a las quince horas del diecisiete de noviembre del dos mil dieciocho y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera señora Maytee Muñoz Guzmán, mayor de edad, cédula de identidad uno-cuatrocientos cincuenta y tres-cero setenta y siete, quien fue soltera, empresaria, vecina de Pozos de Santa Ana, de la Iglesia Católica, cincuenta metros al norte. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Joanna Mora Solano, Santa Ana, costado oeste de Mas x Menos de Santa Ana, teléfono: 8476-1238. Joanna Mora Solano, carné 15,384.—Santa Ana, 21 de enero del 2019.—Licda. Joanna Mora Solano, Notaria.—1 vez.—( IN2019312641 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Olman Gerardo Fernández Montero, mayor, casado una vez, empresario, costarricense con documento de identidad 1-0337-0330, vecino de San José, San Sebastián, de la Iglesia Bautista de Colonia Kennedy, veinticinco metros al este y cincuenta metros al sur. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000097-0216-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita (Materia Civil), 20 de marzo del 2018.—Licda. Julieth Víquez Fernández, Jueza.—1 vez.—( IN2019312654 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Erika Betzabé López Mora, quien es mayor de edad, divorciada, estilista, portador de la cedula de identidad dos-quinientos treinta y seis-cero treinta y uno, vecina del Cacao de Alajuela de la Iglesia Católica, cuatrocientos metros norte, calle el tajo, a las trece horas del veintiuno de enero del dos mil diecinueve, comprobado el fallecimiento de la causante, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera Carmen Mora Alvarado, quien fue, mayor de edad, casada en segundas nupcias, ama de casa, portadora de la cedula de identidad cinco-ciento treinta y tres-cuatrocientos ochenta, vecina del Cacao de Alajuela, de la Iglesia Católica, cuatrocientos metros norte calle el tajo. Se cita y emplaza a los posibles herederos y a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Walter Isidro Rodríguez Castro, notario público con oficina en la ciudad de Alajuela, ciento diez metros al oeste de los semáforos de la Cruz Roja, teléfono: 24312548. Expediente 01-2019-Sucesorios, causante: Carmen Mora Alvarado.—Lic. Walter Isidro Rodríguez Castro, Notario.—1 vez.—( IN2019312656 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Irma Luz Durán Umaña, mayor, viuda en primeras nupcias, ama de casa, cédula de identidad número: siete-cero cero cuarenta y cuatro-cero trescientos treinta y nueve, vecina de Alajuela, Tambor, veinticinco metros al sur de Cabinas La Sirenita, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fue: Bruno Soto Montero, mayor, casado en primeras nupcias, mecánico, cédula de identidad número: dos-cero ciento setenta y tres-cero ciento veintinueve, vecino de Alajuela, Tambor, veinticinco metros al sur de Cabinas La Sirenita. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de 30 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Víctor Julio Aguilar Soto, Notario Público con oficina en Alajuela, ciento setenta y cinco metros norte de los Tribunales de Justicia, teléfono 2443-3358.—Lic. Víctor Julio Aguilar Soto, Notario Público.—1 vez.—( IN2019312699 ).

Se emplaza a herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Clifford Emmanuel Steele Amburstay, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San José, Central, Catedral, Barrio Naciones Unidas, con cédula de identidad siete-cero cero dos nueve-cero cero cero ocho, para que en el plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Notario público Guillermo Jiménez Chacón, Alajuela del Banco Popular, cien metros al sur y veinticinco metros al este. Expediente: 01-2019.—Lic. Guillermo Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2019312711 ).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Juan Domingo De Jesús Barrientos Barrantes, quien fue mayor, casado una vez, empresario, vecino de San Lorenzo de Desamparados, cédula de identidad 6-0035-0854, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia de que si no se presentan en el plazo citado aquella pasará a quien corresponda. Expediente 15-100139-0217-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 11 de enero de 2019.—Licda. Floryzul Porras López, Jueza.—1 vez.—( IN2019312719 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión de Orlando Porras Aguilar, quien en vida fue soltero, con cédula de identidad 1-0500-0225, con domicilio en San José, Pavas, Ciudadela María Reina, casa noventa y uno, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante la oficina del Notario Público Rolando Romero Obando, situada en San José, Curridabat, costado norte de Plaza Cristal, edificio Jurex Law, segundo piso, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en este plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente notarial 1-2019. Notaría Pública del licenciado Rolando Romero Obando.—San José, 21 de enero de 2019.—Rolando Romero Obando, Notario Público.—1 vez.—( IN2019312723 ).

Sucesión AB intestato en sede notarial María Julia Segura Brenes. Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Maritza Segura Brenes, al ser las diez horas del treinta de diciembre del dos mil dieciocho y comprobado el fallecimiento de María Julia Segura Brenes, costarricense, con cédula de identidad siete-cero cero cuarenta y cinco-cero seiscientos nueve, ama de casa, soltera, quien en vida su domicilio era en Pavas, fallecida el veintitrés de marzo del dos mil dieciocho, así reportado por el Hospital Central de San José, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, no se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como esta lo ha indicado. Notaría de la Licenciada Alejandra Ramírez Castro, Pavas, Rincón Grande, avenida sesenta y uno, bloque cuatro, casa veintiuno, teléfono: ochenta y siete-setenta y cuatro-setenta y seis-sesenta.—Licda. Alejandra Ramírez Castro, Notaria.—1 vez.—( IN2019312725 ).

A solicitud de: Wilson Francisco Morales Fernández, mayor, viudo, ingeniero industrial, con cédula de identidad 3-369-068, vecino de Cartago, Central, San Francisco, del colegio Miravalle, 400 metros al sur 200 este, 50 sur y 25 norte: he procedido a abrir expediente de sucesorio ab intestato, en sede notarial, de quien en vida fue: Jacqueline Velásquez Calderón, mayor, casada dos veces, ama de casa, con cédula de identidad número uno-mil doscientos catorce-ciento veinticuatro. Por este medio se emplaza a cualquier interesado en el presente proceso, para que se apersonen ante esta notaría, a formular pretensiones, legalizar créditos o hacer valer cualquier derecho sucesorio, bajo el apercibimiento de que si no se presentan en plazo de treinta días, a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, la herencia pasará a quien le corresponda. Lugar: La Unión, Cartago, ciento cincuenta metros al oeste de la Sub- Estación del ICE, expediente: 03-12943-EQA-2018, fax: 2278-2844.—La Unión, Tres Ríos, 21 de enero del 2019.—Lic. Eric Quesada Arce, Notario.—1 vez.—( IN2019312751 ).

A solicitud de Ileana Li Mora, mayor, casada una vez, educadora, con cédula de identidad 5-266-055, vecina de La Mansión de Nicoya, Guanacaste, 100 metros este del Parque Antonio Maceo, he procedido a abrir expediente de sucesorio ab intestato, en sede notarial, de quien en vida fue: Manuel Asdrúbal Carmona Li, cédula 5-434-870, mayor, soltero, vecino de La Mansión de Nicoya, Guanacaste, 100 metros este del Parque Antonio Maceo. Por este medio se emplaza a cualquier interesado en el presente proceso, para que se apersonen ante esta notaría, a formular pretensiones, legalizar créditos o hacer valer cualquier derecho sucesorio bajo el apercibimiento de que si no se presentan en plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, la herencia pasará a quien le corresponda. Lugar: La Unión, Cartago, ciento cincuenta metros al oeste de la Subestación del ICE. Expediente: 02-12943-EQA-2018, fax: 2278-2844.—La Unión, Tres Ríos, 21 de enero del 2019.—Lic. Eric Quesada Arce, Notario.—1 vez.—( IN2019312752 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ana Cristina Rojas Peraza, mayor, soltera, estudiante, cédula uno-mil quinientos ochenta y nueve-cero quinientos noventa y cinco, y que residió en Alajuela, Poás, San Pedro, doscientos cincuenta metros este del mercado, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2019.—Lic. Víctor Julio Herrera Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2019312766 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por señor Didier Gerardo Alpízar Delgado, con cédula de identidad número nueve-cero cincuenta y ocho-ochocientos setenta y tres, a las nueve horas del veinte de enero del año dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de Jovel Alpízar González, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Barrio Jesús de Atenas, con cédula de identidad número dos-ciento sesenta y nueve-cuatrocientos ocho, fallecido el siete de noviembre de dos mil siete. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Ronald Francisco Ramírez Garita, San José Norte de Atenas, frente al Templo Católico, teléfono 47026423.—Lic. Ronald Francisco Ramírez Garita, Notario.—1 vez.—( IN2019312781 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Juan José Godínez Hernández, mayor, soltero, empleado en el Aeropuerto Juan Santamaría, vecino de Urbanización Mirasol, barrio San José de Alajuela, ciento cincuenta metros sur del Súper La Amistad; cédula número uno-ochocientos noventa-setecientos ochenta y ocho, a las diez horas del catorce de enero del año dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fue Blanca Arroyo Gamboa, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula número uno-doscientos cinco-trescientos diecisiete, vecina de Pérez Zeledón. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos.—Alajuela.—Lic. Gerardo Araya Arias, Notario.—1 vez.—( IN2019312812 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rolando Antonio Hernández Zúñiga, mayor, estado civil soltero, profesión ayudante de topografía, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0304210434 y vecino de San José, Tarrazú, San Lorenzo. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente 18-000237-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 31 de julio del 2018.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2019312819 ).

Se hace saber en este despacho judicial se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Roberto Cerdas Roldan, mayor, viudo, pensionado, con documento de identidad 3-0167-0610 y vecino de Cartago, Guadalupe. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente: 18-000351-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 14 de diciembre del 2018.—Licda. Susan Villalobos Retana, Jueza.—1 vez.—( IN2019312824 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alin Natividad Méndez Duarte, mayor, estado civil divorciado, profesión enfermero, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0501750532 y vecino de Río Cañas de Belén frente a la Iglesia Católica. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente 18-000021-1583-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Carrillo (Materia civil), 20 de marzo del 2018.—Lic. Guillermo Emilio Benavides Ruiz, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2019312829 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Cecilia Ulloa Arrieta, quien en vida fue mayor, femenina, costarricense, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad tres-ciento sesenta y cuatro-quinientos setenta y dos, vecina de Siquirres, el Silencio, Cairo cuatrocientos metros al Norte de la Escuela del Silencio, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen en este juzgado a hacer valer sus derechos, en caso de que lo omitieren la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión 18-000276-0507-AG, número interno 316-1-18.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 8 de enero de 2018.—Lic. Geison López Barrantes, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312841 ).

Se convoca a herederos e interesados, por el plazo de treinta días, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en la sucesión de María Adela Chacón Piedra, quien en vida fue, casada una vez, oficios de hogar, cédula de identidad tres-ciento cincuenta y seis-seiscientos noventa, vecina de Cartago cien metros norte, casa número dieciocho, fallecida el trece de mayo del dos mil cuatro, en procedimiento de actividad judicial no contenciosa, expediente: 2018-001-SN, seguido ante la notaría de la Licenciada Rosaura Carmiol Yalico, teléfonos 2258-4038 y fax 2221 0733, en San José, Bufete 855, avenidas ocho y diez, calle veinticinco, casa número ochocientos cincuenta y cinco.—San José, dos de noviembre del dos mil dieciocho.—Licda. Rosaura Carmiol Yalico, Notaria.—1 vez.—( IN2019312843 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Enrique March Ledezma, mayor, soltero, antropólogo, costarricense, con documento de identidad 0103371000 y vecino San Rafael de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp. 13-000077-0504-CI-8.—Juzgado Civil de Heredia, 06 de noviembre del año 2018.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2019312848 ).

Se citan y emplazan a interesados por treinta días para que se apersonen en proceso sucesorio de Isabel Pérez Martínez, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula cinco-cero cero treinta y nueve-cero novecientos sesenta y cuatro, vecina de Santa Bárbara de Santa Cruz, Guanacaste, fallecida el trece de agosto del dos mil, inscrita en el Registro de Defunciones de la provincia de Guanacaste, tomo: cero noventa y dos; folio: ciento noventa y cuatro; asiento: trescientos ochenta y ocho, haciendo valer derechos, de lo contrario la herencia pasará a quien corresponda. Licda. María Abigail Ruiz Rosales, Santa Cruz, Guanacaste, 25 metros este de Correos de Costa Rica. Expediente sucesorio notarial: SU-001-2019.—Licda. María Abigail Ruiz Rosales, Notaria.—1 vez.—( IN2019312865 ).

Se hace saber, que mi notaría se tramita el proceso sucesorio en sede notarial del señor Luther Wriah Taylor Raith, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula siete-cero treinta-ciento noventa y uno, vecino de San José. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 0002-2018.—San José, 29 de octubre del 2014.—Lic. William Buckley Buckley, Notario.—1 vez.—( IN2019312866 ).

Se hace saber, que mi notaría se tramita el proceso sucesorio en sede notarial del señor Federico Martin Johens Vargas, quien fue mayor, casado una vez, cédula uno-setecientos setenta y siete-doscientos sesenta y dos, vecino de San José. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2018.—San José, 28 de octubre del 2018.—Lic. William Buckley Buckley, Notario.—1 vez.—( IN2019312867 ).

Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el sucesorio notarial de Jorge Eduardo Guzmán Sáenz, cédula 301790662, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría para hacer valer sus derechos. Se advierte a los que crean tener derecho a la herencia que si no se presentan dentro de ese término esta pasará a quien corresponda. Lic. Eugenio Ortiz Álvarez, cédula 105690003, tel. 8914-0020, Cartago, costado norte de los Tribunales de Justicia.—Cartago, veintiuno de enero de dos mil diecinueve.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—( IN2019312894 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Allan Gerardo Herrera López, mayor, divorciado, soldador, costarricense con documento de identidad 02-0394-0667 y vecino de Santa Bárbara de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente: 18-000775-0504-CI-3.—Juzgado Civil de Heredia, 20 de diciembre del 2018.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2019312897 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso de carta rogatoria solicitada dentro del expediente 14-997, el cual corresponde a la sucesión de la señora René de la Trinidad Bonilla Marín, conocida como René de la Trinidad Kramer, cédula de identidad 1-0263-0763, la cual se tramita en el Tribunal del Undécimo Circuito Judicial de Miami-Dade, Florida. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente: 18-000046-0004-CI-6.—Juzgado Primero Civil de San José, 17 de enero del 2019.—Lic. Edgar Echegaray Rodríguez, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2019312898 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Francisco Azofeifa Calderón, mayor, divorciado una vez, cédula de identidad 1-0449-0167, chofer, el cual falleció el veintiuno de diciembre de 2018 y vecino de Mercedes Norte de Puriscal. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp. 19-000005-0197-CI-2.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia Puriscal (Materia Civil), 21 de enero del año 2019.—Adriana Jiménez Bonilla, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2019313778 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó William Alberto Brenes Cerdas, mayor, estado civil casado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0900690311 y vecino San Isidro de Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente 18-000338-0640-CI-4.—Juzgado Civil de Cartago, 22 de octubre del 2018.—Licda. Marlen Solís Porras, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019318008 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Gerardo Enrique Elizondo González, quien fue mayor de edad, casado una vez, pensionado, vecino de Heredia, Barva, San Pablo, de la subestación de electricidad del ICE, ciento cincuenta metros oeste, cedula de identidad 1-0471-0203, para que de conformidad con el artículo 126.3 del Código Procesal Civil, en el plazo de 15 días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a aceptar la herencia y hacer valer sus derechos, se nombró como albacea en la apertura del presente proceso sucesorio a la señora Virginia Bolaños González, con número de cédula de identidad: 4-091-0560. Expediente SN-001-2019. Notaría del Bufete del Lic. Gerardo Benavides Sánchez.—Lic. Gerardo Benavides Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2019314969 ).

Avisos

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela testamentaria de las personas menores de edad Víctor Fabián y Ellis Camila ambos de apellidos Martez Contreras por haber sido nombradas en testamento, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente 18-002615-0364-FA. Proceso tutela legítima. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia de Heredia, 16 de enero del 2019.—José Miguel Fonseca Vindas, Juez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312690 ).                                                                                                              3 v. 1.

Licenciada Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, se le hace saber que en proceso reconoc. hijo mujer casada, expediente 16-001603-00165-FA, establecido por Marcos Vinicio Barboza Berrocal, se ordena notificarle por edicto la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a las quince horas y treinta y uno minutos del veinticuatro de marzo de dos mil diecisiete. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por Marcos Vinicio Barboza Berrocal a favor de la persona menor de edad Santiago Joel Rodríguez Pitty. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días. A su vez por el mismo plazo otorgado, se le confiere audiencia, tanto a la madre como el padre registral de la persona menor, Joe Alexander Rodríguez Andrade y Amalia Pitty Fernández. Se les previene a las partes, que en el primer escrito que presenten deben señalar medio y lugar, éste último dentro del circuito judicial de este Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículos 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales 7637 del 21 de octubre de 1996). Notifíquese esta resolución Amalia Pitty Fernández, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su domicilio real, artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar al ente aludido, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; de este circuito judicial. Previo a notificar al señor Joe Alexander Rodríguez Andrade, se le previene al promovente aportar certificación de los Movimientos Migratorios del mismo, emitida por el Ministerio de Migración y Extranjería.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Licda. Lorena Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312619 ).

Licda. Lorena María Mc Laren Quirós Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José. Hace saber a Walter Martín Olivares Salinas, mayor, casado, nicaragüense, no se indica, dirección desconocida, cédula de residencia 155809074220, que en este Despacho se interpuso un proceso de divorcio, en su contra bajo el expediente número 17-000435-0165-FA, el cual fue establecido por Ruth Flores Sáenz; donde se dictó sentencia de primera instancia 461-2018 de las quince horas y quince minutos del veinte de julio del dos mil dieciocho, que en lo contundente dice: Proceso Abreviado de Divorcio promovido por Ruth Janet Flores Sáenz, cédula de residencia 160400060602, contra Martín Olivares Salinas, cédula de residencia número 155809074220, ambos de calidades restantes en autos conocidos, y representado este último, por su curadora procesal Licenciada Shirley Fernández Castillo, cédula de identidad número 1-0743-0170, y resultando: I.—… II.—… III.... Considerando: I.—Sobre los hechos tenidos por demostrados: 1). 2). 3). 4). ... II.—Sobre el fondo del asunto: 1. 2. 3. 4... Por tanto: Se declara con lugar la presente demanda de divorcio promovida y se decreta la disolución del vínculo matrimonial que une a Ruth Janet Flores Sáenz, cédula de residencia 160400060602 y a Martín Olivares Salinas, cédula de residencia número 155809074220. Alimentos: Acudan las partes a la vía de alimentos correspondiente. Gananciales: No existen bienes gananciales a liquidar, conforme convenio de capitulaciones debidamente inscrito en el registro Público, sin embargo de existir algún otro bien no señalado en este proceso y cuya naturaleza sea de ganancialidad, cada cónyuge adquiere el derecho de participar en el cincuenta por ciento de tales bienes que se llegaren a constatar en el patrimonio del otro cónyuge, como lo dispone el supracitado numeral 41 del Código de Familia Costas: Sin especial condenatoria de costas (artículo 222 del Código Procesal Civil). Inscripción: a la firmeza de este fallo, inscríbase esta sentencia en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de San José, tomo quinientos once; folio trescientos tres; asiento seiscientos seis. Notifíquese. Licda. Daniela Bolaños Camacho, Jueza de Familia. Lo anterior se ordena así en proceso de divorcio, de Ruth Janeth Flores Sáenz contra Walter Martín Olivares Salinas. Expediente 17-000435-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 07 de enero del 2019.—Licda. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312620 ).

Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Ibrahim Alemán Beltrán, documento de identidad 66010813449, casado, estudiante, vecino de paradero desconocido, que en este despacho se interpuso un proceso nulidad matrimonio en su contra, bajo el expediente 18-000574-0186-FA, donde se pretende la nulidad de su matrimonio celebrado con Xinia Madrigal Garita. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de El Estado contra Ibrahim Alemán Beltrán, Xinia De Los Ángeles Madrigal Garita. Expediente 18-000574-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 9 de noviembre del 2018.—Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312622 ).

José Miguel Fonseca Vindas, Juez de Familia de Heredia, hace saber que en el expediente 18-002505-0364-FA, que es proceso suspensión de patria potestad establecido por Yenifer Castro Ramírez, mayor, divorciada, trabajadora independiente, vecina de San Rafael de Ulloa de Heredia, contra de Enoc Yojarci Valle González, mayor, nicaragüense, pasaporte PP 45185, de oficio y paradero desconocido a quien se les ordena notificar por edicto el contenido de las siguientes resoluciones en lo literal: De la anterior demanda abreviada establecida por el accionante Yenifer Castro Ramírez, se confiere traslado al accionado Enoc Yojarci Valle González por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20 del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: de la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de Lunes a viernes de 08:00 a. m. a 12:m.d. y lunes, miércoles y viernes de 13:30 p. m. a 19:30 p.m., Universidad Latina, sede de Heredia, oficina ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: lunes a viernes 08:00 a. m. a 12:00 m. d., teléfono: 2776715, Universidad Libre de Derecho, horario de atención: lunes a viernes: 13:30 p. m. a 16:30 p. m., teléfono: 22835533. En otros lugares del país hay otras universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Barbara de Heredia, Teléfono: 22655640. Y en la Defensa Publica de Heredia. Teléfono 25600659 - Siendo que la Ley 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art. 58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art. 36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial, a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr, para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. De conformidad con la Circular 122-2014, sesión del Consejo Superior 41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Honorarios de curador procesal: de conformidad con el artículo 262 del Código Procesal Civil y el Arancel de honorarios por servicios profesionales de abogacía y notariado (Honorarios de Abogados, Abogadas y Notarios) 39078-JP vigente a partir del 13 de agosto de 2015, los honorarios corresponden a la suma de ochenta y cinco mil colones (¢85.000), que es el monto fijado en este despacho para tales efectos. Tales honorarios deberán ser depositados en la cuenta judicial del Banco de Costa Rica 18-0025050364-7. Citación de parte actora y testigos: se previene a la parte promovente que en el plazo de una semana deberá presentarse su persona en compañía de dos testigos, para que bajo juramento, respondan las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece el proceso no podrá avanza. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada se resuelve: se ordena expedir y publicar el edicto electrónicamente al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil, el cual será enviado por este despacho a la Imprenta Nacional. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—José Miguel Fonseca Vindas, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312689 ).

Licda. Isabel Cristina Villegas Cascante, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José, hace saber a Martha Lucia Henao Castrillón, documento de identidad 117000737827, dirección desconocida, que en este despacho se interpuso un proceso nulidad matrimonio en su contra, bajo el expediente 15-000593-0187-FA, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, a las diecisiete horas y veintinueve minutos del trece de setiembre de dos mil quince. De la demanda ordinaria de declaratoria de matrimonio inexistente planteada por la Procuraduría General de la República, se confiere traslado por el plazo de treinta días a los demandados Johnny Castro Castro y Martha Lucia Henao Castrillón, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado, (artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales) medida cautelar. Conforme lo solicitado por la representación del Estado, por resultar procedente y acorde con la naturaleza de las pretensiones a resolver en sentencia, sin perjuicio de lo que allí se resuelva, anótese la presente demanda en las citas de inscripción del matrimonio de los demandados. Igualmente, con el carácter de medida cautelar, se ordena la suspensión inmediata de cualquier procedimiento iniciado por la demandada Martha Lucia Henao Castrillón para modificar su condición migratoria amparada en el matrimonio impugnado, como también de cualquier procedimiento que haya iniciado por el cual pretenda obtener la naturalización o bien que la haya obtenido en cuyo caso, si la sentencia fuese estimatoria, la naturalización se declarará nula. Para tal efecto se girarán los mandamientos respectivos a la Dirección General de Migración y Extranjería como al Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil. Personalmente (en mano propia) o en sus casas de habitación, notifíquese esta resolución a los demandados. Para notificar al accionado Johnny Castro Castro se comisiona a la Delegación de la Fuerza Pública en San Juan de Santa Barbara de Heredia. Para notificar a la demandada Martha Lucia Henao Castrillón, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Puntarenas. Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de Procuraduría General de la República contra Martha Lucia Henao Castrillón. Expediente 15-000593-0187-FA. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 16 de enero del 2019.—Licda. Isabel Cristina Villegas Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312759 ).

Licda. Valeria Arce Ihabadjen jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Álvaro Antonio Valverde Pineda, documento de identidad 0114540314, soltero, en unión de hecho, guarda, vecino de paradero desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso suspensión patria potestad en su contra, bajo el expediente 16-000253-0186-FA donde se pretende la suspensión de la patria potestad en favor de la persona menor de edad Valverde Mairena. Lo anterior se ordena así en proceso suspensión patria potestad de Vickry Aziel Mairena Hernández contra Álvaro Antonio Valverde Pineda; expediente 16-000253-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 29 de noviembre del 2018.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312760 ).

Se avisa al señor Javier Palacio Vejarano, mayor, de nacionalidad panameña, de domicilio y demás calidades desconocidas, representado por el curador procesal Licenciado Humberto José Noguera González, se le hace saber que existe proceso 17-000173-0186-FA de declaratoria judicial abandono de las personas menores de edad Ana Yancy Palacio Santos y Jaime Palacio Santos, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Javier Palacio Vejarano y Jeaneth Santos, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las once horas doce minutos del treinta y uno de agosto del dos mil diecisiete, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dichos accionados para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Con relación a los hechos contenidos en el escrito de demanda, los contestará uno por uno, expresando categóricamente si los rechaza por inexactos o si los admite como ciertos, o con variantes o rectificaciones, las razones que tenga para su negativa y los fundamentos de derecho en que se apoye, en esta oportunidad ofrecerá sus pruebas, con indicación, en su caso, del nombre y las generales de los testigos y sobre cuales hechos serán interrogados, sin interrogatorio formal. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de diciembre de 2018.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312761 ).

MSC Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, a Madelyn Guisella Bolaños Esquivel, en su carácter personal, quien es mayor, cédula 1-1305-071, de domicilio y demás calidades desconocidas, se le hace saber que en demanda depósito judicial. Expediente: 18-000028-0364-FA, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Hans Diaz Rojas y Madelyn Guisella Bolaños Esquivel, se ordena notificarle por edicto la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Heredia, a las trece horas y cincuenta y nueve minutos del veintidós de enero del dos mil dieciocho. De las presentes diligencias de depósito de la persona Luna Saray Díaz Bolaños, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Madelyn Guisella Bolaños Esquivel y Hans Díaz Rojas. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado, artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad con la Circular 122-2014, Sesión del Consejo Superior 41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar a la misma y a la parte demandada, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, números telefónicos de las partes y el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, en Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se encuentran ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono central 22-07-42-23. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso sí, que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza, (artículo 7 del Código de Familia y 1° de la Ley de Consultorios Jurídicos 4775)”, siendo que la Ley 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones (art. 58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea (art. 36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática (art. 34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial, a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388, para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr, para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Otros extremos: se otorga el depósito judicial provisional de la menor de edad Luna Saray Díaz Bolaños en el hogar y bajo responsabilidad de la señora Norma Esquivel Salazar, a la cual se le previene que deberá comparecer a este despacho en el plazo de tres días, a aceptar y jurar el cargo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 del Código de Familia. Publicación de edicto: por medio de un edicto al señor Hans Díaz Rojas, que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial se convoca a todas aquellas personas que tengan interés en el presente asunto, para que se presenten dentro del plazo treinta días contados a partir de la publicación del edicto ordenado. Notificaciones: notifíquese esta resolución a la demandada Madelyn Guisella Bolaños Esquivel, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real, artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del funcionario notificador, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. La misma se localiza en Para notificar a la señora Madelyn Guisella Bolaños Esquivel, quien se localiza en Santo Domingo de Heredia, de la Soda Granigolo, 100 mtrs. hacia el norte al polideportivo apartamentos portón negro de hierro; para lo cual se comisiona al Delegado Policial de Santo Domingo de Heredia. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—MSC Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312762 ).

Se avisa al señor Mario Ilich Hernández Jirón, de domicilio y calidades desconocidas que en este juzgado se tramita el expediente: 18-000056-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Ariela Naomi Hernández Jiménez y Samuel David González Jiménez. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de enero de 2019.—Licda. Mailyn Durán Solano, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312763 ).

Se avisa al señor Jorge Luis Monge Delgado, cédula de identidad 1-1401-0713, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este juzgado, se tramita el expediente 18-000191-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Jeykol Dariel Monge Álvarez. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de enero de 2019.—Licda. Mailyn Durán Solano, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312772 ).

Se avisa al señor Jonathan Alberto Rocello González, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 18-000463-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la (s) persona (s) menor (es) de edad Franchesca Mariana y Josafath Matías ambos de apellidos Rocello Velásquez. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de enero de 2019.—Licda. Mailyn Durán Solano, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312773 ).

Se avisa al señor Juan Ramón Gutiérrez Brizuela, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 18-000478-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Karly Dilady Gutiérrez Pérez. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de enero de 2019.—Licda. Mailyn Durán Solano, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312774 ).

Se avisa a la señora Nicole María Elizondo Trejos, cédula de identidad 1-1710-0038, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 18-000702-673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la (s) persona (s) menor (es) de edad Dominick Ariel Granados Elizondo. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de enero de 2019.—Licda. Mailyn Durán Solano, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312775 ).

Se avisa a los señores John Alexander Bernal Vargas, cédula de identidad 8-0122-0543 y María Fabiola Ubau Montano, cédula de identidad 2-0525-0312, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 18-000753-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Yasury Bernal Ubau. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste(n) su conformidad o se oponga(n) en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de enero de 2019.—Licda. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312776 ).

Licda. Jacqueline María Murillo Murillo, jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, al señor Michael Núñez Fernández, mayor, nacionalidad costarricense, de oficio y dirección desconocida, y la señora Andrea Luisa Brooks Peralta, mayor, nacionalidad costarricense de oficio y dirección desconocida, se les hace saber que en diligencias de depósito judicial de persona menor de edad, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, Limón, se ordena notificar por edicto, la resolución de las quince horas y treinta y cinco minutos del dieciséis de enero del año dos mil diecinueve, que literalmente dice: . I. Se confiere traslado: de la anterior diligencias de depósito judicial de persona menor de edad, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, Limón, a favor de las personas menores de edad Latisha Shereyn y Taraysha Shaomy ambos apellidos Núñez Brooks, se le confiere audiencia por el plazo de cinco días, a los señores Michael Núñez Fernández y Andrea Luisa Brooks Peralta (padres registrales) y a quienes se les previene señalar medio para recibir notificaciones, de conformidad con los artículos 34, 36 y 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687; bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere, las resoluciones posteriores que se dicten quedarán notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas; igual consecuencia se producirá cuando la notificación no se pueda efectuar por el medio señalado. II.- En vista a lo solicitado por la representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, licenciada Jenniffer Bejarano Smith, visible a folio 18, se resuelve: se le otorga en forma provisional a la señora Calixta Vernicia Peralta López, quien es mayor, unión libre, ama de casa, cédula 801120950, el depósito judicial provisional de las personas menores de edad, Latisha Shereyn y Taraysha Shaomy ambos apellidos Núñez Brooks, quien en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días, para aceptar y jurar el cargo designado. Notifíquese: siendo que los señores Michael Núñez Fernández y Andrea Luisa Brooks Peralta (padres registrales) de paradero desconocido, se ordena notificar mediante edicto publicado de Ley. Notifíquese, expediente 18-000831-1152-FA-4.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 17 de enero 2019.—Licda. Jacqueline María Murillo Murillo, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312778 ).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 18-002018-0338-FA, Juan Carlos Sanabria Salazar, solicitan se apruebe la adopción de persona mayor de edad hija de cónyuge, de la persona mayor de edad Susana de los Ángeles Loria Mata. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Cartago, 11 de enero del 2019.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312779 ).

Al señor Justino Abel Gudiel Espinoza, cédula 210000278, por este medio se le comunica que en el proceso tramitado bajo el expediente 19-000005-0687-FA del Juzgado de Familia de Grecia, se dictó la resolución de las diez horas y treinta y dos minutos del diecisiete de enero del dos mil diecinueve, que en lo conducente y en lo que aquí interesa dice: del anterior proceso de depósito judicial establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por el plazo perentorio de tres días a Justino Abel Gudiel Espinoza y Andrea Rodríguez Vargas, a quien se le previene que en el primer escrito que presente deberá señalar un medio para atender notificaciones, esto bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores que se dicten, incluida la sentencia, le quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, efecto que también se producirá en caso de que no se le pueda notificar en el medio señalado; con respecto al cual, también se le hace ver, deberá estar dispuesto únicamente para uso exclusivo de envío y recepción de documentos y no así también como teléfono. Dentro del mismo plazo indicado podrá también oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que estime pertinente. Notifíquese esta resolución a Justino Abel Gudiel Espinoza por medio de edicto que se publicará en el Boletín Oficial La Gaceta y a Andrea Rodríguez Vargas en Zarcero, en la Soda por el Área de Salud.—Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312782 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Blanca Vanessa Rodríguez Sequeira, mayor, soltero, comerciante, documento de identidad 155801518731 vecino de San José, del costado suroeste del centro comercial del sur, 100 metros al sur, 50 al oeste y 50 metros al sur, en el cual se solicita cambiar el nombre de su hijo menor Robinson Santiago Valencia Rodríguez por el de Santiago, mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presente al proceso a hacer valer sus derechos o formular una oposición fundada, artículo 55 del Código Civil. Expediente: 18-000386-0180-CI-0.—Juzgado Primero Civil de San José, 10 de diciembre del 2018.—Melania Jiménez Vargas, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019312903 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Deiber Abelardo Alfaro Castillo, mayor, soltero, misceláneo, cédula de identidad número uno-mil quinientos cuatro-novecientos veinticuatro, hijo de Abelardo Alfaro Cordero y Gerardina Castillo Garro, nacido en San Isidro de Pérez Zeledón, el 04 de junio del año 1992, con veintiséis años de edad, y Doriana Yarlin Barrientos Díaz, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad número uno-mil setecientos ochenta y ocho-ciento seis, hija de Isaías Barrientos Vindas y Leidy Maritza Díaz Madriz, nacida en San Isidro de Pérez Zeledón, el 25 de agosto del año 2000, actualmente con dieciocho años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Pérez Zeledón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 18-000693-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), 10 de enero del 2019.—Licda. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312623 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes Fabian Alberto Rodríguez Gutiérrez, mayor, soltero, soldador, cédula de identidad número 0114490434, vecino de Goicoechea, Ipis, Mozotal, 150 metros al este de las torres del I.C.E., hijo de Cinthia Rodríguez Gutiérrez, nacido en Carmen Central San José, el 02/12/1990, con 28 años de edad, y Keilyn Adriana Esquivel Ruiz, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0116040459, vecina de Goicoechea, Ipis, Mozotal, 150 metros al este de las torres del I.C.E., hija de José David Esquivel Ramírez y Ivannia Ruiz Zúñiga, nacida en Carmen Central San José, el 25/04/1995, actualmente con 23 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Expediente 18-002487-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de diciembre del 2018.—Licda. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312624 ).

Christin Frercksen, mayor, soltera, gerente de producto digital, alemana, vecina de Hamburgo, Alemania, pasaporte alemán número C1TGNMY0M, hija de Jörn Frercksen y Sylvia Frercksen, alemanes; y José Daniel Solís Miranda, mayor, soltero, gerente de producto, costarricense, vecino de Hamburgo, Alemania, cédula de identidad número 1-1204-0668, hijo de José Manuel Solís Miranda y Giselle María Miranda Arguedas, costarricenses. Han manifestado ante esta Notaría su voluntad de contraer matrimonio civil. Quien conozca algún impedimento legal o tenga oposición para la celebración de este matrimonio, deberá manifestarlo por escrito dentro de los siguientes ocho días naturales, ante mi Notaría, sita en San José, San Vicente de Moravia, Barrio La Guaria, avenida 63, calles 45 y 47.—San José, 21 de enero del 2019.—Lic. Javier A. Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—( IN2019312647 ).

Mariana Arguedas Gómez, mayor, soltera, maestra, costarricense, vecina de Cedros de Montes de Oca, San José, cédula 1-1351-0617, hija de Carlos Alberto Arguedas Pérez y Silvia María Gómez Castro, costarricenses y Ricardo Moukar Herro Hajjar, mayor, soltero, administrador hotelero, costarricense, vecino de Santo Domingo, Heredia, cédula de identidad 1-1266-0224, hijo de Toni Mouakar Narro Arimalet y Aida Clara Najjar Aboud, costarricenses, han manifestado ante esta notaría su voluntad de contraer matrimonio civil. Quien conozca algún impedimento legal o tenga oposición para la celebración de este matrimonio deberá manifestarlo por escrito dentro de los siguientes ocho días naturales, ante mi notaría, sita en San José, San Vicente de Moravia, Barrio La Guaria, avenida 63, calles 45 y 47.—San José, 21 de enero del 2019.—Javier A. Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—( IN2019312649 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Nolber Eder Gómez Angulo, mayor, soltero, trabajador independiente, cédula de identidad 0503650124, vecino de Santa Ana de Nicoya, hijo de Juvenal Gómez Medina y Maritza Angulo Angulo, nombre de la progenitora y nombre del progenitor, nacido en Centro, Nicoya, Guanacaste, el 27/07/1988, con 30 años de edad, y Rosa María Medina Aguilar, mayor, soltera, miscelánea, cédula de identidad 0502630092, vecina de Santa Ana de Nicoya, hija de Santos del Mar Medina Granados y María Rosa Aguilar Delgado, nacido en Centro, Liberia, Guanacaste, el 09/09/1970, actualmente con 47 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Santa Ana de Nicoya. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente 19-000004-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), Nicoya, 17 de enero del 2019.—Msc. Berta Lidieth Araya Porras, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312691 ).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Kattia Elena Venegas Jiménez, mayor, divorciado/a, oficios domésticos, cédula de identidad 0107150071, vecina de San Juan de Puriscal, Barrio los Moras, 800 mts. al suroeste de la escuela mixta de San Juan, casa de color verde, hija de Josefa Venegas Jiménez, nacida en Hospital Central, San José, el 19/01/1968, con 50 años de edad y Rolando Alberto Cordero Chavarría, mayor, soltero, agricultor, cédula de identidad 0110580279, vecino de Puriscal, Barrio Jarazal, 200 mts. norte del correo, casa de color roja, entrada de los palomo, hijo de Emilce Chavarría Agüero y Norman Cordero Guzmán, nacido en Hospital Central, San José, el 07/01/1980, actualmente con 39 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000019-1530-FA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia Puriscal, (Materia Familia), San José, Puriscal, 16 de enero del 2019.—Licda. Milena Peñas Salas, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312692 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio el señor Manuel Ángel Guadamuz Moncada, mayor, soltero, gestor de ventas, cédula de identidad 0503960307, vecino de Liberia, hijo de Yolanda Moncada Pérez y Manuel Guadamuz Fajardo, nacido en Centro Liberia, Guanacaste, el 26/11/1993 y la señora Gaudy López Chavarría, mayor, soltera, dependiente, cédula de identidad 0504000494, vecina de Liberia, hija de Suralley Chavarría Soto y Francisco Daniel López López, nacida en Centro Liberia, Guanacaste, el 05/09/1994. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000023-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Familia), 17 de enero del 2019.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312693 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes Albin Bladimir Sancho Jackson, mayor, divorciado, mantenimiento y maestro de sordos, cédula de identidad 0107500933, vecino de Tibás, en la Iglesia Bautista, hijo de Ángela Batriz Sancho Jackson, nacido en Hospital Central, San José, el 10/08/1969, con 49 años de edad, y Andrea Susana Matamoros Angulo, mayor, soltera, labora en Impresora Denta, cédula de identidad 0208270518, vecina de el Templo Bautista, hija de Reinaldo Matamoros Esquivel y Jeannette María Angulo Sánchez, nacida en Centro San Ramon, Alajuela, el 30/07/1998, actualmente con 20 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente 19-000046-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de enero del 2019.—Licda. Lorena Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312756 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Minor Antonio de la Trinidad Rosas Varela, mayor de edad, divorciado de Maribel Segura Granados el 10 de agosto del 2012 en Cartago, operario, cédula de identidad 3 0302 0963, vecino de Cartago, Paraíso, Cachí, Urasca, 500 metros al este de la iglesia católica de la localidad, casa a mano derecha color papaya, hijo de Florinda Varela Moya y Juan Luis Rosas Fernández, nacido en Centro, Central, Cartago, el 11 de junio de 1969, con 49 años de edad y Marilyn de los Ángeles Álvarez Cortés, mayor de edad, divorciada de Jorge Arturo Cordero Moya el 16 de agosto del 2000 en Cartago, niñera, cédula de identidad 3 0364 0792, vecina de Cartago, Paraíso, Cachí, urbanización Robles casa 53, hija de Mayela Cortés Arbustini y Fernando Álvarez Mejía, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 05 de marzo de 1980, actualmente con 38 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente 19-000075-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 17 de enero del 2019.—Licda. Wendy Blanco Donaire, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312757 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil David Esthiff Alfaro Naranjo, mayor, costarricense, soltero, agente de ventas, cédula de identidad 0110430216, vecino de Cartago, Ochomogo, distrito San Nicolás, Cartago, hijo de Elizabeth Naranjo Pereira y Víctor Manuel Alfaro Ulloa, ambos padres costarricenses nacido en Carmen, Central, San José, el 01/08/1979, con 39 años de edad, y Nicole Aguilar Zúñiga, mayor, costarricense, soltera, manicurista, cédula de identidad 0113550629, vecina de Tejar del Guarco, Residencial Las Catalinas casa 31b hija de María Antonieta Zúñiga y Claudio Antonio Aguilar Marín, ambos padres costarricenses nacida en Uruca, Central, San José, el 23/06/1988, actualmente con 30 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente 19-000120-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 17 de enero del 2019.—Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312758 ).

Se hace saber, que ante la notaría pública del Licenciado Elian Joaquín Mena Trujillo, con oficina abierta en Alajuela, Guatuso, San Rafael, doscientos metros sur de la Agencia del Banco Nacional de Costa Rica; han comparecido para contraer matrimonio civil: Duviel Marín Veitia, mayor de edad, nacionalidad cubana, soltero, vecino de Alajuela, San Rafael Guatuso, setenta y cinco metros norte y veinticinco metros este de la Cruz Roja, Barrio Imas Nuevo, pasaporte de su país 1781043, hijo de Guido Marín Endemaño y Omara Veitia Cárdenas y la señora Natalie Roxana Hurtado Flores, costarricense, cédula: 2-711-134, estudiante, mayor de edad, vecina de Alajuela, Guatuso, San Rafael, setenta y cinco metros norte y veinticinco metros este de la Cruz Roja, Barrio Imas Nuevo, hija de Sergio Antonio Hurtado Fajardo y Elba Flores Meneses, han comparecido ante este notario a efecto de celebrar matrimonio civil conforme a nuestra legislación. Se convoca a las partes interesadas en hacer oposiciones a la unión solicitada dentro del plazo de ocho días posteriores a la publicación de este edicto.—Alajuela, Guatuso, 17 de enero del 2018.—Lic. Elian Joaquín Mena Trujillo, Notario.—1 vez.—( IN2019312765 ).

Ante mi notaría contraerán matrimonio los señores Luis Stevens Méndez Aguilar, mayor, divorciado una vez, Técnico en Puertas Automáticas, cédula de identidad uno-mil trescientos cinco-cero cientos treinta y seis, vecino de La Trinidad de Moravia, ciento veinticinco metros al norte del Bar Primo, Maite Porras Flores, mayor, soltera, demostradora, cédula uno-mil trescientos veinticinco-cero quinientos noventa y ocho, vecina de La Trinidad de Moravia, ciento veinticinco metros al norte del Bar Primo, el sábado dieciséis de febrero del dos mil diecinueve. Se emplazan a terceros interesados para que en caso de oposición dentro del plazo de ocho días a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante mi notaría localizada en San Isidro de Coronado, costado norte de la Iglesia Católica, contiguo a Farma Value.—San José, veintiuno del dos mil diecinueve.—Lic. Fernando González Medina, Notario.—1 vez.—( IN2019312770 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes el señor Mario Alberto Barboza Bonilla, mayor, divorciado, mensajero, cédula de identidad 1 0874 0854, vecino de Mercedes Norte de Heredia, hijo de Mario Rodrigo Barboza Abarca y de Claudia Bonilla Valerín, nacido en El Carmen, Central, de San José, con 44 años de edad, y la señora Gabriela Briceño Murillo, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad 1 1152 0338, vecina de Mercedes Norte de Heredia, hija de María Custodia Murillo Hernández y de Henry Alberto Briceño Ruíz, nacida en San José, actualmente con 36 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto, expediente 19-000019-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 10 de enero del 2019.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312783 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, José Jaime Francisco Araya Campos, mayor, divorciado una vez de Xinia María Castro Ramírez, Chofer, cédula de identidad 0203620529, vecino de Palmares de Alajuela, Zaragoza, frente al Colegio Ricardo Moreno Cañas, hijo de José Luis Araya Arroyo y Annia Marlen Campos Rodríguez, nacido en centro de Palmares de Alajuela, el 11-07-1961, con 55 años de edad, y Edith Blanco Vargas, mayor, divorciada una vez de Ernesto Alfonso Sanabria Corrales, oficios domésticos, cédula de identidad 0205090513, vecina de Palmares de Alajuela, Zaragoza, frente al Colegio Ricardo Moreno Cañas, hija de Miguel Ángel Blanco Arroyo y Emilce Vargas Arce, nacida en centro de Grecia de Alajuela, el 10-03-1976, actualmente con 42 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente 19-000020-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia familia), San Ramón, 15 de enero del 2019.—Licda. Mariam Calderón Villegas, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312784 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Henry Jesús Alvarado Ledezma, mayor, soltero, jornalero, cédula de identidad 0207250971, vecino de San Ramón de Alajuela, San Juan, Pastoral, 100 metros norte de entrada de Pastoral, hijo de Francisco Alvarado Carvajal y María de los Ángeles Ledezma Hernández , nacido en centro San Ramón Alajuela, el diecinueve de mayo de mil novecientos noventa y cuatro, actualmente con 24 años de edad y Angely Morelia Chávez Guido, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad 0504270230, vecina de San Ramón de Alajuela, San Juan, Bajo Tejares, del taller de Birico 300 metros sur, hija de Marvin Antonio Chaves Rodríguez y María Cristina Guido Méndez, nacida en Potrerillos, Liberia, Guanacaste, el once de mayo de mil novecientos noventa y nueve, actualmente con 19 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente 19-000030-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), San Ramón, 17 de enero del 2019.—Licda. Mariam Calderón Villegas, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312785 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Morales Venegas Noguil Ezequiel, mayor, divorciado, pensionado, cédula de identidad 0113430719, vecino de Los Ángeles de Tilarán, de la Iglesia Católica, 300 metros sur, casa color terracota, hija de Etna De Los Ángeles Venegas Ortiz y José Alfredo Morales Cortez, nacido en Managua, Nicaragua, el 09/06/1980, con 38 años de edad y Verena Fernández Ortega, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad 0503330653, vecina de Los Ángeles de Tilarán, de la Iglesia Católica, 300 metros sur, casa color terracota, hija de María Analia Ortega Barahona y Mario Fernández Meléndez, nacida en Centro Liberia, Guanacaste, el 07/05/1983, actualmente con 35 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 18-000302-0928-FA. Promoventes: Morales Venegas Noguil Ezequiel y Verena Fernández Ortega.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas, (Materia Familia), Guanacaste, 18 de enero del 2019.—Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312875 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, Hugo Alberto Espinoza Ramírez, mayor, soltero, administrador, cédula de identidad número 0701740410, vecino de cañas, frente al Guajiro, hijo de Eida Ramírez Palacios y Hugo Francisco Espinoza Rodríguez, nacido en Guápiles, Pococí, Limón, el 10/09/1986, con 32 años de edad, y Elizabeth Cecilia Villegas Carranza, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0503870839, vecina de cañas, frente al Guajiro, hija de Cecilia Villegas Carranza, nacida en Santa Cecilia, La Cruz, Guanacaste, el 10/06/1992, actualmente con 26 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. 18-000304-0928-FA. Publíquese por una sola vez. Promoventes: Elizabeth Cecilia Villegas Carranza y Hugo Alberto Espinoza Ramírez.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Domestica de Cañas (Materia Familia), Guanacaste, Cañas, 18 de enero del 2019.—Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312876 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio Luis Diego Torres Rojas, mayor, soltero, mercaderista (display), cédula de identidad 0503560642, vecino de Liberia, hijo de Ana Rojas Rocha y Luis Ángel Torres Ortega, nacido en Centro Liberia, Guanacaste, el 05/03/1987 y la señora María Gabriela Villegas Ruiz, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad 0503290881, vecina de Liberia, hija de Zaida María Ruiz Miranda y José Tobías Villegas Méndez, nacida en Centro Liberia, Guanacaste, el 04/09/1982. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000026-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Familia), 18 de enero del 2019.—Msc. Marcela González Solera, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312889 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio el señor Allan Mauricio Alvarado Bustos, mayor, soltero, oficial experto servicio al cliente, cédula de identidad 0503420949, vecino de Liberia, Barrio Nazareth, hijo de Tomasa Bustos Alemán y Álvaro Antonio Alvarado Alvarado, nacido en Centro Liberia, Guanacaste, el 25/12/1984 y la señora Lizette Abigal Martínez Espinoza, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad 0503870477, vecina de Liberia, hija de Giselle Espinoza Ruiz y Marvin Martínez López, nacida en Centro Liberia, Guanacaste, el 21/05/1992. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000028-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Familia), 18 de enero del 2019.—Msc. Marcela González Solera, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312890 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Daiana María Arias Porras, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad 0504060664, hija de Shelyn Arias Porras, nacida en Centro, Liberia, Guanacaste, el 11/09/1995, con 23 años de edad, vecina de Tilarán, barrio San Antonio, 75 metros oeste de la soda Yenory; y Jean Carlos Sánchez Ortega, mayor, soltero, peón de explotaciones agrícolas, cédula de identidad 0504120003, hijo de Florinda Aurora Ortega Mata y Rodrigo Sánchez López, nacido en Centro, Liberia, Guanacaste, el 29/08/1996, actualmente con 22 años de edad, vecino de Tilarán, El Silencio, 150 metros oeste de la escuela. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente 18-000019-1568-CI.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia familia), Guanacaste, Cañas, 14 de enero del 2019.—Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312972 ).

Andrés Rivera Rodríguez, con cédula de identidad uno-uno cuatro cuatro uno-cinco cinco nueve y Melania María Rodríguez Zamora con cédula de identidad dos-siete uno cero-ocho dos dos, contraerán matrimonio civil en la notaría del Bufete González Zamora. Si alguna persona conoce de la existencia de algún impedimento legal para que dicho matrimonio se realice, deberá manifestarlo ante dicha notaría, dentro de los ocho días siguientes a esta publicación.—Licda. Ana Vanessa González Zamora.—1 vez.—( IN2019318570 ).

Edictos en lo Penal

Fiscalía de Siquirres, Zona Atlántica, al ser las diez horas con cincuenta y cinco minutos del día quince de enero del dos mil diecinueve. Mediante auto de las diez horas con treinta y siete minutos del día quince de enero del dos mil diecinueve del representante Fiscal, se ha ordenado publicar Edicto en el Boletín Judicial para efectos de poner en conocimiento al propietario registral Bienvenido Barquero Valencia, cédula de identidad 9-0062-341 del vehículo automotor, placas Mot 177106, color: rojo, modelo: 2007, estilo: SCRAMBLER, motor ZS169FML57121204, serie / chasis / vin LZSJCML0475005356, siendo que el mismo no se han podido localizar, por lo anterior, es que esta cámara ordena publicar por dos veces consecutivas en el Boletín Judicial un edicto, para efectos de que el actual propietario de dicho vehículo se apersone a la causa y haga valer sus derechos dentro del plazo de 3 meses naturales con el fin del retiro de dicho vehículo, esto en la Fiscalía de Siquirres, Zona Atlántica. Expediente: 17-000776-0070-PE, contra: Ignorado, por el delito de Robo Agravado, en perjuicio de Henry Sánchez Chinchilla. Notifíquese.—Fiscalía de Siquirres, 15 de enero del 2019.—Lic. Leonel Cisneros Córdoba.—O.C. 364-12-17.— Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312970 ).                                                             2 v. 1.

A quien interese: Siendo que dentro de la causa 12-000967-0331-PE, seguida contra Danilo Barquero Araya por el delito de Conducción Temeraria, en perjuicio de la Seguridad Común que se tramita en el Tribunal de Juicio del Tercer Circuito Judicial de Alajuela sede Grecia, se ordenó mediante sentencia número 153-TGRE-2018 de las 10:30 horas del 19 de noviembre de 2018 levantar el depósito provisional que tenía el señor Carlos Enrique Azofeifa Segura cédula de identidad número 111130175 sobre el vehículo placas 744466, marca Hyunday, estilo H 100 Grace, modelo: 1995, color: champagne, disponiéndose su entrega definitiva a su propietario registral Importaciones Barranca Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3101570905. Publíquese esta resolución por una sola vez en el Boletín Judicial. Es todo.—Msc. José Alejandro Piedra Pérez, Juez Coordinador.—1 vez.—O. C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312967 ).

Tribunal Penal de Flagrancia Segundo Circuito Judicial de San José, a las nueve horas del veinticuatro de diciembre de dos mil dieciocho. De conformidad con los artículos 84 y 99 de la Ley 7530 “Ley de Armas y Explosivos “, 200 y 367 del Código Procesal Penal y artículo primero de la Ley 6106 “Ley de Distribución de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso y su Reglamento”; se notifica mediante edicto en el Diario Oficial, por única vez, lo dispuesto en sentencia 358-2018 de las diez horas con treinta minutos del once de julio del dos mil dieciocho, que dispone la entrega de la motocicleta marca Yamaha, placas MOT 079207, estilo RX100, modelo 1998, chasis 97C1L1602344, inscrita a nombre de Inversiones Agistanus S. A., cédula jurídica 3-101-170948, a quien se le concede el plazo de tres meses contados a partir de la presente publicación en el Diario Oficial para que gestione su devolución, mediante la presentación de la documentación pertinente, caso contrario de no hacerlo se dispone el comiso del bien a favor del Estado, a efectos de que se proceda conforme corresponda. Lo anterior bajo la causa penal 16-000002-1031-TP seguida en contra de Jonathan Humberto Fernández Valverde por el delito de posesión y transporte de drogas en perjuicio de la salud pública. Notifíquese.—Tribunal Penal de Flagrancia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Roy Porras Salazar, Juez de trámite.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312968 ).

Tribunal Penal de Flagrancia Segundo Circuito Judicial de San José, a las nueve horas del veinticuatro de diciembre de dos mil dieciocho. De conformidad con los artículos 84 y 99 de la Ley 7530 “Ley de Armas y Explosivos “, 200 y 367 del Código Procesal Penal y artículo primero de la Ley 6106 “Ley de Distribución de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso y su Reglamento”; se notifica mediante edicto en el Diario Oficial, por única vez, lo dispuesto en sentencia 631-2018 de las veintiuna horas con cincuenta y cinco minutos del veintidós de noviembre de dos mil dieciocho, que dispone la devolución definitiva del arma de fuego tipo pistola, marca Canik 55, modelo TP 9, calibre 9mm, serie T6472-12A103958, sin inscribir, a su legítimo dueño; previa presentación de la documentación de rigor, concediéndosele el plazo de tres meses contados a partir de la presente publicación en el Diario Oficial, caso contrario de no hacerlo se dispone el comiso del arma a favor del Estado, siendo el Departamento de Arsenal Nacional quien le dé el destino correspondiente. Lo anterior bajo la causa penal 16-000543-1092-PE seguida en contra de José Luis Conejo Pacheco por el delito de portación ilícita de arma permitida en perjuicio de la salud pública. Notifíquese.—Tribunal Penal de Flagrancia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Roy Porras Salazar, Juez de trámite.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019312969 ).

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