SEGUNDA PUBLICACIÓN
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional
para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta N° 02-2011,
celebrada el 19 de setiembre del 2011, artículo XII y el acuerdo del Consejo
Superior en sesión Nº 24-12, celebrada el 13 de marzo del 2012, artículo
LXVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del
público en general que se procederá a la eliminación de Documentación
Administrativa del año 1970 a 2006 del Juzgado Contencioso Administrativo del
II Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Remesa: 20600
Libros: 28
libros de entrada
Ampos: 1
Paquetes: 1
Año: 1970
al 2006
Asunto: Documentación
Administrativa: 1 libro de entradas que va del año 1980 al 1982 del Sección II,
un libro de entradas general del Juzgado Primero Contencioso Adm., un libro general de entradas del año 1982 al 1987 del
Juzgado Tercero Contenc. Adm.,
un libro general de entradas del año 1978 al 1980 del Juzgado Contenc. Adm. Sección II, un
libro general de entradas del año 1977 al 1978, un libro general de entradas
del año 1990 al 1991 del Juzgado Segundo Contenc. Adm., un libro general de entradas del año 1975 al 1977 del
Juzgado Contenc. Adm.
Sección II, Un libro general de entradas del año 1991 al 1993, un libro general
de entradas del año 79 al 81 Sección II, un libro general de entradas del año
1991 al 1993 Sección II, un libro general de entradas del año 1982 al 1983
Juzgado Primero Sección I, un libro general de entradas del año 1987 al 1989
Juzgado Tercero, un libro general de entradas del año 1973 al 1975 del Juzgado
Civil Sección II, un libro general de entradas del año 1982 al 1988 Sección II,
un libro general de entradas del año 1978 al 1979 para lo civil, un libro
general de entradas del año 1980 al 1982 Juzgado Tercero, un libro general de
entradas del año 1988 al 1990 Sección II, un libro general de entradas del año
1970- al 1973 Juzgado Contencioso Administrativo para lo Civil Sección II, un
libro general de entradas del año 1977 al 1973 Sección I, un libro general de
entradas del año 1980 Juzgado Tercero, un libro general de entradas del año
1989 al 1991 Sección Primera, un libro general de entradas del año 1989 al 1990
Sección Primera, un libro general de entradas del año 1986 al 1989 Sección Primera,
un libro general de entradas del año 1978 al 1979 Expedientes civiles, un libro
general de entradas 1990 Juzgado Primero, un libro general de entradas de 1991,
un libro general de entradas del año 1973 al 1975 todas las Secciones y un
libro general de entradas del año 1993 al 1997 Juzgado Tercero. 1 Ampo con
Registro de Asistencias que van del año 2003 al 2006. 1 Paquete con Reportes y
Registros (lista de remisión de expedientes judiciales) del año 1990 a 1994.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José, 12 de agosto del 2013.
MBA.
Ana Eugenia Romero Jenkins,
(IN2013063192). Subdirectora
Ejecutiva
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y
Eliminación de Documentos (Cised) en acta Nº 03-2006
de fecha 1° de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior
en sesión N° 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII. De la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (Cised) en acta Nº 01-2009 de fecha 26 de febrero del 2009,
artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 58-09 celebrada el 2
de junio del 2009, artículo LV. De la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (Cised) en acta Nº 03-2011
de fecha 16 de noviembre del 2011, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior
en sesión Nº 11-12 celebrada el 9 de febrero del 2012, artículo LXVIII, se hace
del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general, que se procederá a la eliminación de expedientes de Tránsito del año
2000 al 2002, expedientes de Violencia Doméstica del año 2008 al 2010,
expedientes de Faltas y Contravenciones del año 2005 al 2007, expedientes
Civiles del año 1999 al 2001 del Juzgado Contravencional
de Menor Cuantía de Atenas, Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
TRÁNSITO:
Remesa: G 39 A 00
Expedientes: 286
Paquetes: 4
Año: 2000
Asunto: Expedientes
de Tránsito.
Remesa: G
40 A 01
Expedientes: 211
Paquetes: 4
Año: 2001
Asunto: Expedientes
de Tránsito.
Remesa: G
41 A 02
Expedientes: 278
Paquetes: 5
Año: 2002
Asunto: Expedientes
de Tránsito.
FALTAS Y
CONTRAVENCIONES:
Remesa: G
26 A 05
Expedientes: 49
Paquetes: 1
Año: 2005
Asunto: Faltas
y Contravenciones. (Sentencia Absolutoria, Desistimiento y Sentencia
Condenatoria).
Remesa: G
23 A 06
Expedientes: 21
Paquetes: 1
Año: 2006
Asunto: Faltas
y Contravenciones. (Sentencia Absolutoria, Desistimiento y Sentencia
Condenatoria).
Remesa: G
19 A 07
Expedientes: 36
Paquetes: 1
Año: 2007
Asunto: Faltas
y Contravenciones. (Sentencia Absolutoria, Desistimiento y Sentencia
Condenatoria).
VIOLENCIA
DOMÉSTICA:
Remesa: V
8 A 08
Expedientes: 106
Paquetes: 1
Año: 2008
Asunto: Violencia
Doméstica.
Remesa: V
3 A 09
Expedientes: 331
Paquetes: 4
Año: 2009
Asunto: Violencia
Doméstica.
Remesa: V 1 A 10
Expedientes: 205
Paquetes: 3
Año: 2010
Asunto: Violencia
Doméstica.
Civiles:
Remesa: C 47 A 99
Expedientes: 32
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto: Civiles.
(30 Ejecutivos Simples, 2 Abreviados)
Remesa: C 40 A 00
Expedientes: 53
Paquetes: 2
Año: 2000
Asunto: Civiles.
(46 Ejecutivos Simples, 4 Abreviados, 3 Desahucios)
Remesa: C 32 A 01
Expedientes: 27
Paquetes: 3
Año: 2001
Asunto: Civiles.
(21 Ejecutivos Simples, 5 Abreviados, 1 Desahucio)
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín
Judicial.
San José, 12 de agosto del 2013.
MBA.
Ana Eugenia Romero Jenkins
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—(IN2013063195)
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional
para la Selección y Eliminación de Documentos (Cised)
en acta Nº 02-2011, celebrada el 19 de setiembre del 2011, artículo XII y el
acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 24-12, celebrada el 13 de marzo del
2012, artículo LXVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de
Documentación Administrativa del año 1974 al 2011 del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Jicaral,
Puntarenas. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese
Despacho.
Remesa: 20601
Paquetes: 23
Agendas: 13
Libro: 14
Año: 1974 al 2011
Asunto: Documentación
Administrativa: 1 paquete con informes mensuales, trimestrales y anuales de
1990 al 2006, 1 paquete con registro de cédulas identidad entregadas 1993 a
1996, 1 paquete con reportes mensuales de caja chica 1997 a 1999, 1 paquete con
reportes de oficios de remisión 2001 al 2010, 1 paquete consecutivos de oficios
recibidos 2001 al 2005, 2 paquete con correo certificado 2002 al 2011, 2
paquete con proposición de nombramiento 2003 al 2011, 1 paquete con registro de
asistencia 2003 al 2011, 2 paquete con circulares 2003 al 2011, 1 paquete con
registro de entrega al notificador 2004 al 2007, 1 paquete con registro copias
de sentencia 2004 al 2010, 4 paquete con control de fax entregados 2002 al
2011, 4 paquete con consecutivos de oficios 2002 al 2010, 1 paquete con
registros de oficios enviados 2011.
13
agenda de señalamiento del 2003 al 2011.
1 libro de Juramentación 1941 a 1987, 1 libro de
Juramentación 1987 al 2002, 1 libro certificado 1974 a 1995, 1 libro con
registro de control de evidencia 1986 al 2008,1 libro certificado 2004 al 2009,
1 libro comisión de 1981 a 1994, 1 libro comisión de 1987 a 1996, 1 libro
comisión de 1996 al 2008, 1 libro comisión del 2004 al 2008, 1 libro con
reportes de boletas con control de seguridad 1998 al 2006, 1 libro con registro
de tener a la orden 2003 al 2008, 1 libro con registro de apelaciones 2002 al
2008, 1 libro de número de sentencia 2006 al 2009, 1 libro con registros de
firmas de órdenes de apremio 2008 al 2009.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín
Judicial.
San José, 12 de agosto del 2013.
MBA.
Ana Eugenia Romero Jenkins
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—(IN2013063198)
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional
para la Selección y Eliminación de Documentos (Cised)
en acta Nº 01-2009 de fecha 26 de febrero del 2009, artículo II y el acuerdo
del Consejo Superior en sesión Nº 58-09 celebrada el 2 de junio del 2009,
artículo LV. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (Cised) en sesión Nº 02-2010, celebrada el
15 de noviembre del 2010, artículo XI, y la aprobación del Consejo Superior en
sesión Nº 03-2011, del 18 de enero del 2011, artículo XLV. De la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (Cised)
en acta Nº 03-2006 de fecha 1° de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo
del Consejo Superior en sesión N° 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006,
artículo LIII. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (Cised) en acta Nº 03-2011 de fecha 16 de
noviembre del 2011, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº
11-12 celebrada el 9 de febrero del 2012, artículo LXVIII, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Boletas de tránsito del año 1997, 2002 al
2006, expedientes de Tránsito del año 1989, 1993, 1995, 1996 y 1999 al 2001,
expedientes de Violencia Doméstica del año 2002 al 2008, expedientes de Faltas
y Contravenciones del año 1980 a 1982, 1991, 1994 a 1997, 2000 y 2002 al 2007,
expedientes Civiles del año 1955, 1995 al 2001 y expedientes Laborales del año
1979, 1983 a 1985, 1998 a 2000 del Juzgado Contravencional
de Menor Cuantía de Orotina, Alajuela. La documentación,
se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
FALTAS Y CONTRAVENCIONES:
Remesa: 20612
Año: 1980
Paquetes: 1
Expedientes: 1
Asunto: Faltas y Contravenciones.
Sentencia Absolutoria, Desistimiento u Sentencia Condenatoria.
Remesa: 20613
Año: 1981
Paquetes: 1
Expedientes: 1
Asunto: Faltas y Contravenciones.
Sentencia Absolutoria, Desistimiento u Sentencia Condenatoria.
Remesa: 20614
Año: 1982
Paquetes: 1
Expedientes: 1
Asunto: Faltas y Contravenciones.
Sentencia Absolutoria, Desistimiento u Sentencia Condenatoria..
Remesa: G
39 A 91
Año: 1991
Paquetes: 1
Expedientes: 2
Asunto: Faltas y Contravenciones.
Sentencia Absolutoria, Desistimiento u Sentencia Condenatoria.
Remesa: G
43 A 94
Año: 1994
Paquetes: 1
Expedientes: 2
Asunto: Faltas y Contravenciones.
Sentencia Absolutoria, Desistimiento u Sentencia Condenatoria.
Remesa: G 41 A 95
Año: 1995
Paquetes: 1
Expedientes: 10
Asunto: Faltas y Contravenciones.
Sentencia Absolutoria, Desistimiento u Sentencia Condenatoria.
Remesa: G
42 A 96
Año: 1996
Paquetes: 1
Expedientes: 4
Asunto: Faltas y Contravenciones.
Sentencia Absolutoria, Desistimiento u Sentencia Condenatoria.
Remesa: G
42 A 97
Año: 1997
Paquetes: 1
Expedientes: 1
Asunto: Faltas y Contravenciones.
Sentencia Absolutoria, Desistimiento u Sentencia Condenatoria.
Remesa: G 40 A 00
Año: 2000
Paquetes: 1
Expedientes: 1
Asunto: Faltas y Contravenciones.
Sentencia Absolutoria, Desistimiento u Sentencia Condenatoria.
Remesa: G
42 A 02
Año: 2002
Paquetes: 8
Expedientes: 241
Asunto: Faltas y Contravenciones.
Sentencia Absolutoria, Desistimiento u Sentencia Condenatoria.
Remesa: G
37 A 03
Año: 2003
Paquetes: 9
Expedientes: 296
Asunto: Faltas y Contravenciones.
Sentencia Absolutoria, Desistimiento u Sentencia Condenatoria.
Remesa: G 30 A 04
Año: 2004
Paquetes: 8
Expedientes: 348
Asunto: Faltas y Contravenciones.
Sentencia Absolutoria, Desistimiento u Sentencia Condenatoria.
Remesa: G
27 A 05
Año: 2005
Paquetes: 6
Expedientes: 257
Asunto: Faltas y Contravenciones.
Sentencia Absolutoria, Desistimiento u Sentencia Condenatoria.
Remesa: G
24 A 06
Año: 2006
Paquetes: 6
Expedientes: 271
Asunto: Faltas y Contravenciones.
Sentencia Absolutoria, Desistimiento u Sentencia Condenatoria.
Remesa: G
20 A 07
Año: 2007
Paquetes: 6
Expedientes: 261
Asunto: Faltas y Contravenciones.
Sentencia Absolutoria, Desistimiento u Sentencia Condenatoria.
VIOLENCIA DOMESTICA:
Remesa: V
13 A 02
Año: 2002
Paquetes: 1
Expedientes: 11
Asunto: Violencia Doméstica: Medidas
de protección. Archivado o bien Levantadas las Medidas de Protección.
Remesa: V 13 A 03
Año: 2003
Paquetes: 1
Expedientes: 272
Asunto: Violencia Doméstica: Medidas
de protección. Archivado o bien Levantadas las Medidas de Protección.
Remesa: V
13 A 04
Año: 2004
Paquetes: 1
Expedientes: 276
Asunto: Violencia Doméstica: Medidas
de protección. Archivado o bien Levantadas las Medidas de Protección.
Remesa: V 13 A 05
Año: 2005
Paquetes: 1
Expedientes: 254
Asunto: Violencia Doméstica: Medidas
de protección. Archivado o bien Levantadas las Medidas de Protección.
Remesa: V
13 A 06
Año: 2006
Paquetes: 1
Expedientes: 246
Asunto: Violencia Doméstica: Medidas
de protección. Archivado o bien Levantadas las Medidas de Protección.
Remesa: V 12 A 07
Año: 2007
Paquetes: 1
Expedientes: 294
Asunto: Violencia Doméstica: Medidas
de protección. Archivado o bien Levantadas las Medidas de Protección.
Remesa: V
9 A 08
Año: 2008
Paquetes: 3
Expedientes: 273
Asunto: Violencia Doméstica: Medidas
de protección. Archivado o bien Levantadas las Medidas de Protección.
TRÁNSITO:
Remesa: G 25 A 06
Año: 2006
Paquetes: 1
Expedientes: 1
Asunto: 1 multa fija apelada.
Archivado o Prescritos.
Remesa: G
28 A 05
Año: 2005
Paquetes: 1
Expedientes: 1
Asunto: 1 multa fija apelada.
Archivado o Prescritos.
Remesa: G
31 A 04
Año: 2004
Paquetes: 1
Expedientes: 1
Asunto: 1 multa fija apelada.
Archivado o Prescritos.
Remesa: G
43 A 02
Año: 2002
Paquetes: 1
Expedientes: 2
Asunto: 2 multa fija apelada.
Archivado o Prescritos.
Remesa: G
41 A 01
Año: 2001
Paquetes: 8
Expedientes: 580
Asunto: Infracciones de tránsito.
Archivado o Prescritos.
Remesa: G
41 A 00
Año: 2000
Paquetes: 4
Expedientes: 242
Asunto: 198
infracciones tránsito, 44 colisiones. Archivado o Prescritos.
Remesa: G 37 A 99
Año: 1999
Paquetes: 2
Expedientes: 179
Asunto: Infracciones
tránsito. Archivado o Prescritos.
Remesa: G 43 A 97
Año: 1997
Paquetes: 1
Expedientes: 35
Asunto: 35
multas fijas. Archivado o Prescritos.
Remesa: G
43 A 96
Año: 1996
Paquetes: 1
Expedientes: 10
Asunto: 8
Infracción Ley Tránsito, 2 colisión. Archivado o Prescritos.
Remesa: G 42 A 95
Año: 1995
Paquetes: 1
Expedientes: 70
Asunto: Infracción
Ley de Tránsito. Archivado o Prescritos.
Remesa: G
41 A 93
Año: 1993
Paquetes: 1
Expedientes: 6
Asunto: Infracción
Ley de Tránsito. Archivado o prescritos.
Remesa: 20620
Año: 1989
Paquetes: 1
Expedientes: 3
Asunto: 1
colisión, 2 infracción Ley de Tránsito. Archivado o prescritos.
CIVILES:
Remesa: c 35 a 01
Año: 2001
Paquetes: 7
Expedientes: 29
Asunto: Civil
Varios: 19 Ejecución Sentencia, 3 Interdicto, 2 Abreviado, 5 Prueba Anticipada.
Remesa: C 43 A 00
Año: 2000
Paquetes: 7
Expedientes: 92
Asunto: Civil
Varios: 85 Ejecutivo Simple, 5 Interdicto, 1 Prueba Anticipada, 1 Abreviado.
Remesa: C
51 A 99
Año: 1999
Paquetes: 8
Expedientes: 67
Asunto: Civil
Varios: 4 Prueba Anticipada, 2 Prendario, 5 Interdicto, 4 Ejecución Sentencia,
52 Ejecutivo Simple.
Remesa: C
59 A 98
Año: 1998
Paquetes: 1
Expedientes: 4
Asunto: civil
varios: 4 ejecutivo simple.
Remesa: c
80 a 97
Año: 1997
Paquetes: 1
Expedientes: 4
Asunto: civil
varios: 4 ejecutivo simple.
Remesa: c
94 a 96
Año: 1996
Paquetes: 1
Expedientes: 1
Asunto: civil varios: 1 ejecutivo
simple.
Remesa: C
84 A 95
Año: 1995
Paquetes: 1
Expedientes: 3
Asunto: civil varios: 3 ejecutivo
simple.
Remesa: 20615
Año: 1955
Paquetes: 1
Expedientes: 1
Asunto: civil varios: 1 desahucio.
Laborales:
Remesa: l
26 a 00
Año: 2000
Paquetes: 3
Expedientes: 23
Asunto: Laboral Varios: 1 Infracción
Ley Tránsito, 1 Devolución Cuotas B.P. Beneficiario Fallecido, 21 Ordinario
Laboral.
Remesa: L
22 A 99
Año: 1999
Paquetes: 1
Expedientes: 37
Asunto: Laboral Varios: 35 Ordinario Laboral, 1 Infracción Ley
Trabajo, 1 Devolución Cuota B.P. Beneficiario Fallecido.
Remesa: L
21 A 98
Año: 1998
Paquetes: 1
Expedientes: 1
Asunto: laboral varios: 1 ordinario
laboral.
Remesa: 20619
Año: 1985
Paquetes: 1
Expedientes: 16
Asunto: Laboral Varios: 14 Ordinario
Laboral, 2 Infracción Ley Trabajo.
Remesa: 20618
Año: 1984
Paquetes: 3
Expedientes: 51
Asunto: Laboral Varios: 38 Infracción
Ley Trabajo, 11 Ordinario Laboral, 2 Devolución Cuota Beneficiario Fallecido.
Remesa: 20617
Año: 1983
Paquetes: 3
Expedientes: 44
Asunto: laboral varios: 31 infracción
laboral c.c.s.s., 12 ordinario laboral, 1 Diligencia
dinero.
Remesa: 20616
Año: 1979
Paquetes: 1
Expedientes: 1
Asunto: Laboral Varios: 1 Ordinario
Laboral.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín
Judicial.
San José, 12 de agosto del 2013.
MBA.
Ana Eugenia Romero Jenkins
Subdirectora
Ejecutiva
Exento.—(IN2013063200)
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional
para la Selección y Eliminación de Documentos (Cised)
en acta Nº 02-2010, celebrada el 15 de noviembre del 2010, artículo XI, y la
aprobación del Consejo Superior en sesión Nº 03-2011, del 18 de enero del 2011,
artículo XLV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de
Tránsito del año 2002, expedientes Civiles del año 2007 y expedientes Laborales
del año 2007 al 2010 del Juzgado Contravencional de
Menor Cuantía de Poás, Alajuela. La documentación, se
encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: G 39 A 01
Expedientes: 15
Paquetes: 1
Año: 2001
Asunto: Expedientes
de Tránsito.
Remesa: G
40 A 02
Expedientes: 62
Paquetes: 1
Año: 2002
Asunto: Expedientes
de Tránsito.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.
San José,
12 de agosto del 2013.
MBA.
Ana Eugenia Romero Jenkins
Subdirectora
Ejecutiva
Exento.—(IN2013063202)
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional
para la Selección y Eliminación de Documentos (Cised)
en acta Nº 02-2010, celebrada el 15 de noviembre del 2010, artículo XI, y la
aprobación del Consejo Superior en sesión Nº 03-2011, del 18 de enero del 2011,
artículo XLV. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (Cised) en acta Nº 03-2006 de fecha 1° de
setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N°
73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de expedientes de Tránsito del año 2002,
expedientes Civiles del año 2007 y expedientes Laborales del año 2007 al 2010
del Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de
Valverde Vega. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese
Despacho.
TRÁNSITO:
Remesa: G
39 A 02
Expedientes: 76
Paquetes: 01
Año: 2002
Asunto: Tránsito:
16 se salió de la vía, 40 colisiones, 10 atropellos, 3 colisión
contra objeto fijo, 1 Apelación de Partes, 6 vuelvos.
Expediente Archivado.
LABORAL:
Remesa: L
8 A 07
Expedientes: 5
Paquetes: 1
Año: 2007
Asunto: Laboral
Varios:5 Infracciones a la Ley de Trabajo y seguridad
Social Expedientes Archivados
Remesa: L
14 A 08
Expedientes: 5
Paquetes: 1
Año: 2008
Asunto: Laboral
Varios: 2 Infracciones a la Ley de Trabajo y Seguridad Social, 1 Consignación
de Fondos de Capitalización Laboral de Trabajador Fallecido y 2 Consignación de
Pensión Alimentaria de Trabajador Fallecido. Expedientes Archivados.
Remesa: L
10 A 09
Expedientes: 3
Paquetes: 1
Año: 2009
Asunto: Laboral Varios: 2 Consignación
de Fondos de Capitalización Laboral de Trabajador Fallecido y 1 Consignación de
Pensión Alimentaria de trabajador fallecido. Expedientes Archivados.
Remesa: L
1 A 10
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 2010
Asunto: Laboral Varios: 1 Consignación
de Pensión Alimentaria de trabajador fallecido. Expediente Archivado.
CIVIL:
Remesa: C
32 A 07
Expedientes: 4
Paquetes: 1
Año: 2007
Asunto: 1 Consignación de Alquileres,
2 Desahucios, 1 Ejecutivo Prendario. Expedientes Archivados.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José, 12 de agosto del 2013.
MBA.
Ana Eugenia Romero Jenkins
Subdirectora
Ejecutiva
Exento.—(IN2013063206)
ASUNTO: Acción
de Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y
AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE
SABER:
TERCERA PUBLICACIÓN
Para los efectos del artículo 90
párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción
de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 12-017082-0007-CO
promovida por Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Manuela Tanchella
Chacón, Tres Ciento Uno Quinientos Cincuenta y Siete Mil Setecientos Cincuenta
y Cinco S. A., Tres Ciento Uno Quinientos
Cincuenta y Siete
Mil Setecientos Cincuenta y Seis S. A., Vía Lindora
S. A., contra los artículos 3, 8 inciso b), 9 inciso l), 14 inciso c) y el
Transitorio I de la Ley N° 9047, Ley de Regulación y Comercialización de
Bebidas con Contenido Alcohólico, se ha dictado el voto número 2013-011706 de
las once horas y cuarenta y cuatro minutos del treinta de agosto del dos mil
trece, que literalmente dice:
“Se rechaza por el fondo la
acción en cuanto al artículo 8 inciso b) de la Ley Nº 9047 denominada “Ley de
Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico”. En lo
demás, deberán estarse los accionantes a lo resuelto en la sentencia Nº
2013-11.499 de las 16:00 horas del 28 de agosto de 2013”.
San José, 04 de setiembre del
2013.
Fabián
Barboza Gómez
(IN2013060908) Secretario
Para los efectos del artículo 90
párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción
de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 13-002316-0007-CO
promovida por Jorge Enrique Leiva Poveda, Mario Zamora Cordero contra los
artículos 37 inciso 1); 44 penúltimo párrafo del inciso 1); artículo 45 inciso
3) apartados g) y h) todos del Reglamento de Organización y Servicio de las
Potestades Disciplinarias y Anulatoria en Hacienda Pública y los tres primeros
párrafos del artículo 68 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la
República, se ha dictado el voto número 2013-011508 de las diez horas y cinco
minutos del treinta de agosto del dos mil trece, que literalmente dice:
“Se deniega la coadyuvancia planteada por Walter Alberto Schmidt Barrios y
rechaza de plano la acción interpuesta”.
San José, 04 de setiembre del
2013.
Fabián
Barboza Gómez
(IN2013060909) Secretario
Para los efectos de los
artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el
número 12-017414-0007-CO promovida por Contraloría General de la República,
Marta Eugenia Acosta Zúñiga contra el artículo 142 inciso d) de la Convención
Colectiva de Trabajo 2011-2012 de la Refinadora Costarricense de Petróleo
(RECOPE). Interviene también en el proceso la Procuraduría General de la
República y la Refinadora Costarricense de Petróleo, se ha dictado el voto
número 2013-011506 de las diez horas y cinco minutos del treinta de agosto del
dos mil trece, que literalmente dice:
“Se declara con lugar la acción.
En consecuencia, se anula por inconstitucional el inciso d) del artículo 142 de
la Convención Colectiva de Trabajo 2011-2012 de la Refinadora Costarricense de
Petróleo y se establece que los parámetros dados en el inciso c) de esta norma
no podrían superar los veinte años. Esta sentencia tiene efectos declarativos y
retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de
derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en el Diario
Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial.
Los Magistrados Armijo, Hernández y Jinesta salvan el
voto y rechazan de plano la acción. Notifíquese”.
Se hace saber que la anulación,
inconstitucionalidad de eliminación indicada, rige a partir del momento que se
indica en la parte dispositiva del voto.
San José, 04 de setiembre del
2013.
Fabián
Barboza Gómez
(IN2013060910) Secretario
Para los efectos del artículo 90
párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción
de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 09-006671-0007-CO
promovida por Asociación de Servicios Médicos Costarricenses para que se
declare inconstitucional la frase… “( ) o en el sector privado (…)” contenida
en el artículo 23 de la Ley de Incentivosa los
Profesionales en Ciencias Médicas, N° 6836 del 21 de diciembre de 1982,
reformada por Ley N° 8423 del 7 de octubre del 2004, se ha dictado el voto
número 2013-012014 de las catorce horas y treinta minutos del once de setiembre
del dos mil trece que literalmente dice:
«Se declara Sin Lugar la acción»
San José, 12 de setiembre del
2013.
Fabián
Barboza Gómez
(IN2013060912) Secretario
Para los efectos de los
artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el
número 12-000804-0007-CO promovida por Agnes
Guadalupe Gómez Franceschi, Alfonso Pérez Gómez,
Alicia Fournier Vargas, Annie
Alicia Saborío Mora, Antonio Calderón Castro, Cristia
María Ocampo Baltodano, Edgardo Andre
Araya Pineda, Elvia Dicciana Villalobos Argüello,
Fabio Molina Rojas, Francisco Chacón González, Ileana Brenes Jiménez, Jorge
Alberto Angulo Mora, Juan Bosco Acevedo Hurtado, Luis Antonio Aiza Campos, Luis
Fernando Mendoza Jiménez, Luis Gerardo Villanueva Monge, María Julia Fonseca
Solano, Óscar Gerardo Alfaro Zamora, Pilar Porras Zúñiga, Rodrigo Pinto Rawson,
Víctor Hugo Víquez Chaverri, Viviana Martin Salazar, Xinia María Espinoza Espinoza
contra las resoluciones Nos. 01-11-12 (en la cual se dispuso la integración de
las comisiones permanentes ordinarias) y 04-11-12 (en la que se acordó la
conformación de las comisiones permanentes especiales), emitidas por el
Presidente de la Asamblea Legislativa respectivamente, en las Sesiones Nos. 9 y
10 del Plenario, celebradas los días 12 y 16 de mayo de 2011. Intervienen,
también, en la acción, la Procuraduría General de la República y Francisco
Chacón González y otros diputados, como Coadyuvantes Activos, se ha dictado el
voto número 2013-012017 de las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del
once de setiembre del dos mil trece que literalmente dice:
«Se declara parcialmente con
lugar la acción de inconstitucionalidad. En consecuencia, se anula por
inconstitucional la resolución Nº 01-11-12 dictada por el Presidente de la
Asamblea Legislativa el 12 de mayo de 2011, únicamente, en lo que respecta a la
integración de las Comisiones Permanentes Ordinarias de Asuntos Hacendarios y
de Asuntos Sociales. Asimismo, se anula la resolución Nº 04-11-12 dictada por
el Presidente de la Asamblea Legislativa el 16 de mayo de 2011, únicamente, en
lo referente a la integración de las Comisiones Permanentes Especiales de
Ambiente, de Seguridad y Narcotráfico, para el Control del Ingreso y del Gasto
Público, de Turismo, de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo,
de Juventud, Niñez y Adolescencia, de Ciencia,
Tecnología y Educación, de Derechos Humanos y de Reglamento. Se dimensionan los
efectos de esta sentencia para que las consecuencias de esta declaratoria de
inconstitucionalidad no afecten la validez de los acuerdos tomados por las
comisiones parlamentarias mencionadas, para evitar graves dislocaciones de la
seguridad, la paz social y la estabilidad institucional. En lo demás, se
declara sin lugar la acción.
Reséñese
este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese
íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese. Comuníquese a la
Presidencia del Directorio de la Asamblea Legislativa».
Se hace
saber que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley de esta
Jurisdicción, la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a
partir de la primera publicación de este aviso.
San José,
12 de setiembre del 2013.
Fabián
Barboza Gómez
(IN2013060913). Secretario
De acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional,
dentro de la acción de inconstitucionalidad número 13-009288-0007-CO que
promueve Rosa Isabel Argüello Mora, se ha dictado la resolución que
literalmente dice: «Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San
José, a las once horas y cuatro minutos del doce de setiembre del dos mil
trece. Se da curso a las acciones de inconstitucionalidad acumuladas,
expedientes número 13-009288-0007-CO y 13-009289-0007-CO, interpuestas por Rosa
Isabel Argüello Mora y Patricia Barboza Piedra, para que se declare
inconstitucional el último párrafo del artículo 170 de los Estatutos Internos
del Partido Liberación Nacional, por estimarlo contrario al principio
democrático y a las garantías electorales previstas en los artículos 95 y 98 de
la Constitución Política. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría
General de la República, al Presidente del Tribunal Supremo de Elecciones y al
Secretario General del Partido Liberación Nacional. La norma se impugna en
cuanto en el actual proceso electoral, podría producir el efecto de permitir
que el candidato presidencial del Partido, escoja discrecionalmente el 22,65%
de la integración del Órgano Consultivo Nacional o Asamblea Plenaria, sin que
las personas designadas hayan participado en el proceso de renovación de
estructuras, y estos integrantes, a su vez, tendrían parte en la selección de
los candidatos a Diputados del partido, lo que va en detrimento del principio
democrático. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere
la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La
legitimación de las accionantes proviene del párrafo segundo del artículo 75 de
la Ley de la Jurisdicción Constitucional por tratarse de intereses difusos,
vinculados a la materia electoral. Publíquese por tres veces consecutivas un
aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para
que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo
cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el
pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales
pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte
que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o
bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo
ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es
el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa
vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de
reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate
de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la
suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la
primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como
partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los
que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a
fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en
su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les
interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de
la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma
reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta
publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su
aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese./Gilbert
Armijo Sancho, Presidente a. í.”.
San José,
13 de setiembre del 2013.
Fabián
Barboza Gómez
(IN2013060914) Secretario
Para los
efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el
número 13-003051-0007-CO promovida por Herman Mora Vargas, Jorge Walter Bolaños
Rojas contra de los artículos 128, 274, 275 y 276 inciso a) del Código
Electoral, Ley número 8765 del diecinueve de agosto del dos mil nueve.
Intervienen la Procuraduría General de la República, representada por la
Procuradora General de la República, Ana Lorena Brenes y el Tribunal Supremo de
Elecciones, representado por su presidente, Luis Antonio Sobrado González., se
ha dictado el voto número 2013-008588 de las catorce horas y treinta minutos
del veintiséis de junio del dos mil trece, que literalmente dice:
“Se rechaza de plano la acción”.
San José, 01 de julio del 2013.
Gerardo
Madriz Piedra
(IN2013060915) Secretario
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
Para los efectos del artículo 90
párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción
de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 10-015536-0007-CO
promovida por Elizabeth Fonseca Corrales, José Rosales Obando, Rafael Elías
Madrigal Brenes, Ronald Solís Bolaños contra el artículo 5 inciso 8) del Reglamento
a la Ley General de Telecomunicaciones y, la inercia al no integrar el Consejo
Sectorial de Telecomunicaciones, lo anterior por estimar contrario al artículo
11 de la Constitución Política y 6 de la Ley General de la Administración
Pública, se ha dictado el voto número 2013-012091 de las nueve horas y cinco
minutos del trece de setiembre del dos mil trece que literalmente dice:
«Se declara sin lugar la acción
de inconstitucionalidad».
San José, 13 de setiembre del
2013.
Fabián
Barboza Gómez
(IN2013065563) Secretario.
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del diecinueve de
noviembre del año dos mil trece, y con la base de once millones quinientos
sesenta y siete mil setecientos dos colones con veintiún céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
472.341-000, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito
13, Peñas Blancas cantón 02, San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, calle pública con 25 m lineales de frente; al sur, Araygo
A G S. A.; al este, Aruser de Chachagua S. A., y al
oeste, Felipe Chacón González. Mide: mil metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas del cuatro de diciembre del año dos mil trece,
con la base de ocho millones seiscientos setenta y cinco mil setecientos
setenta y seis colones con sesenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del diecinueve
de diciembre del año dos mil trece con la base de dos millones ochocientos
noventa y un mil novecientos veinticinco colones con cincuenta y cinco céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Coocique R. L.
contra Yoiner Enrique Arias Serrano, exp.: 13-000112-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 30 de
agosto del 2013.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2013062953).
En la puerta exterior de este
Despacho; soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Nacional de
Costa Rica, citas 574-87825-01-0002-001; a las ocho horas y treinta minutos del
treinta de enero de dos mil catorce, y con la base de cuatrocientos veinticinco
mil doscientos diecisiete dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 110830-000; la
cual es terreno destinado a turismo con varias edificaciones. Situada en el
distrito 02 La Virgen, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, Jesús Barboza Rojas; al sur, Reserva Biológica La Tirimbina Ltda.; al este, río Sarapiquí y al oeste, calle
pública con 205 metros de frente. Mide: setenta y cuatro mil cuatrocientos once
metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas y treinta minutos del catorce de febrero de dos mil catorce, con
la base de trescientos dieciocho mil novecientos doce dólares con setenta y
cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de marzo de dos
mil catorce con la base de ciento seis mil trescientos cuatro dólares con
veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Tormenta del Desierto S. A., contra Centro Neotrópico Sarapiquís S. A. Exp: 12-002668-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 04 de setiembre del 2013.—Msc. Liseth Delgado Chavarría,
Jueza.—(IN2013062961).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer
grado (citas: 2010-337238-01-0001-001) y servidumbre de paso (citas:
445-14108-01-0003-001); a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del once de
noviembre de dos mil trece , y con la base de un millón ochenta mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número quinientos cinco mil novecientos noventa - cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 01-San Ignacio, cantón 12-Acosta, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Ivethe
María Alfaro Mora; al sur, Arnoldo Camacho Morales y Annia
Rosa Alfaro Mora; al este, calle pública con 16 metros 09 centímetros y al
oeste, José Antonio Ureña Quesada. Mide: setecientos metros con diez decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del veintiséis de noviembre de dos mil trece, con la base de
ochocientos diez mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos
del once de diciembre de dos mil trece con la base de doscientos setenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Servicios Agrícolas de Puente de Piedra S. A., contra Lim de Jorco S. A. Exp:
13-008240-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 03 de setiembre del 2013.—Lic. María
Gabriela Solano Molina, Jueza.—(IN2013062968).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas:
236-08844-01-0901-001; servidumbre trasladada citas: 243-09114-01-0911-001;
servidumbre trasladada citas: 283-09114-01-0901-001, servidumbre trasladada:
citas: 300-16596-01-0901-002; a las quince horas y cero minutos del cuatro de
noviembre del dos mil trece, y con la base de seis millones ciento ocho mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 018372-F-002 la cual es terreno naturaleza:
edificio número tres, primer nivel, apartamento número 13 dedicado a uso
habitacional. Situada en el distrito 04 catedral, cantón 01 San José, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Área Común y Área Común de Acceso; al
sur, Área Común y Área Común de Acceso; al este, apartamento 14 y Área Común de
Acceso, y al oeste, apartamento 20. Mide: setenta y un metros con veinticuatro
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del diecinueve de noviembre del dos mil trece, con la base de cuatro
millones quinientos ochenta y un mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y cero minutos del cuatro de diciembre de dos mil trece con la base de un
millón quinientos veintisiete mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso monitorio de Cooperativa de Ahorro y Crédito de
Empleados del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados contra
Napoleón Francisco Cruz Zuchini, expediente N°
10-026621-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 3 de setiembre del año 2013.—Lic. Bolívar Arrieta
Zárate, Juez.—(IN2013062989).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las quince horas del veintiuno de noviembre del dos mil trece, y
con la base de diez mil quinientos siete dólares con cuarenta y siete centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas CL 212326, marca
Nissan, estilo Frontier SX, año 2000, color negro, vin 1N6DD26S3YC419820, motor KA24906173M, cilindrada 2400
c. c. Para el segundo remate se señalan las quince horas del seis de diciembre
del dos mil trece, con la base de siete mil ochocientos ochenta dólares con
sesenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas del catorce de enero del dos mil catorce,
con la base de dos mil seiscientos veintiséis dólares con ochenta y siete
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Franz Amrhein & CO Sociedad Anónima
contra In Nova Desarrolladora Proyectos Sociedad Anónima, expediente N°
12-000668-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia, 12 de julio del año 2013.—Lic. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—(IN2013062992).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos
del veinticuatro de febrero del año dos mil catorce, y con la base de cuarenta
y cuatro millones trescientos cincuenta y ocho mil veintidós colones con
treinta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veinticinco mil doscientos
setenta y dos cero cero cero
la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito 05 Sabana Redonda,
cantón 08 Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Flora Castro Soto y Osvaldo Esquivel Víquez; al sur, Gilberto Chiang Soto; al este, Río Poasito,
y al oeste, calle pública con un frente de 111 metros 41 centímetros lineales.
Mide: ocho mil ciento sesenta y nueve metros con setenta y seis decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del
once de marzo del año dos mil catorce, con la base de treinta y tres millones
doscientos sesenta y ocho mil quinientos dieciséis colones con setenta y cuatro
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de marzo del año dos mil
catorce, con la base de once millones ochenta y nueve mil quinientos cinco
colones con cincuenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular contra Wilberth Soto Agüero, expediente N° 13-002718-1204-C.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional
de Grecia, 4 de setiembre del año 2013.—Lic. Brayan
Li Morales, Juez.—(IN2013063095).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del
dieciséis de enero del año dos mil catorce, y con la base de dos millones
doscientos setenta y seis mil cuatrocientos veintisiete colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número sesenta y ocho mil veintiuno cero cero
cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 03 Sardinal, cantón 05 Carillo, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, calle pública con 16-21 cm; al sur, Elucila
Gutiérrez Angulo; al este, Rosa Chavarría Chavarría,
y al oeste, calle pública con 20-35 cm. Mide: trescientos doce metros con
sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
once horas y cero minutos del treinta y uno de enero del año dos mil catorce,
con la base de un millón setecientos siete mil trescientos veinte colones con
veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de febrero del
año dos mil catorce, con la base de quinientos sesenta y nueve mil ciento seis
colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Dayanara Arriola Chavarría, Luis Arriola
Peña, expediente N° 13-000690-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 10 de setiembre del
año 2013.—Lic. Franz Loney Castro Solís, Juez.—(IN2013063118).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones, inscrita con las citas 0317-00016374-01-0901-001, servidumbre
sirviente, citas 0317-00016374-01-0902-001, a las catorce horas del veintidós
de enero de dos mil catorce y, con la base de doscientos noventa y tres mil
quinientos quince dólares con cuarenta y dos centavos de dólar, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional, Partido de
Guanacaste, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número dieciocho mil
ochocientos cuarenta-cero cero cero (18.840-000), la
cual es terreno de agricultura y pastos. Situada en distrito 01 Bagaces, cantón 04 Bagaces, de la
provincia de Guanacaste linderos: al norte, Rodrigo Calleja Calleja;
al sur, Rigoberto Alvarado Herrera y otros; al este, Rodrigo Calleja Calleja, y al oeste, calle pública y Rigoberto Alvarado H.
Mide: doscientos cincuenta mil ochocientos diecisiete metros con noventa y
cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas
del seis de febrero de dos mil catorce, con la base de doscientos veinte mil
ciento treinta y seis dólares con veinticinco centavos de dólar (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
del veintiuno de febrero del dos mil catorce, con la base de setenta y tres mil
trescientos setenta y ocho dólares con setenta y cinco centavos de dólar (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata así por ordenarse en el proceso de ejecución hipotecaria,
establecida por el Banco Nacional de Costa Rica contra Ángelo Pozzi y la Sociedad Pan International Guanacaste S. A.,
expediente N° 13-001994-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, Liberia, 6 de setiembre del 2013.—Lic. Allan
Montero Valerio, Juez.—(IN2013063121).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, en el mejor postor remataré lo
siguiente Finca:1) Partido de Guanacaste matrícula ciento diez mil seiscientos
treinta y siete cero cero cero
(110637-000) libre de gravámenes hipotecarios, la cual es terreno naturaleza
terreno para construir. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia,
de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Montiel y Brenes S. A.; al
sur, calle pública en un frente 25.54 metros; al este, calle pública con un
frente de 38.17 metros, y al oeste, José Luis Jiménez Castrillo. Mide: mil
ciento treinta metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Plano
G-0526043-1998 y con la base de trescientos un mil trescientos treinta y tres
dólares con cincuenta centavos de dólar. Finca: 2) Finca Partido de Guanacaste matrícula
ciento diecisiete mil quinientos cincuenta y ocho cero cero
cero (117558-000) libre de gravámenes hipotecarios la
cual es terreno naturaleza terreno para construir. Situada en el distrito 01
Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Mointiel y Brenes S. A.; al sur, calle pública con un
frente de 12.00 metros; al este, Inversiones Moroney,
y al oeste, Inversiones Gloferso de Costa Rica S. A.
Mide: cuatrocientos noventa metros cuadrados. Plano G-0563896-1999 y con la
base de ciento cinco mil ochocientos setenta y tres dólares con noventa y
cuatro centavos de dólar. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero
minutos del dieciocho de noviembre del año dos mil trece, (Primer remate). De
no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho
horas y cero minutos del tres de diciembre del año dos mil trece, con la base
Finca: 1) sea la suma de doscientos veintiséis mil dólares con trece centavos
de dólar (rebajada en un 25%) y con la base Finca:2) setenta y nueve mil
cuatrocientos cinco dólares con cuarenta y seis centavos de dólar. De no
apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cero
minutos del dieciocho de diciembre del año dos mil trece, con la base Finca:1)
setenta y cinco mil trescientos treinta y tres dólares con treinta y ocho
centavos de dólar (un 25% de la base original) y con la base Finca: 2)
veintiséis mil cuatrocientos sesenta y ocho dólares con cuarenta y nueve
centavos de dólar. Publíquese el edicto de ley. Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana María Hernández Sánchez,
expediente N° 12-000106-0386-CI.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 11 de setiembre del año
2013.—Lic. Franz Loney Castro Solís, Juez.—(IN2013063126).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones; condiciones y
prohibiciones, a las catorce horas y cuarenta minutos del uno de noviembre de
dos mil trece y con la base de noventa y tres mil ochocientos diecisiete
dólares con setenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula
número treinta y cuatro mil noventa y dos-cero cero cero,
la cual es terreno con una edificación. Situada en el distrito Nosara, cantón Nicoya de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, Inversiones Nicoya Sociedad Anónima y Marlin
Negro Pesca Deportiva Sociedad Anónima; al sur, calle pública con un frente de
22.96 metros y Merlin Negro Pesca Deportiva Sociedad
Anónima; al este, Marlin Negro Pesca Deportiva
Sociedad Anónima; y al oeste, Inversiones Nicoya Sociedad Anónima. Mide: mil
cuatrocientos un metros con ochenta decímetros cuadrados. Plano catastrado N°
G-0983203-1991. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta
minutos del dieciocho de noviembre de dos mil trece, con la base de setenta mil
trescientos sesenta y tres dólares con veintiocho centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cuarenta minutos del tres de diciembre de dos mil trece, con la base de
veintitrés mil cuatrocientos cincuenta y cuatro dólares con cuarenta y tres
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alfred Bombard
Randall. Expediente: 12-000018-0388-CI.—Juzgado de
Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 5 de junio
del 2013.—Lic. Grace Solís Solís, Jueza.—(IN2013063155).
A las once horas del once de
noviembre del dos mil trece en la puerta exterior de este juzgado, soportando
demanda al tomo 0009 y asiento 005143 del Juzgado de Tránsito del Segundo
Circuito Judicial de San José y con la base será con la rebaja del 25% de ley
sea la suma de cuatro millones cuatrocientos veinticuatro mil doscientos
sesenta y cuatro colones con sesenta y siete céntimos al mejor postor remataré:
un vehículo con placas de circulación número ciento cuarenta y ocho mil ciento
ochenta y ocho, marca Toyota, categoría automóvil, carrocería sedán 4 puertas,
chasis EL400003292, uso particular, utilización EL40L, estilo Corolla Tercel, capacidad cinco
personas, año 1991, color azul, motor marca Toyota, N° de motor 2E2234125,
cilindrada 1296 c.c., combustible gasolina, cilindros cuatro. Lo anterior se
remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo prendario número
06-008252-0170-CA, del Fideicomiso BCCR-BPDC 3-99 contra Carlos Eduardo Solano
Rodríguez, José Manuel Solano Rodríguez, Mario Alberto Solano Rodríguez,
Goicoechea 17 de enero del 2013.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 12 de agosto del 2013.—Lic.
Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—(IN2013063158).
En la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes y anotaciones judiciales, a las trece horas
treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil trece y con la base de un
millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos
cincuenta y seis mil seiscientos ochenta y siete-cero cero cero
(456687-000), el cual es terreno cultivado de café. Situado en el distrito 03
Llano Bonito, cantón 20 León Cortés de la provincia de San José. Colinda: al
norte, con Idalí Quirós Valverde; al sur, con José
Antonio Jiménez Castro; al este, con camino público a Llano Bonito y camino
privado en medio de Bienvenido Abarca Mora; y al oeste, con Marta Elieth y Emilio Quirós Valverde. Mide: mil cuarenta y dos
metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las trece horas treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos mil trece,
con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos. De no
apersonarse rematantes para el tercer remate se señalan las trece horas treinta
minutos del dos de diciembre del dos mil trece. Se remata por ordenarse así en
proceso monitorio de ejecución hipotecaria de Hortensia Fuentes Cordero contra Olman Carrión Quirós. Expediente: 2013-100111-0243-CI-3.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés, 12
de setiembre del 2013.—Lic. Garnier A. Vargas
Barboza, Juez.—(IN2013063163).
En la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada bajo las citas 229-05253-01-0901-001 y reservas de Ley de Aguas y
Ley de Caminos Públicos, bajo las citas: 433-08824-01-0230-001, a las once
horas y cero minutos del siete de noviembre del dos mil trece y con la base de
cuarenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 487.168-000, la cual
es terreno de agricultura con dos casas y un apartamento de concreto. Situada
en el distrito 13 Peñas Blancas, cantón 02 San Ramón de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, quebrada sin nombre; al sur, calle pública con un
frente de 19 metros lineales; al este, parcela tres-A del IDA; y al oeste, Adán
Francisco Corrales Quesada y María Rafaela Barrantes Parajeles.
Mide: mil seiscientos setenta y un metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las once horas y cero minutos del veintidós de noviembre del dos mil
trece, con la base de treinta millones de colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y
cero minutos del nueve de diciembre del dos mil trece, con la base de diez
millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ganadera La Cabaña
S. A. contra Los Cocineros de Mamá V & L S.A. Expediente: 13-000289-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 27 de agosto del 2013.—Lic. Luis Diego Romero Trejos,
Juez.—(IN2013063172).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las trece horas y treinta minutos del siete de noviembre del
dos mil trece y con la base de dieciocho millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 236.642-003 y 004, la cual es terreno para construir con una
casa. Situada en el distrito 07 Fortuna, cantón 10 San Carlos de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Humberto Salas
Villalobos; al este, Edwin Barquero Brenes; y al oeste, Abelardo Rodríguez.
Mide: mil sesenta y cinco metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de
noviembre del dos mil trece, con la base de trece millones quinientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del nueve de diciembre del
dos mil trece, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Ganadera La Cabaña S. A. contra Ángel Chaves
Moya, Ofelia Rodríguez Moya. Expediente: 13-000292-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 27 de
agosto del 2013.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2013063173).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las ocho horas y quince minutos del doce de noviembre de dos mil
trece y con la base de un millón seiscientos noventa y cinco mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 241165, marca
Volkswagen, estilo Vento GLS, categoría automóvil,
capacidad cinco personas, año 1995, color dorado, sedan cuatro puertas,
tracción 4x2, número de motor: ADC022408, cilindrada 1984 c.c., combustible
gasolina, cuatro cilindros. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
quince minutos del veintisiete de noviembre de dos mil trece, con la base de un
millón doscientos setenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y quince minutos del trece de diciembre de dos mil trece, con la
base de cuatrocientos veintitrés mil setecientos cincuenta colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Róger Vega Quirós
contra Turrontico S. A. Expediente: 12-003483-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 30 de agosto del 2013.—Lic. Marvin Ovares Leandro,
Juez.—(IN2013063193).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Demanda Penal
Citas: 2010-00119021-01-0001-001; a las diez horas y cero minutos del
veintisiete de enero de dos mil catorce, y con la base de ocho millones colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número veintisiete mil cincuenta y cinco-cero cero cero la cual es terreno cultivado de café con una casa.
Situada en el distrito uno-Heredia, cantón uno Heredia, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte, Juan Sam Lee; al sur, calle pública en medio de
Eloy León; al este, Celina Chacón y Efraín Lépiz; y
al oeste, Raquel Bolaños. Mide: ciento un metros con veintiún decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del
once de febrero de dos mil catorce, con la base de seis millones colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil
catorce con la base de dos millones colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Flor Emilia Herrera Arias
contra Luis Felipe Vega Monge. Exp. 11-001325-0504-CI.—Juzgado de Cobro y Civil
de Menor Cuantía de Heredia, 6 de agosto del
2013.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2013063260).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
Servidumbre Dominante a las citas 0368-00019650-01-0015-001, Servidumbre
Sirviente a las citas 0368-00019650-01-0016-001, Reservas y Restricciones a las
citas 0368-00019650-01-0901-001, Servidumbre de Paso, a las citas
0415-00010814-01-0002-001; a las quince horas y cero minutos del veintiocho de
noviembre del dos mil trece, y con la base de doce millones colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número sesenta y ocho mil ochocientos cero cero
dos, cero cero tres la cual es terreno de café y
tacotales. Situada en el distrito Volcán, cantón Buenos Aires, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, lote de María Luisa Fajardo Fernández,
Eduardo y Marcos Montealegre y Flory Kulate; al sur, Asociación de Cooperativas Europeas Logo Mai y calle pública; al este, Asociación de Cooperativas
Europeas Logo Mai; y al oeste, lote dos y Asociación
de Cooperativas Europeas Logo Mai. Mide: 99,392.85
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del diecisiete de diciembre del dos mil trece, con la base de nueve
millones colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del siete de enero
del dos mil catorce con la base de tres millones colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Marlene Falcon Paniagua contra Anito Beita Ureña. Exp.
12-000385-0188-CI.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de
la Zona Sur, 14 de agosto del 2013.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge,
Juez.—(IN2013063296).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios pero soportando reservas y restricciones citas tomo 0296 asiento
00005145; a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de enero del dos
mil catorce, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ciento cincuenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y dos cero cero cero la cual es terreno de
pasto. Situada en el distrito 02 Savegre, cantón 06
Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Marajul
Sociedad Anónima; al sur, Marajul Sociedad Anónima;
al este, Marajul Sociedad Anónima; y al oeste, calle
pública. Mide: mil metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de febrero del dos mil
catorce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de febrero del dos mil
catorce con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Melvin López Arrieta contra Manuel Antonio Bermúdez Meza. Exp.
13-004311-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de
la Zona Sur, 4 de setiembre del 2013.—Lic. Eileen
Chaves Mora, Jueza.—(IN2013063297).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del trece de enero del dos mil
catorce, y con la base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos ochenta y nueve mil doscientos cuarenta y dos cero cero cero la cual es terreno de
charrales. Situada en el distrito Daniel Flores, cantón Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, lote 3-19; al sur, lote 3-21; al
este, calle con 10,00; y al oeste, quebrada en medio otro. Mide: ciento sesenta
y siete metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de enero del dos mil
catorce, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del doce de febrero del dos mil catorce con la
base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido
a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Eliécer Badilla
Mora contra Ana Lorena Aparicio Solís. Exp.
13-004054-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur, 6 de agosto del 2013.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—(IN2013063300).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las ocho horas del quince de enero del año dos mil catorce, y con
la base de ochocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo: Placas Número 447351, marca: Nissan,
categoría: automóvil, serie: 1N4EB32A1RC820841, carrocería: Sedan 2 puertas,
tracción: 4X2, chasís: 1N4EB32A1RC820841 Vin:
1N4EB32A1RC820841, capacidad: 5 personas, año: 1994 y color dorado. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas del treinta de enero dos mil catorce,
con la base de seiscientos treinta y siete mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas del catorce de febrero del año dos mil catorce, con la base de
doscientos doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso monitorio de Banco Nacional de Costa Rica contra
Adolfo Martínez Quesada. Exp. 11-000079-0386-CI.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, 3 de setiembre del 2013.—Lic. Franz Loney Castro Solís, Juez.—(IN2013063336).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado y de segundo grado a
favor de la Mutual de Ahorro y Préstamo, y practicado con las citas: 0800-00061567-01-0001,
a las siete horas y treinta minutos del veinticuatro de enero del año dos mil
catorce , y con la base de veintiún millones cuatrocientos cincuenta y seis mil
doscientos ochenta y seis colones con cuarenta y seis céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ciento treinta y cinco mil doscientos treinta y uno cero cero cero la cual es terreno con
una casa, solar, arboles. Situada en el distrito primero Liberia, cantón
primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Rio Liberia;
al sur, calle pública; al este, Eliécer Alfaro y al oeste, lote segregado de
María Villarreal Villarreal. Mide: trescientos veinte
metros con sesenta y tres centímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las siete horas y treinta minutos del diez de febrero del año dos mil
catorce, con la base de dieciséis millones noventa y dos mil doscientos catorce
colones con ochenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las
siete horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del año dos mil
catorce con la base de cinco millones trescientos sesenta y cuatro mil setenta
y un colones con sesenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso monitorio de Banco Nacional de Costa Rica contra
Shirley Villarreal Villarreal. Exp.
N° 10-000648-0944-CI.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 17 de
setiembre del 2013.—Lic. Franz Loney Castro Solís,
Juez.—(IN2013063339).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas ley aguas
citas: 409-03602-01-0209-001; y reservas ley caminos citas:
409-03602-01-0278-00; a las once horas del quince de enero del año dos mil
catorce, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ochenta y siete mil quinientos ochenta y dos cero cero
cero la cual es terreno lote 136 terreno para la
construcción. Situada en el distrito primero Las Juntas, cantón sétimo
Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lotes 135, 133 y
132; al sur, lote 137; al este, lote 138 y al oeste, calle. Mide: mil veintiún
metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las once horas y cero minutos del treinta de enero del año dos mil
catorce, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas
y cero minutos del catorce de febrero del año dos mil catorce con la base de
quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Carranza Alvarado Magdalena contra
Antonio Flores Flores. Exp.
N° 13-001996-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 4 de
setiembre del 2013.—Lic. Franz Loney Castro Solís,
Juez.—(IN2013063395).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las siete horas y treinta minutos
del doce de noviembre del dos mil trece,
y con la base de un millón tres mil doscientos setenta y siete colones con
ochenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cinco mil novecientos
ochenta y nueve cero cero cero
la cual es terreno de solar con una casa de habitación. Situada en el distrito
Tronadora tercero, cantón ocho Tilarán, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con una extensión de
ocho metros setenta y tres centímetros; al sur, Gerardo Martínez Morales; al
este, Gerardo Martínez Morales, y al oeste, Gerardo Martínez Morales. Mide:
doscientos noventa y tres metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del veintisiete
de noviembre del año dos mil trece, con la base de setecientos cincuenta y dos
mil cuatrocientos cincuenta y ocho colones con cuarenta céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete
horas y treinta minutos del doce de diciembre del año dos mil trece con la base
de doscientos cincuenta mil ochocientos diecinueve colones con cuarenta y siete
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gerardo Martínez Morales. Exp. N° 13-001840-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
9 de setiembre del 2013.—Lic. Franz Loney Castro
Solís, Juez.—(IN2013063405).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada con las citas: 0202-00000894-01-0900-001, a las ocho horas del
veintisiete de enero de dos mil catorce y, con la base de noventa y nueve millones
de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Nacional, Partido de Alajuela, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número nueve mil setecientos cuarenta- cero cero
cero (9740-000), la cual es naturaleza: terreno de
repastos agricultura, situada en el distrito 02 Aguas Claras, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Río
Negro y Fausto Rivas Rivas en parte, sur, Ramón Baltodano Salas; este, calle pública con un frente a ella
de 302,58 metros lineales, y al oeste, Rosendo Ruiz Morales y Fausto Rivas Rivas. Mide: doscientos noventa y dos mil metros con cero
decímetros cuadrados. Plano A-0086044-1992. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas del once de febrero de dos mil catorce, con la base de setenta y
cuatro millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veintiséis
de febrero de dos mil catorce, con la base de veinticuatro millones setecientos
cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata así por ordenarse en el
proceso de ejecución hipotecaria, establecido por el Banco de Costa Rica contra
Marco Tulio Ruiz Araya y Rosendo Ruiz Morales. Expediente N° 13-001912-1205-CJ.—Juzgado de Cobros del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, 19 de setiembre del 2013.—Lic. Allan Montero Valerio,
Juez.—(IN2013063411).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas del veintitrés de
enero de dos mil catorce y, con la base de veintinueve millones de colones, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional,
Partido de Guanacaste, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cincuenta y siete mil cincuenta y tres- cero cero cero (57.053-000), la cual es naturaleza: terreno de
potrero, situada en el distrito 04 Colorado, Cantón 07 Abangares, de la
provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con 252 m 36
centímetros lineales; sur, el estado, este, Lidia Prieto Brizuela y oeste,
Gerardo Izaba Díaz. Mide: noventa y cuatro mil setecientos sesenta y nueve
metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas del siete de febrero de dos mil catorce, con la base de veintiún
millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veinticuatro
de febrero de dos mil catorce, con la base de siete millones doscientos
cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ganadera El Chinito S. A.,
Henry Izaba Gutiérrez E Inversiones Rafaela S. Ahenry
Izaba Gutiérrez. Exp. N° 13-001310-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, 13 de setiembre del 2013.—Franz Loney Castro Solís, Juez.—(IN2013063421).
En la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a
las ocho horas treinta minutos del primero de noviembre del dos mil trece, y
con la base de diecisiete millones ciento cuarenta y ocho mil novecientos
cincuenta y ocho colones con cincuenta y tres céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta
y cuatro mil quinientos once - cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 01 Limón, cantón 01 Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al
norte, Fernando Mora Ovares; al sur, Fernando Mora Ovares; al este, Instituto
Nacional de la Vivienda y Urb., y al oeste, calle pública con 12 metros de
frente. Mide: novecientos cincuenta y cinco metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciocho de noviembre del
dos mil trece, con la base de doce millones ochocientos sesenta y un mil
setecientos dieciocho colones con noventa céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta
minutos del tres de diciembre del dos mil trece, con la base de cuatro millones
doscientos ochenta y siete mil doscientos treinta y nueve colones con sesenta y
tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Nación GN Sociedad Anónima contra Emilce Mora Ovares. Exp. Nº
10-001544-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 28
de agosto del 2013.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—(IN2013063423).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas: 0341-00017506-01-0900-001, a las diez horas del veintitrés
de enero del año dos mil catorce, y con la base de nueve millones doscientos
treinta y cinco mil ciento ochenta y seis colones con setenta y nueve céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número ciento setenta mil seiscientos ochenta y uno cero cero cero la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 02 Sierra cantón 07,
Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, servidumbre
interna con un ancho de 6 metros; al sur, Quebrada Canitas, Alida
Vargas Castro, Marcos Vargas y lote 3; al este, Alida
Vargas Castro y Marcos Vargas y al oeste, lote 3. Mide: dos mil ciento treinta
y un metros con setenta y cinco decímetros cuadrados, plano: G-1298935-2008.
Para el segundo remate se señalan las diez horas del siete de febrero del año
dos mil catorce, con la base de seis millones novecientos veintiséis mil
trescientos noventa colones con nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del veinticuatro
de febrero del año dos mil catorce con la base de dos millones trescientos ocho
mil setecientos noventa y seis colones con setenta céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Yolanda Isabel Polanco Villafañe. Exp.
N° 13-002139-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 16 de
setiembre del año 2013.—Lic. Franz Loney Castro
Solís, Juez.—(IN2013063430).
En la puerta exterior de este
Despacho, soportando embargo practicado de los expedientes 09-008165-1012-CJ,
10-018157-1012-CJ, 10-002338-0370-CI, 10-029736-1012-CJ, 10-001778-0504-CI,
11-001725-1012-CJ y 11-005791-1012-CJ; a las nueve horas del uno de noviembre
del dos mil trece, y con la base de ciento setenta y nueve millones
cuatrocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número 00195867-000 la cual es terreno construido.
Situada en el distrito Heredia, cantón Heredia, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, con Isabel Zúñiga Sánchez y parcialmente con La Palma de
Heredia S. A.; al sur, Claudio Solís Campos, Jorge Zamora Alfaro y parcialmente
María Eugenia Duarte Chacón; al este, calle 6 con 14.02 metros y al oeste, BCT
Bank Internacional S. A. Mide: 597.80 metros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las nueve horas del quince de noviembre del dos mil trece, con la
base de (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas del cuatro de diciembre del dos mil trece con la base
de (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de
Manuel Fernando Dallas Monge contra La Palma de Heredia S. A. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho
días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Exp.:
11-000209-1021-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía
de Heredia, 06 de setiembre del 2013.—Licda. Angélica Fallas Carvajal,
Jueza.—(IN2013065584).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y cero minutos del
treinta de octubre del dos mil trece, y con la base de tres millones
trescientos cuarenta y seis mil quinientos colones netos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Vehículo: 700470, marca: Toyota, estilo: Echo, año:
2000, color: verde, carrocería: Sedan dos puertas, categoría: automóvil, vin y serie: JTDAT1238Y0057891, tracción: 4x2, motor: N°
1NZ1282528, cilindros: 4, cilindrada: 1500 C.C., combustible: gasolina. Para el
segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del catorce de
noviembre del dos mil trece, con la base de dos millones quinientos nueve mil
ochocientos setenta y cinco colones netos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y cero minutos
del veintinueve de noviembre del dos mil trece, con la base de ochocientos
treinta y seis mil seiscientos veinticinco colones netos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Evelyn
Jiménez Gómez contra Jorge William Corrales Fernández. Expediente Nº 10-020324-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 5 de setiembre del 2013.—Lic. Carlos Soto Madrigal,
Juez.—(IN2013065677).
PRIMERA
PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; al
ser las catorce horas y cero minutos del siete de noviembre de dos mil trece,
libre de gravámenes hipotecarios; y con la base de trece millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número trescientos cinco mil novecientos ochenta y
seis-cero cero uno y cero cero dos- la cual es
terreno lote 257 A, terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 01
Alajuela, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte
lote 257; al sur lote 257 B; al este calle pública con un frente de 05,83
metros y al oeste lote 255. Mide: ciento veinte metros con setenta y cinco
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del veintidós de noviembre de dos mil trece, con la base de nueve
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero
minutos del nueve de diciembre de dos mil trece con la base de tres millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María Isabel Arrieta
Portugués contra Manuel Gerardo León León. Exp: 13-004857-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20
de setiembre del 2013.—Msc. Kenny Obaldía Salazar,
Jueza.—(IN2013063501).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones (Citas: 317-10881-01-0901-001), reservas y restricciones (Citas:
375-04600-01-0902-001), reservas y restricciones (Citas:
375-04600-01-0903-001), reservas y restricciones (Citas:
375-04600-01-0904-001), reservas y restricciones (Citas:
375-04600-01-0905-001), reservas y restricciones (Citas: 375-04600-01-0906-001)
y plazo de convalidación (Rectificación de medida) (Citas:
2012-246622-01-0004-001); a las nueve horas y quince minutos del cinco de
noviembre de dos mil trece, y con la base de seis millones novecientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y ocho mil seiscientos catorce
cero cero cero la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito 02 Cañas Dulces, cantón 01
Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte Zelmira
Ruiz Espinales; al sur, calle pública con un frente de 14 metros cuadrados; al
este Zelmira Ruiz Espinales y al oeste Hugo Zacarías
Ruiz Espinales. Mide: cuatrocientos diez metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veinte de noviembre de
dos mil trece, con la base de cinco millones ciento setenta y cinco mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y quince minutos del cinco de diciembre de dos mil
trece con la base de un millón setecientos veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marleny
Elena Espinoza Ruiz. Exp: 13-007937-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 8 de agosto del
2013.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2013063527).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada (Citas: 276-02818-01-0901-001) y Calles Ref:
1281/233/007 (Citas: 276-02818-01-0902-001); a las diez horas y treinta minutos
del cinco de noviembre de dos mil trece, y con la base de doscientos ochenta y
cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y cuatro mil
ochocientos uno-cero cero cero la cual es terreno
para construir lote 42 d con una casa de habitación. Situada en el distrito 03
San Juan, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte
lote 43-D; al sur, avenida uno pública con 22.00 metros; al este, calle pública
con 15.67 metros y al oeste, calle uno pública con 8.53 metros. Mide:
doscientos ochenta y cuatro metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de
noviembre de dos mil trece, con la base de doscientos trece mil setecientos
cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del cinco de diciembre
de dos mil trece con la base de setenta y un mil doscientos cincuenta dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Hospital Clínica Inmaculada Concepción Sociedad Anónima, Mihaela
Frasina Frasina. Exp: 13-008048-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 9
de agosto del 2013.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez Decisor.—(IN2013063531).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta minutos
del cinco de noviembre de dos mil trece, y con la base de treinta millones
cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número veintisiete mil
trescientos veintinueve F cero cero cero la cual es filial once del bloque A, terreno apto para
construir que se destinará al uso habitacional. Situada en el distrito 02
Mercedes, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte,
acceso vehicular con un frente de 10 metros; al sur, Antonio Calderón Herrera;
al este, filial 12 bloque A y al oeste, filial 10 bloque A. Mide: ciento
cincuenta y cuatro metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las once horas y treinta minutos del veinte de noviembre de
dos mil trece, con la base de veintidós millones ochocientos mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las once horas y treinta minutos del cinco de diciembre de dos mil
trece con la base de siete millones seiscientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Mauricio Cañas Escoto. Exp: 13-007892-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
12 de agosto del 2013.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2013063536).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones (Citas: 361-08313-01-0900-001); a las once horas y cuarenta y
cinco minutos del cinco de noviembre de dos mil trece, y con la base de nueve
millones ochocientos cuarenta y nueve mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos setenta y seis mil ciento nueve-cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno para construir lote siete.
Situada en el distrito 01 Upala, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Rodolfo Guzmán; al sur, calle pública con un fte a
ella de 8 metros lineales; al este, lote siete y al oeste, lote cinco. Mide:
ciento cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once
horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de noviembre de dos mil trece, con
la base de siete millones trescientos ochenta y seis mil setecientos cincuenta
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las once horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de
diciembre de dos mil trece con la base de dos millones cuatrocientos sesenta y
dos mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en Proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ricardo Steven Zapata Martínez y Tatiana
Zapata Martínez. Exp: 13-007939-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 12 de agosto del 2013.—Lic. Juan Carlos
Castro Villalobos, Juez Decisor.—(IN2013063540).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de
Aguas y Ley de Caminos Públicos (Citas: 480-01120-01-0004-001); a las trece
horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de noviembre de dos mil trece, y con
la base de cuarenta y tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento setenta y cinco mil ciento treinta y nueve cero cero
cero la cual es terreno de solar con una casa de
habitación. Situada en el distrito 08 Pará, cantón 03 Santo Domingo, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte calle pública con un frente de 10
metros 58 centímetros cuadrados; al sur La Cornelia
Limitada; al este en parte Héctor Villalobos Mora y la Cornelia
Limitada y al oeste Jesús Vargas Chacón. Mide: ochocientos sesenta y ocho
metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de noviembre de dos mil
trece, con la base de treinta y dos millones seiscientos veinticinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de
diciembre de dos mil trece con la base de diez millones trescientos setenta y
cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Antonia Vargas Chacón y Nelson David Ramírez Vargas. Exp:
13-007936-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
13 de agosto del 2013.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez Decisor.—(IN2013063544).
En la puerta exterior de este Despacho; al ser las catorce horas y
quince minutos del cinco de noviembre de dos mil trece, libre de gravámenes
hipotecarios; y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
noventa y tres mil ciento cinco cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 01 Santa Bárbara, cantón 04 Santa Bárbara, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, Copinsa Limitada; al sur, alameda
con frente de 8m 77cm; al este, Copinsa Limitada y al
oeste, calle pública con 18m. Mide: ciento cincuenta y seis metros con sesenta
y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce
horas y quince minutos del veinte de noviembre de dos mil trece, con la base de
tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y quince minutos del cinco de diciembre de dos mil trece con la base de un
millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Eduardo Solano Hernández y Martha Eugenia
Guevara Víquez. Exp: 13-008060-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 13 de agosto del 2013.—Lic. Kenny Obaldía
Salazar, Juez Decisor.—(IN2013063547).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de
noviembre de dos mil trece, y con la base de once millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número trescientos sesenta mil trescientos dos-cero cero cero la cual es terreno para construir lote Ñ con una casa.
Situada en el distrito 01 San Isidro, cantón 11 Coronado, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, área de protección; al sur, calle pub C/10 m; al
este, lote 43 y al oeste, lote 45. Mide: ciento sesenta y tres metros con
setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de noviembre de dos mil
trece, con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de diciembre de dos mil
trece con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Juan Pablo Rodríguez
Acuña. Exp: 13-008168-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13
de agosto del 2013.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2013063553).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando dos servidumbres trasladadas y cuatro
servidumbres de paso inscritas al Tomo 400 y Asiento 09482; a las ocho horas y
quince minutos del seis de noviembre de dos mil trece, y con la base de ocho
millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos dos mil trescientos
cincuenta cero cero cero la
cual es terreno de solar Lote 2. Situada en el distrito 01 Santiago, cantón 04 Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Azahares de Primavera Sociedad Anónima; al sur, calle pública con 11 metros 37
centímetros de frente; al este, lotes 3, 4 y 5 de Azahares de Primavera
Sociedad Anónima y al oeste, lote 1 de Azahares de Primavera Sociedad Anónima.
Mide: cuatrocientos ochenta y nueve metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y quince minutos del veintiuno de noviembre de dos mil
trece, con la base de seis millones colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince
minutos del seis de diciembre de dos mil trece con la base de dos millones
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Marcos Antonio Chinchilla Solís. Exp:
12-008180-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de setiembre del
2013.—Lic. María Gabriela Solano Molina, Jueza.—(IN2013063558).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (Citas:
341-03658-01-0900-001); a las diez horas y quince minutos del seis de noviembre
de dos mil trece, y con la base de quince millones seiscientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número doscientos cuatro mil quinientos treinta y
ocho-cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 02 Sarchí sur,
cantón 12 Valverde Vega, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle
con 8m; al sur, Betti Barrantes Zamora; al este,
Carmen Navarro Cassasola y al oeste, Insa y Betti Barrantes Zamora.
Mide: ciento cincuenta y seis metros con ochenta y un decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del veintiuno
de noviembre de dos mil trece, con la base de once millones setecientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y quince minutos del seis de diciembre de dos
mil trece con la base de tres millones novecientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Hellen
Yahaira Navarro Chacón y Mónica Navarro Chacón. Exp: 13-008194-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 21 de agosto del 2013.—Lic. Roxana
Hernández Araya, Jueza Decisora.—(IN2013063561).
En la puerta exterior de este Despacho; al ser las diez horas y
treinta minutos del seis de noviembre de dos mil trece, libre de gravámenes
hipotecarios; soportando servidumbre trasladada (Citas: 378-15013-01-0866-001)
y Limitaciones de Leyes 7052, 7208 Sist. Financiero
de Vivienda (Citas: 2011-350235-01-0003-001); y con la base de catorce millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y seis mil novecientos
cincuenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno
para construir bloque 28 N 21. Situada en el
distrito 09, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, lote 8; al sur, Sogeco S. A.; al este, lote 22
y al oeste, lote 20. Mide: ochenta y siete metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre
de dos mil trece, con la base de diez millones quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y treinta minutos del seis de diciembre de dos mil trece con la
base de tres millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Donald de Jesús Romero Romero
y Meyling Irela Velázquez
Ayala. Exp: 13-008197-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
21 de agosto del 2013.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez Decisor.—(IN2013063565).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos
del veinticinco de noviembre del año dos mil trece, y con la base de once mil
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 620323-000 la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 05 San Pedro, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia
de San José. Colinda: al norte quebrada Pedregoso; al sur resto reservado de Floricia Morera Méndez; al este resto de Floricia Morera Méndez y al oeste calle pública con un
frente de 31 mts con 18 cms
lineales. Mide: quinientos cincuenta y siete metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de diciembre del
año dos mil trece, con la base de ocho mil doscientos cincuenta dólares exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del veintidós de enero del año dos mil catorce
con la base de dos mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Zócalo Acalefo Sociedad Anónima contra Carlos Luis
Quesada Cordero. Exp: 13-000848-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 24
de setiembre del 2013.—Lic. Pilar Gómez Marín, Jueza.—(IN2013063566).
En la puerta exterior de este
Despacho; al ser las once horas y treinta minutos del seis de noviembre de dos
mil trece, libre de gravámenes hipotecarios; soportando servidumbre trasladada
(Citas: 365-15444-01-0904-001) y Servid A y A (Citas: 381-14731-01-0012-001); y
con la base de ciento treinta y cinco mil ochocientos dólares exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido
de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número seis mil trescientos veintitrés F cero cero cero la cual es terreno apto 1 bloque 1 uso habit 2 plantas. Situada en el distrito 03 Anselmo
Llorente, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, zona
común de acera servid de acceso; al sur, Apto 2; al este, carretera a Guápiles
y al oeste, área común de acceso. Mide: trescientos ochenta y nueve metros con
veintiséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once
horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil trece, con la
base de ciento un mil ochocientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
treinta minutos del seis de diciembre de dos mil trece con la base de treinta y
tres mil novecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Bomi Lee Kim y Hyon Soon Kim Lee. Exp: 13-008207-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22
de agosto del 2013.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez Decisor.—(IN2013063568).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del seis de noviembre de dos
mil trece, y con la base de veintitrés millones trescientos noventa y un mil
setecientos sesenta y dos colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintidós
mil trescientos ochenta y seis-cero cero cero la cual
es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 San Pedro,
cantón 08 Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, calle pública; al sur, Olman Román Salazar;
al este, Luis Ávila Ballestero y al oeste, Bernal Porras Álvarez. Mide:
doscientos cincuenta y nueve metros con setenta y cinco decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del
veintiuno de noviembre de dos mil trece, con la base de diecisiete millones
quinientos cuarenta y tres mil ochocientos veintiún colones con cincuenta
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cero minutos del seis de diciembre de dos mil trece
con la base de cinco millones ochocientos cuarenta y siete mil novecientos
cuarenta colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María Alejandra Conejo Soto. Exp: 13-008208-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
22 de agosto del 2013.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos Juez Decisor.—(IN2013063571).
En la puerta exterior de este Despacho, al ser las dieciséis horas
y cero minutos del seis de noviembre de dos mil trece, libre de gravámenes
hipotecarios; y con la base de diez millones colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
noventa y un mil doscientos sesenta y ocho - cero cero
cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 03 San Miguel, cantón 03 Santo Domingo, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, Omar Benavides; al sur, calle con 10 m de frente; al este,
Ricardo Barquero Sancho y al oeste, Israel Jiménez Rodríguez. Mide:
cuatrocientos seis metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veintiuno de noviembre
de dos mil trece, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las dieciséis horas y cero minutos del seis de diciembre de dos mil trece con
la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Luis Vinicio Alpízar Esquivel, María Eugenia Esquivel Esquivel y Ronald Madriz Mora. Exp.:
13-008217-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de agosto del
2013.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2013063579).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del siete de
noviembre del dos mil trece, y con la base de sesenta y siete mil ciento
ochenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y seis mil setenta y
siete B cero cero cero la
cual es terreno para construir con casa. Situada en el distrito 03 Hospital,
cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Marcelina Vaglio; al sur, Avenida 24 con 16,00 metros de frente; al
este, Wllie Jaikel y al
oeste, Rosalina Colombari.
Mide: quinientos veinticuatro metros con cuarenta y un decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos
del veintidós de noviembre del dos mil trece, con la base de cincuenta mil
trescientos ochenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del nueve de diciembre de dos mil trece con la base de dieciséis
mil setecientos noventa y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María de los Ángeles Guzmán Solís. Exp. 13-008274-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
29 de agosto del 2013.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2013063585).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando Condiciones Ref: 40007
000 (Citas: 331-15099-01-0901-001) y Condiciones Ref:
00040007 000 (Citas: 364-10285-01-0900-001); a las once horas y treinta minutos
del once de noviembre de dos mil trece, y con la base de dieciocho millones
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y dos mil treinta y tres-cero
cero cero la cual es terreno de patio y solar con una
casa. Situada en el distrito 01 Corredor, cantón 10 Corredores, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, Arcadio Chavarría Chavarría
y Cira Cerdas Montero; al sur, calle pública con
veintiún metros, treinta y ocho centímetros; al este, Carlos Herrera Delgado y
al oeste, José Contreras Montiel. Mide: cuatrocientos cinco metros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del
veintiséis de noviembre de dos mil trece, con la base de trece millones quinientos
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las once horas y treinta minutos del once de diciembre de
dos mil trece con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Óscar Villegas Parra. Exp.: 13-006272-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
04 de setiembre del 2013.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2013063591).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y quince
minutos del once de noviembre de dos mil trece, y con la base de treinta y tres
millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos trece
mil setecientos veintiuno cero cero cero la cual es terreno de solar construido. Situada en el
distrito 02 Santiago, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, calle pública; al sur, Eladio Morales Morales
y Aida Sánchez Sánchez; al este, Asociación de
Desarrollo Integral de Río Regado y al oeste, Eladio Morales Morales y Aida Sánchez Sánchez.
Mide: cuatrocientos veinte metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del
veintiséis de noviembre de dos mil trece, con la base de treinta y cinco
millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince
minutos del once de diciembre de dos mil trece con la base de ocho millones
trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Freddy Alexander Ramírez Ramírez. Exp.: 13-006004-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 05 de setiembre del 2013.—Lic. Roxana Hernández
Araya, Jueza.—(IN2013063594).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando Servidumbre Trasladada (Citas:
365-08079-01-0900-001) ; a las quince horas y cero minutos del once de
noviembre de dos mil trece, y con la base de cinco millones quinientos ochenta
y nueve mil ochocientos cuatro colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos
setenta y un mil cuarenta y nueve - cero cero uno y
cero cero dos la cual es terreno para construir, lote
17, bloque N. Situada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, lotes 3-N, 4-N y 5-N; al sur, lote
16-N; al este, calle pública con 8 m de frente y al oeste lote 6-N. Mide:
ciento setenta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y cero minutos del veintiséis de noviembre de dos mil trece, con
la base de cuatro millones ciento noventa y dos mil trescientos cincuenta y
tres colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y cero minutos del once de diciembre de dos
mil trece con la base de un millón trescientos noventa y siete mil
cuatrocientos cincuenta y un colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior Debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carlos Adrián Cascante Agüero y María
Teresa Gómez Jiménez. Exp.: 13-008352-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 06 de setiembre del 2013.—Lic. Roxana
Hernández Araya, Jueza.—(IN2013063601).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando Servidumbre de Paso (Citas:
461-07511-01-0005-001) y Limitaciones de Leyes 7052, 7208 Sist.
Financiero de Vivienda (Citas: 571-41261-01-0006-001); a las quince horas y
cuarenta y cinco minutos del veinticinco de noviembre de dos mil trece, y con
la base de seis millones seiscientos setenta y un mil seiscientos veinticuatro
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta mil doscientos dieciséis -
cero cero uno y cero cero
dos la cual es terreno para construir, con una casa. Situada en el distrito 07
Puente de Piedra, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, calle pública con 10:00 metros; al sur, Carlos Bolaños Chinchilla; al
este, María Elena Bolaños Chinchilla y al oeste, resto reservado de Lidieth Bogantes Mora. Mide: doscientos cincuenta y siete
metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del diez de diciembre de dos
mil trece, con la base de cinco millones tres mil cuatrocientos cuarenta y ocho
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del seis de
enero de dos mil catorce con la base de un millón seiscientos sesenta y siete
mil ochocientos dieciséis colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Beatriz Sáenz Gómez y Jeimy
Patricia Sáenz Reyes. Exp.: 13-008205-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 18 de setiembre del 2013.—Lic. Roxana
Hernández Araya, Jueza.—(IN2013063608).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del
veinte de enero de dos mil catorce, y con la base de dos mil ochocientos
setenta y nueve dólares con ochenta y un centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Vehículo: Placas número 694684, marca Geely,
estilo CK 1.3., categoría automóvil, chasís L6T7524S37N001715, vin año 2007, color negro, vin
negro, combustible gasolina, motor Nº MR479Q611288976. Para el segundo remate
se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de febrero del dos mil
catorce, con la base de dos mil ciento cincuenta y nueve dólares con ochenta y
seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del diecinueve de febrero del
dos mil catorce con la base de setecientos diecinueve dólares con noventa y
cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra
María Catalina Corea Quesada. Exp.: 13-000654-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia,
15 de julio del 2013.—Lic. Pedro Javier Ubau
Hernández, Juez.—(IN2013063636).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
sirviente citas: 236-00089-01-0901-001, Servidumbre trasladada citas:
365-03476-01-0901-001, citas: 365-03476-01-0902-001 citas:
365-03476-01-0903-001 citas: 365-03476-01-0904-001; a las diez horas y treinta
minutos del siete de enero de dos mil catorce, y con la base de veintisiete
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y dos mil
doscientos ochenta y tres cero cero cero la cual es terreno lote dos terreno para agricultura.
Situada en el distrito 06 Bejuco cantón 09 Nandayure
de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte: ICE; sur, Olman
Ramírez López; este, Odilio Ramírez Alvarado, oeste,
servidumbre de paso con frente de 26,00 metros y Tulio Alvarado Ramírez. Mide:
veintiún mil quinientos catorce metros con cincuenta y cinco decímetros
cuadrados. Plano: G-0925579-1990. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y treinta minutos del veintitrés de enero de dos mil catorce, con la base
de veinte millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del siete de febrero de dos mil catorce con la base de seis
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra El Indio de las Alturas Sociedad Anónima. Exp.:
13-000844-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 14 de junio del 2013.—Licda. Grace
Solís Solís, Jueza.—(IN2013063656).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos
del dieciséis de diciembre de dos mil trece, y con la base de quince millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y nueve mil ciento setenta y
seis cero cero cero la cual
es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Puntarenas,
cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Miguel
Camacho y Rafaela Barquero; al sur, calle pública con 8 m y 18 cm; al este,
Teresa González Bolaños y al oeste, Gerardo Castellón Matarrita.
Mide: doscientos cuarenta y ocho metros con ochenta y cinco decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del
siete de enero de dos mil catorce, con la base de once millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de
enero de dos mil catorce con la base de tres millones setecientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Stephanie Patricia Ramírez
Barquero. Exp.: 13-002296-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 31 de julio del 2013.—Lic.
Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2013063671).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita a las citas
352-4459-01-900-001; a las quince horas y cero minutos del once de noviembre de
dos mil trece, y con la base de ciento tres mil quinientos dólares exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 216015-001 y 002 la cual es terreno para construir, lote 5,
bloque H, con una casa de habitación. Situada en el distrito Concepción, cantón
La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur
Santiago Gerardo Leiva Barahona, Johnny Alexander Matarrita
Ulate; al este, lote 4 H y al oeste, lote 6. Mide:
ciento sesenta y cuatro cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince
horas y cero minutos del veintiséis de noviembre del dos mil trece, con la base
de setenta y siete mil seiscientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y cero minutos del once de diciembre de dos mil trece con la base de
veinticinco mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Diego German Correa García. Exp.: 12-002807-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 09 de setiembre del 2013.—Msc. Pilar Gómez Marín, Jueza.—(IN2013063674).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las once horas y cero minutos del veinte de enero del dos mil
catorce y con la base de doce millones quinientos mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número ciento treinta y tres mil seiscientos treinta y dos cero cero cero la cual es terreno lote
2-M., terreno de solar con una casa. Situada en el distrito Horquetas, cantón
Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 1-M, Asociación Solidarista de Empleados de finca número 9, Standard Fruit Company; al sur, lote 3-M.,
Asociación Solidarista de empleados de finca número
9, Standard Fruit Company;
al este, línea férrea y calle pública y al oeste, lote 11-M, Asociación Solidarista de empleados de finca número 9, Standard Fruit Company. Mide: Doscientos
ochenta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once
horas y cero minutos del cuatro de febrero del dos mil catorce, con la base de
nueve millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y
cero minutos del diecinueve de febrero del dos mil catorce, con la base de tres
millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Pedro Alfonso Espinoza Sánchez. Exp. Nº
13-003521-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia, 24 de julio del 2013.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2013063837).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios y de anotaciones judiciales; pero soportando servidumbre
trasladada según citas 305-5679-01-0901-001, 7 servidumbre dominante al
inscritas al tomo 351 asiento 4588, 2 Servicio de Cable-Vías inscritas al tomo
354 asiento 15226, 2 servidumbre drenaje inscritas al tomo 354 asiento 15226, 2
Serv. Ferrocarril inscritas al tomo 354 asiento
15226; 8 servidumbre dominante inscritas al tomo 354 asiento 15227; servidumbre
dominante inscrita al tomo 357 asiento 19815; servidumbre dominante inscrita al
tomo 357 asiento 19817; servidumbre dominante inscrito al tomo 358 asiento
12248; servidumbre dominante inscrita al tomo 359 asiento 10136; 10 servidumbre
dominante inscritas al tomo 369 asiento 13592; servidumbre dominante inscrita
al tomo 372 asiento 19308; servidumbre dominante inscrita al tomo 376 asiento
08424; 3 servidumbre dominante inscritas al tomo 394 asiento 12020; 11 Serv. cable-vías inscritas al tomo 395 asiento 16618; 2
servidumbre dominante inscritas al tomo 399 asiento 17238; 2 servidumbre
dominante inscrita al tomo 406 asiento 07075; servidumbre trasladada según
citas 408-18466-01-0002-001; servidumbre bananera según citas 0413-17438-01-0017-001;
2 servidumbre de paso inscritas al tomo 423 asiento 11021; 2 servidumbre de
paso inscritas al tomo 474 asiento 13373; a las nueve horas y treinta minutos
del veintisiete de febrero de dos mil catorce, y con la base de catorce millones
cuatrocientos ochenta mil novecientos cincuenta y un colones con cincuenta y
nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número ciento ochenta y tres mil setecientos cincuenta y
uno-cero cero cero la cual es terreno de solar con un
galerón. Situada en el distrito Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte, Fidel Rojas Azofeifa; al
sur, plaza de deportes; al este, Fidel Rojas Azofeifa
y al oeste, calle pública con 78.53 metros. Mide: tres mil doscientos sesenta y
tres metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de marzo de dos mil
catorce, con la base de diez millones ochocientos sesenta mil setecientos trece
colones con sesenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta
y uno de marzo de dos mil catorce, con la base de tres millones seiscientos
veinte mil doscientos treinta y siete colones con noventa céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Asimismo, libre de gravámenes
hipotecarios y de anotaciones judiciales; pero soportando reservas y
restricciones según citas 374-12303-01-0900-01; a las nueve horas y treinta
minutos del veintisiete de febrero de dos mil catorce, y con la base de
veintitrés millones doscientos veintiséis mil ochocientos noventa y tres
colones con ochenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de
propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento veinticinco
mil diez-cero cero cero la cual es terreno potrero.
Situada en el distrito Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, José Salazar Hidalgo; al sur, Carlos Enrique Herrera
Murillo; al este, Uriel Vargas Vargas y al oeste,
calle pública. Mide: mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y treinta minutos del catorce de marzo de dos mil catorce, con
la base de diecisiete millones cuatrocientos veinte mil ciento setenta colones
con cuarenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno
de marzo de dos mil catorce con la base de cinco millones ochocientos seis mil
setecientos veintitrés colones con cuarenta y siete céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Cactus Verdes Sociedad Anónima, Senén Quirós
González. Exp. Nº 13-002215-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 12 de agosto del 2013.—Lic.
German Valverde Vindas, Juez.—(IN2013063839).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, bajo las citas: 381-04129-01-0838-001
y condiciones, bajo las citas: 381-04129-01-0839-001; a las diez horas y
treinta minutos del once de diciembre de dos mil trece, y con la base de
veintisiete millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
ciento treinta y dos mil cuatrocientos sesenta y nueve cero cero
cero la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, Ana Molina; al sur, Gilberto Herrera; al este, quebrada La
Ceiba y al oeste calle. Mide: mil ciento cincuenta y cinco metros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del quince
de enero de dos mil catorce, con la base de veinte millones setecientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de enero de dos
mil catorce con la base de seis millones novecientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Marcos Montoya Castro, María Julieta Castro
Céspedes. Exp. Nº 13-003252-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 15 de julio del 2013.—Lic.
Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2013063843).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, bajo las citas:
391-12628-01-0837-001, reservas y restricciones, bajo las citas:
391-12628-01-0838-001 y servidumbre de paso, bajo las citas:
574-35206-01-0003-001; a las ocho horas y treinta minutos del catorce de enero
de dos mil catorce, y con la base de cuarenta y dos millones seiscientos
sesenta y dos mil doscientos veintinueve colones con doce céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
ciento treinta y tres mil setecientos sesenta y seis cero cero
uno y cero cero dos la cual es terreno lote nueve
para la agricultura. Situada en el distrito Horquetas, cantón Sarapiquí, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, Conservas del Campo y Marco Tulio
Cubillo; al sur, calle pública y en parte José Benigno Rojas Salazar, Flora
Cubillo Bermúdez y Marco Tulio Cubillo; al este, parcela diez y al oeste,
parcela ocho, José Benigno Rojas Salazar, Flora Cubillo Bermúdez y Marco Tulio
Cubillo. Mide: setenta y cuatro mil ochocientos treinta y seis metros con
treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y treinta minutos del veintinueve de enero de dos mil catorce, con la
base de treinta y un millones novecientos noventa y seis mil seiscientos
setenta y un colones con ochenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta
minutos del trece de febrero de dos mil catorce, con la base de diez millones
seiscientos sesenta y cinco mil quinientos cincuenta y siete colones con
veintiocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Flora Cubillo
Bermúdez, José Benigno Rojas Salazar. Exp. Nº
13-003497-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia, 17 de julio del 2013.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra,
Juez.—(IN2013063846).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del dieciséis de enero de dos
mil catorce, y con la base de ciento ochenta mil quinientos sesenta y dos
dólares con ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo
el sistema de folio real, matrícula número treinta mil seiscientos cero cero cero la cual es terreno de
charrales y le/a. Situada en el distrito San Isidro, cantón El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste, calle
pública. Mide: veintiséis mil cincuenta y tres metros con ochenta y tres
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del treinta y uno de enero de dos mil catorce, con la base de ciento
treinta y cinco mil cuatrocientos veintiún dólares con cincuenta y seis
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de febrero de dos mil
catorce con la base de cuarenta y cinco mil ciento cuarenta dólares con
cincuenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Hugo
Adrián Salas Mena. Exp. 13-003442-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia,
17 de julio del 2013.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2013063903).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, bajo las citas
330-16816-01-0900-001 y demanda penal, bajo las citas 2010-145995-01-0002-001;
a las ocho horas y treinta minutos del trece de enero de dos mil catorce y con
la base de dieciocho mil ciento cincuenta y siete dólares exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número ciento cincuenta y ocho mil novecientos veinticuatro cero cero cero la cual es terreno lote
A terreno para construir. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Inmobiliaria Integral Consolidada
S. A.; al sur, Miguel Francisco Murillo Tercero; al este, calle pública con
12.00 metros de frente y al oeste Inmobiliaria Integral Consolidada S. A. Mide:
trescientos treinta y un metros con setenta decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de
enero del dos mil catorce, con la base de trece mil seiscientos diecisiete
dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de
febrero de dos mil catorce, con la base de cuatro mil quinientos treinta y
nueve dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank
de Costa Rica Sociedad Anónima contra Miguel Francisco Murillo Tercero. Exp. Nº 13-003109-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 15 de julio del 2013.—Lic.
Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2013063917).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios, pero soportando dos colisiones, con número de boletas 2007309756
que corresponde a la sumaria 08-2420-492-TC y boleta 201055779 que corresponde
a la sumaria 11-3803-174-TR; a las ocho horas y cero minutos del diecisiete de
enero del dos mil catorce, y con la base de cuatro mil cuatrocientos sesenta y
cuatro dólares con noventa y seis centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placa: 681267, marca Mazda, estilo: Mazda 3, categoría:
automóvil, año: 2007, color: azul, vin:
JM7BK346271332342. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del tres de febrero del dos mil catorce, con la base de tres mil
trescientos cuarenta y ocho dólares con setenta y dos centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
cero minutos del dieciocho de febrero del dos mil catorce, con la base de mil
ciento dieciséis dólares con veinticuatro centavos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank
de Costa Rica Sociedad Anónima contra Comercializadora Santa Ana Mesagago Sociedad Anónima, Marta Ligia Mejía Sáenz. Exp. Nº 13-003334-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 18 de julio del 2013.—Lic.
Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2013063918).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada , citas:
288-03900-01-0002-001; a las once horas y cero minutos del veintitrés de enero
de dos mil catorce, y con la base de treinta y tres mil doscientos doce dólares
con setenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos noventa y siete mil
ciento treinta y cuatro cero cero cero
la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito San Isidro de
El General, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, calle pública y resto de Isidro Fallas Ureña; al sur, quebrada en medio
de Ramón Mora Monge; al este, calle pública y resto de Isidro Fallas Ureña
ambos en parte y al oeste y resto de Isidro Fallas Ureña. Mide: dos mil
dieciocho metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las once horas y cero minutos del siete de febrero de dos mil catorce,
con la base de veinticuatro mil novecientos nueve dólares con cincuenta y tres
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil
catorce con la base de ocho mil trescientos tres dólares con dieciocho centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad
Anónima contra Gerardo Abarca Vallejos, Life Maze Sociedad Anónima. Exp. Nº
13-003518-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia, 29 de julio del 2013.—Lic. Liseth
Delgado Chavarría, Jueza.—(IN2013063922).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de febrero de
dos mil catorce y con la base de cuatro mil doscientos sesenta y siete dólares
con veintisiete centavos , en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo:
placa 595442, marca Hyundai, estilo Tucson GL, año 2005, color verde. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del catorce de marzo
del dos mil catorce, con la base de tres mil doscientos dólares con cuarenta y
cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de marzo
de dos mil catorce con la base de mil sesenta y seis dólares con ochenta y un
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra
Óscar Alexander Pérez. Exp. Nº 10-000770-0681-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí,
10 de julio del 2013.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—(IN2013063924).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las ocho horas y cero minutos del seis de marzo de dos mil
catorce y con la base de tres mil quinientos noventa y dos dólares con sesenta
y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo, placas
número 884817. Marca BYD. Estilo G 3 GLXI. Categoría automóvil. Capacidad 5
personas. Año 2012. Color: gris. Vin
LGXC16DF6C00000054. Cilindrada 1500 cc. Combustible
gasolina. Motor Nº BYD473QB211338256. Para el segundo remate se señalan las
ocho horas y cero minutos del veintiuno de marzo de dos mil catorce, con la
base de dos mil seiscientos noventa y cuatro dólares con cuarenta y seis
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cero minutos del siete de abril del dos mil catorce,
con la base de tres mil quinientos noventa y dos dólares con sesenta y un
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra
Randall Alejandro Solano Ortega. Exp. Nº
13-004042-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia, 16 de setiembre del 2013.—Lic. Ricardo Chacón
Cuadra, Juez.—(IN2013063925).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos
Públicos: 0567-00061980-01-0004-001, Reservas de Ley Forestal:
0567-00061980-01-0005-001; a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de
noviembre de dos mil trece, y con la base de cuatro millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y seis mil quinientos seis-cero
cero cero, la cual es terreno con una casa y solar.
Situada en el distrito Lepanto, cantón Puntarenas, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, Ricardo Parra Baltodano;
al sur, Ricardo Parra Baltodano; al este, Ricardo
Parra Baltodano y al oeste, calle pública con un
frente a esta con 24 metros con 99 centímetros. Mide: mil seiscientos noventa y
nueve metros con veintiséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del tres de diciembre de dos mil trece,
con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del dieciocho de diciembre de dos mil trece con la base de un millón de colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Roy Gustavo Quesada Rodríguez contra Ganadera El Yspabel de Lepanto S. A. Exp. N°
12-100640-0642-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 2 de julio del 2013.—Lic. Douglas Quesada
Zamora, Juez.—(IN2013066549).
Se convoca a todos los
interesados en la sucesión de Edwin Arauz Angulo, a una junta que se verificará
en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del ocho de noviembre del
año dos mil trece, para conocer acerca de los extremos que establece el
artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 06-100450-0295-CI,
proceso sucesorio de Edwin Arauz Angulo, sin parte contraria.—Juzgado
Civil de Grecia, 17 de junio del año 2013.—Msc.
Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1
vez.—(IN2013045421).
Se convoca
a todos los miembros o socios de la organización social Asociación Solidarista de Empleados de Industrias Fotográficas S. A.
siglas ASEIFSA, inscrita al tomo: 1, folio: 342, asiento 280, de los Libros de
Registro del Departamento de Organizaciones Sociales de la Dirección General de
Asuntos Laborales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a una junta que
se verificará en este juzgado a las ocho horas treinta minutos del cuatro de
noviembre dos mil trece, a efecto de elegir representante a la citada sociedad de
conformidad con lo establecido en el artículo 266 del Código Procesal Civil.
Expediente N° 2013-100077-0216-CI.—Juzgado Civil,
Trabajo y Familia de Hatillo, Alajuelita y San
Sebastián.—Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1
vez.—(IN2013058298).
Se convoca a todos los
interesados en la sucesión de Ramón Israel Mora Barrantes, quien en vida fue
mayor, soltero, agricultor, vecino de Sabalito de Coto Brus,
cédula de identidad nueve-cero sesenta y seis-cuatrocientos veinticinco, a una
junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del
cuatro de noviembre de dos mil trece, para conocer acerca de los extremos que
establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N°
10-100106-441-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 5 de agosto del 2013.—Lic. Guiselle Argüello González, Jueza.—1
vez.—(IN2013061463).
Se convoca a todos los interesados en la
sucesión de Agatha Thomas Lewis, quien fue mayor, viuda, agricultora, vecina de
Limón, Barrio Los Cangrejos de Portete, de
nacionalidad Nicaragüense, y con cédula de residencia número 2703311714212, a
una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas del cuatro de
noviembre del dos mil trece, para conocer acerca de los extremos que establece
el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº
12-000195-0678-CI-3.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 16 de setiembre del 2013.—Lic.
Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—(IN2013062689).
Se convoca a todos los
interesados en la sucesión de Johnny Arias Morales, quien fue mayor, casado una
vez, futbolista, cédula de identidad seis-doscientos treinta y tres-seiscientos
treinta y nueve, a una junta que se verificará en este Juzgado a las diez horas
treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil trece, para conocer
acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil.
Expediente 04-100809-0417-CI.—Lic. Xinia
González Grajales, Jueza.—1 vez.—(IN2013066540).
Se señala a las nueve horas del
jueves siete de noviembre del dos mil trece, para llevar a cabo la junta de
acreedores para la aprobación o rechazo del Convenio Preventivo de la sociedad Technofarma S. A, cédula jurídica: 3-101-153864, conforme
al numeral 751 del Código Procesal Civil, la junta se verificará en alguna sala
de juicio de los Tribunales de Justicia del Primer Circuito Judicial de San
José, que será asignada el día indicado al ingresar en dichas instalaciones.
Publíquese el edicto de ley. Exp. N° 11-000010-0958-CI.—Juzgado Concursal de San José, 10 de setiembre del
2013.—MSc. Christian Quesada Vargas, Juez.—1
vez.—(IN2013066667).
Se hace saber: que ante este
despacho se tramita el expediente N° 13-000193-0297-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Edixia
Pineda Casco quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Quebradón de Delicias de Upala,
Alajuela, 100 metros este de la iglesia evangélica, portadora de la cédula de
identidad vigente que exhibe número 7-146-705, profesión oficios domésticos, a
fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el
terreno que se describe así: finca ubicada en la
provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito quinto, cantón trece, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte
calle pública con un frente de 16 metros con 54 centímetros lineales; al sur
Heriberto Pineda Montano; al este Heriberto Pineda Montano y al oeste Wilberth Pineda Casco. Mide: trescientos treinta metros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones quinientos mil
colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hiciera su padre
Heriberto Adilio Pineda Montano, quien es mayor,
casado una vez, agricultor, vecino de Quebradón de
Delicias de Upala, Alajuela, 100 metros este de la
iglesia evangélica, de nacionalidad nicaragüense, cédula de residencia
permanente número 155807770226, el día 13/05/2005, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en limpieza del inmueble y su debido amojonamiento y la limpieza de
los linderos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Edixia Pineda Casco. Exp:
13-000193-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 23 de agosto del
2013.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1
vez.—(IN2013063508).
Río Claro Land
Company Llc, cédula
jurídica tres-cero doce-seis cinco nueve cinco uno diez, representada por su
apoderada generalísima Kristi Aileen
(nombres) Penland (único apellido), mayor, cédula de
residencia número ocho cuatro cero cero cero tres cinco cero cinco tres dos, casada una vez,
abogada y vecina de Barrio Escaleras de Dominical de Osa, Puntarenas, establece
diligencias de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro
Público de la Propiedad, las fincas sin inscribir que se describen así: Lote
uno: terreno de Pasto, sito en Bajo Cedros del, distrito tercero Guaycará, cantón sétimo Golfito, de la provincia de
Puntarenas. Lindantes: norte, río Sándalo de la Osa S. A.; sur, Rafael Sancho
Varela, Jesús Murillo Mora y Gilberto Núñez Núñez;
este, Gildo Fernández Mora; oeste: río Coto Colorado.
Plano catastrado número P-999459-2005, con una medida de cincuenta mil
ochocientos ochenta y tres metros con setenta y cinco decímetros cuadrados.
Lote dos: terreno de pasto, cacao, montaña situado en Bajo Cedros del, distrito
tercero Guaycará, cantón sétimo Golfito, de la
provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, Milton Arce Góngora; sur, río
Sándalo de la Osa S. A.; este, calle pública con un frente a calle pública por
el vértice 1 al 23 de novecientos catorce metros con cuarenta centímetros y del
vértice 34 al 46 de la medida es de cuatrocientos cincuenta y nueve metros con
noventa centímetros; oeste, Arnoldo Castillo Caravaca. Plano catastrado número
P-1016061-2005, con una medida de un millón doscientos treinta y ocho mil
seiscientos noventa y seis metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Lote
tres: terreno de pasto, situado en Bajo Cedros del, distrito tercero Guaycará, cantón sétimo Golfito, de la provincia de
Puntarenas. Lindantes: norte, Jesús Amado Zúñiga Pérez; sur, Plácido Jiménez
Chavarría; este, río Lagarto; oeste, Elpidio Díaz Macotelo.
Plano catastrado número P-1020375-2005, con una medida de veintiocho hectáreas
dos mil novecientos noventa y tres metros con veintiocho decímetros cuadrados.
Se estiman los inmuebles en la suma de tres millones de colones cada uno. Sobre
el mismo no pesan gravámenes ni cargas reales. Con un mes de plazo a partir de
la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con
derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos
de ley si no verifican. Exp. N° 12-000223-0419-AG
(Interno 262-1-12).—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 01 de agosto del dos mil
trece.—Licda. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—(IN2013063643).
Welmer Ramos González, mayor de edad, casado una vez,
vecino de San Pedro de Montes de Oca, San José, Residencial Pinar, casa número
treinta y cinco, cédula de identidad cinco-ciento noventa y
uno-novecientos veinticuatro, promueve
información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el registro público de
la propiedad, libre de gravámenes y cargas reales el inmueble que se describe
así terreno de potrero, charral, montaña y casa de habitación, situado en Upala (distrito primero), de Upala,
(cantón trece), de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Calentina López Vásquez y calle pública con un frente de
ciento setenta y un metros con quince centímetros lineales y un ancho de veinte
metros lineales; sur, Santos Oviedo Várela, este Río Chimurria
y Ricardo Espinoza (barra, y oeste Valentina López Varela. Según plano
catastrado A-doscientos setenta y nueve mil doscientos cuarenta y cinco-setenta
y siete, mide de extensión ciento veintitrés mil ciento sesenta y siete metros
cuadrados con treinta y dos decímetros cuadrados. Manifiesta que no está
inscrito, que carece de título inscribible y que pretende evadir las
consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas
reales ni gravámenes sobre el inmueble lo, adquirió por compraventa de Marco Aurelio
Quesada Arias el dieciocho de marzo de dos mil siete. Estima el inmueble en
quinientos mil colones y el proceso en ciento ochenta mil colones. Por el plazo
de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas
las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos.
Proceso Información Posesoria promovida por Welmer
Ramos González. Exp. Nº 09-000039-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, 5 de noviembre del 2012.—Lic. Ruth Alpízar
Rodríguez, Jueza.—1 vez.—(IN2013064766).
Con treinta días de plazo, se
cita a los herederos, legatarios, acreedores e interesados en general a
apersonarse en el proceso sucesorio de Rafael Camacho Zúñiga, quien fue mayor,
casado una vez, comerciante, vecino de Desamparados, San Rafael Arriba, del
Restaurante El Bollero, ciento veinticinco metros al sur y ciento veinticinco
al este, portador de la cédula de identidad número uno-uno tres dos-siete siete
cuatro, con el fin de que dentro de dicho plazo se presenten en defensa de sus
intereses y derechos bajo el apercibimiento que si así no lo hicieren la
herencia pasará a quien corresponda en derecho. Proceso sucesorio notarial.
Albacea provisional: Vilma María Camacho Castro. Expediente: 01-2013. Notario:
Lic. Clay Harlow Neil Bodden.
Dirección: San Sebastián, de Transportes Delgado, trescientos metros al norte.
Teléfonos: 2226-7679 y 8884-4472. Email:
claybodden@hotmail.com.—Lic. Clay Harlow Neil Bodden, Notario.—1
vez.—(IN2013062337).
A solicitud de María Eugenia Sánchez Molina, cédula de identidad
número cinco-cero cinco dos-cero cuatro cuatro, he
procedido a abrir expediente de sucesorio ab intestato, en sede notarial de
quien en vida fue José Luis Díaz Cortés, cédula de identidad número cinco-cero
cinco uno-cero uno tres, fallecido el cuatro de noviembre del dos mil nueve.
Por este medio se emplaza a cualquier interesado en el presente proceso para
que se apersonen ante esta notaría a formular pretensiones, legalizar créditos
o hacer valer cualquier derecho sucesorio bajo el apercibimiento de que si no
se presentan en el plazo de treinta días a partir de la publicación del
presente edicto en el Boletín Judicial la herencia pasará a quien
corresponda. Lugar: San José centro. Expediente: 0001-2013. Fax: 2278-4235.—Lic. Juan Carlos Vega Montoya, Notario.—1
vez.—(IN2013062921).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Dignora Céspedes Martínez, a las veinte horas del trece de
setiembre del dos mil trece y comprobado el fallecimiento esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestado de quien en vida fuera Óscar Fallas
Herrera, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula número tres-ciento
diecisiete-seiscientos setenta y siete, vecino de Cartago, Jiménez, Tucurrique, Las Vueltas, quinientos metros al este del
templo católico. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del
plazo máximo de treinta días naturales, contados a parir de la publicación de
este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría
de la licenciada Carmen María Achoy Arce, ubicada en
Turrialba centro, frente al Banco Popular, altos del Restaurante Nuevo Hong
Kong, teléfono 2556-4163 ó 8818-8783. El original fue retirado por Dignora Céspedes Martínez, a las nueve horas del dieciséis
de setiembre del dos mil trece.—Lic. Carmen María Achoy Arce, Notaria.—1
vez.—(IN2013062923).
Se cita a todos los interesados en el sucesorio de quien en vida
fue Olga Elena Fernández Mora, con cédula de identidad numero
uno-quinientos diez-quinientos cincuenta y cuatro y les informo que ante esta
notaría se han presentado la señora Ligia Yadira Fernández Mora, con cédula de
identidad uno-setecientos nueve-cuatrocientos, como heredera de la causante
señalada, solicitado el trámite del sucesorio en sede notarial. Cualquier
interesado u otros herederos deberán presentarse ante esta notaría dentro de
los treinta días siguientes naturales a la publicación del presente aviso afín
de hacer valer sus derechos. La oficina de la suscrita notaria esta situada en Santo Domingo de Heredia quinientos
veinticinco sur de la Basílica. Es todo.—20 de
setiembre de 2013.—Lic. Marianela Segura Rodríguez, Notaria.—1
vez.—(IN2013062987).
Se cita y emplaza a todos los interesados en sucesión de María
Magdalena Molina Bejarano, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa,
vecina de Limón, Home Creek, de la escuela, trescientos metros oeste, cédula
7-067-990, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a
los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho
plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 0005-2013. Notaría
del licenciado Allan Chaves Campos, notario público, situada en Limón centro,
diagonal a los Tribunales de Justicia.—Lic. Allan
Chaves Campos, Notario.—1 vez.—(IN2013063055).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
fue Giselle Rosario Fonseca Solano, conocida como Ghiselle
Fonseca Solano, mayor, casada una vez, pensionada de la Caja Costarricense de
Seguro Social, con cédula de identidad: dos-trescientos cincuenta y
ocho-seiscientos noventa y dos, y quien fuera vecina de Barrio Córdoba, de
Autos Bohío, doscientos metros al sur, cien al oeste y veinticinco metros al
sur, casa número dos cuatro dos siete, Zapote, provincia de San José, para que
en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan ante esta notaría ubicada en Grecia centro, costado oeste de la
Casa Parroquial, a reclamar sus derechos. Asimismo se apercibe a los que creen
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este término la
herencia pasará a quien corresponda. La apertura del proceso sucesorio extrajudicial
se solicitó mediante acta notarial, escritura número ciento cuarenta y uno del
protocolo dos, otorgada ante el suscrito notario, a las doce horas quince
minutos del veinticuatro de agosto del dos mil trece en la que se nombró como
albacea propietario a Donald Fernández Morales, mayor, casado dos veces, doctor
en medicina, con cédula de identidad número: seis-cero noventa y uno-ciento
veintitrés y vecino de Barrio Córdoba, de Autos Bohío, doscientos metros al
sur, cien al oeste y veinticinco metros al sur, casa número dos cuatro dos
siete, Zapote, provincia de San José. Expediente: número: 002-2013.—Grecia, a las 11:00 horas del 23 de setiembre del
2013.—Lic. Jorge Córdoba Umanzor, Notario.—1 vez.—(IN2013063089).
Lic. Armando Calvo Chaves, notario público con oficina abierta en
San Ramón de Alajuela, hace saber que a las nueve horas del veinte de setiembre
de dos mil trece, en mi notaría, bajo el expediente número 0001-2013, se
declaró abierto el proceso sucesorio ab intestato en sede notarial de quien en vida
fue: Marcos Carranza Alvarado, con cédula de identidad 2-247-845. Se cita y
emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos quienes puedan
resultar interesados o crean tener derechos en la presente sucesión
extrajudicial en sede notarial a efecto de que concurran a hacer valer sus
derechos dentro de los siguientes treinta días a partir de la respectiva
publicación del edicto en Boletín Judicial en la oficina del suscrito
notario, sita en la ciudad de San Ramón, provincia de Alajuela, veinticinco
metros sur del correo, bajo el apercibimiento de que si no se apersonaren a la
sucesión en esta notaría dentro del término conferido la herencia pasará a
quien corresponda.—Lic. Armando Calvo Chaves, Notario.—1
vez.—(IN2013063112).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por María Luz
Ureña Hernández, a las nueve del tres de marzo del dos mil once y comprobado el
fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de
quien en vida fuera José Alcides Ávila Chinchilla, quien fue mayor, casado dos
veces, vecino de Alajuelita, chofer, cédula
uno-doscientos cuarenta y cuatro-ciento diecisiete, fallecido el cuatro de
marzo del dos mil cinco. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de treinta días naturales contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría del Lic. Marlon Gerardo Gómez Pizarro. San José, de Pequeño
Mundo, cien metros norte, teléfono 2227-2546.—Lic. Marlon
Gerardo Gómez Pizarro, Notario.—1 vez.—(IN2013063113).
Se cita a todos los herederos y demás interesados en la sucesión
de Rafael Ángel Araya Artavia; mayor, casado una vez,
pensionado, cédula de identidad número 1-293-792, a fin de que en el término de
treinta días contados a partir de la primera publicación de este edicto
comparezcan en defensa de sus derechos apercibidos que si no lo hicieren la
herencia pasará a quién corresponda en derecho, conforme al Código Procesal
Civil. Notaría del Licenciado Douglas Mora Umaña, código 13225, San José, calle
primera, avenida 22-24, casa 2246 o al correo electrónico
dumorauma@gmail.com.—Lic. Douglas Mora Umaña, Notario.—1
vez.—(IN2013063140).
Se cita y emplaza a todos los interesados en sucesión de Tobías
Ángulo Contreras, quien fuera mayor, casado una vez, pensionado, vecino de
Limón, Rio Quito, frente a la escuela, cédula 5-103-632, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente: 0006-2013, notaría del licenciado Allan Chaves
Campos, notario público, situada en Limón centro, diagonal a los Tribunales de
Justicia.—Lic. Allan Chaves Campos, Notario.—1 vez.—(IN2013063142).
Con treinta días de plazo contados a partir de la fecha de la
publicación de este edicto, se emplaza a los herederos legatarios, acreedores y
demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Lina Otilia Esquivel
Cascante, quien fuera mayor, soltera, cédula uno-ciento doce-trescientos
veintiséis, de oficios domésticos, vecina de Guaitil
del cantón de Acosta, provincia de San José, un kilómetro al norte de la
Iglesia Católica, a efecto de que comparezcan en esta notaría a hacer valer sus
derechos en el entendido de que en caso de no verificarse así la herencia
pasará a manos de quien o quienes mejor demuestren su derecho a ello.
Igualmente se les previene que, por escrito deberán señalar un medio
electrónico debidamente autorizado por la Ley de Notificaciones, Citaciones y
otras Comunicaciones Judiciales, donde atiendan sus notificaciones bajo los
apercibimientos legales en caso de omisión. Se les hace saber a los interesados
que la oposición al trámite de esta sucesión debidamente fundamentada dará pie
a la remisión del proceso a sede judicial. La dirección de esta notaría es San
José, cantón de Acosta, cien metros al este de la Municipalidad, teléfono
número 2410-3050, fax número 2410-4103. Expediente N° 001-2013. Notaría del
Lic. Sergio Vidal Zúñiga López.—San José, Acosta, a
las catorce horas del once de junio del dos mil trece.—Lic. Sergio Vidal Zúñiga
López, Notario.—1 vez.—(IN2013063185).
Notaría del Bufete Tarma, ubicado en San José, Barrio Luján del
Cuerpo de Bomberos, cien este y cien sur, casa 1626.
Expediente N° 0001-2013. Sucesión de Juan José Vindas
Araya. Inicio de la sucesión el siete de agosto del dos mil trece, emplazando a
los interesados y a quienes se consideren con derecho dentro de la misma a
aceptarla u oponerse y hacer valer sus derechos en el término de treinta días
contados a partir de su publicación en el Boletín Judicial debiendo
dirigirse a esta notaría en San José, Barrio Luján, del Cuerpo de Bomberos, 100
este y 100 sur, casa 1626.—San José, a las ocho horas del diecisiete de agosto
del dos mil trece.—Lic. Arnoldo Solano Rodríguez, Notario.—1
vez.—(IN2013063231).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por María
Jeannette González Quesada, mayor , soltera, vecina de Atenas, de
la Escuela Central, doscientos
sur y 25 oeste, cédula 2-0447-0519, de oficio terapeuta del lenguaje, a las 17
horas del 27 de junio de 2013 y comprobado el fallecimiento esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Álvaro
González Rodríguez, mayor, cédula número 4-0056-0665, agricultor y residente de
Atenas, del mismo domicilio que la anterior. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer
sus derechos. Notaría de la Licenciada Rose Emille Bouzid Jiménez, Barrio Dent, del
Centro Cultural Costarricense Norteamericano, 400 metros norte y 100 este, casa
Grupo Consultores Internados, N° 39. Teléfono fax 2225-4201, teléfono
2280-86-21.—Lic. Rose Emille
Bouzid Jiménez, Notaria.—1
vez.—(IN2013063279).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de
Virginia Rojas Huertas, mayor, viuda, ama de casa, cédula dos-doscientos
treinta y cuatro-setecientos setenta y ocho, vecina de esta ciudad cincuenta
metros sur de Academia de Belleza Eugenia, quien falleció el siete de junio del
dos mil doce, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a
los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho
plazo la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Bufete de María
Cecilia Villalobos Conejo en la ciudad de San Ramón, setenta y cinco metros sur
de la primera entrada de la Urbanización Los Parques en esta ciudad. Señalo
para notificaciones mi casa de habitación en la dirección antes indicada y
pongo a su disposición el teléfono número dos cuatrocientos cuarenta y
siete-treinta veintidós. Expediente: N° 0005-2013. Sucesorio ab-intestato en
sede notarial.—San Ramón, a las doce horas del
veinticinco de setiembre del dos mil trece.—Lic. María Cecilia Villalobos Conejo,
Notaria.—1 vez.—(IN2013063285).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas diez
minutos del veintiuno de setiembre del dos mil trece, se dio la apertura el
expediente cero cero uno-dos mil trece, que es
proceso sucesorio notarial de quien en vida fuera Elisa Ramírez Ramírez, cédula de identidad número tres-cero ochenta y
nueve-doscientos cincuenta y uno, en su condición de conviviente del causante,
quien falleció en Turrialba, Cartago, el treinta y uno de octubre del dos mil
doce. Se cita a todos los interesados dentro del plazo de ley apersonarse al
presente proceso a hacer valer sus derechos.—Turrialba,
veintitrés de setiembre del dos mil trece.—Lic. Alejandro Mata Vega, Notario.—1 vez.—(IN2013063293).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por la
señora: Laura Solís Rojas, a las dieciocho horas del once de setiembre de dos
mil trece y comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio en sede notarial de quien en vida fuera el señor: Carlos Alberto
Solís Sánchez, quien fuera mayor de edad, soltero, de sexo masculino, docente
jubilado, de nacionalidad costarricense, portador de la cédula de identidad
número: uno-trescientos ochenta y seis-trescientos veinticinco, vecino de La
Hermosa, Pérez Zeledón, San José. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría del Lic. Álvaro Estrada Chavarría, quien tiene oficina
abierta en San Isidro de El General, frente a Repuestos La Guacamaya. Teléfono:
ocho ocho dos nueve cero tres cuatro cero. Fax:
veintisiete siete uno- diez cuarenta y nueve.—Lic.
Álvaro Estrada Chavarría, Notario.—1
vez.—(IN2013063302).
Ante esta notaría se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
fuera Trinidad Castillo Camacho, quien fue mayor, casado una vez, agricultor,
vecino de San Jerónimo de Tarrazú, cédula de
identidad uno-doscientos veintinueve-seiscientos ocho, fallecido el
veinticuatro de abril de dos mil doce, a solicitud de su cónyuge sobreviviente
Antonia Umaña Mora y de sus hijos Alberto Fernando, Pascual Alberto, Adilia, Carlos Alberto, José Antonio, Juan Bautista, María
Cecilia, María Élida todos Castillo Umaña y de su
hijo Manuel Auxilio Castillo Román, quienes me presentaron el respectivo
certificado de defunción del causante, solicitando como herederos la apertura
del correspondiente proceso sucesorio. Por lo anterior se confiere el plazo
legal de treinta días establecido en el artículo 917 del Código Procesal Civil
a todos los herederos para que comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de
que si no se presentan en este plazo aquella pasará a quien corresponda. Esta
notaría se encuentra ubicada en San Marcos de Tarrazú,
frente a Bomba San Bosco, edificio BCR, segunda planta.—Lic.
Heilyn Valverde Blanco, Notaria.—1
vez.—(IN2013063319).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Jenny del
Carmen Jara Salazar, a las doce horas del veinticinco de setiembre del dos mil
trece y comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Sonia Salazar Rodríguez, mayor de
edad, ama de casa, casada una vez, vecina de Pacayas de Alvarado, portadora de
la cédula de identidad uno-doscientos veintiséis-cuatrocientos sesenta y dos,
fallecida el dieciséis del marzo del dos mil trece. Se cita y emplaza a todos
los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. William Rodríguez Astorga,
Cartago, San Diego de la Unión, Urbanización Omega, casa doce J. Teléfono
8820-81-58.—Lic. William Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—(IN2013063431).
Se convoca a todos los interesados herederos y terceros de buena
fe en le sucesión de: Vladimir Humberto Cárdenas Román, cédula: 6-272-737 para
que dentro del plazo de treinta días hábiles comparezcan ante esta notaría,
cien metros sur de Bar La Cebra. San José, teléfono: 8828-7777; fax: 2258-9434,
a hacer valer sus derechos con el apercibimiento de que si no se presentan en
ese plazo aquella pesará a quien corresponda en derecho. Sucesorio en sede
notarial de Vladimir Humberto Cárdenas Román, Expediente: 06-2013.—San José, veinticinco de setiembre de dos mil trece.—Lic.
Juan Ernesto Martínez Fuentes, Notario.—1
vez.—(IN2013063578).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de
Franklin Pérez Guadamúz, quien fue mayor, casado una
vez, jornalero, cédula número cinco-cero cero setenta y cinco-cero setecientos
treinta y siete e Inés Mireyda Torres Marchena, quien
fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula número cinco-cero cero ochenta y
nueve-cero seiscientos noventa y cinco, ambos vecinos de Barrio Chorotega de
Santa Cruz, Guanacaste, quinientos metros al este del PANI, casa F-siete, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero dos-dos mil trece.
Notaría del Bufete Leal Vega. Sita en Santa Cruz, Guanacaste, cincuenta metros
norte de los Tribunales de Justicia.—Lic. Luis Eduardo
Leal Vega, Notario.—1 vez.—(IN2013063960).
Mediante acta de apertura número Suc-003-2013, otorgada ante esta
notaría por José Adán Rocha Pérez, a las 14 horas del 12 de agosto del 2013 y
comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera Emilce Quesada
Solano, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina del Cairo de Siquirres, del Bar Llaneros, 100 metros al este y portadora
del número de cédula 7-033-884. Se cita y emplaza a todos los interesados para
que dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos.
Notaría de la Lic. Ania Bonilla Rivas, con oficina en
Puerto Limón, 75 metros al norte de los Tribunales de Justicia. Tel. 2758-3582.—Lic. Ania Lorena Bonilla Rivas,
Notaria.—1 vez.—(IN2013063969).
El día de hoy esta notaría acordó abrir el proceso sucesorio en
sede notarial de la señora Clara María Madrigal Rangel, quien fue divorciada
una vez, administradora de negocios, vecina de San Vicente Moravia, cédula de
identidad número 1-404-1381, fallecida en su domicilio, el 12 de julio en del
2013, por así pedirlo su hija Mónica Bermúdez Madrigal, que es casada una vez,
arquitecta, vecina de San Rafael de Alajuela, cédula de identidad número
1-955-828. Conforme al artículo 946 del Código Procesal Civil, por única vez se
emplaza a los interesados para que dentro del plazo de treinta días hábiles
contados desde el día siguiente a esta publicación se apersonen ante esta
notaría, sita en la Ciudad de San José, de la entrada principal del Ministerio
de Seguridad Pública, 100 este y 100 al sur, contiguo a la Clínica
Oftalmológica, casa verde, con portón blanco. Tel. 2258-5468.—San
José, veintisiete de setiembre del dos mil trece.—Lic. Miguel Jiménez Cerros,
Notario.—1 vez.—(IN2013064014).
Mediante auto de apertura de sucesorio otorgada ante esta notaría
por Daysi Loría Colombari,
mayor, viuda de su primer matrimonio, del hogar, vecina de San José, San Juan
de Tibás, de la esquina suroeste de la Iglesia Católica, 200 metros al sur y 80
metros oeste, casa N° 25, cédula de identidad número 1-222-763, a las 11 horas
del 5 de setiembre del 2013 y comprobado el fallecimiento esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio ad intestato de quien en vida fuera Alberto
Gallardo Gómez, mayor, viudo de su primer
matrimonio, pensionado, cédula de identidad 1-0186-660, vecino de San José, San
Juan de Tibás, de la esquina suroeste de la Iglesia Católica, 200 metros al sur
y 80 metros oeste casa N° 25. Se cita y emplaza a todos los interesados para
que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría hacer valer sus
derechos. Notaría de la Lic. Magda Elena Azofeifa
Chavarría, San José, San Francisco de Dos Ríos, de la antigua Tierra
Colombiana, 100 metros al sur, 50 metros al oeste y 100 metros al sur a mano
derecha, Teléfono 8376-2371.—Lic. Magda Elena Azofeifa
Chavarría, Notaria.—1 vez.—(IN2013064046).
Se hace saber que ante esta
notaría se tramita proceso sucesorio notarial de Virginia Rodríguez Rodríguez, mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de
Escazú y cédula 1-0156-0427, en el expediente cero cero
cuatro-dos mil trece. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y a todos
los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con
apercibimiento a quienes crean tener derecho a la herencia que si no se
presentan dentro del plazo aquella pasará a quién corresponda. Expediente N°
004-2013. Notaría Lic. Carlos Villalobos Rodríguez en Goicoechea de los
Tribunas de Justicia, 100 metros al sur, 100 metros al oeste y 25 metros norte.—Lic. Carlos Villalobos Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2013064077).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jorge
Alberto Hernández Gómez, mayor divorciado dos veces pensionado cédula
1-421-979, vecino de San Sebastián, Colonia Kenedy,
para que en el plazo de treinta días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos caso contrario
la herencia pasara a quien corresponda. Expediente cero dos-dos mil trece.—San José, 30 de setiembre del 2013.—Lic. Adriana María
Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2013064099).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Gloria
Fernández Salas, mayor soltera, ama de casa, cédula número 3-075-701
vecina del Porvenir de Desamparados, casa 9-138, para
que en el plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto comparezcan a reclamar sus derechos caso contrario la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente: cero tres-dos mil trece.—San José, 30 de setiembre del 2013.—Lic. Adriana María
Castillo Guzmán.—1 vez.—(IN2013064101).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor
Luis Enrique Rojas Murillo, quien en vida fue mayor, casado una vez, portador
de la cédula de identidad numero dos-trescientos sesenta y cuatro-trescientos
sesenta, vecino de Santa Gertrudis Sur de Grecia, Alajuela; quinientos metros
norte, de la escuela, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y
se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº
006-2013.—Lic. Hazel Sancho
González, Notaria.—1 vez.—(IN2013064188).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso
sucesorio de Julio César González Sánchez, quien fuera mayor, casado,
comerciante, vecino de San Francisco de Heredia, portador de la cédula de
identidad número uno-ochocientos setenta y cuatro-doscientos diecisiete. Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
12-000421-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 4
de diciembre del 2012.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1
vez.—(IN2013064279).
Ante la notaría del Licenciado, José Luis Ramos Castellón, se ha abierto
proceso sucesorio en sede notarial conforme con el artículo 129, siguientes y
concordantes del Código Notarial, 945 siguientes y concordantes del Código
Procesal Civil, a nombre de Bellanira Calderón
Fernández, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula seis-uno cero
dos-uno cuatro seis cero, vecina del Proyecto Los Mangos de Cobano,
lote cincuenta y cinco. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados
a partir de la publicación del presente edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia de que si no se apersonan dentro de este plazo, aquella pasará a quien
corresponda, Lic. José Luis Ramos Castellón, notario público, con oficina en Orotina, Barrio San Rafael; veinticinco metros al norte, de
la entrada principal.—Orotina,
25 de setiembre del 2013.—Lic. José Luis Ramos Castellón, Notario.—1 vez.—(IN2013064298).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita proceso sucesorio
número cero cero uno-dos mil trece de Antonio Beckford Stephenson, quien en
vida fue mayor de edad, viudo, contador, cédula de identidad número siete-cero
veintisiete-trescientos veinticinco, vecino de Pavas, San José. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación del
presente edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, de lo contrario la
herencia pasará a manos de quien corresponda. Licenciado, Ulises Alberto
Obregón Alemán, con oficina en San José, de Matute Gómez; cien metros al sur,
trescientos metros al este y cien al sur, Apartamentos Indiana, número
doce.—San José, 13 de setiembre del 2013.—Lic. Ulises Alberto Obregón Alemán,
Notario.—1 vez.—(IN2013064309).
Se cita y emplaza todos los
interesados en la sucesión de Manuel Miguez Carames, quien en vida fue mayor de edad, casado una vez,
médico, cédula de identidad ocho-cero uno seis-cero dos dos
y vecino de San José, Sabana Sur, del Restaurante Mc Donald’s;
cien metros al este, y doscientos cincuenta metros al sur, para que dentro del
plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos que sí no se presentan en dicho plazo, la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente Nº 0001-2012, notaría de la Licenciada, Grace María
Sánchez Granados, sita en San José, Barrio Luján, Av. 16 y 18, calle 19
transversal, edificio de tres plantas, primer piso.—San
José, 26 de setiembre del 2013.—Lic. Grace María Sánchez Granados, Notaria.—1 vez.—(IN2013064355).
Mediante resolución de las 8:00 horas del 26 de setiembre del 2013,
se nombró a la señora Marta Contreras Molina, cédula de identidad nueve-cero
uno seis-cinco tres siete, ama de casa, viuda y vecina de San José, Sabana Sur,
como albacea provisional de la sucesión tramitada en sede notarial de quien en
vida se llamó Manuel Miguez Carames,
quien en vida fue mayor de edad, casado, cédula de identidad ocho-cero uno
seis-cero dos dos y vecino de San José, Sabana Sur,
mismo domicilio que la referida albacea, la cual aceptó el nombramiento.—San
José, 26 de setiembre del 2013.—Lic. Grace María Sánchez Granados, Notaria.—1 vez.—(IN2013064357).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Araceli
Madrigal Jiménez, a las ocho horas del cinco de agosto del dos mil trece y
comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera Marcial Sibaja
Delgado, mayor, casado una vez, agricultor, portador de la cédula número
cinco-ciento novena y cinco-quinientos uno y vecino de Los Chiles de San
Carlos, un kilómetro al este de la Escuela de San Jorge. Se cita y emplaza a
todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días
naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante
esta notaria a hacer valer sus derechos. Lic. Efraín Marín Madrigal, con
oficina en Escazú, Centro Comercial Plaza Escazú, local número diecisiete,
teléfono 2288-0142.—Lic. Efraín Marín Madrigal,
Notario.—1 vez.—(IN2013064390).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados en la
mortual de Francisco Morera Cruz, mayor, casado dos veces, maestro de obras,
vecino de Heredia, San Joaquín de Flores, doscientos metros oeste y doscientos
metros sur de la clínica, cédula de identidad número dos-doscientos cincuenta y
nueve-novecientos veinticinco, que falleció el veinticinco de mayo del dos mil
trece, a fin de que se apersonen, dentro del plazo de treinta días, contados a
partir de la publicación de este edicto, ante esta notaría, ubicada en
Alajuela, ciento diez metros al este de los semáforos de la Cruz Roja, a hacer
valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si no lo hicieren, la herencia
pasara a quien corresponda.—Alajuela, 8 de agosto del 2013.—Lic. Óscar Gabriel
Cordero Sáenz, Notario.—1 vez.—(IN2013064409).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juan Félix
Vargas Zúñiga, quien fuera mayor, viudo una vez, cédula de identidad número
dos-ciento setenta y nueve-seiscientos ochenta y tres, agricultor, vecino de
San Antonio de La Cueva, de la Pulpería La Cueva; cuatrocientos metros al suroeste,
María Felicitas Alpízar Jara, quien fue mayor, cédula
de identidad número dos-doscientos-cuatrocientos cincuenta y nueve, casada una
vez, ama de casa, vecina de San Antonio de La Cueva, de la Pulpería La Cueva;
cuatrocientos metros al suroeste. Para que dentro de plazo de treinta días
contados a partir de la primera publicación de este edicto comparezcan a hacer
valer sus derechos, con apercibimiento a los que crean tener derecho a la
herencia que si no se presentan en este plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Notaría pública, San Antonio de La Cueva, Naranjo Alajuela; un
kilómetro al noroeste, de la plaza de deportes, a las quince del veintiuno de
julio del dos mil trece y quince horas del dos de agosto del dos mil trece.
Expediente Nº 0001-2013.—Lic. Yenory
Rojas Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2013064449).
Bufete Jurídico Vargas Solís, Lic. José Adrián Vargas Solís,
abogado y notario público autorizado, Alajuela, Central, cincuenta metros sur
de los semáforos de los Tribunales de Justicia, teléfono: dos cuatro cuatro dos-dos uno siete seis. Se declara abierto el
sucesorio siguiente y con el término de treinta días a partir de la publicación
de este edicto, se cita y emplaza todos los interesados en la sucesión de quien
en vida fue Rafaela León Alpízar, mayor, viuda de las
primeras nupcias, del hogar, vecina de Alajuela, Central, San Miguel de Turrúcares, en la rotonda, cédula de identidad número
dos-doscientos treinta-setecientos setenta y cinco, para que comparezcan ante
esta notaría, en reclamo o defensa de sus derechos, y se apersonen en autos lo
que crea tener la calidad de interesados de cualquier tipo, y se apercibe que
si no se presentan dentro de ese término referido, la herencia pasará a quien
corresponda. Proceso sucesorio de Rafaela León Alpízar
promueve Ana María de los Ángeles Porras León y otros. Expediente número: cero cero cero dos-dos mil doce.—Alajuela, a las dieciocho horas del trece de setiembre del
dos mil trece.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1
vez.—(IN2013064474).
Bufete Jurídico Vargas Solís, Lic. José Adrián Vargas Solís,
abogado y notario público autorizado, Alajuela, Central, cincuenta metros sur
de los semáforos de los Tribunales de Justicia, teléfono: dos cuatro cuatro dos-dos uno siete seis. Se declara abierto el sucesorio
siguiente y con el término de treinta días a partir de la publicación de este
edicto, se cita y emplaza todos los interesados en la sucesión de quien en vida
fue Lucía Dinorah Campos Rodríguez, mayor, casada en primeras nupcias, del
hogar, vecina de igual dirección que los comparecientes, cédula de identidad
número dos-doscientos veinticinco-cuatrocientos setenta y tres, para que
comparezcan ante esta notaría, en reclamo o defensa de sus derechos, y se
apersonen en autos lo que crea tener la calidad de interesados de cualquier
tipo, y se apercibe que si no se presentan dentro de ese término referido, la
herencia pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio de Lucía Dinorah Campos
Rodríguez promueve Elieth Marlene Picado Campos y
otros. Expediente número: cero cero cero uno-dos mil trece.—Alajuela,
a las once horas del veinte de setiembre del dos mil trece.—Lic. José Adrián
Vargas Solís, Notario.—1 vez.—(IN2013064475).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ana
Isabel Vargas Mora, quien fue mayor, casada una vez, pensionada, vecina de San
José, Guadalupe, de la Escuela de Enseñanza Especial Fernando Centeno Güell,
doscientos este y cincuenta sur, con cédula número 1-0415-0652, fallecida el 23
de noviembre del 2012, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen a reclamar sus derechos
en sucesorio en vía notarial, en la oficina de la notaría sito en San José,
avenida dieciocho, calles quince y diecisiete, teléfono 8834-3430. Si no se
presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente número 0004-2013.—San José, trece horas del
treinta de setiembre de dos mil trece.—Lic. Mireya Elizondo Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2013064509).
Ante mí, Lic. Gladys Tapia Masís,
notaria con oficina en San José, mediante escritura número 407 otorgada a las
catorce horas del cinco de setiembre del año en cuso, visible al folio 127
vuelto, del tomo cinco, se tiene abierto ante esta notaria el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Adelia Delgado Araya, quien
es mayor soltera, ama de casa, vecina de Tejarcillos
de Alajuelita; de la Pulpería La Amistad; setenta y
cinco metros este, cédula uno cero cuatro nueve cinco cero ocho ocho siete, quien falleció el primero de marzo del dos mil
doce, se invita a terceros con algún derecho para que hagan valer su derecho
ante esta notaría, sita diagonal al Liceo Castro Madriz, Barrio Cordoba. Bufete Zamora y Asociados—San José, 1º de octubre
del 2013.—Lic. Gladys Tapia Masís,
Notaria.—1 vez.—(IN2013064521).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis
Fernando Paniagua Soto, mayor, casado una vez, técnico en mantenimiento, vecino
de Cuestillas de Florencia, San Carlos; cien metros al este, de la escuela, con
cédula de identidad número dos-cuatrocientos veintiuno-novecientos siete; para
que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de esta publicación,
comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos que si no se presentan dentro del plazo dicho, la herencia pasará
a quien corresponda. Expediente número 2013-0002-AJNC. Notaría de la Licenciada
Evelyn Loaiza Blanco. Ciudad Quesada, San Carlos, Barrio Baltazar Quesada;
veinticinco metros al norte, cien metros al oeste y veinticinco metros al norte
del abastecedor El Vicero.—Lic.
Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2013064555).
Se emplaza a todos los interesados en las sucesión de quien en
vida fue Ana María Montero Cambronero, cédula
cuatro-cero ochenta y uno-ochocientos noventa y nueve, para que dentro del
término de treinta días contados a partir de esta publicación, se apersonen a
este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo hacen dentro
del plazo indicado, la herencia pasara a quien corresponde. Notaria Bufete
Rodríguez, 300 oeste y 50 sur, del Correo de Heredia.
Expediente 5-13.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez
González, Notario.—1 vez.—(IN2013064567).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Cynthia
María Retana Agüero, a las dieciséis horas del dieciséis de setiembre del año
dos mil trece, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el
proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Martha Eugenia Agüero
Castillo, mayor, divorciada, ama de casa, vecina de La Aurora de Alajuelita, Urbanización Corina Rodríguez; avenida uno,
casa ciento diecisiete, portadora de la cédula de identidad número uno-cero
cuatro cero siete-uno uno nueve tres, fallecida el día veintisiete de junio del
dos mil trece. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del
plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta notará a hacer valer sus derechos. Notaria
del Lic. José Ángel Obando Silvas, Nicoya, Guanacaste; cien metros al este y
doscientos sur, de la Plaza La Pangola, teléfono
2686-6689.—Lic. José Ángel Obando Silvas, Notario.—1 vez.—(IN2013064582).
Ante esta notaría, se ha presentado los señores María Adela ambos
de apellidos Obando Salazar para solicitar a la suscrita notaría la apertura
extrajudicial del sucesorio ab-intestato de quien en vida fue Francisco Teodoro
Obando López, mayor de edad, casado una vez, pensionado, portado de la cédula
de identidad número ocho-cero cincuenta y siete-cero setenta y cuatro, vecino
del Palmar de Montes de Oro, un kilómetro oeste de la escuela y Genoveva
Salazar Altamirano, mayor, viuda, pensionada, portadora de la cédula de
identidad número cinco-ciento veintiuno-setecientos setenta y nueve, vecina del
mismo lugar. En virtud de lo anterior, se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada en Miramar veinticinco
metros norte, del Palí; a reclamar y hacer valer sus
derechos, apercibidos de que si no se presentan dentro de ese término, la
herencia pasará a quien corresponda.—Miramar, 6 de
setiembre del 2013.—Lic. Jockseline Zúñiga Varela,
Notaria.—1 vez.—(IN2013064632).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio
del señor César Rodríguez Granja, quien fuera mayor, viudo de su segundo
matrimonio, pensionado, con cédula de residencia números siete siete ocho-nueve tres cinco cinco
cinco-siete tres, vecino de Heredia, Heredia, Mercedes Sur, La Palma, del
Quiropráctico; ciento cincuenta metros este, cincuenta metros norte,
veinticinco metros este, se cita a los herederos legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, dentro del término de treinta días hábiles,
contados a partir de la publicación del edicto correspondiente para que se
apersonen hacer valer sus derechos. Sucesión que se tramita en la notaría del
Licenciado Manuel Enrique Arguedas Barrantes, con oficina abierta en la
provincia de Heredia, cantón Heredia, distrito Heredia, de la Escuela Richard
Nixon, trescientos metros norte, fax 2263-4453.—Lic. Manuel Enrique Arguedas
Barrantes, Notario.—1 vez.—(IN2013064657).
Se hace del conocimiento público que ante mi notaría, se procedió
a la apertura y tramitación del proceso sucesorio testamentario en sede
notarial de quien en vida fue Rosario Gutiérrez Villalta, quien fuera mayor de
edad, casada dos veces, ama de casa, cédula de identidad número uno-cero seis
tres-uno seis dos tres, vecina de San José, Hatillo centro, veinticinco metros
al sur, de Almacenes Unidos, casa a mano derecha color verde. Se emplaza a los
interesados en este proceso sucesorio, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos ante esta notaría sita San José, Zapote, de la Iglesia
Católica 150 metros sur, Fax: 2226-7038. Apercibidos de que si no lo hicieren
la herencia pasará a quien derecho corresponda.—San
José, veinticuatro de setiembre de dos mil trece.—Lic. Saddy
Guzmán Obando, Notario.—1 vez.—(IN2013064667).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Myrtle May Sinclair, quien fue
mayor, viuda una vez, vecina de Limón, titular de la cédula de identidad número
ocho-cero cero cuatro nueve-cero cero ocho siete, para que dentro del plazo de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría redamar sus derechos; y se apercibe a tos que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien correspondan. Teléfono dos-setecientos cincuenta y ocho-treinta
y tres-sesenta y tres, fax: dos-setecientos cincuenta y ocho-cuarenta-treinta.
Expediente Nº cero cero cero
tres-dos mil trece.—Lic. Eduardo Cruickshank
Smith, Notario.—1 vez.—(IN2013064700).
Por escritura de las dieciséis horas de veintiocho de noviembre de
dos mil doce, se abre en esta notaría sucesorio de quien en vida fue Ignacia
Antonia Núñez Garita, cédula de identidad tres-ciento veinte-cero cuarenta y
cinco. Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión para que dentro
del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan a reclamar sus derechos. Expediente sucesorio testamentario
001-2012 de Ignacia Núñez Garita.—Cartago octubre del
2013.—Lic. Luis Anselmo Solano Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2013064742).
Por escritura de las diecisiete horas del treinta de enero de dos
mil ocho, se abre en esta notaría sucesorio de quien en vida fue Jorge Calvo
Gómez; cédula de identidad tres-ciento veintiuno-doscientos noventa. Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión para que dentro del plazo de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a
reclamar sus derechos. Expediente sucesorio testamentario 001-2008 de Jorge
Calvo Gómez.—Cartago octubre del 2013.—Lic. Luis
Anselmo Solano Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2013064743).
Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e
interesados en la sucesión de Mario Mora Mesén, cédula uno-cero doscientos
cuatro-cero seiscientos setenta, vecino de Barrio Río Seco en Pérez Zeledón;
doscientos metros al norte, de la entrada principal, para que dentro de treinta
días, contados a partir de la públicación de este
edicto, comparezcan a la oficina de la notaria
pública María Cecilia Vargas Navarro, ubicada en San Isidro de El General,
Pérez Zeledón; setenta y cinco metros al sur, del cementerio, tercer casa a
mano derecha, a reclamar sus derechos y se aperciba a los que crean tener la
calidad de herederos o con derechos, que si no se presentan dentro del plazo
citado, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente Nº 0002-2013.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, ocho de julio del
2013.—Lic. María Cecilia Vargas Navarro, Notaria.—1
vez.—(IN2013064752).
Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e
interesados en la sucesión de Rafael Ángel Sánchez Arroyo, casado una vez,
comerciante, cédula dos-cero trescientos treinta y cinco-cero doscientos
cincuenta y seis, vecino de Turrúcares de Alajuela;
trescientos metros al norte, de la escuela, para que dentro de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a la oficina de
la notaria pública María Cecilia Vargas Navarro,
ubicada en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, setenta y cinco metros al
sur del cementerio, tercer casa a mano derecha, a reclamar sus derechos y se
aperciba a los que crean tener la calidad de herederos o con derechos, que si
no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasara a quien
corresponda. Expediente Nº 0005-2013.—San Isidro de El
General, Pérez Zeledón, doce horas del catorce de setiembre del dos mil
trece.—Lic. María Cecilia Vargas Navarro, Notaria.—1
vez.—(IN2013064753).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien
en vida se llamó Santiago De La O Morera mayor, divorciado una vez, dibujante
en ingeniería, vecino de Jardines de Tibás, San José, Manzana N, casa cinco-N,
número de identificación, siete-cero cero uno seis-cero uno uno
cero, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos bajo el
apercibimiento de que si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia
pasara a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2013, sucesorio testamentario
notarial. Tramitado en la notaría de la Lic. Ligia María Araya Campos.—Concepción, San Isidro de Heredia, 2 de setiembre del
2013.—Lic. Ligia María Araya Campos, Notaria.—1
vez.—(IN2013064790).
Se hace saber que en notaría se tramita el proceso sucesorio del
causante; Víctor Manuel Acuña García, quien era mayor de edad, casado una vez,
pensionado, vecino de San José, Dulce Nombre de Coronado, cien metros oeste
cincuenta metros norte y cincuenta metros oeste de la plaza de deportes y
portador de la cédula de identidad número uno-ciento cincuenta y seis-cero
cincuenta y uno. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
los interesados, que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a quienes crean tener derechos
hereditarios, de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquello
pasará a quienes corresponda. Expediente 002-2013. Notario Jorge Monge Jiménez,
cuarenta metros sureste del Club Social División.—Tejar
del Guarco, Cartago, veinte de mayo del año dos mil
trece.—Lic. Jorge Monge Jiménez, Notario.—1
vez.—(IN2013064813).
Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados en la
sucesión de Herminia Badilla Azofeifa, quien fue
mayor, viuda, ama de casa, vecina de Escazú, con cédula de identidad
1-0067-4898, tramitada ante mi Notaría para que dentro de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos
y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se
presentan dentro de ese plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Lic.
Marlene Bustamante Hernández Notaría con oficina en Escazú, San Antonio, Centro
Comercial El Descanso.—Escazú, primero de marzo del
dos mil trece.—Lic. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1
vez.—(IN2013064937).
Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados en la
sucesión de Miriam Solís Montero, quien fue mayor, soltera, ama de casa, vecina
de Escazú, cédula de identidad numero 1-0549-0165,
tramitada ante mi notaría para que dentro de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se
apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan
dentro de ese plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Lic. Marlene
Bustamante Hernández Notaría con oficina en Escazú, San Antonio, Centro
Comercial El Descanso.—Escazú, veinte de setiembre del
dos mil trece.—Lic. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1
vez.—(IN2013064940).
Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados en la
sucesión de Roberto Vargas Campos, quien fue mayor, casado, vecino de San
Rafael Arriba de Desamparados, con cédula de identidad numero: 1-0010-2893,
tramitada ante mi Notaría para que dentro de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se
apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan
dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Lic. Marlene
Bustamante Hernández Notaría con oficina en Escazú, San Antonio, Centro
Comercial El Descanso.—Escazú, veinte de setiembre del
dos mil trece.—Lic. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1
vez.—(IN2013064942).
Con treinta días de plazo, contados a partir de la fecha de
publicación de este edicto, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores
y demás interesados en la sucesión de quienes en vida se llamaron Alicia López
Monge, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San Ignacio de
Acosta, doscientos metros sur del Banco Nacional, entrada al Barrio Abarca,
cédula de identidad número uno-doscientos sesenta y seis-doscientos nueve, y
Fabio Calderón Rojas, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de
la misma dirección, cédula de identidad número uno-ciento noventa y
cinco-doscientos veinticinco, a fin de que comparezcan ante esta notaría a
hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo,
la herencia pasará a manos de quien o quienes hayan demostrado en el proceso su
legítimo derecho a heredar. Asimismo se le previene acerca del señalamiento de
un medio (fax o correo electrónico), para atender sus futuras notificaciones,
apercibidos de que en caso de no hacerlo, o bien que el medio escogido
imposibilite su notificación por causas ajenas a esta notaría, las resoluciones
que se dicten se les tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas después de dictadas. Igualmente se les hace saber que, de surgir
controversia en relación a la tramitación de esta sucesión en esta sede, se
procederá a dar por terminado el proceso en sede notarial, para su inmediata
remisión a la Sede Judicial. La dirección de esta notaría es en Aserrí, San José, frente a la Escuela Santa María, teléfono
número veintidós treinta-noventa catorce. Expediente número cuatro-dos mil
trece.—Aserrí, San José, dos
de octubre de dos mil trece.—Lic. Jorge Mario Piedra Arias, Notario.—1 vez.—(IN2013064995).
Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de Magdalena
Sosa Venegas, quien fuera mayor, casada, cédula 203330226, vecina de Villa
Hermosa, Alajuela, para que dentro de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus
derechos, apercibidos que de no hacerlo, la herencia pasará a quien
corresponda. Notaría del Lic. Óscar Mario Ávila Ulate,
C 13 y 15 ave. 2 N° 5, Alajuela.—Lic.
Óscar Mario Ávila Ulate, Notario.—1
vez.—(IN2013065031).
Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados
en la sucesión de quien en vida se llamó Julio Suñol
Leal, quien fue casado dos veces, pensionado, cédula de identidad número
seis-cero treinta y ocho-cero cero ocho, vecino de Escazú, Urbanización Los
Laureles, San José, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría, en defensa de
sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieran, la
herencia pasará a quien en derecho corresponde. Expediente N° 001-2013,
sucesorio ab-intestato en sede notarial de Julio Suñol
Leal. Notaría de Alexander Eduardo Rojas Salas. San José, avenida Central,
calles 5 y 7, Edificio Primavera, cuarto piso.—San
José, 30 de setiembre del 2013.—Lic. Alexander Eduardo Rojas Salas, Notario.—1 vez.—(IN2013065092).
Se cita y emplaza a los posibles interesados en el sucesorio
testamentario de quien en vida fue Claudia Vega Bolaños, a efecto en el plazo
de treinta días contabilizados a partir de la publicación del presente edicto,
se apersonen a mí oficina, situada en el cantón de Palmares, provincia de
Alajuela cincuenta metros al norte de la esquina noreste del parque, a hacer
valer sus derechos. De no presentarse reclamo alguno la herencia pasará a
quienes corresponda según la normativa legal.—Palmares,
a las once horas del día primero de octubre del año dos mil trece.—Lic. Albino
Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—(IN2013065109).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Jeizel Leticia Chaves Hernández, a las once horas del
veintiuno de agosto del dos mil trece, comprobado el fallecimiento, esta
notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera Leticia
Hernández Oses, divorciada, educadora, vecina de Alajuela, en Turrúcares, Urbanización La Turrucareña,
cédula número dos-ciento setenta y dos-cuatrocientos treinta y tres. Se cita y
emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta
días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Carolina
Rodríguez Sánchez, en Alajuela centro, de la Cruz Roja ciento diez metros al
este. Teléfono: cuatrocientos cuarenta y dos-quince-sesenta y uno.—Lic. Carolina Rodríguez Sánchez, Notaria.—1
vez.—(IN2013065146).
Se hace saber que en este despacho, se tramita la apertura del
proceso sucesorio de Óscar German Cavichioni Cavichioni, quien fuera mayor, casado una vez, operario de
construcción, vecino de Dos Cercas de Desamparados, San José, cédula de
identidad número seis-cero cero cincuenta y nueve-cero setecientos sesenta y
seis. Se cita y emplaza a todos los interesados en la apertura, para que en el
término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos.—San José, 1°
de octubre del 2013.—Lic. María de los Ángeles Jiménez Acuña, Notaria.—1 vez.—(IN2013065148).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Vilma
Ávila Rojas, a las doce horas del dos de octubre del año dos mil trece,
comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio
de quien en vida fuera Carlos Luis Ávila Benavides, soltero, agricultor, vecino
de Alajuela en Desamparados, cédula de identidad dos-ciento sesenta y
seis-ochocientos ochenta y nueve. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer
sus derechos, Notaría del Lic., Óscar Gabriel Cordero Sáenz. Alajuela centro,
de la Cruz Roja ciento diez metros al este, teléfono cuatrocientos cuarenta y
dos-quince-sesenta y uno.—Lic. Óscar Gabriel Cordero
Sáenz, Notario.—1 vez.—(IN2013065149).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Miguel Antonio Picado Oses, mayor,
agricultor, casado una vez, nacionalidad costarricense, cédula de identidad
número cinco-ciento dieciséis-seiscientos setenta y seis, vecino de Guacalito de Armenias de Upala.
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien legalmente
corresponda. Expediente Nº 12-000116-0387-AG.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 4 de setiembre
del 2013.—Lic. Luis Madrigal Madrigal, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2013065588).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso
sucesorio de Benigno Barboza Marín, quien fuera mayor, vecino de Guadalupe,
soltero, cédula de identidad número 103250548. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-000593-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José,
23 de setiembre del 2012.—Lic. Mateo Ivankovich
Fonseca, Juez.—1 vez.—(IN2013063906).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rodrigo Jesús
Marín Marín, quien fue mayor, soltero, vendedor,
cédula de identidad 1-0958-0462 y vecino de San Antonio de Escazú, para que
dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la
calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia
pasará a quien legalmente corresponda. Proceso sucesorio número
13-100060-0917-CI (63-2013) de Rodrigo Jesús Marín Marín,
promovido por Yorleny Marín Marín.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Escazú, 17
de setiembre del 2013.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—1
vez.—(IN2013063907).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Rodrigo Jiménez López, mayor, casado una
vez, comerciante, vecino de Santa Bárbara de Heredia, cédula de identidad
202400930. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 13-000388-0504-CI.—Juzgado Civil de
Heredia, 2 de setiembre del 2013.—Msc. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2013063939).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Adina Alvarado
Rivas, mayor, casada dos veces, empresaria, vecina de Liberia, Guanacaste,
frente al Mall, cédula de identidad 05-0043-0118. Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 12-000266-0183-CI.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 21 de junio del 2013.—Lic.
Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—(IN2013063950).
Se avisa que en este Despacho en
el expediente número 13-000306-0673-NA los señores Davide
Zago, Lisa Zanet solicitan
se apruebe la adopción conjunta internacional de las personas menores de edad
Michael, Duvan y Dana Julissa, todos de Apellidos
López Ureña. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y
se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado
de Familia de Niñez y Adolescencia, 15 de julio del año 2013.—Msc.Yerma Campos Calvo, Jueza.—1
vez.—(IN2013053557).
Se convoca por medio de este
edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme al artículo
236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse del presunto
Insano Carlos Luis Bonilla Jiménez quien es mayor, costarricense, viudo, de
ocupación ignorada, cédula de identidad N° tres-cero setenta y
siete-trescientos veintidós, vecino de Paquita de Quepos,
concretamente en el Hogar de Ancianos, dentro del plazo de quince días contados
a partir de esta publicación. Proceso de insania. Expediente N°
13-100050-425-3-CI, promovido por, Carlos Leonardo Bonilla Quirós a favor de
Carlos Luis Bonilla Jiménez.—Juzgado Mixto de
Aguirre y Parrita, Quepos, 02 de setiembre del
2013.—Lic. Sedier Villegas Méndez, Jueza.—1 vez.—(IN2013063676).
Licenciada Patricia Cordero
García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a María Isabel Ledezma Lara, en su carácter personal, quien es mayor de
edad, calidades desconocidas, cédula 0401640392, se le hace saber que en
demanda declaratoria judicial abandono, establecida por Patronato Nacional de
la Infancia contra María Isabel Ledezma Lara, se
ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado
de Familia de Cartago, a las catorce horas y cuarenta y siete minutos del
veintitrés de abril del año dos mil trece. Se tiene por establecido el presente
proceso especial de declaratoria de abandono de la menor Génesis Fabriela Ledezma Lara, planteado
por Patronato Nacional de la Infancia, contra María Isabel Ledezma
Lara, a quien se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones,
se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad
con los artículos 121 y 122 del Código de Familia, cinco días, a aceptar y
jurar el cargo. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente(n)
debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con
el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°
20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2
de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que,
si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial,
Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan
suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de
Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte
que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su
curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula
el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia.
Notifíquese esta resolución a la demandada, personalmente o por medio de
cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real.
Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se aprueba el Depósito
Provisional de la menor de edad Génesis Fabriela Ledezma Lara en el Patronato Nacional de la Infancia.
Previo a nombrar Curador procesal, envíese los oficios de estilo a fin de
conocer la dirección de la demandada. Lo anterior por haberse ordenado así en
proceso de declaratoria de abandono. Lo anterior por haberse ordenado así en
proceso de declaratoria de abandono y depósito judicial promovido por el
Patronato Nacional de la Infancia contra María Isabel Ledezma
Lara, expediente 13-000504-0338-FA.—Juzgado de
Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1
vez.—(IN2013063702).
Se hace saber, que ante este
Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Ángela Calderón
Hernández mayor, casada una vez, estudiante, documento de identidad 0701280899,
vecina de Moravia, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el
nombre de Ángela Calderón Hernández, por el de Ángela Dhafnny
mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que
dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este
edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los
apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp.: 13-000058-0164-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de abril del 2013.—M.Sc. Mateo Ivankovich Fonseca,
Juez.—1 vez.—(IN2013063789).
Se convoca por medio de este edicto a las
personas a quienes pueda corresponder el ejercicio de la curatela, conforme con
el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de
ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación.
Proceso de insania que promueve María del Milagro Sánchez Obregón en favor de
la señora Elena Obregón Espinoza. Expediente Nº 13-000960-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 1° de agosto del 2013.—Msc. Patricia
Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—(IN2013064353).
Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, a Andrea Cambronero
Reyes, cédula 0205730169, y Mauricio González Hinestroza,
de nacionalidad colombiana, pasaporte N° PPC 8430428 se les hace saber que en
demanda declaratoria judicial abandono, N° 11-001403-292-FA, establecida por el
Patronato Nacional de la Infancia contra Andrea Cambronero
Reyes y Mauricio González Hinestroza, se ordena
notificarle por edicto, la sentencia N° 101249-2013, de las quince horas del
veintiocho de agosto de dos mil trece, que en lo conducente dice: Por tanto:
Razones dadas y normativa citada, se acoge la acción presentada por el
Patronato Nacional de la Infancia y en consecuencia, se declara en estado de
abandono con fines de adopción a Saúl Antonio González Cambronero,
por parte de su madre Andrea Leticia Cambronero Reyes
y de su padre registral Mauricio González Hinestroza,
a quienes se le da por terminada la patria potestad respecto de su hijo; se
deposita judicialmente al referido menor en el Patronato Nacional de la
Infancia, institución que deberá velar por procurarle una ubicación adecuada en
un hogar donde pueda ver satisfechas en el sentido amplio de la palabra, todas
su necesidades. Se omite comunicación al Ministerio Público para que investigue
las posibles agresiones contra el infante causadas por el presunto padre
biológico, dado que según autos esa denuncia fue realizada por la demandada.
Firme esta resolución inscríbase mediante ejecutoria que se expedirá, en el
Registro Civil Sección Nacimientos de la Provincia de Alajuela al tomo 909,
página 459, asiento 918. Publíquese la parte dispositiva de este fallo por una
única vez, en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación
nacional. Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Se ordena la
remisión de este fallo a la Presidencia Ejecutiva, para lo de su cargo. Se
advierte a las partes el derecho de apelar este fallo dentro del plazo de Ley.
Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela.—Msc. Johanna Escobar Vega,
Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2013065568).
Licenciado Carlos Eduardo Leandro Solano Juez del Juzgado de
Familia de Cartago; hace saber a Roger Eduardo Quirós Quesada, documento de
identidad 0108150043, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en
su contra, bajo el expediente número 11-001785-0338-FA(4) donde se dictaron las
resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia de Cartago. A las once
horas del veintiuno de agosto del año dos mil trece. Resultando 1)... 2)... 3)…
Considerando: I.-… II.-… IV.-… V.-… VI.-… Por tanto: se rechaza la excepción de
falta de derecho opuesta y se declara con lugar la demanda incoada por la
actora en cuanto a la solicitud de divorcio y se declara disuelto el vínculo
matrimonial que une a Adriana Redondo Alvarado y Róger
Quirós Quesada y se ordena la inscripción de esta sentencia, en la Sección de
Matrimonios de la Provincia de San José del Registro Civil, al tomo trescientos
cincuenta y tres, folio trescientos ochenta y asiento setecientos sesenta. El
tema de los alimentos entre los exesposos y para con
sus hijos, habrá de ventilarse en la sede alimentaria correspondiente. No hay
tampoco fallo que hacer sobre tema de gananciales. En cuanto a la gestión que
sobre el atributo de patria potestad hace la gestionante,
se le confiere a la madre el ejercicio exclusivo de la autoridad parental. Se
concede autorización permanente de salida del país en en
vista de que el demandado es un sujeto ausente no solo como cónyuge, sino
además como padre, quien es figura parental sólo a nivel registral, pues en
realidad no reciben del progenitor ningún tipo de beneficio; por lo que en
consideración al interés superior de los menores, resulta procedente conferirle
a la madre la autorización dicha. De conformidad con el ordinal 153 y 222 del
Código Procesal Civil, se resuelve este asunto sin especial condenatoria en
costas, por lo que cada parte deberá pagar aquellas en las que haya incurrido y
ambos aquellas que les fueren comunes. Willy Fernández
M, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Adriana De Los
Ángeles Redondo Alvarado contra Roger Eduardo Quirós Quesada; expediente Nº
11-001785-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago,
30 de agosto del 2013.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2013065571).
Licenciada Johanna Escobar Vega, Jueza del Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Elsa María Lazo Lara, en su carácter
personal, quien es mayor, de nacionalidad Nicaragüense, ama de casa, vecina de
San Rafael de Alajuela, documento de identidad desconocido y Yuri Fuentes
Duarte, en su carácter personal, quien es mayor, de nacionalidad nicaragüense,
soltero, vecino de Alajuela, documento de identidad desconocido, se les hace
saber que en demanda declaratoria judicial abandono N° 11-001967-0292-FA,
establecida por Ángel Porfirio Rivas Varela contra Elsa María Lazo Lara y Yuri
Fuentes Duarte, se ordena notificarles por edicto, la resolución que en lo
conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A
las diez horas y doce minutos del trece de enero de dos mil doce. Se tiene por
establecido el presente proceso especial de declaratoria judicial de abandono de
la menor Alondra Masiell Fuentes Lazo, planteado por
Ángel Porfirio Rivas Varela y Martha Sugey Fuentes
Duarte contra Elsa María Lazo Lara quien se encuentra debidamente apersonada al
proceso (ver folio 5) y Yuri Fuentes Duarte, a quién se le concede el plazo de
cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y
ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del
Código de Familia. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene
como parte al Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia. cinco días, a aceptar y jurar el cargo. En ese mismo plazo,
en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo,
por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de
cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia
oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez
recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución al
Patronato Nacional de la Infancia en sus oficinas en esta ciudad por medio de
la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de
Alajuela de este circuito. Notifíquese esta resolución al demandado Yuri
Fuentes Duarte, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa
de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela.—Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2013065573).
Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número
11-002469-0338-FA, los señores Isabel Rocío Ulloa Martínez y Jesús Antonio
Tovar Márquez, solicitan se apruebe la adopción conjunta del menor de edad
Gabriel de Jesús Céspedes Carranza. Se concede a los interesados el plazo de
cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los
motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la
misma. Expediente 11-002469-0338-FA-1.—Juzgado de
Familia de Cartago, 13 de febrero del 2012.—Lic. Carlos Eduardo Leandro
Solano, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2013065575).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito del menor de edad José Alfredo Martínez Rosales, para que se apersonen
a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la
última publicación del edicto ordenado. Expediente N°11-002477-0338-FA promovente Patronato Nacional de la Infancia. Clase de
asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia de
Cartago, 9 de enero del 2012.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2013065576).
Msc. Ramón
Zamora Montes, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San
José; hace saber a Sergio José Canales Mercado, que en este Despacho se
interpuso un proceso divorcio, en su contra, bajo el expediente N°
11-002553-0165-FA, establecido por Karla Patricia Ocampo Loría,
que en lo conducente dice: La suscrita Karla Patricia Ocampo Loría, mayor de edad, separada, ama de casa, sin
discapacidades, sexo femenino, vecina de la Trinidad de Moravia, cédula N°
5-351-379, me presento ante su autoridad respetuosamente a solicitarle el
divorcio por separación de hecho, en contra del señor Sergio José Canales
Mercado, mayor, nicaragüense, agricultor, sin discapacidades, se cree que
actualmente se encuentra en Nicaragua, portador del pasaporte N°
521-130384-0001D, sin documentos ni papeles costarricenses. Esto por los
siguientes hechos: Hechos: Primero:..., Segundo: ..., Tercero:..., Cuarto:...,
Quinto:..., Sexto:... Fundamentos de derecho:... Pretensiones: Que se declare
divorcio por separación de hecho, según versa el artículo 48 inciso 8) del
Código de Familia. Que se ordene su debida inscripción en el Registro Civil,
Sección de Matrimonios. Que se exonere a la suscrita al pago de las costas
procesales y personales. Que se condene al demandado al pago de las costas.
Pruebas:..., Nombramiento de curador:..., notificaciones:... Mediante
resolución de las catorce horas y diez minutos del veintiséis de enero del año
dos mil doce, se dio traslado al demandado por el plazo de diez días, para que
se opusiera a la demanda o manifestara su conformidad conformidad
con la misma. Mediante resolución de las quince horas y veintiséis minutos del
dieciséis de abril del año dos mil trece, se nombró curador procesal del
demandado a la Licda. Viviana Calvo Valverde. Mediante resolución de las
dieciséis horas y veintiuno minutos del dieciocho de julio del año dos mil
trece, se ordenó notificar al demandado por medio de edicto, de conformidad con
el artículo 263 del Código Procesal Civil. Lo anterior se ordena así en proceso
divorcio de Karla Patricia Ocampo Loría contra Sergio
José Canales Mercado; expediente Nº 11-002553-0165-FA.—Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de julio del 2013.—Msc. Ramón Zamora Montes, Juez.—1
vez.—Exento.—(IN2013065577).
Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número
11-002652-0364-FA, los señores Rafael Ángel Badilla Porras, cédula 1-569-861, y
Teresa Solís Fernández, cédula 9-680-301 solicitan se apruebe la adopción
conjunta de la menora Valentina Rojas Espinoza. Se
concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se
indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado
de Familia de Heredia, 28 de agosto del 2013.—Lic. Cynthia Rodríguez
Murillo, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2013065578).
Licenciado Anthony Zapata Sojo, Juez del Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de San José, hace saber a Pixley
Anthony Baccas, documento de identidad P2782991, casado, comerciante, vecino de
domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en
su contra, bajo el expediente N° 11-002820-0165-FA, donde se dictó la sentencia
oral N° 532-2013 de las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro
de julio del dos mil trece, que en lo contundente dice: Por tanto: se declara
con lugar la presente demanda de divorcio promovida y se decreta la disolución
del vínculo matrimonial que une a Estela Tatiana Araya Alfaro documento de
identidad N° 3-369-056 y Pixley Anthony Baccas con
documento de identidad N° P2782991. Alimentos: acudan las partes a la vía de
alimentos correspondiente. Gananciales: Se declara que la finca matricula de
folio real número trescientos cincuenta y tres mil trescientos once-cero cero cero (353311-000), no corresponde a un bien ganancial. Así
mismo se establece que de existir bien algún otro, cada cónyuge adquiere el
derecho de participar en el cincuenta por ciento de los bienes con carácter de
gananciales que se constaten en el patrimonio del otro cónyuge, como lo dispone
el numeral 41 del Código de Familia. Costas: Se eximen a ambas partes del pago
de costas (artículo 222 del Código Procesal Civil). Inscripción: a la firmeza
de este fallo, inscríbase esta sentencia en el Registro Civil, Sección de
Matrimonios de San José, tomo cuatrocientos veintisiete; folio: cuatrocientos
cincuenta y tres, asiento novecientos seis. Quedan ambas partes notificadas en
este acto y encontrándose en firme la sentencia, pueden solicitarla al Despacho
tres días después de promulgado este fallo. Lo anterior se ordena así en
proceso divorcio de Estela Araya Alfaro contra Pixley
Baccas; expediente Nº 11-002820-0165-FA.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de agosto del
2013.—Lic. Anthony Zapata Sojo, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2013065580).
Licenciada Alinne Solano Ramírez, Jueza
del Juzgado de Familia de Hatillo, hace saber que en proceso de reconocimiento
de hijo de mujer casada, N° 2011-400302-0637-FA, promovido por Víctor Eladio
Salazar Vásquez, cédula uno-mil doscientos ocho-ochocientos treinta y siete,
contra Elieth Raquel Chirino Gómez, residencia uno
cinco cinco ocho uno uno
dos cuatro uno cinco cero uno y Maurizio Cardinali de un apellido por su nacionalidad, pasaporte P
ocho uno seis cuatro nueve ocho S, representado por su curador procesal la
licenciada Yanina Jiménez Ugalde, se dictó la
sentencia N° 402-2013, que en lo que interesa dice: Juzgado Civil, Trabajo y
Familia de Hatillo, a las diez horas del veintisiete de junio del dos mil
trece. Considerando único.... Por tanto: De conformidad con lo expuesto, y
acorde con los artículos 69-70-71 y 85 del Código de Familia, 155, 222, 819 del
Código Procesal Civil, se declara sin lugar el presente proceso de
reconocimiento de hijo de mujer casada interpuesto por Víctor Eladio Salazar
Vásquez. Se resuelve sin especial pronunciamiento en cuanto a costas.
Notifíquese.—Juzgado de Familia de Hatillo.—Lic.
Alinne Solano Ramírez, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2013065581).
Se avisa a Patricia Rangel Azofeifa,
mayor, costarricense, cédula de identidad N° 7-151-821, con demás calidades y
domicilio desconocidos, que en este despacho se dictó dentro del expediente N°
12-000086-0673-NA establecido por la licenciada Ileana Ballar
Romero en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia,
la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 252-2012. Juzgado de
Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las nueve
horas cincuenta y cinco minutos del treinta de junio del dos mil trece.
Resultando: I.-…, II.-…, III.-…, Considerando: I.-Hechos probados:… II.-Sobre
el fondo:… Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9° de la
Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de
la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de
Familia, se declara con lugar con la demanda de declaratoria de estado de
abandono de las personas menores de edad Jeikol
Armando y Tairy Dayana
ambos Fonseca Rangel, en relación con su padre el aquí demandado Diego Armando
Fonseca Amador. Se extingue a su progenitor Diego Armando Fonseca Amador el
ejercicio de la patria potestad. En relación con la demandada Patricia Ranfel Azofeifa, se le suspende
en el ejercicio de la patria potestad hasta que cuente con las condiciones
adecuadas para reasumir a sus hijos. Una vez cumplidas dichas condiciones la
accionada podrá presentar el proceso de rehabilitación correspondiente el cual
procederá siempre y cuando acrediten que su situación personal ha cambiado y
que se encuentran en condiciones de asumir su rol materno. Se confiere el
depósito de Jeikol Armando y Tairy
Dayana Fonseca Rangel a la señora María Elida Azofeifa Delgado. Dentro de los ocho días posteriores a la
firmeza de este fallo deberá la depositaria comparecer a este Juzgado a aceptar
el cargo que aquí se les confiere. Inscríbase esta sentencia en la Sección de
Nacimientos del Registro Civil, ambas del Partido de San José, con relación a Jeikol Armando al tomo mil novecientos treinta y siete,
folio cero veinticinco, asiento cero cincuenta; con respecto a Tairy Dayana al tomo mil
ochocientos setenta y nueve, folio ciento treinta y seis, asiento doscientos
setenta y uno. Publíquese el edicto respectivo. Sin especial condenatoria en
costas. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de agosto del
2013.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2013065587).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes
corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia,
para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días
contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de María Elizabeth
Reyes Carrillo. Exp. N° 12-000166-0869-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste (Nicoya), 19 de setiembre del 2013.—Lic. Berta Lidieth Araya Porras, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2013065591).
Msc. Ramón
Zamora Montes Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San
José; hace saber a Jeffry Frank Pelc,
de nacionalidad estadounidense, con pasaporte de su país P302637401, casado una
vez, con paradero desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso declar. extramatrimonialidad
en su contra, bajo el expediente número N° 12-000167-0165-FA donde se dictó la
resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de San José.- A las diez horas y cincuenta y siete minutos del nueve
de abril de dos mil doce. Se tiene por establecido por parte de Hannia Carolina Salazar Campos el presente proceso de declar. extramatrimonialidad
e investigación de paternidad en contra de Guillermo Alberto Fernández Fernández y Jeffry Frank Pelc a quienes se les confiere traslado por el plazo de
diez días, para que la contesten, opongan excepciones previas, la prueba
documental que tuvieren y la testimonial con indicación en su caso del nombre y
generales de los testigos que propongan. Al contestar negativamente deberán
expresar con claridad las razones que tengan para su negativa y los fundamentos
legales en que se apoyan. Respecto de los hechos de la demanda, deberán
contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. Por
existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato
Nacional de la Infancia. Se les previene a la parte demandada, que en el primer
escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo
el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.-Asimismo,
por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. Se pone en conocimiento de las partes que el Departamento
de Laboratorio Forense, Sección de Bioquímica, concedió cita para realizar la
prueba de marcadores genéticos para las nueve horas del veinticinco de mayo del
año dos mil doce. Deberán presentarse en el Departamento antes citado, en el
Complejo de Ciencias Forenses, ubicado en San Joaquín de Flores, Heredia. No es
necesario que se presenten en ayunas pero sí indispensable la presentación del
documento de identidad vigente. A la actora y demandados se les hace saber, que
de conformidad con el artículo 98 del Código de Familia, la parte que sin
motivo alguno se niegue a practicarse esa importante prueba, será considerado
ese proceder como malicioso. Además esa circunstancia podrá ser tenida como un
indicio de veracidad de lo que se pretende demostrar con dicha prueba, de ahí
la importancia de mantener o señalar un lugar o medio donde escuchar
notificaciones. Notifíquese esta resolución a los demandados, personalmente o
por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su
domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. A fin de
notificar al demandado Guillermo Alberto Fernández Fernández,
se comisiona a la policia de proximidad de Paso
Ancho, a fin de notificar al codemandado Jeffry Frank
Pelc, indique la actora dirección del mismo o bien si
se desconoce su paradero, solicitar lo correspondiente para ese caso. Lo
anterior se ordena así en proceso declar. extramatrimonialidad de Hannia Carolina Salazar Campos contra Guillermo Alberto
Fernández Fernández, Jeffry
Frank Pelc. Exp. Nº
12-000167-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de San José, 2 de setiembre del 2013.—Msc.
Ramón Zamora Montes, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2013065592).
Ante esta notaría comparecen Yazmín Rojas Sánchez, mayor de edad, soltera, estudiante,
vecina de Barrio San Rafael de Tarbaca de Aserrí, de la escuela cien metros sur, con cédula de
identidad 1-1374-077 de veinticuatro años de edad, nacida el día 9 de setiembre
de 1988, hija de Francisco Rojas Guzmán y Carmen Sánchez Naranjo, ambos
costarricenses y Edy Gerardo Tercero Cifuentes, mayor
de edad, soltero, estudiante, de nacionalidad guatemalteca, con pasaporte de
esa nación número 20528523 K, vecino de Barrio San Rafael de Tarbaca de Aserrí, cien metros
sur, de la escuela, nacido el día 15 de enero de 1990; de 23 años de edad e
hijo de Hilario Félix Tercero Orozco y Teresa de Jesús Cifuentes Monterroso, ambos guatemaltecos y solicitan en forma
expresa su deseo de contraer matrimonio civil. Si alguna persona tuviere
conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se
lleve a cabo, deberá manifestarlo ante esta notaría, sita en Vuelta de Jorco de
Aserrí, provincia de San José, de la escuela cien
metros oeste, dentro del término de ocho días contados a partir de la
publicación del edicto.—San José, 12 de setiembre del
2013.—Lic. Mauricio Monge Monge, Notario.—1 vez.—(IN2013064656).
Licenciado Christian Álvarez
Campos, Fiscal Auxiliar del Ministerio Público en la Fiscalía Adjunta contra el
Crimen Organizado, al señor Esteban Gamboa Gómez, de nacionalidad
costarricense, cédula de identidad 1-1128-0294, en su condición de dueño
registral del vehículo placas de circulación 366216; así como también al señor
Michael Mora Zúñiga, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N°
1-1101-0237, en su calidad de propietario registral de la motocicleta con
placas de circulación MOT 342850, OCaOcaO les hace
saber: Se ordena notificarle la resolución de las catorce horas cuarenta y
cinco minutos del veintinueve de julio del dos mil trece, en la que indica, que
en la sumaria 12-000127-1219-PE, por el delito de tráfico internacional de
droga se encuentra decomisado el vehículo placas 366216, marca Toyota, estilo Land Cruis, color beige, así como
también se encuentra decomisada la motocicleta placas MOT 342850, marca
Fórmula, estilo XRF 250, color negra; por lo que se les insta a los terceros de
buena fe que se apersonen al proceso penal, para hacer entrega de los vehículos
en mención, siempre y cuando presenten la documentación idónea que los acredite
como terceros de buena fe, caso contrario vencido el plazo previsto en la Ley
de Distribución de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso se procederá conforme
a derecho corresponda. Por lo anterior, se procede a comunicarles por medio de
edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial.
Confeccionándose el oficio de estilo. Comuníquese.—Fiscalía
Adjunta contra la Delincuencia Organizada.—Lic. Miguel Abarca Rivas, Fiscal
Adjunto.—1 vez.—Exento.—(IN2013065590).