SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, a las dieciséis horas y cero minutos (16:00 p. m.) del
once de noviembre del dos mil catorce, y con la base de nueve millones noventa
y ocho mil setecientos veintisiete colones con veinte céntimos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N°
558951-000, la cual es terreno: para construir. Situada: en el distrito 03
Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, José Alberto Arce Sánchez; al sur, calle pública con un frente lineal
de 12 metros; al este, calle pública con un frente lineal de 12 metros, y al
oeste, José Alberto Arce Sánchez. Mide: quinientos un metros con sesenta y
siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las dieciséis
horas y cero minutos (16:00 p. m.) del veintiséis de noviembre del dos mil
catorce, con la base de seis millones ochocientos veinticuatro mil cuarenta y
cinco colones con cuarenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta, se señalan las dieciséis horas y cero minutos (16:00
p. m.) del doce de diciembre del dos mil catorce, con la base de dos millones
doscientos setenta y cuatro mil seiscientos ochenta y un colones con ochenta
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Ande N° 1 (COOPEAN) contra Seily Solís Muñoz. Expediente N° 13-007672-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
29 de julio del 2014.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(IN2014064071).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y treinta
minutos del diecisiete de noviembre del dos mil catorce, y con la base de diez
mil setecientos cuarenta y ocho dólares con cuarenta y seis centavos, en el
mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas N°: 784118, marca:
Mitsubishi, estilo: Zinger, categoría: automóvil,
capacidad: 7 personas, año: 2009, color: azul, vin:
A6009668, cilindrada: 2351 cc, combustible: gasolina, motor N°: 4G64T009623.
Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de
diciembre del dos mil catorce, con la base de ocho mil sesenta y un dólares con
treinta y cinco centavos, y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas
y treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil catorce, con la base
de dos mil seiscientos setenta y ocho dólares con doce centavos. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda (Costa Rica)
Sociedad Anónima contra Luis Antonio Gutiérrez Novoa. Expediente N°
13-004610-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Contravencional de Grecia, 4 de junio del 2014.—Lic. Brayan
Li Morales, Juez.—(IN2014066940).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas y cuarenta y
cinco minutos del quince de abril del dos mil quince, y con la base de dos
millones seiscientos ochenta y dos mil setecientos ochenta y seis colones con
setenta y nueve céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y cuatro mil novecientos
tres-cero cero cero, la cual es terreno con callejón
de acceso y una casa abandonada y patio, finca se encuentra con finca catastrada.
Situada: en el distrito 05 Santo Tomás, cantón 03 Santo Domingo, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con frente de 4.43
metros y Dominga León Benavides; al sur, Dominga León Benavides y Etelvina
Zamora Campos; al este, río Tures, y al oeste, Dominga León Benavides. Mide:
cuatrocientos doce metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de
abril del dos mil quince, con la base de dos millones doce mil noventa colones
con nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del quince de
mayo del dos mil quince, con la base de seiscientos setenta mil seiscientos noventa
y seis colones con setenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Casa
El Maná S. A. contra Luz Marina Fernández Ramírez, Minor
Enrique Rosales Rodríguez. Expediente N° 14-015024-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30
de setiembre del 2014.—Lic. María Mora Saprissa,
Jueza.—(IN2014067018).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones (citas: 315-02238-01-0901-001); a las once horas y treinta
minutos del tres de noviembre del dos mil catorce y con la base de veintisiete
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos un mil seiscientos
cincuenta cero cero uno y cero cero
dos, la cual es terreno para construir lote 22 bloque A con una casa. Situada
en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, Jorge Baltodano Guillén; al sur, calle pública con 8,50
metros; al este, lote 23, y al oeste, calle privada con 8 metros y Guadalupe
Varas Valle. Mide: ciento ochenta y ocho metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las once horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre
del dos mil catorce, con la base de veinte millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las once horas y treinta minutos del tres de diciembre del
dos mil catorce, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Daniela María Sánchez Villavicencio y Horacio Humberto Solano González, exp. N° 14-006792-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6
de agosto del año 2014.—Lic. Daniel Segura Castro, Juez.—(IN2014067086).
A las nueve horas del cinco
de noviembre de dos mil catorce, en la puerta exterior de este despacho, con la
rebaja del veinticinco por ciento de ley, o sea en las sumas que se indicarán,
sáquese a remate las siguientes fincas: 1) Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número 39.008-000, con los gravámenes hipotecarios y
anotaciones judiciales que soporta, la cual es terreno de repastos. Situada en
el distrito cuarto Lepanto cantón primero Puntarenas, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, con José Orias Peralta
y otro; al sur, Rosa Carmona Carmona; al este, Hernán
Araya Calderón: y al oeste, Hernán Araya Calderón. Mide: trescientos sesenta y
tres mil novecientos setenta y cinco metros cuadrados en la suma de cincuenta y
tres millones ochocientos setenta y tres mil quinientos setenta y dos colones
cincuenta céntimos. 2) Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, sección propiedad Sistema de Folio Real, matrícula número
57.236-000, con los gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales que
soporta, la cual es terreno de potrero sito en distrito cuarto Lepanto, cantón
primero Puntarenas, provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, Municipalidad
de Puntarenas; al sur, calle pública con un frente de doscientos un metros
cincuenta y un centímetros lineales y otro; al este, Alejandro Quirós
Rodríguez; y al oeste, calle pública con un frente de doscientos cincuenta y un
metros siete centímetros lineales. Mide: ciento ochenta mil seiscientos
veintisiete metros ochenta y ocho decímetros cuadrados, en la suma de veinticuatro
millones novecientos cincuenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y cuatro
colones veinticuatro céntimos. 3) Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Puntarenas, sección Propiedad, al Sistema de Folio Real Mecanizado
matrícula número 98.905-000, soportando plazo de convalidación (Rectificación
Medida) inscrito a las citas 422-13622-01-0013-001 y gravamen hipotecario en
primer grado. Que es terreno de repastos, reforestación, frutales, jaragua y
cultivos con dos casas de habitación y un corral. Situado en el distrito cuarto
Lepanto, cantón primero Puntarenas, provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
con calle pública con un frente de mil doce metros nueve centímetros lineales;
al sur, Albino Rojas Madrigal y Lauro Morera Barquero; al este, Román Obando Matarrita, Manuel Sandoval Sandoval,
Victoriano Obando Matarrita y Vicente Cascante
Segura; y al oeste, Colegio de Jicaral, sucesión
Bejarano Bejarano, Miguel Escalante, Asdrúbal
Barrantes Morera. Mide: un millón quinientos cuarenta y siete mil seiscientos
veinticuatro metros setenta decímetros cuadrados, en la suma de ochocientos
tres millones seiscientos cuarenta y seis mil novecientos cincuenta y cuatro
colones ochenta y cinco céntimos. 4) Finca inscrita en el Registro Público,
sección propiedad, partido de Limón bajo el sistema mecanizado de Folio Real,
matrícula número 10.033-000 con los gravámenes hipotecarios y anotaciones
judiciales que soporta, la cual es terreno con un edificio cerdaza
y una laguna de oxidación. Situada en distrito cuarto Río Jiménez, cantón sexto
Guácimo de la provincia de Limón. Colinda: al norte, con camino público en
medio otros; al sur, Marta Cristina Erdocia Rojas; al
este, camino público y otro; y al oeste, María Cristina Erdocia
Rojas. Mide: veintinueve mil setecientos sesenta y nueve metros trece
decímetros cuadrados, en la suma de ocho millones novecientos setenta y tres
mil colones. 5) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón,
sección Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 10.031-000,
con los gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales que soporta, la cual
es terreno con una planta industrial procesadora de cerdos, porqueriza y casa.
Colinda: al norte, con calle pública y Virginia Artavia;
al sur, vía pública y otros; al este, Virginia Artavia
Pérez y otros; y al oeste, calle pública y otros. Mide: ciento setenta y cuatro
mil trescientos diecisiete metros sesenta y cuatro decímetros cuadrados, todas
las fincas según certificaciones adjuntas, en la suma de ciento cincuenta y cinco
millones doscientos cincuenta mil colones. Para llevar a cabo la pública
subasta se señala las nueve horas del cinco de noviembre de dos mil catorce. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y
Desarrollo Comunal contra Grupo Fincar S. A., Otoniel Aguilar S. A., y Porcina
Tres Ases de Pococí S. A. Exp.
03-019799-0170-CI/4.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz,
23 de setiembre de 2014.—Lic. José Joaquín Piñar
Ballestero, Juez.—(IN2014068577).
A las ocho horas treinta
minutos del dieciséis de enero del dos mil quince, en la puerta exterior del
local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes
hipotecarios, soportando: reservas y restricciones al tomo 00326, asiento
00005131, consecutivo 01, secuencia 0902, subsecuencia
001 y reservas y restricciones al tomo 0372, asiento 11662, consecutivo 01,
secuencia 0900, subsecuencia 00l y con la base de
treinta y dos millones de colones exactos, remataré: el fundo hipotecado
matrícula número trescientos noventa mil novecientos cincuenta y uno-cero cero cero, que es terreno de potrero, sito en distrito primero
San Rafael, cantón Quince, San Carlos de la provincia de Alajuela. Lindante: al
norte, Salomón Treviño Mora; al sur, Río Pataste y Juan Gómez Castillo; al
este, calle pública con un frente de cuatrocientos cincuenta y cuatro metros
con veintiocho centímetros lineales; y al oeste, Río Pataste, el cual mide
doscientos setenta mil setecientos ocho metros con treinta y un decímetros
cuadrados, plano A-0132167-1993, propiedad de Eddy Artavia
Murillo el derecho cero cero uno y de Rosa María
Isabel Artavia Murillo el derecho cero cero dos. En caso de resultar
fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del
veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de veinticuatro
millones de colones exactos, se señalan las nueve horas del dos de febrero del
dos mil quince. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se
realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por
ciento de la base original sea la suma de ocho millones de colones netos, se
señalan las nueve horas del dieciséis de febrero del dos mil quince. Lo
anterior por estar así ordenado en proceso de ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima en su condición
de Fiduciario del Fideicomiso Fondos Proagroin/Scotiabank contra Eddy Artavia
Murillo y otra. Exp. N° 09-000238-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 29 de setiembre de
2014.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—(IN2014068578).
A las diez horas del doce de
noviembre de dos mil catorce, en la puerta exterior del local que ocupa este
despacho, soportando la primera finca hipoteca de primer grado bajo las citas
2009-113841-01-0003-001 y segundo grado bajo las citas 2009-126608-01-0001-001,
reservas y restricciones anotadas bajo las citas 313-14204-01-0901-001,
afectaciones y limitaciones Ley Forestal 7575 anotadas bajo las citas
523-17175-01-001-001, 576-95258-01-0001-001 y 577-46732-01-0001-001,
servidumbre de líneas eléctricas anotada bajo las citas 2009-164150 la segunda
finca libre de gravámenes, reservas y restricciones anotadas bajo las citas
313-14204-01-0901-001, afectaciones y limitaciones Ley Forestal 7575 anotadas
bajo las citas 523-17175-01-0001-001 y 576-95258-01-0001-001 y
577-46732-01-0001-001, se rematarán dos inmuebles, conforme se indica a
continuación; en el mejor postor, se rematará la finca inscrita al partido de
Heredia, matrícula número doscientos diez mil seiscientos sesenta y uno-cero
cero cero (210661-000) finca cuya naturaleza es
repasto de montaña con dos casas. Situada en el distrito segundo La Virgen,
cantón décimo Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al noreste,
Rafael Obando Torres y José Leopoldo Obando Moya; al noroeste, Álvaro Paniagua
Barquero, lote dos, al sureste, Rafael Obando Torres y José Leopoldo Obando
Moya; y al suroeste, calle pública. Mide: doscientos cuarenta y cuatro mil
ochocientos ochenta y cinco metros con ocho decímetros (cuadrados), y con la
base de cincuenta y seis millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil
cuatrocientos treinta colones con ochenta y ocho céntimos (¢56.454.430,88) en
el mejor postor, se rematará la finca inscrita en el partido de Heredia,
matrícula número doscientos diez mil seiscientos sesenta y cinco-cero cero cero (210665-000) finca cuya naturaleza es repasto de
montaña. Situada en el distrito segundo La Virgen, cantón décimo Sarapiquí, de
la provincia de Heredia. Colinda: al noreste, calle pública y Álvaro Paniagua
Barquero; al noroeste, Álvaro Paniagua Barquero, al sureste, Álvaro Paniagua
Barquero, Vicente Miranda Bermúdez y Bienvenido Pérez Morales; y al suroeste,
calle pública. Mide: ciento treinta y siete mil setecientos
ochenta y tres metros con sesenta y nueve decímetros (cuadrados) y con la base
de ciento ochenta y seis millones novecientos treinta y cuatro mil
cuatrocientos treinta y nueve colones con cincuenta y ocho céntimos
(¢186.934.439,58). En el caso de resultar fracasado ese primer remate, para
llevar a cabo una segunda subasta pero con la base de cuarenta y dos millones
trescientos cuarenta mil ochocientos veintitrés colones con dieciséis céntimos
(¢42.340.823,16) la primera finca y ciento cuarenta millones doscientos mil
ochocientos veintinueve colones con sesenta y ocho céntimos (¢140.200.829,68)
la segunda finca (incluida la rebaja del 25%) se señalan las diez horas del
veintisiete de noviembre de dos mil catorce. De ser fracasado también el segundo
señalamiento, para llevar a cabo la tercera subasta se señalan las quince de
diciembre de dos mil catorce, esta vez con la base de catorce millones ciento
trece mil seiscientos siete colones con setenta y dos céntimos
(¢14.113.607,72), la primera finca y cuarenta y seis millones setecientos
treinta y tres mil seiscientos nueve colones con ochenta y nueve céntimos
(46.733.609,89), la segunda finca, (es decir un 25% de la base original). Se
advierte además que de conformidad con el artículo 25 de la Ley Cobro Judicial,
si al tercer remate no hubiere postores, el bien se tendrá por adjudicado al
ejecutante, por el veinticinco por ciento de la base original. Lo anterior se
remata por haberse ordenado así en ejecución hipotecaria Nº 12-029979-1012-CJ
(381-1-13), de Banco Nacional de Costa Rica contra 3-101-554195 Sociedad
Anónima y otro.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial
de la Zona Atlántica, Guápiles, 30 de setiembre del
2014.—Lic. Sergio Ramos Álvarez, Juez.—(IN2014068579).
A las ocho horas del veintiuno
de noviembre del dos mil catorce, en la puerta principal del edificio que ocupa
los Tribunales de Justicia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad
Quesada, San Carlos, al mejor postor, remataré: 1)-Libre de gravámenes
prendarios y con la base de dieciocho millones de colones el vehículo placas EE
23374, marca: Mccormick, estilo: MC 115, capacidad
una persona, carrocería: agrocabina cerrada, año
2004, chasis número: ZM15AS4JJE2023445, motor número AT50765U310606K, marca de
motor: Perkins, combustible: diesel,
tracción: doble, color rojo. 2) Con la base de cuatro millones de colones los
siguientes bienes muebles: a- Una rastra, marca RAu Cosmo de veinte discos. b- Una sucsuladora
en V de cinco puntas. c- Una encamadora de dos camas,
pala hidráulica, marca Land Pride.
d- Una carreta de volteo. e- Una tanqueta para transporte de diésel para
doscientos litros. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la
segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de las bases
original es, sea la suma de trece millones quinientos mil colones el vehículo
placas EE 23374, marca: Mccormick, estilo: MC 115,
capacidad una persona, carrocería: agrocabina
cerrada, año 2004, chasis número: ZM15AS4JJE2023445, motor número
AT50765U310606K, marca de motor: perkins,
combustible: diésel, tracción: doble, color rojo; y por la suma de tres
millones de colones de los bienes muebles: a- Una rastra, marca RAu Cosmo de veinte discos. b-
Una sucsuladora en V de cinco puntas. c- Una encamadora de dos camas, pala hidráulica, marca Land Pride. d- Una carreta de
volteo. e- Una Tanqueta para transporte de diésel para doscientos litros, se
señalan las ocho horas del dos de diciembre del dos mil catorce. En la
eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas, para el
tercer remate, con la base del veinticinco por ciento de ley de sus bases
originales, sea la suma de cuatro millones quinientos mil colones el vehículo
placas EE 23374, marca: Mccormick, estilo: MC 115,
capacidad una persona, carrocería: agrocabina
cerrada, año 2004, chasis número: ZM15AS4JJE2023445, motor número
AT50765U310606K, marca de motor: perkins,
combustible: diesel, tracción: doble, color rojo; y
por la suma de un millón de colones exactos de los bienes muebles: a- Una
rastra, marca RAu Cosmo de
veinte discos. b- Una sucsuladora en V de cinco
puntas. c- Una encamadora de dos camas, pala
hidráulica, marca Land Pride.
d- Una carreta de volteo. e- Una Tanqueta para transporte de diésel para
doscientos litros, se señalan las ocho horas del dieciséis de diciembre del dos
mil catorce. Lo anterior, por estar así ordenado en Proceso de Ejecución
Prendaria de Johan Alberto Camacho Espinoza, contra Idea Verde Sociedad
Anónima. Exp. N° 13-000221-0298-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
Ciudad Quesada, 2 de octubre de 2014.—Lic. Gerardo Mora Zúñiga, Juez.—(IN2014068580).
A las ocho horas cuatro de
febrero del dos mil quince, en la puerta exterior del local que ocupa este
despacho, libre de gravámenes y con la base de cuatro millones seiscientos
setenta y tres mil trescientos ochenta y nueve colones con nueve céntimos, en
el mejor postor, se rematará la finca inscrita en el partido de Heredia,
matrícula número doscientos quince mil setecientos dieciocho-cero cero cero, que es terreno de potrero, sito en Puerto Viejo,
distrito Primero del cantón Décimo Sarapiquí de la provincia de Heredia, que
mide treinta y ocho mil cuatrocientos setenta metros cuadrados y que linda: al
norte, con Vanilla Export
Company S. A., al sur, con calle pública; al este, con Noemi
Molina Calderón; y al oeste, con calle pública, según lo describe
topográficamente el plano catastrado número H-un millón trescientos ochenta y
cinco mil setenta y cinco-dos mil nueve. En el caso de resultar fracasado ese
primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta pero con la base de tres
millones quinientos cinco mil cuarenta y un colones con ochenta y dos céntimos,
(incluida la rebaja del veinticinco por ciento de la base anterior) se señalan
las ocho horas del diecinueve de febrero del dos mil quince. De ser fracasado
también el segundo señalamiento, para llevar a cabo la tercera subasta se
señalan las ocho horas del seis de marzo del dos mil quince, esta vez con la
base de un millón ciento sesenta y ocho mil trescientos cuarenta y siete
colones con veintisiete céntimos, (es decir un veinticinco por ciento de la
base original). Se advierte además que de conformidad con el artículo 25 de la
Ley Cobro Judicial, si al tercer remate no hubiere postores, el bien se tendrá
por adjudicado al ejecutante, por el veinticinco por ciento de la base
original. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en Ejecución
Hipotecaria Nº 14-000238-0507-AG (277-3-14), del Banco Nacional de Costa Rica
contra Édgar de Jesús Mata Montero.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guácimo, 6 de octubre del
2014.—Lic. Sergio Ramos Álvarez, Juez.—(IN2014068581).
A las ocho horas treinta
minutos del seis de febrero de dos mil quince, en la puerta exterior del local
que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios
remataré: libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones
bajo las citas 0357-00017546-01-0931-001 y con la base fijada por el perito
según informe incorporado en fecha 2 de octubre de 2014, sea la base de
veinticuatro millones cuatrocientos veintiún mil quinientos ochenta y cuatro
colones, el fundo hipotecado del partido de Alajuela, matrícula número
doscientos treinta y un mil seiscientos cuarenta y siete-cero cero cero, que es terreno para la agricultura, sito en el
distrito Sétimo, Fortuna, cantón Décimo, San Carlos de la provincia de
Alajuela. Lindante: al norte, Pedro Acuña; al sur, Ana Aurora y Manuel Adrián
Rodríguez Castro; al este, Beltuar Alberto y Maricen
Adrián Rodríguez Castro y en parte camino público con frente de 4,00 metros
lineales; y al oeste, Manuel Hidalgo Alfaro, el cual mide trece mil ochocientos
setenta y cinco metros con noventa decímetros cuadrados, plano A-0565080-1985,
propiedad de Xenia Rodríguez Castro. En caso de resultar fracasado el primer
remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de
la base fijada por el perito según informe incorporado en fecha 02 de octubre
de 2014, sea la suma de dieciocho millones trescientos dieciséis mil ciento
ochenta y ocho colones, se señalan las ocho horas treinta minutos del
veintitrés de febrero de dos mil quince. En la eventualidad de que en el
segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la
base del veinticinco por ciento de la base fijada por el perito según informe
incorporado en fecha 02 de octubre de 2014, sea la suma de seis millones ciento
cinco mil trescientos noventa y seis colones, se señalan las ocho horas treinta
minutos del seis de marzo de dos mil quince. Lo anterior por estar así ordenado
en Proceso de ejecución hipotecaria del Banco Popular y de Desarrollo Comunal
contra Romel Darío Lizano Soto y otro. Exp. N° 14-001237-1202-CJ.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad
Quesada, 8 de octubre de 2014.—Lic. Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—(IN2014068582).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones; a las ocho horas y cero minutos del diez de noviembre de dos mil
catorce, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ciento ochenta y tres mil trescientos veintitrés cero cero cero la cual es terreno de
patio con una casa de habitación. Situada en el distrito San Isidro, cantón
Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, José Matamoros
Arias; al sur, calle pública con un frente a calle de 13,30 metros lineales; al
este, OK Paniagua Barrantes S. A. y al oeste, OK Paniagua Barrantes S. A. Mide:
Trescientos sesenta metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticinco de noviembre de
dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cero minutos del once de diciembre del dos mil
catorce, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Gustavo Adolfo Corella Castro. Exp. Nº 14-000001-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 15 de mayo del 2014.—Lic.
Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2014068635).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas treinta
minutos del veintiuno de noviembre del dos mil catorce, y con la base de
treinta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 426156-000 cero cero cero, la cual es terreno
para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito Alfaro,
cantón segundo de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ana Victoria
Jiménez Badilla; al sur, calle pública con veinticinco metros con treinta y dos
centímetros; al este, Gerardo Antonio Jiménez Badilla y al oeste, Jaime Vanesa Azofeifa Argüello. Mide: tres mil setecientos cincuenta y
dos metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las once horas treinta minutos del diez de diciembre de dos mil
catorce, con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las once horas treinta minutos del dieciséis de enero de dos mil quince con la
base de siete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Guillermo Vargas Roldán contra Carlos Humberto Palma Céspedes y Carlos María
Palma Zúñiga. Exp: 14-002255-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 18 de agosto del 2014.—Lic. Zary Navarro Zamora, Jueza.—(IN2014068750).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Condiciones Ref: 2730-521-001 según citas 0322-00001644-01-0902-027 y hipoteca anotada al tomo: 2011 asiento 50418; a las nueve
horas y cero minutos del veintitrés de enero de dos mil quince, y con la base
de veintidós millones quinientos sesenta y seis mil ochocientos cincuenta y
seis colones con cuarenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
ochenta y seis mil novecientos sesenta y uno-cero cero cero,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Guaycará,
cantón Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública
con un frente a ella de 22 metros con 23 centímetros; al sur, Alejandra Reyes
Morales; al este, Argelia Victoria Hernández Hernández,
Artavia Sánchez S. A., y Juan Artavia
Pérez y al oeste, calle pública con un frente a ella de 27 metros con 71
centímetros. Mide: seiscientos tres metros con cero decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de
febrero de dos mil quince, con la base de dieciséis millones novecientos
veinticinco mil ciento cuarenta y dos colones con treinta y dos céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil quince
con la base de cinco millones seiscientos cuarenta y un mil setecientos catorce
colones con once céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Abonos Agro S. A., contra Artavia
Sánchez Sociedad Anónima, Juan Rafael Artavia Pérez y
otra. Exp: 14-001052-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 11 de julio del 2014.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2014068751).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero
minutos del seis de noviembre de dos mil catorce, y con la base de un millón
ciento quince mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placa: 899723, marca: Honda, serie: 1HGE6854ZSL023438, color: azul,
año: 1995, capacidad 5 personas. Para el segundo remate se señalan las quince
horas y cero minutos del veintiuno de noviembre de dos mil catorce, con la base
de ochocientos treinta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las quince horas y cero minutos del nueve de diciembre de dos mil catorce con
la base de doscientos setenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Inversiones Tico Autos Armpam
Sociedad de Responsa contra Rafael Segura Ledezma. Exp:
13-010220-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 22 de julio del 2014.—Lic. Guillermo
Guevara Solano, Juez.—(IN2014068830).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando: Reservas de
Ley de Aguas y Ley de Caminos, citas: 0332-00006763-01-0002-001, restricciones
artículo 18, Ley 2825, citas: 0555-00001921-01-0005-01, Servidumbre de Paso,
citas: 0569-00025114-01-0437-001, Servidumbre de Líneas Eléctricas y Paso,
citas: 0569-00025114-01-0878-001, Servidumbre de Acueductos, citas:
0569-00025114-01-1305-001; a las catorce horas y cero minutos del doce de
noviembre de dos mil catorce, y con la base de cuarenta y cinco millones
cuatrocientos sesenta y un mil setenta colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ciento cuarenta y ocho mil novecientos diecisiete-cero cero cero, la cual es terreno de pastos lote número 153. Situada
en el distrito Jacó, cantón Garabito, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre agrícola con frente de 43.04
metros; al SUR, servidumbre agrícola con frente de 86.13 metros; al este lote
89 segregado y al oeste, lote 88. Mide: cinco mil cincuenta y un metros con
veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce
horas y cero minutos del veintisiete de noviembre de dos mil catorce, con la
base de treinta y cuatro millones noventa y cinco mil ochocientos dos colones
con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de diciembre de dos mil catorce con la base de once
millones trescientos sesenta y cinco mil doscientos sesenta y siete colones con
cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso
ejecución hipotecaria de Eduardo Román Acosta contra Colombius
Heights Number One Hundred And Fifty Three Ayinray
Limitada. Exp: 11-100045-0642-CI.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 27 de marzo del 2014.—Lic.
Osvaldo Andrés Loría Quirós, Juez.—(IN2014069068).
A las ocho horas y cero
minutos del trece de noviembre del año dos mil catorce, en la puerta exterior
de este despacho; de la forma que se dirá y con sus respectivas bases, en el
mejor postor remataré las siguientes fincas: 1) Con la base de tres millones
trescientos dieciséis mil quinientos ochenta y tres colones con once céntimos,
libre de gravámenes hipotecarios; la finca del partido de Alajuela, matrícula
número 422139-000, la cual es terreno de cultivos. Situada en el distrito 13,
Peñas Blancas cantón 02, San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, Maryhum de Peñas Blancas S. A.; sur, Maryhum de Peñas Blancas S. A.; este, Instituto
Costarricense de Electricidad; oeste, servidumbre agrícola con un frente a ella
de 56,26 metros lineales. Mide: dos mil doscientos noventa y dos metros con
setenta decímetros cuadrados. Plano: A-0524512-1998. 2) Con la base de dos millones
setecientos veinte mil ochocientos setenta y cuatro colones con setenta y seis
céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 397703-000, la cual es lote 1 terreno de cultivos. Situada en
el distrito 13, Peñas Blancas cantón 02, San Ramón, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte: María Estela Villalobos Rojas; sur: calle publica
con un frente de 32,91 metros; este, Maryhum de Peñas
Blancas S. A.; oeste, Maryhum de Peñas Blancas S. A.
Mide: mil doscientos noventa y siete metros con diecisiete decímetros
cuadrados. Plano: A-0524559-1998. Para llevar a cabo el segundo remate, se
señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del año dos
mil catorce, con la base de dos millones cuatrocientos ochenta y siete mil
cuatrocientos treinta y siete colones con treinta y tres céntimos por la finca
número 422139-000; y con la base de dos millones cuarenta mil seiscientos
cincuenta y seis colones con siete céntimos por la finca número 397703-000,
(rebajada en un 25%). Para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cero
minutos del quince de diciembre del año dos mil catorce, con la base de
ochocientos veintinueve mil ciento cuarenta y cinco colones con setenta y ocho
céntimos por la finca número 422139-000; y con la base de seiscientos ochenta
mil doscientos dieciocho colones con sesenta y nueve céntimos por la finca
número 397703-000 (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Maynor
Antonio Campos Cruz. Exp: 14-001375-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 04 de agosto del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos,
Juez.—(IN2014069069).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y quince
minutos del diez de noviembre de dos mil catorce, y con la base de cuarenta mil
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 43977-000, la cual es terreno inculto con una casa
de dos plantas. Situada en el distrito 01 El Carmen, cantón 01 San José, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, avenida octava con seis metros
setenta y siete centímetros de frente; al sur, Jesús y Joaquina Castro; al
este, Eid Coto y otros y al oeste, Eva Ruiz Arrieta.
Mide: ciento setenta y dos metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del veinticinco de
noviembre de dos mil catorce, con la base de treinta mil dólares exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y quince minutos del once de diciembre de dos mil catorce con la
base de diez mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Inversiones Inmobiliarias Urfall S. A. contra
Inmobiliaria Comercial Segura y Guillén S. A., representada por Freddy
Guillermo Segura Salazar. Exp: 14-015338-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 8 de setiembre del año 2014.—Lic. Luis
Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2014069071).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas 0376-00017862-01-0001-001; a las once horas y cero minutos del
veintidós de enero de dos mil quince, y con la base de tres millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos diecisiete mil cuatrocientos treinta
y cinco-cero cero uno y cero cero dos, la cual es
terreno para construir D veintitrés con una
casa. Situada en el distrito 05 San Felipe, cantón 10 Alajuelita,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, Invu;
al sur, alameda segunda con 6 metros; al este, Invu y
al oeste, Invu. Mide: ciento veinte metros con cero
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero
minutos del seis de febrero de dos mil quince, con la base de dos millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del
veintitrés de febrero de dos mil quince con la base de setecientos cincuenta
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Corporación Naife S.A
contra Gerardo Cambronero Agüero y María Magdalena
Alvarado Barquero. Exp: 14-008978-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 30 de julio del 2014.—Lic. Ricardo
Barrantes López, Juez.—(IN2014069146).
En la puerta exterior de
este despacho; soportando reservas y restricciones citas tomo 361 asiento 19067
así como hipoteca de primer grado citas tomo 573 asiento 82634; a las diez
horas y cero minutos del diez de noviembre del año dos mil catorce, y con la
base de nueve mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos
cuarenta y cuatro mil quinientos setenta-cero cero cero,
la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 10 Río Nuevo, cantón
19 Perez Zeledón, de la provincia de San José.
Colinda: al norte Jaime Rojas Mena y calle pública; al sur Jaime Rojas Mena y
Emilio Rojas Mena; al este Guillermo Gamboa y al oeste Jaime Rojas y Luis
Fernando Rojas Mena. Mide: cuarenta y siete mil quinientos siete metros con
cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil catorce,
con la base de siete mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del once de diciembre del año dos mil catorce con la base de dos
mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Luis Mena López
contra Jaime Alberto de Jesús Rojas Mena. Exp:
14-002065-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 7 de julio del 2014.—Eileen Chaves Mora,
Jueza.—(IN2014069164).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero
minutos del tres de noviembre del año dos mil catorce, y con la base de catorce
millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: marca Toyota, estilo Rav Four, categoría automóvil, color rojo. Modelo 2011, placas
número ochocientos sesenta y un mil seiscientos cuarenta. vin: JTMZD33VX0D012752. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de noviembre del año dos
mil catorce, con la base de once millones veinticinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las quince horas y cero minutos del tres de diciembre del año dos mil catorce
con la base de tres millones seiscientos setenta y cinco mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco de Costa Rica contra Priscilla González Seravalli.
Exp. 13-001995-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, 26 de setiembre del 2014.—Lic. Yesenia Auxiliadora Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2014069166).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero
minutos del veintitrés de febrero de dos mil quince y con la base de dos mil
setecientos sesenta y un dólares con setenta y seis centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placa número 748195, marca Chevrolet,
estilo Spark, categoría automóvil, capacidad 5
personas, año 2008, color blanco, vin
KL1MD61468C450425. Para el Segundo remate se señalan las catorce horas y cero
minutos del diez de marzo de dos mil quince, con la base de dos mil setenta y
un dólares con treinta y dos centavos y, para la Tercera subasta se señalan las
catorce horas y cero minutos del veinticinco de marzo de dos mil quince con la
base de seiscientos noventa dólares con cuarenta y cuatro centavos. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi
Q Inversiones CR S. A., contra Roberto Carlos Valverde Quesada. Exp.: 14-000705-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 25 de setiembre del
2014.—Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014069460).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada anotada bajo las Citas 356-18101-01-0900-001; a las nueve horas y
cero minutos del diez de noviembre del año dos mil catorce y con la base de setenta
y cinco millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
28958-F-000 la cual es terreno filial trece de dos plantas destinada a uso
habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 San Rafael;
cantón 02 Escazú; de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común y
filial catorce; al sur, filial doce y Dora Gómez Montero; al este, Dora Gómez
Montero y al oeste, área común. Mide: doscientos cincuenta y cinco metros con
setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el Segundo Remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil catorce
con la base de cincuenta y seis millones setecientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del once de diciembre del año dos mil catorce
con la base de dieciocho millones novecientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ericka
Otilie Bucher Chévez, José Enrique Salazar Vargas, La Galina
Colorada Limitada Exp: 13-017263-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José, 09 de setiembre del 2014. Lic. Jéssika
Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014069524).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y
Restricciones bajo las Citas: 353-18993-01-0900-001, servidumbres de paso bajo
las Citas:576-30111-01-0018-001, 576-30111-01-0023-001 y
2012-326270-01-0007-001; a las diez horas y treinta minutos del seis de noviembre
del año dos mil catorce, y con la base de veinte millones quinientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 444424-000, la cual es terreno lote once solar
atravesado por quebrada con zona de protección y servidumbre agrícola. Situada
en el distrito 06, Pital cantón 10, San Carlos de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 10, sur, lote 12 y 14 este, lote
14 y 15 y en parte servidumbre agrícola con 7 metros de ancho y lote uno y dos
segregados y oeste, Laguna el Estado en Medio Zona de Protección con 15 metros
de ancho y calle pública con 9,6 metros y lote dos antes segregado. Mide: cinco
mil ochocientos setenta metros con noventa y ocho decímetros cuadrados, Plano:
A-1226740-2008. Para el Segundo Remate se señalan las diez horas y treinta
minutos del veintiuno de noviembre del año dos mil catorce, con la base de
quince millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del ocho de diciembre del año dos mil catorce con la base de
cinco millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Denis Mauricio Artavia Cordero contra
Teresa del Socorro Ramírez Solís. Exp.: 13-002540-
1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, 03 de julio del 2014.—Lic. Luis Diego Romero
Trejos, Juez.—(IN2014069533).
A las catorce horas y
treinta minutos del trece de enero del año dos mil quince, en la puerta
exterior de este Despacho; de la forma que se dirá y con sus respectivas bases,
en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la base de setenta millones de
colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada bajo las citas: 330-14040-01-0901-001, la finca del partido de
Alajuela, matrícula número 194262-000, la cual es terreno con una casa de
habitación. Situada en el distrito 01, Quesada cantón 10, San Carlos, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Francisco Jiménez Solís y Alfredo
Corrales Bolaños; sur, calle pública con un frente de 22,59 metros; este,
Gilberto Rodríguez Rodríguez y Jorge Benavides Núñez;
oeste, Rita María Castro Benavides. Mide: cuatrocientos cuarenta y siete metros
con noventa y siete decímetros cuadrados. Plano: A- 0394223-1997. 2) Con la
base de veintisiete millones doscientos mil colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, la finca del partido de Alajuela, matrícula número
167536-000, la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito 11, Cutris cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte: Miguel Ángel Brenes Chaves; sur, Luis Chaves Paniagua; este,
Miguel Ángel Brenes Chaves; oeste, José Elio Ruiz Mejías. Mide: seis mil
noventa y cuatro metros con veintitrés decímetros cuadrados. Plano: A-0778441-2002.
Para llevar a cabo el Segundo Remate, se señalan las catorce horas y treinta
minutos del veintiocho de enero del año dos mil quince, con la base de
cincuenta y dos millones quinientos mil colones exactos por la finca número
194262-000; y con la base de veinte millones cuatrocientos mil colones exactos
por la finca número 167536-000 (rebajada en un 25%). Para el Tercer remate, se
señalan las catorce horas y treinta minutos del doce de febrero del año dos mil
quince, con la base de diecisiete millones quinientos mil colones exactos por
la finca número 194262-000, y con la base de seis millones ochocientos mil colones exactos (un 25% de la base original)
por la finca número 167536-000. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Dimuse e Hijos Sociedad Anónima y otros.
Exp.:14-000173-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 09 de setiembre del
2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014069534).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de
Convalidación Citas: 2012-294047-01-0003-001 e hipoteca de primer grado Citas:
2013-196370-01-0002-001; a las ocho horas y treinta minutos del doce de febrero
de dos mil quince, y con la base de doscientos trece mil trescientos cinco
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número trescientos setenta y siete mil quinientos
cuarenta y nueve cero cero cero
la cual es terreno para construir con Construcciones Naves Industriales,
Oficina de gerencia baños, cómputo soda y baños sótano. Situada en el distrito Uruca, cantón San José, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Cratos S. A.; al sur, calle
pública con 32.85metros e Inversiones Rosa María Limitada; al este, alambres de
Costa Rica Limitada y calle pública con 6,20 metros y al oeste, Grupo Alem S. A. y calle pública con 26,40 metros. Mide: mil
ochocientos sesenta y dos metros cuadrados. Para el Segundo Remate se señalan
las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de febrero de dos mil quince,
con la base de ciento cincuenta y nueve mil novecientos setenta y ocho dólares
con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
Tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de marzo
de dos mil quince con la base de cincuenta y tres mil trescientos veintiséis
dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Instituto para la Defensa de la Víctima S. A., contra Carrocería y Pintura La Uruca S. A. Exp.:
14-012010-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de julio del 2014.—Carlos
Soto Madrigal, Juez.—(IN2014069564).
En la puerta exterior de
este Despacho, soportando hipoteca de primer grado, bajo el tomo 2013, asiento
182702 a favor de la señora Ana Patricia Niño Villamizar; a las once horas
treinta minutos del diez de noviembre del dos mil catorce, y con la base de un
millón trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos
quince mil doscientos setenta y dos cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa de
habitación. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 03 Desamparados, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Jorge Mario Díaz; al sur, David
Fernando Mena; al este, Agustín Jiménez y al oeste, calle pública de 24 m 21
cm. Mide: mil ochocientos setenta y tres metros con cuarenta y cuatro
decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las once horas treinta
minutos del veinticinco de noviembre del dos mil catorce, con la base de
novecientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos
del once de diciembre del dos mil catorce con la base de trescientos
veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ana Patricia
Niño Villamizar contra José Manuel Ortiz Masís. Exp.: 14-011720-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de
setiembre del 2014.—Lic. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(IN2014069569).
En la puerta exterior de
este Despacho, soportando servidumbre trasladada citas tomo 0296 asiento 9707;
a las nueve horas y cero minutos del diez de noviembre del año dos mil catorce,
y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos diecinueve mil doscientos noventa y seis cero cero
cero la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 01-San Isidro de El General, cantón 19-Perez Zeledón, de
la provincia de San José. Colinda: al norte Manuel Altamirano al sur calle; al
este, María Elena Zúñiga y Rolando Benavides Caballero y al oeste Carlos Ramón
Padilla Cascante. Mide: doscientos setenta y nueve metros con veintiséis
decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil catorce, con la base de
siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del once de diciembre del año dos mil catorce con la base de dos millones
quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Ólger Antonio
Valverde Romero contra Jairo Geovanny Barboza Fallas. Exp:
14-002915-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 07 de julio del 2014.—Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2014069586).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero
minutos del diez de noviembre del año dos mil catorce, y con la base de tres
millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: Placas número BCG363, marca Suzuki Grand Vitara, capacidad
5 personas, año 1999, color vino, Vin
JS3TL52V3X4102441, motor Nº J20A134528. Para el Segundo Remate se señalan las
quince horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil
catorce, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se
señalan las quince horas y cero minutos del once de diciembre del año dos mil
catorce con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Fulvia Abarca Flores contra Alejandro Vargas Picado, Sandra
Vargas Picado. Exp: 13-002500-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 30 de julio del 2014.—Lic. Danny Alberto Gutiérrez
Gómez, Juez.—(IN2014069592).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero
minutos del diez de noviembre del año dos mil catorce y con la base de
doscientos ochenta y dos millones cuatrocientos ochenta y tres mil novecientos
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 2522-000 la cual es terreno con un edificio.
Situada en el distrito 01 Carmen, cantón 01 San José, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Inversiones Begu S. A.; al
sur, avenida primera con 16,96 metros; al este, calle primera con 30,51 metros,
al oeste, Esmin S. A. y al sureste, avenida primera y
calle primera con 4,03 metros. Mide: seiscientos sesenta y seis metros con tres
decímetros cuadrados. Para el Segundo Remate se señalan las once horas y cero
minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil catorce con la base de
doscientos once millones ochocientos sesenta y dos mil novecientos veinticinco
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera
subasta se señalan las once horas y cero minutos del once de diciembre del año
dos mil catorce con la base de setenta millones seiscientos veinte mil
novecientos setenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados contra Servicios
Fiduciarios del Foro S. A. Exp: 09-026514-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de
setiembre del año 2014.—Lic. Jéssika Fernández
Cubillo, Jueza.—(IN2014069605).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada anotada al Tomo 377 Asiento 10414; a las quince horas y cero minutos
del diecisiete de noviembre del año dos mil catorce y con la base de quince
millones cuatrocientos setenta y dos mil setecientos ochenta y dos colones con
cuarenta y ocho céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número 472316-000 la cual es terreno lote
76 terreno para construir. Situada en el distrito 09 Pavas cantón 01 San José
de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 46;
al este, Banco Anglo Costarricense y al oeste, lote 77 Mide: ciento siete
metros con quince decímetros cuadrados. Para el Segundo Remate se señalan las
quince horas y cero minutos del dos de diciembre del año dos mil catorce con la
base de once millones seiscientos cuatro mil quinientos ochenta y seis colones
con ochenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
Tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del diecisiete de
diciembre del año dos mil catorce con la base de tres millones ochocientos
sesenta y ocho mil ciento noventa y cinco colones con sesenta y dos céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados contra Rosa Emilia Ruiz Paladino. Exp:
13-018629-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro,
Segundo Circuito Judicial de San José, 08 de setiembre del 2014.—Lic.
Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014069606).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y treinta
minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil catorce, y con la base de
veintisiete millones cuatrocientos veintiún mil trescientos diecinueve colones
con treinta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos setenta y cuatro
mil doscientos veintidós cero cero cero la cual es terreno de frutales. Situada en el distrito
04-San Isidro, cantón 05-Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, Melvin Sánchez Villalobos; al sur, Nachtsalder
S. A.; al este, Cuenca Cacao S. A. y al oeste, Nachtsalder
S. A. y Melvin Sánchez Villalobos. Mide: cinco mil metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del diez de
diciembre del dos mil catorce, con la base de veinte millones quinientos
sesenta y cinco mil novecientos ochenta y nueve colones con cuarenta y nueve
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las quince horas y treinta minutos del ocho de enero del dos mil quince
con la base de seis millones ochocientos cincuenta y cinco mil trescientos
veintinueve colones con ochenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Así mismo, libre de gravámenes hipotecarios; a las quince
horas y treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil catorce, y
con la base de veintisiete millones cuatrocientos sesenta y cinco mil
doscientos veintiocho colones con cincuenta y cuatro céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos setenta y cuatro mil doscientos veintitrés-cero cero cero la cual es terreno frutales. Situada en el distrito
04-San Isidro, cantón 05-Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, Nachsalder S. A.; al sur, Cuenca Cacao S. A.;
al este, Cuenca Cacao S. A. y servidumbre agrícola y al oeste, Domingo Chaves
Arce. Mide: Cinco mil ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las quince horas y treinta minutos del diez de diciembre del dos mil catorce,
con la base de veinte millones quinientos noventa y ocho mil novecientos
veintiún colones con cuarenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del
ocho de enero del dos mil quince con la base de seis millones ochocientos
sesenta y seis mil trescientos siete colones con trece céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Crédito Agrícola de Cartago contra Leonardo Gerardo Aguilar Ferreto. Exp. Nº 13-004070-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
16 de setiembre del 2014.—Lic. Karol Melina Zumbado
Sánchez, Jueza.—(IN2014069608).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de
primer grado a favor de la Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo, citas
2013-00217851-01-0002-001 y plazo de convalidación, citas
2011-00043516-01-0004-001; a las quince horas y cero minutos del diez de
noviembre del dos mil catorce, y con la base de cuatro millones ochocientos
veinticuatro mil seiscientos veintiocho colones con veinticuatro céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número doscientos veintisiete mil cuatrocientos setenta y cuatro cero
cero cero (227.474-000) la
cual es terreno de potrero con una casa. Situada en el distrito 04 San Roque,
cantón 02 Barva, de la provincia de Heredia. Colinda:
al norte, Javier González Madriz; al sur, calle pública con un frente de 10.59
metros; al este, Representaciones Alvasant JT S. A. y
al oeste, Municipalidad de Barva. Mide: Ciento
cincuenta y siete metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del dos
mil catorce, con la base de tres millones seiscientos dieciocho mil
cuatrocientos setenta y un colones con dieciocho céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y
cero minutos del once de diciembre del dos mil catorce con la base de un millón
doscientos seis mil ciento cincuenta y siete colones con seis céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Canelo y Negra S. A. contra Jonnattan Alonso Herrera
Moya. Exp. Nº 13-000533-0504-CI.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 27 de agosto del 2014.—Msc. Liseth Delgado Chavarría,
Jueza.—(IN2014069612).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre de aguas pluviales y reservas y restricciones; a las nueve horas y
cero minutos del diecinueve de enero del dos mil quince, y con la base de
setenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta
y ocho mil doscientos tres-cero cero cero
(2-258203-000) la cual es terreno de café. Situada en el distrito 04 San Roque;
cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Jensy Barrantes Gómez y Geovanny Alfaro Vásquez; al sur,
Río Chaguite y José Gómez Rodríguez; al este, Río Chaguiete y Geovanny Alvarado Vásquez y al oeste, José
Gómez Rodríguez y en parte servidumbre agrícola. Mide: Ochenta mil ciento
treinta y nueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cero minutos del tres de febrero del dos mil quince, con la base de
cincuenta y dos millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del dieciocho de febrero del dos mil quince con la base de
diecisiete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Sánchez Solera Sociedad Anónima. Exp. Nº
14-003035-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Contravencional de Grecia, 2 de setiembre del 2014.—Lic. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2014069674).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de
ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos (Citas 437-05079-01-0463-001); a las
once horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de noviembre del dos mil
catorce, y con la base de seis millones trescientos diecinueve mil trescientos
cuarenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos dieciséis mil
cuatrocientos treinta y seis cero cero cero la cual es terreno para la agricultura lote 51
cebadilla. Situada en el distrito 04-Coyolar, cantón 09-Orotina, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, parcelas 59 y
60; al este, parcela 52 y al oeste, parcela 50. Mide: Sesenta mil metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cuarenta y cinco
minutos del dos de diciembre del dos mil catorce, con la base de cuatro
millones setecientos treinta y nueve mil quinientos cinco colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las once horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de diciembre del dos
mil catorce, con la base de un millón quinientos setenta y nueve mil
ochocientos treinta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Roberto Jiménez Madrigal
contra Juan Luis Serrano Miranda. Exp. Nº
14-007009-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de agosto del
2014.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014069726).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las dieciséis horas y cero
minutos del catorce de abril del dos mil quince, y con la base de ocho millones
sesenta y tres mil setecientos cuarenta y siete colones con sesenta y ocho
céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: Placas número 788931, marca Toyota, estilo RAV4, año 2009,
color blanco. VIN JTMZD31V705122347. Cilindrada 2362 cc.
Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del
veintinueve de abril del dos mil quince, con la base de seis millones cuarenta
y siete mil ochocientos diez colones con setenta y seis céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las dieciséis
horas y cero minutos del quince de mayo del dos mil quince, con la base de dos
millones quince mil novecientos treinta y seis colones con noventa y dos
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S. A. contra
Wilfredo Lazo Valladares. Exp. Nº 14-016275-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 29 de setiembre del 2014.—Lic.
Ricardo Barrantes López, Juez.—(IN2014069731).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas 0343-00002841-01-0906-001; a las ocho horas y treinta minutos
del tres de febrero del dos mil quince, y con la base de veinticinco mil
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 00315142-000 cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito San Francisco Dos Ríos, cantón San José, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Río Damas; al este, lote
253 A y al oeste, lote 251 B. Mide: Doscientos cinco metros con ochenta y seis
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil quince, con la base de
dieciocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta
minutos del tres de marzo del dos mil quince, con la base de seis mil
doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Guillermo Sanabria
Ramírez contra dieciséis de marzo de mil novecientos setenta y siete S. A. Exp. Nº 10-021535-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
1º de agosto del 2014.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2014069747).
pRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del trece de noviembre del año
dos mil catorce, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 219469-000, la cual es terreno para construir con 1 casa.
Situada en el distrito 01, Upala cantón 13 Upala de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle
pública con 10m, sur, Juan Carlos Tripovic Lazo,
este, Rancho Los Ángeles-Upala Ltda
y oeste, calle pública con 31m 70cm. Mide: trescientos tres metros con cuarenta
y cinco decímetros cuadrados. Plano: A-0625806-1986. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del año
dos mil catorce, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y cero minutos del quince de diciembre del año dos mil catorce con la
base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Jimena Valverde Jiménez contra Dunia Campos Cruz. Exp: 14-001735-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 07 de
agosto del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014069065).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones bajo las citas: 386-16860-01-0901-001; a las catorce horas y cero
minutos del veintiuno de enero del año dos mil quince, y con la base de quince
millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 253209-000, la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 07, Fortuna cantón 10 San Carlos de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Xinia González; sur,
Guillermo González; este, calle pública; oeste, Guillermo González. Mide:
trescientos sesenta y dos metros con ocho decímetros cuadrados. Plano:
A-0953408-1991. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero
minutos del cinco de febrero del año dos mil quince, con la base de once
millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del veinte de febrero del año dos mil quince con la base de tres
millones ochocientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Nautilio Zúñiga Chavarría contra
Pastora Ledezma Vargas. Exp: 13-002120-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
30 de setiembre del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014069066).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos
del quince de enero del dos mil quince, y con la base de dos millones
ochocientos cuarenta y ocho mil doscientos treinta y un colones con cincuenta y
nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas
número 682630, marca Mazda, estilo Protege, categoría automóvil, capacidad 5
personas, año 2000, color café, VIN JM1BJ2223Y0304032. Cilindrada 1600 CC. combustible gasolina, motor Nº ZM241444. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de enero del dos
mil quince, con la base de dos millones ciento treinta y seis mil ciento
setenta y tres colones con sesenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del dieciséis de febrero del dos mil quince, con la base de setecientos doce
mil cincuenta y siete colones con noventa céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociación Solidarista de Empleados de Procter and Gamble International
Operations S. A. y afines contra Ana Joscelyn Brenes Cordero, Marcos Jimmy Brenes Cordero. Exp. Nº 14-005372-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 25 de setiembre del 2014.—Lic.
Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014069682).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos
del siete de noviembre del dos mil catorce, y con la base de cinco millones
setecientos treinta y ocho mil ochocientos treinta y siete colones con ochenta
y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas
número 896219, marca Nissan, estilo Patrol SGL.,
categoría automóvil, capacidad 7 personas, año 2005, color dorado. VIN
JN1TESY61Z0556155. Cilindrada 2953 cc., combustible diesel. motor Nº ZD30212006A. Para
el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de
noviembre del dos mil catorce, con la base de cuatro millones trescientos
cuatro mil ciento veintiocho colones con cuarenta céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos
del diez de diciembre del dos mil catorce con la base de un millón
cuatrocientos treinta y cuatro mil setecientos nueve colones con cuarenta y
siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Agencia Datsun S. A. contra
Omar Francisco Arias López. Exp. Nº 14-000068-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 6
de agosto del 2014.—Msc. Liseth
Delgado Chavarría, Jueza.—(IN2014069697).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones a la
orden del Juzgado de Contravencional y Menor Cuantía de Puriscal,
sumaria número 14-600098-241-TR; a las once horas y cero minutos del catorce de
abril del dos mil quince, y con la base de siete mil trescientos sesenta y
siete dólares con dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: Placas número 903162, marca Nissan, estilo Versa, año 2010, color
negro, VIN 3N1CC1AP0AL376582. Cilindrada 1600 cc.
Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintinueve
de abril del dos mil quince, con la base de cinco mil quinientos veinticinco
dólares con veintisiete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del quince de mayo
del dos mil quince, con la base de mil ochocientos cuarenta y un dólares con
setenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S.
A. contra Lillianna de Los Ángeles Fallas Vindas. Exp. Nº 14-016267-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 29 de setiembre del 2014.—Lic. Ricardo
Barrantes López, Juez.—(IN2014069724).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y quince
minutos del cuatro de noviembre de dos mil catorce, y con la base de seis
millones cuatrocientos treinta y ocho mil setecientos treinta y nueve colones
con setenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placas BCW483, marca Suzuki, estilo Grand Vitara, capacidad 5
personas, año 2001, color rojo, 4x4, todo terreno 4 puertas, 2500 c.c.,
gasolina, 06 cilindros. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
quince minutos del diecinueve de noviembre de dos mil catorce, con la base de
cuatro millones ochocientos veintinueve mil cincuenta y cuatro colones con
setenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del cuatro de
diciembre de dos mil catorce con la base de un millón seiscientos nueve mil
seiscientos ochenta y cuatro colones con noventa y tres céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Ez Rental & Investment S. A. contra Noemy
Campos Solórzano. Exp. 14-016125-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 3 de setiembre
del 2014.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2014069750).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, a las
once horas y quince minutos del cinco de noviembre de dos mil catorce, en el
mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la base de ciento diez mil dólares
exactos, la finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta
y tres mil quinientos ochenta y tres-cero cero cero
la cual es terreno construir con siete apartamentos y cochera para cinco
vehículos. Situada en el distrito San Rafael, cantón San Rafael, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Mariano Sánchez
Lobo y Rafael Camacho Esquivel; al este, calle pública; y al oeste, Mariano
Sánchez Lobo. Mide: seiscientos treinta y un metros con veintidós decímetros
cuadrados. 2) Con la base de cuarenta mil dólares exactos, la finca inscrita en
el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuatro
mil cuatrocientos cincuenta y uno-cero cero cero la
cual es terreno con callejón de acceso, un taller y oficinas. Situada en el
distrito San Rafael, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, calle pública; al sur, Rafael Camacho Esquivel; al este, James Sánchez
Rodríguez y Mónica Elena Arrieta Rojas; y al oeste, lote 2. Mide: trescientos
treinta y un metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las once horas y quince minutos del veinte de noviembre de
dos mil catorce, con la base de ochenta y dos mil quinientos dólares exactos para
la finca 04-153583-000 y la base de treinta mil dólares exactos para la finca
04-104451-000 (sumas rebajadas en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las once horas y quince minutos del cinco de diciembre
de dos mil catorce con la base de veintisiete mil quinientos dólares exactos
para la finca 04-153583-000 y la base de diez mil dólares exactos para la finca
04-104451-000 (bases que corresponden a un veinticinco por ciento de las bases
iniciales). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Finca Las Adrianitas Sociedad Anónima contra Grupo Mexicanos Unidos
Sociedad Anónima. Exp. 14-004910-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Heredia, 1° de setiembre del 2014.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2014069752).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando Reservas Ley
Caminos con las citas 302-15281-01-0002-001 y Reservas Ley Aguas con las citas
302-15281-01-0003-001; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del seis de
noviembre de dos mil catorce, y con la base de dieciocho mil dólares exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número doscientos noventa y nueve mil setecientos
veintisiete-cero cero cero la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito Desamparados, cantón Alajuela,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos Manuel Salas Sánchez; al
sur, William Solórzano Alpízar; al este, calle
pública con 7 metros; y al oeste, Carlos Manuel Salas Sánchez. Mide: ciento
cuarenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
cuarenta y cinco minutos del veintiuno de noviembre de dos mil catorce, con la
base de trece mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del nueve de diciembre de dos mil catorce con la base de cuatro mil
quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Finca Las Adrianitas
Sociedad Anónima contra Silvia Elena Salas Vásquez. Exp.
14-004909-1158-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Heredia, 1° de setiembre del 2014.—Lic. Gabriela
Chaves Villalobos, Jueza.—(IN2014069755).
En la puerta exterior de
este Despacho; a las catorce horas y cero minutos del veintitrés de enero de
dos mil quince en el mejor postor remataré las siguientes fincas (todas del
partido de Limón): 1) con la base de tres millones de colones exactos libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas Ley Aguas, Reservas y
Restricciones; la finca matrícula número noventa y seis mil novecientos
uno-cero cero cero la cual es terreno para construir
lote número uno. Situada en el distrito 03 Rita, cantón 02 Pococí,
de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Mariano Ballestero Hernández; al
sur, Lote Dos de Promociones Ambientales y Turísticas del Atlántico S. A.; al
este, Resto de Promociones Ambientales y Turísticas del Atlántico S. A.; y al
oeste, calle pública con un frente de 7.92 metros. Mide: ciento sesenta y dos
metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Asimismo se remataran las
fincas que se describen a continuación, con la base de un millón de colones
exactos para cada uno de los inmuebles: 2) libre de gravámenes hipotecarios;
pero soportando cond. rest,
reservas y restricciones; la finca matrícula número ochenta y nueve mil ciento
sesenta y dos-cero cero cero la cual es terreno para
construir lote sesenta y uno cascadas uno. Situada en el distrito 01 Guápiles,
cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda:
al norte, lote número 62; al sur, lote 60; al este, Antonio González Segura; y
al oeste, calle pública con un frente de 12 metros lineales. Mide: doscientos
veintiocho metros con cero decímetros cuadrados. 3) libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando cond. rest, reservas y restricciones, la
finca matrícula número ochenta y nueve mil ochocientos sesenta y siete-cero
cero cero la cual es terreno para construir lote
ciento siete cascadas uno. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle
pública con un frente 22 metros; al sur, lote 108; al este, calle pública con
un frente 10 metros; y al oeste, lote 134. Mide: doscientos veinte metros con
cero decímetros cuadrados. 4) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones, la finca matrícula número noventa mil setecientos
noventa y uno-cero cero cero, la cual es terreno lote
ochenta y dos de cascadas tres, para construir. Situada en el distrito 01
Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, lote 94; al sur, calle pública, con 12 metros de frente; al
este, lote 83; y al oeste, lote 81. Mide: doscientos cuarenta metros con cero
decímetros cuadrados. 5) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
advertencia administrativa, reservas y restricciones, la finca matrícula número
ochenta mil cuatrocientos siete-cero cero cero la
cual es terreno para construir, lote ciento ocho. Situada en el distrito 01
Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, lote 117; al sur, calle pública; al este, lote 109; y al
oeste, lote 107. Mide: doscientos cuarenta metros con cero decímetros
cuadrados. 6) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando rectificación
de medidas, reservas y restricciones, la finca matrícula número setenta y siete
mil cuatrocientos ochenta-cero cero cero la cual es
terreno para construir, lote ciento treinta y ocho. Situada en el distrito 01
Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, calle pública con doce metros con cuarenta y ocho
centímetros frente a ella; al sur, lote ciento treinta y nueve; al este, calle
pública con doce metros frente a ella; y al oeste, lote ciento trece. Mide:
ciento cuarenta metros con quince decímetros cuadrados. 7) libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; la finca matrícula
número noventa mil setecientos ochenta y nueve-cero cero cero
la cual es terreno lote sesenta y dos de cascadas tres, terreno para construir.
Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí,
de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con doce metros de
frente; al sur, Teresa Araya Moreira; al este, lote 61; y al oeste, lote 63.
Mide: doscientos cuarenta metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de febrero de dos
mil quince, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones
exactos para la primer finca y la base de setecientos cincuenta mil colones
exactos para cada una de las seis siguientes fincas (rebajadas en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil quince con la base de
setecientos cincuenta mil colones exactos para la primer finca y la base de
doscientos cincuenta mil colones exactos para cada una de las seis siguientes
fincas (un veinticinco por ciento de las bases iniciales). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Reinaldo Alvarado Martínez
contra Promocionales Ambientales y Turísticas Atlántico S. Exp.
14-000327-1209-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía de Pococí,
4 de setiembre del 2014.—Licda. Dinia Peraza Delgado,
Jueza.—(IN2014069761).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones
bajo las citas: 405-01462-01-0849-002, y reservas y restricciones bajo las
citas: 405-01462-01-0850-001; a las diez horas y treinta minutos del doce de
enero del año dos mil quince, y con la base de un millón novecientos noventa y
cinco mil trescientos veintiocho colones con setenta y siete céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número 206257-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1,
Puerto Viejo cantón 10, Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, servidumbre de paso con frente al lote 11 metros y un ancho de 6 metros;
al sur, quebrada y Ana Isabel Jiménez Agüero; al este, Heiner
Zúñiga Guillén y Leydi Murillo Murillo;
al oeste, Leydi Murillo Murillo.
Mide: trescientos sesenta y dos metros con noventa y cinco decímetros
cuadrados. Plano: H-1127201-2007. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y treinta minutos del veintisiete de enero del año dos mil quince, con la
base de un millón cuatrocientos noventa y seis mil cuatrocientos noventa y seis
colones con cincuenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del once
de febrero del año dos mil quince con la base de cuatrocientos noventa y ocho
mil ochocientos treinta y dos colones con diecinueve céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de Ciudad Quesada
contra Norberto Madrigal Herrera. Exp.
13-000560-1202-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, 26 de agosto del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014069762).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos
del seis de noviembre de dos mil catorce, y con la base de tres millones ciento
noventa y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo placas BCR569, marca Toyota, categoría automóvil, carrocería sedan 4
puertas, chasis 1NXBR12E02Z652461, uso particular, estilo Corolla
CE, capacidad 5 personas, año 2002, color dorado, número motor 1ZZ9317930,
combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del veintiuno de noviembre de dos mil catorce, con la base de dos
millones trescientos noventa y ocho mil quinientos colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y cero minutos del nueve de diciembre de dos mil catorce con la base de
setecientos noventa y nueve mil quinientos colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Autos Italya J M S. A. contra Arlyne Mestayer Rodríguez. Exp. 14-015727-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial
de San José, 28 de agosto del 2014.—Lic. Melania Jiménez Vargas,
Jueza.—(IN2014069772).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada (citas: 365-16373-01-0830-001) y servidumbre trasladada (citas:
365-16373-01-0831-001); a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
veintiséis de enero de dos mil quince, y con la base de treinta y un millones
sesenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos treinta
y nueve mil uno-cero cero cero la cual es lote 14
terreno para construir. Situada en el distrito 1-Orotina, cantón 9-Orotina, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 21 mts. 69 cm; al sur, lote 15 de Beliza
Monge Ruiz; al este, calle pública con 44 mts. 06 cm;
y al oeste, lote 13 de Carmen María Monge López. Mide: novecientos cincuenta y
cinco metros con ochenta y nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del diez de febrero de dos mil quince, con la base de veintitrés
millones doscientos noventa y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de febrero de dos mil
quince con la base de siete millones setecientos sesenta y seis mil doscientos
cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Rosemary Fernanda Moya Luther contra Agrícola Tomolo Sociedad Anónima. Exp.
14-008106-1157-CJ.—Juzgado de Cobro
y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 7 de octubre del 2014.—Licda. Cinthia
Pérez Moncada, Jueza.—(IN2014069777).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones y cond. y
prohibicref:00023730 000; a las catorce horas y quince minutos del veintisiete
de noviembre de dos mil catorce, y con la base de cincuenta y ocho millones
quinientos mil de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 183015 -001 y 002 la cual es
naturaleza: terreno para construir, situada en el distrito 6-Nosara cantón
2-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, María Aragón Ruiz
Y; John Edward Fraser Donovan; al sur, Freddy Manuel
Sandoval Salazar; al este, calle pública con un frente de 21,54 metros y; John
Edward Freser Donovan; y al oeste, Freddy Manuel Sandoval Salazar. Mide: mil
doscientos setenta metros cuadrados. Plano: G-1457934-2010. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y quince minutos del quince de diciembre de
dos mil catorce, con la base de cuarenta y tres millones ochocientos setenta y
cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del trece de enero de dos
mil quince con la base de catorce millones seiscientos veinticinco mil colones
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Flor María de la Trinidad Artavia
Artavia, Franklin Alberto de Ángeles Guevara
Olivares. Exp. 14-000700-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, 7 de octubre del 2014.—Lic. Luis
Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014069778).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada bajo las citas: 368-14142-01-0914-001 y demanda penal bajo las
citas: 800-170474-01-0001-001; a las nueve horas y treinta minutos del
diecisiete de noviembre del dos mil catorce, y con la base de veinticinco
millones quinientos setenta y cuatro mil ciento ochenta y tres colones con
treinta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 356774-000, la cual es terreno
para construir lote 16. Situada en el distrito 3, San Rafael cantón 2, Escazú
de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 15 resto destinado a calle
púb; al sur, resto destinado a parque; al este, resto
destinado a parque; y al oeste, resto destinado a calle pública. Mide: mil
trescientos setenta y un metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados.
Plano: SJ-0765682-1988. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del dos de diciembre del dos mil catorce, con la base de
diecinueve millones ciento ochenta mil seiscientos treinta y siete colones con
cincuenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de
diciembre del dos mil catorce con la base de seis millones trescientos noventa
y tres mil quinientos cuarenta y cinco colones con ochenta y cinco céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra
Eddy Torres Gutiérrez. Exp. 14-001759-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
7 de agosto del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014069786).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero
minutos del uno de diciembre del dos mil catorce, y con la base de catorce
millones doscientos cincuenta mil trescientos
noventa y siete colones con veintidós céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 111950-000 la
cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 4-Catedral,
cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle
pública con 4m 50cm; al sur, Juan Ramón Sanabria; al este, Julio López Rojas; y
al oeste, Ángela García Bogantes. Mide: ciento seis metros con dos decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del
diecisiete de diciembre del dos mil catorce, con la base de diez millones
seiscientos ochenta y siete mil setecientos noventa y siete colones con noventa
y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las once horas y cero minutos del quince de enero del dos
mil quince con la base de tres millones quinientos sesenta y dos mil quinientos
noventa y nueve colones con treinta céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ana Yansy
Quirós Arce, Vilma María Arce Hernández. Exp. 14-017248-1012-CJ.
Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro,
Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de octubre del
2014.—Lic. Jessika
Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014069793).
En la puerta exterior de
este Despacho; a las ocho horas y treinta minutos del diez de noviembre de dos
mil catorce, soportando hipoteca de primer grado (citas: 503-15366-01-0002-
001); y con la base de dos millones seiscientos mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido
de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ciento veintitrés mil doscientos cincuenta y cinco-cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa,
lote 8-H. Situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 8 metros; al sur, lote 17
H; al este, lote 9 H; y al oeste, lote 7 H. Mide: ciento sesenta metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos
del veinticinco de noviembre de dos mil catorce, con la base de un millón
novecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del once de diciembre de dos mil catorce con la base de seiscientos cincuenta
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Edul Noé Guzmán y Sandra María Romero Sánchez.
Exp. 13-012233-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 12 de agosto del 2014.—Lic. Kenny
Obaldía Salazar, Juez.—(IN2014069794).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando reservas y
restricciones citas: 399-10574-01-0902-001 a las catorce horas y cero minutos
del uno de diciembre del dos mil catorce, y con la base de cien millones de
colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 175296-001 y 002 la cual es terreno de potrero.
Situada en el distrito Tempate cantón Santa Cruz de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, calle pública y en parte Luis Fernando Ramírez Peralta; al
sur, Delia Vásquez Marchena; al este, calle pública; y al oeste, Luis Fernando
Ramírez Peralta, Río Tempate, Delia Vásquez Marchena. Mide: ciento sesenta y
siete mil quinientos setenta metros con treinta y tres decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del
diecisiete de diciembre del dos mil catorce con la base de setenta y cinco
millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de enero
del dos mil quince con la base de veinticinco millones de colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Gladys Lidia
Martínez Villalobos, Luis Fernando Ramírez Peralta, Rosa María Quirós Jiménez. Exp. 13-009142-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San
José, 9 de octubre del 2014.—Lic. Manuel Emilio Cortés Sánchez, Juez.—(IN2014069807).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos
del veintisiete de enero de dos mil quince, y con la base de catorce mil
ochocientos treinta y cuatro dólares con siete centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo: Placas 788075, Marca Mitsubishi, Estilo Lancer GT, capacidad 5 personas, año 2009, sedan 4 puertas,
color Beige, motor Nº 4B11BQ2658, 2000 cc gasolina. Para el Segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del once de febrero de dos mil quince,
con la base de once mil ciento veinticinco dólares con cincuenta y cinco
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil
quince con la base de tres mil setecientos ocho dólares con diecisiete centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa
Rica Sociedad Anónima contra José Antonio Avilés Álvarez. Exp.:
13-007517-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 22 de setiembre del 2014.—Lic.
Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2014070150).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las trece horas treinta minutos del siete de enero
de dos mil quince, y con la base de treinta y cuatro mil cuarenta y cuatro
dólares con cuarenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo placa 873260, marca BMW, estilo 320 i, año 2011, color
blanco, sedan 4 puertas, capacidad 5 personas, motor de 2000c.c. A gasolina.
Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintidós
de enero de dos mil quince, con la base de veinticinco mil quinientos treinta y
tres dólares con treinta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos
del seis de febrero de dos mil quince con la base de ocho mil quinientos once
dólares con doce centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica
Sociedad Anónima contra Nathalia Alvarado Orozco en
expediente N° 13-014248-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de
San José, 30 de setiembre del 2014.—Lic. Minor
Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2014070158).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre dominante bajo las
citas: 0399-7786-01-0005-001. Servidumbre sirviente bajo las citas:
0399-7786-0006-001. servidumbre trasladada citas: 0399-7786-01-0908-001,
0399-7786-01-0909- 001, servidumbre de paso citas: 0404-8074-01-0006-001,
servidumbre de vista citas: 0474-15929-01-0005-001, servidumbre de acueducto
0484- 4982-01-0002-001; a las diez horas y quince minutos del seis de enero de
dos mil quince, y con la base de cincuenta y cuatro mil seiscientos seis
dólares con setenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 400597-000, la
cual es terreno para construir.- Situada en el distrito 02 San Antonio, cantón
02 Escazú, de la provincia de San José.- Colinda: al norte, Tierras
Consolidadas S. A.; al sur, John Maeskym y
servidumbre de paso con 22.59 metros; al este, Productos Centenarios S. A. y al
oeste, Asociación Juan Bautista La Salle, John Maesky.
Mide: ochocientos cincuenta y dos metros con sesenta decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del veintiuno de
enero de dos mil quince, con la base de cuarenta mil novecientos cincuenta y
cuatro dólares con noventa y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos
del cinco de febrero de dos mil quince con la base de trece mil seiscientos
cincuenta y un dólares con sesenta y seis centavos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Robert Nahrgang Rodríguez. Exp:
13-001676-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 22 de setiembre del
2014.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza.—(IN2014070162) .
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero
minutos del diecisiete de febrero de dos mil quince, y con la base de ciento
cuarenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos setenta y tres
mil ochenta y uno-cero cero cero la cual es terreno
con una bodega. Situada en el distrito 09 Río Segundo, cantón 01 Alajuela, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Olivia y Pacífica Herrera; al sur,
Marginal Autopista General Cañas frente 8.24 metros; al este, Olivia y Pacífica
Herrera González otro y al oeste, Marta Rojas Jiménez. Mide: ochocientos
sesenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cero minutos del cuatro de marzo de dos mil quince, con la base de
ciento cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del
diecinueve de marzo de dos mil quince con la base de treinta y cinco mil
dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Soluciones Bansol de Costa Rica S. A., contra Grupo MAYJO J.T.V.S. A. Exp: 14-014112-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de agosto del año 2014.—Lic.
Audrey Abarca Quirós, Juez Decisor.—(IN2014070176).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones anotadas bajo las citas 319- 8173-01-0901-001, servidumbre
dominante anotada bajo las citas 353- 844-01-0004-001, servidumbre sirviente
anotada bajo las citas 353-844-01-0006-001, y servidumbre sirviente anotada
bajo las citas 353-5155-01-0005-001; a las once horas y cero minutos del
diecisiete de noviembre del año dos mil catorce y con la base de cincuenta y un
millones de colones exactos en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número 119637-000 la cual es terreno para charrales. Situada en el distrito 04
Tempate cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
camino público a playa Zapotal con 463 metros con 94 centímetros al sur, Jorge
Lino Contreras Moreno-Finca Ganadera al este, Heidi Preston y Selva Mil S. A.
Finca forestal y al oeste, Jorge Lino Contreras Moreno-finca ganadera. Mide: ochenta
y ocho mil seiscientos once metros con sesenta y siete decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del dos de
diciembre del año dos mil catorce con la base de treinta y ocho millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del
diecisiete de diciembre del año dos mil catorce con la base de doce millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Eltillo de Escazú
Sociedad Anónima, Ernesto Artiñano Odio, Grupo Barak
(ERSP) S. A., Inversiones Alcornoque Sociedad Anónima. Exp:
12-024513-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro,
Segundo Circuito Judicial de San José,
28 de agosto del año 2014.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014070178).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada anotada al tomo 324 asiento 17333; a las catorce horas y treinta
minutos del uno de diciembre del año dos mil catorce, y con la base de cuatro
millones quinientos doce mil quinientos dieciséis colones con setenta céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número 293518-000 la cual es terreno para construir con una
casa. Situada en el distrito 01 Curridabat, cantón 18 Curridabat, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Enrique Amador; al sur, Víctor
Camacho Vindas; al este, José Antonio Freer y urbanización la laguna y al oeste, Lilliana Amador, Cornelio Montoya y servidumbre. Mide: seiscientos
veintitrés metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre del
año dos mil catorce, con la base de tres millones trescientos ochenta y cuatro
mil trescientos ochenta y siete colones con cincuenta y dos céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y treinta minutos del quince de enero del año dos mil quince con la base
de un millón ciento veintiocho mil ciento veintinueve colones con diecisiete
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Carlos Manuel Calderón Quesada Exp: 14-017337-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito
Judicial de San José, 9 de octubre del 2014.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro,
Jueza Decisora.—(IN2014070187).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas treinta
minutos del seis de noviembre de dos mil catorce, y con la base de trece
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 468164-000 la cual es lote 4,
bloque E, terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el
distrito 03 La Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, lote 3; al sur, lote 5; al este, Urbanización Andra Challe y al oeste, calle pública. Mide: ciento
veintiún metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiuno de noviembre
de dos mil catorce, con la base de nueve millones setecientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del nueve de diciembre de
dos mil catorce con la base de tres millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de la Plata S.A. contra
Noelia del Socorro Quintanilla Bonilla en expediente N° 14-014855-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 19 de setiembre del 2014.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2014070194).
En la puerta exterior de
este Despacho; 1. Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando siete
reservas y restricciones, dos servidumbres de aguas pluviales y embargo
administrativo art. 175 Ley 4755; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos
del diecisiete de noviembre de dos mil catorce, y con la base de cincuenta y
nueve millones colones exactos, la finca inscrita en el Registro Público,
partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número F-sesenta y seis mil seiscientos cuarenta y ocho-cero cero
cero-la cual es terreno finca filial primaria individualizada número dos
terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07
Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte finca filial primaria
individualizada número uno; al sur finca filial primaria individualizada número
tres; al este área de servidumbre y al oeste calle uno. Mide: tres mil
novecientos sesenta y nueve metros con setenta decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dos de
diciembre de dos mil catorce, con la base de cuarenta y cuatro millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del dieciocho de diciembre de dos mil catorce con la base de catorce
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). 2. Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando siete
reservas y restricciones, dos servidumbres de aguas pluviales y embargo
administrativo Art. 175 Ley 4755; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos
del diecisiete de noviembre de dos mil catorce, y con la base de cincuenta y
nueve millones colones exactos, la finca inscrita en el Registro Público,
partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número F-sesenta y seis mil seiscientos cuarenta y nueve-cero cero cero- la cual es terreno finca filial primaria individualizada
número tres terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual
podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 Colorado,
cantón 07 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte filial
primaria individualizada número dos; al sur filial primaria individualizada
número cuatro; al este, área de servidumbres y al oeste, calle uno. Mide:
cuatro mil cuarenta y un metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dos de
diciembre de dos mil catorce, con la base de cuarenta y cuatro millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del dieciocho de diciembre de dos mil catorce con la base de catorce
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). 3. Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando siete
reservas y restricciones, dos servidumbres de aguas pluviales y embargo
administrativo. Art. 175 Ley 4755; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos
del diecisiete de noviembre de dos mil catorce, y con la base de sesenta
millones de colones exactos, la finca inscrita en el Registro Público, partido
de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número F sesenta y seis mil seiscientos cincuenta-cero cero cero
la cuales terreno finca filial primaria individualizada número cuatro terreno
para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una
altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 colorado, cantón 07
abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, filial primaria
individualizada número tres; al sur, filial primaria individualizada número
cinco; al este, área de servidumbres y al oeste, calle uno. Mide: cuatro mil
seiscientos seis metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dos de
diciembre de dos mil catorce, con la base de cuarenta y cinco millones de
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de
diciembre de dos mil catorce con la base de quince millones de colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Norman Mauricio Muñoz Gómez.
Exp: 13-003214- 1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
21 de agosto del 2014.—Lic. Daniel Segura Castro, Juez.—(IN2014070201).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos
del veintiocho de noviembre de dos mil catorce, y con la base de quince
millones cuatrocientos setenta y seis mil ciento cuarenta y seis colones con
treinta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo:
placa: EE -- 022760 marca: New Holland, estilo: TM150
categoría: equipo especial, carrocería: agropecuarios, número chasis: 5T641,
VIN: 5T641. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del
dieciséis de diciembre de dos mil catorce, con la base de once millones
seiscientos siete mil ciento nueve colones con setenta y nueve céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos del catorce de enero de dos mil quince con la
base de tres millones ochocientos sesenta y nueve mil trescientos seis colones
con sesenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Distribuidora Comercial Agro Tico Sociedad Anónima
contra Eladio Álvaro Campos Fernández. Exp:
14-000759-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 6 de octubre del año 2014.—Licda.
Evelyn Molina Zúñiga, Jueza.—(IN2014070204).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas quince minutos
del quince de enero de dos mil quince, y con la base de diez mil ciento noventa
y tres dólares con setenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo placa BDG077, marca Geely, estilo
LC GL, año 2013, color azul, sedan 4 puertas Hatchback,
capacidad 5 personas, motor de 1300 C.C. gasolina. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas quince minutos del treinta de enero de dos mil quince,
con la base de siete mil seiscientos cuarenta y cinco dólares con treinta y dos
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas quince minutos del dieciséis de febrero de dos mil
quince con la base de dos mil quinientos cuarenta y ocho dólares con cuarenta y
cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima
contra Cristina de los Ángeles González Calderón en expediente N° 14-
004808-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 9 de octubre del año 2014.—Lic.
Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2014070211).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del cinco de noviembre de dos mil catorce, y con la base de
cuatrocientos treinta y seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: vehículo: placas Mot 273890, marca Yamaha,
estilo YBR125E, categoría motocicleta, capacidad 2 personas, año 2009, color
azul, uso particular, tracción 2X2, cilindrada 125 cc, cilindros 01,
combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del veinte de noviembre de dos mil catorce, con la
base de trescientos veintisiete mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del cinco de diciembre de dos mil catorce con la base de ciento
nueve mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra
Nelson Álvarez Trejos. Exp: 13-006108-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de setiembre del 2014.—M.Sc.
Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(IN2014070213).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas cuarenta y
cinco minutos del seis de noviembre de dos mil catorce, y con la base de un
millón quinientos cuarenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo placa 469847, marca Hyundai, estilo Elantra GLS, AÑO 2000, color celeste, capacidad 5 personas,
sedan 4 puertas, motor de 1800 c.c. a gasolina. Para el segundo remate se
señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de noviembre de
dos mil catorce, con la base de un millón ciento cincuenta y ocho mil setecientos
cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del nueve
de diciembre de dos mil catorce con la base de trescientos ochenta y seis mil
doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Juan Manuel González Villarreal en
expediente N° 13-009037-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de
setiembre del 2014.—Lic. Minor Antonio Jiménez
Vargas, Juez.—(IN2014070215).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando embargo
practicado tomo 2011, asiento 168382; a las nueve horas treinta minutos del
diecisiete de noviembre del año dos mil catorce, y con la base de un millón
ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y cinco mil ciento
cinco- cero cero cero la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 Cariari,
cantón 02 Pococí, de la provincia de. Colinda: al
norte, lote 214; al sur, lote 216; al este, calle pública, y al oeste, Henry
Porras Quesada. Mide: doscientos ochenta y ocho metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del dos de diciembre
del año dos mil catorce, con la base de un millón trescientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del diecisiete de diciembre
del año dos mil catorce con la base de cuatrocientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Marvin Geovanny Gutiérrez Sánchez
contra Willy Bernardo Vallejos Martínez. Exp. N°
14-001003-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
de Pococí, 8 de agosto del 2014.—Licda. Dinia Peraza Delgado.—(IN2014070218).
En la puerta exterior de
este Despacho; a las ocho horas y cero minutos del cinco de noviembre del año
dos mil catorce, se procede a rematar las siguientes propiedades: a) La finca
inscrita en el partido de Limón, matrícula número cincuenta mil cuatrocientos
catorce- cero cero cero,
soportando servid. cond. al tomo 391, asiento 14501, con la base de trescientos
quince mil ochocientos treinta y nueve dólares con sesenta centavos. La cual es
terreno apto para la agricultura, con una plantación de bananos. Situada en el
distrito 02-Sixaola, cantón Talamanca. Linderos: al norte, calle pública,
Chiriquí Land Company; al sur, Río Sixaola, al este,
Chiriquí Land Company, Proyecto Agroindustrial
Sixaola, y al oeste, calle pública, Río Sixaola. Mide: dos millones quinientos
mil metros cuadrados. b) La finca inscrita en el Partido de Limón, matrícula
número cincuenta y cinco mil trescientos cincuenta y ocho - cero cero cero, Libre de gravámenes
hipotecarios, con la base de trescientos sesenta y dos mil novecientos setenta
y ocho dólares con setenta y dos centavos. La cual es terreno Apto para la
agricultura con una plantación de banano. Situada en el distrito 02-Sixaola
cantón Talamanca de la provincia de Limón. Linderos: al norte, I.D.A., al sur,
calle pública - Tanagra S. A. al este, y oeste, calle pública y otro; noreste,
Carlos Artavia, Guillermo Córdoba, noroeste, sureste
y suroeste, calle pública. Mide: sesenta y tres mil ciento cuarenta metros con
cuarenta y un decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por ordenarse así en
proceso ejecutivo hipotecario de Corporación Bananera Nacional S. A. contra
Agrícola Bananera Gandoka S. A., Álvaro Rodríguez Gutiérrez,
Ana Lucrecia Leiva Madrigal, Asdrúbal Carballo Chaves, Compañía Bananera de Bribri S. A., Edmundo Taylor Enríquez, Inversiones Nogales
Limitada, José León Schroeder Quesada, Willy Vargas Villalobos. Exp. N° 05-005084-0170-CA.—Juzgado
Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San
José, 12 de setiembre del 2014.—Lic. Manuel Emilio Cortes Sánchez, Juez.—(IN2014070200).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de
ley de aguas y ley de caminos públicos, servidumbre trasladada anotadas al tomo
318 asiento 8757; a las diez horas y treinta minutos del uno de diciembre del
año dos mil catorce y con la base de dieciocho millones quinientos mil colones
exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número 270973-000 la cual es terreno lote 1489 terreno para
construir con una casa de habitación marcada
con el mismo número. Situada en el distrito 10 Hatillo cantón 01 San José de la
provincia de San José. Colinda: al norte, lote 1490 con pared medianera, al
sur, lote 1488 con pared medianera al este alameda 35 y al oeste lote 1496 con
pared medianera. Mide: cuarenta y cuatro metros con setenta y ocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos
del diecisiete de diciembre del año dos mil catorce con la base de trece
millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del quince de enero del año dos mil quince con la base de
cuatro millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Mauricio Bolaños Durán. Exp. N° 13-037310-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de octubre
del 2014.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014070257).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero
minutos del dieciocho de noviembre de dos mil catorce, y con la base de tres
millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta
mil setecientos cincuenta y cincocero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa
numerada como 2. Situada en el distrito Barranca, cantón Puntarenas, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, INVU; al sur, alameda; al este,
lote 1 y al oeste, lote 3. Mide: ciento setenta y nueve metros con noventa
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del tres de diciembre de dos mil catorce, con la base de dos millones
seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del
diecinueve de diciembre de dos mil catorce con la base de ochocientos setenta y
cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Pres
contra Deyanira Mora Cabalceta, Warner Enrique
Pizarro Castro. Exp. N° 14-000091-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas,
19 de mayo del 2014.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2014070261).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y cuarenta y
cinco minutos del veinte de enero de dos mil quince, y con la base de nueve
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y nueve mil
trescientos veintisiete - cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno para construir lote 21/1B. Situada en el distrito San Pablo, cantón Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte,
Municipalidad de Barva; al sur, calle pública uno; al
este, Municipalidad de Barva y al oeste, alameda
pública B. Mide: ciento cincuenta y siete metros con treinta y siete decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco
minutos del cuatro de febrero de dos mil quince, con la base de seis millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del
diecinueve de febrero de dos mil quince con la base de dos millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo
805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis
Fernando Ramírez Arguedas, Sonia Gutiérrez González. Exp.
N° 14-005414-1158-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Heredia, 6 de octubre del 2014.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2014070273).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones y
servidumbre trasladada; a las catorce horas y treinta minutos del dos de
diciembre de dos mil catorce, y con la base de cinco millones seiscientos
setenta y cinco mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinticuatro mil
cuatrocientos ochenta y ocho cero cero cero la cual es terreno
de cultivos lote 2. Situada en el distrito 03 Pocora,
cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle público
con 78.00 metros; al sur, quebrada; al este, Alderico
Pérez Mesén, y al oeste, Alderico Pérez Mesén. Mide:
veinticinco mil noventa y dos metros con noventa decímetro cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de
diciembre de dos mil catorce, con la base de cuatro millones doscientos
cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y treinta minutos del quince de enero de dos mil quince con la base de un
millón cuatrocientos dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Nuria Gerardina
Morales Cerdas contra Rosa María Pérez Corrales, Rosibel
Gerardina Jiménez Pérez. Exp.
N° 14-000613-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía de Pococí, 5 de agosto del 2014.—Lic. Dinia Peraza Delgado.—(IN2014070335).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada; a las trece horas y treinta minutos del trece de enero de dos mil
quince, y con la base de cinco millones quinientos tres mil colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número sesenta y cinco mil setecientos dieciocho cero cero cero la cual es terreno para
construir lote seis. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte,
avenida uno con 11 metros de frente; al sur, Javier Vargas Arce; al este, lote
cinco Sabicu Sociedad Anónima y al oeste lote siete de
Sabicu S. A. Mide: doscientos dieciséis metros con
ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
trece horas y treinta minutos del veintiocho de enero de dos mil quince, con la
base de cuatro millones ciento veintisiete mil doscientos cincuenta colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas y treinta minutos del doce de febrero de dos mil quince
con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil setecientos cincuenta
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sabicu
Sociedad Anónima contra Jovita Alejandra del Socorro Duarte Duarte.
Exp N° 14-000982-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 20 de agosto
del 2014.—Lic. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(IN2014070337).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada; para el Segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos
del doce de noviembre del año dos mil catorce y con la base de dieciocho
millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y
seis mil setenta y cinco cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito sexto San Rafael, cantón segundo San Ramón, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, José María Hidalgo Matamoros; al sur, German
Barrientos Madrigal, Raymundo Baltodano García, Alejo Morales Cambronero y Leticia Jiménez Badilla; al este servidumbre
de paso con un frente de trece metros y al oeste Víctor Hugo Castro Castro. Mide: seiscientos sesenta metros con veinte
decímetros cuadrados. Y para la Tercera subasta se señalan las trece horas y
treinta minutos del veintisiete de noviembre del año dos mil catorce con la
base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Luis Albán Arias Sosa contra Geovanny Antonio
Fernández Jiménez Exp.: 13-003283-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
11 de agosto del 2014.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—1 vez.—(IN2014070338).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta
minutos del diecisiete de noviembre del año dos mil catorce y con la base de siete millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas 811028, marca Daihatsu, Terios, año 2009, color
gris, categoría automóvil, tracción 4x2, carrocería todo terreno cuatro
puertas. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos
del dos de diciembre del año dos mil catorce, con la base de cinco millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta
minutos del dieciocho de diciembre del año dos mil catorce con la base de un
millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Jorge Evelio Mora Cortés contra José Francis Lizano Gauna.
Exp. 14-000171-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía Del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
8 de setiembre del año 2014.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—1 vez.—(IN2014070345).
En la puerta exterior de
este Despacho, a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de enero de dos
mil quince, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones, (citas: 388-15457-01-0900-001) y plazo de convalidación, (citas:
388-15457-01-0901-001) y con la base de dieciséis millones quinientos trece mil
novecientos tres colones con treinta y cuatro céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
doscientos cincuenta y seis mil ciento treinta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno de cultivos con una casa. Situada
en el distrito 02 Desmonte, cantón 04 San Mateo de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, quebrada de zapote en medio Rolando Rojas; al sur, calle
pública con un frente de 166,73 metros; al este, María Isabel Alvarado Mora; al
oeste, Federico Zeledón Ramírez en parte José Segura Solano; al noreste, María
Isabel Alvarado Mora; al noroeste, quebrada zapote; al sureste, calle pública
con 166.73 metros; y al suroeste, José Segura Solano y Federico Zeledón
Ramírez. Mide: cuarenta y cuatro mil ciento veintiséis metros con cincuenta y
ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
cero minutos del diez de febrero de dos mil quince, con la base de doce
millones trescientos ochenta y cinco mil cuatrocientos veintisiete colones con
cincuenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticinco de
febrero de dos mil quince, con la base de cuatro millones ciento veintiocho mil
cuatrocientos setenta y cinco colones con ochenta y cuatro céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra María Lourdes Alvarado Mora y Miguel Ángel
Alvarado Mora. Expediente: 14-006927-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
6 de octubre del 2014.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2014070349).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
sirviente, anotada al tomo 326, asiento 417, a las catorce horas y treinta
minutos del diecisiete de noviembre del dos mil catorce y con la base de diez
millones setecientos sesenta y tres mil sesenta y tres colones con setenta y
siete céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 478008-000, la cual es terreno lote N 34-6 terreno
para construir. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez
Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 33-6; al sur, lote
35-6, al este, calle pública; y al oeste, calle pública. Mide: novecientos
ochenta y cuatro metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del dos de
diciembre del dos mil catorce, con la base de ocho millones setenta y dos mil
doscientos noventa y siete colones con ochenta y dos céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y treinta minutos del dieciocho de diciembre del dos mil catorce, con la base
de dos millones seiscientos noventa mil setecientos sesenta y cinco colones con
noventa y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Comisión Nacional
de Préstamos para la Educación contra Nolbert
Valverde Calderón, Transportes Valverde & Padilla San Isidro S. A.
Expediente: 12-008965-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 1° de
octubre del 2014.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014070367).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero
minutos del diez de noviembre del año dos mil catorce y con la base de doce
millones trescientos mil colones exactos en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 357228-000 la
cual es terreno lote 32-terreno de pasto. Situada en el distrito 05 Ceiba,
cantón 09 Orotina, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Sigifredo Villegas Umaña y Luis
Roberto Núñez Salas; al sur, Sigifredo Villegas Umaña
y Luis Roberto Núñez Salas, al este, servidumbre de paso con un frente de 57,51
metros y al oeste, Jorge Luis Núñez Torres. Mide: dos mil cuatrocientos sesenta
y ocho metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para el Segundo remate
se señalan las once horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del año
dos mil catorce con la base de, nueve millones doscientos veinticinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera
subasta se señalan las once horas y cero minutos del once de diciembre del año
dos mil catorce con la base de tres millones setenta y cinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Francisco
José Queralt Madrigal. Notifíquese. Exp.: 11-014890-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de
setiembre del 2014.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo,
Jueza.—1 vez.—(IN2014070388).
En la puerta exterior de
este Despacho, a las nueve horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del
dos mil catorce y con la base de veintiocho millones quinientos noventa y siete
mil ochocientos ochenta y dos colones con noventa y tres céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
532843-000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación, lote
22. Situada en el distrito 05 Ipís, cantón 08
Goicoechea de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 23; al sur,
lote 21; al este, calle pública con 7.00 metros; y al oeste, Municipalidad de
Goicoechea. Mide: ciento veinticinco metros con treinta y nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del
dos de diciembre del dos mil catorce, con la base de veintiún millones
cuatrocientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos doce colones con diecinueve
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de diciembre del dos mil
catorce, con la base de siete millones ciento cuarenta y nueve mil
cuatrocientos setenta colones con setenta y tres céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra María Odili Barrantes Mendoza. Expediente: 13-019381-1012-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San
José, 22 de setiembre del 2014.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014070412).
Se hace saber: sáquese a
remate la finca de la provincia de San José, matrícula de folio real 54367-A,
derechos 002, 003, 004, 006, 007, 008, 009, 010, 011, 012, 013, 014 y 015, se
hace saber que corresponde a la totalidad del inmueble, la cual se describe
así: libre de gravámenes y anotaciones, de naturaleza: potrero, situada en
distrito de Catedral, del Cantón San José, linda: al norte, con Miguel Arroyo;
al sur, Rafaela Arroyo; al este, con calle de 13 con 9 metros 40 centímetros,
line pacífico; y al oeste, con Henry Purdy. Mide:
cuatrocientos ochenta y dos metros cuadrados. Con la base aportada por el
perito nombrado en autos de ciento veintitrés millones setenta y ocho mil
seiscientos treinta y dos colones exactos para el primer remate se señalan las
diez horas del trece de noviembre del dos mil catorce. Para el segundo remate y
con la base de noventa y dos millones trescientos ocho mil novecientos setenta
y cuatro colones exactos, se señalan las diez horas del veinticuatro de
noviembre del dos mil catorce, para el tercer remate la base será la suma de
treinta millones setecientos sesenta y nueve mil seiscientos cincuenta y ocho
colones exactos, para lo que se señalan las nueve horas del tres de diciembre
del dos mil catorce. Expediente N° 07-001317-0181-CI, proceso abreviado de
Flora Edith Meneses Jiménez y otras contra Rodrigo Meneses Jiménez y otra.—Juzgado
Primero Civil de Mayor Cuantía de San José, 3 de octubre del 2014.—Msc. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—(IN2014070417).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, a las nueve horas
y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de noviembre de dos mil catorce y con
la base de dos millones setecientos dos mil seiscientos treinta colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BDX
trescientos dos (BDX302), marca Hyundai, tracción 4x2, estilo Accent, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año
2000, color azul, serie, chasís y vin
KMHCG41GPYU164548, cilindrada 1500 cc, combustible gasolina, motor N° no
legible. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco
minutos del diez de diciembre de dos mil catorce, con la base de dos millones
veintiséis mil novecientos setenta y dos colones con cincuenta céntimos exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diez de enero de dos mil quince
con la base de seiscientos setenta y cinco mil seiscientos cincuenta y siete
colones con cincuenta céntimos exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Consultoría Fecaro S. A., contra Reiman
Arnoldo Ulloa Lara. Expediente: 14-009403-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José,
25 de setiembre del 2014.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2014070424).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones
ref.: 00152038 000, bajo las citas: 376-09236-01-0900-001, a las siete horas y
treinta minutos del once de noviembre del dos mil catorce y con la base de diez
millones setecientos cincuenta y cinco mil ciento sesenta y dos colones con
ochenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 241918-000, la cual es terreno
para construir lote 1. Situada en el distrito 02 Buena Vista, cantón 15 Guatuso
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Guillermo Rodríguez Barquero;
sur, lote 2; este, Guillermo Rodríguez Barquero; y oeste, calle pública. Mide:
doscientos setenta y cinco metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados.
Plano: A-0796175-1989. Para el segundo remate se señalan las siete horas y
treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil catorce, con la base de
ocho millones sesenta y seis mil trescientos setenta y dos colones con doce
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las siete horas y treinta minutos del once de diciembre del dos mil
catorce, con la base de dos millones seiscientos ochenta y ocho mil setecientos
noventa colones con setenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
COOCIQUE R. L., contra Edgar Obando Valverde. Expediente: 14-001421-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 7 de octubre del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos,
Juez.—(IN2014070434).
En la puerta exterior de
este Despacho; pero soportando hipoteca de primer grado bajo las citas
2011-00177943-01-0002-001, y servidumbre trasladada bajo las citas
0327-00014462-01-0902-001; a las diez horas y treinta minutos del cinco de
noviembre de dos mil catorce, y con la base de tres millones quinientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número doscientos setenta y cinco mil quinientos setenta
y nueve cero cero cero la
cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 Cinco
Esquinas, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
resto destinado a calle; al sur, Ricardo Vargas; al este, lote 27; y al oeste,
lote A 25. Mide: doscientos dos metros con cuarenta y un decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte
de noviembre de dos mil catorce, con la base de dos millones seiscientos
veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del cinco de
diciembre de dos mil catorce con la base de ochocientos setenta y cinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Alexander Javier Ulloa
González contra Inversiones Santiesteban Soto S. A. Exp. 14-009646-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial
de San José, 1° de setiembre del 2014.—Licda. Nidia Durán Oviedo,
Jueza.—(IN2014070435).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada bajo las citas: 370-17020-01-0900-001; a las nueve horas y cero
minutos del doce de noviembre del dos mil catorce, y con la base de dos
millones novecientos ochenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y seis colones
con veinticuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 361777-000, la cual es terreno
de solar con una pequeña porción construida. Situada en el distrito 6, Pital cantón 10, San Carlos de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Marta Morales Mena, Evadina Solís
Miranda; al sur, resto de Sonia Granados González, Juan Carlos Pérez González y
de Emilce González, Arce; al este, calle pública con
nueve metros nueve centímetros lineales; y al oeste, Rafael Ángel Rojas. Mide:
trescientos sesenta y cinco metros con sesenta y siete decímetros cuadrados.
Plano: A-0655659-2000. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del veintisiete de noviembre del dos mil catorce, con la base de dos
millones doscientos treinta y nueve mil noventa y nueve colones con sesenta y
ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de diciembre del dos
mil catorce con la base de setecientos cuarenta y seis mil trescientos sesenta
y seis colones con cincuenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Johnny Granados González. Exp. 14-001232-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 7 de octubre del 2014.—Lic. Luis Diego
Romero Trejos, Juez.—(IN2014070436).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando
colisiones/infracciones sumaria 13-600109-0443-TC; a las diez horas y treinta
minutos del doce de noviembre del dos mil catorce, y con la base de dos
millones setenta y ocho mil novecientos cuarenta y cinco colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número CL-222722, marca
Toyota, estilo Tacoma, categoría carga liviana, capacidad 4 personas, año 1996,
color verde, Vin
4TAVL52N6TZ109707, cilindrada 2400 c.c., combustible gasolina. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintisiete de noviembre
del dos mil catorce , con la base de un millón quinientos cincuenta y nueve mil
doscientos ocho colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del quince de diciembre del dos mil catorce con la base de
quinientos diecinueve mil setecientos treinta y seis colones con veinticinco
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Jose Francisco Barrantes Campos contra
Elvis Ortiz Gómez. Exp. 14-004567-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur,
18 de junio del 2014.—Licda. Eileen Chaves Mora,
Jueza.—(IN2014070437).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las nueve horas
y cero minutos del doce de noviembre del dos mil catorce, y con la base de tres
millones cincuenta y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placas número CL-224915, marca Nissan, estilo D21 XE,
categoría carga liviana, capacidad 4 personas, año 1995, color rojo, Vin 1N6HD16Y8SC362425, cilindrada 2700 c.c., combustible
diésel, motor Nº TD27198451. Para el segundo remate se señalan las nueve horas
y cero minutos del veintisiete de noviembre del dos mil catorce, con la base de
dos millones doscientos ochenta y nueve mil setecientos cincuenta colones
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del quince de diciembre del dos mil catorce con
la base de setecientos sesenta y tres mil doscientos cincuenta colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Jose Francisco Barrantes Campos contra Ericka Torres Villarreal. Exp.
14-004569-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur, 9 de julio del 2014.—Licda. Eileen Chaves
Mora, Jueza.—(IN2014070439).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta
minutos del doce de enero del dos mil quince, y con la base de ochocientos
setenta y siete mil setecientos veinte colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo: placa: 601085, marca: Nissan, estilo: Sentra GXE, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
serie: 1N4EB31P0NC760499, año: 1992, carrocería: Sedan 4 puertas, color:
blanco, tracción: 4X2, chasis: NC760499, Vin:
1N4EB31P0NC760499. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta
minutos del veintisiete de enero del dos mil quince ,
con la base de seiscientos cincuenta y ocho mil doscientos noventa colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y treinta minutos del once de febrero del dos mil quince
con la base de doscientos diecinueve mil cuatrocientos treinta colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Jose Francisco Barrantes Campos contra
Alexis Cambronero Garro. Exp.
14-004562-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de
la Zona Sur, 17 de junio del 2014.—Lic
Christian Zamora Pérez, Juez.—(IN2014070440).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta
minutos del doce de enero del dos mil quince, y con la base de tres millones ciento
cincuenta y dos mil cuatrocientos treinta y cinco colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BBH466, marca Suzuki,
estilo Grand Vitara, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2000, color
dorado, Vin JS3TD62V7Y4100518, cilindrada 2500 c.c.,
combustible gasolina, motor Nº ilegible. Para el segundo remate se señalan las
ocho horas y treinta minutos del veintisiete de enero del dos mil quince, con
la base de dos millones trescientos sesenta y cuatro mil trescientos veintiséis
colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del once de
febrero del dos mil quince con la base de setecientos ochenta y ocho mil ciento
ocho colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Jose
Francisco Barrantes Campos contra Melina de los Ángeles Taylor Campos. Exp. 14-005831-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur, 23 de setiembre del
2014.—Lic. Susana Murillo Alpízar, Jueza.—(IN2014070442).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos
del diecinueve de noviembre del dos mil catorce, y con la base de un millón
trescientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placas número CL-176538, marca Nissan, estilo D-21,
categoría carga liviana, capacidad cuatro personas, año 1991, color blanco,
cilindrada 2400 c.c., combustible gasolina, Vin
1N6SD16S5MC369420, motor Nº KA245789601, carrocería: caja abierta o cam-pu, tracción 4X2. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil catorce, con la
base de un millón doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del seis de enero del dos mil quince con la base de trescientos
treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso monitorio de Dionisio Zúñiga Anchía
contra Omar Madriz Altamirano. Exp. 13-003119-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur,
28 de agosto del 2014.—Lic. Danny Alberto Gutiérrez Gómez, Juez.—(IN2014070443).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref: 2586 215 001 bajo las citas: 312-02771-01-0901-042 y
servidumbre de paso bajo las citas: 2009-233770-01-0002-001; a las catorce
horas y treinta minutos del diez de noviembre del dos mil catorce, y con la
base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 456787-000, la
cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 7, La Fortuna cantón 10,
San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ana Yansy Vargas Barrantes; al sur, Ana Yansy
Vargas Barrantes; al este, servidumbre de uso agrícola con 89 metros 71
centímetros de frente; y al oeste, Evelio Jiménez Barahona. Mide: cinco mil
metros cuadrados. Plano: A-1341894-2009. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre del dos mil
catorce, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y treinta minutos del diez de diciembre del dos mil catorce con la base
de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Inversiones Anaygagon S. A. contra Luis Antonio
Alfaro Gómez. Exp. 14-001642-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
16 de julio del 2014.—Lic. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza.—(IN2014070447).
Se convoca a todos los interesados a una junta de
interesados, que se llevará a cabo en este despacho a las trece horas treinta
minutos del diecisiete de noviembre del dos mil catorce. Lo anterior para
conocer sobre lo dispuesto en el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 13-000173-0387-AG. Sucesión de Reynaldo Gutiérrez
Rodríguez.—Juzgado Agrario del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, Liberia, 03 de setiembre del año 2014.—Lic. Rodrigo
T. Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—(IN2014058549).
Se convoca a todos los
interesados, herederos, legatarios en la mortual de Humberto Salas Solano,
quien en vida fue mayor, costarricense, cédula de identidad número 1-0185-0200,
casado tres veces; vecino de Pavas del Súper Roma, 200 metros al oeste y quien
falleciere el ocho de enero del dos mil doce, a la junta que se llevará a cabo
en este Despacho a las ocho horas treinta minutos del dieciocho de noviembre de
dos mil catorce, lo anterior a fin de conocer sobre los extremos que se
establecen en el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº
12-100042-0891-CI. Causante: Humberto Salas Solano. Gestionantes:
Alicia Salas Torres, Anabelle Salas Torres, Carlos
Salas Torres, María Salas Torres, Lynda Salas Calvo,
José Alberto Salas Calvo.—Juzgado Contravencional y
de Menor Cuantía de Pavas, 8 de setiembre 2014.—Lic. Lorena Delgado Ruiz,
Jueza.—1 vez.—(IN2014060687).
Se
convoca a los miembros o socios de Fundación Territorio de Zaguates,
cédula jurídica número 3006641789, a una junta a celebrarse en este Despacho, a
las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil
catorce, para que en la misma elijan representante. Se hace la advertencia que
la junta se verificará cualquiera que sea el número de miembros o socios
presentes, y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no
resultar mayoría o de no asistir ningún miembro o socio a la junta, el Juez
hará el nombramiento que corresponda. Lo anterior por ordenarse así en proceso
otros ord. sector privado de
Wilver José Morales contra Fundación Territorio de Zaguates. Expediente N° 14-002364-1178-LA.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José (Oral-Electrónico), 17
de setiembre del 2014.—M.sc. Rafael Antonio Ortega Tellería,
Juez.—1 vez.—(IN2014062712).
Se convoca a todos los
interesados en la sucesión de Jorge Elí Ramírez Delgado, a una junta que se
verificará en este Juzgado, a las catorce horas del dieciocho de noviembre del
dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo
926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 12-000558-0926-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 10 de julio del 2014.—Lic.
Adrián Hilje Castillo, Juez.—1
vez.—(IN2014068638).
En proceso monitorio bajo el expediente número
13-005035-1204-CJ de Caja Costarricense de Seguro Social contra Asociación
Deportiva Ramonense cédula jurídica 3-002-051520, mediante resolución de las
once horas y tres minutos del cinco de setiembre del año dos mil catorce, se
dispuso a convocar a los antiguos miembros directivos de la asociación
demandada, Carmen Vargas Castro, cédula 05-0186-0488, Walter Ávila Herrera, cédula 02-0306-0703, Pablo Agustín
López Mora, cédula 02-0230-0664, Marco Vinicio Salas Ferreto, cédula
01-1053-0443, Luis Asdrúbal Villalobos Herrera, cédula 02-0352-0718, Paula
Eugenia Ramírez Fernández, cédula 01-1115-0991, William Gamboa Rodríguez,
cédula 02-0408-0298, Álvaro Herrera Rivas, cédula 02-0395-0368, Saúl Mariano
Pérez Cascante, cédula 02-0305-0111, Vianey Gerardo
Porras Garro, cédula 02-0386-0856, Luis Fernando Blanco Rojas cédula
02-0267-0562 y a todos los socios de la Asociación Deportiva Ramonense, a la
Junta que se celebrará en este despacho a las nueve horas cero minutos del
diecinueve de noviembre del año dos mil catorce, para nombrar representante
legal de la referida asociación con forme lo dispuesto en el artículo 266 del
Código Procesal Civil. Lo anterior se ordena así en proceso Monitorio de Caja
Costarricense de Seguro Social contra Asociación Deportiva Ramonense;
expediente N° 13-005035-1204-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 05 de setiembre del 2014.—Lic.
María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—1
vez.—(IN2014069056).
Se
convoca a todos los interesados en la sucesión de Ana Cecilia Arias Rodríguez,
a una junta que se verificará en este Juzgado a las diez horas y treinta
minutos del treinta de octubre de dos mil catorce, para conocer acerca de los
extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 13-000472-0164-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 01 de octubre del
2014.—Lic. Francis Porras León, Juez.—1 vez.—(IN2014071278).
Cristian Ríos Elizondo, mayor,
casado una vez, cédula de identidad 1-379-465, agricultor, vecino de Bahía
Chal, establece diligencias de información posesoria para inscribir a su nombre
en el Registro Público de la Propiedad la finca sin inscribir que se describe así: terreno de naturaleza
montaña y potrero, situado en Chocuaco, distrito
tercero: Sierpe, cantón quinto: Osa, provincia Puntarenas, con las siguientes
colindancias: norte: El Estado y Garin Philip Baker;
sur, compañía Hermanos Brenes S. A.; este, Garin
Philip Baker, quebrada en medio con Jorge Rojas Lara; oeste, El Estado. Plano catastrado
N° P-1676297-2013, a nombre del promovente con una
medida de setecientos sesenta y nueve mil novecientos treinta y siete metros cuadrados. Se estima el inmueble y las
presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones. Sobre el mismo
no pesan gravámenes ni cargas reales. Con un mes de plazo a partir de la
publicación de este edicto se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno para que se apersonen en
defensa de sus derechos bajo los
apercibimientos de ley si no verifican. Expediente N° 14-000100-419-AG,
(interno 122-2-14).—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 27 de agosto del 2014.—Lic. Marisel Zamora Arias, Jueza.— 1 vez.—(IN2014063243).
A los herederos e interesados en el sucesorio de
quien en vida fue Graciela del Socorro Sánchez Segura, cédula uno-ciento
veintiuno-quinientos, viuda, ama de casa, vecina de San José, Puriscal, Cerbatana, ciento cincuenta metros sur del Salón
El Higuerón; les informo que en la oficina del suscrito notario se han
presentado como único heredero testamentario: su hijo Antonio Sánchez Morales,
solicitando la tramitación en sede notarial del sucesorio testamentario del
causante indicado. Cualquier heredero o interesado deberá apersonarse a mi
oficina, sita en Puriscal, cincuenta metros este del
Banco Popular, Edificio Zuma, segunda planta, dentro de los treinta días
naturales siguientes a la publicación del edicto para hacer valer sus derechos.
Expediente: 02-2014.—Puriscal,
veintinueve de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Marcos Andrés Jiménez Mora,
Notario.—1 vez.—(IN2014063146).
A los herederos e
interesados en el sucesorio de quien en vida fue Milciades
Gómez Bermúdez, cédula uno-doscientos uno-novecientos cuarenta y siete, casado
una vez, agricultor, vecino de San José, Puriscal,
Barbacoas, quinientos metros oeste de la Iglesia de Barbacoas; les informo que
en la oficina del suscrito notario se ha presentado como heredera: su conyugue
supérstite Rosa Porras Corrales, cédula uno-doscientos sesenta y
cuatro-seiscientos ochenta y ocho, solicitando la tramitación en sede notarial
del sucesorio del causante indicado. Cualquier heredero o interesado deberá
apersonarse a mi oficina, sita en Puriscal, cincuenta
metros este del Banco Popular, Edificio Zuma, segunda planta, dentro de los
treinta días naturales siguientes a la publicación del edicto, para hacer valer
sus derechos. Expediente: 01-2014.—Puriscal,
seis de agosto del dos mil catorce.—Lic. Marcos Andrés Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014063149).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Luis Loria Hernández, mayor, casado,
agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad número
dos-ciento setenta y seis-novecientos cuarenta y uno y vecino de Barú de Pérez
Zeledón. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se
apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
14-000024-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 4 de junio del 2014.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1
vez.—(IN2014063240).
Se cita y emplaza a todos
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en
la sucesión de quien en vida se llamó Luis Fernando Esquivel Monge, quien fuera
mayor, divorciado, ganadero, vecino de Linda Vista de Upala,
Alajuela, cincuenta metros este de la Escuela del lugar, cédula de identidad
número uno- trescientos dieciocho-cuatrocientos sesenta y nueve, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto se apersonen a los autos a hacer valer sus derechos bajo apercibimiento
a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en ese
plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesión N° 14-100001-1143-CI.—Juzgado Mixto de Upala,
Alajuela, 7 de agosto de 2014.—Lic. Eunice Villalobos Jiménez, Jueza.—1 vez.—(IN2014063249).
Se cita y emplaza a todos
los interesados del señor Francisco Gómez Bolaños, quien fue mayor, divorciado
una vez, comerciante, cedula de identidad dos-cuatrocientos ochenta y
dos-seiscientos ochenta y seis, vecino de Alajuela, contiguo a farmacia Athenea, para que dentro del plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y
se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente:
006-2014. Sucesión de Francisco Gómez Bolaños.—Alajuela,
veinticuatro de setiembre de dos mil catorce.—Lic. Sianny
Arce Álvarez, Notaria.—1 vez.—(IN2014063523).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de quien se llamó María del Carmen Chaves
Murillo, cédula de identidad número nueve-cero cero nueve-setecientos noventa,
divorciada una vez, ama de casa, vecina de San Carlos, Alajuela, Barrio San
Martín, costado este del Estadio Carlos Ugalde Álvarez, fallecida el catorce de
junio del dos mil catorce, en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, que su
defunción se encuentra inscrita en el Registro Civil, Sección de Defunciones,
del Partido de Alajuela, bajo el tomo: doscientos cuarenta y uno, folio:
quince, asiento: treinta, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto comparezca a reclamar sus derechos y se
apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
cero cero cero uno-dos mil
catorce. Notaría del Bufete de la Lic. Eylin Priscila
Peraza Alvarado. Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, costado oeste del Parque
de Ciudad Quesada, correo electrónico eppa82@gmail.com. Expediente número: cero
cero cero uno-dos mil
catorce. Causante: María del Carmen Chaves Murillo.—Ciudad
Quesada, San Carlos, Alajuela.—Lic. Eylin Priscila
Peraza Alvarado, Notaria.—1 vez.—(IN2014063533).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Víctor Hugo
Rodríguez Vargas, mayor, soltero, vecino de Heredia, Belén, cédula número
dos-trescientos cincuenta y cinco-novecientos noventa y siete. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos
que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese
plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 12-000177-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 5 de junio del 2013.—Lic.
Adrián Hilje Castillo, Juez.—1
vez.—(IN2014063357).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Hilda María
Jiménez Méndez, mayor, viuda de su único matrimonio, de oficios del hogar,
nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0600410999, y vecina
de Villa Ligia de Daniel Flores de Pérez Zeledón. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-000080-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur, Pérez Zeledón, 10 de setiembre del 2014.—Msc.
Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014063596).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Walter
Florentino López Cruz, mayor, soltero, nacionalidad 0900630517, con documento
de identidad agricultor y vecino de Bijagua de Upala.
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente N° 12-000189-0387-AG.—Juzgado Civil y
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 10 de setiembre del
2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1
vez.—(IN2014063687).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Daniel
Guillén Centeno, mayor, pensionado, nacionalidad costarricense, con documento
de identidad N° 0500430316, vivió en Liberia, Guanacaste. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
14-000129-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 16 de julio del 2014.—Lic.
Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—(IN2014063724).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: María
Eugenia Solís Bonilla, mayor, viuda una vez, vecina de Limón, Barrio Santa
Eduviges, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 1-393-1249.
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente N° 14-000135-0678-CI-3.—Juzgado Civil
del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 17 de setiembre del
2014.—Lic. Daisy Hidalgo Arias, Jueza.—1
vez.—(IN2014063728).
Se hace saber que en este Despacho
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Esperanza Garita
Arce, mayor, casada, ejecutiva del hogar, cédula de identidad N° 2-197-071,
vecina de Barrio San José Sur de Atenas, Alajuela, cien metros este del Lubricentro Bella Vista. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-000385-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
12 de setiembre del 2014.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—(IN2014063734).
Se hace
saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó: Óscar Martín Meza Picado, mayor, cédula de identidad N° 0108430108,
soltero, vecino de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y
en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente N° 14-000397-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 8 de setiembre del 2014.—Msc. Karol Solano Ramírez,
Jueza.—1 vez.—(IN2014063779).
Se emplaza por el
improrrogable plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto a los herederos, legatarios y en general a todo interesado en el proceso
sucesorio extrajudicial de quien en vida fue Hugo Alvarado Camacho, mayor,
casado, radiotécnico, cédula 1-0207-0900, vecino de Montes de Oca, para que
comparezca ante esta notaría a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a
los que crean tener derechos a la herencia de que si no se presentan en ese
plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 2013-001. Notaría del
Lic. Gabelo Rodríguez Quesada en Curridabat, Urbanización José María Zeledón,
H-35 II etapa.—San José, 28 de setiembre del
2014.—Lic. Gabelo Rodríguez Quesada, Notario.—1
vez.—(IN2014063783).
Se emplaza por el improrrogable
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto a los
herederos, legatarios y en general a todo interesado en el proceso sucesorio
extrajudicial de quien en vida fue Gloria Montenegro Calvo, mayor, casada, ama
de casa, cédula 3-0154-0372, vecina de Tres Ríos, para que comparezca ante esta
notaría a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener
derechos a la herencia de que si no se presentan en ese plazo aquella pasará a
quien corresponda. Expediente N° 2014-002. Notaría del Lic. Gabelo Rodríguez
Quesada, en Curridabat, Urbanización José María Zeledón, H-35 II etapa.—San José, 28 de setiembre del 2014.—Lic. Gabelo Rodríguez
Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2014063789).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Amelia Ana Flores Alfaro, conocida como Amalia
Flores Alfaro, mayor de edad, cédula de identidad número 4-0075-0829, viuda una
vez, pensionada, con domicilio en San José, Moravia, La Guaria, del Colegio
Saint Joseph, 100 metros al norte, edificio blanco con portones negros, a las 17:00 horas del 14 de agosto del 2014 y
comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera Claudio Rojas Rojas
conocido como Claudio León Rojas, mayor de edad, cédula de identidad número
4-0038-1250, casado por segunda vez, comerciante, con último domicilio en San
José, Moravia, La Guaria, del Colegio Saint Joseph, cien metros al norte,
edificio blanco con portones negros. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales contados a partir de
la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría del Lic. Luis Andrés Bonilla Ortiz, con oficina abierta en la
ciudad de San José, San José, Catedral, Barrio González Lahmann,
avenida 10, calle 19, número 1025, Bufete Castro & Herrera, teléfono
2223-3829. Expediente N° 0001-2014-LA.—San José, a las
dieciocho horas del primero de setiembre del
dos mil catorce.—Lic. Luis Andrés Bonilla Ortiz, Notario.—1
vez.—(IN2014063806).
Se hace
saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó: Héctor Virgilio Morales Gómez, mayor, casado una vez, comerciante,
cédula de identidad número seis-cero ciento veinticuatro-cero setecientos
noventa y dos (6-0124-0792), vecino de Guayabo de Bagaces,
cien metros norte de Farmacia Montserrat, casa con portones verdes a mano
derecha, falleció el 17 de diciembre del 2009. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-000154-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, 22 de noviembre del 2013.—Lic. Guillermo Ortega Monge,
Juez.—1 vez.—(IN2014063819).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Carlos
Alberto Sanabria Marín, mayor, casado una vez, empresario, vecino de San Rafael
de Alajuela, cien metros este del Templo Católico, cédula de identidad N° 0103580697.
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente N° 14-000315-0638-CI.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de agosto del 2014.—Lic. Rodrigo Araya
Durán, Juez.—1 vez.—(IN2014063821).
Se hace
saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Johnny Soto
Palomo, quien fuera mayor, viudo, cédula de identidad N° 6-0066-0650, vecino de
San Antonio de Desamparados, Patarrá, y es gestionado
por María de los Ángeles Pérez Cascante, mayor, soltera, ama de casa, cédula de
identidad N° 1-0452-0650, y funge como albacea provisional: Mario Pérez
Álvarez, mayor, vecino de Río Azul, frente de la plaza. Se emplaza a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de este proceso, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
14-100286-0237-CI (305-1-14).—Juzgado de Menor
Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 18 de
setiembre del 2014.—Msc. Ian
Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2014063824).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Ovidio
Alfaro Rojas, mayor, casado, costarricense,
cédula de identidad N° 0201880599, y vecino de Alajuela, San Antonio del Tejar.
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
14-000057-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 5 de marzo del 2014.—Msc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—1 vez.—(IN2014063841).
Se hace
saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó: Idalia Vargas Rojas, mayor, casada una vez, ama de casa, nacionalidad
costarricense, con documento de identidad N° 0201630710, y vecina de Grecia,
Santa Gertrudis Sur. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente N° 14-000060-0295-CI.—Juzgado
Civil de Menor
Cuantía de Grecia, 3 de
setiembre del 2014.—Lic. Nelson Rodríguez Morales, Juez.—1
vez.—(IN2014063842).
Se hace saber que en este
Despacho, se tramita el proceso sucesorio de James Richard Pudder,
quien fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino San José, Santa Ana, con
identificación número 184000561406. Se emplaza a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, sin no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Exp. Nº 14-000074-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José,
13 de mayo de 2014.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas,
Juez.—1 vez.—(IN2014063941).
Se hace saber que en este
Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quienes en vida se llamaron Óscar
Eugenio Cruz Agüero, mayor, viudo, agricultor, costarricense, con cédula de identidad
0104061232, vecino de Moravia y Rosa Cascante Mora, mayor, casada, ama de casa,
portadora de la cédula de identidad 0102340433 y vecina de Coronado. Se cita a
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
00-001775-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de San José, 21 de agosto del 2014.—Lic. Francis
Porras León, Juez.—1 vez.—(IN2014063944).
Se emplaza a todos los
herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la
sucesión de Rafael Antonio Badilla Vargas; quien fue mayor, soltero, fotógrafo,
vecino de San Juan de Dios de Desamparados, cédula de identidad 1-0492-0322,
para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no
se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión
de Mauricio Ulate Jiménez. Exp.
N° 14-1000-95-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo
de Desamparados, 5 de agosto del 2014.—MSc.
Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2014063946).
Se hace saber que en este
Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Miguel
Torres Álvarez, mayor, masculino, pensionado, viudo, nacionalidad
costarricense, con documento de identidad 0301550591 y vecino de Turrialba,
hijo del señor Francisco Torres y la señora Ana Álvarez. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 11-000236-0341-CI.—Juzgado Civil
Mayor Cuantía de Turrialba, 18 de setiembre del 2014.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1
vez.—(IN2014063996).
Se hace saber que en este
Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Roberto
Enrique Acuña Corrales; mayor, soltero, nacionalidad costarricense, con
documento de identidad 0700760086, soldador y vecino de Limón, Barrio El Bohío.
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 14-000065-0473-CI.—Juzgado Civil de
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 17
de julio del 2014.—Lic. Guiselle Argüello González,
Jueza.—1 vez.—(IN2014064016).
Se hace saber que en este
Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Celestino
Brenes Fernández, mayor, masculino, soltero, nacionalidad costarricense,
agricultor, con documento de identidad: 0301130769 y vecino del Barrio Las
Américas de Turrialba, hijo del señor Pedro Gregorio Brenes Bermúdez y la
señora Angélica Fernández Fernández. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 14-000088-0341-CI.—Juzgado Civil
Mayor Cuantía de Turrialba, 18 de setiembre del 2014.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1
vez.—(IN2014064066).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de quien en vida fue Mario Emilio del Carmen
Sánchez Chavarría, cédula 600710435, mayor, casado dos veces, empresario,
vecino de Tirrases de Curridabat, para que en el
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan ante esta notaría ubicada en Santa Teresa de Cóbano,
altos del Super Fresco, a reclamar sus derechos los
que crean tener derecho a la herencia apercibidos de que si no lo hacen dentro
de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° dos mil
catorce-cero cero uno.—Puntarenas, veintiséis de
setiembre del dos mil catorce.—Master Alan Masís
Angulo, Notario.—1 vez.—(IN2014064091).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Arce
Esquivel Lellina Bernardita, mayor, estado civil casada, profesión ama de casa, nacionalidad costarricense,
con cédula de identidad 0400680544 y vecina de Tibás. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. expediente
Nº 14-000294-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito
Judicial de San José, 22 de mayo del 2014.—Lic. Francis
Porras León, Juez.—1 vez.—(IN2014064093).
Se hace
saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Manrique Gerardo
Salas Jiménez, quien fuera mayor de edad, soltero, vecino de Cartago, El Guarco, de la iglesia cuatrocientos metros al este y cien
metros hacia el sur, cédula de identidad números 1-0993-0674. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
11-000306-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25
de setiembre del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2014064105).
Se emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Odilie Mora Ceciliano, quien fuere mayor, casada una vez, cocinera,
vecina de La Bonita de Rivas, 200 metros al norte de la escuela, en San Isidro
de Pérez Zeledón, con cédula de identidad número uno-cuatrocientos ochenta y
dos-novecientos treinta y uno, para que dentro de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y
se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se
presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará quien corresponda. Exp. número 06100508-188-CI.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía de Pérez Zeledón, 28 agosto del 2014.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014064121).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Fanny Villalobos Salazar,
cédula 6-0174-0083, vecina de San José; para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos. Se apercibe a los que crean tener derecho que si no se
presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente número 0002-2014-SN. Notaría Pública Lizeth
Mata Serrano, oficina San José Goicoechea Calle Blancos, Residencial Montelimar, Bomba Montelimar, 100
norte y 75 este.—San José, 7 de octubre de
2014.—Licda. Lizeth Mata Serrano.—1
vez.—(IN2014064494).
En la
notaría del Lic. José Guillermo Bolaños Hidalgo, se ha iniciado proceso
sucesorio, de quien en vida fuera: Zeneida Hidalgo
Castro, quien fuera mayor de edad, casada una vez, con cédula de identidad N°
2-297-052, vecina de San Roque de Grecia, Alajuela. Se cita a todos los
interesados para que dentro del término de Ley se apersonen hacer valer sus
derechos.—Grecia, 20 de enero del 2014.—Lic. José
Guillermo Bolaños Hidalgo, Notario.—1
vez.—(IN2014064839).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Flor María
Hidalgo Castro, mayor, viuda una vez, de oficios del hogar, con documento de
identidad 2-230-779, y vecina de San Roque de Grecia y el fallecido Senen Bolaños Rodríguez, mayor, casado una vez, agricultor,
cédula de identidad 2-226-700, vecino de San Roque de Grecia. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos
que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese
plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-000147-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 14 de febrero del 2014.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara,
Jueza.—1 vez.—(IN2014064842).
La
suscrita Vilma Alpízar Matamoros, notaría pública con
oficina en San José, carretera a Zapote, cincuenta metros este de la Sede
Lechera, de conformidad con lo dispuesto en los artículos novecientos cuarenta
y cinco y siguientes del Código Procesal Civil y artículo ciento veintinueve
del Código Notarial, hace constar que en esta notaría se tramita el proceso
sucesorio de Ana Carvajal Vargas, por lo que se cita y emplaza a los
interesados para que dentro de los treinta días siguientes a esta publicación,
concurran a hacer valer sus derechos.—Lic. Vilma Alpízar
Matamoros, Notaria.—1 vez.—(IN2014066055).
Se emplaza a todos los
herederos, legatarios e interesados en la sucesión de la señora Vera Judith
Sáenz Chinchilla, mayor de edad, soltera, ama de casa, vecina en vida de San
José, San Sebastián, costado sur del parque, casa número noventa y nueve, y
portadora de la cédula de identidad número uno-cero tres tres
cuatro-cero tres cero tres, con el fin de que se apersonen dentro del plazo de
treinta días a hacer valer sus derechos, y bajo el apercibimiento de que si no
lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero cero uno-dos mil
catorce-IGR, sucesión de Vera Judith Sáenz Chinchilla. Se emplaza a todos los
herederos, legatarios e interesados en la sucesión de Vera Judith Sáenz
Chinchilla. Notaría de la Licenciada Ingrid Gutiérrez Rojas, sita en Sabana
Norte, del Restaurante el Chicote cien metros al norte, cincuenta al este,
edificio amarillo identificado como “Agora
Abogados”.—San José, primero de octubre del dos mil catorce.—Lic. Ingrid
Gutiérrez Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2014066498).
Se cita y emplaza a los
interesados en la sucesión de quien fuera el señor Luis Gerardo López Elizondo,
quien fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino Villa Bonita San Antonio
del Tejar, Alajuela cédula número nueve-cero cero cinco cuatro-cero cero siete
cinco, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de esta
publicación, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente 001-2014.—Santa
Bárbara, Heredia.—Lic. Blanca Aurora González Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2014066504).
Se cita y emplaza a todos
los interesados de la sucesión del señor Francisco Queralt
Curco, quien fue mayor, casado una vez, empresario, español nacionalizado,
costarricense, vecino de San José, San Francisco de Dos Ríos, cédula ocho-cerro
cuarenta y uno-ochocientos cincuenta y ocho, para que en el plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar
sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si
no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Igualmente que se inscriba como albacea en el Registro al señor Joel Guerrero
Charlton, cédula 1-957-627. Expediente N° 14-01. Notaría del Bufete Hernández
Sánchez.—Lic. Danilo Hernández Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2014066553).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Lisa Lean Chan, en Limón a las doce horas del
día veintiséis de agosto del dos mil catorce; y comprobado el fallecimiento,
esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ad intestado de quien en vida
se llamó: Ernesto Chuck Nang Fong,
quien fue mayor, casado una vez, titular de la cédula de identidad número
ocho-cero cero dos tres-cero seis cinco dos, quien falleció el primero de abril
del mil novecientos ochenta y nueve. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer
sus derechos. Notaría del Lic. Eduardo Newton Cruickshank
Smith, situada en Limón centro, 30 metros al oeste de los Tribunales de
Justicia, edificio Cruickshank, teléfono N°
2758-3363, fax 2758-4030. Correo electrónico ecruickcaribelegalcr.com.—Lic. Eduardo Newton Cruickshank
Smith, Notario.—1 vez.—(IN2014066593).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de la señora Lidiette
del Carmen López Marín, quien en vida fue mayor, divorciada una vez,
pensionada, con cédula de identidad número 1-0305-0629, vecina de San Pedro de
Montes de Oca, San José, fallecida el 21 de octubre del 2013, para que dentro
de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan
al expediente N° 0001-2014, para acreditar o reclamar en defensa de sus
derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si
no se presentan dentro de ese término la herencia pasará a quien corresponda.
Notaría de Arturo Fournier Facio, Bufete Fournier Facio & Asociados, calle 29, entre avenidas 0
y 8 Apartamento Sully N °7, San José, fax 2225-8349.—Lic. Arturo Fournier Facio,
Notario.—1 vez.—(IN2014066605).
Ante la
notaría del suscrito, se inició el proceso sucesorio sin testamento, a las diez
horas del trece de setiembre del dos mil catorce, solicitado por Patricia
Barrios Barrantes, cédula número uno-quinientos ochenta y seis-doscientos
quince, en su condición de albacea propietario de quien en vida fue Daisy Julia
de los Ángeles Barrantes Alvarado, cédula número tres-cuatrocientos cuarenta y
ocho-ochocientos noventa y cinco, fallecida en San José, el nueve de marzo del
dos mil nueve. Se emplaza a los interesados para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen
hacer valer sus derechos y si no se presentan dentro del mencionado plazo, la
herencia pasará a quien corresponde.—San José, a las
diez horas del seis de octubre del año dos mil catorce.—Lic. Miguel Ángel
Jiménez Cerros, Notario.—1 vez.—(IN2014066622).
Mediante escritura de
apertura otorgada ante esta Notaría por la señora Nuria María Soto Barboza, y
José Ángel Soto Barboza, a las diez horas del tres de octubre del dos mil
catorce y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio de la señora María Virginia de los Ángeles Barboza Solís, mayor, ama
de casa, cédula 9-0001-0358, vecina de Goicoechea. Se cita y emplaza a todos
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento,
a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Notaría de la Lic. María Estrella Jiménez
Sancho, oficina abierta en San José, Goicoechea, Mata de Plátano, Urbanización
Divina Pastora, número siete A.—Lic. María Estrella
Jiménez Sancho, Notaria.—1 vez.—(IN2014066627).
Se cita
y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en la
sucesión de José Manuel Navarro Solís, cédula dos-tres uno dos-nueve siete
cuatro, mayor, casado una vez, peón de campo, vecino de San Luis de Florencia
de San Carlos, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se
presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente: SN 0009-2014-GAMC. Notaría del Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales.
Ciudad Quesada, costado norte de los tribunales. Fax: 2460-2519. Teléfono:
2460-0046.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales,
Notario.—1 vez.—(IN2014066637).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta notaría por Julia Villegas Ruiz, a las 17
horas del 06 de octubre del año 2014, y comprobado el fallecimiento, esta
Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Alberto José Zapata Villegas, quien era mayor, soltero, comerciante, vecino
de Villa Nueva de San José de Upala, con cédula de
identidad número: dos-cero cuatro uno tres-cuatro ocho siete, fallecido el día
veintidós de noviembre del año dos mil seis, en la localidad de San José de Upala, Alajuela. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría del Lic. Alexander Soto Guzmán, 300 este y 250 sur de la
Iglesia Católica de San Francisco de Dos Ríos, Teléfono 2226-0092.—Lic. Alexander Soto Guzmán, Notario.—1
vez.—(IN2014066650).
Se emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Gerardo Brenes Gómez, cédula de identidad número
tres-ciento sesenta y dos-cero treinta, para que dentro del término de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta
notaría, en defensa de sus derechos; y se apercibes los que crean tener calidad
de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará
a quien corresponda. Expediente número cero veintiuno-dos mil catorce.—Lic. Marisela Berrocal Velásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2014066862).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de Giovanni Francisco Carvajal Chaves, cédula de
identidad 1-0850-0170, casado una vez, mensajero, vecino de Pavas, Santa
Catalina de la Square D 400 norte y 25 oeste segunda
casa mano izquierda, para que dentro del plazo de treinta días, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y
se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
01-2014 Notaría del Bufete OPR Legal. Dirección: De la Embajada Americana 1 kilómetro
al oeste y 25 norte. Teléfono: 2231-3113.—Lic. Tatiana
Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2014066873).
Se cita y emplaza a
herederos, legatarios, acreedores, y demás interesados, en la sucesión
extrajudicial de Pedro Barrantes Jiménez, mayor, casado una vez, agricultor,
quien fuera vecino de Horquetas de Sarapiquí, Río Frío, El Semillero de la
escuela Asentamiento Río Chirripó, ochocientos norte
y doscientos oeste, con cédula de identidad seis-cero ciento cincuenta-cero
trescientos veintinueve. Para que dentro del término de treinta días contados a
partir de la publicación del edicto que en este acto se ordena expedir, se
apersonen a hacer valer sus derechos, apercibidos que en caso de no hacerlo, la
herencia pasará a quien corresponda en derecho. Sucesión N° 0001-2014 Notaría
de la Licenciada Dunia Navarro Blanco. Sita en Río
Frío de Sarapiquí, Finca seis fax: 2764-0004. Publíquese.—Veintisiete
de setiembre del dos mil catorce. Lic. Dunnia María
Navarro Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2014066883).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta Notaría por Adina Cabalceta Aguilar, a las siete horas del veinticuatro de
setiembre del dos mil catorce, y comprobado el fallecimiento, esta Notaría
declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera
Eduardo Luis Cabalceta Velazco, mayor, casado una
vez, agricultor, vecino de Santa Cruz, frente al Banco Popular, cédula número
cinco-cero cuarenta y cuatro-setecientos noventa y cuatro. Se cita y emplaza a
todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Marianela Moreno Paniagua,
Filadelfia, Guanacaste, frente al Banco Nacional teléfono 2688-7578.—Lic. Marianela Moreno Paniagua, Notaria.—1
vez.—(IN2014066904).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Sandra Obando Peraza, a las diecisiete horas del
veintidós de setiembre del dos mil catorce y comprobado el fallecimiento, esta
Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Roberto Cabalceta Aguilar, mayor, casado una
vez, ingeniero, vecino de Filadelfia Guanacaste, de la gasolinera doscientos
metros al sur, cédula número uno-quinientos cincuenta-ciento treinta y uno. Se
cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Marianela
Moreno Paniagua, Filadelfia, Guanacaste, frente al Banco Nacional, teléfono
2688-7578.—Lic. Marianela Moreno Paniagua, Notaria.—1 vez.—(IN2014066908).
Con treinta días de plazo,
contados a partir de la fecha de la publicación de este edicto, se emplaza a
los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de
quien en vida se llamó Jimmy Antonio de Jesús Solano Madrigal, quien en vida
fue mayor, divorciado, ayudante de pintor, cédula número uno-quinientos sesenta
y uno-setecientos noventa y cuatro, vecino de San Sebastián, Cañada Sur, a
efecto de que comparezcan en esta Notaría a hacer valer sus derechos, en el
entendido de que en caso de no verificarse así, la herencia pasará a manos de
quien o quienes mejor demuestren su derecho a ello. Igualmente se les previene
que, por escrito, deberán señalar un medio electrónico debidamente autorizado
por la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales,
donde atiendan sus notificaciones, bajo los apercibimientos legales en caso de
omisión. Se les hace saber a los interesados que la oposición al trámite de
esta sucesión, debidamente fundamentada, dará pie a la remisión del proceso a
sede judicial. La dirección de esta Notaría es Aserrí
frente a la escuela Santa María, teléfono número 2230-9014, fax número
2230-1862. Expediente N° 03-14. Notaría del Lic. Jorge Mario Piedra Arias.—Aserrí, San José, 01 de octubre
del 2014.—Lic. Jorge Mario Piedra Arias, Notario.—1
vez.—(IN2014066946).
Con treinta días de plazo,
contados a partir de la fecha de la publicación de este edicto, se emplaza a
los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de
quienes en vida se llamaron Mario Gerardo Peralta Azofeifa,
quien fuera mayor, cédula uno-trescientos novena y ocho-mil doscientos veintinueve,
Johnny Gerardo cuarenta y uno y José María Peralta Azofeifa,
quien fuera mayor, cédula uno-doscientos sesenta y cuatro-quinientos ochenta y
siete, a efecto de que comparezcan en esta Notaría a hacer valer sus derechos,
en el entendido de que en caso de no verificarse así, la herencia pasará a
manos de quien o quienes mejor demuestren su derecho a ello. Igualmente se les
previene que, por escrito, deberán señalar un medio electrónico debidamente
autorizado por la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones
Judiciales, donde atiendan sus notificaciones, bajo los apercibimientos legales
en caso de omisión. Se les hace saber a los interesados que la oposición al
trámite de esta sucesión, debidamente fundamentada, dará pie a la remisión del
proceso a sede judicial. La dirección de esta Notaría es Aserrí,
frente a la escuela Santa María, teléfono número 2230-9014, fax número
2230-1862. Expediente N° 02-14. Notaría del Lic. Jorge Mario Piedra Arias.—Aserrí, San José, 01 de octubre
del 2014.—Lic. Jorge Mario Piedra Arias, Notario.—1
vez.—(IN2014066948).
Se cita y emplaza a
herederos, legatarios, acreedores y otros interesados en el proceso sucesorio
de quien en vida fue María Natalia Gómez Alvarado, quien fue mayor, casada una
vez, educadora, vecina de Orotina centro, doscientos
metros oeste del Banco Nacional, con cédula número uno-mil ciento setenta y
uno-seiscientos setenta y cinco; para que dentro del plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación del edicto, se apersonen a este proceso en
defensa de sus derechos, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, la
herencia pasará a quien corresponda, sin perjuicio de tercero de mejor derecho.
Expediente N° 0003-2014. Notaría Pública en Orotina,
costado sur de Importadora Monge.—Orotina,
01 de octubre del 2014.—Lic. Johan Castillo Umaña, Notario.—1
vez.—(IN2014066964).
Witson Benítez apoderado de Osama y Noha
ambos Youssef Mora ha solicitado ante la Notaría de
Guillermo Enrique Segura Amador, El Roble de Puntarenas, número 941-A, la
tramitación del sucesorio sede notarial de quien en vida fuera Vilma Mora
Navarro, cédula 1-391-661, para tal fin se emplaza a todos los interesados en
dicha sucesión para que dentro del término de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a redamar sus derechos y se
apersonen a los autos aquellos que crean tener la calidad de herederos; que si
no se presentan dentro de ese término la herencia pasará a quien corresponda.
Sucesorio de Vilma Mora Navarro. Expediente Notarial N° 6-N-14. Publicar una
vez en el Boletín Judicial, artículo 923 del Código Procesal Civil.—Puntarenas, dos de octubre del dos mil catorce.—Lic.
Guillermo Enrique Segura Amador, Notario.—1
vez.—(IN2014067032).
Se hace saber que ante el
notario Marvin Vargas Paniagua se tramita proceso sucesorio notarial, por
escritura número uno cuatro uno, otorgada a las quince horas del veintitrés de
julio del dos mil catorce, se protocolizó auto de apertura de quien en vida se
llamó, Miguel Ramírez Jiménez, cédula 2-111-233, vecino de San Ramón, San Juan,
Barrio Sagrada Familia, frente a la iglesia, costado norte; se emplaza a todos
los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el presente
proceso para que dentro del plazo de treinta días, que se contaran a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se
presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Igualmente se hace
saber que la notaría está situada en San Ramón de Alajuela, ciento veinticinco
metros al norte del Correo. Telefax 2445-3182. Expediente número 003-2014.—San Ramón, once horas del siete de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Marvin Vargas Paniagua, Notario.—1
vez.—(IN2014067046).
Se hace
saber que ante el notario Marvin Vargas Paniagua se tramita proceso sucesorio
Notarial, por escritura número uno cuatro cero, otorgada a las diez horas del
veintiuno de julio del dos mil catorce, se protocolizó auto de apertura de
quien en vida se llamó, Lidi Zúñiga Vargas, cédula
2-193-844, vecino de San Ramón, Ángeles, seiscientos metros oeste de Bar El
Guaba; se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás
interesados en el presente proceso para que dentro del plazo de treinta días,
que se contarán a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la
herencia, que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Igualmente se hace saber que la notaría está situada en San Ramón
de Alajuela, ciento veinticinco metros al norte del Correo. Telefax 2445-3182.
Expediente número 002-2014.—San Ramón, diez horas del
siete de octubre del dos mil catorce.—Lic. Marvin Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2014067048).
Por una sola vez se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Segismunda Benavides Calvo c.c. Yorleny
Benavides Calvo, mayor, fallecida, quien en vida fue portadora de la cédula de
identidad número seis-uno tres dos-dos tres tres,
vecina de Alajuela, Montecillos, de la escuela setenta y cinco metros al norte, primera alameda casa número novecientos
siete, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos bajo
apercibimiento de que si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente número 001-2014, sucesorio notarial de Segismunda Benavides Calvo c.c. Yorleny
Benavides Calvo. Lic. Édgar Hernández Mora, San José, Los Yoses,
del Restaurante KFC, cien metros al este y setenta y cinco metros al sur,
frente al edificio Esqul-vol, edificio A-uno, Monge
& Hernández Consultores, día quince del mes de julio del año dos mil
catorce.—Lic. Édgar Hernández Mora, Notario.—1
vez.—(IN2014067063).
Se emplaza a herederos y
demás interesados en la sucesión acumulada de quienes en vida se llamaron
Carlos Miguel Garnier Fuentes, quien fuera mayor de
edad, divorciado una vez, chofer, cédula número cinco-uno cero uno-siete nueve
seis; y María Cecilia Rodríguez Blandón, quien fuera mayor de edad, casada de
segundas nupcias, ama de casa, cédula número cinco-uno cero cuatro-dos cuatro
cero, ambos vecinos de Guanacaste, Liberia, de Pizza Andina cincuenta metros al
norte; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría, situada en San José,
Zapote, ciento cincuenta metros sur de la iglesia católica, en defensa de sus
derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien
corresponda.—San José, dos de octubre del dos mil catorce.—Lic. Saddy Guzmán Obando, Notario.—1
vez.—(IN2014067079).
La suscrita Notaría Xinia Arias Naranjo hago constar que al ser las catorce
horas del día diecinueve de setiembre del año dos mil catorce, ante esta
Notaría se abrió el juicio sucesorio de María Teresa Porras Porras,
quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Ciudad Cortés,
Osa, Puntarenas, frente al antiguo Emergencias del Hospital Tomás Casajus, con número de cédula uno-cuatrocientos sesenta y
nueve-doscientos treinta y tres, y el señor Alberto Cortés Avilés, quien en
vida fue mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio en Ciudad Cortés,
Osa, Puntarenas, frente al antiguo Emergencias del Hospital Tomás Casajus, con número de cédula ocho-cero cincuenta y
tres-ciento cuarenta y tres. Se cita a todos los interesados en este sucesorio
para que en el término de un mes calendario contado a partir de la publicación
de este aviso a hacer valer sus derechos o de lo contrario la herencia pasará a quien corresponda. Mi notaría se ubica en Ciudad
Cortés, Osa, Puntarenas, setenta y cinco metros suroeste de la escuela Nieboroswky. Expediente número 0002-2014.—Ciudad
Cortés, primero de octubre del dos mil catorce.—Lic. Xinia
Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—(IN2014067107).
Se emplaza a los herederos y
demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó: Flor de María
Pacheco Pérez, para que dentro del término de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen en este proceso a hacer valer sus
derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del indicado
término, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2014, de la
notaría del Licenciado José Luis Torres Rodríguez.—7
de octubre del 2014.—Lic. José Luis Torres Rodríguez, Notario Director del
Proceso.—1 vez.—(IN2014067121).
Se hace saber que ante este despacho se tramita
proceso de cambio de nombre promovido por Carlos Alberto Aguilar López, mayor,
soltero, estudiante, documento de identidad 0116310365, vecino de San Diego de
La Unión, Cartago, residencial El Mohal, casa 13 A,
encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Carlos
Alberto Aguilar López por el de Alberto mismos apellidos. Se emplaza a los
interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días
contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a
hacer valer sus derechos bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión.
Artículo 55 del Código Civil. Expediente: 14-000337-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 22 de setiembre del 2014.—Msc.
Magaly Salas Álvarez, Jueza.—1 vez.—(IN2014063323).
Se hace saber que ante este
despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Erodita Telles Salguera, mayor,
casada, 05, documento de identidad 0204110010, vecina de Buena Vista de
Guatuso, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Erodita por el de María Yolanda mismos apellidos. Se
emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de
quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al
proceso a hacer valer sus derechos bajo los apercibimientos de ley en caso de
omisión. Artículo 55 del Código Civil.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 16 de agosto del
2013. Expediente: 13-000236-0297-CI.—Lic. Adolfo Mora
Arce, Juez.—1 vez.—(IN2014063338).
Se hace saber que ante este
despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Milagro de los
Ángeles Rojas Morales mayor, soltera, operadora de fotocopiadora, documento de
identidad 0304500645, vecina de Tejar del Guarco,
Cartago, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de
Milagro de los Ángeles Rojas Morales por el de Karen Milagro Rojas Morales
mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto a efecto de que
dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este
edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos bajo los
apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil.— Expediente: 14-000245-0640-CI.—Juzgado Civil de
Cartago, 13 de agosto del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1
vez.—(IN2014063361).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda
la curatela conforme el artículo 236 del Código de Familia, para que se
presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a
partir de esta publicación. Proceso de insania de Cristhian
Esteban Obando Brenes promovido por Arcelly Brenes
Picado. Expediente N° 13-400339-921-FA-(3).—Juzgado
de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 14 de
noviembre de 2013.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1
vez.—(IN2014063594).
Se hace
saber a Gerardo Enrique Calderón Meléndez, mayor, documento de identidad
1-1231-0582, de demás calidades desconocidas, que en este despacho se tramita
el sumario de permiso del salida del país N° 14-400878-0637-FA, de Emma Guiselle Monge Arias en contra de Gerardo Enrique Calderón
Meléndez. Se concede a Gerardo Enrique Calderón Meléndez el plazo de diez días
a efecto de que se apersone para contestar o formular la oposición
correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta, con la
indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr
tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto.
Se previene a la parte accionada, señalar lugar o medio para recibir
notificaciones, caso contrario se aplicará a las resoluciones que se dicten la notificación automática. Publíquese una sola
vez.—Juzgado de Familia de Desamparados,
once horas quince minutos del veinticinco de agosto del dos mil catorce.—Lic. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1
vez.—(IN2014064010).
Se avisa
que en este Despacho, en el expediente número 09-000007-1086-FA el señor Jorge
Leiva Milanes, solicita se apruebe la adopción
individual de la menor Liseth Granados Ramírez. Se
concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se
indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado
de Familia de Golfito, 25 de mayo del 2011.—Lic. Ana Catalina
Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—(IN2014064037).
Msc. Luis Fernando Jacobo Portuguez,
Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, a los interesados, se les hace saber que en demanda declaratoria
judicial abandono, expediente Nº 09-000684-0292-FA, establecida por Patronato
Nacional de La Infancia contra Cristy Dayana c.c.
Cristina Arroyo Chaves y Jorge Antonio Ugalde Madrigal, se ordena notificar por
edicto, la parte dispositiva de la sentencia 1083-2012, dictada a las once
horas y trece minutos del veintitrés de julio del dos mil doce, que
literalmente dice: Por tanto; con base en lo expuesto se declara con lugar la
demanda de Declaratoria de Abandono incoada por el Patronato Nacional de La
Infancia en contra de Cristy Dallana
Arroyo Chaves c.c. Cristina Arroyo Chaves y Jorge Antonio Ugalde Madrigal, se
declara a la menor Jocelyn Naomi Ugalde Arroyo; en estado de abandono; se
extingue la patria potestad a los demandados sobre su hija, quien es declarada,
también, en estado de adoptabilidad. En aplicación
del interés superior de la menor y por la existencia de un vínculo fraterno
entre la menor y su abuela paterna señora Leila Madrigal Valverde, se le
designa como depositaria judicial. Firme esta sentencia expídase ejecutoria al
Registro Civil para que se inscriba el fallo en la Sección de Nacimientos de la
Provincia de Alajuela, al tomo ochocientos cuarenta y ocho (848), folio
cuatrocientos diecisiete (417), asiento ochocientos treinta y cuatro (834). Por
la naturaleza del proceso, se pronuncia el despacho sin especial condenatoria
en costas. Se advierte a las partes su derecho de apelar este fallo.
Notifíquese. M.sc. Agustín Díaz Delgado, Juez.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de setiembre del
2014.—Msc. Luis Fernando Jacobo Portuguez,
Juez.—1 vez.—(IN2014064041).
c. Ana Lucrecia Valverde
Arguedas Jueza del Juzgado de Familia de Santa Cruz; hace saber a Yeimy de Los Ángeles Gómez Castañeda, documento de
identidad 0503580097, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Filadelfia de la
antigua terminal de buses de Miguel Duarte, 100 metros norte y 75 este, que en
este Despacho, se interpuso un proceso declaratoria judicial abandono en su
contra, bajo el expediente número 12-000059-0776-FA donde el Patronato Nacional
de La Infancia solicita declarar en estado de abandono a Demian
Deleyke Gómez Castañeda, así como la extinción de la
patria potestad de Yeimy de Los Ángeles Gómez
Castañeda. Lo anterior se ordena así en proceso declaratoria judicial abandono
de Patronato Nacional de La Infancia contra Yeimy de
Los Ángeles Gómez Castañeda. Expediente Nº 12-000059-0776-FA.—Juzgado
de Familia de Santa Cruz, 19 de setiembre del 2014.—Lic. Ana
Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.—1
vez.—(IN2014064050).
Lic. Sandra Saborío Artavia, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a Julio Antonio Aguila
Ignorado, en su carácter personal, quien es mayor, casado, cédula P4323822010,
se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Marianela Centeno
Mesén, contra Julio Antonio Aguila Ignorado, se
ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: De la
anterior demanda abreviada de divorcio establecida por el accionante Marianela
Centeno Mesén, se confiere traslado a la accionada Julio Antonio Aguilar por el
plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su
conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer
excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad
las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se
apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno,
manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá
ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las
generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por
existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato
Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la
Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; de este, Circuito
Judicial de este Circuito. Se le previene a la parte demandada, que en el
primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009, con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta
a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de
enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es
para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. “Así mismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al demandado por medio de su
curador procesal el Licenciado Osvaldo Antonio Muñoz Vargas. Visto el escrito
incorporado al expediente electrónicos en fecha 28/07/2014 se tiene por aceptado el cargo del Curador procesal el Licenciado
Osvaldo Muñoz Vargas así como señalado medio para atender notificaciones. En
otro orden de ideas en cuanto a la contestación de la demanda incorporada al
expediente electrónico en fecha 31/07/2014, se le previene al Licenciado Muñoz
Vargas que al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones
que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto
de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o
con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las
pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de
ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por lo que
cúmplase lo anterior en el plazo de tres días, bajo apercibimiento que en caso
de incumplimiento se tendrán por admitidos los hechos sobre los que no
haya dado respuesta en la forma expresada, lo anterior según lo dispuesto en el
Artículo 305.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a las doce horas y
treinta y tres minutos del veintitrés de setiembre del dos mil catorce.—Lic.
Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1
vez.—(IN2014064064).
Juan Damián Brilla Ramírez,
Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica;
hace saber a Félix Rodríguez Espinoza, en su carácter personal, quien es de
calidades y domicilio desconocido, se le hace saber que en este Despacho, se
interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente número
13-000715-0932-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen:
Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, trece
horas y ocho minutos del cuatro de setiembre del dos mil trece. Revisados los
autos se constata la condición de demandado de domicilio desconocido que
ostenta el señor Félix Rodríguez Espinoza, por lo que previo a dar traslado a
la presente acción debe la actora aportar certificación de los movimientos
migratorios del referido accionado emitida por la Dirección General de
Migración y Extranjería, así como certificación de si el demandado cuenta con
apoderado inscrito en el país. Habiéndose depositado la suma prudencial fijada
para responder en forma provisional a los honorarios de curador, se nombra como
tal al Licenciado Derick Dilmark
Cruikshank Foster; a quien se le previene que en caso
de anuencia deberá comparecer a este Despacho, dentro del plazo de cinco días
para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo acepta
y se nombrará otro en su lugar. Así mismo se le previene que en caso de no
hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que
presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de
dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008,
en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos,
por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. La parte interesada
puede localizarlo al fax 2758-40-30 o al correo electrónico
dcf@caribelegalcr.com. Los plazos comenzarán a correr tres días después de
aquel en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Notifíquese.
Juan Damián Brilla Ramírez, Juez de Familia de Pococí.
Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Ivannia
Mayela Vargas Guerrero contra Félix Rodríguez
Espinoza. Expediente Nº 13-000715-0932-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Lic.
Juan Damián Brilla Ramírez, Juez.—1
vez.—(IN2014064067).
Juan Damián Brilla Ramírez,
Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica; hace
saber a Alejandro González Matarrita, en su carácter
personal, demás calidades y domicilio desconocido, que en este Despacho, se
interpuso un proceso declaratoria judicial abandono en su contra, bajo el
expediente número 13-000942-0932-FA donde se dictaron las resoluciones que
literalmente dicen: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, a las nueve horas y treinta y siete minutos del veintiuno de
noviembre del dos mil trece. Se tiene por establecido el presente proceso
especial de declaratoria de abandono del menor Alejandro José González Morales,
planteado por Patronato Nacional de La Infancia contra Alejandro González Matarrita y Rosa Angélica Morales Alvarado, a quien se le
concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre
la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121
y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que
presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta
a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de
enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es
para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se
les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema
ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr
Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el
expediente de interés. Así mismo, por haberlo así dispuesto el Consejo
Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión
78-7 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan
suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de
Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte
que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su
curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula
el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia.
Sobre medida cautelar: se ordena el Depósito Provisional del menor Alejandro
José González Morales en el hogar de la señora María Socorro Moreno Matarrita, la cual debe presentarse a este despacho a
aceptar el cargo dentro de los próximos ocho días. Notifíquese esta resolución
a los demandados Alejandro González Matarrita y Rosa
Angélica Morales Alvarado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley
en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Segundo Circuito Judicial de
La Zona Atlántica (Guápiles) por localizarse el primero en Astua
Pirie de Cariari, 150
metros oeste, de la entrada de La Viña, Casa Mixta Celeste a mano izquierda,
teléfono 2767-2640, y la segunda en Nuevo Caribe de Cariari
de la entrada del Abastecedor Nancy, última casa. Notifíquese. Juan Damián
Brilla Ramírez, Juez de Familia de Pococí, y la
resolución de las ocho horas y diecisiete minutos del tres de julio del dos mil
catorce. Siendo que el señor Alejandro González Matarrita;
carece de domicilio conocido, se nombra como curadora procesal a la Lic. Susana
Zamora Fonseca; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá
comparecer a este Despacho, dentro del plazo de cinco días para aceptar el
cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará
otro en su lugar. Así mismo se le previene que en caso de no hacerlo al momento
de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio
para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.- Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de
octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero del
2009. Con respecto al medio, se le hace saber lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
La parte interesada puede localizarlo al teléfono 2768-8941, celular 8710-1581
y correo electrónico susanazamora@ice.co.cr. Notifíquese a la parte demandada;
la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín
Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del
artículos 263 del Código Procesal Civil.- Inclúyase en el mismo los datos que
sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr
tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase y
publíquese. Notifíquese. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez de Familia de Pococí. Lo anterior se ordena así en proceso declaratoria
judicial abandono de Patronato Nacional de La Infancia contra Rosa Angélica
Morales Alvarado y Alejandro González Matarrita. Este
edicto debe ser publicado por una sola vez en el Boletín Judicial.
Expediente Nº 13-000942-0932-FA.—Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica.—Lic. Juan Damián
Brilla Ramírez, Juez.—1 vez.—(IN2014064068).
Msc. Luis Fernando Jacobo Portuguez,
Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a los
interesados, se les hace saber que en proceso insania. Expediente Nº
13-001206-0292-FA, establecido por Reina Isabel Sequeira Alvarado y Lauren
Ivonne Sequeira Alvarado, se ordena notificar por edicto, la parte dispositiva
de la sentencia 101325-2014, dictada a las dieciséis horas del diez de setiembre
de dos mil catorce, la cual literalmente dice: Por tanto: Con base en lo
expuesto, y normas citadas, se falla: procede declarar insano al señor José
Ángel Sequeira Alvarado, y se designa como su Curadora Definitiva a Lauren
Sequeira Alvarado, pues quedó demostrado que asumió de forma provisional dicha
figura, sin que conste cuestionamiento alguno sobre el ejercicio de su cargo. A
fin de que vele por su bienestar físico y emocional de manera integral, así
como para que lo represente, cuide de sus intereses y administre en su
beneficio el patrimonio con que cuenta o pueda llegar a contar en un futuro,
incluidas las sumas dinerarias y los bienes inmuebles que le pertenecen y/o le
pertenezcan. Por tanto, deberá doña Lauren aceptar el cargo y jurar su fiel
cumplimiento dentro del plazo de cinco días una vez firme este fallo, la
aceptación la podrá hacer mediante memorial debidamente autenticado por un
profesional en derecho, o por acta en el Despacho, compareciendo la curadora
designada en forma personal. La curadora deberá presentar un inventario de los
bienes que tenga inscritos a su nombre José Ángel Sequira
Alvarado y presentar certificaciones actualizadas de cada una de ellas, así
como de las certificaciones que acrediten cuales bienes muebles e inmuebles se
encuentran a nombre de don José Ángel, o la inexistencia de ellos. Para cumplir
con este requisito se le otorga a la curadora designad a el plazo de treinta
días, una vez aceptado el cargo. La curadora deberá indicar si el insano recibe
alguna pensión o ingreso y rendir las cuentas trimestrales, con los documentos
justificativos del caso, esto de conformidad con lo que establecen los
artículos 215, 218 y 221 del Código de Familia. Publíquese una sola vez, la
parte dispositiva de esta sentencia en el Boletín Judicial y se
inscribirá en el Registro Público, Sección de Personas y en el Registro civil,
provincia de Alajuela, tomo 160, folio 116, asiento 232. Los gastos del
procedimiento son a cargo del patrimonio del insano.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de setiembre del
2014.—Msc. Luis Fernando Jacobo Portuguez,
Juez.—1 vez.—(IN2014064070).
Se convoca por medio de este
edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el
artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella
dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso
de insania de Rosa María Cascante Cascante.
Expediente número 13-001574-0165-FA.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de agosto del
2014.—Lic. Nelda Beatriz Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—(IN2014064072).
Lic. Nelda
Beatriz Jiménez Rojas, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de San José; hace saber a quien interese,
que en este Despacho, se interpuso un proceso insania, bajo el expediente
número 13-001627-0165-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente
dicen: Expediente Nº 13-001627-0165-FA sentencia de primera instancia Nº
11-2014. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a las
nueve horas y cero minutos del siete de enero de dos mil catorce. Proceso
insania establecido por Eddy Zúñiga Masís, mayor,
casado, músico, portador de la cédula de identidad número 0105450155, vecino de
Tibás, en favor de la señora Dignora Masís Sánchez; mayor, viuda, portadora de la cédula
2-121-459, vecina de Tibás. Resultando I. Indica el promovente
que el objeto de este proceso es proceda a declarar insana a su madre Dignora Masís Sánchez, en ocasión
de que ella en la actualidad no cuenta con la capacidad cognitiva ni volitiva
para atenderse así mismo en sus necesidades básicas ni patrimoniales. Razón por
la que solicita se le proceda a nombrar como curador de la presunta insana y
así poderle representar a nivel legal y administrativo en lo que se requiera.
II.- Se han observado los principios constitucionales de debido proceso y
derecho de defensa. III.- No se denotan actos o procedimientos nulos o
anulables. Considerando I. Sobre los hechos probados: A. Que Dignora Masís Sánchez; nació el
23 de julio 1923 y el promovente es su hijo (fl 58 y 59). B. Que Dignora Masís Sánchez, presenta deterioro severo en sus capacidades
mentales superiores (capacidades cognitivas, volitivas y judicativas), lo que
hace que dependa del cuido de terceros para su supervivencia y supervisión en
la administración de todos sus bienes (fl 68 a 71).
C. Que Dignora Masís
Sánchez es propietario de la finca inscrita al sistema de folio real
1-129.292-005 (fl 5). II.- Sobre el fondo: Dispone el
artículo 230 del Código de Familia que la institución de la curatela procede
cuando las personas mayores de edad presentan discapacidad intelectual, mental,
sensorial o física y por lo tanto el insano necesita ser representado por un
tercero una vez declarada su insania. Con la declaración de insania lo que se
pretende, en consecuencia es proteger de manera efectiva los intereses del
insano y disminuir los abusos que contra el insano pueden suscitarse, quien
como se ha indicado se encuentra en total incapacidad de velar por sus propios
intereses personales, personalísimos y patrimoniales Para poder determinar la
incapacidad se requiere del aporte médico legal, instrumento científico por
medio del cual se podrá conocer a ciencia de la misma. En el presente proceso a
através de la prueba documental aportada, así como la
científica ha sido posible acreditar que efectivamente Dignora
Masís Sánchez presenta deterioro severo en sus
capacidades mentales superiores (capacidades cognitivas, volitivas y
judicativas), lo que hace que dependa del cuido de terceros para su
supervivencia y supervisión en la administración de todos sus bienes de
cualquier tipo o realizar labores remuneradas, pues necesita de terceras
personas para su subsistencia, labor que ha venido desempeñando la familia nuclear
de Eddy Anthony Zúñiga Masís, pues resulta ser una
condición crónica, irreversible y por lo tanto incurable. Razones todas éstas
que hacen que la suscrita autoridad judicial tenga de forma plena por
demostrado que Dignora Masís
Sánchez, no ostenta capacidad para el manejo ni de bienes ni de dinero ni de su
persona por lo que necesita de la asistencia de un tercero, en este caso su
hijo, al ser su condición actual crónica, irreversible e incurable por lo que
resulta procedente declararla insana para que no sólo su hijo la represente si
no para que el Estado costarricense también lo haga, a través de la aplicación
de diversas convenciones e instrumentos internacionales suscritos sobre
derechos de personas con discapacidad y además la Ley 7600. Así las cosas procede
declarar insana a Dignora Masís
Sánchez y declarar a Eddy Anthony Zúñiga Masís, su
hijo como su curador a fin de que vele por los intereses patrimoniales y
personales, personalísimos tanto a nivel judicial como administrativo, lo que
incluye tanto el bien inmueble de la finca inscrita al sistema de folio real
1-129.292-005 así como cualquier otro bien mueble o inmueble y/o cuentas
bancarias, pensiones estatales o de cualquier otra índole, pólizas que pudiesen
determinar existen a nombre de Dignora Masís Sánchez. Firme esta sentencia inscríbase en el
Registro Público en el Registro de Nacimientos de la provincia de Alajuela,
tomo 121, asiento 459 y publíquese esta sentencia por única vez en el Boletín
Judicial. Sin especial condenatoria en costas procesales ni personales en
razón de la materia. Por tanto: Razones dichas y normativa citada procede
acoger la acción y se declara el estado de insania a Dignora
Masís Sánchez y declarar a Eddy Anthony Zúñiga Masís; su hijo como su curador a fin de que vele por los
intereses patrimoniales y personales, personalísimos tanto a nivel judicial
como administrativo, lo que incluye tanto el bien inmueble de la finca inscrita
al sistema de folio real 1-129.292-005 así como cualquier otro bien mueble o
inmueble y/o cuentas bancarias, pensiones estatales o de cualquier otra índole,
pólizas que pudiesen determinar existen a nombre de Dignora
Masís Sánchez. Firme esta sentencia inscríbase en el
Registro Público en el Registro de Nacimientos de la provincia de Alajuela, tomo
121, asiento 459 y publíquese esta sentencia por única vez en el Boletín
Judicial. Sin especial condenatoria en costas procesales ni personales en
razón de la materia. Hágase saber. Lic. Lorena María Mc Laren
Quirós, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso insania. Expediente Nº
13-001627-0165-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín
Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a
correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
San José, 13 de marzo del 2014.—Lic. Nelda
Beatriz Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—(IN2014064073).
Se
convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la
curatela de Miriam Soto Montero, conforme con el artículo 236 del Código de
Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince
días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por
Elizabeth Soto Montero. Expediente número 13-001894-0165-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de setiembre
del 2014.—Lic. Nelda Beatriz Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—(IN2014064074).
Se hace saber que, en este
Despacho, el expediente de abreviado de divorcio número único 13-400522-637-FA
interpuesto por Yajaira Sugeidi Sequeira Brenes;
contra Jerry Simoni Tonkimson,
se ha dictado a las once horas del once de agosto de dos mil catorce, la
sentencia número 390-14, que literalmente dice en su parte dispositiva : “...
Por tanto; con base en lo expuesto, normas de derecho citadas, se falla: a) Se
declara con lugar la presente demanda de divorcio. Se disuelve el vínculo
matrimonial existente entre el señor Jerry Simoni Tomkinson y la señora Yajaira Sugeidi
Sequeira Brenes; por la causal de separación de hecho de los cónyuges por un
término no menor de tres años. Una vez firme esta sentencia, comuníquese al
Registro Civil para que haga la anotación respectiva en la Sección de
Matrimonios de la Provincia de San José, al tomo trescientos cuarenta y dos,
folio ciento setenta y nueve, asiento trescientos cincuenta y siete. b) No
existen bienes gananciales adquiridos por las partes, sin embargo, si
eventualmente existiese alguno, conforme al artículo 41 del Código de Familia,
cada uno de los cónyuges adquiere el derecho de participar en la mitad del
valor neto de los bienes gananciales que se constaten en el patrimonio del
otro, lo cual se determinará en la etapa de la ejecución de sentencia. No es
ganancial la finca matrícula folio real 4-00182094. c) Cesa entre las partes el
derecho-deber alimentario entre ambos. d) Una vez firme, se ordena notificar
esta sentencia por una sola vez en el Boletín Judicial o en un diario de
circulación nacional, siendo suficiente con la publicación de la parte
dispositiva con los datos necesarios para identificar el proceso. e) Se
resuelve sin especial condena en costas. Notifíquese.—Juzgado
de Familia de Desamparados, 29 de setiembre del 2014.—Lic. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1
vez.—(IN2014064075).
Juan Damián Brilla Ramírez. Juez
del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a
Héctor Miguel Jiménez Estevez, en su carácter
demandado, de calidades desconocidas, se le hace saber que en proceso
declaratoria judicial abandono, establecido por Patronato Nacional de la
Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente
dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a
las diez horas y cuarenta y ocho minutos del veinticinco de agosto del año dos
mil catorce. Expediente N° 14-000006-0932-FA. Se tiene por establecido el
presente proceso especial de declaratoria de abandono del menor, planteado por
Patronato Nacional de la Infancia contra Héctor Miguel Jiménez Estevez, Jenny del Carmen Peña Pérez, a quién se le concede
el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la
solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y
122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que
presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta
a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de
enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es
para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se
les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema
ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr
Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el
expediente de interés.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo
Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d)
Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que si no
contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con
una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el
artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia.
Notifíquese ésta resolución al Curador Procesal por medio del lugar señalado.
Notifíquese esta resolución a la demandada Jenny del Carmen Peña Pérez,
personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación,
o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones
Judiciales y otras Comunicaciones; II Circuito Judicial de Alajuela (San
Carlos). Por localizarse en San Carlos Quesada, 50 metros oeste del Banco
Popular, dirección aportada mediante cuenta cedular. En caso que el lugar de
residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se
autoriza el ingreso del funcionario notificador, a efectos de practicar la
notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En vista de
que el demandado Héctor Miguel Jiménez Estevez carece
de domicilio conocido, se ordena notificarle esta resolución, mediante un
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín judicial.
Elabórese el edicto respectivo. Notifíquese.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Juan
Damián Brilla Ramírez, Juez.—1 vez.—(IN2014064079).
Se convoca por medio de este
edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el
artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella
dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso
de insania de Yeimy Soto Sánchez, promovido por María
Sánchez Cedeño. Expediente número 14-000021-0930-CI. Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las once horas y once minutos
del treinta y uno de julio del año dos mil catorce. Se tienen por establecidas
las presentes diligencias de insania. Practíquesele al presunto insano Yeimy Sánchez Soto, una valoración por parte de la Sección
de Psiquiatría Forense del Organismo de Investigación Judicial, que abarque los
extremos a que se refiere el artículo 848 del Código Procesal Civil.
Comuníquese. Se nombra a la Lic. Milena Soto Osorio, portadora de la cedula de
identidad número 0107150003, como curadora procesal con el fin de que
represente en este proceso al presunto insano; en conformidad con lo dispuesto en
el artículo 236 del Código de Familia y a quien se le previene comparecer a
este Despacho, dentro del plazo de cinco días, a aceptar y jurar el cargo, bajo
apercibimiento de que en caso de omisión se comunicará lo pertinente a la
Dirección Ejecutiva del Poder Judicial y se nombrará otro profesional. Se fijan
sus honorarios en la suma de sesenta mil colones que fueron depositados por el promovente, en la cuenta automatizada Nº 140000210930-6 de
este Juzgado, en el Banco de Costa Rica. Por medio de un edicto que se
publicará por única vez en el Boletín Judicial se convoca a todas aquellas
personas que tengan interés en la insania y consecuente curatela que se pide,
para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la
publicación del edicto (artículos 4 y 869 del Código Procesal Civil). Señale el
promovente las personas que deben ser consideradas
para el nombramiento de curador de acuerdo con el artículos 236 del Código de
Familia. Previo a enviar la respectiva fórmula se le hace ver a la promovente que deberá indicar el número de cédula del
presunto insano y aportar certificación de bienes a su nombre. Notifíquese.
Juan Damián Brilla Ramírez. Juez de Familia de Pococí.
Lo anterior por tratarse así en el proceso de insania, promovido por María
Sánchez Cedeño, exp: 14-000021-0930-CI.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, 31 de julio del año 2014.—Lic. Juan Damián Brilla
Ramírez, Juez.—1 vez.—(IN2014064082).
Msc Johanna Escobar Vega. Jueza del Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a quien interese, se hace saber que
en proceso insania N° 14-000401-0292-FA, establecido por Xinia
Mayela Carvajal Corella, se ordena notificar por
edicto, la parte dispositiva de la sentencia que en lo conducente dice:
sentencia de primera instancia N° 101276-2014. Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas y cuarenta y cuatro minutos
del dos de setiembre de dos mil catorce. Diligencias de actividad judicial no
contenciosa de declaratoria de insania promovidas por Xinia
Mayela Carvajal Corella, mayor, casada una vez, ama
de casa, vecina de Desamparados de Alajuela, cédula de identidad 2-445-529, en
favor de Natalia María Álvarez Carvajal, mayor, soltera, sin oficio, vecina de
Desamparados de Alajuela, cédula de identidad número 2-701-607. Resultando:
I.... II.... III.... IV.... Considerando: I. Hechos probados:... II. Respecto
al fondo: Por tanto: con base en lo expuesto, y normas citadas, se falla: Se
procede a declarar la insania de Natalia María Álvarez Carvajal y se designa
como su curadora definitiva a su madre la señora Xinia
Mayela Carvajal Corella, quien deberá seguir velando
por su bienestar integral. A fin de que vele por su bienestar físico y
emocional de manera integral, así como para que la represente, cuide de sus
intereses y administre en su beneficio el patrimonio con que pueda llegar a
contar en un futuro, incluidas las sumas dinerarias y los bienes que
eventualmente le puedan llegar a pertenecer. Por tanto, deberá doña Xinia Mayela Carvajal Corella
rendir caución juratoria y aceptar el cargo conferido dentro del plazo de cinco
días, la aceptación la podrá hacer en el Despacho, compareciendo la curadora
designada en forma personal. De conformidad con el artículo 237 del Código de
Familia, la señora Xinia Mayela
Carvajal Corella, únicamente deberá presentar el informe final de
administración encomendada. Publíquese una sola vez, la parte dispositiva de
esta sentencia en el Boletín Judicial. Se resuelve el presente asunto
sin especial condenatoria en costas.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc.
Johanna Escobar Vega, Jueza.—1 vez.—(IN2014064147).
Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza del Juzgado de
Familia de Turrialba, hace saber que en demanda abreviada de divorcio,
establecida por Sonia Mayela González Salas contra
José Antonio del Socorro Quesada Vargas, bajo el expediente N°
14-000182-0675-FA-I, se ordena notificar por edicto, la resolución que en lo
conducente dice: Juzgado de Familia de Turrialba, a las ocho horas y cincuenta
y cuatro minutos del veintitrés de setiembre del año dos mil catorce. Vista el
acta de aceptación de cargo de curador procesal en el presente asunto visible a
folio 65 y habiéndose cumplido con el auto de las nueve horas y cuarenta
minutos del nueve de setiembre del año dos mil catorce, se nombra como curador
procesal de la parte demandada al licenciado José Joaquín Rojas Calderón; y se
tiene por aportado su medio para recibir notificaciones. De la anterior demanda
abreviada de divorcio establecida por la accionante Sonia Mayela
González Salas, se confiere traslado al curador procesal de la parte demandada
José Antonio del Socorro Quesada Vargas sea el licenciado José Joaquín Rojas
Calderón por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda
o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá
oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con
claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en
que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a
uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite
como ciertos o con variantes o rectificaciones. En al
misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se
referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer
escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta
a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de
enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es
para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento
sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en
concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este
asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente
información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g)
Número de cédula, h) Lugar de residencia. Expídase el edicto respectivo.
Notifíquese.—Juzgado de Familia de
Turrialba, 23 de setiembre del 2014.—Msc. Gisela
Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—(IN2014064148).
Licenciada Sandra Saborío Artavia, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a las diez horas doce minutos del
dieciocho de setiembre del dos mil catorce, en su carácter Jueza de Familia, se
le hace saber que en proceso insania, establecido por Enid Soto Pérez, se
ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: por
tanto: De conformidad con lo expuesto, artículos 847 y siguientes del Código
Procesal Civil, 466 del Código Civil, 43 de la Ley Orgánica del Tribunal
Supremo de Elección y del Registro Civil, 230 y siguientes del Código de
Familia, se aprueba el presente proceso de actividad judicial no contenciosa,
incoado por Enid del Carmen Soto Pérez, y se falla de la siguiente forma: 1) Se
declara el estado de interdicción de Cinthya Yaudieth
Artavia Soto. 2) Firme esta sentencia, la ejecutoria
deberá inscribirse en el Registro Público, Sección de Personas y Sección de
Propiedad, así como en el Registro Civil, al tomo seiscientos veintiocho (628),
asiento ochocientos cuatro (804), Sección de Nacimientos, Provincia de
Alajuela. 3) Se nombra como curadora del incapaz, a Enid del Carmen Soto Pérez,
cédula 6-184-590, a quien se le previene comparecer a aceptar y jurar el cargo
dentro de tercero día; o a exponer el motivo de excusa que tuviere. 4). El
curador designado deberá levantar un inventario de todos los bienes del inhábil
en el plazo de treinta días contados a partir de la aceptación del cargo. 5)
Con el fin de que el curador represente a la incapaz, en los asuntos judiciales
en los que se ésta se halle interesado, se le dará certificación de esta
sentencia. 6) Una vez que el curador presente el inventario y el avalúo de
todos los bienes de la incapaz, se le ordenará que garantice las resultas de su
administración. 7) La garantía se puede rendir mediante depósito en dinero
efectivo, hipoteca, póliza de fidelidad del Instituto Nacional de Seguros o
bonos del Estado sus instituciones, apreciados estos últimos en su valor
comercial, según certificación de un corredor jurado. 8) El cargo de curador
lleva implícito el deber de representarla legalmente y administrar sus bienes.
Igualmente, es obligación de la curadora cuidar que el incapaz adquiera o
recobre su capacidad mental. 9) Las costas de este trámite son a cargo del
patrimonio del inhábil. 10) Publíquese la sentencia en el Boletín Judicial.
Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada.—Lic. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1
vez.—(IN2014064153).
Se avisa que en este
despacho bajo el expediente 14-000542-0292-FA, los señores Gerardo Enrique
Torres González y Anel Monge Garro, solicitan se
apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Ronald José Calderón
Solano. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y
se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de setiembre del
2014.—Msc. Luis Fernando Jacobo Portuguez,
Juez.—1 vez.—(IN2014064166).
Se convoca
por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de
Luis Romero Urbina, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para
que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados
a partir de esta publicación. Proceso de insania de Rosa Josefa Romero Urbina.
Expediente número 14-000679-0924-FA.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 22
de setiembre del año 2014.—Lic. Sandra
Saborío Artavia, Jueza.—1
vez.—(IN2014064169).
Se convoca por medio de este
edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el
artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella
dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso
de insania de Alejandra Castro Peck. Expediente
número 14-000894-0165-FA.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de San José, 07 de agosto del 2014.—Lic. Nelda Beatriz Jiménez Rojas, Jueza.—1
vez.—(IN2014064172).
Msc. Luis Fernando Jacobo Portuguez,
Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Marvin
Antonio Castro Balmaceda, mayor, soltero, constructor, domicilio desconocido,
pasaporte PC 1399634, se le hace saber que en demanda autorización salida país,
expediente 14-1629-0292-FA, establecida por Delia del Rosario Oporta Bermúdez en su contra, se ordena notificarle por
edicto, la resolución dictada a las diecisiete horas cuarenta y siete minutos
del diecinueve de setiembre de dos mil catorce, la cual en lo conducente dice:
del anterior proceso de autorización de salida del país, establecido por Delia
del Rosario Oporta Bermúdez, se confiere traslado por
el plazo perentorio de cinco días a Marvin Antonio Castro Balmaceda (art. 433
del Código Procesal Civil). Se le previene que en el primer escrito que
presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio,
se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión
N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta
a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de
enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es
para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se
les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema
ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr
Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el
expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior,
en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d)
Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Dentro de este mismo plazo
podrá oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que considere
pertinente... Publíquese por una vez esta resolución al demandado por medio de
edicto.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela.—Msc. Luis Fernando Jacobo Portuguez. Juez.—1
vez.—(IN2014064211).
En mi notaría, los señores: Brayan
Eladio Romero Apu, cédula de identidad N° 503820301,
y Berta Patricia Hernández Fonseca, cédula de residencia N° 155-811956628, han
comparecido ante el suscrito notario a contraer matrimonio. Los interesados en
hacer oposiciones deberán hacerlas en el término de ley en mi oficina ubicada
en Heredia, frente al OIJ, oficina 1 o al carreo electrónico: anubis@ice.co.cr; de lo contrario se
procederá conforme.—Heredia, 1° de octubre del
2014.—Lic. Brayan Eladio Romero Apu,
Notario.—1 vez.—(IN2014064687).
Han comparecido ante este
despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Lorenzo Hurtado
Rojas, quien es mayor, viudo, de 56 años de edad, oficio seguridad privada,
portador de la cédula de identidad número 2-0331-0864, hijo de Juan Hurtado
Reyes y Landelina Rojas Duarte, vecino de Cedral de Ciudad Quesada, de la Iglesia Católica,
quinientos metros al norte y Flor Imelda Varela Saborío, quien es mayor de 48
años de edad, soltera, de oficio del hogar, portadora de la cédula de identidad
número 02-0413-0883, hija de Arnoldo Varela Valerio y Donelia
Saborío Gamboa, vecina de la misma dirección del solicitante Hurtado Rojas. Si
alguna persona tuviera conocimiento de la existencia de impedimento legal
alguno para la realización de dicho matrimonio deberá comunicarlo a este
juzgado dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto.
Expediente: 14-000623-0924-FA.—Juzgado de Familia
de San Carlos, 31 de julio del 2014.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—1
vez.—(IN2014063370).
Han comparecido ante este
despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Efrén Esquiver Venegas Prado, quien es mayor, de 29 años de edad,
agente de ventas, portadora de la cédula de identidad número 1-1255-0634, hijo
de María Inés Prado Delgado y Luis Eduardo Venegas Venegas,
nacido en San Isidro de Pérez Zeledón el 19 de setiembre de 1985 y; Kimberly
María Mena León, quien es mayor, de 21 años de edad, ama de casa, portadora de
la cédula de identidad número 1-1532-0909, hija de Marlene León Arguedas y
Guillermo Mena Castillo, nacida en San Isidro de Pérez Zeledón el 05 de abril
de 1993; ambas personas vecinas de La Playa de Daniel Flores, 200 metros sur de
la Fábrica de Alcantarillas, casa esquinera, color rosada. Si alguna persona
tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho
matrimonio se lleve a cabo; lo cual deberá manifestarlo ante este despacho
dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este
edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp.
14-000182-1303-FA.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón,
26 de setiembre de 2014.—Lic. German Alberto Esquivel Campos, Juez.—1 vez.—(IN2014064149).
Han comparecido ante este
despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Julio César
Rojas Hernández, mayor, soltero, operario industrial, cédula de identidad
número siete-ciento treinta y tres-seiscientos noventa, hijo de Fredy Rojas
Godoy e Ignacia Hernández Fajardo, nacido en Guápiles, Pococí,
Limón, el veintiuno de setiembre de mil novecientos setenta y nueve, con
treinta y cinco años de edad, y Benita del Socorro Chaves Fernández, mayor,
soltera, ama de casa, cédula de identidad número dos-quinientos
catorce-seiscientos veintiséis, hija de José del Carmen Chaves Gutiérrez y Eliodora Fernández Betancourt, nacida en Birmania, Upala, Alajuela, el once de julio de mil novecientos
setenta y seis, actualmente con treinta y ocho años de edad. Si alguna persona
tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho
matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del
término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud
de Matrimonio) Exp. 14-000359-0675-FA-I.—Juzgado de Familia de Turrialba, 26 de setiembre
del 2014.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1
vez.—(IN2014064161).
Han comparecido ante este
despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Jonathan
Gerardo Carranza Monge, mayor, costarricense, soltero, oficial de guarda
privado, cédula de identidad número 1-1222-234, vecino de Calle Ángeles, 300
metros norte y 50 metros oeste del Polideportivo, San Ramón, hijo de Jesús
Carranza Jiménez y Ana Lucía Monge Guzmán, nacido en San José centro, el 04-10-1984, con 29 años de edad, y Sharsad Nassiri Morales Paniagua,
mayor, costarricense, soltera, ama de casa, cédula de identidad número
2-697-870, vecina de 300 metros norte y 50 metros oeste del Polideportivo, San
Ramón, hija de Wilbeth Morales Mendoza e Hilda
Paniagua Castro, nacida en San Ramón centro, Alajuela, el 14-03-1992, actualmente
con 22 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún
impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá
manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a
partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 14-000536-0688-FA.—Juzgado
de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
22 de setiembre del 2014.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—1 vez.—(IN2014064163).
Han comparecido ante este
despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Hernán Alonso
Rodríguez Guevara, costarricense, mayor, soltero, ejecutivo de mercadeo
electrónico, cédula de identidad número 0206940703, vecino de San Ramón, hijo
de Hernán Rodríguez Ulate y Flora Guevara Álvarez,
nacido en centro San Ramón, Alajuela, el 18/12/1991, con 22 años de edad, y
Gabriela Marenco Somarribas,
costarricense, mayor, soltera, manicurista, cédula de identidad número
0115070922, vecina de Palmares, hija de Alfredo Marenco
Sosa y Marjorie Somarribas Alpízar, nacida en Uruca,
Central, San José, el 11/08/1992, actualmente con 22 años de edad. Si alguna
persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que
dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro
del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
(Solicitud de Matrimonio). Exp. 14-000540-0688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela, San Ramón, 24 de setiembre del 2014.—Msc.
Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—1
vez.—(IN2014064164).
Han comparecido ante este
despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Norma de Jesús
Santamaría Araya, mayor, soltera, empleada doméstica, cédula de identidad número
0204190230, vecina de San Pedro de Sarchí de Valverde
Vega, Pueblo Seco, 50 metros al norte, de pulpería Las Iguanas, hija de Erlindo Santamaría Espinoza e Isabel Araya Jiménez, nacida
en centro de Grecia, Alajuela, el 07-05-1966, con 46 años de edad, y Rafael
Segundo Corrales Jara, mayor, divorciado de Flor Hernández Chacón, el día 13 de
junio del 2006 en el Juzgado de Familia de Grecia, agricultor, cédula de
identidad número 0202761402, vecino de San Pedro de Sarchí
de Valverde Vega, Pueblo Seco, 50 metros al norte de pulpería Las Iguanas, hijo
de Esperanza Corrales Jara, nacido en Cedral, San
Carlos, Alajuela, el 01/01/1951, actualmente con 62 años de edad . Si alguna
persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que
dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro
del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
(Solicitud de Matrimonio). Exp. 14-000605-0687-FA.—Juzgado de Familia de Grecia, 23 de setiembre del
2014.—Lic. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—(IN2014064168).
Han comparecido a este
despacho, solicitando contraer matrimonio civil, Gerardo Enrique Mora Mora, mayor, divorciado, mecánico industrial, cédula
2-317-479, vecino de Itiquis de Alajuela, hijo de Antonio
Mora Cerdas y Zeieida Mora Mora
ambos de nacionalidad costarricense, nacido en Alajuela, el 14 de mayo de 1956,
con 58 años de edad, y María Isabel Salazar Bonilla, mayor, divorciada, ama de
casa, cédula 2-469-293, vecina de Itiquis de
Alajuela, hija de Dimas Salazar Espinoza y Carmen Bonilla Miranda ambos
costarricenses, nacida en Alajuela, el 16 de junio de 1971, actualmente con 43
años de edad. Ambos contrayentes son padres en ejercicio de la patria potestad
de la persona menor de edad James Enrique Mora Salazar. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº
14-001718-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 22 de setiembre del año 2014.—Msc. Luis Fernando Jacobo Portuguez,
Juez.—1 vez.—(IN2014064213).
Se hace saber: en este
despacho se han presentado solicitando contraer matrimonio: Fredy Andrés Parajeles Badilla, cédula 6-393-660 y Yendry
Aguilar Chacón, cédula 6-416-442, ambos vecinos de Salama
de Osa. Si alguna persona conoce algún impedimento para que esta boda se
realice, deberá manifestarlo a este despacho dentro del plazo de ocho días
siguientes después de la publicación de este edicto. Expediente:
14-400138-0423-FA.—Juzgado de Familia de Osa, 29
de setiembre 2014.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez,
Juez.—1 vez.—(IN2014064223).
Han comparecido ante este
despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Luis Gerardo
Espinoza Camareno, mayor, vecino de Hatillo, Colonia
15 de Setiembre, casa 78 alameda 2, cédula de identidad cinco-doscientos
ochenta y seis-novecientos cincuenta y dos, costarricense, misceláneo, soltero,
con treinta y nueve años de edad, nació en centro Liberia, Guanacaste, el día
doce de marzo de mil novecientos setenta y cinco, hijo de María Isabel Espinoza
Camareno nacionalidad costarricense, vecina de Cañas,
Guanacaste, y Mercedes María Vargas Víquez, mayor, soltera de treinta años, ama
de casa, cédula uno-mil doscientos catorce-seiscientos cincuenta y cinco, nació
en La Uruca, Central, San José, el día veinticuatro
de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro, vecina Hatillo Colonia 15 de
Setiembre, casa 78 alameda 2, hija de Emel Vargas
Jiménez, costarricense, vecino de Guápiles y María Cristina Víquez Ulate, nacionalidad costarricense, vecina de Heredia. Si
alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para
que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho
dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
Expediente N° 2014-400563-0216-FA. (Solicitud de Matrimonio).—Juzgado
de Familia de Hatillo, 29 de setiembre 2014.—Msc.
Patricia Méndez Gómez, Jueza.—1 vez.—(IN2014064226).
Fiscalía de
Hatillo, a las catorce horas del 12 de marzo del dos mil catorce. En vista de
que la codemandada civil Lilliam Grijalva Cantón,
cédula 05-0171-0741, quien conociendo de la sumaria penal no se apersonaron al
despacho para ponerle en conocimiento la acción civil presentada en contra de
su representada, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción
civil en su contra por medio de edicto que se publicará una tres veces en el Boletín
Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Yamileth Ramírez
Rodríguez. Fiscal Coordinadora de Hatillo: Se pone en conocimiento la acción
civil. Lic. Yamileth Ramírez Rodríguez, Fiscal de la Fiscalía de Hatillo, a la
señora Lilliam Grijalva Cantón, cédula 05-0171-0741,
le hace saber que: En el legajo de acción civil resarcitoria 12-001466-0492-TC,
ofendido Mirna Solera Céspedes, contra José Aguirre Hernández, se ha dictado
resolución que literalmente dice: comunicación por Edicto: Fiscalía de Hatillo,
a las catorce horas con cinco minutos del 12 de marzo del dos mil catorce. En
vista de que el demandado civil Lilliam Grijalva
Cantón no ha sido posible comunicarles la resolución dictada por este despacho,
que da curso a la acción civil resarcitoria incoada por Lic. Aleidy Mejías Sequeira, en representación de la parte
ofendida Myrna Solera Céspedes se procede a comunicarle la resolución que cursa
la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará tres veces
consecutivas en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de
estilo. Licda. Yamileth Ramírez Rodríguez. Fiscal Coordinadora de Hatillo: Se
pone en conocimiento la acción civil: De conformidad con los artículos 115 y
120 del Código procesal Penal, se pone en conocimiento del demandado civil Lilliam Grijalva Cantón la presente acción civil
resarcitoria. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del
actor civil planteando las excepciones que correspondan. La oposición se pondrá
en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia
preliminar. Comuníquese.—Fiscalía de Hatillo.—Lic.
Yamileth Ramírez Rodríguez, Fiscal.—Exonerado.—(IN2014062954). 3 v. 3
Fiscalía de
Hatillo, a las ocho horas del cuatro de setiembre del dos mil catorce. En vista
de que el (los) codemandado(s) civile(s) Juan Carlos
Mora Corrales, cédula N° 1-833-565, quien(es) conociendo de la sumaria penal no
se apersonaron al despacho para ponerle(s) en conocimiento la acción civil
presentada en contra, se procede a comunicarle la resolución que cursa la
acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará una tres veces
en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic.
Yamileth Ramírez Rodríguez. Fiscal Coordinadora de Hatillo: Se pone en
conocimiento la acción civil. Lic. Yamileth Ramírez Rodríguez, Fiscal Auxiliar
de la Fiscalía de Hatillo, al(a) Juan Carlos Mora Corrales, cédula N°
1-833-565, le hace saber que: En el legajo de acción civil resarcitoria
12-001490-275-PE, ofendido Israel Obando Mejías contra Franklin Talavera
Herrera, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por
edicto: Fiscalía de Hatillo, a las ocho horas del cuatro de setiembre del dos mil catorce. En vista de que el tercer
demandado civil Juan Carlos Mora Corrales, cédula N° 1-833-565, no ha sido posible comunicarles
la resolución dictada por este despacho, que da curso a la acción civil
resarcitoria incoada por menor de edad representado por Lucrecia del Rosario
Mejía Solano, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil
en su contra por medio de edicto que se publicará tres veces consecutivas en el
Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Licda. Yamileth
Ramírez Rodríguez. Fiscal Coordinadora de Hatillo: Se pone en conocimiento la
acción civil: De conformidad con los artículos 115 y 120 del Código procesal
Penal, se pone en conocimiento del tercer demandado civil Juan Carlos Mora
Corrales, cédula N° 1-833-565 la presente acción civil resarcitoria.
Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil
planteando las excepciones que correspondan. La oposición se pondrá en
conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia
preliminar. Comuníquese..—Fiscalía de Hatillo.—Lic. Yamileth Ramírez Rodríguez, Fiscal.—Exonerado.—(IN2014062955). 3 v. 3
Por haberse ordenado así en
la sumaria 12-001454-276-PE, por el delito de lesiones culposas, en perjuicio
de Tonny José Trigueros Fernández y otros, contra
Jesús Acosta Villalobos. Sírvase en un plazo no mayor a diez días publicar por
medio de Edicto y por una única vez en el Boletín Judicial, la siguiente
resolución: “Fiscalía de Desamparados, al ser las ocho horas treinta minutos
del día 26 agosto del 2014, se ordena dar traslado
de la Acción Civil Resarcitoria establecida por Aleidy
Mejías Sequeira representante de la Defensa Civil de la Víctima, en contra de
la tercera civilmente demandada Dariana Acosta Pérez,
cédula 1-1304-0531, de conformidad con lo estipulado en el artículo 115 del
sigo Procesal Penal, esto para que si a bien lo tiene se oponga el demandado o
interponga las excepciones que estime convenientes, cuya resolución de fondo se
reservará para la publicación de esta resolución en el Boletín
Judicial por única vez”.—Lic. Damaris Azofeifa
Romero, Fiscal.—1 vez.—(IN2014064058).