Alcances

BOLETÍN JUDICIAL N° 54 DEL 21 DE MARZO DEL 2022

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR N° 38-2022

ASUNTO:    Reiteración de la circular N° 239-2020, del 20 de octubre de 2020, relativa a la “Obligación de las oficinas en las cuales se esté implementando el Modelo de Sostenibilidad y Seguimiento de los Proyectos de Rediseño, incluir en el Sistema de Proposición Electrónica de Nombramientos (PIN), como días no laborados solamente vacaciones, incapacidades, permisos con o sin goce de salario.

A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 13-2022, celebrada el 15 de febrero de 2022, artículo XLVI, dispuso reiterar la circular N° 239-2020, del 20 de octubre de 2020, mediante la cual se indicó a todos los despachos jurisdiccionales en donde se está implementando el Modelo de Sostenibilidad y Seguimiento de los Proyectos de Rediseño, y en general a todos los despachos donde se cuenta con matrices de indicadores diseñadas por la Dirección de Planificación, que:

Como días no laborados en las matrices solamente es posible incluir aquellos que igualmente implican un registro en el Sistema de Proposición Electrónica de Nombramientos (PIN), es decir, vacaciones, incapacidades, permisos con o sin goce de salario. Además, se les indica que el único ajuste en las cuotas que se puede realizar es en razón de la cantidad de días hábiles de cada mes. De ahí se calcula el rendimiento considerando la cantidad de días hábiles laborados, el cual se aplicará para planes de trabajo, ya que en las matrices la cuota se ajusta automáticamente.

El informe N° 1395-PLA-MI-2020 de la Dirección de Planificación, se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://secretariacorte.poder-judicial.go.cr/index.php/documentos?download=5059:1395-pla-mi-2020

Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.

San José, 09 de marzo de 2022.

                           Lic. Carlos Toscano Mora Rodríguez,

                                  Subsecretario General interino

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022631074 ).

CIRCULAR N° 45-2022

ASUNTO:    Lista de abogadas y abogados suspendidos en el ejercicio de su profesión por morosidad, actualizada al 8 de febrero de 2022.

A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del citado Colegio Profesional.

Para ver las imágenes solo en Boletín Judicial con formato PDF

Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.

San José, 7 de marzo de 2022.

                                   Licda. Silvia Navarro Romanini,

                                               Secretaria General

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022631200 ).

DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA DEL PODER JUDICIAL

CONVOCATORIA CV-004-2022

La Dirección de Gestión Humana invita a las personas interesadas a participar en la convocatoria, para conformar registros de postulantes y elegibles en todo el país, para el cargo de:

CUSTODIO POLICIAL DE DETENIDOS

Forma de participar, requisitos y otros detalles se pueden acceder en la siguiente dirección electrónica:

https://ghreclutamientoyseleccion.poder-judicial.go.cr/index.php/concurso-y-convocatorias-vigentes

Periodo de inscripción

Inicia: 21 de marzo de 2022

Finaliza: 01 de abril de 2022

Horario de atención al público

De lunes a viernes, de 7:30 a.m. a 12:00 m.d.

y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.

Correo: reclutamiento@poder-judicial.go.cr teléfono: 2295-3590

Reclutamiento y Selección, DGH.—Responsable: Priscilla Romero Calderón, Profesional 2.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625494 ).

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO:  Acción de inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES

DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 14-019525-0007-CO promovida por Allam Francisco Astorga Gatgens, Álvaro Sagot Rodríguez, Eduardo Daniel Brenes Mata contra la totalidad del Reglamento del Plan GAM 2013 2030, Decreto Ejecutivo Número 38334, denominado Actualización del Plan Regional de la Gran Área Metropolitana, y particularmente, los artículos 39, 25, 35 Y 69 de ese Reglamento, por estimarlos contrario a los artículos 21, 50, 89 y 169 de la Constitución Política, así como a los principios de no regresión, objetivación, progresividad, razonabilidad y proporcionalidad, y al derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, se ha dictado el voto número 2021-011958 de las nueve horas treinta minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintiuno, que literalmente dice:

«Se adiciona la parte dispositiva de la Sentencia 2020-023743 de las 12:10 horas del 9 de diciembre de 2020, para que se lea de la siguiente manera:

“Por unanimidad, se declara con lugar la acción. En consecuencia, se declara inconstitucional el Decreto Ejecutivo Nº 38334-PLAN-MINAE-MIVAH-MOPTS-MOPT del 10 de marzo de 2014, por violación al principio de inderogabilidad singular de las normas y al derecho al ambiente sano y ecológicamente equilibrado, resguardado en el artículo 50 de la Constitución Política. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la normativa anulada, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe. Sin embargo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se dimensionan los efectos de la sentencia para evitar serias dislocaciones al orden y la seguridad, y se mantiene la vigencia del Decreto Ejecutivo Nº 38334-PLANMINAE- MIVAH-MOPT-S-MOPT del 10 de marzo de 2014 normativa declarada inconstitucional, hasta por un plazo de treinta y seis meses a partir de la publicación íntegra de la sentencia en el diario oficial La Gaceta, para que se emita una nueva normativa que contenga un proceso de evaluación ambiental estratégica u otro estudio técnico que incorpore adecuadamente la variable ambiental al plan objeto de esta acción, ante la Secretaría Técnica Nacional Ambiental. De no producirse lo anterior, en ese plazo, se tendrá por expulsado-definitivamente-del ordenamiento jurídico el Decreto Ejecutivo N° 38334-PLAN-MINAE-MIVAHMOPT-S-MAG del 10 de marzo de 2014. Por la forma en que se resuelve, se omite pronunciamiento sobre el resto de los argumentos de fondo esgrimidos en esta acción. El Magistrado Cruz Castro da razones adicionales. El magistrado Castillo Víquez pone nota. El Magistrado Rueda Leal y la Magistrada Hernández López consigan notas separadas. La Magistrada Garro Vargas salva el voto respecto del dimensionamiento de los efectos de esta sentencia y de conformidad el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, indica que el Poder Ejecutivo deberá proceder a someter el plan previsto en el mencionado decreto al proceso de evaluación ambiental estratégica u otro estudio que incorpore la variable ambiental ante la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, la que deberá dictar una resolución que corresponda. Todo anterior deberá estar concluido dentro del plazo máximo de treinta y seis meses contados a partir de la publicación íntegra de esta sentencia en el Boletín Judicial. La ejecución de este pronunciamiento se realizará ante el Área de Ejecución del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, bajo las reglas de ejecución de sentencia del Código Procesal Contencioso Administrativo. Durante el plazo otorgado el decreto se mantendrá vigente. En caso de no cumplirse con la obligación aquí impuesta dentro del plazo indicado, la declaración de nulidad surtirá plenos efectos jurídicos. Remítasele copia de la sentencia al Área de Ejecución del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda para que inicie los procedimientos de ejecución de este fallo. Además, la Magistrada Garro Vargas consigna nota. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como a las instituciones apersonas al expediente. Reséñese este pronunciamiento en el diario oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”. En lo demás, no ha lugar a las gestiones presentadas.-»

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 14 de marzo del 2022.

                                  Luis Roberto Ardón Acuña

                                                Secretario

O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631279 ).

JUZGADO NOTARIAL,

HACE SABER

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, Que en el Proceso Disciplinario Notarial N°18-000229-0627-NO, de Registro Civil contra Luis Arturo Escalante Rodríguez, (cédula de identidad 1-0613-0955), este Juzgado mediante resolución número 2021-519 de las diez horas veintitrés minutos del veintitrés de julio de dos mil veintiuno, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial.

San José, 25 de febrero del año 2022.

                                     Dra. Melania Suñol Ocampo

                                                      Jueza

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022631472 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: José Fabio Madrigal Soto, 0110350713, fallecido(a) el 03 de octubre del 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000038-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000038-0639-LA. Por Yolanda Soto Carvajal y Sixto Madrigal Sánchez a favor de José Fabio Madrigal Soto.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de enero del 2022.—Digna María Rojas Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631272 ).

 Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Raime Francisco Muñoz Herrera, fallecido el 10 de octubre del 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 21-001638-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001638-0639-LA. Por María Natalia Arguedas Valverde a favor de Raime Francisco Muñoz Herrera.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 06 de enero del 2022.—Licda. Hannia Isabel Núñez Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631273 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Olman Gerardo Ramírez Elizondo, 0204460433, fallecido(a) el 15 de julio del 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 21-001707-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001707-0639-LA. Por Maribell Carvajal Naranjo a favor de Olman Gerardo Ramírez Elizondo.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de diciembre del 2021.—Digna María Rojas Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631274 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Rodrigo Alvarado Aguilar, 0205470967, fallecido(a) el 02 de febrero del 2013, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000052-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000052-0639-LA. Por José Mauricio Alvarado Aguilar a favor de Rodrigo Alvarado Aguilar.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de enero del 2022.—Digna María Rojas Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631276 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mauricio López López, mayor, casado una vez, vecino de Guadalupe, Curubande, Liberia, Guanacaste, cédula de identidad N° 5-0319-0590, laboró para Distribuidora y Logística Disal S. A., y falleció el 06 de junio del 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Pago Sector Privado bajo el número 21-000272-0942-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000272-0942-LA. Por a favor de Mauricio López López.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral), 13 de julio del 2021.—Licda. Brenda Celina Calvo De La O, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631284 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: José Steven Lara González, quien fue mayor, soltero, cédula de identidad número 6-0385-0199, profesión no indica, laboró para Constructora Metalmecánica Construmeta S. A., vecino de Guanacaste, Liberia, Barrio El Peloncito, quien falleció el 29 de mayo del 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Pago Sector Privado bajo el número 20-000416-0942-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000416-0942-LA. Por Banco Nacional de Costa Rica a favor de José Steven Lara González.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral), 26 de noviembre del 2020.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631305 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Alicia Villegas Vargas, nacida el 16/10/1955, cédula de identidad número 501580645, quien fue vecina de San José y falleció el 09/10/2004, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000056-0942-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000056-0942-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral), 02 de marzo del o 2022.—Lic. Ricardo Zapata Corrales, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631306 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Josué Fernando Esquivel Esquivel, fallecido el 04 de setiembre del 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000502-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000502-0505-LA. Por Francisco Esquivel Trejos a favor de Josué Fernando Esquivel Esquivel, portador de documento de identidad número: 1-1135-0953.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 09 de marzo del 2022.—Msc. Ana Patricia Montero Morales, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631307 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ronald Alberto Sánchez Rodríguez, 0105470434, fallecido el 06 de agosto del 2013, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de Distribución de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000483-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000483-0505-LA. Diligencias establecidas por Valeria Sánchez Astorga, mayor, casada, ingeniera en sistemas, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 1-1453-0779 y otros.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 04 de marzo del 2022.—Msc. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631308 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Albert René Vargas Matamoros, 0401540552, fallecido el 25 de enero del 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Distribución de Prestaciones Laborales de Persona Fallecida bajo el número 22-000478-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000478-0505-LA. Diligencias establecidas por Elizabeth de Los Ángeles Cortés Rojas, cédula de identidad N° 0401480736.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 07 de marzo del 2022.—Msc. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631309 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Leda Marenco Marrochi, 0105040881, fallecida el 01 de noviembre del año 2019, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000512-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000512-0505-LA. Por Luis Alberto Rojas Bolaños a favor de Leda Marenco Marrochi.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 09 de marzo del 2022.—Licda. Catherine Alejandra Rodríguez Calderón, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631310 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Cecilia Mayela Navarro Vega, cédula de identidad 0105250192, fallecida el 27 de enero del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de persona fallecida, bajo el número 22-000137-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000137-0505-LA. Por Elieth Catherine Méndez Navarro a favor de los causahabientes de la señora María Cecilia Mayela Navarro Vega.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 20 de enero del año 2022.—Lic. Oscar Mario Segura Rodríguez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631312 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Laureen Sarah Burian Burian N° 127600206008, fallecida el 03 de enero del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el número 22-000497-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 22-000497-0505-LA. Por DHL Costa Rica Sociedad Anónima a favor de Laureen Sarah Burian Burian.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 08 de marzo del año 2022.—Msc. Ana Patricia Montero Morales, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631314 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mainor Francisco del Carmen Quesada Alpízar 0204110445, fallecido el 16 de enero del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de Pers. fallecidas bajo el número 22-000459-0505-la, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del código de trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000459-0505-LA. Por Erika María Zúñiga Hidalgo a favor de Mainor Francisco del Carmen Quesada Alpízar.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 01 de marzo del año 2022.—Licda. Catherine Alejandra Rodríguez Calderón, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631316 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Antonia De Jesús Brenes Padilla 0300910190, fallecido el 26 de junio del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el Número 22-000398-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000398-0505-LA. Por José Manuel Brenes Padilla a favor de María Antonia De Jesús Brenes Padilla.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 16 de febrero del año 2022.—Msc. Karol Baltodano Aguilar, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631317 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ovidio Vargas Picado 0201460223, fallecido el 21 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el Número 22-000394-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-000394-0505-LA. Por Norma Sáenz Herrera a favor de Ovidio Vargas Picado.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 16 de febrero del 2022.—Msc. Karol Baltodano Aguilar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 682017-JA.—( IN2022631318 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Lorenzo Mercedes Baca. PC01108307D, fallecido(a) el 26 de febrero del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el Número 22-000466-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000466-0505-LA. Por Justina Medina Grio a favor de Lorenzo Mercedes Baca.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 03 de marzo del año 2022.—Msc. Ana Patricia Montero Morales, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631391 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel Ángel Alvarado Villegas, N° 0201770234, fallecido el 12 de diciembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas, bajo el número 22-000464-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000464-0505-LA. Por Gabriela Murillo Carmona a favor de Miguel Ángel Alvarado Villegas.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 03 de marzo del año 2022.—Licda. Catherine Alejandra Rodríguez Calderón, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631393 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jose Iván Narváez Mercado 155818338412, fallecido el 14 de enero del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el Número 22-000467-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-000467-0505-LA. Por Isidra González Artola a favor de Jose Iván Narváez Mercado.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 03 de marzo del 2022.—Licda. Catherine Alejandra Rodríguez Calderón, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631396 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Aarón Steven Aguilar Trigueros, N° 0113950018, fallecido el 22/01/2201, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado, bajo el número 21-001665-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001665-0641-LA. Por Operadora de Pensiones Complementarias y de Capitalización Laboral de la CCSS S. A. a favor de Aarón Steven Aguilar Trigueros.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 07 de diciembre del año 2021.—M.Sc. Kattia Sequeira Muñoz, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631397 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ricardo Francisco Salas González 0107570997, fallecido el 15 de junio del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers Fallecidas bajo el Número 22-000260-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-000260-0505-LA. Por Irene González Naranjo a favor de Ricardo Francisco Salas González.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 31 de enero del 2022.—Msc. Priscila Marín Leiva, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631398 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Sandra Marina Álvarez Mendoza N° 122200417100, fallecida el 21 de febrero del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-001894-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-001894-0505-LA. Por Juan Álvarez Mendoza a favor de Sandra Marina Álvarez Mendoza.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 24 de enero del año 2022.—Licda. Catherine Alejandra Rodríguez Calderón, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631399 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Eladio Quesada Méndez, cédula de identidad N° 0302810944, fallecido el 22 de julio del 2010, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el N° 22-000352-0641-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-000352-0641-LA. Por BAC San José Pensiones Operadora de Planes de Pensiones Complementarias Sociedad Anónima, a favor de José Eladio Quesada Méndez.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 8 de marzo del 2022.—Licda. Rebeca Alexandra Ruiz Chamorro, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631400 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José María Solano Carmona 0104660502, fallecido el 23 de setiembre del año 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 20-002909-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-002909-1178- LA. Por a favor de José María Solano Carmona.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 07 de enero del año 2021.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631402 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rose Mary Granados Calderón, quien fue mayor, casada, cédula de identidad número 1-0523-0938, con último domicilio en La Unión de Cartago, y falleció el 04 de diciembre del año 2015; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias del Proceso de Consignación de Prestaciones Laborales, que se tramita bajo el expediente número 22-000349-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000349-0641-LA. Promovidas por Ericka Yacsira Gamboa Granados, cédula de identidad número 1-1537-0392.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 03 de marzo del año 2022.—M.Sc. Ronald Figueroa Acuña, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631403 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Margarita Retana Hidalgo, con cédula de identidad número 1-0387-0003 quien fue mayor, viuda, pensionada, domicilio Cartago, Ochomogo 100 norte y 15 este plaza deportes, fallecida el 26 de julio del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el número 22-000356-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 22-000356-0641-LA. Promovido por Kattia Jacqueline Serrano Retana, con cédula de identidad número 1-0775-0396 a favor de Margarita Retana Hidalgo.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 07 de marzo del año 2022.—Lic. Luis Diego Vargas Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631469 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gustavo Adolfo Rivera Villalta, cédula de identidad 03-0402-0844, fallecido(a) el 22 de enero del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el Número 22-000351-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000351-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 04 de marzo del año 2022.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631470 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Chrislang Josué Matarrita Díaz, mayor, educador, costarricense, vecino de Nicoya, Nambí, frente al Ebais, casa de cemento de color verde, portador de la cédula de identidad N° 5-0347-0804, quien falleció el 23 de julio del año 2013, a todos aquellas personas que se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas, bajo el número 22-000014-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000014-0868-LA. Por María Anatolia Díaz Baltodano en calidad de madre.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Laboral), 22 de febrero del año 2022.—Licda. Diana Jeannette Peraza Retana, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631636 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de quince millones cuatrocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula número cuarenta y tres mil cuatrocientos sesenta y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno semiurbano con una casa. Situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte: Emérita Diaz; al sur: Juan Olivier Rodríguez; al este: Juana María; y al oeste: calle pública. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Plano: G-0402610-1980. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del tres de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del once de mayo de dos mil veintidós, con la base de once millones quinientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintidós, con la base de tres millones ochocientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones del Este HCU S. A., contra Ameth Gerardo González Arias. Expediente N° 21-010028-1170-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: ocho horas con cincuenta y uno minutos del cuatro de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2022631242 ).

En este Despacho, con una base de quince mil treinta y ocho dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: placas número HBM517, marca: Kia, estilo: Rio, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KNADN412AH6039093, carrocería: sedán 4 puertas tracción: 4x2 número chasis: KNADN412AH6039093, año fabricación: 2017, color: gris vin: KNADN412AH6039093, N. motor: G4FAGS061186, modelo: IHS4D1617, cilindrada: 1396 c.c cilindros: 4 potencia: 66 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del once de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintidós con la base de once mil doscientos setenta y ocho dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del veintisiete de mayo de dos mil veintidós con la base de tres mil setecientos cincuenta y nueve dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Karol Marcela Sanabria Méndez contra Henry Alberto Briceño Murillo, expediente N° 17-022448-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 07 de marzo del año 2022.—Marcela Brenes Piedra, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022631267 ).

La Municipalidad de Mora informa que dentro del procedimiento N° 10-023536-1012-CJ-7, mediante acto de las catorce horas cincuenta y cuatro minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintidós del Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José. Sección Primera, con una base de veintiocho millones doscientos veintiocho mil quinientos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 316-15032-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 55268-000, para lo cual se señalan las diez horas cero minutos del veintiséis de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del cuatro de mayo de dos mil veintidós con la base de veintiún millones ciento setenta y un mil trescientos setenta y cinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del doce de mayo de dos mil veintidós con la base de siete millones cincuenta y siete mil ciento veinticinco colones exactos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. Expediente N° 10-023536-1012-CJ-7.—Juzgado Especializado de Cobro del segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y cuatro minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintidós.—Jéssika Fernández Cubillo, Jueza Tramitadora.—Alfonso Jiménez Cascante, Alcalde Municipal.—O. C Nº 10004.—Solicitud Nº335044.—( IN2022631283 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones quinientos once mil ochocientos ochenta colones, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones anotada al tomo: 365, asiento: 13578-01-0963-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso anotada al tomo: 2009, asiento. 79224-01-0001-001; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula N° 243099-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2-La Virgen, cantón 10-Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte resto de Isidro Quesada Rojas; al sur: calle pública; al este: resto de Isidro Quesada Rojas; y al oeste: resto de Isidro Quesada Rojas. Mide: doscientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del primero de abril del dos mil veintidós. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de abril del dos mil veintidós, con la base de seis millones trescientos ochenta y tres mil novecientos diez colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil veintidós, con la base de dos millones ciento veintisiete mil novecientos setenta colones (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Banco Nacional de Costa Rica, contra Oldemar Chaves Castro. Expediente N° 12-021447-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 12 de agosto del 2021.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza Tramitadora.—( IN2022631290 ).

En este Despacho, con una base de diez millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 381-17317-01-0921-001 condiciones ref:00042854 000; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula N° 43901, derecho 000, la cual es terreno de solar con una casa, malla frontal y tapias de concreto. Situada en el distrito 5-Cariari, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con 15.00 metros; al sur, José Eli Quintero Espinoza con 15.00 metros; al este, Francisco Antonio Gutiérrez Valencia con 20.00 metros, y al oeste, Maximiliano Otoniel Carranza Carranza con 20.00 metros. Mide: doscientos noventa y cinco metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados, plano: L-0724383-2001. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del seis de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del dieciséis de mayo del dos mil veintidós, con la base de siete millones ochocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veinticuatro de mayo del dos mil veintidós, con la base de dos millones seiscientos doce mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Álvaro Alexander Zúñiga Bolívar. Expediente N° 20-004626-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 04 de marzo del 2022.—Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2022631323 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil cuatrocientos cuarenta y cuatro dólares con ochenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: BCS429, marca: Mitsubishi, estilo: Lancer GLX, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2012, color: plateado, Vin: JMYSRCS3ACU002723, cilindrada: 1584 c.c, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del uno de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintidós de abril del dos mil veintidós, con la base de seis mil trescientos treinta y tres dólares con sesenta y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del dos de mayo del dos mil veintidós, con la base de dos mil ciento once dólares con veintiún centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de CR SA contra Carlos Alexis Artavia Poveda. Expediente N° 21-001374-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 11 de marzo del 2022.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2022631336 ).

En este despacho, con una base de nueve mil quinientos cinco dólares con setenta y dos centavos, soportando denuncia de tránsito citas 800-00593240-001, infracciones/colisión N° de boleta 2019245700419 de la sumaria 19-003277-0494-TR, sáquese a remate el vehículo LMB327, marca Kia, estilo Rio, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie, chasis y VIN KNADN512BH6804838; año 2017, color azul, N° motor G4FAGS071463, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del treinta de agosto de dos mil veintidós con la base de siete mil ciento veintinueve dólares con veintinueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del siete de setiembre de dos mil veintidós con la base de dos mil trescientos setenta y seis dólares con cuarenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Cooperativa Nacional de Educadores R.L. contra Lidier Ernesto Mejía Bolaños. Expediente N° 21-008823-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con veintinueve minutos del trece de octubre del dos mil veintiuno.—Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Tramitadora.—( IN2022631383 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 400-17717-01-0802-002, reservas y restricciones citas: 400-17717-01-0804-002, reservas y restricciones citas: 400-17717-01-0805-002, servidumbre de paso citas: 2014-42575-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula N° 203141-000. Que se describe así: Naturaleza: terreno para agricultura situada en el distrito 4- Tempate cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, Martin Rodríguez Ruiz, Zulay Ortega Mora y servidumbre de paso, sur, Martin Rodríguez Ruiz, Zulay Ortega Mora, este, Martin Rodríguez Ruiz, Zulay Ortega Mora, oeste, Inmobiliaria Sipa Rosa SA y servidumbre de paso. Mide: cinco mil metros cuadrados plano: G-1694904-2013. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de julio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del dieciocho de julio del dos mil veintidós, con la base de quince millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del veintisiete de julio del dos mil veintidós, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Norberto Tayo Santoyo contra Viviana Hernández Umaña. Expediente N° 21-004711-1338-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: dieciocho horas con cuarenta y uno minutos del diez de marzo del dos mil veintidós.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2022631384 ).

En este despacho, con una base de setenta y nueve mil novecientos doce dólares con veintidós centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando  Serv y Condic Ref: 3069-063-001 citas: 329-00928-01-0901-001; Serv y Condic Ref: 3069-061-001, citas: 329-00928-01-0904-001, servidumbre sirviente citas: 338-13993-01-0002-001, servidumbre sirviente citas: 338-13993-01-0006-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0019-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0020-001, servidumbre dominante citas: 33900515-01-0021-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0022-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0023-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0024-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0025-001, servidumbre dominante citas: 339-0051501-0026-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0027-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0028-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0029-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0030-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0031-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0032001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0033-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0034-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0035-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0036-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0091001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0092-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0093-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0094-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0095-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0096-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0097-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0098-001, servidumbre dominante citas: 339-0051501-0099-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0100-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0101-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0102-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0103-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0104-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0105-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0106-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0107-001, servidumbre sirviente citas: 339-0051501-0108-001, Servid y Condicref:00201524 000 citas: 347-19046-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 353-14628-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 403-15261-01-0920-001, condiciones Ref: 243424-000 citas: 403-15261-01-0921-001, servidumbre trasladada citas: 403-15261-01-0922-001, servidumbre trasladada citas: 403-15261-01-0923001, condiciones Ref: 245222-000 citas: 403-15261-01-0924-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 58830-F-000, la cual es terreno finca filial número seis-tres en proceso de construcción destinada a uso habitacional de una planta ubicada en el nivel uno del edificio seis. Situada en el distrito 8- San Rafael, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común libre de patio; al sur, finca filial seis cuatro; al este acceso área común construida y al oeste, área común libre (área verde). Mide: sesenta y dos metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados; para lo cual se señalan las diez horas con cero minutos del veinticinco de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas con cero minutos del diez de mayo de dos mil veintidós con la base de cincuenta y nueve mil novecientos treinta y cuatro dólares con diecisiete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas con cero minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós con la base de diecinueve mil novecientos setenta y ocho dólares con seis centavos (25% de la base original). Con una base de seis mil setecientos sesenta y dos dólares con sesenta y cuatro centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Serv y Condic Ref: 3069-063-001 citas: 32900928-01-0901-001; Serv y Condic Ref: 3069-061-001 citas: 329-00928-010904-001, servidumbre sirviente citas: 338-13993-01-0002-001, servidumbre sirviente citas: 338-13993-01-0006-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0019-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0020-001, servidumbre dominante citas: 339-0051501-0021-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0022-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0023-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0024-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0025-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0026-001, servidumbre dominante citas: 33900515-01-0027-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0028-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0029-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0030-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0031-001. Servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0032001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0033-001,  servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0034-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0035-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0036-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0091001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0092-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0093-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0094-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0095-001, servidumbre dominante citas: 339-0051501-0096-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0097-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0098-001, servidumbre dominante citas: 339-00515- 01-0099-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0100-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0101-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0102001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0103-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0104-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0105-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0106-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0107001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0108-001, servid y Condicref: 00201524 000 citas: 347-19046-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 353-14628-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 403-15261-01-0920-001, condiciones Ref: 243424-000 citas: 403-15261-01-0921-001, servidumbre trasladada citas: 403-15261- 01-0922001, servidumbre trasladada citas: 403-15261-01-0923-001, condiciones Ref: 245222-000 citas: 403-15261-01-0924-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 59166-F, derecho 000, la cual es  terreno finca filial estacionamiento seis-tres en proceso de construcción destinada a parqueo de vehículos. Situada en el distrito 8-San Rafael, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común libre zona verde; al sur, área común libre calle de acceso; al este, finca filial estacionamiento seis-cuatro y al oeste finca filial estacionamiento seis-dos. Mide: catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas con cero minutos del veinticinco de abril de dos mil veintidós, el segundo remate se efectuará a las diez horas con cero minutos del diez de mayo de dos mil veintidós con la base de cinco mil setenta y un dólares con noventa y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas con cero minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós con la base de mil seiscientos noventa dólares con sesenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Renzo Alejandro Barra Mindani. Expediente N° 18-001222-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con dieciocho minutos del veintinueve de junio del dos mil veintiuno.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2022631389 ).

En la puerta exterior de este despacho y con una base de siete mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca de primer grado citas: 573-83074-01-0003-001 y segundo grado citas: 2009-95494-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 395079, derecho 000, la cual es terreno para construir lote 24. Situada en el distrito Alajuela, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Guillermo Solano Vllalobos; al sur, calle pública; al este lote 25, y al oeste, Lote 23. Mide: trescientos cuarenta y cinco metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del seis de mayo del dos mil veintidós, con la base de cinco mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil veintidós con la base de mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso sumario de cobro de obligación dineraria no monitoria de Comisión Nacional de Préstamos para Educación contra Deida María Fajardo Cubillo, Jenny Alejandra Briceño Obando, Neil Briceño Obando. Expediente N° 01-012730-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 10 de marzo del 2022.—Johnny Esquivel Vargas, Juez Tramitador.—( IN2022631390 ).

En este Despacho, con una base de siete mil novecientos cuarenta y nueve dólares con cincuenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BQR077, marca: Ssang Yong, estilo: Tivoli, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KPT20A1VSKP238983, peso vacío: 0, carrocería: todo terreno 4 puertas, peso neto: 0 kgrms, tracción: 4X2, peso bruto: 1335 kgrms, número chasis: KPT20A1VSKP238983, año fabricación: 2018, color: plateado. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del diecinueve de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintisiete de abril del dos mil veintidós con la base de cinco mil novecientos sesenta y dos dólares con dieciocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del cinco de mayo del dos mil veintidós con la base de mil novecientos ochenta y siete dólares con treinta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales VEINSA S. A. contra Carmen Elena Peña Leiva, Héctor Gerardo Vega Cascante. Expediente N° 21-004019-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y nueve minutos del tres de marzo del dos mil veintidós.—Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—( IN2022631395 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones ochocientos treinta y seis mil setecientos sesenta y dos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BPY720, Marca: Toyota, Estilo: Yaris, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año fabricación: 2011, color: gris, Vin: JTDJT4K35B5331771, cilindrada: 1500 c.c.. Para tal efecto se señalan las quince horas treinta minutos del cuatro de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones trescientos setenta y siete mil quinientos setenta y un colones con cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil veintidós, con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y nueve mil ciento noventa colones con cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Isidro Gerardo Zamora Chacón contra José Antonio Mojica Salas. Expediente N° 18-020346-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de marzo del 2022.—Licda. María Karina Zúñiga Cruz, Jueza Decisora.—( IN2022631411 ).

En este despacho, con una base de quince mil setecientos treinta y cinco dólares con veinticinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: C-143339, marca: Mitsubishi, categoría: carga pesada, VIN: FH217GA00040, color: blanco, año: 2006, cilindrada: 7.545 c.c. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del uno de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintidós de abril de dos mil veintidós con la base de once mil ochocientos un dólares con cuarenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dos de mayo de dos mil veintidós con la base de tres mil novecientos treinta y tres dólares con ochenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales VEINSA Sociedad Anónima contra Ana Isabel Mora Salazar. Expediente N° 11-006830-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 03 de marzo del año 2022.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2022631414 ).

En este Despacho, se señalan las diez horas cero minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintidós. Con una base de cincuenta y ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cuarenta y cinco mil setecientos sesenta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno de restrojos y parte montaña. Situada en el distrito 3-Guaycara, cantón 7-Golfito de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, José Ángel Cordero Cordero, sur, Río Lagarto, este, Gerardo Guerrero Agüero, oeste, Río Lagarto. Mide: quinientos ocho mil treinta y tres metros con ocho decímetros cuadrados plano: P-0019531-1973. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del ocho de junio del dos mil veintidós, con la base de cuarenta y tres millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del dieciséis de junio del dos mil veintidós, con la base de catorce millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Eugenio Martínez Lezcano, José Manuel Martínez Corella, La Palma de Oro de San Francisco Sociedad Anónima. Expediente N° 18-001233-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintidós.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Coordinador.—( IN2022631459 ).

En este Despacho, se señalan las nueve horas treinta minutos del cinco de julio de dos mil veintidós. Con una base de catorce millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas y Restricciones citas: 332-16150-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 44410-001 y 002, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 1-San Vito, cantón 8-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte: calle pública con 14 metros; sur: Ilma Arguedas Garbanzo; este: calle pública; oeste: Ricardo Blanco Solís. Mide: doscientos cincuenta y nueve metros cuadrados. Plano: P-1481054-2011. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del trece de julio de dos mil veintidós con la base de once millones veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiuno de julio de dos mil veintidós con la base de tres millones seiscientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Liseth de los Ángeles Rodríguez Chavarría, Yonhser Josué Ortega Obando. Expediente N° 21-000187-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, hora y fecha de emisión: quince horas con veintisiete minutos del ocho de marzo del dos mil ventidos.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Coordinador.—( IN2022631460 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BRY604 marca: Kia, estilo: Río, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 3KPA241AAJE091552, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, número chasis: 3KPA241AAJE091552, año fabricación: 2018, uso: particular, color: plateado, Vin: 3KPA241AAJE091552, N° motor: G4LCHE728767, marca: Kia, N° serie: no indicado, modelo: H9S4K4617, cilindrada: 1368 c.c., cilindros: 4, potencia: 76 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del veintiuno de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del veintinueve de abril del dos mil veintidós con la base de seis mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del diez de mayo del dos mil veintidós con la base de dos mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de CR S. A., contra Bryan Jesús Poveda Gutiérrez. Expediente N° 21-000309-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 17 de febrero del 2022.—Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2022631557 ).

En este Despacho, con una base de diez mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BJN653, marca: Renault, estilo: Logan, serie: VF14SREB4GA870835, tracción: 4X2, peso bruto: 1585 kgrms, año fabricación: 2016, techo: techo alto, color: rojo, N° motor: K7MA812UB41645, marca: Renault, potencia: 82 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil veintidós con la base de siete mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil veintidós con la base de dos mil seiscientos veinticinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A., contra Claudia Melgarejo Pinzon, Inversiones Santander JYC Limitada. Expediente N° 19-016277-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de febrero del 2022.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2022631558 ).

En este Despacho, con una base de ciento veintitrés mil seiscientos treinta dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 305-15110-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 568-15214-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos veintiún mil cuatrocientos noventa y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 10-Desamparados, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Wilberth Elizondo García; al sur, resto reservado y servidumbre con un frente de 4 metros; al este, Ergor Soto Barrientos; y al oeste, Ruth María Soto Monge. Mide: mil ochenta y siete metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintiséis de julio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del nueve de agosto del dos mil veintidós con la base de noventa y dos mil setecientos veintidós dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintidós con la base de treinta mil novecientos siete dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Grupo JLesle de Río Segundo Sociedad Anónima, Johonnatan Antonio Vargas López, Lucía de Los Ángeles Bonilla Hernández, Oscar Eduardo Vargas Aguilar. Expediente N° 19-012954-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: veintiún horas con cuarenta minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintiuno.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza Tramitadora.—( IN2022631567 ).

En este Despacho, con una base de treinta y un mil trescientos sesenta dólares con trece centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa FSS999, Marca: Hyundai, Estilo: Tucson GLS, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: KMHJ3813BHU174500, carrocería: todo terreno, 4 puertas, tracción: 4X2, año fabricación: 2017, cilindrada: 2000 c.c., Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del veintiuno de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintinueve de abril del dos mil veintidós, con la base de veintitrés mil quinientos veinte dólares con nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del diez de mayo del dos mil veintidós, con la base de siete mil ochocientos cuarenta dólares con tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Roberto Francisco Naranjo Cascante contra Andrea Solís Picado. Expediente N° 19-018194-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 23 de febrero del 2022.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2022631575 ).

En este despacho, con una base de nueve millones trescientos cincuenta y cuatro mil trescientos sesenta colones con un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas ley caminos citas: 311-05097-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número setenta mil trescientos cuarenta, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar con una vivienda D-3. Situada en el distrito 5-Cariari, cantón 2-Pococi, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Ester Vega Ramírez; al sur, Ester Vega Ramírez; al este, calle pública con 7.00 mts. y al oeste, Flor Cubillo García con 7.00 mts. Mide: ciento sesenta y un metros con ochenta decímetros cuadrados, plano: L-0314253- 1996. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del dieciocho de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del veintiséis de abril de dos mil veintidós con la base de siete millones quince mil setecientos setenta colones con un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del cuatro de mayo de dos mil veintidós con la base de dos millones trescientos treinta y ocho mil quinientos noventa colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Daniel Josué Morera Céspedes. Expediente N° 21-005195-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 14 de febrero del año 2022.—Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2022631579 ).

En este despacho, con una base de treinta y nueve millones doscientos sesenta y tres mil trescientos cuarenta y tres colones con sesenta y cinco céntimos, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 208066, derecho 000, la cual es terreno cultivado de café con 1 casa. Situada en el distrito 1- Alajuelita, cantón 10-Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Humberto Artigas Caballero otro; al sur, Alice Rodríguez y otros; al este, calle pública con 16m 40cm y al oeste, Alice Rodríguez y otros. Mide: seiscientos veinte metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados plano: SJ-0461168-1982. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del dieciocho de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintiséis de abril de dos mil veintidós con la base de veintinueve millones cuatrocientos cuarenta y siete mil quinientos siete colones con setenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del cuatro de mayo de dos mil veintidós con la base de nueve millones ochocientos quince mil ochocientos treinta y cinco colones con noventa y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Kattia Marita Rodríguez Rodríguez. Expediente N° 19-006452-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 11 de febrero del año 2022.—Licda. Susana Murillo Alpízar, Jueza.—( IN2022631581 ).

En este despacho, con una base de treinta y siete millones quinientos veintiocho mil ciento treinta y seis colones con doce céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 217186-000, la cual es terreno para construir con 1 casa lote 55. Situada en el distrito: 01-Desamparados, cantón: 03-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 158; al este, calle pública y al oeste, lote 156. Mide: ciento ochenta y seis metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil veintidós, con la base de veintiocho millones ciento cuarenta y seis mil ciento dos colones con nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil veintidós, con la base de nueve millones trescientos ochenta y dos mil treinta y cuatro colones con tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jorge Arturo Hernández Rodríguez. Expediente N° 20-003428-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 04 de febrero del año 2022.—Licda. Marianela Alvarado Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2022631582 ).

En este Despacho, con una base de setenta y nueve millones seiscientos siete mil trescientos sesenta y siete colones con cincuenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 295-20626-01-0949-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 25834-000, la cual es terreno naturaleza: terreno para agricultura. Situada: en el distrito 4-Quebrada Honda, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, calle pública; sur, el Estado y calle pública; este, calle pública; oeste, el Estado. Mide: trescientos treinta y tres mil doscientos dieciocho metros cuadrados. Plano: G-1666310-2013. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veinte de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiocho de abril del dos mil veintidós, con la base de cincuenta y nueve millones setecientos cinco mil quinientos veinticinco colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del seis de mayo del dos mil veintidós, con la base de diecinueve millones novecientos uno mil ochocientos cuarenta y un colones con ochenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Asimismo, se le pone en conocimiento a los postores, oferentes o terceros interesados que, para ofrecer posturas dentro del presente asunto por el inmueble a rematar, deberá aportar la oferta en la moneda en la que se haya establecido la base para remate. Lo anterior, bajo el apercibimiento de no atender las posturas que sean aportadas en moneda distinta a la del remate que se celebra. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Sandra Maritza Espitia Cadena. Expediente N° 20-001845-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y cuatro minutos del doce de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2022631583 ).

En este despacho, con una base de trece millones setenta y siete mil setecientos diecisiete colones con cuarenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0390-00015534-01-0908-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 131189-001 y 002, la cual es naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada en el distrito (01) Juan Viñas, cantón (04) Jiménez, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, María Trejos Cordero Ado; al sur, Basilio Elizondo Cordero; al este, Hacienda Los Ángeles S. A. y al oeste, calle pública con frente 9.60 mts. Mide: ciento ochenta y dos metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintidós de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del dos de mayo de dos mil veintidós con la base de nueve millones ochocientos ocho mil doscientos ochenta y ocho colones con once céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del once de mayo de dos mil veintidós con la base de tres millones doscientos sesenta y nueve mil cuatrocientos veintinueve colones con treinta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carlos Antonio Calvo Álvarez, Royer Antonio Calvo Álvarez. Expediente N° 20-004058-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de febrero del año 2022.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2022631584 ).

En este despacho, con una base de cincuenta y siete mil doscientos sesenta y ocho dólares con setenta y seis centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 280-00617-01-0915-001, reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 517-13644-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 075774-F, derecho 001 y 002, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número tres apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos plantas. Situada en el distrito: 04-San Antonio, cantón: 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, filial dos; al sur, filial cuatro; al sur, filial cuatro; al este, área común destinada a acera, rampa para minusvalidos, retiro de construcción y calle primera y al oeste, Elida Castillo Coto y retiro de construcción. Mide: doscientos ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del tres de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del once de octubre de dos mil veintidós, con la base de cuarenta y dos mil novecientos cincuenta y un dólares con cincuenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil veintidós, con la base de catorce mil trescientos diecisiete dólares con diecinueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Margaret Jane Oxenham Salazar. Expediente N° 18-007708-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: once horas con veintiuno minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Manuel Loría Corrales, Juez Decisor.—( IN2022631585 ).

En este despacho, con una base de setenta y tres millones novecientos cincuenta y seis mil seiscientos ochenta colones con cuarenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de a y a bajo las citas: 506-15922-01-0001-001, servidumbre de acueducto y de paso de a y a bajo las citas: 506-15922-01-0014-001, servidumbre de acueducto y de paso de a y a bajo las citas: 506-15922-01-0028-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula 29397-f-000 , la cual es terreno filial seis de dos plantas destinadas al uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 3-San Rafael, cantón 2-Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, área común; al noroeste, Desarrollos Guachipelín S. A.; al sureste, área común y al suroeste: filial cinco. Mide: noventa y cuatro metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta minutos del cinco de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta minutos del trece de julio de dos mil veintidós con la base de cincuenta y cinco millones cuatrocientos sesenta y siete mil quinientos diez colones con treinta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta minutos del veintiuno de julio de dos mil veintidós con la base de dieciocho millones cuatrocientos ochenta y nueve mil ciento setenta colones con doce céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los empleados del Ministerio de Educación Pública RL. COOPEMEP contra Edelman Roberto Sánchez Valverde, Gabriela Patricia González Chavarría, Suministros Todoficina S. A. Expediente N° 21-017401-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de enero del año 2022.—Sirlene De Los Ángeles Salazar Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2022631595 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 306-05839-01-0002-001; y con la base de cinco millones de dólares, a fecha dieciocho de abril del dos mil veintidós, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatro nueve seis siete ocho dos-cero cero cero la cual es terreno de café. Situada en el distrito San Isidro, cantón León Cortés, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Ureña Gamboa; al sur, Virgilio Mora Arias; al este, servidumbre de paso en medio de Rodolfo Solano Ureña; y al oeste, Carlos Anselmo Ureña Picado. Mide: dos mil trescientos ochenta y un metro con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil veintidós, con la base de tres mil setecientos cincuenta dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del once de mayo del dos mil veintidós con la base de mil doscientos cincuenta dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Martín Elicinio Mora Fallas contra Alexander Gerardo Abarca Ureña. Expediente N° 22-000006-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 04 de marzo del 2022.—Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza Decisora.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631664 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas treinta minutos del veinte de abril del dos mil veintidós, y con la base de cuarenta y seis millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cero cero la cual es terreno. Situada en el distrito San Carlos, cantón Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Estrella Mora Navarro y servidumbre agrícola; al sur, María Eney Abarca Mora y servidumbre en medio de Jeffry Abarca Mora; al este, quebrada sin nombre; y al oeste, servidumbre agrícola en medio de Jeffry Abarca Mora, Manuel Solano Mora y en parte de servidumbre agrícola en medio de Manuel Mora. Mide: ciento un mil novecientos veinte metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dos de mayo del dos mil veintidós, con la base de treinta y cuatro millones quinientos mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del once mayo del dos mil veintidós, con la base de once millones quinientos mil colones (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Caficultores y Servicios Múltiples contra Carlos Martín Abarca Mora. Expediente N° 21-000038-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 08 de marzo del 2022.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631667 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones cuatrocientos sesenta y ocho mil ciento doce colones con cincuenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento sesenta y cuatro mil novecientos cincuenta y uno, derecho 000, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito dos Mansión, cantón dos Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Contreras y Vargas Limitada; al sur, Cristian Guevara Mayorga; al este, Carlos Garro Navarro; y al oeste, calle pública con cuarenta y cuatro punto cuarenta y seis metros. Mide: seis mil noventa y ocho metros con cincuenta decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del diecinueve de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintisiete de abril de dos mil veintidós, con la base de dieciséis millones ciento un mil ochenta y cuatro colones con treinta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del cinco de mayo de dos mil veintidós, con la base de cinco millones trescientos sesenta y siete mil veintiocho colones con doce céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Guillermo Herrera Hernández, Viria Marietta Solano Solano. Expediente N° 18-008665-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 16 de febrero del 2022.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez Tramitador.—( IN2022631693 ).

En este Despacho, con una base de veintiún mil novecientos cincuenta dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa Nº TSJ006356; Marca: Toyota; estilo: Yaris E; Categoría: automóvil; Capacidad: 5 personas; año: 2016; color: rojo; Vin: MR2BT9F3XG1194197. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciocho de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil veintidós con la base de dieciséis mil cuatrocientos sesenta y dos dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil veintidós con la base de cinco mil cuatrocientos ochenta y siete dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Jeffrey Del Milagro Torres Acuña. Expediente número 19-018750-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 27 de enero del 2022.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2022631694 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve millones ochocientos doce mil setecientos cincuenta y cuatro colones con tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 386-06643-01-0800-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 253065-003, la cual es terreno naturaleza: terreno con una casa y taller. Situada en el distrito 4-Coyolar, cantón 9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: al norte, Fainer Murillo Jiménez, Rodrigo Molina Miranda; al sur, Juvenal Chaves Alpízar y Jeannette Jiménez Tijerino; al este, Johinini Jiménez Guerrero; y al oeste, calle pública, Rodrigo Molina Miranda y Jeannette Jiménez Tijerino. Mide: dos mil ciento cincuenta y seis metros con seis decímetros cuadrados. Plano: A-0945640-1991. Identificador predial: 209040253065. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del treinta y uno de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince minutos del ocho de noviembre del dos mil veintidós con la base de catorce millones ochocientos cincuenta y nueve mil quinientos sesenta y cinco colones con cincuenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veintidós con la base de cuatro millones novecientos cincuenta y tres mil ciento ochenta y ocho colones con cincuenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jaime Esteban Campos Jiménez contra Jeannette María Jiménez Tijerino. Expediente16-014717-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y tres minutos del diez de febrero del dos mil veintidós.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2022631737 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de seiscientos noventa y nueve millones cuatrocientos cinco mil ochocientos veinte colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 280-06793-01-0002-001, servidumbre trasladada citas: 282-05648-01-0002-001, servidumbre trasladada citas: 297-07392-01-0902-001, servidumbre trasladada citas: 300-11831-01-0901-001, demanda ejecutiva hipotecaria citas: 800-291575-01-0001-001, hipoteca citas: 2011-40409-01-0001-001, demanda penal citas: 2015-583090-01-0001-001, demanda ordinaria citas: 2016-174317-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 21841-F, derecho 000, la cual es terreno bloque R finca filial 10.terreno con una casa de una planta en proceso de construcción. Situada en el distrito 3-Pozos, cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial 11 bloque R; al sur, calle privada del condominio; al este, calle privada del condominio; y al oeste, filial 9 bloque R. Mide: mil doscientos setenta y siete metros con veinte decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del veinticinco de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del cuatro de abril de dos mil veintidós con la base de quinientos veinticuatro millones quinientos cincuenta y cuatro mil trescientos sesenta y cinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil veintidós con la base de ciento setenta y cuatro millones ochocientos cincuenta y un mil cuatrocientos cincuenta y cinco colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Eco Residencial Villa Real contra Endless Adventure S. A. Expediente N° 17-000892-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de octubre del 2021.—Mariela Iveth Cortés García, Jueza Decisora.—( IN2022631529 ).

En este Despacho, con una base de trece millones ochocientos setenta y ocho mil cuatrocientos noventa y siete colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones citas: 392-07829-01-0911-002; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento cincuenta y ocho mil trescientos veinte, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: solar. Situada en el distrito: 5-Cariari cantón 2-Pococí de la provincia de Limón. Linderos: al norte, Hilda Molina Pérez; al sur, calle pública con 3 metros de frente; al este, Orlando Mena Vásquez; al oeste, María Ligia Guzmán Navarro. Mide: doscientos sesenta y cinco metros con cero decímetros cuadrados. Plano L-1853157-2015. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintidós con la base de diez millones cuatrocientos ocho mil ochocientos setenta y dos colones con ochenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del uno de junio de dos mil veintidós con la base de tres millones cuatrocientos sesenta y nueve mil seiscientos veinticuatro colones con veintinueve céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R.L. contra Patricia de los Ángeles Arley Guzmán, expediente N° 21-005567-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 08 de marzo del año 2022.—Valerie Sancho Bermúdez, Jueza Decisora.—( IN2022631544 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos veintisiete colones con cuarenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 308-06882-01-0901-001, servidumbre de paso citas: 2010-337342-01-0011-001, servidumbre de paso citas: 2010-356114-01-0006-001, servidumbre de paso citas: 2011-113786-01-0009-001, servidumbre de paso citas: 2011-182834-01-0006-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 495690-000, la cual es terreno de casa y jardín. Situada: en el distrito 4-Aguas Zarcas, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Hazel Campos Rodríguez; al sur, Hazel Campos Rodríguez; al este, servidumbre de paso con un frente de 10,05 m, y al oeste, Argo de Venecia S. A. Mide: doscientos cinco metros cuadrados. Plano: A-1566141-2012. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del cinco de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinte de abril del dos mil veintidós, con la base de doce millones trescientos cuarenta mil ochocientos veinte colones con cincuenta y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del veintiocho de abril del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones ciento trece mil seiscientos seis colones con ochenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Donald Francisco Rodríguez Mora. Expediente N° 21-001889-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con treinta y cinco minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiuno.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2022631586 ).

En este Despacho, con una base de tres millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa GRM345, marca: Geely, estilo: GX2, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: sedán 4 puertas hatchback, tracción: 4X2, año fabricación: 2016, color: plateado y vin: LB37422S4GX401135. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del cuatro de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil veintidós con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil veintidós con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Julio William Fernández Calderón, expediente N° 19-009488-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con ocho minutos del diecinueve de junio del dos mil veintiuno.—Angie Rodríguez Salazar, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022631755 ).

En este Despacho, con una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 136544, derecho 000, la cual es terreno de ca/a con una casa. Situada en el distrito 4-San Antonio, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Trinidad Alfaro Cascante; al sur, Toribio Calderón López; al este, Nelly Arrieta Salas; y al oeste, calle pública con 8 m y 36 cms. Mide: trescientos metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del catorce de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de noviembre de dos mil veintidós con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del treinta de noviembre de dos mil veintidós con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Oscar Juan Arias López contra Flory Cecilia Otárola Delgado representada por la albacea Mariela Alvarado Otárola. Expediente N° 22-000321-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta y ocho minutos del dos de marzo del dos mil veintidós.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2022631758 ).

En este Despacho, con una base de tres millones cincuenta y dos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 354-12751-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número setecientos quince mil nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: solar situada en el distrito 8-Cajón, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Linderos: norte, Virgilio Cárdenas Solorzano, sur, calle pública, este, Juan Vargas Fallas, oeste, Gerardina Vargas Fallas y Delgado Torres S. A. Mide: novecientos veintitrés metros cuadrados, Plano: SJ-2187743-2020. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del nueve de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil veintidós con la base de dos millones doscientos ochenta y nueve mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintidós con la base de setecientos sesenta y tres mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Coopealianza R.L. contra Froilán Enrique Fallas Castillo. Expediente N° 15-003028-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y nueve minutos del once de Marzo del dos mil veintidós.—Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2022631760 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y tres millones sesenta y ocho mil ochocientos ochenta y un colones con noventa y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número sesenta y ocho mil doscientos veinticuatro, derecho 000, la cual es terreno para construir con 1 casa N° 233. Situada en el distrito 8-Barranca, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, carretera Barranca-Puntarenas; al sur, Leoncio Zúñiga Álvarez; al este, Sandra Corrales Blanco y al oeste, María del Carmen Madrigal Chavarría. Mide: doscientos noventa metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas cuarenta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas cuarenta minutos del uno de setiembre de dos mil veintidós con la base de treinta y dos millones trescientos uno mil seiscientos sesenta y un colones con cuarenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas cuarenta minutos del nueve de setiembre de dos mil veintidós con la base de diez millones setecientos sesenta y siete mil doscientos veinte colones con cuarenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de COOPEALIANZA RL contra José Julio Carrillo Campos, expediente N° 22-000412-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta y nueve minutos del veinticinco de febrero del dos mil veintidós.—Luis Carrillo Gómez, Juez/a Decisor/a.—( IN2022631770 ).

En este Despacho, con una base de seis millones cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 52084-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada numero dos: apta para construir que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 3-San José, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Hilda María Herrera Murillo; al sur acceso uno; al este finca filial primaria individualizada número tres y al oeste finca filial primaria individualizada número uno. Mide: cuatrocientos noventa y cinco metros cuadrados valor porcentual: 0.41 valor medida: 0.0041 Plano:A-1088544-2006 Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del dieciocho de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil veintidós con la base de cuatro millones quinientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil veintidós con la base de un millón quinientos doce mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María Elena Hall Cubero contra Miguel Ángel Loría Zamora. Expediente N° 22-000653-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: nueve horas con cincuenta y seis minutos del diez de marzo del dos mil veintidós.—Maricruz Barrantes Córdoba, Jueza Decisora.—( IN2022631772 ).

En este Despacho, con una base de dos millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 400-04400-01-0834-001, servidumbre trasladada citas: 400-04400-01-0835-002, condiciones ref:0000 ley 2825 citas: 400-04400-01-0836-002; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 489032-000, la cual es terreno de potrero. Situada en el Distrito: 12-Monterrey, Cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Luz Ríos Duarte; al sur: Ivannia Zambrana Ríos; al este: calle pública con un frente de 12,94 metros lineales y al oeste: Francisco Castegnaro Canes. Mide: setecientos cuarenta metros cuadrados. Plano: A-1478606-2011. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del seis de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del catorce de setiembre de dos mil veintidós, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veintidós, con la base de quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María Vega Alfaro contra Lani Yaudieth Zambrana Ríos. Expediente: 21-004023-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: siete horas con treinta y uno minutos del catorce de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2022631776 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil trescientos setenta y nueve dólares con setenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: CL 289016, Marca: Citroën, Estilo: Jumpy, Categoría: Carga liviana, Capacidad: 3 personas, Carrocería: Panel, Tracción: 4x2, Año: 2015, Color: Blanco, Vin: VF7XT9HHCFZ000505, N° Motor: 10JBEA0008252, Cilindrada: 1560 c.c, Combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las nueve horas con veinte minutos del siete de junio del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas con veinte minutos del quince de junio del año dos mil veintidós, con la base de diez mil setecientos ochenta y cuatro dólares con ochenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas con veinte minutos del veintitrés de junio del año dos mil veintidós, con la base de tres mil quinientos noventa y cuatro dólares con noventa y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Ricardo Antonio Montero Rey. Expediente N° 21-021909-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de diciembre del año 2021.—Licda. María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2022631778 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones cuatrocientos ochenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y tres colones con once céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 358- 09067-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 391029-000, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: terreno de pastos con una casa. Situada en el Distrito 1-Orotina, Cantón 9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Upertino Irías Ledezma, Caludio Pérez Calderón y María Isabel Soto Monge; al sur Yorleni Patricia Rojas Robles, Jesús Morales Guerrero y Rafael Arrieta Soto; al este La Ramone#a de Orotina S. A. Y calle pública y al oeste Ofelia Herrera Pérez. Mide: veinticuatro mil treinta y cinco metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del siete de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil veintidós con la base de dieciséis millones ciento once mil ochocientos treinta y dos colones con treinta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veintidós con la base de cinco millones trescientos setenta mil seiscientos diez colones con setenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada Coocique R.L contra Marvin Roberto Cordero Ávila. Expediente:21-012775-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: catorce horas con cuarenta y cinco minutos del veinticinco de febrero del dos mil veintidós.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2022631779 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y cinco millones setecientos cincuenta y siete mil trescientos cincuenta colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de A Y A (citas: 463-03484-01-0001-001); sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 394280, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 5-Guácima, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Héctor Soto Chaves; al sur, calle pública; al este, Arnulfo Arroyo Rodríguez; y al oeste, Ana Yansi Vargas Maltes. Mide: quinientos metros con once decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del diez de mayo del dos mil veintidós con la base de treinta y cuatro millones trescientos dieciocho mil doce colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de mayo del dos mil veintidós con la base de once millones cuatrocientos treinta y nueve mil trescientos treinta y siete colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Emilio Herrera Arroyo, Marta Cecilia de La Trinidad Herrera Arroyo contra Luis Martín Camacho Esquivel, Tres-Ciento Uno-Quinientos Setenta y Siete Mil Trescientos Cincuenta Sociedad Anónima. Expediente N° 19-011236-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y tres minutos del ocho de marzo del dos mil veintidós.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2022631781 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de cincuenta y siete millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso de citas: 483-13580-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos sesenta y nueve mil veintidós, derecho 001; y 002, la cual es terreno para construir. Situada en el Distrito 01-San Isidro, Cantón 11-Vásquez De Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte Ganadería Mantova S. A.; al sur calle pública con 29.11 metros de frente; al este Ganadería Mantova S. A. y al oeste Ganadería Mantova S. A. Mide: dos mil quinientos dieciocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil veintidós con la base de cuarenta y tres millones doscientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del doce de mayo de dos mil veintidós con la base de catorce millones cuatrocientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Enrique Brenes Vargas. Expediente:21-000586-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 08 de marzo del año 2022.—Licda. Lissette Córdoba Quirós, Jueza Tramitadora.—( IN2022631783 ).

En este Despacho, con una base de un millón cien mil colones exactos, soportando hipoteca en primer grado, citas: 2017-717481-01-0005-001, servidumbre de paso citas: 548-12340-01-0004-001, servidumbre de paso citas: 563-12896-01-0009-001, servidumbre de paja de agua citas: 2010-76795-01-0001-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número quinientos setenta y un mil novecientos dos, derecho cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno naturaleza: terreno de cultivos, pasto con una casa, situada en el distrito 10-Rio Nuevo, cantón 19-Pérez Zeledón de la provincia de San José. Linderos: norte: Pedro Mena Madriz, Jorge Mena Madriz, Juan Ramon Mena Marín; sur: Juan Ramón Mena Marín, Ana Lorena Marín González, este: Juan Mena Marín y servidumbre agrícola de paso en medio, oeste: Gerardo Mena Rojas, Pedro Mena Madriz, Kenneth Mena Rojas. Mide: treinta y cuatro mil setecientos cuarenta y dos metros cuadrados, plano: SJ-1963146-2017. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diecinueve de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintisiete de abril de dos mil veintidós, con la base de ochocientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del cinco de mayo de dos mil veintidós, con la base de doscientos setenta t cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mollejones de Pérez Zeledón Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada contra Gerardo Antonio Mena Rojas, Jose Alexander Rojas Cordero, Alberto Bonilla Elizondo. Expediente N° 22-000287-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: diez horas con siete minutos del tres de febrero del dos mil veintidós.—Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2022631803 ).

En este despacho, con una base de doce mil ochocientos veinticinco dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo EE-034971, honda, SXS 500 M2, mula, color rojo, año 2015, chasis: 1HFVE0309F4005773. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del veintiuno de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintinueve de abril de dos mil veintidós con la base de nueve mil seiscientos dieciocho dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del nueve de mayo de dos mil veintidós con la base de tres mil doscientos seis dólares con veinticinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución Garantías Mobiliarias de Sociedad Anónima de Vehículos Automotores contra Acuatic Tours S. A. Expediente N° 19-005906-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: dieciocho horas con quince minutos del veintiséis de noviembre del dos mil veintiuno.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2022631816 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones novecientos sesenta y ocho mil novecientos cuarenta y tres colones con dieciocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 374-13915-01-0909-001, citas: 374-13915-01-0910-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 239583-000, la cual es terreno para construir N° 5. Situada en el distrito 7-Yolillal, cantón 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 20m 18cm; al sur, Unión Cantonal Asoc Upala; al este, Petronila Martínez; y al oeste, Marcial Urbina. Mide: novecientos nueve metros con seis decímetros cuadrados. Plano: A-0819440-1989. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintidós con la base de siete millones cuatrocientos setenta y seis mil setecientos siete colones con treinta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del dos de setiembre del dos mil veintidós con la base de dos millones cuatrocientos noventa y dos mil doscientos treinta y cinco colones con ochenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R.L. contra Alberto De Jesús Trujillo Jiménez. Expediente N° 21-004012-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y ocho minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veintiuno.—Licda. Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2022631818 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de san josé, matrícula número 564267-000, derecho, la cual es terreno para construir, lote G-48. Situada en el distrito 7-Patarrá, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Avenida 1; al sur, FUPROVI; al este, lote G-49; y al oeste, lote G-47. Mide: ciento veinte metros con veinte decímetros cuadrados. Plano: SJ-0970395-2005. Para tal efecto, se señalan las once horas quince minutos del diez de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas quince minutos del dieciocho de mayo del dos mil veintidós con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas quince minutos del veintiséis de mayo del dos mil veintidós con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de La Pradera S. A. contra Flor González Reyes. Expediente N° 21-007872-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2022631825 ).

En este despacho, con una base de cinco millones ciento cincuenta y cinco mil trescientos cincuenta y siete colones exactos, soportando hipoteca en primer grado citas: 2013-178061- 01-0003-001, hipoteca segundo grado citas: 2014-259125-01-0001-001, hipoteca tercer grado citas: 2016-111361-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos noventa y un mil ciento veintisiete, derecho 000, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 3-Daniel Flores, cantón 19-Perez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Grace Maroto Esquivel; al sur, Juan Manuel Campos Quirós; al este, calle pública con 23.11 metros y al oeste, Juan Manuel Campos. Mide: dos mil novecientos setenta y un metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado número SJ-0341522-1996. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintisiete de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del cinco de mayo de dos mil veintidós con la base de tres millones ochocientos sesenta y seis mil quinientos diecisiete colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del trece de mayo de dos mil veintidós con la base de un millón doscientos ochenta y ocho mil ochocientos treinta y nueve colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Costarricense de Electricidad contra Kenneth Alfredo Jiménez Sánchez. Expediente N° 21-002929-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: dieciocho horas con doce minutos del siete de marzo del dos mil veintidós.—Carlos Contreras Reyes, Juez Tramitador.—( IN2022631843 ).

A las 09:00 horas del 18 de abril del 2022, en la puerta principal del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones y con la base de la hipoteca de primer grado ya vencida a favor del Banco del Comercio S. A. (ahora Banco BCT S. A. por fusión con el Banco de Comercio S. A.), sea la base de ¢1,000°°, remataré la finca del partido de Alajuela Folio Real Matrícula número 315.161-000, que es terreno para construir, lote 18, sito en Florencia de San Carlos, distrito segundo del cantón décimo de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, calle pública con 29 metros 61 centímetros de frente, al sur, quebrada en medio Asociación Solidarista de Empleados del Instituto Tecnológico de Costa Rica; al este, Adocsa y Sociedad Agrícola Madrigal y Matamoros Ltda.; y al oeste, Sociedad Agrícola Madrigal y Matamoros Ltda. Mide: Cuatro mil cuatrocientos veintitrés metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados, según plano N° A-0363981-1996. Para el segundo remate, ahora con la rebaja del 25% de ley, sea la base de ¢750°°, se señalan las: 09:00 horas del 03 de mayo del año 2022. Para el tercer remate, ahora con la base del 25% de la base original, sea la base de ¢250°°, se señalan las: 09:00 horas del 18 de mayo del año 2022. Se remata por ordenarse así en Expediente N° 08-300279-0297-LA, Ordinario Laboral de Carlos Arrones Blandon contra Hacienda Salto Grande S. A. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 15 de marzo del 2022.—Lic. Juan Gabriel Rodríguez Oviedo, Juez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631887 ).

En este despacho, con una base de veintinueve mil doscientos treinta y seis dólares con cuarenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL-298818 marca: Chevrolet estilo: Colorado LTZ, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, tracción: 4x4, año fabricación: 2017, color: rojo, VIN: MMM148MK8HH629636. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del veintiuno de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintinueve de junio de dos mil veintidós con la base de veintiún mil novecientos veintisiete dólares con treinta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del siete de julio de dos mil veintidós con la base de siete mil trescientos nueve dólares con diez centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S. A. contra Douglas Barrantes Guerrero. Expediente N° 20-007142-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, hora y fecha de emisión: quince horas con dos minutos del veinticuatro de febrero del dos mil ventidós.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Coordinador.—( IN2022631955 ).

En este Despacho, con una base de doscientos dieciocho mil seiscientos sesenta y cuatro dólares con cuarenta y dos centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 374-17392-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 367494, derecho 000, naturaleza: terreno para construir, distrito: 3-San Rafael, cantón: 2-Escazú, provincia: San José. Al norte, con 38,59 Villa San José S. A.; al sur, con 37, 93 María de Los Ángeles Vargas; al este, calle pública con 15,59 mt de fte; y al oeste, Ernestina Saborío con 15,59 cm. Mide: seiscientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del cuatro de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil veintidós con la base de ciento sesenta y tres mil novecientos noventa y ocho dólares con treinta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil veintidós con la base de cincuenta y cuatro mil seiscientos sesenta y seis dólares con diez centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S. A. contra Industrial Raine S. A. y Celman Barrenechea Lizano. Expediente N° 19-005545-1765-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de febrero del 2022.—Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2022631971 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones trescientos uno mil setecientos ochenta y un colones con noventa céntimos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo BQS137, Marca: Suzuki, Estilo: Baleno GLX, categoría: Automóvil, capacidad: 5 personas, Serie: MA3WB52SXKA435750, Carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4X2, Número Chasis: MA3WB52SXKA435750, Año Fabricación:2018, Uso: Particular, Color: Azul, VIN: MA3WB52SXKA435750. características del motor: N.Motor: K14BN4095811, Marca: Suzuki, Modelo:1KF1C7K00039600, cilindrada: 1400 c.c, cilindros: 4, potencia: 68 KW, combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del treinta de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del siete de setiembre de dos mil veintidós con la base de seis millones doscientos veintiséis mil trescientos treinta y seis colones con cuarenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del quince de setiembre de dos mil veintidós con la base de dos millones setenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y cinco colones con cuarenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Pablo Orozco Abarca. Expediente:21-003778-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 14 de enero del año 2022.—Lic. Wilkko Adred Retana Álvarez, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022632167 ).

En este despacho, con una base de diecinueve millones cuatro mil doscientos sesenta y nueve colones con cuarenta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 354-07323-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cincuenta y un mil quinientos dieciocho, derecho 000, la cual es terreno árboles frutales agricultura y galer. Situada en el distrito Miramar, cantón Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, norte, Luis Guillermo Picado Alpízar; al sur, Alfredo Picado Alpízar y otro; al este, calle pública 16 m 35 cm y al oeste, Elena Ulate García. Mide: cuatro mil trescientos cincuenta metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del cinco de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veinte de abril de dos mil veintidós con la base de catorce millones doscientos cincuenta y tres mil doscientos dos colones con setenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de abril de dos mil veintidós con la base de cuatro millones setecientos cincuenta y un mil sesenta y siete colones con treinta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de fideicomiso COOPEMEX R.L. / BCR 2010 contra Alfredo Picado Alpízar. Expediente N° 10-005793-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de febrero del año 2022.—Audrey Abarca Quirós, Juez/a Decisor/a.—( IN2022632170 ).

En este despacho, con una base de veintidós millones setecientos cincuenta y cinco mil novecientos cuarenta y tres colones con veintiséis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0299-00014312-01-0901001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 333151-000, la cual es terreno de frutales con una casa. Situada en el distrito 04 San Roque, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rosaura Arias González y Guillermo Hidalgo; al sur, Jorge Armando Cruz Bolaños; al este, Quebrada Agualote y al oeste, servidumbre de paso con 23.93 metros de frente. Mide: cuatrocientos setenta y seis metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas veinte minutos del veintinueve de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas veinte minutos del siete de julio de dos mil veintidós con la base de diecisiete millones sesenta y seis mil novecientos cincuenta y siete colones con cuarenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas veinte minutos del quince de julio de dos mil veintidós con la base de cinco millones seiscientos ochenta y ocho mil novecientos ochenta y cinco colones con ochenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de la Caja Cos contra Marcia González Vega. Expediente N° 11-005841-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de febrero del año 2022.—Sirlene De Los Ángeles Salazar Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2022632201 ).

En este despacho, con una base de diecinueve millones quinientos ochenta y cuatro mil novecientos quince colones con noventa y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 192164-000, la cual es terreno inculto con 1 casa. Situada en el distrito 4-Aguas Zarcas cantón 10-San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Alicia Jiménez; sur, calle pub; este, Nelson Barrantes Salas; oeste, calle pub. Mide: Trescientos doce metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Plano: A-0786916-1988. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del cuatro de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del diecinueve de abril de dos mil veintidós con la base de catorce millones seiscientos ochenta y ocho mil seiscientos ochenta y seis colones con noventa y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintisiete de abril de dos mil veintidós con la base de cuatro millones ochocientos noventa y seis mil doscientos veintiocho colones con noventa y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Susana Blanco Solís. Expediente N° 21-000553-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y seis minutos del siete de mayo del dos mil veintiuno.—Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2022632204 ).

En este despacho, con una base de trece millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servid de paso Ref: 00001681 000 citas: 404-02163-01-0854-001, reservas y restricciones citas: 404-02163-01-0855-001, condiciones citas: 404-02163-01-0856-001 y servidumbre de paso citas: 2021-819952-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de limón, matrícula número ciento treinta mil cuatrocientos treinta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 01 Siquirres, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Industrias Ramírez González S. A., sur, en parte con Gerardo Barrantes Barrantes, en parte con Fermin Sandoval Morales y en parte CDon José Ricardo Granados Campos este, en parte con Industrias Ramírez González S. A. y en parte con Edgar Antonio Badilla Cerdas; oeste, en parte con Liliana Cerdas Fallas y en parte con servidumbre de paso. Mide: Seiscientos treinta y ocho metros con ochenta y un decímetros cuadrados, plano: L-1278982-2008. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del diecinueve de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintisiete de abril de dos mil veintidós con la base de diez millones doscientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del cinco de mayo de dos mil veintidós con la base de tres millones cuatrocientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Manuel Enrique Martin Vargas Delgado contra María del Carmen González Cambronero. Expediente N° 19-007497-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 18 de febrero del año 2022.—Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza Decisora.—( IN2022632248 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000052-0341-CI donde se promueve información posesoria por parte de la Asociación de Vecinos de la Comunidad de La Esmeralda, cédula jurídica número 3-002-738084, representada por Gilberth Salas Molina, a fin de inscribir a nombre de su representada y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno de solar con un salón. Situada en el distrito primero, cantón quinto Turrialba. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con Rafael Cordero Solano y Jorge Salazar Vargas; al este, con calle pública; y al oeste, con Temporalidades de la Iglesia Católica. Mide: 577 metros cuadrados. Graficado en el plano catastrado C-dos millones ciento veinte mil novecientos veintiséis-dos mil diecinueve (C-2120926-2019). Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seis millones novecientos veinticuatro mil colones. Que la Asociación promovente adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de terreno, chapea y riego de veneno. Que la asociación no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovido por la Asociación de Vecinos de la Comunidad de La Esmeralda. Expediente N° 20-000052-0341-CI-0.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba, 16 de junio del 2020.—Lic. Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez.—1 vez.—( IN2022631498 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000070-1309-CI donde se promueve información posesoria por parte de Xinia María Lara Pérez, quien es mayor, estado civil casada, vecina de Heredia, Sarapiquí, La Virgen, portadora de la cédula número 0204060187, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno solar. Situada en el distrito La Virgen, cantón Sarapiquí. Colinda: al norte, con Miguel Salas Aguilar; al sur, con José Manuel Ruiz Calvo y servidumbre de paso; al este, con Miguel Salas Aguilar y al oeste, con Miguel Salas Aguilar. Mide: trescientos cuarenta metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seis millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción de una vivienda. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Xinia María Lara Pérez, expediente N° 21-000070-1309-CI-0. Nota: publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Civil), 14 de febrero del año 2022.—Carlos Miguel García Araya, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2022631617 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°20-000057-0699-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Rigo Edmundo De Jesús Brenes Brenes quien es mayor, estado civil casado una vez, , vecino(a) de Dulce Nombre de Cartago, Residencial la Ilusión casa trece D, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-294-963, profesión electromecánico, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es casa, patio, acequia, potrero. Situada en el Distrito San Iisidro, Cantón El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Juan Fernando Fuentes Boza; al sur Abrahan Antonio Fuentes Navarro; al este, calle pública y al oeste Juan Fernando Fuentes Boza. Mide: 2823 cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 3- 2300407-2021. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de la propiedad terreno que se ha dedicado al cultivo de árboles, entre las labores de mantenimiento y mejoras realizadas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Rigo Edmundo De Jesús Brenes Brenes. Expediente: 20-000057-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, Cartago, 19 de enero del año 2022.—Licda. Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631675 ).

Citaciones

Ante esta notaría, mediante acta de apertura otorgada por Yorelny Matarrita Fuentes y otros, a las 10:15 del 17 de febrero del 2022, y comprobado el fallecimiento de María Fuentes Fuentes, cédula N° 501340288, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada en Quepos, de Coope Ande cincuenta metros al norte, a hacer valer sus derechos.—Quepos, 16:00 del día 15 de marzo del 2022.—Lic. Jaime Fonseca Zúñiga, Notario Público.—1 vez.—( IN2022631504 ).

Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión testamentaria en sede notarial, de la señora Mayda Loría Valverde, quien tuvo cédula de identidad número 7-0220-0598, mayor, viuda, ama de casa, de su último domicilio en Heredia, quien falleció el día 19 de febrero del 2020, para que dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a aceptar la herencia o reclamar sus derechos en esta sucesión. Se apercibe a los que crean tener derechos sobre esta sucesión que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente de Sucesión Notarial Testamentaria Nº 01-2022-AGCL. Notaría de la licenciada Ana Grettel Chaves Loría, sita en San José, avenida 10, calles 21 y 23, casa 2195, Casa Matute Gómez 100 metros este, correo electrónico: agrettelch@yahoo.com.—Licda. Ana Grettel Chaves Loría, Notaria.—1 vez.—( IN2022631510 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Johnny Fernando de los Ángeles Hernández Campos, mayor, estado civil soltero, costarricense, con documento de identidad N° 0106550875 y vecino de Alajuelita. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 21-000299-0216-CI-4.—Juzgado Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hora y fecha de emisión: veintiuno horas con siete minutos del treinta de diciembre del dos mil veintiuno.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2022631511 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Isabel Del Rosario Mesén Sánchez, mayor, estado civil casado, profesión de oficios domésticos, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0105360371 y vecina de Alajuela, Central. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000842-0638-CI-7.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciocho horas con veinte minutos del siete de diciembre del dos mil veintiuno.—Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022631518 ).

Se hace saber que, ante esta notaria se tramita el proceso sucesorio de Marlene Loaiza Benavides, cédula N° 1-0367-0491, vecina de San José. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro el plazo de treinta días a partir la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, ubicada en San Ramón de Tres Ríos, del Cristo de Sabanilla 2 kilómetros al este, expediente Nº S-20-2022. Notaría Federico Batalla Esquivel, correo electrónico: federico.batalla@gmail.com.—Lic. Federico Batalla Esquivel, Notario.—1 vez.—( IN2022631519 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien fuera Gerardo Antonio Villalobos Jiménez, quien fuera casado una vez, agricultor, cédula de identidad dos-trescientos noventa y cuatro-cero setenta y seis, vecino de Potrerillos, Piedades Sur, San Ramón de Alajuela, un kilómetro al sur de la Escuela; para que dentro del término de quince días hábiles a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien legítimamente corresponda. Expediente Nº 0002-2022. Notaría del Licenciado Adolfo Jeremías Ramos González, 115 metros este del Banco de Costa Rica. San Ramón de Alajuela.—Lic. Adolfo Jeremías Ramos González, Notario Público.—1 vez.—( IN2022631523 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marta Mercedes Villarreal Méndez, mayor, costarricense, cédula de identidad número cinco-cero cero ocho siete-cero uno tres tres, educadora pensionada, casada en primeras nupcias, vecina de Liberia en Barrio Capulín, fallecida el día 23 de febrero del año 2021. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000266-0386-CI-7.—Juzgado Civil y Trabajo de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: ocho horas con cincuenta minutos del siete de setiembre del dos mil veintiuno.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022631540 ).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marvin Antonio Morales Sánchez, quien fue mayor, divorciado, contador, portador de la cédula de identidad N° seis-cero ciento ochenta-cero ciento treinta y cuatro. Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, con el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro del citado plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 18-000037-0216-CI. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 25 de febrero del 2019.—Licda. Natalia Fallas Granados, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2022631555 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juan Luis Badilla Chacón, mayor, casado una vez, agricultor, costarricense, vecino de San José, Puriscal, Mercedes Sur, Alto La Palma, ochocientos metros oeste de la plaza de deportes, camino a Bajo Quivel, con documento de identidad N° 0102980445. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000017-0197-CI-0.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia Puriscal (Materia Civil), hora y fecha de emisión: quince horas con treinta y nueve minutos del tres de marzo del dos mil veintidós.—M.Sc Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez Civil.—1 vez.—( IN2022631562 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Martín Herrera Aguilar, mayor, estado civil soltero, profesión u oficio Agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0104990835 y vecino San José, Puriscal, Chires, Mastatal 400 metros oeste y 600 metros sur de la escuela de la localidad. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Publíquese este edicto por única vez. Expediente:22-000021-0197-CI-6.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia Puriscal (Materia Civil). Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con veinticuatro minutos del ocho de marzo del dos mil veintidós.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez Civil.—1 vez.—( IN2022631563 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rafael Antonio de La Trinidad González Balladares, mayor, estado civil casado, profesión u oficio oficial de seguridad, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0302450675 y vecino de Guadalupe de Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000137-0640-CI-8.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y uno minutos del once de marzo del dos mil veintidós.—Luis Diego Romero Trejos, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022631608 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Clemencia López González, mayor, viuda, ama de casa, costarricense, con documento de identidad N° 0200875373 y vecina de San Ramón, 100 metros este de los Tribunales de Justicia de la localidad. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000032-0296-CI-2.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 14 de febrero del 2022.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2022631619 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rafael Angel Arce Víquez, mayor, estado civil casado, profesión u oficio comerciante, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0400780640, y vecino de Mercedes norte de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000090-0504-CI-2.—Juzgado Civil de Heredia, hora y fecha de emisión: veinte horas con catorce minutos del treinta de enero del dos mil ventidos.—M.Sc. Andrea Saritza de los Ángeles Ramírez Solano, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2022631666 ).

Avisos

Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a José Félix Ortiz Ortiz, mayor, casado una vez, cédula de identidad número 900570138, demás calidades desconocidas, que en este despacho la señora Grettel Ramos Ramírez interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente número 180005130364FA donde se ordenó notificarle por edicto el por tanto de la Sentencia de Primera Instancia N°2021002358 dictada al ser las diecisiete horas cincuenta y siete minutos del veintisiete de setiembre de dos mil veintiuno, que en lo conducente dice: “Por tanto Conforme lo expuesto, citas de ley anotadas, artículos 1, 102, 104, 155, 317, 420 y siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, 1,2,8,48 inciso 8 del Código de Familia, se resuelve: Se declara con lugar la demanda de divorcio, promovida por Grettel Ramos Ramírez contra el señor José Félix Ortiz Ortiz. En consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une. No existen bienes gananciales que repartir. Ninguno queda obligado al pago de pensión alimentaria a favor del otro. Firme esta sentencia inscríbase en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de Heredia, al tomo cincuenta y nueve, folio cuatrocientos noventa y nueve y asiento novecientos noventa y siete. Se falla este asunto sin especial condenatoria en costas. Firme la sentencia se ordena girar los honorarios del curador procesal. Publíquese la parte dispositiva por una vez en el Boletín Judicial. Notifíquese...”.—Juzgado de Familia de Heredia, 11/02/2022.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631073 ).

Msc. Pablo Amador Villanueva Juez del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a la señora FEIFEI KE, en su carácter personal, quien es mayor, casada una vez, de nacionalidad china, portadora del pasaporte de su país número PG18875480, demás calidades y domicilio desconocidos, que en este despacho el señor Charles Michael Forbes Torres, interpuso un proceso de divorcio en su contra, bajo el expediente número 220003790364FA donde se ordenó notificarle por edicto la resolución que en lo literal dice: “...Juzgado de Familia de Heredia. A las diecisiete horas y nueve minutos del diecinueve de febrero de dos mil veintidós. De la anterior demanda divorcio establecida por el accionante Charles Michael Forbes Torres, se confiere traslado a la accionada FEIFEI KE por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Parte interviniente: Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio del casillero 403 de estos Tribunales. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.” Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente si usted (parte y/o abogado) tiene acceso a internet desde su hogar o un café internet, se le insta a usar el Sistema de Gestión en Línea y a señalar este medio para recibir notificaciones, lo único que debe hacer es ingresar a la página del poder judicial www.poder-judicial.go.cr al link Gestión en Línea y con la clave que se le proporcionará personalmente en el despacho, usted podrá ingresar desde la comodidad de su casa a consultar su expediente y revisar sus notificaciones, con lo anterior se evitará largas filas de espera. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N°41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar a la misma y a la parte demandada, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, números telefónicos de las partes y el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de Lunes a viernes de 08:00am a 12:md y Lunes, miércoles y viernes de 13:30pm a 19:30pm, Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: Lunes a viernes 08:00am a 12:00md, teléfono: 2776715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a viernes:13:30pm a 16:30pm teléfono: 22835533. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Barbara de Heredia, Teléfono: 22655640. Y en la Defensa Publica de Heredia. Teléfono 25600659. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso , que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)”. Siendo que la Ley 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poderjudicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Finalmente, por haberse manifestado que se desconoce el domicilio actual de la señora FEIFEI KE, se ordena continuar con los procedimientos bajo la modalidad del paradero desconocido, por lo que deberá el actor cumplir con los siguientes requisitos: a. Aportar certificación emitida por el Registro Nacional Sección Personas, en la que se informe si la parte accionada cuenta o no con apoderado inscrito en el país. Asimismo, tendrá que adjuntar la certificación actualizada de los movimientos migratorios de la señora Ke, expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería. b. A efecto de cubrir los honorarios de la persona profesional en derecho que representará a la demandada en este asunto, deberá el actor depositar la suma de noventa y seis mil cincuenta colones exactos (a razón de ochenta y cinco mil colones exactos más el 13% del IVA), en la cuenta judicial N°220003790364FA-5 del Banco de Costa Rica. c. Se cita al señor Charles Michael Forbes Torres y a dos testigos para que comparezcan al Juzgado y, bajo juramento, respondan las preguntas que se les formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador o curadora procesal. d. Expídase y publíquese el edicto al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil, con el propósito de notificar a la parte demandada sobre estas diligencias. Todo lo anterior será satisfecho dentro del plazo de una semana bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, el proceso no avanzará y se podrá ordenar el archivo del expediente. Notifíquese...”.—Juzgado de Familia de Heredia, 19/02/2022.—Msc. Pablo Amador Villanueva, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631075 ).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 210026400364FA, Carlos Enrique Salas Sandí, solicitan se apruebe la adopción individual de persona mayor de edad del joven Paulo Daniel Salas Sánchez. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Nota: publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Heredia, 6 de febrero del 2022.—Msc. Pablo Amador Villanueva, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631076 ).

Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. – Tercera lista parcial 2022 de abogados(as) suspendidos(as) por morosidad. -Con fundamento en el artículo 33 de la Ley Orgánica y habiendo transcurrido el periodo de un mes desde la fecha en que fueron reconvenidos, y no cumpliendo con el pago de las cuotas vencidas; en sesión ordinaria de Junta Directiva N° 08-22 celebrada a las dieciocho horas con diez minutos del veintiocho de febrero del dos mil veintidós; se acuerda aprobar la suspensión en el ejercicio de la abogacía y en consecuencia del notariado a los siguientes agremiados:

Carné

Nombre

Acuerdo final

9680

DANIEL CARVAJAL MORA

2022-08-019

12274

NANCY FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ

2022-08-020

16463

CARLOS GONZÁLEZ SÁENZ

2022-08-021

18490

MARCELA TATIANA HIDALGO MADRIGAL

2022-08-022

19346

JOSÉ JOAQUÍN MURILLO CÓRDOBA

2022-08-023

19875

KATTYA ALEJANDRA MORA MONTOYA

2022-08-024

20566

ALEXIS CAMPOS RODRÍGUEZ

2022-08-025

27694

JUAN CARLOS BRENES FLORES

2022-08-026

 

Esta lista de abogados (as) corresponde a los que adeudan más de seis cuotas de colegiatura con base en el corte realizado por la Fiscalía a las quince horas del diez de marzo de dos mil veintidós, y la suspensión rige a partir del día siguiente de la publicación en Boletín Judicial. Comuníquese al Consejo Superior de la Corte Suprema de Justicia y a la Dirección Nacional de Notariado. Nota: se les recuerda a los agremiados que para el levantamiento de la suspensión por morosidad deben de cancelar las colegiaturas pendientes de pago más un 25% por concepto de multa.—Fiscalía.—Lic. Roy Alberto Peraza Fallas.—1 vez.—O.C. N° 2778.—Solicitud N° 334269.—( IN2022631085 ).

La licenciada Katherine Meza Chaves, Jueza del Juzgado de Familia de Puntarenas hace saber, que en Expediente número 21-001032-1146-FA, correspondiente a un Proceso de Deposito Judicial, promovido por el Patronato Nacional de La Infancia, intervinientes Evelyn Miranda Montalbán y Carlos Aragón Rentería, se dictó la sentencia número 2022000004, de las trece horas cincuenta y cuatro minutos del tres de enero de dos mil veintidós, que en lo conducente reza así: Resultando. Primero: (...) Segundo: (...) Tercero: (...) Considerando. I.-Hechos probados. II.-Sobre el fondo del asunto. Por tanto. De acuerdo a lo expuesto y artículos 51 de la Constitución Política; 2, 5 y 140 y siguientes del Código de Familia; 3 de la Convención de los Derechos del Niño, 5 del Código de la Niñez y la Adolescencia y 796 y 854 y siguientes del Código Procesal Civil, se acoge la solicitud y se ordena el Depósito Judicial de la persona menor de edad Yerlany Aragón Miranda en la abuela materna de nombre Grisel Marisol Montalbán Duarte. Firme esta resolución, deberá apersonarse al despacho la depositaria nombrada para el acto de aceptación del cargo. Hágase saber.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Lic. Diego Acevedo Gómez, Juez de Familia.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631086 ).

Se avisa al señor Esteban Salvador Fonseca Retana, mayor, costarricense, cédula de identidad N° 0113310655, con demás calidades y domicilio desconocido, que en este Juzgado se tramita el expediente N° 22-000202-1146-FA, correspondiente a Diligencias no Contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Mathías Orlando Soto Abarca. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Licda. Katherine Meza Chaves, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631090 ).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 22-000147-1146-FA, los señores Mynor José Hernández Pérez, cédula de identidad 205040838, y María Alejandra Cano Monge, cédula de identidad 110920666, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor Alexis Jesús Porras Muñoz. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 04 de marzo del año 2022.—MSc. Maureen Vanessa Ortiz Cerdas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631125 ).

Licenciado Juan Carlos Sánchez García. Juez del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), a Dionny Patricia Sanjur Gamboa, en su carácter personal, quien es mayor, Casado, cédula 0111640978, se le hace saber que en demanda abreviado N° 20-000320-1304-FA establecida por Dionny Patricia Sanjur Gamboa contra Ernesto Arroliga Mungrillo se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), a las A las ocho horas y cincuenta y cinco minutos del dos de setiembre de dos mil veinte. De la anterior demanda abreviada establecida por el accionante Dionny Patricia Sanjur Gamboa, se confiere traslado a la accionada(o) Ernesto Arroliga Mungrillo por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; de este circuito judicial de este circuito. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al (los) demandado(s), personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales.- Previo a nombra curador dentro del presente asunto, solicítese certificación a migración y extranjería las entradas y salidas del país a nombre del demandado Arroliga Mungrillo, igualmente solicítese al Registro Civil nos certifique si el demandado cuenta con Apoderado inscrito o no, y a la Sucursal de la Caja Costarricense del Seguro Social, nos sirva a certificar si el demandado aparece registrado en planillas y con cual empresa labora.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia).—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud68-2017-JA.—( IN2022631146 ).

Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a América Nercy Lezcano Usatorres, casada, que en este Despacho se interpuso un Proceso Abreviado de Inexistencia de Matrimonio en su contra, bajo el expediente número 17-000384-0186-FA, donde se le confiere traslado por diez días para contestar la demanda, oponer excepciones, ofrecer sus pruebas, indicar el nombre y las generales de los testigos y los hechos a los que se referirá cada uno, aportar la documental y señalar medio para atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. Si contesta la demanda, debe referirse a cada hecho y exponer con claridad si lo rechaza por inexacto o lo admite como cierto o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. Lo anterior se ordena así en proceso Abreviado de Inexistencia de Matrimonio de El Estado contra América Nercy Lezcano Usatorres, German Martín Sánchez Arroyo; Expediente N° 17-000384-0186-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Primero de Familia de San José, 30 de noviembre del año 2021.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631148 ).

Licda. Hellen Hidalgo Ávila Jueza del Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral); hace saber a Brenes San Gil Sociedad Anónima con cédula jurídica 3-101-613333; Constructora Brenes San Gil B S G Sociedad Anónima con cédula jurídica 3-101-466359; Desarrollos Inmobiliarios FECR Sociedad Anónima con cédula jurídica 3-101-462439; IDECO Ingeniería Desarrollo y Construcción Sociedad Anónima con cédula jurídica 3-101-471840, que en este Despacho se interpuso un proceso Or. S. Pri. Prestac. Laborales en su contra, bajo el expediente número 20-000283-1125-LA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Por ignorarse el domicilio o lugar de ubicación de los representantes legales de las personas jurídicas denominadas: 1)-Desarrollo Inmobiliarios FECR Sociedad Anónima con cédula jurídica 3-101-462439; 2)-IDECO Ingeniería Desarrollo y Construcción Sociedad Anónima con cédula jurídica 3-101-471840; 3)-Constructora Brenes San Gil BSG Sociedad Anónima con cédula jurídica 3-101-466359; 4)-Brenes San Gil Sociedad Anónima con cédula jurídica 3-101-613333, se emplaza a los socios, asociados o a quien corresponda designar representante, para que en el plazo de un mes acrediten tal nombramiento, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se procederá a nombrar curador procesal, según lo dispone el artículo 19.4 del Código Procesal Civil en aplicación supletoria de esta materia. Publíquese por única vez la presente, por medio de boletín judicial. Lo anterior se ordena así en proceso Or.S.Pri. Prestac. Laborales de Juan Dennis Naranjo Varela contra Brenes San Gil Sociedad Anónima, Constructora Brenes San Gil B S G Sociedad Anónima, Desarrollos Inmobiliarios FECR Sociedad Anónima, Fernando Esteban Castro Ramírez, IDECO Ingeniería Desarrollo y Construcción Sociedad Anónima, Jose Luis Brenes San Gil; expediente Nº20-000283-1125-LA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 23 de febrero del año 2022.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631150 ).

Se avisa a los señores Ángel Eduardo Chavarría Rojas, cédula N° 1-0969-0163 y Rosibel Cristina Dobles Jiménez, cédula N° 1-1478-0106, ambos mayores, costarricenses, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 21-000525-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Óscar Enrique Monge Dobles y Troy Antonio Chavarría Dobles. Se les concede el plazo de tres días naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de marzo de 2022M.Sc. José Olger Valverde Leitón, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631166 ).

Se avisa a los señores Rafael Antonio Dávila Romero y Rosita Sánchez Bonilla, ambos mayores, nicaragüenses, de domicilio y demás calidades desconocidas, que, en este Juzgado, se tramita el expediente N° 21-000724-0673-NA, correspondiente a Diligencias no Contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Dalesky Valeria Dávila Sánchez. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de marzo de 2022.—Msc. José Olger Valverde Leitón, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631168 ).

Se avisa, al señor Richard Aarón Gutiérrez Fuentes, mayor, costarricense, portador del documento de identidad N° 1-1478-0901, de domicilio y demás calidades desconocidos, representado por el curador procesal licenciado Gerardo Sánchez Rodríguez, se le hace saber que existe proceso N° 21-000004-0673-NA de sumario de depósito judicial de las personas menores de edad Deykell Aarón Barrantes Madrigal, Antonella Abigail Gutiérrez Barrantes y Sarah Isabella Gutiérrez Barrantes establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Richard Aaron Gutiérrez Fuentes y Génesis Alegna Barrantes Madrigal, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las veinte horas dieciocho minutos del cuatro de enero de dos mil veintidós, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicho demandado para que lo conteste en la forma que se indica en el artículo 433 del Código Procesal Civil. Dentro de este mismo plazo, podrá oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que considere pertinente. Notifíquese. Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia de San José, 28 de febrero de 2022.—MSC. José Ólger Valverde Leitón, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631170 ).

Se avisa al señor Ronny Mauricio Castillo Solorzano, mayor, costarricense, portador del documento de identidad 6-0350-0616, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 21-000057-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Dacnna Jimena Castillo Carmona y Freydelin Abril Castillo Carmona. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de marzo de 2022.—MSc. Jose Olger Valverde Leitón, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631171 ).

Se avisa a la señora Adriana María Hernández Falco, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 21-000980-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Noelia Monge Hernández y Abigail Monge Hernández. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de marzo de dos mil veintidós.—M.Sc. José Olger Valverde Leitón, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631172 ).

Se avisa a Ebelin Josefa Miranda Arroliga (conocida como Evelyn Miranda Arrioliga), mayor, nicaragüense, portadora del pasaporte N° CO2031846, de domicilio y demás calidades desconocidas, representada por el curador procesal licenciado Juan José Alvarado Quirós, que en este despacho se dictó dentro del expediente N° 19-000464-0673-NA establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Ebelin Josefa Miranda Arroliga (conocida como Evelyn Miranda Arrioliga), la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 2022000144. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las catorce horas cincuenta y nueve minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintidós. Resultando: I…, II…, III…, Considerando: I.—Hechos ProbadosII.—Sobre el Fondo: … III..., Por tanto: Por lo expuesto, la doctrina y normas legales citadas, se declara con lugar la presente demanda de Suspensión de Patria Potestad de Josefina Miranda Arroliga sobre las personas menores de edad Camila Téllez Miranda, Belkis Téllez Miranda y Valentina Téllez Miranda. Por lo que se suspende a Josefina Miranda Arroliga en el ejercicio de la patria potestad. Se confiere el depósito de los niños Belkis Téllez Miranda y Valentina Téllez Miranda en el hogar de Ester Téllez Oporto, y Camila Téllez Miranda en el hogar de Andrea Del Socorro Sánchez Duarte. Dentro de los ocho días posteriores a la firmeza de este fallo deberá la señora Andrea del Socorro Sánchez Duarte y Ester Téllez Oporta comparecer a este Juzgado a aceptar el cargo que aquí se le confiere. Inscríbase esta sentencia en el Registro Civil en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, para Valentina: San José Tomo: dos mil doscientos sesenta y tres, Folio: ciento cuarenta y uno, Asiento: doscientos ochenta y uno, Belkis: San José: Tomo: dos mil ciento treinta y tres, Folio: doscientos noventa y siete, Asiento: quinientos noventa y cuatro, y Camila: Cartago: Tomo: quinientos setenta y seis, Folio: dos, Asiento: tres. Se resuelve sin especial condena en costas. Notifíquese. M.Sc. José Olger Valverde Leitón, Juez.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de marzo de 2022.—José Olger Valverde Leitón, Juez Tramitador.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631177 ).

Se avisa, a Carlisa de Los Ángeles Quesada Morales, mayor, costarricense, portadora de la cédula 1-1801-0339, de domicilio y demás calidades desconocidas, representados por la curadora procesal licenciada Luz María Navarro Garita, se le hace saber que existe proceso N° 20-000035-0338-FA de suspensión de patria potestad de la persona menor de edad Jarel Jesús Quesada Morales establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Carlisa de Los Ángeles Quesada Morales, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las diez horas cuarenta y ocho minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno, que en lo conducente dice: se les concede el plazo de diez días para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con el artículo 305 del Código Procesal Civil. Se le advierte a la demandada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso, de oficio se le declarará rebelde y se tendrá por contestada afirmativamente la demanda en cuanto a los hechos. Notifíquese.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de marzo de 2022.—Msc. José Olger Valverde Leitón, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631178 ).

Licenciada Guadalupe Solano Patiño, jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Adrián Alberto Mora Guillén, en su carácter personal, se le hace saber que en proceso depósito judicial, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las once horas cuarenta y uno minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno. De las presentes diligencias de depósito judicial expediente N° 21-000593-0338-FA de las personas menores Anderson Alberto Mora Méndez, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Sandra Méndez Carpio y Adrián Alberto Mora Guillén a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Sandra Méndez Carpio y Adrián Alberto Mora Guillén, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones de Cartago. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Vista la medida cautelar solicitada por el actor y velando por el interés superior de la persona menor de edad, se otorga el depósito provisional del menor Anderson Alberto Mora Méndez en el recuso de la señora Yorleny Méndez Carpio. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631332 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Carlos Alberto Caamaño Eby mayor, soltero, empresario, documento de identidad 0111120043, vecino de Heredia, en el cual pretende cambiarse el nombre a mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N° 21-000756-0504-CI-5.—Juzgado Civil de Heredia. Hora y fecha de emisión: once horas con once minutos del veintisiete de julio del dos mil veintiuno.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—1 vez.—( IN2022631358 ).

Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Ariel Antonio Uriarte Zapata, en su carácter personal, casado una vez, chofer, nicaragüense, pasaporte número C1108361, de más calidades y paradero desconocido, se le hace saber que en demanda Abreviado Divorcio, establecida por Darling Vanesa Gómez Juárez contra Ariel Antonio Uriarte Zapata, se ordena notificarle por edicto, la sentencia número 2022000196, de las veintitrés horas veinticuatro minutos del tres de febrero de dos mil veintidós, que en lo conducente dice: por tanto: por lo expuesto, se declara con lugar el proceso en lo referente al abreviado de divorcio interpuesto por Darling Vanesa Gómez Juárez contra Ariel Antonio Uriarte Zapata, con fundamento en la causal de separación judicial prevista y sancionada por la norma que contempla el inciso 5° del artículo 48 del Código de Familia, motivo por el cual se declara: 1.- Se ordena la disolución del vínculo que ha unido a las partes en matrimonio, debiéndose por consiguiente inscribir el Divorcio ante el Registro Civil en la sección respectiva, de la provincia de Alajuela declara con lugar la pretensión y lo referente al proceso abreviado de divorcio interpuesto por Darling Vanesa Gómez Juárez contra el señor Ariel Antonio Uriarte Zapata, con fundamento en la causal de separación de hecho prevista y sancionada por la norma que contempla el inciso 8° del artículo 48 del Código de Familia, motivo por el cual se declara: 1.- Se ordena la disolución del vínculo que ha unido a las partes en matrimonio, debiéndose por consiguiente inscribir el divorcio ante el Registro Civil en la sección respectiva, de la provincia de Alajuela 2.- Respecto a la pensión alimentaria a su favor: La misma se declara SIN LUGAR, de acuerdo a lo establecido en el artículo 57 del Código de Familia, en concordancia con el artículo 173 de la Ley de Pensiones Alimentarias en su inciso 2, en virtud de no cumplirse con los presupuestos establecidos para acceder a lo pretendido, en el tanto quedó demostrado que la actora se desempeña como asistente de pacientes, por lo cual ejerce un oficio, el cual le ha permitido ser autosuficiente durante estos seis años de ausencia de su esposo, por lo cual quedó demostrado que la señora Darling cuenta con medios propios para subsistir. 3.- Respecto a la guarda, crianza, educación, así como la patria potestad de la menor: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR como se dirá: en cuanto a la solicitud planteada por la accionante en referencia a la guarda crianza y educación de la menor, la misma se le otorga de forma exclusiva a la madre, por encontrarnos en un proceso donde hay un padre ausente, prueba de ello es el nombramiento de un curador para representar sus intereses, sin embargo en lo referente a la patria potestad esta pretensión se rechaza por cuanto este no es un proceso de suspensión de patria potestad, sino que es un proceso de divorcio donde no se entra a conocer esa pretensión, y por ello deberá acudir a la vía correspondiente y correcta. 4.-Costas: de conformidad con los artículos 99, 222, 226 y 420 del Código Procesal Civil, no se condena en costas por considerar que ninguna de las partes litigó de mala fe, expediente N° 20-001447-0292-FA, proceso abreviado de divorcio, establecido por Darling Vanesa Gómez Juárez, contra Ariel Antonio Uriarte Zapata.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631394 ).

Licenciada Gely Marcela Espinoza Gómez, jueza del Juzgado Familia y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia), a Rándall Vicente Cruz Rodríguez, en su carácter personal, quien es mayor, divorciado, jornalero, vecino de domicilio desconocido, cédula N° 0107280848, representado por el curador procesal el Licenciado Gerardo Camacho Nassar se le hace saber que en demanda procesos especiales de filiación, establecida por Yajaira Mercedes Chang Amador contra Rándall Vicente Cruz Rodríguez, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado Familia y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia), a las catorce horas cuarenta y siete minutos del cuatro de febrero de dos mil veintidós. Proceso Procesos Especiales de filiación, establecido por Yajaira Mercedes Chang Amador, mayor, divorciado/a, vecina de Sardinal de Carrillo, cédula N° 0109180842 contra Rándall Vicente Cruz Rodríguez, mayor, divorciado/a, jornalero, vecino de domicilio desconocido, cédula N° 0107280848. Por tanto: acorde con lo expuesto, artículos 69, 72, 91, 96, 97, 98, 98 bis, siguientes y concordantes del Código de Familia, Código de la Niñez y la Adolescencia, Convención sobre los Derechos del Niño y 53 de la Constitución Política, se declara con lugar el presente proceso especial de filiación en la modalidad de declaratoria de hija extramatrimonial establecido por Yajaira Mercedes Chang Amador contra Rándall Vicente Cruz Rodríguez, y se resuelve de la siguiente manera: 1.- Se declara que el señor Rándall Vicente Cruz Rodríguez no es el padre biológico de la menor Pamela de los Ángeles actualmente de apellidos Cruz Chang. 2.- Se ordena al Registro Civil modificar el asiento de nacimiento de la menor Pamela de los Ángeles Cruz Chang, asignándole únicamente el apellido de la madre, por lo que su nombre será Pamela de los Ángeles Chang Amador. Dicha modificación se hará en Registro Civil, Sección de Nacimientos de la provincia de Guanacaste, al Tomo cuatrocientos setenta y dos, Folio trescientos doce, Asiento seiscientos veintitrés. 3.- Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. 4.- Se ordena notificar esta sentencia al demandado ausente, sea Rándall Vicente Cruz Rodríguez, mediante la publicación por una sola vez en el Boletín Judicial, siendo suficiente con publicar la parte dispositiva con los datos necesarios para identificar el proceso. Firme este fallo, inscríbase en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la provincia de Guanacaste, al Tomo cuatrocientos setenta y dos, Folio trescientos doce, Asiento seiscientos veintitrés. Notifíquese.—Juzgado Familia y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia).—Licda. Gely Marcela Gómez Espinoza, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022631486 ).

Se avisa a la señora Dulia Isabel Sandoval Chinchilla, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 21-000295-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Esteban José Sojo Sandoval y Ariel Josué Sojo Sandoval. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste(n) su conformidad o se oponga(n) en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631488 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Gustavo Adolfo Loría Solano mayor, casado, ingeniero, documento de identidad N° 0110590397, en el cual pretende cambiarse el nombre a Gustavo Loría Solano mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil, expediente N° 22-000053-0180-CI-1. Nota: se le recuerda a la persona interesada que deberá acudir a la Imprenta Nacional para cancelar los derechos de publicación de este edicto. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial.Juzgado Primero Civil de San José, 23 de febrero del año 2022.—Lic. Carlos Alejandro Baez Astúa, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022631535 ).

Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Maohua Cen Ciau, documento de identidad N° 62602112140006878, vecino de paradero desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso Inexistencia Matrimonio en su contra, bajo el expediente número 17-000221-0186-FA, donde se pretende la declaratoria de inexistencia de su matrimonio. Lo anterior se ordena así en proceso Inexistencia Matrimonio de Estado contra Maohua Cen Ciau; Expediente N° 17-000221-0186-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Primero de Familia de San José, 03 de marzo del año 2022.—Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631643 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Angie Melisa Fuentes Flores, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0604430601, vecina de Finca 42, última entrada, segunda casa a mano izquierda, hija de Reina Luz Flores Flores y José Julián Fuentes Alfaro, nacida en Corredor Corredores Puntarenas, el 18/12/1997, con veinticuatro años de edad, y Denilson José Gómez Mena, mayor, soltero, recolector de fruta, cédula de identidad número 0604750135, vecino de la misma dirección de la anterior, hijo de Ania Mena Chinchilla y Dennis Manuel Gómez Gómez, nacida en Corredor Corredores Puntarenas, el 13/08/2002, actualmente con diecinueve años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000154-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), Corredores, Ciudad Neily, 08 de marzo del 2022.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631642 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Angie Melisa Fuentes Flores, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0604430601, vecina de Finca 42, última entrada, segunda casa a mano izquierda, hija de Reina Luz Flores Flores y José Julián Fuentes Alfaro, nacida en Corredor Corredores Puntarenas, el 18/12/1997, con veinticuatro años de edad, y Denilson José Gómez Mena, mayor, soltero, recolector de fruta, cédula de identidad número 0604750135, vecino de la misma dirección de la anterior, hijo de Ania Mena Chinchilla y Dennis Manuel Gómez Gómez, nacido en Corredor Corredores Puntarenas, el 13/08/2002, actualmente con diecinueve años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000154-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), Corredores, Ciudad Neily, 08 de marzo del 2022.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022631678 ).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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