SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este Despacho,
con una base de un millón doscientos
mil colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
593.522-000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito
2-Aguas Claras, cantón
13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Luz María Vega
Ferreto y servidumbre de
paso; al sur, Raúl de Los Ángeles Fallas
Brenes; al este, Isidora Fallas Brenes y al oeste, Raúl de
Los Ángeles Fallas Brenes. Mide: cuatrocientos treinta y tres metros cuadrados. Plano: A-2187174-2020. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del cuatro de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del diecinueve
de abril de dos mil veintidós
con la base de novecientos mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintisiete de abril de dos mil veintidós con la
base de trescientos mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Las Siete Vertientes S. A.,
contra Graylin María Martínez Sibaja.
Expediente Nº 21-000690-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con treinta y dos
minutos del veintinueve de abril del dos mil veintiuno.—Viviana
Salas Hernández, Jueza Decisora.—(
IN2021559231 ).
En este Despacho, con una base de nueve millones ochocientos dieciséis mil quinientos treinta y cuatro colones con treinta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
372608-000, la cual es terreno
para construir lote 70. Situada en el
distrito: 05-Guácima, cantón: 01-Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
lote 69; al sur, lote 71;
al este, Alfredo Herrera Ramírez; y
al oeste, calle pública.
Mide: ciento ochenta y cuatro metros con setenta decímetros cuadrados. Plano: A-0506575-1998. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del uno
de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del nueve de noviembre del dos mil veintiuno,
con la base de siete millones
trescientos sesenta y dos
mil cuatrocientos colones
con setenta y seis céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del diecisiete de noviembre del dos
mil veintiuno, con la base de dos millones
cuatrocientos cincuenta y cuatro mil ciento treinta y tres colones con cincuenta y ocho céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco BAC San José S. A. contra Bernardita de Los Ángeles Vásquez Chavarría,
Luis Ángel Quesada
Vásquez. Expediente N° 21-002785-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 11 de marzo
del 2021.—Lic. Ronald Chacón
Mejía, Juez Tramitador.—(
IN2021559262 ).
En este Despacho 1). Con una base de ciento
treinta y dos mil doscientos
cuarenta y un dólares con ochenta centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto citas:
361-05408-01-0900-001, obligaciones ref:1829 139 001 citas: 361-05408-01-0901-001, obligaciones
ref:2591 187 001 citas: 361-05408-01-0902-001, obligaciones ref:2437 125 001 citas:
361-05408-01-0903-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2010- 351254-01-0001-001, servidumbre
de líneas eléctricas y de
paso citas: 2010-353767-01-0002-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
2010-353767-01-0004-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2011-153260-01-0001-001, servidumbre
de acueducto y de paso de a y a citas:
2011-183194-01-0001-001, servidumbre de paso citas: 2011-184264-01-0001-001, servidumbre
de acueducto y de paso de a y a citas:
2014-284253-01-0788-001, sáquese a remate la Finca
del partido de San José, matrícula
número 92453-F, derecho 000, la cual
es: naturaleza: Finca filial doscientos
cuarenta y nueve identificada como T Uno-Mil Ciento Nueve destinada
a apartamento ubicado en el nivel
once de la Torre Uno en proceso
de construcción. Situada: En el Distrito 2-Merced Cantón 1-San José de la Provincia
de San José. Linderos: Norte: área común y finca filial T Uno-Mil Ciento Diez. Sur: Área común. este: área común. Oeste: Área común
y finca filial T uno- mil ciento
diez. Mide: noventa y seis metros con veinticinco
decímetros cuadrados.
Plano: No se indica. 2). Con una base de dieciocho
mil ciento treinta y tres dólares con veintiocho centavos libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto citas:
361-05408-01-0900-001, obligaciones ref:1829 139 001 citas: 361-05408-01-0901-001, obligaciones
ref:2591 187 001 citas: 361-05408-01-0902-001, obligaciones ref:2437 125 001 CITAS: 361-05408-01-0903-001,
servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
2010-351254- 01-0001-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2010-353767-01-0002-001, servidumbre
de líneas eléctricas y de
paso citas: 2010-353767-01-0004-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
2011-153260-01-0001-001, servidumbre de acueducto y de paso de a y a citas:
2011-183194-01-0001-001, servidumbre de paso citas: 2011-184264-01-0001-001, servidumbre
de acueducto y de paso de a y a citas:
2014-284253-01-0788-001, sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula
número 92322-F, derecho 000, la cual
es: Naturaleza: Finca filial ciento
dieciocho identificada como BT Uno-Ochenta y Seis destinada a bodega ubicada en sótano uno de la Torre Uno en proceso de construcción.
Situada: en el Distrito 2-Merced Cantón 1-San
José de la Provincia de San José. Linderos:
Norte: área común
y finca filial BT Uno-Ochenta
y Cinco, finca filial, BT Uno-Ochenta y Cuatro y
finca filial BT Uno-Ochenta y Tres. Sur: Finca filial
BT Uno-Ochenta y Siete y área común. Este: Área común y finca filial BT Uno-Ochenta y Cinco. Oeste: Finca filial BT Uno-Ochenta y Tres y área común. Mide: cuatro
metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: no
se indica. 3). Con una base de tres mil novecientos cincuenta dólares con setenta y cuatro centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto, cita
361-05408-01-0900-001, obligaciones ref. 1829-
139-001, citas 361-05408-01-0901-001, obligaciones ref. 2591-187-001, citas
361-05408-01-0902-001, obligaciones ref.
2437-125-001, citas 361- 05408-01-0903-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso, citas
2010-351254-01-0001-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso, citas 2010-353767-01-0002-001, servidumbre
de líneas eléctricas y de
paso, citas 2010-353767-01-0004-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso, citas
2011-153260-01-0001-001. servidumbre de acueducto y de paso de A Y A, citas
2011-183194-01-0001-001, servidumbre de paso, citas 2011- 184264-01-0001-001 y servidumbre
de acueducto y de paso de a y a, citas
2014-284253- 01-0788-001, sáquese a remate la Finca
del partido de San José, matrícula
número 92709-F, derecho 000, la cual
es: Naturaleza: Finca filial quinientos
cinco identificada como EA-Dieciséis destinada a estacionamiento
ubicada en sótano uno del módulo de parqueos a en proceso
de construcción. Situada: En el Distrito 2-Merced Cantón 1-San José de la Provincia
de San José. Linderos: Norte: área común. sur: área común
y finca filial E A Quince. Este: área común y finca filial E A Quince. Oeste: área común. Mide: veintiocho
metros con sesenta decímetros
cuadrados. Plano: No se indica. Para tal efecto se señalan
las diez horas veinte minutos del seis de agosto de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas veinte minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintiuno para la finca 1 con la base de noventa y nueve mil ciento ochenta y un mil dólares con treinta y cinco centavos (75% de la base original), para la para la
finca 2 con la base de trece mil quinientos
noventa y nueve dólares con noventa y seis
centavos (75% de la base original), y para la finca 3 con la base de dos mil novecientos sesenta y tres dólares con cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas veinte minutos del veinticuatro de agosto de dos mil
veintiuno para la finca
1 con la base de treinta y tres
mil sesenta dólares con cuarenta y cinco centavos (25% de
la base original), para la finca 2 con la
base de cuatro mil quinientos
treinta y tres dólares con treinta y dos
centavos (25% de la base original), y para la. Finca
3 con la base de novecientos ochenta
y siete dólares con sesenta y ocho centavos (25% de
la base original) Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Condominio Condado del Parque y
Banco General Costa Rica Sociedad Anónima contra Once
Cero Seis S. A. Y Sandra Palacio Marin. Expediente
Nº:18-009619-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de abril del año 2021.—María Del
Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—(
IN2021559263 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones doscientos cincuenta y ocho mil seiscientos setenta y tres colones con treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas
LML102, Marca: Kia, estilo: Rio, Categoría:
automóvil, Capacidad: 5
personas, carrocería: Sedan 4 puertas, número Chasis: KNADN412AC6083705, año fabricación: 2012, color: café, Vin: KNADN412AC6083705, N° Motor: G4FACS264150. Para tal efecto se señalan
las ocho horas treinta minutos del seis de mayo de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintidós,
con la base de tres millones
ciento noventa y cuatro mil cinco colones con cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de mayo
de dos mil veintidós, con la base de un millón sesenta y cuatro mil seiscientos sesenta y ocho colones con treinta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
ASOAGRO J&C S. A contra Logan Gerardo Arce Retana.
Expediente Nº 21-001001-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y tres minutos del tres de junio del dos mil veintiuno.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021559265 ).
En este Despacho, con una base de siete millones sesenta y ocho mil quinientos noventa y cuatro colones con cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: SBB001, marca: Kia, estilo: Sportage, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KNAPB81ABG7871861, año fabricación: 2016, color: plateado,
N° motor: G4NAFH136154, cilindrada:
1999 C.C, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del seis de diciembre del
dos mil veintiuno, con la base de cinco
millones trescientos uno
mil cuatrocientos cuarenta
y cinco colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del catorce de diciembre del dos mil veintiuno,
con la base de un millón setecientos
sesenta y siete mil ciento cuarenta y ocho colones con cincuenta y un céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Jennifre López Zúñiga. Expediente
N° 21-003421-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 16 de abril
del 2021.—Liseth Delgado Chavarría,
Juez/a Tramitador/a.—(
IN2021559347 ).
En este Despacho, con una base de quince mil sesenta
y un dólares con treinta y
dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo JMD500, marca Fiat, estilo 500 Pop, color
blanco, año 2017, vin
ZFA312000HJ580417, N. motor: 169A40001664759, combustible gasolina.
Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del veinte de julio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta
minutos del veintiocho de julio de dos mil veintiuno con la
base de once mil doscientos noventa
y cinco dólares con noventa y nueve centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del
seis de agosto de dos mil veintiuno
con la base de tres mil setecientos
sesenta y cinco dólares con treinta y tres centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Davivienda Costa Rica S.A. contra Deissy Johana Rivera Sánchez, expediente
N° 20-005714-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 18 de mayo del año
2021.—Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—(
IN2021559353 ).
En este Despacho, con una base de veintidós
millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número 259270, derecho 000, la cual
es terreno con una casa lote
2. Situada en el distrito: 05-Ipis, cantón: 08-Goicoechea, de la provincia
de San José. Colinda: al Norte Lote
1 con 17 m 45 cm; al sur lote 3 con 17 m 39 cm; al este Efraín Corrales Valerín y al oeste lote dest a calle
con 4m 81cm. Mide: setenta
y un metros con treinta y seis decímetros
cuadrados, plano:
SJ-0009337-1970 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del once de agosto de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintiuno, con la base de dieciséis
millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del treinta de agosto de dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
3-101-714562 Sociedad Anónima contra Estrella María
de Lourdes Chaves González Expediente
Nº:21-005469-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 12 de mayo del año 2021.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza
Tramitadora.—( IN2021559372 ).
En este Despacho, con una base de un millón
doscientos cuarenta y un
mil cuatrocientos trece dólares con cuarenta y nueve centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de San José (1), matrícula número 116042, derecho
000, la cual es terreno inculto con 1 casa. Situada: en el distrito
1-San Pedro, cantón 15-Montes de Oca, de la provincia de San José (1). Colinda:
al norte, Sucesión Luis Paulino Jiménez Montealegre; al
sur, Inversiones Lima S. A.; al este,
Nidia Lang González y José Hine García, y al oeste, calle pública. Mide: mil seiscientos noventa y ocho metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del dieciséis de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos
mil veintiuno, con la base de novecientos
treinta y un mil sesenta dólares con doce centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del primero de setiembre
del dos mil veintiuno, con la base de trescientos diez mil trescientos cincuenta y tres dólares con treinta y siete centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir
algún error lo comunicará
al despacho de inmediato
para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
3101548425 S.A. contra José María de Ureña González
del Valle, Veintiocho de Octubre
Sociedad Anónima. Expediente
N° 20-013477-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de
mayo del 2021.—Lic. Audrey Abarca
Quirós, Jueza Decisora.—( IN2021559391).
En este Despacho, con una base de cuatro millones doscientos ochenta y un mil quinientos diecisiete colones con setenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
378-07484-01-0955-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 123447-000, la cual es terreno para construir lote 25 B. Situada: en el distrito:
01-El Tejar, cantón: 08-El Guarco, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte,
Humberto Ortiz Leiva; al sur, Guarcoco
S. A.; al este, calle pública con 11
m 70 cm, y al oeste, Humberto Ortiz Leiva. Mide: ciento
treinta y ocho metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del cinco de julio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del trece de julio del dos mil veintiuno, con la base de tres millones doscientos once mil ciento treinta y ocho colones con treinta y tres céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil veintiuno, con la base de un millón
setenta mil trescientos setenta y nueve colones con cuarenta y cuatro céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Durman Édgar de Los Ángeles Martínez Montoya. Expediente N° 20-005339-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, hora y fecha
de emisión: doce horas con
quince minutos del seis de mayo del dos mil veintiuno.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2021559444 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones ciento ochenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y cinco colones con setenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 316-07805-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 386510-000,
derecho, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito
4-Bijagua, cantón: 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Resto de Edwin Guzmán Castro; al sur, calle pública a Upala con un frente de 8,07 metros; al este,
Resto de Edwin Guzmán Castro; y al oeste, Resto de
Edwin Guzmán Castro. Mide: doscientos
seis metros con sesenta y tres
decímetros cuadrados.
Plano: A-0655486-2000. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas cero minutos del dieciséis
de julio del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del veintisiete
de julio del dos mil veintiuno
con la base de seis millones ciento
treinta y ocho mil trescientos setenta y un colones con setenta y ocho céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del cinco de agosto del dos mil veintiuno con
la base de dos millones cuarenta
y seis mil ciento veintitrés
colones con noventa y tres céntimos (25% de la base
original). Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Álvaro
Gerardo Madrigal Chaves, Yamileth Chaves Salazar. Expediente N° 20-001992-1202-CJ.—Juzgado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, 03 de noviembre del 2020.—Eunice Pérez
Arce, Jueza Decisora.—(
IN2021559446 ).
En este Despacho, 1. con una base de cuarenta
y cuatro millones ochocientos sesenta y tres mil ochocientos veinte colones con trece céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas 0387-00009277-01-0826-001, servidumbre
de paso citas 0571-00080382-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido
de Guanacaste, matrícula número
ciento cincuenta y siete mil cuatrocientos veintisiete, derecho 000, la cual
es terreno de potrero.- Situada
en el Distrito Santa Cruz, Cantón Santa Cruz, Provincia
Guanacaste. Colinda: Noreste
Fanny Juliana Rodríguez Rodríguez; noroeste calle pública con un frente a ella de 33 metros 07 centímetros lineales; sureste Carlos Alberto Urbina Núñez
y suroeste José Ángel
Gutiérrez Gutiérrez. Mide cinco mil metros con cero decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintidós de julio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del tres de agosto de dos mil veintiuno con la base de treinta
y tres millones seiscientos cuarenta y siete mil ochocientos sesenta y cinco colones con diez céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del once de agosto de dos
mil veintiuno con la base de once millones
doscientos quince mil novecientos
cincuenta y cinco colones con tres céntimos (25% de la base original). 2. Con una base de dieciséis millones novecientos cincuenta y siete mil seiscientos veintiún colones con cincuenta y seis céntimos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas 0387-00009277-01-0826- 001, servidumbre
de paso citas 0571-00080382-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido
de Guanacaste, matrícula número
ciento cincuenta y siete mil cuatrocientos veintiocho, derecho 000, la cual
es terreno de potrero. Situada
en el Distrito Santa Cruz, Cantón Santa Cruz, Provincia
Guanacaste. Colinda: Noreste
Fanny Juliana Rodríguez Rodríguez y servidumbre de paso con un frente
de 7 metros; noroeste Fanny Juliana Rodríguez Rodríguez; sureste Edwin Viales y suroeste José Ángel Gutiérrez Gutiérrez. Mide cinco mil metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintidós de julio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del tres de agosto de dos mil veintiuno con la base de doce millones setecientos dieciocho mil doscientos dieciséis colones con diecisiete céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del once de agosto de dos mil veintiuno con
la base de cuatro millones doscientos treinta y nueve mil cuatrocientos cinco colones con treinta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carlos
Alberto Urbina Muñoz. Expediente Nº:18-002676-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 05 de mayo del año
2021.—Licda. Zary Navarro
Zamora. Jueza Tramitadora.—( IN2021559447 ).
En este despacho, con una base de treinta
millones ochocientos veintinueve mil novecientos dieciocho colones con veinticuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas ley de caminos bajo citas: 2017-00419872-01-0010-001, reservas
ley forestal bajo cita:
2017-00419872-01-0011-001 y reservas ley aguas bajo cita: 2017-
00419872-01-0012-001, uso de suelos
ley 7779 bajo cita: 2017-00419872-01-0013-001; sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número
164637, derecho 000, la cual es terreno
potrero, casa y construido. Situada
en el distrito
01 Matina, cantón 05 Matina, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, línea férrea;
al sur, Vicente Palmer Scott; al este, calle pública y Ademar Céspedes Arias y al oeste, canal.
Mide: Siete mil trescientos cuatro metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del tres de agosto de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del once de agosto de dos mil veintiuno con
la base de veintitrés millones
ciento veintidós mil cuatrocientos treinta y ocho colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintiuno con
la base de siete millones setecientos siete mil cuatrocientos setenta y nueve colones con cincuenta y seis céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Milem Dinorah NG Umaña. Expediente N° 19-008325-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 15 de abril del año 2021.—Carlos Soto Madrigal, Juez
Decisor.—( IN2021559448 ).
En este Despacho, con una base de noventa
y dos mil doscientos ochenta
y un dólares con treinta y ocho centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando: reservas y restricciones citas:
333-07840-01-0900-001; sáquese a remate la finca del
Partido de Alajuela, matrícula número
trescientos setenta y nueve mil doscientos cuarenta y dos, derecho cero cero
cero, la cual es terreno: terreno de patio, solar
y una casa. Situada en el distrito 1-Upala, cantón 13-Upala de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte:
José Matías
Acevedo Oquendo; al sur: Fernando Acevedo Hurtado y Wadner
Acevedo Hurtado; al este: José Matías Acevedo Oquendo; y al oeste. calle pública con 35.21 metros. Mide: mil seiscientos cinco metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veintiocho de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del ocho
de marzo de dos mil veintidós,
con la base de sesenta y nueve
mil doscientos once dólares
con cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintidós, con
la base de veintitrés mil setenta
dólares con treinta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Andrés Alejandro
Acevedo Herrera. Expediente N° 17-013569-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: catorce horas con seis minutos del once de mayo del dos mil veintiuno.—Michelle Allen Umaña, Jueza Decisora.—(
IN2021559449 ).
En este Despacho, con una base de tres millones seiscientos sesenta y cuatro mil novecientos dos colones con sesenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 398742-000,
la cual es terreno de solar
con una casa. Situada en el distrito 1-Orotina, cantón 9-Orotina de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte:
Jacinto Vargas Bejarano; al sur: servidumbre
de paso; al este: Aurora Vargas Bejarano;
y al oeste: calle pública. Mide: trescientos once metros con
cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Plano:
A-0855494-2003. Para tal efecto
se señalan las catorce
horas cero minutos del veintiuno
de marzo de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del veintinueve
de marzo de dos mil veintidós,
con la base de dos millones setecientos
cuarenta y ocho mil seiscientos setenta y seis colones con noventa y ocho céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del seis de abril de dos
mil veintidós, con la base de novecientos
dieciséis mil doscientos veinticinco colones con sesenta y seis céntimos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Rolando
De Jesús Torres Alfaro. Expediente N° 19-008422-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y dos minutos del siete de junio del dos mil veintiuno.—Cinthia Pereza Moncada, Jueza Tramitadora.—( IN2021559450
).
En este Despacho, con una base de seis millones
doscientos ochenta y tres mil ciento cincuenta y nueve colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 0373-00010607-01-0937-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 364768-007-008,
la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito
11 San Sebastián, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, lote 17-E; al
sur, lote 18; al este,
Alberto Abdelnour, y al oeste,
resto y lote 8. Mide: ciento quince metros con diez decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del quince de noviembre
del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas cero minutos
del veintitrés de noviembre
del dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones setecientos doce mil trescientos sesenta y nueve colones con sesenta y seis céntimos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del dos
de diciembre del dos mil veintiuno,
con la base de un millón quinientos
setenta mil setecientos ochenta y nueve colones con ochenta y nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Municipalidad de San José contra Gustavo Adolfo Garbanzo Rodríguez, María Trinidad
Garbanzo Rodríguez. Expediente N° 16-026999-1012-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera,
07 de mayo del 2021.—Msc. Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—( IN2021559452 ).
En este Despacho, con una base de sesenta y
tres mil quinientos setenta y cinco dólares con setenta y siete centavos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de
Guanacaste, matrícula número 17221, derecho 000, la cual es terreno para
construir con 1 casa. Situada en el distrito Nicoya, cantón Nicoya, provincia
Guanacaste. Colinda: al norte, Virtelo Cascante
Ramírez; al sur, Juan López Zúñiga; al este, Danilo Rodríguez Rodríguez y al oeste, calle pública con 11.28 metros de frente.- Mide: cuatrocientos treinta y dos metros con
noventa y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas
treinta minutos del veintidós de julio de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del
tres de agosto de dos mil veintiuno con la base de cuarenta y siete mil
seiscientos ochenta y un dólares con ochenta y tres centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas treinta minutos del once de agosto de dos mil veintiuno con la base
de quince mil ochocientos noventa y tres dólares con noventa y cuatro centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular Y de
Desarrollo contra Eric Mauricio Villegas Quirós Y Familia Villegas Quirós de
Dulce Nombre de Nicoya S.A Expediente N°
19-005050-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), Hora y fecha de emisión:
dieciséis horas con ocho minutos del catorce de junio del dos mil
veintiuno.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza.—(
IN2021559453 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho
millones seiscientos ochenta y cinco mil doscientos trece colones con cuarenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre Reserv anotada al tomo 0363, asiento
00006565, secuencia 01-0861-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José folio real matrícula trescientos cuarenta y cinco mil doscientos noventa y uno-cero cero
uno y cero cero dos, la cual
es terreno para construir, lote sesenta y dos, con una casa
de habitación. Situada en el distrito
primero San Isidro, cantón 11 Vásquez de Coronado, de
la provincia de San José. Colinda:
al norte, calle; al sur, lote 22; al este, lote 63 y al oeste, lote 61. Mide: Ciento veinte metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos
del cuatro de agosto de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas cero minutos del doce de agosto de dos mil veintiuno con
la base de catorce millones
trece mil novecientos diez colones con once céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del veinte
de agosto de dos mil veintiuno
con la base de cuatro millones
seiscientos setenta y un
mil trescientos tres colones con treinta y siete céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alexis
Miguel del Carmen Salazar Obando, Elizabeth Solano Brenes. Expediente
N° 19-007361-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 08 de junio
del año 2021.—Esteban Herrera Vargas, Juez Tramitador.—( IN2021559454
).
En este Despacho, con una base de ciento diez millones setecientos
treinta y nueve mil colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas:
331-19766-01-0903-001, sáquese a remate la finca del partido de partido de Heredia, matrícula número105013-000, la cual
es terreno para contr. con 1 casa lote
8. Situada en el distrito: 04-Ángeles, cantón: 05-San Rafael, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte,
Trucha Arco Iris Limitada; al sur, calle pública con 20m; al este, Olga
Vera Rodríguez Jiménez y al oeste, Daniel Chavarría Chaves. Mide: setecientos sesenta y nueve metros con catorce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del diecinueve de julio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del veintisiete de julio
de dos mil veintiuno, con la base de ochenta y tres millones cincuenta y cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del cuatro de agosto de dos mil veintiuno, con
la base de veintisiete millones
seiscientos ochenta y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Y con una base de cuarenta y cuatro millones cincuenta y tres mil trescientos cuarenta y siete colones con cincuenta y cinco céntimos, sáquese a remate la finca del partido
de Heredia, matrícula número
151304-000, la cual es terreno
lote B-33 terreno para construir. Situada en el distrito:
03-Santiago, cantón: 05-San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, lote B 22; al sur, calle pública; al este, lote B 34 y al oeste, lote B 32. Mide: ciento cincuenta metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados, para lo cual se señalan las catorce horas treinta minutos del diecinueve de julio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintisiete de julio de dos mil veintiuno, con la base de treinta
y tres millones cuarenta mil diez colones con sesenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del cuatro de agosto de dos mil veintiuno, con
la base de once millones trece
mil trescientos treinta y
seis colones con ochenta y nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Henry Rafael Álvarez Álvarez, Inversiones Merka S. A. Expediente Nº 20-012060-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, hora y fecha de emisión:
doce horas con un minuto
del nueve de junio del dos
mil veintiuno.—Licda.
Noelia Prendas Ugalde, Jueza
Tramitadora.—( IN2021559479 ).
En este Despacho, con una base de ochenta y
siete mil ciento sesenta y siete dólares con cuarenta y cuatro centavos, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
325-13040-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 130978-F, derecho 000, naturaleza: filial número 14 ubicada en
el primer nivel destinada para uso habitacional-residencial en proceso de
construcción; situada en el distrito 10-Desamparados; cantón 1-Alajuela de la
provincia de Alajuela; Linderos: noreste, área común libre área verde;
noroeste, área común libre de patio; sureste, área común libre área verde y
filiales P 33 y P 34; suroeste: área común construida pasillo y escalera; Mide:
ochenta y un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del
uno de marzo de dos mil veintidós con la base de sesenta y cinco mil
trescientos setenta y cinco dólares con cincuenta y ocho centavos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las once horas treinta minutos del nueve de marzo de dos mil veintidós con la
base de veintiún mil setecientos noventa y un dólares con ochenta y seis
centavos (25% de la base original). Con una base de nueve mil quinientos
sesenta y siete dólares con dieciséis centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
325-13040-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 131143-F, derecho 000, naturaleza: filial número P-39
destinada para uso de parqueo en proceso de construcción; situada en el
distrito 10-Desamparados; cantón 1-Alajuela de la provincia de Alajuela;
Linderos: noreste, filial P-38; noroeste, área verde; sureste, acera; suroeste,
filial P-40; Mide: catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
once horas treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos
del uno de marzo de dos mil veintidós con la base de siete mil ciento setenta y
cinco dólares con treinta y siete centavos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas
treinta minutos del nueve de marzo de dos mil veintidós con la base de dos mil
trescientos noventa y un dólares con setenta y nueve centavos (25% de la base
original). Con una base de nueve mil quinientos sesenta y siete dólares con
dieciséis centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada citas: 325-13040-01-0003-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula número 131137-F, derecho 000, naturaleza:
filial número P-33 destinada para uso de parqueo en proceso de construcción;
situada en el distrito 10-Desamparados; cantón 1-Alajuela de la provincia de
Alajuela; Linderos: noreste: filial P-32; noroeste: filial 14; sureste: acera;
suroeste: filial P-34; Mide: catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las once horas treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas treinta minutos del uno de marzo de dos mil veintidós con la base de
siete mil ciento setenta y cinco dólares con treinta y siete centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las once horas treinta minutos del nueve de marzo de dos mil veintidós
con la base de dos mil trescientos noventa y un dólares con setenta y nueve centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Carlos Jose Arce Mora. Expediente N°
20-012606-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: doce horas con
cuarenta y cuatro minutos del once de Mayo del dos mil veintiuno.—MSc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—(
IN2021559480 ).
En este Despacho, con una base de dos millones
ciento treinta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: 612224, marca: Honda, estilo: CRV, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
serie: JHLRD2846WC016583, carrocería:
todo terreno 4 puertas, tracción: 4x2, número chasis: JHLRD2846WC016583,
año fabricación: 1998,
color: azul, N° motor: B20B43045904, marca: Honda, N° serie: no indicado, modelo:
no indicado, cilindrada:
2400 C.C, cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del cinco de agosto del dos mil veintiuno, con la base de un millón
quinientos noventa y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del trece de agosto del dos mil veintiuno, con la base de quinientos
treinta y dos mil quinientos
colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Alexander Jesús Salas González contra Jeison Antonio Quirós Rodríguez. Expediente N° 21-001339-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia, hora y fecha de emisión:
dieciséis
horas con dieciocho minutos
del veintisiete de mayo del dos mil veintiuno.—Jasmín Dyzet Núñez Alfaro, Juez/a Decisor/a.—( IN2021559526 ).
En este Despacho, con una base de un millón
de colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placas: 324913, marca: Toyota, estilo: Corolla
XLI, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas número chasis:
AE1113042573, valor Hacienda: 1,390,000.00, año fabricación: 1999. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará
a las diez horas treinta
minutos del veinticuatro de
agosto de dos mil veintiuno
con la base de setecientos cincuenta
mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del uno de setiembre de
dos mil veintiuno con la base de doscientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Luis Alberto Barrantes
Alfaro contra Carlos Luis de la Trinidad Vega Barrantes,
Yina Alejandra Navarro Montero, expediente
N° 20-001751-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, hora y fecha
de emisión: veintiuno horas
con diez minutos del catorce de junio del dos mil veintiuno.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza
Tramitadora.—( IN2021559527 ).
En este Despacho, con una base de dos millones
cincuenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas número BLX806. Marca Suzuki. Estilo
Grand Vitara. Categoría automóvil. Capacidad
05 personas. Año 2006.
Color plateado. Vin JS3TE944964100178. Cilindrada 2700 c.c. Combustible gasolina.
Motor Nº H27A164792. Para tal efecto
se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del
once de agosto del dos mil veintiuno
con la base de un millón quinientos
cuarenta y un mil doscientos
cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil veintiuno con
la base de quinientos trece
mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Alexander Jesús Salas González contra Wilghen
Arturo Barrientos Contreras. Expediente N°
21-001340-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, hora
y fecha de emisión: diez horas con dieciocho minutos del dos de junio del dos
mil veintiuno.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2021559529
).
En este Despacho, con una base de dos
millones ciento treinta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo 612224, marca: Honda Estilo: CRV categoría:
automóvil capacidad: 5 personas, serie: JHLRD2846WC016583 carrocería: todo
terreno 4 puertas tracción: 4X2 número chasis: JHLRD2846WC016583 año
fabricación: 1998 color: azul N. motor: B20B43045904 marca: Honda N. serie: no
indicado modelo: no indicada cilindrada: 2400 c.c
cilindros: 4 combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce
horas treinta minutos del veintisiete de julio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta
minutos del cinco de agosto de dos mil veintiuno con la base de un millón
quinientos noventa y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas treinta minutos del trece de agosto de dos mil veintiuno con la base de quinientos treinta y dos mil
quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Alexander Jesús
Salas González contra Jeison Antonio Quirós Rodríguez. Expediente N°
21-001339-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia,
hora y fecha de emisión: dieciséis horas con dieciocho minutos del veintisiete
de mayo del dos mil veintiuno.—Jasmín Dyzet Núñez
Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2021559530 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones trescientos diez mil doscientos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 262-03903-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 478261 001 Y
002, la cual es terreno lote 10 terreno para construir con una casa. Situada en el Distrito 1-Sarchi Norte, Cantón 12-Sarchi, de la Provincia
de Alajuela. Colinda: al norte
lote 5; al sur alameda; al este
lote 11 y al oeste lote 9. Mide: ciento
cincuenta y ocho metros cuadrados plano: A-1420667-2010.
Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos
del dieciséis de agosto de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del veinticuatro
de agosto de dos mil veintiuno
con la base de tres millones
doscientos treinta y dos
mil seiscientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
del uno de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de un millón setenta
y siete mil quinientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Municipalidad de Sarchí contra Christian Gerardo
Navarro Corrales, Liliana Hidalgo Salazar. Expediente
Nº:21-000687-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia. Hora y fecha
de emisión: once horas con treinta
y tres minutos del quince
de Junio del dos mil veintiuno.—Licda. Mileidy
María Calvo Quesada, Jueza Decisora.—( IN2021559596 ).
En este Despacho, con una base de $362,218.15 dólares
libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas ley forestal citas: 567-75436-01-0003-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 466363-000, la cual es terreno de pastos, charral y para construir. Situada en el distrito
1-Quesada, Cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, con Compañía Agrícola
Industrial Tapezco S. A., sur, con calle publica con 08 metros con 55 decímetros,
Hacienda Campo Real, Abel Jiménez Castro, José Ángel Benavides Araya, Rafael Quesada Ulate y Marcelino Salas Miranda, este, con quebrada San Pedro y en
parte con María Esther Rojas
Navarro, oeste, Con Hacienda Campo Real S. A. Mide: setenta mil siete metros cuadrados. Plano:
A-1389197-2009. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas treinta minutos del veinte de setiembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del veintiocho de setiembre del dos
mil veintiuno, con la base de $271.663,61 dólares (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del seis de octubre del
dos mil veintiuno, con la base de $90.554,54 dólares (25% de la base original). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Aida Lina Obando Martínez contra CHCR
Ciudad Hacienda Campo Real S. A. Expediente Nº
20-003661-1202-CJ. Notas: Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 15 de diciembre del
2020.—Lilliam Álvarez Villegas, Juez/a Decisor/a.—( IN2021559603 ).
En este Despacho, con una base de seis millones
setenta y siete mil setenta y dos colones con setenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 257-06530-01-0901-001, servidumbre
dominante citas:
337-14007-01-0900-001 y servidumbre dominante citas:
371-17937-01-0005-001; sáquese a remate la finca del
Partido de Alajuela, matrícula número
trescientos trece mil cuatrocientos veinticinco,
derechos 03, 04, 05 y 06, la cual es terreno naturaleza: lote 18-C, terreno para construir. Situada en el distrito
1-Alajuela, cantón 1-Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte: lote 17 C; al
sur: avenida 2 con un frente
de 16,94 metros; al este: calle
2 con frente de 03,80 metros; y al oeste: lote 1 C. Mide: ciento dieciséis metros con
dos decímetros
cuadrados. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del quince de noviembre
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas treinta minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno,
con la base de cuatro millones
quinientos cincuenta y siete mil ochocientos cuatro colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del quince de diciembre
de dos mil veintiuno, con la base de un millón quinientos diecinueve mil doscientos sesenta y ocho colones con dieciocho céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Asociación
Solidarista de Empleados de Boston Scientific de
Costa Rica S.R.L., contra Stephanie Paola Murillo Alfaro. Expediente
N° 19-006709-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 5 de abril del 2021.—Angie
Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—(
IN2021559606 ).
En este Despacho, con una base de tres millones veinticinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula N° 303.853-000, la cual es terreno construir. Situada en el
distrito 1-Quesada, cantón
10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Zoila Rosa
López Vargas y Marielos Quesada Solís ambos en parte; al sur, carretera nacional con un frente de 16,61
metros lineales; al este, Marielos Quesada Solís, y al oeste, servidumbre de paso con un frente
de 21,90 metros en medio Leonel López Vargas con salida a calle pública. Mide: trescientos veintiún metros con sesenta y seis decímetros cuadrados, plano: A-0209110-1994.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del once de febrero del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las ocho horas cero minutos
del veintiuno de febrero
del dos mil veintidós, con la base de dos millones doscientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del uno de marzo del dos
mil veintidós, con la base de setecientos
cincuenta y seis mil doscientos
cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Josué Pérez Calvo contra María De Los Ángeles
Cortes Zamora. Expediente Nº 20-007093-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 02 de marzo del 2021.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021559608 ).
En este Despacho, con una base de ocho
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas y restricciones citas: 0322-00005877-01-0908-001; sáquese a remate la
finca del partido de Limón, matrícula número setenta y cinco mil quinientos
cuarenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Lote tres.
Situada en el distrito 05 Duacari, cantón 06 Guácimo,
de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Amancio Torres Vega; al sur Roger
Elizondo Alfaro; al este, Amancio Torres Vega y al oeste, calle publica con
frente a esta de veintiún metros diecinueve decímetros lineales. Mide: mil
trescientos sesenta y tres metros con noventa y un decímetros cuadrados. Plano
L-0089818-1992. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del
veinte de julio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las once horas cero minutos del veintinueve de julio de dos mil
veintiuno con la base de seis millones de colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
once horas cero minutos del nueve de agosto de dos mil veintiuno con la base de
dos millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Heidy Corrales Navarro, Saul Retana Núñez.
Expediente N° 19-008722-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 09 de junio del año 2021.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez
Decisor.—( IN2021559609 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta
y seis mil cincuenta y dos dólares
exactos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Limón, matrícula número 1302-000, la cual es terreno inculto. Situada en el distrito
2-Batan, cantón 5-Matina, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte,
Reserva Indígena Nairi Awari; al sur, José Joaquín
Rodríguez Alvarado; al este, Sergio Esquivel Jiménez, calle pública con un frente a ella de 54 metros con 15 cms. lineales y Quebrada Surubre en medio y al oeste, José Joaquín Rodríguez Alvarado. Mide: un millón quinientos ochenta y dos mil sesenta y dos metros con cuarenta
y ocho decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del tres de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del
once de agosto de dos mil veintiuno
con la base de cuarenta y dos mil treinta
y nueve dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintiuno con
la base de catorce mil trece
dólares exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Juan Andrés Ripoll García Mansilla contra Costa
Rei-Crit Sociedad Anónima, Ilvo
Usai Usai. Expediente Nº 20-002003-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 30 de abril del año 2021.—Carlos Soto Madrigal, Juez
Decisor.—( IN2021559613 ).
En este despacho, se señalan las siete horas treinta minutos del doce de noviembre de dos mil veintiuno,
con una base de veinticuatro millones
novecientos doce mil cuarenta y cinco colones con setenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
ciento noventa y seis mil seiscientos noventa y dos,
derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar 5 A-uno situada en el
distrito: 03-Aguabuena cantón:
08-Coto Brus de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Arali S. A., sur, Arali S. A. este, Arali S. A., oeste. calle pública.
Mide: setecientos siete metros cuadrados plano: P-1685587-2013. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
siete horas treinta minutos del veintidós de noviembre de dos mil veintiuno,
con la base de dieciocho millones
seiscientos ochenta y cuatro mil treinta y cuatro colones con treinta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del dos de diciembre de
dos mil veintiuno, con la base de seis millones doscientos veintiocho mil once colones con cuarenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Elsiel Verónica Zúñiga Araya. Expediente N°
21-000010-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro de Golfito, hora y fecha
de emisión: ocho horas con cuarenta y siete minutos del diez de junio del dos mil veintiuno.—Lic. Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez
Tramitador.—(
IN2021559615 ).
En este Despacho, con una base de dos millones
doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa:
BHG744, marca: Toyota, estilo:
Echo, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, año:
2001, color: blanco, cilindrada:
1500 c.c., combustible: gasolina, chasis:
JTDBT123910102895, número de motor: 1NZ1470616. Para tal efecto se señalan
las ocho horas treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del cinco de agosto del dos mil veintiuno con la base de un millón
seiscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del trece de agosto del dos mil veintiuno, con la base de quinientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Oldemar Santamaría Alfaro contra Mayerling
Porras Ugalde. Expediente Nº 20-000312-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 19 de mayo del 2021.—Lic. Verny Arias Vega, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021559617 ).
En este Despacho, con una base de cien
mil dólares exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando condiciones ref:00016699 000 citas:
350-13522-01-0912-001, plazo de convalidación (rectificación de medida)
citas: 2016-419319-01-0005-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 50582, derecho
000, la cual es terreno de palma. Situada en el distrito:
02-Savegre, cantón: 06-Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, Arnuldo Ramírez Zeledón,
Gerardo Carmona Torres, Silver Arroyo Madrigal, Manuel Braganza Braganza, Víctor Hugo Román Alfaro; al sur,
Arnulfo Ramírez Zeledón,
Víctor Hugo Román Alfaro y calle pública; al este,
Víctor Hugo Román Alfaro y al oeste, Arnulfo Ramírez Zeledón y
Gerardo Carmona Torres. Mide: ciento
treinta y dos mil cuatrocientos
cuarenta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil
veintiuno, con la base de setenta
y cinco mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del uno de setiembre de
dos mil veintiuno con la base de veinticinco
mil dólares exactos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
monitorio dinerario de Agrial del Pacífico Sociedad Anónima contra
Arnulfo Ramírez Zeledón,
Emilio José Ramírez Campos, expediente N° 19-000641-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: nueve horas con cincuenta y nueve minutos del nueve de junio del dos mil veintiuno.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—(
IN2021559618 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones setecientos sesenta y tres mil novecientos ocho colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BLH584, marca: Hyundai,
estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
año: 2007, color: plateado,
vin: KMHCN41CP7U135019, cilindrada: 1600 cc. Para tal efecto se señalan
las diez horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintiuno, con
la base de tres millones quinientos setenta y dos mil novecientos treinta y un colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del uno de setiembre de
dos mil veintiuno, con la base de un millón ciento noventa
mil novecientos setenta y siete colones exactos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Yarlin Arlette Trejos Jara contra
Marco Antonio Mora Mesén.
Expediente N° 17-014470-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 9 de junio del 2021.—Ximena
Lucía Jiménez Soto, Jueza Decisora.—(
IN2021559620 ).
En este Despacho, con una base de once millones
cuatrocientos setenta y cinco mil seiscientos once colones con cuarenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando tres servidumbre de paso; sáquese a
remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cincuenta mil doscientos setenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno de cultivos. Situada en el
distrito 7 San Isidro, cantón
2 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al este, Dagoberto Castro Chávez; noreste,
Denia María Castro Murillo y Donald Salazar Prado; noroeste, calle pública con 3 metros de frente; sureste, Luisa Alejandra Vindas
Angulo; suroeste, Dagoberto
Castro Chávez e Inmobiliaria Cascha
Occidental S. A. y servidumbre de paso en medio en parte.
Mide: mil setecientos ochenta y un metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos
del uno de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del nueve de setiembre de
dos mil veintiuno con la base de ocho
millones seiscientos seis
mil setecientos ocho colones con cincuenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
del veinte de setiembre de
dos mil veintiuno con la base de dos millones ochocientos sesenta y ocho mil novecientos dos colones con ochenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Francisca Zulay Quirós León contra Dagoberto Castro Chaves. Expediente
19-001223-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 20 de mayo
del año 2021.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza Tramitadora.—(
IN2021559622 ).
En este Despacho, con una base de doscientos
cuarenta y nueve mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Heredia, matrícula
número 216549-000, derecho 000, la cual es terreno de solar con una
casa. Situada en el Distrito Heredia, Cantón
Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte en parte Lázaro
Vargas Picado, Rodolfo Orozco Aguilar y servidumbre
de paso; al sur Río Burío; al este
en parte Río Burío y en parte
María Francisca Chaverri y al oeste
en parte servidumbre de paso, María Luisa Protti
Martinelli y Lázaro Vargas Picado. Mide: dos mil ciento noventa y un metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince
minutos del tres de marzo de dos mil veintidós con la
base de ciento ochenta y siete mil ciento veinticinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del
once de marzo de dos mil veintidós
con la base de sesenta y dos mil trescientos
setenta y cinco dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Proyecto El Barón Octavo
Sociedad Anónima, Rodolfo Antonio Orozco Loaiza. Expediente
Nº:19-011330-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia. Hora y fecha
de emisión: diecinueve
horas con treinta y dos minutos
del veintiséis de mayo del dos mil veintiuno.—Raquel
Priscilla Machado Fernández, Jueza Tramitadora.—( IN2021559624 ).
En este Despacho, con una base de quince millones
seiscientos siete mil ochocientos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas: 309-12916-01-0902-001), servidumbre
trasladada (citas:
330-13676-01-0902-001), servidumbre trasladada (citas:
345-13425-01-0900-001), servidumbre trasladada (citas:
390-03032-01-0900-001), servidumbre trasladada (citas: 390-03032-01-0910-001),
servidumbre trasladada
(citas: 390-03032-01-0911-001); sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos veintiséis mil dieciocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada: en el
distrito 6-San Isidro, cantón
1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 45 de Asociación Provivienda La Rotonda; al sur, lote 43 de Asociación Provivienda La Rotonda; al este, resto destinado a calle, y al oeste, Benigno Ocampo González. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del treinta de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas quince minutos del siete
de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de once millones setecientos
cinco mil ochocientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del dieciséis de setiembre del dos
mil veintiuno, con la base de tres
millones novecientos uno
mil novecientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido
a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Alajuela contra Alba María Morera Obregón. Expediente N°
18-030895-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 03 de febrero del 2021.—Msc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2021559627 ).
En este Despacho, con una base de once millones
doscientos trece mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca de primer grado citas: 572-65576-01-0004-00, hipoteca
de segundo grado citas: 575-44561-01-0001-001, servidumbre
de paso citas: 480-18917-01-0010-001, servidumbre de paso citas:
569-33915-01-0006-001, servidumbre de paso citas: 570-06415-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos treinta y dos mil novecientos ochenta y nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una
casa. Situada en el distrito: 01-Quesada, cantón: 10-San Carlos, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Jesús Alfaro Araya; al sur, Hernán Corrales Chaves;
al este, calle pública con frente 14 metros y al oeste, Hernán Corrales Chaves. Mide: trescientos setenta y tres metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas quince minutos del doce de julio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas quince minutos del veinte
de julio de dos mil veintiuno,
con la base de ocho millones
cuatrocientos nueve mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas quince minutos del veintinueve de julio de dos mil veintiuno, con
la base de dos millones ochocientos
tres mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
monitorio dinerario de Agroindustrial Proave Sociedad Anónima contra María Isabel Arce Villalobos. Expediente Nº 13-002614-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con veintiséis minutos del once de junio del dos
mil veintiuno.—Licda.
Michelle Allen Umaña, Jueza
Tramitadora.—( IN2021559629 ).
En este despacho, con una base de UD3.693,93 (tres
mil seiscientos noventa y tres coma noventa y tres unidades de desarrollo), libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
279-04684-01-0901-001 y servidumbre de oleoducto y de paso de RECOPE citas:
434-15441-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 163743-000, la cual es terreno para construir con una
casa. Situada en el distrito 1-Turrialba, cantón 5-Turrialba, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, Asociaciones de Desarrollo Integral de Santa Cruz de
Turrialba; al este, Asociaciones
de Desarrollo Integral de Santa Cruz de Turrialba y al oeste,
Asociaciones de Desarrollo Integral de Santa Cruz de
Turrialba. Mide: Doscientos
metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del dieciséis de julio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del veintisiete de julio de dos mil veintiuno con la base de UD 2.770,45 dos mil setecientos setenta coma cuarenta y cinco unidades de desarrollo (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del cinco de agosto de dos mil veintiuno con la base de ud923,48 novecientos
veintitrés coma cuarenta y ocho unidades de desarrollo (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Minor Edwin De Los Ángeles
Ramírez Centeno. Expediente N° 20-007838-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, hora y fecha de emisión:
doce horas con diecinueve minutos del quince de junio del
dos mil veintiuno.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2021559631
).
En este Despacho,
con una base de cinco millones
novecientos cuarenta y nueve mil trescientos ochenta y cuatro colones con un céntimo, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo TSJ-000264, marca:
Toyota, estilo: Yaris, categoría:
automóvil, capacidad: 5
personas, serie: MR2B29F35H1068382, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, número chasis: MR2B29F35H1068382,
uso: taxi, color: rojo,
vin: MR2B29F35H1068382. Para tal efecto
se señalan las nueve horas
cero minutos del once de agosto
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del diecinueve de agosto de
dos mil veintiuno con la base de cuatro
millones cuatrocientos sesenta y dos mil treinta y ocho colones con un céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintisiete de agosto de dos mil veintiuno con la base de un millón
cuatrocientos ochenta y siete mil trescientos cuarenta y seis colones exactos (25% de la base original). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Aarón Daniel Godínez Badilla. Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Expediente 19-000024-1764-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 10 de junio del año 2021.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza Tramitadora.—(
IN2021559632 ).
En este Despacho, con una base de tres millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula N° 266160, derecho 000, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito 14-Sarapiquí, cantón
1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Ganadera La Loma de San Miguel S A; al este,
Flora Jiménez Vásquez, y al oeste, Ganadera La Loma De San Miguel S A. Mide:
trescientos treinta y un
metros con veinte decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
quince minutos del uno de diciembre
del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las once horas quince minutos del nueve
de diciembre del dos mil veintiuno,
con la base de dos millones ochocientos
cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas quince minutos del diecisiete
de diciembre del dos mil veintiuno,
con la base de novecientos cincuenta
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Alejandro Otoya Barrantes. Expediente Nº
21-005144-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 04 de mayo del 2021.—German
Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2021559635 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho,
con una base de sesenta y tres
millones novecientos setenta y cuatro mil quinientos veintidós colones con cuarenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
525480-000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito
3-Sanchez, cantón 18- Curridabat,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Avenida Publica Nueve-A;
al sur, lote dos; al este, Urbanizadora La Laguna S. A. y al oeste,
Comercial Hacienda del Sol S. A. Mide:
trescientos cuarenta y cinco metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintisiete de setiembre de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del cinco
de octubre de dos mil veintiuno
con la base de cuarenta y siete
millones novecientos ochenta mil ochocientos noventa y un colones con ochenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del trece de octubre de dos mil veintiuno con la base de quince millones
novecientos noventa y tres mil seiscientos treinta colones con sesenta y dos céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Ericka De Los Ángeles
Aguilar Rodríguez, Manrique Alberto Porras Gómez, Tilino
Dos Mil Doce S. A. Expediente
N° 18-007580-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de
mayo del año 2021.—Jenny María Corrales Torres, Jueza Decisora.—( IN2021559701 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta
y cuatro mil dólares exactos (moneda de curso legal de los estados unidos), soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 349-06149-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 3292-F,
derecho-000, la cual es terreno
naturaleza: apartamento 1 destinado a habitación distrito: 1-San Pedro, cantón:
15-Montes de Oca, provincia: San José. Al norte, con 9m 65cm Dent e Hijos
S. A.; al sur, con 1m jardinera cn
8m dest parque; al este, con 4m 60cm patio luz 4m20 cm jardines;
y al oeste, cn 8m20cm zona
de parqueo 60cm parque. Mide: ochenta y dos metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas cero minutos del dieciséis
de agosto del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del veinticuatro de agosto
del dos mil veintiuno, con la base de treinta y tres mil dólares exactos (moneda de curso legal de los Estados Unidos) (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del uno de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de once mil dólares exactos
(moneda de curso legal de
los Estados Unidos) (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Agrícola
El Mesón
Esmeralda S. A. contra Bierra S. A., Oscar Abelardo
Ramírez González. Expediente N° 19-007398-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San
José, 10 de junio del 2021.—Licda.
Hellen Mora Salazar, Jueza Decisora.—( IN2021559704 ).
En este Despacho, con una base de veintiún
mil quinientos treinta y siete dólares con ochenta y seis centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placa: BJL582, Marca: Suzuki, estilo:
S Cross GLX, capacidad: 5 personas, año: 2016, color: café, Vin: TSMYA22S1GM221329, N°
Motor: M16A1926636, cilindrada: 1586 c.c.,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las
quince horas cero minutos del ocho
de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del veinte de setiembre de
dos mil veintiuno, con la base de dieciséis
mil ciento cincuenta y tres dólares con treinta y nueve centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del veintiocho
de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de cinco mil trescientos
ochenta y cuatro dólares con cuarenta y seis
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos de SJ
Sociedad Anónima contra Aldo Derico
Quesada Arce. Expediente Nº 18-005267-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y dos minutos del veintiocho de mayo
del dos mil veintiuno.—Lic.
Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2021559730 ).
En este Despacho, con una base de once mil ochocientos
sesenta y cinco dólares con ochenta y un
centavos, libre de gravámenes prendarios,
pero soportando denuncia de transito bajo las citas tomo: 0800, asiento:
00618611, secuencia: 001; sáquese
a remate el vehículo Placa: BJC206, Marca: Daihatsu, estilo:
Terios, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año: 2016,
color: plateado, Vin: JDAJ210G0G3011373, cilindrada: 1500 c.c., N° Motor: 2890851. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintiuno, con la base de ocho
mil ochocientos noventa y nueve dólares con treinta y cinco centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil veintiuno, con
la base de dos mil novecientos sesenta
y seis dólares con cuarenta
y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Nora
Isabel Medina Rodríguez. Expediente N° 21-004573-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 24 de abril del 2021.—Licda. Heilim María Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2021559731 ).
En este Despacho, con una base de tres
mil cuatrocientos treinta dólares con setenta centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BCV884, Marca: Fiat, estilo:
Línea
Dynamic, Categoría: automóvil, Capacidad:
5 personas, año fabricación:
2012, color: beige, cilindrada: 1368 c.c.,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las
quince horas cero minutos del dieciséis
de febrero de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del veinticuatro de febrero
de dos mil veintidós, con la base de dos mil quinientos setenta y tres dólares con tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del cuatro de marzo de dos
mil veintidós, con la base de ochocientos
cincuenta y siete dólares con sesenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Vivian
Melissa Cedeño Araya. Expediente N° 21-006369-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: diecisiete
horas con cincuenta y cinco
minutos del cuatro de junio del dos mil veintiuno.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—(
IN2021559732 ).
En este Despacho, con una base de ocho
mil seiscientos veintinueve
dólares con ochenta
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placas: BGR697, Marca:
Toyota, estilo: Yaris E, Categoría:
automóvil,
Capacidad: 5 personas, Serie: MR2BT9F39F1129761, carrocería:
Sedan, 4 puertas, tracción:
4x2, año fabricación: 2015,
color: blanco, N° motor: 1NZZ043996, cilindrada:
1500 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las nueve horas diez minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas diez minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno, con la base de seis mil cuatrocientos
setenta y dos dólares con treinta y cinco centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas diez minutos del dos de setiembre de
dos mil veintiuno, con la base de dos mil ciento cincuenta y siete dólares con cuarenta y cinco centavos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Óscar Mario Angulo Durán. Expediente
N° 21-005398-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de
mayo del 2021.—María Del Carmen Vargas González, Jueza
Decisora.—( IN2021559733 ).
En este Despacho, con una base de dos mil cuatrocientos
sesenta y nueve dólares con treinta y cinco centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placas 783648. Marca: Daihatsu estilo:
Terios, Categoría: automóvil Capacidad: 5 personas, tracción: 4x4, año fabricación: 2009, color: Blanco, Vin: JDAJ210G001088534, N.Motor: 2195320, cilindrada: 1495 c.c., cilindros:
4, combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de febrero de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintidós, con la base de mil ochocientos
cincuenta y dos dólares con
un centavo (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiocho de febrero de dos mil veintidós, con
la base de seiscientos diecisiete
dólares con treinta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Allan
Eduardo Vargas Chacón. Expediente
Nº:21-006368-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia. Hora y fecha
de emisión: dieciséis horas
con diecinueve minutos del ocho de junio del dos mil veintiuno.—Lic. German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2021559734 ).
En este despacho, con una base de un millón
doscientos treinta y cinco mil doscientos seis colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso; citas;2015-00558005-01-0002-001 y servidumbre de paso; citas;
2016-00687045-01-0004-001; sáquese a remate la finca
del partido de Guanacaste, matrícula
número doscientos diecinueve mil trescientos veinte, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito Sardinal, cantón Carrillo, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte,
Lilliam Bustos Mendoza; al sur, Lilliam Bustos Mendoza; al este,
servidumbre de paso con un frente
a la misma de diez punto setenta y cinco metros y al oeste, Lilliam Bustos Mendoza. Mide:
Doscientos cincuenta metros
con cero decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de julio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del tres de agosto de dos mil veintiuno, con la base de novecientos
veintiséis mil cuatrocientos
cuatro colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del once de agosto de dos mil veintiuno, con
la base de trescientos ocho
mil ochocientos un colones
con cincuenta céntimos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Instacredit S. A. contra Evelina Luz Gutiérrez Abarca. Expediente N°
18-002223-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 28 de abril
del año 2021.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—(
IN2021559765 ).
En este Despacho, con una base de catorce
mil ciento veintidós dólares con ochenta y un
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BLK029, Marca: Hyundai, Estilo:
Accent, Categoría: Automóvil,
Capacidad: 5 personas, Año:
2014, Color: Negro, Vin: KMHCU5AE3EU175721, Cilindrada:
1600 c.c., Combustible: Gasolina, Motor: No legible.
Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del veinte de julio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veintinueve de julio de dos mil veintiuno con la base de diez mil
quinientos noventa y dos dólares con once centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del seis de agosto de dos mil veintiuno con
la base de tres mil quinientos
treinta dólares con setenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Carrofacil de Costa Rica S. A. contra Jeffry Josué Montcalm Barboza. Expediente
N° 18-003682-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), catorce horas con treinta y ocho minutos del veintisiete de mayo del dos mil veintiuno.—Eileen
Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—(
IN2021559843 ).
En este Despacho, con una base de cuatro mil
ciento treinta y un dólares con setenta y tres centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando colisión de transito del Juzgado de Heredia, boleta N° 2017245700208, sumaria
N° 17-002595-0497-TR; sáquese a remate el vehículo placa.
833374, marca: Nissan, estilo:
Tida, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2010,
carrocería: Sedan, 4 puertas,
Hatcahback, color: gris, tracción: 4X2,
vin: 3N1BC1CDXZL162807, motor N° MR18509728H, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del veinte de julio de dos mil veintiuno. De no haber postores el segundo
remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil veintiuno, con la base de tres
mil noventa y ocho dólares con setenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del seis de agosto de dos mil veintiuno, con
la base de mil treinta y dos dólares
con noventa y ocho centavos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A.,
contra Roy Andrey Chinchilla Henríquez. Expediente N°
21-005564-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 19 de mayo del 2021.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2021559844
).
En este Despacho, con una base de ochenta
millones de colones exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (ley de informaciones
posesorias) bajo las citas:
2018-690979-01-0003-001, reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos, bajo las citas:
2018-690979-01-0004-001; Reservas Ley Caminos bajo
las citas: 2018-690979-01-0005-001; Reservas Ley Forestal bajo las citas: 2018-690979-01-0006-001; Reservas
Ley Aguas bajo las citas:
2018-690979-01-0008-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula
número 569053-000, la cual
es terreno de repastos. Situada en el
distrito: 11-Cutris cantón:
10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Xinia Eugenia Martinelli Marín y Adolfo Salazar Aguilar;
sur, María del Milagro Rojas González y Rosibel Arias
Cordero; este, Carretera Nacional con un frente de noventa y tres metros sesenta y un centímetros lineales, Rosibel Arias Cordero, Adolfo Salazar Aguilar y Ganadera Rojas Martinelli Sociedad Anónima;
oeste, Carlos Cordero Morales. Mide:
noventa y un mil ciento sesenta y un metros cuadrados.
Plano: A-1836758-2015. Para tal efecto,
se señalan las once horas cero minutos
del cinco de mayo de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del trece de mayo de dos mil veintidós,
con la base de sesenta millones
de colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del veintitrés
de mayo de dos mil veintidós, con la base de veinte millones de colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Dayane Ramón Villalobos González contra Agropecuaria
Tabique ERG SRL. Expediente
N° 21-002439-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con once
minutos del cuatro de junio del dos mil veintiuno.—Lic. Carlos Alonso Cascante Calvo, Juez
Decisor.—(
IN2021559868 ).
En este Despacho, con una base de quince
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas y restricciones bajo las citas: 325-15134-01-0902-001; sáquese a
remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 168.090-000, la cual
es terreno con 1 casa con 8 aptos. Situada en el distrito: 02-Florencia,
cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, Colegio Agropecuaria de Santa Clara; al este, Teresa Carvajal
Rojas y al oeste, Olman Corrales Porras. Mide: cuatrocientos cuarenta metros
con noventa y cinco decímetros cuadrados, plano: A-0985689-1991. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de octubre de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del doce de octubre de dos mil veintiuno, con la base de
once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve
horas treinta minutos del veinte de octubre de dos mil veintiuno, con la base
de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Víctor
Manuel Benavides Rojas. Expediente N° 20-004957-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, 17 de diciembre del 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez
Decisor.—( IN2021559871 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta
y ocho millones de colones (¢58.000.000,00), libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando afectaciones de citas 338-00925-01-0901-001 y advertencias
administrativas; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 35809, derecho 000, la cual
es terreno de Repasto. Situada en el
distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, Estero Zapote, al sur, calle
pública e Inversiones Piercito S. A., al este, Estero
Zapote y al oeste, Estero Minifiendo
la Palma y calle privada en medio Damaris González, para lo cual
se señalan las trece horas treinta minutos del dos de diciembre del dos mil veintiuno
(13:30 horas 02/12/2021). De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del nueve de diciembre del dos mil veintiuno (13:30 horas 09/12/2021) con la base de cuarenta y tres millones quinientos mil colones (¢43.500.000,00) (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del dieciséis de diciembre del dos
mil veintiuno (13:30 horas 16/12/2021) con la base de
catorce millones quinientos mil colones
(¢14.500.000,00) (25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
interdicto de Marina Linda Sociedad Anónima contra Sociedad Comercial
Altos y Bajo de Navarrito Sociedad Anónima. Expediente Nº
12-100024-0425-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo de Quepos (Materia Civil), 11 de junio del año 2021.—Licda. Aleyda Vargas López, Jueza Tramitadora.—( IN2021559888 ).
En la puerta
exterior de este despacho,
con una base de diez millones
cuatrocientos ocho mil seiscientos veinte colones con setenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa TSJ 004119, Marca:
Nissan, estilo: Tiida, Categoría:
automóvil, Capacidad: 5
personas, Serie: 3N1CC1AD2JK195186, carrocería: Sedan
4 puertas, tracción: 4x2, número chasis: 3N1CC1AD2JK195186,
año fabricación: 2018, uso: taxi, color: rojo, Vin:
3N1CC1AD2JK195186. N° Motor: HR16730700P motor Marca: Nissan, N° Serie: no indicado, motor modelo:
BDTALAFC11EJARA, cilindrada: 1598 c.c., cilindros: 4, potencia: 80 kw,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las
quince horas cero minutos del uno de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del nueve de setiembre de
dos mil veintiuno, con la base de siete
millones ochocientos seis
mil cuatrocientos sesenta y
cinco colones con cincuenta y seis céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del veinte
de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de dos millones seiscientos
dos mil ciento cincuenta y cinco colones con dieciocho céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra José Francisco de Los Ángeles
Méndez Corrales. Expediente 20-000631-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 07 de junio
del año 2021.—Licda. María
Sophia Ramírez Rodríguez, Jueza Tramitadora.—( IN2021559901
).
En este Despacho, con una base de ochenta
y tres mil novecientos cincuenta y ocho dólares con setenta y cinco centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas
0352-00005723-01-0900-001; sáquese a remate la finca
del partido de Cartago, matrícula
número 215952-000, la cual
es terreno para construir lote bloque 12-B. Situada en el
distrito 05 Concepción, cantón
03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 17-B; al este, lote 13-B y al oeste, lote 11-B. Mide: ciento sesenta y cuatro metros con cero decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas cero minutos del dieciséis
de julio de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del veintisiete de julio de
dos mil veintiuno con la base de sesenta
y dos mil novecientos sesenta
y nueve dólares con seis
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del cinco
de agosto de dos mil veintiuno
con la base de veinte mil novecientos
ochenta y nueve dólares con sesenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Alberto Antonio Martín Concepción del Niño Agüero
Echeverria contra 3101590986 S.A., expediente N°
20-007410-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, hora y fecha de emisión:
diez horas con veintiséis minutos
del siete de junio del dos
mil veintiuno.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2021559906
).
En este Despacho, con una base de ocho millones cuatrocientos treinta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Heredia, matrícula
número 241320, derecho 000, la cual
es terreno lote cuatro, terreno para construir. Situada en el distrito:
02-La Virgen, cantón: 10-Sarapiquí, de la Provincia de Heredia. Colinda: al
norte calle publica con un frente de 10 metros; al sur Jardín
del Río S.R.L.; al este María Luz Castro Rojas y al oeste
María Luz Castro Rojas. Mide: trescientos
veintisiete metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del veinticinco de noviembre
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del seis de diciembre de dos mil veintiuno,
con la base de seis millones trescientos
veintidós mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del catorce de diciembre de
dos mil veintiuno, con la base de dos millones ciento siete mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
María Luz Castro Rojas contra Finca La Cascada
Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Expediente Nº:19-006440-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 22 de abril del año
2021.—Lic. German Valverde Vindas,
Juez Tramitador.—( IN2021559942 ).
En este Despacho, con una base de siete
mil setecientos setenta y nueve dólares con ochenta y ocho centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas 832271, Marca:
Nissan, estilo: Murano, Categoría:
automóvil, capacidad: 5
personas, Serie: JN1TANZ51Z0101721, año fabricación: 2010, color: negro N° Motor: VQ35400056C, cilindrada: 3500 c.c., combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las dieciséis horas diez minutos del veintidós de julio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las dieciséis
horas diez minutos del tres de agosto del dos mil veintiuno, con la base de cinco
mil ochocientos treinta y cuatro dólares con noventa y un centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las dieciséis horas diez minutos del once de agosto del dos mil veintiuno, con
la base de mil novecientos cuarenta
y cuatro dólares con noventa y siete centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S.A. contra Gerardo
Emilio Chaves Ramírez. Expediente Nº 20-015580-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: once horas con seis minutos
del tres de junio del dos
mil veintiuno.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2021559944 ).
En este Despacho, con una base de sesenta
y cinco millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número doscientos veintinueve mil setecientos treinta y cinco, derecho 000, la cual es terreno galerón destinado a taller. Situada en el distrito:
01-San Pedro, cantón: 15-Montes de Oca, de la provincia de san José. Colinda: al norte, avenida 1; al sur, Avelino Sibaja
Prado con 13 metros con 81 centímetros; al este, Mireya Chinchilla Solano con 25 metros con 96 centímetros y al oeste, Familia
Martínez Diaz con 25 metros con 44 centímetros. Mide: Trescientos veintiún metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del diecisiete de setiembre de dos
mil veintiuno, con la base de cuarenta
y nueve millones doscientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas treinta minutos
del veintisiete de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de dieciséis millones cuatrocientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Pedro Chinchilla Solano, Silvia Viviana Chinchilla Sáenz. Expediente N°
18-007960-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 15 de junio
del año 2021.—Licda. María
Sophia Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021559945 ).
En este Despacho, 1)- Con una base de veintiocho
millones quinientos noventa y cuatro mil cuatrocientos ochenta y cuatro colones con siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos citas:
549-14506-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento cuarenta
y un mil seiscientos setenta
y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno apto para construir con una casa. Situada en el distrito:
07-Diría, cantón: 03-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Jorge Enrique Chavarría
Cubillo; al sur, Marcos Padilla Gudamuz;
al este, calle pública con
21.87 metros de frente y al oeste,
José Joaquín Cubillo Chavarría.
Mide: trescientos setenta y un metros con tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del catorce de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil
veintiuno, con la base de veintiún
millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil ochocientos sesenta y tres colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de siete millones
ciento cuarenta y ocho mil seiscientos veintiún colones con dieciocho céntimos (25% de la
base original). 2)- Con una base de dieciocho millones cuatrocientos cinco mil quinientos quince colones con noventa y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Guanacaste, matrícula número
noventa y tres mil trescientos treinta y seis,
derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito:
07-Diría, cantón: 03-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Nancy Cubillo Chavarría; al sur, Feliciano Chan Li y Marcos Padilla Guadamuz; al este, Alida María Chavarría Carrillo
y servidumbre de paso con un frente
a ella de 3,00 metros lineales y al oeste, María Dora
Ortega Ortega. Mide: doscientos ochenta y cinco metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del catorce de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil
veintiuno, con la base de trece
millones ochocientos cuatro mil ciento treinta y seis colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de cuatro millones
seiscientos uno mil trescientos
setenta y ocho colones con noventa y ocho céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra José Joaquín Cubillo Chavarría,
Natalia María Espinoza Marín, expediente N° 20-003922-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha
de emisión: siete horas con
treinta y tres minutos del treinta y uno de mayo
del dos mil veintiuno.—Lic.
Víctor Hannia Núñez
Rodríguez, Juez Tramitador.—( IN2021559946 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve
millones doscientos treinta y dos mil quinientos doce colones con cuarenta y seis céntimos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada citas 380-10581-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de limón,
matrícula número cuarenta y seis mil quinientos treinta y ocho, derecho cero cero cero, la cual
es terreno de solar con una casa. Situada
en el distrito
uno Guácimo, cantón seis Guácimo, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, Hayzel Orieta Fallas
Betancourt; al sur, Maricel Villarreal Soto; al este, Hacienda Las Delicias y al oeste, calle pública.
Mide: trescientos setenta metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados, Plano l-0862598-1989. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de julio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de julio de dos mil veintiuno, con la base de catorce
millones cuatrocientos veinticuatro mil trescientos ochenta y cuatro colones con treinta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del cinco de agosto de dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones ochocientos ocho mil ciento veintiocho colones con doce céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Félix Mario Quesada Villarreal,
Rita María Villarreal Soto. Expediente N°
19-009457-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 25
de mayo del año 2021.—Lic. Jeffrey
Thomas Daniels, Jueza Decisora.—( IN2021559948 ).
En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Limón, matrícula
número ciento veintitrés mil novecientos cuarenta y uno, derecho cero cero
cero, la cual es terreno lote Ñ6, terreno para uso agrícola. Situada: en el distrito:
05- Cariari, cantón 02-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote Ñ7 de Daube Ávila Céspedes;
al sur, lote Ñ5 de Daube Ávila Céspedes;
al este, lote Ñ4 de Daube Ávila Céspedes,
y al oeste, Compañía Bananera
TEL-AVIV S. A. Mide: veintidós mil setecientos
treinta y cuatro metros con
setenta y siete decímetros cuadrados. Plano: L-1191768-2007. Para tal
efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del treinta de julio del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del diez de agosto del dos mil veintiuno, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintiuno, con la base de dos millones
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mario Alberto de Jesús Solano Hernández contra William Ávila Céspedes. Expediente
N° 19-009516-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 31 de mayo del 2021.—Licda. Jeffrey Thomas Daniels, Juez
Decisor.—(
IN2021559958 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta
y un millones ochocientos veinticinco mil cuatrocientos noventa y siete colones con ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante (citas:
393-16662-01-0001-001), servidumbre de paso (citas: 429-05376-01-0005-001), servidumbre
de paso (citas: 546-05325-01-0001-001); sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
39951-F, derecho 001 y 002, la cual es terreno naturaleza: finca filial número doce terreno para construir que se destinara a uso habitacional y que podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el
distrito: 04-San Antonio, cantón:
01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, filial número 13, calle número uno con frente de 10.00
metros; al noroeste, filial número
13; al sureste, finca filial 11; y al suroeste: Guillermo Mata Segura y filial número 11. Mide: ciento sesenta y dos metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del doce de julio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta
minutos del veinte de julio de dos mil veintiuno, con
la base de treinta y un millones
trescientos sesenta y nueve mil ciento veintidós colones con ochenta y un céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del veintinueve de julio de dos mil veintiuno, con
la base de diez millones cuatrocientos cincuenta y seis
mil trescientos setenta y cuatro colones con veintisiete céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Elda Xiomara García Rivas. Expediente 19-011398-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de enero del año 2021.—M.Sc. Angie
Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2021560017 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil quince colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando: advertencia administrativa expediente N° 2018-834 RIM.-Resolución de
las 09:38 horas del 23 octubre del 2018; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
300970-000, la cual es terreno
de pastos con dos casas. Situada: en el
distrito: 02-San José, cantón: 01-Alajuela
de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Albina Cruz Bravo; sur, Albina Cruz Bravo; este, calle pública, y oeste,
Albina Cruz Bravo. Mide: trescientos
sesenta y cuatro metros con
setenta y dos decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del treinta y
uno de agosto del dos mil veintiuno,
con la base de trece millones
ciento trece mil once colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de cuatro millones
trescientos setenta y un
mil tres colones con ochenta y seis céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Roberto Francisco Piedra León. Expediente N° 18-032376-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de febrero del 2021.—Licda. Michelle
Allen Umaña, Jueza Decisora.—(
IN2021560026 ).
En este Despacho, con una base de noventa
y cinco millones seiscientos cincuenta y seis mil setecientos doce colones con cuatro céntimos, soportando hipoteca de primer grado bajo las
citas 572- 42001-01-0002-001, sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos noventa y ocho mil trescientos cincuenta y seis, derecho cero cero
cero, la cual es terreno plano. Situada en el
distrito San Isidro, cantón
Vázquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 52, de Urbanizadora Los
Alpes; al sur, lote 50, de Urbanizadora
Los Alpes; al este, Marcelo Mora Chaves, sucesión de Luis Montero; y al oeste,
calle pública con 21 m. Mide: mil trescientos setenta y ocho metros con veintiséis decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas veinte minutos del trece de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas veinte minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintiuno, con la base de setenta
y un millones setecientos cuarenta y dos mil quinientos treinta y cuatro colones con tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas veinte minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno, con
la base de veintitrés millones
novecientos catorce mil ciento setenta y ocho colones con un céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Franklin David de La Trinidad Rodríguez Blanco contra Marcelo Eduardo Mora
Chaves. Expediente 21-000154-1763-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 26 de abril del año 2021.—Licda. Heilim María Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2021560032 ).
En este Despacho, con una base de veinte millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 393-16114-01-0869-004; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 263.548-000, la cual es terreno para vivienda bloque KN 19 con dos casas. Situada en el distrito:
02-Buena Vista, cantón: 15-Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, lote 18; al sur, lote 20; al este, parcela 91 y al oeste, calle pública con un frente de 15
metros. Mide: seiscientos veintitrés metros con nueve decímetros cuadrados. Plano:
A-0008006-1991. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas
cero minutos del once de agosto
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del diecinueve de agosto de
dos mil veintiuno, con la base de quince millones seiscientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintisiete de agosto de dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones doscientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Luis Gerardo Aguilar Porras. Expediente
Nº 20-001687-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 04 de noviembre del año 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021560042 ).
En este Despacho, con una base de nueve millones doscientos cuarenta y siete mil ciento ochenta y seis colones con dos céntimos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placa. BSY103, Marca:
Hyundai, estilo: Avante, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: gris, número de chasis:
KMHD641LBHU202428, cilindrada: 1600 c.c., Para tal efecto se señalan
las once horas treinta minutos
del veintiuno de julio de
dos mil veintiuno. De no haber
postores el segundo remate se efectuará a las
once horas treinta minutos
del veintinueve de julio de
dos mil veintiuno, con la base de seis millones novecientos treinta y cinco mil trescientos ochenta y nueve colones con cincuenta y un céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del diez de agosto de dos mil veintiuno, con la base de dos millones
trescientos once mil setecientos
noventa y seis colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S. A., contra Marco Vinicio Agüero Aguilar. Expediente
N° 21-005687-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de
mayo del 2021.—Lic. Ricardo Barrantes
López, Juez Decisor.—( IN2021560043 ).
Se hace saber
que, ante este Despacho se tramita el expediente
N° 20-000338-0295-CI, donde se promueve
Información Posesoria por parte de Laura María Solano Araya quien
es mayor, estado civil casada,
vecina de Zarcero, Palmira,
portadora de la cédula número
0205740243, profesión administradora,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada
en la provincia de
Alajuela, la cual es terreno
de jardín con casa y patio. Situada
en el distrito
Palmira, cantón Zarcero. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con Eloy
Rojas Rojas; al este, con
Luz Mary Rodríguez Muñoz y al oeste, con José María Mora
Montero. Mide: trescientos treinta y un metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en reparación de cercas y limpieza del terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Laura María Solano Araya, expediente N° 20-000338-0295-CI-1. Nota:
publíquese este edicto en el
Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado
Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia civil),
11 de mayo del año 2021.—Licda.
Charling Johanna Vargas Valenciano, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021559806 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000100-0388-CI,
donde se promueve Información Posesoria por parte de Randall Andrés Angulo Angulo, quien es mayor, estado civil: soltero, vecino de Belén de Carrillo,
Guanacaste, de Soda Matapalo, trescientos
metros oeste, casa a mano izquierda,
portador de la cédula número
0502990384, profesión: misceláneo,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada
en la provincia de
Guanacaste, la cual es terreno
de solar. Situada: en el distrito cuarto,
cantón quinto de Carrillo. Colinda:
al norte, con Héctor Luis Sequeira Sandoval; al sur, con Andrés Angulo Contreras; al este, con calle pública, y al oeste, con José
David Angulo Ramírez. Mide: doscientos
diecisiete metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir G-2211977-2020 pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos
mil colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble G-2211977-2020, y
hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, chapeas
y arreglo de cercas. Que no
ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Randall Andrés Angulo Angulo. Expediente N°
21-000100-0388-CI-1.—Juzgado Civil de Santa
Cruz, 08 de abril del 2021.—Licda. Milkyan Sánchez
Aguilar, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021559865 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000038-0390-CI, donde se promueve
Información Posesoria por parte de María Jovita Espinoza Villalobos, quien es mayor, estado civil viuda, vecina de 200 metros este del Banco Nacional en Hojancha, portadora de la cédula número 0501090176, profesión ama
de casa, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de
Guanacaste, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito
primero-Hojancha, cantón Hojancha. Colinda: al norte, con Álvaro Cubero Arroyo; al sur, con calle pública con 17.70 metros lineales; al este, con calle pública con 16.09 metros lineales; y al oeste, con Eduvino Badilla Jiménez. Mide: doscientos noventa y dos metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir plano catastrado 22658-94, pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble por donación verbal que
le hizo su padre Telesforo Espinoza García, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en mantener la propiedad limpia, cercada, la he sembrado de frutales, y darle mantenimiento a una casa de habitación
que para cuando inició la posesión se encontraba en muy mal estado,
luego la demolió e hizo una construcción nueva. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por María Jovita Espinoza Villalobos. Expediente N° 21-000038-0390-CI-8.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya)
(Materia Civil), siete horas con cincuenta y tres minutos del treinta y uno de mayo
del dos mil veintiuno.—Lic.
David Alonso Abarca Campos, Juez.—1 vez.—(
IN2021559914 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000160-0386-CI, donde se promueve
Información Posesoria por parte de Blanca Rosa Altamirano Bonilla, quien es mayor, soltera, ama de
casa, de nacionalidad: nicaragüense,
con cédula de residencia número 155809534811, vecina de la provincia de
Guanacaste, La Cruz, Santa Cecilia, del antiguo Kínder 50
metros al este y 75 metros al sur, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Naturaleza:
terreno desolar construido. Situado: en el distrito
segundo: Santa Cecilia, cantón décimo: La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Mide: trescientos sesenta y nueve metros cuadrados, según plano catastrado N° 5-2200778-2020.
Linderos: norte, María de la
Cruz Hernández Chavarría; sur, María Isabel Víctor Víctor; este, servidumbre
de paso con un frente a ella de once metros con noventa y
nueve centímetros lineales, y al oeste, Maybeth de Los Ángeles Rodríguez Rodríguez y
Rita María Ruiz Bustos. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de dos millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compra-venta que, de manera verbal, le hiciera a la señora Victoria Justina Sánchez Delgado, cédula
de identidad número 501260349,
en el año
2003, quién a su vez tenía aproximadamente
40 años de ejercer la posesión en dicho
inmueble. Que dicha compa-venta fue ratificada mediante la escritura pública número 37, de las 13:00 horas del 26 de enero
del 2021, ante la notaria pública Ana Cecilia Rivas
Tinoco, y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Blanca Rosa Altamirano Bonilla. Expediente N° 21-000160-0386-CI-7. Nota:
Publíquese este edicto en el
Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia)
(Materia Civil), hora y fecha de emisión: trece horas con cinco minutos del nueve de junio del dos mil veintiuno.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021559947 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 18-000129- 0993-AG donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Elber
Gerardo Cubero Rodríguez quien es mayor, estado civil soltero, vecino de San
Jerónimo de Naranjo, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe
número 2- 0535-0723, profesión agricultor, Gerardo Cubero Barrantes quien es
mayor, estado civil casado una vez, vecino de San Jerónimo de Naranjo, portador
de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-0240-0736, profesión
agricultor, a fin de inscribir a sus nombres y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es bosque y
potrero. Situada en el distrito Las Rocas San Lorenzo, cantón San Ramón, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, calle pública con frente de 183.79
metros lineales; al sur, Kathia María González Paniagua y calle pública con
frente de 178.81 metros lineales; al sureste, Alpízar Alfaro de Centroamérica
S. A. y al noroeste, Gerardo Cubero Barrantes. Mide: ciento cuarenta y seis mil
seiscientos cincuenta y tres metros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado número A-2073050-2018. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra a la Suc. de Josefa Carrillo Solís por medio de su albacea
Carlos Luis Bastos Chavarría, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en deslindar, limpiar maleza y linderos. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Elber Gerardo Cubero Rodríguez y Gerardo Cubero Barrantes.- Expediente N°
18-000129-0993-AG.—Juzgado Agrario del Tercero Circuito Judicial de Alajuela
(San Ramón), San Ramón, 15 de junio del año 2021.—Lic. Ignacio Rodríguez
Sancho, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021559978 ).
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
20-000198-1520-AG, donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de: Elizabeth Del Rosario Martínez Guzmán, quien es mayor, soltera, agricultora, vecina de Alajuela, Upala, Pueblo Nuevo, portadora de
la cédula de identidad N° 2-0407-0463, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca cuya
naturaleza es terreno de cultivos. Situada en el distrito
San José, cantón Upala de
la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte: calle pública con un afrente de cuarenta y un metros y sesenta y cinco centímetros; al sur: Juan
Gabriel Saborío Miranda; al este:
Gerardo Calvo Navarro; y al oeste: Elizabeth Martínez
Guzmán y Henry Martínez Guzmán; suroeste: Gerardo
Calvo Navarro. Mide: cincuenta
y cinco mil seis metros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado
N° 2-2131702-2019. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en
la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación ,
y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 40 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en siembra de cultivos temporales y permanentes; árboles, maíz. frijol, arroz.- Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria a efecto de que dentro
del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria promovida por Elizabeth Del Rosario Martínez Guzmán. Expediente N° 20-000198-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, (Materia Agraria), 5 de abril del
2021.—Licda. Sussy María Gamboa Ramírez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021559990 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente Nº
21-000034-0993-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Félix Ángel Varela López, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de San Lorenzo, San
Ramón, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 2-0286-1283, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca cuya naturaleza es
potrero. Situada en el distrito Guadalupe, cantón Alfaro Ruiz, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública con frente de quinientos treinta y tres metros con veintiséis centímetros lineales; al sur, río Espino; al este,
Juan Vicente Rojas Vargas; y al oeste, calle pública con frente de doscientos ocho metros con veintinueve centímetros lineales. Mide: ochenta y un mil ciento setenta y cinco metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-927115-2004. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra a Hernán Solorzano Quesada hace más de cuarenta
años, y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de 40 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento de cercas, chapias, siembra de pasto y construcción de corral. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Félix Ángel Varela
López. Expediente 21-000034-0993-AG.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón), San Ramón, 04 de junio del año 2021.—Lic. Ignacio Rodríguez
Sancho, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021560013 ).
Se hace
saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Rodolfo Gerardo Elizondo Blanco, mayor, estado civil casado/a,
profesión u oficio ingeniero, nacionalidad costarricense, con documento de
identidad 0203650959 y vecino(a) de San Juan de Naranjo. Se indica a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Publíquese
una sola vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
21-000145-0295-CI-5.—Juzgado Civil y Trabajo De
Grecia (Materia Civil), hora y fecha de emisión: dieciséis horas con ocho
minutos del siete de Junio del dos mil veintiuno.—Msc.
Rafael Antonio Ortega Telleria, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021559649 ).
Se emplaza a interesados en sucesión extrajudicial en sede notarial de: Jarlin Chaves Cascante, quien fue costarricense, cédula Nº
502780703, casado de primeras
nupcias, vecino de Paraíso,
Tierras Morenas de Tilarán,
Guanacaste, falleció 28 de diciembre
del 2018, para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso en
resguardo de sus derechos, apercibidos
los que crean tener derecho
a la herencia, de que si no
se presentan en este plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio extrajudicial en sede de la notaría de María
Etelvina Arrieta Gutiérrez, notaria pública, Tronadora,
Tilarán, mearrietag@gmail.com. Expediente
Nº 0001-2021.—Tilarán,
17 de junio del 2021.—Licda. María Etelvina Arrieta Gutiérrez, Notaria.—1
vez.—( IN2021559650 ).
Por única vez, se cita y emplaza por el plazo de quince días naturales
a herederos y demás partes interesadas en el sucesorio
de quien en vida se llamó Ángel
Asdrúbal Ríos Barrantes,
mayor, casado una vez,
pensionado, portador de la cédula de identidad número cinco-cero doscientos cinco-cero novecientos sesenta y siete, vecino de Tempate, Santa Cruz
Guanacaste, quinientos metros al norte
y doscientos metros al este
de la Plaza de Deportes, casa esquinera,
Barrio Paraíso, fallecido el
día diecisiete de febrero
del año dos mil veintiuno,
a fin de que se apersonen a hacer
valer sus derechos o la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente número 001-2021. Lic. Rogelio
González Zúñiga, notario público, teléfono 2667-9502 y
8826-6746, correo: rgonzalez01@ice.co.cr.—Palmira
de Carrillo, Guanacaste, diecisiete de junio del año 2021.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario Público.—1 vez.—( IN2021559652 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial, de la causante: Mari de Los Ángeles Blanco Marín, quien en vida era mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San
José, Hatillo, y portadora de la cédula de identidad número: uno-trescientos dieciocho-ciento sesenta y seis, para que dentro del plazo
de treinta días, contados a
partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos; y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
01-2021. Notaría del Bufete
Stewart, ubicado en San
José, Los Yoses del Auto-Mercado 300 metros al sur y
150 al oeste. Promovido
por: Shaylem Rocío Robles Blanco.—Lic. Francisco Stewart Satchuell,
Notario.—1
vez.—( IN2021559680 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó:
María Olga Rivera Pineda, mayor, estado civil soltera, pensionada, costarricense, con documento de identidad N° 0700210536 y vecina
de Guadalupe, San José. Consulte con el administrador del PJVars. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000234-0181-CI-3.—Juzgado Segundo Civil
de San José, 26 de mayo del 2021.— Daniel Jiménez Medrano, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2021559683 ).
Ante la notaria. Lic. Audrys
Esquivel Jiménez, ubicada en
Santa Ana del Super Castrito cincuenta
metros al oeste y ciento setenta y cinco al norte, bajo el expediente cero tres-b-dos mil veintiuno, se tramita sucesorio en sede
notarial de quien en vida fue Esther María Delgado
Arias, mayor, cédula uno-mil ciento diecinueve-cero cero veintiocho, casada, médico, vecina de Santa Ana, por lo que se emplaza
por el plazo de quince días
a partir de la publicación
a herederos, acreedores y cualquier interesado a comparecer ante la notaria indicada,
transcurrido el plazo la herencia pasará a quien corresponda.—Santa Ana, primero de junio
del dos mil veintiuno.—Lic.
Audrys Esquivel Jiménez, Notario,
7981.—1 vez.—( IN2021559685 ).
Se hace saber que, ante esta notaría, se tramita proceso sucesorio notarial de: María Delia Villalobos Jiménez, mayor,
casada una vez, ama de
casa, vecina de Tibás, y cédula N° 3-0136-0411,
en el expediente
número cero cero uno-dos
mil veintiuno. Se cita a
los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados, para que, dentro del plazo
de quince días contados a partir
de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con apercibimiento
a quienes crean tener derecho a la herencia que, si no se presentan dentro del plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2021. Notaría del Lic.
Carlos Villalobos Rodríguez, en Goicoechea,
de los Tribunales de Justicia, 100 metros al sur, 75
metros al oeste.—Lic. Carlos Villalobos Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—( IN2021559721 ).
Por escritura pública
otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 10 de junio
del 2021, la señora Rosa María Solís Leitón, con cédula N° 9-0088-0865, me solicita que inicie el proceso
sucesorio en vía notarial de su esposo: Francisco Javier Sevilla Montero, quien en vida
tuvo la cédula N° 1-0453-0830. Por lo anterior se cita a
los herederos, legatarios,
e interesados para que se apersonen
ante mi notaría,
sita de la Gasolinera Matute Gómez 200 metros sur, 10 al este,
casa número 2110, telefax: 2257-0342, para que a partir del plazo de 15 días a partir de su publicación
se apersonen a hacer valer sus derechos y en caso de no hacerlo, la herencia pasará a quien corresponda.—Lic. José
Manuel Llibre Romero, Notario.—1 vez.—( IN2021559723 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión ab-intestado en sede
notarial de quien en vida fue Israel Rodríguez Mora, quien poseía la cédula número dos-cero doscientos cuarenta y nueve-cero ciento cuarenta y seis, soltero, Agricultor, vecino de Alajuela, San Ramón, Bajo Rodríguez, del Puente sobre el Río La balsa, Doscientos metros norte, para que
en el plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidades de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quienes corresponda, Expediente N° 0001-2021. Sucesorio
de Israel Rodríguez Mora.—Licda.
Evelyn María Ferreto Araya, Notaria.—1
vez.—( IN2021559735 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de César Jiménez Badilla, mayor, soltero, comerciante, vecino de Piedades Norte de San Ramón, cédula cinco-doscientos
cincuenta y cinco-novecientos
cincuenta y cinco para que
dentro del plazo de quince días, comparezcan
a reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0003-2019. Notaría del Bufete Steller Garro.—Lic. José Rafael Steller Garro, Notario Público.—1 vez.—( IN2021559741 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Eddy Mauricio
Quesada Rapso, a las diecisiete
horas del quince de junio del dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera
Jorge Quesada León, quien en
vida fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San José, San José, Moravia, San Rafael, del
Estadio Pipilo Umaña quinientos
metros al norte y veinticinco
metros al oeste, cédula de identidad
número cuatro- cero cero setenta y cinco-cero cuatrocientos noventa. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Andrés Elliot Sule, San José, Barrio Con Bosco, calle
treinta y dos avenida cuatro, Bufete Arroyo & Asociados. Teléfono 2222-6498.—Lic. Andrés Elliot Sule, Notario.—1 vez.—( IN2021559742 ).
Se cita y emplaza a
todos los interesados y herederos en la sucesión de
Jorge Arturo Agüero
Chaves, quien fue mayor, divorciado una vez, gerente, cédula número uno-cero cinco
uno tres-cero ocho dos siete, vecino de Tirrases de Curridabat de San José, Residencial
La Colina, casa M once, para que dentro del plazo de quince días, a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante esta notaría, en
defensa de sus derechos, apercibidos
de que si así no lo hicieren,
la herencia pasara a quien corresponda. Notario Público José Pablo Campos Mora, con oficina en San Juan de Tibás, de la Estación de Servicio
San Juan, cuatrocientos veinticinco
metros al oeste, a mano derecha.
Expediente número cero
uno-dos mil veintiuno.—San Juan de Tibás, diecisiete de junio de dos mil veintiuno.—Lic. José
Pablo Campos Mora, Notario.—1 vez.—( IN2021559745 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Peggy Vanessa
Hernández Ugarte, a las diez horas del diez de junio del dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento de Salvador
Antonio Hernández Ruiz, mayor, divorciado, pensionado,
con cédula de identidad número seis-cero ciento ocho-cero quinientos cincuenta y uno, vecino de Río Claro de Golfito, contiguo
a la Clínica
Yiret, esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo
de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como esta
lo ha indicado. Notaría de
la licenciada Yadira Reyes Wong, Ciudad Neily, Corredores, Puntarenas, frente al
Banco Nacional de Costa Rica.—Diez de junio del dos mil veintiuno.—Licda. Yadira Reyes Wong, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021559768 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial de Filiberto
Fonseca Romero quien fuera costarricense, mayor, casado una vez, vecino de Pérez Zeledón, San Pedro, Zapotal,
cédula N° 1-0339-0430, para que, dentro del plazo de
30 días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, ante la notaría
de la Msc. Annia Shirley Zúñiga Méndez, sita en Pérez Zeledón, 100 metros este y 25 metros sur de la Municipalidad. Se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia presentarse dentro del plazo, si no la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2017.—Msc. Annia
Shirley Zúñiga Méndez, Notaria.—1
vez.—( IN2021559773 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Milton Hugo Rocha Padilla, mayor, casado dos veces, comerciante, costarricense, con documento de identidad 0800640876 y vecino de
Buenos Aires de Palmares, Alajuela. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000111-0296-CI-4.—Juzgado
Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia
Civil), 04 de junio del año
2021.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(
IN2021559792 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Nicanor de Jesús
Cerdas Chavarría, mayor, estado civil viudo/a, profesión u oficio del hogar,
nacionalidad Costa Rica, con documento de
identidad 0500820082 y vecino de Puerto Cortés, Osa Puntarenas. Se indica a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000005-0423-CI-3.—Juzgado Civil, Trabajo y
Familia de Osa (Materia Civil), 07 de abril del año 2021.—Licda. Maureen
María Robinson Rosales, Jueza Decisora.—1 vez.—(
IN2021559795 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría, por los presuntos herederos, a las dieciséis horas del doce de junio del dos mil veintiuno, y comprobado el fallecimiento
de: Moisés de los Ángeles
Morales Valverde, quien en vida fue mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número uno-cero dos uno dos-cero nueve
uno cero, vecina de San José, Acosta, Guaitil, Coyolar, de la escuela un kilómetro al este, fallecido el día primero de noviembre de
mil novecientos setenta y
seis, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Elizabeth
Mora Ortega, San José, Aserrí, Barrio María Auxiliadora, calle El Encanto,
casa sesenta y nueve. Teléfonos: 72084585 / 83547463.—Licda. Elizabeth Mora Ortega, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021559809 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría, por Kimberly Tatiana López
Murillo, Jefferson José López Murillo y Brayan José López Murillo, a las diez horas del dieciséis de junio del dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento,
esta notaría declara abierto
el proceso sucesorio de quien en vida fuera
José Claudio López Salas, quien a su
muerte era soltero, vecino de Alajuela, Canoas, Proyecto Montes Cristal, cédula
de identidad número: nueve-cero siete seis-siete uno seis, fallecido el día 01 de febrero del dos mil
uno. Se cita y emplaza a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer
sus derechos.—Licenciada Ana
Patricia Alvarado López, Alajuela, El Coyol, Urbanización Sierra Morena, Lote
13-G.—Licda. Ana Patricia Alvarado López, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2021559813 ).
Se hace constar y avisa a cualquier tercero interesado, en los términos establecidos en el Código Civil y Código Notarial, que en
las notarías de los licenciados
Martín Ricardo Mesén Sibaja
y Alonso Fonseca Pión se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida fuera
el señor Hermes Rodríguez
Quirós, mayor, casado una vez,
agricultor, vecino de San
José, Hatillo Seis, Avenida Austria, Alameda A, casa número
cinco, portador de la
cédula de identidad número
dos-cero ciento cuarenta y cuatro-cero ochocientos treinta y cinco. Los interesados podrán apersonarse al proceso sucesorio bajo cualquier medio
legal en las Notarías indicadas o en la dirección Heredia, Santo Domingo, centro,
ciento cincuenta al sur de
la Escuela Félix Arcadio Montero Monge.—San
José, dieciocho de junio de
dos mil veintiuno.—Lic.
Alonso Fonseca Pión, Notario.—1 vez.—( IN2021559819 ).
Mediante acta de
apertura otorgada ante esta notaría, por Víctor Manuel Castillo Ceciliano,
María Eloísa Castillo González, Jostyn Duglas Castillo González, y José Alfonso
Castillo González, a las catorce horas del siete de mayo del dos mil veintiuno
y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida fue Carmen González Castillo, mayor,
que fuera casada una vez, ama de casa, cédula número ocho-cero sesenta y
cuatro-quinientos noventa y seis, vecina de Pérez Zeledón, Barrio Los Pinos,
setenta y cinco metros este del Templo Católico, fallecida el ocho de febrero
de dos mil veintiuno. Se cita y emplaza a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta notaría a aceptar la herencia y hacer valer
sus derechos. Notaría del Lic. Eduardo Román Gómez, en San Isidro de El
General, Pérez Zeledón doscientos metros norte de los Tribunales de Justicia,
Teléfono 2771-36-22. Expediente 0002-2021, sucesión en sede Notarial de Carmen
González Castillo.—siete de mayo de dos mil
veintiuno.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario Público.—1 vez.—( IN2021559854 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Virginia Flory Del Carmen Hernández Cordero, mayor, casada,
educadora, costarricense,
con documento de identidad
0400810829 y vecina de Cartago. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar lo que corresponda en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente
Nº:21-000382-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago. Hora y fecha de emisión: doce horas con uno minutos del tres de junio del dos mil veintiuno.—M.Sc. Alonso Oviedo Betrano, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021559857
).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio promovido por Kenia
Isabel Altamirano Ramírez (viuda), de quien en vida
se llamó Roger Arturo Castro Chaves, mayor, estado civil casado, inspector
del Ministerio de Trabajo, costarricense, cédula de identidad
N° 0203200917 y vecino de Puntarenas, Osa, Uvita, 200 mtrs este de las Cabinas La Rana Lodge. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contados
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 20-000060-0423-CI.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia de Osa (Materia civil), 14 de diciembre del año 2020.—Licda. Hazel Víctor Rodríguez, Jueza
Decisora.—1
vez.—( IN2021559861 ).
Se hace constar y avisa a cualquier tercero interesado, en los términos establecidos en el Código Civil y Código Notarial, que en
las notarías de los licenciados
Martín Ricardo Mesén Sibaja
y Alonso Fonseca Pión se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida fuera
la señora María Ulate
Montero, mayor, casada, del hogar,
vecina de Alajuela, San Mateo, Centro, portadora de la cédula de identidad
número dos-cero ciento sesenta y cuatro-cero doscientos cincuenta y nueve. Los interesados podrán apersonarse al proceso sucesorio bajo cualquier medio legal en las notarías indicadas o en la dirección Heredia, Santo
Domingo, Centro, ciento cincuenta
al sur de la Escuela Félix Arcadio Montero Monge.—San José, dieciocho de junio del dos mil veintiuno.—Lic. Alonso José Fonseca Pión, Notario.—1
vez.—( IN2021559864 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Luis Eduardo Vega Espinoza, mayor, estado civil casado, comerciante, costarricense, con documento de identidad 0206040561 y vecino de Upala. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente
Nº:21-000038-1143-CI-9.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala
(Materia Civil), 16 de mayo del año 2021.—Lic. Luis Adrián Rojas
Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2021559867 ).
Se hace constar y avisa a cualquier tercero interesado, en los términos establecidos en el Código Civil y Código Notarial, que en
la notaría del licenciado
Alonso Fonseca Pión, se tramitan
los procesos sucesorios acumulados de quienes en vida fueran
Ignacia Virginia de Jesús Berrios Arias, mayor, viuda
una vez, ama de casa, vecina
de San José, Central, Hatillo, Hatillo, portadora de
la cédula de identidad número
seis-cero cero cuarenta y dos-cero trescientos diecisiete, y de
Ramón Saturnino Germán Solano Calderón, mayor, viudo, comerciante, vecino de San José, Central, Hatillo, Hatillo, portador de la cédula de identidad
número uno-cero ciento setenta y seis-cero seiscientos setenta y seis. Los interesados podrán apersonarse al proceso sucesorio bajo cualquier medio legal en las notarías indicadas o en la dirección Heredia, Santo
Domingo, Centro, ciento cincuenta
al sur de la Escuela Félix Arcadio Montero Monge.—San José, dieciocho de junio de dos mil veintiuno.—Lic. Alonso Fonseca Pión, Notario Público.—1 vez.—( IN2021559870 ).
Sucesión Testamentaria
en Sede Notarial de Bertha
María Gómez Herrera. Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por la suscrita Marjorie
Fernández Vásquez, a las diecisiete
horas y treinta y seis minutos
del nueve de junio de dos
mil veintiuno y comprobado el fallecimiento de Bertha María Gómez Herrera, esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio testamentario. Se
cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República, tal como ésta
lo ha indicado. Notaría del
Lic. Marjorie Fernández Vásquez, San José, Barrio Escalante, de Intensa
50 sur. Teléfono 8696-6666.—Licda. Marjorie Fernández Vásquez, Notaria.—1 vez.—(
IN2021559878 ).
Se cita y emplaza a
todos los interesados en la sucesión de quienes en vida
fueron, José Francisco Alvarado Barrientos, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número uno-cero setenta y dos-trescientos cincuenta y dos, falleció el día dieciocho de junio del año mil novecientos noventa y uno, y María Teresa Chaverri
Fonseca, quien fue mayor, casada una vez, de ocupaciones de hogar, cédula de identidad número: dos-ciento tres-ciento doce, falleció el día veintitrés de agosto del dos mil uno, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar, sus derechos y se les apercibe
a todos los interesados que
de no apersonarse en el mencionado plazo
la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior
por ordenarse así en sucesorio número
cero cero cero cero cero dos-dos mil veintiuno, sucesión en sede notarial. Notaría de licenciada Grace Marie Robinson Arias, con oficina abierta en Limón, Siquirres, veinticinco metros al oeste de
Maxi Palí.—Siquirres, quince de abril del
dos mil veintiuno.—Licda.
Grace Marie Robinson Arias, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021559879 ).
Por solicitud de apertura de Proceso Sucesorio promovida por José Antonio Castillo Sagot,
mayor, casado en segundas nupcias, estadounidense, pensionado, pasaporte
de ese país 112527051, y con cédula N° 1-0334-0727, y
vecino de Ciudad Colón, Mora, San José, y comprobado el fallecimiento
de Shirley Álvarez, un solo apellido en razón de su
nacionalidad estadounidense,
mayor, casada una vez, ama
de casa, tarjeta de identificación
de los Estados Unidos de América A-5675-70889-45606,
y vecina de 808 West Grand Street, Elizabeth, New
Jersey, Estados Unidos de Norte América, fallecida el día 23 de noviembre de 2005. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo
de quince días naturales, contados a partir de esta publicación, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Licda. Gehasleane Rivera Campos.
San José, Desamparados, El Porvenir de la escuela 300 sur 30C. 8857-0863. Expediente
N° 0004 Año:
2021.—Licda. Gehasleane Rivera Campos, Notaria.—1
vez.—( IN2021559880 ).
Por solicitud de apertura de proceso sucesorio promovida por José Antonio Castillo Sagot,
mayor, casado en segundas nupcias, estadounidense, pensionado, pasaporte
de ese país 112527051, y con cédula N° 1-0334-0727, y
vecino de Ciudad Colón, Mora, San José, y comprobado el fallecimiento
de Joseph John Zahradnik, un solo apellido
en razón de su nacionalidad estadounidense, casado dos veces, pensionado, pasaporte N°
091170323, y de María Zahradnik, un solo apellido en razón
de su nacionalidad estadounidense, casada dos veces, pensionada, pasaporte N° 091170324, cédula N° 1-0163-0412, y ambos vecinos de San Francisco de Dos Ríos, Urbanización
el Bosque. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo
de quince días naturales, contados a partir de esta publicación, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Licda. Gehasleane Rivera Campos.
San José, Desamparados, El Porvenir de la escuela 300 sur 30C. 8857-0863. Exp. 0003. Año: 2021.—Licda. Gehasleane Rivera Campos, Notaria.—1 vez.—( IN2021559881 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría, por
Jenny Alejandra, José Antonio, Maritza de Los Ángeles,
Rafael Ángel, Yamileth de
Los Ángeles, Yorleni de Los
Ángeles todos de apellidos Arguedas Sáenz y Miriam
Sáenz Solís, a las diecisiete
horas del día once de junio del año
dos mil veintiuno, comprobado
el fallecimiento, esta Notaria declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera José Ángel Arguedas
Montoya, mayor, casado una vez,
pensionado, vecino de: Cartago, Concepción, La Unión,
Barrio Los Ángeles, de la Carnicería
Wey doscientos cincuenta
metros al este, en la calle sin salida la última casa, quien fue portador de la cédula de identidad número: tres-cero ciento cuarenta y dos-cero trescientos cincuenta y ocho. Se cita y emplaza a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Mariam
Mariela Vargas Alfaro, Notaria Pública con oficina abierta en San José, Curridabat, ciento cincuenta metros al oeste de
Plaza Cristal. Oficina Parabellvm
Abogados y Notarios. Teléfono
40012990.—Licda. Mariam
Mariela Vargas Alfaro, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2021559886 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Juan Isidro Cordero Solano, mayor, casado una vez, agricultor, costarricense, con documento de identidad N° 0302590820 y vecino
de La Florida, Siquirres. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000196-0930-CI-8.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de
la Zona Atlántica, 26 de mayo del 2021.—Lic. Ramón Meza Marín, Juez.—1 vez.—( IN2021559896 ).
Mediante escritura otorgada
ante la suscrita notaria, a las 8:00 horas del 27 de
mayo del 2021 se declare abierto proceso
sucesorio ab intestato en sede notarial del señor Gerardo González Ramírez, cédula de identidad número 1-308-736, se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y, en general, a todos quienes puedan resultar interesado o crean tener derechos en la sucesión extrajudicial en sede notarial o que puedan tener interés
en el presente
sucesorio, para que dentro del plazo
de quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe
a cualquier posible interesado que si no se presenta dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Los apersonamientos
y / u oposiciones se escucharán
en las oficinas en San José, calle 32, avenidas
3bis y 5, numero 334, al fax 2222-0006 o al correo electrónico caroili@vahoo.com.—San José, 17 de junio de 2021.—Licda. Sandra Echeverría Mesén, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021559899 ).
Con quince días plazo, contados
a partir de la fecha de publicación de este edicto, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó
Omer Gerardo Mora Solanos, quien en
vida fue mayor, casado una vez, pensionado, portador de la cédula de identidad número
uno-seiscientos noventa y siete-novecientos once, vecino de
San José, León Cortés
Castro, San Antonio, cincuenta metros al suroeste del EBAIS, a fin de que comparezcan
ante esta notaría a hacer
valer sus derechos, bajo el
apercibimiento de que en caso de no hacerlo, la herencia pasará a manos de quien o quienes hayan demostrado en el proceso
su legítimo derecho a heredar. Asimismo se le previene acerca del señalamiento de un medio (fax o correo
electrónico), para atender
sus futuras notificaciones,
apercibidos de que en caso de no hacerlo, o bien que el medio escogido imposibilite su notificación por causas ajenas a esta
Notaría, las resoluciones
que se dicten se les tendrán
por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Igualmente se les hace saber que,
de surgir controversia en relación a la tramitación de esta sucesión en esta
sede, se procederá a dar por terminado el proceso en
sede notarial, para su inmediata ‘remisión a la sede judicial. La dirección de esta notaría es en Aserrí, San José, frente a la Escuela Santa María, teléfono
número veintidós treinta-noventa catorce; expediente número cero cero nueve-dos mil veintiuno.—Aserrí, San José, doce horas del diecisiete de junio mil veintiuno.—Licda. Karina del
Carmen Badilla Abarca,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021559910 ).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Gilbert Mainor
Puentes González , quien fue
mayor, casado una vez,
Contador Público Autorizado
vecino de San Rafael de Moravia del Liceo de Moravia ciento setenta y cinco metros al oeste, provincia de San Jose,
cedula de identidad número
uno-cero cuatro siete
seis-cero seis uno cinco, para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este aviso, concurran a hacer valer sus derechos dentro
del proceso sucesorio en sede Notarial abierto ante el suscrito Notario, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo, la herencia pasara a quien corresponda.—San Jose, catorce de
junio del dos mil veintiuno.—Lic. Luis Palma León.—1 vez.—( IN2021559911 ).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Rita Rosalina del Socorro Gutiérrez Carvajal, mayor, estado
civil soltera, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad
N° 0300970975, y vecina de San José San Rafael de
Montes de Oca, Calle Salitrillo de la Iglesia Evangélica La Viña 75 mts noreste. Se indica a
las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días, contados
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000138-0182-CI-7.—Juzgado
Tercero Civil de San José, 07 de abril del año 2021.—Cynthia
Blanco Valverde, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2021559912 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó:
Mariano Hernández Mairena, mayor, estado
civil: soltero/a, profesión
u oficio: agricultor(a), nacionalidad: Costa Rica, con documento
de identidad N° 0203220345, y vecino(a)
de La Puebla de México de Upala. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
17-000046-1143-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala
(Materia Civil), 12 de noviembre del 2019.—José Francisco Azofeifa
Barrantes, Juez/a Tramitador/a.—1 vez.—( IN2021559937 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante la notaría de Mireya Padilla García, por Ana Eugenia Meléndez
Sánchez, a las diez horas, del nueve
de junio, del año dos mil veintiuno y, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera
María Eugenia Sánchez Calderón, cédula 1-0316-0942, viuda
una vez, del hogar, y José
Luis Meléndez Flores, cédula 1-0325-0901, casado una vez, quienes fueran
vecinos de San José, Desamparados, San Rafael Abajo,
Barrio la Gardenia, Calle Lared, doscientos
cincuenta metros al sur, setenta
y cinco al oeste del Motel
El Retiro. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de quince días, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la licenciada
Mireya Padilla García, correo electrónico
mirepadigar@gmail.com, fax 2271-009 y teléfono 2271-0070.—Licda. Mireya Padilla
García, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021559938 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría, por Neftalí Sandí Sandoval, cédula N° 1-0618-0600, a las 15:00 horas del
16 de junio del 2021 y, comprobado
el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera
Carlos Alberto Sandí
Sandoval, mayor, soltero, cédula de identidad N° 1-0550-0551, vecino
de San José, Ipís,
Goicoechea, Ciudadela
Rodrigo Facio, del Ticos Bar, ochenta
metros al sur. Se cita y emplaza
a todos los interesados
para que, dentro del plazo máximo
de quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Mireya
Padilla García, San José, Curridabat, teléfono 2271-0070, fax 2271-0009, correo
electrónico mirepadigar@gmail.com.—Licda. Mireya Padilla García, Notaria.—1
vez.—( IN2021559940 ).
Se emplaza herederos, legatarios, acreedores, y demás interesados en la sucesión del causante, Hernán Hernández Garro, mayor de edad, agricultor, casado una vez, cédula de identidad numero 1 0213 0584, vecino del
Llano de San Miguel de Desamparados, para que dentro del plazo
improrrogable de treinta
días, contados a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen ante mi notaría en defensa
de sus derechos, y dentro del Proceso Sucesorio en Sede
Notarial, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo,
la herencia pasará a quien por derecho corresponda. Así mismo debe señalar lugar o medio para escuchar notificaciones. Expediente sucesorio en Sede Notarial 00001-2021
R.V.P. Notaría del Lic.,
Roberto Valverde Pérez, Lagunilla, distrito Ulloa, Central, Heredia, 150 metros sur y 50
metros este del super AMPM.—San
José, 11 de junio del 2021.—Lic.
Roberto Valverde Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2021559943 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión José Mateo Arias
del CID, costarricense, quien
fue casado una vez, pensionado, cédula de identidad
número seis-cero noventa y ocho-mil setenta y cinco, quien fue
vecino de Coto sesenta y tres de Rio Claro,
Golfito, Puntarenas para que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos, que no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 2021-03. Notaría de Marco Vinicio Barrantes
Aguilar frente a la antigua
delegación de la fuerza pública de Río Claro, Guaycara,
Golfito, Puntarenas.—Lic.
Marco Vinicio Barrantes Aguilar, Notario.—1 vez.—( IN2021559951 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión Antonio Anavelio Hermes Aguilar Mora, mayor, casado
una vez, agricultor, cédula
de identidad número seis-ciento treinta y ocho-quinientos treinta y seis, quien fue vecino
de Conté de Golfito, Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos, y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos, que no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 2021-01. Notaría de
Carlos Andrés Díaz Montero, frente al gimnasio de la Escuela de Río Claro, Guaycará,
Golfito, Puntarenas.—Lic.
Carlos Andrés Díaz Montero, Notario.—1 vez.—( IN2021559952 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justicia, se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Jesús del Carmen Espinoza Álvarez mayor, estado civil casado profesión u oficio pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad
0500520483, en general a quienes
tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
20-000087-0419-AG.—Juzgado
Agrario de Corredores, diez horas y treinta minutos del catorce de junio dos mil veintiuno.—Licda. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021559988 ).
Se cita a los herederos, legatarios y acreedores, y en general a todos los interesados en el Proceso Sucesorio
de quien en vida se llamó Alexander Gerardo Berrocal Ramírez, cédula número
2-470-946, quien se desempeñaba
como chofer de autobuses, vecino de Ciudad Quesada, en
Linda Vista de La Tesalia, contiguo
a la escuela; para que dentro del plazo
de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a este Despacho en defensa de sus derechos, con el apercibimiento de que los que crean tener derechos a la herencia, de que si no se presentaran en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio Judicial
de Alexander Berrocal Ramírez. Expediente
Nº.21-000121-0297 CI. Promueve: Roxana Salazar Vargas.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 08 de junio
de 2021.—Licda. Ana Milena Castro Elizondo, Jueza Agraria.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021550024 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Aurora Luzmilda de La Trinidad Alfaro Brenes, mayor, casada una vez, ama de casa, costarricense, con documento de identidad número 0400590248 y vecina de San Pedro Montes de Oca. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente Nº 21-000243-0182-CI-0 Juzgado
Tercero Civil de San José, 04 de junio del año 2021.—Licda. Cynthia Blanco Valverde, Jueza.—1 vez.—(
IN2021560027 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Carlos Alberto Golden Facey, mayor, costarricense, casado una vez, vecino de Limón, barrio Limón 2000, calle
Ruth, 100 metros oeste de la Iglesia
La Biblia, casa de cemento, quien
fue titular de la cédula de identidad
N° 7-073-627. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto, expediente N°
21-000156-0678-CI-9.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 14 de junio del año 2021.—Licda.
Adriana Magally Jiménez Bonilla, Jueza
decisora.—1
vez.—( IN2021560037 ).
Se cita y emplaza a las personas
que, en carácter de causahabientes de José Federico Aguilar Tuna
con cédula de identidad número
1 1286 0692 y quien falleció
el 26 11 2016, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Expediente
N° 21-000648-0166-LA. Diligencias de Distribución de Prestaciones de la Persona Fallecida
José Federico Aguilar Tuna.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea,
10/06/2021.—M.Sc. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021560055
).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de la persona menor
de edad: Avril Mabel López Salazar, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se
contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 20-000603-0292-FA. Clase
de asunto: Actividad
Judicial No Contenciosa.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diecisiete horas y veintidós minutos del veintidós de abril
del dos mil veinte.—Msc. Francinni Campos León, Jueza.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021558708
). 3 v.
3.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de las personas menores de edad
William Jafet Martínez Gómez, y Erick Elean Bustamante Gómez, para que se apersonen
a este Juzgado
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Expediente N° 21-000581-0292-FA. Clase
de asunto Depósito Judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las dieciocho horas cincuenta y dos minutos del uno
de junio del dos mil veintiuno.—MSc.
Jenniffer de Los Ángeles
Ocampo Cerna, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021558741 ). 3 v. 3.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de las personas menores Joseph Andrey Aguilar Sánchez, Yoiner
Rubén Aguilar Sánchez, Joselin Liseth Aguilar Sánchez
y Jonhan Kaleth Aguilar
Sánchez, para que se apersonen a
este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente Nº 21-000140-0928-FA. Clase
de asunto: actividad
judicial no contenciosa depósito
judicial. Actor: Patronato Nacional de la Infancia. Contra: Elizabeth del Carmen Sánchez Núñez y José Antonio Aguilar Picado.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), a las catorce
horas nueve minutos del diecinueve de abril de dos mil veintiuno.—Lic. Luis Fernando Saurez Jiménez, Juez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021559072 ). 3
v. 2.
Se convoca por medio de edicto a todas aquellas personas que tuvieran
derecho a la tutela de las personas menores de edad Ashley Nicolle Rojas Torrez, hija
de Leandro Arturo Rojas Dávila y Rossy
Yacarely Torrez, y Rosy Jaslene Rojas Cruz, hija de Leandro Arturo Rojas Dávila
y Rosa Cruz Torres, por haber sido
nombradas en testamento, por corresponderles
la legítima o por tener interés en la dativa,
para que se presenten dentro del plazo
de quince días contados a partir
de la fecha de publicación
del último edicto. Expediente Nº 18-000234-0938-FA. Proceso
tutela legítima. Promovente:
Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), 10 de junio del 2021.—M.Sc. Marcela González Solera, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021559979 ). 3.v.
1.
Licenciada Gely Marcela Espinoza Gómez, Jueza
del Juzgado Familia y Violencia
Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia), se le hace saber que en proceso actividad judicial no contenciosa (tutela legítima), establecido por patronato nacional de la infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado Familia y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia), a las nueve horas dos minutos del nueve de junio de dos mil veintiuno. Se tiene por establecido el proceso de tutela legitima de las
personas menores de edad Naory Danisha Moreno Buzano y Breishel Buzano Contreras, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia. Con intervención y
audiencia por tres días al Representante
Legal del Patronato Nacional de la Infancia. Por medio de un edicto
que se publicará en el Boletín Judicial por tres veces consecutivas,
se convoca a todas aquellas personas que tuvieran derecho al ejercicio de la
tutela sobre los menores Naory Danisha Moreno Buzano y Breishel Buzano Contreras, para que se presenten
dentro del plazo de quince días, a partir de la última publicación. Se nombra como tutor provisional a Carmen Jahaira
Ramírez Villarreal a quien se le previene
que debe apersonarse a este despacho a fin de que acepte el cargo como tutora de los menores supra indicados, para lo cual cuenta con el plazo de tres días. Expediente: 21-000237-0776- FA. En
entre promotor puede ser localizado
al correo electrónico: gmorales@pani.go.cr.—Juzgado Familia y Violencia Doméstica
de Santa Cruz (Materia Familia).—Licda. Gely Marcela Espinoza Gómez, Jueza.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560035
). 3 v. 1.
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
proceso de cambio de nombre promovido por Recaredo Villarebia Quirós,
mayor, casado, soldador, documento de identidad
0203340077, vecino de jobo1207@ice.co.cr, en el cual
pretende cambiarse el nombre a Martin mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para
que se presenten al proceso
a hacer valer sus derechos.
Artículo 55 del Código Civil. Expediente
Nº 21-000143-0295-CI-6. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial.—Juzgado
Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), hora y
fecha de emisión: quince
horas con veintidós minutos
del siete de junio del dos
mil veintiuno.—Msc. Emi
Lorena Guevara Guevara, Jueza
Decisora.—1
vez.—( IN2021559872 ).
Msc. Wendy Blanco Donaire, Jueza
del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Ana Martínez Martínez, Luis Gerardo Álvarez Brenes, documento de identidad N° 3604817, 0303960126, vecinos
de paradero desconocido,
que en este Despacho se interpuso un Proceso Nulidad Matrimonio en su
contra, bajo el expediente número 16-000659-0186-FA donde se
pretende la nulidad del matrimonio celebrado entre ambos.
Lo anterior se ordena así en Proceso Nulidad
Matrimonio de Estado contra Ana Martínez Martínez, Luis Gerardo Álvarez Brenes. Expediente
N° 16-000659-0186-FA. Nota: Publíquese
este edicto por única vez en
el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Primero de
Familia de San José, 03 de junio del 2021.—Msc. Wendy Blanco Donaire, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021559977 ).
Licda. Karol Adriana Gómez Chacón, Jueza del Juzgado Primero de
Familia de San José; hace saber a Ibrahim Alemán Beltrán, documento de identidad N° 66010813449, casado,
estudiante, vecino de paradero desconocido, que en este Despacho
se interpuso un proceso nulidad de matrimonio en su contra, bajo el expediente número
18-000574-0186-FA, donde se dictó
sentencia de primera instancia, cuya parte dispositiva literalmente dice: Por tanto: Acorde
con lo expuesto, artículos
420 y siguientes del Código Procesal
Civil; 12 bis, 14 bis, 19 y 64 y siguientes del
Código de Familia y demás normativa
citada, se rechaza la excepción de falta de legitimación activa y se acoge la presente demanda formulada por la Procuraduría General de la República en
contra de Ibrahim Alemán
Beltrán
y Xinia Madrigal Garita, y se declara:
a. Se declara inexistente el matrimonio de Ibrahim Alemán Beltrán y Xinia Madrigal Garita, celebrado el día veintitrés de noviembre del dos mil dos, ante el
notario Carlos Quesada Araya, matrimonio
inscrito en la Sección de Matrimonios del Registro Civil, partido de San
José, al tomo: 436, página:
400, asiento: 800. b. Por ser inexistente el matrimonio supra citado, ordénese al Registro Civil que se corrija el asiento de nacimiento de las
personas menores de edad: Sheyla Celena Alemán
Madrigal, al tomo: 1971, asiento: 165; Yorleydy Jimena Alemán Madrigal:
al tomo: 2046. asiento: 651; Ashyn
Valesca Alemán Madrigal, al
tomo: 2091, asiento: 755, y Dominick Vinicio Alemán Madrigal, al tomo 2208,
asiento: 669, todos de la provincia
de San José, para que en lo sucesivo
lleven únicamente el apellido materno
sea Madrigal Garita, restaurándose las cosas a su normal situación, como debió de haber ocurrido de no haberse suscitado el evento
que se ha demostrado, sea la realización
de un acto inexistente. Comuníquese tanto al Registro
Civil, como a la Dirección
General de Migración, para que en
caso de que la parte demandada Ibrahim Alemán Beltrán, hubiese
obtenido beneficios migratorios o de naturalización,
para que se tome nota de que tales beneficios serán nulos conforme
lo establece el numeral 19
del Código de Familia; b. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 263 del Código Procesal
Civil, notifíquesele esta sentencia a las partes accionadas con domicilio desconocido, por medio de edicto.
Expídase el mismo; y c. Se condena a los accionados al pago de ambas costas de esta acción, sea a las personales y procesales. Lo anterior se ordena
así en proceso
nulidad de matrimonio del
Estado contra Ibrahim Alemán Beltrán, Xinia de los Ángeles Madrigal Garita. Expediente N° 18-000574-0186-FA. NOTA: Publíquese
este edicto por única vez en
el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Primero de Familia de San José, 22 de
febrero del 2021.—Licda.
Karol Adriana Gómez Chacón, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021559980 ).
M.Sc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza del Juzgado de Familia de
Heredia; hace saber al señor
Erlin Eduardo Tijerino Ulloa en
su carácter personal,
mayor, casado, portador de
la cédula de identidad número
602430545, demás calidades
y domicilio desconocido,
que en este despacho el señor
Leonardo Villalobos Bonilla y la señora Viviana Darleny Saborío Ferreto interpusieron proceso Depósito Judicial, bajo el expediente número
180008010673NA en el cual se ordenó notificarle por edicto las siguientes resoluciones: “... Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, a las trece horas y
cuarenta y cinco minutos del dieciséis de enero de dos mil diecinueve. Se tiene por establecidas las presentes diligencias no contenciosas
de depósito judicial de la persona menor de edad Monserrat Tijerino Saborio, promovidas por Leonardo Villalobos Bonilla y Viviana Darleny Saborio Ferreto, del cual se confiere audiencia por tres días
a Erlin Eduardo Tijerino Ulloa, para lo que a bien tengan que manifestar (artículo 820 del Código Procesal
Civil). Se tiene como parte interesada al Patronato Nacional de la Infancia.
A quienes se les previene
que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N° 20,
del 29 de enero de 2009. Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en Sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a
las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo,
b) Sexo, c) Fecha de
Nacimiento, d) Profesión u oficio,
e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Erlin Eduardo Tijerino
Ulloa, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Asimismo practíquese una entrevista a los señores Leonardo Villalobos Bonilla y Viviana Darleny Saborio Ferreto a este despacho, a las nueve horas del treinta y uno de mayo de dos mil diecinueve.
Asimismo se ordena por
medio del Patronato Nacional de la Infancia, realizar una valoración social a la persona menor
de edad Monserrat Tijerino Saborio así como
a los señores Leonardo Villalobos Bonilla y Viviana Darleny Saborio Ferreto. Lo anterior, es con la finalidad
de otorgar el Depósito Provisional a los promoventes.
Antes de enviar el oficio al Patronato Nacional de
la Infancia, deberán los promoventes dentro del plazo de tres días, indicar la dirección de su domicilio, así como indicar la dirección del domicilio del
progenitor para notificarlo del presente
proceso y aportar dos juegos de copias de los folios
que van del 1 al 28. De acuerdo a lo establecido por el Consejo Superior en las
circulares 10-09 y 11-09, indique si
en el presente
proceso se encuentran involucradas personas adultas mayores o indígenas. No ha lugar a revocar la autorización de salida de la
persona menor de edad con su padre, por improcedente. Notifíquese...” “...Juzgado de
Familia de Heredia, a las nueve horas y veintinueve minutos del veinticinco de junio de dos mil veinte. Vistos los autos se resuelve:
I.—Mediante resolución de las catorce
horas y tres minutos del veintitrés de enero del dos mil veinte -página 30-, se le previno a los promoventes aportar en el
plazo de cinco días una dirección en donde
notificar al señor Tijerino Ulloa, bajo apercibimiento
de archivar el presente asunto en caso de omisión,
notificada el 31 de enero el 2020. II.—En virtud que las partes no cumplieron con lo prevenido, mediante resolución de las diez horas y treinta y tres minutos del veintiuno de mayo del
dos mil veinte se ordenó el archivo del presente asunto. III.—El día 26
de mayo del 2020 mediante escrito
visible a página 40 a la 42 del expediente
virtual, los promovente presentaron
un recurso de revocatoria y
apelación en subsidio contra lo ordenado en la resolución de las diez horas y treinta y tres minutos del veintiuno de mayo del dos mil veinte;
si bien considera esta administradora de Justicia
que la resolución se encuentra
dictada conforme a derecho ya que así se había
prevenido ante la falta de cumplimiento de lo requerido desde el 23 de enero, lo que la parte viene a cumplir hasta el 26 de mayo del 2020. No obstante, siendo
el interés superior del niño, niña y adolescente
una premisa fundamental de la doctrina
de la protección integral, y como
principio base para la interpretación y aplicación de la normativa de la niñez y la adolescencia. Artículos 1, y 5 de la Ley 7739, Código de la Niñez y Adolescencia. Con fundamento en este
principio que establece una línea
de acción de carácter obligatorio para las instituciones
públicas, las entidades privadas de bienestar social, los
Tribunales de Justicia, las autoridades
administrativas y los órganos
administrativos y estando
ante un proceso que es de actividad
judicial no contenciosa se revoca
la resolución de las diez
horas y treinta y tres minutos del veintiuno de mayo del
dos mil veinte en cuanto ordenó el
archivo de este proceso y en su
lugar continúese con el trámite del mismo. Tal y como lo solicita la parte promovente se procede a: Nombramiento de Curador: A efectos de proceder con el nombramiento de curador procesal al demandado deberán los promoventes cumplir con los siguientes documentos: 1.—Aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si el demandado
ausente cuenta con apoderado inscrito en el país,
2.—Así como Certificación de Movimientos Migratorios del demandado expedida por la Dirección General
de Migración y Extranjería
del Ministerio de Seguridad
Pública. De conformidad con
lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder
a nombrarle curador procesal a la demandada se resuelve: Se ordena expedir y publicar el edicto electrónicamente
al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal
Civil, el cual será enviado por este despacho a la Imprenta Nacional. Honorarios de Curador Procesal: De conformidad con el artículo 262 del Código Procesal
Civil y el Arancel de honorarios por servicios profesionales de abogacía y notariado (Honorarios de
Abogados, Abogadas y Notarios)
N° 39078-JP vigente a partir
del 13 de agosto de 2015, los honorarios
corresponden a la suma de ochenta y cinco mil colones (¢85.000), que es el monto fijado en
este despacho para tales efectos. Tales honorarios deberán ser depositados en la cuenta judicial del Banco
de Costa Rica número 18-000801-0673-NA-1. Citación de parte Actora y Testigos: Se previene a la parte promovente que en el plazo de una semana deberá presentarse
su persona en compañía de dos testigos, para
que bajo juramento, respondan
las preguntas que se le formularán
para determinar la procedencia
del nombramiento del curador
procesal del demandado,
bajo apercibimiento de que si
no comparece, el proceso no podrá avanzar. No obstante, se le hace ver a la parte que si presenta alguna
de las condiciones de riesgo
indicadas por el Ministerio de Salud respecto al Covid 19 -que le impida
cumplir con lo aquí prevenido- deberá hacerlo saber a efectos de ampliar el plazo concedido.
En Otros Extremos: Se omite
pronunciamiento alguno respecto
al recurso de Apelación presentado en contra de la resolución diez horas y treinta y tres minutos del veintiuno de mayo del
dos mil veinte, en razón que se revocó dicho auto ...” “Juzgado de
Familia de Heredia, a las dieciséis horas y veinticinco minutos del dieciséis de junio de dos mil veintiuno. Revisado el presente asunto,
se dispone: a. Por parte de
la señora Viviana Darleny Saborío Ferreto y el señor Leonardo Villalobos
Bonilla, se tiene por otorgado
poder especial judicial a la licenciada
Eugenia Quesada Montero, según se aprecia
en el memorial de páginas de 123-124 del expediente
virtual. b. De conformidad con el
acta de notificación emitida
por la Oficina de Comunicaciones de Cartago el pasado 17 de mayo de 2021, que
corre agregada a página 127, al encontrarse agotada la dirección indicada por el Tribunal Supremo
de Elecciones para localizar
al padre de la menor, señor
Erlin Eduardo Tijerino Ulloa, sin que se obtuviera un resultado positivo; y coligiéndose del informe de investigación preliminar rendido por el Patronato Nacional de la Infancia Oficina Local San Pablo
de Heredia (visible a páginas 128 a 137), que el señor Tijerino
Ulloa se encuentra residiendo
en República Dominicana,
sin que se aporte su dirección, lo procedente es nombrarle una persona curadora procesal que lo represente. Se nombra al licenciado Wilmar
Rodríguez Carrillo portador de la cédula de identidad número 800840908 como Curador Procesal
del señor Erlin Eduardo Tijerino
Ulloa, a quien se le previene
para que dentro del plazo de tres
días se presente a aceptar el cargo. Lo anterior
bajo el apercibimiento de
que de no hacerlo, se entenderá
que no tiene interés en dicho nombramiento,
y se procederá a la sustitución,
sin necesidad de ulterior resolución
que lo ordene, previa comunicación
a la Dirección Ejecutiva
del Poder Judicial para lo que corresponda.
c. Se resuelve medida cautelar de depósito provisional:
Las personas promoventes solicitaron, como medida cautelar, que se les otorgue el depósito
provisional de la niña Monserrat Tijerino
Saborío. A efecto de resolver dicha medida, se ordenó al Patronato Nacional de la Infancia
la rendición de un informe.
La Oficina Local del Pani
San Pablo de Heredia, rindió un informe
de investigación preliminar
de fecha de redacción 03 de
junio de 2021, en el que la Trabajadora Social Isabel
López Ulloa señaló en lo
que interesa: (...) Por último,
la motivación de la pareja en
proponerse como recurso de ubicación radica en continuar
brindando calidad de vida a la persona menor de edad y la protección que requiera en su
proceso de desarrollo (...)
Factores protectores Ausencia de alcoholismo, drogadicción Comprensión y apoyo entre los miembros. Comunicación asertiva dentro de
la familia. Familia brinda buena calidad del cuidado integral hacia la PME.
Familia con trabajo estable
y situación económica estable. Familia cuenta con redes
de apoyo. Familia posee un domicilio fijo, con condiciones aptas de infraestructura, aseo y sin hacinamiento. La familia ejerce métodos de crianza democráticos. La familia posee fuertes
vínculos afectivos con relación cálidas y comprensivas. Los guardadores han brindado una adecuada supervisión y cuido hacia la PME de acuerdo a su etapa
de desarrollo. Guardadores
con buena salud física y mental. Guardadores brinda apoyo, estimulo
y motivación para las labores
educativas de la PME. Brindan
una supervisión adecuada.
PME con habitación propia, tiene acceso y recibe atención a su salud, incorporada
en el sistema
educativo. con habilidades
de interacción social y sentido
de cooperación. PME con orientación
positiva hacia el entorno, con edad cronológica congruente con su edad maduracional (...) Se recomienda que la PME continúe
bajo el cuido y protección de la señora Viviana Saborío Ferreto y Leonardo
Villalobos Bonilla...” (informe páginas 128 a 137). A la luz de lo señalado
en dicho informe y ante los factores protectores y recomendación indicada; en aras
de velar por el mejor interés de la niña Monserrat Tijerino Saborío, se concede la medida cautelar peticionada, otorgando el depósito provisional judicial
de la niña en el hogar y bajo la responsabilidad del señor
Leonardo Villalobos Bonilla y la señora Viviana Darleny Saborío Ferreto, quienes deberán comparecer a este recinto judicial dentro del plazo de tres días a aceptar y jurar el cargo conferido, bajo el apercibimiento de que en caso de omisión,
se resolverá lo que en
derecho corresponda. Se les hace
ver que si por la situación de la Pandemia Covid-19
no les es posible presentarse dentro del plazo concedido, deberán hacerlo saber al juzgado. Por el plazo de tres
días se confiere audiencia a las partes
sobre el informe de investigación preliminar rendido por el Patronato Nacional de la Infancia Oficina Local San Pablo
de Heredia (visible a páginas 128 a 137), con el propósito de que manifiesten lo que estimen oportuno. d. Por último, se ordena el envío
del edicto dispuesto en el auto de las nueve horas y veintinueve minutos del veinticinco de junio de dos mil veinte (páginas
49 a la 51), a fin de notificar al señor Tijerino Ulloa sobre estas diligencias, por lo
que se ordena notificar el auto indicado, así como el
de las trece horas cuarenta
y cinco minutos del dieciséis de enero de dos mil diecinueve y la presente resolución. Dicho documento será remitido en forma electrónica a la Imprenta Nacional, para que procedan con lo de su cargo. Notifíquese...” Expediente N° 180008010673NA.—Juzgado
de Familia de Heredia, 16/06/2021.—M.Sc.
Felicia Quesada Zúñiga, Jueza
Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021559981 ).
MSC. Lorena María
Mc Laren Quirós, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de San José; hace saber a Lilliana María
Quesada Chacón,
que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de divorcio en su
contra, bajo el expediente número 19-000447-0165-FA donde se
dictaron las resoluciones
que literalmente dicen: sentencia de primera instancia 361-2021, Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de San José. A
las catorce horas treinta y
cuatro minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintiuno.
Proceso abreviado de divorcio establecido por Keenting Raúl Rojas Cruz, contra Lilliana María
Quesada Chacón.
Resultando I.—, II.—, III.— Considerando
I.—, II.—, III.— Por tanto Razones dichas y normativa citada procede acoger con autoridad de cosa juzgada material el proceso de divorcio
por la causal de separación por más
de tres años interpuesto por Keenting Raúl Rojas
Cruz contra Lilliana María Quesada en este sentido se declara disuelto el vínculo que los une por la causal de separación
por más de tres años, se indica que no se reportan
bienes muebles o inmuebles con vocación ganancial que distribuir entre
las partes, ambas partes quedan eximidas de la obligación alimentaria entre sí
al poseer recursos y oficio conocido y porque ambos han velado por sufragarse sus necesidades alimentarias durante su separación
de forma individual. Por su parte
se ordena al Registro Civil
Sección Matrimonios de la provincia de San José la anotación de la presente sentencia así como
el cambio de estado civil a las partes en el Tomo
484, Folio 24 Asiento 48. Se rechazan las excepciones de falta de derecho
por existir presupuestos materiales y de fondo para que este proceso proceda y la de falta de legitimación porque el actor se encuentra legitimado para actuar por sí y demandar a la accionada que es su cónyuge bajo la causal que lo hace con el fin de disolver el vínculo
que lo hace bajo las pretensiones
procesales expuestas en la demanda.Sin
especial condena en costas procesales ni personales en
razón de la materia. Hágase saber.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—MSC. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021559982 ).
Se hace saber al señor Iván Rene
Molina Pérez, mayor, casado, nacionalidad
cubana, documento identidad número DI66080301527, demás calidades y domicilio desconocido, que en este Despacho
se tramita proceso abreviado nulidad matrimonio N° 19-000472-0186-FA (2) establecido por Procuraduría
General República, se ordena notificarle
por edicto, la solicitud planteada por la entidad actora, para que se declare la nulidad
del matrimonio, y para que se refiera
a ella le fue otorgado el plazo
de diez días, dentro del cual
podrá contestar negativamente, expresando sus razones, aceptar los hechos, ofrecer prueba, presentar excepciones y señalar medio para recibir notificaciones. Se solicita declarar la nulidad del matrimonio, al Registro Civil la anulación de su inscripción, la anulación de cualquier trámite de naturalización y todo acto para otorgar la residencia emitido por
la Dirección General de Migración
y Extranjería. El emplazamiento
corre tres días después de esta publicación. (Publicar una vez).—Juzgado
Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de
San José, 26 de enero del 2021.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021559983 ).
Licenciada Kensy
Carolina Cruz Chaves, Jueza del Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Ariel Augusto Moore Green, en
su carácter personal, quien es mayor, soltero,
constructor, vecino de domicilio
desconocido, cédula 0800900124, se le hace saber que en demanda abreviada de divorcio, establecida por Kenia
Maritza Gibbs Casanova contra Ariel Augusto Moore Green, se ordena
notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las trece horas catorce minutos del cuatro de febrero de dos mil veintiuno. De la anterior demanda
por proceso abreviado de divorcio que establece Kenia
Maritza Gibbs Casanova, se confiere traslado por el plazo de diez días al demandado Ariel Augusto Moore Green, (paradero
desconocido), para que la conteste,
oponga excepciones tanto
previas como de fondo, aporte la prueba documental y ofrezca todas las demás, con indicación en el caso
del nombre y las generales
de los testigos. Dentro del plazo
de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. II.—Aceptación de
cargo: Visto el escrito presentado por la licenciada
Milena Soto Osorio, se tiene por aceptado
el cargo conferido, así como los medios
señalados para la recepción
de notificaciones. Así mismo se ordena notificar a la curadora procesal, el presente
auto del traslado al medio electrónico
portado. Notifíquese. Expediente 19-000847-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 17 de junio de 2021.—M.Sc. Kensy
Carolina Cruz Chaves, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021559984 ).
Se avisa al señor Svetoslav
Gueorguiev Dontchev, mayor,
casado, de nacionalidad búlgara, estudiante, pasaporte N°
318723370, demás calidades y domicilio desconocido, que dentro del proceso
abreviado nulidad matrimonio N° 19- 000920-0186-FA
establecido por Procuraduría General República que se tramita en este juzgado,
se dictó la sentencia Nº 2021000651 de las catorce
horas treinta y minutos del ocho de junio de dos mil veintiuno, cuya parte
dispositiva dice: “Por tanto: Por las razones expuestas y citas legales
invocadas, se rechazan las excepciones de falta de Derecho y falta de
Legitimación activa opuestas; y, se declara con lugar la demanda abreviada de
nulidad de matrimonio, incoada por la Procuraduría General de la República en
contra de Svetoslav Gueorguiev
Dontchev y María José Duarte Madrigal, en
consecuencia: 1) Se anula la inscripción del matrimonio celebrado por los
demandados, según las citas: 1-0474-402-0803, comunicándose al Registro Civil
mediante certificación o ejecutoria. 2) Se anula todo acto dirigido a otorgar
residencia a favor del señor Svetoslav Gueorguiev Dontchev. 3) Se anula
todo acto futuro dirigido a otorgar nacionalidad costarricense a Svetoslav Gueorguiev Dontchev, que dependa del matrimonio. 4) Una vez firme este
fallo, se ordena pagar por parte de la Administración de Tribunales, la suma de
setenta y tres mil cuatrocientos cincuenta colones, de los cuales sesenta y
cinco mil colones corresponden al pago de honorarios como curador procesal, a
favor del Lic.Carlos Eduardo Chaverri Negrini, cédula 401340992, y ocho mil cuatrocientos
cincuenta colones para el pago del 13% de Impuesto del Valor Agregado, lo
anterior fue ordenado mediante resolución de las 10:26 horas del 31 de agosto
de 2020. 5) Por ser esta demanda con curador procesal, debe publicarse una vez
la parte dispositiva de esta sentencia en el Boletín Judicial. 6) Se ordena
testimoniar piezas ante el Ministerio Público para que se investigue si las partes han incurrido en alguna conducta
delictiva, sobre todo falsedad ideológica. 7) Se ordena corregir los asientos
de nacimientos de la menor Francella Ariadna, nacida en San José, el 23 de
setiembre de 2007, inscrita al tomo dos mil seis (2006), folio cero veintinueve
(029) asiento cero cero cincuenta y ocho (0058), para
que en adelante lleve únicamente los apellidos de su madre Duarte Madrigal. Se
resuelve sin especial condenatoria en costas. Notifíquese”.—Juzgado
Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de junio
de 2021.—Licda. Marianela Vargas Cousin, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021559985 ).
Se hace saber al señor Gilberto
Hernández Sánchez, mayor, casado, nacionalidad
cubano, documento identidad número 76120505524, demás calidades y domicilio desconocido, que en este Despacho
se tramita proceso abreviado nulidad matrimonio Nº 20-000081-0186-FA (2) establecido
por Procuraduría General República, se ordena notificar la presente demanda, y para que se refiera a ella
le fue otorgado el plazo de diez
días. Se solicita declarar
la nulidad del matrimonio,
al Registro Civil la anulación
de su inscripción, la anulación de cualquier trámite de naturalización y todo acto para otorgar la residencia emitido por
la Dirección General de Migración
y Extranjería. El emplazamiento
corre tres días después de esta publicación.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de junio de 2021.—Licda. Marianela
Vargas Cousin, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021559987 ).
La suscrita Msc. Tania Morera Solano, Jueza del Juzgado de Familia de Puntarenas, hace
saber a Alexis Acuña Ortega, documento
de identidad N° 09-1030-0363: que en
proceso de Depósito
Judicial promovido por el Patronato Nacional de la Infancia
contra el mismo, bajo la sumaria número 20-000313-1146-FA,
se ha ordenado notificarle
la sentencia 498-2021 de las quince horas veinte minutos del cinco de mayo de dos mil veintiuno,
que en lo conducente dice:
“De acuerdo a lo expuesto y
artículos 51 de la Constitución
Política; 2, 5 y 140 y siguientes
del Código de Familia; 3 de la Convención de los
Derechos del Niño, 5 del Código de la Niñez y la Adolescencia y 796 y 854 y siguientes
del Código Procesal
Civil, se acoge la solicitud
y se ordena el Depósito
Judicial de la persona menor de edad
Pablo César Acuña Correa, en
el Patronato Nacional de la Infancia,
en la Alternativa de Protección Institucional
Escalante. Hágase saber.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—MSc. Tania Morera Solano, Jueza de Familia.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021559991
).
Licenciada Maureen Ortiz Cerdas, jueza del Juzgado de Familia de Puntarenas avisa
a: Karina de los Ángeles Rivera Bustos, mayor, con calidades y domicilio desconocidos, que en este despacho se tramita la diligencia actividad
judicial no contenciosa de depósito judicial, establecido por Patronato
Nacional de la Infancia expediente
20-000819-1146-FA, se ordena notificarle
por edicto a Karina de los Ángeles
Rivera Bustos, la resolución que en
lo conducente dice: Juzgado
de Familia de Puntarenas. A las dieciséis horas cuarenta y nueve minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veinte. Por parte del Patronato Nacional de
la Infancia se tiene por establecidas estas diligencias de
actividad judicial no contenciosa
de depósito judicial a favor de la persona menor de edad Alexandra Maritza Zúñiga Rivera. De estas
diligencias se confiere audiencia por el plazo de tres
días a los padres de la persona menor de edad, señores Karina de los Ángeles Rivera Bustos y Ismael Jesús Zúñiga
Pérez, para que si a bien lo tiene
se refieran a los hechos y pretensiones que formula el ente promovente y si, lo consideran, podrán oponerse a las mismas; además se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias, y se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Notifíquese esta resolución a los señores Karina
de los Ángeles Rivera Bustos y Ismael Jesús Zúñiga Pérez, a la primera mediante edicto que será publicado en el Boletín
Judicial por una vez en
vista de su desconocimiento
de domicilio, y al segundo en forma personal o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación; por medio
de Oficina Comunicaciones Judiciales
de estos Tribunales, pues él se ubica
se ubica en Puntarenas, Chacarita, Centro Penitenciario La Reforma.
Medida provisional: tal y como se solicitada por parte del ente promovente, se concede el depósito judicial provisional de la persona menor de edad Alexandra Maritza Zúñiga Rivera a su abuela materna, la señora Maureen Inés
González Rivera, a quién se invita
a apersonarse a este despacho para la debida aceptación del cargo; por lo cual
también se le ordena su notificación personal o en casa de habitación, por medio
de la Oficina de Comunicaciones Judiciales
de estos Tribunales, pues ella es habida
en Puntarenas, Chacarita,
20 de noviembre, 25 metros del Súper
Conejo, casa esquinera sin pintar.
Hágase saber.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—MSC.
Maureen Ortiz Cerdas, Jueza
de Familia.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021559999
).
Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza
del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Robert Sage Rodgers en
su carácter personal,
mayor, de nacionalidad estadounidense,
demás calidades y domicilio desconocidos, que en este despacho
la señora María Alejandra Araya Castillo interpuso un proceso autorización salida del país en su
contra, bajo el expediente número 200016950364FA, dentro del cual
se ordenó notificar por edicto la parte dispositiva de la sentencia de primera instancia N° 2021001397
de las dieciocho horas y seis minutos
del treinta y uno de mayo del dos mil veintiuno, la cual en lo conducente dice: “...Por
tanto: Razones dadas y normativa
citada, se acoge la gestión incoada por Maria
Alejandra Araya Contra Robert Sage Rodgers. En consecuencia, se autoriza la
Salida del País de Jeydan Alejandro y Maikol Santiago ambos Rodgers Araya de forma permanente hasta su mayoría de edad (esto lo que quiere decir es que no será necesario interponer otra vez estás
mismas diligencias para volver
a salir del país), quien podrá viajar
en compañía de su madre y/o con su abuela materna la señora Marlene Mercedes Castillo Castillo
con fines estrictamente recreacionales.
Se autoriza a la señora
Araya Castillo, para que ella en
su condición de madre de las personas menores de edad: Jeydan Alejandro y Maikol Santiago todos Rodgers
Martínez, en ejercicio de
la autoridad parental, gestione
sola todo lo relacionado
ante la Dirección General de Migración
y Extranjería, a fin de solicitar
pasaporte para sus hijos y obtener la renovación, revalidación o reposición del pasaporte, así como para la obtención de los permisos o visas que se requieran.
En forma expresa se le advierte a la señora Araya
Castillo, que: Tiene el deber
de gestionar el regreso de sus hijos Jeydan Alejandro y Maikol
Santiago todos Rodgers Martínez a Costa Rica y en caso de no acatar la orden, podrá incurrir en conductas que son penalmente sancionadas como desobediencia, sustracción de menor o incumplimiento o abuso en el ejercicio
de la autoridad parental. Se advierte
a las partes que esta autorización no podrá ser revocada unilateralmente y que deberán acudir para modificaciones a la vía judicial.
Se le advierte a la señora
Araya Castillo que la presente autorización
no podrá contravenir el posible horario
de interrelación y contacto
paterno filial; ni interferir con los horarios
escolar o colegial de las personas menores de edad. Se advierte a las partes que la presente resolución no autoriza un cambio de residencia en el extranjero
de las personas menores de edad:
Jeydan Alejandro y Maikol
Santiago. Se resuelve sin especial condenatoria en costas (artículo 222 del Código Procesal Civil). Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Notifíquese...”.—Juzgado de Familia de
Heredia, 07 de junio del 2021.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021560007 ).
M.Sc. Pablo Amador Villanueva, Juez del Juzgado de Familia, hace saber a Nilo de la Caridad Rabelo
Rodríguez, mayor, cubano, casado
una vez, portador de la cédula
de residencia número 119200175313, demás calidades y domicilio desconocido, que en este despacho
la señora Karla Tatiana López Chaves interpuso un proceso divorcio en su
contra, bajo el expediente número 20- 002076-0364-FA, en el cual se ordenó
notificarle por edicto la parte dispositiva de la Sentencia de Primera Instancia Nº
2021001423 dictada al ser las once horas y veintinueve minutos del tres de junio de dos mil veintiuno, que en lo conducente dice: “Por tanto: De acuerdo
con lo expuesto, y artículos
51 y 52 de la Constitución Política;
1, 2, 5, 6, 8, 11, 34, 41, 48 y 57 del Código de Familia; se declara con lugar la demanda abreviada de divorcio interpuesta por Karla
Tatiana López Chaves, contra Nilo de la Caridad Rabelo Rodríguez y se declara: 1)
La disolución del matrimonio
que une a actora y demandado. 2) No se otorga
derecho alimentario para ninguno
de los cónyuges. 3) No hay hijos
por los cuales se deba hacer referencia sobre la custodia de ellos, ni de los demás atributos de la Responsabilidad
Parental. 4) No existen bienes
de los cuales alguno de los
cónyuges pueda tener algún derecho de ganancialidad, pero en todo caso,
de aparecer alguno, el no propietario adquiere el derecho a participar en la mitad del valor neto final del mismo, debiendo ventilarse ese monto y demás extremos en la etapa siguiente
de proceso de ejecución que
corresponda. Sin condena en costas para la parte vencida. Una vez firme este
fallo, por medio de ejecutoria
expedida a solicitud de parte interesada, inscríbase el mismo en el Registro Civil al tomo cuatrocientos setenta, folio ciento siete, asiento doscientos catorce del libro de matrimonios de la provincia de
San José. Por haber sido representado el demandado por medio de un curador
procesal se ordena publicar un extracto del fallo en el
Boletín Judicial. Hágase saber…”.—Juzgado de Familia, 15/06/2021.—M.Sc. Pablo Amador Villanueva, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021560008
).
Licenciada Mariselle
Zamora Ramírez, Jueza del Juzgado
Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí, (Materia Familia), hace
saber a Víctor Hugo Flores Jiménez, que en proceso de conflicto de autoridad parental promovido por:
Siuleen Verónica Santos Villarreal, que se tramita en este
despacho, bajo la sumaria
N° 21-0000161343-FA, se encuentra la resolución de las once horas dieciocho
minutos del veintiséis de febrero de dos mil veintiuno, que
en lo que interesa dice: Se
tiene por establecido el presente trámite
de conflicto de autoridad parental
(permiso de salida del país de menores de edad), promovido por Siuleen Verónica Santos Villarreal. De esa
solicitud se da audiencia por tres
días a Víctor Hugo Flores Jiménez, a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte
al Patronato Nacional de la Infancia.
Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20 del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 1692008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición
es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión: 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se
le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución en forma personal a
las demás partes interesadas. Téngase a su vez como
parte al Patronato Nacional
de la Infancia. A efecto de resolver oportunamente
la gestión se convoca a las
partes a una audiencia de conciliación
y pruebas que se realizará en la sede de este
Juzgado a las ocho horas treinta minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintiuno (08:30 a. m. 18-03-2021) (artículo
151 del Código de Familia). Las partes y sus testigos deberán presentarse puntualmente y con su documento de identidad vigente. Posterior a esta diligencia, sin perjuicio de la potestad de ordenar prueba para mejor resolver, se dictará la resolución de fondo. Asimismo de conformidad con “Protocolo para la realización de
Audiencias Virtuales por Medios
Tecnológicos en la Jurisdicción de Familia”, dicha
audiencia se llevará a cabo
mediante la aplicación denominada Microsoft Teams; (se realizará
al menos quince minutos
antes de la hora de inicio de la citada
audiencia oral las pruebas para verificar
la conectividad así como los demás aspectos necesarios para la debida realización del acto procesal). Los requerimientos técnicos necesarios para que este Despacho proceda a contactar a las partes será mediante un dispositivo móvil (teléfonos y tabletas) o bien equipo tipo computadora
portátil o de escritorio,
que cuenten con conexión a internet para todos los casos, micrófono y cámara digital. Aunado a ello se le informa a las partes así como a cada
una de las personas que asistirán a la audiencia, que
deberán indicar su consentimiento expreso para la audiencia virtual y suministrar
un correo electrónico con
la finalidad de incluirlos en la plataforma Teams dentro de tres días, de manera que se remitirá la dirección o link para
realizar la diligencia al correo
suministrado. Asimismo, si alguna de las partes se opone a la realización de la audiencia virtual, estarán
en el deber
de motivar ante este despacho las razones de su negativa, o bien, no cuente con las herramientas para
acceder a la plataforma Teams deberá
informarlo al Juzgado
dentro del mismo plazo de tres días. Asimismo las partes deberán adoptar las previsiones necesarias para su adecuada participación, será obligatorio para las partes y sus abogados (as) asistir
a los señalamientos de audiencias orales
por medios tecnológicos,
con las excepciones que indica el
protocolo de audiencias y se advierte
que si antes de la hora señalada
para la audiencia se presenta algún
inconveniente que impida su celebración están en la obligación
de informarlo de forma inmediata
a este Tribunal. Cuando se trate de personas en condiciones de vulnerabilidad o necesidades especiales, se tomarán las previsiones para la participación
en la audiencia oral, conforme
a los avances tecnológicos
y las políticas institucionales
de accesibilidad. Para ello,
se deberá considerar lo establecido en la circular número 173-2019 de la Corte Suprema de Justicia. En caso de que por motivos justificados, alguna de las personas que deban intervenir en la audiencia, no cuenten con los medios tecnológicos para ello, a criterio del tribunal, se podrá citar a la persona a un espacio adecuado en el
asiento del tribunal u otra oficina
judicial cercana al domicilio
de esta, para su realización. Por otro lado, se hace ver
a las partes que, en caso de aportar prueba para mejor resolver, debe estar disponible previo al señalamiento incorporado de forma
electrónica en el expediente (Sistema de Gestión en Línea).
En caso de requerir alguna de las partes contactarse a este Despacho
lo podrá hacer a los siguientes medios: teléfonos: 27667193, o al correo electrónico: hda-jmixto-sarapiqui@poder-judicial.go.cr. Se
le solicita a los abogados (as) de las partes indicar sus números de teléfono a fin de poderles contactar de forma eficaz y expedita. Para finalizar en caso
que la diligencia se lleva a cabo
en este juzgado
se le advierte a las partes
que para la realización de la audiencia deberán cumplir con lo siguiente: 1) El día de la audiencia deberán
todas las partes traer puesta su
propia mascarilla, o bien, colocársela
antes de ingresar a las instalaciones
del Poder Judicial. 2) Lavarse
correctamente las manos antes de ingresar.
3) A la audiencia deberán presentarse
únicamente las personas que han
sido convocadas, no se dejaran ingresar acompañantes, salvo que se trate
de adultos mayores, menores de edad convocados a la audiencia, personas con alguna
discapacidad, o alguna otra situación especial, la cual deberá ponerla
en conocimiento al oficial de seguridad para su valoración. 4) Respetar los espacios señalados para su estancia en el Juzgado,
no debiendo realizar aglomeraciones en los pasillos.
5) También se les solicita
que en caso de presentar síntomas respiratorios, o algún riesgo importante, informarlo de inmediato al juzgado y realizar la correspondiente justificación por
escrito, para proceder a la
suspensión de la audiencia. Notifíquese
esta resolución a la parte demandada personalmente o por medio de cédulas y copias
de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y Otras Comunicaciones de Sarapiquí.
La parte demandada puede ser localizada en la siguiente dirección: Heredia, Sarapiquí,
Rio Frío, finca 4 del parque,
finca 4, primera entrada, a mano izquierda,
cuarta carta, a mano derecha.
En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Notifíquesele al Patronato
Nacional de la Infancia, por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y Otras Comunicaciones de este
circuito judicial en su domicilio Social, según corresponde. Msc. Mariselle Zamora Ramírez, Jueza. Expediente N°
21-000016-1343-FA. Clase de asunto
conflicto de autoridad parental.—Juzgado Civil,
Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica
Sarapiquí, (Materia Familia), 24 de marzo del 2021.—Msc. Mariselle Zamora Ramírez, Jueza Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560012 ).
Licenciado Douglas Ruiz Gutiérrez, Juez del Juzgado Familia, Penal
Juvenil y Violencia Doméstica
de Quepos (Materia Familia), a Yasmani Zayas Girón, en su
carácter personal, quien es
mayor, de nacionalidad cubana,
divorciado, documento de identificación número PI uno dos cinco siete cuatro
tres cero (PI 1257430), de oficio
y domicilio desconocido, se
le hace que en proceso de reconocimiento de hijo de mujer casada,
establecido por Johan Emmanuel Barrantes
Quesada, de conformidad con el
artículo 263 del Código Procesal
Civil vigente para procedimientos
de materia de familia, según el Decreto
Legislativo N° 9621, se ordenó
notificarle por medio de edicto,
la sentencia de primera instancia N° 2021000152 dictada a
las ocho horas quince minutos
del treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno, que en lo conducente dice: Expediente N°
21-000034-1591-FA. Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos
(Materia de Familia), proceso de reconocimiento
de hijo de mujer casada, establecido por Johan
Emmanuel Barrantes Castillo, quien
es mayor, costarricense, soltero
en unión libre, mecánico, cédula de identidad número uno-mil cuatrocientos treinta y tres-quinientos ochenta y cinco (1-1433-0585), vecino de Quepos. Intervienen en el proceso
el señor Yasmani Zayas Girón, quien es mayor, de nacionalidad cubana, divorciado, documento de identificación número PI uno dos cinco siete cuatro tres
cero (PI 1257430), de oficio y domicilio
desconocido, la señora
María Gabriela Sánchez Pérez, mayor, costarricense, divorciada, salonera, cédula de identidad número seis-cuatrocientos quince-ciento
quince (6-0415-0115), vecina de Quepos así como el
Patronato Nacional de la Infancia,
cédula jurídica número tres cero cero siete cero cuatro dos cero tres nueve tres
cinco (300704203935).- Resultando:
... Considerando: ... Por tanto: Conforme
con los argumentos expuestos
líneas atrás y normativa citada, se estima procedente con lugar las presentes diligencias
de Reconocimiento de Hijo
de Mujer Casada. Se ordena directamente la inscripción de don Johan Emmanuel Barrantes
Castillo, como padre de Gabriel Emmanuel actualmente de apellidos Zayas
Sánchez al margen de las citas
de nacimiento de dicha
persona menor de edad, modificando dicho asiento de nacimiento. De ahí que en lo sucesivo el nombre y apellidos
correctos de dichas
personas menores de edad deberán inscribirse registralmente como Gabriel
Emmanuel Barrantes Sánchez por lo que a la firmeza de esta resolución deberá modificarse en los términos indicados la inscripción correspondiente ante el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la provincia de Puntarenas al tomo
0584; página 470; asiento 0939. Ambos
padres ejercerán conjuntamente
los atributos de la Autoridad
Parental de su hija. Tendrán derecho de exigir pensión alimentaria a sus padres, así como de sucederles
ab intestato. Se resuelve
sin condena en costas por la especial naturaleza
de las presentes diligencias. MSc. Luis Fernando Jacobo Portuguez, Juez. Juzgado Familia, Penal
Juvenil y Violencia Doméstica
de Quepos (Materia Familia), a las dieciséis horas diez minutos del tres de junio de dos mil veintiuno. Atendiendo la gestión peticionada por el Licenciado Cristian González
Durán, apoderado especial judicial del promovente, de acuerdo al
memorial del 01/06/2021, e incorporado directamente al escritorio
virtual en esa misma data. Al tenor de lo que dispone el
artículo 161 del Código Procesal
Civil vigente para procedimientos
de materia de familia, según el Decreto
Legislativo N° 9621, se corrige
error material contenido en
la Sentencia de Primera Instancia
N° 2021000152 emitida a las ocho
horas quince minutos del treinta
y uno de mayo del año dos mil veintiuno,
toda vez que se consignó que el segundo apellido de la persona promovente era castillo, debiendo leerse su nombre completo
y apellidos Johan Emmanuel Barrantes
Quesada. Otro yerro que contiene el veredicto
mencionado es que se indicó
que ambos padres ejercerán conjuntamente
los atributos de la autoridad
parental de su hija, siendo lo correcto en relación a su
hijo Gabriel Emmanuel hoy día de apellidos
Barrantes Sánchez. Por lo anterior se reserva la solicitud formulada por la Licenciada
Mariela Cruz Pérez, curadora procesal
del padre registral ausente Yasmani
Zayas Girón Martínez mediante
memorial incorporado por ella
directamente al escritorio
virtual el 02/06/2021, para ser abordada
una vez la presente resolución adquiera firmeza. Notifíquese. Licenciado Douglas Ruiz Gutiérrez, Juez.
Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica de Quepos (Materia Familia), a las diez horas dieciocho minutos del catorce de junio de dos mil veintiuno. Al
tenor de lo que dispone el artículo
161 del Código Procesal Civil vigente
para procedimientos de materia
de familia, según el Decreto Legislativo
N° 9621, se corrige error material contenido en la Sentencia de Primera Instancia N°
2021000152 emitida a las ocho
horas quince minutos del treinta
y uno de mayo del año dos mil veintiuno,
toda vez que se consignó que el primer apellido del padre registral era Sayas,
debiendo leerse su nombre completo
y apellidos Yasmani Zayas Girón. Para los fines procesales
se declara firme esta resolución únicamente en lo tocante a dicha situación. En otro
orden de ideas, siendo este el momento
procesal oportuno, habiendo terminado el trámite de este
proceso por sentencia en firme, atendiendo
la gestión formulada por la
Licenciada Mariela Cruz Pérez, portadora
de la cédula de identidad N° 6-0415-0115, quien figura como
curadora procesal del padre
registral ausente Yasmani
Zayas Girón mediante
memorial incorporado por ella
directamente al escritorio
virtual el 02/06/2021, se ordena
girar a su favor por concepto de honorarios de curador procesal, la cantidad de ciento trece mil colones netos (¢113.000,00). Al monto girado de acuerdo con las
Circulares N° 86-2019 dictada por la Dirección Ejecutiva, N° 117-2019
y 129-2019, estas últimos
dos dictadas por la Secretaría
General de la Corte Suprema de Justicia, se le debe rebajar
el 2% por concepto de impuesto de la renta, que se deducirá del monto girado, ello contra la boleta de depósito número 13262104 de fecha
25/02/2021, quedando la misma
totalmente cancelada. Una vez firme este
auto (es decir transcurrido
TRES DÍAS después de notificadas
todas las partes), aporte la interesada copia legible de su documento de identificación. Bajo
apercibimiento de no realizar
la autorización de la transferencia
de los dineros hasta que se cumpla
con lo indicado. Se le advierte
a la petente que una vez transcurrido un mes sin que los dineros hayan sido
retirados, se procederá a
la correspondiente eliminación
de la aprobación de giro, debiendo hacer nuevamente la gestión verbal o
por escrito ante el despacho (artículos 38 y 39 del Reglamento del Sistema Automatizado
de Depósitos y Pagos Judiciales). Finalmente, se le ordena a la profesional Cruz
Pérez enviar al correo electrónico cgonzalezdnl@gmail.com la factura
electrónica respectiva por concepto de gastos de sus honorarios. Notifíquese. Licenciado Douglas Ruiz Gutiérrez, Juez.
Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica de Quepos (Materia Familia).- A las quince horas cincuenta y
siete minutos del dieciséis de junio de dos mil veintiuno. De conformidad con lo
que establece el artículo 263 del Código Procesal
Civil, notifíquese al padre registral ausente Yasmani Zayas Girón la presente resolución, la parte dispositiva de la sentencia de primera instancia N° 2021000152 dictada a las ocho horas quince minutos del treinta y uno de mayo
de dos mil veintiuno así como las resoluciones emitidas a las dieciséis horas diez minutos del tres de junio de dos mil veintiuno y diez horas dieciocho minutos del catorce de junio de dos mil veintiuno, por medio de un edicto
que será enviado a la Imprenta Nacional y se publicará
por una sola vez en el Boletín Judicial. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. Notifíquese.—Juzgado Familia, Penal
Juvenil y Violencia Doméstica
de Quepos (Materia Familia).—Lic. Douglas Ruiz
Gutiérrez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560014 ).
Se cita y emplaza al señor José Daniel Sánchez Pereira, mayor, operario, portador de la cédula
N° 3-468-527, vecino de domicilio
Alajuela, Zarcero, costado oeste de la plaza y a todas las
personas que tuvieren interés
en el depósito
de la persona menor Keyden
Daniel Sánchez Picado, para que se apersonen a este Juzgado
dentro del plazo de tres
días, que se contarán a partir
del tercer día de la respectiva
publicación del edicto ordenado. Expediente N°
21-000114-675-FA-D. Clase de Asunto
depósito judicial, promovido
por Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba
(Materia Familia), a las diez horas treinta minutos del quince de junio del dos mil veintiuno.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021560021 ).
En éste Juzgado se tramita el proceso de Depósito
Judicial de la persona menor de edad
Wanda Asenak Gutiérrez Montiel, nacida
el día veintitrés de abril del año dos mil seis, hija de César Didier Gutiérrez Ávila (fallecido)
y Yorlenny Montiel Quesada, mayor, costarricense, divorciada, ama de
casa, cédula de identidad número
uno-mil trescientos cincuenta
y uno-setecientos treinta y
seis (1-1351-0736), vecina de Quepos, Damas, del Súper Los Gemelos, cien metros ingresando, sexta casa a mano izquierda, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia.
Quién tenga alguna objeción al Depósito solicitado, deberá formularla dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto. En aras
de proteger la integridad física y emocional de la adolescente Wanda Asenak
Gutiérrez Montiel, a fin de evitar que ella sea expuesta a un riesgo y algún daño irreparable para su
persona (artículo 160 inciso
c) del Código de Familia), se ordena como medida provisional y cautelar el depósito
judicial de la joven Wanda Asenak
Gutiérrez Montiel en el hogar del señor Rafael Ángel Amador Ávila, sin perjuicio
de se modifique la persona o institución
depositaria o bien lo que se resuelva
en la sentencia de fondo. Expediente N°
21-000114-1591-FA.—Juzgado
de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia de Familia). Quepos, 15 de
junio del año 2021.—Lic. Douglas Ruiz Gutiérrez,
Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560022 ).
Ante mí Ligia Mora Quesada, Notario Público de Coronado, comparecen
Glen Lutz Paris, mayor, divorciado tres veces, médico
veterinario, cédula 9-0001-0181 y Gioconda Muñoz Loaiza, mayor, divorciada una vez,
cédula1-0404-0630, ambos vecinos de San Pedro de
Coronado han comparecido a contraer matrimonio civil. En razón al artículo
25 del Código de Familia. Para oposiciones en mi oficina, ubicada en San José, Coronado,
del Banco de Costa Rica setenta metros oeste.—Coronado,
17 de junio del 2021.—Licda.
Ligia María Mora Quesada, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021559702 ).
En cumplimiento
del artículo 25 del Código de Familia. Comparecen ante la notaria Rebeca Umaña
Alvarado, con oficina en
Cartago, Paraíso, contiguo costado
oeste de Bomba Serpasa, Ronald Andrés Cubero Pérez, costarricense,
mayor, soltero, agricultor,
cédula de identidad 3-0369-0247, hijo
de Aida Cubero Pérez, vecino de Cartago, Turrialba, Recreo; y Mauren Adriana Abarca Navarro, costarricense,
mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad 3-0410-0386, hija de
Luis Eduardo Abarca Laurito
y Zulema Navarro Solano, vecina de Cartago, Paraíso.
Si alguna persona está interesada en oponerse
a esta unión puede hacerlo ante la notaría de Rebeca Umaña Alvarado,
dentro de los ocho días posteriores
a la publicación de este edicto, tel. 88242829, bufeteynotariarua@gmail.com.—Paraíso,
17 de junio de 2021.—Lic.
Rebeca Umaña Alvarado, Notaria.—1
vez.—( IN2021559756 ).
Han comparecido ante esta notaría solicitando
contraer matrimonio civil los contrayentes Juan Miguel Cordero Solorzano,
costarricense, mayor, divorciado, ingeniero en biotecnología, vecino de
Condominio Los Adoquines, Calle El Guayabal, Ulloa, Heredia, con cédula de
identidad número uno- mil ciento noventa y siete- cuatrocientos treinta y dos;
y Merina Shrestha, de nacionalidad nepalés, mayor,
biotecnóloga, vecina de 41, Rue de la Bregere,
Limoges 87100, Francia, con pasaporte nepalés numero
cero siete cinco ocho cinco uno nueve dos. Si alguna persona tuviere
conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se
lleve a cabo deberá manifestarlo ante esta notaría dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto.—18
de junio de 2021.—Licda. Clara Alvarado Jiménez, Carne 10841.—1 vez.—(
IN2021559975 ).
Ha comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil, Ana
Yancy Peña Ruiz, mayor, soltera, oficios
domésticos, cédula de identidad
número 0502890135, vecina
de la entrada de Chircó kilómetro y medio al sur, hija de Paz Ruiz Acevedo y Neftalí Peña Juárez, nacida en centro,
Liberia, Guanacaste, el 30/05/1975, con 44 años de edad y José Ricardo del
Carmen Retana Alpízar, mayor, divorciado
una vez, chofer de buseta, cédula de identidad número 0501590711, vecino de la
entrada de Chircó kilómetro y medio al sur, hijo de Blanca Alpízar Mora y Antonio Retana Fernández, nacido en Hojancha, Nicoya, Guanacaste, el 13/02/1956, actualmente con 65
años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio no se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días, siguientes a la publicación del edicto. Expediente. N° 21-000104-0776-FA. Las partes
interesadas en este asunto sean
el señor José Ricardo del
Carmen Retana Alpízar puede
ser localizado al teléfono
8519-9931 y la señora Ana Yancy Peña Ruiz puede ser localizada al siguiente teléfono: 8384-3537.—Juzgado de Familia de Santa Cruz,
09 de junio del año 2021.—Licda. Gely
Marcela Espinoza Gómez, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021560020 ).
Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Juan
David Valverde Vanegas, quien es mayor, costarricense, soltero en unión libre, de oficio piangüero, con cédula de identidad número 7-0168-0303, hijo de David Enrique Valverde Montero y Norma Vanegas De
La O, nacido en Centro,
Central, Limón, el día diecinueve
de noviembre del año mil novecientos ochenta y cinco, de 35 años cumplidos, vecino de Parrita, Pueblo Nuevo, por la iglesia
católica, subiendo el dique, a mano izquierda, casa de zinc sin pintar,
medidor de electricidad
color azul y Sandra María Ramírez Rojas, quien es mayor, costarricense, soltera en unión
libre, de oficio ama de casa, con cédula de identidad número 7-0107-0229, hija de Víctor Manuel Ramírez Araya y Carmelina Rojas
Hernández, nacida en Pocora, Guácimo, Limón el día veinticuatro de junio del año mil novecientos setenta y tres, de 47 años cumplidos, vecina de Parrita, Pueblo Nuevo, por la iglesia
católica, subiendo el dique, a mano izquierda, casa de zinc sin pintar,
medidor de electricidad color
azul. Se publica este edicto por si alguna
persona se considera con derecho a
oponerse dentro de los siguientes
ocho días a la publicación
del mismo para hacer valer sus derechos. Expediente N°
21-000115-1591-FA.—Juzgado
de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia de Familia), Quepos, 15 de
junio del año 2021.—Lic. Douglas Ruiz Gutiérrez, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021560023 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Cesar
Andrés Quirós Murillo, mayor, soltero, chef, cédula
de identidad número
0603760540, nombre de la progenitora
Marilyn Quirós Murillo, domicilio
en Corredor Corredores Puntarenas, nacido
el 18/12/1988, con 32 años
de edad, y María Fernanda Anchia Ugalde, mayor, soltera,
estudiante, cédula de identidad
número 0504240844, nombre
de la progenitora María Yolanda Ugalde Sequeira y nombre del progenitor
Antonio Anchía Torres, domicilio
en Centro, Nicoya, Guanacaste, el
13/11/1998, actualmente con 22 años
de edad; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Cacao de Nandayure, Guanacaste, de la Escuela de Cacao 150 metros al
norte casa a mano izquierda,
casa color rosada de baldosa,
Nicoya. Si alguna
persona tiene conocimiento
de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 21-000192-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), Nicoya, 09 de junio del año 2021.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560033 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Otto
Vinicio Granados Núñez, mayor de edad,
soltero, carnicero, cédula
de identidad N° 3-0336-0079, vecino de Cartago el Carmen calle 1A avenidas 13 y 15 o 100
metros al norte de Roles Runupe,
hijo de Noemi Granados Núñez,
nacido en Centro Central Cartago,
el 21/08/1969, con 51 años
de edad, y José Adrián De Los Ángeles
Calvo Fernández, mayor de edad, soltero,
docente, cédula de identidad
N° 3-0257-0970, vecino de igual a la anterior, hijo de
Nelly Fernández Fallas y Carlos Calvo Cantillo, nacida en Centro la Unión Cartago, el
20/08/1962, actualmente con 58 años
de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente Nº 21-000260-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, fecha, 05 de febrero del 2021.—Licda. Patricia
Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021560040
).
Carolina Junez
Vado, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía de Liberia, al señor Deiber Rodolfo Fernández Bejarano, mayor, cédula de identidad
1017180536, vecino de Liberia, barrio el Invu 2, detrás
de la pulpería la Nueva, casa color verde, en su
condición de tercero civilmente responsable, se le hace saber: Que en el Legajo de Acción
Civil Resarcitoria N° 20-000098-1259-PE, en perjuicio de Jessica Yamileth Guadamuz Moncada, contra
Alonso Castro Navarro, por el delito
de lesiones culposas y otro; se han dictado
las resoluciones que literalmente
dicen: se da traslado de la
acción civil resarcitoria, Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de Liberia; al ser las once horas trece minutos del dieciséis de junio del dos mil veintiuno. Siendo que en la causa penal 20-000098-1259-PE, seguida
por lesiones culposas y otro, contra Alonso Castro Navarro, se ha formulado acción civil resarcitoria, donde el tercero civilmente
responsable Deiber Rodolfo
Fernández Bejarano, mayor, cédula de identidad 1017180536, vecino de
Liberia, barrio El Invu 2, detrás
de la pulpería la Nueva, casa color verde, en su
condición de tercero civilmente responsable, a quien pese a haberse
realizado todas las
diligencias posibles para su
localización, no ha sido posible informarles de ella, se le comunicará la presente mediante la publicación de un edicto por una única ocasión. Licenciada Carolina Junez Vado,
Fiscal Auxiliar de la Fiscalía de Liberia. Traslado de la Acción Civil.
Liberia, Guanacaste, miércoles 16 de junio del 2021. De conformidad
con el artículo 115 del
Código Procesal Penal vigente,
se ordena comunicar al tercero civilmente responsable y a su defensor, en el
lugar señalado, y, en su caso,
en su casa de habitación. De igual forma comuníquese a los querellantes, si los hubiere, se les informa que tienen el plazo de cinco
días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación, para que manifiesten
lo que corresponda.—Fiscalía Adjunta del I Circuito Judicial
de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral).—Licda.
Carolina Junez Vado, Fiscal Auxiliar de Liberia.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021559989
).