Alcances

BOLETÍN JUDICIAL N° 179 DEL 28 DE SETIEMBRE DEL 2018

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

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Carlos Toscano Mora Rodríguez.—1 vez.—( IN2018274365 ).

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en sesión 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes con Archivo Fiscal del año 1995 al 2014 de la Fiscalía Adjunta del I Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:           P 139 S 95

Expedientes:   2

Paquetes:         1

Año:                  1995

Asunto:            Expedientes con archivo fiscal en donde la acción penal esta prescrita (Homicidio Simple, Agresión con arma).

Remesa:           P 136 S 96

Expedientes:   14

Paquetes:         1

Año:                  1996

Asunto:            Expedientes con archivo fiscal en donde la acción penal esta prescrita (4 Agresión,7 Agresión con arma, 1 Homicidio Simple, 1 Incendio, 1 Tentativas de Homicidios).

Remesa:           P 250 S 97

Expedientes:   64

Paquetes:         2

Año:                  1997

Asunto:            Expedientes con archivo fiscal en donde la acción penal esta prescrita (4 Abusos de Autoridad, 11 Agresión,11 Agresión con arma, 2 Amenazas Agravadas, 3 Averiguar Desaparición, 2 Averiguar Muerte, 2 Daños, 1 Homicidio Culposo, 4 Homicidio Simple, 1 Incendio, 6 Lesiones Culposas, 3 Lesiones Graves, 2 Privación de Libertad, 11 Privación de Libertad Agravada, 1 Robo Agravado).

Remesa:           P 117 S 98

Expedientes:   160

Paquetes:         3

Año:                  1998

Asunto:            Expedientes con archivo fiscal en donde la acción penal esta prescrita (2 Aborto Culposo, 20 Abusos de Autoridad, 1 Agresión, 24 Agresión con arma, 8 Averiguar Desaparición, 12 Averiguar Muerte,1 Homicidio Culposo, 09 Homicidio Simple, 2 Hurto Simple, 20 Incendio, 24 Lesiones Culposas, 7 Privación de Libertad, 19 Privación de Libertad Agravada, 9 Robo Agravado, Robo Simple, 1 Usurpación).

Remesa:           P 93 S 99

Expedientes:   508

Paquetes:         6

Año:                  1999

Asunto:            Expedientes con archivo fiscal en donde la acción penal esta prescrita (2 Aborto, 22 Abusos de Autoridad, 1 Abuso deshonesto 2 Agresión, 13 Agresión con arma, 18 Averiguar Desaparición, 9 Averiguar Muerte, 1 Cohecho Propio, 2 Concusión, 1 Corrupción de Funcionarios, 7 Extorsión Simple, 1 Homicidio Calificado, 7 Homicidio Culposo, 23 Homicidio Simple, 7 Hurto Agravado, 16 Hurto Simple, 17 Incendio, 12 Lesiones Culposas, 6 Lesiones Graves, 1 Penalidad Corruptor, 13 Privación de Libertad, 3 Privación de Libertad Agravada, 223 Robo Agravado, 89 Robo Simple, 2 Secuestro, 2 Secuestro Extorsivo, 1 Supresión ocultación y Destrucción de Documentos, 1 Tentativa de Homicidio, 1 Tentativa de Secuestro, 5 Uso de Documento Falso).

Remesa:           P 57 S 00

Expedientes:   1867

Paquetes:         17

Año:                  2000

Asunto:            Expedientes con archivo fiscal en donde la acción penal esta prescrita (13 Abusos de Autoridad, 09 Averiguar Desaparición, 4 Averiguar Muerte, 1 Cohecho Impropio, 3 Cohecho Propio, 4 Concusión, 1 Daños, 2 Explosión, 12 Extorsión Simple, 1 Falsedad Ideológica, 3 Homicidio Calificado, 4 Homicidio Culposo, 18 Homicidio Simple, 15 Hurto Agravado, 27 Hurto Simple, 18 Incendio, 4 Lesiones Culposas, 2 Prevaricato, 6 Privación de Libertad, 18 Privación de Libertad Agravada, 2 Resistencia Agravada, 1145 Robo Agravado, 540 Robo Simple, 2 Supresión ocultación y Destrucción de Documentos, 5 Tentativa de Homicidio, 1 Tentativa de Robo Agravado, 7 Uso de documento falso).

Remesa:           P 45 S 01

Expedientes:   2396

Paquetes:         22

Año:                  2001

Asunto:            Expedientes con archivo fiscal en donde la acción penal esta prescrita (7 Abusos de Autoridad, 1 Agresión, 7 Agresión con arma, 1 Alteración de datos, 1 Alteración de Sustancias, 13 Averiguar Desaparición, 4 Averiguar Muerte, 2 Cohecho Propio, 3 Concusión, 1 Contaminación de aguas, 1 Daños, 3 Explosión, 13 Extorsión Simple,2 Homicidio Culposo, 26 Homicidio Simple, 80 Hurto Agravado, 144 Hurto Simple, 16 Incendio, 1 Incumplimiento de deberes, 1 Lesiones Culposas,4 Lesiones Graves, 26 Privación de Libertad, 1 Resistencia, 1569 Robo Agravado, 458 Robo Simple, 2 Supresión ocultación y Destrucción de Documentos, 7 Tentativa de Robo Agravado, 2 Uso de documento falso).

Remesa:           P 42 S 02

Expedientes:   3774

Paquetes:         28

Año:                  2002

Asunto:            Expedientes con archivo fiscal en donde la acción penal esta prescrita (23 Abusos de Autoridad, 1 Accionamiento arma de Fuego, 7 Agresión, 1 Apropiación Indebida, 2 Apropiación Irregular, 5 Averiguar Desaparición, 1 Captación de manifestaciones indebida, 7 Coacción, 3 Cohecho propio, 7 Concusión, 1 Delitos contra la propiedad, 69 Daños, 1 Delito informático, 1 Desvío de Correspondencia, 1 Divulgación de Secretos, 1 Estafa, 35 Extorsión Simple, 1 Falsificación de Moneda, 28 Falsificación de señas y marcas, 1 Homicidio calificado, 7 Homicidio Culposo, 25 Homicidio Simple, 205 Hurto Agravado, 445 Hurto Simple, 39 Incendio, 3 Infracción ley de Armas, 5 Infracción Ley de derechos de Autor, 1 Infracción ley de Loterías, 2 Lesiones Leves, 1 Lesiones Culposas, 1 Lesiones Graves, 1 Peculado, 46 Privación de Libertad, 3 Resistencia Agravada, 2017 Robo Agravado, 769 Robo Simple,1 Simulación de delito, 2 Supresión ocultación y Destrucción de Documentos, 5 Sustracción de menor o incapaz).

Remesa:           P 47 S 03

Expedientes:   6929

Paquetes:         38

Año:                  2003

Asunto:            Expedientes con archivo fiscal en donde la acción penal esta prescrita (43 Abusos de Autoridad, 1 Abandono de animales, 7 Agresión, 1 Alteración de sustancias, 264 Amenazas Agravadas, 1 Atípico, 8 Averiguar Desaparición, 2 Captación de manifestaciones indebida, 4 Coacción, 6 Concusión, 92 Daños, 1 Ejercicio Ilegal de la Profesión, 2 Estafa, 1 Explosión, 25 Extorsión simple, Falsedad Ideológica, 15 Falsificación de señas y marcas, 3 Fraude Informático, 5 Homicidio calificado, 2 Homicidio Culposo, 22 Homicidio Simple, 287 Hurto Agravado, 988 Hurto Simple, 34 Incendio, 31 Infracción ley de Armas, 1 Infracción Ley de derechos de Autor, 1 Lesiones Leves, 2 Lesiones Culposas, 2 Lesiones Graves, 47 Privación de Libertad, 1 Receptación, 3 Resistencia, 3193 Robo Agravado, 1781 Robo Simple, 2 Supresión ocultación y Destrucción de Documentos, 5 Sustracción de menor o incapaz, 16 Tentativa de Homicidio, 4 Tentativa Robo Agravado, 2 Uso de documento falso, 4 Violación de correspondencia, 14 Violación de domicilio, 2 Violación de custodia de las cosas).

Remesa:           P 45 S 04

Expedientes:   8132

Paquetes:         55

Año:                  2004

Asunto:            Expedientes con archivo fiscal en donde la acción penal esta prescrita (36 Abusos de Autoridad, 1 Abandono de animales, 38 Accionamiento de armas, 45 Agresión con arma, 1 Agresión Psicológica adulta mayor, 169 Amenazas Agravadas, 2 Apropiación Irregular, 7 Averiguar Desaparición, 3 Captación de manifestaciones indebida, 10 Coacción, 5 Cohecho propio, 6 Concusión,1 Corrupción de Funcionarios, 75 Daños, Divulgación de secretos, 8 Estafa, 20 Extorsión simple, 1 Falsedad Ideológica, 1 Fraude Informático, 5 Homicidio calificado, 5 Homicidio Culposo, 29 Homicidio Simple, 236 Hurto Agravado, 1162 Hurto Simple, 16 Incendio, 4 Incumplimiento de deberes, 1 Infracción Ley de Armas, 14 Lesiones Leves, 22 Lesiones Culposas, 18 Lesiones Graves, 24 Privación de Libertad, 1 Profanación de cadáveres, 3 Propiedad intelectual, 1 Protección amenores e incapaces, 3634 Robo Agravado, 2461 Robo Simple, 1 Simulación de delito, 3 Sustracción de menor o incapaz, 7 Tentativa de Homicidio, 12 Tentativa Robo Agravado, 2 Trata mujeres y menores, 21 Uso de documento falso, 10 Usurpación, 3 Violación de correspondencia, 6 Violación de domicilio, 1 Violación de custodia de las cosas).

Remesa:           P 55 S 05

Expedientes:   8464

Paquetes:         58

Año:                  2005

Asunto:            Expedientes con archivo fiscal en donde la acción penal esta prescrita (57 Abusos de Autoridad, 1 Abandono de animales, 43 Accionamiento de armas, 7 Agresión, 18 Agresión con arma, 2 Allanamiento ilegal, 1 Alteración de sustancias, 250 Amenazas Agravadas, 18 Amenazas Personales, 1 Apropiación irregular, 6 Averiguar Desaparición, 3 Averiguar muerte, 2 Captación de manifestaciones indebida, 13 Coacción, 3 Cohecho propio, 8 Concusión, 1 Corrupción de Funcionarios, 203 Daños, 1 Divulgación de secretos, 1 Ejercicio ilegal de la profesión, 5 Estafa, 1 Evasión, 1 Expendio de bebidas alcohólicas a menor de edad, 1 Explosión, 30 Extorsión simple, 1 Falsificación de moneda, 5 Falsificación de señas y marcas, 5 Homicidio calificado, 6 Homicidio Culposo, 37 Homicidio Simple, 496 Hurto Agravado, 1025 Hurto Simple, 19 Incendio, 3 Incumplimiento de deberes, 2 Infracción ley de Armas, 1 Infracción a la ley de derechos de autor, 18 Lesiones Leves, 18 Lesiones Culposas, 13 Lesiones Graves, 3 Peculado, 44 Privación de Libertad, 1 Privación de libertad Agravada, 1 Receptación, 1 Resistencia Agravada, 4039 Robo Agravado, 1986 Robo Simple, 4 Supresión, Ocultación y Destrucción de documentos, 2 Sustracción de correspondencia, 5 Sustracción de menor o incapaz, 1 Tentativa de Homicidio, 13 Tentativa Robo Agravado, 2 Tentativa de robo Simple, 1 Tráfico internacional de menores, 3 Uso de documento falso, 1 Usura, 14 Usurpación, 1 Violación de correspondencia, 12 Violación de domicilio, 4 Violación de custodia de las cosas).

Remesa:           P 47 S 06

Expedientes:   8119

Paquetes:         76

Año:                  2006

Asunto:            Expedientes con archivo fiscal en donde la acción penal esta prescrita (22 Abusos de Autoridad, 48 Accionamiento de armas, 27 Agresión con arma, 2 Alteración de Señas y Marcas, 1 Amenazas a Funcionario Público, 204 Amenazas Agravadas, 3 Averiguar Desaparición, 3 Captación de manifestaciones indebida, 15 Coacción, 3 Cohecho Propio, 4 Concusión, 83 Daños, 1 Delito Informático, 1 Divulgación de Secretos, 1 Estafa, 28 Extorsión Simple, 3 Homicidio Culposa, 40 Homicidio Simple, 96 Hurto Agravado, 878 Hurto Simple, 1 Hurto de Uso, 20 Incendio, 1 Incumplimiento de deberes, 1 Infracción Ley de Armas, 6 Infracción a ley derechos de Autor, 8 Lesiones Leves, 12 Lesiones Culposas, 24 Lesiones Graves, 13 Privación de Libertad, 2 Receptación, 1 Resistencia Agravada, 4615 Robo Agravado, 1920 Robo Simple, 9 Supresión ocultación y Destrucción de documentos, 1 Sustracción de menor o Incapaz, 1 Tentativa de Estafa, 6 Tentativa de Homicidio, 1 Tentativa de Hurto, 1 Tentativa de Incendio, 3 Tentativa de Robo Agravado, 1 Tentativa de Robo Simple, 1 Tráfico de Personas, 2 Usurpación, 1 Usurpación de autoridad, 1 Violación de Correspondencia, 1 Violación de Domicilio, 3 Violación de custodia de las cosas).

Remesa:           P 49 S 07

Expedientes:   3996

Paquetes:         33

Año:                  2007

Asunto:            Expedientes con archivo fiscal en donde la acción penal esta prescrita (8 Abuso de Autoridad, 21 Accionamiento de Arma de Fuego, 7 Agresión con arma, 2 Alteración de Sustancias, 2 Amenazas a Funcionario Público, 100 Amenazas Agravadas, 2 Averiguar Desaparición, 5 Coacción, 2 Cohecho Propio, 3 Concusión, 26 Daños, 4 Delito Informático, 1 Enriquecimiento ilícito, 1 Estafa, 1 Explotación de Incapaz, Extorsión Simple 15, 4 Falsedad Ideológica, 1 Falsificación de señas y marcas,1 Homicidio Calificado, 2 Homicidio Culposo, 20 Homicidio Simple, 182 Hurto Agravado, 765 Hurto Simple, 5 Incendio, 2 Incumplimiento de deberes, 5 Infracción de ley de armas, 1 Infracción a la ley de derechos de Autor, 1 Infracción Ley de Migración, 2 Lesiones Leves, 4 Lesiones Culposas, 1 Lesiones Graves, 11 Privación de Libertad, 1 Profanación de cadáveres, 1 Receptación, 1 Resistencia Agravada, 1516 Robo Agravado, 1240 Robo Simple, 1 Simulación de Delito, 1 Suministro infiel de medicamentos, 8 Supresión ocultación y Destrucción de documentos, 1 Sustracción de menor o incapaz, 4 Tentativa de Robo Agravado, 2 Tentativa de robo simple, 1 Uso de documento falso, 3 Usurpación, 1 Usurpación de autoridad, 1 Usurpación de bienes de dominio Público, 3 Violación de correspondencia, 1 Violación de comunicaciones electrónicas, 2 Violación de domicilio, 1 Violación de custodia de las cosas).

Remesa:           P 58 S 08

Expedientes:   928

Paquetes:         7

Año:                  2008

Asunto:            Expedientes con archivo fiscal en donde la acción penal esta prescrita (14 Abuso de autoridad, 12 Accionamiento de arma de fuego, 1 Alteración de señas y marcas, 1 Amenazas a funcionario Público, 34 Amenazas Agravadas, 4 Coacción, 1 Concusión, 16 Daños, 1 Enriquecimiento Ilícito, 15 Extorsión Simple, 10 Falsificación de señas y Marcas, 20 Hurto Agravado, 211 Hurto Simple, 2 Lesiones Leves, 1 Lesiones Culposas, 1 Privación de Libertad, 4 Robo Agravado, 569 Robo Simple, 1 Sabotaje Informático, 5 Uso de documento falso, 1 Usurpación, 4 Violación de comunicaciones Electrónicas).

Remesa:           P 29 S 09

Expedientes:   725

Paquetes:         6

Año:                  2009

Asunto:            Expedientes con archivo fiscal en donde la acción penal esta prescrita (10 Abuso de Autoridad, 5 Accionamiento de arma de fuego, 6 Agresión con arma, 1 Alteración de datos, 5 Amenazas Agravadas, 1 Coacción, 1 Concusión, 16 Daños, 3 Extorsión Simple, 1 Falsedad ideológica, 6 Falsificación señas y marcas, 11 Hurto Agravado, 216 Hurto Simple, 1 Infracción a la ley de derechos de autor, 2 Lesiones Culposas, 4 Lesiones Graves,1 Privación de Libertad, 30 Robo Agravado, 401 Robo Simple, 1 Usurpación de Autoridad, 3 Violación de Comunicaciones Electrónicas).

Remesa:           P 26 S 10

Expedientes:   69

Paquetes:         1

Año:                  2010

Asunto:            Expedientes con archivo fiscal en donde la acción penal esta prescrita (1 Abuso de autoridad, 5 Accionamiento de arma de fuego, 2 Agresión con arma, 2 Alteración de datos, 1 amenazas a funcionario Público, 10 Amenazas Agravadas, 5 Daños, 4 extorsión Simple,3 Falsificación señas y marcas, 13 Hurto simple, 1 Incumplimiento de deberes, 1 Infracción ley general de aduanas, 3 Privación de Libertad, 13 Robo Simple).

Remesa:           P 19 S 11

Expedientes:   322

Paquetes:         2

Año:                  2011

Asunto:            Expedientes con archivo fiscal en donde la acción penal esta prescrita (3 Abuso de autoridad, Accionamiento de arma de fuego, 6 Agresión con arma, 4 amenazas Agravadas, 1 Apropiación Indebida, 1 Averiguar muerte, 2 daños, 1 Enriquecimiento ilícito, 3 Hurto agravado, 156 Hurto simple, 1 Hurto Atenuado, 1 Incumplimiento de deberes, 2 Infracción ley de armas, 1 Lesiones Leves, 3 Lesiones culposas, 1 Privación de libertad agravada, 9 Robo agravado, 124 Robo simple, 1 Violación de custodia de las cosas).

Remesa:           P 8 S 12

Expedientes:   476

Paquetes:         2

Año:                  2012

Asunto:            Expedientes con archivo fiscal en donde la acción penal esta prescrita (1 Aborto procurado, 1 Abuso de autoridad, 20 agresión con arma,6 Amenazas Agravadas, 5 Daños, 1 Divulgación de secretos, 352 Hurto simple, 3 Lesiones Leves, 7 Lesiones Culposas, 77 Robo Simple, 3 Violación de comunicaciones Electrónicas).

Remesa:           P 3 S 13

Expedientes:   2348

Paquetes:         8

Año:                  2013

Asunto:            Expedientes con archivo fiscal en donde la acción penal esta prescrita (56 Abuso de autoridad, 12 Accionamiento arma fuego, 2 Agresión, 49 Agresión con arma, 40 Amenazas Agravadas, 1 Atípico, 2 Coacción, 1 Concusión, 70 Daños, 7 Extorsión Simple, 10 Falsedad ideológica, 3 Falsificación de señas y marcas, 1414 Hurto simple, 1 Incendio, 1 Incumplimiento de deberes, 30 Lesiones Leves, 17 Lesiones Culposas, 3 Lesiones Graves, 522 Robo Simple, 2 Suplantación de identidad, 3 Usurpación, 102 Violación de comunicaciones electrónicas).

Remesa:           P 2 S 14

Expedientes:   493

Paquetes:         2

Año:                  2014

Asunto:            Expedientes con archivo fiscal en donde la acción penal esta prescrita (19 Abuso de Autoridad, 3 Accionamiento de arma de fuego, 16 Agresión, 5 Agresión con arma, 21 Amenazas Agravadas, 18 Atípico, 18 Daños, 4 Divulgación de secretos, 1 Falsedad Ideológica, 3 Falsificación de señas y marcas, 180 Hurto simple, 1 Infracción a la ley de protección Adulto Mayor, 2 Lesiones Leves, 11 Lesiones Culposas,1 Lesiones Graves, 1 Nombramiento ilegal, 2 Privación de libertad, 98 Robo simple, 1 Simulación de Delito, Supresión ocultación y destrucción de Documentos, 1 Violación de datos personales, 1 Violación de correspondencia, 86 Violación de comunicaciones electrónicas).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles.

San José, 22 de agosto del 2018.

                                                        MBA. Dinorah Álvarez Acosta

                                                                 Subdirectora Ejecutiva

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018275195 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta 01-2016 de fecha 04 de mayo del 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en sesión 51-16 celebrada el 24 de mayo del 2016, artículo CI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Civiles del año 1994 al 2011 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Matina, Limón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:           C 35 L 94

Expedientes:   1

Paquetes:         1

Año:                  1994

Asunto:            Civil: Ejecutivo simple.

Remesa:           C 38 L 95

Expedientes:   6

Paquetes:         1

Año:                  1995

Asunto:            Civil: 4 Ejecutivo simple, 1 Alquiler, 1 Desahucio.

Remesa:           C 36 L 96

Expedientes:   2

Paquetes:         1

Año:                  1996

Asunto:            Civil: Ejecutivo simple.

Remesa:           C 31 L 97

Expedientes:   3

Paquetes:         1

Año:                  1997

Asunto:            Civil: Ejecutivo simple.

Remesa:           C 20 L 98

Expedientes:   6

Paquetes:         1

Año:                  1998

Asunto:            Civil: Ejecutivo simple.

Remesa:           C 23 L 99

Expedientes:   3

Paquetes:         1

Año:                  1999

Asunto:            Civil: Ejecutivo simple.

Remesa:           C 24 L 00

Expedientes:   1

Paquetes:         1

Año:                  2000

Asunto:            Civil: Ejecutivo simple.

Remesa:           C 26 L 01

Expedientes:   5

Paquetes:         1

Año:                  2001

Asunto:            Civil: 1 Consignación de pago, 4 Ejecutivo simple.

Remesa:           C 20 L 02

Expedientes:   3

Paquetes:         1

Año:                  2002

Asunto:            Civil: Ejecutivo simple.

Remesa:           C 21 L 03

Expedientes:   10

Paquetes:         1

Año:                  2003

Asunto:            Civil: 6 Ejecutivo simple, 3 Interdicto, 1 Abreviado.

Remesa:           C 21 L 04

Expedientes:   1

Paquetes:         1

Año:                  2004

Asunto:            Civil: Ejecutivo simple.

Remesa:           C 21 L 05

Expedientes:   1

Paquetes:         1

Año:                  2005

Asunto:            Civil: Interdicto.

Remesa:           C 16 L 06

Expedientes:   11

Paquetes:         1

Año:                  2006

Asunto:            Civil: 8 Ejecutivo simple, 1 Ejecución Hipotecaria, 1 Ejecución de sentencia, 1 Interdicto.

Remesa:           C 16 L 07

Expedientes:   1

Paquetes:         1

Año:                  2007

Asunto:            Civil: Ejecutivo simple.

Remesa:           C 33 L 08

Expedientes:   6

Paquetes:         1

Año:                  2008

Asunto:            Civil: 1 Desahucio, 4 Ejecutivo simple, 1 Desahucio.

Remesa:           C 28 L 09

Expedientes:   6

Paquetes:         1

Año:                  2009

Asunto:            Civil: 4 Desahucio, 2 Prendarios.

Remesa:           C 24 L 10

Expedientes:   2

Paquetes:         1

Año:                  2010

Asunto:            Civil: Desahucio.

Remesa:           C 23 L 11

Expedientes:   2

Paquetes:         1

Año:                  2011

Asunto:            Civil: Desahucio.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles.

San José, 22 de agosto del 2018.

                                                        MBA. Dinorah Álvarez Acosta,

                                                                 Subdirectora Ejecutiva

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018275200 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 51-16 celebrada el 24 de mayo del 2016, artículo CI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Civiles del año 1993, 2000 (no incluye los años 1994 a 1999 y 2001 a 2005) y del año 2006 al 2015 del Juzgado Contravencional de Menor Cuantía y Tránsito de Sarapiquí. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:                C 34 H 93

Expedientes:         1

Paquetes:              1

Año:                       1993

Asunto:                  Civil varios: 1 Ejecutivo simple

Remesa:                C 22 H 00

Expedientes:         1

Paquetes:              1

Año:                       2000

Asunto:                  Civil varios: 1 Incidente de Honorarios

Remesa:                C 23 H 06

Expedientes:         40

Paquetes:              1

Año:                       2006

Asunto:                  Civil varios: 15 Ejecutivo simple, 3 Ejecutivo prendario, 2 Ejecución de sentencia, 3 Consignación de alquiler, 4 Desahucio, 6 Interdicto, 7 Matrimonio Civil.

Remesa:                C 27 H 07

Expedientes:         26

Paquetes:              1

Año:                       2007

Asunto:                  Civil varios: 1 Ejecutivo prendario, 7 Consignación de alquiler, 13 Desahucio, 3 Interdicto, 2 Prueba confesional.

Remesa:                C 26 H 08

Expedientes:         18

Paquetes:              1

Año:                       2008

Asunto:                  Civil varios: 7 Consignación de alquiler, 11 Desahucio.

Remesa:                C 20 H 09

Expedientes:         12

Paquetes:              1

Año:                       2009

Asunto:                  Civil varios: 1 Ejecutivo prendario, 1 Consignación de alquiler, 7 Desahucio, 3 Matrimonio Civil.

Remesa:                C 25 H 10

Expedientes:         19

Paquetes:              1

Año:                       2010

Asunto:                  Civil varios: 4 Consignación de alquiler, 12 Desahucio, 3 Matrimonio Civil.

Remesa:                C 22 H 11

Expedientes:         12

Paquetes:              1

Año:                       2011

Asunto:                  Civil varios: 2 Consignación de alquiler, 2 Desahucio, 2 Ejecutivo prendario, 6 Matrimonio Civil.

Remesa:                C 21 H 12

Expedientes:         5

Paquetes:              1

Año:                       2012

Asunto:                  Civil varios: 2 Desahucio, 3 Matrimonio Civil.

Remesa:                C 20 H 13

Expedientes:         2

Paquetes:              1

Año:                       2013

Asunto:                  Civil varios: 2 Matrimonio Civil.

Remesa:                C 18 H 14

Expedientes:         1

Paquetes:              1

Año:                       2014

Asunto:                  Civil varios: 1 Matrimonio Civil.

Remesa:                C 18 H 15

Expedientes:         1

Paquetes:              1

Año:                       2015

Asunto:                  Civil varios: 1 Matrimonio Civil.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 22 de agosto de 2018.

                                                           MBA. Dinorah Álvarez Acosta,

                                                                   Subdirectora Ejecutiva.

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018275201 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 02-2006, de fecha 28 de junio del 2006, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 50-06, celebrada el 11 de julio del 2006, artículo L. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 02-2007, de fecha 06 de agosto del 2007, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 66-07 del 06 de setiembre del 2007, artículo XXXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentos Base en materia Civil del año 1974, 1975 y de 1977 al 2007 y Documentos Base en Materia Laboral del año 1994, 1995 y del 2000 al 2004 del Juzgado Contravencional de Menor Cuantía y Tránsito de Sarapiquí. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Eliminación en Materia Civil

Remesa:           21016

Documentos:  415

Paquetes:         33

Año:                  1974, 1975 y de 1977 al 2007.

Asunto:            1974 Documentos base en materia civil. 1 Cheque.1975 Documentos base en materia civil. 1 Cheque. 1977 Documentos base en materia civil. 2 Pagarés, 1 Certificación de prenda, 3 Cheques.1978 Documentos base en materia civil. 2 pagaré, 1 Cheque. 1979 Documentos base en materia civil. 1 pagaré, 3 Cheques. 1980 Documentos base en materia civil. 4 pagarés, 1 factura, 3 Cheques. 1981 Documentos base en materia civil. 3 Pagarés, 3 Cheques, 2 Facturas, 1 Copias de Expedientes. 1982 Documentos base en materia civil. 1 Pagaré, 2 Cheques.1983 Documentos base en materia civil. 8 Facturas, 1 Certificación de Personería. 984 Documentos base en materia civil. 1 Pagaré, 1 Certificación de personería, 2 Cheque. 1985 Documentos base en materia civil. 2 pagarés, 2 facturas, 1 recibo, 1 Confesional, 2 Cheque. 1986 Documentos base en materia civil. 4 pagarés, 3 facturas,

1 escritura, 26 recibos, 3 pliegos de posesiones, 1 carta de despido, 1 solicitud de asistencia médica, 4 cartas preventivas, 1 certificado de prenda, 1 contestación, 1 comprobante de pago por caja. 1987 Documentos base en materia civil. 4 pagarés, 3 facturas, 3 Certificados de prenda, 1 Cheque. 1988 Documentos base en materia civil. 5 pagarés, 1 Cheque, 1 Certificado de prenda. 1989 Documentos base en materia civil. 8 pagarés, 1 factura, 3 Cheques. 1990 Documentos base en materia civil. 5 pagarés, 1 factura, 1 certificado de prenda. 1991 Documentos base en materia civil. 9 pagarés, 2 facturas, 1 Contrato de arrendamiento. 1992 Documentos base en materia civil. 4 pagarés, 1 cheque. 1993 Documentos base en materia civil. 2 pagarés, 1 contrato de arriendo, 1 recibo, 1 pliegos de posesiones, 1 certificado de prenda. 1994 Documentos base en materia civil. 4 pagarés, 2 cheque, 1 confesional,

1 certificado de prenda, 1 letra de cambio. 1995 Documentos base en materia civil. 5 pagarés, 1 factura, 4 confesional, 6 letra de cambios, 1 documento a reconocer. 1996 Documentos base en materia civil. 6 pagarés, 13 facturas, 5 letras de cambio, 3 certificación de prenda, 2 confesionales. 1997 Documentos base en materia civil. 2 pagarés, 2 recibos, 1 letra de cambio, 2 confesional, 1 certificado de prenda, 1 contrato de arriendo. 1998 Documentos base en materia civil. 6 pagarés, 4 facturas, 1 recibos, 1 confesional, 1 certificado de prenda, 5 letra de cambio. 1999 Documentos base en materia civil. 3 pagarés, 10 letras de cambio, 1 cheque, 1 certificado de prenda, 1 factura, 2 confesional. 2000 Documentos base en materia civil. 10 pagarés, 5 facturas, 1 certificado de prenda, 1 confesional, 8 letras de cambio, 1 documento para reconocimiento. 2001 Documentos base en materia civil. 1 pagarés, 1 facturas, 6 letra de cambio, 5 confesional, 1 escritura, 1 documento para reconocer, 1 compra venta.

2002 Documentos base en materia civil. 1 cheque, 2 planos, 2 confesional, 5 letras de cambio, 1 fotografías. 2003 Documentos base en materia civil. 1 cheque, 1 contrato. 4 confesional, 6 letras de cambio, 3 facturas.2004 Documentos base en materia civil. 1 confesional, 3 letras de cambio 2 pararé, 1 boleta de seguridad nula. 2005 Documentos base en materia civil. 47 pagarés, 1 facturas, 12 letras de cambio, 1 certificación de deuda, 2 confesionales. 2006 Documentos base en materia civil. 8 pagarés, 1 factura, 2 letras de cambio, 1 video de prueba, 2 certificaciones de deuda. 2007 Documentos base en materia civil. 1 confesional.

Eliminación en Materia Laboral

Remesa:           S 2 H 94

Documentos:  11

Paquetes:         7

Año:                  1994, 1995 y del 2000 al 2004.

Asunto:            1994 Documentos base en materia laboral. 1 recibo, 1 factura. 1995 Documentos base en materia laboral. 1 plano. 2000 Documentos base en materia laboral. 1 libro de actas, 1 confesional. 2001 Documentos base en materia laboral. 2 recibos, 1 confesional. 2002 Documentos base en materia laboral. 1 carné de seguridad. 2003 Documentos base en materia laboral. 1 documental. 2004 Documentos base en materia laboral. 1 confesional.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 22 de agosto del 2018.

                                                           MBA. Dinorah Álvarez Acosta,

                                                                     Subdirectora Ejecutiva

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018275202 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 51-16 celebrada el 24 de mayo del 2016, artículo CI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Civiles del año 1988 y 1990 al 2013 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Alajuelita. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:           21017

Expedientes:   2

Paquetes:         01

Año:                  1988

Asunto:            Civiles: abreviado 1, desahucio 1

Remesa:           C 155 S 90

Expedientes:   152

Paquetes:         02

Año:                  1990

Asunto:            Civiles: desahucio 75, prevención de desalojo 6, ejecución sentencia 9, ejecutivo simple 11, consignación de alquiler 21, prendario 1, ordinario 2, interdicto 11, abreviado 4, hipotecario 2, monitorio 1, matrimonio 4, pruebas anticipadas 3, devolución de cuotas 2,

Remesa:           C 143 S 91

Expedientes:   165

Paquetes:         01

Año:                  1991

Asunto:            Civiles: desahucio 86, consignación de alquiler 20, prevención de desalojo 11, interdictos 9, hipotecario 6, abreviados 3, ejecución sentencia 4, monitorio 6, matrimonio 6, devolución de cuotas 1, ejecutivos simples 10, pruebas anticipadas 3

Remesa:           C 146 S 92

Expedientes:   280

Paquetes:         02

Año:                  1992

Asunto:            Civiles: desahucios 110, monitorios 3, ejecutivo simple 71, consignación de alquiler 15, abreviado 5, prevención de desalojo 7, ejecución sentencia 4, hipotecario 13, interdicto 5, matrimonio 4, ejecutivos simple 41, prueba anticipada 2

Remesa:           C 137 S 93

Expedientes:   265

Paquetes:         01

Año:                  1993

Asunto:            Civiles: desahucio 123, ejecutivo simple 20, consignación de alquiler 38, hipotecario 29, interdicto 6, prevención de desalojo 11, abreviado 7, prendario 1, monitorio 2, ejecución de sentencia 7, matrimonio 7, aseguramientos 2, embargo preventivo 3, pruebas anticipadas 8, reconocimiento judicial 1.

Remesa:           C 124 S 94

Expedientes:   298

Paquetes:         01

Año:                  1994

Asunto:            Civiles: desahucio 146, monitorio 4, consignación de alquiler 28, abreviado 7, hipotecario 9, ejecutivo simple 57, prevención de desalojo 22, ejecución sentencia 5, interdicto 8, prueba anticipada 9, matrimonio 2, fijación de alquileres 1

Remesa:           C 124 S 95

Expedientes:   340

Paquetes:         01

Año:                  1995

Asunto:            Civiles: consignación de alquiler 64, desahucio 192, ejecutivos simple 67, interdictos 10, ejecución de sentencia 1, abreviados 3, monitorios 1, reconocimiento judicial 1, embargo preventivo 1

Remesa:           C 149 S 96

Expedientes:   196

Paquetes:         01

Año:                  1996

Asunto:            Civiles: consignación de alquiler 28, desahucio 118, ejecutivos simple 17, abreviado 8, interdicto 15, ejecución de sentencia 6, reconocimiento judicial 2, embargo preventivo 1, monitorio 1

Remesa:           C 124 S 97

Expedientes:   215

Paquetes:         01

Año:                  1997

Asunto:            Civiles: desahucio 92, ejecución sentencia 4, consignación de alquiler 41, ejecutivo simple 64, interdicto 10, abreviado 1, matrimonio 3.

Remesa:           C 133 S 98

Expedientes:   236

Paquetes:         01

Año:                  1998

Asunto:            Civiles: desahucio 106, ejecutivo simple 73, interdicto 12, consignación de alquiler 29, abreviados 6, embargo preventivo 2, ejecución de sentencia 2, matrimonios 5, monitorios 1.

Remesa:           C 120 S 99

Expedientes:   165

Paquetes:         01

Año:                  1999

Asunto:            Civiles: ejecutivo simple 25, desahucio 96, consignación de alquiler 19, abreviado 5, ejecución de sentencia 3, matrimonio 6, interdicto 10, reconocimiento judicial 1.

Remesa:           C 96 S 00

Expedientes:   178

Paquetes:         01

Año:                  2000

Asunto:            Civiles: desahucios 108, consignación de alquiler 26, interdicto 11, ejecutivo simple 12, abreviado 11, matrimonio 6, ejecución de sentencia 4,

Remesa:           C 98 S 01

Expedientes:   187

Paquetes:         01

Año:                  2001

Asunto:            Civiles: interdicto 19, desahucios 110, consignación de alquiler 21, ejecutivo simple 12, abreviado 7, ejecución de sentencia 5, matrimonio 12, monitorio 1.

Remesa:           C 102 S 02

Expedientes:   208

Paquetes:         01

Año:                  2002

Asunto:            Civiles: consignación de alquiler 17, desahucio 88, interdicto 4, abreviado 23, ejecutivo simple 49, monitorio 13, ejecución de sentencia 7, matrimonio 7.

Remesa:           C 97 S 03

Expedientes:   151

Paquetes:         01

Año:                  2003

Asunto:            Civiles: ejecutivo simple 13, desahucio 105, monitorio 1, matrimonio 8, consignación de alquiler16, interdicto 4, abreviado 3, ejecución de sentencia 1.

Remesa:           C 90 S 04

Expedientes:   130

Paquetes:         01

Año:                  2004

Asunto:            Civiles: desahucio 87, matrimonio 5, interdicto 4, ejecutivo simples 13, consignación de alquiler 16, hipotecario 1, ejecución de sentencia 3, monitorio 1.

Remesa:           C 86 S 05

Expedientes:   104

Paquetes:         01

Año:                  2005

Asunto:            Civiles: interdicto 8, ejecutivo simple 6, desahucio 65, matrimonio 7, prevención de desalojo 1, ejecución de sentencia 6, consignación de alquiler 10, fijación de alquiler 1.

Remesa:           C 92 S 06

Expedientes:   110

Paquetes:         01

Año:                  2006

Asunto:            Civiles: desahucio 82, ejecutivo simple 5, depósito de llaves 1, consignación de alquiler 8, interdicto 5, matrimonio 8, prevención desalojo 1.

Remesa:           C 103 S 07

Expedientes:   70

Paquetes:         01

Año:                  2007

Asunto:            Civiles: desahucio 59, matrimonio 2, consignación de alquiler 8, prevención de desalojo 1.

Remesa:           C 85 S 08

Expedientes:   106

Paquetes:         01

Año:                  2008

Asunto:            Civiles: reajuste alquiler 1, matrimonio 3, desahucio 76, prevención de desalojo 3, consignación de alquiler 22, prendario 1.

Remesa:           C 67 S 09

Expedientes:   116

Paquetes:         01

Año:                  2009

Asunto:            Civiles: desahucio 99, matrimonio 5, consignación de alquiler 11, prevención de desalojo 1.

Remesa:           C 69 S 10

Expedientes:   106

Paquetes:         01

Año:                  2010

Asunto:            Civiles: desahucio 99, prevención de desalojo 1, matrimonio 2, consignación de alquiler 4.

Remesa:           C 75 S 11

Expedientes:   78

Paquetes:         01

Año:                  2011

Asunto:            Civiles: matrimonio 4, consignación de alquiler 7, prevención de desalojo 2, desahucio 65

Remesa:           C 67 S 12

Expedientes:   6

Paquetes:         01

Año:                  2012

Asunto:            Civiles: matrimonio 6,

Remesa:           C 64 S 13

Expedientes:   2

Paquetes:         01

Año:                  2013

Asunto:            Civiles: matrimonio 2

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 22 de agosto del 2018.

                                                           MBA. Dinorah Álvarez Acosta,

                                                                     Subdirectora Ejecutiva

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018275203 ).

SALA PRIMERA

A la señora Analive Alvarado Solano, en su condición de albacea testamentaria de la sucesión de Ricardo Carmona Jiménez, de domicilio ignorado, se hace saber: Que en diligencias de exequátur promovidas inicialmente por María Cecilia Hernández Porras (ahora difunta), contra la citada sucesión, para obtener el exequátur de una sentencia de divorcio dictada por la Corte de Circuito del 11° Circuito Judicial en y para el Condado de Dade, Florida, Estados Unidos de América, en proceso seguido entre las mismas partes. La petición se apoya en el artículo 705 del Código Procesal Civil, y el exequátur tiene por objeto inscribir el divorcio en Costa Rica. La Sala procedió a nombrar una curadora para que represente a la referida albacea. Al efecto se han dictado las resoluciones que dicen: “Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las once horas quince minutos del nueve de noviembre de dos mil siete. Por hechas las manifestaciones de la señora María Cecilia Hernández Porras, en relación al fallecimiento de quien en vida fue su esposo, Ricardo Carmona Jiménez. Acerca de la solicitud que formula, tendiente a que se ponga el exequátur de ley a la ejecutoria que acompañan de la sentencia de divorcio, se concede audiencia por el plazo de diez días a la señora Analive Alvarado Solano, a quien, en su calidad de albacea de la sucesión de Ricardo Carmona Jiménez, se le previene que en el acto de ser notificada o separadamente por escrito, debe señalar casa u oficina dentro del perímetro judicial de la ciudad de San José para oír notificaciones. Asimismo, indicar en el territorio nacional un medio adecuado al efecto, el cual, por ahora, puede ser el fax o el casillero electrónico debidamente habilitado para su recepción por el Departamento de Informática del Poder Judicial. Mientras no lo haga, cualquier resolución posterior que se dicte se tendrá por notificada con el solo transcurso de veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso o incierto, o ya no existiere; o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho. En ambos casos, la omisión producirá las consecuencias de la notificación automática, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6 y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. Por indicarse que la albacea Analive Alvarado Solano reside en “Urbanización Lucubres, casa 69, Desamparados, San José”, para que le notifique la presente resolución, se comisiona al Juzgado Contravencional de Desamparados. De previo a ordenar la notificación, debe la interesada aportar la certificación que compruebe que la señora Alvarado Solano funge como albacea provisional de la sucesión de Ricardo Carmona Jiménez. Indíquese si existen o no bienes gananciales inscritos en Costa Rica y, en la eventualidad que los haya, deberán aportarse las respectivas certificaciones. Anabelle León Feoli, presidenta”. “NUE: 14-000148-0004-FA, Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las ocho horas del veinticuatro de agosto de dos mil quince. De oficio, y conforme a la doctrina de los numerales 125, 127 y 130 del Código Procesal Civil, tramítese el presente caso promovido por Enrique Gustavo Espinoza Zunino , en forma acumulada con el proceso similar que en su oportunidad incoara la que fuera su esposa, señora María Cecilia Hernández Porras (ahora difunta), contra la sucesión de Ricardo Carmona Jiménez, al cual se le asignó el número de expediente 02-000105-0004-FA (interno 593-02). Lo anterior, por darse la conexión necesaria y haber identidad de partes, objeto y causa, y porque la competencia y tramitación entre ambos es común. Luis Guillermo Rivas Loáiciga, presidente. “NUE: 02-000105-0004-FA, Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil quince. Examinados los autos en los procesos acumulados número 02-000105-0004-FA y 14-000148-0004-FA se aprecia que los causantes Ricardo Carmona Jiménez y María Cecilia Hernández Porras otrora esposos, fallecieron y ciertamente entre ellos se gestionó ante las autoridades estadounidenses el divorcio, mismo que fuera declarado por sentencia final de disolución de matrimonio el 21 de octubre de 1977, emitida por la Corte de Circuito del 11° Circuito Judicial en y para el Condado de Dade, Florida, Estados Unidos de América. Ahora bien, interesa al señor Enrique Gustavo Espinoza Zunino, segundo esposo de quien en vida fue doña María Cecilia Hernández Porras (matrimonio celebrado en los Estados Unidos de América el 17 de enero de 1978), que se proceda otorgar el reconocimiento a dicha sentencia de divorcio. Así las cosas, y siendo que se desconoce el paradero de la señora Analive Alvarado Solano, albacea del sucesorio de don Ricardo Carmona Jiménez (véase constancia a folio 111), para cumplir con la finalidad de brindar seguridad y certeza jurídica a ese divorcio, deviene necesario que esta Sala designe un curador o curadora que represente a dicha albacea testamentaria y así se cumpla con el debido proceso. Por lo anterior, se le designa como curador al Lic. Winner Orlando Obando Navarro, quien puede ser contactado al fax 2593-4964, a quien se le previene comparecer dentro de tercero día a aceptar y jurar el cargo. Se fijan sus honorarios en la suma de cincuenta mil colones, que el señor Enrique Gustavo Espinoza Zunino deberá depositar en la causa no. 02-000105-0004-FA-7, en el Banco de Costa Rica, dentro del mismo plazo. Por otra parte, compruebe el promovente Espinoza Zunino, quien funge como albacea en la sucesión de doña María Cecilia Hernández Porras, para lo cual deberá gestionar la certificación respectiva en el Despacho de la mortual, sea tal notarial o jurisdiccional. Luis Guillermo Rivas Loáiciga, presidente.” Y, “NUE: 02-000105-0004-FA, Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las trece horas diez minutos del cinco de noviembre del dos mil quince. De parte del Lic. Winner Orlando Obando Navarro, se tiene por aceptado el cargo de curador que le fuera conferido y jura su fiel y buen cumplimiento. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil, notifíquese la petición inicial, así como los autos de las 11 horas 15 minutos del 09 de noviembre de 2007, de las 8 horas del 24 de agosto de 2015, de las 8 horas 30 minutos del 24 de agosto de 2015, y la presente resolución, por medio de un edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial, a la señora Analive Alvarado Solano, en su condición de albacea del sucesorio testamentario de don Ricardo Carmona Jiménez, a quien ahora se le previene que, en su primer escrito, debe indicar en el territorio nacional un medio adecuado al efecto, el cual, por ahora, puede ser el fax, el casillero electrónico debidamente habilitado para su recepción por el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial, o por cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, o bien un número de casillero en el Primer Circuito Judicial de San José, debiendo escoger entre ellos únicamente dos medios, con indicación de cuál de ellos se utilizará como principal. Mientras no lo haga, cualquier resolución posterior que se dicte se tendrá por notificada con el solo transcurso de veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso o incierto, o ya no existiere; o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho. En ambos casos, la omisión producirá las consecuencias de la notificación automática, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Tramítese el asunto con intervención del citado curador, a quien se omite conferirle la audiencia en virtud de la contestación positiva que de las diligencias presentó. Román Solís Zelaya, Presidente, a. í.”

San José, 03 de agosto de 2018

                                                                        Antony Quirós Madrigal,

                                                                                  Notificador a. í.

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018275616 ).

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Remates

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En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del uno de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de treinta y un mil cuatrocientos cincuenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 188.921-B-002 la cual es terreno con 1 casa. Situada en el distrito Pavas, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Miriam Ramírez; al este, Yohnny Corrales, y al oeste, Ricardo Alvarado. Mide: trescientos noventa y siete metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del diecinueve de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de veintitrés mil quinientos ochenta y siete dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de siete mil ochocientos sesenta y dos dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Acolchados Americanos S. A. contra Inversiones Comerciales Montoya y Asociado S. A. Expediente 18-008823-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de julio del 2018.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—( IN2018281913 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref.: 2336-157-001 citas: 340-06918-01-0900-001, a las catorce horas y quince minutos del veintinueve de octubre de dos mil dieciocho, y con la base de diez millones setecientos cincuenta mil ochocientos ocho colones con veintiún céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y cinco mil doscientos quince cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir 46 D. Situada en el distrito Cariari, cantón-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Elegía del Sol S. A.; al sur, Elegía del Sol S. A.; al este, calle pública con 9 metros de frente y al oeste, Elegía del Sol S. A. Mide: ciento setenta y un metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del trece de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de ocho millones sesenta y tres mil ciento tres colones con dieciséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del veintiocho de noviembre de dos mil dieciocho con la base de dos millones seiscientos ochenta y siete mil setecientos dos colones con cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R. L. contra Benito Sánchez Salazar, Liseidy Torres Bustos. Exp.: 17-009174-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 23 de abril del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018281960 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 350-02370-01-0900-001; a las once horas y cero minutos del veintinueve de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de diez millones ochenta y cinco mil trescientos setenta y tres colones con dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y seis mil novecientos noventa y cuatro-cero cero cero (136994-000), la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2-Jiménez, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Mercedes Cortes García; al sur, calle pública con 24,57 metros; al este, Michael Jara Castillo, y al oeste, calle pública con 49 metros. Mide: mil doscientos diecisiete metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del trece de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de siete millones quinientos sesenta y cuatro mil veintinueve colones con setenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del dos mil dieciocho con la base de dos millones quinientos veintiún mil trescientos cuarenta y tres colones con veintiséis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R.L. contra Rony Gerardo Castillo Castillo. Expediente 18-002965-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 19 de junio del 2018.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2018281961 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas: 2013-329297-01-0003-001, a las diez horas y treinta minutos del quince de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de nueve millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos seis mil cuatrocientos ochenta y uno cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito: 03-Sardinal, cantón: 05-Carrillo, de la Provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Juana Carballo Espinoza; al sur, servidumbre con 25.36 metros; al este, Juana Carballo Espinoza, y al oeste, calle pública con 21.49 metros de frente. Mide: quinientos veintitrés metros cuadrados. Plano: G-1753275-2014. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de seis millones novecientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de dos millones trescientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Rodolfo Gómez Enríquez. Expediente 16-000007-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia (Materia Cobro), 05 de setiembre del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2018281974 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de diciembre del dos mil dieciocho, y con la base de seis millones doscientos cuatro mil novecientos sesenta y tres colones con un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 844763, marca Mitsubishi, estilo Lancer ES, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2003, color vino, vin JA3AJ26E33U102789, cilindrada 2000 c.c cc., combustible gasolina, motor 4G94PN3168. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de enero del dos mil diecinueve, con la base de cuatro millones seiscientos cincuenta y tres mil setecientos veintidós colones con veintiséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de enero del dos mil diecinueve con la base de un millón quinientos cincuenta y un mil doscientos cuarenta colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credicom F.N. S. A. contra Carolina Isabel Palma Espinoza. Expediente 17-001582-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 06 de setiembre del 2018.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2018281981 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y cuarenta minutos del veinticinco de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de treinta y siete millones novecientos veintidós mil ciento cincuenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiún mil cuatrocientos veintidós-cero cero cero, la cual es terreno de Tacotal. Situada en el distrito: 09-Tamarindo, cantón: 03-Santa Cruz, de la Provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Las Nubes de Galicia S. A.; al sur, calle pública con cien metros lineales de frente; al este, lote uno de Tesoros Tropicales S. A.; y al oeste, lote tercero de Allen Ramírez Henderson. Mide: setenta y cinco mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta minutos del nueve de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de veintiocho millones cuatrocientos cuarenta y un mil seiscientos doce colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de nueve millones cuatrocientos ochenta mil quinientos treinta y siete colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Importadora de Motos RJ Alajuela S. A. contra Carlos Manuel Castro Garita. Expediente 14-007201-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 13 de agosto del 2018.—Lic. Juan Carlos Cerdas Bermúdez, Juez.—( IN2018281983 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las catorce horas y cero minutos del veintitrés de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de doce mil doscientos quince dólares con dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: Placas número: BJB-065, Marca: Hyundai, Estilo: Grand I10, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas. año: 2016, color: blanco, Vin: MALA851CAGM270405, cilindrada: 1200 c.c., combustible: gasolina. Motor: G4LAFM644763. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de nueve mil ciento sesenta y un dólares con veintisiete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de tres mil cincuenta y tres dólares con setenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Kenneth Alfredo Picado Ramírez. Expediente 18-004786-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 04 de setiembre del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018282016 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones con la boleta 16316800061, con la sumaria 16-600206-0242-TC; a las catorce horas y cero minutos del treinta de octubre del dos mil dieciocho y con la base de cinco mil setecientos cuarenta y seis dólares con veintitrés centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo BHF235, marca Daihatsu, estilo Terios, categoría automóvil, capacidad 5 personas, carrocería todo terreno 4 puertas tracción 4x4, número de chasis: JDAJ210G001054656, año fabricación: 2008, color: blanco, número motor: 1949852, cilindrada: 1495, combustible: gasolina. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del catorce de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de cuatro mil trescientos nueve dólares con sesenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintinueve de noviembre del año dos mil dieciocho con la base de mil cuatrocientos treinta y seis dólares con cincuenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra 3-101-691741 Sociedad Anónima. Expediente 18-000097-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 10 de agosto del 2018. Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2018282017 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando Infracciones con la Boleta 201785600950 con la sumaria 17-002461-0491-TR; a las nueve horas y cero minutos del veintinueve de octubre del dos mil dieciocho, con la base de quince mil ciento veintiséis dólares con cincuenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo BNH471, marca Chevrolet, estilo Spark Classic LTZ, categoría automóvil, capacidad 5 personas, carrocería sedan 4 puertas hatchback, tracción: 4x2, año fabricación 2017, color blanco, número motor B12D1170330193, cilindrada 1200, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de once mil trescientos cuarenta y cuatro dólares con noventa centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del dos mil dieciocho con la base de tres mil setecientos ochenta y un dólares con sesenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Jhony Alberto Sandi Elizondo. Expediente 18-000124-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 29 de agosto del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018282018 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones boleta: 2017244000198 sumaria: 17-001784- 0496-TR; a las quince horas y cero minutos del veintinueve de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de catorce mil trescientos ochenta dólares con seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas PJR-015, marca Hyundai, estilo Accent GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2017, color negro, vin KMHCT41BAHU165219, cilindrada 1400 c.c., combustible gasolina, motor G4LCGU632623. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del trece de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de diez mil setecientos ochenta y cinco dólares con cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del dos mil dieciocho con la base de tres mil quinientos noventa y cinco dólares con dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecucion prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Paola José Roldán Oviedo. Expediente 18-002373-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 29 de agosto del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018282019 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las quince horas y treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de ocho mil seiscientos cuarenta y dos dólares con ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número CL-278079, marca Isuzu, estilo NLR55E-14, categoría carga liviana, capacidad 3 personas, año 2015, color blanco, vin JAANLR55EF7100656, cilindrada 2800 cc., combustible diésel, motor 4JB11H7101. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del seis de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de seis mil cuatrocientos ochenta y un dólares con cincuenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil dieciocho con la base de dos mil ciento sesenta dólares con cincuenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Carlos Luis Quirós Guillen. Expediente 18-004664-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 03 de setiembre del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018282020).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones, pero soportando infracciones/colisiones boleta: 2016321400652 sumaria: 17-000028-0174-TR; a las catorce horas y cero minutos del diecisiete de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de veintitrés mil ciento nueve dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número LLG-189. Marca Chevrolet. Estilo Captiva Sport LS. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2015. Color plateado. Vin 3GNAL7EK9FS613256. Cilindrada 2400 c.c. Combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de diecisiete mil trescientos treinta y un dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de noviembre del dos mil dieciocho con la base de cinco mil setecientos setenta y siete dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Alexander Cabalceta Rivera y Libny Merary Lemaitre González. Expediente 18-004667-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 31 de agosto del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018282021 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las nueve horas y cero minutos del veintidós de octubre del dos mil dieciocho y con la base de veintiséis mil seiscientos noventa y cinco dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número BHV-091, marca Hyundai, estilo Sonata GLS, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2015, color negro, vin KMHE341GBFA081745, cilindrada 2400 cc., combustible gasolina, motor G4KEEA559131. Para el Segundo Remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de veinte mil veintiún dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de seis mil seiscientos setenta y tres dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Alexander Cabalceta Rivera. Expediente 18-004668-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 03 de setiembre del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018282022 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 0324-00015198-01-0901-018; a las once horas y cero minutos del once de diciembre del año dos mil dieciocho, y con la base de ocho millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 93318-000 la cual es terreno: naturaleza: terreno para construir, lote 1 sector a con una casa de habitación. Finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el distrito: San Rafael, cantón: La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Roberto Mendoza Martínez-lotes número dieciocho y numero diecinueve; al sur, calle pública con un frente de siete metros; al este, Roberto Mendonza Martínez y al oeste, Roberto Mendoza Martínez-lotes número dos. Mide: ciento veintisiete metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del nueve de enero del año dos mil diecinueve, con la base de seis millones quinientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de enero del año dos mil diecinueve con la base de dos millones ciento setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Marisol Rojas Chaves. Exp.: 18-005964-1765-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 03 de setiembre del 2018.—Licda. Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—( IN2018282024 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las catorce horas y cero minutos del veintitrés de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de veintiún mil cincuenta y cuatro dólares con cuarenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número NMR-630. Marca Hyundai. Estilo Tucson Limited. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2014. Color blanco. Vin KMHJU81CDEU910939. Cilindrada 2400 c.c. Combustible gasolina. Motor G4KEEU330305. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de quince mil setecientos noventa dólares con ochenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de noviembre del dos mil dieciocho con la base de cinco mil doscientos sesenta y tres dólares con sesenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Helen Dahianna Ríos Hernández. Expediente 18-004681-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 04 de setiembre del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018282026 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones, a las nueve horas y cero minutos del veintidós de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de catorce mil ochocientos ochenta y dos dólares con diecinueve centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas : RKD-089, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2015, color: blanco, vin: KMHCT41DAFU789154, cilindrada: 1600 CC, combustible: gasolina, motor : G4FCEU439504. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de once mil ciento sesenta y un dólares con sesenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de tres mil setecientos veinte dólares con cincuenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Kattia Mayela Navarro López. Expediente 18-004684-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 03 de setiembre del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018282027 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las quince horas y cero minutos del veintitrés de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de trece mil ochocientos cuarenta y nueve dólares con veintiún centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número FGM-776, marca Hyundai, estilo Grand I10 GLS, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2016, color blanco, vin Mala841cbgm102023, cilindrada 1200 cc., combustible gasolina, motor G4LAFM653993. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del siete de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de diez mil trescientos ochenta y seis dólares con noventa y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del veintidós de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de tres mil cuatrocientos sesenta y dos dólares con treinta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S.A contra Fabiola Mendieta Martinez. Expediente 18-004687-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 04 de setiembre del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018282028 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones, a las diez horas y treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de once mil cincuenta y dos dólares con noventa y nueve centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas : 770787, marca: Hyundai, estilo: Santa Fe GLS, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, año: 2008, color: plateado, vin: KMHSH81WP8U239541, cilindrada: 2200 CC, combustible: diesel, motor : D4EB7336009. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de ocho mil doscientos ochenta y nueve dólares con setenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de dos mil setecientos sesenta y tres dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Andrea María Guevara Gómez. Expediente 18-004691-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 03 de setiembre del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018282029 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las catorce horas y treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de trece mil setecientos setenta y dos dólares con sesenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número BGB-219, marca Hyundai, estilo I30 GLS, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014, color plateado, vin KMHD351EAEU133244, cilindrada 1800 cc., combustible gasolina, motor G4NBDU775461. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del seis de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de diez mil trescientos veintinueve dólares con cuarenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de tres mil cuatrocientos cuarenta y tres dólares con dieciséis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Christopher Josué Monestel Zúñiga. Expediente 18-004734-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 03 de setiembre del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018282030 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones, a las nueve horas y cero minutos del veintitrés de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de diez mil setecientos cuarenta y dos dólares con nueve centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas : BDL-548, marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2013, color: café, vin: KMHJT81BBDU666686, cilindrada: 2000 CC, combustible: gasolina, motor : G4KDCU955769. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de ocho mil cincuenta y seis dólares con cincuenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de dos mil seiscientos ochenta y cinco dólares con cincuenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Víctor Julio Aguilar Soto. Expediente 18-004737-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 04 de setiembre del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018282031 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las ocho horas y cero minutos del veintitrés de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de quince mil setenta y nueve dólares con cuarenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número MMQ-009, marca Chevrolet, estilo Trax L T, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014, color anaranjado, vin 3GNCJ7CE7EL188043, cilindrada 1800 cc., combustible gasolina, motor 2H0133507022. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de once mil trescientos nueve dólares con cincuenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de tres mil setecientos sesenta y nueve dólares con ochenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Manuel Amado Martin Marín Quiros. Expediente 18-004779-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 04 de setiembre del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018282032 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones, a las quince horas y treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil dieciocho y con la base de trece mil novecientos diecinueve dólares con ochenta y cinco centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas BJZ-336, marca Hyundai, estilo 120 GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2016, color beige, vin MALBM51BAGM135936, cilindrada 1200 cc., combustible gasolina, motor G4LAFM748344. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del seis de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de diez mil cuatrocientos treinta y nueve dólares con ochenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de tres mil cuatrocientos setenta y nueve dólares con noventa y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Roberto Maldonado. Expediente 18-004788-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 03 de setiembre del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018282033 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las nueve horas y treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil dieciocho y con la base de cuatro millones doscientos ochenta y dos mil trescientos ochenta y un colones con treinta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BLX-302, marca Kia, estilo Río, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2010, color blanco, vin KNADH4A35A6654451, cilindrada 1500 cc., combustible gasolina. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del seis de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de tres millones doscientos once mil setecientos ochenta y seis colones con un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de un millón setenta mil quinientos noventa y cinco colones con treinta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S. A. contra Ronald Francisco Chavarría Alfaro. Expediente 18-004801-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 03 de setiembre del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018282037 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las quince horas del veintiséis de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de once mil ochocientos sesenta y un dólares con noventa y un céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas : BMR869, marca: Hyundai, estilo: Grand I10 GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2016, color: blanco, vin: MALA851AAGM363928, cilindrada: 1000 CC, combustible: gasolina, motor : G3LAFM454154. Para el segundo remate, se señalan las quince horas del doce de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de ocho mil ochocientos noventa y seis dólares con cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas del veintisiete de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de dos mil novecientos sesenta y cinco dólares con cuarenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CrediQ Inversiones CR Sociedad Anónima contra Jerelyn Tatiana Corella Ramírez. Expediente 18-004840-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 11 de setiembre del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018282038 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones, pero soportando infracciones/colisiones boleta: 1776201268 sumaria:17-001847-1729-TR; a las nueve horas y cero minutos del veintitrés de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de trece mil doscientos cincuenta y cuatro dólares con sesenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BHH-617, marca Hyundai, estilo Accent GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2015, color blanco, vin KMHCT41BEFU789006, cilindrada 1400 cc., combustible gasolina, motor G4LCEU271023. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de nueve mil novecientos cuarenta dólares con noventa y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de tres mil trescientos trece dólares con sesenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S.A contra Dayliz Yosette Castrillo Hernandez. Expediente 18-004689-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 04 de setiembre del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018282039 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrito bajo las citas: 355-03306-01-0001-001, a las quince horas y treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de noventa y dos millones seiscientos noventa y siete mil seiscientos catorce colones con sesenta y cinco céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos noventa y siete mil seiscientos setenta y nueve cero cero cero, la cual es lote setenta y dos terreno para construir una casa. Situada: en el distrito 4-Mata de Plátano, cantón 8-Goicochea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 71; al sur, calle pública; al este, lote 73, y al oeste, calle pública. Mide: 164 metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del quince de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de sesenta y nueve millones quinientos veintitrés mil doscientos diez colones con noventa y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de veintitrés millones ciento setenta y cuatro mil cuatrocientos tres colones con sesenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Scotiabank de Costa Rica y Afines contra Inversiones El Álamo del Este Sociedad Anónima, María Gabriela Cordero Quesada. Expediente 18-008179-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Greivin Gerardo Fallas Abarca, Juez.—( IN2018282042 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; para el primer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintiséis de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de cuarenta y dos millones ochocientos quince mil trescientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 536201-000 la cual es terreno con una casa y patio, marcada con el 153. Situada en el distrito 04 Mata de Plátano, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 154; al sur, lote 174 y 152; al este, lote 162, 163 Y 165, y al oeste, Calle Rotonda con un frente de 9.01 centímetros. Mide: doscientos setenta y ocho metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas cero minutos del doce de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de treinta y dos millones ciento once mil cuatrocientos setenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas cero minutos del veintisiete de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de diez millones setecientos tres mil ochocientos veinticinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja de Ahorro y Préstamo de la Asociación Nacional de Educadores contra Lilliana Morales Alfaro. Expediente 18-000312-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 06 de setiembre del 2018.—Licda. Nagari Dahitza Suárez Vargas, Jueza.—( IN2018282044 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 396-02605-01-0901-001, a las quince horas y treinta minutos del doce de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de un millón novecientos ochenta y seis mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos cuarenta y dos mil novecientos veintiocho cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno de cultivos. Situada: en el distrito: 02-San Miguel, cantón: 03-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de veintisiete metros con cincuenta y tres centímetros; al sur, Hannia Cordero Arias; al este, William Romero Salazar, y al oeste, Gilda Cordero Arias y Eduvina Arias Jiménez. Mide: tres mil seiscientos veintiún metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del veintisiete de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de un millón cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y treinta minutos del doce de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de cuatrocientos noventa y seis mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Multiservicios W M R de Paraíso Sociedad Anónima contra Blanca Rosa Orozco Vargas, Roberto Guido Orozco Vargas, Noemi Orozco Vargas, Rosibel Ileana Chacón Orozco. Expediente 16-009593-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 19 de setiembre del 2018.—Licda. Johanna Quesada Monge, Jueza.—( IN2018282065 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca en primer grado por un monto de tres millones de colones a favor de la misma sociedad actora en este proceso; a las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de veintiséis mil dólares exactos moneda estadounidense, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ocho mil quinientos sesenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno solar con 1 casa. Situada en el distrito 2-La Suiza, cantón 5-Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Victoria Arce Tencio; al sur, Roberto Sánchez Loaiza; al este, zanja en medio Victoria Arce, y al oeste, calle pública. Mide: doscientos sesenta y cinco metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de noviembre del año dos mil dieciocho, con la base de diecinueve mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre del año dos mil dieciocho con la base de seis mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de KALMICH S. A. contra Eduardo Adrián Rivera Jiménez. Expediente 18-000251-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 01 de agosto del 2018.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2018282074 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2016-723043-01-0005-001, a las ocho horas y quince minutos del veintitrés de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ocho mil ciento cincuenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno de cafetal con una casa. Situada: en el distrito San Francisco, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Gerardo y Tito Jara; al sur, Armando Sancho; al este, calle pública, y al oeste, Nicolas Arias. Mide: doscientos setenta y dos metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y quince minutos del siete de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y quince minutos del veintidós de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Javier Eduardo Rojas Vargas contra Rafaela Umaña Alpízar. Expediente 18-003012-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 26 de abril del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018282078 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 258-00559-01-0901-002; a las quince horas y cero minutos del veinticuatro de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de cuarenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y siete mil ciento sesenta y siete cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Antonio, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ana Cecilia Oreamuno Vargas; al sur, Ana Cecilia Oreamuno Vargas; al este, Ana Cecilia Oreamuno Vargas, y al oeste, calle pública con 08,98 metros. Mide: ciento sesenta y tres metros con veintidós decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del ocho de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de treinta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del veintitrés de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de diez mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Roberto Camacho Víquez, Inversiones Santobru Sociedad Anónima contra Verny de Los Ángeles Corrales Chacón. Expediente 17-008110-1158-CJ.—Juzgado de Cobro Y Civil De Menor Cuantía De Heredia (Materia Cobro), 23 de marzo del 2018.—Msc. Gabriela Chaves Villalobos, Jueza.—( IN2018282079 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y quince minutos del veinticuatro de octubre de dos mil dieciocho, y con la base de diecinueve mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cuarenta y cinco mil doscientos setenta y dos-cero cero uno y cero cero dos (345272-001/002) la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito: 04-Carrillos, cantón: 08-Poás, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 8,75 metros de frente; al sur Wilson Valverde Valverde; al este, Ania Valverde Valverde y al oeste, Bienes y Servicios TYS S. A. Mide: ciento sesenta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y quince minutos del ocho de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de catorce mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y quince minutos del veintitrés de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de cuatro mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cielos Tres Veinte S. A. contra Eliveth Del Carmen Valverde Valverde, Jairo Gerardo Herrera Calderón. Exp.: 18-003775-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 22 de mayo del año 2018.—Licda. Blanca Ramírez González, Jueza.—( IN2018282080 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de cuarenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y ocho mil quinientos veintitrés---cero cero uno y cero cero dos (388523---001---002), la cual es terreno para construir 6-D con una casa. Situada en el distrito 2-San José, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Cooperativa Autogestionaria de Servicios Aeroindustrial R.L.; al noroeste, lote 7-D; al sureste, Cooperativa Autogestionaria de Servicio Aeroindustriales R.L.; al suroeste, calle pública con un frente de 8 metros 65 centímetros. Mide: ciento cincuenta y seis metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Plano: A-0358005-1996. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de treinta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil dieciocho con la base de diez mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ernesto Muñoz Araya, Inversiones Santobru Sociedad Anónima, María Licet del Carmen Sánchez Brenes contra Marisol Patricia González Barboza, Randal Enrique del Carmen Loría Núñez. Expediente 18-003358-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 23 de mayo del 2018.—Lic. Emileth Molina Rosales, Juez.—( IN2018282081 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 254-06372-01-0901-002 y servidumbre de paso citas: 437-16649-01-0001-001; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de octubre de dos mil dieciocho y con la base de cincuenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y cinco mil ciento sesenta y seis cero cero cero, la cual es terreno para construir 71 C con una casa dos apartamentos. Situada en el distrito 2-San José, cantón 6-San Isidro, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 70-C; al sur, lote 72-C; al este, rotonda y camino público con 12 metros 12 centímetros y al oeste, Río Tibás. Mide: seiscientos trece metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de noviembre de dos mil dieciocho con la base de doce millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Giselle María Arguedas Oviedo contra Gerardo Blanco Sequeira. Exp:17-008569-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 23 de mayo del 2018.—Licda. Margarita Mena Gutiérrez, Jueza.—( IN2018282082 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando demanda ordinaria citas: 800-385515-01-0001-001 y demanda penal citas: 800-410514-01-0001-001; a las diez horas y treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de ciento cincuenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintitrés mil ciento treinta y seis-cero cero cero (23136-000) la cual es terreno con 3 locales comerciales y dos apartamentos. Situada en el distrito 1-Heredia, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Ismael Rodríguez Zumbado; al sur, Natalia Rodríguez Zumbado; al este, Juanita Zumbado; y al oeste, calle pública con 11 m 18 cm. Mide: ciento ochenta y un metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de ciento doce mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil dieciocho con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Brecor del Norte B C Sociedad Anónima contra Lidilia Eugenia de los Ángeles Barrantes Fuentes. Expediente 17-001809-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 23 de mayo del 2018.—Licda. Emileth Molina Rosales, Jueza.—( IN2018282083 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de once mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ochenta y siete mil setecientos sesenta y dos cero cero cero, la cual es terreno para construir y árboles frutales con una casa. Situada en el distrito 1-Orotina, cantón 9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública, y Estefani Sosa Flores, ambos en parte; al sur, Catalina Rojas Rodríguez; al este, Estefani Sosa Flores, y al oeste, José Eduardo Flores Madrigal. Mide: doscientos cuarenta y cinco metros cuadrados. Plano catastrado A-0500501-1983. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de ocho mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil dieciocho con la base de dos mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Melissa Raquel RS Sociedad Anónima contra Elizabeth Flores Madrigal. Expediente 18-003779-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 23 de mayo del 2018.—Licda. Margarita Mena Gutiérrez, Jueza.—( IN2018282084 ).

En la puerta exterior de este despacho, a las nueve de la mañana del dos de noviembre del dos mil dieciocho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, bajo las citas de inscripción: tomo: doscientos ochenta y uno (281), asiento: cero nueve tres cero cinco (09305), consecutivo: cero uno (01), secuencia: cero uno cero siete (0107), subsecuencia: cero cero uno (001), con la base de doscientos mil colones netos sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas matrícula de folio real número dieciséis mil cuatrocientos cuarenta y nueve-cero cero cero, propiedad del demandado Diego Manuel Solís Monge, que es terreno para agricultura, situada en el distrito tercero (Naranjito), cantón sexto (Quepos), de la provincia de Puntarenas, linda al norte, con parcela 31 y camino, al sur, con parcela 29 y camino, al este con parcela 31 y camino, al oeste, con camino y parcela 29. Mide veinte mil seiscientos sesenta y tres metros con ochenta y seis decímetros cuadrados, según plano P-cero cero cero ocho dos tres nueve-mil novecientos sesenta y ocho. para el segundo remate se señalan las nueve de la mañana del diecinueve de noviembre del año dos mil dieciocho, con la base de ciento cincuenta mil colones netos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se procede a señalar las nueve de la mañana del cuatro de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de cincuenta mil colones netos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso monitorio de Banco de Costa Rica, contra Diego Manuel Solís Monge. Expediente 11-100101-425-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Quepos (Materia Civil). Quepos, 07 de agosto del 2018.—MSc Julio David Rebelo Orellana, Juez.—( IN2018282121 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando demanda ordinaria bajo las citas 0800-00257636-01-0001-001; a las quince horas y cero minutos del siete de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de veinte millones trescientos diez mil doscientos veinticuatro colones con sesenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y ocho mil ciento treinta y seis cero cero uno cero cero dos, la cual es terreno lote 21 construir. Situada en el distrito 01 Siquirres, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 22; al sur, lote 20; al este, lote 16, y al oeste, calle pública con 9 metros 42 centímetros. Mide: doscientos cincuenta y nueve metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del veintidós de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de quince millones doscientos treinta y dos mil seiscientos sesenta y ocho colones con cuarenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del siete de diciembre del dos mil dieciocho con la base de cinco millones setenta y siete mil quinientos cincuenta y seis colones con quince céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Damaris Jaen Bolaños. Expediente 17-001136-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 17 de agosto del 2018.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2018282173 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 386-17747-01-0908-001 y servidumbre de paso citas: 408-10633-01-0001-001; a las diez horas y quince minutos del veintiuno de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de cincuenta y dos millones seiscientos tres mil seiscientos catorce colones con veintitrés céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos veinticinco mil ochocientos ochenta-cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito Las Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, con lote de Sueño Azul Sociedad Anónima; al sur, con resto reservado de Sociedad Ganadera Agropecuaria Barrantes Paniagua S A; al este, con resto reservado de Sociedad Ganadera Agropecuaria Barrantes Paniagua S A, y al oeste, con Sueño Azul Sociedad Anónima. Mide: ciento sesenta y ocho mil trescientos sesenta y nueve metros con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y quince minutos del seis de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de treinta y nueve millones cuatrocientos cincuenta y dos mil setecientos diez colones con sesenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y quince minutos del veintiuno de diciembre del dos mil dieciocho con la base de trece millones ciento cincuenta mil novecientos tres colones con cincuenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Corporación Platino y Jade S. A., Federico Gallegos Solís. Expediente 17-000462-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 14 de junio del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018282177 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, a las once horas del doce de diciembre del dos mil dieciocho, y con la base de ochenta mil dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 183898-000, la cual es terreno para construir lote 22 con una casa. Situada: en el distrito 04 San Francisco, cantón 06 San Isidro, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 23; al sur, lote 21; al este, lote destinado a reserva municipal lote 2 en medio servidumbre de paso, y al oeste, calle pública con 11,13 metros al frente. Mide: trescientos sesenta y cuatro metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas del diez de enero del dos mil diecinueve, con la base de sesenta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas del veinticinco de enero del dos mil diecinueve, con la base de veinte mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S. A. contra Erika María Sánchez Zamora. Expediente 17-006619-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 19 de setiembre del 2018.—Licda. Ana Lorena Gutiérrez González, Jueza.—( IN2018282204 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando contrato prendario citas 2015-50286-001, boleta número 3000518522; a las ocho horas y veinte minutos del veintinueve de octubre de dos mil dieciocho y con la base de ocho millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BMJ566. Marca Toyota. Estilo Sedan 4x2. Año 2014. Color bronce. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y veinte minutos del trece de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de seis millones ciento cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y veinte minutos del veintiocho de noviembre de dos mil dieciocho con la base de dos millones cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Banco de Costa Rica contra Minor Gabriel Dávila Martínez. Exp:15-002018-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 08 de junio del 2018.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2018282208 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado bajo las citas: 2016-273702-01-0002-001; reservas Ley Aguas bajo las citas: 312-02771-01-0010-001 y reservas Ley Caminos bajo las citas: 312-02771-01-0011-001; a las diez horas y treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil diecinueve, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y nueve mil novecientos cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 7-La Fortuna, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Edgar Eduardo Boganes y Grupo Gecorama VYA Sociedad Anónima; al sur, Grupo Gecorama VYA Sociedad Anónima; al este, Víctor Julio Jiménez Esquivel y; Edgar Eduardo Vargas Bogantes y al oeste, servidumbre agrícola. Mide: cinco mil trescientos setenta y ocho metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil diecinueve, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil diecinueve con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mario Delgado Umaña contra Eduardo Antonio Campos Chacón. Exp: 18-002132-1763-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de setiembre del 2018.—Licda. Yesenia Solano Molina, Jueza.—( IN2018282228 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones: 0382-00008776-01-0900-001; a las trece horas y quince minutos del veinticinco de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintitrés mil ochocientos uno cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 40. Situada en el distrito San Pablo, cantón Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Luis Gomes Hernández; al sur, calle pública con un frente de doce metros; al este, Edgar Odón Ugalde Brais, y al oeste, Luis Gómez Hernandez. Mide: seiscientos diecisiete metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y quince minutos del nueve de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y quince minutos del veintiséis de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Breisy Melisa Salinas Álvarez. Expediente 17-003925-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 04 de junio del 2018.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2018282231 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cuarenta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil dieciocho y con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta mil sesenta y dos cero cero cero la cual es terreno aleza: terreno de potrero con una casa de habitación. Situada en el distrito 2-San Jerónimo, cantón 14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Jorge Emilio y Emma Lucía ambos Ramos Calderón, Rómulo Rodríguez Rodríguez en medio quebrada; al este, Honoria Leitón y al oeste, Jorge Emilio y Emma Lucía ambos Ramos Calderón. Mide: siete mil quinientos treinta y seis metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del ocho de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del once de diciembre de dos mil dieciocho con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Elsie María Ramos Vargas contra Proyectos Educativos Roel S. A. Exp: 14-010328-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 31 de julio del 2018.—Lic. Emileth Molina Rosales, Jueza.—( IN2018282236 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas: 548-02984-01-0007-001; a las diez horas y cincuenta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de trece millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y seis mil veintiocho cero cero uno, cero cero dos y cero cero tres, la cual es terreno de frutales lote 4. Situada en el distrito San José, cantón Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 5; al sur, lote 3; al este, calle pública con 19,99 metros. de frente, y al oeste, Luis Molina Cedeño. Mide: ochocientos treinta y tres metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cincuenta minutos del ocho de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de nueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cincuenta minutos del once de diciembre de dos mil dieciocho con la base de tres millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Daube Barrantes Hidalgo, Gustavo Adolfo Venegas Garita, Gustavo y Dixie Venegas Barrantes S. A. Expediente 18-000731-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 23 de julio del 2018.—Lic. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—( IN2018282243 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del once de diciembre de dos mil dieciocho, y con la base de dieciséis mil setenta y nueve dólares con setenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas: BLC296. Marca: Suzuki. Estilo: Swift GL. Capacidad: 5 personas. Año: 2017. Color: Blanco. Vin: MA3ZC62S8HAA73607. Motor: K12MN1756895. Cilindrada: 1200 c.c. Combustible: Gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de enero de dos mil diecinueve, con la base de doce mil cincuenta y nueve dólares con ochenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de enero de dos mil diecinueve con la base de cuatro mil diecinueve dólares con noventa y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra Kendall Andrey Prado Marín. Exp: 17-010774-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de setiembre del 2018.—Licda. Angelina Varela Valenciano, Jueza.—( IN2018282259 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de catorce mil cuatrocientos quince dólares con cuarenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: BLS325, marca: BYD, estilo: F0 GLX l, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, seri-chasis y Vin: LC0C14DA1H0000045, tracción 4x2, año: 2017, N. motor: BYD371QAC16001871, marca: BYD, cilindrada: 1000 c.c., combustible: gasolina. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de diez mil ochocientos once dólares con cincuenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y treinta minutos del once de diciembre del dos mil dieciocho con la base de tres mil seiscientos tres dólares con ochenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra Steven Alberto Vega Martínez. Expediente 17-010779-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 13 de setiembre del 2018.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2018282260 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación citas 2016-00181295-01-007-001; a las once horas y cero minutos del veintinueve de octubre de dos mil dieciocho, y con la base de cien mil dólares exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 0076585-000 la cual es terreno con un edificio. Situada en el distrito 02 San Francisco, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Eduardo Víquez Ramírez; al sur, Santiago Coto Garro; al este, carretera a Guadalupe con 9.04 metros y al oeste, calle pública con 6.94 metros. Mide: doscientos sesenta y seis metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del trece de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de setenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de noviembre de dos mil dieciocho con la base de veinticinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Príncipes de Alcantara S. A. contra Empresa Constructora y Consultora Huir S. A., Humberto García Corrales. Exp.: 18-008070-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 30 de julio del 2018.—Licda. Seilin López González, Juez.—( IN2018282281 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 329-13534-01-0901-002, reservas y restricciones citas: 329-13534-01-0904-001, reservas y restricciones citas: 370-18886-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 370-18886-01-0902-001, reservas y restricciones citas: 370-18886-01-0903-001; a las nueve horas y quince minutos del diecinueve de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de diecisiete millones ciento treinta y nueve mil doscientos setenta y cinco colones con cincuenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 380473-000 cero cero cero la cual es terreno para agricultura con una casa. Situada en el distrito 7-La Fortuna, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 48.09 metros de frente; al sur, Carmen Coto Solano y Claudio Bonilla Alarcon, lote baldío; al este, José Joaquín Pérez Rodríguez, casa de habitación a 20 metros de distancia; y al oeste, Martín Javier Pérez Rodríguez, lote baldío. Mide: dos mil doscientos cincuenta y cuatro metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: A-0734959-2001. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del cuatro de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de doce millones ochocientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y seis colones con sesenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del veinte de diciembre del dos mil dieciocho con la base de cuatro millones doscientos ochenta y cuatro mil ochocientos dieciocho colones con ochenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Eny Rocío Hidalgo Sancho. Expediente 17-010988-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 18 de setiembre del 2018.—Licda. Jazmin Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2018282289 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref.: 0455-414-009 citas: 277-01029-01-0902-001; a las once horas y cero minutos del veintidós de octubre de dos mil dieciocho, y con la base de tres millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento un mil trescientos veintisiete cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir Lote 60-C. Situada en el distrito 2-Jiménez, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 59 C; al sur, lote 61 C; al este, lote 91 C y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del seis de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de dos millones quinientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de noviembre de dos mil dieciocho con la base de ochocientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Geiling Roxny Matarrita Arias. Exp: 17-021373-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 28 de agosto del 2018.—Licda. Sandra Trejos Jiménez, Jueza.—( IN2018282295 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; pero soportando reservas y restricciones citas: 0315-00012647-01-0901-001, a las diez horas y treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de once millones cuatrocientos noventa y ocho mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos treinta y nueve mil ciento cincuenta y dos cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 08-Cajón, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto reservado; al sur, María Eugenia Sánchez Valenciano; al este, María Eugenia Sánchez Valenciano, y al oeste, calle pública. Mide: doscientos diecinueve metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de ocho millones seiscientos veintitrés mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de dos millones ochocientos setenta y cuatro mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Mónica Andrea Estrada Venegas. Expediente 18-004984-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 07 de setiembre del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018282296 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; (Primera finca) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0339-00000739-01-0989-001; a las catorce horas y treinta minutos del trece de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de cuatrocientos cuarenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 142808-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Ipís, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Walter Vargas Sandoval, Eli Artavia Morales, Alfredo Quesada Cubero y Olga Lorz Chipoco; al sur, carretera a Coronado con 29.70 metros de frente y Olga Lorz Chipoco; al este, Empresa Guadalupe Ltda.; y al oeste, Walter Vargas Sandoval, Eli Artavia Morales, Alfredo Quesada Cubero. Mide: cuatro mil cuarenta y un metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de trescientos treinta millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del trece de diciembre del dos mil dieciocho con la base de ciento diez millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). (Segunda finca) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso bajo las citas 0286-00002616-01-0901-001; a las catorce horas y treinta minutos del trece de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de cuatrocientos ochenta y cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 142812-000 la cual es terreno solar sembrado de café. Situada en el distrito Ipís, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Sacramento Gutiérrez Barboza; al sur, camino a Purral con 39.24.mts de frente; al este, Hortencia Brenes Carazo, Angela Chinchilla Camacho y Sacramento Gutiérrez Barboza; y al oeste, Hugo Lorz Chipoco. Mide: cuatro mil ochenta y siete metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de trescientos sesenta y tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del trece de diciembre del dos mil dieciocho con la base de ciento veintiún millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). (Tercera finca) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0292-00021524-01-0902-001; a las catorce horas y treinta minutos del trece de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de setenta y cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 177036-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Guadalupe, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Gladys Saborío Paniagua; al sur, calle pública con 29.70 metros de frente; al este, calle pública con 19.32 metros de frente; y al oeste, Silvio Mata Leiva y Héctor Enrique Jiménez Gómez. Mide: seiscientos metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de cincuenta y seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del trece de diciembre del dos mil dieciocho con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). (Cuarta finca) libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del trece de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de cien millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 507608-000 la cual es terreno cultivado de café. Situada en el distrito Ipís, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Montes Elizondo y Sacramento Gutiérrez Barboza; al sur, Hugo Lorz Chipoco y Empresa Guadalupe Limitada; al este, Sacramento Gutiérrez Barboza; y al oeste, Walter Vargas Sandoval. Mide: mil doscientos cinco metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de setenta y cinco millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del trece de diciembre del dos mil dieciocho con la base de veinticinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Corporación Autotransportes del Este S. A. Expediente 18-006047-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 03 de setiembre del 2018.—Licda. Yendri Patricia Rojas Pérez, Jueza.—( IN2018282331 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada de citas 360-16263-01-0006-001; a las ocho horas y treinta minutos del catorce de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de cincuenta y nueve millones doscientos cuarenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 160933-000 la cual es terreno lote cinco D, terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito: 03-Llorente, cantón: 08-Flores, de la Provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 4 D; al sur, lote 6 D; al este, lotes 36 y 35 D, y al oeste, Textilera Centroamericana S. A. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de cuarenta y cuatro millones cuatrocientos treinta y un mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de catorce millones ochocientos diez mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Impresos y Servicios Litográficos Q & J S. A. Expediente 18-002231-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 14 de setiembre del 2018.—Licda. Elia Corina Marchena Fennell, Jueza.—( 2018282333 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre trasladada bajo las citas 369-11351-01-923-001, a las quince horas y treinta minutos del uno de noviembre del año dos mil dieciocho, y con la base de ciento seis mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 361082-000 la cual es terreno para construir con una casa destinada a vivienda número 22. Situada en el distrito: 01-San Isidro, cantón: 11-Vázquez de Coronado, de la Provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, William Sarrilla C.; al este, lote 21 y al oeste, lote 23. Mide: ciento sesenta y un metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre del año dos mil dieciocho, con la base de setenta y nueve mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del tres de diciembre del año dos mil dieciocho, con la base de veintiséis mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra María Yalile Alpízar Rojas. Exp.: 17-011210-1765-CJ Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 31 de agosto del 2018.—Msc Hellen Segura Godínez.—( IN2018282353 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del trece de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de veintiocho millones novecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: Placa: TH-976, Marca: Peugeot, Estilo: Partner VPVTC 1.6HDI, Categoría: automóvil, Serie: VF37J9HECCJ658566, año: 2013, Motor: 10JBEB0023382, cilindrada: 1560 c.c., combustible: Diesel. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de veintiún millones setecientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del trece de diciembre del dos mil dieciocho con la base de siete millones doscientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Danny Alexander Carpintero Mora contra Victor Hugo Gerardo Ortiz Campos. Expediente 18-002230-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 29 de agosto del 2018.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—( IN2018282413 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de octubre de dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo Placa: BMF682, Marca: Honda, Estilo: Civic LX, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año fabricación: 2007, color: blanco, Vin: 1HGFA15517L105075, Motor: R18A12630624, Cilindrada: 1800 c. c., combustible: Gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de OPC Operadora de Cobro y Crédito Comercial S. A. contra Kryssia Michell Gómez Menjivar. Exp: 18-006014-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de junio del 2018.—Lic. Omar Hernández González, Juez.—( IN2018282442 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y quince minutos del cinco de noviembre de dos mil dieciocho, y con la base de cinco millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo Placas 491512, Marca: Audi, Estilo: A4, Categoría: automóvil, año: 2002, color: blanco, Vin: WAUZZZ8E82A285185, Motor: AVJ036844. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y quince minutos del veinte de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de tres millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y quince minutos del cinco de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de un millón trescientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Luis Andrés Arias Zúñiga contra Andrés Álvarez Umaña. Expediente 17-009098-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de julio del 2018.—Licda. Seilin López González, Jueza.—( IN2018282459 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 18-003366-0489-TR Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José; a las catorce horas y cero minutos del diecisiete de enero del dos mil diecinueve, y con la base de trece mil trescientos sesenta y siete dólares con sesenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número LVG689. Marca Hyundai. Estilo Tucson GL. Categoría automóvil. Año 2014. Color negro. Motor G4NADU210319. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de febrero del dos mil diecinueve, con la base de diez mil veinticinco dólares con setenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de febrero del dos mil diecinueve con la base de tres mil trescientos cuarenta y un dólares con noventa centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.  Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S. A. contra Valerie Anne Sosto Gil. Expediente 18-012902-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de agosto del 2018.—Msc. Sirlene Salazar Muñoz, Jueza.—( IN2018282465 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas con treinta minutos del diecinueve de noviembre del dos mil dieciocho; y con la base de nueve mil quinientos cincuenta y dos dólares con cincuenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número JHS304. Marca Suzuki. Estilo Swift D Zire GL. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2013. Color gris. Vin MA3ZF62S7DA137621. Cilindrada 1200 c.c. Combustible gasolina. Motor K12MN1166315. Para el segundo remate se señalan las ocho horas con treinta minutos del cuatro de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de siete mil ciento sesenta y cuatro dólares con treinta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas con treinta minutos del veinte de diciembre del dos mil dieciocho con la base de dos mil trescientos ochenta y ocho dólares con trece centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S. A. contra Jasson Javier Rojas Aguilar. Expediente 18-000134-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 10 de setiembre del 2018.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2018282466 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 0310-00002037-01-0002-001; servidumbre de aguas pluviales citas: 0575-00029310-01-0001-001 y servidumbre de aguas pluviales citas: 0575-00029889-01-0001-001; a las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de cien mil novecientos sesenta y cuatro dólares con trece centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cinco mil novecientos noventa y ocho-f-cero cero cero, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número cincuenta y siete apta para construir que se destinará a uso residencial la cual podrá tener una altura máxima de tres pisos. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, acceso seis; al sur, finca filial primaria individualizada número sesenta y tres; al este, finca filial primaria individualizada número cincuenta y ocho, finca filial primaria individualizada número cincuenta y nueve y finca filial primaria individualizada número sesenta, y al oeste, finca filial primaria individualizada número cincuenta y seis. Mide: seiscientos setenta y dos metros con cero decímetros cuadrados. Plano: G-1362048-2009. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de setenta y cinco mil setecientos veintitrés dólares con diez centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintidós de noviembre del año dos mil dieciocho con la base de veinticinco mil doscientos cuarenta y un dólares con tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco LAFISE S. A. contra José Antonio Herrero Sauma. Expediente 17-002369-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 22 de agosto del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—( IN2018282467 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las once horas treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil dieciocho y con la base de nueve millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 751589, marca Hyundai, año 2008, Vin KMHNU81WP8U050067, cilindrada, color plateado, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del trece de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de siete millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil dieciocho con la base de dos millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso Monitorio de Bancredito contra Ángel Antonio Arce Cavallini, Mario Sotela Blen, Rosa Blen Castro. Exp: 12-023047-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 23 de julio del 2018.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza.—( IN2018282471 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada tomo 324 asiento 5584, servidumbre de paso tomo 2015 asiento 354647;; a las catorce horas y cero minutos del veintitrés de octubre del año dos mil dieciocho, y con la base de treinta y tres millones trescientos cuarenta y seis mil ciento veinte colones con setenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y dos mil quinientos sesenta y cinco cero cero cero la cual es terreno para construir lote 4. Situada en el distrito 02 San Diego, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, servidumbre de paso en medio Alberto Boza Richmond; al sur, Emérita Jiménez Badilla; al este, lote 3 y al oeste, lote 5. Mide: ciento cuarenta y tres metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de noviembre del año dos mil dieciocho, con la base de veinticinco millones nueve mil quinientos noventa colones con diecinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de noviembre del año dos mil dieciocho con la base de ocho millones trescientos treinta y seis mil quinientos treinta colones con diecinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular contra Marvin Enrique Aguilar Guillén. Exp: 16-016348-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 29 de junio del 2018.—Licda. Daisy Hidalgo Arias, Jueza.—( IN2018282480 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado anotada bajo las citas 574-46575-01-0002-001 y servidumbre trasladada anotada bajo las citas 575-79113-01-0001-001; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de ocho millones ochocientos cuarenta y cuatro mil setecientos cincuenta y cuatro colones con noventa y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 309309-003-004-005 la cual es terreno para construir con una casa lote 3. Situada en el distrito Quesada, cantón San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Francisco Porfirio Salazar Soto; al sur, José Alberto Corella Corella; al este, Francisco Porfirio Salazar Soto, y al oeste, calle pública con un frente de 9 metros. Mide: doscientos cuarenta y cuatro metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil dieciocho, con la base de seis millones seiscientos treinta y tres mil trescientos cuarenta y un colones con diecinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del quince de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de dos millones doscientos once mil ciento trece colones con setenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Guiselle María Portuguéz Bejarano. Expediente 14-023961-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 31 de agosto del 2018.—Lic. Luis Diego Vargas Vargas, Juez.—( IN2018282482 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 358-17513-01-0906-001; a las diez horas y cero minutos del veinticuatro de octubre del dos mil dieciocho y con la base de veintinueve millones ochocientos sesenta y un mil trescientos veinticuatro colones con ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 5299-F-001 y 002, la cual es terreno apartamento B-5-D. Situada en el distrito Colima, cantón Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, áreas comunes; al sur, Urbanización 4 Reinas; al este, apto B-5-C y al oeste, Oficina de Vivienda Industrial S. A. Mide: sesenta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de veintidós millones trescientos noventa y cinco mil novecientos noventa y tres colones con seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de noviembre del dos mil dieciocho con la base de siete millones cuatrocientos sesenta y cinco mil trescientos treinta y un colones con dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Rosalba Ramírez Martínez. Exp:16-012828-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 27 de junio del 2018.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—( IN2018282483 ).

En la puerta exterior de este Despacho; 1) Libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del uno de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de diecinueve millones novecientos cincuenta y cuatro mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 121813-f-000 la cual es terreno finca filial primaria individualizada 94 apta para construir destinada a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, servidumbre pluvial; al sur, finca filial primaria individualizada número 93; al este, Hongos de Costa Rica S. A. y al oeste, acceso vehicular 1. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con veintiséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de catorce millones novecientos sesenta y cinco mil ochocientos setenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de diciembre del dos mil dieciocho con la base de cuatro millones novecientos ochenta y ocho mil seiscientos veinticinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del uno de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de veinticuatro millones ciento noventa y seis mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 121806-f-000 la cual es terreno finca filial primaria individualizada 87 apta para construir destinada a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número 88; al sur, zona de protección quebrada intermitente; al este, Hongos de Costa Rica S. A.; y al oeste, acceso vehicular 1. Mide: doscientos ochenta y tres metros con diecisiete decímetros cuadrados. para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de dieciocho millones ciento cuarenta y siete mil trescientos setenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de diciembre del dos mil dieciocho con la base de seis millones cuarenta y nueve mil ciento veinticinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial): y 3) Libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del uno de noviembre de dos mil dieciocho, y con la base de trece millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 121764--F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada 45 apta para construir destinada a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, zona de protección quebrada intermitente; al sur, intersección acceso vehicular 5 y 6; al este, finca filial primaria individualizada número 44; y al oeste, finca filial primaria individualizada número 46. Mide: ciento setenta metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de diez millones doscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de diciembre del dos mil dieciocho con la base de tres millones cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se rematan por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Alberto Navarro Brenes contra Construcciones Irazú R-G Asociados Ltda. Expediente 17-013157-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 27 de agosto del 2018.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2018282551 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de diez mil dieciocho dólares con setenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BLH364. Marca Geely. Estilo GC5. Categoría automóvil. Año 2016. Color gris. Vin LB37624S1GL014329. Cilindrada 1500 c.c. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de siete mil quinientos catorce dólares con ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de noviembre del dos mil dieciocho con la base de dos mil quinientos cuatro dólares con sesenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Kevin David Valverde Chaverri. Expediente 18-008749-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de julio del 2018.—Licda. Mariela Porras Retana, Jueza.—( IN2018282555 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del treinta y uno de octubre de dos mil dieciocho, y con la base de cinco mil novecientos treinta y dos dólares con setenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 659711. Marca Citroen. Estilo C4. Categoría automóvil. Año 2007. Color azul. Vin VF7LCN6AL74356551. Motor 10FX6W2763721. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del quince de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de cuatro mil cuatrocientos cuarenta y nueve dólares con cincuenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil dieciocho con la base de mil cuatrocientos ochenta y tres dólares con diecinueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Jhonny Alberto Morales Loaiza. Exp.: 18-009496-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de julio del 2018.—Licda. Seilin López González, Jueza.—( IN2018282556 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y quince minutos del veintinueve de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de diecisiete mil setecientos quince dólares con noventa y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número CL 235609. Marca Mitsubishi. Estilo L200 Did Common Rail. Categoría carga liviana. Capacidad 5 personas. Año 2008. Color gris. Vin MMBJNKB408D059826. Cilindrada 2477 c.c. Combustible diesel. Motor 4D56UCBB3182. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del trece de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de trece mil doscientos ochenta y seis dólares con noventa y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del veintiocho de noviembre del dos mil dieciocho con la base de cuatro mil cuatrocientos veintiocho dólares con noventa y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Evelyn de Bruyn Desconocido. Expediente 17-010354-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 09 de julio del 2018.—Licda. Maricela Monestel Brenes, Jueza.—( IN2018282557 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de seis mil doscientos noventa y cuatro dólares con sesenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas N°754263, marca Toyota, estilo Corolla GLI, capacidad 5 personas, año 2009, color gris, cilindrada 1794 c.c. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del trece de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de cuatro mil setecientos veinte dólares con noventa y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil dieciocho con la base de mil quinientos setenta y tres dólares con sesenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Juan Andrés Sánchez Guerrero. Expediente 17-015407-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 04 de julio del 2018.—Licda. Maricela Monestel Brenes, Jueza.—( IN2018282558 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos (2:45 pm) del veintinueve de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de diez mil trescientos ocho dólares con diez centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BDL818. Marca ZAP. Estilo A380. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2013. Color plateado. Vin LZ0CC5X05C2002298. Cilindrada 2000 c.c. Combustible gasolina. Motor 4G63S4MSKM1672. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos (2:45 pm) del trece de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de siete mil setecientos treinta y un dólares con siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos (2:45 pm) del veintiocho de noviembre del dos mil dieciocho con la base de dos mil quinientos setenta y siete dólares con dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Rafael Antonio Hernández Araya. Expediente 17-013689-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 03 de julio del 2018.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Juez.—( IN2018282559 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del treinta y uno de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de tres mil seiscientos cinco dólares con noventa y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo Placa: 579023, marca: Mitsubishi, estilo: Mirage DE, año: 2000, color: gris, serie: JA3AY11A3YU050663, motor: 4G15AD9635. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del quince de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de dos mil setecientos cuatro dólares con cuarenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del treinta de noviembre del dos mil dieciocho con la base de novecientos un dólares con cuarenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Jean Carlos Ortega García. Expediente 18-008118-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de julio del 2018.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—( IN2018282560 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del veinticinco de octubre del dos mil dieciocho y con la base de seis millones ochocientos setenta mil cuatrocientos un colones con dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas CL-224385, marca Foton, categoría carga liviana, año 2008, color blanco, Vin LVBV8PE658E005121. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de cinco millones ciento cincuenta y dos mil ochocientos colones con setenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de noviembre del dos mil dieciocho con la base de un millón setecientos diecisiete mil seiscientos colones con veintiséis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales VEINSA Sociedad Anónima contra Victor Manuel Montero Mondragón. Expediente 11-005687-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de agosto del 2018.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2018282561 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del treinta de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de catorce millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y dos mil ciento trece cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación y un local comercial. Situada en el distrito 2-La Fortuna, cantón 4-Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 1.96 metros; al sur, Ricardo Jiménez Chacón y Efraín Álvarez; al este, calle pública con 24.84 metros, y al oeste, calle pública con 23.19 metros. Mide: doscientos ochenta metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Plano: G-0978667-1991. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del catorce de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de diez millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del veintinueve de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de tres millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Olger Rogelio Blanco Rodríguez. Expediente 18-000914-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 30 de agosto del 2018.—Licda. Jenny Corrales Torres, Jueza.—( IN2018282594 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 406-06364-01-0913-001; a las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de octubre del año dos mil dieciocho, y con la base de treinta y ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos setenta y siete mil novecientos cincuenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno para agricultura, lote C-12-2001, con una casa de habitación y un local comercial. Situada en el distrito 1-Upala, cantón 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Salome Ortiz; al sur, Rito Ángel Ortiz; al este, Concepción Olivas y al oeste, calle pública. Mide: cinco mil metros cuadrados. Plano: A-1834184-2015. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de noviembre del año dos mil dieciocho, con la base de veintiocho millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre del año dos mil dieciocho con la base de nueve millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Iván Méndez Varela. Exp: 17-002391-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 11 de agosto del 2018.—Licda. Jenny Corrales Torres, Jueza.—( IN2018282595 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones bajo el número de expediente 17-000219-0489-TR; a las diez horas y cero minutos del trece de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de seis millones ochenta y cuatro mil cuatrocientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número BHH227. Marca Hyundai. Estilo Terracan. Categoría automóvil. Capacidad 7 personas. Año 2001. Color blanco. Vin KMHNN81WP1U021694. Cilindrada 2500 c.c. Combustible diesel. Motor D4BH1381515. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones quinientos sesenta y tres mil trescientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del trece de diciembre del dos mil dieciocho con la base de un millón quinientos veintiún mil cien colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones Sociedad Anónima contra Frank Morales Salazar, Jacqueline Elizabeth Chamorro Urbina. Expediente 17-002029-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 18 de setiembre del 2018.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2018282609 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas del treinta de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de diez millones ochocientos cuarenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número TSJ 1661, marca: Nissan, categoría automóvil, serie: 3N1CC1AD7GK206742, carrocería: cuatro puertas, tracción: 4x2, chasis: 3N1CC1AD7GK206742, cabina: sencilla, estilo: Tiida, capacidad: 5 personas, año: 2016, color: rojo. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del catorce de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de ocho millones ciento treinta y tres mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas del veintinueve de noviembre del dos mil dieciocho con la base de dos millones setecientos once mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Luis Froilán Salazar González. Expediente 18-005739-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 16 de julio del 2018.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza.—( IN2018282612 ).

Títulos Supletorios

Elvis Fennell Vindas, mayor, costarricense, casado una vez, comerciante, cédula número siete-ciento veintinueve-cuatrocientos ochenta y nueve, vecino de Naranjito de Quepos, Aguirre, Puntarenas y Fanny Arias Escobar, mayor, costarricense, casada una vez, ama de casa, cédula número tres-trescientos sesenta-novecientos setenta y siete, vecina de Naranjito de Quepos, Aguirre, Puntarenas, promueven las diligencias de Información Posesoria para inscribir en el Registro Público, una finca que está situada en el distrito tercero (Naranjito) del cantón sexto (Aguirre) de la provincia de Puntarenas, que colinda al norte, con calle pública con veintinueve metros con cuarenta y nueve centímetros e Inversiones Morales Cascante Sociedad Anónima, al sur, con Julio César Muñoz Ordoñez y Analive Corrales Carmona, al este, con calle pública con cuarenta y siete metros con veintinueve centímetros y al oeste, con Inversiones Morales Cascante Sociedad Anónima, el terreno tiene una medida de cuatrocientos sesenta y cuatro metros cuadrados. El inmueble se encuentra libre de gravámenes, cargas reales, no existen condueños y se estimó en la suma de cinco millones de colones. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes contados a partir de su publicación se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo apercibimiento legales en caso de omisión. Asunto: Información posesoria, expediente 14-100009-425-3-CI, promueven: Elvis Fennell Vindas y Fanny Arias Escobar.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita.—Licda. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—1 vez.—( IN2018275314 ).

Idanuel Sibaja Gutiérrez, mayor, masculino, costarricense, agricultor, soltero en unión libre, cédula 4-0183-0414, vecino de La Aldea, Llanuras de Gaspar, Puerto Viejo, Sarapiquí, Heredia, dos kilómetros al norte del Comando, promueve diligencias de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: Terreno de montaña, potrero y dos casas de habitación. Ubicado en La Aldea, distrito cuarto Llanuras del Gaspar, cantón décimo Sarapiquí, provincia de Heredia. Mide: 48 ha 2664.40 m². Linda al norte, con Desiderio Zumbado González, al sur, con Ramona Rivera Araya, al este, con calle pública con un frente de 1.163.90 metros lineales y al oeste, con Quebrada La Venada. Graficado en el plano catastrado H-813481-2002. Inmueble que fue estimado en la suma de ¢20.000.000,00 de colones exactos y las diligencias en el mismo monto. Dicho inmueble no tiene cargas reales que pesen sobre el mismo, no posee condueños y con las presentes diligencias no se pretende evadir las consecuencias de un proceso sucesorio. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente 18-000176-0507-AG. Nota: Este edicto debe de publicarse por una sola vez y con la mayor brevedad en el Boletín Judicial de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 28 de agosto de 2018.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez Agrario.—1 vez.—( IN2018275484 ).

Citaciones

Ante esta notaria ubicada en Santa Ana. San José, 300 oeste y 100 norte de panadería Musmanni se dio la apertura de la sucesión de Geovanni Elías Rodríguez Chavarría, cédula 1-0263-0433, por lo que se cita y emplaza a los interesados para que, dentro del plazo máximo de 30 días contados a partir de la publicación comparezcan ante la misma y hagan valer sus derechos. Expediente 0001-2018.—Santa Ana, 30 de agosto del 2018.—Lic. Dagoberto Madrigal Mesen, Notario.—1 vez.—( IN2018275255 ).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados en la sucesión de Alberto Javier Trejos Pérez, mayor, casado una vez, vecina de Mata Redonda, San José, cédula de identidad número uno-cuatrocientos cincuenta y tres-setecientos ochenta y cinco, con el fin de que se apersonen dentro del plazo de treinta días a hacer valer sus derechos, y bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero uno-dos mil dieciocho. Sucesión de Alberto Javier Trejos Pérez. Notaría de la Licda. Flor de Liz Monge Sancho, sita en su Oficina, exactamente de casa Matute cien metros sur, cien metros este y cincuenta metros sur.—San José, 27 de agosto del 2018.—Licda. Flor de Liz Monge Sancho, Notaria.—1 vez.—( IN2018275272 ).

Se cita y emplaza a los interesados en el proceso sucesorio de los señores los señores Juan Antonio Sandí Azofeifa, quien porto la cédula 1-118-5834, casado una vez, agricultor y de quien fuera su esposa Luzmilda Montoya Flores, quien fuera viuda, de oficios del hogar, cédula 1-172-809, ambos mayores, cónyuges entre sí y vecinos de San Antonio de Escazú, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de esta publicación se apersonen a hacer valer sus derechos en la notaria del suscrito Notario en San José, avenida seis calles cero y uno, Edificio Maryland, primer planta, apercibidos que de no hacerlo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0002-2018.—San José, 01 de setiembre del 2018.—Lic. Carlos Fernández Zeledón, Notario carné 854.—1 vez.—( IN2018275285 ).

Se cita y emplaza a los interesados en los procesos sucesorios de don Claudio Aguilar Rojas, quien fue casado una vez, médico y portó la cedula de identidad 2-051-9462 y de la señora María Lilia Arrieta Vásquez, quien fue viuda, de oficios del hogar, cédula 2-124-711, los dos cónyuges, ambos mayores vecinos de Sabana oeste, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de esta publicación se apersonen a hacer valer sus derechos en la notaria del suscrito notario en San José, avenida seis calles cero y uno, Edificio Maryland, primer planta, apercibidos que de no hacerlo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2018. Carlos Fernández Zeledón, carné 854.—San José, 1 de setiembre del 2018.—Lic. Carlos Fernández Zeledón, Notario.—1 vez.—( IN2018275286 ).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión ab intestato en sede notarial de Óscar Enrique Valverde Núñez, mayor, casado una vez, taxista, con cédula de identidad uno-cero quinientos veinticuatro-cero ciento noventa y seis, con último domicilio en El Porvenir de Desamparados. Para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, concurran a hacer valer sus derechos ante mi notaría sita en San José, avenidas once y trece, calle diecinueve número once veintidós, con el apercibimiento de que en caso de que no se presenten dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero tres-dos mil dieciocho.—San José, dieciocho de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—( IN2018275290 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Hugo Alberto Miranda Solano, quien fue mayor, pensionado, vecino de Cartago, Urbanización Don Juan, casa número diecisiete C, cédula de identidad tres-ciento noventa y uno-mil ciento seis, quien fallecido el día tres de mayo del dos mil dieciocho, para que, dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que, si no, se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2018. Notaría del notario público José Roberto Quirós Brenes, ubicada en Cartago, setecientos metros de Walmart Los Ángeles, teléfono 25924378, fax 25931618, correo electrónico jrqabogado@yahoo.es.—Cartago 29 de agosto del 2018.—Lic. José Roberto Quirós Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2018275321 ).

Se cita y emplaza a los herederos e interesados en el proceso sucesorio en sede notarial, de quien en vida fue Fabián Gerardo Bennett Méndez, quien fue soltero, operario, cédula 3-0479-0022, vecino de Cot Oreamuno Cartago, para que en el plazo de 30 días comparezcan a esta notaría para hacer valer sus derechos. Expediente 0003-2018.—Cartago, 30 de agosto del 2018.—Lic. Carlos Valverde Barquero, Notario Tel. 8993-2347.—1 vez.—( IN2018275417 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Hernán Camacho Avendaño, casado dos veces, comerciante cédula 4-0051-0383 vecino de Heredia, Barva, para que en el plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos, caso contrario, la herencia pasara a quien corresponda Expediente cero cero cinco-dos mil dieciocho. Notaria Adriana María Castillo Guzmán, oficina abierta en Hatillo Uno 25 oeste de la Escuela Manuel Belgrano.—San José, 24 de agosto del 2018.—Licda. Adriana María Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—( IN2018275420 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria de Rodolfo Antonio Calvo Zeledón, quien fuera mayor, casado de sus primeras nupcias, ingeniero agrónomo, vecino de San José, Avenida ocho, calles trece y quince, casa mil trescientos cincuenta y ocho, con cédula de identidad número seis-ciento dos-ciento veinticuatro, quien falleciera el pasado primero de julio del dos mil dieciocho en Carmen, Central, San José, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de éste edicto, comparezcan ante ésta Notaría en defensa de sus derechos bajo el apercibimiento de que en su omisión, la herencia pasará a quien corresponda. La dirección de esta notaría es Bufete Gallardo Abogados y Notarios, sito en San José, Barrio Dent, Edificio Latitud Dent, oficina trescientos cinco, fax 25-24-1080.—San José, treinta de agosto del 2018.—Lic. Alonzo Gallardo Solís, Notario Público.—1 vez.—( IN2018275432 ).

Se hace saber que ante la notaría del Licenciado Henry Mora Arce, ubicada en Guadalupe, doscientos cincuenta metros al oeste del Colegio Napoleón Quesada, mano izquierda, Condominios Caroni, número seis, se tramita el proceso sucesorio testamentario de Hermelinda Herrera Núñez, de nacionalidad panameña, cédula de residencia número doscientos ochenta-cero cero dieciséis mil setecientos cuarenta y cinco-cero cero cero cero cuatrocientos setenta y ocho, vecina de Alajuelita. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 18-000001-SUC.—Guadalupe, 03 de setiembre del 2018.—Lic. Henry Mora Arce, Notario.—1 vez.—( IN2018275436 ).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios acreedores y en general a todos los interesados a la sucesión intestada de Gloria Salinas Rodríguez Rodríguez, mayor de edad, casada en primeras nupcias, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número tres-cero trescientos sesenta y dos cero ciento cuarenta y nueve, cuyo último domicilio fue en vecina de La Unión, Guápiles, Pococí, Limón, quien falleció en Guápiles, Pococí, Limón, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no, se presentan en el plazo citado, aquella pasara a quien corresponda. Expediente: 0003-2018, que se tramita ante esta notaría, sita en Guápiles de Pococí, Limón, 150 metros al oeste del Instituto Nacional de Seguros.—Licda. Alice María Aguilar Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2018275438 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue el señor Aniceto Aguilar Sanabria, mayor, casado una vez, mecánico, cédula de identidad número nueve-cero cero cero siete-cero quinientos nueve, vecino de Cartago, La Unión, San Juan, veinticinco metros este de Felipe’s Bar; Quien falleció en fecha diecisiete de abril del dos mil quince, para que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto se apersonen en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren en tiempo y forma, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Lo anterior conforme el artículo novecientos cuarenta y seis del Código Procesal Civil. Proceso Sucesorio en Sede Notarial, expediente 001-2018.—San José, treinta de agosto del 2018.—Notaria del Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario Público.—1 vez.—( IN2018275444 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria de quién en vida fue Helmi Hiltunen Lempia, conocida como Mavis Biesanz, mayor de edad, costarricense por naturalización, cédula de residencia número 8-0077-0570, quien falleció el 21 de febrero del 2008. De conformidad con el artículo 917 del Código Procesal Civil cualquier interesado dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezca ante la suscrita a reclamar sus derechos lo cual podrán hacer en San José, Sabana Norte, Avenidas Las Américas, Condominio Torres del Parque, tercer piso, oficinas GHP Abogados. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quién corresponda. Es todo.—San José, 29 de agosto del 2018.—Licda. Karolina Quirós Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2018275457 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría a las 12:30 horas del 28 de agosto del 2018, y por así haberlo solicitado los presuntos herederos, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera Gonzalo Truque Gurdian, mayor, casado una vez, vecino de Moravia, Barrio La Guaria, de Perimercados, trescientos veinticinco metros al sur portador de la cédula de identidad número uno-doscientos veintidós-seiscientos sesenta y uno. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Fernán Pacheco Alfaro, ubicada en San Pedro de Montes de Oca, Barrio Dent, Ofi, Centro Latitud Dent, oficina Trescientos Doce, Teléfono 2525-2930.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario Público.—1 vez.—( IN2018275469 ).

Yo, Patricia Rivero Breedy, notaria pública, con oficina en San José, avenida cinco calle veintinueve, Barrio Escalante, edificio Breedy Abogados 25, hago constar que han comparecido ante mi notaría los señores: Neily Martínez Ortuvia, conocida como Martínez Urtubia, Eugeny Nasralah Martínez, Gassán Nasralah Martínez, Jorge Nasralah Martínez y Layla Nasralah Martínez, a solicitar que se tramite extrajudicialmente y de acuerdo con los artículos ciento veintinueve del Código Notarial y novecientos cuarenta y cinco a novecientos cincuenta del Código Procesal Civil, la sucesión del señor Gassan Nasralah Breedy. En consecuencia, cito a todos los interesados para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este único aviso, concurran a mi Notaria, a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento, de que, si no, lo hicieren dentro del término indicado la herencia pasará a quien legalmente corresponda.—San José, 30 de agosto del 2018.—Licda. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—( IN2018275475 ).

Sucesión ab intestato en sede notarial de Rafael Ángel Hernández Hernández. Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Carlos Alonso Hernández Jiménez, cédula 1-0833-0866, a las quince horas del primero de septiembre del dos mil dieciocho y comprobado el fallecimiento de Rafael Ángel Hernández Hernández, quien fue vecino de Heredia, viudo, cédula de identidad 4-0101-0059, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado.—San José, La Uruca, trescientos sur del Lagar.—Lic. Walter Garita Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2018275498 ).

Por el plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación del presente edicto, se cita y emplaza a los interesados en las diligencias sucesorias de quien en vida fue Santana de Jesús Villalobos Soto, casado una vez, agricultor, su domicilio fue en Las Mercedes de Hojancha, Guanacaste, cédula número 5-115-105, para que hagan valer sus derechos o manifestaciones, bajo el apercibimiento de que en caso contrario la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2018. Sucesión notarial. Notaria: Licda. Adelia González Rojas, con oficina en San José, Santa Ana, de la esquina suroeste de la Iglesia Católica 200 sur y 250 oeste. Teléfono 2282-4008, 8392-2133.—Licda. Adelia González Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2018275504 ).

Se hace saber que ante el notario Giovanni Peraza Rodríguez, se tramita la sucesión de quien en vida se llamó Adrián Pearson Berrick, quien fue mayor, casado dos veces, pensionado, cédula tres-ciento noventa y cinco-ochocientos cincuenta y seis, vecino de casa ochenta y uno, Urbanización Mediterráneo, San Cayetano, San José. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores e interesados en el presente proceso para que dentro del plazo de 30 días, que se contarán a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a esta notaría a hacer valer sus derechos, apercibidos a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en ese plazo esta pasará a quien corresponda. La notaría donde se tramita el expediente está en casa 265, calle 21, avenidas 2 y 6, San José.—San José, 30 de agosto del 2018.—Lic. Giovanni Peraza Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—( IN2018275513 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en Sede Notarial de la señora Alis Herrera Murillo, conocida como Alice Herrera Murillo, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Los Cartagos de Santa Bárbara de Heredia de la escuela cien metros sur, cédula dos-doscientos cincuenta y uno-setecientos diecinueve, quien falleció en Centro Central Heredia el día diecisiete de setiembre del dos mil diecisiete, tramitadas bajo el expediente PSN cero cero cero uno-dos mil dieciocho para que, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, lo cual podrán hacer en San Francisco de Heredia, 600 metros oeste de Walmart. Teléfono 2261-0194, fax 2261-0213. Se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia, que, si no, se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión de Alis Herrara Murillo en Sede Notarial. Expediente PSN-0001-2018.—Licda. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2018275585 ).

Se hace saber que ante esta notaría se tramita el proceso sucesorio notarial de Martín Gerardo Rodríguez Molina, quien era mayor, soltero, vecino de San José, empresario y portador de la cédula de identidad número 1-551-874. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derecho, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro del plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 003-2018.—Goicoechea de los Tribunales de Justicia 100 metros al oeste, 100 metros al sur y 25 metros al sur.—Lic. Jurgen Kinderson Roldán, Notario.—1 vez.—( IN2018275594 ).

Avisos

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por Karen Yesenia Chaves Alvarado mayor, casada dos veces, ama de casa, cédula de identidad 1-0848-0105; encaminado a solicitar la ausencia de Rigoberto Núñez Solís, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Cartago, Agua Caliente, cédula de identidad 6-0211-0792. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de tres meses contados a partir de la última publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión, expediente 18-000176-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 26 de julio del 2018.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—( IN2018271035 ).              3 v. 2. Alt.

Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez del Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica; hace saber: Que ante este Despacho se tramita proceso de presunción de muerte, bajo número de expediente 11-000534-0930-CI promovido por Teresa Real Saborío, del presunto muerto José Antonio Mora Umaña donde se dictó la resolución que literalmente dice: Sentencia de Primera Instancia número 2018000136, Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. A las trece horas y treinta y tres minutos del dos de julio de dos mil dieciocho. Proceso no contencioso de la declaratoria de muerte presunta establecido por Teresa Real Saborío, mayor de edad, casada, con cédula de identidad número siete-cero cuarenta y seis-quinientos setenta y seis y vecina de Limón, Siquirres, Barrio San Rafael, costado noroeste de la Plaza de Deportes, accionado José Antonio Mora Umaña, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad número siete-cero treinta y seis-seiscientos treinta y ocho al momento de su desaparición. Interviene la Procuraduría General de la República.

Resultando:

1)            La parte promovente solicita que se declare la presunta muerte del señor José Antonio Mora Umaña y que se transcriba en el Registro Civil. (ver folio 26 a 29).

2)            A las presente diligencias se le notificó a la Procuraduría General de la República. (ver folio 34). 3) En la substanciación del proceso se han observado las prescripciones de ley y esta sentencia se dicta dentro del plazo legal, y

Considerando:

Hechos Probados: 1) Que el señor José Antonio Mora Umaña y la aquí promovente Teresa Real Saborío, contrajeron matrimonio el diecisiete de agosto de mil novecientos sesenta y uno. (certificación del Registro Civil a folio 5). 2) Que el señor José Antonio Mora Umaña, no tiene apoderado que lo represente en el país, y que no consta defunción inscrita del mismo. (ver certificaciones notariales a folio 7 y certificación a folio 6). 3) Que el señor José Antonio Mora Umaña, es propietario del inmueble del Partido de Limón, matrícula de folio real número Cuarenta y tres mil ciento ochenta-cero cero cero (ver certificación notarial a folio 8). 4) El auto inicial de las diez horas y cincuenta y cinco minutos del veintidós de setiembre del dos mil once, fué debidamente publicado en el diario Oficial La Gaceta, por dos veces consecutivas con los intervalos de ley, en los boletines Judiciales números 10 del 15 de enero del 2013 y 33 del 15 de febrero del 2013, así mismo dicho auto fue debidamente publicado en el diario de Circulación Nacional la Prensa Libre, en fecha 7 de diciembre del2017. (ver folios 43 y 46). 5) Que mediante sentencia 24 de las 10 horas y veinte minutos del cinco de julio del dos mil uno se declaró la ausencia del señor José Antonio Mora Umaña. (ver ejecutoria a folio 9 a 25). 6). Desde esa fecha, el señor José Antonio Mora Umaña no ha aparecido ni apersonado al presente proceso judicial (ver declaraciones de los testigos Rafael Ángel Quirós Ureña y Alberto José Céspedes Mora a imagen 20110930000707-6880027-1).

Sobre el Fondo: i. Las presentes diligencias no contenciosas de la declaratoria presunta de muerte, encuentra su fundamento legal en numeral 78 del Código Civil, cual indica que; “Si la ausencia ha continuado durante veinte años después de la desaparición o durante diez años después de la declaratoria de ausencia, o de las últimas noticias, o si han corrido ochenta años desde el nacimiento del ausente, el Juez a instancia de parte interesada, declarará la presunción de muerte...” (lo subrayado no pertenece al original). ii. En el caso de marras, según se tuvo pro demostrado el señor José Antonio Mora Umaña y la aquí promovente Teresa Real Saborío, contrajeron matrimonio el diecisiete de agosto de mil novecientos sesenta y uno, que aportada a los autos, tiene el inmueble del partido de Limón, matrícula de folio real número Cuarenta y tres mil ciento ochenta-cero cero cero; inscrito a su nombre, no tiene apoderado que lo represente en el país. Se demostró registralmente que el accionado no consta con defunción inscrita. Asímismo habiéndose cumplido con las formalidades impuestas por el numeral 876 del Código Procesal Civil, en cuanto a que el auto inicial de las diez horas y cincuenta y cinco minutos del veintidós de setiembre del dos mil once, fué debidamente publicado en el diario Oficial La Gaceta, por dos veces consecutivas con los intervalos de ley, en los boletines Judiciales números 10 del 15 de enero del 2013 y 33 del 15 de febrero del 2013, así mismo dicho auto fué debidamente publicado en el diario de Circulación Nacional la Prensa Libre, en fecha 7 de diciembre del 2017 y que aunado a eso el señor José Antonio Mora Umaña se encuentra desaparecido desde el mes de julio del dos mil uno, y que hasta esta fecha no se tiene noticias de él ni de su paradero, según se puede verificar de la prueba testimonial evacuada, donde declaró Rafael Ángel Quirós Ureña: Conocí al señor José Antonio Mora Umaña desde hace más de cuarenta años aproximadamente, inclusive trabajé con él. Don José vivía en San Rafael de Siquirres, se dedicaba a trabajar en madera, conocí al papá que se llamada Don Antonio Mora. Me imagino que era casado con Doña Teresa puesto que vivía con ella, lo vi como dos días antes del accidente, el accidente fue aproximadamente en el mes de octubre del año mil novecientos noventa y tres cuando estaban pasando madera en el Río Reventazón con su hijo y a la fecha no se sabe nada del cuerpo, estuvieron como quince días buscándolo y no se tuvieron buenas noticias (lo subrayado no pertenece al original); Así mismo declara Alberto José Céspedes Mora: Conocí al señor José Antonio Mora Umaña desde hace más de treinta y nueve años aproximadamente, Don José vivía en San Rafael de Siquirres, se dedicaba a trabajar sacando madera. Me imagino que era casado con Doña Teresa puesto que vivía con ella, lo vi por última como en agosto del año mil novecientos noventa y tres aproximadamente, escuché que él se ahogó en el Río Reventazón cuando andaba sacando madera con el hijo, inclusive formé parte de la búsqueda de Don José puesto que en ese momento era mi suegro, estuvimos como seis o siete días sin tener buenas noticias (lo subrayado no pertenece al original), por lo que bajo este cuadro fáctico y demás pruebas aportadas al proceso, es evidente que se cumple con lo dispuesto legalmente, sobre que el señor José Antonio Mora Umaña, tiene de estar desaparecido a la fecha de la presentación del proceso, más de diez años desde su declaración de ausencia. iii. Por todo lo anterior habiéndose demostrado los hechos que fundamentan la presente acción no contenciosa, se declara la muerte presunta del señor José Antonio Mora Umaña, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad número siete cero treinta y seis-seiscientos treinta y ocho, se ordena transcribir lo resuelto en el Registro Civil. Se ordena la publicación de esta sentencia por tres veces en el Boletín Judicial, con intervalos de quince días y en un periódico de circulación nacional. Se resuelve este asunto sin especial pronunciamiento en costas. Por tanto,

Se declara la muerte presunta del José Antonio Mora Umaña, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad número siete-cero treinta y seis-seiscientos treinta y ocho, se ordena transcribir lo resuelto en el Registro Civil. Se ordena la publicación de esta sentencia por tres veces en el Boletín Judicial, con intervalos de quince días y en un periódico de circulación nacional. Se resuelve este asunto sin especial pronunciamiento en costas. Notifíquese. Licenciado Gersan Tapia Martínez. Juez. Lo anterior se ordena así en proceso de presunción de muerte, bajo número de expediente 11-000534-0930-CI promovido por Teresa Real Saborío, del presunto muerto José Antonio Mora Umaña.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 12 de julio del 2018.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—( IN2018275489 ).                                                                      3 v. 1. Alt.

Se hace saber que en este Despacho la sociedad Derivados de Maíz Alimenticio S. A., cédula de personería jurídica 3-101-017062, ha promovido diligencias de reposición de título a fin de que se reponga cédula hipotecaria de primer grado sobre la finca del partido de San José, matrícula de Folio Real 128617-000, por la suma de ochenta millones de colones, constituida por la sociedad Castillo Expreso del Sur S. A., cédula de personería jurídica 3-101-479335. Se concede un término de un mes a partir de la última publicación de este edicto a todos los interesados a fin de que se presenten en defensa de sus derechos. Por ordenarse así en diligencias de reposición de título. Expediente 18-000205-0182-CI.—Juzgado Tercero Civil de San José, 01 de agosto del 2018.—Licda. Paula Elena Sáenz Gutiérrez, Jueza.—( IN2018281628 ).                                           3 v. 3.

Licda. Jacqueline María Murillo Murillo, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, hace saber a Pedro Joaquín Duarte, nicaragüense, casado una vez, comerciante, portador de la residencia número 155800794406, domicilio ignorado a quien se le ha ordenado notificar por medio de edicto, artículo 4 de la Ley de Notificaciones y Citaciones. Que en el Expediente 13-000418-1152-FA-2. Proceso abreviado de divorcio, establecido Luz Marina Cruz, contra Pedro Joaquín Duarte. Se dictó la resolución que en lo conducente dice: sentencia de primera instancia número 428-2018. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. A las catorce horas y uno minutos del veintiocho de agosto del año dos mil dieciocho... Resultando: I.—..., II.—…, III.—... Considerando: I.—Sobre levantamiento de anotación:... II.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 52 de la Constitución Política; 1, 2, 5, 6, 8, 11, 34, 41, 48 y 57 del Código de Familia, artículo 455 del Código Civil, 483 y 484 del Código Procesal Civil; se acoge parcialmente el incidente de levantamiento de anotación de demanda por lo que se ordena levantar la anotación que pesa sobre la propiedad del partido de Limón folio real número 141090-000. Se declara parcialmente con lugar la demanda abreviada de divorcio interpuesta por Luz Marina Cruz contra Pedro Joaquín Duarte, y se declara: 1). La disolución del matrimonio que une a actora y demandado. 2). La señora Luz Marina Cruz mantiene su derecho a ser alimentada post divorcio por el señor Duarte, derecho que no obtiene este respecto de la actora. 3). El bien inmueble del partido de Limón folio real número 141090-000 es de naturaleza ganancial, será en la etapa de ejecución de sentencia determinar el valor neto de ese bien inmueble, teniendo la señora Luz Marina el derecho de participar en el cincuenta por ciento del valor neto final que tenga la propiedad, pudiendo perseguir otros bienes para su pago. 4). La guarda exclusiva de Cristina del Socorro Duarte Cruz le corresponderá a la madre, y los demás atributos de la Responsabilidad Parental será para ambos progenitores. 5). Las costas del proceso de divorcio, no se hace condena para el demandado vencido, toda vez que está ausente en el proceso y no ha obstaculizado el mismo; razón también para ordenar la publicación de un edicto con extracto de este fallo en el Boletín Judicial por una sola vez. No se condena a la señora Cruz al pago de costas en el incidente de anotación de demanda, por darse vencimiento parcial. 6). Se condena al señor Pedro Joaquín al pago del daño moral ocasionado a la actora, cuyo monto total es de cinco millones de colones. 7). Una vez firme este fallo, por medio de ejecutoria expedida a solicitud de parte interesada, inscríbase el mismo en el Registro Civil al margen del asiento ochocientos once, folio cuatrocientos seis del tomo setenta y cuatro del libro de matrimonios de la provincia de Limón constante ante el Registro Civil. Notifíquese. Jacqueline Maria Murillo Murillo. Jueza. Expediente 13-000418-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 29 de agosto del 2018.—Licda. Jacqueline Maria Murillo Murillo, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018275615 ).

Se avisa a Charles Lawrence Fowler, pasaporte P452718182, con demás calidades y domicilio desconocidos, representado por el curador procesal licenciado Alvis González Garita, que en este despacho se dictó dentro del expediente 16-000030-0673-NA, establecido por el licenciado Mario Tenorio Castro, en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia 400-2018. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las once horas y cincuenta y seis minutos del veinticuatro de agosto del dos mil dieciocho. Resultando: I…, II…, III…, Considerando: I.—Hechos probados…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se rechaza la excepción de falta de derecho y se declara con lugar la demanda de declaratoria de estado de abandono con fines de adopción y el depósito de la persona menor de edad Eva Angeline Fowler Quirós. Se extingue a sus progenitores Charles Lawrence Fowler y Hessell Georgina Quirós Urbina, el ejercicio de la patria potestad y se confieren en depósito en el Patronato Nacional de la Infancia, cuyo representante deberá apersonarse dentro de tercero día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, Provincia de San José, al tomo dos mil cuarenta y cuatro, folio doscientos setenta y cuatro y asiento quinientos cuarenta y ocho. Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Publíquese el edicto de ley. Notifíquese.—Juzgado de Familia Niñez y Adolescencia, 27 de agosto del 2018.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018275617 ).

Se avisa a Gabriela Rodriguez Quesada, cédula de identidad 1-1339-0959, con demás calidades y domicilio desconocidos, representada por el curador procesal licenciado Daniel Bolaños Quesada, que en este despacho se dictó dentro del expediente 16-000050-0673-NA, establecido por los señores Alicia Herminia Azofeifa y Eugenio Adolfo Delgado Madrigal, la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia 397-2018. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las nueve horas y cincuenta y nueve minutos del veintitrés de agosto del dos mil dieciocho. Resultando: I…, II…, III…, Considerando: I.—Hechos probados…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono con fines de adopción de la persona menor de edad Felipe Rodríguez Quesada. Se extingue a su madre Gabriela Rodríguez Quesada el ejercicio de la patria potestad. Se ordena mantener el depósito judicial del niño Felipe Rodríguez Quesada en el hogar de Alicia Hermida Castro Azofeifa y Eugenio Adolfo Delgado Madrigal, quienes deberán apersonarse dentro de tercero día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de Guanacaste, al tomo cuatrocientos ochenta y siete, folio sesenta y tres, asiento ciento veintiséis. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 24 de agosto del 2018.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018275618 ).

Se avisa a Argeri Vanessa Barboza Murillo, cédula de identidad 1-1663-0925, con demás calidades y domicilio desconocidos, representado por la curadora procesal Licenciada María Montoya Villalobos, que en este despacho se dictó dentro del expediente 17-000347-0673-NA establecido por la Licenciada Annette Pérez Angulo en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia 382-2018. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las trece horas y catorce minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciocho. Resultando: I…, II…, III…, Considerando: I. Hechos Probados… II. Sobre el Fondo: … Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de estado con fines de adopción de abandono de la persona menor de edad Isaías Barboza Murillo. Se extingue a su progenitora Argeri Vanessa Barboza Murillo el ejercicio de la patria potestad. Se otorga el depósito judicial del niño Isaías Barboza Murillo al Patronato Nacional de la Infancia, quien deberá apersonarse aceptar el cargo por medio de su representante legal dentro de tercero día a aceptar el cargo. En aras del interés superior de la persona menor de edad, se autoriza ubicar a la persona menor de edad Isaías Barboza Murillo, en una familia potencialmente adoptiva, debiendo aportar dicha institución un Informe Psicosocial de la familia elegida y otra pericia posterior a la respectiva ubicación. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, Provincia de San José, al tomo dos mil doscientos setenta, folios doscientos setenta y cinco, asiento quinientos cincuenta. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto de ley. Notifíquese.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 24 de agosto del 2018.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018275619 ).

Se avisa a Jahoska Mercedes Ávalos, nicaragüense, pasaporte número NIC-CRI-04038051016, con demás calidades y domicilio desconocidos, representado por el curador procesal Licenciado Juan Gerardo Sanabria Rojas, que en este despacho se dictó dentro del expediente 17-000361-0673-NA establecido por el Licenciado José Enrrique Santanan Santana, quien es sustituido posteriormente por el Licenciado Walter Villalobos Arce en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia 402-2018. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las quince horas y dieciséis minutos del veinticuatro de agosto de dos mil dieciocho. Resultando: I.—…, II.—…, III.—… Considerando: I.—Hechos probados… II.—Sobre el Fondo:… Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono de la persona menor de edad Jahoska Mercedes Ávalos ha demostrado ningún interés en asumir económica o emocionalmente a su hijo. Por lo expuesto lo que procede es declarar en estado de abandono la persona menor de edad Santiago Ávalos Ávalos. Se extingue a su madre Jahoska Mercedes Ávalos el ejercicio de la patria potestad. Se ordena el depósito judicial del niño Santiago Ávalos Ávalos en el ente actor, debiendo el representante legal apersonarse dentro de tercero día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José, al tomo dos mil doscientos setenta y nueve, folio ciento cincuenta y seis, asiento trescientos once. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 27 de agosto del 2018.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018275620 ).

Se avisa, a Diego Jesús Alfaro Esquivel, Shirley Paola Fajardo Serrano, de domicilio y (demás) calidades desconocidas, representad os por a la curadora procesal la Licenciada Sandra González Pinto, hace saber que existe proceso 17-000530-0673-NA, abreviado de suspensión de autoridad parental de la persona menor de edad Daniel Jesús Alfaro Fajardo, establecido por Patronato Nacional de la Infancia contra Diego Jesús Alfaro Esquivel, Shirley Paola Fajardo Serrano, a quienes que se le concede el plazo de diez días para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con el artículo 305 del Código Procesal Civil. Se le advierte a la parte accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso, de oficio se le declarará rebelde y se tendrá por contestada afirmativamente la demanda en cuanto a los hechos.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 24 de agosto del 2018.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018275621 ).

Se hace saber: expediente: 18-000169-1420-FA. Depósito Judicial (2). Actor: PANI. Demandados: Rafael Ángel Ramírez Sequeira y Ericka Gabriela Tello Zapata. Juzgado de Familia de Osa. 10:00 horas. 27 de agosto del 2018. Curso: De toda la prueba y del presente proceso de Depósito Judicial, se confiere audiencia por 3 días, a los padres: Rafael Ángel Ramírez Sequeira y Ericka Gabriela Tello Zapata. Medio: Se les previene a todas las partes e interesados que en su primer escrito que presenten tienen que señalar únicamente medio (preferiblemente correo electrónico autorizado), para atender sus futuras notificaciones. De no hacerlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, incluido que no esté autorizado, todas las resoluciones posteriores se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas. Depósito: Se nombra depositaria judicial del niño, Axel Eugenio Ramírez Tello, a Esmeralda Tello Zapata, quien dentro de 3 días tiene que venir al juzgado para aceptar el cargo. Notificaciones: A la depositaria y la madre con la OCJ Osa. Edicto: Por encontrarnos en un proceso no contencioso, y conforme lo indica la parte actora, por no tenerse conocimiento del domicilio del padre, notifíqueseles por edicto en el Boletín Judicial. Aviso: Se les informa a todas las partes e interesados que este proceso es electrónico. Es decir, no existe a nivel físico o material, sino que todo su respaldo es virtual. Es todo.—Juzgado de Familia de Osa, 27 de agosto del 2018.—Licda. Hazel Víctor Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018275625 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los comparecientes Cinthya Mejías Muñoz, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0503880432, vecina de Upala, Bijagua, 100 metros este del Parque Carlos Vargas, casa de zócalo, color papaya, hija de María Isabel Muñoz Arias y Esnider Mejías Cascante, nacida en Centro, Liberia, Guanacaste, el 23/07/1992, con 25 años de edad, y José Luis Oneill Pérez, mayor, soltero, display, cédula de identidad número 0206180307, vecino de Upala, Bijagua, 100 metros este del Parque Carlos Vargas, casa de zócalo, color papaya, hijo de Carmen Pérez Morales y Domingo Miguel Oneill Oneill , nacido en Centro, Upala, Alajuela, el 28/01/1986, actualmente con 32 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. 18-000110-1517-FA.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Familia), Alajuela, Upala, 12 de julio del 2018.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018275624 ).

 

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