Alcances

BOLETÍN JUDICIAL N° 143 DEL 31 DE JULIO DEL 2019

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SEGUNDA PUBLICACIÓN

ASUNTO:    Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Jiménez, provincia de Cartago.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Jiménez, provincia de Cartago, permanecerán cerradas durante el día diecinueve de agosto de dos mil diecinueve, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.

San José, 24 de julio del 2019.

                                                          Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                                  Director Ejecutivo a. í

O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019366305 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2015 de fecha 12 de agosto del 2015, artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 79-15 celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo LXXIX, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Faltas y Contravenciones del año 2016 del Juzgado Contravencional del Segundo Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:           G 3 S 16

Expedientes:   1.224

Año:                  2016

Paquetes:         8

Asunto:            Expedientes Contravencionales del año 2016 (1.224).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 09 de julio de 2019.

                                                             Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                                 Subdirector Ejecutivo a. í.

1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019362793 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2018, celebrada el 02 de julio del 2018, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 100-18, celebrada el 15 de noviembre del 2018, artículo XXXVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1996 al 2017 del Tribunal Penal del Tercer Circuito Judicial de San José, sede Desamparados. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:     A 88 S 96

Paquetes:    15

Libros:         24

Agendas:    8

Año:            1996 al 2017

Asunto:       Documentación Administrativa: 02 Paquetes de documentación de correo certificado entrante 2011 al 2016; 01 Paquetes de documentación de correo certificado saliente 2012 al 2017; 04 Paquetes de documentación remisiones de detenidos 2009 al 2016; 01 Paquete de documentación de Ordenes de Libertad 2010 al 2016; 02 Paquetes de documentación tener a la orden 2010 al 2016; 02 Paquetes de documentación varia 2005 al 2016; 01 Paquete de documentación de estadística 2006 al 2010; 01 Paquete de documentación de horas extras 2011 al 2017; 01 Paquete de documentación de nombramientos 2005 al 2017; 01 Paquete de registro de asistencia del personal 2009 al 2017.

24 Libros: 01 Libro entradas generales 1996 al 1997; 01 Libro entradas generales 1998 al 2003; 01 Libro entradas generales 2004 al 2007; 01 Libro entradas generales 2008 al 2009; 01 Libro entradas de apelaciones del 2008 al 2009; 01 Libro de entradas de reos presos (2010-2009); 08 Libros de conocimientos y correo (2007 a 2015); 04 Libros de conocimientos a auxiliares (2006 a 2016); 01 Libro de conocimientos a fotocopiado (2007 a 2011); 02 Libros de conocimientos a Casación (2008 a 2015); 02 Libros de control de remisiones, tener a la orden y libertades (2006 a 2015); 01 Libro de control de nombramientos (2005-2010).

08 Agendas: 02 Agendas 2011; 01 Agenda 2013; 01 Agenda 2014; 03 Agendas 2015; y 01 Agenda 2017.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 09 de julio del 2019.

                                                             Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                                 Subdirector Ejecutivo a. í.

1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019362794 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2014, de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo LI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2015 al 2017 de la Sección de Cárceles del Organismo de Investigación Judicial, II Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:           O 1 S 15

Paquetes:         44

Libros:              26

Año:                  2015 al 2017

Asunto:            Documentación Administrativa.

Libros:              7 Libros de Control Salida y Entrada Vehículos (06-11-2015 a 27-09-2017), 14 Libros de Control de Detenidos F-420 (01-04-2015 a 12-12-2015), 1 Libro de Conocimiento (03-07-2014 a 17-08-2015), 2 Libros Registro Viáticos y Horas Extras (2016), 2 Libros de Registro Lavado Sábanas y Cobijas (19-11-2015 a 16-01-2017).

Paquetes:         27 Paquetes con Ordenes de Libertad, Tener a la Orden y remisiones (2015 al 2016), 2 Paquetes de Boletas de Servicio de Alimentación a Privados de Libertad (2017), 94 Libretas Control Servicio de Mantenimiento Vehicular F 22 (Años 2014,2015 y 2016), 1 Paquete Boleta Solicitud de Vehículo F-90 (Años 2015 al 2016), 1 Paquete Control de Vacaciones (Años 2016 al 2017), 1 Paquete Registro de Detención (2015), 1 Paquete Control de Giras (Viáticos) (01-12-2016 al 31-12-2017), 1 Paquete Facturas Servicio de Lavado de Sábanas y Cobijas (Años 2015 a 2016), 1 Paquete Documentación Oficios Recibidos (Años 2014 al 2015), 1 Paquete Revisión y Entrega de Equipo Individual (2015), 1 Paquete Registro de Horas Extras (Años 2015 al 2016), 1 Paquete Boletas Autorización Horas Extras (Años 2014-2015-2016), 1 Paquete Boletas Cambio de Guardia (Años 2014 al 2017), 1 Paquete Boletas Control de Día 8 Semanas (Años 2014; 2015 y 2017). 1 Paquete Conciliación Combustible (2016), 1 Paquete Registro de Asistencia (2016).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles.

San José, 9 de julio de 2019.

                                                          Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                              Subdirector Ejecutivo a. í.

1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019362797 ).

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO:    Acción de inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

PRIMERA PUBLICACIÓN

Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la ley de la jurisdicción constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 13-001598-0007-CO promovida por Asociación Sindical de Trabajadores del MINAET e instituciones afines de conservación, Roberto Miguel Molina Ugalde contra los artículos 1, 2, 3, 5 y 6 de la Ley de Protección a los Ocupantes de Zonas Clasificadas como Especiales, ley número 9073 publicada en La Gaceta número 206, alcance número 163 de octubre de 2012, por estimarlos contrarios a los artículos 11, 33, 41, 50, 89, 121 inc) 14 153 y 183 de la constitución política, se ha dictado el voto número 2019-012746 de las doce horas y once minutos de diez de julio de dos mil diecinueve, que literalmente dice:

“Se declara con lugar la acción de inconstitucionalidad interpuesta contra la ley no. 9073, de protección a los ocupantes de zonas clasificadas como especiales, del 19 de septiembre de 2012. En consecuencia se declara inconstitucional la totalidad de la ley. De conformidad con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de las normas anuladas, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe y las relaciones o situaciones jurídicas que se hubieran consolidado por prescripción, caducidad o en virtud de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada material. Publíquese íntegramente en el boletín judicial y reséñese en el diario oficial la gaceta. El magistrado cruz castro da razones adicionales. La magistrada Hernández López pone nota. Notifíquese al presidente de la Asamblea Legislativa para lo de su cargo y a todas las partes.”

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 11 de julio del 2019.

                                                                Vernor Perera León

                                                                                      Secretario a. í.

O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2019361767 ).

Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el N° 14-019174-0007-CO, promovida por Asociación de Desarrollo para la Ecología, Marco Levy Virgo contra la Ley N° 9223 del 10 de marzo de 2014, por estimarla contraria a los artículos 7, 11 y 50 de la Constitución Política, al Artículo 6 del Convenio 169 de la OIT, así como a los principios pro natura, precautorio y de no regresión en materia ambiental, se ha dictado el voto N° 2019-012745 de las doce horas y diez minutos de diez de julio de dos mil diecinueve, que literalmente dice:

«1) Por mayoría se declara con lugar la acción, anulando la Ley impugnada, N° 9223 “Reconocimiento de los derechos de los habitantes del Caribe Sur” únicamente en lo que respecta a los territorios comprendidos en la zona boscosa, conforme lo dispuesto por la Procuraduría General de la República en sus informes. En virtud de lo anterior, se ordena al Sistema Nacional de Áreas de Conservación que proceda, dentro del plazo de doce meses, contado a partir de la publicación íntegra de este pronunciamiento en el Boletín Judicial, a delimitar el área antes mencionada y, en conjunto con la Procuraduría General de la República, ejercer las acciones legales correspondientes en defensa del patrimonio público. Esta declaratoria de inconstitucionalidad tendrá efecto declarativo y retroactivo a la fecha de vigencia de la norma, todo sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. 2) El Magistrado Cruz Castro pone nota. 3) Los Magistrados Hernández López, Salazar Alvarado, y Araya García salvan el voto y declaran sin lugar la acción, no obstante indican que el Estado está obligado a ejercer las acciones necesarias para reivindicar las tierras que se encuentren ilegalmente ocupadas en las zonas protegidas conforme lo indica la ley. 4) Reséñese esta sentencia en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese al accionante, a la Presidenta de la Asamblea Legislativa o a quien ocupe su cargo, a la Procuraduría General de la República y a todos los intervinientes.-»

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 11 de julio del 2019.

                                                                Vernor Perera León

                                                                                    Secretario a. í.

O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-20174-JA.—( IN2019361770 ).

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A la Dirección Nacional de notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, Que en el proceso disciplinario notarial N° 15-000089-0627-NO, de Archivo Notarial contra Rodolfo Freer Campos, cédula de identidad 1-0891-0635, este Juzgado mediante resolución N° 625-2018 de las dieciséis horas y cuarenta minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil dieciocho (folio 50 al 51), la cual fue confirmada por el Tribunal Notarial mediante voto N° 046-2019 de las catorce horas veinte minutos del miércoles veintisiete de marzo del dos mil diecinueve (folio 63 al 65) que se encuentra firme, que se encuentra firme, dispone comunicar al notario Rodolfo Freer Campos la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rigen ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 07 de mayo del 2019.

                                              Licda. Melania Suñol Ocampo

                                                                                Jueza

1 vez.—O.C N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019361818 ).

Juzgado notarial, hace saber: a la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N° 15-000107-0627-NO, de Zaira Rosario Sánchez Gamboa contra Víctor Cortés Salas (cédula de identidad 7-0111-0821), se dictó la resolución que dice: “Juzgado Notarial. A las nueve horas y cincuenta y cinco minutos del cuatro de julio del dos mil diecinueve. Visto el escrito presentado por el Notario Víctor Cortes Salas (folio 81) en donde indica que aporta copia del plano catastrado N° 3-1503535-2011, el cual consta a folio 80, se resuelve: siendo que el Notario Víctor Cortés Salas cumplió con lo dispuesto mediante Sentencia de Primera Instancia N° 0091-2019 de las diez horas dieciséis minutos del veintiuno de febrero de dos mil diecinueve (folios 63 al 68), se dispone levantar la suspensión disciplinaria impuesta mediante la citada resolución al Notario Víctor Cortés Salas, comunicada mediante edicto publicado en el Boletín Judicial N° 77 del 24 de abril del 2019 (folio 77), levantamiento que rige a partir del tres de julio del dos mil diecinueve, es decir que de ese día en adelante, incluyendo ese día, está habilitado para cartular. Comuníquese a la Dirección Nacional de Notariado, Archivo Notarial, Registro Nacional y al Registro Civil. Firme esta resolución, expídase y publíquese el Edicto respectivo en el Boletín Judicial. Así las cosas, se le hace saber a la señora Zaira Rosario Sánchez Gamboa que pude apersonarse a este Despacho a retirar la copia del plano catastrado N° 3-1503535-2011 aportada por el Notario Cortés Salas. Notifíquese. M.Sc. Francis Porras León, Juez.” Juzgado Notarial.

San José, cuatro de julio del dos mil diecinueve.

                                                                   M.Sc. Francis Porras León,

                                                                                         Juez

1 vez.—O. C. Nº 364-12-17.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019361881 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial N° 15-000517-0627-NO, de Frixio Wilfredo Cruz Toruño contra Manuel Enrique Badilla Chavarría (cédula de identidad 1-0365-0551), este Juzgado mediante resolución de las nueve horas y dieciséis minutos del ocho de julio de dos mil diecinueve, dispuso levantar a partir del tres de julio del dos mil diecinueve la sanción disciplinaria impuesta al notario, Manuel Enrique Badilla Chavarría, mediante sentencia de primera instancia número 442-2018 de las once horas y veinticinco minutos del diecisiete de julio de dos mil dieciocho (folios 51 al 52), que salió publicada en Boletín Judicial número 31 del trece de febrero del dos mil diecinueve (folio 59). Juzgado Notarial. “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”

San José, treinta de abril del dos mil diecinueve.

                                              Licda. Melania Suñol Ocampo

                                                                                Jueza

1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019362615 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial N° 17-000593-0627-NO, de Registro Civil contra Ronald Wong Li, (cédula de identidad 5-161-153), este Juzgado mediante resolución N° 263-2019 de las veinte horas treinta y un minutos del treinta de abril del dos mil diecinueve, dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, sanción que se mantendrá vigente hasta que el denunciado lleve a cabo la inscripción final del matrimonio objeto de la presente denuncia. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial.

San José, 21 de junio del 2019.

                                     M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas

                                                                               Juez

1 vez.—O.C N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019362630 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N° 18-000189-0627-NO, de Lilliana Marcela Masis Víquez contra Adriana Varela Solís, (cédula de identidad 1-0886-0131), este juzgado mediante resolución N° 162-2019 de las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve (folio 69 al 70), dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 30 de abril del 2019.

                                                        Licda. Melania Suñol Ocampo,

                                                                                Jueza

1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019362639 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este despacho, el día seis de setiembre del dos mil diecinueve a las catorce horas (06/09/2019 a las 14:00), y con la base de un millón setenta y cinco mil colones , el mejor postor remataré lo siguiente: una vitrina o urna para postres refrigerados, Corolla modelo GL860A, serie: Royal1307B2888 de 1,75 m de ancho y 1,35 m de alto de 4 niveles, valorada en un millón de colones y pantalla plana marca Frigidaire de 32 pulgadas, color negro, no es posible determinar serie y modelo al estar pegado a la pared, valorada en setenta y cinco mil colones. Para el segundo remate, se señala para el día veinte de setiembre del dos mil diecinueve a las diez horas (20/09/2019 a las 10:00), con la base de ochocientos seis mil doscientos cincuenta colones, (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señala para el día cuatro de octubre del año dos mil diecinueve a las nueve horas (04/10/2019 a las 09:00), con la base de doscientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones, (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso or.s.pri. prestac. laborales de Luis Adolfo Trigueros Rojas contra Café & Colores Sociedad Anónima. Expediente N° 17-000661-1021-LA. Publíquese el edicto de ley.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 15 de julio del 2019.—Msc. María Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019366823 ).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Julio Alberto Villalta Calvo, 0108030847, fallecido el 18 de junio del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector, privado bajo el número 19-000353-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 19-000353-0639-LA. Promovente: Zaida Yadira Calvo Marín. Causante: Julio Alberto Villalta Calvo.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 06 de marzo del año 2019.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza .—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2019363436 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Freddy Martín Artavia Murillo, 0106460528, fallecido el 01 de marzo del año 2019, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 19-000543-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 19-000543-0641-LA. Por Joyería Calderón a favor de Freddy Martín Artavia Murillo.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 08 de mayo del año 2019.—Msc. Ronald Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2014-JA.—( IN2019364643 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de veinte millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 395054 derechos 001 y 002, la cual es terreno para construir con 1 casa lote 10-A. Situada en el distrito 11-San Sebastián, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, lote 9-A, noroeste, José Ramón Duarte López, lote 11-A, sureste, calle pública con 6,00 metros de frente, y al suroeste, lote 11 A. Mide: noventa y cinco metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de quince millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de octubre del dos mil diecinueve, con la base de cinco millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecario de Banco de Costa Rica contra Gilbert Eduardo Vargas Ovares, María del Rocío Chaves Zúñiga. Expediente Nº 18-008082-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 15 de julio del 2019.—Licda. Elia Corina Marchena Fennell, Jueza.—( IN2019366079 ).

En este Despacho, con una base de veinte mil ochocientos, cincuenta dólares exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 342-17978-01-0905-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos cuarenta y ocho mil doscientos veintinueve, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 6-San José, cantón 5-Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Adria Ademar Soto Barrantes; al sur, Adria Ademar Soto Barrantes y calle pública con un frente a ella de 4.00 metros; al este, Adria Ademar Soto Barrantes, y al oeste, Arturo Arroyo Sánchez. Mide: quinientos veinticinco metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: A-1279190-2008. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del tres de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de quince mil seiscientos treinta y siete dólares con cincuenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del once de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de cinco mil doscientos doce dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Sugey Milagro Soto Román. Expediente Nº 18-033420-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de julio del 2019.—Lic. David Orellana Guevara, Juez.—( IN2019366103 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro millones novecientos cincuenta y un mil ochenta y ocho colones con noventa céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos tres mil novecientos ochenta y uno, derecho cero cero cero, la cual es naturaleza: lote 16 terreno para construir. Situada en el distrito (01) San Rafael, cantón (07) Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, María Luisa Villalta Solano; al sur, calle pública; al este, lote 17, y al oeste, lote 15. Mide: ciento setenta y siete metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del veinte de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas y cero minutos del veintiocho de agosto del dos mil diecinueve, con la base de dieciocho millones setecientos trece mil trescientos dieciséis colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos del cinco de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de seis millones doscientos treinta y siete mil setecientos setenta y dos colones con veintidós céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Davivienda Costa Rica S. A. contra Rafael Ángel Marín Carvajal. Expediente Nº 18-009492-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 01 de julio del 2019.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2019366139 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil seiscientos veinte dólares con sesenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate el vehículo KCV-757, marca: KIA, estilo: cerato, categoría: automóvil, capacidad: 5, personas, chasís: KNAFK4l 18F590727I, año 2015. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del tres de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de diez mil novecientos sesenta y cinco dólares con cincuenta y un centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del once de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de tres mil seiscientos cincuenta y cinco dólares con diecisiete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise Sociedad Anónima contra Juan Carlos Vargas Leal. Expediente Nº 18-008402-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 08 de marzo del 2019.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2019366168 ).

En este Despacho, con una base de diez millones colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula N° 173254-001-002, la cual es terreno para construir lote 60-J. Situada en el distrito 5-Aguacaliente (San Francisco), cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte INVU; al sur, INVU; al este, Alameda, y al oeste, INVU. Mide: noventa y seis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del doce de setiembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y treinta minutos del veinte de setiembre del dos mil diecinueve con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Carlos Luis Chinchilla Artavia, Marta Eugenia Artavia Ramírez. Expediente Nº 18-010763-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de julio del 2019.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2019366197 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas MCV922, marca: Hyundai, estilo: I20 Active, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: plateado, Vin: MALBM51CBHM225712, N° Motor: G4LCGU559932, cilindrada: 1400 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de agosto del dos mil diecinueve con la base de seis millones sesenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de setiembre del dos mil diecinueve con la base de dos millones veinte mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Kattia Marcela Chavarría Vargas. Expediente N° 18-009157-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 09 de julio del 2019.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2019366198 ).

En este despacho, sáquese a remate las siguientes fincas: 1) con una base de dieciocho millones seiscientos sesenta y siete mil seiscientos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre ecológica y limitaciones citas: 2009-103619-01-0078-001, servidumbre ecológica y limitaciones citas: 2009-103619-01-0078-001, servidumbre de acueducto y de paso de A y A citas: 2009-178235-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento setenta y dos mil cuatrocientos setenta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 9. Situada en el distrito 4-Tempate, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte lote 8; al sur, lote 10; al este, calle pública y al oeste lote 58 en medio resto de terreno destinado a servidumbre de paso. Mide: dos mil trescientos sesenta y dos metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Plano: G-1258948-2008. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del dos de octubre del año dos mil diecinueve con la base de catorce millones seiscientos mil setecientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de octubre del año dos mil diecinueve con la base de cuatro millones seiscientos sesenta y siete mil seiscientos colones exactos (25% de la base original). 2) Con una base de dieciocho millones seiscientos sesenta y siete mil seiscientos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre ecológica y limitaciones citas: 2009-103619-01-0078-001, servidumbre ecológica y limitaciones citas: 2009-103619-01-0078-001, servidumbre de acueducto y de paso de A y A citas: 2009-178235-01-0001-001 sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento setenta y dos mil cuatrocientos setenta y tres, derecho cero cero cero la cual es terreno para construir lote 11. Situada en el distrito 4-Tempate, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 10, al sur, lote 12; al este, calle pública y al oeste lote 57 en medio resto de terreno destinado a servidumbre de paso. Mide: tres mil veintisiete metros con treinta y cinco decímetros cuadrados plano: G-1269536-2008. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del dos de octubre del año dos mil diecinueve con la base de catorce millones seiscientos mil setecientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de octubre del año dos mil diecinueve con la base de cuatro millones seiscientos sesenta y siete mil seiscientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Manuel Enrique González Fernández contra 3101005269, Luis Eduardo Seravalli Carpio. Expediente N° 18-000544-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 09 de julio del año 2019.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—( IN2019366238 ).

En este Despacho, con una base de veintinueve mil seiscientos veinticinco dólares exactos, (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando; en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuatro mil trescientos sesenta y nueve cero cero cero la cual es terreno para la agricultura lote 1. Situada en el distrito: 11-Cóbano, cantón: 01-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Rafael Rodríguez; al sur, calle; al este, lote 2; y al oeste, Ángel Granados. Mide: veintiséis mil trece metros con setenta y seis decímetros cuadrados, para lo cual se señalan las diez horas veinte minutos del doce de setiembre del dos mil diecinueve, (segundo remate). De no haber postores, el (tercer remate) se efectuará a las diez horas veinte minutos del veinte de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de nueve mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Bari Sue Levin Abedón contra Kayra Gabriela Castro Acuña. Expediente N° 18-000612-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 27 de junio del 2019.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2019366240 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y siete mil trescientos setenta y cinco dólares con ochenta y un centavos, soportando servidumbre trasladada citas 263-07534-01-0002-001, sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento nueve mil trescientos noventa-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote H-31. Situada en el distrito ocho Barranca, cantón uno Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote H-32; al sur, lote H-30; al este, calle pública con un frente de 6 metros; y al oeste, lote H-2. Mide: ciento cuarenta y tres metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del diecinueve de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veintisiete de agosto del dos mil diecinueve, con la base de cuarenta y tres mil treinta y un dólares con ochenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del cuatro de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de catorce mil trescientos cuarenta y tres dólares con noventa y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda Costa Rica S.A. contra Walter Gerardo Gómez Matarrita. Expediente N° 18-005752-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de marzo del 2019.—Licda. Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2019366245 ).

A las diez horas del dos de setiembre dos mil diecinueve en este despacho, con una base de setenta y cinco millones seiscientos mil colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula N° 58071, derecho 000, la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito cuarto San Rafael, cantón Segundo Esparza de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle pública con ochenta y cinco metros cincuenta y dos centímetros; al sur, Cecilia Delgado Álvarez; al este, Rolando Delgado Álvarez; y al oeste Antonio Carvajal Gamboa. MIDE: cuarenta y dos mil metros cuadrados. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas del dieciséis de setiembre dos mil diecinueve, con la base de cincuenta y seis millones setecientos mil colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas del treinta de setiembre dos mil diecinueve, con la base de dieciocho millones novecientos mil colones (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Asociación de Ganaderos Independientes del Pacífico contra Martín Alonso Delgado Álvarez. Expediente: 11-100410-0197-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Puriscal, (Materia Civil), 17 de julio del 2019.—Licda. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza Tramitadora.—( IN2019366307 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 378-01899-01-0963-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento veintiséis mil doscientos treinta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, lote 12-C. Situada en el distrito San Francisco, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 19=C; al sur, calle pública con 6,02 metros de frente; al este, lote 11=C; y al oeste, lote 13=C. Mide: ciento treinta y ocho metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y veinte minutos del veintidós de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y veinte minutos del treinta de agosto del dos mil diecinueve con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y veinte minutos del nueve de setiembre del dos mil diecinueve con la base de doce mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Firmado digital de: despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Finca Las Adrianitas Sociedad Anónima contra María Alejandra Vega Peña. Expediente N° 18-010244-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 08 de marzo del 2019.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2019366348 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 65954, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Fabio Quesada Orozco; al sur, avenida 11 con 9 m. 50 cm; al este, Fabio Quesada Orozco y al oeste, Fabio Quesada Orozco. Mide: doscientos noventa metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de agosto de dos mil dieciocho. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintiocho de agosto de dos mil diecinueve con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de setiembre de dos mil dieciocho con la base de doce mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de finca el Jardín Sociedad Anónima contra Ana Lia Quesada Solano. Exp. N° 18-006966-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 07 de marzo del año 2019.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2019366349 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y nueve mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2017-727282-01-0004-001; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula N° 210561, derecho 000, la cual es terreno de café. Situada en el distrito 4-Ángeles, cantón San Rafael de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Siomara Garita Sánchez; al sur, Norma Garita Sánchez; al este, calle pública; y al oeste, Siomara Garita Sánchez. Mide: tres mil trescientos sesenta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del veinte de agosto de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta minutos del veintiocho de agosto de dos mil diecinueve, con la base de cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del cinco de setiembre de dos mil diecinueve, con la base de catorce mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Importadora Natalli SR Sociedad Anónima contra Siomara Yadira Garita Sánchez. Expediente: 18-008720-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 22 de febrero del 2019.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2019366350 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y tres mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula N° 126583, derecho 000, la cual es terreno para construir, lote G-6 con una casa. Situada en el distrito San Francisco, cantón Heredia de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Asoc. Vivien Barreal Heredia; al sur, área verde N° 7; al este, lote G 7; y al oeste, lote G-4. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del veintidós de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del treinta de agosto del dos mil diecinueve, con la base de cuarenta mil ciento veinticinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del nueve de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de trece mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cultivos Agrícolas de San Pedro Sociedad Anónima contra Ivannia Patricia Fernández Rodríguez. Expediente: 18-010413-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 6 de marzo del 2019.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2019366351 ).

En este despacho, sin sujeción a base, libre de gravámenes y anotaciones; a las catorce horas del veintisiete de agosto del dos mil diecinueve sáquese a remate: máquina de botones marca Juki, modelo 37300, serie S-72852, atraques marca Juki, modelo LK1850, serie G-22040, atraques marca Juki, modelo LK1850, serie Bl41575, ojales marca Juki, modelo LBH-782, serie 16843, Overlock marca Juki, modelo MO-2316, serie UL60953, botones marca Brother, modelo BAS-550, serie B-4267409, botones marca Brother, modelo BAS-550, serie 3265446, máquina de coser marca Juki, modelo DDL-555, serie 805013, máquina de coser marca Juki, modelo DDL-555, serie 86218, ojales marca Brother, modelo 816, serie B-4570547, ojales marca Brother, modelo LH4-8815A-25, serie M-8528064, Overlock marca Wilcox, modelo 500/IV, serie 515/IV-31, ojales marca Juki, modelo LBH-780, serie 42218, máquina dos agujas marca Juki, modelo lH-515, serie F-16945, funcionadora marca Hotronix, modelo XRS2, serie 11816, funcionadora marca Hotronix, modelo XRS2, serie 11815, atraques marca Singer, modelo 269-W26, serie W-1777267, máquina de coser marca Juki, modelo 505-4, serie K-61807, puños marca Adler, modelo 971, serie 451, pie de cuello marca Adler, modelo 973NA, serie 419427, funcionar pie de cuello marca 2M, sin modelo ni serie consignado, máquina de coser marca Juki, modelo LBH762, serie P-59451 ojales marca Brother, modelo 816, serie J-1568167, máquina de coser marca Juki, modelo DDL-555, serie 86197, ojales marca Singer, modelo 71-101, serie W903783, ojales marca Singer, modelo 71-101, serie 60829, atraques marca Singer, modelo 269, serie A5472564, máquina de coser STD marca Juki, modelo DDL-555, serie G-12853, máquina de coser marca Singer, modelo 20U, serie V-863805108, máquina de coser marca Juki, modelo DDL-227, serie G-83770, máquina de coser marca Juki, modelo 555, serie 82593, máquina de coser marca Juki, modelo DDL-555, serie 80608, máquina zig zag marca Juki, modelo lZ-391, serie H06824, máquina de coser marca Juki, modelo DLM-522, serie F-10800, máquina de coser marca Juki, modelo 555-4, serie K-66306, ruedos marca Juki, modelo CB-621-14, serie 1713, máquina de coser marca Juki, modelo DDL-555, serie M-711-82, máquina de coser marca Juki, modelo DDL-555, serie 80520, Overloc marca Juki, modelo 816, serie F-45271, cadeneta marca Unión, modelo 51400, serie 399630, mesa marca Veit, modelo TRD-801, serie 70047285, plancha Indust. Marca Sussman, sin modelo consignado, serie 703073, cadeneta marca PFAFF, modelo 5483, serie 251387, caldera Veit marca Veit, modelo 2376, serie 70007481, caldera marca Veit, modelo 2333, serie 60006881, cortadora de tela marca Wolf, sin modelo consignado, serie VIIIP-13140, 27 cajas con un total de 1279 unidades de túnicas para mujer, 50 cajas con un total de 2652 unidades de camisas para hombre, 5 cajas con un total de 125 unidades  de vestidos para mujer, 18 cajas con cortes de tela para ensamblar camisas, desglosados así: caja 1: caja 10924, l J black bundle, piezas 1254, caja 20915, pocket bundle, piezas 2612, caja 20915, collares, piezas 1178, caja 20915, bandas, piezas 1767, caja 20915, yokes, piezas 1740, total de piezas: 8551; caja 2: caja 10927, collares, piezas 1386, caja 10927, bandas, piezas 2328, caja 10927, mangas, piezas 2320, caja 10927, cuellos, piezas 2263, caja 10927, yorky, piezas 1116, caja 10927, bolsas, piezas 600, total de piezas: 10013; caja 3: bundle part front, piezas 2667, bundle part, piezas 2550, cuff, piezas 1480, R. long sleeve, piezas 2537, cortes bond, piezas 2304, bands, piezas 1988, fuse AD, piezas 34, total de piezas: 13560; caja 4: RG back bundle, piezas 1543, bands, piezas 3528, yoke, piezas 3546, total de piezas: 8527; caja 5; back bundle, piezas 440, mangas, piezas 1993, total de piezas: 2433; caja 6: sleeves, piezas 1152, bands, piezas 6624, total de piezas: 7776; caja 7: 2xL RG backbundle, piezas 556, XL RG left front, piezas 278, 2x-LJ short sleeve bundle, piezas 822, pockets-flaps, piezas 3080, total de piezas: 4736; caja 8: M-RG back bundle, piezas 984, jpckey XL bundle, piezas 1680, XL RG band, piezas 3456, XL RG collar, piezas 1728, band, piezas 1728, total de piezas: 9575; caja 9: collares, piezas 2448, bandas, piezas 2448, long sleeve (manga), piezas 3204, back bundle, piezas 845, yoke, piezas 3885, cuff, piezas 2855, total de piezas: 15682; caja 10: RG front izquierdo derecho, piezas 3707, PKT, piezas 2592,  short sleeve (mangas rayada), piezas 860, RG back rayadas, piezas 611, yoke (rayadas), piezas 1968, cuff, piezas 5324, flap, piezas 2592, total de piezas: 17654; caja 11: collares, piezas 1440, bandas, piezas 1440, long sleeve (mangas verdes), piezas 563, front bundle (verdes), piezas 865, back bundle (verdes), piezas 434, yoke, piezas 1440, cuff, piezas 5184, PFT bundle, piezas 2592, flap, piezas 2592, front bundle mderecho, piezas 765, front bundle mizquierdo, piezas 1371, vestido de mujer, piezas 1, mangas rayadas talla m, piezas 288, mangas rayadas talla L, piezas 288, mangas rayadas tala XL, piezas 288, front bundle M-izquierdo rayas, piezas 864, bundle back, piezas 866, bundle RG-R-PKT, piezas. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso sumario de cobro de obligación dineraria no monitoria de Caja Costarricense Seguro Social contra Ben Ruvidia S. A. Expediente N° 00-011763-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 12 de julio del año 2019.—Lic. Carlos Alejandro Báez Astúa, Juez Tramitador.—( IN2019366361 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones treinta y cuatro mil trescientos ochenta y siete colones con noventa y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos noventa y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno lote dieciséis C terreno para construir. Situada en el distrito 7-Purral, cantón 8-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, lote diecisiete C; al noroeste, resto destinado a calle; al sureste, lote siete C; y al suroeste, lote quince C. Mide: ciento veinte metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del tres de setiembre del dos mil diecinueve con la base de quince millones setecientos setenta y cinco mil setecientos noventa colones con noventa y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del once de setiembre del dos mil diecinueve con la base de cinco millones doscientos cincuenta y ocho mil quinientos noventa y seis colones con noventa y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Arturo Miranda Cordero, Dunia Marbeth Miranda Sibaja. Expediente N° 16-031680-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 26 de abril del 2019.—Gonzalo Gamboa Valverde, Juez Tramitador.—( IN2019366365 ).

En este Despacho, con una base de trescientos veinticinco millones cuatrocientos ochenta y ocho mil seiscientos noventa y cinco colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso inscrita al tomo 2010, asiento 00060798, consecutivo 01, secuencia 0014, subsecuencia 001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 652633, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con 13 apartamentos. Situada en el distrito 12 Gravilias, cantón 03 Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, Víctor Rivera Calderón con servidumbres de paso en medio con 6 metros de ancho y 56 metros de largo; al sur, Vera Salazar Gamboa, Balsamina María, Ángela, Piedades, Miguel, Aníbal y Juan José Monge Gamboa y Elymae S. A.; al este, Balsamina María, Ángela, Piedades, Miguel, Aníbal y Juan José todos Monge Gamboa y Elymae S. A.; y al oeste, Balsamina María, Ángela, Piedades, Miguel, Aníbal y Juan José todos Monge Gamboa y Elymae S. A. Mide: cuatrocientos cincuenta y dos metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del veinte de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil diecinueve, con la base de doscientos cuarenta y cuatro millones ciento dieciséis mil quinientos veintiún colones con cuarenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de ochenta y un millones trescientos setenta y dos mil ciento setenta y tres colones con ochenta céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Álvaro Eduardo Díaz Romagosa, Sol de Gravilias Sociedad de Responsabilidad Limitada. Expediente: 18-007162-1763-CJ. Nota: se recuerda a las partes en el proceso lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 159 del Código Procesal Civil y a saber “El postor, para participar, debe depositar el cincuenta por ciento (50%) de la base, en efectivo, mediante entero bancario a la orden del tribunal, cheque certificado de un banco costarricense o cualquier mecanismo tecnológico debidamente autorizado que garantice la eficacia del pago y señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el comprador no paga la totalidad de lo ofrecido deberá depositarla dentro del tercer día; si no lo hiciera, se declarará insubsistente la subasta” El destacado no es del original, para lo cual deberán tomar las previsiones necesarias, caso contrario se proseguirá con la diligencia señalada.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 5 de julio del 2019.—Licda. Mónica Fallas Mesen, Jueza Tramitadora.—( IN2019366385 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones setenta y tres mil cuarenta y dos colones con setenta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 360329, derecho 002 y 003, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 7-El Rosario, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 18 metros 30 centímetros; al sur, José Antonio Bermúdez Mora; al este, Gerarda Hernández López; y al oeste, Erania Patricia Ledezma Hernández. Mide: doscientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del tres de setiembre del dos mil diecinueve con la base de quince millones ochocientos cuatro mil setecientos ochenta y dos colones con cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del once de setiembre del dos mil diecinueve con la base de cinco millones doscientos sesenta y ocho mil doscientos sesenta colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza RL contra Martha Lorena López Cuadra. Expediente N° 19-001015-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 31 de mayo del 2019.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez Decisor.—( IN2019366392 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil trescientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 0270-00009121-01-0902-001 y servidumbre de paso citas: 0556-00002804-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento sesenta y dos mil setecientos sesenta y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito 11 Cóbano, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Forestales Agrica; al sur, Forestales Agrica; al este, Forestales Agrica; y al oeste, servidumbre agrícola con un frente de 8 metros y Forestales Agrica. Mide: once mil ochocientos cuarenta y ocho metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y veinte minutos del veintitrés de setiembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y veinte minutos del uno de octubre del dos mil diecinueve con la base de seis mil doscientos veinticinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y veinte minutos del nueve de octubre del dos mil diecinueve con la base de dos mil setenta y cinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de The Golden Goddness Gitana S. A. contra Sau Scheneider Enterprises S. A. Expediente N° 16-001704-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 13 de junio del 2019.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2019366393 ).

En este Despacho, con una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando dos servidumbres de paso; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° trescientos trece mil doscientos ochenta, derecho 000, la cual es terreno para construir, lote N° 5. Situada en el distrito 01 San Ramón, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote N° 8; al sur, Abelardo Jiménez Artavia, servidumbre con 8 metros; al este, lote N° 6; y al oeste, lote N° 4. Mide: ciento cuarenta y seis metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de setiembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veinticinco de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del tres de octubre del dos mil diecinueve, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de Firmado digital de: antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Arelis María Marín Solórzano. Expediente: 18-001019-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramon, 4 de julio del 2019.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2019366394 ).

En este Despacho, con la base de la hipoteca de primer grado ya vencida, sea quince millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; remataré la finca del Partido de San José, matrícula N° 487659-000, la cual es terreno para construir, con una casa. Situada en el distrito 01-San José, cantón 07-Mora de la provincia de San José. Colinda: al norte, Walter Ludin Ludin; al sur, resto destinado a calle privada y Carlos Humberto Zúñiga Vargas; al este, Odilia Castro Murillo, Margarita García Castro, Lisbeth Mora García y José Ramón Segura Porras; y al oeste, Walter Ludin Ludin. Mide: 472 m con 21 centímetros cuadrados. Propiedad de Roberto Francisco Zúñiga Vega. Para tal efecto se señalan las diez horas del veintitrés de octubre del 2019. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las diez horas del treinta y uno de octubre del 2019, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas del ocho de noviembre del 2019, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de COOCIQUE R.L. contra Olga Marta Lowis Sánchez y otro. Expediente: 18-000362-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 04 de julio del 2019.—Licda. Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2019366398 ).

En este Despacho, con una base de siete millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca de primer grado citas 544-05234-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento treinta mil doscientos cincuenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 01-Las Juntas, cantón: 07-Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública y en parte Flor de María Arauz Centeno; al sur, Bernal Arauz Centeno y Flor de María Arauz Centeno; al este, Flor de María Arauz Centeno; y al oeste, Flor de María Arauz Centeno. Mide: Veinticinco mil ciento treinta y tres metros con dieciséis decímetros cuadrados. Plano: G-0641586-2000. Identificador Predial: 507010130253. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de octubre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del diez de octubre del dos mil diecinueve, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de octubre del dos mil diecinueve, con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Margarita Rosa Solano Quesada contra la sucesión de Flor de María Arauz Centeno. Expediente N° 14-001608-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 01 de julio del 2019.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez Decisor.—( IN2019366399 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis millones quinientos setenta y tres mil cuatrocientos ochenta y ocho colones con setenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas 296-01511-01- 0006-001 y servidumbre de paso citas 456-12520-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 188733.-000, la cual es terreno con una casa de habitación bloque C lote 22 C. Situada en el distrito 1-Turrialba , cantón 5-Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 19-C; al este lote 21-C y al oeste lote 23-C. Mide: ciento veinticuatro metros con noventa decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de agosto de dos mil diecinueve con la base de doce millones cuatrocientos treinta mil ciento dieciséis colones con cincuenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones ciento cuarenta y tres mil trescientos setenta y dos colones con dieciocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Marvin Marcel Sánchez Pereira. Expediente N° 18-010024-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 19 de julio del año 2019.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2019366400 ).

En este Despacho, con una base de dos millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando uso faja terrenref: 388-332-018 1069-358-002 y cond reservas; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento diecisiete mil cuatrocientos catorce, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Guácimo, cantón Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Nuria Naida Vargas Segura; al sur, Nuria Naida Vargas Segura; al este, calle pública con doce metros con setenta y tres centímetros; y al oeste, Nuria Naida Vargas Segura. Mide: trescientos dos metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil diecinueve con la base de un millón quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez del setiembre de dos mil diecinueve con la base de quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de BDM Bosques Doña Margarita Tres del Este S. A. contra Melania de Los Ángeles Arroyo Lovemore. Expediente N° 18-002480-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 10 de junio del 2019.—Lic. Luis Gabriel Quirós Soto, Juez Decisor.—( IN2019366408 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones ciento veinticuatro mil ochenta colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando limitaciones de leyes 7052, 7208 citas: 386-06241-01-0101-001, practicado citas: 2011-136870-01-0001-001, practicado citas: 2012-60249-01-0001-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° cuatrocientos sesenta y tres mil seiscientos noventa, derecho 001 y 002, la cual es terreno sector uno, terreno para construir con una casa N° 179. Situada en el distrito: San Miguel, cantón: Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, INVU; y al oeste, calle pública. Mide: ciento treinta y un metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de setiembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil diecinueve, con la base de seis millones ochocientos cuarenta y tres mil sesenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dos de octubre de dos mil diecinueve, con la base de dos millones doscientos ochenta y un mil veinte colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Suministros Permanentes de Computadoras Super Comp contra Carlos Alberto Castro Abarca, Miriam Elena Mora Sánchez. Expediente: 11-000343-0307-CI.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de julio del 2019.—Lic. Tadeo Ignacio Solano Alfaro, Juez Tramitador.—( IN2019366409 ).

En este Despacho, con una base de veinte mil trescientos cuarenta y siete dólares con cincuenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 110420, derecho 000, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito: 01-San Pedro, cantón 15-Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Punto Escalante y Compañía Limitada con 26.26 centímetros de frente; al sur, Punto Escalante y Compañía Limitada con 16.60 centímetros de frente; al este, sucesores de Francisco Montealegre; y al oeste, calle con 10.07 centímetros de frente. Mide: doscientos veinticinco metros cuadrados. Plano: SJ-1453779-2010, metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del cuatro de setiembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del doce de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de quince mil doscientos sesenta dólares con sesenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de cinco mil ochenta y seis dólares con noventa centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho dentro del tercer día, para su inmediata corrección. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Berofin S.A. contra Carlos Enrique Umaña Vargas. Expediente N° 19-006136-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 09 de julio del 2019.—Licda. Adriana Soto González, Jueza Decisora.—( IN2019366419 ).

En este Despacho, con una base de doce millones cuatrocientos treinta y cinco mil seiscientos veintiún colones con catorce céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número sesenta y ocho mil novecientos setenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Emerita Toruño Cárdenas; al sur, Juan Ramón Chavez; al este, calle pública con 10m; y al oeste, Emerita Toruño Cárdenas. Mide: ciento noventa y siete metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Plano: G-0808423-1989. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de setiembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de setiembre del dos mil diecinueve con la base de nueve millones trescientos veintiséis mil setecientos quince colones con ochenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil diecinueve con la base de tres millones ciento ocho mil novecientos cinco colones con veintinueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra 3-101-693799 Sociedad Anónima, Judith del Carmen Álvarez Rivas. Expediente N° 19-002310-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 03 de julio del 2019.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2019366427 ).

En este Despacho, con una base de setenta y un mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 311-14572-01-0801-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 170076, derecho 000, la cual es terreno con dos casas de habitación y una bodega. Situada en el distrito San Isidro, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, I N V U; al sur, carretera Alajuela, San Isidro con 28.14; al este, I N V U y al oeste, I N V U. Mide: dos mil ciento quince metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de agosto de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de agosto de dos mil diecinueve con la base de cincuenta y tres mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del tres de setiembre de dos mil diecinueve con la base de diecisiete mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Almacén Mis Chacalines Sociedad Anónima, Inversiones Abuela Lela L.R.A. S. A. contra Cesar Augusto Olmos Villalobos. Expediente N° 18-003028-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 28 de marzo del año 2019.—Lic. German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2019366450 ).

En este Despacho, con una base de once mil ciento ochenta y siete dólares con ochenta y siete centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando demanda materia de familia citas 0800 00453270-001; sáquese a remate el vehículo BGQ088, marca: Toyota, estilo Corolla, categoría. Vehículo, capacidad 5 personas, año. 2015, color. Blanco, vin: 5YFBU9HE6FP126556, cilindrada: 1800 cc, combustible. Gasolina, motor N° 2ZRL214579. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil diecinueve. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintisiete de agosto de dos mil diecinueve, con la base de ocho mil trescientos noventa dólares con noventa centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil diecinueve, con la base de dos mil setecientos noventa y seis dólares con noventa y siete centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Gerardo Emilio González Navarro, Rissie Leiva Fonseca. Expediente: 18-009704-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 20 de febrero del 2019.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2019366453 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones doscientos treinta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BPC160, marca Toyota, categoría automóvil, carrocería sedan 4 puertas, chasis 1NXBR32EX6Z648063, uso particular, estilo Corolla, capacidad 5 personas, año 2006, color plateado, número motor no indica, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del uno de octubre del dos mil diecinueve con la base de tres millones ciento setenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del nueve de octubre del dos mil diecinueve con la base de un millón cincuenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Yocelín de Los Ángeles Salazar Alpízar contra María de Los Ángeles Araya Núñez. Expediente N° 19-000797-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 21 de junio del 2019.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez Decisor.—( IN2019366463 ).

En este Despacho, con una base de dos millones novecientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BNZ-932, marca Toyota, categoría automóvil, carrocería, automóvil, chasis 2T1BU40E69C107119, estilo Corolla LE, capacidad 5 personas, año 2009, color gris, motor no existe, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del dos de setiembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diez de setiembre del año dos mil diecinueve con la base de dos millones ciento setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil diecinueve con la base de setecientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Autos Rojas de Grecia E.R.L.R. Sociedad Anónima Rep Elidier Rojas Rojas contra Carlos Alberto Mena Chamorro. Expediente N° 19-000217-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 07 de junio del año 2019.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez Decisor.—( IN2019366464 ).

En la puerta exterior de este despacho y con una base de doscientos seis mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas 398-18742-01-0005-001, servidumbre sirviente citas 398-18742-01-0006-001, servidumbre sirviente citas 398-18742-01-0006-001, servidumbre pluvial citas 398-18742-01-0010-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 189929- 000, derecho 000, la cual es terreno con una casa bloque M, lote 1. Situada en el distrito San Rafael, cantón La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al noreste, lote 20 M de MUCAP; al sureste, lote 2 M de MUCAP; al noroeste, lote 23 M y 22 M de MUCAP; y al suroeste, calle pública con 10 metros de frente. Mide: doscientos treinta metros con quince decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veintinueve de agosto del dos mil diecinueve con la base de ciento cincuenta y cuatro mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de setiembre del dos mil diecinueve con la base de cincuenta y un mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra George Starley Morgan Hidalgo, Glenda María Abarca Marín. Expediente N° 18-007906-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 05 de julio del 2019.—Msc. Maureen Cecilia Vargas Solano, Jueza Tramitadora.—( IN2019366466 ).

En este Despacho, con una base de noventa y seis mil setecientos cincuenta dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 227190, derecho 000, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito uno Desamparados, cantón tres Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, Betzaida María Ugalde; al sur, Betzaida María Ugalde; al este, calle publica con 10 m.; y al oeste, Inmobiliaria Centroamericana S.A. Mide: ciento sesenta metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del once de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve, con la base de setenta y dos mil quinientos sesenta y dos dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve, con la base de veinticuatro mil ciento ochenta y siete dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Erera Sociedad Anónima contra Karla Patricia Rojas Fonseca. Expediente: 17-006656-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de junio del 2019.—Licda. Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2019366475 ).

En este despacho, con una base de ciento sesenta y siete mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 281432-000, la cual es terreno con 1 casa lote 31 bloque B. Situada en el distrito Granadilla, cantón Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, Mayela García con 15,31 mts; al sur, avenida 2 con 14 mts; al este, Rigoberto Chacón Vega con 34,80 y al oeste lote 32 con 37,94. Mide: quinientos veintisiete metros con setenta y cinco decímetros cuadrados metros cuadrados. Plano: SJ-0325938-1978 para tal efecto, se señalan las diez horas y diez minutos del catorce de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y diez minutos del veintidós de enero de dos mil veinte con la base de ciento veinticinco mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y diez minutos del treinta de enero de dos mil veinte con la base de cuarenta y un mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de FOL S. A. contra Fontanas de América Media S. A. Expediente N° 19-006494-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de junio del año 2019.—Licda. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2019366477 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cinco mil seiscientos sesenta y dos-F-cero cero cero la cual es terreno destinado a apartamento N° 20. Situada en el distrito Calle Blancos, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, sendero peatonal; al sur, calle pública; al este, apartamento N° 21; y al oeste, apartamento N° 19. Mide: sesenta metros con decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veintiocho de agosto del dos mil diecinueve con la base de dieciséis millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de setiembre del dos mil diecinueve con la base de cinco millones cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ana Esmeralda Calvo Chaverri, Carlos Eduardo Vargas Vargas, Olga Marta Zamora Lobo contra Deyanira Rodríguez Mojica. Expediente N° 17-012149-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de enero del 2019.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza Tramitadora.—( IN2019366491 ).

En este Despacho, con una base de veintidós millones quinientos dos mil setecientos cincuenta y cinco colones con ochenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos ochenta y seis mil trescientos cincuenta y cuatro, derechos 001, 002, 003 y 004, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Hospital, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Teresa Álvarez Castro; al sur, calle pública; al este, Neftalí Mora García; y al oeste, Ángel López Mesen. Mide: doscientos setenta metros con quince decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de setiembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del treinta de setiembre del dos mil diecinueve con la base de dieciséis millones ochocientos setenta y siete mil sesenta y seis colones con noventa céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las cero horas y cero minutos del ocho de octubre del dos mil diecinueve con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil seiscientos ochenta y ocho colones con noventa y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Oscar Víquez Hurtado. Expediente N° 19-003392-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 03 de junio del 2019.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez Tramitador.—( IN2019366499 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho mil doscientos setenta y seis dólares con setenta centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones expediente N° 16-005809-0497-TR boleta 2016248101180; sáquese a remate el vehículo placa: BHZ983, marca: Daihatsu, capacidad: 5 personas, tracción: 4X4, Vin: JDAJ210G0G3011446, N° motor: 2891134, cilindrada: 1500 c.c. Para tal efecto se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de agosto del dos mil diecinueve con la base de trece mil setecientos siete dólares con cincuenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del tres de setiembre del dos mil diecinueve con la base de cuatro mil quinientos sesenta y nueve dólares con dieciocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Sonia Yaneth Ventura Sorto. Expediente N° 18-007269-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 28 de junio del 2019.—Lic. Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2019366511 ).

En este Despacho, con una base de treinta y siete millones ochocientos setenta y seis mil ciento ochenta y cinco colones con cincuenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas número 0359-00017111-01-0917-001, servidumbre dominante citas número 0359-00017111-01-0918-001, servidumbre dominante citas número 0359-00017111-01-0919-001, servidumbre sirviente citas número 0359-00017111-01-0920-00, servidumbre sirviente citas número 0359-00017111-01-0921-001, servidumbre trasladada citas número 0359-00017111-01-0922-001, servidumbre dominante citas número 0359-00017111-01-0923-001, servidumbre dominante citas número 0359-00017111-01-0924-001, servidumbre sirviente citas número 0359-00017111-01-0925-001, servidumbre sirviente citas número 0359-00017111-01-0926-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 505908-001 y 002, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Desamparados, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rogelio Montenegro Herrera y Porfirio Herrera Brenes; al sur, calle pública; al este, Yeiri Sixto Arce Madrigal; y al oeste, Rogelio Montenegro Herrera. Mide: novecientos treinta y siete metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del seis de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de veintiocho millones cuatrocientos siete mil ciento treinta y nueve colones con diecinueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de nueve millones cuatrocientos sesenta y nueve mil cuarenta y seis colones con treinta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R.L. contra Diego Alberto Guillén Castro, Doris María Pérez Cubero. Expediente N° 17-007038-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de junio del 2019.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2019366530 ).

En este despacho, con una base de cinco millones quinientos veinticuatro mil setecientos noventa y siete colones con treinta y ocho céntimos, soportando reserva de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos (0298-00010045-01-0002-001) y plazo de convalidación bajo las citas 2011-170096-01-0004-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento cuarenta y siete mil doscientos veinte, derecho cero cero cero, la cual es terreno de potrero repastos, café y plátano con una casa. Situada en el distrito Río Cuarto, cantón Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Elías Quesada Quirós; al este, Elías Quesada Quirós, Jorge Quesada y Norberto Quesada Aguilar y al oeste, Carlos Salas Alfaro. mide: mil cuatrocientos noventa y tres metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintinueve de enero de dos mil veinte con la base de cuatro millones ciento cuarenta y tres mil quinientos noventa y ocho colones con tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de febrero de dos mil veinte con la base de un millón trescientos ochenta y un mil ciento noventa y nueve colones con treinta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R.L contra Karla Guiselle Echandi Zamora, Norberto Quesada Aguilar. Exp. N° 15-024126-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 25 de junio del año 2019.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2019366531 ).

En este Despacho, con una base de veintisiete millones ciento cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 363-18674-01-0910-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 346085-000, la cual es terreno P/const C/1casa lote 9 bloque C. Situada en el distrito 2-Cinco Esquinas, cantón 13-Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ditre S. A.; al sur, Ditre S. A.; al este, calle 2 y al oeste, Ditre S. A. Mide: ciento ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de setiembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del diecisiete de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de veinte millones trescientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de seis millones setecientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Carlos Enrique Morales Miranda. Expediente Nº 19-003780-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 10 de julio del 2019.—Lic. María Gabriela Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2019366532 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones doscientos setenta mil setecientos setenta colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas: 328-16474-01- 0901-018; sáquese a remate la finca del partido de SAN JOSE, matrícula número 279702-derecho 001, la cual es terreno con 1 casa. Situada en el distrito San Antonio, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, zona destinada a calle pública; al sur, lote B39; al este, lote B13; y al oeste, lote B11. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Plano: SJ0349319-1979. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del tres de setiembre del dos mil diecinueve con la base de diez millones setecientos tres mil setenta y siete colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del once de setiembre del dos mil diecinueve con la base de tres millones quinientos sesenta y siete mil seiscientos noventa y dos colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Gino Mario Campos Calderón contra Constructora y Consultora Cavisa S.A., Rodolfo Solórzano Vargas. Expediente N° 14-003889-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 29 de mayo del 2019.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2019366539 ).

En este Despacho, con una base de siete millones trescientos setenta y seis mil novecientos catorce colones con cinco céntimos, soportando hipoteca de primer grado citas 2012-00022673-01-0003-001 y demanda ordinaria citas: 2013-300342-01-0001-001; sáquese a remate la finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula N° 469865-000, la cual es terreno con una casa lote ciento sesenta y dos. Situada en el distrito Patarrá, cantón Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 163; al sur, INVU; al este, calle pública, y al oeste, lote 173. Mide: ciento cuarenta y ocho metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de setiembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del primero de octubre del dos mil diecinueve, con la base de cinco millones quinientos treinta y dos mil seiscientos ochenta y cinco colones con cincuenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del nueve de octubre del dos mil diecinueve, con la base de un millón ochocientos cuarenta y cuatro mil doscientos veintiocho colones con cincuenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominios del Santo Sociedad Anónima contra Santos Sofia Parra Godoy. Expediente: 18-000771-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de julio del 2019.—Tadeo Solano Alfaro, Juez.—( IN2019366551 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de sesenta y tres millones trescientos cinco mil trescientos cincuenta y cuatro colones con ochenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 60530-F-000, derecho 000, la cual es terreno finca filial ciento veinte-A apta para construir destinada a uso. Situada en el distrito 10-Desamparados, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial ciento seis-A, finca filial ciento cinco-A, finca filial ciento cuatro-A, finca filial ciento dos-A y finca filial ciento tres-A; al sur, Enrique Alfaro Alfaro; al este, finca filial ciento uno-A; y al oeste, finca filial ciento diecinueve-A y área común libre destinada a acceso vehicular. Mide: trescientos cincuenta y seis metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: A-1242302-2007. Para tal efecto, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de setiembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil diecinueve con la base de cuarenta y siete millones cuatrocientos setenta y nueve mil dieciséis colones con quince céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del dos de octubre del dos mil diecinueve con la base de quince millones ochocientos veintiséis mil trescientos treinta y ocho colones con setenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Humberto Antonio Jiménez Villatoro. Expediente N° 19-000821-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de julio del 2019.—Lic. David Orellana Guevara, Juez.—( IN2019366578 ).

En este Despacho, con una base de doscientos cuarenta mil trescientos setenta y nueve dólares con setenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 76138-F-000, la cual es Naturaleza: finca filial número ochenta y ocho, ubicado en el nivel tres (el apartamento) y en el sótano (el estacionamiento) del edificio dos destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito: 03-Pozos, cantón: 09-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial noventa y seis; al sur, vacío; al este, finca filial ochenta y siete, pasillo que es área común construida y vacío, y al oeste, vacío. Mide: ciento cuarenta y seis metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Plano: No se indica. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y quince minutos del diecinueve de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y quince minutos del veintisiete de agosto de dos mil diecinueve, con la base de ciento ochenta mil doscientos ochenta y cuatro dólares con ochenta y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del cuatro de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de sesenta mil noventa y cuatro dólares con noventa y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda Costa Rica S.A. contra 3-101-653850 Sociedad Anónima y María Teresa Navarrete Hernández. Expediente Nº 19-000914-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de marzo del 2019.—Licda. Cinthia Segura Durán, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019366606 ).

En este Despacho, sáquese a remate las siguientes fincas: 1) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 406-00648-01-0902-001, citas: 406-00648-01-0903-001condiciones ref: 00065665 000 citas: 406-00648-01-0904-001 prohibiciones ref: 00065665 000; y con la base de ocho millones cuatrocientos mil colones exactos, finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y cuatro mil cuatrocientos veintidós cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1-Nicoya, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, calle pública; y al oeste, Willian Bonilla Araya. Mide: doscientos sesenta y seis metros con noventa decímetros cuadrados. Plano: G-0930109-1990. 2) libre de gravámenes hipotecarios; y con la base de un millón seiscientos mil colones exactos, finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y dos mil veintitrés cero cero cero la cual es terreno lote 2, para construir. Situada en el distrito 1-Nicoya, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Eduardo Aguilar Díaz; al sur, Eduardo Aguilar Rivera; al este, servidumbre de paso con un frente de 11,79 metros lineales; y al oeste, Mireya Arias Mora. Mide: ciento veintiún metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Plano: G-1274868-2008. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de octubre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintinueve de octubre del dos mil diecinueve 1) con la base de seis millones trescientos mil colones exactos (75% de la base original) 2) con la base de un millón doscientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del seis de noviembre del dos mil diecinueve con la base de 1) con la base de dos millones cien mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) con la base de cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución Ley Cobro Judicial de Banco Nacional de Costa Rica contra Adrián Arturo Aguilar Rivera, Elías Ramón Sáenz Cose, Kattya del Rocío Bonilla Araya. Expediente N° 18-000068-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 17 de julio del 2019.—Jorge Zúñiga Jaen, Juez Decisor.—( IN2019366670 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula número setenta y nueve mil setecientos ochenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno lote 156 I, terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 5-Santa Lucía, cantón 2-Barva de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 157; al sur, lote 155; al este, Calle los Geranios com 15 m.; y al oeste, lote 171. Mide: doscientos cincuenta y un metros con cuarenta decímetros cuadrados. Plano catastrado N° H-0547028-1999. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del seis de setiembre de dos mil diecinueve, con la base de treinta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre de dos mil diecinueve con la base de once mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Arguedas Montero contra Marco Tulio Duarte Gómez. Expediente: 18-001983-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 6 de junio del 2019.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2019366682 ).

En este Despacho, con una base de doce mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número doscientos treinta y seis mil quinientos-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito: 05-San Antonio, cantón: 03-Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, Grace Fernández Agüero, sur, Alexander Fernández Fernández, este, servidumbre con 15.94 metros, oeste, Juan Carlos Carvajal Arias. Mide: ciento veintiséis metros con treinta y nueve decímetros cuadrados, Plano: SJ-0567978-1999. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del catorce de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y cero minutos del veintidós de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de nueve mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del dos de diciembre de dos mil diecinueve, con la base de tres mil ciento veinticinco dólares exactos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inmobiliaria La Jáquima R A Sociedad Anónima contra Xinia María Fernández Fernández. Expediente Nº 19-004660-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de junio del 2019.—Notifíquese.—Lic. Verny Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2019366683 )

En este Despacho, con una base de cinco millones ciento sesenta y siete mil doscientos noventa y nueve colones con seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada anotada bajo las citas 310-11436-01-0901-011; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 255012-000, la cual es terreno construir 1 casa N° 886. Situada en el distrito 02 Cinco Esquinas, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 887; al sur, lote 885; al este, alameda 20 y al oeste, lote 906 y otro. Mide: setenta y cinco metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del veintiuno de agosto del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del veintidós de agosto del año dos mil diecinueve con la base de tres millones ochocientos setenta y cinco mil cuatrocientos setenta y cuatro colones con veintinueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del seis de setiembre del año dos mil diecinueve con la base de un millón doscientos noventa y un mil ochocientos veinticuatro colones con setenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alexander Garita Cerdas. Exp. N° 17-005913-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 10 de julio del 2019.—Lic. Carlos Alejandro Báez Astúa, Juez Tramitador.—( IN2019366745 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones ochocientos setenta y dos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Limitaciones leyes 7052, 7208 Sist. Financiero de Vivienda; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 658445-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Lote 19; al sur, Lote21; al este, 1-536746-000; y al oeste, calle pública con 12.20 metros lineales de frente. Mide: doscientos once metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del seis de setiembre del dos mil diecinueve con la base de once millones ciento cincuenta y cuatro mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de setiembre de dos mil diecinueve con la base de tres millones setecientos dieciocho mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Milexy Mariela Rojas Arguedas. Expediente N° 18-006093-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 24 de julio del 2019.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza Tramitadora.—( IN2019366797 ).

En este Despacho, con una base de diez millones colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 173254-001-002, la cual es terreno para construir lote 60-J. Situada en el distrito 5-Aguacaliente (San Francisco), cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, alameda, y al oeste, INVU. Mide: noventa y seis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del doce de setiembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y treinta minutos del veinte de setiembre del dos mil diecinueve con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Carlos Luis Chinchilla Artavia, Marta Eugenia Artavia Ramírez. Expediente Nº 18-010763-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de julio del 2019.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2019366815 ).

En este Despacho, con una base de mil novecientos ochenta y cuatro dólares con cincuenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas JYN205, marca: Kia, categoría: automóvil, serie: KNAPB811AC7265793, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x2, número chasis: KNAPB811AC7265793, año fabricación: 2012, color: rojo, vin: KNAPB811AC7265793, estilo: Sportage, capacidad: 5 personas. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de setiembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil diecinueve con la base de mil cuatrocientos ochenta y ocho dólares con cuarenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de setiembre del año dos mil diecinueve con la base de cuatrocientos noventa y seis dólares con catorce centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Heylin María Fernández Porras. Exp: 19-001987-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 16 de julio del 2019.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez Decisor.—( IN2019366816 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas MCV922, Marca: Hyundai, estilo: I20 active, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: plateado, vin: MALBM51CBHM225712, N° motor: G4LCGU559932, cilindrada: 1400 c.c, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de agosto del dos mil diecinueve, con la base de seis millones sesenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de dos millones veinte mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Kattia Marcela Chavarría Vargas. Expediente Nº 18-009157-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 09 de julio del 2019.—Lic. German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2019366817 ).

En este Despacho, con una base de trece mil doscientos sesenta y ocho dólares con dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo PRV420, marca: Kia, estilo: Río, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2018, color: azul, cilindrada: 1248 c.c., chasis KNADM411AJ6116011, combustible: gasolina, número de motor: G4LAHP022661. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil diecinueve con la base de nueve mil novecientos cincuenta y un dólares con diez centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de diciembre de dos mil diecinueve con la base de tres mil trescientos diecisiete dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra José Pablo Venegas Benambur. Expediente N° 19-001048-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de abril del 2019.—Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2019366818 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil doscientos ochenta dólares con ochenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: JHC216, marca: BYD, estilo: F0 GL I, categoría: automóvil, carrocería: sedan 4 puertas hatchback, tracción: 4x2, número chasis: LC0C24DA3H0000058, N° motor: BYD371QAC16002046, marca: BYD, capacidad: 5 personas, color: celeste, año fabricación: 2017. Para tal efecto se señalan las diez horas y quince minutos del quince de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y quince minutos del veinticinco de noviembre del dos mil diecinueve con la base de seis mil novecientos sesenta dólares con sesenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y quince minutos del tres de diciembre del dos mil diecinueve con la base de dos mil trescientos veinte dólares con veintidós centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Elliany Hernández Carbajal. Expediente N° 19-002304-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de mayo del 2019.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—( IN2019366819 ).

A las ocho horas treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil diecinueve, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libres de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones al tomo 314, asiento 11400, consecutivo 01, secuencia 0901, subsecuencia 001, para el primer remate y con la base del saldo de capital, sea la suma de dos millones quinientos ochenta mil colones netos, la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos veintisiete mil doscientos cuarenta y siete-cero cero uno (propiedad de José Antonio Giacone), cuatrocientos veintisiete mil doscientos cuarenta y siete-cero cero dos (propiedad de Diego Oporto Mejía), cuatrocientos veintisiete mil doscientos cuarenta y siete-cero cero tres (propiedad de Yeimy Vanessa Orozco Alfaro) y cuatrocientos veintisiete mil doscientos cuarenta y siete-cero cero cuatro (propiedad de Beckuowak JYM Sociedad Anónima), que es terreno de potrero con un corral para ganado, sito en el distrito 11 Cutris, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela, lindante: al norte, calle en medio Rafael Badilla Fernández y lote segregado a Emilia María Castillo; al sur, Río San Carlos y lote segregado a Emilia María Castillo; al este, Miguel Ángel Badilla y lote segregado a Emilia María Castillo; y al oeste, quebrada en medio Botica Águila de Oro, el cual mide doscientos trece mil doscientos treinta y tres metros con noventa y siete decímetros cuadrados, según plano Nº A-1111340-2006. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de un millón novecientos treinta y cinco mil colones netos, se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos mil diecinueve. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, o se la suma de seiscientos cuarenta y cinco mil colones netos, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil diecinueve. Razón: Publíquese dos veces en el Boletín Judicial. Lo anterior por estar así ordenado en Proceso de Ejecución Hipotecaria N° 18-003343-1202-CJ establecida por la Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunicad de Ciudad Quesada R.L., contra Rafael Ángel del Carmen Badilla Morales y otro.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 24 de julio del 2019.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza Agraria.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019366826 ).

En este Despacho, con una base de seis millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes, sáquese a remate la finca del partido de Heredia número ciento cincuenta y un mil doscientos treinta y dos-cero cero cero, la cual es Lote 11, terreno para construir. Situado en el distrito 01 Puerto Viejo, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, con lotes 12 y 13; al sur, con lote 10; al este, con calle pública con un frente de 17.55 centímetros lineales; y al oeste, con lote 2. Mide: setecientos cincuenta y siete metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas del nueve de octubre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas del diecisiete de octubre del dos mil diecinueve, con la base de cuatro millones novecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del veinticinco de octubre del dos mil diecinueve, con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. De conformidad con la circular Nº 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Ascensión Chaves Peraza y Otros. Expediente N° 19-000216-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 26 de julio del 2019.—Ronald Rodríguez Cubillo, Decisor.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019366827 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 302-11695-01-0003-001, servidumbre de paja de agua citas: 569-41826-01-0009-001, servidumbre de paso citas: 2014-151519-01-0004-001, plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2014-151519-01-0015-001, servidumbre de acueducto citas: 2017-799767-01-0001-001, servidumbre de acueducto citas: 2017-799767-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos sesenta y nueve mil quinientos sesenta y ocho, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para uso agrícola. Situada en el distrito 7-Pejibaye, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Rolando Barboza Cordero y servidumbre agrícola con un frente lineal de 07 metros; al sur, Miguel González Corella; al este, B.G.J Ganadera Sánchez S. A. y Quebrada Cuyeo; y al oeste, Francisco Barboza Ávila. Mide: treinta y ocho mil setecientos cuarenta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del diecisiete de octubre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del veinticinco de octubre del dos mil diecinueve con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de noviembre del dos mil diecinueve con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ronny Jesús Villalobos Villalobos contra Dagoberto Cascante Vargas, María Angela Altamirano Montenegro. Expediente N° 19-002687-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 09 de julio del 2019.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2019366894 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y dos millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 320182-000, la cual es terreno para construir lote 1-F. Situada en el distrito 1-Alajuela, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, área comunal; al noroeste, lote dos-F; al sureste, calle pública con un frente de veintidós metros con veintidós centímetros; y al suroeste, calle pública con un frente de catorce metros con cincuenta centímetros. Mide: trescientos nueve metros con dieciocho decímetros cuadrados metros cuadrados. Plano: A-0413604-1997. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del tres de setiembre del dos mil diecinueve con la base de cuarenta y seis millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del once de setiembre del dos mil diecinueve con la base de quince millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Olga Jeannette Herrera Parra. Expediente N° 18-033293-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de julio del 2019.—Lic. David Orellana Guevara, Juez.—( IN2019366956 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente Nº 19-000187-0388-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Félix Ángel Alvarado Montes, quien es mayor, casado una vez, jubilado, portador de la cédula número 02-0201-0579, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir bajo el plano G-2041601-2018. Situada en el distrito siete, diría, cantón tres, Santa Cruz. Colinda: al norte, con Juan Félix Gutiérrez Gutiérrez; al sur, con Frank Rodríguez Gutiérrez; al este, con Frank Rodríguez Gutiérrez; y al oeste, con servidumbre de paso y Félix Ángel Alvarado Montes. Mide: doscientos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra realizada a Frank Rodríguez Gutiérrez en fecha 05/06/2012 y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica, continúa y en calidad de propietario. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del mismo, mantener las cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Félix Ángel Alvarado Montes. Expediente Nº 19-000187-0388-CI-7.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 26 de junio del año 2019.—Licda. Ivannia Medina Ramírez, Jueza Supernumeraria.—1 vez.—( IN2019363350 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 15-000091-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Carlos Manuel Valerín Cedeño, quien es mayor, soltero, vecino de Santa Cruz, Chirco, del puente negro 700 al oeste, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número, empleado municipal, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es solar. Situada en el distrito primero, cantón tercero, Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Josefa Aviales Barrantes; al sur, Josefa Aviales Barrantes; al este, Josefa Aviales Barrantes con derecho de paso en medio; y al oeste, Josefa Aviales Barrantes. Mide: trescientos dos metros con nueve decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1256802-2008. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en reparación de cercas, cambio de postería, siembra de cuadrados, árboles frutales, cría de gallinas, chapeado y limpieza de las rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Carlos Manuel Valerín Cedeño. Expediente Nº 15-000091-0391-AG.—Juzgado Agrario del II Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 21 de junio del año 2017.—Lic. José Walter Ávila Quirós.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2019363428 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 18- 000034-0341-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Manuel Antonio Montoya Gómez, quien es mayor, casado una vez, vecino de Cartago, Turrialba, Barrio Calle Vieja, del costado norte del parque, cédula de identidad 3-257-813, profesor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, cantón quinto, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, William Zamora Ramírez; al sur, Marianela Brenes Vergara; al este, calle pública; y al oeste, calle pública. Mide: doscientos veintitrés metros con seis decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir No pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seis millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por posesión originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en la construcción de una casa de habitación y tener el lote debidamente deslindando. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso de información posesoria, promovida por Manuel Antonio Montoya Gómez. Expediente 18-000034-0341-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Civil) Turrialba, 24 de agosto del año 2018.—Licda. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza.—1 vez.—( IN2019363541 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 16- 000215-0388-CI donde se promueve información posesoria por parte de German Jesús Bonilla Contreras, quien es mayor, estado civil casado, vecino de Belén de Carrillo, Guanacaste, portador de la cédula número 0600880244, profesión pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca plano G-1721243-2013 ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Belén, cantón Carrillo. Colinda: al norte, con calle pública con diez punto sesenta y cinco metros; al sur, con Yadira María Gutiérrez Rodríguez; al este, con German Jesús Bonilla Contreras; y al oeste, con Yadira María Gutiérrez Rodríguez. Mide: doscientos ochenta metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón colones. Que adquirió dicho inmueble adjudicación en proceso sucesorio, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en reparación y mantenimiento total de cercas, limpieza del terreno, rondas, siembra de plantas de ornato. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por German Jesús Bonilla Contreras. Expediente 16-000215-0388-CI-8.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 10 de junio del año 2019.—Licda. Floribeth Palacios Alvarado, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019363625 ).

Carlos Alberto Retana Gap, mayor, soltero, chofer, cédula de identidad número seis-cero dos ochenta y ocho-cero uno noventa y cuatro, vecino de Buenos Aires, Puntarenas, solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno solar hoy con pastos y árboles, se encuentra ubicado en Buenos Aires, sita en el distrito primero Buenos Aires, del cantón tercero Buenos Aires, de la provincia sexta Puntarenas, con los siguientes linderos: norte, quebrada La Temblorosa (indicador predial número 60301H00012900); sur, quebrada La Temblorosa (indicador predial número 60301H00012900); este, quebrada La Temblorosa (indicador predial número 60301H00012900); oeste, calle pública; noroeste, Maritza Jiménez Rojas (indicador predial número 60301008532400); y suroeste, Alice Acuña Alvarado. Mide: seiscientos noventa y un metros cuadrados, según plano catastrado P-2060412-2018. El terreno antes descrito, el solicitante ha sido el poseedor en calidad de dueño de manera pública, pacifica e ininterrumpida por más de diez años. Estima el fundo en la suma de tres millones de colones, igualmente las presentes diligencias. Con un mes de término contados a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria, expediente número 19-000015-1046-CI establecidas por Carlos Alberto Retana Gap.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Civil), 30 de mayo del año 2019.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—( IN2019363787 ).

Citaciones

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, y comprobado el fallecimiento de José Ángel Mejía Sibaja, mayor de edad, con cédula de identidad número cinco-cero cero seis dos-cero nueve cero cinco, costarricense, quien fuere agricultor, con ultimo domicilio como vecino de Puntarenas, Golfito, Puerto Jiménez, La Palma, Barrio Guadalupe, exactamente ciento cincuenta metros al sur de la Escuela IDA Guadalupe, fallecido el día veinticuatro de junio del año dos mil diecinueve, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Oscar Andrés Vargas Cordero, notario público con oficina abierta al público en Buenos Aires de Puntarenas, cuatrocientos veinticinco metros norte de la agencia del Banco Nacional de Costa Rica. Para notificaciones el correo electrónico: firmaoscarv@gmail.com o al teléfono 8571-1127. Expediente número: 002-2019.—Se extiende el quince de julio del año 2019.—Lic. Oscar Andrés Vargas Cordero, Notario.—1 vez.—( IN2019363409 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Walter Arturo Benavides Vargas, mayor, cédula cuatro cero ciento veintiuno cero ochocientos treinta y cinco, y comprobado el fallecimiento de María Ofelia Vargas Arroyo, quien fuera mayor, viuda una vez, vecina del distrito central, del cantón de Heredia, de la provincia de Heredia, portadora de la cédula de identidad número cuatro cero cero sesenta y uno cero seiscientos ochenta y cuatro, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como esta lo ha indicado. Notaría del Lic. Ricardo A. Arias Camacho, Heredia veinte metros al este del edificio de los Tribunales.—5 de julio de 2019.—Lic. Ricardo A. Arias Camacho, Notario.—1 vez.—( IN2019363418 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Marvin Antonio Camacho Villegas, mayor, cédula cuatro cero ciento cuarenta y uno cero doscientos cuarenta y nueve, y comprobado el fallecimiento de Nelly María Cecilia Camacho Villegas, quien fuera, mayor, soltera, vecina del distrito central, del cantón de Barva, de la provincia de Heredia, portadora de la cedula de identidad número cuatro cero cero ochenta y seis cero novecientos noventa y nueve, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como esta lo ha indicado. Notaría del Lic. Ricardo A. Arias Camacho, Heredia, veinte metros al este del edificio de los Tribunales.—5 de julio de 2019.—Lic. Ricardo A. Arias Camacho, Notario.—1 vez.—( IN2019363419 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Marjorie Cordero Salas, a las trece horas del cinco de julio del año dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio extrajudicial de quien en vida fuera Alcides Cordero Murillo, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de El Roble de Alajuela, de la entrada a calle Macacona; ciento veinticinco metros al norte, cédula de identidad número dos-cero ciento quince-cero cero diecisiete. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Nathalia Karina Valles Villuti, Alajuela, de la Heladería Pops; cien metros norte y veinticinco metros oeste, antiguo Registro Civil, Bufete BSV Asesores Legales, teléfono 24431228.—Licda. Nathalia Karina Valles Villuti, Notaria.—1 vez.—( IN2019363427 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial de quien en vida fue Juan Luis Valverde Orozco, quien en vida fue mayor de edad, con cédula de identidad 1-290-907, soltero pero en unión de hecho, agricultor y vecino de San José, Aserrí, San Gabriel, 300 metros al sureste de la plaza de deportes; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión de Juan Luis Valverde Orozco. Expediente 0004-2019. Notaría del Lic. Luis Vargas Vargas.—15 de julio de 2019.—Lic. Luis Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2019363430 ).

Se hace saber en este Despacho Judicial, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Víctor Manuel Masís Gómez, mayor, casado una vez, agricultor, costarricense, cédula identidad N° 0301610287 y vecino de Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar lo correspondiente en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 19-000422-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 07 de junio del año 2019.—Lic. Francisco Javier Castillo Acuña, Juez.—1 vez.—( IN2019363435 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rodrigo Gerardo Núñez Cartín, mayor, casado, profesión no indica, costarricense, con documento de identidad 0203470951 y vecino de Volio de San Ramón. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 19-000054-0296-CI-4.—Juzgado Civil y Trabajo del TercerCircuito Judicial de Alajuela, San Ramón (Materia Civil), 01 de marzo del año 2019.—Licda. Eunice Villalobos Jiménez, Jueza.—1 vez.—( IM2019363451 ).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Miriam del Carmen Hernández Ríos, quien fue mayor, casada, ama de casa, vecina de San José, Alajuelita, portadora de la cédula de identidad número dos-cero quinientos cuatro-cero doscientos cuarenta y dos. Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, con el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro del citado plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 19-000084-0216-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 10 de julio del 2019.—Licda. Natalia Fallas Granados, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2019363469 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ismael Trejos Cerdas, cédula de identidad número 1-0432- 0477, casado una vez, pensionado, vecino de San José, Puriscal, Santiago, Junquillo Arriba, frente la Plaza de Deportes. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 19-000079-0197-CI-6.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia Puriscal (Materia Civil), 26 de junio del año 2019.—Licda. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza Tramitadora.—1 vez.—(IN2019363510 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Manuel Céspedes Rojas, mayor, casado, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0600540478 y vecino de San Ramón de Alajuela. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 18-000150-0296-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón (Materia Civil), 26 de octubre del año 2018.—Licda. Eliana Hernández Vanegas, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019363512 ).

Mediante acta de apertura, otorgada ante esta notaría, por Rosendo y Álvaro ambos Pizarro Pizarro; Luz, Norma, Grace, y Gladys todas Rodríguez Pizarro, a las dieciséis trece horas del diez de julio del dos mil diecinueve, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto proceso sucesorio ab-intestato, de quien en vida fuera Paula Juana Pizarro Pizarro, fallecida el veintitrés de enero del dos mil diez. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la licenciada Ana María Vargas Moya, sita en Filadelfia de Carrillo, Guanacaste, frente Banco de Costa Rica. Teléfono 2688-84-12.—15 de julio del 2019.—Licda. Ana María Vargas Moya, Notaria.—1 vez.—( IN2019363600 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rosa María Montoya Sánchez, mayor, casada, ama de casa, costarricense (naturalizada), con documento de identidad 0800400721 y vecina de Santa Rosa, Santo Domingo, Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 19-000583-0504-CI-1.—Juzgado Civil de Heredia, 25 de junio del año 2019.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza.—1 vez.—( IN2019363606 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Carmen de Jesús Sánchez Mejía, mayor, estado civil viuda, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0400580988 y vecino de Barva de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 19-000344-0504-CI-6.—Juzgado Civil de Heredia, 17 de mayo del año 2019.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza.—1 vez.—( IN2019363608 ).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Efraín Ortiz Cerdas, quien fue mayor casado una vez, agricultor, cédula de identidad 1-0171-0695 y la señora Eleodora Brenes Rivera, quien fue mayor, casado una vez, ama de casa, cédula de identidad 1-0179-0799, quienes fueron vecinos de El Socorro del Brunka, de la iglesia católica trescientos este y cien norte; para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio número 19-000009-1046-CI de Efraín Ortiz Cerdas y Eleodora Brenes Rivera.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Civil), 27 de junio del año 2019.—Licda. Edith Brenes Quesada, Jueza.—1 vez.—( IN2019363636 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Ricardo Carmona Guerrero, con cédula de identidad número 1-192-660 q-d-D-g, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezca a reclamar sus derechos los que crean tener derecho a la herencia, apercibidos de que si no lo hacen dentro de ese plazo, aquella pasará a quién corresponda. Expediente número 001-2019. Con oficina en San José, teléfono 8842-9268.—San José 16 de julio de 2019.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—( IN2019363684 ).

A los interesados en sucesión conjunta de Rafaela Rojas Arguedas, cédula seis-cero cincuenta y tres-seiscientos ocho y de Narciso Inés Arnaldo Gutiérrez Ruiz, conocido como Arnoldo Gutiérrez Ruiz, cédula cinco-cero cincuenta y siete-setecientos diecisiete, vecinos de San José, para que en treinta días contados a partir esta publicación, comparezcan a mi notaría a hacer valer sus derechos y en su omisión la herencia pasará a quien corresponda, sin perjuicio de terceros de mejor derecho.—San José, 10 de julio de 2019.—Lic. Manuel Núñez Carrillo, Notario.—1 vez.—( IN2019363696 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Norma Martha Barboza Ulate, portadora de la cédula de identidad dos cero doscientos treinta y siete cero cero cincuenta y seis, Marjorie Rodríguez Murillo, portadora de la cédula de identidad tres cero dos nueve tres cero cuatro cinco dos cero cuatro uno dos, Luis Arnoldo Vargas Rodríguez, portador de la cédula de identidad tres cero cuatro cinco dos cero cuatro uno dos, Paula Priscilla Vargas Rodríguez, portadora de la cédula de identidad tres cero cuatrocientos sesenta y seis cero trescientos setenta y uno Diego Armando Vargas Rodríguez, portador de la cédula de identidad tres cero cuatrocientos ochenta y cuatro cero cero cero dos, a las dieciséis horas del día trece de julio del dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento de vida fuera Luis Arnoldo Vargas Barboza y su parentesco es de madre, cónyuge, e hijos, quien fue mayor, casado una vez, funcionario judicial, vecino de Cartago, Oreamuno, San Rafael, Sagrado Corazón de Jesús Urbanización Blanquillo, casa cuatro, bloque C, portador de la cédula de identidad tres cero setecientos cuarenta y cuatro cero trescientos noventa y dos y fallecido el cinco de abril del dos mil diecinueve, Cartago, Oreamuno, San Rafael, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría de la licenciada Madeleine Cubero Fernández. Cartago, central, Occidental, Barrio El Molino, de la biblioteca pública costado sur, en El Barrio El Molino, cincuenta metros este. Teléfono ocho ocho cinco nueve tres siete dos cinco.—Cartago, a las diecisiete horas con treinta minutos, del día trece de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Madeleine Cubero Fernández, Notaria.—1 vez.—( IN2019363718 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Omar Vargas Alpízar, quien fue mayor, casado una vez, zapatero, vecino de Grecia centro, lotes Murillo, veinticinco metros al sur de la entrada del INA, cedula de identidad dos-doscientos treinta y uno-doscientos sesenta y cinco; para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2019. Notaría del bufete Lic. José Alberto García Vargas.—Lic. José Alberto García Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2019363721 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Alberto Ramírez Álvarez, mayor, soltero, agricultor, costarricense, con documento de identidad 0302580844 y vecino de Cartago, Alvarado. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 19-000494-0640-CI-0.—Juzgado Civil de Cartago, 04 de julio del año 2019.—Licda. Marlen Solís Porras, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019363740 ).

Se hace saber en este Juzgado, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Víctor Manuel Bolaños Villegas, mayor, soltero, chancero, costarricense, cédula de identidad N° 2-0263-0172 y vecino de San José, Desamparados, San Rafael Arriba. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 19-000440-0217-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 09 de julio del año 2019.—Johanna Montealegre Cortés, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019363749 ).

Ante esta notaría se tramita sucesorio de Cecilia Mora Rodríguez, mayor, casada una vez, del hogar, cédula número uno-seiscientos ochenta y cuatro-cero doscientos ochenta y uno, vecina de San Gerardo de Limoncito, Coto Brus, Puntarenas. Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores e interesados que tengan interés en el haber sucesorio de dicha causante, para que en el plazo de ley se apersonen ante esta notaría sita en San Vito, Coto Brus, 200 norte de la Cruz Roja, a hacer valer sus derechos, advertidos que si no lo hicieren pasará la herencia a quien corresponda. Expediente 0004-2019.—San Vito, 5 julio 2019.—Lic. Alexis Salazar Torres, Notario.—1 vez.—( IN2019363757 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Orlando Barrantes Barrantes, quien en vida fue mayor de edad, soltero, agricultor, vecino de Alajuela, Grecia, Los Ángeles de la Iglesia un kilómetro este hacia El Cajón Calle Barrantes, cédula de identidad número dos-dos siete dos-cinco uno cinco; para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° cero cero cero uno-dos mil diecinueve. Notaría de la Licenciada Andrea Alice Hernández Villarreal, en Alajuela, Centro, detrás del Museo Juan Santamaría edificio gris esquinero. Quince de Julio del año dos mil diecinueve.—Licda. Andrea Alice Hernández Villarreal, Notaria.—1 vez.—( IN2019363767 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Juan Luis Chaves Chinchilla, mayor, casado una vez, costarricense, con documento de identidad N° 0300546277 y vecino de Paraíso, Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 14-000219-0640-CI-2.—Juzgado Civil de Cartago, 22 de febrero del año 2019.—Licda. Marlen Solís Porras, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019363796 ).

Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba. De acuerdo con el artículo 126.3 del Código Procesal Civil, comprobada la defunción de Henio Cordero Elizondo, cédula de identidad N° 3-213-581 y cumplidos los requisitos que la norma indica, se declara abierto su proceso sucesorio. Se cita y emplaza para que en 15 días a partir de esta publicación los herederos, legatarios, acreedores o personas interesadas en este proceso sucesorio, se apersonen al despacho mencionado a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba.—Lic. José Ramiro Rodríguez Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2019363836 ).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida fue Otilia Araya González, portadora de la cedula de identidad 200620462, vecina de Puntarenas, Coto Brus, Sabalito. Se cita a herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de este plazo, aquella pasara a quien corresponda. Expediente Nº 19-020062-0462-WS. Bufete Lic. Wilber Solís Porras, notario público con oficina abierta, en la ciudad de Cartago.—16 de julio del año 2019.—Lic. Wilber Solís Porras, Notario.—1 vez.—( IN2019363846 ).

Se hace saber que ante la notaria pública Yaroly Cole Quirós, se tramita la sucesión de quien en vida se llamó Flory Montero Bermúdez, mayor, costarricense, casada una vez, cédula de identidad dos-trescientos diecisiete-quinientos treinta, quien era vecina de San José, San Juan de Dios de Desamparados, doscientos metros sur y veinticinco oeste de la Iglesia Católica, primera casa a mano derecha. Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en el presente proceso, para que dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, comparezcan a hacer valer sus derechos, apercibidos a los que crean tenerlos sobre la herencia, de que si no se presentan en este plazo, la misma se adjudicará a quién corresponda. La notaría donde se tramita el expediente está ubicada en San José, San José, Desamparados, del puente de Loma Linda, 400 este y 25 sur.—15 de julio del 2019.—Licda. Yaroly Cole Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2019363872 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial de quien en vida fue Silvia Inés Rioja Malasenkov, mayor de edad, casada una vez, bióloga, costarricense, cédula ocho-cero uno cero cero-cero cinco tres cuatro, vecina de San José, Santa Ana, Piedades, de la estatua de San Marcos, veinticinco metros oeste, cuatrocientos sur y cien este, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de su publicación, se apersonen a esta notaría sita en San José, Escazú, Guachipelín, distrito cuatro, oficina tres-diecisiete, a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Expediente 0001-2019.—San José, dieciséis de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Andrés Calvo Herra, Notario.—1 vez.—( IN2019363891 ).

Avisos

Se avisa a los señores Eyleri Junnieth García Rojas y César Yestander Valverde Navarrete y Héctor José Hernández Estrada, únicos datos conocidos, que en este Juzgado se tramita el expediente Nº 19-000168-1302-FA, correspondiente a diligencias de depósito judicial de menor de edad, promovidas por la licenciada Vivian Cabezas Chacón, representante legal del Patronato Nacional de la Infancia de Los Chiles, donde se solicita que se apruebe el depósito de los menores de edad David Steven Hernández García, Diedrich Yestander Valverde García y César Eduardo Valverde García. Se le concede el plazo de tres días, para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias. Expediente Nº 19-000168-1302-FA. Clase de asunto: depósito judicial.—Juzgado de Familia del II Circuito Judicial de Alajuela, 07 de junio del año 2019.—Lic. Kensy Cruz Chaves, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019362744 ).           3 v. 3.

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela legitima de la persona menor Yeferson David Arias Mesén, por haber sido nombradas en testamento o ya por corresponderles de manera legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente Nº 19-000206-0673-NA. Proceso: tutela institucional. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 11 de junio del año 2019.—M.Sc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019362745 ).                          3 v. 3.

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela legitima de la persona menor de edad Eithan Daniel Sancho Fernández, por haber sido nombradas en testamento o ya por corresponderles de manera legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente Nº 18-002053-0165-FA. Proceso tutela legítima. Promovente: María Valeza Fernández Salazar.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 11 de junio de 2019.—M.Sc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019362738 ).                                            3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Alice Tishanny Montenegro Romero, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente Nº 19-000762-0292-FA. Clase de asunto: depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las ocho horas y cuarenta y nueve minutos del dos de julio de dos mil diecinueve.—M.Sc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019362755 ).           3 v. 3.

En este Despacho se tramita expediente número 18-000021-1623-CI, que es solicitud de nombramiento de liquidador de persona jurídica presentado por Corporación Pipasa S.R.L., a fin de que se nombre liquidador de la sociedad Fuego Blanco S.A. Con la finalidad de nombrar el liquidador de la sociedad indicada y en cumplimiento de lo establecido por el artículo 178.1 del Código Procesal Civil, se concede audiencia por tres días a socios e interesados a fin de que se apersonen a este proceso y manifiesten lo que consideren oportuno. Al desconocerse quiénes son los socios de Fuego Blanco S.A., y eventuales interesados, se ordena, conforme al artículo 3.4 del mismo cuerpo legal, la notificación por medio de un edicto, que se publicará en el Boletín Judicial. En caso de no apersonarse ninguna persona interesada, este tribunal procederá a la designación de un Liquidador.—Juzgado Segundo Civil de San José, 28 de junio del año 2019.—Licda. Ingrid Fonseca Esquivel, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2019363357 ).

Licenciada María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Yessi Lizeth Talavera, en su carácter personal, quien es demás calidades y domicilio desconocido, se le hace saber que en proceso declaratoria judicial de abandono, expediente 18-001060-1307-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Sentencia Nº 593-2019, Juzgado de Familia del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica. A las trece horas y cincuenta y dos minutos del catorce de junio del año dos mil diecinueve. Proceso especial de declaratoria judicial de abandono, extinción de patria potestad y depósito judicial de la persona menor de edad Miguel José Talavera Talavera, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Siquirres, representado por la licenciada Wendy Acuña Valverde, contra Yessi Lizeth Talavera, de nacionalidad nicaragüense, cesante, en condición migratoria irregular en el país, documento de identificación de la República de Nicaragua pasaporte C 01887946, de domicilio y demás calidades desconocidas. Resultando: Primero:… Segundo:… Tercera:… Considerando: I). Sobre los hechos probados: II). Sobre el fondo: III). Fundamento legal: V). Sobre las costas: Por tanto: En virtud de los argumentos expuestos y citas de ley se declara con lugar el proceso especial de declaratoria judicial de abandono, extinción de patria potestad con fines de adopción y depósito judicial, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Yessi Lizeth Talavera, declarando: 1. En estado de abandono al menor Miguel José Talavera Talavera por parte de su progenitora, consecuentemente se hace menester el extinguirle a la progenitora Yessi Lizeth Talavera el ejercicio de la patria potestad sobre su hijo. 3. Siendo que la persona menor de edad Miguel José Talavera Talavera, se encuentra bajo la custodia y protección del Patronato Nacional de la Infancia, mismos que le han atendido en todas sus demandas materiales, afectivas y espirituales, que se ordena el depósito judicial de la citada persona menor de edad a cargo de éstos, debiendo comparecer dentro del octavo día, después de la firmeza de la presente sentencia, a este Despacho a aceptar el cargo conferido. En el evento de que este depósito tenga que cesar, el Patronato es el encargado de asumir lo que corresponda en protección de los derechos de la persona menor de edad. 4. Firme este fallo, expídase ejecutoria al Registro Civil para que se anote la declaratoria de abandono, al margen de las citas de inscripción de la persona menor de edad Miguel José Talavera Talavera, con citas de inscripción 703931490297. Costas: Se pronuncia el Despacho sin especial condenatoria en costas, en razón de la materia. Notifíquese. Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso de declaratoria judicial de abandono, expediente 18-001060-1307-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 28 de junio del 2019.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2019363490 ).

Licenciada María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Francisco Gabriel Gutiérrez González, en su carácter personal, quien es demás calidades y domicilio desconocido, se le hace saber que en proceso Depósito Judicial Exp: 18-000350-1307-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. A las ocho horas y veintisiete minutos del nueve de abril del año dos mil dieciocho. De las presentes diligencias de depósito de las personas menores Thiago Gabriel Gutiérrez Suarez, Yeneikel Mathias Gutiérrez Suarez, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Francisco Gabriel Gutiérrez González y Brittany Yireth Suarez Ortega (madre adolescente) y sus progenitores Rafael Ángel Suarez Flores y Ana Ortega Buzano, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. En cuestiones de primer y especial pronunciamiento se nombra como depositaria judicial provisional de los menores Thiago Gabriel Gutiérrez Suarez, Yeneikel Mathias Gutiérrez Suarez a la señora Leidy González Salas a quien se le hace ver que debe apersonarse ante este Despacho a aceptar el cargo conferido dentro del plazo de ocho días. Notifíquese esta resolución a Francisco Gabriel Gutiérrez González y Brittany Yireth Suarez Ortega (madre adolescente) y sus progenitores Rafael Ángel Suarez Flores y Ana Ortega Buzano, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Grecia. Por localizarse 1) Francisco Gabriel Gutiérrez González en Alajuela, Grecia, Limbo 2, de la Ferretería Arsenio Soto 800 metros. Se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Guápiles). Por localizarsen 2) Ana Ortega Buzano y Brittany Yireth Suarez Ortega en Siquirres El Quebrador la primera entrada de la Escuela, El Planche, teléfono 8591-5844. Y el señor 3) Rafael Ángel Suarez Flores en Astua Pirie, Roxanita costado sur del Templo Evangelio Completo (dirección mediante cuenta cedular). En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del (a) funcionario(a) notificador (a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Licda. María Marta Corrales Cordero. Juez(a). Y la resolución de las ocho horas y veintiuno minutos del veinticuatro de junio del año dos mil diecinueve. En vista de que el demandado Francisco Gabriel Gutiérrez González carece de domicilio conocido y no fue ubicado en la dirección reflejada por su cuenta cedular, se ordena notificarle esta y la resolución de las ocho horas y veintisiete minutos del nueve de abril del dos mil dieciocho, mediante un edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Elabórese el edicto respectivo. Notifíquese. Licda. María Marta Corrales Cordero. Juez(a). Lo anterior se ordena así en proceso de Deposito Judicial, expediente N° 18-000350-1307-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 28 de junio de 2019.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2019363495 ).

Licenciada María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Marilyn Fuentes Jiménez, en su carácter personal, quien es demás calidades y domicilio desconocido, se le hace saber que en proceso declaratoria judicial de abandono, expediente 16-000358-1307-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica. A las nueve horas y cincuenta y cinco minutos del seis de mayo del año dos mil dieciséis. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono de la persona menor Gilbert Alberto Fuentes Jiménez, planteado por Carmen María Canales González y José Gustavo Brizuela Martínez contra Marilyn Fuentes Jiménez, a quien se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Por existir personas menores involucradas en este proceso se tiene como parte al Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese al este aludido por medio del correo electrónico pococi@pani.go.cr. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a la parte demandada mediante su cuenta cedular, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles). Por localizarse al señor Fuentes Jiménez en Guácimo, Rio Jiménez, Balsaville, del Lubricentro San Martín, 25 metros al sur. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace ver a la parte actora que previo a enviar comisión de notificación a la señora Fuentes deberá aportar un copia de la totalidad del expediente. Notifíquese. Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.Y la resolución de las trece horas y cuarenta y uno minutos del dieciocho de junio del año dos mil diecinueve. Revisados los autos y siendo que no fue posible localizar a la parte demandada, se le previene a los promoventes que deberán depositar la suma de noventa mil colones por concepto de honorarios de curador procesal, a la cuenta número 160003581307-8 del Banco de Costa Rica. En otro orden de ideas, se nombra como curador procesal al licenciado Guillermo Azofeifa Álvarez, cédula de identidad 700850248; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Asimismo se le previene que en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. La parte interesada puede localizarlo al teléfono 2798-3737, teléfono 2758-7300, celular 8893-5555, fax 2798-3372 o correo abangulo@sol.racsa.co.cr. Notifíquese a la parte demandada; la resolución de las nueve horas y cincuenta y cinco minutos del seis de mayo del dos mil dieciséis, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Por otro lado, se ordena remitir oficio nuevamente al representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, oficina local Limón, con la finalidad de que sirvan en indicar el estado actual del proceso administrativo número 731-00001-2008, siendo que ya pasaron dos años desde que se gestionó la solicitud y hasta la fecha no hay respuesta alguna, bajo pena que en caso de incumplimiento se podría acusar por desobediencia a la autoridad judicial ante la instancia correspondiente. Confecciónese oficio respectivo. Notifíquese. Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso de declaratoria judicial de abandono, expediente 16-000358-1307-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 28 de junio del 2019.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2019363500 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la persona menor de edad Ashlyn Andrea González Céspedes, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente 19-000313-0687-FA.—Juzgado de Familia de Grecia. 09 de julio del año 2019.—Lic. Mario Murillo Chaves, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2019363504 ).

Hago saber que en mi notaría se tramitan diligencias de adopción de mayor de edad establecidas por José Pablo Piedra Mejías, cédula 205470020 y Melissa Ulloa Rodríguez, cédula 118120701. Las personas que tengan objeciones que hacer a esta adopción, podrán hacerlo saber en esta notaría dentro del plazo de cinco días a partir de la publicación de este edicto, aportando las pruebas que tengan para su oposición. Expediente 0001-2019. Notaría de la Licda. Giselle Piedra Cortés, teléfono 85424426.—Licda. Giselle Piedra Cortés, Notaria.—1 vez.—( IN2019363521 ).

Lic. Walter Alvarado Arias, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José, hace saber a Sandra Milena Arbeláez Arbeláez, documento de identidad 32108741, casada, comerciante, vecino de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso nulidad matrimonio en su contra, bajo el expediente número 15-000758-0187-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José. Al ser las diez horas cuarenta minutos del veintidós de agosto de dos mil quince. I. Del anterior proceso ordinario de declaratoria de matrimonio inexistente que establece el Estado, se confiere traslado por el plazo de treinta días hábiles posteriores a la notificación de la presente resolución a José Ulises Vargas Solís y Sandra Milena Arbeláez Arbeláez, para que, en lo que respecta a cada uno, la contesten en la forma que indica el artículo 305 en relación con el artículo 428 ambos del Código Procesal Civil. En relación con los hechos de la demanda deberán manifestar si los rechazan por inexactos, los aceptan como ciertos o si los admiten con variantes o rectificaciones, las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya; en esta oportunidad ofrecerán pruebas, con indicación, en su caso, del nombre y generales de los testigos, y sobre cuáles hechos serán interrogados, sin interrogatorio formal. Se les previene a los demandados que en el primer escrito que presenten, deberán indicar el medio para recibir notificaciones, si no lo hicieren, conforme a lo estipulado, las futuras resoluciones quedarán notificadas con el sólo hecho que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, lo anterior en concordancia con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Con el objeto de fomentar prácticas amigables con el medio ambiente y acelerar la tramitación procesal, el Poder Judicial está desarrollando políticas para disminuir el uso del papel, promoviendo el empleo de medios electrónicos de comunicación (Sesión de Corte Plena Nº 16-09 del 11 de mayo de 2009, Art. XXI). Por ello, esta autoridad se permite instar a las partes, abogado y demás intervinientes en este proceso a señalar un correo electrónico para recibir notificaciones y demás comunicaciones judiciales siguiendo para ese fin las directrices señaladas en el artículo 39 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687. Se les advierte a las partes que todo escrito que presenten deberá venir acompañado por un juego de copias, a efectos de que puedan ser remitidas al representante del Estado. II. Medidas cautelares: Conforme lo solicita la Procuraduría General de la República, remítase atento oficio al Registro Civil y a la Dirección General de Migración y Extranjería para suspender los efectos de cualquier acto administrativo emitido a la fecha, tendiente a otorgar la naturalización o la residencia a la señora Sandra Milena Arbeláez Arbeláez, pasaporte número PCC-32108741, en razón de su supuesto matrimonio con ciudadano costarricense. Asimismo, anótese la presente demanda al margen del asiento registral del matrimonio inscrito bajo las citas 1-0472-111-0222, siempre y cuando las partes se correspondan con las de este proceso y si otra causa legal no lo impido. III. Notificaciones: Al Estado se le notificará en su Oficina de Recepción de Documentos, de sita en San José, Catedral, González Lahmann, calle 13, entre avenidas 2 y 6, frente al hotel Flor de Lyz y subsidiariamente al fax 2233-7010. A la señora Sandra Milena Arbeláez Arbeláez, notifíquese personalmente (mano propia) o en su casa de habitación, por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José. Al señor José Ulises Vargas Solís notifíquesele esta resolución personalmente (mano propia) o en su casa de habitación, para lo cual se comisiona a la Policía de Proximidad de Desamparados. Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de Procuraduría General República contra José Ulises Vargas Solís y Sandra Milena Arbeláez Arbeláez; expediente Nº 15-000758-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 03 de julio de 2019.—Lic. Walter Alvarado Arias, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2019363795 ).

Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez del Juzgado de Familia y Violencia Domestica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia); hace saber a Manuel Stiven Chevez Espinoza, documento de identidad 0503100724, casado, portador de la cédula de identidad N° 0503100724, de ocupación y domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso autorización salida país en su contra, bajo el expediente número 19-000465- 0938-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia). A las trece horas y cincuenta y siete minutos del cuatro de julio del año dos mil diecinueve. Del anterior proceso de autorización de salida del país, establecido por Ana Cecilia Martínez Bustos, se confiere traslado por el plazo perentorio de cinco días a Manuel Stiven Chevez Espinoza (art. 433 del Código Procesal Civil). Se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Dentro de este mismo plazo podrá oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que considere pertinente. Por existir personas menores involucradas en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones de este circuito. De manera previa a nombrarle curador Procesal al demandado Manuel Stiven Chevez Espinoza, se le previene a la parte actora cumplir con los siguientes requisitos: 1) Deberá presentarse certificación actualizada de los movimientos migratorios con el fin de determinar las entradas y salidas del país. 2) De conformidad con lo establecido en el artículo 68 de código Civil, se le hace saber a la parte actora, que en la elección de curador procesal se le debe de dar preferencia a las personas familiares de la persona demandada, por lo que si tiene conocimiento de la existencia de algún familiar del demandado deberá informarlo al este despacho, dentro del plazo de tres días para realizar su respectiva designación. 3) También deberá presentar dos testigos del ultimo domicilio del demandado, estos que puedan acreditar la ausencia o bien, que desconozcan su paradero. 4) Deberá depositarse la suma de setenta mil colones, para responder en forma provisional a los emolumentos del profesional a designar (artículo 262 del Código Procesal Civil). La misma deberá depositarse en la cuenta N° 19-000465-0938-FA-0 de este Juzgado en el Banco de Costa Rica, bajo el apercibimiento de que si no se verifica, el proceso permanecerá inactivo. Una vez efectuado el depósito, deberá comunicarse al Despacho a efecto de proceder conforme a derecho corresponda. 5) Por último deberá la parte aportar dos juegos de copias completos de toda la presente demanda, esto con el fin de notificar al Patronato Nacional de la Infancia y al curador procesal que se nombrará en su momento en este asunto. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia). A las siete horas y treinta y cuatro minutos del veintinueve de julio del año dos mil diecinueve. Conforme lo es solicitado por la señora Ana Cecilia Martínez Bustos en su memorial de fecha veinticuatro de julio del presente año, y como medida cautelar se autoriza a la señora Martínez Bustos para que pueda sacar del país únicamente a su hijo Jerland Steer Chevez Martínez de manera provisional en fecha del quince de agosto al veintisiete de agosto del año dos mil diecinueve, esto sin que dicha autorización implique en la autorización de salida del país definitiva que se resuelva en este asunto. Se le hace saber a dicha actora que el oficio queda a su disposición para que procesa a realizar la gestión requerida. Ahora bien, siendo que de la cuenta cedular impresa por este despacho se logra divisar que el señor Manuel Stiven Chevez Espinoza actualmente cuanta con una dirección existente, se ordena intentar notificar a dicho señor del contenido de la resolución de las trece horas cincuenta y siete minutos del cuatro de julio del año dos mil diecinueve, y para tal efecto se comisiona a la Oficina de Comunicaciones y Citaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia). Por último, habiéndose depositado la suma prudencial fijada para responder en forma provisional a los honorarios de curador, se nombra como Curadora Procesal del accionado Manuel Stiven Chávez Espinoza a la señora Flor de los Ángeles Espinoza Estrada; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Asimismo, se le previene que en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Lo anterior se ordena así en proceso autorización salida país de Ana Cecilia Martínez Bustos contra Manuel Stiven Chevez Espinoza. Expediente Nº 19-000465-0938-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), 29 de julio del 2019.—Eddy Rodríguez Chaves, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019366950 ).

Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Adriana Angioleth Ureña Corrales y a Tomas Horacio Navarro Charpentier, en su carácter, se les hace saber que en proceso depósito judicial, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las dieciséis horas y uno minutos del cinco de abril del año dos mil diecinueve. De las presentes diligencias de depósito de las personas menores Simon Francisco, Tomasita Juliana y Andrea Clarissa todos apellidos Navarro Ureña, expediente N° 19-000912-0338-FA, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Adriana Angioleth Ureña Corrales y a Tomas Horacio Navarro Charpentier, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar El Sistema de Gestión en Línea que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Adriana Angioleth Ureña Corrales y a Tomas Horacio Navarro Charpentier, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se otorga el depósito provisional de los menores en el hogar de su abuela la señora Dania María Charpentier Herrera. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-FA.—( IN2019361795 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, presentes en este Despacho Jaime Andrés García Sanabria, mayor, costarricense, soltero, bombero, cédula de identidad número 0113530037, vecino de Cartago, San Isidro de El Guarco, Residencial Sendas del Sol, casa D 5, hijo de Patricia Sanabria Barquero y Jaime García Castillo, ambos padres costarricenses, nacido en Uruca, central, San José, el 17/05/1988, con 31 años de edad, y Pamela Marín Solís, mayor, costarricense, divorciada de Ronald Esteban Chacón Garita, el 11 de junio de 2012, en San José, cédula de identidad número 0115670977, vecina de la misma dirección que el anterior, hija de Erika María Solís Badilla y Juan Pablo Marín Murillo, ambos padres costarricenses, nacida en Hospital, central, San José, el 18/04/1994, actualmente con 25 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-001947-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 11 de julio del año 2019.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2019363432 ).

Se hace saber que ante esta notaria y con el fin de contraer matrimonio civil, comparecieron el señor José Pablo Chaves Arias, de 31 años de edad, soltero, ingeniero informático, nacido en Uruca, central, San José, con cédula de identidad costarricense 1-1326-0266, actualmente vecino de San José, Coronado, Dulce Nombre, 75 metros al sur del salón comunal, hijo de José Alberto Chaves Quirós y María Gabriela Arias Cabalceta, ambos padres de nacionalidad costarricenses y vecinos de San José, Coronado, Dulce Nombre, 75 metros al sur del salón comunal; y la señorita Rosa Carolina Arze Carrión, de 36 años de edad, soltera, ingeniera electrónica, nacida en Catedral, central, San José, con cédula de identidad 1-1164-0401, actualmente vecina de San José, Curridabat Pinares, Condominios Pinos Verdes, 100 metros al norte de la iglesia católica, hija de José Agustín Arze Borda y María del Carmen Carrión Pérez, ambos padres de nacionalidad peruanos y vecinos de San José, Curridabat Barrio Freses. Quien tenga conocimiento de algún impedimento para que esta unión se realice, deberá hacerlo saber a este despacho, ubicado en San José, calle 25, entre avenidas central y primera, casa 55N, dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto en el Boletín Judicial.—San José, 17 de julio del 2019.—Licda. Manuelita Jiménez Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2019363631 )..

 

 

 

 

 

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