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PODER EJECUTIVO

DECRETOS

N° 39667 - RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

En uso de las facultades que les confiere el artículo 140, incisos 3) y 12) y 146 de la Constitución Política y los artículos 27, inciso 1) y 28 inciso 2.b de la Ley General de Administración Pública, número 6227 de 2 de mayo de 1978; artículos 1 y 5 de la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, número 3008 del 18 de julio de 1962 y la Ley 6482 del 25 de setiembre de 1980, denominada Acuerdo sobre la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales.

Considerando:

1º—Que la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) es un organismo internacional de carácter regional y autónomo, constituido por los países latinoamericanos y del Caribe, para promover la enseñanza e investigación en el campo de las Ciencias Sociales.

2º—Que Costa Rica se adhirió al Acuerdo sobre la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales por Ley número 5638 del 04 de diciembre de 1974.

3º—Que la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales puede realizar sus actividades en cualquiera de los países de América Latina para asegurar su función regional, de conformidad con lo que establece el artículo primero, inciso cinco de su acuerdo constitutivo.

4º—Que durante los días 2 y 3 de junio del 2016 la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales realizará en la ciudad de San José la XXXIX o reunión de su Consejo Superior y la XXI o reunión de su Asamblea General, de conformidad con la decisión tomada por las autoridades competentes.

5º—Que dichas reuniones constituyen un espacio incluyente que convoca a expertos, actores claves con alto poder de incidencia para el impulso de los temas que forman parte de las competencias de FLACSO. Además, en ellas se elegirá a los directores de las sedes de esta organización en Chile, Costa Rica, Ecuador y Guatemala y se tratarán diversos temas de relevancia e interés para los países latinoamericanos y del Caribe.

6º—Que los temas a tratar en las reuniones citadas son de interés público y nacional dada la relevancia que el Gobierno de Costa Rica le da a su compromiso de colaborar con el fortalecimiento de las instituciones educativas de alto nivel dedicadas a las ciencias sociales en su diversidad de actividades, tal y como quedó expreso y manifiesto en las consideraciones que fundamentan el Acuerdo sobre la Facultad de Ciencias Sociales, al que Costa Rica le dio su adhesión mediante Ley 5638 del 04 de diciembre de 1974. Por tanto,

DECRETAN:

“DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO Y NACIONAL

DE LA XXXIX REUNIÓN DEL CONSEJO SUPERIOR

Y LA XXI ASAMBLEA GENERAL DE LA FACULTAD

LATINOAMERICANA DE CIENCIAS

SOCIALES (FLACSO)

Artículo 1°—Se declara de interés público y nacional, todas las actividades que realice el Gobierno de la República de Costa Rica para la celebración de la XXXIX Reunión del Consejo Superior y la XXI Asamblea General de FLACSO, que se realizarán en la ciudad de San José, Costa Rica, los días 2 y 3 de junio del 2016.

Artículo 2°—Se faculta a la Administración Pública Central, a las instituciones y empresas del Estado, y se insta a las empresas privadas, para que en el marco de sus competencias, dentro de sus posibilidades y en estricto apego al ordenamiento jurídico, apoyen y brinden las facilidades y cooperación requeridas para la realización de las actividades que se lleven a cabo en el marco de la XXXIX Reunión del Consejo Superior y la XXI Asamblea General de FLACSO.

Artículo 3°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la Republica, a los diecisiete días del mes de marzo del dos mil dieciséis.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O. C. N° 27315.—Solicitud N° 19313.—( D39667 - IN2016033877 ).

Nº 39698-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

En ejercicio de las atribuciones establecidas en los artículos 18, 19, 33, 140, incisos 3), 7) y 18) y 146 de la Constitución Política; 167 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA III), Decreto Ejecutivo 31536, de fecha 24 de noviembre del 2003; 2, 7 inciso e), 8 inciso e) de la Ley de Creación de la Dirección General de Hacienda, Ley número 3022, de fecha 27 de agosto de 1962; 99 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios ( Código Tributario ), Ley número 4755, de fecha 3 de mayo de 1971; 176 de la Ley General de Aduanas, Ley número 7557, de fecha 20 de octubre de 1995; 38 de la Ley Reguladora de todas las Exoneraciones vigentes, su Derogatoria y Excepciones, Ley número 7293, de fecha 31 de marzo de 1992; 12, 19 y 20 de la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley número 7210, de fecha 23 de noviembre de 1990; 57, 64 y 67 del Reglamento a la Ley del Régimen de Zonas Francas, Decreto Ejecutivo número 34739-COMEX-H del 29 de agosto del 2008 y 25 y 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley número 6227, de fecha 2 de mayo de 1978; y

Considerando:

I.—Que de conformidad con los artículos 2,4 y 7 inciso e), 8 inciso e) de la Ley número 3022 de fecha 27 de agosto de 1962, denominada “Ley de Creación de la Dirección General de Hacienda”, se le otorgó a la Dirección General de Hacienda facultades de asesoría obligada al Ministro de Hacienda en materia fiscal, de coordinadora de las actuaciones de las oficinas públicas que administran rentas públicas, de revisión y depuración de los procedimientos existentes, de requerimiento de información pertinente a las oficinas que intervienen en la tasación, liquidación, determinación y cobro de rentas públicas, además, se le otorgó la potestad de realizar inspecciones en las oficinas relacionadas con la administración de cualquier renta pública, así como en los lugares que se crea necesario.

II.—Que el artículo 99 de la Ley número 4755 de fecha 3 de mayo de 1971, denominada “Código de Normas y Procedimientos Tributarios (Código Tributario )”, faculta a la Administración Tributaria para dictar normas generales, a efectos de la correcta aplicación de las leyes tributarias, dentro de los límites que fijen las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. Dicha norma también establece, que cuando se otorgue una potestad o facultad a la Dirección General de Tributación, se entenderá que también es aplicable a la Dirección General de Aduanas, a la Dirección General de Hacienda, y a la Dirección de Policía de Control Fiscal, en el ámbito de su competencia.

III.—Que el Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA III) Decreto Ejecutivo 31536, de fecha 24 de noviembre de 2003, en su artículo 167, establece que el Servicio Aduanero o la entidad que señale la normativa específica, ejercerá el control sobre el uso y destino de las mercancías acogidas al Régimen de Zonas Francas.

IV.—Que la Ley número 7210 de fecha 23 de noviembre de 1990, denominada “Ley de Régimen de Zonas Francas”, en su artículo 12 asigna al Ministerio de Hacienda las automotores presentadas por las empresas acogidas al Régimen de Zonas Francas.

IX.—Que de conformidad con el Decreto Ejecutivo número 25003-COMEX, de fecha 21 de febrero de 1996, denominado “Las empresas beneficiarías del régimen de zona franca, están obligadas a presentar ante la Corporación de la Zona Franca de Exportación un informe anual de sus actividades”, las empresas beneficiarías de ese régimen deberán presentar el informe anual de sus actividades ante la Promotora de Comercio Exterior (PROCOMER).

X.—Que el artículo 64 del Reglamento número 34739-COMEX-H, de fecha 29 de agosto de 2008, denominado “Reglamento a la Ley del Régimen de Zonas Francas”, señala que las dependencias correspondientes del Ministerio de Hacienda establecerán los procedimientos de control que deberán ser acatados por las empresas beneficiarlas de dicho régimen y las autoridades aduaneras en coordinación con PROCOMER.

XI.—Que la eficacia de las acciones de control contribuye a incrementar la sensación de riesgo de las conductas infractoras del ordenamiento, lo cual constituye un pilar estratégico del Área de Ingresos del Ministerio de Hacienda.

XII.—Que el Ministerio de Hacienda tiene como política integrar los esfuerzos de todas las áreas con competencias en materia de cumplimiento formal y material de las obligaciones fiscales e instancias recursivas, bajo una visión estratégica de conjunto para la lucha efectiva contra el incumplimiento y fraude fiscal.

XIII.—Que se ha determinado que por lo dinámico y extendido que es el Régimen de Zonas Francas, así como su incidencia en la actividad económica nacional y el gasto tributario que implican los diversos beneficios tributarios aprobados a este conglomerado empresarial que lo conforman, se requiere contar con información Por tanto,

Decretan:

PROCEDIMIENTO PARA EL CONTROL Y EVALUACIÓN

FISCAL DEL RÉGIMEN DE ZONAS FRANCAS

Artículo 1º—Determinación y Coordinación de actividades de control y evaluación.- Con independencia de las competencias específicas otorgadas a la Dirección General de Aduanas sobre la materia, corresponderá a la Dirección General de Hacienda la identificación, determinación, coordinación y supervisión de las actividades relacionadas con la gestión, evaluación, fiscalización, y control del uso y destino de los incentivos fiscales, otorgados a las empresas dentro del Régimen de Zonas Francas.

Artículo 2º—Plan Anual de Control y Evaluación. - La Dirección General de Hacienda, en coordinación con las demás Direcciones que conforman el Área de Ingresos del Ministerio de Hacienda, elaborará en el tercer trimestre de cada año, un plan anual de control y evaluación dirigido a las empresas que conforman el Régimen de Zonas Francas, con el fin de definir las acciones, plazos, responsables y demás condiciones para ejecutar las actividades pertinentes. El plan se llevará a cabo al año siguiente de su elaboración y podrá ejecutarse de forma conjunta o individual por parte de las Direcciones, cada una en el ámbito de su competencia.

Artículo 3º—Planes especiales.- En relación con el Régimen de Zonas Francas, se podrán ejecutar planes especiales en atención a denuncias, situaciones excepcionales, recomendaciones de entes contralores y riesgos identificados en las evaluaciones de la gestión del Área de Ingresos del Ministerio de Hacienda. La Dirección General de Hacienda coordinará la formulación y ejecución de dicho plan con las Direcciones que conforman el Área de Ingresos, atinente al Régimen de Zonas Francas, de conformidad con la normativa vigente.

Artículo 8.—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, al primer día del mes de marzo del dos mil dieciséis.

LUIS GUILLERMO SOLÍS.—Fernando Rodríguez Garro, Ministro de Hacienda a. í.—1 vez.—O. C. N° 3400027278.—Solicitud N° 8936.—( D39698 - IN2016034619 ).

Nº 39720-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) Y146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1),27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero del 2006 y sus reformas; la Ley Nº 4716, Ley de Organización del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) de 9 de febrero de 1971 y sus reformas; el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H de 29 de junio de 2005 y sus reformas; y el Decreto Ejecutivo Nº 38915-H de 13 de marzo del 2015 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que la Ley Nº 4716, Ley de Organización del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) y sus reformas, publicada en el Alcance N° 17 a La Gaceta Nº 33 de 11 de febrero de 1971, reproducida en el Alcance Nº 34 a La Gaceta N° 82 de 16 de abril de 1971, establece que el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), es una entidad autónoma con personería jurídica y patrimonio propios, conforme al artículo 188 de la Constitución Política.

2º—Que mediante los oficios DE-1803-2015, DE-35-2016 y DE-158-2016 recibidos el 30 de noviembre del 2015, 19 de enero y 11 de febrero del presente año respectivamente, la Directora Ejecutiva del IFAM, solicitó incrementar el gasto presupuestario máximo de dicha institución para el 2016, por un monto total de ¢3.645.300.000,00 (tres mil seiscientos cuarenta y cinco millones trescientos mil colones exactos), con la finalidad de atender necesidades institucionales en áreas específicas de asistencia técnica, Proyecto SIFIEMU, Servicios de Gestión y Apoyo, Activos Financieros para proyectos de crédito a los Gobiernos locales y requerimientos adicionales de bienes duraderos. Dicha solicitud fue avalada por el señor Ministro de Vivienda y Asentamientos Humanos, mediante los oficios MIVAH-DMV-0786-2015 y MIVAH-DMV-0013-2016.

3º—Que de dicho monto, correspondería ser ampliada por la vía de Decreto Ejecutivo la suma de ¢1.570.900.000,00 (mil quinientos setenta millones novecientos mil colones exactos), misma que sería sufragada con recursos provenientes de superávit libre y superávit específico. No obstante, del monto anterior se está ampliando únicamente la suma de ¢1.567.400.000,00 (mil quinientos sesenta y siete millones cuatrocientos mil colones exactos) para dar contenido presupuestario a las subpartidas de “Servicios”, “Activos Financieros” y “Bienes duraderos”; ya que no procede la ampliación por la suma de ¢3.500.000,00 (tres millones quinientos mil colones exactos), de la subpartida “Servicios de Ingeniería”, por cuanto se determinó que el estudio de uso de suelos ya había sido considerado en el Presupuesto Ordinario del Presente periodo.

4º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 38915-H, publicado en La Gaceta Nº 61 de 27 de marzo del 2015 y sus reformas, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento para el año 2016, estableciéndose en el artículo 5°, que el gasto presupuestario de las entidades públicas y órganos desconcentrados para el año 2016, no podrá exceder el monto incorporado en el presupuesto ordinario 2015, deduciendo los gastos no recurrentes, siempre y cuando no correspondan a proyectos de inversión plurianuales, así como las transferencias que deban realizar por mandato de ley. En correspondencia con dicha disposición, el monto de gasto presupuestario máximo para el año 2016 resultante para el IFAM, fue establecido en la suma de ¢7.264.472.639,91 (siete mil doscientos sesenta y cuatro millones cuatrocientos setenta y dos mil seiscientos treinta y nueve colones con noventa y un céntimos), el cual fue comunicado en el oficio STAP-0679-2015 del 30 de abril del 2015; cifra que no contempla el gasto indicado previamente en este decreto.

5º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 6 de julio del 2005 y sus reformas, se emite el “Lineamiento para la aplicación del artículo 6 de la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada Financiamiento”.

6º—Que el artículo 7° del Decreto citado en el considerando anterior, dispone que los recursos de financiamiento que provienen de vigencias anteriores - superávit libre- son parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden utilizarlos en períodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran a la actividad ordinaria de éstas, con los cuales se atienda el interés de la colectividad, el servicio público y los fines institucionales, siempre que no tengan el carácter permanente o generen una obligación que requiera financiarse a través del tiempo, como la creación de plazas para cargos fijos, o cualquier otro compromiso de la misma naturaleza.

7º—Que en relación con el superávit específico, el numeral 9° del referido Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, posibilita la utilización de éste, para el pago de gastos definidos en los fines establecidos en las disposiciones especiales o legales aplicables a tales recursos. S. Que por lo anterior, resulta necesario ampliar el gasto presupuestario máximo fijado al IFAM para el año 2016, incrementándolo en la suma de ¢1.567.400.000,00 (mil quinientos sesenta y siete millones cuatrocientos mil colones exactos). Por tanto,

Decretan:

Ampliación del gasto presupuestario máximo 2016

para el Instituto de Fomento y Asesoría

Municipal (IFAM)

Artículo 1º—Amplíese para el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), el gasto presupuestario máximo para el año 2016, establecido de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 38915-H, publicado en La Gaceta Nº 61 de 27 de marzo del 2015 en la suma de ¢1.567.400.000,00 (mil quinientos sesenta y siete millones cuatrocientos  mil colones exactos), para ese período.

Artículo 2º—Es responsabilidad de la administración activa del IFAM, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta Nº 198 de 16 de octubre del 2001 y sus reformas, así como en el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 6 de julio del 2005 y sus reformas.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la presidencia de la republica a los veintiocho días del mes de abril del dos mil dieciséis.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—EL Ministro de Hacienda a. í., José Francisco Pacheco Jiménez—1 vez.—( D39720 - IN2016033857 ).

DIRECTRIZ

N° 045-MP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 9, 11, 140 de la Constitución política; los artículos 1, 4, 11, 21, 26 inciso b), 99, 100, 107, 113 incisos 2) y 3) de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978; los artículos 1, 5, 18 de la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001; el Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006; el Decreto 38536-MP-PLAN del 20 de agosto de 2014; el Decreto Ejecutivo Nº 38954-MTSS-MDHIS-MIDEPLAN del 14 de mayo del 2015.

Considerando:

I.—Que en Costa Rica, la pobreza se ha medido tradicionalmente utilizando métodos unidimensionales. Sin embargo, en los últimos años a nivel mundial se incorporaron métodos multidimensionales que vienen a complementar el análisis de la pobreza.

II.—Que el Índice de Pobreza Multidimensional es una nueva medición de pobreza, adoptada en Costa Rica en octubre del 2015, que incorpora otras dimensiones (educación, salud, vivienda, trabajo y protección social), complementarias al ingreso, en el análisis de este fenómeno y el combate a la pobreza. Cada indicador de este índice está asociado a las políticas sociales existentes, y permite orientar la asignación de los recursos proporcionalmente a las necesidades identificadas, además de favorecer el seguimiento y evaluación a los programas sociales.

III.—Que el Consejo de Gobierno, en la Sesión Ordinaria N° 91, celebrada el veintinueve de marzo del dos mil dieciséis, acordó en el artículo octavo, instar a los jerarcas y funcionarios de los ministerios e instituciones que integran el sector social, a que utilicen el Índice de Pobreza Multidimensional (IPM) como herramienta oficial de medición, para el monitoreo, seguimiento y evaluación, así como un criterio para la asignación de recursos y para la elaboración de los planes operativos y los presupuestos institucionales anuales.

IV.—Que la reducción de la pobreza extrema y la pobreza básica es uno de los pilares del Plan Nacional de Desarrollo 2015-2018 “Alberto Cañas Escalante”, y desde el Consejo Presidencial Social se ha liderado la Estrategia Nacional de Reducción de Pobreza denominada Puente al Desarrollo.

V.—Que la estrategia Puente al Desarrollo incorpora la definición de acciones y mecanismos de articulación y seguimiento que permiten el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo. Por tanto,

Emiten la siguiente directriz

DIRIGIDA A LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR SOCIAL

Artículo 1º—Los jerarcas y funcionarios de los ministerios e instituciones del sector social utilizarán el Índice de Pobreza Multidimensional (IPM), como una herramienta oficial de medición, de información para asignación de recursos, de seguimiento y evaluación de los programas sociales.

Artículo 2º—Los ministerios e instituciones del sector social adoptarán los resultados del Índice de Pobreza Multidimensional (IPM), como un criterio para la elaboración de los planes operativos institucionales (MAPP-Ficha Técnica) y de los presupuestos institucionales anuales.

Artículo 3º—Los jerarcas de los ministerios e instituciones del sector social que se indican en el artículo siguiente velarán porque los planes operativos y presupuestos institucionales anuales contemplen la distribución de los recursos orientada a incidir positivamente en los indicadores del IPM.

Artículo 4º—Los programas sociales e institucionales priorizados con el criterio de capacidad de incidir en el IPM, que deberán elaborar lo indicado en el artículo 2 son los siguientes:

a.   Becas de estudio (Fondo Nacional de Becas)

b.  Bienestar y promoción familiar (Instituto Mixto de Ayuda Social)

c.   Programa Nacional de Empleo (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social)

d.  Programa Nacional de Apoyo a la Microempresa y la Movilidad Social (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social)

e.   Programas de capacitación y formación profesional (Instituto Nacional de Aprendizaje)

f.   Aseguramiento por cuenta del Estado (Caja Costarricense de Seguro Social)

g.  Bono familiar para la vivienda (Banco Hipotecario de la Vivienda)

h.  Hogares Conectados (Fondo Nacional de Telecomunicaciones, Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones)

Artículo 5º—El Consejo Presidencial Social hará llegar a los jerarcas y responsables de los programas sociales, especificados en el artículo anterior, el instrumental metodológico y procedimental necesario para la inclusión del IPM en su programación, presupuestos, seguimiento y evaluación de metas.

Artículo 6º—El equipo de monitoreo y seguimiento del Consejo Presidencial Social, con el apoyo de representantes de MIDEPLAN, Ministerio de Hacienda, IMAS y DESAF, dará el acompañamiento necesario a las instituciones especificadas en el artículo 4.

Artículo 7º—Rige a partir de su publicación.

Dada en la Presidencia de la República, a los nueve días del mes de mayo del dos mil dieciséis.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de la Presidencia, Sergio Alfaro Salas.—1 vez.—(D045-IN2016034941 ).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

306-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en el artículo 47 de la Ley General de la Administración Pública,

ACUERDA:

Artículo 1º—Nómbrese a la señora Ivannia María Quesada Villalobos, cédula de identidad N° 2-0500-0237, como viceministra del Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Artículo 2º—Rige a partir del 10 de junio del 2015.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el diez de junio de dos mil quince.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N° 28147.—Solicitud N° 17719.—( IN2016033751 ).

N° 516-P

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Con fundamento en la Constitución Política, artículo 139 y la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, artículo 47 inciso 3) del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

Único.—Que resulta necesario que el señor Luis Felipe Aruuz Cavallini, asista y participe en la Conferencia Regional de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura “FAO” para América Latina y el Caribe a celebrarse en la Ciudad de México, México, los días 29 de febrero, 01, 02 y 03 de marzo todos del 2016, para tratar asuntos regionales y mundiales relacionados con las políticas y la regulación como los Retos y Perspectivas para la seguridad alimentaria y nutricional en América Latina y el Caribe”

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar al señor Luis Felipe Arauz Cavallini, portador de la cédula de identidad número 1-486-636, Ministro de Agricultura y Ganadería, para que asista y participe en la Conferencia Regional de la Organización De Las Naciones Unidas Para La Alimentación y la Agricultura “FAO” para América Latina y el Caribe a celebrarse en la Ciudad de México, México, los días 29 de febrero del 2016, 01, 02 y 03 de marzo del 2016.

Artículo 2°—Los gastos de transporte aéreo, de viaje y estadía serán sufragados por FAO.

Artículo 3°—Se nombra Ministra a. í. a la viceministra Ivannia María Quesada Villalobos, cédula de identidad N° 2-500-237 de las diecisiete horas del veintinueve de febrero del dos mil dieciséis a las veintiún horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil dieciséis.

Artículo 4°—El señor Arauz Cavallini queda obligado, en un plazo de 8 días naturales, contados a partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la Institución y para el país.

Artículo 5°—Rige a partir de las diecisiete horas del veintinueve de febrero del dos mil dieciséis a las veintiún horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil dieciséis.

Dado en la Presidencia de la República, a los veinticinco días del mes de febrero del dos mil dieciséis.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N° 28147.—Solicitud N° 17720.—( IN2016033743 ).

N° 503-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones que le confieren el artículo 139 de la Constitución Política de Costa Rica, el artículo 47 inciso 3) de la Ley General de Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978, así como lo establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2016, Ley N° 9341 del 01 de diciembre del 2015 y el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos y sus reformas.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Welmer Ramos González, portador de la cédula de identidad número cinco-ciento noventa y uno-novecientos veinticuatro. Ministro de Economía, Industria y Comercio, para que participe en las reuniones con los jerarcas de estado, junto con el señor Presidente, Luis Guillermo Solís Rivera, que se llevará a cabo en Guatemala, del día 17 al día 19 de febrero del dos mil dieciséis.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, alimentación: y hospedaje, serán financiados por el programa 21500 “Actividades Centrales”, subpartida 10503 “Transporte al Exterior” y subpartida 10504 “Viáticos en el exterior”, correspondiéndole la suma de cuatrocientos cuarenta y seis dólares ($446,00). El millaje generado por motivo de este viaje será asignado al Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

Artículo 3º—El señor Ramos González, en un plazo de ocho días, naturales, contados a partir de su regreso, deberá presentar-un informe a su superior jerárquico, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados: para la institución y para el país en general.

Artículo 4º—En tanto dure la, ausencia del señor Ministro, nombrar como Ministra a. í., a la señora Geannina Dinarte Romero, portadora de la cédula de identidad número 1-1151-925, Viceministra de Economía, Industria y Comercio; de las veinte horas con treinta minutos del día diecisiete de febrero del dos mil dieciséis y hasta las veintidós horas con treinta minutos del día diecinueve de febrero del mismo año.

Artículo 5º—Rige a partir de las veinte horas con treinta minutos del día diecisiete de febrero del dos mil dieciséis y hasta la veintidós horas con treinta minutos del día diecinueve de febrero del mismo año.

Dado en la Presidencia de la República, a los quince días del mes de febrero del dos mil dieciséis.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N° 27507.—Solicitud N° 12965.—( IN2016034594 ).

N° 536-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en la Constitución Política, artículo 139, y la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, artículo 47 inciso 3) del 2 de mayo de 1978, capítulo IV del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, publicado en La Gaceta N° 92 del 14 de mayo del 2008 y sus reformas.

Considerando:

Único.—Que resulta necesario que el señor Luis Felipe Arauz Cavallini, tenga una participación activa, constructiva y sustantiva en la Reunión del Comité de Agricultura de la OCDE, la cual se realizará los días 7 y 8 de abril del 2016 en el Centro de Conferencias de la OCDE en París, Francia, con el fin de obtener avances significativos en el Plan de Acción que les confirmen a los miembros de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) la idoneidad de nuestro país como candidato a formar parte de la organización.

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar al señor Luis Felipe Arauz Cavallini, portador de la cédula de identidad número 1-486-636, Ministro de Agricultura y Ganadería, para que atienda la Reunión del Comité de Agricultura de la OCDE, la cual se realizará los días 7 y 8 de abril del 2016 en el Centro de Conferencias de la OCDE en París, Francia.

Artículo 2°—Los gastos de transporte aéreo, traslados de viaje, impuestos, viáticos, gastos menores y conexos serán sufragados por el Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3°—Se nombra Ministra a. í. a la viceministra Ivannia María Quesada Villalobos, cédula de identidad N° 2-500-237 de las 07:15 horas del 06 de abril del 2016 a las 19:04 horas del 09 de abril del 2016.

Artículo 4°—El señor Arauz Cavallini queda obligado, en un plazo de 8 días naturales, contados a partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país.

Artículo 5°—Rige a partir de las 07:15 horas del 06 de abril del 2016 a las 19:04 horas del 09 de abril del 2016.

Dado en la Presidencia de la República, a los treinta y un días días del mes de marzo del dos mil dieciséis.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N° 28147.—Solicitud N° 17721.—( IN2016033748 ).

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

N° 006-MEIC-2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política; artículos 25, 27.1 y 28, inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, N° 6227 del 2 de mayo de 1978; y el artículo 22 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, N° 7472 del 20 de diciembre de 1994.

Considerando:

I.—Que la Comisión para Promover la Competencia, órgano de máxima desconcentración, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, ejerce una función primordial en la protección de la libre competencia y la prevención y eliminación de conductas monopólicas en aras de la transparencia de los mercados y el beneficio de los consumidores.

II.—Que la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, dispone para el efectivo desempeño de la Comisión para Promover la Competencia, una integración de cinco miembros propietarios y cinco miembros suplentes, nombrados por acuerdo del Poder Ejecutivo.

III.—Que mediante acuerdo ejecutivo número 079-2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 202 del 21 de octubre de 2011, se nombra como miembro suplente de la Comisión para Promover la Competencia a la señora Katherine Berdugo Recio, portadora de la cédula de identidad número 1-809-711, por el periodo que va del 1° de agosto de 2011 y hasta el 31 de julio de 2015. Que a la señora Berdugo Recio no se le renovó el nombramiento.

IV.—Que mediante acuerdo ejecutivo número 061-2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 202 del 21 de octubre de 2013, se nombra al señor Federico Chacón Loaiza, portador de la cédula de identidad 1-817-367, como miembro suplente de la Comisión para Promover la Competencia, por el periodo que va del 13 de agosto de 2013 y hasta el 31 de julio de 2015. Que al señor Chacón Loaiza no se le renovó el nombramiento.

V.—Que mediante acuerdo ejecutivo N° 026-MEIC-2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 84 del 04 de mayo de 2015, se nombra al señor Elian Villegas Valverde, portador de la cédula de identidad 6-224-382, como miembro suplente de la Comisión para Promover la Competencia, por el periodo que va del 18 de marzo de 2015 y hasta el 31 de julio de 2017. Que el señor Villegas Valverde presenta su renuncia en el puesto que venían desempeñando en dicha Comisión, a partir del día 30 de abril de 2015. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1°—Nombrar como miembro suplente de la Comisión para Promover la Competencia a Laura López Salazar, portadora de la cédula de identidad 1-1239-867, en sustitución de Katherine Berdugo Recio, durante el plazo legal comprendido entre el 11 de febrero de 2016 y hasta el 10 de febrero de 2020.

Artículo 2°—Nombrar como miembro suplente de la Comisión para Promover la Competencia a Ulises Zúñiga Morales, portador de la cédula de identidad 5-172-325, en sustitución de Federico Chacón Loaiza, durante el plazo legal comprendido entre el 11 de febrero de 2016 y hasta el 10 de febrero de 2020.

Artículo 3°—Nombrar como miembro suplente de la Comisión para Promover la Competencia a Rodolfo Jiménez Solé, portador de la cédula de identidad 2-368-972, en sustitución de Elian Villegas Valverde, durante el plazo legal comprendido entre el 11 de febrero de 2016 y hasta el 31 de julio de 2017.

Artículo 4°—Los nombramientos anteriormente indicados, rigen a partir de las fechas mencionadas.

Dado en la Presidencia de la República, a los diez días del mes de febrero de dos mil dieciséis.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Economía, Industria y Comercio, Welmer Ramos González.—1 vez.—O. C. N° 3400028153.—Solicitud N° 12966.—( IN2016033866 ).

N° 042-MEIC-2016

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley Nº 6362 del 03 de setiembre de 1979 y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y sus reformas,

Considerando:

I.—Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), a través de la Dirección de Apoyo al Consumidor, participar en el segundo programa de formación especializada en protección al consumidor denominado “La protección del consumidor financiero en Latinoamérica”, que se llevará a en la Ciudad de Lima, Perú, del día 23 al día 27 de mayo del 2016.

II.—Que la participación del Ministerio de Economía, Industria y Comercio a través de la Dirección de Apoyo al Consumidor es de suma importancia, ya que tiene como propósito la obtención de conocimientos teórico-prácticos necesarios para comprender, aplicar y replicar los aspectos fundamentales retos y realidades de la protección del consumidores de servicios financieros, los sistemas regulatorios, soluciones y mejores prácticas internacionales para la protección de los consumidores en este tipo de mercado. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a Maricruz Goñi Díaz, cédula de identidad número 3-0320- 0927, Jefe del Departamento Plataforma de Atención al Consumidor, del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que participe en el segundo programa de formación especializada en protección al consumidor denominado “La protección del consumidor financiero en Latinoamérica”, que se llevará a en la Ciudad de Lima, Perú, del día 23 al día 27 de mayo del 2016.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de tiquete aéreo, hospedaje y alimentación serán financiados por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) del Perú y la Conferencia de Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD). La funcionaria cede el millaje generado por el viaje al Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

Artículo 3º—Rige a partir del día 22 de mayo del 2016 y hasta su regreso el día 28 de mayo del mismo año, devengando la funcionaria el 100% de su salario.

Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio en la ciudad de San José, a los diecisiete días del mes de mayo del dos mil dieciséis.

Welmer Ramos González, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. N° 26805.—Solicitud N° 11464.—( IN2016033870 ).

N° 043-MEIC-2016

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley N° 6362 del 03 de setiembre de 1979; y el Reglamento de Viajes y Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República y sus reformas vigente.

Considerando:

I.—Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, participar en el “Taller Regional para América Latina y el Caribe sobre Inocuidad Alimentaria”, en su calidad de representante del Punto de Contacto del Codex en Costa Rica, con el objetivo de lograr acompañamiento en el desarrollo de políticas nacionales de inocuidad alimentaria y los enfoques basados en el riesgo para los sistemas nacionales de inocuidad de los alimentos. Asimismo, participar en la discusión de nuevos problemas emergentes de inocuidad de los alimentos, tales como la resistencia a los antimicrobianos (RAM) y las pérdidas y desperdicios de los alimentos (PDA). Que dicha actividad se llevará a cabo en la ciudad de Panamá del 14 al 16 de junio de 2016.

II.—Que la participación del MEIC en representación de Costa Rica reviste especial interés, en virtud que buena parte de los temas de los que se ocupa el Codex, tienen que ver con la inocuidad de los alimentos, uno de los objetivos incluidos en el mandato de esa organización y que desde esa perspectiva los países de la Región de América Latina y el Caribe (CCLAC), plantearon en la reunión del CCLAC, celebrada en Costa Rica en el 2014, una serie de prioridades de capacitación y apoyo técnico a la FAO y la OMS en esta materia. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar a Amanda Lasso Cruz, portadora de la cédula de identidad número 8-088-497, funcionaria del Departamento del Codex del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que participe en el Taller Regional para América Latina y el Caribe sobre Inocuidad Alimentaria, que se estará celebrando del 14 al 16 de junio de 2016, en la Ciudad de Panamá.

Artículo 2°—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje y alimentación, así como cualquier otro gasto necesario, serán cubiertos por parte del Oficina Regional de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO).

Artículo 3°—Rige a partir del trece de junio del dos mil dieciséis y hasta su regreso el diecisiete de junio del mismo año. La funcionaria devengará el 100% de su salario durante su ausencia.

Dado en la ciudad de San José, al ser los veinte días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.

Welmer Ramos González, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. N° 28468.—Solicitud N° 18942.—( IN2016033869 ).

N° 046-MEIC-2016

LA SEGUNDA VICEPRESIDENTA EN EL EJERCICIO

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA

Y COMERCIO

Con fundamento en las facultades que les confiere los incisos 3) del artículo 140 y 146 de la Constitución Política; el artículo 28, inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Publica, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; y los artículos 18 y 19 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley N° 7472 del 20 de diciembre de 1994.

Considerando:

I.—Que mediante la Ley N° 7472, se crea la Comisión de Mejora Regulatoria, en lo sucesivo CMR, como un órgano consultivo de la Administración Pública, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, cuya misión es coordinar y liderar los esfuerzos de las diferentes instancias en materia de mejora regulatoria para simplificar y agilizar la tramitología.

II.—Que mediante el acuerdo número 065-MEIC-2014 del 02 de setiembre de 2014, artículo 1, inciso k), se nombró representante del Consejo Nacional de Cooperativas (CONACOOP) al señor Luis Ángel Soto Vargas, titular de la cédula número 2-0367-0079, y como suplente a la señora María Rosa Barquero Rodríguez, titular de la cédula número 1-0296-0039.

III.—Que mediante el Acuerdo N° 084-MEIC-2014 del 13 de octubre de 2014, se procedió a modificar el artículo 1, inciso g), del Acuerdo número 065-MEIC-2014 del 02 de setiembre de 2014; nombrándose a la señora Kenlly Alfaro Ugalde, titular de la cédula de identidad número 1-940-526, como representante propietaria de la CMR, actuando en representación de la Cámara de Industrias de Costa Rica.

IV.—Que mediante oficio N° AC-1906-SE348 del 21 de octubre de 2015, el señor Freddy González Rojas, Secretaria Ejecutivo de CONACOOP, procede a notificar el Acuerdo N° 6 de la Sesión Ordinaria N° 897-2015 del 19 de octubre del 2015, por medio de la cual remite los currículos de los señores José Rojas Chaves, cédula de identidad N° 2-0533-0662 y Jonathan Brenes Quesada, cédula de identidad N° 4-0195-0127, a fin de que se proceda a realizar la sustituciones de los nuevos representantes del CONACOOP.

V.—Que mediante oficio DE-057-2016, el señor Francisco Gamboa S, Director Ejecutivo de la Cámara de Industrias de Costa Rica, solicita nombrar como miembro propietaria de la Comisión de Mejora Regulatoria a la señora Fiorella Bulgarelli González, en sustitución de la señora Kenlly Alfaro Ugalde.

VI.—Que de conformidad con las solicitudes realizadas, se procede a la modificación de los respectivos acuerdos de nombramiento. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Modifíquese el artículo 1, incisos g) -en cuanto al miembro propietario-; y k) del acuerdo N° 065-MEIC-2014, para que se lean de la siguiente manera:

“Artículo lº—…

“g. Nombrar como representante propietario de la Cámara de Industrias de Costa Rica a la señora como miembro propietaria de la Comisión de Mejora Regulatoria a la señora Fiorella Bulgarelli González, cédula de identidad N° 1-0825-0904; en sustitución de la señora Kenlly Alfaro Ugalde.

(…)

k. Nombrar como representante propietario del Consejo Nacional de Cooperativas al señor Jonathan Brenes Quesada, cédula de identidad N° 4-0195-0127; y como suplente al señor José Rojas Chaves, cédula de identidad N° 2-0533-0662”.

Artículo 2º—Los nombramientos indicados, rigen a partir del 24 de mayo del presente año hasta el siete de mayo de dos mil dieciocho.

Dado en la Presidencia de la República, a los veinticuatro días del mes de mayo del dos mil dieciséis.

ANA HELENA CHACÓN ECHEVERRÍA.—El Ministro de Economía, Industria y Comercio, Welmer Ramos González.—1 vez.—O. C. Nº 28468.—Solicitud Nº 18941.—( IN2016037441 ).

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

N° 013-2016-MTSS

EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978 y en los artículos 7, 31, 34 y 37 concordantes del Reglamento de Gastos de Viajes y Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que se ha recibido invitación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), para participar en la 105ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo (105ª CIT), que tendrá lugar en Ginebra, Suiza, del 29 de mayo al 10 de junio de 2016.

2º—Que la 105ª CIT es de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, pues la CIT es el órgano supremo de decisión de la OIT que se reúne cada año, en el mes de junio, congregando a las delegaciones tripartitas de los 187 Estados Miembros que la componen para abordar cuestiones sociales y laborales previstas en la agenda de la actividad.

3º—Que la participación de la señora Grace Gamboa Acuña, cédula 1-632-227, en dicho evento, responde a las funciones propias de Jefa del Departamento de Asuntos Internacionales del Trabajo, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

4º—Que para la designación de la Delegación Oficial del Estado de Costa Rica que asistirá a la 105ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ha seguido los procedimientos establecidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Grace Gamboa Acuña, cédula 1-632-227, para que participe en la 105ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, que tendrá lugar en la ciudad de Ginebra, Suiza, entre los días 29 de mayo a 10 de junio de 2016, en calidad de Delegada Gubernamental.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Gamboa Acuña serán cubiertos con recursos de las subpartidas 105.03 y 105.04 del Programa 729, a saber de la siguiente forma: - Por concepto de viáticos al exterior a través de la subpartida 105.04 del Programa 729 se autoriza la suma de US $344,00 diarios para Suiza (Trescientos cuarenta y cuatro dólares con cero centavos) El transporte aéreo de ida y regreso será cubierto por la subpartida 105.03 del Programa 729. El seguro de viajero será cubierto por la partida 106.01 Seguros, también del Programa 729. Asimismo por la subpartida 105.04 del Programa 729 se cubrirán los gastos por concepto de inscripción e impuestos, tributos o cánones que se deba pagar en las terminales de transportes o cualquier erogación que por concepto de penalización deba girarse.

Artículo 3º—De acuerdo con la Circular DGABCA-NP-1035-201 y de conformidad con los artículos 2 y 5 de la Resolución N° 78-2011 del Ministerio de Hacienda, Tesorería Nacional y la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, la delegada deberá ceder el millaje generado por el viaje a favor del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Artículo 4º—Que durante los días en que se autoriza a la señora Gamboa Acuña, cédula 1-632-227, en la 105ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, que tendrá lugar en la ciudad de Ginebra, Suiza, entre los días 29 de mayo a 10 de junio de 2016, en calidad de Delegada Gubernamental, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5º—Rige a partir del 27 de mayo y hasta el 11 de junio de 2016.

Dado en el Despacho del Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, a las quince horas del diecisiete de mayo de dos mil dieciséis.

Carlos Alvarado Quesada, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. N° 1205062293.—Solicitud N° 55726.—(IN2016034669 ).

014-2016-MTSS

EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2) y 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978 y en los artículos 7, 31, 34 y 37 concordantes del Reglamento de Gastos de Viajes y Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que se ha recibido invitación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), para participar en la 105ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo (105ª CIT), que tendrá lugar en Ginebra, Suiza, del 29 de mayo al 10 de junio de 2016.

2º—Que la 105ª CIT es de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, pues la CIT es el órgano supremo de decisión de la OIT que se reúne cada año, en el mes de junio, congregando a las delegaciones tripartitas de los 187 Estados Miembros que la componen para abordar cuestiones sociales y laborales previstas en la agenda de la actividad.

3º—Que la participación de la señora Valentina Obando Vives, cédula 113070724, en dicho evento, responde a las funciones propias de Asesora Legal de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones de la Empresa Privada (UCCAEP).

4º—Que para la designación de la Delegación Oficial del Estado de Costa Rica que asistirá a la 105ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ha seguido los procedimientos establecidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Valentina Obando Vives, cédula 113070724, para que participe en la 105ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, que tendrá lugar en la ciudad de Ginebra, Suiza, entre los días 29 de mayo a 10 de junio de 2016, en calidad de Delegada del Sector Empleador.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Obando Vives serán cubiertos con recursos de las subpartidas 105.03 y 105.04 del Programa 729, a saber de la siguiente forma: - Por concepto de viáticos al exterior a través de la subpartida 105.04 del Programa 729 se autoriza la suma de US $344,00 diarios para Suiza (Trescientos cuarenta y cuatro dólares con cero centavos) El transporte aéreo de ida y regreso será cubierto por la subpartida 105.03 del Programa 729. El seguro de viajero será cubierto por la partida 106.01 Seguros, también del Programa 729. Asimismo, por la subpartida 105.04 del Programa 729 se cubrirán los gastos por concepto de inscripción e impuestos, tributos o cánones que se deba pagar en las terminales de transportes o cualquier erogación que por concepto de penalización deba girarse.

Artículo 3º—De acuerdo con la Circular DGABCA-NP-1035-201 y de conformidad con los artículos 2 y 5 de la Resolución N° 78-2011 del Ministerio de Hacienda, Tesorería Nacional y la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, la delegada deberá ceder el millaje generado por el viaje a favor del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Artículo 4º—Rige a partir del 27de mayo y hasta el 11 de junio del 2016.

Dado en el Despacho del Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social a las quince horas del diecisiete de mayo de dos mil dieciséis.

Carlos Alvarado Quesada, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. N° 1205062293.—Solicitud N° 55729.—( IN2016034670 ).

N° 015-2016-MTSS

EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978 y en los artículos 7, 31, 34 y 37 concordantes del Reglamento de Gastos de Viajes y Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que se ha recibido invitación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), para participar en la 105ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo (105ª CIT), que tendrá lugar en Ginebra, Suiza, del 29 de mayo al 10 de junio del 2016.

2º—Que la 105ª CIT es de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, pues la CIT es el órgano supremo de decisión de la OIT que se reúne cada año, en el mes de junio, congregando a las delegaciones tripartitas de los 187 Estados Miembros que la componen para abordar cuestiones sociales y laborales previstas en la agenda de la actividad.

3º—Que la participación del señor Jorge Luis Araya Chaves, cédula 1-1126-0778, en dicho evento, responde a las funciones propias de Subdirector de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones de la Empresa Privada (UCCAEP).

4º—Que para la designación de la Delegación Oficial del Estado de Costa Rica que asistirá a la 105ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ha seguido los procedimientos establecidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Jorge Luis Araya Chaves, cédula 1-1126-0778, para que participe en la 105ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, que tendrá lugar en la ciudad de Ginebra, Suiza, entre los días 29 de mayo a 10 de junio del 2016, en calidad de Delegado Suplente y Consejero Técnico.

Artículo 2º—Los gastos del señor Araya Chaves serán cubiertos con recursos de las subpartidas 105.03 y 105.04 del Programa 729, a saber de la siguiente forma: Por concepto de viáticos al exterior a través de la subpartida 105.04 del Programa 729 se autoriza la suma de US $344,00 diarios para Suiza (Trescientos cuarenta y cuatro dólares con cero centavos) El transporte aéreo de ida y regreso será cubierto por la subpartida 105.03 del Programa 729. Así mismo por la subpartida 105.04 del Programa 729 se cubrirán los gastos por concepto de inscripción e impuestos, tributos o cánones que se deba pagar en las terminales de transportes o cualquier erogación que por concepto de penalización deba girarse.

Artículo 3º—De acuerdo con la Circular DGABCA-NP-1035-201 y de conformidad con los artículos 2 y 5 de la Resolución N° 78-2011 del Ministerio de Hacienda, Tesorería  Nacional y la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, la delegada deberá ceder el millaje generado por el viaje a favor del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Artículo 4º—Rige a partir del 27 de mayo y hasta el 11 de junio de 2016.

Dado en el Despacho del Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social a las quince horas del diecisiete de mayo del dos mil dieciséis.

Carlos Alvarado Quesada, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. N° 1205052293.—Solicitud N° 55732.—( IN2016034671 ).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

N° 810-2016-MEP.—Poder Ejecutivo.—San José, a las diez horas con veinticuatro minutos del ocho de marzo del dos mil dieciséis.

Se conoce solicitud formulada por la señora Ana Lucrecia Sánchez León, mayor, casada, profesora, cédula de identidad número 1-1172-0008, vecina de San Francisco de Heredia, en calidad de representante legal con facultad de apoderada generalísima sin límite de suma de Leonsa Importaciones Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica 3-101-284625, de conformidad con lo que establece el Decreto N° 24017-MEP Reglamento sobre Centros Docentes Privados, del nueve de febrero del año mil novecientos noventa y cinco, para la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación del nivel de la Educación Preescolar (Ciclo Materno Infantil Interactivo II y Ciclo de Transición) y los niveles I y II Ciclo de la Educación General Básica, impartida en el Centro Educativo denominado Caspari Montessori School.

Resultando:

I.—Que mediante escrito del día 07 de agosto del 2015, la señora Ana Lucrecia Sánchez León, de calidades dichas, presentó formal solicitud para la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación del nivel de la Educación Preescolar (Ciclo Materno Infantil Interactivo II y Ciclo de Transición) y los niveles I y II Ciclo de la Educación General Básica, impartida en el Centro Educativo denominado Caspari Montessori School, situado en la provincia de Heredia, San Francisco, de Taco Bell 250 metros al oeste y 100 metros al norte, Dirección Regional de Educación Heredia. (Vista a folio 91 del Expediente Administrativo).

II.—Que la señora Ana Lucrecia Sánchez León, de calidades dichas, es representante legal de las sociedades Leonsa Importaciones Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica 3-101-284625 y la sociedad Montessori Garden S. A., con cédula jurídica 3-101-604157. (Vista a folios 119 y 120 del Expediente Administrativo).

III.—Que la sociedad Montessori Garden S. A., con cédula jurídica 3-101-604157, es dueña de la marca de servicios Caspari Montessori School, que mediante solicitud número 2012-0004339, promovió ante el Registro Público de la Propiedad Industrial del Registro Nacional de la República de Costa Rica, la inscripción de Marca de Servicios, quedando inscrita a partir del 17 de agosto del dos mil doce, con Registro Nº 220652, para proteger en clase 41 Servicios de Educación para el primer y segundo ciclo de la Educación General Básica, formación, esparcimiento, actividades deportivas y culturales bajo la modalidad del sistema Montessori. (Vista a folio 89 del Expediente Administrativo).

IV.—Que en la escritura pública número ciento veinte, de fecha 25 de febrero del 2015 emitida por el notario Daniel Aguilar González, se indicó lo siguiente “(...) la señora Ana Lucrecia Sánchez León, de calidades ya indicadas, como representante legal de la sociedad Leonsa Importaciones S. A. y la sociedad Montessori Garden S. A. (...) Que

Montessori Garden S. A., es dueña de la marca comercial Montessori School Caspari (...). Que por haber recibido la suma de cincuenta mil colones le transfiere en forma permanente y definitiva la totalidad de dicha marca a la firma Leonsa Importaciones S. A., para usarla en todo el país haciéndose efectivo a partir de la firma de esta cesión, la cual acepta por medio de su apoderada dicha (...)”. (Vista a folio 0135 del Expediente Administrativo).

V.—El Departamento de Análisis Técnico de la Dirección de Educación Privada, mediante oficio DEP-AT-1220-2015, rinde informe ocular donde constató los aspectos relativos a las instalaciones físicas, equipo y mobiliario del Centro Educativo denominado Caspari Montessori School, donde se determina que cumple con todos los requerimientos técnicos administrativos e infraestructurales necesarias para recibir la autorización de parte del MEP para los niveles de la Educación Preescolar (Ciclo Materno Infantil Interactivo II y Ciclo de Transición) y los niveles I y II Ciclo de la Educación General Básica. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 120 del Decreto Ejecutivo 38170-MEP (Organización Administrativa de las Oficinas Central del Ministerio de Educación Pública). (Vista a folios 03 al 09 del Expediente Administrativo).

VI.—El Departamento de Investigación y Desarrollo de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del Ministerio de Educación Pública, mediante los oficios DIEE- DID-0367-2013 y DIEE-DID-0366-2013 ambos del 28 de noviembre del 2013, le comunicó a la Dirección de Educación Privada la aprobación de la infraestructura física del Centro Educativo Caspari Montessori School, para los niveles de la Educación Preescolar (Ciclo Materno Infantil Interactivo II y Ciclo de Transición) y los niveles I y II ciclos de la Educación General Básica, dichos oficios indican en lo que interesa “(...) Para que proceda según corresponda, hago de su conocimiento que las Instalaciones Físicas del Caspari Montessori School; fueron aprobadas el presente día, ya que las mismas cumplen con lo indicado en los planos presentados a esta Dirección según oficio: DIEE- DID-153-2012 con fecha 01 de junio del 2012 y cumplen con lo estipulado en la Ley N°833 reforma N°4240 de Planificación Urbana, Reglamento de Construcciones del INVU, Ley 7600 del 29 de mayo de 1996 y demás normativa conexa” (Vista a folios 12, 13, 128 y 129 del Expediente Administrativo).

VII.—El Departamento de Análisis Técnico de la Dirección de Educación Privada, realizó el estudio de la documentación presentada que corresponde al Plan de Estudios, Programas, Calendario Escolar, Distribución Horaria Semanal, Normas de Evaluación del Aprendizaje y Normas de Promoción, Nómina de Autoridades Docentes Institucionales y Nómina de Personal Docente y mediante oficio DEP-AT-118-2016 del 07 de marzo del 2016, remitió a la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación Pública la solicitud, para el procedimiento correspondiente de oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación de los niveles de Educación Preescolar (Ciclo Materno Infantil Interactivo II y Ciclo de Transición) y los niveles I y II Ciclo Educación General Básica impartido en el Centro Educativo Caspari Montessori School, indicando que la solicitud cumple con los requisitos establecidos en los artículos 5 y 6 del Decreto N° 24017-MEP (Reglamento sobre Centros Docentes Privados, del nueve de febrero del año mil novecientos noventa y cinco). (Vista a folio 108 del Expediente Administrativo).

Considerando:

I.—Que la señora Ana Lucrecia Sánchez León, de calidades citadas, en su condición de representante legal de Leonsa Importaciones Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica 3-101-284625, presentó el día 07 de agosto del 2015, solicitud para la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación de los niveles de la Educación Preescolar (Ciclo Materno Infantil Interactivo II y Ciclo de Transición) y los niveles I y II Ciclo Educación General Básica, del Centro Educativo Caspari Montessori School.

II.—Que la sociedad Caspari Montessori School S. A., a través de la escritura pública de fecha 25 de febrero del 2015, le cede en forma permanente y definitiva la totalidad de la marca “Caspari Montessori School” a la sociedad “Leonsa Importaciones S. A.”, para que dicha marca pueda explotarse en todo el país.

III.—Consta también en el expediente administrativo iniciado al efecto, que el Departamento de Análisis Técnico de la Dirección de Educación Privada, de conformidad con el artículo ocho del Decreto N° 24017-MEP, realizó los estudios técnicos pertinentes, determinándose que la solicitud cumple con todos los requisitos que exige dicho cuerpo normativo.

IV.—Por otra parte, el Departamento de Investigación de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del Ministerio de Educación Pública, aprobó las instalaciones físicas del Centro Educativo Caspari Montessori School, indicando que cumplen con los requisitos exigidos.

V.—Que la documentación aportada para el trámite correspondiente a la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación de los niveles de la Educación Preescolar (Ciclo Materno Infantil Interactivo II y Ciclo de Transición) y los niveles I y II Ciclo Educación General Básica, impartido en el Centro Educativo Caspari Montessori School, fue revisada por la Dirección de Asuntos Jurídicos, determinándose que se realiza conforme a derecho. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en las consideraciones y citas normativas que anteceden;

RESUELVEN:

1º—Que los estudios que se realicen en el Centro Educativo Caspari Montessori School, situado en la provincia de Heredia, San Francisco, de Taco Bell 250 metros al oeste y 100 metros al norte, Dirección Regional de Educación Heredia, tendrán correspondencia con los niveles de la Educación Preescolar (Ciclo Materno Infantil Interactivo II y Ciclo de Transición) y los niveles I y II Ciclo Educación General Básica.

2º—En consecuencia, dicho Centro de Enseñanza podrá emitir el Certificado de Asistencia al Ciclo de Transición de la Educación Preescolar y Certificado de Conclusión de Estudios del II Ciclo de la Educación General Básica, el cual se equipara con los del Sistema Educativo Estatal.

3º—La solicitante está en la obligación de mantener actualizado el expediente, que para tales efectos educativos se encuentra resguardado en la Dirección de Educación Privada, aportando todos aquellos documentos, durante la vigencia de la oficialización, equiparación, certificación y acreditación de los estudios aprobados por el Ministerio de Educación Pública.

4º—Rige a partir de su publicación. Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial La Gaceta, así como en la página Web del Ministerio de Educación Pública.

Notifíquese.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O. C. N° 28534.—Solicitud N° 19067.—( IN2016034601 ).

N° 196-2016-MEP.—Poder Ejecutivo, a las once horas y cincuenta y ocho minutos del veinte de enero del dos mil dieciséis.

Se conoce solicitud presentada por el señor Luis Enrique Gómez Portuguez, mayor de edad, soltero, abogado, cédula de identidad 1-828-547, con facultades de apoderado generalísimo sin límite se suma de Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte Sociedad Anónima, la cual es dueña del Centro Educativo Bandeco y solicita el cierre de ese centro, el cual se ubica en la provincia de Limón. Zona Administrativa Bandeco, el Carmen de Siquirres, Dirección Regional de Limón, perteneciente al Circuito Educativo 05, que contaba con la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación de los niveles de Preescolar, I y II Ciclo de la Educación General Básica y la Educación Diversificada.

Resultando:

1°—Que el Centro Educativo Bandeco contaba con la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación de los niveles de Preescolar, I y II Ciclo de la Educación General Básica y la Educación Diversificada, los cuales fueron autorizadas mediante Sesiones del CSE N° 33-73,83-89 y Decreto Ejecutivo N° 25900-MEP publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 68 el día 9 de abril de 1997. (Ver foliol4 del expediente administrativo).

2°—Que mediante escrito de fecha 18 de mayo del 2015, el señor Luis Enrique Carlos Gómez Portuguez, representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite se suma de Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte Sociedad Anónima, dueña del Centro Educativo Bandeco, solicitó el cierre formal de dicho centro educativo en virtud de que se ha redireccionado los objetivos de la empresa, lo que no permite continuar brindando el servicio, además indica que amparados en el acta de aplazados y evaluación de la institución al día veintiocho de enero del año dos mil quince, no existen aplazados en ningún nivel y además certifica la ausencia de matrícula para el curso lectivo dos mil quince. (Ver folio 09 del expediente administrativo).

3°—Que la Dirección de Educación Privada mediante oficio DEP-AT-760-06-2015, remitió a la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación Pública, la solicitud para el procedimiento correspondiente de cierre definitivo del Centro Educativo Bandeco. (Ver folio 14 del expediente administrativo),

Considerando:

Que el señor Luis Enrique Gómez Portuguez, de calidades citadas, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de Corporación de Desarrollo Agrícola Del Monte S.A., dueña del Centro Educativo Bandeco, solicitó el cierre del centro educativo de cita. La documentación fue revisada por la Dirección de Asuntos Jurídicos, determinándose que se realiza conforme a derecho.

Consta también en el expediente administrativo iniciado al efecto, que el Departamento de Análisis Técnico de la Dirección de Educación Privada, realizó los estudios técnicos pertinentes, determinándose que es procedente la solicitud de marras. Por tanto:

El Presidente de la República y la Ministra de Educación Pública, con fundamento en las consideraciones y citas normativas que anteceden;

RESUELVEN:

1°—Proceder con el cierre del Centro Educativo Bandeco, ubicado en la Provincia de Limón, en el Carmen de Siquirres, Circuito 05 de la Dirección Regional de Educación de Limón, perteneciente a Corporación de Desarrollo Agrícola Del Monte S.A., cédula jurídica número 3-101-010882 cuyo representante legal es el señor Luis Enrique Gómez Portuguez, de calidades dichas.

2°—A partir de esta Resolución y en cumplimiento a lo solicitado por la parte, se revoca las acreditaciones conferidas por parte del Estado Costarricense al Centro Educativo Bandeco, en las que se autorizó a dicho centro la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación de la Educación Preescolar, I y II Ciclo de la Educación General Básica y la Educación Diversificada.

3°—Le corresponde a la Dirección de Educación Privada custodiar toda la documentación relacionada al Centro Educativo Bandeco de conformidad con lo que establece el Reglamento sobre Centros Docentes Privados Decreto N° 24017-MEP.

4°—Rige a partir de su publicación.

Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial La Gaceta, así como en la página Web del Ministerio de Educación Pública.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O. C. N° 28534.—Solicitud N° 19068.—( IN2016034605 ).

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA

R-130-2016-MINAE.—Poder Ejecutivo.—San José, a las nueve horas del veinticinco de abril del dos mil dieciséis Se conoce la recomendación dictada por la Dirección de Geología y Minas mediante oficio DGM-RNM- 141-2016 del 13 de abril del 2016, referente a la solicitud de prórroga del plazo de la autorización al Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI) para el aprovechamiento de materiales en el área conocida como Tajo Corte La Vieja, ubicada en el distrito Quesada del Cantón de San Carlos de la provincia de Alajuela, tramitada bajo el expediente administrativo minero N° 1E-2013.

Resultando:

1°—El 29 de abril del 2013, mediante la resolución N° R-188-2013-MINAE, se otorgó por parte del Poder Ejecutivo la autorización al Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI) del expediente N° 1E-2013, para el aprovechamiento de materiales en el área conocida como Tajo Corte La Vieja, que se ubica en el distrito Quesada, del cantón de San Carlos, de la provincia de Alajuela, en las coordenadas Lambert Norte 485.274,4 - 486.503,4 Este y 251.412,7-251.611,5 Norte; en la Hoja Cartográfica Quesada, escala 1:50.000 del I.G.N.; en un tramo donde se realizarán los cortes para el trazado de la nueva carretera “Florencia - Naranjo”; siendo el tramo a intervenir el que corresponde a Sifón - Ciudad Quesada (La Abundancia); gestión que se fundamenta en el artículo 38 de la Ley General de Caminos; de los artículos 1 y 2 del Código de Minería y del artículo 160 del Reglamento al Código de Minería; por un plazo de tres años, en el que, se aprovechará un volumen de material aproximado de 1.198.573 M3, que corresponden a depósitos de materiales volcánicos, tipo brechas con bloques de lava e ignimbritas y lañares, con una tasa de extracción de 33.000 m3 mensuales, que serán procesados, para la obtención de piedra cuarta, piedra quinta, polvo de piedra y arena, los cuales se destinarán a atender la obra pública indicada; siendo contratada para la ejecución de obras la Empresa Sánchez Carvajal; además se autoriza el uso de explosivos, cuando las condiciones de dureza del material a extraer lo requiera, Los servicios de voladuras, fabricación y comercialización de explosivos estarán a cargo de la Empresa Explotec S. A.

2°—El 25 de febrero del 2016, el Ing. Mauricio Salom Echeverría en calidad de representante legal de CONAVI, presenta solicitud para obtener una prórroga por el plazo máximo de dos años que establece la normativa minera para la autorización de expediente N° 1E-2013, denominado “Tajo Corte La Vieja”.

3°—El 18 de abril del 2016, se recibe el oficio DGM-RNM-141-2016 del 13 de abril de la Dilección de Geología y Minas con la recomendación de otorgar la prórroga de la Autorización otorgada en el expediente minero N°1E-2013 a favor del CONAVI.

Considerando:

1°—Con fundamento en el artículo 1° del Código de Minería, el Estado tiene el dominio absoluto, inalienable e imprescriptible de todos los recursos minerales existentes en el país, teniendo la potestad el Poder Ejecutivo de otorgar concesiones y prórrogas para el reconocimiento, exploración y explotación de los recursos mineros, sin que se afecte el dominio estatal de esos bienes.

II.—El Ministerio del Ambiente y Energía, es el órgano rector del Poder Ejecutivo en materia minera. Para realizar sus funciones, este Ministerio cuenta con la Dirección de Geología y Minas, encargada de tramitar las solicitudes de concesión de conformidad al procedimiento especial establecido en el Código de Minería y en su Reglamento.

3°—El artículo 111 del Reglamento del Código de Minería del Decreto Ejecutivo N° 29300-MINAE dispone que la autorizaciones otorgadas acorde con el Capítulo I “De la actividad minera de las Municipalidades y de las Instituciones Autónomas (Título VIII de los Procedimientos especiales), tendrán una vigencia de tres años, pudiendo el Ministro del Ambiente y Energía en casos calificados, otorgar una prórroga de dos años más, previa justificación por parte del ente autorizado y siempre que, se demuestre estar al día con las obligaciones que, se impone en el Capítulo. En este mismo sentido, el artículo 138 del citado reglamento establece que la Dirección de Geología y Minas en casos calificados puede recomendar el otorgamiento de una prórroga de dos años de la autorización con previa justificación y demostrar , el autorizado que está al día con sus obligaciones. Además, para efectos de tramitación los requisitos de la solicitud de prórroga, se regulan en el artículo 125 de dicho reglamento.

4°—La Dirección de Geología y Minas de conformidad con el expediente administrativo N° 1E-2013, en el oficio DGM-RNM-141-2016, recomienda al Poder Ejecutivo otorgar la prórroga de la autorización al C’ONAVI, en los siguientes términos:

1)  “Que la Administración Pública, se encuentra bajo un régimen de Derecho donde priva el Principio de Legalidad, el cual tiene fundamento en el artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública.

2)  Que visto el expediente administrativo N° 1E-2013, se determina que la concesión tiene como fecha de caducidad el 28 de junio del 2016, según la fecha de notificación de la resolución N° R-188- 2015 del 18 de marzo del 2015, notificada el 28 de junio del 2013; sin embargo al haberse solicitado por el Ing. Mauricio Salom Echeverría en calidad de representante legal de CON AVI, se debe atender la justificación presentada de no haberse finalizado la obra pública a la que se destinaran los materiales, por situaciones totalmente ajenas a la Institución requirente y dados los beneficios de desarrollo para la zona, los pobladores y visitantes de este territorio, es que resulta de gran relevancia atender la solicitud y otorgar la prórroga solicitada por el plazo máximo de dos años que establece la normativa de rigor.

3)  Que consta en el expediente Minero N° 1E-2013, que el CONAVI ha cumplido con las obligaciones que impone tanto el Código de Minería (Ley N° 6797 y 8246), como su Reglamento (Decreto Ejecutivo N° 29.300-MINAE) y que la solicitud de prórroga, se ha presentado en tiempo por lo que, es procedente otorgar la prórroga solicitada.

4)  Que el proyecto de la construcción de la carretera a San Carlos en la sección Sifón-Ciudad Quesada, se ha visto muy retrasado debido a los trámites administrativos operativos del proyecto en los diferentes terrenos por los que debe atravesar la carretera; lo que permitió iniciar labores hasta el mes de julio del 2015, lo cual consta en la bitácora geológica que se lleva para estos fines; además debe indicarse que no obstante la planificación del proyecto, los procesos expropiatorios tomaron más tiempo del considerado, lo que incidió en el retraso sufrido, incluyendo las labores de corte, extracción y aprovechamiento del material.

5)  Que al no haberse realizado las labores como inicialmente, se tenía pensado, no se ha extraído el material por lo que, se cuentan con las reservas de materiales suficientes para las labores pendientes de efectuar.

Por tanto:

En virtud de lo expuesto y de lo estipulado en los artículos 1, 6, 11, 27, 33, y 45 de nuestra Constitución Política, de los artículos 1, 2, 5, 6 y 7 del Código de Minería, de los artículos 11 y 18 de la Ley General de la Administración Pública; del artículo 138 del Reglamento al Código de Minería (Decreto Ejecutivo N° 29.300-MINAE).

Asimismo, en la recomendación, se establece la prórroga por dos años, indicándose:

“Recomendar al Poder Ejecutivo se proceda a conceder la prórroga de la autorización otorgada en el expediente minero N° 1E-2013, a favor de CONAVI, por un período de 2 años adicionales para alcanzar el máximo establecido en la Ley como derecho a la prórroga de la autorización otorgada, según lo establecido en los artículos 111 y 125 del Reglamento al Código de Minería; en el área conocida como Tajo Corte La Vieja, que se ubica en el distrito Quesada, del cantón de San Carlos, de la provincia de Alajuela, en las coordenadas Lamben Norte 485.274,4 - 486.503,4 Este y 251.412,7 - 251.611,5 Norte; en la Hoja Cartográfica Quesada, escala 1:50.000 del I.G.N.; en un tramo donde se realizarán los cortes para el trazado de la nueva carretera “Florencia - Naranjo’’; siendo el tramo a intervenir el que corresponde a Sifón - Ciudad Quesada (La Abundancia);; quedando obligado el CONAVI a cumplir con los requisitos y recomendaciones señaladas en resolución de otorgamiento N° R-188-2013-MINAE, del 29 de abril del 2013.

5°—Visto el expediente 1E-2013 y la recomendación de la Dirección de Geología y Minas en el oficio DGM-RNM-141-2016, se concuerda y por consiguiente, se acoge la recomendación, por lo que, corresponde otorgar en este acto la prórroga del plazo de la autorización por un periodo de dos años adicionales de conformidad con los artículos 111 y 125 del Reglamento al Código de Minería en el expediente N° 1E-2013. Por tanto:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

RESUELVEN:

1°—Con fundamento en las razones de hecho y derecho de la presente resolución, acoger la recomendación dictada por la Dirección de Geología y Minas mediante el oficio DGM-RNM-141-2016 y por consiguiente, otorgar la prórroga de la autorización al CONAVI para el aprovechamiento de materiales del expediente minero N° 1E-2013 por un período de 2 años adicionales, en el área conocida como Tajo Corte La Vieja, que se ubica en el distrito Quesada, del cantón de San Carlos, de la provincia de Alajuela, en las coordenadas Lamber! Norte 485.274,4 - 486.503,4 Este y 251.412,7 - 251.611,5 Norte; en la Hoja Cartográfica Quesada, escala 1:50.000 del I.G.N.; en un tramo donde, se realizarán los cortes para el trazado de la nueva carretera “Florencia - Naranjo”; siendo el tramo a intervenir’ el que corresponde a Sifón - Ciudad Quesada (La Abundancia).

2°—El CONAVI está obligado a cumplir con los requisitos y recomendaciones señaladas en resolución de otorgamiento N° R-188-2013-MINAE, del 29 de abril del 2013.

Notifíquese.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Ambiente, Energía, Edgar E. Gutiérrez Espeleta.—1 vez.—O. C. N° 4333.—Solicitud N° 60741.—( IN2016033854 ).

DOCUMENTOS VARIOS

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

N° DGT-R-31-2016.—Dirección General de Tributación.—San José, a las ocho horas del 24 de mayo de 2016.

Considerando:

I.—Que el artículo 99 de la Ley Nº 4755 de fecha 3 de mayo de 1971, denominada Código de Normas y Procedimientos Tributarios y sus reformas, en adelante Código Tributario, faculta a la Dirección General de Tributación para dictar normas generales tendientes a lograr la correcta aplicación de las normas tributarias, dentro de los límites que fijen las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes, así como aprobar las resoluciones, instrucciones o directrices que resulten oportunas para el logro de los objetivos de la Dirección.

II.—Que en cumplimiento del artículo 103 del Código Tributario, la Administración Tributaria está facultada para verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias por todos los medios y procedimientos legales, para ello los contribuyentes, declarantes, terceros o informantes están en la obligación no solo de contribuir con los gastos públicos, sino además de brindarle a la Administración Tributaria toda la información que requiera para la correcta fiscalización y recaudación de los tributos.

III.—Que los artículos 155, 171 inciso 11) y 184 inciso 1) del Código Tributario, así como los numerales 214, 220, 221, 293, 294 y 295 de la Ley General de la Administración Pública, regulan el ejercicio del derecho de defensa que despliega el obligado tributario. En este sentido, la actividad desarrollada por la Administración debe encausarse eficientemente hacia el hallazgo de la verdad real; para lo cual tiene que hacer acopio de todo el material probatorio indispensable para la determinación de la obligación tributaria, las infracciones derivadas de ello y el procedimiento de revisión ante las áreas resolutivas.

IV.—Que, tanto el principio de ordenación, como el principio de investigación de oficio, derivados del principio de legalidad, contenido en los ordinales 11 de la Constitución Política y 11 de la Ley General de la Administración Pública, facultan a la Administración Tributaria para regular la actividad probatoria ejercida durante los procesos de control, con el propósito de establecer lo más exactamente posible el hecho imponible.

V.—Que corresponde a la Administración Tributaria conducir el procedimiento administrativo tributario, adoptando todas las medidas pertinentes o necesarias para que se ejecute y practique dentro del orden normativo establecido. De igual manera, el obligado tributario debe colaborar con el desarrollo del procedimiento, no solo aportando la información que se le requiere, sino también ejerciendo de forma razonable su derecho de defensa.

VI.—Que en aras de los principios de eficiencia y celeridad que impregnan los procedimientos tributarios, se estima necesario regular mediante resolución la presentación de la toda información y documentación ante la Administración Tributaria, con motivo de algún proceso de control que se estuviere gestionando.

VII.—Que en observancia de lo establecido en el artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios se publicó la propuesta de proyecto de la presente resolución en el sitio web: www.hacienda.go.cr, sección “Propuestas en consulta pública”, opción “Proyectos Reglamentarios Tributarios”; asimismo, se publicó un aviso en el diario oficial La Gaceta número 64 del 4 de abril del 2016, antes de su dictado y entrada en vigencia, a efectos de que las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o intereses difusos, tuvieran conocimiento del proyecto y pudieran exponer sus observaciones, en el plazo de diez días hábiles siguientes a la publicación del aviso en el diario oficial La Gaceta.

VIII.—Que dentro del plazo establecido se recibieron y atendieron observaciones al proyecto de resolución, siendo que la presente es la versión final aprobada. Por tanto,

RESUELVE:

RESOLUCIÓN SOBRE LA PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN

ANTE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Artículo 1º—Cuando el obligado tributario sea objeto de algún procedimiento de control por parte de la Administración Tributaria, y presente o aporte información o documentación, ya sea por un requerimiento o bien como parte de los elementos probatorios para desvirtuar la actuación de la Administración Tributaria, deberá presentarlos de conformidad con las reglas que de seguido se indican:

a)  La información o documentación que se presente, debe hacerse acompañar de un escrito, debidamente firmado por el obligado tributario o representante legal, en el cual se detalle claramente la totalidad de la información o documentación aportada, de manera que se puedan ubicar, verificar y confrontar clara y ágilmente los documentos o información aportada por el contribuyente, además deberá detallar si corresponden a documentos originales o son copias certificadas.

b)  En el caso de que aporte documentos físicos, ya sean originales o copias certificadas, tales como recibos, facturas, comprobantes, entre otros, éstos deben encontrarse en buen estado, y su contenido debe ser legible; además deberán entregarse en forma ordenada, debidamente foliados y referenciados al impuesto y periodos respectivos, y deberán recopilarse en folder o ampos.

c)  Además, cuando los documentos a presentar estén embalados en cajas o resulten numerosos o voluminosos, se debe efectuar un detalle por escrito de las probanzas que se presenten, de forma que de su lectura se indique el contenido de la documentación que se aporta, de forma tal que se cumpla con lo estipulado en los incisos a) y b) anteriores.

d)  En el caso de información electrónica, debe levantarse en un programa compatible con “Word” (extensión “docx”), “Excel” (extensión “xlsx”) o “Adobe Reader” (extensión “pdf”), o el que se indique específicamente en el requerimiento, y el soporte en el que se presente debe llevar una carátula que detalle su contenido.

Artículo 2º—El obligado tributario deberá cumplir con estos lineamientos dentro del plazo legal o reglamentariamente otorgado, según el requerimiento realizado o la etapa procesal en que se halle.

Artículo 3º—En caso de que la información o documentación presentada no cumpla con las reglas descritas en los apartados anteriores, se le prevendrá al administrado, para que dentro del plazo de 5 días hábiles, cumpla con las condiciones establecidas, so pena de que si no cumple con lo prevenido se tendrá como no presentada la información o documentación requerida, condiciones en las cuales, de ser procedente, se podrá iniciar el proceso sancionador correspondiente, según lo establecen los artículos 82 y 83 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

La ampliación del plazo podrá ser prorrogada una única vez, por 5 días hábiles más, cuando el obligado tributario lo solicite y justifique adecuadamente tal prórroga.

Artículo 4º—Vigencia: Esta resolución rige a partir de su publicación.

Publíquese.—Carlos Vargas Durán, Director General.— 1 vez.—O. C. N° 3400027182.—Solicitud N° 56199.— ( IN2016034938 ).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 90, título N° 878, emitido en el año mil novecientos noventa y nueve y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Secretariado, inscrito en el tomo 01, folio 84, título N° 1500, emitido en el año mil novecientos noventa y siete, ambos títulos fueron otorgados por el Colegio Técnico Profesional de Limón, a nombre de Verania Willis Lindo, cédula 701330714. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintinueve días del mes de marzo del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016034131 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el tomo 01, folio 71, asiento N° 242, y del Diploma de Técnico Medio en la Especialidad de Mecánica General inscrito en el tomo 01, folio 440, título N° 1843, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Salazar Solís Rigoberto Martin, cédula: 1-0608-0403. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 27 de mayo del 2016.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016035849 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el Tomo 1, Folio 200, Título N° 399, emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez, en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Jenny Leidiethe Álvarez Ruiz, cedula: 601620871. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los catorce días del mes de abril del dos mil dieciséis.—Departamento de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefe.—( IN2016033715 ).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 42, título N° 120, emitido por el San Diego Bilingual High School, en el año dos mil diez, a nombre de Sandoval Campos Alexander, cédula: 207140843. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, el trece del mes de mayo del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016034331 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 428, Título N° 3024, emitido por el Liceo de Esparza, en el año dos mil catorce, a nombre de García Umaña Suheilyn de los Ángeles, cédula: 6-0438-0960. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticinco días del mes de mayo del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016035850 ).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 13, asiento 22, título N° 31, emitido por el Liceo Rural Isla Venado, en el año dos mil diez, a nombre de Navarro Villegas Rosa Eylin, cédula Nº 603680737. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los doce días del mes de mayo del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016037184 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 188, título N° 1179, emitido por el Liceo de Chacarita, en el dos mil once, a nombre de Elvis Álvaro Ruiz González, cédula: 603910672. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los 15 días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, 6 de abril del 2016.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016034574 ).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el Tomo 01, Folio 43, Título N° 606, emitido por el Liceo de Poás, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Carlos Alberto Villalobos Rodríguez, cédula: 204350945. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta..—Dado en San José, a los diecinueve días del mes de abril del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora Gestión y Evaluación de la Calidad.—( IN2016034672 ).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 103, Título 332, emitido por el Liceo Edgar Cervantes Villalta, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de William Rodríguez Castillo, cédula: 701400376. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciocho días del mes de mayo del dos mil dieciséis.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016034750 ).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 136, título N° 1835, emitido por el Liceo Académico de Puriscal, en el año dos mil tres, a nombre de Geiner Antonio Valverde Quirós, cédula Nº 112530736. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, el once del mes de mayo del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016034831 ).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 250, título 1368, emitido por el Liceo Nocturno Julián Volio Llorente, en el año dos mil ocho, a nombre de Luis Guillermo Araya Retana, cédula Nº 206630207. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los diecisiete días del mes de mayo del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016034833 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 144, título N° 2206 y del Título de Técnico Medio en Contabilidad, inscrito en el tomo 03, folio 5, título N° 5763, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Vocacional de Artes y Oficios de Cartago Diurno, en el año dos mil dos, a nombre de Rivera Campos Leonardo, cédula: 3-0398-0952. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiséis días del mes de mayo del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016034942 ).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada Sindicato de la Salud y la Seguridad Social, siglas SISSS, acordada en asamblea celebrada el día 21 de noviembre de 2014. Expediente 852-SI.

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 16, folio: 230, asiento: 4898 del 24 de mayo de 2016. La reforma afecta la totalidad de los artículos 18, 20 y 47 del estatuto.—San José, 24 de mayo del 2016.—Dirección de Asuntos Laborales.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—( IN2016034547 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Cambio de Nombre por Fusión N° 103528

Que Allen Puente Desanti, divorciado, cédula de identidad 105000011, en calidad de apoderado especial de Embotelladora de Sula S. A., solicita a este registro se anote la inscripción de cambio de nombre por fusión de Aguazul S. A., por el de Embotelladora de Sula S. A., domicilio en Barrio la Guardia, 17 calles 4 y 5, avenida N° 13, San Pedro Sula, Cortes, Honduras, presentada el 18 de mayo del 2016, bajo expediente 103528. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2002-0009000, Registro N° 142607 QUANTY en clase 32 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—1 vez.—( IN2016034709 ).

Marcas de Ganado

Solicitud N° 2016-815.—Guadalupe Mejía Herrera, cédula de identidad 0502260942, solicita la inscripción de:

F

I  8

como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Tilarán, Tilarán, Parcelas Moseñor Morera, 500 metros este del salón multiusos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 22 de abril del 2016. Según la Solicitud N° 2016-815.—San José, 28 de abril del 2016.—Lic. Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2016033951 ).

Solicitud N° 2016-917.—Wilbert Villegas Salas, cédula de identidad 0501620947, solicita la inscripción de: Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Tilarán, Arenal, Asentamiento Santamaría, parcela número 11. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 9 de mayo del 2016, según el expediente N° 2016-917.—San José, 10 de mayo del 2016.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2016033984 ).

Solicitud Nº 2016-597.—José Manuel Flores Hernández, Cédula de identidad 0203730316, solicita la inscripción de: Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Guatuso, San Rafael, El Edén, de la entrada a Pataste, 300 metros oeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 16 de marzo del 2016. Según el expediente Nº 2016-597.—San José, 17 de marzo del 2016.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2016033987 ).

Solicitud Nº 2016-900.—Pablo Antonio Gómez Sevilla, cédula de residencia 1558026322027, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de EMA & amp; Kim del Coral Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-457950, solicita la inscripción de: Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, San Carlos, Florencia, Javillos, del cementerio de Santa Clara, 800 metros al norte. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para haceros valer ante este Registro, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 04 de mayo del 2016. Según el expediente N° 2016-900.—San José, 19 de mayo del 2016.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—( IN2016034585 ).

Solicitud N° 2016-684.—Fernán Hidalgo López, cédula de identidad 0503230253, solicita la inscripción de: Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Santa Cruz, Ortega, Ortega, 300 metros oeste de Talolinga. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 04 de Abril del 2016 Según el expediente N° 2016-684.—San José, 5 de abril del 2016.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2016035707 ).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones Civiles

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Comunidad Vida en Familia de Costa Rica, con domicilio en la provincia de: San José-Puriscal, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: La Extensión del Evangelio de Jesucristo, Enseñanza de la Palabra de Dios. Cuyo representante, será el presidente: Luis Alberto González Cascante, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.·Documento Tomo: 2016. Asiento: 17809, con adicional(es): 2016-217454.—Dado en el Registro Nacional, a las 12 horas, 4 minutos y 20 segundos, del 4 de mayo del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016031585 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Rugby Caribbean Guápiles, con domicilio en la provincia de: Limón, Pococí, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promocionar la disciplina deportiva del rugby, impulsar el deporte del rugby en niños jóvenes y adultos, desarrollar y enseñar y practicar las reglas que imperan en el deporte del rugby, promover el crecimiento de aptitudes deportivas y culturales. Cuyo representante será el presidente: Alcides Ureña Hernández, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 166193, con adicional: 2016-293677.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 7 minutos y 17 segundos del 18 de mayo del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016033816 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación de Rescate de Arte y la Cultura Viva ARACUV, con domicilio en la provincia de: San José, San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: rescatar y preservar los valores en niños y jóvenes de comunidades en riesgo con arte accesible y manifestaciones culturales de integración estudiantil como motor de desarrollo y proyección, cuyo representante será el presidente: Luis Enrique Paredes Chavez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 234222.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 32 minutos y 38 segundos del 20 de mayo del 2016.—Lic. Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016033883 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación de Ajedrez de Grecia, con domicilio en la provincia de: Alajuela-Grecia, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: promover la práctica del ajedrez en la comunidad de Grecia y ciudades vecinas, y de esta forma brindar alternativas para los jóvenes al satisfacer sus necesidades de ocio y así prevenir el uso de drogas u otras sustancias perjudiciales para la salud. Cuyo representante, será el presidente: José Alfredo Aguilar Rojas, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: tomo: 2016, asiento: 114937.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 48 minutos y 59 segundos, del 19 de mayo del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016034556 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula Nº 3-002-680647, denominación: Asociación Iglesia Bautista Fundamental de Naranjo. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: tomo: 2015, asiento: 588615.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 33 minutos y 18 segundos, del 12 de febrero del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016034558 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula N° 3-002-599319, denominación Asociación de Vecinos de Residencial Los Tucanes. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 217926.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas, 6 minutos y 35 segundos, del 5 de mayo del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016037719 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Ayuda al Paciente en Lista de Espera Corazones Unidos, con domicilio en la provincia de: San José-Vázquez de Coronado, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: proveer información a pacientes asegurados por la Caja Costarricense de Seguro Social sobre su derecho a la salud y de ser atendidos en un plazo razonable. Cuya representante, será la presidenta: Gloriana María García Méndez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en  la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016 Asiento: 186085. Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 25 minutos y 48 segundos, del 25 de mayo del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director—1 vez..—( IN2016034834 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Atletismo San Miguel Club de Corredores Running Club, con domicilio en la provincia de: Heredia-Santo Domingo, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: promover el desarrollo del deporte mediante la disciplina del atletismo para favorecer el bienestar físico, mental y social de la comunidad de San Miguel de Santo Domingo de Heredia. Cuyo representante, será la presidenta: María del Rocío Carmona León, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: tomo: 2016, asiento: 170264.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 36 minutos y 33 segundos, del 25 de abril del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016034877 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad Asociación Villas de Toscana, con domicilio en la provincia de San José- San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover La Integración Social, cuyo representante, será el presidente: Christian Amador Quesada, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 258086 con adicionales: 2016-342727.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 3 minutos y 38 segundos, del 23 de mayo del 2016.—Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016034930 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Costarricense de Ozonoterapia, Medicina Alternativa y Regenerativa, con domicilio en la provincia de: San José-Montes de Oca, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Realizar Actividades Socio-Organizativas, para promover Proyectos de Interés Común de sus Miembros, cuyo representante, será el presidente: César Andrés Villalobos Morales, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2016. Asiento: 333292.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 21 minutos y 53 segundos, del 26 de mayo del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016035039 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación del Museo del cantón de Mora, con domicilio en la provincia de: San José-Mora, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: promover, conservar y difundir el patrimonio cultural y natural tangible e intangible a nivel cantonal e ínter-institucional. Diseñar, realizar y supervisar proyectos que contribuyan al fortalecimiento de la identidad del museo y su promulgación, cuyo representante, será el presidente: Carlos Alberto Chaverri Guerrero, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 25 minutos y 17 segundos, del 30 de mayo del 2016- Documento Tomo: 2016 Asiento: 354353.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016035040 ).

Patentes de Invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El (la) señor(a) (ita) Kristel Faitk Neurohr, cédula N° 1-1143-447, mayor, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S. A. Esp., de Colombia, solicita la Patente de Invención denominada Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF COPAS DE FRICCIÓN PARA ROTORES DE SEGURIDAD DE CABEZA LIZA Y REDONDA Y SISTEMA DE SEGURIDAD QUE COMPRENDE DICHAS COPAS. La presente invención se relaciona con un sistema de seguridad con copas de fricción y rotores de seguridad de cabeza lisa y redonda, destinado a la protección de cámaras de inspección en redes subterráneas de comunicaciones, eléctricas, drenajes, acueductos, gabinetes, etc., mediante su instalación en diversos mecanismos, tales como puertas, tapas o compuertas de seguridad. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B25B 23/10; B25B 13/48; F16B 41/00; F16B 23/00 ; cuyo(s) inventor(es) es (son) Barón Gutiérrez, Mauricio, Suárez García, Héctor Alfonso. Prioridad: 24/05/2013 CO 13 127911; 22/05/2014 Wo 2014IB000834. Publicación Internacional: 27/11/2014 W02014/188262. La solicitud correspondiente lleva el número 20150671, y fue presentada a las 14:42:00 del 17 de diciembre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 09 de mayo del 2016.—Lic. María Leonor Hernández B., Registradora.—( IN2016033594 ).

El señor Luis Esteban Hernández Brenes, cédula 4-155-803, mayor, vecino de San José, en calidad de apoderado de Somahlution, LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada SOLUCIONES PARA INCREMENTAR LA ESTABILIDAD Y LA VIDA ÚTIL DE UN ÓRGANO Y SOLUCIÓN DE CONSERVACIÓN DE TEJIDO. Se divulgan soluciones de conservación de tejido y órganos que tienen mejorada estabilidad. Las soluciones están compuestas por dos soluciones separadas. La primera solución, Solución A, está compuesta por una solución salina balanceada que es estable en solución a un pH de 7,0 o superior. Una segunda solución, solución B, está compuesta por una solución acuosa que contiene L-glutationa y/o cisteinilglicina, un azúcar tal como D-Glucosa, L-Arginina, un agente reductor tal como ácido ascórbico y agua, a un pH inferior a 7,0, preferentemente, de alrededor de 3,0 a 5,0. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 1/02; cuyo(s) inventor(es) es (son) Suryan, Mahendra. Prioridad: 22/11/2013 US 61/963,093; 18/11/2014 WO 2014US066054. Publicación Internacional: 28/05/2015 WO2015/077199. La solicitud correspondiente lleva el número 20160188, y fue presentada a las 09:33:54 del 22 de abril del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 03 de mayo del 2016.—Lic. Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016033701 ).

La señor(a)(ita) Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula Nº 1-812-604, mayor, vecina de San José, en calidad de apoderada de Cemex Research Group AG., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO PARA PRODUCIR CEMENTO CON UN AGENTE DE CURADO INTEGRAL INCLUIDO EN EL MISMO Y EL USO DEL MISMO EN MATERIALES BASADOS EN CEMENTO Y CEMENTO PRODUCIDO. La divulgación de la presente invención describe un método para producir un cemento con un agente de curado integral para mezclas de concreto, morteros y otros materiales basados en cemento. El método describe una molienda integral de todos los componentes del cemento (clinker, yeso y otros aditivos) y el agente de curado, lo que permitirá reducir los agrietamientos por contracción plásticos en los elementos colados que usan esta mezcla basada en cemento. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C04B 28/02; C04B 7/52; cuyos inventores son Ramírez Tovías, Homero, Serrano González, Karla, Quintero Mora, Néstor Isaías. Prioridad: 02/09/2013 MX /a/2013/010088; 28/08/2014 WO 2014EP068249. Publicación Internacional: 05/03/2015 WO2015/028547. La solicitud correspondiente lleva el Nº 20160105, y fue presentada a las 13:55:20 del 02 de marzo del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de abril del 2016.—Lic. Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016034143 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El (la) señor (a) (ita) María del Pilar López Quirós, cédula 1 1066 0601, mayor, vecina de San José, en calidad de apoderada de Geopier Foundation Company, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF MÉTODO Y APARATO PARA LA ESTABILIZACIÓN DE PENDIENTES Y TERRAPLENES CON PLACAS DE TRANSFERENCIA DE CARGA DEL SUELO. Se desvela un sistema para, y un método de, estabilización de pendientes y terraplenes usando uno o más elementos de transferencia de carga del suelo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: E02D 17/20; E02B 3/12; E02B 3/14; cuyo(s) inventor(es) es (son) Prashar, Yogesh, Short, ichard, Smith, Miriam. Prioridad: 14/08/2013 US 61/865, 758; 14/08/2014 WO 2014US050999. Publicación Internacional: 19/02/2015 WO2015/023812. La solicitud correspondiente lleva el número 20160129, y fue presentada a las 14:11:48 del 11 de marzo del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. Debe aportar a esta oficina la publicación del periódico de circulación nacional.—Lic. Randall Piedra Fallas. Registrador.—( IN2016034234 ).

La señor(a) (ita) María del Pilar López Quirós, cédula Nº 1-1066-0601, mayor, en calidad de apoderada de Macrogenics, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

DIACUERPOS MONOVALENTES BIESPECÍFICOS QUE PUEDEN UNIRSE A gpA33 Y CD3, Y SUS USOS. La presente invención se refiere a diacuerpos monovalentes biespecíficos que comprenden dos cadenas polipeptídicas y poseen al menos un sitio de unión específico a un epítopo de CD3 y un sitio de unión especifico a un epítopo de gpA33 (es decir, un “diacuerpo monovalente biespecífico gpA33 x CD3”). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/00; C12P 21/08; C07K 16/00; cuyos inventores son Moore, Paul, A, Li, Jonathan, Chen, Francine, Johnson, Leslie, Shah, Kalpana, Bonvini, Ezio. Prioridad: 20/12/2013 EP 13198859; 22/11/2013 US 61/907,691; 23/08/2013 US 61/869,528; 20/08/2014 WO 2014US051793. Publicación Internacional: 26/02/2015 WO2015/026894. La solicitud correspondiente lleva el Nº 20160090, y fue presentada a las 13:22:47 del 22 de febrero del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de abril del 2016.—Lic. Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016034235 ).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: KAREN DANIELA OCONITRILLO QUESADA, con cédula de identidad número 2-0659-0586, carné número 22756. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente Nº 15-000689-0624-NO.—San José, 13 de mayo del 2016.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Anaida Cambronero Anchía, Abogada.—1 vez.—( IN2016034657 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. Piso. HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: GERMAN ROLANDO LEDEZMA FONSECA, cédula de identidad número 4-0143-0403 carné profesional 23355. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a esta publicación. Resolución RE-DE-DNN-011-2016. Expediente Nº 16-000965-0624-NO.—San Pedro, 20 de mayo del 2016.—Unidad Legal Notarial.—Anaida Cambronero Anchía Jefe.—1 vez.—( IN2016034899 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso. HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCION Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: HENRY MONGE ZÚÑIGA, cédula de identidad número 1-1123-0458, carné profesional 24087. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a esta publicación. EXPEDIENTE N° 16-000989-0624-NO.—San Pedro, 23 de mayo del 2016.—Unidad Legal Notarial.—Anaida Cambronero Anchía, Jefa.—1 vez.—( IN2016035671 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. Piso. HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegataria para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MARÍA EUGENIA BARRIENTOS MARÍN, cédula de identidad número 1-0590-0779, carné profesional 23124. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente Nº 16-000056-0624-NO.—San Pedro, 07 de junio del 2016.—Unidad Legal Notarial.—MSc. Jeffry Juárez Herrera, Abogado.—1 vez.—( IN2016040228 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

Edictos

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 11966A.—Ganadera Hurtado S. A., solicita concesión de: 1,1 litros por segundo del nacimiento sin nombre 1, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cañas Dulces, Liberia, Guanacaste, para uso turístico - piscina. Coordenadas 309.570 / 375.600 hoja Curubande. 1,1 litros por segundo del nacimiento sin nombre 2, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cañas Dulces, Liberia, Guanacaste, para uso Turístico - Piscina. Coordenadas 309.600 / 375.610 hoja Curubande 1,14 litros por segundo del río Salitral, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cañas Dulces, Liberia, Guanacaste, para uso turístico - piscina. Coordenadas 309.400 / 375.500 hoja. Curubande. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de abril de 2016.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—( IN2016033724 ).

ED-0539-2016. Exp. N° 17126A.—Guillermo Giraldo Varon, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de Guillermo Giraldo Varon en Aserri, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 205.583/523.840 hoja ABRA. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de mayo del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016033794 ).

ED-0541-2016.—Exp. N° 17125A.—Guillermo Giraldo Varón, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la quebrada sin NOMBRE, efectuando la captación en finca de Guillermo Giraldo Varón en Aserrí, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 205.583 / 523.840 Hoja ABRA. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de mayo del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas. Coordinador.—( IN2016033797 ).

ED-0540-2016. Exp.: 17124A.—Guillermo Giraldo Varón, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de Guillermo Giraldo Barón en Aserrí, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 205.583 / 523.840 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de mayo del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016033798 ).

Exp. 9827A.—Gerardo Mora Sosa, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Eduardo Valverde Romero en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano - doméstico. Coordenadas 375.750 / 495.550 hoja San Isidro. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de julio de 2015.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—( IN2016034119 ).

ED-0552-2016. Exp. 17123A.—Ángela María, Sanclemente García, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de Guillermo Giraldo Varón en Aserrí, Aserrí, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 205.583 / 523.840 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de mayo del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016034155 ).

ED-0521-2016. Exp.: 16751P.—Instituto de Desarrollo Rural INDER, solicita concesión de: 5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BR-71 en finca del mismo en Santa Rita, Nandayure, Guanacaste, para uso agropecuario-riego. Coordenadas 225.295 / 400.338 hoja Berrugate. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. Departamento de Información.—San José, 12 de mayo del 2016.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016033807 ).

Exp. N° 11692P.—Empresas Berthier EBI de Costa Rica, S. A., solicita concesión de: 8,9 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-2111, en finca de su propiedad en Uruca (San José), San José, San José, para uso varios. Coordenadas 216.850 / 519.200 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 01 de abril del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016036308 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. N° 10291P.—Gerardo Agüero Guevara, solicita concesión de: 0,15 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BA-459 en finca de su propiedad en Alajuela, Alajuela, Alajuela, para uso comercial-lavado de vehículos. Coordenadas 222.500/513.350 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de abril del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016034346 ).

ED-0551-2016. Exp. 11428A.—Guido Vásquez Murillo, y otros, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Teresa Bolaños Sánchez en Granja, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano - doméstico. Coordenadas 225.465 / 486.587 hoja Naranjo. 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Teresa Bolaños Sánchez en Granja, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico y agropecuario-riego. Coordenadas 225.492 / 486.600 hoja Naranjo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de mayo del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016034429 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 16988A.—Guillermina Chinchilla Calderón, solicita concesión de: 0,02 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Guayabo, Mora, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 204.866 / 504.709 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de febrero de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016033831 ).

Exp. N° 6229P.—Standard Fruit Company de Costa Rica S. A., solicita concesión de: 3,15 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RB-106 en finca de su propiedad en Limón, Limón, Limón, para uso consumo humano-comercial e industria. Coordenadas 218.000 / 637.000 Hoja Río Banano. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de febrero de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016033946 ).

Expediente Nº 16375A.—Manuel y Cristina, Araya Moya, solicita concesión de: 0,05 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Coopelesca R.L. en Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano doméstico y agropecuario abrevadero. Coordenadas 257.346 / 493.981 hoja Quesada. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 08 de febrero de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016034559 ).

Exp. N° 9769A.—Cooperativa de Coficultores y Serv. Múltiples de Palmares R. L., solicita concesión de: 8 litros por segundo de la Quebrada Mora, efectuando la captación en finca de su propiedad en Zaragoza, Palmares, Alajuela, para uso Agroindustrial-Beneficiado. Coordenadas 224.900 / 488.350 hoja Naranjo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de abril del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016034912 ).

Exp. 17046A.—I.C.E., solicita concesión de: 31 litros por segundo del otros capacitación filtración túnel 2, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tucurrique, Jiménez, Cartago, para uso consumo humano e industria. Coordenadas 205.770 / 563.090 hoja Istarú. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 01 de abril de 2016.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—( IN2016034950 ).

ED-0511-2016.—Expediente Nº 11290A.—S.U.A de Freseros de Vara Blanca, solicita concesión de: 4,81 litros por segundo de la quebrada Azufre, efectuando la captación en finca de Alexis Mora Esquivel en Vara Blanca, Heredia, Heredia, para uso agropecuario - abrevadero y varios. Coordenadas 237.680 / 519.500 hoja Barva. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 09 de mayo de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016034968 ).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

RESOLUCIONES

N° 3442-E10-2016.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las once horas treinta y cinco minutos del doce de mayo de dos mil dieciséis. (Exp. N° 159-E-2016).

Liquidación de gastos permanentes del partido Restauración Nacional (PRN) correspondiente al período julio-setiembre de 2015.

Resultando:

1°—En oficio N° DGRE-367-2016 del 18 de abril de 2016, el señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos (en adelante DGRE), remitió a este Tribunal el informe N° DFPP-LT-PRN-07-2016 del 1° de marzo de 2016, elaborado por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos (DFPP, en lo sucesivo) y denominado: “Informe relativo a la revisión parcial de la liquidación trimestral de gastos presentada por el Partido Restauración Nacional para el período comprendido entre el 01 de julio y el 30 de setiembre de 2015” (folios 1 a 10).

2°—Por auto de las 12:10 horas del 20 de abril de 2016, el Magistrado instructor confirió audiencia a las autoridades del partido Restauración Nacional (en adelante PRN) para que se manifestaran, si así lo estimaban conveniente, sobre el informe citado (folio 11).

3°—En oficio N° PAREN-P-16 del 20 de abril 2016, el señor Carlos Avendaño Calvo, Presidente del Comité Ejecutivo Superior del PRN, respondió la audiencia conferida y se allanó al resultado del informe N° DFPP-LT-PRN-07-2016 al encontrarse satisfecho con el monto aprobado (folios 14 y 15).

4°—Por auto de las 10:00 horas del 26 de abril de 2016, el Magistrado Instructor solicitó al jefe de la Sub Área Plataforma de Servicios del Área de Atención a Patronos de la Caja Costarricense de Seguro Social (en adelante CCSS) que rindiera un informe sobre la condición de morosidad patronal del PRN, en virtud de que el Sistema de Consulta -en línea- lo registraba bajo esa condición (folio 27).

5°—Mediante certificación de adeudos N° SCAP-0306-05-2016-D del 04 de mayo de 2016, la señora Olga Duarte Bonilla, jefa de la Sub área Cobros Administrativos a patronos de la CCSS, acreditó que el PRN no registra deudas con esa institución (folios 31 a 33).

6°—Por memorando N° DFPP-064-2016 del 10 de mayo de 2016, el señor Ronald Chacón Badilla, Jefe del DFPP, remitió los documentos presentados por el PRN con el fin de acreditar que no se encuentra en condición de morosidad ante la CCSS (folios 38 a 43).

7°—En los procedimientos se ha observado las prescripciones de ley.

Redacta el Magistrado Esquivel Faerron; y

Considerando:

I.—Sobre la reserva para gastos permanentes y su liquidación trimestral. Por mandato del artículo 96.1 de la Constitución Política, los partidos políticos no pueden destinar la contribución estatal, únicamente, para atender sus gastos electorales. Una parte de esta, debe ser dirigida a atender las actividades permanentes de capacitación y organización política. La determinación de los porcentajes destinados a cada uno de esos rubros (gastos electorales, capacitación y organización) es del resorte exclusivo de cada agrupación, mediante la respectiva previsión estatutaria.

El Código Electoral ordena que, al resolverse las liquidaciones de gastos presentadas por las agrupaciones políticas -luego de celebrados los comicios respectivos-, debe conformarse una reserva que les permita obtener el reembolso de futuros gastos en época no electoral, para atender esas necesidades permanentes. Esa reserva quedará constituida de acuerdo con el monto máximo de contribución a que tenga derecho cada agrupación y según los porcentajes predeterminados.

II.—Hechos probados. De relevancia para la resolución de este asunto se tienen los siguientes: 1) El PRN tiene como reserva a su favor, para afrontar gastos por actividades permanentes de organización y capacitación, la suma de ¢185.992.873,68 distribuida de la siguiente manera: a) ¢54.082.731,76 para gastos de capacitación; y b) ¢131.910.141,92 para gastos de organización (ver resolución N° 8193-E10-2015 de las 09:30 horas del 18 de diciembre de 2015 y auto de las 10:30 horas del 17 de marzo de 2016, visibles a folios 18 a 23); 2) el PRN presentó ante esta Sede Electoral, dentro del plazo establecido en la legislación, la liquidación trimestral de gastos permanentes del período comprendido entre el 1° de julio y el 30 de setiembre de 2015 por un monto de ¢36.369.547,17 (folio 02 vuelto, 04 vuelto y 07 vuelto); 3) que, de conformidad con el resultado de la revisión parcial efectuada por el DFPP, esa agrupación logró comprobar gastos de organización política por la suma de ¢10.423.100,00 (folios 03 a 05 y 09); 4) el PRN cumplió con la publicación anual de la lista de contribuyentes y el estado auditado de sus finanzas, relativa al período comprendido entre el 1° de julio de 2014 y el 30 de junio de 2015 (ver auto de las 10:30 horas del 17 de marzo de 2016, visible a folio 23); 5) esa agrupación no registra multas pendientes de cancelación (folio 05 y 09 vuelto); y 6) el PRN se encuentra al día con sus obligaciones con la CCSS (folios 31 a 33).

III.—Hechos no probados. No los hay de importancia para el dictado de la presente resolución.

IV.—Sobre la ausencia de oposición respecto de los gastos rechazados por el DFPP. Tal como consta a folio 11, de previo a resolver lo correspondiente este Tribunal confirió audiencia a las autoridades del PRN para que se manifestaran, si así lo estimaban conveniente, sobre el informe N° DFPP-LT-PRN-07-2016 del 1° de marzo de 2016.

En memorial N° PAREN-P-16 del 20 de abril 2016, el señor Avendaño Calvo, Presidente del Comité Ejecutivo Superior del PRN, respondió la audiencia conferida y manifestó su voluntad de allanarse al resultado de ese informe al encontrarse satisfecho con el monto aprobado (folios 14 y 15). En virtud de lo expuesto, no corresponde que este Tribunal emita pronunciamiento alguno sobre este extremo.

V.—Sobre el resultado final de la revisión parcial de la liquidación presentada por el PRN. De acuerdo con el examen practicado por el DFPP a la documentación aportada por el PRN para justificar el aporte estatal con cargo a la reserva de gastos permanentes, a la luz de lo que disponen los artículos 107 del Código Electoral y 70 del Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos, procede analizar los siguientes aspectos:

1) Sobre la reserva de organización y capacitación del PRN. De conformidad con lo dispuesto en la resolución N° 8193-E10-2015 de las 09:30 horas del 18 de diciembre de 2015 y en el auto de las 10:30 horas del 17 de marzo de 2016 (visibles a folios 18 a 23) el PRN tiene como reserva a su favor, para afrontar gastos por actividades permanentes de organización y capacitación, la suma de ¢185.992.873,68, de los cuales ¢54.082.731,76 están destinados a gastos de capacitación y ¢131.910.141,92 a gastos de organización.

2) Sobre los gastos de organización reconocidos al PRN. De conformidad con lo expuesto en el informe rendido por la DGRE, el PRN ha logrado comprobar - hasta este momento- gastos de organización por la suma de ¢10.423.100,00, los que corresponde entonces reconocer a esa agrupación política de la reserva para erogaciones de esa naturaleza (¢131.910.141,92).

3) Sobre la reserva para gastos de capacitación. En virtud de que la revisión parcial efectuada por el DFPP no incorporó gastos de capacitación, el monto reservado para erogaciones de esa naturaleza se mantiene invariable en ¢54.082.731,76.

VI.—Sobre los gastos pendientes de revisión. De conformidad con lo indicado en el informe rendido por la DGRE (folios 02 vuelto, 04 vuelto y 09), de la liquidación trimestral de gastos permanentes presentada por el PRN (correspondientes al período comprendido entre el 1° de julio y el 30 de setiembre de 2015), aún se encuentran en proceso de revisión las cuentas “Sueldos de personal”, “Gastos de Arrendamientos” y “Cursos de formación” por un monto de ¢25.800.000,00 los que, posteriormente, serán de conocimiento definitivo de este Tribunal.

VII.—Improcedencia de ordenar retenciones por morosidad con la Caja Costarricense de Seguro Social en el pago de cuotas obrero-patronales, multas impuestas pendientes de cancelación (artículo 300 del Código Electoral) u omisión de las publicaciones ordenadas en el artículo 135 del Código Electoral. De acuerdo con los informes técnicos y la documentación incorporada al expediente, no resulta procedente efectuar retención alguna en aplicación de lo dispuesto en el artículo 300 del Código Electoral, pues no existe registro de que el PRN tenga multas pendientes de cancelación (folios 05 y 09 vuelto).

De igual manera, está demostrado que la agrupación cumplió con las publicaciones previstas en el artículo 135 del Código Electoral, por lo que tampoco corresponde retener suma alguna por este concepto (folio 23).

Finalmente, en lo relativo a las eventuales deudas pendientes de pago con la CCSS, mediante certificación de adeudos N° SCAP-0306-05-2016-D del 04 de mayo de 2016, la señora Duarte Bonilla, jefa de la Sub área Cobros Administrativos a patronos de esa institución, acreditó que el PRN no registra obligaciones pendientes por ese concepto (folios 31 a 33).

VIII.—Sobre el monto parcial a reconocer. De conformidad con lo expuesto, el monto parcial aprobado al PRN, con base en la revisión de la liquidación de gastos del período comprendido entre el 1.° de julio y el 30 de setiembre de 2015, asciende a la suma de ¢10.423.100,00 con cargo a la reserva para gastos de organización.

IX.—Sobre la reserva para futuros gastos de organización y capacitación del PRN. Teniendo en consideración que los gastos reconocidos por ¢10.423.100,00 corresponden al rubro de organización, debe deducirse esa cifra de la reserva específica establecida a su favor.

Producto de la operación aritmética correspondiente, dicha agrupación política mantiene en reserva para afrontar gastos futuros, la suma de ¢175.569.773,68, de los cuales ¢121.487.041,92 están destinados para gastos de organización y ¢54.082.731,76 para gastos de capacitación. Por tanto:

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107 del Código Electoral y 70 del Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos, se reconoce al partido Restauración Nacional, cédula jurídica N° 3-110-419368, la suma de ¢10.423.100,00 (diez millones cuatrocientos veintitrés mil cien colones netos) que, a título de contribución estatal, le corresponde por gastos de organización válidos y comprobados producto de la revisión parcial de la liquidación correspondiente al período comprendido entre el 1.° de julio y el 30 de setiembre de 2015. Se informa al Ministerio de Hacienda y a la Tesorería Nacional que ese partido mantiene a su favor una reserva de ¢175.569.773,68 (ciento setenta y cinco millones quinientos sesenta y nueve mil setecientos setenta y tres colones con sesenta y ocho céntimos) para afrontar gastos futuros de capacitación y organización, cuyo reconocimiento queda sujeto al procedimiento de liquidaciones trimestrales contemplado en el artículo 107 del Código Electoral. Tomen en cuenta el Ministerio de Hacienda y la Tesorería Nacional que el número de cuenta utilizada por el partido Restauración Nacional para la liquidación de sus gastos es la cuenta corriente N° 001-0245396-7 del Banco de Costa Rica, la cual tiene asociada la cuenta cliente N° 15201001024539671. De conformidad con el artículo 107 de repetida cita, contra esta resolución procede recurso de reconsideración, que podrá interponerse en el plazo de ocho días hábiles. Notifíquese lo resuelto al partido Restauración Nacional. Una vez que esta resolución adquiera firmeza, se notificará a la Tesorería Nacional, al Ministerio de Hacienda, a la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, al Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos y se publicará en el Diario Oficial.

Luis Antonio Sobrado González.—Eugenia María Zamora Chavarría.—Max Alberto Esquivel Faerron.— 1 vez.—( IN2016034523 ).

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Expediente Nº 16356-2015. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las quince horas cuarenta minutos del veintinueve de junio de dos mil quince. Diligencias de ocurso presentadas por Yanira Rivera Madrigal, cédula de identidad Nº 1-486-501, vecina de Hatillo, San José, tendente a la rectificación de su asiento de nacimiento en el sentido que la fecha de nacimiento es trece de agosto de mil novecientos cincuenta y siete. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa a. í.—( IN2016033387 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por María Rebeca López no indica otro apellido, se ha dictado la resolución N° 2765-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas cuarenta minutos del once de junio de dos mil quince. Exp. N° 17770-2015. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: 1º—Hechos Probados: ... IIº—Sobre el Fondo:... Por tanto, Rectifíquese el asiento de nacimiento de Joseph Jafet Reyes López, en el sentido que el nombre y el apellido de la madre de la persona inscrita son María Rebeca López no indica segundo apellido.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016033823 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Gabriela del Socorro Álvarez Barrera, se ha dictado la resolución N° 2634-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las quince horas veintiocho minutos del veintisiete de abril de dos mil dieciséis. Exp. N° 54999-2015 Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Luis Guillermo Álvarez Barrera y de Fabiola Priscilla Álvarez Barrera, en el sentido que el nombre de la madre es Gabriela del Socorro.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016033851 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Beylin Tamara García González, se ha dictado la resolución N° 1448-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas veinte minutos del ocho de marzo de dos mil dieciséis. Exp. N° 55400-2015. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Kendra Dominik García González, en el sentido que el nombre de la madre es Beylin Támara.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016034545 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Maryuri Quesada Castillo, se ha dictado la resolución N° 1157-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas del veinticuatro de febrero del dos mil dieciséis. Expediente N° 30435-2015. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Thanya Méndez Vásquez, en el sentido que los apellidos de la madre son Quesada Castillo.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016034555 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Aracelly Romero Gaitán, se ha dictado la resolución N° 2504-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas y cuarenta minutos del veintidós de abril de dos mil dieciséis. Exp. N° 36160-2015. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.— Hechos Probados:... II.—Sobre el fondo: ..., Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Adrián José Vargas Gaitán, en el sentido que los apellidos, la nacionalidad y el número de cédula de identidad de la madre son Romero Gaitán, costarricense y dos-novecientos noventa y nueve-setecientos cuarenta y dos, respectivamente y de Gabriel de Jesús Duarte Romero en el sentido, que la nacionalidad y el número de cédula de identidad de la madre son costarricense y dos novecientos noventa y nueve-setecientos cuarenta y dos, respectivamente.— Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016034575 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Aura Rosa Gómez, se ha dictado la resolución N° 2583-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas siete minutos del veintiséis de abril del dos mil dieciséis. Exp. N° 48033-2015. Resultando 1°—... 2°—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Joel José Córdoba Gómez, en el sentido que el apellido de la madre es Gómez, no indica segundo apellido.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016034586 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Bertha Aracelly Vargas Reyes, se ha dictado la resolución N° 2521-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas cuarenta minutos del veintinueve de mayo de dos mil quince. Exp. N° 8285-2015. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: Rectifíquense los asientos nacimiento de Denis Antonio García Vargas; de Mercedes del Carmen Vargas Reyes; y de Claudia Lisseth Vargas Reyes, en el sentido que el nombre de la madre de las personas inscritas es Bertha Aracelly.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016034636 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por, Jasan Alberto Ghiny Torrentes, se ha dictado la resolución N° 1975-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas y nueve minutos del primero de abril de dos mil dieciséis. Exp.: N° 3372-2016. Resultando: 1º—..., 2º—... 3º—…, Considerando: 1º—Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de, Melanie del Carmen Torrentes Hernández, en el sentido que los apellidos del padre son Ghiny Torrentes.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016034706 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Leticia Ortiz Meneses, se ha dictado la resolución N° 1705-2016 que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas del dieciséis de marzo de dos mil dieciséis. Expediente N° 4180-2016. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Leticia de los Ángeles Ortiz Meneses, en el sentido que el apellido de la madre es Meneses, no indica segundo apellido.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016034847 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Reyna Isabel Quintero no indica segundo apellido, se ha dictado la resolución Nº 5842-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas veinte minutos del veintiséis de octubre del dos mil quince. Expediente Nº 41117-2015. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Angie Gabriela Centeno Quintero, en el sentido que el nombre de la madre es “Reyna Isabel”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016032964 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por, Charlie Jane Aubery, se ha dictado la resolución N° 2088-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas treinta y cinco minutos del cinco de abril de dos mil dieciséis. Exp. N° 51620-2015 Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: Rectifíquense los asientos nacimiento de, Victoria de la Paz Huertas Huertas; de Kayden Asher Herrera Huertas; y de Chloe Ann Herrera Huertas, en el sentido que el apellido de la madre es Aubery, no indica segundo apellido.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016034908 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Fátima del Rosario Obregón Fernández, se ha dictado la resolución N° 1269-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas veinte minutos del cuatro de marzo de dos mil dieciséis. Exp. N° 50918-2015. Resultando 1°... 2°... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Sofía Angélica Mejía Obregón, en el sentido que el nombre de la madre de la persona inscrita es Fátima del Rosario.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016034919 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Karla Téllez Ortiz, se ha dictado la resolución N° 1187-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas quince minutos del quince de febrero del dos mil dieciséis. Exp. N° 38962-2015 Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el Fondo:... Por tanto, Rectifíquense los asientos de nacimiento de Yesenia Vanessa Reyes Telles, de Carlos José Pérez Reyes, de Juan Carlos Reyes Téllez, de Maryuri Gabriela Reyes Téllez y de Angélica Belén Reyes Téllez en el sentido que el nombre, los apellidos, la nacionalidad y el número de cédula de identidad de la madre son Karla Téllez Ortiz, costarricense y 2-0990-0760, respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016035018 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Yamileth del Carmen Guerra Velásquez, se ha dictado la resolución N° 4863-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas cuarenta minutos del ocho de octubre de dos mil quince. Exp. N° 29914-2015 Resultando 1°... 2°... 3°... Considerando: I.—Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Karina Massiel Flores Guerra, en el sentido que el nombre de la madre es Yamileth del Carmen y de Joshuara Rachel Bustos Velásquez, en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre son Yamileth del Carmen Guerra Velásquez.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016035029 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Lorenzo Nicanor Santana Grio y Fátima del Socorro Linarte Blanco, se ha dictado la resolución N° 2497-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil dieciséis. Expediente N° 9036-2016. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Keylin Melissa Santana Linarte, en el sentido que el nombre del padre y el nombre de la madre son Lorenzo Nicanor y Fátima del Socorro, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016035041 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Yuyun Ou Gan, conocida como Sofía Ou Gan, se ha dictado la resolución N° 3018-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas del diecinueve de mayo del dos mil dieciséis. Exp. N° 15755-2016 Resultando 1°—... 2°—... Considerando: I.—Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: rectifíquense los asientos de matrimonio de Alexánder Zúñiga Zúñiga con Yuyun Ou no indica otro apellido, en el sentido que los apellidos de la cónyuge son Ou Gan y de nacimiento de Jéssica Huang Ou, en el sentido que los apellidos de la madre son Ou Gan.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016035089 ).

AVISOS

Registro Civil – Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Vanessa González Zapata, mayor, casada, dependiente, colombiana, cédula de residencia N° 117000475318, vecino/a de Tres Ríos, Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 137260-2015.—San José, 20 de abril de 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016033875 ).

Consuelo Solís Torrez, mayor, soltera, ama de casa, nicaragüense, cédula de residencia N° 155811087933, vecino/a de Hatillo 7, San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 137045-2015.—San José, 29 de abril de 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016033981 ).

Dayan Andrés Borrero Gómez, mayor, soltero, ingeniero civil, colombiano, cédula de residencia N° 117000063536, vecino de San José, Curridabat, Pinares, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.137578-2015.—San José, 22 de abril del 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016033982 ).

Jay David Terwilliger Butterman, mayor, soltero, educador, estadounidense, cédula de residencia N° 184000046514, vecino de Santa Ana, San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 137236-2015.—San José, 20 de abril de 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016034516 ).

Yenny Esmeralda Ayala Gavarrete, mayor, soltera, religiosa, salvadoreña, cédula de residencia N° DI122200182523, vecina de Hogar del Adulto Mayor Madre Berta 150 este y 100 norte de la iglesia nueva San Pablo de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 131861-2014.—San José, 9 de mayo de 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016034519 ).

Vianca Tatiana Altamirano Rugama, mayor, casada, artesana, nicaragüense, cédula de residencia N° 155812591431, vecino de San José, contiguo al bar y restaurante cebolla verde, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 137454-2015.—San José, 21 de abril del 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016034525 ).

Heidy Paola Altamirano Rugama, mayor, soltera, artesana, nicaragüense, cédula de residencia N° 155813027312, vecina de Alajuela, Sarchi Norte, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 137458-2015.—San José, 21 de abril de 2016.—Lic. Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016034526 ).

José Apolinar Munguia Castillo, mayor, casado, misceláneo, nicaragüense, cédula de residencia N° R 155804507232, vecino de Barrio Pitahaya de KFC, Paseo Colon, quinientos metros al norte casa número tres mil setenta y nueve, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 137309-2015.—San José, 26 de abril de 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016034530 ).

Jéssica Paola Zepeda Montes, mayor, soltera, estilista, nicaragüense, cédula de residencia N° 155816846302, vecina de Guadalupe de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 137322-2015.—San José, 22 de abril de 2016.—Vinicio Mora Mora Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016034557 ).

Cristina Ferrari Paris, mayor, soltera, Directora Administrativa, italiana, cédula de residencia N° 138000009531, vecina de Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo del Restaurante Sprout; 300 al sur, 25 oeste, urbanización Las Lomas de Tamarindo en Villareal, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 137587-2015.—San José, 6 de abril del 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016034583 ).

Kerry Leigh Brett Littleford, mayor, soltera, telefonista, sudafricana, cédula de residencia N° 171000000704, vecina de Barrio Córdoba 25 al sur del Liceo Castro Madriz, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 132297-2014.—San José, 9 de mayo de 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016034588 ).

Scarleth del Socorro Rocha Ramírez, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia N° 155813645926, vecina de San Rafael de Escazú, urbanización Alturas de Escazú, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.137227-2015.—San José, 20 de abril de 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016034624 ).

Stephen Henry Denton Lalonde, mayor, casado, empresario, estadounidense, cédula de residencia N° 184000419322, vecino de Tamarindo, Guanacaste, Condominio Pacific Park, número 205, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 132757-2014.—San José, 9 de mayo de 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016034635 ).

Marlon José Orozco Ortiz, mayor, casado, empresario, nicaragüense, cédula de residencia N° R155810677115, vecino de Heredia, Barreal, Condominio La Ladera Tournon casa 25, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 131242-2014.—San José, 11 de mayo de 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016034653 ).

Félix Maltez Salmerón, mayor, soltero, agricultor, salvadoreño, cédula de residencia W 122200060615, vecino de Aguas Zarcas, Limón, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.: 134897-2015.—San José, 11 de mayo del 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016034674 ).

Eliécer Isaías Ruiz Espinoza, mayor, soltero, Oficial de Seguridad, nicaragüense, cédula de residencia N° 155816446134, vecino de San José, Barrio Corazón de Jesús, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.: 137570-2015.—San José, 22 de abril del 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016034714 ).

Juan Carlos Vado López, mayor, soltero, cajero, nicaragüense, cédula de residencia N° 155806823718, vecino de El Llano, Los Higuerones, Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 136983-2015.—San José, 4 de mayo del 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe  a. í.—1 vez.—( IN2016034768 ).

Michael George Oquendo Evans, mayor, casado, empresario, venezolano, cédula de residencia N° 186200119708, vecino de San José, Escazú, Guachipelín del antiguo Pavicen 500 sur, condominio Puerta del Sol, casa 13, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 132769-2014.—San José, 11 de mayo de 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016034813 ).

Ángela Milena Vanegas Vanegas, mayor, soltera, religiosa, nicaragüense, cédula de residencia N° 155800640133, vecina de San José, LLorente de Tibás 800 oeste de periódico La Nación, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.: 137562- 2015.—San José, 22 de abril del 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016034884 ).

Kamil Alberto Bojorge Centeno, mayor, soltero, Administrador, nicaragüense, cédula de residencia N° 155806504408, vecino de Aserrí Barrio Vistas del Valle, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.137356-2015.—San José, 22 de abril de 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016034886 ).

Sara Beatriz Mejía Palma, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia N° 155817134500, vecina de Guararí, Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 135249-2015.—San José, 29 de abril de 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016034907 ).

David Antonio Rivera Arias, mayor, soltero, mecánico de precisión, salvadoreño, cédula de residencia N° 122200290922, vecino de San José, Santa Ana 150 al norte de la sucursal del ICE frente al Ministerio de Salud segunda casa a mano izquierda, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 137682-2015.—San José, 09 de mayo de 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016034909 ).

Omaira Mojica Urquijo, mayor, soltero, ama de casa, colombiana, cédula de residencia N° R 117001324510, vecino/a de Desamparados, Calle Fallas, trescientos metros al oeste y doscientos metros al sur de la entrada al Garibaldi, en frente del Súper Roxana, tercer casa a mano izquierda, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.137347-2015.—San José, 22 de abril del 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016034916 ).

Marisol del Socorro Mora Cerda, mayor, soltera, miscelánea, nicaragüense, cédula de residencia N° 155804653213, vecino/a de Alajuela, Grecia, San Roque, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 137254-2015.—San José, 20 de abril de 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016034940 )

Lina Marcela Vásquez Usuga, mayor, soltera, secretaria, colombiana, cédula de residencia N° 117001030809, vecina de Playas del Coco, Carrillo, Guanacaste, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 137029-2015.—San José, 29 de abril de 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016034948 ).

Suyen de los Ángeles Poveda Silva, mayor, soltera, recepcionista, nicaragüense, cédula de residencia N° 155812014236, vecina de Desamparados, Higuito, Urbanización Veracruz, de la entrada 400 m oeste y 400 m sur, casa J-17, color terracota, portón negro, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.: 133154-2014.—San José, 31 de mayo del 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016035000 ).

Juana Magdalena Valenzuela Morales, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia N° 155812061103, vecina de Heredia, Los Sauses, Guararí casa número 110, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 137506-2015.—San José, 21 de abril de 2016.—Vinicio Mora Mora  Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016035006 ).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

SEGURIDAD PÚBLICA

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

MODIFICACIÓN PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES

2016

La Dirección de Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha se ha publicado Modificación al Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Seguridad Pública correspondiente al siguiente programa presupuestario 09002 ESCUELA NACIONAL DE POLICÍA el cual se encuentra a su disposición en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr, en el link de COMPRARED, así como en la dirección electrónica www.sicop.go.cr

San José, 27 de junio de 2016.—Proveeduría Institucional.—Lic. Mario Umaña Mora, Director.—1 vez.—O. C. Nº 3400027400.—Solicitud Nº 58924.—( IN2016043101 )

La Dirección de Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha se ha publicado Modificación al Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Seguridad Pública correspondiente al siguiente programa presupuestario 089 GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS CUERPOS POLICIALES el cual se encuentra a su disposición en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr, en el link de COMPRARED, así como en la dirección electrónica www.sicop.go.cr

San José, 27 de junio de 2016.—Lic. Mario Umaña Mora, Director.—1 vez.—O. C. Nº 340027316.—Solicitud Nº 58922.—( IN2016043098 ).

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

MODIFICACIÓN AL PROGRAMA DE ADQUISICIONES

PERÍODO 2016

En cumplimiento con lo que establece el artículo 6° de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7° del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se informa de la modificación del Plan anual de adquisiciones de la Universidad correspondiente al año 2016; dicha modificación se encuentra disponible en la página Web de la institución en la siguiente dirección: www.utn.ac.cr/contratación Administrativa/Plan anual de compras. Información adicional con Wendy Fernández Venegas, teléfono 2435-5000, ext. 8626.

Lic. Miguel González Matamoros, Director de Proveeduría Institucional.—1 vez.—( IN2016042988 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

La Dirección Mantenimiento Institucional de la Caja Costarricense de Seguro Social, informa al público en general, que en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social, se encuentra el programa anual de compras del año 2016 con sus modificaciones.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr/planes_compra

Dirección Mantenimiento Institucional.—Ing. Juan César Rojas Aguilar, Director.—Lic. Víctor Murillo Muñoz.—1 vez.—( IN2016043009 ).

LICITACIONES

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000029-01

Compra de equipos de comunicaciones, software,

componentes e instalación, para la red del Banco

Nacional, con entregas por demanda

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las diez (10:00 a. m.) horas, del 4 de agosto del 2016, para la “Compra de equipos de comunicaciones, software, componentes e instalación, para la red del Banco Nacional, con entregas por demanda”.

El cartel puede ser retirado en la Oficina de Proveeduría, situada en el Edificio de la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco Nacional de Costa Rica en la Uruca a partir del presente comunicado, sin costo alguno.

La Uruca, 5 de julio del 2016.—Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Operativa.—1 vez.—O. C. N° 522965.—Solicitud N° 59040.—( IN2016043109 ).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

PROYECTO DE MEJORAMIENTO

DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR

República de Costa Rica

EDU-UNED-122-PS-O-2016LPNS-000006

Préstamo Nº 8194-CR

(Llamado a Licitación)

Construcción de la ampliación de los Centros

Universitarios de Heredia y Palmares

1.     Este llamado a licitación se emite como resultado del Aviso General de Adquisiciones para este Proyecto publicado en la edición Nº DB Reference N° WB1717-03/14, de 26 de marzo del 2014.

2.     El Gobierno de Costa Rica ha recibido un préstamo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento/de la Asociación Internacional de Fomento, para financiar el costo del Proyecto de Mejoramiento de la Educación Superior, y se propone utilizar parte de los fondos de este préstamo para efectuar los pagos bajo el Contrato: Construcción de la ampliación de los Centros Universitarios de Heredia y Palmares, N° EDU-UNED-122-PS-O-2016LPNS-000006.

3.     La Universidad Estatal a Distancia invita a los licitantes elegibles a presentar ofertas selladas para “Construcción de la ampliación de los Centros Universitarios de Heredia y Palmares”. Para esta licitación se dispone de un contenido presupuestario de $840.800,00 para el Lote 1 y $840.800,00 para el Lote 2.

4.     La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional Simplificada (LPNS) establecidos en la publicación del Banco Mundial titulada Normas: Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF, y está abierta a todos los licitantes de países elegibles, según se definen en dichas normas.

5.     Los licitantes elegibles que estén interesados podrán obtener los documentos de la licitación completos, cartel, planos constructivos y anexos, solicitándolos a la dirección electrónica: gsibaja@uned.ac.cr, atención: Mag. Giovanni Sibaja Fernández. Los planos constructivos y anexos serán compartidos por medio de Dropbox.

6.     Los requisitos de calificaciones incluyen: Cumplimiento de Especificaciones Técnicas, Experiencia del licitante, Personal, Facturación, Situación Financiera, entre otros requisitos de admisibilidad. No se otorgará un Margen de Preferencia a contratistas nacionales elegibles. Mayores detalles se proporcionan en los Documentos de Licitación.

7.     Las ofertas deberán hacerse llegar a la dirección indicada abajo a más tardar a las 10:00 horas del día 27 de julio del 2016. Ofertas electrónicas no serán permitidas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.

8.     La apertura de ofertas se efectuará en presencia de los representantes de los licitantes que deseen asistir, a la dirección indicada abajo, a las 10:00 horas del día 27 de julio del 2016.

Nombre de la Oficina: Oficina de Contratación y Suministros.

Nombre del Funcionario: Giovanni Sibaja Fernández. Teléfono: 2527-2610.

Dirección: San José, Costa Rica, Universidad Estatal a Distancia, Sede Central de la UNED, Mercedes de Montes de Oca, de la Rotonda de la Bandera 800 metros este, carretera hacia Sabanilla. En la Oficina de Contratación y Suministros, Edificio A, tercer nivel. Horario de Oficina: 8:00 a.m. a 4:30 p.m.

Atención: Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í. Oficina de Contratación y Suministros. Teléfono: (506)2224-6739 / (506)2253-2907 / Fax: (506)2224-9759

Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2016042940 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000020-PRI

(Convocatoria)

Compra de estabilizadores de brocas

El Instituto costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 09:00 horas del día 18 de julio del 2016, para la “Compra de estabilizadores de brocas”.

Los documentos que conforman el cartel podrán descargarse de la dirección electrónica www.aya.go.cr o bien retirarse en la Dirección de Proveeduría del AyA, sita en el Módulo C, piso 3 del edificio Sede del AyA ubicado en Pavas, el mismo tendrá un costo de ¢500,00.

Licda. Iris Fernández Barrantes.—1 vez.—O. C. Nº 6000001412.—Solicitud Nº 59053.—( IN2016043202 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

COMPRA DIRECTA Nº 2016CD-000080-09

(Invitación)

Compra de equipo de empaque para industria alimentaria

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional de Heredia, recibirá ofertas por escrito para este concurso, hasta las 10:00 horas de 07 de julio del 2016. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones, el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita: Heredia, 50 metros norte y 50 este de la Clínica del CCSS o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 58973.—( IN2016042920 ).

AVISOS

COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.

Nº 2016PP-000011-PROV

Medidores electrónicos, medidores trifásicos y monofásicos

Invita a participar en el siguiente concurso de adquisición:

Concurso

Descripción

Apertura

Hora

Valor

Nº 2016PP-000011-PROV

Medidores electrónicos, medidores trifásicos y monofásicos

26/07/2016

13:00

¢5000.00

 

Rige la ley Nº 8660 y el Reglamento para los procedimientos de adquisición de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz Sociedad Anónima, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 82 del 30 de abril del 2014, así como las condiciones especiales, que pueden retirar en nuestra Área de Proveeduría, 250 metros este de Pozuelo S. A., en La Uruca (Frente a Ciudad Toyota, Plantel Virilla).

Guillermo Chinchilla Zúñiga, Proveedor Empresarial.— 1 vez.—( IN2016042912 ).

ADJUDICACIONES

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000010-02

Compra de maquinaria y equipo para soldadura

La Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 016-2016, celebrada el 28 de junio del 2016, artículo III tomó el siguiente acuerdo:

Adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2016LA-000010-02, “Compra de maquinaria y equipo para soldadura”, basados en el dictamen técnico NMM-PGA-170-2016 realizado por la dependencia responsable de analizar las ofertas, el dictamen legal AL-URCO-111-2016; así como los elementos de adjudicación consignados en el punto 15 del cartel, de la siguiente manera:

Al oferente Nº 3: Capris S. A., las líneas Nos. 1 y 2, por un monto de $52,659.70, por cuanto cumple técnicamente con lo solicitado en el cartel y especificaciones técnicas para las líneas indicadas; además su precio se considera razonable.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. Nº 24626.—Solicitud Nº 58975.—( IN2016042910 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000012-02

Compra de maquinaria y equipo para hotelería y turismo

La Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 016-2016, celebrada el 28 de junio del 2016, artículo IV tomó el siguiente acuerdo:

Adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2016LA-000012-02, “Compra de maquinaria y equipo para hotelería y turismo”, basados en los dictámenes técnicos NT-PGA-107-2016, NSIA-PGA-165-2016 y NSIA-PGA-212-2016 realizado por las dependencias responsables de analizar las ofertas, el dictamen legal AL-URCO-112-2016; así como los elementos de adjudicación consignados en el punto 14 del cartel, de la siguiente manera:

Al oferente Nº 1: Muebles Metálicos Alvarado S. A., las líneas N° 2 y 5, por un monto de ¢1.986.400,00 por cuanto cumple técnicamente con lo solicitado en el cartel y especificaciones técnicas para las líneas indicadas; además su precio se considera razonable.

Al oferente Nº 2: Jopco de Centro América S. A., las líneas N°. 3 y 4, por un monto de $7.647,50 por cuanto cumple técnicamente con lo solicitado en el cartel y especificaciones técnicas para las líneas indicadas; además su precio se considera razonable.

Al oferente Nº 3: Muebles Crometal S. A., la línea Nº 7, por un monto de ¢5.900.000,00 por cuanto cumple técnicamente con lo solicitado en el cartel y especificaciones técnicas para la línea indicada; además su precio se considera razonable.

Al oferente Nº 4: Prorepuestos PHI S. A., la línea Nº 6, por un monto de $1.540,00 por cuanto cumple técnicamente con lo solicitado en el cartel y especificaciones técnicas para la línea indicada; además su precio se considera razonable.

Al oferente Nº 6: Equipos Nieto S. A., la línea Nº 1, por un monto de $7.740,00 por cuanto cumple técnicamente con lo solicitado en el cartel y especificaciones técnicas para la línea indicada; además su precio se considera razonable.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. Nº 24626.—Solicitud Nº 58976.—( IN2016042914 ).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000018-02

(Declaratoria de infructuosa)

Contratación alquiler de edificio en la provincia

de San José, cantón Puriscal, distrito Santiago

Centro, para la instalación provisional del Centro

de Formación Profesional de Puriscal

La Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 016-2016, celebrada el 28 de junio del 2016, artículo V tomó el siguiente acuerdo:

Declarar infructuosa la Licitación Abreviada Nº 2016LA-000018-02, “Contratación alquiler de edificio en la provincia de San José, cantón Puriscal, distrito Santiago Centro, para la instalación provisional del Centro de Formación Profesional de Puriscal”, por falta de oferentes.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. Nº 24626.—Solicitud Nº 58974.—( IN2016042918 ).

AVISOS

JUNTA DE EDUCACIÓN ESCUELA NUEVA

LABORATORIO EMMA GAMBOA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 02-2016

Equipo tecno ambiente

La Junta de Educación Escuela Nueva Laboratorio Monterrey V. Araya, informa que la licitación en referencia fue declarada infructuosa, por la comisión del equipo Tecno Ambiente. El acuerdo final podrá solicitarse a la dirección emmagamboa@ice.co.cr

MSc. Gabriela Chinchilla Arguedas, Directora.— 1 vez.—( IN2016043053 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2016CD-000592-MUNIPROV

Contratación de servicios para el suministro, instalación

y programación de cuatro estaciones de telemetría completas

A los interesados en esta contratación se les hace saber que se acordó adjudicar este proceso de contratación de la siguiente forma:

Oferente: Adrian Key Monge, cédula Nº 302900410

Línea única: Contratación de servicios para el suministro, instalación y programación de cuatro estaciones de telemetría completas.

Monto total de la oferta: ¢21.900.000,00 (Veintiún millones, novecientos mil colones exactos).

Plazo de entrega: (15) días hábiles a partir del día posterior hábil a la entrega de la orden de compra.

Forma de pago: Acepta la indicada en el cartel.

Todo lo demás de acuerdo con los términos del cartel y la oferta.

Cédula Jurídica N. 3-014-042080.

Licda. Gabriela Redondo Cordero, Sub Proveedora Municipal.—1 vez.—( IN2016043038 ).

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA MUNICIPAL

COMPRA DE ESCASA CUANTÍA N° 2016CD-000040-01

Lecciones musicales

La Municipalidad de Parrita comunica que la licitación en referencia fue declarada infructuosa mediante resolución administrativa N° 064-2016, emitida por la Alcaldía Municipal.

Lic. Alonso Salas Amador, Proveedor.—1 vez.—( IN2016042981 ).

REGISTRO DE PROVEEDORES

AVISOS

COMISIÓN PERMANENTE DE

COOPERATIVAS DE AUTOGESTIÓN

La Comisión Permanente de Cooperativas de Autogestión, (CPCA), invita a la inscripción como proveedor de bienes y servicios en todas las áreas para personas físicas y jurídicas interesadas y soliciten la boleta de inscripción ya sea al correo proyectos@cpca.coop, al 2281-2861 o bien de forma física en sus oficinas, costado norte del Mall San Pedro, Edificio Cooperativo primer piso.

Rómulo León Mora, Director Ejecutivo.—1 vez.—( IN2016043015 ).

FE DE ERRATAS

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Departamento de Proveeduría informa a todos los potenciales proveedores interesados a participar en el procedimiento indicado, que existen aclaraciones y modificaciones al cartel, las cuales estarán disponibles a partir de esta publicación en la siguiente página web: www.poder-judicial.go.cr/proveeduría/invitaciones.

Modificación Nº 1

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000008-PROV

Compra de papel higiénico y toallas desechables,

 según demanda

Los demás términos y condiciones permanecen invariables.

San José, 30 de junio del 2016.—MBA Yurli Argüello Araya, Jefa, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—( IN2016043233 ).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000009-DCADM

(Enmienda Nº 1)

Contratación de servicios de acompañamiento y asesoría

para supervisión y fiscalización de ejecución de contrato

de consultoría LN2014-00037-DCADM”

(consumo según demanda)

Se les comunica a todos los interesados en este concurso que el documento que contiene la Enmienda Nº 1 al cartel, puede ser retirada en la División de Contratación Administrativa del Banco Popular, ubicado en el sexto piso de las sede central, en avenidas 2 y 4, calle 1, San José, en un horario de lunes a viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m.

Área de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños.—1 vez.—( IN2016043030 ).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SIMPLIFICADA

Nº EDU_ITCR-219-PS-B-2015LPNS-0005-APITCRBM

(Aclaración N° 1 y modificación Nº 2)

Adquisición de equipo electrónico y línea blanca

para edificio residencias estudiantiles

A los interesados en la Licitación arriba indicada se les comunica que el cartel ha sido modificado y aclarado, dicho documento ya está disponible para solicitarlo a las direcciones electrónicas ebonilla@itcr.ac.cr y wsequeira@itcr.ac.cr

Cartago, 30 de junio del 2016.—Departamento de Aprovisionamiento.—Licda. Kattia Calderón Mora, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 20163145.—Solicitud Nº 59038.—( IN2016043108 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

SUBÁREA DE INSUMOS MÉDICOS

2016LN-000014-05101

(Aviso N° 08 aclaración)

Sistemas de osteosíntesis con placa

A todos los interesados en el presente concurso se les aclara según el oficio CTOT-122-2016, del 29 junio del 2016, suscrito por la Comisión Técnica de Normalización y Compras de Ortopedia y Traumatología lo siguiente:

En el caso del Centro Nacional de Rehabilitación y el Hospital Nacional de Niños, notificarán vía telefónica, correo o formal, con al menos 24 horas previas al procedimiento quirúrgico al proveedor adjudicado, con el objetivo de que este entregue los implantes e instrumental respectivo para la cirugía. Debe de entenderse que tanto los implantes e instrumentales no deberán estar fijos en ambos centros.

El resto del cartel permanece invariable.

San José, 29 junio 2016.—Línea de Producción de Insumos Médicos.—Licda. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud N° 8597.—( IN2016043065 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2016LN-000005-PRI

Compra de camiones hidrovaciadores para la Gran

Área Metropolitana y regiones periféricas

(Circular Nº 2)

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que se prórroga la fecha de apertura de ofertas para el 11 de julio del 2016 a las 10:00 horas. Además a partir de la presente publicación está disponible la Circular N° 2, en la Dirección de Proveeduría del AyA sita en el Módulo C, piso 3 del edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas, o en el web www.aya.go.cr, Link Proveeduría, Expediente Digital.

Dirección Proveeduría.—Licda. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O.C. Nº 6000001412.—Solicitud Nº 59052.—( IN2016043196 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA 2016LN-000003-03

(Ampliación plazo de apertura)

Contratación de remodelación electromecánica

y arquitectónica de las plantas didácticas

de la Ciudad Tecnológica Mario Echandi Jiménez

de la Unidad Regional Central Occidental, remodelación

de las tres cocinas didácticas en el Centro de Desarrollo

Tecnológico de Industria Alimentaria Ciudad Tecnológica

Mario Echandi Jiménez de la Unidad Regional Central

Occidental y contratación de remodelación eléctrica

y suministro de equipo para la inclusión de plantas

eléctricas para la Ciudad Tecnológica Mario

Echandi Jiménez de la Unidad Regional

Central Occidental

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa la ampliación en el plazo de apertura de las ofertas por 10 días hábiles más, se estarán recibiendo ofertas por escrito hasta las 09:00 horas del 18 de julio del 2016. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en Naranjo, Alajuela, 300 metros al sur del cruce de Cirrí, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. Nº 24626.—Solicitud Nº 58970.—( IN2016042926 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000004-01

Compra e instalación de tubería para alcantarillado pluvial

de distintos tamaños para la Municipalidad de Heredia

Para el procedimiento de contratación antes mencionado se presentan las siguientes modificaciones al pliego de condiciones:

1.  Se eliminan las siguientes líneas del punto denominado 4. ÍTEMS A COTIZAR:

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

2.  Se elimina la siguiente especificación técnica de la sección denominada: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES, punto 2 Normas y especificaciones para diseño estructural

El adjudicatario deberá inscribir el proyecto y el o los profesionales responsables ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, con la presentación de los respectivos planos constructivos del puente, por el rubro de la Dirección Técnica.

El adjudicatario deberá asumirá el pago de los derechos cobrados por el CFIA, que son: timbres, derecho de asistencia, cupón de registro y bitácora. Para que obtengan la exoneración parcial del proyecto tramitado, la Municipalidad les entregará el formulario para que el contratista inicie el trámite ante el CFIA y se les exonere del pago de timbres.

En el momento de iniciar la Obra deberá depositar el cuaderno de bitácora en un sitio seguro en el lugar de construcción.

3.  Se aclaran las siguientes ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES:

Ø     Respecto a la resistencia del concreto se debe preparar en sitio

Ø     Una vez adjudicado el proyecto la Municipalidad suministrará las redes de tubería a colocar para con el diseño apropiado según requerimiento

Ø     Los planos a presentar a la Administración son los “as built” al final cada orden de compra o proyecto realizado. Por eso se solicita topógrafo para efectos de elaboración de estos planos

Ø     El ancho de la zanja mínima será la indicada por la casa comercial según el diámetro externo, por lo que se debe ajustar dependiendo del diámetro externo de la tubería.

Los demás puntos del cartel quedan invariables.

Enio Vargas Arireta, Proveedor Municipal.—1 vez.—O. C. N° 57875.—Solicitud N° 58808.—( IN2016043096 ).

REGLAMENTOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL

REFORMA AL REGLAMENTO DE CAJA CHICA DE LA

JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL

La Junta Administrativa de la Imprenta Nacional mediante acuerdo firme N° 6563-06-2016, tomado en sesión ordinaria N° 19 del 01 de junio de 2016.

Considerando:

Que los bienes o servicios adquiridos bajo la modalidad de Caja Chica, no ingresan a la Bodega de la Imprenta Nacional para la custodia, por lo que no son registrados como parte del inventario, como los demás bienes que son producto de las compras ordinarias de la Institución, que por el contrario ingresan directamente al Departamento/Unidad solicitante.

Que el procedimiento de confección de la recepción de bodega es un procedimiento que genera un atraso en la liquidación del vale de caja chica.

ACUERDA:

Derogar el artículo 21 del Reglamento de Caja Chica, con el fin de salvaguardar el cumplimiento del Principio de Legalidad que nos rige, continuar con las normas del sistema de control interno y que se cumpla con las responsabilidades que correspondan a cada uno de los funcionarios que hacen uso de los fondos de caja chica, para lo cual en adelante deben firmar las facturas como responsables del ingreso del bien o servicio generado por esta vía.

Rige a partir de su publicación.

La Uruca, San José, junio 2016.—Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Director Ejecutivo.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016043280 ).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS DE COSTA RICA

Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica.—San José, a las 15 horas del veintiséis de mayo del dos mil dieciséis.

Diligencias de Declaratoria de Interés Público y Mandamiento Provisional de Anotación Registral, relacionados con la Declaratoria de Interés Público la adquisición de 6 propiedades colindantes al Centro de Operaciones del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, más conocido por su acrónimo F-5.

Resultando:

1º—Que la Dirección General del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, mediante oficio CBCR-014483-2016-DGB-00572, fechado el 19 de mayo del 2016, solicitó del Consejo Directivo de dicha institución, la declaratoria de interés público y la orden de expedición del mandamiento provisional de anotación previstos en la Ley de Expropiaciones 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada en La Gaceta N° 24 del 04 de febrero del 2015, relacionados a los inmuebles que en adelante se numeran del uno al seis, debidamente inscritos en el Registro Público de la Propiedad, Partido de Heredia, según las siguientes descripciones: 1) Matrícula de Folio Real número 193065-000, cuya naturaleza es: terreno para construir lote 25-U, situado en el Distrito 2- San Vicente del Cantón 3- Santo Domingo, de la provincia de Heredia, con una cabida de 294.89 metros cuadrados, que linda al norte con calle pública; al sur con lote 20-U, al este con los lotes 23 y 24-U y al oeste con el lote 26-U, lo anterior según plano catastrado número H-0899176-2003. 2) Matrícula de Folio Real número 193067-000, cuya naturaleza es: terreno para construir lote 1-X, situado en el Distrito 2-San Vicente del Cantón 3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia, con una cabida de 310.06 metros cuadrados, que linda al norte con lote 2-X; al sur con calle pública, al este con lote 5-X y al oeste con calle pública, lo anterior según plan catastrado número H-0899164-2003. 3) Matrícula de Folio Real número 193072-000, cuya naturaleza es: terreno para construir lote 6-X, situado en el Distrito 2-San Vicente del Cantón 3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia, con una cabida de 312.76 metros cuadrados, que linda al norte con lotes 8 y 9-X; al sur con calle pública, al este con Luis Carlos Villalobos Salas y al oeste con lote 5-X, lo anterior según plan catastrado número H-0898776-2003. 4) Matrícula de Folio Real número 193073-000, cuya naturaleza es: terreno para construir lote 7-X, situado en el Distrito 2-San Vicente del Cantón 3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia, con una cabida de 284.86 metros cuadrados, que linda al norte con calle pública con frente de 10 metros; al sur con lote 5-X, al este con lote 8-X y al oeste con los lotes 3 y 4-X, lo anterior según plano catastrado número H-0898775-2003. 5) Matrícula de Folio Real número 202743-000, cuya naturaleza es: terreno para construir uno U, situado en el Distrito 2-San Vicente del Cantón 3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia, con una cabida de 385.14 metros cuadrados, que linda al norte con Yuristi Limitada; al sur con calle pública, al este con lote 8-U y al oeste con calle pública, lo anterior según plano catastrado número H-0900951-2004. 6) Matrícula de Folio Real número 202759-001, cuya naturaleza es: terreno para construir lote dos U, situado en el Distrito 2-San Vicente del Cantón 3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia, con una cabida de 325.36 metros cuadrados, que linda al norte con lote 3-U; al sur con lote 1-U, al este con lote 8-U y al oeste con calle pública, lo anterior según plano catastrado número H-0898763-2003.

2º—Que por las razones esbozadas por la referida Dirección General, resulta urgente e impostergable, la adquisición de las fincas anteriormente descritas, pues de ello depende la oportuna ampliación de la estructura y los servicios a cargo del citado Centro de Operaciones y por consiguiente, del Cuerpo de Bomberos como tal.

3º—Que en el expediente administrativo correspondiente constan los siguientes documentos:

a)  Oficio CBCR-014461-2016-DAB-00553, de la Dirección Administrativa del Cuerpo de Bomberos, con los motivos que fundamentan el interés público.

b)  Oficio CBCR-014467-2016-AJB-00036, de la Asesoría Jurídica del Cuerpo de Bomberos, en el cual se determina la viabilidad de acceder al proceso de expropiación.

c)  Oficio CBCR-014483-2016-DGB-00572, de la Dirección General del Cuerpo de Bomberos, solicitando el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público las fincas mencionadas;

4º—Que en razón de lo anterior y siendo esencial la oportuna y continua prosecución de las funciones y actividades a cargo del Cuerpo de Bomberos, mismas que por disposición del artículo 3 de la Ley 8228 son de interés público, se torna sustancial declarar de interés público la adquisición de las fincas anteriormente detalladas, que dada su colindancia y proximidad física con el Centro de Operaciones, viabiliza el crecimiento estructural que actualmente requiere dicho Complejo.

Considerando:

1º—Que el Centro de Operaciones del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, más conocido por su acrónimo F-5, fue concebido para satisfacer no solo necesidades propias de la Organización, sino también como en efecto ha ocurrido, para poner a disposición del país, los recursos logísticos y de infraestructura en él instalados para atender eventuales y catastróficos eventos.

2º—Que la construcción del Centro de Operaciones del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica implicó en lo de interés, una vida útil mínima de 50 años, así mismo, que simultáneamente fuera susceptible de expansión para atender el crecimiento de futuras necesidades institucionales y nacionales.

3º—Que el Centro de Operaciones, dadas las facilidades en él instaladas en materia de prevención y atención de emergencias, así como de comunicación; a lo largo de los últimos tres años, en diversas oportunidades se ha convertido en centro de reunión de las instancias gubernamentales, a cuyo cargo está la seguridad y desarrollo ciudadano.

4º—Que a la fecha y por sus características, el Centro de Operaciones del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica se ha constituido en una herramienta institucional e interinstitucional, de significativa importancia para el país, pues no existe alguna otra con la capacidad técnica y autosuficiencia en él instalada.

5º—Que pese a lo originalmente planificado y dado el sostenido crecimiento de emergencias y la severidad de las mismas, durante los últimos meses las actividades de la Organización empezaron a verse limitadas, generándose en consecuencia, la insalvable necesidad de crecer estructuralmente; de modo tal que en el mediano plazo y entre otras necesidades, en el complejo se puedan ampliar los servicios relacionados con atención y despacho de emergencias, ubicación de recursos de monitoreo para una respuesta más expedita, desarrollo de nuevos espacios para albergar eventos de gran magnitud que impacten lo mínimo a la comunidad donde se ubica el complejo F-5, resguardar en espacios seguros los activos institucionales y del Estado que ingresan a las instalaciones, ofrecer nuevos servicios relacionados con la ejecución de actividades de prevención y proyección comunal, efectuadas por entidades públicas.

Lo anterior, implica la necesidad de mejorar de una manera sustancial, las vías ordinarias y de emergencia para el ingreso y egreso vehicular, de tal forma que se logre redundancia en las posibilidades de acceder y se amplíe su capacidad de reunión.

6º—Que en atención de dicha necesidad y previa autorización de la Contraloría General de la República, el Cuerpo de Bomberos adquirió vía compra-venta administrativa, 15 lotes aledaños al F-5, relacionados a los propietarios que previo planteamiento institucional, manifestaron su anuencia a vender en correspondencia a los avalúos institucionales que al efecto se levantaron. A la fecha, 14 de las referidas gestiones se han formalizado satisfactoriamente ante la Notaría del Estado.

7º—Que pese a la anuencia de los referidos 15 propietarios, a la fecha hay 6 titulares de otras fincas aledañas al Centro de Operaciones que rehúsan vender conforme reflejen los avalúos institucionales, imposibilitándose por ello, acceder al procedimiento ordinario de compra-venta previsto en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.

8º—Que dada la imposibilidad material de acceder al referido procedimiento administrativo de compra-venta, surge como único mecanismo legal para acceder a la satisfacción del interés público de marras, el procedimiento de expropiación forzosa previsto en la Ley 7.495, pues es a través del mismo que legalmente se podría incorporar los 6 lotes antes citados al desarrollo y evolución integral del Centro de Operaciones, caso contrario, las necesidades existentes se verían seriamente comprometidas, por cuanto la ubicación de dichos lotes diezma y afecta negativamente el crecimiento ordenado del complejo F-5.

9º—Que conforme a lo indicado, para acceder al citado procedimiento de expropiación forzosa, de previo se requiere que el Consejo Directivo del Cuerpo de Bomberos, como máximo jerarca, declare de interés público la adquisición de las fincas del Partido de Heredia que se encuentran inscritas en el Sistema de Folio Real Mecanizado bajo las matriculas 4-193065-000, 4-193067-000, 4-193072-000, 4-1930703-000, 4-202743-000 y 4-202759-000, así mismo, que dicha instancia ordene puntualmente, la anotación registral que de dicha declaratoria advierte el numeral 20 de la citada Ley 7.495. Por tanto,

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL

BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS DE COSTA RICA

ACUERDA:

1º—Declarar de interés público la expropiación de las fincas del Partido de Heredia matrícula 4-193065-000, 4-193067-000, 4-193072-000, 4-193073-000, 4-202743-000 y 4-202759-000, lo anterior según el informe remitido por la Dirección General, mediante oficio CBCR-014483-2016-DGB-00572.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, sobre los inmuebles mencionados en el punto anterior, acorde a lo previsto en el artículo 20 de la Ley N° 9286.

3º—Instruir a las dependencias administrativas competentes, a continuar con el procedimiento correspondiente, direccionado a la adquisición de dichos inmuebles, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a los prescrito por la Ley de Expropiaciones

4º—Autorizar a quien ocupe el cargo de Director General del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, a formalizar ante la Notaria del Estado, las escrituras públicas mediante las cuales se trasladará al Cuerpo de Bomberos las propiedades expropiadas.

Publíquese y notifíquese.

Héctor Ulises Chaves León.—1 vez.—( IN2016037168 ).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-2372-2016.—Alpízar Castro Carlos Andrés, costarricense, cédula 1-1015-0624, ha solicitado reposición del título de Bachiller en Economía. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentando ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—( IN2016034172 ).

ORI-2388-2016.—Sánchez Zúñiga Juvenal, costarricense, cédula N° 1-0905-0554, ha solicitado reposición de los títulos de Licenciado en Derecho y Notario Público. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentando ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—( IN2016034207 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ORI-2372-2016.—Hidalgo Ramírez Hernán Francisco, costarricense, cédula 2 0350 0093. Ha solicitado reposición del título de Licenciado en Ingeniería Civil. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—( IN2016034486 ).

ORI-2273-2016.—Kervyn de Meerendré Marie Alexia, R-129-2016, pasaporte: EJ684351, solicitó reconocimiento y equiparación del título Bachillerato en Historia, Universidad Libre de Bruselas, Bélgica. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de mayo de 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128617.—Solicitud N° 56077.—( IN2016034843 ).

ORI-2277-2016.—Kervyn de Meerendré Marie Alexia, R-129-2016-B, pasaporte: EJ684351, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster en historia enfoque especializado en profundidad, Universidad Libre de Bruselas. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de mayo del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge Director.—O. C. N° 128617.—Solicitud N° 56079.—( IN2016034848 ).

ORI-2282-2016.—Kervyn de Meerendré Marie Alexia, R-129-2016-C, pasaporte: EJ684351, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Historia, Historia del Arte y Arqueología, Universidad Libre en Historia, Bélgica. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de mayo de 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128617.—Solicitud N° 56086.—( IN2016034926 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ORI-2304-2016.—Vargas Badilla John Alberto, R-132-2016, cédula: 1-0716-0612, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Filosofía, Universidad de Nebraska, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 13 de mayo del 2016.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—( IN2016034786 ).

ORI-2327-2016.—Solís Chacón Maikol, R-133-2016, cédula 1-1206-0753, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctorado en Matemáticas Aplicadas, Universidad de Toulouse III, Francia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 16 de mayo de 2016.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—( IN2016034787 ).

ORI-2284-2016.—Pennacchi, Federica, R-134-2016, pasaporte YA5525159, solicitó reconocimiento y equiparación del título de licenciatura Magistral en Ciencias Filosóficas, Universitá Degli Studi Roma Tre, Italia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de mayo de 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. Nº 128617.—Solicitud Nº 56135.—( IN2016034802 ).

ORI-2319-2016.—Pérez Becalli Ana Laura, R-136-2016, Residente: 119200433320, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctora en Medicina, Universidad de Ciencias Médicas de Matanzas, Cuba. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 16 de mayo del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128617.—Solicitud N° 56138.—( IN2016034804).

ORI-2322-2016.—Didonna Picella Ferdinando, R-137-2016, cédula Nº 8-0109-0616, solicitó reconocimiento y equiparación del título Maestría Complementaria en Microfinanzas, Academia Universitaria Valonia-Bruselas, Bélgica. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 16 de mayo del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O.C. Nº 128617.—Solicitud Nº 56139.—( IN2016034806 ).

ORI-2319-2016.—Pérez Becalli Ana Laura, R-136-2016, Residente: 119200433320, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctora en Medicina, Universidad de Ciencias Médicas de Matanzas, Cuba. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 16 de mayo del 2016.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—OC N°  128617.— Sol 56140.—(IN2016034807).

ORI-2275-2016.—Ramírez Hernández Mara Fernanda, R-193-2016, pasaporte 214154920, solicitó reconocimiento y equiparación del título Ingeniera Civil, la Universidad de San Carlos de Guatemala, Guatemala. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 12 de mayo del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128617.—Solicitud N° 56141.—( IN2016034811 ).

ORI-2262-2016.—Alpízar Jiménez Lizzy, R-143-2016, cédula 1-0946-0216, solicitó reconocimiento y equiparación del título Especialista, Fundación Universitaria Luis Amigó, Colombia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de mayo del 2016.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128617.—Solicitud N° 56149.—( IN2016034812 ).

ORI-2271-2016.—Alpízar Jiménez Lizzy, R-143-2016-B, cédula 1-0946-0216, solicitó reconocimiento y equiparación del título Especialista en Intervenciones Psicosociales, Fundación Universitaria Luis Amigó, Colombia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de mayo del 2016.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128617.—Solicitud N° 56152.—(IN2016034814).

ORI-2252-2016.—García Rojas Natalia Vanessa, R-140-2016, cédula 112220763, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Especialista en Endodoncia, Universidad Autónoma del Estado de México, México. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 11 de mayo de 2016.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—( IN2016034815 ).

ORI-2287-2016.—Soto Acevedo Daniel, R-142-2016, cédula N° 113520618, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de mayo de 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128617.—Solicitud N° 56144.—( IN2016034819 ).

ORI-2287-2016.—Soto Acevedo Daniel, R-142-2016, cédula 113520618, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 12 de mayo del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128617.—Solicitud N° 56157.—( IN2016034820 ).

ORI-2129-2016.—Foulkes León Daniel, R-127-2016, cédula 1-1731-0819, solicitó reconocimiento y equiparación del título Maestría en Política, Hannam University, República de Corea. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 02 de mayo del 2016.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—( IN2016034839 ).

ORI-2259-2016.—Giuliana Marisol Reyes Chambergo, R-128-2016, pasaporte 6141078, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciada en Física, Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, Perú. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 12 de mayo del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128617.—Solicitud N° 56076.—( IN2016034841 ).

ORI-2268-2016.—Quesada Arias Omar Alonso, del título Master en Ciencias, The Open University, Reino Unido. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de mayo del 2016.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—OC N° 128617.—Sol 56158.—( IN2016034849 ).

Zoncsich Blanco Audry, R-145-2016, cédula 1-1401-0996, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster en Ciencias (Tecnología), Universidad Alto, Finlandia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 13 de mayo del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128617.—Solicitud N° 56160.—( IN2016034860 ).

ORI-2137-2016.—Con Hong Rocio, R-124-2016, cédula 1-1010-0268, solicitó reconocimiento y equiparación del Título Máster en Bellas Artes en Artes Visuales, Lunds Universitet Konsthögskolan I Malmö, Suecia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 2 de mayo del 2016.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128617.—Solicitud N° 56069.—( IN2016034900 ).

ORI-2198-2016.—Han, Sung Yub, R-125-2016, cédula de residencia Nº 141000019316, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Licence en Lenguas, Culturas y Sociedades, mención lenguas extranjeras aplicadas, especialidad Inglés, Español, mención regular, Universidad de Estrasburgo, Francia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 05 de mayo de 2016.—Oficia de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128617.—Solicitud Nº 56071.—( IN2016034923 ).

ORI-2186-2016.—Bruna Costa Da Silva, R-126-2016, pasaporte FN482337, solicitó reconocimiento y equiparación del título Psicóloga, Pontificia Universidad Católica Do Rio Grande Do Sul, Brazil. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 5 de mayo del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128617.—Solicitud N° 56073.—( IN2016034925 ).

ORI-2279-2016.—Gómez Martire Azucena, R-130-2016, residente permanente 155819759625, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciada, en Ciencias de Enfermería, Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de mayo del 2016.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128617.—Solicitud N° 56118.—( IN2016034927 ).

ORI-2254-2016.—Bologna Rossano Augusto, R-131-2016, documento de identidad migratorio para extranjeros estudiante 186200422227, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Odontólogo, Universidad Central de Venezuela, Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 11 de mayo del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128617.—Solicitud N° 56124.—( IN2016034932 ).

ORI-2111-2016.—Van Wendel de Joode Berendina Natalia, R-199-2008-B, residente permanente Nº 152800005011, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciada (Lic.-equivalente a “Drs”) o Master (M.SC.), Universidad Católica Nijmegen, Países Bajos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 28 de abril de 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. Nº 128617.—Solicitud Nº 56166.—( IN2016034934 ).

ORI-2266-2016.—Brenes Carmona Andrés, R-390-2014, cédula 1-1236-0352, solicitó reconocimiento y equiparación del título Especialista en Protodoncia, Universidad El Bosque, Colombia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 12 de mayo del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Directora.—O. C. N° 128601.—Solicitud N° 56167.—( IN2016034936 ).

ORI-2098-2016.—García Trejos Liz Mar, R-118-2016, cédula 1-1239-0165, solicitó reconocimiento y equiparación del título Master Universitario en Psicología Jurídica, Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 28 de abril de 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128617.—Solicitud N° 56058.—( IN2016034971 ).

ORI-2110-2016.—Solera Madrigal Juan Carlos, R-119-2016, cédula Nº 111040113, solicitó reconocimiento y equiparación del título Bachiller en Ciencias de la Ingeniería Industrial, Universidad del Estado de Kansas, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 28 de abril del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. Nº 128617.—Solicitud Nº 56061.—( IN2016034972 ).

ORI-2105-2016.—Lizano Madriz Fulvio Alonso, R-120-2016, cédula 1-0734-0009, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctorado, Universidad Aalborg, Dinamarca. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 28 de abril del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128617.—Solicitud N° 56066.—( IN2016034974 ).

ORI-2116-2016.—Susana García Blanco, R-121-2016, residente 172400242831, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciada en Biología, Universidad Complutense de Madrid, España. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 24 de febrero del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128617.—Solicitud N° 56067.—( IN2016034976 ).

ORI-2126-2016.—Arias Visser Mariano José, R-123-2016, cédula 115350784, solicitó reconocimiento y equiparación del título Bachillerato Universitario en Ciencias (B.Sc) en Economía y Finanzas (Internacional), Universidad de Leeds, Reino Unido. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 29 de abril del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128617.—Solicitud N° 56068.—( IN2016034978 ).

ORI-2305-2016.—Naranjo Díaz César Antonio, R-153-2016, cédula: 2 0626 0158, solicitó reconocimiento y equiparación del título Magister en Ciencias (M.Sc.), Universidad de Wageningen, países bajos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 13 de mayo del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128617.—Solicitud N° 56161.—( IN2016034983).

ORI-2306-2016.—Alvarado León Daniel, R-163-2012-B, cédula: 1-1254-0610, solicitó reconocimiento y equiparación del título Cirujano Dentista Especialista en Rehabilitación Oral con Mención en Prótesis, Universidad de Concepción, Chile. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 13 de mayo del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128617.—Solicitud N° 56163.—( IN2016034984 ).

UNIVERSIDAD NACIONAL

VICERRECTORÍA ACADÉMICA

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional, se ha presentado solicitud de reposición de diploma por: Extravío, correspondiente al Título de: Maestría en Educación Rural Centroamericana, grado académico: Maestría, registrado en el libro de títulos bajo el tomo: 26, folio: 204, asiento: 3147, a nombre de Rodríguez Cabrera Ana Roxanda, con fecha 3 de diciembre del 2010, cédula de identidad Nº 273074245. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Heredia, 3 de mayo del 2016.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—( IN2016033882 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por extravío, Correspondiente al título de: Magister Scientiae en Conservación y Manejo de Vida Silvestre, grado académico: Magister, registrado en el libro de títulos bajo tomo: 23, folio 273, asiento: 2823, a nombre de: Suazo Euceda Juan Pablo, con fecha: 2 de setiembre del 2004, cédula de identidad C563892. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Heredia, 3 de mayo del 2016.—Departamento de Registro.—M.A.E., Marvin Sánchez Hernández, Director.—( IN2016034616 ).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se hace saber a María Jesús Alvarado Mora, quien es mayor, con cédula 116320838, demás calidades y domicilio desconocidos; que mediante resolución de las ocho horas con cincuenta minutos del quince de abril del dos mil dieciséis, se resuelve resolución administrativa de medida de protección de cuido provisional, en favor de las personas menores de edad Dominick Jhoen Clark Alvarado, y Patrick Alvarado Mora. Notifíquese: La anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar casa, oficina o medio electrónico para recibir sus notificaciones que se generen sobre este proceso, en caso contrario, las resoluciones posteriores, se tendrán por notificadas, en el transcurso de las veinticuatro horas siguientes después de ser resueltas. Garantía de defensa: Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede recurso de apelación, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el numeral 139 del Código de Niñez y Adolescencia. Órgano Director del proceso especial de protección en sede administrativa. Expediente Administrativo OLT-00076-2016.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Mario E. Tenorio Castro, Órgano Director.—Solicitud N° 000202016.—O. C. N° 39442.—( IN2016033676 ).

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

D.E Nº767-213-2016.—San José, a las tres horas del 19 de mayo del 2016.—Declárese liquidada la Cooperativa de Servicios Múltiples Colonia Blanca y Libertad R. L. (COOPELIBERBLANCA R. L.), originalmente inscrita mediante resolución 213, del 09 de Abril de 1969, del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Lic. Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.—O. C. N° 36398.—Solicitud N° 55432.—( IN2016034158 ).

D.E Nº 768-372-2016.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, a las tres horas del 19 de mayo de 2016. Declárese liquidada la Cooperativa de Transportadores Centroamericanos R.L. (COOPEDETCA R.L.), originalmente inscrita mediante resolución 372, del 16 de diciembre de 1975, del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese..—Lic. Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.—O.C. Nº 36397.—Solicitud Nº 55435.—( IN2016034160 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

(Se reproduce por error de Imprenta)

D.E. N° 272-446-2016.—San José, a las 14 horas del 22 de febrero de 2016. Declárese liquidada la Cooperativa Agropecuaria de Autogestión de Coyolar R. L. (COOPECOYOLAR R. L.) originalmente inscrita mediante resolución 446 del 29 de enero de 1980 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Lic. Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.—O.C. N° 36323.—Solicitud N° 52533.—( IN2016025954 ).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE GUATUSO

Le transcribo artículo XII, acuerdo 10, inciso g), de sesión ordinaria N° 18-2016, de fecha 05/05/16, y que textualmente dice:

g)  El Concejo Municipal acuerda con cinco votos positivos de los regidores Mauren Castro Ríos, Jacinto Adolfo Vargas Miranda, Fulvio Vargas Zúñiga, Mario Ernesto Herra Ulate, Yadira Mora Mora y en acuerdo firme, comunicar al público en general que se establece que las sesiones del Concejo Municipal de Guatuso, serán el día martes, a las cuatro de la tarde, a partir de su publicación.

Ana Lía Espinoza Sequeira, Secretaria Concejo Municipal.—1 vez.—( IN2016036295 ).

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

Acuerdo tomado en sesión ordinaria N° 004-2016 del 16

de mayo del 2016, en el Artículo V. Según oficio

 SCM 869-2016 del 20 de mayo del 2016

En el Cementerio Central Heredia, existe un derecho a nombre de: Hidalgo Alfaro Carlos y José Joaquín, ambos fallecidos, los días 08 diciembre 1983 y 14 de agosto 1981 respectivamente, los hijos vivo; solicitan traspasar este derecho a uno de ellos y además desean incluir beneficiarios, indicándose así:

Arrendataria:   Alicia María Hidalgo Hernández, cédula 04-0089-679

Beneficiarios:  María Eugenia Hidalgo Hernández, cédula 04-0087-0949 Luz Marina Hidalgo Hernández, cédula 04-0091-0979 Marta María Hidalgo Hernández, cédula 04-0106-1257 Mayra Hidalgo Hernández, cédula 04-0119-0314

                         Élida Rosa Hidalgo Hernández, cédula 04-0095-0001

                         Ester Hidalgo Hernández, cédula 04-0104-0418

                         Flora María Hidalgo Hernández, cédula 04-0097-0527

Lote N° 54, bloque A, medida 6 metros cuadrados, para 4 nichos, solicitud 1813, recibo 472, inscrito en Folio 52, Libro 1, el cual fue adquirido el día 09 de noviembre de 1971. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 13 de febrero del 2016. Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—( IN2016033997 ).

Acuerdo tomado en sesión ordinaria No. 004-2016 del 16

de mayo del 2016, en el artículo V, según oficio

SCM 871-2016 del 20 de mayo del 2016

En el Cementerio Central Heredia, existe un derecho a nombre de: Guzmán González Rafael, fallecido, los hijos de la única hija de don Rafael con descendencia, solicitan traspasar este derecho a una de ellos, y además desean incluir beneficiarios, indicándose así:

Arrendataria: Maritza Granados Guzmán, cédula 04-0139-0065. Beneficiarios: Félix Alberto Granados Guzmán, cédula 04-0112-0472, Ana Cecilia Granados Guzmán, cédula 04-0116-0579, Jorge Arturo Granados Guzmán, cédula 04-0122-0064, lote N° 85, Bloque F, medida 6 metros cuadrados, para 4 nichos, solicitud 1023 y 1033, recibo 1153 y 2614, inscrito en Folio 34 Libro 1, el cual fue adquirido el 9 de mayo de 1958. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 17 de febrero de 2016. Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—( IN2016034602 ).

Acuerdo tomado en sesión ordinaria Nº 004-2016 del 16

 de mayo del 2016, en el Artículo V. Según Oficio

SCM 871-2016 del 20 de mayo del 2016.

En el Cementerio Barreal, existe un derecho a nombre de: Solís Valerio Arístides, fallecido el 19 agosto de 2009, su esposa solicita traspasar este derecho y además incluir beneficiarios, indicándose así:

Arrendataria:      Angelina Carmona Cerdas, cédula 04-0044-0174

Beneficiaria:       Berta Carmen Solís Carmona, cédula 04-0099-0081

Lote Nº 31 Bloque B, medida 3 metros cuadrados, para 2 nichos, solicitud no indica, recibo no indica, inscrito en Folio 7 Libro 1, el cual fue adquirido el día 23 de diciembre de 2008. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 17 de febrero de 2016.

Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Dirección de Servicios y Gestión de Ingresos.—Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—( IN2016036691 ).

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

Isaías Guerrero Rojas, casado, comerciante, con cédula de identidad número 5-235-570, vecino de 100 metros este del Bar las Orquídeas en Santa Rita, Nandayure, Guanacaste. Con base en la Ley de Zona Marítimo Terrestre N° 6043 del 2 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo N° 7841-P de 16 de marzo de 1977; solicitan en concesión un terreno localizado en Playa San Miguel, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste, parcela identificada con el número 69. Mide 1.500,00 metros cuadrados, para darle un Uso de Zona de Alojamiento Turístico. Sus linderos son: Norte, Zona Restringida de la ZMT (lote 112), sur, calle pública; este, Zona Restringida de la ZMT (lote 70), oeste, Zona Restringida de la ZMT (lote 68). Se concede a los interesados un plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de ésta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la Municipalidad ante la oficina del Alcalde Municipal. El opositor debe identificarse debidamente.—Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Departamento de Zona Marítimo Terrestre.—Jokcuan Aju Altamirano, Encargado.—1 vez.—( IN2016035687 ).

Cornelia Hoffmeister Marquardt, divorciada, empresaria, con cédula de residencia número 127600015815, vecina de los Ángeles de Nandayure, 800 metros norte de la Iglesia Católica, Nandayure, Guanacaste. Con base en la Ley de Zona Marítimo Terrestre N° 6043 del 2 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo N° 7841-P de 16 de marzo de 1977; solicitan en concesión un terreno localizado en Playa Coyote, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure de la provincia de Guanacaste, parcela identificada con el número 16. Mide 2.000,00 metros cuadrados, para darle un uso residencial turístico. Sus linderos son: norte: calle pública, sur: zona restringida de la ZMT (zona verde), este: Zona Restringida de la ZMT (lote 15), oeste: calle pública. Se concede a los interesados un plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de ésta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la municipalidad ante la oficina del alcalde municipal. El opositor debe identificarse debidamente.

Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Jokcuan Aju Altamirano, Encargado.—1 vez.—( IN2016035688 ).

AVISOS

CONVOCATORIAS

COLEGIO DE FARMACÉUTICOS DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica convoca a todos los miembros activos del Colegio, a la asamblea general extraordinaria que se celebrará el lunes 18 de julio del 2016, a las 19:00 horas en la sede del Colegio, para tratar la siguiente agenda:

    Elección, juramentación y toma de posesión del Tribunal Electoral para el período 2016-2018.

    Conocimiento, aprobar o improbar el Reglamento para Prevenir, Investigar y Sancionar el Hostigamiento Sexual en el Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica.

    Reforma al Reglamento de Especialidades Farmacéuticas.

    Declarar en firme los acuerdos tomados en esta Asamblea General

San José, 27 de junio del 2016.—Dr. Marko Ivankovich Guillén, Presidente.—Dra. María Haydeé Acuña Delcore, Secretaria.—Dra. María Lorena Quirós Luque, Directora Ejecutiva.—( IN2016042849 ).            2 v. 2.

TICOTRADE LOGISTIC GROUP S. A.

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL

EXTRAORDINARIA DE SOCIOS

Ticotrade Logistic Group S. A., cédula jurídica 3-101-550726. De conformidad con lo establecido en el artículo 158 del Código de Comercio, se convoca a una asamblea general extraordinaria de socios, que se celebrará en las oficinas sociales en Barreal de Heredia, Multicomercial Badén Services, bodega ochenta y cinco el día ocho de agosto de dos mil dieciséis en primera convocatoria y una hora más tarde en segunda convocatoria. El orden del día es el siguiente: a) Modificación de la cláusula quinta del pacto constitutivo, a efecto de incorporar al estatuto social el derecho de preferente de los socios cuando se pretenda la venta de acciones por parte de alguno de los socios y/o el derecho a acrecer de los socios en el mismo supuesto de venta de acciones por parte de algún socio, es decir, el derecho de los socios de adquirir prioritariamente y con exclusión de terceros, de las acciones que se pretendan vender por parte de los otros socios: así como el mecanismo de autorización necesaria, requerida y previa al traspaso de acciones, b) Modificación de la cláusula quinta del estatuto social, a efecto de establecer el mecanismo de fijación del valor de las acciones en caso de venta de las mismas por parte de los socios. Es todo.—Jorge Isaac Lamugue, Presidente.—1 vez.—(IN2016042932 ).

INMOBILIARIA BRISAS DE

HATILLO SOCIEDAD ANÓNIMA

Convocatoria a asamblea general extraordinaria, Inmobiliaria Brisas de Hatillo Sociedad Anónima. El señor Stewart Allen (nombre) Stein (único apellido en razón de su nacionalidad) mayor de edad, soltero, administrador, ciudadano estadounidense, portador del pasaporte de su país número uno cinco ocho cero dos ocho cero cuatro cuatro, con domicilio en Estados Unidos de América, Miami, Florida, en mi condición de administrador con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Inmobiliaria Brisas de Hatillo Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cuatro mil setecientos diecinueve, convoca a sus socios a la asamblea general ordinaria y extraordinaria, a celebrarse en San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, exactamente frente al costado oeste del parque, Edificio Vargas Abogados, primer piso, a las 9:00 horas en primera convocatoria del día cuatro de agosto del 2016. En caso de no existir el quórum necesario, se sesionará en segunda convocatoria una hora después (10:00 horas) para la que fue citada la primera, con el número de socios presentes en donde se analizará el siguiente orden del día: 1. Aumentar el capital social a fin de hacer frente a las obligaciones de la sociedad. 2. Varios, otros temas de importancia y mociones de los socios.—Estados Unidos de América, Miami Florida, 21 de junio del año 2016.—Stewart Allen Stein, Tesorero/Apoderado Generalísimo.—1 vez.—( IN2016043222 ).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

UNIVERSIDAD DE SAN JOSÉ

El suscrito, Lic. Jesús Chacón Morales, Asistente Administrativo de la Rectoría de la Universidad de San José, en atención al Manual de Procedimientos, Proceso de Inscripción de Títulos del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Privada, aprobado en la sesión 440-2001 del 23 de agosto, en su sección de Reposición de Títulos, me permito solicitarle la publicación de tres edictos con el fin de comunicar en el Diario Oficial La Gaceta lo siguiente:

“Ante esta Rectoría, se ha presentado la solicitud de reposición de los siguientes diplomas:

    Licenciatura en Administración de Empresas con Énfasis en Banca y Finanzas, anotado por CONESUP, Asiento 61659 y anotado por USJ tomo: 4, folio: 133, asiento: 15, emitido por la Universidad de San José, en el año dos mil catorce.

    Maestría en Administración de Empresas con Mención en Alta Gerencia, anotado por CONESUP, asiento 48351 y anotado por USJ tomo: 4, folio: 98, asiento: 21, emitido por la Universidad de San José, en el año dos mil catorce.

Ambos diplomadas a nombre de Solís Castro Brayner Gerardo, con número de cédula 111370855. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales, por lo tanto, se pública estos edictos para oír oposiciones a la solicitud.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Jesús Chacón Morales, Asistente Administrativo.—( IN2016033685 ).

UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA

Por medio de la presente la Universidad Latina de Costa Rica, certifica que ante este registro se ha presentado solicitud de reposición del título de Bachillerato en Relaciones Internacionales, emitido por la Universidad Latina de Costa Rica a nombre de Karla Isabel Gutiérrez Valverde, cédula N° 303800584, inscrito en el libro de la universidad en el tomo IV, folio 447, asiento 23235. Se solicita la reposición, por motivo que el estudiante extravió el original del título. Se publica éste edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial. Se extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar de la fecha.—San José, 26 de mayo del 2016.—Departamento de Registro.—Neda Blanco López, Directora.—( IN2016035839 ).

UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA DE CIENCIA

Y TECNOLOGÍA COSTA RICA

Por este medio me permito solicitarles, se realicen las tres publicaciones que indica la ley, con respecto al extravío del título en el grado y carrera de Maestría en Administración de Empresas con Énfasis en Comercio Internacional, obtenido por Karla Isabel Gutiérrez Valverde, cédula de identidad número tres cero trescientos ochenta cero quinientos ochenta y cuatro, inscrito en el tomo: 6, folio: 417, asiento: 9199, con fecha del 17 de agosto de 2007. Se expide la presente solicitud del (la) interesado(a) y para efectos de solicitud de reposición, a los dos días del mes de junio de dos mil dieciséis.—Departamento de Registro.—Andrea Chavarría Vargas.—( IN2016035840 ).

SCOTIABANK DE COSTA RICA

SUCURSAL EN SABANA

A continuación le detalla la forma en que debe aparecer, en el diario oficial La Gaceta, la denuncia por extravío de un certificado de depósito a plazo emitido por nuestra institución: “Para efecto de los artículos número 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Cristian Sibaja Villalobos, portador de la cédula de identidad número 1-0799-0889 ha solicitado la reposición del certificado de inversión número 11000090028 por un monto de $2.699.35, dos mil seiscientos noventa y nueve dólares con treinta y cinco, con fecha de emisión el veinte cinco de octubre del dos mil diez que venció el 25 de octubre del dos mil once. Dicho certificado está siendo reportado como extraviado por nuestro cliente” Se extiende la presente, a solicitud del interesado a los 16 días del mes de mayo de 2016.—David Abarca Sánchez, Subgerente de Soporte y Servicio.—( IN2016036460 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

CORPORACIÓN ARROCERA COSTA RICA S. A.

Gerardo Díaz Alvarado, mayor, casado una vez, vecino de Heredia, contador público, cédula 1-0446-0285, en representación de Corporación Arrocera Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-046884, ha solicitado la reposición del certificado que ampara la cantidad de seis acciones a nombre de Instituto de Investigación de Arroz S. A., por haberse extraviado. Se publica este aviso para efectos del artículo 689 del Código de Comercio.—Gerardo Díaz Alvarado, Contador Público.—( IN2016034621 ).

GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora Geidy Moreno Villagra, cédula Nº 503020311, ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de su certificado CII Nº 113-302-803301251962 por ¢250.000,00 y con fecha de vencimiento del 23 de abril del 2013.—Alajuela, 19 de mayo del 2016.—Centro de Negocios Liberia.—Rodolfo Quirós Quirós, Gerente.—( IN2016034979 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

CORPORACIÓN E INVERSIONES ALMO

DE CENTROAMÉRICA S. A.

Corporación e Inversiones Almo de Centroamérica S. A., cédula jurídica número 3-101-180999, está tramitando la reposición de los libros legales ante el Registro Público. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la sociedad al fax 22311489 y ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.—San José, 24 de mayo del 2016.—José Ávarez Schoener, Presidente.—1 vez.—( IN2016034637 ).

INVERSIONES ARROMAR S. A.

Por escritura número 175-17 otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 30 de mayo del 2016, se solicita la reposición de los libros sociales de la sociedad denominada Inversiones Arromar S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos catorce mil novecientos treinta y cinco en razón de que los mismos se encuentran extraviados.—Ciudad Quesada, 30 de mayo del 2016.—Lic. Walter José Jiménez Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016034808 ).

INVERSIONES LUGA DE LOS YOSES

SOCIEDAD ANÓNIMA

Por escritura otorgada ante esta notaría, se solicitó hoy número de legalización de libros por la reposición por extravío de todos los libros sociales de la compañía de este domicilio Inversiones Luga de los Yoses Sociedad Anónima.—San José, 31 de mayo del 2016.—Licda. Ivette González Chan, Notaria.—1 vez.—( IN2016034955 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Al ser las quince horas del once de enero del dos mil dieciséis ante esta notaría, se protocolizó el acta de asambleas general extraordinaria de accionistas celebrada por Las Espigas Doradas de J & M Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-677916, se acuerda cambio de junta directiva y disminución del capital social a catorce acciones.—San Isidro de El General veinticinco de mayo del dos mil dieciséis.—Lic. Víctor Esteban Méndez Zúñiga, Notario.—( IN2016033627 ).

Hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria del 20 de mayo del 2016, de Josaumarod Sociedad Anónima, en donde se procedió a disminuir capital social a diez mil colones y modificar cláusula octava.—San José, 25 de mayo de 2016.—Lic. Marco Fallas del Valle, Notario.—( IN2016033635 ).

Mediante la escritura número dieciséis del tomo 45 de mi protocolo, otorgada ante el suscrito notario, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Loma Alegre L.A. S.A., cédula jurídica número 3-101-302615, mediante la cual se disminuye su capital social.—San José, 2 de mayo de 2016.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo.—( IN2016033733 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura de las 14:00 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de Rocrego del Este S. A., en la que se reforman estatutos.—San José, 20 de mayo de 2016.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—( IN2016034693 ).

Ante estas notarías se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada: S Y T Consulting Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y un mil quinientos noventa y seis, nombrándose presidente, secretario, tesorero y fiscal, además se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo. Licenciados Wiliiam Gerardo Parra Mora y Christian Eduardo Obando Vargas. Notarios Públicos.—San José, 4 de junio del 2016.—Lic. Wiliiam Gerardo Parra Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016036587 ).

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN REGIÓN CENTRAL DE SUCURSALES

SUCURSAL DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA

EDICTO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La suscrita Licenciada Ana Guadalupe Vargas Martínez, Administradora de la Sucursal de Santo Domingo de Heredia, Caja Costarricense de Seguro Social, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. A continuación se detallan por nombre de los patronos y trabajadores independientes, número patronal y el monto de la deuda al 25 de mayo del 2016. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.

PATRONOS

Seguridad Jarquín Ponce JSP S. A. 3101566296 ¢281.943.00, Retana Rojas Roger 105440883 ¢l.621.042. El Trueno De La Montaña S.A. 3101394006, ¢48,996.00, Sánchez Jiménez Edwin 601260192 ¢31.200,00, Finanzas y Negocios Punto Com S.A 3 101333114 ¢238.564.00, Lizano Noindicaotro Karla 7-2710098636 ¢156.303.00, Tarimas Industriales Eli S. A. 3 101232487 ¢1.260.034.00, Quirós Acuña Catia 108890405 ¢180.228.00. Salas Mena Alexander 401500217 ¢1.227.941.00, Cristian Prado Ocampo 401640442 ¢451.901.00, Arroyo Arroyo Franklin 204870851 ¢1.005.357,00, Inversiones del Oeste Cálido S. A., 3101411234 ¢337.248.00, Novedades Agrícolas Costa Rica S. A., 3101542840 ¢2.734.152.00, M & H Abogados y Consultores S. A., 3101700240 ¢88.888.00, Inversiones Jardines Encantados del Norte S. A. 3101291151 ¢108.444.00, Momentos Texanos S. A. 3101643199 ¢478.234.00, QB Soluciones Intergrales de Oficina S. A., 3 101459577 ¢2.540.658.00, Importadora de Papel Impasa S. A., 3101487946 ¢9.327.124.00, Sánchez Benavides Orlando 109140211 ¢837.817.00, Hyundai Maquinaria Pesada Hymsa S. A. 3101577730 ¢5.829.643.00, International Power Partnes S.R.L 3102678008 ¢21.676.424.00, Cristian Prado Ocampo 401640442 ¢452.215.00,

TRABAJADORES INDEPENDIENTES

Mata Mora Gerardo 106200532 ¢3.068.936, Duarte Gonzalez Kennet ¢2.164.036.00, Arce Barquero Juan Carlos 107480881 ¢3028313.00, Azofeifa Sojo José Armando 112350562 ¢3.094.298.00, Brenes Calderón José Fco 107460281 ¢2.537.692.00, Gutiérrez Solano Yamileth 112090434 ¢2.370.439.00. Henríquez Alfaro Edwin 7-1800101386 ¢2.525.295.00, Lazo Ruiz Jimmy 7-1730101295 ¢1.396.441.00, Matamoros Mata Magaly 401540510 ¢3.684.124.00, Méndez Rojas Roy 111200867 ¢2.967.737.00, Montoya Brenes Luis 107160211 ¢2.588,405.00, Mora Rodríguez Ronald 401150915 ¢2.757.057.00, Mora Salas Roberto 401690340 ¢1.397.559.00, Ortega Jiménez Marco 105710922 ¢2.306.261.00, Pérez Rodríguez Fernando 108090885 ¢3.836.108.00, Rechnitzer Mora German 107450637 ¢2.466.690.00, Rodríguez Pérez Luis 106100938 ¢695.272.00, Rojas Fernández Urbano 202790747 ¢2.109.853.00, Rojas Mora Cristian 401 850727 ¢1.639.890.00, Roush No indica otro William 7-1600099549 ¢4.159.951,00. Salazar González Luis 203380974 ¢1.934.730.00, Rodríguez Ureña Carlos 107270369 ¢2.498.989.00, YI No indica otro He 7-1690101081 ¢3.295.646.00. Vásquez Rojas José 202751048 ¢2.904.207.00, Valdivia Rivera Freddy 7-18218255 ¢4.601.458.00, Taborda Arias Marco 107880115 ¢856.150.00.

Licda. Ana Guadalupe Vargas Martínez, Jefa.—( IN2016034061 ).

El Administrador de la Sucursal de la CCSS en Palmar Norte, por no ser posible la notificación en su domicilio, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los Patronos incluidos seguidamente, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública, se le concede 5 días hábiles para normalizar su situación, caso contrario el adeudo queda firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la Vía Civil como Penal. Se detalla nombre, número patronal y el monto adeudado:

Bananera Boruca S. A. 2-03101108741-001-001, ¢8.119.627,43

Lic. Fulvio Alvarado Agüero, Administrador..—( IN2016034157 ).

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA MUNICIPAL

La Municipalidad de Parrita informa que mediante Acuerdo Municipal N° 09 de la sesión ordinaria N° 038-2016 se ha hecho una corrección al artículo N° 05, inciso 4) del Reglamento Interno de Proveeduría de la Municipalidad de Parrita, publicado en el Alcance Digital N° 89 del Diario Oficial La Gaceta del jueves 02 de junio de 2016, quedando de la siguiente forma: “Rendir, dentro del plazo que la Proveeduría le señale, los dictámenes técnicos recomendantes con relación a la admisibilidad de las ofertas participantes en el concurso así como aplicar el Sistema de Evaluación de Ofertas establecido en el cartel cuando este sea diferente al precio, y emitir una recomendación de adjudicación.” Es todo.—Departamento de Proveeduría—Lic. Alonso Salas Amador, Proveedor.—1 vez.—( IN2016042983 ).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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