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PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

N° 930-P

7 de Junio de 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo que establece el artículo 26 inciso b) de la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 1º—Modificar los artículos I, II, III y VI del Acuerdo N° 836-P, de fecha 1° de marzo de 2017, para que se lean de la siguiente manera:

ACUERDA:

“Artículo I.—Designar al señor Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior, portador de la cédula de identidad número 1-0617-0691 para que viaje a París, Francia y a Ginebra, Suiza del 07 al 14 de marzo de 2017, partiendo a las 14:31 horas del 07 de marzo y regresando a las 09:25 horas del 14 de marzo de 2017, para participar en las siguientes actividades: En París, Francia del 08 al 10 de marzo en la primera presentación asociada a la evaluación de las políticas de inversión del país y en la sesión de trabajo y coordinación preparatoria, con el objeto de contribuir a los esfuerzos de promoción de los objetivos de la agenda de comercio e inversión costarricense orientados a reforzar las políticas públicas nacionales, a través de la participación en este organismo y de la eventual incorporación como país miembro de la OCDE -en una etapa crucial del proceso de adhesión-, fortaleciendo la alianza con los países miembros y la Secretaría de la organización, y el conocimiento que en su seno se tiene de experiencias exitosas con las que Costa Rica puede contribuir a su trabajo. Las reuniones se realizarán del 6 al 10 de marzo, sin embargo, el señor Ministro se estará integrando a ellas a partir del 8 de marzo de 2017. Durante su estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) liderar la presentación que realizará la delegación costarricense en la reunión del Comité de Inversión, sobre temas claves en el marco de la Evaluación de Políticas de Inversión que este lleva a cabo en el marco del proceso de adhesión; 2) proporcionar información a los miembros sobre consultas que surjan en tomo a los temas presentados y su coherencia con los instrumentos de la organización a cargo de esta agrupación, con miras a identificar potenciales desafíos u oportunidades de mejora a partir de las buenas prácticas existentes y las experiencias de los países en la definición e implementación de políticas públicas específicas en esta área; 3) contribuir en la discusión, análisis y reflexión de las temáticas de estos foros, recogiendo elementos de las experiencias de los participantes que puedan resultar valiosas en el desarrollo interno de políticas públicas dirigidas a potenciar estos temas en Costa Rica y 4) aprovechar la ocasión para fortalecer la red de contactos que se ha establecido con los países miembros de la OCDE y reforzar el interés del país en continuar profundizando y mejorando su participación en la OCDE, con miras a la adhesión. A su llegada a París, Francia el 08 de marzo de 2017, deberá atender una reunión de trabajo de preparación con autoridades de la OCDE. Su traslado de París, Francia a Ginebra, Suiza, se llevará a cabo vía tren el 12 de marzo de 2017, dado que deberá permanecer en París durante los días 11 y 12 de marzo para atender las actividades programadas por funcionarios de la OCDE en esas fechas. En Ginebra, Suiza el 13 de marzo de 2017, participará en el Seminario sobre Pagos Electrónicos e Inclusión Financiera organizado por el Grupo de Amigos del Comercio Electrónico para el Desarrollo en la Organización Mundial del Comercio (OMC). Durante su estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) ejercer la representación activa de Costa Rica como miembro del Grupo de Amigos del Comercio Electrónico para el Desarrollo; 2) participar como expositor en el panel de alto nivel que abrirá el seminario sobre comercio electrónico con énfasis en pagos electrónicos e inclusión financiera y 3) participar en las diferentes discusiones que surjan de las presentaciones de los expertos que participarán en el seminario; y así contribuir a la discusión, análisis y reflexión de las temáticas de pagos electrónicos e inclusión financiera.

Artículo II.—Los gastos de viaje del señor Ministro por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del programa 792; por un monto de $2.223,28 (dos mil doscientos veintitrés dólares con veintiocho centavos). El transporte aéreo de ida y de regreso, será cubierto con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa y el transporte terrestre en Costa Rica, en París, Francia y en Ginebra, Suiza, por la subpartida 10501 del programa 792. Además, el transporte vía tren de París, Francia a Ginebra, Suiza del 12 de marzo de 2017, también será cubierto con recursos de COMEX por la subpartida 10503 del programa 792. El seguro viajero, por la subpartida 10601 del programa 796. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como para que se le aplique diferencia de hospedaje, en el evento de que proceda, pago de gastos de representación ocasionales en el exterior y reconocimiento de gastos conexos por compra de material bibliográfico, según los artículos 41, 48 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. Además, para hacer escala en Panamá, en Frankfurt, Alemania, en Londres, Inglaterra y en Bogotá, Colombia, por conexión. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino, viaja a partir del 07 de marzo. Por problemas climatológicos en Estados Unidos, específicamente por las fuertes nevadas, el funcionario debió variar el itinerario de regreso para no pasar por Estados Unidos, retornando a Costa Rica el día 14 de marzo del 2017. Los días 11 y 12 de marzo corresponden a fin de semana.

Artículo III.—En tanto dure la ausencia se nombra como Ministro a. í. al señor Jhon Fonseca Ordóñez, Viceministro de Comercio Exterior, a partir de las 14:31 horas del 07 de marzo hasta las 09:25 horas del 14 de marzo de 2017.

Artículo VI.—Rige desde las 14:31 horas del 07 de marzo hasta las 09:25 horas del 14 de marzo de 2017.

Artículo 2º—En lo no expresamente modificado, el resto del Acuerdo N° 836-P se mantiene igual.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los siete días del mes de junio del dos mil diecisiete.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N° 3400030803.—Solicitud N° 14996.—( IN2017155153 ).

N° 931-P

21 de abril de 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo que establecen los artículos 139 inciso 1) de la Constitución Política; y 47 inciso 3 de la Ley General de la Administración Pública y el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que las gestiones de promoción y consolidación del posicionamiento de Costa Rica en la economía internacional, orientadas a propiciar el desarrollo y con ello, mejorar las condiciones de vida de los habitantes de la nación, son un pilar central de la gestión del sector comercio exterior. El Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) como ente rector, es el órgano responsable de definir y dirigir la política comercial externa y de inversión del país, promoviendo una vinculación global exitosa, la apertura de mercados internacionales, el apoyo a la ampliación, diversificación y sofisticación de la oferta exportable nacional y con ello la integración en las cadenas globales de valor y la atracción de inversión, todo ello con incidencia positiva en el crecimiento socioeconómico.

II.—Que como una acción prioritaria para mejorar la atracción de inversionistas a Costa Rica, fomentar comercio regional, mejorar la atención a los exportadores costarricenses interesados en el mercado local y lograr mayor posicionamiento de las posibilidades que ofrece Costa Rica, así como los productos y servicios costarricense, conjuntamente con la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER) y la Coalición Costarricense de Iniciativas de Desarrollo (CINDE), se brindará asesoría y apoyo en tales materias a la delegación oficial que acompañará al señor Presidente de la República a su visita a España, a Reino de los Países Bajos y a Reino Unido.

ACUERDA:

Artículo I.—Designar al señor Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior, portador de la cédula de identidad número 1-0617-0691 para que viaje a Madrid, España, a Amsterdam, Reino de los Países Bajos y a Londres, Reino Unido, partiendo a las 10:15 horas del 06 de mayo y regresando a las 09:25 horas del 13 de mayo de 2017, como parte de la delegación oficial que acompañará al Presidente de la República en la visita indicada, para brindar la asesoría necesaria en las reuniones organizadas para estrechar alianzas con círculos empresariales, con miras a fortalecer la posición de Costa Rica como destino de inversión, así como en reuniones oficiales en temas relacionados con el comercio exterior. Durante su estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) Participar en reuniones bilaterales programadas con inversionistas potenciales y existentes para: (i) Reforzar el posicionamiento de Costa Rica como destino de inversión; y (ii) Explorar oportunidades para atraer nuevos proyectos hacia el país -que contribuyan a generar más empleo y transferencia de conocimiento, dialogando sobre las ventajas que se ofrecen, e intercambiando puntos de vista sobre acciones que contribuirían a fomentar un clima de negocios aún más propicio para el desarrollo; 2) Participar en encuentros empresariales organizados por PROCOMER, para promocionar la imagen de Costa Rica corno destino atractivo para el establecimiento de proyectos de inversión -dentro y fuera del Gran Área Metropolitana-; 3) Participar como parte de la delegación oficial en reuniones con las autoridades de gobierno de dichos países, con el objetivo de impulsar la agenda de comercio e inversión con ellos y explorar formas de potenciar la relación bilateral; 4) Apoyar, asesorar y recomendar al Presidente Luis Guillermo Solís en temas relacionados con la agenda de comercio exterior, a fin de fortalecer la relación bilateral entre Costa Rica y España, Reino de los Países Bajos y Reino Unido; y 5) En Reino Unido para darle seguimiento a reuniones que se llevaron a cabo durante la visita Presidencial que tuvo lugar entre el 22 al 25 de mayo de 2016.

Artículo II.—Los gastos del viaje del señor Ministro por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje serán cubiertos con recursos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del programa 792; el adelanto por ese concepto asciende a $1.809,60 (mil ochocientos nueve dólares con sesenta centavos), sujeto a liquidación. El transporte aéreo de ida y de regreso, será cubierto con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. El transporte terrestre en Costa Rica, en Madrid, España, en Amsterdam, Reino de los Países Bajos y en Londres, Reino Unido, será cubierto con recursos de COMEX de la subpartida 10501 del programa 792. El seguro viajero, por la subpartida 10601 del programa 796. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como para que se le aplique diferencia de hospedaje, en el evento de que proceda, pago de gastos de representación ocasionales en el exterior y reconocimiento de gastos conexos por compra de material bibliográfico, según los artículos 41, 48 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. Además, para hacer escala en Bogotá, Colombia, por conexión. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 06 de mayo y regresa a Costa Rica hasta el 13 de mayo del 2017. El 06, 07 y 13 de mayo corresponden a fin de semana.

Artículo III.—En tanto dure la ausencia se nombra como Ministro a. í. al señor Jhon Fonseca Ordóñez, Viceministro de Comercio Exterior, a partir de las 10:15 horas del 06 de mayo hasta las 09:25 horas del 13 de mayo de 2017.

Artículo IV.—El señor Ministro rendirá un informe ejecutivo a su superior jerárquico en un plazo no mayor a ocho días naturales, contados a partir de su regreso, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo V.—El funcionario no hará uso de las millas que pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.

Artículo VI.—Rige desde las 10:15 horas del 06 de mayo hasta las 09:25 horas del 13 de mayo de 2017.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiún días del mes de abril de dos mil diecisiete.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N° 3400030803.—Solicitud N° 14996.—( IN2017155154 ).

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

N° 089-2017.—20 de marzo de 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1, 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; así como el artículo 4 inciso c) del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que el gobierno ha venido trabajando con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) desde el 2009, con el objetivo de llegar a ser miembro de la organización y mejorar la calidad de las políticas públicas. De conformidad con el Decreto N° 37983-COMEX-MP, del 09 de setiembre del 2013, se declararon de interés público las acciones, actividades e iniciativas desarrolladas en el marco del proceso de ingreso de Costa Rica a la OCDE y se designó a COMEX como coordinador del proceso por parte del Poder Ejecutivo. Esta declaratoria comprende todas las actividades preparatorias relacionadas con la organización, promoción, impulso y apoyo de dicho proceso. Asimismo, el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 incluye como meta prioritaria, el fortalecimiento de políticas públicas a través del ingreso de Costa Rica a la OCDE.

II.—Que a partir de la Decisión Ministerial de la OCDE de mayo de 2013 y hasta el 2015, el Gobierno de Costa Rica llevó a cabo un plan de acción que contribuyó con el fin de ampliar sus vínculos con la OCDE, como resultado se obtuvo una invitación formal para iniciar un proceso de adhesión el 09 de abril de 2015, por parte del Consejo Ministerial de la OCDE. Posteriormente, en julio de 2015, el Consejo de Ministros de la OCDE emitió la hoja de ruta del proceso de adhesión de Costa Rica, con el objetivo de guiar este proceso. El proceso de ingreso incluye la realización de 22 evaluaciones por parte de comités técnicos de la OCDE en las siguientes áreas: inversión, anticorrupción, gobierno corporativo, mercados financieros, seguros y pensiones privadas, competencia, asuntos fiscales, ambiente, químicos, gobernanza pública, política regulatoria, estadísticas, economía y desarrollo educación, empleo, trabajo y asuntos sociales, salud, comercio y créditos a la exportación, agricultura, pesca, políticas científicas y tecnológicas, economía digital y consumidor.

III.—Que estos comités técnicos se reúnen regularmente de dos a cuatro veces al año en la sede de la OCDE en París Francia. También realizan periódicamente reuniones ministeriales, foros, talleres y otros eventos en la sede de la OCDE y en diferentes países miembros para informar sobre avances y nuevas tendencias, así como para obtener retroalimentación y dirección estratégica al trabajo que realizan en su respectiva área. En el marco del proceso de ingreso de Costa Rica a la OCDE, es fundamental la participación de representantes del país en las reuniones de los comités y grupos de trabajo de dicha entidad, en particular en los temas de los comités que evaluarán al país en el proceso de acceso.

IV.—Que bajo este contexto, los días 06 y 07 de abril de 2017, en la sede de la OCDE en París, Francia, se llevará a cabo la 21a sesión del Comité de Política Educativa de la OCDE, con el fin de ir generando un posicionamiento país en temas de educación dentro de las políticas públicas. Durante el evento se desarrollarán los siguientes temas: i) educación indígena; ii) indicadores educativos; iii) pruebas PISA (por sus siglas en inglés correspondientes al Programa Internacional para la Evaluación de Estudiantes); y iv) la primera presentación del informe país sobre educación.

V.—Que es de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior y el Gobierno de la República la participación en tal evento del funcionario designado por el Ministerio de Educación Pública para consolidar el proceso formal de adhesión del país a la OCDE. Asimismo, se considera una excelente oportunidad para conocer de primera mano lo más reciente en la materia, y de esta manera, orientar el fortalecimiento de la educación pública de nuestro país. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Designar al señor Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, portador de la cédula de identidad número 4-0101-1074, Viceministro de Planificación Institucional y Coordinación Regional del Ministerio de Educación Pública, para integrar la delegación oficial compuesta por el Ministerio de Educación Pública y el Ministerio de Comercio Exterior para participar en la 21a sesión del Comité de Política Educativa de la OCDE, que se llevará a cabo los días 06 y 07 de abril de 2017, en la sede de la OCDE en París, Francia. La importancia de su participación radica en que el Ministerio de Educación Pública ha participado activamente en el proceso de adhesión a la OCDE, para ello se ha conformado un equipo de trabajo en el cual el señor Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez es miembro y cuenta con los conocimientos que se han generado en las diferentes etapas, en el tema de educación. Durante su estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) participar en la 21a sesión del Comité de Política Educativa donde se llevará a cabo la discusión de adhesión de Costa Rica en este Comité y en el cual el país presentará el estado de situación, desafíos y planes para atender los retos de la política educativa en el país; 2) contribuir en la discusión, análisis y reflexión sobre la situación de Costa Rica y sus desafíos en los temas objeto de la discusión de adhesión del Comité de Política Educativa; 3) aprovechar el diálogo e intercambio de experiencias que tendrá lugar en las reuniones para mejorar el aprovechamiento de los instrumentos asociados con temas de educación, así como las buenas prácticas existentes en la materia; 4) contribuir en la discusión, análisis y reflexión de las temáticas de la sesión, recogiendo elementos de las experiencias de los participantes que puedan resultar valiosas en el desarrollo interno de políticas públicas dirigidas a potenciar la educación; y 5) aprovechar la ocasión para fortalecer la red de contactos que se ha establecido con los países miembros de la OCDE y reforzar el interés del país en continuar profundizando y mejorando su participación en la OCDE, con miras a la adhesión.

Artículo 2º—Los gastos del señor Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y de hospedaje, a saber $1.155,12 (mil ciento cincuenta y cinco dólares con doce centavos) sujeto a liquidación, se asumirán con recursos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. El transporte aéreo y el transporte terrestre en Costa Rica y en París, Francia, serán financiados también por COMEX, por la subpartida 10501 y 10503 del mismo programa. El seguro viajero del señor Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, será cubierto con recursos propios. Se le autoriza para hacer escala en Atlanta, Estados Unidos de América, por conexión. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 04 de abril y regresa a Costa Rica hasta el 08 de abril de 2017. El 08 de abril corresponde a fin de semana.

Artículo 3º—El funcionario no hará uso de las millas que pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.

Artículo 4º—A su regreso el funcionario rendirá un informe ejecutivo a su superior jerárquico, dentro del plazo estipulado en la entidad a la que presta sus servicios.

Artículo 5º—Rige del 04 al 08 de abril de 2017

Dado en la Presidencia de la República, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—El Ministro de Comercio Exterior a. í., Jhon Fonseca Ordóñez.—1 vez.—O. C. Nº 3400030803.—Solicitud Nº 14995.—( IN2017155144 ).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

Nº 001-2017

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley N° 9341, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y

Considerando:

Artículo 1º—Modificar el Artículo Primero, Segundo y Cuarto del Acuerdo de Viaje número 597-2016, de fecha ocho de noviembre de 2016, para que se lea de la siguiente manera:

Artículo Primero: Designar a la señora Gabriela Castro Mora, cédula número 1-0916-0263, Directora de Inversión y Cooperación, para viajar a Toronto, Ottawa, Canadá, del 14 al 18 de noviembre de 2016 como parte de la delegación oficial que viajará a ese país para estrechar alianzas con círculos empresariales, con miras a promover y maximizar los flujos comerciales y de inversión, participando de la agenda programada como parte de la delegación oficial designada al efecto. Durante su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos específicos: asesorar al Ministro durante las siguientes actividades: 1) sostener encuentros con grupos de empresarios con el fin de promocionar la imagen de Costa Rica como destino atractivo para el establecimiento de proyectos de inversión, dentro y fuera del Gran Área Metropolitana, y como fuente de una canasta de bienes y servicios de exportación de clase mundial que, aprovechando la plataforma-país, podría contribuir a potenciar las oportunidades de crecimiento en el mercado global; 2) sostener reuniones bilaterales con inversionistas potenciales y existentes, con el propósito de (i) reforzar el posicionamiento de Costa Rica como destino de inversión; 00 explorar oportunidades para atraer nuevos proyectos hacia el país, que contribuyan a generar más empleo y transferencia de conocimiento; (iii) dialogar sobre las ventajas y condiciones que se ofrecen para desempeñar negocios globales; e (iv) intercambiar puntos de vista sobre acciones que contribuirían a fomentar un clima de negocios aún más propicio para impulsar el desarrollo; 3) representar a Costa Rica en la Cumbre Aeroespacial, contribuyendo en la discusión, análisis y reflexión de las temáticas del foro y recogiendo elementos de las experiencias de los participantes que puedan resultar valiosas en el desarrollo interno de políticas públicas dirigidas a potenciar el tema; y aprovechar la presencia de líderes globales en el sector para fortalecer la red de contactos en este sector estratégico; y 4) sostener reuniones con autoridades del Gobierno de Canadá, con el objetivo de impulsar la agenda de comercio e inversión entre ambos países y explorar formas de potenciar la relación bilateral. Se requiere que la funcionaria este en Santa Ana California, Estados Unidos, a partir del lunes 07 de noviembre, pues las reuniones inician a primera hora del día 08 y los preparativos de las reuniones de toda la Comitiva requieren estar listos para ese momento.

Artículo Segundo: Cubrir los gastos de la señora Gabriela Castro Mora por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber US$990,28 (novecientos noventa dólares con veintiocho centavos), con recursos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) de la subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 796. El transporte aéreo será cubierto con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. El transporte terrestre en Costa Rica, en Toronto y en Otawa, Canadá, será cubierto con recursos de la subpartida 10501; el seguro médico viajero, con recursos de la subpartida 10601, ambos del programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, con recursos de la subpartida 10504 del programa 796. Participará en calidad de Asesora del Ministro del 14 al 16 de noviembre de 2016. Se le autoriza para hacer escala en Houston y en Newark, Estados Unidos de América, por conexión. Además, se autoriza el uso de la firma digital para la suscripción de documentos en trámites bajo su competencia. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo hacia el lugar de destino, viaja a partir del 14 de noviembre de 2016. Debido a un cambio de la aerolínea en el vuelo de ‘OSE 00 regreso, el retomo a Costa Rica se realizó el 18 de noviembre de 2016, por lo que la funcionaria debió permanecer la noche del 17 de noviembre en Newark, Estados Unidos y la Aerolínea cubrió el costo del hospedaje y la alimentación será cubierta con recursos de COMEX.

Artículo Cuarto: Rige a partir del 14 al 18 de noviembre de 2016.”

San José, a los dos días del mes de enero del dos mil diecisiete.

Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.— 1 vez.—O. C. Nº 3400030803.—Solicitud Nº 14995.—( IN2017155143 ).

Nº 109-2017

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley N’ 9411, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 12 de diciembre de 2016, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2017 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y

Considerando

I.—Que Costa Rica aspira a alcanzar mayores niveles de desarrollo y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) es una herramienta adecuada para apoyarnos y guiamos en ese proceso, ya que está orientada a promover las mejores políticas públicas para mejorar la calidad de vida de las personas. El Gobierno ha venido trabajando con la OCDE desde 2009 con el objetivo de llegar a ser miembro de la organización y mejorar la calidad de las políticas públicas. De conformidad con el Decreto Nº 37983-COMEX-MP del 9 de setiembre 2013, se declararon de interés público las acciones actividades e iniciativas desarrolladas en el marco del proceso de ingreso de Costa Rica a la OCDE. Esta declaratoria comprende todas las actividades preparatorias relacionadas con la organización, promoción, impulso y apoyo de dicho proceso. Asimismo, el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 incluye como meta prioritaria, el fortalecimiento de políticas públicas a través del ingreso de Costa Rica a la OCDE.

II.—Que a partir de la Decisión Ministerial de la OCDE de mayo de 2013, el Gobierno de Costa Rica preparó un plan de acción que contribuyó a ampliar sus vínculos con la OCDE, resultando en la invitación formal para iniciar un proceso de adhesión en 2015. El pasado 8 de abril Costa Rica fue invitada a iniciar su proceso de adhesión por parte del Consejo de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos, con miras a ser miembro de la OCDE.

III.—Que bajo este marco, el señor Alejandro José Patiño Cruz, viajará a París Francia para participar en reuniones de coordinación interna inter-institucional, de cara a atender los compromisos en el proceso de adhesión de Costa Rica a la OCDE, tales como las presentaciones y exámenes que hará Costa Rica durante la semana del 24 al 28 de abril de 2017 en diversos Comités de la OCDE.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Alejandro José Patiño Cruz, portador de la cédula número 3-0380-0377, Enviado Especial a la Misión de Costa Rica en Bruselas, Bélgica para que viaje de Bruselas Bélgica a París Francia del 23 al 28 de abril de 2017, para participar en reuniones de coordinación interna inter-institucional, de cara a atender los compromisos en el proceso de adhesión de Costa Rica a la OCDE, tales como las presentaciones y exámenes que en diversos Comités de la OCDE hará Costa Rica durante la semana del 24 al 28 de abril de 2017. Participará y dará acompañamiento técnico en el Grupo de Trabajo de Empleo Público y Administración, en el Comité de Gobernanza Pública, en el Comité de Comercio, el Comité de Asuntos Financieros y participará en la 4ta reunión de las Organizaciones Internacionales: uniendo fuerzas para hacer la globalización funcionar. Durante su estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) participará en las sesiones del Grupo de Trabajo de Empleo Público; 2) el 25 de abril participará y apoyará técnicamente en la presentación de la revisión de Costa Rica en el Comité de Gobernanza Pública, así como en las sesiones del Comité de Gobernanza Pública de la OCDE; 3) el 26 de abril participará y apoyará técnicamente la presentación del señor Ministro de Comercio Exterior en el Comité de Comercio, así como participar de las sesiones del Comité de Comercio de la OCDE; 4) el 27 de abril 2017 participará y apoyará técnicamente en la presentación de la revisión de Costa Rica en el Comité de Asuntos Financieros; y 5) el 28 de abril 2017 participará en las sesiones de la 4ta reunión de las Organizaciones Internacionales: uniendo fuerzas para hacer la globalización funcionar. El funcionario viajará en el último tren de la noche del día 23, a fin de incorporarse el día 24 de abril a primera hora de la mañana, para dar acompañamiento y participar en la reunión de coordinación programada.

Artículo 2º—Los gastos del señor Alejandro José Patiño Cruz, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber, US$1.333,20 (mil trescientos treinta y tres dólares con veinte centavos) sujeto a liquidación, serán cubiertos con recursos de la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER). Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior. El transporte terrestre también será financiado por la Promotora.

Artículo 3º—Rige del 23 al 28 de abril del 2017.

San José, a los veintiún días del mes de abril del dos mil diecisiete.

Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.— 1 vez.—O. C. Nº 3400030803.—Solicitud Nº 14995.—( IN2017155146 ).

N° 125-2017

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley N° 9411, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 12 de diciembre de 2016, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2017 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y

Considerando:

I.—Que el Programa de Integración Fronteriza de Costa Rica (PIF), proyecto para el cual el Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) ha sido designado como organismo ejecutor, es una iniciativa impulsada por el Gobierno de la República para la modernización de los puestos fronterizos terrestres del país, e incluye el desarrollo de infraestructura y la dotación de equipos de control, la optimización de los procedimientos fronterizos y la renovación e implementación de sistemas informáticos interinstitucionales. Lo anterior, con el fin de establecer esquemas operativos más ágiles y efectivos para la atención de los flujos de comercio exterior.

II.—Que en este marco, COMEX con apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), está llevando a cabo una serie de labores preparatorias, en aras de lograr una pronta ejecución del proyecto, una vez que se apruebe la respectiva ley en la Asamblea Legislativa (expediente N° 20.012). En este sentido, un equipo de consultores contratados por el BID realizará un levantamiento de procesos y de los requerimientos en términos de infraestructura de cada una de las instituciones.

III.—Que cabe resaltar que Programa de Integración Fronteriza de Costa Rica (PIF), contempla para el caso específico de la frontera con Panamá, la implementación del modelo de Gestión Coordinada de Fronteras, en virtud del cual Panamá y Costa Rica ejecutarán conjuntamente los controles de los flujos de mercancías, personas y vehículos que salen e ingresan a ambos países. El Programa de Integración Fronteriza de Costa Rica (PIF), contempla para el caso específico de la frontera con Panamá, la implementación del modelo de Gestión Coordinada de Fronteras, en virtud del cual Panamá y Costa Rica ejecutarán conjuntamente los controles de los flujos de mercancías, personas y vehículos que salen e ingresan a ambos países. Por lo anterior, los consultores y el equipo de COMEX, deberán hacer recorridos y reuniones en ambos lados de la frontera en cada una de las aduanas, a saber: Paso Canoas, Sixaola y Sabalito en Costa Rica y Paso Canoas, Guabito y Río Sereno en Panamá, evento programado del 09 al 12 de mayo de 2017.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a los siguientes funcionarios para apoyar la primera misión del equipo de consultores del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), designado para el levantamiento de requerimientos de los pasos de frontera necesarios para los diseños definitivos de estos, en el marco del Programa de Integración Fronteriza de Costa Rica del 09 al 12 de mayo de 2017:

Señor Roberto Gamboa Chaverri, portador de la cédula de identidad número 4-0131-0424, de la Dirección de Asesoría Legal, señora Gabriela María Barrientos Hernández, portadora de la cédula número 03-0450-0723 y señora Gabriela Díaz Vega, portadora de la cedula de identidad número 1-1314-00224 de la Dirección General de Comercio Exterior y el señor Vladimir Ovares Soto, cédula de identidad número 1-0923-0367 de la Dirección Administrativa y Oficialía Mayor, quien será el encargado del traslado vía terrestre de los funcionarios indicados. Durante su estadía procurarán cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) brindar los insumos del PIF necesarios para el levantamiento de requerimientos de los pasos de frontera costarricenses; 2) orientar al equipo de consultores durante los recorridos por los pasos de frontera con Panamá; y 3) coordinación interinstitucional con las agencias fronterizas costarricenses y panameñas.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, para el funcionario Roberto Gamboa Chaverri, a saber $112,32 (ciento doce dólares con treinta y dos centavos), sujeto a liquidación, será costeado con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 792. Para las funcionarias Gabriela María Barrientos Hernández y Gabriela Díaz Vega; así como para el funcionario Vladimir Ovares Soto, $95,52 (noventa y cinco dólares con cincuenta y dos centavos) para cada uno y sujeto a liquidación, serán costeados con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. El transporte terrestre en Costa Rica y en Panamá, será cubierto con recursos de COMEX; el seguro médico viajero también por la subpartida 10601, del programa 796. Por efectos de itinerario y rutas terrestres, viajan a partir del 08 de mayo y regresan el 13 de mayo de 2017.

Artículo 3º—Rige a partir del 08 al 13 de mayo de 2017.

San José, a los tres días del mes de mayo de dos mil diecisiete.

Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 3400030803.—Solicitud Nº 14995.—( IN2017155147 ).

N°-145-2017

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley N° 9411, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 12 de diciembre de 2016, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2017 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y

Considerando:

I.—Que las gestiones de promoción y consolidación del posicionamiento de Costa Rica en la economía internacional, orientadas a propiciar el desarrollo y, con ello, mejorar las condiciones de vida de los habitantes de la nación, son un pilar central de la gestión del sector comercio exterior. Como su ente rector, el Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) es el órgano responsable de definir y dirigir la política comercial externa y de inversión del país, promoviendo una vinculación global exitosa, la apertura de mercados internacionales, el apoyo a la ampliación, diversificación y sofisticación de la oferta exportable nacional y la atracción de inversión, todo ello con incidencia positiva en el crecimiento socioeconómico.

II.—Que propiciar las condiciones adecuadas para alcanzar mayores niveles de desarrollo forma parte inherente del mandato. Una de las acciones estratégicas propuestas por la institución durante el actual gobierno, dentro de este marco, consiste en promover la adhesión de Costa Rica a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), herramienta idónea para promover las mejores políticas públicas para mejorar la calidad de vida de las personas. El Gobierno de la República ha venido trabajando con la OCDE desde el 2009 en procura de llegar a convertirse en miembro y alcanzar, con ello, los objetivos trazados. Las acciones, actividades e iniciativas desarrolladas en el marco de este proceso de ingreso son de interés público, de conformidad con el Decreto N° 37.983-COMEX-MP del 9 de setiembre de 2013. Asimismo, el fortalecimiento de las políticas públicas a través del ingreso de Costa Rica a la OCDE, constituye una meta prioritaria de la gestión gubernamental establecida en el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018. En abril de 2015, el país recibió invitación formal para iniciar su proceso de adhesión. Desde entonces, se vienen ejecutando una serie de tareas que conforman el plan de acción de Costa Rica en dicho proceso. Estas incluyen la participación activa en los comités, grupos, foros u otros identificados y que integran dicho plan.

III.—Que dentro de este marco, el Ministerio ha sido invitado a participar en la 45a reunión del Foro sobre Prácticas Fiscales Perniciosas del Centro sobre Administración y Política Fiscal. En el marco de esta instancia, se conoce y discute sobre los regímenes fiscales especiales de los países. En esta oportunidad, está programado analizar algunos rasgos del régimen de Zonas Francas de Costa Rica (centros de distribución y servicios). El encuentro tendrá lugar en la sede central de la OCDE en París, Francia del 22 al 24 de mayo de 2017. La presencia de funcionarios directamente involucrados en la operativa de las Zonas Francas resulta de la mayor importancia para impulsar objetivos de la agenda de política comercial y de inversión del país y, en especial, el de adherirse a la OCDE.

IV.—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con la participación del funcionario Roberto Gamboa Chaverri, destacado en la Dirección de Asesoría Legal, en el evento citado.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Roberto Gamboa Chaverri, cédula de identidad número 4-0131-0424 de la Dirección de Asesoría Legal, para que participe en la 45a reunión del Foro sobre Prácticas Fiscales Perniciosas del Centro sobre Administración y Política Fiscal de la OCDE, en la que se discutirán temas relacionados con el Régimen de Zonas Francas de Costa Rica, evento que se llevará a cabo del 22 al 24 de mayo de 2017, en la sede central de la OCDE en París, Francia. Durante su estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) representar a Costa Rica en la 45a reunión del Foro sobre Prácticas Fiscales Perniciosas del Centro sobre Administración y Política Fiscal de la OCDE; 2) participar en las discusiones que tendrán lugar durante las reuniones, enfocadas en temas claves como los estándares internacionales para la atención de problemas asociados con la erosión de la base impositiva y su vinculación con temas de inversión, comercio y desarrollo, con el fin de conocer sobre los desafíos y experiencias de los países miembros en la definición e implementación de políticas públicas específicas en estas áreas; 3) aprovechar el diálogo e intercambio de experiencias que tendrá lugar en las reuniones para mejorar el aprovechamiento de instrumentos de la organización relevantes a los asuntos de competencia institucional, así como las buenas prácticas existentes en la materia; 4) contribuir en la discusión, análisis y reflexión de las temáticas de estos foros, recogiendo elementos de las experiencias de los participantes y posicionando la experiencia de Costa Rica; y 5) aprovechar la ocasión para fortalecer la red de contactos que se ha establecido con los países miembros de la OCDE y reforzar el interés del país en continuar profundizando y mejorando su participación en la OCDE, con miras a la adhesión. Se autoriza al funcionario Roberto Gamboa Chaverri, el uso de la firma digital para la suscripción de documentos en trámites bajo su competencia.

Artículo 2º—Cubrir los gastos del viaje oficial del señor Roberto Gamboa Chaverri, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación, a saber $1.424,00 (mil cuatrocientos veinticuatro dólares), sujeto a liquidación con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 792. El transporte aéreo y el transporte terrestre en Costa Rica yen París, Francia, serán financiados por las mismas subpartidas y por el mismo programa. Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la subpartida 10504 del programa 792. El seguro médico viajero por la subpartida 10601 del programa 796. Se le autoriza hacer escala en Panamá por conexión. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo viaja a partir del 20 de mayo de 2017. El señor Roberto Gamboa Chaverri iniciará viaje personal del 26 al 29 de mayo, de forma tal, que todos los gastos en que incurra en esas fechas serán cubiertos con fondos propios. Los días 20, 21, 27 y 28 de mayo corresponden a fin de semana. Los días 26 y 29 de mayo serán aplicados al periodo de vacaciones vigente.

Artículo 3º—El funcionario no hará uso de las millas que pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.

Artículo 4º—Rige a partir del 20 al 29 de mayo de 2017.

San José, a los diecisiete días del mes de mayo de dos mil diecisiete.

Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 3400030803.—Solicitud Nº 14995.—( IN2017155148 ).

N° 173-2017

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley N° 9411, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 12 de diciembre de 2016, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2017 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y

Considerando:

I.—Que el Gobierno ha venido trabajando con la OCDE desde el 2009, con el objetivo de llegar a ser miembro de la organización y mejorar la calidad de las políticas públicas. De conformidad con el Decreto Ejecutivo N° 37.983-COMEX-MP, del 09 de setiembre de 2013, se declararon de interés público las acciones, actividades e iniciativas desarrolladas en el marco del proceso de ingreso de Costa Rica a la OCDE. Esta declaratoria comprende todas las actividades preparatorias relacionadas con la organización, promoción, impulso y apoyo de dicho proceso. Asimismo, el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 incluye como meta prioritaria, el fortalecimiento de políticas públicas a través del ingreso de Costa Rica a la OCDE.

II.—Que a partir de la Decisión Ministerial de la OCDE de mayo de 2013 y hasta el 2015, el Gobierno de Costa Rica llevó a cabo un plan de acción que contribuyó con el fin de ampliar sus vínculos con la OCDE. Como resultado de su ejecución se obtuvo una invitación formal para iniciar un proceso de adhesión el 09 de abril de 2015, por parte del Consejo Ministerial de la OCDE. Posteriormente, en julio de 2015, el Consejo de Ministros de la OCDE emitió la hoja de ruta del proceso de adhesión de Costa Rica, con el objetivo de guiar este proceso. El proceso de ingreso incluye la realización de 22 evaluaciones por parte de comités técnicos de la OCDE en las siguientes áreas: inversión, anticorrupción, gobierno corporativo, mercados financieros, seguros y pensiones privadas, competencia, asuntos fiscales, ambiente, químicos, gobernanza pública, política regulatoria, estadísticas, economía y desarrollo, educación, empleo, trabajo y asuntos sociales, salud, comercio y créditos a la exportación, agricultura, pesca, políticas científicas y tecnológicas, economía digital y consumidor.

III.—Que estos comités técnicos se reúnen regularmente de dos a cuatro veces al año en la sede de la OCDE en París, Francia. También realizan periódicamente reuniones ministeriales, foros, talleres y otros eventos en la sede de la OCDE y en diferentes países miembros para informar sobre avances y nuevas tendencias, así como para obtener retroalimentación y dirección estratégica al trabajo que realizan en su respectiva área.

IV.—Que en el marco del proceso de ingreso de Costa Rica a la OCDE, es fundamental la participación de representantes del país en las reuniones de los comités y grupos de trabajo de dicha entidad, en particular en los temas de los comités que evaluarán a Costa Rica en el proceso de acceso. En especial, es importante la participación de COMEX como institución coordinadora del proceso de adhesión.

V.—Que en este contexto, se llevará a cabo en Berlín, Alemania el Foro político de empleo de alto nivel organizado por la OCDE y la participación de la señora Isabel Jiménez González resulta de particular relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Isabel Jiménez González, portadora de la cédula de identidad número 2-0600-0855, Negociadora Comercial destacada en la Delegación Permanente de Costa Rica ante la OCDE en París, Francia, para que viaje de París, Francia a Berlín, Alemania, del 12 al 13 de junio 2017, para participar en el Foro político de empleo de alto nivel organizado por la OCDE en Berlín. Durante su estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) participar en representación de la Delegación de Costa Rica ante la OCDE en el Foro de Alto Nivel sobre la Nueva Estrategia de Trabajo de esa organización, la cual tiene como finalidad definir la orientación estratégica de la misma a partir de los intereses de los países ahí representados; 2) reforzar la presencia de Costa Rica en las actividades del Comité de Empleo, Trabajo y Asuntos Sociales de la OCDE, organizador del Foro, el cual como parte del proceso de adhesión del país a esa organización, es responsable de evaluar nuestras políticas sociales y de empleo; 3) sacar provecho del diálogo e intercambio de experiencias y buenas prácticas que tendrá lugar ahí, a fin de informar adecuadamente a las autoridades competentes; y 4) fortalecer la relación y la red de contactos con los delegados de los países miembros de la OCDE presentes, con el objetivo de apoyar los esfuerzos técnicos y políticos que se están llevando a cabo para asegurar la incorporación de Costa Rica a esa Organización.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Isabel Jiménez González, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber, US$263,00 (doscientos sesenta y tres dólares) sujeto a liquidación, serán cubiertos con recursos de la Delegación Permanente de Costa Rica ante la OCDE en París, Francia. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior. El transporte aéreo de ida y regreso, así como el transporte terrestre, también serán asumidos con recursos de la Misión. El seguro viajero será financiado con recursos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) Por efectos del itinerario y rutas de vuelo viaja a partir del 12 de junio de 2017. Se le autoriza, para hacer escala en Frankfurt y en Múnich, Alemania, por conexión.

Artículo 3º—La funcionaria no hará uso de las millas que pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.

Artículo 4º—Rige a partir del 12 al 13 de junio del 2017.

San José, a los doce días del mes de junio del dos mil diecisiete.

Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro a. í. de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. N° 3400030803.—Solicitud N° 14995.—( IN2017155149 ).

Nº 190-2017

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley N° 9411, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 12 de diciembre de 2016, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2017 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y

Considerando

I.—Que en la actualidad, Centroamérica no cuenta con un modelo de gestión aduanera armonizado y estandarizado, ni tampoco con una plataforma digital estandarizada que facilite la interacción de la información entre las diversas instituciones y operadores de comercio, así como la comunicación de información con los países que integran la región. En algunos países de Centroamérica existen iniciativas de ventanillas únicas, que permiten acortar cierto tipo de trámites, sin embargo, no han logrado cubrir el universo de gestiones que podrían ofrecer. A nivel regional, a pesar de tener sistemas informáticos de administración aduanera distintos, los países centroamericanos comunican y transmiten cierta información por medio del nodo regional de la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA).

II.—Que como parte de los esfuerzos a nivel regional en esta materia, en la Declaración de Punta Cana en junio de 2014, los Presidentes de Centroamérica instruyeron al Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO) trabajar en una estrategia regional de facilitación del comercio y competitividad con énfasis en gestión coordinada de fronteras. Esta estrategia prevé la creación de la Plataforma Digital de Comercio Centroamericana, la cual contempla el desarrollo e implementación de un modelo de gestión que optimice los procesos y los procedimientos existentes con los trámites relacionados con operaciones de comercio exterior de mercancías, así como el desarrollo de la herramienta informática que soporte las transacciones y operaciones de comercio, incluyendo la gestión aduanera, en la cual deben interactuar todas las autoridades competentes e instituciones que intervengan en los procesos y gestiones que realizan los operadores de comercio exterior.

III.—Que a nivel regional se busca la homologación de los procesos y procedimientos de los trámites que se realicen alrededor de las transacciones de comercio exterior basados en los estándares internacionales y mejores prácticas, así como la creación de una plataforma digital que integre la operatividad de importaciones y exportaciones, replicado en cada uno de los países que integren la región Centroamericana.

IV.—Que en el marco de esta estrategia, se llevó a cabo un taller regional en enero de 2017 con el objetivo de alcanzar el diálogo político y coordinación técnica entre las contrapartes nacionales y regionales involucradas en la interoperabilidad regional e infraestructura tecnológica para la facilitación del comercio y la competitividad; que permitiera plasmar el compromiso de los países de la región en un acuerdo para la ejecución del Componente 2 del Proyecto “Integración Económica Regional Centroamericana” (INTEC), relativo a la Plataforma Digital de Comercio Centroamericana.

V.—Que en seguimiento a esta iniciativa, se desarrolló en Costa Rica el Taller de Identificación de Procesos con la participación de las autoridades competentes de Aduanas, Migración y la Ventanilla Única. El próximo Taller de Identificación de Procesos corresponde a los países del triángulo norte (Guatemala, Honduras y El Salvador), el cual se llevará a cabo en la Ciudad de Guatemala, en Guatemala, los días 26 y 27 de junio de 2017.

VI.—Que en este contexto, la participación del señor William Gómez Mora resulta de particular relevancia para los intereses del Ministerio de Comercio Exterior.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor William Gómez Mora, portador de la cédula número 01-0585-0561, funcionario de la Dirección General de Comercio Exterior, para participar en el Taller de Identificación de Procesos de los países del triángulo norte para el proyecto de la Plataforma Digital de Comercio Centroamericana y reunión con los encargados de la ejecución de este proyecto en la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA), para definir aspectos clave del taller y el seguimiento del mismo. Evento que se llevarán a cabo el 26 y 27 de junio de 2017, en Ciudad de Guatemala, Guatemala. Durante su estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) reunirse con los encargados de la ejecución del proyecto de la Plataforma Digital de Comercio Centroamericana en la SIECA para definir aspectos clave del taller y el seguimiento del mismo; y 2) participar y apoyar la realización del Taller de Identificación de Procesos de los países del triángulo norte.

Artículo 2º—Los gastos de viaje del señor William Gómez Mora, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber, US$424,32 (cuatrocientos veinticuatro dólares con treinta y dos centavos), sujeto a liquidación, serán cubiertos con recursos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) de la subpartida 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de COMEX de la subpartida 10503 del Programa 796. El transporte terrestre en Costa Rica y en Guatemala, será cubierto por la subpartida 10501 y 10503; el seguro viajero, será cubierto por la subpartida 10601, ambos del Programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e internet al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la subpartida 10504 del programa 796. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del domingo 25 de junio y regresa a Costa Rica hasta el 28 de junio de 2017.

Artículo 3º—El funcionario no hará uso de las millas que pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.

Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 28 de junio del 2017.

San José, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil diecisiete.

Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.— 1 vez.—O. C. Nº 3400030803.—Solicitud Nº 14995.—( IN2017155150 ).

N° 209-2017

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso I), 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley N° 9411, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 12 de diciembre de 2016, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2017 y en los artículos 7°, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y

Considerando:

I.—Que Costa Rica es signatario del Acuerdo sobre Tecnología de la Información (ITA, por sus siglas en inglés), de la Organización Mundial del Comercio (OMC), vigente desde 1997. El país participó además en las negociaciones para la ampliación del acuerdo que se llevaron a cabo entre mayo de 2012 y diciembre de 2015, momento en que se suscribió la Declaración Ministerial con los acuerdos alcanzados por los países participantes.

II.—Que la Secretaría de la Organización Mundial del Comercio (OMC) está organizando un simposio sobre el Acuerdo de Tecnología de la Información que coincide con el 20vo aniversario del acuerdo, adicionalmente se lanzará una nueva publicación sobre el 20 aniversario del acuerdo.

III.—Que el simposio se llevará a cabo el 27 y 28 de junio de 2017 en Ginebra, Suiza y la participación de la funcionaria Arlina Gómez Fernández, resulta de particular relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Arlina Gómez Fernández, portadora de la cédula número 01-0761-0188, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para participar en el simposio sobre el Acuerdo de Tecnología de la Información, que se llevará a cabo los días 27 y 28 de junio de 2017, en Ginebra, Suiza. Durante su estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) realizar una revisión de la liberalización del comercio bajo el ITA, así como la evolución global del comercio de productos de tecnología de información; 2) examinar la forma en que las tecnologías de información y comunicación, como herramienta de desarrollo, pueden ayudar a los países en desarrollo y a las economías menos adelantadas a promover conectividad y alcanzar objetivos de desarrollo sostenible, permitir diversificación, actualización tecnológica, e innovación; y 3) discutir cuál es el futuro del ITA y del sector de tecnología de información.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Arlina Gómez Fernández, por concepto de boleto aéreo de ida y de regreso, el hospedaje y la alimentación, serán cubiertos con recursos de la Organización Mundial del Comercio (OMC). El transporte terrestre en Costa Rica y en Ginebra, Suiza, será cubierto con recursos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), por la subpartida 10501 y 10503; el seguro médico viajero, por la subpartida 10601, ambos del programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Intemet al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la subpartida 10504 del programa 796. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 25 de junio y regresa a Costa Rica hasta el 29 de junio de 2017. El 25 de junio corresponde a fin de semana.

Artículo 3º—Rige a partir del 25 al 29 de junio de 2017.

San José, a los veintiún días del mes de junio del año dos mil diecisiete.

Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.— 1 vez.—O. C. Nº 3400030803.—Solicitud Nº 14995.—( IN2017155152 ).

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 04, Título N° 19, emitido por el Colegio de Orientación Tecnológica Barbacoas, en el año dos mil ocho, a nombre de Calderón Quirós Yensy Pamela, cédula: 1-1476-0609. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los diecinueve días del mes de julio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017155181 ).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución JPIGTA-0839-2017 de las 09:00 horas del 25 de mayo del 2017, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-0839-2017, de sesión celebrada en San José a las 09:00 horas del 27 de junio del 2017, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga Traspaso de Pensión de Guerra incoadas por, Mora Badilla Elsa, cédula de identidad N° 1-0162-0235, a partir del día 01 de enero del 2017; por la suma de ciento diecinueve mil ochenta colones con ochenta y cinco céntimos (¢119.080,85), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Sr. Alfredo Hasbum Camacho, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Irma Velásquez Yanez, Directora.—1 vez.—( IN2017156902 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Las imágenes respectivas podrán verlas en La Gaceta con firma digital en PDF

Xiomara Cajina Martínez, viuda, cédula de identidad Nº 800800284, en calidad de apoderada generalísima de Chemo Centroamericana S. A., cédula jurídica Nº 3101062338, con domicilio en Rohormoser del Scotiabank Plaza Mayor 125 mts sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Entium X como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos de uso exclusivamente humano. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006344. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 11 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—Exonerado.—( IN2017156458 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Guillermina Alvarado Guadamuz, casada dos veces, cédula de identidad 800530295, con domicilio en San Antonio de Coronado Urb. La Cornelia casa B-1, Costa Rica, solicita la inscripción de: PENTOLA DELLA NONINA

como marca de fábrica y comercio, en clases 29; 30 y 32 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 29: Frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conservas, jaleas, confituras, compotas, aceite y grasas comestibles. Clase 30: Pan, productos de pastelería y confitería, mostaza, vinagre y salsas (condimentos), café, té, cacao; y Clase 32: Bebidas con alcohol; bebidas a base de frutas y zumos de frutas, siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. Reservas: De los colores: rojo, café, naranja, blanco, verde y amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005639. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de julio del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017155138 ).

Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad 108120604, en calidad de apoderada especial de Tecnoquimica S. A. con domicilio en calle 23 número 7-39 Cali, Colombia, solicita la inscripción de: ATORVASTATEG TQ como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y medicinales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006163. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 06 de julio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017155155 ).

Jessica Salas Venegas, casada, cédula de identidad 112210610, en calidad de apoderada especial de Alimentos Ideal Sociedad Anónima, con domicilio en Vía 3 6-69 de la Zona 4 de la Ciudad de Guatemala, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: FV como marca de fábrica y comercio en clase: 32 Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: 32 Aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de julio del 2017, según Solicitud N° 2017-0006580. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de julio del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017155166 ).

Jessica Salas Venegas, casada, cédula de identidad 112210610, en calidad de apoderado especial de Alimentos Ideal, Sociedad Anónima, con domicilio en vía 3 6-69 de la zona 4 de la ciudad de Guatemala, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: FruVita

como marca de fábrica y comercio en clase: 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Bebidas y zumos de frutas y otras bebidas no alcohólicas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006267. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 7 de julio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017155169 ).

Jéssica Salas Venegas, casada, cédula de identidad 11210610, en calidad de apoderada especial de Alimentos Ideal Sociedad Anónima, con domicilio en Vía 3 6-69 de la Zona 4 de la Ciudad de Guatemala, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: SHAKA LAKA

como marca de fábrica y comercio en clases: 29 y 32 Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 29 Leche y productos lácteos, 32 aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de julio del 2017, según Solicitud N° 2017-0006579. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de julio del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017155171 ).

Franklin Radames Mendieta Peña, casado una vez, pasaporte C-01637583, en calidad de apoderado general de Versatile Technology de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101444235, con domicilio en Pavas, Oficentro Plaza Mayor, segundo piso, oficina 5, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Ctrl CARD como marca de servicios en clase: 36 Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 36: Servicios financieros y monetarios, específicamente, tarjetas de crédito, tarjetas de control de combustible. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de febrero del 2017, según Solicitud N° 2017-0000601. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de julio del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017155268 ).

María Cristina Corrales González, soltera, cédula de identidad 115440491, en calidad de apoderada especial de Rafael Emilio Hidalgo Blanco, casado una vez, cédula de identidad 109950260con domicilio en Coronado, de la Escuela Estado de Israel 250 metros al oeste, Costa Rica, solicita la inscripción de: BIO-VERTE

como marca de comercio en clase(s): 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006388. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017155483 ).

Marca de Ganado

Solicitud N° 2017-1389. Ref: 35/2017/2940.—Hirian Delgado Jiménez, cédula de identidad N° 0504100914, solicita la inscripción de:

Y   D

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como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Nicoya, Nicoya, Las Flores de la Virginia de Gamal, 2 kilómetros norte de la antigua escuela. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 03 de julio del 2017. Según el expediente N° 2017-1389.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2017155141 ).

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señora María de La Cruz Villanea Villegas, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de Xencor Inc., solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS HETERODIMÉRICOS QUE SE UNEN A CD3 Y CD38. La presente invención se refiere a anticuerpos heterodiméricos que se fijan a CD3 y CD38. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/00, A61P 35/02, C07K 16/28, C07K 16/30 y C07K 16/46; cuyos inventores son: Moore, Gregory (US); Rashid, Rumana (US); Desjarlais, John (US); Bernett, Matthew (US); Chu, Seung (US) y Muchhal, Umesh (IN). Prioridad: N° 62/085,106 del 26/11/2014 (US) y N° 62/250,971 del 04/11/2015 (US). Publicación Internacional: WO 2016/086196. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000277, y fue presentada a las 13:48:14 del 22 de junio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de junio de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017154820 ).

La señora Ana Cecilia de Ezpeleta Aguilar, cédula de identidad 109710905, en calidad de apoderada especial de LABORATOIRES GOËMAR, solicita la Patente PCT denominada CONCENTRADO DE EXTRACTO DE ALGAS, PROCEDIMIENTO PARA SU PREPARACIÓN Y SUS USOS EN AGRICULTURA. La presente invención se refiere a un extracto de algas concentrado que presenta un porcentaje de materias secas comprendido entre 6 y 100%, su procedimiento de preparación como también sus utilizaciones a título individual o asociado con otra tecnología nutricional, bioestimulante o fitosanitaria, en especial para favorecer la emergencia, el crecimiento, el desarrollo, la reproducción de las plantas o para impedir que los pájaros coman las semillas.. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 25/00, A01N 65/03, A01P 17/00 y A01P 21/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Hery, Paul (FR). Prioridad: N° 14 58561 del 11/09/2014 (FR). Publicación Internacional: WO 2016/038320 A1. La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000141, y fue presentada a las 14:43:15 del 7 de abril de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de junio de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017154898 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Inscripción N° 870.—Ref: 30/2017/4260.—Por resolución de las 08:24 horas del 27 de julio de 2017, fue inscrito el modelo de utilidad denominado: DISPOSITIVO PARA MANTENER CONSTANTES DIFERENTES VELOCIDADES EN MAQUINAS TALADRADORAS MANUALES DE USO COMÚN a favor de la compañía Carlos Alvarado Cordero, cuyo inventor es: Carlos Alvarado Cordero (CR). Se le ha otorgado el número de inscripción 870 y estará vigente hasta el 17 de setiembre de 2024. La Clasificación Internacional de Patentes versión 2016.01 es: B21D 28/00, B21D 37/00 yB27G 15/02 LOC (10). Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento a la Ley N° 6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada.—27 de julio de 2017.—Melissa Solís Zamora, Registradora.—1 vez.—( IN2017155159 ).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: NATALY ANDREA DE LA O RIVAS, con cédula de identidad número 4-0190-0486, carné número 21989. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N° 17-001006-0624-N0.—San José, 21 de julio del 2017.—Msc. Marjorie Mejías Orozco, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2017156812 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIO PÚBLICO. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: NOÉ CAMPOS DUARTE, con cédula de identidad número 5-0211-0797, carné número 22711. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N° 17-000932-0624-NO.—San José, 24 de julio del 2017.— Unidad Legal Notarial.—Licda. Anaida Cambronero Anchía, Abogada.—1 vez.—( IN2017156893 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUAS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ED-0170-2017.—Exp. N° 12355P.—Chianti S. A., solicita concesión de: 0.1 litro por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo NA-873 en finca de su propiedad en puente de piedra, Grecia, Alajuela, para uso agropecuario-riego. Coordenadas 222.600 / 499.100 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 07 de julio de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central, Dirección de Agua.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017156427 ).

ED-UHSAN-0020-2017.—Exp. 11903A.—La Cueva de Los Gatos S. A., solicita concesión de: 0.25 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Ecotilapia.com S. A. en Florencia, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico y turístico-piscina. Coordenadas 265.000 / 487.250 hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de junio del 2017.—Unidad Hidrológica San Juan.—José Joaquín Chacón Solano.—( IN2017156593 ).

ED-UHTPSOZ-0039-2017.—Exp. N° 17706A.—Millón Veintiuno S. A., solicita concesión de: 0.79 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en Finca de Osa Tucan S. A. en Jiménez (Golfito), Golfito, Puntarenas, para uso Turístico. Coordenadas 48.306 / 596.551 hoja CARATE. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de julio de 2017.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur, Dirección de Agua.—Francisco Vargas Salazar,.—( IN2017156606 ).

ED-0146-2017. Exp 11551P.—Corporación Galiota S. A., solicita concesión de: 3.98 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AH-62 en finca de su propiedad en Nacascolo, Liberia, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico y agropecuario-riego-pasto. Coordenadas 297.300/357.525 hoja Ahogados. 3.98 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AH-64 en finca de su propiedad en Nacascolo, Liberia, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico y agropecuario-riego-pasto. Coordenadas 297.850/357.500 hoja Ahogados. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de junio de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017156700 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ED-UHCAROG-0002-2017.—Exp. 15232P.—Corporación Bananera Nacional S. A., solicita concesión de: 6 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo SX-58 en finca de su propiedad en Sixaola, Talamanca, Limón, para uso consumo humano. Coordenadas 167.671 / 683.958 hoja Sixaola. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de julio del 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central Andrés Phillips Ureña.—( IN2017156818 ).

DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS

DGM-TOP-ED-009-2017

SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN EN CAUCE

DE DOMINIO PÚBLICO

EDICTO

En expediente N° 7-2016 el señor Norman Campos Vindas, mayor, casado una vez, empresario, cédula de identidad N° 2-0358-0657, vecino de Naranjito de Quepos, Aguirre, Puntarenas, apoderado generalísimo de Los Manantiales del Pacífico N Y S S. A., cédula jurídica N° 3-101-633530, solicita concesión de explotación en cauce de dominio público sobre el Río Naranjo.

Localización geográfica:

Sito en: Naranjito, distrito 1 Quepos, cantón 6 Aguirre, provincia 6 Puntarenas.

Hoja cartográfica:

Hoja Quepos, escala 1:50.000 del I.G.N.

Localización Cartográfica:

Entre coordenadas generales: 379063.549-379021.335 Norte, 453383.775-453337.930 Este límite aguas arriba y 378874.989-379139.927 Norte, 451858.655-451496 872 Este límite aguas abajo.

Área solicitada:

37 ha 1257.18 m2, longitud promedio 1953.59 metros, según consta en plano aportado al folio 12.

Derrotero: Coordenadas del vértice N° 1 378874.989 Norte, 451858.655 Este.

La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 4 de agosto del 2016: área y derrotero aportados el 4 de agosto del 2016.

Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José, a las doce horas veintidós minutos del doce de julio del dos mil diecisiete.—Registro Nacional Minero.—Lic. José Ignacio Sánchez Mora, Jefe.—( IN2017154868 ).                                                                     2 v. 2 Alt.

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Lorenzo Davy Johnson este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1447-09 Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas cinco minutos del veinticinco de agosto del dos mil nueve. Exp. N° 18158-09. Resultando: 1... 2... 3...; Considerando: 1-Hechos Probados... II-Hechos no Probados... III-Sobre el Fondo…; Por Tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Mendy María Deivy Montes... y el asiento de nacimiento de Cristel Geanin Deivy Montes... en el sentido que los apellidos del padre... son “Davy Johnson”.—Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—( IN2017156938 ).

AVISOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Maykeling Tamara Duarte Sandoval, nicaragüense, cédula de residencia DI 155818651325, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.: 3509-2017. PMTA.—Alajuela, al ser las 14:38:07 del 19 de julio del 2017.—Li. José Manuel Marín Castro, Jefe.—1 vez.—( IN2017155156 ).

Yascara Walkenia Pinell Muños, cédula de residencia 155812440622 ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 3607-2017.—Alajuela, al ser las diez horas con treinta minutos del veintiseis de julio de dos mil diecisiete.—Lic. Walter Gerardo Villalobos Zúñiga, Jefe.—1 vez.—( IN2017155351 ).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CULTURA Y JUVENTUD

Modificación al plan de compras

para el año 2017

De conformidad con las modificaciones en la Ley de Contratación Administrativa, publicadas en el Diario Oficial La Gaceta Nº 128 del 4 de julio del 2006, y de acuerdo con el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa, se informa que se generó una modificación al plan de compras para el año 2017 de la dependencia Sistema Nacional de Bibliotecas, Programa 755. (Compra de productos varios). Este se encuentra a disposición de los interesados en la página oficial del Ministerio de Cultura, Juventud www.mcjd.co.cr., así como en SICOP, en la dirección https://ttt.hacienda.go.cr/sicop.

San José, 26 de julio del 2017.—Programa 755.—Licda. Lovania Garmendia Bonilla, Directora General a. í.—1 vez.—O.C. N° 3400032209.—Solicitud N° 91019.—( IN2017156741 ).

LICITACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

Alquiler de edificación

Se informa al público en general que institución de gobierno requiere el alquiler de edificación que cumpla con las siguientes características:

Área total de construcción de 500 m2 mínimo a 1000 m2 máximo.

Parqueo para ubicar entre 05 mínimo a 10 vehículos.

Que este ubicado en el área del distrito central de Cabo Velas, del Cantón de Santa Cruz, provincia de Guanacaste.

Que cuente con instalaciones para Red de Internet, teléfonos y computadoras.

Que la instalación eléctrica esté en perfecto estado.

Con capacidad y disponibilidad de invertir en adecuar la infraestructura con espacios de: oficinas, baños, comedor, remodelación en construcción de celdas, bodegas; y albergaría 20 personas, según las necesidades de la Fuerza Pública.

Con capacidad para adecuar la edificación o que cuente con la especificación del Ley 7600.

Con capacidad en caso necesario para adecuar sistema de tratamiento de aguas.

Que el edificio cuente con los permisos de ley para funcionamiento y requerimientos del Código Sísmico de Costa Rica vigente.

Para ofertas presentarlas digitalmente y más información al correo alquileres@fuerzapublica.go.cr, el plazo es 15 días naturales a partir de su publicación.

Nils Ching Vargas, Comisionado Subdirector General Fuerza Pública.—1 vez.—O.C. N° 3400031299.—Solicitud N° 91018.—( IN2017156896 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA

Contratación del servicio de soporte y mantenimiento

del portal Web de servicios del Registro Nacional

El Departamento de Proveeduría del Registro Nacional comunica que se recibirán ofertas para la licitación de referencia, en el día y hora señalados a través del Sistema Integrado Compras Públicas (SICOP); además se informa que todos los actos relacionados con esta contratación, serán publicitados a través de dicho sistema y no del Diario Oficial La Gaceta.

San José, 28 de julio de 2017.—Proveeduría.—Licda. Hazel Ruiz Morales, Proveedora Institucional.—1 vez.—O.C. N° OC17-0179.—Solicitud N° 90925.—( IN2017156972 ).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2017LN-000029-01

(Invitación)

Contratación de una (1) empresa que brinde

el servicio de horas por demanda para

el desarrollo y mantenimiento

de aplicaciones móviles

en el Banco Nacional

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las diez (10:00 a.m.) horas, del 01 de setiembre del 2017, para la “contratación de una (1) empresa que brinde el servicio de horas por demanda para el desarrollo y mantenimiento de aplicaciones móviles en el Banco Nacional”.

El cartel puede ser retirado en la Oficina de Proveeduría, situada en el Edificio de la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca a partir del presente comunicado, sin costo alguno.

La Uruca, 31 de julio del 2017.—Alejandra Trejos Céspedes, Supervisor Operativo/ Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 524007.—Solicitud Nº 91081.—( IN2017156870 ).

BANCO DE COSTA RICA

OFICINA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000020-01

Servicios integrales de alquiler de terminales de puntos

de venta Pos, administración de aplicaciones

e inventarios y mantenimientos preventivo

y correctivos en Pos

El Banco de Costa Rica (B.C.R.), recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a.m.) del 04 de setiembre del 2017, para la contratación en referencia, las cuales deben ser depositadas en el buzón de la Oficina de Contratación Administrativa, ubicada en el tercer piso de Oficinas Centrales.

Los interesados pueden obtener el cartel y las condiciones técnicas, en la página electrónica bancobcr.com, en la siguiente dirección:

Acerca del BCR/proveedores/carteles

Rodrigo Aguilar S., Supervisor.—1 vez.—O. C. N° 66348.—Solicitud N° 91123.—( IN2017157037 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERON GUARDIA

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000032-2101

Transiluminador eléctrico y de batería

Se informa a los interesados a participar en la Licitación Abreviada 2017LA-000032-2101 por concepto de “Transiluminador eléctrico y de batería”, que la fecha de apertura de las ofertas es para el día 04 de setiembre del 2017, a las 09:00 a.m.

El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de ¢500.00.

01 de agosto de 2017.—Sub-Área de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador.—1 vez.— ( IN2017156944 ).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000031-2101

Prótesis Parcial de Cadera de Moore

Se informa a los interesados a participar en la Licitación Abreviada N° 2017LA-000031-2101, por concepto de Prótesis Parcial de Cadera de Moore, que la fecha de apertura de las ofertas es para el día 30 de agosto del 2017, a las 09:00 a.m. El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de ¢500,00.

San José, 01 de agosto de 2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador.—1 vez.— ( IN2017156945 ).

HOSPITAL DR. TONY FACIO CASTRO

CONTRATACIÓN DIRECTA 2017CD-000064-2601

Objeto contractual: Adquisición de electrocauterio,

estimulador de nervio facial, silla para examen

de ORL y unidad de ORL

Fecha apertura de ofertas: viernes 11 de agosto de 2017, a las 10:45 a. m.

Los interesados pueden adquirir el cartel en la Subárea de Contratación Administrativa del Hospital, ubicada frente a las oficinas centrales de Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, de 7:30 a. m. a 2:30 p. m., valor del cartel en ventanilla ¢375,00 o bien los interesados pueden solicitarlo mediante oficio al fax 2758-0932, posterior a su cancelación mediante depósito a la cuenta del Banco Nacional de Costa Rica N° 100-01-000-003599-8, valor del cartel por fax ¢1.500,00.

Limón, 31 de julio de 2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Kris Guillén Rojas, Coordinadora a. í.— ( IN2017156947 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000004-07

Contratación de servicios de seguridad y vigilancia física

y electrónica para las instalaciones del Almacén

Regional de la Unidad Regional

Pacífico Central

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje; estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 09:00 horas del 28 de agosto de 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00, en el Proceso de Adquisiciones, sita Barranca Puntarenas; 200 metros al norte, de entrada principal de INOLASA, o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O.C. N° 25344.—Solicitud N° 91038.— ( IN2017156765 ).

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-0000006-01

(Invitación a proceso licitatorio)

Contratación de servicios profesionales de una persona

física, para que funja como representante técnico institucional

en el Consejo de Administración del Consorcio Cooperativo

Red Ecoturística Nacional R.L. (COOPRENA R.L.)

El Instituto Nacional de Fomento Cooperativo avisa a todos los interesados que se requiere contratar los servicios para ejecutar la Licitación Abreviada Nº 2017LA-0000006-01: “Contratación de servicios profesionales de una persona física, para que funja como representante técnico institucional en el Consejo de Administración del Consorcio Cooperativo Red Ecoturística Nacional R.L. (COOPRENA R.L.) Fecha de apertura: 10:00 horas del viernes 01 de setiembre del 2017. Interesados pueden retirar el cartel en la Proveeduría del INFOCOOP ubicado en San José, avenidas 5 y 7, calle 20 norte o del Hospital de Niños 400 metros norte, teléfono: 2256 29 44, extensiones: 2651/2668 o solicitarlo a la siguiente dirección electrónica: proveeduria@infocoop.go.cr

Lic. Eduardo Mestayer Cedeño, Proveedor Institucional.— 1 vez.—O. C. Nº 37099.—Solicitud Nº 90968.—( IN2017156739 ).

ADJUDICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000004-2102

(Comunicación acto de adjudicación)

Recolección desechos

A los interesados en la presente licitación se les hace saber que la casa comercial adjudicada es Consorcio Manejo Profesional de Desechos S. A./ Stericlean de Centroamérica S. A.

San José, 28 de julio del 2017.—MBA. Daniel Castro Vargas, Coordinador.—1 vez.—( IN2017156773 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000078-03

Compra de material genético crioconservado

para uso pecuario

El Ing. Fabián Zúñiga Vargas, Encargado del Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje, en la sesión ordinaria 049-2017, celebrada el día 28 de julio del 2017, artículo I, folio 051, tomó el siguiente acuerdo:

a.  Adjudicar la Compra Directa 2017CD-000078-03, Compra de Material Genético Crioconservado para Uso Pecuario, según dictamen técnico NA-PGA-170-2017, el dictamen administrativo URCOC-PAS-IR-0081-2017, realizados por las dependencias responsables de analizar las ofertas; así como en los elementos de adjudicación consignados en el punto 3 del cartel, de la siguiente manera:

    Adjudicar la línea N° 1, a la oferta N° 1, Impulso Pecuario S. A., por un monto de ¢360,000.00, por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 10 días hábiles.

    Adjudicar la línea N° 3, a la oferta N° 2, Genética Global S. A., por un monto de ¢360.000,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 15 días hábiles

    Adjudicar la línea N° 2, a la oferta N° 3, Avance Genético S. A., por un monto de ¢360.000,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 15 días hábiles

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 91037.— ( IN2017156764 ).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000003-07

Implementación de equipo de cómputo y servicio

administrado de solución centralizada de virtualización

de las estaciones de trabajo y las aplicaciones utilizadas

para los usuarios docentes y administrativos del Centro

de Formación Profesional de Puntarenas, incluyendo

aulas y laboratorios estudiantiles

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, comunica que el concurso de la Licitación Abreviada Nº 2017LA-000003-07 “Implementación de equipo de cómputo y servicio administrado de solución centralizada de virtualización de las estaciones de trabajo y las aplicaciones utilizadas para los usuarios docentes y administrativos del Centro de Formación Profesional de Puntarenas, incluyendo aulas y laboratorios estudiantiles”, según acta de la Comisión Local Regional de Adquisiciones Nº 09-2017, celebrada el 28 de julio del 2017, en su artículo II, acuerdo “a.”; con base al estudio legal URPC-AL-041-2017, la oferta es admisible al concurso por cumplir con todos los aspectos legales del cartel y al estudio técnico USST-ADQ-252-2017, USST-ADQ-275-2017, por cumplir con todos los aspectos técnicos solicitados en el cartel, por cumplir con los factores de calificación de la oferta (1. Precio 60%, 2. Referencia de servicios prestados 20%, 3. Precio de la instalación, configuración y pruebas de los equipos de cómputo 20%) y por ser una oferta económica de precio razonable. Por tanto, cumple con todas las condiciones establecidas en el cartel y con los requerimientos de orden legal, por lo que se adjudica la línea Nº 1 al: Consorcio: Alta Tecnología S. A., Sistemas Convergentes S. A., por un monto total de $82.457,43, se adjudica según se detalla:

La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 91040.— ( IN2017156767 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000002-UTGV

Compra de equipo de maquinaria pesada para

mantenimiento de la red vial cantonal de Nandayure

La Municipalidad de Nandayure, comunica a los interesados en la Licitación Pública N° 2017LN-000002-UTGV, que dicha licitación ha sido adjudicada a la empresa MTS S. A., oferta que obtuvo orden número 1, tanto en la línea uno con excavadora y en la línea dos con niveladora.

Aprobado por el Concejo Municipal en la sesión ordinaria N° 65 celebrada el 26 de julio de 2017. El expediente se encuentra disponible en el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Nandayure.

Giovanni Jiménez Gómez, Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017156911 ).

MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000005-01

Contratación de precalificación de tres empresas/

personas que alquilen maquinaria para

atención de la gestión vial

El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Siquirres, informa que la licitación de referencia, fue declarada infructuosa.

Se les comunica a los interesados en la presente licitación, que la resolución se encuentra disponible en el departamento de Proveeduría, la cual podrá solicitar mediante le correo electrónico proveeduria@siquirres.go.cr .

Proveeduría.—Sandra Vargas Fernández Proveedor Municipal.

__________

CONTRATACION DIRECTA Nº 2017CD-000066-01

Precalificación de tres empresas que brinden

el servicio de talleres de mantenimiento

de maquinaria pesada

El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Siquirres, informa que la contratación de referencia, fue declarada infructuosa.

Se les comunica a los interesados en la presente contratación, que la resolución se encuentra disponible en el departamento de Proveeduría, la cual podrá solicitar mediante le correo electrónico proveeduria@siquirres.go.cr .

Proveeduría.—Sandra Vargas Fernández Proveedora Municipal.— 1 vez.—( IN2017157001 ).

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN INICIAL

La Dirección Administrativa Financiera de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública en virtud de que materialmente resultó imposible localizar a la empresa Merkur Comercio y Salud S. A. cédula jurídica 3-101-356818, en la dirección registrada sea San José, Sabana Sur de Mac Donalds 50 metros al este y 110 metros al sur, casa N° 1414 por ignorarse su actual domicilio se procede por esta vía a comunicar que mediante resolución número 0004-2016 del 05 de mayo del 2016, se inicia el procedimiento administrativo de apercibimiento y cobro de daños y perjuicios, con base en el artículo 39 de la Constitución Política, 11, 93 y 99 inciso a de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 3081(a) y siguientes por la Licitación nacional 2008LN-000017-3003, por concepto de abarrotes varios, códigos 3-20-01-100, 3-50-010100, 3-16-010300, 3-20-02-0100, 3-36-03-0100, 3-08-01-0700, 3-32-030050, 3-08-010200, 3-28-01-0155, 3-08-01-0400, 3-16-01-0450, 3-36-01-0600, 3-36-01-0800, 3-12-03-0100, 3-36-01-200, 3-16-02-0100, 3-32-03-0050, 3-16-02-0400, 3-20-01-0705 Y 3-20-01-0910 por no cumplir con las obligaciones pactadas en el contrato n°857 la cual se encuentra visible a folios 000186 al 000203 del expediente de incumplimiento. Señalándose la comparecencia oral y privada para el día 14 de setiembre del 2017 a las 9 am en la oficina de la Jefatura del Área de Gestión y Bienes y Servicios, ubicada en el tercer piso del edificio de la administración del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, situado en San José, Barrio Aranjuez del Instituto Meteorológico 75 metros al oeste edificio a mano derecha de muro color verde, portones negros, antes de la línea del tren, según resolución del día 26 de julio del 2017, oficio HDRCG-PA0-00025-07-2017, visible a folios 000217 y 000218.

Se comunica que contra la presente resolución caben los recursos de revocatoria y apelación dentro del plazo de los 3 días hábiles siguientes a partir de la última notificación ante la Dirección Administrativa Financiera según los artículos 344, 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, Notifíquese.

Dirección Administrativa Financiera.—Lic. Marco Segura Quesada.—1 vez.—( IN2017157024 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PRESIDENCIA EJECUTIVA

RESF-CA-S-25-2017.—Presidencia Ejecutiva.—San José a las doce horas del veinticuatro de julio del dos mil diecisiete.

Resolución final del procedimiento ordinario sancionatorio de conformidad con el artículo 308 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, en contra de B Group Integrated Engineering and Managment Solutions, cédula jurídica 3-101-395067, originada de la Licitación Abreviada 2013LA-000030-01, “Construcción de comedor para funcionarios en comercio y servicio, Paseo Colón”.

Resultando:

I.—Que el Instituto Nacional de Aprendizaje promovió la Licitación Abreviada N° 2013LA-000030-01 “Construcción de comedor para funcionarios en comercio y servicio, Paseo Colón”. (Ver folios 01 al 19 del expediente sancionatorio).

II.—Que la empresa B Group Integrated Engineering and Managmet Solutions S. A., presentó su oferta para el concurso licitatorio. (Ver folios 20 al 43 del expediente sancionatorio).

III.—Que el cartel definitivo de la licitación se establecía las condiciones bajo las cuales los oferentes debían de presentar sus ofertas. (Visible a folios 1 al 19 del expediente sancionatorio).

IV.—Que mediante comunicado de acuerdo N° CLCA-147-2013, de fecha del 14 de octubre de 2013 se acuerda adjudicar la licitación abreviada 2013LA-00030-01 “Construcción de comedor para funcionarios en comercio y servicio, Paseo Colón”, a la empresa B Group Integrated Engineering and Managment Solutions S. A. por un monto de ¢30.997.427.54 con un plazo de 50 días hábiles, la fecha de inicio debió ser el 20 de enero del 2013. (Visible a folios 44 al 46 del expediente del procedimiento sancionatorio).

V.—Que la formalización de la contratación se realizó mediante orden de compra N° 22993 de fecha 11 de diciembre del 2013. (Visible a folios 47 al 52 del expediente del procedimiento sancionatorio).

VI.—Que mediante oficio URMA-PAM-103-2013 de fecha 14 de enero del 2013, la coordinadora del proyecto María Esther Velásquez del Proceso de Arquitectura y Mantenimiento, le solicita a la contratista que por motivo de atraso del proyecto debe presentar un plan de trabajo para nivelar los atrasos presentados en la obra. (Visible a folio 53 del expediente del procedimiento sancionatorio).

VII.—Que en fecha 5 de febrero del 2013, fue presentado ante el Proceso de Tesorería de la Unidad de Recursos Financieros, documento de cesión de pago suscrita entre los representantes legales de B Group Integrated Engineering and Managment Solutions S. A. y la empresas Telcom Electrónica S. A., en la cual la primera cede la totalidad de las facturas que se deriven de la contratación 2013LA-00030-01 a favor de la empresa Telcom Electrónica S.A. (Visible a folio 57 del expediente del procedimiento sancionatorio).

VIII.—Que la empresa B Group Integrated Engineering and Managment Solutions S. A. presentó una nota de fecha 13 de abril del 2013, dirigida a la jefatura de Tesorería, al Departamento de Proveeduría y al Departamento de Arquitectura del INA, solicitando la suspensión de obras de la Licitación Abreviada 2013LA-000030-01, aduciendo la imposibilidad de continuar con la ejecución de la obra por cuanto, aunque dejaron sin efecto la cesión de pago emitida por su empresa a favor de la empresa Telcom Electrónica S. A. la administración no le canceló el 80% de la ejecución de la obra. (Visible a folio 54 al 55 del expediente del procedimiento sancionatorio).

IX.—Mediante nota de número 03-04-2013 de fecha 21 de abril del 2013 emitido por la empresa B Group Integrated Engineering and Managment Solutions, dirigido a Mayela Vargas Cascante, encargada del Proceso de Tesorería, le solicitan nuevamente dejar sin efecto la cesión de pago presentada por la empresa Telcom Electrónica S. A. aduciendo incumplimientos por parte del cesionario. (Visible a folio 59 al 60 del expediente del procedimiento sancionatorio).

X.—Que mediante nota de fecha 22 de abril del 2013 remitida al Proceso de Tesorería, B Group Integrated Engineering and Managment Solutions S.A., reiteran su solicitud de dejar sin efecto la cesión de pago realizada a favor de Telcom Electrónica S. A. (Visible a folio 63 al 64 del expediente del procedimiento sancionatorio).

XI.—Que mediante el oficio URMA-PAM-297-2013 de fecha 13 de mayo del 2013, el Proceso de Arquitectura y Mantenimiento le solicita al contratista indicar los motivos por los cuales la obra tiene dos semanas de suspensión (Visible a folio 63 al 64 del expediente del procedimiento sancionatorio).

XII.—Que mediante el ALCA-296-2013 de fecha 14 de mayo 2013, la Asesoría Legal emite criterio requerido por el Proceso de Tesorería de la Unidad de Recursos Financiero URF-PT-315-2013 de fecha 24 de abril 2013 con relación a la cesión de pago de la orden de compra N° 22993 por un monto de ¢30.997.427.54, realizada por el contratista B Group Integrated Engineering and Managment Solutions S. A. a favor de la empresa Telcom Electrónica S.A (Visible a folio 68 al 71 del expediente del procedimiento sancionatorio).

XIII.—Que mediante nota de fecha 13 de abril 2013, entregada el 22 de mayo del 2013, a la administración, la empresa B Group Integrated Engineering and Managment Solutions S. A., manifiesta que no procede la cancelación de facturas a la empresa Telcom Electrónica S. A., por supuestos incumplimientos contractuales contraídos con ellos, motivo por el cual dejaron sin efecto la cesión de pago suscrita entre ambas. Agregan que Telcom Electrónica S. A. se encontraba morosa con la C.C.S.S y con Fodesaf. Que encontraba en trámite una denuncia penal por administración fraudulenta en contra de Telcom Electrónica S.A. (Visible a folio 56 al 78 del expediente del procedimiento sancionatorio).

XIV.—Que mediante oficio ALCA-656-2013 de fecha 14 octubre 2013, la Asesoría Legal emite criterio legal en cuanto a la morosidad de la empresa Telcom Electrónica S.A respecto al pago de la orden de compra 22993. (Visible a folio 127 al 128 del expediente del procedimiento sancionatorio).

XV.—Que mediante el oficio URF-PT-378-2013 de fecha 16 de mayo del 2013, el Proceso de Tesorería remite respuesta al documento de fecha 22 de abril del 2013 con relación a dejar sin efecto la cesión de pago enviada por la contratista. (Visible a folio 72 del expediente del procedimiento sancionatorio).

XVI.—Que mediante nota de fecha 22 de mayo del 2013, la empresa B Group Integrated Engineering and Managment Solutions S. A., solicita nuevamente suspensión de pago de factura a la empresa Telcom Electrónica S. A. (Visible a folio 73 al 74 del expediente del procedimiento sancionatorio).

XVII.—Que mediante nota de fecha 29 de mayo del 2013, la empresa B Group Integrated Engineering and Managment Solutions S. A. solicita suspensión de la obra argumentando su imposibilidad de continuar por la situación financiera de su empresa originada en el pago realizado por el INA a la empresa cesionaria. Solicitan la suspensión hasta que las autoridades judiciales resuelvan la denuncia penal interpuesta por ellos en contra de la empresa Telcom Electrónica S. A. (Visible a folio 81 al 82 del expediente del procedimiento sancionatorio).

XVIII.—Que mediante el oficio URMA-PAM-342-2013 de fecha 29 de mayo del 2013, el Proceso de Arquitectura y Mantenimiento, emite informe del proyecto constructivo, licitación 2013LA-00030-01(Visible a folio 86 del expediente del procedimiento sancionatorio).

XIX.—Que mediante nota de fecha 16 de junio del 2013 la contratista remite solicitud de suspensión de obra aduciendo la misma situación expuesta con anterioridad con relación a la empresa Telcom Electrónica S. A. lo que les imposibilita materialmente a continuar con la ejecución de contrato. (Visible a folio 87 al 88 del expediente del procedimiento sancionatorio).

XX.—Que mediante el oficio URMA-PAM-438-14 de fecha 8 de julio del 2013, el Proceso de Arquitectura y Mantenimiento le informa al encargado del Proceso de Adquisiciones del abandono de la obra por parte de la empresa contratista además de los problemas tenidos por la empresa contratista con la empresa GBM, vecina de Comercio y Servicio motivo por el cual solicitan la recisión del contrato (Visible a folio 94 al 96 del expediente del procedimiento sancionatorio).

XXI. Que mediante oficio URMA-PAM-466-2013 del 25 de julio del 2013, el Proceso de Arquitectura y Mantenimiento le informa al Proceso de Adquisiciones que a la Administración cancelo el trabajo terminado según la tabla de pagos. (Visible a folio 97 al 98 del expediente del procedimiento sancionatorio).

XXII.—Que mediante el artículo V, de la sesión 18-2013 del 01 de agosto del 2013, comunicado de acuerdo CLCA-89-2013 de 1 de agosto 2013, la comisión local central de adquisiciones acuerda instruir a la Asesoría Legal para que realice un procedimiento para que realice el procedimiento de resolución contractual con la empresa B-Group Integrated Engineering and Management Solutions S. A., concerniente a la licitación abreviada N°2013LA-000030-01 para la contratación de servicio de comedor para funcionarios edificio comercio y servicio” debido a los incumplimientos contractuales al hacer abandono de la obra afectando (Visible a folio 99 al 104 del expediente del procedimiento sancionatorio).

XXIII.—Que mediante el oficio URMA-PAM-526-14 de fecha 20 de agosto del 2013 el Proceso de Arquitectura y Mantenimiento amplía criterio con relación al abandono de la obra por parte de la empresa B Group Integrated Engineering and Managment Solutions S.A. (Visible a folio 105 del expediente del procedimiento sancionatorio).

XXIV.—Que mediante el artículo VII, de la sesión 21-2013 del 22 de agosto del 2013, comunicado de acuerdo CLCA-89-2013 de 1 de agosto 2013, la Comisión Local Central de Adquisiciones acuerda rechazar las solicitudes de suspensión de obra remitidas por la empresa B Group Integrated Engineering and Managment Solutions S.A. por cuanto no encuentra motivo de fuerza mayor o caso fortuito que hay un abandono de la obra por parte de la contratista el cual no tiene origen de orden técnico si no problemas administrativos y financieros de la empresa. (Visible a folio 106 al 113 del expediente del procedimiento sancionatorio).

XXV.—Que mediante el artículo III, de la sesión 31-2013 del 8 de diciembre del 2013, comunicado de acuerdo CLCA-151-2013 de 9 de diciembre del 2013, la Comisión Local Central de Adquisiciones, acuerda solicitar a la persona encargada del Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales realizar la cuantificación en daños y perjuicios para que tramitado en procedimiento sancionatorio de la Asesoría Legal (visible del folio 129 al 130 del expediente del procedimiento sancionatorio).

XXVI.—Que mediante el oficio ALCA-79-2015 de fecha de febrero del 2015 la Asesoría Legal remite informe de lo actuado con relación a la ejecución del contrato suscrito con la empresa B Group Integrated Engineering and Managment Solutions S. A., Licitación Abreviada 2013LA-000030-01 para la “Construcción de comedor para funcionarios en comercio y servicio, Paseo Colón” (Visible a folio 141 al 144 del expediente del procedimiento sancionatorio).

XXVII.—Que mediante el ALCA-102-2015 de fecha 16 de marzo del 2015 la Asesoría Legal remite informe a la Presidencia Ejecutiva con relación a la atención de las gestiones realizadas por la empresa B Group Integrated Engineering and Mangment Solutions S. A., Licitación Abreviada 2013LA-00003-01 para la “Construcción de comedor para funcionarios en Comercio y Servicio, Paseo Colón” (Visible a folio 141 al 144 del expediente del procedimiento sancionatorio).

XXVIII.—Que el Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales, mediante el oficio UCI-PA-712-2015 de fecha 18 de marzo de 2015, solicita el inicio del procedimiento sancionatorio a la Asesoría Legal señalando un supuesto incumplimiento por parte de la empresa B Group Integrated Engineering and Managment Solutions S. A. durante la tramitación de la Licitación Abreviada 2013LA-000030-01 para la “Construcción de comedor para funcionarios en Comercio y servicio, Paseo Colón” debido a que no realizo en su totalidad el servicio contratado. (Visible a folio 149 del expediente del procedimiento sancionatorio).

XXIX.—Que mediante resolución NOD-CA-S-001-2017, de las nueve horas treinta minutos del diecisiete de enero del 2017, la Presidencia Ejecutiva nombró como órgano director a las licenciadas Roxana Ramírez Zúñiga y Andrea Brown Campbell para instruir el procedimiento sancionatorio en contra de la empresa, por cuanto incurre en supuestos incumplimientos conforme a lo establecido en al artículo 99 inciso c) de la Ley de Contratación Administrativa.

XXX.—Que mediante resolución de las once horas veinte minutos del veintitrés de enero del dos mil diecisiete, el órgano director del procedimiento convocó a la empresa a una audiencia oral y privada para las 9:00 horas del 23 de febrero de dos mil diecisiete, con el fin de que ejerciera su derecho de defensa sobre el siguiente cargo: “No realizó en su totalidad el servicio contratado mediante Licitación Abreviada 2013LA-000030-01 para la construcción de comedor para funcionarios en Comercio y Servicio, Paseo Colón” la cual no pudo ser notificada en el lugar señalado por la empresa, por cuanto el edificio se encontraba vacío. Por tal motivo con el fin de cumplir con el debido proceso se procedió a publicación del traslado de cargos en el Diario Oficial La Gaceta por tres veces consecutivas, números 29 de fecha 9 de febrero de 2017, 40 de fecha 24 de febrero de 2017 y 41 del 27 de febrero del 2017, quedando como fecha para la realización de la audiencia oral y privada las nueve horas del 16 de mayo del 2017.

XXXI.—Que, en la fecha y hora señaladas por el órgano director, 16 de mayo del 2017, se llevó a cabo la audiencia oral y privada para la empresa B Group Integrated Engineering And Managment Solutions S.A. sin la presentación de la representación de la empresa.

Considerando:

I.—Sobre los hechos probados: Esta Presidencia Ejecutiva estima que, con base en la prueba recabada, se pueden tener como demostrados los siguientes hechos de interés:

1.  Que mediante comunicado de acuerdo N° CLCA-147-2013, de fecha del 14 de octubre de 2013 se acuerda adjudicar la Licitación Abreviada 2013LA-00030-01 “Construcción de comedor para funcionarios en comercio y servicio, Paseo Colón”, la empresa B-Group Integrated Engineering And Management Solutions S. A. por un monto de ¢30.997.427.54 con un plazo de 50 días hábiles, la fecha de inicio debió ser el 20 de enero del 2013. (Visible a folios 44 al 46 del expediente del procedimiento sancionatorio).

2.  Que mediante nota de fecha 29 de mayo del 2013, la empresa B Group Integrated Engineering and Managment Solutions S. A. solicita suspensión de la obra argumentando su imposibilidad de continuar por la situación financiera de su empresa originada en el pago realizado por el INA a la empresa Cesionaria Telcom Electrónica S.A. Solicitan la Suspensión hasta que las autoridades judiciales resuelvan la denuncia penal interpuesta por ellos en contra de la empresa Telcom Electrónica S. A. (Visible a folio 81 al 82 del expediente del procedimiento sancionatorio).

3.  Que mediante nota de fecha 16 de junio del 2013 la contratista remite solicitud de suspensión de obra aduciendo la misma situación expuesta con anterioridad con relación a la empresa Telcom Electrónica S. A. lo que les imposibilita materialmente a continuar con la ejecución de contrato. (Visible a folio 87 al 88 del expediente del procedimiento sancionatorio).

4.  Que la empresa B Group Integrated Engineering and Managment Solutions S.A. realiza abandono de la ejecución de la obra a partir del 23 de abril del 2017. (Ver oficios URMA-PAM-438-2014, del 8 de julio del 2014).

II.—Hechos no probados: Esta Presidencia Ejecutiva estima que no existen hechos de interés en este asunto que deban tenerse como no demostrados.

III.—Sobre el fondo del asunto: En el presente procedimiento a la empresa B Group Integrated Engineering And Managment Solutions S. A. se le atribuyó el haber abandonado la obra de construcción, para la Licitación Abreviada 2013LN-000030-01 “Construcción de comedor para funcionarios en comercio y servicio, Paseo Colón”, motivo por el cual podría ameritarse la aplicación de una sanción administrativa.

Con relación a la normativa aplicada en los casos donde un oferente incumple con el objeto del contrato, el artículo 99 de la Ley de Contratación Administrativa (LCA) en su inciso a) establece: “El contratista que, sin motivo suficiente, incumpla o cumpla defectuosa o tardíamente con el objeto del contrato, sin perjuicio de la ejecución de las garantías de participación o cumplimiento”.

En el caso de marras el contratista mediante documento de fecha 5 de febrero del 2013 realizó la cesión de pago de la totalidad de las facturas que se derivarán de la contratación 2013LA-00030-01 a favor de la empresa Telcom Electrónica S. A. Posteriormente presento una nota de fecha 13 de abril del 2013, al Departamento de Proveeduría y al Departamento de Arquitectura del INA, solicitando la suspensión de obras de la licitación abreviada 2013LA-000030-01, aduciendo la imposibilidad de continuar con la ejecución de la obra, por cuanto, aunque solicitaron dejar sin efecto la cesión de pago emitida por su empresa a favor de la empresa Telcom Electrónica S.A., la administración no le canceló a ellos el 80% de la ejecución de la obra concluida. Seguidamente mediante nota de número 03-04-2013 de fecha 21 de abril del 2013 la empresa B Group Integrated Engineering and Managment Solutions S. A. solicito nuevamente dejar sin efecto la cesión de pago presentada por la empresa Telcom Electrónica S. A. aduciendo incumplimientos por parte del cesionario. Mediante nota de fecha 29 de mayo del 2013, la empresa B Group Integrated Engineering and Managment Solutions solicita suspensión de la obra argumentando su imposibilidad de continuar por la situación financiera de su empresa originada en el pago realizado por el INA a la empresa Cesionaria solicitando la suspensión hasta que las autoridades judiciales resolvieran la denuncia penal interpuesta por ellos en contra de la empresa Telcom Electrónica S. A.

El contratista realiza abandono de la ejecución de la obra a partir del 23 de abril del 2017 razón por la cual el Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales, mediante el oficio UCI-PA-712-2015 de fecha 18 de marzo de 2015, solicita el inicio del procedimiento sancionatorio a la Asesoría Legal señalando un supuesto incumplimiento por parte de la empresa B Group Integrated Engineering and Managment Solutions S. A. durante la tramitación de la Licitación Abreviada 2013LA-000030-01 para la “Construcción de comedor para funcionarios en Comercio y servicio, Paseo Colón” debido a que no realizó en su totalidad el servicio contratado sin que se haya podido acreditar justificación alguna que pusiera al contratista en una situación de imposibilidad de cumplimiento de lo contratado.

Siendo este el caso, se tiene que a la empresa B Group Integrated Engineering and Managment Solutions le aplica lo estipulado en el inciso a) del artículo 99 de la LCA: “El contratista que, sin motivo suficiente, incumpla o cumpla defectuosa o tardíamente con el objeto del contrato, sin perjuicio de la ejecución de las garantías de participación o cumplimiento.”

Por tanto:

Esta Presidencia Ejecutiva con base en las consideraciones de hecho y de derecho expuestas;

RESUELVE:

I.—Aplicar la sanción administrativa prevista en el artículo 99 inciso a) de la ley de contratación administrativa en contra de la empresa Integrated Engineering and Managment Solutions originado de la Licitación Abreviada 2013LA-000030-01, “Construcción de comedor para funcionarios en comercio y servicio, Paseo Colón”. Notifíquese. Maynor Rodríguez Rodríguez. Presidente Ejecutivo.

Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado Unidad de Compras Institucionales.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 91039.—( IN2017156777 ).

FE DE ERRATAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

PROVEEDURÍA GENERAL

CONTRATACIÓN POR PUBLICACIÓN CP-000001-2017 / FIDEICOMISO 1026 INCOP/ICT/BNCR.

MODIFICACIÓN Nº 01 para el proceso CP-000001-2017 “Contratación de servicios profesionales para la elaboración de un estudio de Auditoría cuyo propósito sea la evaluación de los resultados de la gestión financiera del Fideicomiso número 1026 denominado Fideicomiso INCOP/ICT/BNCR”

1. MODIFICACIÓN

Se modifica cláusula N° 21, hora y fecha de apertura

Donde se lee:

Todas las ofertas deberán entregarse en la Dirección de Fideicomisos y Estructuraciones del Banco Nacional de Costa Rica, situada en el segundo piso del edificio principal del Banco Nacional de Costa Rica a las 10:00 (diez) a.m., según el reloj ubicado en esta Dirección, el día 07 de agosto de 2017, momento en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que asistan.

Debe de leerse de la siguiente manera:

Todas las ofertas deberán entregarse en la Dirección de Fideicomisos y Estructuraciones del Banco Nacional de Costa Rica, situada en el segundo piso del edificio principal del Banco Nacional de Costa Rica a las 10:00 (diez) a.m., según el reloj ubicado en esta Dirección, el día 09 de agosto de 2017, momento en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que asistan.

La Uruca, 01 de agosto del 2017.—Dirección de Fideicomisos y Estructuraciones.—Stephanie Navarro Murillo.—Soporte Operativo.—Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora.—1 vez.— O. C. N° 524007.—Solicitud N° 91103.—( IN2017156919 ).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000009-01

(Modificación)

Alquiler, instalación y mantenimiento de equipo purificadores

de agua bajo la modalidad de demanda, en los edificios

del Banco de Costa Rica, ubicados en todo el país

El Banco de Costa Rica comunica a los interesados en participar en esta licitación, que se ha ampliado el plazo para recibir ofertas por escrito, hasta las once horas con treinta minutos del día 23 de agosto del 2017.

El resto del cartel se mantiene invariable.

San José, 01 de agosto del 2017.—Oficina de Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar S.—Área de Licitaciones.— 1 vez.—O. C. Nº 663248.—Solicitud Nº 91111.—( IN2017156962 ).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000008-DCADM

(Enmienda N° 2)

Contratación de empresa que brinde servicios de soporte

multicanal a los clientes del Banco Popular por medio

de un centro de contactos (consumo según demanda)

Se les comunica a todos los interesados en este concurso que el documento que contiene la Enmienda N° 2 por atención de consultas, puede ser retirada en la División de Contratación Administrativa del Banco Popular, ubicado en el sexto piso de la sede central, en avenidas 2 y 4, calle 1, San José, en un horario de lunes a viernes de 8:15 a. m. a 4:00 p. m.

Demás condiciones y requisitos permanecen invariables.

Área de Gestión y Análisis de Compras.—Licda. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—( IN2017157004 ).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

UNIDAD COORDINADORA DEL PROYECTO

INSTITUCIONAL (UCPI) Y DEL ACUERDO DE

MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL (AMI)

DE UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA UNED

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

EDU-UNED-118-LPI-B-2016LPI-000002

(Adenda N° 2)

Adquisición de Equipo de Comunicación

para el Centro de Datos

La Universidad Estatal a Distancia comunica a los interesados en la presente Licitación, que debido a consultas y solicitudes presentadas por distintos proveedores se están realizando las siguientes modificaciones al cartel para que se lea de la siguiente manera:

1.  Se sustituye lo indicado en el apartado de Especificaciones Técnicas del cartel página 90, lote N° 1, línea N° 1, inciso 1.10.1, para que se lea de la siguiente manera:

1.10.1  Debe de contar con una única interfaz de administración para el usuario, que le permita crear un ambiente basado en políticas para compartir o delegar funciones, crear respaldos, mantener las opciones de recuperación de desastres y el monitoreo del equipo.

2.  Se sustituye lo indicado en el apartado de Especificaciones Técnicas del cartel página 91, lote N° 1, línea N° 1, inciso 1.10.5, para que se lea de la siguiente manera:

1.10.5  El sistema de almacenamiento debe permitir copias múltiples de los contenedores o LUNs de datos en producción con propiedades de ahorro de espacio durante la copia, sin que afecte el desempeño del contenedor o LUN, ni la disponibilidad del acceso a los datos, permitiendo al menos unos 1024 snapshots por controladora para todo el almacenamiento en total. Debe especificar la sección de la hoja de datos donde se confirma el cumplimiento de este requisito técnico.

3.  Se sustituye lo indicado en el apartado de Especificaciones Técnicas del cartel página 92, lote N° 1, línea N° 1, inciso 1.10.13.2, para que se lea de la siguiente manera:

1.10.13.2 Debe contar con al menos 18 GB de memoria cache por controladora y 2GB de memoria NVRAM o en su defecto se debe aportar al menos 32 GB de memoria cache por cada controladora.

4.  Se sustituye lo indicado en el apartado de Especificaciones Técnicas del cartel página 92, lote N° 1, línea N° 1, inciso 1.10.15, para que se lea de la siguiente manera:

1.10.15    Se requiere que la solución no dependa, instale o requiera de un servidor para administración, de no ser así, el oferente deberá aportar todo lo necesario.

5.  Se sustituye lo indicado en el apartado de Especificaciones Técnicas del cartel página 93, lote #1, línea #1, inciso 1.10.20, para que se lea de la siguiente manera:

1.10.20    El almacenamiento a futuro debe poseer la capacidad de escalar en procesamiento y crecimiento de discos (scale-out) al permitir adicionar pares de controladoras adicionales a las adquiridas en esta contratación, con un crecimiento de al menos 8 controladoras o en su defecto debe poseer la capacidad a futuro de crear un clúster de virtualización extendido entre almacenamientos de la misma marca, lo cual permita aumentar la disponibilidad al ser administrados en conjunto mediante alguna funcionalidad de virtualización. En este último caso todas las controladoras en conjunto deben poder manejarse como un clúster de almacenamiento con replicación extendida.

6.  Se sustituye lo indicado en el apartado de Especificaciones Técnicas del cartel página 93, lote N° 1, línea N° 1, inciso 1.10.21, para que se lea de la siguiente manera:

1.10.21    En el caso de un potencial escenario de Scale-Out con múltiples controladoras, el almacenamiento debe poder permitir la creación de hasta 300 almacenamientos virtuales sobre el clúster de almacenamiento físicos; esto con el fin de poder delegar estos almacenamientos virtuales a otras entidades dentro del país o grupos dentro de la institución. Estos almacenamientos virtuales deben tener la capacidad de administrarse de forma independiente y los administradores de una de estas entidades no pueden trasgredir a otras.

7.  Se elimina el requisito solicitado en el apartado de Especificaciones Técnicas del cartel página 116, lote N° 1, línea N° 2, inciso 3.2.2.13., el cual indica lo siguiente:

El equipo debe tener la capacidad de actualizar el sistema operativo mientras se encuentra en operación (ISSU).

8.  Todas las demás condiciones permanecen invariables.

Sabanilla, 1 de agosto del año 2017.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa de la Oficina de Contratación y Suministros.— 1 vez.—( IN2017156786 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN

Y COMUNICACIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000003-1150

Servicios de soporte Oracle de alto nivel

Se informa a los interesados que mediante resolución DTIC-4495-2017 de las 09:30 horas del 31 de julio del 2017, se realiza Fe de Erratas a la resolución de adjudicación DTIC-3420-2017, debiéndose leer correctamente el detalle de los precios unitarios de los subítems que conforman el ítem único, por horas con entrega según demanda, de la siguiente manera:

Ítem único: Servicios de soporte Oracle de alto nivel.

Subítem 1: Servicios para la atención de requerimientos planificados. Precio unitario: $70.

Subítem 2: Servicios para la atención de solicitudes de servicio de emergencia. Precio unitario: $73.

Subítem 3: Servicios de apoyo en sitio para ambientes de Base de Datos y Aplicaciones Weblogic. Precio unitario: $60.

Subárea Gestión de Compras.—Criseld Morales Kirton.— 1 vez.—( IN2017156990 ).

GERENCIA DE LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

SUBÁREA DE REACTIVOS

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000002-5101

(Aviso N°7)

Juego de reactivos para la determinación

de hemogramas en forma automatizada

Se informa a todos los interesados en participar en el concurso citado, que la fecha apertura de ofertas ha sido prorrogada para el día 28 de agosto del 2017 a las 10 a. m. y a la vez se les comunica que ya se encuentra disponible para su adquisición el nuevo cartel unificado en donde se atendieron las modificaciones dispuestas en resolución R-DCA-0465-2017 así como las solicitudes de aclaraciones presentadas por los proveedores. Sita: costado sureste del Teatro Nacional (avenidas 2 y 4, calles 5 y 7); Oficinas Centrales de la C.C.S.S., edificio Laureano Echandi, recepción del piso 11.

Para mayor información se puede contactar con la Licenciada Jéssica Bianco González, encargada o la Licenciada Andrea Vargas Vargas, Jefa.

Licda. Andrea Vargas Vargas, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 19402.—( IN2017157057 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-00031-PRI

(Circular N° 1)

Adquisición de cajas de protección para medidor

de 12,7 mm (hierro ductil con bisagra y válvula

check de 12,7 mm en bronce

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A) cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la Licitación arriba indicada, que se efectúa la siguiente modificación al cartel:

VOLUMEN 2: Requisitos del oferente:

Artículo 1: Se debe leer correctamente de la siguiente manera:

Posiciones 1 y 2: Cajas de protección para medidor de 12,7 mm (en hierro dúctil con bisagra).

El oferente, deberá presentar junto con su oferta una metalografía, cuya fecha de emisión no sea mayor a un año, a partir de la fecha de apertura de ofertas, mediante la cual se determine la microestructura del hierro y poder determinar así el tipo de material utilizado en la fabricación de la caja. Dicha metalografía deberá ser emitida por un Laboratorio de Química, que sea nacional y esté debidamente reconocido ante el Colegio Profesional respectivo.

Demás condiciones se mantienen invariables.

Dirección Proveeduría.—Licda. Iris Fernández Barrantes.— 1 vez.—O. C. Nº 6000002134.—Solicitud Nº 91110.— ( IN2017156992 ).

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000037-PRI

(Prórroga)

Servicios de consultoría para el análisis de requerimientos

para modernización de la plataforma tecnológica

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica que se prorroga la fecha de apertura para el día 23 de agosto del 2017 a las 11:00 horas, para la licitación arriba indicada.

Licda. Iris Patricia Fernández Barrantes, Dirección de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 6000002134.—Solicitud Nº 91112.— ( IN2017156996 ).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000027-PRI

Servicios profesionales especializados para diseñar y definir

la arquitectura de información

Circular N° 1

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, en adelante AyA, cédula jurídica Nº 4000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la Licitación arriba indicada, que se efectúa modificaciones y aclaraciones al cartel, las cuales podrán retirar, sin costo alguno, en la Dirección Proveeduría del AyA sita en el Módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA, ubicado en Pavas o accesarla en la Web www.aya.go.cr, Link Proveeduría. Expediente. Adicionalmente se prórroga la fecha para recepción de ofertas hasta las 10:00 horas del día 23 de agosto del 2017. Demás condiciones permanecen invariables.

Dirección de Proveeduría.—Licda. Iris Fernández Barrantes.— 1 vez.—O.C. N° 6000002134.—Solicitud N° 91124.—( IN2017157032 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000002-10

Contratación de servicios de seguridad y vigilancia física

y electrónica para las instalaciones del Centro Nacional

Especializado en Agricultura Orgánica y Centro

de Formación Profesional de Paraíso

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Cartago del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Pública 2017LN-000002-10, las siguientes modificaciones al Cartel de Contratación:

A.    Aclaración:

Se aclara que el día de la apertura es el día viernes 11 de agosto del 2017, misma hora y lugar, No lunes 11 de agosto del 2017, como se indicó en la publicación de La Gaceta del 31/07/2017 (N° 144).

Las demás condiciones de estos puntos y de la totalidad del Cartel de Contratación quedan invariables.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 91035.— ( IN2017156759 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000028-01

Compra de Equipos para Salas

de Grabación

Léase correctamente el nombre del trámite N° 2017LA-000028-01 como “Compra de Equipos para Salas de Grabación” el cual salió publicado en La Gaceta Nº 144 del día lunes 31-07-2017, con el nombre “Compra de equipo de audio y video”.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O.C. N° 25344.—Solicitud N° 91036.— ( IN2017156762 ).

UNIDAD REGIONAL CARTAGO

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000003-10

Compra de Sistema de Administración y Gestión

de Laboratorio Multimedia Analógico Digital

de Idiomas y Equipos de Comunicación

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Cartago del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada N° 2017LA-000003-10, las siguientes modificaciones y aclaraciones al Cartel de Contratación:

1- Línea N°2

Punto 1.6 de las especificaciones técnicas debe leerse de la siguiente manera:

Debe de incluir dos Gibits 1000 MBPS, del tipo SFP-SX-MM, 1.25G, MM Fiber, 850NM, LC, UP TO 550M, con su respectivo Patchcord LC/LC de al menos tres pies

2- La apertura de las ofertas se prórroga para el día 22 de agosto del 2017 a las 10:00 a.m.

Las demás condiciones permanecen invariables

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O.C. N° 25344.—Solicitud N° 91042.— ( IN2017156770 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

2017LN-000009-5101 (Aviso Nº 02. Modificaciones)

Sistema de osteosíntesis con placa de compresión bloqueada

para medianos fragmentos, para pequeños fragmentos,

con placa de compresión bloqueada para fractura

de fémur proximal, con placa de compresión

bloqueada para osteotomías y con placas

anatómicas para pelvis

A todos los interesados se les comunica que se modifican las especificaciones técnicas del concurso para tales efectos las nuevas fichas técnicas es la versión Nº 0011 del código 2-72-02-8101 y versión 007 del código 2-72-02-8104 ambas de fecha 27 de julio del 2017.

Asimismo, se realizaron cambios en el cartel para lo cual se generó la segunda versión del mismo, disponible a partir de esta fecha en la dirección electrónica institucional: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=5101&tipo=LN o bien, en forma física en la recepción del Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios, en el piso 11 del Edificio Laureano Echandi de Oficinas Centrales para consultas.

Además, se prorroga para el 08 de setiembre del 2017, a las 09:00 horas.

El resto del cartel permanece invariable.

San José, 31 de julio del 2017.—Subárea de Insumos Médicos.—Licda. Shirley Méndez Amador, Jefa a. í.—1 vez.— O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 21627.—( IN2017156854 ).

N° 2017LN-000013-5101

Venda de algodón y poliamida de 10 cm de ancho. Venda

para fijación elástica cohesiva libre de látex

Aviso Nº 01

Se les comunica a todos los interesados que en el presente concurso se encuentra disponible la nueva Versión de la Ficha Técnica 0028 de fecha 28 de julio del 2017, de conformidad con el Oficio CIEMQ-165-2017 de la Comisión Técnica de Normalización y Compras de Implementos y Equipo Médico Quirúrgico.

Los demás términos del cartel permanecen invariables.

Además, el aviso Nº 01 se encuentra disponible en la dirección electrónica institucional: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=5101&tipo=PU

La cual se encuentra formato PDF, o bien, en forma física en la recepción del Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios, en el piso 11 del Edificio Laureano Echandi de Oficinas Centrales para consultas.

San José, 31 de julio de 2017.—Subárea de Insumos Médicos.—Lic. Víctor Manuel Solano Vega, Asistente.—1 vez.—O.C. N° 1142.—Solicitud N° 21628.—( IN2017156859 ).

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000001-4402

(Aclaración general N º 2)

Implementación del sistema de mamografía digital para diferentes áreas de salud, CAIS y Hospitales de la CCSS

A los interesados en participar en el presente concurso, se les comunica que se han efectuado aclaraciones al cartel, las cuales están disponibles en la siguiente dirección electrónica: www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=4402

El plazo para recibir ofertas se mantiene para el día 10 de agosto de 2017 a las 10:00 a. m.

Los demás términos del cartel permanecen invariables.

San José, 01 de agosto del 2017.—Licda. Yerlin Blanco Robles, Jefe Subárea de Gestión Administrativa y Logística.— 1 vez.—( IN2017156964 ).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000023-02

(Prorroga N°1)

Suministro de repuestos genuinos

para camiones reabastecedores

Les comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 10 de agosto del 2017 a las 10:00 horas.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio WEB www.recope.com, se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por Recope.

Dirección de Suministros.—Ing. Nora Iris Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2017-000142.—Solicitud Nº 91121.— ( IN2017157053 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000002-01

Adquisición de un camión hidrovaciador

Se realiza modificación al cartel de la Licitación Pública 2017LN-000002-01, titulada adquisición de un camión hidrovaciador. Se informa que las modificaciones al cartel se encuentran en la página www.munigoicoechea.com o se soliciten vía correo a andres.arguedas@munigoicochea.com. Por tanto la fecha de apertura se traslada al 29 de agosto de 2017.

Goicoechea, 01 de agosto de 2017.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Andrés Arguedas Vindas, Jefe.—1 vez.—( IN2017156901 ).

MUNICIPALIDAD DE GARABITO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LA-000005-MUGARABITO

(Modificación N° 1)

Contración de gestión de cobros

administrativos por demanda

La Proveeduría de la Municipalidad Garabito, informa la primera modificación al pliego cartelario, la cual consiste en la fecha de apertura de las ofertas siendo esta, hasta las catorce horas del 24 de agosto del 2017.

Garabito, 31 de julio del 2017.—Licda. Ana Sofía Schmidt, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 13.—Solicitud Nº 91043.—  ( IN2017156775 ).

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN QUEPOS

SECRETARÍA DEL CONCEJO

El Concejo Municipal de Quepos, mediante acuerdo tomado en sesión ordinaria 119-2017 de fecha 11 de julio de 2017, según artículo sétimo, informes varios Acuerdo 10 acuerda lo siguiente:

Acuerdo N° 10: El Concejo Acuerda: Acoger y aprobar en todos sus términos el oficio DPM-048-2017, suscrito por el Lic. Egidio Araya Fallas. Jefe Departamento de Patentes Municipales. Por tanto: Procédase con la segunda publicación en el diario oficial La Gaceta del texto definitivo agregado al artículo 02, del Reglamento de Ventas Ambulantes y Estacionarias de la Municipalidad de Quepos, como sigue: Autorizar un permiso temporal por un plazo de 1 año, el cual podrá ser renovable por un plazo igual, para que las familias de escasos recursos, puedan realizar diferentes actividades comerciales, tanto estacionarias como ambulatorias, mientras estén vigente las ayudas que el IMAS otorga a estas familias. Se acuerda lo anterior por unanimidad (cinco votos).

Licda. Alma López Ojeda, Secretaria a. í.—1 vez.—( IN2017155167 ).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se hace saber Dahiana Patricia Diah Madrigal resolución de las nueve horas del doce de julio del año dos mil diecisiete, en la cual se resuelve modificación de medida de protección de abrigo temporal a cuido provisional e incompetencia territorial a favor de la persona menor de edad de nombre: Keytri Dayan Lewis Diah, quien es costarricense, persona menor de edad, de 16 años de edad, nacida el ocho de diciembre del dos mil, tarjeta de identificación de persona menor de edad 117910109. Garantía de defensa: Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra en Tibás, de la Bomba San Juan, 400 metros al oeste y 25 metros al norte, o bien señalar número de facsímil para recibir las notificaciones que podrían notificarse, en el entendido que de no hacerlo o si el lugar fuese inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente resolución procede el recurso de apelación, que se deberá interponer ante esta representación en un término de cuarenta y ocho, siguientes contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última publicación de las partes, en el entendido que de hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia). Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente Administrativo OLT-00078-2016.—Oficina Local de Tibás.—Licda. Maritza Matarrita Álvarez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000035.—( IN2017154684 ).

Al señor Carlos Oviedo Arias, se le comunica que por resolución de las ocho horas dos minutos del veintisiete de junio del año dos mil diecisiete, se dio inicio al proceso especial de protección mediante el dictado de una medida de orientación, apoyo y seguimiento familiar a favor de la persona menor de edad Jared Oviedo Zamora y se le concede audiencia a las partes para que se refieran al informe social extendido por la licenciada en trabajo social Samari Camacho Araya en la boleta de valoración de fecha doce de junio del dos mil diecisiete. Se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de la Oficina Local de La Unión o bien señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta representación legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes contadas a partir de la notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente: OLLU 00172-2017.—Oficina Local de La Unión.—Licda. Flor Robles Marín, Representante Legal.—O. C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000035.—( IN2017154685 ).

Se avisa al Señor Greiko Ricardo Fernández Garro, quien es mayor, con cédula número 116130181, demás calidades desconocidas, que por resolución de las once horas con treinta y ocho minutos del veintiocho de junio del año dos mil diecisiete, esta Representación Legal del Patronato Nacional de la Infancia de la Oficina Local de Tibás, resuelve medida de protección de cuido provisional, en favor de la persona menor de edad, Santiago Fernández Ibarra, para que desde la hora y fecha de esa resolución la persona menor de edad anteriormente citada, quede bajo la protección de la Señora Ingrid Ileana Calero Salazar quien es su Abuela Materna hasta por seis meses. Notifíquese: La  anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber, además, que contra la presente resolución procede el recurso de apelación, mismo que deberá interponerse cuarenta y ocho horas luego de la última publicación de este edicto, ante la Representación Legal del Patronato Nacional de la Infancia de Tibás, quien interpelará a las partes para que comparezcan ante la Instancia Superior, Presidencia Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia, quien resolverá en definitiva el recurso de apelación. Si el recurso es presentado fuera del término señalado se rechazará por extemporáneo, según lo regulado en el artículo 139 del Código de Niñez y Adolescencia. Expediente N° OLT-00098-2017.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Mario Enrique Tenorio Castro, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000035.—( IN2017154686 ).

A José Guillermo Mena Rodríguez. Persona menor de edad Sthepanie Auxiliadora Mena Aguilar se le (s) comunica la resolución de las quince horas del día tres de julio de dos mil diecisiete, donde se resuelve: 1) Dar por iniciado el proceso especial de protección y dictar medida de cuido provisional a favor de la persona menor de edad quien permanecerá en el hogar de la señora Geisel López Cerdas. Notificaciones. Se le previene a la parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en el caso de no hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: Se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la Oficina Local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Exp. N° OLPV-00259-2017.—Oficina Local de Pavas.—Licda. Luanis Pons Rodríguez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000035.—( IN2017154687 ).

A Lanier José Moreno Rugama, persona menor de edad Lanier Alessandro Moreno Lanzas se les comunica la resolución de las ocho horas y treinta minutos del catorce de julio de dos mil diecisiete, donde se resuelve 1-Dar por iniciado el proceso especial de protección y dictar medida de cuido provisional a favor de la persona menor de edad quien permanecerá en el hogar de la señora Yamileth del Rosario Rugama Rivera. Notificaciones. Se le previene a la parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en el caso de no hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: Se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la Oficina Local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Expediente OLSJO-00444-2015.—Oficina Local de Pavas.—Licda. Luanis Pons Rodríguez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000035.—( IN2017154688 ).

Se hace saber Leticia del Carmen Segura Duarte, resolución de las diez horas del trece de julio del dos mil diecisiete, en la cual se resuelve Medida de Cuido Provisional en Recurso Familiar a favor de la persona menor de edad de nombre: Nayeli Sofia Segura Duarte quién es costarricense, persona menor de edad, de 2 meses de edad, nacida el nueve de mayo del dos mil diecisiete, tarjeta de identificación de persona menor de edad 1227890890. Garantía de defensa: se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra en Tibás, de la Bomba San Juan, 400 metros al oeste y 25 metros al norte, o bien señalar número de facsímil para recibir las notificaciones que podrían notificarse, en el entendido que de no hacerlo o si el lugar fuese inexacto, las notificaciones futuras quedaran firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente resolución procede el recurso de apelación, que se deberá interponer ante esta Representación en un término de cuarenta y ocho, siguientes contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última publicación de las partes, en el entendido que de hacerlo fuera de dicho termino el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia). Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente Administrativo OLT-00088-2017.—Oficina Local de Tibás.—Licda. Maritza Matarrita Álvarez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000035.—( IN2017154689 ).

Se hace saber Linder Lewis Betford, resolución de las nueve horas del doce de  julio del año dos mil diecisiete, en la cual se resuelve modificación de Medida de Protección de Abrigo Temporal a Cuido Provisional e Incompetencia territorial a favor de la persona menor de edad de nombre: Keytri Dayan Lewis Diah quién es costarricense, persona menor de edad, de 16 años de edad, nacida el ocho de diciembre del dos mil tarjeta de identificación de persona menor de edad 117910109. Garantía de Defensa: Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra en Tibás, de la Bomba San Juan, 400 metros al oeste y 25 metros al norte, o bien señalar número de facsímil para recibir las notificaciones que podrían notificarse, en el entendido que de no hacerlo o si el lugar fuese inexacto, las notificaciones futuras quedaran firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente resolución procede el recurso de apelación, que se deberá interponer ante esta Representación en un término de cuarenta y ocho, siguientes contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última publicación de las partes, en el entendido que de hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia). Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente Administrativo OLT-00078-2016. Oficina Local de Tibás, PANI.—Licda. Maritza Matarrita Álvarez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000035.—( IN2017154690 ).

A Luis Bernardo Jiménez Granados, persona menor de edad Charlie Daniel Jiménez Navarro, se le comunica la resolución de las catorce horas con once minutos del primero de junio de dos mil diecisiete, donde se resuelve: 1- Dictar medida de Cuido Provisional de la persona menor de edad Charlie Daniel Jiménez Navarro a cargo de la señora Marietta Picado Rivera, se indica que la presente medida tiene un plazo de seis meses. Se les previene a las partes señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en el caso de no hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: Se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la Oficina Local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: Se hace saber a las partes, que en contra de estas resoluciones procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las dieciséis horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Oficina Local del Pani de Hatillo. Expediente OLLS-00083-2014.—MSC. William Rodríguez Matamoros, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000035.—( IN2017154691 ).

Al señor Mario Romero, con domicilio en Nicaragua, sin mayores datos, se le comunica la resolución de las once horas del seis de julio del dos mil diecisiete, mediante la cual se resuelve a favor de la persona menor de edad: Steven Francisco Romero Sánchez, medida de orientación, apoyo y seguimiento, temporal a la familia. Se le confiere audiencia al señor Mario Romero por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en San José, distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del costado suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur. Así mismo se les hace saber que Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra la indicada resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Nº OLSJO-00193-2016.—Oficina Local de San José Oeste.—Licda. Marisol Piedra Mora, Representante Legal.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000035.—( IN2017154692 ).

A Tatiana Lisseth Lanzas Barillas. Persona menor de edad Lanier Alessandro Moreno Lanzas se le(s) comunica la resolución de las ocho horas y treinta minutos del catorce de julio del dos mil diecisiete, donde se resuelve 1-Dar por iniciado el proceso especial de protección y dictar medida de cuido provisional a favor de la persona menor de edad quien permanecerá en el hogar de la señora Yamileth del Rosario Rugama Rivera. Notificaciones. Se le previene a la parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en el caso de no hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la Oficina Local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Expediente OLSJO-00444-2015.—Oficina Local de Pavas.—Licda. Luanis Pons Rodríguez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000035.—( IN2017154693 ).

Se comunica la señora Dayanna Gabriela Montoya Díaz, mayor de edad, costarricense, soltera, portadora de la cédula de identidad número 116700337, de domicilios y demás calidades desconocidas, progenitora de la persona menor de edad Kylary Dayana Martínez Montoya, la resolución administrativa de esta oficina de las dieciséis horas con cinco minutos del doce de agosto de dos mil dieciséis, en la cual se dictó la Medida de Protección Administrativa de abrigo temporal de la persona menor de edad: Kylary Dayana Martínez Montoya, de diecisiete días de edad, nacida el veintiséis de julio del dos mil dieciséis, de nacionalidad costarricense, con citas de inscripción en el Registro Civil, sección de nacimientos de la provincia de Limón, al tomo 400, tomo 202, asiento 404 hija de Dayanna Gabriela Montoya Díaz y Argenis José Martínez Ruiz, para que permanezca ubicada en la Asociación Iglesia Evangélica Metodista, Centro de Atención Infanto Juvenil Hogar Metodista. Recurso: El de Apelación, señalando lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Exp. N° OLLI-00104-2016. Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall Quirós Cambronero, Representante Legal.—O.C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000035.—( IN2017154694 ).

Se comunica a los señores: Lorenza Valladares y Martín García, ambos mayores de edad, de nacionalidad: nicaragüense, de domicilio y demás calidades desconocidas, padre de la persona menor de edad: Blanca Valladares García, las resolución administrativa dictada por ésta representación de las dieciséis horas quince minutos del veintiséis de junio del dos mil diecisiete, en la cual se dictó medida de protección de abrigo temporal a favor de la persona menor de edad: Blanca Valladares García, de dieciséis años de edad, nacida el 06 de enero del 2001, de nacionalidad: nicaragüense, hija de Lorenza Valladares y Martín García, para que permanezca ubicada junto con su hija recién nacida en la alternativa de protección institucional, denominada Aldea de Moín, ubicada en Limón. Recurso: el de apelación, señalando lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente Nº OLSI-00115-2017.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall Quirós Cambronero, Representante Legal.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000035.—( IN2017154695 ).

Al señor Luis Ángel Brenes Obregón, se le comunica la resolución de las ocho horas cuarenta y siete minutos del veinticuatro de junio del dos mil quince que ordenó el inicio del proceso especial de protección en sede administrativa y dictado de medida de protección de cuido provisional a favor de las personas menores de edad Nicole Yaricza Brenes Castillo y Luis Ricardo Brenes Castillo. Notifíquese la anterior resolución al señor Luis Ángel Brenes Obregón, con la advertencia de que deben señalar lugar o un fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, en caso de no hacerlo o si el lugar fuere inexacto, impreciso o llegara a desaparecer o el medio seleccionado fuere defectuoso estuviera desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de la presente resolución procede únicamente el recurso ordinario de Apelación que deberá interponerse ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas hábiles después de notificada la presente resolución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia). Recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la entidad. Se previene a la parte involucrada en el Proceso que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho así como tener acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión o fotocopias. Expediente OLSAR-00168-2015.—Oficina Local de Sarapiquí.—Licda. Julissa Cantillano Morán, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000035.—( IN2017154696 ).

Al señor, Mario González Herrera, cédula de identidad número 203840719 y domicilio desconocido; se le comunica la resolución PE- PEP-00103-2017 de las 9.44 horas del 23 de junio del 2017 de la Presidencia Ejecutiva, donde se resuelve el recurso de apelación del expediente OLSAR-00004-2017de la PME JDGR, bajo los siguientes términos: “Primero: Se declara con lugar el recurso de apelación interpuesto por la señora Ana Celina, contra la resolución administrativa de las trece horas cuarenta minutos del veinticuatro de enero de dos mil diecisiete, dictada por la representante legal de la Oficina Local de Sarapiquí del Patronato Nacional de la Infancia. Segundo: Notificar a madre al correo electrónico ajurismc@qmail.com y al señor Aníbal a la dirección en Río Frío, La Victoria, de la escuela 500metros al este, casa color verde a mano derecha, cerca de la torre. Tercero: Se ordena a la Oficina Local de Sarapiquí, brindar seguimiento por seis meses de la evolución de los niños y de la relación familiar, en el hogar de su madre. Cuarto: Remitir el expediente administrativo a la Oficina Local de Sarapiquí del Patronato Nacional de la Infancia, para cumplir con lo ordenado en esta resolución. Notifíquese. Ana Teresa León Sáenz. Expediente Administrativo: OLSAR-00004-2017.—Mariamalia Ruiz Schmidt, Abogada de la Asesoría Jurídica.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000035.—( IN2017154697 ).

A la señora Marlyn Salgado Lacayo se le comunica la resolución de este despacho de las 10:00 horas del 29 de junio 2017, en razón de la cual se dio inicio al proceso especial de protección y se dispuso el cuido provisional de las personas menores de edad Cristopher David, Geovanny Josué y Johan Daniel, todos de apellidos Zúñiga Salgado. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones ó bien señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este medio, en el entendido de que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Recursos: Se le hace saber además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberá interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil siguiente a partir de la tercera publicación de este edicto, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho así como revisar y estudiar el expediente administrativo. Exp. N° OLOR-00151-2016.—Oficina Local de Orotina.—Licda. Kattia Guerrero Barboza, Representante Legal a. í.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000035.—( IN2017154698).

Al señor Miguel Alexander Viafara Guapi, se le comunica la resolución de este Despacho de las 14:00 horas del 28 de junio del 2017, en razón de la cual se dio inicio al proceso especial de protección y se dispuso el cuido provisional de la persona menor de edad: Ashley Guiselle Viafara Sánchez. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones ó bien señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este medio, en el entendido de que, de no hacerlo, ó si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Recursos: Se le hace saber además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberá interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil siguiente a partir de la tercera publicación de este edicto, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, así como revisar y estudiar el expediente administrativo. Expediente Nº OLOR-00066-2014.—Oficina Local de Orotina.—Licda. Kattia Guerrero Barboza, Representante Legal a. í.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000035.—( IN2017154699 ).

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

Contrato de uso compartido

de infraestructura

La Superintendencia de Telecomunicaciones hace saber que las empresas Junta Administrativa del Servicio Eléctrico de Cartago y UFINET Costa Rica Sociedad Anónima, han firmado un Contrato de Servicios de Uso Compartido de Infraestructura, el cual podrá ser consultado y reproducido en el expediente J0053-STT-INT-01306-2017 disponible en las oficinas de la SUTEL ubicadas en el Oficentro Multipark, Edificio Tapantí, Escazú, San José, cuyo horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 a las 16:00 horas. De conformidad con el artículo 63 del Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, se otorga a los interesados un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso, para que presenten sus objeciones ante la SUTEL por escrito y con una copia en soporte magnético.

San José, 24 de julio del 2017.—Luis Alberto Cascante Alvarado, Secretario.—1 vez.—O.C. N° OC-2808-17.—Solicitud N° 91088.—( IN2017157019 ).

AVISOS

CONVOCATORIAS

FREEPORT ENTERPRISES SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a los socios de Freeport Enterprises Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-353541, a una asamblea extraordinaria de socios a celebrarse a las 13:00 horas del 4 de setiembre de 2017, en el domicilio social de la compañía, en San José Rohrmoser; cien metros al este, de Plaza Mayor, Centro Comercial Etreus actualmente, restaurante Papa John’s, para conocer y resolver sobre los siguientes asuntos:

Verificación de Quórum

Acuerdo sobre capitalización extraordinaria que la sociedad necesita.

Acordar cambio de domicilio social.

Nombramiento de un notario público para protocolizar los acuerdos tomados en la asamblea.

De no haber quórum a la hora señalada, la asamblea se reunirá en segunda convocatoria una hora después, con cualquier número de socios presentes.

San José, 31 de julio del 2017.—Leo Ghitis, Secretario.—1 vez.—( IN2017156912 ).

TRES-UNO CERO UNO-CINCO SIETE CUATRO

CINCO DOS SIETE SOCIEDAD ANÓNIMA

Convocatoria de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la empresa tres-uno cero uno-cinco siete cuatro cinco dos siete sociedad anónima se convoca a asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad tres-uno cero uno-cinco siete cuatro cinco dos siete sociedad anónima en el domicilio de la sociedad, Guanacaste, Nadayure, Carmona, costado norte plaza sayo, el día veintitrés de setiembre del dos mil diecisiete, en primera convocatoria a la una pm, y en segunda convocatoria una hora después de no haber el quorum de ley. agenda. 1. División de propiedad. 2. Propuestas de socios. Convoca Franklin Guerrero Ruiz, cedula seis-uno siete cero-siete siete ocho, presidente.—Lic. Víctor Manuel Lobo Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2017157028 ).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ITS LEARNING CENTER S. A.

Para efectos de lo dispuesto en el artículo 689 del Código de Comercio, los suscritos Fabián Segura Salazar y Mariela Vargas Villalobos, Presidente y Secretario, respectivamente, apoderados generalísimos de ITS Learning Center S. A., cédula 3-101-393069, comunicamos la solicitud de reposición por extravío de los certificados número 1 y 2 que representan 49 y 51 acciones comunes y nominativas de CRC 200,00 cada una de dicha sociedad, a nombre de Fabián Segura Salazar, cédula N° 1 0920-0384 y IT Servicios de Infocomunicación S. A., cédula N° 3-101-216432, respectivamente. Por el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso se atenderán eventuales oposiciones de terceros interesados.—San José, 26 de julio de dos mil diecisiete.—Fabián Segura Salazar, Presidente.—Mariela Vargas Villalobos, Secretaria.—( IN2017154758 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

CONDOMINIO RESIDENCIAL VERTICAL TORRE DEL ESTE

La suscrita Josseline Campos Díaz, mayor, soltera, asistente legal, vecina de San José, cédula 402160600; actuando en mi condición de apoderada especial de la sociedad 3-101-644696 S.A.; propietaria de la filial número 5 del Condominio Residencial Vertical Torre del Este, con cédula jurídica 3-109-649061, por este medio hago constar a cualquier tercero interesado que en vista de que los libros de la sociedad denominados: a) Actas de Asamblea de Propietarios, b) Caja y c) Junta Directiva fueron extraviados, hemos procedido a reponer los mismos. Se emplaza a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones en la provincia de San José, Curridabat, setenta y cinco metros oeste de la Embajada de Francia.—Juan Carlos Serrano Rivera.—( IN2017148303 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

EXPO HELECHOS S. A.

Al ser las 12:00 horas del 24 de julio de 2017, mediante escritura pública número treinta y seis, del suscrito notario, la sociedad Expo Helechos S. A., solicita la reposición por extravío del tomo uno del libro de Actas de Asamblea General y del tomo uno Registro de Accionistas, ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.—San José, 24 de julio de 2017.—Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—( IN2017155161 ).

A las catorce horas del día dieciocho de julio del dos mil diecisiete, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria de socios de la sociedad Maxi Repuestos Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos cuarenta y nueve mil seiscientos cuarenta y ocho, mediante la cual se modifica la cláusula cuarta del pacto social, referente al capital social. Es todo.—San José, dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Licda. María Laura Vargas Cabezas, Notaria.—1 vez.—( IN2017154821 ).

Se deja constancia que ante esta notaría mediante escritura pública otorgada a las nueve horas quince minutos del doce de julio de dos mil diecisiete, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios, de Tres Ciento Uno Setecientos Treinta y Seis Mil Setecientos Cuarenta y Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno-setecientos treinta y seis mil setecientos cuarenta y ocho; mediante la cual se cambia el nombre de la sociedad, se revocan los nombramientos de presidente y secretario y se hacen nuevos nombramientos. Presidente: Rita Francisca Piñeiro Caballero.—Licda. Emma Cousin Picado, Notaria.—1 vez.—( IN2017155162 ).

Por escritura número ciento cuarenta y seis del tomo cuatro del protocolo de la suscrita notaria y otorgada a las once horas treinta minutos del día veinte de julio del año dos mil diecisiete se reformó la cláusula de la administración de Infinitllones Limitada cédula jurídica tres- ciento dos - seiscientos noventa y ocho mil ciento sesenta y tres.—San José, veintisiete de julio del 2017.—Licda. Ana Marcela García Chaves, Notaria.—1 vez.—( IN2017155163 ).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 26 de julio del 2017, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Condorey S. A., por medio de la cual se reforma la cláusula octava.—San José, 26 de julio del 2017.—Lic. Eric Romero Jara, Notario.—1 vez.—( IN2017155173 ).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Pilotajes García S. A., mediante los cuales se modifica la cláusula primera del pacto social modificando su razón social por Geotécnica Geointer Internacional S. A.—San José, 24 de julio del 2017.—Lic. Jorge Goicoechea Guardia, Notario.—1 vez.—( IN2017155185 ).

Ante esta notaría se tramita disolución en Sede Notarial, de la siguiente sociedad anónima Jevic Propiedades Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-461881, al amparo del artículo 201 inciso d); del Código de Comercio, la cual no tiene bienes inscritos, ni deudas pendientes ni con personas físicas, ni jurídicas. Es todo. Notaría de la Licda. Wendy Mayela Mora Garro.—Ciudad Neily, 26 de julio del 2017.—Licda. Wendy Mayela Mora Garro, Notaria.—1 vez.—( IN2017155187 ).

Jorge Enrique Pinto Correa y Robinson Alfredo Pinto Correa, constituyen: Inversiones Pinto S. A. Capital social: ¢400.000,00. Plazo noventa y nueve años. Domicilio: San José, La Uruca, Residencial Castro Carvajal, casa número treinta. Representación: Corresponde al presidente y secretario ambos con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando conjunta o separadamente. Escritura N° 326 de las 18:00 del 25 de julio del 2017.—Lic. Jorge Enrique Peña Quijano, Notario.—1 vez.—( IN2017155189 ).

Ante esta notaría mediante escritura número 132-2 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Amandus LLC LTDA., el 24 de julio del 2017, en donde se disolvió la sociedad.—Licda. Lorena Soto Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017155191 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Star Hill Properties Costa Rica LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—CE2017006269.—( IN2017155200 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Magneto Este Tres Sesenta Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—CE2016017006272.—1 vez.—( IN2017155203 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Servicios y Construcciones Brashly Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—CE2017006279.—( IN2017155210 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo C.A.L.C.O. y C.I.A. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1 vez.—CE2017006287.—( IN2017155218 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 28 de abril del 2017, se constituyó la sociedad denominada Consultora en Salud y Ambiente SYP Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Karol Cristina Guzmán Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2017006288.—( IN2017155219 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 10 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Servicios Lusitania JJPM Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2017006289.—( IN2017155220 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Paraíso la Tierra Soñar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—CE2017006290.—( IN2017155221 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Carovi Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—CE2017006291.—( IN2017155222 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Kandalaya Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2017006292.—( IN2017155223 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones J D J Turbo Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Greivin Chacón Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2017006293.—( IN2017155224 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Roan del Pacífico Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—CE2017006294.—( IN2017155225 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 15 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada SYR Mundiluz Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. Aura Isabel Céspedes Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2017006295.—( IN2017155226 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Antiguos Propietarios Filiales Bahía de los Piratas Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. Kattia Ramírez Fallas, Notaria.—1 vez.—CE2017006296.—( IN2017155227 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Loopers Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Sergio Gustavo Rivera Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2017006297.—( IN2017155228 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Elfarawi Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. María Lourdes Montes de Oca Carboni, Notaria.—1 vez.—CE2017006298.—( IN2017155229 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ineditcerouno Casa A Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—CE2017006299.—( IN2017155230 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Amema Cinco Cero Seis Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario.—1 vez.—CE2017006300.—( IN2017155231 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 15 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Daraca Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Harold Rafael Ureña Agüero, Notario.—1 vez.—CE2017006301.—( IN2017155232 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Sitepro Monitoreo Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. Aixa Quesada Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2017006302.—( IN2017155233 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 15 minutos del 02 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Cham Consulting Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. María José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—CE2017006303.—( IN2017155234 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada M & M Vintage Studio Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. Andrea Hutt Fernández, Notaria.—1 vez.—CE2017006304.—( IN2017155235 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Consultoría y Arquitectura Mora Chavarría Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—CE2017006305.—( IN2017155236 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de abril del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Garapan Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. Marta Cecilia Camacho Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2017006306.—( IN2017155237 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Tierras Cuatrocientos Diez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—CE2017006307.—( IN2017155238 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Lopejime Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Gaudy Gabriela Mora Retana, Notaria.—1 vez.—CE2017006308.—( IN2017155239 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 14 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Servicios Opticos JT Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. Yenny Mariela Fernández Fumero, Notaria.—1 vez.—CE2017006309.—( IN2017155240 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ropa Exclusiva Premium and Plus Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Kevin Johan Villalobos Badilla, Notario.—1 vez.—CE2017006310.—( IN2017155241 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada GHSY Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Suny Sánchez Achio, Notario.—1 vez.—CE2017006311.—( IN2017155242 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Phoenix Holdings A.D. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Eitel Eduardo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—CE2017006312.—( IN2017155243 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Itur Box Internacional Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. Alexandra María Alfaro Navarro, Notaria.—1 vez.—CE2017006313.—( IN2017155244 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 12 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Fugger Corporate Consulting F.C.C. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Luis Miguel Carballo Pérez, Notario.—1 vez.—CE2017006314.—( IN2017155245 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Langcitos Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masis, Notario.—1 vez.—CE2017006315.—( IN2017155246 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Rational Solution Links Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Alan Masis Angulo, Notario.—1 vez.—CE2017006316.—( IN2017155247 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 12 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Pura Vida Costa Rica Viajes RVRM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Wálter Solís Amen, Notario.—1 vez.—CE2017006317.—( IN2017155248 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Bufete Aetna Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Álvaro Eduardo Leandro Hernández, Notario.—1 vez.—CE2017006318.—( IN2017155249 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 13 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Daxior Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—CE2017006319.—( IN2017155250 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 30 minutos del 10 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Cerámicas PZ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—CE2017006320.—( IN2017155251 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada J & O Sport Barber J & O Sport Barber En Español J & O Barbería Deportiva Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Tomas Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—CE2017006321.—( IN2017155252 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 10 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada HSGJ Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Suny Sánchez Achio, Notario.—1 vez.—CE2017006322.—( IN2017155253 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ineditcerouno Casa C Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—CE2017006323.—( IN2017155254 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 50 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada CMB Asesores en Finanzas e Impuestos Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2017006324.—( IN2017155255 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 11 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Obras Electromecánicas Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Ricardo Alberto Araya Lara, Notario.—1 vez.—CE2017006325.—( IN2017155256 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ineditcerouno Casa D Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—CE2017006326.—( IN2017155257 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Cundo Asesoría Empresarial Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. Laura Eugenia Montero Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2017006327.—( IN2017155258 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 13 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Emitela Bella Bella Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. Seidy Patricia Miranda Castro, Notaria.—1 vez.—CE2017006328.—( IN2017155259 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada G&I The Market Pinilla Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. María Abigail Ruiz Rosales, Notaria.—1 vez.—CE2017006329.—( IN2017155260 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada MW Overlanding en Español (MW Accesorios) Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Tomas Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—CE2017006330.—( IN2017155261 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada FCB Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Federico Rafael Jenkins Moreno, Notario.—1 vez.—CE2017006331.—( IN2017155262 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Propiedades Don Cundo Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. Laura Eugenia Montero Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2017006332.—( IN2017155263 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Ineditcerouno Casa F Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—CE2017006333.—( IN2017155264 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Ineditcerouno Casa E Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—CE2017006334.—( IN2017155265 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Ineditcerouno Casa B Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—CE2017006335.—( IN2017155266 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Recinas Termoplásticas de Guanacaste Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Alejandra Larios Trejos, Notaria.—1 vez.—CE2017006336.—( IN2017155271 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de abril del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Coloamasijos Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. Marta Cecilia Camacho Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2017006337.—( IN2017155272 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 45 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Carvajal Alfaro e Hijos Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Luis Antonio Vega Campos, Notario.—1 vez.—CE2017006338.—( IN2017155273 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 14 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada J YL Importaciones S. A. Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Rodolfo García Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2017006340.—( IN2017155275 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 23 de marzo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Sionsa de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Leda Di Napoli Perera, Notaria.—1 vez.—CE2017006341.—( IN2017155276 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Conservación Parque del Agua Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—CE2017006342.—( IN2017155277 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Compañía de Inversiones y Desarrollos Calera del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Merlin Starling Leiva Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2017006343.—( IN2017155278 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Agencia Pyme Contable Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Randall José Murillo Gómez, Notario.—1 vez.—CE2017006344.—( IN2017155279 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Raven Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Esteban José Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2017006345.—( IN2017155280 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 50 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo QYO Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Edwin Martín Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—CE2017006346.—( IN2017155281 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada R&H Soluciones Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Marco Vinicio Porras Araya, Notario.—1 vez.—CE2017006347.—( IN2017155282 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Corporación Blancos FC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Ana Luz Villalobos Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2017006348.—( IN2017155283 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo FPF Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2017006349.—( IN2017155284 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Aloha Arreglos Florales, Frutales y Más Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—CE2017006350.—( IN2017155285 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 12 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Spa Argo Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Gabriela Mora Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2017006351.—( IN2017155286 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Renta de Remolques A R Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Carolina María Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—CE2017006352.—( IN2017155287 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Ancestrales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—CE2017006353.—( IN2017155288 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Servicios Contables y Financieros JM Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Jaimie Pamela Pardo Mora, Notaria.—1 vez.—CE2017006354.—( IN2017155289 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Comerciales Mandarín ICM Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Carmen de María Castro Kahle, Notaria.—1 vez.—CE2017006355.—( IN2017155290 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Importadora Calle Seis y Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Jurgen Engelbert Kinderson Roldán, Notario.—1 vez.—CE2017006356.—( IN2017155291 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Royal School Int Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Vinicio Zamora Chaves, Notario.—1 vez.—CE2017006357.—( IN2017155292 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada After Laughter Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Carmen de María Castro Kahle, Notaria.—1 vez.—CE2017006358.—( IN2017155293 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Sales Marketing Service VC Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Jaimie Pamela Pardo Mora, Notaria.—CE16017006359.—1 vez.—( IN2017155294 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Importación Cenye Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. William de Los Ángeles Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—CE2017006360.—( IN2017155295 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Coco Pura Life Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—CE2017006361.—( IN2017155296 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 04 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Black Sheep Rrm Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Jorleny Murillo Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2017006362.—( IN2017155297 )

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Pecas de Color Azul Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—CE2017006363.—( IN2017155298 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 15 minutos del 12 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Doutech de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—CE2017006364.—( IN2017155299 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada El Container Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Yhendri Solano Chaves, Notaria.—1 vez.—CE2017006365.—( IN2017155300 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Dayca Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—CE2017006366.—( IN2017155301 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 07 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Transchomes Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Jockseline Zúñiga Varela, Notaria.—1 vez.—CE2017006367.—( IN2017155302 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 09 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ojo del Toro Holdings Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—CE2017006368.—( IN2017155303 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 55 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Centro Climático de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. María Catalina Garro Mora, Notaria.—1 vez.—CE2017006369.—( IN2017155304 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Arrendadora Vialcar VC Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Kevin Johan Villalobos Badilla, Notario.—1 vez.—CE2017006370.—( IN2017155305 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo F Savar Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Laura Daniela Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—CE2017006371.—( IN2017155306 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Échele Miel Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Ana Laura Vásquez Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2017006372.—( IN2017155307 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Capolavoro Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Marianela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2017006373.—( IN2017155308 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada DCR Ingenieros Consultores Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Marvin Esteban Matarrita Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2017006374.—( IN2017155309 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Olinat Seiscientos Once Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2017006375.—( IN2017155310 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 19 de abril del 2017, se constituyó la sociedad denominada Fort Sufi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—CE2017006376.—( IN2017155311 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Farhills Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Andrea Soto Arias, Notaria.—1 vez.—CE2017006377.—( IN2017155312 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 20 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Ball Three Costa Rica Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—CE2017006378.—( IN2017155313 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Ópticas Salque Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. María de los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2017006379.—( IN2017155314 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de abril del 2017, se constituyó la sociedad denominada EP Media Group Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1 vez.—CE2017006380.—( IN2017155315 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 05 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Bravo Tenore Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Marianela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2017006381.—( IN2017155316 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Boheme Concepts Nosara Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—CE2017006382.—( IN2017155317 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 09 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Propiedades Prendas Orocu Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Marianela Doubleday Céspedes, Notaria.—1 vez.—CE2017006383.—( IN2017155318 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 40 minutos del 15 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Panes Rústicos N Mil Novecientos Ochenta y Cinco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—CE2017006384.—( IN2017155319 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Actividades Comerciales CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Alan Elizondo Medina, Notario.—1 vez.—CE2017006385.—( IN2017155320 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada BNK Solutions Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Aldy Alfaro Di Bella, Notario.—1 vez.—CE2017006386.—( IN2017155321 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Auto Lavado Los Amigos Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Allen Puente Desanti, Notario.—1 vez.—CE2017006387.—( IN2017155323 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Astronium Interests LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Mariajose Víquez Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2017006388.—( IN2017155324 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 40 minutos del 09 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Agencia Security Systems Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Sergio Elizondo Garofalo, Notario.—1 vez.—CE2017006389.—( IN2017155325 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Palmera Arábiga Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. María Jesús Espinoza Garro, Notaria.—1 vez.—CE2017006390.—( IN2017155326 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Corporación Uniko Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Óscar Gabriel Cordero Sáenz, Notario.—1 vez.—CE2017006391.—( IN2017155327 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 40 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Panes Rústicos K Noventa y Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—CE2017006392.—( IN2017155328 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Ingenio El Alquimista Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Hellen Cristina Cordero Mora, Notaria.—1 vez.—CE2017006393.—( IN2017155329 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 11 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Tornillería y Ferretería Dafrak Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Jeffry Gerardo Ortega Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2017006394.—( IN2017155330 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Centro de Bienestar y Vida RHGU Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Gustavo Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—CE2017006395.—( IN2017155331 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Gomarti Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—CE2017006396.—( IN2017155332 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Faingezicht Investments Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—CE2017006397.—( IN2017155333 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Blazeinternacional Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Sandra María Obando Juárez, Notaria.—1 vez.—CE2017006398.—( IN2017155334 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Lelilu Studio Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Bernardo Mata Soto, Notario.—1 vez.—CE2017006399.—( IN2017155335 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Corporación de Inversiones AMJ de Occidente CR Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Kattia Ramírez Fallas, Notaria.—1 vez.—CE2017006400.—( IN2017155336 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Corporación del Café San José Andina Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2017006401.—( IN2017155337 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 18 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Exp Guys CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Alan Elizondo Medina, Notario.—1 vez.—CE2017006402.—( IN2017155338 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Servicios Contables y Financieros JCM Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Jaimie Pamela Pardo Mora, Notaria.—1 vez.—CE2017006403.—( IN2017155339 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Five Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—CE2017006404.—( IN2017155340 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Aero Tecnología y Soluciones Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Esteban Francisco Troyo Dittel, Notario.—1 vez.—CE2017006405.—( IN2017155341 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 07 de Mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Encuentros Food Service Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Karla Isabel Segura Bolaños, Notaria.—1 vez.— CE2017006406.—( IN2017155342 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Glandonsa Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Melissa Guardia Tinoco, Notaria.—CE16017006407.—1 vez.—( IN2017155343 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 09 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada The Blog Shop Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Vivian Gazel Cortés, Notaria.—1 vez.—CE2017006408.—( IN2017155344 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Jonadou Ateniense Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Jorge Adrián Prado Salas, Notario.—1 vez.—CE2017006409.—( IN2017155345 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Nubes Rosadas IV Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Sylvia Patricia Gómez Delgadillo, Notaria.—1 vez.—CE2017006410.—( IN2017155346 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Mortirolo Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Melissa Guardia Tinoco, Notaria.—1 vez.—CE2017006411.—( IN2017155347 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 10 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Square Panic Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera García, Notario.—1 vez.—CE2017006412.—( IN2017155348 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Conchal Llama del Bosque Dos Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—CE16017006413.—1 vez.—( IN2017155349 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Defensoría del Deudor Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Ana Lorena González Valverde, Notaria.—1 vez.—CE2017006414.—( IN2017155350 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 11 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Entregas Santa Cruz Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Luis Carlos Mora Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2017006415.—( IN2017155353 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ineditcerouno Casa C Negra Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—CE2017006416.—( IN2017155354 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ineditcerouno Casa E Diamante Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—CE2017006417.—( IN2017155355 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ineditcerouno Casa D Oro Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—CE2017006418.—( IN2017155356 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ineditcerouno Casa F Plata Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—CE2017006419.—( IN2017155357 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ineditcerouno Casa B Azul Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—CE2017006420.—( IN2017155358 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 30 de marzo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Latin American Orviz Export and Import Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Alejandra Castro Peck, Notaria.—1 vez.—CE2017006421.—( IN2017155359 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 09 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Camposanto y Funeraria Jardines de Santiago RJMM Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Andrea Mora Oreamuno, Notaria.—1 vez.—CE2017006422.—( IN2017155360 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo Güilly de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Eugenio Francisco Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2017006423.—( IN2017155361 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora IMQ Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Carolina Gallegos Steinvorth, Notaria.—1 vez.—CE2017006424.—( IN2017155362 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Le Piazzole Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Jenilee Lara Rivera, Notaria.—1 vez.—CE2017006425.—( IN2017155363 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo FPF del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—CE2017006426.—1 vez.—( IN2017155364 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada La Casita Ecológica Deli Café y Tienda Orgánica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Guadalupe Calvo González, Notaria.—1 vez.—CE2017006427.—( IN2017155365 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 10 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Seguridad Horizontal EAR Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1 vez.—CE2017006428.—( IN2017155366 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Corto Maltese Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—–Lic. Alexa Rodríguez Salas, Notaria.—1 vez.—CE2017006429.—( IN2017155367 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ganadería y Verdulería WB Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—CE2017006430.—( IN2017155368 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Joga Quinientos Seis Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Beverly Dinorah Palma Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2017006431.—( IN2017155369 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada E & G From Earth Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Giovanni Ruiz Mata, Notario.—1 vez.—CE2017006432.—( IN2017155370 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Uniformes y Bordados Roca Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2017006433.—( IN2017155371 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Rainforest Virgin Springwater Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—CE2017006434.—( IN2017155372 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada JN Soluciones Empresariales Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2017006435.—( IN2017155373 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Prefabricados y Constructora Central Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—CE2017006436.—( IN2017155374 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Nosara Jungle Village Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Carmen de María Castro Kahle, Notaria.—1 vez.—CE2017006437.—( IN2017155375 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada HSG Investments Services International Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Eitel Eduardo Alvarez Ulate, Notario.—1 vez.—CE2017006438.—( IN2017155376 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 50 minutos del 8 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Construcciones y Electromecánica Obando y Leitón Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Manuel De Jesús Zumbado Araya, Notario.—1 vez.—CE2017006439.—( IN2017155377 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 12 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Terra Express Logística Internacional Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Karla Magaly Calderón Murillo, Notaria.—CE2017006440.—1 vez.—( IN2017155378 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 9 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ecomotion Technologies Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—CE2017006441.—( IN2017155379 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 40 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo Santayro Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2017006442.—( IN2017155380 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Tannersfarm Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.— CE2017006443.—( IN2017155381 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada se faculta al registro de personas jurídicas del registro nacional para que como denominación social de la presente sociedad establezca el número de cédula de persona jurídica que le sea asignado al momento de su inscripción Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Alexander Mora Mora, Notario.—1 vez.—CE2017006444.—( IN2017155382 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Villalobos & Perdue Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Guillermo Esquivel Herrera, Notario.—1 vez.—CE2017006445.—( IN2017155383 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 05 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Vivere La Vita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—CE2017006446.—( IN2017155384 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 17 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Casa Proveedora Occidental Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Jhonatan Ricardo García Quesada, Notario.—1 vez.—CE2017006447.—( IN2017155385 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada S.T.E.G. Fiesta Holdco Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.— CE2017006448.—( IN2017155386 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada MP Fitness Club Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Javier Eduardo Luna Montero, Notario.—1 vez.—CE2017006449.—( IN2017155387 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 12 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Doutech Tecnologías de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—CE2017006450.—( IN2017155388 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo AM Comercializadora Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Andrés Villalobos Araya, Notario.—1 vez.—CE2017006451.—( IN2017155389 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Q Tuanis Aventurarse C.R. Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Alexander Mora Mora, Notario.—1 vez.—CE2017006452.—( IN2017155390 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Asesores e Inversiones Favaco Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Carlos Gerardo Víquez Rojas, Notario.—1 vez.—CE2017006453.—( IN2017155391 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 25 de abril del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Twins Telecomunicaciones Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Avi Maryl Levy, Notaria.—1 vez.—CE2017006454.—( IN2017155392 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Trans Ruiz Alfaro Cascante Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Johanna Isabel Meneses Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2017006455.—( IN2017155393 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Simetría Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Zamantha Pamela Cedeño Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2017006456.—( IN2017155394 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada AM Plaza Santa Ana Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Ernesto Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—CE2017006457.—( IN2017155395 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Tim Lupori Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Andrés Villalobos Araya, Notario.—1 vez.—CE2017006458.—( IN2017155396 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Kawaihau Inc. Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notario.—1 vez.—CE2017006459.—( IN2017155397 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Wenan Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Javier Yesca Soto, Notario.—1 vez.—CE2017006460.—( IN2017155398 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada exportadora de Frutas Frescas y Servicios Frutico Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Miguel Ángel Alfaro Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2017006461.—( IN2017155399 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada ISCA Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. José Ignacio García Azofeifa, Notario.—1 vez.—CE2017006462.—( IN2017155400 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Corporación Mares de Pavones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Emily Vega Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2017006463.—( IN2017155401 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Tierras de Café Cuatrocientos Diez Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—CE2017006464.—( IN2017155402 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 01 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Perfumería Il Fiore Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Carolina María Ulate Zarate, Notario.—1 vez.—CE2017006465.—( IN2017155403 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 10 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Construcsa Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Ricardo Reyes Calix, Notario.—1 vez.—CE2017006466.—( IN2017155404 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Forestantra Workers Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2017006467.—( IN2017155405 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Neoxigna Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—CE2017006468.—( IN2017155406 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Pegorarotto & Thevenon Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2017006469.—( IN2017155407 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Tajo y Quebrador Los Ángeles de Aserrí Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2017006470.—( IN2017155408 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Los Perros Best Hot Dog Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2017006471.—( IN2017155409 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Espejismos Original Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Javier Alfonso Murillo Berrocal, Notario.—1 vez.—CE2017006472.—( IN2017155410 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 24 de abril del 2017, se constituyó la sociedad denominada Block Solutions INC Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Eduardo Guardia Williams, Notario.—1 vez.—CE2017006473.—( IN2017155411 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de abril del 2017, se constituyó la sociedad denominada Surgiendo Ideas y Eventos Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Juan Daniel Acosta Gurdián, Notario.—1 vez.—CE2017006474.—( IN2017155412 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Sistemas de Franquicias de Salud SFS Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—1 vez.—CE2017006475.—( IN2017155414 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo Corporativo Multo Servicios JDJ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—CE2017006476.—( IN2017155415 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 18 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Klowood Design Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1 vez.—CE2017006477.—( IN2017155416 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada San Andrés de Soria Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Eladio González Solís, Notario.—1 vez.—CE2017006478.—( IN2017155417 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Cafetería Goldys Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2017006479.—( IN2017155418 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 11 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Lacot Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Eladio González Solís, Notario.—1 vez.—CE2017006480.—( IN2017155419 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 18 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Manomar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Eduardo Guardia Williams, Notario.—1 vez.—CE2017006481.—( IN2017155420 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 10 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada S & S Construcsa Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Ricardo Reyes Calix, Notario.—1 vez.—CE2017006482.—( IN2017155421 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada A T M Soluciones Integrales Sociedad Anónima nombre de fantasía pudiendo abreviarse como A T M Soluciones Integrales S. A. Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Renee Granados Monge, Notario.—1 vez.—CE2017006483.—( IN2017155422 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Deecee Internacional Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Danilo Loaiza Delgado, Notario.—1 vez.—CE2017006484.—( IN2017155423 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 27 de abril del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Casa Vudú Bistro & Eventos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Roberto José Araya Lao, Notario.—1 vez.—CE2017006485.—( IN2017155424 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Open Pacific Security C.S.G. Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Xenia Priscilla Moya Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2017006486.—( IN2017155425 ).

Por medio de asamblea general extraordinaria, la sociedad SBR NET Marketing & Consulting, cédula jurídica 3-101-398298, modifica su pacto constitutivo, con relación a la cláusula de la representación.—San José, 26 de julio del 2017.—Licda. Seanny Jiménez Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2017155426 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Magna Experiences Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Melania de Los Ángeles Chin Wo Cruz, Notaria.—1 vez.—CE2017006487.—( IN2017155427 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 10 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada La Ventana Gourmet Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de mayo del 2017.—Licda. Ana Lucia Valencia González, Notaria.—1 vez.—CE2017006488.—( IN2017155428 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Automotors J. A. C. J Sociedad Anónima.—San José, 20 de mayo del 2017.—Licda. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1 vez.—CE2017006489.—( IN2017155429 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 29 de abril del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Shirayelama Sociedad Anónima.—San José, 21 de mayo del 2017.—Licda. Yanoris Quirós González, Notaria.—1 vez.—CE2017006490.—( IN2017155431 ).

Por escritura número setenta y cinco del veintiséis de julio del dos mil diecisiete, se protocolizó en forma conducente ante esta notaría, acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la Luna de Sámara Sociedad Anónima, mediante la cual esta absorbe por fusión a las sociedades Cipres y Pinotec Sociedad Anónima, tres-ciento uno-seiscientos veintidós mil novecientos veinticuatro Sociedad Anónima y Lomas del Bosque Seis Este LB Sociedad Anónima.—Lic. Lothar Arturo Volio Volkmer, Notario.—1 vez.—( IN2017155432 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Arenal of Costa Rica Rainforest International Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de mayo del 2017.—Lic. Eitel Eduardo Alvarez Ulate, Notario.—1 vez.—CE2017006491.—( IN2017155433 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 41 minutos del 03 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Electroautomatización Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de mayo del 2017.—Licda. Ana Patricia Rodríguez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2017006492.—( IN2017155434 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada F.S.L.C Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Licda. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—CE2017006493.—( IN2017155435 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada C.C.L.C de Quepos Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Licda. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1vez.—CE2017006494.—( IN2017155436 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Desarrollo Empresarial Internacional Pymes de CR Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2017006495.—( IN2017155437 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Canadian Environment Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. José Alberto Fonseca D Avanzo, Notario.—1 vez.—CE2017006496.—( IN2017155438 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 11 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Tu Auto Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—CE2017006497.—( IN2017155439 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Camaronal Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Luis Fernando Rojas Arredondo, Notario.—1vez.—CE2017006498.—( IN2017155440 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada NKO Diseño Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—CE2017006499.—( IN2017155441 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Servicios Portuarios Mares del Pacífico Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Licda. Laura Patricia Hernández Sáenz, Notaria.—1 vez.—CE2017006500.—( IN2017155442 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 05 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Soluciones de Importaciones B & Q Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Ariel Ramírez Martínez, Notario.—1 vez.—CE2017006501.—( IN2017155443 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada A T M Soluciones Integrales Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Renee Granados Monge, Notario.—1 vez.—CE2017006502.—( IN2017155444 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada San Gerardo del Rincón Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Olger Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—CE2017006503.—( IN2017155445 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Yuzzo Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Ángel Torres Bravo, Notario.—1 vez.—CE2017006504.—( IN2017155446 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada DDI Entertainment Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—CE2017006505.—( IN2017155447 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Malkuth del Pacífico Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1vez.—CE2017006506.—( IN2017155448 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ganadería y Verdulería BW Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—CE2017006507.—( IN2017155449 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones de Vida Mghmar Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Licda. Erika Marín Solano, Notaria.—1 vez.—CE2017006508.—( IN2017155450 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 53 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Berns and Berns Enterprises Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Jorge Gamboa Ureña, Notario.—1 vez.—CE2017006509.—( IN2017155451 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Lamaro Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Licda. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—CE2017006510.—( IN2017155452 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Adventure Evening DC Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—CE2017006511.—( IN2017155453 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Builders Century Moderm Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2017006512.—( IN2017155454 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 20 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada El Plato De Mi Papa Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—CE2017006513.—( IN2017155455 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Alimentos Montañita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Jonatan Javier López Arias, Notario.—1 vez.—CE2017006514.—( IN2017155456 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada El Coyol de Lajas O. B. Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Atencio Ruiz Juárez, Notario.—1 vez.—CE2017006515.—( IN2017155457 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 10 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos R.S.T Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Andrea Soto Arias, Notaria.—1 vez.—CE2017006516.—( IN2017155458 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 05 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Warner Mantenimiento JFWA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Licda. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—CE2017006517.—( IN2017155459 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Itech Shop Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Licda. Irene Rodas Seas, Notaria.—1 vez.—CE2017006518.—( IN2017155460 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Oropendolita Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Gonzalo Murillo Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2017006519.—( IN2017155461 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 21 de abril del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Barurroz Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Licda. Ileana Flores Sancho, Notaria.—1 vez.—CE2017006520.—( IN2017155462 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Lamaro Dieciséis Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—CE2017006521.—( IN2017155463 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada The Three Broomsticks de Escazú Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Alexander Araya Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2017006522.—( IN2017155464 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 22 minutos del 22 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Road Shack Deli Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Licda. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—CE2017006523.—( IN2017155465 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 20 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada JYE Proa Soluciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Licda. Luciana Acevedo Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2017006524.—( IN2017155466 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 22 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada JJ Properties CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2017006525.—( IN2017155467 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Treinta y Tres Volcanes Parrilleros Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Licda. Luciana Acevedo Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2017006526.—( IN2017155468 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de abril del 2017, se constituyó la sociedad denominada Mas Punto de Impacto Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Alejandro Bettoni Traube, Notario.—1 vez.—CE2017006527.—( IN2017155469 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 03 de marzo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Eventos Turísticos Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Alvis González Garita, Notario.—1 vez.—CE2017006528.—( IN2017155470 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 22 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Capitales Monetarios del Este RNF Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Licda. Patricia Lara Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2017006529.—( IN2017155471 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Virgin Springwater Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—CE2017006530.—( IN2017155472 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Vitjef Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—CE2017006531.—( IN2017155473 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Seguras J.A.Y. Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—CE2017006532.—( IN2017155474 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 25 minutos del 12 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Laboratorio Clínico Centro Médico de Investigaciones CIM Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Olga Eugenia Castillo Barahona, Notario.—1 vez.—CE2017006533.—( IN2017155475 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de abril del año 2015, se constituyó la sociedad denominada La Tribu Kármica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Licda. Karla Evelyn Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—CE2017006534.—( IN2017155476 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Solís & Arroyo Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—CE2017006535.—( IN2017155477 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Monte Hebrón Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Freddy Mesén Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2017006536.—( IN2017155478 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones La Mamina Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. German Enrique Salazar Santamaria, Notario.—1vez.—CE2017006537.—( IN2017155479 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 15 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Erhufu Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Eduardo Alberto Brenes Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2017006538.—( IN2017155484 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo Sese Intergaláctico Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Carlos Humberto Ramirez Vega, Notario.—1 vez.—CE2017006539.—( IN2017155485 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Yuzzo Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Ángel Torres Bravo, Notario.—1 vez.—CE2017006540.—( IN2017155486 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 31 de marzo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Quintana Araya Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Licda. María Gabriela Cañas Ruiz, Notaria.—1 vez.—CE2017006541.—( IN2017155487 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Makey Veintisiete Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Mario Madrigal Ovares, Notario.—1 vez.—CE2017006542.—( IN2017155488 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Imperium Energy Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Emmanuel Naranjo Pérez, Notario.—1 vez.—CE2017006543.—( IN2017155489 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Centro Radiológico Rohrmoser F L R Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—CE2017006544.—( IN2017155490 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mosman Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2017006545.—( IN2017155491 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Prisma It Group Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Hazel Adriana Villalobos Villar, Notaria.—1 vez.—CE2017006546.—( IN2017155492 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Corporación Gran Mundo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. William De Los Ángeles Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—CE2017006547.—( IN2017155493 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 22 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Palawan LLC Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1 vez.—CE2017006548.—( IN2017155494 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Lewis W. Kuniegel Revocable Trust Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—CE2017006549.—( IN2017155495 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 50 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Venezia Group Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Luis Felipe Martínez Obando, Notario.—1 vez.—CE2017006550.—( IN2017155496 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Taurus Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Alejandra Bastida Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2017006551.—( IN2017155497 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ego Coffee Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Roberto Villegas Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2017006552.—( IN2017155498 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Mapoma Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—CE2017006553.—( IN2017155499 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Fincas Armónicas Camaronal Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Luis Fernando Rojas Arredondo, Notario.—1 vez.—CE2017006554.—( IN2017155500 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Skin Med Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1 vez.—CE2017006555.—( IN2017155501 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada DS Costa Rica Consultores Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Franklin Garita Cousin, Notario.—1 vez.—CE2017006556.—( IN2017155502 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Global Advanced Processing Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2017006557.—( IN2017155503 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Sirun Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2017006558.—( IN2017155504 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada La Petite Ecole Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2017006559.—( IN2017155505 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada G Y R Marine Supply Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Jarlin Guerra Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2017006560.—( IN2017155506 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 22 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Fontenot International Enterprises LLC Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—CE2017006561.—( IN2017155507 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Massa Tierra Earthlink Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Alexa Rodríguez Salas, Notario.—1 vez.—CE2017006562.—( IN2017155508 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 22 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada ETB Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Alexa Rodríguez Salas, Notaria.—1 vez.—CE2017006563.—( IN2017155509 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Go Fish Truck Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—CE2017006564.—( IN2017155510 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada True Flip Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Clara Eugenie Alvarado Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2017006565.—( IN2017155511 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Gente de Azúcar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Mark Anthony Beckford Douglas, Notario.—1 vez.—CE2017006566.—( IN2017155512 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 23 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Alar del Rey Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Henry Campos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2017006567.—( IN2017155513 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo Las Damas de Hierro Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Ileana Maritza Gutiérrez Badilla, Notaria.—1 vez.—CE2017006568.—( IN2017155514 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo ACA S. A. Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Erwen Yanan Masis Castro, Notario.—1 vez.—CE2017006569.—( IN2017155515 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Corp Steg Hotel Fiesta Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2017006570.—( IN2017155516 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Luime de San Mateo Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. José Luis Ramos Castellón, Notario.—1 vez.—CE2017006571.—( IN2017155517 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Intenacional Royal Educación I.R.E. Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Vinicio Zamora Chaves, Notario.—1 vez.—CE2017006572.—( IN2017155518 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Soukha Chihett Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Roberto José Araya Lao, Notario.—1 vez.—CE2017006573.—( IN2017155519 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Spellbound Hospitality Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—CE2017006574.—( IN2017155520 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 04 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Internacional Blacksheep Regen RM Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Jorleny Murillo Vargas, Notario.—1 vez.—CE2017006575.—( IN2017155521 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo Poligono del Sur Moeli Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. María Dolores Araya Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2017006576.—( IN2017155522 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Falcafa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Ruddy Antonio Saborío Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2017006577.—( IN2017155523 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada IBCO del Norte R. A. Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—CE2017006578.—( IN2017155524 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada GHCR Genera Holdings Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Ricardo Barquero Cordoba, Notario.—1 vez.—CE2017006579.—( IN2017155525 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Alquil Arte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Lucía Odio Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2017006580.—( IN2017155526 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Servicios Tecnológicos Avanzados AJR Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Lissette Susana Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2017006581.—( IN2017155527 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada B M Siete Siete Nueve Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2017006582.—( IN2017155528 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Corporación Kelevra Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—CE2017006583.—( IN2017155529 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Gerisa Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Leonora Granados Sancho, Notario.—1 vez.—CE2017006584.—( IN2017155530 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Verivin Drake Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Rómulo Eduardo Pacheco Sibaja, Notario.—1 vez.—CE2017006585.—( IN2017155531 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada GLS Fumigaciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Greivin Cortes Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2017006586.—( IN2017155532 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones OAPP Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Melania Dittel Sotela, Notario.—1 vez.—CE2017006587.—( IN2017155533 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos e Inversiones Inmobiliarias AJA Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Wilber Barquero Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2017006588.—( IN2017155534 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Jay Stallard & Associates S. A. Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Roberto José Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—CE2017006589.—( IN2017155535 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Krell Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—CE2017006590.—( IN2017155536 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Alcon & Vargas Consultants Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Nathalie Elizondo Montero, Notaria.—1 vez.—CE2017006591.—( IN2017155537 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Tavarnelle LLC Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2017006592.—( IN2017155538 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada El Legado DE E & E Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Juan Carlos Chaves Mora, Notario.—1 vez.—CE2017006593.—( IN2017155539 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Activa Viajes Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Laura Zumbado Loria, Notaria.—1 vez.—CE2017006594.—( IN2017155540 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Victory Christian Academy Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—CE2017006595.—( IN2017155541 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Sánchez Volio SVG Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2017006596.—( IN2017155542 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Condominio Kopper Decoko Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Mónica Dobles Elizondo, Notaria.—1 vez.—CE2017006597.—( IN2017155543 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Así Celebro M&G Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—CE2017006598.—( IN2017155544 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones The Luna Lounge Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Pedro Silva Yepez, Notario.—1 vez.—CE2017006599.—( IN2017155545 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Sara del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Juan Carlos Villasuso Morales, Notario.—1 vez.—CE2017006600.—( IN2017155546 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Los Cinco de Alajuela Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Mario Rojas Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2017006601.—( IN2017155547 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Be Organic Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Mónica Lizano Zamora, Notaria.—1 vez.—CE2017006602.—( IN2017155548 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Carpe Diem Casa del Sol Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2017006603.—( IN2017155549 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Najary Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Joaquín Bernardo Molina Hernández, Notario.—1 vez.—CE2017006604.—( IN2017155550 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Sports International Agency CR Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—CE2017006605.—( IN2017155551 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Symbiotica One Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Mariajosé Víquez Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2017006606.—( IN2017155552 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada B & A Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Freddy Mesen Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2017006607.—( IN2017155553 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Oropéndolita Arc Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Gonzalo Murillo Alvarez, Notario.—1 vez.—CE2017006608.—( IN2017155554 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Isca Lifesciences Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. José Ignacio García Azofeifa, Notario.—1 vez.—CE2017006609.—( IN2017155555 ).

NOTIFICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. A las 10:00 horas del 20 de junio de 2017. Se hace saber a los representantes legales de la Cooperativa de Servicios Múltiples Forjadores de la Comunidad de la Vieja, R.L., “COOPEFORDEVI, R.L., los señores Cristian González Alvarado, cédula 2-692-711, Eladio Salas Villalobos, cédula 2-324-971, y Sindy Picado Villalobos, cédula 2-602-160, o quienes consideren poseer derechos susceptibles de resultar lesionados, que mediante Órgano de Procedimiento Administrativo Ordinario instaurado por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, por Resolución MTSS-DMT-RM-163-2017 de las 14:00 horas del 7 de febrero del 2017, se ha iniciado el proceso para determinar la posible nulidad absoluta evidente y manifiesta de la inscripción registral, por el Departamento de Organizaciones Sociales de este Ministerio, de las actas del Consejo de Administración y del Gerente de la organización citada, siendo que la misma no se encontraba al día con las cuotas de seguridad social. Favor hacer valer sus derechos, atendiendo este llamado a los teléfonos 2222-2612, 2222-2609, o bien apersonándose en la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio en horario de 8: am a 4: pm dentro de los 7 días posteriores a la publicación del último aviso. Tres veces.—Alfredo Hasbum Camacho.—O. C. N° 3400030903.—Solicitud N° 90655.—( IN2017154815 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL AMBIENTAL ADMINISTRATIVO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Expediente N° 362-12-02-TAA.—Resolución N° 696-17-TAA.—Denunciado: Ronald Gerardo García Corrales.

Tribunal Ambiental Administrativo.—Órgano del Procedimiento Administrativo.—San José, a las catorce horas veinte minutos del veintidós de mayo del dos mil diecisiete.

Resultando:

1º—Que mediante oficio ACOPAC-OSRS-DEN-037-12 de fecha 28 de setiembre del 2012 suscrito por los señores Edwin Jiménez López, cédula de identidad número 1-0581-0607 y Priscilla Castro Salazar, cédula de identidad número 1-1251-0382, ambos funcionarios de la Oficina Los Santos, Área de Conservación Pacífico Central, remiten formal denuncia de carácter ambiental por tala árboles y movimientos de tierra dentro de un área de bosque, sin contar con los permisos correspondientes, en el inmueble ubicado en el sector de El Rodeo de San Marcos de Tarrazú, de la plaza 600 metros al norte, propiamente en el Cerro La Cruz, entre las coordenadas 461352E -40342N CR Lamben Sur (498149-1070453 CRTM05), aparentemente en propiedad sin inscribir y con plano a nombre del señor Ronald Gerardo García Corrales, cédula de identidad 1-1041-0653, lo anterior visible a folios 01 a 05 del expediente administrativo.

2º—Que a la denuncia se le asigna el número de expediente 362-12-02-TAA.

3º—Que mediante resolución número 097-13-TAA de las 14 horas 06 minutos del 28 de enero del 2013, visible a folios 06 y 07, este Tribunal ordenó: 7.4 Primero: (...) al Ing. Alfonso Duarte Marín, en su condición de Director del Área de Conservación Pacifico Central o a quien ocupe el cargo, que remita a este Tribunal la valoración económica del posible daño ambiental ocurrido en el inmueble ubicado en el sector de El Rodeo de San Marcos de Tarrazú, de la plaza 600 metros al norte, propiamente en el Cerro La Cruz, entre las coordenadas 461352E -40342N ( CR Lambed Sur) (498149-1070453, CRTM05) aparentemente propiedad del señor Ronald Gerardo García Corrales cédula de identidad 1-1041-0653, en donde se talaron árboles, construcción de cabañas y se realizaron movimientos de tierra dentro de un área de bosque, sin contar con los permios correspondientes, según el oficio ACOPAC-OSRS-DEN-037-12, suscrito por el señor Edwin Jiménez López y la señora Priscilla Castro Salazar, ambos en su condición de funcionarios del Área de Conservación Pacífico Central. Segundo: Se solicita al señor Bernardo Barboza Picado, en su condición de Alcalde de la Municipalidad de Tarrazú o a quien ocupe el cargo, que indique a este Despacho quién es el propietario registral del inmueble ubicado en el sector de El Rodeo de San Marcos de Tarrazú, de la plaza 600 metros al norte, propiamente en el Cerro La Cruz, entre las coordenadas (461352E -40342N CR Lambed Sur) (498149-1070453, CRTM05).

4º—Que mediante oficio ACOPAC-OSRS-286-2013 de fecha 24 de abril del 2012 suscrito por el Lic. Orlando Montero Delgado y Priscilla Castro Salazar, funcionarios de la Oficina Subregional Los Santos, Área de Conservación Pacífico Central, visible a folios 12 a 20, aportan la correspondiente valoración económica del daño ambiental la cual asciende a la suma de $4.586,83 (cuatro mil quinientos ochenta y seis dólares con ochenta y tres centavos).

5°—Que mediante resolución número 271-14-TA de las 07 horas 28 minutos del 31 de marzo del 2014, visible a folios 21 y 22, este Tribunal ordenó por segunda vez: “(..) al señor Bernardo Barboza Picado, en su condición de Alcalde de la Municipalidad de Tarrazú o a quien ocupe el cargo, que indique a este Despacho quién es el propietario registral del inmueble ubicado en el sector de El Rodeo de San Marcos de Tarrazú, de la plaza 600 metros al norte, propiamente en el Cerro La Cruz, entre las coordenadas (461352E -40342N CR Lambed Sur) (498149-1070453, CRTM05). (...)”.

6º—Que mediante oficio ALMT-042-2014 de fecha 22 de abril del 2014 suscrito por el Ing. Bernardo Barboza Picado, Alcalde de la Municipalidad de Tarrazú visible a folio 25 a 27, indica que adjunta documento de fecha 22 de abril del 2014, del Departamento de Catastro, el cual indica que el propietario del inmueble es el señor Ronald García Corrales, según plano SJ-1082437-2006, el cual se indica en estado de posesión, por lo que no se encuentra registrada públicamente.

7º—Que a folios 27 a 30 consta estudio registral del plano número SJ-1082437-2006, así como de la finca generada 1-507253-000, la cual se encuentra cerrada y el plano hijo número 1-1620943-2012 se encuentra cancelada.

8º—Que a folio 31 consta oficio 257-17-TAA de fecha 20 de marzo del 2017 mediante el cual este Tribunal solicita la cuenta cedular del señor Ronald Gerardo García Corrales, cédula de identidad 1-1041-0653.

9º—Que a folios 32 a 34 consta cuenta cedular del señor Ronald Gerardo García Corrales, cédula de identidad 1-1041-0653.

Considerando:

I.—Que mediante la presente resolución se declara formalmente la apertura de un proceso ordinario administrativo, en contra del señor Ronald Gerardo García Corrales, cédula de identidad 1-1041-0653. Ello se realiza de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46,50 y 89 de la Constitución Política, artículos 1,2, 48, 50,51, 52, 61, 99, 101, 103, 106, 108, 110 y 111 de la Ley Orgánica del Ambiente, artículos 11, 54, 106, 109, 110 y 113 de la Ley de Biodiversidad, artículo 3 inciso c) Reglamento a la Ley de Biodiversidad Decreto Número 34433-MINAE, artículo 1, 3, 5, 6, 19, 20, 26, 27, 28, 57 y siguientes de la Ley Forestal, artículos 218, 308 a 319, 345 y 346 de la Ley General de Administración Pública, así como 1, 11, 20 y siguientes del Decreto Ejecutivo número 34136-MINAE.

II.—Que se imputa formalmente al señor Ronald Gerardo García Corrales, cédula de identidad 1-1041-0653, en calidad de propietario en estado de posesión de la finca con plano catastrado número SJ-1082437-2006, ubicada en el sector de El Rodeo de San Marcos de Tarrazú, de la plaza 600 metros al norte, propiamente en el Cerro La Cruz, entre las coordenadas 461352E-40342N CR Lambed Sur (498149-1070453 CRTM05), por los siguientes presuntos hechos:

1) El haber realizado y/o no haber impedido la tala de cinco (5) árboles de la especie Encino con diámetros de 11 centímetros en promedio y 8 metros de altura, movimientos de tierra con maquinaria pesada, con dimensiones de 15 metros de largo, 8 metros de ancho y un talud de 1,5 metros aproximadamente, para un área total de 120 metros cuadrados, en una pendiente de 40% y dentro de bosque, cuyo monto de valoración económica del daño ambiental asciende a la suma de $4.586,83 (cuatro mil quinientos ochenta y seis dólares con ochenta y tres centavos), según documento aportado mediante oficio ACOPAC-OSRS-286-2013 de fecha 24 de abril del 2012 suscrito por el Lic. Orlando Montero Delgado y Priscilla Castro Salazar, funcionarios de la Oficina Subregional Los Santos, Área de Conservación Pacífico Central, visible a folios 12 a 20 del expediente administrativo.

Se hace la aclaración que el proceso ordinario administrativo que se abre por la presente resolución se ocupará únicamente de los presuntos hechos arriba señalados. En caso de que el Tribunal llegara a encontrar indicios de otros supuestos hechos constitutivos de posibles violaciones de la normativa tutelar del ambiente, se abriría otro u otros procesos ordinarios administrativos referentes a dichos eventuales hechos.

III.—Que el proceso ordinario administrativo que se inicia con la presente resolución tiene como propósito determinar si son ciertos o no los hechos que se atribuyen (imputan) a los denunciados y si serían en tal caso aplicables en contra de los denunciados las consecuencias jurídicas negativas (indemnización, medidas ambientales obligatorias, etc.) contenidas en las normas jurídicas de las cuales se les apercibirá a continuación. Se comunica (apercibe) formalmente a los denunciados que las posibles consecuencias de los eventuales hechos imputados serían la imposición de una o más de las medidas ambientales (de prevención y/o mitigación y/o compensación) contempladas en los artículos 61, 99, 101 y 111 de la Ley Orgánica del Ambiente, 11, inciso 2), 45 y 54 de la Ley de la Biodiversidad, incluyendo, pero no limitado a una indemnización referente a la valoración económica del aducido daño ambiental antes citada. Las medidas ambientales aludidas podrían incluir también imponer el deber de realizar a su costa la elaboración, presentación, sometimiento a aprobación y correcciones por la entidad competente, así como ejecución, de los Planes de Reparación, Mitigación y Restauración Ambiental que pudieran ser necesarios y/o a otras medidas ambientales contempladas en la normativa citada, pudiendo coincidir o no con las que pueda solicitar el denunciante.

IV.—Al presente proceso se citan:

1) En calidad de denunciante: El señor Edwin Jiménez López, cédula de identidad número 1-0581-0607, funcionario de la Oficina Los Santos, Área de Conservación Pacífico Central;

2) En calidad de denunciado: El señor Ronald Gerardo García Corrales, cédula de identidad 1-1041-0653;

3) En calidad de testigo-perito: La señora Priscilla Castro Mazar, cédula de identidad número 1-1251-0382, funcionaria de la Oficina Los Santos, Área de Conservación Pacífico Central.

V.—Se pone a disposición de las partes y sus apoderados el expediente administrativo debidamente foliado, el cual puede ser consultado de lunes a viernes en la sede del Tribunal Ambiental Administrativo, ubicada en San José, avenidas 8 y 10, calle 35, o bien del Automercado Los Yoses, 200 metros sur y 150 oeste, casa color verde, portones de madera.

VI.—Se comunica a las partes que a partir de este momento y hasta la audiencia a la que se aludirá en el siguiente considerando, se recibirá en el Tribunal cualquier argumento de hecho y/o derecho, y/o cualquier prueba presentada por las mismas en relación con el presente proceso.

VII.—Se cita a todas las partes a una audiencia oral y pública que se celebrará en la sede del Tribunal Ambiental Administrativo a las 13 horas 30 minutos del día martes 10 de octubre del 2017.

VIII.—Se comunica a la parte denunciada que, en virtud de que el objetivo primordial de la legislación ambiental es la protección de los recursos naturales y la reparación “in natura” de los daños ocasionados debido a comportamiento activo u omiso a partir de la fecha de notificación y previo a la celebración de la audiencia programada, se podrá remitir a este Tribunal una propuesta de conciliación ambiental misma que repare, mitigue y/o compense el daño ambiental causado; debidamente aprobada por la parte denunciante y el Director del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, para la recuperación y restauración del sitio afectado, reparando y salvaguardando el ambiente en todo momento, y de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 7727 Sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social. Es importante señalar, que en caso de no presentarse el acuerdo conciliatorio antes de la fecha de celebración de audiencia, no será posible suspender dicha diligencia para someterse al proceso de conciliación. Dicho acuerdo podrá presentarse después de la audiencia y antes del dictado del acto final.

IV.—Se comunica a las partes que el propósito de la audiencia oral y pública será otorgar al denunciante y al denunciado la oportunidad de defender sus tesis acerca de lo que se imputa al denunciado con sus consecuencias jurídicas y económicas, incluyendo recibir todos los argumentos y pruebas que se deseen las partes y sean admisibles en Derecho.

X.—Se comunica a las partes que podrán comparecer solos o acompañados de abogado o abogados, junto a los testigos y peritos que deseen, y cualquier otra prueba que quieran presentar La admisibilidad de la prueba será determinada por este Tribunal en la audiencia.

XI.—Se comunica asimismo a las partes que los testigos y peritos deberán esperar fuera de la sala de audiencias a que se les llame, de modo que no podrán ingresar a la sala hasta que se les requiera, ni podrán realizar ningún comentario relacionado a lo que se discuta en la audiencia, hasta que la misma haya finalizado y se haya evacuado toda la prueba.

XII.—Se les hace saber a las partes convocadas a la Audiencia Oral y Pública que deberán aportar el día de la misma, un dispositivo electrónico, sea este un dispositivo de almacenamiento tipo USB o CD para la grabación del audio de dicha diligencia.

XIII.—Contra la presente resolución cabe interponer el recurso de revocatoria en el plazo de veinticuatro horas a partir de la notificación con fundamento en los artículos 342, 346 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.

Se le advierte a la parte denunciada, que este Despacho solamente procederá a notificar las resoluciones futuras, si señalan expresamente correo electrónico, número de fax, dirección de casa u oficina en el expediente administrativo supracitado, según lo establecido en los artículos 6,19, 20, 21, 22 y 34 la Ley de Notificaciones Judiciales. De incumplirse con esta advertencia se procederá a la notificación automática en los términos que establece el artículo 11 de la citada Ley. Se previene que al referirse al expediente se indique el número del mismo y número de la presente resolución. Notifíquese.—Licda. Ligia Umaña Ledezma.—Licda. Maricé Navarro Montoya, Vicepresidente.—Licda. Ruth Ester Solano Vásquez, Secretaria.—O. C. N° 33448.—Solicitud N° 15219.—( IN2017154975 ).

Expediente N° 296-13-02-TAA.—Resolución N° 699-17-TAA.—Denunciado: María Isabel Castro Zamora.

Tribunal Ambiental Administrativo.—Órgano del Procedimiento Ordinario Administrativo.—San José, a las catorce horas veintinueve minutos del día veintidós de mayo del dos mil diecisiete.

Resultando:

1º—Que mediante oficio número D-030 de fecha 05 de setiembre del 2013 suscrito por el señor Pío Jiménez Cordero, funcionario de la Oficina de Sarapiquí, Área de Conservación Cordillera Volcánica Central, se interpone formal denuncia de carácter ambiental en contra de la señora María Isabel Castro Zamora, cédula de identidad número 2-275-398, por supuesta tala ilegal de árboles en bosque, en la finca ubicada en Bijagual de la Virgen de Sarapiquí antes de llegar a finca la Colombina. Se adjunta copia de oficio número OS-1069-2013 de fecha 09 de setiembre del 2013 suscrito por el Ing. Luis Fernando Salas Sarkis, Jefe de la Oficina de Sarapiquí, Área de Conservación Cordillera Volcánica Central, mediante la cual se remite valoración económica del daño ambiental que asciende a la suma de ¢1.411.914 (un millón cuatrocientos once mil novecientos catorce colones), todo lo anterior visible a folios 01 a 21 del expediente administrativo.

2º—Que a la denuncia le fue asignado el expediente número 296-13-02-TAA.

3º—Que mediante resolución número 1022-13-TAA de las 14 horas 25 minutos del 14 de octubre del 2013, visible a folios 22 y 23, este Tribunal ordenó: “(…) Único: (...) al señor Pedro Rojas Guzmán en su condición de Alcalde de la Municipalidad de Sarapiquí o quien ocupe su cargo, que mediante un informe que deberá de remitir a este Despacho incluya la siguiente información más toda aquella que sea relevante para el caso de marras para la verificación de la verdad real de los hechos: 1) quién es la persona física o jurídica propietaria registrar del inmueble ubicado en Bijagual de la Virgen de Sarapiquí antes de llegar a la finca la Colombina, 400 metros este de la Reserva la Tirimbina, 2) Si la señora María Isabel Castro Zamora, cédula de identidad número 2-275-398 es propietaria registra! de algún inmueble dentro de su jurisdicción, en caso afirmativo indicar el número de folio real y plano catastrado. (…)” (sic).

4º—Que mediante resolución número 282-17-TAA de las 13 horas 25 minutos, visible a folios 26 y 27, este Tribunal ordenó por segunda vez al Alcalde de la Municipalidad de Sarapiquí, lo indicado en el resultando tercero inmediato anterior.

5º—Que mediante oficio DA-053-2017 de fecha 05 de abril del 2017 suscrito por el señor Pedro Rojas Guzmán, Alcalde de la Municipalidad de Sarapiquí, visible a folios 32 a 34, indica que se dio respuesta mediante oficio DA-189-2013 de fecha 16 de diciembre del 2013, sin embargo según inspección realizada por funcionarios el 09 de diciembre del 2013, y en entrevista con la señora María Isabel Castro Zamora, cédula 2-0275-0398, indicó que la propiedad no tiene escritura y que ella la posee desde hace 30 años, informando además que es parte de una finca del INDER, y no se logró ubicar a que número de folio corresponde la porción de terreno.

6º—Que mediante oficio 401-17-TAA de fecha 24 de abril del 2017, visible a folios 35, este Tribunal solicita al Registro Civil la cuenta cedular de la señora María Isabel Castro Zamora, cédula 2-0275-0398.

7º—Que a folios 36 a 38 consta cuenta cedular de la señora María Isabel Castro Zamora, cédula 2-0275-0398.

Considerando:

I.—Que mediante la presente resolución se declara formalmente la apertura de un proceso ordinario administrativo, en contra de la señora María Isabel Castro Zamora, cédula 2-0275-0398. Ello se realiza de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46, 50 y 89 de la Constitución Política, artículos 1, 2, 48, 50, 51, 52, 61, 99, 101, 103, 106, 108, 110 y 111 de la Ley Orgánica del Ambiente, artículos 11, 54, 106, 109, 110 y 113 de la Ley de Biodiversidad, artículo 3 inciso c) Reglamento a la Ley de Biodiversidad Decreto Número 34433-MINAE, artículo 1, 3, 5, 6, 19, 20, 26, 27, 28, 57 y siguientes de la Ley Forestal, artículos 218, 308 a 319, 345 y 346 de la Ley General de Administración Pública, así como 1, 11, 20 y siguientes del Decreto Ejecutivo número 34136-MINAE.

II.—Que se imputa formalmente a la señora María Isabel Castro Zamora, cédula 2-0275-0398, en calidad de poseedora de la finca ubicada en Bijagual de la Virgen de Sarapiquí antes de llegar a finca la Colombina, 400 metros este de la Reserva la Tirimbina, por los siguientes presuntos hechos:

El haber realizado y/o no haber impedido la tala sin los permisos correspondientes de diez (10) árboles en área de bosque, de la especie manteco, cebo y anonillo, de entre 48 y 90 centímetros de diámetro, y aprovechamiento en trozas, en total veintitrés (23) trozas encontradas en un patio, de entre 26 y 60 centímetros de diámetro, cuyo monto de valoración económica del daño ambiental asciende a la suma de ¢1.362.114,00 (un millón trescientos sesenta y dos mil ciento catorce colones exactos), según documento aportado mediante oficio OS-1069-2013 de fecha 09 de setiembre del 2013 suscrito por el Ing. Luis Fernando Salas Sarkis, Jefe de la Oficina Sarapiquí, Área de Conservación Cordillera Volcánica Central, visible a folios 19 a 21 del expediente administrativo.

Se hace la aclaración que el proceso ordinario administrativo que se abre por la presente resolución, se ocupará únicamente de los presuntos hechos arriba señalados. En caso de que el Tribunal llegara a encontrar indicios de otros supuestos hechos constitutivos de posibles violaciones de la normativa tutelar del ambiente, se abriría otro u otros procesos ordinarios administrativos referentes a dichos eventuales hechos.

III.—Que el proceso ordinario administrativo que se inicia con la presente resolución tiene como propósito determinar si son ciertos o no los hechos que se atribuyen (imputan) a los denunciados y si serían en tal caso aplicables en contra de los denunciados las consecuencias jurídicas negativas (indemnización, medidas ambientales obligatorias, etc.) contenidas en las normas jurídicas de las cuales se les apercibirá a continuación. Se comunica (apercibe) formalmente a los denunciados que las posibles consecuencias de los eventuales hechos imputados serían la imposición de una o más de las medidas ambientales (de prevención y/o mitigación y/o compensación) contempladas en los artículos 61, 99, 101 y 111 de la Ley Orgánica del Ambiente, 11, inciso 2, 45 y 54 de la Ley de la Biodiversidad, incluyendo, pero no limitado a una indemnización referente a la valoración económica del aducido daño ambiental antes citada. Las medidas ambientales aludidas podrían incluir también imponer el deber de realizar a su costa la elaboración, presentación, sometimiento a aprobación y correcciones por la entidad competente, así como ejecución, de los Planes de Reparación, Mitigación y Restauración Ambiental que pudieran ser necesarios y/o a otras medidas ambientales contempladas en la normativa citada, pudiendo coincidir o no con las que pueda solicitar el denunciante.

IV.—Al presente proceso se citan:

En calidad de denunciante: El señor Pio Jiménez Cordero, cédula de identidad número 1-441-877, funcionario de Control y Protección, Oficina de Sarapiquí, Área de Conservación Cordillera Volcánica Central;

En calidad de denunciada: La señora María Isabel Castro Zamora, cédula 2-0275-0398;

En calidad de testigo-perito: El Ing. Luis Fernando Salas Sarkis, Jefe de la Oficina de Sarapiquí, Área de Conservación Cordillera Volcánica Central.

En calidad de testigo: El señor Bernal Salas Víquez, cédula de identidad número 2-588-639, funcionario de la Oficina de Sarapiquí, Área de Conservación Cordillera Volcánica Central.

V.—Se pone a disposición de las partes y sus apoderados el expediente administrativo debidamente foliado, el cual puede ser consultado de lunes a viernes en la sede del Tribunal Ambiental Administrativo, ubicada en San José, avenidas 8 y 10, calle 35, o bien del Automercado Los Yoses 200 metros sur y 150 oeste, casa color verde, portones de madera.

VI.—Se comunica a las partes que a partir de este momento y hasta la audiencia a la que se aludirá en el siguiente considerando, se recibirá en el Tribunal cualquier argumento de hecho y/o derecho, y/o cualquier prueba presentada por las mismas en relación con el presente proceso.

VII.—Se cita a todas las partes a una audiencia oral y pública que se celebrará en la sede del Tribunal Ambiental Administrativo a las 08 horas 00 minutos del día miércoles 18 de octubre del 2017.

VIII.—Se comunica a la parte denunciada que, en virtud de que el objetivo primordial de la legislación ambiental es la protección de los recursos naturales y la reparación “in natura” de los daños ocasionados debido a comportamiento activo u omiso a partir de la fecha de notificación y PREVIO a la celebración de la audiencia programada, se podrá remitir a este Tribunal una propuesta de conciliación ambiental, misma que repare, mitigue y/o compense el daño ambiental causado; debidamente aprobada por la parte denunciante, y el Director del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, para la recuperación y restauración del sitio afectado reparando y salvaguardando el ambiente en todo momento, y de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 7727 Sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social. Es importante señalar que, en caso de no presentarse el acuerdo conciliatorio antes de la fecha de celebración de audiencia, no será posible suspender dicha diligencia para someterse al proceso de conciliación. Dicho acuerdo podrá presentarse después de la audiencia y antes del dictado del acto final.

IX.—Se comunica a las partes que el propósito de la audiencia oral y pública será otorgar al denunciante y al denunciado la oportunidad de defender sus tesis acerca de lo que se imputa al denunciado con sus consecuencias jurídicas y económicas, incluyendo recibir todos los argumentos y pruebas que se deseen las partes y sean admisibles en Derecho.

X.—Se comunica a las partes que podrán comparecer solos o acompañados de abogado o abogados, junto a los testigos y peritos que deseen, y cualquier otra prueba que quieran presentar La admisibilidad de la prueba será determinada por este Tribunal en la audiencia.

IX.—Se comunica asimismo a las partes que os testigos y peritos deberán esperar fuera de la sala de audiencias a que se les llame, de modo que no podrán ingresar a la sala hasta que se les requiera, ni podrán realizar ningún comentario relacionado a lo que se discuta en la audiencia, hasta que la misma haya finalizado y se haya evacuado toda la prueba.

IIX.—Se les hace saber a las partes convocadas a la Audiencia Oral y Pública que deberán aportar el día de la misma, un dispositivo electrónico, sea este un dispositivo de almacenamiento tipo USB o CD para la grabación del audio de dicha diligencia.

IIIX.—Contra la presente resolución cabe interponer el recurso de revocatoria en el plazo de veinticuatro horas a partir de la notificación con fundamento en los artículos 342, 346 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.

Se le advierte a la parte denunciada, que este Despacho solamente procederá a notificar las resoluciones futuras, si señalan expresamente correo electrónico, número de fax, dirección de casa u oficina en el expediente administrativo supracitado, según lo establecido en los artículos 6, 19, 20, 21, 22 y 34 la Ley de Notificaciones Judiciales. De incumplirse con esta advertencia se procederá a la notificación automática en los términos que establece el artículo 11 de la citada Ley. Se previene que al referirse al expediente se indique el número del mismo y número de la presente resolución. Notifíquese.—Licda. Ligia Umaña Ledezma, Presidente.—Licda. Maricé Navarro Montoya, Vicepresidente.—Licda. Ruth Ester Solano Vásquez, Secretaria.—O. C. Nº 31727 33448.—Solicitud Nº 15220.—( IN2017154976 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN

De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Randall Masis Jara número patronal 0-00105700997-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social en Guadalupe, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso 1204-2017-0432, que en lo que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones salariales en el trabajador detallado en la hoja de trabajo visible en el folio 0021 y 0022 el expediente administrativo, por los período de octubre de 2009 a mayo de 2014, para el trabajador Quirós Vargas Steven con número de cédula 1-1117-0879. Total de salarios omitidos ¢14.563.391,10. Total de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢3.251.232,00. Consulta expediente: en esta oficina Guadalupe, 75 metros oeste, de la Cruz Roja Costarricense, oficina de Inspección, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Segundo Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, Goicoechea, 04 de mayo de 2017.—Sucursal de Guadalupe.—Lic. Juan Carlos Delgado Cabalceta, Jefe.—1 vez.—( IN2017155183 ).

SUCURSAL LA UNIÓN

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono OSEADRI E I R L, número patronal 2-03105221864-001-001, la Sucursal La Unión notifica Traslado de Cargos 1205-2017-00377 del 14 de abril del 2017 por eventuales omisiones salariales de la trabajadora Sharlín de Los Ángeles Portuguez Rojas, identificación 115410627, por los meses de febrero 2012 a setiembre 2012, de setiembre 2013 a enero 2014, total salarios afectados ¢2.721.667,00, un monto de ¢608.021,00 en cuotas obrero patronales. Consulta expediente en Cartago, La Unión, Tres Ríos, frente a la entrada del costado norte del Cementerio de Tres Ríos. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—La Unión, 15 de mayo del 2017.—Dirección Región Central de Sucursales.—Lic. Johnny Sanabria Solano, Jefe Sucursal La Unión.—1 vez.—( IN2017155269 ).

De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Seguridad Asesoría e Investigaciones Privadas Sociedad Anónima, número patronal 2-03101153673-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de La Unión, de la Dirección Región Central de Sucursales, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso 1205-2016-00779, que en lo que interesa indica: como resultado material de las revisiones salariales efectuadas, se han detectado omisiones y diferencias salariales por aseguramiento de los trabajadores: Juan Vicente Chavarría Castillo, asegurado número 15525241 y Juan Francisco Mayorga No indica otro asegurado número 16162990, detallado en hoja de trabajo, folios 33 y 34 del expediente administrativo, por los períodos de enero 2011 a diciembre 2011. Total de salarios afectados ¢5.215.770,84, Total de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢1.165.199,00. Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador ¢299.911,00. Consulta expediente: en esta oficina Cartago, La Unión, Tres Ríos, frente entrada del costado norte del Cementerio de Tres Ríos, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido el Juzgado de Menor Cuantía de La Unión. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Cartago, La Unión.—Lic. Johnny Sanabria Solano, Jefe.—1 vez.—( IN2017155270 ).

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