N° 930-P
7 de Junio de 2017
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
De conformidad con lo que
establece el artículo 26 inciso b) de la Ley General de la Administración
Pública.
Artículo 1º—Modificar los
artículos I, II, III y VI del Acuerdo N° 836-P, de fecha 1° de marzo de 2017,
para que se lean de la siguiente manera:
ACUERDA:
“Artículo I.—Designar al señor Alexander Mora
Delgado, Ministro de Comercio Exterior, portador de la cédula de identidad
número 1-0617-0691 para que viaje a París, Francia y a Ginebra, Suiza del 07 al
14 de marzo de 2017, partiendo a las 14:31 horas del 07 de marzo y regresando a
las 09:25 horas del 14 de marzo de 2017, para participar en las siguientes
actividades: En París, Francia del 08 al 10 de marzo en la primera presentación
asociada a la evaluación de las políticas de inversión del país y en la sesión
de trabajo y coordinación preparatoria, con el objeto de contribuir a los
esfuerzos de promoción de los objetivos de la agenda de comercio e inversión
costarricense orientados a reforzar las políticas públicas nacionales, a través
de la participación en este organismo y de la eventual incorporación como país
miembro de la OCDE -en una etapa crucial del proceso de adhesión-,
fortaleciendo la alianza con los países miembros y la Secretaría de la
organización, y el conocimiento que en su seno se tiene de experiencias
exitosas con las que Costa Rica puede contribuir a su trabajo. Las reuniones se
realizarán del 6 al 10 de marzo, sin embargo, el señor Ministro se estará
integrando a ellas a partir del 8 de marzo de 2017. Durante su estadía
procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) liderar la
presentación que realizará la delegación costarricense en la reunión del Comité
de Inversión, sobre temas claves en el marco de la Evaluación de Políticas de
Inversión que este lleva a cabo en el marco del proceso de adhesión; 2)
proporcionar información a los miembros sobre consultas que surjan en tomo a
los temas presentados y su coherencia con los instrumentos de la organización a
cargo de esta agrupación, con miras a identificar potenciales desafíos u
oportunidades de mejora a partir de las buenas prácticas existentes y las
experiencias de los países en la definición e implementación de políticas
públicas específicas en esta área; 3) contribuir en la discusión, análisis y
reflexión de las temáticas de estos foros, recogiendo elementos de las
experiencias de los participantes que puedan resultar valiosas en el desarrollo
interno de políticas públicas dirigidas a potenciar estos temas en Costa Rica y
4) aprovechar la ocasión para fortalecer la red de contactos que se ha
establecido con los países miembros de la OCDE y reforzar el interés del país
en continuar profundizando y mejorando su participación en la OCDE, con miras a
la adhesión. A su llegada a París, Francia el 08 de marzo de 2017, deberá
atender una reunión de trabajo de preparación con autoridades de la OCDE. Su
traslado de París, Francia a Ginebra, Suiza, se llevará a cabo vía tren el 12
de marzo de 2017, dado que deberá permanecer en París durante los días 11 y 12
de marzo para atender las actividades programadas por funcionarios de la OCDE
en esas fechas. En Ginebra, Suiza el 13 de marzo de 2017, participará en el
Seminario sobre Pagos Electrónicos e Inclusión Financiera organizado por el
Grupo de Amigos del Comercio Electrónico para el Desarrollo en la Organización
Mundial del Comercio (OMC). Durante su estadía procurará cumplir con los
siguientes objetivos específicos: 1) ejercer la representación activa de Costa
Rica como miembro del Grupo de Amigos del Comercio Electrónico para el
Desarrollo; 2) participar como expositor en el panel de alto nivel que abrirá
el seminario sobre comercio electrónico con énfasis en pagos electrónicos e
inclusión financiera y 3) participar en las diferentes discusiones que surjan
de las presentaciones de los expertos que participarán en el seminario; y así
contribuir a la discusión, análisis y reflexión de las temáticas de pagos
electrónicos e inclusión financiera.
Artículo II.—Los gastos de viaje
del señor Ministro por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, serán
cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del
programa 792; por un monto de $2.223,28 (dos mil doscientos veintitrés dólares
con veintiocho centavos). El transporte aéreo de ida y de regreso, será
cubierto con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa y el transporte
terrestre en Costa Rica, en París, Francia y en Ginebra, Suiza, por la
subpartida 10501 del programa 792. Además, el transporte vía tren de París,
Francia a Ginebra, Suiza del 12 de marzo de 2017, también será cubierto con
recursos de COMEX por la subpartida 10503 del programa 792. El seguro viajero,
por la subpartida 10601 del programa 796. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e internet al Ministerio
de Comercio Exterior; así como para que se le aplique diferencia de hospedaje,
en el evento de que proceda, pago de gastos de representación ocasionales en el
exterior y reconocimiento de gastos conexos por compra de material
bibliográfico, según los artículos 41, 48 y 52 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. Además, para hacer escala en
Panamá, en Frankfurt, Alemania, en Londres, Inglaterra y en Bogotá, Colombia,
por conexión. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar
de destino, viaja a partir del 07 de marzo. Por problemas climatológicos en
Estados Unidos, específicamente por las fuertes nevadas, el funcionario debió
variar el itinerario de regreso para no pasar por Estados Unidos, retornando a
Costa Rica el día 14 de marzo del 2017. Los días 11 y 12 de marzo corresponden
a fin de semana.
Artículo III.—En tanto dure la
ausencia se nombra como Ministro a. í. al señor Jhon Fonseca Ordóñez,
Viceministro de Comercio Exterior, a partir de las 14:31 horas del 07 de marzo
hasta las 09:25 horas del 14 de marzo de 2017.
Artículo VI.—Rige desde las
14:31 horas del 07 de marzo hasta las 09:25 horas del 14 de marzo de 2017.
Artículo 2º—En lo no
expresamente modificado, el resto del Acuerdo N° 836-P se mantiene igual.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, a los siete días del mes de junio del dos mil diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1
vez.—O. C. N° 3400030803.—Solicitud N° 14996.—(
IN2017155153 ).
N° 931-P
21 de abril de 2017
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
De conformidad con lo que
establecen los artículos 139 inciso 1) de la Constitución Política; y 47 inciso
3 de la Ley General de la Administración Pública y el Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que las gestiones de
promoción y consolidación del posicionamiento de Costa Rica en la economía
internacional, orientadas a propiciar el desarrollo y con ello, mejorar las
condiciones de vida de los habitantes de la nación, son un pilar central de la
gestión del sector comercio exterior. El Ministerio de Comercio Exterior
(COMEX) como ente rector, es el órgano responsable de definir y dirigir la
política comercial externa y de inversión del país, promoviendo una vinculación
global exitosa, la apertura de mercados internacionales, el apoyo a la
ampliación, diversificación y sofisticación de la oferta exportable nacional y
con ello la integración en las cadenas globales de valor y la atracción de
inversión, todo ello con incidencia positiva en el crecimiento socioeconómico.
II.—Que como una acción prioritaria para
mejorar la atracción de inversionistas a Costa Rica, fomentar comercio
regional, mejorar la atención a los exportadores costarricenses interesados en
el mercado local y lograr mayor posicionamiento de las posibilidades que ofrece
Costa Rica, así como los productos y servicios costarricense, conjuntamente con
la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER) y la Coalición
Costarricense de Iniciativas de Desarrollo (CINDE), se brindará asesoría y
apoyo en tales materias a la delegación oficial que acompañará al señor
Presidente de la República a su visita a España, a Reino de los Países Bajos y
a Reino Unido.
ACUERDA:
Artículo I.—Designar al señor
Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior, portador de la cédula de
identidad número 1-0617-0691 para que viaje a Madrid, España, a Amsterdam,
Reino de los Países Bajos y a Londres, Reino Unido, partiendo a las 10:15 horas
del 06 de mayo y regresando a las 09:25 horas del 13 de mayo de 2017, como
parte de la delegación oficial que acompañará al Presidente de la República en
la visita indicada, para brindar la asesoría necesaria en las reuniones
organizadas para estrechar alianzas con círculos empresariales, con miras a
fortalecer la posición de Costa Rica como destino de inversión, así como en
reuniones oficiales en temas relacionados con el comercio exterior. Durante su
estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1)
Participar en reuniones bilaterales programadas con inversionistas potenciales
y existentes para: (i) Reforzar el posicionamiento de Costa Rica como destino
de inversión; y (ii) Explorar oportunidades para atraer nuevos proyectos hacia
el país -que contribuyan a generar más empleo y transferencia de conocimiento,
dialogando sobre las ventajas que se ofrecen, e intercambiando puntos de vista
sobre acciones que contribuirían a fomentar un clima de negocios aún más
propicio para el desarrollo; 2) Participar en encuentros empresariales
organizados por PROCOMER, para promocionar la imagen de Costa Rica corno
destino atractivo para el establecimiento de proyectos de inversión -dentro y
fuera del Gran Área Metropolitana-; 3) Participar como parte de la delegación
oficial en reuniones con las autoridades de gobierno de dichos países, con el
objetivo de impulsar la agenda de comercio e inversión con ellos y explorar
formas de potenciar la relación bilateral; 4) Apoyar, asesorar y recomendar al
Presidente Luis Guillermo Solís en temas relacionados con la agenda de comercio
exterior, a fin de fortalecer la relación bilateral entre Costa Rica y España,
Reino de los Países Bajos y Reino Unido; y 5) En Reino Unido para darle
seguimiento a reuniones que se llevaron a cabo durante la visita Presidencial
que tuvo lugar entre el 22 al 25 de mayo de 2016.
Artículo II.—Los gastos del viaje del señor
Ministro por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en
las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje serán cubiertos con
recursos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) de las subpartidas 10501,
10503 y 10504 del programa 792; el adelanto por ese concepto asciende a
$1.809,60 (mil ochocientos nueve dólares con sesenta centavos), sujeto a
liquidación. El transporte aéreo de ida y de regreso, será cubierto con
recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. El transporte terrestre en
Costa Rica, en Madrid, España, en Amsterdam, Reino de los Países Bajos y en
Londres, Reino Unido, será cubierto con recursos de COMEX de la subpartida
10501 del programa 792. El seguro viajero, por la subpartida 10601 del programa
796. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de
documentos vía fax e internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como para
que se le aplique diferencia de hospedaje, en el evento de que proceda, pago de
gastos de representación ocasionales en el exterior y reconocimiento de gastos
conexos por compra de material bibliográfico, según los artículos 41, 48 y 52
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.
Además, para hacer escala en Bogotá, Colombia, por conexión. Por efectos de
itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir
del 06 de mayo y regresa a Costa Rica hasta el 13 de mayo del 2017. El 06, 07 y
13 de mayo corresponden a fin de semana.
Artículo III.—En tanto dure la ausencia se
nombra como Ministro a. í. al señor Jhon Fonseca Ordóñez, Viceministro de
Comercio Exterior, a partir de las 10:15 horas del 06 de mayo hasta las 09:25
horas del 13 de mayo de 2017.
Artículo IV.—El señor Ministro rendirá un
informe ejecutivo a su superior jerárquico en un plazo no mayor a ocho días
naturales, contados a partir de su regreso, en el que se describan las
actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados
para la institución y para el país en general.
Artículo V.—El funcionario no hará uso de las
millas que pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este
viaje.
Artículo VI.—Rige desde las 10:15 horas del
06 de mayo hasta las 09:25 horas del 13 de mayo de 2017.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, a los veintiún días del mes de abril de dos mil
diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1
vez.—O. C. N° 3400030803.—Solicitud N° 14996.—(
IN2017155154 ).
N° 089-2017.—20 de marzo de 2017
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
De conformidad con lo que
establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; los
artículos 25 inciso 1, 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la
Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; así como el artículo
4 inciso c) del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos.
Considerando:
I.—Que el gobierno ha venido
trabajando con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
(OCDE) desde el 2009, con el objetivo de llegar a ser miembro de la
organización y mejorar la calidad de las políticas públicas. De conformidad con
el Decreto N° 37983-COMEX-MP, del 09 de setiembre del 2013, se declararon de
interés público las acciones, actividades e iniciativas desarrolladas en el
marco del proceso de ingreso de Costa Rica a la OCDE y se designó a COMEX como
coordinador del proceso por parte del Poder Ejecutivo. Esta declaratoria
comprende todas las actividades preparatorias relacionadas con la organización,
promoción, impulso y apoyo de dicho proceso. Asimismo, el Plan Nacional de
Desarrollo 2014-2018 incluye como meta prioritaria, el fortalecimiento de
políticas públicas a través del ingreso de Costa Rica a la OCDE.
II.—Que a partir de la Decisión Ministerial
de la OCDE de mayo de 2013 y hasta el 2015, el Gobierno de Costa Rica llevó a
cabo un plan de acción que contribuyó con el fin de ampliar sus vínculos con la
OCDE, como resultado se obtuvo una invitación formal para iniciar un proceso de
adhesión el 09 de abril de 2015, por parte del Consejo Ministerial de la OCDE.
Posteriormente, en julio de 2015, el Consejo de Ministros de la OCDE emitió la
hoja de ruta del proceso de adhesión de Costa Rica, con el objetivo de guiar
este proceso. El proceso de ingreso incluye la realización de 22 evaluaciones
por parte de comités técnicos de la OCDE en las siguientes áreas: inversión,
anticorrupción, gobierno corporativo, mercados financieros, seguros y pensiones
privadas, competencia, asuntos fiscales, ambiente, químicos, gobernanza
pública, política regulatoria, estadísticas, economía y desarrollo educación,
empleo, trabajo y asuntos sociales, salud, comercio y créditos a la
exportación, agricultura, pesca, políticas científicas y tecnológicas, economía
digital y consumidor.
III.—Que estos comités técnicos se reúnen
regularmente de dos a cuatro veces al año en la sede de la OCDE en París
Francia. También realizan periódicamente reuniones ministeriales, foros,
talleres y otros eventos en la sede de la OCDE y en diferentes países miembros
para informar sobre avances y nuevas tendencias, así como para obtener
retroalimentación y dirección estratégica al trabajo que realizan en su
respectiva área. En el marco del proceso de ingreso de Costa Rica a la OCDE, es
fundamental la participación de representantes del país en las reuniones de los
comités y grupos de trabajo de dicha entidad, en particular en los temas de los
comités que evaluarán al país en el proceso de acceso.
IV.—Que bajo este contexto, los días 06 y 07
de abril de 2017, en la sede de la OCDE en París, Francia, se llevará a cabo la
21a sesión del Comité de Política Educativa de la OCDE, con el fin
de ir generando un posicionamiento país en temas de educación dentro de las
políticas públicas. Durante el evento se desarrollarán los siguientes temas: i)
educación indígena; ii) indicadores educativos; iii) pruebas PISA (por sus
siglas en inglés correspondientes al Programa Internacional para la Evaluación
de Estudiantes); y iv) la primera presentación del informe país sobre educación.
V.—Que es de alto interés para el Ministerio
de Comercio Exterior y el Gobierno de la República la participación en tal
evento del funcionario designado por el Ministerio de Educación Pública para
consolidar el proceso formal de adhesión del país a la OCDE. Asimismo, se
considera una excelente oportunidad para conocer de primera mano lo más
reciente en la materia, y de esta manera, orientar el fortalecimiento de la
educación pública de nuestro país. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar al señor Miguel
Ángel Gutiérrez Rodríguez, portador de la cédula de identidad número
4-0101-1074, Viceministro de Planificación Institucional y Coordinación
Regional del Ministerio de Educación Pública, para integrar la delegación
oficial compuesta por el Ministerio de Educación Pública y el Ministerio de
Comercio Exterior para participar en la 21a sesión del Comité de
Política Educativa de la OCDE, que se llevará a cabo los días 06 y 07 de abril
de 2017, en la sede de la OCDE en París, Francia. La importancia de su participación
radica en que el Ministerio de Educación Pública ha participado activamente en
el proceso de adhesión a la OCDE, para ello se ha conformado un equipo de
trabajo en el cual el señor Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez es miembro y
cuenta con los conocimientos que se han generado en las diferentes etapas, en
el tema de educación. Durante su estadía procurará cumplir con los siguientes
objetivos específicos: 1) participar en la 21a sesión del Comité de
Política Educativa donde se llevará a cabo la discusión de adhesión de Costa
Rica en este Comité y en el cual el país presentará el estado de situación,
desafíos y planes para atender los retos de la política educativa en el país;
2) contribuir en la discusión, análisis y reflexión sobre la situación de Costa
Rica y sus desafíos en los temas objeto de la discusión de adhesión del Comité
de Política Educativa; 3) aprovechar el diálogo e intercambio de experiencias
que tendrá lugar en las reuniones para mejorar el aprovechamiento de los
instrumentos asociados con temas de educación, así como las buenas prácticas
existentes en la materia; 4) contribuir en la discusión, análisis y reflexión
de las temáticas de la sesión, recogiendo elementos de las experiencias de los
participantes que puedan resultar valiosas en el desarrollo interno de
políticas públicas dirigidas a potenciar la educación; y 5) aprovechar la
ocasión para fortalecer la red de contactos que se ha establecido con los
países miembros de la OCDE y reforzar el interés del país en continuar profundizando
y mejorando su participación en la OCDE, con miras a la adhesión.
Artículo 2º—Los gastos del señor Miguel Ángel
Gutiérrez Rodríguez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte y de alimentación y de hospedaje, a saber
$1.155,12 (mil ciento cincuenta y cinco dólares con doce centavos) sujeto a
liquidación, se asumirán con recursos del Ministerio de Comercio Exterior
(COMEX) de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. El transporte
aéreo y el transporte terrestre en Costa Rica y en París, Francia, serán
financiados también por COMEX, por la subpartida 10501 y 10503 del mismo
programa. El seguro viajero del señor Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, será
cubierto con recursos propios. Se le autoriza para hacer escala en Atlanta,
Estados Unidos de América, por conexión. Por efectos de itinerario y rutas de
vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 04 de abril y
regresa a Costa Rica hasta el 08 de abril de 2017. El 08 de abril corresponde a
fin de semana.
Artículo 3º—El funcionario no hará uso de las
millas que pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este
viaje.
Artículo 4º—A su regreso el funcionario
rendirá un informe ejecutivo a su superior jerárquico, dentro del plazo
estipulado en la entidad a la que presta sus servicios.
Artículo 5º—Rige del 04 al 08 de abril de
2017
Dado en la Presidencia de la
República, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La
Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—El Ministro de
Comercio Exterior a. í., Jhon Fonseca Ordóñez.—1 vez.—O. C. Nº
3400030803.—Solicitud Nº 14995.—( IN2017155144
).
Nº 001-2017
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25
inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio
Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo
dispuesto en la Ley N° 9341, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el
10 de diciembre de 2015, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
Artículo 1º—Modificar el
Artículo Primero, Segundo y Cuarto del Acuerdo de Viaje número 597-2016, de
fecha ocho de noviembre de 2016, para que se lea de la siguiente manera:
“Artículo Primero:
Designar a la señora Gabriela Castro Mora, cédula número 1-0916-0263, Directora
de Inversión y Cooperación, para viajar a Toronto, Ottawa, Canadá, del 14 al 18
de noviembre de 2016 como parte de la delegación oficial que viajará a ese país
para estrechar alianzas con círculos empresariales, con miras a promover y
maximizar los flujos comerciales y de inversión, participando de la agenda
programada como parte de la delegación oficial designada al efecto. Durante su
estadía procurará cumplir los siguientes objetivos específicos: asesorar al
Ministro durante las siguientes actividades: 1) sostener encuentros con grupos
de empresarios con el fin de promocionar la imagen de Costa Rica como destino
atractivo para el establecimiento de proyectos de inversión, dentro y fuera del
Gran Área Metropolitana, y como fuente de una canasta de bienes y servicios de
exportación de clase mundial que, aprovechando la plataforma-país, podría
contribuir a potenciar las oportunidades de crecimiento en el mercado global;
2) sostener reuniones bilaterales con inversionistas potenciales y existentes,
con el propósito de (i) reforzar el posicionamiento de Costa Rica como destino
de inversión; 00 explorar oportunidades para atraer nuevos proyectos hacia el
país, que contribuyan a generar más empleo y transferencia de conocimiento;
(iii) dialogar sobre las ventajas y condiciones que se ofrecen para desempeñar
negocios globales; e (iv) intercambiar puntos de vista sobre acciones que
contribuirían a fomentar un clima de negocios aún más propicio para impulsar el
desarrollo; 3) representar a Costa Rica en la Cumbre Aeroespacial,
contribuyendo en la discusión, análisis y reflexión de las temáticas del foro y
recogiendo elementos de las experiencias de los participantes que puedan
resultar valiosas en el desarrollo interno de políticas públicas dirigidas a
potenciar el tema; y aprovechar la presencia de líderes globales en el sector
para fortalecer la red de contactos en este sector estratégico; y 4) sostener
reuniones con autoridades del Gobierno de Canadá, con el objetivo de impulsar
la agenda de comercio e inversión entre ambos países y explorar formas de
potenciar la relación bilateral. Se requiere que la funcionaria este en Santa
Ana California, Estados Unidos, a partir del lunes 07 de noviembre, pues las
reuniones inician a primera hora del día 08 y los preparativos de las reuniones
de toda la Comitiva requieren estar listos para ese momento.
Artículo Segundo: Cubrir los gastos de la señora
Gabriela Castro Mora por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber
US$990,28 (novecientos noventa dólares con veintiocho centavos), con recursos
del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) de la subpartida 10501, 10503 y
10504 del programa 796. El transporte aéreo será cubierto con recursos de la
subpartida 10503 del programa 796. El transporte terrestre en Costa Rica, en
Toronto y en Otawa, Canadá, será cubierto con recursos de la subpartida 10501;
el seguro médico viajero, con recursos de la subpartida 10601, ambos del
programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas telefónicas,
fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio
Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del
Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que
por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea
chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, con recursos de la
subpartida 10504 del programa 796. Participará en calidad de Asesora del
Ministro del 14 al 16 de noviembre de 2016. Se le autoriza para hacer escala en
Houston y en Newark, Estados Unidos de América, por conexión. Además, se
autoriza el uso de la firma digital para la suscripción de documentos en
trámites bajo su competencia. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo hacia
el lugar de destino, viaja a partir del 14 de noviembre de 2016. Debido a un
cambio de la aerolínea en el vuelo de ‘OSE 00 regreso, el retomo a Costa Rica
se realizó el 18 de noviembre de 2016, por lo que la funcionaria debió
permanecer la noche del 17 de noviembre en Newark, Estados Unidos y la
Aerolínea cubrió el costo del hospedaje y la alimentación será cubierta con
recursos de COMEX.
Artículo Cuarto: Rige a partir del 14 al 18 de
noviembre de 2016.”
San José, a los dos días del mes
de enero del dos mil diecisiete.
Alexander Mora Delgado, Ministro
de Comercio Exterior.— 1 vez.—O. C. Nº 3400030803.—Solicitud Nº 14995.—(
IN2017155143 ).
Nº 109-2017
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25
inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio
Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo
dispuesto en la Ley N’ 9411, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el
12 de diciembre de 2016, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2017 y en los artículos 7, 31 y 34
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando
I.—Que Costa Rica aspira a
alcanzar mayores niveles de desarrollo y la Organización para la Cooperación y
el Desarrollo Económicos (OCDE) es una herramienta adecuada para apoyarnos y
guiamos en ese proceso, ya que está orientada a promover las mejores políticas
públicas para mejorar la calidad de vida de las personas. El Gobierno ha venido
trabajando con la OCDE desde 2009 con el objetivo de llegar a ser miembro de la
organización y mejorar la calidad de las políticas públicas. De conformidad con
el Decreto Nº 37983-COMEX-MP del 9 de setiembre 2013, se declararon de interés
público las acciones actividades e iniciativas desarrolladas en el marco del
proceso de ingreso de Costa Rica a la OCDE. Esta declaratoria comprende todas
las actividades preparatorias relacionadas con la organización, promoción,
impulso y apoyo de dicho proceso. Asimismo, el Plan Nacional de Desarrollo
2014-2018 incluye como meta prioritaria, el fortalecimiento de políticas públicas
a través del ingreso de Costa Rica a la OCDE.
II.—Que a partir de la Decisión Ministerial
de la OCDE de mayo de 2013, el Gobierno de Costa Rica preparó un plan de acción
que contribuyó a ampliar sus vínculos con la OCDE, resultando en la invitación
formal para iniciar un proceso de adhesión en 2015. El pasado 8 de abril Costa
Rica fue invitada a iniciar su proceso de adhesión por parte del Consejo de la
Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos, con miras a ser miembro de
la OCDE.
III.—Que bajo este marco, el señor Alejandro
José Patiño Cruz, viajará a París Francia para participar en reuniones de
coordinación interna inter-institucional, de cara a atender los compromisos en
el proceso de adhesión de Costa Rica a la OCDE, tales como las presentaciones y
exámenes que hará Costa Rica durante la semana del 24 al 28 de abril de 2017 en
diversos Comités de la OCDE.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor
Alejandro José Patiño Cruz, portador de la cédula número 3-0380-0377, Enviado
Especial a la Misión de Costa Rica en Bruselas, Bélgica para que viaje de
Bruselas Bélgica a París Francia del 23 al 28 de abril de 2017, para participar
en reuniones de coordinación interna inter-institucional, de cara a atender los
compromisos en el proceso de adhesión de Costa Rica a la OCDE, tales como las
presentaciones y exámenes que en diversos Comités de la OCDE hará Costa Rica
durante la semana del 24 al 28 de abril de 2017. Participará y dará
acompañamiento técnico en el Grupo de Trabajo de Empleo Público y Administración,
en el Comité de Gobernanza Pública, en el Comité de Comercio, el Comité de
Asuntos Financieros y participará en la 4ta reunión de las Organizaciones
Internacionales: uniendo fuerzas para hacer la globalización funcionar. Durante
su estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1)
participará en las sesiones del Grupo de Trabajo de Empleo Público; 2) el 25 de
abril participará y apoyará técnicamente en la presentación de la revisión de
Costa Rica en el Comité de Gobernanza Pública, así como en las sesiones del
Comité de Gobernanza Pública de la OCDE; 3) el 26 de abril participará y
apoyará técnicamente la presentación del señor Ministro de Comercio Exterior en
el Comité de Comercio, así como participar de las sesiones del Comité de Comercio
de la OCDE; 4) el 27 de abril 2017 participará y apoyará técnicamente en la
presentación de la revisión de Costa Rica en el Comité de Asuntos Financieros;
y 5) el 28 de abril 2017 participará en las sesiones de la 4ta reunión de las
Organizaciones Internacionales: uniendo fuerzas para hacer la globalización
funcionar. El funcionario viajará en el último tren de la noche del día 23, a
fin de incorporarse el día 24 de abril a primera hora de la mañana, para dar
acompañamiento y participar en la reunión de coordinación programada.
Artículo 2º—Los gastos del señor Alejandro
José Patiño Cruz, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber,
US$1.333,20 (mil trescientos treinta y tres dólares con veinte centavos) sujeto
a liquidación, serán cubiertos con recursos de la Promotora de Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER). Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de
Comercio Exterior. El transporte terrestre también será financiado por la
Promotora.
Artículo 3º—Rige del 23 al 28 de abril del
2017.
San José, a los veintiún días
del mes de abril del dos mil diecisiete.
Alexander Mora Delgado, Ministro
de Comercio Exterior.— 1 vez.—O. C. Nº 3400030803.—Solicitud Nº 14995.—(
IN2017155146 ).
N°
125-2017
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25
inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio
Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo
dispuesto en la Ley N° 9411, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el
12 de diciembre de 2016, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2017 y en los artículos 7, 31 y 34
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que el Programa de
Integración Fronteriza de Costa Rica (PIF), proyecto para el cual el Ministerio
de Comercio Exterior (COMEX) ha sido designado como organismo ejecutor, es una
iniciativa impulsada por el Gobierno de la República para la modernización de
los puestos fronterizos terrestres del país, e incluye el desarrollo de
infraestructura y la dotación de equipos de control, la optimización de los
procedimientos fronterizos y la renovación e implementación de sistemas
informáticos interinstitucionales. Lo anterior, con el fin de establecer
esquemas operativos más ágiles y efectivos para la atención de los flujos de
comercio exterior.
II.—Que en este marco, COMEX con apoyo del
Banco Interamericano de Desarrollo (BID), está llevando a cabo una serie de
labores preparatorias, en aras de lograr una pronta ejecución del proyecto, una
vez que se apruebe la respectiva ley en la Asamblea Legislativa (expediente N°
20.012). En este sentido, un equipo de consultores contratados por el BID
realizará un levantamiento de procesos y de los requerimientos en términos de
infraestructura de cada una de las instituciones.
III.—Que cabe resaltar que Programa de
Integración Fronteriza de Costa Rica (PIF), contempla para el caso específico
de la frontera con Panamá, la implementación del modelo de Gestión Coordinada
de Fronteras, en virtud del cual Panamá y Costa Rica ejecutarán conjuntamente
los controles de los flujos de mercancías, personas y vehículos que salen e
ingresan a ambos países. El Programa de Integración Fronteriza de Costa Rica
(PIF), contempla para el caso específico de la frontera con Panamá, la
implementación del modelo de Gestión Coordinada de Fronteras, en virtud del
cual Panamá y Costa Rica ejecutarán conjuntamente los controles de los flujos
de mercancías, personas y vehículos que salen e ingresan a ambos países. Por lo
anterior, los consultores y el equipo de COMEX, deberán hacer recorridos y
reuniones en ambos lados de la frontera en cada una de las aduanas, a saber:
Paso Canoas, Sixaola y Sabalito en Costa Rica y Paso Canoas, Guabito y Río
Sereno en Panamá, evento programado del 09 al 12 de mayo de 2017.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a los
siguientes funcionarios para apoyar la primera misión del equipo de consultores
del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), designado para el levantamiento
de requerimientos de los pasos de frontera necesarios para los diseños
definitivos de estos, en el marco del Programa de Integración Fronteriza de
Costa Rica del 09 al 12 de mayo de 2017:
Señor Roberto Gamboa Chaverri,
portador de la cédula de identidad número 4-0131-0424, de la Dirección de
Asesoría Legal, señora Gabriela María Barrientos Hernández, portadora de la
cédula número 03-0450-0723 y señora Gabriela Díaz Vega, portadora de la cedula
de identidad número 1-1314-00224 de la Dirección General de Comercio Exterior y
el señor Vladimir Ovares Soto, cédula de identidad número 1-0923-0367 de la
Dirección Administrativa y Oficialía Mayor, quien será el encargado del
traslado vía terrestre de los funcionarios indicados. Durante su estadía
procurarán cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) brindar los
insumos del PIF necesarios para el levantamiento de requerimientos de los pasos
de frontera costarricenses; 2) orientar al equipo de consultores durante los
recorridos por los pasos de frontera con Panamá; y 3) coordinación
interinstitucional con las agencias fronterizas costarricenses y panameñas.
Artículo 2º—Los gastos por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales
de transporte y de alimentación y hospedaje, para el funcionario Roberto Gamboa
Chaverri, a saber $112,32 (ciento doce dólares con treinta y dos centavos),
sujeto a liquidación, será costeado con recursos de COMEX de las subpartidas
10501, 10503 y 10504 del Programa 792. Para las funcionarias Gabriela María
Barrientos Hernández y Gabriela Díaz Vega; así como para el funcionario
Vladimir Ovares Soto, $95,52 (noventa y cinco dólares con cincuenta y dos
centavos) para cada uno y sujeto a liquidación, serán costeados con recursos de
COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. El transporte
terrestre en Costa Rica y en Panamá, será cubierto con recursos de COMEX; el
seguro médico viajero también por la subpartida 10601, del programa 796. Por
efectos de itinerario y rutas terrestres, viajan a partir del 08 de mayo y
regresan el 13 de mayo de 2017.
Artículo 3º—Rige a partir del 08 al 13 de
mayo de 2017.
San José, a los tres días del
mes de mayo de dos mil diecisiete.
Alexander Mora Delgado, Ministro
de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 3400030803.—Solicitud Nº 14995.—( IN2017155147 ).
N°-145-2017
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25
inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio
Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo
dispuesto en la Ley N° 9411, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el
12 de diciembre de 2016, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2017 y en los artículos 7, 31 y 34
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que las gestiones de
promoción y consolidación del posicionamiento de Costa Rica en la economía
internacional, orientadas a propiciar el desarrollo y, con ello, mejorar las
condiciones de vida de los habitantes de la nación, son un pilar central de la
gestión del sector comercio exterior. Como su ente rector, el Ministerio de
Comercio Exterior (COMEX) es el órgano responsable de definir y dirigir la
política comercial externa y de inversión del país, promoviendo una vinculación
global exitosa, la apertura de mercados internacionales, el apoyo a la
ampliación, diversificación y sofisticación de la oferta exportable nacional y
la atracción de inversión, todo ello con incidencia positiva en el crecimiento
socioeconómico.
II.—Que propiciar las condiciones adecuadas
para alcanzar mayores niveles de desarrollo forma parte inherente del mandato.
Una de las acciones estratégicas propuestas por la institución durante el
actual gobierno, dentro de este marco, consiste en promover la adhesión de
Costa Rica a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos
(OCDE), herramienta idónea para promover las mejores políticas públicas para
mejorar la calidad de vida de las personas. El Gobierno de la República ha
venido trabajando con la OCDE desde el 2009 en procura de llegar a convertirse
en miembro y alcanzar, con ello, los objetivos trazados. Las acciones,
actividades e iniciativas desarrolladas en el marco de este proceso de ingreso
son de interés público, de conformidad con el Decreto N° 37.983-COMEX-MP del 9
de setiembre de 2013. Asimismo, el fortalecimiento de las políticas públicas a
través del ingreso de Costa Rica a la OCDE, constituye una meta prioritaria de
la gestión gubernamental establecida en el Plan Nacional de Desarrollo
2014-2018. En abril de 2015, el país recibió invitación formal para iniciar su
proceso de adhesión. Desde entonces, se vienen ejecutando una serie de tareas
que conforman el plan de acción de Costa Rica en dicho proceso. Estas incluyen
la participación activa en los comités, grupos, foros u otros identificados y
que integran dicho plan.
III.—Que dentro de este marco, el Ministerio
ha sido invitado a participar en la 45a reunión del Foro sobre
Prácticas Fiscales Perniciosas del Centro sobre Administración y Política
Fiscal. En el marco de esta instancia, se conoce y discute sobre los regímenes
fiscales especiales de los países. En esta oportunidad, está programado
analizar algunos rasgos del régimen de Zonas Francas de Costa Rica (centros de
distribución y servicios). El encuentro tendrá lugar en la sede central de la
OCDE en París, Francia del 22 al 24 de mayo de 2017. La presencia de
funcionarios directamente involucrados en la operativa de las Zonas Francas
resulta de la mayor importancia para impulsar objetivos de la agenda de
política comercial y de inversión del país y, en especial, el de adherirse a la
OCDE.
IV.—Que dado el objetivo de la actividad, es
de interés para este Ministerio contar con la participación del funcionario
Roberto Gamboa Chaverri, destacado en la Dirección de Asesoría Legal, en el
evento citado.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor
Roberto Gamboa Chaverri, cédula de identidad número 4-0131-0424 de la Dirección
de Asesoría Legal, para que participe en la 45a reunión del Foro
sobre Prácticas Fiscales Perniciosas del Centro sobre Administración y Política
Fiscal de la OCDE, en la que se discutirán temas relacionados con el Régimen de
Zonas Francas de Costa Rica, evento que se llevará a cabo del 22 al 24 de mayo
de 2017, en la sede central de la OCDE en París, Francia. Durante su estadía
procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) representar a
Costa Rica en la 45a reunión del Foro sobre Prácticas Fiscales
Perniciosas del Centro sobre Administración y Política Fiscal de la OCDE; 2)
participar en las discusiones que tendrán lugar durante las reuniones,
enfocadas en temas claves como los estándares internacionales para la atención
de problemas asociados con la erosión de la base impositiva y su vinculación
con temas de inversión, comercio y desarrollo, con el fin de conocer sobre los
desafíos y experiencias de los países miembros en la definición e
implementación de políticas públicas específicas en estas áreas; 3) aprovechar
el diálogo e intercambio de experiencias que tendrá lugar en las reuniones para
mejorar el aprovechamiento de instrumentos de la organización relevantes a los
asuntos de competencia institucional, así como las buenas prácticas existentes
en la materia; 4) contribuir en la discusión, análisis y reflexión de las
temáticas de estos foros, recogiendo elementos de las experiencias de los
participantes y posicionando la experiencia de Costa Rica; y 5) aprovechar la
ocasión para fortalecer la red de contactos que se ha establecido con los
países miembros de la OCDE y reforzar el interés del país en continuar
profundizando y mejorando su participación en la OCDE, con miras a la adhesión.
Se autoriza al funcionario Roberto Gamboa Chaverri, el uso de la firma digital
para la suscripción de documentos en trámites bajo su competencia.
Artículo 2º—Cubrir los gastos del viaje
oficial del señor Roberto Gamboa Chaverri, por concepto de impuestos, tributos
o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación,
a saber $1.424,00 (mil cuatrocientos veinticuatro dólares), sujeto a
liquidación con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del
Programa 792. El transporte aéreo y el transporte terrestre en Costa Rica yen
París, Francia, serán financiados por las mismas subpartidas y por el mismo
programa. Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas telefónicas,
fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio
Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del
Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que
por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea
chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la subpartida
10504 del programa 792. El seguro médico viajero por la subpartida 10601 del
programa 796. Se le autoriza hacer escala en Panamá por conexión. Por efectos
de itinerario y rutas de vuelo viaja a partir del 20 de mayo de 2017. El señor
Roberto Gamboa Chaverri iniciará viaje personal del 26 al 29 de mayo, de forma
tal, que todos los gastos en que incurra en esas fechas serán cubiertos con
fondos propios. Los días 20, 21, 27 y 28 de mayo corresponden a fin de semana.
Los días 26 y 29 de mayo serán aplicados al periodo de vacaciones vigente.
Artículo 3º—El funcionario no hará uso de las
millas que pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este
viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 20 al 29 de
mayo de 2017.
San José, a los diecisiete días
del mes de mayo de dos mil diecisiete.
Alexander Mora Delgado, Ministro
de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 3400030803.—Solicitud Nº 14995.—( IN2017155148 ).
N°
173-2017
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, artículos 25
inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley N°
9411, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 12 de diciembre de
2016, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2017 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría
General de la República, y
Considerando:
I.—Que el Gobierno ha venido
trabajando con la OCDE desde el 2009, con el objetivo de llegar a ser miembro
de la organización y mejorar la calidad de las políticas públicas. De
conformidad con el Decreto Ejecutivo N° 37.983-COMEX-MP, del 09 de setiembre de
2013, se declararon de interés público las acciones, actividades e iniciativas
desarrolladas en el marco del proceso de ingreso de Costa Rica a la OCDE. Esta
declaratoria comprende todas las actividades preparatorias relacionadas con la
organización, promoción, impulso y apoyo de dicho proceso. Asimismo, el Plan
Nacional de Desarrollo 2014-2018 incluye como meta prioritaria, el
fortalecimiento de políticas públicas a través del ingreso de Costa Rica a la OCDE.
II.—Que a partir de la Decisión Ministerial
de la OCDE de mayo de 2013 y hasta el 2015, el Gobierno de Costa Rica llevó a
cabo un plan de acción que contribuyó con el fin de ampliar sus vínculos con la
OCDE. Como resultado de su ejecución se obtuvo una invitación formal para
iniciar un proceso de adhesión el 09 de abril de 2015, por parte del Consejo
Ministerial de la OCDE. Posteriormente, en julio de 2015, el Consejo de
Ministros de la OCDE emitió la hoja de ruta del proceso de adhesión de Costa Rica,
con el objetivo de guiar este proceso. El proceso de ingreso incluye la
realización de 22 evaluaciones por parte de comités técnicos de la OCDE en las
siguientes áreas: inversión, anticorrupción, gobierno corporativo, mercados
financieros, seguros y pensiones privadas, competencia, asuntos fiscales,
ambiente, químicos, gobernanza pública, política regulatoria, estadísticas,
economía y desarrollo, educación, empleo, trabajo y asuntos sociales, salud,
comercio y créditos a la exportación, agricultura, pesca, políticas científicas
y tecnológicas, economía digital y consumidor.
III.—Que estos comités técnicos se reúnen
regularmente de dos a cuatro veces al año en la sede de la OCDE en París,
Francia. También realizan periódicamente reuniones ministeriales, foros,
talleres y otros eventos en la sede de la OCDE y en diferentes países miembros
para informar sobre avances y nuevas tendencias, así como para obtener
retroalimentación y dirección estratégica al trabajo que realizan en su
respectiva área.
IV.—Que en el marco del proceso de ingreso de
Costa Rica a la OCDE, es fundamental la participación de representantes del
país en las reuniones de los comités y grupos de trabajo de dicha entidad, en
particular en los temas de los comités que evaluarán a Costa Rica en el proceso
de acceso. En especial, es importante la participación de COMEX como
institución coordinadora del proceso de adhesión.
V.—Que en este contexto, se llevará a cabo en
Berlín, Alemania el Foro político de empleo de alto nivel organizado por la
OCDE y la participación de la señora Isabel Jiménez González resulta de
particular relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora
Isabel Jiménez González, portadora de la cédula de identidad número
2-0600-0855, Negociadora Comercial destacada en la Delegación Permanente de
Costa Rica ante la OCDE en París, Francia, para que viaje de París, Francia a
Berlín, Alemania, del 12 al 13 de junio 2017, para participar en el Foro
político de empleo de alto nivel organizado por la OCDE en Berlín. Durante su
estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1)
participar en representación de la Delegación de Costa Rica ante la OCDE en el
Foro de Alto Nivel sobre la Nueva Estrategia de Trabajo de esa organización, la
cual tiene como finalidad definir la orientación estratégica de la misma a
partir de los intereses de los países ahí representados; 2) reforzar la
presencia de Costa Rica en las actividades del Comité de Empleo, Trabajo y
Asuntos Sociales de la OCDE, organizador del Foro, el cual como parte del
proceso de adhesión del país a esa organización, es responsable de evaluar
nuestras políticas sociales y de empleo; 3) sacar provecho del diálogo e
intercambio de experiencias y buenas prácticas que tendrá lugar ahí, a fin de
informar adecuadamente a las autoridades competentes; y 4) fortalecer la
relación y la red de contactos con los delegados de los países miembros de la
OCDE presentes, con el objetivo de apoyar los esfuerzos técnicos y políticos
que se están llevando a cabo para asegurar la incorporación de Costa Rica a esa
Organización.
Artículo 2º—Los gastos de la señora Isabel
Jiménez González, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber,
US$263,00 (doscientos sesenta y tres dólares) sujeto a liquidación, serán
cubiertos con recursos de la Delegación Permanente de Costa Rica ante la OCDE
en París, Francia. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas,
fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio
Exterior. El transporte aéreo de ida y regreso, así como el transporte
terrestre, también serán asumidos con recursos de la Misión. El seguro viajero
será financiado con recursos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) Por
efectos del itinerario y rutas de vuelo viaja a partir del 12 de junio de 2017.
Se le autoriza, para hacer escala en Frankfurt y en Múnich, Alemania, por
conexión.
Artículo 3º—La funcionaria no hará uso de las
millas que pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este
viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 12 al 13 de
junio del 2017.
San José, a los doce días del
mes de junio del dos mil diecisiete.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro
a. í. de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. N° 3400030803.—Solicitud N° 14995.—(
IN2017155149 ).
Nº
190-2017
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25
inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio
Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo
dispuesto en la Ley N° 9411, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el
12 de diciembre de 2016, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2017 y en los artículos 7, 31 y 34
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando
I.—Que en la actualidad,
Centroamérica no cuenta con un modelo de gestión aduanera armonizado y
estandarizado, ni tampoco con una plataforma digital estandarizada que facilite
la interacción de la información entre las diversas instituciones y operadores
de comercio, así como la comunicación de información con los países que
integran la región. En algunos países de Centroamérica existen iniciativas de
ventanillas únicas, que permiten acortar cierto tipo de trámites, sin embargo,
no han logrado cubrir el universo de gestiones que podrían ofrecer. A nivel
regional, a pesar de tener sistemas informáticos de administración aduanera
distintos, los países centroamericanos comunican y transmiten cierta
información por medio del nodo regional de la Secretaría de Integración
Económica Centroamericana (SIECA).
II.—Que como parte de los esfuerzos a nivel
regional en esta materia, en la Declaración de Punta Cana en junio de 2014, los
Presidentes de Centroamérica instruyeron al Consejo de Ministros de Integración
Económica (COMIECO) trabajar en una estrategia regional de facilitación del
comercio y competitividad con énfasis en gestión coordinada de fronteras. Esta
estrategia prevé la creación de la Plataforma Digital de Comercio
Centroamericana, la cual contempla el desarrollo e implementación de un modelo
de gestión que optimice los procesos y los procedimientos existentes con los
trámites relacionados con operaciones de comercio exterior de mercancías, así
como el desarrollo de la herramienta informática que soporte las transacciones
y operaciones de comercio, incluyendo la gestión aduanera, en la cual deben
interactuar todas las autoridades competentes e instituciones que intervengan
en los procesos y gestiones que realizan los operadores de comercio exterior.
III.—Que a nivel regional se busca la
homologación de los procesos y procedimientos de los trámites que se realicen
alrededor de las transacciones de comercio exterior basados en los estándares
internacionales y mejores prácticas, así como la creación de una plataforma
digital que integre la operatividad de importaciones y exportaciones, replicado
en cada uno de los países que integren la región Centroamericana.
IV.—Que en el marco de esta estrategia, se
llevó a cabo un taller regional en enero de 2017 con el objetivo de alcanzar el
diálogo político y coordinación técnica entre las contrapartes nacionales y
regionales involucradas en la interoperabilidad regional e infraestructura
tecnológica para la facilitación del comercio y la competitividad; que permitiera
plasmar el compromiso de los países de la región en un acuerdo para la
ejecución del Componente 2 del Proyecto “Integración Económica Regional
Centroamericana” (INTEC), relativo a la Plataforma Digital de Comercio
Centroamericana.
V.—Que en seguimiento a esta iniciativa, se
desarrolló en Costa Rica el Taller de Identificación de Procesos con la
participación de las autoridades competentes de Aduanas, Migración y la
Ventanilla Única. El próximo Taller de Identificación de Procesos corresponde a
los países del triángulo norte (Guatemala, Honduras y El Salvador), el cual se
llevará a cabo en la Ciudad de Guatemala, en Guatemala, los días 26 y 27 de
junio de 2017.
VI.—Que en este contexto, la participación
del señor William Gómez Mora resulta de particular relevancia para los
intereses del Ministerio de Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor
William Gómez Mora, portador de la cédula número 01-0585-0561, funcionario de
la Dirección General de Comercio Exterior, para participar en el Taller de
Identificación de Procesos de los países del triángulo norte para el proyecto
de la Plataforma Digital de Comercio Centroamericana y reunión con los
encargados de la ejecución de este proyecto en la Secretaría de Integración
Económica Centroamericana (SIECA), para definir aspectos clave del taller y el
seguimiento del mismo. Evento que se llevarán a cabo el 26 y 27 de junio de
2017, en Ciudad de Guatemala, Guatemala. Durante su estadía procurará cumplir
con los siguientes objetivos específicos: 1) reunirse con los encargados de la
ejecución del proyecto de la Plataforma Digital de Comercio Centroamericana en
la SIECA para definir aspectos clave del taller y el seguimiento del mismo; y
2) participar y apoyar la realización del Taller de Identificación de Procesos
de los países del triángulo norte.
Artículo 2º—Los gastos de viaje del señor
William Gómez Mora, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber,
US$424,32 (cuatrocientos veinticuatro dólares con treinta y dos centavos),
sujeto a liquidación, serán cubiertos con recursos del Ministerio de Comercio
Exterior (COMEX) de la subpartida 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los
gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de COMEX de la
subpartida 10503 del Programa 796. El transporte terrestre en Costa Rica y en
Guatemala, será cubierto por la subpartida 10501 y 10503; el seguro viajero,
será cubierto por la subpartida 10601, ambos del Programa 796. Igualmente, los
gastos correspondientes a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de
documentos vía fax e internet al Ministerio de Comercio Exterior y gastos
conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de
Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política
de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto
a la salida como al regreso a Costa Rica, por la subpartida 10504 del programa
796. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de
destino viaja a partir del domingo 25 de junio y regresa a Costa Rica hasta el
28 de junio de 2017.
Artículo 3º—El funcionario no hará uso de las
millas que pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este
viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 28 de
junio del 2017.
San José, a los diecinueve días
del mes de junio del dos mil diecisiete.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro
de Comercio Exterior a. í.— 1 vez.—O. C. Nº 3400030803.—Solicitud Nº 14995.—(
IN2017155150 ).
N°
209-2017
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25
inciso I), 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio
Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo
dispuesto en la Ley N° 9411, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el
12 de diciembre de 2016, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2017 y en los artículos 7°, 31 y 34
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que Costa Rica es signatario
del Acuerdo sobre Tecnología de la Información (ITA, por sus siglas en inglés),
de la Organización Mundial del Comercio (OMC), vigente desde 1997. El país
participó además en las negociaciones para la ampliación del acuerdo que se
llevaron a cabo entre mayo de 2012 y diciembre de 2015, momento en que se
suscribió la Declaración Ministerial con los acuerdos alcanzados por los países
participantes.
II.—Que la Secretaría de la Organización
Mundial del Comercio (OMC) está organizando un simposio sobre el Acuerdo de
Tecnología de la Información que coincide con el 20vo aniversario del acuerdo,
adicionalmente se lanzará una nueva publicación sobre el 20 aniversario del
acuerdo.
III.—Que el simposio se llevará a cabo el 27
y 28 de junio de 2017 en Ginebra, Suiza y la participación de la funcionaria
Arlina Gómez Fernández, resulta de particular relevancia para el Ministerio de
Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora
Arlina Gómez Fernández, portadora de la cédula número 01-0761-0188, funcionaria
de la Dirección General de Comercio Exterior, para participar en el simposio
sobre el Acuerdo de Tecnología de la Información, que se llevará a cabo los
días 27 y 28 de junio de 2017, en Ginebra, Suiza. Durante su estadía procurará
cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) realizar una revisión de
la liberalización del comercio bajo el ITA, así como la evolución global del
comercio de productos de tecnología de información; 2) examinar la forma en que
las tecnologías de información y comunicación, como herramienta de desarrollo,
pueden ayudar a los países en desarrollo y a las economías menos adelantadas a
promover conectividad y alcanzar objetivos de desarrollo sostenible, permitir
diversificación, actualización tecnológica, e innovación; y 3) discutir cuál es
el futuro del ITA y del sector de tecnología de información.
Artículo 2º—Los gastos de la señora Arlina
Gómez Fernández, por concepto de boleto aéreo de ida y de regreso, el hospedaje
y la alimentación, serán cubiertos con recursos de la Organización Mundial del
Comercio (OMC). El transporte terrestre en Costa Rica y en Ginebra, Suiza, será
cubierto con recursos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), por la
subpartida 10501 y 10503; el seguro médico viajero, por la subpartida 10601,
ambos del programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Intemet al Ministerio
de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos
31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios
públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada
maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la
subpartida 10504 del programa 796. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo
desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 25 de junio y regresa a
Costa Rica hasta el 29 de junio de 2017. El 25 de junio corresponde a fin de
semana.
Artículo 3º—Rige a partir del 25 al 29 de
junio de 2017.
San José, a los veintiún días
del mes de junio del año dos mil diecisiete.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.— 1 vez.—O.
C. Nº 3400030803.—Solicitud Nº 14995.—( IN2017155152 ).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 04, Título N° 19, emitido por el Colegio de
Orientación Tecnológica Barbacoas, en el año dos mil ocho, a nombre de Calderón
Quirós Yensy Pamela, cédula: 1-1476-0609. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los diecinueve días del mes de julio del dos mil diecisiete.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017155181 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con resolución
JPIGTA-0839-2017 de las 09:00 horas del 25 de mayo del 2017, el Ministro de
Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución
JPIGTA-0839-2017, de sesión celebrada en San José a las 09:00 horas del 27 de
junio del 2017, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga
Traspaso de Pensión de Guerra incoadas por, Mora Badilla Elsa, cédula de identidad
N° 1-0162-0235, a partir del día 01 de enero del 2017; por la suma de ciento
diecinueve mil ochenta colones con ochenta y cinco céntimos (¢119.080,85),
mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de
vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía
administrativa. Notifíquese.—Sr. Alfredo Hasbum Camacho, Ministro de Trabajo y
Seguridad Social.—Irma Velásquez Yanez, Directora.—1 vez.—( IN2017156902 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Las
imágenes respectivas podrán verlas en La
Gaceta con firma digital en PDF
Xiomara Cajina Martínez, viuda, cédula de
identidad Nº 800800284, en calidad de apoderada generalísima de Chemo
Centroamericana S. A., cédula jurídica Nº 3101062338, con domicilio en Rohormoser
del Scotiabank Plaza Mayor 125 mts sur, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Entium X como marca de fábrica y comercio, en clase: 5
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos
de uso exclusivamente humano. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de junio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0006344. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 11 de julio del
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—Exonerado.—( IN2017156458 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Guillermina Alvarado Guadamuz, casada dos veces, cédula de
identidad 800530295, con domicilio en San Antonio de Coronado Urb. La Cornelia
casa B-1, Costa Rica, solicita la inscripción de: PENTOLA DELLA NONINA
como marca de fábrica y
comercio, en clases 29; 30 y 32 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: Clase 29: Frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conservas,
jaleas, confituras, compotas, aceite y grasas comestibles. Clase 30: Pan,
productos de pastelería y confitería, mostaza, vinagre y salsas (condimentos),
café, té, cacao; y Clase 32: Bebidas con alcohol; bebidas a base de frutas y
zumos de frutas, siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. Reservas:
De los colores: rojo, café, naranja, blanco, verde y amarillo. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio del 2017. Solicitud N°
2017-0005639. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de julio del 2017.—César Alfonso Rojas
Zúñiga, Registrador.—( IN2017155138 ).
Ana
Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad 108120604, en
calidad de apoderada especial de Tecnoquimica S. A. con domicilio en calle 23
número 7-39 Cali, Colombia, solicita la inscripción de: ATORVASTATEG TQ
como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: Productos farmacéuticos y medicinales. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 27 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006163.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 06 de julio del 2017.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2017155155 ).
Jessica
Salas Venegas, casada, cédula de identidad 112210610, en calidad de apoderada
especial de Alimentos Ideal Sociedad Anónima, con domicilio en Vía 3 6-69 de la
Zona 4 de la Ciudad de Guatemala, Departamento de Guatemala, Guatemala,
solicita la inscripción de: FV como marca de fábrica y comercio en clase: 32
Internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: 32 Aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de julio del 2017, según
Solicitud N° 2017-0006580. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de julio del 2017.—Randall
Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017155166 ).
Jessica
Salas Venegas, casada, cédula de identidad 112210610, en calidad de apoderado
especial de Alimentos Ideal, Sociedad Anónima, con domicilio en vía 3 6-69 de
la zona 4 de la ciudad de Guatemala, Departamento de Guatemala, Guatemala,
solicita la inscripción de: FruVita
como marca de fábrica y comercio en clase: 32
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Bebidas y zumos de
frutas y otras bebidas no alcohólicas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006267. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 7 de julio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017155169 ).
Jéssica
Salas Venegas, casada, cédula de identidad 11210610, en calidad de apoderada
especial de Alimentos Ideal Sociedad Anónima, con domicilio en Vía 3 6-69 de la
Zona 4 de la Ciudad de Guatemala, Departamento de Guatemala, Guatemala,
solicita la inscripción de: SHAKA LAKA
como marca de fábrica y comercio
en clases: 29 y 32 Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 29
Leche y productos lácteos, 32 aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no
alcohólicas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de julio del
2017, según Solicitud N° 2017-0006579. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de julio del
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017155171 ).
Franklin
Radames Mendieta Peña, casado una vez, pasaporte C-01637583, en calidad de
apoderado general de Versatile Technology de Costa Rica Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101444235, con domicilio en Pavas, Oficentro Plaza Mayor,
segundo piso, oficina 5, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Ctrl
CARD como marca de servicios en clase: 36 Internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: Clase 36: Servicios financieros y monetarios, específicamente,
tarjetas de crédito, tarjetas de control de combustible. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 16 de febrero del 2017, según Solicitud N°
2017-0000601. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de julio del 2017.—Cesar Alfonso Rojas
Zúñiga, Registrador.—( IN2017155268 ).
María
Cristina Corrales González, soltera, cédula de identidad 115440491, en calidad
de apoderada especial de Rafael Emilio Hidalgo Blanco, casado una vez, cédula
de identidad 109950260con domicilio en Coronado, de la Escuela Estado de Israel
250 metros al oeste, Costa Rica, solicita la inscripción de: BIO-VERTE
como marca de comercio en clase(s): 3
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para
limpiar, pulir, desengrasar y raspar. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 3 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006388. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2017155483 ).
Marca
de Ganado
Solicitud N° 2017-1389. Ref:
35/2017/2940.—Hirian Delgado Jiménez, cédula de identidad N° 0504100914,
solicita la inscripción de:
Y D
4
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Guanacaste, Nicoya, Nicoya, Las Flores de la Virginia de
Gamal, 2 kilómetros norte de la antigua escuela. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada
el 03 de julio del 2017. Según el expediente N° 2017-1389.—Elda Cerdas Badilla,
Registradora.—1 vez.—( IN2017155141 ).
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La señora María de La Cruz
Villanea Villegas, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada
especial de Xencor Inc., solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS
HETERODIMÉRICOS QUE SE UNEN A CD3 Y CD38. La presente invención se refiere
a anticuerpos heterodiméricos que se fijan a CD3 y CD38. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/00, A61P 35/02, C07K 16/28,
C07K 16/30 y C07K 16/46; cuyos inventores son: Moore, Gregory (US); Rashid,
Rumana (US); Desjarlais, John (US); Bernett, Matthew (US); Chu, Seung (US) y
Muchhal, Umesh (IN). Prioridad: N° 62/085,106 del 26/11/2014 (US) y N°
62/250,971 del 04/11/2015 (US). Publicación Internacional: WO 2016/086196. La
solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000277, y fue presentada a las
13:48:14 del 22 de junio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 27 de junio de 2017.—Randall
Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017154820 ).
La señora
Ana Cecilia de Ezpeleta Aguilar, cédula de identidad 109710905, en calidad de
apoderada especial de LABORATOIRES GOËMAR, solicita la Patente PCT denominada
CONCENTRADO DE EXTRACTO DE ALGAS, PROCEDIMIENTO PARA SU PREPARACIÓN Y SUS
USOS EN AGRICULTURA. La presente invención se refiere a un extracto de
algas concentrado que presenta un porcentaje de materias secas comprendido
entre 6 y 100%, su procedimiento de preparación como también sus utilizaciones
a título individual o asociado con otra tecnología nutricional, bioestimulante
o fitosanitaria, en especial para favorecer la emergencia, el crecimiento, el
desarrollo, la reproducción de las plantas o para impedir que los pájaros coman
las semillas.. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 25/00,
A01N 65/03, A01P 17/00 y A01P 21/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Hery, Paul
(FR). Prioridad: N° 14 58561 del 11/09/2014 (FR). Publicación Internacional: WO
2016/038320 A1. La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000141, y
fue presentada a las 14:43:15 del 7 de abril de 2017. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de junio de
2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017154898 ).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Inscripción N° 870.—Ref:
30/2017/4260.—Por resolución de las 08:24 horas del 27 de julio de 2017, fue
inscrito el modelo de utilidad denominado: DISPOSITIVO PARA MANTENER
CONSTANTES DIFERENTES VELOCIDADES EN MAQUINAS TALADRADORAS MANUALES DE USO
COMÚN a favor
de la compañía Carlos Alvarado Cordero, cuyo inventor es: Carlos Alvarado Cordero
(CR). Se le ha otorgado el número de inscripción 870 y estará vigente hasta el
17 de setiembre de 2024. La Clasificación Internacional de Patentes versión
2016.01 es: B21D 28/00, B21D 37/00 yB27G 15/02 LOC (10). Publicar en La
Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento a la
Ley N° 6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 32 de la Ley citada.—27 de julio de 2017.—Melissa Solís Zamora,
Registradora.—1 vez.—( IN2017155159 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con
oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San
Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE
SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como
delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: NATALY ANDREA DE LA O
RIVAS, con cédula de identidad número 4-0190-0486, carné número 21989. De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo
comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS
HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N° 17-001006-0624-N0.—San
José, 21 de julio del 2017.—Msc. Marjorie Mejías Orozco, Abogada-Unidad Legal
Notarial.—1 vez.—( IN2017156812 ).
HABILITACIÓN
DE NOTARIO PÚBLICO. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San
José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER:
Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN
como delegatario para ser y ejercer
la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: NOÉ CAMPOS DUARTE, con
cédula de identidad número 5-0211-0797, carné número 22711. De conformidad con
lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes
conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta
del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección
dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.
Expediente N° 17-000932-0624-NO.—San José, 24 de julio del 2017.— Unidad Legal
Notarial.—Licda. Anaida Cambronero Anchía, Abogada.—1 vez.—( IN2017156893 ).
DIRECCIÓN DE AGUAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-0170-2017.—Exp. N°
12355P.—Chianti S. A., solicita concesión de: 0.1 litro por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo NA-873 en finca de su
propiedad en puente de piedra, Grecia, Alajuela, para uso agropecuario-riego.
Coordenadas 222.600 / 499.100 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 07 de julio de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles,
Pacífico Central, Dirección de Agua.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017156427 ).
ED-UHSAN-0020-2017.—Exp.
11903A.—La Cueva de Los Gatos S. A., solicita concesión de: 0.25 litros por
segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de
Ecotilapia.com S. A. en Florencia, San Carlos, Alajuela, para uso consumo
humano-doméstico y turístico-piscina. Coordenadas 265.000 / 487.250 hoja Aguas
Zarcas. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 26 de junio del 2017.—Unidad Hidrológica San Juan.—José Joaquín Chacón
Solano.—( IN2017156593 ).
ED-UHTPSOZ-0039-2017.—Exp.
N° 17706A.—Millón Veintiuno S. A., solicita concesión de: 0.79 litros por
segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en Finca de Osa
Tucan S. A. en Jiménez (Golfito), Golfito, Puntarenas, para uso Turístico.
Coordenadas 48.306 / 596.551 hoja CARATE. Predios inferiores: Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 27 de julio de 2017.—Unidad Hidrológica Térraba
Pacífico Sur, Dirección de Agua.—Francisco Vargas Salazar,.—( IN2017156606 ).
ED-0146-2017.
Exp 11551P.—Corporación Galiota S. A., solicita concesión de: 3.98 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AH-62 en finca
de su propiedad en Nacascolo, Liberia, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico
y agropecuario-riego-pasto. Coordenadas 297.300/357.525 hoja Ahogados. 3.98
litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo
AH-64 en finca de su propiedad en Nacascolo, Liberia, Guanacaste, para uso
consumo humano-doméstico y agropecuario-riego-pasto. Coordenadas
297.850/357.500 hoja Ahogados. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 22 de junio de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico
Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017156700 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ED-UHCAROG-0002-2017.—Exp.
15232P.—Corporación Bananera Nacional S. A., solicita concesión de: 6 litros
por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo SX-58 en
finca de su propiedad en Sixaola, Talamanca, Limón, para uso consumo humano.
Coordenadas 167.671 / 683.958 hoja Sixaola. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 17 de julio del 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles,
Pacífico Central Andrés Phillips Ureña.—( IN2017156818 ).
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS
DGM-TOP-ED-009-2017
SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN EN CAUCE
DE
DOMINIO PÚBLICO
EDICTO
En expediente N° 7-2016 el señor
Norman Campos Vindas, mayor, casado una vez, empresario, cédula de identidad N°
2-0358-0657, vecino de Naranjito de Quepos, Aguirre, Puntarenas, apoderado
generalísimo de Los Manantiales del Pacífico N Y S S. A., cédula jurídica N°
3-101-633530, solicita concesión de explotación en cauce de dominio público
sobre el Río Naranjo.
Localización geográfica:
Sito en: Naranjito, distrito 1
Quepos, cantón 6 Aguirre, provincia 6 Puntarenas.
Hoja cartográfica:
Hoja Quepos, escala 1:50.000 del
I.G.N.
Localización Cartográfica:
Entre coordenadas generales:
379063.549-379021.335 Norte, 453383.775-453337.930 Este límite aguas arriba y
378874.989-379139.927 Norte, 451858.655-451496 872 Este límite aguas abajo.
Área solicitada:
37 ha 1257.18 m2,
longitud promedio 1953.59 metros, según consta en plano aportado al folio 12.
Derrotero: Coordenadas del vértice N° 1
378874.989 Norte, 451858.655 Este.
La
imagen respectiva podrá verla en La
Gaceta con firma digital en PDF
Edicto basado en la solicitud inicial
aportada el 4 de agosto del 2016: área y derrotero aportados el 4 de agosto del
2016.
Con quince días hábiles de
término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan
derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional
Minero.—San José, a las doce horas veintidós minutos del doce de julio del dos
mil diecisiete.—Registro Nacional Minero.—Lic. José Ignacio Sánchez Mora,
Jefe.—( IN2017154868 ). 2
v. 2 Alt.
Registro Civil - Departamento Civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que en diligencias
de ocurso incoadas por Lorenzo Davy Johnson este Registro ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1447-09 Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas
cinco minutos del veinticinco de agosto del dos mil nueve. Exp. N° 18158-09.
Resultando: 1... 2... 3...; Considerando: 1-Hechos Probados... II-Hechos no
Probados... III-Sobre el Fondo…; Por Tanto: Procédase a rectificar el asiento
de nacimiento de Mendy María Deivy Montes... y el asiento de nacimiento de
Cristel Geanin Deivy Montes... en el sentido que los apellidos del padre... son
“Davy Johnson”.—Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia
María González Richmond, Jefa.—1 vez.—( IN2017156938 ).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Maykeling Tamara Duarte
Sandoval, nicaragüense, cédula de residencia DI 155818651325, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Exp.: 3509-2017. PMTA.—Alajuela, al
ser las 14:38:07 del 19 de julio del 2017.—Li. José Manuel Marín Castro,
Jefe.—1 vez.—( IN2017155156 ).
Yascara
Walkenia Pinell Muños, cédula de residencia 155812440622 ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 3607-2017.—Alajuela,
al ser las diez horas con treinta minutos del veintiseis de julio de dos mil
diecisiete.—Lic. Walter Gerardo Villalobos Zúñiga, Jefe.—1 vez.—( IN2017155351
).
Modificación al plan de compras
para
el año 2017
De conformidad con las
modificaciones en la Ley de Contratación Administrativa, publicadas en el
Diario Oficial La Gaceta Nº 128 del 4 de julio del 2006, y de acuerdo
con el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa, se informa que se
generó una modificación al plan de compras para el año 2017 de la dependencia
Sistema Nacional de Bibliotecas, Programa 755. (Compra de productos varios).
Este se encuentra a disposición de los interesados en la página oficial del
Ministerio de Cultura, Juventud www.mcjd.co.cr., así como en SICOP, en la
dirección https://ttt.hacienda.go.cr/sicop.
San José, 26 de julio del
2017.—Programa 755.—Licda. Lovania Garmendia Bonilla, Directora General a. í.—1
vez.—O.C. N° 3400032209.—Solicitud N° 91019.—( IN2017156741 ).
Alquiler de edificación
Se informa al público en general
que institución de gobierno requiere el alquiler de edificación que cumpla con
las siguientes características:
Área total de construcción de
500 m2 mínimo a 1000 m2 máximo.
Parqueo para
ubicar entre 05 mínimo a 10 vehículos.
Que este ubicado
en el área del distrito central de Cabo Velas, del Cantón de Santa Cruz,
provincia de Guanacaste.
Que cuente con
instalaciones para Red de Internet, teléfonos y computadoras.
Que la instalación
eléctrica esté en perfecto estado.
Con capacidad y
disponibilidad de invertir en adecuar la infraestructura con espacios de:
oficinas, baños, comedor, remodelación en construcción de celdas, bodegas; y
albergaría 20 personas, según las necesidades de la Fuerza Pública.
Con capacidad para
adecuar la edificación o que cuente con la especificación del Ley 7600.
Con capacidad en
caso necesario para adecuar sistema de tratamiento de aguas.
Que el edificio
cuente con los permisos de ley para funcionamiento y requerimientos del Código
Sísmico de Costa Rica vigente.
Para ofertas presentarlas
digitalmente y más información al correo alquileres@fuerzapublica.go.cr, el
plazo es 15 días naturales a partir de su publicación.
Nils Ching Vargas, Comisionado
Subdirector General Fuerza Pública.—1 vez.—O.C. N° 3400031299.—Solicitud N°
91018.—( IN2017156896 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA
Contratación del servicio de soporte y mantenimiento
del
portal Web de servicios del Registro Nacional
El Departamento de Proveeduría
del Registro Nacional comunica que se recibirán ofertas para la licitación de
referencia, en el día y hora señalados a través del Sistema Integrado Compras
Públicas (SICOP); además se informa que todos los actos relacionados con esta
contratación, serán publicitados a través de dicho sistema y no del Diario
Oficial La Gaceta.
San José, 28 de julio de
2017.—Proveeduría.—Licda. Hazel Ruiz Morales, Proveedora Institucional.—1
vez.—O.C. N° OC17-0179.—Solicitud N° 90925.—( IN2017156972 ).
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2017LN-000029-01
(Invitación)
Contratación de una (1) empresa que brinde
el
servicio de horas por demanda para
el
desarrollo y mantenimiento
de
aplicaciones móviles
en
el Banco Nacional
La Proveeduría General del Banco
Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las diez (10:00 a.m.)
horas, del 01 de setiembre del 2017, para la “contratación de una (1) empresa
que brinde el servicio de horas por demanda para el desarrollo y mantenimiento
de aplicaciones móviles en el Banco Nacional”.
El cartel puede ser retirado en la Oficina de
Proveeduría, situada en el Edificio de la Dirección General de Infraestructura
y Compras del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca a partir del presente
comunicado, sin costo alguno.
La Uruca, 31 de julio del
2017.—Alejandra Trejos Céspedes, Supervisor Operativo/ Proveeduría.—1 vez.—O.
C. Nº 524007.—Solicitud Nº 91081.—( IN2017156870 ).
OFICINA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000020-01
Servicios integrales de alquiler de terminales de puntos
de
venta Pos, administración de aplicaciones
e
inventarios y mantenimientos preventivo
y
correctivos en Pos
El Banco de Costa Rica (B.C.R.),
recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30
a.m.) del 04 de setiembre del 2017, para la contratación en referencia, las
cuales deben ser depositadas en el buzón de la Oficina de Contratación
Administrativa, ubicada en el tercer piso de Oficinas Centrales.
Los interesados pueden obtener el cartel y
las condiciones técnicas, en la página electrónica bancobcr.com, en la
siguiente dirección:
Acerca del BCR/proveedores/carteles
Rodrigo Aguilar S.,
Supervisor.—1 vez.—O. C. N° 66348.—Solicitud N°
91123.—( IN2017157037 ).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERON GUARDIA
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000032-2101
Transiluminador eléctrico y de batería
Se informa a los interesados a
participar en la Licitación Abreviada 2017LA-000032-2101 por concepto de
“Transiluminador eléctrico y de batería”, que la fecha de apertura de las
ofertas es para el día 04 de setiembre del 2017, a las 09:00 a.m.
El cartel se puede adquirir en la
Administración del Hospital, por un costo de ¢500.00.
01 de agosto de 2017.—Sub-Área
de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador.—1 vez.—
( IN2017156944 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-000031-2101
Prótesis Parcial de Cadera de Moore
Se informa a los interesados a
participar en la Licitación Abreviada N° 2017LA-000031-2101, por concepto de
Prótesis Parcial de Cadera de Moore, que la fecha de apertura de las ofertas es
para el día 30 de agosto del 2017, a las 09:00 a.m. El cartel se puede adquirir
en la Administración del Hospital, por un costo de ¢500,00.
San José, 01 de agosto de
2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano,
Coordinador.—1 vez.— ( IN2017156945 ).
HOSPITAL
DR. TONY FACIO CASTRO
CONTRATACIÓN DIRECTA 2017CD-000064-2601
Objeto contractual: Adquisición de electrocauterio,
estimulador
de nervio facial, silla para examen
de
ORL y unidad de ORL
Fecha apertura de ofertas:
viernes 11 de agosto de 2017, a las 10:45 a. m.
Los interesados pueden adquirir el cartel en
la Subárea de Contratación Administrativa del Hospital, ubicada frente a las
oficinas centrales de Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, de 7:30 a.
m. a 2:30 p. m., valor del cartel en ventanilla ¢375,00 o bien los interesados
pueden solicitarlo mediante oficio al fax 2758-0932, posterior a su cancelación
mediante depósito a la cuenta del Banco Nacional de Costa Rica N°
100-01-000-003599-8, valor del cartel por fax ¢1.500,00.
Limón, 31 de julio de
2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Kris Guillén Rojas,
Coordinadora a. í.— ( IN2017156947 ).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000004-07
Contratación de servicios de seguridad y vigilancia física
y
electrónica para las instalaciones del Almacén
Regional
de la Unidad Regional
Pacífico
Central
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje;
estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 09:00 horas del 28 de agosto de
2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un
costo de ¢500,00, en el Proceso de Adquisiciones, sita Barranca Puntarenas; 200
metros al norte, de entrada principal de INOLASA, o bien ver la página Web del
INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O.C. N°
25344.—Solicitud N° 91038.— ( IN2017156765 ).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-0000006-01
(Invitación
a proceso licitatorio)
Contratación de servicios profesionales de una persona
física,
para que funja como representante técnico institucional
en
el Consejo de Administración del Consorcio Cooperativo
Red
Ecoturística Nacional R.L. (COOPRENA R.L.)
El Instituto Nacional de Fomento
Cooperativo avisa a todos los interesados que se requiere contratar los
servicios para ejecutar la Licitación Abreviada Nº 2017LA-0000006-01:
“Contratación de servicios profesionales de una persona física, para que funja
como representante técnico institucional en el Consejo de Administración del
Consorcio Cooperativo Red Ecoturística Nacional R.L. (COOPRENA R.L.) Fecha de
apertura: 10:00 horas del viernes 01 de setiembre del 2017. Interesados pueden
retirar el cartel en la Proveeduría del INFOCOOP ubicado en San José, avenidas
5 y 7, calle 20 norte o del Hospital de Niños 400 metros norte, teléfono: 2256
29 44, extensiones: 2651/2668 o solicitarlo a la siguiente dirección
electrónica: proveeduria@infocoop.go.cr
Lic. Eduardo Mestayer Cedeño,
Proveedor Institucional.— 1 vez.—O. C. Nº 37099.—Solicitud Nº 90968.—( IN2017156739 ).
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000004-2102
(Comunicación acto de adjudicación)
Recolección desechos
A los interesados en la presente
licitación se les hace saber que la casa comercial adjudicada es Consorcio
Manejo Profesional de Desechos S. A./ Stericlean de Centroamérica S. A.
San José, 28 de julio del
2017.—MBA. Daniel Castro Vargas, Coordinador.—1 vez.—( IN2017156773 ).
PROCESO
DE ADQUISICIONES
COMPRA
DIRECTA Nº 2017CD-000078-03
Compra
de material genético crioconservado
para uso pecuario
El Ing. Fabián Zúñiga Vargas, Encargado del
Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto
Nacional de Aprendizaje, en la sesión ordinaria 049-2017, celebrada el día 28
de julio del 2017, artículo I, folio 051, tomó el siguiente acuerdo:
a. Adjudicar
la Compra Directa 2017CD-000078-03, Compra de Material Genético Crioconservado
para Uso Pecuario, según dictamen técnico NA-PGA-170-2017, el dictamen
administrativo URCOC-PAS-IR-0081-2017, realizados por las dependencias
responsables de analizar las ofertas; así como en los elementos de adjudicación
consignados en el punto 3 del cartel, de la siguiente manera:
• Adjudicar
la línea N° 1, a la oferta N° 1, Impulso Pecuario S. A., por un monto de
¢360,000.00, por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio
razonable, con un plazo de entrega de 10 días hábiles.
• Adjudicar
la línea N° 3, a la oferta N° 2, Genética Global S. A., por un monto de
¢360.000,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio
razonable, con un plazo de entrega de 15 días hábiles
• Adjudicar
la línea N° 2, a la oferta N° 3, Avance Genético S. A., por un monto de
¢360.000,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio
razonable, con un plazo de entrega de 15 días hábiles
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 91037.— (
IN2017156764 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2017LA-000003-07
Implementación de equipo de cómputo y servicio
administrado
de solución centralizada de virtualización
de
las estaciones de trabajo y las aplicaciones utilizadas
para
los usuarios docentes y administrativos del Centro
de
Formación Profesional de Puntarenas, incluyendo
aulas
y laboratorios estudiantiles
El Proceso de Adquisiciones de la
Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje,
comunica que el concurso de la Licitación Abreviada Nº 2017LA-000003-07
“Implementación de equipo de cómputo y servicio administrado de solución
centralizada de virtualización de las estaciones de trabajo y las aplicaciones
utilizadas para los usuarios docentes y administrativos del Centro de Formación
Profesional de Puntarenas, incluyendo aulas y laboratorios estudiantiles”,
según acta de la Comisión Local Regional de Adquisiciones Nº 09-2017, celebrada
el 28 de julio del 2017, en su artículo II, acuerdo “a.”; con base al estudio
legal URPC-AL-041-2017, la oferta es admisible al concurso por cumplir con
todos los aspectos legales del cartel y al estudio técnico USST-ADQ-252-2017, USST-ADQ-275-2017,
por cumplir con todos los aspectos técnicos solicitados en el cartel, por
cumplir con los factores de calificación de la oferta (1. Precio 60%, 2.
Referencia de servicios prestados 20%, 3. Precio de la instalación,
configuración y pruebas de los equipos de cómputo 20%) y por ser una oferta
económica de precio razonable. Por tanto, cumple con todas las condiciones
establecidas en el cartel y con los requerimientos de orden legal, por lo que
se adjudica la línea Nº 1 al: Consorcio: Alta Tecnología S. A., Sistemas
Convergentes S. A., por un monto total de $82.457,43, se adjudica según se
detalla:
La
imagen respectiva podrá verla en La
Gaceta con firma digital en PDF
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº
25344.—Solicitud Nº 91040.— ( IN2017156767 ).
MUNICIPALIDAD
DE NANDAYURE
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2017LN-000002-UTGV
Compra
de equipo de maquinaria pesada para
mantenimiento de
la red vial cantonal de Nandayure
La Municipalidad de Nandayure, comunica a los
interesados en la Licitación Pública N° 2017LN-000002-UTGV, que dicha
licitación ha sido adjudicada a la empresa MTS S. A., oferta que obtuvo
orden número 1, tanto en la línea uno con excavadora y en la línea dos con
niveladora.
Aprobado por el Concejo Municipal en la sesión ordinaria N° 65 celebrada
el 26 de julio de 2017. El expediente se encuentra disponible en el
Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Nandayure.
Giovanni Jiménez Gómez, Alcalde Municipal.—1
vez.—( IN2017156911 ).
MUNICIPALIDAD
DE SIQUIRRES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000005-01
Contratación de precalificación de tres empresas/
personas
que alquilen maquinaria para
atención
de la gestión vial
El Departamento de Proveeduría
de la Municipalidad de Siquirres, informa que la licitación de referencia, fue declarada
infructuosa.
Se les comunica a los interesados en la
presente licitación, que la resolución se encuentra disponible en el
departamento de Proveeduría, la cual podrá solicitar mediante le correo
electrónico proveeduria@siquirres.go.cr .
Proveeduría.—Sandra Vargas
Fernández Proveedor Municipal.
__________
CONTRATACION DIRECTA Nº 2017CD-000066-01
Precalificación de tres empresas que brinden
el
servicio de talleres de mantenimiento
de
maquinaria pesada
El Departamento de Proveeduría
de la Municipalidad de Siquirres, informa que la contratación de referencia,
fue declarada infructuosa.
Se les comunica a los interesados en la
presente contratación, que la resolución se encuentra disponible en el
departamento de Proveeduría, la cual podrá solicitar mediante le correo
electrónico proveeduria@siquirres.go.cr .
Proveeduría.—Sandra Vargas
Fernández Proveedora Municipal.— 1 vez.—( IN2017157001 ).
HOSPITAL
DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
NOTIFICACIÓN
DE RESOLUCIÓN INICIAL
La Dirección Administrativa Financiera de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la
Administración Pública en virtud de que materialmente resultó imposible
localizar a la empresa Merkur Comercio y Salud S. A. cédula jurídica
3-101-356818, en la dirección registrada sea San José, Sabana Sur de Mac
Donalds 50 metros al este y 110 metros al sur, casa N° 1414 por ignorarse su
actual domicilio se procede por esta vía a comunicar que mediante resolución
número 0004-2016 del 05 de mayo del 2016, se inicia el procedimiento
administrativo de apercibimiento y cobro de daños y perjuicios, con base en el
artículo 39 de la Constitución Política, 11, 93 y 99 inciso a de la Ley de
Contratación Administrativa y el artículo 3081(a) y siguientes por la
Licitación nacional 2008LN-000017-3003, por concepto de abarrotes varios,
códigos 3-20-01-100, 3-50-010100, 3-16-010300, 3-20-02-0100, 3-36-03-0100,
3-08-01-0700, 3-32-030050, 3-08-010200, 3-28-01-0155, 3-08-01-0400,
3-16-01-0450, 3-36-01-0600, 3-36-01-0800, 3-12-03-0100, 3-36-01-200,
3-16-02-0100, 3-32-03-0050, 3-16-02-0400, 3-20-01-0705 Y 3-20-01-0910 por no
cumplir con las obligaciones pactadas en el contrato n°857 la cual se encuentra
visible a folios 000186 al 000203 del expediente de incumplimiento. Señalándose
la comparecencia oral y privada para el día 14 de setiembre del 2017 a las 9 am
en la oficina de la Jefatura del Área de Gestión y Bienes y Servicios, ubicada
en el tercer piso del edificio de la administración del Hospital Dr. Rafael
Ángel Calderón Guardia, situado en San José, Barrio Aranjuez del Instituto
Meteorológico 75 metros al oeste edificio a mano derecha de muro color verde,
portones negros, antes de la línea del tren, según resolución del día 26 de
julio del 2017, oficio HDRCG-PA0-00025-07-2017, visible a folios 000217 y
000218.
Se comunica que contra la presente resolución caben los recursos de
revocatoria y apelación dentro del plazo de los 3 días hábiles siguientes a
partir de la última notificación ante la Dirección Administrativa Financiera
según los artículos 344, 345 y 346 de la Ley General de la Administración
Pública, Notifíquese.
Dirección Administrativa Financiera.—Lic. Marco
Segura Quesada.—1 vez.—( IN2017157024 ).
PRESIDENCIA EJECUTIVA
RESF-CA-S-25-2017.—Presidencia
Ejecutiva.—San José a las doce horas del veinticuatro de julio del dos mil
diecisiete.
Resolución final del procedimiento ordinario
sancionatorio de conformidad con el artículo 308 y siguientes de la Ley General
de la Administración Pública, en contra de B Group Integrated Engineering and
Managment Solutions, cédula jurídica 3-101-395067, originada de la Licitación
Abreviada 2013LA-000030-01, “Construcción de comedor para funcionarios en
comercio y servicio, Paseo Colón”.
Resultando:
I.—Que el Instituto Nacional de
Aprendizaje promovió la Licitación Abreviada N° 2013LA-000030-01 “Construcción
de comedor para funcionarios en comercio y servicio, Paseo Colón”. (Ver folios
01 al 19 del expediente sancionatorio).
II.—Que la empresa B Group Integrated
Engineering and Managmet Solutions S. A., presentó su oferta para el concurso
licitatorio. (Ver folios 20 al 43 del expediente sancionatorio).
III.—Que el cartel definitivo de la
licitación se establecía las condiciones bajo las cuales los oferentes debían
de presentar sus ofertas. (Visible a folios 1 al 19 del expediente
sancionatorio).
IV.—Que mediante comunicado de acuerdo N°
CLCA-147-2013, de fecha del 14 de octubre de 2013 se acuerda adjudicar la
licitación abreviada 2013LA-00030-01 “Construcción de comedor para funcionarios
en comercio y servicio, Paseo Colón”, a la empresa B Group Integrated
Engineering and Managment Solutions S. A. por un monto de ¢30.997.427.54 con un
plazo de 50 días hábiles, la fecha de inicio debió ser el 20 de enero del 2013.
(Visible a folios 44 al 46 del expediente del procedimiento sancionatorio).
V.—Que la formalización de la contratación se
realizó mediante orden de compra N° 22993 de fecha 11 de diciembre del 2013.
(Visible a folios 47 al 52 del expediente del procedimiento sancionatorio).
VI.—Que mediante oficio URMA-PAM-103-2013 de
fecha 14 de enero del 2013, la coordinadora del proyecto María Esther Velásquez
del Proceso de Arquitectura y Mantenimiento, le solicita a la contratista que
por motivo de atraso del proyecto debe presentar un plan de trabajo para
nivelar los atrasos presentados en la obra. (Visible a folio 53 del expediente
del procedimiento sancionatorio).
VII.—Que en fecha 5 de febrero del 2013, fue
presentado ante el Proceso de Tesorería de la Unidad de Recursos Financieros,
documento de cesión de pago suscrita entre los representantes legales de B
Group Integrated Engineering and Managment Solutions S. A. y la empresas Telcom
Electrónica S. A., en la cual la primera cede la totalidad de las facturas que
se deriven de la contratación 2013LA-00030-01 a favor de la empresa Telcom
Electrónica S.A. (Visible a folio 57 del expediente del procedimiento
sancionatorio).
VIII.—Que la empresa B Group Integrated
Engineering and Managment Solutions S. A. presentó una nota de fecha 13 de
abril del 2013, dirigida a la jefatura de Tesorería, al Departamento de
Proveeduría y al Departamento de Arquitectura del INA, solicitando la
suspensión de obras de la Licitación Abreviada 2013LA-000030-01, aduciendo la
imposibilidad de continuar con la ejecución de la obra por cuanto, aunque
dejaron sin efecto la cesión de pago emitida por su empresa a favor de la
empresa Telcom Electrónica S. A. la administración no le canceló el 80% de la
ejecución de la obra. (Visible a folio 54 al 55 del expediente del
procedimiento sancionatorio).
IX.—Mediante nota de número 03-04-2013 de
fecha 21 de abril del 2013 emitido por la empresa B Group Integrated
Engineering and Managment Solutions, dirigido a Mayela Vargas Cascante,
encargada del Proceso de Tesorería, le solicitan nuevamente dejar sin efecto la
cesión de pago presentada por la empresa Telcom Electrónica S. A. aduciendo
incumplimientos por parte del cesionario. (Visible a folio 59 al 60 del
expediente del procedimiento sancionatorio).
X.—Que mediante nota de fecha 22 de abril del
2013 remitida al Proceso de Tesorería, B Group Integrated Engineering and
Managment Solutions S.A., reiteran su solicitud de dejar sin efecto la cesión
de pago realizada a favor de Telcom Electrónica S. A. (Visible a folio 63 al 64
del expediente del procedimiento sancionatorio).
XI.—Que mediante el oficio URMA-PAM-297-2013
de fecha 13 de mayo del 2013, el Proceso de Arquitectura y Mantenimiento le
solicita al contratista indicar los motivos por los cuales la obra tiene dos
semanas de suspensión (Visible a folio 63 al 64 del expediente del
procedimiento sancionatorio).
XII.—Que mediante el ALCA-296-2013 de fecha
14 de mayo 2013, la Asesoría Legal emite criterio requerido por el Proceso de
Tesorería de la Unidad de Recursos Financiero URF-PT-315-2013 de fecha 24 de
abril 2013 con relación a la cesión de pago de la orden de compra N° 22993 por
un monto de ¢30.997.427.54, realizada por el contratista B Group Integrated
Engineering and Managment Solutions S. A. a favor de la empresa Telcom
Electrónica S.A (Visible a folio 68 al 71 del expediente del procedimiento
sancionatorio).
XIII.—Que mediante nota de fecha 13 de abril
2013, entregada el 22 de mayo del 2013, a la administración, la empresa B Group
Integrated Engineering and Managment Solutions S. A., manifiesta que no procede
la cancelación de facturas a la empresa Telcom Electrónica S. A., por supuestos
incumplimientos contractuales contraídos con ellos, motivo por el cual dejaron
sin efecto la cesión de pago suscrita entre ambas. Agregan que Telcom
Electrónica S. A. se encontraba morosa con la C.C.S.S y con Fodesaf. Que
encontraba en trámite una denuncia penal por administración fraudulenta en
contra de Telcom Electrónica S.A. (Visible a folio 56 al 78 del expediente del
procedimiento sancionatorio).
XIV.—Que mediante oficio ALCA-656-2013 de
fecha 14 octubre 2013, la Asesoría Legal emite criterio legal en cuanto a la
morosidad de la empresa Telcom Electrónica S.A respecto al pago de la orden de
compra 22993. (Visible a folio 127 al 128 del expediente del procedimiento
sancionatorio).
XV.—Que mediante el oficio URF-PT-378-2013 de
fecha 16 de mayo del 2013, el Proceso de Tesorería remite respuesta al
documento de fecha 22 de abril del 2013 con relación a dejar sin efecto la
cesión de pago enviada por la contratista. (Visible a folio 72 del expediente
del procedimiento sancionatorio).
XVI.—Que mediante nota de fecha 22 de mayo
del 2013, la empresa B Group Integrated Engineering and Managment Solutions S.
A., solicita nuevamente suspensión de pago de factura a la empresa Telcom
Electrónica S. A. (Visible a folio 73 al 74 del expediente del procedimiento
sancionatorio).
XVII.—Que mediante nota de fecha 29 de mayo
del 2013, la empresa B Group Integrated Engineering and Managment Solutions S.
A. solicita suspensión de la obra argumentando su imposibilidad de continuar
por la situación financiera de su empresa originada en el pago realizado por el
INA a la empresa cesionaria. Solicitan la suspensión hasta que las autoridades
judiciales resuelvan la denuncia penal interpuesta por ellos en contra de la
empresa Telcom Electrónica S. A. (Visible a folio 81 al 82 del expediente del
procedimiento sancionatorio).
XVIII.—Que mediante el oficio URMA-PAM-342-2013
de fecha 29 de mayo del 2013, el Proceso de Arquitectura y Mantenimiento, emite
informe del proyecto constructivo, licitación 2013LA-00030-01(Visible a folio
86 del expediente del procedimiento sancionatorio).
XIX.—Que mediante nota de fecha 16 de junio
del 2013 la contratista remite solicitud de suspensión de obra aduciendo la
misma situación expuesta con anterioridad con relación a la empresa Telcom
Electrónica S. A. lo que les imposibilita materialmente a continuar con la
ejecución de contrato. (Visible a folio 87 al 88 del expediente del
procedimiento sancionatorio).
XX.—Que mediante el oficio URMA-PAM-438-14 de
fecha 8 de julio del 2013, el Proceso de Arquitectura y Mantenimiento le
informa al encargado del Proceso de Adquisiciones del abandono de la obra por
parte de la empresa contratista además de los problemas tenidos por la empresa
contratista con la empresa GBM, vecina de Comercio y Servicio motivo por el
cual solicitan la recisión del contrato (Visible a folio 94 al 96 del
expediente del procedimiento sancionatorio).
XXI. Que mediante oficio URMA-PAM-466-2013
del 25 de julio del 2013, el Proceso de Arquitectura y Mantenimiento le informa
al Proceso de Adquisiciones que a la Administración cancelo el trabajo
terminado según la tabla de pagos. (Visible a folio 97 al 98 del expediente del
procedimiento sancionatorio).
XXII.—Que mediante el artículo V, de la
sesión 18-2013 del 01 de agosto del 2013, comunicado de acuerdo CLCA-89-2013 de
1 de agosto 2013, la comisión local central de adquisiciones acuerda instruir a
la Asesoría Legal para que realice un procedimiento para que realice el
procedimiento de resolución contractual con la empresa B-Group Integrated
Engineering and Management Solutions S. A., concerniente a la licitación
abreviada N°2013LA-000030-01 para la contratación de servicio de comedor para
funcionarios edificio comercio y servicio” debido a los incumplimientos
contractuales al hacer abandono de la obra afectando (Visible a folio 99 al 104
del expediente del procedimiento sancionatorio).
XXIII.—Que mediante el oficio URMA-PAM-526-14
de fecha 20 de agosto del 2013 el Proceso de Arquitectura y Mantenimiento
amplía criterio con relación al abandono de la obra por parte de la empresa B
Group Integrated Engineering and Managment Solutions S.A. (Visible a folio 105
del expediente del procedimiento sancionatorio).
XXIV.—Que mediante el artículo VII, de la
sesión 21-2013 del 22 de agosto del 2013, comunicado de acuerdo CLCA-89-2013 de
1 de agosto 2013, la Comisión Local Central de Adquisiciones acuerda rechazar
las solicitudes de suspensión de obra remitidas por la empresa B Group
Integrated Engineering and Managment Solutions S.A. por cuanto no encuentra
motivo de fuerza mayor o caso fortuito que hay un abandono de la obra por parte
de la contratista el cual no tiene origen de orden técnico si no problemas
administrativos y financieros de la empresa. (Visible a folio 106 al 113 del
expediente del procedimiento sancionatorio).
XXV.—Que mediante el artículo III, de la
sesión 31-2013 del 8 de diciembre del 2013, comunicado de acuerdo CLCA-151-2013
de 9 de diciembre del 2013, la Comisión Local Central de Adquisiciones, acuerda
solicitar a la persona encargada del Proceso de Adquisiciones de la Unidad de
Compras Institucionales realizar la cuantificación en daños y perjuicios para
que tramitado en procedimiento sancionatorio de la Asesoría Legal (visible del
folio 129 al 130 del expediente del procedimiento sancionatorio).
XXVI.—Que mediante el oficio ALCA-79-2015 de
fecha de febrero del 2015 la Asesoría Legal remite informe de lo actuado con
relación a la ejecución del contrato suscrito con la empresa B Group Integrated
Engineering and Managment Solutions S. A., Licitación Abreviada
2013LA-000030-01 para la “Construcción de comedor para funcionarios en comercio
y servicio, Paseo Colón” (Visible a folio 141 al 144 del expediente del
procedimiento sancionatorio).
XXVII.—Que mediante el ALCA-102-2015 de fecha
16 de marzo del 2015 la Asesoría Legal remite informe a la Presidencia
Ejecutiva con relación a la atención de las gestiones realizadas por la empresa
B Group Integrated Engineering and Mangment Solutions S. A., Licitación
Abreviada 2013LA-00003-01 para la “Construcción de comedor para funcionarios en
Comercio y Servicio, Paseo Colón” (Visible a folio 141 al 144 del expediente
del procedimiento sancionatorio).
XXVIII.—Que el Proceso de Adquisiciones de la
Unidad de Compras Institucionales, mediante el oficio UCI-PA-712-2015 de fecha
18 de marzo de 2015, solicita el inicio del procedimiento sancionatorio a la
Asesoría Legal señalando un supuesto incumplimiento por parte de la empresa B
Group Integrated Engineering and Managment Solutions S. A. durante la
tramitación de la Licitación Abreviada 2013LA-000030-01 para la “Construcción
de comedor para funcionarios en Comercio y servicio, Paseo Colón” debido a que
no realizo en su totalidad el servicio contratado. (Visible a folio 149 del
expediente del procedimiento sancionatorio).
XXIX.—Que mediante resolución
NOD-CA-S-001-2017, de las nueve horas treinta minutos del diecisiete de enero
del 2017, la Presidencia Ejecutiva nombró como órgano director a las
licenciadas Roxana Ramírez Zúñiga y Andrea Brown Campbell para instruir el
procedimiento sancionatorio en contra de la empresa, por cuanto incurre en
supuestos incumplimientos conforme a lo establecido en al artículo 99 inciso c)
de la Ley de Contratación Administrativa.
XXX.—Que mediante resolución de las once
horas veinte minutos del veintitrés de enero del dos mil diecisiete, el órgano
director del procedimiento convocó a la empresa a una audiencia oral y privada
para las 9:00 horas del 23 de febrero de dos mil diecisiete, con el fin de que
ejerciera su derecho de defensa sobre el siguiente cargo: “No realizó en su
totalidad el servicio contratado mediante Licitación Abreviada 2013LA-000030-01
para la construcción de comedor para funcionarios en Comercio y Servicio, Paseo
Colón” la cual no pudo ser notificada en el lugar señalado por la empresa, por
cuanto el edificio se encontraba vacío. Por tal motivo con el fin de cumplir
con el debido proceso se procedió a publicación del traslado de cargos en el
Diario Oficial La Gaceta por tres veces consecutivas, números 29 de
fecha 9 de febrero de 2017, 40 de fecha 24 de febrero de 2017 y 41 del 27 de
febrero del 2017, quedando como fecha para la realización de la audiencia oral
y privada las nueve horas del 16 de mayo del 2017.
XXXI.—Que, en la fecha y hora señaladas por
el órgano director, 16 de mayo del 2017, se llevó a cabo la audiencia oral y
privada para la empresa B Group Integrated Engineering And Managment Solutions
S.A. sin la presentación de la representación de la empresa.
Considerando:
I.—Sobre los hechos probados:
Esta Presidencia Ejecutiva estima que, con base en la prueba recabada, se
pueden tener como demostrados los siguientes hechos de interés:
1. Que mediante comunicado de acuerdo N° CLCA-147-2013, de fecha del
14 de octubre de 2013 se acuerda adjudicar la Licitación Abreviada
2013LA-00030-01 “Construcción de comedor para funcionarios en comercio y
servicio, Paseo Colón”, la empresa B-Group Integrated Engineering And
Management Solutions S. A. por un monto de ¢30.997.427.54 con un plazo de 50
días hábiles, la fecha de inicio debió ser el 20 de enero del 2013. (Visible a
folios 44 al 46 del expediente del procedimiento sancionatorio).
2. Que mediante nota de fecha 29 de mayo del
2013, la empresa B Group Integrated Engineering and Managment Solutions S. A.
solicita suspensión de la obra argumentando su imposibilidad de continuar por
la situación financiera de su empresa originada en el pago realizado por el INA
a la empresa Cesionaria Telcom Electrónica S.A. Solicitan la Suspensión hasta
que las autoridades judiciales resuelvan la denuncia penal interpuesta por
ellos en contra de la empresa Telcom Electrónica S. A. (Visible a folio 81 al
82 del expediente del procedimiento sancionatorio).
3. Que mediante nota de fecha 16 de junio del
2013 la contratista remite solicitud de suspensión de obra aduciendo la misma
situación expuesta con anterioridad con relación a la empresa Telcom
Electrónica S. A. lo que les imposibilita materialmente a continuar con la
ejecución de contrato. (Visible a folio 87 al 88 del expediente del
procedimiento sancionatorio).
4. Que la empresa B Group Integrated Engineering
and Managment Solutions S.A. realiza abandono de la ejecución de la obra a
partir del 23 de abril del 2017. (Ver oficios URMA-PAM-438-2014, del 8 de julio
del 2014).
II.—Hechos no probados: Esta
Presidencia Ejecutiva estima que no existen hechos de interés en este asunto
que deban tenerse como no demostrados.
III.—Sobre el fondo del asunto: En el
presente procedimiento a la empresa B Group Integrated Engineering And
Managment Solutions S. A. se le atribuyó el haber abandonado la obra de
construcción, para la Licitación Abreviada 2013LN-000030-01 “Construcción de
comedor para funcionarios en comercio y servicio, Paseo Colón”, motivo por el
cual podría ameritarse la aplicación de una sanción administrativa.
Con relación a la normativa aplicada en los
casos donde un oferente incumple con el objeto del contrato, el artículo 99 de
la Ley de Contratación Administrativa (LCA) en su inciso a) establece: “El
contratista que, sin motivo suficiente, incumpla o cumpla defectuosa o tardíamente
con el objeto del contrato, sin perjuicio de la ejecución de las garantías de
participación o cumplimiento”.
En el caso de marras el contratista mediante
documento de fecha 5 de febrero del 2013 realizó la cesión de pago de la
totalidad de las facturas que se derivarán de la contratación 2013LA-00030-01 a
favor de la empresa Telcom Electrónica S. A. Posteriormente presento una nota
de fecha 13 de abril del 2013, al Departamento de Proveeduría y al Departamento
de Arquitectura del INA, solicitando la suspensión de obras de la licitación
abreviada 2013LA-000030-01, aduciendo la imposibilidad de continuar con la
ejecución de la obra, por cuanto, aunque solicitaron dejar sin efecto la cesión
de pago emitida por su empresa a favor de la empresa Telcom Electrónica S.A.,
la administración no le canceló a ellos el 80% de la ejecución de la obra
concluida. Seguidamente mediante nota de número 03-04-2013 de fecha 21 de abril
del 2013 la empresa B Group Integrated Engineering and Managment Solutions S.
A. solicito nuevamente dejar sin efecto la cesión de pago presentada por la
empresa Telcom Electrónica S. A. aduciendo incumplimientos por parte del
cesionario. Mediante nota de fecha 29 de mayo del 2013, la empresa B Group
Integrated Engineering and Managment Solutions solicita suspensión de la obra
argumentando su imposibilidad de continuar por la situación financiera de su
empresa originada en el pago realizado por el INA a la empresa Cesionaria
solicitando la suspensión hasta que las autoridades judiciales resolvieran la
denuncia penal interpuesta por ellos en contra de la empresa Telcom Electrónica
S. A.
El contratista realiza abandono de la
ejecución de la obra a partir del 23 de abril del 2017 razón por la cual el
Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales, mediante el
oficio UCI-PA-712-2015 de fecha 18 de marzo de 2015, solicita el inicio del
procedimiento sancionatorio a la Asesoría Legal señalando un supuesto
incumplimiento por parte de la empresa B Group Integrated Engineering and Managment
Solutions S. A. durante la tramitación de la Licitación Abreviada
2013LA-000030-01 para la “Construcción de comedor para funcionarios en Comercio
y servicio, Paseo Colón” debido a que no realizó en su totalidad el servicio
contratado sin que se haya podido acreditar justificación alguna que pusiera al
contratista en una situación de imposibilidad de cumplimiento de lo contratado.
Siendo este el caso, se tiene que a la
empresa B Group Integrated Engineering and Managment Solutions le aplica lo
estipulado en el inciso a) del artículo 99 de la LCA: “El contratista que,
sin motivo suficiente, incumpla o cumpla defectuosa o tardíamente con el objeto
del contrato, sin perjuicio de la ejecución de las garantías de participación o
cumplimiento.”
Por tanto:
Esta Presidencia Ejecutiva con
base en las consideraciones de hecho y de derecho expuestas;
RESUELVE:
I.—Aplicar la sanción
administrativa prevista en el artículo 99 inciso a) de la ley de contratación
administrativa en contra de la empresa Integrated Engineering and Managment
Solutions originado de la Licitación Abreviada 2013LA-000030-01, “Construcción
de comedor para funcionarios en comercio y servicio, Paseo Colón”. Notifíquese.
Maynor Rodríguez Rodríguez. Presidente Ejecutivo.
Lic. Allan Altamirano Díaz,
Encargado Unidad de Compras Institucionales.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud
Nº 91039.—( IN2017156777 ).
PROVEEDURÍA GENERAL
CONTRATACIÓN POR PUBLICACIÓN CP-000001-2017 / FIDEICOMISO 1026
INCOP/ICT/BNCR.
MODIFICACIÓN Nº 01 para el
proceso CP-000001-2017 “Contratación de servicios profesionales para la
elaboración de un estudio de Auditoría cuyo propósito sea la evaluación de los
resultados de la gestión financiera del Fideicomiso número 1026 denominado
Fideicomiso INCOP/ICT/BNCR”
1. MODIFICACIÓN
Se modifica cláusula N° 21, hora
y fecha de apertura
Donde se lee:
Todas las ofertas deberán
entregarse en la Dirección de Fideicomisos y Estructuraciones del Banco
Nacional de Costa Rica, situada en el segundo piso del edificio principal del
Banco Nacional de Costa Rica a las 10:00 (diez) a.m., según el reloj ubicado en
esta Dirección, el día 07 de agosto de 2017, momento en el cual serán abiertas
en presencia de los interesados que asistan.
Debe de leerse de la siguiente manera:
Todas las ofertas deberán
entregarse en la Dirección de Fideicomisos y Estructuraciones del Banco
Nacional de Costa Rica, situada en el segundo piso del edificio principal del
Banco Nacional de Costa Rica a las 10:00 (diez) a.m., según el reloj ubicado en
esta Dirección, el día 09 de agosto de 2017, momento en el cual serán abiertas
en presencia de los interesados que asistan.
La Uruca, 01 de agosto del
2017.—Dirección de Fideicomisos y Estructuraciones.—Stephanie Navarro
Murillo.—Soporte Operativo.—Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora.—1 vez.— O.
C. N° 524007.—Solicitud N° 91103.—( IN2017156919 ).
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2017LN-000009-01
(Modificación)
Alquiler,
instalación y mantenimiento de equipo purificadores
de agua bajo la
modalidad de demanda, en los edificios
del Banco de Costa
Rica, ubicados en todo el país
El Banco de Costa Rica comunica a los
interesados en participar en esta licitación, que se ha ampliado el plazo para
recibir ofertas por escrito, hasta las once horas con treinta minutos del día
23 de agosto del 2017.
El resto del cartel se mantiene invariable.
San José, 01 de agosto del 2017.—Oficina de
Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar S.—Área de Licitaciones.— 1
vez.—O. C. Nº 663248.—Solicitud Nº 91111.—( IN2017156962 ).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000008-DCADM
(Enmienda
N° 2)
Contratación de empresa que brinde servicios de soporte
multicanal
a los clientes del Banco Popular por medio
de
un centro de contactos (consumo según demanda)
Se les comunica a todos los
interesados en este concurso que el documento que contiene la Enmienda N° 2 por
atención de consultas, puede ser retirada en la División de Contratación
Administrativa del Banco Popular, ubicado en el sexto piso de la sede central,
en avenidas 2 y 4, calle 1, San José, en un horario de lunes a viernes de 8:15
a. m. a 4:00 p. m.
Demás condiciones y requisitos permanecen
invariables.
Área de Gestión y Análisis de
Compras.—Licda. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—( IN2017157004 ).
UNIDAD
COORDINADORA DEL PROYECTO
INSTITUCIONAL (UCPI)
Y DEL ACUERDO DE
MEJORAMIENTO
INSTITUCIONAL (AMI)
DE UNIVERSIDAD ESTATAL
A DISTANCIA UNED
LICITACIÓN
PÚBLICA INTERNACIONAL
EDU-UNED-118-LPI-B-2016LPI-000002
(Adenda N° 2)
Adquisición
de Equipo de Comunicación
para el Centro de
Datos
La Universidad Estatal a Distancia comunica a
los interesados en la presente Licitación, que debido a consultas y solicitudes
presentadas por distintos proveedores se están realizando las siguientes
modificaciones al cartel para que se lea de la siguiente manera:
1. Se
sustituye lo indicado en el apartado de Especificaciones Técnicas del cartel
página 90, lote N° 1, línea N° 1, inciso 1.10.1, para que se lea de la
siguiente manera:
1.10.1 Debe
de contar con una única interfaz de administración para el usuario, que le
permita crear un ambiente basado en políticas para compartir o delegar
funciones, crear respaldos, mantener las opciones de recuperación de desastres
y el monitoreo del equipo.
2. Se
sustituye lo indicado en el apartado de Especificaciones Técnicas del cartel
página 91, lote N° 1, línea N° 1, inciso 1.10.5, para que se lea de la
siguiente manera:
1.10.5 El
sistema de almacenamiento debe permitir copias múltiples de los contenedores o
LUNs de datos en producción con propiedades de ahorro de espacio durante la
copia, sin que afecte el desempeño del contenedor o LUN, ni la disponibilidad
del acceso a los datos, permitiendo al menos unos 1024 snapshots por
controladora para todo el almacenamiento en total. Debe especificar la sección
de la hoja de datos donde se confirma el cumplimiento de este requisito
técnico.
3. Se
sustituye lo indicado en el apartado de Especificaciones Técnicas del cartel
página 92, lote N° 1, línea N° 1, inciso 1.10.13.2, para que se lea de la
siguiente manera:
1.10.13.2 Debe
contar con al menos 18 GB de memoria cache por controladora y 2GB de memoria
NVRAM o en su defecto se debe aportar al menos 32 GB de memoria cache por cada
controladora.
4. Se
sustituye lo indicado en el apartado de Especificaciones Técnicas del cartel
página 92, lote N° 1, línea N° 1, inciso 1.10.15, para que se lea de la
siguiente manera:
1.10.15 Se
requiere que la solución no dependa, instale o requiera de un servidor para
administración, de no ser así, el oferente deberá aportar todo lo necesario.
5. Se
sustituye lo indicado en el apartado de Especificaciones Técnicas del cartel
página 93, lote #1, línea #1, inciso 1.10.20, para que se lea de la
siguiente manera:
1.10.20 El
almacenamiento a futuro debe poseer la capacidad de escalar en procesamiento y
crecimiento de discos (scale-out) al permitir adicionar pares de controladoras
adicionales a las adquiridas en esta contratación, con un crecimiento de al
menos 8 controladoras o en su defecto debe poseer la capacidad a futuro de
crear un clúster de virtualización extendido entre almacenamientos de la misma
marca, lo cual permita aumentar la disponibilidad al ser administrados en
conjunto mediante alguna funcionalidad de virtualización. En este último caso
todas las controladoras en conjunto deben poder manejarse como un clúster de
almacenamiento con replicación extendida.
6. Se
sustituye lo indicado en el apartado de Especificaciones Técnicas del cartel
página 93, lote N° 1, línea N° 1, inciso 1.10.21, para que se lea de la
siguiente manera:
1.10.21 En
el caso de un potencial escenario de Scale-Out con múltiples controladoras, el
almacenamiento debe poder permitir la creación de hasta 300 almacenamientos
virtuales sobre el clúster de almacenamiento físicos; esto con el fin de poder
delegar estos almacenamientos virtuales a otras entidades dentro del país o
grupos dentro de la institución. Estos almacenamientos virtuales deben tener la
capacidad de administrarse de forma independiente y los administradores de una
de estas entidades no pueden trasgredir a otras.
7. Se
elimina el requisito solicitado en el apartado de Especificaciones Técnicas del
cartel página 116, lote N° 1, línea N° 2, inciso 3.2.2.13., el cual indica lo
siguiente:
El equipo debe tener la capacidad de actualizar
el sistema operativo mientras se encuentra en operación (ISSU).
8. Todas
las demás condiciones permanecen invariables.
Sabanilla, 1 de agosto del año 2017.—Mag.
Yirlania Quesada Boniche, Jefa de la Oficina de Contratación y Suministros.— 1 vez.—(
IN2017156786 ).
GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN
Y
COMUNICACIONES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000003-1150
Servicios de soporte Oracle de alto nivel
Se informa a los interesados que
mediante resolución DTIC-4495-2017 de las 09:30 horas del 31 de julio del 2017,
se realiza Fe de Erratas a la resolución de adjudicación DTIC-3420-2017, debiéndose
leer correctamente el detalle de los precios unitarios de los subítems que
conforman el ítem único, por horas con entrega según demanda, de la
siguiente manera:
Ítem único: Servicios de soporte
Oracle de alto nivel.
Subítem 1: Servicios para la atención de
requerimientos planificados. Precio unitario: $70.
Subítem 2: Servicios para la atención de
solicitudes de servicio de emergencia. Precio unitario: $73.
Subítem 3: Servicios de apoyo en sitio para
ambientes de Base de Datos y Aplicaciones Weblogic. Precio unitario: $60.
Subárea Gestión de
Compras.—Criseld Morales Kirton.— 1 vez.—( IN2017156990 ).
GERENCIA
DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE REACTIVOS
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000002-5101
(Aviso N°7)
Juego de reactivos para la determinación
de
hemogramas en forma automatizada
Se informa a todos los
interesados en participar en el concurso citado, que la fecha apertura de
ofertas ha sido prorrogada para el día 28 de agosto del 2017 a las 10 a. m. y a
la vez se les comunica que ya se encuentra disponible para su adquisición el nuevo
cartel unificado en donde se atendieron las modificaciones dispuestas en
resolución R-DCA-0465-2017 así como las solicitudes de aclaraciones presentadas
por los proveedores. Sita: costado sureste del Teatro Nacional (avenidas 2 y 4,
calles 5 y 7); Oficinas Centrales de la C.C.S.S., edificio Laureano Echandi,
recepción del piso 11.
Para mayor información se puede contactar con
la Licenciada Jéssica Bianco González, encargada o la Licenciada Andrea Vargas
Vargas, Jefa.
Licda. Andrea Vargas Vargas,
Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 19402.—(
IN2017157057 ).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-00031-PRI
(Circular
N° 1)
Adquisición de cajas de protección para medidor
de
12,7 mm (hierro ductil con bisagra y válvula
check
de 12,7 mm en bronce
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (A y A) cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica
a todos los interesados en participar en la Licitación arriba indicada, que se
efectúa la siguiente modificación al cartel:
VOLUMEN 2: Requisitos del oferente:
Artículo 1: Se debe leer
correctamente de la siguiente manera:
Posiciones 1 y 2: Cajas de
protección para medidor de 12,7 mm (en hierro dúctil con bisagra).
El oferente, deberá presentar
junto con su oferta una metalografía, cuya fecha de emisión no sea mayor a un
año, a partir de la fecha de apertura de ofertas, mediante la cual se determine
la microestructura del hierro y poder determinar así el tipo de material
utilizado en la fabricación de la caja. Dicha metalografía deberá ser emitida
por un Laboratorio de Química, que sea nacional y esté debidamente reconocido
ante el Colegio Profesional respectivo.
Demás condiciones se mantienen invariables.
Dirección Proveeduría.—Licda.
Iris Fernández Barrantes.— 1 vez.—O. C. Nº 6000002134.—Solicitud Nº 91110.— ( IN2017156992 ).
DIRECCIÓN
PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000037-PRI
(Prórroga)
Servicios de consultoría para el análisis de requerimientos
para
modernización de la plataforma tecnológica
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica
que se prorroga la fecha de apertura para el día 23 de agosto del 2017 a las
11:00 horas, para la licitación arriba indicada.
Licda. Iris Patricia Fernández
Barrantes, Dirección de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 6000002134.—Solicitud Nº
91112.— ( IN2017156996 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2017LA-000027-PRI
Servicios profesionales especializados para diseñar y definir
la
arquitectura de información
Circular N° 1
El Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados, en adelante AyA, cédula jurídica Nº 4000-042138, comunica a
todos los interesados en participar en la Licitación arriba indicada, que se
efectúa modificaciones y aclaraciones al cartel, las cuales podrán retirar, sin
costo alguno, en la Dirección Proveeduría del AyA sita en el Módulo C, piso 3
del edificio sede del AyA, ubicado en Pavas o accesarla en la Web
www.aya.go.cr, Link Proveeduría. Expediente. Adicionalmente se prórroga la
fecha para recepción de ofertas hasta las 10:00 horas del día 23 de agosto del
2017. Demás condiciones permanecen invariables.
Dirección de Proveeduría.—Licda.
Iris Fernández Barrantes.— 1 vez.—O.C. N° 6000002134.—Solicitud N° 91124.—(
IN2017157032 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000002-10
Contratación de servicios de seguridad y vigilancia física
y
electrónica para las instalaciones del Centro Nacional
Especializado
en Agricultura Orgánica y Centro
de
Formación Profesional de Paraíso
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad Regional Cartago del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los
proveedores interesados en participar en la Licitación Pública
2017LN-000002-10, las siguientes modificaciones al Cartel de Contratación:
A. Aclaración:
Se aclara que el día de la
apertura es el día viernes 11 de agosto del 2017, misma hora y lugar, No lunes
11 de agosto del 2017, como se indicó en la publicación de La Gaceta del
31/07/2017 (N° 144).
Las demás condiciones de estos
puntos y de la totalidad del Cartel de Contratación quedan invariables.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº
25344.—Solicitud Nº 91035.— ( IN2017156759 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2017LA-000028-01
Compra de Equipos para Salas
de
Grabación
Léase correctamente el nombre
del trámite N° 2017LA-000028-01 como “Compra de Equipos para Salas de
Grabación” el cual salió publicado en La Gaceta Nº 144 del día
lunes 31-07-2017, con el nombre “Compra de equipo de audio y video”.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O.C. N°
25344.—Solicitud N° 91036.— ( IN2017156762 ).
UNIDAD
REGIONAL CARTAGO
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000003-10
Compra de Sistema de Administración y Gestión
de
Laboratorio Multimedia Analógico Digital
de
Idiomas y Equipos de Comunicación
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad Regional Cartago del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los
proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada N°
2017LA-000003-10, las siguientes modificaciones y aclaraciones al Cartel de
Contratación:
1- Línea N°2
Punto 1.6 de las
especificaciones técnicas debe leerse de la siguiente manera:
Debe de incluir dos Gibits 1000
MBPS, del tipo SFP-SX-MM, 1.25G, MM Fiber, 850NM, LC, UP TO 550M, con su
respectivo Patchcord LC/LC de al menos tres pies
2- La apertura de las ofertas se prórroga para el día 22 de agosto del
2017 a las 10:00 a.m.
Las demás condiciones permanecen
invariables
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O.C. N°
25344.—Solicitud N° 91042.— ( IN2017156770 ).
GERENCIA LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
2017LN-000009-5101 (Aviso Nº 02. Modificaciones)
Sistema de osteosíntesis con placa de compresión bloqueada
para
medianos fragmentos, para pequeños fragmentos,
con
placa de compresión bloqueada para fractura
de
fémur proximal, con placa de compresión
bloqueada
para osteotomías y con placas
anatómicas
para pelvis
A todos los interesados se les
comunica que se modifican las especificaciones técnicas del concurso para tales
efectos las nuevas fichas técnicas es la versión Nº 0011 del código
2-72-02-8101 y versión 007 del código 2-72-02-8104 ambas de fecha 27 de julio
del 2017.
Asimismo, se realizaron cambios en el cartel
para lo cual se generó la segunda versión del mismo, disponible a partir de
esta fecha en la dirección electrónica institucional: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=5101&tipo=LN
o bien, en forma física en la recepción del Área de Adquisiciones de Bienes y
Servicios, en el piso 11 del Edificio Laureano Echandi de Oficinas Centrales
para consultas.
Además, se prorroga para el 08 de setiembre
del 2017, a las 09:00 horas.
El resto del cartel permanece invariable.
San José, 31 de julio del
2017.—Subárea de Insumos Médicos.—Licda. Shirley Méndez Amador, Jefa a. í.—1
vez.— O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 21627.—( IN2017156854 ).
N°
2017LN-000013-5101
Venda de algodón y poliamida de 10 cm de ancho. Venda
para
fijación elástica cohesiva libre de látex
Aviso Nº 01
Se les comunica a todos los
interesados que en el presente concurso se encuentra disponible la nueva
Versión de la Ficha Técnica 0028 de fecha 28 de julio del 2017, de conformidad
con el Oficio CIEMQ-165-2017 de la Comisión Técnica de Normalización y Compras
de Implementos y Equipo Médico Quirúrgico.
Los demás términos del cartel
permanecen invariables.
Además, el aviso Nº 01 se
encuentra disponible en la dirección electrónica institucional:
http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=5101&tipo=PU
La cual se encuentra formato
PDF, o bien, en forma física en la recepción del Área de Adquisiciones de
Bienes y Servicios, en el piso 11 del Edificio Laureano Echandi de Oficinas
Centrales para consultas.
San José, 31 de julio de
2017.—Subárea de Insumos Médicos.—Lic. Víctor Manuel Solano Vega, Asistente.—1
vez.—O.C. N° 1142.—Solicitud N° 21628.—( IN2017156859 ).
GERENCIA
DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000001-4402
(Aclaración general N º 2)
Implementación del sistema de mamografía digital para diferentes áreas
de salud, CAIS y Hospitales de la CCSS
A los interesados en participar
en el presente concurso, se les comunica que se han efectuado aclaraciones al
cartel, las cuales están disponibles en la siguiente dirección electrónica:
www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=4402
El plazo para recibir ofertas se
mantiene para el día 10 de agosto de 2017 a las 10:00 a. m.
Los demás términos del cartel
permanecen invariables.
San José, 01 de agosto del
2017.—Licda. Yerlin Blanco Robles, Jefe Subárea de Gestión Administrativa y
Logística.— 1 vez.—( IN2017156964 ).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000023-02
(Prorroga N°1)
Suministro de repuestos genuinos
para
camiones reabastecedores
Les comunicamos a los
interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura
y recepción de ofertas se prorrogó para el día 10 de agosto del 2017 a las
10:00 horas.
Se recuerda a los proveedores y demás
interesados que a través del sitio WEB www.recope.com, se encuentran publicadas
las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por Recope.
Dirección de Suministros.—Ing.
Nora Iris Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2017-000142.—Solicitud Nº
91121.— ( IN2017157053 ).
MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA
LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000002-01
Adquisición de un camión hidrovaciador
Se realiza modificación al
cartel de la Licitación Pública 2017LN-000002-01, titulada adquisición de un
camión hidrovaciador. Se informa que las modificaciones al cartel se encuentran
en la página www.munigoicoechea.com o se soliciten vía correo a
andres.arguedas@munigoicochea.com. Por tanto la fecha de apertura se traslada
al 29 de agosto de 2017.
Goicoechea, 01 de agosto de
2017.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Andrés Arguedas Vindas, Jefe.—1 vez.—(
IN2017156901 ).
MUNICIPALIDAD
DE GARABITO
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2017LA-000005-MUGARABITO
(Modificación N° 1)
Contración
de gestión de cobros
administrativos
por demanda
La Proveeduría de la Municipalidad Garabito,
informa la primera modificación al pliego cartelario, la cual consiste en la
fecha de apertura de las ofertas siendo esta, hasta las catorce horas del 24 de
agosto del 2017.
Garabito, 31 de julio del 2017.—Licda. Ana
Sofía Schmidt, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 13.—Solicitud Nº 91043.— ( IN2017156775 ).
MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN QUEPOS
SECRETARÍA DEL CONCEJO
El Concejo Municipal de Quepos,
mediante acuerdo tomado en sesión ordinaria 119-2017 de fecha 11 de julio de
2017, según artículo sétimo, informes varios Acuerdo 10 acuerda lo siguiente:
Acuerdo N° 10: El Concejo Acuerda: Acoger y
aprobar en todos sus términos el oficio DPM-048-2017, suscrito por el Lic.
Egidio Araya Fallas. Jefe Departamento de Patentes Municipales. Por tanto:
Procédase con la segunda publicación en el diario oficial La Gaceta del
texto definitivo agregado al artículo 02, del Reglamento de Ventas Ambulantes y
Estacionarias de la Municipalidad de Quepos, como sigue: Autorizar un permiso
temporal por un plazo de 1 año, el cual podrá ser renovable por un plazo igual,
para que las familias de escasos recursos, puedan realizar diferentes
actividades comerciales, tanto estacionarias como ambulatorias, mientras estén
vigente las ayudas que el IMAS otorga a estas familias. Se acuerda lo anterior
por unanimidad (cinco votos).
Licda. Alma López Ojeda,
Secretaria a. í.—1 vez.—( IN2017155167 ).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Se hace saber Dahiana Patricia
Diah Madrigal resolución de las nueve horas del doce de julio del año dos mil
diecisiete, en la cual se resuelve modificación de medida de protección de
abrigo temporal a cuido provisional e incompetencia territorial a favor de la
persona menor de edad de nombre: Keytri Dayan Lewis Diah, quien es
costarricense, persona menor de edad, de 16 años de edad, nacida el ocho de diciembre
del dos mil, tarjeta de identificación de persona menor de edad 117910109.
Garantía de defensa: Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para
recibir notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la
sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra en Tibás, de la Bomba San
Juan, 400 metros al oeste y 25 metros al norte, o bien señalar número de
facsímil para recibir las notificaciones que podrían notificarse, en el
entendido que de no hacerlo o si el lugar fuese inexacto, las notificaciones
futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la
presente resolución procede el recurso de apelación, que se deberá interponer
ante esta representación en un término de cuarenta y ocho, siguientes contadas
a partir del día hábil inmediato siguiente de la última publicación de las
partes, en el entendido que de hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible (artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia).
Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente Administrativo
OLT-00078-2016.—Oficina Local de Tibás.—Licda. Maritza Matarrita Álvarez,
Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud
Nº 17000035.—( IN2017154684 ).
Al señor Carlos Oviedo Arias, se le comunica que por resolución de
las ocho horas dos minutos del veintisiete de junio del año dos mil diecisiete,
se dio inicio al proceso especial de protección mediante el dictado de una
medida de orientación, apoyo y seguimiento familiar a favor de la persona menor
de edad Jared Oviedo Zamora y se le concede audiencia a las partes para que se
refieran al informe social extendido por la licenciada en trabajo social Samari
Camacho Araya en la boleta de valoración de fecha doce de junio del dos mil
diecisiete. Se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de
la Oficina Local de La Unión o bien señalar número de facsímil para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones
futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la
presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta
institución, el cual deberá interponer ante esta representación legal dentro de
las cuarenta y ocho horas siguientes contadas a partir de la notificación a las
partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene
en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia).
Expediente: OLLU 00172-2017.—Oficina Local de La Unión.—Licda. Flor Robles
Marín, Representante Legal.—O. C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000035.—(
IN2017154685 ).
Se avisa al Señor Greiko Ricardo Fernández Garro, quien es mayor,
con cédula número 116130181, demás calidades desconocidas, que por resolución
de las once horas con treinta y ocho minutos del veintiocho de junio del año
dos mil diecisiete, esta Representación Legal del Patronato Nacional de la
Infancia de la Oficina Local de Tibás, resuelve medida de protección de cuido
provisional, en favor de la persona menor de edad, Santiago Fernández Ibarra,
para que desde la hora y fecha de esa resolución la persona menor de edad
anteriormente citada, quede bajo la protección de la Señora Ingrid Ileana
Calero Salazar quien es su Abuela Materna hasta por seis meses. Notifíquese:
La anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte
que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien,
señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar
señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber, además, que contra
la presente resolución procede el recurso de apelación, mismo que deberá
interponerse cuarenta y ocho horas luego de la última publicación de este
edicto, ante la Representación Legal del Patronato Nacional de la Infancia de
Tibás, quien interpelará a las partes para que comparezcan ante la Instancia
Superior, Presidencia Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia, quien
resolverá en definitiva el recurso de apelación. Si el recurso es presentado
fuera del término señalado se rechazará por extemporáneo, según lo regulado en
el artículo 139 del Código de Niñez y Adolescencia. Expediente N°
OLT-00098-2017.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Mario Enrique Tenorio Castro,
Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000035.—(
IN2017154686 ).
A José Guillermo Mena Rodríguez.
Persona menor de edad Sthepanie Auxiliadora Mena Aguilar se le (s) comunica la
resolución de las quince horas del día tres de julio de dos mil diecisiete,
donde se resuelve: 1) Dar por iniciado el proceso especial de protección y
dictar medida de cuido provisional a favor de la persona menor de edad quien
permanecerá en el hogar de la señora Geisel López Cerdas. Notificaciones. Se le
previene a la parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender
notificaciones, en el caso de no hacerlo, las resoluciones posteriores se
tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de
defensa: Se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o
representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener
acceso en la Oficina Local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del
expediente administrativo. Recursos: Se hace saber a las partes, que en contra
de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse
ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho
horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia
Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de
las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además,
las pruebas que consideren pertinentes (Artículo 139 del Código de la Niñez y
la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el
plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la
aplicación del acto recurrido. Exp. N° OLPV-00259-2017.—Oficina Local de
Pavas.—Licda. Luanis Pons Rodríguez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C.
Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000035.—( IN2017154687 ).
A Lanier José Moreno Rugama,
persona menor de edad Lanier Alessandro Moreno Lanzas se les comunica la
resolución de las ocho horas y treinta minutos del catorce de julio de dos mil
diecisiete, donde se resuelve 1-Dar por iniciado el proceso especial de
protección y dictar medida de cuido provisional a favor de la persona menor de
edad quien permanecerá en el hogar de la señora Yamileth del Rosario Rugama
Rivera. Notificaciones. Se le previene a la parte señalar casa, oficina o
lugar, donde atender notificaciones, en el caso de no hacerlo, las resoluciones
posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas.
Garantía de defensa: Se les informa a las partes, que es su derecho hacerse
asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a
tener acceso en la Oficina Local dentro de horas hábiles al estudio y revisión
del expediente administrativo. Recursos: Se hace saber a las partes, que en
contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá
interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las
cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso
la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en
horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden
ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes. (Artículo 139 del
Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es
presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación,
no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Expediente
OLSJO-00444-2015.—Oficina Local de Pavas.—Licda. Luanis Pons Rodríguez, Órgano
Director del Procedimiento.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000035.—(
IN2017154688 ).
Se hace saber Leticia del Carmen
Segura Duarte, resolución de las diez horas del trece de julio del dos mil
diecisiete, en la cual se resuelve Medida de Cuido Provisional en Recurso
Familiar a favor de la persona menor de edad de nombre: Nayeli Sofia Segura
Duarte quién es costarricense, persona menor de edad, de 2 meses de edad,
nacida el nueve de mayo del dos mil diecisiete, tarjeta de identificación de
persona menor de edad 1227890890. Garantía de defensa: se le advierte que
deberá señalar lugar conocido para recibir notificaciones, dentro del perímetro
de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se
encuentra en Tibás, de la Bomba San Juan, 400 metros al oeste y 25 metros al
norte, o bien señalar número de facsímil para recibir las notificaciones que
podrían notificarse, en el entendido que de no hacerlo o si el lugar fuese
inexacto, las notificaciones futuras quedaran firmes veinticuatro horas después
de dictadas. Contra la presente resolución procede el recurso de apelación, que
se deberá interponer ante esta Representación en un término de cuarenta y ocho,
siguientes contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última
publicación de las partes, en el entendido que de hacerlo fuera de dicho
termino el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 del Código de la Niñez
y Adolescencia). Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente
Administrativo OLT-00088-2017.—Oficina Local de Tibás.—Licda. Maritza Matarrita
Álvarez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº
00041016.—Solicitud Nº 17000035.—( IN2017154689 ).
Se hace saber Linder Lewis
Betford, resolución de las nueve horas del doce de julio del año dos mil diecisiete, en la cual
se resuelve modificación de Medida de Protección de Abrigo Temporal a Cuido
Provisional e Incompetencia territorial a favor de la persona menor de edad de
nombre: Keytri Dayan Lewis Diah quién es costarricense, persona menor de edad,
de 16 años de edad, nacida el ocho de diciembre del dos mil tarjeta de
identificación de persona menor de edad 117910109. Garantía de Defensa: Se le
advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir notificaciones, dentro
del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la
cual se encuentra en Tibás, de la Bomba San Juan, 400 metros al oeste y 25
metros al norte, o bien señalar número de facsímil para recibir las
notificaciones que podrían notificarse, en el entendido que de no hacerlo o si
el lugar fuese inexacto, las notificaciones futuras quedaran firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente resolución procede
el recurso de apelación, que se deberá interponer ante esta Representación en
un término de cuarenta y ocho, siguientes contadas a partir del día hábil
inmediato siguiente de la última publicación de las partes, en el entendido que
de hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (artículo
139 del Código de la Niñez y Adolescencia). Publíquese por tres veces
consecutivas. Expediente Administrativo OLT-00078-2016. Oficina Local de Tibás,
PANI.—Licda. Maritza Matarrita Álvarez, Órgano Director del Procedimiento
Administrativo.—O. C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000035.—( IN2017154690 ).
A Luis Bernardo Jiménez
Granados, persona menor de edad Charlie Daniel Jiménez Navarro, se le comunica
la resolución de las catorce horas con once minutos del primero de junio de dos
mil diecisiete, donde se resuelve: 1- Dictar medida de Cuido Provisional de la
persona menor de edad Charlie Daniel Jiménez Navarro a cargo de la señora
Marietta Picado Rivera, se indica que la presente medida tiene un plazo de seis
meses. Se les previene a las partes señalar casa, oficina o lugar, donde
atender notificaciones, en el caso de no hacerlo, las resoluciones posteriores
se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de
defensa: Se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o
representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener
acceso en la Oficina Local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del
expediente administrativo. Recursos: Se hace saber a las partes, que en contra
de estas resoluciones procede el recurso de apelación, el que deberá
interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las
cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso
la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en
horas hábiles de las siete a las dieciséis horas. Para tal efecto pueden
ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes (Artículo 139 del
Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es
presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación,
no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Oficina Local del Pani de
Hatillo. Expediente OLLS-00083-2014.—MSC. William Rodríguez Matamoros, Órgano
Director del Procedimiento.—O.C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000035.—( IN2017154691
).
Al señor Mario Romero, con
domicilio en Nicaragua, sin mayores datos, se le comunica la resolución de las
once horas del seis de julio del dos mil diecisiete, mediante la cual se
resuelve a favor de la persona menor de edad: Steven Francisco Romero Sánchez,
medida de orientación, apoyo y seguimiento, temporal a la familia. Se le
confiere audiencia al señor Mario Romero por tres días hábiles, para que
presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime
necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar
por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en
días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo
se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las once
horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición
en esta Oficina Local, ubicada en San José, distrito Hospital, sita en calle
catorce, avenidas seis y ocho, del costado suroeste del parque La Merced,
ciento cincuenta metros al sur. Así mismo se les hace saber que Deberá señalar
lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o
llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la
Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra la
indicada resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta
Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del
día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el
Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible (artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia).
Expediente Nº OLSJO-00193-2016.—Oficina Local de San José Oeste.—Licda. Marisol
Piedra Mora, Representante Legal.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000035.—(
IN2017154692 ).
A Tatiana Lisseth Lanzas
Barillas. Persona menor de edad Lanier Alessandro Moreno Lanzas se le(s)
comunica la resolución de las ocho horas y treinta minutos del catorce de julio
del dos mil diecisiete, donde se resuelve 1-Dar por iniciado el proceso
especial de protección y dictar medida de cuido provisional a favor de la
persona menor de edad quien permanecerá en el hogar de la señora Yamileth del
Rosario Rugama Rivera. Notificaciones. Se le previene a la parte señalar casa,
oficina o lugar, donde atender notificaciones, en el caso de no hacerlo, las
resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después
de dictadas. Garantía de defensa: se les informa a las partes, que es su
derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su
elección, así como a tener acceso en la Oficina Local dentro de horas hábiles
al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: se hace saber a
las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación,
el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito
dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo
dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José,
Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para
tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes
(Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será
inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del
recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido.
Expediente OLSJO-00444-2015.—Oficina Local de Pavas.—Licda. Luanis Pons
Rodríguez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº
17000035.—( IN2017154693 ).
Se comunica la señora Dayanna
Gabriela Montoya Díaz, mayor de edad, costarricense, soltera, portadora de la
cédula de identidad número 116700337, de domicilios y demás calidades
desconocidas, progenitora de la persona menor de edad Kylary Dayana Martínez
Montoya, la resolución administrativa de esta oficina de las dieciséis horas
con cinco minutos del doce de agosto de dos mil dieciséis, en la cual se dictó
la Medida de Protección Administrativa de abrigo temporal de la persona menor
de edad: Kylary Dayana Martínez Montoya, de diecisiete días de edad, nacida el
veintiséis de julio del dos mil dieciséis, de nacionalidad costarricense, con
citas de inscripción en el Registro Civil, sección de nacimientos de la provincia
de Limón, al tomo 400, tomo 202, asiento 404 hija de Dayanna Gabriela Montoya
Díaz y Argenis José Martínez Ruiz, para que permanezca ubicada en la Asociación
Iglesia Evangélica Metodista, Centro de Atención Infanto Juvenil Hogar
Metodista. Recurso: El de Apelación, señalando lugar para oír notificaciones
dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro
de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este
edicto. Exp. N° OLLI-00104-2016. Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall
Quirós Cambronero, Representante Legal.—O.C. N° 00041016.—Solicitud N°
17000035.—( IN2017154694 ).
Se comunica a los señores:
Lorenza Valladares y Martín García, ambos mayores de edad, de nacionalidad:
nicaragüense, de domicilio y demás calidades desconocidas, padre de la persona
menor de edad: Blanca Valladares García, las resolución administrativa dictada
por ésta representación de las dieciséis horas quince minutos del veintiséis de
junio del dos mil diecisiete, en la cual se dictó medida de protección de
abrigo temporal a favor de la persona menor de edad: Blanca Valladares García,
de dieciséis años de edad, nacida el 06 de enero del 2001, de nacionalidad:
nicaragüense, hija de Lorenza Valladares y Martín García, para que permanezca
ubicada junto con su hija recién nacida en la alternativa de protección
institucional, denominada Aldea de Moín, ubicada en Limón. Recurso: el de
apelación, señalando lugar para oír notificaciones dentro del perímetro
judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho
horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente Nº
OLSI-00115-2017.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall Quirós Cambronero,
Representante Legal.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000035.—( IN2017154695
).
Al señor Luis Ángel Brenes
Obregón, se le comunica la resolución de las ocho horas cuarenta y siete
minutos del veinticuatro de junio del dos mil quince que ordenó el inicio del
proceso especial de protección en sede administrativa y dictado de medida de
protección de cuido provisional a favor de las personas menores de edad Nicole
Yaricza Brenes Castillo y Luis Ricardo Brenes Castillo. Notifíquese la anterior
resolución al señor Luis Ángel Brenes Obregón, con la advertencia de que deben
señalar lugar o un fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, en
caso de no hacerlo o si el lugar fuere inexacto, impreciso o llegara a
desaparecer o el medio seleccionado fuere defectuoso estuviera desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de la
presente resolución procede únicamente el recurso ordinario de Apelación que
deberá interponerse ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas
hábiles después de notificada la presente resolución, en el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (artículo 139
del Código de la Niñez y Adolescencia). Recurso que será resuelto por la
Presidencia Ejecutiva de la entidad. Se previene a la parte involucrada en el
Proceso que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un
profesional en derecho así como tener acceso al expediente administrativo para
el estudio, revisión o fotocopias. Expediente OLSAR-00168-2015.—Oficina Local
de Sarapiquí.—Licda. Julissa Cantillano Morán, Órgano Director del
Procedimiento.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000035.—( IN2017154696 ).
Al señor, Mario González
Herrera, cédula de identidad número 203840719 y domicilio desconocido; se le
comunica la resolución PE- PEP-00103-2017 de las 9.44 horas del 23 de junio del
2017 de la Presidencia Ejecutiva, donde se resuelve el recurso de apelación del
expediente OLSAR-00004-2017de la PME JDGR, bajo los siguientes términos:
“Primero: Se declara con lugar el recurso de apelación interpuesto por la
señora Ana Celina, contra la resolución administrativa de las trece horas
cuarenta minutos del veinticuatro de enero de dos mil diecisiete, dictada por
la representante legal de la Oficina Local de Sarapiquí del Patronato Nacional
de la Infancia. Segundo: Notificar a madre al correo electrónico
ajurismc@qmail.com y al señor Aníbal a la dirección en Río Frío, La Victoria,
de la escuela 500metros al este, casa color verde a mano derecha, cerca de la
torre. Tercero: Se ordena a la Oficina Local de Sarapiquí, brindar seguimiento
por seis meses de la evolución de los niños y de la relación familiar, en el
hogar de su madre. Cuarto: Remitir el expediente administrativo a la Oficina
Local de Sarapiquí del Patronato Nacional de la Infancia, para cumplir con lo
ordenado en esta resolución. Notifíquese. Ana Teresa León Sáenz. Expediente
Administrativo: OLSAR-00004-2017.—Mariamalia Ruiz Schmidt, Abogada de la
Asesoría Jurídica.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000035.—( IN2017154697 ).
A la señora Marlyn Salgado
Lacayo se le comunica la resolución de este despacho de las 10:00 horas del 29
de junio 2017, en razón de la cual se dio inicio al proceso especial de
protección y se dispuso el cuido provisional de las personas menores de edad
Cristopher David, Geovanny Josué y Johan Daniel, todos de apellidos Zúñiga
Salgado. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones ó bien señalar número de facsímil para recibir aquellas
notificaciones que pudieran practicarse por este medio, en el entendido de que
de no hacerlo o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Recursos: Se le hace
saber además, que contra la presente resolución proceden los recursos
ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberá interponer ante
esta Representación Legal dentro del tercer día hábil siguiente a partir de la
tercera publicación de este edicto, siendo que el de revocatoria será de
conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Se le informa que es su derecho
hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho así como revisar y
estudiar el expediente administrativo. Exp. N° OLOR-00151-2016.—Oficina Local
de Orotina.—Licda. Kattia Guerrero Barboza, Representante Legal a. í.—O. C. Nº
00041016.—Solicitud Nº 17000035.—( IN2017154698).
Al señor Miguel Alexander
Viafara Guapi, se le comunica la resolución de este Despacho de las 14:00 horas
del 28 de junio del 2017, en razón de la cual se dio inicio al proceso especial
de protección y se dispuso el cuido provisional de la persona menor de edad:
Ashley Guiselle Viafara Sánchez. Se le advierte que deberá señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones ó bien señalar número de facsímil para
recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este medio, en el
entendido de que, de no hacerlo, ó si el lugar señalado fuere inexacto, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Recursos: Se le hace saber además, que contra la presente resolución proceden
los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberá
interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil siguiente
a partir de la tercera publicación de este edicto, siendo que el de revocatoria
será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la
Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de
dicho término el recurso deviene en inadmisible. Se le informa que es su
derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, así como
revisar y estudiar el expediente administrativo. Expediente Nº
OLOR-00066-2014.—Oficina Local de Orotina.—Licda. Kattia Guerrero Barboza,
Representante Legal a. í.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000035.—(
IN2017154699 ).
Contrato de uso compartido
de
infraestructura
La Superintendencia de
Telecomunicaciones hace saber que las empresas Junta Administrativa del
Servicio Eléctrico de Cartago y UFINET Costa Rica Sociedad Anónima, han firmado
un Contrato de Servicios de Uso Compartido de Infraestructura, el cual podrá
ser consultado y reproducido en el expediente J0053-STT-INT-01306-2017
disponible en las oficinas de la SUTEL ubicadas en el Oficentro Multipark,
Edificio Tapantí, Escazú, San José, cuyo horario de atención es de lunes a
viernes de 08:00 a las 16:00 horas. De conformidad con el artículo 63 del
Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, se otorga
a los interesados un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la
publicación de este aviso, para que presenten sus objeciones ante la SUTEL por
escrito y con una copia en soporte magnético.
San José, 24 de julio del
2017.—Luis Alberto Cascante Alvarado, Secretario.—1 vez.—O.C. N°
OC-2808-17.—Solicitud N° 91088.—( IN2017157019 ).
FREEPORT ENTERPRISES SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a los socios de
Freeport Enterprises Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
3-101-353541, a una asamblea extraordinaria de socios a celebrarse a las 13:00
horas del 4 de setiembre de 2017, en el domicilio social de la compañía, en San
José Rohrmoser; cien metros al este, de Plaza Mayor, Centro Comercial Etreus
actualmente, restaurante Papa John’s, para conocer y resolver sobre los
siguientes asuntos:
Verificación de Quórum
Acuerdo sobre
capitalización extraordinaria que la sociedad necesita.
Acordar cambio de
domicilio social.
Nombramiento de un
notario público para protocolizar los acuerdos tomados en la asamblea.
De no haber quórum a la hora
señalada, la asamblea se reunirá en segunda convocatoria una hora después, con
cualquier número de socios presentes.
San José, 31 de julio del
2017.—Leo Ghitis, Secretario.—1 vez.—( IN2017156912 ).
TRES-UNO CERO UNO-CINCO SIETE CUATRO
CINCO
DOS SIETE SOCIEDAD ANÓNIMA
Convocatoria de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de socios de la empresa tres-uno cero uno-cinco
siete cuatro cinco dos siete sociedad anónima se convoca a asamblea ordinaria y
extraordinaria de socios de la sociedad tres-uno cero uno-cinco siete cuatro
cinco dos siete sociedad anónima en el domicilio de la sociedad, Guanacaste,
Nadayure, Carmona, costado norte plaza sayo, el día veintitrés de setiembre del
dos mil diecisiete, en primera convocatoria a la una pm, y en segunda
convocatoria una hora después de no haber el quorum de ley. agenda. 1. División
de propiedad. 2. Propuestas de socios. Convoca Franklin Guerrero Ruiz, cedula
seis-uno siete cero-siete siete ocho, presidente.—Lic. Víctor Manuel Lobo
Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2017157028 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ITS LEARNING CENTER S. A.
Para efectos de lo dispuesto en
el artículo 689 del Código de Comercio, los suscritos Fabián Segura Salazar y
Mariela Vargas Villalobos, Presidente y Secretario, respectivamente, apoderados
generalísimos de ITS Learning Center S. A., cédula 3-101-393069, comunicamos la
solicitud de reposición por extravío de los certificados número 1 y 2 que
representan 49 y 51 acciones comunes y nominativas de CRC 200,00 cada una de
dicha sociedad, a nombre de Fabián Segura Salazar, cédula N° 1 0920-0384 y IT
Servicios de Infocomunicación S. A., cédula N° 3-101-216432, respectivamente. Por
el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso se
atenderán eventuales oposiciones de terceros interesados.—San José, 26 de julio
de dos mil diecisiete.—Fabián Segura Salazar, Presidente.—Mariela Vargas
Villalobos, Secretaria.—( IN2017154758 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
CONDOMINIO RESIDENCIAL VERTICAL TORRE DEL ESTE
La suscrita Josseline Campos
Díaz, mayor, soltera, asistente legal, vecina de San José, cédula 402160600;
actuando en mi condición de apoderada especial de la sociedad 3-101-644696
S.A.; propietaria de la filial número 5 del Condominio Residencial Vertical
Torre del Este, con cédula jurídica 3-109-649061, por este medio hago constar a
cualquier tercero interesado que en vista de que los libros de la sociedad
denominados: a) Actas de Asamblea de Propietarios, b) Caja y c) Junta Directiva
fueron extraviados, hemos procedido a reponer los mismos. Se emplaza a partir
de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones en la
provincia de San José, Curridabat, setenta y cinco metros oeste de la Embajada
de Francia.—Juan Carlos Serrano Rivera.—( IN2017148303 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
EXPO
HELECHOS S. A.
Al ser las 12:00 horas del 24 de julio de 2017,
mediante escritura pública número treinta y seis, del suscrito notario, la
sociedad Expo Helechos S. A., solicita la reposición por extravío del tomo uno
del libro de Actas de Asamblea General y del tomo uno Registro de Accionistas,
ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.—San José, 24 de
julio de 2017.—Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—( IN2017155161 ).
A las catorce horas del día
dieciocho de julio del dos mil diecisiete, protocolicé el acta de asamblea
general ordinaria de socios de la sociedad Maxi Repuestos Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos cuarenta y nueve mil seiscientos cuarenta y ocho, mediante la
cual se modifica la cláusula cuarta del pacto social, referente al capital
social. Es todo.—San José, dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Licda.
María Laura Vargas Cabezas, Notaria.—1 vez.—( IN2017154821 ).
Se deja constancia que ante esta
notaría mediante escritura pública otorgada a las nueve horas quince minutos
del doce de julio de dos mil diecisiete, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de socios, de Tres Ciento Uno Setecientos Treinta y Seis Mil
Setecientos Cuarenta y Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento
uno-setecientos treinta y seis mil setecientos cuarenta y ocho; mediante la
cual se cambia el nombre de la sociedad, se revocan los nombramientos de
presidente y secretario y se hacen nuevos nombramientos. Presidente: Rita
Francisca Piñeiro Caballero.—Licda. Emma Cousin Picado, Notaria.—1 vez.—(
IN2017155162 ).
Por escritura número ciento cuarenta y seis del
tomo cuatro del protocolo de la suscrita notaria y otorgada a las once horas
treinta minutos del día veinte de julio del año dos mil diecisiete se reformó
la cláusula de la administración de Infinitllones Limitada cédula
jurídica tres- ciento dos - seiscientos noventa y ocho mil ciento sesenta y
tres.—San José, veintisiete de julio del 2017.—Licda. Ana Marcela García
Chaves, Notaria.—1 vez.—( IN2017155163 ).
Por escritura otorgada a las
10:00 horas del 26 de julio del 2017, ante esta notaría se protocolizó acta de
asamblea de socios de la sociedad Condorey S. A., por medio de la cual
se reforma la cláusula octava.—San José, 26 de julio del 2017.—Lic. Eric Romero
Jara, Notario.—1 vez.—( IN2017155173 ).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se
protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Pilotajes
García S. A., mediante los cuales se modifica la cláusula primera del pacto
social modificando su razón social por Geotécnica Geointer Internacional S.
A.—San José, 24 de julio del 2017.—Lic. Jorge Goicoechea Guardia,
Notario.—1 vez.—( IN2017155185 ).
Ante esta notaría se tramita
disolución en Sede Notarial, de la siguiente sociedad anónima Jevic
Propiedades Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-461881, al amparo del artículo
201 inciso d); del Código de Comercio, la cual no tiene bienes inscritos, ni
deudas pendientes ni con personas físicas, ni jurídicas. Es todo. Notaría de la
Licda. Wendy Mayela Mora Garro.—Ciudad Neily, 26 de julio del 2017.—Licda.
Wendy Mayela Mora Garro, Notaria.—1 vez.—( IN2017155187 ).
Jorge Enrique Pinto Correa y Robinson Alfredo
Pinto Correa, constituyen: Inversiones Pinto S. A. Capital social:
¢400.000,00. Plazo noventa y nueve años. Domicilio: San José, La Uruca,
Residencial Castro Carvajal, casa número treinta. Representación: Corresponde
al presidente y secretario ambos con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma actuando conjunta o separadamente. Escritura N° 326 de las 18:00
del 25 de julio del 2017.—Lic. Jorge Enrique Peña Quijano, Notario.—1 vez.—(
IN2017155189 ).
Ante esta notaría mediante
escritura número 132-2 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de Amandus LLC LTDA., el 24 de julio del 2017, en donde
se disolvió la sociedad.—Licda. Lorena Soto Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(
IN2017155191 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Star Hill Properties Costa Rica LLC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic.
Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—CE2017006269.—( IN2017155200 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 12 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Magneto Este Tres Sesenta Sociedad Anónima.—San
José, 17 de mayo del 2017.—Licda. Ana Cecilia Castro Calzada,
Notaria.—CE2016017006272.—1 vez.—( IN2017155203 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 12 de mayo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Servicios y Construcciones Brashly Sociedad Anónima.—San
José, 17 de mayo del 2017.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1
vez.—CE2017006279.—( IN2017155210 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Grupo C.A.L.C.O. y C.I.A. Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1
vez.—CE2017006287.—( IN2017155218 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 28 de abril del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Consultora en Salud y Ambiente SYP Sociedad Anónima.—San
José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Karol Cristina Guzmán Ramírez, Notaria.—1
vez.—CE2017006288.—( IN2017155219 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 10 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Servicios Lusitania JJPM Limitada.—San José, 17
de mayo del 2017.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1
vez.—CE2017006289.—( IN2017155220 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Paraíso la Tierra Soñar Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Eduardo Abarca Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2017006290.—( IN2017155221 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Carovi Limitada.—San José, 17 de mayo del
2017.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—CE2017006291.—( IN2017155222
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Kandalaya Limitada.—San José, 17 de mayo del
2017.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2017006292.—(
IN2017155223 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones J D J Turbo Sociedad Anónima.—San
José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Greivin Chacón Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2017006293.—( IN2017155224 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Roan del Pacífico Limitada.—San José, 17 de mayo
del 2017.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—CE2017006294.—(
IN2017155225 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 15 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada SYR Mundiluz Sociedad Anónima.—San José,
17 de mayo del 2017.—Licda. Aura Isabel Céspedes Ugalde, Notaria.—1
vez.—CE2017006295.—( IN2017155226 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Antiguos Propietarios Filiales Bahía de
los Piratas Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. Kattia
Ramírez Fallas, Notaria.—1 vez.—CE2017006296.—( IN2017155227 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Loopers Sociedad Anónima.—San José, 17
de mayo del 2017.—Lic. Sergio Gustavo Rivera Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2017006297.—( IN2017155228 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Elfarawi Sociedad Anónima.—San José,
17 de mayo del 2017.—Licda. María Lourdes Montes de Oca Carboni, Notaria.—1
vez.—CE2017006298.—( IN2017155229 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Ineditcerouno Casa A Limitada.—San
José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1
vez.—CE2017006299.—( IN2017155230 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Amema Cinco Cero Seis Sociedad Anónima.—San
José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario.—1
vez.—CE2017006300.—( IN2017155231 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 15 minutos del 15 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Daraca Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Harold Rafael Ureña Agüero,
Notario.—1 vez.—CE2017006301.—( IN2017155232 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Sitepro Monitoreo Sociedad Anónima.—San
José, 17 de mayo del 2017.—Licda. Aixa Quesada Gutiérrez, Notaria.—1
vez.—CE2017006302.—( IN2017155233 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 15 minutos del 02 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Cham Consulting Limitada.—San José, 17
de mayo del 2017.—Licda. María José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—CE2017006303.—(
IN2017155234 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 30 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada M & M Vintage Studio Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. Andrea Hutt
Fernández, Notaria.—1 vez.—CE2017006304.—( IN2017155235 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Consultoría y Arquitectura Mora Chavarría
Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Luis Diego Araya
González, Notario.—1 vez.—CE2017006305.—( IN2017155236 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de abril del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Garapan Sociedad Anónima.—San José, 17
de mayo del 2017.—Licda. Marta Cecilia Camacho Chavarría, Notaria.—1
vez.—CE2017006306.—( IN2017155237 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Tierras Cuatrocientos Diez Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Felipe Beeche
Pozuelo, Notario.—1 vez.—CE2017006307.—( IN2017155238 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Lopejime Sociedad Anónima.—San José,
17 de mayo del 2017.—Lic. Gaudy Gabriela Mora Retana, Notaria.—1
vez.—CE2017006308.—( IN2017155239 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 14 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Opticos JT Sociedad
Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. Yenny Mariela Fernández
Fumero, Notaria.—1 vez.—CE2017006309.—( IN2017155240 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Ropa Exclusiva Premium and Plus Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Kevin
Johan Villalobos Badilla, Notario.—1 vez.—CE2017006310.—( IN2017155241 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada GHSY Sociedad Anónima.—San José, 17 de
mayo del 2017.—Lic. Suny Sánchez Achio, Notario.—1 vez.—CE2017006311.—(
IN2017155242 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 16 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Phoenix Holdings A.D. Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Eitel Eduardo
Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—CE2017006312.—( IN2017155243 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Itur Box Internacional Sociedad Anónima.—San
José, 17 de mayo del 2017.—Licda. Alexandra María Alfaro Navarro, Notaria.—1
vez.—CE2017006313.—( IN2017155244 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 12 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Fugger Corporate Consulting F.C.C. Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Luis
Miguel Carballo Pérez, Notario.—1 vez.—CE2017006314.—( IN2017155245 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Langcitos Sociedad Anónima.—San
José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masis, Notario.—1
vez.—CE2017006315.—( IN2017155246 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Rational Solution Links Limitada.—San
José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Alan Masis Angulo, Notario.—1
vez.—CE2017006316.—( IN2017155247 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 12 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Pura Vida Costa Rica Viajes RVRM Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Wálter
Solís Amen, Notario.—1 vez.—CE2017006317.—( IN2017155248 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Bufete Aetna Sociedad Anónima.—San José,
17 de mayo del 2017.—Lic. Álvaro Eduardo Leandro Hernández, Notario.—1
vez.—CE2017006318.—( IN2017155249 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 13 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Daxior Sociedad Anónima.—San José, 17
de mayo del 2017.—Licda. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—CE2017006319.—(
IN2017155250 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 17 horas 30 minutos del 10 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Cerámicas PZ Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Eduardo Román
Gómez, Notario.—1 vez.—CE2017006320.—( IN2017155251 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada J & O Sport Barber J & O Sport
Barber En Español J & O Barbería Deportiva Sociedad Anónima.—San José,
17 de mayo del 2017.—Lic. Tomas Esquivel Cerdas, Notario.—1
vez.—CE2017006321.—( IN2017155252 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 10 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada HSGJ Sociedad Anónima.—San
José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Suny Sánchez Achio, Notario.—1
vez.—CE2017006322.—( IN2017155253 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Ineditcerouno Casa C Limitada.—San
José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1
vez.—CE2017006323.—( IN2017155254 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 50 minutos del 16 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada CMB Asesores en Finanzas e Impuestos Limitada.—San
José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1
vez.—CE2017006324.—( IN2017155255 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 11 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Obras Electromecánicas Sociedad
Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Ricardo Alberto Araya Lara,
Notario.—1 vez.—CE2017006325.—( IN2017155256 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Ineditcerouno Casa D Limitada.—San
José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1
vez.—CE2017006326.—( IN2017155257 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Cundo Asesoría Empresarial Sociedad
Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. Laura Eugenia Montero
Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2017006327.—( IN2017155258 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 13 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Emitela Bella Bella Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. Seidy
Patricia Miranda Castro, Notaria.—1 vez.—CE2017006328.—( IN2017155259 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada G&I The Market Pinilla Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de mayo del 2017.—Licda. María
Abigail Ruiz Rosales, Notaria.—1 vez.—CE2017006329.—( IN2017155260 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada MW Overlanding en Español (MW Accesorios)
Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Tomas Esquivel
Cerdas, Notario.—1 vez.—CE2017006330.—( IN2017155261 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada FCB Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Federico Rafael Jenkins Moreno, Notario.—1
vez.—CE2017006331.—( IN2017155262 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Propiedades Don Cundo Sociedad Anónima.—San José,
17 de mayo del 2017.—Licda. Laura Eugenia Montero Aguilar, Notaria.—1
vez.—CE2017006332.—( IN2017155263 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Ineditcerouno Casa F Limitada.—San José, 17 de
mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1
vez.—CE2017006333.—( IN2017155264 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Ineditcerouno Casa E Limitada.—San José, 17 de
mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—CE2017006334.—(
IN2017155265 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Ineditcerouno Casa B Limitada.—San José, 17 de
mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1
vez.—CE2017006335.—( IN2017155266 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Recinas Termoplásticas de Guanacaste
Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Alejandra Larios
Trejos, Notaria.—1 vez.—CE2017006336.—( IN2017155271 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 13 horas 00 minutos del 20 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Coloamasijos Sociedad Anónima.—San José, 17 de mayo
del 2017.—Licda. Marta Cecilia Camacho Chavarría, Notaria.—1
vez.—CE2017006337.—( IN2017155272 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 45 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Carvajal Alfaro e Hijos Sociedad Anónima.—San
José, 17 de mayo del 2017.—Lic. Luis Antonio Vega Campos, Notario.—1
vez.—CE2017006338.—( IN2017155273 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 14 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada J YL Importaciones S. A. Sociedad Anónima.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Rodolfo García Aguilar, Notario.—1
vez.—CE2017006340.—( IN2017155275 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 23 de marzo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Sionsa de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Leda Di Napoli Perera, Notaria.—1
vez.—CE2017006341.—( IN2017155276 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Conservación Parque del Agua Sociedad Anónima.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1
vez.—CE2017006342.—( IN2017155277 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Compañía de Inversiones y Desarrollos Calera del Sur
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda.
Merlin Starling Leiva Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2017006343.—( IN2017155278 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Agencia Pyme Contable Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Randall José Murillo Gómez,
Notario.—1 vez.—CE2017006344.—( IN2017155279 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Raven Services Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Esteban José Esquivel Zúñiga,
Notario.—1 vez.—CE2017006345.—( IN2017155280 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 50 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Grupo QYO Sociedad Anónima.—San José,
18 de mayo del 2017.—Lic. Edwin Martín Chacón Saborío, Notario.—1
vez.—CE2017006346.—( IN2017155281 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada R&H Soluciones Sociedad Anónima.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Marco Vinicio Porras Araya, Notario.—1
vez.—CE2017006347.—( IN2017155282 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Blancos FC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Ana Luz
Villalobos Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2017006348.—( IN2017155283 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Grupo FPF Sociedad Anónima.—San José,
18 de mayo del 2017.—Licda. Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—1
vez.—CE2017006349.—( IN2017155284 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Aloha Arreglos Florales, Frutales y Más Limitada.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1
vez.—CE2017006350.—( IN2017155285 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 12 de mayo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Soluciones Spa Argo Sociedad Anónima.—San José,
18 de mayo del 2017.—Lic. Gabriela Mora Aguilar, Notaria.—1
vez.—CE2017006351.—( IN2017155286 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Renta de Remolques A R Sociedad Anónima.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Carolina María Ulate Zárate, Notaria.—1
vez.—CE2017006352.—( IN2017155287 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Desarrollos Ancestrales Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Enrique Loría
Brunker, Notario.—1 vez.—CE2017006353.—( IN2017155288 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Contables y Financieros JM
Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Jaimie Pamela Pardo
Mora, Notaria.—1 vez.—CE2017006354.—( IN2017155289 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 18 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Comerciales Mandarín ICM
Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Carmen de María Castro Kahle,
Notaria.—1 vez.—CE2017006355.—( IN2017155290 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Importadora Calle Seis y Ocho Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Jurgen
Engelbert Kinderson Roldán, Notario.—1 vez.—CE2017006356.—( IN2017155291 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Royal School Int Sociedad Anónima.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Vinicio Zamora Chaves, Notario.—1
vez.—CE2017006357.—( IN2017155292 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 08 horas 30 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada After Laughter Limitada.—San José, 18 de mayo del
2017.—Licda. Carmen de María Castro Kahle, Notaria.—1 vez.—CE2017006358.—(
IN2017155293 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11 horas 30 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Sales Marketing Service VC Sociedad Anónima.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Jaimie Pamela Pardo Mora, Notaria.—CE16017006359.—1
vez.—( IN2017155294 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Importación Cenye Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. William de
Los Ángeles Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—CE2017006360.—( IN2017155295 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Coco Pura Life Limitada.—San José, 18 de mayo del
2017.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—CE2017006361.—( IN2017155296
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 04 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Black Sheep Rrm Sociedad Anónima.—San José, 18 de
mayo del 2017.—Licda. Jorleny Murillo Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2017006362.—(
IN2017155297 )
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Pecas de Color Azul Sociedad Anónima.—San José,
18 de mayo del 2017.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1
vez.—CE2017006363.—( IN2017155298 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 15 minutos del 12 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Doutech de Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Max Alonso Víquez García,
Notario.—1 vez.—CE2017006364.—( IN2017155299 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 18 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada El Container Sociedad Anónima.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Yhendri Solano Chaves, Notaria.—1
vez.—CE2017006365.—( IN2017155300 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Dayca Sociedad Anónima.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1
vez.—CE2017006366.—( IN2017155301 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 07 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Transchomes Sociedad Anónima.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Jockseline Zúñiga Varela, Notaria.—1
vez.—CE2017006367.—( IN2017155302 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 09 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Ojo del Toro Holdings Limitada.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—CE2017006368.—(
IN2017155303 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 16 horas 55 minutos del 16 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Centro Climático de Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. María Catalina Garro Mora,
Notaria.—1 vez.—CE2017006369.—( IN2017155304 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Arrendadora Vialcar VC Sociedad
Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Kevin Johan Villalobos
Badilla, Notario.—1 vez.—CE2017006370.—( IN2017155305 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Grupo F Savar Sociedad Anónima.—San José, 18 de
mayo del 2017.—Licda. Laura Daniela Fernández Mora, Notaria.—1
vez.—CE2017006371.—( IN2017155306 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Échele Miel Sociedad Anónima.—San José, 18 de
mayo del 2017.—Licda. Ana Laura Vásquez Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2017006372.—(
IN2017155307 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Capolavoro Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo
del 2017.—Licda. Marianela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2017006373.—(
IN2017155308 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada DCR Ingenieros Consultores Sociedad
Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Marvin Esteban Matarrita
Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2017006374.—( IN2017155309 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Olinat Seiscientos Once Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2017006375.—( IN2017155310 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 19 de abril del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Fort Sufi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1
vez.—CE2017006376.—( IN2017155311 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Farhills Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del
2017.—Licda. Andrea Soto Arias, Notaria.—1 vez.—CE2017006377.—( IN2017155312 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 20 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Ball Three Costa Rica Limitada.—San José, 18 de
mayo del 2017.—Licda. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1
vez.—CE2017006378.—( IN2017155313 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Ópticas Salque Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Licda. María de los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1
vez.—CE2017006379.—( IN2017155314 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de abril del 2017, se constituyó
la sociedad denominada EP Media Group Sociedad Anónima.—San José, 18 de
mayo del 2017.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1 vez.—CE2017006380.—(
IN2017155315 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 05 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Bravo Tenore Sociedad Anónima.—San José, 18 de
mayo del 2017.—Licda. Marianela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2017006381.—(
IN2017155316 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Boheme Concepts Nosara Limitada.—San José, 18 de
mayo del 2017.—Licda. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1
vez.—CE2017006382.—( IN2017155317 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 09 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Propiedades Prendas Orocu Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Marianela Doubleday
Céspedes, Notaria.—1 vez.—CE2017006383.—( IN2017155318 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 40 minutos del 15 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Panes Rústicos N Mil Novecientos Ochenta y Cinco
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic.
Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—CE2017006384.—( IN2017155319 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Actividades Comerciales CR Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Alan Elizondo
Medina, Notario.—1 vez.—CE2017006385.—( IN2017155320 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada BNK Solutions Sociedad Anónima.—San José, 18 de
mayo del 2017.—Lic. Aldy Alfaro Di Bella, Notario.—1 vez.—CE2017006386.—(
IN2017155321 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Auto Lavado Los Amigos Sociedad Anónima.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Allen Puente Desanti, Notario.—1 vez.—CE2017006387.—(
IN2017155323 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Astronium Interests LLC Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Mariajose Víquez Alpízar,
Notaria.—1 vez.—CE2017006388.—( IN2017155324 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 40 minutos del 09 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Agencia Security Systems Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Sergio Elizondo Garofalo,
Notario.—1 vez.—CE2017006389.—( IN2017155325 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Palmera Arábiga Sociedad Anónima.—San José, 18 de
mayo del 2017.—Licda. María Jesús Espinoza Garro, Notaria.—1
vez.—CE2017006390.—( IN2017155326 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Corporación Uniko Sociedad Anónima.—San José, 18
de mayo del 2017.—Lic. Óscar Gabriel Cordero Sáenz, Notario.—1
vez.—CE2017006391.—( IN2017155327 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 40 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Panes Rústicos K Noventa y Seis Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Luis Fernando
Fallas Marín, Notario.—1 vez.—CE2017006392.—( IN2017155328 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Ingenio El Alquimista Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Hellen Cristina Cordero
Mora, Notaria.—1 vez.—CE2017006393.—( IN2017155329 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 11 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Tornillería y Ferretería Dafrak Sociedad Anónima.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Jeffry Gerardo Ortega Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2017006394.—( IN2017155330 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Centro de Bienestar y Vida RHGU Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Gustavo
Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—CE2017006395.—( IN2017155331 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Gomarti Inversiones Sociedad Anónima.—San José,
18 de mayo del 2017.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1
vez.—CE2017006396.—( IN2017155332 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Faingezicht Investments Sociedad Anónima.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1
vez.—CE2017006397.—( IN2017155333 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Blazeinternacional Sociedad Anónima.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Sandra María Obando Juárez, Notaria.—1
vez.—CE2017006398.—( IN2017155334 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Lelilu Studio Limitada.—San José, 18
de mayo del 2017.—Lic. Bernardo Mata Soto, Notario.—1 vez.—CE2017006399.—( IN2017155335
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Corporación de Inversiones AMJ de Occidente CR
Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Kattia Ramírez
Fallas, Notaria.—1 vez.—CE2017006400.—( IN2017155336 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Corporación del Café San José Andina Sociedad Anónima.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1
vez.—CE2017006401.—( IN2017155337 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 18 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Exp Guys CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Alan Elizondo Medina, Notario.—1
vez.—CE2017006402.—( IN2017155338 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Servicios Contables y Financieros JCM Sociedad
Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Jaimie Pamela Pardo Mora,
Notaria.—1 vez.—CE2017006403.—( IN2017155339 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Five Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1
vez.—CE2017006404.—( IN2017155340 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Aero Tecnología y Soluciones Sociedad Anónima.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Esteban Francisco Troyo Dittel, Notario.—1
vez.—CE2017006405.—( IN2017155341 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 15 horas 30 minutos del 07 de Mayo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Encuentros Food Service Sociedad Anónima.—San José,
18 de mayo del 2017.—Licda. Karla Isabel Segura Bolaños, Notaria.—1 vez.—
CE2017006406.—( IN2017155342 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 14 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Glandonsa Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del
2017.—Licda. Melissa Guardia Tinoco, Notaria.—CE16017006407.—1 vez.—(
IN2017155343 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 09 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada The Blog Shop Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Vivian Gazel Cortés,
Notaria.—1 vez.—CE2017006408.—( IN2017155344 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Jonadou Ateniense Sociedad Anónima.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Jorge Adrián Prado Salas, Notario.—1
vez.—CE2017006409.—( IN2017155345 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Nubes Rosadas IV Sociedad Anónima.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Sylvia Patricia Gómez Delgadillo, Notaria.—1
vez.—CE2017006410.—( IN2017155346 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Mortirolo Sociedad Anónima.—San José,
18 de mayo del 2017.—Licda. Melissa Guardia Tinoco, Notaria.—1
vez.—CE2017006411.—( IN2017155347 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 10 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Square Panic Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera
García, Notario.—1 vez.—CE2017006412.—( IN2017155348 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 16 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Conchal Llama del Bosque Dos Sociedad Anónima.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo,
Notario.—CE16017006413.—1 vez.—( IN2017155349 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Defensoría del Deudor Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Ana Lorena
González Valverde, Notaria.—1 vez.—CE2017006414.—( IN2017155350 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 11 de mayo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Entregas Santa Cruz Sociedad Anónima.—San José,
18 de mayo del 2017.—Lic. Luis Carlos Mora Chavarría, Notario.—1
vez.—CE2017006415.—( IN2017155353 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Ineditcerouno Casa C Negra Limitada.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1
vez.—CE2017006416.—( IN2017155354 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Ineditcerouno Casa E Diamante Limitada.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1
vez.—CE2017006417.—( IN2017155355 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Ineditcerouno Casa D Oro Limitada.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1
vez.—CE2017006418.—( IN2017155356 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Ineditcerouno Casa F Plata Limitada.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1
vez.—CE2017006419.—( IN2017155357 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Ineditcerouno Casa B Azul Limitada.—San
José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1
vez.—CE2017006420.—( IN2017155358 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 30 de marzo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Latin American Orviz Export and Import
Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Alejandra Castro
Peck, Notaria.—1 vez.—CE2017006421.—( IN2017155359 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 09 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Camposanto y Funeraria Jardines de
Santiago RJMM Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2017.—Licda.
Andrea Mora Oreamuno, Notaria.—1 vez.—CE2017006422.—( IN2017155360 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Güilly de Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Eugenio Francisco Ortiz
Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2017006423.—( IN2017155361 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Distribuidora IMQ Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Carolina
Gallegos Steinvorth, Notaria.—1 vez.—CE2017006424.—( IN2017155362 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 16 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Le Piazzole Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo
del 2017.—Licda. Jenilee Lara Rivera, Notaria.—1 vez.—CE2017006425.—(
IN2017155363 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 13 horas 30 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Grupo FPF del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 19
de mayo del 2017.—Licda. Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—CE2017006426.—1
vez.—( IN2017155364 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada La Casita Ecológica Deli Café y Tienda
Orgánica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del
2017.—Licda. Guadalupe Calvo González, Notaria.—1 vez.—CE2017006427.—(
IN2017155365 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 10 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Seguridad Horizontal EAR Sociedad Anónima.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1
vez.—CE2017006428.—( IN2017155366 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Corto Maltese Sociedad Anónima.—San
José, 19 de mayo del 2017.—–Lic. Alexa Rodríguez Salas, Notaria.—1
vez.—CE2017006429.—( IN2017155367 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Ganadería y Verdulería WB Sociedad Anónima.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1
vez.—CE2017006430.—( IN2017155368 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Joga Quinientos Seis Sociedad Anónima.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Beverly Dinorah Palma Brenes, Notaria.—1
vez.—CE2017006431.—( IN2017155369 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada E & G From Earth Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Giovanni Ruiz
Mata, Notario.—1 vez.—CE2017006432.—( IN2017155370 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Uniformes y Bordados Roca Sociedad Anónima.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1
vez.—CE2017006433.—( IN2017155371 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Rainforest Virgin Springwater Sociedad
Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge
Corrales, Notario.—1 vez.—CE2017006434.—( IN2017155372 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada JN Soluciones Empresariales Sociedad
Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez
González, Notario.—1 vez.—CE2017006435.—( IN2017155373 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Prefabricados y Constructora Central
Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Johanny Retana
Madriz, Notario.—1 vez.—CE2017006436.—( IN2017155374 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 18 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Nosara Jungle Village Limitada.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Carmen de María Castro Kahle, Notaria.—1
vez.—CE2017006437.—( IN2017155375 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 16 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada HSG Investments Services International
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic.
Eitel Eduardo Alvarez Ulate, Notario.—1 vez.—CE2017006438.—( IN2017155376 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 50 minutos del 8 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Construcciones y Electromecánica Obando y
Leitón Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Manuel De
Jesús Zumbado Araya, Notario.—1 vez.—CE2017006439.—( IN2017155377 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 12 horas 30 minutos del 12 de mayo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Terra Express Logística Internacional Sociedad Anónima.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Karla Magaly Calderón Murillo, Notaria.—CE2017006440.—1
vez.—( IN2017155378 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 9 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Ecomotion Technologies Sociedad Anónima.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1
vez.—CE2017006441.—( IN2017155379 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 40 minutos del 18 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Santayro Sociedad Anónima.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1
vez.—CE2017006442.—( IN2017155380 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Tannersfarm Limitada.—San José, 19 de
mayo del 2017.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—
CE2017006443.—( IN2017155381 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada se faculta al registro de personas jurídicas
del registro nacional para que como denominación social de la presente sociedad
establezca el número de cédula de persona jurídica que le sea asignado al
momento de su inscripción Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del
2017.—Licda. Alexander Mora Mora, Notario.—1 vez.—CE2017006444.—( IN2017155382
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Villalobos & Perdue Limitada.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Guillermo Esquivel Herrera, Notario.—1
vez.—CE2017006445.—( IN2017155383 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 05 minutos del 15 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Vivere La Vita Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Xinia María Arias
Naranjo, Notaria.—1 vez.—CE2017006446.—( IN2017155384 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 17 minutos del 17 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Casa Proveedora Occidental Sociedad
Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Jhonatan Ricardo García
Quesada, Notario.—1 vez.—CE2017006447.—( IN2017155385 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada S.T.E.G. Fiesta Holdco Corp Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Dan
Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.— CE2017006448.—( IN2017155386 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada MP Fitness Club Sociedad Anónima.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Javier Eduardo Luna Montero, Notario.—1
vez.—CE2017006449.—( IN2017155387 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 12 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Doutech Tecnologías de Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Max Alonso Víquez García,
Notario.—1 vez.—CE2017006450.—( IN2017155388 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Grupo AM Comercializadora Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Andrés
Villalobos Araya, Notario.—1 vez.—CE2017006451.—( IN2017155389 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 18 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Q Tuanis Aventurarse C.R. Sociedad
Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Alexander Mora Mora,
Notario.—1 vez.—CE2017006452.—( IN2017155390 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Asesores e Inversiones Favaco
Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Carlos Gerardo Víquez
Rojas, Notario.—1 vez.—CE2017006453.—( IN2017155391 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 25 de abril del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Twins Telecomunicaciones Sociedad
Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Avi Maryl Levy, Notaria.—1
vez.—CE2017006454.—( IN2017155392 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Trans Ruiz Alfaro Cascante Sociedad
Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Johanna Isabel Meneses
Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2017006455.—( IN2017155393 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Simetría Sociedad Anónima.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Zamantha Pamela Cedeño Brenes, Notaria.—1
vez.—CE2017006456.—( IN2017155394 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada AM Plaza Santa Ana Sociedad Anónima.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Ernesto Jiménez Mora, Notario.—1
vez.—CE2017006457.—( IN2017155395 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 19 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Tim Lupori Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Andrés
Villalobos Araya, Notario.—1 vez.—CE2017006458.—( IN2017155396 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 19 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Kawaihau Inc. Limitada.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notario.—1
vez.—CE2017006459.—( IN2017155397 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Wenan Sociedad Anónima.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Javier Yesca Soto, Notario.—1
vez.—CE2017006460.—( IN2017155398 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada exportadora de Frutas Frescas y Servicios
Frutico Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Miguel Ángel
Alfaro Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2017006461.—( IN2017155399 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada ISCA Centroamérica Sociedad Anónima.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Lic. José Ignacio García Azofeifa, Notario.—1
vez.—CE2017006462.—( IN2017155400 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Mares de Pavones Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Emily
Vega Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2017006463.—( IN2017155401 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Tierras de Café Cuatrocientos Diez Sociedad
Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo,
Notario.—1 vez.—CE2017006464.—( IN2017155402 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 01 minutos del 19 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Perfumería Il Fiore Sociedad
Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Carolina María Ulate Zarate,
Notario.—1 vez.—CE2017006465.—( IN2017155403 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 10 minutos del 19 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Construcsa Sociedad Anónima.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Ricardo Reyes Calix, Notario.—1
vez.—CE2017006466.—( IN2017155404 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Forestantra Workers Limitada.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1
vez.—CE2017006467.—( IN2017155405 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Neoxigna Sociedad Anónima.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1
vez.—CE2017006468.—( IN2017155406 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Pegorarotto & Thevenon Limitada.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1
vez.—CE2017006469.—( IN2017155407 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Tajo y Quebrador Los Ángeles de Aserrí
Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Marco Vinicio
Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2017006470.—( IN2017155408 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Los Perros Best Hot Dog Limitada.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2017006471.—( IN2017155409 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Espejismos Original Solutions Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Javier
Alfonso Murillo Berrocal, Notario.—1 vez.—CE2017006472.—( IN2017155410 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 24 de abril del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Block Solutions INC Sociedad Anónima.—San José,
19 de mayo del 2017.—Lic. Eduardo Guardia Williams, Notario.—1
vez.—CE2017006473.—( IN2017155411 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de abril del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Surgiendo Ideas y Eventos Sociedad Anónima.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Juan Daniel Acosta Gurdián, Notario.—1
vez.—CE2017006474.—( IN2017155412 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Sistemas de Franquicias de Salud SFS Sociedad Anónima.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—1
vez.—CE2017006475.—( IN2017155414 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Grupo Corporativo Multo Servicios JDJ Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Javier Alonso
Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—CE2017006476.—( IN2017155415 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 18 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Klowood Design Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo
del 2017.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1
vez.—CE2017006477.—( IN2017155416 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada San Andrés de Soria Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Eladio González Solís,
Notario.—1 vez.—CE2017006478.—( IN2017155417 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Cafetería Goldys Limitada.—San José, 19 de mayo
del 2017.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2017006479.—(
IN2017155418 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 11 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Lacot Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del
2017.—Lic. Eladio González Solís, Notario.—1 vez.—CE2017006480.—( IN2017155419
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 18 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Manomar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Eduardo Guardia Williams, Notario.—1
vez.—CE2017006481.—( IN2017155420 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 10 minutos del 19 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada S & S Construcsa Sociedad
Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Ricardo Reyes Calix, Notario.—1
vez.—CE2017006482.—( IN2017155421 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada A T M Soluciones Integrales Sociedad
Anónima nombre de fantasía pudiendo abreviarse como A T M Soluciones
Integrales S. A. Sociedad Anónima.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic.
Renee Granados Monge, Notario.—1 vez.—CE2017006483.—( IN2017155422 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Deecee Internacional Sociedad Anónima.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Danilo Loaiza Delgado, Notario.—1
vez.—CE2017006484.—( IN2017155423 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 19 horas 30 minutos del 27 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Casa Vudú Bistro & Eventos Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de mayo del 2017.—Lic. Roberto José
Araya Lao, Notario.—1 vez.—CE2017006485.—( IN2017155424 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Open Pacific Security C.S.G. Limitada.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Xenia Priscilla Moya Chavarría, Notaria.—1
vez.—CE2017006486.—( IN2017155425 ).
Por medio de asamblea general
extraordinaria, la sociedad SBR NET Marketing & Consulting, cédula
jurídica 3-101-398298, modifica su pacto constitutivo, con relación a la cláusula
de la representación.—San José, 26 de julio del 2017.—Licda. Seanny Jiménez
Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2017155426 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Magna Experiences Sociedad Anónima.—San
José, 19 de mayo del 2017.—Licda. Melania de Los Ángeles Chin Wo Cruz,
Notaria.—1 vez.—CE2017006487.—( IN2017155427 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 10 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada La Ventana Gourmet Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de mayo del 2017.—Licda. Ana Lucia
Valencia González, Notaria.—1 vez.—CE2017006488.—( IN2017155428 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Automotors J. A. C. J Sociedad Anónima.—San
José, 20 de mayo del 2017.—Licda. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1
vez.—CE2017006489.—( IN2017155429 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 29 de abril del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Shirayelama Sociedad Anónima.—San
José, 21 de mayo del 2017.—Licda. Yanoris Quirós González, Notaria.—1
vez.—CE2017006490.—( IN2017155431 ).
Por escritura número setenta y
cinco del veintiséis de julio del dos mil diecisiete, se protocolizó en forma
conducente ante esta notaría, acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la Luna de Sámara Sociedad Anónima, mediante la cual
esta absorbe por fusión a las sociedades Cipres y Pinotec Sociedad Anónima,
tres-ciento uno-seiscientos veintidós mil novecientos veinticuatro Sociedad
Anónima y Lomas del Bosque Seis Este LB Sociedad Anónima.—Lic.
Lothar Arturo Volio Volkmer, Notario.—1 vez.—( IN2017155432 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 16 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Arenal of Costa Rica Rainforest
International Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de mayo
del 2017.—Lic. Eitel Eduardo Alvarez Ulate, Notario.—1 vez.—CE2017006491.—(
IN2017155433 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 21 horas 41 minutos del 03 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Electroautomatización Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de mayo del 2017.—Licda. Ana
Patricia Rodríguez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2017006492.—( IN2017155434 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada F.S.L.C Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del
2017.—Licda. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—CE2017006493.—(
IN2017155435 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 09 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada C.C.L.C de Quepos Sociedad Anónima.—San José, 22 de
mayo del 2017.—Licda. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1vez.—CE2017006494.—(
IN2017155436 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 16 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Desarrollo Empresarial Internacional Pymes
de CR Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Manuel Antonio
Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2017006495.—( IN2017155437 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11 horas 00 minutos del 09 de mayo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Canadian Environment Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 22 de mayo del 2017.—Lic. José Alberto Fonseca D Avanzo, Notario.—1
vez.—CE2017006496.—( IN2017155438 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 11 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Tu Auto Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1
vez.—CE2017006497.—( IN2017155439 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 16 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Camaronal Limitada.—San José, 22 de mayo del
2017.—Lic. Luis Fernando Rojas Arredondo, Notario.—1vez.—CE2017006498.—(
IN2017155440 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada NKO Diseño Sociedad Anónima.—San José,
22 de mayo del 2017.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1
vez.—CE2017006499.—( IN2017155441 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Servicios Portuarios Mares del Pacífico Sociedad
Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Licda. Laura Patricia Hernández
Sáenz, Notaria.—1 vez.—CE2017006500.—( IN2017155442 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 05 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones de Importaciones B & Q
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic.
Ariel Ramírez Martínez, Notario.—1 vez.—CE2017006501.—( IN2017155443 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada A T M Soluciones Integrales Sociedad
Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Renee Granados Monge,
Notario.—1 vez.—CE2017006502.—( IN2017155444 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada San Gerardo del Rincón Sociedad Anónima.—San
José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Olger Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1
vez.—CE2017006503.—( IN2017155445 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Yuzzo Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del
2017.—Lic. Ángel Torres Bravo, Notario.—1 vez.—CE2017006504.—( IN2017155446 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada DDI Entertainment Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Juan Manuel
Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—CE2017006505.—( IN2017155447 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Malkuth del Pacífico Limitada.—San José, 22 de mayo
del 2017.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1vez.—CE2017006506.—(
IN2017155448 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 15 horas 00 minutos del 08 de mayo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Ganadería y Verdulería BW Sociedad Anónima.—San
José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1
vez.—CE2017006507.—( IN2017155449 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 18 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones de Vida Mghmar Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Licda. Erika Marín
Solano, Notaria.—1 vez.—CE2017006508.—( IN2017155450 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 53 minutos del 19 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Berns and Berns Enterprises Sociedad
Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Jorge Gamboa Ureña, Notario.—1
vez.—CE2017006509.—( IN2017155451 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Lamaro Sociedad Anónima.—San José, 22
de mayo del 2017.—Licda. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1
vez.—CE2017006510.—( IN2017155452 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Adventure Evening DC Limitada.—San José, 22 de mayo
del 2017.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—CE2017006511.—(
IN2017155453 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Builders Century Moderm Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Johnny Solís Barrantes,
Notario.—1 vez.—CE2017006512.—( IN2017155454 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 20 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada El Plato De Mi Papa Limitada.—San
José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1
vez.—CE2017006513.—( IN2017155455 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Alimentos Montañita Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Jonatan
Javier López Arias, Notario.—1 vez.—CE2017006514.—( IN2017155456 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada El Coyol de Lajas O. B. Sociedad
Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Atencio Ruiz Juárez,
Notario.—1 vez.—CE2017006515.—( IN2017155457 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 10 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Desarrollos R.S.T Sociedad Anónima.—San
José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Andrea Soto Arias, Notaria.—1
vez.—CE2017006516.—( IN2017155458 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 05 minutos del 19 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Warner Mantenimiento JFWA Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Licda. Xinia María
Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—CE2017006517.—( IN2017155459 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de mayo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Itech Shop Sociedad Anónima.—San José, 22
de mayo del 2017.—Licda. Irene Rodas Seas, Notaria.—1 vez.—CE2017006518.—(
IN2017155460 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Oropendolita Sociedad Anónima.—San José, 22 de
mayo del 2017.—Lic. Gonzalo Murillo Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2017006519.—(
IN2017155461 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 17 horas 00 minutos del 21 de abril del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Barurroz Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del
2017.—Licda. Ileana Flores Sancho, Notaria.—1 vez.—CE2017006520.—( IN2017155462
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Lamaro Dieciséis Sociedad Anónima.—San José, 22
de mayo del 2017.—Lic. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—CE2017006521.—(
IN2017155463 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada The Three Broomsticks de Escazú Sociedad Anónima.—San
José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Alexander Araya Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2017006522.—( IN2017155464 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 22 minutos del 22 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Road Shack Deli Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 22 de mayo del 2017.—Licda. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1
vez.—CE2017006523.—( IN2017155465 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 20 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada JYE Proa Soluciones Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Licda. Luciana Acevedo Gutiérrez,
Notaria.—1 vez.—CE2017006524.—( IN2017155466 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 22 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada JJ Properties CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2017006525.—( IN2017155467 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Treinta y Tres Volcanes Parrilleros Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Licda. Luciana
Acevedo Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2017006526.—( IN2017155468 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de abril del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Mas Punto de Impacto Sociedad Anónima.—San José,
22 de mayo del 2017.—Lic. Alejandro Bettoni Traube, Notario.—1
vez.—CE2017006527.—( IN2017155469 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 03 de marzo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Eventos Turísticos Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Alvis González Garita, Notario.—1
vez.—CE2017006528.—( IN2017155470 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 22 de mayo del 2017, se constituyó
la sociedad denominada Capitales Monetarios del Este RNF Sociedad Anónima.—San
José, 22 de mayo del 2017.—Licda. Patricia Lara Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2017006529.—( IN2017155471 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Virgin Springwater Sociedad Anónima.—San
José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1
vez.—CE2017006530.—( IN2017155472 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Vitjef Sociedad Anónima.—San José, 22
de mayo del 2017.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1
vez.—CE2017006531.—( IN2017155473 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones Seguras J.A.Y. Sociedad Anónima.—San
José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1
vez.—CE2017006532.—( IN2017155474 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 25 minutos del 12 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Laboratorio Clínico Centro Médico de
Investigaciones CIM Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic.
Olga Eugenia Castillo Barahona, Notario.—1 vez.—CE2017006533.—( IN2017155475 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de abril del año 2015, se
constituyó la sociedad denominada La Tribu Kármica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de mayo del 2017.—Licda. Karla
Evelyn Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—CE2017006534.—( IN2017155476 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 19 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Solís & Arroyo Sociedad Anónima.—San
José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1
vez.—CE2017006535.—( IN2017155477 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Monte Hebrón Sociedad Anónima.—San
José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Freddy Mesén Bermúdez, Notario.—1
vez.—CE2017006536.—( IN2017155478 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 14 horas 00 minutos del 20 de mayo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones La Mamina Sociedad Anónima.—San José, 22
de mayo del 2017.—Lic. German Enrique Salazar Santamaria,
Notario.—1vez.—CE2017006537.—( IN2017155479 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 15 minutos del 22 de mayo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Erhufu Sociedad Anónima.—San José, 22
de mayo del 2017.—Lic. Eduardo Alberto Brenes Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2017006538.—( IN2017155484 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30
minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Sese Intergaláctico Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic.
Carlos Humberto Ramirez Vega, Notario.—1 vez.—CE2017006539.—( IN2017155485 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora
Yuzzo Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Ángel Torres
Bravo, Notario.—1 vez.—CE2017006540.—( IN2017155486 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 31 de marzo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Quintana
Araya Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2017.—Licda. María
Gabriela Cañas Ruiz, Notaria.—1 vez.—CE2017006541.—( IN2017155487 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Makey
Veintisiete Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del
2017.—Lic. Mario Madrigal Ovares, Notario.—1 vez.—CE2017006542.—( IN2017155488
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Imperium
Energy Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Emmanuel
Naranjo Pérez, Notario.—1 vez.—CE2017006543.—( IN2017155489 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Centro
Radiológico Rohrmoser F L R Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del
2017.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—CE2017006544.—(
IN2017155490 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Mosman Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del
2017.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2017006545.—(
IN2017155491 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Prisma
It Group Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Hazel
Adriana Villalobos Villar, Notaria.—1 vez.—CE2017006546.—( IN2017155492 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Corporación
Gran Mundo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del
2017.—Lic. William De Los Ángeles Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—CE2017006547.—(
IN2017155493 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 22
minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Palawan
LLC Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Ismene Arroyo Marín,
Notario.—1 vez.—CE2017006548.—( IN2017155494 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Lewis
W. Kuniegel Revocable Trust Limitada.—San José, 23 de mayo del
2017.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—CE2017006549.—( IN2017155495
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 50
minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Venezia
Group Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Luis Felipe Martínez
Obando, Notario.—1 vez.—CE2017006550.—( IN2017155496 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 11 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora
Taurus Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Alejandra
Bastida Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2017006551.—( IN2017155497 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ego
Coffee Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Roberto
Villegas Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2017006552.—( IN2017155498 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Mapoma
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic.
Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—CE2017006553.—( IN2017155499 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Fincas
Armónicas Camaronal Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Luis
Fernando Rojas Arredondo, Notario.—1 vez.—CE2017006554.—( IN2017155500 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Skin
Med Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic.
Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1 vez.—CE2017006555.—( IN2017155501 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada DS
Costa Rica Consultores Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del
2017.—Lic. Franklin Garita Cousin, Notario.—1 vez.—CE2017006556.—( IN2017155502
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00
minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Global
Advanced Processing Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda.
Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2017006557.—( IN2017155503 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00
minutos del 19 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Sirun
Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Zaida Valderrama
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2017006558.—( IN2017155504 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00
minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada La
Petite Ecole Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Óscar Manuel
Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2017006559.—( IN2017155505 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 17 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada G Y R
Marine Supply Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Jarlin
Guerra Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2017006560.—( IN2017155506 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30
minutos del 22 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Fontenot
International Enterprises LLC Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic.
Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—CE2017006561.—( IN2017155507 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 22 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Massa
Tierra Earthlink Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic.
Alexa Rodríguez Salas, Notario.—1 vez.—CE2017006562.—( IN2017155508 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30
minutos del 22 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada ETB
Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Alexa Rodríguez
Salas, Notaria.—1 vez.—CE2017006563.—( IN2017155509 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 22 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Go
Fish Truck Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Ana
Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—CE2017006564.—( IN2017155510 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 23 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada True
Flip Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del
2017.—Lic. Clara Eugenie Alvarado Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2017006565.—(
IN2017155511 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 19 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Gente
de Azúcar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic.
Mark Anthony Beckford Douglas, Notario.—1 vez.—CE2017006566.—( IN2017155512 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00
minutos del 23 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Alar
del Rey Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Henry Campos Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2017006567.—( IN2017155513 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 22 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Las Damas de Hierro Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda.
Ileana Maritza Gutiérrez Badilla, Notaria.—1 vez.—CE2017006568.—( IN2017155514
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 08 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo
ACA S. A. Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Erwen Yanan
Masis Castro, Notario.—1 vez.—CE2017006569.—( IN2017155515 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00
minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Corp
Steg Hotel Fiesta Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23
de mayo del 2017.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1
vez.—CE2017006570.—( IN2017155516 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00
minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Luime
de San Mateo Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic.
José Luis Ramos Castellón, Notario.—1 vez.—CE2017006571.—( IN2017155517 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 00
minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Intenacional
Royal Educación I.R.E. Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo
del 2017.—Lic. Vinicio Zamora Chaves, Notario.—1 vez.—CE2017006572.—(
IN2017155518 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00
minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Soukha
Chihett Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo
del 2017.—Lic. Roberto José Araya Lao, Notario.—1 vez.—CE2017006573.—(
IN2017155519 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00
minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Spellbound
Hospitality Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Mariana Isabel
Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—CE2017006574.—( IN2017155520 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30
minutos del 04 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Internacional
Blacksheep Regen RM Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del
2017.—Licda. Jorleny Murillo Vargas, Notario.—1 vez.—CE2017006575.—(
IN2017155521 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos
del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Poligono del Sur Moeli Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del
2017.—Licda. María Dolores Araya Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2017006576.—(
IN2017155522 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00
minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos
Falcafa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo
del 2017.—Lic. Ruddy Antonio Saborío Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2017006577.—(
IN2017155523 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00
minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada IBCO
del Norte R. A. Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. José
Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—CE2017006578.—( IN2017155524 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00
minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada GHCR
Genera Holdings Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del
2017.—Lic. Ricardo Barquero Cordoba, Notario.—1 vez.—CE2017006579.—(
IN2017155525 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00
minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Alquil
Arte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del
2017.—Licda. Lucía Odio Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2017006580.—( IN2017155526 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00
minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Tecnológicos Avanzados AJR Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo
del 2017.—Licda. Lissette Susana Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2017006581.—(
IN2017155527 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada B
M Siete Siete Nueve Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic.
Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2017006582.—( IN2017155528 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Corporación
Kelevra Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Mario Eduardo
Recio Recio, Notario.—1 vez.—CE2017006583.—( IN2017155529 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 15 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Gerisa
Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Leonora Granados Sancho,
Notario.—1 vez.—CE2017006584.—( IN2017155530 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Verivin
Drake Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del
2017.—Lic. Rómulo Eduardo Pacheco Sibaja, Notario.—1 vez.—CE2017006585.—(
IN2017155531 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30
minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada GLS
Fumigaciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de
mayo del 2017.—Lic. Greivin Cortes Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2017006586.—(
IN2017155532 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
OAPP Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del
2017.—Licda. Melania Dittel Sotela, Notario.—1 vez.—CE2017006587.—(
IN2017155533 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos
e Inversiones Inmobiliarias AJA Sociedad Anónima.—San José, 23 de
mayo del 2017.—Lic. Wilber Barquero Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2017006588.—(
IN2017155534 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Jay
Stallard & Associates S. A. Sociedad Anónima.—San José, 23 de
mayo del 2017.—Lic. Roberto José Esquivel Cerdas, Notario.—1
vez.—CE2017006589.—( IN2017155535 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30
minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Krell
Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del
2017.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—CE2017006590.—(
IN2017155536 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 03 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Alcon
& Vargas Consultants Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Nathalie Elizondo Montero, Notaria.—1
vez.—CE2017006591.—( IN2017155537 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15
minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Tavarnelle
LLC Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Sergio Antonio
Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2017006592.—( IN2017155538 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada El
Legado DE E & E Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del
2017.—Lic. Juan Carlos Chaves Mora, Notario.—1 vez.—CE2017006593.—(
IN2017155539 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 21 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Activa
Viajes Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del
2017.—Licda. Laura Zumbado Loria, Notaria.—1 vez.—CE2017006594.—( IN2017155540
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Victory
Christian Academy Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del
2017.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—CE2017006595.—( IN2017155541
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Sánchez
Volio SVG Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Tobías
Felipe Murillo Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2017006596.—( IN2017155542 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos
Condominio Kopper Decoko Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del
2017.—Licda. Mónica Dobles Elizondo, Notaria.—1 vez.—CE2017006597.—(
IN2017155543 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 18 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Así
Celebro M&G Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del
2017.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—CE2017006598.—(
IN2017155544 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 21 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
The Luna Lounge Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del
2017.—Licda. Pedro Silva Yepez, Notario.—1 vez.—CE2017006599.—( IN2017155545 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 23 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Sara del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo
del 2017.—Lic. Juan Carlos Villasuso Morales, Notario.—1 vez.—CE2017006600.—(
IN2017155546 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 19 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Los Cinco de Alajuela Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic.
Mario Rojas Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2017006601.—( IN2017155547 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 16 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Be
Organic Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Mónica
Lizano Zamora, Notaria.—1 vez.—CE2017006602.—( IN2017155548 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 23 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Carpe
Diem Casa del Sol Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Gabriel
Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2017006603.—( IN2017155549 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 23 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios
Najary Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Joaquín Bernardo
Molina Hernández, Notario.—1 vez.—CE2017006604.—( IN2017155550 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 16 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Sports
International Agency CR Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic.
Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—CE2017006605.—( IN2017155551 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Symbiotica
One Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de mayo del
2017.—Licda. Mariajosé Víquez Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2017006606.—(
IN2017155552 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 23 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada B
& A Limitada.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Freddy Mesen
Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2017006607.—( IN2017155553 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 22 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Oropéndolita
Arc Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del 2017.—Lic. Gonzalo Murillo
Alvarez, Notario.—1 vez.—CE2017006608.—( IN2017155554 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 10 de mayo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Isca
Lifesciences Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 23 de mayo del
2017.—Lic. José Ignacio García Azofeifa, Notario.—1 vez.—CE2017006609.—(
IN2017155555 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social. A las 10:00 horas del 20 de junio de 2017. Se hace saber a
los representantes legales de la Cooperativa de Servicios Múltiples Forjadores
de la Comunidad de la Vieja, R.L., “COOPEFORDEVI, R.L., los señores Cristian
González Alvarado, cédula 2-692-711, Eladio Salas Villalobos, cédula 2-324-971,
y Sindy Picado Villalobos, cédula 2-602-160, o quienes consideren poseer
derechos susceptibles de resultar lesionados, que mediante Órgano de
Procedimiento Administrativo Ordinario instaurado por el Ministro de Trabajo y
Seguridad Social, por Resolución MTSS-DMT-RM-163-2017 de las 14:00 horas del 7
de febrero del 2017, se ha iniciado el proceso para determinar la posible
nulidad absoluta evidente y manifiesta de la inscripción registral, por el
Departamento de Organizaciones Sociales de este Ministerio, de las actas del
Consejo de Administración y del Gerente de la organización citada, siendo que
la misma no se encontraba al día con las cuotas de seguridad social. Favor
hacer valer sus derechos, atendiendo este llamado a los teléfonos 2222-2612,
2222-2609, o bien apersonándose en la Dirección de Asuntos Jurídicos de este
Ministerio en horario de 8: am a 4: pm dentro de los 7 días posteriores a la
publicación del último aviso. Tres veces.—Alfredo Hasbum Camacho.—O. C. N°
3400030903.—Solicitud N° 90655.—( IN2017154815 ).
TRIBUNAL AMBIENTAL ADMINISTRATIVO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente N°
362-12-02-TAA.—Resolución N° 696-17-TAA.—Denunciado: Ronald Gerardo García
Corrales.
Tribunal Ambiental
Administrativo.—Órgano del Procedimiento Administrativo.—San José, a las
catorce horas veinte minutos del veintidós de mayo del dos mil diecisiete.
Resultando:
1º—Que mediante oficio
ACOPAC-OSRS-DEN-037-12 de fecha 28 de setiembre del 2012 suscrito por los
señores Edwin Jiménez López, cédula de identidad número 1-0581-0607 y Priscilla
Castro Salazar, cédula de identidad número 1-1251-0382, ambos funcionarios de
la Oficina Los Santos, Área de Conservación Pacífico Central, remiten formal
denuncia de carácter ambiental por tala árboles y movimientos de tierra dentro
de un área de bosque, sin contar con los permisos correspondientes, en el
inmueble ubicado en el sector de El Rodeo de San Marcos de Tarrazú, de la plaza
600 metros al norte, propiamente en el Cerro La Cruz, entre las coordenadas
461352E -40342N CR Lamben Sur (498149-1070453 CRTM05), aparentemente en
propiedad sin inscribir y con plano a nombre del señor Ronald Gerardo García
Corrales, cédula de identidad 1-1041-0653, lo anterior visible a folios 01 a 05
del expediente administrativo.
2º—Que a la denuncia se le asigna el número
de expediente 362-12-02-TAA.
3º—Que mediante resolución número 097-13-TAA
de las 14 horas 06 minutos del 28 de enero del 2013, visible a folios 06 y 07,
este Tribunal ordenó: 7.4 Primero: (...) al Ing. Alfonso Duarte Marín,
en su condición de Director del Área de Conservación Pacifico Central o a quien
ocupe el cargo, que remita a este Tribunal la valoración económica del posible
daño ambiental ocurrido en el inmueble ubicado en el sector de El Rodeo de San
Marcos de Tarrazú, de la plaza 600 metros al norte, propiamente en el Cerro La
Cruz, entre las coordenadas 461352E -40342N ( CR Lambed Sur) (498149-1070453,
CRTM05) aparentemente propiedad del señor Ronald Gerardo García Corrales cédula
de identidad 1-1041-0653, en donde se talaron árboles, construcción de cabañas
y se realizaron movimientos de tierra dentro de un área de bosque, sin contar
con los permios correspondientes, según el oficio ACOPAC-OSRS-DEN-037-12,
suscrito por el señor Edwin Jiménez López y la señora Priscilla Castro Salazar,
ambos en su condición de funcionarios del Área de Conservación Pacífico
Central. Segundo: Se solicita al señor Bernardo Barboza Picado, en su
condición de Alcalde de la Municipalidad de Tarrazú o a quien ocupe el cargo,
que indique a este Despacho quién es el propietario registral del inmueble
ubicado en el sector de El Rodeo de San Marcos de Tarrazú, de la plaza 600
metros al norte, propiamente en el Cerro La Cruz, entre las coordenadas
(461352E -40342N CR Lambed Sur) (498149-1070453, CRTM05).
4º—Que mediante oficio ACOPAC-OSRS-286-2013
de fecha 24 de abril del 2012 suscrito por el Lic. Orlando Montero Delgado y Priscilla
Castro Salazar, funcionarios de la Oficina Subregional Los Santos, Área de
Conservación Pacífico Central, visible a folios 12 a 20, aportan la
correspondiente valoración económica del daño ambiental la cual asciende a la
suma de $4.586,83 (cuatro mil quinientos ochenta y seis dólares con ochenta y
tres centavos).
5°—Que mediante resolución número 271-14-TA
de las 07 horas 28 minutos del 31 de marzo del 2014, visible a folios 21 y 22,
este Tribunal ordenó por segunda vez: “(..) al señor Bernardo Barboza Picado,
en su condición de Alcalde de la Municipalidad de Tarrazú o a quien ocupe el
cargo, que indique a este Despacho quién es el propietario registral del
inmueble ubicado en el sector de El Rodeo de San Marcos de Tarrazú, de la plaza
600 metros al norte, propiamente en el Cerro La Cruz, entre las coordenadas
(461352E -40342N CR Lambed Sur) (498149-1070453, CRTM05). (...)”.
6º—Que mediante oficio ALMT-042-2014 de fecha
22 de abril del 2014 suscrito por el Ing. Bernardo Barboza Picado, Alcalde de
la Municipalidad de Tarrazú visible a folio 25 a 27, indica que adjunta
documento de fecha 22 de abril del 2014, del Departamento de Catastro, el cual
indica que el propietario del inmueble es el señor Ronald García Corrales,
según plano SJ-1082437-2006, el cual se indica en estado de posesión, por lo
que no se encuentra registrada públicamente.
7º—Que a folios 27 a 30 consta estudio
registral del plano número SJ-1082437-2006, así como de la finca generada
1-507253-000, la cual se encuentra cerrada y el plano hijo número
1-1620943-2012 se encuentra cancelada.
8º—Que a folio 31 consta oficio 257-17-TAA de
fecha 20 de marzo del 2017 mediante el cual este Tribunal solicita la cuenta
cedular del señor Ronald Gerardo García Corrales, cédula de identidad
1-1041-0653.
9º—Que a folios 32 a 34 consta cuenta cedular
del señor Ronald Gerardo García Corrales, cédula de identidad 1-1041-0653.
Considerando:
I.—Que mediante la presente
resolución se declara formalmente la apertura de un proceso ordinario
administrativo, en contra del señor Ronald Gerardo García Corrales, cédula de
identidad 1-1041-0653. Ello se realiza de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 46,50 y 89 de la Constitución Política, artículos 1,2, 48, 50,51, 52,
61, 99, 101, 103, 106, 108, 110 y 111 de la Ley Orgánica del Ambiente,
artículos 11, 54, 106, 109, 110 y 113 de la Ley de Biodiversidad, artículo 3
inciso c) Reglamento a la Ley de Biodiversidad Decreto Número 34433-MINAE,
artículo 1, 3, 5, 6, 19, 20, 26, 27, 28, 57 y siguientes de la Ley Forestal,
artículos 218, 308 a 319, 345 y 346 de la Ley General de Administración
Pública, así como 1, 11, 20 y siguientes del Decreto Ejecutivo número
34136-MINAE.
II.—Que se imputa formalmente al señor Ronald
Gerardo García Corrales, cédula de identidad 1-1041-0653, en calidad de
propietario en estado de posesión de la finca con plano catastrado número
SJ-1082437-2006, ubicada en el sector de El Rodeo de San Marcos de Tarrazú, de
la plaza 600 metros al norte, propiamente en el Cerro La Cruz, entre las
coordenadas 461352E-40342N CR Lambed Sur (498149-1070453 CRTM05), por los
siguientes presuntos hechos:
1) El haber realizado y/o no haber impedido la tala de cinco (5)
árboles de la especie Encino con diámetros de 11 centímetros en promedio y 8
metros de altura, movimientos de tierra con maquinaria pesada, con dimensiones
de 15 metros de largo, 8 metros de ancho y un talud de 1,5 metros
aproximadamente, para un área total de 120 metros cuadrados, en una pendiente
de 40% y dentro de bosque, cuyo monto de valoración económica del daño
ambiental asciende a la suma de $4.586,83 (cuatro mil quinientos ochenta y seis
dólares con ochenta y tres centavos), según documento aportado mediante oficio
ACOPAC-OSRS-286-2013 de fecha 24 de abril del 2012 suscrito por el Lic. Orlando
Montero Delgado y Priscilla Castro Salazar, funcionarios de la Oficina
Subregional Los Santos, Área de Conservación Pacífico Central, visible a folios
12 a 20 del expediente administrativo.
Se hace la aclaración que el
proceso ordinario administrativo que se abre por la presente resolución se
ocupará únicamente de los presuntos hechos arriba señalados. En caso de que el
Tribunal llegara a encontrar indicios de otros supuestos hechos constitutivos
de posibles violaciones de la normativa tutelar del ambiente, se abriría otro u
otros procesos ordinarios administrativos referentes a dichos eventuales
hechos.
III.—Que el proceso ordinario administrativo
que se inicia con la presente resolución tiene como propósito determinar si son
ciertos o no los hechos que se atribuyen (imputan) a los denunciados y si
serían en tal caso aplicables en contra de los denunciados las consecuencias
jurídicas negativas (indemnización, medidas ambientales obligatorias, etc.)
contenidas en las normas jurídicas de las cuales se les apercibirá a
continuación. Se comunica (apercibe) formalmente a los denunciados que las
posibles consecuencias de los eventuales hechos imputados serían la imposición
de una o más de las medidas ambientales (de prevención y/o mitigación y/o
compensación) contempladas en los artículos 61, 99, 101 y 111 de la Ley
Orgánica del Ambiente, 11, inciso 2), 45 y 54 de la Ley de la Biodiversidad,
incluyendo, pero no limitado a una indemnización referente a la valoración
económica del aducido daño ambiental antes citada. Las medidas ambientales
aludidas podrían incluir también imponer el deber de realizar a su costa la
elaboración, presentación, sometimiento a aprobación y correcciones por la
entidad competente, así como ejecución, de los Planes de Reparación, Mitigación
y Restauración Ambiental que pudieran ser necesarios y/o a otras medidas
ambientales contempladas en la normativa citada, pudiendo coincidir o no con
las que pueda solicitar el denunciante.
IV.—Al presente proceso se citan:
1) En calidad de denunciante: El señor Edwin Jiménez López,
cédula de identidad número 1-0581-0607, funcionario de la Oficina Los Santos,
Área de Conservación Pacífico Central;
2) En calidad de denunciado: El señor
Ronald Gerardo García Corrales, cédula de identidad 1-1041-0653;
3) En calidad de testigo-perito: La señora
Priscilla Castro Mazar, cédula de identidad número 1-1251-0382, funcionaria de
la Oficina Los Santos, Área de Conservación Pacífico Central.
V.—Se pone a disposición de las
partes y sus apoderados el expediente administrativo debidamente foliado, el
cual puede ser consultado de lunes a viernes en la sede del Tribunal Ambiental
Administrativo, ubicada en San José, avenidas 8 y 10, calle 35, o bien del
Automercado Los Yoses, 200 metros sur y 150 oeste, casa color verde, portones
de madera.
VI.—Se comunica a las partes que a partir de
este momento y hasta la audiencia a la que se aludirá en el siguiente
considerando, se recibirá en el Tribunal cualquier argumento de hecho y/o
derecho, y/o cualquier prueba presentada por las mismas en relación con el
presente proceso.
VII.—Se cita a todas las partes a una
audiencia oral y pública que se celebrará en la sede del Tribunal Ambiental
Administrativo a las 13 horas 30 minutos
del día martes 10 de octubre del 2017.
VIII.—Se comunica a la parte denunciada que,
en virtud de que el objetivo primordial de la legislación ambiental es la
protección de los recursos naturales y la reparación “in natura” de los daños
ocasionados debido a comportamiento activo u omiso a partir de la fecha de notificación y previo a la celebración de
la audiencia programada, se podrá remitir a este Tribunal una propuesta de
conciliación ambiental misma que repare, mitigue y/o compense el daño
ambiental causado; debidamente aprobada por la parte denunciante y el Director
del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, para la recuperación y
restauración del sitio afectado, reparando y salvaguardando el ambiente en todo
momento, y de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 7727 Sobre Resolución
Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social. Es importante señalar, que
en caso de no presentarse el acuerdo conciliatorio antes de la fecha de
celebración de audiencia, no será posible suspender dicha diligencia para
someterse al proceso de conciliación. Dicho acuerdo podrá presentarse después
de la audiencia y antes del dictado del acto final.
IV.—Se comunica a las partes que el propósito
de la audiencia oral y pública será otorgar al denunciante y al denunciado la
oportunidad de defender sus tesis acerca de lo que se imputa al denunciado con
sus consecuencias jurídicas y económicas, incluyendo recibir todos los
argumentos y pruebas que se deseen las partes y sean admisibles en Derecho.
X.—Se comunica a las partes que podrán
comparecer solos o acompañados de abogado o abogados, junto a los testigos y
peritos que deseen, y cualquier otra prueba que quieran presentar La
admisibilidad de la prueba será determinada por este Tribunal en la audiencia.
XI.—Se comunica asimismo a las partes que los
testigos y peritos deberán esperar fuera de la sala de audiencias a que se les
llame, de modo que no podrán ingresar a la sala hasta que se les requiera, ni
podrán realizar ningún comentario relacionado a lo que se discuta en la
audiencia, hasta que la misma haya finalizado y se haya evacuado toda la
prueba.
XII.—Se les hace saber a las partes
convocadas a la Audiencia Oral y Pública que deberán aportar el día de la
misma, un dispositivo electrónico, sea este un dispositivo de almacenamiento
tipo USB o CD para la grabación del audio de dicha diligencia.
XIII.—Contra la presente resolución cabe
interponer el recurso de revocatoria en el plazo de veinticuatro horas a partir
de la notificación con fundamento en los artículos 342, 346 y siguientes de la
Ley General de la Administración Pública.
Se le advierte a la parte
denunciada, que este Despacho solamente procederá a notificar las resoluciones
futuras, si señalan expresamente correo electrónico, número de fax, dirección
de casa u oficina en el expediente administrativo supracitado, según lo
establecido en los artículos 6,19, 20, 21, 22 y 34 la Ley de Notificaciones
Judiciales. De incumplirse con esta advertencia se procederá a la notificación
automática en los términos que establece el artículo 11 de la citada Ley. Se
previene que al referirse al expediente se indique el número del mismo y número
de la presente resolución. Notifíquese.—Licda. Ligia Umaña Ledezma.—Licda.
Maricé Navarro Montoya, Vicepresidente.—Licda. Ruth Ester Solano Vásquez,
Secretaria.—O. C. N° 33448.—Solicitud N° 15219.—( IN2017154975 ).
Expediente N°
296-13-02-TAA.—Resolución N° 699-17-TAA.—Denunciado: María Isabel Castro
Zamora.
Tribunal Ambiental
Administrativo.—Órgano del Procedimiento Ordinario Administrativo.—San José, a
las catorce horas veintinueve minutos del día veintidós de mayo del dos mil diecisiete.
Resultando:
1º—Que mediante oficio número
D-030 de fecha 05 de setiembre del 2013 suscrito por el señor Pío Jiménez Cordero,
funcionario de la Oficina de Sarapiquí, Área de Conservación Cordillera
Volcánica Central, se interpone formal denuncia de carácter ambiental en contra
de la señora María Isabel Castro Zamora, cédula de identidad número 2-275-398,
por supuesta tala ilegal de árboles en bosque, en la finca ubicada en Bijagual
de la Virgen de Sarapiquí antes de llegar a finca la Colombina. Se adjunta
copia de oficio número OS-1069-2013 de fecha 09 de setiembre del 2013 suscrito
por el Ing. Luis Fernando Salas Sarkis, Jefe de la Oficina de Sarapiquí, Área
de Conservación Cordillera Volcánica Central, mediante la cual se remite
valoración económica del daño ambiental que asciende a la suma de ¢1.411.914
(un millón cuatrocientos once mil novecientos catorce colones), todo lo
anterior visible a folios 01 a 21 del expediente administrativo.
2º—Que a la denuncia le fue asignado el
expediente número 296-13-02-TAA.
3º—Que mediante resolución número 1022-13-TAA
de las 14 horas 25 minutos del 14 de octubre del 2013, visible a folios 22 y
23, este Tribunal ordenó: “(…) Único: (...) al señor Pedro Rojas
Guzmán en su condición de Alcalde de la Municipalidad de Sarapiquí o quien
ocupe su cargo, que mediante un informe que deberá de remitir a este Despacho
incluya la siguiente información más toda aquella que sea relevante para el
caso de marras para la verificación de la verdad real de los hechos: 1)
quién es la persona física o jurídica propietaria registrar del inmueble ubicado
en Bijagual de la Virgen de Sarapiquí antes de llegar a la finca la Colombina,
400 metros este de la Reserva la Tirimbina, 2) Si la señora María Isabel Castro
Zamora, cédula de identidad número 2-275-398 es propietaria registra! de algún
inmueble dentro de su jurisdicción, en caso afirmativo indicar el número de
folio real y plano catastrado. (…)” (sic).
4º—Que mediante resolución número 282-17-TAA
de las 13 horas 25 minutos, visible a folios 26 y 27, este Tribunal ordenó por
segunda vez al Alcalde de la Municipalidad de Sarapiquí, lo indicado en el
resultando tercero inmediato anterior.
5º—Que mediante oficio DA-053-2017 de fecha
05 de abril del 2017 suscrito por el señor Pedro Rojas Guzmán, Alcalde de la
Municipalidad de Sarapiquí, visible a folios 32 a 34, indica que se dio
respuesta mediante oficio DA-189-2013 de fecha 16 de diciembre del 2013, sin
embargo según inspección realizada por funcionarios el 09 de diciembre del
2013, y en entrevista con la señora María Isabel Castro Zamora, cédula 2-0275-0398,
indicó que la propiedad no tiene escritura y que ella la posee desde hace 30
años, informando además que es parte de una finca del INDER, y no se logró
ubicar a que número de folio corresponde la porción de terreno.
6º—Que mediante oficio 401-17-TAA de fecha 24
de abril del 2017, visible a folios 35, este Tribunal solicita al Registro
Civil la cuenta cedular de la señora María Isabel Castro Zamora, cédula
2-0275-0398.
7º—Que a folios 36 a 38 consta cuenta cedular
de la señora María Isabel Castro Zamora, cédula 2-0275-0398.
Considerando:
I.—Que mediante la presente
resolución se declara formalmente la apertura de un proceso ordinario
administrativo, en contra de la señora María Isabel Castro Zamora,
cédula 2-0275-0398. Ello se realiza de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 46, 50 y 89 de la Constitución Política, artículos 1, 2, 48, 50, 51,
52, 61, 99, 101, 103, 106, 108, 110 y 111 de la Ley Orgánica del Ambiente,
artículos 11, 54, 106, 109, 110 y 113 de la Ley de Biodiversidad, artículo 3 inciso
c) Reglamento a la Ley de Biodiversidad Decreto Número 34433-MINAE, artículo 1,
3, 5, 6, 19, 20, 26, 27, 28, 57 y siguientes de la Ley Forestal, artículos 218,
308 a 319, 345 y 346 de la Ley General de Administración Pública, así como 1,
11, 20 y siguientes del Decreto Ejecutivo número 34136-MINAE.
II.—Que se imputa formalmente a la señora María
Isabel Castro Zamora, cédula 2-0275-0398, en calidad de poseedora de la
finca ubicada en Bijagual de la Virgen de Sarapiquí antes de llegar a finca la
Colombina, 400 metros este de la Reserva la Tirimbina, por los siguientes
presuntos hechos:
El haber realizado y/o no haber
impedido la tala sin los permisos correspondientes de diez (10) árboles en área
de bosque, de la especie manteco, cebo y anonillo, de entre 48 y 90 centímetros
de diámetro, y aprovechamiento en trozas, en total veintitrés (23) trozas
encontradas en un patio, de entre 26 y 60 centímetros de diámetro, cuyo monto
de valoración económica del daño ambiental asciende a la suma de ¢1.362.114,00
(un millón trescientos sesenta y dos mil ciento catorce colones exactos), según
documento aportado mediante oficio OS-1069-2013 de fecha 09 de setiembre del
2013 suscrito por el Ing. Luis Fernando Salas Sarkis, Jefe de la Oficina
Sarapiquí, Área de Conservación Cordillera Volcánica Central, visible a folios
19 a 21 del expediente administrativo.
Se hace la aclaración que el
proceso ordinario administrativo que se abre por la presente resolución, se
ocupará únicamente de los presuntos hechos arriba señalados. En caso de que el
Tribunal llegara a encontrar indicios de otros supuestos hechos constitutivos
de posibles violaciones de la normativa tutelar del ambiente, se abriría otro u
otros procesos ordinarios administrativos referentes a dichos eventuales
hechos.
III.—Que el proceso ordinario
administrativo que se inicia con la presente resolución tiene como propósito
determinar si son ciertos o no los hechos que se atribuyen (imputan) a los
denunciados y si serían en tal caso aplicables en contra de los denunciados las
consecuencias jurídicas negativas (indemnización, medidas ambientales
obligatorias, etc.) contenidas en las normas jurídicas de las cuales se les
apercibirá a continuación. Se comunica (apercibe) formalmente a los denunciados
que las posibles consecuencias de los eventuales hechos imputados serían la
imposición de una o más de las medidas ambientales (de prevención y/o
mitigación y/o compensación) contempladas en los artículos 61, 99, 101 y 111
de la Ley Orgánica del Ambiente, 11, inciso 2, 45 y 54 de la Ley de la
Biodiversidad, incluyendo, pero no limitado a una indemnización referente a
la valoración económica del aducido daño ambiental antes citada. Las medidas
ambientales aludidas podrían incluir también imponer el deber de realizar a su
costa la elaboración, presentación, sometimiento a aprobación y correcciones
por la entidad competente, así como ejecución, de los Planes de Reparación,
Mitigación y Restauración Ambiental que pudieran ser necesarios y/o a otras
medidas ambientales contempladas en la normativa citada, pudiendo coincidir o
no con las que pueda solicitar el denunciante.
IV.—Al presente proceso se
citan:
En calidad de denunciante:
El señor Pio Jiménez Cordero, cédula de identidad número 1-441-877,
funcionario de Control y Protección, Oficina de Sarapiquí, Área de Conservación
Cordillera Volcánica Central;
En calidad de
denunciada: La señora María Isabel Castro Zamora, cédula
2-0275-0398;
En calidad de
testigo-perito: El Ing. Luis Fernando Salas Sarkis, Jefe de la
Oficina de Sarapiquí, Área de Conservación Cordillera Volcánica Central.
En calidad de
testigo: El señor Bernal Salas Víquez, cédula de identidad número
2-588-639, funcionario de la Oficina de Sarapiquí, Área de Conservación
Cordillera Volcánica Central.
V.—Se pone a disposición de las
partes y sus apoderados el expediente administrativo debidamente foliado, el
cual puede ser consultado de lunes a viernes en la sede del Tribunal Ambiental
Administrativo, ubicada en San José, avenidas 8 y 10, calle 35, o bien del
Automercado Los Yoses 200 metros sur y 150 oeste, casa color verde, portones de
madera.
VI.—Se comunica a las partes que a partir de
este momento y hasta la audiencia a la que se aludirá en el siguiente
considerando, se recibirá en el Tribunal cualquier argumento de hecho y/o derecho,
y/o cualquier prueba presentada por las mismas en relación con el presente
proceso.
VII.—Se cita a todas las partes a una
audiencia oral y pública que se celebrará en la sede del Tribunal Ambiental
Administrativo a las 08 horas 00 minutos del día miércoles 18 de octubre del
2017.
VIII.—Se comunica a la parte denunciada que,
en virtud de que el objetivo primordial de la legislación ambiental es la
protección de los recursos naturales y la reparación “in natura” de los daños
ocasionados debido a comportamiento activo u omiso a partir de la fecha de
notificación y PREVIO a la celebración de la audiencia programada, se podrá
remitir a este Tribunal una propuesta de conciliación ambiental, misma que
repare, mitigue y/o compense el daño ambiental causado; debidamente aprobada
por la parte denunciante, y el Director del Sistema Nacional de Áreas de
Conservación, para la recuperación y restauración del sitio afectado reparando
y salvaguardando el ambiente en todo momento, y de acuerdo a lo establecido en
la Ley Nº 7727 Sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz
Social. Es importante señalar que, en caso de no presentarse el acuerdo
conciliatorio antes de la fecha de celebración de audiencia, no será posible
suspender dicha diligencia para someterse al proceso de conciliación. Dicho
acuerdo podrá presentarse después de la audiencia y antes del dictado del acto
final.
IX.—Se comunica a las partes que el propósito
de la audiencia oral y pública será otorgar al denunciante y al denunciado la
oportunidad de defender sus tesis acerca de lo que se imputa al denunciado con
sus consecuencias jurídicas y económicas, incluyendo recibir todos los
argumentos y pruebas que se deseen las partes y sean admisibles en Derecho.
X.—Se comunica a las partes que podrán
comparecer solos o acompañados de abogado o abogados, junto a los testigos y
peritos que deseen, y cualquier otra prueba que quieran presentar La
admisibilidad de la prueba será determinada por este Tribunal en la audiencia.
IX.—Se comunica asimismo a las partes que os
testigos y peritos deberán esperar fuera de la sala de audiencias a que se les
llame, de modo que no podrán ingresar a la sala hasta que se les requiera, ni
podrán realizar ningún comentario relacionado a lo que se discuta en la
audiencia, hasta que la misma haya finalizado y se haya evacuado toda la
prueba.
IIX.—Se les hace saber a las partes
convocadas a la Audiencia Oral y Pública que deberán aportar el día de la
misma, un dispositivo electrónico, sea este un dispositivo de almacenamiento
tipo USB o CD para la grabación del audio de dicha diligencia.
IIIX.—Contra la presente resolución cabe
interponer el recurso de revocatoria en el plazo de veinticuatro horas a partir
de la notificación con fundamento en los artículos 342, 346 y siguientes de la
Ley General de la Administración Pública.
Se le advierte a la parte
denunciada, que este Despacho solamente procederá a notificar las resoluciones
futuras, si señalan expresamente correo electrónico, número de fax,
dirección de casa u oficina en el expediente administrativo supracitado, según
lo establecido en los artículos 6, 19, 20, 21, 22 y 34 la Ley de Notificaciones
Judiciales. De incumplirse con esta advertencia se procederá a la notificación automática
en los términos que establece el artículo 11 de la citada Ley. Se previene que
al referirse al expediente se indique el número del mismo y número de la
presente resolución. Notifíquese.—Licda. Ligia Umaña Ledezma,
Presidente.—Licda. Maricé Navarro Montoya, Vicepresidente.—Licda. Ruth Ester
Solano Vásquez, Secretaria.—O. C. Nº 31727 33448.—Solicitud Nº 15220.—(
IN2017154976 ).
DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
De conformidad con los artículos
10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones
Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual
del patrono Randall Masis Jara número patronal 0-00105700997-001-001, se
procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de la Caja
Costarricense de Seguro Social en Guadalupe, ha dictado el Traslado de Cargos
número de caso 1204-2017-0432, que en lo que interesa indica: como resultado
material de la revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones
salariales en el trabajador detallado en la hoja de trabajo visible en el folio
0021 y 0022 el expediente administrativo, por los período de octubre de 2009 a
mayo de 2014, para el trabajador Quirós Vargas Steven con número de cédula
1-1117-0879. Total de salarios omitidos ¢14.563.391,10. Total de cuotas obreras
y patronales de la Caja ¢3.251.232,00. Consulta expediente: en esta oficina
Guadalupe, 75 metros oeste, de la Cruz Roja Costarricense, oficina de
Inspección, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que
dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir
del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y
para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe
señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro
administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos
jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Segundo
Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones,
las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas
con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—San José, Goicoechea, 04 de mayo de 2017.—Sucursal de
Guadalupe.—Lic. Juan Carlos Delgado Cabalceta, Jefe.—1 vez.—( IN2017155183 ).
SUCURSAL LA UNIÓN
De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes
por ignorarse domicilio actual del patrono OSEADRI E I R L, número patronal
2-03105221864-001-001, la Sucursal La Unión notifica Traslado de Cargos
1205-2017-00377 del 14 de abril del 2017 por eventuales omisiones salariales de
la trabajadora Sharlín de Los Ángeles Portuguez Rojas, identificación
115410627, por los meses de febrero 2012 a setiembre 2012, de setiembre 2013 a
enero 2014, total salarios afectados ¢2.721.667,00, un monto de ¢608.021,00 en
cuotas obrero patronales. Consulta expediente en Cartago, La Unión, Tres Ríos,
frente a la entrada del costado norte del Cementerio de Tres Ríos. Se le
confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación,
para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes.
Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro
administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito
Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán
por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—La Unión, 15 de mayo del 2017.—Dirección Región
Central de Sucursales.—Lic. Johnny Sanabria Solano, Jefe Sucursal La Unión.—1
vez.—( IN2017155269 ).
De conformidad con los artículos 10 y 20 del
“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de
trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono
Seguridad Asesoría e Investigaciones Privadas Sociedad Anónima, número patronal
2-03101153673-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la
Sucursal de La Unión, de la Dirección Región Central de Sucursales, ha dictado
el Traslado de Cargos número de caso 1205-2016-00779, que en lo que interesa
indica: como resultado material de las revisiones salariales efectuadas, se han
detectado omisiones y diferencias salariales por aseguramiento de los
trabajadores: Juan Vicente Chavarría Castillo, asegurado número 15525241 y Juan
Francisco Mayorga No indica otro asegurado número 16162990, detallado en hoja
de trabajo, folios 33 y 34 del expediente administrativo, por los períodos de
enero 2011 a diciembre 2011. Total de salarios afectados ¢5.215.770,84, Total
de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢1.165.199,00. Total de aportaciones
de la Ley de Protección al Trabajador ¢299.911,00. Consulta expediente: en esta
oficina Cartago, La Unión, Tres Ríos, frente entrada del costado norte del
Cementerio de Tres Ríos, se encuentra a su disposición el expediente para los
efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles
contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer
pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le
previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del
perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos
jurisdiccionales ha establecido el Juzgado de Menor Cuantía de La Unión. De no
indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al
Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00
horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Cartago, La
Unión.—Lic. Johnny Sanabria Solano, Jefe.—1 vez.—( IN2017155270
).