DIRECCIÓN
NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISOS
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo
de la Comunidad
de la Dirección
Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de
Desarrollo Integral de Linda Vista San Isidro, San Ramón, Alajuela. Por medio
de su representante: María Isabel Conejo Venegas, cédula 601360542 ha hecho
solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en
el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término
de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier
persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para
que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite,
manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 10:38 horas del día
21/08/2012.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2012317767.—(IN2012084243).
El Registro Público de Asociaciones de
Desarrollo de la Comunidad
de la Dirección
Legal y de Registro hace constar que la Asociación de
Desarrollo Específica para la Atención y Bienestar de Adultos Mayores y
Personas con Discapacidad de Pérez Zeledón. Por medio de su representante:
Rosibel Rafaela Delgado Jiménez, cédula 106550060 ha hecho
solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en
el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término
de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier
persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para
que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite,
manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a
las 11:50 horas del 22 de agosto del 2012.—Departamento de Registro.—Lic.
Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2012084483).
El Registro Público de Asociaciones de
Desarrollo de la Comunidad
de la Dirección
Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de
Desarrollo Específica Compra de Terreno y Construcción del Salón de Altos de
Cajón de Bolívar, Grecia, Alajuela. Por medio de su representante: María
Eugenia Bolaños Vargas, cédula 204530288 ha hecho solicitud de inscripción de
dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En
cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta
materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la
publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial
a la Municipalidad,
para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en
trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de
Registro.—San José, a las 13:59 horas del día 22 de agosto del
2012.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1
vez.—(IN2012084919).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
AE-REG-E-260/2012.—El señor
Luigi Sansonetti Tinoco, cédula de identidad: 9-043-061, en calidad de
representante legal de la compañía Saturnia S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción de la Esparcidora de
Estiércol (Purines) marca: VAIA modelo: MB 100EX, País de origen: Italia.
Conforme a lo que establece la Ley
de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se
solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio
Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a
partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 13 de agosto del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de
Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2012084016).
AE-REG-E-267/2012.—El señor Luigi Sansonetti
Tinoco, cédula de identidad: 9-043-061, en calidad de representante legal de la
compañía Saturnia S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San
José, solicita la inscripción de la Esparcidora de Estiércol (Purines) marca: VAIA
modelo: MB 22EX, País de origen: Italia. Conforme a lo que establece la Ley de Protección
Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se solicita a
terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio
Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a
partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 16 de agosto del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing.
Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2012084019).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Nº AE-REG-E-266/2012.—El señor
Luigi Sansonetti Tinoco, cédula de identidad: 9-043-061, en calidad de
representante legal de la compañía Saturnia S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción de la Esparcidora de
Estiércol (Purines) marca: VAIA, modelo: MB 32EX, país de origen: Italia.
Conforme a lo que establece la Ley
de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se
solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio
Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a
partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 16 de agosto del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de
Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2012084021).
Nº AE-REG-E-265/2012.—El señor Luigi
Sansonetti Tinoco, cédula de identidad: 9-043-061, en calidad de representante legal
de la compañía Saturnia S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad
de San José, solicita la inscripción de la Esparcidora de
Estiércol (Purines) marca: VAIA, modelo: MB 50EX, país de origen: Italia.
Conforme a lo que establece la Ley
de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se
solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio
Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a
partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 16 de agosto del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de
Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2012084022).
Nº AE-REG-E-264/2012.—El señor Luigi
Sansonetti Tinoco, cédula de identidad: 9-043-061, en calidad de representante
legal de la compañía Saturnia S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de San José, solicita la inscripción de la Esparcidora de
Estiércol (Purines) marca: VAIA, modelo: MB 60EX, país de origen: Italia.
Conforme a lo que establece la Ley
de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se
solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio
Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a
partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 16 de agosto del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de
Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2012084024).
Nº AE-REG-E-263/2012.—El señor Luigi
Sansonetti Tinoco, cédula de identidad: 9-043-061, en calidad de representante
legal de la compañía Saturnia S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de San José, solicita la inscripción de la Esparcidora de Estiércol
(Purines) marca: VAIA, modelo: MB 70EX, país de origen: Italia. Conforme a lo
que establece la Ley
de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se
solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio
Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a
partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 16 de agosto del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de
Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2012084026).
Nº AE-REG-E-262/2012.—El señor Luigi
Sansonetti Tinoco, cédula de identidad: 9-043-061, en calidad de Representante
Legal de la compañía Saturnia S.A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de San José, solicita la inscripción de la Esparcidora de
Estiércol (Purines) marca: VAIA, modelo: MB 80EX, país de origen: Italia.
Conforme a lo que establece la Ley
de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se
solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio
Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a
partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 16 de agosto del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de
Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2012084027).
Nº AE-REG-E-261/2012.—El señor Luigi
Sansonetti Tinoco, cédula de identidad: 9-043-061, en calidad de representante
legal de la compañía Saturnia S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de San José, solicita la inscripción de la Esparcidora de
Estiércol (Purines) marca: VAIA, modelo: 120 4R, país de origen: Italia.
Conforme a lo que establece la Ley
de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se
solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio
Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a
partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 16 de agosto del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de
Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2012084028).
CONSEJO
TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL
Nº 82-2012.—San José, a
las 17:00 horas del 16 del mes de julio del dos mil doce.
Se conoce solicitud de Certificado de Explotación presentada por la
compañía Aero Tour S. R. L., cédula jurídica 3-102013459, representada por el
señor Federico Laurencich Castro, cédula de identidad 1-769-515, para brindar
servicios de Trabajos Aéreos en la modalidad de carga externa, con aeronaves de
ala rotativa; con fundamento en lo siguiente:
Resultandos:
1º—Mediante escrito presentado ante la secretaría
del Consejo Técnico el 6 de diciembre de 2011, el señor Federico Laurencich
Castro, en su calidad Apoderado Generalísimo de la compañía Aero Tour S. R. L,
solicitó se le otorgue a su representada Certificado de Explotación para
brindar servicios de Trabajos Aéreos en la modalidad de carga externa, con aeronaves
de ala rotativa.
2º—Mediante oficio DGAC-TA-INF-008-2012 de fecha 25 de enero de 2012, la Unidad de Transporte Aéreo
presenta informe referente a la solicitud de certificado de explotación de Aero
Tour S. R. L y en lo que interesa recomienda:
“Con base en el análisis realizado y una vez
que el solicitante cumpla con las formalidades exigidas y además demuestre
satisfactoriamente la capacidad técnica para la prestación del servicio, SE RECOMIENDA:
1. Otorgar a la compañía Aero Tour S. R. L., un
certificado de explotación para brindar servicios de trabajos aéreos en la
modalidad de carga externa con equipo de ala rotativa (helicóptero), bajo las
siguientes especificaciones:
Aprobar las operaciones con una aeronave tipo Robinson 44 Raven
II, matrícula TI-BCA.
Autorizar a la compañía
Aero Tour S. R. L., una tarifa para los servicios de carga externa, con base en
la siguiente tabla:
Nº
|
Descripción
por aeronave
|
Costo por
Hora
|
Total
|
1
|
Vuelo de traslado (desde la base
al lugar de operación y regreso)
|
$850,00
|
Los montos finales a cobrar
dependerán de la utilización real del Helicótero, distancia de la operación
con referencia a la base de operación con referencia a la base de operación y
el tiempo del equipo de trabajo fuera de la base.
|
2
|
Vuelo de carga externa
(solamente aplicable al tiempo utilizado para la operación)
|
$1.051,69
|
Descripción
por logística
|
1
|
Transporte
de combustible si fuera requerido.
|
$2,50 por Km
|
2
|
Traslado
del equipo de tierra, 2 personas.
|
$1,50 por Km
|
3
|
Gasto
de pernocta del equipo de trabajo por noche si fuera requerido (3 personas)
|
$600,00 por noche fuera de la
base.
|
Las tarifas que aplique
esta empresa deberán encontrarse debidamente aprobadas por el Consejo Técnico
de Aviación Civil, (Artículo 165 de la Ley General de Aviación Civil).
2. Otorgar el Certificado de explotación por un
plazo de cinco años, con base en el Acuerdo del CETAC, 32-2011, artículo 18, del 9 de mayo del 2011.
3. Autorizar los servicios desde la base de
operaciones ubicada en el Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma, Hangar
Nº 26 y desde y hacia todos los aeródromos publicados en el AIP, mas áreas de
aterrizaje preparadas o no preparadas, debidamente autorizadas, salvo casos de
emergencia.”
3º—Mediante oficio DGAC-AIR-OF-0308-2012 de fecha 10 de febrero de 2012, las Unidades de
Aeronavegabilidad y Operaciones Aeronáuticas, en lo que interesa recomendaron:
“En atención a oficio DGAC-ALEG-OF-334-2012, permítame comunicarle que la empresa AEROTOUR SRL., ha concluido satisfactoriamente la fase Nº4
correspondiente al proceso de certificación técnica para la obtención de un
Certificado Operativo para Carga Externa.
Por lo tanto, puede ser elevada a audiencia
pública.”
4º—Mediante artículo duodécimo de la sesión
ordinaria 36-2012 celebrada por el Consejo Técnico de Aviación Civil el día 09
de mayo del 2012, se acordó elevar a audiencia pública la solicitud de
Certificado de Explotación de la empresa Aero Tour S. R. L.
5º—El aviso de audiencia pública salió publicado en La Gaceta Nº 110 del
7 de julio del 2012, la misma se llevó a cabo el 2 de julio de 2012 a las 9:00 a. m., sin
que se presentaran oposiciones.
6º—Que en el dictado de esta resolución se han observado las normas y
procedimientos de ley.
Considerando:
I.—Sobre los hechos: Que para efectos del dictado de esta resolución
se tienen por ciertos los resultandos anteriores por constar así en el
expediente administrativo que al efecto lleva la Asesoría Legal
de la
Dirección General de Aviación Civil.
II.—Sobre el Fondo del Asunto: Que de
acuerdo con lo dispuesto con el artículo 10 de la Ley General de
Aviación Civil, Nº 5150 de 14 de mayo de 1973 y sus reformas, corresponde al
Consejo Técnico de Aviación Civil el otorgamiento, modificación, cancelación,
prórroga o suspensión de los certificados de explotación.
Asimismo, el artículo 143 de la Ley General de Aviación Civil señala que para
explotar cualquier servicio aéreo, se requiere un certificado de explotación
que otorgará el Consejo de Aviación Civil y será aprobado por el Poder
Ejecutivo cuando se trate de servicios aéreos internacionales y en forma
simultánea, la
Dirección General de Aviación Civil tramitará el otorgamiento
de un certificado operativo o certificado de operador aéreo, mediante el cual
se demostrará la idoneidad técnica para prestar el servicio.
2º—Que realizado el procedimiento de certificación legal que establece la Ley General de
Aviación Civil, Nº 5150 de 14 de mayo de 1973 y sus reformas, el Reglamento
para el Otorgamiento de Certificados de Explotación Decreto Nº 3326-T publicado
en el Alcance 171 de La
Gaceta 221 del 23 de noviembre de 1973, con las
disposiciones contenidas en la reglamentación internacional de OACI y demás
Convenios Internacionales de Aviación Civil aplicables; se determinó que de
conformidad con los antecedentes anteriores; la Aero Tour S. R. L.cumple
todos los requerimientos técnicos, legales y financieros que les permite
otorgar el Certificado de Explotación para brindar servicios de Trabajos Aéreos
en la modalidad de carga externa, con aeronaves de ala rotativa.
3º—Que no se presentaron oposiciones a la audiencia pública convocada
dentro de la gestión de la compañía, la cual se celebró el día 2 de julio de 2012, a las 9:00 horas.
Con fundamento en los hechos descritos y citas de
ley y una vez cumplidos por la compañía solicitante todos los requisitos
técnicos y legales, Por tanto:
EL
CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL, RESUELVE:
Otorgar a la compañía Aero Tour S. R. L., cédula
jurídica 3-102013459, representada por el señor Federico Laurencich Castro,
cédula de identidad 1-769-515, Certificado de Explotación, bajo las siguientes
especificaciones:
Servicios a Brindar: Trabajos Aéreos en la modalidad de carga externa,
con aeronaves de ala rotativa.
Tarifas: De conformidad con el oficio DGAC-TA-INF-008-2012
de fecha 25 de enero de 2012, emitido por la Unidad de Transporte Aéreo; Autorizar a la
compañía Aero Tour S. R. L., una tarifa para los servicios de carga externa,
con base en la siguiente tabla:
Nº
|
Descripción por aeronave
|
Costo por hora
|
Total
|
1
|
Vuelo de traslado
(desde la base al lugar de operación y regreso)
|
$850,00
|
Los montos finales a cobrar dependerán de la
utilización real del Helicótero, distancia de la operación con referencia a
la base de operación con referencia a la base de operación y el tiempo del
equipo de trabajo fuera de la base.
|
2
|
Vuelo de carga
externa (solamente aplicable al tiempo utilizado para la operación)
|
$1.051,69
|
Descripcion por logística
|
1
|
Transporte de
combustible si fuera requerido.
|
$2,50 por Km
|
2
|
Traslado del equipo
de tierra, 2 personas.
|
$1,50 por Km
|
3
|
Gasto de pernocta
del equipo de trabajo por noche si fuera requerido (3 personas)
|
$600,00 por noche
fuera de la base.
|
Las tarifas que aplique esta empresa deberán encontrarse debidamente
aprobadas por el Consejo Técnico de Aviación Civil, (Artículo 165 de la Ley General de
Aviación Civil).
Equipo: Aprobar las
operaciones con una aeronave tipo Robinson 44 Raven II, matrícula TI-BCA.
Vigencia: De conformidad con
el acuerdo del Consejo Técnico de Aviación Civil, tomado en el artículo 18 de
la sesión 32-2011, otorgar el Certificado de Explotación con una vigencia de 5
años constados a partir de su expedición.
Consideraciones Técnicas: La
empresa deberá contar con la organización adecuada, el método de control, la
vigilancia de las operaciones, el programa de instrucción y de mantenimiento,
acordes con la naturaleza y amplitud de las especificaciones de operación,
además se deberá someter a un proceso permanente de vigilancia con la finalidad
de demostrar que cumple los requisitos para efectuar en forma segura y adecuada
las operaciones del servicio aprobado.
Cumplimiento de las leyes: La
concesionaria se obliga expresamente al estricto cumplimiento de las
disposiciones contenidas en la
Ley General de Aviación Civil número 5150 de 14 de mayo de
1973, sus reformas y reglamentos.
Otras obligaciones: La
concesionaria deberá cumplir con las obligaciones que adquiera con la Dirección General
y el Consejo Técnico de Aviación Civil que se deriven de actividades
aeronáuticas.
Además deberá rendir una garantía de cumplimiento
de las obligaciones pecuniarias contraídas con el Consejo Técnico de Aviación
Civil, por servicios aeronáuticos o por el uso de instalaciones aeroportuarias,
según el equivalente a tres meses de operaciones, en el término de 15 días
hábiles siguientes al otorgamiento de este certificado de explotación y de
acuerdo con el procedimiento recomendado por el Departamento Financiero de la Dirección General
de Aviación Civil, de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 23008-MOPT,
publicado en La Gaceta
Nº 54 del 17 de marzo de 1994.
Asimismo, deberá garantizar la seguridad, eficiencia y continuidad del
servicio concesionado, so pena de cancelar las concesiones, de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 13, 14 y 15 de la Ley General de
Aviación Civil.
Además deberá suscribir y mantener vigente durante su concesión los
contratos de seguros.
Para la expedición de la presente resolución se han seguido todas las
disposiciones de ley.
Notifíquese, publíquese e inscríbase en el Registro Aeronáutico.
Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo sétimo
de la sesión ordinaria 56-2012, celebrada el día 16 de julio del 2012.
Luis Carlos Araya Monge, Presidente.—1 vez.—O. C. Nº 23094.—Solicitud Nº 41774.—C-195620.—(IN2012083978).
Nº 84-2012.—San José, a las 17:25 horas del
16 del mes de julio del dos mil doce.
Se conoce solicitud de permiso privado para las actividades de aviación
agrícola privada, solicitado por la empresa Desarrollo Agropecuario del Parrita
S. A., con cédula jurídica 3-101-131174, representada por el señor Antonio
Urgelles Chavarría; con fundamento en lo siguiente:
Resultando:
1º—Mediante resolución N°48-2010 de las 18:00
horas del 21 de junio del 2010, el Consejo Técnico de Aviación Civil, otorgó a
la empresa Desarrollo Agropecuario del Parrita S. A., renovación al permiso de
operación para brindar servicios de aviación agrícola privada sin fines
comerciales, con una vigencia de dos años, los cuales vencen el 21 de junio de
2012.
2.º—Mediante escrito de fecha 03 de mayo de 2012, el señor José Antonio
Urgellés Chavarría, en calidad de Apoderado Generalísimo la empresa Desarrollo
Agropecuario del Parrita S. A.., solicitó se le
renovara a su representada el permiso de servicios de aviación agrícola
privado.
3º—Que mediante certificación de No Saldo N° 0652-2012 de fecha 14 de junio
de 2012, el Grupo de Trabajo de Trabajo de Tesorería indicó que la empresa
Desarrollo Agropecuario del Parrita S. A. se encontraba al día en sus
obligaciones dinerarias con esta Dirección General.
4º—Mediante oficios DGAC-ALEG-OF-586-2012, DGAC-ALEG-OF-625-2012, DGAC-ALEG-OF-716-2012,
DGAC-ALEG-ALEG-OF-816-2012 y DGAC-ALEG-OF-863-2012,
la Unidad de
Asesoría Legal previno a la empresa una serie de requisitos faltantes para
continuar con el trámite solicitado, pero no fue hasta el 5 de julio de 2012
que la empresa cumplió con todos los requerimientos solicitados para dicha
solicitud.
5º—Mediante el oficio DGAC-OPS-OF-1385-2012 de fecha 05
de julio de 2012, la Unidad
de Operaciones Aeronáuticas indicó no tener inconveniente en que se renueve a
la empresa Desarrollo Agropecuario del Parrita S. A. el permiso de operación
para brindar servicios de aviación agrícola privada.
Considerando:
I.—Sobre los Hechos: Que para efectos del dictado de esta resolución se
tienen por ciertos los resultandos anteriores por constar así en el expediente
administrativo que al efecto lleva la Asesoría Legal de la Dirección General
de Aviación Civil.
II.—Sobre el Fondo del Asunto: La
explotación de los servicios aéreos la otorga el Estado Costarricense por medio
de un certificado de explotación o autorización según corresponda una vez que
se cumplan con las formalidades de la ley y sus reglamentos.
El artículo 106 de la
Ley General de Aviación Civil establece que el Consejo
Técnico de Aviación Civil autorizará el servicio de aviación agrícola, de
conformidad con el reglamento respectivo.
Asimismo el artículo 105 de la
Ley de cita define aviación agrícola como la rama de la
aeronáutica organizada, equipada y adiestrada para proteger el desarrollo de de
la agricultura en cualquier de sus aspectos:
Ø Preparación
de tierras mediante uso de fertilizantes y
mejoradotes.
Ø Labores de siembra.
Ø Combate de plagas agrícolas.
Ø Aplicación de defoliantes, insecticidas,
pesticidas, funguicidas y herbicidas.
Ø Provocación artificial de lluvias.
Ø Cualesquiera otras aplicaciones científicas de la aviación con
fines agrícolas que sean aprobadas por el Consejo
Técnico de Aviación Civil.
El artículo 3 del Decreto N° 31520-MS-MAG-MINAE-MOPT-MGPSP publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N°241
del 15 de diciembre del 2003, denominado “Reglamento
para las Actividades de Aviación Agrícola” establece que es competencia del
Consejo Técnico y de la Dirección General de Aviación Civil ejecutar y
velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que
rige la materia de aviación civil agrícola. Así como le corresponde las
disposiciones administrativas necesarias que permitan la organización
normalización y coordinación de todas aquellas actividades relativas a la
prestación de servicios de aviación agrícola.
El artículo 7º del citado Decreto dice que “se
considera actividad de Aviación Agrícola aquella rama de la aeronáutica
organizada, equipada y adiestrada para proteger y fomentar el desarrollo de la
agricultura…”
Por su parte en sus artículos 8º y 11 indica que la actividad de aviación
agrícola debe realizarse de acuerdo al ordenamiento jurídico, al respecto
señala:
“Artículo 8.- Las actividades de aviación agrícola
deberán realizarse de acuerdo con las disposiciones reglamentarias establecidas
en la Ley General
de Salud, Ley General de Aviación Civil, Ley de Protección Fitosanitaria, el
presente Reglamento, el Reglamento sobre Registro, Uso y Control de Plaguicidas
y Coadyuvantes y regulaciones de la Secretaría Técnica
Nacional del Ambiente (SETENA) que fueren
aplicables. Las disposiciones relativas a la seguridad e higiene de las
actividades de aviación agrícola deben realizarse de acuerdo con lo que
establece al respecto el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. “
“Artículo 11.- Para realizar actividades propias
de la aviación agrícola, en calidad de servicio remunerado o en beneficio de
terceros, es necesario ser titular de un Certificado de Explotación, expedido
por el Consejo Técnico y un Certificado Operativo conforme con el procedimiento
establecido en la Ley
General de Aviación Civil, y a las disposiciones del presente
Reglamento y del Reglamento de Certificación (RAC 119).”
La Ley
General de Aviación
Civil en su artículo 107 establece que toda persona física o jurídica que
utilice aeronaves destinadas a la aviación agrícola responderá por los daños
que cauce a las personas o bienes de terceros en la superficie. Dicha
obligación queda también plasmada en el artículo 270 del mismo cuerpo normativo
y el artículo 21 del Decreto Nº 31520-MS-MAG-MINAE-MOPT-MGPSP, respectivamente, en lo que interesa señalan:
“Artículo 270-. El operador de cualquier aeronave
civil que vuele sobre territorio costarricense, responderá por los daños y
perjuicios que causare a las personas o propiedades de terceros en la
superficie territorial (…)
“Artículo 21.- El propietario de las aeronaves
destinadas a la aviación agrícola debe garantizar, por medio de un seguro, el
pago de las indemnizaciones correspondientes a los daños que las aeronaves en
vuelo puedan causar a terceros o a bienes, según los artículos 102 y 271 de la Ley General de
Aviación Civil.”
En virtud de lo anterior, la empresa Desarrollo
Agropecuario del Parrita deberá suscribir y mantener durante su concesión los
contratos de seguros que garanticen los daños a las personas o bienes de
terceros en la superficie.
En el caso que nos ocupa estamos ante una solicitud de permiso para brindar
servicios de aviación agrícola privada, instaurado por la empresa Desarrollo
Agropecuario del Parrita, en este sentido los artículos 23 y 24 del citado
Decreto indican que toda persona física o jurídica que desee efectuar
actividades de aviación agrícola sin fines comerciales en inmuebles de su
propiedad debe contar con un permiso de operación otorgado por el Consejo
Técnico de Aviación Civil.
Los operadores autorizados para brindar servicios de aviación agrícola con
carácter privado sólo podrán operar en sus fundos propios, no pudiendo brindar
servicios a terceros, el incumplimiento de dicha obligación acarreará la
revocatoria del permiso sin responsabilidad alguna para el Estado (artículo 25
del Decreto Nº 31520-MS-MAG-MINAE-MOPT-MGPSP).
Por lo anterior debemos indicar que después de haber realizado el procedimiento
previsto en la Ley General
de Aviación Civil N° 5150 del 14 de mayo de 1973, el Decreto Nº 31520-MS-MAG-MINAE-MOPT-MGPSP publicado en el Diario Oficial La Gaceta N°241 del
15 de diciembre del 2003 denominado “Reglamento
para las Actividades de Aviación Agrícola”, se determinó que la solicitud
de la empresa Desarrollo del Parrita, reúne todos los requisitos legales
necesarios para su autorización.
Que mediante oficio DGAC-OPS-OF-1385-2012 de fecha 05
de julio de 2012, la Unidad
de Operaciones Aeronáuticas indicó no tener inconveniente para que se otorgue
lo solicitado por la empresa Desarrollo Agropecuario del Parrita S. A.
Con fundamento en las citas de ley y
consideraciones hechas. Por tanto:
EL
CONSEJO TÉNICO DE AVIACIÓN CIVIL, RESUELVE:
Otorgar a la empresa denominada Desarrollo
Agropecuario del Parrita S. A. con cédula jurídica 3-101-131174, representada
por el señor Antonio Urgelles Chavarría; permiso privado para la ejecución de
actividades aéreas de fumigación agrícola bajo los siguientes términos:
Servicios a brindar: Servicios de Aviación Agrícola Privada sin fines
comerciales.
Vigencia: De conformidad con
los artículos 105 y 106 de la
Ley General de Aviación Civil y el artículo 26 del Decreto Nº
31520-MS-MAG-MINAE-MOPT-MGPSP publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 241 del
15 de diciembre del 2003, la vigencia de la autorización será de hasta dos
años, pudiendo ser renovado a criterio del Consejo Técnico de Aviación Civil. La
renovación deberá ser solicitada cuando menos treinta días antes del
vencimiento del permiso de operación de acuerdo con lo establecido en el citado
Reglamento.
Cumplimiento de leyes: El
operador se obliga expresamente al estricto cumplimiento de las disposiciones
contenidas en la Ley
General de Aviación Civil Nº 5150 de 14 de mayo de 1973 y sus
reformas, reglamentos de aviación agrícola, así como otras leyes conexas.
Otras obligaciones: La
operadora se obliga a cumplir con las obligaciones que adquiera con la Dirección General
y el Consejo Técnico de Aviación que se deriven de actividades aeronáuticas.
Deberá suscribir y mantener vigente los contratos de seguros que garanticen
los daños a las personas o bienes de terceros en la superficie y garantizar,
por medio de un seguro el pago de las indemnizaciones correspondientes a los
daños que las aeronaves en vuelo puedan causar o a bienes de los mismos, según
lo dispuesto por el artículo 271 de la Ley General de Aviación Civil.
Además sólo podrá operar en fundos propios, no pudiendo brindar servicios a
terceros. El incumplimiento de dicha obligación acarreará la revocatoria del
permiso sin responsabilidad alguna para el Estado (artículo 25 del Decreto Nº
31520-MS-MAG-MINAE-MOPT-MGPSP).
Notifíquese y publíquese.
Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil,
mediante artículo noveno de la sesión ordinaria 56-2012, celebrada el día 16 de
julio del 2012.
Luis Carlos Araya Monge, Presidente.—1 vez.—O. C. Nº 23094.—Solicitud Nº 41776.—C-193640.—(IN2012083979).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA
CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento, se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo II, folio 61, título 1820, y del Título de Técnico
Medio en Secretariado, inscrito en el tomo I, folio 190, título 2553, ambos
títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional San Isidro Daniel
Flores, en el año dos mil diez, a nombre de Navarro Gamboa Zianny Paola. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San
José, 20 de agosto del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012084014).
Ante este Departamento, se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación
Diversificada en la Especialidad de Ciencias Agropecuarias y
Educación Familiar y Social, inscrito en el tomo 1, folio 15, título 227,
emitido por el Colegio Técnico Profesional de Nicoya, en el año mil novecientos
ochenta y uno, a nombre de Chavarría Obregón Luis Ángel. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 21 de agosto del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012084036).
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 153, título Nº 1009, emitido por el Centro Educativo El
Roble-Heredia, en el año dos mil ocho, a nombre de Jameson Arrieta Helen Marie.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San
José, a los veinte días del mes de agosto del dos mil doce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Jefa.—(IN2012084052).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 291, título N° 2762, emitido por el Colegio
de Naranjo en el año dos mil ocho, a nombre de Arrieta Barquero Gloriana. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San
José, trece de agosto del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012083985).
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 48, título 545, emitido por el Instituto de Educación Dr.
Clodomiro Picado Twight, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre
de Cambronero Arrieta Maureen Cristina. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir
de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, veinte de agosto del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012083988).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 32, título N° 131, emitido por el Liceo de
Frailes de Desamparados en el año dos mil cuatro, a nombre de Vargas Naranjo
Maiber Arley. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los once días del mes de
junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012317817.—(IN2012084244).
Ante este departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Letras, inscrito en el tomo 1,
folio 54, título N° 1707, emitido por el Liceo Nocturno Lic. Alfredo González
Flores, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Quintero Granados
Lidieth. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, tres de julio del dos mil
doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Jefa.—(IN2012084508).
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 51, título 353, emitido por el Liceo de Innovación Educativa
Matina, en el año dos mil nueve, a nombre de Imelda Pineda Cisneros. Se
solicita la reposición del título indicado por cambio de apellidos, cuyos
nombres y apellidos correctos son: Imelda Mercedes Sáenz Pineda. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, veintidós de agosto del dos mil doce.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012084552).
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 187, título 942, emitido por el Liceo de Curridabat, en el año
dos mil tres, a nombre de Cañas Gómez David Esteban. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los dieciséis días del mes de agosto del dos mil doce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Jefa.—(IN2012084553).
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 74, título
745, emitido por el Colegio Metodista, en el año mil novecientos ochenta y
cinco, a nombre de James Alonso Segares. Se solicita la reposición del título
indicado por cambio de nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son:
Alejandro Jenaro Alonso Segares. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, veintidós de agosto del dos mil doce.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012084555).
DEPARTAMENTO
DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Resolución DOS-36-07-2012.—Diligencia de cancelación de asiento de inscripción. Vista
la sentencia de las diez horas del nueve de marzo de dos mil doce, del Juzgado
Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas, en proceso de disolución de
cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa
Autogestionaria de Servicios Educativos R. L., inscrita en
este Registro mediante resolución C-1238 del 28 de octubre de 2002, que en lo
que interesa ordena: Se dispone la disolución Cooperativa Autogestionaria de
Servicios Educativos R. L., (COOPEEDUCA R. L.), y se autoriza al Departamento
de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a
realizar la respectiva cancelación una vez firme esta sentencia, Cooperativa
Autogestionaria de Servicios Educativos R.L, con siglas COOPEEDUCA R. L.
Publíquese.—San José, a las nueve horas cinco minutos del diez de julio de dos
mil doce.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O.
C. 33487.—Solicitud 35954.—C-56420.—(IN2012083634).
Resolución DOS-31-07-2012.—Diligencia
de cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las diez horas
nueve minutos del veinticinco de octubre de dos mil once, del Juzgado Civil,
Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), en
proceso de disolución de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa de
Caficultores y Servicios Múltiples Ramonenses R. L., inscrita en este Registro
mediante resolución C-0191 del 4 de mayo de 1968, que en lo que interesa
ordena: Se dispone la disolución de Cooperativa de Caficultores y Servicios
Múltiples Ramonenses R. L., (COOPEACAFIRA R. L), y se autoriza al Departamento
de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a
realizar la respectiva cancelación una vez firme esta sentencia, Cooperativa de
Caficultores y Servicios Múltiples Ramonenses R. L., con siglas COOPEACAFIRA R.
L. Publíquese.—San José, a las ocho horas cuarenta minutos del diez de julio
del dos mil doce.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C.
33487.—Solicitud 35954.—C-56420.—(IN2012083635).
Resolución DOS-35-07-2012.—Diligencia de
cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las nueve horas y
cuarenta minutos del quince de junio de dos mil once, del Juzgado Trabajo de
Grecia, en proceso de disolución de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en
contra de la Cooperativa
de Ahorro Crédito y Servicios Múltiples del cantón de Valverde Vega R. L.,
inscrita en este registro mediante resolución C-0251 del 08 de junio de 1971,
que en lo que interesa ordena: Se dispone la disolución Cooperativa de Ahorro
Crédito y Servicios Múltiples del Cantón de Valverde Vega R. L. (COOPESARCHI R.
L), y se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme
esta sentencia, Cooperativa de Ahorro Crédito y Servicios Múltiples del Cantón
de Valverde Vega R. L, con siglas COOPESARCHI R. L. Publíquese.—San José, a las
nueve horas del diez de julio de dos mil doce.—Lic. José Joaquín Orozco
Sánchez, Jefe.—O. C. 33487.—Solicitud 35954.—C-62060.—(IN2012083636).
Resolución DOS-34-07-2012.—Diligencia de
cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las quince horas
del veintiocho de noviembre de dos mil once, del Juzgado Trabajo Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, en proceso de disolución
de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa de
Usuarios del Transporte y Servicios Complementarios de Limón R. L., inscrita en
este Registro mediante resolución C-0373 del 23 de octubre de 1975, que en lo
que interesa ordena: Se dispone la disolución Cooperativa de Usuarios del
Transporte y Servicios Complementarios de Limón R.L (COOPELIMON R. L.), y se
autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta
sentencia, Cooperativa de Usuarios del Transporte y Servicios Complementarios
de Limón R. L, con siglas COOPELIMON R. L. Publíquese.—San José, a las ocho
horas cincuenta y cinco minutos del diez de julio de dos mil doce.—Lic. José
Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. 33487.—Solicitud
35954.—C-62060.—(IN2012083637).
Resolución DOS-33-07-2012.—Diligencia de
cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las nueve horas
treinta minutos del dieciocho de julio de dos mil once, del Juzgado Trabajo de
Mayor Cuantía de Golfito, en proceso de disolución de cooperativa, gestionado
por el INFOCOOP en contra de la
Cooperativa de Jóvenes Progresistas de Río Claro R. L.,
inscrita en este Registro mediante resolución C-1336 del 01 de agosto de 2005,
que en lo que interesa ordena: Se dispone la disolución Cooperativa de Jóvenes
Progresistas de Río Claro R. L. (COOPEJOPROR R. L.), y se autoriza al
Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta sentencia,
Cooperativa de Jóvenes Progresistas de Río Claro R. L., con siglas COOPEJOPROR
R. L. Publíquese.—San José, a las ocho horas cincuenta minutos del diez de julio
de dos mil doce.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. 33487.—Solicitud
35954.—C-62060.—(IN2012083638).
Resolución DOS-32-07-2012.—Diligencia de
cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las diez horas del
seis de mayo de dos mil once, del Juzgado Trabajo de Buenos Aires, en proceso
de disolución de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa
Autogestionaria para la Producción de Productos Agropecuarios y
Artesanales de las y los Indígenas de Rey de Buenos Aires de Puntarenas R. L.,
inscrita en este registro mediante resolución C 1052 del 12 de setiembre de
1997, que en lo que interesa ordena: Se dispone la disolución Cooperativa
Autogestionaria para la
Producción de Productos Agropecuarios y Artesanales de las y
los Indígenas de Rey de Buenos Aires de Puntarenas R. L. (COOPESHIRIT R. L.), y
se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme
esta sentencia, Cooperativa Autogestionaria para la Producción de
Productos Agropecuarios y Artesanales de las y los Indígenas de Rey de Buenos
Aires de Puntarenas R. L., con siglas COOPESHIRIT R. L. Publíquese.—San José, a
las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diez de julio de dos mil doce.—Lic.
José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. 33487.—Solicitud
35954.—C-62060.—(IN2012083639).
Res. DOS-30-07-2012.—San José, a las ocho
horas treinta y cinco minutos del diez de julio de dos mil doce. Diligencia
de cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las trece horas
treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil once, del Juzgado de
Trabajo de Mayor Cuantía de Golfito, en proceso de disolución de cooperativa,
gestionado por el Infocoop en contra de la Cooperativa de
Producción y Comercialización Forestal R. L., inscrita en este registro
mediante resolución C-1126 del 15 de abril de 1999, que en lo que interesa
ordena: “Se dispone la disolución Cooperativa de Producción y Comercialización
Forestal R. L. (Coopeagroforestal R. L.) y se autoriza
al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta
sentencia, Cooperativa de Producción y Comercialización Forestal R. L., con
siglas COOPEAGROFORESTAL R. L.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº
35954.—C-56420.—(IN2012083640).
Res. DOS-29-07-2012.—San José, a las ocho horas
treinta minutos del diez de julio de dos mil doce. Diligencia de
cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las ocho horas
siete minutos del seis de diciembre de dos mil once, del Juzgado de Trabajo de
Mayor Cuantía de Golfito, en proceso de disolución de cooperativa, gestionado
por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa
Autogestionaria de Pesca y Comercialización de Golfito R. L.,
inscrita en este registro mediante resolución C-1047 del 4 de junio de 1997,
que en lo que interesa ordena: “Se dispone la disolución Cooperativa
Autogestionaria de Pesca y Comercialización de Golfito R. L., (COOPECOSEMU R.
L.), y se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme
esta sentencia”, Cooperativa Autogestionaria de Pesca y Comercialización R. L.
con siglas COOPECOSEMU R. L. Publíquese.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº
35954.—C-56420.—(IN2012083641).
Res. DOS-28-07-2012.—San José, a las ocho horas
veinticinco minutos del diez de julio de dos mil doce. Diligencia de
cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las diez horas
veinte minutos del dieciocho de agosto de dos mil once, del Juzgado Civil y de
Trabajo de Mayor Cuantía de Cañas, en proceso de disolución de cooperativa,
gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa
Autogestionaria de Producción en Cadena de Las Juntas de
Abangares R. L., inscrita en este registro mediante resolución C-1222 del 8 de
enero de 2002, que en lo que interesa ordena: “Se dispone la disolución
Cooperativa Autogestionaria de Producción en Cadena de Las Juntas de Abangares
R. L. (COOPEPROCA R. L.), y se autoriza al Departamento de Organizaciones
Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva
cancelación una vez firme esta sentencia.”, Cooperativa Autogestionaria de
Producción en Cadena de Las Juntas de Abangares R. L. con siglas COOPEPROCA R.
L.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. Nº
33487.—Solicitud Nº 35954.—C-62060.—(IN2012083642).
Resolución DOS-27-07-2012.—San
José, a las ocho horas veinte minutos del diez de julio de dos mil doce. Diligencia
de cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las diez horas
cincuenta minutos del dieciocho de agosto de dos mil once, del Juzgado Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, en proceso de disolución
de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa
Autogestionaria de Turismo R. L., inscrita en este registro
mediante resolución C-1372 del 11 de julio de 2006, que en lo que interesa
ordena: “Se dispone la disolución Cooperativa Autogestionaria de Turismo R. L.
(COOPECHIRRIPO R. L.), y se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva
cancelación una vez firme esta sentencia.”, Cooperativa Autogestionaria de
Turismo R. L. con siglas COOPECHIRRIPO R. L.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez,
Jefe.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº
35954.—C-56420.—(IN2012083643).
Res. DOS-26-07-2012.—San José, a las ocho horas
quince minutos del diez de julio de dos mil doce. Diligencia de
cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las quince horas
cuarenta y un minutos del veintitrés de enero de dos mil doce, del Juzgado
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya), en proceso de
disolución de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa de
Comercialización de Mariscos y Servicios Múltiples R. L., inscrita en este
registro mediante resolución C-0513 del 30 de marzo de 1998, que en lo que
interesa ordena: “Se dispone la disolución Cooperativa de Comercialización de
Mariscos y Servicios Múltiples R. L. (COOPECOMAR R. L.), y se autoriza al
Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta sentencia.”,
Cooperativa de Comercialización de Mariscos y Servicios Múltiples R. L. con
siglas COOPECOMAR R. L.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº
35954.—C-56420.—(IN2012083644).
Res. DOS-25-07-2012.—San José, a las ocho horas diez
minutos del diez de julio de dos mil doce. Diligencia de cancelación de
asiento de inscripción. Vista la sentencia de las nueve horas treinta minutos del
diecinueve de julio de dos mil once, del Juzgado Trabajo de Mayor Cuantía de
Golfito, en proceso de disolución de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en
contra de la Cooperativa
de Autogestión de Producción Agrícola de las Mujeres de Golfito R. L., inscrita
en este registro mediante resolución C-1073 del 30 de marzo de 1998, que en lo
que interesa ordena: “Se dispone la disolución Cooperativa de Autogestión de
Producción Agrícola de las Mujeres de Golfito R. L (COOPEMARA), y se autoriza
al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta
sentencia.”, Cooperativa de Autogestión de Producción Agrícola de las Mujeres
de Golfito R. L. con siglas COOPEMARA.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº
35954.—C-62060.—(IN2012083645).
Res. DOS-24-07-2012.—San José, a las ocho horas cinco
minutos del diez de julio de dos mil doce. Diligencia de cancelación de
asiento de inscripción. Vista la sentencia de las diez horas treinta y cinco
minutos del veintisiete de setiembre de dos mil once, del Juzgado Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, en proceso de disolución de
cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Comercializadora
Cooperativa Difrusa R. L., inscrita en este registro mediante
resolución C-1066 del 9 de febrero de 1998, que en lo que interesa ordena: “Se
dispone la disolución Comercializadora Cooperativa Difrusa R. L (Cooperativa
Difrusa), y se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación
una vez firme esta sentencia.”, Comercializadora Cooperativa Difrusa R. L. con
siglas Cooperativa Difrusa.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº
35954.—C-62060.—(IN2012083646).
Res. DOS-23-07-2012.—San José, a las ocho horas del
diez de julio de dos mil doce. Diligencia de cancelación de asiento de
inscripción. Vista la sentencia de las diez horas del veinticinco de octubre de
dos mil once, del Juzgado Trabajo de Osa, en proceso de disolución de
cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa
Autogestionaria de Servicios de Restaurante R. L., inscrita
en este registro mediante resolución C-1131 del 15 de abril de 1999, que en lo
que interesa ordena: “Se dispone la disolución de Cooperativa Autogestionaria
de Servicios de Restaurante R. L. (COOPESABOL R. L.), y se autoriza al
Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Segundad
Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta sentencia”,
Cooperativa Autogestionaria de Servicios de Restaurante R. L., con siglas
COOPESABOL R. L.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O.
C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-62060.—(IN2012083647).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Para ver las marcas
de Fábrica solo en La
Gaceta PDF o impresa
Marcas de ganado
Solicitud 2012-1022.—Óscar Bogantes Arguedas, cédula de identidad 0202290613,
solicita la inscripción de:
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Guanacaste, Cañas, Palmira, de la entrada a Carbonales 150
al oeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto. Presentada el 17 de julio del 2012, según
expediente Nº 2012-1022.—San José, 16 de agosto del 2012.—Lic. Anais Mendieta
Jiménez, Registradora.—1
vez.—RP2012317448.—(IN2012083782).
Solicitud 2012-818.—Luis
Álvarez Fernández, cédula de identidad 0701190658, solicita la inscripción de:
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
como marca de ganado de ganado,
que usará preferentemente en Limón, Matina, Carrandi, Río Peje, de la entrada
principal de Veragua Rain Forests, 2km al norte. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro dentro de los
10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada
el 11 de junio del 2012, según expediente Nº 2012-818.—San
José, 11 de julio del 2012.—Luz Vega, Registradora.—1
vez.—RP2012317505.—(IN2012083783).
Cambio de Nombre Nº 79942
Que Michael Bruce Esquivel,
cédula de identidad 1-943-799, en calidad de apoderado especial de Celsia S. A.
E.S.P., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de
Compañía Colombiana de Inversiones S. A. E.S.P. por el de Celsia S. A. E.S.P.,
presentada el 3 de agosto de 2012, bajo expediente 79942. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas. 2009-0008230, Registro Nº 199762 CELSIA
en clase 37, Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial
por única vez de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 7 de agosto del 2012.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1
vez.—(IN2012083677).
Cambio de Nombre Nº 79940
Que Michael Bruce Esquivel,
cédula de identidad 1-943-799, en calidad de apoderado especial de Celsia S. A.
E.S.P., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de
Compañía Colombiana de Inversiones S. A. E.S.P., por el de Celsia S. A. E.S.P.,
presentada el 3 de agosto de 2012, bajo expediente 79940. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 2009-0008231 Registro Nº 199763 CELSIA
en clase 36 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial
por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 7 de agosto del 2012.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1
vez.—(IN2012083678).
Cambio de Nombre Nº 79939
Que Michael Bruce Esquivel,
cédula de identidad 1-943-799, en calidad de apoderado especial de Celsia S. A.
E.S.P., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de
Compañía Colombiana de Inversiones S. A. E.S.P., por el de Celsia S. A. E.S.P.,
presentada el 3 de agosto de 2012, bajo expediente 79939. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 2009-0008232 Registro Nº 199939 CELSIA
en clase 35 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial
por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 7 de agosto del 2012.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1
vez.—(IN2012083680).
Cambio de Nombre Nº 79943
Que Michael Bruce Esquivel,
cédula de identidad 1-943-799, en calidad de apoderado especial de Celsia S. A.
E.S.P., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de
Compañía Colombiana de Inversiones S. A. E.S.P., por el de Celsia S. A. E.S.P.,
presentada el 3 de agosto de 2012, bajo expediente 79943. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 2009-0008227 Registro Nº 199760 CELSIA
en clase 40 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial
por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de
agosto del 2012.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1 vez.—(IN2012083681).
Cambio de Nombre Nº 79938
Que Michael Bruce Esquivel,
cédula de identidad 1-943-799, en calidad de apoderado especial de Celsia S. A.
E.S.P., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de
Compañía Colombiana de Inversiones S. A. E.S.P., por el de Celsia S. A. E.S.P.,
presentada el 3 de agosto de 2012, bajo expediente 79938. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 2009-0008229 Registro Nº 199761 CELSIA
en clase 39 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial
por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 7 de agosto del 2012.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1
vez.—(IN2012083682).
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA
VEZ
El señor Eddy Rafael Álvarez
Sibaja, cédula 2-470-524, vecino de San José, apoderado general de
Construcciones y Multiservicios Fronteras S. A., de Costa Rica, solicita el
diseño industrial denominado ADOQUÍN FORMA ARABESCO.
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
Tiene la simetría y forma de
flor semejante al Arabesco Musulmán, consta de cuatro muescas expuestas con un
radio de cinco centímetros cada una, en cada uno de sus lados, con dieciséis
lados en cuadro de anclaje. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Diseños Industriales es: 25/01; 25/02; cuyo
inventor es Eddy Rafael Álvarez Sibaja. La solicitud correspondiente lleva el
número 20120309, y fue presentada a las 11:24:10 del 7 de junio del 2012.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de agosto del
2012.—Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012083737).
El señor Eddy Rafael Álvarez Sibaja, en
condición de apoderado especial de Construcciones y Multiservicios Fronteras S.
A., de Costa Rica, solicita el Diseño Industrial denominado ADOQUÍN EN FORMA
HEXAGONAL.
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
El diseño ornamental del adoquín
forma hexagonal, tal y como se aprecia en los dibujos. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Diseños Industriales es: 25/02; cuyo
inventor es Eddy Rafael Álvarez Sibaja. La solicitud correspondiente lleva el
número 20120308, y fue presentada a las 11:23:12 del 7 de junio del 2012.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de agosto
del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2012083738).
El señor Eddy Rafael Álvarez Sibaja, cédula
2-470-524, en condición de apoderado de Construcciones y Multiservicios
Fronteras S. A., de Costa Rica, solicita el Diseño Industrial denominado ADOQUÍN
EN FORMA OCTAGONAL.
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
Adoquín en forma octagonal,
dando la forma de una flor de ocho lados rectos en su contorno. Dicha figura se
acopla simétricamente con otra figura producida. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Diseños Industriales es: 25/01; cuyo
inventor es Eddy Rafael Álvarez Sibaja. La solicitud correspondiente lleva el
número 20120307, y fue presentada a las 11:22:18 del 7 de junio del 2012.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de agosto
del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012083739).
EI señor Eddy Rafael Álvarez Sibaja, cédula
2-470-524, en condición de apoderado de Construcciones y Multiservicios
Fronteras S. A., de Costa Rica, solicita el Diseño Industrial denominado ADOQUÍN
EN FORMA DE PUNTA.
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
Un adoquín en
forma de punta con dos lados iguales y se acopla simétricamente con otra
figura. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Diseño
Industriales es: 25/01; cuyo inventor es Eddy Rafael Álvarez Sibaja. La
solicitud correspondiente lleva el número 20120304, y fue presentada a las
11:19:21 del 7 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de agosto del 2012.—Lic.
José Castro Marín, Registrador.—(IN2012083740).
El señor Eddy Rafael Álvarez Sibaja, cédula
2-470-524, vecino de San José, apoderado general de Construcciones y
Multiservicios Fronteras S. A., de Costa Rica, solicita el Diseño Industrial
denominada ADOQUÍN FORMA DE CASTILLO.
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
Tiene la forma
medida y forma general de un rectángulo, de doce punto cinco centímetros de
ancho por diecinueve punto noventa y cinco centímetros de largo por diez
centímetros de grosor. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Diseños Industriales es: 25/01; 25/02; cuyo
inventor es Eddy Rafael Álvarez Sibaja. La solicitud correspondiente lleva el
número 20120306, y fue presentada a las 11:21:22 del 7 de junio del 2012.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de agosto del
2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012083742).
El señor Eddy Rafael Álvarez Sibaja, cédula
2-0470-0524, mayor, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de
Construcciones y Multiservicios Fronteras S. A., de Costa Rica, solicita el
Diseño Industrial denominada ADOQUÍN EN FORMA ALFA.
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
El diseño
ornamental del Adoquín Forma Alfa tal y como se aprecia en los dibujos. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Diseños Industriales es: 25/02; cuyo
inventor es Eddy Rafael Alvarez Sibaja. La solicitud correspondiente lleva el
número 20120305, y fue presentada a las 11:20:11 del 7 de junio del 2012.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de agosto del
2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2012083744).
La señorita Ana Catalina Monge Rodríguez,
cédula 1-812-604, mayor de edad, abogada, apoderada especial de Vifor
(International) AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada NUEVOS ANTAGONISTAS
DE PIRIMIDINHEPCIDINA Y TRIAZINHEPCIDINA.
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
La presente
invención se refiere a nuevos antagonistas de hepcidina de fórmula (I), a
composiciones farmacéuticas que comprenden estos, así como a su uso como
fármacos, particularmente para el tratamiento de trastornos del metabolismo del
hierro, como particularmente enfermedades por deficiencia de hierro y anemias,
particularmente anemias en relación con enfermedades inflamatorias crónicas (anemia
por enfermedad crónica (AEC) y anemia por inflamación (AI)). La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes Edición 2011.01, es C07D 239/47,
cuyos inventores son Durrenberger, Franz, Geisser, Peter, Burckhardt, Susanna,
Buhr, Wilm, Funk, Félix, Bainbridge, Julia, Marie, Corden, Vincent, Anthony,
Courtney Stephen, Martin, Davenport, Tara, Jaeger, Stefan, Ridgill, Mark Peter,
Slack, Mark, Yarnold, Christopher, John, Yau, Wei, Tsung. La solicitud
correspondiente lleva el número 20120097, y fue presentada a las 10:09:10 del
27 de febrero del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 14 de mayo del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales,
Registrador.—RP2012317566.—(IN2012083816).
El señor Cristian Calderón Cartín, cédula
1-800-402, en condición de apoderado de Glaxo Group Limited, de Reino Unido,
solicita la Patente
de Invención denominada BLOQUEANTES DE LOS CANALES DE SODIO DEPENDIENTES DE
VOLTAJE. La
presente invención se refiere a intermedios bloqueantes de los canales de sodio
dependientes de voltaje, a compuestos y dimeros, a composiciones farmacéuticas
correspondientes, a la preparación de compuestos y a métodos de tratamiento
para enfermedades respiratorias o del tracto respiratorio. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K, 31/497; cuyos inventores
son Boehm, Jeffrey, Charles, Davis, Roderick, S., Kerns, Jeffrey, K., Lin,
Guoliang, Nie, Hong. La solicitud correspondiente lleva el número 20120402, y
fue presentada a las 11:57:10 del 31 de julio del 2012. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de agosto del 2012.—Lic. José
Castro Marín, Registrador.—RP2012311708.—(IN2012084233).
El señor Cristian Calderón Cartín, cédula
1-800-402, en condición de apoderado de Abbott Laboratories, de EUA, solicita la Patente de Invención
denominada TERAPIA COMBINADA PARA EL TRATAMIENTO DEL CÁNCER Y ENSAYOS DE
DIAGNÓSTICO RELACIONADOS.
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
La presente
divulgación se relaciona con una combinación de agentes terapéuticos para usar
en el tratamiento de un paciente que sufre de cáncer. Además, la presente
divulgación se relaciona con ensayos diagnósticos que son útiles en la
clasificación de pacientes para tratamiento con uno o más agentes terapéuticos.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/454; A61K
45/06; A61K 31/506; A61P 35/00; A61K 31/5377; G01N 33/48; A61K 31/635; C12Q
1/68; A61K 31/675; cuyos inventores son Shah, Omar Jameel, Shen, Yu, Lin,
Xiaoya, Anderson, Mark, Huang, Xiaoli, Li, Junling, Li, Leiming. La solicitud
correspondiente lleva el número 20120349, y fue presentada a las 13:11:10 del
25 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 31 de julio del 2012.—Lic. José Castro Marín,
Registrador.—RP2012317709.—(IN2012084234).
El señor Cristian Calderón Cartín, cédula
1-800-402, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Abbott Laboratories de
EUA, solicita la Patente
de Invención denominada COMPUESTOS TRICÍCLICOS NOVEDOSOS. Un compuesto con la Fórmula (Ia), (Ib),
(Ic), (Id), (Ie), (Si), (Ig), (Ih), (Ii), (Ij), (Ik), o (Il), según se las
define aquí, sales farmacéuticamente aceptables, prodrogas, metabolitos,
estereoisómeros e isómeros de los mismos biológicamente activos, donde las
variables se han definido aquí. Los compuestos de la invención son útiles para
tratar condiciones inmunológicas y oncológicas. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A01N 43/42; A61K 31/44; cuyos
inventores son Wishart, Neil, Argiriadi, María, A., Breninlinger, Eric C.,
Calderwood, David J., Ericsson, Anna M., Fiamengo, Bryan A., Frank, Kristine
E., Friedman, Michael, George, Dawn M., Goedken, Eric R., Josephsohn, Nathan
S., Li, Biqin C., Morytko, Michael J., Mullen, Kelly D, Somal, Gagandeep,
Stewart, Kent D., Voss, Jeffrey W., Wallace, Grier A., Wang, Lu, Woller, Kevin
R. La solicitud correspondiente lleva el número 20120294, y fue presentada a
las 12:33:26 del 30 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de agosto del 2012.—Lic.
Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2012317710.—(IN2012084235).
El señor Cristian Calderón Cartín, cédula
1-800-402, en condición de apoderado de Abbott Laboratories, de EUA, solicita la Patente de Invención
denominada DERIVADOS DE SULFONAMIDA COMO AGENTES INDUCTORES DE APOPTOSIS CON
SELECTIVIDAD POR Bcl-2 PARA EL TRATAMIENTO DE CÁNCER Y ENFERMEDADES INMUNES.
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
Compuestos que
inhiben la actividad de las proteínas anti-apoptóticas Bcl-2 o Bcl-XL,
composiciones que contienen dichos compuestos y métodos para tratar
enfermedades durante las cuales se expresa la proteína anti-apoptótica
Bcl-2. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07D 405/12 ;C07D 235/26; A61K
31/404; C07D 249/04; A61P 35/00; C07D 295/14; C07D 209/32; C07D 309/14; C07D
211/96; C07D 401/12; C07D 213/64; C07D 295/125; C07D 215/20; C07D 231/56; C07D
217/16; C07D 405/14, cuyos inventores son Bruncko, Milan, Ding, Hong, Doherty,
George A., Elmore, Steven, W. , Hasvold, Lisa, Hexamer, Laura, Kunzer, Aaron,
Mantei, Robert, A., Mcclellan, William, J., Petros, Andrew, M., Souers, Andrew,
J., Sullivan, Gerard, M., Tao, Zhi-Fu, Wang, Gary, T., Wang, Le, Wang, Xilu,
Wendt, Michael, D., Hansen, Todd, M., Song, Xiaohong, Park, Chang, H., Park,
Cheol-Min. La solicitud correspondiente lleva el número 20120346, y fue
presentada a las 13:09:40 del 25 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de julio del 2012.—Lic. José
Castro Marín, Registrador.—RP2012317711.—(IN2012084236).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La señora María del Pilar López Quirós, céd.
1-1066-0601, mayor de edad, vecina de San José, apoderada especial de ST. Jude
Medical Inc. de E.U.A., solicita la
Patente de Invención denominada ASAMBLEA DE LOS ELEMENTOS
DE ABLACIÓN ESCALONADOS.
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
Un catéter de ablación incluye un cuerpo de
catéter extendiéndose longitudinalmente entre un extremo proximal y un extremo
distal a lo largo de un eje longitudinal. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61B 18/14; cuyo inventor es De
la Rama, Alan,
Hata, Cary. La solicitud correspondiente lleva el número 20120291, y fue
presentada a las 10:37:10 del 30 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de
agosto del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012084069).
La señora María del Pilar López Quirós,
mayor, abogada, cédula de identidad número 1-1066-0601, vecina de San José, en
su condición de apoderada especial de Mars Incorporated, de Estados Unidos de
América, solicita el Diseño Industrial denominado CONTENEDOR.
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
El diseño
ornamental de un contenedor, tal como se muestra y se describe. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Diseños Industriales 09/03; cuyos inventores
son Coble, Justin y Clifford, Stanley Joseph. La solicitud correspondiente
lleva el número 2012-0373 y fue presentada a las 8:40:08 del 12 de julio de
2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de agosto de
2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012084070).
La señora María del Pilar López Quirós, céd.
1-1066-0601, mayor de edad, abogada, apoderada especial de Mars Incorporated,
de E.U.A., solicita el Diseño Industrial denominado CONFITE.
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
Diseño para un
confite, del cual la siguiente es una especificación, referencia hecha
acompañando dibujos formando parte de la misma. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Diseños Industriales es: 01/01; cuyo
inventor es Coble, Justin. La solicitud correspondiente lleva el número
20120375, y fue presentada a las 8:41:42 del 12 de julio del 2012. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de julio del
2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012084071).
La señora María del Pilar López Quirós, céd.
1-1066-condición de apoderada de Camlin Fine Sciences Limited, de India,
solicita la Patente
de Invención denominada CONSERVANTES DE DERIVADOS DE QUITINA.
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
La invención
comprende un proceso para producir un derivado de quitosano, y un producto preparado
mediante el mismo, al activar quitosano o una quitina como precursor de
quitosano en alcohol que contiene agua en una cantidad que abarca del 0% a un
máximo de aproximadamente el 30% y preparar derivados que tienen varios usos.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la
Clasificación Internacional de Patentes es: C08B 37/08; cuyo
inventor es Shendye, Abhay Parashuram. La solicitud correspondiente lleva el
número 20120082, y fue presentada a las 8:16:10 del 17 de febrero del 2012.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de julio del
2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012084072).
La señora María del Pilar López Quirós, céd.
1-1066-0601, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de
Mars Incorporated, de E. U. A., solicita el Diseño Industrial denominado CONFITE
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
diseño ornamental
para un confite como se muestra y describe. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Diseños Industriales es: 01/01; cuyos
inventores son Coble, Justin, Dolge, Michelle. La solicitud correspondiente
lleva el número 20120374, y fue presentada a las 08:41:20 del 12 de julio del
2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de julio del
2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2012084073).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, céd,
1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de Apoderado Especial
de Abraxis Bioscience, LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención
denominada TERAPIA DE COMBINACIÓN CON COMPOSICIONES DE NANOPARTÍCULAS DE
TAXANO E INHIBIDORES DE HEDGEHOG. La presente invención proporciona métodos
de terapia de combinación para tratar una enfermedad proliferativa (tal como
cáncer) que comprende administrar a un individuo una cantidad efectiva de un
taxano en una composición de nanopartículas y un inhibidor de hedgehog que
inhibe una ruta de señalización de hedgehog. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 31/337; A61K 9/20; cuyos
inventores son Tao, Chunlin, Desai, Neil, P., Soon-Shiong, Patrick. La
solicitud correspondiente lleva el número 20120115, y fue presentada a las
14:11:10 del 12 de marzo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de julio del 2012.—Lic.
Randall Abarca, Registrador.—(IN2012084099).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula
1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial
de Roche Glycart AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS
ANTI-HER3 Y USOS DE LOS MISMOS. La presente invención se refiere a anticuerpos ligantes de HER3 humano (anticuerpo
anti-HER3), a método para su producción, a composiciones farmacéuticas que
contienen dichos anticuerpos, y a usos de los mismos. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07K 16/28, C07K 16/32, A61K
39/395; A61P 35/00, cuyos inventores son Bossenmaier, Birgit, Dimoudis,
Nikolaos, Friess, Thomas, Georges, Guy, Kolm, Irene, Krell, Hans-Willi, Lifke,
Valeria, Moessner, Ekkehard. La solicitud correspondiente lleva el número
20120284, y fue presentada a las 14:14:40 del 28 de mayo del 2012. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario
oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1 de agosto del
2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2012084100).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, en condición de apoderado de Chalabi, Rifat, AL
de E. U. A., Perry, Ophneil, Henry, de Reino Unido, solicita la Patente de Invención
denominada SISTEMA DE GASIFICACIÓN.
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
El invento proporciona un
aparato para procesar material como los residuos con recubrimiento orgánico y
materiales orgánicos incluyendo biomasa, los residuos industriales, residuos
sólidos y agual residuales municipales, que consiste en una cámara de
procesamiento para procesar dicho material a una temperatura elevada. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: F23G 5/027; F23G 5/16; F23G
7/00; F24J 2/42; cuyos inventores son Perry, Ophneil, Henry, Chalabi, Rifat,
Al. La solicitud correspondiente lleva el número 20120340, y fue presentada a
las 14:33:10 del 22 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de agosto del 2012.—Lic. José
Castro Marín, Registrador.—(IN2012084101).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula
1-335-794, en condición de apoderado de Genzyme Corporation de E. U. A.,
solicita la Patente
de Invención denominada UNA FORMA CRISTALINA Y AMORFA DE GENZ 112638
HEMITARTRATO COMO INHIBIDORES DE GLUCOSILCERAMIDA SINTASA.
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
Se desvela la sal de
hemitartrato de un compuesto representado por la fórmula estructural, que puede
utilizarse en aplicaciones farmacéuticas. Las formas cristalinas únicas
particulares de Hemitartrato de fórmula (I) se caracterizan por una variedad de
propiedades y mediciones fisicas. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07D 405/06, A61K, 31/4025;
A61P 35/00, cuyos inventores son Liu, Harlin, Willis, Chris, Bhardwaj, Renu,
Copeland, Diane, P., Harianawala, Abizer, Skell, Jeffrey, Marshall, John,
Kochling, Jianmei, Palace, Gerard, Peterschmitt, Judith, Siegel, Craig, Cheng,
Seng. La solicitud correspondiente lleva el número 20120277, y fue presentada a
las 13:54:10 del 24 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de agosto del 2012.—Lic. José
Castro Marín, Registrador.—(IN2012084102).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula
1-335-794, en condición de apoderado de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza,
solicita la Patente
de Invención denominada PIRROLIDINA-2-CARBOXAMIDAS SUSTITUIDAS.
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
Se proporcionan compuestos de la
fórmula (I), en la que X, Y, R1, R2, R3, R3, R4, R5, R6 y R7 tienen los
significados aquí descritos y los enantiómeros y sales y esteres
farmacéuticamente aceptables de los mismos. Estos compuestos son útiles como
agentes anticancerosos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07D 207/10, A61K 31/40, A61P
35/00, cuyos inventores son Bartkovitz, David Joseph, Chu, Xin-Jie, Ding,
Qingjie, Jiang, Nan, Liu, Jin-Jun, Ross, Tina Morgan, Zhang, Jing, Zhang,
Zhuming. La solicitud correspondiente lleva el número 20120410, y fue
presentada a las 13:34:40 del 7 de agosto del 2012. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 8 de agosto del 2012.—Lic. José Castro
Marín, Registrador.—(IN2012084103).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula
1-335-794, en condición de apoderado de Sumitomo Chemical Company, Limited, de
Japón, solicita la Patente
de Invención denominada MÉTODO PARA REDUCIR EL ESTRÉS POR TEMPERATURA DE
PLANTAS.
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
La presente invención
proporciona un método para reducir el estrés por temperatura de plantas, el
cual comprende aplicar una cantidad efectiva de uno o más compuestos
seleccionados del grupo que consiste de un compuesto representado por la
fórmula (I) y una sal agrícolamente aceptable del mismo a una planta que ha
sido expuesta a o que es expuesta a un factor de estrés por temperatura y así
por el estilo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N
37/30, A01N 43/38, A01P 21/00, cuyos inventores son Nagasawa, Asako, Mukumoto,
Fujio. La solicitud correspondiente lleva el número 20120268, y fue presentada
a las 13:21:10 del 22 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de julio del
2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012084104).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
El Registro de la Propiedad Industrial,
Oficina de Patentes de Invención hace saber que por resolución de las ocho
horas veinte minutos del dieciocho de julio de dos mil doce, fue inscrito el
Diseño Industrial denominado MESA LATERAL PARA PARRILLA, a
favor de la compañía Weber-Stephen Products Co., cuyos creadores son: Bruno
Adrián A., Choi Charles y Siazon Sonny, todos de nacionalidad estadounidense,
se le ha otorgado el número de inscripción de diseño industrial 538, estará
vigente hasta el dieciocho de julio de dos mil veintidós, la Clasificación
Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima
Edición, es 07-02.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—1
vez.—RP2012317706.—(IN2012084237).
El Registro de la Propiedad Industrial,
Oficina de Patentes de Invención, hace saber que por resolución de las ocho
horas treinta minutos del diez de julio del dos mil doce, fue inscrita la Patente de Invención
denominada: COMPUESTO HETEROCÍCLICO FUSIONADO, a favor de la compañía
Takeda Pharmaceutical Company Limited, cuyos inventores son: Tomoyasu Ishikawa,
Takahiko Taniguchi, Hiroshi Banno y Masaki Seto, todos de nacionalidad
japonesa; se le ha otorgado el número de inscripción de patente de invención
2855, estará vigente hasta el día primero de junio del dos mil veinticinco, la Clasificación
Internacional versión 2012.01 es C07D 487/04, 487/16 y A61K
31/519.—San José, a las ocho horas cinco minutos del ocho de agosto del dos mil
doce.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—1 vez.—RP2012317905.—(IN2012084749).
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de
Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad
denominada Asociación Pro Prevención y Lucha Contra el Cáncer de Próstata, con
domicilio en la provincia de Alajuela; cuyos fines principales entre otros son
los siguientes: diseñar e implementar todo tipo de acciones tendientes a librar
una efectiva lucha contra el cáncer de próstata. Cuya representante judicial y
extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin
límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la Presidenta: Grace
Cervantes Quesada. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y
sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por
quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012, asiento: 232178,
adicional tomo: 2012, asiento: 260240).—Curridabat, 13
de agosto del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez—RP2012317622.—(IN2012084238).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación Cristiana Plenitud de Cristo, con domicilio en la
provincia de Guanacaste, cuyos fines principales entre otros son los
siguientes: propagación del Evangelio de Cristo Jesús basado en la Sagrada Biblia.
Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es el Presidente: Eduardo Chaves Abellán. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto
de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. (Tomo: 2012, asiento: 181964).—Curridabat, 28 de junio del
2012.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Directora a.í.—1
vez—RP2012317702.—(IN2012084239).
El Registro de Personas Jurídicas, Registro
de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad
denominada: Asociación Deportiva de Padres y Taekwondistas Alajuelenses. Con
domicilio en la provincia de Alajuela, Central, distrito primero, Urbanización
El Llano, casa número uno E. Cuyos fines primordiales son: Promover el deporte
del Taekwondo, la recreación y exhibición en todo el territorio nacional.
Fomentar en todas sus órdenes el estudio, promoción, desarrollo, práctica y
difusión del deporte del Taekwondo. Su presidenta María Julia Araya Sáenz es la
representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima
sin límite de suma y con las limitaciones que indica el estatuto. El
vicepresidente sustituirá a la presidenta en sus ausencias temporales, con
iguales atribuciones y obligaciones que este cuando lo sustituye. Por
encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus
Reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos
legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite;
tomo: 2012, asiento: 229131, sin adicionales.—Dado en el Registro Nacional, a
las 8 horas 45 minutos, del 13 de julio del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez
Morera, Director.—1 vez—RP2012317745.—(IN2012084240).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación Atención y Desarrollo Integral para Todos, con
domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son
los siguientes: Llenar las necesidades de la sociedad en los aspectos que estén
a nuestro alcance, sean éstos de índole espiritual, vocacional, emocional,
físico y social. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación,
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las
limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Noel Eugenio
Marín Rodríguez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas
en la Ley Nº
218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a
partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. (Tomo: 2012, asiento: 58860, adicionales tomo: 2012,
asientos: 187474-236586).—Curridabat, 18 de julio del 2012.—Lic. Enrique
Rodríguez Morera, Director.—1 vez—RP2012317836.—(IN2012084241).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento
de Asociaciones, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la
persona jurídica cédula: 3-002-051982, denominación: Cámara de Intermediarios
Bursátiles y Afines Cambolsa. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de
las prescripciones que establece la
Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y
sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por
quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para
que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2012, asiento:
233288.—Dado en el Registro Nacional, a las doce horas quince minutos y treinta
y seis segundos del ocho de agosto del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez
Morera, Director.—1 vez.—RP2012317925.—(IN2012084750).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción la reforma del
estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-107206, denominación: Asociación
de Empleados Pensionados de la Compañía de Fuerza y Luz. Por cuanto dicha
reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto
de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Documento tomo: 2012, asiento: 151472.—Dado en el Registro
Nacional, a las trece horas cincuenta y nueve minutos y cuarenta y cuatro
segundos del once de junio del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera,
Director.—1 vez.—RP2012317964.—(IN2012084751).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción la reforma del
estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-580911, denominación: Asociación
Propietarios de Motos B.M.W. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de
las prescripciones que establece la
Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y
sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por
quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para
que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2012, asiento:
232970.—Dado en el Registro Nacional, a las once horas veinticuatro minutos y
cincuenta y siete segundos del treinta y uno de julio del dos mil doce.—Lic.
Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012318034.—(IN2012084752).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada: Asociación Rescate de Vida en las Calles, con domicilio en
la provincia de Puntarenas. Cuyos fines entre otros serán los siguientes:
Rescatar a jóvenes adictos a las drogas, de diferentes estratos sociales, sexo,
religión raza a través de un programa integral terapéutico. Cuyo representante
judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el
estatuto, lo es el presidente: José Alberto Díaz Chavarría. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto
de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Tomo: 2012, asiento: 191139 y documento adicional tomo: 2012,
asiento: 225011.—Curridabat, seis de julio del dos mil doce.—Lic. Enrique
Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012318049.—(IN2012084753).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada: Asociación de Vendedores de Vigorones y Cajetas, con
domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros
son los siguientes: Impulsar el comercio de venta de vigorones en el Paseo de
los Turistas y Balneario de Puntarenas. Cuya representante judicial y
extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin
límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la
presidenta: Norma Vanessa Galán Matarrita. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de
Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales,
se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2012,
asiento: 158400, adicionales: tomos: 2012, asientos: 179611-208808.—Curridabat,
a los dos días del mes de julio del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez
Morera, Director.—1 vez.—RP2012318050.—(IN2012084754).
El Registro de Personas Jurídicas, Registro
de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad
denominada: Asociación Pro-Mejoras Escuela Pilar Jiménez Solís, con domicilio
en la provincia de San José, Goicoechea, Guadalupe, de Correos de Costa Rica,
trescientos metros al norte, en Escuela Pilar Jiménez. Cuyos fines primordiales
son: Promover actividades para el mejoramiento social, económico, cultural de
la comunidad estudiantil. Colaboración en los programas y campañas de índole
educativa que se emprendan. Su presidente: Erick Manuel Coto Quirós, es el
representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma, y con las demás limitaciones que indica el estatuto. Por
encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus
reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos
legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Tomo: 2012, asiento: 252215, sin adicionales.—Dado en el Registro Nacional, a
las catorce horas cincuenta y cinco minutos del diez de agosto del dos mil
doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—RP2012318073.—(IN2012084755).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción la reforma del
estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-087097, denominación: Asociación
Cristiana de Comunicaciones Canal Veintitrés. Por cuanto dicha reforma se
encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto
de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Documento tomo: 2012, asiento: 264139.—Dado en el Registro
Nacional, a las nueve horas veinticuatro minutos y treinta y un segundos del
diecisiete de agosto del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—RP2012318074.—(IN2012084756).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
AVISOS
La Dirección Nacional de Notariado, hace saber que
ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para
el ejercicio de la función notarial de la Lic. Sofía Loría Obando, cédula de identidad Nº
3-0404-05611, carné de abogada Nº 19872. De conformidad con lo dispuesto por el
artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o
situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto de que los
comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta
publicación. Expediente Nº 12-001607-624-NO.—San José,
9 de agosto del 2012.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez, Director Ejecutivo.—1
vez.—RP2012318096.—(IN2012084759).
La Dirección Nacional de Notariado hace saber: que
ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para
el ejercicio de la función notarial del Licenciado Ronald Gerardo Gutiérrez
Abarca, cédula de identidad 1-1259-0560, carné profesional 19720, por lo que de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del
gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección, dentro de los quince
días siguientes a esta publicación. Expediente 12-001681-0624-NO.—San José, 14
de agosto de 2012.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1
vez.—RP2012317754.—(IN2012084245).
La Dirección Nacional de Notariado, hace saber que
ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para
el ejercicio de la función notarial de la Lic. Raquel Sánchez
Vargas, cédula de identidad Nº 6-0401-0439, carné profesional 19888, por lo que
de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se
invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la
gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección, dentro de los
quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 12-000992-0624-NO.—San
José, 3 de agosto del 2012.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director
Ejecutivo.—1 vez.—RP2012317954.—(IN2012084757).
La Dirección Nacional de Notariado, comunica que ante
este Despacho Administrativo el Lic. Eduardo Alfonso Marquez Fernández, cédula
de identidad Nº 1-1234-0288, carné profesional Nº 19965, ha presentado
solicitud de inscripción y habilitación para ejercer la actividad notarial, por
lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten
la conducta de este profesional, lo comuniquen a esta Dependencia dentro del
plazo de quince días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente
administrativo Nº 12-001679-0624-NO.—San José, Curridabat, 16 de agosto del
2012.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1
vez.—RP2012317993.—(IN2012084758).
DIRECCIÓN DE AGUA
AVISOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. 8171A.—Loma Roja S. A.,
solicita concesión de: 0,16
litros por segundo del Nacimiento Quebrada Papaturro,
efectuando la captación en finca de Los Espaveles S. A., en Santa Rosa
(Tilarán), Tilarán, Guanacaste, para uso agropecuario-abrevadero y consumo
humano-doméstico. Coordenadas 273.200 / 424.800 hoja Cañas. Predios inferiores:
No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de agosto del
2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012084086).
Exp. 14263P.—Nidia Judith Rojas Vásquez,
solicita concesión de: 1,5
litros por segundo de acuífero (Pozo BC-936), efectuando
la captación en finca de su propiedad en San Juan Grande, Esparza, Puntarenas,
para uso consumo humano en condominio. Coordenadas 219.245 / 466.785 hoja
Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de junio del
2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012084140).
Exp. 9332P.—Corporación de Desarrollo
Agrícola del Monte S. A., solicita concesión de: 5 litros por segundo de
aguas subterráneas, efectuando la captación por medio del pozo GE-01 en finca
de su propiedad en Buenos Aires (Buenos Aires), Buenos Aires, Puntarenas, para
uso agroindustrial-otro. Coordenadas 126.767 / 609.242 hoja General. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 8 de agosto del 2012.—José Miguel Zeledón
Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012084143).
Exp. 15259A.—Ana María Cruz Campos, solicita
concesión de: 1 litros
por segundo del nacimiento 1 Yunica, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Desamparados, Alajuela, para uso abrevadero y riego. Coordenadas
221.150 / 514.900 hoja río Segundo. Predios inferiores: No se indican. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de
la primera publicación.—San José, 22 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón
Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012084145).
Exp. 15351A.—Minerales del Tárcoles S. A.,
solicita concesión de: 300
litros por segundo del río Tárcoles, efectuando la
captación en finca del mismo en Orotina, Orotina, Alajuela, para uso industria,
(lavado de materiales) Coordenadas 209.200 / 481.020 hoja Barranca. Predios
inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de
agosto del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.
MINAET.—(IN2012084148).
Exp. 7368A.—Finca La Efervecencia S.
A., solicita concesión de: 0,15
litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando
la captación en finca de su propiedad en Colón, Mora, San José, para uso
consumo humano-doméstico. Coordenadas 209.950 / 511.600 hoja Abra. Predios inferiores:
No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de agosto del
2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua MINAET.—(IN2012084149).
Exp. 14670P.—Finca Los Árboles de Pinilla S.
A, solicita concesión de: 1
litros por segundo de Acuífero (Pozo VI-210), efectuando
la captación en finca del mismo en Veintisiete de Abril, Santa Cruz,
Guanacaste, para uso agropecuario, consumo humano y abrevadero y riego. Coordenadas
247.985 / 338.760 hoja Villarreal. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 10 de abril del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.
MINAET.—(IN2012084150).
Exp. 14302P.—Ganadera Chapernal S. A.,
solicita concesión de: 0,05
litros por segundo de aguas subterráneas, efectuando la
captación por medio del pozo CHP-134 en finca del mismo en Pitahaya,
Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 230.624 / 446.240
hoja Chapernal. 726
litros por segundo de aguas subterráneas, efectuando la
captación por medio del pozo CHP-135 en finca del mismo en Pitahaya,
Puntarenas, Puntarenas, para uso agroindustrial. Coordenadas 230.523 / 446.000
hoja Chapernal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de julio del
2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012084153).
Exp. 7537P.—Vivian María Artavia Granados,
solicita concesión de: 1,5
litros por segundo de acuífero (Pozo NA-380), efectuando
la captación en finca de su propiedad en Santiago, San Ramón, Alajuela, para
uso industria-alimentaria. Coordenadas 228.800 / 483.600 hoja Naranjo. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de
la primera publicación.—San José, 19 de abril del 2012.—José Miguel Zeledón
Calderón, Director de Agua. MINAET.—1 vez.—(IN2012084155).
Exp. 15361A.—Cooperativa de Productores de
Café Servicios Múltiples de Naranjo RL (COOPRONARANJO) solicita concesión de: 4,75 litros por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de el mismo en
Naranjo, Naranjo, Alajuela, para uso agroindustrial y agropecuario riego.
Coordenadas 232.582 / 494.494 hoja Naranjo. Predios inferiores: No se indican.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 10 de agosto del 2012.—José Miguel
Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012084162).
Exp. 7404A.—Jaime, Valenciano Solís, solicita
concesión de: 1,25
litros por segundo de la Quebrada El Saino,
efectuando la captación en finca de, José Joaquín Vargas Lobo en Zarcero,
Alajuela, para uso consumo humano-abrevadero y riego. Coordenadas 244.000 /
493.600 hoja Quesada. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 30 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón,
Director de Agua. MINAET.—(IN2012084440).
Exp. 10223A.—Los Formones S. A., solicita
concesión de: 0,1 litro
por segundo del río Seco, efectuando la captación en finca de, Méndez Arce
Segundo en Río Cuarto, Grecia, Alajuela, para uso agropecuario. Coordenadas
250.630 / 510.270 hoja Poás. Predios inferiores: No se indican. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 14 de agosto del 2012.—José Miguel Zeledón
Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012084447).
Exp. 15010P.—Hutchings Automotive Products S.
A., solicita concesión de: 3
litros por segundo de aguas subterráneas, efectuando la
captación por medio del pozo IS-947 en finca del mismo en Guadalupe (Cartago),
Cartago, Cartago, para uso industria. Coordenadas 204.253 / 541.903 hoja
Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de agosto del
2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012084461).
Exp. 15366P.—Colegio de Cirujanos Dentistas
de Costa Rica, solicita concesión de: 2 litros por segundo de acuífero, mediante pozo
AB-249 en finca de su propiedad en San Rafael, Alajuela, Alajuela, para uso
consumo humano y agropecuario riego. Coordenadas 218.830 / 514.800 hoja abra.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 17 de agosto del 2012.—José Miguel
Zeledón Calderón, Director de Agua MINAET.—(IN2012085047).
Exp. 10144P.—Helechos Marme S. A., solicita
concesión de: 12 litros
por segundo de aguas subterráneas, efectuando la captación por medio del pozo
NA-627 en finca de su propiedad en Carrillos, Poás, Alajuela, para uso
agropecuario riego ornamentales. Coordenadas 226.050 / 506.400 hoja Barva.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 6 de agosto del 2012.—José Miguel
Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012085057).
Exp. 7222A.—Consultora de Bosques Tropicales
S. A., solicita concesión de: 2
litros por segundo del nacimiento sin nombre 3,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Palmera, San Carlos,
Alajuela, para uso domestico-piscina domestica-granja-abrevadero-acuicultura y
riego. Coordenadas 260.311 / 494.995 hoja Aguas Zarcas 1,50 litros por segundo
del nacimiento sin nombre 4, efectuando la captación en finca de su propiedad
en Palmera, San Carlos, Alajuela, para uso doméstico-piscina
domestica-granja-abrevadero-acuicultura y riego. Coordenadas 260.312 / 494.995
hoja Aguas Zarcas; 2 litros
por segundo del nacimiento sin nombre 5, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Palmera, San Carlos, Alajuela, para uso domestico-piscina
doméstica-granja-abrevadero-acuicultura y riego. Coordenadas 260.313 / 494.995
hoja Aguas Zarcas; 3 litros
por segundo del nacimiento sin nombre 4, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Palmera, San Carlos, Alajuela, para uso. Coordenadas 260.312 /
494.995 hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 21 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón
Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012085061).
FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL
EDICTO
Ante la
Oficina Regional Palmar Norte del Fondo Nacional de
Financiamiento Forestal (FONAFIFO) se han presentado solicitudes de ingreso al
Pago de Servicios Ambientales sobre inmueble sin inscribir en el
Registro Nacional y sobre los que a sus poseedores se les pagaría por los
servicios ambientales brindados por el bosque existente en dichos inmuebles
según el siguiente detalle:
Solicitante
|
Presolicitud
|
Ubicación geográfica
|
N° de plano
|
Área bajo PSA
|
Enrique Mora Jiménez
|
PN01004712
|
Caserío: La
Anguciana Distrito: Changuena
Cantón: Buenos Aires Provincia:
Puntarenas
|
P-1406853-2010
|
70.0
|
De conformidad con el Reglamento
a la Ley Forestal,
Decreto Ejecutivo número 25721-MINAE y sus reformas, se concede un plazo de 10
días hábiles posteriores a la segunda publicación de éste edicto, para oír
oposiciones. Toda oposición debe ser fundada y formularse por escrito ante la Oficina Regional
de Palmar Norte y deberá acompañar los argumentos y pruebas en que se
fundamente la oposición. El expediente con la ubicación, plano catastrado y
otros, podrán consultarse en la Oficina Regional de Palmar Norte, sita Palmar
Norte Centro, altos del Banco de Costa Rica, en horario de 7:00 a. m. a 3:00 p.
m.—Unidad de Proveeduría y Servicios Generales.—Lic. Elizabeth Castro Fallas,
Encargada.—O. C. Nº 0278.—Solicitud Nº 47619.—C-65060.—(IN2012084471). 2
v. 1.
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro en diligencias de
ocurso incoadas por Yolanda Vanessa Barrera Salmerón, ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución Nº 1593-2012.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas
dos minutos del once de mayo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 9395-2012.
Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Harold José Barrera Salmerón...; en el sentido que el nombre de
la madre... es “Yolanda Vanessa”.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1
vez.—RP2012317621.—(IN2012084246).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Blanca Nuvia Acevedo Padilla, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2384-2011.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las catorce
horas cuarenta y cuatro minutos del cinco de octubre del dos mil once. Ocurso.
Exp. N° 34888-2011. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:... Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Fanni Natalia Martínez Acevedo...; en
el sentido que el nombre de la madre... es “Blanca Nuvia”.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos
Jurídicos.—1 vez.—RP2012317759.—(IN2012084247).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Jasinta Quezada De La Cruz, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2620-2012.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince
horas treinta minutos del diecisiete de julio del dos mil doce. Exp. Nº
5058-2012. Resultando 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:...,
II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de naturalización de
Jasinta Quezada De La Cruz,
conocida como Jacinta Quezada De La
Cruz…, en el sentido que el nombre de la persona ahí inscrita
es “Jacinta”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Gerardo
Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. í. Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—RP2012317768.—(IN2012084248).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Daysi Dominga Lazo Castro, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1675-2011. Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce
horas treinta minutos del veintiséis de julio del dos mil once. Exp. Nº
25550-11. Resultando 1.-..., 2.-... Considerando; I. Hechos Probados:..., II.
Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el
asiento de nacimiento de Randall Antonio Martínez Lazo..., en el sentido que el
primer nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Daysi”.—Lic. Marisol
Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2012084467).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Joel José Martínez Velásquez, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 104-2012.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve
horas treinta y tres minutos del diez de enero del dos mil doce. Exp. Nº
34000-2011. Resultando 1.-..., 2.-... Considerando: I.- Hechos Probados:...,
II.-Hechos no Probados:..., III.- Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese
el asiento de naturalización de Joel José Martínez Velásquez...; en el sentido
que el nombre y el apellido de la madre... son “Ecolástica Guillermina
Velásquez, no indica segundo apellido” y no como se consignaron.—Lic. Rodrigo
Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2012084469).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Geovanny Orlando Chalarca Tamayo, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1436-2012.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once
horas y diez minutos del veintisiete de abril del dos mil doce. Exp. Nº
2710-2011. Resultando 1.-..., 2.-... Considerando: I.- Hechos Probados:...,
II.- Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquense el asiento de naturalización
de Geovanny Orlando Charlarca Tamayo conocido como Geovanny Orlando Chalarca
Tamayo...; en el sentido que el primer apellido del padre de la persona ahí
inscrita, consecuentemente el primer apellido del mismo es “Chalarca” y el
asiento de matrimonio de Geovanny Orlando Charlarca Tamayo con Tatiana de los
Ángeles Montoya Ávila ...; en el sentido que el primer apellido del padre del
cónyuge, consecuentemente el primer apellido del mismo es “Chalarca” y no como
se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012084472).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Haydeli Lorena Barrios Barrios, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1792-2012.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho
horas tres minutos del veinticuatro de mayo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N°
7602-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II.
Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Josué
David Olivas Barrios...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Haydeli
Lorena”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012084498).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Leydi Massiel Olivas Díaz, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 905-2011.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho
horas ocho minutos del diecisiete de mayo del dos mil once. Ocurso. Expediente
Nº 5449-2011. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…,
II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el
asiento de nacimiento de Hamilton Osmar Vargas Olivas…; en el sentido que el
nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Leydi Massiel”.—Lic. Marisol
Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—RP2012318005.—(IN2012084760).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Guillerma Maira Madriz Granja, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2146-10.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince
horas veinte minutos del veintiuno de setiembre del dos mil diez. Expediente Nº
27168-10. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…,
II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquense los
asientos de nacimiento de Maykol Alfredo Madriz Granja… y Kenya Paola Madriz
Granja…, en el sentido que el nombre de la madre… es “Guillerma Maira”.—Lic.
Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—RP2012318012.—(IN2012084761).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Marlenis Paz Sequeira, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2746-2011.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho
horas seis minutos del treinta y uno de octubre del dos mil once. Ocurso.
Expediente Nº 35041-2011. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos
probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Freddy Fernando Mora Paz…, en el
sentido que el nombre de la madre… es “Marlenis”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas,
Oficial Mayor Civil.—Lic. Hugo Montero Hernández, Jefe a. í.—1
vez.—RP2012318064.—(IN2012084762).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Janneth del Carmen Velásquez Medrano, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
268-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San
José, a las once horas dos minutos del veinticinco de enero del dos mil doce.
Ocurso. Expediente Nº 40853-2010. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—...
Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el
fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Marvin Antonio
Ríos Velázquez; en el sentido que el nombre y el primer apellido de la madre...
son “Janneth del Carmen” y “Velásquez” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos
Jurídicos.—1 vez.—(IN2012084960).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Katia Julissa Olivas, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1173-2012.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas
ocho minutos del veintiocho de marzo del dos mil doce. Ocurso. Expediente Nº
1949-2012. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:...
II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el
asiento de nacimiento de Jufreyci Urrutia Olivas...; en el sentido que el
nombre de la persona ahí inscrita y el nombre de la madre de la misma son
“Jufreicy” y “Katia Julissa” respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños
Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í..—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe
Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2012084969).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Sabdia Norel Ramírez Franco, mayor, soltera,
estudiante, salvadoreña, cédula de residencia 122200469615, vecina de Alajuela,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones
y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. 2372-2012.—San José,
diecisiete de agosto de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012317680.—(IN2012084249).
Edson Otoniel Zelaya Madrid, mayor, soltero,
estudiante, salvadoreño, cédula de residencia 122200464219, vecino de Heredia,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones
y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. 2373-2012.—San José, dieciséis de agosto de dos
mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1
vez.—RP2012317682.—(IN2012084250).
Alberto Ismael Lainez Sánchez, mayor,
soltero, odontólogo, peruano, cédula de residencia 160400185727, vecino de San
José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones
y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. 2489-2012.—San José, catorce de agosto de dos
mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1
vez.—RP2012317727.—(IN2012084251).
Zurima Yacarely Sotelo Blanco, mayor,
soltera, auxiliar de enfermería, nicaragüense, cédula de residencia
155802040912, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
2675-2011.—San José, doce de julio de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría
Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012084491).
Frank Fraga Rodríguez, mayor, casado,
empresario, cubano, cédula de residencia 119200184101, vecino de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones
y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp.1618-2012.—San José, seis de junio de dos mil
doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012084493).
Mayerly Mercedes Medina Martínez, mayor,
soltera, miscelánea, nicaragüense, cédula de residencia 155812100803, vecina de
San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. 2503-2012.—San José, veintidós de agosto de
dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012084499).
Adriana María Barrientos Cardona, mayor,
soltera, coordinadora de compras, colombiana, cédula de residencia
117001043033, vecina de Puntarenas, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
4026-2012.—San José, dieciséis de agosto de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría
Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012084554).
Catalina Álvarez Morales, mayor, soltera, del
hogar, nicaragüense, cédula de residencia 155807875913, vecina de Limón, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones
y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente Nº 1300-2012.—San José, diecisiete de
julio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1
vez.—(IN2012084930).
Emir Heyman Robles Moncayo, mayor, casado,
Licenciado en Relaciones Internacionales, colombiano, cédula de residencia
117000668723, vecino de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente Nº 607-2011.—San José, veintitrés de agosto del dos mil doce.—Lic.
Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012085038).
Alionuska María Rivas Espinoza, mayor,
soltera, cajera, nicaragüense, cédula de residencia 155802116027, vecina de
Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Expediente Nº 4150-2011.—San José, catorce de junio
del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012085053).
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
MODIFICACIÓN PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES
2012
La Dirección de Proveeduría Institucional les informa a
todos los interesados que a partir de esta fecha se ha publicado Modificación
al Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Gobernación, Policía y
Seguridad Pública correspondiente al siguiente programa presupuestario 049
Dinadeco (Desarrollo de la
Comunidad) el cual se encuentra a su disposición en la
dirección electrónica www.hacienda.go.cr. En el link de COMPRARED.
San José, 24 de agosto del
2012.—Licda. Jenny Mena Ugalde, Directora Proveeduría Institucional.—1 vez.—O. C. N° 15303.—Solicitud Nº
0116.—C-11750.—(IN2012085891).
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES
2012
La Dirección de Proveeduría Institucional les informa a
todos los interesados que a partir de esta fecha se ha publicado Modificación
al Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Gobernación, Policía y
Seguridad Pública correspondiente al siguiente programa presupuestario 044
Administración Central se encuentra a su disposición en la dirección
electrónica www.hacienda.go.cr. En el link de COMPRARED.
San José, 24 de agosto del
2012.—Licda. Jenny Mena Ugalde, Directora.—1 vez.—O.
C. Nº 14564.—Solicitud Nº 5418.—C-11750.—(IN2012085931).
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
MODIFICACIÓN PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES
2012
La Dirección de Proveeduría Institucional les informa a
todos los interesados que a partir de esta fecha se ha publicado Modificación
al Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Gobernación, Policía y
Seguridad Pública correspondiente al siguiente programa presupuestario 09002
Escuela Nacional de Policía el cual se encuentra a su disposición en la
dirección electrónica www.hacienda.go.cr. En el link de COMPRARED.
San José, 24 de agosto del
2012.—Lic. Jenny Mena Ugalde, Directora Proveeduría Institucional.—1 vez.—O. C.
Nº 14560.—Solicitud Nº 30450.—C-11750.—(IN2012085892).
LABORATORIO COSTARRICENSE DE METROLOGÍA
MODIFICACIÓN AL PLAN DE COMPRAS 2012
La Proveeduría Institucional del Laboratorio Costarricense
de Metrología, avisa a los interesados en el plan de compras de esta
Institución para el período 2012, que el mismo ha sido modificado, se encuentra
a disposición en forma gratuita en el Sistema Compra Red en la dirección
http://www.hacienda.go.cr/comprared, plan de compras versión 3, a partir del próximo día
hábil de esta publicación.
Master Dunia Jiménez Fernández,
Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
0016.—Solicitud Nº 43139.—C-3760.—(IN2012086140).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000105-01
Compra de hasta cien (100) estaciones de trabajo
(Workstation)
con entregas por demanda,
para
un periodo de cuatro (04) años
La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa
Rica, recibirá ofertas por escrito, a las diez horas (10:00 a.m.) del 02 de
octubre del 2012, para la “Compra de hasta cien (100) estaciones de trabajo
(Workstation) con entregas por demanda, para un periodo de cuatro (04) años”.
El cartel puede ser retirado sin
costo adicional en la Oficina
de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de
Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca.
La Uruca, 4 de setiembre del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora
Chacón, Proveedora General.—1 vez.—O. C. Nº
511780.—Solicitud Nº 64825.—C-16420.—(IN2012087052).
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000010-2102
Adquisición de: Octreotida (como acetato) 30 mg de acción
prolongada,
polvo para suspensión inyectable, frasco
ampolla
con diluente adjunto
La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital
San Juan de Dios les informa a todos los potenciales oferentes que el plazo
para recibir ofertas será hasta el día 26 de setiembre del 2012 a las 09:00 horas.
Los interesados en esta licitación favor
retirar el cartel licitatorio en la Recepción del Área de Gestión de Bienes y
Servicios del Hospital San Juan de Dios, sita en distrito Hospital, contiguo al
Ministerio de Salud, al final de la rampa del antiguo edificio de Rehabilitación.
San José, 31 de agosto del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—MSc. Dennys
Miranda Boza, Coordinador.—1 vez.—(IN2012087033).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2012LN-000012-PRI
Compra de tubería y accesorios en H.D. y PVC para
el
Proyecto de Abastecimiento Ario Mal País
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (A y A), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica
que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 26 de setiembre del
2012, para la “Compra de tubería y accesorios en H.D., y PVC para el Proyecto
de Abastecimiento Ario Mal País”.
Los documentos que conforman el
cartel, podrán descargarse en la dirección electrónica www.aya.go.cr o bien
retirarse en la
Proveeduría del A y A, sita en el Módulo C, piso 3 del
Edificio Sede del A y A, ubicado en Pavas, el mismo tendrá un costo de ¢500,00.
San José, 31 de agosto del
2012.—Dirección Proveeduría.—Lic. Jennifer Fernández Guillén.—1
vez.—O. C. Nº 02-12.—Solicitud Nº 42153.—C-13120.—(IN2012087283).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000008-ARESEP
Contratación de Servicios para la Atención de los Usuarios
de la ARESEP, por medio de un
Centro de Contactos
La Proveeduría Institucional de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos, cédula jurídica Nº 3-007-042042-09, recibirá ofertas
por escrito y en sobre cerrado hasta las 10:00 horas, del 21 de setiembre del
2012, para la “Contratación de servicios para la atención de los usuarios de la ARESEP, por medio de un
Centro de Contactos”.
Las Especificaciones Técnicas y
las Condiciones Generales, que forman parte de esta Licitación, pueden ser
accesadas en la dirección electrónica: http://www.aresep.go.cr/cgi-bin/index.fwx?area=04&cmd=servicios&id=0325&sub=1415
Para mayor información pueden llamar al teléfono 2506-3237 y
2506-3239, o a los correos electrónicos jromero@aresep.go.cr,
fjaubert@aresep.go.cr.
San José, 24 de agosto del 2012.—Proveeduría.—Jorge Romero Vargas, Proveedor
Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 6662-2012.—Solicitud Nº
46180.—C-18820.—(IN2012087282).
MUNICIPALIDAD DE BARVA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2012LA-000011-01
Compra de sistema de planta eléctrica de gas de 20 kw
La Proveeduría de la Municipalidad de
Barva recibirá ofertas por escrito hasta las 12:00 horas del día 19 de
setiembre del 2012. El cartel puede ser retirado en la oficina de Proveeduría
ubicada en el edificio Municipal frente al costado oeste del parque central de
Barva, previo depósito no reembolsable de ¢2000,00, en el Departamento de
Tesorería o mediante depósito en la cuenta Nº 123 0000057-2 a nombre de la Municipalidad de
Barva en el Banco Nacional, y la remisión electrónica del cartel de licitación,
previo envío por fax (telefax 2260-3120), del comprobante del depósito.
Barva, Heredia, 31 de agosto del
2012.—Lic. Yesael Molina Vargas, Proveedora Municipal.—1
vez.—(IN2012087043).
DEFENSORÍA DE LOS HABITANTES DE LA REPÚBLICA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000004-DHR
Restauración de casetas e instalación de un pasamanos
en
la entrada principal del edificio central
de la Defensoría de
los Habitantes, sita
en
Barrio México, San José
Se avisa a todos los interesados
en esta licitación que por resolución de las 10:00 horas del día 30 de agosto
del 2012, se procedió a la adjudicación de la presente licitación, de la
siguiente manera:
JGM Construcciones S. A.
Cédula Jurídica: 3-101-611738
Línea única:
Restauración de casetas e
instalación de pasamanos en el acceso principal del edificio central de la Defensoría de
los Habitantes, sita en Barrio México, San José.
Precio total adjudicado:
$8.497.000,00
Plazo de entrega: 30 días
hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la fecha que la Defensoría
establezca como inicio de la obra.
Garantía: 24 meses sobre los
trabajos efectuados, período dentro del cual se hacen responsables de realizar
las reparaciones o corregir los defectos que puedan aparecer en la obra, lo
anterior se atenderá en un plazo máximo de 3 días hábiles. Para la pintura
empleada se brinda garantía por 2 años contados a partir de la fecha de entrega
del proyecto.
La garantía empezará a regir a
partir de la recepción definitiva de la obra.
Todo de acuerdo a los términos
del cartel y de la oferta.
Dirección Administrativa.—Lic.
Ronald Retana Pérez, Director Administrativo.—Departamento
de Proveeduría y Servicios Generales.—Roxana Hernández Cavallini, Jefa.—1
vez.—O. C. Nº 15090.—Solicitud Nº 30072.—C-22960.—(IN2012087065).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000103-55400
Servicios de construcción para mantenimiento y ampliación
de
las instalaciones existentes, construcción de obra
nueva
de la
Dirección Regional
Educativa
de Pérez Zeledón
Se comunica a los interesados
que conforme a Resolución número 0246-2012, de las 10:00 horas del día 29 de
agosto del 2012, se procede a declarar infructuoso dicho concurso a la Licitación Pública
Nacional Nº 2010LN-000013-55400, por resultar inadmisibles las propuestas
presentadas por los oferentes participantes.
Los interesados podrán consultar
la resolución en el Sistema Compr@Red, a partir de esta fecha en la dirección
“www.hacienda.go.cr/comprared”; o en su defecto, en el Departamento de Contrataciones
Administrativas de la
Dirección de Proveeduría Institucional MEP, que se encuentra
ubicado en el Edificio Raventós 6to piso calle 6 avenida central y 2da,
San José.
San José, 29 de agosto
2012.—Dirección de Proveeduría Institucional.—Lic. Rosario Segura Sibaja,
Directora.—1 vez.—O. C. Nº 14542.—Solicitud Nº
3613.—C-10340.—(IN2012087321).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000247-75100
Compra de un vehículo tipo Microbus
La Proveeduría Institucional del Ministerio de Cultura y
Juventud, avisa a todos los interesados en está licitación, que se dictó el
acto de adjudicación el día 22 de agosto a las 8:49 horas.
El interesado tiene esta
resolución de adjudicación a disposición en el Sistema CompraRed, en la
dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta
notificación, o podrá obtenerla en la Proveeduría
Institucional del Ministerio de Cultura y Juventud, que se
encuentra en la antigua Fanal, frente al Parque España.
Todo de acuerdo con los términos
del cartel y la oferta.
San José, 22 de agosto del
2012.—Proveeduría Institucional.—Lic. Xinia Carmona Valverde, Subproveedora.—1 vez.—(IN2012087312).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000030-01
Contratación de centros de acondicionamiento
físico
para zonas descentralizadas
El Banco de Costa Rica, informa
que la Comisión
de Contratación Administrativa en reunión 31-2012, CCADTVA del 23 de agosto del
2011, acordó adjudicar la licitación en referencia de la siguiente forma:
1) Adjudicar de acuerdo al siguiente
detalle:
a. El ítem Nº 1, Zona 1 Norte, a Milagro Rodríguez Camacho.
(Oferta 1), por un monto mensual por funcionario de ¢15.000,00, para un máximo
de 40 funcionarios por mes para un total mensual de ¢600.000,00. Monto
semestral ¢3.600.000,00.
b. El ítem Nº 3, Zona 7 Heredia, al Sr. Freddy Padilla Villalobos
(Oferta 2), por un monto mensual por funcionario de ¢17.000,00, para un máximo
de 40 funcionarios por mes para un total mensual de ¢680.000,00. Monto
semestral ¢4.080.000,00.
c. El ítem Nº 7, Zona 17 Esparza, a Evolutions Gym S. A., por
un monto mensual por funcionario de ¢15.000,00, para un máximo de 30
funcionarios por mes para un total mensual de ¢450.000,00. Monto semestral
¢2.700.000,00.
Los contratos serán por un
período de 6 meses, pudiéndose prorrogar por períodos iguales hasta un máximo
de 4 años y rigen a partir de la orden de inicio por parte de Salud
Ocupacional.
El Banco pagará solamente la
cantidad de funcionarios que utilicen el servicio efectivamente.
2) Declarar infructuosos los ítems
Nº 2, Nº 4, Nº 5, Nº 6 y Nº 8 ya que no se presentaron ofertas.
San José, 31 de agosto del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Área de
Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº
65032.—C-23520.—(IN2012087305).
LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000032-01
Contratación de un Consultor para la interpretación
de la Ley FATCA y sus
Reglamentos
Se les informa a los interesados
en la licitación en referencia, que la Subgerencia del Banco de Costa Rica, adjudicó la Licitación en
referencia según el siguiente detalle:
• Adjudicatario Enrique
Rojas Solís
• Monto anual US
$87.500,00 (Acompañamiento presencial por un año, más los entregables
requeridos).
• Plazo del Contrato Un año pudiéndose
prorrogar por un periodo adicional.
San José 31 de agosto del 2012.—Oficina Compras y Pagos.—Osvaldo Villalobos González,
Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 65031.—C-11300.—(IN2012087306).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000027-01
Compra de mobiliario de oficina (mesas, sillas, bibliotecas,
estaciones
de trabajo y muebles especiales)
Se informa a los interesados en
la contratación en referencia, que la Comisión de Contratación Administrativa en
reunión 31-2012, CCADTVA del 23 de agosto del 2012, acordó adjudicar la
contratación en referencia de la siguiente forma:,
1.
A la empresa Acondicionamiento de Oficinas S. A., los
siguientes Ítems:
Ítem
|
Detalle
Mobiliario
|
Monto
|
1
|
150 Gaveteros móviles en color
azul con gris
|
¢9.746.250,00
|
2
|
75 Gaveteros móviles en color mahogany
|
¢4.873.125,00
|
6
|
25 Mesas de comedor rectangulares para 6
personas
|
¢2.302.375,00
|
7
|
25 Mesas grandes para reuniones ovaladas
color mahogany para 8 Personas.
|
¢2.260.000,00
|
8
|
25 Mesas de comedor cuadradas para 4
personas
|
¢1.271.250,00
|
9
|
25 Muebles de madera especiales para ampos
|
¢2.683.750,00
|
|
TOTAL
|
¢23.136.750,00
|
2.
A la empresa Suplidora de Máquinas y Reparaciones S. A., los
siguientes Ítems:
Ítem
|
Detalle
Mobiliario
|
Monto
|
3
|
100 Sillas fijas color café
patas de madera
|
¢5.763.000,00
|
4
|
50 Estaciones ejecutivas modulares de
trabajo color mahogany
|
¢5.593.500,00
|
5
|
100 estaciones ejecutivas
modulares de trabajo color gris con azul
|
¢11.547.000,00
|
|
TOTAL
|
¢22.543.500,00
|
3.
A la empresa Muebles Muvisa S. A., el siguiente ítem:
Ítem
|
Detalle
Mobiliario
|
Monto
|
10
|
25 Bibliotecas tipo credenza color mahogany
|
¢4.237.500,00
|
San José, 31 de agosto del 2012.—Oficina de
Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº
61630.—Solicitud Nº 65026.—C-34920.—(IN2012087308).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000026-01
Remodelación de la
Oficina El Roble
El Banco de Costa Rica, informa
que la Comisión
de Contratación Administrativa, en reunión 31-2012, CCADTVA del 23/08/2012,
acordó adjudicar la licitación en referencia según el siguiente detalle:
• Empresa adjudicada Sistemas
y Construcciones AG LTDA.
• Costo total ¢268.997.821,00
• Plazo de entrega de los trabajos asignados
72 días naturales, el cual rige a partir de la orden de inicio por parte de la Oficina de Diseño y
Construcción.
Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud
Nº 65027.—C-11300.—(IN2012087309).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000003-UTN
Construcción de dos módulos de aulas Sede Pacífico
La Proveeduría Institucional informa a todos los interesados
en el presente concurso que el mismo fue adjudicado por el Consejo
Universitario mediante Acuerdo Nº 203-2012, de fecha 28 de agosto del 2012, de
la siguiente manera:
Empresa: Construcciones
Peñaranda S. A.
Cédula jurídica: 3-101-200102
Línea 1:
Monto: ¢547.890.648,40
Línea 2:
Monto: ¢539.608.313,40
Total Adjudicado: ¢1.087.498.961,80
Tiempo de entrega total: 300 días naturales.
Todo lo demás de acuerdo al cartel, especificaciones técnicas, visita
al sitio, aclaraciones y la oferta.
Alajuela, 31 de agosto del 2012.—Proveeduría
Institucional.—Lic. Miguel Ángel González Matamoros, Director.—1
vez.—(IN2012087323).
ÁREA DE SALUD PENINSULAR,
CÓBANO-PAQUERA-JICARAL
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2012LA-000002-2579
Servicio de transporte de personas en ambulancia
La Unidad de Gestión de Bienes y Servicios, Subárea de Contratación
Administrativa del Área de Salud Peninsular de la CCSS, comunica a los
interesados en este concurso, que la Administradora Licda.
Ilsya Bolaños Chaves, mediante resolución adoptada el día miércoles 29 de
agosto del 2012, ha
resuelto adjudicar la presente contratación de la siguiente forma:
Línea Nº 3: Servicio de
transporte de personas en ambulancia, para el sector de Jicaral:
-Sr. Juan Carlos Alvarado
Leitón. ¢395 por km.
Las líneas Nº 1 y 2 se declaran
infructuosas por la no participación de oferentes.
Todo de acuerdo con la oferta y el cartel
respectivo. Cualquier información, comunicarse a los teléfonos 2650-0230 ó
2650-0170 ext.: 117.
Jicaral, 30 de agosto del
2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Berny Montero Arce.—1 vez.—(IN2012087028).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000001-2579
Servicio de transporte a funcionarios
La Unidad de Gestión de Bienes y Servicios, Subárea de Contratación
Administrativa del Área de Salud Peninsular de la CCSS, comunica a los
interesados en este concurso, que la Administradora Lic.
Ilsya Bolaños Chaves, mediante resolución adoptada el día miércoles 29 de
agosto del 2012, ha
resuelto adjudicar la presente contratación de la siguiente forma:
Línea Nº 1: Servicio de
transporte a funcionarios para el sector de Jicaral:
-Sr. Adrián Vargas Jiménez ¢585
ler Km., ¢740 Km., adicional, (Regulado
por ARESEP).
-Sr. Minor Brenes Solórzano ¢585
ler Km., ¢740 Km. adicional, (Regulado
por ARESEP).
-Sr. Carlos Luis Méndez González ¢585
ler Km., ¢740 Km., adicional, (Regulado
por ARESEP).
-Sr. Delmar Chavarría Rodríguez ¢585
ler Km., ¢740 Km., adicional, (Regulado
por ARESEP).
-Sr. Israel Martín Rodríguez Chaves ¢585
ler Km., ¢740 Km., adicional, (Regulado
por ARESEP).
-Sr. Evelio Morales Morales ¢585
ler Km., ¢740 Km., adicional, (Regulado
por ARESEP).
-Sr. Denis Jiménez Fernández ¢700
por Km.
Línea Nº 2: Servicio de
transporte a funcionarios para el sector de Cóbano:
-Sr. Denis Jiménez Fernández ¢700
por Km.
-Sr. Rafael Ángel Moya Angulo ¢585
ler Km., ¢715 Km., adicional, (Regulado
por ARESEP).
-Sr. Luis Segura Medina ¢585
ler Km., ¢715 Km., adicional, (Regulado
por ARESEP).
Línea Nº 3: Servicio de
transporte a funcionarios para el sector de Paquera:
-Sr. Carlos Zeledón Castillo ¢585
ler Km., ¢575 Km., adicional (Regulado
por ARESEP).
-Sr. Vilmar Méndez Mora ¢585
ler Km., ¢720 Km., adicional, (Regulado
por ARESEP).
-Sr. Octavio Falcón Calero ¢585
ler Km., ¢720 Km., adicional, (Regulado
por ARESEP).
-Sr. Denis Jiménez Fernández ¢700
por Km.
Todo de acuerdo con las ofertas
y el cartel respectivo. Cualquier información, comunicarse a los teléfonos
2650-0230 ó 2650-0170 ext: 117.
Jicaral, 30 de agosto del
2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Berny Montero Arce.—1 vez.—(IN2012087030).
HOSPITAL DR. MAX TERÁN VALLS
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Nº
2012LA-000001-2308
(Modalidad
del contrato: entrega según demanda)
Suministro de vegetales-hortalizas-frutas
y
pulpas diferentes sabores
La Subárea de Planificación y Contratación
Administrativa del Hospital Dr. Max Terán Valls, le comunica a todos los
interesados, que mediante Resolución Administrativa Nº 023-2012, dictada por la Dirección
Administrativa y Financiera de este centro médico, se
resolvió adjudicar los ítems del Nº 1 al Nº 73 de la siguiente manera:
Objeto Contractual: Suministro
de vegetales-hortalizas-frutas y pulpas diferentes sabores.
Ítems adjudicados: Del ítem Nº 1
al Nº 73.Vea detalles y mayor información en la página Web
http://www.ccss.sa.cr
Todo de conformidad con el
cartel y la oferta.
Quepos, 28 de agosto del
2012.—Subárea de Planificación y Contratación Administrativa.—Lic. Ana Lissette
Acuña Vargas, Coordinadora.—1 vez.—(IN2012087031).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Nº
2012LA-000004-2308
(Modalidad
del contrato: entrega según demanda)
Diesel
para vehículos
La Subárea de Planificación y Contratación
Administrativa del Hospital Dr. Max Terán Valls, le comunica a todos los
interesados, que mediante Resolución Administrativa Nº 020-2012 dictada por la Dirección
Administrativa y Financiera de este centro médico, se
resolvió adjudicar el ítem único a la empresa La Cruz del Sur de
Coto Brus S. A.
Objeto contractual: Diesel para
vehículos.
Precio unitario
adjudicado: *¢640,00.
Monto en letras:
Seiscientos cuarenta colones 00/100.
(*) Precio regulado al día de la
apertura del concurso el 10/08/2012.
Todo de conformidad con el
cartel y la oferta.
Quepos, 23 de agosto del
2012.—Subárea de Planificación y Contratación Administrativa.—Lic. Ana Lissette
Acuña Vargas, Coordinadora.—1 vez.—(IN2012087032).
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN NACIONAL Nº 2012LN-000007-2102
Frutas frescas
A los interesados en el presente
concurso se les hace saber que el mismo se declara infructuoso.
San José, 30 de agosto del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—MSc. Dennys
Miranda Boza.—1 vez.—(IN2012087034).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000023-2101
Mantenimiento preventivo y correctivo para 04 equipos
de
reveladoras de placas radiográficas
La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital
Dr. R. A. Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este concurso,
que la
Dirección Administrativa Financiera del Hospital Dr. R. A.
Calderón Guardia, ha resuelto declarar Infructuoso el presente concurso.
Vea detalles en
http://www.ccss.sa.cr.
San José, 31 de agosto del
2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós,
Coordinador.—1 vez.—(IN2012087303).
LICITACIÓN PÚBLIC A NACIONAL
Nº
2012LN-000008-PRI
Compra de tubería en PVC,
Proyecto
Integrado Limón Sur
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados cédula jurídica 4-000-042138, comunica que
mediante Acuerdo de Junta Directiva Nº 2012-312 del 28 de agosto del 2012, se
adjudica la
Licitación Pública Nacional Nº 2012LN-000008-PRI “Compra de
Tubería en PVC, Proyecto Integrado Limón Sur” a:
Oferta Nº 1: Tuberías y
Sistemas de Costa Rica S. A., posiciones 4, 6 y 7, por un monto total de
$374.811,03 i.v.i.
Oferta Nº 2: Mexichem Costa
Rica S. A., posición 2, por un monto total de ¢277.566.126,20 i.v.i.
Oferta Nº 3: Industrias
Nacionales C X A S. A., posiciones 3 y 5, por un monto total de
¢80.889.809,64 i.v.i.
Oferta Nº 4: Durman Esquivel
S. A., posición 1, por un monto total de $177.789,68 i.v.i.
Demás condiciones de acuerdo al
cartel y a la oferta respectiva.
San José, 29 de agosto del
2012.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 12-62.—Solicitud Nº
42154.—C-28220.—(IN2012087285).
COMITÉ OLIMPICO NACIONAL
LICITACIÓN ABREVIADA Nº CON-LA2012-001
Contratación de metodólogos deportivos para el seguimiento
y
apoyo de los procesos de entrenamiento desarrollados
por
las federaciones deportivas a las que pertenecen
los
atletas que van a participar en los Juegos
Deportivos
Centroamericanos, San José 2013
Se comunica a los interesados
que el Comité Ejecutivo del CON resolvió adjudicar la referida licitación según
acuerdo que consta en el Acta Nº 21-2012, del día 27 de agosto del 2012, de la
siguiente forma:
Oferta Nº
|
Nombre del
adjudicatario
|
Monto adjudicado
|
Oferta Nº 1
|
Jéssica Chaves
Zúñiga
|
¢ 3.850.000
|
Oferta Nº 2
|
Luis Alfonso
Maroto Barrantes
|
¢ 3.850.000
|
Oferta Nº 3
|
Jimena María
Rojas Cordero
|
¢ 3.850.000
|
Oferta Nº 5
|
Emmanuel David
Chanto Segura
|
¢ 3.850.000
|
Oferta Nº 6
|
Karla Alemán
Cortés
|
¢ 3.850.000
|
Todo de acuerdo al cartel y la
oferta.
El expediente está disponible en el
Departamento Administrativo Financiero, para cualquier consulta.
Henry Núñez Nájera, Presidente.—1 vez.—(IN2012087313).
DIRECCIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS
ÁREA DE PLANIFICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
Comunican
Que en atención a los oficios AMTC-2461-08-2012, del Área de
Medicamentos y Terapéutica Clínica y SIEI-1335-2012 de la Subárea de
Investigación y Evaluación de Insumos, se informa que se modificaron las
siguientes fichas técnicas:
Código
|
Descripción medicamento
|
Observaciones
|
1-10-28-7470
|
Primidona 250 mg/ml. Supresión oral con sabor agradable
|
Versión CFT
45904 Rige a partir de su publicación
|
1-10-50-6900
|
Fórmula enteral de nutrientes complejos
|
Versión 57502
Rige a partir de su publicación
|
1-10-50-7240
|
Fórmula modificada para alimentación de lactantes
|
Versión 54503
Rige a partir de su publicación
|
Estas fichas técnicas se
encuentran disponibles en la
Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, ubicada en
el piso 13 del edificio Genaro Valverde, Oficinas Centrales de la CCSS.
Área de Planificación de Bienes
y Servicios.—Lic. Marlon Barquero Castillo, Jefe a. í.—1
vez.—O. C. Nº 2112.—Solicitud Nº
2436.—C-20500.—(IN2012085352).
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000156-00100
Servicio de Centro de Llamadas Telefónicas (Call Center),
mediante
un único número a nivel nacional
El Departamento de Proveeduría
del Consejo de Seguridad Vial a través de la Unidad de Licitaciones, informa que a partir de
esta publicación y con fundamento en oficio DG-0976-12 de la Dirección General
de Educación Vial, estarán publicadas en Comprared en el Link de la Licitación Pública
Nº 2012LN-000156-00100 la respectiva Fe de Erratas al cartel respectivo.
Todos los demás términos del
cartel de la licitación de referencia permanecen invariables.
San José, 31 de agosto del
2012.—Proveeduría.—Lic. Alexander Vásquez Guillén, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 767.—Solicitud Nº
4372.—C-16420.—(IN2012087046).
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
CONCURSO 2012LN-000005-2102
Reactivos varios
Se les informa que en la
recepción del Área Gestión Bienes y Servicios se encuentra la nueva tabla de
ponderación correspondiente al concurso 2012LN-000005-2102 “Reactivos varios”,
con apertura el 28 de agosto del 2012
a las 9:00 horas.
San José, 28 de agosto del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—MSc. Dennys
Miranda Boza, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2012087037).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000039-PRI
(Circular
Nº 2)
Suministro e Instalación Sistema de Protección
Catódica
Acueducto Orosi
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (A y A), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica
a todos los interesados en participar en la Licitación
arriba indicada, que a partir de la presente publicación, estará disponible la
circular Nº 2, la cual podrá ser retirada directamente en la Dirección de
Proveeduría, sita en
el módulo C,
piso 3 del
Edificio Sede del A y A en Pavas
o bien en la dirección www.aya.go.cr.
San José, 31 de agosto del
2012.—Dirección Proveeduría.—Lic. Jennifer Fernández Guillén.—1
vez.—O. C. Nº 2012-0002.—Solicitud Nº 42155.—C-12320.—(IN2012087314).
El Instituto de Desarrollo
Agrario comunica que en La
Gaceta Nº 155 del lunes 13 de agosto del 2012, se publicó
la adjudicación de la Contratación Directa Nº 2012CD-000119-01
“Contratación de servicios técnicos y profesionales para efectuar tareas de mantenimiento
y administración de sistemas operativos de servidores de la plataforma
Microsoft que forma la
Red Institucional incluyendo los Software’s que brindan
Servicios Tecnológicos al IDA, a la empresa Intersoft ST de Latinoamérica S.
A., por la suma de ¢2.915.000,00, un plazo de ejecución de 12 meses y un total
de 432 horas de servicio, siendo lo correcto ¢13.117.500,00 colones y un plazo
de ejecución de 9 meses a partir de la notificación de la Orden de Compra y 1.944
horas de servicio. En lo demás se mantiene invariable.
Área de Contratación y
Suministros.—Rafael Fernández Bolaños.—1
vez.—(IN2012087053).
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2012CD-000340-01
Construcción de una alternativa de protección especial
en
el cantón de Corredores en un terreno perteneciente
al
Patronato Nacional de la
Infancia
Se les comunica a los
interesados en participar en el concurso de referencia, que por error se indicó
que la visita técnica se llevaría a cabo el jueves 7 de setiembre del 2012,
siendo lo correcto el viernes 7 de setiembre del 2012.
Los demás términos del concurso,
permanecen invariables.
San José, 30 de agosto del 2012.—Departamento de Suministros, Bienes y Servicios.—Guiselle
Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº
62116.—C-2640.—(IN2012087054).
MUNICIPALIDAD DE ESPARZA
LICITACIÓN PÚBLICA 2012LN-000003-01
Compra de terreno para construcción
de
un centro adulto mayor
La Municipalidad de Esparza comunica que se presentó
modificación al cartel de la licitación en mención, el plazo para recibir las
ofertas se amplía hasta las once horas del día miércoles 19 de setiembre del
2012. La modificación al cartel podrá ser retirado en la Unidad de Proveeduría
Municipal, ubicada en el Palacio Municipal, sita 200 metros al sur del
Mercado Municipal en Esparza en horario de 7 a. m. a 3 p. m. de lunes a viernes, o lo
puede solicitar al correo electrónico ycortes@muniesparza.go.cr el cual no
tiene costo.
Esparza, 30 de agosto del 2012.—Dirección Gestión Administrativa.—Yesenia María Bolaños
Barrantes, Proveedora Municipal.—1 vez.—(IN2012087039).
VICERRECTORÍA EJECUTIVA
DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Jenny María Velásquez Maurtua,
de nacionalidad peruana, cédula de residencia Nº 160400165009, ha
solicitado reconocimiento y equiparación del título de Magister en Ciencias de la Administración,
obtenido en la
Universidad EAFIT. Cualquier persona interesada en aportar
datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante
escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Sabanilla, 13 de agosto
del 2012.—Comisión de Reconocimiento de Estudios.—Lic. Susana Saborío Álvarez,
Coordinadora.—(IN2012084965).
Nº 2012-259
ASUNTO: Asumir
Sistema Quitirrisí de Tabarcia de Mora.
Resultando:
1º—Que la Asociación de Desarrollo Integral de Reserva
Indígena de Quitirrisí de Tabarcia de Mora en San José, cédula jurídica número
tres-cero cero cero-cero cuatro cinco siete nueve siete, cuenta con Convenio de
Delegación aprobado mediante acuerdo de junta directiva Nº 2004-241 del 29 de
abril, publicado en La
Gaceta Nº 087 del 5 de mayo del 2004, refrendado por la Contraloría General
de la República
el 06 de julio del 2004.
2º—Que mediante expediente Nº 12-002123-0007-CO, la Sala Constitucional
tramita recurso de amparo interpuesto contra el Instituto, por el Sr. Gilberto
Monge Pizarro, en su calidad de Alcalde Municipal del Cantón de Mora, por el
hecho de que en la comunidad ubicada en el Territorio Indígena de Quitirrisí de
Mora, existe una población de casi 2000 habitantes, la cual se abastece de un
sistema que se encuentra en pésimas condiciones, así como la escasa cantidad de
agua de la naciente que lo abastece; además, existen familias que no tienen del
todo el servicio, otras reciben agua una vez al mes y otros una vez a la
semana. También indica que en la vía nacional 239, a la altura de
Quitirrisí de Mora, en el propio territorio indígena, pasa una tubería de
conducción de agua potable del AyA, de la cual se podría abastecer la comunidad
y solucionar el problema de abastecimiento y potabilidad del recurso hídrico.
3º—Que mediante resolución de las 15 horas 50 minutos del dieciséis de
febrero del dos mil doce, la Sala Constitucional solicita informe con respecto
a los hechos planteados en el recurso de amparo Nº 12-002123-0007-CO, por lo
que se indica que según informe Nº SUB-G-GSCAM-2012-118, de fecha 21 de febrero
del 2012, emitido la Inga. Dora
Acuña Rodríguez, de la Subgerencia Gestión Sistemas GAM del AyA, indica que
efectivamente por dicha zona se ubica una tubería de conducción de AyA, pero
que la misma se encuentra sumamente comprometida, por lo que se hace imposible
abastecer a la comunidad de dicha línea, ya que fueron seriamente afectadas por
los eventos de las tormentas Alma y Thomas en 2010 y 2011; además concluye que:
“El sector de viviendas de Quitirrisí se ubica a lo largo de la carretera a
Puriscal, en el sector de elevación topográfico más alto entre ciudad Colón y
Puriscal... Para esto se podría suministrar a un sector por gravedad, pero para
otro más alto se debe implementar un sistema de bombeo. La producción de esta planta potabilizadora
que es del orden de los 16 l/s en el módulo para el sector de Ciudad Colón y de
60 l/s para módulo del sector de Puriscal. Esta planta potabilizadora se
alimenta de los ríos Negro y Tabarcia, ésta última toma fuera de operación
desde los eventos de tormentas Alma Thomas en 2010 y 2011. Por lo que la
producción se reduce sustancialmente en verano.
Por lo tanto esto afectaría las ya precarias condiciones de
abastecimiento de agua de los sectores de Puriscal y la parte sur de Ciudad
Colón”.
4º—Que la Sala
Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, mediante resolución
N°. 2012006447, de las diez horas treinta minutos del dieciocho de mayo del dos
mil doce, en su parte dispositiva establece que: “Se declara con lugar el
recurso, únicamente en cuanto al Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados. Se ordena a Yesenia
Calderón Solano en su condición de Presidenta Ejecutiva, y Yolanda Martínez
Cascante, en su condición Subgerente de la Subgerencia de Gestión
de Sistemas Comunales, ambas del Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados, o a quienes en su lugar ejerzan tales cargos, que de inmediato
adopten las medidas necesarias para asumir de forma completa el sistema de
acueducto de la comunidad indígena de Quitirrisí de Mora,...”.
5º—Que según informe Nº SUB-G-GSGAM-2012-366, de fecha 5
de julio del 2012, el Lic. Manuel López Fonseca, de la Subgerencia Gestión
de Sistemas GAM, señala que: “... La comunidad Indígena de
Quitirrisí, está ubicada en el cantón de Mora, en las partes altas de los
cerros de Escazú, a lo largo y alrededores de la carretera entre Ciudad Colón y
Puriscal (Kilómetros 30 a
33 ruta 239). Esta comunidad cuenta con un acueducto
desde 1980, del cual se abastecen aproximadamente 435 familias, a partir de dos
nacientes captadas, las cuales producen en conjunto 3,5 l/s, según aforo del 24
de abril del 2001. En la actualidad el sistema presenta problemas de
abastecimiento, ya que el acueducto tiene que abastecer gran cantidad de casas;
el almacenamiento es escaso o fuera de operación y los diámetros instalados en
las redes de distribución existentes”.
6º—Que el Lic. Manuel López Fonseca en su informe Nº SUB-G-GSGAM-2012-366, de fecha 05 de julio del 2012, indica
que: “A continuación se enumeran algunos aspectos, entre otros, a considerar
para que la Subgerencia
de Gestión de Sistemas GAM asuma la operación, mantenimiento y comercialización
del servicio del sistema de Quitirrisí y que requiere el apoyo de la
administración superior del AyA y que debe integrarse al acuerdo de Junta
Directiva del AyA: Se deberá instruir a la Dirección de
Gestión Capital Humano para el nombramiento de dos funcionarios-Técnicos en
Sistemas de Agua-para la atención de este nuevo sistema. Se debe instruir a la Dirección de
Servicios de Apoyo para la asignación de un vehículo para utilizarlo en
actividades de la operación y mantenimiento de los sistemas de producción y
distribución actuales y futuros. Se debe integrar
dentro del Plan de Inversiones del AyA, los proyectos de solución para la
mejora en la calidad del servicio de abastecimiento de agua actual y futuro en
la comunidad; ya sea mediante la captación y conducción de una nueva fuente
(Pichila) y sus tuberías de distribución, o mediante el sistema de bombeo desde
la planta potabilizadora de Quitirrisí. También debe incluirse el tanque de
almacenamiento y regulación y los sistemas de desinfección. Estas mejoras
deberán ser revisadas, diseñadas y gestionadas por la Subgerencia de
Ambiente, Investigación y Desarrollo. Se debe implementar el sistema de
comercialización del servicio, incluyendo el catastro de usuarios, la
individualización y Micromedición de todos los servicios, y la facturación
correspondiente. Es importante que lo
arriba indicado, son factores de éxito para asumir adecuadamente por parte de la Subgerencia de Gestión
de Sistemas GAM, el sistema del acueducto de Quitirrisí, y de que se cumpla con
el mandato de la
Sala Constitucional”.
7º—Que el Lic. Manuel López Fonseca en su informe Nº SUB-G-GSGAM-2012-366, de fecha 05 de julio del 2012, en
cuanto a la valoración de factibilidad de nueva fuentes de abastecimiento para
el sector, se proponen las siguientes alternativas: a.) Sistema de bombeo desde
la Planta
potabilizadora de Quitirrisí, operada por la Subgerencia de Gestión
de Sistemas GAM, se estima preliminarmente el costo global de
esta mejora en un monto de ¢231.476.269,00; b.) Actualización de los planos y
diseños del proyecto de captación de fuentes de Quebrada Pichila elaborado por la Dirección de
Obras Rurales del AyA, se estima preliminarmente el costo global de esta mejora
en un monto de ¢177.370.000,00. Por lo que, solicita se prepare el respectivo
Proyecto de Acuerdo de traspaso del sistema al AyA, y se someta a consideración
y aprobación de la
Junta Directiva de la Institución.
Considerando:
I.—El Estado ha delegado parte de sus competencias en
forma exclusiva al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados,
estas competencias se refieren a la administración, operación, mantenimiento y
desarrollo de los sistemas de acueductos y alcantarillados en todo el país, lo
que nos lleva a concluir que este servicio está nacionalizado.
Lo anterior encuentra fundamento en que estos servicios son servicios
públicos esenciales (véase el dictamen C-373-03 de 23 de noviembre del 2003 y
múltiples votos de la
Sala Constitucional que establecen el acceso al agua potable
como derecho fundamental), lo que significa que el AyA, las Municipalidades y
empresa autorizadas por ley son los únicos que tienen competencia para la
prestación directa de servicios públicos o aquellas entidades privadas con
quienes el AyA ha delegado su prestación (prestación indirecta de servicios
públicos).
II.—La Asociación de Desarrollo Integral Reserva
Quitirrisí de Tabarcia de Mora en San José, cédula jurídica número tres-cero
cero cero-cero cuatro cinco siete nueve dos, cuenta con Convenio de Delegación
aprobado mediante acuerdo de junta directiva Nº 2004-241 del 29 de abril,
publicado en La Gaceta
Nº 087 del 5 de mayo del 2004, refrendado por la Contraloría General
de la República
el 6 de julio del 2004. Según certificación de personería jurídica de las 12
horas y 17 minutos del día 19 de julio del 2012, emitida por la Dirección Nacional
de Desarrollo Comunal, la
Asociación de Desarrollo Integral Reserva Quitirrisí de
Tabarcia de Mora, cuenta con la personaría jurídica vencida desde el día 15 de
octubre del año 2011.
III.—Del caso bajo análisis, tal como ha quedado
demostrado en el expediente administrativo que conformó el Instituto, la Sala Constitucional
mediante resolución Nº 2012006447, de las diez horas treinta minutos del
dieciocho de mayo del dos mil doce, ordenó asumir de forma completa el sistema
de acueducto de la comunidad indígena de Quitirrisí de Mora, cédula jurídica Nº
3-002-045792, por lo que el Instituto ha realizado todas las acciones
correspondientes para asumir el sistema.
IV.—Que en aras de tutelar principios
fundamentales establecidos por la Carta Magna, a decir: la vida, la salud y la
prestación del servicio de agua potable; por lo que al configurarse en dicha
comunidad una verdadera situación de grave riesgo para la comunidad, así como
para el medio ambiente, el AyA decide asumir la administración y operación del
sistema que abastece dicha población, lo cuál debe ser ratificado
posteriormente por la
Junta Directiva del AyA. El artículo 1) de la Ley 5395) Ley General de
Salud, establece que “La salud de la población es un bien de interés público
tutelado por el Estado”. Asimismo que es función esencial del Estado velar por
la salud de la población, numeral 2) del mismo cuerpo legal. El artículo 264 de
citada ley establece que el suministro de agua para consumo humano se encuentra
sobre cualquier otro uso que se pueda dar a este recurso. Por lo que los abastecimientos de agua del
país deberán llenar los requisitos de estructura y funcionamiento fijados por
las normas y especificaciones técnicas que el Poder Ejecutivo dicte, en
consulta con el Servicio Nacional de Acueductos y Alcantarillados, según
artículo 266 de la ley de marras. En este sentido, la Sala Constitucional
de la Corte Suprema
de Justicia, en su resolución N° 2012006447, de las diez horas treinta minutos
del dieciocho de mayo del dos mil doce, en su parte dispositiva establece que:
“Se declara con lugar el recurso, únicamente en cuanto al Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados.
Se ordena a Yesenia Calderón Solano en su condición de Presidenta
Ejecutiva, y Yolanda Martínez Cascante, en su condición Subgerente de la Subgerencia de Gestión
de Sistemas Comunales, ambas del Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados, o a quienes en su lugar ejerzan tales cargos, que de inmediato
adopten las medidas necesarias para asumir de forma completa el sistema de
acueducto de la comunidad indígena de Quitirrisí de Mora,...”.
Por tanto:
De conformidad con las facultades conferidas por
los artículos 21 y 50 de la Constitución Política; 1º, 2º, 264, 268, de la Ley General de Salud;
artículos 17, 33 y concordantes de la
Ley de Aguas Nº 276 del 27 de agosto de 1942, Ley General de
Aguas Nº 1634 del 18 de setiembre de 1953; artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 18, 21, 23
y 26 de la Ley
Constitutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados.
SE
ACUERDA:
1º—Se conoce y se ordena a la Subgerencia Gestión
de Sistemas GAM, cumplir con el voto Nº 2012006447 de la Sala Constitucional,
y por consiguiente se tiene por rescindido el Convenio de Delegación, suscrito
entre el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados y la Asociación de
Desarrollo Integral Reserva Quitirrisí de Tabarcia de Mora en San José, cédula
jurídica Nº 3-002-045797, la cual cuenta con su personería jurídica vencida.
2º—Proceda la
Subgerencia de Gestión de Sistemas GAM, a solicitar el registro del recurso hídrico ante el MINAE, así como coordinar con las áreas encargadas de
las actividades requeridas, para presupuestar los recursos económicos para la
operación, mantenimiento, y mejoras necesarias al sistema y los recursos
humanos y activos requeridos, para la adecuada prestación del servicio,
teniéndose como parte integral de este acuerdo el informe técnico que ha sido
avalado por esta Junta Directiva donde se establecen los requerimientos (oficio
Nº SUB-G-GSGAM-2012-0366 supracitado).
3º—Proceda el Departamento de Topografía a elaborar los levantamientos
topográficos de todos los lotes de tanques, pozos, donde se encuentre
infraestructura necesaria para la prestación de los servicios de acueducto y
alcantarillado; así como los planos catastrados de servidumbres referenciados
con la respectiva propiedad, y en su oportunidad el Departamento de
Expropiaciones deberá realizar las diligencias para inscribirlas en el Registro
Nacional, siempre que la legislación lo permita por encontrarnos en territorio
indígena.
4º—Ordenar al Área de Comunicación se sirva brindar colaboración a la Subgerencia de Gestión
de Sistemas GAM, para elaborar material didáctico alusivo al uso
racional del agua potable, la medición, pago oportuno de la facturación y los
beneficios de los servicios que brinda el AyA a favor de las comunidades
ubicadas en el Territorio Indígena de Quitirrisí de Mora.
5º—A la Subgerencia
de Gestión de Sistemas GAM para que realice las
modificaciones presupuestarias que requiera e incluir en el presupuesto
ordinario y extraordinario las inversiones que sean necesarias para normalizar
el suministro de agua potable, las mejoras e interconexión del sistema del
acueducto; así como la realización del censo respectivo a fin de incorporar a
los vecinos del Territorio Indígena de Quitirrisí de Mora en nuestra cartera de
clientes; y la realización de todos aquellos trámites propios de la gestión
comercial.
6º—Comuníquese y notifíquese a todos los usuarios de la anterior decisión,
por medio de la correspondiente publicación en el diario oficial La Gaceta y aviso en
carta circular que remitirá la
Subgerencia de Gestión de Sistemas GAM, con el apoyo de la
Dirección de Comunicación Social.
Acuerdo firme.—Lic. Karen
Naranjo Ruiz, Secretaria General.—1 vez.—O. C. Nº
510001970.—Solicitud Nº 42145.—C-240900.—(IN2012083982).
DIRECCIÓN EJECUTIVA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
D.E Nº 817-611-2012.—San José,
12 horas del 16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa de
Productores de Plantas Ornamentales, R. L. (COOPEBOTANICA R. L.) originalmente
inscrita mediante resolución C-611 del Departamento de Organizaciones Sociales
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora,
designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a
las disposiciones de los artículos 88
a 93 de la
Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto
Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia
del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al
Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Lic. Martín
Robles Robles, Director Ejecutivo.—O.C. Nº 33487.—Solicitud Nº
35954.—C-56420.—(IN2012083648).
D.E Nº 816-922-2012.—San José, 12 horas del
16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa
Autogestionaria de Transporte de Banano R. L.
(COOPETRANSBANASUR R. L.) originalmente inscrita mediante resolución C-922 del
Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el
informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los
artículos 88 a
93 de la Ley de
Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento
Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de
Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de
Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que
proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Lic. Martín Robles Robles, Director
Ejecutivo.—O.C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-45140.—(IN2012083649).
D.E Nº 815-930-2012.—San José, 12 horas del
16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa de Consumo
de Palmichal de Acosta R. L. (COOPEPALMICHAL R. L.) originalmente inscrita
mediante resolución C-930 del Departamento de Organizaciones Sociales del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora,
designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a
las disposiciones de los artículos 88
a 93 de la
Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto
Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia
del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al
Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Lic. Martín
Robles Robles, Director Ejecutivo.—O.C. Nº 33487.—Solicitud Nº
35954.—C-45140.—(IN2012083650).
D.E. Nº 814-1347-2012.—San José, 12 horas del
16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa
Autogestionaria de Servicios de Transporte de Escazú, R. L.
(COOPESCAZU R. L.) originalmente inscrita mediante resolución C-1347 del
Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el
informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los
artículos 88 a
93 de la Ley de
Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento
Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de
Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de
Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que
proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Lic. Martín Robles Robles,
Director Ejecutivo.—O.C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-45140.—(IN2012083651).
D.E. Nº 812-1121-2012.—San José, 12 horas del
16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa Agropecuaria
de Tinovilla y Villa Colón de Osa R. L. (COOPETINOVILLA R. L.) originalmente
inscrita mediante resolución C-1121 del Departamento de Organizaciones Sociales
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora,
designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a
las disposiciones de los artículos 88
a 93 de la
Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto
Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia
del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al
Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Lic. Martín
Robles Robles, Director Ejecutivo.—O.C. Nº 33487.—Solicitud Nº
35954.—C-45140.—(IN2012083652).
D.E. Nº 811-146-2012.—San José, 12 horas del
16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa de Ahorro
y Crédito de Los Comerciantes Detallistas y Empleados de Comercio R. L.
(COOPECODE R. L.) originalmente inscrita mediante resolución C-146 del
Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el
informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los
artículos 88 a
93 de la Ley de
Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento
Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de
Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de
Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que
proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Lic. Martín Robles Robles,
Director Ejecutivo.—O.C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-56420.—(IN2012083653).
D.E. Nº 810-476-2012.—San José, 12 horas del
16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa de
Caficultores de Tilarán R. L. (COOPETILA R. L.) originalmente inscrita mediante
resolución C-476 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora,
designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a
las disposiciones de los artículos 88
a 93 de la
Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto
Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia
del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al
Departamento de Organizaciones Sociales de Organizaciones Sociales del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación
definitiva. Publíquese.—Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—O.C. Nº
33487.—Solicitud Nº 35954.—C-45140.—(IN2012083654).
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
D.E Nº 809-1003-2012.—San José,
12 horas del 16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa de
Electrificación Rural los Ángeles, R.L. (COOPEGELA R.L.) originalmente inscrita
mediante resolución C-1003 del Departamento de Organizaciones Sociales del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por haber rendido la Comisión Liquidadora,
designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a
las disposiciones de los artículos 88
a 93 de la
Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto
Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia
del Área de Supervisión Cooperativa de este instituto. Comuníquese al
Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Dirección
Ejecutiva.—Lic. Martín Robles Robles, Director.—O.C.
Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-45140.—(IN2012083655).
D.E Nº 808-996-2012.—San
José, a las 12 horas del 16 de julio del 2012. Declárese liquidada la Federación
Costarricense de Cooperativas de Ahorro y Crédito R.L.
(FECOAC R. L.) originalmente inscrita mediante resolución C-996 del
Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe
final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos
88 a 93
de la Ley de
Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento
Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión
Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones
Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su
cancelación definitiva. Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Lic. Martín Robles
Robles, Director.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-45140.—(IN2012083656).
D.E Nº 807-917-2012.—San José, a las 12 horas
del 16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa de
Transportes de Usuarios de Juan Viñas R. L. (COOPETRANSJUVI, R.L.)
originalmente inscrita mediante resolución C-917 del Departamento de
Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por haber
rendido la
Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final
de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones
Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho
informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de
este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación
definitiva. Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Lic. Martín Robles Robles,
Director.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-45140.—(IN2012083657).
D.E Nº 818-428-2012.—San José, a las 12 horas
del 16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa de Ahorro
y Crédito de los Empleados de Coopecoronado R. L. (CACEC R.L.) originalmente
inscrita mediante resolución C-428 del Departamento de Organizaciones Sociales
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora,
designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a
las disposiciones de los artículos 88
a 93 de la
Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto
Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho Informe se encuentra bajo la custodia
del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al
Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Dirección
Ejecutiva.—Lic. Martín Robles Robles, Director.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº
35954.—C-56420.—(IN2012083658).
D.E Nº 813-1091-2012.—San José, a las 12
horas del 16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa de
Servicios Múltiples de Productores Agropecuarios de la Soga R.L. (COOPESOGA
R.L.) originalmente inscrita mediante resolución C-1091 del Departamento de
Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber
rendido la
Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final
de liquidación y ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones
Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho
informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de
este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación
definitiva. Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Lic. Martín Robles Robles,
Director.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-62060.—(IN2012083659).
El concejo en sesión ordinaria
número dos, celebrada el once de enero del 2010, en artículo II inciso 1,
recibe visita del señor Michael Jarquín Camacho, cédula identidad 1-1082-818,
para su juramentación, quien ha sido nombrado como el nuevo inspector
municipal. Se deja constancia de que el señor presidente municipal Marvin
Valenciano, toma el juramento según lo estipula el artículo 194 de la Constitución
Política.
Zarcero, 23 de agosto del 2012.—Gretel Alfaro Alvarado, Asistente Técnico del Concejo
Municipal.—Vanessa Salazar Huertas, Departamento de Proveeduría.—1
vez.—(IN2012084986).
Para ver imagen solo
en La Gaceta impresa o en formato PDF
PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN
JURADA DEL IMPUESTO DE
PATENTES
Estimado patentado: Sírvase revisar con detalle
las siguientes instrucciones para la presentación de su Declaración del Impuesto
de Patente.
REQUISITOS
OBLIGATORIOS
• Presentar
ante el Departamento de Patentes el formulario de la Declaración Jurada
del Impuesto de Patente Municipal debidamente completo sin tachones ni
correcciones.
• Las
declaraciones deben acompañarse de original y fotocopia de la Declaración Jurada
del Impuesto sobre la Renta,
así como de original y copia del recibo cancelado del IV Trimestre del impuesto
de patentes anterior al periodo a declarar. Para el caso de los patentados con
período natural, el recibo que deben aportar corresponde al I Trimestre del
impuesto de patentes anterior al periodo a declarar
• Copia
de la cédula de identidad de la persona física, en caso de ser extranjero
original y copia de la cédula de residencia o cédula permanente, estos documentos
deben estar vigentes.
• Si
el patentado se encuentra acogido al Régimen Simplificado de Tributación debe
presentarse originales y copias de cada una de las cuatro declaraciones del
impuesto del período fiscal anterior al periodo a declarar. En este caso se
deben declarar los ingresos brutos, los costos, gastos y deducciones y renta
líquida generada durante el periodo fiscal anterior al periodo a declarar.
• Si
el patentado se encuentra acogido a la
Ley del Régimen de Zonas Francas, deben aportar la Certificación
de la Exoneración
del impuesto de Patente emitida por Procomer, así como la constancia de poseer
un período de cierre especial emitida por la Administración
Tributaria que corresponda, ambas con no más de un mes de
emitidas.
• En
caso de que el patentado sea persona jurídica deberá aportarse copia de la
personería jurídica original con no más de un mes de emitida que incluya la
representación legal y la actuación del representante(s) y copia de la cédula
de identidad del representante(s) legal(s), en caso de actuar conjuntamente
deberá ser firmada la declaración jurada por los representantes legales que
correspondan.
• Las
empresas jurídicas o personas físicas que realicen actividades y que tengan
licencia (patente)(s) en otras Municipalidades y que presenten la declaración
de la renta consolidada, deberán adjuntar a la respectiva declaración del
Impuesto de patente, certificación de contador público autorizado detallando la
renta bruta, costos gastos y deducciones y renta líquida gravable, generada en
el Cantón Central de Cartago incluyendo en esta certificación renta bruta,
costos, gastos y deducciones y renta líquida gravable generada y cancelada en
cada una de las Municipalidades donde tengan licencia (patente) comercial con
indicación de la
Municipalidad a la que corresponda, o en su defecto presentar
original y copia de las declaraciones del impuesto de patente presentadas y
selladas en las demás Municipalidades donde tengan patente comercial. En el caso de poseer domicilio fiscal en otra
Administración Tributaria que no sea la de Cartago, deberá realizar la(s) inscripción(es) de
la(s) sucursal(es) que posee(n) en la jurisdicción de Cartago.
• La
declaración deberá ser firmada por el patentado y en caso de que la licencia
(patente) esté arrendada deberá ser suscrita también por el arrendatario. Adjuntar
copia de la cédula de identidad tanto del patentado como del arrendatario. Deberá
presentarse copia y original del contrato de arrendamiento de la licencia
(patente comercial), indicándose expresamente el número de cuenta del
patentado; este contrato deberá ser certificado, certificación que no deberá
tener más de un mes de emitida. En caso de tratarse de una sociedad (sea
patentado y/o arrendatario) presentar original de la personería jurídica con no
más de un mes de emitida y copia de la cédula jurídica.
• En
el caso de que se haya realizado un traspaso de la patente comercial durante el
período anterior al periodo a declarar se deberá aportar copia y original de la
declaración de renta tanto del que realizó el traspaso como del adquirente y el
formulario D-140 donde hace constar la inscripción ante Tributación del nuevo
adquirente de la patente comercial donde se haga constar la dirección del
negocio que corresponde a la jurisdicción de Cartago.
INFORMACIÓN
GENERAL
En el caso de que el patentado realice actividades
lucrativas dentro y fuera de la jurisdicción del Cantón Central de Cartago y no
se pague patente comercial en esas otras municipalidades, se tasará con base a
la totalidad de la
Declaración Jurada del Impuesto sobre la Renta presentada ante la Administración
Tributaria, para el periodo de imposición.
Cuando en un establecimiento dedicado a actividades lucrativas, ejerzan
actividades conjuntamente varias sociedades o personas físicas, el monto del
Impuesto de Patente se determinara con la suma total del impuesto que
corresponda a cada uno individualmente.
Los patentados del PERIODO FISCAL (con cierre al 30
de septiembre) podrán presentar la declaración del Impuesto de Patente ante
esta Municipalidad a partir del cierre fiscal y hasta el 10 de enero del
siguiente año como fecha límite. Los patentados del PERIODO NATURAL (con cierre fiscal al 31 de diciembre) podrán
presentar la declaración a partir de su cierre fiscal y hasta el 31 de marzo
siguiente como fecha límite para la presentación de la Declaración del
Impuesto de Patente ante esta Municipalidad.
Departamento de Patentes.—Lic.
Francisco Quesada Pereira, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº
41557.—Solicitud Nº 32311.—C-221020.—(IN2012084000).
FINCA DE DELORES SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a una asamblea de
accionistas de la empresa Finca de Delores Sociedad Anónima, el día primero de
octubre del dos mil doce, en la primera convocatoria a las 11:00 a. m., y en
segunda convocatoria una hora después en Escazú, San Rafael, de Plaza Rolex 600 metros sureste,
frente al letrero Villas Caracas, oficina del Lic. Roberto Romero Mora, para
conocer de los siguientes temas: 1- Verificar quórum. 2- Verificar acciones.
3-Verificar libros de la empresa. 4- Reporte de gastos del señor Freddy Antonio
Esquivel Ramírez. 5- Verificar estados financieros de la empresa. 6- Deuda de
socios y capitulación de la empresa. 7- Actualizar junta directiva. 8-
Actualizar fiscal. 9- Actualizar domicilio de la empresa. 10- Actualizar la
cláusula para que el presidente firme las acciones únicamente. 11- Nueva
distribución del capital social de la empresa. 12- Asuntos varios.—Freddy Antonio Esquivel Ramírez.—1 vez.—(IN2012084904).
FAGTY DE SAN RAMÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a una asamblea de
accionistas de la empresa Fagty de San Ramón Sociedad Anónima, el día primero
de octubre del dos mil doce, en la primera convocatoria a las 08:00 a. m., y en
segunda convocatoria una hora después en Escazú, San Rafael, de Plaza Rolex 600 metros sureste,
frente al letrero Villas Caracas, oficina del Lic. Roberto Romero Mora, para
conocer de los siguientes temas: 1- Verificar quórum. 2- Verificar acciones.
3-Verificar libros de la empresa. 4- Reporte de gastos del señor Freddy Antonio
Esquivel Ramírez. 5- Verificar estados financieros de la empresa. 6- Deuda de
socios y capitulación de la empresa. 7- Actualizar junta directiva. 8-
Actualizar fiscal. 9- Actualizar domicilio de la empresa. 10- Actualizar la
cláusula para que el presidente firme las acciones únicamente. 11- Nueva
distribución del capital social de la empresa. 12- Asuntos varios.—Freddy Antonio Esquivel Ramírez.—1 vez.—(IN2012084906).
CENTRAL AMERICAN RAY DG SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a una asamblea de
accionistas de la empresa Central American Ray DG Sociedad Anónima, el día
primero de octubre del dos mil doce, en la primera convocatoria a las 02:00 p.
m., y en segunda convocatoria una hora después en Escazú, San Rafael, de Plaza
Rolex 600 metros
sureste, frente al letrero Villas Caracas, oficina del Lic. Roberto Romero
Mora, para conocer de los siguientes temas: 1- Verificar quórum. 2- Verificar
acciones. 3- Verificar libros de la empresa. 4- Reporte de gastos del señor
Freddy Antonio Esquivel Ramírez. 5- Verificar estados financieros de la
empresa. 6- Deuda de socios y capitulación de la empresa. 7- Actualizar junta
directiva. 8- Actualizar fiscal. 9- Actualizar domicilio de la empresa. 10-
Actualizar la cláusula para que el presidente firme las acciones únicamente.
11- Nueva distribución del capital social de la empresa. 12- Asuntos varios.—Freddy Antonio Esquivel Ramírez.—1 vez.—(IN2012084910).
PARK ROYAL S. A.
Se convoca a los socios accionistas de Park Royal S. A., con cédula
jurídica 3-101-420848, a
la asamblea general ordinaria y extraordinaria, que se celebrará en el Bufete
Tacsan & Umaña, ubicado en Granadilla de Curridabat, frente al INAMU,
tercer piso, a las 11:00 a. m. del 15/09/2012, en primera convocatoria, en la
cual se conocerán los siguientes puntos:
Orden del día:
1. Nombramiento del nuevo presidente y secretario de la junta
directiva.
2. Presentación, discusión y aprobación de las
cuentas por pagar.
3. Asuntos varios.
Si a la hora y fecha indicada no
hubiere quórum, se llevará a cabo la asamblea en segunda convocatoria una hora
después en el mismo lugar y fecha indicados y se constituirá válida con el
número de socios que estén presentes.—San José, 16 de
agosto del 2012.—Will Philip Hefley, Presidente.—1 vez.—RP2012318935.—(IN2012086579).
CONDOMINIO HORIZONTAL VERTICAL RESIDENCIAL
COMERCIAL
PALMAS DE TAMARINDO
Se convoca a los dueños de
fincas filiales del Condominio Horizontal Vertical Residencial Comercial Palmas
de Tamarindo, con cédula jurídica: 3-109-569291, ubicado en Villarreal,
Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, a la próxima asamblea general de
propietarios, que se realizará en las instalaciones del complejo, el día 7 de
diciembre del 2012, a
las 9:00 a. m.. En caso de no haber quórum necesario para la misma, se llama a
segunda convocatoria a las 9:30 a. m., el 7 de diciembre del 2012, en el mismo
lugar señalado anteriormente.—Galo Malavasi Umaña,
Summerland Property Management.—1 vez.—(IN2012086908).
CONDOMINIO VERTICAL HORIZONTAL
RESIDENCIAL PENÍNSULA
Se convoca a los dueños de fincas filiales
del Condominio Vertical Horizontal Residencial Península ubicado en Playa
Langosta, Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste con cédula jurídica: 3-109-467343 a la próxima
asamblea general de propietarios, que se realizará en las instalaciones de
áreas comunes del mismo, el día 17 de noviembre del 2012 a las 9:00 a. m. En
caso de no haber quórum necesario para la misma se llama a segunda convocatoria
a las 9:30 a. m., el 17 de noviembre del 2012, en el mismo lugar señalado
anteriormente.—Galo Malavasi Umaña, Summerland
Property Management.—1 vez.—(IN2012086909).
CONDOMINIO HORIZONTAL VERTICAL RESIDENCIAL
SUNRISE
TAMARINDO
Se convoca a los dueños de
fincas filiales del Condominio Horizontal Vertical Residencial Sunrise Tamarindo,
ubicado en Playa Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste con cédula jurídica: 3-109-345104 a la próxima
asamblea ordinaria, que se realizará en instalaciones del complejo, el día 6 de
octubre del 2012 a
las 9:00 a. m.. En caso de no haber quórum necesario para la misma se llama a
segunda convocatoria a las 9:30 a. m., el 6 de octubre del 2012, en el mismo
lugar señalado anteriormente.—Galo Malavasi Umaña,
Summerland Property Management.—1 vez.—(IN2012086911).
CONDOMINIO VERTICAL HORIZONTAL RESIDENCIAL
CASA
DOBLE
Se convoca a los dueños de
fincas filiales del Condominio Vertical Horizontal Residencial Casa Doble,
ubicado en Playa Langosta, Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste con cédula
jurídica: 3-109-526954 a
la próxima asamblea general de propietarios, que se realizará en las
instalaciones del complejo, el día 4 de diciembre del 2012, a las 9:00 a. m. En
caso de no haber quórum necesario para la misma, se llama a segunda
convocatoria a las 9:30 a. m., el 4 de diciembre del 2012, en el mismo lugar
señalado anteriormente.—Galo Malavasi Umaña,
Summerland Property Management.—1 vez.—(IN2012086912).
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN
LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros
registros al mes de agosto de 2012, se encuentran morosos. Si realizó el pago
respectivo favor ignorar esta publicación, la cual se realiza conforme con el
artículo 981 del Código de Comercio.
Nombre
|
Cédula
|
Bermúdez Bedoya Hugo
|
117001567111
|
Berrocal Sánchez Alba
|
105110594
|
Cruz Campos Jorge Manuel
|
103670481
|
Jiménez Dam Ricardo
|
103120522
|
Jiménez Vargas Ma. Gabriela
|
105640190
|
Mena Vásquez Ana Patricia
|
203580262
|
Muñoz Carvajal María
Bernardita
|
204640252
|
Paruas Buitrago Ramón
|
800810408
|
Rivera González Daysi
|
302200533
|
Salas Brenes Víctor Hugo
|
103620781
|
Salazar Valverde Carlos
|
203740253
|
Solano Sáenz Jenny
|
106270638
|
Vargas Alcázar Gerardo
|
104090055
|
M.Sc. Félix Ángel Salas Castro,
Presidente Junta Directiva.—MSc. Magda Rojas Saborío, Secretaria Junta
Directiva.—(IN2012081504). 2
v. 2 Alt.
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
COLEGIO
FEDERADO DE INGENIEROS Y DE
ARQUITECTOS DE COSTA
RICA
17 de abril del 2012
Nº 1323-2012-DRD
Señor
Carlos Alberto Castro
Guerrero
Representante Legal
Ingeniería Constructiva
Castro S. A.
Estimado
señor:
El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos
de Costa Rica y el Departamento de Régimen Disciplinario, han decidido realizar
una investigación previa de oficio, por el caso del Informe de Inspección N°
DRD-INSP-497-2010, realizado en San Francisco de Heredia, propiedad del señor
Ernesto Badilla Córdoba, la cual se tramita bajo el N° 055-12. En virtud de lo
anterior, se le concede cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de
recibida esta nota, para que si a bien lo tiene, manifieste por escrito lo de
su interés sobre la investigación preliminar que aquí se tramita. Asimismo, se
indica que la no comparecencia en el plazo conferido, no impedirá la
continuación de la etapa preliminar, con el fin de dilucidar la existencia o no
de presuntas violaciones al Código de Ética Profesional.
En caso de considerarse necesaria una visita de inspección al inmueble o
proyecto, con el fin de adjuntar elementos probatorios a la investigación, este
Departamento procederá a programarla, en el momento conveniente.
El alcance del procedimiento administrativo de instrucción o investigación
previa, únicamente conlleva a dirimir la existencia o no de presuntas
violaciones al Código de Ética Profesional de este Colegio Federado y no podrá
dilucidar conflictos de orden patrimonial, los que sí podrán ventilarse en el
Centro de Resolución de Conflictos o bien ante la autoridad judicial
competente.
A efecto de lo anterior, proceda a señalar un número de fax o dirección
electrónica para remitirle las notificaciones al respecto, las mismas deberán
permanecer habilitadas para esos efectos, ya que en caso contrario se tendrá
por notificado con solo el transcurso de 24 horas después de emitido el oficio.
Si usted ya las indicó, favor hacer caso omiso de esta solicitud.
Le informo que en el caso Nº 055-12, consta documentación que puede ser
consultada en nuestras oficinas por su persona o representante autorizado.
Arq. Carlos Murillo Gómez, Jefe, Departamento de
Régimen Disciplinario.—O. C. Nº 543-12.—Solicitud Nº
37891.—C-95900.—(IN2012084083).
BANCO BAC SAN JOSÉ
Kennethe Kiang Tung ha
solicitado en San José, Costa Rica, la reposición del cheque: Nº 74677 de Banco
Bank of America por la suma de $3080 dólares americanos el día 29 de marzo del 2011 a favor de American
Bankers.—San José, 31 de julio del 2012.—Marisel
Murillo, Sucursal Sabana.—(IN2012084558).
BANCO PROMÉRICA DE COSTA RICA S. A.
Por este medio Banco Promérica
de Costa Rica S. A., hace constar que Carlos Calderón Herrera, cédula de
identidad número: uno-novecientos noventa y seis-cuatrocientos dos, es el
propietario del siguiente documento: Cheque Nº 163172, por un monto de
ochocientos sesenta mil colones, de Banco Promérica de Costa Rica S. A. Por haberse
destruido accidentalmente solicita su reposición.—San
José, veintiuno de agosto del dos mil doce.—Luis Carlos Rodríguez
Acuña.—(IN2012084902).
CENTRO VACACIONAL BANCOSTA S. A.
Hace constar que revisado el
libro de accionistas, aparecen como socios, Mariano Benavídez Sánchez, cédula
1-480-677 con las acciones Nº 804, Sergio Solera Segura, cédula 2-419-160,
acción 862 las que se reportan como extraviadas, por lo que solicitan su
reposición.—San José, 21 de agosto del 2012.—Lic. Raúl Trejos Sánchez.—(IN2012084927).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
BUSINESS
INVESTMENTS BLUE ÁNGEL S. A.
La empresa Business Investments Blue Ángel S. A.
cédula jurídica 3-101-569210 identificada por su nombre corto BIBA S.A.
informa de la pérdida y/o robo de 15 facturas con la numeración consecutiva de
la 85 hasta la 100, con original, copia amarilla y copia rosada. Estas no
podrán ser utilizadas para ningún concepto evite fraudes.—Marcela
León.—l vez.—(IN2012083996).
ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO
DE
SANTA EDUVIGES DE BUENOS AIRES
Yo, José Enrique Castro Navarro,
cédula Nº 1-240-624, en mi carácter de presidente y representante judicial y
extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, de la Asociación
Administradora del Acueducto de Santa Eduviges de Buenos
Aires, cédula jurídica Nº 3-002-220992, solicito al Departamento de
Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición del libro de
Diario número uno, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a
partir de la publicación, a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante
el Registro de Asociaciones.—San Isidro de Pérez
Zeledón, 20 de agosto del 2012.—José Enrique Castro Navarro, Presidente.—1
vez.—RP2012318061.—(IN2012084763).
Mediante escritura 31 otorgada
ante este notario, a las 15:00 horas del 24 de abril del 2012, se acuerda
disolver la sociedad: Essence Of The Black Rose Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3-101-448543. Con base al artículo 207 del Código de Comercio. Es
todo.—Guanacaste, 27 de abril del 2012.—Lic. Edry Mendoza Hidalgo, Notario.—1
vez.—(IN2012083743).
Por escritura número doscientos ochenta y
uno-dos, otorgada a las diecisiete horas del veintiocho de junio de dos mil
doce, se protocolizó acta asamblea extraordinaria de accionistas de Consorcio
Cony Internacional Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó la
disolución de la empresa.—Liberia, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic.
Alejandra Larios Trejos, Notaria.—1 vez.—RP2012317440.—(IN2012083846).
Por escritura número doscientos ochenta y
nueve-dos otorgada a las siete horas treinta minutos del veintinueve de junio
de dos mil doce, se protocolizó acta asamblea extraordinaria de accionistas de Corporación
Internacional Atlas JQ Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó la
disolución de la empresa.—Liberia, veintinueve de junio de dos mil doce.—Lic.
Alejandra Larios Trejos, Notaria.—1 vez.—RP2012317441.—(IN2012083847).
Por escritura número doscientos ochenta y
ocho-dos, otorgada a las siete horas del veintinueve de junio de dos mil doce,
se protocolizó acta asamblea extraordinaria de accionistas de Valle de La Esmeralda Sociedad
Anónima, mediante la cual se acordó la disolución de la empresa.—Liberia,
veintinueve de junio de dos mil doce.—Lic. Alejandra Larios Trejos, Notaria.—1
vez.—RP2012317442.—(IN2012083848).
Por escritura pública número ciento sesenta y
nueve-cuatro, se constituye la sociedad denominada Real Game Services S. A.
Es todo.—San José, catorce de agosto del dos mil doce.—Lic. Michael Calderón
Segura, Notario.—1 vez.—RP2012317445.—(IN2012083849).
Se deja constancia que en mi notaría, a las
once horas del quince horas del dieciséis de julio de dos mil doce, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la entidad Prili Fruits
Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres -
ciento uno - quinientos treinta mil doscientos treinta y tres, asamblea que
contó con la asistencia de la totalidad del capital social y mediante la cual
acordaron la disolución de la sociedad Prili Fruits S. A. Es todo.—Lic.
Edwin Bogantes Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012317446.—(IN2012083850).
Canales y Drenajes del Caribe S.R.L., cédula jurídica Nº 3-202-106, ha modificado su
domicilio social en Guápiles de Pococí, 200 metros norte y 25 metros oeste del
cementerio, escritura 137 tomo 7.—Lic. Teresita Chaves Castillo, Notaria.—1
vez.—RP2012317447.—(IN2012083851).
Por escritura otorgada, a las ocho horas del
diecisiete de agosto del dos mil doce, ante la suscrita notaria, se constituyó
la empresa Ramasa de Cartago Sociedad Anónima, plazo 99 años. Capital
social: Diez mil colones. Presidente: Max Adolfo Lizano Muñoz.—San José,
diecisiete de agosto del dos mil doce.—Lic. Susana María Ureña Sánchez,
Notaria.—1 vez.—RP2012317449.—(IN2012083852).
Por escritura otorgada, hoy ante mí, a las
diecinueve horas del veintisiete de julio del dos mil doce, Arnaldo Gerardo
López Picado, Grettel Malena Sánchez Bolaños y Eder Francisco López Picado,
constituyen Repuestos del Puerto S. A., domiciliada en Juanito Mora de
Barranca de Puntarenas. Plazo social: 90 años. Capital social: ¢100.000,00
dividido en 20 acciones comunes y nominativas de ¢5.000,00 cada una
íntegramente suscritas y pagadas. Objeto: El comercio en general. Presidente:
Arnaldo Gerardo López Picado.—Puntarenas, 13 de agosto del 2012.—Lic. Francisco
Rojas Carranza, Notario.—1 vez.—RP2012317450.—(IN2012083853).
El suscrito notario hace constar que el día
doce de julio protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la
sociedad denominada 3-101-617543 S. A., en la que se reforma la
cláusula: primera de los estatutos sociales.—San José, 7 de agosto del
2012.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1
vez.—RP2012317451.—(IN2012083854).
Por escritura número 231, otorgada ante esta
notaría, se protocoliza acta de asamblea general de socios de 3-101-639682
S.A., mediante la cual se solicita la disolución de dicha empresa.—Lic.
Esteban Quesada Murillo, Notario.—1 vez.—RP2012317457.—(IN2012083855).
Por escritura doscientos cincuenta y tres,
otorgada a las diez horas cinco minutos del veintitrés de febrero de dos mil
doce, ante el notario Fabián Azofeifa Arce, se protocoliza acta número siete
del libro de Registro de actas número uno de la sociedad Jafosari Limitada,
cédula jurídica tres-ciento dos-cero tres nueve dos dos siete, mediante la cual
se nombran nuevos gerentes y se amplía el plazo social.—San José, 23 de febrero
de 2012.—Lic. Fabián Azofeifa Arce, Notario.—1
vez.—RP2012317502.—(IN2012083879).
Liquidación de la sociedad denominada Alquiler
de Maquinaria E & E Sociedad Anónima, cédula jurídica número:
tres-ciento uno-seiscientos seis mil setecientos treinta y siete. Cualquier
interesado, o terceras personas, que se opongan a la liquidación de esta, o
tenga algún alegato al respecto favor hacerlo mediante comunicado al domicilio
de la empresa ubicado en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, provincia de
San José, Barrio Sagrada Familia, frente a bazar y tienda Nidia. Es todo.—San
José, veintiuno de mayo del dos mil doce.—Lic. Cintya Bustos Cordero,
Notario.—1 vez.—RP2012317503.—(IN2012083880).
Por escritura doscientos ochenta y cuatro,
otorgada a las catorce horas del veinticinco de mayo de dos mil doce, ante el
notario público Fabián Azofeifa Arce, se constituye la sociedad anónima L.C.Y.J.R.
Cerraf Sociedad Anónima, con domicilio en San Rafael de Alajuela y con un
capital de diez mil colones.—San José, veinte de agosto de dos mil doce.—Lic.
Fabián Azofeifa Arce, Notario.—1 vez.—RP2012317504.—(IN2012083881).
El suscrito notario, René Orellana Meléndez,
hace constar que se disolvió la sociedad denominada Proyectos e Inversiones
Ojela Sociedad Anónima, en la ciudad de Santa Ana, el veintiocho de junio
del dos mil doce.—Lic. René Orellana Meléndez, Notario.—1
vez.—RP2012317522.—(IN2012083882).
El suscrito notario, René Orellana Meléndez,
hace constar que se disolvió la sociedad denominada Monte Dorado Ocho
Helechos Sociedad Anónima, en la ciudad de Santa Ana, el veintisiete de
junio del dos mil doce.—Lic. René Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—RP2012317523.—(IN2012083883).
La entidad denominada, SPI Solución
Próxima Inc Sociedad Anónima. Reforma cláusula tercera del objeto.
Escritura otorgada a las 8:00 horas del 20 de agosto del 2012.—Lic. Carlos Barrantes
Méndez, Notario.—1 vez.—RP2012317524.—(IN2012083884).
Por escritura número trescientos veinticinco
otorgada ante mí, a las trece horas y treinta minutos del día diecisiete de
agosto del dos mil doce, se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo
de la sociedad Transtusa Sociedad Anónima.—Turrialba, 17 de agosto del
2012.—Lic. Otoniel Díaz Flores, Notario.—1 vez.—RP2012317526.—(IN2012083885).
Por escritura número trescientos veintiséis
otorgada ante mí, a las catorce horas del día diecisiete de agosto del dos mil
doce, se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad Montari
Sociedad Anónima.—Turrialba, 17 de agosto del 2012.—Lic. Otoniel Díaz
Flores, Notario.—1 vez.—RP2012317528.—(IN2012083886).
Por escritura otorgada ante el notario
público Carlos Alberto Rodríguez Pérez, a las diecinueve horas del catorce de
agosto de dos mil doce, se protocolizó acta cuatro de asamblea extraordinaria
de accionistas de la empresa Alimentos El Tizate Sociedad Anónima. Se
modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo del capital social.—San José,
20 de agosto del 2012.—Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Notario.—1
vez.—RP2012317530.—(IN2012083887).
Por escritura otorgada ante la notaria
pública Jessie Murillo Moya, a las doce horas del trece de agosto del dos mil
doce, se protocolizó acta uno de asamblea extraordinaria de accionistas de la
empresa Bufete Rodríguez Corrales & Asociados Sociedad Anónima. Se
modificó; cláusulas, primera del nombre; segunda del domicilio; sexta de la
administración y se nombraron los nuevos miembros de la junta directiva,
presidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—San José, 20 de
agosto del 2012.—Lic. Jessie Murillo Moya, Notaria.—1
vez.—RP2012317531.—(IN2012083888).
Por escritura número ciento seis se
constituyó la sociedad denominada: Vermelho-Preto Liguista Sociedad Anónima.
Capital social diez mil colones exactos. Plazo social noventa y nueve años.
Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma. Es
todo.—Jacó, Garabito, Puntarenas, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic.
Oldemar Vargas Machado, Notario.—1 vez.—RP2012317533.—(IN2012083889).
Por escritura número cincuenta y uno otorgada
a las quince horas del trece de agosto del dos mil doce se constituyó la sociedad
denominada Diversified Services Group S. A. Capital social diez
mil colones. Plazo social noventa y nueve años. Presidente y secretaria
apoderados generalísimos sin líimite de suma. Es todo.—Jacó, Garabito,
Puntarenas, trece de agosto del dos mil doce.—Lic. Gerardo Calderón León,
Notario.—1 vez.—RP2012317534.—(IN2012083890).
Por escritura otorgada a las once horas
treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil doce, se constituye la
empresa de esta plaza Inversiones Garmo del Sur Sociedad Anónima. Capital
social: cien mil colones exactos. Representación: presidente. Plazo social:
noventa y nueve años.—San José, veinte de agosto del dos mil doce.—Lic. José
Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012317535.—(IN2012083891).
Mediante escritura número doscientos treinta
y cinco, otorgada en la notaría de la Licenciada Yohanna
Valverde Carvajal, a las 8:00 horas del día dieciséis de agosto del 2012, se
constituyó Soluciones Tecnológicas Grupo Onyx F & C Sociedad
Anónima. Rodolfo Eduardo Flores Muñoz, presidente. Domiciliada San José,
Tibás de la Bomba Ascom,
325 metros
al oeste.—San José, 16 de agosto del 2012.—Lic. Yohanna Valverde Carvajal,
Notaria.—1 vez.—RP2012317536.—(IN2012083892).
Ante esta notaría, por escritura número
ciento cincuenta y cinco, otorgada a las catorce horas del nueve de agosto de
de dos mil doce, se disuelve la sociedad Niquipichel Surf Spot de Santa
Teresa S. A., no se nombra liquidador.—San José, diez de agosto de dos mil
doce.—Lic. Patricia Francés Baima, Notaria.—1 vez.—RP2012317539.—(IN2012083893).
Ante esta notaría por escritura número
cincuenta cincuenta y nueve otorgada a las once horas del diecisiete de agosto
de dos mil doce. Se protocolizó acta de asamblea general de socios de la
empresa Frapa de Milano S. A. Se nombra nuevo secretario de la junta
directiva. Es todo.—San José, diecisiete de agosto de dos mil doce.—Lic.
Patricia Francés Baima, Notaria.—1 vez.—RP2012317540.—(IN2012083894).
Ante esta notaría por medio de escritura
pública número 132-III, otorgada en Guanacaste, a las 16:00 horas del 17 de
agosto del 2012, se protocolizó el acta
número dos de la sociedad denominada Serene Waves Enterprises Limitada.
Acuerdos: primero: Se remueve el cargo de gerente general uno de la sociedad.
Segundo: Por unanimidad de votos se realizan los siguiente nombramientos:
gerente general uno: Stephen Joel Kavanat.—Guanacaste, 17 de agosto del
2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2012317542.—(IN2012083895).
Ante esta notaría por medio de escritura
pública número 126-III, otorgada en Guanacaste, a las 14:15 horas del 16 de
agosto del 2012 se protocolizó el acta
número tres de la sociedad denominada Jícaro del Coco Limitada,
en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: segundo: Se acuerda la
disolución de la sociedad.—Guanacaste, 16 de agosto del 2012.—Lic. Laura
Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012317553.—(IN2012083896).
Ante esta notaría por medio de escritura
pública número 6-1, otorgada en San José, a las 15:30 horas del 18 de agosto
del 2012, se presentaron Jeudy Murillo Campos, Thelda Campos Hernández y
Fernando Murillo Madrigal, para constituir la sociedad denominada Sweet
Dreams Café Sociedad Anónima, con domicilio social en Heredia, frente al Mc
Donald’s de plaza Heredia casa color blanco de dos pisos.—San José, 18 de
agosto del 2012.—Lic. Grettel María Pérez Arce, Notaria.—1
vez.—RP2012317544.—(IN2012083897).
Por escritura otorgada hoy ante mí, la
empresa Maquinaria y Camiones del Caribe J. J. R. R. Sociedad
Anónima, modifica su razón social, revoca cargos de junta directiva y
nombra sustitutos.—San José, once horas del dos de agosto del dos mil
doce.—Lic. Freddy Porras Mora, Notario.—1 vez.—RP2012317545.—(IN2012083898).
Por escritura de las 10:00 horas del 17 de
agosto del 2012, se constituye la sociedad Comercializadora de Productos
Agropecuarios de América Coproagro Sociedad Anonima. Capital íntegramente
suscrito y pagado.—San José, 17 de agosto del 2012.—Lic. Johnny Alberto Vargas
Carranza, Notario.—1 vez.—RP2012317546.—(IN2012083899).
Por escritura pública otorgada ante esta
notaría, protocolicé acuerdo de socios mediante la cual se disolvió Telefonía
Uribe Limitada, cédula jurídica número 3-102-47732.—San José, 15 de junio
del 2012.—Lic. Karen Melissa Morelli Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012317847.—(IN2012083900).
Por escritura pública otorgada ante esta
notaria, protocolicé acuerdo de socios mediante la cual se disolvió Gráfica
Distinción Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-240665.—San José,
15 de junio del 2012.—Lic. Karen Melissa Morelli Alfaro, Notaria.—1
vez.—RP2012317548.—(IN2012083901).
Ante esta notaría, en escritura número 138,
otorgada a las 17:30 horas del 14 de agosto del 2012; se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Roderangs Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-438915, en la cual se modifica la
cláusula segunda de dicha sociedad, y se sustituye la totalidad de la junta
directiva y fiscal.—San José, 14 de agosto del 2012.—Lic. Carmen María
Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—RP2012317552.—(IN2012083902).
Ante esta notaría, en escritura número 140,
otorgada a las 16:00 horas del 17 de agosto del 2012; se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Comercio Versátil
Biosalud Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-397298, en la cual
se modifica las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo, y se
sustituye tesorero.—San José, 14 de agosto del 2012.—Lic. Carmen María
Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—RP2012317553.—(IN2012083903).
La Sociedad La Mejor Experiencia Turística en Costa Rica S. A., modifica sus
cláusulas. Primera, del nombre comercial, la que en adelante se denominará así:
Grupo Holland S. A., segunda del domicilio: su domicilio será en
la provincia de San José, Curridabat, de KFC trescientos metros sur y setenta y
cinco metros este.—San José, 16 de agosto del 2012.—Lic. Gaudy Milena Pereira
Pérez, Notaria.—1 vez.—RP2012317554.—(IN2012083904).
La sociedad Techos Verdes de Costa Rica S.
A., modifica sus cláusulas: primera, del nombre comercial, k que en
adelante se denominará así: Seraltra S. A., segunda del domicilio: en la
provincia de San José, Curridabat, de KFC trescientos metros sur y setenta y
cinco metros este.—San José, 16 de agosto del 2012.—Lic. Gaudy Milena Pereira
Pérez, Notaria.—1 vez.—RP2012317555.—(IN2012083905).
Ante mí, Pablo Arias González, notario
público con oficina en Atenas se constituyó la sociedad de responsabilidad
limitada denominada Atenas Hill Monarch Limitada, a las catorce horas
del tres de agosto del dos mil doce. Gerente y sugerente con la representación
judicial y extrajudicial de la sociedad, quienes tendrán las facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, diecisiete de agosto del
dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1
vez.—RP2012317556.—(IN2012083906).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00
horas del 16 de agosto del 2012, se constituyó la sociedad Grupo
Inmobiliario Carranza Jiménez S. A..—Lic. Eugenio F. Ortiz Álvarez,
Notario.—1 vez.—RP2012317557.—(IN2012083907).
Mediante escritura número 113 otorgada en mi
notaría a las 11:30 horas de hoy, los señores Jean Marc Bourreau y Cynthia
Gabriela Espinoza Sibaja acordaron la disolución de la compañía Accsys de
Costa Rica S. A., con fundamento en el artículo 201 inciso d) del
Código de Comercio.—Guadalupe, San José, 14 de agosto del 2012.—Lic. Mario A.
Solórzano Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2012317558.—(IN2012083908).
Ante mi notaría se disolvió la sociedad Oyemo
Sociedad Anónima, escritura número doscientos iniciada al folio ciento
nueve frente del tomo sétimo del suscrito notario de las dieciséis horas del
veinticuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández,
Notario.—1 vez.—RP2012317560.—(IN2012083909).
Ante mi notaría se disolvió la sociedad Valucy
Sociedad Anónima, escritura número ciento noventa y nueve iniciada al folio
ciento vuelto del tomo sétimo del suscrito notario de las quince horas del
veinticinco de mayo del dos mil doce.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández,
Notario.—1 vez.—RP2012317561.—(IN2012083910).
Ante mi notaría se disolvió la sociedad Cerava
Sociedad Anónima, escritura número doscientos treinta y cuatro iniciada al
folio ciento cuarenta frente del tomo sétimo del suscrito notario de las quince
horas del veinte de junio del año dos mil doce.—Lic. Jorge Eduardo Morales
Fernández, Notario.—1 vez.—RP2012317562.—(IN2012083911).
Ante mi notaría se disolvió la sociedad Movimientos
de Tierra Raysa. Escritura número ciento cincuenta y uno iniciada al folio
setenta y siete vuelto del tomo sétimo del suscrito notario de las quince horas
del treinta de abril del dos mil doce.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández,
Notario.—1 vez.—RP2012317563.—(IN2012083912).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las veinte horas del día diecisiete de agosto del dos mil doce, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada 3-102-660097
SRL.. Donde se acuerda modificar las cláusulas segunda y novena de los
estatutos.—San José, veinte de agosto del dos mil doce.—Lic. Magally María
Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012317567.—(IN2012083913).
Por escrituras números 50, 83 y 125,
otorgadas en el tomo 23 del protocolo de la notariía pública Esther Badilla
Meléndez, se protocolizaron actas mediante las cuales se reformaron las
cláusulas sexta, de la administración y sétima, de la dirección, ambas del
pacto social de la Fundación Joaquín Vargas Coto, y se
instaló la junta administrativa.—San José, 20 de agosto del 2012.—Lic. Esther
Badilla Meléndez, Notaria.—1 vez.—RP2012317571.—(IN2012083914).
Por escritura número cuarenta y ocho otorgada
en mi notaría, a las ocho horas del diecisiete de agosto del dos mil doce,
protocolicé en lo conducente Acuerdos de Asamblea General Extraordinaria de la
sociedad denominada B & J Canucks Adventure Holdings S. A., cédula
de persona jurídica tres-ciento uno-seiscientos veintiún mil ochocientos
cincuenta, en la que se nombra nueva junta directiva y fiscal, asimismo se
dispone un nuevo domicilio social y se reforma el nombre de la sociedad a Creaciones
Mysticas S. A..—San José, a las once horas del diecisiete de agosto del dos
mil doce.—Lic. Henry Ramírez Quesada, Notario.—1
vez.—RP2012317572.—(IN2012083915).
Que por escritura otorgada a las nueve horas
del día de hoy se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Transportes
Grupo A B C S. A..—San José, veinte de agosto del dos mil
doce.—Lic. Edwin Vargas Víquez, Notario.—1 vez.—RP2012317573.—(IN2012083916).
Por escritura otorgada ante esta notaría al
ser las diecisiete horas del catorce de agosto del año dos mil doce, se
constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Sabor Caribeño
Jacó Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, moneda
del curso legal de Costa Rica totalmente suscrito y pagado.—Distrito de Jacó,
cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís,
Notario.—1 vez.—RP2012317575.—(IN2012083917).
Por escritura pública otorgada por el
suscrito notario a las ocho horas del veinte de agosto del dos mil doce, se
protocolizó la asamblea general extraordinaria de la sociedad Residencial
Monserrat S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cuarenta y tres mil tres, celebrada en la oficinas de la sociedad, donde se
toma el acuerdo de revocar poder generalísimo sin límite de suma a George
Francisco Ramón Marsden Canut.—Lic. Jorge Antonio Fournier Estrada, Notario.—1
vez.—RP2012317577.—(IN2012083919).
Mediante escritura otorgada a las 15:00 horas
del día 7 de agosto del año dos mil doce, se constituyó en mi notaría la
sociedad Sueños Sostenibles Marketing & Design Sociedad Anónima,
domiciliada en San José, Goicoechea, San Francisco, Barrio Tournón, Oficentro
Torres del Campo; capital social íntegramente suscrito y pagado. Corresponde al
Presidente la representación judicial y extrajudicial de la compañía, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veinte de
agosto del año dos mil doce.—Lic. Lucrecia Gómez Mora, Notaria.—1
vez.—RP2012317579.—(IN2012083920).
En mi notaría, por escritura treinta y
nueve-cinco, se protocolizó el acuerdo de disolución de la sociedad denominada Inversiones
Hermanos Rojas y Rojas de Palmares Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-tres cuatro cuatro siete cero dos, domiciliada en Alajuela,
Palmares, Rincón de Zaragoza, trescientos metros al este y cincuenta metros sur
del templo católico. Es todo.—Palmares, veinte de julio del dos mil doce.—Lic.
Ólger Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012317580.—(IN2012083921).
La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza,
notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la sociedad denominada Corporación Comunicación Más
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos sesenta y
cinco mil trescientos ochenta y cinco, para modificar cláusula quinta de pacto
constitutivo. Es todo.—Palmares, veinte de agosto del año dos mil doce.—Lic.
Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012317581.—(IN2012083922).
Mediante escritura número doscientos treinta
y ocho, visible al tomo quinto de mi protocolo, se cambió el nombre de la
sociedad a Nlightcr Limitada, además reformaron cláusulas segunda,
octava y puestos de gerentes. Es todo.—San José, diecisiete de agosto del año
dos mil doce.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1
vez.—RP2012317583.—(IN2012083923).
Por escritura del suscrito notario, a las
12:00 horas del día 17 de agosto del 2012, se constituyó la sociedad: Fumigadora
Ecomantix S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados
generalísimos. Capital: Suscrito y pagado. Domicilio: la ciudad de San
José.—San José, 18 de agosto del 2012.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón,
Notario.—1 vez.—RP2012317585.—(IN2012083924).
Por escritura otorgada por el suscrito notario,
a las 10:30 horas del día 28 de junio del 2012; se protocolizó acta de asamblea
de socios de la sociedad de esta plaza: Yuye Kabab Sociedad Anónima. Se
disuelve dicha sociedad.—San José, 17 de agosto del 2012.—Lic. Carlos Manuel
Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2012317586.—(IN2012083925).
Por escritura otorgada por el suscrito
notario, a las 10:00 horas del día 28 de junio del 2012; se protocolizó acta de
asamblea de socios de la sociedad de esta plaza: Tanury Internacional
Sociedad anónima. Se disuelve dicha sociedad.—San José, 17 de agosto del
2012.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1
vez.—RP2012317587.—(IN2012083926).
En escritura autorizada por la suscrita
notaria a las diez horas del dieciocho de junio de dos mil doce, se protocolizó
acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Corporación Rotafe de
Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó su liquidación.—San
José, diecisiete de agosto de dos mil doce.—Lic. Lucrecia Agüero Guier,
Notaria.—1 vez.—RP2012317588.—(IN2012083927).
Por escritura otorgada ante mí, número ciento
noventa y uno, de las dieciocho horas quince minutos del día catorce de agosto
del año dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Muequeta Sociedad
Anónima, domiciliada en Santa Lucía de Barva de Heredia, objeto: el
ejercicio del comercio en todas sus formas, la industria, la ganadería, la
agricultura, y en general toda actividad lucrativa. Plazo social: noventa y
nueve años. Presidenta: Adriana María Pacheco Matamoros. Capital social: un
millón de colones representado por diez acciones, comunes y nominativas de cien
mil colones cada una, suscritas y pagadas.—Lic. Carlos Manuel Chaves Delgado,
Notario.—1 vez.—RP2012317589.—(IN2012083928).
Ante esta notaría, por escritura número:
doscientos cuarenta y tres-sexto del tomo sexto, se disuelve y liquida la
sociedad Envíos Seguros a Tiempo Sociedad Anónima, cédula jurídica:
tres-ciento uno-doscientos ochenta mil ochocientos diecisiete.—San José,
diecisiete de agosto del dos mil doce. Es todo.—Lic. Andrea Ruiz Castillo,
Notaria.—1 vez.—RP2012317591.—(IN2012083929).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se
protocolizó el acta de la empresa Due Sorella Sociedad Anónima, donde se
acuerda reformar la cláusula sexta. La sociedad será administrada por
presidente y el secretario y sus representantes serán el presidente y
secretario en forma conjunta o separada en calidad de apoderados generalísimos
sin límite de suma.—Lic. Ronny Quirós Astorga, Notario.—1
vez.—RP2012317592.—(IN2012083930).
Protocolización de acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Mundo Bobatik Sociedad Anónima. Escritura
otorgada en San José a las 9:00 horas del 17 de agosto del 2012.—Lic. Ivonne
Patricia Redondo Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012317594.—(IN2012083931).
Por escritura otorgada a las quince horas
cincuenta y ocho minutos del veintiocho de junio del año 2012, protocolicé acta
de la empresa Total Agrícola Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica 3-101-499716, donde se acuerda su disolución.—Naranjo, Alajuela, 28 de
junio del 2012.—Lic. Pablo López Vindas, Notario.—1
vez.—RP2012317597.—(IN2012083932).
El suscrito notario hace constar que en mi
notaría, mediante escritura número ciento cincuenta y uno del doce de julio del
dos mil doce, se reforma las cláusulas primera y segunda, así como la junta
directiva de la compañía El Navara Plata Dos Mil Doce A.T.G Sociedad Anónima.—San
José, veinte de agosto del dos mil doce.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1
vez.—RP2012317598.—(IN2012083933).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las diecisiete horas del dos de julio del año dos mil doce, número
treinta y seis cuatro, se constituyó la entidad denominada Englingo Sociedad
de Responsabilidad Limitada. Se nombró junta directiva, capital suscrito y
pagado. Es todo.—Cartago, diez de agosto del dos mil doce.—Lic. Gabriela
Rodríguez Loría, Notaria.—1 vez.—RP2012317599.—(IN2012083934).
Ante esta notaría, a las 13:00 horas de hoy,
se protocolizó acta mediante la cual se acuerda disolver la sociedad Electrónica
CS Alajuela S. A. De conformidad con el artículo 207 del Código de
Comercio, se avisa que dentro de los treinta días siguientes a esta
publicación, cualquier interesado que se sienta perjudicado en sus derechos
podrá oponerse judicialmente a la disolución.—San Antonio, Belén, Heredia, 27
de junio del 2012.—Lic. María del Rocío Arroyo Chaves, Notaria.—1
vez.—RP2012317600.—(IN2012083935).
Ante esta notaría, a las 9:00 horas de hoy,
se constituyó la sociedad Benavente S. A. Capital: suscrito y pagado.
Apoderados: Presidente, secretario y tesorero.—San Antonio, Belén, Heredia, 1º
de agosto del 2012.—Lic. María del Rocío Arroyo Chaves, Notaria.—1
vez.—RP2012317601.—(IN2012083936).
El suscrito notario hago constar, que en el
protocolo del licenciado Carlos Luis Guerrero Salazar, se modifica el acta
constitutiva de la compañía: Caracas Apartamento Trescientos Dieciséis
Edificio E AVA S. A. Es todo.—Santa Ana, 17 de agosto del 2012.—Lic. Carlos
Luis Guerrero Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2012083953).
Por escritura número ciento cincuenta y
cuatro, se disuelve la sociedad 3-102-482494 S.R.L., cédula jurídica
número tres-ciento dos-cuatro ocho dos cuatro nueve cuatro, otorgada a las
nueve horas del dieciséis de agosto del dos mil doce, del tomo segundo.—Lic.
Jamileth Narváez Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2012083972).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se
constituyó la sociedad Qualicons Sociedad Anónima, Capital social
enteramente suscrito y pagado.—San José, a las diecisiete horas del veinte de
agosto del dos mil doce.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1
vez.—(IN2012083997).
A las diez horas del diecinueve de agosto del
dos mil doce se celebró la asamblea ordinaria y extraordinaria de socios número
nueve de la sociedad Trans Monteverde B Sociedad Anónima, cédula
jurídica N° 3-101-154996, en su domicilio social, con la asistencia del total
del capital social, por lo que, se prescindió de la convocatoria previa, y se
tomó el acuerdo firme y unánime de autorizar nueva junta directiva, el
nombramiento del fiscal, y del nuevo agente residente, autorizando para la
protocolización de dicha acta al señor Delio Armando Morales Chaves, cédula
número 1-1342-589.—San José, a las ocho horas del veinte de agosto del dos mil
once.—Lic. Luz Mery Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012084010).
En mi notaría por escritura doscientos
diecisiete de las quince horas del ocho de agosto del dos mil doce, se
constituyó la sociedad anónima, cuya denominación será Plus Ortopédica,
Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente, secretario
y tesorero con representación judicial y extrajudicial con facultades de
apoderados generalísimos. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, ocho de
agosto del dos mil doce.—Lic. Javier Francisco Monge Rodríguez, Notario.—1
vez.—(IN2012084041).
Ante mí, Luis Alberto Campos Flores, notario
público con oficina en San José, se constituye la sociedad Tripfab Costa
Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente y
subgerente apoderados generalísimos. Domicilio: Escazú. Escritura otorgada en
San José a las dieciocho horas del once de agosto del dos mil doce.—Lic. Luis
Alberto Campos Flores, Notario.—1 vez.—(IN2012084042).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a
las 7 horas del día 20 de agosto del 2012, se constituyó la empresa Constructora
Modulsa S. A. Domiciliada en la Guácima de Alajuela, del Súper la Canastita, 600 metros al oeste.
Presidente: Dixon Alonso Pérez Arroyo, cédula número 2-559-836. Capital social:
cien mil colones.—Belén, Heredia, 20 de agosto del 2012.—Lic. Daniel Murillo
Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012084058).
Protocolización de acuerdos de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Ecolab S. A.
mediante la cual aprueban transformar la compañía Ecolab S. A. en
una sociedad de responsabilidad limitada, para que en adelante se lea de la
siguiente manera: Ecolab Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Escritura otorgada a las once horas del veintiuno de agosto del dos mil
doce.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1 vez.—(IN2012084065).
Ante mí, Ademar Soto Alpízar, notario público
con oficina en San Pedro de Poás, Alajuela, altos del Banco Popular, a las diez
horas del veinte de agosto del 2012 se presentó acuerdo de disolución de la
sociedad Distribuidora de Vidrios El Volcán S.A.,
con domicilio en Alajuela centro, cincuenta metros este de
Periféricos.—Alajuela, veinte de agosto de 2012.—Lic. Ademar Soto Alpízar,
Notario.—1 vez.—(IN2012084066).
Por escritura otorgada hoy ante esta notaría,
la empresa Rey Sociedad Anónima modifica la cláusula tercera del pacto
social.—San José, diecisiete de agosto del dos mil doce.—Lic. Virgilio Fernando
Calvo Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2012084067).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 18 horas del día 10 de agosto de 2012, se constituye la sociedad anónima,
cuya denominación será: Oryza-Arroz Sociedad Anónima. Representación
legal: presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos
sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Plazo social: 99 años.
Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 20 de agosto del 2012.—Lic.
Julio César Muñoz Céspedes, Notario.—1 vez.—(IN2012084074).
La suscrita Kattya Arias Arroyo, abogada y
notaria, hago constar que el día 21 de agosto del 2012, se disolvió la sociedad
Servicios Informáticos M y C Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.—San
José, 21 de agosto del 2012.—Lic. Kattya Arias Arroyo, Notaria.—1
vez.—(IN2012084077).
Por escritura otorgada en San José, N° 60 de
las 15:11 horas del 16 de agosto de 2012, se constituye Diseypro BM Sociedad
de Responsabilidad Limitada. Plazo: 100 años. Gerente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 17 de agosto del 2012.—Lic.
Cecilia García Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012084092).
Servicios Culturales Imaginarte SRL, cédula jurídica tres-ciento
dos-cuatrocientos cuarenta y un mil cuatrocientos cuarenta y dos, mediante
acuerdo de asamblea general extraordinaria modifica su objeto; tercera:
(objeto) la sociedad se dedicará al ejercicio del comercio, turismo, de la
industria, de la ganadería, de la agricultura, de la minería, y al ejercicio de
cualquiera otra actividad lícita. Asimismo brindará servicios culturales
educativos dirigidos a niños y adultos; promoverá la creación, realización y
producción de programas y productos educativos relacionados al fomento de la
lectura, cultura, ecología, turismo y artes en general. Impulsará la
investigación y la capacitación dirigida a comunidades y organizaciones
estatales o privadas; así como la organización de festivales culturales;
gestión y realización de eventos; edición y publicación de textos o contenidos
en papel o digital; realización de guiones teatrales, cinematográficos, publicitarios
y administración de centros educativos o culturales. Para cumplir su objeto
social, la sociedad podrá: a) formar parte de otras sociedades, b) representar
casas nacionales o extranjeras, c) realizar e intervenir en fideicomisos a
cualquier título y d) otorgar toda clase de fianzas, prendas, hipotecas y
cualesquiera otras garantías, de cualquier índole, a favor de socios o
terceros, siempre y cuando en virtud de ello perciba una retribución económica.
Es todo.—Alajuela, veintidós de agosto del dos mil doce.—Lic. Carlos Eduardo
Rodríguez Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2012084130).
Negocios Mundiales Rondapa S. A., cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-doscientos setenta y seis mil cuarenta y ocho, mediante
acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios aumenta su capital social
de doce mil colones a dieciséis mil colones. Es todo.—Alajuela, veintidós de
agosto del dos mil doce.—Lic. Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, Notario.—1
vez.—(IN2012084131).
Por escritura otorgada a las ocho horas del
día trece de agosto del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad denominada: LEG Servicios
Profesionales Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-trescientos treinta y ocho mil ciento catorce, en la cual se
modifica las cláusulas sétima y décimo tercera del objeto social del pacto
constitutivo.—Alajuela, trece de agosto del dos mil doce.—Lic. Sheila Recio
Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012084139).
El suscrito notario hace constar, que ante su
notaría, se constituyó la sociedad Nicol Ezer S. A.—San José, 16 de
agosto del 2012.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2012084147).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve
horas del veintiuno de agosto del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad News of the World S. A.,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y
siete mil ciento sesenta y tres, de las ocho horas del veintiuno de agosto de
dos mil doce, mediante la cual se acuerda la disolución de esta sociedad por
acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del
Código de Comercio.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1
vez.—(IN2012084156).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez
horas treinta minutos del veintiuno de agosto de dos mil doce, protocolicé acta
de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Tres-Ciento
Dos-Seiscientos Cincuenta y Un Mil Trescientos Cincuenta y Cuatro Limitada,
con mismo número de cédula de persona jurídica, de las ocho horas del veintiuno
de agosto del dos mil doce, mediante la cual se reforma la cláusula cuarta de
los estatutos y se nombran nuevos gerentes.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez,
Notario.—1 vez.—(IN2012084157).
Por medio de la escritura número doscientos
cuarenta y nueve del tomo tercero de mi protocolo, otorgada en Cartago, a las
dieciocho horas del catorce de agosto de dos mil doce, se modificó la cláusula
segunda del pacto constitutivo de la sociedad Alpha Tech Inc S. A.—Cartago,
catorce de agosto de dos mil doce.—Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1
vez.—(IN2012084158).
Ante mi notaría, por escritura otorgada a las
nueve horas del día seis de agosto del dos mil doce, se solicita el cambio de
miembros de la sociedad: Propiedades Z M T del Sur Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-dos siete cero tres siete cinco.—San Isidro de
El General, Pérez Zeledón, veinte de agosto del dos mil doce.—Lic. Jonatan
Valverde Piedra, Notario.—1 vez.—RP2012317602.—(IN2012084261).
Ante mi notaría, por escritura otorgada a las
nueve horas del día dos de mayo del dos mil doce, se solicita la transformación
de: Compañía Inversiones La Jolla Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-ciento cuarenta y ocho mil trescientos sesenta, por: Compañía
Inversiones La Jolla S.R.L.—San
Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinte de agosto del dos mil doce.—Lic.
Jonatan Valverde Piedra, Notario.—1 vez.—RP2012317603.—(IN2012084262).
Por escritura ciento treinta y tres-tres, de
las catorce horas del trece de agosto del dos mil doce, del tomo tres del
protocolo del notario David Zúñiga Jiménez, se constituyó Rotem Investments
S.R.L., quedando como gerente: Ezra Cohen. Plazo cien años. Capital diez
mil colones. Es todo.—Pérez Zeledón, al ser las siete horas del veinticinco de
agosto del dos mil doce.—Lic. Jefté David Zúñiga Jiménez, Notario.—1
vez.—RP2012317604.—(IN2012084263).
Ante esta notaría se constituyeron las
siguientes sociedades Consorcio Comercial Educativo S. A., Inversiones El
Ceibo del Pacífico S. A., y Multiservicios Rosa del Sur S. A.—Paso
Canoas, Corredores, Puntarenas, 20 de agosto del dos mil doce.—Lic. Fredy
Andrés Arias Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2012317605.—(IN2012084264).
Por escritura ciento treinta y tres-tres, de
las siete horas treinta minutos del ocho de agosto del dos mil doce, del tomo
tres del protocolo del notario David Zúñiga Jiménez, se constituyó una sociedad
cuyo nombre establezca el número de cédula que le sea asignado, la referencia a
tal número deberá seguirse con el aditamento S.R.L. Se ajustan a lo dispuesto
en el artículo setenta y tres del Código de Comercio y de conformidad con lo
establecido en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete
uno. Gerente: Robert Wálter Smith. Capital diez mil colones. Es todo.—Pérez
Zeledón, al ser las siete horas del veintiuno de agosto del dos mil doce.—Lic.
Jefté David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012317606.—(IN2012084265).
Ante esta notaría, en San José, a las nueve
horas del diez de julio del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Unipo GV
Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula segunda del
pacto constitutivo en cuanto a domicilio.—San José, veinte de agosto del dos
mil doce.—Lic. Alberto Allen Chaves, Notario.—1
vez.—RP2012317607.—(IN2012084266).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario a las doce horas del treinta y uno de mayo del dos mil doce, se acuerda
disolver y liquidar las: Sociedades: A) Tres-Ciento Dos-Quinientos Quince Mil
Cuatrocientos Sesenta y Cuatro S.R.L. B) Tres-Ciento Dos-Quinientos Mil
Novecientos Ochenta y Cinco S.R.L. C) Tres-Ciento Dos-Quinientos Un Mil Once
S.R.L. D) Tres-Ciento Dos-Quinientos Un Mil Diecinueve S.R.L. E) Tres-Ciento
Dos-Quinientos Treinta y Seis Mil Ciento Ochenta y Seis S.R.L. F) Tres-Ciento
Dos-Quinientos Treinta y Cinco Mil Ochocientos Veintitrés S.R.L. G) Tres-Ciento
Dos-Quinientos Treinta y Seis Mil Ciento Noventa y Uno S.R.L. H) Tres-Ciento
Dos-Quinientos Treinta y Seis Setecientos Setenta y Tres S.R.L. I) Tres-Ciento
Dos-Quinientos Treinta y Seis Mil Seiscientos Setenta y Cuatro S.R.L. J)
Tres-Ciento Dos-Quinientos Un Mil Diecisiete S.R.L. K) Tres-Ciento
Dos-Quinientos Dos Mil Seiscientos Noventa y Nueve S.R.L. L) Tres-Ciento
Dos-Quinientos Un Mil Trece S.R.L. M) Tres-Ciento Dos-Quinientos Un Mil
Dieciséis S.R.L. N) Tres-Ciento Dos-Quinientos Treinta y Cinco Mil Setecientos
Noventa y Cinco S.R.L. Ñ) Tres-Ciento Dos-Quinientos Dos Mil Seiscientos
Noventa y Seis S.R.L. O) Tres-Ciento Dos-Quinientos Treinta y Cinco Mil
Setecientos Noventa y Tres S.R.L. P) Tres-Ciento Dos-Quinientos Treinta y Seis
Setecientos Setenta y Seis S.R.L. Q) Tres-Ciento Dos-Quinientos Un Mil Catorce
S.R.L. R) Tres-Ciento Dos-Quinientos Un Mil Doce S. R. L. En las cuales no se
nombró liquidador.—Lic. Jonatan Valverde Piedra, Notario.—1
vez.—RP2012317608.—(IN2012084267).
Ante mi notaría por escritura otorgada a las
ocho horas del día primero de agosto del dos mil doce, se solicita el cambio de
domicilio y miembros de la sociedad: Tres-Ciento Dos-Seiscientos Cincuenta y
Ocho Mil Seiscientos Dos Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San Isidro
de El General, Pérez Zeledón, veinte de agosto del dos mil doce.—Lic. Jonatan
Valverde Piedra, Notario.—1 vez.—RP2012317610.—(IN2012084268).
Ante mi notaría por escritura otorgada a las
diecinueve horas del día veintiuno de mayo del dos mil doce, se solicita el
cambio de miembros de la sociedad: Voltatis Viator Sociedad Anónima,
cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos diecinueve mil novecientos
sesenta y siete.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinte de agosto del
dos mil doce.—Lic. Jonatan Valverde Piedra, Notario.—1
vez.—RP2012317612.—(IN2012084269).
Que por escritura número 175, se constituyó
la empresa representada por el gerente Robert Anthony (nombre) Santa Lucia
(apellido), denominada Hermanos Manchados S.R.L., el motivo de este
edicto es la constitución de la empresa indicada. Todas visibles en el tomo 20
del protocolo del suscrito notario público.—Uvita de Osa, a las 7:00 horas del
13 de agosto del 2012.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1
vez.—RP2012317613.—(IN2012084270).
Por escritura de las 16:30 horas del 16 de
agosto del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Compañía Cañera Corella y Vargas S. A., en la que por
unanimidad de socios acuerdan disolver la sociedad, fundamentado en el artículo
201, inciso d) del Código de Comercio. Presidenta: Rosa Ureña Robles.—Lic.
Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012317614.—(IN2012084271).
Mediante escritura número doscientos ochenta
y seis-cuarenta y cuatro del las dieciséis horas del veintiuno de junio de dos
mil doce, se disolvió Comercializadora Achepe Sociedad Anónima.—Lic.
Eduardo Mora Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2012317616.—(IN2012084272).
A las diez horas del diecisiete de agosto del
dos mil doce, mediante escritura ochenta y cuatro del tomo cuatro la suscrita
notaria, protocoliza acta de la Lisoa Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-065628, en que se reforma el estatuto sexto.—Puriscal, 20 de
agosto del 2012.—Lic. Teresa Solís Bermúdez, Notaria.—1
vez.—RP2012317617.—(IN2012084273).
Por escritura 001-05 del tomo 05 de la
suscrita notaria Maribel Barrantes Rojas, otorgada en San Isidro de El General
de Pérez Zeledón, a las 7:00 horas del 17 de agosto del 2012; protocolicé acta
de la sociedad Atardeceres Costeros S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos doce mil ciento noventa y seis, en la cual se acuerda
disolverla.—San Isidro de El General, 17 de agosto del 2012.—Lic. Casimiro
Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2012317618.—(IN2012084274).
Ante la notaría del Lic. Audrys Esquive1
Jiménez, se otorgó la escritura número treinta de mi tomo veintiséis donde se
protocolizó acta de disolución de la sociedad denominada Uno Discomóvil S. A.—Santa
Ana, veinte de agosto del dos mil doce.—Lic. Audrys Esquive1 Jiménez,
Notario.—1 vez.—RP2012317619.—(IN2012084275).
Ante la notaría del Lic. Audrys Esquive1
Jiménez, se otorgó la escritura número veintiséis de mi tomo veintiséis donde
se protocolizó acta de disolución de la sociedad denominada El Dólar de
Plata S. A.—Santa Ana, veinte de agosto del dos mil doce.—Lic. Audrys
Esquive1 Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012317620.—(IN2012084276).
El día de hoy el suscrito notario público
protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Los
Monjes Investment Inc S. A., celebrada a las siete horas del dieciocho de
agosto del dos mil doce, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto
social en cuanto a la administración y también se nombra junta directiva.—San
José, veinte de agosto del dos mil doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1
vez.—RP2012317623.—(IN2012084277).
El día de hoy el suscrito notario público
protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tres-Ciento
Uno-Cuatrocientos Cincuenta y Un Mil Setecientos Cincuenta S. A., celebrada
a las siete horas del dos de mayo del dos mil doce, mediante la cual se
reforman las cláusulas del pacto social en cuanto al domicilio social y a la
administración y también se nombra junta directiva y fiscal.—San José,
dieciséis de agosto del dos mil doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1
vez.—RP2012317624.—(IN2012084278).
El día de hoy el suscrito notario público
protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cincuenta y Nueve Mil Seiscientos Treinta S. A., celebrada a
las diecisiete horas del doce de julio del dos mil doce, mediante la cual se
reforman las cláusulas del pacto social en cuanto al domicilio social y a la
administración y también se nombra junta directiva y fiscal.—San José, primero
de agosto del dos mil doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1
vez.—RP2012317625.—(IN2012084279).
Mediante escritura otorgada ante esta misma
notaría a las 16:00 horas del 20 de agosto del 2012, se modifica las cláusulas
segunda y octava de la sociedad Tarde Tropical de la Costa Pacífica
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-404671.—Lic. Juan Carlos
Villasuso Morales, Notario.—1 vez.—RP2012317626.—(IN2012084280).
El día de hoy el suscrito notario público
protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Cuarenta y Un Mil Seiscientos Sesenta Y Dos S. A.,
celebrada a las siete horas del nueve de agosto del dos mil doce, mediante la
cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto al domicilio social y
a la administración y también se nombra junta directiva y fiscal.—San José,
catorce de agosto del dos mil doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1
vez.—RP2012317627.—(IN2012084281).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11:00 horas del 20 de agosto del 2012, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada La Rivera del Rin
H. K. R. A. S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-quinientos treinta y un mil doscientos cincuenta y seis, donde se modifica
cláusula sétima del pacto social y se reforma la junta directiva. Es todo.—San
José, 21 de agosto del 2012.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1
vez.—RP2012317720.—(IN2012084333).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11:00 horas del 20 de agosto del 2012, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Vallearriba
Cabudare Quince Uno C Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y seis mil cuatrocientos noventa y
siete, donde se modifica cláusula sexta del pacto social y se reforma la junta
directiva. Es todo.—San José, 21 de agosto del 2012.—Lic. Suny Sánchez Achío,
Notaria.—1 vez.—RP2012317721.—(IN2012084334).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 15:00 horas del 16 de agosto del 2012, se constituye la sociedad Fruit
& Fun Sociedad Anónima, con un plazo social de 100 años. Es todo.—San
José, 21 de agosto del 2012.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1
vez.—RP2012317723.—(IN2012084335).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 9:00 horas del 20 de agosto del 2012, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento
uno-quinientos veintisiete mil novecientos noventa y nueve S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintisiete mil novecientos
noventa y nueve, donde se modifica cláusula novena del pacto social y se
reforma la junta directiva. Es todo.—San José, 21 de agosto del 2012.—Lic. Suny
Sánchez Achío, Notaria.—1 vez.—RP2012317724.—(IN2012084336).
Ante esta notaría se ha realizado la
desincripción de la sociedad denominada Taller de Enderezado y Pintura
J A Sociedad Anónima. Presidente: Eduardo Jiménez Pérez.—Lic. Evelyn
Gómez Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012317725.—(IN2012084337).
Ante esta notaría se ha realizado la
desincripción de la sociedad denominada El Cuarteto Servicios Generales
Sociedad Anónima. Presidente: Andrés Alejandro Aguilar Pérez.—Lic. Evelyn
Gómez Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012317726.—(IN2012084338).
Por medio de escritura otorgada a las 9:00
horas del 14 de agosto del 2012, se protocolizo acta de la sociedad Golf
Club Zapotal S. R. L., por medio de la cual se cambia el domicilio,
representación, se nombra agente residente y se revocan poderes y se otorgan
nuevos.—Lic. María Laura Rosales Cavallini, Notaria.—1
vez.—RP2012317732.—(IN2012084339).
Por medio de escritura otorgada a las 10:00
horas del 14 de agosto del 2012, se protocolizó acta de la sociedad Inmobiliaria
Golfina S. A., por medio de la cual se cambia el domicilio, representación,
se nombra agente residente y se revocan poderes y se otorgan nuevos.—Lic. María
Laura Rosales Cavallini, Notaria.—1 vez.—RP2012317733.—(IN2012084340).
Por medio de escritura otorgada a las 11:00
horas del 14 de agosto del 2012, se protocolizó acta de la sociedad Playa
Zapotal S. A., por medio de la cual se cambia el domicilio,
representación, se nombra agente residente y se revocan poderes y se otorgan
nuevos.—Lic. María Laura Rosales Cavallini, Notaria.—1
vez.—RP2012317735.—(IN2012084341).
Por medio de escritura otorgada a las 12:00
horas del 14 de agosto del 2012, se protocolizó acta de la sociedad Corporación
de Igualdad Económica S. A., por medio de la cual se cambia el
domicilio, representación, se nombra agente residente y se revocan poderes y se
otorgan nuevos.—Lic. María Laura Rosales Cavallini, Notaria.—1
vez.—RP2012317736.—(IN2012084342).
Por medio de escritura otorgada a las 13:00
horas del 14 de agosto del 2012, se protocolizó acta de la sociedad Guanacaste
Management Corporation GMC Two LLC S. R. L., por medio de la cual se cambia
el domicilio, representación, se nombra agente residente y se revocan poderes y
se otorgan nuevos.—Lic. María Laura Rosales Cavallini, Notaria.—1
vez.—RP2012317737.—(IN2012084343).
Hoy protocolicé acta de asamblea de socios de
San José Volando S. A., donde se reformó la cláusula segunda del pacto
constitutivo y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José, 8 de agosto
del 2012.—Lic. Kattia Alvarado Esquivel, Notaria.—1
vez.—RP2012317738.—(IN2012084344).
Por escritura número cuatro otorgada ante
esta notaría en conotariado con el Lic. Luis Fernando Castro Gómez, a las ocho
horas del veinte de agosto del dos mil doce, se modificó la cláusula segunda de
la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cinco mil seiscientos
cuatro Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
3-101-475604.—San José, 20 de agosto del 2012.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti,
Notario.—1 vez.—RP2012317739.—(IN2012084345).
Por escritura número cinco otorgada ante esta
notaría, en conotariado con el Lic. Luis Fernando Castro Gómez, a las ocho
horas treinta minutos del veinte de agosto del dos mil doce, se modificó la
cláusula novena de la sociedad Alicante Treinta y Cinco Gante Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-409882.—San José, 20 de
agosto del 2012.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1
vez.—RP2012317740.—(IN2012084346).
Por escritura otorgada a las nueve horas
treinta minutos del día cuatro de mayo del dos mil doce, protocolicé acuerdos
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Médica Yin
de Costa Rica S. A., mediante la cual se modificó la cláusula quinta
y se aumentó su capital social.—San José, 8 de agosto del 2012.—Lic. Adrián
Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012317744.—(IN2012084347).
Ante ésta notaría se constituyó la sociedad Bugme
Sociedad Anónima. Presidente: Freddy José Delgado Matamoros.
Vicepresidenta: Carolina Hernández Camacho, apoderados generalísimos sin límite
de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Es todo.—San José, 16 de
julio del 2012.—Lic. Adriana Varela Solís, Notaria.—1
vez.—RP2012317748.—(IN2012084348).
Por escritura adicional otorgada a las 8:00
horas del 20 de agosto del 2012, Las Vistas de Costa Rica Sociedad Anónima,
modifica la cláusula tercera: del objeto, de sus estatutos sociales.
Presidente: Jorge Arturo Soto Pereira.—San José, 21 de agosto del 2012.—Lic.
Juan Luis Gómez Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012317751.—(IN2012084349).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16:00 horas del 16 de agosto del 2012, se constituye sociedad
anónima denominada Servicios de Seguridad delo Pacífico V y G
S. A.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1
vez.—RP2012317752.—(IN2012084350).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 8:30 horas del 14 de agosto del 2012, se protocolizó acta de Unirana
S.A., mediante la cual se nombra nueva junta directiva y fiscal y agente
residente, y se reforman las cláusulas II y VI del pacto constitutivo.—Lic.
Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—RP2012317753.—(IN2012084351).
Ante mí, Marta Cedeño Jiménez, se otorgó
escritura el día veintinueve de marzo del dos mil doce, de disolución de la
sociedad Inversiones W. R. W. de San José Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-uno cinco cinco siete tres cero.—San José, quince de
agosto del dos mil doce.—Lic. Marta Cedeño Jiménez, Notaria.—1
vez.—RP2012317755.—(IN2012084352).
En escritura pública número 372-10, otorgada
ante el notario Alexis Monge Agüero, se tramita la disolución de la empresa tres-ciento
uno-quinientos sesenta y cinco mil trescientos noventa y dos S. A.,
documento presentado al diario del registro tomo 2012, asiento 208915. Firmo en
San Isidro, Pérez Zeledón, a las 9:00 horas del 3 de agosto del 2012.—Lic.
Alexis Monge Agüero, Notario.—1 vez.—RP2012317756.—(IN2012084353).
Expediente Nº 446-12.—La
Dirección de Recursos Humanos.—A: López Yanarella Johnny,
cédula Nº 04-129-577.
HACE SABER:
1) Que en su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente
disciplinario, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el
Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta comisión de falta grave o de alguna
gravedad.
2) De la información substanciada existen
elementos probatorios para imputarle los siguientes supuestos hechos:
Que en su condición de Profesor
de Enseñanza Media en la especialidad -Matemática- en el Colegio Técnico
Profesional Padre Roberto Evans de Siquirres, de la Dirección Regional
de Enseñanza de Limón; no se presentó a laborar los días: 21, 22, 23, 24, 25,
28, 29, 30 y 31 de mayo; 01, 04, 05, 06, 07, 08, 11, 12, 13, 14, 15, 18, 19, 20
y 21 de junio; todos del año 2012. Lo anterior sin dar aviso oportuno a su
superior inmediato y sin aportar, dentro del término normativamente previsto,
justificación posterior alguna. (Ver folios 04 al 10 del expediente de marras).
3) Que de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en
faltas graves o de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su
cargo, tal y como se establece en el artículo 57 incisos a), c) y h) del
Estatuto de Servicio Civil; artículos 35 del Reglamento del Estatuto de
Servicio Civil, artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos 8
incisos a) y b); los artículos 12 incisos c) y k) y 15 inciso b) del Reglamento
de la Carrera Docente;
artículo 42 incisos a) y q) y 63 del Reglamento Interior de Trabajo del
Ministerio de Educación Pública.
4) Que se le emplaza para que ejerza su derecho
de defensa dentro de los diez días hábiles siguientes al recibo de la presente
notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de
Servicio Civil y ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales,
indicará los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones así
como la correspondiente dirección de los testigos, bajo apercibimiento de que,
de no hacerlo, se podrá declarar inadmisible la referida prueba.
Para el ejercicio pleno de su
derecho de defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al
efecto, hacerse representar por un abogado.
5) Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento
de Asuntos Disciplinarios de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de
Educación Pública cuarto piso Edificio Rofas, ubicado en avenida segunda,
frente a la entrada de emergencias del Hospital San Juan de Dios, San José;
debiendo señalar medio electrónico u oficina para atender notificaciones, bajo
apercibimiento que en caso contrario quedará notificada de forma automática
dentro de las 24 horas siguientes de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones
Judiciales (Ley Notificaciones N° 8687). La no presentación de la defensa hará
presumir la renuncia al ejercicio de ese derecho en esta etapa procedimental,
y, la no indicación de lugar para recibir notificaciones surtirá los efectos
previstos en el artículo de la citada ley.
6. Que contra este traslado de cargos se pueden
interponer los recursos ordinarios previstos en el artículo 345 de la Ley General de la
Administración Pública.
San José, 29 de junio del 2012.—Recursos Humanos.—MSc. Juan Antonio Gómez Espinoza,
Director.—1 vez.—O. C. Nº 14542.—Solicitud Nº 43764.—C-24620.—(IN2012084474).
Apertura de procedimiento administrativo
disciplinario incoado contra Barboza Rojas Óscar.—Resolución
Nº 3694-12.—Órgano Director del Procedimiento, a las doce horas con treinta
minutos del veintiséis de julio del dos mil doce.
Resultando:
1º—Que mediante oficio N°
DRH-AD-205-2012 de fecha 18 de julio del 2012, suscrito por el Msc. Juan
Antonio Gómez Espinoza, Director de Recursos Humanos del Ministerio de
Educación Pública, se ordenó la apertura de procedimiento administrativo
ordinario tendiente a establecer la responsabilidad disciplinaria de Barboza
Rojas Óscar, por la presunta comisión de faltas graves o de alguna gravedad en
detrimento de los deberes y obligaciones del cargo. (Ver folio 59 del
expediente N° 545-12).
2º—Que mediante Resolución N° 3608-12 de las
catorce horas con treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil doce, el
MSc. Juan Antonio Gómez Espinoza, Director de Recursos Humanos, designa a quien
suscribe, como Órgano Director Unipersonal del Procedimiento administrativo
tramitado contra Barboza Rojas Óscar. (Ver folios 60 y 61 del expediente N°
545-12).
3º—Que lo anterior encuentra sustento en lo
establecido en los artículos 211 y siguientes (de la responsabilidad
Disciplinaria del Servidor), artículos 214 y siguientes (del Procedimiento
Administrativo), 272 y siguientes (del acceso al Expediente y sus Piezas) y 308
y siguientes (del Procedimiento Ordinario), todos de la Ley General de la Administración
Pública; 41, 42 y 43 del Estatuto del Servicio Civil,
artículos 18 inciso j) y 50 inciso K) de la Ley Orgánica
del Ministerio de Educación Pública, así como en artículos 54 y siguientes del
Reglamento Interior de Trabajo del Ministerio de Educación Pública.
4º—Que de conformidad con lo anteriormente
expuesto, se considera procedente dar inicio al Procedimiento Administrativo
Ordinario tendiente a establecer la responsabilidad disciplinaria de la persona
investigada, a saber, Barboza Rojas Óscar, cédula de identidad número
01-0702-0565, quien se desempeña en el puesto de Oficial de Seguridad de
Servicio Civil 1, en el Centro Educativo Escuela Ciudadelas Unidas, de la Dirección Regional
de Educación de San José, respecto al supuesto hecho que a continuación se
detalla:
Que en su condición de Oficial
de Seguridad de Servicio Civil 1, en el Centro Educativo Escuela Ciudadelas
Unidas, de la
Dirección Regional de Educación de San José - Central, no se
presentó a laborar los días 02, 03, 04, 05, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 14, 15, 16,
17, 18, 19, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 28, 29, 30 y 31 de mayo; 01, 02, 04, 05,
06, 07, 08, 09, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 18, 19 y 20 de junio; todos del año
2012, sin dar aviso oportuno a su superior inmediato, y sin presentar
justificación posterior alguna dentro del término legalmente establecido. (Ver
folios del 01 al 57 de la causa de marras).
5º—Que los hechos anteriormente
citados -de corroborarse su comisión-constituirían una violación a las
obligaciones y prohibiciones del cargo contempladas en el Estatuto de Servicio
Civil artículo 39 inciso a), artículo 35 del Reglamento del Estatuto de
Servicio Civil, artículo 7, incisos a), artículos 13, 14, 16, 23 y 24 del
Reglamento de Servicio para los Agentes de Seguridad y Vigilancia del
Ministerio de Educación Pública, que podrían acarrear una sanción que podría ir
desde una suspensión sin goce de salario hasta el despido sin responsabilidad
patronal de conformidad con el artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo.
6º—La prueba que constituye la base del
procedimiento disciplinario, es el expediente administrativo número 545-12 a nombre de Barboza Rojas
Óscar: donde consta la denuncia y el registro de asistencia de los meses de
mayo y junio del 2012 debidamente certificado visible a folios 01 al 61.
7º—Se apercibe al accionado de que debe
señalar medio electrónico o número de fax para recibir futuras notificaciones
dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la notificación del presente
acto, bajo el apercibimiento de que si no se hiciere o el lugar fuere
impreciso, incierto o ya no existiere, las resoluciones se tendrán por
notificadas automáticamente veinticuatro horas después de dictadas.
8º—Que para los efectos de este
procedimiento, se pone a disposición de la persona accionada el respectivo
expediente administrativo, el cual podrá consultar, reproducir o analizar
cuantas veces considere necesario. Así mismo se le hace saber que le asiste el
derecho de presentar los argumentos de defensa y descargo que considere
oportunos, de ofrecer la prueba que considere pertinente, desde este momento y
hasta el mismo día de la audiencia, así como hacerse asesorar por un
profesional en Derecho que le provea la defensa técnica, si así lo considera
pertinente. En caso de aportar prueba testimonial, se le solicita que indique
expresamente el nombre, calidades, la dirección respectiva de los testigos
junto con la descripción lacónica de los hechos sobre los que versará su
deposición, para efectos de confeccionar las citaciones respectivas.
9º—Se cita a Barboza Rojas Óscar a
comparecencia oral y privada de ley (artículos 309 y 312 de la Ley General de la Administración
Pública), se fija para tales efectos el día jueves
27 de setiembre del dos mil doce, a las nueve horas con treinta minutos, en el
Departamento de Asuntos Disciplinarios, ubicado frente a la entrada de
emergencias del Hospital San Juan de Dios, 4to piso del Oficentro
Plaza Rofas, San José, oportunidad procedimental en que podrá ejercer su
derecho de defensa y se le garantizará el principio constitucional al debido
proceso. En esa oportunidad podrá:
1- Ofrecer (presentar) su prueba, si es que no lo hubiera hecho con
antelación o quisiera adicionarla.
2- Obtener su admisión y trámite cuando sea
pertinente y relevante.
3- Interrogar a la contraparte, si la hubiera,
preguntar y repreguntar a los testigos y peritos cuando los hubiera.
4- Aclarar, ampliar o reformar su petición o
escrito de defensa inicial.
5- Formular conclusiones de hecho y de derecho en
cuanto a la prueba y resultados de la comparecencia. Lo anterior deberá hacerse
verbalmente y bajo la sanción de caducidad del derecho para hacerlo si se omite
en la comparecencia.
10.—La sede del Órgano Director
donde las partes podrán consultar el expediente y presentar su defensa,
recusaciones e impugnaciones, será la normal del Departamento de Asuntos Disciplinarios,
sito en el Edificio Rofas, frente a la entrada de Emergencias del Hospital San
Juan de Dios, 4° piso, San José.
11.—Conforme lo estipulan los artículos 245
de la Ley General
de la
Administración Pública y 18 j) de la Ley Orgánica
del Ministerio de Educación Pública, se hace saber que contra esta Resolución
proceden los recursos ordinarios, los cuales deben formularse ante esta
instancia dentro del término de veinticuatro (24) horas siguientes a la
respectiva notificación. El primero será resuelto por este órgano y el segundo
por el Órgano Decisor. Notifíquese.
Departamento de Asuntos
Disciplinarios.—Lic. Rosa María Rojas Gamboa, Órgano Director.—1
vez.—O. C. Nº 14542.—Solicitud Nº 43761.—C-34420.—(IN2012084476).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Resolución acoge cancelación
Ref: 30/2012/8085.—Alfredo Álvarez Quirós,
cédula de identidad Nº 6-261-774, en calidad de representante legal de Compañía
Enlatadora Nacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-4167.—Documento:
Cancelación por falta de uso (Solicita Rubi Importing An Exp).—Número y fecha:
Anotación/2-73113 de 10/06/2011.—Expediente: 2001-0009179 Registro Nº 133916
Fiesta y Mar en clase 29 marca mixto.—Registro de la Propiedad Industrial,
a las 15:17:21 del 27 de febrero del 2012. Conoce este Registro las solicitudes
de cancelación por no uso, interpuestas por la Lic. Giselle Reuben
Hatounian como apoderada de la empresa Rubi Importing And Exporting Sociedad
Anónima, contra los registros 133916 marca Para ver imagen solo
en La Gaceta impresa o en formato PDF, 133918
marca Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF y 133897 Para ver imagen solo en La Gaceta
impresa o en formato PDF todos en clase 29 de la nomenclatura internacional para proteger y
distinguir “Atún”, y cuya propiedad es de la empresa Compañía Enlatadora
Nacional Sociedad Anónima.
Resultando:
I.—Que por memorial recibido el
10 de junio del 2011, la
Lic. Giselle Reuben Hatounian como apoderada de la empresa
Rubi Importing And Exporting Sociedad Anónima, presenta solicitud de
cancelación por falta de uso contra los siguientes registros: registros 133916 marca Para ver imagen solo en La Gaceta
impresa o en formato PDF, 133918 marca Para ver imagen solo en La Gaceta
impresa o en formato PDF y 133897 Para ver imagen solo en La Gaceta
impresa o en formato PDF todos en clase 29 de la nomenclatura internacional para proteger y
distinguir “Atún”, y cuya propiedad es de la empresa Compañía Enlatadora
Nacional Sociedad Anónima.
II.—Que mediante resoluciones de fecha 22 de
junio del 2011, el Registro de Propiedad Industrial procede a prevenir al
solicitante de las cancelaciones que señale lugar o medio para notificar al
titular del distintivo marcario, copias de la solicitud de cancelación y
certificar notarialmente las copias aportadas como prueba. Dichas resoluciones
fueron debidamente notificadas el 28 de junio del 2011.
III.—Que por memoriales de fecha 12 de julio
del 2011, la Lic. Giselle
Reuben contesta las prevenciones realizadas por el Registro de Propiedad
Industrial.
IV.—Que por resoluciones de fecha 19 de julio
del 2011, el Registro de Propiedad Industrial procede a dar traslado al titular
del distintivo marcario a efecto de que se pronuncie respecto de las
solicitudes de cancelación presentadas.
III.—Que por resoluciones de fecha 4 de
octubre del 2011, ante la imposibilidad material de notificar debidamente a la
empresa Compañía Enlatadora Nacional S. A., se previene al solicitante de las
cancelaciones para que publique la resolución de traslado de fecha 19 de julio
del 2011, en el Diario Oficial La Gaceta. Dichas resoluciones fueron
debidamente notificadas el 4 de octubre del 2011.
IV.—Que por memorial de fecha 29 de noviembre
del 2011, el solicitante de las cancelaciones aporta copia de las publicaciones
del traslado de las cancelaciones por no uso en el Diario Oficial La Gaceta Nos.
207, 208 y 209 de fecha 28, 31 de octubre y 1º de noviembre del 2011
respectivamente.
V.—Que por resolución de las 11:03:26 horas
del 27 de febrero del 2012, el Registro de Propiedad Industrial ordena la
acumulación de los expedientes Nos. 2001-9181, 2001-9179 y 2001-9178 para que
los mismos sean resueltos conjuntamente.
VI.—Que no consta en el expediente
contestación del traslado de la cancelación por no uso.
VII.—En el procedimiento no se notan defectos
ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.
Considerando:
I.—Sobre los hechos probados.
- Que en este Registro de la Propiedad Industrial
se encuentra inscrita la marca:
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
Registro Nº 133916, inscrita el 27 de junio del 2002, en clase 29 internacional,
para proteger y distinguir: “Atún”, propiedad de la empresa Compañía
Enlatadora Nacional S. A.
- Que en este Registro de la Propiedad Industrial
se encuentra inscrita la marca
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
Registro Nº 133918, inscrita el 27 de junio del 2002, en clase 29 internacional,
para proteger y distinguir: “Atún”, propiedad de la empresa Compañía
Enlatadora Nacional S. A.
- Que en este Registro de la Propiedad Industrial
se encuentra inscrita la marca
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa o en
formato PDF
Registro Nº 133897, inscrita el 27 de junio del 2002, en clase 29 internacional,
para proteger y distinguir: “Atún”, propiedad de la empresa Compañía
Enlatadora Nacional S. A.
II.—Sobre los hechos no
probados. Ninguno relevante para la resolución del presente asunto.
III.—Legitimación para actuar.
Analizadas las copias certificadas del poder especial aportado en el expediente
en su escrito de solicitud de la presente cancelación por falta de uso se tiene
por debidamente acreditada la facultad para actuar en este proceso de la Lic. Guiselle Reuben
Hatounian como apoderado especial de la empresa Rubi Importing And Exporting
Sociedad Anónima.
IV.—Sobre los elementos de prueba.
Este Registro ha tenido a la vista para resolver las presentes diligencias lo
manifestado por la parte promovente en sus escritos de solicitud de cancelación
por falta de uso, además se adjunta Acta Notarial y solicitud dirigida al
Ministerio de Salud para que certifique solicitud de registro de salud de
dichas marcas.
V.—En cuanto al procedimiento de
cancelación. El Reglamento de la
Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, establece que una
vez admitida a trámite la solicitud de cancelación por no uso, se dará
audiencia al titular del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a
partir del día siguiente a la notificación de la resolución mediante la cual se
le da traslado de la solicitud de cancelación de marca; lo anterior, de
conformidad con el artículo 49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento
en cita. Analizado el expediente, se observa que la resolución mediante la cual
se dio efectivo traslado de las diligencias de cancelación promovidas por
Giselle Reuben Hatounian en su condición de apoderada especial de Rubi
Importing And Exporting Sociedad Anónima, se notificó al titular mediante
edicto debidamente publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nos.
207, 208 y 209, del 28, 31 de octubre y 1º de noviembre del 2011, sin embargo a
la fecha, el titular del distintivo marcario no contestó los traslados
realizados.
VI.—Sobre el fondo del asunto.
Analizado el expediente y tomando en cuenta lo anterior, se procede a resolver
el fondo del asunto: Para la resolución de las presentes diligencias de cancelación
de marca por falta de uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto por el
Tribunal Registral Administrativo en el Voto Nº 333-2007, de las diez horas
treinta minutos del quince de noviembre del dos mil siete, que señala respecto
a los artículos 42 de la Ley
de Marcas y otros Signos Distintivos lo siguiente: “(…) este Tribunal por mayoría, concluye que la carga de la prueba le
corresponde en todo momento al titular de la marca. Solucionado lo
anterior, entramos a otra interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso de una
marca? La normativa costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado
artículo 42, que cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente,
mientras que compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba
puede ir desde la comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado
de los productos o servicios mediante los canales de distribución, estudios de
mercadeo, facturas, en fin todo aquello que solo el titular del derecho sabe
cómo y cuándo se han realizado”.
En virtud de esto, en el caso de las
cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este caso a la empresa
Compañía Enlatadora Nacional S. A., que por cualquier medio de prueba debe de
demostrar la utilización de los registros 133916
marca Para ver imagen
solo en La Gaceta impresa o en formato PDF, 133918 marca
Para ver imagen solo en La Gaceta
impresa o en formato PDF y 133897 Para ver imagen solo en La Gaceta
impresa o en formato PDF
Ahora bien, una vez estudiados
los argumentos del solicitante de las presentes diligencias de cancelación de
marca por falta de uso, analizadas las actuaciones que constan en el
expediente, se tiene por cierto que la sociedad Rubi Importing And Exporting S.
A., demuestra tener legitimación y un interés directo para solicitar las
cancelaciones por falta de uso, ya que existen solicitudes de inscripción
promovidas por el solicitante en suspenso en virtud de las solicitudes de
cancelación interpuestas.
En cuanto al uso, es importante resaltar que
el artículo 40 de la Ley
de Marcas y otros Signos Distintivos señala:
“Se entiende que una marca registrada se
encuentra en uso cuando los productos o servicios que distingue han sido
puestos en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que normalmente
corresponde, tomando en cuenta la dimensión del mercado, la naturaleza de los
productos o servicios de que se trate y las modalidades bajo las cuales se
comercializan. También constituye uso de la marca su empleo en relación con
productos destinados a la exportación a partir del territorio nacional o con
servicios brindados en el extranjero desde el territorio nacional.
Una marca registrada deberá usarse en el
comercio tal como aparece en el registro; sin embargo, el uso de la marca de
manera diferente de la forma en que aparece registrada solo en cuanto a
detalles o elementos que no son esenciales y no alteran la identidad de la
marca, no será motivo para cancelar el registro ni disminuirá la protección que
él confiere.
El uso de una marca por parte de un
licenciatario u otra persona autorizada para ello será considerado como
efectuado por el titular del registro, para todos los efectos relativos al uso
de la marca”.
Es decir, el uso de la marca
debe de ser real, la marca debe necesariamente ser utilizada en el
comercio y los productos a los que la misma distingue, deberán encontrarse
fácilmente en el mercado, además deben estar disponibles al consumidor; sin
embargo, si por causas que no son imputables al titular marcario ésta no puede
usarse de la forma establecida no se procederá a la cancelación del registro
respectivo.
Visto el expediente se comprueba que el
titular de los registros 133916 marca Para ver imagen solo en La Gaceta
impresa o en formato PDF, 133918 marca Para ver imagen solo en La Gaceta
impresa o en formato PDF y 133897 Para ver imagen solo en La Gaceta
impresa o en formato PDF al no contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba
que indicara a este Registro el uso real y efectivo en el mercado costarricense
de su marca, tales como, pero no limitados a, facturas comerciales, documentos
contables o certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos
por los artículos 39 y 40 de la
Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos. En razón de lo
anterior, dicho titular en su momento oportuno pudo haber aportado la prueba
correspondiente para demostrar que cumple con los requisitos que exige este
ordenamiento para que su marca no sea cancelada, siendo el requisito subjetivo:
que la marca es usada por su titular o persona autorizada para dicho efecto; el
requisito temporal: el uso real durante cinco años, y el requisito material:
que este uso sea real y efectivo.
Siendo la figura de la cancelación un
instrumento que tiene el Registro de Propiedad Industrial que brinda una
solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real,
efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos
competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas aproximando
de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) se
procede a cancelar por no uso los registros 133916
marca Para ver imagen
solo en La Gaceta impresa o en formato PDF, 133918 marca
Para ver imagen solo en La Gaceta
impresa o en formato PDF y 133897 Para ver imagen solo en La Gaceta
impresa o en formato PDFpropiedad de Compañía Enlatadora Nacional S. A.
IX.—Sobre lo que debe ser resuelto.
Analizados los autos del presente expediente, queda demostrado que el titular
de los registros 133916 marca Para ver imagen solo en La Gaceta
impresa o en formato PDF, 133918 marca Para ver imagen solo en La Gaceta
impresa o en formato PDF y 133897 Para ver imagen solo en La Gaceta
impresa o en formato PDF Compañía Enlatadora Nacional S. A., al no contestar el traslado
otorgado por ley no comprobó el uso real y efectivo de sus marcas, por lo que
para efectos de este Registro y de la resolución del presente expediente, se
tiene por acreditado el no uso de la mismas, procediendo su correspondiente
cancelación. Por tanto,
Con base en las razones
expuestas y citas de la Ley
de Marcas y otros Signos Distintivos Nº 7978 y de su Reglamento, 1) Se declara
con lugar las solicitudes de cancelación por falta de uso, interpuesta
por la Lic. Giselle
Reuben Hatounian como apoderada de la empresa Rubi Importing And Exporting
Sociedad Anónima, contra los registros 133916
marca Para ver imagen
solo en La Gaceta impresa o en formato PDF, 133918 marca
Para ver imagen solo en La Gaceta
impresa o en formato PDF y 133897 Para ver imagen solo en La Gaceta
impresa o en formato PDF todos en clase 29 de la nomenclatura internacional para proteger y
distinguir “Atún”, y cuya propiedad es de la empresa Compañía Enlatadora
Nacional Sociedad Anónima. Se ordena la publicación íntegra de la presente
resolución por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta, de
conformidad con lo establecido en los artículos 241 siguientes y concordantes y
334 todos de la Ley
General de Administración Pública; así como el artículo 86 de
la Ley de Marcas
y Otros Signos Distintivos y el 49 de su Reglamento, a costa del interesado.
Comuníquese esta resolución a los interesados, a efecto de que promuevan los
recursos que consideren oportunos, sea el de revocatoria y/o apelación, en el
plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles, respectivamente, contados a
partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante esta Autoridad
Administrativa, quien en el caso de interponerse apelación, si está en tiempo,
la admitirá y remitirá al Tribunal Registral Administrativo, conforme lo
dispone el artículo 26 de la Ley
de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, Nº
8039. Notifíquese.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—RP2012317409.—(IN2012083488).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Se hace saber a Mardilia
Rodríguez Baldi, en su condición de presidenta con facultades de apoderada
generalísima de la sociedad Baldi Operadora de Turismo Sociedad Anónima, cédula
de persona jurídica 3-101-143788; que en virtud de proceso de diligencias
administrativas planteadas por el señor Dowglas Dayan Murillo Murillo, en su
condición de apoderado especial administrativo de la sociedad Baldi Operadora
de Turismo S. A., cédula de persona jurídica 3-101-142015, se le confiere
audiencia por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día
siguiente al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que
dentro del plazo indicado, presente los alegatos que a los derechos le
convenga. Se le previene que en el acto de notificarle la presente resolución o
dentro del tercer día, deberá señalar lugar o medio para atender notificaciones
de este despacho, dentro del perímetro de la ciudad de San José, así como medio
o lugar para atender notificaciones ante el Tribunal Registral Administrativo,
dentro de su perímetro en Montelimar, Goicoechea, bajo el apercibimiento de que
si no lo hace, las resoluciones que se dicten se le tendrán por notificadas 24
horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido
imposibilita la notificación por causas ajenas a este Despacho, o bien, si el
lugar señalado no existe, permanece cerrado, si la dirección es imprecisa,
incierta o inexistente. Todo lo anterior, de conformidad con los artículos 92 y
siguientes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N°
26771-J, del 18 de marzo de 1998 y sus reformas, con los artículos 25 y 26 de la Ley de Procedimientos de
Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual número 8039 del 27 de
octubre del 2000 y los artículos 2 y 19 del Reglamento Operativo del Tribunal
Registral Administrativo, que es Decreto N° 35456-J de 31 de agosto de 2009.
(Ref. Exp. RPJ-015-2012).—Curridabat, 8 de mayo de 2012.—Departamento de
Asesoría Jurídica.—Lic. Kattia Vanessa Vega Ramírez.—O. C. Nº 12-002.—Solicitud
Nº 36530.—C-95900.—(IN2012083753).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
El suscrito Juan Ariel Madrigal Porras, Máster en
Administración de Empresas, en mi condición de Proveedor General del Instituto
Costarricense de Puertos del Pacífico, mediante el presente edicto y por no
haber sido posible notificarlo en el domicilio indicado, procede a efectuar la
siguiente notificación por publicación al señor Edgardo Garro Cervantes, mayor
casado una vez, Arquitecto, cédula de identidad número 1-843-313, de
conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de
Administración Pública, para iniciar el proceso administrativo sancionatorio
ante posible sanción de apercibimiento o inhabilitación para contratar con la Administración
Pública, con base en el contrato ejecutado por el señor Garro
Cervantes en la
Licitación Abreviada 2009LA-000011-01 por construcción y
reparación de las oficinas administrativas del Muelle de Quepos. La institución
le concede 15 días hábiles a partir de la última de 3 publicaciones de este
edicto para que se presente a contestar este auto de inicio, caso contrario, el
INCOP procederá conforme la normativa vigente en cuanto a este tipo de
procedimiento.—Proveeduría.—Mba. Juan Ariel Madrigal
Porras, Proveedor General.—O. C. Nº 26200.—Solicitud
Nº 23103.—C-44280.—(IN2012083751).
DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
Por ignorarse el domicilio
actual del Patrono Diralis G M B H & Co. KG S. A., número patronal
2-03101491128-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del
“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
Trabajadores Independientes”, se procede a notificar por medio de edicto que la Subárea de
Servicios Financieros del Área de Aseguramiento y Fiscalización de Servicios
conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento
de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes hace de su
conocimiento que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se
determinó presunto incumplimiento patronal por haber omitido asegurar, ante la Caja a 5 trabajadores en el
período de junio del 2008. El detalle de periodos y salarios omitidos consta en
las hojas de trabajo que rolan en el expediente administrativo total de
salarios: ¢712.000,00, total de cuotas ¢156.640,00, Banco Popular Obrero
¢7.120,00, Fondo Capitalización Laboral ¢21.360,00, Fondo Pensión
Complementaria ¢3.560,00, Aporte Patronal Banco Popular ¢1.780,00 e Instituto
Nacional de Seguros ¢7.120,00. Se le confiere un plazo de diez días hábiles
contados a partir del sexto día de su publicación, para ofrecer las pruebas de
descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe
señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San
José, de no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores
al traslado de cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24
horas contadas a partir de la fecha de la resolución. Si lo señalado fuese un
medio, no aplica la restricción relativa al perímetro administrativo de la Caja. Consulta
expediente: en esta oficina situada en el segundo piso de edificio Da Vinci,
avenida 4a, calle 7 teléfono 2522-3030, fax 2258-5770, se encuentran
a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Notifíquese.—San
José, 30 de julio del 2012.—Subárea de Servicios Financieros, del Área de
Aseguramiento y Fiscalización de Servicios, Lic. Mayela Azofeifa Castro Jefa.—1 vez.—RP2012317507.—(IN2012083830).
Por ignorarse el domicilio actual del Patrono
RJYB S. A., número patronal 2-03101038584-001-001, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de
las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, se procede a
notificar por medio de edicto, que la Subárea de Servicios Financieros del Área de
Aseguramiento y Fiscalización de Servicios conforme lo dispone el artículo 10
del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y
de Trabajadores Independientes, hace de su conocimiento, que como resultado del
estudio iniciado por esta dependencia, se determinó presunto incumplimiento
patronal por haber omitido asegurar, ante la Caja a 2 trabajadores en el período del 2 al 31
de enero del 2008. El detalle de periodos y salarios omitidos consta en las
hojas de trabajo que rolan en el expediente administrativo total de salarios:
¢330.000,00, Total de Cuotas ¢72.602,00, Banco Popular Obrero ¢3.300,00, Fondo
Capitalización Laboral ¢9.900,00, Fondo Pensión Complementaria ¢1.650,00,
Aporte Patronal Banco Popular ¢826,00 e Instituto Nacional de Seguros
¢3.300,00. Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del
sexto día de su publicación, para ofrecer las pruebas de descargo y hacer las
alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para
notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José, de no indicar
lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de
cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas contadas a
partir de la fecha de la resolución. Si lo señalado fuese un medio, no aplica
la restricción relativa al perímetro administrativo de la Caja. Consulta
expediente: en esta oficina situada en el segundo piso de edificio Da Vinci,
avenida 4a, calle 7 teléfono 2522-3030, fax 2258-5770, se encuentran
a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Notifíquese.—San
José, 13 de agosto del 2012.—Subárea de Servicios Financieros, del Área de
Aseguramiento y Fiscalización de Servicios.—Lic. Mayela Azofeifa Castro, Jefa.—1
vez.—RP2012317510.—(IN2012083831).
Por ignorarse el domicilio actual del Patrono
United National Grupe of Friends Ungf Ltda., número patronal
2-03102447649-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del
“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
Trabajadores Independientes”, se procede a notificar por medio de edicto que la Subárea de
Servicios Financieros del Área de Aseguramiento y Fiscalización de Servicios
conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes,
hace de su conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta
dependencia, se determinó presunto incumplimiento patronal por haber omitido asegurar,
ante la Caja a 1
trabajador en el período de junio del 2008. El detalle de periodos y salarios
omitidos consta en las hojas de trabajo que rolan en el expediente
administrativo total de salarios: ¢225.000,00, total de cuotas ¢49.501,00,
Banco Popular Obrero ¢2.250,00, Fondo Capitalización Laboral ¢6.750,00, Fondo
Pensión Complementaria ¢1.125,00, Aporte Patronal Banco Popular ¢563,00 e
Instituto Nacional de Seguros ¢2.250,00. Se le confiere un plazo de diez días
hábiles contados a partir del sexto día de su publicación, para ofrecer las
pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le
previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro
administrativo de San José, de no indicar lugar o medio para notificaciones,
las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificados
con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de la
resolución. Si lo señalado fuese un medio, no aplica la restricción relativa al
perímetro administrativo de la Caja. Consulta expediente: en esta oficina
situada en el segundo piso de edificio Da Vinci, avenida 4a, calle 7
teléfono 2522-3030, fax 2258-5770, se encuentran a su disposición el expediente
para los efectos que dispone la Ley. Notifíquese.—San José, 30 de julio del
2012.—Subárea de Servicios Financieros del Área de Aseguramiento y
Fiscalización de Servicios.—Lic. Mayela Azofeifa Castro, Jefa.—1
vez.—RP2012317512.—(IN2012083832).
En el Diario Oficial La Gaceta N° 135, del
12 de julio del 2012, se publicó el Acuerdo N° 023-2012 MGP., donde en el
artículo tercero y cuarto, debe leerse correctamente como sigue no como
se publicó:
ACUERDO
N° 023-2010 MGP
Artículo 3º—Se autoriza la participación de la señora
María Eugenia Barquero Paniagua a dicha actividad, saliendo del país el 11 de
octubre y regresando el domingo 21 de octubre del año en curso. Durante su
estancia en el evento devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 11 al 21 de octubre del 2012.
Todo lo demás queda igual.
San José a las diez horas del siete de agosto del
dos mil doce.
Marcela Chacón Castro, Ministra a. í. de
Gobernación y Policía.—1 vez.—O. C. Nº 14564.—Solicitud Nº 5432.—C-8200.—(IN2012084076).