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GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISOS

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Linda Vista San Isidro, San Ramón, Alajuela. Por medio de su representante: María Isabel Conejo Venegas, cédula 601360542 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 10:38 horas del día 21/08/2012.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2012317767.—(IN2012084243).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro hace constar que la Asociación de Desarrollo Específica para la Atención y Bienestar de Adultos Mayores y Personas con Discapacidad de Pérez Zeledón. Por medio de su representante: Rosibel Rafaela Delgado Jiménez, cédula 106550060 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 11:50 horas del 22 de agosto del 2012.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2012084483).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Específica Compra de Terreno y Construcción del Salón de Altos de Cajón de Bolívar, Grecia, Alajuela. Por medio de su representante: María Eugenia Bolaños Vargas, cédula 204530288 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 13:59 horas del día 22 de agosto del 2012.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2012084919).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

AE-REG-E-260/2012.—El señor Luigi Sansonetti Tinoco, cédula de identidad: 9-043-061, en calidad de representante legal de la compañía Saturnia S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción de la Esparcidora de Estiércol (Purines) marca: VAIA modelo: MB 100EX, País de origen: Italia. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 13 de agosto del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2012084016).

AE-REG-E-267/2012.—El señor Luigi Sansonetti Tinoco, cédula de identidad: 9-043-061, en calidad de representante legal de la compañía Saturnia S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción de la Esparcidora de Estiércol (Purines) marca: VAIA modelo: MB 22EX, País de origen: Italia. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 16 de agosto del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2012084019).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Nº AE-REG-E-266/2012.—El señor Luigi Sansonetti Tinoco, cédula de identidad: 9-043-061, en calidad de representante legal de la compañía Saturnia S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción de la Esparcidora de Estiércol (Purines) marca: VAIA, modelo: MB 32EX, país de origen: Italia. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 16 de agosto del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2012084021).

Nº AE-REG-E-265/2012.—El señor Luigi Sansonetti Tinoco, cédula de identidad: 9-043-061, en calidad de representante legal de la compañía Saturnia S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción de la Esparcidora de Estiércol (Purines) marca: VAIA, modelo: MB 50EX, país de origen: Italia. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 16 de agosto del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2012084022).

Nº AE-REG-E-264/2012.—El señor Luigi Sansonetti Tinoco, cédula de identidad: 9-043-061, en calidad de representante legal de la compañía Saturnia S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción de la Esparcidora de Estiércol (Purines) marca: VAIA, modelo: MB 60EX, país de origen: Italia. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 16 de agosto del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2012084024).

Nº AE-REG-E-263/2012.—El señor Luigi Sansonetti Tinoco, cédula de identidad: 9-043-061, en calidad de representante legal de la compañía Saturnia S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción de la Esparcidora de Estiércol (Purines) marca: VAIA, modelo: MB 70EX, país de origen: Italia. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 16 de agosto del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2012084026).

Nº AE-REG-E-262/2012.—El señor Luigi Sansonetti Tinoco, cédula de identidad: 9-043-061, en calidad de Representante Legal de la compañía Saturnia S.A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción de la Esparcidora de Estiércol (Purines) marca: VAIA, modelo: MB 80EX, país de origen: Italia. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 16 de agosto del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2012084027).

Nº AE-REG-E-261/2012.—El señor Luigi Sansonetti Tinoco, cédula de identidad: 9-043-061, en calidad de representante legal de la compañía Saturnia S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción de la Esparcidora de Estiércol (Purines) marca: VAIA, modelo: 120 4R, país de origen: Italia. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 16 de agosto del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2012084028).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL

Nº 82-2012.—San José, a las 17:00 horas del 16 del mes de julio del dos mil doce.

Se conoce solicitud de Certificado de Explotación presentada por la compañía Aero Tour S. R. L., cédula jurídica 3-102013459, representada por el señor Federico Laurencich Castro, cédula de identidad 1-769-515, para brindar servicios de Trabajos Aéreos en la modalidad de carga externa, con aeronaves de ala rotativa; con fundamento en lo siguiente:

Resultandos:

1º—Mediante escrito presentado ante la secretaría del Consejo Técnico el 6 de diciembre de 2011, el señor Federico Laurencich Castro, en su calidad Apoderado Generalísimo de la compañía Aero Tour S. R. L, solicitó se le otorgue a su representada Certificado de Explotación para brindar servicios de Trabajos Aéreos en la modalidad de carga externa, con aeronaves de ala rotativa.

2º—Mediante oficio DGAC-TA-INF-008-2012 de fecha 25 de enero de 2012, la Unidad de Transporte Aéreo presenta informe referente a la solicitud de certificado de explotación de Aero Tour S. R. L y en lo que interesa recomienda:

Con base en el análisis realizado y una vez que el solicitante cumpla con las formalidades exigidas y además demuestre satisfactoriamente la capacidad técnica para la prestación del servicio, SE RECOMIENDA:

1.  Otorgar a la compañía Aero Tour S. R. L., un certificado de explotación para brindar servicios de trabajos aéreos en la modalidad de carga externa con equipo de ala rotativa (helicóptero), bajo las siguientes especificaciones:

     Aprobar las operaciones con una aeronave tipo Robinson 44 Raven II, matrícula TI-BCA.

Autorizar a la compañía Aero Tour S. R. L., una tarifa para los servicios de carga externa, con base en la siguiente tabla:

 

Descripción por aeronave

Costo por Hora

Total

1

Vuelo de traslado (desde la base al lugar de operación y regreso)

$850,00

Los montos finales a cobrar dependerán de la utilización real del Helicótero, distancia de la operación con referencia a la base de operación con referencia a la base de operación y el tiempo del equipo de trabajo fuera de la base.

2

Vuelo de carga externa (solamente aplicable al tiempo utilizado para la operación)

$1.051,69

Descripción por logística

1

Transporte de combustible si fuera requerido.

$2,50 por Km

2

Traslado del equipo de tierra, 2 personas.

$1,50 por Km

3

Gasto de pernocta del equipo de trabajo por noche si fuera requerido (3 personas)

$600,00 por noche fuera de la base.

 

Las tarifas que aplique esta empresa deberán encontrarse debidamente aprobadas por el Consejo Técnico de Aviación Civil, (Artículo 165 de la Ley General de Aviación Civil).

2.  Otorgar el Certificado de explotación por un plazo de cinco años, con base en el Acuerdo del CETAC, 32-2011, artículo 18, del 9 de mayo del 2011.

3.  Autorizar los servicios desde la base de operaciones ubicada en el Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma, Hangar Nº 26 y desde y hacia todos los aeródromos publicados en el AIP, mas áreas de aterrizaje preparadas o no preparadas, debidamente autorizadas, salvo casos de emergencia.”

3º—Mediante oficio DGAC-AIR-OF-0308-2012 de fecha 10 de febrero de 2012, las Unidades de Aeronavegabilidad y Operaciones Aeronáuticas, en lo que interesa recomendaron:

“En atención a oficio DGAC-ALEG-OF-334-2012, permítame comunicarle que la empresa AEROTOUR SRL., ha concluido satisfactoriamente la fase Nº4 correspondiente al proceso de certificación técnica para la obtención de un Certificado Operativo para Carga Externa.

Por lo tanto, puede ser elevada a audiencia pública.”

4º—Mediante artículo duodécimo de la sesión ordinaria 36-2012 celebrada por el Consejo Técnico de Aviación Civil el día 09 de mayo del 2012, se acordó elevar a audiencia pública la solicitud de Certificado de Explotación de la empresa Aero Tour S. R. L.

5º—El aviso de audiencia pública salió publicado en La Gaceta Nº 110 del 7 de julio del 2012, la misma se llevó a cabo el 2 de julio de 2012 a las 9:00 a. m., sin que se presentaran oposiciones.

6º—Que en el dictado de esta resolución se han observado las normas y procedimientos de ley.

Considerando:

I.—Sobre los hechos: Que para efectos del dictado de esta resolución se tienen por ciertos los resultandos anteriores por constar así en el expediente administrativo que al efecto lleva la Asesoría Legal de la Dirección General de Aviación Civil.

II.—Sobre el Fondo del Asunto: Que de acuerdo con lo dispuesto con el artículo 10 de la Ley General de Aviación Civil, Nº 5150 de 14 de mayo de 1973 y sus reformas, corresponde al Consejo Técnico de Aviación Civil el otorgamiento, modificación, cancelación, prórroga o suspensión de los certificados de explotación.

Asimismo, el artículo 143 de la Ley General de Aviación Civil señala que para explotar cualquier servicio aéreo, se requiere un certificado de explotación que otorgará el Consejo de Aviación Civil y será aprobado por el Poder Ejecutivo cuando se trate de servicios aéreos internacionales y en forma simultánea, la Dirección General de Aviación Civil tramitará el otorgamiento de un certificado operativo o certificado de operador aéreo, mediante el cual se demostrará la idoneidad técnica para prestar el servicio.

2º—Que realizado el procedimiento de certificación legal que establece la Ley General de Aviación Civil, Nº 5150 de 14 de mayo de 1973 y sus reformas, el Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación Decreto Nº 3326-T publicado en el Alcance 171 de La Gaceta 221 del 23 de noviembre de 1973, con las disposiciones contenidas en la reglamentación internacional de OACI y demás Convenios Internacionales de Aviación Civil aplicables; se determinó que de conformidad con los antecedentes anteriores; la Aero Tour S. R. L.cumple todos los requerimientos técnicos, legales y financieros que les permite otorgar el Certificado de Explotación para brindar servicios de Trabajos Aéreos en la modalidad de carga externa, con aeronaves de ala rotativa.

3º—Que no se presentaron oposiciones a la audiencia pública convocada dentro de la gestión de la compañía, la cual se celebró el día 2 de julio de 2012, a las 9:00 horas.

Con fundamento en los hechos descritos y citas de ley y una vez cumplidos por la compañía solicitante todos los requisitos técnicos y legales, Por tanto:

EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL, RESUELVE:

Otorgar a la compañía Aero Tour S. R. L., cédula jurídica 3-102013459, representada por el señor Federico Laurencich Castro, cédula de identidad 1-769-515, Certificado de Explotación, bajo las siguientes especificaciones:

Servicios a Brindar: Trabajos Aéreos en la modalidad de carga externa, con aeronaves de ala rotativa.

Tarifas: De conformidad con el oficio DGAC-TA-INF-008-2012 de fecha 25 de enero de 2012, emitido por la Unidad de Transporte Aéreo; Autorizar a la compañía Aero Tour S. R. L., una tarifa para los servicios de carga externa, con base en la siguiente tabla:

Descripción por aeronave

Costo por hora

Total

1

Vuelo de traslado (desde la base al lugar de operación y regreso)

$850,00

Los montos finales a cobrar dependerán de la utilización real del Helicótero, distancia de la operación con referencia a la base de operación con referencia a la base de operación y el tiempo del equipo de trabajo fuera de la base.

2

Vuelo de carga externa (solamente aplicable al tiempo utilizado para la operación)

$1.051,69

Descripcion por logística

1

Transporte de combustible si fuera requerido.

$2,50 por Km

2

Traslado del equipo de tierra, 2 personas.

$1,50 por Km

3

Gasto de pernocta del equipo de trabajo por noche si fuera requerido (3 personas)

$600,00 por noche fuera de la base.

 

Las tarifas que aplique esta empresa deberán encontrarse debidamente aprobadas por el Consejo Técnico de Aviación Civil, (Artículo 165 de la Ley General de Aviación Civil).

Equipo: Aprobar las operaciones con una aeronave tipo Robinson 44 Raven II, matrícula TI-BCA.

Vigencia: De conformidad con el acuerdo del Consejo Técnico de Aviación Civil, tomado en el artículo 18 de la sesión 32-2011, otorgar el Certificado de Explotación con una vigencia de 5 años constados a partir de su expedición.

Consideraciones Técnicas: La empresa deberá contar con la organización adecuada, el método de control, la vigilancia de las operaciones, el programa de instrucción y de mantenimiento, acordes con la naturaleza y amplitud de las especificaciones de operación, además se deberá someter a un proceso permanente de vigilancia con la finalidad de demostrar que cumple los requisitos para efectuar en forma segura y adecuada las operaciones del servicio aprobado.

Cumplimiento de las leyes: La concesionaria se obliga expresamente al estricto cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley General de Aviación Civil número 5150 de 14 de mayo de 1973, sus reformas y reglamentos.

Otras obligaciones: La concesionaria deberá cumplir con las obligaciones que adquiera con la Dirección General y el Consejo Técnico de Aviación Civil que se deriven de actividades aeronáuticas.

Además deberá rendir una garantía de cumplimiento de las obligaciones pecuniarias contraídas con el Consejo Técnico de Aviación Civil, por servicios aeronáuticos o por el uso de instalaciones aeroportuarias, según el equivalente a tres meses de operaciones, en el término de 15 días hábiles siguientes al otorgamiento de este certificado de explotación y de acuerdo con el procedimiento recomendado por el Departamento Financiero de la Dirección General de Aviación Civil, de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 23008-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 54 del 17 de marzo de 1994.

Asimismo, deberá garantizar la seguridad, eficiencia y continuidad del servicio concesionado, so pena de cancelar las concesiones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13, 14 y 15 de la Ley General de Aviación Civil.

Además deberá suscribir y mantener vigente durante su concesión los contratos de seguros.

Para la expedición de la presente resolución se han seguido todas las disposiciones de ley.

Notifíquese, publíquese e inscríbase en el Registro Aeronáutico.

Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo sétimo de la sesión ordinaria 56-2012, celebrada el día 16 de julio del 2012.

Luis Carlos Araya Monge, Presidente.—1 vez.—O. C. Nº 23094.—Solicitud Nº 41774.—C-195620.—(IN2012083978).

Nº 84-2012.—San José, a las 17:25 horas del 16 del mes de julio del dos mil doce.

Se conoce solicitud de permiso privado para las actividades de aviación agrícola privada, solicitado por la empresa Desarrollo Agropecuario del Parrita S. A., con cédula jurídica 3-101-131174, representada por el señor Antonio Urgelles Chavarría; con fundamento en lo siguiente:

Resultando:

1º—Mediante resolución N°48-2010 de las 18:00 horas del 21 de junio del 2010, el Consejo Técnico de Aviación Civil, otorgó a la empresa Desarrollo Agropecuario del Parrita S. A., renovación al permiso de operación para brindar servicios de aviación agrícola privada sin fines comerciales, con una vigencia de dos años, los cuales vencen el 21 de junio de 2012.

2.º—Mediante escrito de fecha 03 de mayo de 2012, el señor José Antonio Urgellés Chavarría, en calidad de Apoderado Generalísimo la empresa Desarrollo Agropecuario del Parrita S. A.., solicitó se le renovara a su representada el permiso de servicios de aviación agrícola privado.

3º—Que mediante certificación de No Saldo N° 0652-2012 de fecha 14 de junio de 2012, el Grupo de Trabajo de Trabajo de Tesorería indicó que la empresa Desarrollo Agropecuario del Parrita S. A. se encontraba al día en sus obligaciones dinerarias con esta Dirección General.

4º—Mediante oficios DGAC-ALEG-OF-586-2012, DGAC-ALEG-OF-625-2012, DGAC-ALEG-OF-716-2012, DGAC-ALEG-ALEG-OF-816-2012 y DGAC-ALEG-OF-863-2012, la Unidad de Asesoría Legal previno a la empresa una serie de requisitos faltantes para continuar con el trámite solicitado, pero no fue hasta el 5 de julio de 2012 que la empresa cumplió con todos los requerimientos solicitados para dicha solicitud.

5º—Mediante el oficio DGAC-OPS-OF-1385-2012 de fecha 05 de julio de 2012, la Unidad de Operaciones Aeronáuticas indicó no tener inconveniente en que se renueve a la empresa Desarrollo Agropecuario del Parrita S. A. el permiso de operación para brindar servicios de aviación agrícola privada.

Considerando:

I.—Sobre los Hechos: Que para efectos del dictado de esta resolución se tienen por ciertos los resultandos anteriores por constar así en el expediente administrativo que al efecto lleva la Asesoría Legal de la Dirección General de Aviación Civil.

II.—Sobre el Fondo del Asunto: La explotación de los servicios aéreos la otorga el Estado Costarricense por medio de un certificado de explotación o autorización según corresponda una vez que se cumplan con las formalidades de la ley y sus reglamentos.

El artículo 106 de la Ley General de Aviación Civil establece que el Consejo Técnico de Aviación Civil autorizará el servicio de aviación agrícola, de conformidad con el reglamento respectivo.

Asimismo el artículo 105 de la Ley de cita define aviación agrícola como la rama de la aeronáutica organizada, equipada y adiestrada para proteger el desarrollo de de la agricultura en cualquier de sus aspectos:

Ø  Preparación de tierras mediante uso de fertilizantes y mejoradotes.

Ø  Labores de siembra.

Ø  Combate de plagas agrícolas.

Ø  Aplicación de defoliantes, insecticidas, pesticidas, funguicidas y herbicidas.

Ø  Provocación artificial de lluvias.

Ø  Cualesquiera otras aplicaciones científicas de la aviación con fines agrícolas que sean aprobadas por el Consejo Técnico de Aviación Civil.

El artículo 3 del Decreto N° 31520-MS-MAG-MINAE-MOPT-MGPSP publicado en el Diario Oficial La Gaceta N°241 del 15 de diciembre del 2003, denominado “Reglamento para las Actividades de Aviación Agrícola” establece que es competencia del Consejo Técnico y de la Dirección General de Aviación Civil ejecutar y velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que rige la materia de aviación civil agrícola. Así como le corresponde las disposiciones administrativas necesarias que permitan la organización normalización y coordinación de todas aquellas actividades relativas a la prestación de servicios de aviación agrícola.

El artículo 7º del citado Decreto dice que “se considera actividad de Aviación Agrícola aquella rama de la aeronáutica organizada, equipada y adiestrada para proteger y fomentar el desarrollo de la agricultura…

Por su parte en sus artículos 8º y 11 indica que la actividad de aviación agrícola debe realizarse de acuerdo al ordenamiento jurídico, al respecto señala:

“Artículo 8.- Las actividades de aviación agrícola deberán realizarse de acuerdo con las disposiciones reglamentarias establecidas en la Ley General de Salud, Ley General de Aviación Civil, Ley de Protección Fitosanitaria, el presente Reglamento, el Reglamento sobre Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Coadyuvantes y regulaciones de la Secretaría Técnica Nacional del Ambiente (SETENA) que fueren aplicables. Las disposiciones relativas a la seguridad e higiene de las actividades de aviación agrícola deben realizarse de acuerdo con lo que establece al respecto el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. “

“Artículo 11.- Para realizar actividades propias de la aviación agrícola, en calidad de servicio remunerado o en beneficio de terceros, es necesario ser titular de un Certificado de Explotación, expedido por el Consejo Técnico y un Certificado Operativo conforme con el procedimiento establecido en la Ley General de Aviación Civil, y a las disposiciones del presente Reglamento y del Reglamento de Certificación (RAC 119).”

La Ley General de Aviación Civil en su artículo 107 establece que toda persona física o jurídica que utilice aeronaves destinadas a la aviación agrícola responderá por los daños que cauce a las personas o bienes de terceros en la superficie. Dicha obligación queda también plasmada en el artículo 270 del mismo cuerpo normativo y el artículo 21 del Decreto Nº 31520-MS-MAG-MINAE-MOPT-MGPSP, respectivamente, en lo que interesa señalan:

“Artículo 270-. El operador de cualquier aeronave civil que vuele sobre territorio costarricense, responderá por los daños y perjuicios que causare a las personas o propiedades de terceros en la superficie territorial (…)

“Artículo 21.- El propietario de las aeronaves destinadas a la aviación agrícola debe garantizar, por medio de un seguro, el pago de las indemnizaciones correspondientes a los daños que las aeronaves en vuelo puedan causar a terceros o a bienes, según los artículos 102 y 271 de la Ley General de Aviación Civil.”

En virtud de lo anterior, la empresa Desarrollo Agropecuario del Parrita deberá suscribir y mantener durante su concesión los contratos de seguros que garanticen los daños a las personas o bienes de terceros en la superficie.

En el caso que nos ocupa estamos ante una solicitud de permiso para brindar servicios de aviación agrícola privada, instaurado por la empresa Desarrollo Agropecuario del Parrita, en este sentido los artículos 23 y 24 del citado Decreto indican que toda persona física o jurídica que desee efectuar actividades de aviación agrícola sin fines comerciales en inmuebles de su propiedad debe contar con un permiso de operación otorgado por el Consejo Técnico de Aviación Civil.

Los operadores autorizados para brindar servicios de aviación agrícola con carácter privado sólo podrán operar en sus fundos propios, no pudiendo brindar servicios a terceros, el incumplimiento de dicha obligación acarreará la revocatoria del permiso sin responsabilidad alguna para el Estado (artículo 25 del Decreto Nº 31520-MS-MAG-MINAE-MOPT-MGPSP).

Por lo anterior debemos indicar que después de haber realizado el procedimiento previsto en la Ley General de Aviación Civil N° 5150 del 14 de mayo de 1973, el Decreto Nº 31520-MS-MAG-MINAE-MOPT-MGPSP publicado en el Diario Oficial La Gaceta N°241 del 15 de diciembre del 2003 denominado “Reglamento para las Actividades de Aviación Agrícola”, se determinó que la solicitud de la empresa Desarrollo del Parrita, reúne todos los requisitos legales necesarios para su autorización.

Que mediante oficio DGAC-OPS-OF-1385-2012 de fecha 05 de julio de 2012, la Unidad de Operaciones Aeronáuticas indicó no tener inconveniente para que se otorgue lo solicitado por la empresa Desarrollo Agropecuario del Parrita S. A.

Con fundamento en las citas de ley y consideraciones hechas. Por tanto:

EL CONSEJO TÉNICO DE AVIACIÓN CIVIL, RESUELVE:

Otorgar a la empresa denominada Desarrollo Agropecuario del Parrita S. A. con cédula jurídica 3-101-131174, representada por el señor Antonio Urgelles Chavarría; permiso privado para la ejecución de actividades aéreas de fumigación agrícola bajo los siguientes términos:

Servicios a brindar: Servicios de Aviación Agrícola Privada sin fines comerciales.

Vigencia: De conformidad con los artículos 105 y 106 de la Ley General de Aviación Civil y el artículo 26 del Decreto Nº 31520-MS-MAG-MINAE-MOPT-MGPSP publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 241 del 15 de diciembre del 2003, la vigencia de la autorización será de hasta dos años, pudiendo ser renovado a criterio del Consejo Técnico de Aviación Civil. La renovación deberá ser solicitada cuando menos treinta días antes del vencimiento del permiso de operación de acuerdo con lo establecido en el citado Reglamento.

Cumplimiento de leyes: El operador se obliga expresamente al estricto cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley General de Aviación Civil Nº 5150 de 14 de mayo de 1973 y sus reformas, reglamentos de aviación agrícola, así como otras leyes conexas.

Otras obligaciones: La operadora se obliga a cumplir con las obligaciones que adquiera con la Dirección General y el Consejo Técnico de Aviación que se deriven de actividades aeronáuticas.

Deberá suscribir y mantener vigente los contratos de seguros que garanticen los daños a las personas o bienes de terceros en la superficie y garantizar, por medio de un seguro el pago de las indemnizaciones correspondientes a los daños que las aeronaves en vuelo puedan causar o a bienes de los mismos, según lo dispuesto por el artículo 271 de la Ley General de Aviación Civil.

Además sólo podrá operar en fundos propios, no pudiendo brindar servicios a terceros. El incumplimiento de dicha obligación acarreará la revocatoria del permiso sin responsabilidad alguna para el Estado (artículo 25 del Decreto Nº 31520-MS-MAG-MINAE-MOPT-MGPSP).

Notifíquese y publíquese.

Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo noveno de la sesión ordinaria 56-2012, celebrada el día 16 de julio del 2012.

Luis Carlos Araya Monge, Presidente.—1 vez.—O. C. Nº 23094.—Solicitud Nº 41776.—C-193640.—(IN2012083979).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 61, título 1820, y del Título de Técnico Medio en Secretariado, inscrito en el tomo I, folio 190, título 2553, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional San Isidro Daniel Flores, en el año dos mil diez, a nombre de Navarro Gamboa Zianny Paola. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 20 de agosto del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012084014).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada en la Especialidad de Ciencias Agropecuarias y Educación Familiar y Social, inscrito en el tomo 1, folio 15, título 227, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Nicoya, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Chavarría Obregón Luis Ángel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de agosto del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012084036).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 153, título Nº 1009, emitido por el Centro Educativo El Roble-Heredia, en el año dos mil ocho, a nombre de Jameson Arrieta Helen Marie. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinte días del mes de agosto del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012084052).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 291, título N° 2762, emitido por el Colegio de Naranjo en el año dos mil ocho, a nombre de Arrieta Barquero Gloriana. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, trece de agosto del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012083985).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 48, título 545, emitido por el Instituto de Educación Dr. Clodomiro Picado Twight, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Cambronero Arrieta Maureen Cristina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veinte de agosto del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012083988).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 32, título N° 131, emitido por el Liceo de Frailes de Desamparados en el año dos mil cuatro, a nombre de Vargas Naranjo Maiber Arley. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los once días del mes de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012317817.—(IN2012084244).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Letras, inscrito en el tomo 1, folio 54, título N° 1707, emitido por el Liceo Nocturno Lic. Alfredo González Flores, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Quintero Granados Lidieth. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, tres de julio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012084508).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 51, título 353, emitido por el Liceo de Innovación Educativa Matina, en el año dos mil nueve, a nombre de Imelda Pineda Cisneros. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Imelda Mercedes Sáenz Pineda. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintidós de agosto del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012084552).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 187, título 942, emitido por el Liceo de Curridabat, en el año dos mil tres, a nombre de Cañas Gómez David Esteban. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciséis días del mes de agosto del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012084553).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 74, título 745, emitido por el Colegio Metodista, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de James Alonso Segares. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: Alejandro Jenaro Alonso Segares. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintidós de agosto del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012084555).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Resolución DOS-36-07-2012.—Diligencia de cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las diez horas del nueve de marzo de dos mil doce, del Juzgado Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas, en proceso de disolución de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa Autogestionaria de Servicios Educativos R. L., inscrita en este Registro mediante resolución C-1238 del 28 de octubre de 2002, que en lo que interesa ordena: Se dispone la disolución Cooperativa Autogestionaria de Servicios Educativos R. L., (COOPEEDUCA R. L.), y se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta sentencia, Cooperativa Autogestionaria de Servicios Educativos R.L, con siglas COOPEEDUCA R. L. Publíquese.—San José, a las nueve horas cinco minutos del diez de julio de dos mil doce.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. 33487.—Solicitud 35954.—C-56420.—(IN2012083634).

Resolución DOS-31-07-2012.—Diligencia de cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las diez horas nueve minutos del veinticinco de octubre de dos mil once, del Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), en proceso de disolución de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa de Caficultores y Servicios Múltiples Ramonenses R. L., inscrita en este Registro mediante resolución C-0191 del 4 de mayo de 1968, que en lo que interesa ordena: Se dispone la disolución de Cooperativa de Caficultores y Servicios Múltiples Ramonenses R. L., (COOPEACAFIRA R. L), y se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta sentencia, Cooperativa de Caficultores y Servicios Múltiples Ramonenses R. L., con siglas COOPEACAFIRA R. L. Publíquese.—San José, a las ocho horas cuarenta minutos del diez de julio del dos mil doce.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. 33487.—Solicitud 35954.—C-56420.—(IN2012083635).

Resolución DOS-35-07-2012.—Diligencia de cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las nueve horas y cuarenta minutos del quince de junio de dos mil once, del Juzgado Trabajo de Grecia, en proceso de disolución de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa de Ahorro Crédito y Servicios Múltiples del cantón de Valverde Vega R. L., inscrita en este registro mediante resolución C-0251 del 08 de junio de 1971, que en lo que interesa ordena: Se dispone la disolución Cooperativa de Ahorro Crédito y Servicios Múltiples del Cantón de Valverde Vega R. L. (COOPESARCHI R. L), y se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta sentencia, Cooperativa de Ahorro Crédito y Servicios Múltiples del Cantón de Valverde Vega R. L, con siglas COOPESARCHI R. L. Publíquese.—San José, a las nueve horas del diez de julio de dos mil doce.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. 33487.—Solicitud 35954.—C-62060.—(IN2012083636).

Resolución DOS-34-07-2012.—Diligencia de cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las quince horas del veintiocho de noviembre de dos mil once, del Juzgado Trabajo Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, en proceso de disolución de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa de Usuarios del Transporte y Servicios Complementarios de Limón R. L., inscrita en este Registro mediante resolución C-0373 del 23 de octubre de 1975, que en lo que interesa ordena: Se dispone la disolución Cooperativa de Usuarios del Transporte y Servicios Complementarios de Limón R.L (COOPELIMON R. L.), y se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta sentencia, Cooperativa de Usuarios del Transporte y Servicios Complementarios de Limón R. L, con siglas COOPELIMON R. L. Publíquese.—San José, a las ocho horas cincuenta y cinco minutos del diez de julio de dos mil doce.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. 33487.—Solicitud 35954.—C-62060.—(IN2012083637).

Resolución DOS-33-07-2012.—Diligencia de cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las nueve horas treinta minutos del dieciocho de julio de dos mil once, del Juzgado Trabajo de Mayor Cuantía de Golfito, en proceso de disolución de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa de Jóvenes Progresistas de Río Claro R. L., inscrita en este Registro mediante resolución C-1336 del 01 de agosto de 2005, que en lo que interesa ordena: Se dispone la disolución Cooperativa de Jóvenes Progresistas de Río Claro R. L. (COOPEJOPROR R. L.), y se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta sentencia, Cooperativa de Jóvenes Progresistas de Río Claro R. L., con siglas COOPEJOPROR R. L. Publíquese.—San José, a las ocho horas cincuenta minutos del diez de julio de dos mil doce.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. 33487.—Solicitud 35954.—C-62060.—(IN2012083638).

Resolución DOS-32-07-2012.—Diligencia de cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las diez horas del seis de mayo de dos mil once, del Juzgado Trabajo de Buenos Aires, en proceso de disolución de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa Autogestionaria para la Producción de Productos Agropecuarios y Artesanales de las y los Indígenas de Rey de Buenos Aires de Puntarenas R. L., inscrita en este registro mediante resolución C 1052 del 12 de setiembre de 1997, que en lo que interesa ordena: Se dispone la disolución Cooperativa Autogestionaria para la Producción de Productos Agropecuarios y Artesanales de las y los Indígenas de Rey de Buenos Aires de Puntarenas R. L. (COOPESHIRIT R. L.), y se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta sentencia, Cooperativa Autogestionaria para la Producción de Productos Agropecuarios y Artesanales de las y los Indígenas de Rey de Buenos Aires de Puntarenas R. L., con siglas COOPESHIRIT R. L. Publíquese.—San José, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diez de julio de dos mil doce.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. 33487.—Solicitud 35954.—C-62060.—(IN2012083639).

Res. DOS-30-07-2012.—San José, a las ocho horas treinta y cinco minutos del diez de julio de dos mil doce. Diligencia de cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las trece horas treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil once, del Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Golfito, en proceso de disolución de cooperativa, gestionado por el Infocoop en contra de la Cooperativa de Producción y Comercialización Forestal R. L., inscrita en este registro mediante resolución C-1126 del 15 de abril de 1999, que en lo que interesa ordena: “Se dispone la disolución Cooperativa de Producción y Comercialización Forestal R. L. (Coopeagroforestal R. L.) y se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta sentencia, Cooperativa de Producción y Comercialización Forestal R. L., con siglas COOPEAGROFORESTAL R. L.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-56420.—(IN2012083640).

Res. DOS-29-07-2012.—San José, a las ocho horas treinta minutos del diez de julio de dos mil doce. Diligencia de cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las ocho horas siete minutos del seis de diciembre de dos mil once, del Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Golfito, en proceso de disolución de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa Autogestionaria de Pesca y Comercialización de Golfito R. L., inscrita en este registro mediante resolución C-1047 del 4 de junio de 1997, que en lo que interesa ordena: “Se dispone la disolución Cooperativa Autogestionaria de Pesca y Comercialización de Golfito R. L., (COOPECOSEMU R. L.), y se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta sentencia”, Cooperativa Autogestionaria de Pesca y Comercialización R. L. con siglas COOPECOSEMU R. L. Publíquese.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-56420.—(IN2012083641).

Res. DOS-28-07-2012.—San José, a las ocho horas veinticinco minutos del diez de julio de dos mil doce. Diligencia de cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las diez horas veinte minutos del dieciocho de agosto de dos mil once, del Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Cañas, en proceso de disolución de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa Autogestionaria de Producción en Cadena de Las Juntas de Abangares R. L., inscrita en este registro mediante resolución C-1222 del 8 de enero de 2002, que en lo que interesa ordena: “Se dispone la disolución Cooperativa Autogestionaria de Producción en Cadena de Las Juntas de Abangares R. L. (COOPEPROCA R. L.), y se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta sentencia.”, Cooperativa Autogestionaria de Producción en Cadena de Las Juntas de Abangares R. L. con siglas COOPEPROCA R. L.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-62060.—(IN2012083642).

Resolución DOS-27-07-2012.—San José, a las ocho horas veinte minutos del diez de julio de dos mil doce. Diligencia de cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las diez horas cincuenta minutos del dieciocho de agosto de dos mil once, del Juzgado Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, en proceso de disolución de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa Autogestionaria de Turismo R. L., inscrita en este registro mediante resolución C-1372 del 11 de julio de 2006, que en lo que interesa ordena: “Se dispone la disolución Cooperativa Autogestionaria de Turismo R. L. (COOPECHIRRIPO R. L.), y se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta sentencia.”, Cooperativa Autogestionaria de Turismo R. L. con siglas COOPECHIRRIPO R. L.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-56420.—(IN2012083643).

Res. DOS-26-07-2012.—San José, a las ocho horas quince minutos del diez de julio de dos mil doce. Diligencia de cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las quince horas cuarenta y un minutos del veintitrés de enero de dos mil doce, del Juzgado Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya), en proceso de disolución de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa de Comercialización de Mariscos y Servicios Múltiples R. L., inscrita en este registro mediante resolución C-0513 del 30 de marzo de 1998, que en lo que interesa ordena: “Se dispone la disolución Cooperativa de Comercialización de Mariscos y Servicios Múltiples R. L. (COOPECOMAR R. L.), y se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta sentencia.”, Cooperativa de Comercialización de Mariscos y Servicios Múltiples R. L. con siglas COOPECOMAR R. L.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-56420.—(IN2012083644).

Res. DOS-25-07-2012.—San José, a las ocho horas diez minutos del diez de julio de dos mil doce. Diligencia de cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las nueve horas treinta minutos del diecinueve de julio de dos mil once, del Juzgado Trabajo de Mayor Cuantía de Golfito, en proceso de disolución de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa de Autogestión de Producción Agrícola de las Mujeres de Golfito R. L., inscrita en este registro mediante resolución C-1073 del 30 de marzo de 1998, que en lo que interesa ordena: “Se dispone la disolución Cooperativa de Autogestión de Producción Agrícola de las Mujeres de Golfito R. L (COOPEMARA), y se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta sentencia.”, Cooperativa de Autogestión de Producción Agrícola de las Mujeres de Golfito R. L. con siglas COOPEMARA.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-62060.—(IN2012083645).

Res. DOS-24-07-2012.—San José, a las ocho horas cinco minutos del diez de julio de dos mil doce. Diligencia de cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las diez horas treinta y cinco minutos del veintisiete de setiembre de dos mil once, del Juzgado Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, en proceso de disolución de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Comercializadora Cooperativa Difrusa R. L., inscrita en este registro mediante resolución C-1066 del 9 de febrero de 1998, que en lo que interesa ordena: “Se dispone la disolución Comercializadora Cooperativa Difrusa R. L (Cooperativa Difrusa), y se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta sentencia.”, Comercializadora Cooperativa Difrusa R. L. con siglas Cooperativa Difrusa.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-62060.—(IN2012083646).

Res. DOS-23-07-2012.—San José, a las ocho horas del diez de julio de dos mil doce. Diligencia de cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las diez horas del veinticinco de octubre de dos mil once, del Juzgado Trabajo de Osa, en proceso de disolución de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa Autogestionaria de Servicios de Restaurante R. L., inscrita en este registro mediante resolución C-1131 del 15 de abril de 1999, que en lo que interesa ordena: “Se dispone la disolución de Cooperativa Autogestionaria de Servicios de Restaurante R. L. (COOPESABOL R. L.), y se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Segundad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta sentencia”, Cooperativa Autogestionaria de Servicios de Restaurante R. L., con siglas COOPESABOL R. L.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-62060.—(IN2012083647).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

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Marcas de ganado

Solicitud 2012-1022.—Óscar Bogantes Arguedas, cédula de identidad 0202290613, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Cañas, Palmira, de la entrada a Carbonales 150 al oeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 17 de julio del 2012, según expediente Nº 2012-1022.—San José, 16 de agosto del 2012.—Lic. Anais Mendieta Jiménez, Registradora.—1 vez.—RP2012317448.—(IN2012083782).

Solicitud 2012-818.—Luis Álvarez Fernández, cédula de identidad 0701190658, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado de ganado, que usará preferentemente en Limón, Matina, Carrandi, Río Peje, de la entrada principal de Veragua Rain Forests, 2km al norte. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 11 de junio del 2012, según expediente Nº 2012-818.—San José, 11 de julio del 2012.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—RP2012317505.—(IN2012083783).

Cambio de Nombre Nº 79942

Que Michael Bruce Esquivel, cédula de identidad 1-943-799, en calidad de apoderado especial de Celsia S. A. E.S.P., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Compañía Colombiana de Inversiones S. A. E.S.P. por el de Celsia S. A. E.S.P., presentada el 3 de agosto de 2012, bajo expediente 79942. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas. 2009-0008230, Registro Nº 199762 CELSIA en clase 37, Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de agosto del 2012.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2012083677).

Cambio de Nombre Nº 79940

Que Michael Bruce Esquivel, cédula de identidad 1-943-799, en calidad de apoderado especial de Celsia S. A. E.S.P., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Compañía Colombiana de Inversiones S. A. E.S.P., por el de Celsia S. A. E.S.P., presentada el 3 de agosto de 2012, bajo expediente 79940. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2009-0008231 Registro Nº 199763 CELSIA en clase 36 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de agosto del 2012.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2012083678).

Cambio de Nombre Nº 79939

Que Michael Bruce Esquivel, cédula de identidad 1-943-799, en calidad de apoderado especial de Celsia S. A. E.S.P., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Compañía Colombiana de Inversiones S. A. E.S.P., por el de Celsia S. A. E.S.P., presentada el 3 de agosto de 2012, bajo expediente 79939. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2009-0008232 Registro Nº 199939 CELSIA en clase 35 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de agosto del 2012.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2012083680).

Cambio de Nombre Nº 79943

Que Michael Bruce Esquivel, cédula de identidad 1-943-799, en calidad de apoderado especial de Celsia S. A. E.S.P., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Compañía Colombiana de Inversiones S. A. E.S.P., por el de Celsia S. A. E.S.P., presentada el 3 de agosto de 2012, bajo expediente 79943. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2009-0008227 Registro Nº 199760 CELSIA en clase 40 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de agosto del 2012.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1 vez.—(IN2012083681).

Cambio de Nombre Nº 79938

Que Michael Bruce Esquivel, cédula de identidad 1-943-799, en calidad de apoderado especial de Celsia S. A. E.S.P., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Compañía Colombiana de Inversiones S. A. E.S.P., por el de Celsia S. A. E.S.P., presentada el 3 de agosto de 2012, bajo expediente 79938. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2009-0008229 Registro Nº 199761 CELSIA en clase 39 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de agosto del 2012.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2012083682).

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Eddy Rafael Álvarez Sibaja, cédula 2-470-524, vecino de San José, apoderado general de Construcciones y Multiservicios Fronteras S. A., de Costa Rica, solicita el diseño industrial denominado ADOQUÍN FORMA ARABESCO.

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Tiene la simetría y forma de flor semejante al Arabesco Musulmán, consta de cuatro muescas expuestas con un radio de cinco centímetros cada una, en cada uno de sus lados, con dieciséis lados en cuadro de anclaje. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 25/01; 25/02; cuyo inventor es Eddy Rafael Álvarez Sibaja. La solicitud correspondiente lleva el número 20120309, y fue presentada a las 11:24:10 del 7 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de agosto del 2012.—Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012083737).

El señor Eddy Rafael Álvarez Sibaja, en condición de apoderado especial de Construcciones y Multiservicios Fronteras S. A., de Costa Rica, solicita el Diseño Industrial denominado ADOQUÍN EN FORMA HEXAGONAL.

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El diseño ornamental del adoquín forma hexagonal, tal y como se aprecia en los dibujos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 25/02; cuyo inventor es Eddy Rafael Álvarez Sibaja. La solicitud correspondiente lleva el número 20120308, y fue presentada a las 11:23:12 del 7 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de agosto del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2012083738).

El señor Eddy Rafael Álvarez Sibaja, cédula 2-470-524, en condición de apoderado de Construcciones y Multiservicios Fronteras S. A., de Costa Rica, solicita el Diseño Industrial denominado ADOQUÍN EN FORMA OCTAGONAL.

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Adoquín en forma octagonal, dando la forma de una flor de ocho lados rectos en su contorno. Dicha figura se acopla simétricamente con otra figura producida. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 25/01; cuyo inventor es Eddy Rafael Álvarez Sibaja. La solicitud correspondiente lleva el número 20120307, y fue presentada a las 11:22:18 del 7 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de agosto del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012083739).

EI señor Eddy Rafael Álvarez Sibaja, cédula 2-470-524, en condición de apoderado de Construcciones y Multiservicios Fronteras S. A., de Costa Rica, solicita el Diseño Industrial denominado ADOQUÍN EN FORMA DE PUNTA.

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Un adoquín en forma de punta con dos lados iguales y se acopla simétricamente con otra figura. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseño Industriales es: 25/01; cuyo inventor es Eddy Rafael Álvarez Sibaja. La solicitud correspondiente lleva el número 20120304, y fue presentada a las 11:19:21 del 7 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de agosto del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012083740).

El señor Eddy Rafael Álvarez Sibaja, cédula 2-470-524, vecino de San José, apoderado general de Construcciones y Multiservicios Fronteras S. A., de Costa Rica, solicita el Diseño Industrial denominada ADOQUÍN FORMA DE CASTILLO.

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Tiene la forma medida y forma general de un rectángulo, de doce punto cinco centímetros de ancho por diecinueve punto noventa y cinco centímetros de largo por diez centímetros de grosor. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 25/01; 25/02; cuyo inventor es Eddy Rafael Álvarez Sibaja. La solicitud correspondiente lleva el número 20120306, y fue presentada a las 11:21:22 del 7 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de agosto del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012083742).

El señor Eddy Rafael Álvarez Sibaja, cédula 2-0470-0524, mayor, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Construcciones y Multiservicios Fronteras S. A., de Costa Rica, solicita el Diseño Industrial denominada ADOQUÍN EN FORMA ALFA.

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El diseño ornamental del Adoquín Forma Alfa tal y como se aprecia en los dibujos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 25/02; cuyo inventor es Eddy Rafael Alvarez Sibaja. La solicitud correspondiente lleva el número 20120305, y fue presentada a las 11:20:11 del 7 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de agosto del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2012083744).

La señorita Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula 1-812-604, mayor de edad, abogada, apoderada especial de Vifor (International) AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada NUEVOS ANTAGONISTAS DE PIRIMIDINHEPCIDINA Y TRIAZINHEPCIDINA.

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La presente invención se refiere a nuevos antagonistas de hepcidina de fórmula (I), a composiciones farmacéuticas que comprenden estos, así como a su uso como fármacos, particularmente para el tratamiento de trastornos del metabolismo del hierro, como particularmente enfermedades por deficiencia de hierro y anemias, particularmente anemias en relación con enfermedades inflamatorias crónicas (anemia por enfermedad crónica (AEC) y anemia por inflamación (AI)). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es C07D 239/47, cuyos inventores son Durrenberger, Franz, Geisser, Peter, Burckhardt, Susanna, Buhr, Wilm, Funk, Félix, Bainbridge, Julia, Marie, Corden, Vincent, Anthony, Courtney Stephen, Martin, Davenport, Tara, Jaeger, Stefan, Ridgill, Mark Peter, Slack, Mark, Yarnold, Christopher, John, Yau, Wei, Tsung. La solicitud correspondiente lleva el número 20120097, y fue presentada a las 10:09:10 del 27 de febrero del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de mayo del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2012317566.—(IN2012083816).

El señor Cristian Calderón Cartín, cédula 1-800-402, en condición de apoderado de Glaxo Group Limited, de Reino Unido, solicita la Patente de Invención denominada BLOQUEANTES DE LOS CANALES DE SODIO DEPENDIENTES DE VOLTAJE. La presente invención se refiere a intermedios bloqueantes de los canales de sodio dependientes de voltaje, a compuestos y dimeros, a composiciones farmacéuticas correspondientes, a la preparación de compuestos y a métodos de tratamiento para enfermedades respiratorias o del tracto respiratorio. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K, 31/497; cuyos inventores son Boehm, Jeffrey, Charles, Davis, Roderick, S., Kerns, Jeffrey, K., Lin, Guoliang, Nie, Hong. La solicitud correspondiente lleva el número 20120402, y fue presentada a las 11:57:10 del 31 de julio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de agosto del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012311708.—(IN2012084233).

El señor Cristian Calderón Cartín, cédula 1-800-402, en condición de apoderado de Abbott Laboratories, de EUA, solicita la Patente de Invención denominada TERAPIA COMBINADA PARA EL TRATAMIENTO DEL CÁNCER Y ENSAYOS DE DIAGNÓSTICO RELACIONADOS.

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La presente divulgación se relaciona con una combinación de agentes terapéuticos para usar en el tratamiento de un paciente que sufre de cáncer. Además, la presente divulgación se relaciona con ensayos diagnósticos que son útiles en la clasificación de pacientes para tratamiento con uno o más agentes terapéuticos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/454; A61K 45/06; A61K 31/506; A61P 35/00; A61K 31/5377; G01N 33/48; A61K 31/635; C12Q 1/68; A61K 31/675; cuyos inventores son Shah, Omar Jameel, Shen, Yu, Lin, Xiaoya, Anderson, Mark, Huang, Xiaoli, Li, Junling, Li, Leiming. La solicitud correspondiente lleva el número 20120349, y fue presentada a las 13:11:10 del 25 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de julio del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012317709.—(IN2012084234).

El señor Cristian Calderón Cartín, cédula 1-800-402, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Abbott Laboratories de EUA, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS TRICÍCLICOS NOVEDOSOS. Un compuesto con la Fórmula (Ia), (Ib), (Ic), (Id), (Ie), (Si), (Ig), (Ih), (Ii), (Ij), (Ik), o (Il), según se las define aquí, sales farmacéuticamente aceptables, prodrogas, metabolitos, estereoisómeros e isómeros de los mismos biológicamente activos, donde las variables se han definido aquí. Los compuestos de la invención son útiles para tratar condiciones inmunológicas y oncológicas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/42; A61K 31/44; cuyos inventores son Wishart, Neil, Argiriadi, María, A., Breninlinger, Eric C., Calderwood, David J., Ericsson, Anna M., Fiamengo, Bryan A., Frank, Kristine E., Friedman, Michael, George, Dawn M., Goedken, Eric R., Josephsohn, Nathan S., Li, Biqin C., Morytko, Michael J., Mullen, Kelly D, Somal, Gagandeep, Stewart, Kent D., Voss, Jeffrey W., Wallace, Grier A., Wang, Lu, Woller, Kevin R. La solicitud correspondiente lleva el número 20120294, y fue presentada a las 12:33:26 del 30 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de agosto del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2012317710.—(IN2012084235).

El señor Cristian Calderón Cartín, cédula 1-800-402, en condición de apoderado de Abbott Laboratories, de EUA, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE SULFONAMIDA COMO AGENTES INDUCTORES DE APOPTOSIS CON SELECTIVIDAD POR Bcl-2 PARA EL TRATAMIENTO DE CÁNCER Y ENFERMEDADES INMUNES.

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Compuestos que inhiben la actividad de las proteínas anti-apoptóticas Bcl-2 o Bcl-XL, composiciones que contienen dichos compuestos y métodos para tratar enfermedades durante las cuales se expresa la proteína anti-apoptótica Bcl-2.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 405/12 ;C07D 235/26; A61K 31/404; C07D 249/04; A61P 35/00; C07D 295/14; C07D 209/32; C07D 309/14; C07D 211/96; C07D 401/12; C07D 213/64; C07D 295/125; C07D 215/20; C07D 231/56; C07D 217/16; C07D 405/14, cuyos inventores son Bruncko, Milan, Ding, Hong, Doherty, George A., Elmore, Steven, W. , Hasvold, Lisa, Hexamer, Laura, Kunzer, Aaron, Mantei, Robert, A., Mcclellan, William, J., Petros, Andrew, M., Souers, Andrew, J., Sullivan, Gerard, M., Tao, Zhi-Fu, Wang, Gary, T., Wang, Le, Wang, Xilu, Wendt, Michael, D., Hansen, Todd, M., Song, Xiaohong, Park, Chang, H., Park, Cheol-Min. La solicitud correspondiente lleva el número 20120346, y fue presentada a las 13:09:40 del 25 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de julio del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012317711.—(IN2012084236).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La señora María del Pilar López Quirós, céd. 1-1066-0601, mayor de edad, vecina de San José, apoderada especial de ST. Jude Medical Inc. de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ASAMBLEA DE LOS ELEMENTOS DE ABLACIÓN ESCALONADOS.

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Un catéter de ablación incluye un cuerpo de catéter extendiéndose longitudinalmente entre un extremo proximal y un extremo distal a lo largo de un eje longitudinal. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61B 18/14; cuyo inventor es De la Rama, Alan, Hata, Cary. La solicitud correspondiente lleva el número 20120291, y fue presentada a las 10:37:10 del 30 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de agosto del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012084069).

La señora María del Pilar López Quirós, mayor, abogada, cédula de identidad número 1-1066-0601, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Mars Incorporated, de Estados Unidos de América, solicita el Diseño Industrial denominado CONTENEDOR.

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El diseño ornamental de un contenedor, tal como se muestra y se describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales 09/03; cuyos inventores son Coble, Justin y Clifford, Stanley Joseph. La solicitud correspondiente lleva el número 2012-0373 y fue presentada a las 8:40:08 del 12 de julio de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de agosto de 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012084070).

La señora María del Pilar López Quirós, céd. 1-1066-0601, mayor de edad, abogada, apoderada especial de Mars Incorporated, de E.U.A., solicita el Diseño Industrial denominado CONFITE.

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Diseño para un confite, del cual la siguiente es una especificación, referencia hecha acompañando dibujos formando parte de la misma. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 01/01; cuyo inventor es Coble, Justin. La solicitud correspondiente lleva el número 20120375, y fue presentada a las 8:41:42 del 12 de julio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de julio del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012084071).

La señora María del Pilar López Quirós, céd. 1-1066-condición de apoderada de Camlin Fine Sciences Limited, de India, solicita la Patente de Invención denominada CONSERVANTES DE DERIVADOS DE QUITINA.

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La invención comprende un proceso para producir un derivado de quitosano, y un producto preparado mediante el mismo, al activar quitosano o una quitina como precursor de quitosano en alcohol que contiene agua en una cantidad que abarca del 0% a un máximo de aproximadamente el 30% y preparar derivados que tienen varios usos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C08B 37/08; cuyo inventor es Shendye, Abhay Parashuram. La solicitud correspondiente lleva el número 20120082, y fue presentada a las 8:16:10 del 17 de febrero del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de julio del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012084072).

La señora María del Pilar López Quirós, céd. 1-1066-0601, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Mars Incorporated, de E. U. A., solicita el Diseño Industrial denominado CONFITE

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diseño ornamental para un confite como se muestra y describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 01/01; cuyos inventores son Coble, Justin, Dolge, Michelle. La solicitud correspondiente lleva el número 20120374, y fue presentada a las 08:41:20 del 12 de julio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de julio del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2012084073).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, céd, 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de Apoderado Especial de Abraxis Bioscience, LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada TERAPIA DE COMBINACIÓN CON COMPOSICIONES DE NANOPARTÍCULAS DE TAXANO E INHIBIDORES DE HEDGEHOG. La presente invención proporciona métodos de terapia de combinación para tratar una enfermedad proliferativa (tal como cáncer) que comprende administrar a un individuo una cantidad efectiva de un taxano en una composición de nanopartículas y un inhibidor de hedgehog que inhibe una ruta de señalización de hedgehog. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/337; A61K 9/20; cuyos inventores son Tao, Chunlin, Desai, Neil, P., Soon-Shiong, Patrick. La solicitud correspondiente lleva el número 20120115, y fue presentada a las 14:11:10 del 12 de marzo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de julio del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2012084099).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Roche Glycart AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS ANTI-HER3 Y USOS DE LOS MISMOS. La presente invención se refiere a anticuerpos ligantes de HER3 humano (anticuerpo anti-HER3), a método para su producción, a composiciones farmacéuticas que contienen dichos anticuerpos, y a usos de los mismos.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,  la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/28, C07K 16/32, A61K 39/395; A61P 35/00, cuyos inventores son Bossenmaier, Birgit, Dimoudis, Nikolaos, Friess, Thomas, Georges, Guy, Kolm, Irene, Krell, Hans-Willi, Lifke, Valeria, Moessner, Ekkehard. La solicitud correspondiente lleva el número 20120284, y fue presentada a las 14:14:40 del 28 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1 de agosto del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2012084100).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en condición de apoderado de Chalabi, Rifat, AL de E. U. A., Perry, Ophneil, Henry, de Reino Unido, solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA DE GASIFICACIÓN.

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El invento proporciona un aparato para procesar material como los residuos con recubrimiento orgánico y materiales orgánicos incluyendo biomasa, los residuos industriales, residuos sólidos y agual residuales municipales, que consiste en una cámara de procesamiento para procesar dicho material a una temperatura elevada.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: F23G 5/027; F23G 5/16; F23G 7/00; F24J 2/42; cuyos inventores son Perry, Ophneil, Henry, Chalabi, Rifat, Al. La solicitud correspondiente lleva el número 20120340, y fue presentada a las 14:33:10 del 22 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de agosto del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012084101).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en condición de apoderado de Genzyme Corporation de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada UNA FORMA CRISTALINA Y AMORFA DE GENZ 112638 HEMITARTRATO COMO INHIBIDORES DE GLUCOSILCERAMIDA SINTASA.

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Se desvela la sal de hemitartrato de un compuesto representado por la fórmula estructural, que puede utilizarse en aplicaciones farmacéuticas. Las formas cristalinas únicas particulares de Hemitartrato de fórmula (I) se caracterizan por una variedad de propiedades y mediciones fisicas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 405/06, A61K, 31/4025; A61P 35/00, cuyos inventores son Liu, Harlin, Willis, Chris, Bhardwaj, Renu, Copeland, Diane, P., Harianawala, Abizer, Skell, Jeffrey, Marshall, John, Kochling, Jianmei, Palace, Gerard, Peterschmitt, Judith, Siegel, Craig, Cheng, Seng. La solicitud correspondiente lleva el número 20120277, y fue presentada a las 13:54:10 del 24 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de agosto del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012084102).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en condición de apoderado de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada PIRROLIDINA-2-CARBOXAMIDAS SUSTITUIDAS.

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Se proporcionan compuestos de la fórmula (I), en la que X, Y, R1, R2, R3, R3, R4, R5, R6 y R7 tienen los significados aquí descritos y los enantiómeros y sales y esteres farmacéuticamente aceptables de los mismos. Estos compuestos son útiles como agentes anticancerosos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 207/10, A61K 31/40, A61P 35/00, cuyos inventores son Bartkovitz, David Joseph, Chu, Xin-Jie, Ding, Qingjie, Jiang, Nan, Liu, Jin-Jun, Ross, Tina Morgan, Zhang, Jing, Zhang, Zhuming. La solicitud correspondiente lleva el número 20120410, y fue presentada a las 13:34:40 del 7 de agosto del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de agosto del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012084103).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en condición de apoderado de Sumitomo Chemical Company, Limited, de Japón, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO PARA REDUCIR EL ESTRÉS POR TEMPERATURA DE PLANTAS.

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La presente invención proporciona un método para reducir el estrés por temperatura de plantas, el cual comprende aplicar una cantidad efectiva de uno o más compuestos seleccionados del grupo que consiste de un compuesto representado por la fórmula (I) y una sal agrícolamente aceptable del mismo a una planta que ha sido expuesta a o que es expuesta a un factor de estrés por temperatura y así por el estilo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 37/30, A01N 43/38, A01P 21/00, cuyos inventores son Nagasawa, Asako, Mukumoto, Fujio. La solicitud correspondiente lleva el número 20120268, y fue presentada a las 13:21:10 del 22 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de julio del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012084104).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

El Registro de la Propiedad Industrial, Oficina de Patentes de Invención hace saber que por resolución de las ocho horas veinte minutos del dieciocho de julio de dos mil doce, fue inscrito el Diseño Industrial denominado MESA LATERAL PARA PARRILLA, a favor de la compañía Weber-Stephen Products Co., cuyos creadores son: Bruno Adrián A., Choi Charles y Siazon Sonny, todos de nacionalidad estadounidense, se le ha otorgado el número de inscripción de diseño industrial 538, estará vigente hasta el dieciocho de julio de dos mil veintidós, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición, es 07-02.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—1 vez.—RP2012317706.—(IN2012084237).

El Registro de la Propiedad Industrial, Oficina de Patentes de Invención, hace saber que por resolución de las ocho horas treinta minutos del diez de julio del dos mil doce, fue inscrita la Patente de Invención denominada: COMPUESTO HETEROCÍCLICO FUSIONADO, a favor de la compañía Takeda Pharmaceutical Company Limited, cuyos inventores son: Tomoyasu Ishikawa, Takahiko Taniguchi, Hiroshi Banno y Masaki Seto, todos de nacionalidad japonesa; se le ha otorgado el número de inscripción de patente de invención 2855, estará vigente hasta el día primero de junio del dos mil veinticinco, la Clasificación Internacional versión 2012.01 es C07D 487/04, 487/16 y A61K 31/519.—San José, a las ocho horas cinco minutos del ocho de agosto del dos mil doce.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—1 vez.—RP2012317905.—(IN2012084749).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Pro Prevención y Lucha Contra el Cáncer de Próstata, con domicilio en la provincia de Alajuela; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: diseñar e implementar todo tipo de acciones tendientes a librar una efectiva lucha contra el cáncer de próstata. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la Presidenta: Grace Cervantes Quesada. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012, asiento: 232178, adicional tomo: 2012, asiento: 260240).—Curridabat, 13 de agosto del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez—RP2012317622.—(IN2012084238).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana Plenitud de Cristo, con domicilio en la provincia de Guanacaste, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: propagación del Evangelio de Cristo Jesús basado en la Sagrada Biblia. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el Presidente: Eduardo Chaves Abellán. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012, asiento: 181964).—Curridabat, 28 de junio del 2012.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Directora a.í.—1 vez—RP2012317702.—(IN2012084239).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Deportiva de Padres y Taekwondistas Alajuelenses. Con domicilio en la provincia de Alajuela, Central, distrito primero, Urbanización El Llano, casa número uno E. Cuyos fines primordiales son: Promover el deporte del Taekwondo, la recreación y exhibición en todo el territorio nacional. Fomentar en todas sus órdenes el estudio, promoción, desarrollo, práctica y difusión del deporte del Taekwondo. Su presidenta María Julia Araya Sáenz es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones que indica el estatuto. El vicepresidente sustituirá a la presidenta en sus ausencias temporales, con iguales atribuciones y obligaciones que este cuando lo sustituye. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite; tomo: 2012, asiento: 229131, sin adicionales.—Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 45 minutos, del 13 de julio del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez—RP2012317745.—(IN2012084240).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Atención y Desarrollo Integral para Todos, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Llenar las necesidades de la sociedad en los aspectos que estén a nuestro alcance, sean éstos de índole espiritual, vocacional, emocional, físico y social. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Noel Eugenio Marín Rodríguez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012, asiento: 58860, adicionales tomo: 2012, asientos: 187474-236586).—Curridabat, 18 de julio del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez—RP2012317836.—(IN2012084241).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-051982, denominación: Cámara de Intermediarios Bursátiles y Afines Cambolsa. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2012, asiento: 233288.—Dado en el Registro Nacional, a las doce horas quince minutos y treinta y seis segundos del ocho de agosto del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012317925.—(IN2012084750).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-107206, denominación: Asociación de Empleados Pensionados de la Compañía de Fuerza y Luz. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2012, asiento: 151472.—Dado en el Registro Nacional, a las trece horas cincuenta y nueve minutos y cuarenta y cuatro segundos del once de junio del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012317964.—(IN2012084751).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-580911, denominación: Asociación Propietarios de Motos B.M.W. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2012, asiento: 232970.—Dado en el Registro Nacional, a las once horas veinticuatro minutos y cincuenta y siete segundos del treinta y uno de julio del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012318034.—(IN2012084752).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Rescate de Vida en las Calles, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines entre otros serán los siguientes: Rescatar a jóvenes adictos a las drogas, de diferentes estratos sociales, sexo, religión raza a través de un programa integral terapéutico. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: José Alberto Díaz Chavarría. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2012, asiento: 191139 y documento adicional tomo: 2012, asiento: 225011.—Curridabat, seis de julio del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012318049.—(IN2012084753).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Vendedores de Vigorones y Cajetas, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Impulsar el comercio de venta de vigorones en el Paseo de los Turistas y Balneario de Puntarenas. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la presidenta: Norma Vanessa Galán Matarrita. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2012, asiento: 158400, adicionales: tomos: 2012, asientos: 179611-208808.—Curridabat, a los dos días del mes de julio del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012318050.—(IN2012084754).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Pro-Mejoras Escuela Pilar Jiménez Solís, con domicilio en la provincia de San José, Goicoechea, Guadalupe, de Correos de Costa Rica, trescientos metros al norte, en Escuela Pilar Jiménez. Cuyos fines primordiales son: Promover actividades para el mejoramiento social, económico, cultural de la comunidad estudiantil. Colaboración en los programas y campañas de índole educativa que se emprendan. Su presidente: Erick Manuel Coto Quirós, es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las demás limitaciones que indica el estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2012, asiento: 252215, sin adicionales.—Dado en el Registro Nacional, a las catorce horas cincuenta y cinco minutos del diez de agosto del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012318073.—(IN2012084755).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-087097, denominación: Asociación Cristiana de Comunicaciones Canal Veintitrés. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2012, asiento: 264139.—Dado en el Registro Nacional, a las nueve horas veinticuatro minutos y treinta y un segundos del diecisiete de agosto del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012318074.—(IN2012084756).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

AVISOS

La Dirección Nacional de Notariado, hace saber que ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial de la Lic. Sofía Loría Obando, cédula de identidad Nº 3-0404-05611, carné de abogada Nº 19872. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 12-001607-624-NO.—San José, 9 de agosto del 2012.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2012318096.—(IN2012084759).

La Dirección Nacional de Notariado hace saber: que ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial del Licenciado Ronald Gerardo Gutiérrez Abarca, cédula de identidad 1-1259-0560, carné profesional 19720, por lo que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección, dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente 12-001681-0624-NO.—San José, 14 de agosto de 2012.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2012317754.—(IN2012084245).

La Dirección Nacional de Notariado, hace saber que ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial de la Lic. Raquel Sánchez Vargas, cédula de identidad Nº 6-0401-0439, carné profesional 19888, por lo que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección, dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 12-000992-0624-NO.—San José, 3 de agosto del 2012.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2012317954.—(IN2012084757).

La Dirección Nacional de Notariado, comunica que ante este Despacho Administrativo el Lic. Eduardo Alfonso Marquez Fernández, cédula de identidad Nº 1-1234-0288, carné profesional Nº 19965, ha presentado solicitud de inscripción y habilitación para ejercer la actividad notarial, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de este profesional, lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente administrativo Nº 12-001679-0624-NO.—San José, Curridabat, 16 de agosto del 2012.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2012317993.—(IN2012084758).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE AGUA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. 8171A.—Loma Roja S. A., solicita concesión de: 0,16 litros por segundo del Nacimiento Quebrada Papaturro, efectuando la captación en finca de Los Espaveles S. A., en Santa Rosa (Tilarán), Tilarán, Guanacaste, para uso agropecuario-abrevadero y consumo humano-doméstico. Coordenadas 273.200 / 424.800 hoja Cañas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de agosto del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012084086).

Exp. 14263P.—Nidia Judith Rojas Vásquez, solicita concesión de: 1,5 litros por segundo de acuífero (Pozo BC-936), efectuando la captación en finca de su propiedad en San Juan Grande, Esparza, Puntarenas, para uso consumo humano en condominio. Coordenadas 219.245 / 466.785 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012084140).

Exp. 9332P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A., solicita concesión de: 5 litros por segundo de aguas subterráneas, efectuando la captación por medio del pozo GE-01 en finca de su propiedad en Buenos Aires (Buenos Aires), Buenos Aires, Puntarenas, para uso agroindustrial-otro. Coordenadas 126.767 / 609.242 hoja General. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de agosto del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012084143).

Exp. 15259A.—Ana María Cruz Campos, solicita concesión de: 1 litros por segundo del nacimiento 1 Yunica, efectuando la captación en finca de su propiedad en Desamparados, Alajuela, para uso abrevadero y riego. Coordenadas 221.150 / 514.900 hoja río Segundo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012084145).

Exp. 15351A.—Minerales del Tárcoles S. A., solicita concesión de: 300 litros por segundo del río Tárcoles, efectuando la captación en finca del mismo en Orotina, Orotina, Alajuela, para uso industria, (lavado de materiales) Coordenadas 209.200 / 481.020 hoja Barranca. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de agosto del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012084148).

Exp. 7368A.—Finca La Efervecencia S. A., solicita concesión de: 0,15 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Colón, Mora, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 209.950 / 511.600 hoja Abra. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de agosto del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua MINAET.—(IN2012084149).

Exp. 14670P.—Finca Los Árboles de Pinilla S. A, solicita concesión de: 1 litros por segundo de Acuífero (Pozo VI-210), efectuando la captación en finca del mismo en Veintisiete de Abril, Santa Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario, consumo humano y abrevadero y riego. Coordenadas 247.985 / 338.760 hoja Villarreal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de abril del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012084150).

Exp. 14302P.—Ganadera Chapernal S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo de aguas subterráneas, efectuando la captación por medio del pozo CHP-134 en finca del mismo en Pitahaya, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 230.624 / 446.240 hoja Chapernal. 726 litros por segundo de aguas subterráneas, efectuando la captación por medio del pozo CHP-135 en finca del mismo en Pitahaya, Puntarenas, Puntarenas, para uso agroindustrial. Coordenadas 230.523 / 446.000 hoja Chapernal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de julio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012084153).

Exp. 7537P.—Vivian María Artavia Granados, solicita concesión de: 1,5 litros por segundo de acuífero (Pozo NA-380), efectuando la captación en finca de su propiedad en Santiago, San Ramón, Alajuela, para uso industria-alimentaria. Coordenadas 228.800 / 483.600 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de abril del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—1 vez.—(IN2012084155).

Exp. 15361A.—Cooperativa de Productores de Café Servicios Múltiples de Naranjo RL (COOPRONARANJO) solicita concesión de: 4,75 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de el mismo en Naranjo, Naranjo, Alajuela, para uso agroindustrial y agropecuario riego. Coordenadas 232.582 / 494.494 hoja Naranjo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de agosto del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012084162).

Exp. 7404A.—Jaime, Valenciano Solís, solicita concesión de: 1,25 litros por segundo de la Quebrada El Saino, efectuando la captación en finca de, José Joaquín Vargas Lobo en Zarcero, Alajuela, para uso consumo humano-abrevadero y riego. Coordenadas 244.000 / 493.600 hoja Quesada. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012084440).

Exp. 10223A.—Los Formones S. A., solicita concesión de: 0,1 litro por segundo del río Seco, efectuando la captación en finca de, Méndez Arce Segundo en Río Cuarto, Grecia, Alajuela, para uso agropecuario. Coordenadas 250.630 / 510.270 hoja Poás. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de agosto del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012084447).

Exp. 15010P.—Hutchings Automotive Products S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo de aguas subterráneas, efectuando la captación por medio del pozo IS-947 en finca del mismo en Guadalupe (Cartago), Cartago, Cartago, para uso industria. Coordenadas 204.253 / 541.903 hoja Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de agosto del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012084461).

Exp. 15366P.—Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica, solicita concesión de: 2 litros por segundo de acuífero, mediante pozo AB-249 en finca de su propiedad en San Rafael, Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano y agropecuario riego. Coordenadas 218.830 / 514.800 hoja abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de agosto del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua MINAET.—(IN2012085047).

Exp. 10144P.—Helechos Marme S. A., solicita concesión de: 12 litros por segundo de aguas subterráneas, efectuando la captación por medio del pozo NA-627 en finca de su propiedad en Carrillos, Poás, Alajuela, para uso agropecuario riego ornamentales. Coordenadas 226.050 / 506.400 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de agosto del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012085057).

Exp. 7222A.—Consultora de Bosques Tropicales S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo del nacimiento sin nombre 3, efectuando la captación en finca de su propiedad en Palmera, San Carlos, Alajuela, para uso domestico-piscina domestica-granja-abrevadero-acuicultura y riego. Coordenadas 260.311 / 494.995 hoja Aguas Zarcas 1,50 litros por segundo del nacimiento sin nombre 4, efectuando la captación en finca de su propiedad en Palmera, San Carlos, Alajuela, para uso doméstico-piscina domestica-granja-abrevadero-acuicultura y riego. Coordenadas 260.312 / 494.995 hoja Aguas Zarcas; 2 litros por segundo del nacimiento sin nombre 5, efectuando la captación en finca de su propiedad en Palmera, San Carlos, Alajuela, para uso domestico-piscina doméstica-granja-abrevadero-acuicultura y riego. Coordenadas 260.313 / 494.995 hoja Aguas Zarcas; 3 litros por segundo del nacimiento sin nombre 4, efectuando la captación en finca de su propiedad en Palmera, San Carlos, Alajuela, para uso. Coordenadas 260.312 / 494.995 hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012085061).

FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL

EDICTO

Ante la Oficina Regional Palmar Norte del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) se han presentado solicitudes de ingreso al Pago de Servicios Ambientales sobre inmueble sin inscribir en el Registro Nacional y sobre los que a sus poseedores se les pagaría por los servicios ambientales brindados por el bosque existente en dichos inmuebles según el siguiente detalle:

Solicitante

Presolicitud

Ubicación geográfica

N° de plano

Área bajo PSA

Enrique Mora Jiménez

PN01004712

Caserío: La Anguciana Distrito: Changuena

Cantón: Buenos Aires Provincia:

Puntarenas

P-1406853-2010

70.0

 

De conformidad con el Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo número 25721-MINAE y sus reformas, se concede un plazo de 10 días hábiles posteriores a la segunda publicación de éste edicto, para oír oposiciones. Toda oposición debe ser fundada y formularse por escrito ante la Oficina Regional de Palmar Norte y deberá acompañar los argumentos y pruebas en que se fundamente la oposición. El expediente con la ubicación, plano catastrado y otros, podrán consultarse en la Oficina Regional de Palmar Norte, sita Palmar Norte Centro, altos del Banco de Costa Rica, en horario de 7:00 a. m. a 3:00 p. m.—Unidad de Proveeduría y Servicios Generales.—Lic. Elizabeth Castro Fallas, Encargada.—O. C. Nº 0278.—Solicitud Nº 47619.—C-65060.—(IN2012084471).                                                                                         2 v. 1.

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yolanda Vanessa Barrera Salmerón, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1593-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas dos minutos del once de mayo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 9395-2012. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Harold José Barrera Salmerón...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Yolanda Vanessa”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—RP2012317621.—(IN2012084246).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Blanca Nuvia Acevedo Padilla, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2384-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cuarenta y cuatro minutos del cinco de octubre del dos mil once. Ocurso. Exp. N° 34888-2011. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Fanni Natalia Martínez Acevedo...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Blanca Nuvia”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—RP2012317759.—(IN2012084247).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jasinta Quezada De La Cruz, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2620-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas treinta minutos del diecisiete de julio del dos mil doce. Exp. Nº 5058-2012. Resultando 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de naturalización de Jasinta Quezada De La Cruz, conocida como Jacinta Quezada De La Cruz…, en el sentido que el nombre de la persona ahí inscrita es “Jacinta”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. í. Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—RP2012317768.—(IN2012084248).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Daysi Dominga Lazo Castro, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1675-2011. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas treinta minutos del veintiséis de julio del dos mil once. Exp. Nº 25550-11. Resultando 1.-..., 2.-... Considerando; I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Randall Antonio Martínez Lazo..., en el sentido que el primer nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Daysi”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012084467).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Joel José Martínez Velásquez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 104-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta y tres minutos del diez de enero del dos mil doce. Exp. Nº 34000-2011. Resultando 1.-..., 2.-... Considerando: I.- Hechos Probados:..., II.-Hechos no Probados:..., III.- Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de naturalización de Joel José Martínez Velásquez...; en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son “Ecolástica Guillermina Velásquez, no indica segundo apellido” y no como se consignaron.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012084469).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Geovanny Orlando Chalarca Tamayo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1436-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas y diez minutos del veintisiete de abril del dos mil doce. Exp. Nº 2710-2011. Resultando 1.-..., 2.-... Considerando: I.- Hechos Probados:..., II.- Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquense el asiento de naturalización de Geovanny Orlando Charlarca Tamayo conocido como Geovanny Orlando Chalarca Tamayo...; en el sentido que el primer apellido del padre de la persona ahí inscrita, consecuentemente el primer apellido del mismo es “Chalarca” y el asiento de matrimonio de Geovanny Orlando Charlarca Tamayo con Tatiana de los Ángeles Montoya Ávila ...; en el sentido que el primer apellido del padre del cónyuge, consecuentemente el primer apellido del mismo es “Chalarca” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012084472).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Haydeli Lorena Barrios Barrios, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1792-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas tres minutos del veinticuatro de mayo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 7602-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Josué David Olivas Barrios...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Haydeli Lorena”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012084498).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Leydi Massiel Olivas Díaz, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 905-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas ocho minutos del diecisiete de mayo del dos mil once. Ocurso. Expediente Nº 5449-2011. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Hamilton Osmar Vargas Olivas…; en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Leydi Massiel”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012318005.—(IN2012084760).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Guillerma Maira Madriz Granja, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2146-10.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas veinte minutos del veintiuno de setiembre del dos mil diez. Expediente Nº 27168-10. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Maykol Alfredo Madriz Granja… y Kenya Paola Madriz Granja…, en el sentido que el nombre de la madre… es “Guillerma Maira”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012318012.—(IN2012084761).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marlenis Paz Sequeira, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2746-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas seis minutos del treinta y uno de octubre del dos mil once. Ocurso. Expediente Nº 35041-2011. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Freddy Fernando Mora Paz…, en el sentido que el nombre de la madre… es “Marlenis”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Hugo Montero Hernández, Jefe a. í.—1 vez.—RP2012318064.—(IN2012084762).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Janneth del Carmen Velásquez Medrano, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 268-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas dos minutos del veinticinco de enero del dos mil doce. Ocurso. Expediente Nº 40853-2010. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Marvin Antonio Ríos Velázquez; en el sentido que el nombre y el primer apellido de la madre... son “Janneth del Carmen” y “Velásquez” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2012084960).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Katia Julissa Olivas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1173-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas ocho minutos del veintiocho de marzo del dos mil doce. Ocurso. Expediente Nº 1949-2012. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Jufreyci Urrutia Olivas...; en el sentido que el nombre de la persona ahí inscrita y el nombre de la madre de la misma son “Jufreicy” y “Katia Julissa” respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í..—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2012084969).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Sabdia Norel Ramírez Franco, mayor, soltera, estudiante, salvadoreña, cédula de residencia 122200469615, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2372-2012.—San José, diecisiete de agosto de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012317680.—(IN2012084249).

Edson Otoniel Zelaya Madrid, mayor, soltero, estudiante, salvadoreño, cédula de residencia 122200464219, vecino de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2373-2012.—San José, dieciséis de agosto de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012317682.—(IN2012084250).

Alberto Ismael Lainez Sánchez, mayor, soltero, odontólogo, peruano, cédula de residencia 160400185727, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2489-2012.—San José, catorce de agosto de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012317727.—(IN2012084251).

Zurima Yacarely Sotelo Blanco, mayor, soltera, auxiliar de enfermería, nicaragüense, cédula de residencia 155802040912, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2675-2011.—San José, doce de julio de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012084491).

Frank Fraga Rodríguez, mayor, casado, empresario, cubano, cédula de residencia 119200184101, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.1618-2012.—San José, seis de junio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012084493).

Mayerly Mercedes Medina Martínez, mayor, soltera, miscelánea, nicaragüense, cédula de residencia 155812100803, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2503-2012.—San José, veintidós de agosto de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012084499).

Adriana María Barrientos Cardona, mayor, soltera, coordinadora de compras, colombiana, cédula de residencia 117001043033, vecina de Puntarenas, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 4026-2012.—San José, dieciséis de agosto de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012084554).

Catalina Álvarez Morales, mayor, soltera, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia 155807875913, vecina de Limón, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 1300-2012.—San José, diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012084930).

Emir Heyman Robles Moncayo, mayor, casado, Licenciado en Relaciones Internacionales, colombiano, cédula de residencia 117000668723, vecino de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 607-2011.—San José, veintitrés de agosto del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012085038).

Alionuska María Rivas Espinoza, mayor, soltera, cajera, nicaragüense, cédula de residencia 155802116027, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 4150-2011.—San José, catorce de junio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012085053).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

MODIFICACIÓN PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES

2012

La Dirección de Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha se ha publicado Modificación al Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Gobernación, Policía y Seguridad Pública correspondiente al siguiente programa presupuestario 049 Dinadeco (Desarrollo de la Comunidad) el cual se encuentra a su disposición en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr. En el link de COMPRARED.

San José, 24 de agosto del 2012.—Licda. Jenny Mena Ugalde, Directora Proveeduría Institucional.—1 vez.—O. C. N° 15303.—Solicitud Nº 0116.—C-11750.—(IN2012085891).

SEGURIDAD PÚBLICA

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES

2012

La Dirección de Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha se ha publicado Modificación al Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Gobernación, Policía y Seguridad Pública correspondiente al siguiente programa presupuestario 044 Administración Central se encuentra a su disposición en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr. En el link de COMPRARED.

San José, 24 de agosto del 2012.—Licda. Jenny Mena Ugalde, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 14564.—Solicitud Nº 5418.—C-11750.—(IN2012085931).

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

MODIFICACIÓN PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES

2012

La Dirección de Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha se ha publicado Modificación al Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Gobernación, Policía y Seguridad Pública correspondiente al siguiente programa presupuestario 09002 Escuela Nacional de Policía el cual se encuentra a su disposición en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr. En el link de COMPRARED.

San José, 24 de agosto del 2012.—Lic. Jenny Mena Ugalde, Directora Proveeduría Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 14560.—Solicitud Nº 30450.—C-11750.—(IN2012085892).

ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

LABORATORIO COSTARRICENSE DE METROLOGÍA

MODIFICACIÓN AL PLAN DE COMPRAS 2012

La Proveeduría Institucional del Laboratorio Costarricense de Metrología, avisa a los interesados en el plan de compras de esta Institución para el período 2012, que el mismo ha sido modificado, se encuentra a disposición en forma gratuita en el Sistema Compra Red en la dirección http://www.hacienda.go.cr/comprared, plan de compras versión 3, a partir del próximo día hábil de esta publicación.

Master Dunia Jiménez Fernández, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 0016.—Solicitud Nº 43139.—C-3760.—(IN2012086140).

LICITACIONES

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000105-01

Compra de hasta cien (100) estaciones de trabajo

(Workstation) con entregas por demanda,

para un periodo de cuatro (04) años

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las diez horas (10:00 a.m.) del 02 de octubre del 2012, para la “Compra de hasta cien (100) estaciones de trabajo (Workstation) con entregas por demanda, para un periodo de cuatro (04) años”.

El cartel puede ser retirado sin costo adicional en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca.

La Uruca, 4 de setiembre del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº 64825.—C-16420.—(IN2012087052).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000010-2102

Adquisición de: Octreotida (como acetato) 30 mg de acción

prolongada, polvo para suspensión inyectable, frasco

ampolla con diluente adjunto

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Juan de Dios les informa a todos los potenciales oferentes que el plazo para recibir ofertas será hasta el día 26 de setiembre del 2012 a las 09:00 horas.

Los interesados en esta licitación favor retirar el cartel licitatorio en la Recepción del Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital San Juan de Dios, sita en distrito Hospital, contiguo al Ministerio de Salud, al final de la rampa del antiguo edificio de Rehabilitación.

San José, 31 de agosto del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—MSc. Dennys Miranda Boza, Coordinador.—1 vez.—(IN2012087033).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2012LN-000012-PRI

Compra de tubería y accesorios en H.D. y PVC para

el Proyecto de Abastecimiento Ario Mal País

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 26 de setiembre del 2012, para la “Compra de tubería y accesorios en H.D., y PVC para el Proyecto de Abastecimiento Ario Mal País”.

Los documentos que conforman el cartel, podrán descargarse en la dirección electrónica www.aya.go.cr o bien retirarse en la Proveeduría del A y A, sita en el Módulo C, piso 3 del Edificio Sede del A y A, ubicado en Pavas, el mismo tendrá un costo de ¢500,00.

San José, 31 de agosto del 2012.—Dirección Proveeduría.—Lic. Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 02-12.—Solicitud Nº 42153.—C-13120.—(IN2012087283).

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000008-ARESEP

Contratación de Servicios para la Atención de los Usuarios

de la ARESEP, por medio de un Centro de Contactos

La Proveeduría Institucional de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, cédula jurídica Nº 3-007-042042-09, recibirá ofertas por escrito y en sobre cerrado hasta las 10:00 horas, del 21 de setiembre del 2012, para la “Contratación de servicios para la atención de los usuarios de la ARESEP, por medio de un Centro de Contactos”.

Las Especificaciones Técnicas y las Condiciones Generales, que forman parte de esta Licitación, pueden ser accesadas en la dirección electrónica: http://www.aresep.go.cr/cgi-bin/index.fwx?area=04&cmd=servicios&id=0325&sub=1415

Para mayor información pueden llamar al teléfono 2506-3237 y 2506-3239, o a los correos electrónicos jromero@aresep.go.cr, fjaubert@aresep.go.cr.

San José, 24 de agosto del 2012.—Proveeduría.—Jorge Romero Vargas, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 6662-2012.—Solicitud Nº 46180.—C-18820.—(IN2012087282).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE BARVA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2012LA-000011-01

Compra de sistema de planta eléctrica de gas de 20 kw

La Proveeduría de la Municipalidad de Barva recibirá ofertas por escrito hasta las 12:00 horas del día 19 de setiembre del 2012. El cartel puede ser retirado en la oficina de Proveeduría ubicada en el edificio Municipal frente al costado oeste del parque central de Barva, previo depósito no reembolsable de ¢2000,00, en el Departamento de Tesorería o mediante depósito en la cuenta Nº 123 0000057-2 a nombre de la Municipalidad de Barva en el Banco Nacional, y la remisión electrónica del cartel de licitación, previo envío por fax (telefax 2260-3120), del comprobante del depósito.

Barva, Heredia, 31 de agosto del 2012.—Lic. Yesael Molina Vargas, Proveedora Municipal.—1 vez.—(IN2012087043).

ADJUDICACIONES

PODER LEGISLATIVO

DEFENSORÍA DE LOS HABITANTES DE LA REPÚBLICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000004-DHR

Restauración de casetas e instalación de un pasamanos

en la entrada principal del edificio central

de la Defensoría de los Habitantes, sita

en Barrio México, San José

Se avisa a todos los interesados en esta licitación que por resolución de las 10:00 horas del día 30 de agosto del 2012, se procedió a la adjudicación de la presente licitación, de la siguiente manera:

JGM Construcciones S. A.

Cédula Jurídica: 3-101-611738

Línea única:

Restauración de casetas e instalación de pasamanos en el acceso principal del edificio central de la Defensoría de los Habitantes, sita en Barrio México, San José.

Precio total adjudicado: $8.497.000,00

Plazo de entrega: 30 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la fecha que la Defensoría establezca como inicio de la obra.

Garantía: 24 meses sobre los trabajos efectuados, período dentro del cual se hacen responsables de realizar las reparaciones o corregir los defectos que puedan aparecer en la obra, lo anterior se atenderá en un plazo máximo de 3 días hábiles. Para la pintura empleada se brinda garantía por 2 años contados a partir de la fecha de entrega del proyecto.

La garantía empezará a regir a partir de la recepción definitiva de la obra.

Todo de acuerdo a los términos del cartel y de la oferta.

Dirección Administrativa.—Lic. Ronald Retana Pérez, Director Administrativo.—Departamento de Proveeduría y Servicios Generales.—Roxana Hernández Cavallini, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 15090.—Solicitud Nº 30072.—C-22960.—(IN2012087065).

EDUCACIÓN PÚBLICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000103-55400

Servicios de construcción para mantenimiento y ampliación

de las instalaciones existentes, construcción de obra

nueva de la Dirección Regional

Educativa de Pérez Zeledón

Se comunica a los interesados que conforme a Resolución número 0246-2012, de las 10:00 horas del día 29 de agosto del 2012, se procede a declarar infructuoso dicho concurso a la Licitación Pública Nacional Nº 2010LN-000013-55400, por resultar inadmisibles las propuestas presentadas por los oferentes participantes.

Los interesados podrán consultar la resolución en el Sistema Compr@Red, a partir de esta fecha en la dirección “www.hacienda.go.cr/comprared”; o en su defecto, en el Departamento de Contrataciones Administrativas de la Dirección de Proveeduría Institucional MEP, que se encuentra ubicado en el Edificio Raventós 6to piso calle 6 avenida central y 2da, San José.

San José, 29 de agosto 2012.—Dirección de Proveeduría Institucional.—Lic. Rosario Segura Sibaja, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 14542.—Solicitud Nº 3613.—C-10340.—(IN2012087321).

CULTURA Y JUVENTUD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000247-75100

Compra de un vehículo tipo Microbus

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Cultura y Juventud, avisa a todos los interesados en está licitación, que se dictó el acto de adjudicación el día 22 de agosto a las 8:49 horas.

El interesado tiene esta resolución de adjudicación a disposición en el Sistema CompraRed, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta notificación, o podrá obtenerla en la Proveeduría Institucional del Ministerio de Cultura y Juventud, que se encuentra en la antigua Fanal, frente al Parque España.

Todo de acuerdo con los términos del cartel y la oferta.

San José, 22 de agosto del 2012.—Proveeduría Institucional.—Lic. Xinia Carmona Valverde, Subproveedora.—1 vez.—(IN2012087312).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000030-01

Contratación de centros de acondicionamiento

físico para zonas descentralizadas

El Banco de Costa Rica, informa que la Comisión de Contratación Administrativa en reunión 31-2012, CCADTVA del 23 de agosto del 2011, acordó adjudicar la licitación en referencia de la siguiente forma:

1) Adjudicar de acuerdo al siguiente detalle:

a.  El ítem Nº 1, Zona 1 Norte, a Milagro Rodríguez Camacho. (Oferta 1), por un monto mensual por funcionario de ¢15.000,00, para un máximo de 40 funcionarios por mes para un total mensual de ¢600.000,00. Monto semestral ¢3.600.000,00.

b.  El ítem Nº 3, Zona 7 Heredia, al Sr. Freddy Padilla Villalobos (Oferta 2), por un monto mensual por funcionario de ¢17.000,00, para un máximo de 40 funcionarios por mes para un total mensual de ¢680.000,00. Monto semestral ¢4.080.000,00.

c.  El ítem Nº 7, Zona 17 Esparza, a Evolutions Gym S. A., por un monto mensual por funcionario de ¢15.000,00, para un máximo de 30 funcionarios por mes para un total mensual de ¢450.000,00. Monto semestral ¢2.700.000,00.

Los contratos serán por un período de 6 meses, pudiéndose prorrogar por períodos iguales hasta un máximo de 4 años y rigen a partir de la orden de inicio por parte de Salud Ocupacional.

El Banco pagará solamente la cantidad de funcionarios que utilicen el servicio efectivamente.

2) Declarar infructuosos los ítems Nº 2, Nº 4, Nº 5, Nº 6 y Nº 8 ya que no se presentaron ofertas.

San José, 31 de agosto del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 65032.—C-23520.—(IN2012087305).

LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000032-01

Contratación de un Consultor para la interpretación

de la Ley FATCA y sus Reglamentos

Se les informa a los interesados en la licitación en referencia, que la Subgerencia del Banco de Costa Rica, adjudicó la Licitación en referencia según el siguiente detalle:

    Adjudicatario             Enrique Rojas Solís

    Monto anual              US $87.500,00 (Acompañamiento presencial por un año, más los entregables requeridos).

    Plazo del Contrato Un año pudiéndose prorrogar por un periodo adicional.

San José 31 de agosto del 2012.—Oficina Compras y Pagos.—Osvaldo Villalobos González, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 65031.—C-11300.—(IN2012087306).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000027-01

Compra de mobiliario de oficina (mesas, sillas, bibliotecas,

estaciones de trabajo y muebles especiales)

Se informa a los interesados en la contratación en referencia, que la Comisión de Contratación Administrativa en reunión 31-2012, CCADTVA del 23 de agosto del 2012, acordó adjudicar la contratación en referencia de la siguiente forma:,

1.        A la empresa Acondicionamiento de Oficinas S. A., los siguientes Ítems:

Ítem

Detalle Mobiliario

Monto

1

150 Gaveteros móviles en color azul con gris

¢9.746.250,00

2

 75 Gaveteros móviles en color mahogany

¢4.873.125,00

6

 25 Mesas de comedor rectangulares para 6 personas

¢2.302.375,00

7

 25 Mesas grandes para reuniones ovaladas color mahogany para 8 Personas.

¢2.260.000,00

8

 25 Mesas de comedor cuadradas para 4 personas

¢1.271.250,00

9

 25 Muebles de madera especiales para ampos

¢2.683.750,00

 

TOTAL

¢23.136.750,00

 

2.        A la empresa Suplidora de Máquinas y Reparaciones S. A., los siguientes Ítems:

Ítem

Detalle Mobiliario

Monto

3

100 Sillas fijas color café patas de madera

¢5.763.000,00

4

 50 Estaciones ejecutivas modulares de trabajo color mahogany

¢5.593.500,00

5

100 estaciones ejecutivas modulares de trabajo color gris con azul

¢11.547.000,00

 

TOTAL

¢22.543.500,00

 

3.        A la empresa Muebles Muvisa S. A., el siguiente ítem:

Ítem

Detalle Mobiliario

Monto

10

 25 Bibliotecas tipo credenza color mahogany

¢4.237.500,00

San José, 31 de agosto del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 65026.—C-34920.—(IN2012087308).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000026-01

Remodelación de la Oficina El Roble

El Banco de Costa Rica, informa que la Comisión de Contratación Administrativa, en reunión 31-2012, CCADTVA del 23/08/2012, acordó adjudicar la licitación en referencia según el siguiente detalle:

    Empresa adjudicada  Sistemas y Construcciones AG LTDA.

    Costo total  ¢268.997.821,00

    Plazo de entrega de los trabajos asignados 72 días naturales, el cual rige a partir de la orden de inicio por parte de la Oficina de Diseño y Construcción.

Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 65027.—C-11300.—(IN2012087309).

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000003-UTN

Construcción de dos módulos de aulas Sede Pacífico

La Proveeduría Institucional informa a todos los interesados en el presente concurso que el mismo fue adjudicado por el Consejo Universitario mediante Acuerdo Nº 203-2012, de fecha 28 de agosto del 2012, de la siguiente manera:

Empresa: Construcciones Peñaranda S. A.

Cédula jurídica: 3-101-200102

Línea 1:

Monto: ¢547.890.648,40

Línea 2:

Monto: ¢539.608.313,40

Total Adjudicado: ¢1.087.498.961,80

Tiempo de entrega total: 300 días naturales.

Todo lo demás de acuerdo al cartel, especificaciones técnicas, visita al sitio, aclaraciones y la oferta.

Alajuela, 31 de agosto del 2012.—Proveeduría Institucional.—Lic. Miguel Ángel González Matamoros, Director.—1 vez.—(IN2012087323).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE SALUD PENINSULAR,

CÓBANO-PAQUERA-JICARAL

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2012LA-000002-2579

Servicio de transporte de personas en ambulancia

La Unidad de Gestión de Bienes y Servicios, Subárea de Contratación Administrativa del Área de Salud Peninsular de la CCSS, comunica a los interesados en este concurso, que la Administradora Licda. Ilsya Bolaños Chaves, mediante resolución adoptada el día miércoles 29 de agosto del 2012, ha resuelto adjudicar la presente contratación de la siguiente forma:

Línea Nº 3: Servicio de transporte de personas en ambulancia, para el sector de Jicaral:

-Sr. Juan Carlos Alvarado Leitón.             ¢395 por km.

Las líneas Nº 1 y 2 se declaran infructuosas por la no participación de oferentes.

Todo de acuerdo con la oferta y el cartel respectivo. Cualquier información, comunicarse a los teléfonos 2650-0230 ó 2650-0170 ext.: 117.

Jicaral, 30 de agosto del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Berny Montero Arce.—1 vez.—(IN2012087028).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000001-2579

Servicio de transporte a funcionarios

La Unidad de Gestión de Bienes y Servicios, Subárea de Contratación Administrativa del Área de Salud Peninsular de la CCSS, comunica a los interesados en este concurso, que la Administradora Lic. Ilsya Bolaños Chaves, mediante resolución adoptada el día miércoles 29 de agosto del 2012, ha resuelto adjudicar la presente contratación de la siguiente forma:

Línea Nº 1: Servicio de transporte a funcionarios para el sector de Jicaral:

-Sr. Adrián Vargas Jiménez                      ¢585 ler Km., ¢740 Km., adicional,              (Regulado por ARESEP).

-Sr. Minor Brenes Solórzano                      ¢585 ler Km., ¢740 Km. adicional,               (Regulado por ARESEP).

-Sr. Carlos Luis Méndez González             ¢585 ler Km., ¢740 Km., adicional,              (Regulado por ARESEP).

-Sr. Delmar Chavarría Rodríguez             ¢585 ler Km., ¢740 Km., adicional,              (Regulado por ARESEP).

-Sr. Israel Martín Rodríguez Chaves         ¢585 ler Km., ¢740 Km., adicional,              (Regulado por ARESEP).

-Sr. Evelio Morales Morales                      ¢585 ler Km., ¢740 Km., adicional,              (Regulado por ARESEP).

-Sr. Denis Jiménez Fernández                   ¢700 por Km.

Línea Nº 2: Servicio de transporte a funcionarios para el sector de Cóbano:

-Sr. Denis Jiménez Fernández                   ¢700 por Km.

-Sr. Rafael Ángel Moya Angulo               ¢585 ler Km., ¢715 Km., adicional,              (Regulado por ARESEP).

-Sr. Luis Segura Medina                            ¢585 ler Km., ¢715 Km., adicional,              (Regulado por ARESEP).

Línea Nº 3: Servicio de transporte a funcionarios para el sector de Paquera:

-Sr. Carlos Zeledón Castillo                       ¢585 ler Km., ¢575 Km., adicional               (Regulado por ARESEP).

-Sr. Vilmar Méndez Mora                         ¢585 ler Km., ¢720 Km., adicional,              (Regulado por ARESEP).

-Sr. Octavio Falcón Calero                        ¢585 ler Km., ¢720 Km., adicional,              (Regulado por ARESEP).

-Sr. Denis Jiménez Fernández                   ¢700 por Km.

Todo de acuerdo con las ofertas y el cartel respectivo. Cualquier información, comunicarse a los teléfonos 2650-0230 ó 2650-0170 ext: 117.

Jicaral, 30 de agosto del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Berny Montero Arce.—1 vez.—(IN2012087030).

HOSPITAL DR. MAX TERÁN VALLS

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Nº 2012LA-000001-2308

(Modalidad del contrato: entrega según demanda)

Suministro de vegetales-hortalizas-frutas

y pulpas diferentes sabores

La Subárea de Planificación y Contratación Administrativa del Hospital Dr. Max Terán Valls, le comunica a todos los interesados, que mediante Resolución Administrativa Nº 023-2012, dictada por la Dirección Administrativa y Financiera de este centro médico, se resolvió adjudicar los ítems del Nº 1 al Nº 73 de la siguiente manera:

Objeto Contractual: Suministro de vegetales-hortalizas-frutas y pulpas diferentes sabores.

Ítems adjudicados: Del ítem Nº 1 al Nº 73.Vea detalles y mayor información en la página Web http://www.ccss.sa.cr

Todo de conformidad con el cartel y la oferta.

Quepos, 28 de agosto del 2012.—Subárea de Planificación y Contratación Administrativa.—Lic. Ana Lissette Acuña Vargas, Coordinadora.—1 vez.—(IN2012087031).

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Nº 2012LA-000004-2308

(Modalidad del contrato: entrega según demanda)

Diesel para vehículos

La Subárea de Planificación y Contratación Administrativa del Hospital Dr. Max Terán Valls, le comunica a todos los interesados, que mediante Resolución Administrativa Nº 020-2012 dictada por la Dirección Administrativa y Financiera de este centro médico, se resolvió adjudicar el ítem único a la empresa La Cruz del Sur de Coto Brus S. A.

Objeto contractual: Diesel para vehículos.

Precio unitario adjudicado: *¢640,00.

Monto en letras: Seiscientos cuarenta colones 00/100.

(*) Precio regulado al día de la apertura del concurso el 10/08/2012.

Todo de conformidad con el cartel y la oferta.

Quepos, 23 de agosto del 2012.—Subárea de Planificación y Contratación Administrativa.—Lic. Ana Lissette Acuña Vargas, Coordinadora.—1 vez.—(IN2012087032).

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN NACIONAL Nº 2012LN-000007-2102

Frutas frescas

A los interesados en el presente concurso se les hace saber que el mismo se declara infructuoso.

San José, 30 de agosto del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—MSc. Dennys Miranda Boza.—1 vez.—(IN2012087034).

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000023-2101

Mantenimiento preventivo y correctivo para 04 equipos

de reveladoras de placas radiográficas

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. R. A. Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este concurso, que la Dirección Administrativa Financiera del Hospital Dr. R. A. Calderón Guardia, ha resuelto declarar Infructuoso el presente concurso.

Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 31 de agosto del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador.—1 vez.—(IN2012087303).

INSTITUTO COSTARRICESENE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN PÚBLIC A NACIONAL

Nº 2012LN-000008-PRI

Compra de tubería en PVC,

Proyecto Integrado Limón Sur

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante Acuerdo de Junta Directiva Nº 2012-312 del 28 de agosto del 2012, se adjudica la Licitación Pública Nacional Nº 2012LN-000008-PRI “Compra de Tubería en PVC, Proyecto Integrado Limón Sur” a:

Oferta Nº 1: Tuberías y Sistemas de Costa Rica S. A., posiciones 4, 6 y 7, por un monto total de $374.811,03 i.v.i.

Oferta Nº 2: Mexichem Costa Rica S. A., posición 2, por un monto total de ¢277.566.126,20 i.v.i.

Oferta Nº 3: Industrias Nacionales C X A S. A., posiciones 3 y 5, por un monto total de ¢80.889.809,64 i.v.i.

Oferta Nº 4: Durman Esquivel S. A., posición 1, por un monto total de $177.789,68 i.v.i.

Demás condiciones de acuerdo al cartel y a la oferta respectiva.

San José, 29 de agosto del 2012.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 12-62.—Solicitud Nº 42154.—C-28220.—(IN2012087285).

AVISOS

COMITÉ OLIMPICO NACIONAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº CON-LA2012-001

Contratación de metodólogos deportivos para el seguimiento

y apoyo de los procesos de entrenamiento desarrollados

por las federaciones deportivas a las que pertenecen

los atletas que van a participar en los Juegos

Deportivos Centroamericanos, San José 2013

Se comunica a los interesados que el Comité Ejecutivo del CON resolvió adjudicar la referida licitación según acuerdo que consta en el Acta Nº 21-2012, del día 27 de agosto del 2012, de la siguiente forma:

 

Oferta Nº

Nombre del adjudicatario

Monto adjudicado

Oferta Nº 1

Jéssica Chaves Zúñiga

¢ 3.850.000

Oferta Nº 2

Luis Alfonso Maroto Barrantes

¢ 3.850.000

Oferta Nº 3

Jimena María Rojas Cordero

¢ 3.850.000

Oferta Nº 5

Emmanuel David Chanto Segura

¢ 3.850.000

Oferta Nº 6

Karla Alemán Cortés

¢ 3.850.000

 

Todo de acuerdo al cartel y la oferta.

El expediente está disponible en el Departamento Administrativo Financiero, para cualquier consulta.

Henry Núñez Nájera, Presidente.—1 vez.—(IN2012087313).

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS

ÁREA DE PLANIFICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

Comunican

Que en atención a los oficios AMTC-2461-08-2012, del Área de Medicamentos y Terapéutica Clínica y SIEI-1335-2012 de la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, se informa que se modificaron las siguientes fichas técnicas:

Código

Descripción medicamento

Observaciones

1-10-28-7470

Primidona 250 mg/ml. Supresión oral con sabor agradable

Versión CFT 45904 Rige a partir de su publicación

1-10-50-6900

Fórmula enteral de nutrientes complejos

Versión 57502 Rige a partir de su publicación

1-10-50-7240

Fórmula modificada para alimentación de lactantes

Versión 54503 Rige a partir de su publicación

 

Estas fichas técnicas se encuentran disponibles en la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, ubicada en el piso 13 del edificio Genaro Valverde, Oficinas Centrales de la CCSS.

Área de Planificación de Bienes y Servicios.—Lic. Marlon Barquero Castillo, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 2112.—Solicitud Nº 2436.—C-20500.—(IN2012085352).

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000156-00100

Servicio de Centro de Llamadas Telefónicas (Call Center),

mediante un único número a nivel nacional

El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial a través de la Unidad de Licitaciones, informa que a partir de esta publicación y con fundamento en oficio DG-0976-12 de la Dirección General de Educación Vial, estarán publicadas en Comprared en el Link de la Licitación Pública Nº 2012LN-000156-00100 la respectiva Fe de Erratas al cartel respectivo.

Todos los demás términos del cartel de la licitación de referencia permanecen invariables.

San José, 31 de agosto del 2012.—Proveeduría.—Lic. Alexander Vásquez Guillén, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 767.—Solicitud Nº 4372.—C-16420.—(IN2012087046).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

CONCURSO 2012LN-000005-2102

Reactivos varios

Se les informa que en la recepción del Área Gestión Bienes y Servicios se encuentra la nueva tabla de ponderación correspondiente al concurso 2012LN-000005-2102 “Reactivos varios”, con apertura el 28 de agosto del 2012 a las 9:00 horas.

San José, 28 de agosto del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—MSc. Dennys Miranda Boza, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2012087037).

INSTITUTO COSTARRICESENE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000039-PRI

(Circular Nº 2)

Suministro e Instalación Sistema de Protección

Catódica Acueducto Orosi

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la Licitación arriba indicada, que a partir de la presente publicación, estará disponible la circular Nº 2, la cual podrá ser retirada directamente en la Dirección de Proveeduría,  sita  en  el  módulo  C,  piso  3  del  Edificio  Sede del A y A en Pavas o bien en la dirección www.aya.go.cr.

San José, 31 de agosto del 2012.—Dirección Proveeduría.—Lic. Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0002.—Solicitud Nº 42155.—C-12320.—(IN2012087314).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

El Instituto de Desarrollo Agrario comunica que en La Gaceta Nº 155 del lunes 13 de agosto del 2012, se publicó la adjudicación de la Contratación Directa Nº 2012CD-000119-01 “Contratación de servicios técnicos y profesionales para efectuar tareas de mantenimiento y administración de sistemas operativos de servidores de la plataforma Microsoft que forma la Red Institucional incluyendo los Software’s que brindan Servicios Tecnológicos al IDA, a la empresa Intersoft ST de Latinoamérica S. A., por la suma de ¢2.915.000,00, un plazo de ejecución de 12 meses y un total de 432 horas de servicio, siendo lo correcto ¢13.117.500,00 colones y un plazo de ejecución de 9 meses a partir de la notificación de la Orden de Compra y 1.944 horas de servicio. En lo demás se mantiene invariable.

Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños.—1 vez.—(IN2012087053).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2012CD-000340-01

Construcción de una alternativa de protección especial

en el cantón de Corredores en un terreno perteneciente

al Patronato Nacional de la Infancia

Se les comunica a los interesados en participar en el concurso de referencia, que por error se indicó que la visita técnica se llevaría a cabo el jueves 7 de setiembre del 2012, siendo lo correcto el viernes 7 de setiembre del 2012.

Los demás términos del concurso, permanecen invariables.

San José, 30 de agosto del 2012.—Departamento de Suministros, Bienes y Servicios.—Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 62116.—C-2640.—(IN2012087054).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ESPARZA

LICITACIÓN PÚBLICA 2012LN-000003-01

Compra de terreno para construcción

de un centro adulto mayor

La Municipalidad de Esparza comunica que se presentó modificación al cartel de la licitación en mención, el plazo para recibir las ofertas se amplía hasta las once horas del día miércoles 19 de setiembre del 2012. La modificación al cartel podrá ser retirado en la Unidad de Proveeduría Municipal, ubicada en el Palacio Municipal, sita 200 metros al sur del Mercado Municipal en Esparza en horario de 7 a. m. a 3 p. m. de lunes a viernes, o lo puede solicitar al correo electrónico ycortes@muniesparza.go.cr el cual no tiene costo.

Esparza, 30 de agosto del 2012.—Dirección Gestión Administrativa.—Yesenia María Bolaños Barrantes, Proveedora Municipal.—1 vez.—(IN2012087039).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

VICERRECTORÍA EJECUTIVA

DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES

EDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Jenny María Velásquez Maurtua, de nacionalidad peruana, cédula de residencia Nº 160400165009, ha solicitado reconocimiento y equiparación del título de Magister en Ciencias de la Administración, obtenido en la Universidad EAFIT. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Sabanilla, 13 de agosto del 2012.—Comisión de Reconocimiento de Estudios.—Lic. Susana Saborío Álvarez, Coordinadora.—(IN2012084965).

INSTITUTO COSTARRICESENE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

Nº 2012-259

ASUNTO:   Asumir Sistema Quitirrisí de Tabarcia de Mora.

Resultando:

1º—Que la Asociación de Desarrollo Integral de Reserva Indígena de Quitirrisí de Tabarcia de Mora en San José, cédula jurídica número tres-cero cero cero-cero cuatro cinco siete nueve siete, cuenta con Convenio de Delegación aprobado mediante acuerdo de junta directiva Nº 2004-241 del 29 de abril, publicado en La Gaceta Nº 087 del 5 de mayo del 2004, refrendado por la Contraloría General de la República el 06 de julio del 2004.

2º—Que mediante expediente Nº 12-002123-0007-CO, la Sala Constitucional tramita recurso de amparo interpuesto contra el Instituto, por el Sr. Gilberto Monge Pizarro, en su calidad de Alcalde Municipal del Cantón de Mora, por el hecho de que en la comunidad ubicada en el Territorio Indígena de Quitirrisí de Mora, existe una población de casi 2000 habitantes, la cual se abastece de un sistema que se encuentra en pésimas condiciones, así como la escasa cantidad de agua de la naciente que lo abastece; además, existen familias que no tienen del todo el servicio, otras reciben agua una vez al mes y otros una vez a la semana. También indica que en la vía nacional 239, a la altura de Quitirrisí de Mora, en el propio territorio indígena, pasa una tubería de conducción de agua potable del AyA, de la cual se podría abastecer la comunidad y solucionar el problema de abastecimiento y potabilidad del recurso hídrico.

3º—Que mediante resolución de las 15 horas 50 minutos del dieciséis de febrero del dos mil doce, la Sala Constitucional solicita informe con respecto a los hechos planteados en el recurso de amparo Nº 12-002123-0007-CO, por lo que se indica que según informe Nº SUB-G-GSCAM-2012-118, de fecha 21 de febrero del 2012, emitido la Inga. Dora Acuña Rodríguez, de la Subgerencia Gestión Sistemas GAM del AyA, indica que efectivamente por dicha zona se ubica una tubería de conducción de AyA, pero que la misma se encuentra sumamente comprometida, por lo que se hace imposible abastecer a la comunidad de dicha línea, ya que fueron seriamente afectadas por los eventos de las tormentas Alma y Thomas en 2010 y 2011; además concluye que: “El sector de viviendas de Quitirrisí se ubica a lo largo de la carretera a Puriscal, en el sector de elevación topográfico más alto entre ciudad Colón y Puriscal... Para esto se podría suministrar a un sector por gravedad, pero para otro más alto se debe implementar un sistema de bombeo.  La producción de esta planta potabilizadora que es del orden de los 16 l/s en el módulo para el sector de Ciudad Colón y de 60 l/s para módulo del sector de Puriscal. Esta planta potabilizadora se alimenta de los ríos Negro y Tabarcia, ésta última toma fuera de operación desde los eventos de tormentas Alma Thomas en 2010 y 2011. Por lo que la producción se reduce sustancialmente en verano.  Por lo tanto esto afectaría las ya precarias condiciones de abastecimiento de agua de los sectores de Puriscal y la parte sur de Ciudad Colón”.

4º—Que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, mediante resolución N°. 2012006447, de las diez horas treinta minutos del dieciocho de mayo del dos mil doce, en su parte dispositiva establece que: “Se declara con lugar el recurso, únicamente en cuanto al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados.  Se ordena a Yesenia Calderón Solano en su condición de Presidenta Ejecutiva, y Yolanda Martínez Cascante, en su condición Subgerente de la Subgerencia de Gestión de Sistemas Comunales, ambas del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, o a quienes en su lugar ejerzan tales cargos, que de inmediato adopten las medidas necesarias para asumir de forma completa el sistema de acueducto de la comunidad indígena de Quitirrisí de Mora,...”.

5º—Que según informe Nº SUB-G-GSGAM-2012-366, de fecha 5 de julio del 2012, el Lic. Manuel López Fonseca, de la Subgerencia Gestión de Sistemas GAM, señala que: “... La comunidad Indígena de Quitirrisí, está ubicada en el cantón de Mora, en las partes altas de los cerros de Escazú, a lo largo y alrededores de la carretera entre Ciudad Colón y Puriscal (Kilómetros 30 a 33 ruta 239). Esta comunidad cuenta con un acueducto desde 1980, del cual se abastecen aproximadamente 435 familias, a partir de dos nacientes captadas, las cuales producen en conjunto 3,5 l/s, según aforo del 24 de abril del 2001. En la actualidad el sistema presenta problemas de abastecimiento, ya que el acueducto tiene que abastecer gran cantidad de casas; el almacenamiento es escaso o fuera de operación y los diámetros instalados en las redes de distribución existentes”.

6º—Que el Lic. Manuel López Fonseca en su informe Nº SUB-G-GSGAM-2012-366, de fecha 05 de julio del 2012, indica que: “A continuación se enumeran algunos aspectos, entre otros, a considerar para que la Subgerencia de Gestión de Sistemas GAM asuma la operación, mantenimiento y comercialización del servicio del sistema de Quitirrisí y que requiere el apoyo de la administración superior del AyA y que debe integrarse al acuerdo de Junta Directiva del AyA:  Se deberá instruir a la Dirección de Gestión Capital Humano para el nombramiento de dos funcionarios-Técnicos en Sistemas de Agua-para la atención de este nuevo sistema. Se debe instruir a la Dirección de Servicios de Apoyo para la asignación de un vehículo para utilizarlo en actividades de la operación y mantenimiento de los sistemas de producción y distribución actuales y futuros. Se debe integrar dentro del Plan de Inversiones del AyA, los proyectos de solución para la mejora en la calidad del servicio de abastecimiento de agua actual y futuro en la comunidad; ya sea mediante la captación y conducción de una nueva fuente (Pichila) y sus tuberías de distribución, o mediante el sistema de bombeo desde la planta potabilizadora de Quitirrisí. También debe incluirse el tanque de almacenamiento y regulación y los sistemas de desinfección. Estas mejoras deberán ser revisadas, diseñadas y gestionadas por la Subgerencia de Ambiente, Investigación y Desarrollo. Se debe implementar el sistema de comercialización del servicio, incluyendo el catastro de usuarios, la individualización y Micromedición de todos los servicios, y la facturación correspondiente.  Es importante que lo arriba indicado, son factores de éxito para asumir adecuadamente por parte de la Subgerencia de Gestión de Sistemas GAM, el sistema del acueducto de Quitirrisí, y de que se cumpla con el mandato de la Sala Constitucional”.

7º—Que el Lic. Manuel López Fonseca en su informe Nº SUB-G-GSGAM-2012-366, de fecha 05 de julio del 2012, en cuanto a la valoración de factibilidad de nueva fuentes de abastecimiento para el sector, se proponen las siguientes alternativas: a.) Sistema de bombeo desde la Planta potabilizadora de Quitirrisí, operada por la Subgerencia de Gestión de Sistemas GAM, se estima preliminarmente el costo global de esta mejora en un monto de ¢231.476.269,00; b.) Actualización de los planos y diseños del proyecto de captación de fuentes de Quebrada Pichila elaborado por la Dirección de Obras Rurales del AyA, se estima preliminarmente el costo global de esta mejora en un monto de ¢177.370.000,00. Por lo que, solicita se prepare el respectivo Proyecto de Acuerdo de traspaso del sistema al AyA, y se someta a consideración y aprobación de la Junta Directiva de la Institución.

Considerando:

I.—El Estado ha delegado parte de sus competencias en forma exclusiva al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, estas competencias se refieren a la administración, operación, mantenimiento y desarrollo de los sistemas de acueductos y alcantarillados en todo el país, lo que nos lleva a concluir que este servicio está nacionalizado.

Lo anterior encuentra fundamento en que estos servicios son servicios públicos esenciales (véase el dictamen C-373-03 de 23 de noviembre del 2003 y múltiples votos de la Sala Constitucional que establecen el acceso al agua potable como derecho fundamental), lo que significa que el AyA, las Municipalidades y empresa autorizadas por ley son los únicos que tienen competencia para la prestación directa de servicios públicos o aquellas entidades privadas con quienes el AyA ha delegado su prestación (prestación indirecta de servicios públicos).

II.—La Asociación de Desarrollo Integral Reserva Quitirrisí de Tabarcia de Mora en San José, cédula jurídica número tres-cero cero cero-cero cuatro cinco siete nueve dos, cuenta con Convenio de Delegación aprobado mediante acuerdo de junta directiva Nº 2004-241 del 29 de abril, publicado en La Gaceta Nº 087 del 5 de mayo del 2004, refrendado por la Contraloría General de la República el 6 de julio del 2004. Según certificación de personería jurídica de las 12 horas y 17 minutos del día 19 de julio del 2012, emitida por la Dirección Nacional de Desarrollo Comunal, la Asociación de Desarrollo Integral Reserva Quitirrisí de Tabarcia de Mora, cuenta con la personaría jurídica vencida desde el día 15 de octubre del año 2011.

III.—Del caso bajo análisis, tal como ha quedado demostrado en el expediente administrativo que conformó el Instituto, la Sala Constitucional mediante resolución Nº 2012006447, de las diez horas treinta minutos del dieciocho de mayo del dos mil doce, ordenó asumir de forma completa el sistema de acueducto de la comunidad indígena de Quitirrisí de Mora, cédula jurídica Nº 3-002-045792, por lo que el Instituto ha realizado todas las acciones correspondientes para asumir el sistema.

IV.—Que en aras de tutelar principios fundamentales establecidos por la Carta Magna, a decir: la vida, la salud y la prestación del servicio de agua potable; por lo que al configurarse en dicha comunidad una verdadera situación de grave riesgo para la comunidad, así como para el medio ambiente, el AyA decide asumir la administración y operación del sistema que abastece dicha población, lo cuál debe ser ratificado posteriormente por la Junta Directiva del AyA. El artículo 1) de la Ley 5395) Ley General de Salud, establece que “La salud de la población es un bien de interés público tutelado por el Estado”. Asimismo que es función esencial del Estado velar por la salud de la población, numeral 2) del mismo cuerpo legal. El artículo 264 de citada ley establece que el suministro de agua para consumo humano se encuentra sobre cualquier otro uso que se pueda dar a este recurso.  Por lo que los abastecimientos de agua del país deberán llenar los requisitos de estructura y funcionamiento fijados por las normas y especificaciones técnicas que el Poder Ejecutivo dicte, en consulta con el Servicio Nacional de Acueductos y Alcantarillados, según artículo 266 de la ley de marras. En este sentido, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, en su resolución N° 2012006447, de las diez horas treinta minutos del dieciocho de mayo del dos mil doce, en su parte dispositiva establece que: “Se declara con lugar el recurso, únicamente en cuanto al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados.  Se ordena a Yesenia Calderón Solano en su condición de Presidenta Ejecutiva, y Yolanda Martínez Cascante, en su condición Subgerente de la Subgerencia de Gestión de Sistemas Comunales, ambas del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, o a quienes en su lugar ejerzan tales cargos, que de inmediato adopten las medidas necesarias para asumir de forma completa el sistema de acueducto de la comunidad indígena de Quitirrisí de Mora,...”.

Por tanto:

De conformidad con las facultades conferidas por los artículos 21 y 50 de la Constitución Política; 1º, 2º, 264, 268, de la Ley General de Salud; artículos 17, 33 y concordantes de la Ley de Aguas Nº 276 del 27 de agosto de 1942, Ley General de Aguas Nº 1634 del 18 de setiembre de 1953; artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 18, 21, 23 y 26 de la Ley Constitutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados.

SE ACUERDA:

1º—Se conoce y se ordena a la Subgerencia Gestión de Sistemas GAM, cumplir con el voto Nº 2012006447 de la Sala Constitucional, y por consiguiente se tiene por rescindido el Convenio de Delegación, suscrito entre el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados y la Asociación de Desarrollo Integral Reserva Quitirrisí de Tabarcia de Mora en San José, cédula jurídica Nº 3-002-045797, la cual cuenta con su personería jurídica vencida.

2º—Proceda la Subgerencia de Gestión de Sistemas GAM, a solicitar el registro del recurso hídrico ante el MINAE, así como coordinar con las áreas encargadas de las actividades requeridas, para presupuestar los recursos económicos para la operación, mantenimiento, y mejoras necesarias al sistema y los recursos humanos y activos requeridos, para la adecuada prestación del servicio, teniéndose como parte integral de este acuerdo el informe técnico que ha sido avalado por esta Junta Directiva donde se establecen los requerimientos (oficio Nº SUB-G-GSGAM-2012-0366 supracitado).

3º—Proceda el Departamento de Topografía a elaborar los levantamientos topográficos de todos los lotes de tanques, pozos, donde se encuentre infraestructura necesaria para la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado; así como los planos catastrados de servidumbres referenciados con la respectiva propiedad, y en su oportunidad el Departamento de Expropiaciones deberá realizar las diligencias para inscribirlas en el Registro Nacional, siempre que la legislación lo permita por encontrarnos en territorio indígena.

4º—Ordenar al Área de Comunicación se sirva brindar colaboración a la Subgerencia de Gestión de Sistemas GAM, para elaborar material didáctico alusivo al uso racional del agua potable, la medición, pago oportuno de la facturación y los beneficios de los servicios que brinda el AyA a favor de las comunidades ubicadas en el Territorio Indígena de Quitirrisí de Mora.

5º—A la Subgerencia de Gestión de Sistemas GAM para que realice las modificaciones presupuestarias que requiera e incluir en el presupuesto ordinario y extraordinario las inversiones que sean necesarias para normalizar el suministro de agua potable, las mejoras e interconexión del sistema del acueducto; así como la realización del censo respectivo a fin de incorporar a los vecinos del Territorio Indígena de Quitirrisí de Mora en nuestra cartera de clientes; y la realización de todos aquellos trámites propios de la gestión comercial.

6º—Comuníquese y notifíquese a todos los usuarios de la anterior decisión, por medio de la correspondiente publicación en el diario oficial La Gaceta y aviso en carta circular que remitirá la Subgerencia de Gestión de Sistemas GAM, con el apoyo de la Dirección de Comunicación Social.

Acuerdo firme.—Lic. Karen Naranjo Ruiz, Secretaria General.—1 vez.—O. C. Nº 510001970.—Solicitud Nº 42145.—C-240900.—(IN2012083982).

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

DIRECCIÓN EJECUTIVA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

D.E Nº 817-611-2012.—San José, 12 horas del 16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa de Productores de Plantas Ornamentales, R. L. (COOPEBOTANICA R. L.) originalmente inscrita mediante resolución C-611 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—O.C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-56420.—(IN2012083648).

D.E Nº 816-922-2012.—San José, 12 horas del 16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa Autogestionaria de Transporte de Banano R. L. (COOPETRANSBANASUR R. L.) originalmente inscrita mediante resolución C-922 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—O.C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-45140.—(IN2012083649).

D.E Nº 815-930-2012.—San José, 12 horas del 16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa de Consumo de Palmichal de Acosta R. L. (COOPEPALMICHAL R. L.) originalmente inscrita mediante resolución C-930 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—O.C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-45140.—(IN2012083650).

D.E. Nº 814-1347-2012.—San José, 12 horas del 16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa Autogestionaria de Servicios de Transporte de Escazú, R. L. (COOPESCAZU R. L.) originalmente inscrita mediante resolución C-1347 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—O.C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-45140.—(IN2012083651).

D.E. Nº 812-1121-2012.—San José, 12 horas del 16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa Agropecuaria de Tinovilla y Villa Colón de Osa R. L. (COOPETINOVILLA R. L.) originalmente inscrita mediante resolución C-1121 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—O.C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-45140.—(IN2012083652).

D.E. Nº 811-146-2012.—San José, 12 horas del 16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Los Comerciantes Detallistas y Empleados de Comercio R. L. (COOPECODE R. L.) originalmente inscrita mediante resolución C-146 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—O.C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-56420.—(IN2012083653).

D.E. Nº 810-476-2012.—San José, 12 horas del 16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa de Caficultores de Tilarán R. L. (COOPETILA R. L.) originalmente inscrita mediante resolución C-476 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—O.C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-45140.—(IN2012083654).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

D.E Nº 809-1003-2012.—San José, 12 horas del 16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa de Electrificación Rural los Ángeles, R.L. (COOPEGELA R.L.) originalmente inscrita mediante resolución C-1003 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Lic. Martín Robles Robles, Director.—O.C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-45140.—(IN2012083655).

D.E Nº 808-996-2012.—San José, a las 12 horas del 16 de julio del 2012. Declárese liquidada la Federación Costarricense de Cooperativas de Ahorro y Crédito R.L. (FECOAC R. L.) originalmente inscrita mediante resolución C-996 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Lic. Martín Robles Robles, Director.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-45140.—(IN2012083656).

D.E Nº 807-917-2012.—San José, a las 12 horas del 16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa de Transportes de Usuarios de Juan Viñas R. L. (COOPETRANSJUVI, R.L.) originalmente inscrita mediante resolución C-917 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Lic. Martín Robles Robles, Director.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-45140.—(IN2012083657).

D.E Nº 818-428-2012.—San José, a las 12 horas del 16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Empleados de Coopecoronado R. L. (CACEC R.L.) originalmente inscrita mediante resolución C-428 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho Informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Lic. Martín Robles Robles, Director.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-56420.—(IN2012083658).

D.E Nº 813-1091-2012.—San José, a las 12 horas del 16 de julio de 2012. Declárese liquidada la Cooperativa de Servicios Múltiples de Productores Agropecuarios de la Soga R.L. (COOPESOGA R.L.) originalmente inscrita mediante resolución C-1091 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Lic. Martín Robles Robles, Director.—O. C. Nº 33487.—Solicitud Nº 35954.—C-62060.—(IN2012083659).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE ZARCERO

El concejo en sesión ordinaria número dos, celebrada el once de enero del 2010, en artículo II inciso 1, recibe visita del señor Michael Jarquín Camacho, cédula identidad 1-1082-818, para su juramentación, quien ha sido nombrado como el nuevo inspector municipal. Se deja constancia de que el señor presidente municipal Marvin Valenciano, toma el juramento según lo estipula el artículo 194 de la Constitución Política.

Zarcero, 23 de agosto del 2012.—Gretel Alfaro Alvarado, Asistente Técnico del Concejo Municipal.—Vanessa Salazar Huertas, Departamento de Proveeduría.—1 vez.—(IN2012084986).

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

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PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN

JURADA DEL IMPUESTO DE PATENTES

Estimado patentado: Sírvase revisar con detalle las siguientes instrucciones para la presentación de su Declaración del Impuesto de Patente.

REQUISITOS OBLIGATORIOS

    Presentar ante el Departamento de Patentes el formulario de la Declaración Jurada del Impuesto de Patente Municipal debidamente completo sin tachones ni correcciones.

    Las declaraciones deben acompañarse de original y fotocopia de la Declaración Jurada del Impuesto sobre la Renta, así como de original y copia del recibo cancelado del IV Trimestre del impuesto de patentes anterior al periodo a declarar. Para el caso de los patentados con período natural, el recibo que deben aportar corresponde al I Trimestre del impuesto de patentes anterior al periodo a declarar

    Copia de la cédula de identidad de la persona física, en caso de ser extranjero original y copia de la cédula de residencia o cédula permanente, estos documentos deben estar vigentes.

    Si el patentado se encuentra acogido al Régimen Simplificado de Tributación debe presentarse originales y copias de cada una de las cuatro declaraciones del impuesto del período fiscal anterior al periodo a declarar. En este caso se deben declarar los ingresos brutos, los costos, gastos y deducciones y renta líquida generada durante el periodo fiscal anterior al periodo a declarar.

    Si el patentado se encuentra acogido a la Ley del Régimen de Zonas Francas, deben aportar la Certificación de la Exoneración del impuesto de Patente emitida por Procomer, así como la constancia de poseer un período de cierre especial emitida por la Administración Tributaria que corresponda, ambas con no más de un mes de emitidas.

    En caso de que el patentado sea persona jurídica deberá aportarse copia de la personería jurídica original con no más de un mes de emitida que incluya la representación legal y la actuación del representante(s) y copia de la cédula de identidad del representante(s) legal(s), en caso de actuar conjuntamente deberá ser firmada la declaración jurada por los representantes legales que correspondan.

    Las empresas jurídicas o personas físicas que realicen actividades y que tengan licencia (patente)(s) en otras Municipalidades y que presenten la declaración de la renta consolidada, deberán adjuntar a la respectiva declaración del Impuesto de patente, certificación de contador público autorizado detallando la renta bruta, costos gastos y deducciones y renta líquida gravable, generada en el Cantón Central de Cartago incluyendo en esta certificación renta bruta, costos, gastos y deducciones y renta líquida gravable generada y cancelada en cada una de las Municipalidades donde tengan licencia (patente) comercial con indicación de la Municipalidad a la que corresponda, o en su defecto presentar original y copia de las declaraciones del impuesto de patente presentadas y selladas en las demás Municipalidades donde tengan patente comercial.  En el caso de poseer domicilio fiscal en otra Administración Tributaria que no sea la de Cartago,  deberá realizar la(s) inscripción(es) de la(s) sucursal(es) que posee(n) en la jurisdicción de Cartago.

    La declaración deberá ser firmada por el patentado y en caso de que la licencia (patente) esté arrendada deberá ser suscrita también por el arrendatario. Adjuntar copia de la cédula de identidad tanto del patentado como del arrendatario. Deberá presentarse copia y original del contrato de arrendamiento de la licencia (patente comercial), indicándose expresamente el número de cuenta del patentado; este contrato deberá ser certificado, certificación que no deberá tener más de un mes de emitida. En caso de tratarse de una sociedad (sea patentado y/o arrendatario) presentar original de la personería jurídica con no más de un mes de emitida y copia de la cédula jurídica.

    En el caso de que se haya realizado un traspaso de la patente comercial durante el período anterior al periodo a declarar se deberá aportar copia y original de la declaración de renta tanto del que realizó el traspaso como del adquirente y el formulario D-140 donde hace constar la inscripción ante Tributación del nuevo adquirente de la patente comercial donde se haga constar la dirección del negocio que corresponde a la jurisdicción de Cartago.

INFORMACIÓN GENERAL

En el caso de que el patentado realice actividades lucrativas dentro y fuera de la jurisdicción del Cantón Central de Cartago y no se pague patente comercial en esas otras municipalidades, se tasará con base a la totalidad de la Declaración Jurada del Impuesto sobre la Renta presentada ante la Administración Tributaria, para el periodo de imposición.

Cuando en un establecimiento dedicado a actividades lucrativas, ejerzan actividades conjuntamente varias sociedades o personas físicas, el monto del Impuesto de Patente se determinara con la suma total del impuesto que corresponda a cada uno individualmente.

Los patentados del PERIODO FISCAL (con cierre al 30 de septiembre) podrán presentar la declaración del Impuesto de Patente ante esta Municipalidad a partir del cierre fiscal y hasta el 10 de enero del siguiente año como fecha límite. Los patentados del PERIODO NATURAL (con cierre fiscal al 31 de diciembre) podrán presentar la declaración a partir de su cierre fiscal y hasta el 31 de marzo siguiente como fecha límite para la presentación de la Declaración del Impuesto de Patente ante esta Municipalidad.

Departamento de Patentes.—Lic. Francisco Quesada Pereira, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 41557.—Solicitud Nº 32311.—C-221020.—(IN2012084000).

AVISOS

CONVOCATORIAS

FINCA DE DELORES SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a una asamblea de accionistas de la empresa Finca de Delores Sociedad Anónima, el día primero de octubre del dos mil doce, en la primera convocatoria a las 11:00 a. m., y en segunda convocatoria una hora después en Escazú, San Rafael, de Plaza Rolex 600 metros sureste, frente al letrero Villas Caracas, oficina del Lic. Roberto Romero Mora, para conocer de los siguientes temas: 1- Verificar quórum. 2- Verificar acciones. 3-Verificar libros de la empresa. 4- Reporte de gastos del señor Freddy Antonio Esquivel Ramírez. 5- Verificar estados financieros de la empresa. 6- Deuda de socios y capitulación de la empresa. 7- Actualizar junta directiva. 8- Actualizar fiscal. 9- Actualizar domicilio de la empresa. 10- Actualizar la cláusula para que el presidente firme las acciones únicamente. 11- Nueva distribución del capital social de la empresa. 12- Asuntos varios.—Freddy Antonio Esquivel Ramírez.—1 vez.—(IN2012084904).

FAGTY DE SAN RAMÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a una asamblea de accionistas de la empresa Fagty de San Ramón Sociedad Anónima, el día primero de octubre del dos mil doce, en la primera convocatoria a las 08:00 a. m., y en segunda convocatoria una hora después en Escazú, San Rafael, de Plaza Rolex 600 metros sureste, frente al letrero Villas Caracas, oficina del Lic. Roberto Romero Mora, para conocer de los siguientes temas: 1- Verificar quórum. 2- Verificar acciones. 3-Verificar libros de la empresa. 4- Reporte de gastos del señor Freddy Antonio Esquivel Ramírez. 5- Verificar estados financieros de la empresa. 6- Deuda de socios y capitulación de la empresa. 7- Actualizar junta directiva. 8- Actualizar fiscal. 9- Actualizar domicilio de la empresa. 10- Actualizar la cláusula para que el presidente firme las acciones únicamente. 11- Nueva distribución del capital social de la empresa. 12- Asuntos varios.—Freddy Antonio Esquivel Ramírez.—1 vez.—(IN2012084906).

CENTRAL AMERICAN RAY DG SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a una asamblea de accionistas de la empresa Central American Ray DG Sociedad Anónima, el día primero de octubre del dos mil doce, en la primera convocatoria a las 02:00 p. m., y en segunda convocatoria una hora después en Escazú, San Rafael, de Plaza Rolex 600 metros sureste, frente al letrero Villas Caracas, oficina del Lic. Roberto Romero Mora, para conocer de los siguientes temas: 1- Verificar quórum. 2- Verificar acciones. 3- Verificar libros de la empresa. 4- Reporte de gastos del señor Freddy Antonio Esquivel Ramírez. 5- Verificar estados financieros de la empresa. 6- Deuda de socios y capitulación de la empresa. 7- Actualizar junta directiva. 8- Actualizar fiscal. 9- Actualizar domicilio de la empresa. 10- Actualizar la cláusula para que el presidente firme las acciones únicamente. 11- Nueva distribución del capital social de la empresa. 12- Asuntos varios.—Freddy Antonio Esquivel Ramírez.—1 vez.—(IN2012084910).

PARK ROYAL S. A.

Se convoca a los socios accionistas de Park Royal S. A., con cédula jurídica 3-101-420848, a la asamblea general ordinaria y extraordinaria, que se celebrará en el Bufete Tacsan & Umaña, ubicado en Granadilla de Curridabat, frente al INAMU, tercer piso, a las 11:00 a. m. del 15/09/2012, en primera convocatoria, en la cual se conocerán los siguientes puntos:

Orden del día:

1.  Nombramiento del nuevo presidente y secretario de la junta directiva.

2.  Presentación, discusión y aprobación de las cuentas por pagar.

3.  Asuntos varios.

Si a la hora y fecha indicada no hubiere quórum, se llevará a cabo la asamblea en segunda convocatoria una hora después en el mismo lugar y fecha indicados y se constituirá válida con el número de socios que estén presentes.—San José, 16 de agosto del 2012.—Will Philip Hefley, Presidente.—1 vez.—RP2012318935.—(IN2012086579).

CONDOMINIO HORIZONTAL VERTICAL RESIDENCIAL

COMERCIAL PALMAS DE TAMARINDO

Se convoca a los dueños de fincas filiales del Condominio Horizontal Vertical Residencial Comercial Palmas de Tamarindo, con cédula jurídica: 3-109-569291, ubicado en Villarreal, Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, a la próxima asamblea general de propietarios, que se realizará en las instalaciones del complejo, el día 7 de diciembre del 2012, a las 9:00 a. m.. En caso de no haber quórum necesario para la misma, se llama a segunda convocatoria a las 9:30 a. m., el 7 de diciembre del 2012, en el mismo lugar señalado anteriormente.—Galo Malavasi Umaña, Summerland Property Management.—1 vez.—(IN2012086908).

CONDOMINIO VERTICAL HORIZONTAL

 RESIDENCIAL PENÍNSULA

Se convoca a los dueños de fincas filiales del Condominio Vertical Horizontal Residencial Península ubicado en Playa Langosta, Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste con cédula jurídica: 3-109-467343 a la próxima asamblea general de propietarios, que se realizará en las instalaciones de áreas comunes del mismo, el día 17 de noviembre del 2012 a las 9:00 a. m. En caso de no haber quórum necesario para la misma se llama a segunda convocatoria a las 9:30 a. m., el 17 de noviembre del 2012, en el mismo lugar señalado anteriormente.—Galo Malavasi Umaña, Summerland Property Management.—1 vez.—(IN2012086909).

CONDOMINIO HORIZONTAL VERTICAL RESIDENCIAL

SUNRISE TAMARINDO

Se convoca a los dueños de fincas filiales del Condominio Horizontal Vertical Residencial Sunrise Tamarindo, ubicado en Playa Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste con cédula jurídica: 3-109-345104 a la próxima asamblea ordinaria, que se realizará en instalaciones del complejo, el día 6 de octubre del 2012 a las 9:00 a. m.. En caso de no haber quórum necesario para la misma se llama a segunda convocatoria a las 9:30 a. m., el 6 de octubre del 2012, en el mismo lugar señalado anteriormente.—Galo Malavasi Umaña, Summerland Property Management.—1 vez.—(IN2012086911).

CONDOMINIO VERTICAL HORIZONTAL RESIDENCIAL

CASA DOBLE

Se convoca a los dueños de fincas filiales del Condominio Vertical Horizontal Residencial Casa Doble, ubicado en Playa Langosta, Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste con cédula jurídica: 3-109-526954 a la próxima asamblea general de propietarios, que se realizará en las instalaciones del complejo, el día 4 de diciembre del 2012, a las 9:00 a. m. En caso de no haber quórum necesario para la misma, se llama a segunda convocatoria a las 9:30 a. m., el 4 de diciembre del 2012, en el mismo lugar señalado anteriormente.—Galo Malavasi Umaña, Summerland Property Management.—1 vez.—(IN2012086912).

AVISOS

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES

EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros registros al mes de agosto de 2012, se encuentran morosos. Si realizó el pago respectivo favor ignorar esta publicación, la cual se realiza conforme con el artículo 981 del Código de Comercio.

Nombre

Cédula

Bermúdez Bedoya Hugo

117001567111

Berrocal Sánchez Alba

105110594

Cruz Campos Jorge Manuel

103670481

Jiménez Dam Ricardo

103120522

Jiménez Vargas Ma. Gabriela

105640190

Mena Vásquez Ana Patricia

203580262

Muñoz Carvajal María Bernardita

204640252

Paruas Buitrago Ramón

800810408

Rivera González Daysi

302200533

Salas Brenes Víctor Hugo

103620781

Salazar Valverde Carlos

203740253

Solano Sáenz Jenny

106270638

Vargas Alcázar Gerardo

104090055

 

M.Sc. Félix Ángel Salas Castro, Presidente Junta Directiva.—MSc. Magda Rojas Saborío, Secretaria Junta Directiva.—(IN2012081504).                                                                                                                                                                                                                                        2 v. 2 Alt.

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS Y DE

ARQUITECTOS DE COSTA RICA

17 de abril del 2012

Nº 1323-2012-DRD

Señor

Carlos Alberto Castro Guerrero

Representante Legal

Ingeniería Constructiva Castro  S. A.

Estimado señor:

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica y el Departamento de Régimen Disciplinario, han decidido realizar una investigación previa de oficio, por el caso del Informe de Inspección N° DRD-INSP-497-2010, realizado en San Francisco de Heredia, propiedad del señor Ernesto Badilla Córdoba, la cual se tramita bajo el N° 055-12. En virtud de lo anterior, se le concede cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de recibida esta nota, para que si a bien lo tiene, manifieste por escrito lo de su interés sobre la investigación preliminar que aquí se tramita. Asimismo, se indica que la no comparecencia en el plazo conferido, no impedirá la continuación de la etapa preliminar, con el fin de dilucidar la existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética Profesional.

En caso de considerarse necesaria una visita de inspección al inmueble o proyecto, con el fin de adjuntar elementos probatorios a la investigación, este Departamento procederá a programarla, en el momento conveniente.

El alcance del procedimiento administrativo de instrucción o investigación previa, únicamente conlleva a dirimir la existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética Profesional de este Colegio Federado y no podrá dilucidar conflictos de orden patrimonial, los que sí podrán ventilarse en el Centro de Resolución de Conflictos o bien ante la autoridad judicial competente.

A efecto de lo anterior, proceda a señalar un número de fax o dirección electrónica para remitirle las notificaciones al respecto, las mismas deberán permanecer habilitadas para esos efectos, ya que en caso contrario se tendrá por notificado con solo el transcurso de 24 horas después de emitido el oficio. Si usted ya las indicó, favor hacer caso omiso de esta solicitud.

Le informo que en el caso Nº 055-12, consta documentación que puede ser consultada en nuestras oficinas por su persona o representante autorizado.

Arq. Carlos Murillo Gómez, Jefe, Departamento de Régimen Disciplinario.—O. C. Nº 543-12.—Solicitud Nº 37891.—C-95900.—(IN2012084083).

BANCO BAC SAN JOSÉ

Kennethe Kiang Tung ha solicitado en San José, Costa Rica, la reposición del cheque: Nº 74677 de Banco Bank of America por la suma de $3080 dólares americanos el día 29 de marzo del 2011 a favor de American Bankers.—San José, 31 de julio del 2012.—Marisel Murillo, Sucursal Sabana.—(IN2012084558).

BANCO PROMÉRICA DE COSTA RICA S. A.

Por este medio Banco Promérica de Costa Rica S. A., hace constar que Carlos Calderón Herrera, cédula de identidad número: uno-novecientos noventa y seis-cuatrocientos dos, es el propietario del siguiente documento: Cheque Nº 163172, por un monto de ochocientos sesenta mil colones, de Banco Promérica de Costa Rica S. A. Por haberse destruido accidentalmente solicita su reposición.—San José, veintiuno de agosto del dos mil doce.—Luis Carlos Rodríguez Acuña.—(IN2012084902).

CENTRO VACACIONAL BANCOSTA S. A.

Hace constar que revisado el libro de accionistas, aparecen como socios, Mariano Benavídez Sánchez, cédula 1-480-677 con las acciones Nº 804, Sergio Solera Segura, cédula 2-419-160, acción 862 las que se reportan como extraviadas, por lo que solicitan su reposición.—San José, 21 de agosto del 2012.—Lic. Raúl Trejos Sánchez.—(IN2012084927).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

BUSINESS INVESTMENTS BLUE ÁNGEL S. A.

La empresa Business Investments Blue Ángel S. A. cédula jurídica 3-101-569210 identificada por su nombre corto BIBA S.A. informa de la pérdida y/o robo de 15 facturas con la numeración consecutiva de la 85 hasta la 100, con original, copia amarilla y copia rosada. Estas no podrán ser utilizadas para ningún concepto evite fraudes.—Marcela León.—l vez.—(IN2012083996).

ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO

DE SANTA EDUVIGES DE BUENOS AIRES

Yo, José Enrique Castro Navarro, cédula Nº 1-240-624, en mi carácter de presidente y representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, de la Asociación Administradora del Acueducto de Santa Eduviges de Buenos Aires, cédula jurídica Nº 3-002-220992, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición del libro de Diario número uno, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San Isidro de Pérez Zeledón, 20 de agosto del 2012.—José Enrique Castro Navarro, Presidente.—1 vez.—RP2012318061.—(IN2012084763).

Mediante escritura 31 otorgada ante este notario, a las 15:00 horas del 24 de abril del 2012, se acuerda disolver la sociedad: Essence Of The Black Rose Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-448543. Con base al artículo 207 del Código de Comercio. Es todo.—Guanacaste, 27 de abril del 2012.—Lic. Edry Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012083743).

Por escritura número doscientos ochenta y uno-dos, otorgada a las diecisiete horas del veintiocho de junio de dos mil doce, se protocolizó acta asamblea extraordinaria de accionistas de Consorcio Cony Internacional Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó la disolución de la empresa.—Liberia, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandra Larios Trejos, Notaria.—1 vez.—RP2012317440.—(IN2012083846).

Por escritura número doscientos ochenta y nueve-dos otorgada a las siete horas treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil doce, se protocolizó acta asamblea extraordinaria de accionistas de Corporación Internacional Atlas JQ Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó la disolución de la empresa.—Liberia, veintinueve de junio de dos mil doce.—Lic. Alejandra Larios Trejos, Notaria.—1 vez.—RP2012317441.—(IN2012083847).

Por escritura número doscientos ochenta y ocho-dos, otorgada a las siete horas del veintinueve de junio de dos mil doce, se protocolizó acta asamblea extraordinaria de accionistas de Valle de La Esmeralda Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó la disolución de la empresa.—Liberia, veintinueve de junio de dos mil doce.—Lic. Alejandra Larios Trejos, Notaria.—1 vez.—RP2012317442.—(IN2012083848).

Por escritura pública número ciento sesenta y nueve-cuatro, se constituye la sociedad denominada Real Game Services S. A. Es todo.—San José, catorce de agosto del dos mil doce.—Lic. Michael Calderón Segura, Notario.—1 vez.—RP2012317445.—(IN2012083849).

Se deja constancia que en mi notaría, a las once horas del quince horas del dieciséis de julio de dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la entidad Prili Fruits Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - quinientos treinta mil doscientos treinta y tres, asamblea que contó con la asistencia de la totalidad del capital social y mediante la cual acordaron la disolución de la sociedad Prili Fruits S. A. Es todo.—Lic. Edwin Bogantes Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012317446.—(IN2012083850).

Canales y Drenajes del Caribe S.R.L., cédula jurídica Nº 3-202-106, ha modificado su domicilio social en Guápiles de Pococí, 200 metros norte y 25 metros oeste del cementerio, escritura 137 tomo 7.—Lic. Teresita Chaves Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2012317447.—(IN2012083851).

Por escritura otorgada, a las ocho horas del diecisiete de agosto del dos mil doce, ante la suscrita notaria, se constituyó la empresa Ramasa de Cartago Sociedad Anónima, plazo 99 años. Capital social: Diez mil colones. Presidente: Max Adolfo Lizano Muñoz.—San José, diecisiete de agosto del dos mil doce.—Lic. Susana María Ureña Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012317449.—(IN2012083852).

Por escritura otorgada, hoy ante mí, a las diecinueve horas del veintisiete de julio del dos mil doce, Arnaldo Gerardo López Picado, Grettel Malena Sánchez Bolaños y Eder Francisco López Picado, constituyen Repuestos del Puerto S. A., domiciliada en Juanito Mora de Barranca de Puntarenas. Plazo social: 90 años. Capital social: ¢100.000,00 dividido en 20 acciones comunes y nominativas de ¢5.000,00 cada una íntegramente suscritas y pagadas. Objeto: El comercio en general. Presidente: Arnaldo Gerardo López Picado.—Puntarenas, 13 de agosto del 2012.—Lic. Francisco Rojas Carranza, Notario.—1 vez.—RP2012317450.—(IN2012083853).

El suscrito notario hace constar que el día doce de julio protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada 3-101-617543 S. A., en la que se reforma la cláusula: primera de los estatutos sociales.—San José, 7 de agosto del 2012.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—RP2012317451.—(IN2012083854).

Por escritura número 231, otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general de socios de 3-101-639682 S.A., mediante la cual se solicita la disolución de dicha empresa.—Lic. Esteban Quesada Murillo, Notario.—1 vez.—RP2012317457.—(IN2012083855).

Por escritura doscientos cincuenta y tres, otorgada a las diez horas cinco minutos del veintitrés de febrero de dos mil doce, ante el notario Fabián Azofeifa Arce, se protocoliza acta número siete del libro de Registro de actas número uno de la sociedad Jafosari Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cero tres nueve dos dos siete, mediante la cual se nombran nuevos gerentes y se amplía el plazo social.—San José, 23 de febrero de 2012.—Lic. Fabián Azofeifa Arce, Notario.—1 vez.—RP2012317502.—(IN2012083879).

Liquidación de la sociedad denominada Alquiler de Maquinaria E & E Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos seis mil setecientos treinta y siete. Cualquier interesado, o terceras personas, que se opongan a la liquidación de esta, o tenga algún alegato al respecto favor hacerlo mediante comunicado al domicilio de la empresa ubicado en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, provincia de San José, Barrio Sagrada Familia, frente a bazar y tienda Nidia. Es todo.—San José, veintiuno de mayo del dos mil doce.—Lic. Cintya Bustos Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012317503.—(IN2012083880).

Por escritura doscientos ochenta y cuatro, otorgada a las catorce horas del veinticinco de mayo de dos mil doce, ante el notario público Fabián Azofeifa Arce, se constituye la sociedad anónima L.C.Y.J.R. Cerraf Sociedad Anónima, con domicilio en San Rafael de Alajuela y con un capital de diez mil colones.—San José, veinte de agosto de dos mil doce.—Lic. Fabián Azofeifa Arce, Notario.—1 vez.—RP2012317504.—(IN2012083881).

El suscrito notario, René Orellana Meléndez, hace constar que se disolvió la sociedad denominada Proyectos e Inversiones Ojela Sociedad Anónima, en la ciudad de Santa Ana, el veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. René Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—RP2012317522.—(IN2012083882).

El suscrito notario, René Orellana Meléndez, hace constar que se disolvió la sociedad denominada Monte Dorado Ocho Helechos Sociedad Anónima, en la ciudad de Santa Ana, el veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. René Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—RP2012317523.—(IN2012083883).

La entidad denominada, SPI Solución Próxima Inc Sociedad Anónima. Reforma cláusula tercera del objeto. Escritura otorgada a las 8:00 horas del 20 de agosto del 2012.—Lic. Carlos Barrantes Méndez, Notario.—1 vez.—RP2012317524.—(IN2012083884).

Por escritura número trescientos veinticinco otorgada ante mí, a las trece horas y treinta minutos del día diecisiete de agosto del dos mil doce, se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad Transtusa Sociedad Anónima.—Turrialba, 17 de agosto del 2012.—Lic. Otoniel Díaz Flores, Notario.—1 vez.—RP2012317526.—(IN2012083885).

Por escritura número trescientos veintiséis otorgada ante mí, a las catorce horas del día diecisiete de agosto del dos mil doce, se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad Montari Sociedad Anónima.—Turrialba, 17 de agosto del 2012.—Lic. Otoniel Díaz Flores, Notario.—1 vez.—RP2012317528.—(IN2012083886).

Por escritura otorgada ante el notario público Carlos Alberto Rodríguez Pérez, a las diecinueve horas del catorce de agosto de dos mil doce, se protocolizó acta cuatro de asamblea extraordinaria de accionistas de la empresa Alimentos El Tizate Sociedad Anónima. Se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo del capital social.—San José, 20 de agosto del 2012.—Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012317530.—(IN2012083887).

Por escritura otorgada ante la notaria pública Jessie Murillo Moya, a las doce horas del trece de agosto del dos mil doce, se protocolizó acta uno de asamblea extraordinaria de accionistas de la empresa Bufete Rodríguez Corrales & Asociados Sociedad Anónima. Se modificó; cláusulas, primera del nombre; segunda del domicilio; sexta de la administración y se nombraron los nuevos miembros de la junta directiva, presidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—San José, 20 de agosto del 2012.—Lic. Jessie Murillo Moya, Notaria.—1 vez.—RP2012317531.—(IN2012083888).

Por escritura número ciento seis se constituyó la sociedad denominada: Vermelho-Preto Liguista Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones exactos. Plazo social noventa y nueve años. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—Jacó, Garabito, Puntarenas, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Oldemar Vargas Machado, Notario.—1 vez.—RP2012317533.—(IN2012083889).

Por escritura número cincuenta y uno otorgada a las quince horas del trece de agosto del dos mil doce se constituyó la sociedad denominada Diversified Services Group S. A. Capital social diez mil colones. Plazo social noventa y nueve años. Presidente y secretaria apoderados generalísimos sin líimite de suma. Es todo.—Jacó, Garabito, Puntarenas, trece de agosto del dos mil doce.—Lic. Gerardo Calderón León, Notario.—1 vez.—RP2012317534.—(IN2012083890).

Por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil doce, se constituye la empresa de esta plaza Inversiones Garmo del Sur Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones exactos. Representación: presidente. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, veinte de agosto del dos mil doce.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012317535.—(IN2012083891).

Mediante escritura número doscientos treinta y cinco, otorgada en la notaría de la Licenciada Yohanna Valverde Carvajal, a las 8:00 horas del día dieciséis de agosto del 2012, se constituyó Soluciones Tecnológicas Grupo Onyx F & C Sociedad Anónima. Rodolfo Eduardo Flores Muñoz, presidente. Domiciliada San José, Tibás de la Bomba Ascom, 325 metros al oeste.—San José, 16 de agosto del 2012.—Lic. Yohanna Valverde Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2012317536.—(IN2012083892).

Ante esta notaría, por escritura número ciento cincuenta y cinco, otorgada a las catorce horas del nueve de agosto de de dos mil doce, se disuelve la sociedad Niquipichel Surf Spot de Santa Teresa S. A., no se nombra liquidador.—San José, diez de agosto de dos mil doce.—Lic. Patricia Francés Baima, Notaria.—1 vez.—RP2012317539.—(IN2012083893).

Ante esta notaría por escritura número cincuenta cincuenta y nueve otorgada a las once horas del diecisiete de agosto de dos mil doce. Se protocolizó acta de asamblea general de socios de la empresa Frapa de Milano S. A. Se nombra nuevo secretario de la junta directiva. Es todo.—San José, diecisiete de agosto de dos mil doce.—Lic. Patricia Francés Baima, Notaria.—1 vez.—RP2012317540.—(IN2012083894).

Ante esta notaría por medio de escritura pública número 132-III, otorgada en Guanacaste, a las 16:00 horas del 17 de agosto del  2012, se protocolizó el acta número dos de la sociedad denominada Serene Waves Enterprises Limitada. Acuerdos: primero: Se remueve el cargo de gerente general uno de la sociedad. Segundo: Por unanimidad de votos se realizan los siguiente nombramientos: gerente general uno: Stephen Joel Kavanat.—Guanacaste, 17 de agosto del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012317542.—(IN2012083895).

Ante esta notaría por medio de escritura pública número 126-III, otorgada en Guanacaste, a las 14:15 horas del 16 de agosto del  2012 se protocolizó el acta número tres de la sociedad denominada Jícaro del Coco Limitada, en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: segundo: Se acuerda la disolución de la sociedad.—Guanacaste, 16 de agosto del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012317553.—(IN2012083896).

Ante esta notaría por medio de escritura pública número 6-1, otorgada en San José, a las 15:30 horas del 18 de agosto del 2012, se presentaron Jeudy Murillo Campos, Thelda Campos Hernández y Fernando Murillo Madrigal, para constituir la sociedad denominada Sweet Dreams Café Sociedad Anónima, con domicilio social en Heredia, frente al Mc Donald’s de plaza Heredia casa color blanco de dos pisos.—San José, 18 de agosto del 2012.—Lic. Grettel María Pérez Arce, Notaria.—1 vez.—RP2012317544.—(IN2012083897).

Por escritura otorgada hoy ante mí, la empresa Maquinaria y Camiones del Caribe J. J. R. R. Sociedad Anónima, modifica su razón social, revoca cargos de junta directiva y nombra sustitutos.—San José, once horas del dos de agosto del dos mil doce.—Lic. Freddy Porras Mora, Notario.—1 vez.—RP2012317545.—(IN2012083898).

Por escritura de las 10:00 horas del 17 de agosto del 2012, se constituye la sociedad Comercializadora de Productos Agropecuarios de América Coproagro Sociedad Anonima. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 17 de agosto del 2012.—Lic. Johnny Alberto Vargas Carranza, Notario.—1 vez.—RP2012317546.—(IN2012083899).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, protocolicé acuerdo de socios mediante la cual se disolvió Telefonía Uribe Limitada, cédula jurídica número 3-102-47732.—San José, 15 de junio del 2012.—Lic. Karen Melissa Morelli Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012317847.—(IN2012083900).

Por escritura pública otorgada ante esta notaria, protocolicé acuerdo de socios mediante la cual se disolvió Gráfica Distinción Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-240665.—San José, 15 de junio del 2012.—Lic. Karen Melissa Morelli Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012317548.—(IN2012083901).

Ante esta notaría, en escritura número 138, otorgada a las 17:30 horas del 14 de agosto del 2012; se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Roderangs Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-438915, en la cual se modifica la cláusula segunda de dicha sociedad, y se sustituye la totalidad de la junta directiva y fiscal.—San José, 14 de agosto del 2012.—Lic. Carmen María Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—RP2012317552.—(IN2012083902).

Ante esta notaría, en escritura número 140, otorgada a las 16:00 horas del 17 de agosto del 2012; se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Comercio Versátil Biosalud Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-397298, en la cual se modifica las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo, y se sustituye tesorero.—San José, 14 de agosto del 2012.—Lic. Carmen María Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—RP2012317553.—(IN2012083903).

La Sociedad La Mejor Experiencia Turística en Costa Rica S. A., modifica sus cláusulas. Primera, del nombre comercial, la que en adelante se denominará así: Grupo Holland S. A., segunda del domicilio: su domicilio será en la provincia de San José, Curridabat, de KFC trescientos metros sur y setenta y cinco metros este.—San José, 16 de agosto del 2012.—Lic. Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—1 vez.—RP2012317554.—(IN2012083904).

La sociedad Techos Verdes de Costa Rica S. A., modifica sus cláusulas: primera, del nombre comercial, k que en adelante se denominará así: Seraltra S. A., segunda del domicilio: en la provincia de San José, Curridabat, de KFC trescientos metros sur y setenta y cinco metros este.—San José, 16 de agosto del 2012.—Lic. Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—1 vez.—RP2012317555.—(IN2012083905).

Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Atenas Hill Monarch Limitada, a las catorce horas del tres de agosto del dos mil doce. Gerente y sugerente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, diecisiete de agosto del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—RP2012317556.—(IN2012083906).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 16 de agosto del 2012, se constituyó la sociedad Grupo Inmobiliario Carranza Jiménez S. A..—Lic. Eugenio F. Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012317557.—(IN2012083907).

Mediante escritura número 113 otorgada en mi notaría a las 11:30 horas de hoy, los señores Jean Marc Bourreau y Cynthia Gabriela Espinoza Sibaja acordaron la disolución de la compañía Accsys de Costa Rica S. A., con fundamento en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—Guadalupe, San José, 14 de agosto del 2012.—Lic. Mario A. Solórzano Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2012317558.—(IN2012083908).

Ante mi notaría se disolvió la sociedad Oyemo Sociedad Anónima, escritura número doscientos iniciada al folio ciento nueve frente del tomo sétimo del suscrito notario de las dieciséis horas del veinticuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández, Notario.—1 vez.—RP2012317560.—(IN2012083909).

Ante mi notaría se disolvió la sociedad Valucy Sociedad Anónima, escritura número ciento noventa y nueve iniciada al folio ciento vuelto del tomo sétimo del suscrito notario de las quince horas del veinticinco de mayo del dos mil doce.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández, Notario.—1 vez.—RP2012317561.—(IN2012083910).

Ante mi notaría se disolvió la sociedad Cerava Sociedad Anónima, escritura número doscientos treinta y cuatro iniciada al folio ciento cuarenta frente del tomo sétimo del suscrito notario de las quince horas del veinte de junio del año dos mil doce.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández, Notario.—1 vez.—RP2012317562.—(IN2012083911).

Ante mi notaría se disolvió la sociedad Movimientos de Tierra Raysa. Escritura número ciento cincuenta y uno iniciada al folio setenta y siete vuelto del tomo sétimo del suscrito notario de las quince horas del treinta de abril del dos mil doce.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández, Notario.—1 vez.—RP2012317563.—(IN2012083912).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las veinte horas del día diecisiete de agosto del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada 3-102-660097 SRL.. Donde se acuerda modificar las cláusulas segunda y novena de los estatutos.—San José, veinte de agosto del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012317567.—(IN2012083913).

Por escrituras números 50, 83 y 125, otorgadas en el tomo 23 del protocolo de la notariía pública Esther Badilla Meléndez, se protocolizaron actas mediante las cuales se reformaron las cláusulas sexta, de la administración y sétima, de la dirección, ambas del pacto social de la Fundación Joaquín Vargas Coto, y se instaló la junta administrativa.—San José, 20 de agosto del 2012.—Lic. Esther Badilla Meléndez, Notaria.—1 vez.—RP2012317571.—(IN2012083914).

Por escritura número cuarenta y ocho otorgada en mi notaría, a las ocho horas del diecisiete de agosto del dos mil doce, protocolicé en lo conducente Acuerdos de Asamblea General Extraordinaria de la sociedad denominada B & J Canucks Adventure Holdings S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento uno-seiscientos veintiún mil ochocientos cincuenta, en la que se nombra nueva junta directiva y fiscal, asimismo se dispone un nuevo domicilio social y se reforma el nombre de la sociedad a Creaciones Mysticas S. A..—San José, a las once horas del diecisiete de agosto del dos mil doce.—Lic. Henry Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012317572.—(IN2012083915).

Que por escritura otorgada a las nueve horas del día de hoy se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Transportes Grupo A B C S. A..—San José, veinte de agosto del dos mil doce.—Lic. Edwin Vargas Víquez, Notario.—1 vez.—RP2012317573.—(IN2012083916).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las diecisiete horas del catorce de agosto del año dos mil doce, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Sabor Caribeño Jacó Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, moneda del curso legal de Costa Rica totalmente suscrito y pagado.—Distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2012317575.—(IN2012083917).

Por escritura pública otorgada por el suscrito notario a las ocho horas del veinte de agosto del dos mil doce, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de la sociedad Residencial Monserrat S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuarenta y tres mil tres, celebrada en la oficinas de la sociedad, donde se toma el acuerdo de revocar poder generalísimo sin límite de suma a George Francisco Ramón Marsden Canut.—Lic. Jorge Antonio Fournier Estrada, Notario.—1 vez.—RP2012317577.—(IN2012083919).

Mediante escritura otorgada a las 15:00 horas del día 7 de agosto del año dos mil doce, se constituyó en mi notaría la sociedad Sueños Sostenibles Marketing & Design Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Goicoechea, San Francisco, Barrio Tournón, Oficentro Torres del Campo; capital social íntegramente suscrito y pagado. Corresponde al Presidente la representación judicial y extrajudicial de la compañía, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veinte de agosto del año dos mil doce.—Lic. Lucrecia Gómez Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012317579.—(IN2012083920).

En mi notaría, por escritura treinta y nueve-cinco, se protocolizó el acuerdo de disolución de la sociedad denominada Inversiones Hermanos Rojas y Rojas de Palmares Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres cuatro cuatro siete cero dos, domiciliada en Alajuela, Palmares, Rincón de Zaragoza, trescientos metros al este y cincuenta metros sur del templo católico. Es todo.—Palmares, veinte de julio del dos mil doce.—Lic. Ólger Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012317580.—(IN2012083921).

La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Corporación Comunicación Más Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil trescientos ochenta y cinco, para modificar cláusula quinta de pacto constitutivo. Es todo.—Palmares, veinte de agosto del año dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012317581.—(IN2012083922).

Mediante escritura número doscientos treinta y ocho, visible al tomo quinto de mi protocolo, se cambió el nombre de la sociedad a Nlightcr Limitada, además reformaron cláusulas segunda, octava y puestos de gerentes. Es todo.—San José, diecisiete de agosto del año dos mil doce.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—RP2012317583.—(IN2012083923).

Por escritura del suscrito notario, a las 12:00 horas del día 17 de agosto del 2012, se constituyó la sociedad: Fumigadora Ecomantix S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos. Capital: Suscrito y pagado. Domicilio: la ciudad de San José.—San José, 18 de agosto del 2012.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2012317585.—(IN2012083924).

Por escritura otorgada por el suscrito notario, a las 10:30 horas del día 28 de junio del 2012; se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad de esta plaza: Yuye Kabab Sociedad Anónima. Se disuelve dicha sociedad.—San José, 17 de agosto del 2012.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2012317586.—(IN2012083925).

Por escritura otorgada por el suscrito notario, a las 10:00 horas del día 28 de junio del 2012; se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad de esta plaza: Tanury Internacional Sociedad anónima. Se disuelve dicha sociedad.—San José, 17 de agosto del 2012.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2012317587.—(IN2012083926).

En escritura autorizada por la suscrita notaria a las diez horas del dieciocho de junio de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Corporación Rotafe de Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó su liquidación.—San José, diecisiete de agosto de dos mil doce.—Lic. Lucrecia Agüero Guier, Notaria.—1 vez.—RP2012317588.—(IN2012083927).

Por escritura otorgada ante mí, número ciento noventa y uno, de las dieciocho horas quince minutos del día catorce de agosto del año dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Muequeta Sociedad Anónima, domiciliada en Santa Lucía de Barva de Heredia, objeto: el ejercicio del comercio en todas sus formas, la industria, la ganadería, la agricultura, y en general toda actividad lucrativa. Plazo social: noventa y nueve años. Presidenta: Adriana María Pacheco Matamoros. Capital social: un millón de colones representado por diez acciones, comunes y nominativas de cien mil colones cada una, suscritas y pagadas.—Lic. Carlos Manuel Chaves Delgado, Notario.—1 vez.—RP2012317589.—(IN2012083928).

Ante esta notaría, por escritura número: doscientos cuarenta y tres-sexto del tomo sexto, se disuelve y liquida la sociedad Envíos Seguros a Tiempo Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-doscientos ochenta mil ochocientos diecisiete.—San José, diecisiete de agosto del dos mil doce. Es todo.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2012317591.—(IN2012083929).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó el acta de la empresa Due Sorella Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar la cláusula sexta. La sociedad será administrada por presidente y el secretario y sus representantes serán el presidente y secretario en forma conjunta o separada en calidad de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Ronny Quirós Astorga, Notario.—1 vez.—RP2012317592.—(IN2012083930).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Mundo Bobatik Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José a las 9:00 horas del 17 de agosto del 2012.—Lic. Ivonne Patricia Redondo Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012317594.—(IN2012083931).

Por escritura otorgada a las quince horas cincuenta y ocho minutos del veintiocho de junio del año 2012, protocolicé acta de la empresa Total Agrícola Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-499716, donde se acuerda su disolución.—Naranjo, Alajuela, 28 de junio del 2012.—Lic. Pablo López Vindas, Notario.—1 vez.—RP2012317597.—(IN2012083932).

El suscrito notario hace constar que en mi notaría, mediante escritura número ciento cincuenta y uno del doce de julio del dos mil doce, se reforma las cláusulas primera y segunda, así como la junta directiva de la compañía El Navara Plata Dos Mil Doce A.T.G Sociedad Anónima.—San José, veinte de agosto del dos mil doce.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—RP2012317598.—(IN2012083933).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del dos de julio del año dos mil doce, número treinta y seis cuatro, se constituyó la entidad denominada Englingo Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se nombró junta directiva, capital suscrito y pagado. Es todo.—Cartago, diez de agosto del dos mil doce.—Lic. Gabriela Rodríguez Loría, Notaria.—1 vez.—RP2012317599.—(IN2012083934).

Ante esta notaría, a las 13:00 horas de hoy, se protocolizó acta mediante la cual se acuerda disolver la sociedad Electrónica CS Alajuela S. A. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio, se avisa que dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado que se sienta perjudicado en sus derechos podrá oponerse judicialmente a la disolución.—San Antonio, Belén, Heredia, 27 de junio del 2012.—Lic. María del Rocío Arroyo Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012317600.—(IN2012083935).

Ante esta notaría, a las 9:00 horas de hoy, se constituyó la sociedad Benavente S. A. Capital: suscrito y pagado. Apoderados: Presidente, secretario y tesorero.—San Antonio, Belén, Heredia, 1º de agosto del 2012.—Lic. María del Rocío Arroyo Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012317601.—(IN2012083936).

El suscrito notario hago constar, que en el protocolo del licenciado Carlos Luis Guerrero Salazar, se modifica el acta constitutiva de la compañía: Caracas Apartamento Trescientos Dieciséis Edificio E AVA S. A. Es todo.—Santa Ana, 17 de agosto del 2012.—Lic. Carlos Luis Guerrero Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2012083953).

Por escritura número ciento cincuenta y cuatro, se disuelve la sociedad 3-102-482494 S.R.L., cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatro ocho dos cuatro nueve cuatro, otorgada a las nueve horas del dieciséis de agosto del dos mil doce, del tomo segundo.—Lic. Jamileth Narváez Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2012083972).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Qualicons Sociedad Anónima, Capital social enteramente suscrito y pagado.—San José, a las diecisiete horas del veinte de agosto del dos mil doce.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012083997).

A las diez horas del diecinueve de agosto del dos mil doce se celebró la asamblea ordinaria y extraordinaria de socios número nueve de la sociedad Trans Monteverde B Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-154996, en su domicilio social, con la asistencia del total del capital social, por lo que, se prescindió de la convocatoria previa, y se tomó el acuerdo firme y unánime de autorizar nueva junta directiva, el nombramiento del fiscal, y del nuevo agente residente, autorizando para la protocolización de dicha acta al señor Delio Armando Morales Chaves, cédula número 1-1342-589.—San José, a las ocho horas del veinte de agosto del dos mil once.—Lic. Luz Mery Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012084010).

En mi notaría por escritura doscientos diecisiete de las quince horas del ocho de agosto del dos mil doce, se constituyó la sociedad anónima, cuya denominación será Plus Ortopédica, Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente, secretario y tesorero con representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, ocho de agosto del dos mil doce.—Lic. Javier Francisco Monge Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012084041).

Ante mí, Luis Alberto Campos Flores, notario público con oficina en San José, se constituye la sociedad Tripfab Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente y subgerente apoderados generalísimos. Domicilio: Escazú. Escritura otorgada en San José a las dieciocho horas del once de agosto del dos mil doce.—Lic. Luis Alberto Campos Flores, Notario.—1 vez.—(IN2012084042).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las 7 horas del día 20 de agosto del 2012, se constituyó la empresa Constructora Modulsa S. A. Domiciliada en la Guácima de Alajuela, del Súper la Canastita, 600 metros al oeste. Presidente: Dixon Alonso Pérez Arroyo, cédula número 2-559-836. Capital social: cien mil colones.—Belén, Heredia, 20 de agosto del 2012.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012084058).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Ecolab S. A. mediante la cual aprueban transformar la compañía Ecolab S. A. en una sociedad de responsabilidad limitada, para que en adelante se lea de la siguiente manera: Ecolab Sociedad de Responsabilidad Limitada. Escritura otorgada a las once horas del veintiuno de agosto del dos mil doce.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1 vez.—(IN2012084065).

Ante mí, Ademar Soto Alpízar, notario público con oficina en San Pedro de Poás, Alajuela, altos del Banco Popular, a las diez horas del veinte de agosto del 2012 se presentó acuerdo de disolución de la sociedad Distribuidora de Vidrios El Volcán S.A., con domicilio en Alajuela centro, cincuenta metros este de Periféricos.—Alajuela, veinte de agosto de 2012.—Lic. Ademar Soto Alpízar, Notario.—1 vez.—(IN2012084066).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, la empresa Rey Sociedad Anónima modifica la cláusula tercera del pacto social.—San José, diecisiete de agosto del dos mil doce.—Lic. Virgilio Fernando Calvo Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2012084067).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas del día 10 de agosto de 2012, se constituye la sociedad anónima, cuya denominación será: Oryza-Arroz Sociedad Anónima. Representación legal: presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Plazo social: 99 años. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 20 de agosto del 2012.—Lic. Julio César Muñoz Céspedes, Notario.—1 vez.—(IN2012084074).

La suscrita Kattya Arias Arroyo, abogada y notaria, hago constar que el día 21 de agosto del 2012, se disolvió la sociedad Servicios Informáticos M y C Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de agosto del 2012.—Lic. Kattya Arias Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2012084077).

Por escritura otorgada en San José, N° 60 de las 15:11 horas del 16 de agosto de 2012, se constituye Diseypro BM Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo: 100 años. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 17 de agosto del 2012.—Lic. Cecilia García Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012084092).

Servicios Culturales Imaginarte SRL, cédula jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos cuarenta y un mil cuatrocientos cuarenta y dos, mediante acuerdo de asamblea general extraordinaria modifica su objeto; tercera: (objeto) la sociedad se dedicará al ejercicio del comercio, turismo, de la industria, de la ganadería, de la agricultura, de la minería, y al ejercicio de cualquiera otra actividad lícita. Asimismo brindará servicios culturales educativos dirigidos a niños y adultos; promoverá la creación, realización y producción de programas y productos educativos relacionados al fomento de la lectura, cultura, ecología, turismo y artes en general. Impulsará la investigación y la capacitación dirigida a comunidades y organizaciones estatales o privadas; así como la organización de festivales culturales; gestión y realización de eventos; edición y publicación de textos o contenidos en papel o digital; realización de guiones teatrales, cinematográficos, publicitarios y administración de centros educativos o culturales. Para cumplir su objeto social, la sociedad podrá: a) formar parte de otras sociedades, b) representar casas nacionales o extranjeras, c) realizar e intervenir en fideicomisos a cualquier título y d) otorgar toda clase de fianzas, prendas, hipotecas y cualesquiera otras garantías, de cualquier índole, a favor de socios o terceros, siempre y cuando en virtud de ello perciba una retribución económica. Es todo.—Alajuela, veintidós de agosto del dos mil doce.—Lic. Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2012084130).

Negocios Mundiales Rondapa S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y seis mil cuarenta y ocho, mediante acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios aumenta su capital social de doce mil colones a dieciséis mil colones. Es todo.—Alajuela, veintidós de agosto del dos mil doce.—Lic. Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2012084131).

Por escritura otorgada a las ocho horas del día trece de agosto del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: LEG Servicios Profesionales Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y ocho mil ciento catorce, en la cual se modifica las cláusulas sétima y décimo tercera del objeto social del pacto constitutivo.—Alajuela, trece de agosto del dos mil doce.—Lic. Sheila Recio Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012084139).

El suscrito notario hace constar, que ante su notaría, se constituyó la sociedad Nicol Ezer S. A.—San José, 16 de agosto del 2012.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2012084147).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veintiuno de agosto del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad News of the World S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y siete mil ciento sesenta y tres, de las ocho horas del veintiuno de agosto de dos mil doce, mediante la cual se acuerda la disolución de esta sociedad por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012084156).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas treinta minutos del veintiuno de agosto de dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Tres-Ciento Dos-Seiscientos Cincuenta y Un Mil Trescientos Cincuenta y Cuatro Limitada, con mismo número de cédula de persona jurídica, de las ocho horas del veintiuno de agosto del dos mil doce, mediante la cual se reforma la cláusula cuarta de los estatutos y se nombran nuevos gerentes.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012084157).

Por medio de la escritura número doscientos cuarenta y nueve del tomo tercero de mi protocolo, otorgada en Cartago, a las dieciocho horas del catorce de agosto de dos mil doce, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Alpha Tech Inc S. A.—Cartago, catorce de agosto de dos mil doce.—Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2012084158).

Ante mi notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día seis de agosto del dos mil doce, se solicita el cambio de miembros de la sociedad: Propiedades Z M T del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos siete cero tres siete cinco.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinte de agosto del dos mil doce.—Lic. Jonatan Valverde Piedra, Notario.—1 vez.—RP2012317602.—(IN2012084261).

Ante mi notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día dos de mayo del dos mil doce, se solicita la transformación de: Compañía Inversiones La Jolla Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta y ocho mil trescientos sesenta, por: Compañía Inversiones La Jolla S.R.L.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinte de agosto del dos mil doce.—Lic. Jonatan Valverde Piedra, Notario.—1 vez.—RP2012317603.—(IN2012084262).

Por escritura ciento treinta y tres-tres, de las catorce horas del trece de agosto del dos mil doce, del tomo tres del protocolo del notario David Zúñiga Jiménez, se constituyó Rotem Investments S.R.L., quedando como gerente: Ezra Cohen. Plazo cien años. Capital diez mil colones. Es todo.—Pérez Zeledón, al ser las siete horas del veinticinco de agosto del dos mil doce.—Lic. Jefté David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012317604.—(IN2012084263).

Ante esta notaría se constituyeron las siguientes sociedades Consorcio Comercial Educativo S. A., Inversiones El Ceibo del Pacífico S. A., y Multiservicios Rosa del Sur S. A.—Paso Canoas, Corredores, Puntarenas, 20 de agosto del dos mil doce.—Lic. Fredy Andrés Arias Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2012317605.—(IN2012084264).

Por escritura ciento treinta y tres-tres, de las siete horas treinta minutos del ocho de agosto del dos mil doce, del tomo tres del protocolo del notario David Zúñiga Jiménez, se constituyó una sociedad cuyo nombre establezca el número de cédula que le sea asignado, la referencia a tal número deberá seguirse con el aditamento S.R.L. Se ajustan a lo dispuesto en el artículo setenta y tres del Código de Comercio y de conformidad con lo establecido en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno. Gerente: Robert Wálter Smith. Capital diez mil colones. Es todo.—Pérez Zeledón, al ser las siete horas del veintiuno de agosto del dos mil doce.—Lic. Jefté David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012317606.—(IN2012084265).

Ante esta notaría, en San José, a las nueve horas del diez de julio del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Unipo GV Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo en cuanto a domicilio.—San José, veinte de agosto del dos mil doce.—Lic. Alberto Allen Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012317607.—(IN2012084266).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las doce horas del treinta y uno de mayo del dos mil doce, se acuerda disolver y liquidar las: Sociedades: A) Tres-Ciento Dos-Quinientos Quince Mil Cuatrocientos Sesenta y Cuatro S.R.L. B) Tres-Ciento Dos-Quinientos Mil Novecientos Ochenta y Cinco S.R.L. C) Tres-Ciento Dos-Quinientos Un Mil Once S.R.L. D) Tres-Ciento Dos-Quinientos Un Mil Diecinueve S.R.L. E) Tres-Ciento Dos-Quinientos Treinta y Seis Mil Ciento Ochenta y Seis S.R.L. F) Tres-Ciento Dos-Quinientos Treinta y Cinco Mil Ochocientos Veintitrés S.R.L. G) Tres-Ciento Dos-Quinientos Treinta y Seis Mil Ciento Noventa y Uno S.R.L. H) Tres-Ciento Dos-Quinientos Treinta y Seis Setecientos Setenta y Tres S.R.L. I) Tres-Ciento Dos-Quinientos Treinta y Seis Mil Seiscientos Setenta y Cuatro S.R.L. J) Tres-Ciento Dos-Quinientos Un Mil Diecisiete S.R.L. K) Tres-Ciento Dos-Quinientos Dos Mil Seiscientos Noventa y Nueve S.R.L. L) Tres-Ciento Dos-Quinientos Un Mil Trece S.R.L. M) Tres-Ciento Dos-Quinientos Un Mil Dieciséis S.R.L. N) Tres-Ciento Dos-Quinientos Treinta y Cinco Mil Setecientos Noventa y Cinco S.R.L. Ñ) Tres-Ciento Dos-Quinientos Dos Mil Seiscientos Noventa y Seis S.R.L. O) Tres-Ciento Dos-Quinientos Treinta y Cinco Mil Setecientos Noventa y Tres S.R.L. P) Tres-Ciento Dos-Quinientos Treinta y Seis Setecientos Setenta y Seis S.R.L. Q) Tres-Ciento Dos-Quinientos Un Mil Catorce S.R.L. R) Tres-Ciento Dos-Quinientos Un Mil Doce S. R. L. En las cuales no se nombró liquidador.—Lic. Jonatan Valverde Piedra, Notario.—1 vez.—RP2012317608.—(IN2012084267).

Ante mi notaría por escritura otorgada a las ocho horas del día primero de agosto del dos mil doce, se solicita el cambio de domicilio y miembros de la sociedad: Tres-Ciento Dos-Seiscientos Cincuenta y Ocho Mil Seiscientos Dos Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinte de agosto del dos mil doce.—Lic. Jonatan Valverde Piedra, Notario.—1 vez.—RP2012317610.—(IN2012084268).

Ante mi notaría por escritura otorgada a las diecinueve horas del día veintiuno de mayo del dos mil doce, se solicita el cambio de miembros de la sociedad: Voltatis Viator Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos diecinueve mil novecientos sesenta y siete.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinte de agosto del dos mil doce.—Lic. Jonatan Valverde Piedra, Notario.—1 vez.—RP2012317612.—(IN2012084269).

Que por escritura número 175, se constituyó la empresa representada por el gerente Robert Anthony (nombre) Santa Lucia (apellido), denominada Hermanos Manchados S.R.L., el motivo de este edicto es la constitución de la empresa indicada. Todas visibles en el tomo 20 del protocolo del suscrito notario público.—Uvita de Osa, a las 7:00 horas del 13 de agosto del 2012.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012317613.—(IN2012084270).

Por escritura de las 16:30 horas del 16 de agosto del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Compañía Cañera Corella y Vargas S. A., en la que por unanimidad de socios acuerdan disolver la sociedad, fundamentado en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. Presidenta: Rosa Ureña Robles.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012317614.—(IN2012084271).

Mediante escritura número doscientos ochenta y seis-cuarenta y cuatro del las dieciséis horas del veintiuno de junio de dos mil doce, se disolvió Comercializadora Achepe Sociedad Anónima.—Lic. Eduardo Mora Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2012317616.—(IN2012084272).

A las diez horas del diecisiete de agosto del dos mil doce, mediante escritura ochenta y cuatro del tomo cuatro la suscrita notaria, protocoliza acta de la Lisoa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-065628, en que se reforma el estatuto sexto.—Puriscal, 20 de agosto del 2012.—Lic. Teresa Solís Bermúdez, Notaria.—1 vez.—RP2012317617.—(IN2012084273).

Por escritura 001-05 del tomo 05 de la suscrita notaria Maribel Barrantes Rojas, otorgada en San Isidro de El General de Pérez Zeledón, a las 7:00 horas del 17 de agosto del 2012; protocolicé acta de la sociedad Atardeceres Costeros S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos doce mil ciento noventa y seis, en la cual se acuerda disolverla.—San Isidro de El General, 17 de agosto del 2012.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2012317618.—(IN2012084274).

Ante la notaría del Lic. Audrys Esquive1 Jiménez, se otorgó la escritura número treinta de mi tomo veintiséis donde se protocolizó acta de disolución de la sociedad denominada Uno Discomóvil S. A.—Santa Ana, veinte de agosto del dos mil doce.—Lic. Audrys Esquive1 Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012317619.—(IN2012084275).

Ante la notaría del Lic. Audrys Esquive1 Jiménez, se otorgó la escritura número veintiséis de mi tomo veintiséis donde se protocolizó acta de disolución de la sociedad denominada El Dólar de Plata S. A.—Santa Ana, veinte de agosto del dos mil doce.—Lic. Audrys Esquive1 Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012317620.—(IN2012084276).

El día de hoy el suscrito notario público protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Los Monjes Investment Inc S. A., celebrada a las siete horas del dieciocho de agosto del dos mil doce, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto a la administración y también se nombra junta directiva.—San José, veinte de agosto del dos mil doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2012317623.—(IN2012084277).

El día de hoy el suscrito notario público protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Cincuenta y Un Mil Setecientos Cincuenta S. A., celebrada a las siete horas del dos de mayo del dos mil doce, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto al domicilio social y a la administración y también se nombra junta directiva y fiscal.—San José, dieciséis de agosto del dos mil doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2012317624.—(IN2012084278).

El día de hoy el suscrito notario público protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Nueve Mil Seiscientos Treinta S. A., celebrada a las diecisiete horas del doce de julio del dos mil doce, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto al domicilio social y a la administración y también se nombra junta directiva y fiscal.—San José, primero de agosto del dos mil doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2012317625.—(IN2012084279).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría a las 16:00 horas del 20 de agosto del 2012, se modifica las cláusulas segunda y octava de la sociedad Tarde Tropical de la Costa Pacífica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-404671.—Lic. Juan Carlos Villasuso Morales, Notario.—1 vez.—RP2012317626.—(IN2012084280).

El día de hoy el suscrito notario público protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tres-Ciento Uno-Seiscientos Cuarenta y Un Mil Seiscientos Sesenta Y Dos S. A., celebrada a las siete horas del nueve de agosto del dos mil doce, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto al domicilio social y a la administración y también se nombra junta directiva y fiscal.—San José, catorce de agosto del dos mil doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2012317627.—(IN2012084281).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 20 de agosto del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada La Rivera del Rin H. K. R. A. S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y un mil doscientos cincuenta y seis, donde se modifica cláusula sétima del pacto social y se reforma la junta directiva. Es todo.—San José, 21 de agosto del 2012.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1 vez.—RP2012317720.—(IN2012084333).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 20 de agosto del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Vallearriba Cabudare Quince Uno C Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y seis mil cuatrocientos noventa y siete, donde se modifica cláusula sexta del pacto social y se reforma la junta directiva. Es todo.—San José, 21 de agosto del 2012.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1 vez.—RP2012317721.—(IN2012084334).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 16 de agosto del 2012, se constituye la sociedad Fruit & Fun Sociedad Anónima, con un plazo social de 100 años. Es todo.—San José, 21 de agosto del 2012.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1 vez.—RP2012317723.—(IN2012084335).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 20 de agosto del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos veintisiete mil novecientos noventa y nueve S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintisiete mil novecientos noventa y nueve, donde se modifica cláusula novena del pacto social y se reforma la junta directiva. Es todo.—San José, 21 de agosto del 2012.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1 vez.—RP2012317724.—(IN2012084336).

Ante esta notaría se ha realizado la desincripción de la sociedad denominada Taller de Enderezado y Pintura J A Sociedad Anónima. Presidente: Eduardo Jiménez Pérez.—Lic. Evelyn Gómez Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012317725.—(IN2012084337).

Ante esta notaría se ha realizado la desincripción de la sociedad denominada El Cuarteto Servicios Generales Sociedad Anónima. Presidente: Andrés Alejandro Aguilar Pérez.—Lic. Evelyn Gómez Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012317726.—(IN2012084338).

Por medio de escritura otorgada a las 9:00 horas del 14 de agosto del 2012, se protocolizo acta de la sociedad Golf Club Zapotal S. R. L., por medio de la cual se cambia el domicilio, representación, se nombra agente residente y se revocan poderes y se otorgan nuevos.—Lic. María Laura Rosales Cavallini, Notaria.—1 vez.—RP2012317732.—(IN2012084339).

Por medio de escritura otorgada a las 10:00 horas del 14 de agosto del 2012, se protocolizó acta de la sociedad Inmobiliaria Golfina S. A., por medio de la cual se cambia el domicilio, representación, se nombra agente residente y se revocan poderes y se otorgan nuevos.—Lic. María Laura Rosales Cavallini, Notaria.—1 vez.—RP2012317733.—(IN2012084340).

Por medio de escritura otorgada a las 11:00 horas del 14 de agosto del 2012, se protocolizó acta de la sociedad Playa Zapotal S. A., por medio de la cual se cambia el domicilio, representación, se nombra agente residente y se revocan poderes y se otorgan nuevos.—Lic. María Laura Rosales Cavallini, Notaria.—1 vez.—RP2012317735.—(IN2012084341).

Por medio de escritura otorgada a las 12:00 horas del 14 de agosto del 2012, se protocolizó acta de la sociedad Corporación de Igualdad Económica S. A., por medio de la cual se cambia el domicilio, representación, se nombra agente residente y se revocan poderes y se otorgan nuevos.—Lic. María Laura Rosales Cavallini, Notaria.—1 vez.—RP2012317736.—(IN2012084342).

Por medio de escritura otorgada a las 13:00 horas del 14 de agosto del 2012, se protocolizó acta de la sociedad Guanacaste Management Corporation GMC Two LLC S. R. L., por medio de la cual se cambia el domicilio, representación, se nombra agente residente y se revocan poderes y se otorgan nuevos.—Lic. María Laura Rosales Cavallini, Notaria.—1 vez.—RP2012317737.—(IN2012084343).

Hoy protocolicé acta de asamblea de socios de San José Volando S. A., donde se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José, 8 de agosto del 2012.—Lic. Kattia Alvarado Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2012317738.—(IN2012084344).

Por escritura número cuatro otorgada ante esta notaría en conotariado con el Lic. Luis Fernando Castro Gómez, a las ocho horas del veinte de agosto del dos mil doce, se modificó la cláusula segunda de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cinco mil seiscientos cuatro Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-475604.—San José, 20 de agosto del 2012.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—RP2012317739.—(IN2012084345).

Por escritura número cinco otorgada ante esta notaría, en conotariado con el Lic. Luis Fernando Castro Gómez, a las ocho horas treinta minutos del veinte de agosto del dos mil doce, se modificó la cláusula novena de la sociedad Alicante Treinta y Cinco Gante Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-409882.—San José, 20 de agosto del 2012.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—RP2012317740.—(IN2012084346).

Por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del día cuatro de mayo del dos mil doce, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Médica Yin de Costa Rica S. A., mediante la cual se modificó la cláusula quinta y se aumentó su capital social.—San José, 8 de agosto del 2012.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012317744.—(IN2012084347).

Ante ésta notaría se constituyó la sociedad Bugme Sociedad Anónima. Presidente: Freddy José Delgado Matamoros. Vicepresidenta: Carolina Hernández Camacho, apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Es todo.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Adriana Varela Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012317748.—(IN2012084348).

Por escritura adicional otorgada a las 8:00 horas del 20 de agosto del 2012, Las Vistas de Costa Rica Sociedad Anónima, modifica la cláusula tercera: del objeto, de sus estatutos sociales. Presidente: Jorge Arturo Soto Pereira.—San José, 21 de agosto del 2012.—Lic. Juan Luis Gómez Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012317751.—(IN2012084349).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 16 de agosto del 2012, se constituye sociedad anónima denominada Servicios de Seguridad delo Pacífico V y G S. A.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—RP2012317752.—(IN2012084350).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:30 horas del 14 de agosto del 2012, se protocolizó acta de Unirana S.A., mediante la cual se nombra nueva junta directiva y fiscal y agente residente, y se reforman las cláusulas II y VI del pacto constitutivo.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—RP2012317753.—(IN2012084351).

Ante mí, Marta Cedeño Jiménez, se otorgó escritura el día veintinueve de marzo del dos mil doce, de disolución de la sociedad Inversiones W. R. W. de San José Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-uno cinco cinco siete tres cero.—San José, quince de agosto del dos mil doce.—Lic. Marta Cedeño Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012317755.—(IN2012084352).

En escritura pública número 372-10, otorgada ante el notario Alexis Monge Agüero, se tramita la disolución de la empresa tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil trescientos noventa y dos S. A., documento presentado al diario del registro tomo 2012, asiento 208915. Firmo en San Isidro, Pérez Zeledón, a las 9:00 horas del 3 de agosto del 2012.—Lic. Alexis Monge Agüero, Notario.—1 vez.—RP2012317756.—(IN2012084353).

NOTIFICACIONES

EDUCACIÓN PÚBLICA

Expediente Nº 446-12.—La Dirección de Recursos Humanos.—A: López Yanarella Johnny, cédula Nº 04-129-577.

HACE SABER:

1)  Que en su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta comisión de falta grave o de alguna gravedad.

2)  De la información substanciada existen elementos probatorios para imputarle los siguientes supuestos hechos:

Que en su condición de Profesor de Enseñanza Media en la especialidad -Matemática- en el Colegio Técnico Profesional Padre Roberto Evans de Siquirres, de la Dirección Regional de Enseñanza de Limón; no se presentó a laborar los días: 21, 22, 23, 24, 25, 28, 29, 30 y 31 de mayo; 01, 04, 05, 06, 07, 08, 11, 12, 13, 14, 15, 18, 19, 20 y 21 de junio; todos del año 2012. Lo anterior sin dar aviso oportuno a su superior inmediato y sin aportar, dentro del término normativamente previsto, justificación posterior alguna. (Ver folios 04 al 10 del expediente de marras).

3)  Que de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en faltas graves o de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se establece en el artículo 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil; artículos 35 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos 8 incisos a) y b); los artículos 12 incisos c) y k) y 15 inciso b) del Reglamento de la Carrera Docente; artículo 42 incisos a) y q) y 63 del Reglamento Interior de Trabajo del Ministerio de Educación Pública.

4)  Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de los diez días hábiles siguientes al recibo de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones así como la correspondiente dirección de los testigos, bajo apercibimiento de que, de no hacerlo, se podrá declarar inadmisible la referida prueba.

Para el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto, hacerse representar por un abogado.

5)  Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de Asuntos Disciplinarios de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública cuarto piso Edificio Rofas, ubicado en avenida segunda, frente a la entrada de emergencias del Hospital San Juan de Dios, San José; debiendo señalar medio electrónico u oficina para atender notificaciones, bajo apercibimiento que en caso contrario quedará notificada de forma automática dentro de las 24 horas siguientes de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales (Ley Notificaciones N° 8687). La no presentación de la defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese derecho en esta etapa procedimental, y, la no indicación de lugar para recibir notificaciones surtirá los efectos previstos en el artículo de la citada ley.

6.  Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los recursos ordinarios previstos en el artículo 345 de la Ley General de la Administración Pública.

San José, 29 de junio del 2012.—Recursos Humanos.—MSc. Juan Antonio Gómez Espinoza, Director.—1 vez.—O. C. Nº 14542.—Solicitud Nº 43764.—C-24620.—(IN2012084474).

Apertura de procedimiento administrativo disciplinario incoado contra Barboza Rojas Óscar.—Resolución Nº 3694-12.—Órgano Director del Procedimiento, a las doce horas con treinta minutos del veintiséis de julio del dos mil doce.

Resultando:

1º—Que mediante oficio N° DRH-AD-205-2012 de fecha 18 de julio del 2012, suscrito por el Msc. Juan Antonio Gómez Espinoza, Director de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, se ordenó la apertura de procedimiento administrativo ordinario tendiente a establecer la responsabilidad disciplinaria de Barboza Rojas Óscar, por la presunta comisión de faltas graves o de alguna gravedad en detrimento de los deberes y obligaciones del cargo. (Ver folio 59 del expediente N° 545-12).

2º—Que mediante Resolución N° 3608-12 de las catorce horas con treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil doce, el MSc. Juan Antonio Gómez Espinoza, Director de Recursos Humanos, designa a quien suscribe, como Órgano Director Unipersonal del Procedimiento administrativo tramitado contra Barboza Rojas Óscar. (Ver folios 60 y 61 del expediente N° 545-12).

3º—Que lo anterior encuentra sustento en lo establecido en los artículos 211 y siguientes (de la responsabilidad Disciplinaria del Servidor), artículos 214 y siguientes (del Procedimiento Administrativo), 272 y siguientes (del acceso al Expediente y sus Piezas) y 308 y siguientes (del Procedimiento Ordinario), todos de la Ley General de la Administración Pública; 41, 42 y 43 del Estatuto del Servicio Civil, artículos 18 inciso j) y 50 inciso K) de la Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública, así como en artículos 54 y siguientes del Reglamento Interior de Trabajo del Ministerio de Educación Pública.

4º—Que de conformidad con lo anteriormente expuesto, se considera procedente dar inicio al Procedimiento Administrativo Ordinario tendiente a establecer la responsabilidad disciplinaria de la persona investigada, a saber, Barboza Rojas Óscar, cédula de identidad número 01-0702-0565, quien se desempeña en el puesto de Oficial de Seguridad de Servicio Civil 1, en el Centro Educativo Escuela Ciudadelas Unidas, de la Dirección Regional de Educación de San José, respecto al supuesto hecho que a continuación se detalla:

Que en su condición de Oficial de Seguridad de Servicio Civil 1, en el Centro Educativo Escuela Ciudadelas Unidas, de la Dirección Regional de Educación de San José - Central, no se presentó a laborar los días 02, 03, 04, 05, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 28, 29, 30 y 31 de mayo; 01, 02, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 18, 19 y 20 de junio; todos del año 2012, sin dar aviso oportuno a su superior inmediato, y sin presentar justificación posterior alguna dentro del término legalmente establecido. (Ver folios del 01 al 57 de la causa de marras).

5º—Que los hechos anteriormente citados -de corroborarse su comisión-constituirían una violación a las obligaciones y prohibiciones del cargo contempladas en el Estatuto de Servicio Civil artículo 39 inciso a), artículo 35 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, artículo 7, incisos a), artículos 13, 14, 16, 23 y 24 del Reglamento de Servicio para los Agentes de Seguridad y Vigilancia del Ministerio de Educación Pública, que podrían acarrear una sanción que podría ir desde una suspensión sin goce de salario hasta el despido sin responsabilidad patronal de conformidad con el artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo.

6º—La prueba que constituye la base del procedimiento disciplinario, es el expediente administrativo número 545-12 a nombre de Barboza Rojas Óscar: donde consta la denuncia y el registro de asistencia de los meses de mayo y junio del 2012 debidamente certificado visible a folios 01 al 61.

7º—Se apercibe al accionado de que debe señalar medio electrónico o número de fax para recibir futuras notificaciones dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la notificación del presente acto, bajo el apercibimiento de que si no se hiciere o el lugar fuere impreciso, incierto o ya no existiere, las resoluciones se tendrán por notificadas automáticamente veinticuatro horas después de dictadas.

8º—Que para los efectos de este procedimiento, se pone a disposición de la persona accionada el respectivo expediente administrativo, el cual podrá consultar, reproducir o analizar cuantas veces considere necesario. Así mismo se le hace saber que le asiste el derecho de presentar los argumentos de defensa y descargo que considere oportunos, de ofrecer la prueba que considere pertinente, desde este momento y hasta el mismo día de la audiencia, así como hacerse asesorar por un profesional en Derecho que le provea la defensa técnica, si así lo considera pertinente. En caso de aportar prueba testimonial, se le solicita que indique expresamente el nombre, calidades, la dirección respectiva de los testigos junto con la descripción lacónica de los hechos sobre los que versará su deposición, para efectos de confeccionar las citaciones respectivas.

9º—Se cita a Barboza Rojas Óscar a comparecencia oral y privada de ley (artículos 309 y 312 de la Ley General de la Administración Pública), se fija para tales efectos el día jueves 27 de setiembre del dos mil doce, a las nueve horas con treinta minutos, en el Departamento de Asuntos Disciplinarios, ubicado frente a la entrada de emergencias del Hospital San Juan de Dios, 4to piso del Oficentro Plaza Rofas, San José, oportunidad procedimental en que podrá ejercer su derecho de defensa y se le garantizará el principio constitucional al debido proceso. En esa oportunidad podrá:

1-  Ofrecer (presentar) su prueba, si es que no lo hubiera hecho con antelación o quisiera adicionarla.

2-  Obtener su admisión y trámite cuando sea pertinente y relevante.

3-  Interrogar a la contraparte, si la hubiera, preguntar y repreguntar a los testigos y peritos cuando los hubiera.

4-  Aclarar, ampliar o reformar su petición o escrito de defensa inicial.

5-  Formular conclusiones de hecho y de derecho en cuanto a la prueba y resultados de la comparecencia. Lo anterior deberá hacerse verbalmente y bajo la sanción de caducidad del derecho para hacerlo si se omite en la comparecencia.

10.—La sede del Órgano Director donde las partes podrán consultar el expediente y presentar su defensa, recusaciones e impugnaciones, será la normal del Departamento de Asuntos Disciplinarios, sito en el Edificio Rofas, frente a la entrada de Emergencias del Hospital San Juan de Dios, 4° piso, San José.

11.—Conforme lo estipulan los artículos 245 de la Ley General de la Administración Pública y 18 j) de la Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública, se hace saber que contra esta Resolución proceden los recursos ordinarios, los cuales deben formularse ante esta instancia dentro del término de veinticuatro (24) horas siguientes a la respectiva notificación. El primero será resuelto por este órgano y el segundo por el Órgano Decisor. Notifíquese.

Departamento de Asuntos Disciplinarios.—Lic. Rosa María Rojas Gamboa, Órgano Director.—1 vez.—O. C. Nº 14542.—Solicitud Nº 43761.—C-34420.—(IN2012084476).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Resolución acoge cancelación

Ref: 30/2012/8085.—Alfredo Álvarez Quirós, cédula de identidad Nº 6-261-774, en calidad de representante legal de Compañía Enlatadora Nacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-4167.—Documento: Cancelación por falta de uso (Solicita Rubi Importing An Exp).—Número y fecha: Anotación/2-73113 de 10/06/2011.—Expediente: 2001-0009179 Registro Nº 133916 Fiesta y Mar en clase 29 marca mixto.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 15:17:21 del 27 de febrero del 2012. Conoce este Registro las solicitudes de cancelación por no uso, interpuestas por la Lic. Giselle Reuben Hatounian como apoderada de la empresa Rubi Importing And Exporting Sociedad Anónima, contra los registros 133916 marca Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF, 133918 marca Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF y 133897 Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF todos en clase 29 de la nomenclatura internacional para proteger y distinguir “Atún”, y cuya propiedad es de la empresa Compañía Enlatadora Nacional Sociedad Anónima.

Resultando:

I.—Que por memorial recibido el 10 de junio del 2011, la Lic. Giselle Reuben Hatounian como apoderada de la empresa Rubi Importing And Exporting Sociedad Anónima, presenta solicitud de cancelación por falta de uso contra los siguientes registros: registros 133916 marca Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF, 133918 marca Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF y 133897 Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF todos en clase 29 de la nomenclatura internacional para proteger y distinguir “Atún”, y cuya propiedad es de la empresa Compañía Enlatadora Nacional Sociedad Anónima.

II.—Que mediante resoluciones de fecha 22 de junio del 2011, el Registro de Propiedad Industrial procede a prevenir al solicitante de las cancelaciones que señale lugar o medio para notificar al titular del distintivo marcario, copias de la solicitud de cancelación y certificar notarialmente las copias aportadas como prueba. Dichas resoluciones fueron debidamente notificadas el 28 de junio del 2011.

III.—Que por memoriales de fecha 12 de julio del 2011, la Lic. Giselle Reuben contesta las prevenciones realizadas por el Registro de Propiedad Industrial.

IV.—Que por resoluciones de fecha 19 de julio del 2011, el Registro de Propiedad Industrial procede a dar traslado al titular del distintivo marcario a efecto de que se pronuncie respecto de las solicitudes de cancelación presentadas.

III.—Que por resoluciones de fecha 4 de octubre del 2011, ante la imposibilidad material de notificar debidamente a la empresa Compañía Enlatadora Nacional S. A., se previene al solicitante de las cancelaciones para que publique la resolución de traslado de fecha 19 de julio del 2011, en el Diario Oficial La Gaceta. Dichas resoluciones fueron debidamente notificadas el 4 de octubre del 2011.

IV.—Que por memorial de fecha 29 de noviembre del 2011, el solicitante de las cancelaciones aporta copia de las publicaciones del traslado de las cancelaciones por no uso en el Diario Oficial La Gaceta Nos. 207, 208 y 209 de fecha 28, 31 de octubre y 1º de noviembre del 2011 respectivamente.

V.—Que por resolución de las 11:03:26 horas del 27 de febrero del 2012, el Registro de Propiedad Industrial ordena la acumulación de los expedientes Nos. 2001-9181, 2001-9179 y 2001-9178 para que los mismos sean resueltos conjuntamente.

VI.—Que no consta en el expediente contestación del traslado de la cancelación por no uso.

VII.—En el procedimiento no se notan defectos ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.

Considerando:

I.—Sobre los hechos probados.

-     Que en este Registro de la Propiedad Industrial se encuentra inscrita la marca:

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       Registro Nº 133916, inscrita el 27 de junio del 2002, en clase 29 internacional, para proteger y distinguir: “Atún”, propiedad de la empresa Compañía Enlatadora Nacional S. A.

-     Que en este Registro de la Propiedad Industrial se encuentra inscrita la marca

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       Registro Nº 133918, inscrita el 27 de junio del 2002, en clase 29 internacional, para proteger y distinguir: “Atún”, propiedad de la empresa Compañía Enlatadora Nacional S. A.

-     Que en este Registro de la Propiedad Industrial se encuentra inscrita la marca

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       Registro Nº 133897, inscrita el 27 de junio del 2002, en clase 29 internacional, para proteger y distinguir: “Atún”, propiedad de la empresa Compañía Enlatadora Nacional S. A.

II.—Sobre los hechos no probados. Ninguno relevante para la resolución del presente asunto.

III.—Legitimación para actuar. Analizadas las copias certificadas del poder especial aportado en el expediente en su escrito de solicitud de la presente cancelación por falta de uso se tiene por debidamente acreditada la facultad para actuar en este proceso de la Lic. Guiselle Reuben Hatounian como apoderado especial de la empresa Rubi Importing And Exporting Sociedad Anónima.

IV.—Sobre los elementos de prueba. Este Registro ha tenido a la vista para resolver las presentes diligencias lo manifestado por la parte promovente en sus escritos de solicitud de cancelación por falta de uso, además se adjunta Acta Notarial y solicitud dirigida al Ministerio de Salud para que certifique solicitud de registro de salud de dichas marcas.

V.—En cuanto al procedimiento de cancelación. El Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, establece que una vez admitida a trámite la solicitud de cancelación por no uso, se dará audiencia al titular del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a partir del día siguiente a la notificación de la resolución mediante la cual se le da traslado de la solicitud de cancelación de marca; lo anterior, de conformidad con el artículo 49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento en cita. Analizado el expediente, se observa que la resolución mediante la cual se dio efectivo traslado de las diligencias de cancelación promovidas por Giselle Reuben Hatounian en su condición de apoderada especial de Rubi Importing And Exporting Sociedad Anónima, se notificó al titular mediante edicto debidamente publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nos. 207, 208 y 209, del 28, 31 de octubre y 1º de noviembre del 2011, sin embargo a la fecha, el titular del distintivo marcario no contestó los traslados realizados.

VI.—Sobre el fondo del asunto. Analizado el expediente y tomando en cuenta lo anterior, se procede a resolver el fondo del asunto: Para la resolución de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto Nº 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre del dos mil siete, que señala respecto a los artículos 42 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos lo siguiente: “(…) este Tribunal por mayoría, concluye que la carga de la prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca. Solucionado lo anterior, entramos a otra interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso de una marca? La normativa costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado artículo 42, que cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente, mientras que compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir desde la comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado de los productos o servicios mediante los canales de distribución, estudios de mercadeo, facturas, en fin todo aquello que solo el titular del derecho sabe cómo y cuándo se han realizado”.

En virtud de esto, en el caso de las cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este caso a la empresa Compañía Enlatadora Nacional S. A., que por cualquier medio de prueba debe de demostrar la utilización de los registros 133916 marca Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF, 133918 marca Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF y 133897 Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

Ahora bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso, analizadas las actuaciones que constan en el expediente, se tiene por cierto que la sociedad Rubi Importing And Exporting S. A., demuestra tener legitimación y un interés directo para solicitar las cancelaciones por falta de uso, ya que existen solicitudes de inscripción promovidas por el solicitante en suspenso en virtud de las solicitudes de cancelación interpuestas.

En cuanto al uso, es importante resaltar que el artículo 40 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos señala:

       “Se entiende que una marca registrada se encuentra en uso cuando los productos o servicios que distingue han sido puestos en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que normalmente corresponde, tomando en cuenta la dimensión del mercado, la naturaleza de los productos o servicios de que se trate y las modalidades bajo las cuales se comercializan. También constituye uso de la marca su empleo en relación con productos destinados a la exportación a partir del territorio nacional o con servicios brindados en el extranjero desde el territorio nacional.

       Una marca registrada deberá usarse en el comercio tal como aparece en el registro; sin embargo, el uso de la marca de manera diferente de la forma en que aparece registrada solo en cuanto a detalles o elementos que no son esenciales y no alteran la identidad de la marca, no será motivo para cancelar el registro ni disminuirá la protección que él confiere.

       El uso de una marca por parte de un licenciatario u otra persona autorizada para ello será considerado como efectuado por el titular del registro, para todos los efectos relativos al uso de la marca”.

Es decir, el uso de la marca debe de ser real, la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos a los que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado, además deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, si por causas que no son imputables al titular marcario ésta no puede usarse de la forma establecida no se procederá a la cancelación del registro respectivo.

Visto el expediente se comprueba que el titular de los registros 133916 marca Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF, 133918 marca Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF y 133897 Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF al no contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que indicara a este Registro el uso real y efectivo en el mercado costarricense de su marca, tales como, pero no limitados a, facturas comerciales, documentos contables o certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos por los artículos 39 y 40 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos. En razón de lo anterior, dicho titular en su momento oportuno pudo haber aportado la prueba correspondiente para demostrar que cumple con los requisitos que exige este ordenamiento para que su marca no sea cancelada, siendo el requisito subjetivo: que la marca es usada por su titular o persona autorizada para dicho efecto; el requisito temporal: el uso real durante cinco años, y el requisito material: que este uso sea real y efectivo.

Siendo la figura de la cancelación un instrumento que tiene el Registro de Propiedad Industrial que brinda una solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real, efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas aproximando de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) se procede a cancelar por no uso los registros 133916 marca Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF, 133918 marca Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF y 133897 Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDFpropiedad de Compañía Enlatadora Nacional S. A.

IX.—Sobre lo que debe ser resuelto. Analizados los autos del presente expediente, queda demostrado que el titular de los registros 133916 marca Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF, 133918 marca Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF y 133897 Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF Compañía Enlatadora Nacional S. A., al no contestar el traslado otorgado por ley no comprobó el uso real y efectivo de sus marcas, por lo que para efectos de este Registro y de la resolución del presente expediente, se tiene por acreditado el no uso de la mismas, procediendo su correspondiente cancelación. Por tanto,

Con base en las razones expuestas y citas de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos Nº 7978 y de su Reglamento, 1) Se declara con lugar las solicitudes de cancelación por falta de uso, interpuesta por la Lic. Giselle Reuben Hatounian como apoderada de la empresa Rubi Importing And Exporting Sociedad Anónima, contra los registros 133916 marca Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF, 133918 marca Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF y 133897 Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF todos en clase 29 de la nomenclatura internacional para proteger y distinguir “Atún”, y cuya propiedad es de la empresa Compañía Enlatadora Nacional Sociedad Anónima. Se ordena la publicación íntegra de la presente resolución por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta, de conformidad con lo establecido en los artículos 241 siguientes y concordantes y 334 todos de la Ley General de Administración Pública; así como el artículo 86 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y el 49 de su Reglamento, a costa del interesado. Comuníquese esta resolución a los interesados, a efecto de que promuevan los recursos que consideren oportunos, sea el de revocatoria y/o apelación, en el plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles, respectivamente, contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante esta Autoridad Administrativa, quien en el caso de interponerse apelación, si está en tiempo, la admitirá y remitirá al Tribunal Registral Administrativo, conforme lo dispone el artículo 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, Nº 8039. Notifíquese.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—RP2012317409.—(IN2012083488).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se hace saber a Mardilia Rodríguez Baldi, en su condición de presidenta con facultades de apoderada generalísima de la sociedad Baldi Operadora de Turismo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-143788; que en virtud de proceso de diligencias administrativas planteadas por el señor Dowglas Dayan Murillo Murillo, en su condición de apoderado especial administrativo de la sociedad Baldi Operadora de Turismo S. A., cédula de persona jurídica 3-101-142015, se le confiere audiencia por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que dentro del plazo indicado, presente los alegatos que a los derechos le convenga. Se le previene que en el acto de notificarle la presente resolución o dentro del tercer día, deberá señalar lugar o medio para atender notificaciones de este despacho, dentro del perímetro de la ciudad de San José, así como medio o lugar para atender notificaciones ante el Tribunal Registral Administrativo, dentro de su perímetro en Montelimar, Goicoechea, bajo el apercibimiento de que si no lo hace, las resoluciones que se dicten se le tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilita la notificación por causas ajenas a este Despacho, o bien, si el lugar señalado no existe, permanece cerrado, si la dirección es imprecisa, incierta o inexistente. Todo lo anterior, de conformidad con los artículos 92 y siguientes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, del 18 de marzo de 1998 y sus reformas, con los artículos 25 y 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual número 8039 del 27 de octubre del 2000 y los artículos 2 y 19 del Reglamento Operativo del Tribunal Registral Administrativo, que es Decreto N° 35456-J de 31 de agosto de 2009. (Ref. Exp. RPJ-015-2012).—Curridabat, 8 de mayo de 2012.—Departamento de Asesoría Jurídica.—Lic. Kattia Vanessa Vega Ramírez.—O. C. Nº 12-002.—Solicitud Nº 36530.—C-95900.—(IN2012083753).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS

DEL PACÍFICO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El suscrito Juan Ariel Madrigal Porras, Máster en Administración de Empresas, en mi condición de Proveedor General del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlo en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación al señor Edgardo Garro Cervantes, mayor casado una vez, Arquitecto, cédula de identidad número 1-843-313, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública, para iniciar el proceso administrativo sancionatorio ante posible sanción de apercibimiento o inhabilitación para contratar con la Administración Pública, con base en el contrato ejecutado por el señor Garro Cervantes en la Licitación Abreviada 2009LA-000011-01 por construcción y reparación de las oficinas administrativas del Muelle de Quepos. La institución le concede 15 días hábiles a partir de la última de 3 publicaciones de este edicto para que se presente a contestar este auto de inicio, caso contrario, el INCOP procederá conforme la normativa vigente en cuanto a este tipo de procedimiento.—Proveeduría.—Mba. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—O. C. Nº 26200.—Solicitud Nº 23103.—C-44280.—(IN2012083751).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN

Por ignorarse el domicilio actual del Patrono Diralis G M B H & Co. KG S. A., número patronal 2-03101491128-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, se procede a notificar por medio de edicto que la Subárea de Servicios Financieros del Área de Aseguramiento y Fiscalización de Servicios conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes hace de su conocimiento que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se determinó presunto incumplimiento patronal por haber omitido asegurar, ante la Caja a 5 trabajadores en el período de junio del 2008. El detalle de periodos y salarios omitidos consta en las hojas de trabajo que rolan en el expediente administrativo total de salarios: ¢712.000,00, total de cuotas ¢156.640,00, Banco Popular Obrero ¢7.120,00, Fondo Capitalización Laboral ¢21.360,00, Fondo Pensión Complementaria ¢3.560,00, Aporte Patronal Banco Popular ¢1.780,00 e Instituto Nacional de Seguros ¢7.120,00. Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del sexto día de su publicación, para ofrecer las pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José, de no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de la resolución. Si lo señalado fuese un medio, no aplica la restricción relativa al perímetro administrativo de la Caja. Consulta expediente: en esta oficina situada en el segundo piso de edificio Da Vinci, avenida 4a, calle 7 teléfono 2522-3030, fax 2258-5770, se encuentran a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Notifíquese.—San José, 30 de julio del 2012.—Subárea de Servicios Financieros, del Área de Aseguramiento y Fiscalización de Servicios, Lic. Mayela Azofeifa Castro Jefa.—1 vez.—RP2012317507.—(IN2012083830).

Por ignorarse el domicilio actual del Patrono RJYB S. A., número patronal 2-03101038584-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Servicios Financieros del Área de Aseguramiento y Fiscalización de Servicios conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, hace de su conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se determinó presunto incumplimiento patronal por haber omitido asegurar, ante la Caja a 2 trabajadores en el período del 2 al 31 de enero del 2008. El detalle de periodos y salarios omitidos consta en las hojas de trabajo que rolan en el expediente administrativo total de salarios: ¢330.000,00, Total de Cuotas ¢72.602,00, Banco Popular Obrero ¢3.300,00, Fondo Capitalización Laboral ¢9.900,00, Fondo Pensión Complementaria ¢1.650,00, Aporte Patronal Banco Popular ¢826,00 e Instituto Nacional de Seguros ¢3.300,00. Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del sexto día de su publicación, para ofrecer las pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José, de no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de la resolución. Si lo señalado fuese un medio, no aplica la restricción relativa al perímetro administrativo de la Caja. Consulta expediente: en esta oficina situada en el segundo piso de edificio Da Vinci, avenida 4a, calle 7 teléfono 2522-3030, fax 2258-5770, se encuentran a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Notifíquese.—San José, 13 de agosto del 2012.—Subárea de Servicios Financieros, del Área de Aseguramiento y Fiscalización de Servicios.—Lic. Mayela Azofeifa Castro, Jefa.—1 vez.—RP2012317510.—(IN2012083831).

Por ignorarse el domicilio actual del Patrono United National Grupe of Friends Ungf Ltda., número patronal 2-03102447649-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, se procede a notificar por medio de edicto que la Subárea de Servicios Financieros del Área de Aseguramiento y Fiscalización de Servicios conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, hace de su conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se determinó presunto incumplimiento patronal por haber omitido asegurar, ante la Caja a 1 trabajador en el período de junio del 2008. El detalle de periodos y salarios omitidos consta en las hojas de trabajo que rolan en el expediente administrativo total de salarios: ¢225.000,00, total de cuotas ¢49.501,00, Banco Popular Obrero ¢2.250,00, Fondo Capitalización Laboral ¢6.750,00, Fondo Pensión Complementaria ¢1.125,00, Aporte Patronal Banco Popular ¢563,00 e Instituto Nacional de Seguros ¢2.250,00. Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del sexto día de su publicación, para ofrecer las pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José, de no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de la resolución. Si lo señalado fuese un medio, no aplica la restricción relativa al perímetro administrativo de la Caja. Consulta expediente: en esta oficina situada en el segundo piso de edificio Da Vinci, avenida 4a, calle 7 teléfono 2522-3030, fax 2258-5770, se encuentran a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Notifíquese.—San José, 30 de julio del 2012.—Subárea de Servicios Financieros del Área de Aseguramiento y Fiscalización de Servicios.—Lic. Mayela Azofeifa Castro, Jefa.—1 vez.—RP2012317512.—(IN2012083832).

FE DE ERRATAS

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

En el Diario Oficial La Gaceta N° 135, del 12 de julio del 2012, se publicó el Acuerdo N° 023-2012 MGP., donde en el artículo tercero y cuarto, debe leerse correctamente como sigue no como se publicó:

ACUERDO N° 023-2010 MGP

Artículo 3º—Se autoriza la participación de la señora María Eugenia Barquero Paniagua a dicha actividad, saliendo del país el 11 de octubre y regresando el domingo 21 de octubre del año en curso. Durante su estancia en el evento devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 11 al 21 de octubre del 2012.

Todo lo demás queda igual.

San José a las diez horas del siete de agosto del dos mil doce.

Marcela Chacón Castro, Ministra a. í. de Gobernación y Policía.—1 vez.—O. C. Nº 14564.—Solicitud Nº 5432.—C-8200.—(IN2012084076).

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