COLEGIO DE MÉDICOS VETERINARIOS
Asamblea general
Agenda sesión ordinaria 48-2010
Viernes 22 de enero del 2010
Hotel Crowne Plaza Corobicí
Primera
convocatoria 6:30 p. m. (mitad más uno de los colegiados activos), segunda
convocatoria 7:00 p. m. (miembros presentes).
1. Comprobación del quórum.
2. Himno Nacional.
3. Lectura y aprobación del orden
del día.
4. Lectura y aprobación del acta anterior
de sesión ordinaria de asamblea general (*).
5. Lectura y aprobación de los
informes (*).
5.1 Informe de la Presidencia.
5.2 Informe de la Dirección Ejecutiva.
5.3 Informe de Fiscalía
Ejecutiva.
5.4 Informe de Tesorería.
5.4.1 Análisis y liquidación del presupuesto
diciembre 2008-noviembre 2009.
5.4.2 Análisis y aprobación de
presupuesto febrero 2010-enero 2011.
6. Informe de Auditoría febrero 2008-enero 2009
(*).
7. Carta de Gerencia por
Auditoría cierre contable al 30 de noviembre 2009 (*)
8. Ratificación del Resultado
Elecciones 15 de enero de 2010
9. Juramentación de los nuevos
miembros de la Junta
Directiva.
10. Nombramientos y
juramentación de cargos de Asamblea General.
11. Asuntos Varios.
NOTA: Al terminar la sesión de asamblea general, se
efectuará una cena bailable.
(*) Disponibles
en la página Web www.veterinarios.or.cr.
Tres Ríos, 4 de
enero del 2010.—Junta Directiva.—Dr. José Alberto Lara
Zapata, Presidente.—1 vez.—(IN2010000641).
CONDOMINIO
PLAZA REAL CARIARI
De conformidad con
el artículo 26 de la
Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio y del Reglamento Interno,
se convoca a todos los propietarios e inquilinos a la asamblea general
ordinaria de Propietarios del Condominio Plaza Real Cariari en los Multicines
Cariari, tercer nivel del Centro Comercial Real Cariari, a las 9 horas del día
28 de enero del 2010 en primer convocatoria y a las 10 horas de ese mismo día,
en segunda convocatoria en caso de no haber el quórum de ley en la primera.
Los temas a tratar en dicha Asamblea
serán los siguientes:
1. Informe de la Administración
y de las cuentas de Administración del período 2008-2009.
2. Conocimiento y aprobación del
presupuesto para el año 2009-2010 (hasta enero del 2011) y los medios de
aportar los fondos necesarios para cubrirlo. Este documento está a disposición
de los asambleístas con 15 días de antelación a la asamblea en las oficinas de
la administradora.
3. Elección de directores del
cuerpo administrador a quienes se les vence el período.
4. Asuntos de la administración.
En caso de que el
propietario sea una persona jurídica o bien el propietario persona física, no
pueda asistir y quiere verse representado en la Asamblea, deberá otorgar
un poder especial o carta poder, debidamente autenticada por un Abogado y la
personería de quien da el poder.
Los inquilinos interesados pueden
asistir a la asamblea, con voz pero sin voto y deberá llevar una carta
debidamente autenticada del propietario en que se indique quien es el
inquilino, con las personerías respectivas.
Únicamente podrá asistir una
persona por finca filial, por lo que por razones de orden y contabilización de
votos, las personas que no cumplan con lo indicado, no podrán estar presentes
en la asamblea.—Heredia, 4 de enero del 2010.—Junta
Administrativa.—Rafael Gutiérrez Badilla, Presidente.—1 vez.—(IN2010000642).
CENTRO
MÉDICO PRIVADO SAN JOSÉ S. A
El presidente del
Centro Médico Privado San José S. A., convoca a todos los socios a la asamblea
general extraordinaria que se llevará a cabo en el domicilio de la sociedad,
cuarto piso del edificio Burstin, el día lunes 25 de enero del 2010. Primera
convocatoria a las 14:30 horas, segunda convocatoria a las 15:30 horas. Agenda:
1) Conocer y aprobar el reglamento de rótulos y la forma de autorizar la
colocación de los mismos en el edificio. 2) Nombramiento de vocal en
sustitución de Dr. Max Terán Torrents, el cual falleció. Se recuerda a los
propietarios que en caso de no poder asistir a esta asamblea pueden otorgar un
poder especial a otra persona que lo autorice como tal.—San José, 16 de
diciembre del 2009.—Víctor Álvarez Porras, Presidente.—1
vez.—RP2010148315.—(IN2010001033).
CÁMARA DE
COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Y DE REPRESENTANTES DE CASAS EXTRANJERAS
La Junta Directiva de
la
Asociación Cámara de Comercio Exterior de Costa Rica y de
Representantes de Casas Extranjeras, en cumplimiento de lo dispuesto en los
estatutos, convoca a las personas y empresas asociadas a la cámara, a la
asamblea general ordinaria que se celebrará en nuestra sede, ubicada en Zapote,
del Archivo Nacional, 25 metros al este y 25 metros al sur, edificio CRECEX, el
jueves 28 de enero del 2010 a las 18:30 horas en primera convocatoria y en caso
de no haber quórum a la hora indicada, en segunda convocatoria a las 19:00
horas, sesión que se llevará a cabo con los miembros presentes.
La agenda fijada para esta
asamblea es la siguiente:
1. Lectura del acta de la Asamblea General
Anterior.
2. Informe de la Presidencia.
3. Informe de la Tesorería.
4. Informe de la Fiscalía.
5. Correspondencia que deba conocer
la asamblea.
6. Elección de los miembros de la
junta directiva y fiscal para el período 2010-2011.
7. Aprobación del acta de la
asamblea.
Se recuerda a
todas las personas y empresas asociadas a la Cámara, que para participar en esta asamblea, deben
estar al día en el pago de sus cuotas y cumplir los requisitos establecidos en
los Estatutos de la
Cámara, los cuales se encuentran a disposición de todos los
interesados en nuestra página web www.crecex.com, o bien en nuestras
instalaciones.—Helga Céspedes Vargas, Secretaria.—1
vez.—(IN2010001061).
FUNDACIÓN
YUNIS PARA EL MEJORAMIENTO
DE LA
EDUCACIÓN
Se convoca a los
miembros fundadores de la Fundación Yunis para el mejoramiento de la
educación a asamblea general ordinaria que se celebrará en su domicilio el día
veintiuno de enero del dos mil diez a las diez de la mañana. De no haber quórum
se pasará la reunión para las diez y treinta horas y se efectuará con cualquier
número de miembros presentes. Orden del día: 1. Conocer y aprobar el informe
financiero anual que será presentado a la Contraloría. 2
Varios. Convocatoria hecha por Carlos Alberto Alvarado Yunis, cédula
7-0040-0503.—Carlos Alberto Alvarado Yunis.—1
vez.—(IN2010001111).
FUNDACIÓN
YUNIS PARA EL MEJORAMIENTO
DE LA
EDUCACIÓN
Se convoca a los
miembros de la
Junta Administrativa de la Fundación Yunis
para el mejoramiento de la
Educación, a sesión Ordinaria el día 19 de enero del 2010 en
su sede, sita en calle segunda entre avenidas central y segunda de la ciudad de
San José, a las nueve de la mañana. De no haber quórum se pasará la reunión
para las diez de la mañana y se efectuará con cualquier número de miembros
presentes. Orden del día: 1. Conocer y aprobar el Informe financiero anual que
se presentará ante los socios fundadores y ante la Contraloría General
de la República.
2. Varios. Convocatoria hecha por José Rafael Ruiz Monge, cédula 8-0055-0446.—José Rafael Ruiz Monge.—1 vez.—(IN2010001113).
FUNDACIÓN
YUNIS PARA EL MEJORAMIENTO
DE LA
EDUCACIÓN
Se convoca a los
miembros de la
Junta Administrativa de la Fundación Yunis
para el Mejoramiento de la
Educación, a sesión ordinaria el día 23 de enero del 2010 en
su sede, a las dos de la tarde para elegir la nueva directiva. De no haber
quórum se pasará la reunión para las tres de la tarde y se efectuará con
cualquier número de miembros presentes. Convocatoria hecha por José Rafael Ruiz
Monge, cédula 8-0055-0446.—José Rafael Ruiz Monge.—1
vez.—(IN2010001116).
CORPORACIÓN
INMOBILIARIA DEL ESTE
TETERCR SOCIEDAD ANÓNIMA
El suscrito,
Óscar Luis Chaves Bolaños, liquidador de la compañía Corporación Inmobiliaria
del Este TETERCR Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-doscientos noventa y ocho mil-novecientos treinta y seis,
convoca a asamblea general de accionistas, donde se presentará el informe final
de la liquidación de dicha sociedad para su aprobación y cumplir con lo
establecido en el artículo 216, inciso d) del Código de Comercio, a celebrarse
el próximo cinco de febrero de dos mil diez al ser las nueve horas, en las oficinas
centrales de la sociedad.—San José, 07 de enero de 2010.—Óscar Luis Chaves
Bolaños, Liquidador.—1 vez.—(2010001246).
ASESORES
PARA TRANSFONDOS Y REMESAS
El suscrito,
Óscar Luis Chaves Bolaños, liquidador de la compañía Asesores para Transfondos
y Remesas, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos
veintisiete mil novecientos cuarenta y dos, convoca a asamblea general de
accionistas, donde se presentará el informe final de la liquidación de dicha
sociedad para su aprobación y cumplir con lo establecido en el artículo 216,
inciso d) del Código de Comercio, a celebrarse el próximo once de febrero de
dos mil diez, al ser las trece horas, en las oficinas centrales de la
sociedad.—San José, 7 de enero de 2010.—Óscar Luis Chaves Bolaños, Liquidador.—1
vez.—(IN2010001248).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
BLUE TRAILZ
Ante mí, Luis
Eduardo Solano Rojas, notario público de Guanacaste la señora Marjan Willems,
cédula de residencia 105600002731 apoderada generalísima de Presión Baja S. A.,
cédula jurídica 3-101-280215 ha vendido el establecimiento mercantil denominado
Blue Trailz, cuya actividad es el comercio de ropa de playa y alquiler de
medios para actividades deportivas extremas ubicado en Tamarindo, Guanacaste,
local frente a Pizza Hut, a favor de Steve Flek, pasaporte canadiense WH
178064, en razón de lo anterior se convoca a todos los interesados a
presentarse en dicho local dentro del término de 15 días a partir de la primera
publicación con el fin de hacer valer sus derechos.—24 de noviembre del
2009.—Lic. Luis Eduardo Solano Rojas, Notario.—(IN2009109641).
Castro Valverde María
del Rocío, cédula 1-540-291, solicita ante la Dirección General
de Tributación la reposición de los siguientes libros (Registro de Compras
Número 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el
Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración
Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días
hábiles a partir de la publicación de este edicto.—María
del Rocío Castro Valverde.—(IN2009109771).
AGROPECUARIA
POTOSI AB S. A.
Agropecuaria
Potosi AB S. A., cédula jurídica Nº 3-101-295769 solicita a la Dirección General
de Tributación, la reposición de sus Libros, todos números 1: Mayor, Diario,
Inventarios y Balances, Actas Consejo de Administración, Actas Asamblea de
Socios, Registro de Socios. Quien se considere afectado favor manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración
Tributaria de San José, dentro del término de ocho días
hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Leonel Sanabria Varela,
Notario.—(IN2009110099).
CENTRO
VACACIONAL BANCOSTA S. A.
Hace constar que
revisado el libro de accionistas, aparece como socio, Carlos Quesada Mora,
cédula 1-401-526, con la acción 975, la que se reporta como extraviada, por lo
que solicita su reposición.—San José, 11 de diciembre del 2009.—Álvaro
Chavarría Ávila.—(IN2009110110).
PUBLICACIÓN DE segunda
VEZ
TRANSACCIONES ANGULO SOCIEDAD ANÓNIMA
Transacciones
Angulo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-334320, solicita ante la Dirección General
de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Diario, Mayor,
Inventarios y Balances, Actas Consejo de Administración, Actas Asamblea de
Socios y Registro de Socios, todos número 1). Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del
término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Óscar Angulo Viveros.—(IN2009110185).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del diez de diciembre
del año dos mil nueve se reformó la cláusula quinta, y se nombró junta
directiva de la sociedad anónima denominada Eduk Internacional Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-136344. Es todo.—San
José, diez de julio del dos mil nueve.—Lic. Sandra Cerdas Mora, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146326.—(IN2009109916).
Por escritura otorgada
a las 9:00 horas del 9 de diciembre del 2009, se protocoliza acta número
cuarenta de la sociedad denominada Banroque S. A.—Naranjo,
10 de diciembre del 2009.—Lic. Mario Enrique Acuña Jara, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146327.—(IN2009109917).
Ante mí, licenciado
Andrés Vargas Valverde, notario público se constituye sociedad Frutas de
Cariari Sociedad Anónima. Escritura número cuarenta y ocho, otorgada en San
José, a las once horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil
nueve.—San José, veinte de noviembre del dos mil
nueve.—Lic. Andrés Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—Nº
RP2009146331.—(IN2009109918).
Ante mí, licenciado
Andrés Vargas Valverde, notario público se constituye sociedad Hojas de
Trébol Sociedad Anónima. Escritura número cuarenta y seis, otorgada en San
José, a las nueve horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil
nueve.—San José, veinte de noviembre del dos mil
nueve.—Lic. Andrés Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—Nº
RP2009146332.—(IN2009109919).
Ante mí, licenciado
Andrés Vargas Valverde, notario público se constituye sociedad Hojas del
Caribe Sociedad Anónima. Escritura número cuarenta y siete, otorgada en San
José, a las diez horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil
nueve.—San José, veinte de noviembre del dos mil
nueve.—Lic. Andrés Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—Nº
RP2009146333.—(IN2009109920).
Ante esta notaría a
las diciocho horas del cinco de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la
sociedad de esta plaza denominada: Carmarab. O. A Sociedad Anónima,
pudiéndose abreviar Carmarab. O. A S. A., cuya presidenta es Marina de
Jesús Almanzor Vílchez, mayor de edad, soltera, comerciante, portadora de
cédula de identidad cinco ciento cincuenta y cuatro setecientos veintiuno, con
facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Liberia, costado sur
de la comandancia de plaza, domiciliada en La Cruz, Guanacaste, de bar De Plata treinta y cinco
metros al norte, plazo social de noventa y nueve años a partir del cinco de
diciembre del dos mil nueve, con un capital social es de diez mil colones,
representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una,
se paga con tres letras de cambio de igual suma la suscrita.—Liberia,
10 de diciembre del 2009.—Lic. José Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146334.—(IN2009109921).
Por escritura otorgada
en San José a las once horas del día nueve de diciembre del dos mil nueve, ante
la notaria Laura Avilés Ramírez, se reforma la cláusula sétima del pacto
constitutivo de la sociedad Inmobiliaria La J Dos SRL con cédula de persona jurídica
número tres-ciento dos-ciento ochenta y nueve mil seiscientos treinta y tres.
Es todo.—San José, nueve de diciembre del dos mil
nueve.—Lic. Laura Avilés Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº
RP2009146408.—(IN2009109922).
Por escritura número
ciento diecisiete, otorgada en esta notaría en la ciudad de Alajuela al ser las
diez horas del ocho de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad
nombre indicado por el Registro, el plazo social es de noventa y nueve años,
capital social de diez mil colones. Es todo.—Alajuela,
once de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Óscar Mario Pacheco Murillo Notario.—1 vez.—Nº RP2009146410.—(IN2009109923).
Ante mí, Olga Libia
Sandoval Ugalde, se constituyó la sociedad denominada Hanksugi Costa Rica
Sociedad Anónima. Presidente Pedro Moya Hernández.—Alajuela,
15 de diciembre del 2009.—Lic. Olga Libia Sandoval Ugalde, Notaria.—1 vez.—(IN2009110050).
Se constituye Corporación
Tío Sombre S. A., plazo social 99 años, presidente Harold Rodríguez Rojas,
para todo tipo de comercio, escritura otorgada en Palmares el día 15 de octubre
del 2009, domiciliada en Palmares.—Alajuela, 1º de
diciembre del 2009.—Lic. Alejandro Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2009110053).
Se constituye Vacipo
S. A., plazo social 99 años. Presidenta: María Lourdes Rodríguez Murillo,
para todo tipo de comercio, escritura otorgada en Alajuela el día 26 de
setiembre del 2009, domiciliada en San José, Notaría del Lic. Alejandro Fernández
Alvarado.—Alajuela, 1º de diciembre del 2009.—Lic.
Alejandro Fernández Alvarado, Notario.—1
vez.—(IN2009110054).
Se constituye Romo
R&M S. A., plazo social 99 años. Presidenta María Lorena Rodríguez
Moya, para todo tipo de comercio, escritura otorgada en Alajuela el día 17 de
enero del 2009, domiciliada en San José, Notaría del Lic. Alejandro Fernández
Alvarado. Alajuela, 1 de diciembre del 2009.—Lic.
Alejandro Fernández Alvarado, Notario.—1
vez.—(IN2009110055).
Se constituye Arg
Planet S. A. domiciliada en Palmares, Alajuela, presidente: Henry Alpízar
Méndez. Plazo social: 99 años, para todo tipo de actividad comercial pudiendo
otorgar poderes de toda clase. Notaría de
Alejandro Fernández Alvarado, Alajuela, Costa Rica.—Lic.
Alejandro Fernández Alvarado, Notario.—1
vez.—(IN2009110057).
Por escritura numero
veintiséis-dos, del día 4 de diciembre del 2009, ante el suscrito notario se
constituyó la sociedad: Desarrollos e Inversiones Hermanos H.C.H. S. A.,
con domicilio social en la ciudad de San José; con un plazo 99 años a partir de
hoy. Objeto: desarrollos y actividades inmobiliarias y comercio en general. Con
un capital social de diez mil colones exactos.—Heredia,
4 de diciembre del 2009.—Lic. Roger Arturo Trigueros García, Notario.—1 vez.—(IN2009110058).
Se constituye Natural
Arg S. A., domiciliada en Palmares, Alajuela, presidente: Henry Alpízar
Méndez, plazo social: 99 años, escritura otorgada el 28 de noviembre del 2009,
para todo tipo de actividad comercial pudiendo otorgar poderes de toda clase.
Notaría del Lic. Alejandro Fernández Alvarado, Alajuela-Costa Rica.—Lic. Alejandro Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2009110059).
Se constituye Eco
Systems Of The Planet.Com S. A., en español Eco Sistemas del Planeta S.
A., plazo social: 99 años, Presidente: Henry Alpízar Méndez Moya, para todo
tipo de comercio, escritura otorgada en Alajuela, el día 28 de noviembre del
2009, domiciliada en Palmares. Notaría del Lic. Alejandro Fernández Alvarado.—Alajuela, 1º de diciembre del 2009.—Lic. Alejandro
Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2009110060).
Por escritura número
veinticinco-dos, del día 4 de diciembre del 2009, ante el suscrito notario, se
constituyó la sociedad: Desarrollos Hermanos Chaves S. A., con domicilio
social en la ciudad de San José; con un plazo: 99 años a partir de hoy. Objeto:
Desarrollos y actividades inmobiliarias y comercio en general. Con un capital
social de diez mil colones exactos.—Heredia, 4 de
diciembre del 2009.—Lic. Róger Arturo Trigueros García, Notario.—1 vez.—(IN2009110062).
Se constituye Water
of Costa Rica S. A., en español Aguas de Costa Rica S. A., plazo
social 99 años. Presidente Luis Rodríguez Fernández, para todo tipo de
comercio, domiciliada en Palmares, Alajuela. Notaría del Lic. Alejandro
Fernández Alvarado.—Alajuela, 1 de diciembre del
2009.—Lic. Alejandro Fernández Alvarado, Notario.—1
vez.—(IN2009110063).
Por escritura número
veinticuatro-dos, del día 4 de diciembre del 2009, ante el suscrito notario, se
constituyó la sociedad: Inversiones Alcasa de Costa Rica S. A., con
domicilio social en la ciudad de San José, con un plazo: 99 años a partir de
hoy. Objeto: Desarrollos y actividades inmobiliarias y comercio en general. Con
un capital social de diez mil colones exactos.—Heredia,
4 de diciembre del 2009.—Lic. Róger Arturo Trigueros García, Notario.—1 vez.—(IN2009110064).
Por escritura otorgada
a las quince horas del día catorce de diciembre del dos mil nueve, Iria Herrera
Arguedas y Gostein Eduardo Sánchez Herrera constituyen la sociedad Inversiones
La Cueva de las
Llantas con domicilio en Alajuela, doscientos este del Club La Cueva de Leones. Presidenta:
Iria Herrera Arguedas. Capital social: un millón de colones. Plazo social:
noventa y nueve años. Objeto: venta de aros y llantas.—Alajuela,
diez horas del día quince de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Adriana Zamora
Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2009110092).
Mediante escritura
otorgada a las 12 horas del 7 de diciembre del 2009, se constituyó la sociedad
denominada Grupo Aimesa Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Grupo
Aimesa S. A., indicando que el anterior es un nombre de fantasía. Domicilio
social: San José, San Pedro, de la iglesia de Fátima en Los Yoses setenta y
cinco metros al este. Objeto: comercio y la industria en todas sus formas.—San José, 14 de diciembre del 2009.—Lic. Arturo Parra
Espinosa, Notario.—1 vez.—(IN2009110095).
Por escritura otorgada
a las 11:00 horas del 17 de junio del 2009 se constituye sociedad denominada Olju
Jara Sociedad Anónima.—Naranjo, 14 de diciembre
del 2009.—Lic. Guadalupe Montero Ugalde, Notaria.—1
vez.—(IN2009110096).
Por escritura otorgada
ante esta notaría a las nueve horas del día veintitrés de noviembre del dos mil
nueve, se nombró tesorero y se modificó cláusulas quinta y novena del pacto
constitutivo de la sociedad denominada Mini Excavación S. A.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1
vez.—(IN2009110102).
Por escritura otorgada
a las doce horas del quince de diciembre del dos mil nueve, se reforma el consejo
de administración los cargos de presidente y tesorero, de la sociedad Ladoleyen
Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos
cuarenta y dos mil doscientos dieciséis.—Alajuela,
quince de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Braulio Murillo Segura, Notario.—1 vez.—(IN2009110103).
Por escritura otorgada
a las once horas del quince de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la
sociedad Frescos del Tejar Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones.
Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Alajuela, 15 de diciembre del 2009.—Lic. Braulio Murillo
Segura, Notario.—1 vez.—(IN2009110104).
Por escritura 144
otorgada en esta notaría, a las 14:00 horas del 01 de diciembre del 2009, la
sociedad Mensajería Multimedia MMS S. A., cambió su cláusula de
administración y nombró nueva junta directiva.—Lic.
German José Víquez Zamora, Notario.—1
vez.—(IN2009110108).
Por escritura pública
otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria celebrada a las 9:00 horas del 10 de diciembre del 2009 de la
sociedad Inversiones Matarisván S. A. Se reforma la cláusula segunda y
se suprime la decimosétima.—San José, 15 de diciembre
del 2009.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1
vez.—(IN2009110123).
Por escritura pública
otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 15 de diciembre del 2009, se
constituyó la sociedad de responsabilidad limitada que se denominará de
conformidad con lo dispuesto por el artículo dos del decreto ejecutivo Nº
33171-J publicado en La
Gaceta Nº 114 del 14 de junio del 2006. Capital social:
18.000 colones. Plazo social: 99 años.—San José, 15 de
diciembre del 2009.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1
vez.—(IN2009110124).
Por escritura número
ciento sesenta y uno-seis, otorgada ante mi notaría, a las 13:00 horas del día
14 de diciembre del año en curso, se constituyó la sociedad anónima que se
denominará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto
Ejecutivo Nº 33171, publicado en La
Gaceta 114, del 14 de junio del 2006. Plazo: 99 años.
Capital social: 12.000 mil colones. Giro: el comercio en general, licitaciones
públicas, etc. Domicilio: Oficentro Torres del Campo, Torre Uno, piso Cuatro.—Lic. Juan Carlos Hernández Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2009110125).
Por escritura número
ciento sesenta y uno-seis, otorgada ante mi notaría, a las 13:30 horas del día
14 de diciembre del año en curso, se constituyó la sociedad anónima que se
denominará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo
Nº 33171, publicado en La
Gaceta 114, del 14 de junio del 2006. Plazo: 99 años.
Capital social: 12.000 mil cólones. Giro: el comercio en general, licitaciones
públicas, etc. Domicilio: Oficentro Torres del Campo, Torre Uno, piso Cuatro.—Lic. Juan Carlos Hernández Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2009110126).
Por escritura otorgada
ante esta notaría a las diez horas del quince de diciembre del dos mil nueve se
constituyó la sociedad Finca Los Sueños Owners Association S. A.,
estableciéndose fondo de reserva legal, junta directiva y capital social,
domiciliada en Grecia.—Grecia, 15 de diciembre del 2009.—Lic. Mayid Brenes
Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2009110127).
Mediante la escritura
245 otorgada ante la notaria Kathya Vargas Cubillo, se constituye la sociedad denominada
Gerencia Siglo Veintiuno Sociedad Anónima se nombra la junta
directiva.—Lic. Kathya María Vargas Cubillo, Notaria.—1 vez.—(IN2009110141).
Mediante la escritura
248 otorgada ante la notaria Kathya Vargas Cubillo, se constituye la sociedad
denominada Skyline Enterprises Sociedad Anónima se nombra
la junta directiva.—Lic. Kathya María Vargas Cubillo,
Notaria.—1 vez.—(IN2009110143).
Mediante la escritura
247 otorgada ante la notaria Kathya Vargas Cubillo, se constituye la sociedad
denominada Corporación Berroal Sociedad Anónima se nombra la
junta directiva.—Lic. Kathya María Vargas Cubillo,
Notaria.—1 vez.—(IN2009110144).
Mediante la escritura
246 otorgada ante la notaria Kathya Vargas Cubillo, se constituye la sociedad
denominada Regata & Associates Sociedad Anónima se nombra la
junta directiva.—Lic. Kathya María Vargas Cubillo,
Notaria.—1 vez.—(IN2009110145).
Mediante la escritura
244 otorgada ante la notaria Kathya Vargas Cubillo, se constituye la sociedad
denominada CR Listed Sociedad Anónima se nombra la junta
directiva.—Lic. Kathya María Vargas Cubillo, Notaria.—1 vez.—(IN2009110146).
Por escritura otorgada
a las once horas del día de hoy, se modificó el pacto constitutivo de la
sociedad Professional Outsourcing Services Ltda.—San
José, catorce de diciembre del año dos mil nueve.—Lic. Rolando Chacón Murillo,
Notario.—1 vez.—(IN2009110147).
Mediante escritura
otorgada en esta ciudad a las diecisiete horas del treinta de noviembre en
curso, se constituyó la sociedad denominada Constru-Gallo Solo Sociedad
Anónima. Domiciliada ciudad de San José. Presidente: Representante legal
con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Alajuela, 15 de diciembre del 2009.—Lic. María González
Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2009110174).
Mediante escritura
otorgada en esta ciudad a las nueve horas treinta minutos del cuatro de
diciembre en curso, se constituyó la sociedad denominada DFI Telecom
de Costa Rica Sociedad Anónima. Domicilio: la ciudad de Alajuela.
Presidente: Representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma.—Alajuela, 15 de diciembre del
2009.—Lic. María González Campos, Notaria.—1
vez.—(IN2009110176).
Ante esta notaría el
día de hoy mediante escritura número tres-ciento catorce de las dieciséis horas
cuarenta minutos, Evinia Lisette Chaves y Frederick Schosinsky Chaves,
constituyen Fredlise Sociedad Anónima. Capital social cien mil colones.—San José, catorce de diciembre del dos mil nueve.—Lic.
Ariel Ramírez Martínez, Notario.—1
vez.—(IN2009110178).
Por escritura autorizada
ante esta notaría, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del catorce de
diciembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Swissraft
Services International Sociedad Anónima. Domiciliada en la ciudad de San
José. Capital social suscrito y pagado. Representantes con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, el presidente, secretario y
tesorero de la junta directiva, señores Franck Karl Marcel Chéziére, Daniel
Lucien Robert Chéziére y Charlotte Chéziére, respectivamente.—San José, 14 de
diciembre del 2009.—Lic. Paúl Murillo Miranda, Notario.—1
vez.—(IN2009110181).
Protocolización de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento
uno-cinco cuatro cuatro siete siete cinco sociedad anónima,
cédula de persona jurídica Nº 3-101-544775, mediante la cual se reforman del
pacto social la cláusula decimonovena de la representación, la cláusula quinta
del capital social, se nombra nueva junta directiva. Escritura otorgada a las
dieciséis horas cincuenta minutos del diez de diciembre del 2009.—Lic. Bernardo Gómez Salgado, Notario.—1
vez.—RP2009146411.—(IN2009110239).
Protocolización de
acta de asamblea general de socios de la sociedad Fisioterapia Integral S.
A. Nombramiento de tesorera, secretaria, fiscal y agente residente. Se
modifica la cláusula tercera del pacto constitutivo.—San
José, nueve de diciembre de dos mil nueve.—Lic. Margarita Rojas Aguilar,
Notaria.—1 vez.—RP2009146413.—(IN2009110240).
Por escritura de las
18:00 horas de hoy, se constituye la sociedad Grupo Oister S M S. A. Se
designa presidente con facultades de apoderado generalísimo.—San
José, 10 de diciembre de 2009.—Lic. Gloria V. Vega Chávez, Notaria.—1 vez.—RP2009146416.—(IN2009110241).
Por escritura de las
18:00 horas de hoy, se constituye la sociedad Seguridad y Supervisión Jabes
S. A. Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, 10 de diciembre de 2009.—Lic. Gloria V. Vega
Chávez, Notaria.—1 vez.—RP2009146417.—(IN2009110242).
Por escritura otorgada
ante mi notaría de las 15:00 horas del 09 de diciembre del 2009, se constituyó
la entidad social con domicilio en Magallanes de Santiago de San Ramón de
Alajuela, denominada Corporación Skido S. A. Presidente apoderado
generalísimo sin límite sumario: James Edward Anderton. Capital social: veinte
mil colones.—San Ramón, 9 de diciembre del 2009.—Lic.
Roger Alexis Barboza Lépiz, Notario.—1
vez.—RP2009146418.—(IN2009110243).
En mi notaría, al ser las
diez horas treinta minutos del doce de setiembre del dos mil nueve, se
constituyó la sociedad denominada Xinjorge Sociedad Anónima. Domicilio:
Los Ángeles de Santo Domingo de Heredia, seiscientos metros al este y
doscientos cincuenta metros al sureste de la escuela Cristóbal Colón. Capital:
íntegramente pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—Nicoya, diez de
diciembre del dos mil nueve.—Lic. Luis Bernal Cárdenas Sequeira, Notario.—1 vez.—RP2009146419.—(IN2009110244).
Por escritura otorgada
en San José a las 11:00 horas del 3 de noviembre del 2009, se constituyó
sociedad anónima que tendrá como razón social el número de cédula jurídica.
Presidente: James Burton Berry.—Lic. Annette
Cambronero Valverde, Notaria.—1
vez.—RP2009146420.—(IN2009110245).
Hago constar que el
día nueve de diciembre del ario dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Siacca de Italia
DSM Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos
veintidós mil ochocientos treinta y siete, en virtud de la cual se reforma la
junta directiva de la sociedad antes mencionada, se nombra nuevo agente
residente.—San José, nueve de diciembre de dos mil
nueve.—Lic. Guiza Pinchanski Binderoski, Notaria.—1
vez.—RP2009146421.—(IN2009110246).
Por escritura otorgada
hoy ante mí, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Salina Cruz S. A. mediante los cuales se modifican las
cláusulas segunda y octava del pacto social y se designan secretario y tesorero.—Santa Ana, 1º de diciembre del 2009.—Lic. Jorge Goicoechea
Guardia, Notario.—1 vez.—RP2009146422.—(IN2009110247).
Por escritura otorgada
hoy ante mí, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Castro y de La
Torre S. A. mediante la cual se modifica la cláusula
quinta del pacto social.—Santa Ana, 10 de diciembre
del 2009.—Lic. Jorge Goicoechea Guardia, Notario.—1
vez.—RP2009146423.—(IN2009110248).
Se avisa que ante la
suscrita notaria Marelyn Jiménez Durán, se constituyen cinco sociedades de
responsabilidad limitada, cuya rayones sociales serán el número de cédula
jurídica que se les asigne a cada una, con capital un millón de colones,
corresponde a un gerente la representación judicial y extrajudicial de cada
sociedad con las facultades apoderado generalísimo sin límite de suma actuando
separadamente.—Liberia, 10 de diciembre del 2009.—Lic.
Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1
vez.—RP2009146426.—(IN2009110249).
Se avisa que ante la
suscrita notaria Marelyn Jiménez Durán, se constituye la sociedad Mimosa del
Trópico Sociedad de Responsabilidad Limitada, con capital un millón de
colones, corresponde a un gerente la representación judicial y extrajudicial de
la sociedad con las facultades apoderado generalísimo sin límite de suma
actuando separadamente.—Liberia, 10 de diciembre del
2009.—Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1
vez.—RP2009146427.—(IN2009110250).
Mediante escritura
otorgada en esta notaría, a las 9:00 horas del 9 de diciembre del 2009, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Gómez y
Loaiza S. A. Se modifican cláusulas 2 y 7, se nombran junta directiva y
fiscal.—Lic. Ligia Rodríguez Pacheco, Notaria.—1 vez.—RP2009146429.—(IN2009110251).
Janiclamar S. A.,
modifica domicilio. Protocolización que consta en la escritura número ciento
treinta, de las veinte horas del veinticinco de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2009146431.—(IN2009110252).
Por escritura pública
de las diez horas del nueve de diciembre del dos mil nueve, se protocolizó
asamblea general extraordinaria de Propiedades Pikachu Inc S. A. Se
modifican las cláusulas primera y quinta del pacto constitutivo, se modifican
los nombramientos del secretario y tesorero de la junta directiva y del fiscal.
Se elimina la figura del agente residente. Es todo.—San
José, dieciséis horas y cinco minutos del nueve de diciembre del dos mil
nueve.—Lic. Violeta Rojas Soza, Notaria.—1
vez.—RP2009146432.—(IN2009110253).
La suscrita notaria
pública hace constar que protocolicé el acta de asamblea general ordinaria de la Asociación
de Beneficencia Jaime Solera Bennett, mediante la cual se renovó el
nombramiento de los miembros de la junta directiva y fiscal.—San
José, once de diciembre de dos mil nueve.—Lic. Mariela Hernández Brenes,
Notaria.—1 vez.—RP2009146433.—(IN2009110254).
Ante esta notaría
comparecieron Gilberth Valverde Quesada, cédula número dos-quinientos ochenta y
siete-ciento ochenta y siete, y Emilce Valverde Quesada, cédula número
cinco-doscientos treinta-ochocientos treinta, para constituir la sociedad
denominada Siete Verdes Amaneceres F.V.G. Sociedad Anónima, por un plazo
de noventa y nueve años y con objeto de comercio.—Nicoya, diez de diciembre del
das mil nueve.—Lic. Iveth Orozco García, Notaria.—1
vez.—RP2009146435.—(IN2009110255).
Por escritura número
cien de las 12:00 horas del 09 de diciembre del 2009, visible al tomo
cuadragésimo sexto de mi protocolo, comparecieron los señores Brandon Anthony
Nappy y Daina Ann Woodman para constituir una sociedad, misma que se denominará
Miracle Man Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—San José, 11 de diciembre del año dos mil nueve.—Lic.
Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1
vez.—RP2009146436.—(IN2009110256).
Por escritura Nº 79 de
las 10:00 horas del 8 de diciembre del 2009, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de la empresa Inmobiliaria Los Jardines Sociedad
Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic.
Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1
vez.—RP2009146438.—(IN2009110257).
Por escritura Nº 78 de
las 9:15 horas del 8 de diciembre del 2009, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de la empresa Cariari Country Club Sociedad Anónima,
donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas
Madrigal, Notario.—1
vez.—RP2009146439.—(IN2009110258).
El día de hoy ante
esta notaría, se protocolizaron actas de asamblea de socios de Durietín
Plásticos S. A., Molduras y Perfiles S. A., Cinquecento Mil
Novecientos Cincuenta y Seis S. A., y Maquinaria Extrusora de Plástico
S. A., en las que se modifican el domicilio social, cláusula de
administración, y junta directiva.—San José, diez de
diciembre del dos mil nueve.—Lic. Francisco Quijano Quirós, Notario.—1 vez.—RP2009146443.—(IN2009110259).
Mediante escritura
otorgada ante la suscrita notaria, a las doce horas del primero de diciembre
del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Hermanos Rodríguez
Salas Sociedad Anónima, plazo social noventa y nueve años, domicilio: San
Ramón, Alajuela.—San Ramón, primero de diciembre del dos mil nueve.—Lic. María
del Milagro Arguedas Delgado, Notaria.—1
vez.—RP2009146448.—(IN2009110260).
Por escritura otorgada
ante mí, a las 11:50 horas del 3 de marzo de 2009, se constituyó Cloud
Dancer Sociedad Anónima, domiciliada en Tierras Morenas, Tilarán,
Guanacaste, capital social ¢10.000. Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Nuevo Arenal, 03 de
marzo del 2009.—Lic. Carolina Inés Barboza Bonilla, Notaria.—1
vez.—RP2009146449.—(IN2009110261).
Por escritura de las
7:30 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía Desarrollos Tierras y
Raíces S. A., por la cual se reforma la cláusula segunda del pacto
constitutivo.—Montes de Oca, 9 de diciembre del
2009.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1
vez.—RP2009146450.—(IN2009110262).
Por escritura de las
15:30 botas de hoy, protocolicé acta de Inmobiliaria Monte Claro S. A.,
por la cual se reforman las cláusulas tercera, sexta, sétima y novena del pacto
constitutivo, que también se adiciona con una cláusula decimosegunda.—Montes de Oca, 9 de diciembre del 2009.—Lic. Fabio Alberto
Arias Córdoba, Notario.—1
vez.—RP2009146451.—(IN2009110263).
Por escritura de las
15:00 horas de hoy, protocolicé acta de Compañía Agrícola y Ganadera
Atlántida S. A., por la cual se reforman las cláusulas tercera, sexta,
sétima y octava del pacto constitutivo.—Montes de Oca, 9 de diciembre del
2009.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1
vez.—RP2009146452.—(IN2009110264).
Por escritura número
uno, otorgada por la notaria Laura Morales Alfaro, a las dieciséis horas del
ocho de diciembre del 2009, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de Inversiones Rojas Sucesores de Cartago S. A.
en la que se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, ocho de diciembre del 2009.—Lic. Laura M.
Morales Alfaro, Notaria.—1
vez.—RP2009146455.—(IN2009110265).
Por escritura número
49 de las 12:30 horas del 8 de diciembre del año 2009, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Agencia de Viajes Sueños
en Ruta S. A., en la cual se reforma la cláusula primera cambiando su
nombre por el de Tacontento Heredia RJP S. A.—Lic. Juan Miguel Vásquez
Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2009146457.—(IN2009110266).
Por escritura número
48 de las 12:00 horas del 8 de diciembre del año 2009, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Tacontento Heredia S. A.,
en la cual se reforma la cláusula primera cambiando su nombre por el de Tacontento
Escazú S. A.—Lic. Juan Miguel Vásquez Vásquez, Notario.—1
vez.—RP2009146458.—(IN2009110267).
Mediante escritura
otorgada ante este notaría a las 8:00 horas del 10 de diciembre del 2009, se
modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: la segunda del
domicilio social y la décima del consejo de administración, en la sociedad Autogénesis
de Costa Rica S. A.—San
José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2009146459.—(IN2009110268).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las ocho horas veinte minutos del 10 de diciembre
del 2009, se modifica la siguiente cláusula del pacto constitutivo: la sexta
del consejo de administración, en la sociedad Jodefra S. A.—San José, 10 de diciembre del
2009.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2009146461.—(IN2009110269).
Mediante escritura
otorgada ante este notaría, a las ocho horas cuarenta minutos del 10 de
diciembre del 2009, se modifican las siguientes cláusulas del pacto
constitutivo: la segunda del domicilio social, y la décima del consejo de
administración, en la sociedad Inversiones Pancho de San José S. A.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Liliana Alfaro
Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2009146462.—(IN2009110270).
Mediante escritura
otorgada ante este notaría, a las nueve horas del 10
de diciembre del 2009, se modifica la siguiente cláusula del pacto
constitutivo: la octava del consejo de administración. En la sociedad Galerías
Abuela Amparo S. A.—San
José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2009146463.—(IN2009110271).
Por escritura número
ochenta y nueve-uno, otorgada ante el notario público Walter Rodrigo Mora
Morales, a las quince horas del cuatro de diciembre del dos mil nueve, se
constituyó la sociedad denominada Taking Care Your Health S. A.—Lic.
Wálter Rodrigo Mora Morales, Notario.—1
vez.—RP2009146464.—(IN2009110272).
Mediante
protocolización de acta de la sociedad LGC Ingeniería de Pavimentos, cédula
jurídica Nº 3-101-303726, el pasado primero de noviembre del presente año en
curso, se modificó la cláusula segunda de su pacto constitutivo.—Lic. German Salazar Santamaría, Notario.—1
vez.—RP2009146465.—(IN2009110273).
En mi notaría al ser
las 8:00 horas del 9 de diciembre, se constituyó la sociedad denominada Reparaciones
Madrigal Limitada y corresponde la representación judicial y extrajudicial
a los gerentes, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma.—Puntarenas, 11 de diciembre del 2009.—Lic. Dennis Zúñiga Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009146469.—(IN2009110274).
En mi notaría al ser
las 8:30 horas del 9 de diciembre, se constituyó la sociedad denominada Taciana
Samara 1987 Limitada y corresponde la representación judicial y extrajudicial
a los gerentes, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma.—Puntarenas, 11 de diciembre del 2009.—Lic. Dennis Zúñiga Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009146470.—(IN2009110275).
En mi notaría al ser
las 9:00 horas del 9 de diciembre, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Técnicos L & L Limitada y corresponde la representación judicial y
extrajudicial a los gerentes, con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma.—Puntarenas, 11 de diciembre del 2009.—Lic. Dennis Zúñiga
Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009146471.—(IN2009110276).
En mi notaría al ser
las 9:30 horas del 9 de diciembre, se constituyó la sociedad denominada Vereda
de Bendición Limitada y corresponde la representación judicial y
extrajudicial a los gerentes, con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma.—Puntarenas, 11 de diciembre del 2009.—Lic. Dennis Zúñiga
Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009146472.—(IN2009110277).
En mi notaría al ser
las 10:00 horas del 9 de diciembre, se constituyó la sociedad denominada Tecnicad
Limitada y corresponde la representación judicial y extrajudicial a los
gerentes, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma.—Puntarenas, 11 de diciembre del 2009.—Lic. Dennis Zúñiga Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009146473.—(IN2009110278).
Mediante escritura
número cuarenta y cuatro nueve visible al folio cuarenta y dos frente del tomo
número seis del protocolo del suscrito notario, se constituyó la sociedad Producciones
Infantiles Doremi T.V. Sociedad Anónima pudiendo abreviarse las dos ultimas palabras como S.A. Capital totalmente
suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar conjuntamente.—San José, ocho de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Minor
Segura Navarro, Notario.—1
vez.—RP2009146474.—(IN2009110279).
El sucrito notario
hace constar que por escritura otorgada el día de hoy, número ciento ochenta y
ocho-seis, protocolice acta de asamblea general extraordinaria de la compañía
denominada Rozauma del Oeste Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula
octava de los estatutos, se nombran junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, a las once horas del día veintitrés de noviembre
del dos mil nueve.—Lic. Johnny Alberto Sanabria Obando, Notario.—1 vez.—RP2009146475.—(IN2009110280).
El sucrito notario
hace constar que por escritura otorgada el día de hoy, número ciento ochenta y
ocho-seis, constituí la compañía denominada Constructora Single Sociedad
Anónima. Domicilio: San José. Plazo: 99 años. Objeto social: comercio en
general. Capital: suscrito y pagado. Representación legal presidente de la
junta directiva actuando separadamente.—San José, a las diez horas del día
veintitrés de noviembre de dos mil nueve.—Lic. Johnny Alberto Sanabria Obando,
Notario.—1 vez.—RP2009146476.—(IN2009110281).
Por escritura otorgada
ante el notario Affib Soto González, en Esparza, a las diecisiete horas del
tres de diciembre de dos mil nueve, los señores Gustavo Álvarez Sandí, cédula
número: seis-cero trescientos cuarenta y nueve-cero quinientos cuarenta y tres
y María Isabel Sandí Arguedas, cédula número: seis-cero ciento setenta y
siete-cero ciento dieciséis, constituyen una sociedad anónima denominada Inspecciones
Álvarez Sociedad Anónima, domiciliada en Esparza, con un plazo social de
cien años, y un capital social de diez mil colones. El primero apoderado
generalísimo sin límite de suma. Agente residente: Affib Soto González.—Lic. Affib Soto González, Notario.—1
vez.—RP2009146477.—(IN2009110282).
Por escritura otorgada
ante este notario, a la ocho horas treinta minutos del diez de diciembre del
dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios
de Inversiones Piedra Grande Esmeralda Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno cuatro cuatro uno
nueve ocho dos, en donde se modifica la cláusula sexta de la sociedad y se
nombra nueva junta directiva.—Lic. Henry González
Guerrero, Notario.—1
vez.—RP2009146478.—(IN2009110283).
Por escritura otorgada
ante este notario, a la nueve horas treinta minutos del diez de diciembre del
dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios
de Inversiones Piedra Grande Onix Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-cuatro cuatro cuatro uno cero siete, en donde se
modifica la cláusula sexta de la sociedad y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Henry González Guerrero, Notario.—1
vez.—RP2009146479.—(IN2009110284).
Por escritura otorgada
ante este notario, a la ocho horas del diez de diciembre del dos mil nueve, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones
Piedra Grande Rubí Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatro tres siete ocho tres seis, en donde se modifica la cláusula sexta de
la sociedad y se nombra nueva junta directiva.—Lic.
Henry González Guerrero, Notario.—1
vez.—RP2009146481.—(IN2009110285).
Ante esta notaría se
constituyó la entidad Inversiones Shel-Miss Sociedad Anónima. Escritura
número ciento treinta y dos, otorgada en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, a las
once horas del nueve de octubre del dos mil nueve.—Lic.
Laury María Angulo Villagra, Notaria.—1
vez.—RP2009146484.—(IN2009110286).
Ante esta notaría, se
constituyó la entidad Multiservicios Kinny Sociedad Anónima. Escritura
número ochenta y cinco, otorgada en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, a las diez
horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve.—Lic.
Laury María Angulo Villagra, Notaria.—1
vez.—RP2009146485.—(IN2009110287).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las catorce horas del nueve de diciembre de dos mil nueve,
Donal, cédula número cinco- doscientos diecinueve-cero ochenta y uno y Dialac
Chávez Ramírez cédula número tres-trescientos treinta y ocho-setecientos ocho,
constituyeron la sociedad anónima que se denominará: J.W. Seguridad Privada
Sociedad Anónima, corresponderá al presidente la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma, el capital social suscrito y pagado.—Cartago, nueve de diciembre
del dos mil nueve.—Lic. Víctor Hugo Salgado Mora, Notario.—1
vez.—RP2009146491.—(IN2009110288).
Por escritura otorgada
en San José, a las ocho horas del siete de diciembre del año dos mil nueve, se
constituyó la sociedad, domiciliada en Moravia denominada Inversiones
Charsijae Sociedad Anónima. Presidente, y apoderado Edwin Winston Christie
Christie, mayor, casado una vez, administrador de empresas, cédula número
siete-cero sesenta y uno-trescientos setenta y cinco.—San
José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Víctor Smith Hare, Notario.—1 vez.—RP2009146492.—(IN2009110289).
La compañía denominada
Inversiones & Proyectos del Pacífico Central S. A., con cédula de
persona jurídica Nº 3-101-581986, nombra como presidente a Marvin Masís Gamboa.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Gerardo Vargas
Rojas, Notario.—1 vez.—RP2009146495.—(IN2009110290).
La compañía denominada
Cofre Sólido Inversiones Centroamericanos S. A., con cédula de persona
jurídica Nº 3-101- 499808, nombra como presidente a Gerardo Vargas Rojas, y
como secretario a Álvaro García Molina.—San José, 10
de diciembre del 2009.—Lic. Ana Lucrecia González Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2009146497.—(IN2009110291).
Por escritura otorgada
ante mi notaría, a las 10:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad de
responsabilidad limitada sin nombre según Decreto Nº 33171-J. Capital: mil
dólares.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Alfonso J. Jiménez Meza,
Notario.—1 vez.—RP2009146498.—(IN2009110292).
Por escritura otorgada
en San José, a las 15:30, 15:40, 15:50, 16:00 horas de hoy, ante la suscrita
notaria, José Alberto Mena Brenes y Sergio Villalobos Ulloa, constituyeron
cuatro sociedades anónimas de conformidad con el Decreto número tres tres uno
siete uno-J del artículo segundo, publicado en número ciento catorce del día
catorce de junio de dos mil seis. Domicilio: Heredia, San Pablo de Barva.
Plazo: 99 años. Capital: cien mil colones suscrito y pagado. Presidente: José
Alberto Mena Brenes.—San José, 8 de diciembre del
2009.—Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notaria.—1
vez.—RP2009146501.—(IN2009110293).
Por escritura otorgada
en San José a las 13:00 y 13:10 horas de hoy, ante la suscrita notaria, Marco
Vinicio Vargas Barrientos y Marietta Gutiérrez Dall’Anese, constituyeron dos
sociedades anónimas de conformidad con el Decreto número tres tres uno siete
uno-J del artículo segundo, publicado en La Gaceta número ciento catorce del día
catorce de junio de dos mil seis. Domicilio: Heredia, San Pablo de Barva.
Plazo: 99 años. Capital: cien mil colones suscrito y pagado. Presidente: Marco
Vinicio Vargas Barrientos.—San José, 9 de diciembre
del 2009.—Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notaria.—1
vez.—RP2009146502.—(IN2009110294).
Por escritura otorgada
en Barva, Heredia a las 15:00, 15:10, 15:20, 15:30, 15:40, 15:50, 16:00, 16:10,
16:20, 16:30, horas de hoy, ante la suscrita notaria, los señores Eugenia
Mariela Lobo Hernández y Marco Antonio Lobo Hernández, constituyeron diez
sociedades anónimas de conformidad con el decreto número tres tres uno siete
uno-J del artículo segundo, publicado en La Gaceta número ciento catorce del día
catorce de junio de dos mil seis. Domicilio: Heredia, San Pablo de Barva.
Plazo: 99 años. Capital: cien mil colones suscrito y pagado. Presidenta:
Eugenia Mariela Lobo Hernández.—San José, 2 de diciembre
del 2009.—Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notaria.—1
vez.—RP2009146504.—(IN2009110295).
Por escritura otorgada
en San José, a las 15:00, 15:10, 15:20, horas de hoy, ante la suscrita notaria,
Pavimentos y Construcciones Payco S. A. y Nidia Zúñiga Pérez, constituyeron
tres sociedades anónimas de conformidad con el decreto número tres tres uno
siete uno-J del artículo segundo, publicado en La Gaceta número ciento
catorce del día catorce de junio de dos mil seis. Domicilio: Heredia, San Pablo
de Barva. Plazo: 99 años. Capital: cien mil colones suscrito y pagado.
Presidenta: Nidia Zúñiga Pérez.—San José, 8 de
diciembre del 2009.—Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notaria.—1
vez.—RP2009146505.—(IN2009110296).
Por escritura otorgada
en San José, a las 16:10, horas de hoy, ante la suscrita notaria, Wilberth
Jiménez Pérez y Marco Antonio Lobo Hernández, constituyeron una sociedad
anónima de conformidad con el decreto número tres tres uno siete uno-J del
artículo segundo, publicado en La
Gaceta número ciento catorce del día catorce de junio de
dos mil seis. Domicilio: Heredia, San Pablo de Barva. Plazo: 99 años. Capital:
cien mil colones suscrito y pagado. Presidente: Wilberth Jiménez Pérez.—San José, 7 de diciembre del 2009.—Lic. Odilia Arrieta
Angulo, Notaria.—1 vez.—RP2009146507.—(IN2009110297).
Por escritura otorgada
en San José, a las 16:00 horas de hoy, ante la suscrita notaria, los señores
Alejandro Salazar Vargas y Sandra Chaves Monge, constituyeron una sociedad
anónima de conformidad con el decreto número tres tres uno siete uno-J del
artículo segundo, publicado en La
Gaceta número ciento catorce del día catorce de junio de
dos mil seis. Domicilio: Heredia, San Pablo de Barva. Plazo: 99 años. Capital:
cien mil colones suscrito y pagado. Presidente: Alejandro Salazar Vargas.—San José, 7 de diciembre del 2009.—Lic. Odilia Arrieta
Angulo, Notaria.—1 vez.—RP2009146508.—(IN2009110298).
Por escritura otorgada
en mi notaría el día de hoy, se constituye Grupo Noviembre Trece Sociedad
Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Alajuela. Objeto: comercio
en general. Apoderado generalísimo: presidente.—San
José, 9 de diciembre del 2009.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2009146510.—(IN2009110299).
Por escritura otorgada
en San José, a las 12 horas 30 minutos del 5 de diciembre de 2009, Javier
Enrique Segares Fernández y José Antonio Domínguez Beeche, constituyen Inversiones
Jama de Dombe Sociedad Anónima, domiciliada en la provincia de San José,
cantón de Curridabat, distrito de Granadilla, condominio Puruses, etapa 2, casa
Nº 3. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San
José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Monique Azuola Castro, Notaria.—1 vez.—RP2009146514.—(IN2009110300).
Por escritura número
doscientos uno-dos de las once horas del diez de diciembre del dos mil nueve,
otorgada ante la notaría María José Chaves Cavallini, se protocolizó el acta de
la asamblea general de accionistas de la sociedad Ashonlee S. A., cédula
jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y siete mil cuatrocientos
cuarenta y seis, mediante la cual se sustituyeron los cargos de tesorero y
fiscal de la junta directiva.—Lic. María José Chaves
Cavallini, Notaria.—1 vez.—Nº
RP2009146515.—(IN2009110301).
José María González,
Glenn Parker Hudson Pacheco, Bielka María Matarrita Pacheco, Dany Jhoel
Matarrita Pacheco, constituyen la sociedad Empresa Constructora Unidad y
Trabajo J & G Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Puntarenas
centro, a las once horas del día ocho de diciembre del año dos mil nueve.—Lic. Ricaurter Ortiz Álvarez, Notario.—1
vez.—Nº RP2009146518.—(IN2009110302).
A las ocho horas de
hoy, se constituyó la sociedad Inversiones Wally Sociedad Anónima.
Capital suscrito y pagado, junta directiva nombrada, domicilio social: San
José, San Pedro de Montes de Oca.—Nueve de diciembre
del dos mil nueve.—Lic. José Alberto Monterroso Ordeñana, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146520.—(IN2009110303).
Ante mi notaría, se
constituyó en el día de hoy la sociedad Librería y Bodega El Gallo Santa
Cecilia S. A., con domicilio en Orotina centro, del parquecito del mercado
municipal, veinticinco metros sur, lado izquierdo, con capital social suscrito
y pagado, representación legal del presidente, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma y plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—Orotina, nueve de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Walter
Rodríguez Barth, Notario.—1 vez.—Nº
RP2009146521.—(IN2009110304).
Por escritura otorgada
ante mi notaría, a las 15:00 horas del 10 de diciembre del 2009, se protocolizó
acta de asamblea general de Conde Medieval Ltda., en la que se reforma
el artículo sexto del pacto social.—San José, diez de
diciembre del dos mil nueve.—Lic. Karen Rokbrand Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146523.—(IN2009110305).
A las 9:00 horas del 9
de diciembre de 2009, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de la
entidad Almeler THG Sociedad Anónima por la que se reforma la cláusula
nueve del pacto social, se revocan los nombramientos de vicepresidente,
secretario y fiscal y se hacen nuevos nombramientos.—Lic. José Fernando Saborío
Jenkins, Notario.—1 vez.—Nº
RP2009146526.—(IN2009110306).
Manuel Benito Fuentes
Mairena y Flor de María Betancourt Méndez, constituyen una sociedad anónima,
que se denominará con el número asignado por el Registro Nacional, con
domicilio social en la ciudad de Bagaces, Guanacaste, de la entrada a la finca
del Pelón de la Bajura,
setecientos metros al sur, frente a carretera Interamericana. Escritura Nº 194,
de las 10:00 horas del día 10 del mes de diciembre del año 2009, otorgada ante
el notario Jesús Roberto Jiménez Angulo, con oficina abierta en Liberia,
Guanacaste.—Liberia, 10 de diciembre del 2009.—Lic.
Jesús Roberto Jiménez Angulo, Notario.—1 vez.—Nº
RP2009146528.—(IN2009110307).
Por escritura otorgada
ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza K.P.I. Sociedad Anónima;
presidente: Ernesto Gutiérrez Font, secretario: Mary Ann Guier Fischel.
Corresponde al presidente y al secretario la representación judicial y
extrajudicial, con facultades independientes de apoderados generalísimos sin
límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo: cien años.—San José, nueve de diciembre del dos mil nueve.—Lic.
Kattya Villegas Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº
RP2009146531.—(IN2009110308).
Janaya S. A.,
modifica cláusula octava del pacto social. Escritura otorgada en San José, a
las diecisiete horas del diez de diciembre del dos mil nueve.—Lic.
Nidia Alvarado Morales, Notaria.—1 vez.—Nº
RP2009146532.—(IN2009110309).
Yolanda Mendoza
Hernández y otros, constituyen una sociedad anónima denominada Pleyades
Sociedad Anónima, con un capital social de setenta mil
colones, domiciliada en Cedros de Montes de Oca. Escritura otorgada en
San José, a las trece horas del primero de octubre del dos mil nueve.—Lic. Nidia Alvarado Morales, Notaria.—1
vez.—Nº RP2009146533.—(IN2009110310).
Ante esta notaría, se
han protocolizado actas de asambleas generales extraordinarias de las
sociedades BS D Constructora Company Sociedad Anónima cédula tres-ciento
uno-quinientos setenta mil seiscientos veinte y Building & Structure
Design R y A Company Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-trescientos
cuarenta y seis mil doscientos treinta y nueve. Se reforman los pactos sociales.—Palmares, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Albino Solórzano
Vega, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146534.—(IN2009110311).
Mediante escritura
número 222-6, otorgada a las 14:00 horas del 28 de setiembre del 2009, se
constituyó sociedad denominada Inversiones Kevo Sociedad Anónima, plazo:
99 años, capital social: cien mil colones, totalmente suscrito y pagado.
Domicilio: San José, La Uruca,
residencial Los Gobernantes, ciento diez metros al norte de Auto Pits.—San José, 11 de diciembre del 2009.—Lic. Giovanni
Cavallini Barquero, Notario.—1 vez.—Nº
RP2009146535.—(IN2009110312).
Protocolicé acuerdos
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento
uno-quinientos setenta y tres mil quinientos veinticinco sociedad anónima,
mediante la cual se reformó la cláusula segunda. Escritura otorgada ante el
notario público Sergio Aguiar Montealegre, a las once horas con cuarenta y
cinco minutos del diez de diciembre del año dos mil nueve.—Lic.
Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—Nº
RP2009146536.—(IN2009110313).
Por escritura número
treinta y seis-cinco, otorgada ante esta notaría a las once horas del siete de
diciembre del dos mil nueve, se constituye la sociedad
anónima denominada Rancho Camacho Sociedad Anónima. Presidenta: Cristina
Camacho Víquez.—Heredia, siete de diciembre del dos
mil nueve.—Lic. María Cecilia Valverde Marín, Notaria.—1
vez.—Nº RP2009146537.—(IN2009110314).
Por escritura otorgada
en Grecia, a las trece horas del nueve de diciembre del dos mil nueve ante el
notario Giovanni Barrantes Barrantes, comparecieron Margot Gabriela Meléndez
Arias, Edison Jesús Arrieta Ledezma y Melvin Olivier Meléndez Molina,
constituyeron una sociedad anónima denominada Transportes Privados Derek y
Dominic de Grecia, el objeto: el porteo y el transporte privado de personas
y cosas, así como el comercio en general. Presidenta: Margot Gabriela Meléndez
Arias, con todas las facultades.—Grecia, nueve de
diciembre del dos mil nueve.—Lic. Giovanni Barrantes Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146538.—(IN2009110315).
Por escritura
doscientos dieciséis-veinticuatro, otorgada en San Ramón, a las once horas del
veintiocho de octubre del año dos mil nueve, Luis Diego Gustavo Adolfo y José
Pablo, todos Cruz Rojas, constituyeron la sociedad denominada Fábrica de
Carretas Eloy Alfaro Sociedad Anónima. Duración: noventa y nueve años.
Presidente: Luis Diego Cruz Rojas. Domicilio: Sarchí Norte, distrito primero de
Valverde Vega, cantón duodécimo de la provincia de Alajuela, ciento cincuenta
metros al norte de la plaza de deportes.—Lic. José
Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—Nº
RP2009146539.—(IN2009110316).
El suscrito notario
hago constar que ante mi notaría se constituyó la sociedad denominada Auto
Transportes Meweb Sociedad Anónima al ser las trece horas cinco minutos del
diez de diciembre del año dos mil nueve. Capital suscrito y pago.—Alajuela, 11 de diciembre del 2009.—Lic. Yeric González
Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº
RP2009146540.—(IN2009110317).
Por escritura otorgada
en San José, ante mi notaría, a las catorce horas día de hoy, se constituyó
sociedad anónima cuya denominación social será el número de sociedad anónima,
pudiendo abreviarse su aditamento en S. A. Plazo social: cien años.
Capital social: suscrito y pagado de diez mil colones. Representada por su
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, nueve de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Vera
Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº
RP2009146541.—(IN2009110318).
Por escritura otorgada
en San José, ante mi notaría a las trece horas del día de hoy, se constituyeron
dos sociedades anónimas, cuyo nombre será el número de cédula jurídica que se
les asigne. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de diez
mil colones. Representadas por su presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—San José, nueve de
diciembre del dos mil nueve.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146542.—(IN2009110319).
Ante esta notaría
pública se constituyó: S B CA Sociedad Anónima, capital: quinientos mil
colones, presidente es representante judicial y extrajudicial como apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Lic. Jeanin Alberto
Desanti Picado, Notario.—1 vez.—Nº
RP2009146543.—(IN2009110320).
Ante esta notaría, al
ser las doce horas del diez de diciembre del dos mil nueve, se protocolizó acta
de asamblea general de socios de la sociedad denominada tres-ciento
uno-cuatrocientos setenta y siete mil novecientos treinta y cuatro sociedad
anónima, donde se acordó modificar la cláusula novena de la administración
y se nombra junta directiva.—San José, diez de
diciembre del dos mil nueve.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146544.—(IN2009110321).
Mediante acta número 4
de la compañía Depósito de Maderas Fidel Rodríguez S. A., acta
protocolizada por el suscrito notario, al tomo veintidós, número setenta, se
modificó el nombre de la compañía por HDF Rodríguez S. A.—Lic. Mario Rodríguez Vargas, Notario.—1
vez.—Nº RP2009146547.—(IN2009110322).
Ante el suscrito
notario, al tomo veintisiete, escritura número veinticinco, se constituyó la
compañía que se denomina Ganadera La Unión MC. S. A. Presidente: Martín Corrales
Rojas.—Lic. Mario Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146548.—(IN2009110323).
Por escritura número
ciento diecinueve, del tomo número cuatro de mi protocolo, otorgada en la
ciudad de San José, a las dieciséis horas del día diecinueve de diciembre del
año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Logistic Network
Servicios de Carga Sociedad Anónima.—Lic. Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146549.—(IN2009110324).
Ante esta notaría
mediante escritura de las 17:00 horas del 24 de noviembre del año 2009, se
constituye la sociedad anónima denominada Administraciones Inmobiliarias
Salas Sancho S. A.—San José, 14 de octubre del año
dos mil nueve.—Lic. Carolina Argüello Bogantes, Notaria.—1
vez.—Nº RP2009146550.—(IN2009110325).
Ante esta notaría,
mediante escritura número ciento setenta de las catorce horas con veintidós
minutos del veintiuno de agosto del dos mil ocho, se constituyó la sociedad
anónima Iris de Pilar.—San José, once de noviembre del dos mil
nueve.—Lic. Denia Vargas Azofeifa, Notaria.—1 vez.—Nº
RP2009146554.—(IN2009110326).
Ante esta notaría a
las 13:00 horas del 8 de diciembre del 2009, se constituyó la sociedad de
responsabilidad limitada denominada con el respectivo número de cédula jurídica
que se le asigne, con un capital social de 1.000.000 de colones, por un plazo
de noventa y nueve años, cuyo gerente con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma es el señor Miguel Fuentes Brenes, mediante la escritura
número 113-16 del tomo 16 de mi protocolo.—Cartago, 11 de diciembre del
2009.—Lic. Helen Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1
vez.—Nº RP2009146555.—(IN2009110327).
Ante esta notaría se
constituyó la sociedad denominada Comercializadora La Esperanza Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—Cartago, diez
diciembre dos mil nueve.—Lic Katia Jacqueline Serrano Retana, Notaria.—1
vez.—Nº RP2009146559.—(IN2009110328).
Por escritura otorgada
ante mi notaría, a las 15:00 horas del 10 de diciembre del año 2009, se
constituyó la compañía denominada The Sociedad Anónima, domiciliada en
Heredia. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma. Capital social totalmente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 10 de diciembre de 2009.—Lic. Noilly Vargas
Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº
RP2009146560.—(IN2009110329).
Jorge Enrique Hurtado
Granados y otros, han constituido una sociedad anónima denominada Servicios
Topográficos y Bienes Raíces Montes de Oro Sociedad Anónima, con un capital
social de cien mil colones y por un plazo social de noventa y nueve años,
escritura número cincuenta y uno, del tomo tercero, otorgada ante la notaria
pública Gina Martínez Saborío. Corresponde la representación judicial y
extrajudicial al presidente Jorge Enrique Hurtado Granados.—Lic.
Gina Martínez Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº
RP2009146562.—(IN2009110330).
Por escritura número
trescientos treinta y uno, otorgada en el tomo dos de mi protocolo, a las ocho horas
del cuatro de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Inversiones
Zapi Herediano Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones sin
céntimos.—Heredia, cinco de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Marta Elena Rojas
Carpio, Notaria.—1 vez.—Nº
RP2009146563.—(IN2009110331).
Por escritura de las
10:00 horas del 9 de diciembre del año 2009, se protocoliza el acta de la
sociedad denominada Orchard Technologies Sociedad Anónima, mediante la
cual se disuelve la sociedad.—San José, 9 de diciembre
del 2009.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—Nº
RP2009146564.—(IN2009110332).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las diecisiete horas del ocho de diciembre del dos mil
nueve, la sociedad 3-101-540976 s. a., se convirtió en sociedad de responsabilidad
limitada y se reformó íntegramente su pacto social.—San
José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Álvaro Enrique Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146565.—(IN2009110333).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15:10 horas del 10 de diciembre del 2009, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Dimarti Costa Rica Sociedad Anónima,
capital totalmente suscrito y pagado. Presidente: Alfredo Humberto Cabrera
Zepeda.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic.
Mónica Romero Piedra, Notaria.—1 vez.—Nº
RP2009146567.—(IN2009110334).
El suscrito notario
hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día ocho
de diciembre del año dos mil nueve, en Puntarenas, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad con domicilio en
San José denominada, Empresa Villa Vista G.R. Sociedad Anónima,
titular de la cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta y seis
mil setecientos cincuenta y tres, mediante la cual se nombra nuevo presidente y
se cambia el domicilio.—Puntarenas, nueve horas del ocho de diciembre del dos
mil nueve.—Lic. Álvaro Masís Montero, Notario.—1
vez.—Nº RP2009146570.—(IN2009110335).
Ante esta notaría en
fecha ocho de setiembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de la empresa Bredela Sociedad Anónima, que
modifica la cláusula quinta del pacto social que reforma el capital social de
la empresa.—San José, ocho de diciembre del dos mi nueve.—Lic. Laura Mena
Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº
RP2009146571.—(IN2009110336).
Que en mi notaría se
reformaron estatutos de la sociedad anónima a las 14 horas del 24 de noviembre
del 2009. Presidente: Kevin David Mc Cann de único apellido en razón de su
nacionalidad estadounidense.—9 de diciembre del
2009.—Lic. Minor Zamora Castellón, Notario.—1 vez.—Nº
RP2009146573.—(IN2009110337).
Por escritura otorgada
ante mi notaría, en San José a las nueve horas del once de diciembre del año
dos mil nueve, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de Agencia
de Aduanas Santa Ana S. A. Se nombra presidente y secretaria, se nombra
fiscal. Es todo.—San José, once de diciembre del dos
mil nueve.—Lic. Francisco José Rivera Gómez, Notario.—1
vez.—Nº RP2009146575.—(IN2009110338).
Por medio de la
escritura número veintinueve, otorgada a las doce horas del día nueve de
diciembre del año dos mil nueve, ante esta notaría se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Villas
Rebeca y Pamela Sociedad Anónima, por la cual se modifica la cláusula
novena de la administración y se revocan los nombramientos de los miembros de
la junta directiva y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. María Esther Quirós Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146576.—(IN2009110339).
Por medio de la
escritura número doscientos cuarenta y cuatro, otorgada a las once horas del
día tres de diciembre del dos mil nueve, ante esta notaría se constituyó la
sociedad denominada Corporación Nevercloff Sociedad Anónima, domicilio
en Playas del Coco, Guanacaste. Plazo: noventa y nueve años. Capital social:
cien mil colones. Presidente: el señor Stalisnav Vladimir Zapolsky.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1
vez.—Nº RP2009146577.—(IN2009110340).
Por medio de la
escritura número doscientos cuarenta y cinco, otorgada a las doce horas del día
tres de diciembre del dos mil nueve, ante esta notaría se constituyó la
sociedad denominada Estrella Zapolska Sociedad Anónima, domicilio en
Playas del Coco, Guanacaste. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: cien
mil colones. Presidente: el señor Stalisnav Vladimir Zapolsky.—Lic.
José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº
RP2009146578.—(IN2009110341).
Por medio de la
escritura número doscientos cuarenta y seis, otorgada a las trece horas del día
tres de diciembre del dos mil nueve, ante esta notaría se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Nevercloff Sociedad Anónima, domicilio
en Playas del Coco, Guanacaste. Plazo noventa y nueve años. Capital social:
cien mil colones. Presidente: el señor Stalisnav Vladimir Zapolsky.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1
vez.—Nº RP2009146579.—(IN2009110342).
Por medio de la
escritura número doscientos cuarenta y siete, otorgada a las catorce horas del
día tres de diciembre del dos mil nueve, ante esta notaría se constituyó la
sociedad denominada Nevercloff Uno Sociedad Anónima, domicilio en Playas
del Coco, Guanacaste. Plazo noventa y nueve años. Capital social: cien mil
colones. Presidente: el señor Stalisnav Vladimir Zapolsky.—Lic.
José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº
RP2009146580.—(IN2009110343).
Por escritura otorgada
ante esta notaria, a las 15:00 horas del 10 de diciembre del 2009, se procede a
protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Servicondos
Sociedad Anónima, se modifican cargos de junta directiva. Es todo.—San José, diez de diciembre del dos mil nueve.—Lic.
Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº
RP2009146581.—(IN2009110344).
Por medio de la
escritura número doscientos cuarenta y ocho, otorgada a las quince horas del
día tres de diciembre del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituyó la
sociedad denominada Celajes del Coco Sociedad Anónima, domicilio en
Playas del Coco, Guanacaste. Plazo noventa y nueve años. Capital social: cien
mil colones. Presidente: el señor Stalisnav Vladimir Zapolsky.—Lic.
José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº
RP2009146582.—(IN2009110345).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las 18:00 horas del 28 de noviembre del 2009, se procede a
protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Servicentro
Isla Grande Horquetas Sociedad Anónima, se modifica cláusula segunda y se
renombra junta directiva. Es todo.—San José, 30 de
noviembre del 2009.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1
vez.—Nº RP2009146583.—(IN2009110346).
Escritura otorgada
ante esta notaría, a las 12:00 horas del 2 de diciembre del 2009, se constituyó
la sociedad denominada Accesorios B.H. Sociedad Anónima. Domicilio
social: San José, centro, galería central Ramírez Valido, local número ciento
tres.—Once de diciembre del dos mil nueve.—Lic.
Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1
vez.—RP2009146693.—(IN2009110414).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada E y T B del Caribe
Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Guápiles,
Pococí, Limón, 10 de diciembre de 2009.—Lic. Arnoldo Antonio Parini Segura,
Notario.—1 vez.—RP2009146694.—(IN2009110415).
Protocolización de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-Ciento
Uno-Cinco Cuatro Cinco Ocho Uno Nueve Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número 3-101-545819, mediante la cual se reforman del pacto social: la
cláusula primera del nombre, se nombra nueva junta directiva. Escritura
otorgada a las ocho horas del once de diciembre del 2009.—Lic.
Bernardo Gómez Salgado, Notario.—1
vez.—RP2009146695.—(IN2009110416).
Que en la asamblea
extraordinaria de socios de la sociedad denominada Tres Ciento Dos
Quinientos Mil Cuatrocientos Ochenta y Dos Sociedad Anónima, con cédula
jurídica tres-ciento dos-quinientos mil cuatrocientos ochenta y dos, celebrada
al ser las diecinueve horas del treinta de diciembre del año dos mil ocho,
celebrada en el domicilio social de la sociedad, cuya acta ha sido
protocolizada por el suscrito notario según consta en la escritura sesenta y
seis-cinco, visible al folio setenta y seis vuelto del tomo quinto del
protocolo del suscrito notario, se modifica la cláusula tercera del pacto
constitutivo la cual en adelante deberá leerse así: tendrá su domicilio en
playa Dominical, distrito cuarto bahía Ballena, cantón quinto Osa, provincia de
Puntarenas, frente a la iglesia católica, no obstante podrá establecer agencias
o sucursales en cualquier lugar dentro o fuera del país. Es todo.—Dominical de Osa, Puntarenas, al ser las diez horas,
cuarenta minutos del nueve de diciembre del dos mil nueve.—Lic. José Miguel
León Hidalgo, Notario.—1
vez.—RP2009146696.—(IN2009110417).
Que en la asamblea
extraordinaria de socios de la sociedad denominada Ruta Piñuelo RP Sociedad
Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta mil
ochocientos sesenta y seis, celebrada al ser las nueve horas del cuatro de
diciembre del año dos mil nueve, celebrada en el domicilio social de la
sociedad, cuya acta ha sido protocolizada por el suscrito notario según consta
en la escritura sesenta y siete-cinco, visible al folio setenta y siete vuelto
del tomo quinto del protocolo del suscrito notario, se modifica la cláusula
sexta del pacto constitutivo la cual en adelante deberá leerse así: sexta: la
sociedad será administrada por una junta directiva, la cual estará conformada
por un presidente, un tesorero y un secretario, nombrados por todo el plazo
social, quienes podrán ser o no socios de la sociedad. corresponde al
presidente, al secretario y al tesorero la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma con la excepción que se indica mas adelante para el tesorero,
pudiendo actuar conjunta o separadamente. Podrán sustituir sus facultades en
todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo, todo ello
conservando sus facultades, asimismo dichos apoderados de la compañía podrán
por su cuenta y en nombre de la compañía otorgar poderes generalísimos,
generales, con o sin limitación de suma o especiales para actos o contratos que
considere conveniente o para la administración de la sociedad, pudiendo otorgar
todo tipo de poderes especiales, judiciales o administrativos según lo
consideren conveniente para los intereses de la sociedad. Para cualquier venta,
constitución de hipoteca y prendas, en general de cualquier tipo de
disposición, de o sobre bienes muebles o inmuebles de la sociedad que por
disposición de ley requieren de inscripción en el Registro Público, deberán
actuar en forma conjunta al menos dos de ellos y siempre cuando uno de ellos
sea el Presidente de la sociedad, o bien contar con la aprobación expresa de al
menos el sesenta por ciento de los votos de la asamblea de socios de la
sociedad, para todo lo demás conservan sus facultades. Además, en cuanto a las
facultades del Tesorero de la sociedad, este tendrá además la limitación de que
no podrá adquirir obligaciones en nombre de la sociedad que superen la suma de
cincuenta mil dólares en moneda de curso legal de los Estados Unidos de
Norteamérica, para obligar a la sociedad en un monto mayor del indicado, deberá
contar con autorización expresa de la asamblea de socios y o actuar
conjuntamente con el presidente de la sociedad, asimismo modificar dentro del
pacto constitutivo de la sociedad, la cláusula referente al domicilio de la
sociedad la cual en adelante deberá leerse así tendrá su domicilio en playa
Dominical, distrito cuarto bahía Ballena, cantón quinto Osa, provincia de Puntarenas,
frente a la iglesia católica, no obstante podrá establecer agencias o
sucursales en cualquier lugar dentro o fuera del país. Es todo.—Dominical de Osa, Puntarenas, al ser las nueve horas, diez
minutos del diez de diciembre del dos mil nueve.—Lic. José Miguel León Hidalgo,
Notario.—1 vez.—RP2009146697.—(IN2009110418).
Que en la asamblea
extraordinaria de socios de la sociedad denominada Alliance Coru Investments
Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos once mil
novecientos ochenta y dos, celebrada al ser las diez horas del cuatro de
diciembre del año dos mil nueve, celebrada en el domicilio social de la
sociedad, cuya acta ha sido protocolizada por el suscrito notario según consta
en la escritura sesenta y cuatro-cinco, visible al folio setenta y cuatro
vuelto del tomo quinto del protocolo del suscrito notario, se modifica la
cláusula sexta del pacto constitutivo la cual en adelante deberá leerse así:
sexta: la junta directiva estará conformada por un presidente, un tesorero y un
secretario, nombrados por todo el plazo social, quienes podrán ser o no socios
de la sociedad. Corresponde al presidente, al secretario y al tesorero la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma con la excepción que se indica más
adelante para el tesorero, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Podrán
sustituir sus facultades en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer
otras de nuevo, todo ello conservando sus facultades, asimismo dichos
apoderados de la compañía podrán por su cuenta y en nombre de la compañía
otorgar poderes generalísimos, generales, con o sin limitación de suma o
especiales para actos o contratos que considere conveniente o para la
administración de la sociedad, pudiendo otorgar todo tipo de poderes
especiales, judiciales o administrativos según lo consideren conveniente para
los intereses de la sociedad. Para cualquier venta, constitución de hipoteca y
prendas, en general de cualquier tipo de disposición, de o sobre bienes muebles
o inmuebles de la sociedad que por disposición de ley requieren de inscripción
en el Registro Público, deberán actuar en forma conjunta al menos dos de ellos
y siempre cuando uno de ellos sea el presidente de la sociedad, o bien contar
con la aprobación expresa de al menos el sesenta por ciento de los votos de la
asamblea de socios de la sociedad, para todo lo demás conservan sus facultades.
Además, en cuanto a las facultades del tesorero de la sociedad, este tendrá
además la limitación de que no podrá adquirir obligaciones en nombre de la
sociedad que superen la suma de cincuenta mil dólares en moneda de curso legal
de los Estados Unidos de Norteamérica, para obligar a la sociedad en un monto
mayor del indicado, deberá contar con autorización expresa de la asamblea de
socios y o actuar conjuntamente con el presidente de la sociedad. Es todo.—Dominical de Osa, Puntarenas, al ser las nueve horas,
cincuenta y cinco minutos del nueve de diciembre del dos mil nueve.—Lic. José
Miguel León Hidalgo, Notario.—1
vez.—RP2009146698.—(IN2009110419).
Freddo Fresas
Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos
veinticuatro mil trescientos setenta y uno, reforma pacto constitutivo mediante
acta protocolizada ante la notaria María del Milagro Ugalde Víquez.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—RP2009146699.—(IN2009110420).
Asamblea general de
socios de la empresa Quinta El Maderal Sociedad Anónima, cédula jurídica
Nº 3-101-416961, nombra al señor Jurgen Hans Otto Herrmann como apoderado
generalísimo sin límite de suma de la citada empresa. Escritura otorgada en San
José, a las dieciocho horas del doce diciembre dos mil nueve.—Lic.
Luis Alberto Palma León, Notario.—1
vez.—RP2009146702.—(IN2009110421).
La suscrita Lic.
Roxana Ortega Briceño, informa que por escritura número ciento seis del tomo
segundo, a las 10:00 horas del 11-12-09, se conformaron cinco sociedades
anónimas numéricas.—San José, 11-12-09.—Lic. Roxana
Ortega Briceño, Notaria.—1 vez.—RP2009146703.—(IN2009110422).
En esta notaría, a las
8:00 horas del once de diciembre del 2009, se reformó la cláusula octava de los
estatutos de la compañía Growth Aceleracion Partners Sociedad Anónima.Teresita
Monge Díaz y Doris Monge Díaz.—San José, 11 de diciembre
del 2009.—Lic. Doris Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2009146705.—(IN2009110423).
En mi notaría, por
escritura de las 8:00 horas del 10 de diciembre de los corrientes, se
protocoliza acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios que reforma la
cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Grupo Wefel
Internacional S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-565874.—Lic.
Luis Diego Valdelomar Esquivel, Notario.—1
vez.—RP2009146706.—(IN2009110424).
Por escritura número
ciento cuarenta del tomo II de mi protocolo, otorgada el día diez de diciembre
del dos mil nueve, se hace nombramientos y se reforma el pacto constitutivo de
la sociedad anónima denominada Grupo Empresarial Linda Vista S. A.,
cédula jurídica número tres ciento uno cinco cuatro cuatro tres siete seis.
Domiciliada en San José.—San José, diez de diciembre
del dos mil nueve.—Lic. Iván Villegas Franco, Notario.—1
vez.—RP2009146707.—(IN2009110425).
Por escritura número
ciento cuarenta del tomo II de mi protocolo, otorgada el día nueve de diciembre
del dos mil nueve, se hace nombramientos y se reforma el pacto constitutivo de
la sociedad anónima denominada Coaching Solutions Sociedad Anónima.
Domiciliada en San José.—San José, diez de diciembre
del dos mil nueve.—Lic. Iván Villegas Franco, Notario.—1
vez.—RP2009146708.—(IN2009110426).
Por escritura ciento
cuarenta y cinco, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
socios de Megallantas S. A., se modifica la cláusula de la
administración, se nombra nueva junta directiva, se otorga poder general.
Escritura de las diez horas del nueve de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2009146709.—(IN2009110427).
Por escritura número
ciento noventa y uno, tomo segundo se constituye sociedad anónima cuya
denominación será el número de cédula jurídica que le otorgue el Registro.
Domiciliada en Curridabat, esquina noroeste, iglesia doscientos norte, cien
oeste, capital social cien mil colones íntegramente suscritos y pagados; María
de los Ángeles Jiménez Navarro, cédula de identidad tres-ciento seis-ciento
ochenta y tres es presidenta con facultades de apoderada generalísima sin
límite de suma.—San José, a las trece horas del veintiocho de setiembre del dos
mil nueve.—Lic. Sandra Balladares Diez, Notaria.—1
vez.—RP2009146711.—(IN2009110428).
Mediante escritura
número dieciocho-siete, otorgada ante la suscrita notaría, en Santa Cruz,
Guanacaste, a las quince horas del diez de diciembre del dos mil nueve, se
constituye la sociedad denominada Pininos Aventuras Sociedad Anónima.
Ebert López Leal, mayor, casado una vez, empresario, cédula número cinco-ciento
cuarenta y cinco-doscientos quince, vecino de Huacas de Santa Cruz, Guanacaste,
costado norte de la plaza de deportes contiguo a la escuela, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de huma. Plazo: noventa y nueve años.
Capital: diez mil colones, debidamente suscrito y pago. Objeto: el comercio en
general.—Santa Cruz, Guanacaste, diez de diciembre del
dos mil nueve.—Lic. María Gabriela Morales Peralta, Notaria.—1
vez.—RP2009146712.—(IN2009110429).
Ante esta notaría, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
modificación de la cláusula primera del nombre de la sociedad Dentimed
Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, once de
diciembre del dos mil nueve.—Lic. Iliana Cruz Alfaro, Notaria.—1
vez.—RP2009146714.—(IN2009110430).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las ocho horas del día de hoy, se constituye la empresa Hacienda
Oldenburg Sociedad Anónima.—San José, 3 de
diciembre de 2009.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1
vez.—RP2009146715.—(IN2009110431).
Por escritura otorgada
en San José, a las diez horas del día trece de julio del año dos mil nueve, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la firma denominada ST
Libertad del Mar Sociedad Anónima y se acuerda modificar su junta directiva
y su representación. ante la notaria Karla Chaves
Mejía. Es todo.—En San José, a las ocho horas del once
de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—RP2009146718.—(IN2009110432).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de CR Soccer Tours Sociedad Anónima en la que se modifican
las cláusulas segunda y octava del pacto social constitutivo.—San José, once de
diciembre de dos mil nueve.—Lic. José Fabio Ramírez Carranza, Notario.—1 vez.—RP2009146720.—(IN2009110433).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Soccercars Sociedad Anónima en la que se modifican
realizan nuevos nombramientos de junta directiva.—San
José, once de diciembre de dos mil nueve.—Lic. José Fabio Ramírez Carranza,
Notario.—1 vez.—RP2009146721.—(IN2009110434).
A las ocho horas y
treinta minutos de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Fondo Inmobiliario Bogantes NBA S. A., por medio
de la cual se otorga poder generalísimo sin límite de suma y se nombra agente
residente.—San José, dieciocho de setiembre del 2009.—Lic. Mauricio Villalobos
Barrientos, Notario.—1
vez.—RP2009146723.—(IN2009110435).
A las ocho horas de
hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria
Bogantes & Arias BA S.A., por medio de la cual nombra presidente y
agente residente.—San José, dieciocho de setiembre del
2009.—Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1
vez.—RP2009146724.—(IN2009110436).
El día de hoy yo,
Lorena Montt Villacura, notaria pública con oficina en San José, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de socios de Avionyx S. A., se
modifica el domicilio y el agente residente.—San José,
once de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—RP2009146727.—(IN2009110437).
Ante mí, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Operaciones Forestales CH Sociedad Anónima, mediante la cual se
modificó la cláusula segunda del domicilio, cláusula octava de la
administración, se conoció de revocación de cargos y se realizaron nuevos
nombramientos. Escritura ciento sesenta y ocho, otorgada en San José, a las
catorce horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1
vez.—RP2009146728.—(IN2009110438).
Que por escritura
otorgada ante el suscrito notario, en San José a las nueve horas del día once
de diciembre del año dos mil nueve, se modifica las cláusulas segunda y octava,
se nombra presidente Representaciones Internacionales Rama Sociedad Anónima.—San
José, catorce de diciembre del año dos mil nueve.—Lic. Carlos Alberto Méndez
Mora, Notario.—1 vez.—RP2009146731.—(IN2009110439).
El suscrito notario,
hace constar que el día de hoy protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de Compañía Cafetalera de Grecia S. A., en la que se
reforman las cláusulas quinta y novena de los estatutos sociales.—San José, 9 de diciembre del 2009.—Lic. José Ramón
Chavarría Saxe, Notario.—1
vez.—RP2009146734.—(IN2009110440).
Que mediante escritura
de las 10:00 horas del 12 de diciembre del 2009, Maribel Solano García, cédula
Nº 1-486-028, Pablo Esquivel Solano, cédula Nº 1-1183-060, Karina Esquivel
Solano, cédula Nº 1-1097-348, y Johanna Esquivel Solano, cédula Nº 1-1236-521,
constituyen Artesanía La Gran Bendición G B S. A. Capital:
íntegramente suscrito y pagado. Objeto: comercio en general. Domicilio: San
José, Curridabat centro, del centro comercial Plaza Cristal, 100 metros al este
25 al norte. Presidenta: Maribel Solano García.—San
José, 12 de diciembre del 2009.—Lic. Jorge Armando Cartín Estrada, Notario.—1 vez.—RP2009146735.—(IN2009110441).
Ante el suscrito
notario, se constituye la empresa Transportes y Servicios M y L del Sur
Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones exactos, representados
por cien acciones comunes y nominativas. Presidente: Freddy Murillo Campos.—Ciudad Neily, ocho de diciembre de dos mil nueve.—Lic.
Hilario Agüero Chaves, Notario.—1 vez.—RP2009146736.—(IN2009110442).
Por escritura otorgada
hoy ante el suscrito notario, Don Percy William Fischel Matamoros y Doña Ana
Cristina Quirós González constituyen la sociedad Playa Plan Infinito
Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre de
2009.—Lic. Farid José Ayales Bonilla, Notario.—1
vez.—RP2009146737.—(IN2009110443).
Por escritura otorgada
a las catorce horas del nueve de diciembre del dos mil nueve, ante esta
notaría, Francisco José Valverde Campos y Isabel María
Brenes Tames, constituyen Inversiones Valbre F.I. S. A. Objeto: el
comercio en el sentido más general y la prestación de servicios, etc. Capital:
totalmente suscrito y pagado. Presidente: Francisco José Valverde Campos.—Cartago, nueve de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Kattya
Acuña Remón, Notaria.—1
vez.—RP2009146740.—(IN2009110444).
Por escritura otorgada
ante mí, a las diez horas del día nueve de diciembre del año dos mil nueve, se
protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Comercial La Clamorosa Sociedad
Anónima, se acuerda reformar las cláusulas primera, del nombre, se
denominará SV&R Grupo Consultor Sociedad Anónima, segunda del
domicilio.—San José, nueve de diciembre del año dos
mil nueve.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1
vez.—RP2009146741.—(IN2009110445).
Mediante acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas tres-ciento uno-quinientos
cuarenta y seis mil setecientos nueve s. a., protocolizada ante los
notarios públicos David Arturo Campos Brenes y Rolando Laclé Castro, en
escritura pública número ciento cincuenta y nueve-ochenta y cinco, de las once
horas del diez de diciembre del dos mil nueve, se reforma la cláusula quinta
del capital.—San José, once de diciembre del
2009.—Lic. Rolando Laclé Castro, Notario.—1 vez.—RP2009146742.—(IN2009110446).
El suscrito notario
publico, Jorge Moncrieffe Santana, hace constar que ante esta notaría, se
constituyó la sociedad Mariscos Costa Sur Sociedad Anónima, que es
nombre de fantasía, al ser las dieciséis horas cuarenta minutos del once de
diciembre del dos mil nueve, escritura número ciento treinta y uno, visible al
folio noventa y cuatro frente al noventa y seis frente, del tomo cuatro de mi
protocolo.—Lic. Jorge Moncrieffe Santana, Notario.—1 vez.—RP2009146749.—(IN2009110447).
Ante esta notaría se
constituyó la sociedad denominada Uri Consultores en Seguridad Sociedad
Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años y un capital social de
diez mil colones exactos.—Cartago, 11 de diciembre del
2009.—Lic. Mario Redondo Poveda, Notario.—1
vez.—RP2009146750.—(IN2009110448).
Ante mi notaría, a las
quince horas del cuatro de diciembre del dos mil nueve, se protocolizó acta
número dos de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Complejo
Turístico El Rosario S. A., mediante la cual se nombró presidente y
secretario de la junta directiva.—San José, 7 de diciembre del 2009.—Lic.
Adriana Céspedes Camacho, Notaria.—1
vez.—RP2009146751.—(IN2009110449).
Se hace saber que en
mi notaría a las dieciocho horas del doce de diciembre del dos mil nueve, se
modificaron las cláusulas primera y segunda
del pacto constitutivo,
de la sociedad
denominada Alegoes A & C de Costa Rica Sociedad
Anónima.—12 de diciembre del 2009.—Lic. Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—RP2009146752.—(IN2009110450).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las ocho horas del día once de diciembre del año dos mil
nueve, se acuerda revocar el nombramiento del presidente de la sociedad anónima
denominada Serconsa del Norte Sociedad Anónima.—Lic. Steve Miguel Monge
González, Notario.—1
vez.—RP2009146753.—(IN2009110451).
Mediante escritura
número noventa, se constituyó una sociedad anónima, que llevará como nombre Lotes
El Vainilla de Atenas S. A., se nombraron los miembros de junta directiva y
fiscal.—Lic. Carolina Mora Solano, Notaria.—1 vez.—RP2009146754.—(IN2009110452).
Por escritura otorgada
a las 10:30 horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la compañía 3-102-592082 sociedad de
responsabilidad limitada, por medio de la cual se reforma la cláusula
primera del nombre.—Heredia, 12 de diciembre del
2009.—Lic. Silvia Rojas Alpízar, Notaria.—1
vez.—RP2009146755.—(IN2009110453).
Ante mi notaría el día
veinticuatro de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad que se
denomina Servicios Profesionales en La Salud Médica
PROSAMED Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones.—Lic. Carlos Delgado Chaves, Notario.—1
vez.—RP2009146756.—(IN2009110454).
Ante mi notaría el día
once de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad que se
denominará de conformidad con el número de cédula jurídica que le asigne el
Registro Nacional, en base con el decreto ejecutivo número: tres tres uno siete
uno j. Capital social: doce mil colones.—Lic. Carlos Delgado Chaves, Notario.—1 vez.—RP2009146757.—(IN2009110455).
Por escritura 47-7,
otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 5 de diciembre del 2009, se
constituyó la compañía cuya denominación será el número de cédula jurídica que asigne
el Registro Nacional, domiciliada en San José, en Ipís de Goicoechea,
setecientos cincuenta metros sur de la Iglesia Católica
Cristo Resucitado, Calle Gutiérrez. Presidente: Robert Gerardo Jiménez Mora,
casado una vez, asistente de costos, cédula 1-949-380, apoderado generalísimo
sin límite de suma.—Sarchí, 7 de diciembre del
2009.—Lic. Máximo Corrales Vega, Notario.—1
vez.—RP2009146758.—(IN2009110456).
Por escritura otorgada
ante esta notaría a las trece horas del veintiséis de octubre del dos mil nueve,
se protocolizó de asamblea extraordinaria de Especialidades Odontológicas
del Pacífico Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula sexta del Pacto
Constitutivo.—Lic. Alejandro Villalobos Hernández,
Notario.—1 vez.—RP2009146759.—(IN2009110457).
Por escritura otorgada
ante esta notaría a las once horas del veintiséis de octubre del dos mil nueve
se protocolizó la asamblea extraordinaria de Grupo PFA & CCD Ortodoncia
Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Lic. Alejandro Villalobos Hernández, Notario.—1 vez.—RP2009146760.—(IN2009110458).
Por escritura otorgada
ante esta notaría a las 10:00 horas de hoy, se constituyó Orgullo de Naranjo
Limitada. Plazo: 99 años. Representante: gerentes con facultades de
apoderados generalísimos. Domicilio: Coronado. Objeto: comercio. Capital
social: diez mil colones.—San José, 12 de diciembre de
2009.—Lic. Juan Carlos Montero Villallobos, Notario.—1
vez.—RP2009146763.—(IN2009110459).
Por escritura otorgada
ante esta notaría a las 9:00 horas de hoy, se constituyó Father’s Home
School Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Representante: presidente con
facultades de apoderado generalísimo. Domicilio: Goicoechea. Objeto: comercio.
Capital social: diez mil colones.—San José, 12 de
diciembre de 2009.—Lic. Juan Carlos Montero Villallobos, Notario.—1 vez.—RP2009146765.—(IN2009110460).
El suscrito notario
Gabriel Andrés Segura Corrales, pública el edicto de la constitución de la
sociedad Inversiones Roleans Sociedad Anónima, constituida ante esta
notaría en Cartago, a las diecisiete horas del día ocho de diciembre del año
dos mil nueve. Domicilio: Cartago centro, Barrio Fátima, de la entrada
principal de la bodega de Jasec, cincuenta metros al oeste, cincuenta metros al
norte y cincuenta metros al oeste. Plazo social: noventa y nueve años a partir
de hoy. Capital social: diez mil colones.—Lic. Gabriel
Andrés Segura Corrales, Notario.—1
vez.—RP2009146766.—(IN2009110461).
El suscrito notario
Arturo Montero Flores, publica el edicto de la constitución de la sociedad Comercializadora
de Servicios O.K. Sociedad Anónima, constituida ante esta notaría en
Cartago, a las once horas del día diez de diciembre del año dos mil nueve.
Domicilio: Barrio El Molino, Cartago, del Registro Civil, doscientos metros al
sur. Plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy. Capital social: diez
mil colones.—Lic. Arturo Montero Flores, Notario.—1 vez.—RP2009146767.—(IN2009110462).
Por escritura otorgada
hoy ante ésta notaría, Ana Beauty and Health Inc. S.
A., protocoliza acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas, reformando la cláusula sexta en cuanto a la administración. Se
hacen nuevos nombramientos de junta directiva.—San
José, 10 de diciembre de 2009.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—RP2009146772.—(IN2009110463).
Por escritura número
42, visible a folio 30 vuelto del tomo cuarto del suscrito notario, los señores
Cristian David Sirias Anchía, portador de la cédula de identidad número 6-344-272
y Mirta Jahaira Muñoz Mendoza, portadora de la cédula de identidad número
6-320-741, constituyen Distribuidora Sirias Muñoz del Sur Sociedad Anónima.
Escritura otorgada el 01 de diciembre 2009.—Lic.
Richard Dean Hamm Royes, Notario.—1 vez.—RP2009146774.—(IN2009110464).
La suscrita notaria
hace constar en con fecha doce de marzo del dos mil nueve, se ha protocolizado
acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Inversiones Famagra de
Guadalupe S. A., en la cual se modifica cláusula de domicilio y de la
administración. Escritura otorgada en San José, a las catorce horas del día
doce de marzo del año dos mil nueve. Es todo.—Lic.
Silvia Herrera Martínez, Notaria.—1 vez.—RP2009146780
.—(IN2009110465).
Los señores, Joseph
Allen (nombre) Harmon, Rubén Enrique Vargas Álvarez y Orlando Morales Hunter,
constituyen la sociedad que se denominará Harmon Research Grup Inc. Sociedad
Anónima pudiendo abreviarse en su aditamento S. A., nombre de
fantasía por medio de la escritura otorgada ante el suscrito notario: Johanny
conocido como Geovanny Retana Madriz. Escritura otorgada en la Ciudad de San José, a las
ocho horas del siete de diciembre del dos mil nueve. Presidente: Joseph Allen
Harmon. Es todo.—San José, 9 de diciembre del
2009.—Lic. Geovanny Retana Madriz, Notario.—1
vez.—RP2009146786.—(IN2009110466).
Los señores Manuel
Salvador Abarca Ramírez, Guillermo Tenorio Torres, y Erick Tenorio Aragón,
constituyen la sociedad City Colon Inc. Sociedad Anónima, Corporación
City Colon Inc. Sociedad Anónima, Inversiones City Colon Inc.
Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en su aditamento S. A.,
nombre de fantasía por medio de la escritura otorgada ante el suscrito notario
Johanny conocido como Geovanny Retana Madriz. Escritura otorgada ente Ciudad de
San José, a las ocho horas del siete de diciembre del dos mil nueve.
Presidente: Guillermo Tenorio Torres. Es todo.—San
José, 9 de diciembre del 2009.—Lic. Geovanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—RP2009146788.—(IN2009110467).
Por escritura otorgada
ante mí, en Nicoya, a las 14:00 horas del 8 de diciembre del 2009, Gary Leroy
Rose y Luis Alberto Ramírez Vargas, constituyen Rose y Ramírez S. A.
Presidente el primero.—Nicoya, 11 de diciembre de
2009.—Lic. José Olivier Moreno Paniagua, Notario.—1
vez.—RP2009146796.—(IN2009110468).
A efecto de
publicación del edicto correspondiente, le informo que el día 8 de diciembre
del año 2009, comparecieron a esta notaría los señores Fernando Mora Ramírez,
cédula 1-225-358, Marvin Enrique Aguilar Guillén, Cédula de residencia
155808372806, para constituir la sociedad Dakota Valle Gris Dos Mil Nueve
Sociedad Anónima. Dicha sociedad fue constituida a las 8:00 horas del día 8
de diciembre del año 2009, por el notario Gerardo Quesada Monge, en escritura
109-19 del tomo 19 de su protocolo.—San José, 14 de
diciembre del 2009.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1
vez.—RP2009146797.—(IN2009110469).
Por escrituras
otorgadas ante mí hoy a las 17:30, 18:00, 18:30, 19:00, 19:30, y 20:00 horas,
se constituyen las sociedades Nostrasladamus Sociedad Anónima, Hacienda
Cañaveral Sociedad Anónima, Hacienda Pantanal Sociedad Anónima, Hacienda El
Sahino Sociedad Anónima, Hacienda Maquenco Sociedad Anónima y Hacienda
Cuajiniquil Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse todas en S. A.
Domicilio: San José. Objeto: el comercio en general, la ganadería,
representación de casas extranjeras. Capital social: íntegramente suscrito y
pagado.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Jorge
Mario Marín Barquero, Notario.—1
vez.—RP2009146798.—(IN2009110470).
Por escritura otorgada
ante esta notaría a las 17:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad
denominada In a Rush Investment Sociedad Anónima.—Lic.
Jorge Jiménez Cordero, Notario.—1
vez.—RP2009146799.—(IN2009110471).
Ante esta notaría, en
la ciudad de San José, exactamente en San Pedro, Barrio Los Yoses, del
Restaurante Le Chandelier cincuenta metros al sur, en la oficina de la Firma
PricewaterhouseCoopers, a las diecisiete horas treinta
minutos del día dos de diciembre del año dos mil nueve, comparecieron los señores
Luis Humberto Barquero Pereira y Jorge Jiménez Cordero a constituir ocho
sociedades anónimas que se denominarán Quinientos Seis Código Tico Sociedad
Anónima; El Cholo de Ciruelas Sociedad Anónima; El Cangrejo Albino Sociedad
Anónima; Faruscas y Angurrientos Sociedad Anónima; The Sun Shines for all
Sociedad Anónima cuya traducción al idioma español es El Sol Brilla para
Todos; Magic Montain Sociedad Anónima cuya traducción al idioma español es
Montaña Mágica; Magic Colors Sociedad Anónima, cuya traducción al idioma
español es Colores Mágicos; e Il Postino Di Verona Sociedad Anónima cuya
traducción al idioma español es el Cartero de Verona.—Lic. Ingrid
Jiménez Godoy, Notario.—1
vez.—RP2009146800.—(IN2009110472).
Ante mi notaría, por
escritura número setenta y tres de las doce horas del diecinueve de noviembre
del dos mil nueve, visible a folio cuarenta y tres vuelto se modificó la Junta Directiva de
la compañía La Vista
del Pacífico RTN Diez Once Sociedad Anónima, se nombran como presidente:
Rosalía Contreras Gutiérrez. Secretaria: Karla Vanesa Jiménez Vallejos.
Tesorera: Ana Mercedes Contreras Gutiérrez.—Lic.
Marianela Moreno Paniagua, Notario.—1
vez.—RP2009146801.—(IN2009110473).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del siete de diciembre del año
dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad denominada tres-ciento
dos-quinientos cuarenta y nueve mil ochocientos treinta y ocho sociedad
limitada, mediante la cual se nombra nuevo gerente general, y se modifican
las cláusulas segunda y octava del pacto social constitutivo. Einar José
Villavicencio López, notario público de Playa Brasilito, Cabo Velas, Santa
Cruz, Guanacaste.—Lic. Einar José Villavicencio López,
Notario.—1 vez.—RP2009146802.—(IN2009110474).
Por escritura otorgada
ante mí a las nueve horas cuarenta minutos del diez de diciembre de dos mil
nueve, se modificó la cláusula segunda de los estatutos y se hicieron nuevos
nombramientos en la sociedad Simja Enterprises S.R.L., con cédula de
persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y cinco mil
seiscientos dos.—San José, 10 de diciembre del
2009.—Lic. Paola Montealegre Sauma, Notario.—1
vez.—RP2009146803.—(IN2009110475).
Por escritura otorgada
ante mí a las once horas del diez de diciembre del dos mil nueve, se nombró
nuevo gerente de la sociedad Ciudad Secreta S. R. L., con cédula de
persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y siete mil
seiscientos sesenta y tres.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Gabriela
Goebel Prestinary, Notario.—1
vez.—RP2009146804.—(IN2009110476).
Por escritura número
ciento cuatro-doce, otorgada ante mí a las ocho horas del once de diciembre del
dos mil nueve se protocoliza acta de la asamblea de socios de la sociedad
denominada La
Cuatrocientos Quince del Río Sociedad Anónima, se
reforma el pacto constitutivo, y se reorganiza junta directiva.—Lic. Ricardo González Fournier, Notario.—1
vez.—RP2009146807.—(IN2009110477).
Por escritura otorgada
ante esta notaría pública, en Ciudad Colón, Mora, a las 13:30 horas del diez de
diciembre del dos mil nueve, se constituyó: Portal de Arcángeles Celestiales
Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital social: 120.000 colones. El
presidente y el secretario de la junta directiva con las facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma y la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad.—Ciudad Colón, a las 7:00
horas del 14 de diciembre del 2009.—Lic. José Aurelio Aguilar Sandí, Notario.—1 vez.—RP2009146810 .—(IN2009110478).
dEn escritura
autorizada por el suscrito notario a las diecisiete horas del día once de
diciembre de dos mil nueve se protocolizaron actas de asambleas generales
extraordinarias de accionistas de Condominio Hacienda Gregal Lote Ciento
Veintidós Ncs Sociedad Anónima y de Condominio Hacienda Gregal Lote Ciento
Veintitrés Mcw Sociedad Anónima, mediante las cuales se produce la fusión
de ambas, prevaleciendo la segunda de ellas, la que, a su vez, modifica las
cláusulas primera, segunda, quinta y octava de su pacto social.—San José, 17 de
diciembre de 2009.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—RP2009146816.—(IN2009110479).
Tjeerd Hiemstra y Bart
ten Kate, constituyen Edease Total Adventure S. A., capital diez mil
colones, íntegramente suscrito y pagado. Domicilio San José. Apoderado el
presidente de la junta directiva.—San José, 9 de
diciembre de 2009.—Lic. José Rafael Fernández Quesada, Notario.—1 vez.—RP2009146818.—(IN2009110480).
Por escritura número
doscientos cuarenta y cuatro-cuatro, otorgada ante esta notaría, a las once horas
del catorce de diciembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Importaciones
& Exportaciones Lamber de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital suscrito
y pagado.—Heredia, a las 8:17 horas del 15 de
diciembre del 2009.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández, Notario.—1 vez.—RP2009146822.—(IN2009110481).
Ante el suscrito
notario se constituyó la sociedad denominada Importadora J J M A Sociedad
Anónima, otorgada a las diecisiete horas del diez de diciembre del año dos
mil nueve. Presidente: José Alberto Bonilla Hernández. Capital social: diez mil
colones. Domiciliada en San José, Desamparados, San Jerónimo contiguo al Puente
Monte Claro. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic.
Jorge Mario Piedra Arias, Notario.—1
vez.—RP2009146823.—(IN2009110482).
Bernal Valverde
Granados y Gabriela Valverde Granados constituyen la sociedad denominada Teatro
de Nubes S. A., que es nombre de fantasía. Escritura otorgada en San Juan
de Tibás, a las ocho horas del catorce de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Bernal Castillo Rojas, Notario.—1
vez.—RP2009146827.—(IN2009110483).
En la notaría del Lic.
Warren Alberto Flores Castillo, protocolo siete, escritura: doscientos tres,
folio ciento nueve frente, del once de agosto del
presente año, se constituye Publimercsa Sociedad Anónima. Presidenta:
Andrea Vanesa Paniagua Garita, cédula: Dos-cero seis cuatro cuatro-cero siete
cero cuatro. Es todo.—San José, 27 de noviembre del
2009.—Lic. Harry Castillo Rojas, Notario.—1
vez.—RP2009146829.—(IN2009110484).
En la notaría del Lic.
Harry Flores Castillo, protocolo octavo, escritura: ciento sesenta y cinco,
folio ochenta y seis vuelto, del seis de octubre del presente año, se
constituye RCDA Cielo Azul Sociedad Anónima. Presidente: Abraham Rodrigo
Carrasco Kreuzer, Boliviano, pasaporte: uno ocho cuatro dos siete uno cinco. Es
todo.—San José, 27 de noviembre del 2009.—Lic. Harry
Flores Castillo, Notario.—1
vez.—RP2009146830.—(IN20090110485).
Por escritura número
ciento treinta de las once horas del día once de diciembre del año dos mil nueve
otorgada en la notaría que se dirá, se constituye la sociedad denominada: Veterinae
S. A. Capital social: cincuenta mil colones; notaría de Cartago.—Lic. José
Alberto Fonseca D’Avanzo, Notario.—1
vez.—RP2009146831.—(IN2009110486).
Ante esta notaría se
protocolizó acta número veintinueve de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de Bimbo de Costa Rica S. A., en la cual se modificaron
las cláusulas decimosexta, decimosétima y vigésima primera del pacto
constitutivo.—Lic. Steven Ferris Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009146832.—(IN2009110487)
Julieta y Juan Pablo,
ambos Quesada Palma y Daniela y Natalia, ambas Briceño Carmona, constituyen Judana
de Heredia Sociedad Anónima, nombrándose en ese acto al consejo de
administración, fiscal y agente residente. Escritura otorgada en Barva de
Heredia a las 15:00 horas del 11 de diciembre del 2009.—Lic.
Mónica Miranda Villalta, Notario.—1
vez.—RP2009146834.—(IN2009110488).
Ante esta notaría por
escritura otorgada a las nueve horas cuarenta minutos del once de diciembre del
dos mil nueve, se constituyó la sociedad domiciliada en la provincia de
Heredia, Barva, setecientos norte de Automercado, que
su denominación social será Macroview Sociedad Anónima. Con un plazo de
noventa y nueve años, capital social diez mil colones suscrito y pagado,
presidente Chia Lin (nombre) Tsai (apellido).—San
José, a las 9:00 horas del 14 de diciembre del 2009.—Lic. Ivannia Jesús Marín
Valerio, Notaria.—1 vez.—RP2009146836.—(IN2009110489).
Ante el notario Álvaro
Arguedas Durán, se constituye Transportes Internacionales Mava S. A.
Capital social: la suma de diez mil colones. Domicilio: Tibás, de las bodegas
de Periféricos ciento setenta y cinco oeste.—San José,
10 de diciembre del 2009.—Lic. Álvaro Arguedas Durán, Notario.—1
vez.—RP2009146837.—(IN2009110490).
Por escritura otorgada
ante esta notaría a las 15:00 horas del día 10 de diciembre del año 2009, se
constituyó la compañía denominada B & R Williams Sociedad
Anónima. Domiciliada en La
Fortuna de San Carlos.—Lic. Manuel Jones
Chacón, Notario.—1 vez.—RP2009146838.—(IN2009110491).
En esta notaría se
realizó la protocolización del acta de disolución de la sociedad denominada Tingy
Tang Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre
del 2009.—Lic. Marianela Angulo Tam, Notaria.—1
vez.—RP2009146840.—(IN2009110492).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14:00 horas del 11 de diciembre del 2009, se modifica
la cláusula segunda del domicilio, nuevo nombramiento del presidente,
secretario, tesorero y fiscal, de la sociedad Inversiones Adetto S. A.,
cédula número 3-101-204773.—San José, 11 de diciembre
del 2009.—Lic. Carlos Mauricio Vargas Caravaca, Notario.—1
vez.—RP2009146842.—(IN2009110493).
Al ser las once horas
veinte minutos del seis de noviembre del año dos mil nueve, procedo a
protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria numero cinco de la
sociedad West Sounds S. R. L., con cédula de persona jurídica número
tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y ocho mil setecientos cincuenta y dos,
domiciliada en San José, Goicoechea, Purral de Asembis cien metros este y
doscientos sureste, costado norte del bulevar, casa veintitrés en la cual se
reforma el domicilio social.—San José, 9 de noviembre del 2009.—Lic. Willy
Hernández Chan, Notario.—1
vez.—RP2009146843.—(IN2009110494).
Por medio de escritura
otorgada a las 14:30 horas del día 11 de diciembre de 2009, se modificaron las
cláusulas primera y octava y se nombra nueva junta
directiva de la Compañía Constructora Urbanotecnia
Sociedad Anónima. Presidente: Roy Carrillo Cubillo. Vicepresidente: Adrián
Alfaro Mayjall.—Lic. Carolina Arguedas Mora, Notario.—1 vez.—RP2009146844.—(IN2009110495).
Ante esta notaría bajo
escritura 55 del tomo 01 de las 17 horas con 15 minutos del 9 de noviembre del
2009, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo aumentando el
capital social a 4.100.000,00 colones de la sociedad denominada Ancamédica
S.A., cédula jurídica 3-101-248922. Presidente: Maynor Quirós Sandoval.—San José, 14 de diciembre del 2009.—Lic. Víctor Manuel
Ruiz Ruiz, Notario.—1
vez.—RP2009146845.—(IN2009110496).
Por escritura otorgada
ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Rodizio Food
Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado, duración noventa y nueve años.—San José, 14 de diciembre del 2009.—Lic. José Zeledón
Colombari, Notario.—1
vez.—RP2009146847.—(IN2009110497).
Por escritura otorgada
a las nueve y treinta horas del día de hoy se protocolizó el acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada 3-101-557276
s. a. Se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 11 de diciembre del 2009.—Lic. Edwin Vargas
Víquez, Notario.—1 vez.—RP2009146848.—(IN2009110498).
Por escritura otorgada
ante mí, se constituye sociedad anónima denominada Inversiones Sematecla
Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Objeto social: comercio en
general. Presidente representante legal con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma. Domicilio social: San José.—San
José, 12 de diciembre del 2009.—Lic. María Gabriela Sandoval Chinchilla,
Notario.—1 vez.—RP2009146849.—(IN2009110499).
El día de hoy he
protocolizado acta constitutiva de la entidad Inmobiliaria Milu Limitada,
domiciliada en La Aurora
de Heredia, de Mueblería La
Aurora trescientos metros norte, y cincuenta oeste. Gerente:
Milena del Carmen Rivera Corrales.—Puerto Viejo,
Sarapiquí, 17 de noviembre de 2009.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2009146851.—(IN2009110500).
Ante esta notaría por
escritura número diecisiete-dieciocho protocolicé acta de asamblea
extraordinaria de Internacional Concepts C.R. Sociedad Anónima,
en la cual se nombra apoderado generalísimo sin límite de suma al señor Alberto
Aguilar Hernández.—Cartago, 10 de diciembre del
2009.—Lic. Walter Mora Cerdas, Notario.—1
vez.—RP2009146852.—(IN2009110501).
En la ciudad de
Cartago al ser once horas del diez de diciembre del dos mil nueve. Rosa Monge
Monge y Adalberto Carlos Kovach Trias. Constituyen la sociedad anónima Ansina
Sociedad Anónima. Ante el notario Christian Chinchilla Monge.—Cartago, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Christian
Chinchilla Monge, Notario.—1
vez.—RP2009146856.—(IN2009110502).
Por escritura otorgada
ante esta notaría a las catorce horas treinta minutos del doce de diciembre del
dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Andrés & Sasha
Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo: 99 años.
Domicilio social: Heredia, San Francisco. Presidente y tesorero actuando en
forma individual apoderados generalísimos sin límite de suma.—San
José, 12 de diciembre del 2009.—Lic. Cristina Montero González, Notaria.—1 vez.—RP2009146857.—(IN2009110503).
Por escritura otorgada
ante esta notaría a las catorce horas del doce de diciembre del dos mil nueve,
se constituyó la sociedad denominada Familia Monge Alfaro Sociedad Anónima.
Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Domicilio social:
Heredia, Ulloa, La
Aurora. Presidente y tesorero actuando en forma individual
apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José,
12 de diciembre del 2009.—Lic. Cristina Montero González, Notaria.—1 vez.—RP2009146858.—(IN2009110504).
Por escritura otorgada
el día de hoy se constituye la empresa Inversiones y Desarrollos de San José
Indesa S. A. Capital social totalmente suscrito y pagado; acciones comunes
y nominativas. Domicilio: San José. Plazo: cien años. Presidente, y tesorero
con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San
José, 11 de diciembre del 2009.—Lic. José Milton Morales Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2009146859.—(IN2009110505).
Ignacio Sánchez
Ramírez, notario, hace saber que por escritura de las 10:00 horas del 4 de
diciembre del año 2009, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria: Desarrollo
Granera & Varela S. A., donde se reformó la cláusula sexta; cédula
jurídica 3-101-194940.—Lic. Ignacio Sánchez Ramírez,
Notario.—1 vez.—RP2009146860.—(IN2009110506).
El suscrito notario
hace constar que con vista en la matriz se modificó la cláusula tercera del
pacto constitutivo de la empresa Condominios La Estefanía del
Este Sociedad Anónima.—San José, 19 de setiembre
del 2008.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1
vez.—RP2009146861.—(IN2009110507).
El suscrito notario
hace constar con vista en la matriz que se modificaron las cláusulas segunda y
sexta del pacto constitutivo de la empresa Hacienda Inmobiliaria Altos de
Jaboncillo S. A.—San José, 19 de setiembre del 2009.—Lic. Carlos Gutiérrez
Font, Notario.—1 vez.—RP2009146862.—(IN2009110508).
El suscrito notario
hace constar con vista en la matriz que se modificaron las cláusulas segunda y
sexta del pacto constitutivo de la empresa Hacienda Inmobiliaria Santa
Catalina CR Sociedad Anónima.—San José, 9 de diciembre del 2009.—Lic.
Carlos Gutierrez Font, Notario.—1
vez.—RP2009146863.—(IN2009110509).
Mediante escritura
otorgada a las diez horas del catorce de diciembre del dos mil nueve, se
constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número
treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil
seis, una Sociedad Anónima cuya razón social será la cédula jurídica que le
asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma a Rodrigo Zúñiga Trigueros.—Lic. Tatiana Martínez Salas, Notario.—1
vez.—RP2009146864.—(IN2009110510).
El suscrito Ólger
Arnulfo Monge Arias, mayor, divorciado una vez, Topógrafo, cédula Nº
uno-seiscientos setenta y cuatro-seiscientos setenta y cinco, vecino de Vuelta
de Jorco de Aserrí, seiscientos metros este de la iglesia, en su calidad de
presidente y representante judicial y extrajudicial de la sociedad Complejo
Recreacional y Comercial El Real Sociedad Anónima, mismo que tiene las
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, solicita al Registro
Público, Sección Personas Jurídicas se
publique el edicto correspondiente a dicha sociedad el nombramiento del
apoderado generalísimo se realiza por todo el plazo social.—San José, 10 de
diciembre del 2009.—Lic. Christian Álvarez Zamora, Notario.—1
vez.—RP2009146866.—(IN2009110511).
Por escritura
otorgada ante mí se constituyó
Inversiones C Y B del Sur Sociedad Anónima.
Presidente, secretario y tesorero todos con facultades de apoderados
generalísimos.—San José, 10 de diciembre del
2009.—Lic. Flor Castillo Castro, Notario.—1
vez.—RP2009146867.—(IN2009110512).
Por escritura otorgada
ante esta notaría a las 8:00 horas del 7 de diciembre del presente año se
modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad denominada Rivas
Baldioceda Hermanos S. A.—San José, 7 de diciembre del 2009.—Lic. Manuel
Rey González, Notario.—1
vez.—RP2009146878.—(IN2009110513).
Ante mi notaría por
escritura número ciento ochenta y cinco, tomo cuarenta y dos la sociedad NV
V Villalobos Vindas S. A. reforma cláusulas primera, segunda y
décima sexta del pacto constitutivo.—Lic. José Ricardo
Guevara Guevara, Notario.—1
vez.—RP2009146880.—(IN2009110514).
Por escritura otorgada
ante mí, a las 9:00 horas del 8 de diciembre de 2009, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de Torchana Limitada.—Lic.
Eugenio F. Ortiz Álvarez, Notario.—1
vez.—RP2009146882.—(IN2009110515).
Por escritura otorgada
en San José, ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se protocolizaron acuerdos
de la empresa Publicidad en El Punto de Venta S. A., mediante el cual se
modifica la cláusula de administración, representación legal y nombra junta
directiva.—San José, 14 de diciembre del año
2009.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1
vez.—RP2009146883.—(IN2009110516).
Por escritura pública
número 325 de las 12:00 horas del 11 de diciembre del año 2009, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Consulcom
Consultoría y Comunicaciones de Centroamérica S. A., en la que se
reforma totalmente las cláusulas segunda, cuarta y sexta del pacto social.—San José, catorce de diciembre del 2009.—Lic. Jéssica
María Hernández Quesada, Notaria.—1
vez.—RP2009146884.—(IN2009110517).
Licenciada Flor María
Delgado Zumbado, abogada y notaria pública comunica que ante su notaría se
constituyó la sociedad denominada Zumvi W E P A Sociedad Anónima,
para dedicarse a toda clase de negocio lícito.—Belén,
doce de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2009146885.—(IN2009110518).
Licenciada Flor María
Delgado Zumbado, abogada y notaria pública comunica que ante su notaría se
constituyó la sociedad denominada Matian Lieber Sociedad Anónima, para
dedicarse a toda clase de negocio lícito.—Belén, once
de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2009146886.—(IN2009110519).
Por escritura otorgada
ante esta notaría en conotariado con la Lic. Ana Córdoba Artavia, se constituyó la
sociedad Inversiones Ginandre S.A. Todo de conformidad con la escribirá
pública número cincuenta y uno.—Lic. Álvaro Hernández
Chan, Notario.—1 vez.—RP2009146887.—(IN2009110520).
Ante esta notaría, por
escritura otorgada a las quince horas del día once de diciembre de dos mil
nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de las sociedades denominadas Casitas del Lago
Sociedad Anónima; Fideicomiso Vista Los Sueños Sociedad Anónima; Constructora
Costa de Oro Limitada; Marina Development Company Sociedad Anónima; Progreso
Dos Mil Consultores Sociedad Anónima; Los Sueños Marina Yacht Center Limitada y
Pueblo de La Marina
Limitada, donde se acuerda fusionar por absorción a las
sociedades prevaleciendo la primera.—San José, once de diciembre del dos mil
nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—RP2009146888.—(IN2009110521).
Ante esta notaría, por
escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del día once de diciembre
de dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la
sociedad denominada Guanacaste Frondoso de La Sabana GFS Limitada.
Donde se acuerda reformar la cláusula novena del pacto constitutivo y se
revocan gerentes y hacen nombramientos.—San José, once
de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2009146889.—(IN2009110522).
Por escritura otorgada
a las 10 horas del 14 de diciembre del 2009 se modificaron las cláusulas sétima
y novena de los estatutos constitutivos de la sociedad Tjuanas S. A.,
cédula jurídica 3-101-567176, representación presidente y secretario.—San José, 14 de diciembre del 2009.—Lic. Luis Alonso
Quesada Díaz, Notario.—1
vez.—RP2009146890.—(IN2009110523).
Ante esta notaría se
procedió a reformar la cláusula segunda, del pacto constitutivo y se nombró
presidente, secretario y tesorero de la sociedad Sistemas de Seguridad y
Monitoreo Digital SISEMO S. A.—San José, once de
diciembre del dos mil nueve.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1
vez.—RP2009146892.—(IN2009110524).
Por escritura pública
número veinticuatro del tomo treinta y cuatro de mi protocolo, de fecha ocho
horas del catorce de diciembre del dos mil nueve se protocoliza el acta número
dos de la sociedad Portones Estrella S. A., por la cual se modifica la
cláusula octava del pacto constitutivo y se nombra agente residente de la
sociedad.—San José, 12 de diciembre del 2009.—Lic.
Abel Nicolás Chinchilla Mata, Notario.—1
vez.—RP2009146893.—(IN2009110525).
Ante la notaría del
licenciado Piero Vignoli Chessler se constituyó la sociedad denominada Marlynd
y Asociados Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones.—San José, 14 de diciembre del 2009.—Lic. Piero Vignoli
Chessler, Notario.—1
vez.—RP2009146894.—(IN2009110526).
Por escritura otorgada
a las nueve horas del siete de diciembre del dos mil nueve, se constituye la compañía
Utadeo de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital: suscrito y
pagado.—Lic. Mario Enrique Pacheco Loaiza, Notario.—1 vez.—RP2009146896.—(IN2009110527).
Ante esta notaría,
Guillermo Marín Ulloa, cédula de identidad número 1-471-681; Carmen Julia
Ramírez Peña, cédula de identidad número 6-102-1082; Carmen Julia Marín
Ramírez, cédula de identidad número 1-1154-638; Víctor Marín Ramírez, cédula de
identidad número 1-1238-44; y Guillermo Marín Ramírez, cédula de identidad
número 1-1045-269, han constituido una sociedad anónima denominada Coleccionistas
M & R Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2009.—Lic. Hazell
Ahrens Arce, Notario.—1
vez.—RP2009146898.—(IN2009110528).
Por asamblea de socios
la sociedad tres-ciento dos-quinientos veintidós mil quinientos noventa
sociedad de responsabilidad limitada, se modificó cláusulas primera,
sexta y se nombra nuevos representantes.—San José,
catorce de diciembre del año dos mil nueve.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias,
Notario.—1 vez.—RP2009146900.—(IN2009110529).
En mi notaría a las
diecisiete horas del día veintiséis de noviembre del año dos mil nueve se
constituye sociedad anónima denominada Reinas de Costa Rica Sociedad Anónima.
Capital social pagado diez mil colones, apoderados generalísimos sin límite de
suma Allan Alemán Campos cédula número dos-cuatro nueve-tres-cero cuatro. Plazo
social noventa y nueve años.—San José, catorce de
diciembre del dos mil nueve.—Lic. Marlene Isabel Guzmán Muñoz, Notaria.—1 vez.—RP2009146901.—(IN2009110530).
Por escritura otorgada
ante esta notaría a las 17:00 horas del 02 de diciembre del 2009, mediante la
escritura número ciento cinco, se reforman los artículos segundo y undécimo del
pacto constitutivo de la sociedad Tesorero Escondido ZC S. A.—San José, 14 de diciembre del 2009.—Lic. Douglas Soto
Campos, Notario.—1 vez.—RP2009146904.—(IN2009110531).
Ante esta notaría se
constituye la sociedad denominada Inversiones Mapajoma Sociedad Anónima,
a las dieciocho horas del diez de diciembre del dos mil nueve, siendo su
tesorera, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma Raquel
Rodríguez Córdoba, ante el notario Rodrigo Garita López.—Florencia de San
Carlos, diez de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—RP2009146906.—(IN2009110532).
En escritura Nº 5-122,
otorgada a las 08:00 horas del 11 de noviembre de 2009 tomo cinco del protocolo
de esta notaría, se modifican las cláusulas segunda y sexta del pacto
constitutivo de Circle Vista Properties Sociedad Anónima.—San José, 11
de diciembre del 2009.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1
vez.—RP2009146907.—(IN2009110533).
Protocolización de
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
empresa Servicios Grupo Mundial Sociedad Anónima, mediante la cual se
reforman las cláusulas segunda y décima segunda del pacto social. Escritura
otorgada en San José, a las once horas del catorce de diciembre del dos mil
nueve.—Lic. Elizabeth Chan Chan, Notaria.—1 vez.—RP2009146908.—(IN2009110534).
Por escritura número
siete, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las a las quince horas del diez de
diciembre del año dos mil nueve, Saúl Agustín Rojas Vargas y Braxis Cerna
Arroyo, constituyeron la sociedad denominada Misnhu Sociedad Anónima,
que es nombre de fantasía. Duración: Noventa y nueve años. Presidente: Saúl
Agustín Rojas Vargas. Domicilio: Centro de San Ramón, Alajuela, trescientos
metros norte de la guardia rural, San Juan.—Lic.
Fernando Campos Céspedes, Notario.—1
vez.—RP2009146909.—(IN2009110535).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, en Alajuela a las 16:00 horas del 8 de diciembre del 2009,
se constituyó la sociedad Belgrano Dorado Sociedad Anónima. Domiciliada
en Alajuela, Av. 4, C. 15 y 17, 150 metros este de Distribuidora La Agonía. Capital
social: ¢20.000,00. Plazo: 99 años. Objeto: el comercio y la industria en
general. Corresponde al presidente y secretario la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad.—Alajuela, 08 de
diciembre del 2009.—Lic. Edgar Gerardo Aguilar Sevilla, Notario.—1 vez.—RP2009146910.—(IN2009110536).
Por escritura número
ochenta y cinco-cuarenta y cuatro, otorgada ante los notarios públicos Juvenal
Sánchez Zúñiga y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero; a
las nueve horas del día catorce de diciembre del año dos mil nueve, donde se
modifica la cláusula segunda de los estatutos de la compañía y se nombra agente
residente de la compañía denominada Costa Rica Travel and Trade Sociedad
Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2009.—Lic.
Juvenal Sánchez Zúñiga Notario.—1
vez.—RP2009147068.—(IN2009110410).
Por escritura otorgada
ante mí, a las veinte horas del veintitrés de noviembre del dos mil nueve, se
constituye la sociedad Ramaca S. A. Presidente y secretario con
facultades de apoderados generalísimos sin límite suma. Capital social: cien
mil colones totalmente suscrito y pagado.—Lic. Ericka
Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—(IN2010001193).
REGISTRO NACIONAL
PUBLICACIÓN DE tercera
VEZ
Se hace saber a
Eli Izaba Gutiérrez, cédula de identidad Nº 5-194-555, codemandada en proceso
ejecutivo simple, cuyo Decreto de Embargo recae sobre la finca de Guanacaste
matrícula 80239, a sus apoderados, representantes, albaceas o terceros con
interés legitimo, que el Registro Inmobiliario, División Registral, realizó
apertura de Diligencias Administrativas de oficio, por una posible duplicidad
de planos que afecta a las fincas 5-80239 y 5-81623. Mediante resolución de las
08:00 horas del 08/10/09 se confiere audiencia par medio de edicto por no tener
un domicilio exacto del interesado, hasta por 15 días hábiles contados a partir
del día siguiente de la tercera publicación del presente edicto, término dentro
del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le
previene, a la parte indicada, que dentro del término establecido para la
audiencia, deben señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras
notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y
concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº
26771-J, de 18 de febrero de 1998, en concordancia con los numerales 19 y 34 de
la Ley de
Notificaciones Judiciales, Ley N° 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir
con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después
de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere
impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del
Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. expediente
Nº 08-1327-BIUS) Notifíquese..—Curridabat, 10 de
noviembre del 2009.—Lic. Mabel Valverde Zúñiga,
Asesora Jurídica Registral.—O. C. Nº 09-816.—Solicitud
Nº 26168.—C-73460.—(IN2009109591).
Se hace saber a
Gregoria Guevara Acosta, cédula Nº 5-0052-0828, propietaria de la finca de
Guanacaste matrícula 56910-003, a cualquier tercero con interés legitimo, a sus
albaceas o a sus representantes legales, que la División Registral
del Registro Inmobiliario ordenó apertura de Diligencias Administrativas de oficio,
para investigar posible sobreposición con vía pública en la finca de Guanacaste
matrícula 56910. Mediante resolución de las 10:18 horas del 15/07/09 se brindó
audiencia de ley a las partes, y siendo que fue devuelto el certificado de
correos RR014381851CR dirigido a dicha señora, con la indicación de haber
cambiado de domicilio, con el fin de cumplir con el debido proceso, por
resolución de las 10:00 horas del 31/08/09, se autorizó la publicación por 3
veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona
indicada, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a
la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe
presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro
del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo
electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los
artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es
Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones
Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo
anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de
dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señal do fuere impreciso,
incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del
Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. expediente
Nº 08-543-BIUE), Notifíquese.—Curridabat, 31 de agosto del 2009..—Lic. Mabel
Valverde Zúñiga, Asesora Jurídica Registral.—O. C. Nº
09-816.—Solicitud Nº 26146.—C-60770.—(IN2009109592).
Se hace saber a: José
Román Gómez Gómez, cédula Nº 5-0043-0061, propietario de la finca de 5-26538, a
cualquier interesado con interés legitimo, albaceas o representantes legales,
que el Registro Inmobiliario División Registral ordenó apertura de Diligencias
Administrativas de oficio, para investigar una posible sobreposición de las
fincas 5-26538 y 5-82016. Mediante resolución de las 8:00 horas del 07/07/2009
se brindó audiencia de ley a las partes, y siendo que fue devuelto el
certificado de correos RR014381689CR dirigido a esta persona, con la indicación
de cambio de domicilio, con el fin de cumplir con el debido proceso, por
resolución de las 14:00 horas del 3/11/2009, se autorizó la publicación por
tres veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona
indicada, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a
la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe
presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro
del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo
electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los
artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es
Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones
Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo
anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de
dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso,
incierto o ya no existiere, conforme a los Artículos 99 del Reglamento del
Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. expediente
Nº 08-1152-BIUE).Notifíquese.—Curridabat, 3 de noviembre del 2009.—Lic. Mabel
Valverde Zúñiga, Asesora Jurídica.—O. C. Nº
09-816.—Solicitud Nº 26167.—C-15020.—(IN2009109593).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Resolución
RRG-10232-2009.—San José, a las 10:45 horas del 9 de
noviembre de 2009. Expediente OT-205-2009. Apertura de procedimiento.
Investigados: conductor: señor Elvis Suárez Soza, propietario: señora Katherine
Alfaro González.
Resultando:
I.—Que mediante oficio UTCE-2009-090, de 21 de octubre de
2009 y recibido en la
Autoridad Reguladora el 23 de octubre de 2009, la Dirección General
de Tránsito del MOPT, remite para su respectivo trámite entre otras, la boleta
de citación 2-2009-203900727 (folio 1).
II.—Que
la boleta 2-2009-203900727 se le confeccionó al señor Elvis Suárez Soza,
documento de identificación CR 002701129, el 9 de octubre de 2009, por supuesta
prestación de servicio público remunerado, no autorizado modalidad taxi (folio
3).
III.—Que
la Dirección
General de Tránsito del MOPT remitió junto con la boleta
antes citada la información sumaria; indicando en la misma la descripción de
los hechos acaecidos el día en que se confeccionó la ya mencionada boleta de
citación (folio 4).
IV.—Que
el Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del MOPT, emitió el
20 de octubre de 2009, constancia mediante la cual señala que el vehículo placa
258438 no aparece autorizado a circular con ninguna placa de servicio público,
modalidad taxi (folio 5).
V.—Que según la boleta supra
indicada, se retuvo como medida cautelar el vehículo de placa citada, por
supuesta violación de lo establecido en el artículo 38, inciso d) de la Ley de la autoridad reguladora
de servicios públicos (Ley 7593) (folio 3).
VI.—Que
consultada la página electrónica del Registro Nacional de la Propiedad, el vehículo
de placa citada, al momento de los hechos investigados, era propiedad de la
señora Katherine Alfaro González, cédula de identidad 9-097-053.
Considerando:
I.—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y
41, faculta a la
Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios
sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las
circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido
en los artículos 214 y siguientes de la
Ley general de la administración pública (Ley 6227).
II.—Que mediante resolución
RRG-8287-2008, emitida a las 15:00 horas del 29 de abril de 2008, el Regulador
General emitió los lineamientos para la aplicación del dictamen vinculante de la Procuraduría General
de la República
C-085-2008 del 26 de marzo del 2008, en los procedimientos
ordinarios por prestación no autorizada del servicio público de transporte
remunerado de personas modalidad taxi, en cuanto a las responsabilidades del
conductor y propietario en la supuesta prestación del servicio público, así
como que en caso de darse un porteo, las condiciones bajo las cuales debe
brindarse, la cual corre agregada a los autos.
III.—Que en virtud de la
jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el
artículo 57, inciso a) subincisos 4 y 11 de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la
condición de órgano decisor en dichos procedimientos ordinarios.
IV.—Que
para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del
procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley 6227, según criterio de la Procuraduría General
de la República
emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.
V.—Que conforme
la resolución RRG-10177-2009 emitida a las 10:00 horas del 9 de octubre de
2009, se delegó en el Director General de la Dirección General
de Asesoría Jurídica y Regulatoria la firma de las resoluciones de nombramiento
y sustitución de órgano director del procedimiento administrativo que el
Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38,
41 y 44 de la Ley
7593.
VI.—Que
de conformidad con el resultando y considerando indicado y al mérito de los
autos, lo procedente es resolver tal y como se dispone. Por tanto,
Con fundamento en
las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley 6227.
EL REGULADOR GENERAL RESUELVE:
1º—Dar inicio al
procedimiento administrativo contra el señor Elvis Suárez Soza, documento de
identificación CR-00270-01129 en calidad de conductor y a la señora Katherine
Alfaro González, cédula de identidad 9-970-053 en calidad de propietaria
registral del vehículo involucrado al momento de los hechos investigados del
vehículo involucrado, que se tramitará bajo el expediente número OT-205-2009,
nombrando como órgano director del procedimiento a Shirley Alfaro Alfaro,
cédula de identidad 4-148-789 y Selene Camacho Quesada, cédula de identidad
4-160-034 ambas funcionarias de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos, quienes actuarán en forma conjunta o separada, a fin
de que realicen todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los
hechos denunciados según la boleta antes citada, otorguen y vigilen el respeto
al debido proceso y concedan el derecho de defensa al administrado, para lo
cual tendrán todas las competencias otorgadas en la Ley 6227 como órgano director
del procedimiento.
2º—Notifíquese al señor Elvis
Suárez Soza por medio de publicación en La Gaceta. Así
mismo se le previene al investigado que en el plazo de 3 días hábiles a partir
del día siguiente de la notificación de la presente resolución deberá señalar
ante el órgano director, cito en la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos, ubicada en San José, Sabana Sur, 400 metros al oeste
de la
Contraloría General de la República, medio
para atender notificaciones en el entendido que su omisión implicará para
futuras resoluciones la notificación automática de conformidad con la Ley de Notificaciones judiciales
(Ley 8687) y se le tendrá por notificado con el transcurso de 24 horas después
de dictada.
3º—Notifíquese a la señora
Katherine Alfaro González por medio de correo certificado a la siguiente
dirección: Moravia del gimnasio Amigos 100 metros al sur, 25 metros al este y
100 metros al sur. Así mismo se le previene a la investigada que en el plazo de
3 días hábiles a partir del día siguiente de la notificación de la presente
resolución deberá señalar ante el órgano director, cito en la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos, ubicada en San José, Sabana Sur, 400 metros al oeste
de la
Contraloría General de la República, medio
para atender notificaciones en el entendido que su omisión implicará para
futuras resoluciones la notificación automática de conformidad con la Ley de Notificaciones
judiciales (Ley 8687) y se le tendrá por notificado con el transcurso de 24
horas después de dictada.
4º—De conformidad con los
artículos 346 y 349 de la Ley
6227, la presente resolución tiene recurso de revocatoria con apelación en
subsidio, los cuales deben ser interpuestos 24 horas posteriores a la
notificación ante el órgano director en la Dirección General
de Asesoría Jurídica y Regulatoria en el segundo piso de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos, sita en San José, Sabana Sur, 400 metros al oeste de
la
Contraloría General de la República. La
competencia para resolver el recurso de revocatoria le corresponde al Regulador
General y el recurso de apelación a la Junta Directiva.
Fernando Herrero
Acosta, Regulador General.—O. C. Nº 4660-09.—Solicitud Nº
3724.—C-222810.—(IN2009110226).
Resolución
RRG-8828-2008.—San José, a las 11:00 horas del 16 de
setiembre de 2008. Apertura de procedimiento. Expediente OT-295-2008.
Considerando:
1º—Que el día 14
de agosto de 2008, al investigado Giovanny Abarca Moraga, documento de
identificación número 7-099-201, se le impuso la boleta de citación número
2008-0054857, por supuesta prestación de un servicio público sin la
correspondiente autorización (folio 03).
2º—Que según la boleta supra
indicada, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 356735 por supuesta
violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora
de Servicios Públicos.
3º—Que según consta en los autos,
consulta de vehículos del Registro Nacional, el vehículo placa 356735, es
propiedad de Pablo Manuel Agüero Fallas, portador de la cédula de identidad
1-638-289.
4º—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y
41, faculta a la
Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios
sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las
circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido
en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la
Administración Pública.
5º—Que mediante resolución
RRG-8287-2008, emitida a las 15:00 horas del 29 de abril de dos mil ocho, el
Regulador General emitió los lineamientos para la aplicación del dictamen
vinculante de la
Procuraduría General de la República C-085-2008
del 26 de marzo del 2008, en los procedimientos ordinarios por prestación no
autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas modalidad
taxi, en cuanto a las responsabilidades del conductor y propietario en la
supuesta prestación del servicio público, así como que en caso de darse un
porteo, las condiciones bajo las cuales debe brindarse, la cual corre agregada
a los autos.
6º—Que en virtud de la
jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el
artículo 57. b) y e) de la Ley
7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decisor en dichos
procedimientos ordinarios.
7º—Que para dar inicio a los
procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente
las competencias establecidas en la Ley General de la Administración
Pública, según criterio de la Procuraduría General
de la República
emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.
8º—Que conforme la resolución
RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el
Director de la Asesoría Jurídica la firma de las resoluciones de
nombramiento de órgano director del procedimiento administrativo que el
Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38,
41 y 44 de la Ley
7593. Por tanto,
Con fundamento en
las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la
Administración Pública.
EL REGULADOR GENERAL RESUELVE:
1º—Dar inicio al
procedimiento administrativo contra Giovanny Abarca Moraga, documento de
identificación número 7-099-201, en su condición de conductor y a Pablo Manuel
Agüero Fallas, portador de la cédula de identidad 1-638-289 propietario
registral, que se tramitará bajo el expediente número OT-295-2008, nombrando
como órgano director del procedimiento a María Marta Rojas Chaves, cédula
1-740-756 y Shirley Alfaro Alfaro, cédula 4-148-789, funcionarias de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos, quienes actuaran en forma conjunta o separada, a fin
de que realicen todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los
hechos denunciados según la boleta antes citada, otorguen y vigilen el respeto
al debido proceso y concedan, el derecho de defensa al administrado, para lo
cual tendrán todas las competencias otorgadas en la Ley General de la Administración
Pública como órgano director del procedimiento.
2º—Notifíquese a Giovanny Abarca
Moraga, documento de identificación número 7-099-201, en su condición de
conductor y a Pablo Manuel Agüero Fallas, portador de la cédula de identidad
1-638-289, en su condición de propietario registral del vehículo involucrado a
través de los medios señalados y que constan en los autos, a quienes se les
previene para que dentro del tercer día posterior a la notificación de este
acto, señalar lugar, en las cercanías de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos, o medio para recibir notificaciones, a efecto de
comunicarle los actos emitidos en el presente procedimiento, bajo
apercibimiento de que si no lo hiciere, éstos se tendrán por notificados en el
transcurso de 24 horas después de emitidos.
Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—O. C. Nº 4660-09.—Solicitud Nº
3724.—C-180060.—(IN2009110227).
Resolución
RRG-10157-2009.—San José, a las 12:00 horas del 30 de
setiembre de 2009. Expediente OT-137-2007. Apertura de procedimiento.
Investigados: conductor: señor Juan G. Rodríguez Alvarado. Propietario: señor
Denis Gerardo Fonseca Rodríguez.
Resultando:
I.—Que mediante oficio UTCE-2007-095, del 17 de mayo de 2007
y recibido en la
Autoridad Reguladora el 17 de mayo de 2007, la Dirección General
de Tránsito del MOPT, remite para su respectivo trámite entre otras, la boleta
de citación 2006-243755 (folio 01).
II.—Que
la boleta 2006-243755 se le confeccionó al señor Juan G. Rodríguez Alvarado,
cédula de identidad número 2-0382-0157, el 14 de mayo 2007, por supuesta
prestación de servicio público remunerado no autorizado, modalidad taxi (folio
02).
III.—Que
la Dirección
General de Tránsito del MOPT remitió junto con la boleta
antes citada la información sumaria; indicando en la misma la descripción de
los hechos acaecidos el día en que se confeccionó la ya mencionada boleta de
citación (folio 03).
IV.—Que
el Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del MOPT, emitió el
17 de mayo de 2007, constancia mediante la cual señala que el vehículo placa CL
133880 no aparece autorizado a circular con ninguna placa de servicio público,
modalidad taxi (folio 05).
V.—Que según la boleta supra
indicada, se retuvo como medida cautelar el vehículo de placa citada, por
supuesta violación de lo establecido en el artículo 38, inciso d) de la Ley de la autoridad reguladora
de servicios públicos (Ley 7593) (folios 02 a 04).
VI.—Que
consultada la página electrónica del Registro Nacional de la Propiedad, el vehículo de
placa citada, al momento de los hechos investigados, era propiedad del señor
Denis Gerardo Fonseca Rodríguez, cédula de identidad número 6-0199-0142.
Considerando:
I.—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y
41, faculta a la
Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios
sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las
circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido
en los artículos 214 y siguientes de la
Ley general de la administración pública (Ley 6227).
II.—Que mediante resolución
RRG-8287-2008, emitida a las 15:00 horas del 29 de abril de dos mil ocho, el
Regulador General emitió los lineamientos para la aplicación del dictamen
vinculante de la
Procuraduría General de la República C-085-2008
del 26 de marzo del 2008, en los procedimientos ordinarios por prestación no
autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas modalidad
taxi, en cuanto a las responsabilidades del conductor y propietario en la
supuesta prestación del servicio público, así como que en caso de darse un
porteo, las condiciones bajo las cuales debe brindarse, la cual corre agregada
a los autos.
III.—Que en virtud de la
jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el
artículo 57, inciso a) subincisos 4 y 11 de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la
condición de órgano decisor en dichos procedimientos ordinarios.
IV.—Que
para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del
procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley 6227, según criterio de la Procuraduría General
de la República
emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.
V.—Que conforme la resolución
RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el
Director de la Asesoría Jurídica la firma de las resoluciones de
nombramiento de órgano director del procedimiento administrativo que el
Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38,
41 y 44 de la Ley
7593.
VI.—Que
de conformidad con el resultando y considerando indicado y al mérito de los
autos, lo procedente es resolver tal y como se dispone. Por tanto,
Con fundamento en
las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la
Administración Pública.
EL REGULADOR GENERAL RESUELVE:
1.—Dar inicio al
procedimiento administrativo contra los señores Juan G. Rodríguez Alvarado,
cédula de identidad 2-0382-0157, en su condición de conductor y Denis Gerardo
Fonseca Rodríguez, cédula de identidad 6-0199-0142, en su condición de
propietario registral al momento de los hechos investigados del vehículo
involucrado, que se tramitará bajo el expediente número OT-137-2007, nombrando
como órgano director del procedimiento a Selene Camacho Quesada, cédula
4-0160-0034 y Eric Chaves Gómez, cédula 1-0905-0018, ambos funcionarios de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos, quienes actuarán en forma conjunta o separada, a fin
de que realicen todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los
hechos denunciados según la boleta antes citada, otorguen y vigilen el respeto
al debido proceso y concedan el derecho de defensa al administrado, para lo
cual tendrán todas las competencias otorgadas en la Ley 6227 como órgano director
del procedimiento.
2º—Notifíquese a los señores Juan
G. Rodríguez Alvarado y Denis Gerardo Fonseca Rodríguez, como investigados en
esta causa en forma personal o en su domicilio. Así mismo se le previene a los
investigados que en el plazo de 3 días hábiles a partir del día siguiente de la
notificación de la presente resolución deberá señalar ante el órgano director,
cito en la
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicada en
San José, Sabana Sur, 400 metros al oeste de la Contraloría General
de la República,
medio para atender notificaciones en el entendido que su omisión implicará para
futuras resoluciones la notificación automática de conformidad con el artículo
12 de la Ley de
notificaciones, citaciones y otras comunicaciones judiciales (Ley 7637) y se le
tendrá por notificado con el transcurso de 24 horas después de dictada.
3º—Notificar a los investigados
la presente resolución de conformidad con la Ley 7637.
Notifíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—O. C. Nº 4660-09.—Solicitud Nº
3724.—C-180060.—(IN2009110228).
Resolución
RRG-10154-2009.—San José, a las 8:15 horas del 30 de
setiembre de 2009. Expediente OT-159-2007.—Apertura de
procedimiento. Investigados: conductor: señor Marvin A. Chávez Reyes,
propietario: señor Luis Alberto Redondo Paz.
Resultando:
I.—Que mediante oficio UTCE-2007-126, del 28 de mayo de 2007
y recibido en la
Autoridad Reguladora el 28 de mayo de 2007, la Dirección General
de Tránsito del MOPT, remite para su respectivo trámite entre otras, la boleta
de citación 2006-368651 (folio 01).
II.—Que la boleta 2006-368651 se
le confeccionó al señor Marvin A. Chávez Reyes, cédula de residencia
155801147427, con la identificación 000109363 ante el oficial de tránsito, el
18 de mayo 2007, por supuesta prestación de servicio público remunerado no autorizado
modalidad taxi (folio 02).
III.—Que
la Dirección
General de Tránsito del MOPT remitió junto con la boleta
antes citada la información sumaria; indicando en la misma la descripción de
los hechos acaecidos el día en que se confeccionó la ya mencionada boleta de
citación (folios 03 a 04).
IV.—Que
el Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del MOPT, emitió el
28 de mayo de 2007, constancia mediante la cual señala que el vehículo placa
536539 no aparece autorizado a circular con ninguna placa de servicio público,
modalidad taxi (folio 05).
V.—Que según la boleta supra
indicada, se retuvo como medida cautelar el vehículo de placa citada, por
supuesta violación de lo establecido en el artículo 38, inciso d) de la Ley de la autoridad reguladora
de servicios públicos (Ley 7593) (folios 01 a 02).
VI.—Que
consultada la página electrónica del Registro Nacional de la Propiedad, el vehículo
de placa citada, al momento de los hechos investigados, era propiedad del señor
Luis Alberto Redondo Paz, cédula de identidad 7-0130-0425.
Considerando:
I.—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y
41, faculta a la
Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios
sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las
circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido
en los artículos 214 y siguientes de la
Ley general de la administración pública (Ley 6227).
II.—Que mediante resolución
RRG-8287-2008, emitida a las 15:00 horas del 29 de abril de dos mil ocho, el
Regulador General emitió los lineamientos para la aplicación del dictamen
vinculante de la
Procuraduría General de la República C-085-2008
del 26 de marzo del 2008, en los procedimientos ordinarios por prestación no
autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas modalidad
taxi, en cuanto a las responsabilidades del conductor y propietario en la
supuesta prestación del servicio público, así como que en caso de darse un
porteo, las condiciones bajo las cuales debe brindarse, la cual corre agregada
a los autos.
III.—Que en virtud de la
jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el
artículo 57, inciso a) subincisos 4 y 11 de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la
condición de órgano decisor en dichos procedimientos ordinarios.
IV.—Que
para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del
procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley 6227, según criterio de la Procuraduría General
de la República
emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.
V.—Que conforme la resolución
RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el
Director de la Asesoría Jurídica la firma de las resoluciones de
nombramiento de órgano director del procedimiento administrativo que el
Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38,
41 y 44 de la Ley
7593.
VI.—Que
de conformidad con el resultando y considerando indicado y al mérito de los
autos, lo procedente es resolver tal y como se dispone. Por tanto,
Con fundamento en
las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley 6227.
EL REGULADOR GENERAL RESUELVE:
1º—Dar inicio al
procedimiento administrativo contra los señores Marvin A. Chávez Reyes, cédula
de residencia 155801147427, en su condición de conductor y Luis Alberto Redondo
Paz, cédula de identidad 7-0130-0425, en su condición de propietario registral
al momento de los hechos investigados del vehículo involucrado, que se
tramitará bajo el expediente número OT-159-2007, nombrando como órgano director
del procedimiento a Selene Camacho Quesada, cédula de identidad 4-0160-0034 y
Dilma Araya Ordóñez, cédula de identidad 9-0091-0832, ambos funcionarios de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos, quienes actuarán en forma conjunta o separada, a fin
de que realicen todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los
hechos denunciados según la boleta antes citada, otorguen y vigilen el respeto
al debido proceso y concedan el derecho de defensa al administrado, para lo
cual tendrán todas las competencias otorgadas en la Ley 6227 como órgano director
del procedimiento.
2º—Notifíquese a los señores
Marvin A Chávez Reyes y Luis Alberto Redondo Paz, como investigados en esta
causa en forma personal o en su domicilio. Así mismo se le previene a los
investigados que en el plazo de 3 días hábiles a partir del día siguiente de la
notificación de la presente resolución deberá señalar ante el órgano director,
cito en la
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicada en
San José, Sabana Sur, 400 metros al oeste de la Contraloría General
de la República,
medio para atender notificaciones en el entendido que su omisión implicará para
futuras resoluciones la notificación automática de conformidad con el artículo
12 de la Ley de
Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales (Ley 7637) y se le
tendrá por notificado con el transcurso de 24 horas después de dictada.
3º—Notificar a los investigados
la presente resolución de conformidad con la Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras
Comunicaciones Judiciales (Ley 7637).
Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.— O. C. Nº 4660-09.—Solicitud Nº
3724.—C-191250.—(IN2009110229).
Resolución
RRG-8777-2008.—San José, a las 11:40 horas del 27 de
agosto de 2008. Apertura de procedimiento. Expediente OT-289-2008
Considerando:
1º—Que el día 30
de julio de 2008, al investigado Carlos Eduardo Arias Ramírez, documento de
identificación número 3-637-523, se le impuso la boleta de citación número
2008-0039186, por supuesta prestación de un servicio público sin la
correspondiente autorización (folio 03).
2º—Que según la boleta supra
indicada, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 342538 por supuesta
violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora
de Servicios Públicos.
3º—Que según consta en los autos,
consulta de vehículos del Registro Nacional de 11 de agosto de 2008, el
vehículo placa 342538, es propiedad de Adolfo Rivera Hernández, portador de la
cédula de identidad 5-245-685 (folio 19).
4º—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y
41, faculta a la
Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios
sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las
circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido
en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la
Administración Pública.
5º—Que mediante resolución
RRG-8287-2008, emitida a las 15:00 horas del 29 de abril de dos mil ocho, el
Regulador General emitió los lineamientos para la aplicación del dictamen
vinculante de la
Procuraduría General de la República C-085-2008
del 26 de marzo del 2008, en los procedimientos ordinarios por prestación no
autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas modalidad
taxi, en cuanto a las responsabilidades del conductor y propietario en la
supuesta prestación del servicio público, así como que en caso de darse un
porteo, las condiciones bajo las cuales debe brindarse, la cual corre agregada
a los autos.
6º—Que en virtud de la
jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el
artículo 57. b) y e) de la Ley
7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decisor en dichos
procedimientos ordinarios.
7º—Que para dar inicio a los
procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente
las competencias establecidas en la Ley General de la Administración
Pública, según criterio de la Procuraduría General
de la República
emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.
8º—Que conforme la resolución
RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el
Director de la Asesoría Jurídica la firma de las resoluciones de
nombramiento de órgano director del procedimiento administrativo que el
Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38,
41 y 44 de la Ley
7593. Por tanto,
Con fundamento en
las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la Administración
Pública.
EL REGULADOR GENERAL RESUELVE:
1.—Dar inicio al
procedimiento administrativo contra Carlos Eduardo Arias Ramírez, documento de
identificación número 3-637-523, en su condición de conductor y el señor Adolfo
Rivera Hernández, portador de la cédula de identidad 5-245-685, en su condición
de propietario registral, que se tramitará bajo el expediente número
OT-289-2008, nombrando como órgano director del procedimiento a María Marta
Rojas Chaves, cédula 1-740-756 y Shirley Alfaro Alfaro, cédula 4-148-789,
funcionarias de la
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, quienes
actuaran en forma conjunta o separada, a fin de que realicen todos los actos
necesarios para averiguar la verdad real de los hechos denunciados según la
boleta antes citada, otorguen y vigilen el respeto al debido proceso y
concedan, el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrán todas las
competencias otorgadas en la
Ley General de la Administración
Pública como órgano director del procedimiento.
2º—Notifíquese a Carlos Eduardo
Arias Ramírez, documento de identificación número 3-637-523, en su condición de
conductor en el medio señalado y al señor Adolfo Rivera Hernández, portador de
la cédula de identidad 5-245-685, en su condición de propietario registral del vehículo
involucrado en la dirección que consta en el Registro Nacional de la Propiedad, y que constan
en los autos, a quienes se les previene para que dentro del tercer día
posterior a la notificación de este acto, señalar lugar, en las cercanías de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos, o medio para recibir notificaciones, a efecto de
comunicarle los actos emitidos en el presente procedimiento, bajo
apercibimiento de que si no lo hiciere, éstos se tendrán por notificados en el
transcurso de 24 horas después de emitidos.
Comuníquese.—Fernando Herrero
Acosta, Regulador General.—O. C.
Nº 4660-09.—Solicitud Nº 3724.—C-180060.—(IN2009110230).
Resolución
RRG-8837-2008.—San José, a las 13:30 del 18 de
setiembre de dos mil ocho. Corrección de error material de la Resolución RRG-8777-2008,
que es la apertura de procedimiento administrativo seguido contra Carlos
Eduardo Arias Ramírez y Adolfo Rivera Hernández, OT-289-2008.
Resultando:
1º—Que el día 30 de
julio de 2008, al investigado Carlos Eduardo Arias Ramírez, documento de
identificación número 3-637-523, se le impuso la boleta de citación número
2008-0039186, por supuesta prestación de un servicio público sin la
correspondiente autorización (folio 03).
2º—Que según la boleta supra
indicada, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 342538 por supuesta
violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora
de Servicios Públicos.
3º—Que mediante resolución
RRG-8777-2008 del 27 de agosto de 2008, se inició procedimiento administrativo
contra Carlos Eduardo Arias Ramírez, cédula 3-637-523, quien es la persona que
conducía el vehículo involucrado en el procedimiento, el día que se confeccionó
la boleta ya mencionada.
4º—Que en el considerando 3 de la
resolución citada en el resultando anterior, erróneamente se identificó como
dueño registral del vehículo ya citado, al señor Adolfo Rivera Hernández,
cédula 5-245-685, en virtud de que la consulta al Registro de la Propiedad el día 11 de
agosto de 2008, se realizó con la placa 342536, según consta a folio 19,
debiéndose haber consultado la placa 342538 señalada en la boleta 2008-0039186.
5º—Que consultada la página
electrónica del Registro Público de la Propiedad, el vehículo placa 342538, es propiedad
de Guillermo Henry Maxwell, documento de identificación 7-069-917, debiéndose
tener al mismo como parte investigada en el procedimiento administrativo, el
cual dio inicio mediante la
RRG-8777-2008.
Considerando:
1º—Que en el
considerando 3 de la resolución RRG-8777-2008, de las 11:40 horas del 27 de
agosto del presente año, se indica con un evidente error material, al señor
Adolfo Rivera Hernández, cédula 5-245-685, como dueño registral del vehículo
placa 342538, en virtud de que se consultó erradamente al Registro de la Propiedad, la placa
342536, según consta a folio 19.
2º—Que es el señor Guillermo
Henry Maxwell, documento de identificación 7-069-917, el dueño registral del
vehículo placa 342538, de acuerdo con consulta realizada el 10 de setiembre del
2008 al Registro de la
Propiedad, a quien debe tenerse en tal condición como parte
investigada en el procedimiento administrativo, el cual dio inicio mediante
resolución RRG-8777-2008. De acuerdo con el artículo 157 de la Ley General de la Administración
Pública, éste error es subsanable al indicar: “Artículo 157.—En cualquier tiempo podrá la Administración
rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos.” Conforme la
potestad dada por la Ley,
esta Autoridad enmienda el error material detectado en la resolución ya citada.
Por tanto,
Con fundamento en
las facultades conferidas en el artículo 157 de la Ley General de la Administración
Pública y la Ley
7593.
EL REGULADOR GENERAL RESUELVE:
Rectificar el
error material detectado en el considerando 3 de la resolución RRG-8777-2008 de
las 11:40 horas del 27 de agosto del 2008, para que se tenga como dueño
registral del vehículo placa 342538 y parte investigada, al señor Guillermo
Henry Maxwell, en el procedimiento administrativo que dio inicio mediante la
resolución supra indicada y sea excluido de la misma el señor Adolfo Rivera
Hernández, por las razones ya expuestas.
Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—O. C. Nº 4660-09.—Solicitud Nº 3724.—C-112520.—(IN2009110231).
Resolución
RRG-8779-2008.—San José, a las 12:00 horas del 27 de
agosto de 2008. Apertura de procedimiento. Expediente OT-292-2008
Considerando:
1º—Que el día 26
de julio de 2008, al investigado Jorge Luis Vargas Hernández, documento de
identificación número 2-275-833, se le impuso la boleta de citación número
2008-000474, por supuesta prestación de un servicio público sin la
correspondiente autorización (folio 03).
2º—Que según la boleta supra
indicada, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 379365 por supuesta
violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora
de Servicios Públicos.
3º—Que según consta en los autos,
consulta de vehículos del Registro Nacional de la Propiedad, el vehículo
placa 379365, es propiedad de Beatriz González Araya, cédula de identidad
2-491-024, no obstante consta poder especial, en donde la señora Jeannette
Contreras Rojas, portadora de la cédula de identidad 5-260-600, indica que
mediante escritura ciento treinta y ocho suscrita ante el notario Joaquín
Alvarado Rojas, de las doce horas del veintiséis de enero de dos mil dos, ella
adquirió dicho vehículo (folio 19 y 24).
4º—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y
41, faculta a la
Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios
sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las
circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido
en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración
Pública.
5º—Que mediante resolución
RRG-8287-2008, emitida a las 15:00 horas del 29 de abril de dos mil ocho, el
Regulador General emitió los lineamientos para la aplicación del dictamen
vinculante de la
Procuraduría General de la República C-085-2008
del 26 de marzo del 2008, en los procedimientos ordinarios por prestación no
autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas modalidad
taxi, en cuanto a las responsabilidades del conductor y propietario en la
supuesta prestación del servicio público, así como que en caso de darse un
porteo, las condiciones bajo las cuales debe brindarse, la cual corre agregada
a los autos.
6º—Que en virtud de la
jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el
artículo 57. b) y e) de la Ley
7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decisor en dichos
procedimientos ordinarios.
7.—Que para dar inicio a los
procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente
las competencias establecidas en la Ley General de la Administración
Pública, según criterio de la Procuraduría General
de la República
emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.
8.—Que conforme la resolución
RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el
Director de la Asesoría Jurídica la firma de las resoluciones de
nombramiento de órgano director del procedimiento administrativo que el
Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38,
41 y 44 de la Ley
7593. Por tanto,
Con fundamento en
las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la
Administración Pública.
EL REGULADOR GENERAL RESUELVE:
1.—Dar inicio al
procedimiento administrativo contra Jorge Luis Vargas Hernández, documento de
identificación número 2-275-833, en su condición de conductor; a la señora
Jeannette Contreras Rojas, portadora de la cédula de identidad 5-260-600 en su
condición de propietaria de hecho, y a la señora Beatriz González Araya, cédula
de identidad 2-491-024, propietaria con vista del Registro de la Propiedad, que se
tramitará bajo el expediente número OT-292-2008, nombrando como órgano director
del procedimiento a María Marta Rojas Chaves, cédula 1-740-756 y Shirley Alfaro
Alfaro, cédula 4-148-789 funcionarias de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos, quienes actuarán en forma conjunta o separada, a fin
de que realicen todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los
hechos denunciados según la boleta antes citada, otorguen y vigilen el respeto
al debido proceso y concedan, el derecho de defensa al administrado, para lo
cual tendrán todas las competencias otorgadas en la Ley General de la Administración
Pública como órgano director del procedimiento.
2.—Notifíquese a Jorge Luis
Vargas Hernández, documento de identificación número 2-275-833, en su condición
de conductor en el medio señalado y a la señora Jeannette Contreras Rojas,
portadora de la cédula de identidad 5-260-600, en su condición de propietaria
de hecho, y Beatriz González Araya, cédula de identidad 2-491-024, propietaria
con vista del Registro de la
Propiedad del vehículo involucrado en la dirección que consta
en los autos, a quienes se les previene para que dentro del tercer día
posterior a la notificación de este acto, señalar lugar, en las cercanías de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos, o medio para recibir notificaciones, a efecto de
comunicarle los actos emitidos en el presente procedimiento, bajo
apercibimiento de que si no lo hiciere, éstos se tendrán por notificados en el
transcurso de 24 horas después de emitidos.
Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—O. C. Nº 4660-09.—Solicitud Nº
3724.—C-180060.—(IN2009110232).
Resolución
RRG-10212-2009.—San José, a las 9:00 horas del 30 de octubre
del 2009. Expediente OT-145-2007.
APERTURA DE PROCEDIMIENTO
INVESTIGADOS
Conductor: Señor
Andrés Faustino Durán Aroca. Propietario: Señora Francis Azucena Erazo Lagos.
Resultando:
I.—Que mediante oficio UTCE-2007-097, del 18 de mayo de 2007
y recibido en la
Autoridad Reguladora el 18 de mayo de 2007, la Dirección General
de Tránsito del MOPT, remite para su respectivo trámite entre otras, la boleta
de citación 2006-368339 (folio 01).
II.—Que
la boleta 2006-368339 se le confeccionó al señor Andrés Faustino Durán Aroca,
cédula de residencia 430-190094-000719, consignada en la boleta por sus últimos
dígitos 094-000719, el 15 de mayo 2007, por supuesta prestación de servicio
público remunerado no autorizado modalidad taxi (folio 02).
III.—Que
la Dirección
General de Tránsito del MOPT remitió junto con la boleta
antes citada la información sumaria; indicando en la misma la descripción de
los hechos acaecidos el día en que se confeccionó la ya mencionada boleta de
citación (folio 03 a 04).
IV.—Que
el Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del MOPT, emitió el
18 de mayo de 2007, constancia mediante la cual señala que el vehículo placa
374228 no aparece autorizado a circular con ninguna placa de servicio público,
modalidad taxi (folio 05).
V.—Que según la boleta supra
indicada, se retuvo como medida cautelar el vehículo de placa citada, por
supuesta violación de lo establecido en el artículo 38, inciso d) de la Ley de la autoridad reguladora
de servicios públicos (Ley 7593) (folios 02 a 04).
VI.—Que
consultada la página electrónica del Registro Nacional de la Propiedad, el vehículo
de placa citada, al momento de los hechos investigados, era propiedad de la
señora Francis Azucena Erazo Lagos, cédula de residencia 7415001999 (folios 36
a 42).
VII.—Que
mediante resolución RRG-10138-2009 de las 10:15 horas del 28 de setiembre de
2009, el Regulador General revocó las actuaciones llevadas a cabo en el
procedimiento y retrotrajo sus efectos hasta el inicio del mismo (folios 43 a
44).
Considerando:
I.—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y
41, faculta a la
Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios
sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las
circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido
en los artículos 214 y siguientes de la
Ley general de la administración pública (Ley 6227).
II.—Que mediante resolución
RRG-8287-2008, emitida a las 15:00 horas del 29 de abril de 2008, el Regulador
General emitió los lineamientos para la aplicación del dictamen vinculante de la Procuraduría General
de la República
C-085-2008 del 26 de marzo del 2008, en los procedimientos
ordinarios por prestación no autorizada del servicio público de transporte
remunerado de personas modalidad taxi, en cuanto a las responsabilidades del
conductor y propietario en la supuesta prestación del servicio público, así
como que en caso de darse un porteo, las condiciones bajo las cuales debe
brindarse, la cual corre agregada a los autos.
III.—Que en virtud de la
jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el
artículo 57, inciso a) subincisos 4 y 11 de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la
condición de órgano decisor en dichos procedimientos ordinarios.
IV.—Que
para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del
procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley 6227, según criterio de la Procuraduría General
de la República
emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.
V.—Que
conforme la resolución RRG-10177-2009 emitida a las 10:00 horas del 9 de
octubre de 2009, se delegó en el Director General de la Dirección General
de Asesoría Jurídica y Regulatoria la firma de las resoluciones de nombramiento
de órgano director del procedimiento administrativo que el Regulador General
realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38, 41 y 44 de la Ley 7593.
VI.—Que
de conformidad con el resultando y considerando indicado y al mérito de los
autos, lo procedente es resolver tal y como se dispone: Por tanto,
Con fundamento en
las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley 6227,
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
1º—Dar inicio al
procedimiento administrativo contra los señores Andrés Faustino Durán Aroca,
cédula de residencia 430-190094-000719, consignada en la boleta por sus últimos
dígitos 094-000719, en su condición de conductor y Francis Azucena Erazo Lagos,
cédula de residencia 7415001999, en su condición de propietario registral al
momento de los hechos investigados del vehículo involucrado, que se tramitará
bajo el expediente número OT-145-2007, nombrando como órgano director del
procedimiento a Selene Camacho Quesada, cédula de identidad 4-0160-0034 y Dilma
Araya Ordóñez, cédula de identidad 9-0091-0832, ambos funcionarios de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos, quienes actuarán en forma conjunta o separada, a fin
de que realicen todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los
hechos denunciados según la boleta antes citada, otorguen y vigilen el respeto
al debido proceso y concedan el derecho de defensa al administrado, para lo
cual tendrán todas las competencias otorgadas en la Ley 6227 como órgano director
del procedimiento.
2º—Notifíquese a los señores
Andrés Faustino Durán Aroca y Francis Azucena Erazo Lagos, como investigados en
esta causa en forma personal o en su domicilio. Así mismo se le previene a los
investigados que en el plazo de 3 días hábiles a partir del día siguiente de la
notificación de la presente resolución deberá señalar ante el órgano director,
cito en la
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicada en
San José, Sabana Sur, 400 metros al oeste de la Contraloría General
de la República,
medio para atender notificaciones en el entendido que su omisión implicará para
futuras resoluciones la notificación automática de conformidad con el artículo
12 de la Ley de
notificaciones, citaciones y otras comunicaciones judiciales (Ley 7637) y se le
tendrá por notificado con el transcurso de 24 horas después de dictada.
3º—Notificar a los investigados
la presente resolución de conformidad con la Ley de notificaciones, citaciones y otras
comunicaciones judiciales (Ley 7637).
4º—De conformidad con los
artículos 346 y 349 de la Ley
6227, la presente resolución tiene recurso de revocatoria con apelación en
subsidio, los cuales deben ser interpuestos 24 horas posteriores a la
notificación ante el órgano director en la Dirección General
de Asesoría Jurídica y Regulatoria en el segundo piso de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos, cita en San José, Sabana Sur, 400 metros al oeste de
la
Contraloría General de la República. La
competencia para resolver el recurso de revocatoria le corresponde al Regulador
General y el recurso de apelación a la Junta Directiva.
Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—Solicitud Nº
3725.—O. C. Nº 4663-2009.—C-326250.—(IN2009111210).
Resolución
RRG-10816-2009.—San José, a las 11:00 horas del 16 de
octubre del 2009. Expediente OT-189-2009. Apertura de procedimiento.
INVESTIGADOS:
Conductor: Señor
José Antonio Campos López.
Propietario: Señor Joel Pineda
Duarte.
Resultando:
I.—Que mediante oficio UTCE-2009-164, del 24 de setiembre de
2009 y recibido en la
Autoridad Reguladora 29 de setiembre del 2009, la Dirección General
de Tránsito del MOPT, remite para su respectivo trámite entre otras, la boleta
de citación número 2009-0064855 (folio 1).
II.—Que
la boleta 2009-0064855 se le confeccionó al señor José Antonio Campos López,
cédula de identidad 2-523-329, el 17 de setiembre del 2009, por supuesta
prestación de servicio no autorizado (folio 3).
III.—Que
la Dirección
General de Tránsito del MOPT remitió junto con la boleta
antes citada la información sumaria; indicando en la misma la descripción de
los hechos acaecidos el día en que se confeccionó la ya mencionada boleta de
citación (folio 04).
IV.—Que
el Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del MOPT, emitió el
28 de setiembre de 2009, constancia mediante la cual señala que el vehículo
placa 358301 no aparece autorizado a circular con ninguna placa de servicio
público, modalidad taxi (folio 6).
V.—Que
según la boleta supra indicada, se retuvo como medida cautelar el vehículo
placa citado, por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38,
inciso d) de la ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora
de Servicios Públicos (folio 3).
VI.—Que
consultada la página electrónica del Registro Nacional de la Propiedad, el vehículo
de placa citada, es propiedad de Joel Pineda Duarte, documento de
identificación 155-800873122.
Considerando:
I.—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y
41, faculta a la
Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios
sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las
circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido
en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración
Pública (Ley 6227).
II.—Que mediante resolución
RRG-8287-2008, emitida a las 15:00 horas del 29 de abril de dos mil ocho, el
Regulador General emitió los lineamientos para la aplicación del dictamen
vinculante de la
Procuraduría General de la República C-085-2008
del 26 de marzo del 2008, en los procedimientos ordinarios por prestación no
autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas modalidad
taxi, en cuanto a las responsabilidades del conductor y propietario en la
supuesta prestación del servicio público, así como que en caso de darse un
porteo, las condiciones bajo las cuales debe brindarse, la cual corre agregada
a los autos.
III.—Que en virtud de la
jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el
artículo 57, inciso a) subincisos 4 y 11 de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la
condición de órgano decisor en dichos procedimientos ordinarios.
IV.—Que
para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del
procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley 6227, según criterio de la Procuraduría General
de la República
emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.
V.—Que conforme
la resolución RRG-10177-2009, de las 10:00 horas del 9 de octubre de 2009, se
delegó en el Director General de la Dirección General
Asesoría Jurídica y Regulatoria o quien ejerza el cargo, la firma de las
resoluciones de nombramiento y sustitución de órgano director del procedimiento
administrativo que el Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar
conforme los artículos 38, 41 y 44 de la
Ley 7593.
VI.—Que
de conformidad con los resultandos y considerandos indicados y al mérito de los
autos, lo procedente es resolver, tal y como se dispone: Por tanto,
Con fundamento en
las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley general de la
administración pública, (Ley 6227).
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
I.—Dar inicio al
procedimiento administrativo contra José Antonio Campos López, cédula de
identidad 2-523-329, en su condición de conductor y del señor Joel Pineda
Duarte, documento de identificación 155-800873122, en su condición de
propietario registral del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el
expediente número OT-189-2009, nombrando como órgano director del procedimiento
a la señora Shirley Alfaro Alfaro, cédula de identidad 4-148-789 y al señor
Eric Chaves Gómez, cédula de identidad 1-905-018, ambos funcionarios de la Dirección General
de Asesoría Jurídica y Regulatoria de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos, quienes actuarán en forma conjunta o separada, a fin
de que realicen todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los
hechos denunciados según la boleta antes citada, otorguen y vigilen el respeto
al debido proceso y concedan el derecho de defensa al administrado, para lo
cual tendrán todas las competencias otorgadas en la Ley General de la Administración
Pública como órgano director del procedimiento.
II.—Notifíquese
al señor José Antonio Campos López, en calidad de conductor y al señor Joel
Pineda Duarte en calidad de propietario registral del vehículo involucrado en
esta causa por medio de correo certificado por única vez. Así mismo se les
previene que de no señalar lugar o medio para oír notificaciones, o si el medio
escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas a la administración,
o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o
inexistente, los actos posteriores que se emitan dentro del procedimiento
administrativo se tendrán por notificados con el transcurso de 24 horas después
de dictados de conformidad con lo establecido en el artículo Nº 11 de la Ley de Notificaciones
Judiciales (8687).
Publíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—Solicitud Nº
3727.—O. C. Nº 4678.—C-382500.—(IN2009111217).
Resolución
ROD-209-2009.—San José, a las 12:38 horas del 10 de
diciembre del 2009. OT-106-2007.
APERCIBIMIENTO
Conductor: Señor Anthony
Salazar Anchía.
Propietario: Señor John Thompson
Martínez.
Resultando único:
Que mediante
resolución RRG-10105-2009 de las 10:35 horas del 17 de setiembre del 2009, se
ordenó dar inicio a este procedimiento administrativo.
Considerando único:
Que corresponde
apercibir al señor John Thompson Martínez, cédula de identidad 7-779-077 en
calidad de propietario registral del vehículo involucrado que aporte en el
término de 3 días hábiles lugar o medio para recibir notificaciones. Por
tanto,
Con fundamento en
las competencias otorgadas por el órgano decisor del procedimiento y la Ley general de la
administración pública, (Ley 6227),
EL ÓRGANO DIRECTOR DEL PROCEDIMIENTO,
RESUELVE:
1º—Apercibir al
señor Johm Thompson Martínez, cédula de identidad 7-779-077 en calidad de
propietario registral del vehículo involucrado para que en el plazo de 3 días
hábiles a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución
señale lugar o medio para recibir notificaciones. En el entendido que su
omisión implicará para futuras resoluciones la notificación automática de
conformidad con la Ley
de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales, (Ley 7637). Es
decir se tendrán por notificadas 24 horas después de emitidas.
2º—Notifíquese al señor Anthony
Salazar Anchía, cédula de identidad 7-138-868, en calidad de conductor del
vehículo involucrado por medio del fax Nº 2758-8080 (folio 6), a quien se le
previene que si el medio para recibir notificaciones fuere incierto o impreciso
las futuras resoluciones se les aplicará la notificación automática de
conformidad con la Ley
de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales, (Ley 7637).
3º—Notificar a los investigados
la presente resolución de conformidad con la Ley de Notificaciones Citaciones y Otras
Comunicaciones Judiciales, (Ley 7637).
Publíquese.—Órgano Director del Procedimiento.—Dilma Araya
Ordóñez.—Eric Chaves Gómez.—Solicitud Nº 3727.—O. C. Nº
4678.—C-76500.—(IN2009111218).