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PODER LEGISLATIVO

LEYES

Nº 8787

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

APROBACIÓN DEL PROTOCOLO DE ENMIENDA AL CONTRATO

SUSCRITO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COSTA

RICA Y EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACIÓN

PARA LA AGRICULTURA (IICA) SOBRE EL CENTRO

AGRONÓMICO TROPICAL DE INVESTIGACIÓN

Y ENSEÑANZA (CATIE)

ACUERDO DE MODIFICACIÓN A LA CLÁUSULA PRIMERA

ARTÍCULO ÚNICO.-

Apruébase el Protocolo de Enmienda al contrato suscrito entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA) sobre el Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza (Catie), cuyo texto se adjunta.

“Protocolo de enmienda al contrato suscrito entre el Gobierno

de la República de Costa Rica y el Instituto Interamericano

de Cooperación para la Agricultura (IICA) sobre el

Centro Agronómico Tropical de Investigación

y Enseñanza (Catie)

ACUERDO DE MODIFICACIÓN A LA CLÁUSULA PRIMERA

El Gobierno de Costa Rica, en adelante denominado “Gobierno”, representado por el Dr. Oscar Arias Sánchez, Presidente de la República y, el Ing Javier Flores Galarza, Ministro de Agricultura y Ganadería, por una parte y; el Dr. Chelston W. D. Brathwaite, Director General del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura, en adelante denominado “IICA”, por la otra parte:

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno y el IICA suscribieron en San José el día 3 de diciembre de 1999 un Contrato por medio del cual se aprobaron las modificaciones al convenio suscrito en San José, el día veintiuno de febrero de mil novecientos ochenta y tres, ratificado por la Asamblea Legislativa mediante Ley número 6873 del 3 de junio de 1983, a fin de asegurar la continuidad y funcionamiento del “Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza”, en adelante referido por la sigla Catie.

Que dicho Contrato fue aprobado por la Asamblea Legislativa de Costa Rica mediante ley 8028 del 27 de setiembre del 2000, publicado en el Alcance número 66-B a la Gaceta número 196, del jueves 12 de octubre del año 2000.

Que el Gobierno y el IICA son miembros regulares del Catie y de acuerdo a la cláusula décima su Consejo Superior es presidido por el Ministro de Agricultura y Ganadería de Costa Rica y, el Director General del IICA, funge como Vicepresidente.

Que la cláusula Trigésimacuarta de dicho instrumento establece que “Las modificaciones al presente Contrato podrán hacerse por iniciativa de cualquiera de los miembros regulares. Requerirán la aprobación, por mayoría de dos tercios de sus miembros, por parte del Consejo Superior del Catie y de la Junta Interamericana de Agricultura. Posteriormente, deberán ser ratificadas por la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica”.

Que siguiendo el procedimiento de modificación señalado en el Convenio, el Gobierno y el IICA han acordado en modificar la cláusula primera del texto actual, por la modificación que se propone, según se indica a continuación:

 

Texto actual

Propuesta de texto modificado

(el texto subrayado y en negrita corresponde a la propuesta

de modificación)

PRIMERA.- El objeto del presente Contrato es la constitución de una Asociación Civil de carácter científico y educacional, con personería jurídica propia, cuyos propósitos serán la investigación en el campo de las ciencias agropecuarias, de los recursos naturales y afines, en las regiones del trópico americano, particularmente de Mesoamérica y El Caribe. Asimismo, la enseñanza del postgrado y otras formas educativas en ciencias agropecuarias y de los recursos naturales renovales y afines,
en beneficio de los Estados Miembros del

Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), según los convenios y programas que al efecto se lleguen a concretar.

PRIMERA.- El objeto del presente Contrato es la constitución de una Asociación Civil de carácter científico y educacional, con personería jurídica propia, cuyos propósitos serán la investigación en el campo de las ciencias agropecuarias, de los recursos naturales y afines, en las regiones del trópico americano, particularmente de Mesoamérica y El Caribe. Asimismo, la enseñanza del postgrado y otras formas educativas en ciencias agropecuarias y de los recursos naturales renovales y afines, en beneficio de los Estados Miembros del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA). Como tal el Catie está habilitado para ofrecer grados académicos y títulos profesionales en sus áreas de competencia, los cuales facultarán para el ejercicio de la profesión respectiva.

 

 

Que siguiendo rigurosamente el procedimiento que establece el Contrato, la modificación que se propone a la cláusula primera fue aprobada por: a) la Junta Directiva del Catie en su XXXII Reunión Ordinaria (Resolución 6-07/XXXII ROJD) celebrada los días 17 y 18 de abril del 2007, que ratifica la Resolución 14-07/XXVIII del Comité Ejecutivo y de Finanzas celebrada el día 16 de abril del 2007; b) por el Consejo Superior del Catie en su resolución CS/Extraordinaria N.º 1-2007, celebrada el día 3 de mayo del 2007 y; c) Finalmente, por la Junta Interamericana de Agricultura en su Décima Cuarta Reunión Ordinaria mediante Resolución IICA/JIA/Res. 442 (XIV-0/07), aprobaciones que han sido por unanimidad.

Que de la modificación propuesta conoce la Asamblea Legislativa de Costa Rica, según expediente número 16889 a solicitud de los legisladores Salvador Quirós Conejo y Sandra María Quesada Hidalgo.

Que de acuerdo a lo actuado en el expediente legislativo y como consecuencia de las audiencias otorgadas según la Constitución y el Reglamento de la Asamblea, la Procuraduría General de la República y otras instituciones y oficinas han señalado que se echa de menos el Acuerdo –documento que contenga la voluntad manifiesta y expresa de las partes en la modificación de la cláusula primera; así como el hecho de que el mismo haya sido iniciado por los legisladores dichos y no por el Ejecutivo.

Que mediante Decreto Ejecutivo 35172-MP el Presidente de la República y el Ministro de la Presidencia ampliaron la convocatoria a Sesiones Extraordinarias a la Asamblea Legislativa, hecha mediante Decreto Ejecutivo 34907-MP, a fin de que se conozcan el proyecto de ley a que se refiere el expediente 16889, entre otros.

Que el artículo 140 de la Constitución Política establece en lo conducente que “Son deberes y atribuciones que corresponden conjuntamente al Presidente y al respectivo Ministro de Gobierno:

19)          Suscribir los contratos administrativos no comprendidos en el inciso 14) del artículo 121 de esta Constitución, a reserva de someterlos a la aprobación de la Asamblea Legislativa cuando estipulen exención de impuestos o tasas, …”.

Que a efecto de cumplir con lo expuesto por la Procuraduría General de la República mediante el oficio OJ-035-2008 del 18 de junio del 2008 y, posteriores opiniones en ese mismo sentido y; con el objeto de que quede en forma expresa, manifiesta e inequívoca la voluntad del Gobierno y del IICA, en cuanto a la reforma y; lo actuado en el expediente legislativo, por ser una modificación que interesa al Poder Ejecutivo.

Acuerdan:

Modifíquese el Contrato suscrito entre el Gobierno y el IICA en la ciudad de San José el día 3 de diciembre de 1999 sobre el Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza, Catie, aprobado por la Asamblea Legislativa de Costa Rica mediante Ley 8028 del 27 de setiembre del 2000, publicada en el Alcance número 66-B a La Gaceta número 196, del jueves 12 de octubre del año 2000, para que en lo sucesivo se lea la cláusula primera así:

PRIMERA.- El objeto del presente Contrato es la constitución de una Asociación Civil de carácter científico y educacional, con personería jurídica propia, cuyos propósitos serán la investigación en el campo de las ciencias agropecuarias, de los recursos naturales y afines, en las regiones del trópico americano, particularmente de Mesoamérica y El Caribe. Asimismo, la enseñanza de postgrado y otras formas educativas en ciencias agropecuarias y de los recursos naturales renovables y afines, en beneficio de los Estados Miembros del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA). Como tal el Catie está habilitado para ofrecer grados académicos y títulos profesionales en sus áreas de competencia, los cuales facultarán para el ejercicio de la profesión respectiva”.

El presente Protocolo de Enmienda, cuya validez requiere ratificación de la Asamblea Legislativa de Costa Rica, se firma en dos ejemplares del mismo tenor, en San José, a los 06 días del mes de julio de 2009 y entrará en vigor una vez que sea publicado en el Diario Oficial La Gaceta.”

Rige a partir de su publicación.

ASAMBLEA LEGISLATIVA.- Aprobado a los tres días del mes de noviembre de dos mil nueve.

COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO

Francisco Antonio Pacheco Fernández

PRESIDENTE

             Guyon Massey Mora                       Sandra Quesada Hidalgo

        SEGUNDO SECRETARIO           PRIMERA PROSECRETARIA

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dieciocho días del mes de noviembre del dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez, y el Ministro de Agricultura y Ganadería, Javier Flores Galarza.—1 vez.—(L8787-2010001060).

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 857-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2009 (Ley Nº 8691 del 10 de diciembre de 2008) y en el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Leonardo Garnier Rímolo, cédula de identidad Nº 1-433-621, Ministro de Educación Pública, para que participe en la “Conferencia Magistral del Encuentro de Educación Artística”, que se realizará en Aguascalientes-México, del día 24 al 26 de noviembre del 2009.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención serán cubiertos por la Organización de Estados Iberoamericanos-OEI.

Artículo 3º—Se incluye los cánones por concepto de los traslados internos de aeropuerto-hotel y viceversa y los impuestos de salida del país sede donde se realizará el evento, mismos serán reembolsados por la subpartida Presupuestaria 10503 del Programa Presupuestario 550-00 y los gastos conexos autorizados correspondientes a llamadas telefónicas oficiales y uso de Internet, que serán reembolsados en la subpartida 10204 de Servicio de Telecomunicaciones, del mismo programa presupuestario. Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4º—Se nombra a la señora Silvia Víquez Ramírez, Viceministra Administrativa de Educación Pública, como Ministra a. í. del Ministerio de Educación Pública, a partir de las 7:30 horas del 24 de noviembre hasta las 00:15 horas del 26 de noviembre del 2009.

Artículo 5º—El presente acuerdo rige partir de las 7:30 horas del 24 de noviembre hasta las 00:15 horas del 26 de noviembre del 2009.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—O. C. Nº 101968-Solicitud Nº 13893.—C-24770.—(IN2009110179).

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 02, folio 191, título N° 1138, emitido por el Colegio Nocturno de Pococí en el año dos mil seis, a nombre de Molina Mendoza Andrea Franciny. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de diciembre del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—M.Sc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2009109663).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 81, título N° 415, emitido por el Colegio Nocturno de San Carlos, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de: Natali Farah García López. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por corrección del nombre, cuyo nombre y apellidos correctos son: Farah García López. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 20 de noviembre del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—M.Sc.Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—RP2009145898.—(IN2009109664).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el tomo 1, folio 112, título N° 347, y del Título de Técnico Medio en Dibujo Arquitectónico, inscrito en el tomo 2, folio 27, título N° 3285, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Villalobos Sánchez Omar. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 11 de diciembre del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—M.Sc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—RP2009146011.—(IN2009109665).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 280, título N° 2055, emitido por el Liceo Diurno de Esparza, en el año dos mil siete, a nombre de García Sancho Tahimi Sabina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de mayo del 2009.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2009110097).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada Cooperativa de Producción de Proyectos y Servicios R. L., siglas Cooproser R. L., acordada en asamblea celebrada 11 de julio del 2009. Resolución 1316-C0. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Consejo de Administración

Presidente                       William Salazar Santamaría

Vicepresidente                José Alberto Ledezma Vásquez

Secretario                        Johan Quesada Campos Campos

Vocal 1                            Tatiana Picado Ugalde

Vocal 2                            Alejandra Orozco Cambronero

Suplente 1                       Milixa Jiménez Vargas

Suplente 2                       Delis Alvarado Núñez

Gerente                           Christopher Campos Guillén

San José, 7 de diciembre del 2009.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe de Registro.—(IN2009109654).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

El señor Édgar Zürcher Gurdián, cédula 1-532-390, mayor, divorciado, abogado, vecino de Escazú, en su condición de apoderado especial de Owens-Brockway Glass Container Inc., de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada APARATO PARA ABRIR Y CERRAR MOLDES EN UNA MÁQUINA FORMADORA DE CRISTALERÍA. Un aparato para abrir y cerrar los brazos de molde (38, 40 ó 44, 46) en una máquina para formar artículos de vidrio que incluye una caja de engranajes (50 ó 50a) montada sobre un bastidor de la máquina para formar artículos de vidrio (52), un alojamiento de cilindros (56 ó 56a) suspendido debajo de la caja de engranajes, y un cilindro (58 ó 58 a) dispuesto dentro del alojamiento de cilindros. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C03B 9/353, cuyo inventor es Jeffrey W. Cramer. La solicitud correspondiente lleva el número 11083, y fue presentada a las 13:54:31 del 30 de octubre de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de noviembre del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—Nº RP2009146353.—(IN2009109464).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

El señor Édgar Zurcher Gurdián, cédula Nº 1-532-390, mayor, divorciado, abogado, vecino de Escazú, en condición de apoderado especial de Wyeth de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada PROCESO ABREVIADO DE PURIFICACIÓN PARA LA PRODUCCIÓN DE POLISACÁRIDOS CAPSULARES STREPTOCOCCUS PNEUMONIAE. Se describe un proceso abreviado para producir una solución que contiene polisacáridos capsulares esencialmente purificados a partir de un caldo de usado celular de Streptococcus pneumoniae. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K 47/48, cuyo(s) inventor son Yuan, Yonghui, Ruppen, Mark, Sun, Wei-Qiang, Chu, Ling, Simpson, John, Patch, James, Fink Charbonneau, Pamela, Moran, Justin, K. La solicitud correspondiente lleva el número 11041, y fue presentada a las 14:23:33 del 23 de setiembre de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de noviembre de 2009.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—RP2009146356.—(IN2009109465).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad 1-335-794, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de Sanofi- Aventis, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada ÁCIDOS BENZOILAMINO-INDAN-2-CARBOXÍLICOS SUSTITUIDOS Y COMPUESTOS RELACIONADOS. La presente invención se refiere a nuevos compuestos de la fórmula I: en cualquiera de sus formas estereoisoméricas o una mezcla de formas estereoisoméricas en cualquier proporción, o una sal fisiológicamente aceptable de los mismos, donde los sustituyentes son como se han descrito en la presente memoria. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 333/68, cuyo(s) inventor(es) es(son) Caulfield, Thomas, J., clemens, Jennifer., Francis, Robert S., Freed, Brian S., John, Stanly., Le, Tieu- Binh., Pedgrift, Brian, Ramos, Antonio D., Rosse, Gerard, Smrcina, Martin, Thorpe, David S., Wire, William, Zhao, Jianhong. La solicitud correspondiente lleva el número 11130, y fue presentada a las 14:02:57 del 26 de noviembre de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—San José, 27 de noviembre del 2009.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—1 vez.—(IN2009109531).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, aogado, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de Ansul Incorporated, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA DE SUPRESIÓN DE FUEGO Y SISTEMA DE AVISO DE EMERGENCIA. La presente invención se refiere a un sistema de supresión de fuego, activado manualmente (tal como mediante una perilla de tensión o electrónicamente) activado automáticamente (tal como mediante la detección de enlaces en la línea de detección). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A62C 37/00, cuyo(s) inventor(es) es(son) Erva, Michael Walter, Halt, Thomas Michael, Bjorkman, Donald Marvin, Chernetski, Brian Floyd, Ruohonen, Dorothy, Benda, Steven John, Neumann, Mark. La solicitud correspondiente lleva el número 11012, y fue presentada a las 13:27:30 del 01 de setiembre de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de diciembre del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2009109532).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad 1-335-794, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de The Trustees of The University of Pennysylvania, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE ESTILBENO Y SU USO PARA ESTUDIOS DE UNIÓN Y POR IMÁGENES DE PLACAS AMILOIDES. Método para realizar estudios por imágenes de los depósitos de amiloides, compuestos marcados, y métodos para hacer compuestos marcados útiles para el estudio por imágenes de los depósitos de amiloides. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K 51/00, cuyo(s) inventor(es) es(son) Kung Hank F, Kung Mei- Ping, Zhuang Zhi-Ping. La solicitud correspondiente lleva el número 9206, y fue presentada a las 14:12:34 del 25 de junio de 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 01 de diciembre del 2009.—Lic. Chantal Trejos, Registradora.—(IN2009109533).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Dart Industries, Inc., de E.U.A., solicita el modelo Industrial denominado REJILLA PARA MARMITA AL VAPOR.

 

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El diseño ornamental en una rejilla para marmita al vapor como se muestra y describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 07/02, cuyo(s) inventor(es) es(son) Famia E. Ablo. La solicitud correspondiente lleva el número 8913, y fue presentada a las 14:19:04 del 07 de febrero de 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de diciembre del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2009109535).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en condición de apoderado especial de Syngenta Participations AG., de Suiza, Syngenta Limited, de Reino Unido, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE 4-AZA INDOL Y SU USO COMO FUNGICIDAS. La presente invención se refiere a un método de prevención y/o control de infección fúngica en las plantas y/o material de propagación de plantas que comprende aplicar a las plantas o material de propagación de plantas una cantidad efectiva como fungicida de un compuesto de la fórmula (I) o una sal sw N-óxido del mismo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A01N 43/653, cuyo(s) inventor(es) es (son) Selles, Patrice, Cederbaum, Fredrik, Bonnaterre, Florence, Marie-Emilie, Whittingham, William, Guy, Nina, Mafalda, Wibley, Jane, Elizabeth. La solicitud correspondiente lleva el número 11076, y fue presentada a las 13:35:29 del 23 de octubre de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de diciembre del 2009.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2009109536).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula de identidad 1-335-794, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de Eurand Pharmaceuticals Limited, de Irlanda, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES DE ENZIMA DIGESTIVA ESTABLE. Las composiciones de la presente invención, que comprenden por lo menos una enzima digestiva (por ejemplo, pancrelipasa) son útiles para tratar o evitar trastornos asociados con deficiencias de enzima digestiva. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K 9/16, cuyo(s) inventor(es) es(son) Ortenzi, Giovanni, Marconi, Marco, Mapelli, Luigi. La solicitud correspondiente lleva el número 11031, y fue presentada a las 13:47:22 del 17 de setiembre del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de diciembre del 2009.—Lic. Chantal Trejos, Registradora.—(IN2009109537).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de Shenyang Brilliance Jinbei Automobile Co. Ltd., de China, solicita el Modelo Industrial denominada automóvil.

 

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Un modelo de coche de turismo con la parte trasera más elevada que la delantera, de dos puertas y puerta trasera, con espejos laterales y 4 ruedas. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y modelos Industriales Novena Edición es 12/08, cuyo(s) inventor(es) es(son) Xing Rufei, Liang Dongming, Liu Quiang, Zhang Ruifa, Cheng Dong, Mou Yang, Chen Na, Yin Te, Li Ruisheng, Li Yajuan, Zhang Ying, Zahng Lei, Jia Zhengyu, Lai Zhenghai, Zhang Hong, Yang Dacheng, Liu Jin. La solicitud correspondiente lleva el número 9123 y fue presentada a las 14:24:54 del 15 de mayo de 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de diciembre del 2009.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2009109538).

El señor Harry Wohlstein Rubinstein, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-341-287, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Genentech Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS ANTI-NOTCH1 NRR Y SUS MÉTODOS DE USO. La invención proporciona anticuerpos anti-Notch1 NRR y composiciones que los comprenden y métodos de uso de estos anticuerpos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07K 16/28, cuyos inventores son Siebel, Christian W., Wu, Yan. La solicitud correspondiente lleva el número 11139, y fue presentada a las 10:18:32 del 2 de diciembre de 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de diciembre de 2009.—Lic. Chantal Trejos, Registradora.—RP2009146017.—(IN2009109552).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Expediente Nº 5551P.—Vehículos Internacionales Veinsa S. A. solicita concesión de: 3 litros por segundo del pozo AB-1270, efectuando la captación en finca de su propiedad en Granadilla, Curridabat, San José, para uso comercial-lavado de vehículos y consumo humano-doméstico. Coordenadas 211.850/532.100 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de diciembre de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009109509).

Exp. 8909A.—Odilie Gatjens Jiménez, solicita concesión de: 0,02 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en Chomes, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 228.750/436.350 hoja Chapernal. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2009146364.—(IN2009109670).

Exp. 13696A.—Javier Madrigal Ledezma, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Javier Madrigal Ledezma en Chomes, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 230.231 / 436.437 hoja Chapernal. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—RP2009146363.—(IN2009109671).

Expediente Nº 13697P.—Frailes Menores Conventuales, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del pozo BA-18, efectuando la captación en finca de Frailes Menores Conventuales en San José (Alajuela), Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 222.000 / 511.320 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de diciembre de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009109711).

Expediente 13700A.—Sergio Salas Jiménez, solicita concesión de: 0,10 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Sergio Salas Jiménez, en Santiago, San Ramón, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 224.500/482.800 hoja Naranjo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de diciembre de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009109734).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Exp. Nº 13702P.—Fiduciaria del Occidente S. A., solicita concesión de: 1,5 litros por segundo del Pozo CJ-71, efectuando la captación en finca de Fiduciaria de Occidente S. A. En Cuajiniquil, Santa Cruz, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 226.675 / 345.775 Hoja Cerro Brujo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de diciembre del 2009.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2009110138).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL

PLAN ANUAL DE COMPRAS DEL 2010

La Proveeduría Institucional, comunica a los interesados que el Plan Anual de Compras del 2010 se encuentra a su disposición, a partir del día de hoy en el sistema compr@red, en la dirección: www.hacienda.go.cr/comprared.

La Uruca, San José, enero del 2010.—Lic. Nelson Loaiza Sojo, Director General.—1 vez.—(IN2010001285).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 2010

La Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha el plan anual de adquisiciones del ejercicio económico 2010 del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), será debidamente publicado en el sistema Comprared, en la dirección electrónica https://www.hacienda.go.cr/comprared de conformidad con el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa, en concordancia con el artículo 7º de su Reglamento.

Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 90002-Solicitud Nº 18910.—C-7520.—(IN2009110225).

LICITACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

CONCURSO Nº 2010LN-000001-1142 (Invitación)

8.765.000 unidades de guantes ambidextros

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Pública 2010LN-00001-1142, para la adquisición de:

Ítem único: 8.765.000 unidades de guantes ambidextros.

Apertura de ofertas para el día 19 de febrero de 2010 a las 09:00 horas. Vea detalles y mayor información en la página Web http://www.ccss.sa.cr.

San José, 4 de enero del 2010.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—C-5270.—(IN2010000882).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2009LI-000024-PROV

FONDOS BID

Adquisición de Dragas

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 25 de febrero del 2010, en la Proveeduría de este instituto, sita 400 metros norte de la esquina este del edificio central, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento: Adquisición de dragas.

Las condiciones particulares y especificaciones técnicas  podrán adquirirse accesando nuestra dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PEL.

San José, 5 de enero de 2010.—Dirección de Proveeduría.—Ing. Luis Acuña Rodríguez.—1 vez.—(IN2010001059).

ADJUDICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000071-1142

Vinblastina Sulfato 10 mg

El ítem único de este concurso se adjudicó a la empresa Ecopharmed S. A., por un monto total de USD $19.175,00 (Diecinueve mil ciento setenta y cinco dólares exactos). Vea detalles y mayor información en la página webb http://www.ccss.sa.cr.

Subárea de Adjudicaciones/Contratos.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—C-7520.—(IN2010001057).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009 LA-000079-1142

Guantes para cirugía estériles

El ítem único de este concurso se adjudicó a la empresa Hospimédica S. A., por un monto total de USD $ 97.440,00 (noventa y siete mil cuatrocientos cuarenta dólares exactos). “Vea detalles y mayor información en la página Webb http://www.ccss.sa.cr.

San José, 5 de enero del 2010.—Subárea de Adjudicaciones y Contratos.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—C-8270.—(IN2010001276).

HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000007-2208

Suministro de arroz y frijoles

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Vicente de Paúl, comunica a los señores Proveedores, el resultado del concurso de la Licitación Abreviada Nº 2009LA-000007-2208 por: “Suministro de arroz y frijoles” la cual se adjudica a la empresa:

Wilson Rodríguez Castro

Monto anual: ¢17.831.500,00.

Heredia, 28 de diciembre del 2009.—Dirección Administrativa.—Msc. Óscar Montero Sánchez.—1 vez.—(IN2010001058).

REGISTRO DE PROVEEDORES

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

INVITACIÓN A TALLER DE PROVEEDORES

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Recursos Materiales, invita a los proveedores interesados a un taller de proveedores, para analizar la modalidad de contratación de entregas según demanda y su respectivo cartel. El taller se realizará en el Auditorio Manuel María Granados, en la sede central del Instituto Nacional de Aprendizaje, La Uruca, a realizarse el 12 de enero del 2010, al ser las 9:00 horas, los interesados podrán obtener copia del cartel machote en la oficina del Proceso de Adquisiciones, de la sede central, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—(O. C. Nº 20572).—(Solicitud Nº 28290).—C-9770.—(2009111299).

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2009LI-000001-00200

(Modificaciones al cartel)

Concesión de obra pública con servicio público para el diseño,

financiamiento, construcción, operación y mantenimiento

de la terminal de contenedores en Puerto Moín

Se informa a los interesados que mediante acuerdo Nº 3 de la sesión extraordinaria Nº 06-2009, del 23 de diciembre del 2009, el Consejo Nacional de Concesiones aprobó modificaciones al cartel de Licitación, las cuales estarán disponibles a partir de la publicación de este comunicado en las oficinas de la Secretaría Técnica de este Consejo, sita en Barrio Dent, 150 metros al oeste de la Rotonda de la Bandera en Ofiplaza del Este, edificio C, primer piso.

En razón de lo anterior, la recepción de ofertas se llevará a cabo a las 14 horas del 29 de enero del 2010 en el lugar señalado en el párrafo anterior. Publíquese.

Eduardo Navarro Ceciliano.—1 vez.—Solicitud Nº 08883.—O. C. Nº 0001-2010.—C-10220.—(IN2010001188).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

PRÓRROGA II

Se comunica a los potenciales oferentes que se han presentado prórrogas en las siguientes licitaciones abreviadas a saber:

2009LA-000147-PROV, “Contratación de consultoría para mejoras al Observatorio Judicial”, se prorroga la fecha de apertura para el 20 de enero de 2010, a las 10:00 horas.

2009LA-000143-PROV, “Compra, instalación y puesta en funcionamiento de una fuente de alimentación ininterrumpida (u.p.s.) para el sistema de cómputo del edificio Anexo A del II Circuito Judicial de San José”. Las aclaraciones y modificaciones al cartel estarán disponibles a partir de su publicación. Se prorroga la fecha de apertura para el 14 de enero de 2010, a las 10:00 horas.

San José, 5 de enero de 2010.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(IN2010001252).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-109020-UL

Precalificación de empresas para la construcción y equipamiento

del Hospital de Trauma en Complejo INS-SALUD

Se comunica a los interesados en la Licitación citada en referencia que de la publicación realizada en La Gaceta Nº 246 del 18 de diciembre 2009 (página 32), referente al “Aviso de modificaciones, aclaraciones y prórroga de apertura de ofertas”, lo siguiente:

Donde indica:

Se prorroga la recepción y apertura de ofertas para el 8 de marzo 2010 a las 9:00 a. m.

Debe Leerse:

La recepción y apertura de ofertas fue prorrogada para el 3 de febrero 2010 a las 9:00 a. m.

Demás términos y condiciones se mantienen invariables.

Departamento de Proveeduría.—Lic. Francisco Cordero Fallas, Subjefe.—1 vez.—O. C. Nº 18792.—C-8860.—(IN2010001253).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-109020-UL

Precalificación de empresas para la construcción y equipamiento

del Hospital de Trauma en Complejo INS-SALUD

San José, 5 de enero de 2010.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Francisco Cordero, Subjefe.—1 vez.—O. C. Nº 18792.—C-5420.—(IN2010001254).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-109021-UL (Modificación)

Contratación Servicios de Gestores de Cobro

en el Seguro de Riesgos del Trabajo

San José, 5 de enero de 2010.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Francisco Cordero, Subjefe.—1 vez.—O. C. Nº 18792.—C-5420.—(IN2010001255).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-109021-UL

(Modificación Nº 2)

Contratación Servicios de Gestores de Cobro

en el Seguro de Riesgos del Trabajo

Se comunica a los interesados en la presente contratación, cuya invitación a participar se publicó en el Diario Oficial La Gaceta Nº 225 del 19 de noviembre del 2009, la siguiente modificación al pliego de condiciones:

-    Capítulo I Aspectos Técnicos, Aparte IV Requisitos Técnicos para el Oferente, Inciso B Infraestructura Física, numeral 2 Mobiliario, las características del equipo de cómputo para la prestación del servicio, debe contar con las siguientes características:

1.  Software requerido:

     Sistema Operativo Microsoft Windows XP SP3 con todas las actualizaciones disponibles.

     Software antivirus instalado y actualizado periódicamente.

     Paquete de oficina compatible con documentos de Microsoft Office 2003.

2.  Hardware mínimo.

     Memoria RAM 256 MB.

     Disco Duro de 40 GB.

     Procesador Intel Pentium 4 de 1.6 Ghz o AMD Athlon XP1600 o superiores.

     Monitor con resolución de video de 1024x768.

     Tarjeta de red Ethernet 10/100 y/o Fax Modem 56K.

Cabe señalar que estos son los requerimientos técnicos del equipo y software necesarios para acceder al sistema de Riesgos del Trabajo y atender la documentación compatible con la utilizada en el INS mediante Microsoft Office.

Demás términos y condiciones permanecen invariables.

Lic. Francisco Cordero Fallas, Subjefe.—1 vez.—O. C. Nº 18792.—C-20420.—(IN2010001257).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA

(Modificación al cartel)

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2009LN-000012-2101

Reactivos para determinaciones varias

El Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia comunica a todos los interesados en participar en el concurso supraindicado que se modifica cierto aspecto del cartel:

Para el ítem 2:

1.  Referente al punto Nº 1 de las especificaciones Técnicas se debe leer de la siguiente manera: “Todas las pruebas deben realizarse en un único equipo automatizado nuevo o en un equipo que ya se encuentre debidamente instalado y trabajando adecuadamente, que estará en calidad de préstamo en el Laboratorio Clínico mientras esté vigente el contrato”

2.  En el punto Nº 2 de las Especificaciones Técnicas en la segunda línea, léase así: “...nefelometría, reflectancia y/o fluorescencia polarizada o quimioluminiscencia, cuya tecnología permita la automatización completa de las pruebas.”

3.  En el punto Nº 3 de las Especificaciones Técnicas debe leerse de la siguiente manera: “El equipo debe ser nuevo, libre de defectos o puede ser un equipo que ya se encuentre debidamente instalado y trabajando adecuadamente en el Laboratorio”.

4.  En el punto Nº 4 de las Especificaciones Técnicas, léase así: “La velocidad del proceso deberá ser no menor de 200 pruebas por hora.

     Eliminar la siguiente frase: “En caso contrario que la velocidad sea menor de 300 pruebas, el oferente deberá instalar 2 equipos.”

5.  En el punto Nº 7 de las Especificaciones Técnicas en la segunda línea debe leerse de la siguiente manera: “...superior a 30 minutos para cada determinación...”

6.  En el punto Nº 8 de las Especificaciones Técnicas en la primera línea debe leerse de la siguiente manera: “...no menos de 25 reactivos a bordo...”

7.  En el punto Nº 21 de las Especificaciones Técnicas en la segunda línea léase: “...identificados y los reactivos se deben identificar con códigos de barra al ser ingresados al equipo.

8.  En el punto Nº 41 de las Especificaciones Técnicas en la primera línea, léase: “La fecha de vencimiento de los reactivos debe ser no menor de 4 meses...”

     Eliminar lo siguiente en la segunda línea: “En caso de que alguna de las líneas no cumpla con la fecha, la casa tendrá la opción de entregarla, siempre y cuando se comprometa a reponer todo aquel reactivo que a la fecha de vencimiento no haya sido utilizado. Esto para no perjudicar el servicio con entregas tardías.”

Todas las demás condiciones permanecen invariables.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr y/o en el expediente de licitación.

San José, 5 de enero de 2010.—Subárea de Contratación Administrativa.—Bach. David Sánchez Valverde, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2010001229).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000052-2101

Reactivos para determinación ciclosporina en sangre

El Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, comunica a todos los interesados en participar en el concurso supraindicado que se modifica cierto aspecto del cartel:

a)  Se incluye el punto Nº 11 en las Especificaciones Técnicas el cual indica: “La casa comercial deberá aportar un programa de control de calidad externo.”

Todas las demás condiciones permanecen invariables.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr y/o en el expediente de licitación.

San José, 5 de enero de 2010.—Subárea de Contratación Administrativa.—Bach. David Sánchez Valverde, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2010001231).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000056-2101

Reactivos para determinación de ácido fólico en suero,

vitamina B12 y ferritina en suero

El Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia comunica a todos los interesados en participar en el concurso supraindicado que se modifica cierto aspecto del cartel:

Ítemes 1 y 2:

a)  Referente al punto Nº 5 de las Especificaciones Técnicas, eliminar: “...calibradores y controles de calidad internos...”, quedando de la siguiente manera: “Los reactivos deben estar debidamente identificados con código de barras.”

Todas las demás condiciones permanecen invariables.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr y/o en el expediente de licitación.

San José, 5 de enero de 2010.—Subárea de Contratación Administrativa.—Bach. David Sánchez Valverde, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2010001232).

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

SUBÁREA DE CARTELES

2009LN-000027-1142 (Aviso Nº 7)

Pruebas bioquímicas efectivas automatizadas

A los interesados en participar en el presente concurso se les comunica que las nuevas condiciones con las modificaciones y aclaraciones realizadas por la comisión técnica en los siguientes puntos:

Apartado 5 Inciso 10,12

Apartado 7 Inciso 5

Apartado 8 Inciso a, b, c

Apartado 12 Inciso 3, 1

Apartado 13 Inciso 7

Apartado 14

Apartado Suministro de Reactivos y otros Insumas Inciso a, b

Responsabilidad del Adjudicatario Inciso 5, 3

Apartado 11. (según lo señalado en oficio CTNC-LAB-239)

Apartado Suministro de Reactivos Inciso a

Además se encuentran disponibles los oficios CTNC-LAB-239,CTNC-LAB-251-2009 en la fotocopiadora.

Se encuentran a la venta en la fotocopiadora del Edificio Jenaro Valverde, sita en el piso comercial Oficinas Centrales de la CCSS, ubicada costado sureste del Teatro Nacional (avenidas 2 y 4, calles 5 y 7), en horario de atención al público de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. Consultas sobre este cartel al teléfono 2539-0000 Ext.: 9420 Karol Méndez Torres.

San José, 5 de enero del 2010.—Argentina Araya Jara.—O. C. Nº 1142.—C-21020.—(IN2010001275)

REGLAMENTOS

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 7º DEL REGLAMENTO

DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA

AUDITORÍA INTERNA DE RECOPE

Aprobada en el artículo 7º de la sesión ordinaria Nº 4395-351, celebrada el 7 de octubre del 2009, para que se lea de la siguiente manera:

“Artículo 7º: Para orientar la actividad de la Auditoría Interna se establecerá y mantendrá actualizada su visión, misión, valores y principales políticas. asimismo, la Auditoría Interna estará adherida al Programa Ético Empresarial, que será el marco de referencia que deberán cumplir los funcionarios de la auditoría al conducirse en sus distintas Relaciones Internas y Externas”.

El presente Reglamento fue aprobado en el artículo 4º de la sesión ordinaria Nº 4392-348, celebrada el 23 de setiembre del 2009 y rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

San José, 14 de diciembre del 2009.—Lic. Marco Juárez, Asistente Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº 2009-5-19.—C-9770.—(IN2009110223).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

FACULTAD DE DERECHO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Zully Moreno Mora ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 24 de noviembre del 2009.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(IN2009110086).

Luis Jason Jiménez Cascante ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 24 de noviembre del 2009.—Área de Investigación.—Dr. Olivier Rémy Gassiot, Director.—(IN2009110100).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

El Concejo Municipal del cantón Central de Heredia, en sesión ordinaria Nº 329-2009 del 7 de diciembre del 2009, acordó por unanimidad: cerrar la institución a partir del día 24 de diciembre del 2009 y abrir nuevamente las instalaciones el día 4 de enero del 2010, por motivo de las festividades navideñas y de fin de año.

Heredia, 16 de diciembre del 2009.—Lic. Enio Vargas Arrieta, Proveedor Municipal.—1 vez.—O. C. Nº 52269.—C-5270.—(IN2009110222).

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

ÁREA DE SERVICIOS PÚBLICOS

Se les comunica a los propietarios de las siguientes fincas que se encuentran ubicadas en el cantón de Belén que cuentan con 5 días hábiles para limpiar sus propiedades según los artículos 75 y 76 del Código Municipal, de no ser así se procederá de oficio a contratar la limpieza de los mismos y generar el cobro por dicho trabajo: Vásquez y Bendaña S. A., cédula jurídica: 3-101-177827 Finca: 77695 lote Nº 06 C (¢61.859,65), Zafiro Místico S. A., cédula jurídica: 3-101-347884 Fincas: 98515- 98517 lote Nº 57G (¢45.520,20) / lote Nº 58 G (¢43.681), Maximiliano Aníbal Navarro Alfaro, cédula: 4-160-497 Finca: 94107 lote Nº 19J (¢49.658,40) Alicia Haydee Noe Delgado, cédula: 1-1110-00652 Finca: 90994 lote Nº 49 K (¢41.470,28), Inversiones San Lázaro Treinta y Cuatro S. A., cédula jurídica: 3-101-223572 Finca: 45645 (¢1.709.279,83), Agencia de Aduanas Recio S. A., cédula jurídica: 3-101-59296 Finca: 75653 lote 96 (¢55.176), Miguel Umaña Chávez, cédula: 1-272-364 Finca: 90964 (¢32.294,51), Carolina Segura Hernández, cédula: 4-147-375 Finca: 209080 (¢32.165,76), Alimentos José Alvarado S. A., cédula jurídica: 3-101-080635 Finca 162603 Lote 70 F (¢47.719,88), Operaciones Constructivas Dream Warriors, Finca: 162619 lote 86 (¢54.982,88), Raúl Campos Hernández, cédula: 3-293-719 Finca: 162601 lote 68 (¢47.821,95), Randall Gerardo Loría Roy, cédula: 4-143-751 /Cinthia Patricia Arguedas Ayales, cédula: 1-891-433 Finca: 162611 Lote 78 (¢48.702,93), Inversiones Catula S. A., cédula jurídica: 3-101472788 Finca. 162613 lote 80 (¢49.217,91), Corporación Consultora Risoki S. A., cédula jurídica: 3-101-10845 Finca: 162545 lote 11 (¢50.122,79), Inmobiliaria Florentina F.I.A. S. A., cédula jurídica: 3-101-484978 Finca: 162561 Lote 28 (¢57.010,60), Automotores Alpízar Murillo S. A., cédula jurídica: 3-101-467917 finca: 162602 lote 69 (¢47.745,63), Accesoría Sectorial Centroamericana S. A., cédula jurídica: 3-101-209524 finca: 91160 lote 32 M (¢52.556,97), José María Campos Sevilla Finca: 90942 lote 7 K (¢34.485), Madinat de Orotina S. A., cédula jurídica: 3-101-294958 Finca: 94125 lote 28 J (¢59.360,18), Jean Reynold, cédula: 5-9059522636 Finca:94143 lote 2 (¢63.697,93), Arrendadora N A de Centroamérica S. A., cédula jurídica: 3-101-340835 Finca: 56165 (¢334.7161,91), Río Raus S. A., cédula jurídica: 3-101214586 Finca: 149880 lote 25 B (¢27.323,15), Corporación Karpathos S. A., cédula jurídica: 3-101-215709 Finca: 162593 (¢48.730,52), Palacio  de  Oriente S. A.,  cédula  jurídica  3-101275125 Finca: 162543 lote 9 A (¢50.831,80), Corporación Indravati, cédula jurídica: 3-101-213601 Finca: 162592 lote 59 (¢48.841,79).

Belén, 10 de diciembre del 2009.—Ing. Eduardo Solano Mora, Director a. í.—1 vez.—O. C. Nº 25527.—C-24020.—(110177).

AVISOS

CONVOCATORIAS

COLEGIO DE MÉDICOS VETERINARIOS

Asamblea general

Agenda sesión ordinaria 48-2010

Viernes 22 de enero del 2010

Hotel Crowne Plaza Corobicí

Primera convocatoria 6:30 p. m. (mitad más uno de los colegiados activos), segunda convocatoria 7:00 p. m. (miembros presentes).

1.  Comprobación del quórum.

2.  Himno Nacional.

3.  Lectura y aprobación del orden del día.

4.  Lectura y aprobación del acta anterior de sesión ordinaria de asamblea general (*).

5.  Lectura y aprobación de los informes (*).

5.1  Informe de la Presidencia.

5.2  Informe de la Dirección Ejecutiva.

5.3  Informe de Fiscalía Ejecutiva.

5.4  Informe de Tesorería.

5.4.1  Análisis y liquidación del presupuesto diciembre 2008-noviembre 2009.

5.4.2  Análisis y aprobación de presupuesto febrero 2010-enero 2011.

6.  Informe de Auditoría febrero 2008-enero 2009 (*).

7.  Carta de Gerencia por Auditoría cierre contable al 30 de noviembre 2009 (*)

8.  Ratificación del Resultado Elecciones 15 de enero de 2010

9.  Juramentación de los nuevos miembros de la Junta Directiva.

10.      Nombramientos y juramentación de cargos de Asamblea General.

11.      Asuntos Varios.

NOTA:   Al terminar la sesión de asamblea general, se efectuará una cena bailable.

(*) Disponibles en la página Web www.veterinarios.or.cr.

Tres Ríos, 4 de enero del 2010.—Junta Directiva.—Dr. José Alberto Lara Zapata, Presidente.—1 vez.—(IN2010000641).

CONDOMINIO PLAZA REAL CARIARI

De conformidad con el artículo 26 de la Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio y del Reglamento Interno, se convoca a todos los propietarios e inquilinos a la asamblea general ordinaria de Propietarios del Condominio Plaza Real Cariari en los Multicines Cariari, tercer nivel del Centro Comercial Real Cariari, a las 9 horas del día 28 de enero del 2010 en primer convocatoria y a las 10 horas de ese mismo día, en segunda convocatoria en caso de no haber el quórum de ley en la primera.

Los temas a tratar en dicha Asamblea serán los siguientes:

1.  Informe de la Administración y de las cuentas de Administración del período 2008-2009.

2.  Conocimiento y aprobación del presupuesto para el año 2009-2010 (hasta enero del 2011) y los medios de aportar los fondos necesarios para cubrirlo. Este documento está a disposición de los asambleístas con 15 días de antelación a la asamblea en las oficinas de la administradora.

3.  Elección de directores del cuerpo administrador a quienes se les vence el período.

4.  Asuntos de la administración.

En caso de que el propietario sea una persona jurídica o bien el propietario persona física, no pueda asistir y quiere verse representado en la Asamblea, deberá otorgar un poder especial o carta poder, debidamente autenticada por un Abogado y la personería de quien da el poder.

Los inquilinos interesados pueden asistir a la asamblea, con voz pero sin voto y deberá llevar una carta debidamente autenticada del propietario en que se indique quien es el inquilino, con las personerías respectivas.

Únicamente podrá asistir una persona por finca filial, por lo que por razones de orden y contabilización de votos, las personas que no cumplan con lo indicado, no podrán estar presentes en la asamblea.—Heredia, 4 de enero del 2010.—Junta Administrativa.—Rafael Gutiérrez Badilla, Presidente.—1 vez.—(IN2010000642).

CENTRO MÉDICO PRIVADO SAN JOSÉ S. A

El presidente del Centro Médico Privado San José S. A., convoca a todos los socios a la asamblea general extraordinaria que se llevará a cabo en el domicilio de la sociedad, cuarto piso del edificio Burstin, el día lunes 25 de enero del 2010. Primera convocatoria a las 14:30 horas, segunda convocatoria a las 15:30 horas. Agenda: 1) Conocer y aprobar el reglamento de rótulos y la forma de autorizar la colocación de los mismos en el edificio. 2) Nombramiento de vocal en sustitución de Dr. Max Terán Torrents, el cual falleció. Se recuerda a los propietarios que en caso de no poder asistir a esta asamblea pueden otorgar un poder especial a otra persona que lo autorice como tal.—San José, 16 de diciembre del 2009.—Víctor Álvarez Porras, Presidente.—1 vez.—RP2010148315.—(IN2010001033).

CÁMARA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA

Y DE REPRESENTANTES DE CASAS EXTRANJERAS

La Junta Directiva de la Asociación Cámara de Comercio Exterior de Costa Rica y de Representantes de Casas Extranjeras, en cumplimiento de lo dispuesto en los estatutos, convoca a las personas y empresas asociadas a la cámara, a la asamblea general ordinaria que se celebrará en nuestra sede, ubicada en Zapote, del Archivo Nacional, 25 metros al este y 25 metros al sur, edificio CRECEX, el jueves 28 de enero del 2010 a las 18:30 horas en primera convocatoria y en caso de no haber quórum a la hora indicada, en segunda convocatoria a las 19:00 horas, sesión que se llevará a cabo con los miembros presentes.

La agenda fijada para esta asamblea es la siguiente:

1.  Lectura del acta de la Asamblea General Anterior.

2.  Informe de la Presidencia.

3.  Informe de la Tesorería.

4.  Informe de la Fiscalía.

5.  Correspondencia que deba conocer la asamblea.

6.  Elección de los miembros de la junta directiva y fiscal para el período 2010-2011.

7.  Aprobación del acta de la asamblea.

Se recuerda a todas las personas y empresas asociadas a la Cámara, que para participar en esta asamblea, deben estar al día en el pago de sus cuotas y cumplir los requisitos establecidos en los Estatutos de la Cámara, los cuales se encuentran a disposición de todos los interesados en nuestra página web www.crecex.com, o bien en nuestras instalaciones.—Helga Céspedes Vargas, Secretaria.—1 vez.—(IN2010001061).

FUNDACIÓN YUNIS PARA EL MEJORAMIENTO

DE LA EDUCACIÓN

Se convoca a los miembros fundadores de la Fundación Yunis para el mejoramiento de la educación a asamblea general ordinaria que se celebrará en su domicilio el día veintiuno de enero del dos mil diez a las diez de la mañana. De no haber quórum se pasará la reunión para las diez y treinta horas y se efectuará con cualquier número de miembros presentes. Orden del día: 1. Conocer y aprobar el informe financiero anual que será presentado a la Contraloría. 2 Varios. Convocatoria hecha por Carlos Alberto Alvarado Yunis, cédula 7-0040-0503.—Carlos Alberto Alvarado Yunis.—1 vez.—(IN2010001111).

FUNDACIÓN YUNIS PARA EL MEJORAMIENTO

DE LA EDUCACIÓN

Se convoca a los miembros de la Junta Administrativa de la Fundación Yunis para el mejoramiento de la Educación, a sesión Ordinaria el día 19 de enero del 2010 en su sede, sita en calle segunda entre avenidas central y segunda de la ciudad de San José, a las nueve de la mañana. De no haber quórum se pasará la reunión para las diez de la mañana y se efectuará con cualquier número de miembros presentes. Orden del día: 1. Conocer y aprobar el Informe financiero anual que se presentará ante los socios fundadores y ante la Contraloría General de la República. 2. Varios. Convocatoria hecha por José Rafael Ruiz Monge, cédula 8-0055-0446.—José Rafael Ruiz Monge.—1 vez.—(IN2010001113).

FUNDACIÓN YUNIS PARA EL MEJORAMIENTO

DE LA EDUCACIÓN

Se convoca a los miembros de la Junta Administrativa de la Fundación Yunis para el Mejoramiento de la Educación, a sesión ordinaria el día 23 de enero del 2010 en su sede, a las dos de la tarde para elegir la nueva directiva. De no haber quórum se pasará la reunión para las tres de la tarde y se efectuará con cualquier número de miembros presentes. Convocatoria hecha por José Rafael Ruiz Monge, cédula 8-0055-0446.—José Rafael Ruiz Monge.—1 vez.—(IN2010001116).

CORPORACIÓN INMOBILIARIA DEL ESTE

TETERCR SOCIEDAD ANÓNIMA

El suscrito, Óscar Luis Chaves Bolaños, liquidador de la compañía Corporación Inmobiliaria del Este TETERCR Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y ocho mil-novecientos treinta y seis, convoca a asamblea general de accionistas, donde se presentará el informe final de la liquidación de dicha sociedad para su aprobación y cumplir con lo establecido en el artículo 216, inciso d) del Código de Comercio, a celebrarse el próximo cinco de febrero de dos mil diez al ser las nueve horas, en las oficinas centrales de la sociedad.—San José, 07 de enero de 2010.—Óscar Luis Chaves Bolaños, Liquidador.—1 vez.—(2010001246).

ASESORES PARA TRANSFONDOS Y REMESAS

El suscrito, Óscar Luis Chaves Bolaños, liquidador de la compañía Asesores para Transfondos y Remesas, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintisiete mil novecientos cuarenta y dos, convoca a asamblea general de accionistas, donde se presentará el informe final de la liquidación de dicha sociedad para su aprobación y cumplir con lo establecido en el artículo 216, inciso d) del Código de Comercio, a celebrarse el próximo once de febrero de dos mil diez, al ser las trece horas, en las oficinas centrales de la sociedad.—San José, 7 de enero de 2010.—Óscar Luis Chaves Bolaños, Liquidador.—1 vez.—(IN2010001248).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

BLUE TRAILZ

Ante mí, Luis Eduardo Solano Rojas, notario público de Guanacaste la señora Marjan Willems, cédula de residencia 105600002731 apoderada generalísima de Presión Baja S. A., cédula jurídica 3-101-280215 ha vendido el establecimiento mercantil denominado Blue Trailz, cuya actividad es el comercio de ropa de playa y alquiler de medios para actividades deportivas extremas ubicado en Tamarindo, Guanacaste, local frente a Pizza Hut, a favor de Steve Flek, pasaporte canadiense WH 178064, en razón de lo anterior se convoca a todos los interesados a presentarse en dicho local dentro del término de 15 días a partir de la primera publicación con el fin de hacer valer sus derechos.—24 de noviembre del 2009.—Lic. Luis Eduardo Solano Rojas, Notario.—(IN2009109641).

Castro Valverde María del Rocío, cédula 1-540-291, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros (Registro de Compras Número 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este edicto.—María del Rocío Castro Valverde.—(IN2009109771).

AGROPECUARIA POTOSI AB S. A.

Agropecuaria Potosi AB S. A., cédula jurídica Nº 3-101-295769 solicita a la Dirección General de Tributación, la reposición de sus Libros, todos números 1: Mayor, Diario, Inventarios y Balances, Actas Consejo de Administración, Actas Asamblea de Socios, Registro de Socios. Quien se considere afectado favor manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Leonel Sanabria Varela, Notario.—(IN2009110099).

CENTRO VACACIONAL BANCOSTA S. A.

Hace constar que revisado el libro de accionistas, aparece como socio, Carlos Quesada Mora, cédula 1-401-526, con la acción 975, la que se reporta como extraviada, por lo que solicita su reposición.—San José, 11 de diciembre del 2009.—Álvaro Chavarría Ávila.—(IN2009110110).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

TRANSACCIONES ANGULO SOCIEDAD ANÓNIMA

Transacciones Angulo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-334320, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas Consejo de Administración, Actas Asamblea de Socios y Registro de Socios, todos número 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Óscar Angulo Viveros.—(IN2009110185).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del diez de diciembre del año dos mil nueve se reformó la cláusula quinta, y se nombró junta directiva de la sociedad anónima denominada Eduk Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-136344. Es todo.—San José, diez de julio del dos mil nueve.—Lic. Sandra Cerdas Mora, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146326.—(IN2009109916).

Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 9 de diciembre del 2009, se protocoliza acta número cuarenta de la sociedad denominada Banroque S. A.—Naranjo, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Mario Enrique Acuña Jara, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146327.—(IN2009109917).

Ante mí, licenciado Andrés Vargas Valverde, notario público se constituye sociedad Frutas de Cariari Sociedad Anónima. Escritura número cuarenta y ocho, otorgada en San José, a las once horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil nueve.—San José, veinte de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Andrés Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146331.—(IN2009109918).

Ante mí, licenciado Andrés Vargas Valverde, notario público se constituye sociedad Hojas de Trébol Sociedad Anónima. Escritura número cuarenta y seis, otorgada en San José, a las nueve horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil nueve.—San José, veinte de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Andrés Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146332.—(IN2009109919).

Ante mí, licenciado Andrés Vargas Valverde, notario público se constituye sociedad Hojas del Caribe Sociedad Anónima. Escritura número cuarenta y siete, otorgada en San José, a las diez horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil nueve.—San José, veinte de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Andrés Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146333.—(IN2009109920).

Ante esta notaría a las diciocho horas del cinco de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada: Carmarab. O. A Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar Carmarab. O. A S. A., cuya presidenta es Marina de Jesús Almanzor Vílchez, mayor de edad, soltera, comerciante, portadora de cédula de identidad cinco ciento cincuenta y cuatro setecientos veintiuno, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Liberia, costado sur de la comandancia de plaza, domiciliada en La Cruz, Guanacaste, de bar De Plata treinta y cinco metros al norte, plazo social de noventa y nueve años a partir del cinco de diciembre del dos mil nueve, con un capital social es de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, se paga con tres letras de cambio de igual suma la suscrita.—Liberia, 10 de diciembre del 2009.—Lic. José Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146334.—(IN2009109921).

Por escritura otorgada en San José a las once horas del día nueve de diciembre del dos mil nueve, ante la notaria Laura Avilés Ramírez, se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Inmobiliaria La J Dos SRL con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ciento ochenta y nueve mil seiscientos treinta y tres. Es todo.—San José, nueve de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Laura Avilés Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146408.—(IN2009109922).

Por escritura número ciento diecisiete, otorgada en esta notaría en la ciudad de Alajuela al ser las diez horas del ocho de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad nombre indicado por el Registro, el plazo social es de noventa y nueve años, capital social de diez mil colones. Es todo.—Alajuela, once de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Óscar Mario Pacheco Murillo Notario.—1 vez.—Nº RP2009146410.—(IN2009109923).

Ante mí, Olga Libia Sandoval Ugalde, se constituyó la sociedad denominada Hanksugi Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente Pedro Moya Hernández.—Alajuela, 15 de diciembre del 2009.—Lic. Olga Libia Sandoval Ugalde, Notaria.—1 vez.—(IN2009110050).

Se constituye Corporación Tío Sombre S. A., plazo social 99 años, presidente Harold Rodríguez Rojas, para todo tipo de comercio, escritura otorgada en Palmares el día 15 de octubre del 2009, domiciliada en Palmares.—Alajuela, 1º de diciembre del 2009.—Lic. Alejandro Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2009110053).

Se constituye Vacipo S. A., plazo social 99 años. Presidenta: María Lourdes Rodríguez Murillo, para todo tipo de comercio, escritura otorgada en Alajuela el día 26 de setiembre del 2009, domiciliada en San José, Notaría del Lic. Alejandro Fernández Alvarado.—Alajuela, 1º de diciembre del 2009.—Lic. Alejandro Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2009110054).

Se constituye Romo R&M S. A., plazo social 99 años. Presidenta María Lorena Rodríguez Moya, para todo tipo de comercio, escritura otorgada en Alajuela el día 17 de enero del 2009, domiciliada en San José, Notaría del Lic. Alejandro Fernández Alvarado. Alajuela, 1 de diciembre del 2009.—Lic. Alejandro Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2009110055).

Se constituye Arg Planet S. A. domiciliada en Palmares, Alajuela, presidente: Henry Alpízar Méndez. Plazo social: 99 años, para todo tipo de actividad comercial pudiendo otorgar poderes de toda clase. Notaría de  Alejandro Fernández Alvarado, Alajuela, Costa Rica.—Lic. Alejandro Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2009110057).

Por escritura numero veintiséis-dos, del día 4 de diciembre del 2009, ante el suscrito notario se constituyó la sociedad: Desarrollos e Inversiones Hermanos H.C.H. S. A., con domicilio social en la ciudad de San José; con un plazo 99 años a partir de hoy. Objeto: desarrollos y actividades inmobiliarias y comercio en general. Con un capital social de diez mil colones exactos.—Heredia, 4 de diciembre del 2009.—Lic. Roger Arturo Trigueros García, Notario.—1 vez.—(IN2009110058).

Se constituye Natural Arg S. A., domiciliada en Palmares, Alajuela, presidente: Henry Alpízar Méndez, plazo social: 99 años, escritura otorgada el 28 de noviembre del 2009, para todo tipo de actividad comercial pudiendo otorgar poderes de toda clase. Notaría del Lic. Alejandro Fernández Alvarado, Alajuela-Costa Rica.—Lic. Alejandro Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2009110059).

Se constituye Eco Systems Of The Planet.Com S. A., en español Eco Sistemas del Planeta S. A., plazo social: 99 años, Presidente: Henry Alpízar Méndez Moya, para todo tipo de comercio, escritura otorgada en Alajuela, el día 28 de noviembre del 2009, domiciliada en Palmares. Notaría del Lic. Alejandro Fernández Alvarado.—Alajuela, 1º de diciembre del 2009.—Lic. Alejandro Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2009110060).

Por escritura número veinticinco-dos, del día 4 de diciembre del 2009, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad: Desarrollos Hermanos Chaves S. A., con domicilio social en la ciudad de San José; con un plazo: 99 años a partir de hoy. Objeto: Desarrollos y actividades inmobiliarias y comercio en general. Con un capital social de diez mil colones exactos.—Heredia, 4 de diciembre del 2009.—Lic. Róger Arturo Trigueros García, Notario.—1 vez.—(IN2009110062).

Se constituye Water of Costa Rica S. A., en español Aguas de Costa Rica S. A., plazo social 99 años. Presidente Luis Rodríguez Fernández, para todo tipo de comercio, domiciliada en Palmares, Alajuela. Notaría del Lic. Alejandro Fernández Alvarado.—Alajuela, 1 de diciembre del 2009.—Lic. Alejandro Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2009110063).

Por escritura número veinticuatro-dos, del día 4 de diciembre del 2009, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad: Inversiones Alcasa de Costa Rica S. A., con domicilio social en la ciudad de San José, con un plazo: 99 años a partir de hoy. Objeto: Desarrollos y actividades inmobiliarias y comercio en general. Con un capital social de diez mil colones exactos.—Heredia, 4 de diciembre del 2009.—Lic. Róger Arturo Trigueros García, Notario.—1 vez.—(IN2009110064).

Por escritura otorgada a las quince horas del día catorce de diciembre del dos mil nueve, Iria Herrera Arguedas y Gostein Eduardo Sánchez Herrera constituyen la sociedad Inversiones La Cueva de las Llantas con domicilio en Alajuela, doscientos este del Club La Cueva de Leones. Presidenta: Iria Herrera Arguedas. Capital social: un millón de colones. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: venta de aros y llantas.—Alajuela, diez horas del día quince de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Adriana Zamora Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2009110092).

Mediante escritura otorgada a las 12 horas del 7 de diciembre del 2009, se constituyó la sociedad denominada Grupo Aimesa Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Grupo Aimesa S. A., indicando que el anterior es un nombre de fantasía. Domicilio social: San José, San Pedro, de la iglesia de Fátima en Los Yoses setenta y cinco metros al este. Objeto: comercio y la industria en todas sus formas.—San José, 14 de diciembre del 2009.—Lic. Arturo Parra Espinosa, Notario.—1 vez.—(IN2009110095).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 17 de junio del 2009 se constituye sociedad denominada Olju Jara Sociedad Anónima.—Naranjo, 14 de diciembre del 2009.—Lic. Guadalupe Montero Ugalde, Notaria.—1 vez.—(IN2009110096).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día veintitrés de noviembre del dos mil nueve, se nombró tesorero y se modificó cláusulas quinta y novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada Mini Excavación S. A.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—(IN2009110102).

Por escritura otorgada a las doce horas del quince de diciembre del dos mil nueve, se reforma el consejo de administración los cargos de presidente y tesorero, de la sociedad Ladoleyen Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y dos mil doscientos dieciséis.—Alajuela, quince de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Braulio Murillo Segura, Notario.—1 vez.—(IN2009110103).

Por escritura otorgada a las once horas del quince de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Frescos del Tejar Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Alajuela, 15 de diciembre del 2009.—Lic. Braulio Murillo Segura, Notario.—1 vez.—(IN2009110104).

Por escritura 144 otorgada en esta notaría, a las 14:00 horas del 01 de diciembre del 2009, la sociedad Mensajería Multimedia MMS S. A., cambió su cláusula de administración y nombró nueva junta directiva.—Lic. German José Víquez Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2009110108).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria celebrada a las 9:00 horas del 10 de diciembre del 2009 de la sociedad Inversiones Matarisván S. A. Se reforma la cláusula segunda y se suprime la decimosétima.—San José, 15 de diciembre del 2009.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—(IN2009110123).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 15 de diciembre del 2009, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada que se denominará de conformidad con lo dispuesto por el artículo dos del decreto ejecutivo Nº 33171-J publicado en La Gaceta Nº 114 del 14 de junio del 2006. Capital social: 18.000 colones. Plazo social: 99 años.—San José, 15 de diciembre del 2009.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—(IN2009110124).

Por escritura número ciento sesenta y uno-seis, otorgada ante mi notaría, a las 13:00 horas del día 14 de diciembre del año en curso, se constituyó la sociedad anónima que se denominará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171, publicado en La Gaceta 114, del 14 de junio del 2006. Plazo: 99 años. Capital social: 12.000 mil colones. Giro: el comercio en general, licitaciones públicas, etc. Domicilio: Oficentro Torres del Campo, Torre Uno, piso Cuatro.—Lic. Juan Carlos Hernández Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2009110125).

Por escritura número ciento sesenta y uno-seis, otorgada ante mi notaría, a las 13:30 horas del día 14 de diciembre del año en curso, se constituyó la sociedad anónima que se denominará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171, publicado en La Gaceta 114, del 14 de junio del 2006. Plazo: 99 años. Capital social: 12.000 mil cólones. Giro: el comercio en general, licitaciones públicas, etc. Domicilio: Oficentro Torres del Campo, Torre Uno, piso Cuatro.—Lic. Juan Carlos Hernández Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2009110126).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del quince de diciembre del dos mil nueve se constituyó la sociedad Finca Los Sueños Owners Association S. A., estableciéndose fondo de reserva legal, junta directiva y capital social, domiciliada en Grecia.—Grecia, 15 de diciembre del 2009.—Lic. Mayid Brenes Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2009110127).

Mediante la escritura 245 otorgada ante la notaria Kathya Vargas Cubillo, se constituye la sociedad denominada Gerencia Siglo Veintiuno Sociedad Anónima se nombra la junta directiva.—Lic. Kathya María Vargas Cubillo, Notaria.—1 vez.—(IN2009110141).

Mediante la escritura 248 otorgada ante la notaria Kathya Vargas Cubillo, se constituye la sociedad denominada Skyline Enterprises Sociedad Anónima se nombra la junta directiva.—Lic. Kathya María Vargas Cubillo, Notaria.—1 vez.—(IN2009110143).

Mediante la escritura 247 otorgada ante la notaria Kathya Vargas Cubillo, se constituye la sociedad denominada Corporación Berroal Sociedad Anónima se nombra la junta directiva.—Lic. Kathya María Vargas Cubillo, Notaria.—1 vez.—(IN2009110144).

Mediante la escritura 246 otorgada ante la notaria Kathya Vargas Cubillo, se constituye la sociedad denominada Regata & Associates Sociedad Anónima se nombra la junta directiva.—Lic. Kathya María Vargas Cubillo, Notaria.—1 vez.—(IN2009110145).

Mediante la escritura 244 otorgada ante la notaria Kathya Vargas Cubillo, se constituye la sociedad denominada CR Listed Sociedad Anónima se nombra la junta directiva.—Lic. Kathya María Vargas Cubillo, Notaria.—1 vez.—(IN2009110146).

Por escritura otorgada a las once horas del día de hoy, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Professional Outsourcing Services Ltda.—San José, catorce de diciembre del año dos mil nueve.—Lic. Rolando Chacón Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2009110147).

Mediante escritura otorgada en esta ciudad a las diecisiete horas del treinta de noviembre en curso, se constituyó la sociedad denominada Constru-Gallo Solo Sociedad Anónima. Domiciliada ciudad de San José. Presidente: Representante legal con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Alajuela, 15 de diciembre del 2009.—Lic. María González Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2009110174).

Mediante escritura otorgada en esta ciudad a las nueve horas treinta minutos del cuatro de diciembre en curso, se constituyó la sociedad denominada DFI Telecom de Costa Rica Sociedad Anónima. Domicilio: la ciudad de Alajuela. Presidente: Representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Alajuela, 15 de diciembre del 2009.—Lic. María González Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2009110176).

Ante esta notaría el día de hoy mediante escritura número tres-ciento catorce de las dieciséis horas cuarenta minutos, Evinia Lisette Chaves y Frederick Schosinsky Chaves, constituyen Fredlise Sociedad Anónima. Capital social cien mil colones.—San José, catorce de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Ariel Ramírez Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2009110178).

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del catorce de diciembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Swissraft Services International Sociedad Anónima. Domiciliada en la ciudad de San José. Capital social suscrito y pagado. Representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, el presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, señores Franck Karl Marcel Chéziére, Daniel Lucien Robert Chéziére y Charlotte Chéziére, respectivamente.—San José, 14 de diciembre del 2009.—Lic. Paúl Murillo Miranda, Notario.—1 vez.—(IN2009110181).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-cinco cuatro cuatro siete siete cinco sociedad anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-544775, mediante la cual se reforman del pacto social la cláusula decimonovena de la representación, la cláusula quinta del capital social, se nombra nueva junta directiva. Escritura otorgada a las dieciséis horas cincuenta minutos del diez de diciembre del 2009.—Lic. Bernardo Gómez Salgado, Notario.—1 vez.—RP2009146411.—(IN2009110239).

Protocolización de acta de asamblea general de socios de la sociedad Fisioterapia Integral S. A. Nombramiento de tesorera, secretaria, fiscal y agente residente. Se modifica la cláusula tercera del pacto constitutivo.—San José, nueve de diciembre de dos mil nueve.—Lic. Margarita Rojas Aguilar, Notaria.—1 vez.—RP2009146413.—(IN2009110240).

Por escritura de las 18:00 horas de hoy, se constituye la sociedad Grupo Oister S M S. A. Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, 10 de diciembre de 2009.—Lic. Gloria V. Vega Chávez, Notaria.—1 vez.—RP2009146416.—(IN2009110241).

Por escritura de las 18:00 horas de hoy, se constituye la sociedad Seguridad y Supervisión Jabes S. A. Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, 10 de diciembre de 2009.—Lic. Gloria V. Vega Chávez, Notaria.—1 vez.—RP2009146417.—(IN2009110242).

Por escritura otorgada ante mi notaría de las 15:00 horas del 09 de diciembre del 2009, se constituyó la entidad social con domicilio en Magallanes de Santiago de San Ramón de Alajuela, denominada Corporación Skido S. A. Presidente apoderado generalísimo sin límite sumario: James Edward Anderton. Capital social: veinte mil colones.—San Ramón, 9 de diciembre del 2009.—Lic. Roger Alexis Barboza Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2009146418.—(IN2009110243).

En mi notaría, al ser las diez horas treinta minutos del doce de setiembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Xinjorge Sociedad Anónima. Domicilio: Los Ángeles de Santo Domingo de Heredia, seiscientos metros al este y doscientos cincuenta metros al sureste de la escuela Cristóbal Colón. Capital: íntegramente pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Nicoya, diez de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Luis Bernal Cárdenas Sequeira, Notario.—1 vez.—RP2009146419.—(IN2009110244).

Por escritura otorgada en San José a las 11:00 horas del 3 de noviembre del 2009, se constituyó sociedad anónima que tendrá como razón social el número de cédula jurídica. Presidente: James Burton Berry.—Lic. Annette Cambronero Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2009146420.—(IN2009110245).

Hago constar que el día nueve de diciembre del ario dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Siacca de Italia DSM Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintidós mil ochocientos treinta y siete, en virtud de la cual se reforma la junta directiva de la sociedad antes mencionada, se nombra nuevo agente residente.—San José, nueve de diciembre de dos mil nueve.—Lic. Guiza Pinchanski Binderoski, Notaria.—1 vez.—RP2009146421.—(IN2009110246).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Salina Cruz S. A. mediante los cuales se modifican las cláusulas segunda y octava del pacto social y se designan secretario y tesorero.—Santa Ana, 1º de diciembre del 2009.—Lic. Jorge Goicoechea Guardia, Notario.—1 vez.—RP2009146422.—(IN2009110247).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Castro y de La Torre S. A. mediante la cual se modifica la cláusula quinta del pacto social.—Santa Ana, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Jorge Goicoechea Guardia, Notario.—1 vez.—RP2009146423.—(IN2009110248).

Se avisa que ante la suscrita notaria Marelyn Jiménez Durán, se constituyen cinco sociedades de responsabilidad limitada, cuya rayones sociales serán el número de cédula jurídica que se les asigne a cada una, con capital un millón de colones, corresponde a un gerente la representación judicial y extrajudicial de cada sociedad con las facultades apoderado generalísimo sin límite de suma actuando separadamente.—Liberia, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—RP2009146426.—(IN2009110249).

Se avisa que ante la suscrita notaria Marelyn Jiménez Durán, se constituye la sociedad Mimosa del Trópico Sociedad de Responsabilidad Limitada, con capital un millón de colones, corresponde a un gerente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades apoderado generalísimo sin límite de suma actuando separadamente.—Liberia, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—RP2009146427.—(IN2009110250).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 9:00 horas del 9 de diciembre del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Gómez y Loaiza S. A. Se modifican cláusulas 2 y 7, se nombran junta directiva y fiscal.—Lic. Ligia Rodríguez Pacheco, Notaria.—1 vez.—RP2009146429.—(IN2009110251).

Janiclamar S. A., modifica domicilio. Protocolización que consta en la escritura número ciento treinta, de las veinte horas del veinticinco de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2009146431.—(IN2009110252).

Por escritura pública de las diez horas del nueve de diciembre del dos mil nueve, se protocolizó asamblea general extraordinaria de Propiedades Pikachu Inc S. A. Se modifican las cláusulas primera y quinta del pacto constitutivo, se modifican los nombramientos del secretario y tesorero de la junta directiva y del fiscal. Se elimina la figura del agente residente. Es todo.—San José, dieciséis horas y cinco minutos del nueve de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Violeta Rojas Soza, Notaria.—1 vez.—RP2009146432.—(IN2009110253).

La suscrita notaria pública hace constar que protocolicé el acta de asamblea general ordinaria de la Asociación de Beneficencia Jaime Solera Bennett, mediante la cual se renovó el nombramiento de los miembros de la junta directiva y fiscal.—San José, once de diciembre de dos mil nueve.—Lic. Mariela Hernández Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2009146433.—(IN2009110254).

Ante esta notaría comparecieron Gilberth Valverde Quesada, cédula número dos-quinientos ochenta y siete-ciento ochenta y siete, y Emilce Valverde Quesada, cédula número cinco-doscientos treinta-ochocientos treinta, para constituir la sociedad denominada Siete Verdes Amaneceres F.V.G. Sociedad Anónima, por un plazo de noventa y nueve años y con objeto de comercio.—Nicoya, diez de diciembre del das mil nueve.—Lic. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—RP2009146435.—(IN2009110255).

Por escritura número cien de las 12:00 horas del 09 de diciembre del 2009, visible al tomo cuadragésimo sexto de mi protocolo, comparecieron los señores Brandon Anthony Nappy y Daina Ann Woodman para constituir una sociedad, misma que se denominará Miracle Man Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—San José, 11 de diciembre del año dos mil nueve.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—RP2009146436.—(IN2009110256).

Por escritura Nº 79 de las 10:00 horas del 8 de diciembre del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Inmobiliaria Los Jardines Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2009146438.—(IN2009110257).

Por escritura Nº 78 de las 9:15 horas del 8 de diciembre del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Cariari Country Club Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2009146439.—(IN2009110258).

El día de hoy ante esta notaría, se protocolizaron actas de asamblea de socios de Durietín Plásticos S. A., Molduras y Perfiles S. A., Cinquecento Mil Novecientos Cincuenta y Seis S. A., y Maquinaria Extrusora de Plástico S. A., en las que se modifican el domicilio social, cláusula de administración, y junta directiva.—San José, diez de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Francisco Quijano Quirós, Notario.—1 vez.—RP2009146443.—(IN2009110259).

Mediante escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las doce horas del primero de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Hermanos Rodríguez Salas Sociedad Anónima, plazo social noventa y nueve años, domicilio: San Ramón, Alajuela.—San Ramón, primero de diciembre del dos mil nueve.—Lic. María del Milagro Arguedas Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2009146448.—(IN2009110260).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:50 horas del 3 de marzo de 2009, se constituyó Cloud Dancer Sociedad Anónima, domiciliada en Tierras Morenas, Tilarán, Guanacaste, capital social ¢10.000. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Nuevo Arenal, 03 de marzo del 2009.—Lic. Carolina Inés Barboza Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2009146449.—(IN2009110261).

Por escritura de las 7:30 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía Desarrollos Tierras y Raíces S. A., por la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—Montes de Oca, 9 de diciembre del 2009.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2009146450.—(IN2009110262).

Por escritura de las 15:30 botas de hoy, protocolicé acta de Inmobiliaria Monte Claro S. A., por la cual se reforman las cláusulas tercera, sexta, sétima y novena del pacto constitutivo, que también se adiciona con una cláusula decimosegunda.—Montes de Oca, 9 de diciembre del 2009.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2009146451.—(IN2009110263).

Por escritura de las 15:00 horas de hoy, protocolicé acta de Compañía Agrícola y Ganadera Atlántida S. A., por la cual se reforman las cláusulas tercera, sexta, sétima y octava del pacto constitutivo.—Montes de Oca, 9 de diciembre del 2009.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2009146452.—(IN2009110264).

Por escritura número uno, otorgada por la notaria Laura Morales Alfaro, a las dieciséis horas del ocho de diciembre del 2009, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Inversiones Rojas Sucesores de Cartago S. A. en la que se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, ocho de diciembre del 2009.—Lic. Laura M. Morales Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2009146455.—(IN2009110265).

Por escritura número 49 de las 12:30 horas del 8 de diciembre del año 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Agencia de Viajes Sueños en Ruta S. A., en la cual se reforma la cláusula primera cambiando su nombre por el de Tacontento Heredia RJP S. A.—Lic. Juan Miguel Vásquez Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2009146457.—(IN2009110266).

Por escritura número 48 de las 12:00 horas del 8 de diciembre del año 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tacontento Heredia S. A., en la cual se reforma la cláusula primera cambiando su nombre por el de Tacontento Escazú S. A.—Lic. Juan Miguel Vásquez Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2009146458.—(IN2009110267).

Mediante escritura otorgada ante este notaría a las 8:00 horas del 10 de diciembre del 2009, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: la segunda del domicilio social y la décima del consejo de administración, en la sociedad Autogénesis de Costa Rica S. A.San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2009146459.—(IN2009110268).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas veinte minutos del 10 de diciembre del 2009, se modifica la siguiente cláusula del pacto constitutivo: la sexta del consejo de administración, en la sociedad Jodefra S. A.San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2009146461.—(IN2009110269).

Mediante escritura otorgada ante este notaría, a las ocho horas cuarenta minutos del 10 de diciembre del 2009, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: la segunda del domicilio social, y la décima del consejo de administración, en la sociedad Inversiones Pancho de San José S. A.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2009146462.—(IN2009110270).

Mediante escritura otorgada ante este notaría, a las nueve horas del 10 de diciembre del 2009, se modifica la siguiente cláusula del pacto constitutivo: la octava del consejo de administración. En la sociedad Galerías Abuela Amparo S. A.San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2009146463.—(IN2009110271).

Por escritura número ochenta y nueve-uno, otorgada ante el notario público Walter Rodrigo Mora Morales, a las quince horas del cuatro de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Taking Care Your Health S. A.—Lic. Wálter Rodrigo Mora Morales, Notario.—1 vez.—RP2009146464.—(IN2009110272).

Mediante protocolización de acta de la sociedad LGC Ingeniería de Pavimentos, cédula jurídica Nº 3-101-303726, el pasado primero de noviembre del presente año en curso, se modificó la cláusula segunda de su pacto constitutivo.—Lic. German Salazar Santamaría, Notario.—1 vez.—RP2009146465.—(IN2009110273).

En mi notaría al ser las 8:00 horas del 9 de diciembre, se constituyó la sociedad denominada Reparaciones Madrigal Limitada y corresponde la representación judicial y extrajudicial a los gerentes, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Puntarenas, 11 de diciembre del 2009.—Lic. Dennis Zúñiga Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009146469.—(IN2009110274).

En mi notaría al ser las 8:30 horas del 9 de diciembre, se constituyó la sociedad denominada Taciana Samara 1987 Limitada y corresponde la representación judicial y extrajudicial a los gerentes, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Puntarenas, 11 de diciembre del 2009.—Lic. Dennis Zúñiga Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009146470.—(IN2009110275).

En mi notaría al ser las 9:00 horas del 9 de diciembre, se constituyó la sociedad denominada Servicios Técnicos L & L Limitada y corresponde la representación judicial y extrajudicial a los gerentes, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Puntarenas, 11 de diciembre del 2009.—Lic. Dennis Zúñiga Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009146471.—(IN2009110276).

En mi notaría al ser las 9:30 horas del 9 de diciembre, se constituyó la sociedad denominada Vereda de Bendición Limitada y corresponde la representación judicial y extrajudicial a los gerentes, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Puntarenas, 11 de diciembre del 2009.—Lic. Dennis Zúñiga Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009146472.—(IN2009110277).

En mi notaría al ser las 10:00 horas del 9 de diciembre, se constituyó la sociedad denominada Tecnicad Limitada y corresponde la representación judicial y extrajudicial a los gerentes, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Puntarenas, 11 de diciembre del 2009.—Lic. Dennis Zúñiga Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009146473.—(IN2009110278).

Mediante escritura número cuarenta y cuatro nueve visible al folio cuarenta y dos frente del tomo número seis del protocolo del suscrito notario, se constituyó la sociedad Producciones Infantiles Doremi T.V. Sociedad Anónima pudiendo abreviarse las dos ultimas palabras como S.A. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar conjuntamente.—San José, ocho de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Minor Segura Navarro, Notario.—1 vez.—RP2009146474.—(IN2009110279).

El sucrito notario hace constar que por escritura otorgada el día de hoy, número ciento ochenta y ocho-seis, protocolice acta de asamblea general extraordinaria de la compañía denominada Rozauma del Oeste Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula octava de los estatutos, se nombran junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, a las once horas del día veintitrés de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Johnny Alberto Sanabria Obando, Notario.—1 vez.—RP2009146475.—(IN2009110280).

El sucrito notario hace constar que por escritura otorgada el día de hoy, número ciento ochenta y ocho-seis, constituí la compañía denominada Constructora Single Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: 99 años. Objeto social: comercio en general. Capital: suscrito y pagado. Representación legal presidente de la junta directiva actuando separadamente.—San José, a las diez horas del día veintitrés de noviembre de dos mil nueve.—Lic. Johnny Alberto Sanabria Obando, Notario.—1 vez.—RP2009146476.—(IN2009110281).

Por escritura otorgada ante el notario Affib Soto González, en Esparza, a las diecisiete horas del tres de diciembre de dos mil nueve, los señores Gustavo Álvarez Sandí, cédula número: seis-cero trescientos cuarenta y nueve-cero quinientos cuarenta y tres y María Isabel Sandí Arguedas, cédula número: seis-cero ciento setenta y siete-cero ciento dieciséis, constituyen una sociedad anónima denominada Inspecciones Álvarez Sociedad Anónima, domiciliada en Esparza, con un plazo social de cien años, y un capital social de diez mil colones. El primero apoderado generalísimo sin límite de suma. Agente residente: Affib Soto González.—Lic. Affib Soto González, Notario.—1 vez.—RP2009146477.—(IN2009110282).

Por escritura otorgada ante este notario, a la ocho horas treinta minutos del diez de diciembre del dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Piedra Grande Esmeralda Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno  cuatro cuatro uno nueve ocho dos, en donde se modifica la cláusula sexta de la sociedad y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Henry González Guerrero, Notario.—1 vez.—RP2009146478.—(IN2009110283).

Por escritura otorgada ante este notario, a la nueve horas treinta minutos del diez de diciembre del dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Piedra Grande Onix Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro cuatro cuatro uno cero siete, en donde se modifica la cláusula sexta de la sociedad y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Henry González Guerrero, Notario.—1 vez.—RP2009146479.—(IN2009110284).

Por escritura otorgada ante este notario, a la ocho horas del diez de diciembre del dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Piedra Grande Rubí Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro tres siete ocho tres seis, en donde se modifica la cláusula sexta de la sociedad y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Henry González Guerrero, Notario.—1 vez.—RP2009146481.—(IN2009110285).

Ante esta notaría se constituyó la entidad Inversiones Shel-Miss Sociedad Anónima. Escritura número ciento treinta y dos, otorgada en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, a las once horas del nueve de octubre del dos mil nueve.—Lic. Laury María Angulo Villagra, Notaria.—1 vez.—RP2009146484.—(IN2009110286).

Ante esta notaría, se constituyó la entidad Multiservicios Kinny Sociedad Anónima. Escritura número ochenta y cinco, otorgada en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, a las diez horas del veintiocho de mayo del dos mil nueve.—Lic. Laury María Angulo Villagra, Notaria.—1 vez.—RP2009146485.—(IN2009110287).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del nueve de diciembre de dos mil nueve, Donal, cédula número cinco- doscientos diecinueve-cero ochenta y uno y Dialac Chávez Ramírez cédula número tres-trescientos treinta y ocho-setecientos ocho, constituyeron la sociedad anónima que se denominará: J.W. Seguridad Privada Sociedad Anónima, corresponderá al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el capital social suscrito y pagado.—Cartago, nueve de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Víctor Hugo Salgado Mora, Notario.—1 vez.—RP2009146491.—(IN2009110288).

Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas del siete de diciembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad, domiciliada en Moravia denominada Inversiones Charsijae Sociedad Anónima. Presidente, y apoderado Edwin Winston Christie Christie, mayor, casado una vez, administrador de empresas, cédula número siete-cero sesenta y uno-trescientos setenta y cinco.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Víctor Smith Hare, Notario.—1 vez.—RP2009146492.—(IN2009110289).

La compañía denominada Inversiones & Proyectos del Pacífico Central S. A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101-581986, nombra como presidente a Marvin Masís Gamboa.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Gerardo Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—RP2009146495.—(IN2009110290).

La compañía denominada Cofre Sólido Inversiones Centroamericanos S. A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101- 499808, nombra como presidente a Gerardo Vargas Rojas, y como secretario a Álvaro García Molina.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Ana Lucrecia González Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2009146497.—(IN2009110291).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada sin nombre según Decreto Nº 33171-J. Capital: mil dólares.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Alfonso J. Jiménez Meza, Notario.—1 vez.—RP2009146498.—(IN2009110292).

Por escritura otorgada en San José, a las 15:30, 15:40, 15:50, 16:00 horas de hoy, ante la suscrita notaria, José Alberto Mena Brenes y Sergio Villalobos Ulloa, constituyeron cuatro sociedades anónimas de conformidad con el Decreto número tres tres uno siete uno-J del artículo segundo, publicado en número ciento catorce del día catorce de junio de dos mil seis. Domicilio: Heredia, San Pablo de Barva. Plazo: 99 años. Capital: cien mil colones suscrito y pagado. Presidente: José Alberto Mena Brenes.—San José, 8 de diciembre del 2009.—Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notaria.—1 vez.—RP2009146501.—(IN2009110293).

Por escritura otorgada en San José a las 13:00 y 13:10 horas de hoy, ante la suscrita notaria, Marco Vinicio Vargas Barrientos y Marietta Gutiérrez Dall’Anese, constituyeron dos sociedades anónimas de conformidad con el Decreto número tres tres uno siete uno-J del artículo segundo, publicado en La Gaceta número ciento catorce del día catorce de junio de dos mil seis. Domicilio: Heredia, San Pablo de Barva. Plazo: 99 años. Capital: cien mil colones suscrito y pagado. Presidente: Marco Vinicio Vargas Barrientos.—San José, 9 de diciembre del 2009.—Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notaria.—1 vez.—RP2009146502.—(IN2009110294).

Por escritura otorgada en Barva, Heredia a las 15:00, 15:10, 15:20, 15:30, 15:40, 15:50, 16:00, 16:10, 16:20, 16:30, horas de hoy, ante la suscrita notaria, los señores Eugenia Mariela Lobo Hernández y Marco Antonio Lobo Hernández, constituyeron diez sociedades anónimas de conformidad con el decreto número tres tres uno siete uno-J del artículo segundo, publicado en La Gaceta número ciento catorce del día catorce de junio de dos mil seis. Domicilio: Heredia, San Pablo de Barva. Plazo: 99 años. Capital: cien mil colones suscrito y pagado. Presidenta: Eugenia Mariela Lobo Hernández.—San José, 2 de diciembre del 2009.—Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notaria.—1 vez.—RP2009146504.—(IN2009110295).

Por escritura otorgada en San José, a las 15:00, 15:10, 15:20, horas de hoy, ante la suscrita notaria, Pavimentos y Construcciones Payco S. A. y Nidia Zúñiga Pérez, constituyeron tres sociedades anónimas de conformidad con el decreto número tres tres uno siete uno-J del artículo segundo, publicado en La Gaceta número ciento catorce del día catorce de junio de dos mil seis. Domicilio: Heredia, San Pablo de Barva. Plazo: 99 años. Capital: cien mil colones suscrito y pagado. Presidenta: Nidia Zúñiga Pérez.—San José, 8 de diciembre del 2009.—Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notaria.—1 vez.—RP2009146505.—(IN2009110296).

Por escritura otorgada en San José, a las 16:10, horas de hoy, ante la suscrita notaria, Wilberth Jiménez Pérez y Marco Antonio Lobo Hernández, constituyeron una sociedad anónima de conformidad con el decreto número tres tres uno siete uno-J del artículo segundo, publicado en La Gaceta número ciento catorce del día catorce de junio de dos mil seis. Domicilio: Heredia, San Pablo de Barva. Plazo: 99 años. Capital: cien mil colones suscrito y pagado. Presidente: Wilberth Jiménez Pérez.—San José, 7 de diciembre del 2009.—Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notaria.—1 vez.—RP2009146507.—(IN2009110297).

Por escritura otorgada en San José, a las 16:00 horas de hoy, ante la suscrita notaria, los señores Alejandro Salazar Vargas y Sandra Chaves Monge, constituyeron una sociedad anónima de conformidad con el decreto número tres tres uno siete uno-J del artículo segundo, publicado en La Gaceta número ciento catorce del día catorce de junio de dos mil seis. Domicilio: Heredia, San Pablo de Barva. Plazo: 99 años. Capital: cien mil colones suscrito y pagado. Presidente: Alejandro Salazar Vargas.—San José, 7 de diciembre del 2009.—Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notaria.—1 vez.—RP2009146508.—(IN2009110298).

Por escritura otorgada en mi notaría el día de hoy, se constituye Grupo Noviembre Trece Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Alajuela. Objeto: comercio en general. Apoderado generalísimo: presidente.—San José, 9 de diciembre del 2009.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2009146510.—(IN2009110299).

Por escritura otorgada en San José, a las 12 horas 30 minutos del 5 de diciembre de 2009, Javier Enrique Segares Fernández y José Antonio Domínguez Beeche, constituyen Inversiones Jama de Dombe Sociedad Anónima, domiciliada en la provincia de San José, cantón de Curridabat, distrito de Granadilla, condominio Puruses, etapa 2, casa Nº 3. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Monique Azuola Castro, Notaria.—1 vez.—RP2009146514.—(IN2009110300).

Por escritura número doscientos uno-dos de las once horas del diez de diciembre del dos mil nueve, otorgada ante la notaría María José Chaves Cavallini, se protocolizó el acta de la asamblea general de accionistas de la sociedad Ashonlee S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y seis, mediante la cual se sustituyeron los cargos de tesorero y fiscal de la junta directiva.—Lic. María José Chaves Cavallini, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146515.—(IN2009110301).

José María González, Glenn Parker Hudson Pacheco, Bielka María Matarrita Pacheco, Dany Jhoel Matarrita Pacheco, constituyen la sociedad Empresa Constructora Unidad y Trabajo J & G Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Puntarenas centro, a las once horas del día ocho de diciembre del año dos mil nueve.—Lic. Ricaurter Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146518.—(IN2009110302).

A las ocho horas de hoy, se constituyó la sociedad Inversiones Wally Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado, junta directiva nombrada, domicilio social: San José, San Pedro de Montes de Oca.—Nueve de diciembre del dos mil nueve.—Lic. José Alberto Monterroso Ordeñana, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146520.—(IN2009110303).

Ante mi notaría, se constituyó en el día de hoy la sociedad Librería y Bodega El Gallo Santa Cecilia S. A., con domicilio en Orotina centro, del parquecito del mercado municipal, veinticinco metros sur, lado izquierdo, con capital social suscrito y pagado, representación legal del presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—Orotina, nueve de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Walter Rodríguez Barth, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146521.—(IN2009110304).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 15:00 horas del 10 de diciembre del 2009, se protocolizó acta de asamblea general de Conde Medieval Ltda., en la que se reforma el artículo sexto del pacto social.—San José, diez de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Karen Rokbrand Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146523.—(IN2009110305).

A las 9:00 horas del 9 de diciembre de 2009, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de la entidad Almeler THG Sociedad Anónima por la que se reforma la cláusula nueve del pacto social, se revocan los nombramientos de vicepresidente, secretario y fiscal y se hacen nuevos nombramientos.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146526.—(IN2009110306).

Manuel Benito Fuentes Mairena y Flor de María Betancourt Méndez, constituyen una sociedad anónima, que se denominará con el número asignado por el Registro Nacional, con domicilio social en la ciudad de Bagaces, Guanacaste, de la entrada a la finca del Pelón de la Bajura, setecientos metros al sur, frente a carretera Interamericana. Escritura Nº 194, de las 10:00 horas del día 10 del mes de diciembre del año 2009, otorgada ante el notario Jesús Roberto Jiménez Angulo, con oficina abierta en Liberia, Guanacaste.—Liberia, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Jesús Roberto Jiménez Angulo, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146528.—(IN2009110307).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza K.P.I. Sociedad Anónima; presidente: Ernesto Gutiérrez Font, secretario: Mary Ann Guier Fischel. Corresponde al presidente y al secretario la representación judicial y extrajudicial, con facultades independientes de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo: cien años.—San José, nueve de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Kattya Villegas Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146531.—(IN2009110308).

Janaya S. A., modifica cláusula octava del pacto social. Escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas del diez de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Nidia Alvarado Morales, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146532.—(IN2009110309).

Yolanda Mendoza Hernández y otros, constituyen una sociedad anónima denominada Pleyades Sociedad Anónima, con un capital social de setenta mil colones, domiciliada en Cedros de Montes de Oca. Escritura otorgada en San José, a las trece horas del primero de octubre del dos mil nueve.—Lic. Nidia Alvarado Morales, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146533.—(IN2009110310).

Ante esta notaría, se han protocolizado actas de asambleas generales extraordinarias de las sociedades BS D Constructora Company Sociedad Anónima cédula tres-ciento uno-quinientos setenta mil seiscientos veinte y Building & Structure Design R y A Company Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-trescientos cuarenta y seis mil doscientos treinta y nueve. Se reforman los pactos sociales.—Palmares, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146534.—(IN2009110311).

Mediante escritura número 222-6, otorgada a las 14:00 horas del 28 de setiembre del 2009, se constituyó sociedad denominada Inversiones Kevo Sociedad Anónima, plazo: 99 años, capital social: cien mil colones, totalmente suscrito y pagado. Domicilio: San José, La Uruca, residencial Los Gobernantes, ciento diez metros al norte de Auto Pits.—San José, 11 de diciembre del 2009.—Lic. Giovanni Cavallini Barquero, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146535.—(IN2009110312).

Protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos setenta y tres mil quinientos veinticinco sociedad anónima, mediante la cual se reformó la cláusula segunda. Escritura otorgada ante el notario público Sergio Aguiar Montealegre, a las once horas con cuarenta y cinco minutos del diez de diciembre del año dos mil nueve.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146536.—(IN2009110313).

Por escritura número treinta y seis-cinco, otorgada ante esta notaría a las once horas del siete de diciembre del dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima denominada Rancho Camacho Sociedad Anónima. Presidenta: Cristina Camacho Víquez.—Heredia, siete de diciembre del dos mil nueve.—Lic. María Cecilia Valverde Marín, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146537.—(IN2009110314).

Por escritura otorgada en Grecia, a las trece horas del nueve de diciembre del dos mil nueve ante el notario Giovanni Barrantes Barrantes, comparecieron Margot Gabriela Meléndez Arias, Edison Jesús Arrieta Ledezma y Melvin Olivier Meléndez Molina, constituyeron una sociedad anónima denominada Transportes Privados Derek y Dominic de Grecia, el objeto: el porteo y el transporte privado de personas y cosas, así como el comercio en general. Presidenta: Margot Gabriela Meléndez Arias, con todas las facultades.—Grecia, nueve de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Giovanni Barrantes Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146538.—(IN2009110315).

Por escritura doscientos dieciséis-veinticuatro, otorgada en San Ramón, a las once horas del veintiocho de octubre del año dos mil nueve, Luis Diego Gustavo Adolfo y José Pablo, todos Cruz Rojas, constituyeron la sociedad denominada Fábrica de Carretas Eloy Alfaro Sociedad Anónima. Duración: noventa y nueve años. Presidente: Luis Diego Cruz Rojas. Domicilio: Sarchí Norte, distrito primero de Valverde Vega, cantón duodécimo de la provincia de Alajuela, ciento cincuenta metros al norte de la plaza de deportes.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146539.—(IN2009110316).

El suscrito notario hago constar que ante mi notaría se constituyó la sociedad denominada Auto Transportes Meweb Sociedad Anónima al ser las trece horas cinco minutos del diez de diciembre del año dos mil nueve. Capital suscrito y pago.—Alajuela, 11 de diciembre del 2009.—Lic. Yeric González Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146540.—(IN2009110317).

Por escritura otorgada en San José, ante mi notaría, a las catorce horas día de hoy, se constituyó sociedad anónima cuya denominación social será el número de sociedad anónima, pudiendo abreviarse su aditamento en S. A. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de diez mil colones. Representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, nueve de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146541.—(IN2009110318).

Por escritura otorgada en San José, ante mi notaría a las trece horas del día de hoy, se constituyeron dos sociedades anónimas, cuyo nombre será el número de cédula jurídica que se les asigne. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de diez mil colones. Representadas por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, nueve de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146542.—(IN2009110319).

Ante esta notaría pública se constituyó: S B CA Sociedad Anónima, capital: quinientos mil colones, presidente es representante judicial y extrajudicial como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Jeanin Alberto Desanti Picado, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146543.—(IN2009110320).

Ante esta notaría, al ser las doce horas del diez de diciembre del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad denominada tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y siete mil novecientos treinta y cuatro sociedad anónima, donde se acordó modificar la cláusula novena de la administración y se nombra junta directiva.—San José, diez de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146544.—(IN2009110321).

Mediante acta número 4 de la compañía Depósito de Maderas Fidel Rodríguez S. A., acta protocolizada por el suscrito notario, al tomo veintidós, número setenta, se modificó el nombre de la compañía por HDF Rodríguez S. A.—Lic. Mario Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146547.—(IN2009110322).

Ante el suscrito notario, al tomo veintisiete, escritura número veinticinco, se constituyó la compañía que se denomina Ganadera La Unión MC. S. A. Presidente: Martín Corrales Rojas.—Lic. Mario Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146548.—(IN2009110323).

Por escritura número ciento diecinueve, del tomo número cuatro de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las dieciséis horas del día diecinueve de diciembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Logistic Network Servicios de Carga Sociedad Anónima.—Lic. Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146549.—(IN2009110324).

Ante esta notaría mediante escritura de las 17:00 horas del 24 de noviembre del año 2009, se constituye la sociedad anónima denominada Administraciones Inmobiliarias Salas Sancho S. A.—San José, 14 de octubre del año dos mil nueve.—Lic. Carolina Argüello Bogantes, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146550.—(IN2009110325).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento setenta de las catorce horas con veintidós minutos del veintiuno de agosto del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima Iris de Pilar.—San José, once de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Denia Vargas Azofeifa, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146554.—(IN2009110326).

Ante esta notaría a las 13:00 horas del 8 de diciembre del 2009, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada con el respectivo número de cédula jurídica que se le asigne, con un capital social de 1.000.000 de colones, por un plazo de noventa y nueve años, cuyo gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Miguel Fuentes Brenes, mediante la escritura número 113-16 del tomo 16 de mi protocolo.—Cartago, 11 de diciembre del 2009.—Lic. Helen Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146555.—(IN2009110327).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Comercializadora La Esperanza Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Cartago, diez diciembre dos mil nueve.—Lic Katia Jacqueline Serrano Retana, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146559.—(IN2009110328).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 15:00 horas del 10 de diciembre del año 2009, se constituyó la compañía denominada The Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social totalmente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 10 de diciembre de 2009.—Lic. Noilly Vargas Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146560.—(IN2009110329).

Jorge Enrique Hurtado Granados y otros, han constituido una sociedad anónima denominada Servicios Topográficos y Bienes Raíces Montes de Oro Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones y por un plazo social de noventa y nueve años, escritura número cincuenta y uno, del tomo tercero, otorgada ante la notaria pública Gina Martínez Saborío. Corresponde la representación judicial y extrajudicial al presidente Jorge Enrique Hurtado Granados.—Lic. Gina Martínez Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146562.—(IN2009110330).

Por escritura número trescientos treinta y uno, otorgada en el tomo dos de mi protocolo, a las ocho horas del cuatro de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Inversiones Zapi Herediano Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones sin céntimos.—Heredia, cinco de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Marta Elena Rojas Carpio, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146563.—(IN2009110331).

Por escritura de las 10:00 horas del 9 de diciembre del año 2009, se protocoliza el acta de la sociedad denominada Orchard Technologies Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, 9 de diciembre del 2009.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146564.—(IN2009110332).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del ocho de diciembre del dos mil nueve, la sociedad 3-101-540976 s. a., se convirtió en sociedad de responsabilidad limitada y se reformó íntegramente su pacto social.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Álvaro Enrique Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146565.—(IN2009110333).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:10 horas del 10 de diciembre del 2009, se constituyó la sociedad denominada Grupo Dimarti Costa Rica Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado. Presidente: Alfredo Humberto Cabrera Zepeda.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Mónica Romero Piedra, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146567.—(IN2009110334).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día ocho de diciembre del año dos mil nueve, en Puntarenas, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad con domicilio en San José denominada, Empresa Villa Vista G.R. Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta y seis mil setecientos cincuenta y tres, mediante la cual se nombra nuevo presidente y se cambia el domicilio.—Puntarenas, nueve horas del ocho de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Álvaro Masís Montero, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146570.—(IN2009110335).

Ante esta notaría en fecha ocho de setiembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Bredela Sociedad Anónima, que modifica la cláusula quinta del pacto social que reforma el capital social de la empresa.—San José, ocho de diciembre del dos mi nueve.—Lic. Laura Mena Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146571.—(IN2009110336).

Que en mi notaría se reformaron estatutos de la sociedad anónima a las 14 horas del 24 de noviembre del 2009. Presidente: Kevin David Mc Cann de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense.—9 de diciembre del 2009.—Lic. Minor Zamora Castellón, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146573.—(IN2009110337).

Por escritura otorgada ante mi notaría, en San José a las nueve horas del once de diciembre del año dos mil nueve, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de Agencia de Aduanas Santa Ana S. A. Se nombra presidente y secretaria, se nombra fiscal. Es todo.—San José, once de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Francisco José Rivera Gómez, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146575.—(IN2009110338).

Por medio de la escritura número veintinueve, otorgada a las doce horas del día nueve de diciembre del año dos mil nueve, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Villas Rebeca y Pamela Sociedad Anónima, por la cual se modifica la cláusula novena de la administración y se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. María Esther Quirós Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº RP2009146576.—(IN2009110339).

Por medio de la escritura número doscientos cuarenta y cuatro, otorgada a las once horas del día tres de diciembre del dos mil nueve, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Corporación Nevercloff Sociedad Anónima, domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. Presidente: el señor Stalisnav Vladimir Zapolsky.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146577.—(IN2009110340).

Por medio de la escritura número doscientos cuarenta y cinco, otorgada a las doce horas del día tres de diciembre del dos mil nueve, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Estrella Zapolska Sociedad Anónima, domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. Presidente: el señor Stalisnav Vladimir Zapolsky.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146578.—(IN2009110341).

Por medio de la escritura número doscientos cuarenta y seis, otorgada a las trece horas del día tres de diciembre del dos mil nueve, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Inversiones Nevercloff Sociedad Anónima, domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Plazo noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. Presidente: el señor Stalisnav Vladimir Zapolsky.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146579.—(IN2009110342).

Por medio de la escritura número doscientos cuarenta y siete, otorgada a las catorce horas del día tres de diciembre del dos mil nueve, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Nevercloff Uno Sociedad Anónima, domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Plazo noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. Presidente: el señor Stalisnav Vladimir Zapolsky.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146580.—(IN2009110343).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las 15:00 horas del 10 de diciembre del 2009, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Servicondos Sociedad Anónima, se modifican cargos de junta directiva. Es todo.—San José, diez de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146581.—(IN2009110344).

Por medio de la escritura número doscientos cuarenta y ocho, otorgada a las quince horas del día tres de diciembre del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Celajes del Coco Sociedad Anónima, domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Plazo noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. Presidente: el señor Stalisnav Vladimir Zapolsky.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146582.—(IN2009110345).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 28 de noviembre del 2009, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Servicentro Isla Grande Horquetas Sociedad Anónima, se modifica cláusula segunda y se renombra junta directiva. Es todo.—San José, 30 de noviembre del 2009.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº RP2009146583.—(IN2009110346).

Escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 2 de diciembre del 2009, se constituyó la sociedad denominada Accesorios B.H. Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, centro, galería central Ramírez Valido, local número ciento tres.—Once de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2009146693.—(IN2009110414).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada E y T B del Caribe Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Guápiles, Pococí, Limón, 10 de diciembre de 2009.—Lic. Arnoldo Antonio Parini Segura, Notario.—1 vez.—RP2009146694.—(IN2009110415).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-Ciento Uno-Cinco Cuatro Cinco Ocho Uno Nueve Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-545819, mediante la cual se reforman del pacto social: la cláusula primera del nombre, se nombra nueva junta directiva. Escritura otorgada a las ocho horas del once de diciembre del 2009.—Lic. Bernardo Gómez Salgado, Notario.—1 vez.—RP2009146695.—(IN2009110416).

Que en la asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Tres Ciento Dos Quinientos Mil Cuatrocientos Ochenta y Dos Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos mil cuatrocientos ochenta y dos, celebrada al ser las diecinueve horas del treinta de diciembre del año dos mil ocho, celebrada en el domicilio social de la sociedad, cuya acta ha sido protocolizada por el suscrito notario según consta en la escritura sesenta y seis-cinco, visible al folio setenta y seis vuelto del tomo quinto del protocolo del suscrito notario, se modifica la cláusula tercera del pacto constitutivo la cual en adelante deberá leerse así: tendrá su domicilio en playa Dominical, distrito cuarto bahía Ballena, cantón quinto Osa, provincia de Puntarenas, frente a la iglesia católica, no obstante podrá establecer agencias o sucursales en cualquier lugar dentro o fuera del país. Es todo.—Dominical de Osa, Puntarenas, al ser las diez horas, cuarenta minutos del nueve de diciembre del dos mil nueve.—Lic. José Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2009146696.—(IN2009110417).

Que en la asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Ruta Piñuelo RP Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta mil ochocientos sesenta y seis, celebrada al ser las nueve horas del cuatro de diciembre del año dos mil nueve, celebrada en el domicilio social de la sociedad, cuya acta ha sido protocolizada por el suscrito notario según consta en la escritura sesenta y siete-cinco, visible al folio setenta y siete vuelto del tomo quinto del protocolo del suscrito notario, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo la cual en adelante deberá leerse así: sexta: la sociedad será administrada por una junta directiva, la cual estará conformada por un presidente, un tesorero y un secretario, nombrados por todo el plazo social, quienes podrán ser o no socios de la sociedad. corresponde al presidente, al secretario y al tesorero la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma con la excepción que se indica mas adelante para el tesorero, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Podrán sustituir sus facultades en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo, todo ello conservando sus facultades, asimismo dichos apoderados de la compañía podrán por su cuenta y en nombre de la compañía otorgar poderes generalísimos, generales, con o sin limitación de suma o especiales para actos o contratos que considere conveniente o para la administración de la sociedad, pudiendo otorgar todo tipo de poderes especiales, judiciales o administrativos según lo consideren conveniente para los intereses de la sociedad. Para cualquier venta, constitución de hipoteca y prendas, en general de cualquier tipo de disposición, de o sobre bienes muebles o inmuebles de la sociedad que por disposición de ley requieren de inscripción en el Registro Público, deberán actuar en forma conjunta al menos dos de ellos y siempre cuando uno de ellos sea el Presidente de la sociedad, o bien contar con la aprobación expresa de al menos el sesenta por ciento de los votos de la asamblea de socios de la sociedad, para todo lo demás conservan sus facultades. Además, en cuanto a las facultades del Tesorero de la sociedad, este tendrá además la limitación de que no podrá adquirir obligaciones en nombre de la sociedad que superen la suma de cincuenta mil dólares en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica, para obligar a la sociedad en un monto mayor del indicado, deberá contar con autorización expresa de la asamblea de socios y o actuar conjuntamente con el presidente de la sociedad, asimismo modificar dentro del pacto constitutivo de la sociedad, la cláusula referente al domicilio de la sociedad la cual en adelante deberá leerse así tendrá su domicilio en playa Dominical, distrito cuarto bahía Ballena, cantón quinto Osa, provincia de Puntarenas, frente a la iglesia católica, no obstante podrá establecer agencias o sucursales en cualquier lugar dentro o fuera del país. Es todo.—Dominical de Osa, Puntarenas, al ser las nueve horas, diez minutos del diez de diciembre del dos mil nueve.—Lic. José Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2009146697.—(IN2009110418).

Que en la asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Alliance Coru Investments Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos once mil novecientos ochenta y dos, celebrada al ser las diez horas del cuatro de diciembre del año dos mil nueve, celebrada en el domicilio social de la sociedad, cuya acta ha sido protocolizada por el suscrito notario según consta en la escritura sesenta y cuatro-cinco, visible al folio setenta y cuatro vuelto del tomo quinto del protocolo del suscrito notario, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo la cual en adelante deberá leerse así: sexta: la junta directiva estará conformada por un presidente, un tesorero y un secretario, nombrados por todo el plazo social, quienes podrán ser o no socios de la sociedad. Corresponde al presidente, al secretario y al tesorero la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma con la excepción que se indica más adelante para el tesorero, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Podrán sustituir sus facultades en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo, todo ello conservando sus facultades, asimismo dichos apoderados de la compañía podrán por su cuenta y en nombre de la compañía otorgar poderes generalísimos, generales, con o sin limitación de suma o especiales para actos o contratos que considere conveniente o para la administración de la sociedad, pudiendo otorgar todo tipo de poderes especiales, judiciales o administrativos según lo consideren conveniente para los intereses de la sociedad. Para cualquier venta, constitución de hipoteca y prendas, en general de cualquier tipo de disposición, de o sobre bienes muebles o inmuebles de la sociedad que por disposición de ley requieren de inscripción en el Registro Público, deberán actuar en forma conjunta al menos dos de ellos y siempre cuando uno de ellos sea el presidente de la sociedad, o bien contar con la aprobación expresa de al menos el sesenta por ciento de los votos de la asamblea de socios de la sociedad, para todo lo demás conservan sus facultades. Además, en cuanto a las facultades del tesorero de la sociedad, este tendrá además la limitación de que no podrá adquirir obligaciones en nombre de la sociedad que superen la suma de cincuenta mil dólares en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica, para obligar a la sociedad en un monto mayor del indicado, deberá contar con autorización expresa de la asamblea de socios y o actuar conjuntamente con el presidente de la sociedad. Es todo.—Dominical de Osa, Puntarenas, al ser las nueve horas, cincuenta y cinco minutos del nueve de diciembre del dos mil nueve.—Lic. José Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2009146698.—(IN2009110419).

Freddo Fresas Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veinticuatro mil trescientos setenta y uno, reforma pacto constitutivo mediante acta protocolizada ante la notaria María del Milagro Ugalde Víquez.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—RP2009146699.—(IN2009110420).

Asamblea general de socios de la empresa Quinta El Maderal Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-416961, nombra al señor Jurgen Hans Otto Herrmann como apoderado generalísimo sin límite de suma de la citada empresa. Escritura otorgada en San José, a las dieciocho horas del doce diciembre dos mil nueve.—Lic. Luis Alberto Palma León, Notario.—1 vez.—RP2009146702.—(IN2009110421).

La suscrita Lic. Roxana Ortega Briceño, informa que por escritura número ciento seis del tomo segundo, a las 10:00 horas del 11-12-09, se conformaron cinco sociedades anónimas numéricas.—San José, 11-12-09.—Lic. Roxana Ortega Briceño, Notaria.—1 vez.—RP2009146703.—(IN2009110422).

En esta notaría, a las 8:00 horas del once de diciembre del 2009, se reformó la cláusula octava de los estatutos de la compañía Growth Aceleracion Partners Sociedad Anónima.Teresita Monge Díaz y Doris Monge Díaz.—San José, 11 de diciembre del 2009.—Lic. Doris Monge Díaz,  Notaria.—1 vez.—RP2009146705.—(IN2009110423).

En mi notaría, por escritura de las 8:00 horas del 10 de diciembre de los corrientes, se protocoliza acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios que reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Grupo Wefel Internacional S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-565874.—Lic. Luis Diego Valdelomar Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2009146706.—(IN2009110424).

Por escritura número ciento cuarenta del tomo II de mi protocolo, otorgada el día diez de diciembre del dos mil nueve, se hace nombramientos y se reforma el pacto constitutivo de la sociedad anónima denominada Grupo Empresarial Linda Vista S. A., cédula jurídica número tres ciento uno cinco cuatro cuatro tres siete seis. Domiciliada en San José.—San José, diez de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Iván Villegas Franco, Notario.—1 vez.—RP2009146707.—(IN2009110425).

Por escritura número ciento cuarenta del tomo II de mi protocolo, otorgada el día nueve de diciembre del dos mil nueve, se hace nombramientos y se reforma el pacto constitutivo de la sociedad anónima denominada Coaching Solutions Sociedad Anónima. Domiciliada en San José.—San José, diez de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Iván Villegas Franco, Notario.—1 vez.—RP2009146708.—(IN2009110426).

Por escritura ciento cuarenta y cinco, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Megallantas S. A., se modifica la cláusula de la administración, se nombra nueva junta directiva, se otorga poder general. Escritura de las diez horas del nueve de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2009146709.—(IN2009110427).

Por escritura número ciento noventa y uno, tomo segundo se constituye sociedad anónima cuya denominación será el número de cédula jurídica que le otorgue el Registro. Domiciliada en Curridabat, esquina noroeste, iglesia doscientos norte, cien oeste, capital social cien mil colones íntegramente suscritos y pagados; María de los Ángeles Jiménez Navarro, cédula de identidad tres-ciento seis-ciento ochenta y tres es presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, a las trece horas del veintiocho de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Sandra Balladares Diez, Notaria.—1 vez.—RP2009146711.—(IN2009110428).

Mediante escritura número dieciocho-siete, otorgada ante la suscrita notaría, en Santa Cruz, Guanacaste, a las quince horas del diez de diciembre del dos mil nueve, se constituye la sociedad denominada Pininos Aventuras Sociedad Anónima. Ebert López Leal, mayor, casado una vez, empresario, cédula número cinco-ciento cuarenta y cinco-doscientos quince, vecino de Huacas de Santa Cruz, Guanacaste, costado norte de la plaza de deportes contiguo a la escuela, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de huma. Plazo: noventa y nueve años. Capital: diez mil colones, debidamente suscrito y pago. Objeto: el comercio en general.—Santa Cruz, Guanacaste, diez de diciembre del dos mil nueve.—Lic. María Gabriela Morales Peralta, Notaria.—1 vez.—RP2009146712.—(IN2009110429).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la modificación de la cláusula primera del nombre de la sociedad Dentimed Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, once de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Iliana Cruz Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2009146714.—(IN2009110430).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día de hoy, se constituye la empresa Hacienda Oldenburg Sociedad Anónima.—San José, 3 de diciembre de 2009.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—RP2009146715.—(IN2009110431).

Por escritura otorgada en San José, a las diez horas del día trece de julio del año dos mil nueve, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la firma denominada ST Libertad del Mar Sociedad Anónima y se acuerda modificar su junta directiva y su representación. ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—En San José, a las ocho horas del once de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—RP2009146718.—(IN2009110432).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de CR Soccer Tours Sociedad Anónima en la que se modifican las cláusulas segunda y octava del pacto social constitutivo.—San José, once de diciembre de dos mil nueve.—Lic. José Fabio Ramírez Carranza, Notario.—1 vez.—RP2009146720.—(IN2009110433).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Soccercars Sociedad Anónima en la que se modifican realizan nuevos nombramientos de junta directiva.—San José, once de diciembre de dos mil nueve.—Lic. José Fabio Ramírez Carranza, Notario.—1 vez.—RP2009146721.—(IN2009110434).

A las ocho horas y treinta minutos de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Fondo Inmobiliario Bogantes NBA S. A., por medio de la cual se otorga poder generalísimo sin límite de suma y se nombra agente residente.—San José, dieciocho de setiembre del 2009.—Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1 vez.—RP2009146723.—(IN2009110435).

A las ocho horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria Bogantes & Arias BA S.A., por medio de la cual nombra presidente y agente residente.—San José, dieciocho de setiembre del 2009.—Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1 vez.—RP2009146724.—(IN2009110436).

El día de hoy yo, Lorena Montt Villacura, notaria pública con oficina en San José, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Avionyx S. A., se modifica el domicilio y el agente residente.—San José, once de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—RP2009146727.—(IN2009110437).

Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Operaciones Forestales CH Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula segunda del domicilio, cláusula octava de la administración, se conoció de revocación de cargos y se realizaron nuevos nombramientos. Escritura ciento sesenta y ocho, otorgada en San José, a las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—RP2009146728.—(IN2009110438).

Que por escritura otorgada ante el suscrito notario, en San José a las nueve horas del día once de diciembre del año dos mil nueve, se modifica las cláusulas segunda y octava, se nombra presidente Representaciones Internacionales Rama Sociedad Anónima.—San José, catorce de diciembre del año dos mil nueve.—Lic. Carlos Alberto Méndez Mora, Notario.—1 vez.—RP2009146731.—(IN2009110439).

El suscrito notario, hace constar que el día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Compañía Cafetalera de Grecia S. A., en la que se reforman las cláusulas quinta y novena de los estatutos sociales.—San José, 9 de diciembre del 2009.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—RP2009146734.—(IN2009110440).

Que mediante escritura de las 10:00 horas del 12 de diciembre del 2009, Maribel Solano García, cédula Nº 1-486-028, Pablo Esquivel Solano, cédula Nº 1-1183-060, Karina Esquivel Solano, cédula Nº 1-1097-348, y Johanna Esquivel Solano, cédula Nº 1-1236-521, constituyen Artesanía La Gran Bendición G B S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Objeto: comercio en general. Domicilio: San José, Curridabat centro, del centro comercial Plaza Cristal, 100 metros al este 25 al norte. Presidenta: Maribel Solano García.—San José, 12 de diciembre del 2009.—Lic. Jorge Armando Cartín Estrada, Notario.—1 vez.—RP2009146735.—(IN2009110441).

Ante el suscrito notario, se constituye la empresa Transportes y Servicios M y L del Sur Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones exactos, representados por cien acciones comunes y nominativas. Presidente: Freddy Murillo Campos.—Ciudad Neily, ocho de diciembre de dos mil nueve.—Lic. Hilario Agüero Chaves, Notario.—1 vez.—RP2009146736.—(IN2009110442).

Por escritura otorgada hoy ante el suscrito notario, Don Percy William Fischel Matamoros y Doña Ana Cristina Quirós González constituyen la sociedad Playa Plan Infinito Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre de 2009.—Lic. Farid José Ayales Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2009146737.—(IN2009110443).

Por escritura otorgada a las catorce horas del nueve de diciembre del dos mil nueve, ante esta notaría, Francisco José Valverde Campos y Isabel María Brenes Tames, constituyen Inversiones Valbre F.I. S. A. Objeto: el comercio en el sentido más general y la prestación de servicios, etc. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente: Francisco José Valverde Campos.—Cartago, nueve de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Kattya Acuña Remón, Notaria.—1 vez.—RP2009146740.—(IN2009110444).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día nueve de diciembre del año dos mil nueve, se protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Comercial La Clamorosa Sociedad Anónima, se acuerda reformar las cláusulas primera, del nombre, se denominará SV&R Grupo Consultor Sociedad Anónima, segunda del domicilio.—San José, nueve de diciembre del año dos mil nueve.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—RP2009146741.—(IN2009110445).

Mediante acta de asamblea general extraordinaria de accionistas tres-ciento uno-quinientos cuarenta y seis mil setecientos nueve s. a., protocolizada ante los notarios públicos David Arturo Campos Brenes y Rolando Laclé Castro, en escritura pública número ciento cincuenta y nueve-ochenta y cinco, de las once horas del diez de diciembre del dos mil nueve, se reforma la cláusula quinta del capital.—San José, once de diciembre del 2009.—Lic. Rolando Laclé Castro, Notario.—1 vez.—RP2009146742.—(IN2009110446).

El suscrito notario publico, Jorge Moncrieffe Santana, hace constar que ante esta notaría, se constituyó la sociedad Mariscos Costa Sur Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, al ser las dieciséis horas cuarenta minutos del once de diciembre del dos mil nueve, escritura número ciento treinta y uno, visible al folio noventa y cuatro frente al noventa y seis frente, del tomo cuatro de mi protocolo.—Lic. Jorge Moncrieffe Santana, Notario.—1 vez.—RP2009146749.—(IN2009110447).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Uri Consultores en Seguridad Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años y un capital social de diez mil colones exactos.—Cartago, 11 de diciembre del 2009.—Lic. Mario Redondo Poveda, Notario.—1 vez.—RP2009146750.—(IN2009110448).

Ante mi notaría, a las quince horas del cuatro de diciembre del dos mil nueve, se protocolizó acta número dos de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Complejo Turístico El Rosario S. A., mediante la cual se nombró presidente y secretario de la junta directiva.—San José, 7 de diciembre del 2009.—Lic. Adriana Céspedes Camacho, Notaria.—1 vez.—RP2009146751.—(IN2009110449).

Se hace saber que en mi notaría a las dieciocho horas del doce de diciembre del dos mil nueve, se modificaron las cláusulas primera y segunda  del  pacto  constitutivo,  de  la  sociedad  denominada  Alegoes  A & C de Costa Rica Sociedad Anónima.—12 de diciembre del 2009.—Lic. Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—RP2009146752.—(IN2009110450).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día once de diciembre del año dos mil nueve, se acuerda revocar el nombramiento del presidente de la sociedad anónima denominada Serconsa del Norte Sociedad Anónima.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—RP2009146753.—(IN2009110451).

Mediante escritura número noventa, se constituyó una sociedad anónima, que llevará como nombre Lotes El Vainilla de Atenas S. A., se nombraron los miembros de junta directiva y fiscal.—Lic. Carolina Mora Solano, Notaria.—1 vez.—RP2009146754.—(IN2009110452).

Por escritura otorgada a las 10:30 horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía 3-102-592082 sociedad de responsabilidad limitada, por medio de la cual se reforma la cláusula primera del nombre.—Heredia, 12 de diciembre del 2009.—Lic. Silvia Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—RP2009146755.—(IN2009110453).

Ante mi notaría el día veinticuatro de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad que se denomina Servicios Profesionales en La Salud Médica PROSAMED Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones.—Lic. Carlos Delgado Chaves, Notario.—1 vez.—RP2009146756.—(IN2009110454).

Ante mi notaría el día once de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad que se denominará de conformidad con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Nacional, en base con el decreto ejecutivo número: tres tres uno siete uno j. Capital social: doce mil colones.—Lic. Carlos Delgado Chaves, Notario.—1 vez.—RP2009146757.—(IN2009110455).

Por escritura 47-7, otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 5 de diciembre del 2009, se constituyó la compañía cuya denominación será el número de cédula jurídica que asigne el Registro Nacional, domiciliada en San José, en Ipís de Goicoechea, setecientos cincuenta metros sur de la Iglesia Católica Cristo Resucitado, Calle Gutiérrez. Presidente: Robert Gerardo Jiménez Mora, casado una vez, asistente de costos, cédula 1-949-380, apoderado generalísimo sin límite de suma.—Sarchí, 7 de diciembre del 2009.—Lic. Máximo Corrales Vega, Notario.—1 vez.—RP2009146758.—(IN2009110456).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del veintiséis de octubre del dos mil nueve, se protocolizó de asamblea extraordinaria de Especialidades Odontológicas del Pacífico Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula sexta del Pacto Constitutivo.—Lic. Alejandro Villalobos Hernández, Notario.—1 vez.—RP2009146759.—(IN2009110457).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del veintiséis de octubre del dos mil nueve se protocolizó la asamblea extraordinaria de Grupo PFA & CCD Ortodoncia Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Lic. Alejandro Villalobos Hernández, Notario.—1 vez.—RP2009146760.—(IN2009110458).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas de hoy, se constituyó Orgullo de Naranjo Limitada. Plazo: 99 años. Representante: gerentes con facultades de apoderados generalísimos. Domicilio: Coronado. Objeto: comercio. Capital social: diez mil colones.—San José, 12 de diciembre de 2009.—Lic. Juan Carlos Montero Villallobos, Notario.—1 vez.—RP2009146763.—(IN2009110459).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas de hoy, se constituyó Father’s Home School Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Representante: presidente con facultades de apoderado generalísimo. Domicilio: Goicoechea. Objeto: comercio. Capital social: diez mil colones.—San José, 12 de diciembre de 2009.—Lic. Juan Carlos Montero Villallobos, Notario.—1 vez.—RP2009146765.—(IN2009110460).

El suscrito notario Gabriel Andrés Segura Corrales, pública el edicto de la constitución de la sociedad Inversiones Roleans Sociedad Anónima, constituida ante esta notaría en Cartago, a las diecisiete horas del día ocho de diciembre del año dos mil nueve. Domicilio: Cartago centro, Barrio Fátima, de la entrada principal de la bodega de Jasec, cincuenta metros al oeste, cincuenta metros al norte y cincuenta metros al oeste. Plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy. Capital social: diez mil colones.—Lic. Gabriel Andrés Segura Corrales, Notario.—1 vez.—RP2009146766.—(IN2009110461).

El suscrito notario Arturo Montero Flores, publica el edicto de la constitución de la sociedad Comercializadora de Servicios O.K. Sociedad Anónima, constituida ante esta notaría en Cartago, a las once horas del día diez de diciembre del año dos mil nueve. Domicilio: Barrio El Molino, Cartago, del Registro Civil, doscientos metros al sur. Plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy. Capital social: diez mil colones.—Lic. Arturo Montero Flores, Notario.—1 vez.—RP2009146767.—(IN2009110462).

Por escritura otorgada hoy ante ésta notaría, Ana Beauty and Health Inc. S. A., protocoliza acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, reformando la cláusula sexta en cuanto a la administración. Se hacen nuevos nombramientos de junta directiva.—San José, 10 de diciembre de 2009.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—RP2009146772.—(IN2009110463).

Por escritura número 42, visible a folio 30 vuelto del tomo cuarto del suscrito notario, los señores Cristian David Sirias Anchía, portador de la cédula de identidad número 6-344-272 y Mirta Jahaira Muñoz Mendoza, portadora de la cédula de identidad número 6-320-741, constituyen Distribuidora Sirias Muñoz del Sur Sociedad Anónima. Escritura otorgada el 01 de diciembre 2009.—Lic. Richard Dean Hamm Royes, Notario.—1 vez.—RP2009146774.—(IN2009110464).

La suscrita notaria hace constar en con fecha doce de marzo del dos mil nueve, se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Inversiones Famagra de Guadalupe S. A., en la cual se modifica cláusula de domicilio y de la administración. Escritura otorgada en San José, a las catorce horas del día doce de marzo del año dos mil nueve. Es todo.—Lic. Silvia Herrera Martínez, Notaria.—1 vez.—RP2009146780 .—(IN2009110465).

Los señores, Joseph Allen (nombre) Harmon, Rubén Enrique Vargas Álvarez y Orlando Morales Hunter, constituyen la sociedad que se denominará Harmon Research Grup Inc. Sociedad Anónima pudiendo abreviarse en su aditamento S. A., nombre de fantasía por medio de la escritura otorgada ante el suscrito notario: Johanny conocido como Geovanny Retana Madriz. Escritura otorgada en la Ciudad de San José, a las ocho horas del siete de diciembre del dos mil nueve. Presidente: Joseph Allen Harmon. Es todo.—San José, 9 de diciembre del 2009.—Lic. Geovanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—RP2009146786.—(IN2009110466).

Los señores Manuel Salvador Abarca Ramírez, Guillermo Tenorio Torres, y Erick Tenorio Aragón, constituyen la sociedad City Colon Inc. Sociedad Anónima, Corporación City Colon Inc. Sociedad Anónima, Inversiones City Colon Inc. Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en su aditamento S. A., nombre de fantasía por medio de la escritura otorgada ante el suscrito notario Johanny conocido como Geovanny Retana Madriz. Escritura otorgada ente Ciudad de San José, a las ocho horas del siete de diciembre del dos mil nueve. Presidente: Guillermo Tenorio Torres. Es todo.—San José, 9 de diciembre del 2009.—Lic. Geovanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—RP2009146788.—(IN2009110467).

Por escritura otorgada ante mí, en Nicoya, a las 14:00 horas del 8 de diciembre del 2009, Gary Leroy Rose y Luis Alberto Ramírez Vargas, constituyen Rose y Ramírez S. A. Presidente el primero.—Nicoya, 11 de diciembre de 2009.—Lic. José Olivier Moreno Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2009146796.—(IN2009110468).

A efecto de publicación del edicto correspondiente, le informo que el día 8 de diciembre del año 2009, comparecieron a esta notaría los señores Fernando Mora Ramírez, cédula 1-225-358, Marvin Enrique Aguilar Guillén, Cédula de residencia 155808372806, para constituir la sociedad Dakota Valle Gris Dos Mil Nueve Sociedad Anónima. Dicha sociedad fue constituida a las 8:00 horas del día 8 de diciembre del año 2009, por el notario Gerardo Quesada Monge, en escritura 109-19 del tomo 19 de su protocolo.—San José, 14 de diciembre del 2009.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—RP2009146797.—(IN2009110469).

Por escrituras otorgadas ante mí hoy a las 17:30, 18:00, 18:30, 19:00, 19:30, y 20:00 horas, se constituyen las sociedades Nostrasladamus Sociedad Anónima, Hacienda Cañaveral Sociedad Anónima, Hacienda Pantanal Sociedad Anónima, Hacienda El Sahino Sociedad Anónima, Hacienda Maquenco Sociedad Anónima y Hacienda Cuajiniquil Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse todas en S. A. Domicilio: San José. Objeto: el comercio en general, la ganadería, representación de casas extranjeras. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Jorge Mario Marín Barquero, Notario.—1 vez.—RP2009146798.—(IN2009110470).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada In a Rush Investment Sociedad Anónima.—Lic. Jorge Jiménez Cordero, Notario.—1 vez.—RP2009146799.—(IN2009110471).

Ante esta notaría, en la ciudad de San José, exactamente en San Pedro, Barrio Los Yoses, del Restaurante Le Chandelier cincuenta metros al sur, en la oficina de la Firma PricewaterhouseCoopers, a las diecisiete horas treinta minutos del día dos de diciembre del año dos mil nueve, comparecieron los señores Luis Humberto Barquero Pereira y Jorge Jiménez Cordero a constituir ocho sociedades anónimas que se denominarán Quinientos Seis Código Tico Sociedad Anónima; El Cholo de Ciruelas Sociedad Anónima; El Cangrejo Albino Sociedad Anónima; Faruscas y Angurrientos Sociedad Anónima; The Sun Shines for all Sociedad Anónima cuya traducción al idioma español es El Sol Brilla para Todos; Magic Montain Sociedad Anónima cuya traducción al idioma español es Montaña Mágica; Magic Colors Sociedad Anónima, cuya traducción al idioma español es Colores Mágicos; e Il Postino Di Verona Sociedad Anónima cuya traducción al idioma español es el Cartero de Verona.—Lic. Ingrid Jiménez Godoy, Notario.—1 vez.—RP2009146800.—(IN2009110472).

Ante mi notaría, por escritura número setenta y tres de las doce horas del diecinueve de noviembre del dos mil nueve, visible a folio cuarenta y tres vuelto se modificó la Junta Directiva de la compañía La Vista del Pacífico RTN Diez Once Sociedad Anónima, se nombran como presidente: Rosalía Contreras Gutiérrez. Secretaria: Karla Vanesa Jiménez Vallejos. Tesorera: Ana Mercedes Contreras Gutiérrez.—Lic. Marianela Moreno Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2009146801.—(IN2009110473).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del siete de diciembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad denominada tres-ciento dos-quinientos cuarenta y nueve mil ochocientos treinta y ocho sociedad limitada, mediante la cual se nombra nuevo gerente general, y se modifican las cláusulas segunda y octava del pacto social constitutivo. Einar José Villavicencio López, notario público de Playa Brasilito, Cabo Velas, Santa Cruz, Guanacaste.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—RP2009146802.—(IN2009110474).

Por escritura otorgada ante mí a las nueve horas cuarenta minutos del diez de diciembre de dos mil nueve, se modificó la cláusula segunda de los estatutos y se hicieron nuevos nombramientos en la sociedad Simja Enterprises S.R.L., con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y cinco mil seiscientos dos.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Paola Montealegre Sauma, Notario.—1 vez.—RP2009146803.—(IN2009110475).

Por escritura otorgada ante mí a las once horas del diez de diciembre del dos mil nueve, se nombró nuevo gerente de la sociedad Ciudad Secreta S. R. L., con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y siete mil seiscientos sesenta y tres.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Gabriela Goebel Prestinary, Notario.—1 vez.—RP2009146804.—(IN2009110476).

Por escritura número ciento cuatro-doce, otorgada ante mí a las ocho horas del once de diciembre del dos mil nueve se protocoliza acta de la asamblea de socios de la sociedad denominada La Cuatrocientos Quince del Río Sociedad Anónima, se reforma el pacto constitutivo, y se reorganiza junta directiva.—Lic. Ricardo González Fournier, Notario.—1 vez.—RP2009146807.—(IN2009110477).

Por escritura otorgada ante esta notaría pública, en Ciudad Colón, Mora, a las 13:30 horas del diez de diciembre del dos mil nueve, se constituyó: Portal de Arcángeles Celestiales Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital social: 120.000 colones. El presidente y el secretario de la junta directiva con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Ciudad Colón, a las 7:00 horas del 14 de diciembre del 2009.—Lic. José Aurelio Aguilar Sandí, Notario.—1 vez.—RP2009146810 .—(IN2009110478).

dEn escritura autorizada por el suscrito notario a las diecisiete horas del día once de diciembre de dos mil nueve se protocolizaron actas de asambleas generales extraordinarias de accionistas de Condominio Hacienda Gregal Lote Ciento Veintidós Ncs Sociedad Anónima y de Condominio Hacienda Gregal Lote Ciento Veintitrés Mcw Sociedad Anónima, mediante las cuales se produce la fusión de ambas, prevaleciendo la segunda de ellas, la que, a su vez, modifica las cláusulas primera, segunda, quinta y octava de su pacto social.—San José, 17 de diciembre de 2009.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—RP2009146816.—(IN2009110479).

Tjeerd Hiemstra y Bart ten Kate, constituyen Edease Total Adventure S. A., capital diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Domicilio San José. Apoderado el presidente de la junta directiva.—San José, 9 de diciembre de 2009.—Lic. José Rafael Fernández Quesada, Notario.—1 vez.—RP2009146818.—(IN2009110480).

Por escritura número doscientos cuarenta y cuatro-cuatro, otorgada ante esta notaría, a las once horas del catorce de diciembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Importaciones & Exportaciones Lamber de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Heredia, a las 8:17 horas del 15 de diciembre del 2009.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández, Notario.—1 vez.—RP2009146822.—(IN2009110481).

Ante el suscrito notario se constituyó la sociedad denominada Importadora J J M A Sociedad Anónima, otorgada a las diecisiete horas del diez de diciembre del año dos mil nueve. Presidente: José Alberto Bonilla Hernández. Capital social: diez mil colones. Domiciliada en San José, Desamparados, San Jerónimo contiguo al Puente Monte Claro. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Jorge Mario Piedra Arias, Notario.—1 vez.—RP2009146823.—(IN2009110482).

Bernal Valverde Granados y Gabriela Valverde Granados constituyen la sociedad denominada Teatro de Nubes S. A., que es nombre de fantasía. Escritura otorgada en San Juan de Tibás, a las ocho horas del catorce de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Bernal Castillo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2009146827.—(IN2009110483).

En la notaría del Lic. Warren Alberto Flores Castillo, protocolo siete, escritura: doscientos tres, folio ciento nueve frente, del once de agosto del presente año, se constituye Publimercsa Sociedad Anónima. Presidenta: Andrea Vanesa Paniagua Garita, cédula: Dos-cero seis cuatro cuatro-cero siete cero cuatro. Es todo.—San José, 27 de noviembre del 2009.—Lic. Harry Castillo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2009146829.—(IN2009110484).

En la notaría del Lic. Harry Flores Castillo, protocolo octavo, escritura: ciento sesenta y cinco, folio ochenta y seis vuelto, del seis de octubre del presente año, se constituye RCDA Cielo Azul Sociedad Anónima. Presidente: Abraham Rodrigo Carrasco Kreuzer, Boliviano, pasaporte: uno ocho cuatro dos siete uno cinco. Es todo.—San José, 27 de noviembre del 2009.—Lic. Harry Flores Castillo, Notario.—1 vez.—RP2009146830.—(IN20090110485).

Por escritura número ciento treinta de las once horas del día once de diciembre del año dos mil nueve otorgada en la notaría que se dirá, se constituye la sociedad denominada: Veterinae S. A. Capital social: cincuenta mil colones; notaría de Cartago.—Lic. José Alberto Fonseca D’Avanzo, Notario.—1 vez.—RP2009146831.—(IN2009110486).

Ante esta notaría se protocolizó acta número veintinueve de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Bimbo de Costa Rica S. A., en la cual se modificaron las cláusulas decimosexta, decimosétima y vigésima primera del pacto constitutivo.—Lic. Steven Ferris Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2009146832.—(IN2009110487)

Julieta y Juan Pablo, ambos Quesada Palma y Daniela y Natalia, ambas Briceño Carmona, constituyen Judana de Heredia Sociedad Anónima, nombrándose en ese acto al consejo de administración, fiscal y agente residente. Escritura otorgada en Barva de Heredia a las 15:00 horas del 11 de diciembre del 2009.—Lic. Mónica Miranda Villalta, Notario.—1 vez.—RP2009146834.—(IN2009110488).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las nueve horas cuarenta minutos del once de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad domiciliada en la provincia de Heredia, Barva, setecientos norte de Automercado, que su denominación social será Macroview Sociedad Anónima. Con un plazo de noventa y nueve años, capital social diez mil colones suscrito y pagado, presidente Chia Lin (nombre) Tsai (apellido).—San José, a las 9:00 horas del 14 de diciembre del 2009.—Lic. Ivannia Jesús Marín Valerio, Notaria.—1 vez.—RP2009146836.—(IN2009110489).

Ante el notario Álvaro Arguedas Durán, se constituye Transportes Internacionales Mava S. A. Capital social: la suma de diez mil colones. Domicilio: Tibás, de las bodegas de Periféricos ciento setenta y cinco oeste.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Álvaro Arguedas Durán, Notario.—1 vez.—RP2009146837.—(IN2009110490).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del día 10 de diciembre del año 2009, se constituyó la compañía denominada B & R Williams Sociedad Anónima. Domiciliada en La Fortuna de San Carlos.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—RP2009146838.—(IN2009110491).

En esta notaría se realizó la protocolización del acta de disolución de la sociedad denominada Tingy Tang Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2009.—Lic. Marianela Angulo Tam, Notaria.—1 vez.—RP2009146840.—(IN2009110492).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 11 de diciembre del 2009, se modifica la cláusula segunda del domicilio, nuevo nombramiento del presidente, secretario, tesorero y fiscal, de la sociedad Inversiones Adetto S. A., cédula número 3-101-204773.—San José, 11 de diciembre del 2009.—Lic. Carlos Mauricio Vargas Caravaca, Notario.—1 vez.—RP2009146842.—(IN2009110493).

Al ser las once horas veinte minutos del seis de noviembre del año dos mil nueve, procedo a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria numero cinco de la sociedad West Sounds S. R. L., con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y ocho mil setecientos cincuenta y dos, domiciliada en San José, Goicoechea, Purral de Asembis cien metros este y doscientos sureste, costado norte del bulevar, casa veintitrés en la cual se reforma el domicilio social.—San José, 9 de noviembre del 2009.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—RP2009146843.—(IN2009110494).

Por medio de escritura otorgada a las 14:30 horas del día 11 de diciembre de 2009, se modificaron las cláusulas primera y octava y se nombra nueva junta directiva de la Compañía Constructora Urbanotecnia Sociedad Anónima. Presidente: Roy Carrillo Cubillo. Vicepresidente: Adrián Alfaro Mayjall.—Lic. Carolina Arguedas Mora, Notario.—1 vez.—RP2009146844.—(IN2009110495).

Ante esta notaría bajo escritura 55 del tomo 01 de las 17 horas con 15 minutos del 9 de noviembre del 2009, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo aumentando el capital social a 4.100.000,00 colones de la sociedad denominada Ancamédica S.A., cédula jurídica 3-101-248922. Presidente: Maynor Quirós Sandoval.—San José, 14 de diciembre del 2009.—Lic. Víctor Manuel Ruiz Ruiz, Notario.—1 vez.—RP2009146845.—(IN2009110496).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Rodizio Food Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado, duración noventa y nueve años.—San José, 14 de diciembre del 2009.—Lic. José Zeledón Colombari, Notario.—1 vez.—RP2009146847.—(IN2009110497).

Por escritura otorgada a las nueve y treinta horas del día de hoy se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada 3-101-557276 s. a. Se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 11 de diciembre del 2009.—Lic. Edwin Vargas Víquez, Notario.—1 vez.—RP2009146848.—(IN2009110498).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye sociedad anónima denominada Inversiones Sematecla Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Objeto social: comercio en general. Presidente representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio social: San José.—San José, 12 de diciembre del 2009.—Lic. María Gabriela Sandoval Chinchilla, Notario.—1 vez.—RP2009146849.—(IN2009110499).

El día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la entidad Inmobiliaria Milu Limitada, domiciliada en La Aurora de Heredia, de Mueblería La Aurora trescientos metros norte, y cincuenta oeste. Gerente: Milena del Carmen Rivera Corrales.—Puerto Viejo, Sarapiquí, 17 de noviembre de 2009.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2009146851.—(IN2009110500).

Ante esta notaría por escritura número diecisiete-dieciocho protocolicé acta de asamblea extraordinaria de Internacional Concepts C.R. Sociedad Anónima, en la cual se nombra apoderado generalísimo sin límite de suma al señor Alberto Aguilar Hernández.—Cartago, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Walter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2009146852.—(IN2009110501).

En la ciudad de Cartago al ser once horas del diez de diciembre del dos mil nueve. Rosa Monge Monge y Adalberto Carlos Kovach Trias. Constituyen la sociedad anónima Ansina Sociedad Anónima. Ante el notario Christian Chinchilla Monge.—Cartago, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Christian Chinchilla Monge, Notario.—1 vez.—RP2009146856.—(IN2009110502).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas treinta minutos del doce de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Andrés & Sasha Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Domicilio social: Heredia, San Francisco. Presidente y tesorero actuando en forma individual apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 12 de diciembre del 2009.—Lic. Cristina Montero González, Notaria.—1 vez.—RP2009146857.—(IN2009110503).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del doce de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Familia Monge Alfaro Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Domicilio social: Heredia, Ulloa, La Aurora. Presidente y tesorero actuando en forma individual apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 12 de diciembre del 2009.—Lic. Cristina Montero González, Notaria.—1 vez.—RP2009146858.—(IN2009110504).

Por escritura otorgada el día de hoy se constituye la empresa Inversiones y Desarrollos de San José Indesa S. A. Capital social totalmente suscrito y pagado; acciones comunes y nominativas. Domicilio: San José. Plazo: cien años. Presidente, y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 11 de diciembre del 2009.—Lic. José Milton Morales Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2009146859.—(IN2009110505).

Ignacio Sánchez Ramírez, notario, hace saber que por escritura de las 10:00 horas del 4 de diciembre del año 2009, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria: Desarrollo Granera & Varela S. A., donde se reformó la cláusula sexta; cédula jurídica 3-101-194940.—Lic. Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2009146860.—(IN2009110506).

El suscrito notario hace constar que con vista en la matriz se modificó la cláusula tercera del pacto constitutivo de la empresa Condominios La Estefanía del Este Sociedad Anónima.—San José, 19 de setiembre del 2008.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2009146861.—(IN2009110507).

El suscrito notario hace constar con vista en la matriz que se modificaron las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de la empresa Hacienda Inmobiliaria Altos de Jaboncillo S. A.—San José, 19 de setiembre del 2009.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2009146862.—(IN2009110508).

El suscrito notario hace constar con vista en la matriz que se modificaron las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de la empresa Hacienda Inmobiliaria Santa Catalina CR Sociedad Anónima.—San José, 9 de diciembre del 2009.—Lic. Carlos Gutierrez Font, Notario.—1 vez.—RP2009146863.—(IN2009110509).

Mediante escritura otorgada a las diez horas del catorce de diciembre del dos mil nueve, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una Sociedad Anónima cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma a Rodrigo Zúñiga Trigueros.—Lic. Tatiana Martínez Salas, Notario.—1 vez.—RP2009146864.—(IN2009110510).

El suscrito Ólger Arnulfo Monge Arias, mayor, divorciado una vez, Topógrafo, cédula Nº uno-seiscientos setenta y cuatro-seiscientos setenta y cinco, vecino de Vuelta de Jorco de Aserrí, seiscientos metros este de la iglesia, en su calidad de presidente y representante judicial y extrajudicial de la sociedad Complejo Recreacional y Comercial El Real Sociedad Anónima, mismo que tiene las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, solicita al Registro Público, Sección Personas Jurídicas  se publique el edicto correspondiente a dicha sociedad el nombramiento del apoderado generalísimo se realiza por todo el plazo social.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Christian Álvarez Zamora, Notario.—1 vez.—RP2009146866.—(IN2009110511).

Por  escritura  otorgada  ante    se  constituyó  Inversiones C Y B del Sur Sociedad Anónima. Presidente, secretario y tesorero todos con facultades de apoderados generalísimos.—San José, 10 de diciembre del 2009.—Lic. Flor Castillo Castro, Notario.—1 vez.—RP2009146867.—(IN2009110512).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 7 de diciembre del presente año se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad denominada Rivas Baldioceda Hermanos S. A.—San José, 7 de diciembre del 2009.—Lic. Manuel Rey González, Notario.—1 vez.—RP2009146878.—(IN2009110513).

Ante mi notaría por escritura número ciento ochenta y cinco, tomo cuarenta y dos la sociedad NV V Villalobos Vindas S. A. reforma cláusulas primera, segunda y décima sexta del pacto constitutivo.—Lic. José Ricardo Guevara Guevara, Notario.—1 vez.—RP2009146880.—(IN2009110514).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 8 de diciembre de 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Torchana Limitada.—Lic. Eugenio F. Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2009146882.—(IN2009110515).

Por escritura otorgada en San José, ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se protocolizaron acuerdos de la empresa Publicidad en El Punto de Venta S. A., mediante el cual se modifica la cláusula de administración, representación legal y nombra junta directiva.—San José, 14 de diciembre del año 2009.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2009146883.—(IN2009110516).

Por escritura pública número 325 de las 12:00 horas del 11 de diciembre del año 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Consulcom Consultoría y Comunicaciones de Centroamérica S. A., en la que se reforma totalmente las cláusulas segunda, cuarta y sexta del pacto social.—San José, catorce de diciembre del 2009.—Lic. Jéssica María Hernández Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2009146884.—(IN2009110517).

Licenciada Flor María Delgado Zumbado, abogada y notaria pública comunica que ante su notaría se constituyó la sociedad denominada Zumvi W E P A Sociedad Anónima, para dedicarse a toda clase de negocio lícito.—Belén, doce de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2009146885.—(IN2009110518).

Licenciada Flor María Delgado Zumbado, abogada y notaria pública comunica que ante su notaría se constituyó la sociedad denominada Matian Lieber Sociedad Anónima, para dedicarse a toda clase de negocio lícito.—Belén, once de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2009146886.—(IN2009110519).

Por escritura otorgada ante esta notaría en conotariado con la Lic. Ana Córdoba Artavia, se constituyó la sociedad Inversiones Ginandre S.A. Todo de conformidad con la escribirá pública número cincuenta y uno.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1 vez.—RP2009146887.—(IN2009110520).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas del día once de diciembre de dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de las sociedades denominadas Casitas del Lago Sociedad Anónima; Fideicomiso Vista Los Sueños Sociedad Anónima; Constructora Costa de Oro Limitada; Marina Development Company Sociedad Anónima; Progreso Dos Mil Consultores Sociedad Anónima; Los Sueños Marina Yacht Center Limitada y Pueblo de La Marina Limitada, donde se acuerda fusionar por absorción a las sociedades prevaleciendo la primera.—San José, once de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2009146888.—(IN2009110521).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del día once de diciembre de dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Guanacaste Frondoso de La Sabana GFS Limitada. Donde se acuerda reformar la cláusula novena del pacto constitutivo y se revocan gerentes y hacen nombramientos.—San José, once de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2009146889.—(IN2009110522).

Por escritura otorgada a las 10 horas del 14 de diciembre del 2009 se modificaron las cláusulas sétima y novena de los estatutos constitutivos de la sociedad Tjuanas S. A., cédula jurídica 3-101-567176, representación presidente y secretario.—San José, 14 de diciembre del 2009.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—RP2009146890.—(IN2009110523).

Ante esta notaría se procedió a reformar la cláusula segunda, del pacto constitutivo y se nombró presidente, secretario y tesorero de la sociedad Sistemas de Seguridad y Monitoreo Digital SISEMO S. A.—San José, once de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—RP2009146892.—(IN2009110524).

Por escritura pública número veinticuatro del tomo treinta y cuatro de mi protocolo, de fecha ocho horas del catorce de diciembre del dos mil nueve se protocoliza el acta número dos de la sociedad Portones Estrella S. A., por la cual se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombra agente residente de la sociedad.—San José, 12 de diciembre del 2009.—Lic. Abel Nicolás Chinchilla Mata, Notario.—1 vez.—RP2009146893.—(IN2009110525).

Ante la notaría del licenciado Piero Vignoli Chessler se constituyó la sociedad denominada Marlynd y Asociados Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones.—San José, 14 de diciembre del 2009.—Lic. Piero Vignoli Chessler, Notario.—1 vez.—RP2009146894.—(IN2009110526).

Por escritura otorgada a las nueve horas del siete de diciembre del dos mil nueve, se constituye la compañía Utadeo de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Mario Enrique Pacheco Loaiza, Notario.—1 vez.—RP2009146896.—(IN2009110527).

Ante esta notaría, Guillermo Marín Ulloa, cédula de identidad número 1-471-681; Carmen Julia Ramírez Peña, cédula de identidad número 6-102-1082; Carmen Julia Marín Ramírez, cédula de identidad número 1-1154-638; Víctor Marín Ramírez, cédula de identidad número 1-1238-44; y Guillermo Marín Ramírez, cédula de identidad número 1-1045-269, han constituido una sociedad anónima denominada Coleccionistas M & R Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2009.—Lic. Hazell Ahrens Arce, Notario.—1 vez.—RP2009146898.—(IN2009110528).

Por asamblea de socios la sociedad tres-ciento dos-quinientos veintidós mil quinientos noventa sociedad de responsabilidad limitada, se modificó cláusulas primera, sexta y se nombra nuevos representantes.—San José, catorce de diciembre del año dos mil nueve.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—RP2009146900.—(IN2009110529).

En mi notaría a las diecisiete horas del día veintiséis de noviembre del año dos mil nueve se constituye sociedad anónima denominada Reinas de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social pagado diez mil colones, apoderados generalísimos sin límite de suma Allan Alemán Campos cédula número dos-cuatro nueve-tres-cero cuatro. Plazo social noventa y nueve años.—San José, catorce de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Marlene Isabel Guzmán Muñoz, Notaria.—1 vez.—RP2009146901.—(IN2009110530).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del 02 de diciembre del 2009, mediante la escritura número ciento cinco, se reforman los artículos segundo y undécimo del pacto constitutivo de la sociedad Tesorero Escondido ZC S. A.—San José, 14 de diciembre del 2009.—Lic. Douglas Soto Campos, Notario.—1 vez.—RP2009146904.—(IN2009110531).

Ante esta notaría se constituye la sociedad denominada Inversiones Mapajoma Sociedad Anónima, a las dieciocho horas del diez de diciembre del dos mil nueve, siendo su tesorera, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma Raquel Rodríguez Córdoba, ante el notario Rodrigo Garita López.—Florencia de San Carlos, diez de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—RP2009146906.—(IN2009110532).

En escritura Nº 5-122, otorgada a las 08:00 horas del 11 de noviembre de 2009 tomo cinco del protocolo de esta notaría, se modifican las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de Circle Vista Properties Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2009.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2009146907.—(IN2009110533).

Protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la empresa Servicios Grupo Mundial Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y décima segunda del pacto social. Escritura otorgada en San José, a las once horas del catorce de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Elizabeth Chan Chan, Notaria.—1 vez.—RP2009146908.—(IN2009110534).

Por escritura número siete, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las a las quince horas del diez de diciembre del año dos mil nueve, Saúl Agustín Rojas Vargas y Braxis Cerna Arroyo, constituyeron la sociedad denominada Misnhu Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Duración: Noventa y nueve años. Presidente: Saúl Agustín Rojas Vargas. Domicilio: Centro de San Ramón, Alajuela, trescientos metros norte de la guardia rural, San Juan.—Lic. Fernando Campos Céspedes, Notario.—1 vez.—RP2009146909.—(IN2009110535).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en Alajuela a las 16:00 horas del 8 de diciembre del 2009, se constituyó la sociedad Belgrano Dorado Sociedad Anónima. Domiciliada en Alajuela, Av. 4, C. 15 y 17, 150 metros este de Distribuidora La Agonía. Capital social: ¢20.000,00. Plazo: 99 años. Objeto: el comercio y la industria en general. Corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Alajuela, 08 de diciembre del 2009.—Lic. Edgar Gerardo Aguilar Sevilla, Notario.—1 vez.—RP2009146910.—(IN2009110536).

Por escritura número ochenta y cinco-cuarenta y cuatro, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez Zúñiga y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero; a las nueve horas del día catorce de diciembre del año dos mil nueve, donde se modifica la cláusula segunda de los estatutos de la compañía y se nombra agente residente de la compañía denominada Costa Rica Travel and Trade Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2009.—Lic. Juvenal Sánchez Zúñiga Notario.—1 vez.—RP2009147068.—(IN2009110410).

Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas del veintitrés de noviembre del dos mil nueve, se constituye la sociedad Ramaca S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite suma. Capital social: cien mil colones totalmente suscrito y pagado.—Lic. Ericka Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—(IN2010001193).

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Se hace saber a Eli Izaba Gutiérrez, cédula de identidad Nº 5-194-555, codemandada en proceso ejecutivo simple, cuyo Decreto de Embargo recae sobre la finca de Guanacaste matrícula 80239, a sus apoderados, representantes, albaceas o terceros con interés legitimo, que el Registro Inmobiliario, División Registral, realizó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, por una posible duplicidad de planos que afecta a las fincas 5-80239 y 5-81623. Mediante resolución de las 08:00 horas del 08/10/09 se confiere audiencia par medio de edicto por no tener un domicilio exacto del interesado, hasta por 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la tercera publicación del presente edicto, término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene, a la parte indicada, que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley N° 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. expediente Nº 08-1327-BIUS) Notifíquese..—Curridabat, 10 de noviembre del 2009.—Lic. Mabel Valverde Zúñiga, Asesora Jurídica Registral.—O. C. Nº 09-816.—Solicitud Nº 26168.—C-73460.—(IN2009109591).

Se hace saber a Gregoria Guevara Acosta, cédula Nº 5-0052-0828, propietaria de la finca de Guanacaste matrícula 56910-003, a cualquier tercero con interés legitimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, que la División Registral del Registro Inmobiliario ordenó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para investigar posible sobreposición con vía pública en la finca de Guanacaste matrícula 56910. Mediante resolución de las 10:18 horas del 15/07/09 se brindó audiencia de ley a las partes, y siendo que fue devuelto el certificado de correos RR014381851CR dirigido a dicha señora, con la indicación de haber cambiado de domicilio, con el fin de cumplir con el debido proceso, por resolución de las 10:00 horas del 31/08/09, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona indicada, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señal do fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. expediente Nº 08-543-BIUE), Notifíquese.—Curridabat, 31 de agosto del 2009..—Lic. Mabel Valverde Zúñiga, Asesora Jurídica Registral.—O. C. Nº 09-816.—Solicitud Nº 26146.—C-60770.—(IN2009109592).

Se hace saber a: José Román Gómez Gómez, cédula Nº 5-0043-0061, propietario de la finca de 5-26538, a cualquier interesado con interés legitimo, albaceas o representantes legales, que el Registro Inmobiliario División Registral ordenó apertura de Diligencias Administrativas de oficio, para investigar una posible sobreposición de las fincas 5-26538 y 5-82016. Mediante resolución de las 8:00 horas del 07/07/2009 se brindó audiencia de ley a las partes, y siendo que fue devuelto el certificado de correos RR014381689CR dirigido a esta persona, con la indicación de cambio de domicilio, con el fin de cumplir con el debido proceso, por resolución de las 14:00 horas del 3/11/2009, se autorizó la publicación por tres veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a la persona indicada, por término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto; término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar número de fax o correo electrónico, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, en concordancia con los numerales 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley Nº 8687, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los Artículos 99 del Reglamento del Registro Público y 11 de la citada Ley Nº 8687. (Ref. expediente Nº 08-1152-BIUE).Notifíquese.—Curridabat, 3 de noviembre del 2009.—Lic. Mabel Valverde Zúñiga, Asesora Jurídica.—O. C. Nº 09-816.—Solicitud Nº 26167.—C-15020.—(IN2009109593).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Resolución RRG-10232-2009.—San José, a las 10:45 horas del 9 de noviembre de 2009. Expediente OT-205-2009. Apertura de procedimiento. Investigados: conductor: señor Elvis Suárez Soza, propietario: señora Katherine Alfaro González.

Resultando:

I.—Que mediante oficio UTCE-2009-090, de 21 de octubre de 2009 y recibido en la Autoridad Reguladora el 23 de octubre de 2009, la Dirección General de Tránsito del MOPT, remite para su respectivo trámite entre otras, la boleta de citación 2-2009-203900727 (folio 1).

II.—Que la boleta 2-2009-203900727 se le confeccionó al señor Elvis Suárez Soza, documento de identificación CR 002701129, el 9 de octubre de 2009, por supuesta prestación de servicio público remunerado, no autorizado modalidad taxi (folio 3).

III.—Que la Dirección General de Tránsito del MOPT remitió junto con la boleta antes citada la información sumaria; indicando en la misma la descripción de los hechos acaecidos el día en que se confeccionó la ya mencionada boleta de citación (folio 4).

IV.—Que el Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del MOPT, emitió el 20 de octubre de 2009, constancia mediante la cual señala que el vehículo placa 258438 no aparece autorizado a circular con ninguna placa de servicio público, modalidad taxi (folio 5).

V.—Que según la boleta supra indicada, se retuvo como medida cautelar el vehículo de placa citada, por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38, inciso d) de la Ley de la autoridad reguladora de servicios públicos (Ley 7593) (folio 3).

VI.—Que consultada la página electrónica del Registro Nacional de la Propiedad, el vehículo de placa citada, al momento de los hechos investigados, era propiedad de la señora Katherine Alfaro González, cédula de identidad 9-097-053.

Considerando:

I.—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley general de la administración pública (Ley 6227).

II.—Que mediante resolución RRG-8287-2008, emitida a las 15:00 horas del 29 de abril de 2008, el Regulador General emitió los lineamientos para la aplicación del dictamen vinculante de la Procuraduría General de la República C-085-2008 del 26 de marzo del 2008, en los procedimientos ordinarios por prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas modalidad taxi, en cuanto a las responsabilidades del conductor y propietario en la supuesta prestación del servicio público, así como que en caso de darse un porteo, las condiciones bajo las cuales debe brindarse, la cual corre agregada a los autos.

III.—Que en virtud de la jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el artículo 57, inciso a) subincisos 4 y 11 de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decisor en dichos procedimientos ordinarios.

IV.—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley 6227, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.

V.—Que conforme la resolución RRG-10177-2009 emitida a las 10:00 horas del 9 de octubre de 2009, se delegó en el Director General de la Dirección General de Asesoría Jurídica y Regulatoria la firma de las resoluciones de nombramiento y sustitución de órgano director del procedimiento administrativo que el Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38, 41 y 44 de la Ley 7593.

VI.—Que de conformidad con el resultando y considerando indicado y al mérito de los autos, lo procedente es resolver tal y como se dispone. Por tanto,

Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley 6227.

EL REGULADOR GENERAL RESUELVE:

1º—Dar inicio al procedimiento administrativo contra el señor Elvis Suárez Soza, documento de identificación CR-00270-01129 en calidad de conductor y a la señora Katherine Alfaro González, cédula de identidad 9-970-053 en calidad de propietaria registral del vehículo involucrado al momento de los hechos investigados del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el expediente número OT-205-2009, nombrando como órgano director del procedimiento a Shirley Alfaro Alfaro, cédula de identidad 4-148-789 y Selene Camacho Quesada, cédula de identidad 4-160-034 ambas funcionarias de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, quienes actuarán en forma conjunta o separada, a fin de que realicen todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos denunciados según la boleta antes citada, otorguen y vigilen el respeto al debido proceso y concedan el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrán todas las competencias otorgadas en la Ley 6227 como órgano director del procedimiento.

2º—Notifíquese al señor Elvis Suárez Soza por medio de publicación en La Gaceta. Así mismo se le previene al investigado que en el plazo de 3 días hábiles a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución deberá señalar ante el órgano director, cito en la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicada en San José, Sabana Sur, 400 metros al oeste de la Contraloría General de la República, medio para atender notificaciones en el entendido que su omisión implicará para futuras resoluciones la notificación automática de conformidad con la Ley de Notificaciones judiciales (Ley 8687) y se le tendrá por notificado con el transcurso de 24 horas después de dictada.

3º—Notifíquese a la señora Katherine Alfaro González por medio de correo certificado a la siguiente dirección: Moravia del gimnasio Amigos 100 metros al sur, 25 metros al este y 100 metros al sur. Así mismo se le previene a la investigada que en el plazo de 3 días hábiles a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución deberá señalar ante el órgano director, cito en la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicada en San José, Sabana Sur, 400 metros al oeste de la Contraloría General de la República, medio para atender notificaciones en el entendido que su omisión implicará para futuras resoluciones la notificación automática de conformidad con la Ley de Notificaciones judiciales (Ley 8687) y se le tendrá por notificado con el transcurso de 24 horas después de dictada.

4º—De conformidad con los artículos 346 y 349 de la Ley 6227, la presente resolución tiene recurso de revocatoria con apelación en subsidio, los cuales deben ser interpuestos 24 horas posteriores a la notificación ante el órgano director en la Dirección General de Asesoría Jurídica y Regulatoria en el segundo piso de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, sita en San José, Sabana Sur, 400 metros al oeste de la Contraloría General de la República. La competencia para resolver el recurso de revocatoria le corresponde al Regulador General y el recurso de apelación a la Junta Directiva.

Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—O. C. Nº 4660-09.—Solicitud Nº 3724.—C-222810.—(IN2009110226).

Resolución RRG-8828-2008.—San José, a las 11:00 horas del 16 de setiembre de 2008. Apertura de procedimiento. Expediente OT-295-2008.

Considerando:

1º—Que el día 14 de agosto de 2008, al investigado Giovanny Abarca Moraga, documento de identificación número 7-099-201, se le impuso la boleta de citación número 2008-0054857, por supuesta prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización (folio 03).

2º—Que según la boleta supra indicada, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 356735 por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos.

3º—Que según consta en los autos, consulta de vehículos del Registro Nacional, el vehículo placa 356735, es propiedad de Pablo Manuel Agüero Fallas, portador de la cédula de identidad 1-638-289.

4º—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.

5º—Que mediante resolución RRG-8287-2008, emitida a las 15:00 horas del 29 de abril de dos mil ocho, el Regulador General emitió los lineamientos para la aplicación del dictamen vinculante de la Procuraduría General de la República C-085-2008 del 26 de marzo del 2008, en los procedimientos ordinarios por prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas modalidad taxi, en cuanto a las responsabilidades del conductor y propietario en la supuesta prestación del servicio público, así como que en caso de darse un porteo, las condiciones bajo las cuales debe brindarse, la cual corre agregada a los autos.

6º—Que en virtud de la jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el artículo 57. b) y e) de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decisor en dichos procedimientos ordinarios.

7º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley General de la Administración Pública, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.

8º—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el Director de la Asesoría Jurídica la firma de las resoluciones de nombramiento de órgano director del procedimiento administrativo que el Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38, 41 y 44 de la Ley 7593. Por tanto,

Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la Administración Pública.

EL REGULADOR GENERAL RESUELVE:

1º—Dar inicio al procedimiento administrativo contra Giovanny Abarca Moraga, documento de identificación número 7-099-201, en su condición de conductor y a Pablo Manuel Agüero Fallas, portador de la cédula de identidad 1-638-289 propietario registral, que se tramitará bajo el expediente número OT-295-2008, nombrando como órgano director del procedimiento a María Marta Rojas Chaves, cédula 1-740-756 y Shirley Alfaro Alfaro, cédula 4-148-789, funcionarias de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, quienes actuaran en forma conjunta o separada, a fin de que realicen todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos denunciados según la boleta antes citada, otorguen y vigilen el respeto al debido proceso y concedan, el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrán todas las competencias otorgadas en la Ley General de la Administración Pública como órgano director del procedimiento.

2º—Notifíquese a Giovanny Abarca Moraga, documento de identificación número 7-099-201, en su condición de conductor y a Pablo Manuel Agüero Fallas, portador de la cédula de identidad 1-638-289, en su condición de propietario registral del vehículo involucrado a través de los medios señalados y que constan en los autos, a quienes se les previene para que dentro del tercer día posterior a la notificación de este acto, señalar lugar, en las cercanías de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, o medio para recibir notificaciones, a efecto de comunicarle los actos emitidos en el presente procedimiento, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, éstos se tendrán por notificados en el transcurso de 24 horas después de emitidos.

Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—O. C. Nº 4660-09.—Solicitud Nº 3724.—C-180060.—(IN2009110227).

Resolución RRG-10157-2009.—San José, a las 12:00 horas del 30 de setiembre de 2009. Expediente OT-137-2007. Apertura de procedimiento. Investigados: conductor: señor Juan G. Rodríguez Alvarado. Propietario: señor Denis Gerardo Fonseca Rodríguez.

Resultando:

I.—Que mediante oficio UTCE-2007-095, del 17 de mayo de 2007 y recibido en la Autoridad Reguladora el 17 de mayo de 2007, la Dirección General de Tránsito del MOPT, remite para su respectivo trámite entre otras, la boleta de citación 2006-243755 (folio 01).

II.—Que la boleta 2006-243755 se le confeccionó al señor Juan G. Rodríguez Alvarado, cédula de identidad número 2-0382-0157, el 14 de mayo 2007, por supuesta prestación de servicio público remunerado no autorizado, modalidad taxi (folio 02).

III.—Que la Dirección General de Tránsito del MOPT remitió junto con la boleta antes citada la información sumaria; indicando en la misma la descripción de los hechos acaecidos el día en que se confeccionó la ya mencionada boleta de citación (folio 03).

IV.—Que el Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del MOPT, emitió el 17 de mayo de 2007, constancia mediante la cual señala que el vehículo placa CL 133880 no aparece autorizado a circular con ninguna placa de servicio público, modalidad taxi (folio 05).

V.—Que según la boleta supra indicada, se retuvo como medida cautelar el vehículo de placa citada, por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38, inciso d) de la Ley de la autoridad reguladora de servicios públicos (Ley 7593) (folios 02 a 04).

VI.—Que consultada la página electrónica del Registro Nacional de la Propiedad, el vehículo de placa citada, al momento de los hechos investigados, era propiedad del señor Denis Gerardo Fonseca Rodríguez, cédula de identidad número 6-0199-0142.

Considerando:

I.—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley general de la administración pública (Ley 6227).

II.—Que mediante resolución RRG-8287-2008, emitida a las 15:00 horas del 29 de abril de dos mil ocho, el Regulador General emitió los lineamientos para la aplicación del dictamen vinculante de la Procuraduría General de la República C-085-2008 del 26 de marzo del 2008, en los procedimientos ordinarios por prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas modalidad taxi, en cuanto a las responsabilidades del conductor y propietario en la supuesta prestación del servicio público, así como que en caso de darse un porteo, las condiciones bajo las cuales debe brindarse, la cual corre agregada a los autos.

III.—Que en virtud de la jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el artículo 57, inciso a) subincisos 4 y 11 de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decisor en dichos procedimientos ordinarios.

IV.—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley 6227, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.

V.—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el Director de la Asesoría Jurídica la firma de las resoluciones de nombramiento de órgano director del procedimiento administrativo que el Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38, 41 y 44 de la Ley 7593.

VI.—Que de conformidad con el resultando y considerando indicado y al mérito de los autos, lo procedente es resolver tal y como se dispone. Por tanto,

Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la Administración Pública.

EL REGULADOR GENERAL RESUELVE:

1.—Dar inicio al procedimiento administrativo contra los señores Juan G. Rodríguez Alvarado, cédula de identidad 2-0382-0157, en su condición de conductor y Denis Gerardo Fonseca Rodríguez, cédula de identidad 6-0199-0142, en su condición de propietario registral al momento de los hechos investigados del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el expediente número OT-137-2007, nombrando como órgano director del procedimiento a Selene Camacho Quesada, cédula 4-0160-0034 y Eric Chaves Gómez, cédula 1-0905-0018, ambos funcionarios de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, quienes actuarán en forma conjunta o separada, a fin de que realicen todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos denunciados según la boleta antes citada, otorguen y vigilen el respeto al debido proceso y concedan el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrán todas las competencias otorgadas en la Ley 6227 como órgano director del procedimiento.

2º—Notifíquese a los señores Juan G. Rodríguez Alvarado y Denis Gerardo Fonseca Rodríguez, como investigados en esta causa en forma personal o en su domicilio. Así mismo se le previene a los investigados que en el plazo de 3 días hábiles a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución deberá señalar ante el órgano director, cito en la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicada en San José, Sabana Sur, 400 metros al oeste de la Contraloría General de la República, medio para atender notificaciones en el entendido que su omisión implicará para futuras resoluciones la notificación automática de conformidad con el artículo 12 de la Ley de notificaciones, citaciones y otras comunicaciones judiciales (Ley 7637) y se le tendrá por notificado con el transcurso de 24 horas después de dictada.

3º—Notificar a los investigados la presente resolución de conformidad con la Ley 7637.

Notifíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—O. C. Nº 4660-09.—Solicitud Nº 3724.—C-180060.—(IN2009110228).

Resolución RRG-10154-2009.—San José, a las 8:15 horas del 30 de setiembre de 2009. Expediente OT-159-2007.—Apertura de procedimiento. Investigados: conductor: señor Marvin A. Chávez Reyes, propietario: señor Luis Alberto Redondo Paz.

Resultando:

I.—Que mediante oficio UTCE-2007-126, del 28 de mayo de 2007 y recibido en la Autoridad Reguladora el 28 de mayo de 2007, la Dirección General de Tránsito del MOPT, remite para su respectivo trámite entre otras, la boleta de citación 2006-368651 (folio 01).

II.—Que la boleta 2006-368651 se le confeccionó al señor Marvin A. Chávez Reyes, cédula de residencia 155801147427, con la identificación 000109363 ante el oficial de tránsito, el 18 de mayo 2007, por supuesta prestación de servicio público remunerado no autorizado modalidad taxi (folio 02).

III.—Que la Dirección General de Tránsito del MOPT remitió junto con la boleta antes citada la información sumaria; indicando en la misma la descripción de los hechos acaecidos el día en que se confeccionó la ya mencionada boleta de citación (folios 03 a 04).

IV.—Que el Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del MOPT, emitió el 28 de mayo de 2007, constancia mediante la cual señala que el vehículo placa 536539 no aparece autorizado a circular con ninguna placa de servicio público, modalidad taxi (folio 05).

V.—Que según la boleta supra indicada, se retuvo como medida cautelar el vehículo de placa citada, por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38, inciso d) de la Ley de la autoridad reguladora de servicios públicos (Ley 7593) (folios 01 a 02).

VI.—Que consultada la página electrónica del Registro Nacional de la Propiedad, el vehículo de placa citada, al momento de los hechos investigados, era propiedad del señor Luis Alberto Redondo Paz, cédula de identidad 7-0130-0425.

Considerando:

I.—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley general de la administración pública (Ley 6227).

II.—Que mediante resolución RRG-8287-2008, emitida a las 15:00 horas del 29 de abril de dos mil ocho, el Regulador General emitió los lineamientos para la aplicación del dictamen vinculante de la Procuraduría General de la República C-085-2008 del 26 de marzo del 2008, en los procedimientos ordinarios por prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas modalidad taxi, en cuanto a las responsabilidades del conductor y propietario en la supuesta prestación del servicio público, así como que en caso de darse un porteo, las condiciones bajo las cuales debe brindarse, la cual corre agregada a los autos.

III.—Que en virtud de la jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el artículo 57, inciso a) subincisos 4 y 11 de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decisor en dichos procedimientos ordinarios.

IV.—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley 6227, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.

V.—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el Director de la Asesoría Jurídica la firma de las resoluciones de nombramiento de órgano director del procedimiento administrativo que el Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38, 41 y 44 de la Ley 7593.

VI.—Que de conformidad con el resultando y considerando indicado y al mérito de los autos, lo procedente es resolver tal y como se dispone. Por tanto,

Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley 6227.

EL REGULADOR GENERAL RESUELVE:

1º—Dar inicio al procedimiento administrativo contra los señores Marvin A. Chávez Reyes, cédula de residencia 155801147427, en su condición de conductor y Luis Alberto Redondo Paz, cédula de identidad 7-0130-0425, en su condición de propietario registral al momento de los hechos investigados del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el expediente número OT-159-2007, nombrando como órgano director del procedimiento a Selene Camacho Quesada, cédula de identidad 4-0160-0034 y Dilma Araya Ordóñez, cédula de identidad 9-0091-0832, ambos funcionarios de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, quienes actuarán en forma conjunta o separada, a fin de que realicen todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos denunciados según la boleta antes citada, otorguen y vigilen el respeto al debido proceso y concedan el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrán todas las competencias otorgadas en la Ley 6227 como órgano director del procedimiento.

2º—Notifíquese a los señores Marvin A Chávez Reyes y Luis Alberto Redondo Paz, como investigados en esta causa en forma personal o en su domicilio. Así mismo se le previene a los investigados que en el plazo de 3 días hábiles a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución deberá señalar ante el órgano director, cito en la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicada en San José, Sabana Sur, 400 metros al oeste de la Contraloría General de la República, medio para atender notificaciones en el entendido que su omisión implicará para futuras resoluciones la notificación automática de conformidad con el artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales (Ley 7637) y se le tendrá por notificado con el transcurso de 24 horas después de dictada.

3º—Notificar a los investigados la presente resolución de conformidad con la Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales (Ley 7637).

Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.— O. C. Nº 4660-09.—Solicitud Nº 3724.—C-191250.—(IN2009110229).

Resolución RRG-8777-2008.—San José, a las 11:40 horas del 27 de agosto de 2008. Apertura de procedimiento. Expediente OT-289-2008

Considerando:

1º—Que el día 30 de julio de 2008, al investigado Carlos Eduardo Arias Ramírez, documento de identificación número 3-637-523, se le impuso la boleta de citación número 2008-0039186, por supuesta prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización (folio 03).

2º—Que según la boleta supra indicada, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 342538 por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos.

3º—Que según consta en los autos, consulta de vehículos del Registro Nacional de 11 de agosto de 2008, el vehículo placa 342538, es propiedad de Adolfo Rivera Hernández, portador de la cédula de identidad 5-245-685 (folio 19).

4º—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.

5º—Que mediante resolución RRG-8287-2008, emitida a las 15:00 horas del 29 de abril de dos mil ocho, el Regulador General emitió los lineamientos para la aplicación del dictamen vinculante de la Procuraduría General de la República C-085-2008 del 26 de marzo del 2008, en los procedimientos ordinarios por prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas modalidad taxi, en cuanto a las responsabilidades del conductor y propietario en la supuesta prestación del servicio público, así como que en caso de darse un porteo, las condiciones bajo las cuales debe brindarse, la cual corre agregada a los autos.

6º—Que en virtud de la jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el artículo 57. b) y e) de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decisor en dichos procedimientos ordinarios.

7º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley General de la Administración Pública, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.

8º—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el Director de la Asesoría Jurídica la firma de las resoluciones de nombramiento de órgano director del procedimiento administrativo que el Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38, 41 y 44 de la Ley 7593. Por tanto,

Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la Administración Pública.

EL REGULADOR GENERAL RESUELVE:

1.—Dar inicio al procedimiento administrativo contra Carlos Eduardo Arias Ramírez, documento de identificación número 3-637-523, en su condición de conductor y el señor Adolfo Rivera Hernández, portador de la cédula de identidad 5-245-685, en su condición de propietario registral, que se tramitará bajo el expediente número OT-289-2008, nombrando como órgano director del procedimiento a María Marta Rojas Chaves, cédula 1-740-756 y Shirley Alfaro Alfaro, cédula 4-148-789, funcionarias de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, quienes actuaran en forma conjunta o separada, a fin de que realicen todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos denunciados según la boleta antes citada, otorguen y vigilen el respeto al debido proceso y concedan, el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrán todas las competencias otorgadas en la Ley General de la Administración Pública como órgano director del procedimiento.

2º—Notifíquese a Carlos Eduardo Arias Ramírez, documento de identificación número 3-637-523, en su condición de conductor en el medio señalado y al señor Adolfo Rivera Hernández, portador de la cédula de identidad 5-245-685, en su condición de propietario registral del vehículo involucrado en la dirección que consta en el Registro Nacional de la Propiedad, y que constan en los autos, a quienes se les previene para que dentro del tercer día posterior a la notificación de este acto, señalar lugar, en las cercanías de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, o medio para recibir notificaciones, a efecto de comunicarle los actos emitidos en el presente procedimiento, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, éstos se tendrán por notificados en el transcurso de 24 horas después de emitidos.

Comuníquese.—Fernando  Herrero Acosta, Regulador General.—O. C. Nº 4660-09.—Solicitud Nº 3724.—C-180060.—(IN2009110230).

Resolución RRG-8837-2008.—San José, a las 13:30 del 18 de setiembre de dos mil ocho. Corrección de error material de la Resolución RRG-8777-2008, que es la apertura de procedimiento administrativo seguido contra Carlos Eduardo Arias Ramírez y Adolfo Rivera Hernández, OT-289-2008.

Resultando:

1º—Que el día 30 de julio de 2008, al investigado Carlos Eduardo Arias Ramírez, documento de identificación número 3-637-523, se le impuso la boleta de citación número 2008-0039186, por supuesta prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización (folio 03).

2º—Que según la boleta supra indicada, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 342538 por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos.

3º—Que mediante resolución RRG-8777-2008 del 27 de agosto de 2008, se inició procedimiento administrativo contra Carlos Eduardo Arias Ramírez, cédula 3-637-523, quien es la persona que conducía el vehículo involucrado en el procedimiento, el día que se confeccionó la boleta ya mencionada.

4º—Que en el considerando 3 de la resolución citada en el resultando anterior, erróneamente se identificó como dueño registral del vehículo ya citado, al señor Adolfo Rivera Hernández, cédula 5-245-685, en virtud de que la consulta al Registro de la Propiedad el día 11 de agosto de 2008, se realizó con la placa 342536, según consta a folio 19, debiéndose haber consultado la placa 342538 señalada en la boleta 2008-0039186.

5º—Que consultada la página electrónica del Registro Público de la Propiedad, el vehículo placa 342538, es propiedad de Guillermo Henry Maxwell, documento de identificación 7-069-917, debiéndose tener al mismo como parte investigada en el procedimiento administrativo, el cual dio inicio mediante la RRG-8777-2008.

Considerando:

1º—Que en el considerando 3 de la resolución RRG-8777-2008, de las 11:40 horas del 27 de agosto del presente año, se indica con un evidente error material, al señor Adolfo Rivera Hernández, cédula 5-245-685, como dueño registral del vehículo placa 342538, en virtud de que se consultó erradamente al Registro de la Propiedad, la placa 342536, según consta a folio 19.

2º—Que es el señor Guillermo Henry Maxwell, documento de identificación 7-069-917, el dueño registral del vehículo placa 342538, de acuerdo con consulta realizada el 10 de setiembre del 2008 al Registro de la Propiedad, a quien debe tenerse en tal condición como parte investigada en el procedimiento administrativo, el cual dio inicio mediante resolución RRG-8777-2008. De acuerdo con el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública, éste error es subsanable al indicar: “Artículo 157.—En cualquier tiempo podrá la Administración rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos.” Conforme la potestad dada por la Ley, esta Autoridad enmienda el error material detectado en la resolución ya citada. Por tanto,

Con fundamento en las facultades conferidas en el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública y la Ley 7593.

EL REGULADOR GENERAL RESUELVE:

Rectificar el error material detectado en el considerando 3 de la resolución RRG-8777-2008 de las 11:40 horas del 27 de agosto del 2008, para que se tenga como dueño registral del vehículo placa 342538 y parte investigada, al señor Guillermo Henry Maxwell, en el procedimiento administrativo que dio inicio mediante la resolución supra indicada y sea excluido de la misma el señor Adolfo Rivera Hernández, por las razones ya expuestas.

Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—O. C. Nº 4660-09.—Solicitud Nº 3724.—C-112520.—(IN2009110231).

Resolución RRG-8779-2008.—San José, a las 12:00 horas del 27 de agosto de 2008. Apertura de procedimiento. Expediente OT-292-2008

Considerando:

1º—Que el día 26 de julio de 2008, al investigado Jorge Luis Vargas Hernández, documento de identificación número 2-275-833, se le impuso la boleta de citación número 2008-000474, por supuesta prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización (folio 03).

2º—Que según la boleta supra indicada, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 379365 por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos.

3º—Que según consta en los autos, consulta de vehículos del Registro Nacional de la Propiedad, el vehículo placa 379365, es propiedad de Beatriz González Araya, cédula de identidad 2-491-024, no obstante consta poder especial, en donde la señora Jeannette Contreras Rojas, portadora de la cédula de identidad 5-260-600, indica que mediante escritura ciento treinta y ocho suscrita ante el notario Joaquín Alvarado Rojas, de las doce horas del veintiséis de enero de dos mil dos, ella adquirió dicho vehículo (folio 19 y 24).

4º—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.

5º—Que mediante resolución RRG-8287-2008, emitida a las 15:00 horas del 29 de abril de dos mil ocho, el Regulador General emitió los lineamientos para la aplicación del dictamen vinculante de la Procuraduría General de la República C-085-2008 del 26 de marzo del 2008, en los procedimientos ordinarios por prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas modalidad taxi, en cuanto a las responsabilidades del conductor y propietario en la supuesta prestación del servicio público, así como que en caso de darse un porteo, las condiciones bajo las cuales debe brindarse, la cual corre agregada a los autos.

6º—Que en virtud de la jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el artículo 57. b) y e) de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decisor en dichos procedimientos ordinarios.

7.—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley General de la Administración Pública, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.

8.—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el Director de la Asesoría Jurídica la firma de las resoluciones de nombramiento de órgano director del procedimiento administrativo que el Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38, 41 y 44 de la Ley 7593. Por tanto,

Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la Administración Pública.

EL REGULADOR GENERAL RESUELVE:

1.—Dar inicio al procedimiento administrativo contra Jorge Luis Vargas Hernández, documento de identificación número 2-275-833, en su condición de conductor; a la señora Jeannette Contreras Rojas, portadora de la cédula de identidad 5-260-600 en su condición de propietaria de hecho, y a la señora Beatriz González Araya, cédula de identidad 2-491-024, propietaria con vista del Registro de la Propiedad, que se tramitará bajo el expediente número OT-292-2008, nombrando como órgano director del procedimiento a María Marta Rojas Chaves, cédula 1-740-756 y Shirley Alfaro Alfaro, cédula 4-148-789 funcionarias de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, quienes actuarán en forma conjunta o separada, a fin de que realicen todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos denunciados según la boleta antes citada, otorguen y vigilen el respeto al debido proceso y concedan, el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrán todas las competencias otorgadas en la Ley General de la Administración Pública como órgano director del procedimiento.

2.—Notifíquese a Jorge Luis Vargas Hernández, documento de identificación número 2-275-833, en su condición de conductor en el medio señalado y a la señora Jeannette Contreras Rojas, portadora de la cédula de identidad 5-260-600, en su condición de propietaria de hecho, y Beatriz González Araya, cédula de identidad 2-491-024, propietaria con vista del Registro de la Propiedad del vehículo involucrado en la dirección que consta en los autos, a quienes se les previene para que dentro del tercer día posterior a la notificación de este acto, señalar lugar, en las cercanías de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, o medio para recibir notificaciones, a efecto de comunicarle los actos emitidos en el presente procedimiento, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, éstos se tendrán por notificados en el transcurso de 24 horas después de emitidos.

Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—O. C. Nº 4660-09.—Solicitud Nº 3724.—C-180060.—(IN2009110232).

Resolución RRG-10212-2009.—San José, a las 9:00 horas del 30 de octubre del 2009. Expediente OT-145-2007.

APERTURA DE PROCEDIMIENTO

INVESTIGADOS

Conductor: Señor Andrés Faustino Durán Aroca. Propietario: Señora Francis Azucena Erazo Lagos.

Resultando:

I.—Que mediante oficio UTCE-2007-097, del 18 de mayo de 2007 y recibido en la Autoridad Reguladora el 18 de mayo de 2007, la Dirección General de Tránsito del MOPT, remite para su respectivo trámite entre otras, la boleta de citación 2006-368339 (folio 01).

II.—Que la boleta 2006-368339 se le confeccionó al señor Andrés Faustino Durán Aroca, cédula de residencia 430-190094-000719, consignada en la boleta por sus últimos dígitos 094-000719, el 15 de mayo 2007, por supuesta prestación de servicio público remunerado no autorizado modalidad taxi (folio 02).

III.—Que la Dirección General de Tránsito del MOPT remitió junto con la boleta antes citada la información sumaria; indicando en la misma la descripción de los hechos acaecidos el día en que se confeccionó la ya mencionada boleta de citación (folio 03 a 04).

IV.—Que el Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del MOPT, emitió el 18 de mayo de 2007, constancia mediante la cual señala que el vehículo placa 374228 no aparece autorizado a circular con ninguna placa de servicio público, modalidad taxi (folio 05).

V.—Que según la boleta supra indicada, se retuvo como medida cautelar el vehículo de placa citada, por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38, inciso d) de la Ley de la autoridad reguladora de servicios públicos (Ley 7593) (folios 02 a 04).

VI.—Que consultada la página electrónica del Registro Nacional de la Propiedad, el vehículo de placa citada, al momento de los hechos investigados, era propiedad de la señora Francis Azucena Erazo Lagos, cédula de residencia 7415001999 (folios 36 a 42).

VII.—Que mediante resolución RRG-10138-2009 de las 10:15 horas del 28 de setiembre de 2009, el Regulador General revocó las actuaciones llevadas a cabo en el procedimiento y retrotrajo sus efectos hasta el inicio del mismo (folios 43 a 44).

Considerando:

I.—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley general de la administración pública (Ley 6227).

II.—Que mediante resolución RRG-8287-2008, emitida a las 15:00 horas del 29 de abril de 2008, el Regulador General emitió los lineamientos para la aplicación del dictamen vinculante de la Procuraduría General de la República C-085-2008 del 26 de marzo del 2008, en los procedimientos ordinarios por prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas modalidad taxi, en cuanto a las responsabilidades del conductor y propietario en la supuesta prestación del servicio público, así como que en caso de darse un porteo, las condiciones bajo las cuales debe brindarse, la cual corre agregada a los autos.

III.—Que en virtud de la jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el artículo 57, inciso a) subincisos 4 y 11 de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decisor en dichos procedimientos ordinarios.

IV.—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley 6227, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.

V.—Que conforme la resolución RRG-10177-2009 emitida a las 10:00 horas del 9 de octubre de 2009, se delegó en el Director General de la Dirección General de Asesoría Jurídica y Regulatoria la firma de las resoluciones de nombramiento de órgano director del procedimiento administrativo que el Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38, 41 y 44 de la Ley 7593.

VI.—Que de conformidad con el resultando y considerando indicado y al mérito de los autos, lo procedente es resolver tal y como se dispone: Por tanto,

Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley 6227,

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:

1º—Dar inicio al procedimiento administrativo contra los señores Andrés Faustino Durán Aroca, cédula de residencia 430-190094-000719, consignada en la boleta por sus últimos dígitos 094-000719, en su condición de conductor y Francis Azucena Erazo Lagos, cédula de residencia 7415001999, en su condición de propietario registral al momento de los hechos investigados del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el expediente número OT-145-2007, nombrando como órgano director del procedimiento a Selene Camacho Quesada, cédula de identidad 4-0160-0034 y Dilma Araya Ordóñez, cédula de identidad 9-0091-0832, ambos funcionarios de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, quienes actuarán en forma conjunta o separada, a fin de que realicen todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos denunciados según la boleta antes citada, otorguen y vigilen el respeto al debido proceso y concedan el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrán todas las competencias otorgadas en la Ley 6227 como órgano director del procedimiento.

2º—Notifíquese a los señores Andrés Faustino Durán Aroca y Francis Azucena Erazo Lagos, como investigados en esta causa en forma personal o en su domicilio. Así mismo se le previene a los investigados que en el plazo de 3 días hábiles a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución deberá señalar ante el órgano director, cito en la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicada en San José, Sabana Sur, 400 metros al oeste de la Contraloría General de la República, medio para atender notificaciones en el entendido que su omisión implicará para futuras resoluciones la notificación automática de conformidad con el artículo 12 de la Ley de notificaciones, citaciones y otras comunicaciones judiciales (Ley 7637) y se le tendrá por notificado con el transcurso de 24 horas después de dictada.

3º—Notificar a los investigados la presente resolución de conformidad con la Ley de notificaciones, citaciones y otras comunicaciones judiciales (Ley 7637).

4º—De conformidad con los artículos 346 y 349 de la Ley 6227, la presente resolución tiene recurso de revocatoria con apelación en subsidio, los cuales deben ser interpuestos 24 horas posteriores a la notificación ante el órgano director en la Dirección General de Asesoría Jurídica y Regulatoria en el segundo piso de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, cita en San José, Sabana Sur, 400 metros al oeste de la Contraloría General de la República. La competencia para resolver el recurso de revocatoria le corresponde al Regulador General y el recurso de apelación a la Junta Directiva.

Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—Solicitud Nº 3725.—O. C. Nº 4663-2009.—C-326250.—(IN2009111210).

Resolución RRG-10816-2009.—San José, a las 11:00 horas del 16 de octubre del 2009. Expediente OT-189-2009. Apertura de procedimiento.

INVESTIGADOS:

Conductor: Señor José Antonio Campos López.

Propietario: Señor Joel Pineda Duarte.

Resultando:

I.—Que mediante oficio UTCE-2009-164, del 24 de setiembre de 2009 y recibido en la Autoridad Reguladora 29 de setiembre del 2009, la Dirección General de Tránsito del MOPT, remite para su respectivo trámite entre otras, la boleta de citación número 2009-0064855 (folio 1).

II.—Que la boleta 2009-0064855 se le confeccionó al señor José Antonio Campos López, cédula de identidad 2-523-329, el 17 de setiembre del 2009, por supuesta prestación de servicio no autorizado (folio 3).

III.—Que la Dirección General de Tránsito del MOPT remitió junto con la boleta antes citada la información sumaria; indicando en la misma la descripción de los hechos acaecidos el día en que se confeccionó la ya mencionada boleta de citación (folio 04).

IV.—Que el Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del MOPT, emitió el 28 de setiembre de 2009, constancia mediante la cual señala que el vehículo placa 358301 no aparece autorizado a circular con ninguna placa de servicio público, modalidad taxi (folio 6).

V.—Que según la boleta supra indicada, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa citado, por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38, inciso d) de la ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos (folio 3).

VI.—Que consultada la página electrónica del Registro Nacional de la Propiedad, el vehículo de placa citada, es propiedad de Joel Pineda Duarte, documento de identificación 155-800873122.

Considerando:

I.—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública (Ley 6227).

II.—Que mediante resolución RRG-8287-2008, emitida a las 15:00 horas del 29 de abril de dos mil ocho, el Regulador General emitió los lineamientos para la aplicación del dictamen vinculante de la Procuraduría General de la República C-085-2008 del 26 de marzo del 2008, en los procedimientos ordinarios por prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas modalidad taxi, en cuanto a las responsabilidades del conductor y propietario en la supuesta prestación del servicio público, así como que en caso de darse un porteo, las condiciones bajo las cuales debe brindarse, la cual corre agregada a los autos.

III.—Que en virtud de la jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el artículo 57, inciso a) subincisos 4 y 11 de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decisor en dichos procedimientos ordinarios.

IV.—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley 6227, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.

V.—Que conforme la resolución RRG-10177-2009, de las 10:00 horas del 9 de octubre de 2009, se delegó en el Director General de la Dirección General Asesoría Jurídica y Regulatoria o quien ejerza el cargo, la firma de las resoluciones de nombramiento y sustitución de órgano director del procedimiento administrativo que el Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38, 41 y 44 de la Ley 7593.

VI.—Que de conformidad con los resultandos y considerandos indicados y al mérito de los autos, lo procedente es resolver, tal y como se dispone: Por tanto,

Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley general de la administración pública, (Ley 6227).

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:

I.—Dar inicio al procedimiento administrativo contra José Antonio Campos López, cédula de identidad 2-523-329, en su condición de conductor y del señor Joel Pineda Duarte, documento de identificación 155-800873122, en su condición de propietario registral del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el expediente número OT-189-2009, nombrando como órgano director del procedimiento a la señora Shirley Alfaro Alfaro, cédula de identidad 4-148-789 y al señor Eric Chaves Gómez, cédula de identidad 1-905-018, ambos funcionarios de la Dirección General de Asesoría Jurídica y Regulatoria de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, quienes actuarán en forma conjunta o separada, a fin de que realicen todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos denunciados según la boleta antes citada, otorguen y vigilen el respeto al debido proceso y concedan el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrán todas las competencias otorgadas en la Ley General de la Administración Pública como órgano director del procedimiento.

II.—Notifíquese al señor José Antonio Campos López, en calidad de conductor y al señor Joel Pineda Duarte en calidad de propietario registral del vehículo involucrado en esta causa por medio de correo certificado por única vez. Así mismo se les previene que de no señalar lugar o medio para oír notificaciones, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas a la administración, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, los actos posteriores que se emitan dentro del procedimiento administrativo se tendrán por notificados con el transcurso de 24 horas después de dictados de conformidad con lo establecido en el artículo Nº 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales (8687).

Publíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—Solicitud Nº 3727.—O. C. Nº 4678.—C-382500.—(IN2009111217).

Resolución ROD-209-2009.—San José, a las 12:38 horas del 10 de diciembre del 2009. OT-106-2007.

APERCIBIMIENTO

Conductor: Señor Anthony Salazar Anchía.

Propietario: Señor John Thompson Martínez.

Resultando único:

Que mediante resolución RRG-10105-2009 de las 10:35 horas del 17 de setiembre del 2009, se ordenó dar inicio a este procedimiento administrativo.

Considerando único:

Que corresponde apercibir al señor John Thompson Martínez, cédula de identidad 7-779-077 en calidad de propietario registral del vehículo involucrado que aporte en el término de 3 días hábiles lugar o medio para recibir notificaciones. Por tanto,

Con fundamento en las competencias otorgadas por el órgano decisor del procedimiento y la Ley general de la administración pública, (Ley 6227),

EL ÓRGANO DIRECTOR DEL PROCEDIMIENTO, RESUELVE:

1º—Apercibir al señor Johm Thompson Martínez, cédula de identidad 7-779-077 en calidad de propietario registral del vehículo involucrado para que en el plazo de 3 días hábiles a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución señale lugar o medio para recibir notificaciones. En el entendido que su omisión implicará para futuras resoluciones la notificación automática de conformidad con la Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales, (Ley 7637). Es decir se tendrán por notificadas 24 horas después de emitidas.

2º—Notifíquese al señor Anthony Salazar Anchía, cédula de identidad 7-138-868, en calidad de conductor del vehículo involucrado por medio del fax Nº 2758-8080 (folio 6), a quien se le previene que si el medio para recibir notificaciones fuere incierto o impreciso las futuras resoluciones se les aplicará la notificación automática de conformidad con la Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales, (Ley 7637).

3º—Notificar a los investigados la presente resolución de conformidad con la Ley de Notificaciones Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales, (Ley 7637).

Publíquese.—Órgano Director del Procedimiento.—Dilma Araya Ordóñez.—Eric Chaves Gómez.—Solicitud Nº 3727.—O. C. Nº 4678.—C-76500.—(IN2009111218).

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