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PODER EJECUTIVO

DECRETOS

36632-H

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18), y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre del 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero del 2006 y sus reformas; la Ley Nº 5695, Ley de Creación del Registro Nacional de 28 de mayo de 1975 y sus reformas, y el Decreto Ejecutivo Nº 35821-H de 4 de marzo del 2010 y su reformas.

Considerando:

1º—Que mediante la Ley Nº 5695, publicada en La Gaceta Nº 106 de 7 de junio de 1975 y sus reformas, se establece que el Registro Nacional, es una dependencia del Ministerio de Justicia y Paz, cuyos fines son unificar criterios en materia de registro, coordinar las funciones, facilitar los trámites a los usuarios, agilizar las labores y mejorar las técnicas de inscripción; y la modernización de los sistemas respectivos.

2º—Que por medio del oficio Nº DGRN-0500-2010 de 12 de abril del 2011, el Director General del Registro Nacional y el Presidente de la Junta Administrativa del Registro Nacional y Ministro de Justicia y Paz, solicitan la ampliación del gasto presupuestario máximo de esa dependencia por un monto de ¢218.208.000,00 (doscientos dieciocho millones doscientos ocho mil colones exactos), con el fin de atender el proyecto informático de “Migración y Adaptación del Sistema de Bienes Inmuebles (SBI)”.

3º—Que dicho monto será financiado mediante sumas sin asignación presupuestaria en su totalidad, con el fin de modernizar la plataforma tecnológica donde se encuentra albergada la infraestructura del Sistema de Bienes Inmuebles (SBI) y mejorar el servicio brindado a los usuarios.

4º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 35821-H, publicado en La Gaceta Nº 55 de 19 de marzo del 2010 y sus reformas, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el año 2011, estableciéndose en el artículo 1º del citado Decreto, el gasto presupuestario del año 2011 para las entidades cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria.

5º—Que con el oficio Nº STAP-0783-2010 de 29 de abril del 2010, se le comunicó a la Junta Administrativa del Registro Nacional el gasto presupuestario máximo autorizado a dicho órgano para el año 2011, el cual se fijó en ¢17.730.300.000,00 (diecisiete mil setecientos treinta millones trescientos mil colones exactos), cifra que no contempla los gastos indicados en el presente decreto.

6º—Que los miembros de la Junta Administrativa del Registro Nacional, mediante el acuerdo Nº J392, tomado en la sesión ordinaria Nº 36-2010, celebrada el 2 de setiembre del 2010, autorizan la solicitud planteada por la dependencia.

7º—Que por lo anterior, resulta necesario modificar el gasto presupuestario máximo fijado a la Junta Administrativa del Registro Nacional para el año 2011, incrementándolo en la suma de ¢218.208.000,00 (doscientos dieciocho millones doscientos ocho mil colones exactos). Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Modificase para la Junta Administrativa del Registro Nacional, el gasto presupuestario máximo para el 2011, establecido en el Decreto Ejecutivo Nº 35821-H, publicado en La Gaceta Nº 55 de 19 de marzo del 2010 y su reformas, quedando el límite de gasto presupuestario máximo en la suma de ¢17.948.508.000,00 (diecisiete mil novecientos cuarenta y ocho millones quinientos ocho mil colones exactos), para ese período.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintisiete días del mes de mayo del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Hacienda, Fernando Herrero Acosta.—1 vez.—O. C. Nº 11-0024.—Solicitud Nº 29903.—C-45020.—(D36632-IN2011050948).

DIRECTRIZ

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECTRIZ-MTSS-020-2011

LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

En ejercicio de las facultades que les confieren los artículos 11, 140, incisos 3), 8), 18) y 20); 146, 148, 149 inciso 6) y 188 de la Constitución Política; 11 y 27 de la Ley General de la Administración Pública; y

Considerando:

1º—Que es necesario que a lo interno del Ministerio se establezca el mecanismo que debe seguirse a efectos de que la capacitación externa que se brinda a los y las usuarios(as) de nuestros servicios responda a criterios unificados en un programa elaborado bajo un integrado, que asegure una atención oportuna, coordinada y de calidad.

2º—Que el Plan Estratégico Institucional 2010-2015 establece como prioridad 13 la integración de la capacitación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de manera sistemática. Por tanto:

Emite la siguiente directriz:

Artículo 1º—Se crea la Comisión Institucional de Capacitación Externa, en adelante CICE, conformada por representantes de las siguientes dependencias: un representante de la Dirección de Asuntos Jurídicos, quien la coordinará; un representante de la Dirección Nacional de Inspección, un representante de la Dirección de Asuntos Laborales, un representante de la Dirección Nacional de Seguridad Social y un representante del Despacho.

Artículo 2º—La CICE será la responsable de diseñar, mantener y perfeccionar un programa coordinado de capacitación dirigido en especiales a las personas empleadoras y personas trabajadoras, de modo que se asegure un enfoque integrada y debidamente coordinado en los temas que abarquen los eventos de capacitación que prioritariamente se decida impartir.

Artículo 3º—Dicho programa será la base de la planificación y ejecución de las actividades de capacitación externa que realice el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y todos los y las funcionarios(as) del Ministerio deberán ajustar su actividad formativa al mismo.

Transitorio.—El diseño del programa coordinado de capacitación con enfoque integrado deberá estar concluido a más tardar el primer semestre del año 2012.

Artículo 4º—Rige a partir del primero de julio del 2011.

Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 10889.—Solicitud Nº 38796.—C-14870.—(D020-IN2011049298).

MTSS-021-2011.—La Ministra de Trabajo y Seguridad Social, en ejercicio de las facultades que les confieren los artículos 11, 140, incisos 3), 8), 18) y 20); 146, 148, 149 inciso 6) y 188 de la Constitución Política; 11 y 27 de la Ley General de la Administración Pública; y

Considerando:

1º—Que es necesario que a lo interno del Ministerio se establezca el mecanismo que debe seguirse en la atención de las consultas legislativas acerca de los proyectos de ley que se tramitan en la Asamblea Legislativa que atañen al campo del trabajo y la seguridad social, de modo que se asegure el rendir el mejor criterio técnico posible a partir del concurso de las distintos órganos que componen esta cartera.

2º—Que debe existir una base de datos completa y actualizada sobre todos los proyectos de ley que se mantienen activos en la corriente legislativa relacionados con el campo del trabajo y la seguridad social así como de los criterios rendidos por este Ministerio al respecto, de modo que se facilite la consulta oportuna de los mismos y un monitoreo periódico sobre su estado y avance.

3º—Que el diario quehacer ministerial se producen situaciones mediante las cuales nuestros funcionarios se percatan o son advertidos por los usuarios de algunos vacíos, contradicciones u obsolescencias en las normas de rango legal que rigen la materia de trabajo y seguridad social, por lo que se hace necesario establecer un mecanismo que permita canalizar esas situaciones detectadas, a fin de valorar si ameritan o no una solución que debe ser instrumentada mediante un proyecto de ley. Por tanto,

Emite la siguiente directriz:

Artículo 1º—Las consultas que realicen los distintos órganos de la Asamblea Legislativa acerca de los proyectos de ley en trámite así como sobre aspectos jurídicos relativos a la competencia de este Ministerio, serán remitidos a la Dirección de Asuntos Jurídicos para que esa Dirección se encargue de coordinar-con las dependencias ministeriales del caso, a efectos de rendir un criterio experto y oportuno, el cual será puesto en conocimiento de este Despacho ministerial con el fin de su valoración y remisión al Poder Legislativo.

Artículo 2º—La Dirección de Asuntos Jurídicos dispondrá las medidas administrativas correspondientes a fin de elaborar y mantener al día una base de datos que contendrá un inventario actualizado de todos los proyectos de ley que tramite la Asamblea Legislativa, que además del texto de cada proyecto de ley, contendrá la referencia y texto del criterio que el Ministerio ha rendido sobre el mismo, salvo cuando dicho criterio no existe, en cuyo caso se dejará constancia de ello en la base de datos y se informará a este Despacho a los fines de valorar la oportunidad, el mérito y la conveniencia de pronunciarnos al respecto. Dicha base de datos estará a la disposición de este Despacho y de las demás dependencias del ministerio.

Artículo 3º—Todos los órganos y dependencias de esta cartera ministerial deberán prestar la colaboración oportuna del caso a fin de atender las consultas sobre los proyectos de ley, para lo cual la Dirección de Asuntos Jurídicos coordinará lo pertinente.

Artículo 4º—Aquellos funcionarios que en el ejercicio de su cargo identifiquen lagunas o contradicciones en las normas aplicables, o bien disposiciones obsoletas u abusivas que ameriten ser corregidas y/o llenadas, lo comunicarán a su respectiva jefatura inmediata, de modo que se verifique la existencia o no de dicha situación, y de ser necesario, la transmitirán formalmente a la Dirección de Asuntos Jurídicos, con el fin de que las mismas sean registradas y estudiadas formalmente, para que el Despacho ministerial tome las decisiones del caso.

Transitorio.—La base de datos deberá estar elaborada a más tardar el 31 de agosto del 2011.

Artículo 4º—Rige a partir del primero de junio del 2011.

Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 10889.—Solicitud Nº 38795.—C-23870.—(IN2011049301).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 229-PE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales, previstas en los artículos 140, inciso 20 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Integrar en la Comitiva Oficial que acompañará a la Señora Presidenta de la República, Laura Chinchilla Miranda, en su viaje a Ciudad de Guatemala, del 22 al 23 de junio del 2011, para asistir a la “Primera Conferencia Internacional de Apoyo a la Estrategia de Seguridad de Centroamérica”, a las siguientes personas:

    Sra. Irene Pacheco Alfaro, Asesora y Asistente Personal de la Presidenta de la República.

    Sr. Mauricio Boraschi Hernández, Viceministro de la Presidencia, en Asuntos de Seguridad.

    Sra. Silvia Escalante Herrera, Directora de Protocolo.

    Sra. Emma Lizano Tracy, Directora de Prensa.

    Sr. Ludwig Sibaja Mora, Subdirector de Protocolo.

    Sr. Luis Herrera Montoya, camarógrafo.

    Sr. Rigoberto González Badilla, Encargado de redes sociales y Asistente de punto net.

    Srita. Marianella Montoya Navarro, Oficial de Protocolo.

Artículo 2º—En el caso de las señoras Escalante Herrera, Lizano Tracy, Navarro Montoya y de los señores González Badilla y Herrera Montoya viajarán en calidad de avanzada a partir del 20 de junio del 2011. Los demás miembros de la Comitiva viajarán del 22 de junio y hasta el 23 de junio del 2011.

Artículo 3º—Rige a partir del 20 de junio y hasta el 23 de junio del 2011.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 10971.—Solicitud Nº 029.—C-16220.—(IN2011050116).

Nº 294-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en el artículo 139, inciso 2) de la Constitución Política, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2011, Ley N° 8908 y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Asistir a Ciudad de Guatemala, República de Guatemala, para participar en la “Primera Conferencia Internacional de Apoyo a la Estrategia de Seguridad de Centroamérica”. La salida de la señora Chinchilla Miranda será el 22 de junio y el regreso estará previsto para el 23 de junio del 2011.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, gastos de representación, impuestos, transporte, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en la ciudad visitada, llamadas oficiales internaciones, fax y el servicio de Internet, se le cancelarán del Título 201-Presidencia de la República, Programa 021-Administración Superior, Subpartida 10504- Viáticos al Exterior.

Artículo 3º—Se otorga la suma adelantada de ¢83.243,42 por concepto de viáticos y ¢306.042,00 para Gastos de Representación sujetos a liquidación.

Artículo 4º—Rige a partir de las 8:05 horas del día 22 de junio del 2011 y hasta las 9:35 horas de día 23 de junio del 2011.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinte días del mes de junio del año dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 10970.—Solicitud Nº 026.—C-13520.—(IN2011050123).

Nº 295-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En uso de las atribuciones constitucionales, señaladas en el artículo 135 de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Único.—Con motivo de viajar a Ciudad de Guatemala, para participar en la “Primera Conferencia Internacional de Apoyo a la Estrategia de Seguridad de Centroamérica”. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Llamar al Ejercicio de la Presidencia de la República al Primer Vicepresidente, Señor Alfio Piva Mesen.

Artículo 2º—Rige desde las 8:05 horas del 22 de junio y hasta las 9:35 horas del 23 de junio del 2011.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinte días del mes de junio del año dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 10970.—Solicitud Nº 026.—C-13520.—(IN2011050124).

Nº 296-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en la Constitución Política, artículo 139, y la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, artículo 47 inciso 3) del 2 de mayo de 1978, y el Capítulo IV del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, publicado en La Gaceta N° 237 del 07 de diciembre del 2009.

Considerando:

1º—Que resulta necesaria la participación de la señora Gloria Abraham Peralta, en la reunión ordinaria del Consejo Directivo del Programa Iberoamericano de Cooperación en Gestión Territorial-Proterritorios- a realizarse el 21 y 22 de junio del 2011 en la Ciudad de Madrid, España. Así mismo se requiere su presencia en la Alianza Global de Investigación Ministerial de la Cumbre, para la firma de la Carta de Roma, a realizarse en la Ciudad de Roma, Italia el día 24 de junio del 2011 y en la Conferencia del 37° Período de Sesiones de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, a realizarse en la ciudad de Roma, Italia, del 25 de junio del 2011 al 01 de julio del 2011.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Gloria Abraham Peralta, portadora de la cédula de identidad número 1-416-056, Ministra de Agricultura y Ganadería, para que participe en la reunión ordinaria del Consejo Directivo del Programa Iberoamericano de Cooperación en Gestión Territorial-Proterritorios- a realizarse el 21 y 22 de junio del 2011 en la Ciudad de Madrid, España, así como en la Alianza Global de Investigación Ministerial de la Cumbre, para la firma de la Carta de Roma, a realizarse en la Ciudad de Roma, Italia el día 24 de junio del 2011 y en la Conferencia del 37° Período de Sesiones de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, a realizarse en la ciudad de Roma, Italia, del 25 de junio del 2011 al 1 de julio del 2011.

Artículo 2º—Los gastos correspondientes al viaje a Madrid, España serán sufragados por parte del Programa Iberoamericano de Cooperación en Gestión Territorial-Proterritorios-, y los gastos de viaje y estadía en la Ciudad de Roma, Italia correrán por cuenta del Ministerio de Agricultura y Ganadería, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

Artículo 3º—Se nombra Ministra a. í. a la señora Xinia Chaves Quirós, con cédula de identidad N° l-468-752, de las diecisiete horas con cinco minutos del 19 de junio del 2011 y hasta las quince horas con cinco minutos del 01 de julio del 2011.

Artículo 4º—Rige a partir de las diecisiete horas con cinco minutos del 19 de junio del 2011 y hasta las quince horas con cinco minutos del 01 de julio del 2011.

Dado en la Presidencia de la República a los catorce días del mes de junio del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 11660.—Solicitud Nº 40223.—C-20720.—(IN2011050126).

Nº 298-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confiere el artículo 47 de la Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombrar al señor Keilor Rojas Jiménez, con cédula de identidad número dos-quinientos catorce-novecientos cuarenta y cuatro, como Viceministro de Ciencia y Tecnología.

Artículo 2º—Este acuerdo rige a partir del veintiuno de junio del dos mil once.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiún días del mes de junio del año dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 11180.—Solicitud Nº 33345.—C-8120.—(IN2011050121).

Nº 299-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confiere el artículo 139 de la Constitución Política y de conformidad con el artículo 7 inciso f) de la Ley N° 8725 Aprobación del Contrato de Préstamo N° 7498-CR y sus anexos, entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF).

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar al Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez, cédula de identidad N° 6-248-942, para que integre la Comisión de Coordinación Institucional para el Proyecto Limón Ciudad Puerto.

Artículo 2°—Rige a partir del doce de mayo del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, el 12 de mayo del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 10970.—Solicitud Nº 029.—C-8120.—(IN2011050119).

CONSEJO DE GOBIERNO

Nº 029

Martha Monge Marín

Secretaria del Consejo de Gobierno

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo tercero del Acta de la sesión ordinaria número cincuenta y seis, celebrada el siete de junio del dos mil once, tomó el acuerdo que literalmente dice: “1. Cesar a la señora Adriana Prado Castro, cédula 1-381-537, del cargo de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de Costa Rica ante el Gobierno de la República de El Salvador, a partir del 14 de junio del 2011. 2. Nombrar a la señora Adriana Prado Castro, cédula 1-381-537, en el cargo de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de Costa Rica ante el Gobierno de la República de Nicaragua, a partir del 15 de junio del 2011 y hasta el 30 de mayo del 2014. Se adjunta copia del respectivo beneplácito. Acuerdo declarado firme por unanimidad.”

Martha Monge Marín, Secretaria de Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. Nº 10970.—Solicitud Nº 024.—C-13520.—(IN2011050129).

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Nº 224-PE

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política; lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2011, Ley N° 8908, el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y el artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al funcionario Rigoberto González Badilla, portador de la cédula de identidad número 01-1314-0813, Gestor de contenido Web y Redes Sociales, para que viaje en avanzada a Ciudad de Guatemala del 20 al 21 de junio del 2011 y del 22 al 23 de junio acompañando en su Comitiva de Viaje Oficial a la señora Presidenta de la República, quien asistirá a la “Primera Conferencia Internacional de Apoyo a la Estrategia de Seguridad de Centroamérica”, y realice las transmisiones en vivo a través de la página de Internet sobre los encuentros y las ponencias dadas dentro de la reunión, así como los encuentros que mantenga la Señora Presidenta. La salida del señor González Badilla será el 20 de junio y su regreso estará previsto para el 23 de junio del 2011.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado, llamadas oficiales internacionales, fax y servicio de Internet se cancelarán del Título 202-Ministerio de la Presidencia, Programa 034-Administración Superior, Subpartida 10503-Transporte al Exterior, 10504-Viáticos al Exterior.

Artículo 3º—El funcionario cede las millas otorgadas al Ministerio de la Presidencia en cada uno de los viajes realizados al exterior.

Artículo 4º—Se otorga la suma adelantada de ¢221.982,46 por concepto de viáticos sujetos a liquidación.

Artículo 5º—Rige a partir del 20 y hasta el 23 de junio del 2011.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil once.

Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº 10971.—Solicitud Nº 028.—C-11720.—(IN2011050113).

Nº 230-PE

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 28 párrafo 1 y 2 inciso a) de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Mauricio Boraschi Hernández, cédula de identidad número 1-789-060, Viceministro de la Presidencia en Asuntos de Seguridad, para que viaje a Guatemala del 21 al 24 de junio acompañando en su Comitiva de Viaje Oficial a la señora Presidenta de la República, quien asistirá a la “Primera Conferencia Internacional de Apoyo a la Estrategia de Seguridad de Centroamérica”. La salida del señor Boraschi Hernández será el 21 de junio y su regreso estará previsto para el 24 de junio del presente año.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, transporte e impuestos serán cubiertos por el Sistema de Integración Económica.

Artículo 3º—Rige a partir del 21 y hasta el 23 de junio del 2011.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil once.

Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº 10971.—Solicitud Nº 028.—C-11720.—(IN2011050115).

Nº 297-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en el artículo 47 de la Ley General de la Administración Pública, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2011, Ley Nº 8908 y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Carlos Ricardo Benavides Jiménez, portador de la cédula de identidad número 6-248-942, Ministro de la Presidencia para que viaje a Colombia y asista a la reunión de seguimiento y coordinación con representantes de la Empresa AVIANCA. La salida del señor Benavides Jiménez será el 23 de junio y su regreso estará previsto para el 26 de junio del 2011.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, gastos de representación, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado, llamadas oficiales internacionales, faxes, fotocopias, impresiones y el servicio de Internet, se le cancelarán del Título 202- Ministerio de la Presidencia, Programa 034- Administración Superior, Subpartida 10504- Viáticos al Exterior.

Artículo 3º—Se otorga la suma adelantada de ¢506.138,24 por concepto de viáticos y ¢255.110.00 para gastos de representación, sujetos a liquidación.

Artículo 4º—En tanto dure la ausencia del señor Ministro, se nombra Ministro a. í. al señor Francisco Marín Monge, Viceministro de la Presidencia en Asuntos Políticos.

Artículo 5º—Rige a partir de las 10:45 horas del 23 de junio y hasta las 16:44 horas del 26 de junio del 2011.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinte días del mes de junio del año dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 10971.—Solicitud Nº 025.—C-16220.—(IN2011050127).

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

N° 258-2011 MSP

EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN, POLICÍA

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que se ha recibido cordial invitación para que varios funcionarios de este Ministerio asistan a la actividad denominada “Seminario Lucha contra el Tráfico de seres humanos y la explotación de menores”, a realizarse en Oaxaca, México, del 27 de junio al 01 de julio de 2011 (incluye salida y regreso de los participantes).

2º—Que el objetivo del viaje es apoyar a las autoridades de los países del continente americano en la adaptación, definición e implementación de estrategias, a favor de la lucha contra la trata de persona.

3º—Que dado el objetivo del viaje, es de interés para este Ministerio contar con varios funcionarios en dicho Seminario. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Rafael Araya Cordero, cédula 1-531-696, Marisol Flores Chavarría, cédula 2-416-506, para que asistan a la actividad denominada “Seminario Lucha contra el Tráfico de seres humanos y la explotación de menores”, por realizarse en Oaxaca, México, del 27 de junio al 01 de julio de 2011 (incluye salida y regreso de los participantes).

Artículo 2º—La Policía Federal de México cubrirá los gastos de hospedaje, alimentación y transporte interno. El Ministerio de Seguridad Pública mediante la subpartida 1.05.03 Transporte al exterior, solventará el gasto de los tiquetes aéreos.

Artículo 3º—Que durante los días del 27 de junio al 01 de julio de 2011, en que se autoriza la participación de los funcionarios en dicho Seminario, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 27 de junio al 01 de julio de 2011.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los siete días del mes de junio del dos mil once.

Lic. Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación, Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. 10912.—Solicitud Nº 31045.—C-14340.—(IN2011050059).

N° 264-2011 MSP

EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que mediante Acuerdo N° 253-2011 MSP, del primer día del mes de junio del dos mil once, se autorizó al señor Limberth Garita Vargas, cédula 2-545-112, para asistir a la actividad denominada “Curso de Capacitación Profesional para Suboficiales” en Fort Benning, Georgia, Estados Unidos de América, del 12 de junio al 04 de agosto de 2011 (incluye salida y regreso del participante).

2º—Que de conformidad con el oficio N° DCD-1970-2011-SB de fecha 14 de junio de 2011, suscrito por la Lic. Patricia Herrera Madrigal, Sección de Becas, Departamento de Capacitación y Desarrollo, Dirección de Recursos Humanos, solicita modificar el Acuerdo N° 253-2011 MSP, en lo conducente a los artículos 1, 3 y 4, para que se lea según se dirá. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Modifíquese los artículos 1, 3 y 4 del Acuerdo N° 253-2011 MSP, del primer día de junio de dos mil once, para que en donde dice: “del 12 de junio al 04 de agosto de 2011”, se lea correctamente “del 20 de junio al 04 de agosto de 2011”.

Artículo 2º—Todos los demás aspectos autorizados en el Acuerdo N° 253-2011 MSP, se mantienen incólume.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los dieciséis días del mes de junio del dos mil once.

Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O.C. Nº 10912.—Solicitud Nº 31045.—C-12550.—(IN2011050061).

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

N° 027-MOPT

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Considerando:

1º—Que en La Gaceta N° 31 del 15 de febrero del 2010 se publicó el Acuerdo de Expropiación N° 019-MOPT de fecha 27 de enero del 2010, referente a diligencias de expropiación, en relación con inmueble inscrito al sistema de folio real matrícula número 317266-001-002, propiedad de José Vindas Badilla, cédula N° 5-215-767 y María Isabel Montero Quesada, cédula N° 2-255-742, situado en el distrito 06 Río Cuarto, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela, un área total en conjunto de 8.023,00 metros cuadrados, según plano catastrado N° 1309319-2008, cuya naturaleza es terreno para la agricultura, Asentamiento Monte Lirio parcela 46. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: “Bajos de Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”.

2º—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 párrafo segundo de la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 03 de mayo de 1993 y sus reformas, se procedió a actualizar el Avalúo Administrativo N° 2009-057 del 24 de marzo del 2009, consignado en el Acuerdo de Expropiación N° 019-MOPT de fecha 27 de enero del 2010. Debido a dicha actualización se emitió el Avalúo Administrativo N° 2010-041 de fecha 07 de diciembre del 2010 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, en el cual se determinó que el valor del bien inmueble corresponde a la suma de ¢26.087.586,80 (Veintiséis millones ochenta y siete mil quinientos ochenta y seis colones con ochenta céntimos), el cual fue comunicado a los propietarios, mediante Oficio N° DABI 2010-1261 del 09 de diciembre del 2010 del Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles.

3º—Que al haberse actualizado el avalúo de conformidad con lo indicado en el Considerando anterior, procede la modificación del Acuerdo de Expropiación N° 019-MOPT de fecha 27 de enero del 2010.

4º—Que en razón de todo lo anterior, se procede a emitir el presente Acuerdo, determinándose: Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Modificar el artículo 3) del Acuerdo de Expropiación N° 019-MOPT de fecha 27 de enero del 2010, publicado en La Gaceta N° 31 del 15 de febrero del 2010, por cuanto el Avalúo Administrativo N° 2009-057 del 24 de marzo del 2009, fue actualizado mediante el Avalúo Administrativo N° 2010-041 de fecha 07 de diciembre del 2010, ambos realizados por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, estimándose el valor del inmueble que nos ocupa, en la suma ¢26.087.586,80 (Veintiséis millones ochenta y siete mil quinientos ochenta y seis colones con ochenta céntimos).

Artículo 2º—En lo restante se mantiene vigente el referido Acuerdo de Expropiación N° 019-MOPT de fecha 27 de enero del 2010, publicado en La Gaceta N° 31 del 15 de febrero del 2010.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las dieciséis horas y quince minutos del día veintiocho del mes de marzo del dos mil once.

Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. 103618.—Solicitud Nº 34418.—C-27765.—(IN2011049789).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Nº 000387.—San José, a las quince horas y cincuenta minutos del día veinticinco del mes de mayo del dos mil once.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Bajos de Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° DABI 2011-0454 de 04 de mayo del 2011, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número 191052-000, cuya naturaleza es terreno de repasto, pastos y montaña, situado en el distrito 04 Aguas Zarcas, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela, con una medida de 2.150.836,00 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: Norte con calle pública con un frente a ella de 941,91 metros, al Sur con Quebrada en medio Gerardo Barrantes Mena, Macario Mena Solís, Ronald Olger y Keinor Mena Torres, al Este con calle pública con un frente a ella de 1.897,58 metros y al oeste con Huang Boyan, Paulino Requenes Pericos.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 16.084,00 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de repasto, pastos y montaña, situado en el distrito 04 Aguas Zarcas, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° A-1438261-2010. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Bajos de Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 28.591 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano Catastrado N° A-1438261-2010, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 16.084,00 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, N° 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, N° 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento N° C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número 191052-000.

b)  Naturaleza: terreno de repasto, pastos y montaña.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 04 Aguas Zarcas, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Álajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° A-1438261-2010.

d)  Propiedad: Parcelas Rurales El Campo S. A., cédula jurídica N° 3-101-041549, representada por Rodolfo Barrantes Rodríguez, cédula N° 2-201-666.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 16.084,00 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Bajos de Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con Sujeción a los plazos establecidos por la Ley N° 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto:

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número 191052-000, situado en el distrito 04 Aguas Zarcas, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela y propiedad de Parcelas Rurales El Campo S. A., cédula jurídica N° 3-101-041549, representada por Rodolfo Barrantes Rodríguez, cédula N° 2201-666, con una área total de 16.084,00 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el Plano Catastrado N° A-1438261-2010, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Bajos de Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley N° 7495 y sus reformas.

3º—Proceden las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. 103618.—Solicitud Nº 34418.—C-50590.—(IN2011049791).

Nº 000388.—San José, a las quince horas y cincuenta y tres minutos del día veinticinco del mes de mayo del dos mil once.

Conoce este despacho diligencias de modificación de la declaratoria de “interés o utilidad pública”, contenida en la Resolución Administrativa N° 556 del 23 de junio del 2010, publicada en La Gaceta N° 148 del 30 de julio del 2010.

Resultando:

1º—Que en La Gaceta N° 148 del 30 de julio del 2010, se publicó la Resolución Administrativa N° 556 del 23 de junio del 2010.

2º—Que mediante la citada Resolución Administrativa, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes determinó conforme las disposiciones de la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 03 de mayo de 1995, y sus reformas “declarar de utilidad pública” y adquirir e! inmueble propiedad de Yariela Ulate Ávila, cédula N° 6-349-134, inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema Folio Real matrícula número 162269-000, ubicado en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

3º—Que mediante la Resolución N° 556 del 23 de junio del 2010, citada en el resultando primero, se pretendía adquirir un área de 124,00 metros cuadrados, según plano catastrado N° P-1417584-2010. No obstante, dicha área a adquirir aumentó a 264,00 metros cuadrados según Plano Catastrado N° P-1486748-2011. Lo anterior, según información brindada en el Oficio N° UE 2011-196 del 02 de mayo del 2011, suscrito por el Ingeniero Enrique Sánchez Marín, Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Costanera, por lo que es necesario proceder a la modificación de la declaratoria de interés público contenida en la Resolución N° 556 del 23 de junio del 2010, publicada en La Gaceta N° 148 del 30 de julio del 2010.

Considerando:

Único.—Vistos los antecedentes que constan en el Expediente Administrativo N° 28.575, que al efecto lleva el Departamento de Adquisición de Bienes inmuebles del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, tenemos que según información brindada por el Ingeniero Enrique Sánchez Marín, Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Costanera, es necesario adquirir un área de 264,00 metros cuadrados, según el plano catastrado N° P-1486748-2011, para la ejecución del proyecto: “Costanera Sur. Sección Savegre-Dominical”. En razón de lo anterior, y de conformidad con el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública, que establece que en cualquier tiempo podrá la Administración rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos, procede la modificación de la declaratoria de interés público, contenida en la Resolución Nº 556 del 23 de junio del 2010, publicada en La Gaceta N° 148 del 30 de julio del 2010. Por tanto,

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Modificar la declaratoria de “interés o utilidad pública”, contenida en la Resolución Administrativa N° 556 del 23 de junio del 2010, publicada en La Gaceta N° 148 del 30 de julio del 2010.

a)  El área a adquirir es de 264,00 metros cuadrados, de conformidad con lo indicado en el Plano Catastrado Nº P-1486748-2011, para la ejecución del proyecto de obra pública denominado: “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

b)  Plano Catastrado Nº P-1486748-2011.

2º—En lo restante se mantiene vigente la referida Resolución Administrativa N° 556 del 23 de junio del 2010, publicada en La Gaceta N° 148 del 30 de julio del 2010.

3º—Rige a partir de su publicación.

Notifíquese y publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 001-2011.—Solicitud Nº 31416.—C-47590.—(IN2011049761).

Nº 000225.—San José, a las trece horas y veintitrés minutos del día cinco del mes de abril del dos mil once.

Conoce este despacho diligencias de modificación de la declaratoria de “interés o utilidad pública”, contenida en la Resolución Administrativa N° 157 del 02 de marzo del 2009, publicada en La Gaceta N° 60 del 26 de marzo del 2009.

Resultando:

1º—Que en La Gaceta N° 60 del 26 de marzo del 2009, se publicó la Resolución Administrativa N° 157 del 02 de marzo del 2009.

2º—Que mediante la citada Resolución Administrativa, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes determinó conforme las disposiciones de la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 03 de mayo de 1995, y sus reformas “declarar de utilidad pública” y adquirir el inmueble propiedad de Bernabé Padilla Arias, cédula N° 9-030-484, inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema Folio Real Matrícula Número 132184-000, ubicado en el Distrito 02 La Virgen, cantón 10 Sarapiquí de la provincia de Heredia, necesaria para la construcción del proyecto denominado: “Bajos de Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”.

3º—Que en la Resolución N° 157 del 02 de marzo del 2009, citada en el resultando primero, se consignó que el inmueble a adquirir se encontraba inscrito ante el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula N° 132184-000. No obstante, actualmente la finca se encuentra inscrita ante el Registro Público de la Propiedad bajo la matrícula número 132184-B-000, a nombre de Bernabé Padilla Arias, cédula N° 9-030-484. Asimismo, en la citada resolución se consignó el plano catastrado N° H-1312957-2008, mismo que fue sustituido por el plano N° H-1463237-2010, por cuanto fue necesario modificar el número de Folio Real indicado en el plano catastrado original antes dicho. En razón de lo anterior, es necesario proceder a la modificación de la declaratoria de interés público contenida en la Resolución N° 157 del 02 de marzo del 2009, publicada en La Gaceta N° 60 del 26 de marzo del 2009.

Considerando:

Único.—Vistos los antecedentes que constan en el Expediente Administrativo N° 28.363, que al efecto lleva el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, tenemos que la propiedad que requiere el Estado para la ejecución del proyecto de obra pública denominado: “Bajos de Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”, se encuentra actualmente inscrita bajo el Folio Real matrícula número 132184-B-000, a nombre de Bernabé Padilla Arias, cédula N° 9-030-484, por lo que es necesario modificar no solo las citas de inscripción del inmueble a expropiar, sino también el documento catastral consignado en la resolución administrativa N° 157 del 02 de marzo del 2009, mediante la cual se declara de utilidad pública el inmueble propiedad del señor Padilla Arias.

En razón de lo anterior, y siendo que la Administración requiere de dicho inmueble para la ejecución del citado proyecto, es necesario proceder a la modificación de la declaratoria de interés público, contenida en la Resolución N° 157 del 02 de marzo del 2009, publicada en La Gaceta N° 60 del 26 de marzo del 2009. Por tanto;

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS

Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Modificar la declaratoria de “interés o utilidad pública”, contenida en la Resolución Administrativa N° 157 del 02 de marzo del 2009, publicada en La Gaceta N° 60 del 26 de marzo del 2009, de la siguiente manera:

a)  El inmueble a adquirir se encuentra inscrito ante el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 132184-B-000, a nombre de Bernabé Padilla Arias, cédula N° 9-030-484, inmueble necesario para la ejecución del proyecto de obra pública denominado: “Bajos de Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”.

b)  El Plano Catastrado N° H-1463237-2010.

2º—En lo restante se mantiene vigente la referida Resolución Administrativa N° 157 del 02 de marzo del 2009, publicada en La Gaceta N° 60 del 26 de marzo del 2009.

3º—Rige a partir de su publicación.

Notifíquese y publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O.C. 103618.—Solicitud Nº 34418.—C-31345.—(IN2011049790).

Nº 000389.—San José, a las quince horas y cincuenta y seis minutos del día veinticinco del mes de mayo del dos mil once.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Bajos de Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° DABI 2011-0455 de 05 de mayo del 2011, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número 473002-001-002, cuya naturaleza es terreno de solar, piña y tacotal, situado en el distrito 06 Río Cuarto, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela, con una medida de 13.015,00 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con Rafael Solís Carvajal, al sur, con Eladio Arce Álvarez, al este, con Quebrada sin nombre y al oeste, con Isabel Arce Álvarez y servidumbre agrícola.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 392,00 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de solar, piña y tacotal, situado en el distrito 06 Río Cuarto, cantón 03 Grecia de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° A-1474594-11. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Bajos de Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 28.592 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano Catastrado N° A-1474594-11, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 392,00 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, N° 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, N° 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento N° C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número 473002-001-002.

b)  Naturaleza: terreno de solar, piña y tacotal.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 06 Río Cuarto, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° A-1474594-11.

d)  Propiedad: Rafael Solís Carvajal, cédula N° 2-307-400 y Odilie Bermúdez Jiménez, cédula N° 5-186-876.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 392,00 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Bajos de Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley N° 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto:

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio real matrícula número 473002-001-002, situado en el distrito 06 Río Cuarto, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela y propiedad de Rafael Solís Carvajal, cédula N° 2-307-400 y Odilie Bermúdez Jiménez, cédula N° 5-186-876, con una área total de 392,00 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el Plano Catastrado N° A-1474594-11, necesaria para la construcción del proyecto denominado “ Bajos de Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley N° 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O.C. 103618.—Solicitud Nº 34418.—C-59985.—(IN2011049792).

Res. Nº 502-MOPT.—San José, a las 15:05 horas del día 20 del mes de junio del dos mil once.

Conoce este despacho, creación del Equipo de Apoyo para coadyuvar con la Unidad Ejecutora del Proyecto Bajos de Chilamate-Vuelta Kopper.

Resultando:

1º—Que mediante la Ley N° 8844, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 172 del 03 de setiembre de 2010, la Asamblea Legislativa aprobó el Contrato de Préstamo y su Addendum, suscrito entre la República de Costa Rica y la Corporación andina de Fomento (CAF) para financiar el Proyecto Bajos de Chilamate-Vuelta Kopper.

2º—Que para la coordinación y administración técnica-financiera del Proyecto, la Ley 8844 dispuso que “El MOPT creará una Unidad Ejecutora para su Coordinación y Administración Técnica-Financiera del Proyecto Bajos de Chilamate-Vuelta Kopper, que se ubicará en el Nivel Superior de su Estructura Organizacional. Esta podrá emitir directrices y lineamientos a otras Dependencias relacionados con la ejecución del proyecto a lo interno del MOPT y sus Órganos adscritos.”.

3º—Que mediante Oficio DM-609-10 del 08 de diciembre de 2010, la Ministra de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), aprobó la incorporación de la Unidad Ejecutora dentro de la estructura organizacional del MOPT en los siguientes términos: “De esta forma, la dependencia jerárquica de la Unidad Ejecutora es al Viceministerio de Infraestructura y Concesiones, por su afinidad con éste y no a la División de Obras Públicas.”

Considerando:

Este tramo carretero constituye un proyecto institucional de fundamental importancia, en el que han participado, al más alto nivel, varias de las instancias que integran el Ministerio de Obras Públicas y Transportes.

En razón de la importancia del proyecto que nos ocupa, la señora Viceministra del Infraestructura del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, ha determinado la extrema conveniencia de que la Unidad Ejecutora cuente con un equipo interdisciplinario de apoyo para desarrollar la fase constructiva del Proyecto, de tal forma que el Despacho a su cargo asegure el estricto cumplimiento de las responsabilidades ordenadas por la Ley 8844: La Unidad Ejecutora será la responsable de la ejecución del Proyecto, la cual deberá administrar y supervisar los aspectos relacionados con el proyecto; mantener actualizada la información financiera de los recursos externos y de contrapartida nacional, así como también sobre el avance físico del Proyecto, entre otros. Para lo anterior, deberá coordinar con las dependencias involucradas en la ejecución del Proyecto.” Por tanto,

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVE:

1º—Crear un Equipo de Apoyo para coadyuvar con la Unidad Ejecutora del Proyecto Bajos de Chilamate-Vuelta Kopper, en el cumplimiento de sus responsabilidades técnicas y financieras.

2º—El Equipo de Apoyo será una comisión ad hoc, la cual estará adscrita al Despacho de la Viceministra de Infraestructura del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, siendo su finalidad brindar apoyo técnico y normativo a la Unidad Ejecutora del Proyecto, con el fin de que ésta cumpla estrictamente lo ordenado por la Ley N° 8844, particularmente por lo estipulado en todas las contrataciones de Consultores y Constructores que se requiera contratar para desarrollar la fase constructiva del Proyecto.

3º—Este Equipo de Apoyo estará integrado, al menos, por los siguientes funcionarios:

a)  El Director de la División de Obras Públicas del MOPT.

b)  El Director de la Dirección de Ingeniería de la División de Obras Públicas del MOPT.

c)  La Coordinadora de la Unidad de Gestión Ambiental y Social de la Dirección de Planificación Sectorial del MOPT.

d)  La Directora de la Dirección de Proveeduría Institucional de la División Administrativa del MOPT.

e)  La Directora de la Dirección Financiera de la División Administrativa del MOPT.

f)   El Director de la Dirección de Recursos Humanos de la División Administrativa del MOPT.

g)  Profesional en Derecho de la Dirección de Asesoría Jurídica del MOPT, encargado de los procesos de expropiación.

h)  Un Profesional en Derecho de la Dirección de Asesoría Jurídica del MOPT, encargado de los procesos de contratación administrativa.

Las demás unidades administrativas del Ministerio, están obligadas a brindarle colaboración y asesoría al Equipo de Apoyo, en el cumplimiento de sus cometidos.

4º—El Equipo de Apoyo desarrollará funciones de asesoría y apoyo técnico y normativo a la Unidad Ejecutora del Proyecto, principalmente en materia de:

a)  Preparación y seguimiento de los procesos de expropiación requeridos para desarrollar el Proyecto.

b)  Definición, preparación y aclaración a los interesados, de los eventuales Términos de Referencia que se requieran para contratar los consultores y constructores durante el desarrollo de la fase constructiva del Proyecto.

c)  El análisis y evaluación de eventuales ofertas por bienes y/o servicios presentadas por consultores y constructores.

d)  Fiscalización de los informes técnicos y/o financieros, requeridos durante el desarrollo de la fase constructiva del Proyecto.

e)  La fiscalización de los informes de avance técnico-administrativo, presentados por los consultores y/o constructores contratados para desarrollar la fase constructiva del Proyecto.

5º—La vigencia de este Equipo de Apoyo, será igual al período necesario para el recibido a satisfacción del Informe Final del Proyecto.

6º—Rige a partir de su publicación.

Notifíquese y publíquese.—Francisco J. Jiménez, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. 103618.—Solicitud Nº 34419.—C-48350.—(IN2011049734).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN

Y EXTRANJERÍA

Acuerdo de Viaje Nº DGME 0062-2011.—La Directora General de Migración y Extranjería.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 13 inciso 24) de la Ley General de Migración y Extranjería número 8764, el criterio de la Procuraduría General de la República número C229-2009 del 25 de agosto del 2009, los artículos 1, 2, 7, 31, 34 y 36 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República mediante resolución R-DC-92-2009, de las nueve horas del 19 de noviembre del 2009, así como lo dispuesto en la Ley Nº 8908 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2011.

Considerando:

1º—La Dirección General de Migración y Extranjería, recibió formal invitación para participar en el taller técnico de trabajo titulado “Necesidades de información para apoyar la implementación de acuerdos bilaterales sobre migración laboral para la mejora de los sistemas de información sobre mercado laboral”, reunión que se realizará en la ciudad de Bogotá, Colombia, los días 23 y 24 de junio del presente año.

2º—Que para efectos de participación en la citada reunión a que hace referencia el considerando primero anterior, se designó al Master Luis Alonso Serrano Echeverría, cédula número 1 1004 0464, en calidad de Jefe de Planificación Institucional de la Dirección General de Migración Extranjería; Órgano del Ministerio de Gobernación y Policía, de conformidad con el artículo 12 de la Ley General de Migración y Extranjería número 8764. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al Master Luis Alonso Serrano Echeverría, cédula número 1 1004 0464, en calidad de Jefe de Planificación Institucional de la Dirección General de Migración Extranjería, para que participe en el taller citado en el considerando primero del presente acuerdo, que se realizará en la ciudad de Bogotá, Colombia, los días 23 y 24 de junio del presente año.

Artículo 2º—Reconocer los gastos en que incurra el Master Luis Alonso Serrano Echeverría, durante los días del 22 al 25 de junio del presente año, siendo la tarifa máxima establecida para viajar a Colombia, de doscientos diecinueve dólares de los Estados Unidos de América ($219.00 USD) diarios. Por concepto de gastos menores hasta un 8% que corresponden a la suma de ($17.52 USD) diecisiete dólares con cincuenta y dos centavos diarios, que serán cubiertos con recursos del Presupuesto Ordinario y Extraordinario, asignados a la Dirección General de Migración y Extranjería. Los gastos por concepto de alimentación, hospedaje, transporte y tiquete de viaje, serán cubiertos por la Organización Internacional para las Migraciones.

Artículo 3º—Que durante los días en que participe el Master Luis Alonso Serrano Echeverría, en la actividad a la que se refiere este acuerdo, devengará el 100% de su salario. Asimismo, durante los días del 22 al 25 de junio de 2011, se pagarán los rubros correspondientes desglosados en el considerando anterior.

Artículo 4º—El presente Acuerdo rige del 21 al 26 de junio de 2011.

Dado en la Dirección General de Migración y Extranjería, el 1º de junio del 2011.—Kathya Rodríguez Araica, Directora General.—1 vez.—O. C. Nº 001-11.—Solicitud Nº 33934.—C-18020.—(IN2011048935).

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

ÁREA LEGAL Y DE REGISTRO

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Jacó de Garabito, Puntarenas. Por medio de su representante: Luis Gerardo del Carmen Morales Vargas, cédula 204160207 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, 27 de junio del 2011.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2011049727).

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

Res-DGA-127-2011.—Dirección General de Aduanas.—San José, a las nueve horas con cinco minutos del día catorce de junio dos mil once.

Considerando:

I.—Que el artículo 11 de la Ley General de Aduanas señala que la Dirección General de Aduanas es el órgano superior jerárquico nacional en materia aduanera. En el uso de esta competencia, le corresponde la dirección técnica y administrativa de las funciones aduaneras que esta ley y las demás disposiciones del ramo le conceden al Servicio Nacional de Aduanas.

II.—Que el artículo 14 de la Ley General de Aduanas, dispone que “las aduanas prestarán sus servicios durante las veinticuatro horas del día, todos los días del año, salvo que la Dirección General de Aduanas defina y justifique, ante el Ministerio de Hacienda, en casos excepcionales y/o de fuerza mayor, horarios especiales para determinadas aduanas”.

III.—Que el artículo 6 del Reglamento a la Ley General de Aduanas indica que le corresponde al Director General determinar, emitir las políticas y directrices que orienten las decisiones y acciones hacia el efectivo cumplimiento de los fines del régimen jurídico aduanero y la consecución de los objetivos del Servicio Nacional de Aduanas.

IV.—Que la resolución número RES-DGA-089-2011 de fecha 18 de abril de 2011, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 94 del 17 de mayo de 2011, amplió el horario de atención de las aduanas del país para el Régimen de Exportación en el Proceso de Reconocimiento Físico de Mercancías y Verificación Documental para los DUAS de Exportación y Reexportación.

V.—Que se ha interpretado que lo regulado por la RES-DGA-089-2011, obliga a los depositarios aduaneros a mantener abiertas sus instalaciones en los horarios ampliados de las aduanas por lo que se considera oportuno aclarar la resolución en mención y modificar el “CONSIDERANDO V” de la misma. Por tanto,

Con base en las potestades otorgadas en la Ley General de Aduanas número 7557 de fecha 20 de octubre de 1995, sus reformas y modificaciones vigentes, el Reglamento a la Ley General de Aduanas Decreto Ejecutivo número 25270-H de fecha 14 de junio de 1996, sus reformas y modificaciones vigentes:

EL DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS, RESUELVE:

1º—Modificar el “CONSIDERANDO V” de la resolución número RES-DGA-089-2011, el cual deberá leerse de la siguiente manera:

V.  “Que la Dirección General de Aduanas, mediante la resolución número RES-DGA-050-2011 del 22 de febrero de 2011 publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 53 del 16 de marzo de 2011, amplió el procedimiento para la transmisión de declaraciones aduaneras de exportación con forma de despacho DAD (Despacho en Aduana Distinta), contemplando la revisión física en el depositario aduanero o terminal de exportación de la jurisdicción de la aduana donde se aceptó la DUA. Agrega la resolución de marras que el sellado de la Declaración de Tránsito Internacional (DTI) y Formulario Único Aduanero Centroamericano (FAUCA), se realizará en la aduana terrestre de salida (Peñas Blancas), situación que se mantiene”.

2º—Aclarar que la ampliación de horarios detallada en la resolución número RES-DGA-089-2011 en mención, aplica fundamentalmente para las aduanas. Tratándose de los depositarios aduaneros o terminales de exportación, dicha ampliación les aplica solamente cuando corresponda el desarrollo de una revisión física, y en el tanto exista entre el declarante o el exportador un acuerdo para realizar las revisiones en las instalaciones de un depositario aduanero o terminal de exportación determinado.

3º—Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

Rige a partir de su publicación.

Desiderio Soto Sequeira, Director General de Aduanas.—1 vez.—O.C. Nº 11502.—Solicitud Nº 34624.—C-27470.—(IN2011049760).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

EDICTOS

La señora Karol Chaves Rivera, cédula Nº 1-840-913, vecina de San José, en calidad de apoderada generalísima de la compañía Chaso del Valle S. A. con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Kit para la Detección de Antígeno de Filaria Felina, Leucemia Felina y Anticuerpos frente a Inmunodeficiencia Felina fabricado por: Laboratorios Idexx Inc, con los siguientes principios activos: Antígeno de Filaria immitis, Leucemia Felina y anticuerpos frente a Inmunodeficiencia Felina, y las siguientes indicaciones terapéuticas: Diagnóstico de filaria immitis, Leucemia Felina e Inmunodeficiencia Felina. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 20 de julio del 2011.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011049643).

La señora Karol Chaves Rivera, cédula Nº 1-840-913, vecino de San José, en calidad de apoderada generalísima de la compañía Chaso del Valle S. A. con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Snap Duo Beta-Tetra. Fabricado por: Laboratorios Idexx Inc., con los siguientes principios activos: Proteína receptora específica para detectar residuos de antibióticos betalactámicos y tetraciclinas en leche y las siguientes indicaciones terapéuticas: Kit para detectar residuos de antibióticos betalactámicos y tetraciclinas en leche. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 20 de julio del 2011.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011049644).

La señora Karol Chaves Rivera, cédula Nº 1-840-913, vecino de San José, en calidad de apoderada generalísima de la compañía Chaso del Valle S. A. con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Snap 4DX Canine. Fabricado por: Laboratorios ldexx, con los siguientes principios activos Antígeno de Dirofilaria immitis, anticuerpos frente a Anaplasma phagocyphilum, Borrelia burgdoferi, Erlichia canis, y las siguientes indicaciones terapéuticas: Diagnóstico de dirofilaria immitis, Anaplasma phagocyphilum, Borrelia burgdoferi, Erlichia canis. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 20 de julio del 2011.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011049645).

La señora Karol Chaves Rivera, cédula Nº 1-840-913, vecina de San José, en calidad de apoderada generalísima de la compañía Chaso del Valle S. A. con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Kit de Diagnóstico frente al Virus de Anemia Infecciosa Equina. Fabricado por: Laboratorios Idexx Inc, con los siguientes principios activos Antígeno de Anemia Infecciosa Equina más Control positivo de Anemia Infecciosa Equina, y las siguientes indicaciones terapéuticas: Diagnóstico de Anemia Infecciosa Equina. Con base en el Decreto Ejecutivo N°. 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 20 de julio del 2011.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011049646).

La señora Karol Chaves Rivera, cédula Nº 1-840-913, vecino de San José, en calidad de apoderada generalísima de la compañía Chaso del Valle S. A. con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Snap Canino CPL. Fabricado por: Laboratorios Idexx Inc., con los siguientes principios activos Conjugado de anti-pollo: HRPO/anti-cPL: HRPO, y las siguientes indicaciones terapéuticas: Kit de diagnóstico. Con base en el Decreto Ejecutivo N°. 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 20 de julio del 2011.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011049647).

La señora Antonieta Campos Bogantes con número de cédula 2-405-625, vecina de Alajuela, en calidad de representante legal de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Corporación de Registros Sanitarios Internacionales M&C, con domicilio en Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Heartz, fabricado por Laboratorio Cipla Ltd, de India, con los siguientes principios activos: cada tableta contiene: Ivermectina 68 µg, pirantel base (como pamoato) 57 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: prevención de dirofilariasis, tratamiento y control de nemátodos gastrointestinales del perro. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 20 de junio del 2011.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011050024).

La señora Antonieta Campos Bogantes con número de cédula 2-405-625, vecina de Alajuela, en calidad de representante legal de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Corporación de Registros Sanitarios Internacionales M&C, con domicilio en Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Heartz, fabricado por Laboratorio Cipla Ltd., de India, con los siguientes principios activos: cada tableta contiene: Ivermectina 272 µg, pirantel base (como pamoato) 227 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: prevención de dirofilariasis y tratamiento y control de nemátodos gastrointestinales del perro. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 20 de junio del 2011.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011050026).

La señora Antonieta Campos Bogantes con número de cédula 2-405-625, vecina de Alajuela, en calidad de representante legal de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Corporación de Registros Sanitarios Internacionales M&C, con domicilio en Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Heartz, fabricado por Laboratorio Cipla Ltd, de India, con los siguientes principios, activos: cada tableta contiene: Ivermectina 136 µg, pirantel base (como pamoato) 114 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: prevención de dirofilariasis y tratamiento y control de nemátodos gastrointestinales del perro. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 20 de junio del 2011.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011050027).

La señora Antonieta Campos Bogantes con número de cédula 2-405-625, vecina de Alajuela, en calidad de representante legal de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Corporación de Registros Sanitarios Internacionales M&C, con domicilio en Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Ciplox Ungüento Oftálmico, fabricado por Laboratorio Cipla Ltd., de India, con los siguientes principios activos: cada 100 g contiene: Cipofloxacina Clorhidrato 0,349 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: para el tratamiento de infecciones oculares, como conjuntivitis, queratitis, queratoconjuntivitis e infecciones oculares agudas causadas por cepas sensibles a la ciprofloxacina. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de junio del 2011.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011050028).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Nº 014-2011.—San José, 16 de junio de 2011

Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio Civil, al siguiente funcionario:

 

Nombre

Cédula

Nº puesto

Clase puesto

Karla Quesada Díaz.

2-0499-0532

503567

Profesional de Servicio Civil 3.

Alejandra Aguilar Vega

1-0973-0726

009062

Profesional de Servicio Civil 3.

David Cruz Andrade

1-1208-0348

053276

Profesional de Servicio Civil 1-B.

Karla Pérez Núñez

1-0908-0888

500025

Profesional de Servicio Civil 3.

Artículo 2º—Rigen a partir del 16 de marzo, 01 de abril de 2011 respectivamente.

Publíquese.—Ing. Carlos Acosta Monge, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 001-2011.—Solicitud Nº 31417.—C-19930.—(IN2011049762).

EDUCACION PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 8, título Nº 78, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Limón, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Gaitán Umaña Ana Lorena. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 24 de junio del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011049349).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 52, título Nº 121, emitido por el Liceo Yolanda Oreamuno Unger, en el año dos mil diez, a nombre de Mora Rojas Denis Yoel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 24 de junio del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2011244818.—(IN2011049438).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 6, título N° 17, emitido por el Liceo Académico de Boruca con Orientación Tecnológica, en el año dos mil dos, a nombre de Leiva Maroto Pedro Paul. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011049604).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Marcas de ganado

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Nº 2011-2349.—Alvarado Vives Ramiro, cédula de identidad número 1-316-818, mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio en San Rafael de Coronado, Calle Patio de Agua, 1 kilómetro este del puente, San José, solicita el registro de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en San José, Coronado, San Rafael, Calle Patio de Agua, 1 kilómetro este del puente, San José. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, diecisiete de junio del 2011.—Viviana Segura De la O., Registradora.—1 vez.—RP2011245463.—(IN2011050680).

Patentes de invención

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señora María del Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, cédula Nº 1-626-794, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Agraquest, Inc., de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO DE USO DE UNA SEPA DE BACILLUS SUBTILIS PARA MEJORAR LA SALUD DE ANIMALES. Método para mejorar la salud de un animal que comprende administrarle al animal una composición que comprende Bacillus subtilis QST 713 o un mutante del mismo. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A23K 1/00, cuyos inventores son Schmidt, Joseph, Earl, Jiménez, Desmond, Rito. La solicitud correspondiente lleva el número 20110206, y fue presentada a las 08:35:00 del 25 de abril de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 15 de junio de 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2011244628.—(IN2011049422).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula número 1-669-228, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de The Usa as Represented by the Secretary of State of Army on Behhalf of Walter Reed Army, de los Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada VACUNA DE VESÍCULA, DE MEMBRANA EXTERNA NATIVA MULTIVALENTE DEL MENINGOCOCO, MÉTODO PARA SU FABRICACIÓN Y USO.

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La presente tecnología presenta una combinación de vesículas nativas de la membrana externa (NOMV) de por lo menos una cepa genéticamente modificada de la Neisseria que proporciona inmunidad protectora contra la enfermedad del meningococo, de preferencia la enfermedad del meningococo del subtipo B. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 39/116, cuyos inventores son Wendell David Zollinger, Mikhail Donets, Deborah Schmiel, Boris Ionin, Ryan Marques, Elizabeth Ellen Moran. La solicitud correspondiente lleva el número 11812, y fue presentada a las 08:49:34 del 25 de noviembre de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los 3 meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de junio de 2011.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2011244807.—(IN2011049423).

El señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula Nº 1-599-078, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Janssen Pharmaceutica NV, de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada FORMA CRISTALINA DE (2S)-(-)-N-(6-CLORO-2,3-DIHIDRO-BENZO [1,4] DIOXIN-2-ILMETIL)-SULFAMIDA.

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Composiciones farmacéuticas y el uso de la forma cristalina en el tratamiento de la ansiedad y transtornos relacionados; depresión bipolar y manía; depresión; epilepsia y transtornos relacionados. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A61K 31/357, cuyos inventores son Steven J. Mehrman, Wenju Wu. La solicitud correspondiente lleva el número 20110042, y fue presentada a las 13:08:00 del 24 de enero de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de marzo de 2011.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2011244820.—(IN2011049425).

El señor Gastón Baudrit Ruiz, mayor, abogado, cédula 1-599-078, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Janssen Pharmaceutica N. V., de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada NUEVOS DERIVADOS DE SULFAMIDA SUSTITUIDA. La presente invención se refiere a nuevos derivados de sulfamida sustituida, composiciones farmacéuticas que contienen dichos derivados y el uso de dichas formas de derivados en el tratamiento de la ansiedad y trastornos relacionados. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A61K 31/357, cuyos inventores son Mccomsey, David, F., Parker, Michael, H. La solicitud correspondiente lleva el número 20110100 y fue presentada a las 08:23:30 del 22 de febrero de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de abril de 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2011244819.—(IN2011049424).

El señor Gastón Baudrit Ruiz, mayor, abogado, cédula Nº 1-599-078, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Janssen Pharmaceutica NV, de Bélgica, solicita la patente de invención denominada MODULADORES DE DIAMINO-PIRIDINA, PIRIMIDINA, Y PIRIDAZINA DEL RECEPTOR H4 DE HISTAMINA. Compuestos que se pueden usar como moduladores del receptor H4, y en composiciones farmacéuticas y métodos para el tratamiento de estados de enfermedad, transtornos y afecciones. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A01N 43/58, cuyo(s) inventor(es) es(son) Caí, Hui, Wolin, Ronald, L., Chavez, Frank, Dunford, Paul, J., Greenspan, Andrew, J., Meduna, Steven, P., Quiroz, Jorge, A., Savall, Brad, M., Tays, Kevin, L, Wei, Jianmei, Zhang, Xiaohu, Thurmond, Robín, L.. La solicitud correspondiente lleva el número 20110029, fue presentada a las 13:38:00 del 12 de enero de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de marzo de 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2011244822.—(IN2011049427).

El señor Gastón Baudrit Ruiz, mayor, abogado, cédula Nº 1-599-078, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Janssen Pharmaceutica N. V., de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada PROCESO PARA LA PREPARACIÓN DE DERIVADOS DE DIOXINA BENZOFUSIONADOS. La presente invención se dirige a los procesos para la preparación de derivados de heteroarilo benzofusionados, útiles para el tratamiento de la epilepsia y transtornos relacionados. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07D 319/20, cuyos inventores son Ballentine, Scott, A., Reany, Laura. La solicitud correspondiente lleva el número 11760, y fue presentada a las 14:44:00 del 26 de octubre de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de marzo de 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2011244823.—(IN2011049428).

El señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula Nº 1-599-078, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Janssen Pharmaceutica N. V., de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada PROCESO PARA LA PREPARACIÓN DE SULFAMATOS DE HETEROARILO BENZOFUSIONADO Y LA FORMA CRISTALINA DE N-(((2S)-6-CLORO-2,3-DIHIDRO-l,4-BENZODIOXIN-2IL)METIL-SULFAMIDA. La presente invención se dirige a un proceso para la preparación de sulfamatos de heteroarilo benzofusionados, útiles para el tratamiento de epilepsia y transtornos relacionados. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07D 311/58, cuyos inventores son Ahmed E. Abbel-Magid, Steven J. Mehrman. La solicitud correspondiente lleva el número 11761, y fue presentada a las 14:44:15 del 26 de octubre de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de marzo de 2011.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2011244824.—(IN2011049429).

El señor Gastón Baudrit Ruiz, mayor, abogado, cédula Nº 1-599-078, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Janssen Pharmaceutica N. V., de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada LIGANDOS DEL RECEPTOR TRP M8 RADIOMARCADOS. La presente invención se dirige a ligandos radiomarcados, útiles para marcar y obtener imágenes de la funcionalidad de TRP M8 (canal M8 de potencial receptor transitorio). La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A61K 51/04, cuyos inventores son Acton, Paul, D., Hlasta, Dennis, J., Matthews, Jay M., Mcnally, James, J. La solicitud correspondiente lleva el número 20110096 y fue presentada a las 11:57:00 del 18 de febrero de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de abril de 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2011244825.—(IN2011049430).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula Nº 1-812-604, mayor de edad, vecina de Tres Ríos, apoderada especial de Bayer Cropscience AG, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada USO DE COMPOSICIONES DE COMPUESTOS FUNGICIDAS PARA CONTROLAR CIERTOS HONGOS DE LA ROYA. La presente invención se refiere al uso de una composición fungicida que comprende al menos una carboxamida y al menos otro compuesto seleccionado a partir de estrobilurinas o de triazoles, para controlar ciertos hongos de la roya, como por ejemplo roya de la soja y roya del café, en la protección de cultivos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A01N 43/56, cuyo(s) inventor(es) es (son) Münks, Karl-Wilhelm, Rieck, Heiko, Wachendorff-Neumann, Ulrike, Wetcholowsky, Ingo, Geraldes, José, Augusto. La solicitud correspondiente lleva el número 20110113, y fue presentada a las 14:15:00 del 1º de marzo del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publiquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de marzo del 2011.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2011244563.—(IN2011049030).

La señora María De La Cruz Villanea Villegas, cédula Nº 1 0984-0695, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de Apoderada Especial de Bayer B.V, de Países Bajos, solicita la Patente de Invención denominada TRATAMIENTO SISTÉMICO DE PARÁSITOS HEMATÓFAGOS Y CONSUMIDORES DE SANGRE POR ADMINISTRACIÓN ORAL DE UN AGENTE ANTIPARASITARIO. Composiciones farmacéuticamente aceptables de un único agente antiparasitario de imidaclorip para suministro oral a mamíferos para controlar sistemáticamente a parásitos específicos hematófagos y consumidores de sangre, tales como pulgas, garrapatas y ciertas especies de helmintos y sarna. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A61K 31/44, cuyo(s) inventor (es) es (son) Johnson, Roland, H., Hepler, Douglas, I., Palma, Kathleen, G., Campbell, William, R. La solicitud correspondiente lleva el número 20110231, y fue presentada a las 14:51:10 del 03 de mayo de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de junio del 2011.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP20011244567.—(IN2011049031).

El señor Néstor Morera Víquez, mayor, casado una vez, Abogado, cédula de identidad número 1-1018-975, vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de Bayer Schering Pharma Aktiengesllschaft de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada CARTUCHO, UN DISPENSADOR DE MEDICAMENTOS PARA PORCIONES DE MEDICAMENTOS SÓLIDOS Y EL USO DEL CARTUCHO Y DEL DISPENSADOR DE MEDICAMENTOS. Para el almacenamiento seguro y la administración sencilla y segura de comprimidos T por un usuario, se crea un cartucho que se puede colocar en un dispensador de medicamentos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61J 7/00 cuyos inventores son Leifeld, Sabine; Reinhold, Tom; Filler, Sven; Karla, Uwe; Weber, Peter; Voege, Nina; Jarvis, Nat; Holch, Benjamin; Whittaker, James. La solicitud correspondiente lleva el número 20110278, y fue presentada a las 12:46:00 del 26 de mayo del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de mayo del 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2011244512.—(IN2011049032).

El señor Gastón Baudrit Ruiz, mayor, Abogado, cédula Nº 1-599-078, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Janssen Pharmaceutica N. V., de Bélgica, solicita la patente de invención denominada TIAZOLOPIRIDIN-2-ILOXI-FENIL Y TIAZOLOPIRAZIN-2-ILOXI-FENIL AMINAS COMO MODULADORES DE LA LEUCOTRIENO A4 HIDROLASA. Esos compuestos se pueden usar en composiciones farmacéuticas y métodos para la modulación de LTA$H y para el tratamiento de estados de enfermedad, transtornos y afectaciones mediados por la actividad de la LTA4 hidrolasa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es A61K 31/437, cuyos inventores son Bacani, Génesis, M., Broggini, Diego, Cheung, Eugene, Y., Chrovian, Christa, C., Deng, Xiaohu, Fourine, Anne, M., Gómez, Laurent, Grice, Cheryl, A., Kearney, Aaron, M., Landry-Bayle, Adrienne, M., Lee-Dutra, Alice, Liang, Jimmy, T., Lochner Susanne, Mani, Neelakandha, S., Santillan, Alejandro, Sappey, Kathleen, C., Sepassi, Kia, Tanis, Virginia, M., Wickboldt, Alvah, T., Wiener, John, J.M., Zinser, Hartmut. La solicitud correspondiente lleva el número 11788, y fue presentada a las 13:31:00 del 11 de noviembre de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de enero de 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2011244821.—(IN2011049426).

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

DIRECTRIZ D.R.P.J. 005-2011

DE: Dirección de Personas Jurídicas.

PARA:   Subdireccion, Coordinación General, Asesoría Jurídica, Asesoría Técnica, Coordinaciones, Registradores, Oficinas Regionales y funcionarios en general.

FECHA: 17 de junio del 2011.

ASUNTO: Los que se detallan.

Con el objeto de unificar los criterios utilizados en la calificación de documentos sujetos a registro, los que son de acatamiento obligatorio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 del Reglamento del Registro Público (Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de marzo de 1998 y sus reformas) y considerando:

1.  Que el número de cédula de persona jurídica se ha constituido en el medio unívoco de identificación de las entidades jurídicas inscritas en el Registro, siendo asimismo la llave primaria de ingreso a la información contenida en las bases de datos del sistema automatizado de inscripción y publicidad.

2.  Que la inscripción en el Registro de Personas Jurídicas tiene efectos constitutivos, por cuanto con ella los actos y contratos producen efectos erga omnes.

3.  Que se hace necesario establecer claramente los efectos jurídicos relacionados con la dación de fe y dejar constancia notarial.

4.  Que el artículo 7º del Código Notarial, establece la prohibición al Notario Público, de autorizar actos y contratos en los que se den los supuestos establecidos por el inciso c) de dicha norma.

Esta Dirección establece el marco de referencia en la calificación de documentos con fundamento en los anteriores presupuestos, de conformidad con lo que se indica a continuación:

I.—Aplicación del artículo 51, inciso F) del Reglamento del Registro Público. De conformidad con lo dispuesto en el inciso f) del artículo 51 del Reglamento del Registro Público, los documentos que contengan actos o contratos relativos a personas jurídicas, para que puedan ser anotados e inscritos, deben necesariamente indicar el número de cédula de persona jurídica de la respectiva entidad. Para dar una correcta aplicación a la indicada norma, deben tenerse presente los siguientes lincamientos:

a)  Si en el documento se indica el nombre o denominación diferente a la que indica el Registro, deberá precederse a anotar el documento en la cédula jurídica que se indica y señalarse como defecto: “Diferente denominación en el Registro”.

b)  Si la denominación y el número de cédula jurídica indicados en el cuerpo del testimonio difieren de los señalados en la fe notarial, deberá precederse a la anotación de la entidad señalada en el cuerpo del testimonio, e indicarse como defecto: “Aclarar nombre de la entidad y su número de cédula jurídica”.

c)  En caso de que se indique únicamente el número de cédula jurídica y no así el nombre o denominación de la entidad, se anotará y se indicará como defecto: “Indicar nombre o denominación de la entidad”. Se exceptúan los casos en que la denominación de la sociedad sea el mismo número de cédula jurídica más su aditamento, en los que bastará indicar el número de dicho documento de identificación.

d)  Por el contrario si se indica únicamente el nombre de la entidad, sin que se indique su número de cédula jurídica, deberá precederse a la cancelación del asiento de presentación del documento, con fundamento en el inciso f) del artículo 51 supra citado.

e)  No procederá la cancelación del asiento de presentación ni señalar defecto alguno, en virtud de la manera en que se indique la cédula jurídica, siempre que se logre determinar a qué número se refiere. Así por ejemplo procederá indicarlo: tres- uno cero uno-cero cero uno dos cinco cuatro, o bien tres-ciento uno- doscientos treinta y cuatro mil cero cero siete, entre otras posibilidades.

f)   Si la diferencia entre el número de cédula jurídica indicada en el documento y la que corresponde a la entidad, lo es en virtud de su clase (vg. 101,102, o cualquier otra), solamente se señalará el defecto correspondiente.

II.—Dar fe y hacer constar. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1º y 31 del Código Notarial, el notario tiene fe pública cuando deja constancia de un hecho, suceso, situación, acto o contrato jurídico, cuya finalidad sea asegurar o hacer constar derechos y obligaciones. En virtud de dicha fe pública, se presumen ciertas las manifestaciones del notario que consten en los instrumentos y demás documentos autorizados por él.

Por su parte don Guillermo Cabanellas en su obra “Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual”, 25º Edición, Editorial Heliasta S.R.L., año 1997, establece en relación a los términos “Constancia” y “Fe Pública” lo siguiente:

“Constancia:... Exactitud de un hecho. Prueba fehaciente de la realidad de una afirmación o de un acto....”. (Tomo II, pág 314).

“Fe Pública: Veracidad, confianza o autoridad legítima atribuida a notarios, secretarios judiciales, escribanos, agentes de cambio y bolsa, cónsules y otros funcionarios públicos o empleados y representantes de establecimientos de igual índole, acerca de actos, hechos y contratos realizados o producidos en su presencia; y que se tienen por auténticos y con fuerza probatoria mientras no se demuestre su falsedad...”. (Tomo IV, pág 37).

Con fundamento en lo anteriormente indicado, claramente se establece que no existe diferencia alguna entre la dación de fe y dejar constancia de un hecho por parte de un fedatario público, por lo que no existe razón alguna para consignar defectos por tal circunstancia.

III.—Artículo 7º, inciso c) del Código Notarial. El artículo 7º del Código Notarial dispone en lo que interesa sobre el tema en particular lo siguiente:

“Artículo 7º—Prohibiciones. Prohíbase al notario público:

... c) Autorizar actos o contratos en los cuales tengan interés el notario, alguno de los intérpretes o los testigos instrumentales, sus respectivos cónyuges o convivientes, ascendientes, descendientes, hermanos, tíos o sobrinos por consanguinidad o afinidad. Se entenderá que ese interés existe en los actos o contratos concernientes a personas jurídicas o entidades en las cuales el notario, sus padres, cónyuge o conviviente, hijos y hermanos por consanguinidad o afinidad, tengan o ejerzan cargos como directores, gerentes, administradores o representantes legales”.

De la norma en cuestión pueden concluirse varios aspectos de interés para la calificación de los documentos sometidos a registro y que se detallan a continuación.

a)  El artículo se encuentra contemplado en el Capítulo II del Código Notarial, que regula los requisitos e impedimentos para el ejercicio del notariado público, por lo que su trasgresión será de absoluta responsabilidad de dicho profesional y consecuentemente no procederá en modo alguno la cancelación del asiento de presentación del documento, solamente la indicación del defecto correspondiente.

b)  Debido a que de conformidad con el artículo 43 del Reglamento del Registro Público, el marco de calificación registral se circunscribe a la información que resulte del título, los asientos y demás información registral, lo que excluye la posibilidad de determinar el grado de parentesco de quienes intervienen en el acto o contrato con el respectivo notario; la aplicación de la norma en cuestión por parte de los Registradores debe estar orientada a establecer si el Notario autorizante del documento se encuentra dentro de los presupuestos ahí indicados, no debiendo en ningún otro caso establecerse su aplicabilidad.

c)  En cuanto a los cargos indicados en el artículo de marras (directores, gerentes, administradores o representantes legales), deben entenderse para efectos de su aplicación como los órganos directivos o administrativos, administradores y los representantes legales que indiquen los estatutos de la entidad respectiva. No deben considerarse dentro de ellos, los apoderados que no formen parte de los órganos directivos o administrativos, por no estar contemplados legal o estatutariamente dentro de los representantes legales, el fiscal y el agente residente, en virtud de sus funciones.

d)  En relación con las protocolizaciones de actas o certificaciones notariales, se hace necesario mencionar lo dispuesto por la Dirección Nacional de Notario, en el voto número 0210-2003, de las 10:10 horas del 13 de noviembre de 2003, que en lo que interesa dice:

“En actos y contratos en que medie la expresión de voluntad negocial de partes es obvio que el interés personal del notario o de las demás personas - sean personas físicas o representantes de personas jurídicas - a que alude el inciso c) del artículo 7º por lazos de parentesco con éste, contrapone abiertamente el deber de imparcialidad y objetividad que está obligado a dispensar el notario a quienes presta sus servicios, por lo que su obligación es abstenerse de brindar éstos, pues, de igual manera, el deber de asesoría que debe observar para con éstas viene a menos.

(...) En los demás casos citados, como son las Actas de Protocolización y las Certificaciones Notariales, no interviene ningún otorgante o parte, por lo que es claro que este interés no desvirtúa la función notarial, toda vez que, en ambos casos, el notario se limita a transcribir, anexar, incorporar o reproducir el contenido documental, parcial o totalmente, de la fuente documentaria, razón por la cual deberes como los de asesoría e imparcialidad, no resultan vulnerados por el hecho de que uno de los sujetos que relaciona el documento protocolizado o certificado tenga un vínculo de parentesco con el notario, ya que, asumir lo contrario, llevaría al absurdo de extender la prohibición a limites más allá de lo razonable y del bien jurídico protegióle....”.

De lo que se colige que en la calificación de este tipo de documentos no es aplicable el inciso c) del artículo 7 del Código Notarial.

e)  En aquellos documentos en que comparezca una persona a renunciar a un cargo de una entidad jurídica que en virtud de disposición legal no tenga la obligación de asentar sus acuerdos en un libro de actas legalizado, no se aplicarán las disposiciones de la normativa aludida, aunque quien comparezca sea el mismo notario que autoriza la respectiva escritura.

Enrique Rodríguez.—1 vez.—O. C. Nº 11-0002.—Solicitud Nº 25391.—C-95420.—(IN2011049660).

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Cristiana Ammi de Puriscal, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Extensión del Reino de Jesucristo, mediante la predicación de la palabra de Dios. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: David Herrera Porras. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2011, asiento: 106296.—Curridabat, al día catorce del mes de junio del año dos mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011244363.—(IN2010049034).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de ia persona jurídica cédula: 3-002-567154, denominación; Asociación Costarricense de Artistas Visuales. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2011, asiento 117835.—Curridabat, 23 de mayo del 2011.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011244473.—(IN2011049035).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Ostomizados del Hospital de Guapiles, con domicilio en la provincia de Limón. Sus fines, entre otros están: Mejorar la calidad de vida de los Ostomizados del Hospital de Guápiles. Proveer de materiales al menor costo a los pacientes Ostomizados del Hospital de Guápiles. Su presidente Hermán López Días, es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma hasta un millón de colones y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite; tomo: 2011, asiento 68080.—Curridabat, 10 de mayo del 2011.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011244571.—(IN2011049036).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del Estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana Árbol de Justicia, con cédula jurídica 3-002-404236, la cual en adelante se denominara Asociación Árbol de Justicia. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2011 asiento 143352, adicional 2011-161845).—Curridabat, 20 de junio del 2011.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Director a. í.—1 vez.—RP2011244867.—(IN2011049855).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cementerio Tabarcia de Mora. Con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines entre otros serán los siguientes: Administrar y velar por el buen funcionamiento del cementerio de Tabarcia de Mora. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente Arnoldo Mata Bustamante. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2011 asiento 54678 y documento adicional tomo 2011 asiento 151568).—Curridabat, 16 de junio del 2011.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Directora a. í.—1 vez.—RP2011244880.—(IN2011049856).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-358783, denominación: Asociación Deportiva de Gimnasia Artística de Alajuela. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones ) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.. Documento tomo: 2011, asiento: 38388—Dado en el Registro Nacional, a las 6 horas 51 minutos y 38 segundos, del 8 de junio del 2011.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011244943.—(IN2011049857).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Obras de la Divina Providencia. Con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines entre otros serán los siguientes: Ayudar para mejorar la calidad de vida de aquellas personas que se encuentran en estado de convalecencia o en fase terminal, cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente Manuel Antonio Varela Mora Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2011 Asiento 29916).—Curridabat, diecisiete de marzo del dos mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011244942.—(IN2011049858).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Paraíso Para El Medio Ambiente, con domicilio en la provincia de Puntarenas, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Participar y promover actividades de la comunidad o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales para la conservación o mejora del medio ambiente, cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Jonathan Chinchilla Cisneros. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2011 Asiento: 133587 adicional tomo: 2011 asiento: 148023).—Curridabat, a los veintidós días del mes de junio del dos mil once.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Directora a. í.—1 vez.—RP2011244963.—(IN2011049859).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-547244, denominación: Asociación para el Desarrollo, Creatividad y Productividad en Costa Rica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2011 Asiento: 145742. Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 16 minutos y 26 segundos, del 01 de junio del 2011.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011244984.—(IN2011049860).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

AVISOS

Que ante este Despacho el licenciado Gonzalo José Rojas Benavides, cédula de identidad Nº 1-1127-0992, carné profesional número 17310, según expediente 11-000415-0624-NO, ha presentado solicitud de inscripción y habilitación para ejercer la actividad notarial, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de este profesional, lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación.—Curridabat, 13 de junio del 2011.—Lic. Roy Jiménez Oreamuno, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—(IN2011049703).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Expediente Nº 9810A.—Sociedad de Usuarios de Agua El Futuro, solicita concesión de: 62 litros por segundo de la Quebrada Ojo de Agua, efectuando la captación en finca de Antonio Ávila Hernández en Tigra, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario-riego-hortaliza. Coordenadas 257.800 / 472.100 hoja Fortuna. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de junio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011244700.—(IN2011049439).

Expediente Nº 9583A.—Saloa de San Vito S. A., solicita concesión de: 0,65 litro por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Vito, Coto Brus, Puntarenas, para uso agropecuario porquerizas, consumo humano doméstico y agropecuario riego café. Coordenadas 90.204 / 651.382 hoja Cañas Gordas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de junio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011244731.—(IN2011049440).

Expediente Nº 6996A.—Gladys Cordero Murillo solicita concesión de: 2 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Zapote (Alfaro Ruiz), Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario-abrevadero, consumo humano-doméstico y agropecuario-riego-pasto. Coordenadas 246.800/491.000 hoja Quesada. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de junio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011244769.—(IN2011049441).

Expediente Nº 7095A.—María López Montoya, solicita concesión de: 0,57 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Argüello Rojas Alcides en Zarcero, Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario-lechería, consumo humano-doméstico y agropecuario-riego-hortaliza. Coordenadas 239.500 / 492.350 hoja Quesada. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de junio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011244770.—(IN2011049442).

Expediente Nº 7057A.—José Francisco Rodríguez Sibaja solicita concesión de: 0,3 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Zarcero, Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario-abrevadero y agropecuario-lechería. Coordenadas 239.500 / 492.350 hoja Quesada. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de junio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011244771.—(IN2011049443).

Expediente Nº 14690P.—El Sable Dorado, S. A., y Corporación Retana Diez Inc, S. A., solicitan concesión de: 0,5 litro por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de él mismo en Bejuco, Nandayure, Guanacaste, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 204.110 / 384.964 hoja Cerro Azul. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de junio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011244797.—(IN2011049444).

Expediente Nº 14691P.—Ganadera El Guarial S. A., solicita concesión de: 3,56 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de Ganadera El Guarial S. A., en Paquera, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano, industria y agropecuario-riego. Coordenadas 201.635 / 431.340 hoja Tambor. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de junio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011244806.—(IN2011049445).

Exp. 6998P.—Ricardo, Ana, Amador León y Melierick S.A., solicitan concesión de: 0,5 litro por segundo del pozo RG-318, efectuando la captación en finca de su propiedad en Jesús (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 217.350/492.800 hoja Barbilla. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de junio de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.— (IN2011049628).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. Nº 6775P.—Platanera Río Sixaola S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del Pozo AM-03, efectuando la captación en finca de su propiedad en Bratsi, Talamanca, Limón, para uso agroindustrial bananeras. Coordenadas 179.154 / 663.717 Hoja Amubri. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de junio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011244578.—(IN2011049037).

Exp. 9611A.—Ingenio Costa Rica S. A., solicita concesión de: 10 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de propiedad en Carrillos, Poás, Alajuela, para uso agroindustrial-ingenio. Coordenadas 224.350 / 504.950 hoja Naranjo. 190 litros por segundo del Río Prendas, efectuando la captación en finca de su propiedad Carrillos, Poás, Alajuela, para uso agroindustrial-ingenio. Coordenadas 224.400 / 505.050 hoja Naranjo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de junio de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011049641).

Exp. 9854P.—Corporación Internacional Castillo Azul S. A., solicita concesión de: 0,25 litros por segundo del pozo RG-415, efectuando la captación en finca de su propiedad en Garita, Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 220.050 / 503.900 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de junio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2011049764).

Exp. 14695P.—Finca Arromar S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo del pozo RG-891, efectuando la captación en finca de Finca Arromar S. A., en Guácima (Alajuela), Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 214.940 / 505.520 hoja Guácima. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de junio de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011049798).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil -Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Cristina Auxiliadora Echaverry Rugama, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1497-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y diecisiete minutos del tres de setiembre del dos mil nueve. Ocurso. Exp. Nº 22171-09. Resultando: 1º—Por tanto: rectifiqúese el asiento de nacimiento de Winston Josué Echaverry Rugama..., en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Cristina Auxiliadora” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2011244577.—(IN2011049038).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Óscar Danilo Mejía Bermúdez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2127-2010.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas diez minutos del veintiuno de setiembre del dos mil diez. Ocurso. Exp. N° 28257-2010. Resultando: 1º—..., 2º—...Considerando: I.—Hechos Probados:…, II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Danny Emanuel Mejía Sevilla...; en el sentido que el segundo apellido del padre de la persona ahí inscrita es “Bermúdez” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2011049631).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por, Ivania del Carmen Castro Castro, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2774-2010.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas dos minutos del tres de diciembre del dos mil diez. Ocurso. Exp. Nº 36540-2010. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de María Fernanda Leyva Castro...; en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Ivania del Carmen” y no como se consignó.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2011244900.—(IN2011049861).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de Solicitud de naturalización

Jacqueline Nazur Acosta, mayor, casada, dependiente, cubana, cédula de residencia 315-0204311-0007893, vecina de San José, expediente 3122-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 29 de abril del 2011.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2011049747).

Francisco Armando Murcia Marín, mayor, soltero, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 15580016401, vecino de San José, expediente 514-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 4 de mayo del 2011.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—1 vez.—(IN2011049794).

María Emma Vollmuth Moreno conocida como María Emma Vollmuth de Russi, mayor, casada, empresaria, colombiana, cédula de residencia 155802172432, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2881-2008.—San José, 28 de junio del 2011.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2011049807).

Kevin Rodolfo Watts Gutiérrez, mayor, soltero, oficinista, nicaragüense, cédula de residencia 155802772330, vecino de San José, expediente 3915-2009. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, siete de abril del dos mil once.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2011244827.—(IN2011049862).

Natalia Cecilia Jojart Chiminela, mayor, soltera, gestora ambiental, argentina, cédula de residencia 405-0208248-0001285, vecina de Heredia, expediente 1894-2009. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, siete de abril de dos mil once.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2011244836.—(IN2011049863).

Ana Yancy González Solís, mayor, soltera, operaria industria, nicaragüense, cédula de residencia N° 155802333612, vecina de Alajuela, expediente 685-2009. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, siete de abril de dos once.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2011244837.—(IN2011049864).

Junjie Feng Wu, mayor, soltero, comerciante, chino, cédula de residencia 115600158404, vecino de Limón, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.—San José, veintiuno de junio del dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2011244950.—(IN2011049866).

Jiayi Feng Wuf menor, no indica estado civil, estudiante, china, cédula de residencia 115600158618, vecina de Limón, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.—San José, veintiuno de junio del dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2011244951.—(IN2011049867).

Yingjie Feng Wu, menor, no indica estado civil, estudiante, chino, cédula de residencia 115600158334, vecino de Limón, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.—San José, veintiuno de junio de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2011244952.—(IN2011049868).

Óscar Horacio Cáceres Díaz, mayor, divorciado, licenciando en cultura física y deporte, cubano, cédula de residencia 119200232235, vecino de San José, expediente 3117-2009. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, veintisiete de mayo de dos mil once.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—1 vez.—(IN2011050021).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

BANCO DE COSTA RICA

MODIFICACIÓN PROGRAMA DE ADQUISICIONES

AÑO 2011

Descripción

Fecha estimada

Fuente Financiamiento

Monto anual aproximado

Contratación integral del servicio de transporte de valores del BCR

II semestre

BCR

¢600.000.000,00

Oficina Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Área de Licitaciones.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº 1460.—C-3620.—(IN2011051654).

LICITACIONES

PODER LEGISLATIVO

ASAMBLEA LEGISLATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000017-01

Compra de uniformes

La Asamblea Legislativa, invita a participar en la Licitación Abreviada N° 2011LA-000017-01. El cartel correspondiente está disponible en la Proveeduría, sita del cine Magaly, 50 metros norte y 50 metros oeste, edificio Sasso, segundo piso o en la página www.asamblea.go.cr.

El plazo para recibir ofertas vence el día 9 de agosto de 2011, a las 10:00 horas, momento en el cual se procederá a la apertura de las mismas.

San José, 5 de julio del 2011.—Departamento de Proveeduría.—MBA. Melvin Laines Castro, Director.—1 vez.—O.C. Nº 2001.—Solicitud Nº 35629.—C-7220.—(IN2011051518).

HACIENDA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA 2011LN-000158-13402

Mantenimiento, actualización y soporte técnico del Sistema

Tribunet y Aplicaciones.NET

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Hacienda, recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 1º de agosto del 2011, para la contratación citada anteriormente, a favor del Programa Dirección General de Informática.

El cartel se encuentra a disposición gratuitamente en el sistema CompraRed, en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared de Internet, un día hábil después de publicado este aviso.

San José, 1º de julio del 2011.—M.Sc. Marco A. Fernández Umaña, Proveedor Institucional.—1 vez.—O.C. Nº 11138.—Solicitud Nº 34190.—C-7670.—(IN2011051447).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000107-01100

Mantenimiento preventivo y correctivo de vehículos

El Sistema Nacional de Áreas de Conservación, a través de la Proveeduría Institucional, recibirá ofertas hasta las 08:00 horas del día 9 de agosto del 2011. El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita, en la dirección: https:www.hacienda.go.cr/comprared; a partir del siguiente día hábil de la presente publicación, u obtener el cartel para ser fotocopiado, en la Proveeduría Institucional del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, ubicada 300 metros al norte de Radiográfica Costarricense S. A. (RACSA), edificio Padilla, contiguo al Banco Popular, entrada costado norte, San José, teléfono: 2522-6500. Ext. 121 ó 240.

Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 25329.—Solicitud Nº 37597.—C-7670.—(IN2011051376).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000109-01100

Compra de vehículos

El Sistema Nacional de Áreas de Conservación, a través de la Proveeduría Institucional, recibirá únicamente ofertas electrónicas hasta las 11:00 horas del día 9 de agosto del 2011, para la compra de vehículos del SINAC.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita, en la dirección: https:www.hacienda.go.cr/comprared, a partir del siguiente día hábil de la presente publicación.

Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora Institucional.—1 vez.—Solicitud Nº 37597.—C-7670.—(IN2011051378).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Departamento de Proveeduría invita a participar en:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000040-PROV

Compra, instalación y puesta en operación de Sistema de Acceso

Biométrico, Sistema de Seguridad de Circuito Cerrado de

Televisión (CCTV) y Sistema de Seguridad Antirrobo

para la Plataforma de Información Policial del

Organismo de Investigación Judicial

Fecha y hora de apertura: 17 de agosto de 2011, a las 10:00 horas

_____

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000050-PROV

Compra de lámparas de luz alterna para búsqueda de indicios,

para uso del Organismo de Investigación Judicial

Fecha y hora de apertura: 17 de agosto de 2011, a las 10:30 horas.

_____

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000013-PROV

Arrendamiento de microcomputadoras

Fecha y hora de apertura: 19 de agosto de 2011, a las 10:00 horas.

A partir de esta publicación, el respectivo cartel se puede obtener a través de Internet en la dirección http://poder-judicial.go. cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm. Para más información dirigirse al Departamento de Proveeduría; sita en el piso 3° del edificio Anexo B, ubicado en San José, calle 15 avenida 6; o bien, a los teléfonos 2295-3136 / 3295 / 3623.

San José, 5 de julio del 2011.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2011051391).

LICITACIÓN PÚBLICA 2011LN-000008-PROV

Contratación de servicios de fotocopiado, así como venta

de discos para reproducción en formato de CD’S y DVD,

llaves maya 1GB y escaneo de documentos, para

el Juzgado de Tránsito del I Circuito Judicial de San José

Fecha y hora de apertura: 19 de agosto de 2011, a las 10:00 horas.

El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría; sita en el 3° piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina formada entre calle 15 avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a través de Internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la siguiente dirección: ivalerio@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3136/3623/3295.

San José, 5 de julio del 2011.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(IN2011051703).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000119-85002

Compra de concentrador, enrutadores,

tarjeta de 48 puertos y otros

La Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 5 de agosto de este año para la citada contratación.

Los interesados en este concurso tienen el cartel a su disposición en forma gratuita en la página web del Tribunal www.tse.go.cr. link “TSE en la Red de Transparencia institucional/adquisiciones”, o en www.hacienda.go.cr link CompraRED; o bien, podrán obtenerlo en la Proveeduría, sita: costado oeste del Parque Nacional en San José, tercer edificio, planta baja, para lo cual deberá aportar un medio magnético nuevo o un dispositivo de almacenamiento masivo como llave maya (no se suministrarán ejemplares impresos).

Lic. Allan Herrera Herrera, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 10788.—Solicitud Nº 0618.—C-6350.—(IN2011051390).

BANCO DE COSTA RICA

OFICINA DE COMPRAS Y PAGOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000030-01

Arrendamiento de un anillo de fibra óptica

para los edificios principales del BCR

El Banco de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a.m.) del 1º de agosto del 2011, para la licitación en referencia.

Los interesados pueden retirar el cartel de licitación que incluye las especificaciones y condiciones generales en la Oficina de Compras y Pagos del Banco de Costa Rica, ubicada en el tercer piso de oficinas centrales, con un horario de 9:00 a.m. a 3:00 p.m.

San José, 5 de julio del 2011.—Rodrigo Aguilar S., Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 60598-Solicitud Nº 1455.—C-5870.—(IN2011051656).

CAJACOSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

CENTRO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

DR. HUMBERTO ARAYA ROJAS

SUBÁREA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2011LN-000002-2203

Precalificación de oferentes

para mantenimiento de vehículos

La Subárea de Contratación Administrativa con autorización de la Dirección Médica, les comunica la fecha de apertura de la Licitación Pública Nacional 2011LN-000002-2203, por Precalificación de oferentes para mantenimiento de vehículos.

La fecha y hora máxima para recibir ofertas será el 5 de agosto de 2011 al ser las 13:00 horas.

El cartel y las especificaciones técnicas para este concurso, se encuentran a la venta en la Recepción de la Subárea de Contratación Administrativa. Los cupones para la adquisición del cartel, están a la venta en la caja chica de este centro. Valor del cartel ¢200,00 (doscientos colones con cero céntimos).

Bach. Marilyn Barrantes Vargas, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2011051534).

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD CENTRAL NORTE

LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000008-2299

Servicios de aseo y limpieza para el Área de Salud de Atenas

Se establece como fecha límite para la recepción de ofertas el 08 de agosto del 2011 a las 9:00 a.m.; así mismo, el cartel de este procedimiento se encuentra disponible a partir de la fecha de esta publicación en esta sede regional, ubicada a 200 metros norte de la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia, lugar donde también se recibirán las ofertas.

Para ver más detalles y corroborar información accesar la siguiente dirección: http://www.ccss.sa.cr.

4 de julio del 2011.—Unidad Regional de Contratación Administrativa.—Lic. Carlos Gómez Cruz.—1 vez.—(IN2011051597).

GERENCIA DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO

DE BIENES Y SERVICIOS

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

CONCURSO Nº 2011LA-000162-5101

300 CN Cloroquina Base 150 mg (como fosfato), tabletas

Se informa a los interesados que está disponible en la fotocopiadora del piso comercial, Edificio Anexo CCSS, el cartel de la Licitación Pública Nº 2011LA-000162-5101, para la adquisición de:

Ítem único: 300 CN Cloroquina Base 150 mg (como fosfato), tabletas.

Apertura de ofertas para el día 1º de agosto del 2011, a las 12:30 horas.

Vea detalles y mayor información en la página Web http://www.ccss.sa.cr.

San José, 8 de julio de 2011.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142-Solicitud Nº 32614.—C-7620.—(IN2011051712).

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

2011LA-000153-5101

Compras de tintas para equipo multifuncional,

impresoras láser y fotocopiadora

Cantidad de ítemes: 26

Modalidad de entrega según demanda

A los oferentes interesados en participar en el concurso antes mencionado, se les comunica que está disponible el cartel, el cual podrá adquirir en la fotocopiadora ubicada en el piso comercial del Edificio Jenaro Valverde. Además se les informa que la apertura de ofertas se realizará el día 1º de agosto del año 2011 a las 8:30 horas.

Ver detalle en http:www.ccss.sa.cr.

Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142-Solicitud Nº 32613.—C-8080.—(IN2011051715).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

  Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000046-PRI

(Convocatoria)

Contratación para el mantenimiento preventivo

y correctivo de la infraestructura de la red

inalámbrica de datos institucional

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 22 de julio del 2011 para la “Contratación para el mantenimiento preventivo y correctivo de la infraestructura de la red inalámbrica de datos institucionales”.

Los documentos que conforman el cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del AyA sita en el módulo C, piso 3 del edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢500,00 o en el Web www.aya.go.cr, Link Proveeduría Institucional.

Dirección de Proveeduría.—Lic. Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 11-03.—Solicitud Nº 3209.—C-7220.—(IN2011051432).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2011LN-000001-02

Contratación de servicios de seguridad y vigilancia para

los centros de Formación de Alajuelita, Mora

e instalaciones del edificio del

INA en Paseo Colón

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 1º de agosto del 2011. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones de dicha Regional, sita de la Pizza Hut Paseo Colón, 250 metros al sur, contiguo a la iglesia Don Bosco, edificio Don Bosco, en el primer nivel, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Lic. Allan Altamirano Díaz, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 24799.—C-7180.—(IN2011051678).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000059-01

Compra de automóviles nuevos para uso didáctico

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 8:00 horas del 29 de julio del 2011. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

La apertura de las ofertas se realizará en la sala de reuniones de la Presidencia Ejecutiva.

Lic. Allan Altamirano Díaz, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 24799.—C-7180.—(IN2011051680).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000065-01

Compra equipo para talleres de plomería

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 8:00 horas del 1º de agosto del 2011. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Lic. Allan Altamirano Díaz, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 24799.—C-7180.—(IN2011051683).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000035-01

Compra de equipos de medición para refrigeración

y aire acondicionado

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 3 de agosto del 2011. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consulta carteles.

Lic. Allan Altamirano Díaz .—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Sol. Nº 24799.—C-7180.—(IN2011051686).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000049-01

Compra de equipo para la enseñanza de audio y video

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 8:00 horas del 3 de agosto del 2011. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consulta carteles.

Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Sol. Nº 24799.—C-7180.—(IN2011051687).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000050-01

Compra de equipo para laboratorio físico-químico

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 1º de agosto del 2011. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consulta carteles.

Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Sol. Nº 24799.—C-7180.—(IN2011051689).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000051-01

Compra de equipo para diagnóstico

de vehículos automotores

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 8:00 horas del 4 de agosto del 2011. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500.00 en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 24799.—C-7180.—(IN2011051690).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000064-01

Compra de telescopios

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 8 de agosto del 2011. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 24799.—C-7180.—(IN2011051695).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000060-01

Compra de equipo de laboratorio

para uso en agropecuario

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 8:00 horas del 5 de agosto del 2011. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500.00 en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 24799.—C-7180.—(IN2011051697).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000055-01

Compra de equipos para talleres

de electrónica en general

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 5 de agosto del 2011. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500.00 en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 24799.—C-7180.—(IN2011051700).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000052-01

Compra de equipos de monitoreo ambiental

(riesgos físicos y químicos)

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 4 de agosto del 2011. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500.00 en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 24799.—C-7180.—(IN2011051701).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000054-01

Compra de equipo de procesamiento de alimentos

para industria alimentaria

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 08:00 horas del 08 de agosto del 2011. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—O C Nº 21083.—Solicitud Nº 24799.—C-7180.—(IN2011051704).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000024-02

Suministro de equipo de inspección de ondas guiadas

La Dirección de Suministros de Recope invita a participar en la Licitación Abreviada N° 2011LA-000024-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las Oficinas Centrales de Recope, edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte, San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 28 de julio del 2011.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible en la página WEB de Recope, www.recope.com.

San José, 30 de junio del 2011.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora - Dirección de Suministros.—1 vez.—O. C. Nº 011-040.—Solicitud Nº 39570.—C-5420.—(IN2011051417).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000025-02

Suministro de equipo de inspección de Arreglo de fase

La Dirección de Suministros de Recope, invita a participar en la Licitación Abreviada N° 2011LA-000025-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las Oficinas Centrales de Recope, edificio Hernán Garrón, sita en urbanización Tournón Norte, San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 01 de agosto del 2011.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible en la página WEB de Recope, www.recope.com.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 11-040.—Solicitud Nº 31504.—C-6770.—(IN2011051423).

RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A.

CONCURSO DE ADQUISICIÓN 2011PP-000203-DGCMRACSA

Instalación y mantenimiento de las redes

de telecomunicaciones de RACSA

Radiográfica Costarricense S. A. se permite invitar a los interesados en participar en el Concurso arriba indicado, retirando el respectivo Pliego de Condiciones en la Proveeduría Empresarial, sita avenida 5a, calle 1a, por la suma de ¢1.500,00 previo pago en las cajas de RACSA. Fecha límite para la recepción de ofertas será el día 29 de julio del 2011, hasta las 16 horas, en la misma sede.

San José, 4 de julio del 2011.—MBA. Xavier Sagot Ramírez, Proveedor Empresarial.—1 vez.—(IN2011051642).

ADJUDICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011 LA-000130-78300

La Proveeduría Institucional, informa que de acuerdo a Resolución de Adjudicación Nº 0286-2011 de las 14 horas 15 minutos del 30 de junio del 2011, se adjudica la licitación arriba indicada de la siguiente manera:

Botica San José S. A. (3-101-004993), línea adjudicada 3 cantidad 10.000 total adjudicado ¢420.000; línea 4 cantidad 1000 total ¢960.000; línea 5 cantidad 150 total ¢162.000; línea 6 cantidad 200 monto ¢170.960; línea 7 cantidad 200 total ¢246.330; línea 9 cantidad 520 total ¢187.200; línea 10 cantidad 2000 total ¢91.200; línea 12 cantidad 16.600 total ¢478.080; línea 13 cantidad 16.940 total ¢499.730; línea 17 cantidad 89.000 total ¢2.047.000; línea 18 cantidad 29.600 total ¢680.800; línea 19 cantidad 2000 total ¢126.500; línea 20 cantidad 5.000 total ¢316.250; línea 21 cantidad 2000 total ¢126.500; línea 23 cantidad 14.900 total ¢5.983.095; línea 28 cantidad 7.480 total ¢61.710; línea 31 cantidad 15 total ¢30.240; línea 33 cantidad 36 total ¢207.000.

Alfa Médica S. A. (3-101-255970), línea 1 cantidad 600 total adjudicado ¢162.000; línea 2 cantidad 16 total ¢88.000; línea 8 cantidad 38.857 total adjudicado ¢1.359.995; línea 11 cantidad 25 total ¢296.875; línea 14 cantidad 492 total ¢369.000; línea 15 cantidad 492 total ¢369.000; línea 16 cantidad 492 total ¢393.600; línea 22 cantidad 2.600 total ¢98.800; línea 24 cantidad 877 total ¢438.500; línea 25 cantidad 450 total ¢405.000; línea 26 cantidad 1.250 total ¢ 2.500.000; línea 27 cantidad 300 total ¢105.000; línea 30 cantidad 26.220 total ¢262.200; línea 32 cantidad 36 total ¢173.376.

Se les comunica a los interesados que la Resolución Nº 0286-2011 se encontrará en COMPRARED a partir de la fecha.

San José, 4 de julio de 2011.—Rolando Arturo Chinchilla Masís, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 12288.—Solicitud Nº 16711.—C-15320.—(IN2011051610).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Se comunica a todos los interesados en los procedimientos de contratación que se dirán, que por acuerdos del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 59-11 del 30 de junio de 2011, artículo IV, se dispuso lo siguiente:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000023-PROV

Servicios Médicos bajo la modalidad de hora profesional

para servidores judiciales del Segundo Circuito

Judicial de Guanacaste, sede Santa Cruz

Se declara infructuoso el procedimiento.

Demás características y condiciones según cartel respectivo.

San José, 1º de julio del 2011.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2011051392).

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2010LN-000001-01

Contratación del servicio de seguridad y vigilancia

del edificio del BANHVI por un período de un año

El Banco Hipotecario de la Vivienda a través de la Gerencia General, mediante resolución motivada, resolvió: adjudicar el procedimiento de contratación administrativa: Licitación Pública Nº 2010LN-000001-01, para la “Contratación del servicio de seguridad y vigilancia del edificio del BANHVI por un período de un año”, a la empresa Servicios Técnicos Viachica S. A.

Margoth Campos Barrantes, Directora Administrativa.—1 vez.—(IN2011051672).

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍAS

DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000003-1150

Servicios de mantenimiento equipo de cómputo

Se informa a los interesados que se resolvió adjudicar la presente licitación a la oferta Nº 01: Consorcio de Importación y Exportación CONISA S. A., de la siguiente manera:

Ítem único: Monto adjudicado: ¢31.500.000,00.

Ver mayores detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 01 de julio del 2011.—Subárea Gestión de Compras.—MBA Lydia Durán Jiménez, Jefa.—1 vez.—(IN2011051725).

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN

DIVISIÓN FÁBRICA NACIONAL DE LICORES

SECCIÓN PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA-000013-PV

Contratación de servicio de transporte de personal

La Fábrica Nacional de Licores, por medio de su Proveeduría comunica a los interesados que mediante acuerdo de la Junta Directiva del Consejo Nacional de Producción Nº 38161 adoptado en sesión 2806 (Ord.), artículo 6, celebrada el día 23 de junio del 2011, se dispuso adjudicar la contratación del servicio de transporte de personal a la empresa Travisa Herediana S. A. con el siguiente costo diario: Servicio Nº 1: ¢80.012,70 Servicio Nº 2: ¢102.706,42; el servicio se cotizó conforme a los términos establecidos en el cartel.

Por lo anterior, se invita al adjudicatario a que deposite la garantía de cumplimiento por el 5% del monto adjudicado, con los siguientes requisitos:

    Esta garantía deberá contar con una vigencia mínima de 60 días adicionales de la fecha de recepción definitiva del contrato.

    Presentar declaración jurada en donde se indique que la empresa se encuentra al día en el pago de los impuestos nacionales.

    Adjuntar un timbre deportivo de ¢5,00 (cinco colones).

    Aportar una certificación extendida por la Caja Costarricense de Seguro Social, en donde conste que se encuentra al día con las obligaciones respectivas.

Todo lo anterior deberá presentarse en la oficina de la Proveeduría, dentro de los cinco días hábiles siguientes contados a partir de la fecha en que quede en firme la adjudicación. El depósito deberá emitirse a favor del Consejo Nacional de Producción, en la Tesorería de FANAL en Rincón de Salas, Grecia. A los demás oferentes se les invita a retirar la garantía de participación.

4 de julio del 2011.—MBA. Francisco Merino Carmona, Coordinador, Área Departamento Administrativo.—1 vez.—(IN2011051396).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

  Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000015-PRI

Construcción de tanques de almacenamiento de 400, 50

y 20 m³ y paso elevado de tubería en La Guaria,

Valle de La Estrella, Limón

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que mediante Resolución de Subgerencia General Nº 2011-303 del 08 de junio del 2011, se adjudica la presente licitación a la oferta Nº 4: Intec Internacional S. A., por un monto total de ¢239.405.024,66 colones. Para efectos presupuestarios se asigna además a este proyecto, por el rubro 020 “trabajos por administración”, la suma de ¢8.000.000,00 colones.

Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.

Dirección de Proveeduría.—Lic. Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 11-03.—Solicitud Nº 3210.—C-10820.—(IN2011051431).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000001-PROTURISMO

Concesión para administrar y explotar el terreno

e instalaciones del Paradero Lacustre Charrarra

La Proveeduría del Instituto Costarricense de Turismo debidamente autorizada, comunica a todos los participantes en la Licitación Pública Nº 2011LN-000001-PROTURISMO “Concesión para administrar y explotar el terreno e instalaciones del Paradero Lacustre Charrarra”, que la Junta Directiva declara desierta esta licitación, en razón de que los montos ofertados para la inversión no son suficientes para atender las necesidades reales de dicho centro turístico, lo que limita al Instituto para poder satisfacer las demandas del turismo, a través de servicios brindados por un tercero bajo la modalidad de concesión de instalaciones públicas.

Lic. Miguel Zaldívar Gómez, Proveedor Institucional.—1 vez.—O.C. Nº 13858.—Solicitud Nº 20384.—C-8570.—(IN2011051594).

INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000001-01

Contratación de servicios de consultoría para

el acompañamiento de la implementación del

plan para el fortalecimiento a los gobiernos

locales e impulso a los procesos de

descentralización

Se avisa a todos los interesados en la licitación abreviada arriba señalada, que por medio de acuerdo primero, artículo dos, de la sesión ordinaria Nº 4048, la Junta Directiva del IFAM, aprobó:

d)  Adjudicar el proceso de la Licitación Abreviada Nº 2011LA-000001-01 “Contratación de servicios de consultoría para el acompañamiento de la implementación del plan para el fortalecimiento a los gobiernos locales e impulso a los procesos de descentralización”, a la Lic. Laura Obando Villegas, conforme a la recomendación de la Comisión de Contratación Administrativa, oficio Nº DAI-1024-SP-165-11 (considerando décimo sexto).

Moravia, 1º de julio del 2011.—Dirección Administración Interna.—Lic. Walter Ocampo Sánchez, Director.—1 vez.—(IN2011051664).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000001-PROV

Contrato de suministro de tintas de cuatricomía

para la impresión de loterías

A los interesados en la presente licitación se les informa que con fundamento en el artículo 13, inciso p) del Reglamento Orgánico de la Institución, la Gerencia General mediante acta del 27 de junio del 2011 procedió a adjudicar la licitación abreviada 2011LA-000001-PROV por “Contrato de suministro de tintas de cuatricomía para la impresión de loterías”, de la siguiente manera:

A: Gevisa Artes Gráficas S. A., cédula jurídica 3-101-200873

Descripción                                 Precio unitario      Precio total

600 kilos de tinta amarillo proceso,                $7,98                $4.788,00

Quickson Premium marca Van

Son código VS6530

450 kilos de tinta magenta proceso,                $7,98                $3.591,00

Quickson Premium marca

Van Son código VS6531

400 kilos de tinta cyan proceso, Quickson      $7,98                $3.192,00

Premium marca Van Son código VS6532

350 kilos de tinta negro intenso, Quickson      $7,98                $2.793,00

Premium marca Van Son código VS6537

Total                                                                                     $14.364,00

Plazo de entrega: Parcial 30 días naturales a partir de la orden de compra.

Forma de pago: Parcial según entregas

Garantía del producto: 12 meses

Todo de acuerdo con los términos del cartel y oferta respectiva.

Al adjudicatario se le indica que debe rendir una garantía de cumplimiento equivalente a un 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado, dentro de los tres días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación. Esta garantía debe estar vigente por un año.

San José, 4 de julio del 2011.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Jorge A. Villalobos Fonseca, Jefe.—1 vez.—O.C. Nº 15067.—Solicitud Nº 32500.—C-19000.—(IN2011051504).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000023-PROV

(Declarada infructuosa)

Adquisición de una casa de habitación en condominio

A los interesados en la presente licitación se les comunica que con fundamento en el artículo 13, inciso p) del Reglamento Orgánico de la Institución, la Gerencia General, mediante acta del treinta de junio de 2011, acordó declarar infructuosa la Licitación Abreviada Nº 2011LA-000023-PROV, por “Adquisición de una casa de habitación en condominio” debido a que no hubo oferentes.

San José, 4 de julio del 2011.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Jorge A. Villalobos Fonseca, Jefe.—1 vez.—O.C. Nº 15066.—Solicitud Nº 40630.—C-6780.—(IN2011051516).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000012-02

(Notificación declaración infructuosa)

Suministro e instalación de acometidas eléctricas

en la subestación dos de Refinería

Se informa que el concurso en referencia, según el oficio GRE-237-2011 con fecha del 30 de junio del 2011, de la Gerencia de Refinación de la empresa, con base en lo estipulado en el artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y 23 del Reglamento de Contrataciones de Recope, de lo establecido en la cláusula 1.12 del cartel y lo expresado en los oficios técnicos STR-308-2011 y STR-324-2011, en tanto, de la evaluación legal y técnica efectuada a la oferta Nº 1 de Corporación Eléctrica Osmín Vargas S. A. , esta se determinó cumplimente de los requisitos exigidos, con calificación técnica superior al mínimo establecido, no obstante desde la perspectiva económica con un monto cotizado cuya desviación resultó ser muy superior al 10% del límite superior del estimado de Recope, considerado no apto para adjudicar y sin advertir otros justificantes técnicos por los cuales se da la variación, acuerda declarar infructuosa esta licitación y proceder con el trámite de un nuevo concurso para la obtención del objeto contractual.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 11-040.—Solicitud Nº 31505.—C-6770.—(IN2011051427).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000015-02

Suministro e instalación de dosificador para

trasiego de concentrado de espuma

Se informa que el concurso en referencia, fue adjudicado según oficio GRE-238-2011 de la Gerencia de Refinación de la empresa, con fecha del día 01 de julio del 2011, de acuerdo con el siguiente detalle.

Oferta Nº:                                                     Uno (1)

Oferente:                                                       Prevención y Seguridad Industrial S. A.

Apoderado generalísimo:                        Esteban Guardia Lachner

Monto total:                                                $159.594.00 I.V.I, según desglose:

Equipo:                       $148.594,00

Instalación:                $ 10.000,00

Capacitación:             $ 1.000,00

Descripción:                                               Suministro e instalación del sistema de dosificación de espuma fluroproteinico y/o arfff, con sistema de presión balanceada, montado en un solo patín (SKID

Mounted balance presusre prototioing system), Modelo National Foam RCF-6” para proporcionar al 3%.

Demás especificaciones conforme la oferta y cartel respectivo.

Forma de pago:                                           Carta de crédito

Tiempo y lugar de entrega:                      Veinticinco (25) semanas en la caseta Nº 6 ubicada al costado noroeste de la estación de bombeo del nuevo poliducto en Refinería-Limón.

Instalación: quince (15) días hábiles

Garantía de operación:                             Doce (12) meses contados a partir de la entrada en operación del equipo o veinticuatro (24) meses posteriores a su aceptación por parte de RECOPE, lo que ocurra primero.

Notas Importantes:

1.  El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, de conformidad con los términos establecidos en la cláusula 1.13.2 del cartel.

2.  La presente contratación se formalizará mediante la emisión respectiva del pedido, el cual debe ser aprobado internamente por la Dirección Jurídica de la Empresa.

3.  Con el fin de validar jurídicamente el documento definido para formalizar la presente contratación, se deberán reintegrar las especies fiscales de ley correspondientes a un 0.5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista, utilizando para tal efecto el tipo de cambio de venta que reporte el Banco Central de Costa Rica.

4.  De conformidad con lo establecido en el artículo 83 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, el plazo de entrega del equipo es de veinticinco (25) semanas.

5.  Se aclara que se realiza esta adjudicación considerando lo señalado en las “Notas Importantes” del informe de contratación considerando:

a.  Según el análisis de las especificaciones, el técnico nuestro señala que el proporcionador adjudicado satisface plenamente las necesidades para el uso requerido.

b.  La poca variación con respecto al costo estimado por el Departamento de Salud, Ambiente y Seguridad, lo cual supone un precio cercano al costo del mercado.

c.  La importancia de contar con el equipo cuanto antes para satisfacer las necesidades en materia de seguridad de la Refinería.

d.  Otras consideraciones contenidas en los oficios SARS-272-2011 y SARS-286-2011.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 11-040.—Solicitud Nº 31505.—C-24770.—(IN2011051428).

REMATES

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

REMATE N° 2011-9-0002

Venta de propiedad ubicada en Heredia

La Dirección de Suministros de Recope invita a participar en el remate N° 2011-9-0002, cuya fecha de celebración se fijó para el día 21 de julio del 2010 a las 10:00 horas, en dicha propiedad.

La finca está inscrita en el Registro Nacional de la Propiedad, partido Heredia, bajo el sistema de folio real con matrícula 4-130006-000, plano catastrado H-922394-1990.

Área según plano catastrado 90 m².

Valor de la propiedad: ¢15.939.232,00

Los interesados en esta propiedad pueden presentarse el día 14 de julio del 2011, de las 9:00 a las 11:00 horas, donde personal de Recope le mostrará la propiedad, para que puedan observar las características y condiciones de la misma.

El cartel respectivo puede retirarse en el primer piso de las Oficinas Centrales de Recope, previo pago en la caja del Departamento de Tesorería situado en el mismo edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible, sin sus anexos, en la página WEB de Recope, www.recope.com.

San José, 1º de julio del 2011.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora - Dirección de Suministros.—1 vez.—O. C. Nº 011-040.—Solicitud Nº 39572.—C-9020.—(IN2011051420).

FE DE ERRATAS

HACIENDA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000123-13801

Mantenimiento preventivo y correctivo del portal digital y de

la intranet corporativa del Ministerio de Hacienda

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Hacienda, comunica a todos los interesados en participar en la Licitación Pública 2011LN-000123-13801 a favor del Programa Dirección General de Informática, que se realizaron varias modificaciones al cartel de Licitación en los siguientes numerales:

Sección 1.3 numeral A. 12

Apartado 3.1 Admisibilidad de las ofertas el 3.1.1

A su vez el periodo para recibir ofertas se prorroga para el día 18 de julio 2011 hasta las 10:00 horas.

El cartel en su versión actualizada con las modificaciones, se encuentra a disposición gratuitamente en el sistema CompraRed, en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared de Internet, un día hábil después de publicado este aviso.

San José, 5 de julio de 2011.—Lic. Marco Aurelio Fernández Umaña, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 11408.—Solicitud Nº 5181.—C-12170.—(IN2011051688).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000014-PROV

 (Aviso aclaraciones y/o modificaciones y prórroga Nº 1)

Sustitución de cielo raso del tercer y cuarto piso del edificio

de Tribunales de Justicia de Pérez Zeledón

Se prorroga la fecha de apertura para las 9:30 horas del 9 de agosto de 2011.

El Departamento de Proveeduría comunica a todo potencial interesado en participar en el procedimiento de contratación en referencia, que a partir de esta publicación, en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm se encuentran disponibles para descargar, los archivos denominados modificación 1, Plano N° 1 y Plano N° 2. Los demás términos y condiciones permanecen invariables.

San José, 5 de julio del 2011.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(IN2011051702).

BANCO DE COSTA RICA

SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSIÓN

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000001-11

Contratación de una empresa calificadora de riesgo

para la calificación de los fondos de inversión

que administra BCR-SAFI

BCR-Sociedad Administradora de Fondos de Inversión (BCR-SAFI), comunica a los interesados en la licitación en referencia que el cartel sufrió la siguiente modificación:

Se eliminan las palabras “y su costo” del tercer párrafo del numeral 22.2. El resto de condiciones se mantienen invariables.

Oficina Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Licitaciones.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº 1462.—C-6320.—(IN2011051652).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2011LN-000013-2102

Prórroga y modificación

Adquisición de Letrozol 2.5 mg

Se les comunica a todos los interesados en dicha licitación que se modificó los requisitos que deben cumplir las ofertas. Dichos cambios se encuentran en la recepción del Área de Gestión de Bienes y Servicios.

También indicarles que la fecha de apertura se prorrogará para el día 19 de julio del 2011 a las 10:00 horas.

San José, 30 de junio del 2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Daniel Castro Vargas, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2011051649).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y

  ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000039-PRI

(Circular Nº 1)

Rehabilitación de subcolector en Villas de Ayarco

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que se prorroga la fecha de apertura para las 11:00 horas del 13 de julio del 2011.

Adicionalmente y a partir de esta publicación podrán retirar, sin costo alguno, la Circular Nº 1, en la Dirección Proveeduría del AyA sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA, ubicado en Pavas o accesarla en el Web www.aya.go.cr, Link Proveeduría. Expediente

Las demás condiciones permanecen invariables.

San José, 5 de julio del 2011.—Lic. Jennifer Fernández Guillén, Dirección Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 11-03-Solicitud Nº 3211.—C-7220.—(IN2011051723).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

PROCESO ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000003-01

(Modificaciones y aclaraciones al cartel)

Contratación de profesionales especialistas en

certificaciones de uso conforme de los suelos

para el Instituto de Desarrollo Agrario

El Instituto de Desarrollo Agrario, comunica: Debido a las modificaciones y aclaraciones al cartel de la licitación arriba mencionada, se prorroga el día de apertura de ofertas para el lunes 18 de julio del 2011, a las nueve horas. Dichas modificaciones se estarán enviando vía correo electrónico, solicitarlas a la dirección: mjara@ida.go.cr, o bien si desean retirarlas gratuitamente en la Unidad de Licitaciones del IDA, Sector Transportes. Central telefónica 2247-7400.

Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños, Jefe.—1 vez.—(IN2011051388).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000003-06

(Modificación)

Contratación de abastecimiento de agroquímicos

por demanda para la Unidad Regional Huetar

Norte del INA

Se modifica el penúltimo párrafo de la cláusula 9.3: “Forma de pago” de la Licitación Abreviada Nº 2011LA-000003-06, “Contratación de abastecimiento de agroquímicos por demanda para la Unidad Regional Huetar Norte del INA”, para lo cual debe leerse, como sigue:

“...Cuando el precio de una oferta se consigne en moneda extranjera, el pago se hará en colones calculados con el tipo de cambio de venta del dólar publicado por el Banco Central de Costa Rica (BCCR), al día en que se confeccione el respectivo cheque...”

Además, se modifican las unidades de medida descritas en los Anexos 1 y 3. Para una mejor comprensión, se debe descartar lo indicado inicialmente en dichos Anexos. Favor comunicarse con el Proceso de Adquisiciones del INA en la Unidad Regional Huetar Norte, para obtener los nuevos anexos.

Lo no indicado en el presente oficio se mantiene invariable.

San José, 5 de julio del 2011.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 24799.—C-10760.—(IN2011051673).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000002-06

(Modificación)

Contratación de abastecimiento de abarrotes

por demanda para la Unidad Regional

Huetar Norte del INA

Se modifica el penúltimo párrafo de la cláusula 8.3: “Forma de pago” de la Licitación Abreviada Nº 2011LA-000002-06, “Contratación de abastecimiento de abarrotes por demanda para la Unidad Regional Huetar Norte del INA”, para lo cual debe leerse, como sigue:

“...Cuando el precio de una oferta se consigne en moneda extranjera, el pago se hará en colones calculados con el tipo de cambio de venta del dólar publicado por el Banco Central de Costa Rica (BCCR), al día en que se confeccione el respectivo cheque…”

Lo no indicado en el presente oficio se mantiene invariable.

San José, 5 de julio del 2011.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 24799.—C-8970.—(IN2011051674).

LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000018-01(Prorroga)

Contratación de servicios de aseo y limpieza con

criterios ambientales para algunas áreas

de la Sede Central

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada 2011LA-000018-01, Contratación de servicios de aseo y limpieza con criterios ambientales para algunas áreas de la Sede Central que la fecha de apertura de esta licitación se prorroga para el próximo 14 de julio del 2011, a las 10:00 horas.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado de Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—O C Nº 21083.—Solicitud Nº 24799.—C-7180.—(IN2011051705).

UNIDAD DE COMPRAS INSTITUCIONALES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000006-01

(Modificación y prórroga)

Contratación del Desarrollo del Sistema de

Información de la Gestión Rectora del Sinafor

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada Nº 2011LA-000006-01, “Contratación del Desarrollo del Sistema de Información de la Gestión Rectora del Sinafor”, que el cartel de la supramencionada licitación se modifica de la siguiente manera:

1. Se modifica el punto 3.9, de las condiciones invariables del cartel, de la siguiente manera:

El contratista, respetará el perfil mínimo del profesional indicado en la oferta durante la duración del contrato, por lo que en caso de tener que sustituir a uno de ellos, deberá respetarse el mismo perfil del personal que sustituye. En todo caso, el contratista someterá a consideración del Proceso de Adquisiciones el nombre y características profesionales de la persona sustituta para el aval respectivo, con copia al Comité de Evaluación.

Cualquier cambio en el recurso humano que no cumpla con las condiciones anteriores implica la aplicación de sanciones indicadas en las especificaciones técnicas.

En caso de presentarse una situación de fuerza mayor, el Comité de Evaluación procederá a valorar la situación enunciada por la empresa proveedora y determinará si las razones son válidas para el cambio del recurso humano. Se proporcionan 5 días hábiles para presentar la solicitud formal de cambio.

2.  Se modifica el punto 6 de la especificación técnica del cartel, cronograma de actividades, a partir del inciso A2, como sigue:

A.2.   Diagnóstico del Área e Interfaces a automatizar.

A.3.   Análisis de Requerimientos.

A.4.   Construcción del Diseño (entiéndase el Diseño a Desarrollar).

A.5.   Base de Datos.

A.6.   Desarrollo de cada uno de los módulos y productos.

A.7.   Tiempos de evaluación INA y corrección empresa contratada.

A.8.   Pruebas Integrales.

A.9.   Capacitaciones.

A.10.   Implantación y Puesta en Producción total del Sistema.

A.11.   Corrección de Desviaciones.

A.12.   Manuales.

3.  Se modifica el orden de los módulos, en el apartado ESQUEMATIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN y en el punto 10 de las especificaciones técnicas, tal y como se indica:

A. Módulo de Administración.

B.  Módulo de Acreditación.

C.  Módulo de Certificación.

D. Módulo de Centros Colaboradores.

E.  Módulo de Articulación de la Educación.

4.  En el punto 2 “Condiciones Generales” de las especificaciones se elimina el siguiente inciso:

A.4.   Debe considerarse como un elemento fundamental en la producción interna y en la estructuración de las interfaces del SIGR, el desarrollo de las normas internacionales contables para el sector público (NICSP) que el INA considere necesarias, así como el registro del gasto en el sistema financiero contable (SIF) en forma completa, tanto a nivel presupuestario como contable.

5.  Se modifica el inciso B) del punto 4 de las especificaciones técnicas como sigue:

B.    Se deberá realizar la estructuración de trabajo acorde al estándar de programación, plataforma de desarrollo de sistemas de información, infraestructura institucional y la metodología de administración de proyectos utilizado en la institución. El contratista deberá presentar 3 alternativas de diseño para la visualización web gráfica del sistema, quedando a criterio del INA la selección y aceptación de alguna de ellas; de no aceptar ninguna el contratista deberá utilizar el estándar gráfico actual del INA.

6.  Se modifica el punto 11 de las especificaciones, como sigue:

En el inciso A.2

    A.2. Diccionario de Datos (Incorporarlo al modelo automatizado arquitectónico de información que posee el INA en producción).

Agregar el siguiente inciso en las especificaciones técnicas, punto 11:

    E. Todos los manuales deberán ser entregados además en forma digital.

7.  Se modifica el inciso A) del punto 13 de las especificaciones técnicas como sigue:

A. Producción total: Estado final de funcionamiento que se espera tenga el sistema al finalizar la contratación. Para esto se deben haber completado todas y cada una de las etapas previas: Pruebas Verticales, Pruebas Horizontales. El Sistema Opera sin ningún problema de ejecución en los equipos en que se accese, genera los resultados esperados. La base de datos está depurada y contiene la información requerida para el inicio del proceso productivo para el que se desarrolló el sistema e información.

8.  Se modifica el inciso B.5) del punto 15 de las especificaciones técnicas, de la siguiente manera:

B.5.    Certificado de participación y/o aprovechamiento a cada uno de las personas que reciban la capacitación.

El resto de especificaciones y condiciones del cartel se mantiene invariable.

Debido a lo anterior, la fecha de apertura de esta licitación se prorrogó para el próximo 14 de julio del 2011, a las 8:00 horas.

Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 24799.—C-42520.—(IN2011051676).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS

  SERVICIOS PÚBLICOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000002-ARESEP

(Modificaciones y prórroga)

Contratación de servicios profesionales para llevar

a cabo la adopción e implementación de las

normas contables

En La Gaceta Nº 115, del miércoles 15 de junio del 2011, salió publicada la invitación en participar en la licitación de referencia, donde la Oficina de Proveeduría procede a realizar las siguientes modificaciones y aclaraciones:

     En inciso IX acápite B (versión preliminar) equivalente a inciso VIII acápite B de la versión definitiva donde se indica que los participantes deberán aportar junto con la oferta, referencias de instituciones públicas donde hayan prestado servicios de implementación de Normativa Financiera Internacional que contemple, elaboración Manual de Cuentas Contables, Catálogo de Cuentas Contables, Manual de Procedimientos Financiero-Contable, Políticas Contables, las notas aclaratorias y la Estructura de los Estados Financieros, para lo cual deberá adjuntar los documentos, constancias o certificaciones originales del caso, con menos de un mes de emitidas. En estos debe constar además el grado satisfacción o éxito del proyecto.

     Este punto se modifica para que se lea de la siguiente manera:

b)  Experiencia de la persona física o jurídica que participa como tal, o del consultor principal que sea presentado en la oferta de la entidad jurídica:                                                                20%

     Los participantes deberán aportar junto con la oferta, referencias preferiblemente de instituciones públicas donde hayan prestado servicios de implementación de NIIF O NICSP que contemple, elaboración Manual de. Cuentas Contables, Catálogo de Cuentas Contables, Manual de Procedimientos Financiero-Contable, Políticas Contables, las notas aclaratorias y la Estructura de los Estados Financieros, para lo cual deberá adjuntar los documentos; constancias o certificaciones originales del caso, con menos de un año de emitidas. En estos debe constar además el grado satisfacción o éxito del proyecto.

     Se asignará 5 puntos por cada entidad asesorada hasta un máximo de 20%.

     La administración se reserva el derecho de inspeccionar y verificar la información suministrada, ante los emisores de dichos documentos.

     En el punto 13.1.2 (versión preliminar) equivalente a 12.2 de la versión final se indicaba que los requisitos de admisibilidad del Consultor principal, deberían ser los siguientes:

   Grado académico de Licenciatura en Contaduría.

   Deberá estar incorporado al Colegio de Contadores Públicos de C.R.

   Experiencia mínima de 5 años ejercida en el desempeño de la Contaduría Pública continuamente durante dicho tiempo (los puntos anteriores deben verificarse con el aporte de certificación del Colegio de Contadores Públicos que incorpore todos los elementos detallados).

   Deberá estar certificado en NIC o NIIF’S (aportar copia de certificado o certificación del Colegio de CPA).

   Deberá estar certificado en NICSP (ídem punto anterior).

   Currículo Vitae.

     Este punto se modifica para que se lea de la siguiente manera:

12.2    Requisitos de admisibilidad del Consultor Principal:

   Grado académico de Licenciatura en Contaduría.

   Deberá estar incorporado al Colegio de Contadores Públicos de C.R.

   Experiencia mínima de 5 años ejercida en el desempeño de la Contaduría Pública continuamente durante dicho tiempo (los puntos anteriores deben verificarse con el aporte de certificación del Colegio de Contadores Públicos que incorpore todos los elementos detallados).

   Deberá estar certificado en NICSP o NIIF’S (aportar copia de certificado o certificación preferiblemente del Colegio de CPA, o cualquier otro ente competente para tal efecto).

       Currículo Vitae.

Las demás condiciones del cartel de licitación, se mantienen invariables, además el plazo para recepción de ofertas se prorroga hasta las 14:00 horas del 20 de julio del 2011.

San José, 4 de junio del 2011.—Jorge Romero Vargas, Proveedor General.—1 vez.—O. C. Nº 5773-2011.—Solicitud Nº 36218.—C-31350.—(IN2011051727).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000001-01

(Prórroga)

Construcción de superficie duradera carpeta,

camino 2-10-156, Cuadrantes de Aguas

Zarcas, calle al desvío

El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de San Carlos, comunica a los interesados que se pasa la fecha de apertura para esta licitación, se realizará el jueves 14 de julio, a las 10:00 horas.

Cualquier consulta al fax: 2460-2556 o al correo electrónico: paularp@munisc.go.cr.

San Carlos, 4 de julio del 2011.—Bach. Paula Rojas Porras, Encargada de Licitaciones.—1 vez.—(IN2011051375).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2011LN-000007-02

(Prórroga N° 2)

Contratación de los servicios de ingeniería, mano de obra,

materiales, equipo y herramientas para la construcción

de ocho tanques y un cargadero

Les comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 9 de agosto del 2011 a las 10:00 horas.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 11-040.—Solicitud Nº 39571.—C-4520.—(IN2011051421).

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

CONSULTA PÚBLICA NO VINCULANTE

El Concejo de Curridabat, en uso de la potestad conferida en el artículo 13, inciso c), en concordancia con el artículo 43 del Código Municipal y en virtud de la facultad otorgada en la Ley 8892 del 10 de noviembre de 2010, “Regulación de mecanismos de vigilancia del acceso a barrios residenciales con el fin de garantizar el derecho fundamental a la libertad de tránsito”, por acuerdo Nº 2, que consta en el artículo 2º, capítulo 2º, del acta de la sesión ordinaria Nº 059-2011, del 16 de junio del 2011, promulga, previa consulta pública no vinculante por espacio de 10 días hábiles, el siguiente:

REGLAMENTO DE AUTORIZACIÓN PARA INSTALACIÓN

DE CASETAS Y MECANISMOS DE VIGILANCIA DE ACCESO

A BARRIOS, CASERÍOS Y RESIDENCIALES DEL CANTÓN

DE CURRIDABAT

Objeto de regulación

El presente Reglamento tiene por objetivo regular la instalación de casetas de seguridad y mecanismos de vigilancia de acceso de vehículos en las entradas a barrios, caseríos o residenciales por caminos vecinales, locales y no clasificados de la red vial cantonal de la ciudad de Curridabat.

Artículo 1º—Procedencia: La Municipalidad de Curridabat podrá autorizar la instalación de casetas y mecanismos de vigilancia de acceso a barrios, caseríos y residenciales, siempre y cuando sean de circuito cerrado o con calles sin salida.

Dicha autorización no podrá exceder los límites establecidos en el presente reglamento, y tendrá la obligación de velar por que no se transgreda el ejercicio del derecho fundamental a la libertad de tránsito de la ciudadanía.

Los vecinos de dichas comunidades podrán solicitar formalmente ante el Concejo Municipal dicha autorización, por medio de una asociación formal comunitaria, como las asociaciones de desarrollo comunal u otras entidades jurídicamente similares, o bien, por medio de una solicitud firmada al menos por el setenta por ciento (70%) de los vecinos mayores de edad de la comunidad en cuestión, quienes constituirán un comité de vecinos que se acreditará ante la municipalidad respectiva, el cual designará al menos a dos representantes formales.

El Concejo Municipal queda facultado para realizar todas las diligencias administrativas pertinentes, para asegurarse que su resolución sea dictada de conformidad con los parámetros establecidos en el presente Reglamento y el ordenamiento jurídico.

Artículo 2º—Casetas de seguridad. Toda organización vecinal del cantón de Curridabat podrá instalar casetas de seguridad sobre áreas públicas, tales como aceras, parques, franjas verdes u otras, o áreas privadas, con el aval del propietario, para lo cual deberán cumplir lo prescrito en esta normativa y en la Ley Nº 8395 de servicios de seguridad privada. En el caso de las aceras, la instalación de la caseta debe hacerse dejándose un espacio libre peatonal cuando menos de un metro y veinte centímetros.

Dichas casetas podrán ser instaladas como puestos de seguridad para vigilar el ingreso de vehículos, peatones, en las vías de acceso a caseríos, barrios o residenciales, de conformidad con las condiciones establecidas en el presente Reglamento.

Artículo 3º—Mecanismos de vigilancia de acceso. Toda organización vecinal del cantón de Curridabat podrá instalar los mecanismos de vigilancia que estime pertinentes; no obstante, cuando se trate de un mecanismo que permita la vigilancia regulando el acceso al residencial o el barrio respectivo, solo podrán utilizarse cadenas de paso, agujas de seguridad o brazos mecánicos, manuales o automáticos, para ser instalados sobre la calzada, según sea el caso, junto a la caseta de seguridad correspondiente, para lo cual deberán cumplir lo prescrito en este Reglamento.

Artículo 4º—Procedencia en el manejo de los mecanismos de vigilancia. La instalación de mecanismos de vigilancia del acceso a barrios, caseríos y residenciales solo se permitirá si existe una caseta de seguridad, según los parámetros establecidos en este reglamento, y la contratación del servicio de vigilancia las veinticuatro horas del día, por medio del cual un vigilante, debidamente acreditado según la normativa vigente, manipule los mecanismos señalados.

En caso de que el servicio no se otorgue de manera continua, las especificaciones contractuales y técnicas de los mecanismos indicados deberán incluir el hecho de que en ciertos horarios se mantendrán fuera de funcionamiento.

Bajo ningún concepto se permitirá la existencia de estos mecanismos sin la debida colateralidad del servicio de seguridad y en caso de violentarse esta condición, la municipalidad revocará el permiso respectivo.

Artículo 5º—Ubicación: La instalación de los mecanismos de regulación del acceso señalados en el presente Reglamento únicamente procederá:

a)  En urbanizaciones de circuito cerrado, o sea, las que no conectan a más localidades o urbanizaciones.

b)  En fraccionamientos cerrados, o sea, construidos frente a calles públicas que no cuenten con más de un mismo ingreso y egreso, denominadas también “calles sin salida”.

Artículo 6º—Condiciones de uso de los mecanismos de vigilancia del acceso. La organización vecinal autorizada para la instalación de casetas y mecanismos de vigilancia deberá garantizar que el personal de seguridad respete los siguientes lineamientos, para lo cual tendrán plena potestad para ello, independientemente del tipo de contrato de prestación del servicio de seguridad que se suscriba oportunamente con la empresa de servicios de seguridad privada respectiva:

a)  No se podrá impedir, bajo ningún concepto, el libre tránsito vehicular o peatonal.

b)  En caso de que se trate de un peatón, este podrá entrar o salir del barrio o residencial sin ningún tipo de restricción; ello sin demérito de la vigilancia normal de la que pueda ser objeto.

c)  En caso de que se trate de un vehículo, el mecanismo de vigilancia del acceso indicado en el artículo 3 de este reglamento solo podrá ser utilizado para que el agente de seguridad respectivo anote la matrícula y la descripción del vehículo, así como de la cantidad de sus ocupantes y descripción general de ellos. Una vez que el vehículo se detenga, el oficial encargado deberá levantar el indicado mecanismo de vigilancia.

d)  Cuando sea pertinente, a criterio de la Municipalidad de Curridabat, a una distancia de 25 metros del indicado mecanismo se colocará un rótulo que indique la proximidad de este, en todo caso, el mecanismo señalado deberá pintarse de tal manera que sea plenamente visible para los vehículos y las personas.

Artículo 7º—Empresas de seguridad privada. Las empresas de seguridad privada cumplirán a cabalidad con todos los parámetros establecidos en este reglamento, en la prestación del servicio que otorguen a las comunidades, en lo atinente al manejo de las casetas de seguridad y los mecanismos de vigilancia en el acceso a barrios, caseríos y residenciales.

Artículo 8º—Solicitud. Para obtener la autorización de instalación de lo indicado en los artículos 2 y 3 anteriores, la organización vecinal deberá presentar una solicitud, por escrito, ante el Departamento de Control Urbano de la Municipalidad de Curridabat, dicha solicitud deberá cumplir los siguientes requisitos:

a)  Establecer nombre, los apellidos, las firmas y demás calidades de al menos una persona, por casa o local, que integre el comité de vecinos, debidamente acreditado ante la Municipalidad, la asociación de desarrollo comunal o cualquier otra organización vecinal pertinente que exista en la comunidad, con la dirección exacta de cada uno de sus miembros.

b)  Descripción de la cantidad de casas habitadas o locales de cualquier tipo, en el barrio, caserío o residencial en el que se solicita la autorización.

c)  Establecer lugar para recibir notificaciones.

d)  La firmas de los vecinos que ostentan la representación de la organización vecinal que se indicada en el inciso a) deben ser autenticadas por notario público, en el caso de estar organizados bajo persona jurídica se deberá aportar personería jurídica al día.

e)  Adjuntar copia del precontrato, contrato o documento idóneo, en el que conste la existencia de la prestación, real y eventual del servicio de seguridad.

f)   Certificación de acreditación de la empresa de seguridad y cada uno sus funcionarios que brindan el servicio, debidamente emitida por la Dirección de Servicios de Seguridad Privada del Ministerio de Seguridad Pública.

g)  Aportar el diseño básico de la caseta, su ubicación exacta y una solución de servicio sanitario; se deben guardar los principios de razonabilidad y proporcionalidad pertinentes.

h)  Cumplir con el diseño de construcción y la utilización de los materiales apropiados para la caseta, según las normas establecidas en el plan regulador del cantón.

i)   Cuando el lugar donde se desee ubicar la caseta sea propiedad privada, deberá adjuntarse nota de autorización del propietario del inmueble, para la ejecución de dicha obra; esta autorización deberá estar autenticada por notario público. Los vecinos que la realicen deberán gestionar los permisos y cancelar el impuesto de construcción respectivo ante la Municipalidad de Curridabat.

j)   Indicación precisa del tipo de mecanismos de vigilancia de acceso que se desea instalar.

k)  Ubicación propuesta de los mecanismos de vigilancia de acceso, que establezca una relación clara respecto de la caseta de seguridad correspondiente.

Artículo 9º—Trámite de la solicitud. La Dirección de Control Urbano de la Municipalidad de Curridabat conocerá la solicitud de la organización vecinal para instalar las casetas y los mecanismos de seguridad indicados en este reglamento y evaluará los motivos que fundamentan la petición; procederá enviar informe técnico al Concejo, para que éste tenga elementos suficientes para otorgar o no la autorización respectiva a cada uno de ellos y señalará los razonamientos jurídicos, técnicos, de oportunidad y conveniencia que sustenten la decisión.

En el caso de denegatoria, la organización vecinal tendrá derecho a realizar apelación escrita de ésta y a defender dicha apelación en audiencia pública, que el concejo municipal otorgará oportunamente.

Artículo 10.—Procedimiento administrativo por incumplimiento. El Concejo podrá suspender el permiso respectivo y ordenar de inmediato el impedimento del uso de la caseta o el mecanismo de vigilancia de acceso correspondiente, o bien, su desmantelamiento, cuando se haya comprobado, por parte de la municipalidad, que no se ha respetado la normativa preceptuada en este Reglamento.

Dicha comprobación estará a cargo del Departamento de Control Urbano de la Municipalidad de Curridabat, por medio de acta en el lugar.

Lo anterior, con el previo traslado y notificación de la denuncia a la organización vecinal involucrada, en estricto apego a los principios del debido proceso, dará lugar a la suspensión de funcionamiento o desmantelamiento señalados, ordenado por el concejo municipal mediante resolución razonada.

Contra dicha resolución, cualquiera de las partes podrá interponer los recursos establecidos al efecto en el Código Municipal.

Artículo 11.—Resolución en firme. Una vez que exista resolución firme que declare la suspensión del uso de la caseta o del mecanismo de vigilancia del acceso, siempre y cuando puedan corregirse las circunstancias que dieron origen a la suspensión, el concejo municipal concederá a la organización vecinal treinta días naturales para ejecutar las correcciones pertinentes.

Si la organización vecinal no cumple la corrección señalada en el plazo establecido, o bien, se concluye que existe imposibilidad material para la corrección, el concejo municipal ordenará el desmantelamiento inmediato de dichos dispositivos.

Artículo 12.—Autorizaciones no constituyen derechos adquiridos. Las autorizaciones para el uso de vías públicas o bienes de dominio municipal, no constituyen derechos adquiridos a favor de terceros y, en consecuencia, pueden ser revocadas en cualquier momento por el gobierno local. No obstante, esta decisión no podrá ser intempestiva ni arbitraria.

Artículo 13.—Vigencia. Rige a partir de su publicación definitiva en el Diario Oficial La Gaceta.

Transitorio único: Las organizaciones vecinales tendrán un plazo de un año, a partir de la entrada en vigencia del presente Reglamento, para poner a derecho las casetas y los mecanismos de vigilancia que estén funcionando a la fecha de publicación del presente Reglamento, previo apercibimiento de la Municipalidad.

Curridabat, 17 de junio del 2011.—Allan P. Sevilla Mora, Secretario.—1 vez.—RP2011244853.—(IN2011049870).

MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA

SECRETARÍA DEL CONCEJO MUNICIPAL

Para los efectos legales correspondientes, el Concejo Municipal de Santa Ana, comunica:

Que en la sesión ordinaria Nº 57 celebrada el 31 de mayo del 2011, aprobó la Modificación del Artículo 3 del Proyecto de Reglamento a la Ley Nº 8892, Regulación de Mecanismos de Vigilancia del Acceso a Barrios Residenciales con el fin de Garantizar el Derecho Fundamental a la Libertad de Tránsito.

El artículo 3 queda de la siguiente manera:

Artículo 3º—Solicitante. la solicitud deberá ser presentada por una organización de vecinos formalmente constituida o, en su defecto, por un comité de vecinos. La palabra vecino debe entenderse como, propietario o poseedor por cualquier título, de un inmueble que forma parte de la localidad donde se desea instalar una caseta o un dispositivo de acceso.

En todo lo demás el reglamento queda aprobado sin modificaciones tal y como consta en su primera publicación en La Gaceta Nº 84 del 3 de mayo del 2011.

Santa Ana, 24 de junio del 2011.—Ana Virginia Guzmán Sibaja, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2011048938).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

VICERRECTORÍA EJECUTIVA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

AVISO

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Estatal a Distancia, se ha presentado por motivo de solicitud de reposición del diploma, correspondiente al título de Bachillerato en Educación Especial a nombre de Ana Judith Madrigal Rodríguez, cédula de identidad 2-634-581. El mismo se encuentra registrado bajo la inscripción que se detalla a continuación: Tomo: X, folio: 1691, asiento: 9. Se solicita la publicación del edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles, a partir de la tercera publicación en La Gaceta. Dado a solicitud de la interesada en San José, a los once días del mes de marzo del dos mil once, por la Lic. Tatiana Bermúdez Vargas, Encargada de Graduación y Certificaciones.—Oficina de Registro.—Lic. Tatiana Bermúdez Vargas.—RP2011244930.—(IN2011049872).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

CONSEJO DIRECTIVO

Considerando:

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 4 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 3 de mayo de 1995 y la ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad necesita establecer una servidumbre y un sitio de torre, necesario para el paso de la Línea de Transmisión Cariblanco – General (Tramo Cariblanco - PI Sucio), situado en el Partido Cuarto Heredia, cantón Décimo Sarapiquí, distrito segundo La Virgen; la dirección del inmueble es del Hogar de Ancianos de La Virgen de Sarapiquí, 4.5 km al norte, y 3.8 km; al este, por la calle principal de asfalto y lastre, propiedad sin inscribir, plano catastrado H-902447-1990. Es propiedad de Transunión, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-017567, representada judicial y extrajudicialmente mediante personería jurídica por los señores, Helmut Zeuner Beutel (secretario) y Adolfo Zeuner Fabian (presidente) cédulas de identidad 1-0472-092 y 1-0203-0135 respectivamente, ambos son empresarios, casados y vecinos de La Virgen de Sarapiqui de la entrada a Pueblo Nuevo 2 km noroeste.

La propiedad se encuentra dedicada al uso agrícola. Dicho inmueble colinda al norte, Valentín Lara Campos; al sur, calle pública con un frente de 260,02 m; al este, calle pública, y oeste, Transunión S. A.

A solicitud de la Dirección del Proyecto de Construcción de la Línea de Transmisión Eléctrica Región Huetar-Brunca de la U.E.N. de Proyectos y Servicios Asociados, esta servidumbre y un sitio de torre fueron valorados, de acuerdo con el peritaje de ley, en la suma de ¢12.616.394,00 (doce millones seiscientos dieciséis mil trescientos noventa y cuatro colones exactos) según avalúo administrativo número 092-2011.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la importancia para el Sistema Nacional Interconectado de constituir este derecho de servidumbre y un sitio de poste, con base en el artículo 45 de la Constitución Política y las leyes arriba citadas. Por tanto:

1º—Apruébense las presentes diligencias en la suma de ¢12.616.394,00 (doce millones seiscientos dieciséis mil trescientos noventa y cuatro colones exactos) según avalúo administrativo número 092-2011 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre y un sitio de torre, sobre una franja de terreno en propiedad de Transunión, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-017567, representada judicial y extrajudicialmente mediante personería jurídica por los señores, Helmut Zeuner Beutel (secretario) y Adolfo Zeuner Fabian (presidente) cédulas de identidad 1-0472-092 y 1-0203-0135 respectivamente, ambos son empresarios, casados y vecinos de La Virgen de Sarapiqui de la entrada a Pueblo Nuevo 2 km noroeste.

El inmueble presenta una topografía plana, su forma es semejante a un triangulo y está sembrada en casi su totalidad de piña, exceptuando la zona de protección, donde hacen utilización de algunas áreas para la siembra de palmito de pejibaye.

La propiedad posee un frente a calle pública, en el sector de la colindancia sureste de 260,02 m con calle de lastre en regular estado, según plano catastrado Nº H-902447-1990. La propiedad no cuenta con servicios públicos, pero los mismos se encuentran muy cercanos a la misma, el terreno es de uso agrícola. No existen construcciones afectadas por el paso de la servidumbre eléctrica.

Según el mapa de capacidad de uso de la tierra de la Fundación Neotrópica-CEAP, la propiedad se ubica dentro de la clase VI y VF, lo que indica que son tierras aptas para la producción de plantaciones forestales o cultivos permanentes y manejo de bosque restringido respectivamente con pendientes de 0% - 3% y limitantes de textura y fertilidad.

Los linderos están definidos por cercas mixtas de amapola (Hibiscus sp) y postes muertos de madera con 4 hilos de alambre de púas en las colindancias este y norte, la colindancia oeste y sur no está definida en campo ya que la propiedad colindante pertenece al mismo propietario del inmueble. Las cercas se encuentran en general en regular estado.

El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de servidumbre eléctrica y de paso, sobre una franja de terreno propiedad de Transunión, S. A., para la línea de Transmisión Cariblanco-General (Tramo Cariblanco - PI Sucio). La longitud total sobre la línea de centro es de 144,30 m, para un área de afectación de 4354,10 m², lo cual representa un 18,58% del área total de la propiedad. El ancho de la servidumbre en este tramo es de 30,00 m (15,00 metros a cada lado de la línea de centro) y su forma es irregular. El paso de la servidumbre eléctrica forma dos sectores en el inmueble los cuales denominamos como sector A y B.

El sector A tiene una forma semejante a un trapecio con una base mayor de 99,42 m y una base menor de 80,98 m, con una altura en el trayecto de servidumbre de 30,00 m, para un área de 2705,98 m², el sector B es de forma triangular con una base de 141,00 y una altura de 23,38 m para un área en el sector de 1648,12 m².

La línea de transmisión ingresa a la propiedad por la colindancia sur con Calle pública, con un azimut de 5º58’28”, hasta el sitio de torre como punto de inflexión, donde la servidumbre eléctrica toma un azimut de 57º43’11” saliendo por la colindancia norte con Propiedad Ganadera la Cabaña, S. A.

Durante el establecimiento la línea de transmisión, se afectara un sector del cultivo de piña y áreas de protección. La topografía es plana – ondulada durante todo el recorrido. Dicha servidumbre eléctrica y de paso se ubica en el sector oeste y noroeste del inmueble.

De acuerdo con el croquis elaborado por Topografía del Proyecto se tiene que los linderos de la servidumbre son; al norte: Ganadera La Cabaña, S. A. y resto de la propiedad, al sur: Resto de la propiedad; al este: Resto de la propiedad y oeste: Transunión, S. A.

Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.

No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia.

Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.

Todo con fundamento en la Ley No. 6313 del 04 de enero de 1979, citada y supletoriamente la Ley No. 7495 del 03 de mayo de 1995.

3º—La constitución de derecho de servidumbre y un sitio de torre descrito se establecerá en favor de la finca del Partido de Alajuela, inscrita en el Registro Público, matricula cuatrocientos diez mil quinientos noventa y tres - cero cero cero, que es terreno de potrero, situada en el Distinto Catorce Sarapiquí del Cantón Primero Alajuela de la provincia de Alajuela; mide catorce mil trescientos veintiocho metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, y linda al norte, con Ganadera de La Loma de San Miguel S. A., y en parte Río Sardinal; al sur, con Ganadera el Recreo; al este, con Instituto Costarricense de Electricidad; y al oeste, con Río Sardinal. Plano catastrado A-0924273-2004.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5951, celebrada el 07 de junio del 2011.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 23 de junio del 2011.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2011049351).

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 04 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 03 de mayo de 1995 y la ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad necesita establecer una servidumbre, necesaria para el paso de la Línea de Transmisión Cariblanco – General (Tramo PI Sucio - General), situado en el partido cuarto Heredia, cantón décimo Sarapiquí, distrito tercero Horquetas; la dirección del inmueble es de la entrada a Colonia Huetares 150 m al sur, por carretera principal camino hacia Guápiles, y 150 m al oeste por servidumbre agrícola; propiedad inscrita en el Registro Público en F. R. 4-132356-000, plano catastrado H-1316697-2009. Es propiedad de Constructivo El Arbolito de Cerro Negro, Limitada, cédula jurídica 3-102-504218, cuyo gerente con carácter de apoderado generalísimo es Víctor Julio Guerrero Ulate, cédula de identidad 2-228-757, mayor, casado, agricultor, vecino de Colonia Huetares, 25 m sur del Bar y Restaurante Huetares.

El inmueble se encuentra en posesión de Ronald Guerrero Núñez, cédula de identidad 4-176-849, mayor, casado, agricultor, vecino de Colonia Huetares; 300 m este de la Iglesia Católica de El Carmen de la Rambla de Colonia Huetares.

La propiedad se encuentra dedicada al uso agrícola. Dicho inmueble colinda al norte, calle pública y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas Pacheco; al sur, Juan Chaves Paniagua y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas Pacheco; al este, calle pública y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas Pacheco, y al oeste, Manuel Arias Arias.

A solicitud de la Dirección del Proyecto Transmisión Eléctrica Región Huetar-Brunca de la U.E.N. de Proyectos y Servicios Asociados, esta servidumbre fue valorada, de acuerdo con el peritaje de ley, en la suma de ¢2.696.204,00 (dos millones seiscientos noventa y seis mil doscientos cuatro colones exactos) según avalúo administrativo número 222-2011.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la importancia para el Sistema Nacional Interconectado de constituir este derecho de servidumbre, con base en el artículo 45 de la Constitución Política y las leyes arriba citadas. Por tanto:

1º—Apruébense las presentes diligencias en la suma de ¢2.696.204,00 (dos millones seiscientos noventa y seis mil doscientos cuatro colones exactos) según avalúo administrativo número 222-2011 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, sobre una franja de terreno en propiedad de Constructivo El Arbolito de Cerro Negro, Limitada, cédula jurídica 3-102-504218, cuyo gerente con carácter de apoderado generalísimo es Víctor Julio Guerrero Ulate, cédula de identidad 2-228-757, mayor, casado, agricultor, vecino de Colonia Huetares, 25 m sur del Bar y Restaurante Huetares. Y en posesión de Ronald Guerrero Núñez, cédula de identidad 4-176-849, mayor, casado, agricultor, vecino de Colonia Huetares; 300 m este de la Iglesia Católica de El Carmen de la Rambla de Colonia Huetares.

El inmueble presenta una topografía plana ondulada de un 5% aproximadamente. Mide 1 ha 734,00 m², con un frente de 70,00 m a servidumbre agrícola, según plano catastrado. Esta servidumbre es de 7,00 m de ancho, de tierra y actualmente es parte de un callejón de una plantación de palmito. La propiedad tiene acceso al servicio de agua potable y electricidad. No existe alumbrado público ni telefonía residencial. La cobertura celular es buena.

La propiedad tiene una casa que no es afectada por la línea de transmisión. Está en parte sembrada de palmito (Euterpe precatoria). También tiene sembrado caña de azúcar, plátano, pasto imperial, palmito, palmetas de pejibaye. El suelo denota un alto nivel freático.

La forma del terreno es regular. Está cercado en el lado norte con postes vivos de madero negro (Gliricidia sepium) y 3 hilos de alambre de púas en regular estado y en el lado oeste con postes de madera y 5 hilos de alambre de púas en buen estado. En el lado sur y el este no existen cercas.

El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de servidumbre sobre una franja en posesión de Ronald Guerrero Núñez, para la línea de Transmisión Cariblanco – General (Tramo PI Sucio - General). La longitud de la línea de centro es de 72,28 m, con dirección sur-norte. El área de afectación es de 1011,91 m², lo cual representa un 9,43% del área total de la propiedad.

El ancho de la servidumbre en este tramo es de 14,00 m (7,00 metros a ambos lados de la línea de centro). Su forma es similar a un rectángulo de largo 72,28 m y ancho 14,00 m.

La línea ingresa a la propiedad por la colindancia sur con Olman Guerrero Nuñez con un azimut de 341º51’44”, continua con el mismo azimut hasta salir por el lindero norte con Carlos Ureña Gamboa. Bajo la línea de servidumbre existe el cultivo de palmito y algunos árboles aislados. La servidumbre afecta una franja cercana al centro de la propiedad. Su topografía es este sector es plana ondulada.

De acuerdo con el croquis elaborado por Topografía del Proyecto se tiene que los linderos de la servidumbre son; al norte: Carlos Ureña Gamboa, al sur: Olman Guerrero Núñez; al este: Resto de la propiedad y oeste: Resto de la propiedad.

Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.

No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia.

Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.

Todo con fundamento en la Ley Nº. 6313 del 04 de enero de 1979, citada y supletoriamente la Ley Nº 7495 del 03 de mayo de 1995.

3º—La constitución de derecho de servidumbre y un sitio de torre descrito se establecerá en favor de la finca del Partido de Alajuela, inscrita en el Registro Público, matricula cuatrocientos diez mil quinientos noventa y tres - cero cero cero, que es terreno de potrero, situada en el distinto catorce Sarapiquí del cantón primero Alajuela de la provincia de Alajuela; mide catorce mil trescientos veintiocho metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, y linda al norte, con Ganadera de La Loma de San Miguel S. A., y en parte Río Sardinal; al sur, con Ganadera el Recreo, al este, con Instituto Costarricense de Electricidad; y al oeste, con Río Sardinal. Plano catastrado A-0924273-2004.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5951, celebrada el 07 de junio del 2011.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 23 de junio del 2011.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2011049352).

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 04 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 03 de mayo de 1995 y la ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad necesita establecer una servidumbre y un sitio de poste, necesaria para el paso de la Línea de Transmisión Cariblanco – General (Tramo PI Sucio - General), situado en el partido cuarto Heredia, cantón décimo Sarapiquí, distrito tercero Horquetas; la dirección del inmueble es de la entrada a Colonia Huetares 150 m al sur, por carretera principal camino hacia Guápiles, y 150 m al oeste, y 75 m al sur, por servidumbre agrícola, propiedad inscrita en el Registro Público en F. R. 4-132356-000, plano catastrado H-1316869-2009.

Es propiedad de Constructivo El Arbolito de Cerro Negro, Limitada, cédula jurídica 3-102-504218, cuyo gerente con carácter de apoderado generalísimo es Víctor Julio Guerrero Ulate, cédula de identidad 2-228-757, mayor, casado, agricultor, vecino de Colonia Huetares, 25 m sur del Bar y Restaurante Huetares. El inmueble se encuentra en posesión de Olman Guerrero Núñez, cédula de identidad 7-243-077 (menor de edad), soltero, estudiante, vecino de Colonia Huetares; 100 m sur del Abastecedor Huetares.

La propiedad se encuentra dedicada al uso agrícola. Dicho inmueble colinda al norte, calle pública y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas Pacheco, al sur, Juan Chaves Paniagua y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas Pacheco; al este, calle pública y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas Pacheco, y al oeste, Manuel Arias Arias.

A solicitud de la Dirección del Proyecto Transmisión Eléctrica Región Huetar-Brunca de la U.E.N. de Proyectos y Servicios Asociados, esta servidumbre y un sitio de poste fueron valorados, de acuerdo con el peritaje de ley, en la suma de ¢3.086.173,15 (Tres millones ochenta y seis mil ciento setenta y tres colones con quince céntimos) según avalúo administrativo número 226-2011.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la importancia para el Sistema Nacional Interconectado de constituir este derecho de servidumbre y un sitio de poste, con base en el artículo 45 de la Constitución Política y las leyes arriba citadas.

Por tanto:

1º—Apruébense las presentes diligencias en la suma de ¢3.086.173,15 (Tres millones ochenta y seis mil ciento setenta y tres colones con quince céntimos) según avalúo administrativo número 226-2011 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre y un sitio de poste, sobre una franja de terreno en propiedad de Constructivo El Arbolito de Cerro Negro, Limitada, cédula jurídica 3-102-504218, cuyo gerente con carácter de apoderado generalísimo es Víctor Julio Guerrero Ulate, cédula de identidad 2-228-757, mayor, casado, agricultor, vecino de Colonia Huetares, 25 m sur del Bar y Restaurante Huetares y en posesión de Olman Guerrero Nuñez, cédula de identidad 7-243-077 (menor de edad), soltero, estudiante, vecino de Colonia Huetares; 100 m sur del Abastecedor Huetares.

El inmueble presenta una topografía plana ondulada de un 5% aproximadamente. Mide 1 ha 734,00 m², con un frente de 62,98 m a servidumbre agrícola, según plano catastrado. Esta servidumbre es de 7,00 m de ancho, de tierra y actualmente es parte de un callejón de una plantación de palmito. La propiedad tiene acceso al servicio de agua potable y electricidad. No existe alumbrado público ni telefonía residencial. La cobertura celular es buena.

La propiedad está cultivada por completo de palmito (Euterpe precatoria). Este cultivo denota buen mantenimiento. La forma del terreno es regular. Está cercado únicamente en el fondo de la propiedad con postes de madera y 5 hilos de alambre de púas en buen estado. En el resto de los linderos no hay cercas.

El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de servidumbre sobre una franja en posesión de Olman Guerrero Nuñez, para la línea de Transmisión Cariblanco-General (Tramo PI Sucio-General). La longitud de la línea de centro es de 72,82 m, con dirección sur-norte. El área de afectación es de 1019,57 m², lo cual representa un 9,50% del área total de la propiedad.

El ancho de la servidumbre en este tramo es de 14,00 m (7,00 metros a ambos lados de la línea de centro). La forma de la servidumbre se divide en dos trapecios; uno al entrar en la propiedad de base mayor 25,23 m y base menor 8,36 m con una altura de 14,00 m y el segundo trapecio es de base mayor 51,37 y altura 14,00.

Dentro de la franja de servidumbre se ubica un sitio de poste. El sitio de Poste Nº 26 se ubica a 16,19 m del lindero sur de la propiedad. La línea ingresa a la propiedad por la colindancia sur con Kennedy Guerrero Núñez con un azimut de 299º51’33”, llega al sitio de poste Nº 26 y continúa con un azimut de 341º51’44”, hasta salir por el linero norte, con Ronald Guerrero Núñez. Bajo la línea de servidumbre existe solamente el cultivo de palmito. La servidumbre afecta una franja cercana al centro de la propiedad. Su topografía en este sector es plana ondulada.

De acuerdo con el croquis elaborado por Topografía del Proyecto se tiene que los linderos de la servidumbre son; al norte: Ronald Guerrero Núñez, al sur, Kennedy Guerrero Núñez; al este, Resto de la propiedad y oeste, resto de la propiedad.

Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.

No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia.

Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 04 de enero de 1979, citada y supletoriamente la Ley Nº 7495 del 03 de mayo de 1995.

3º—La constitución de derecho de servidumbre y un sitio de torre descrito se establecerá en favor de la finca del Partido de Alajuela, inscrita en el Registro Público, matricula cuatrocientos diez mil quinientos noventa y tres-cero cero cero, que es terreno de potrero, situada en el distinto Catorce Sarapiquí del Cantón Primero Alajuela de la provincia de Alajuela; mide catorce mil trescientos veintiocho metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, y linda al norte con Ganadera de La Loma de San Miguel S. A., y en parte Río Sardinal; al sur, con Ganadera el Recreo, al este, con Instituto Costarricense de Electricidad; y al oeste, con Río Sardinal. Plano catastrado A-0924273-2004.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5951, celebrada el 07 de junio del 2011.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 23 de junio de 2011.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2011049353).

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 04 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 03 de mayo de 1995 y la ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad necesita establecer una servidumbre, necesaria para el paso de la Línea de Transmisión Cariblanco-General (Tramo PI Sucio-General), situado en el Partido Cuarto Heredia, Cantón décimo Sarapiquí, distrito tercero Horquetas; la dirección del inmueble es de la entrada a Colonia Huetares 150 m al sur, por carretera principal hacia Guápiles, 150 m al oeste, y 100 m sur, por servidumbre agrícola; propiedad inscrita en el Registro Público en F. R. 4-132356-000, plano catastrado H-1316695-2009. Es propiedad de Constructivo El Arbolito de Cerro Negro, Limitada, cédula jurídica 3-102-504218, cuyo gerente con carácter de apoderado generalísimo es Víctor Julio Guerrero Ulate, cédula de identidad 2-228-757, mayor, casado, agricultor, vecino de Colonia Huetares, 25 m sur del Bar y Restaurante Huetares.

El inmueble se encuentra en posesión de Yorleni Guerrero Nuñez, cédula de identidad 7-150-242, mayor, casada, administradora de negocios, vecina de Colonia Huetares, frente al salón comunal.

La propiedad se encuentra dedicada al uso agrícola. Dicho inmueble colinda al norte, calle pública y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas Pacheco; al sur, Juan Chaves Paniagua y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas Pacheco; al este, calle pública y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas Pacheco; al oeste, Manuel Arias Arias.

A solicitud de la Dirección del Proyecto Transmisión Eléctrica Región Huetar-Brunca de la U.E.N. de Proyectos y Servicios Asociados, esta servidumbre fue valorada, de acuerdo con el peritaje de ley, en la suma de ¢1.553.730,85 (un millón quinientos cincuenta y tres mil setecientos treinta colones con ochenta y cinco céntimos) según avalúo administrativo número 228-2011.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la importancia para el Sistema Nacional Interconectado de constituir este derecho de servidumbre, con base en el artículo 45 de la Constitución Política y las leyes arriba citadas.

Por tanto:

1º—Apruébense las presentes diligencias en la suma de ¢1.553.730,85 (un millón quinientos cincuenta y tres mil setecientos treinta colones con ochenta y cinco céntimos) según avalúo administrativo número 228-2011 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, sobre una franja de terreno en propiedad de Constructivo El Arbolito de Cerro Negro, Limitada, cédula jurídica 3-102-504218, cuyo gerente con carácter de apoderado generalísimo es Víctor Julio Guerrero Ulate, cédula de identidad 2-228-757, mayor, casado, agricultor, vecino de Colonia Huetares, 25 m sur del Bar y Restaurante Huetares. Y en posesión de Yorleni Guerrero Núñez, cédula de identidad 7-150-242, mayor, casada, administradora de negocios, vecina de Colonia Huetares, frente al salón comunal.

El inmueble presenta una topografía plana ondulada de un 5% aproximadamente. Mide 1 ha 734,00 m², con un frente de 65,98 m a servidumbre agrícola, según plano catastrado. Esta servidumbre es de 7,00 m de ancho, de tierra y actualmente es parte de un callejón de una plantación de palmito. La propiedad tiene acceso al servicio de agua potable y electricidad. No existe alumbrado público ni telefonía residencial. La cobertura celular es buena.

La propiedad es parte de una plantación de palmito (Euterpe precatoria). No existe ninguna infraestructura afectada por la línea de transmisión. La forma del terreno es regular. Está cercado únicamente en el fondo de la propiedad con postes de cemento y 4 hilos de alambre de púas en buen estado. En el resto de los linderos no hay cercas.

El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de servidumbre sobre una franja de terreno en posesión de Yorleni Guerrero Núñez, para la línea de Transmisión Cariblanco-General (Tramo PI Sucio-General). La longitud de la línea de centro es de 37,09 m, con dirección suroeste – noroeste. El área de afectación es de 519,22 m², lo cual representa un 4,84% del área total de la propiedad.

El ancho de la servidumbre en este tramo es de 14,00 m (7,00 metros a ambos lados de la línea de centro). Su forma es similar a un trapecio de base mayor 52,89 m, base menor 21,28 m y altura 14,00 m. La línea ingresa a la propiedad por la colindancia sur con Víctor Guerrero Núñez con un azimut de 299º51’33”, continúa con el mismo azimut hasta salir por el lindero oeste con servidumbre agrícola. Bajo la línea de servidumbre existe un cultivo de palmito y algunos árboles forestales aislados.

La servidumbre afecta el sector suroeste de la propiedad. Su topografía es este sector es plana ondulada. De acuerdo con el croquis elaborado por Topografía del Proyecto se tiene que los linderos de la servidumbre son; al norte, resto de la propiedad, al sur, Víctor Guerrero Núñez; al este, resto de la propiedad y oeste, servidumbre agrícola.

Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.

No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia.

Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos. Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 04 de enero de 1979, citada y supletoriamente la Ley Nº 7495 del 03 de mayo de 1995.

3º—La constitución de derecho de servidumbre y un sitio de torre descrito se establecerá en favor de la finca del Partido de Alajuela, inscrita en el Registro Público, matricula cuatrocientos diez mil quinientos noventa y tres-cero cero cero, que es terreno de potrero, situada en el distinto catorce Sarapiquí del cantón primero Alajuela de la Provincia de Alajuela; mide catorce mil trescientos veintiocho metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, y linda al norte, con Ganadera de La Loma de San Miguel S. A., y en parte Río Sardinal; al sur, con Ganadera el Recreo, al este, con Instituto Costarricense de Electricidad; y al oeste, con Río Sardinal. Plano catastrado A-0924273-2004.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5951, celebrada el 07 de junio del 2011.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 22 de junio del 2011.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2011049356).

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 04 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 03 de mayo de 1995 y la ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad necesita establecer una servidumbre y un sitio de poste, necesaria para el paso de la Línea de Transmisión Cariblanco-General (Tramo PI Sucio-General), situado en el partido cuarto Heredia, Cantón décimo Sarapiquí, distrito tercero Horquetas; la dirección del inmueble es de la entrada a Colonia Huetares 150 m al sur, por carretera principal camino hacia Guápiles, y 150 m al oeste y 175 m al sur por servidumbre agrícola, propiedad inscrita en el Registro Público en F. R. 4-132356-000, plano catastrado H-1318630-2009.

Es propiedad de Constructivo El Arbolito de Cerro Negro, Limitada, cédula jurídica 3-102-504218, cuyo gerente con carácter de apoderado generalísimo es Víctor Julio Guerrero Ulate, cédula de identidad 2-228-757, mayor, casado, agricultor, vecino de Colonia Huetares, 25 m sur del Bar y Restaurante Huetares. El inmueble se encuentra en posesión de Víctor Guerrero Núñez, cédula de identidad 4-168-694, mayor, casado, agricultor, vecino de Colonia Huetares; 100 m sur del Comercial Huetares.

La propiedad se encuentra dedicada al uso agrícola. Dicho inmueble colinda al norte: Calle pública y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas Pacheco, al sur, Juan Chaves Paniagua y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas Pacheco; al este: Calle pública y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas Pacheco, y al oeste, Manuel Arias Arias.

A solicitud de la Dirección del Proyecto Transmisión Eléctrica Región Huetar-Brunca de la U.E.N. de Proyectos y Servicios Asociados, esta servidumbre y un sitio de poste fueron valorados, de acuerdo con el peritaje de ley, en la suma de ¢4.639.080,75 (Cuatro millones seiscientos treinta y nueve mil ochenta colones con setenta y cinco céntimos) según avalúo administrativo número 229-2011.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la importancia para el Sistema Nacional Interconectado de constituir este derecho de servidumbre y un sitio de poste, con base en el artículo 45 de la Constitución Política y las leyes arriba citadas.

Por tanto:

1º—Apruébense las presentes diligencias en la suma de ¢4.639.080,75 (Cuatro millones seiscientos treinta y nueve mil ochenta colones con setenta y cinco céntimos) según avalúo administrativo número 229-2011 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre y un sitio de poste, sobre una franja de terreno en propiedad de Constructivo El Arbolito de Cerro Negro, Limitada, cédula jurídica 3-102-504218, cuyo gerente con carácter de apoderado generalísimo es Víctor Julio Guerrero Ulate, cédula de identidad 2-228-757, mayor, casado, agricultor, vecino de Colonia Huetares, 25 m sur del Bar y Restaurante Huetares. Y en posesión de Víctor Guerrero Núñez, cédula de identidad 4-168-694, mayor, casado, agricultor, vecino de Colonia Huetares; 100 m sur del Comercial Huetares.

El inmueble presenta una topografía plana ondulada de un 5% aproximadamente. Mide 1 ha 734,00 m², con un frente de 76,00 m a servidumbre agrícola, según plano catastrado. Esta servidumbre es de 7,00 m de ancho, de tierra y actualmente es parte de un callejón de una plantación de palmito. La propiedad tiene acceso al servicio de agua potable y electricidad. No existe alumbrado público ni telefonía residencial. La cobertura celular es buena.

La propiedad está cultivada de palmito (Euterpe precatoria). No existen construcciones que se afecten por la línea de transmisión. La forma del terreno es regular. Está cercado en el lado este con postes de cemento con 4 hilos de alambre de púas en buen estado. En el resto de los linderos está sin cercas.

El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de servidumbre sobre una franja de terreno en posesión de Víctor Guerrero Núñez, para la línea de Transmisión Cariblanco – General (Tramo PI Sucio-General). La longitud de la línea de centro es de 127,53 m, con dirección sureste-noroeste. El área de afectación es de 1785,40 m², lo cual representa un 16,63% del área total de la propiedad.

El ancho de la servidumbre en este tramo es de 14,00 m (7,00 metros a ambos lados de la línea de centro). Su forma es similar a un trapecio de base mayor 141,47 m y base menor 113,59 m con una altura de 14,00 m. Dentro de la franja se servidumbre se ubica un sitio de poste. El sitio de Poste Nº 25 se ubica a 68,91 m del lindero este de la propiedad.

La línea ingresa a la propiedad por la colindancia este con María de los Ángeles Chaves Guerrero con un azimut de 299º53’55”, continúa con un azimut hasta el sitio de poste, posteriormente continúa con un azimut de 299º51’33”, hasta salir por el lindero norte, con Yorleni Guerrero Núñez. Bajo la línea de servidumbre existe el cultivo de palmito y algunos árboles aislados. La servidumbre cruza la propiedad en forma diagonal por el sector noreste. Su topografía en este sector es plana ondulada.

De acuerdo con el croquis elaborado por Topografía del Proyecto se tiene que los linderos de la servidumbre son; al norte: Yorleni Guerrero Núñez, al sur, resto de la propiedad; al este, María de los Ángeles Cháves Guerrero y oeste, resto de la propiedad.

Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.

No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia.

Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 04 de enero de 1979, citada y supletoriamente la Ley Nº 7495 del 03 de mayo de 1995.

3º—La constitución de derecho de servidumbre y un sitio de torre descrito se establecerá en favor de la finca del Partido de Alajuela, inscrita en el Registro Público, matricula cuatrocientos diez mil quinientos noventa y tres - cero cero cero, que es terreno de potrero, situada en el distinto catorce Sarapiquí del cantón primero Alajuela de la provincia de Alajuela; mide catorce mil trescientos veintiocho metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, y linda al norte con Ganadera de La Loma de San Miguel S. A., y en parte Río Sardinal; al sur, con Ganadera el Recreo, al este, con Instituto Costarricense de Electricidad; y al oeste, con Río Sardinal. Plano catastrado A-0924273-2004.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5951, celebrada el 07 de junio del 2011.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 22 de junio del 2011.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2011049357).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Expediente administrativo número 118-00049-2011, siendo que se desconoce dirección u medio de localizador, se comunica al señor Saúl Alvarado Salazar que esta oficina local dictó resolución de las catorce horas del día catorce de junio del dos mil once, que ordenó el cuido provisional hasta por seis meses a favor de la persona menor de edad Joselyn Alvarado Solano, en el hogar de la señora Olga Santa María Herra, quedando en la oficina local de Santa Ana, el expediente administrativo en tomo a la situación de esta persona menor de edad. Se le informa que contra dicha resolución procede el recurso de apelación, que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la Institución, debiendo presentarlo ante la Oficina Local de Santa Ana, ubicada cuatrocientos metros oeste y ciento veinticinco sur de la panadería Musmanni. De presentar el recurso debe señalar lugar o medio para recibir futuras notificaciones. De no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto y no existiere o por cualquier razón no funcionara adecuadamente, las notificaciones que se dicten se tendrán por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Plazo para interponerlo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Publíquese en el Diario Oficial por tres veces consecutivas.—Oficina Local de Santa Ana, 24 de junio del 2011.—Lic. Ernesto Romero Obando, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 47012.—C-4620.—(IN2011050085).

Expediente administrativo número 118-00021-2011, siendo que se desconoce dirección u medio de localización se comunica a la señora María Edith Mesén Chavarría, al señor Carlos Luis Sandí Barboza que por parte del Departamento de Atención Integral de la institución (DAI), se dictó la resolución de las diecinueve horas con cincuenta minutos del día once de marzo del año dos mil once, que ordenó el cuido provisional hasta por seis meses a favor de la persona menor de edad Tatiana Sandí Mesén, en el hogar de la señora Doris Miranda Araya, quedando en la oficina local de Santa Ana, el expediente administrativo en tomo a la situación de esta persona menor de edad. Se les informa que contra dicha resolución procede el recurso de apelación, que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la Institución, debiendo presentarlo ante la Oficina Local de Santa Ana, ubicada cuatrocientos metros oeste y ciento veinticinco sur de la panadería Musmanni. De presentar el recurso debe señalar lugar o medio para recibir futuras notificaciones. De no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto y no existiere o por cualquier razón no funcionara adecuadamente, las notificaciones que se dicten se tendrán por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Plazo para interponerlo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Publíquese en el Diario Oficial por tres veces consecutivas.—Oficina Local de Santa Ana, 23 de junio del 2011.—Lic. Ernesto Romero Obando, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 47012.—C-4620.—(IN2011050087).

A Erick Alberto Salas Solano, se le comunica la resolución de este Despacho de las 07:30 horas del veinte de mayo del dos mil once, por medio de la cual se dictó medida de protección de abrigo temporal en beneficio de la niña Yenesaret Keanan Salas Bonilla, hasta por seis meses en el Hogar Infantil María. Recursos: contra la presente resolución procede el recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante este Órgano Director en el transcurso de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto, quien lo elevará para que sea resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la institución, ubicada en San José, Barrio Luján, antigua Dos Pinos y debe señalar lugar para oír notificaciones. Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho así como revisar y estudiar el expediente administrativo. Expediente Nº 646-00027-2011.—Oficina Local de Orotina.—Lic. Eileen Flores Villarreal, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 47008.—C-4220.—(IN2011050090).

A la señora Rhonda Marie Hoerauf, se le hace saber la resolución de las nueve horas treinta minutos del día veintiuno de junio del dos mil once, donde se da finalización de la medida de protección de las diez horas con treinta minutos del día trece de enero del dos mil once y se ordena la repatriación del adolescente Isaiah Isacc Hoerauf a su país de origen Estados Unidos de América. En contra la presente resolución procede el recurso de apelación ante esta representación legal, sita en Llorente de Flores de Heredia, cien metros al sur de las Oficinas del Banco Nacional de Costa Rica, y setenta y cinco metros al oeste, quien lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Entidad ubicada en San José, antiguo edificio Dos Pinos, dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación del presente edicto.—Oficina Local Heredia Sur.—Lic. Marcela Ramírez Ulate, Representante Legal.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 47008.—C-4220.—(IN2011050091).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

A Damaris Molina Cáceres, mayor, nicaragüense, demás calidades desconocidas, se le comunica la resolución administrativa de las quince horas del día dieciséis de junio de dos mil once, que dicta abrigo temporal en albergue institucional e incompetencia a favor de la persona menor de edad Brandon Daniel Molina Cáceres. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: Procede recurso de apelación si se plantea dentro el plazo de cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente. Legajo 115-0502-1995.—Oficina Local de San José Oeste, junio del 2011.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—O. C. 34028.—Solicitud Nº 47006.—C-10220.—(IN2011049777).

A Sigifredo Álvarez Madrigal, se le comunica la resolución de este despacho de las 13:45 horas del 02 de junio de 2011, por medio de la cual se ordenó medida de protección de cuido provisional a favor de la persona menor de edad Génesis Álvarez Calvo. Recurso: Apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes al de la tercera publicación. Ante este Órgano Director. Se le previene además, señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto, o si ya no existiere o fuera imposible la comunicación electrónica por circunstancias no imputables a la Institución, las resoluciones futuras que se dicten se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas. Exp: 231-00044-1999.—Oficina Local de Alajuela, junio 2011.—Lic. Hazel Oreamuno Sánchez, Representante Legal.—O. C. 34028.—Solicitud Nº 47006.—C-10220.—(IN2011049778).

A los señores Omar Alfredo Bejarano Díaz y Eneida Palacios Beker se les comunica la Resolución Administrativa de las quince horas del día ocho de junio del año dos mil once, dictada por este despacho, en virtud de la cual se resuelve medida de protección de cuido provisional, a favor de la persona menor de edad Enatacio Bejarano Palacios, en la que se ordena ubicar a la persona menor de edad en el hogar de los abuelos paternos los señores Bartolo Bejarano Bejarano y María Fermina Díaz Morales a fin de que se le brinde estabilidad y todos los cuidados que requiere. Se les notifica por medio de edicto a los progenitores por cuanto se desconoce el paradero de los mismos. Plazo para interponer recurso de apelación dos días hábiles, después de la segunda publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Expediente número 648-014-2011.—Oficina Local de Coto Brus, San Vito, 9 de junio del dos mil once.—Lic. Ana Rocío Castro Sequeira, Representante Legal.—O. C. 34028.—Solicitud Nº 47006.—C-14420.—(IN2011049779).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

EDICTO

 Nº 017-2011.—Para los fines consiguientes el Departamento de Patentes de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que Liu Wu Maoyuan, con cédula Nº 8-0084-0150, ha presentado solicitud de traspaso de patente comercial Nº 0625 a nombre de Li Yun Feng, portadora de la cédula de residencia Nº 115600291807. La Municipalidad de Montes de Oca otorga ocho días naturales de plazo a partir de esta publicación para presentar objeciones.

San Pedro de Montes de Oca, 24 de mayo del 2011.—Departamento de Patentes.—Johnny Walsh Agüero.—Melania Solano C.—1 vez.—RP2011244954.—(IN2011049869).

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

REPOSICIÓN TÍTULO DE PATENTE LICORES

A quien pueda interesar, se hace saber que han solicitado a la Municipalidad de Goicoechea, la reposición del título de patente de Licor Nacional Nº 80 y extranjera Nº 49 del distrito primero, inscrita a nombre de When Shan He, cédula 6261143843488, dicha patente se encuentra ubicada en Guadalupe 100 sur de Cortel. Lo anterior por motivo de extravío de la misma. Cualquier interesado podrá hacer valer sus derechos ante la Municipalidad dentro de un período de ocho días a partir de la última publicación de este aviso.

Departamento de Cobro, Licencias y Patentes Municipales.—Carmen Bermúdez Siles, Jefa a. í.—(IN2011049687).

MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN

Resolución administrativa número RES-015-11-DAM.—San Isidro de El General, a las doce horas con treinta minutos del día veintiuno de marzo del año dos mil once, en la Municipalidad de Pérez Zeledón, Despacho de la Alcaldía Municipal; se emite la siguiente resolución que dice así:

En acatamiento de lo dispuesto a partir de la entrada en vigencia de la Ley Nº 8611 del 12 de noviembre de 2007 y existiendo en la institución municipal que se administra la figura de la Primera Vice Alcaldía Municipal la cual resultó electa en el último proceso electoral verificado el pasado 5 de diciembre de 2010 y siendo que ya se han verificado los procedimientos correspondientes en los cuales se han observado las normas respectivas y en acatamiento a lo que dispone el artículo 37 del Reglamento de Procedimientos Internos Municipales el suscrito, en su condición de máxima autoridad administrativa municipal, en el ejercicio de las facultades que le otorgan los artículos 1º, 17, 161 siguientes y concordantes del Código Municipal resuelve lo siguiente:

Resultando:

1º—Que la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica autorizó la Ley Nº 8611 del pasado 12 de noviembre de 2007 a través de la cual, entre otras cosas, se creó la figura de las vicealcaldías municipales en el país al tenor de lo que indica en Código Municipal en su numeral 14 y que dice así:

“Artículo 14.—Denomínase alcalde municipal al funcionario ejecutivo indicado en el artículo 169 de la Constitución Política. Existirán dos vicealcaldes municipales: un(a) vicealcalde primero y un(a) vicealcalde segundo. El (la) vicealcalde primero realizará las funciones administrativas y operativas que el alcalde titular le asigne; además, sustituirá, de pleno derecho, al alcalde municipal en sus ausencias temporales y definitivas, con las mismas responsabilidades y competencias de este durante el plazo de la sustitución.

En los casos en que el o la vicealcalde primero no pueda sustituir al alcalde, en sus ausencias temporales y definitivas, el o la vicealcalde segundo sustituirá al alcalde, de pleno derecho, con las mismas responsabilidades y competencias de este durante el plazo de la sustitución.

En los concejos municipales de distrito, el funcionario ejecutivo indicado en el artículo 7 de la Ley N.º 8173, es el intendente distrital quien tendrá las mismas facultades que el alcalde municipal. Además, existirá un(a) viceintendente distrital, quien realizará las funciones administrativas y operativas que le asigne el o la intendente titular; también sustituirá, de pleno derecho, al intendente distrital en sus ausencias temporales y definitivas, con las mismas responsabilidades y competencias de este durante el plazo de la sustitución.

Todos los cargos de elección popular a nivel municipal que contemple el ordenamiento jurídico serán elegidos popularmente, por medio de elecciones generales que se realizarán el primer domingo de febrero, dos años después de las elecciones nacionales en que se elija a las personas que ocuparán la Presidencia y las Vicepresidencias de la República y a quienes integrarán la Asamblea Legislativa. Tomarán posesión de sus cargos el día 1º de mayo del mismo año de su elección, por un período de cuatro años, y podrán ser reelegidos.”1

2º—Que el pasado 5 de diciembre de 2010 se verificaron las últimas elecciones convocadas por el Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica para elegir a las figuras de los Alcaldes, Vicealcaldes, Intendentes y Viceintendentes municipales, así como de los síndicos y consejos de distrito del país.

3º—Que de conformidad con lo establecido en los artículos 9º, 99, 102 inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 52 inciso k), 147, 148, 151, 166, 201, 202, 203, 204 y 205 del Código Electoral; 12, 14, 54 y 55 del Código Municipal; 6º y 7º de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito y según lo dispuesto por este organismo electoral en la resolución Nº 405-E8-2008 de las siete horas con veinte minutos del ocho de febrero de dos mil ocho, mediante Decreto Nº 12-2010, publicado en La Gaceta Nº 174 del siete de setiembre de dos mil diez, este Tribunal convocó a todos los ciudadanos inscritos como electores en el Departamento Electoral del Registro Civil para que, ejerciendo el derecho constitucional al sufragio en votación OBLIGATORIA, DIRECTA Y SECRETA concurrieran a las respectivas juntas receptoras de votos el día domingo cinco de diciembre de dos mil diez, a fin de que procedieran a elegir alcaldes, vicealcaldes primeros y segundos, síndicos propietarios y suplentes, miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, miembros propietarios y suplentes de los Concejos Municipales de Distrito en los lugares que corresponda, así como a los intendentes y viceintendentes de este último órgano, en los términos establecidos en el antedicho decreto de convocatoria.

4º—Que conforme a la resolución Nº 0019-E11-2011 del Tribunal Supremo de Elecciones dada en San José, a las nueve horas con treinta minutos del tres de enero de dos mil once en el proceso electoral anterior resultaron electas las siguientes personas en los cargos propuestos al escrutinio popular del cantón de Pérez Zeledón:

 

Cargo

Nombre

Cédula Nº

Alcaldía

Luis Mendieta Escudero

601500876

Primera Vicealcaldía

Vera Violeta Corrales Blanco

112770202

Segunda Vicealcaldía

Doris Picado Mora

107550297

Así reformado por el artículo 310 aparte a) del Código Electoral, Ley Nº 8765 del 19 de agosto de 2009. Interpretado por Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones Nº 405 del 8 de febrero de 2008 de la siguiente forma:

“Se interpreta el artículo 14 del Código Municipal en el sentido que, en las elecciones de diciembre del 2010, se escogerán los cargos de alcaldes, vicealcaldes, intendentes y viceintendentes, síndicos, concejales de distrito propietarios y suplentes y miembros propietarios y suplentes de los concejos municipales de distrito y el nombramiento de estos funcionarios se extenderá hasta que los electos en febrero del 2016 asuman el cargo, sea hasta el 30 de abril del 2016. Asimismo, para armonizar el régimen electoral municipal a efecto que todos los cargos se elijan a la mitad del período presidencial y legislativo, los regidores que resulten electos en febrero del 2010 continuarán en sus cargos hasta el 30 de abril del 2016, fecha en que serán sustituidos por los regidores electos en febrero del 2016…”

5º—Que este Despacho Municipal conoce del presente asunto y con fundamento en el artículo 37 del Reglamento de Procedimientos Internos de esta Municipalidad y los numerales 1, 17 y 161 del Código Municipal resuelve lo siguiente:

Considerando:

1º—Del marco jurídico de la delegación de funciones. Que en el actual régimen de derecho administrativo costarricense es admitida la figura de la delegación de funciones, la cual está sometida a los límites, condiciones y desarrollo que provee al efecto la Ley General de la Administración Pública cuando dice que:

“Artículo 89.—

1.  Todo servidor podrá delegar sus funciones propias en su inmediato inferior, cuando ambos tengan funciones de igual naturaleza.

2.  La delegación no jerárquica o en diverso grado requerirá de otra norma expresa que la autorice, pero a la misma se aplicarán las reglas compatibles de esta Sección.

3.  No será posible la delegación cuando la competencia haya sido otorgada al delegante en razón de su específica idoneidad para el cargo.

4.  La delegación deberá ser publicada en el Diario Oficial cuando sea para un tipo de acto y no para un acto determinado.

Artículo 90.—La delegación tendrá siempre los siguientes límites:

a)  La delegación podrá ser revocada en cualquier momento por el órgano que la ha conferido;

b)  No podrán delegarse potestades delegadas;

c)  No podrá hacerse una delegación total ni tampoco de las competencias esenciales del órgano, que le dan nombre o que justifican su existencia;

d)  No podrá hacerse delegación sino entre órgano de la misma clase, por razón de la materia, del territorio y de la naturaleza de la función; y

e)  El órgano colegiado no podrán delegar sus funciones, sino únicamente la instrucción de las mismas, en el Secretario.

Artículo 91.—El delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado y podrá ser responsable con éste por culpa en la vigilancia. Sólo habrá lugar a culpa en la elección cuando ésta haya sido discrecional.

Artículo 92.—Se podrá delegar la firma de resoluciones, en cuyo caso el delegante será el único responsable y el delegado no podrá resolver, limitándose a firmar lo resuelto por aquél.”

Conforme se observa en el texto anterior en el campo del Derecho Administrativo costarricense, la delegación es la traslación de un órgano superior a otro inferior del ejercicio de una competencia, aunque el delegante mantiene la titularidad de la misma. La delegación se concreta a través de un acto administrativo y puede ser revocada por el delegante. Es propio de esta figura el sometimiento de la misma a un conjunto de limitaciones que están establecidas en los artículos antes mencionados y que efectivamente no admiten que se de la delegación de diversas hipótesis como las que indica la legislación citada.

2º—De la autorización a los Alcaldes de delegar funciones en lo Vicealcaldes primeros: Que conforme al párrafo segundo del artículo 14 del Código Municipal es posible que el Alcalde Municipal delegue funciones en la Primera Vicealcaldía tal y como se indica en ese texto que dice así:

“Existirán dos vicealcaldes municipales: un(a) vicealcalde primero y un(a) vicealcalde segundo. El (la) vicealcalde primero realizará las funciones administrativas y operativas que el alcalde titular le asigne; además, sustituirá, de pleno derecho, al alcalde municipal en sus ausencias temporales y definitivas, con las mismas responsabilidades y competencias de este durante el plazo de la sustitución.”

Además el artículo 17 de este mismo Código Municipal, establece en el inciso b) lo siguiente:

“Artículo 17.—Corresponden al alcalde municipal las siguientes atribuciones y obligaciones:

(…)

b)  Delegar las funciones encomendadas por esta ley, con base en los artículos 89 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública…”

Como se observa, existe entonces norma jurídica amplia y suficiente a efectos de lograr la delegación de funciones que la Alcaldía pueda realizar en la figura de la Primera Vicealcaldía Municipal electa.

3º—De las funciones que se delegan. Que habiendo hecho un diagnóstico y un análisis de las distintas funciones existentes en el Despacho de la Alcaldía Municipal y que actualmente están siendo realizadas por la persona titular de ese cargo y habiendo facultación suficiente para lograr el proceso de delegación necesario, se resuelve trasladar y asignar a la Primera Vicealcaldesa municipal de Pérez Zeledón, señora Vera Violeta Corrales Blanco con cédula de identidad número 112770202 para que, en esa condición y ejerciendo ese cargo realice a partir de la comunicación efectiva de esta resolución las siguientes funciones:

a)  Autorizar el uso, movilización y gestión del equipo institucional de cualquier tipo que éste sea a través de los formularios autorizados al efecto

b)  La autorización de las acciones de personal referidas expresamente a vacaciones y a permisos temporales de no más de dos días para ausentarse de la institución con el propósito de realizar funciones en otros lugares distintos al centro de trabajo.

c)  La firma de correspondencia de mero trámite de la Alcaldía Municipal que permita agilizar la gestión de documentos, informes, trámites, procedimientos que requieran organismos internos y externos de la institución. Los traslados finales y la resolución final de estos asuntos será resuelta y firmada por el Alcalde en ejercicio.

d)  La firma y traslado de circulares institucionales internas que tengan como propósito anunciar eventos de interés institucional, girar invitaciones, desarrollar campañas, coordinar funciones, anunciar determinadas situaciones de interés del personal y cualquier otra que sea afín.

e)  Representar a la figura del Alcalde en actividades intrainstitucionales y además en aquellos eventos a los que el Alcalde no pueda asistir y le haga asignado la función expresa de su representación.

f)   La autorización y firma de liquidaciones de viáticos y de cajas chicas, siempre y cuando los montos no excedan el límite de la caja chica establecido al efecto reglamentariamente en la institución.

g)  Administrar los recursos y factores disponibles y necesarios en el Despacho del Alcalde para que éste funcione de manera óptima.

h)  Gestionar la agenda del Alcalde Municipal en sus ausencias temporales, atendiendo en su nombre y representación, a las personas y organismos que requieran comunicación con la Alcaldía directamente. Se limitará a escuchar las peticiones que se le hagan sin resolver hasta tanto no hayan sido coordinadas y autorizadas expresamente por el Alcalde titular.

4º—Asignación de otras funciones. La presente resolución administrativa no limita ni restringe la potestad normativa institucional a través de ella cual el Gobierno Municipal podrá asignar otras funciones propias a la Vicealcaldía primera a través de los instrumentos normativos pertinentes, tales como reglamentos o directrices, utilizando para ello los canales apropiados de gestión.

5º—Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial La Gaceta de conformidad con lo que establece el artículo 89, párrafo cuarto de la LGAP. La presente resolución entrará en vigencia una vez cumplido este requisito. Por tanto,

Con fundamento en las normas legales y del ordenamiento jurídico vigente, del análisis de los argumentos antes descritos y de las otras consideraciones antes señaladas se resuelve:

Delegar en la Primera Vicealcaldía Municipal bajo la figura de la señora Vera Violeta Corrales Blanco, con cédula de identidad número 112770202, para que, en esa condición y ejerciendo ese cargo realice a partir de la comunicación efectiva de esta resolución las siguientes funciones:

a)  Autorizar el uso, movilización y gestión del equipo institucional de cualquier tipo que éste sea a través de los formularios autorizados al efecto

b)  La autorización de las acciones de personal referidas expresamente a vacaciones y a permisos temporales de no más de dos días para ausentarse de la institución con el propósito de realizar funciones en otros lugares distintos al centro de trabajo.

c)  La firma de correspondencia de mero trámite de la Alcaldía Municipal que permita agilizar la gestión de documentos, informes, trámites, procedimientos que requieran organismos internos y externos de la institución. Los traslados finales y la resolución final de estos asuntos será resuelta y firmada por el Alcalde en ejercicio.

d)  La firma y traslado de circulares institucionales internas que tengan como propósito anunciar eventos de interés institucional, girar invitaciones, desarrollar campañas, coordinar funciones, anunciar determinadas situaciones de interés del personal y cualquier otra que sea afín.

e)  Representar a la figura del Alcalde en actividades intrainstitucionales y además en aquellos eventos a los que el Alcalde no pueda asistir y le haga asignado la función expresa de su representación.

f)   La autorización y firma de liquidaciones de viáticos y de cajas chicas, siempre y cuando los montos no excedan el límite de la caja chica establecido al efecto reglamentariamente en la institución.

g)  Administrar los recursos y factores disponibles y necesarios en el Despacho del Alcalde para que éste funcione de manera óptima.

h)  Gestionar la agenda del Alcalde Municipal en sus ausencias temporales, atendiendo en su nombre y representación, a las personas y organismos que requieran comunicación con la Alcaldía directamente. Se limitará a escuchar las peticiones que se le hagan sin resolver hasta tanto no hayan sido coordinadas y autorizadas expresamente por el Alcalde titular.

Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

San Isidro de El General, 27 de junio del 2011.—Luis Mendieta Escudero, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2011049683).

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

En sesión ordinaria número cero noventa y tres-dos mil once, celebrada por el Concejo Municipal del cantón Central de Heredia, el trece de junio de dos mil once, en el artículo IV, el cual dice:

MBA. José Manuel Ulate-Alcalde Municipal

Asunto: Remite copia de documento DAJ-417-2011, referente a revisión de nombramiento del señor Carlos Palma Cordero en la Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes. AMH 0691-2011. Exp. 1240.

-    Seguidamente se transcribe documento DAJ-417-2011, el cual dice:

De conformidad con el oficio SCM-0800-2011 de fecha 06 de abril de 2011, referente a solicitud presentada por la señora Saada M. De Lima Anouhamd – Presidenta Comité Cantonal de Deportes, para que se revise el nombramiento del señor Carlos Palma como miembro de ese Comité Cantonal; al respecto le indico:

La Municipalidad realizó un procedimiento de Contratación Directa N° 2010CD-00039-01 con el fin de contar con un abogado externo que le brinde apoyo a esta Dirección. Para dicho objetivo se contrató al Licenciado Adrián Cordero Benavides. En virtud de lo anterior, adjunto el criterio solicitado el cual fue emitido por el abogado externo, análisis que esta Dirección comparte en todos sus extremos.

-    A continuación se transcribe informe presentado por el Lic. Adrián Cordero Benavides:

Según lo estipulado en el contrato suscrito entre su servidor y la Municipalidad de Heredia, para dar apoyo a la gestión de la Dirección Jurídica a su cargo, me permito rendirle el informe relacionado con la solicitud que hiciere la Presidente del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Heredia para que se revise el nombramiento del señor Carlos Palma como miembro de ese Comité.

Antecedentes:

1.  Con oficio CCDRH-064-11, fechado 29 de marzo del 2011, la Presidente del Comité de Deportes y Recreación de Heredia, señora Saada M. De Lima Abouhmad, le envía al Concejo Municipal una excitativa para analice la situación imperante con el nombramiento del señor Carlos Palma como miembro de ese Comité, en vista de la situación conflictiva que se deriva de los artículos 167 del Código Municipal y 8 del Reglamento Autónomo del Comité.

2.  Ese mismo día y con el oficio CCDRH-074-2011, nuevamente la Presidente del Concejo presenta ante el Concejo una ampliación del oficio anterior.

Sobre el fondo: Para un correcto análisis de la cuestión planteada resulta ineludible confrontar el artículo 167 del Código Municipal con el 8 del Reglamento Autónomo de Organización y Funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Heredia (aprobado por el Concejo Municipal en el ejercicio de sus competencias). Dispone el artículo 167 del Código Municipal:

Artículo 167.—(Comité Cantonal y Comunal de Deportes. Quiénes no Pueden Integrarlos). Los concejales, el alcalde, los alcaldes suplentes, el tesorero, el auditor y el contador, sus cónyuges o parientes en línea directa o colateral hasta tercer grado inclusive, están inhibidos para integrar estos comités, los cuales funcionarán según el reglamento que promulgue la municipalidad.”

Por su parte el artículo 8 del Reglamento indica:

“Artículo 8º—No podrán formar parte de la Junta Directiva del Comité Cantonal los regidores y síndicos, el alcalde, los alcaldes suplentes, los concejales de distrito, el auditor, el subauditor, el tesorero, el contador y personal de la Municipalidad y del mismo Comité, sus cónyuges o parientes en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive.”

Como se observa, el Reglamento amplía la gama de personas que no pueden formar parte del Comité respecto a los que establece la Ley. Concretamente, el Reglamento contrariamente a la Ley incluye como personas impedidas a formar parte del Comité a los síndicos y personal de la administración, y tal como lo hace la ley, hace extensiva ese impedimento a los cónyuges o parientes en línea directa o colateral hasta tercer grado inclusive.

En el caso concreto, el señor Carlos Palma es el padre de un empleado municipal, y bajo la norma del artículo 8 del Reglamento, estaría impedido para formar parte del Comité, consecuentemente su nombramiento devendría nulo, y en virtud de ello, procedería su anulación. Por tratarse, en caso que efectivamente fuera nulo, de una nulidad absoluta, evidente y manifiesta habría que sujetarse a lo previsto por el numeral 173 de la Ley General de la Administración Pública.

No obstante lo anterior, en concepto de esta asesoría no se da tal nulidad absoluta.

El artículo 6 de la Ley General de la Administración Pública regula la jerarquía de las fuentes del ordenamiento jurídico administrativo, y conforme a la famosa pirámide de Kelson, indica como fuente máxima a la Constitución y en forma descendente los tratados internacionales y las normas de la Comunidad Centroamericana; las leyes y los demás actos con valor de ley; los decretos del Poder Ejecutivo que reglamentan las leyes, los de los otros Supremos Poderes en la materia de su competencia, etc.

Como puede observarse, los reglamentos están por debajo de las leyes, de modo que si un reglamento contraviene lo dispuesto por la Ley, precisamente por la jerarquía de la norma, prevalece la ley sobre el reglamento.

En este asunto tenemos que una disposición reglamentaria se apone a una norma legal, y en virtud de la jerarquía comentada, está por encima la norma legal de la reglamentaria.

El presente asunto no es ajeno a la realidad jurídica ni al quehacer diario de los operadores del derecho, por el contrario, no es inusual que normas de rango inferior se opongan a las de grado superior. Con mucha regularidad, la sala Constitucional anula de nuestro ordenamiento jurídico normas que contravienen a las constitucionales. La Sala Constitucional en varias oportunidades (ver sentencias 3035, 3036 y 3038 todas de 1996) analizó este asunto en relación con normas que se oponen a las constitucionales, y lo indicado en dichos pronunciamientos son, con mucho más razón, de plena aplicación cuando la oposición se da entre de normas de menor rango que las constitucionales. Dijo la Sala al respecto:

“…vinculante por sí misma para todas las todas las autoridades y personas públicas y privadas, inclusive, con mayor razón, para los tribunales de justicia y de toda materia. En este sentido la sala ha definido, con el valor vincular erga ommes de sus precedentes y jurisprudencia (artículo 13 de la Jurisdicción Constitucional), los alcances de ducha sujeción con respecto a los tribunales de justicia, a los que corresponde el ejercicio universal y exclusivo de la función jurisdiccional…

a)   El derecho de la Constitución les vincula directamente, y así deben aplicarlo en casos sometidos a su conocimiento, sin necesidad de leyes u otras normas o actos que lo desarrollen o hagan aplicable…”

E incluso en su sentencia 7062-95 de 22 de diciembre de 1995 dijo que los precedentes jurisprudenciales de la Sala son vinculantes tomando en cuenta no solo la parte dispositiva de las sentencias sino también la considerativa.

“... Se hace la indicación, conforme a lo que ya ha dispuesto esta Sala, que la vinculatoriedad que caracteriza a la jurisprudencia constitucional, se refiere tanto a la parte considerativa como dispositiva de la sentencia, en el tanto que aquella claramente condiciona y determina esta.

Para el distinguido jurista costarricense y Juez constitucional Dr. Ernesto Jinesta Lobo también la Administración debe de desaplicar una norma cuando sea contraria a la Constitución. Dijo al respecto:

“…En los votos que analizamos, la Sala Constitucional deja claramente establecida la eficacia directa e inmediata del Derecho de la Constitución y el poder-deber del Juez del orden común de interpretarlo y aplicarlo sin esperar su desarrollo por el legislador en el ejercicio de su libertad de configuración o por la Administración Pública al utilizar las potestades reglamentarias y de auto tutela declarativa…”. (Lo resaltado no corresponde al original).

Ahora bien, si de lo dicho por la Sala y comentado por Jinesta Lobo se colige que la administración puede desaplicar (más no derogar) una norma contraria a la Constitución, con mayor amplitud puede hacerlo cuando una norma de menor rango que la Constitucional es contrariada por otra norma todavía de menor rango como ocurre con la relación ley-reglamento. Desde esa perspectiva, no cabe la menor duda que al interponerse el artículo 8 de Reglamento al 167 de la Ley, debe de desaplicarse la norma reglamentaria y aplicarse la ley.

No obstante lo anterior, lo idóneo para evitar situaciones como la planteada es derogar la norma reglamentaria para ajustarla a la ley.

Por otra parte, y para hacer más evidente la situación de comentario, es necesario advertir que, con fundamento en el principio democrático derivado de los artículos 1 y 9 de la Constitución Política, y desarrollados a nivel municipal por los incisos g) y h) del artículo 4 y sobre todo por el artículo 5 del Código Municipal, los munícipes (entendidos éstos como los habitantes de un cantón) tienen todo el derecho, incluso de rango constitucional de participar activa y consciente y en forma democrática en las decisiones del gobierno local. Siendo el Comité de Deportes y Recreación un ente adscrito a las municipalidades, en desarrollo del principio democrático, le asiste pleno derecho a cualquier miembro de la comunidad herediana de participar en las decisiones que atañen a su comunidad, de modo que las restricciones o impedimentos al ejercicio de ese derecho deben de ser interpretado en forma restrictiva; y como en este asunto, por vía de Reglamento se establecen impedimentos mayores a lo consignados por la ley, lo procedente es aplicar la ley y no el reglamento.

Recomendación:

En base a las consideraciones anteriores y los fundamentos legales desarrollados, esta asesoría externa recomienda desaplicar para el caso del nombramiento en el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Heredia al señor Carlos Palma el artículo 8 del reglamento de funcionamiento de ese Comité, y con el propósito de evitar la existencia de normas reglamentarias que se oponga a la ley, derogar dicho artículo para ajustarlo a lo normado por el 167 del Código Municipal.

Con base y fundamento en el documento AMH-0691-2011 suscrito por el señor MBA. José Manuel Ulate, Alcalde Municipal; DAJ-417-2011 suscrito por la Lic. María Isabel Sáenz Soto, Directora de Asuntos Jurídicos; y criterio del Lic. Andrés Cordero, abogado externo, el Concejo Municipal acuerda por unanimidad:

A.  Aprobar en todos sus extremos la recomendación emitida por el Lic. Andrés Cordero Benavides, abogado externo, tal y como ha sido presentada, en consecuencia:

-    Se desaplica para el caso del nombramiento en el Comité Cantonal De Deportes Y Recreación De Heredia al señor Carlos Palma el artículo 8 del Reglamento de Funcionamiento de ese Comité, y con el propósito de evitar la existencia de normas reglamentarias que se oponga a la ley, derogar dicho artículo para ajustarlo a lo normado por el 167 del Código Municipal.

B.  Instruir a la administración para que proceda a publicar esta derogatoria en el Diario Oficial.

C.  Acuerdo definitivamente aprobado.

Heredia, 27 de junio del 2011.—Lic. Enio Vargas Arrieta, Proveedor Municipal.—1 vez.—O. C. 53948.—Solicitud Nº 48024.—C-89070.—(IN2011050046).

MUNICIPALIDAD DE CORREDORES

Por medio del acuerdo N° 18, de la sesión ordinaria N° 22, celebrada el día 30 de mayo del año 2011, el Concejo Municipal de Corredores acuerda trasladar las sesiones del día lunes 25 de julio, para el día martes 26 de julio y la sesión del día lunes 15 de agosto para el día martes 16 de agosto, mismas que se celebran en la misma hora y en el mismo lugar salón comunal de Ciudad Neilly. Publíquese.

Corredores, 22 de junio del 2011.—Sonia González Núñez, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2011049679).

AVISOS

CONVOCATORIAS

COLEGIO DE PROFESIONALES

EN INFORMÁTICA Y COMPUTACIÓN

El Colegio de Profesionales en Informática y Computación, convoca a sus miembros a la asamblea general extraordinaria que se celebrará el sábado 30 de julio del 2011. La primera convocatoria se hará a las 10:30 a. m., en el Salón Greco del Hotel Barceló San José Palacio. De no haber quórum, la segunda convocatoria se realizará a las 11:30 a. m., en el mismo lugar.

Tema único:

   Aprobación del Reglamento Electoral.

Lic. Guido Contreras Montes de Oca, Presidente.—Alonso Zúñiga Aguilar, Fiscal.—1 vez.—(IN2011051372).

El Colegio de Profesionales en Informática y Computación, convoca a sus miembros a la asamblea general ordinaria y extraordinaria que se celebrará el sábado 30 de julio del 2011. La primera convocatoria se hará a la 01:30 p. m., en el Salón Greco del Hotel Barceló San José Palacio. De no haber quórum, la segunda convocatoria se realizará a las 02:30 p. m., en el mismo lugar. La agenda para esta asamblea es la siguiente:

1.  Plan de evacuación.

2.  Establecimiento del quórum.

a)  Primera convocatoria (mitad + 1) (01:30 p. m.)

b)  Segunda convocatoria (los presentes) (02:30 p. m.)

3.  Lectura y aprobación de la agenda.

4.  Informe de presidencia.

5.  Informe de tesorería.

6.  Informe de la fiscalía.

7.  Regímenes disciplinarios sancionatorios y potestad de interpretación del fiscal.

8.  Informe del Tribunal de Ética.

9.  Informe del Tribunal Electoral.

10.  Aprobación del Reglamento Electoral.

11.  Elección(es) de puesto(s) vacante(s).

12.  Aprobación del presupuesto 2011-2012.

13.  Mociones.

a)  Conocimientos de mociones y sugerencias (Asamblea Julio 2010) por foro electrónico.

Luego de finalizada la asamblea general se realizará una actividad social en agradecimiento por su participación.—Lic. Guido Contreras Montes de Oca, Presidente.—Adriana Arroyo Araya, Secretaria a. í.—1 vez.—(IN2011051373).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

UNIVERSIDAD MAGISTER

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Magíster, se ha presentado solicitud de reposición de diploma por extravío, correspondiente al título de: Enseñanza del Inglés, grado académico: Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo tomo 1, folio 70, número 1432, y en CONESUP tomo 25, folio 79, número 1412, a nombre de Yeimi González Ardón, con fecha 21 de noviembre del 2003, cédula de identidad 1-0965-0514. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—Departamento de Registro.—Daniel Vargas Velásquez.—(IN2011047857).

ISLA OASIS SOCIEDAD ANÓNIMA

Isla Oasis Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-319377-15, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 1, Mayor Nº 1, Inventarios y Balances Nº 1, Actas de Consejo de Administración Nº 1 y Actas de Asamblea Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Rodolfo Madrigal Cavallini, Representante Legal.—(IN2011049242).

INTERNACIONAL DE EMPAQUES

R A SOCIEDAD ANÓNIMA

Internacional de Empaques R A Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-220629-23, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 1, Mayor Nº 1, Inventarios y Balances Nº 1, Actas de Consejo de Administración Nº 1 y Actas de Asamblea Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Rodolfo Madrigal Cavallini, Representante Legal.—(IN2011049243).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

GONZÁLEZ & URIBE SOCIEDAD ANÓNIMA

González & Uribe Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos setenta y un mil noventa y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Asamblea General de Accionistas Número Uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Oeste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—(IN2011049218).

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE COSTA RICA

La señorita Estrada Vindas Jénnifer, cédula 02-0611-0136, realizó la gestión pertinente para la reposición de su título de la Licenciatura en Psicología ante la Universidad, emitido el veintiséis de junio del 2009, en la sede San Carlos, registrado en la Universidad bajo el tomo 1, folio 265, asiento 5845 y registrado en el CONESUP en el tomo 66, folio 24 y asiento 5809. Se extiende la presente, exclusivamente, para la publicación de los edictos en el Diario Oficial La Gaceta, a solicitud de la interesada en la ciudad de Moravia.—San José, 26 de mayo del 2011.—Departamento de Registro.—M.S.c. Sonia Guzmán Méndez, Directora.—(IN2011049316).

JUANCARLOVIRGINIA S. A.

Juancarlovirginia S. A., cédula jurídica Nº 3-101-482820, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Actas de Asamblea de Socios 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 23 de junio del 2011.—Lic. Aníbal Segura Vargas, Contador.—RP2011244803.—(IN2011049456).

TALLER INDUSTRIAL ROJAS Y HERRERA LIMITADA

Taller Industrial Rojas y Herrera Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos cincuenta y siete mil novecientos ochenta y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Actas Asamblea de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—RP2011244804.—(IN2011049457).

INVERSIONES MARÍA ADRIANA SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones María Adriana Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quince mil ochocientos noventa y ocho, ahora denominada Inversiones María Adriana Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-quince mil ochocientos noventa y ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros de la sociedad Actas de Asamblea General, Actas de Junta Directiva, Registro de Accionistas Diario, Mayor, e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José Oeste, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta. El trámite se realizará ante la Sección Regional Oeste de Tributación Directa.—San José, veintidós de junio del dos mil once.—Adriana Brenes Montoya, Representante Legal.—(IN2011049608).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

INVERSIONES CERDAS DINARTE CD S. A.

Inversiones Cerdas Dinarte CD S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintitrés mil ciento noventa y dos, de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, y a solicitud de los accionistas de esta sociedad, manifiesta que se procederá a realizar la reposición de los certificados de acciones de esta sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el término de un mes contados a partir de la última publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta y en un diario de circulación nacional. Las oposiciones podrán ser dirigidas a las oficinas de BLP Abogados ubicadas en el Centro Empresarial Vía Lindora, cuarto piso, con atención a Andrea González Rojas. Transcurrido el término de ley, sin que hayan existido oposiciones y habiéndose cumplido con todo lo que establece el artículo seiscientos ochenta y nueve del Código de Comercio, se procederá a la reposición solicitada.—Claudio Cerdas Dinarte, Presidente.—(IN2011049632).

CASTILLO COUNTRY CLUB S. A.

Se solicita la reposición de la acción 4794 a nombre del Castillo Country Club S. A., cédula jurídica 3-101-015794-03. Quien se considere afectado dirigir la oposición a la Secretaría de Junta Directiva. Por lo anterior, solicitamos la respectiva publicación de los edictos.—27 de junio del 2011.—Jefferson Láscarez A., Jefe Financiero.—(IN2011049648).

COLEGIO DE TRABAJADORES SOCIALES DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Colegio de Trabajadores Sociales de Costa Rica, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de su Ley Orgánica, hace del conocimiento público la solicitud de desafiliación del Colegio, interpuesta por las siguientes Trabajadoras Sociales:

Nombre                                                      Cédula

Karla Susana León González                            1-1160-0128

Floribeth Solís Alfaro                                        2-0440-0284

Maribel Chaverri Víquez                                   4-0119-0093

Arce Blanco Andrea Cristina                           1-1240-0555

Yorleny Valverde Alvarado                             1-0928-0288

María Carolina Cruz Hernández                     155801957305

Rosa María Oviedo Jiménez                             1-0390-0461

Hannia Rodríguez Arias                                   4-0102-0164

Maribel Chaverri Víquez                                   4-0119-0093

Yessenia Fallas Jiménez                                    1-0960-0461

Quienes han jurado no ejercer más su profesión como Trabajadora Social. Quien tenga alguna objeción a esta solicitud, deberá plantearla en forma escrita dentro de los treinta días hábiles posteriores a la publicación del tercer aviso.—San José, 25 de abril del 2011.—Dr. Jorge Arturo Sáenz Fonseca, Presidente.—(IN2011049811).

PAZ DIVINA P.D. SOCIEDAD ANÓNIMA

Paz Divina P.D. Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cinco mil novecientos cincuenta y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros, los cuales son los números uno de esta sociedad: libro de Actas de Asamblea General, Actas de Consejo de Administración y libro de Actas de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Este, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, a las catorce horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—RP2011244869.—(IN2011049873).

CICLO CINCUENTA Y TRES ONCE SOCIEDAD ANÓNIMA

Ciclo Cincuenta y Tres Once Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-466120, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Inventarios y Balances, Mayor, Diario y el de Asamblea General, correspondiendo a la primera reposición de los mismos que se realiza. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José Este, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso. Es todo.—San José, 20 de junio del 2011.—Manuel Calvo García, Presidente.—RP2011244892.—(IN2011049874).

Carlos Luis Quesada Matarrita, cédula número 2-0427-0528, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor e Inventarios y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria Ciudad Quesada, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. María Elieth Pacheco Rojas, Notaria.—RP2011244902.—(IN2011049875).

ACTIVITED LIFE ENTERPRISES SOCIEDAD ANÓNIMA

Activited Life Enterprises Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos seis mil doscientos cuarenta y ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros, los cuales son los número uno de esta sociedad: libro de Actas de Asamblea General, Actas de Consejo de Administración, libro de Actas de Registro de Accionistas, libro de Diario, libro Mayor y libro de Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Este, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—RP2011244929.—(IN2011049876).

RESIDENCIAL MONSERRAT SOCIEDAD ANÓNIMA

Residencial Monserrat Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-043003, solicita ante la Dirección General de Tributación, Delegación Este, la reposición de los siguientes libros: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno, Actas de Consejo de Administración número uno, Actas de Asamblea de Socios número uno. Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Marco Daniel Vindas González, Notario.—RP2011244989.—(IN2011049877).

INVERSIONES ÓRBITA DE LA PAZ SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones Órbita de La Paz Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-447103, solicita ante la Dirección General de Tributación, Delegación Este, la reposición de los siguientes libros: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno, Actas de Consejo de Administración número uno, Actas de Asamblea de Socios número uno. Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Marco Daniel Vindas González, Notario.— RP2011244990.—(IN2011049878).

COCINART MHF ACADEMIA DE ARTE CULINARIO

SOCIEDAD ANÓNIMA

Cocinart MHF Academia de Arte Culinario Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-086107, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición por pérdida de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Este, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Priscilla Herrera Fernández, Representante Legal.—RP2011244997.—(IN2011049879).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

COLEGIO DE PROFESIONALES EN INFORMÁTICA

Y COMPUTACIÓN

Aviso de suspensión por morosidad

La Junta Directiva comunica a los colegiados suspendidos, instituciones del estado y al público en general, que posterior a la prevención formal realizada según la dirección aportada por el colegiado según indico vía telefónica, o en el Formulario Complementario de Datos que señalan lugar de notificación, se acuerda suspender por morosidad a los siguientes colegiados, según acuerdo de JD Nº ACS-001-2011 en Sesión Ordinaria Nº 19-2011 Ordinaria, del día 09 de junio del 2011. Lo anterior en apego a lo establecido en el artículo 11 de la Ley Nº 7537.

Colegiado Nº              Nombre completo                               Cédula

4168                   Arce Barrantes José Pablo                       1-1199-0580

3553                   Calvo González Sergio Alonso                 1-1200-0561

1763                   Espinoza Meza María Gabriela                1-0751-0222

3772                   Fontana González José Claudio                1-1092-0303

2663                   González Blanco Norman                        1-0746-0513

4397                   González Sancho Eduardo                        9-0106-0919

4303                   Hidalgo Ortega Ezequías                          6-0299-0528

3344                   Lemaitre Canales Marianela                    6-0301-0893

4525                   Lohrengel Sáenz Frank                            3-0335-0420

1528                   Pringle Ulate Clinton                              1-0602-0109

2741                   Quesada Largaespada Mairon Eduardo     5-0312-0866

4461                   Robles Segura Karla Daniela                    4-0172-0795

3287                   Rodríguez Rodríguez Luis Kendall            2-0570-0800

4531                   Sánchez Oviedo Adriana María                1-1047-0034

3834                   Ugalde Garro Shirley Xiomara                 1-0732-0518

4725                   Umaña Quesada Gunther Alfonso            1-0833-0367

Lic. Guido Contreras Montes de Oca, Presidente.—Ing. Adriana Arroyo Araya, Secretaria a. í.—1 vez.—(IN2011050022).

Ante mí, Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario Público de Alajuela, se ha constituido mediante escritura ciento cinco, visible al folio cincuenta vuelto del tomo sexto de mi protocolo, se modificó la cláusula sétima del acta constitutiva de la sociedad denominada tres-ciento uno-seiscientos veinticuatro mil novecientos cincuenta y siete s. a.—Alajuela, veintiséis de junio de dos mil once.—Lic. Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—(IN2011049223).

Ante mí, Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario Público de Alajuela, se ha constituido mediante escritura ciento seis, visible al folio cincuenta y uno vuelto del tomo sexto de mi protocolo, se modificó la cláusula octava del acta constitutiva de la sociedad denominada Ecovida Inmobiliaria S. A.—Alajuela, veintiséis de junio de dos mil once.—Lic. Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—(IN2011049224).

Por escritura número doscientos treinta y nueve, de las diez horas y cuarenta minutos del trece de junio del dos mil once, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Costa Developers Constructions Sociedad Anónima, en la cual se acuerda reformar la cláusula segunda del domicilio.—Lic. Cintya Cordero Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2011049225).

Por escritura otorgada en esta Notaría a las nueve horas del catorce de junio del dos mil once, se reorganiza junta directiva de la sociedad RJ Group JM Sociedad Anónima.—Alajuela, catorce de junio del dos mil once.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—(IN2011049229).

Por escritura otorgada en esta Notaría a las nueve horas del veintiuno de junio del dos mil once, se modifica cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad Inmobiliaria Carrizal Calvo de Alajuela Sociedad Anónima. Presidente con facultades.—Alajuela, veintiuno de junio del dos mil once.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—(IN2011049230).

La sociedad Ofibodegas del Oeste Sagitta Treinta y Seis S.A., modifica su pacto constitutivo en las cláusulas segunda y sexta, cambiar junta directiva, fiscal y nombrar agente residente.—San José, veintiuno de junio del dos mil once.—Lic. Laura Mónica Zamora Ulloa, Notaria.—1 vez.—(IN2011049236).

Hago constar que mediante escritura número cuarenta y uno-setenta y seis, otorgada ante esta Notaría a las catorce horas del veintidós de junio del año dos mil once, se modificaron los estatutos de la sociedad denominada Reef Cave Investments Sociedad Anónima.—Desamparados, veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Laura Mora Camacho, Notaria.—1 vez.—(IN2011049241).

Por escritura ante mí, en Naranjo a las ocho horas del veintitrés de junio del dos mil once, protocolizo acta de la sociedad: Importadora de Vehículos Carfenjo S. A. que otorga poder a Catalina Calderón Jiménez.—Lic. William Gonzalo Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2011049252).

Por escritura pública número 52, tomo 4, otorgada en Grecia, se protocolizó el acta dos de la sociedad denominada: Grayish Saltator Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos dieciséis mil setecientos cincuenta y siete, en la que se limita la representación del tesorero de esa sociedad. Escritura otorgada en Grecia, a las 8:00 horas del día 16 de junio del 2011.—Lic. Marvin Gerardo Quesada Castro, Notario.—1 vez.—(IN2011049253).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del diecisiete de junio del 2011, se revocan los puestos de secretario y tesorero de la junta directiva, así como fiscal, se llenan vacantes, se elimina el cargo de agente residente y se establece nuevo domicilio social en relación con la sociedad LG Construcciones Económicas LLC S. A., cédula 3-101-600354.—Lic. Renzo Alexander Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2011049254).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del diecisiete de junio del 2011, se designa nuevo gerente y se establece nuevo domicilio social en relación con la sociedad 3-102-615152.—Lic. Renzo Alexander Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2011049255).

Por escritura otorgada por mí, el día veintidós de junio del dos once, a las diez horas, se protocolizó acta de Jardín de Ñorbo S. A., mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda (domicilio) y octava (administración) de su pacto social.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2011049256).

Por escritura otorgada por mí, el día dieciséis de junio del dos once, a las ocho horas, se protocolizó acta de Inmobiliaria Villa Castelli C.T.I. S. A., mediante la cual se modifica la cláusula primera (denominación social), segunda (domicilio) y octava (administración) del pacto social.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2011049257).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del día 23 de junio del 2011, se constituyó la empresa denominada Obsidiana Azul S. A. Domiciliada en La Ribera de Belén, Heredia, veinticinco metros al oeste del Hotel Marriott. Presidenta Georgina Jiménez Vásquez, cédula Nº 2-169-536. Capital social: Cien mil colones.—Belén, Heredia, 24 de junio del 2011.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2011049264).

Por escritura número ciento veinte otorgada ante mí, a las nueve horas diez minutos del veinte de junio del año dos mil once, se modificó la cláusula sétima y la cláusula octava, y se eliminaron las cláusulas quinta bis, catorce y quince todas del pacto constitutivo de la Compañía Hotelera Bonanza S. A. Igualmente, se nombró nueva junta directiva.—San José, veinte de junio de dos mil once.—Lic. Miguel Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—(IN2011049279).

Por medio de la escritura número doscientos trece, otorgada a las catorce horas del día veintitrés de junio del año dos mil once, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Feanor Cove Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio y la cuarta del plazo social y se prorroga este.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2011049281).

Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Constructora San Carlos Del Este CSCE S. A. constituyen Anderes Uno H Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Anderes Uno H S. A. Domicilio social: San Joaquín de Flores, Heredia. Plazo: Noventa y nueve años. Capital social: Diez mil colones. Objeto: Comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—Heredia veinticuatro de junio del año dos mil once.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(IN2011049302).

En escritura otorgada ante mí, protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Anderes Once B S. A., en la cual se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo.—Heredia, veinticuatro de junio del año dos mil once.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(IN2011049303).

El día de hoy se constituyó la sociedad denominada Despertar De La Conciencia Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, San Vicente de Moravia, cincuenta metros al norte de Romanas Ballar. Capital social: Cien mil colones. Objeto: el comercio en general, la importación, la exportación, la venta de servicios de medicina en general, la agricultura, industria, ganadería en general y la educación. Plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy.—San José, a las diez horas del diez de abril del dos mil once.—Lic. Evelyn Gómez Quirós, Notaria.—1 vez.—(IN2011049326).

Por escritura otorgada hoy 22 de junio del 2011, a las 15:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada tres-ciento dos-seiscientos treinta y cinco mil cuarenta y seis limitada, mediante la cual se acordó modificar la cláusula octava.—San José, 22 de junio del 2011.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1 vez.—(IN2011049328).

Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, Juan Antonio Mainieri Acuña y María Teresa Gutiérrez Gutiérrez constituyen la sociedad Best Choice Cinco Cero Seis Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente del Consejo de Administración. Capital social de doce mil colones.—San José, a las once horas del día veintitrés de junio dos mil once.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1 vez.—(IN2011049329).

Yo, Marco Antonio Fernández López, protocolicé acta de asamblea de Diad De Oro Sociedad anónima (la “Compañía”), cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintisiete mil novecientos ochenta y cinco; donde se modifica la cláusula segunda del domicilio, novena de la representación, y se nombra junta directiva.—Veintidós de junio de dos mil once.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—(IN2011049330).

Por escritura de las 15:00 horas del veintidós de junio del año 2011, se protocolizó acta de asamblea de socios de Zurich Capital Corporation C R S. A., donde se nombró nuevo presidente.—San José, veintitrés de junio del 2011.—Lic. Manuel Porras Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2011049334).

Ante esta notaría se constituye la sociedad de esta plaza denominada Servicios R M J Precisión Limitada, a las diez horas del veintitrés de junio del dos mil once, siendo su gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, Roney Rodríguez Salas, ante el notario Rodrigo Garita López, en Venecia de San Carlos.—Alajuela, veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—(IN2011049336).

Ante esta notaría se constituye la sociedad de esta plaza denominada Servicios Valro A & Y Limitada, a las dieciocho horas del veintitrés de junio del dos mil once, siendo sus gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, Alexander Valverde Benavides y Yolanda María Rodríguez Salas, ante el notario Rodrigo Garita López, en Venecia de San Carlos.—Alajuela, veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—(IN2011049337).

Por escritura ciento treinta y dos-treinta y nueve, de las once horas del quince de junio del dos mil once, del tomo treinta y nueve del protocolo de la licenciada Jenny Ramírez Robles, se constituyó Aca Suministros C.R. Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Rohrmoser, de Plaza Mayor, ciento setenta y cinco metros al oeste, capital social: cincuenta mil colones.—San José, treinta de marzo del dos mil once.—Lic. Jenny Ramírez Robles, Notaria.—1 vez.—(IN2011049343).

Ante mi notaría se constituyó la sociedad denominada Inversiones El Sol Cañas LQS Sociedad Anónima.—San José, tres del junio del año dos mil once.—Lic. Ferdinand von Herold, Notario.—1 vez.—(IN2011049348).

Mediante escritura de las dieciocho horas del veinticuatro de febrero de dos mil once, en el protocolo del notario Ruperto Marvin Atencio Delgado, se constituyó la sociedad Inversiones Buena Vista Cristal Sociedad Anónima. Capital social: Diez mil colones. Plazo social: Noventa y nueve años. Presidente: Juan Carlos Jiménez Pacheco.—San Isidro de Pérez Zeledón, 10 de junio del 2011.—Lic. Ruperto Marvin Atencio Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2011049354).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Confecciones Ejecutivas Frutos Venegas Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital social de diez mil colones y un plazo social de noventa y nueve años. Gerente Carolina Frutos Venegas.—Santo Domingo de Heredia, 1º de junio del 2011.—Lic. Carlos Manuel Acuña Castro, Notario.—1 vez.—(IN2011049359).

Que ante esta notaría se constituyeron las sociedades Chispas Doradas del Norte S. A. y Diamante del Oeste S. A. y se protocoliza acta de asamblea de las sociedades Corporación Loma Tika S. A., Proyecto El Barón Primero S. A., Proyecto El Barón Segundo S. A., Proyecto El Barón Tercero S. A., Proyecto El Barón Cuarto S. A. y se reforman los estatutos de la empresa Villas de Palmares EIRL y se traspasa la misma.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Vanessa Cubillo Arguedas, Notaria.—1 vez.—RP2011244584.—(IN2011049459).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima cuyo nombre es el siguiente Pisos y Más S. A., el día veintidós de junio del dos mil once.—Lic. Max Alberto Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011244587.—(IN2011049460).

Por escritura otorgada a las 15:30 horas de 23 de junio de 2011, se constituyó Grupo Aisfa Sociedad Corredora de Seguros Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Rodrigo José Aguilar Moya, Notario.—1 vez.—RP2011244588.—(IN2011049461).

Por escritura otorgada en mi notaría hoy a las 14:00 horas se protocolizó en lo conducente el acta número diez, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, Flores y Helechos Centroamericanos S. A., mediante la cual se reforma el pacto constitutivo en lo referente al domicilio y la administración, se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintitrés de junio del año dos mil once.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—RP2011244590.—(IN2011049462).

Mediante escritura pública Nº 105-4, otorgada ante esta notaría, en Paraíso de Cartago a las 11:00 horas del 15 de junio de 2011, visible al folio 073 vuelto del tomo cuarto del protocolo del suscrito notario público, se ha constituido la sociedad denominada Inversiones Familiares Las Tres A S. A, capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—Cartago, 22 de junio del 2011.—Lic. Óscar Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2011244591.—(IN2011049463).

La suscrita notaria Rosa María Corrales Villalobos hace constar que se modifica la junta directiva y fiscal, se aumenta capital y se reforma el domicilio social de Doralzuela Sociedad Anónima en la ciudad de San José a las dieciocho horas del veintiuno de junio del dos mil once.—Lic. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2011244593.—(IN2011049464).

Por escritura otorgada ante esta notaría pública, se constituyó Inmobiliaria Heralcri De Oreamuno S. A., capital suscrito y pagado.—San José, 23 de junio del 2011.—MSC. Rodney Montalbán Rivera, Notario.—1 vez.—RP2011244594.—(IN2011049465).

El suscrito notario hace constar y da fe, que por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del día diecinueve de junio de dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Adrica Del Atlántico S. A., con un capital social de diez mil colones, la representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente, por un plazo de noventa y nueve años. Es todo.—San José, veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Bernal Rodríguez Cruz, Notario.—1 vez.—RP2011244596.—(IN2011049466).

Por escritura pública número: ciento uno-cinco del tomo quinto otorgada ante la suscrita notaria pública, se protocoliza la creación de la sociedad Helvetica Print Masters de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, dieciséis de junio del dos mil once.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2011244600.—(IN2011049467).

En mi notaría se ha constituido la sociedad Algaulloa Sociedad Anónima. Presidente el socio Álvaro Eduardo Gámez Novoa. En Guadalupe a las diez horas del catorce de junio del año dos mil once.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2011244601.—(IN2011049468).

Rita María Rojas Castro, Miguel Hidalgo Saborío, Erika María Hidalgo Rojas, Yendry Milena Hidalgo Rojas, Viviana Patricia Hidalgo Rojas, Verónica Hidalgo Rojas y Elizabeth María Hidalgo Rojas, constituyen la sociedad denominada Hidalro S.R.L. Escritura otorgada en Grecia a las 17:00 horas del día 22 de junio del año 2011.—Lic. Miguel Alfaro Blanco, Notario.—1 vez.—RP2011244602.—(IN2011049469).

Por escritura otorgada por el notario licenciado Felipe Gómez Rodríguez, a las 16:00 horas del 22 de junio del 2011, se constituyó la sociedad Corporación Morera Majemada Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Corporación Morera Majemada S. A. Presidenta: con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, la señora: María Elena Solano Zúñiga. Capital: suscrito y pago en su totalidad.—Grecia, el día del veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011244603.—(IN2011049470).

Por escritura otorgada en San José a las diecisiete horas treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil once, ante la notaria Laura Avilés Ramírez, se constituye sociedad anónima BCOM S. A. La representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente, puesto que ocupa Bernardo González Ovares. Es todo.—San José, veintiuno de junio del dos mil once.—Lic. Laura Avilés Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2011244604.—(IN2011049471).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Melussine Sociedad Anónima. Se acordó reformar la cláusula de la administración, modificar el domicilio y nombrar nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, 23 de junio del 2011.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—RP2011244605.—(IN2011049472).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del día de hoy, se constituyó la firma Capacitaciones Técnicas Barquero Zúñiga S. A.—Cartago, 21 de junio del 2011.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1 vez.—RP2011244606.—(IN2011049473).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del día de hoy, se constituyó la firma Sociedad de Servicios Múltiples Machado Cerdas S. A.—Cartago, 20 de junio del 2011.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1 vez.—RP2011244607.—(IN2011049474).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario público, Carlos Alberto Monge Morales, a las trece horas del diez de junio de dos mil once, se constituye una sociedad anónima a la cual le corresponderá como denominación social el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas le asigne al momento de la inscripción, de conformidad con el artículo segundo del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de cédula de persona jurídica como denominación social, número treinta y tres mil ciento setenta y uno.—San José, veintidós de junio del dos mil once.—Lic. Carlos Alberto Monge Morales, Notario.—1 vez.—RP2011244612.—(IN2011049476).

Por escritura número doscientos treinta y dos-dos, otorgada ante la suscrita notaria, a las nueve horas del treinta y uno de mayo de dos mil once, se protocoliza acta extraordinaria de asamblea de accionistas de la sociedad La Tuerca Films Sociedad Anónima, en la que se modifica cláusula novena y nombramiento de junta directiva.—San José, veintidós de junio del dos mil once.—Lic. Christy Martínez Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2011244613.—(IN2011049477).

Por escritura número 137 otorgada ante esta notaría se constituyó las siguientes diez sociedades Valle Perdido Colina Atardecer Uno Antilia Sociedad Anónima, Valle Perdido Colina Atardecer Dos Caelum Sociedad Anónima, Valle Perdido Colina Atardecer Tres Capricornus Sociedad Anónima, Valle Perdido Colina Atardecer Cuatro Delphinus Sociedad Anónima, Valle Perdido Colina Atardecer Cinco Draco Sociedad Anónima, Valle Perdido Colina Atardecer Seis Hydrus Sociedad Anónima, Valle Perdido Colina Atardecer Siete Octans Sociedad Anónima, Valle Perdido Colina Atardecer Ocho Orion Sociedad Anónima, Valle Perdido Colina Atardecer Nueve Sagittarious Sociedad Anónima, Valle Perdido Colina Atardecer Diez Serpens Sociedad Anónima, Capital social diez mil colones exactos, plazo social noventa y nueve años. Al presidente y secretario les corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma. Presidente Charles William Kuhn, pasaporte número 437660761, secretario John Goodwin Futch, pasaporte número 710182709.—Cartago, de 14 de junio del 2011.—Lic. Lucrecia Rojas Calvo, Notaria.—1 vez.—RP2011244614.—(IN2011049478).

Por escritura número 144 otorgada ante esta notaría se constituyó la sociedad Inversiones Superiores J & K de Cartago Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones exactos, plazo social noventa y nueve años. Al presidente y secretario les corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma. Presidente Keivin José Solano Oviedo, cédula 3-379-994, secretaria Jennifer De Los Ángeles Vega Meza, cédula 3-378-899.—Cartago, 14 de junio del 2011.—Lic. Lucrecia Rojas Calvo, Notaria.—1 vez.—RP2011244615.—(IN2011049479).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó Inmobiliaria Hispano-Peruana Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, domicilio: Provincia de San José, cantón 01, distrito 01, avenida central y primera, calle 2, edificio Trifami, tercer piso, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier lugar de la República o fuera de ella. Plazo social: 99 años a partir de esta fecha. Capital: Totalmente suscrito y pagado.—San José, a las 10:00 horas del 23 de junio del 2011.—Lic. Grettel Caldera Schaubeck, Notaria.—1 vez.—RP2011244618.—(IN2011049480).

Por medio de la escritura número doscientos once, otorgada a las dieciocho horas del día veintidós de junio del año dos mil once, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Auiles De Liberia Sociedad Anónima, con domicilio en Playas del Coco, Guanacaste, capital social cien mil colones. Representación judicial y extrajudicial al presidente de la junta directiva. Presidente el señor Pablo Andrés Mora Cascante.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—RP2011244619.—(IN2011049481).

Por escritura otorgada a las once horas del veintitrés de junio de dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Alternativas Mercadológicas S. A., en que se nombra presidente y fiscal y se reforma cláusula de la administración.—San José, veintitrés de junio de dos mil once.—Lic. Martín Hernández Treviño, Notario.—1 vez.—RP2011244620.—(IN2011049482).

Que por escritura otorgada a las nueve horas del veintitrés de junio del año 2011, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Speed Credit S. A. identificada con la cédula de persona jurídica número: 3-101-360943, donde se modifica la cláusula quinta de su acta constitutiva, concerniente al capital social. Es todo.—San Francisco de Dos Ríos, 23 de junio del año 2011.—Lic. David Robles Rivera, Notario.—1 vez.—RP2011244622.—(IN2011049483).

En mi notaría se constituye Auto Eduva Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, siendo su apoderado generalísimo sin límite de suma Henrich Moya Moya, cédula uno setecientos cincuenta y cuatro-cuatrocientos cuarenta y ocho.—Cartago, 23 de junio del 2011.—Lic. Walter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2011244624.—(IN2011049484).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho y treinta horas del veintitrés de junio del dos mil once, se procede protocolizar asamblea general y extraordinaria de Grupo Galaxy Empresarial Sociedad Anónima Modificaciones: La administración. Es todo.—Veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2011244626.—(IN2011049485).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos del día ocho de junio del presente año, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos veintiocho mil ochocientos veintitrés s. a., mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra vocal de la junta directiva.—San José, ocho de junio del año dos mil once.—Lic. Kattya Marcela Mejías Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2011244629.—(IN2011049486).

En escritura otorgada en esta notaría, a las ocho horas del veintidós de junio del año en curso, los señores Rubén Darío Azofeifa Calderón y Heriberto Azofeifa Calderón, constituyen la sociedad Transportes y Reciclaje Azocal Limitada. Gerente: Rubén Darío Azofeifa Calderón.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—RP2011244630.—(IN2011049487).

Luis Mauricio Solano Corella, Rodolfo José Solano Corella y Jenny Jeannette Quirós Reid constituyen TIC Software Development Sociedad Anónima. Presidente: Luis Mauricio Solano Corella. Fecha de constitución: 21 de junio del año 2011. Capital social: quinientos mil colones.—Lic. Geovanny Alberto Morales Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2011244631.—(IN2011049488).

Por escritura otorgada en esta notaría a las nueve horas del día de hoy, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Super Media Sociedad Anónima mediante la cual se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo.—San José, veintitrés de junio del año dos mil once.—Lic. Róger Guevara Vega, Notario.—1 vez.—RP2011244634.—(IN2011049489).

Por escritura otorgada en esta notaría a las diez horas del día de hoy, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Asa Posters Costa Rica Sociedad Anónima mediante la cual se modifica la cláusula décimo segunda del pacto constitutivo.—San José, veintitrés de junio del año dos mil once.—Lic. Róger Guevara Vega, Notario.—1 vez.—RP2011244635.—(IN2011049490).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintiséis de mayo del dos mil once, Ana Yamileth y Roselia Rivas Alvarado, constituyen la sociedad de esta plaza Omnivida S. A. Representación presidente.—Alajuela, 22 de junio 2011.—Lic. Violeta Miranda Meza, Notaria.—1 vez.—RP2011244636.—(IN2011049491).

El suscrito notario Roberto Vargas Mora, constituí sociedad anónima, siendo su denominación social la cédula jurídica que le otorgue el Registro de Personas Jurídicas, ello conforme al Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta ciento catorce del día catorce de junio del dos mil seis. Con un capital social de cien mil colones y un plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—Palmares, diez de junio del dos mil once.—Lic. Roberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2011244637.—(IN2011049492).

El suscrito, Alonso Calderón Jiménez, notario público, con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número cuarenta y nueve, iniciada al folio treinta y uno frente del tomo segundo de mi protocolo, otorgada ante mi notaría a las dieciocho horas con cuarenta minutos del día veintidós de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima denominada Servicios Empresariales G y L Sociedad Anónima, cuyo presidente y secretario tienen la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Alonso Calderón Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011244638.—(IN2011049493).

Roberto Umaña Balser; notario público de San José, hace constar que por escritura otorgada a las dieciséis horas del trece de junio del dos mil once, escritura cien, folio ciento cuatro vuelto tomo noveno, se constituyó la compañía denominada Windwalker Sociedad Anónima. Capital social un mil colones, duración noventa y nueve años contados a partir de su fundación, apoderados generalísimos: comparecen Maribel Quirós Barquero cédula uno novecientos veinticinco-ochocientos veintinueve, señor Oseas López Jiménez cédula ocho-cero cero setenta y siete-cero ochocientos cincuenta y siete domiciliada en San José, avenida catorce, entre calles cuarenta y uno y cuarenta y tres Bufete Balser & Umaña. Es todo.—San José, trece de junio del dos mil once.—Lic. Roberto Umaña Balser, Notario.—1 vez.—RP2011244639.—(IN2011049494).

Roberto Umaña Balser; notario público de San José, hace constar que por escritura otorgada a las quince horas del trece de junio del dos mil once, escritura noventa y nueve, folio ciento noventa y dos vuelto tomo noveno, se constituyó la compañía denominada Puriscal Strategic Development Sociedad Anónima. Capital social un mil colones, duración noventa y nueve años contados a partir de su fundación, apoderados generalísimos: comparecen Maribel Quirós Barquero cédula uno novecientos veinticinco-ochocientos veintinueve, señor Óseas López Jiménez cédula ocho-cero cero setenta y siete-cero ochocientos cincuenta y siete domiciliada en San José, avenida catorce, entre calles cuarenta y uno y cuarenta y tres Bufete Balser & Umaña. Es todo.—San José, trece de junio del dos mil once.—Lic. Roberto Umaña Balser, Notario.—1 vez.—RP2011244641.—(IN201149495).

Ante mí, Josefina Apuy Ulate, notaria pública, el día diecisiete de junio del 2011, mediante la escritura ciento cincuenta y cinco de tomo sesenta, se reforman la cláusulas cuarta y sétima, de Representaciones y Asesoría de Costa Rica S. A., cuyo presidente es: Eduardo Esteban Chacón Ramírez, capital social de doscientos mil colones suscrito y pagado, por un plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—San José, 23 de junio del 2011.—Lic. Josefina Apuy Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2011244646.—(IN2011049496).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintitrés de junio del dos mil once, se constituyó Benefit Marketing S.R.L. Capital social totalmente suscrito y pagado. El Gerente es representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma pudiendo actuar individualmente.—San José, veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Marco Antonio Abellan Acevedo, Notario.—1 vez.—RP2011244649.—(IN2011049497).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del dieciséis de abril del dos mil once, se constituyó E Y Z Anafaran S. A., capital un millón de colones, presidente, secretario y tesorero con la representación.—Golfito, diecisiete de junio del dos mil once.—Lic. Bernal Castro Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2011244650.—(IN201149498).

Mediante escritura número 171-7, otorgada a las 15:30 horas del 21 de junio del 2011, se efectuó nombramientos en la junta directiva, se modificó domicilio y representación de la sociedad denominada 3-101-539499 S. A.—San José, 21 de junio de 2011.—Lic. Giovanni Cavallini Barquero, Notario.—1 vez.—RP2011244651.—(IN2011049499).

Por asamblea general extraordinaria de socios de Juanapo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-132031, se acuerda modificar la cláusula cuarta del pacto constitutivo y realizar un aumento de capital a la suma de diez millones de colones.—San José, 23 de junio de 2011.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011244653.—(IN2011049500).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del quince de junio del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-seiscientos nueve mil cuatrocientos cuarenta y cinco sociedad anónima, según la cual se reforman las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo, se acepta la renuncia de toda la junta directiva y fiscal, se hacen nuevos nombramientos.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2011244654.—(IN2011049501).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veintitrés de junio del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Tottinos G.O.R Sociedad Anónima. Se transforma de Sociedad Anónima a Responsabilidad Limitada.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2011244655.—(IN2011049502).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veintitrés de junio del presente año, se protocoliza acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía ACME Internet Business Sociedad Anónima, mediante el cual se reforma la cláusula cuarta de los estatutos.—San José, 23 de junio del 2011.—Lic. Rodolfo Loría Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2011244663.—(IN2011049503).

La suscrita notaria hace constar que hoy he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa tres-ciento uno-seis dos seis ocho cinco nueve, mediante la cual se cambia de junta directiva.—San José, diez de junio del dos mil once.—Lic. Annette Tapia Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2011244664.—(IN2011049504).

La suscrita notaria hace constar que he procedido a protocolizar acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la empresa tres -ciento uno-seis dos tres tres dos dos s. a., por medio de la cual se reforman los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—San José, 10 de mayo del 2011.—Lic. Annette Tapia Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2011244665.—(IN2011049505).

El suscrito Marino Muñoz Elizondo, notario público, hace constar que ante esta notaría se ha constituido la sociedad Inversiones Hay Forestal Sur-Sur Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, presidente Yeison Fernando Hay Villalobos, cédula de identidad 6-296-354, a quien le corresponde la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo sólo en forma conjunta o separada.—San José, 23 de junio del 2011.—Lic. Marino Muñoz Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2011244667.—(IN2011049506).

El suscrito Marino Muñoz Elizondo, notario público, hace constar que ante esta notaría se ha constituido la sociedad Servicios Múltiples Agosur Del Carmen De Abrojo Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, presidente José Ricardo Acuña Enríquez, cédula de identidad 6-349-693, a quien le corresponde la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo sólo en forma conjunta o separada.—San José, 23 de junio del 2011.—Lic. Marino Muñoz Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2011244668.—(IN2011049507).

José Aníbal Coto Camacho y Xinia Carballo Varhas constituyen sociedad cuyo nombre será asignado por Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Capital social: Suscrito y pagado. Presidente: El socio Coto Camacho.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Luis Alfonso Romero Coto, Notario.—1 vez.—RP2011244669.—(IN2011049508).

En mi notaría se constituyó la sociedad denominada Camino Eterno Sociedad Anónima. Presidente. Roberto Montiel González. Agente residente. Sergio Elizondo Garófalo.—Heredia, 23 de junio del 2011.—Lic. Sergio Elizondo Garófalo, Notario.—1 vez.—RP2011244670.—(IN2011049509).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las nueve horas del trece de junio del dos mil once, se concluyó la empresa Q Buon Gelato Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—Heredia, diez horas del veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández, Notario.—1 vez.—RP2011244671.—(IN2011049510).

Ante el notario Didier Fallas Hidalgo, por escritura número 26, de las 17:20 horas del día 8 de junio del año 2011, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Hermanos Solano S. A. Corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, ocupando dichos cargos Hubert Solano Castillo, cédula 1-705-120 y Alejandro Solano Picado 3-431-435.—Cartago, 24 de junio del 2011.—Lic. Didier Fallas Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011244675.—(IN2011049511).

En esta notaría, por escritura ciento cuarenta y seis, otorgada el veintitrés de junio de dos mil once, se constituyó sociedad denominada C.B.C. Ingeniería Sociedad Anónima, con domicilio en Trinidad de Moravia, urbanización Las Rosas Orientales, casa veintiocho. Presidente: Carlos Bejarano Carvajal.—Lic. Leonardo J. Arcia Fernández, Notario.—1 vez.—RP2011244677.—(IN2011049512).

Ante mi notaría se ha constituido la compañía Costa Verde & Asociados Sociedad Anónima domiciliada en Cartago, Los Ángeles, de la Basílica ciento cincuenta metros al este, distrito Central, cantón Central, con un capital de cien mil colones. Correspondiendo la representación judicial y extrajudicial con poder generalísimo sin límite de suma al presidente y secretaria. Escritura número 55 visible al folio 28 frente del tomo VI de la notaria Nora V. Chacón Jiménez. Con fecha de otorgamiento a las 9:00 horas del 24 de junio del 2011.—Lic. Nora Vanessa Chacón Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011244679.—(IN2011049513).

Ante el suscrito notario han comparecido Justo Ortiz Chávez, cédula 5-0197-0725 y Hugo Ortiz Chávez, cédula 1-0990-0217. Para solicitar la constitución de una sociedad anónima acogida al Decreto Nº 33171-J. Se cita a las personas que se vean afectadas con esta constitución a presentarse ante la oficina del suscrito sea Desamparados, Higuito Residencial Santa Bárbara casa 4C.—San José, veintidós de junio del dos mil once.—Lic. Neiver P. Gutiérrez Ondoy, Notario.—1 vez.—RP2011244681.—(IN2011049514).

Ante el suscrito notario han comparecido Guillermo Gatjens Gómez, cédula 1-0482-0356, y Guiselle Calderón Jiménez, cédula 1-0532-02258. Para solicitar la constitución de una sociedad anónima llamada Gatjens Tower Construction International Sociedad Anónima. Se cita a las personas que se vean afectadas con esta constitución a presentarse ante la oficina del suscrito sea Desamparados, Higuito Residencial Santa Bárbara casa 4C.—San José veintidós de junio del dos mil once.—Lic. Neiver P. Gutiérrez Ondoy, Notario.—1 vez.—RP2011244682.—(IN2011049515).

Ante la notaría del suscrito al ser las dieciocho horas del veintiuno de junio del año dos mil once, se protocolizó el acta número cinco de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Importadora Arco Iris Guqui Sociedad Anónima. Es todo.—Heredia, al ser las siete horas treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Roberto Villalobos Conejo, Notario.—1 vez.—RP2011244684.—(IN2011049516).

Que hoy se ha constituido la sociedad anónima Distribuidora Kayalpa Sociedad Anónima, domiciliada en Liberia, barrio La Victoria Sección Alaska contiguo al parque infantil, representada por su presidente Ananías Antonio Porras Cruz y secretario Omar Antonio Porras Mora, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma.—Liberia, veinticuatro de junio del año dos mil once.—Lic. Edith Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1 vez.—RP2011244686.—(IN2011049517).

Que hoy se ha constituido la sociedad anónima Boalist de Guanacaste Sociedad Anónima, domiciliada en Liberia, representada por su presidenta Alicia Muñoz Salazar y tesorero Boanerges Bustos Ugarte ambos con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma.—Liberia, veinticuatro de junio del año dos mil once.—Lic. Edith Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1 vez.—RP2011244687.—(IN2011049518).

Ante esta notaría, en el tomo veintitrés, en la escritura número veinte al ser las nueve horas, del día dieciséis de junio del año dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Grupo de Entretenimiento Uno Sociedad Anónima en inglés One Entertainment Group Sociedad Anónima.—San José, veintitrés de junio de dos mil once.—Lic. Jorge Henry Vega Salazar, Notario.—1 vez.—RP2011244689.—(IN2011049519).

Por escritura número cuarenta y ocho otorgada ante mí, a las catorce horas del veintidós de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Pro Mark Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años y capital social de cien mil colones representados por diez acciones comunes y nominativas.—Lic. Anaclara Vargas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011244690.—(IN2011049520).

Mediante escritura número 90, otorgada en conotariado por Angie Raquel Luna Monge Cinthya Calderón Rodríguez y Carlos Valenciano Kamer, a las 12:00 horas del 23 de junio de 2011, se protocolizó el acta de asamblea de 3-101-473127 s. a., mediante la cual se modifica la cláusula primera de su pacto constitutivo para denominarse Ópticas Más Vista S. A.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Cinthya Calderón Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011244691.—(IN2011049521).

Mediante escritura número 89, otorgada en conotariado por Angie Raquel Luna Monge Cinthya Calderón Rodríguez y Carlos Valenciano Kamer, a las 11:30 horas del 23 de junio de 2011, se protocolizó el acta de asamblea de Condominio Oro Del Río Filial 21 Verde OSQ S. A., mediante la cual se modifica el domicilio social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Cinthya Calderón Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011244692.—(IN2011049522).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil once, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-ciento dos-seiscientos cuatro mil cuatrocientos sesenta y seis s.r.l, por la que se realiza traspaso de cuotas de la sociedad. Se acuerda modificar la cláusula primera del nombre denominándose: Santana’s CRR S.R.L. Se acuerda modificar la cláusula tercera del domicilio, así como se acepta la renuncia del gerente de la sociedad, y se hace un nuevo nombramiento.—San José, 21 de junio de 2011.—Lic. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011244693.—(IN2011049523).

Ante el Licenciado Marvin Ramírez Víquez, el día 21 de junio del 2011, se modifica el pacto constitutivo de D T W Seafood S. A.—21 de junio del 2011.—Lic. Marvin Ramírez Víquez, Notario.—1 vez.—RP2011244694.—(IN2011049524).

Por escritura otorgada el veintitrés de junio del dos mil once, a las dieciséis horas, Tres ciento uno-seiscientos veintitrés mil cuatrocientos setenta y cinco sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos veintitrés mil cuatrocientos setenta y cinco; reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, 23 de junio de 2011.—Lic. Ernesto Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011244695.—(IN2011049525).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se reformó el pacto constitutivo de la sociedad denominada Tres ciento uno-cuatro cinco cuatro cinco ocho cuatro sociedad anónima. Domicilio social: será en el cantón quinto de Carrillo, provincia de Guanacaste, Sardinal, Santa Rita de la escuela dos kilómetros al norte. Nombramientos: Se acuerda hacer los nombramientos de los puestos de la junta directiva que se dirá por el resto del período previsto: Presidente: Carlos Marcial Gutiérrez Esquivel, mayor, soltero en unión de hecho, administrador comercial, con cédula de identidad número uno-quinientos noventa y cinco-setecientos sesenta y siete, vecino de Santa Rita de Sardinal de Carrillo, Guanacaste, de la escuela Santa Rita, dos kilómetros al norte. Secretaria: se nombra a la señora Ada Benavides Mora, mayor, soltera en unión de hecho, ama de casa, cédula número uno-ochocientos veinte-doscientos doce, vecina de Santa Rita de Sardinal de Carrillo, Guanacaste de la escuela de Santa Rita, dos kilómetros al norte. Los nombrados estando presentes aceptan los cargos conferidos y entran en posesión de los mismos a partir de este momento, el resto de los miembros de la junta directiva permanecen en sus puestos.—Filadelfia, Guanacaste, tres de mayo de dos mil once.—Lic. Miriam Medina Espinoza, Notaria.—1 vez.—RP2011244697.—(IN2011049526).

Mediante escritura número cincuenta y cuatro otorgada ante la suscrita Notaria Gaudy Garro Segura, en Heredia a las dieciocho horas del veintidós de junio del año dos mil once, visible al folio veintiocho vuelto, del tomo número uno de mi protocolo, los señores José Joaquín Bolaños Ruiz y José Joaquín Bolaños Víquez constituyeron sociedad anónima, la cual se denominará Guanacaste al Atardecer Sociedad Anónima.—Heredia, veintidós de junio del dos mil once.—Lic. Gaudy Garro Segura, Notaria.—1 vez.—RP2011244699.—(IN2011049527).

En asamblea general extraordinaria de 3-101-623860 sociedad anónima celebrada en el domicilio social a las 16:00 horas del 23 de junio de 2011, se acordó modificar la cláusula segunda relativa al domicilio, y se revocaron e hicieron nuevos nombramientos de presidente, secretario, tesorero y fiscal.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—RP2011244701.—(IN2011049528).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad My Fast Ride Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse su aditamento como Ltda.—23 de junio de 2011.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—RP2011244703.—(IN2011049529).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-ciento uno seiscientos diez mil novecientos cincuenta y cinco, mediante la cual se modifica la cláusula primera del nombre: la sociedad se denominará Rancho El Dorado del Mar Sociedad Anónima y de la representación-décimo novena. Escritura otorgada a las trece horas del veintitrés de junio de dos mil once.—Lic. Claudio Antonio Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011244704.—(IN2011049530).

Ana Patricia Gómez Marín y Marvin Segura Montero constituyen la sociedad Servicios de Producción del Este SP, Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Cristian Calderón Cartín y Bernardo Gómez Salgado, Notarios.—1 vez.—RP2011244705.—(IN2011049531).

Ana Patricia Gómez Marín y Marvin Segura Montero constituyen la sociedad Spoon Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las trece horas quince minutos del veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Cristian Calderón Cartín y Bernardo Gómez Salgado, Notarios.—1 vez.—RP2011244706.—(IN2011049532).

En esta Notaría, mediante escritura número ciento cinco del tomo treinta y uno del protocolo del suscrito notario, de las 11:00 horas del 16 de junio del dos mil once, se constituye la sociedad Soluciones Naturales S.R.L. Capital social suscrito y pagado. Domicilio en San José. Plazo: 99 años.—San José, 23 de junio de dos mil once.—Lic. Alejandro Fernández Carrillo, Notario.—1 vez.—RP2011244713.—(IN2011049533).

En esta Notaría, mediante escritura número ciento sesenta y uno-diecisiete del tomo diecisiete del protocolo del suscrito notario, de las 11:00 horas del 23 de junio del dos mil once, se aumenta y modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo, sobre el capital social, de la empresa Centro de Mamografía La California S. A.—San José, 23 de junio del dos mil once.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2011244714.—(IN2011049534).

En esta Notaría, mediante escritura número ciento sesenta y dos-diecisiete del tomo diecisiete del protocolo del suscrito notario, de las 11:30 horas del 23 de junio del dos mi once, se aumenta y modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo, sobre el capital social, de la empresa Ultrasonografía S. A.—San José, 23 de junio del dos mil once.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2011244715.—(IN2011049535).

Por escritura otorgada el día 23 de junio del dos mil once, ante esta Notaría, se reforman estatutos de la sociedad anónima Inversiones R.A.B. de Flamingo Uno Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de junio del dos mil once.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2011244717.—(IN2011049536).

Por escritura otorgada el día 23 de junio del dos mil once, ante esta Notaría, se reforman estatutos de la sociedad anónima R A D de Guanacaste Tres Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de junio del dos mil once.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2011244718.—(IN2011049537).

Ante esta Notaría se protocolizó el acta número dos: asamblea general extraordinaria, de P C Logic S. A. modifican cláusula quinta pacto constitutivo, capital social a cincuenta millones de colones, representado por cincuenta mil acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, debidamente suscritas y pagadas.—Cartago 23 de junio del dos mil once.—Lic. Carlos Enrique Leiva Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011244719.—(IN2011049538).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 17:00 horas del 15 de junio del 2011, se constituyó la sociedad denominada: Sociedad Técnica H C Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Zapote, Quesada Durán, Urbanización Ujarrás, casa número treinta y tres.—Veintidós de junio del dos mil once.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2011244721.—(IN2011049539).

Por escritura otorgada a las 16:00 horas del 23 de junio del 2011, se protocoliza acta 4 de Víctor Hugo Pérez e Hijos Sociedad Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—RP2011244722.—(IN2011049540).

Asociación de Mujeres Barveñas para el Progreso cambia junta directiva y nombra para el puesto de presidenta a Daisy Calvo Rojas, para el puesto de vicepresidenta, Bernardita Jiménez Montero, como secretaria, Teresita Gómez Sánchez, como tesorera Doryan Graciela Ocampo Villalobos, como fiscal, Miriam Patricia Ortega Cerdas, como vocal uno, Alicia Sancho León, como vocal dos, Evelia Cordero Segura, vocal tres, Luz Emerita Ledezma Chávez, escritura otorgada a las diecinueve horas del veintidós de junio del dos mil once.—Lic. Fanny Víquez Arguedas, Notaria.—1 vez.—RP2011244723.—(IN2011049541).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 19:00 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de asamblea general de socios de Bienes Raíces Salazar y Murillo S. A., mediante los cuales se designaron nuevos miembros de junta directiva, fiscal y agente residente; y se reformó la cláusula segunda de los estatutos sociales.—San José, 22 de junio de 2011.—Lic. Jorge Jiménez Cordero, Notario.—1 vez.—RP2011244725.—(IN2011049542).

El suscrito notario público Alonso Serrano Mena, da fe que a las quince horas del día veintiséis de abril del año dos mil once, se constituyó ante esta notaría la empresa denominada Inversiones Flor y Sol e Hijos Sociedad Anónima, por lo que solicito se publique el respectivo edicto de ley.—San José, 27 de abril del 2011.—Lic. Alonso Serrano Mena, Notario.—1 vez.—RP2011244728.—(IN2011049543).

El suscrito notario público Alonso Serrano Mena, da fe que a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del día veintiséis de abril del año dos mil once, se constituyó ante esta notaría la empresa denominada Inversiones Sol y Flor e Hijos Sociedad Anónima, por lo que solicito se publique el respectivo edicto de ley.—San José, 27 de abril del 2011.—Lic. Alonso Serrano Mena, Notario.—1 vez.—RP2011244729.—(IN2011049544).

El suscrito notario público Alonso Serrano Mena, da fe que a las nueve horas treinta minutos del día catorce de junio del año dos mil once, se constituyó ante esta notaría la empresa denominada Distribuidora Sol y Mar Sociedad Anónima, por lo que solicito se publique el respectivo edicto de ley.—San José, 20 de junio del 2011.—Lic. Alonso Serrano Mena, Notario.—1 vez.—RP2011244730.—(IN2011049545).

Por escritura ciento setenta y tres-tres de las nueve horas del veinticuatro de junio del dos mil once, otorgada ante la notaria María José Chaves Cavallini, se nombró gerente y subgerente y se reformaron las cláusulas primera, tercera, sexta y sétima del pacto social de la sociedad Tres-Ciento Dos-Seiscientos Trece Mil Setecientos Noventa y Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Santo Domingo de Heredia, veinticuatro de junio dos mil once.—Lic. María José Chaves Cavallini, Notaria.—1 vez.—RP2011244733.—(IN2011049546).

Por escritura ciento setenta y cuatro-tres de las diez horas del veinticuatro de junio del dos mil once, otorgada ante la notaria María José Chaves Cavallini, se nombró nueva junta directiva y se reformó el pacto social de la sociedad Silro Sociedad Anónima.—Santo Domingo de Heredia, veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. María José Chaves Cavallini, Notaria.—1 vez.—RP2011244734.—(IN2011049547).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las quince horas del día veintitrés de junio del año dos mil once, se protocoliza acta de la sociedad denominada Tres Ciento Uno Quinientos Sesenta y Dos Mil Novecientos Diez Sociedad Anónima por medio de la cual se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2011244735.—(IN2011049548).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las quince horas del día veintitrés de junio del año dos mil once, se protocoliza acta de la sociedad denominada Brovilla Sociedad Anónima por medio de la cual se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2011244736.—(IN2011049549).

Que por escritura otorgada ante esta notaria a las nueve horas del día veintidós de junio del año dos mil once se constituyó la sociedad denominada Distribuidora las Socias del Norte Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad pudiendo actuar separadamente.—Cartago, veintidós de junio del dos mil once.—Lic. Walter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2011244738.—(IN2011049550).

Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Zizar de Llorente Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra secretaria.—San José, 22 de junio del 2011.—Lic. Hugo Gerardo Cavero Araya, Notario.—1 vez.—RP2011244740.—(IN2011049551).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 22 de junio del año 2011, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad anónima Tigres de Tamil S. A.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011244741.—(IN2011049552).

A efecto de publicación del edicto correspondiente, informo que en escritura número 88-20 del tomo 20 de mi protocolo, del día 17 de mayo del año en curso, al ser las 15:00 horas, comparecieron los señores Gianluca Sassu, de un solo apellido en razón de su nacionalidad italiana, cédula de residencia número uno tres ocho cero cero cero cero ocho cinco cero uno seis y Thomas Stapylton Hon Thomas Rollo, de nacionalidad inglesa, cédula de residencia número uno ocho dos seis cero cero cero cinco uno cuatro cero ocho, para constituir la sociedad denominada Gelatomania Sociedad Anónima, nombre de fantasía.—San José, a los 26 días del mes de mayo del año 2011.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2011244744.—(IN2011049553).

Por escritura número 6, otorgada ante este notaria a las 18:00 horas del 22 de junio del 2011, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Empresariales Rocobal Sociedad de Responsabilidad Limitada con domicilio social en la provincia de San José, Barrio Francisco Peralta de la antigua Biblioteca de la UACA, cien al sur. Capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años. Gerente: Jonathan Alembertt Rojas Corrales.—San José, 22 de junio del 2011.—Lic. María Isabel García Campos, Notaria.—1 vez.—RP2011244745.—(IN2011049554).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del quince de junio del dos mil once protocolicé acta de Casa Exótica Vistamar C.E.V. S. A. de las ocho horas del trece de junio del dos mil once, mediante la cual se reformó las cláusulas segunda y sétima, se nombró nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Lic. María Fernanda Chavarría Bravo, Notaria.—1 vez.—RP2011244746.—(IN2011049555).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas y treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil once, se procede protocolizar asamblea general y extraordinaria de Tres Lares Belén CCCPP Sociedad Anónima. Modificaciones: Nombramiento de Junta Directiva y revocación poderes generalísimos, es todo.—Veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2011244747.—(IN2011049556).

Escritura otorgada a las 13:00 horas del 6 de junio del dos mil once, se constituyó: punto de inicio Sociedad Anónima, domicilio social: Desamparados.—20 de junio del 2011.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2011244748.—(IN2011049557).

Escritura otorgada: a las 13:00 horas del 6 de junio del dos mil once, se constituyó: Investimenti crescita Sociedad Anónima, Escazú. Domicilio social: Desamparados.—20 de junio 2011.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2011244749.—(IN2011049558).

En esta notaría pública, la empresa Velia de Pococí S. A., reforma su estatuto y nombra junta directiva.—Santiago de Puriscal, veintidós de junio del dos mil once.—Lic. Carlos Rodríguez Bermúdez, Notario.—1 vez.—RP2011244750.—(IN2011049559).

Por escritura de las 18:00 horas del 23 de junio del año 2011, se reformó la cláusula cuarta del estatuto de la sociedad: Rapi Hielo S. A.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011244753.—(IN2011049560).

Se comunica a los interesados que según acta número uno de Consultorías y Asesorías Dos Mil Cincuenta Sociedad Anónima, se modificó la cláusula primera del acta constitutiva.—Lic. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011244759.—(IN2011049561).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada, M @ M Consultants Economic And Tax Sociedad Anónima. Domiciliada en Sarchí de Valverde Vega, Alajuela doscientos suroeste de la Mutual Alajuela.—En la ciudad de Esparza, veinticuatro de junio del año dos mil once.—Lic. Roberto Antonio Sobrado Zamora, Notario.—1 vez.—RP2011244761.—(IN2011049562).

Por escrituras otorgadas ante mí, la primera a las 14.00 horas del 23 de junio y la segunda a la 13:30 horas del 23 de junio ambas en el año 2011, protocolicé acuerdos de asamblea de accionistas de Consultoría Moderna de Desarrollo Empresarial S. A. y de Inversiones Inmobiliarias Los Mongitos S. A.—Lic. Renato Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2011244763.—(IN2011049564).

Ante esta Notaria Pública, se constituyó: Digitel ig C R Sociedad Anónima. Capital: un millón de colones. Presidente es representante judicial y extrajudicial como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Jeanin Alberto Desanti Picado, Notario.—1 vez.—RP2011244764.—(IN2011049565).

Ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Liberty Finanzas Sociedad Anónima. Capital social: es la suma de diez mil colones, correspondiéndole a Frank Josué Arias Sandoval, el carácter de apoderado generalísimo sin límite de suma. Escritura número trescientos uno de las diecisiete horas del veintidós de junio del 2011.—San José, 23 de junio del 2011.—Lic. Henry Alpízar Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011244766.—(IN2011049566).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas con treinta minutos del catorce de junio de dos mil once, se constituyó La Gitana del Sol Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. María José Yglesias Ramos, Notaria.—1 vez.—RP2011244768.—(IN2011049567).

Ante mi Notaría la sociedad Profesionales en Software Prosoft S. A., reformó las cláusulas quinta, sétima, novena, décima y adiciona una décima tercera y reorganiza la junta directiva.—Lic. Verónica Mora Vega, Notaria.—1 vez.—RP2011244772.—(IN2011049568).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 11 de mayo del 2011, Ronald Villalobos Sancho y otra constituyeron la S. A. Soluciones Estructurales Arquitectónicos S. A. Presidente: Ronald Villalobos Sancho.—Turrialba, 11 de mayo del 2011.—Lic. Andrea Carazo Campos, Notaria.—1 vez.—RP2011244773.—(IN2011049569).

Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría, de las diez horas con quince minutos del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Queretaro de Flores S. A., mediante la cual se reforma las cláusulas segunda y sétima de los estatutos, se revoca el nombramiento de todos los miembros de junta directiva y fiscal y se nombran nuevos.—San José, veintidós de junio del 2011.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2011244775.—(IN2011049570).

Ante esta Notaría mediante escritura otorgada a las diecisiete horas del ocho de junio del dos mil once, se ha protocolizado el acta número dos de asamblea general extraordinaria de accionistas, modificándose la cláusula quinta del pacto constitutivo, por un aumento del capital social de la sociedad denominada Piñas Orgánicas Sogo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cinco mil ochocientos veintiocho.—Grecia, a las quince horas del veinte de junio del dos mil once.—Lic. Karolina Venegas Morera, Notaria.—1 vez.—RP2011244776.—(IN2011049571).

Ante esta Notaría mediante escritura otorgada a las diecisiete horas del ocho de junio del dos mil once, se ha protocolizado el acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, modificándose el pacto constitutivo de la sociedad denominada Stargazing Heights Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-trescientos ochenta y tres mil seiscientos setenta y uno.—Grecia, a las quince horas del veinte de junio del dos mil once.—Lic. Karolina Venegas Morera, Notaria.—1 vez.—RP2011244777.—(IN2011049572).

Por escritura 26-11, otorgada ante mi Notaría, a las 12:00 horas del 23 de junio del 2011, se constituye la sociedad cuya denominación social será el número de cédula de persona jurídica que le asignará de oficio el Registro de Personas Jurídicas de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo 33171-J publicado en La Gaceta del 14 de junio del 2006. Capital: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Gyu Jin Song.—Cartago, 23 de junio del 2011.—Lic. Edwin Arias Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011244779.—(IN2011049573).

La suscrita Notaría Pública Xinia Patricia Aguilar Picado, doy fe que el día veintisiete de enero del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima de nombre, cédula jurídica que asigne el Registro Público.—Heredia, el día veintiuno de junio del dos mil once.—Lic. Xinia Patricia Aguilar Picado, Notaria.—1 vez.—RP2011244780.—(IN2011049574).

Yo, Arturo Terán París, Notario Público con oficina en San José, hago de conocimiento público que ante esta notaría, a las 15:00 horas, del 01 abril del 2011, en escritura número 92-11, se constituyó la sociedad Inversiones Charrupí Sociedad Anónima pudiendo abreviarse su aditamento en S. A. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 01 de abril del dos mil once.—Lic. Arturo Terán París, Notario.—1 vez.—RP2011244781.—(IN2011049575).

Yo, Arturo Terán París, Notario Público con oficina en San José, hago de conocimiento público que ante esta notaría, a las 8:00 horas del 13 de mayo del año en curso, en escritura número 153-11, protocolicé acta de la sociedad Marvez de Villa Real S. A., cédula jurídica número 3-101-467851, donde se reforma, la cláusula sexta de la administración para que diga “corresponde a la presidente y al tesorero la representación judicial y extrajudicial con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de conformidad al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 13 de mayo del 2011.—Lic. Carlos Arturo Terán París, Notario.—1 vez.—RP2011244782.—(IN2011049576).

Por escritura otorgada ante este notario, a las 9:20 horas del 23 de junio del 2011, Freddy Navarro Monge y Daniel Navarro Godínez, constituyen sociedad anónima. De conformidad con el artículo 2 del Decreto Ejecutivo número 33171-J, del 14 de junio del dos mil seis, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas, del Registro Nacional.—San Marcos de Tarrazú, 23 de junio del 2011.—Lic. Marcelo Astúa Valverde, Notario.—1 vez.—RP2011244783.—(IN2011049577).

Por escritura otorgada ante mi Notaría en Tres Ríos, a las 8:00 horas del 18 de junio del 2011, se constituyó la sociedad anónima, que se denominará Taller Enderezado y Pintura San Antonio S. A. Plazo: 100 años. Capital social: ¢10.000,00. Domicilio: San José, Desamparados, San Antonio. Presidente: Asdrúbal Fallas Hernández.—Lic. Eduardo Sanabria Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011244784.—(IN2011049578).

Constitución de Grupo Herrera Díaz Sociedad Anónima. Representación presidente y tesorero. Domicilio San José, San Sebastián. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las dieciocho horas del trece de junio del dos mil once.—Lic. Ana Grettel Chaves Loría, Notaria.—1 vez.—RP2011244785.—(IN2011049579).

Por escritura otorgada en mi Notaría, a las quince horas de hoy se protocolizó nombramientos de Ditso Kunok Sociedad Anónima.—San José, nueve de junio del 2011.—Lic. Gerardo Ruin Céspedes, Notario.—1 vez.—RP2011244787.—(IN2011049580).

Ante el suscrito Notario se protocolizó el día de hoy, acta de la asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Ríos de Cielo Plateado S. A. Se modifica la cláusula sexta del pacto social y se nombra presidente, secretario y tesorero de la junta directiva.—San José, catorce de junio del dos mil once.—Lic. Róger Petersen Morice, Notario.—1 vez.—RP2011244789.—(IN2011049581).

Se comunica en mi notaría la constitución de la sociedad anónima denominada Muebles y Vidrios Analibe Sociedad Anónima, constituye Ólger Salazar Villalobos y Luis Alejandro Salazar. Capital: cien mil colones, para los efectos de ley. Es todo.—Veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—RP2011244791.—(IN2011049582).

Ante esta notaría, se ha presentado el cambio de junta directiva de la sociedad anónima denominada Cacan Dos Mil Sociedad Anónima. Se lleva a cabo esta publicación para los fines pertinentes.—San José, veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Mario Zamora Mata, Notario.—1 vez.—RP2011244792.—(IN2011049583).

Se comunica a todos los interesados que ante la notaría de Henry Carmona Sandí, con oficina en Alajuelita, ciento veinte este del Súper El Acapulco, se ha constituido la sociedad que se denominará Fashion Days Sociedad Anónima, la cual cuenta con diez acciones nominativas de mil colones. Es todo.—San José, a las ocho horas del veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Henry Carmona Sandí, Notario.—1 vez.—RP2011244793.—(IN2011049584).

En mi notaría, escritura Nº 158, de las 13:00 horas del 13 de junio del 2011, se constituyó la sociedad Al Baraka Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital social de diez mil colones. Domicilio: en San José.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Fabián Azofeifa Arce, Notario.—1 vez.—RP2011244796.—(IN2011049585).

Desarrollos Mayju Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-370156, modifica estatutos constitutivos y nombran nueva junta directiva.—Cartago, 24 de junio del 2011.—Lic. Roxana Figueroa Flores, Notaria.—1 vez.—RP2011244798.—(IN2011049586).

Inversiones Reproductivas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-12758, modifica estatutos constitutivos y nombran nueva junta directiva.—Cartago, 24 de junio del 2011.—Lic. Roxana Figueroa Flores, Notaria.—1 vez.—RP2011244799.—(IN2011049587).

Por escritura número noventa y uno, de las quince horas del veintiuno de junio del dos mil once, otorgada ante esta notaría, se modifican las cláusulas cuarta y octava del pacto social de la sociedad Inversiones Brosori Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos veinte mil novecientos diez.—San José, 20 de junio del 2011.—Lic. Rodolfo Montero Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2011244805.—(IN2011049588).

Mediante escritura número doscientos treinta y dos, otorgada ante esta notaría, a las trece horas del 24 de junio del 2011, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Famura de la Playa S. A., en la que se aumenta capital social, y se nombra secretario al señor: Eduardo Murillo González.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Eduardo Enrique Acuña Castro, Notario.—1 vez.—RP2011244810.—(IN2011049589).

Por escritura nueve, se constituyó la firma de esta plaza Construcciones Sideral JKM Sociedad Anónima. Capital social: veinte millones de colones. Presidente: Juan Alberto García González. Domicilio: Goicoechea, San José. Fecha de otorgamiento: veinticuatro de junio del dos mil once.—San José, Costa Rica.—Lic. Francisco Li González, Notario.—1 vez.—RP2011244815.—(IN2011049590).

Que por escritura otorgada a las once horas del dieciséis de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Auros Formación Empresarial Sociedad Anónima, respectivamente. El capital social ha sido suscrito y pagado. Presidente: Gerardo Rojas Jiménez.—San José, veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Melissa Hernández Vindas, Notaria.—1 vez.—RP2011244816.—(IN2011049591).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Comercial Mora Fernández R. M. Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital social de diez mil colones, y un plazo social de noventa y nueve años. Gerentes: Ricardo Mora Valerio y María Elena Fernández Alvarado.—Santo Domingo de Heredia, 19 de febrero del 2011.—Lic. Carlos Manuel Acuña Castro, Notario.—1 vez.—(IN2011049592).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad El Ñambaro del Oeste Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse su aditamento como Ltda.—27 de junio del 2011.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—(IN2011049593).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad La Eolika del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse su aditamento como “Ltda.”.—27 de junio del 2011.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—(IN2011049594).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad La Bemba del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse su aditamento como “Ltda.”.—27 de junio del 2011.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—(IN2011049595).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad La Currulaka del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse su aditamento como “Ltda.”.—27 de junio del 2011.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—(IN2011049597).

Por asamblea general extraordinaria de Consalgesa S.R.L., celebrada a las 08:50 horas del 25 de mayo del 2011, se modifica el domicilio de la sociedad, se revoca el nombramiento del gerente y se nombra uno nuevo.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—(IN2011049618).

Ante este notario, mediante escritura número ciento once-diez de las diez horas y veinte minutos del veintisiete de junio de dos mil once, se reformaron las cláusulas primera y segunda de la sociedad Corporación Stylo Eventos S. A. Para notificaciones señalo el número de fax 2290-1931 o el correo electrónico andres.oviedo@ciber-regulacion.co.cr. Es todo.—Veintisiete de junio de dos mil once.—Lic. Juan Manuel Campos Ávila, Notario.—1 vez.—(IN2011049630).

Por escritura otorgada ante mí hoy, se constituyó J.S.L de Costa Rica S. A. Capital: totalmente suscrito y pagado.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Denise E. Álvarez Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2011049635).

Por escritura otorgada ante mí hoy, se constituyó Pret A Porter S. A. Capital: totalmente suscrito y pagado.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Denise E. Álvarez Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2011049636).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las quince horas del veintitrés de junio del dos mil once, se constituye la sociedad anónima GMS Rojo Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Kattia Quesada Céspedes, Notaria.—1 vez.—(IN2011049637).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las dieciséis horas del veintitrés de junio del dos mil once, se constituye la sociedad anónima Terrafam Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Kattia Quesada Céspedes, Notaria.—1 vez.—(IN2011049638).

Por escritura número 114 otorgada ante la suscrita notaria, a las 15:30 horas del 24 de junio del 2011, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Diakonal S .A. En los que se reformó el domicilio: San José, Moravia, San Vicente del Banco Nacional de Costa Rica 500 al sur; y la representación la tendrán el presidente y el secretario de la junta directiva.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Manuelita Jiménez E., Notaria.—1 vez.—(IN2011049642).

Las Vistas de Blanca Sol Sociedad Anónima, cambió su domicilio social a cantón cero uno, Puntarenas, distrito cero uno, Puntarenas, de la provincia de Puntarenas, en el Bufete Núñez y Asociados, cincuenta metros al oeste de las antiguas oficinas de Tributación Directa. Se nombra nuevo secretario de Junta Directiva, se revoca el nombramiento de la señora Blanca Lidia Zeledón Zeledón como secretaria y apoderada generalísima de la sociedad. Así consta mediante escritura número treinta y ocho del tomo noveno del protocolo del notario público Licenciado Óscar Arroyo Ledezma.—Puntarenas, 24 de junio del 2011.—Óscar Arroyo Ledezma, Notario.—1 vez.—(IN2011049649).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la compañía sin denominación social según Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, en donde se autoriza expresamente al Registro Público de la Propiedad para que como denominación social se indique el número de cédula de persona jurídica que dicha institución de oficio le asigne en el momento de su inscripción, su plazo social es de noventa y nueve años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, el presidente, secretario y tesorero, son los representantes legales, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, diecisiete de junio del dos mil once.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(IN2011049652).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la compañía denominada Ecowind Costa Rica Sociedad Anónima. Su plazo social es de noventa y nueve años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, el presidente y secretario, son los representantes legales, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 20 de junio del dos mil once.—Lic. Johnny Alberto Marín Artavia, Notario.—1 vez.—(IN2011049653).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se sustituyó la junta directiva y fiscal y se nombró agente residente de Monte Galán Sociedad Anónima, se modificó la cláusula segunda del domicilio social y se revocaron dos poderes generales judiciales.—San José, a las doce horas del veinticinco de junio del dos mil once.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1 vez.—(IN2011049654).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se sustituyó la junta directiva y fiscal y se nombró agente residente de Poro Poro Sociedad Anónima y se modificó la cláusula segunda del domicilio social.—San José, a las trece horas del veinticinco de junio del dos mil once.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1 vez.—(IN2011049655)

Por escritura otorgada ante esta notaría, se sustituyó la junta directiva y fiscal y se nombró agente residente de Club San Rafael Sociedad Anónima y se modificó la cláusula segunda del domicilio social.—San José, a las catorce horas del veinticinco de junio del dos mil once.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1 vez.—(IN2011049656).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se sustituyó la junta directiva, fiscal y se nombró agente residente de Club de Playa Sociedad Anónima, y se modificó la cláusula segunda del domicilio social.—San José, a las catorce horas del veinticinco de junio del dos mil once.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1 vez.—(IN2011049657)

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil once, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Gestiones Comerciales Pinos del Bosque Sociedad Anónima, por la que modifica la cláusula tercera del pacto social.—San José, 27 de junio de 2011.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(IN2011049659).

Por escritura número cuarenta y dos, otorgada a las diecisiete horas del tres de junio de dos mil once, protocolicé acta de asamblea de socios de la entidad denominada Automóvil Alpina Trescientos Treinta Azul Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veinte mil setecientos ochenta y seis, se acuerda nombrar nueva junta directiva, aceptando y conociendo la renuncia de los anteriores miembros. Es todo.—San José, ocho de junio del dos mil once.—Lic. Eduardo Aráuz Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2011049664).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil once, se constituyó Soluciones Integrales en Reciclaje Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones.—San José, veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2011049666)

Mediante escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veinticuatro de junio del dos mil once, se constituyó Compra Sustentable Costa Rica Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones.—San José, veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2011049667).

Por escrituras números cuarenta y tres-diez, cuarenta y cuatro-diez, cuarenta y cinco-diez, cuarenta y seis-diez, cuarenta y siete-diez, cuarenta y ocho-diez, cuarenta y nueve-diez, cincuenta-diez, cincuenta y uno-diez y cincuenta y dos-diez, se ha protocolizado las asambleas generales ordinarias y extraordinarias de accionistas de las sociedades: Abhaya Mudra S. A., Five O Group S. A., Gold Coast Tickets S. A., Kolossi Property Brokers S. A., Livadia Property Brokers S. A., Mark Frank M G A S. A., Sam Allan T P C S. A., T Cat S. A., Topcatt International S. A., Will Ben CSA S. A., respectivamente, en donde se nombra presidente de la junta directiva y se modifica su domicilio social. Es todo.—San José, veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Federico José Vega Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2011049669).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 10:00 horas del día 27 de junio del 2011, se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Navemar S. A., en relación a la capital social de la empresa.—San José, 27 de junio del dos mil once.—Lic. Juan Carlos Villasuso Morales, Notario.—1 vez.—(IN2011049681).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las nueve horas del veintitrés de junio de dos mil once, se protocolizó acta de la sociedad Clausen y Asociados Sociedad Anónima, modificando la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José veintitrés de junio de dos mil once.—Lic. Efraín Arroyo Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2011049682).

Familia Vargas Fernández F.V.F. S. A., cédula jurídica, tres-uno cero uno-ciento ochenta y ocho mil ciento cincuenta y ocho, acuerda realizar modificación de estatutos: modificación del periodo y número de miembros de la junta directiva. Los miembros de la junta directiva de la sociedad, cumplirán un periodo de cinco años en sus funciones y los mismos serán presidente, secretario, tesorero y fiscal. Quinto: nuevo domicilio fiscal: Palmares, Buenos Aires, doscientos metros norte de la Concretera Palmareña, detrás de la Fábrica de Biscochos Palmareños. Sexto: convocatoria de asambleas de accionistas: por medio del Diario La Gaceta con ocho días de anticipación por lo menos. Olga Marta Vargas, Presidenta.—San José, 27 del junio del 2011..—Lic. Adriana de los Ángeles Zamora Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2011049698).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Soluciones Informáticas IMBSI Sociedad Anónima. Reforma cláusula segunda del domicilio cláusula sexta de los estatutos: representación judicial y extrajudicial corresponde a presidente y secretario, actuando en forma conjunta o separada con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma para cualquier acto o contrato.—San José, veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2011049724).

Por escritura número ciento cinco-cuarenta y seis, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero a las nueve horas treinta minutos del día veinticuatro de junio del dos mil once, donde se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Broz Worldwide Costa Rica Limitada.—San José, 24 de junio de 2011.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—(IN2011049736).

Por escritura número ciento siete-cuarenta y seis, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero a las dieciséis horas del día veinticuatro de junio del dos mil once, se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos veinte mil seiscientos noventa y tres S .A., para que en adelante se denomine Wipro Technologies W.T. Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Jorge González Roesch, Notario.—1 vez.—(IN2011049738).

Por escritura número ciento seis-cuarenta y seis, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil once, se reforma las cláusulas cuarta y sétima se nombran gerente uno y gerente dos de la sociedad tres-ciento dos-seiscientos veintiséis mil ciento cincuenta y cinco SRL.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Alberto Saenz Roesch, Notario.—1 vez.—(IN2011049739).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las quince horas con veinte minutos del veintisiete de junio del año dos mil once, se constituye sociedad denominada Oasisbliss Gaming Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Gerente apoderado generalísimo sin límite de suma y representante judicial y extrajudicial.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2011049757)

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diez horas con treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil once, se constituye sociedad denominada Business Improvement Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Gerente apoderado generalísimo sin límite de suma y representante judicial y extrajudicial.—San José, 16 de junio del 2011.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2011049758).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las doce horas del veinticuatro de junio del año dos mil once, se constituye sociedad denominada Yacht Shares Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Gerente apoderado generalísimo sin límite de suma y representante judicial y extrajudicial.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2011049759).

Yo, Adrián Echeverría Escalante, protocolicé acta de asamblea de Soluciones y Servicios La Primavera LLC. Limitada (La Compañía), cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos cuarenta y dos mil ochocientos cincuenta y uno; donde se modifica la cláusula segunda, del domicilio, de la representación, y se nombran gerentes y agente residente.—Veintiséis de junio de dos mil once.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2011049763)

Mediante escritura número 084-04, del tomo IV del protocolo del suscrito notario público, se reforma la cláusula VIII de la constitución de la sociedad denominada Inversiones Effeta de Santo Domingo Ltda. Escritura otorgada en San José, a las 15 horas del 27 de junio del 2011—Lic. Mauricio López Elizondo, Notario.—1 vez.—(IN2011049795).

Mediante escritura número ciento treinta y dos de las diez horas del dieciséis de junio del dos mil once, otorgada ante esta notaría, las señoras Ana Karine Niño Gutiérrez y Raquel Patricia Navarro Quesada, constituyen la sociedad anónima denominada Neopropiedades Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Capital: diez mil colones. Domicilio: San José, Santa Ana Pozos, centro comercial Boulevard Lindora, segundo piso, local número once. Presidenta: Raquel Patricia Navarro Quesada y tesorera Ana Karine Niño Gutiérrez, ambas con facultades de apoderadas generalísimas sin límite de suma pudiendo actuar separada o conjuntamente.—San José, 16 de junio del 2011.—Lic. Gina Matarrita Díaz, Notaria.—1 vez.—(IN2011049797).

Por medio de escritura número ciento treinta y seis, del tomo quinto del protocolo de la notaria, Maricruz Sánchez Carro, se modificaron las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de la sociedad Colonial Valley Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-tres ocho seis dos seis dos.—Alajuela, veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2011049802).

Por escritura otorgada ante el suscrito, a las quince horas del veinticuatro de junio del dos mil once, se modificó la cláusula segunda del domicilio de tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y ocho mil quinientos sesenta y seis sociedad anónima.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Randall Salas Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2011049804).

Por escritura número veintitrés-veinte, otorgada, a las diez horas treinta minutos del veintisiete de junio del año dos mil once, que es protocolización de acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Condominio Los Itabos Filial Treinta y Ocho Silicio Sociedad Anónima. Se reforma cláusula segunda: del domicilio; cláusula octava: de la administración y junta directiva.—San José, veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—(IN2011049814).

Por escritura número diecisiete-veinte, otorgada, a las diez horas del veintitrés de junio del año dos mil once, que es protocolización de acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía 3-101-632690 Sociedad Anónima. Se reforma cláusula segunda del domicilio y junta directiva.—San José, veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—(IN2011049815).

Por escritura número veintiuno-veinte, otorgada, a las diez horas del veintisiete de junio del año dos mil once, que es protocolización de acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Condominio Los Itabos Filial Treinta Aluminio Sociedad Anónima. Se reforma cláusula segunda del domicilio; cláusula octava de la administración y junta directiva.—San José, veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—(IN2011049816).

 Por escritura número veintisiete-veinte, otorgada a las dieciséis horas quince minutos del veintisiete de junio del año dos mil once, que es protocolización de acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Condominio Los Itabos Filial Treinta y Siete Helio Sociedad Anónima. Se reforma cláusula segunda del domicilio; cláusula octava de la administración y junta directiva.—San José, veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—(IN2011049818).

 Por escritura número veintidós-veinte, otorgada, a las diez horas quince minutos del veintisiete de junio del año dos mil once, que es protocolización de acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Condominio Los Itabos Filial Veinticinco Yodo Sociedad Anónima. Se reforma cláusula segunda del domicilio; cláusula octava de la administración y junta directiva.—San José, veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—(IN2011049819) .

Por escritura número veintiocho-veinte, otorgada, a las dieciséis horas treinta minutos del veintisiete de junio del año dos mil once, que es protocolización de acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Condominio Los Itabos Filial Treinta y Cuatro Oxígeno Sociedad Anónima. Se reforma cláusula segunda del domicilio; cláusula octava de la administración y junta directiva.—San José, veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—(IN2011049820).

Ante el suscrito notario, compareció Guiselle Calderón Jiménez, cédula número 1-0532-0258, a comunicar mediante dicha publicación que en asamblea extraordinaria de accionistas de Comercial G Y G del Dos Mil Siete Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-505694, celebrada a las quince horas treinta minutos del once de junio del dos mil once, en primera convocatoria los accionistas decidieron acordar modificar la cláusula sétima, revocándole el poder generalísimo al señor Guillermo Gatjens Gómez y nombrando en su lugar a la secretaria sea la señorita Natalia Gatjens Calderón, de calidades dichas en la constitución de la sociedad, como representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderadas generalísimas sin límite de suma de la sociedad junto con la señora Guiselle Calderón Jiménez. También modifican su actuación ya que las mismas podrán actuar conjunta o separadamente. Se cita a cualquier interesado que a partir de esta publicación tendrán treinta días podrán oponerse acudiendo ante el registro correspondiente.—San José, veintiuno de junio del dos mil once.—Lic. Neiver P. Gutiérrez Ondoy, Notario.—1 vez.—RP2011244826.—(IN2011049880).

 Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 14 de junio del 2011, se constituyó la sociedad Plex ED Works Sociedad Anónima, domicilio: San José. Plazo social: 100 años. Capital íntegramente suscrito y pagado. Junta directiva: todos los miembros con plenas facultades de representación. Es todo.—Lic. Leda Di Nápoli Perera, Notaria.—1 vez.—RP2011244828.—(IN2011049881) .

Ante mi notaría, mediante escritura 43 del tomo 18, se protocolizó acta número 1 de asamblea general extraordinaria de accionistas de Administración Estratégica de Constructores Adeco S. A., modificándose estatutos y nombrando nueva junta directiva.—San José, a las 10:00 horas del 3 de junio del 2011.—Lic. Lindy Viviana Acuña Benavides, Notaria.—1 vez.—RP2011244829.—(IN2011049882).

 Comparecieron a esta notaría, Blanca Flor Arias Madriz, cédula: 1-322-339 y Ronny Arturo Hernández Arias, cédula: 1-785-719, para constituir la sociedad anónima Ynnor Hernández Sociedad Anónima. Dicha sociedad fue constituida a las 11:00 horas del día 10 de junio del año 2011, por el notario Gerardo Quesada Monge, en escritura número 347-21 del tomo 21 de su protocolo.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—RP2011244830.—(IN2011049883).

Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en Barva de Heredia, se constituyó una sociedad cuyo nombre será el número de cédula jurídica que se le asigne, presidente Álvaro Vindas Villalobos.—Barva de Heredia, veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2011244831.—(IN2011049884).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 4 de mayo del 2011, se constituyó la empresa Franvi F.V. S. A. Segundo domicilio social: el domicilio estará en la provincia de San José, cantón primero San José, distrito La Merced, barrio México, calle 20, entre avenidas 7 y 9 bis, casa esquinera número 922. Plazo social: 100 años. Se crea un fondo de reserva legal.—Lic. Esteban H. Rodríguez López, Notario.—1 vez.—RP2011244832.—(IN2011049885).

Ante mí, María Elieth Pacheco Rojas, el día veintiséis de junio del dos mil once, a las once horas se constituyó la sociedad que se denomina Rossmel Limitada. Gerentes: Melvin Rodríguez Quirós y Rosaura Murillo Soto.—Venecia de San Carlos, Alajuela, veintiséis de junio del dos mil once.—Lic. María Elieth Pacheco Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011244904.—(IN2011049927).

Ante mí, María Elieth Pacheco Rojas, el día veinticinco de mayo del dos mil once, a las diecisiete horas se constituyó la sociedad que se denomina Feysevargon Limitada. Gerentes: Keilor Eduardo Vargas Esquivel y Stefanny González Campos.—Venecia de San Carlos, Alajuela, veinticinco de junio del dos mil once.—Lic. María Elieth Pacheco Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011244905.—(IN2011049928).

Por escritura número 187-6 del 22 de junio del 2011, se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de Distribuidora Telefónica Internacional S. A., ante esta Notaría.—San José, 23 de junio del 2011.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—RP2011244906.—(IN2011049929).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, se constituye la sociedad Manufactura y Diseño Artru S. A., con domicilio en esta ciudad y plazo de cien años. Capital: suscrito, pagado y representado por acciones comunes. Representantes legales: el presidente y secretario de la junta directiva.—San José, 17 de junio del 2011.—Lic. Douglas Soto Campos, Notario.—1 vez.—RP2011244907.—(IN2011049930).

En esta notaría a las 8:00 horas del 22 de junio del 2011, se protocoliza la reforma de la cláusula quinta de los estatutos de la sociedad denominada Inversiones Mora Madrigal. Apoderado: Carlos Luis Mora González.—San José, 23 de junio del dos mil once.—Lic. Teresita Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2011244909.—(IN2011049931).

En esta notaría, a las 16:00 horas del 23 de junio del 2011, se reformó el domicilio de la compañía Wuchen S. A.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Manuel Monge Díaz y Doris Monge Díaz, Notarios.—1 vez.—RP2011244910.—(IN2011049932).

Por escritura otorgada a las quince horas del día de hoy, en esta Notaría, se constituyó la compañía domiciliada en San José, Santa Ana, Río Oro, denominada Sistema Limbico OR Limitada. Plazo: noventa años. Objeto: La industria, el comercio, la agricultura, la ganadería en general y en especial servicios médicos. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—Escazú, diecisiete de junio del dos mil once.—Lic. Édgar Chamberlain Trejos, Notario.—1 vez.—RP2011244911.—(IN2011049933).

Ante esta Notaría por medio de escritura pública número 169-I, otorgada en Guanacaste a las 16:30 horas del 24 de junio del año 2011 se protocolizó el acta número uno de la sociedad Pleasant Oceanic Dreams Limitada, cédula jurídica 3-102-477496, en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: Primero: se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo. Segundo: se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo. Tercero: Por unanimidad de votos se remueve de sus cargos al gerente y subgerente de la sociedad. Cuarto: Por unanimidad de votos se realiza el siguiente nombramiento: Gerente general: Amie Evers Wessinger.—Guanacaste, 24 de junio del 2011.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011244912.—(IN2011049934).

Ante esta Notaría por medio de escritura pública número 170-I, otorgada en Guanacaste a las 10:00 horas del 25 de junio del año 2011 se protocolizó el acta número nueve de la sociedad Inversiones Arajim Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-tres seis dos cero uno siete, en la cual se tomaron los siguientes acuerdos Primero: se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo. Segundo: se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo. Tercero: Por unanimidad de votos se acuerda remover los siguientes cargos: Presidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente. Cuarto: Por unanimidad de votos se realizan los siguientes nombramientos: Presidente: Karen Conway. Secretario: Jill Beth Browne. Tesorero: Meryl Anne Suckow. Fiscal: James Alan Handley. Agente Residente: Priscilla Solano Castillo.—Guanacaste, 25 de junio del 2011.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011244913.—(IN2011049935).

Por escritura otorgada ante mí, a las 12:30 horas del 24 de junio del 2011, se constituyó la sociedad Zafiros & Diamantes Cadi Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo social: 100 años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Junta directiva: presidente y vicepresidente con plenas facultades de representación. Es todo.—Lic. Jorge Francisco Ross Araya, Notario.—1 vez.—RP2011244914.—(IN2011049936).

En mi Notaría, mediante escritura 228 de las 17:00 horas del 23 de junio del 2011, se constituyó la sociedad La Finquita de Mis Tatas Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social: diez mil colones, representante judicial y extrajudicial el presidente y secretario con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Agente residente. Lic. Lilliana Madrigal Valverde, Notaria.—Lic. Lilliana Madrigal Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2011244915.—(IN2011049937).

Por escritura número cincuenta y dos otorgada a las diez horas del siete de abril del dos mil once, se constituyó la sociedad Drifting y Gymkhana Sociedad Anónima Deportiva, cuyo Presidente es el señor Jorge Esteban Brenes Quirós.—San José, veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. José Francisco Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2011244917.—(IN2011049938).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las once horas y treinta minutos del día veinte de junio del dos mil once, José Francisco y Alberto, ambos de apellidos Acevedo Gutiérrez, constituyen Hieros Gamos Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital: totalmente suscrito y pagado. José Francisco Acevedo Gutiérrez, Gerente.—San José, veinte de junio del dos mil once.—Lic. German Vega Avendaño, Notario.—1 vez.—RP2011244918.—(IN2011049939).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del dieciséis de junio del dos mil once, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza, U.S.G. de Costa Rica Sociedad Anónima, en que se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social y se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—RP2011244919.—(IN2011049940).

El día seis de noviembre del dos mil diez; en la ciudad de Limón, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Isaías Monge & Zamora Limitada. Capital social de cien mil colones. Gerente Isaías Monge Zamora.—Limón, dos de junio del dos mil once.—Lic. Osman Frew Davidson, Notario.—1 vez.—RP2011244920.—(IN2011049941).

Por escrituras otorgada ante mí, a las 9:10, 9:20, 9:30, 9:40, 9:50, y 10:00 horas del día de hoy, se constituyeron las compañías conforme al número de cédula jurídica que será asignado por el Registro Público, seguido de las palabras sociedad anónima, pudiendo dichos aditamentos abreviarse en S. A., respectivamente. Lo anterior según el decreto número tres tres uno siete uno-J, el cual fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta número ciento catorce del día catorce de junio del año dos mil seis. Plazos: 100 años. Capitales sociales suscritos y pagados.—San José, 22 de junio del 2011.—Lic. Carmen Fernández M., Notaria.—1 vez.—RP2011244923.—(IN2011049942).

Por escritura otorgada, a las diez horas treinta minutos de hoy, ante el suscrito Notario, se constituyó Ganadera Los Gauchos de Caño Negro Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: 99 años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Objeto: comercio, industria, ganadería y agricultura.—San José, nueve de junio del dos mil once.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—RP2011244924.—(IN2011049943).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se constituyó la sociedad de este domicilio, denominada Inversiones Marilon M.C.M S. A., que es nombre de fantasía. Objeto: el comercio, industria, la prestación de servicios en general, además podrá dedicarse a la agricultura y la ganadería. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 18 de junio del 2011.—Lic. Charles Everson Weeden Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2011244925.—(IN2011049944).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas de hoy, ante el suscrito Notario, se constituyó Hacienda Los Gauchos de Cuatro Bocas Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: 99 años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Objeto: comercio, industria, ganadería y agricultura.—San José, nueve de junio del dos mil once.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—RP2011244926.—(IN2011049945).

Por escritura otorgada ante el Notario Público Andrés Martínez Chaves, a las 16:00 horas del 02 de junio del 2011, Tangram S. A. y Synergie Ventures S. A., constituyen Business Process Management & Optimization BPMO S. A. Domiciliada en San José, San Francisco de Dos Ríos, contiguo al costado sur del Motel Paraíso, bodega color blanco y rojo. Se hace el nombramiento de junta directiva y fiscal.—San José, 15 de junio del 2011.—Lic. Andrés Martínez Chaves, Notario.—1 vez.—RP2011244927.—(IN2011049946).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del veinticinco de junio del dos mil once, se constituye la sociedad Consultoría y Asesoría Feja S. A. Presidente: Francisco Eduardo Jiménez Araya.—San José, 25 de junio del 2011.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011244928.—(IN2011049947).

Marlon Sánchez Cortés, Notario Público hace constar que mediante escritura número cincuenta y nueve, de las siete horas cincuenta minutos del trece de enero del dos mil diez, se constituyó la sociedad denominada Distribuciones de Carnes G & G Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Distribuciones de Carnes G & G S. A.—San José, nueve de junio del dos mil once.—Lic. Marlon Sánchez Cortés, Notario.—1 vez.—RP2011244931.—(IN2011049948).

Por escritura otorgada ante mí, a las 08:00 horas de hoy, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social será el mismo número de cédula jurídica. Capital social: cien mil colones. Se nombra gerente: Rosibel María González Padilla; y Subgerente: Michael José González González. Domicilio: Alajuela, Grecia, San Roque, Barrio León Cortés Castro, setenta y cinco metros oeste del costado oeste del gimnasio.—Grecia, 20 de junio del 2011.—Lic. Abel Sánchez Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011244933.—(IN2011049949).

Por escritura otorgada ante mí, a las 08:00 horas del 23 de junio del 2011, se modifico la cláusula octava del pacto social de la sociedad denominada Constructora Alexis Alfaro y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero nueve cero dos tres cero.—Alajuela, 24 de junio del 2011.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—RP2011244934.—(IN2011049950).

Por escritura otorgada ante mí, a las 08:00 horas del 24 de junio del 2011, se modificó la cláusula quinta del pacto social de la sociedad denominada Servicios y Soluciones J C Vega Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco uno dos nueve cinco cinco.—Alajuela, 24 de junio del 2011.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—RP2011244935.—(IN2011049951).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las 10:00 horas del día 24 de junio del 2011, se protocolizó el acta número tres de la sociedad Tolón Tolón Sociedad Anónima, en que modifican cláusulas primera (en cuanto al nombre que cambia a Anamel Sociedad Anónima, segunda (en cuanto al domicilio) y sexta (en cuanto a la administración); se revocan nombramientos de junta directiva y fiscalía y se hacen nuevos nombramientos por el resto del período. Presidente: Eduardo Martín Valverde Escobar.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Ana Victoria Sánchez Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2011244936.—(IN2011049952).

Por escritura número tres, otorgada en mi Despacho, a las catorce horas del día veinticuatro de junio del año dos mil once, se constituyó la sociedad cuya razón social será AMC Construction Gruop Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo social: noventa y nueve años. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Bergman Alonso Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—RP2011244937.—(IN2011049953).

A las once horas del veinticuatro de junio de dos mil once ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Ortrópico Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula sexta y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—RP2011244938.—(IN2011049954).

Ante esta Notaría, en escritura otorgada el 27 de abril del 2011, se constituyó sociedad innominada. Presidente: Edwin Ramírez Torres.—27 de junio del 2011.—Lic. Antonio Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011244939.—(IN2011049955).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, a las doce horas, del día veintiuno de junio del año dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria número uno de la sociedad Los Cuminates S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y un mil trescientos treinta y seis, celebrada a las quince horas del dieciséis de mayo del año dos mil once, donde se realiza aumento de capital social y nombramiento de agente residente.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Álvaro Palma Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011244940.—(IN2011049956).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, a las quince horas, del día veintinueve de mayo del dos mil once, se constituyeron dos sociedades denominadas: Sip Inversiones a Mi Manera y Distribuidora Línea Cuatro Mil Costa Rica, ambas sociedades anónimas, con capitales sociales suscritos y pagados. Presidente de las sociedades: Ignacio Prada Prada; y ambas con plazos de: noventa y nueve años.—San José, viernes 3 de junio del 2011.—Lic. Álvaro J. Palma Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011244941.—(IN2011049957).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas de hoy, los señores Jorge Alexis Madriz Muñoz y Jorge Arturo Solano Ávila, constituyen Eagles Metals E. M. Sociedad Anónima. Domicilio: cantón de Montes de Oca, Lourdes.—San José, 22 de junio del 2011.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011244944.—(IN2011049958).

Por escritura otorgada en mi notaría a las quince horas del dieciséis de junio del dos mil once, se constituye la sociedad denominada sociedad anónima, pudiendo abreviarse UG El Predio del Tigre S. A. Capital social: treinta y seis mil colones. Presidente: Gerardo Ugalde Brenes, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Máximo Sequeira Alemán, Notario.—1 vez.—RP2011244946.—(IN2011049959).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del día veinticuatro de junio del dos mil diez, se constituye la sociedad: Asesoría y Servicios de Mantenimiento Industrial Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: Marco Tulio Gómez Jiménez.—Lic. Jorge Mejía Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2011244948.—(IN2011049960).

Por escritura otorgada en esta notaría el día veinticuatro de junio del dos mil once, a las quince horas, y conforme Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J se constituyó una sociedad anónima. Presidenta: Mónica Ramírez González.—Palmares de Alajuela, 24 de junio del 2011.—Lic. Rosibel Quesada Vásquez, Notaria.—1 vez.—RP2011244953.—(IN2011049961).

En Santa Ana, San José, a las nueve horas quince minutos del veintisiete de junio del dos mil once, se constituyó Add Value it Consulting Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. Con una junta directiva de tres miembros presidente, secretario, tesorero y un fiscal.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—RP2011244955.—(IN2011049962).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día diecisiete de junio del dos mil once; se modificó la cláusula novena del pacto social de la sociedad denominada: Wise Business Investment Corporation Sociedad Anónima, modificando la representación judicial y extrajudicial.—San José, diecisiete de junio del dos mil once.—Lic. Olga Castillo Barahona, Notaria.—1 vez.—RP2011244957.—(IN2011049963).

El suscrito Maykool Acuña Ugalde, Notario Público con oficina en Ciudad Colón, hace constar que a las 11:00 horas del día 28 de octubre del 2010, se ha constituido la sociedad denominada Investigaciones Especializadas Grupo Cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un plazo social de 100 años, siendo su gerente el señor John Willy Zúñiga Jiménez.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2011244958.—(IN2011049964).

Por escritura pública otorgada ante el Notario Héctor Manuel Fallas Vargas, en San José, a las quince horas del veinticuatro de junio, se constituyeron quince sociedades anónimas denominadas: Godavari Servicios Comerciales Sociedad Anónima, Blue Nile Investments Sociedad Anónima, Tapi River Business Sociedad Anónima, Selenga Commercial Services Sociedad Anónima, The White Lemur Corp Sociedad Anónima, Bright Chameleon Sociedad Anónima, Bengal Oriental Inversiones, Indri Business Sociedad Anónima, Greensboro Business Services Sociedad Anónima, Brigth Chair Company Sociedad Anónima, Translucid Present Sociedad Anónima, Disseny International Sociedad Anónima, Amalie Inversiones Comerciales Sociedad Anónima, Vista de Damasco Sociedad Anónima, Iluza Partners Sociedad Anónima, Lindsay Madrigal Alfaro presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011244959.—(IN2011049965).

Por escritura otorgada el día de hoy, protocolicé el acta de la asamblea ordinaria y extraordinaria de Quies Nocturna Sociedad Anónima, donde se acuerda modificar la cláusula octava, nombran a junta directiva en pleno, y se toman otros acuerdos.—Grecia, diecisiete de junio del dos mil once.—Lic. Miguel Ángel Zumbado González, Notario.—1 vez.—RP2011244961.—(IN2011049966).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 20 de junio del 2011, se modificó la cláusula sexta de U-Save S. A.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Haidel Sequeira Guzmán, Notaria.—1 vez.—RP2011244962.—(IN2011049967).

Por escritura otorgada ante mí a las 9:00 horas del 23 de junio de 2011, se constituyó la sociedad Ettore Cincuenta y Nueve S. A. domicilio: San Ramón de Alajuela. Capital totalmente suscrito. Plazo: 99 años. Representación: presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Ramón de Alajuela, 27 de junio del 2011.—Lic. José Enrique Jiménez Bogantes, Notario.—1 vez.—RP2011244964.—(IN2011049968).

Por escritura tres ocho seis, otorgada a las once horas del dieciocho de junio del dos mil once, ante esta notaría. Se constituye la sociedad anónima según decreto ejecutivo 33171-J S. A. Capital: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2011244965.—(IN2011049969).

En esta notaría a las 14 horas del 26 de junio del 2011, protocolicé asamblea de Muslake S. A., se nombra nuevo presidente, tesorero y secretario, se reforma representación y nombre.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2011244966.—(IN2011049970).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las diez horas de hoy, se constituyó Pecosbill Gaucho S. A. para dedicarse por cien años al comercio en general, presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, dieciocho de junio de dos mil once.—Lic. Ricardo Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—RP2011244967.—(IN2011049971).

Ante esta notaría, a las 13:40 horas del 24 de junio del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios celebrada por Constructora Mora y Aguilar Sociedad Anónima. Se modifica parcialmente el pacto constitutivo, mediante la escritura número 349-21, tomo 21 del protocolo de la Lic. Tatiana Fernández Mora.—Cartago, 24 de junio del 2011.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011244970.—(IN2011049972).

Ante esta notaría, a las 13:30 horas del 24 de junio del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios celebrada por Distribuidora Branke de las Brumas Sociedad Anónima. Se modifica parcialmente el pacto constitutivo, mediante la escritura número 348-21, tomo 21 del protocolo de la Lic. Tatiana Fernández Mora.—Cartago, 24 de junio del 2011.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011244971.—(IN2011049973).

Ante esta notaría se ha procedido a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Refrescos La Unión S. A. Se reforma pacto constitutivo en cuanto a domicilio y objeto y representación legal. Se nombre, nueva junta directiva y se designa fiscal.—San José, a las diecisiete horas del día veinticuatro de junio del dos mil once.—M Sc. Ricardo Adolfo Badilla Martínez, Notario.—1 vez.—RP2011244972.—(IN2011049974).

He constituido la sociedad Oncomédica S. A., con un capital de cien mil colones. Plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución. Representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente: Elías Fallas Solís y a su vicepresidenta: Dora Emilia Fallas Solís. Apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Rosmery Solís Corea, Notaria.—1 vez.—RP2011244973.—(IN2011049975).

Ante esta notaría se ha constituido la sociedad anónima Studies de Costa Rica. Presidenta y apodera: Carmen María Van Der Laat Ulloa.—Lic. Christy Eugenia Durán Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011244974.—(IN2011049976).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 9 horas del 8 de junio del 2011 se constituyó la sociedad Aved Costa Rica S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo: Jafeth Chinchilla Mora.—Lic. Hugo Retana Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011244976.—(IN2011049977).

En esta notaría se tramita en escritura 279-5to del 21 de junio del 2011, la constitución de la Fundación Ad Altare.—Lic. Vera Teresita Ramírez Marín, Notaria.—1 vez.—RP2011244977.—(IN2011049978).

Hoy al ser las ocho horas del dieciséis de junio del dos mil once, se ha constituido en Bribrí, cantón de Talamanca, Limón, la compañía Desarrollo Economía Sociedad Anónima, con capital de diez mil colones, siendo su presidente Luis Ángel Moran Ulate, con poder generalísimo sin límite de suma.—Lic. Jorge Logan Portugués, Notario.—1 vez.—RP2011244979.—(IN2011049979).

Hoy al ser las trece horas del trece de junio del dos mil once, se ha constituido en Bribrí, cantón de Talamanca, Limón, la compañía Seednsoil Sociedad Anónima, con capital de diez mil colones, siendo su presidente el señor Amayakowan Jude Osadolo, con poder generalísimo sin límite de suma.—Lic. Jorge Logan Portugués, Notario.—1 vez.—RP2011244980.—(IN2011049980).

El suscrito Notario hace constar que hoy he protocolizado acta de asamblea de la sociedad Red Little Three House S. A., donde se modificó la cláusula sexta.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—RP2011244981.—(IN2011049981).

El suscrito Notario Público comunica que ante esta notaría se otorgó escritura pública de asamblea extraordinaria de accionistas de Notaría Internacional S. A., modificando la cláusula segunda del pacto social, escritura otorgada en San José a las diez horas del veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Arnoldo Solano Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011244982.—(IN2011049982).

Por escritura número cien otorgada ante esta notaría a las nueve horas del veintitrés de junio de dos mil once, se constituyen las nueve sociedades anónimas denominadas de la siguiente manera: Finca Los Marañones S. A., La Llanura del Cacao S.A., Chumbulún S. A., Los Cerros de Isla Verde S. A., Gusanito S. A., La Plazoleta S. A., Vista Frijolillo S. A., Hingkok S. A., y Roes Sesenta y Nueve S. A.—Alajuela, veinticuatro de junio de dos mil once.—Lic. Nidia Isabel Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2011244983.—(IN2011049983).

Por escritura número ciento uno, del tomo cuarenta y uno de mi protocolo, otorgada a las ocho horas del veintisiete de junio del dos mil once, protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Isaac Construction Company S.A., cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cinco mil setecientos siete, en la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio, y se nombra junta directiva y fiscal.—San Rafael de Heredia, veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Manuel Fco. Camacho Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011244985.—(IN2011049984).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veintiséis de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad Siso Dorf Sociedad Anónima, con plazo social de cien años.—San José, 26 de junio del 2011.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—RP2011244986.—(IN2011049985).

Ante mi notaría, el día del cuatro de mayo del dos mil once, se constituyó Computer Excellence Group Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Osvaldo Muñoz Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011244987.—(IN2011049986).

Ante esta notaría y mediante escritura pública número 254 de las 16:00 horas del 14 de junio de 2011, se ha constituido la sociedad que se denomina Agropecuaria Eldallen Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Orotina y con un capital social de doce mil colones exactos.—Orotina, veinte de junio de dos mil once.—Lic. Douglas Mauricio Marín Orozco, Notario.—1 vez.—RP2011244988.—(IN2011049987).

Escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil once, se constituye la empresa de esta plaza Inversiones Reales La Enanita Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Representación: presidente y tesorera. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—RP2011244991.—(IN2011049988).

Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las 11:00 horas del 24 de junio de 2011, se constituyó la sociedad denominada Servicios El Sharif S. A. Apoderados generalísimos sin límite de suma Oscar Sharif El Jaouhari Ghannam y María Fernanda Barrantes Rodríguez.—Sarchí, 24 de junio de 2011.—Lic. Francisco Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011244993.—(IN2011049989).

Ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Mavegue Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, domiciliada en Jicaral distrito cuarto Lepanto del cantón primero Puntarenas de la provincia de Puntarenas, costado este de la iglesia católica, edificio color beige, cuyo presidente es Mauricio Venegas Guerrero.—Jicaral, 22 de junio del dos mil once.—Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011244994.—(IN2011049990).

Ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Familia Torres Mora Sociedad Anónima, con un capital social de dieciocho mil colones, domiciliada en San Blas de Lepanto Puntarenas distrito cuarto Lepanto del cantón primero Puntarenas de la provincia de Puntarenas, quinientos metros al norte de la escuela, casa color verde, cuyo presidente es Enrique Torres Torres.—Jicaral, 22 de junio del dos mil once.—Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011244995.—(IN2011049991).

Mediante escritura número 178-2 otorgada ante este notario a las 17:00 horas del día 24 de junio del 2011, se constituye Chinchilla Valerio Sociedad Anónima. Capital social 100 mil colones, representación presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Daniella Segnini Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2011244998.—(IN2011049992).

Mediante escritura número 188 otorgada ante este notario a las 17:00 horas del día 10 de junio del 2011, se constituye una sociedad anónima que se denominará Inversiones Gore Sociedad Anónima. Capital social 120 mil colones, representación presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Gonzalo Saavedra Brenes, Notario.—1 vez.—RP2011244999.—(IN2011049993).

Mediante escritura número 167 otorgada en esta ciudad a las 11:00 horas de hoy ante el suscrito Notario, los señores Billy, Jaime y Pablo, todos Garita Robles constituyeron B.J.P. Asociados S. A. Capital sucrito y pagado. Domicilio: Palmar Sur de Osa. Objeto el comercio. La representación legal la ejercen el presidente, secretario y tesorero debiendo actuar conjuntamente al menos dos de ellos. Se crea fondo de reserva legal y se nombra agente residente.—San José, 22 de junio de 2011.—Lic. Floresmiro Zuleta Pastrana, Notario.—1 vez.—RP2011245000.—(IN2011049994).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 23 de junio del 2011, ante la Notaria Roxana María Angulo Aguilar, se constituye la sociedad Solcodalmar Sociedad Anónima. Presidenta: Melania Martínez Quirós, cédula: 3-344-256. Domiciliada en San Juan de Tres Ríos, Residencial Loma Verde III Etapa, casa número cuarenta y seis.—Guadalupe, 23 de junio del 2011.—Lic. Roxana María Angulo Aguilar, Notaria.—1 vez.—RP2011245001.—(IN2011049995).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Comercializadora de Concreto y Asfalto Comcoas Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sexta, la administración. Escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del veintisiete de junio de dos mil once.—Lic. Ana Sáenz Beirute, Notaria.—1 vez.—RP2011245002.—(IN2011049996).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Phoenix Investments S. A., cuyo presidente es el señor David Campos Loría, con cédula de identidad número uno-ochocientos setenta y siete-novecientos ochenta y uno. Es todo.—San José, veintitrés de marzo del dos mil diez.—Lic. Vera Violeta Arguedas Molina, Notaria.—1 vez.—RP2011245003.—(IN2011049997).

Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Guácimos Van Patten Limitada, a las diez horas del veintisiete de junio del dos mil once. Gerente uno y gerente dos con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—RP2011245005.—(IN2011049998).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario público con oficina en Atenas se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Grupo Shangó Limitada, a las diecisiete y treinta horas del veintitrés de junio del dos mil once. Gerente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quien tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas, veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—RP2011245006.—(IN2011049999).

Ante mí, Pablo Arias González, Notario Público con oficina en Atenas se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Finca Los Armadillos de Barroeta Limitada, a las dieciséis horas de veinte de junio del dos mil once. Gerente y subgerente con la representación judicial y extrajudicial de las sociedades, quines tendrán las facultades de apoderadas generalísimas sin límite de suma.—Atenas, veintitrés de junio de dos mil once.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—RP2011245007.—(IN2011050000).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario público con oficina en Atenas se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Elegguá Limitada, a las diecisiete horas del veintitrés de junio del dos mil once. Gerente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quien tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas, veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—RP2011245008.—(IN2011050001).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría al ser las 10:00 horas del 27 de junio del 2011, se constituyó JRK entre Palmas Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio en San José. Objeto: genérico. Plazo: 100 años. Capital social: 12.000 colones. Corresponde al gerente la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Gerente: Martin Brown.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—RP2011245009.—(IN2011050002).

Que en mi notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Morales Salas S. A., donde se modifican las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo.—Puntarenas, 24 de junio del 2011.—Lic. Sandra Alvarado Mondol c.c. Mondol Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2011245011.—(IN2011050003).

Que en mi notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Mobula del Pacífico Sur S. A., donde se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo, y se hace nombramiento de parte de los miembros de la junta directiva.—Puntarenas, 24 de junio de 2011.—Lic. Sandra Alvarado Mondol c.c. Mondol Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2011245012.—(IN2011050004).

Que en mi notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Congomar S. A., donde modifica domicilio social, se aumenta el capital social, se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo, y se hace nombramiento de nueva junta directiva.—Puntarenas, 24 de junio de 2011.—Lic. Sandra Mondol Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2011245013.—(IN2011050005).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 23 de junio de 2011, se nombra nueva junta directiva de Torre Fila Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio de 2011.—Lic. Dinorah Obando Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2011245015.—(IN2011050006).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diez horas del día veintitrés de junió del año dos mil once se constituyó la sociedad denominada Grupo Tres Catorce Producciones Limitada.—San José, 27 de junio de 2011.—Lic. Mónikha Cedeño Castro, Notaria.—1 vez.—RP2011245017.—(IN2011050007).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas del veinte de junio del año dos mil once, número cuarenta y tres-veinticuatro, se constituyó la sociedad denominada Ravav Security Sociedad Anónima. Se nombró junta directiva y agente residente. Presidente: Raúl Andrés Mora Mora. Es todo.— Cartago, diecinueve horas y diez minutos del veinte de junio del dos mil once.—Lic. Dennis Leonel Alfaro Araya, Notario.—1 vez.—RP2011245018.—(IN2011050008).

Por escritura 196-17, otorgada a las 14 horas de hoy ante mi Notaría, se protocolizó acuerdos de Inmobiliaria Marian S. A. para reformar cláusula primera de estatutos y se denomine en lo sucesivo: Terrazas y Surcos del Sur S. A.—San José, 14 de junio del 2011.—Lic. Ricardo Villalobos G., Notario.—1 vez.—RP2011245019.—(IN2011050009).

Por escritura otorgada a las once horas del diecisiete de junio del dos mil once se constituyó la sociedad Negocios VIP Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Mario Enrique Pacheco Loaiza, Notario.—1 vez.—RP2011245021.—(IN2011050010).

Por escritura otorgada a las catorce horas del veintiuno de junio del dos mil once, se reformó la cláusula quinta de los estatutos de la sociedad Cadbury Adams Costa Rica Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—RP2011245022.—(IN2011050011).

Por escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del veintidós de junio del dos mil once, se reformó la cláusula décimo segunda de los estatutos de la sociedad P.H. Chucas Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Édgar Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—RP2011245023.—(IN2011050012).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del trece de abril del año dos mil once, ante la notaria Cynthia Corrales Mairena, los señores Jaime Echeverría Villafranca, Jaime, Adolfo y Priscila, Echeverría Bonilla y María del Rosario Castro Mora, constituyeron la fundación denominada: Fundación Jaime Echeverría Villafranca, con domicilio en San José, San Francisco de Dos Ríos, de plazo perpetuo, con un patrimonio de cien mil colones y su objeto será donaciones con fines benéficos.—San José, veinte de junio de 2011.—Lic. Cynthia Corrales Mairena, Notaria.—1 vez.—RP2011245024.—(IN2011050013).

Por escritura otorgada a las doce horas del veintidós de junio del dos mil once, se reformó la cláusula décimo segunda de los estatutos de la sociedad Inversiones Eolicas La Esperanza Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Édgar Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—RP2011245025.—(IN2011050014).

A las quince horas del veintidós de noviembre de dos mil diez, Lym Fabiola Salas Castro constituye una fundación denominada Fundación Despertar Hacia Un Mejor Mañana. Ante la notaria Teresita Marín Rodríguez.—San José, veintisiete de junio de dos mil once.—Lic. Teresita Marín Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011245026.—(IN2011050015).

Por escritura número setenta y siete-diecinueve, otorgada ante el notario José Antonio Solís Sandoval, se constituyó la sociedad Inversiones Sandoval Sociedad Anónima, presidenta: Virna Guinette Sandoval Ugalde.—Alajuela, 27 de junio del 2011.—Lic. José Antonio Solís Sandoval, Notario.—1 vez.—(IN2011050033).

Por escritura otorgada ante el notario público Alfredo Álvarez Quirós, se constituyó la sociedad Global Center Desing S. A. Capital social diez mil colones. Presidente Mauricio Garay López.—Lic. Alfredo Álvarez Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2011050035).

Por escritura otorgada ante el notario público Alfredo Álvarez Quirós, se constituyó la sociedad Ticotel CR S. A. capital social cien mil colones. Presidente Juan Carlos Díaz Matarrita.—Lic. Alfredo Álvarez Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2011050036).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 7 horas del día 28 de junio del 2011, se constituyó la empresa denominada Inversiones Doña Olga Dos Mil Once S. A., domiciliada en San Antonio de Belén, Heredia, 700 metros al este de la estación del ferrocarril, presidenta: Olga Ulloa González, cédula número 3-132-394, capital social setenta mil colones.—Belén, Heredia, 28 de junio del 2011.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2011050043).

Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Comercial Covex Sociedad Anónima, en la cual se acuerda modificar la cláusula segunda del domicilio y la cláusula tercera del plazo social del pacto constitutivo de la empresa. Ante el notario Roberto E. Romero Mora. Es todo.—San José, al ser once horas del día veintiocho de junio de dos mil once.—Lic. Roberto Enrique Romero Mora, Notario.—1 vez.—(IN2011050045).

Ante esta notaría, a las 13:00 horas del 24 de junio del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios celebrada por Constructora Cabañas Agusto Limitada. Se modifica parcialmente el pacto constitutivo, mediante la escritura número 347-21, tomo 21 del protocolo de la Lic. Tatiana Fernández Mora.—Cartago, 24 de junio del 2011.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2011050047).

Mediante escritura cuatrocientos uno, otorgada a las quince horas del día treinta y uno de mayo de dos mil once, se modificó la cláusula segunda del acta constitutiva de la sociedad Vip Heli Services Sociedad Anónima. Se modifica junta directiva.—Lic. Blanca Aurora González Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2011050053).

Mediante asamblea general extraordinaria de la sociedad Vista de Flamingo Número Sesenta y Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta y nueve mil seiscientos dieciocho, celebrada en su domicilio social a las diecisiete horas del veintidós de junio del dos mil once, se reforma cláusula segunda de los estatutos. Además se nombra junta directiva y fiscal por el resto del período. Es todo.—Santa Cruz, Guanacaste, a las diecisiete horas del veintidós de junio del dos mil once.—Lic. Edgar Pizarro Matarrita, Notario.—1 vez.—(IN2011050054).

En mi notaría al ser las doce horas del día veinticinco de junio del año dos mil once, se modificó la cláusula segunda de la sociedad denominada I.E.T. Ingeniería y Equipamiento Técnico Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y dos mil seiscientos dieciocho. Es todo.—San José, veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Maribel Arcia Fernández, Notaria.—1 vez.—(IN2011050067).

Escritura tres-uno, al ser las doce horas del veintidós de junio del año dos mil once, en esta notaría se constituye una sociedad Constru Teck S. A. Domicilio: San José. Presidente: Rodolfo González Jiménez.—Lic. Luis Enrique Pastrana Reyes, Notario.—1 vez.—(IN2011050070).

Por escritura número veinticinco-noventa y tres, otorgada ante los notarios públicos Rolando Laclé Castro y Juan Manuel Godoy Pérez, a las once horas del día veintiocho de junio del año dos mil once, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Kasamemo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-623082; mediante la cual se reforma la cláusula sétima a los estatutos sociales.—San José, veintiocho de junio del dos mil once.—Lic. Rolando Laclé Castro, Notario.—1 vez.—(IN2011050071).

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las 10:15 horas del 25 de junio del 2011, se constituyó la empresa Transocean Agency Group TAG Sociedad Anónima. Domiciliada: en la ciudad de San José. Capital social: suscrito y pagado. Representantes con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma: el presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, señores: Carlos Acuña Fallas, Miguel Ángel Mena Chaves y Jeannette Castro Castro, respectivamente.—San José, 25 de junio del 2011.—Lic. Paúl Murillo Miranda, Notario.—1 vez.—(IN2011050072).

En esta notaría, se tramita inscripción de la compañía denominada Venta de Lotería La Florense Sociedad Anónima. Capital social: totalmente sucrito y pagado. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Ricardo Alvarado Alpízar, Notario.—1 vez.—(IN2011050081).

El suscrito notario público Ricardo León Vargas Guerrero, con oficina en Playas del Coco, hace constar que he modificado los poderes de representación de la sociedad tres ciento uno seis tres tres dos cuatro siete sociedad anónima, mediante la escritura otorgada en Playas del Coco, a las nueve horas del trece de junio del dos mil once, número trescientos dos, iniciada al folio ciento ochenta y cuatro frente del tomo cuarto de mi protocolo.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—(IN2011050104).

El sucrito notario público Ricardo León Vargas Guerrero, con oficina en Playas del Coco, hace constar que he modificado el nombre, domicilio y los poderes de representación de la sociedad tres ciento uno seis tres seis dos uno nueve sociedad anónima, mediante la escritura otorgada en Playas del Coco, a las diez horas del veintisiete de junio del dos mil once, número trescientos veinte, iniciada al folio ciento noventa y cuatro vuelto del tomo cuarto de mi protocolo.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—(IN2011050107).

En esta notaría, al ser las 08:00 horas del 24 de junio del 2011, se constituyó la sociedad The Blue Heron Of Nosara Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital: suscrito y pago ¢12.000,00 colones. Gerente: Jimmy Douglas Price. Subgerente: Deborah Carter Price.—San José, 28 de junio del 2011.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—(IN2011050109).

En esta notaría, al ser las 09:00 horas del 24 de junio del 2011, se constituyó la sociedad Sea Hunt Of Nosara Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital: suscrito y pago ¢12.000,00 colones. Gerente: Deborah Carter Price. Subgerente: Jimmy Douglas Price.—San José, 28 de junio del 2011.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—(IN2011050111).

Ernesto y Alejandro, ambos de apellidos García Pérez, constituyeron De Escambray A Sabana Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las diecisiete horas cinco minutos del martes 14 de junio del 2011.—Lic. José Manuel Ortiz Durman, Notario.—1 vez.—(IN2011050117).

Karla Vanessa Parrales Concepción y Sandra Reyes Concepción, constituyeron K S Servicios Integrales de Salud SEINSA Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las diecisiete horas cinco minutos del viernes 24 de junio del 2011.—Lic. José Manuel Ortiz Durman, Notario.—1 vez.—(IN2011050118).

Yo, Marco Antonio Fernández López, protocolicé la constitución de la sociedad anónima que se denominará NW Consulting Services Sociedad Anónima. Domiciliada: en Alajuela, con un capital de doce millones de colones, representado por doce mil cuotas nominativas, y representada por dos gerentes. Es todo.—San José, veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—(IN2011050120).

Por escritura número ciento seis-seis, de mi protocolo número seis, se constituyó Cuestamoras Mantenimiento y Administradora de Inmuebles Sociedad Anónima. Duración: de noventa y nueve años. Domiciliada: en San José, Santa Ana, Uruca, Radial Santa Ana-Belén, Condominio Vertical de Oficinas Forum Seis, Edificio Cuestamoras, tercer piso, con junta directiva integrada por presidente, secretario y tesorero.—San José, veintiocho de junio del dos mil once.—Lic. Shirley Durán Alpízar, Notaria.—1 vez.—(IN2011050122).

En esta notaría, se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo de la sociedad Los Bajos de Los Cartagos Sociedad Anónima.—Alajuela, 27 de junio del 2011.—Lic. Óscar Gabriel Cordero Sáenz, Notario.—1 vez.—(IN2011050132).

En esta notaría, se constituyó la compañía Maridiana Sociedad Anónima, con un capital de diez mil colones.—Alajuela, 27 de junio del 2011.—Lic. Óscar Gabriel Cordero Sáenz, Notario.—1 vez.—(IN2011050133).

Por escritura de esta notaría, de las once horas de hoy, se constituye la sociedad Osyju A F Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente y tesorero con poder generalísimo.—Alajuela, veinticinco de junio del dos mil once.—Lic. José Ángel Solórzano Solórzano, Notario.—1 vez.—(IN2011050134).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta minutos del día veintiocho de junio del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Ventura Nicolet S. A., mediante la cual se acordó la reforma de la cláusula sexta del acta constitutiva.—San José, veintiocho de junio del dos mil once.—Lic. Roberto Solano Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2011050136).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día veintisiete de junio del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Pueblo Real D H E P Seis S. A., mediante la cual se acordó la reforma de las cláusulas segunda y sexta del acta constitutiva.—San José, veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Roberto Solano Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2011050137).

He constituido la empresa Inversiones Neurohr Castellón S. A. Capital social: diez mil colones. Domicilio social: en San José. Representación en la figura del presidente y el secretario de la junta directiva.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Jurgen Kinderson Roldán, Notario.—1 vez.—(IN2011050142).

Que por escritura Nº 2, visible a folio 2 frente, se constituyó la empresa denominada MMXI Propzone S.R.L., representada por el Chandler (nombres) Weisel (apellido), el motivo de este edicto es la constitución de la empresa indicada. Visibles en el tomo 18 del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas. Uvita de Osa. Teléfono: 2771-5855, a las 09:00 horas del 27 de junio del 2011.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011245027.—(IN2011050252).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 16:20 horas del 14 de junio del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Constructora Desagramo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-537233. Acuerdo: reforma a la cláusula primera del pacto constitutivo.—San Isidro, Pérez Zeledón, 14 de junio del 2011.—Lic. Annia Shirley Zúñiga Méndez, Notaria.—1 vez.—RP2011245028.—(IN2011050253).

Por escritura otorgada Nº 164, a las 08:00 horas del 21 de junio del 2011, ante mi notaría, se renovó la junta directiva y se aumentó el capital social suscrito y pagado hasta por veinte millones de colones, de la sociedad Banrey Sociedad Anónima. Presidente: Jorge Hugo Jiménez Castro.—San Isidro de El General, 27 de junio del 2011.—Lic. Juan José Castrillo Morales, Notario.—1 vez.—RP2011245029.—(IN2011050254).

Ante esta notaría, a las 12:00 horas de hoy, se constituyó la sociedad denominada La Posada de Montecarlo S. A. Capital: suscrito y pagado. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintiuno de junio del dos mil once.—Lic. Ingrid Reischfleger Montero, Notaria.—1 vez.—RP2011245032.—(IN2011050255).

Por escritura otorgada a las 18:30 horas, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Casa Esquivol San José S. A., en la que se revoca poder generalísimo y se confiere poder general sin límite de suma.—San José, veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Ingrid Reischefleger Montero y Lic. Carlos Alberto Mora Moya, Notarios.—1 vez.—RP2011245033.—(IN2011050256).

En esta notaría, a las 09:00 horas del 27 de junio del 2011, se aumentó capital de Servicios Automotores Díaz Aros y Llantas S.A.—Lic. Elda Zúñiga Valenciano, Notaria.—1 vez.—RP2011245034.—(IN2011050257).

Por escritura otorgada en esta notaría, en San José, a las diez horas del día veinticinco de mayo del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad denominada: Atlas Publishers S. A. Se reforma cláusula segunda del domicilio, y se nombra nueva junta directiva.—San José, 9 de junio del 2011.—Lic. Cristian Manuel Arguedas Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2011245037.—(IN2011050258).

Por escritura otorgada en esta notaría, en San José, de las nueve horas del día veinticuatro de junio del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos noventa y un mil novecientos ochenta s. a. Se reforma nombre, domicilio y administración, se nombra presidente y secretario.—San José, 26 de junio del 2011.—Lic. Carlos Morales Fallas, Notario.—1 vez.—RP2011245038.—(IN2011050259).

Por escritura otorgada en esta notaría, en San José, de las diez horas del día veintiuno de junio del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad denominada Corporación La Arboleda Kiwi Cuatro S. A. Se reforma la administración.—San José, 26 de junio del 2011.—Lic. Carlos Morales Fallas, Notario.—1 vez.—RP2011245039.—(IN2011050260).

En San José, ante este notario, a las nueve horas del veintitrés de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará como Tico Novescientos Once Punto Com S. A. Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 23 de junio del 2011.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—RP2011245040.—(IN2011050261).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diecisiete horas del día veintisiete de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada John Aguilar Legal Services Sociedad Anónima, nombre que es de fantasía, y en idioma inglés, y su traducción al español es John Aguilar Servicios Legales Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Mónikha Cedeño Castro, Notaria.—1 vez.—RP2011245041.—(IN2011050262).

Que por escritura otorgada en esta notaría, a las 08:00 horas de hoy, la sociedad Agrícola Purabaseña Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-458873, nombró fiscal, otorgó poder general, revocó poder generalísimo y otorgó poder generalísimo.—Heredia, 27 de junio del 2011.—Lic. José Leonel Sáenz Batalla, Notario.—1 vez.—RP2011245044.—(IN2011050263).

El suscrito notario público, hace saber que el día ocho de febrero del dos mil once, al ser las quince horas, en esta notaría, se constituyó una sociedad anónima, cuya razón social será el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público, Sección Mercantil. Siendo nombrado como su presidente, pudiendo actuar solo, el señor: Alay Mora Badilla, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: servicios comerciales en general, agricultura y otros. Es todo.—Puerto Jiménez de Golfito, Puntarenas, 4 de marzo del 2011.—Lic. Miguel Ángel Villanueva Arauz, Notario.—1 vez.—RP2011245045.—(IN2011050264).

El suscrito notario público, hace saber que el día ocho de febrero del dos mil once, al ser las quince horas, en esta notaría, se constituyó una sociedad anónima, cuya razón social será el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público, Sección Mercantil. Siendo nombrado como su presidente, pudiendo actuar solo, el señor: Gabriel Escudero Archilla, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: servicios comerciales en general, agricultura y otros. Es todo.—Puerto Jiménez de Golfito, 15 de febrero del 2011.—Lic. Miguel Ángel Villanueva Arauz, Notario.—1 vez.—RP2011245046.—(IN2011050265).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintiuno de junio del dos mil once, se protocolizó asamblea de socios de la sociedad Servicio de Licitaciones del Este Sociedad Anónima, en donde se modificaron algunos artículos de sus estatutos.—San José, veintidós de junio del dos mil once.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—RP2011245047.—(IN2011050266).

En asamblea general extraordinaria de accionistas de sociedad Gestión Dinámica de Proyectos Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos ochenta y seis mil setecientos cincuenta y siete. Domiciliada: en provincia de San José, San Rafael de Escazú. Se acuerda: reformar la estipulación segunda, en lo que respecta al domicilio de la sociedad. Escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintitrés de junio del dos mil once.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Uriel Ortega Hegg, Notario.—1 vez.—RP2011245048.—(IN2011050267).

Por escritura otorgada al ser las 17:00 horas del 27 de junio del 2011, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria número veinticuatro, de la sociedad denominada Bossini S. A., mediante el cual se aumenta el capital social hasta por la suma de tres millones de colones. Es todo.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Kathya Salas Guevara, Notaria.—1 vez.—RP2011245050.—(IN2011050268).

Por escritura número setenta y nueve-diecinueve, otorgada ante la notaria Mariana Berrocal Durban, a las ocho horas del día veintitrés de junio del dos mil once, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Prisma Portadas Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y tres mil setecientos treinta y siete, mediante la cual se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo.—San José, veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Mariana Berrocal Durban, Notaria.—1 vez.—RP2011245056.—(IN2011050269).

Por escritura de las 17:00 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía Cortijo Alanat S. A., por la cual se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo, y se nombra junta directiva.—Montes de Oca, 24 de junio del 2011.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2011245058.—(IN2011050270).

Por escritura otorgada ante mi notaría, al ser las diecinueve horas del día veintitrés de junio del dos mil once, se constituyó la fundación denominada Manos a la Obra.—Lic. Ana Vanessa González Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2011245059.—(IN2011050271).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas del día veintitrés de junio del dos mil once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada 3-101-621347 s. a., donde se acuerda modificar las cláusulas primera y sexta de los estatutos.—San José, veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011245062.—(IN2011050272).

Por escrituras otorgadas el día de hoy, ante mí, se constituyeron las compañías: Citypark Capital Group S. A., Villa Angelita de Maruja S. A.—San Pablo de Heredia, 27 de junio del 2011.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—RP2011245063.—(IN2011050273).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del diez de junio del dos mil once, se constituyó la entidad que se denominará Avenir Real Estafe Consulting & Services INC Sociedad Anónima. Domicilio: Heredia, San Pablo, doscientos metros al norte y doscientos metros al oeste del Palí. Plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución. Capital social: quinientos mil colones. El presidente y el tesorero de la compañía, ostentarán la representación de la misma, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar en forma conjunta o por separado.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—RP2011245064.—(IN2011050274).

Yo, notario público, protocolizo acta de socios de Esvar S. A., se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, 23 de junio del 2011.—Lic. José Ramón Sibaja Montero, Notario.—1 vez.—RP2011245065.—(IN2011050275).

Ante esta notaría, Lic. Cristian Pérez Quirós, a las 16:00 horas del veinticuatro de junio del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad SSO-Group S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-597563. Se reformó la cláusula novena de la representación, y se nombró nuevo presidente y secretario. Es todo. Presidente: Juan Carlos González Campos.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Cristian Pérez Quirós, Notario.—1 vez.—RP2011245066.—(IN2011050276).

En mi notaría, en esta fecha, se constituyó la sociedad Emily’s Sweet Sensations Sociedad Anónima. Capital: cincuenta mil colones. Presidenta: Emily Elizabeth Wilson. (Dulces Sensaciones de Emly Sociedad Anónima).—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Cecilia Herrera Echeverri, Notaria.—1 vez.—RP2011245069.—(IN2011050277).

En mi notaría, en esta fecha, se constituyó la sociedad Teca del Tempisque Sociedad Anónima. Capital: cincuenta mil colones. Presidente: Javier Francisco Koberg de La Cruz.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Cecilia Herrera Echeverri, Notaria.—1 vez.—RP2011245070.—(IN2011050278).

Por medio de la escritura número ciento cuarenta del tomo tercero de mi protocolo, otorgada en mi notaría, en Cartago, a las dieciocho horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada A & G Editores Limitada.—Cartago, veinte de junio del dos mil once.—Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1 vez.—RP2011245072.—(IN2011050279).

Ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintisiete de junio del dos mil once, se constituyó Asesorías Educativas Universales IG Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Rocío Herrera Montero, Notaria.—1 vez.—RP2011245073.—(IN2011050280).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 17:00 horas del 24 de junio del 2011, protocolicé acta de la empresa: Proyecto Futura Dayra G.C. S. A., mediante la cual se revoca nombramiento de secretario, y se nombra nuevo, se modifica cláusulas novena y primera de los estatutos sociales.—Escazú, 24 de junio del 2011.—Lic. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2011245074.—(IN2011050281).

Por escritura otorgada ante mí, Giovanna Badilla Rojas, se cambian los puestos de secretario y tesorero de la junta directiva, así como el fiscal de Bufete Jurídico del Norte, Ruiz y Ruiz Asociados Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-310021.—Lic. Giovanna Badilla Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011245075.—(IN2011050282).

Por escritura otorgada ante mí, Giovanna Badilla Rojas, se cambian los puestos de secretario y tesorero de la junta directiva, así como el fiscal y agente residente de Naturaleza Armoniosa con el Desarrollo A Z B X Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-500569.—Lic. Giovanna Badilla Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011245076.—(IN2011050283).

Por escritura otorgada ante mí, Giovanna Badilla Rojas, se cambian los puestos de secretario y tesorero de la junta directiva, así como el fiscal y agente residente de Momentos Azules y Tranquilos en el Campo Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-499138.—Lic. Giovanna Badilla Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011245077.—(IN2011050284).

Por escritura otorgada ante mí, Giovanna Badilla Rojas, se cambian los puestos de secretario y tesorero de la junta directiva, así como el fiscal y agente residente de Naturaleza Escondida de Tamarindo GN Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-495071.—Lic. Giovanna Badilla Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011245078.—(IN2011050285).

Por escritura otorgada ante mí, Giovanna Badilla Rojas, se cambian los puestos de secretario y tesorero de la junta directiva así como el fiscal y agente residente de Las Llanuras de la Costanera Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-488609.—Lic. Giovanna Badilla Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011245079.—(IN2011050286).

Por escritura otorgada ante mí, Giovanna Badilla Rojas, se cambian los puestos de secretario y tesorero de la junta directiva así como el fiscal y agente residente de Horizontes Rosados Cercanos de Parrita Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-497522.—Lic. Giovanna Badilla Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011245080.—(IN2011050287).

Por escritura otorgada ante mí, Giovanna Badilla Rojas, se cambian los puestos de secretario y tesorero de la junta directiva asi como el fiscal de Papagayo Towne Center Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-411988.—Lic. Giovanna Badilla Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011245081.—(IN2011050288).

Por escritura otorgada en esta notaría, el día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Asimesa Sociedad Anónima, en que se reforma la cláusula cuarta del pacto social, relativa al plazo.—San José, 24 de mayo del 2011.—Lic. Fernando Morera Solano, Notario.—1 vez.—RP2011245088.—(IN2011050289).

Por escritura otorgada a las ocho horas quince minutos del veinte de junio del año dos mil once, ante la Lic. Hazel Rojas Rojas, notaria pública, se protocolizó acta de asamblea general de accionista Nº 01 de la sociedad Sterregen S. A., cédula jurídica Nº 3-101-434386, acta que modificó la formación de la junta directiva, nombre social a San Martín de Teverga S. A., objeto representación judicial y extrajudicial. Es todo.—Heredia, Belén, diez horas diecinueve de junio del año dos mil once.—Lic. Hazel Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011245090.—(IN2011050290).

Por escritura número setenta y cuatro, otorgada ante mí, a las 10:10 horas del día 27 de junio del año 2011, se constituyó la sociedad: Pizzería Deliciosa A Tu Gusto Sociedad Anónima. Plazo social: 100 años. Capital social: Diez mil colones.—San José, 28 de junio del año 2011.—Lic. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—RP2011245093.—(IN2011050291).

Por instrumento público otorgado, ante esta notaría, a las trece horas cincuenta minutos del día seis de mayo del 2011, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Irawo Internacional S. A., con cédula jurídica número 3-101-349432, en la que se modificó la cláusula segunda, se modificó el domicilio social.—San José, 6 de mayo del 2011.—Lic. Cynthia Wo Ching Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011245094.—(IN2011050292).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del primero de junio del año dos mil once, la sociedad 3-102-515468 sociedad de responsabilidad limitada realiza reforma de la cláusula segunda de la constitución referente al domicilio, igualmente procede al nombramiento de nuevos gerentes y subgerente.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del año dos mil once.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2011245097.—(IN2011050293).

 En esta notaría pública, a las once horas del quince de junio del dos mil once, se constituye la sociedad Elemental Inversiones S.R.L.—San José, veintiocho de junio del dos mil once.—Lic. Alejandra María Arguedas Ortega, Notaria.—1 vez.—RP2011245098.—(IN2011050294).

Por esta escritura número veintiséis, de las diocioeho horas del veintidós de junio del dos mil once, Hellen Sancho Garita, Arturo Sancho Rojas y Carlos Díaz Meza, constituyeron una sociedad anónima que se denominará Global Medical Logistics, con domicilio en Flores de Heredia, y con un capital de diez mil colones, la cual se dedicará a la importación, almacenamiento y distribución de medicamentos. Su plazo social es de cincuenta años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma la socia Hellen Sancho Rojas.—27 de junio del 2011.—Lic. Raúl Antonio Segnini Zamora, Notario.—1 vez.—RP2011245102.—(IN2011050296).

Ante esta notaría, los señores Luis Arriola Peña, cédula de identidad número cinco-ciento treinta y nueve-mil ochenta y dos, y Dayanara Arriola Chavarría, cédula de identidad número seis- doscientos setenta y seis-ochocientos cuarenta y seis, han constituido una sociedad denominada Grupo VIP Cero Siete Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Funge como presidente el señor Cristhian Arriola Chavarría, cédula cinco- doscientos veintiocho-doscientos ochenta y dos.—Lic. Carlos Johalmo Alvarado Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2011245103.—(IN2011050297).

Ante mi notaría, a las 14:00 horas del 2 de junio del 2011, se constituye la sociedad denominada Arca del Gran Cantábrico S. A., se nombra junta directiva, domicilio San José, capital cien mil colones.—2 de junio del 2011.—Lic. Zulema Villalta Bolaños, Notaria.—1 vez.—RP2011245105.—(IN2011050298).

Ante esta notaría, los señores Johannes (nombre) Valentín (nombre) Berie (apellido), cédula de residencia número uno dos siete seis cero cero cero nueve uno cuatro cero siete y Bettina (nombre) Berie (apellido), pasaporte de la República de Alemania, número tres dos uno dos cero cuatro cero cuatro siete, han constituido una sociedad denominada Rasselbande Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Funge como presidente el señor Johannes (nombre) Valentín (nombre) Berie (apellido).—Lic. Carlos Johalmo Alvarado Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2011245104.—(IN2011050299).

Por escritura número 114 de las 15:00 horas del 24 de junio del 2011, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Golden Waterfall S.R.L., cédula jurídica 3-102-512817, en la que se modifican las cláusulas tercera y octava del pacto social y se nombra nuevo gerente: Blake Robert Brischke.—Lic. Rogelio Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011245106.—(IN2011050300).

Por escritura número 113 de las 14:30 horas del 24 de junio del 2011, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Crown Garden Estates S.R.L., cédula jurídica 3-102-504869, en la que se modifican las cláusulas tercera y octava del pacto social y se nombra nuevo gerente: Blake Robert Brischke.—Lic. Rogelio Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011245107.—(IN2011050301).

En la protocolización de actas de la empresa Modas y Diseños D&M Ltda., con cédula jurídica número 3-102-622201, por unanimidad se acuerda: Realizar cambio de gerente y cambio de domicilio de la sociedad.—San José, veinticuatro de junio del año dos mil once.—Lic. Luis Arturo Alvarez Ulate, Notario.—1 vez.—RP2011245108.—(IN2011050302).

Ante esta notaría, por medio de escritura pública número 172-I, otorgada en Guanacaste a las 18:00 horas del 27 de junio del año 2011, se constituyó la sociedad denominada Playa Caliente PC Limitada, con un plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del Banco Nacional, oficina de PSC Attorneys. Capital social: doce mil colones, gerente general Richard Charles Nebel Jr.—Guanacaste, 27 de junio del 2011.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011245109.—(IN2011050303).

Ante esta notaría, el día veinticuatro de junio del dos mil once, Raquel Montoya Ramírez y Esteban Taylor Allen constituyen la sociedad Raquel Montoya Centro de Estética Integral Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones.—San José, veintiocho de junio del dos mil once.—Lic. Erick Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—RP2011245115.—(IN2011050304).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veintidós de junio del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tierras del Monte del Poás Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, 22 de junio del 2011.—Lic. Ester Rodríguez González, Notaria.—1 vez.— RP20110245116.—(IN2011050305).

En esta notaría a las 15:00 horas del día de hoy se constituye la sociedad Favimora S. A. Domicilio Villa Bonita de Alajuela. Presidente Rafael Ángel Villalobos Venegas.—Alajuela, 7 de junio del 2011.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—RP2011245118.—(IN2011050306).

Por escritura 013-051 del tomo 51 del protocolo del notario público Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a las 16:00 horas del 27 de junio del 2011, la sociedad costarricense Summer Sun S. A., sociedad costarricense con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y dos mil seiscientos cuarenta y seis, modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 27 de junio del 2011.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2011245120.—(IN2011050307).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veinticuatro de enero del dos mil nueve, en Ciudad Neily, Corredores, Caroga Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero cuarenta y cuatro mil ochenta y siete, mediante asamblea extraordinaria, se modifica la cláusula décima tercera del pacto constitutivo.—Ciudad Neily, veinte de junio del dos mil once.—Lic. Yadira Reyes Wong, Notaria.—1 vez.—RP2011245123.—(IN2011050308).

Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Badajoz Villa Seiscientos Cincuenta y Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta mil cuatrocientos doce, mediante la cual se modificó la cláusula segunda del domicilio, la cláusula sexta de la administración y se conoció de revocación de cargos y se realizaron nuevos nombramientos. Escritura doscientos cincuenta y seis, otorgada en San José a las ocho horas del veintidós de junio del dos mil once.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—RP2011245125.—(IN2011050309).

Por escritura de las 15:00 horas del 24 de junio de 2011, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Amanecer del Cielo Occidental Tres C S. A., Se nombra presidente: Diego Moya Meza. Se reforman cláusulas segunda: del domicilio, San José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Los Yoses, Edificio San Ignacio, setenta y cinco metros al sur del Automercado, quinta: del capital social, cien mil colones y sétima: de la representación.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Eladio González Solís, Notario.—1 vez.—RP2011245126.—(IN2011050310).

Mediante protocolización de acta de asamblea general de socios otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 28 de junio de 2011, se reformó cláusula sobre representación legal y se hacen nombramientos de junta directiva de Juptas Sociedad Anónima.—Barva, 28 de junio del 2011.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—RP2011245127.—(IN2011050311).

Por escritura número 56 del tomo 77 de mi protocolo, otorgada en Limón a las 16:00 horas del 15 de junio del 2011, Nemia Kennedy Kennedy, cédula 7-0018-0605 le cedió a Junjie Li, cédula de residencia 1156000058220, la patente de licor nacional y extranjero Nº 31 de la Municipalidad del cantón central de Limón.—Limón, 27 de junio del 2011.—Lic. José Miguel Zeledón Gómez, Notario.—1 vez.—RP2011245129.—(IN2011050312).

En mi notaría por escritura número 13 del tomo 77 de mi protocolo, otorgada en la ciudad de Limón, a las 12:00 horas del 28 de abril del 2011, se constituye Jolona del Caribe S. A., objeto: venta de servicios, domicilio: Limón, capital: suscrito y pagado, presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—Limón, 28 de junio del 2011.—Lic. José Miguel Zeledón Gómez, Notario.—1 vez.—RP2011245130.—(IN2011050313).

Que por escritura otorgada ante el suscrito notario, en San José, a las ocho horas del veinticuatro de junio del año dos mil once, Árbol de Vida Sociedad Anónima, modificó la cláusula cuarta.—San José, veintiocho de junio del año dos mil once.—Lic. Carlos Alberto Méndez Mora, Notario.—1 vez.—RP2011245133.—(IN2011050314).

Ante esta notaría bajo la escritura sesenta y tres- ocho de las trece horas del día veintiséis de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad Distribuidora y Procesadora de Alimentos CR A. Con un capital suscrito y pagado de diez mil colones.—San José, 28 de junio del año 2011.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—RP2011245136.—(IN2011050315).

Ante esta notaria bajo la escritura doscientos ochenta y nueve-siete de las once horas del día veintidós de enero del dos mil once, se constituyó la sociedad Grupo Internacional de Telecomunicaciones y Afines Sociedad Anónima. Con un capital suscrito y pagado de dos millones de colones.—San José, 28 de junio del año 2011.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—RP2011245137.—(IN2011050316).

Ante esta notaría bajo la escritura sesenta y cuatro- ocho de las nueve horas del día veintisiete de junio del dos mil once, se protocolizó el acta número diez de la sociedad S P & H Sociedad Anónima. Donde se modifica el pacto social.—San José, 28 de junio del año 2011.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—RP2011245138.—(IN2011050317).

Ante esta notaría bajo la escritura sesenta y cinco- ocho de las once horas del día veintisiete de junio del dos mil once, se protocolizó el acta número uno de la sociedad Inversiones Chocheforever Limitada Sociedad Anónima. Donde se modifica el pacto social.—San José, 28 de junio del año 2011.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—RP2011245139.—(IN2011050318).

Por escritura número ciento quince iniciada al folio cuarenta y nueve frente del tomo dos de mi protocolo, otorgada a las dieciocho horas del veintisiete de junio del dos mil once, se reformó la cláusula tercera de la sociedad denominada María, Esteban y Nosotros Sociedad Anónima.—Alajuela, 27 de junio del 2011.—Lic. Katthya de la Peña Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011245141.—(IN2011050319).

El suscrito Jorge Guillermo Oreamuno Retana, notario público con oficina en la ciudad de San José, hace constar que en fecha 9 de junio del 2011, se constituyó la sociedad Ivamar y Sanycam S. A.—San José, 9 de junio del 2011.—Lic. Jorge Guillermo Oreamuno Retana, Notario.—1 vez.—RP2011245143.—(IN2011050320).

Mediante asamblea general celebrada, a las ocho horas del día primero de junio del año dos mil once se reformó la representación y se nombra junta directiva de la sociedad Castro Garnier y Asociados Abogados Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-331827.—San José, 28 de junio del 2011.—Lic. Víctor Manuel Méndez Garro, Notario.—1 vez.—RP2011245146.—(IN2011050321).

Mediante escritura pública número 44, otorgada a las 16:00 horas del 27 de junio de 2011, ante el suscrito notario público Vicente Aurelio Lines Fournier, se revocaron todos los nombramientos inscritos y se realizaron nuevos nombramientos de la junta directiva y se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo de la compañía Bovis Lend Lease (Costa Rica) Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-309450.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Vicente Aurelio Lines Fournier, Notario.—1 vez.—RP2011245147.—(IN2011050322).

Windell Gabriel Valle, con cédula número 3-401-295 y otros constituyen S. A,, con un capital de 100.000 colones, con domicilio San José, Montes de Oca, Sabanilla, veinticinco metros al este del seminario San Agustín, casa portón negro, de nombre Magma Energy Company S. A., mediante escritura número 2 047, visible al folio número 027 vuelto del tomo 2 del notario Lic. Jorge Alberto Ramos Arrieta.—Fortuna de Bagaces, Guanacaste, 27 de junio del año 2011.—Lic. Jorge Alberto Ramos Arrieta, Notario.—1 vez.—RP2011245149.—(IN2011050323).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó Git Grupo Importex Sociedad Anónima. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: provincia de Guanacaste, Liberia. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Leonardo Rafael Montero Álvarez.—Liberia, Guanacaste, veinticinco de junio de dos mil once.—Lic. Jorge Roberto Segnini Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2011245152.—(IN2011050324).

Los señores Rufino Alberto Gil Fernández y Rufino Andrés Gil Salazar constituyen Rag Consultora y Constructora Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las ocho horas con treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil once.—Lic. Luis Lacayo Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2011245153.—(IN2011050325).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Proyectos de Desarrollo La Garita S. A., mediante la cual se modifica la cláusula tercera del pacto social y otorga poder especial.—San Pedro de Montes de Oca, veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Juan José Echeverría Brealey, Notario.—1 vez.—RP2011245154.—(IN2011050326).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Almacén Fiscal y General El Coco S. A., mediante la cual se modifica la cláusula sétima del pacto social.—San Pedro de Montes de Oca, veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Juan José Echeverría Brealey, Notario.—1 vez.—RP2011245155.—(IN2011050327).

El suscrito notario, Ernesto Alfaro Conde, carné número 15884, hace constar que mediante escritura número ciento ochenta y uno, de las nueve horas del día seis de junio del dos mil once, se constituye la sociedad anónima denominada: Corporación Livinmar Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 28 de junio del 2011.—Lic. Ernesto Alfaro Conde, Notario.—1 vez.—RP2011245158.—(IN2011050328).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 19:00 horas del 21 de junio del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Mister Doncito S. A., en la que se nombran nuevos presidente y secretario por renuncia de los anteriores.—San José, 21 de junio del 2011.—Lic. Ligia González Martén, Notaria.—1 vez.—RP2011245159.—(IN2011050329).

 Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10:00 horas del 21 de junio del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Tecnomédica S. A., en la que se modifica cláusula quinta del pacto social.—San José, 21 de junio del 2011.—Lic. Ligia González Martén, Notaria.—1 vez.—RP2011245161.—(IN2011050330).

 Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:00 horas del 21 d.e junio del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Constructora Sánchez Vargas S. A., en la que se modifica cláusula quinta del pacto social.—San José, 21 de junio del 2011.—Lic. Ligia González Martén, Notaria.—1 vez.—RP2011245162.—(IN2011050331).

 Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 14:00 horas del 21 de junio del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Constructora Vivienda Soñada S. A., en la que se nombra nuevo secretario por renuncia del anterior.—San José, 21 de junio del 2011.—Lic. Ligia González Martén, Notaria.—1 vez.—RP2011245163.—(IN2011050332).

Jiménez Belinchon S. A. y Mundoforma Construcciones Modulares S. A., modifican la cláusula segunda del pacto constitutivo de Jiménez Belinchon Costa Rica S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil setecientos sesenta y cinco. Cláusula segunda: domicilio social será en la provincia de San José, cantón de San José, distrito Mata Redonda, Sabana Sur, de la Librería Universal, ciento veinticinco metros al sur, contiguo a Sodexo, sin perjuicio de tener sucursales, agencias o filiales dentro del país o en el exterior.—Lic. Flora Virginia Alvarado Desanti, Notaria.—1 vez.—RP2011245164.—(IN2011050333).

 Ante mí, Licenciado Javier Carvajal Portuguez, a las diecisiete horas del veinte de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad Mi Cuatro Por Cuatro Blanco Con Extras Dos Mil Doce Sociedad Anónima.—San José, veinte de junio del dos mil once.—Lic. Javier Carvajal Portuguez, Notario.—1 vez.—RP2011245165.—(IN2011050334).

Por escritura pública otorgada en esta notaría, al ser las once horas del veinticuatro de junio del dos mil once, la suscrita notaria, protocolicé la constitución de la sociedad denominada Transportes Basan Vegser Sociedad Anónima.—Naranjo, veintisiete de junio de dos mil once.—Lic. Analive Matamoros López, Notaria.—1 vez.—RP2011245168.—(IN2011050335).

Por escritura pública otorgada a las diez horas y quince minutos del veintisiete de junio del dos mil once, se protocolizó el acta de la sociedad Cruce del Higuerón CHD Limitada, en escritura de las once horas del veintisiete de junio del dos mil once, se protocolizó el acta de la sociedad denominada tres-ciento uno-seiscientos siete mil ochocientos cincuenta y tres sociedad anónima.—San José, veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Kenneth Muñoz Ureña, Notario.—1 vez.—RP2011245169.—(IN2011050336).

 Por escritura otorgada ante mí, al ser las 12:00 horas del 24 de junio de 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos treinta y cinco mil setecientos setenta y cuatro sociedad anónima, cédula jurídica: con la misma numeración del nombre, donde: se revoca el nombramiento del presidente, secretario, tesorero y fiscal y se nombran nuevos.—San José, al ser las 7:00 siete horas del 27 de junio de 2011.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011245171.—(IN2011050337).

 Mediante escritura otorgada en esta notaría, se constituyó la compañía Inversiones Marve de Guanacaste Sociedad Anónima. Presidente: Marcelino Venegas Sánchez. Domicilio: las Juntas de Abangares, Guanacaste.—23 de junio del 2011.—Lic. Gonzalo Rodríguez Sabat, Notario.—1 vez.—RP2011245173.—(IN2011050338).

 Por escritura otorgada ante esta notaría, de las diecisiete horas del veintitrés de junio del dos mil once, se constituyó Grupo Asesores y Consultores T. H. S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos. Capital social: cien mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Ana Gabriela Aguilar Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2011245174.—(IN2011050339).

Mediante escritura otorgada ante este notaría, a las 8:00 horas del 24 de junio de 2011, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: la cuarta: del capital social: 10.000 colones representado por 10.000 acciones comunes y nominativas de un colón cada una. La quinta: del Consejo de Administración: apoderados generalísimos sin límite de suma el presidente y tesorero, actuando siempre juntos. Se hacen los siguientes nombramientos presidenta: Patricia Ramírez Ugalde, tesorero: Jorge Gregorio Barboza Retana. En la sociedad Centro Médico Curime S. A.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Gabriela Gómez Solera, Notaria.—1 vez.—RP2011245175.—(IN2011050340).

Transportes Loreto Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos tres mil seiscientos treinta y siete, reforma pacto constitutivo mediante acta protocolizada a las dieciséis horas del veintisiete de junio del dos mil once, ante el notario Víctor Julio Herrera Bolaños.—Lic. Víctor Julio Herrera Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2011245176.—(IN2011050341).

 Ante mí, se protocolizó acta número dos de asamblea general de socios de la sociedad E Y Bet Trading de Centroamérica Sociedad Anónima y se nombra nuevo secretario, notaría.—San José, veintiuno de junio del ano dos mil once.—Lic. Gloria Melania Aguilar Plazaola, Notaria.—1 vez.—RP2011245177.—(IN2011050342).

Yo, Jorge Pacheco Castro, notario público, hago constar que por escritura número 251, otorgada ante mí, a las 17:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Import and Export Izquierdo Ltda, domiciliada en: Limón, distrito Central, en las instalaciones del Hotel Big Boy, frente al estadio de baseball Big Boy, contiguo a la estación de autobuses Mepe. Objeto: comercio, agricultura, ganadería, prestación de servicios, importación, exportación y la industria. Plazo social: 99 años contados a partir de hoy. Capital social: cien mil colones, representado por cien cuotas, de mil colones cada una. Representada por su gerente: Eduardo Izquierdo, único apellido por su ciudadanía, con pasaporte estadounidense número: 431277476, casado dos veces, empresario, vecino de Limón centro.—Turrialba, 24 de junio del 2011.—Lic. Jorge Pacheco Castro, Notario.—1 vez.—RP2011245185.—(IN2011050343).

 Por escritura número doscientos cuarenta y uno y visible en el tomo sétimo de mi protocolo, se constituyó Marwick Global Management S. A. Es todo.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—RP2011245186.—(IN2011050344).

Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada con su número de cédula jurídica: tres-ciento dos-seis dos siete dos tres dos s. a., a las once horas del veintidós de junio del dos mil once. Se modificó la cláusula sétima: de la administración. La sociedad será administrada por un único gerente, será representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Se modifica la cláusula segunda, el domicilio de esta sociedad estará ubicado en Playa Flamingo, Santa Cruz de Guanacaste, exactamente en Ferretería Buenaventura, ubicada a quinientos metros al sur de la entrada a Playa Potrero.—Lic. Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2011245187.—(IN2011050345)

Mediante escritura número setenta y dos, de las dieciséis horas del primero de junio del dos mil once, Inversiones Transportistas Los Guidos Sociedad Anónima. Reforma cláusula segunda del pacto constitutivo. Presidenta: Ana Lorena Muñoz Álvarez.—San José, dieciséis de junio del dos mil once.—Lic. Ehilyn Marín Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011245189.—(IN2011050346).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veinte de junio del dos mil once, protocolicé acta de Ocean and Sun International Group Limitada, de las catorce horas del diecisiete de junio del dos mil once, mediante la cual se reformó la cláusula tercera.—Lic. Rolando González Calderón, Notario.—1 vez.—RP2011245190.—(IN2011050347).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas cuarenta minutos del día veinticuatro de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Fisicultura Manantial Sociedad Anónima, capital social totalmente suscrito y pagado mediante valores, domicilio en Aguas Zarcas de San Carlos, Alajuela, objeto el comercio, la industria, la ganadería, la prestación de servicios y todo fin lícito. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Freddy Pérez Barrientos, Notario.—1 vez.—RP2011245192.—(IN2011050348).

Al ser las once horas cuarenta minutos del veintidós de junio de dos mil once, procedo a protocolizar el acta general de asamblea general extraordinaria de tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y ocho mil ochocientos setenta y dos sociedad anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y ocho mil ochocientos setenta y dos, en la cual se reforma la cláusula: primera de la denominación, segunda del domicilio.—Liberia, veintidós de junio de dos mil once.—Lic. Seidy Vanessa Ibarra Lanza, Notaria.—1 vez.—RP2011245193.—(IN2011050349).

A las catorce horas del día dieciséis de junio y a las quince horas del diecisiete de junio del dos mil once, ante mi notaría pública, se constituyeron las sociedades mediante las escrituras números: 256-8 y 258-8 respectivamente, denominadas: B & R Arrendamientos Industriales Sociedad Anónima y B & B Arrendamientos Agrícolas Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones exactos. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio social: Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela. Representación judicial y extrajudicial: Presidente de la junta directiva, de la misma manera, a las diez horas, doce horas y trece horas del veintiuno de junio del dos mil once, mediante las escrituras números: 260-8, 262-8 y 263-8 se constituyeron respectivamente Inversiones Navarra C & M Sociedad Responsabilidad Limitada, Grupo Piamonte C & M Sociedad Responsabilidad Limitada e Inmobiliaria Lombardia C & M Sociedad Responsabilidad Limitada. Capital social: cien mil colones exactos. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio social: Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela. Representación judicial y extrajudicial: gerente y al subgerente.—Ciudad Quesada, 28 de junio del dos mil once.—Lic. Guillermo Francisco Webb Masís, Notario.—1 vez.—RP2011245195.—(IN2011050350).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil ciento veintitrés sociedad anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio, la cláusula octava de la administración. Escritura otorgada a las ocho horas del veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Luis J. Uribe Chaverri, Notario.—1 vez.—RP2011245196.—(IN2011050351).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad Posada González S. A. Presidente: apoderado generalísimo. Domicilio: Mata Plátano, Goicoechea. Capital social: Cien mil colones.—San José, veintisiete de junio de dos mil once.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2011245206.—(IN2011050355).

Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se ha protocolizado el acta número dos de asamblea general extraordinaria de socios de Flor de Nefertem Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos cuarenta y siete mil ciento dieciséis, mediante la cual se reforma la cláusula cuarta de los estatutos, sobre el objeto de la sociedad.—San José, 28 de junio de 2011.—Lic. Elías Enoc Márquez Ayala, Notario.—1 vez.—RP2011245210.—(IN2011050356).

En escritura otorgada ante el suscrito notario, número ocho, visible al folio seis frente del tomo dieciséis del protocolo del suscrito notario; que es protocolización de acta de asamblea general de socios de la empresa de nombre y número de cédula tres-ciento uno-seicientos catorce mil sesenta y nueve s. a., cambia domicilio social.—Lic. Marcos Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—RP2011245211.—(IN2011050357).

El suscrito Carlos Mauricio Sierra Sánchez, notario público, hace constar que mediante la escritura número ciento sesenta y seis, del veintisiete de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Cambindo de CR S. A., siendo la apoderada Nubia Arce Jiménez.—San José, veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Carlos Mauricio Sierra Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2011245212.—(IN2011050358).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del diecinueve de mayo del dos mil once, se modificó la cláusula segunda del pacto social de la sociedad de esta plaza: Casa de Ananda Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos noventa y siete mil seiscientos cuarenta y cuatro, mediante la cual se modifica el domicilio social de la sociedad.—San José, 19 de mayo del 2011.—Lic. Eduardo Eladio Guardia Rouillon, Notario.—1 vez.—RP2011245214.—(IN2011050359).

Mediante escritura número 13, otorgada a las 9:00 horas del día 27 de junio del año dos mil once, ante la notaria Carla Baltodano Estrada, se constituyó la sociedad denominada MEC Latinoamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada, por un plazo de cien años y un capital de doce mil colones.—San José, 27 de junio del año 2011.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2011245215.—(IN2011050360).

Ante mi notaría por escrituras setenta y dos y setenta y tres se protocolizan actas número uno de las sociedades 3-101-624682 S. A. y 3-101-624588 S. A., para modificar la cláusula primera la primera se llamará Inversiones Textiles P-O-P-L-I-N S. A. y la segunda Inversiones y Desarrollos Textiles Recortes y Telas D-T-R-T-L S. A., la primera al ser las ocho horas del veinte de junio y la segunda al ser las nueve horas del veinte de junio del dos mil once.—Lic. Karolina Meléndez Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2011245217.—(IN2011050361).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veintiuno de junio del dos mil once, el señor Mike Lukowiecky Grunhaus y otros, constituyen sociedad anónima denominada Janicarro Sociedad Anónima. Presidente: Mike Lukowiecky Grunhaus.—San José, veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2011245219.—(IN2011050362).

Ante esta notaría se protocoliza acta donde se modifica cláusula primera, segunda y novena del pacto constitutivo de la sociedad tres ciento uno-seiscientos ocho mil ochocientos setenta y nueve s. a. Se nombra nueva junta directiva.—San Ramón, Alajuela, veintisiete de junio de dos mil once.—Lic. Frineth M. Salas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011245220.—(IN2011050363).

El suscrito notario por escritura otorgada, a las catorce horas del veinticuatro de junio de dos mil once se revoca nombramiento de tesorero, y se sustituye por Manuel Miguez Carames, quien se nombra como apoderado generalísimo sin límite de suma. Se modifica la cláusula sexta, y se le confiere al tesorero, facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, de la sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos noventa y siete mil ochenta y tres sociedad anónima.—San José, 23 de junio del 2011.—Lic. Víctor Smith Hare, Notario.—1 vez.—RP2011245221.—(IN2011050364).

José Adolfo Urbina Pérez y Bayardo Urbina Castillo constituyen una sociedad innominada. Escritura otorgada en San José, a las trece horas del veintisiete de junio del año dos mil once, ante el notario: Luis Rodrigo Poveda Rubio.—Lic. Luis Rodrigo Poveda Rubio, Notario.—1 vez.—RP2011245222.—(IN2011050365).

Asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad The Snapping Turtle Unit Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y siete mil novecientos veinte, celebrada a las nueve horas del veinticuatro de junio del dos mil once, en el domicilio social de la sociedad y según consta en el libro de Asambleas Generales que para tales efectos lleva la sociedad, se acordó modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad. Es todo.—Dominical de Osa, Puntarenas, 27 de junio del 2011.—Lic. José Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011245223.—(IN2011050366).

Asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad The Crab Eating Raccon Unit Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos mil trescientos sesenta y seis, celebrada a las ocho horas del veinticuatro de junio del dos mil once, en el domicilio social de la sociedad y según consta en el libro de Asambleas Generales que para tales efectos lleva la sociedad, se acordó modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad. Es todo.—Dominical de Osa, Puntarenas, 27 de junio del 2011.—Lic. José Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011245224.—(IN2011050367).

Por escritura otorgada a las 14:00 horas del 31 de mayo del 2011, se constituye Publi-Cos Grupo Najrod Sociedad Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—RP2011245225.—(IN2011050368).

El suscrito notario público, Wilber Jiménez Jiménez, hace constar que en escritura número doscientos setenta y uno, visible a folio ciento cincuenta y seis frente del tomo primero de mi protocolo, otorgada a las once horas del veintidós de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad Ticos Shortstackers Limitada, pudiéndose abreviar el aditamento como Ltda.—Garabito, veintidós de junio del dos mil once.—Lic. Wilber Jiménez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011245227.—(IN2011050369).

Ante este notario mediante escritura número: ciento sesenta y cuatro, del tomo treinta y seis de las once horas del día veintiocho de junio del dos mil once se constituye la sociedad denominada: Uniformes Industriales Facoma JERL Del Guarco Sociedad Anónima. Es todo.—Cartago, veintiocho de junio del dos mil once.—Lic. José Ángel Piedra Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011245229.—(IN2011050370).

NOTIFICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RMT-1720-2011 de las nueve horas del día 31 de mayo del 2011, La Ministra de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-751-2011, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 31 de marzo del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión de Guerra incoadas por Piedra Mora Adelaida cc Eulalia Piedra Mora, cédula de identidad N° 1-358-007, a partir del día 01 de abril del 2010; por la suma de veintiséis mil ochocientos noventa y siete colones con cero céntimos (¢26.897,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora.—1 vez.—RP2011244865.—(IN2011049871).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

ASESORÍA JURÍDICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se hace saber al señor Helge Haaversen Samuelsen, en su condición de presidente de la sociedad Proyecto Hidroeléctrico Dikis S. A.; que el Registro de Personas Jurídicas ha iniciado diligencia administrativa de Oposición a instancia de la señora Julieta Bejarano Hernández, en calidad de apoderada generalísima sin límite de suma del Instituto Costarricense de Electricidad, con la finalidad de investigar si la inscripción de la referida sociedad transgrede el numeral 29 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, toda vez que el Instituto gestionante es titular del derecho marcario “DIQUÍS”, registrado bajo el Nº 195754. En tal sentido, se le confiere audiencia por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que dentro del plazo indicado, presente los alegatos que al derecho de su representada convenga. Se le previene que en el momento de ser notificado mediante el presente edicto o dentro del tercer día, debe señalar lugar o medio para atender notificaciones de este Despacho, dentro del perímetro de la ciudad de San José, bajo el apercibimiento de que si no lo hace las resoluciones que se dicten se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilita la notificación por causas ajenas a este Despacho, o bien, si el lugar señalado no existe, permanece cerrado, su dirección es imprecisa, incierta o inexistente. Lo anterior, de conformidad con el artículo 92 y siguientes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J de 18 de marzo de 1998 y sus reformas. (Ref. Exp. Nº RPJ-010-2011).—Curridabat, 14 de junio del 2011.—Departamento de Asesoría Jurídica.—Lic. Yolanda Víquez Alvarado, Coordinadora.—(IN2011050017).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber al señor Alberto Gerardo Rodríguez Herrera, cédula Nº 2-0369-821, que en este Registro se ventila diligencias administrativas bajo expediente 2011-430-RIM. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 14:00 horas del 21 de junio del año 2011, se autorizó la publicación por una vez de un edicto para conferirle audiencia a la sociedad mencionada en la persona de su representante, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar medio, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 22 y 26 del Reglamento Organizacional del Registro Inmobiliario, Decreto Ejecutivo Nº 35509-J; bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 22 y 26 del Reglamento de la materia y 11 de la Ley Nº 8687 (que es Ley de Notificaciones Judiciales). Notifíquese. (Ref. Exp. 2011-430-RIM).—Registro Inmobiliario, División Registral.—Curridabat, 21 de junio del 2011.—Lic. Joe Herrera Carvajal, Asesor Jurídico.—1 vez.—O. C. Nº 11-0024.—Solicitud Nº 0971.—C-13520.—(IN2011049661).

Se hace saber a: Carlos Andrés Rivera Noreña, cédula residencia 117000239012, propietario registral de la finca del partido de Cartago 208666, que en este Registro Inmobiliario se iniciaron Diligencias Administrativas de oficio bajo el expediente 135-2011-RIM, por la supuesta doble inmatriculación de las fincas del partido de Cartago fincas 208667, 208666, que publicitan el plano catastrado C-l 157337-2007. En virtud de lo denunciado esta Asesoría, mediante resolución de las 13:00 horas del 24/02/2011, se ordenó consignar advertencia administrativa sobre la finca del partido de Cartago 208667 y resolución de las 10:00 horas del 04/04/2011, se ordenó consignar advertencia administrativa sobre la finca del partido de Cartago 208666. Mediante resolución de las 11 horas del 04/03/2011, se brindó audiencia de ley a las partes, siendo que fue devuelto el certificado de correos *RR032066215C4*, dirigido a esta persona, con la indicación de: “desconocido”, con el fin de cumplir con el debido proceso, por resolución de las 10 horas del 09/06/2011, se autorizó la publicación por única vez, para conferirle audiencia a la persona indicada, contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro del dicho término presente los alegatos que a sus derechos convenga y se le previene: que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar facsímil o correo electrónico, conforme el artículo 26 del Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario, que es Decreto Ejecutivo Nº 35509-J, del 13 de setiembre publicado en La Gaceta Nº 198, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 vigentes a esta fecha, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese: (Referencia Exp. Nº 135-2011-RIM).—Curridabat, nueve de junio de dos mil once.—Lic. Ruth Espinoza Miranda, Asesoría Jurídica Registro Inmobiliario.—1 vez.—O. C. Nº 11-0024.—Solicitud Nº 0970.—C-18020.—(IN2011049662).

Se hace saber a los señores José Ángel Maximino Gutiérrez Villareal, cédula Nº 5-206-812 en su condición de propietario del plano catastrado número Guanacaste 1210924-2007 y Juan Bautista Medina Reyes cédula 5-043-582. En su condición de propietario del plano catastrado número Guanacaste 691401-1987. Que en este Registro se iniciaron diligencias administrativas de oficio, para investigar la inscripción de los planos de su propiedad supra señalados, por cuanto existe un traslape documental entre ambos; y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las quince horas del veinte de junio de dos mil once, se autorizó la publicación por una única vez de un edicto para conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta”; a efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convenga, y se les previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar facsímil o correo electrónico, conforme el artículo 26 del Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario, que es Decreto Ejecutivo Nº 35509-J, del 13 de setiembre, publicado en La Gaceta Nº 198, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público N° 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 vigente a esta fecha, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia Exp. Nº 617-2011-RIM).—Curridabat, 20 de junio del dos mil once.—Lic. Ana Lorena Sáenz Jiménez, Asesora Jurídica Registro Inmobiliario.—1 vez.—O. C. Nº 11-0024.—Solicitud Nº 0969.—C-19820.—(IN2011049663).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL EN CIUDAD NEILY

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El suscrito Jefe Administrativo de la Sucursal de la Caja Costarricense del Seguro Social de Ciudad Neily, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se detalla de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. El monto adeudado se refleja al 16 de junio de 2011 y puede contemplar periodos que ya poseen firmeza administrativa.

 

Nº Patronal

Nombre del Patrono

Monto

0-00603040755-001-001

Acuña Martínez Jimmy

141,157.00

2-03101563470-001-001

Agrícola e Industrial Gutiérrez y Zúñiga Sociedad Anónima

896,677.00

2-03101213245-001-001

Aserradero Santa Cecilia Sociedad Anónima

10,384.00

0-00104230903-002-001

Bermúdez Cruz Guillermo

194,216.00

9-00232766003-001-000

Chamorro Molina Yolanda Antonio

14,213.00

2-03101219344-001-001

Expopalma de Costa Rica Sociedad Anónima

7,871.00

2-03101164923-001-001

Frutas de Exportación Sociedad Anónima

6,309,598.00

2-03101189806-001-001

Multividrios del Sur Sociedad Anónima

847,992.00

2-03101497151-001-001

Neal AGK Sociedad Anónima

2,412.00

2-03102176990-001-001

Transportes Hannia & Silvia S R L

187,667.00

0-00203380766-001-001

Víquez Picado Jeannette

8,884.00

Gerencia Financiera.—Unidad Gestión de Cobros.—Lic. Abelardo Zamora Atencio, Administrador.—(IN2011049248).

GERENCIA FINANCIERA

DIRECCIÓN DE COBROS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El suscrito Jefe del Área Gestión de Cobro a Trabajadores Independientes de la Dirección de Cobros, Oficinas Centrales de la Caja Costarricense de Seguro Social, mediante el presente edicto se procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los trabajadores independientes incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial; en la vía civil, según corresponda. Se pueden contemplar períodos que ya poseen firmeza administrativa. El monto de la deuda se refleja a las fechas indicadas en el listado.

 

Cédula

Nombre

Monto

Monto de la deuda al 13 junio 2011

2700099851

Acevedo Ramírez María Elena

¢148.423,00

104890805

Agüero Quesada Lorena

¢922.977,00

105640940

Aguilar Barboza Egerico

¢902.703,00

108460474

Aguilar Sandí Evelyn Priscilla

¢134.985,00

16721160

Alamo Jiménez Jaime

¢92.578,00

15621727

Alemán Cerda Miguel Ángel

¢103.313,00

104710098

Alvarado Mora Gerardo Alberto

¢104.177,00

103060449

Álvarez Fonseca Hernán

¢46.262,00

26522276

Álvarez Víctor Rosa Argentina

¢94.704,00

18311284

Amaya Contreras Rafael Alexander

¢74.015,00

109650987

Angulo Avendaño Shirley

¢697.680,00

108680691

Arce Calderón Ada Maribel

¢324.590,00

106470603

Arias Mora Jorge Arturo

¢95.652,00

1580098983

Ayala Noindicaotro Santiago Antonio

¢103.313,00

109500731

Azofeifa Vargas Yesenia

¢27.807,00

1850102855

Berrios Estrada Janiel Javier

¢116.231,00

113500291

Bonilla Mesén Jeison

¢73.778,00

17480229

Boninsegna Noindicaotro Massimiliano

¢950.201,00

103930565

Bravo Madrigal Olga Damaris

¢95.652,00

800700911

Brito Méndez Natacha Paola

¢137.786,00

110150677

Calvo Badilla Gustavo Adolfo

¢978.429,00

203800574

Calvo Hernández Eduardo

¢58.132,00

17223235

Cano Mora Fredy Antonio

¢103.313,00

105620806

Carballo Cabrera Giovanni

¢115.766,00

106060964

Carballo López Luis Alberto

¢95.652,00

1720101088

Castellón Morales Lionzo

¢94.704,00

16823079

Castro Jiron Víctor Secundino

¢880.507,00

110840883

Castro López Daniela

¢1.893.939,00

112300315

Castro Solano Deiberth

¢393.805,00

108500668

Cerdas Godínez José Alberto

¢1.040.474,00

1800101034

Chavarría Vado Jimy Alexander

¢103.313,00

112650694

Chaverri Parajeles Misael Jesús

¢878.517,00

105940017

Chinchilla Meléndez Marvin Gerardo

¢108.279,00

111850384

Colomer Cascante Eliot

¢950.201,00

108340957

Coronado Monge Laura Patricia

¢810.076,00

106620003

Cruz Agüero Errol Darynn

¢167.349,00

110640677

Cruz Alvarado Andrés

¢1.137.426,00

700880937

Cruz Suárez Ana Isabel

¢95.652,00

18550177

Dávila Sánchez Geral Antonio

¢103.306,00

18915243

Dávila Sequeira Roberto Carlos

¢103.306,00

800680110

Dehais Ortiz Rosa Adriana

¢878.342,00

109910913

Delgado Delgado Freddy

¢95.644,00

110180841

Díaz Pérez Laura

¢28.255,00

28180349

Duarte Jiménez Raquel Del Carmen

¢54.528,00

1700100796

Eddy Heriberto López Noindicaotro

¢95.609,00

102470062

Elizondo Barrientos Rosaura

¢967.484,00

1720100977

Encarnación Figuereo Martín

¢111.912,00

17816021

Espinoza Álvarez Luis Noel

¢59.447,00

17481429

Espinoza Noindicaotro Carlos Ulises

¢42.520,00

15424247

Espinoza Romero Pedro Rosario

¢160.146,00

16022976

Espinoza Valle Octavio

¢785.199,00

501280951

Fajardo Fajardo Rogelio

¢142.825,00

17915643

Félix Antonio Castro Esquivel

¢58.634,00

112090623

Fernández Chaves Sharon

¢205.261,00

17710191

Flores González Emir

¢880.325,00

15622925

Freddy Rivas Noindicaotro

¢933.617,00

26425939

García García Damaris Isabel

¢127.503,00

108600823

Garro Castro Evelyn Eugenia

¢95.628,00

18311725

González Dávila Francisco Ramon

¢103.287,00

111780318

Gutiérrez Segura Esteban Alonso

¢208.375,00

1780102048

Guzmán Soler Raynier Michael

¢139.897,00

17915620

Hernández Méndez Isaías

¢95.628,00

1670100232

Hernández Ramírez Ernesto José

¢111.896,00

103520679

Herrera Corrales Olga Marta

¢54.974,00

17020891

Jaime Delgadillo José Antonio

¢129.108,00

2700099586

Javier Hiciano María Altagracia

¢110.417,00

105290878

Jiménez Elizondo Luis Guillermo

¢949.850,00

106740422

Jiménez Hidalgo Hilda

¢72.970,00

28315994

Karina Isabel Ruiz Reyes

¢95.591,00

26520877

Laguna Matamoros María De Jesus

¢54.657,00

111020126

Lara Vega Wendy Vanessa

¢880.000,00

1700101125

Leiva Rodríguez Wendell Eliseo

¢95.609,00

108430747

López Padilla José Alberto

¢82.261,00

109830855

Madrigal Sancho Lizette

¢878.011,00

108060738

Madrigal Vargas William

¢54.657,00

16426828

Marin González José Antonio

¢992.853,00

26824199

Martínez Matamoros Norma Del Carmen

¢95.609,00

16680846

Martínez Morales Francisco Pedro

¢165.988,00

18073117

Martínez Sequeira Mario José

¢103.266,00

1890102330

Martínez Silva Elmer David

¢95.609,00

108030123

Matamoros Sánchez Dinia Gisselle

¢977.851,00

113260230

Mejía Naranjo Juliana Marcela

¢856.486,00

27978678

Mena Padilla Kenya Merdedes

¢110.601,00

1650100641

Mercado Escobar Isabel José

¢88.548,00

103800647

Mesen Fernández Enrique

¢111.872,00

2830099491

Mojica Calderon Yasari De Los Ángeles

¢139.869,00

17020863

Montano Reyes Mercedes Antonio

¢27.110,00

110070205

Montenegro Arguedas Paula

¢337.552,00

106840629

Montero Sánchez Zaida Felicia

¢879.990,00

17909095

Montiel Solorzano Erwin Hanuar

¢933.799,00

401940655

Mora Arce Jean Carlo

¢92.385,00

107390421

Mora Campos Luis Gustavo

¢139.918,00

104420247

Mora Salazar Marco Antonio

¢249.652,00

502780661

Morales Navarro Emel Abelardo

¢92.322,00

15622249

Muñoz García José Denis

¢103.266,00

1820102171

Muñoz Pavon Aron Francisco

¢103.266,00

2780100974

Murillo González Juan Carlos

¢94.662,00

107200109

Navarro Cordero Luis Antonio

¢107.088,00

110540515

Núñez Álvarez Maricela

¢95.609,00

17020902

Obando Martínez Héctor José

¢103.245,00

601370417

Ordóñez León Rafael Ángel

¢27.546,00

2710099299

Orozco Gallego Luz Marina

¢88.297,00

28218567

Pavon Pérez Fátima Del Socorro

¢877.844,00

105010914

Peraza Soto María Gabriela

¢887.507,00

501310803

Pizarro Pizarro Alfredo Evaristo Del Socorro

¢167.564,00

17810544

Polanco Corea Roberto Carlos

¢949.469,00

27653504

Ponce Obando Mayra Carmen

¢98.948,00

1800102094

Racines Arroyo Julio Cesar

¢129.059,00

104980931

Ramírez Bolaños José Ángel

¢139.851,00

109050623

Ramírez Delgado Alberto Manuel

¢141.772,00

110620844

Ramírez Díaz Jonathan

¢879.824,00

17280708

Ramírez Meneses Rodolfo

¢179.852,00

109800141

Ramírez Taylor Delmar

¢95.591,00

17119925

Ramírez Tercero Ricardo José

¢933.617,00

2760100206

Ramos Hernández Martha Antonia

¢95.591,00

112870331

Redondo Mesen Diana Liza

¢992.667,00

109050609

Rivas Guadamuz Raul

¢81.092,00

26920584

Rivas Ramírez María Ángela

¢877.844,00

25881607

Rivas Ruiz María Teresa

¢95.591,00

17181391

Rojas Mejía German Antonio

¢94.643,00

18373933

Romero Rocha Kelier

¢54.711,00

800850920

Ruiz Fierro Paola Leonor

¢213.365,00

501180440

Ruiz Matarrita Delmis Aurora

¢18.657,00

110210537

Sabat Palma Yerik

¢101.220,00

113270558

Sáenz Zúñiga David

¢177.622,00

301700050

Salazar Bonilla María Isabel

¢26.837,00

27523059

Sánchez Peralta Yadira

¢33.578,00

1660100399

SantaMaría Camarena Elgidio Manuel

¢129.059,00

18180482

Segovia Salgado Joel Alberto

¢111.851,00

17227025

Sequeira Chávez Iván

¢146.837,00

17612092

Sequeira Miranda Mario José

¢98.948,00

110330080

Smith Soto Paulo Elías

¢1.000.585,00

108840556

Solano Solano Andre Mauricio

¢97.209,00

104350406

Soto Montero Juan Marcos

¢167.239,00

17781768

Suárez Álvarez José Antenor

¢81.366,00

28222111

Suárez Torres Yaime

¢98.948,00

25519614

Tellez Castillo María del Socorro

¢81.964,00

16927491

Tellez Picon Humberton Ramón

¢97.894,00

103901475

Umaña Aguilar Jeannette

¢95.469,00

602140423

Ureña Wong Álvaro

¢933.617,00

28420026

Useda De Gaitan Yesenia Del Rosario

¢394.918,00

901040976

Vado López Ezequiel

¢239.114,00

202600009

Valerio Artavia Gonzalo

¢163.154,00

103550562

Valverde Fallas Jorge Luis

¢28.236,00

110380767

Valverde Polanco Jeffry Stiven

¢929.052,00

26324563

Vanegas Pravias Reina Soledad

¢95.591,00

16826987

Vega Vargas Jamilton José

¢103.245,00

2710099335

Viafara Ordoñez Jackeline

¢137.662,00

109770185

Villaplana Garita Karol Ivannia

¢1.035.873,00

18176350

Zambrana Martínez Jorge Rene

¢103.245,00

109830686

Zelaya Moreno Mónica

¢54.176,00

2850099812

Zheng Noindicaotro Baoping

¢160.801,00

701060433

Zúñiga Moya Kattia Eugenia

¢95.591,00

Monto de la deuda al 14 de junio 2011

109490597

Abarca Montoya Alexader

¢27.575,00

16727701

Abdallah Im Khdour

¢1.405.770,00

109340122

Acuña Amador Federico

¢2.808.508,00

110820894

Acuña Chacón Andrey Antonio

¢831.532,00

109550694

Adriana Castro Umaña

¢54.690,00

111640570

Agüero Camacho Jonathan

¢136.435,00

106770572

Agüero Chaves Lucia

¢2.396.685,00

302380297

Agüero Echeverria Melania

¢29.437,00

1760101764

Aguilar Benavides Lester Manuel

¢116.249,00

111050035

Aguilar Sancho Ronald Esteban

¢245.245,00

107540816

Aguilera González Gabriela

¢14.944.219,00

109640658

Alemán Artavia Román

¢1.060.958,00

110630666

Alfaro Murillo Carlos Ricardo

¢128.823,00

202930935

Alfaro Zamora Sonia María

¢828.898,00

205220225

Alpízar Campos José Fabio

¢1.967.300,00

110990241

Alvarado Gómez Hazel

¢30.208,00

110620865

Alvarado Jiménez Jorge Alberto

¢1.120.864,00

401210501

Arce Alpízar Viviana Lucia

¢1.365.665,00

112330452

Arias Flores Noemy

¢417.339,00

17319736

Arias Marin Hermo Luis

¢1.060.848,00

17222318

Artola Castillo Manuel De Jesús

¢76.554,00

112980048

Balladares Silvia Luis Ramón

¢661.457,00

303100370

Barboza Vargas Alexander

¢933.952,00

101820376

Barrientos Bolaños Aida

¢115.358,00

603280058

Barrientos Vargas Esteban Alberto

¢1.599.326,00

303550637

Bazan Salazar Víctor Raúl

¢99.481,00

106980267

Brenes Chavarría Jorge Arturo

¢103.329,00

205290122

Briceño Aguilar Lexan

¢1.262.595,00

109480664

Bustamente Coto Eduardo Adonay

¢1.813.344,00

103981116

Cajina Espinoza Hilda María

¢97.213,00

108490488

Calderón Fonseca Luis Fernando

¢163.291,00

103720252

Calderón García Fernando

¢127.879,00

26864321

Calderón Martínez Sonia Del Carmen

¢40.642,00

105920170

Campos Núñez Enrique Alberto

¢1.333.953,00

111280237

Cano Jiménez Silvia Maribel

¢183.335,00

16522175

Cano Ospina Alejandro

¢59.959,00

701670972

Carballo García Kattya Mayela

¢95.548,00

16322974

Carballo López Cesar

¢118.030,00

18317207

Carlos Luis Morales Robles

¢1.011.221,00

109460515

Carmiol Barboza Catalina

¢1.657.945,00

204640327

Carranza Alfaro Roberto

¢1.707.223,00

500700497

Carranza Carvajal Homero De Jesús

¢82.365,00

112680878

Cascante Cerdas Jenny María

¢1.230.793,00

105970711

Cascante Mena José Ramón

¢1.164.075,00

25862348

Castellon Requene María Lourdes

¢103.329,00

108270418

Castrillo González Alfredo

¢177.777,00

502790883

Castro Campos Kattia Isabel

¢113.664,00

201910195

Cervantes Campos Álvaro

¢8.508.488,00

303310862

Cervantes Rodríguez Heiner

¢97.185,00

103590629

Chavarría Mora Jorge Eduardo

¢56.504,00

110810434

Chaves Campos Henry Joan

¢103.329,00

106700311

Chaves Porras Carlos Alberto

¢1.605.282,00

106420295

Cordero Jiménez Ana Eugenia

¢1.332.393,00

1770101761

Cordero Sicle Miles

¢129.164,00

202260880

Corrales Solís José Fabio

¢2.566.691,00

601400322

Cruz Angulo Kenneth

¢1.624.457,00

205790769

Cubillo Arce Tatiana María

¢1.476.490,00

1550098523

Denegri Noindicaotro Gerardo Enrique

¢170.978,00

18325850

Díaz Medrano Wilver Javier

¢103.323,00

106040497

Díaz Rojas Olman Roberto

¢1.737.319,00

25419556

Espinoza Bonilla Rosa Ángelina

¢1.179.571,00

16326297

Espinoza Obando Ariel Joaquin

¢1.331.184,00

28020722

Espinoza Vásquez Marelyn

¢867.710,00

17222337

Estrada Romero José Miguel

¢625.216,00

107180359

Fallas Álvarez Hayder Alberto

¢117.288,00

104600863

Fallas Jiménez Melvin Antonio

¢27.570,00

111700928

Fernández Huertas Heilyn Milena

¢23.435,00

107200793

Fernández Marin Olga Yorleny

¢1.448.495,00

104070839

Feyth Escalante Juan Alberto

¢230.075,00

17518634

Flores Poveda Francisco José

¢104.392,00

110410241

Fonseca Flores Wilfredo

¢1.498.988,00

111740245

Fonseca Solís Brayan Alberto

¢112.193,00

107810980

García Piñeres Alfonso Javier

¢163.248,00

16125988

German Gustavo Meneses Cubillos

¢1.330.659,00

17524633

Giraldo Prado Andres

¢1.345.740,00

16726994

González Posada José Alex

¢1.838.131,00

501160342

González Ruiz Gerardo Arturo

¢152.122,00

108540341

Granados Cordero Marcos

¢1.220.068,00

601760638

Guadamuz Corea Jacqueline

¢94.698,00

701680243

Hernández Cubillo William Francisco

¢29.296,00

104360261

Hernández González Sandra

¢80.979,00

112160576

Herrera Díaz Jeffrey Enrique

¢129.134,00

108190270

Herrera Raven Francisco José

¢1.836.681,00

16226607

Heung Chul Lim Noindicaotro

¢132.545,00

14110514

James Harry Bray Noindicaotro

¢2.108.864,00

113050004

Jiménez Álvarez Jenier

¢690.562,00

17027054

John Gilbert Valencia Noindicaotro

¢1.087.843,00

110130730

Lao Araya Manfred

¢104.158,00

2850100286

Lira González Nancy Gabriela

¢173.783,00

113790680

López Aroca Jared Samir

¢137.712,00

27323026

López López Gloria María

¢1.204.624,00

16422074

Luis Fernando Gómez López

¢1.488.772,00

18118768

Machado García Leonel

¢104.146,00

112020881

Maciel Brenes Ricardo Enrique

¢95.625,00

106850467

Madrigal Rojas María Hortensia

¢170.635,00

27418325

Manzanarez Quirós Berta

¢962.130,00

800840222

Marco Antonio Quejada Jiménez

¢2.763.903,00

15627459

Martínez Navarro Jony José

¢1.494.362,00

1700100578

Mayorquin Estrada Enrique José

¢103.284,00

26630352

Mejía Castaño Susana

¢1.510.064,00

20500846

Mena Gómez Carlos Enrique

¢64.951,00

112700125

Mena Muñoz Roberto Francisco

¢48.168,00

15320118

Mesa Mesa José Edilberto

¢1.827.591,00

106730647

Molina Monge Guadalupe

¢13.184,00

602100558

Montoya Bermúdez Ángel Enrique

¢1.174.812,00

110090968

Montoya Bonilla Marlen Del Rocio

¢108.879,00

109830301

Montoya Villalobos Arlen

¢1.008.556,00

109060214

Mora Aguilar Nelson Mauricio

¢1.782.097,00

105850469

Morales Madriz Damaris

¢1.927.536,00

16721181

Moreno Zamora José Noel

¢94.678,00

110760608

Moya Sevilla Marco Antonio

¢2.001.882,00

109400077

Muñoz Barrionuevo Cristian José

¢886.436,00

107670650

Naranjo Astua Rafael Ángel

¢207.900,00

1850102866

Narvaez Rivera Miguel Antonio

¢29.286,00

2610095154

Olano Sánchez Doris Jeannette

¢128.739,00

16522942

Orrego Vásquez Carlos Mario

¢1.384.934,00

17219944

Ortiz González Domingo Antonio

¢113.592,00

105670513

Ovares Cruz Rodrigo Alberto

¢163.183,00

105330743

Ovares Delgado Dagoberto

¢70.770,00

17913242

Peña Peña Jorge

¢1.091.408,00

109140634

Pérez Castro Yesenia

¢95.607,00

111280371

Pérez Fuentes Leonidas

¢129.081,00

25281956

Pérez Gutiérrez Elena Del Rosario

¢92.339,00

108740135

Porras Solís Luis Fernando

¢1.446.223,00

800830736

Punongbayan Romero Roberto José

¢2.411.542,00

1840102686

Quant Castrillo Edgar José

¢103.264,00

103560570

Quesada Cerdas Rubén Arturo

¢1.835.550,00

204910412

Quesada Gómez Christian Rafael

¢1.330.502,00

104940387

Quesada Jiménez Randall

¢118.643,00

601630769

Quesada Núñez Eligio

¢147.060,00

16600771

Quintana Noindicaotro Silvio José

¢113.592,00

502500978

Quirós Larios Juan Carlos

¢135.907,00

203730250

Quirós Mejía Heriberto

¢325.466,00

111300082

Quirós Murcia Erick Daniel

¢113.592,00

700670761

Quirós Ramírez Gilber Danilo

¢99.827,00

2820098249

Ramírez Enciso Lola Marcela

¢110.593,00

104760866

Ramírez Guillen Roberto

¢1.639.539,00

17722030

Ramírez Rodríguez Marcos Antonio

¢103.264,00

108790510

RÁngel Dinarte Oscar Eduardo

¢897.447,00

28220624

Rocha Bermúdez Rosa Lilliam

¢110.599,00

17910871

Rocha Hurtado José Ramon

¢41.118,00

16222191

Rodríguez Tellez José Miguel

¢103.264,00

105530331

Rohrmoser Zúñiga Annabella

¢1.949.480,00

109220634

Rojas Cespedes Ronald Isaac

¢979.171,00

104500680

Rojas Chinchilla Carlos Alberto

¢1.733.263,00

301500698

Rojas Zamora Nautilio

¢26.174,00

15680972

Romero Vargas Silvio

¢885.880,00

14714384

Rosales Meléndez Miguel Ángel

¢1.264.250,00

111670110

Ruiz Artavia Laura Patricia

¢26.788,00

18362748

Ruiz Noindicaotro Mario Humberto

¢94.659,00

108470176

Salas Mora José

¢137.686,00

108600217

Salas Vega Lisandro

¢120.475,00

900700408

Salazar Castro Víctor Ángel

¢921.315,00

108360295

Salazar Moreira Álvaro

¢94.659,00

601880237

Sánchez Barrantes Carmen Cecilia

¢103.264,00

104640240

Sánchez Castro Juan Bautista

¢1.762.128,00

301880272

Sánchez Coto Soledad

¢81.832,00

110060370

Sánchez Montero Francia Marina

¢962.257,00

109510236

Sandí Murray Jeffry

¢1.271.106,00

107920147

Sandino Soto Gustavo Isidro

¢1.845.238,00

2820098315

Sandoval Gutiérrez Rocío

¢98.965,00

800720472

Sanguinetti Cabezas Giancarlo

¢1.098.358,00

701660516

Sarmiento Quesada Jorge Arturo

¢111.869,00

105890898

Segura Sansilvestre Rafael Ángel

¢772.128,00

104580457

Semeraro Fabbrichesi Maríanna

¢1.650.867,00

111570171

Severino Mora José Guillermo

¢1.071.176,00

107580585

Solano Castro Marjorie

¢1.433.171,00

109730423

Solano Navarro Gustavo Alonso

¢123.301,00

103400272

Solís Guillen Dagoberto

¢66.220,00

108260037

Solís Lara Ana Patricia

¢918.815,00

401050255

Solís Ramírez José Eduardo

¢1.078.356,00

111520687

Soto Alarcon David Rodolfo

¢1.084.659,00

108000413

Soto Cruz Luis Guillermo

¢1.031.790,00

109450876

Soto Soto Criss Paulino

¢1.142.708,00

17228147

Torres Alzate Juan Alberto

¢1.433.171,00

206220567

Torres Quirós Erika Torres Quirós

¢1.243.512,00

16920632

Treminio Jarquín Rene Alberto

¢222.522,00

17816152

Ugalde Ibarra Justo Daniel

¢82.971,00

108680172

Ugarte Ulate Ahmed Alonso

¢1.361.151,00

103240160

Umaña Bermúdez Miguel Ángel

¢1.110.649,00

106540792

Umaña Rojas Gerardo Antonio

¢1.028.549,00

24982253

Urbina Miranda Ninotzka

¢1.465.484,00

109290643

Ureña Vásquez Carlos Roberto

¢1.844.958,00

15723686

Vallejo Henao Hernan

¢49.082,00

104970504

Valverde Arias Rafael Ángel

¢918.833,00

900260447

Vargas Elizondo Julio Cesar

¢908.894,00

109190149

Vargas Fernández Alex Alberto

¢1.892.705,00

16722695

Vargas Lagos Noel Ángel

¢918.833,00

1910099751

Vargas Mendoza Humberto Antonio

¢98.965,00

104750016

Vargas Rodríguez Manuel De Jesus

¢925.372,00

114760691

Vargas Solís Kimberly De Los Ángeles

¢95.607,00

900970729

Vega Hidalgo Ronald

¢1.310.723,00

18412127

Velásquez Olivas Neskui Leonel

¢1.286.420,00

202720542

Venegas Gómez José Luis

¢113.592,00

106070506

Venegas Ulate Luis Diego

¢950.010,00

108390392

Villalobos Barquero María Isabel

¢1.619.561,00

110140081

Vindas Lippa Kenneth Andrés

¢112.244,00

104400559

Vitola Mauro Marcela

¢29.699,00

800560825

Vul Galperin Monica Alicia

¢47.082,00

17124357

Wu Noindicaotro Runzhi

¢111.376,00

27422261

Yepes García Olga Patricia

¢920.561,00

16121980

Yrigoyen Tortolero Cipriano José

¢1.840.907,00

112550964

Zamora Castro Krissia María

¢203.981,00

16281996

Zapata López Erick Francisco

¢120.475,00

106310232

Zeledón Acuña Oscar Fernando

¢75.977,00

111180515

Zumbado Fallas Gerardo de Jesús

¢991.827,00

110200365

Zúñiga Blanco Lena

¢26.134,00

900960040

Zúñiga Monge Erick Francisco

¢1.888.276,00

Monto de la deuda al 15 de junio 2011

107800431

Abarca Villalobos Siony Patricia

¢176.370,00

109830581

Acosta Rojas Jonathan

¢107.082,00

104970435

Agüero Badilla Renelio Danilo

¢856.552,00

107810650

Agüero Fernández José Francisco

¢20.822,00

800830186

Aguilar Álvarez Rolando Alberto

¢1.253.848,00

112430732

Alfaro Vásquez Marlon Jesus

¢826.933,00

107530415

Altamirano Castro Marco Aurelio

¢1.311.106,00

106580390

Alvarado Campos Rey Manuel

¢718.670,00

600700202

Amador Sánchez Hector Felipe

¢2.076.212,00

18259270

Amoretty Talavera José Esteban

¢972.803,00

800510512

Aragon Rocha Ada Keila

¢27.534,00

401610768

Araya Rodríguez Gilbert

¢134.603,00

111360743

Artavia Fallas Ricardo José

¢782.949,00

111330333

Artavia Morales José Andree

¢163.320,00

110880995

Astúa Vindas Andrés Alejandro

¢335.204,00

28120177

Avendaño Martínez Eveling Georgina

¢54.767,00

103390559

Badilla Mora Juan Ramón

¢95.992,00

701190932

Barboza Ruiz Flora

¢68.479,00

104980032

Barquero Araya Lilliana

¢2.578.725,00

110130697

Betancourt Prado Manfred

¢814.137,00

17810618

Blanco Barrios Melvin Antonio

¢814.137,00

301770884

Blanco Solano Francisco

¢167.408,00

110340071

Blanco Tenorio Stefannie

¢1.054.211,00

1600099343

Bolaños Duarte Ismael Emilio

¢94.736,00

15820644

Bolaños García Francisco José

¢55.144,00

16821862

Bonilla Velásquez Álvaro José

¢1.511.167,00

27718733

Caldera Martínez Claudia María

¢814.137,00

1660100389

Calero Machado Carlos

¢94.736,00

501441130

Camareno Angulo Flor De María

¢1.046.300,00

25900064

Campos García Fatima Del Socorro

¢85.375,00

105790529

Carazo Ulloa Alejandro Alberto

¢1.583.137,00

103780636

Cárdenas García Rafael Alberto

¢28.269,00

17680164

Carlos Lico Osorio Verdecia

¢3.789.399,00

106150807

Carpio Zúñiga Rafael Antonio

¢97.560,00

16526299

Carrera Rocha Joao Carlos

¢95.684,00

16223613

Carrillo Moore Sergio Rafael

¢979.117,00

104390598

Castillo Quesada Patricia

¢576.777,00

109300645

Castro Mora Hellen Tatiana

¢893.637,00

104480844

Cedeño Herrera Alexis

¢155.152,00

303600429

Chacon Cordero Luis Guillermo

¢856.552,00

204620816

Chaves Sancho Elizabeth

¢826.933,00

104870489

Chinchilla Aguilar Arturo

¢976.668,00

103981119

Chinchilla Cartin Luis Eduardo

¢1.046.871,00

17019657

Corea Matus Marvin José

¢148.472,00

1770101733

Correa López Leonardo Fabio

¢49.491,00

601430015

Cortes Suárez Roger Antonio

¢26.724,00

2700099820

Cortez Díaz Aracely Elizabeth

¢94.736,00

105090523

Cubillo Burgos María Elena

¢26.153,00

105650555

Delgado Fernández Elias

¢1.109.092,00

27025417

Díaz Díaz Aura Lidia

¢40.982,00

502710741

Díaz Obregón William Rodolfo

¢82.113,00

1700100752

Escobedo Chapman Lazaro José

¢73.800,00

108640014

Espinoza Delgado José Luis

¢538.593,00

108500488

Espinoza Sancho Mauricio

¢49.491,00

601680323

Fallas Fernández Guillermo

¢1.037.418,00

205590590

Gallo Guevara Hermes José

¢147.472,00

105860337

Gamboa Delgado Lucas

¢2.272.528,00

2920097974

García Najares Josseling Gabriela

¢54.142,00

205920908

García Reyes Yerlin

¢68.824,00

106200681

García Sandí Roy Gilberto

¢399.616,00

28020628

García Tellez Silvia Elena

¢54.683,00

26823829

Garzon Bautista Ángela Cleotilde

¢95.660,00

27218024

Gómez Gutiérrez María Simona

¢95.539,00

17715842

González Merlo Jorge Nohel

¢1.715.585,00

17880594

González Muñoz Guido Mauricio

¢27.570,00

203580791

Guevara Cerdas Vidal

¢99.453,00

27421384

Guido Aburto Gladys

¢349.308,00

502030052

Guido Espinoza José Luis

¢1.353.811,00

17616810

Gutiérrez García Odilio Jesús

¢94.713,00

900760586

Guzmán Arias Luis

¢167.365,00

109430576

Herrera Zúñiga Kattia

¢57.078,00

17027178

Jeanfrancois Noindicaotro Jonas

¢221.342,00

111410320

Jiménez Cabezas Silvia Gabriela

¢111.633,00

26425066

Jiménez Noindicaotro Guadalupe Dionisa

¢95.660,00

104151466

Jiménez Varela Kenneth

¢108.525,00

900920511

Kearney Molina Gregory Richard

¢1.970.865,00

203400197

Lara García Víctor Manuel

¢871.962,00

108920562

Leiva Icaza Damaris

¢1.330.102,00

112540729

León Hernández Rebeca María

¢95.640,00

26427473

Lira Lira Reyna Isabel

¢349.250,00

1860102361

Lombana Moreno Marco Andreo

¢48.177,00

104630524

López Badilla Frankiln Diego

¢2.896.389,00

111740467

López Cerdas Jennifer Andrea

¢1.219.957,00

17681894

López Ernesto Román

¢138.768,00

204810915

López Fletes Maura

¢2.225.777,00

800560262

López Rodríguez Mario José

¢122.390,00

16824436

López Sequeira Ariel Alberto

¢94.696,00

800920637

Lorlister García Valencia

¢276.123,00

19125651

Luna Maltez Luis Miguel

¢103.304,00

17326151

Luna Turcios Genaro Osmir

¢1.243.946,00

111120962

Madrigal Castillo Jonathan Isaac

¢843.676,00

26121371

Mairena Álvarez Rosa Dina

¢29.450,00

110220320

Mairena Arce Jonathan Esteban

¢1.450.456,00

109420755

Marin Varela Ricardo

¢68.449,00

26421177

Martínez Arias María Soledad

¢893.115,00

111860591

Martínez Ledezma Juan Carlos

¢170.574,00

1770100198

Martínez Martínez Bismar

¢94.696,00

28007934

Martínez Martínez Geysi

¢95.640,00

18017933

Martínez Paramo Jairo Antonio

¢94.696,00

17219573

Martínez Sánchez Isaías Rodolfo

¢856.093,00

111230145

Mata Wilson Ana Marcela

¢1.105.407,00

501010976

Matarrita Baltodano Ana María

¢56.844,00

901100931

Medrano Cruz Yobanca Tatiana

¢511.865,00

104890332

Meléndez Salazar German Javier

¢880.565,00

600990402

Mendoza Torres José Luis

¢1.048.892,00

106770963

Miranda Serrano Francisco

¢17.000,00

108350375

Mora García Lidieth

¢248.771,00

1550098464

Moreno Martínez Víctor

¢35.210,00

17526238

Narváez Godoy Cristóbal De Jesus

¢813.680,00

800760598

Naum Elías Lesbia Del Carmen

¢95.640,00

27913450

Navarrette Flores Rita Auxiliadora

¢95.640,00

800460328

Nogues Civit Cristina

¢1.340.586,00

27424753

Nubia Ixel Amador Aragón

¢309.085,00

501300303

Obregón Mendoza Luis Antonio

¢52.986,00

17614084

Olivas Alvarado Harol Francisco

¢892.949,00

15620546

Olivas Juarro Francisco Jeronimo

¢77.766,00

110770617

Olsen Guillen Jerans

¢892.949,00

502060342

Ordóñez León Ubaldo

¢85.689,00

104440548

Orozco Barrantes Luis Alberto

¢146.890,00

28118727

Orozco Polanco Zenovia Isabel

¢95.621,00

17776291

Ortiz Jarquín Rubén

¢1.199.297,00

701630892

Ortiz Ortega Malconi Uriel

¢855.917,00

15458741

Paúl Noindicaotro Donald Evan

¢858.911,00

103340624

Pereira Salazar Edgar

¢111.590,00

17773402

Pérez Bernald Carlos A

¢68.075,00

27319505

Pérez Noindicaotro Milagros Janette

¢28.068,00

111050333

Pérez Rubi Kattia

¢68.505,00

114340126

Pérez Solís Michelle De Los Ángeles

¢94.676,00

14780851

Picado Dávila Juan José

¢657.105,00

17812251

Pichardo Pichardo Lester Johny

¢138.740,00

108500913

Piedra Morera Erika

¢892.949,00

104760866

Ramírez Guillen Roberto

¢1.639.776,00

1740101527

Riascos Reyes Héctor Fabio

¢103.283,00

18116285

Ríos García Emilio José

¢112.806,00

18012324

Ríos Martínez Juan Guillermo

¢148.375,00

303210867

Ríos Salazar Sergio

¢919.711,00

106760582

Rivera Quintana Guillermo Jesús

¢893.969,00

106820159

Rodríguez Grimas Ricardo Jesús

¢94.676,00

401320702

Rojas Barrantes Katya

¢1.267.610,00

27716803

Rosa Yamileth Pérez Noindicaotro

¢1.761.953,00

108760497

Saborío Pérez José

¢823.355,00

800800772

Sáenz Arrianza Harol Ovidio

¢1.544.553,00

106500840

Sáenz Ugalde Ricardo Eugenio

¢1.830.753,00

109820757

Sánchez Rosales Oscar

¢1.857.993,00

2760100648

Sequiera Rodríguez Elizabeth

¢95.621,00

202610053

Solano Ramírez José Gerardo

¢27.446,00

600820629

Sosa Orias Fabio Guadalupe

¢147.481,00

105940290

Soto Montero Kenneth Andrés

¢449.718,00

106920054

Ulloa Salas Marvin

¢1.345.331,00

109460101

Umaña Sánchez Juan Carlos

¢855.917,00

600981444

Valverde Loaiciga Santos Antonio

¢148.375,00

601410881

Vanderlucht Leal Antonio

¢3.054.097,00

18822188

Vargas Chow Luis Miguel

¢89.025,00

106300572

Vargas Mora Edward Adolfo

¢1.676.613,00

105460483

Vargas Palavicini Oscar Luis

¢892.949,00

104810901

Vargas Sánchez Fanny María

¢40.909,00

18118613

Velásquez Jiménez Oscar Danilo

¢59.123,00

502300895

Viales Muñoz Enrique Manuel

¢855.917,00

17426092

Víctor Reina Pineda

¢1.194.540,00

111230313

Villegas Montero Angie Vanessa

¢975.675,00

108890871

Williams Donalson Judy Isioni

¢902.286,00

1770100841

Wilmer Mancilla Diuza

¢167.331,00

600980134

Zamora Caravaca Víctor Manuel

¢489.137,00

111140037

Zúñiga Corrales Viviana Ghiselle

¢1.656.798,00

Monto de la deuda al 16 de junio 2011

600940382

Acuña Salazar Marjorie

¢113.706,00

104820141

Aguilar Montero Carlos Manuel

¢2.072.368,00

205010039

Altamirano Cascante Groldier

¢110.709,00

203320891

Arguedas Conejo Álvaro

¢113.706,00

109560679

Arias Madrigal Davis Eliécer

¢129.209,00

107050592

Astorga Tercero Eduardo Francisco

¢1.259.048,00

602510158

Barquero Vásquez Alexander

¢103.368,00

108520606

Barrientos Hernández Jorge Alejandro

¢111.979,00

117350092

Bonilla Barahona Jenny María

¢1.500.620,00

103210874

Bonilla Bonilla Edwin

¢29.558,00

112470882

Brenes Fernández Rebeca

¢1.182.469,00

401140459

Brenes Sánchez Freddy Gilbert Martín

¢103.368,00

109860573

Brown Castro Carlos Guillermo

¢129.020,00

107410098

Bustamante Solís Randall

¢136.889,00

17281689

Caballero Gaitan Orlando José

¢143.129,00

17813246

Canales González Roger Iván

¢111.979,00

110510798

Cascante García Heylin Patricia

¢172.146,00

109640855

Castillo Arce Oscar Alberto

¢64.092,00

16822346

Chamorro Ramos Ascencion de Jesús

¢1.097.617,00

109730457

Chavarría Méndez Luis Diego

¢1.248.017,00

111240779

Chaves Espinoza Jennifer

¢1.261.768,00

502050389

Chinchilla Castro María De Los Ángeles

¢175.068,00

103901044

Chinchilla Flores Gerardo

¢115.164,00

16927480

Cruz Bonilla Luis Martín

¢31.756,00

18011476

Cruz González José Anastacio

¢103.368,00

111910947

Darcía Ulloa María Alejandra

¢113.697,00

1620100260

Dávila Bonilla Cesar Augusto

¢129.198,00

15820960

Dávila Carrillo Cesar Augusto

¢477.283,00

106720858

Delgado Castro Edgar Enrique

¢105.614,00

109560719

Delgado Vega Kattia Justina

¢110.619,00

17877665

Dolmos Acosta Juan Antonio

¢111.972,00

27218824

Donaire Meza Gregoria Antoni

¢866.076,00

18218675

Duarte Olivas Ennes Sebastian

¢65.495,00

112620240

Duquesne Brenes Christian

¢677.711,00

110030597

Echandi López Luisa Fernanda

¢113.697,00

203720157

Espinoza Molina Freddy

¢129.198,00

109010661

Fallas Fallas Jorge Luis

¢168.298,00

2770101247

Fletes Rodríguez María Magdalena

¢110.699,00

106350920

Fonseca Arias Vinicio

¢182.988,00

110540463

Fonseca Fernández Warner Alberto

¢1.537.729,00

17527092

Francisco Manuel Fuentes Hernández

¢430.228,00

18413984

Galeano Rodríguez Francisco Yafett

¢901.181,00

113210776

Garita Méndez Marlon Alberto

¢130.459,00

800880017

Giovanni Márquez Loyola

¢3.288.955,00

18080331

Gómez Morales Luis Manuel

¢74.035,00

109850916

Gómez Pereira Juan Pablo

¢103.340,00

16813120

González Duran Pablo Antonio

¢116.261,00

26622374

González Sáenz Reina Del Carmen

¢162.405,00

17027853

Granados Pineda Juan Antonio

¢103.340,00

17000024

Guillen Pineda Junior Jacob

¢4.336.573,00

17422909

Haitham Samih Beainy Noindicaotro

¢1.232.960,00

15525292

Héctor Fco Javier Piña Noindicaotro

¢1.259.657,00

107580261

Hernández Bolaños Randall Francisco

¢111.952,00

27421653

Hernández Espinoza Raquel Auxiliador

¢64.643,00

112890929

Hernández Sibaja Susan Milena

¢6.942.248,00

18015534

Herrera Pérez José Francisco

¢116.261,00

800870135

Hurtado Delgado Iris

¢113.677,00

104151179

Jarquín Ulate Roy Francisco

¢68.755,00

17125657

Kim Noindicaotro Chern Jung

¢222.691,00

106030665

León Corrales Víctor Leonardo

¢120.542,00

104060726

León Salgado Eladio Gerardo

¢222.646,00

105140335

López Araya Álvaro Gerardo

¢865.747,00

600740152

López Carazo Roberto Guillermo

¢36.869,00

2820098286

López Mendoza Michelle Alexandra

¢120.542,00

107230389

Marin Campos Luis Orlando

¢1.474.734,00

17522349

Martínez Rodríguez German

¢110.451,00

110340899

Méndez Castillo Yeyson Arley

¢111.932,00

17321182

Montenegro Rayo Juan José

¢137.762,00

15781050

Montero Urbina Emilio Leonel

¢128.811,00

111070439

Montoya Corrales Marvin Giovanni

¢1.535.948,00

18269533

Mora Quintana Yerald Enrique

¢129.148,00

18924150

Mora Varela Sergio Antonio

¢113.654,00

112470623

Mudarra Ramírez Roberto Antonio

¢2.368.816,00

1730101234

Munera Tobon Juan Carlos

¢67.686,00

16460631

Mustelier Pellicier Norberto Luis

¢185.538,00

17711785

Ordóñez Chavarría Walter Antonio

¢148.400,00

16522764

Orozco Aragon Francisco Manuel

¢74.394,00

15780447

Ortiz Noindicaotro Andres Ramiro

¢39.057,00

303330223

Palma Flores Yenori

¢97.355,00

900630490

Pérez Jiménez Yamileth

¢3.336.276,00

110380370

Picado Araya Wilson Alonso

¢36.564,00

602690318

Porras Álvarez Olman Gustavo

¢128.784,00

103760354

Rey Bermúdez Luis Fernando

¢129.126,00

16920721

Reyes Ruiz Máximo Macario

¢365.254,00

1600099247

Rivas Balmaceda Luis Adolfo

¢95.705,00

109980746

Rivera Gutiérrez Shirley Pamela

¢865.584,00

16121756

Roberto Espinoza Roberto

¢174.989,00

17125260

Robles Montiel Manuel Salvador

¢103.300,00

1730100797

Rodríguez Rodríguez Sergio Ramón

¢118.365,00

26725121

Rojas Mendoza Rosa María

¢74.624,00

17000288

Rolando Chara Rodríguez

¢331.153,00

111730710

Román Pérez Elieth Alexandra

¢270.429,00

17712812

Romero Alegría Marlon Javier

¢137.735,00

17881796

Ruiz Toruño Jorge Luis

¢58.665,00

105200243

Sáenz Campos Ana Isabel

¢79.492,00

800790562

Sáenz Peck Karen

¢1.242.011,00

27364082

Salas Sánchez Celina

¢110.639,00

800470377

Salazar Gambero Marcos Antonio

¢7.625.419,00

302520600

Sanabria Castro Yuri Elemir

¢222.600,00

16663809

Sánchez Izaguirre Julio

¢103.300,00

1750101079

Sánchez Noindicaotro Carlos José

¢107.607,00

602380868

Segura Castillo Virginia

¢41.110,00

110160721

Sequeira Gómez Alexander

¢129.126,00

112680396

Siles Marin Marlon Andres

¢88.717,00

28076853

Silvia María Herrera López

¢865.924,00

105880814

Solórzano Vargas Elvir

¢2.640.288,00

106850996

Soto Álvarez Johnny

¢1.034.753,00

111300688

Soto Castro Noe Alejandro

¢113.630,00

18579163

Tellez Ugarte Roger Adolfo

¢129.126,00

105330245

Tenorio Araya Miguel Ángel

¢145.635,00

107120548

Tenorio Sánchez Rocio

¢2.793.446,00

401700561

Torres Morera Ronald

¢54.845,00

103940378

Torres Quirós Ronald Ariel

¢2.499.820,00

104730433

Torres Vargas Ricardo

¢1.318.392,00

1610100048

Torrez Torrez Juan Ramón

¢31.372,00

105920390

Ulate Martínez Gerardo Emilio

¢74.971,00

107340931

Umaña Hidalgo Giovanni Antonio

¢35.650,00

27219885

Urbina Amador Martha Lorena

¢810.982,00

111040216

Valverde Alvarado Rodrigo

¢1.097.329,00

111930357

Vargas Aymerich Jonathan José

¢73.691,00

110610781

Vargas Camacho Sebastian

¢104.161,00

16780874

Vargas Espinoza Alberto Rafael

¢111.907,00

800730042

Vásquez Valle Gloria Elizabeth

¢7.722.009,00

107640881

Vega Alemán Alejandra

¢1.455.301,00

17876704

Vílchez Ocon Noel Martín

¢111.907,00

16123581

Villegas Álvarez Marvin

¢171.834,00

800680443

Zhou Yu Shouwei

¢113.630,00

San José, 24 de junio del 2011.—Luis Diego Calderón Villalobos, Director.—O.C. Nº 006-2011.—Solicitud Nº 48403.—C-1598000.—(IN2011050032).

SUCURSAL CIUDAD COLÓN

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La suscrita Violeta Rodríguez Villalta, Administradora de la Sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social en Ciudad Colón, mayor, casada, vecina de Zapote, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. En el cuadro, se indica el número patronal, nombre de la razón social, periodo y monto de la deuda al 21 de junio del 2011. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los períodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.

Nº Patronal                                        Razón social                                                           Periodo                                             Monto adeudado

2-03101183841-001-001                Constructora Ontic de Costa Rica S. A.        04-05-06-07-08 y 09/2002                                           515.935

7-00016960885-001-001                Zepeda Alemán Óscar Danilo                         12/2010; 01 y 02/2011                                                105.015

0-00112120147-001-001                Chavarría Araya José Antonio                       04-05-06-07-08/2008; Serv Med 07/2008              1.088.989

0-00101640010-002-001                Castro Valverde Orlando                                  Adic 08/2010                                                               357.387

2-03101589817-001-001                Constructora Pimaco S. A.                               12/2010                                                                          35.184

7-00013680668-001-001                Cardonne Arteaga Blaise                                 12/2009; 01-02-03-04-05-06-07- y 08/2010               337.710

0-00104600653-002-001                Aguiluz Barboza Vilma                                     12/2009; 01/2010                                                         187.350

0-00104171304-001-001                Salgado Zeledón Jorge                                     08-09-10 y 11/2010                                                     128.535

2-03101450056-001-001                Magerie Liluna S.A.                                          05/2010                                                                          68.977

0-00110310899-001-001                Chinchilla Fernández Edwin Martín               08 y 09/2010                                                                  60.438

2-03101213026-001-001                Importaciones Murisol S. A.                           10/2010                                                                          35.034

0-00102560587-001-001                Di Leoni Badilla Carmela María                       12/2010                                                                          31.716

2-03101329903-001-001                Grupo Ecobrasil S. A.                                       10-11 y 12/2010, 01-02-03-04 y 05/2011                2.748.452

0-00900760181-001-001                Chavarría Murillo Martín                                 10/2010; Serv Med 01/2011                                        48.950

Violeta Rodríguez Villalta, Jefa.—(IN2011049756).

CITACIONES

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores por muerte de:

 

N° Caso

Nombre

N° Cédula

Sede

 

2011I00400

Sergio Venegas Morales

601430641

San Isidro

2009I01069

Sánchez Masís Jorge

601150926

San Isidro

2011R00171

Rafael Araya Álvarez

201240208

Guadalupe

2011V00087

Reyes Gómez Jorge Carlos

CR09012011RGJ

Pavas

2011V00087

Reyes Gómez Tatiana

503420442

Pavas

2011U00417

Cruz Ocampo Alejandro

900680148

Guápiles

2011N00170

Villafuerte Montiel Ignacio

502450632

Nicoya

2011N00021

Esquivel Martínez William

502680377

Nicoya

2011B00293

Elizondo Mena Ivannia

208710219

Liberia

2011B00351

Ocampo González Carlos Luis

105010764

Liberia

2010R00409

Morera Villalobos José Alberto

206260593

San Ramón

2011H00319

Zumbado Delgado José Antonio

401000891

Heredia

2010D00709

Arias Quesada Erick Mauricio

110040506

Heredia

2011C00307

Núñez Rivera Carlos Gerald

111110961

Cartago

2011C00066

Umaña Navarro Olivier Gerardo

104031356

Cartago

2011Q00340

Madrigal Agüero Fernando

205010476

Ciudad Quesada

2011L00193

Gómez Gómez Eder

701600579

Limón

2011L00184

Mesa Anaerobis Yesenia

PA17021996MA

Limón

2011I00402

Zúñiga Sánchez Berta Eugenia

103020472

San Isidro

2011I00351

Aragón Sáenz Santiago

113730463

San Isidro

2009Q00051

Miranda Chacón Carlos Alberto

203140011

Ciudad Quesada

2010Q00987

Bustos Pérez Óscar

206110294

Ciudad Quesada

2011I00429

Padilla Garro María de los Ángeles

109370551

San Isidro

2011I00384

Urena Artavia Josué Manuel

115100411

San Isidro

2011I00384

Jiménez Sandí Tatiana

113530372

San Isidro

2011B00322

Hernández Rodríguez Gerardo

204120391

Liberia

2010ª01424

Herrera Arroyo Derian Josué

207520449

Alajuela

2011100384

Soto Sánchez Mario Moisés

702110054

San Isidro

2011J00025

Chaves Marín Óscar Alberto

303680849

Cartago

Para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a la Sede señalada anteriormente, en el reclamo de sus derechos, apercibidos, que si no lo hicieren la indemnización pasará a quien en derecho corresponda.—San José, 28 de junio del 2011.—Departamento de Comunicaciones.—Lic. Ileana Castro Fatjó, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 19180.—Solicitud Nº 34997.—C-54180.—(IN2011050469).

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Ubicada dentro del

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