Nº 36632-H
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que les
confieren los artículos 140 incisos 3) y 18), y 146 de la Constitución
Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28
inciso 2), acápite b) de la Ley
Nº 6227, Ley General de la Administración
Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración
Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de
setiembre del 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº
32988-H-MP-PLAN de 31 de enero del 2006 y sus reformas; la Ley Nº 5695, Ley de Creación
del Registro Nacional de 28 de mayo de 1975 y sus reformas, y el Decreto
Ejecutivo Nº 35821-H de 4 de marzo del 2010 y su reformas.
Considerando:
1º—Que mediante la Ley Nº 5695, publicada en La Gaceta Nº 106 de 7
de junio de 1975 y sus reformas, se establece que el Registro Nacional, es una
dependencia del Ministerio de Justicia y Paz, cuyos fines son unificar
criterios en materia de registro, coordinar las funciones, facilitar los
trámites a los usuarios, agilizar las labores y mejorar las técnicas de
inscripción; y la modernización de los sistemas respectivos.
2º—Que por medio del oficio Nº DGRN-0500-2010 de 12 de abril del 2011,
el Director General del Registro Nacional y el Presidente de la Junta Administrativa
del Registro Nacional y Ministro de Justicia y Paz, solicitan la ampliación del
gasto presupuestario máximo de esa dependencia por un monto de ¢218.208.000,00
(doscientos dieciocho millones doscientos ocho mil colones exactos), con el fin
de atender el proyecto informático de “Migración y Adaptación del Sistema de
Bienes Inmuebles (SBI)”.
3º—Que dicho monto será financiado mediante sumas sin asignación
presupuestaria en su totalidad, con el fin de modernizar la plataforma
tecnológica donde se encuentra albergada la infraestructura del Sistema de
Bienes Inmuebles (SBI) y mejorar el servicio brindado a los usuarios.
4º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 35821-H, publicado en La Gaceta Nº 55 de 19
de marzo del 2010 y sus reformas, se emitieron las Directrices Generales de
Política Presupuestaria para el año 2011, estableciéndose en el artículo 1º del
citado Decreto, el gasto presupuestario del año 2011 para las entidades
cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria.
5º—Que con el oficio Nº STAP-0783-2010 de 29 de abril del 2010, se le
comunicó a la
Junta Administrativa del Registro Nacional el gasto
presupuestario máximo autorizado a dicho órgano para el año 2011, el cual se
fijó en ¢17.730.300.000,00 (diecisiete mil setecientos treinta millones
trescientos mil colones exactos), cifra que no contempla los gastos indicados
en el presente decreto.
6º—Que los miembros de la Junta Administrativa
del Registro Nacional, mediante el acuerdo Nº J392, tomado en la sesión ordinaria
Nº 36-2010, celebrada el 2 de setiembre del 2010, autorizan la solicitud
planteada por la dependencia.
7º—Que por lo anterior, resulta necesario modificar el gasto
presupuestario máximo fijado a la Junta Administrativa
del Registro Nacional para el año 2011, incrementándolo en la suma de
¢218.208.000,00 (doscientos dieciocho millones doscientos ocho mil colones
exactos). Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Modificase para la Junta Administrativa
del Registro Nacional, el gasto presupuestario máximo para el 2011, establecido
en el Decreto Ejecutivo Nº 35821-H, publicado en La Gaceta Nº 55 de 19
de marzo del 2010 y su reformas, quedando el límite de gasto presupuestario
máximo en la suma de ¢17.948.508.000,00 (diecisiete mil novecientos cuarenta y
ocho millones quinientos ocho mil colones exactos), para ese período.
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, a los
veintisiete días del mes de mayo del dos mil once.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Hacienda, Fernando Herrero Acosta.—1 vez.—O. C. Nº 11-0024.—Solicitud Nº
29903.—C-45020.—(D36632-IN2011050948).
DIRECTRIZ-MTSS-020-2011
LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
En
ejercicio de las facultades que les confieren los artículos 11, 140, incisos
3), 8), 18) y 20); 146, 148, 149 inciso 6) y 188 de la Constitución
Política; 11 y 27 de la Ley General de la Administración
Pública; y
Considerando:
1º—Que
es necesario que a lo interno del Ministerio se establezca el mecanismo que
debe seguirse a efectos de que la capacitación externa que se brinda a los y
las usuarios(as) de nuestros servicios responda a criterios unificados en un
programa elaborado bajo un integrado, que asegure una atención oportuna,
coordinada y de calidad.
2º—Que el Plan
Estratégico Institucional 2010-2015 establece como prioridad 13 la integración
de la capacitación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de manera
sistemática. Por tanto:
Emite
la siguiente directriz:
Artículo
1º—Se crea la
Comisión Institucional de Capacitación Externa, en adelante
CICE, conformada por representantes de las siguientes dependencias: un
representante de la
Dirección de Asuntos Jurídicos, quien la coordinará; un
representante de la Dirección Nacional de Inspección, un
representante de la
Dirección de Asuntos Laborales, un representante de la Dirección Nacional
de Seguridad Social y un representante del Despacho.
Artículo 2º—La CICE será la responsable de
diseñar, mantener y perfeccionar un programa coordinado de capacitación
dirigido en especiales a las personas empleadoras y personas trabajadoras, de
modo que se asegure un enfoque integrada y debidamente coordinado en los temas
que abarquen los eventos de capacitación que prioritariamente se decida
impartir.
Artículo
3º—Dicho programa será la base de la planificación y ejecución de las
actividades de capacitación externa que realice el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, y todos los y las funcionarios(as) del Ministerio deberán
ajustar su actividad formativa al mismo.
Transitorio.—El
diseño del programa coordinado de capacitación con enfoque integrado deberá
estar concluido a más tardar el primer semestre del año 2012.
Artículo
4º—Rige a partir del primero de julio del 2011.
Sandra
Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº
10889.—Solicitud Nº 38796.—C-14870.—(D020-IN2011049298).
MTSS-021-2011.—La Ministra de Trabajo y
Seguridad Social, en ejercicio de las facultades que les confieren los artículos
11, 140, incisos 3), 8), 18) y 20); 146, 148, 149 inciso 6) y 188 de la Constitución
Política; 11 y 27 de la Ley General de la Administración
Pública; y
Considerando:
1º—Que
es necesario que a lo interno del Ministerio se establezca el mecanismo que debe
seguirse en la atención de las consultas legislativas acerca de los proyectos
de ley que se tramitan en la Asamblea Legislativa que atañen al campo del
trabajo y la seguridad social, de modo que se asegure el rendir el mejor
criterio técnico posible a partir del concurso de las distintos órganos que
componen esta cartera.
2º—Que debe
existir una base de datos completa y actualizada sobre todos los proyectos de
ley que se mantienen activos en la corriente legislativa relacionados con el
campo del trabajo y la seguridad social así como de los criterios rendidos por
este Ministerio al respecto, de modo que se facilite la consulta oportuna de
los mismos y un monitoreo periódico sobre su estado y avance.
3º—Que el diario
quehacer ministerial se producen situaciones mediante las cuales nuestros
funcionarios se percatan o son advertidos por los usuarios de algunos vacíos,
contradicciones u obsolescencias en las normas de rango legal que rigen la
materia de trabajo y seguridad social, por lo que se hace necesario establecer
un mecanismo que permita canalizar esas situaciones detectadas, a fin de
valorar si ameritan o no una solución que debe ser instrumentada mediante un
proyecto de ley. Por tanto,
Emite
la siguiente directriz:
Artículo
1º—Las consultas que realicen los distintos órganos de la Asamblea Legislativa
acerca de los proyectos de ley en trámite así como sobre aspectos jurídicos
relativos a la competencia de este Ministerio, serán remitidos a la Dirección de
Asuntos Jurídicos para que esa Dirección se encargue de coordinar-con las
dependencias ministeriales del caso, a efectos de rendir un criterio experto y
oportuno, el cual será puesto en conocimiento de este Despacho ministerial con
el fin de su valoración y remisión al Poder Legislativo.
Artículo 2º—La Dirección de
Asuntos Jurídicos dispondrá las medidas administrativas correspondientes a fin
de elaborar y mantener al día una base de datos que contendrá un inventario
actualizado de todos los proyectos de ley que tramite la Asamblea Legislativa,
que además del texto de cada proyecto de ley, contendrá la referencia y texto
del criterio que el Ministerio ha rendido sobre el mismo, salvo cuando dicho
criterio no existe, en cuyo caso se dejará constancia de ello en la base de
datos y se informará a este Despacho a los fines de valorar la oportunidad, el
mérito y la conveniencia de pronunciarnos al respecto. Dicha base de datos
estará a la disposición de este Despacho y de las demás dependencias del
ministerio.
Artículo
3º—Todos los órganos y dependencias de esta cartera ministerial deberán prestar
la colaboración oportuna del caso a fin de atender las consultas sobre los
proyectos de ley, para lo cual la Dirección de Asuntos Jurídicos coordinará lo
pertinente.
Artículo
4º—Aquellos funcionarios que en el ejercicio de su cargo identifiquen lagunas o
contradicciones en las normas aplicables, o bien disposiciones obsoletas u
abusivas que ameriten ser corregidas y/o llenadas, lo comunicarán a su
respectiva jefatura inmediata, de modo que se verifique la existencia o no de
dicha situación, y de ser necesario, la transmitirán formalmente a la Dirección de
Asuntos Jurídicos, con el fin de que las mismas sean registradas y estudiadas
formalmente, para que el Despacho ministerial tome las decisiones del caso.
Transitorio.—La base de datos deberá
estar elaborada a más tardar el 31 de agosto del 2011.
Artículo
4º—Rige a partir del primero de junio del 2011.
Sandra
Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº
10889.—Solicitud Nº 38795.—C-23870.—(IN2011049301).
Nº 229-PE
LA PRESIDENTA DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
En
ejercicio de sus atribuciones Constitucionales, previstas en los artículos 140,
inciso 20 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Integrar en la
Comitiva Oficial que acompañará a la Señora Presidenta
de la República,
Laura Chinchilla Miranda, en su viaje a Ciudad de Guatemala, del 22 al 23 de
junio del 2011, para asistir a la “Primera Conferencia Internacional de Apoyo a
la Estrategia
de Seguridad de Centroamérica”, a las siguientes personas:
• Sra. Irene Pacheco Alfaro,
Asesora y Asistente Personal de la Presidenta de la República.
• Sr. Mauricio
Boraschi Hernández, Viceministro de la Presidencia, en Asuntos de Seguridad.
• Sra. Silvia
Escalante Herrera, Directora de Protocolo.
• Sra. Emma
Lizano Tracy, Directora de Prensa.
• Sr. Ludwig
Sibaja Mora, Subdirector de Protocolo.
• Sr. Luis
Herrera Montoya, camarógrafo.
• Sr. Rigoberto
González Badilla, Encargado de redes sociales y Asistente de punto net.
• Srita.
Marianella Montoya Navarro, Oficial de Protocolo.
Artículo
2º—En el caso de las señoras Escalante Herrera, Lizano Tracy, Navarro Montoya y
de los señores González Badilla y Herrera Montoya viajarán en calidad de
avanzada a partir del 20 de junio del 2011. Los demás miembros de la Comitiva viajarán del 22
de junio y hasta el 23 de junio del 2011.
Artículo 3º—Rige
a partir del 20 de junio y hasta el 23 de junio del 2011.
Dado
en la Presidencia
de la República.—San
José, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil once.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1
vez.—O. C. Nº 10971.—Solicitud Nº 029.—C-16220.—(IN2011050116).
Nº
294-P
LA PRESIDENTA DE LA
REPÚBLICA
Con
fundamento en el artículo 139, inciso 2) de la Constitución
Política, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2011, Ley N° 8908 y el artículo 34 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General
de la República.
ACUERDA:
Artículo
1º—Asistir a Ciudad de Guatemala, República de Guatemala, para participar en la
“Primera Conferencia Internacional de Apoyo a la Estrategia de Seguridad
de Centroamérica”. La salida de la señora Chinchilla Miranda será el 22 de
junio y el regreso estará previsto para el 23 de junio del 2011.
Artículo 2º—Los
gastos por concepto de viáticos, gastos de representación, impuestos,
transporte, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en la ciudad
visitada, llamadas oficiales internaciones, fax y el servicio de Internet, se
le cancelarán del Título 201-Presidencia de la República,
Programa 021-Administración Superior, Subpartida 10504- Viáticos al Exterior.
Artículo 3º—Se
otorga la suma adelantada de ¢83.243,42 por concepto de viáticos y ¢306.042,00
para Gastos de Representación sujetos a liquidación.
Artículo 4º—Rige
a partir de las 8:05 horas del día 22 de junio del 2011 y hasta las 9:35 horas
de día 23 de junio del 2011.
Dado
en la Presidencia
de la República.—San
José, a los veinte días del mes de junio del año dos mil once.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 10970.—Solicitud Nº 026.—C-13520.—(IN2011050123).
Nº
295-P
LA PRESIDENTA DE LA
REPÚBLICA
En
uso de las atribuciones constitucionales, señaladas en el artículo 135 de la Constitución
Política de la República.
Considerando:
Único.—Con
motivo de viajar a Ciudad de Guatemala, para participar en la “Primera
Conferencia Internacional de Apoyo a la Estrategia de Seguridad de Centroamérica”. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Llamar al Ejercicio de la
Presidencia de la República al Primer Vicepresidente, Señor Alfio
Piva Mesen.
Artículo 2º—Rige
desde las 8:05 horas del 22 de junio y hasta las 9:35 horas del 23 de junio del
2011.
Dado
en la Presidencia
de la República.—San
José, a los veinte días del mes de junio del año dos mil once.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 10970.—Solicitud Nº
026.—C-13520.—(IN2011050124).
Nº
296-P
LA PRESIDENTA DE LA
REPÚBLICA
Con fundamento en la Constitución
Política, artículo 139, y la Ley N° 6227, Ley General de la Administración
Pública, artículo 47 inciso 3) del 2 de mayo de 1978, y el
Capítulo IV del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos, publicado en La
Gaceta N° 237 del 07 de diciembre del 2009.
Considerando:
1º—Que
resulta necesaria la participación de la señora Gloria Abraham Peralta, en la
reunión ordinaria del Consejo Directivo del Programa Iberoamericano de
Cooperación en Gestión Territorial-Proterritorios- a realizarse el 21 y 22 de
junio del 2011 en la Ciudad
de Madrid, España. Así mismo se requiere su presencia en la Alianza Global de
Investigación Ministerial de la
Cumbre, para la firma de la Carta de Roma, a realizarse en la Ciudad de Roma, Italia el
día 24 de junio del 2011 y en la
Conferencia del 37° Período de Sesiones de la Organización
de las Naciones Unidas para la
Agricultura y la Alimentación, a realizarse en la ciudad de Roma,
Italia, del 25 de junio del 2011 al 01 de julio del 2011.
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar a la señora Gloria Abraham Peralta, portadora de la cédula de
identidad número 1-416-056, Ministra de Agricultura y Ganadería, para que
participe en la reunión ordinaria del Consejo Directivo del Programa
Iberoamericano de Cooperación en Gestión Territorial-Proterritorios- a
realizarse el 21 y 22 de junio del 2011 en la Ciudad de Madrid, España, así como en la Alianza Global de
Investigación Ministerial de la
Cumbre, para la firma de la Carta de Roma, a realizarse en la Ciudad de Roma, Italia el
día 24 de junio del 2011 y en la
Conferencia del 37° Período de Sesiones de la Organización
de las Naciones Unidas para la
Agricultura y la Alimentación, a realizarse en la ciudad de Roma,
Italia, del 25 de junio del 2011 al 1 de julio del 2011.
Artículo 2º—Los
gastos correspondientes al viaje a Madrid, España serán sufragados por parte
del Programa Iberoamericano de Cooperación en Gestión
Territorial-Proterritorios-, y los gastos de viaje y estadía en la Ciudad de Roma, Italia
correrán por cuenta del Ministerio de Agricultura y Ganadería, de conformidad
con lo dispuesto en el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para
Funcionarios Públicos.
Artículo 3º—Se
nombra Ministra a. í. a la señora Xinia Chaves Quirós, con cédula de identidad
N° l-468-752, de las diecisiete horas con cinco minutos del 19 de junio del
2011 y hasta las quince horas con cinco minutos del 01 de julio del 2011.
Artículo 4º—Rige
a partir de las diecisiete horas con cinco minutos del 19 de junio del 2011 y
hasta las quince horas con cinco minutos del 01 de julio del 2011.
Dado
en la Presidencia
de la República
a los catorce días del mes de junio del dos mil once.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 11660.—Solicitud Nº
40223.—C-20720.—(IN2011050126).
Nº
298-P
LA PRESIDENTA DE LA
REPÚBLICA
En
uso de las facultades que le confiere el artículo 47 de la Ley General de la Administración
Pública.
ACUERDA:
Artículo
1º—Nombrar al señor Keilor Rojas Jiménez, con cédula de identidad número
dos-quinientos catorce-novecientos cuarenta y cuatro, como Viceministro de
Ciencia y Tecnología.
Artículo 2º—Este
acuerdo rige a partir del veintiuno de junio del dos mil once.
Dado
en la Presidencia
de la República.—San
José, a los veintiún días del mes de junio del año dos mil once.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 11180.—Solicitud Nº 33345.—C-8120.—(IN2011050121).
Nº 299-P
LA PRESIDENTA DE LA
REPÚBLICA
En
uso de las facultades que le confiere el artículo 139 de la Constitución
Política y de conformidad con el artículo 7 inciso f) de la Ley N° 8725 Aprobación del
Contrato de Préstamo N° 7498-CR y sus anexos, entre el Gobierno de la República de
Costa Rica y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF).
ACUERDA:
Artículo
1°—Designar al Ministro de la
Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez, cédula de
identidad N° 6-248-942, para que integre la Comisión de Coordinación Institucional para el
Proyecto Limón Ciudad Puerto.
Artículo 2°—Rige
a partir del doce de mayo del 2011.
Dado
en la Presidencia
de la República,
el 12 de mayo del dos mil once.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 10970.—Solicitud Nº
029.—C-8120.—(IN2011050119).
Nº 029
Martha Monge Marín
Secretaria del Consejo de Gobierno
Con
fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración
Pública, comunica:
Que
el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo tercero del
Acta de la sesión ordinaria número cincuenta y seis, celebrada el siete de
junio del dos mil once, tomó el acuerdo que literalmente dice: “1. Cesar a la
señora Adriana Prado Castro, cédula 1-381-537, del cargo de Embajadora
Extraordinaria y Plenipotenciaria de Costa Rica ante el Gobierno de la República de El
Salvador, a partir del 14 de junio del 2011. 2. Nombrar a la señora Adriana
Prado Castro, cédula 1-381-537, en el cargo de Embajadora Extraordinaria y
Plenipotenciaria de Costa Rica ante el Gobierno de la República de
Nicaragua, a partir del 15 de junio del 2011 y hasta el 30 de mayo del 2014. Se
adjunta copia del respectivo beneplácito. Acuerdo declarado firme por unanimidad.”
Martha
Monge Marín, Secretaria de Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. Nº
10970.—Solicitud Nº 024.—C-13520.—(IN2011050129).
Nº 224-PE
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con
fundamento en el artículo 141 de la Constitución
Política; lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del año 2011, Ley N° 8908, el artículo 34 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General
de la República,
y el artículo 28 de la Ley
6227, Ley General de la Administración Pública.
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al funcionario Rigoberto González Badilla, portador de la cédula de
identidad número 01-1314-0813, Gestor de contenido Web y Redes Sociales, para
que viaje en avanzada a Ciudad de Guatemala del 20 al 21 de junio del 2011 y
del 22 al 23 de junio acompañando en su Comitiva de Viaje Oficial a la señora
Presidenta de la
República, quien asistirá a la “Primera Conferencia
Internacional de Apoyo a la
Estrategia de Seguridad de Centroamérica”, y realice las
transmisiones en vivo a través de la página de Internet sobre los encuentros y
las ponencias dadas dentro de la reunión, así como los encuentros que mantenga la Señora Presidenta.
La salida del señor González Badilla será el 20 de junio y su regreso estará
previsto para el 23 de junio del 2011.
Artículo 2º—Los
gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis
aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado, llamadas oficiales
internacionales, fax y servicio de Internet se cancelarán del Título
202-Ministerio de la
Presidencia, Programa 034-Administración Superior, Subpartida
10503-Transporte al Exterior, 10504-Viáticos al Exterior.
Artículo 3º—El
funcionario cede las millas otorgadas al Ministerio de la Presidencia en cada
uno de los viajes realizados al exterior.
Artículo 4º—Se
otorga la suma adelantada de ¢221.982,46 por concepto de viáticos sujetos a liquidación.
Artículo 5º—Rige
a partir del 20 y hasta el 23 de junio del 2011.
Dado
en la Presidencia
de la República.—San
José, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil once.
Carlos
Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—O.
C. Nº 10971.—Solicitud Nº 028.—C-11720.—(IN2011050113).
Nº 230-PE
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con
fundamento en el artículo 28 párrafo 1 y 2 inciso a) de la Ley 6227, Ley General de la
Administración Pública.
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al señor Mauricio Boraschi Hernández, cédula de identidad número
1-789-060, Viceministro de la
Presidencia en Asuntos de Seguridad, para que viaje a
Guatemala del 21 al 24 de junio acompañando en su Comitiva de Viaje Oficial a
la señora Presidenta de la
República, quien asistirá a la “Primera Conferencia
Internacional de Apoyo a la
Estrategia de Seguridad de Centroamérica”. La salida del
señor Boraschi Hernández será el 21 de junio y su regreso estará previsto para
el 24 de junio del presente año.
Artículo 2º—Los
gastos por concepto de viáticos, transporte e impuestos serán cubiertos por el
Sistema de Integración Económica.
Artículo 3º—Rige
a partir del 21 y hasta el 23 de junio del 2011.
Dado
en la Presidencia
de la República.—San
José, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil once.
Carlos
Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de la Presidencia.—1
vez.—O. C. Nº 10971.—Solicitud Nº 028.—C-11720.—(IN2011050115).
Nº 297-P
LA PRESIDENTA DE LA
REPÚBLICA
Con
fundamento en el artículo 47 de la Ley General de la Administración
Pública, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2011, Ley Nº 8908 y el artículo 34 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General
de la República.
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Carlos Ricardo Benavides Jiménez, portador de la cédula
de identidad número 6-248-942, Ministro de la Presidencia para que
viaje a Colombia y asista a la reunión de seguimiento y coordinación con
representantes de la
Empresa AVIANCA. La salida del señor Benavides Jiménez será
el 23 de junio y su regreso estará previsto para el 26 de junio del 2011.
Artículo 2º—Los
gastos por concepto de viáticos, gastos de representación, impuestos, servicio
de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado, llamadas oficiales
internacionales, faxes, fotocopias, impresiones y el servicio de Internet, se
le cancelarán del Título 202- Ministerio de la Presidencia, Programa
034- Administración Superior, Subpartida 10504- Viáticos al Exterior.
Artículo 3º—Se
otorga la suma adelantada de ¢506.138,24 por concepto de viáticos y ¢255.110.00
para gastos de representación, sujetos a liquidación.
Artículo 4º—En
tanto dure la ausencia del señor Ministro, se nombra Ministro a. í. al señor
Francisco Marín Monge, Viceministro de la Presidencia en Asuntos
Políticos.
Artículo 5º—Rige
a partir de las 10:45 horas del 23 de junio y hasta las 16:44 horas del 26 de
junio del 2011.
Dado
en la Presidencia
de la República.—San
José, a los veinte días del mes de junio del año dos mil once.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 10971.—Solicitud Nº
025.—C-16220.—(IN2011050127).
N°
258-2011 MSP
EL
MINISTRO DE GOBERNACIÓN, POLICÍA
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas
por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración
Pública, artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que se ha recibido cordial invitación para
que varios funcionarios de este Ministerio asistan a la actividad denominada
“Seminario Lucha contra el Tráfico de seres humanos y la explotación de
menores”, a realizarse en Oaxaca, México, del 27 de junio al 01 de julio de
2011 (incluye salida y regreso de los participantes).
2º—Que el objetivo del viaje es apoyar a las autoridades de los países
del continente americano en la adaptación, definición e implementación de
estrategias, a favor de la lucha contra la trata de persona.
3º—Que dado el objetivo del viaje, es de interés para este Ministerio
contar con varios funcionarios en dicho Seminario. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Rafael Araya
Cordero, cédula 1-531-696, Marisol Flores Chavarría, cédula 2-416-506, para que
asistan a la actividad denominada “Seminario Lucha contra el Tráfico de seres
humanos y la explotación de menores”, por realizarse en Oaxaca, México, del 27
de junio al 01 de julio de 2011 (incluye salida y regreso de los participantes).
Artículo 2º—La Policía Federal de México cubrirá los gastos de
hospedaje, alimentación y transporte interno. El Ministerio de Seguridad
Pública mediante la subpartida 1.05.03 Transporte al exterior, solventará el
gasto de los tiquetes aéreos.
Artículo 3º—Que durante los días del 27 de junio al 01 de julio de
2011, en que se autoriza la participación de los funcionarios en dicho
Seminario, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 27 de junio al 01 de julio de 2011.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad
Pública, a los siete días del mes de junio del dos mil once.
Lic. Mario Zamora Cordero, Ministro de
Gobernación, Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. 10912.—Solicitud Nº
31045.—C-14340.—(IN2011050059).
N°
264-2011 MSP
EL
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas
por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración
Pública, artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que mediante Acuerdo N° 253-2011 MSP, del
primer día del mes de junio del dos mil once, se autorizó al señor Limberth
Garita Vargas, cédula 2-545-112, para asistir a la actividad denominada “Curso
de Capacitación Profesional para Suboficiales” en Fort Benning, Georgia,
Estados Unidos de América, del 12 de junio al 04 de agosto de 2011 (incluye
salida y regreso del participante).
2º—Que de conformidad con el oficio N° DCD-1970-2011-SB de fecha 14 de
junio de 2011, suscrito por la
Lic. Patricia Herrera Madrigal, Sección de Becas,
Departamento de Capacitación y Desarrollo, Dirección de Recursos Humanos,
solicita modificar el Acuerdo N° 253-2011 MSP, en lo conducente a los artículos
1, 3 y 4, para que se lea según se dirá. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Modifíquese los artículos 1, 3 y
4 del Acuerdo N° 253-2011 MSP, del primer día de junio de dos mil once, para
que en donde dice: “del 12 de junio al 04 de agosto de 2011”, se lea correctamente
“del 20 de junio al 04 de agosto de 2011”.
Artículo 2º—Todos los demás aspectos autorizados en el Acuerdo N°
253-2011 MSP, se mantienen incólume.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad
Pública, a los dieciséis días del mes de junio del dos mil once.
Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación
y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O.C. Nº 10912.—Solicitud Nº
31045.—C-12550.—(IN2011050061).
N°
027-MOPT
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Considerando:
1º—Que en La Gaceta N° 31 del
15 de febrero del 2010 se publicó el Acuerdo de Expropiación N° 019-MOPT de
fecha 27 de enero del 2010, referente a diligencias de expropiación, en
relación con inmueble inscrito al sistema de folio real matrícula número
317266-001-002, propiedad de José Vindas Badilla, cédula N° 5-215-767 y María
Isabel Montero Quesada, cédula N° 2-255-742, situado en el distrito 06 Río
Cuarto, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela, un área total en
conjunto de 8.023,00
metros cuadrados, según plano catastrado N°
1309319-2008, cuya naturaleza es terreno para la agricultura, Asentamiento
Monte Lirio parcela 46. Siendo necesaria su adquisición para la construcción
del proyecto denominado: “Bajos de Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”.
2º—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 párrafo
segundo de la Ley
de Expropiaciones N° 7495 del 03 de mayo de 1993 y sus reformas, se procedió a
actualizar el Avalúo Administrativo N° 2009-057 del 24 de marzo del 2009,
consignado en el Acuerdo de Expropiación N° 019-MOPT de fecha 27 de enero del
2010. Debido a dicha actualización se emitió el Avalúo Administrativo N°
2010-041 de fecha 07 de diciembre del 2010 del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, en el cual se determinó que el valor del bien inmueble corresponde
a la suma de ¢26.087.586,80 (Veintiséis millones ochenta y siete mil quinientos
ochenta y seis colones con ochenta céntimos), el cual fue comunicado a los
propietarios, mediante Oficio N° DABI 2010-1261 del 09 de diciembre del 2010
del Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles.
3º—Que al haberse actualizado el avalúo de conformidad con lo indicado
en el Considerando anterior, procede la modificación del Acuerdo de
Expropiación N° 019-MOPT de fecha 27 de enero del 2010.
4º—Que en razón de todo lo anterior, se procede a emitir el presente
Acuerdo, determinándose: Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1º—Modificar el artículo 3) del
Acuerdo de Expropiación N° 019-MOPT de fecha 27 de enero del 2010, publicado en
La Gaceta N°
31 del 15 de febrero del 2010, por cuanto el Avalúo Administrativo N° 2009-057
del 24 de marzo del 2009, fue actualizado mediante el Avalúo Administrativo N°
2010-041 de fecha 07 de diciembre del 2010, ambos realizados por el
Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras
Públicas y Transportes, estimándose el valor del inmueble que nos ocupa, en la
suma ¢26.087.586,80 (Veintiséis millones ochenta y siete mil quinientos ochenta
y seis colones con ochenta céntimos).
Artículo 2º—En lo restante se mantiene vigente el referido Acuerdo de
Expropiación N° 019-MOPT de fecha 27 de enero del 2010, publicado en La Gaceta N° 31 del
15 de febrero del 2010.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, a las dieciséis horas y quince minutos del día veintiocho del mes de
marzo del dos mil once.
Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El
Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C.
103618.—Solicitud Nº 34418.—C-27765.—(IN2011049789).
Nº 000387.—San José, a las quince horas y
cincuenta minutos del día veinticinco del mes de mayo del dos mil once.
Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional
de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del
proyecto denominado “Bajos de Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”.
Resultando:
1º—Mediante oficio N° DABI 2011-0454 de 04 de
mayo del 2011, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles
de la
Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo
correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el
mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495
del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el
Registro Público de la
Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número
191052-000, cuya naturaleza es terreno de repasto, pastos y montaña, situado en
el distrito 04 Aguas Zarcas, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela,
con una medida de 2.150.836,00 metros cuadrados, y cuyos linderos
de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: Norte con
calle pública con un frente a ella de 941,91 metros, al Sur
con Quebrada en medio Gerardo Barrantes Mena, Macario Mena Solís, Ronald Olger
y Keinor Mena Torres, al Este con calle pública con un frente a ella de 1.897,58 metros y
al oeste con Huang Boyan, Paulino Requenes Pericos.
2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de
terreno equivalente a 16.084,00 metros cuadrados,
y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de repasto,
pastos y montaña, situado en el distrito 04 Aguas Zarcas, cantón 10 San Carlos
de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N°
A-1438261-2010. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del
proyecto denominado “Bajos de Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”.
3º—Constan en el expediente administrativo número 28.591 a que se refiere
este acto resolutivo, los siguientes documentos:
a) Plano
Catastrado N° A-1438261-2010, mediante el cual se establece que para los
efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total
de 16.084,00
metros cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble;
c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y
características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere
obtener, y los bienes a valorar;
4º—En razón de lo anterior y por constituir
de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble
para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente
administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las disposiciones
contenidas en la Ley
de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, N° 4786 del 5 de
julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado
para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su
competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en
todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción
a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con
Servicios Públicos, N° 7762 del 14 de abril de 1998.
La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de
1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso
en que la Administración Pública requiera, para el
cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder
a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público
el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento
provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.
En ese sentido la Procuraduría General de la República por
medio de Pronunciamiento N° C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante,
definió la actuación administrativa que resulta procedente.
De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo,
en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución
Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración
Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos
Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar
de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:
a) Inscripción
al Registro Público de la
Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número
191052-000.
b) Naturaleza: terreno de repasto, pastos y montaña.
c) Ubicación: Situado en el distrito 04 Aguas Zarcas, cantón 10 San
Carlos, de la provincia de Álajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado
N° A-1438261-2010.
d) Propiedad: Parcelas Rurales El Campo S. A., cédula jurídica N°
3-101-041549, representada por Rodolfo Barrantes Rodríguez, cédula N°
2-201-666.
e) De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 16.084,00 metros cuadrados,
para la construcción del proyecto denominado “Bajos de Chilamate-Los Chiles de
Aguas Zarcas”, según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo establecido por el
artículo 20 de la Ley
de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional
en el Registro Público de la
Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la
construcción del proyecto en referencia.
Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con
la tramitación del procedimiento que corresponda, con Sujeción a los plazos
establecidos por la Ley N°
7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto:
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:
1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble
inscrito al Registro Público de la
Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número
191052-000, situado en el distrito 04 Aguas Zarcas, cantón 10 San Carlos, de la
provincia de Alajuela y propiedad de Parcelas Rurales El Campo S. A., cédula
jurídica N° 3-101-041549, representada por Rodolfo Barrantes Rodríguez, cédula
N° 2201-666, con una área total de 16.084,00 metros cuadrados,
y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el Plano
Catastrado N° A-1438261-2010, necesaria para la construcción del proyecto
denominado “Bajos de Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”.
2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro
Público de la Propiedad,
del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria
para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley N° 7495 y sus reformas.
3º—Proceden las dependencias administrativas competentes a continuar
con el procedimiento para la adquisición de dicha área de terreno, con especial
observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus
reformas.
Notifíquese y Publíquese.—LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1
vez.—O. C. 103618.—Solicitud Nº 34418.—C-50590.—(IN2011049791).
Nº 000388.—San José, a
las quince horas y cincuenta y tres minutos del día veinticinco del mes de mayo
del dos mil once.
Conoce este despacho diligencias de modificación de la declaratoria de
“interés o utilidad pública”, contenida en la Resolución
Administrativa N° 556 del 23 de junio del 2010, publicada en La Gaceta N° 148 del
30 de julio del 2010.
Resultando:
1º—Que en La Gaceta N° 148 del
30 de julio del 2010, se publicó la Resolución
Administrativa N° 556 del 23 de junio del 2010.
2º—Que mediante la citada Resolución Administrativa, el Ministerio de
Obras Públicas y Transportes determinó conforme las disposiciones de la Ley de Expropiaciones N° 7495
del 03 de mayo de 1995, y sus reformas “declarar de utilidad pública” y
adquirir e! inmueble propiedad de Yariela Ulate Ávila, cédula N° 6-349-134,
inscrito al Registro Público de la
Propiedad al Sistema Folio Real matrícula número 162269-000,
ubicado en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre de la provincia de
Puntarenas, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera
Sur, Sección Savegre-Dominical”.
3º—Que mediante la Resolución N° 556 del 23 de junio del 2010,
citada en el resultando primero, se pretendía adquirir un área de 124,00 metros cuadrados,
según plano catastrado N° P-1417584-2010. No obstante, dicha área a adquirir
aumentó a 264,00
metros cuadrados según Plano Catastrado N°
P-1486748-2011. Lo anterior, según información brindada en el Oficio N° UE
2011-196 del 02 de mayo del 2011, suscrito por el Ingeniero Enrique Sánchez
Marín, Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Costanera, por lo que es
necesario proceder a la modificación de la declaratoria de interés público
contenida en la
Resolución N° 556 del 23 de junio del 2010, publicada en La Gaceta N° 148 del
30 de julio del 2010.
Considerando:
Único.—Vistos los antecedentes que constan en
el Expediente Administrativo N° 28.575, que al efecto lleva el Departamento de
Adquisición de Bienes inmuebles del Ministerio de Obras Públicas y Transportes,
tenemos que según información brindada por el Ingeniero Enrique Sánchez Marín,
Director Ejecutivo de la
Unidad Ejecutora Costanera, es necesario adquirir un área de 264,00 metros cuadrados,
según el plano catastrado N° P-1486748-2011, para la ejecución del proyecto:
“Costanera Sur. Sección Savegre-Dominical”. En razón de lo anterior, y de
conformidad con el artículo 157 de la Ley General de la Administración
Pública, que establece que en cualquier tiempo podrá la Administración
rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos, procede la
modificación de la declaratoria de interés público, contenida en la Resolución Nº
556 del 23 de junio del 2010, publicada en La Gaceta N° 148 del
30 de julio del 2010. Por tanto,
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,
RESUELVEN:
1º—Modificar la declaratoria de “interés o
utilidad pública”, contenida en la Resolución
Administrativa N° 556 del 23 de junio del 2010, publicada en La Gaceta N° 148 del
30 de julio del 2010.
a) El
área a adquirir es de 264,00 metros cuadrados, de conformidad con lo
indicado en el Plano Catastrado Nº P-1486748-2011, para la ejecución del
proyecto de obra pública denominado: “Costanera Sur, Sección
Savegre-Dominical”.
b) Plano Catastrado Nº P-1486748-2011.
2º—En lo restante se mantiene vigente la
referida Resolución Administrativa N° 556 del 23 de junio del 2010, publicada
en La Gaceta N°
148 del 30 de julio del 2010.
3º—Rige a partir de su publicación.
Notifíquese y publíquese.—LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1
vez.—O. C. Nº 001-2011.—Solicitud Nº 31416.—C-47590.—(IN2011049761).
Nº 000225.—San José, a
las trece horas y veintitrés minutos del día cinco del mes de abril del dos mil
once.
Conoce este despacho diligencias de modificación de la declaratoria de
“interés o utilidad pública”, contenida en la Resolución
Administrativa N° 157 del 02 de marzo del 2009, publicada en La Gaceta N° 60 del
26 de marzo del 2009.
Resultando:
1º—Que en La Gaceta N° 60 del
26 de marzo del 2009, se publicó la Resolución
Administrativa N° 157 del 02 de marzo del 2009.
2º—Que mediante la citada Resolución Administrativa, el Ministerio de
Obras Públicas y Transportes determinó conforme las disposiciones de la Ley de Expropiaciones N° 7495
del 03 de mayo de 1995, y sus reformas “declarar de utilidad pública” y
adquirir el inmueble propiedad de Bernabé Padilla Arias, cédula N° 9-030-484,
inscrito al Registro Público de la
Propiedad al Sistema Folio Real Matrícula Número 132184-000,
ubicado en el Distrito 02 La
Virgen, cantón 10 Sarapiquí de la provincia de Heredia,
necesaria para la construcción del proyecto denominado: “Bajos de Chilamate-Los
Chiles de Aguas Zarcas”.
3º—Que en la
Resolución N° 157 del 02 de marzo del 2009, citada en el
resultando primero, se consignó que el inmueble a adquirir se encontraba
inscrito ante el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula N°
132184-000. No obstante, actualmente la finca se encuentra inscrita ante el
Registro Público de la
Propiedad bajo la matrícula número 132184-B-000, a nombre de Bernabé
Padilla Arias, cédula N° 9-030-484. Asimismo, en la citada resolución se
consignó el plano catastrado N° H-1312957-2008, mismo que fue sustituido por el
plano N° H-1463237-2010, por cuanto fue necesario modificar el número de Folio
Real indicado en el plano catastrado original antes dicho. En razón de lo
anterior, es necesario proceder a la modificación de la declaratoria de interés
público contenida en la
Resolución N° 157 del 02 de marzo del 2009, publicada en La Gaceta N° 60 del
26 de marzo del 2009.
Considerando:
Único.—Vistos los antecedentes que constan en
el Expediente Administrativo N° 28.363, que al efecto lleva el Departamento de
Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras Públicas y Transportes,
tenemos que la propiedad que requiere el Estado para la ejecución del proyecto
de obra pública denominado: “Bajos de Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”, se
encuentra actualmente inscrita bajo el Folio Real matrícula número 132184-B-000, a nombre de Bernabé
Padilla Arias, cédula N° 9-030-484, por lo que es necesario modificar no solo
las citas de inscripción del inmueble a expropiar, sino también el documento
catastral consignado en la resolución administrativa N° 157 del 02 de marzo del
2009, mediante la cual se declara de utilidad pública el inmueble propiedad del
señor Padilla Arias.
En razón de lo anterior, y siendo que la Administración
requiere de dicho inmueble para la ejecución del citado proyecto, es necesario
proceder a la modificación de la declaratoria de interés público, contenida en la Resolución N°
157 del 02 de marzo del 2009, publicada en La Gaceta N° 60 del
26 de marzo del 2009. Por tanto;
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS
Y TRANSPORTES,
RESUELVEN:
1º—Modificar la declaratoria de “interés o
utilidad pública”, contenida en la Resolución
Administrativa N° 157 del 02 de marzo del 2009, publicada en La Gaceta N° 60 del
26 de marzo del 2009, de la siguiente manera:
a) El
inmueble a adquirir se encuentra inscrito ante el Registro Público de la Propiedad al Sistema de
Folio Real matrícula número 132184-B-000, a nombre de Bernabé Padilla Arias, cédula
N° 9-030-484, inmueble necesario para la ejecución del proyecto de obra pública
denominado: “Bajos de Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”.
b) El Plano Catastrado N° H-1463237-2010.
2º—En lo restante se mantiene vigente la
referida Resolución Administrativa N° 157 del 02 de marzo del 2009, publicada
en La Gaceta N°
60 del 26 de marzo del 2009.
3º—Rige a partir de su publicación.
Notifíquese y publíquese.—LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1
vez.—O.C. 103618.—Solicitud Nº 34418.—C-31345.—(IN2011049790).
Nº 000389.—San José, a
las quince horas y cincuenta y seis minutos del día veinticinco del mes de mayo
del dos mil once.
Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento
provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción
del proyecto denominado “Bajos de Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”.
Resultando:
1º—Mediante oficio N° DABI 2011-0455 de 05 de
mayo del 2011, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles
de la
Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo
correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el
mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495
del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el
Registro Público de la
Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número
473002-001-002, cuya naturaleza es terreno de solar, piña y tacotal, situado en
el distrito 06 Río Cuarto, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela, con
una medida de 13.015,00 metros cuadrados, y cuyos linderos de
la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte,
con Rafael Solís Carvajal, al sur, con Eladio Arce Álvarez, al este, con
Quebrada sin nombre y al oeste, con Isabel Arce Álvarez y servidumbre agrícola.
2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de
terreno equivalente a 392,00 metros cuadrados, y que presenta las siguientes
características: Naturaleza: terreno de solar, piña y tacotal, situado en el
distrito 06 Río Cuarto, cantón 03 Grecia de la provincia de Alajuela. Linderos,
lo indicado en el plano catastrado N° A-1474594-11. Siendo necesaria su
adquisición para la construcción del proyecto denominado “Bajos de
Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”.
3º—Constan en el expediente administrativo número 28.592 a que se refiere
este acto resolutivo, los siguientes documentos:
a) Plano
Catastrado N° A-1474594-11, mediante el cual se establece que para los efectos
del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 392,00 metros cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble;
c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y características
del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes
a valorar;
4º—En razón de lo anterior y por constituir
de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble
para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente
administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las disposiciones
contenidas en la Ley
de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, N° 4786 del 5 de
julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado
para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su
competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en
todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción
a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con
Servicios Públicos, N° 7762 del 14 de abril de 1998.
La Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de
1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso
en que la Administración Pública requiera, para el
cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder
a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público
el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento
provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.
En ese sentido la Procuraduría General de la República por
medio de Pronunciamiento N° C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante,
definió la actuación administrativa que resulta procedente.
De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo,
en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución
Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración
Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos
Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar
de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:
a) Inscripción
al Registro Público de la
Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número
473002-001-002.
b) Naturaleza: terreno de solar, piña y tacotal.
c) Ubicación: Situado en el distrito 06 Río Cuarto, cantón 03 Grecia,
de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N°
A-1474594-11.
d) Propiedad: Rafael Solís Carvajal, cédula N° 2-307-400 y Odilie
Bermúdez Jiménez, cédula N° 5-186-876.
e) De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 392,00 metros cuadrados,
para la construcción del proyecto denominado “Bajos de Chilamate-Los Chiles de
Aguas Zarcas”, según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo establecido por el
artículo 20 de la Ley
de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional
en el Registro Público de la
Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la
construcción del proyecto en referencia.
Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con
la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos
establecidos por la Ley N°
7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto:
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES,
RESUELVEN:
1º—Declarar de interés público, respecto al
inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de
Folio real matrícula número 473002-001-002, situado en el distrito 06 Río
Cuarto, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela y propiedad de Rafael
Solís Carvajal, cédula N° 2-307-400 y Odilie Bermúdez Jiménez, cédula N°
5-186-876, con una área total de 392,00 metros cuadrados,
y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el Plano
Catastrado N° A-1474594-11, necesaria para la construcción del proyecto
denominado “ Bajos de Chilamate-Los Chiles de Aguas Zarcas”.
2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro
Público de la Propiedad,
del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como
necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo
prescrito por la Ley N°
7495 y sus reformas.
3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar
con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de
terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a
lo prescrito por la Ley
de Expropiaciones y sus reformas.
Notifíquese y publíquese.—LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco J. Jiménez.—1
vez.—O.C. 103618.—Solicitud Nº 34418.—C-59985.—(IN2011049792).
Res. Nº 502-MOPT.—San
José, a las 15:05 horas del día 20 del mes de junio del dos mil once.
Conoce este despacho, creación del Equipo de Apoyo para coadyuvar con la Unidad Ejecutora
del Proyecto Bajos de Chilamate-Vuelta Kopper.
Resultando:
1º—Que mediante la Ley N° 8844, publicada en el
Diario Oficial La Gaceta
N° 172 del 03 de setiembre de 2010, la Asamblea Legislativa
aprobó el Contrato de Préstamo y su Addendum, suscrito entre la República de
Costa Rica y la
Corporación andina de Fomento (CAF) para financiar el
Proyecto Bajos de Chilamate-Vuelta Kopper.
2º—Que para la coordinación y administración técnica-financiera del
Proyecto, la Ley
8844 dispuso que “El MOPT creará una Unidad Ejecutora para su Coordinación y
Administración Técnica-Financiera del Proyecto Bajos de Chilamate-Vuelta
Kopper, que se ubicará en el Nivel Superior de su Estructura Organizacional.
Esta podrá emitir directrices y lineamientos a otras Dependencias relacionados
con la ejecución del proyecto a lo interno del MOPT y sus Órganos adscritos.”.
3º—Que mediante Oficio DM-609-10 del 08 de diciembre de 2010, la Ministra de Planificación
Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), aprobó la incorporación de la Unidad Ejecutora
dentro de la estructura organizacional del MOPT en los siguientes términos: “De
esta forma, la dependencia jerárquica de la Unidad Ejecutora
es al Viceministerio de Infraestructura y Concesiones, por su afinidad con éste
y no a la División
de Obras Públicas.”
Considerando:
Este tramo carretero constituye un proyecto
institucional de fundamental importancia, en el que han participado, al más
alto nivel, varias de las instancias que integran el Ministerio de Obras
Públicas y Transportes.
En razón de la importancia del proyecto que nos ocupa, la señora
Viceministra del Infraestructura del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, ha determinado la extrema conveniencia de que la Unidad Ejecutora
cuente con un equipo interdisciplinario de apoyo para desarrollar la fase
constructiva del Proyecto, de tal forma que el Despacho a su cargo asegure el
estricto cumplimiento de las responsabilidades ordenadas por la Ley 8844: La Unidad Ejecutora
será la responsable de la ejecución del Proyecto, la cual deberá administrar y
supervisar los aspectos relacionados con el proyecto; mantener actualizada la
información financiera de los recursos externos y de contrapartida nacional,
así como también sobre el avance físico del Proyecto, entre otros. Para lo anterior,
deberá coordinar con las dependencias involucradas en la ejecución del
Proyecto.” Por tanto,
EL
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,
RESUELVE:
1º—Crear un Equipo de Apoyo para coadyuvar
con la Unidad
Ejecutora del Proyecto Bajos de Chilamate-Vuelta Kopper, en
el cumplimiento de sus responsabilidades técnicas y financieras.
2º—El Equipo de Apoyo será una comisión ad hoc, la cual estará
adscrita al Despacho de la
Viceministra de Infraestructura del Ministerio de Obras
Públicas y Transportes, siendo su finalidad brindar apoyo técnico y normativo a
la Unidad Ejecutora
del Proyecto, con el fin de que ésta cumpla estrictamente lo ordenado por la Ley N° 8844, particularmente
por lo estipulado en todas las contrataciones de Consultores y Constructores que
se requiera contratar para desarrollar la fase constructiva del Proyecto.
3º—Este Equipo de Apoyo estará integrado, al menos, por los siguientes
funcionarios:
a) El
Director de la
División de Obras Públicas del MOPT.
b) El Director de la Dirección de Ingeniería de la División de Obras
Públicas del MOPT.
c) La
Coordinadora de la
Unidad de Gestión Ambiental y Social de la Dirección de
Planificación Sectorial del MOPT.
d) La Directora
de la Dirección
de Proveeduría Institucional de la División Administrativa
del MOPT.
e) La Directora
de la
Dirección Financiera de la División
Administrativa del MOPT.
f) El Director de la Dirección de Recursos Humanos de la División
Administrativa del MOPT.
g) Profesional en Derecho de la Dirección de Asesoría Jurídica del MOPT,
encargado de los procesos de expropiación.
h) Un Profesional en Derecho de la Dirección de
Asesoría Jurídica del MOPT, encargado de los procesos de contratación
administrativa.
Las demás unidades administrativas del Ministerio,
están obligadas a brindarle colaboración y asesoría al Equipo de Apoyo, en el
cumplimiento de sus cometidos.
4º—El Equipo de Apoyo desarrollará funciones
de asesoría y apoyo técnico y normativo a la Unidad Ejecutora
del Proyecto, principalmente en materia de:
a) Preparación
y seguimiento de los procesos de expropiación requeridos para desarrollar el
Proyecto.
b) Definición, preparación y aclaración a los interesados, de los
eventuales Términos de Referencia que se requieran para contratar los consultores
y constructores durante el desarrollo de la fase constructiva del Proyecto.
c) El análisis y evaluación de eventuales ofertas por bienes y/o
servicios presentadas por consultores y constructores.
d) Fiscalización de los informes técnicos y/o financieros, requeridos
durante el desarrollo de la fase constructiva del Proyecto.
e) La fiscalización de los informes de avance técnico-administrativo,
presentados por los consultores y/o constructores contratados para desarrollar
la fase constructiva del Proyecto.
5º—La vigencia de este Equipo de Apoyo, será
igual al período necesario para el recibido a satisfacción del Informe Final
del Proyecto.
6º—Rige a partir de su publicación.
Notifíquese y publíquese.—Francisco J.
Jiménez, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C.
103618.—Solicitud Nº 34419.—C-48350.—(IN2011049734).
DIRECCIÓN GENERAL DE
MIGRACIÓN
Y EXTRANJERÍA
Acuerdo
de Viaje Nº DGME 0062-2011.—La Directora General de Migración y Extranjería.
Con fundamento
en lo dispuesto en el artículo 13 inciso 24) de la Ley General de
Migración y Extranjería número 8764, el criterio de la Procuraduría General
de la República
número C229-2009 del 25 de agosto del 2009, los artículos 1, 2, 7, 31, 34 y 36
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos,
emitido por la
Contraloría General de la República
mediante resolución R-DC-92-2009, de las nueve horas del 19 de noviembre del
2009, así como lo dispuesto en la
Ley Nº 8908 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario
de la República
para el Ejercicio Económico del 2011.
Considerando:
1º—La Dirección General
de Migración y Extranjería, recibió formal invitación para participar en el
taller técnico de trabajo titulado “Necesidades de información para apoyar la
implementación de acuerdos bilaterales sobre migración laboral para la mejora
de los sistemas de información sobre mercado laboral”, reunión que se realizará
en la ciudad de Bogotá, Colombia, los días 23 y 24 de junio del presente año.
2º—Que para
efectos de participación en la citada reunión a que hace referencia el
considerando primero anterior, se designó al Master Luis Alonso Serrano
Echeverría, cédula número 1 1004 0464, en calidad de Jefe de Planificación
Institucional de la
Dirección General de Migración Extranjería; Órgano del
Ministerio de Gobernación y Policía, de conformidad con el artículo 12 de la Ley General de
Migración y Extranjería número 8764. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al Master Luis Alonso Serrano Echeverría, cédula número 1 1004
0464, en calidad de Jefe de Planificación Institucional de la Dirección General
de Migración Extranjería, para que participe en el taller citado en el
considerando primero del presente acuerdo, que se realizará en la ciudad de
Bogotá, Colombia, los días 23 y 24 de junio del presente año.
Artículo
2º—Reconocer los gastos en que incurra el Master Luis Alonso Serrano
Echeverría, durante los días del 22 al 25 de junio del presente año, siendo la
tarifa máxima establecida para viajar a Colombia, de doscientos diecinueve
dólares de los Estados Unidos de América ($219.00 USD) diarios. Por concepto de
gastos menores hasta un 8% que corresponden a la suma de ($17.52 USD)
diecisiete dólares con cincuenta y dos centavos diarios, que serán cubiertos
con recursos del Presupuesto Ordinario y Extraordinario, asignados a la Dirección General
de Migración y Extranjería. Los gastos por concepto de alimentación, hospedaje,
transporte y tiquete de viaje, serán cubiertos por la Organización
Internacional para las Migraciones.
Artículo 3º—Que
durante los días en que participe el Master Luis Alonso Serrano Echeverría, en
la actividad a la que se refiere este acuerdo, devengará el 100% de su salario.
Asimismo, durante los días del 22 al 25 de junio de 2011, se pagarán los rubros
correspondientes desglosados en el considerando anterior.
Artículo 4º—El
presente Acuerdo rige del 21 al 26 de junio de 2011.
Dado en la Dirección General
de Migración y Extranjería, el 1º de junio del 2011.—Kathya Rodríguez Araica,
Directora General.—1 vez.—O. C. Nº 001-11.—Solicitud Nº
33934.—C-18020.—(IN2011048935).
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
ÁREA LEGAL Y DE REGISTRO
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal
y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Jacó de
Garabito, Puntarenas. Por medio de su representante: Luis Gerardo del Carmen
Morales Vargas, cédula 204160207
ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización
al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En
cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta
materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación
de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para
que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite,
manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José,
27 de junio del 2011.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua,
Jefa.—1 vez.—(IN2011049727).
DIRECCIÓN
GENERAL DE ADUANAS
Res-DGA-127-2011.—Dirección General de
Aduanas.—San José, a las nueve horas con cinco minutos del día catorce de junio
dos mil once.
Considerando:
I.—Que el artículo 11 de la Ley General de Aduanas
señala que la
Dirección General de Aduanas es el órgano superior jerárquico
nacional en materia aduanera. En el uso de esta competencia, le corresponde la
dirección técnica y administrativa de las funciones aduaneras que esta ley y
las demás disposiciones del ramo le conceden al Servicio Nacional de Aduanas.
II.—Que el artículo 14 de la Ley General de Aduanas, dispone que “las aduanas
prestarán sus servicios durante las veinticuatro horas del día, todos los días
del año, salvo que la Dirección General de Aduanas defina y justifique,
ante el Ministerio de Hacienda, en casos excepcionales y/o de fuerza mayor,
horarios especiales para determinadas aduanas”.
III.—Que el artículo 6 del Reglamento a la Ley General de Aduanas
indica que le corresponde al Director General determinar, emitir las políticas
y directrices que orienten las decisiones y acciones hacia el efectivo
cumplimiento de los fines del régimen jurídico aduanero y la consecución de los
objetivos del Servicio Nacional de Aduanas.
IV.—Que la resolución número RES-DGA-089-2011 de fecha 18 de abril de
2011, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 94 del 17 de mayo de 2011,
amplió el horario de atención de las aduanas del país para el Régimen de
Exportación en el Proceso de Reconocimiento Físico de Mercancías y Verificación
Documental para los DUAS de Exportación y Reexportación.
V.—Que se ha interpretado que lo regulado por la RES-DGA-089-2011, obliga a
los depositarios aduaneros a mantener abiertas sus instalaciones en los
horarios ampliados de las aduanas por lo que se considera oportuno aclarar la
resolución en mención y modificar el “CONSIDERANDO V” de la misma. Por tanto,
Con base en las potestades otorgadas en la Ley General de Aduanas
número 7557 de fecha 20 de octubre de 1995, sus reformas y modificaciones
vigentes, el Reglamento a la
Ley General de Aduanas Decreto Ejecutivo número 25270-H de
fecha 14 de junio de 1996, sus reformas y modificaciones vigentes:
EL
DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS, RESUELVE:
1º—Modificar el “CONSIDERANDO V” de la resolución número RES-DGA-089-2011,
el cual deberá leerse de la siguiente manera:
V. “Que
la Dirección
General de Aduanas, mediante la resolución número
RES-DGA-050-2011 del 22 de febrero de 2011 publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 53 del
16 de marzo de 2011, amplió el procedimiento para la transmisión de
declaraciones aduaneras de exportación con forma de despacho DAD (Despacho en
Aduana Distinta), contemplando la revisión física en el depositario aduanero o
terminal de exportación de la jurisdicción de la aduana donde se aceptó la DUA. Agrega la
resolución de marras que el sellado de la Declaración de
Tránsito Internacional (DTI) y Formulario Único Aduanero Centroamericano
(FAUCA), se realizará en la aduana terrestre de salida (Peñas Blancas),
situación que se mantiene”.
2º—Aclarar que la ampliación de horarios
detallada en la resolución número RES-DGA-089-2011 en mención, aplica fundamentalmente
para las aduanas. Tratándose de los depositarios aduaneros o terminales de
exportación, dicha ampliación les aplica solamente cuando corresponda el
desarrollo de una revisión física, y en el tanto exista entre el declarante o
el exportador un acuerdo para realizar las revisiones en las instalaciones de
un depositario aduanero o terminal de exportación determinado.
3º—Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.
Rige a partir de su publicación.
Desiderio Soto Sequeira, Director General de
Aduanas.—1 vez.—O.C. Nº 11502.—Solicitud Nº 34624.—C-27470.—(IN2011049760).
SERVICIO
NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN
DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTOS
La señora Karol Chaves Rivera, cédula Nº
1-840-913, vecina de San José, en calidad de apoderada generalísima de la
compañía Chaso del Valle S. A. con domicilio en San José. Solicita el registro
del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Kit para la Detección de
Antígeno de Filaria Felina, Leucemia Felina y Anticuerpos frente a
Inmunodeficiencia Felina fabricado por: Laboratorios Idexx Inc, con los
siguientes principios activos: Antígeno de Filaria immitis, Leucemia Felina y
anticuerpos frente a Inmunodeficiencia Felina, y las siguientes indicaciones
terapéuticas: Diagnóstico de filaria immitis, Leucemia Felina e
Inmunodeficiencia Felina. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG
“Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a
terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento,
dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia,
20 de julio del 2011.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1
vez.—(IN2011049643).
La señora Karol Chaves
Rivera, cédula Nº 1-840-913, vecino de San José, en calidad de apoderada
generalísima de la compañía Chaso del Valle S. A. con domicilio en San José.
Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Snap
Duo Beta-Tetra. Fabricado por: Laboratorios Idexx Inc., con los siguientes
principios activos: Proteína receptora específica para detectar residuos de
antibióticos betalactámicos y tetraciclinas en leche y las siguientes
indicaciones terapéuticas: Kit para detectar residuos de antibióticos
betalactámicos y tetraciclinas en leche. Con base en el Decreto Ejecutivo N°
28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se
cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este
Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día
siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia,
20 de julio del 2011.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1
vez.—(IN2011049644).
La señora Karol Chaves
Rivera, cédula Nº 1-840-913, vecino de San José, en calidad de apoderada
generalísima de la compañía Chaso del Valle S. A. con domicilio en San José.
Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Snap
4DX Canine. Fabricado por: Laboratorios ldexx, con los siguientes principios
activos Antígeno de Dirofilaria immitis, anticuerpos frente a Anaplasma
phagocyphilum, Borrelia burgdoferi, Erlichia canis, y las siguientes
indicaciones terapéuticas: Diagnóstico de dirofilaria immitis, Anaplasma
phagocyphilum, Borrelia burgdoferi, Erlichia canis. Con base en el Decreto
Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos
Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan
valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a
partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial
La Gaceta.—Heredia,
20 de julio del 2011.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1
vez.—(IN2011049645).
La señora Karol Chaves
Rivera, cédula Nº 1-840-913, vecina de San José, en calidad de apoderada
generalísima de la compañía Chaso del Valle S. A. con domicilio en San José.
Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Kit de
Diagnóstico frente al Virus de Anemia Infecciosa Equina. Fabricado por:
Laboratorios Idexx Inc, con los siguientes principios activos Antígeno de
Anemia Infecciosa Equina más Control positivo de Anemia Infecciosa Equina, y
las siguientes indicaciones terapéuticas: Diagnóstico de Anemia Infecciosa
Equina. Con base en el Decreto Ejecutivo N°. 28861-MAG “Reglamento de Registro
y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a
oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5
días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este
edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 20 de julio del 2011.—Dr.
Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011049646).
La señora Karol Chaves
Rivera, cédula Nº 1-840-913, vecino de San José, en calidad de apoderada
generalísima de la compañía Chaso del Valle S. A. con domicilio en San José.
Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Snap
Canino CPL. Fabricado por: Laboratorios Idexx Inc., con los siguientes
principios activos Conjugado de anti-pollo: HRPO/anti-cPL: HRPO, y las
siguientes indicaciones terapéuticas: Kit de diagnóstico. Con base en el
Decreto Ejecutivo N°. 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La
Gaceta.—Heredia, 20 de julio del 2011.—Dr. Luis Zamora
Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011049647).
La señora Antonieta
Campos Bogantes con número de cédula 2-405-625, vecina de Alajuela, en calidad
de representante legal de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Corporación
de Registros Sanitarios Internacionales M&C, con domicilio en Alajuela,
solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Heartz,
fabricado por Laboratorio Cipla Ltd, de India, con los siguientes principios
activos: cada tableta contiene: Ivermectina 68 µg, pirantel base (como pamoato)
57 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: prevención de dirofilariasis,
tratamiento y control de nemátodos gastrointestinales del perro. Con base en el
Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La
Gaceta.—Heredia, 20 de junio del 2011.—Dr. Luis Zamora
Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011050024).
La señora Antonieta
Campos Bogantes con número de cédula 2-405-625, vecina de Alajuela, en calidad
de representante legal de la compañía Oficina Tramitadora de Registros
Corporación de Registros Sanitarios Internacionales M&C, con domicilio en
Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo
3: Heartz, fabricado por Laboratorio Cipla Ltd., de India, con los siguientes
principios activos: cada tableta contiene: Ivermectina 272 µg, pirantel base
(como pamoato) 227 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: prevención de
dirofilariasis y tratamiento y control de nemátodos gastrointestinales del perro.
Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control
de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para
que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La
Gaceta.—Heredia, 20 de junio del 2011.—Dr. Luis Zamora
Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011050026).
La señora Antonieta
Campos Bogantes con número de cédula 2-405-625, vecina de Alajuela, en calidad
de representante legal de la compañía Oficina Tramitadora de Registros
Corporación de Registros Sanitarios Internacionales M&C, con domicilio en
Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo
3: Heartz, fabricado por Laboratorio Cipla Ltd, de India, con los siguientes
principios, activos: cada tableta contiene: Ivermectina 136 µg, pirantel base
(como pamoato) 114 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: prevención de
dirofilariasis y tratamiento y control de nemátodos gastrointestinales del
perro. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y
Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a
oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5
días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este
edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 20 de junio del 2011.—Dr.
Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011050027).
La señora Antonieta
Campos Bogantes con número de cédula 2-405-625, vecina de Alajuela, en calidad
de representante legal de la compañía Oficina Tramitadora de Registros
Corporación de Registros Sanitarios Internacionales M&C, con domicilio en
Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo
3: Ciplox Ungüento Oftálmico, fabricado por Laboratorio Cipla Ltd., de India,
con los siguientes principios activos: cada 100 g contiene: Cipofloxacina
Clorhidrato 0,349 g
y las siguientes indicaciones terapéuticas: para el tratamiento de infecciones
oculares, como conjuntivitis, queratitis, queratoconjuntivitis e infecciones
oculares agudas causadas por cepas sensibles a la ciprofloxacina. Con base en
el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La
Gaceta.—Heredia, 27 de junio del 2011.—Dr. Luis Zamora
Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011050028).
CONSEJO
NACIONAL DE VIALIDAD
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
Nº
014-2011.—San José, 16 de junio de 2011
Con fundamento en lo que establece el
artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de
Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el
Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de
Servicio Civil, al siguiente funcionario:
Nombre
|
Cédula
|
Nº
puesto
|
Clase
puesto
|
Karla Quesada Díaz.
|
2-0499-0532
|
503567
|
Profesional de Servicio
Civil 3.
|
Alejandra Aguilar Vega
|
1-0973-0726
|
009062
|
Profesional de Servicio
Civil 3.
|
David Cruz Andrade
|
1-1208-0348
|
053276
|
Profesional de Servicio
Civil 1-B.
|
Karla Pérez Núñez
|
1-0908-0888
|
500025
|
Profesional de Servicio
Civil 3.
|
Artículo 2º—Rigen a partir del 16 de marzo, 01 de abril de 2011
respectivamente.
Publíquese.—Ing. Carlos Acosta Monge,
Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 001-2011.—Solicitud Nº
31417.—C-19930.—(IN2011049762).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 8, título Nº 78, emitido por el Colegio Técnico Profesional de
Limón, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Gaitán Umaña Ana
Lorena. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, 24 de junio del 2011.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Jefa.—(IN2011049349).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
1, folio 52, título Nº 121, emitido por el Liceo Yolanda Oreamuno Unger, en el
año dos mil diez, a nombre de Mora Rojas Denis Yoel. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 24 de junio del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2011244818.—(IN2011049438).
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 6, título N° 17, emitido por el
Liceo Académico de Boruca con Orientación Tecnológica, en el año dos mil dos, a
nombre de Leiva Maroto Pedro Paul. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones
a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado
en San José, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil
once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Jefa.—(IN2011049604).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL
Marcas de ganado
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Nº 2011-2349.—Alvarado Vives Ramiro, cédula
de identidad número 1-316-818, mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio
en San Rafael de Coronado, Calle Patio de Agua, 1 kilómetro este
del puente, San José, solicita el registro de:
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solo en La Gaceta impresa o en formato PDF
como marca de ganado que usará
preferentemente en San José, Coronado, San Rafael, Calle Patio de Agua, 1 kilómetro este
del puente, San José. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos
valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de
la publicación de este edicto.—San José, diecisiete de junio del 2011.—Viviana
Segura De la O.,
Registradora.—1 vez.—RP2011245463.—(IN2011050680).
Patentes de invención
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La
señora María del Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, cédula Nº 1-626-794,
vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Agraquest, Inc.,
de E. U. A., solicita la
Patente de Invención denominada MÉTODO DE USO DE UNA SEPA
DE BACILLUS SUBTILIS PARA MEJORAR LA SALUD DE ANIMALES. Método para mejorar la
salud de un animal que comprende administrarle al animal una composición que
comprende Bacillus subtilis QST 713 o un mutante del mismo. La memoria
descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes Novena Edición es A23K 1/00, cuyos
inventores son Schmidt, Joseph, Earl, Jiménez, Desmond, Rito. La solicitud
correspondiente lleva el número 20110206, y fue presentada a las 08:35:00 del
25 de abril de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 15 de junio de 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora,
Registradora.—RP2011244628.—(IN2011049422).
El señor Luis Diego
Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula número 1-669-228, vecino de San José,
en su condición de apoderado especial de The Usa as Represented by the
Secretary of State of Army on Behhalf of Walter Reed Army, de los Estados
Unidos de América, solicita la
Patente de Invención denominada VACUNA DE VESÍCULA, DE MEMBRANA EXTERNA NATIVA MULTIVALENTE DEL
MENINGOCOCO, MÉTODO PARA SU FABRICACIÓN Y USO.
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La presente tecnología presenta una
combinación de vesículas nativas de la membrana externa (NOMV) de por lo menos
una cepa genéticamente modificada de la Neisseria que proporciona inmunidad protectora
contra la enfermedad del meningococo, de preferencia la enfermedad del
meningococo del subtipo B. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 39/116, cuyos
inventores son Wendell David Zollinger, Mikhail Donets, Deborah Schmiel, Boris
Ionin, Ryan Marques, Elizabeth Ellen Moran. La solicitud correspondiente lleva
el número 11812, y fue presentada a las 08:49:34 del 25 de noviembre de 2010.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los 3 meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de junio de
2011.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2011244807.—(IN2011049423).
El señor Gastón
Baudrit Ruiz, cédula Nº 1-599-078, mayor, abogado, vecino de San José, en
calidad de apoderado especial de Janssen Pharmaceutica NV, de Bélgica, solicita
la Patente de
Invención denominada FORMA CRISTALINA DE
(2S)-(-)-N-(6-CLORO-2,3-DIHIDRO-BENZO [1,4] DIOXIN-2-ILMETIL)-SULFAMIDA.
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Composiciones farmacéuticas y el uso de la
forma cristalina en el tratamiento de la ansiedad y transtornos relacionados;
depresión bipolar y manía; depresión; epilepsia y transtornos relacionados. La
memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes Novena Edición es A61K 31/357,
cuyos inventores son Steven J. Mehrman, Wenju Wu. La solicitud correspondiente
lleva el número 20110042, y fue presentada a las 13:08:00 del 24 de enero de
2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de marzo de
2011.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2011244820.—(IN2011049425).
El señor Gastón Baudrit
Ruiz, mayor, abogado, cédula 1-599-078, vecino de San José, en su condición de
apoderado especial de Janssen Pharmaceutica N. V., de Bélgica, solicita la Patente de Invención
denominada NUEVOS DERIVADOS DE SULFAMIDA
SUSTITUIDA. La presente invención se refiere a nuevos derivados de
sulfamida sustituida, composiciones farmacéuticas que contienen dichos
derivados y el uso de dichas formas de derivados en el tratamiento de la
ansiedad y trastornos relacionados. La memoria descriptiva, reindivicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes Novena Edición es A61K 31/357,
cuyos inventores son Mccomsey, David, F., Parker, Michael, H. La solicitud
correspondiente lleva el número 20110100 y fue presentada a las 08:23:30 del 22
de febrero de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 26 de abril de 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora,
Registradora.—RP2011244819.—(IN2011049424).
El señor Gastón
Baudrit Ruiz, mayor, abogado, cédula Nº 1-599-078, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Janssen Pharmaceutica NV, de Bélgica,
solicita la patente de invención denominada MODULADORES
DE DIAMINO-PIRIDINA, PIRIMIDINA, Y PIRIDAZINA DEL RECEPTOR H4 DE HISTAMINA.
Compuestos que se pueden usar como moduladores del receptor H4, y en
composiciones farmacéuticas y métodos para el tratamiento de estados de
enfermedad, transtornos y afecciones. La memoria descriptiva, reindivicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes Novena Edición es A01N 43/58,
cuyo(s) inventor(es) es(son) Caí, Hui, Wolin, Ronald, L., Chavez, Frank,
Dunford, Paul, J., Greenspan, Andrew, J., Meduna, Steven, P., Quiroz, Jorge,
A., Savall, Brad, M., Tays, Kevin, L, Wei, Jianmei, Zhang, Xiaohu, Thurmond,
Robín, L.. La solicitud correspondiente lleva el número 20110029, fue
presentada a las 13:38:00 del 12 de enero de 2011. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de marzo de 2011.—Lic.
Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2011244822.—(IN2011049427).
El señor Gastón
Baudrit Ruiz, mayor, abogado, cédula Nº 1-599-078, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Janssen Pharmaceutica N. V., de Bélgica,
solicita la Patente
de Invención denominada PROCESO PARA LA PREPARACIÓN DE
DERIVADOS DE DIOXINA BENZOFUSIONADOS. La presente invención se
dirige a los procesos para la preparación de derivados de heteroarilo benzofusionados,
útiles para el tratamiento de la epilepsia y transtornos relacionados. La
memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes Novena Edición es C07D 319/20,
cuyos inventores son Ballentine, Scott, A., Reany, Laura. La solicitud
correspondiente lleva el número 11760, y fue presentada a las 14:44:00 del 26
de octubre de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 16 de marzo de 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora,
Registradora.—RP2011244823.—(IN2011049428).
El señor Gastón
Baudrit Ruiz, cédula Nº 1-599-078, mayor de edad, abogado, apoderado especial
de Janssen Pharmaceutica N. V., de Bélgica, solicita la Patente de Invención
denominada PROCESO PARA LA PREPARACIÓN DE
SULFAMATOS DE HETEROARILO BENZOFUSIONADO Y LA FORMA CRISTALINA
DE N-(((2S)-6-CLORO-2,3-DIHIDRO-l,4-BENZODIOXIN-2IL)METIL-SULFAMIDA.
La presente invención se dirige a un proceso para la preparación de sulfamatos
de heteroarilo benzofusionados, útiles para el tratamiento de epilepsia y
transtornos relacionados. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes Novena Edición es C07D 311/58,
cuyos inventores son Ahmed E. Abbel-Magid, Steven J. Mehrman. La solicitud
correspondiente lleva el número 11761, y fue presentada a las 14:44:15 del 26
de octubre de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 16 de marzo de 2011.—Lic. Fabián Andrade Morales,
Registrador.—RP2011244824.—(IN2011049429).
El señor Gastón
Baudrit Ruiz, mayor, abogado, cédula Nº 1-599-078, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Janssen Pharmaceutica N. V., de Bélgica,
solicita la Patente
de Invención denominada LIGANDOS DEL RECEPTOR
TRP M8 RADIOMARCADOS. La presente invención se dirige a ligandos
radiomarcados, útiles para marcar y obtener imágenes de la funcionalidad de TRP
M8 (canal M8 de potencial receptor transitorio). La memoria descriptiva,
reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes Novena Edición es A61K 51/04, cuyos
inventores son Acton, Paul, D., Hlasta, Dennis, J., Matthews, Jay M., Mcnally,
James, J. La solicitud correspondiente lleva el número 20110096 y fue
presentada a las 11:57:00 del 18 de febrero de 2011. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de abril de 2011.—Lic.
Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2011244825.—(IN2011049430).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La
señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula Nº 1-812-604, mayor de edad, vecina
de Tres Ríos, apoderada especial de Bayer Cropscience AG, de R.F. Alemania,
solicita la Patente
de Invención denominada USO DE COMPOSICIONES DE COMPUESTOS FUNGICIDAS PARA
CONTROLAR CIERTOS HONGOS DE LA
ROYA. La presente invención se refiere al uso de una
composición fungicida que comprende al menos una carboxamida y al menos otro
compuesto seleccionado a partir de estrobilurinas o de triazoles, para
controlar ciertos hongos de la roya, como por ejemplo roya de la soja y roya
del café, en la protección de cultivos. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes Novena Edición es A01N 43/56,
cuyo(s) inventor(es) es (son) Münks, Karl-Wilhelm, Rieck, Heiko,
Wachendorff-Neumann, Ulrike, Wetcholowsky, Ingo, Geraldes, José, Augusto. La
solicitud correspondiente lleva el número 20110113, y fue presentada a las
14:15:00 del 1º de marzo del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publiquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de marzo del 2011.—Lic.
Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2011244563.—(IN2011049030).
La señora María De La Cruz Villanea
Villegas, cédula Nº 1 0984-0695, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad
de Apoderada Especial de Bayer B.V, de Países Bajos, solicita la Patente de Invención
denominada TRATAMIENTO SISTÉMICO DE PARÁSITOS HEMATÓFAGOS Y CONSUMIDORES DE
SANGRE POR ADMINISTRACIÓN ORAL DE UN AGENTE ANTIPARASITARIO. Composiciones
farmacéuticamente aceptables de un único agente antiparasitario de imidaclorip
para suministro oral a mamíferos para controlar sistemáticamente a parásitos
específicos hematófagos y consumidores de sangre, tales como pulgas, garrapatas
y ciertas especies de helmintos y sarna. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes Novena Edición es A61K 31/44,
cuyo(s) inventor (es) es (son) Johnson, Roland, H., Hepler, Douglas, I., Palma,
Kathleen, G., Campbell, William, R. La solicitud correspondiente lleva el
número 20110231, y fue presentada a las 14:51:10 del 03 de mayo de 2011.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de junio del
2011.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP20011244567.—(IN2011049031).
El señor Néstor Morera
Víquez, mayor, casado una vez, Abogado, cédula de identidad número 1-1018-975,
vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de Bayer Schering
Pharma Aktiengesllschaft de Alemania, solicita la Patente de Invención
denominada CARTUCHO, UN DISPENSADOR DE MEDICAMENTOS PARA PORCIONES DE
MEDICAMENTOS SÓLIDOS Y EL USO DEL CARTUCHO Y DEL DISPENSADOR DE MEDICAMENTOS.
Para el almacenamiento seguro y la administración sencilla y segura de
comprimidos T por un usuario, se crea un cartucho que se puede colocar en un
dispensador de medicamentos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes Octava Edición es A61J 7/00 cuyos
inventores son Leifeld, Sabine; Reinhold, Tom; Filler, Sven; Karla, Uwe; Weber,
Peter; Voege, Nina; Jarvis, Nat; Holch, Benjamin; Whittaker, James. La
solicitud correspondiente lleva el número 20110278, y fue presentada a las
12:46:00 del 26 de mayo del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de mayo del 2011.—Lic.
Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2011244512.—(IN2011049032).
El señor Gastón
Baudrit Ruiz, mayor, Abogado, cédula Nº 1-599-078, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Janssen Pharmaceutica N. V., de Bélgica,
solicita la patente de invención denominada TIAZOLOPIRIDIN-2-ILOXI-FENIL
Y TIAZOLOPIRAZIN-2-ILOXI-FENIL AMINAS COMO MODULADORES DE LA LEUCOTRIENO A4
HIDROLASA. Esos compuestos se pueden usar en composiciones
farmacéuticas y métodos para la modulación de LTA$H y para el tratamiento de
estados de enfermedad, transtornos y afectaciones mediados por la actividad de la LTA4 hidrolasa. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes Novena Edición es A61K 31/437,
cuyos inventores son Bacani, Génesis, M., Broggini, Diego, Cheung, Eugene, Y.,
Chrovian, Christa, C., Deng, Xiaohu, Fourine, Anne, M., Gómez, Laurent, Grice,
Cheryl, A., Kearney, Aaron, M., Landry-Bayle, Adrienne, M., Lee-Dutra, Alice,
Liang, Jimmy, T., Lochner Susanne, Mani, Neelakandha, S., Santillan, Alejandro,
Sappey, Kathleen, C., Sepassi, Kia, Tanis, Virginia, M., Wickboldt, Alvah, T.,
Wiener, John, J.M., Zinser, Hartmut. La solicitud correspondiente lleva el
número 11788, y fue presentada a las 13:31:00 del 11 de noviembre de 2010.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de enero de
2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2011244821.—(IN2011049426).
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
DIRECTRIZ D.R.P.J. 005-2011
DE: Dirección de Personas Jurídicas.
PARA: Subdireccion,
Coordinación General, Asesoría Jurídica, Asesoría Técnica, Coordinaciones,
Registradores, Oficinas Regionales y funcionarios en general.
FECHA:
17 de junio del 2011.
ASUNTO:
Los que se detallan.
Con
el objeto de unificar los criterios utilizados en la calificación de documentos
sujetos a registro, los que son de acatamiento obligatorio de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 44 del Reglamento del Registro Público (Decreto
Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de marzo de 1998 y sus reformas) y considerando:
1. Que el número de cédula de
persona jurídica se ha constituido en el medio unívoco de identificación de las
entidades jurídicas inscritas en el Registro, siendo asimismo la llave primaria
de ingreso a la información contenida en las bases de datos del sistema
automatizado de inscripción y publicidad.
2. Que la
inscripción en el Registro de Personas Jurídicas tiene efectos constitutivos, por
cuanto con ella los actos y contratos producen efectos erga omnes.
3. Que se hace
necesario establecer claramente los efectos jurídicos relacionados con la
dación de fe y dejar constancia notarial.
4. Que el
artículo 7º del Código Notarial, establece la prohibición al Notario Público,
de autorizar actos y contratos en los que se den los supuestos establecidos por
el inciso c) de dicha norma.
Esta Dirección establece el marco de referencia en la calificación
de documentos con fundamento en los anteriores presupuestos, de conformidad con
lo que se indica a continuación:
I.—Aplicación
del artículo 51, inciso F) del Reglamento del Registro Público. De
conformidad con lo dispuesto en el inciso f) del artículo 51 del Reglamento del
Registro Público, los documentos que contengan actos o contratos relativos a
personas jurídicas, para que puedan ser anotados e inscritos, deben
necesariamente indicar el número de cédula de persona jurídica de la respectiva
entidad. Para dar una correcta aplicación a la indicada norma, deben tenerse
presente los siguientes lincamientos:
a) Si en el documento se
indica el nombre o denominación diferente a la que indica el Registro, deberá
precederse a anotar el documento en la cédula jurídica que se indica y
señalarse como defecto: “Diferente denominación en el Registro”.
b) Si la
denominación y el número de cédula jurídica indicados en el cuerpo del
testimonio difieren de los señalados en la fe notarial, deberá precederse a la
anotación de la entidad señalada en el cuerpo del testimonio, e indicarse como
defecto: “Aclarar nombre de la entidad y su número de cédula jurídica”.
c) En caso de
que se indique únicamente el número de cédula jurídica y no así el nombre o
denominación de la entidad, se anotará y se indicará como defecto: “Indicar
nombre o denominación de la entidad”. Se exceptúan los casos en que la
denominación de la sociedad sea el mismo número de cédula jurídica más su
aditamento, en los que bastará indicar el número de dicho documento de
identificación.
d) Por el
contrario si se indica únicamente el nombre de la entidad, sin que se indique
su número de cédula jurídica, deberá precederse a la cancelación del asiento de
presentación del documento, con fundamento en el inciso f) del artículo 51
supra citado.
e) No procederá
la cancelación del asiento de presentación ni señalar defecto alguno, en virtud
de la manera en que se indique la cédula jurídica, siempre que se logre
determinar a qué número se refiere. Así por ejemplo procederá indicarlo: tres-
uno cero uno-cero cero uno dos cinco cuatro, o bien tres-ciento uno- doscientos
treinta y cuatro mil cero cero siete, entre otras posibilidades.
f) Si la
diferencia entre el número de cédula jurídica indicada en el documento y la que
corresponde a la entidad, lo es en virtud de su clase (vg. 101,102, o cualquier
otra), solamente se señalará el defecto correspondiente.
II.—Dar
fe y hacer constar. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1º y
31 del Código Notarial, el notario tiene fe pública cuando deja constancia de
un hecho, suceso, situación, acto o contrato jurídico, cuya finalidad sea
asegurar o hacer constar derechos y obligaciones. En virtud de dicha fe
pública, se presumen ciertas las manifestaciones del notario que consten en los
instrumentos y demás documentos autorizados por él.
Por su parte don
Guillermo Cabanellas en su obra “Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual”,
25º Edición, Editorial Heliasta S.R.L., año 1997, establece en relación a los
términos “Constancia” y “Fe Pública” lo siguiente:
“Constancia:... Exactitud de un hecho. Prueba fehaciente de la
realidad de una afirmación o de un acto....”. (Tomo II, pág 314).
“Fe Pública: Veracidad, confianza o autoridad legítima atribuida a
notarios, secretarios judiciales, escribanos, agentes de cambio y bolsa,
cónsules y otros funcionarios públicos o empleados y representantes de
establecimientos de igual índole, acerca de actos, hechos y contratos
realizados o producidos en su presencia; y que se tienen por auténticos y con
fuerza probatoria mientras no se demuestre su falsedad...”. (Tomo IV, pág 37).
Con
fundamento en lo anteriormente indicado, claramente se establece que no existe
diferencia alguna entre la dación de fe y dejar constancia de un hecho por
parte de un fedatario público, por lo que no existe razón alguna para consignar
defectos por tal circunstancia.
III.—Artículo
7º, inciso c) del Código Notarial. El artículo 7º del Código Notarial
dispone en lo que interesa sobre el tema en particular lo siguiente:
“Artículo 7º—Prohibiciones. Prohíbase al notario público:
... c) Autorizar actos o contratos en los cuales tengan interés el
notario, alguno de los intérpretes o los testigos instrumentales, sus
respectivos cónyuges o convivientes, ascendientes, descendientes, hermanos,
tíos o sobrinos por consanguinidad o afinidad. Se entenderá que ese interés
existe en los actos o contratos concernientes a personas jurídicas o entidades
en las cuales el notario, sus padres, cónyuge o conviviente, hijos y hermanos
por consanguinidad o afinidad, tengan o ejerzan cargos como directores,
gerentes, administradores o representantes legales”.
De
la norma en cuestión pueden concluirse varios aspectos de interés para la
calificación de los documentos sometidos a registro y que se detallan a
continuación.
a) El artículo se encuentra contemplado
en el Capítulo II del Código Notarial, que regula los requisitos e impedimentos
para el ejercicio del notariado público, por lo que su trasgresión será de
absoluta responsabilidad de dicho profesional y consecuentemente no procederá
en modo alguno la cancelación del asiento de presentación del documento,
solamente la indicación del defecto correspondiente.
b) Debido a que
de conformidad con el artículo 43 del Reglamento del Registro Público, el marco
de calificación registral se circunscribe a la información que resulte del
título, los asientos y demás información registral, lo que excluye la
posibilidad de determinar el grado de parentesco de quienes intervienen en el
acto o contrato con el respectivo notario; la aplicación de la norma en
cuestión por parte de los Registradores debe estar orientada a establecer si el
Notario autorizante del documento se encuentra dentro de los presupuestos ahí
indicados, no debiendo en ningún otro caso establecerse su aplicabilidad.
c) En cuanto a
los cargos indicados en el artículo de marras (directores, gerentes,
administradores o representantes legales), deben entenderse para efectos de su
aplicación como los órganos directivos o administrativos, administradores y los
representantes legales que indiquen los estatutos de la entidad respectiva. No
deben considerarse dentro de ellos, los apoderados que no formen parte de los
órganos directivos o administrativos, por no estar contemplados legal o
estatutariamente dentro de los representantes legales, el fiscal y el agente
residente, en virtud de sus funciones.
d) En relación
con las protocolizaciones de actas o certificaciones notariales, se hace
necesario mencionar lo dispuesto por la Dirección Nacional
de Notario, en el voto número 0210-2003, de las 10:10 horas del 13 de noviembre
de 2003, que en lo que interesa dice:
“En actos y contratos en que medie la expresión de voluntad negocial
de partes es obvio que el interés personal del notario o de las demás personas
- sean personas físicas o representantes de personas jurídicas - a que alude el
inciso c) del artículo 7º por lazos de parentesco con éste, contrapone
abiertamente el deber de imparcialidad y objetividad que está obligado a
dispensar el notario a quienes presta sus servicios, por lo que su obligación
es abstenerse de brindar éstos, pues, de igual manera, el deber de asesoría que
debe observar para con éstas viene a menos.
(...) En los demás casos citados, como son las Actas de
Protocolización y las Certificaciones Notariales, no interviene ningún
otorgante o parte, por lo que es claro que este interés no desvirtúa la función
notarial, toda vez que, en ambos casos, el notario se limita a transcribir,
anexar, incorporar o reproducir el contenido documental, parcial o totalmente,
de la fuente documentaria, razón por la cual deberes como los de asesoría e
imparcialidad, no resultan vulnerados por el hecho de que uno de los sujetos
que relaciona el documento protocolizado o certificado tenga un vínculo de
parentesco con el notario, ya que, asumir lo contrario, llevaría al absurdo de
extender la prohibición a limites más allá de lo razonable y del bien jurídico
protegióle....”.
De lo que se colige que en la calificación de este tipo de
documentos no es aplicable el inciso c) del artículo 7 del Código Notarial.
e) En aquellos documentos en
que comparezca una persona a renunciar a un cargo de una entidad jurídica que
en virtud de disposición legal no tenga la obligación de asentar sus acuerdos
en un libro de actas legalizado, no se aplicarán las disposiciones de la
normativa aludida, aunque quien comparezca sea el mismo notario que autoriza la
respectiva escritura.
Enrique
Rodríguez.—1 vez.—O. C. Nº 11-0002.—Solicitud Nº
25391.—C-95420.—(IN2011049660).
AVISOS
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada: Asociación Cristiana Ammi de Puriscal, con
domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son
los siguientes: Extensión del Reino de Jesucristo, mediante la predicación de
la palabra de Dios. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la
asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con
las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: David Herrera
Porras. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas
en la Ley Nº
218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de
esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Tomo: 2011, asiento: 106296.—Curridabat, al día catorce
del mes de junio del año dos mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera,
Director.—1 vez.—RP2011244363.—(IN2010049034).
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la reforma del estatuto de ia persona jurídica cédula:
3-002-567154, denominación; Asociación Costarricense de Artistas Visuales. Por
cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto
de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2011, asiento 117835.—Curridabat, 23 de mayo del
2011.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—RP2011244473.—(IN2011049035).
El Registro de
Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción,
el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Ostomizados del Hospital de
Guapiles, con domicilio en la provincia de Limón. Sus fines, entre otros están:
Mejorar la calidad de vida de los Ostomizados del Hospital de Guápiles. Proveer
de materiales al menor costo a los pacientes Ostomizados del Hospital de
Guápiles. Su presidente Hermán López Días, es el representante judicial y
extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma hasta
un millón de colones y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha
organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus
reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos
legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite;
tomo: 2011, asiento 68080.—Curridabat, 10 de mayo del 2011.—Lic. Enrique Rodríguez
Morera, Director.—1 vez.—RP2011244571.—(IN2011049036).
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la Reforma
del Estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana Árbol de Justicia,
con cédula jurídica 3-002-404236, la cual en adelante se denominara Asociación
Árbol de Justicia. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº
218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a
partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. (Tomo 2011 asiento 143352, adicional
2011-161845).—Curridabat, 20 de junio del 2011.—Lic. Rosa Isela Esquivel
Aguilar, Director a. í.—1 vez.—RP2011244867.—(IN2011049855).
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cementerio Tabarcia
de Mora. Con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines entre otros
serán los siguientes: Administrar y velar por el buen funcionamiento del
cementerio de Tabarcia de Mora. Cuyo representante judicial y extrajudicial de
la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con
las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente Arnoldo Mata
Bustamante. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº
218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a
partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. (Tomo 2011 asiento 54678 y documento adicional tomo
2011 asiento 151568).—Curridabat, 16 de junio del 2011.—Lic. Rosa Isela
Esquivel Aguilar, Directora a. í.—1 vez.—RP2011244880.—(IN2011049856).
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la Reforma
del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-358783, denominación:
Asociación Deportiva de Gimnasia Artística de Alajuela. Por cuanto dicha
reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto
de 1939 (Ley de Asociaciones ) y sus reformas, y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite.. Documento tomo: 2011, asiento: 38388—Dado en el Registro Nacional, a
las 6 horas 51 minutos y 38 segundos, del 8 de junio del 2011.—Lic. Enrique
Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011244943.—(IN2011049857).
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Obras de la Divina Providencia.
Con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines entre otros serán los
siguientes: Ayudar para mejorar la calidad de vida de aquellas personas que se
encuentran en estado de convalecencia o en fase terminal, cuyo representante
judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el
estatuto, lo es el presidente Manuel Antonio Varela Mora Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto
de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. (Tomo 2011 Asiento 29916).—Curridabat, diecisiete de marzo del dos
mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—RP2011244942.—(IN2011049858).
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Paraíso Para El
Medio Ambiente, con domicilio en la provincia de Puntarenas, cuyos fines
principales entre otros son los siguientes: Participar y promover actividades
de la comunidad o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales
para la conservación o mejora del medio ambiente, cuyo representante judicial y
extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el
presidente: Jonathan Chinchilla Cisneros. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de
Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales,
se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2011 Asiento:
133587 adicional tomo: 2011 asiento: 148023).—Curridabat, a los veintidós días
del mes de junio del dos mil once.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Directora
a. í.—1 vez.—RP2011244963.—(IN2011049859).
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la Reforma
del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-547244, denominación:
Asociación para el Desarrollo, Creatividad y Productividad en Costa Rica. Por
cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto
de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento Tomo: 2011 Asiento: 145742. Dado en el Registro Nacional, a
las 9 horas 16 minutos y 26 segundos, del 01 de junio del 2011.—Lic. Enrique
Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011244984.—(IN2011049860).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
AVISOS
Que ante este Despacho el licenciado Gonzalo
José Rojas Benavides, cédula de identidad Nº 1-1127-0992, carné profesional
número 17310, según expediente 11-000415-0624-NO, ha presentado solicitud de
inscripción y habilitación para ejercer la actividad notarial, por lo que se
solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la
conducta de este profesional, lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo
de quince días siguientes a esta publicación.—Curridabat, 13 de junio del
2011.—Lic. Roy Jiménez Oreamuno, Director Ejecutivo a. í.—1
vez.—(IN2011049703).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº 9810A.—Sociedad de Usuarios de
Agua El Futuro, solicita concesión de: 62 litros por segundo de la Quebrada Ojo de Agua,
efectuando la captación en finca de Antonio Ávila Hernández en Tigra, San
Carlos, Alajuela, para uso agropecuario-riego-hortaliza. Coordenadas 257.800 /
472.100 hoja Fortuna. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 24 de junio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón,
Director.—RP2011244700.—(IN2011049439).
Expediente Nº
9583A.—Saloa de San Vito S. A., solicita concesión de: 0,65 litro por segundo
de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en
San Vito, Coto Brus, Puntarenas, para uso agropecuario porquerizas, consumo
humano doméstico y agropecuario riego café. Coordenadas 90.204 / 651.382 hoja
Cañas Gordas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 23 de junio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón,
Director.—RP2011244731.—(IN2011049440).
Expediente Nº
6996A.—Gladys Cordero Murillo solicita concesión de: 2 litros por segundo del
nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Zapote (Alfaro Ruiz), Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario-abrevadero,
consumo humano-doméstico y agropecuario-riego-pasto. Coordenadas
246.800/491.000 hoja Quesada. Predios inferiores: no se indican. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 22 de junio del 2011.—José Miguel Zeledón
Calderón, Director.—RP2011244769.—(IN2011049441).
Expediente Nº
7095A.—María López Montoya, solicita concesión de: 0,57 litro por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Argüello Rojas
Alcides en Zarcero, Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario-lechería,
consumo humano-doméstico y agropecuario-riego-hortaliza. Coordenadas 239.500 /
492.350 hoja Quesada. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 22 de junio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón,
Director.—RP2011244770.—(IN2011049442).
Expediente Nº
7057A.—José Francisco Rodríguez Sibaja solicita concesión de: 0,3 litro por segundo del
nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Zarcero, Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario-abrevadero y
agropecuario-lechería. Coordenadas 239.500 / 492.350 hoja Quesada. Predios
inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de
junio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011244771.—(IN2011049443).
Expediente Nº
14690P.—El Sable Dorado, S. A., y Corporación Retana Diez Inc, S. A., solicitan
concesión de: 0,5 litro
por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de él mismo
en Bejuco, Nandayure, Guanacaste, para uso consumo humano doméstico.
Coordenadas 204.110 / 384.964 hoja Cerro Azul. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 23 de junio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón,
Director.—RP2011244797.—(IN2011049444).
Expediente Nº
14691P.—Ganadera El Guarial S. A., solicita concesión de: 3,56 litros por segundo
del pozo sin número, efectuando la captación en finca de Ganadera El Guarial S.
A., en Paquera, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano, industria y
agropecuario-riego. Coordenadas 201.635 / 431.340 hoja Tambor. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 24 de junio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón,
Director.—RP2011244806.—(IN2011049445).
Exp. 6998P.—Ricardo,
Ana, Amador León y Melierick S.A., solicitan concesión de: 0,5 litro por segundo del
pozo RG-318, efectuando la captación en finca de su propiedad en Jesús
(Atenas), Atenas, Alajuela, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas
217.350/492.800 hoja Barbilla. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 21 de junio de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—
(IN2011049628).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp.
Nº 6775P.—Platanera Río Sixaola S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del
Pozo AM-03, efectuando la captación en finca de su propiedad en Bratsi,
Talamanca, Limón, para uso agroindustrial bananeras. Coordenadas 179.154 /
663.717 Hoja Amubri. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de
junio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011244578.—(IN2011049037).
Exp. 9611A.—Ingenio
Costa Rica S. A., solicita concesión de: 10 litros por segundo del
nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de propiedad en
Carrillos, Poás, Alajuela, para uso agroindustrial-ingenio. Coordenadas 224.350
/ 504.950 hoja Naranjo. 190
litros por segundo del Río Prendas, efectuando la
captación en finca de su propiedad Carrillos, Poás, Alajuela, para uso
agroindustrial-ingenio. Coordenadas 224.400 / 505.050 hoja Naranjo. Predios
inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de
junio de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011049641).
Exp.
9854P.—Corporación Internacional Castillo Azul S. A., solicita concesión de: 0,25 litros por segundo
del pozo RG-415, efectuando la captación en finca de su propiedad en Garita,
Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 220.050 /
503.900 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de
junio del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2011049764).
Exp. 14695P.—Finca
Arromar S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo del pozo RG-891,
efectuando la captación en finca de Finca Arromar S. A., en Guácima (Alajuela),
Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 214.940 / 505.520 hoja Guácima.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 24 de junio de 2011.—José Miguel
Zeledón Calderón, Director.—(IN2011049798).
Registro Civil
-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Cristina
Auxiliadora Echaverry Rugama, ha dictado una resolución que en lo conducente
dice: Resolución Nº 1497-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos
Jurídicos.—San José, a las diez horas y diecisiete minutos del tres de
setiembre del dos mil nueve. Ocurso. Exp. Nº 22171-09. Resultando: 1º—Por
tanto: rectifiqúese el asiento de nacimiento de Winston Josué Echaverry
Rugama..., en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita
es “Cristina Auxiliadora” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles,
Directora General.—1 vez.—RP2011244577.—(IN2011049038).
Se hace saber que este
Registro en diligencias de ocurso incoadas por Óscar Danilo Mejía Bermúdez, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
2127-2010.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San
José, a las ocho horas diez minutos del veintiuno de setiembre del dos mil
diez. Ocurso. Exp. N° 28257-2010. Resultando: 1º—..., 2º—...Considerando:
I.—Hechos Probados:…, II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:..., Por
tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Danny Emanuel Mejía Sevilla...;
en el sentido que el segundo apellido del padre de la persona ahí inscrita es
“Bermúdez” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora
General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1
vez.—(IN2011049631).
Se hace saber que este
Registro en diligencias de ocurso incoadas por, Ivania del Carmen Castro
Castro, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
2774-2010.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San
José, a las ocho horas dos minutos del tres de diciembre del dos mil diez.
Ocurso. Exp. Nº 36540-2010. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos
probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de María Fernanda Leyva Castro...; en el
sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Ivania del
Carmen” y no como se consignó.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic.
Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2011244900.—(IN2011049861).
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos
de Solicitud de naturalización
Jacqueline Nazur Acosta, mayor, casada,
dependiente, cubana, cédula de residencia 315-0204311-0007893, vecina de San
José, expediente 3122-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información,
de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y
Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas,
solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se
emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para
que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días
hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y
aportando las pruebas del caso.—San José, 29 de abril del 2011.—Lic. Marisol
Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2011049747).
Francisco Armando
Murcia Marín, mayor, soltero, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia
15580016401, vecino de San José, expediente 514-2008. Se ha presentado a este
Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos
11 y 12 de la Ley
de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus
reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización.
Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud,
para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez
días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición
y aportando las pruebas del caso.—San José, 4 de mayo del 2011.—Lic. Óscar
Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—1 vez.—(IN2011049794).
María Emma Vollmuth
Moreno conocida como María Emma Vollmuth de Russi, mayor, casada, empresaria,
colombiana, cédula de residencia 155802172432, vecina de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones
y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. 2881-2008.—San José, 28 de junio del 2011.—Lic.
Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2011049807).
Kevin Rodolfo Watts
Gutiérrez, mayor, soltero, oficinista, nicaragüense, cédula de residencia
155802772330, vecino de San José, expediente 3915-2009. Se ha presentado a este
Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos
11 y 12 de la Ley
de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus
reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por
naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso,
motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, siete de
abril del dos mil once.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1
vez.—RP2011244827.—(IN2011049862).
Natalia Cecilia Jojart
Chiminela, mayor, soltera, gestora ambiental, argentina, cédula de residencia
405-0208248-0001285, vecina de Heredia, expediente 1894-2009. Se ha presentado
a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los
artículos 11 y 12 de la Ley
de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus
reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por
naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso,
motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, siete de
abril de dos mil once.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1
vez.—RP2011244836.—(IN2011049863).
Ana Yancy González
Solís, mayor, soltera, operaria industria, nicaragüense, cédula de residencia
N° 155802333612, vecina de Alajuela, expediente 685-2009. Se ha presentado a
este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los
Artículos 11 y 12 de la Ley
de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus
reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por
naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando
su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, siete de abril de dos
once.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1
vez.—RP2011244837.—(IN2011049864).
Junjie Feng Wu, mayor,
soltero, comerciante, chino, cédula de residencia 115600158404, vecino de
Limón, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones
y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso.—San José, veintiuno de junio del dos mil once.—Lic.
Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2011244950.—(IN2011049866).
Jiayi Feng Wuf menor,
no indica estado civil, estudiante, china, cédula de residencia 115600158618,
vecina de Limón, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se
emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para
que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días
hábiles siguientes a la publicación de este aviso.—San José, veintiuno de junio
del dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1
vez.—RP2011244951.—(IN2011049867).
Yingjie Feng Wu,
menor, no indica estado civil, estudiante, chino, cédula de residencia
115600158334, vecino de Limón, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.—San
José, veintiuno de junio de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero,
Jefe.—1 vez.—RP2011244952.—(IN2011049868).
Óscar Horacio Cáceres
Díaz, mayor, divorciado, licenciando en cultura física y deporte, cubano,
cédula de residencia 119200232235, vecino de San José, expediente 3117-2009. Se
ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo
dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155
del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la
nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas
del caso.—San José, veintisiete de mayo de dos mil once.—Lic. Óscar Fernando
Mena Carvajal, Director General a. í.—1 vez.—(IN2011050021).
MODIFICACIÓN PROGRAMA DE
ADQUISICIONES
AÑO 2011
Descripción
|
Fecha estimada
|
Fuente
Financiamiento
|
Monto anual
aproximado
|
Contratación integral del servicio de transporte de valores del BCR
|
II semestre
|
BCR
|
¢600.000.000,00
|
Oficina
Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Área de Licitaciones.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº
1460.—C-3620.—(IN2011051654).
ASAMBLEA
LEGISLATIVA
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2011LA-000017-01
Compra
de uniformes
La Asamblea Legislativa, invita a participar en la Licitación Abreviada
N° 2011LA-000017-01. El cartel correspondiente está disponible en la Proveeduría,
sita del cine Magaly, 50
metros norte y 50 metros oeste, edificio Sasso, segundo piso o
en la página www.asamblea.go.cr.
El plazo para recibir ofertas vence el día 9
de agosto de 2011, a
las 10:00 horas, momento en el cual se procederá a la apertura de las mismas.
San José, 5 de julio del 2011.—Departamento
de Proveeduría.—MBA. Melvin Laines Castro, Director.—1 vez.—O.C. Nº
2001.—Solicitud Nº 35629.—C-7220.—(IN2011051518).
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA 2011LN-000158-13402
Mantenimiento,
actualización y soporte técnico del Sistema
Tribunet y
Aplicaciones.NET
La Proveeduría Institucional del Ministerio de Hacienda, recibirá ofertas
hasta las 9:00 horas del día 1º de agosto del 2011, para la contratación citada
anteriormente, a favor del Programa Dirección General de Informática.
El cartel se encuentra a disposición gratuitamente en el sistema
CompraRed, en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared de Internet, un día
hábil después de publicado este aviso.
San José, 1º de julio del 2011.—M.Sc. Marco
A. Fernández Umaña, Proveedor Institucional.—1 vez.—O.C. Nº 11138.—Solicitud Nº
34190.—C-7670.—(IN2011051447).
SISTEMA
NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000107-01100
Mantenimiento
preventivo y correctivo de vehículos
El Sistema Nacional de Áreas de Conservación,
a través de la Proveeduría Institucional, recibirá ofertas hasta
las 08:00 horas del día 9 de agosto del 2011. El interesado tiene el cartel a
disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita, en la dirección:
https:www.hacienda.go.cr/comprared; a partir del siguiente día hábil de la
presente publicación, u obtener el cartel para ser fotocopiado, en la Proveeduría
Institucional del Sistema Nacional de Áreas de Conservación,
ubicada 300 metros
al norte de Radiográfica Costarricense S. A. (RACSA), edificio Padilla, contiguo
al Banco Popular, entrada costado norte, San José, teléfono: 2522-6500. Ext.
121 ó 240.
Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora
Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 25329.—Solicitud Nº
37597.—C-7670.—(IN2011051376).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000109-01100
Compra
de vehículos
El Sistema Nacional de Áreas de Conservación,
a través de la Proveeduría Institucional, recibirá únicamente
ofertas electrónicas hasta las 11:00 horas del día 9 de agosto del 2011, para
la compra de vehículos del SINAC.
El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema Compra Red
en forma gratuita, en la dirección: https:www.hacienda.go.cr/comprared, a
partir del siguiente día hábil de la presente publicación.
Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora
Institucional.—1 vez.—Solicitud Nº 37597.—C-7670.—(IN2011051378).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
El
Departamento de Proveeduría invita a participar en:
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000040-PROV
Compra, instalación y puesta en operación de Sistema de Acceso
Biométrico,
Sistema de Seguridad de Circuito Cerrado de
Televisión
(CCTV) y Sistema de Seguridad Antirrobo
para
la Plataforma
de Información Policial del
Organismo
de Investigación Judicial
Fecha y hora de apertura: 17 de agosto de 2011, a las 10:00 horas
_____
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000050-PROV
Compra
de lámparas de luz alterna para búsqueda de indicios,
para uso del
Organismo de Investigación Judicial
Fecha y hora de apertura: 17 de agosto de 2011, a las 10:30 horas.
_____
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000013-PROV
Arrendamiento
de microcomputadoras
Fecha y hora de apertura: 19 de agosto de 2011, a las 10:00 horas.
A partir de esta publicación, el respectivo cartel
se puede obtener a través de Internet en la dirección http://poder-judicial.go.
cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm. Para más información dirigirse al
Departamento de Proveeduría; sita en el piso 3° del edificio Anexo B, ubicado
en San José, calle 15 avenida 6; o bien, a los teléfonos 2295-3136 / 3295 /
3623.
San José, 5 de julio del 2011.—Proceso de
Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2011051391).
LICITACIÓN
PÚBLICA 2011LN-000008-PROV
Contratación de
servicios de fotocopiado, así como venta
de discos
para reproducción en formato de CD’S y DVD,
llaves maya 1GB y escaneo de
documentos, para
el
Juzgado de Tránsito del I Circuito Judicial de San José
Fecha
y hora de apertura: 19 de agosto de 2011, a las 10:00 horas.
El respectivo
cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación.
Para ello, los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del
Departamento de Proveeduría; sita en el 3° piso del edificio Anexo B, ubicado
en la esquina formada entre calle 15 avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a
través de Internet, en la dirección
htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm, o
solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la siguiente
dirección: ivalerio@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse
su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá
comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3136/3623/3295.
San
José, 5 de julio del 2011.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa, Proceso de
Adquisiciones.—1 vez.—(IN2011051703).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000119-85002
Compra
de concentrador, enrutadores,
tarjeta de 48
puertos y otros
La Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones recibirá ofertas hasta las 10:00
horas del día 5 de agosto de este año para la citada contratación.
Los interesados en este concurso tienen el cartel a su disposición en
forma gratuita en la página web del Tribunal www.tse.go.cr. link “TSE en la Red de Transparencia
institucional/adquisiciones”, o en www.hacienda.go.cr link CompraRED; o bien,
podrán obtenerlo en la
Proveeduría, sita: costado oeste del Parque Nacional en San
José, tercer edificio, planta baja, para lo cual deberá aportar un medio
magnético nuevo o un dispositivo de almacenamiento masivo como llave maya (no
se suministrarán ejemplares impresos).
Lic. Allan Herrera Herrera, Proveedor.—1
vez.—O. C. Nº
10788.—Solicitud Nº 0618.—C-6350.—(IN2011051390).
OFICINA DE COMPRAS Y PAGOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2011LA-000030-01
Arrendamiento de un
anillo de fibra óptica
para los edificios principales del BCR
El
Banco de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con
treinta minutos (10:30 a.m.) del 1º de agosto del 2011, para la licitación en
referencia.
Los interesados
pueden retirar el cartel de licitación que incluye las especificaciones y
condiciones generales en la
Oficina de Compras y Pagos del Banco de Costa Rica, ubicada en
el tercer piso de oficinas centrales, con un horario de 9:00 a.m. a 3:00 p.m.
San
José, 5 de julio del 2011.—Rodrigo Aguilar S., Área de Licitaciones.—1 vez.—O.
C. Nº 60598-Solicitud Nº 1455.—C-5870.—(IN2011051656).
CENTRO
NACIONAL DE REHABILITACIÓN
DR. HUMBERTO ARAYA
ROJAS
SUBÁREA
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL 2011LN-000002-2203
Precalificación
de oferentes
para
mantenimiento de vehículos
La
Subárea de Contratación
Administrativa con autorización de la Dirección Médica,
les comunica la fecha de apertura de la Licitación Pública
Nacional 2011LN-000002-2203, por Precalificación de oferentes para
mantenimiento de vehículos.
La fecha y hora máxima para recibir ofertas será el 5 de agosto de
2011 al ser las 13:00 horas.
El cartel y las especificaciones técnicas para este concurso, se
encuentran a la venta en la
Recepción de la Subárea de Contratación Administrativa. Los
cupones para la adquisición del cartel, están a la venta en la caja chica de
este centro. Valor del cartel ¢200,00 (doscientos colones con cero céntimos).
Bach. Marilyn Barrantes Vargas, Jefa a. í.—1
vez.—(IN2011051534).
DIRECCIÓN
REGIONAL DE SERVICIOS
DE
SALUD CENTRAL NORTE
LICITACIÓN ABREVIADA
2011LA-000008-2299
Servicios de aseo y
limpieza para el Área de Salud de Atenas
Se
establece como fecha límite para la recepción de ofertas el 08 de agosto del 2011 a las 9:00 a.m.; así
mismo, el cartel de este procedimiento se encuentra disponible a partir de la
fecha de esta publicación en esta sede regional, ubicada a 200 metros norte de la Municipalidad de
Santo Domingo de Heredia, lugar donde también se recibirán las ofertas.
Para ver más
detalles y corroborar información accesar la siguiente dirección:
http://www.ccss.sa.cr.
4
de julio del 2011.—Unidad Regional de Contratación Administrativa.—Lic. Carlos
Gómez Cruz.—1 vez.—(IN2011051597).
GERENCIA
DE LOGÍSTICA
DIRECCIÓN DE
APROVISIONAMIENTO
DE BIENES Y SERVICIOS
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES
Y SERVICIOS
CONCURSO Nº
2011LA-000162-5101
300 CN Cloroquina Base
150 mg (como fosfato), tabletas
Se
informa a los interesados que está disponible en la fotocopiadora del piso
comercial, Edificio Anexo CCSS, el cartel de la Licitación Pública
Nº 2011LA-000162-5101, para la adquisición de:
Ítem
único: 300 CN Cloroquina Base 150 mg (como fosfato), tabletas.
Apertura de
ofertas para el día 1º de agosto del 2011, a las 12:30 horas.
Vea detalles y
mayor información en la página Web http://www.ccss.sa.cr.
San
José, 8 de julio de 2011.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1
vez.—O. C. Nº 1142-Solicitud Nº 32614.—C-7620.—(IN2011051712).
ÁREA
DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
2011LA-000153-5101
Compras de tintas para
equipo multifuncional,
impresoras láser y fotocopiadora
Cantidad de ítemes: 26
Modalidad de entrega
según demanda
A los oferentes
interesados en participar en el concurso antes mencionado, se les comunica que
está disponible el cartel, el cual podrá adquirir en la fotocopiadora ubicada
en el piso comercial del Edificio Jenaro Valverde. Además se les informa que la
apertura de ofertas se realizará el día 1º de agosto del año 2011 a las 8:30 horas.
Ver detalle en
http:www.ccss.sa.cr.
Subárea
de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142-Solicitud Nº
32613.—C-8080.—(IN2011051715).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2011LA-000046-PRI
(Convocatoria)
Contratación
para el mantenimiento preventivo
y correctivo de la
infraestructura de la red
inalámbrica de
datos institucional
El Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se
recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 22 de julio del 2011 para la “Contratación
para el mantenimiento preventivo y correctivo de la infraestructura de la red
inalámbrica de datos institucionales”.
Los documentos que conforman el cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del
AyA sita en el módulo C, piso 3 del edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas,
previa cancelación de ¢500,00 o en el Web www.aya.go.cr, Link Proveeduría
Institucional.
Dirección de Proveeduría.—Lic. Jennifer
Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 11-03.—Solicitud Nº
3209.—C-7220.—(IN2011051432).
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2011LN-000001-02
Contratación
de servicios de seguridad y vigilancia para
los centros de
Formación de Alajuelita, Mora
e instalaciones
del edificio del
INA en Paseo
Colón
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional
Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo
ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 1º de agosto del 2011. Los
interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de
¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones de dicha Regional, sita de la Pizza Hut Paseo Colón, 250 metros al sur,
contiguo a la iglesia Don Bosco, edificio Don Bosco, en el primer nivel, o bien
ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Lic. Allan Altamirano Díaz, Proceso de
Adquisiciones.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº
24799.—C-7180.—(IN2011051678).
Compra
de automóviles nuevos para uso didáctico
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras
Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas
por escrito hasta las 8:00 horas del 29 de julio del 2011. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el
Proceso de Adquisiciones, sita La
Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o
bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
La apertura de las ofertas se realizará en la sala de reuniones de la Presidencia Ejecutiva.
Lic. Allan Altamirano Díaz, Proceso de
Adquisiciones.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº
24799.—C-7180.—(IN2011051680).
Compra
equipo para talleres de plomería
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras
Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas
por escrito hasta las 8:00 horas del 1º de agosto del 2011. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el
Proceso de Adquisiciones, sita La
Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o
bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Lic. Allan Altamirano Díaz, Proceso de
Adquisiciones.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 24799.—C-7180.—(IN2011051683).
Compra
de equipos de medición para refrigeración
y aire
acondicionado
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras
Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas
por escrito hasta las 10:00 horas del 3 de agosto del 2011. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el
Proceso de Adquisiciones, sita La
Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o
bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consulta
carteles.
Lic. Allan Altamirano Díaz .—1 vez.—O. C. Nº
21083.—Sol. Nº 24799.—C-7180.—(IN2011051686).
Compra
de equipo para la enseñanza de audio y video
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras
Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas
por escrito hasta las 8:00 horas del 3 de agosto del 2011. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el
Proceso de Adquisiciones, sita La
Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o
bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consulta
carteles.
Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº
21083.—Sol. Nº 24799.—C-7180.—(IN2011051687).
Compra
de equipo para laboratorio físico-químico
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras
Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas
por escrito hasta las 10:00 horas del 1º de agosto del 2011. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el
Proceso de Adquisiciones, sita La
Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o
bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consulta
carteles.
Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº
21083.—Sol. Nº 24799.—C-7180.—(IN2011051689).
Compra
de equipo para diagnóstico
de vehículos
automotores
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras
Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas
por escrito hasta las 8:00 horas del 4 de agosto del 2011. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500.00 en el
Proceso de Adquisiciones, sita La
Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o
bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan
Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº
24799.—C-7180.—(IN2011051690).
Compra
de telescopios
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras
Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas
por escrito hasta las 10:00 horas del 8 de agosto del 2011. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el
Proceso de Adquisiciones, sita La
Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o
bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan
Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº
24799.—C-7180.—(IN2011051695).
Compra
de equipo de laboratorio
para uso en
agropecuario
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras
Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas
por escrito hasta las 8:00 horas del 5 de agosto del 2011. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500.00 en el
Proceso de Adquisiciones, sita La
Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o
bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan
Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº
24799.—C-7180.—(IN2011051697).
Compra
de equipos para talleres
de electrónica
en general
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras
Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas
por escrito hasta las 10:00 horas del 5 de agosto del 2011. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500.00 en el
Proceso de Adquisiciones, sita La
Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o
bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan
Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº
24799.—C-7180.—(IN2011051700).
Compra
de equipos de monitoreo ambiental
(riesgos físicos y químicos)
El Proceso de
Adquisiciones de la Unidad
de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará
recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 4 de agosto del 2011.
Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo
de ¢500.00 en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros
al oeste del Hospital México, o bien ver la
página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Proceso de Adquisiciones.—1
vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº 24799.—C-7180.—(IN2011051701).
Compra
de equipo de procesamiento de alimentos
para industria alimentaria
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras
Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas
por escrito hasta las 08:00 horas del 08 de agosto del 2011. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el
Proceso de Adquisiciones, sita La
Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o
bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—O
C Nº 21083.—Solicitud Nº 24799.—C-7180.—(IN2011051704).
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2011LA-000024-02
Suministro
de equipo de inspección de ondas guiadas
La
Dirección de
Suministros de Recope invita a participar en la Licitación Abreviada
N° 2011LA-000024-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el
segundo piso de las Oficinas Centrales de Recope, edificio Hernán Garrón, sita
en Urbanización Tournón Norte, San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del
periódico La
República, hasta las 10:00 horas del día 28 de julio del
2011.
El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo
pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un
costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible en la página WEB de
Recope, www.recope.com.
San José, 30 de junio del 2011.—Ing. Norma
Álvarez Morales, Directora - Dirección de Suministros.—1 vez.—O. C. Nº
011-040.—Solicitud Nº 39570.—C-5420.—(IN2011051417).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2011LA-000025-02
Suministro
de equipo de inspección de Arreglo de fase
La
Dirección de
Suministros de Recope, invita a participar en la Licitación Abreviada
N° 2011LA-000025-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el
segundo piso de las Oficinas Centrales de Recope, edificio Hernán Garrón, sita
en urbanización Tournón Norte, San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del
periódico La
República, hasta las 10:00 horas del día 01 de agosto del
2011.
El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo
pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un
costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible en la página WEB de
Recope, www.recope.com.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez
Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 11-040.—Solicitud Nº
31504.—C-6770.—(IN2011051423).
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A.
CONCURSO DE ADQUISICIÓN
2011PP-000203-DGCMRACSA
Instalación y
mantenimiento de las redes
de telecomunicaciones de RACSA
Radiográfica
Costarricense S. A. se permite invitar a los interesados en participar en el
Concurso arriba indicado, retirando el respectivo Pliego de Condiciones en la Proveeduría
Empresarial, sita avenida 5a, calle 1a, por la suma de
¢1.500,00 previo pago en las cajas de RACSA. Fecha límite para la recepción de
ofertas será el día 29 de julio del 2011, hasta las 16 horas, en la misma sede.
San
José, 4 de julio del 2011.—MBA. Xavier Sagot Ramírez, Proveedor Empresarial.—1
vez.—(IN2011051642).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011
LA-000130-78300
La
Proveeduría Institucional, informa que
de acuerdo a Resolución de Adjudicación Nº 0286-2011 de las 14 horas 15 minutos
del 30 de junio del 2011, se adjudica la licitación arriba indicada de la
siguiente manera:
Botica San José S. A. (3-101-004993),
línea adjudicada 3 cantidad 10.000 total adjudicado ¢420.000; línea 4 cantidad
1000 total ¢960.000; línea 5 cantidad 150 total ¢162.000; línea 6 cantidad 200
monto ¢170.960; línea 7 cantidad 200 total ¢246.330; línea 9 cantidad 520 total
¢187.200; línea 10 cantidad 2000 total ¢91.200; línea 12 cantidad 16.600 total
¢478.080; línea 13 cantidad 16.940 total ¢499.730; línea 17 cantidad 89.000
total ¢2.047.000; línea 18 cantidad 29.600 total ¢680.800; línea 19 cantidad
2000 total ¢126.500; línea 20 cantidad 5.000 total ¢316.250; línea 21 cantidad
2000 total ¢126.500; línea 23 cantidad 14.900 total ¢5.983.095; línea 28
cantidad 7.480 total ¢61.710; línea 31 cantidad 15 total ¢30.240; línea 33
cantidad 36 total ¢207.000.
Alfa Médica
S. A. (3-101-255970), línea 1 cantidad 600 total
adjudicado ¢162.000; línea 2 cantidad 16 total ¢88.000; línea 8 cantidad 38.857
total adjudicado ¢1.359.995; línea 11 cantidad 25 total ¢296.875; línea 14
cantidad 492 total ¢369.000; línea 15 cantidad 492 total ¢369.000; línea 16
cantidad 492 total ¢393.600; línea 22 cantidad 2.600 total ¢98.800; línea 24
cantidad 877 total ¢438.500; línea 25 cantidad 450 total ¢405.000; línea 26
cantidad 1.250 total ¢ 2.500.000; línea 27 cantidad 300 total ¢105.000; línea
30 cantidad 26.220 total ¢262.200; línea 32 cantidad 36 total ¢173.376.
Se
les comunica a los interesados que la Resolución Nº 0286-2011 se encontrará en
COMPRARED a partir de la fecha.
San
José, 4 de julio de 2011.—Rolando Arturo Chinchilla Masís, Proveedor
Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 12288.—Solicitud Nº 16711.—C-15320.—(IN2011051610).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
Se comunica a todos los interesados en los
procedimientos de contratación que se dirán, que por acuerdos del Consejo
Superior del Poder Judicial en sesión 59-11 del 30 de junio de 2011, artículo
IV, se dispuso lo siguiente:
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000023-PROV
Servicios
Médicos bajo la modalidad de hora profesional
para servidores
judiciales del Segundo Circuito
Judicial de
Guanacaste, sede Santa Cruz
Se declara infructuoso el procedimiento.
Demás características y condiciones según
cartel respectivo.
San José, 1º de julio del 2011.—Proceso de
Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2011051392).
DIRECCIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2010LN-000001-01
Contratación
del servicio de seguridad y vigilancia
del edificio del
BANHVI por un período de un año
El Banco Hipotecario de la Vivienda a través de la Gerencia General,
mediante resolución motivada, resolvió: adjudicar el procedimiento de
contratación administrativa: Licitación Pública Nº 2010LN-000001-01, para la
“Contratación del servicio de seguridad y vigilancia del edificio del BANHVI
por un período de un año”, a la empresa Servicios Técnicos Viachica S. A.
Margoth Campos Barrantes, Directora
Administrativa.—1 vez.—(IN2011051672).
GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍAS
DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2011LA-000003-1150
Servicios de
mantenimiento equipo de cómputo
Se
informa a los interesados que se resolvió adjudicar la presente licitación a la
oferta Nº 01: Consorcio de Importación y Exportación CONISA S. A., de la
siguiente manera:
Ítem
único: Monto adjudicado: ¢31.500.000,00.
Ver mayores
detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San
José, 01 de julio del 2011.—Subárea Gestión de Compras.—MBA Lydia Durán
Jiménez, Jefa.—1 vez.—(IN2011051725).
DIVISIÓN
FÁBRICA NACIONAL DE LICORES
SECCIÓN
PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2010LA-000013-PV
Contratación
de servicio de transporte de personal
La Fábrica Nacional de Licores, por medio de su Proveeduría comunica a los interesados
que mediante acuerdo de la
Junta Directiva del Consejo Nacional de Producción Nº 38161
adoptado en sesión 2806 (Ord.), artículo 6, celebrada el día 23 de junio del
2011, se dispuso adjudicar la contratación del servicio de transporte de
personal a la empresa Travisa Herediana S. A. con el siguiente costo
diario: Servicio Nº 1: ¢80.012,70 Servicio Nº 2: ¢102.706,42; el servicio se
cotizó conforme a los términos establecidos en el cartel.
Por lo anterior, se invita al adjudicatario a que deposite la garantía
de cumplimiento por el 5% del monto adjudicado, con los siguientes requisitos:
• Esta
garantía deberá contar con una vigencia mínima de 60 días adicionales de la
fecha de recepción definitiva del contrato.
• Presentar declaración jurada en donde se indique que la empresa
se encuentra al día en el pago de los impuestos nacionales.
• Adjuntar un timbre deportivo de ¢5,00 (cinco colones).
• Aportar una certificación extendida por la Caja Costarricense
de Seguro Social, en donde conste que se encuentra al día con las obligaciones
respectivas.
Todo lo anterior deberá presentarse en la
oficina de la
Proveeduría, dentro de los cinco días hábiles siguientes
contados a partir de la fecha en que quede en firme la adjudicación. El
depósito deberá emitirse a favor del Consejo Nacional de Producción, en la Tesorería de FANAL en Rincón de Salas, Grecia. A los demás
oferentes se les invita a retirar la garantía de participación.
4 de julio del 2011.—MBA. Francisco Merino
Carmona, Coordinador, Área Departamento Administrativo.—1 vez.—(IN2011051396).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2011LA-000015-PRI
Construcción
de tanques de almacenamiento de 400, 50
y 20 m³ y paso elevado
de tubería en La Guaria,
Valle de La Estrella, Limón
El Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que mediante
Resolución de Subgerencia General Nº 2011-303 del 08 de junio del 2011, se
adjudica la presente licitación a la oferta Nº 4: Intec Internacional S. A.,
por un monto total de ¢239.405.024,66 colones. Para efectos presupuestarios se
asigna además a este proyecto, por el rubro 020 “trabajos por administración”,
la suma de ¢8.000.000,00 colones.
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.
Dirección de Proveeduría.—Lic. Jennifer
Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 11-03.—Solicitud Nº
3210.—C-10820.—(IN2011051431).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000001-PROTURISMO
Concesión
para administrar y explotar el terreno
e instalaciones
del Paradero Lacustre Charrarra
La Proveeduría del Instituto Costarricense de Turismo debidamente autorizada,
comunica a todos los participantes en la Licitación Pública
Nº 2011LN-000001-PROTURISMO “Concesión para administrar y explotar el terreno e
instalaciones del Paradero Lacustre Charrarra”, que la Junta Directiva
declara desierta esta licitación, en razón de que los montos ofertados para la
inversión no son suficientes para atender las necesidades reales de dicho
centro turístico, lo que limita al Instituto para poder satisfacer las demandas
del turismo, a través de servicios brindados por un tercero bajo la modalidad
de concesión de instalaciones públicas.
Lic. Miguel Zaldívar Gómez, Proveedor
Institucional.—1 vez.—O.C. Nº 13858.—Solicitud Nº 20384.—C-8570.—(IN2011051594).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000001-01
Contratación
de servicios de consultoría para
el
acompañamiento de la implementación del
plan para el
fortalecimiento a los gobiernos
locales e impulso
a los procesos de
descentralización
Se avisa a todos los interesados en la
licitación abreviada arriba señalada, que por medio de acuerdo primero,
artículo dos, de la sesión ordinaria Nº 4048, la Junta Directiva
del IFAM, aprobó:
d) Adjudicar el proceso de la Licitación Abreviada
Nº 2011LA-000001-01 “Contratación de servicios de consultoría para el
acompañamiento de la implementación del plan para el fortalecimiento a los
gobiernos locales e impulso a los procesos de descentralización”, a la Lic. Laura
Obando Villegas, conforme a la recomendación de la Comisión de
Contratación Administrativa, oficio Nº DAI-1024-SP-165-11 (considerando décimo
sexto).
Moravia, 1º de julio del 2011.—Dirección
Administración Interna.—Lic. Walter Ocampo Sánchez, Director.—1
vez.—(IN2011051664).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2011LA-000001-PROV
Contrato
de suministro de tintas de cuatricomía
para la
impresión de loterías
A los interesados en la presente licitación
se les informa que con fundamento en el artículo 13, inciso p) del Reglamento
Orgánico de la
Institución, la Gerencia General mediante acta del 27 de junio
del 2011 procedió a adjudicar la licitación abreviada 2011LA-000001-PROV por
“Contrato de suministro de tintas de cuatricomía para la impresión de
loterías”, de la siguiente manera:
A: Gevisa Artes Gráficas S. A., cédula
jurídica 3-101-200873
Descripción Precio unitario Precio total
600 kilos de tinta amarillo proceso, $7,98 $4.788,00
Quickson Premium marca Van
Son código VS6530
450 kilos de tinta magenta proceso, $7,98 $3.591,00
Quickson Premium marca
Van Son código VS6531
400 kilos de tinta cyan proceso, Quickson $7,98 $3.192,00
Premium marca Van Son código
VS6532
350 kilos de tinta negro intenso, Quickson $7,98 $2.793,00
Premium marca Van Son código
VS6537
Total $14.364,00
Plazo de entrega: Parcial 30 días naturales a
partir de la orden de compra.
Forma de pago: Parcial según entregas
Garantía del producto: 12 meses
Todo de acuerdo con los términos del cartel y oferta respectiva.
Al adjudicatario se le indica que debe rendir una garantía de
cumplimiento equivalente a un 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado,
dentro de los tres días hábiles siguientes a la firmeza del acto de
adjudicación. Esta garantía debe estar vigente por un año.
San José, 4 de julio del 2011.—Departamento
de Proveeduría.—Lic. Jorge A. Villalobos Fonseca, Jefe.—1 vez.—O.C. Nº
15067.—Solicitud Nº 32500.—C-19000.—(IN2011051504).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2011LA-000023-PROV
(Declarada
infructuosa)
Adquisición
de una casa de habitación en condominio
A los interesados en la presente licitación
se les comunica que con fundamento en el artículo 13, inciso p) del Reglamento
Orgánico de la
Institución, la Gerencia General, mediante acta del treinta de
junio de 2011, acordó declarar infructuosa la Licitación Abreviada
Nº 2011LA-000023-PROV, por “Adquisición de una casa de habitación en
condominio” debido a que no hubo oferentes.
San José, 4 de julio del 2011.—Departamento
de Proveeduría.—Lic. Jorge A. Villalobos Fonseca, Jefe.—1 vez.—O.C. Nº
15066.—Solicitud Nº 40630.—C-6780.—(IN2011051516).
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2011LA-000012-02
(Notificación
declaración infructuosa)
Suministro
e instalación de acometidas eléctricas
en la
subestación dos de Refinería
Se informa que el concurso en referencia,
según el oficio GRE-237-2011 con fecha del 30 de junio del 2011, de la Gerencia de Refinación de
la empresa, con base en lo estipulado en el artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa y 23 del Reglamento de Contrataciones de Recope, de lo
establecido en la cláusula 1.12 del cartel y lo expresado en los oficios
técnicos STR-308-2011 y STR-324-2011, en tanto, de la evaluación legal y
técnica efectuada a la oferta Nº 1 de Corporación Eléctrica Osmín Vargas S. A.
, esta se determinó cumplimente de los requisitos exigidos, con calificación
técnica superior al mínimo establecido, no obstante desde la perspectiva
económica con un monto cotizado cuya desviación resultó ser muy superior al 10%
del límite superior del estimado de Recope, considerado no apto para adjudicar
y sin advertir otros justificantes técnicos por los cuales se da la variación,
acuerda declarar infructuosa esta licitación y proceder con el trámite de un
nuevo concurso para la obtención del objeto contractual.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez
Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 11-040.—Solicitud Nº
31505.—C-6770.—(IN2011051427).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2011LA-000015-02
Suministro
e instalación de dosificador para
trasiego de
concentrado de espuma
Se informa que el concurso en referencia, fue
adjudicado según oficio GRE-238-2011 de la Gerencia de Refinación de la empresa, con fecha
del día 01 de julio del 2011, de acuerdo con el siguiente detalle.
Oferta Nº: Uno
(1)
Oferente: Prevención
y Seguridad Industrial S. A.
Apoderado
generalísimo: Esteban
Guardia Lachner
Monto total: $159.594.00
I.V.I, según desglose:
Equipo: $148.594,00
Instalación: $ 10.000,00
Capacitación: $ 1.000,00
Descripción: Suministro
e instalación del sistema de dosificación de espuma fluroproteinico y/o arfff,
con sistema de presión balanceada, montado en un solo patín (SKID
Mounted balance
presusre prototioing system), Modelo National Foam RCF-6” para proporcionar al 3%.
Demás
especificaciones conforme la oferta y cartel respectivo.
Forma de pago: Carta
de crédito
Tiempo y lugar
de entrega: Veinticinco
(25) semanas en la caseta Nº 6 ubicada al costado noroeste de la estación de
bombeo del nuevo poliducto en Refinería-Limón.
Instalación: quince (15) días
hábiles
Garantía de
operación: Doce
(12) meses contados a partir de la entrada en operación del equipo o
veinticuatro (24) meses posteriores a su aceptación por parte de RECOPE, lo que
ocurra primero.
Notas Importantes:
1. El
adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir de la
firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de
cumplimiento, de conformidad con los términos establecidos en la cláusula
1.13.2 del cartel.
2. La presente contratación se formalizará mediante la emisión
respectiva del pedido, el cual debe ser aprobado internamente por la Dirección Jurídica
de la Empresa.
3. Con el fin de validar jurídicamente el documento definido para
formalizar la presente contratación, se deberán reintegrar las especies
fiscales de ley correspondientes a un 0.5% del monto total del contrato,
pagadero en su totalidad por el contratista, utilizando para tal efecto el tipo
de cambio de venta que reporte el Banco Central de Costa Rica.
4. De conformidad con lo establecido en el artículo 83 del Reglamento
a la Ley de
Contratación Administrativa, el plazo de entrega del equipo es de veinticinco
(25) semanas.
5. Se aclara que se realiza esta adjudicación considerando lo señalado
en las “Notas Importantes” del informe de contratación considerando:
a. Según
el análisis de las especificaciones, el técnico nuestro señala que el
proporcionador adjudicado satisface plenamente las necesidades para el uso
requerido.
b. La poca variación con respecto al costo estimado por el
Departamento de Salud, Ambiente y Seguridad, lo cual supone un precio cercano
al costo del mercado.
c. La importancia de contar con el equipo cuanto antes para satisfacer
las necesidades en materia de seguridad de la Refinería.
d. Otras consideraciones contenidas en los oficios SARS-272-2011 y
SARS-286-2011.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez
Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 11-040.—Solicitud Nº
31505.—C-24770.—(IN2011051428).
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
REMATE
N° 2011-9-0002
Venta
de propiedad ubicada en Heredia
La
Dirección de
Suministros de Recope invita a participar en el remate N° 2011-9-0002, cuya
fecha de celebración se fijó para el día 21 de julio del 2010 a las 10:00 horas, en
dicha propiedad.
La finca está inscrita en el Registro Nacional de la Propiedad, partido
Heredia, bajo el sistema de folio real con matrícula 4-130006-000, plano
catastrado H-922394-1990.
Área según plano catastrado 90 m².
Valor de la propiedad: ¢15.939.232,00
Los interesados en esta propiedad pueden presentarse el día 14 de
julio del 2011, de las 9:00 a las 11:00 horas, donde personal de Recope le
mostrará la propiedad, para que puedan observar las características y
condiciones de la misma.
El cartel respectivo puede retirarse en el primer piso de las Oficinas
Centrales de Recope, previo pago en la caja del Departamento de Tesorería situado
en el mismo edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está
disponible, sin sus anexos, en la página WEB de Recope, www.recope.com.
San José, 1º de julio del 2011.—Ing. Norma
Álvarez Morales, Directora - Dirección de Suministros.—1 vez.—O. C. Nº
011-040.—Solicitud Nº 39572.—C-9020.—(IN2011051420).
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000123-13801
Mantenimiento
preventivo y correctivo del portal digital y de
la intranet
corporativa del Ministerio de Hacienda
La Proveeduría Institucional del Ministerio de Hacienda, comunica a todos
los interesados en participar en la Licitación Pública
2011LN-000123-13801 a
favor del Programa Dirección General de Informática, que se realizaron varias
modificaciones al cartel de Licitación en los siguientes numerales:
Sección 1.3 numeral A. 12
Apartado 3.1 Admisibilidad de las ofertas el 3.1.1
A su vez el periodo para recibir ofertas se
prorroga para el día 18 de julio 2011 hasta las 10:00 horas.
El cartel en su versión actualizada con las
modificaciones, se encuentra a disposición gratuitamente en el sistema
CompraRed, en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared de Internet, un día
hábil después de publicado este aviso.
San José, 5 de julio de 2011.—Lic. Marco
Aurelio Fernández Umaña, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
11408.—Solicitud Nº 5181.—C-12170.—(IN2011051688).
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE
PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA
2011LA-000014-PROV
(Aviso aclaraciones y/o modificaciones y
prórroga Nº 1)
Sustitución de cielo
raso del tercer y cuarto piso del edificio
de Tribunales de Justicia de Pérez
Zeledón
Se
prorroga la fecha de apertura para las 9:30 horas del 9 de agosto de 2011.
El Departamento
de Proveeduría comunica a todo potencial interesado en participar en el
procedimiento de contratación en referencia, que a partir de esta publicación,
en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm
se encuentran disponibles para descargar, los archivos denominados modificación
1, Plano N° 1 y Plano N° 2. Los demás términos y condiciones permanecen
invariables.
San
José, 5 de julio del 2011.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa, Proceso de
Adquisiciones.—1 vez.—(IN2011051702).
SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE
FONDOS DE INVERSIÓN
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2011LA-000001-11
Contratación de una
empresa calificadora de riesgo
para la calificación de los fondos de
inversión
que administra BCR-SAFI
BCR-Sociedad
Administradora de Fondos de Inversión (BCR-SAFI), comunica a los interesados en
la licitación en referencia que el cartel sufrió la siguiente modificación:
Se eliminan las
palabras “y su costo” del tercer párrafo del numeral 22.2. El resto de
condiciones se mantienen invariables.
Oficina
Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Licitaciones.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº
1462.—C-6320.—(IN2011051652).
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
LICITACIÓN PÚBLICA
2011LN-000013-2102
Prórroga y modificación
Adquisición de Letrozol 2.5 mg
Se
les comunica a todos los interesados en dicha licitación que se modificó los
requisitos que deben cumplir las ofertas. Dichos cambios se encuentran en la
recepción del Área de Gestión de Bienes y Servicios.
También
indicarles que la fecha de apertura se prorrogará para el día 19 de julio del 2011 a las 10:00 horas.
San
José, 30 de junio del 2011.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Daniel
Castro Vargas, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2011051649).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2011LA-000039-PRI
(Circular Nº 1)
Rehabilitación de
subcolector en Villas de Ayarco
El
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) cédula jurídica
Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la
licitación arriba indicada, que se prorroga la fecha de apertura para las 11:00
horas del 13 de julio del 2011.
Adicionalmente y
a partir de esta publicación podrán retirar, sin costo alguno, la Circular Nº 1, en la Dirección
Proveeduría del AyA sita en el módulo C, piso 3 del edificio
sede del AyA, ubicado en Pavas o accesarla en el Web www.aya.go.cr, Link
Proveeduría. Expediente
Las demás
condiciones permanecen invariables.
San
José, 5 de julio del 2011.—Lic. Jennifer Fernández Guillén, Dirección
Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 11-03-Solicitud Nº 3211.—C-7220.—(IN2011051723).
PROCESO
ADQUISICIONES
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000003-01
(Modificaciones y
aclaraciones al cartel)
Contratación
de profesionales especialistas en
certificaciones
de uso conforme de los suelos
para el
Instituto de Desarrollo Agrario
El Instituto de Desarrollo Agrario, comunica:
Debido a las modificaciones y aclaraciones al cartel de la licitación arriba
mencionada, se prorroga el día de apertura de ofertas para el lunes 18 de julio
del 2011, a
las nueve horas. Dichas modificaciones se estarán enviando vía correo
electrónico, solicitarlas a la dirección: mjara@ida.go.cr, o bien si desean
retirarlas gratuitamente en la
Unidad de Licitaciones del IDA, Sector Transportes. Central
telefónica 2247-7400.
Área de Contratación y Suministros.—Rafael
Fernández Bolaños, Jefe.—1 vez.—(IN2011051388).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000003-06
(Modificación)
Contratación
de abastecimiento de agroquímicos
por demanda para
la Unidad Regional
Huetar
Norte del INA
Se modifica el penúltimo párrafo de la cláusula 9.3: “Forma de pago” de la Licitación Abreviada
Nº 2011LA-000003-06, “Contratación de abastecimiento de agroquímicos por
demanda para la Unidad
Regional Huetar Norte del INA”, para lo cual debe leerse,
como sigue:
“...Cuando el precio de una oferta se
consigne en moneda extranjera, el pago se hará en colones calculados con el
tipo de cambio de venta del dólar publicado por el Banco Central de Costa Rica
(BCCR), al día en que se confeccione el respectivo cheque...”
Además, se modifican las unidades de
medida descritas en los Anexos 1 y 3. Para una mejor comprensión, se debe
descartar lo indicado inicialmente en dichos Anexos. Favor comunicarse con el
Proceso de Adquisiciones del INA en la Unidad Regional
Huetar Norte, para obtener los nuevos anexos.
Lo no indicado en el presente oficio se mantiene invariable.
San José, 5 de julio del 2011.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº
24799.—C-10760.—(IN2011051673).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000002-06
(Modificación)
Contratación
de abastecimiento de abarrotes
por demanda para
la Unidad Regional
Huetar Norte del
INA
Se modifica el penúltimo párrafo de la cláusula 8.3: “Forma de pago” de la Licitación Abreviada
Nº 2011LA-000002-06, “Contratación de abastecimiento de abarrotes por demanda
para la Unidad
Regional Huetar Norte del INA”, para lo cual debe leerse,
como sigue:
“...Cuando el precio de una oferta se
consigne en moneda extranjera, el pago se hará en colones calculados con el
tipo de cambio de venta del dólar publicado por el Banco Central de Costa Rica
(BCCR), al día en que se confeccione el respectivo cheque…”
Lo no indicado en el presente oficio se
mantiene invariable.
San José, 5 de julio del 2011.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº
24799.—C-8970.—(IN2011051674).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2011LA-000018-01(Prorroga)
Contratación
de servicios de aseo y limpieza con
criterios ambientales para algunas áreas
de la Sede Central
El Proceso de
Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores
interesados en participar en la Licitación Abreviada 2011LA-000018-01,
Contratación de servicios de aseo y limpieza con criterios ambientales para
algunas áreas de la Sede
Central que la fecha de apertura de esta licitación se
prorroga para el próximo 14 de julio del 2011, a las 10:00 horas.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado de Proceso de
Adquisiciones.—1 vez.—O C Nº 21083.—Solicitud Nº 24799.—C-7180.—(IN2011051705).
UNIDAD DE COMPRAS INSTITUCIONALES
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000006-01
(Modificación y
prórroga)
Contratación
del Desarrollo del Sistema de
Información de la Gestión Rectora
del Sinafor
El Proceso de Adquisiciones del Instituto
Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en
la
Licitación Abreviada Nº 2011LA-000006-01, “Contratación del
Desarrollo del Sistema de Información de la Gestión Rectora
del Sinafor”, que el cartel de la supramencionada licitación se modifica de la
siguiente manera:
1. Se modifica el punto 3.9, de las condiciones
invariables del cartel, de la siguiente manera:
El contratista, respetará el perfil mínimo
del profesional indicado en la oferta durante la duración del contrato, por lo
que en caso de tener que sustituir a uno de ellos, deberá respetarse el mismo
perfil del personal que sustituye. En todo caso, el contratista someterá a
consideración del Proceso de Adquisiciones el nombre y características
profesionales de la persona sustituta para el aval respectivo, con copia al
Comité de Evaluación.
Cualquier cambio en el recurso humano que no
cumpla con las condiciones anteriores implica la aplicación de sanciones
indicadas en las especificaciones técnicas.
En caso de presentarse una situación de
fuerza mayor, el Comité de Evaluación procederá a valorar la situación
enunciada por la empresa proveedora y determinará si las razones son válidas
para el cambio del recurso humano. Se proporcionan 5 días hábiles para
presentar la solicitud formal de cambio.
2. Se
modifica el punto 6 de la especificación técnica del cartel, cronograma de
actividades, a partir del inciso A2, como sigue:
A.2. Diagnóstico del Área e Interfaces a
automatizar.
A.3. Análisis de Requerimientos.
A.4. Construcción del Diseño (entiéndase el Diseño
a Desarrollar).
A.5. Base de Datos.
A.6. Desarrollo de cada uno de los módulos y
productos.
A.7. Tiempos de evaluación INA y corrección
empresa contratada.
A.8. Pruebas Integrales.
A.9. Capacitaciones.
A.10. Implantación y Puesta en Producción total del
Sistema.
A.11. Corrección de Desviaciones.
A.12. Manuales.
3. Se
modifica el orden de los módulos, en el apartado ESQUEMATIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN y en el punto 10 de las especificaciones
técnicas, tal y como se indica:
A. Módulo de Administración.
B. Módulo de Acreditación.
C. Módulo de Certificación.
D. Módulo de Centros Colaboradores.
E. Módulo de Articulación de la Educación.
4. En
el punto 2 “Condiciones Generales” de las especificaciones se elimina el
siguiente inciso:
A.4. Debe considerarse como un elemento
fundamental en la producción interna y en la estructuración de las interfaces
del SIGR, el desarrollo de las normas internacionales contables para el sector
público (NICSP) que el INA considere necesarias, así como el registro del gasto
en el sistema financiero contable (SIF) en forma completa, tanto a nivel
presupuestario como contable.
5. Se
modifica el inciso B) del punto 4 de las especificaciones técnicas como sigue:
B. Se deberá realizar la estructuración de
trabajo acorde al estándar de programación, plataforma de desarrollo de
sistemas de información, infraestructura institucional y la metodología de
administración de proyectos utilizado en la institución. El contratista deberá
presentar 3 alternativas de diseño para la visualización web gráfica del
sistema, quedando a criterio del INA la selección y aceptación de alguna de
ellas; de no aceptar ninguna el contratista deberá utilizar el estándar gráfico
actual del INA.
6. Se modifica el punto 11 de las especificaciones, como sigue:
En el inciso A.2
• A.2. Diccionario de Datos (Incorporarlo al
modelo automatizado arquitectónico de información que posee el INA en
producción).
Agregar el siguiente inciso en las
especificaciones técnicas, punto 11:
• E. Todos los manuales deberán ser entregados
además en forma digital.
7. Se
modifica el inciso A) del punto 13 de las especificaciones técnicas como sigue:
A. Producción total: Estado final de
funcionamiento que se espera tenga el sistema al finalizar la contratación.
Para esto se deben haber completado todas y cada una de las etapas previas:
Pruebas Verticales, Pruebas Horizontales. El Sistema Opera sin ningún problema
de ejecución en los equipos en que se accese, genera los resultados esperados.
La base de datos está depurada y contiene la información requerida para el
inicio del proceso productivo para el que se desarrolló el sistema e
información.
8. Se
modifica el inciso B.5) del punto 15 de las especificaciones técnicas, de la
siguiente manera:
B.5. Certificado de participación y/o
aprovechamiento a cada uno de las personas que reciban la capacitación.
El resto de especificaciones y condiciones
del cartel se mantiene invariable.
Debido a lo anterior, la fecha de apertura de esta licitación se
prorrogó para el próximo 14 de julio del 2011, a las 8:00 horas.
Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado Proceso
de Adquisiciones.—1 vez.—O. C. Nº 21083.—Solicitud Nº
24799.—C-42520.—(IN2011051676).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2011LA-000002-ARESEP
(Modificaciones y
prórroga)
Contratación
de servicios profesionales para llevar
a cabo la
adopción e implementación de las
normas contables
En La Gaceta Nº 115, del miércoles 15 de junio
del 2011, salió publicada la invitación en participar en la licitación de
referencia, donde la Oficina
de Proveeduría procede a realizar las siguientes modificaciones y aclaraciones:
En inciso IX acápite B (versión preliminar)
equivalente a inciso VIII acápite B de la versión definitiva donde se indica
que los participantes deberán aportar junto con la oferta, referencias de
instituciones públicas donde hayan prestado servicios de implementación de
Normativa Financiera Internacional que contemple, elaboración Manual de Cuentas
Contables, Catálogo de Cuentas Contables, Manual de Procedimientos Financiero-Contable,
Políticas Contables, las notas aclaratorias y la Estructura de los
Estados Financieros, para lo cual deberá adjuntar los documentos, constancias o
certificaciones originales del caso, con menos de un mes de emitidas. En estos
debe constar además el grado satisfacción o éxito del proyecto.
Este punto se modifica para que se
lea de la siguiente manera:
b) Experiencia de
la persona física o jurídica que participa como tal, o del consultor principal
que sea presentado en la oferta de la entidad jurídica: 20%
Los participantes deberán aportar junto con
la oferta, referencias preferiblemente de instituciones públicas donde
hayan prestado servicios de implementación de NIIF O NICSP que
contemple, elaboración Manual de. Cuentas Contables, Catálogo de Cuentas
Contables, Manual de Procedimientos Financiero-Contable, Políticas Contables,
las notas aclaratorias y la
Estructura de los Estados Financieros, para lo cual deberá
adjuntar los documentos; constancias o certificaciones originales del caso, con
menos de un año de emitidas. En estos debe constar además el grado satisfacción
o éxito del proyecto.
Se asignará 5 puntos por cada entidad
asesorada hasta un máximo de 20%.
La administración se reserva el derecho de
inspeccionar y verificar la información suministrada, ante los emisores de
dichos documentos.
En el punto 13.1.2 (versión preliminar)
equivalente a 12.2 de la versión final se indicaba que los requisitos de
admisibilidad del Consultor principal, deberían ser los siguientes:
Grado
académico de Licenciatura en Contaduría.
Deberá
estar incorporado al Colegio de Contadores Públicos de C.R.
Experiencia
mínima de 5 años ejercida en el desempeño de la Contaduría Pública
continuamente durante dicho tiempo (los puntos anteriores deben verificarse con
el aporte de certificación del Colegio de Contadores Públicos que incorpore
todos los elementos detallados).
Deberá
estar certificado en NIC o NIIF’S (aportar copia de certificado o certificación
del Colegio de CPA).
Deberá
estar certificado en NICSP (ídem punto anterior).
Currículo
Vitae.
Este punto se modifica para que se
lea de la siguiente manera:
12.2 Requisitos
de admisibilidad del Consultor Principal:
Grado
académico de Licenciatura en Contaduría.
Deberá
estar incorporado al Colegio de Contadores Públicos de C.R.
Experiencia
mínima de 5 años ejercida en el desempeño de la Contaduría Pública
continuamente durante dicho tiempo (los puntos anteriores deben verificarse con
el aporte de certificación del Colegio de Contadores Públicos que incorpore
todos los elementos detallados).
Deberá
estar certificado en NICSP o NIIF’S (aportar copia de certificado o
certificación preferiblemente del Colegio de CPA, o cualquier otro ente
competente para tal efecto).
Currículo
Vitae.
Las demás condiciones del cartel de
licitación, se mantienen invariables, además el plazo para recepción de ofertas
se prorroga hasta las 14:00 horas del 20 de julio del 2011.
San José, 4 de junio del 2011.—Jorge Romero
Vargas, Proveedor General.—1 vez.—O. C. Nº 5773-2011.—Solicitud Nº
36218.—C-31350.—(IN2011051727).
MUNICIPALIDAD
DE SAN CARLOS
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000001-01
(Prórroga)
Construcción
de superficie duradera carpeta,
camino 2-10-156,
Cuadrantes de Aguas
Zarcas, calle al
desvío
El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de San
Carlos, comunica a los interesados que se pasa la fecha de apertura para esta
licitación, se realizará el jueves 14 de julio, a las 10:00 horas.
Cualquier consulta al fax: 2460-2556 o al correo electrónico: paularp@munisc.go.cr.
San Carlos, 4 de julio del 2011.—Bach. Paula
Rojas Porras, Encargada de Licitaciones.—1 vez.—(IN2011051375).
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2011LN-000007-02
(Prórroga N° 2)
Contratación
de los servicios de ingeniería, mano de obra,
materiales,
equipo y herramientas para la construcción
de ocho tanques
y un cargadero
Les comunicamos a los interesados en participar
en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y recepción de ofertas
se prorrogó para el día 9 de agosto del 2011 a las 10:00 horas.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez
Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 11-040.—Solicitud Nº 39571.—C-4520.—(IN2011051421).
MUNICIPALIDAD
DE CURRIDABAT
CONSULTA
PÚBLICA NO VINCULANTE
El Concejo de Curridabat, en uso de la
potestad conferida en el artículo 13, inciso c), en concordancia con el
artículo 43 del Código Municipal y en virtud de la facultad otorgada en la Ley 8892 del 10 de noviembre
de 2010, “Regulación de mecanismos de vigilancia del acceso a barrios
residenciales con el fin de garantizar el derecho fundamental a la libertad de
tránsito”, por acuerdo Nº 2, que consta en el artículo 2º, capítulo 2º, del
acta de la sesión ordinaria Nº 059-2011, del 16 de junio del 2011, promulga,
previa consulta pública no vinculante por espacio de 10 días hábiles, el
siguiente:
REGLAMENTO
DE AUTORIZACIÓN PARA INSTALACIÓN
DE
CASETAS Y MECANISMOS DE VIGILANCIA DE ACCESO
A
BARRIOS, CASERÍOS Y RESIDENCIALES DEL CANTÓN
DE CURRIDABAT
Objeto
de regulación
El presente Reglamento tiene por objetivo
regular la instalación de casetas de seguridad y mecanismos de vigilancia de
acceso de vehículos en las entradas a barrios, caseríos o residenciales por
caminos vecinales, locales y no clasificados de la red vial cantonal de la
ciudad de Curridabat.
Artículo 1º—Procedencia: La Municipalidad de
Curridabat podrá autorizar la instalación de casetas y mecanismos de vigilancia
de acceso a barrios, caseríos y residenciales, siempre y cuando sean de
circuito cerrado o con calles sin salida.
Dicha autorización no podrá exceder los límites establecidos en el
presente reglamento, y tendrá la obligación de velar por que no se transgreda
el ejercicio del derecho fundamental a la libertad de tránsito de la
ciudadanía.
Los vecinos de dichas comunidades podrán solicitar formalmente ante el
Concejo Municipal dicha autorización, por medio de una asociación formal
comunitaria, como las asociaciones de desarrollo comunal u otras entidades
jurídicamente similares, o bien, por medio de una solicitud firmada al menos
por el setenta por ciento (70%) de los vecinos mayores de edad de la comunidad
en cuestión, quienes constituirán un comité de vecinos que se acreditará ante
la municipalidad respectiva, el cual designará al menos a dos representantes
formales.
El Concejo Municipal queda facultado para realizar todas las
diligencias administrativas pertinentes, para asegurarse que su resolución sea
dictada de conformidad con los parámetros establecidos en el presente
Reglamento y el ordenamiento jurídico.
Artículo 2º—Casetas de seguridad. Toda organización vecinal del
cantón de Curridabat podrá instalar casetas de seguridad sobre áreas públicas,
tales como aceras, parques, franjas verdes u otras, o áreas privadas, con el
aval del propietario, para lo cual deberán cumplir lo prescrito en esta
normativa y en la Ley Nº
8395 de servicios de seguridad privada. En el caso de las aceras, la
instalación de la caseta debe hacerse dejándose un espacio libre peatonal
cuando menos de un metro y veinte centímetros.
Dichas casetas podrán ser instaladas como puestos de seguridad para vigilar
el ingreso de vehículos, peatones, en las vías de acceso a caseríos, barrios o
residenciales, de conformidad con las condiciones establecidas en el presente
Reglamento.
Artículo 3º—Mecanismos de vigilancia de acceso. Toda
organización vecinal del cantón de Curridabat podrá instalar los mecanismos de
vigilancia que estime pertinentes; no obstante, cuando se trate de un mecanismo
que permita la vigilancia regulando el acceso al residencial o el barrio
respectivo, solo podrán utilizarse cadenas de paso, agujas de seguridad o
brazos mecánicos, manuales o automáticos, para ser instalados sobre la calzada,
según sea el caso, junto a la caseta de seguridad correspondiente, para lo cual
deberán cumplir lo prescrito en este Reglamento.
Artículo 4º—Procedencia en el manejo de los mecanismos de
vigilancia. La instalación de mecanismos de vigilancia del acceso a
barrios, caseríos y residenciales solo se permitirá si existe una caseta de
seguridad, según los parámetros establecidos en este reglamento, y la contratación
del servicio de vigilancia las veinticuatro horas del día, por medio del cual
un vigilante, debidamente acreditado según la normativa vigente, manipule los
mecanismos señalados.
En caso de que el servicio no se otorgue de manera continua, las
especificaciones contractuales y técnicas de los mecanismos indicados deberán
incluir el hecho de que en ciertos horarios se mantendrán fuera de
funcionamiento.
Bajo ningún concepto se permitirá la existencia de estos mecanismos
sin la debida colateralidad del servicio de seguridad y en caso de violentarse
esta condición, la municipalidad revocará el permiso respectivo.
Artículo 5º—Ubicación: La instalación de los mecanismos de
regulación del acceso señalados en el presente Reglamento únicamente procederá:
a) En
urbanizaciones de circuito cerrado, o sea, las que no conectan a más
localidades o urbanizaciones.
b) En fraccionamientos cerrados, o sea, construidos frente a calles
públicas que no cuenten con más de un mismo ingreso y egreso, denominadas
también “calles sin salida”.
Artículo 6º—Condiciones de uso de los
mecanismos de vigilancia del acceso. La organización vecinal autorizada
para la instalación de casetas y mecanismos de vigilancia deberá garantizar que
el personal de seguridad respete los siguientes lineamientos, para lo cual
tendrán plena potestad para ello, independientemente del tipo de contrato de
prestación del servicio de seguridad que se suscriba oportunamente con la
empresa de servicios de seguridad privada respectiva:
a) No
se podrá impedir, bajo ningún concepto, el libre tránsito vehicular o peatonal.
b) En caso de que se trate de un peatón, este podrá entrar o salir del
barrio o residencial sin ningún tipo de restricción; ello sin demérito de la
vigilancia normal de la que pueda ser objeto.
c) En caso de que se trate de un vehículo, el mecanismo de vigilancia
del acceso indicado en el artículo 3 de este reglamento solo podrá ser
utilizado para que el agente de seguridad respectivo anote la matrícula y la
descripción del vehículo, así como de la cantidad de sus ocupantes y
descripción general de ellos. Una vez que el vehículo se detenga, el oficial
encargado deberá levantar el indicado mecanismo de vigilancia.
d) Cuando sea pertinente, a criterio de la Municipalidad de
Curridabat, a una distancia de 25 metros del indicado mecanismo se colocará un
rótulo que indique la proximidad de este, en todo caso, el mecanismo señalado
deberá pintarse de tal manera que sea plenamente visible para los vehículos y
las personas.
Artículo 7º—Empresas de seguridad privada.
Las empresas de seguridad privada cumplirán a cabalidad con todos los
parámetros establecidos en este reglamento, en la prestación del servicio que
otorguen a las comunidades, en lo atinente al manejo de las casetas de
seguridad y los mecanismos de vigilancia en el acceso a barrios, caseríos y
residenciales.
Artículo 8º—Solicitud. Para obtener la autorización de
instalación de lo indicado en los artículos 2 y 3 anteriores, la organización
vecinal deberá presentar una solicitud, por escrito, ante el Departamento de
Control Urbano de la
Municipalidad de Curridabat, dicha solicitud deberá cumplir
los siguientes requisitos:
a) Establecer
nombre, los apellidos, las firmas y demás calidades de al menos una persona,
por casa o local, que integre el comité de vecinos, debidamente acreditado ante
la Municipalidad,
la asociación de desarrollo comunal o cualquier otra organización vecinal
pertinente que exista en la comunidad, con la dirección exacta de cada uno de
sus miembros.
b) Descripción de la cantidad de casas habitadas o locales de
cualquier tipo, en el barrio, caserío o residencial en el que se solicita la
autorización.
c) Establecer lugar para recibir notificaciones.
d) La firmas de los vecinos que ostentan la representación de la
organización vecinal que se indicada en el inciso a) deben ser autenticadas por
notario público, en el caso de estar organizados bajo persona jurídica se
deberá aportar personería jurídica al día.
e) Adjuntar copia del precontrato, contrato o documento idóneo, en el
que conste la existencia de la prestación, real y eventual del servicio de
seguridad.
f) Certificación de acreditación de la empresa de seguridad y cada
uno sus funcionarios que brindan el servicio, debidamente emitida por la Dirección de
Servicios de Seguridad Privada del Ministerio de Seguridad Pública.
g) Aportar el diseño básico de la caseta, su ubicación exacta y una
solución de servicio sanitario; se deben guardar los principios de
razonabilidad y proporcionalidad pertinentes.
h) Cumplir con el diseño de construcción y la utilización de los
materiales apropiados para la caseta, según las normas establecidas en el plan
regulador del cantón.
i) Cuando el lugar donde se desee ubicar la caseta sea propiedad
privada, deberá adjuntarse nota de autorización del propietario del inmueble,
para la ejecución de dicha obra; esta autorización deberá estar autenticada por
notario público. Los vecinos que la realicen deberán gestionar los permisos y
cancelar el impuesto de construcción respectivo ante la Municipalidad de
Curridabat.
j) Indicación precisa del tipo de mecanismos de vigilancia de acceso
que se desea instalar.
k) Ubicación propuesta de los mecanismos de vigilancia de acceso, que
establezca una relación clara respecto de la caseta de seguridad
correspondiente.
Artículo 9º—Trámite de la solicitud. La Dirección de
Control Urbano de la
Municipalidad de Curridabat conocerá la solicitud de la
organización vecinal para instalar las casetas y los mecanismos de seguridad
indicados en este reglamento y evaluará los motivos que fundamentan la
petición; procederá enviar informe técnico al Concejo, para que éste tenga
elementos suficientes para otorgar o no la autorización respectiva a cada uno
de ellos y señalará los razonamientos jurídicos, técnicos, de oportunidad y conveniencia
que sustenten la decisión.
En el caso de denegatoria, la organización vecinal tendrá derecho a
realizar apelación escrita de ésta y a defender dicha apelación en audiencia
pública, que el concejo municipal otorgará oportunamente.
Artículo 10.—Procedimiento administrativo por incumplimiento.
El Concejo podrá suspender el permiso respectivo y ordenar de inmediato el
impedimento del uso de la caseta o el mecanismo de vigilancia de acceso
correspondiente, o bien, su desmantelamiento, cuando se haya comprobado, por
parte de la municipalidad, que no se ha respetado la normativa preceptuada en
este Reglamento.
Dicha comprobación estará a cargo del Departamento de Control Urbano
de la Municipalidad
de Curridabat, por medio de acta en el lugar.
Lo anterior, con el previo traslado y notificación de la denuncia a la
organización vecinal involucrada, en estricto apego a los principios del debido
proceso, dará lugar a la suspensión de funcionamiento o desmantelamiento
señalados, ordenado por el concejo municipal mediante resolución razonada.
Contra dicha resolución, cualquiera de las partes podrá interponer los
recursos establecidos al efecto en el Código Municipal.
Artículo 11.—Resolución en firme. Una vez que exista resolución
firme que declare la suspensión del uso de la caseta o del mecanismo de
vigilancia del acceso, siempre y cuando puedan corregirse las circunstancias
que dieron origen a la suspensión, el concejo municipal concederá a la
organización vecinal treinta días naturales para ejecutar las correcciones
pertinentes.
Si la organización vecinal no cumple la corrección señalada en el
plazo establecido, o bien, se concluye que existe imposibilidad material para
la corrección, el concejo municipal ordenará el desmantelamiento inmediato de
dichos dispositivos.
Artículo 12.—Autorizaciones no constituyen derechos adquiridos.
Las autorizaciones para el uso de vías públicas o bienes de dominio municipal,
no constituyen derechos adquiridos a favor de terceros y, en consecuencia,
pueden ser revocadas en cualquier momento por el gobierno local. No obstante,
esta decisión no podrá ser intempestiva ni arbitraria.
Artículo 13.—Vigencia. Rige a partir de su publicación
definitiva en el Diario Oficial La
Gaceta.
Transitorio único: Las organizaciones vecinales tendrán un plazo
de un año, a partir de la entrada en vigencia del presente Reglamento, para
poner a derecho las casetas y los mecanismos de vigilancia que estén
funcionando a la fecha de publicación del presente Reglamento, previo
apercibimiento de la
Municipalidad.
Curridabat, 17 de junio del 2011.—Allan P.
Sevilla Mora, Secretario.—1 vez.—RP2011244853.—(IN2011049870).
MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
SECRETARÍA DEL CONCEJO
MUNICIPAL
Para
los efectos legales correspondientes, el Concejo Municipal de Santa Ana,
comunica:
Que en la sesión
ordinaria Nº 57 celebrada el 31 de mayo del 2011, aprobó la Modificación
del Artículo 3 del Proyecto de Reglamento a la Ley Nº 8892, Regulación de Mecanismos de
Vigilancia del Acceso a Barrios Residenciales con el fin de Garantizar el
Derecho Fundamental a la
Libertad de Tránsito.
El artículo 3
queda de la siguiente manera:
Artículo 3º—Solicitante. la solicitud deberá ser presentada
por una organización de vecinos formalmente constituida o, en su defecto, por
un comité de vecinos. La palabra vecino debe entenderse como, propietario o
poseedor por cualquier título, de un inmueble que forma parte de la localidad
donde se desea instalar una caseta o un dispositivo de acceso.
En
todo lo demás el reglamento queda aprobado sin modificaciones tal y como consta
en su primera publicación en La
Gaceta Nº 84 del 3 de mayo del 2011.
Santa
Ana, 24 de junio del 2011.—Ana Virginia Guzmán Sibaja, Secretaria Municipal.—1
vez.—(IN2011048938).
VICERRECTORÍA
EJECUTIVA
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
AVISO
Ante la Oficina de Registro de la Universidad Estatal
a Distancia, se ha presentado por motivo de solicitud de reposición del
diploma, correspondiente al título de Bachillerato en Educación Especial a
nombre de Ana Judith Madrigal Rodríguez, cédula de identidad 2-634-581. El
mismo se encuentra registrado bajo la inscripción que se detalla a
continuación: Tomo: X, folio: 1691, asiento: 9. Se solicita la publicación del
edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince
días hábiles, a partir de la tercera publicación en La Gaceta. Dado a
solicitud de la interesada en San José, a los once días del mes de marzo del
dos mil once, por la Lic.
Tatiana Bermúdez Vargas, Encargada de Graduación y
Certificaciones.—Oficina de Registro.—Lic. Tatiana Bermúdez
Vargas.—RP2011244930.—(IN2011049872).
CONSEJO
DIRECTIVO
Considerando:
La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones,
Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 4 de enero
de 1979, supletoriamente, la Nº
7495, del 3 de mayo de 1995 y la ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la
imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público
legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder
Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración
Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de
la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses
patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de
una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes
podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.
En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad
necesita establecer una servidumbre y un sitio de torre, necesario para el paso
de la Línea
de Transmisión Cariblanco – General (Tramo Cariblanco - PI Sucio), situado en
el Partido Cuarto Heredia, cantón Décimo Sarapiquí, distrito segundo La Virgen; la dirección del
inmueble es del Hogar de Ancianos de La Virgen de Sarapiquí, 4.5 km al norte, y 3.8 km; al este, por la
calle principal de asfalto y lastre, propiedad sin inscribir, plano catastrado
H-902447-1990. Es propiedad de Transunión, Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-017567, representada judicial y extrajudicialmente mediante personería
jurídica por los señores, Helmut Zeuner Beutel (secretario) y Adolfo Zeuner
Fabian (presidente) cédulas de identidad 1-0472-092 y 1-0203-0135
respectivamente, ambos son empresarios, casados y vecinos de La Virgen de Sarapiqui de la
entrada a Pueblo Nuevo 2 km
noroeste.
La propiedad se encuentra dedicada al uso agrícola. Dicho inmueble
colinda al norte, Valentín Lara Campos; al sur, calle pública con un frente de 260,02 m; al este, calle
pública, y oeste, Transunión S. A.
A solicitud de la
Dirección del Proyecto de Construcción de la Línea de Transmisión
Eléctrica Región Huetar-Brunca de la
U.E.N. de Proyectos y Servicios Asociados, esta servidumbre y
un sitio de torre fueron valorados, de acuerdo con el peritaje de ley, en la
suma de ¢12.616.394,00 (doce millones seiscientos dieciséis mil trescientos
noventa y cuatro colones exactos) según avalúo administrativo número 092-2011.
De acuerdo con los estudios técnicos
realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente
probada y demostrada la utilidad pública, así como la importancia para el
Sistema Nacional Interconectado de constituir este derecho de servidumbre y un
sitio de poste, con base en el artículo 45 de la Constitución
Política y las leyes arriba citadas. Por tanto:
1º—Apruébense las presentes diligencias en la suma de ¢12.616.394,00
(doce millones seiscientos dieciséis mil trescientos noventa y cuatro colones
exactos) según avalúo administrativo número 092-2011 y comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo,
constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de
servidumbre y un sitio de torre, sobre una franja de terreno en propiedad de
Transunión, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-017567, representada
judicial y extrajudicialmente mediante personería jurídica por los señores,
Helmut Zeuner Beutel (secretario) y Adolfo Zeuner Fabian (presidente) cédulas
de identidad 1-0472-092 y 1-0203-0135 respectivamente, ambos son empresarios,
casados y vecinos de La Virgen
de Sarapiqui de la entrada a Pueblo Nuevo 2 km noroeste.
El inmueble presenta una topografía plana, su forma es semejante a un
triangulo y está sembrada en casi su totalidad de piña, exceptuando la zona de
protección, donde hacen utilización de algunas áreas para la siembra de palmito
de pejibaye.
La propiedad posee un frente a calle pública, en el sector de la
colindancia sureste de 260,02
m con calle de lastre en regular estado, según plano
catastrado Nº H-902447-1990. La propiedad no cuenta con servicios públicos,
pero los mismos se encuentran muy cercanos a la misma, el terreno es de uso
agrícola. No existen construcciones afectadas por el paso de la servidumbre
eléctrica.
Según el mapa de capacidad de uso de la tierra de la Fundación
Neotrópica-CEAP, la propiedad se ubica dentro de la clase VI
y VF, lo que indica que son tierras aptas para la producción de plantaciones
forestales o cultivos permanentes y manejo de bosque restringido
respectivamente con pendientes de 0% - 3% y limitantes de textura y fertilidad.
Los linderos están definidos por cercas mixtas de amapola (Hibiscus sp)
y postes muertos de madera con 4 hilos de alambre de púas en las colindancias
este y norte, la colindancia oeste y sur no está definida en campo ya que la
propiedad colindante pertenece al mismo propietario del inmueble. Las cercas se
encuentran en general en regular estado.
El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de
servidumbre eléctrica y de paso, sobre una franja de terreno propiedad de
Transunión, S. A., para la línea de Transmisión Cariblanco-General (Tramo
Cariblanco - PI Sucio). La longitud total sobre la línea de centro es de 144,30 m, para un área de
afectación de 4354,10
m², lo cual representa un 18,58% del área total de la
propiedad. El ancho de la servidumbre en este tramo es de 30,00 m (15,00 metros a cada
lado de la línea de centro) y su forma es irregular. El paso de la servidumbre
eléctrica forma dos sectores en el inmueble los cuales denominamos como sector
A y B.
El sector A tiene una forma semejante a un trapecio con una base mayor
de 99,42 m
y una base menor de 80,98 m,
con una altura en el trayecto de servidumbre de 30,00 m, para un área de 2705,98 m², el
sector B es de forma triangular con una base de 141,00 y una altura de 23,38 m para un área en el
sector de 1648,12
m².
La línea de transmisión ingresa a la propiedad por la colindancia sur
con Calle pública, con un azimut de 5º58’28”, hasta el sitio de torre como
punto de inflexión, donde la servidumbre eléctrica toma un azimut de 57º43’11”
saliendo por la colindancia norte con Propiedad Ganadera la Cabaña, S. A.
Durante el establecimiento la línea de transmisión, se afectara un
sector del cultivo de piña y áreas de protección. La topografía es plana –
ondulada durante todo el recorrido. Dicha servidumbre eléctrica y de paso se
ubica en el sector oeste y noroeste del inmueble.
De acuerdo con el croquis elaborado por Topografía del Proyecto se
tiene que los linderos de la servidumbre son; al norte: Ganadera La Cabaña, S. A. y
resto de la propiedad, al sur: Resto de la propiedad; al este: Resto de la
propiedad y oeste: Transunión, S. A.
Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se
permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios,
instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar
o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.
No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación
(árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de
los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de
carga máxima o contingencia.
Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el
nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos.
Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de
los cables conductores más bajos.
Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la
cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el
acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en la
Ley No. 6313 del 04 de enero de 1979, citada y
supletoriamente la Ley No.
7495 del 03 de mayo de 1995.
3º—La constitución de derecho de servidumbre y un sitio de torre
descrito se establecerá en favor de la finca del Partido de Alajuela, inscrita
en el Registro Público, matricula cuatrocientos diez mil quinientos noventa y
tres - cero cero cero, que es terreno de potrero, situada en el Distinto
Catorce Sarapiquí del Cantón Primero Alajuela de la provincia de Alajuela; mide
catorce mil trescientos veintiocho metros con cincuenta y nueve decímetros
cuadrados, y linda al norte, con Ganadera de La Loma de San Miguel S. A., y en parte Río
Sardinal; al sur, con Ganadera el Recreo; al este, con Instituto Costarricense
de Electricidad; y al oeste, con Río Sardinal. Plano catastrado A-0924273-2004.
4º—Continúese con los trámites de rigor.
5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5951,
celebrada el 07 de junio del 2011.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 23 de junio del 2011.—Lic. Erick
Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2011049351).
La Constitución
Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y
Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 04 de enero de 1979,
supletoriamente, la Nº
7495, del 03 de mayo de 1995 y la ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan
la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés
público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el
Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por
medio de la Administración Pública, el cual comprende
diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres,
derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus
titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de
lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la
búsqueda del bien común.
En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad
necesita establecer una servidumbre, necesaria para el paso de la Línea de Transmisión Cariblanco – General (Tramo
PI Sucio - General), situado en el partido cuarto Heredia, cantón décimo
Sarapiquí, distrito tercero Horquetas; la dirección del inmueble es de la
entrada a Colonia Huetares 150
m al sur, por carretera principal camino hacia Guápiles,
y 150 m
al oeste por servidumbre agrícola; propiedad inscrita en el Registro Público en
F. R. 4-132356-000, plano catastrado H-1316697-2009. Es propiedad de
Constructivo El Arbolito de Cerro Negro, Limitada, cédula jurídica
3-102-504218, cuyo gerente con carácter de apoderado generalísimo es Víctor
Julio Guerrero Ulate, cédula de identidad 2-228-757, mayor, casado, agricultor,
vecino de Colonia Huetares, 25
m sur del Bar y Restaurante Huetares.
El inmueble se encuentra en posesión de Ronald Guerrero Núñez, cédula
de identidad 4-176-849, mayor, casado, agricultor, vecino de Colonia Huetares; 300 m este de la Iglesia Católica
de El Carmen de la Rambla
de Colonia Huetares.
La propiedad se encuentra dedicada al uso agrícola. Dicho inmueble
colinda al norte, calle pública y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas
Pacheco; al sur, Juan Chaves Paniagua y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas
Pacheco; al este, calle pública y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas
Pacheco, y al oeste, Manuel Arias Arias.
A solicitud de la
Dirección del Proyecto Transmisión Eléctrica Región
Huetar-Brunca de la U.E.N.
de Proyectos y Servicios Asociados, esta servidumbre fue valorada, de acuerdo
con el peritaje de ley, en la suma de ¢2.696.204,00 (dos millones seiscientos
noventa y seis mil doscientos cuatro colones exactos) según avalúo
administrativo número 222-2011.
De acuerdo con los estudios técnicos
realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente
probada y demostrada la utilidad pública, así como la importancia para el
Sistema Nacional Interconectado de constituir este derecho de servidumbre, con
base en el artículo 45 de la Constitución Política y las leyes arriba citadas.
Por tanto:
1º—Apruébense las presentes diligencias en la suma de ¢2.696.204,00
(dos millones seiscientos noventa y seis mil doscientos cuatro colones exactos)
según avalúo administrativo número 222-2011 y comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo,
constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de
servidumbre, sobre una franja de terreno en propiedad de Constructivo El
Arbolito de Cerro Negro, Limitada, cédula jurídica 3-102-504218, cuyo gerente
con carácter de apoderado generalísimo es Víctor Julio Guerrero Ulate, cédula
de identidad 2-228-757, mayor, casado, agricultor, vecino de Colonia Huetares, 25 m sur del Bar y Restaurante
Huetares. Y en posesión de Ronald Guerrero Núñez, cédula de identidad
4-176-849, mayor, casado, agricultor, vecino de Colonia Huetares; 300 m este de la Iglesia Católica
de El Carmen de la Rambla
de Colonia Huetares.
El inmueble presenta una topografía plana ondulada de un 5%
aproximadamente. Mide 1 ha
734,00 m²,
con un frente de 70,00 m
a servidumbre agrícola, según plano catastrado. Esta servidumbre es de 7,00 m de ancho, de tierra y
actualmente es parte de un callejón de una plantación de palmito. La propiedad
tiene acceso al servicio de agua potable y electricidad. No existe alumbrado
público ni telefonía residencial. La cobertura celular es buena.
La propiedad tiene una casa que no es afectada por la línea de
transmisión. Está en parte sembrada de palmito (Euterpe precatoria). También
tiene sembrado caña de azúcar, plátano, pasto imperial, palmito, palmetas de
pejibaye. El suelo denota un alto nivel freático.
La forma del terreno es regular. Está cercado en el lado norte con
postes vivos de madero negro (Gliricidia sepium) y 3 hilos de alambre de púas
en regular estado y en el lado oeste con postes de madera y 5 hilos de alambre
de púas en buen estado. En el lado sur y el este no existen cercas.
El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de servidumbre
sobre una franja en posesión de Ronald Guerrero Núñez, para la línea de
Transmisión Cariblanco – General (Tramo PI Sucio - General). La longitud de la
línea de centro es de 72,28
m, con dirección sur-norte. El área de afectación es de 1011,91 m², lo
cual representa un 9,43% del área total de la propiedad.
El ancho de la servidumbre en este tramo es de 14,00 m (7,00 metros a ambos
lados de la línea de centro). Su forma es similar a un rectángulo de largo 72,28 m y ancho 14,00 m.
La línea ingresa a la propiedad por la colindancia sur con Olman
Guerrero Nuñez con un azimut de 341º51’44”, continua con el mismo azimut hasta
salir por el lindero norte con Carlos Ureña Gamboa. Bajo la línea de
servidumbre existe el cultivo de palmito y algunos árboles aislados. La
servidumbre afecta una franja cercana al centro de la propiedad. Su topografía
es este sector es plana ondulada.
De acuerdo con el croquis elaborado por Topografía del Proyecto se
tiene que los linderos de la servidumbre son; al norte: Carlos Ureña Gamboa, al
sur: Olman Guerrero Núñez; al este: Resto de la propiedad y oeste: Resto de la
propiedad.
Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se
permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios,
instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de
azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.
No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles
o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los
cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de
carga máxima o contingencia.
Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el
nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos.
Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de
los cables conductores más bajos.
Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la
cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el
acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en la
Ley Nº. 6313 del 04 de enero de 1979, citada y
supletoriamente la Ley Nº
7495 del 03 de mayo de 1995.
3º—La constitución de derecho de servidumbre y un sitio de torre
descrito se establecerá en favor de la finca del Partido de Alajuela, inscrita
en el Registro Público, matricula cuatrocientos diez mil quinientos noventa y
tres - cero cero cero, que es terreno de potrero, situada en el distinto
catorce Sarapiquí del cantón primero Alajuela de la provincia de Alajuela; mide
catorce mil trescientos veintiocho metros con cincuenta y nueve decímetros
cuadrados, y linda al norte, con Ganadera de La Loma de San Miguel S. A., y en parte Río
Sardinal; al sur, con Ganadera el Recreo, al este, con Instituto Costarricense
de Electricidad; y al oeste, con Río Sardinal. Plano catastrado A-0924273-2004.
4º—Continúese con los trámites de rigor.
5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5951,
celebrada el 07 de junio del 2011.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 23 de junio del 2011.—Lic. Erick
Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2011049352).
La Constitución
Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y
Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 04 de enero de 1979,
supletoriamente, la Nº
7495, del 03 de mayo de 1995 y la ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la
imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés
público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el
Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por
medio de la Administración Pública, el cual comprende
diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres,
derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus
titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de
lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la
búsqueda del bien común.
En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad
necesita establecer una servidumbre y un sitio de poste, necesaria para el paso
de la Línea de
Transmisión Cariblanco – General (Tramo PI Sucio - General), situado en el
partido cuarto Heredia, cantón décimo Sarapiquí, distrito tercero Horquetas; la
dirección del inmueble es de la entrada a Colonia Huetares 150 m al sur, por carretera
principal camino hacia Guápiles, y 150 m al oeste, y 75 m al sur, por servidumbre
agrícola, propiedad inscrita en el Registro Público en F. R. 4-132356-000,
plano catastrado H-1316869-2009.
Es propiedad de Constructivo El Arbolito de Cerro Negro, Limitada, cédula
jurídica 3-102-504218, cuyo gerente con carácter de apoderado generalísimo es
Víctor Julio Guerrero Ulate, cédula de identidad 2-228-757, mayor, casado,
agricultor, vecino de Colonia Huetares, 25 m sur del Bar y Restaurante Huetares. El
inmueble se encuentra en posesión de Olman Guerrero Núñez, cédula de identidad
7-243-077 (menor de edad), soltero, estudiante, vecino de Colonia Huetares; 100 m sur del Abastecedor
Huetares.
La propiedad se encuentra dedicada al uso agrícola. Dicho inmueble
colinda al norte, calle pública y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas
Pacheco, al sur, Juan Chaves Paniagua y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas
Pacheco; al este, calle pública y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas
Pacheco, y al oeste, Manuel Arias Arias.
A solicitud de la
Dirección del Proyecto Transmisión Eléctrica Región
Huetar-Brunca de la U.E.N.
de Proyectos y Servicios Asociados, esta servidumbre y un sitio de poste fueron
valorados, de acuerdo con el peritaje de ley, en la suma de ¢3.086.173,15 (Tres
millones ochenta y seis mil ciento setenta y tres colones con quince céntimos)
según avalúo administrativo número 226-2011.
De acuerdo con los estudios técnicos
realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente
probada y demostrada la utilidad pública, así como la importancia para el
Sistema Nacional Interconectado de constituir este derecho de servidumbre y un
sitio de poste, con base en el artículo 45 de la Constitución
Política y las leyes arriba citadas.
Por tanto:
1º—Apruébense las presentes diligencias en la
suma de ¢3.086.173,15 (Tres millones ochenta y seis mil ciento setenta y tres
colones con quince céntimos) según avalúo administrativo número 226-2011 y
comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo,
constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de
servidumbre y un sitio de poste, sobre una franja de terreno en propiedad de
Constructivo El Arbolito de Cerro Negro, Limitada, cédula jurídica
3-102-504218, cuyo gerente con carácter de apoderado generalísimo es Víctor
Julio Guerrero Ulate, cédula de identidad 2-228-757, mayor, casado, agricultor,
vecino de Colonia Huetares, 25
m sur del Bar y Restaurante Huetares y en posesión de
Olman Guerrero Nuñez, cédula de identidad 7-243-077 (menor de edad), soltero,
estudiante, vecino de Colonia Huetares; 100 m sur del Abastecedor Huetares.
El inmueble presenta una topografía plana ondulada de un 5%
aproximadamente. Mide 1 ha
734,00 m²,
con un frente de 62,98 m
a servidumbre agrícola, según plano catastrado. Esta servidumbre es de 7,00 m de ancho, de tierra y
actualmente es parte de un callejón de una plantación de palmito. La propiedad
tiene acceso al servicio de agua potable y electricidad. No existe alumbrado
público ni telefonía residencial. La cobertura celular es buena.
La propiedad está cultivada por completo de palmito (Euterpe
precatoria). Este cultivo denota buen mantenimiento. La forma del terreno
es regular. Está cercado únicamente en el fondo de la propiedad con postes de
madera y 5 hilos de alambre de púas en buen estado. En el resto de los linderos
no hay cercas.
El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de
servidumbre sobre una franja en posesión de Olman Guerrero Nuñez, para la línea
de Transmisión Cariblanco-General (Tramo PI Sucio-General). La longitud de la
línea de centro es de 72,82
m, con dirección sur-norte. El área de afectación es de 1019,57 m², lo
cual representa un 9,50% del área total de la propiedad.
El ancho de la servidumbre en este tramo es de 14,00 m (7,00 metros a ambos
lados de la línea de centro). La forma de la servidumbre se divide en dos
trapecios; uno al entrar en la propiedad de base mayor 25,23 m y base menor 8,36 m con una altura de 14,00 m y el segundo
trapecio es de base mayor 51,37 y altura 14,00.
Dentro de la franja de servidumbre se ubica un sitio de poste. El
sitio de Poste Nº 26 se ubica a 16,19
m del lindero sur de la propiedad. La línea ingresa a la
propiedad por la colindancia sur con Kennedy Guerrero Núñez con un azimut de
299º51’33”, llega al sitio de poste Nº 26 y continúa con un azimut de
341º51’44”, hasta salir por el linero norte, con Ronald Guerrero Núñez. Bajo la
línea de servidumbre existe solamente el cultivo de palmito. La servidumbre
afecta una franja cercana al centro de la propiedad. Su topografía en este
sector es plana ondulada.
De acuerdo con el croquis elaborado por Topografía del Proyecto se
tiene que los linderos de la servidumbre son; al norte: Ronald Guerrero Núñez,
al sur, Kennedy Guerrero Núñez; al este, Resto de la propiedad y oeste, resto
de la propiedad.
Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se
permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios,
instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de
azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.
No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación
(árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de
los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de
carga máxima o contingencia.
Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el
nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos.
Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de
los cables conductores más bajos.
Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la
cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el
acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en la
Ley Nº 6313 del 04 de enero de 1979, citada y supletoriamente
la Ley Nº 7495
del 03 de mayo de 1995.
3º—La constitución de derecho de servidumbre y un sitio de torre
descrito se establecerá en favor de la finca del Partido de Alajuela, inscrita
en el Registro Público, matricula cuatrocientos diez mil quinientos noventa y
tres-cero cero cero, que es terreno de potrero, situada en el distinto Catorce
Sarapiquí del Cantón Primero Alajuela de la provincia de Alajuela; mide catorce
mil trescientos veintiocho metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, y
linda al norte con Ganadera de La
Loma de San Miguel S. A., y en parte Río Sardinal; al sur,
con Ganadera el Recreo, al este, con Instituto Costarricense de Electricidad; y
al oeste, con Río Sardinal. Plano catastrado A-0924273-2004.
4º—Continúese con los trámites de rigor.
5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5951,
celebrada el 07 de junio del 2011.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 23 de junio de 2011.—Lic. Erick
Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2011049353).
La Constitución
Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución
de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 04 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 03 de mayo de 1995
y la ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres
y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado.
La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del
ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración
Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de
la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses
patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de
una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes
podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.
En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad
necesita establecer una servidumbre, necesaria para el paso de la Línea de Transmisión
Cariblanco-General (Tramo PI Sucio-General), situado en el Partido Cuarto
Heredia, Cantón décimo Sarapiquí, distrito tercero Horquetas; la dirección del
inmueble es de la entrada a Colonia Huetares 150 m al sur, por carretera
principal hacia Guápiles, 150
m al oeste, y 100 m sur, por servidumbre agrícola; propiedad
inscrita en el Registro Público en F. R. 4-132356-000, plano catastrado
H-1316695-2009. Es propiedad de Constructivo El Arbolito de Cerro Negro,
Limitada, cédula jurídica 3-102-504218, cuyo gerente con carácter de apoderado
generalísimo es Víctor Julio Guerrero Ulate, cédula de identidad 2-228-757,
mayor, casado, agricultor, vecino de Colonia Huetares, 25 m sur del Bar y Restaurante
Huetares.
El inmueble se encuentra en posesión de Yorleni Guerrero Nuñez, cédula
de identidad 7-150-242, mayor, casada, administradora de negocios, vecina de
Colonia Huetares, frente al salón comunal.
La propiedad se encuentra dedicada al uso agrícola. Dicho inmueble
colinda al norte, calle pública y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas
Pacheco; al sur, Juan Chaves Paniagua y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas
Pacheco; al este, calle pública y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas
Pacheco; al oeste, Manuel Arias Arias.
A solicitud de la
Dirección del Proyecto Transmisión Eléctrica Región
Huetar-Brunca de la U.E.N.
de Proyectos y Servicios Asociados, esta servidumbre fue valorada, de acuerdo
con el peritaje de ley, en la suma de ¢1.553.730,85 (un millón quinientos
cincuenta y tres mil setecientos treinta colones con ochenta y cinco céntimos)
según avalúo administrativo número 228-2011.
De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto
Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la
utilidad pública, así como la importancia para el Sistema Nacional
Interconectado de constituir este derecho de servidumbre, con base en el
artículo 45 de la Constitución Política y las leyes arriba citadas.
Por tanto:
1º—Apruébense las presentes diligencias en la suma de ¢1.553.730,85
(un millón quinientos cincuenta y tres mil setecientos treinta colones con
ochenta y cinco céntimos) según avalúo administrativo número 228-2011 y
comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el propietario, el
respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y
descrita, un derecho de servidumbre, sobre una franja de terreno en propiedad
de Constructivo El Arbolito de Cerro Negro, Limitada, cédula jurídica
3-102-504218, cuyo gerente con carácter de apoderado generalísimo es Víctor
Julio Guerrero Ulate, cédula de identidad 2-228-757, mayor, casado, agricultor,
vecino de Colonia Huetares, 25
m sur del Bar y Restaurante Huetares. Y en posesión de
Yorleni Guerrero Núñez, cédula de identidad 7-150-242, mayor, casada,
administradora de negocios, vecina de Colonia Huetares, frente al salón
comunal.
El inmueble presenta una topografía plana ondulada de un 5%
aproximadamente. Mide 1 ha
734,00 m²,
con un frente de 65,98 m
a servidumbre agrícola, según plano catastrado. Esta servidumbre es de 7,00 m de ancho, de tierra y
actualmente es parte de un callejón de una plantación de palmito. La propiedad
tiene acceso al servicio de agua potable y electricidad. No existe alumbrado
público ni telefonía residencial. La cobertura celular es buena.
La propiedad es parte de una plantación de palmito (Euterpe
precatoria). No existe ninguna infraestructura afectada por la línea de
transmisión. La forma del terreno es regular. Está cercado únicamente en el
fondo de la propiedad con postes de cemento y 4 hilos de alambre de púas en
buen estado. En el resto de los linderos no hay cercas.
El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de
servidumbre sobre una franja de terreno en posesión de Yorleni Guerrero Núñez,
para la línea de Transmisión Cariblanco-General (Tramo PI Sucio-General). La
longitud de la línea de centro es de 37,09 m, con dirección suroeste – noroeste. El
área de afectación es de 519,22 m², lo cual representa un 4,84% del área
total de la propiedad.
El ancho de la servidumbre en este tramo es de 14,00 m (7,00 metros a ambos
lados de la línea de centro). Su forma es similar a un trapecio de base mayor 52,89 m, base menor 21,28 m y altura 14,00 m. La línea ingresa a
la propiedad por la colindancia sur con Víctor Guerrero Núñez con un azimut de
299º51’33”, continúa con el mismo azimut hasta salir por el lindero oeste con
servidumbre agrícola. Bajo la línea de servidumbre existe un cultivo de palmito
y algunos árboles forestales aislados.
La servidumbre afecta el sector suroeste de la propiedad. Su
topografía es este sector es plana ondulada. De acuerdo con el croquis
elaborado por Topografía del Proyecto se tiene que los linderos de la
servidumbre son; al norte, resto de la propiedad, al sur, Víctor Guerrero
Núñez; al este, resto de la propiedad y oeste, servidumbre agrícola.
Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se permitirá,
la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones
educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos
similares que deban quemarse periódicamente.
No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación
(árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de
los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de
carga máxima o contingencia.
Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el
nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos.
Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de
los cables conductores más bajos. Por razones de seguridad, en el caso de
realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al
ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y
mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en la
Ley Nº 6313 del 04 de enero de 1979, citada y supletoriamente
la Ley Nº 7495
del 03 de mayo de 1995.
3º—La constitución de derecho de servidumbre y un sitio de torre
descrito se establecerá en favor de la finca del Partido de Alajuela, inscrita
en el Registro Público, matricula cuatrocientos diez mil quinientos noventa y
tres-cero cero cero, que es terreno de potrero, situada en el distinto catorce
Sarapiquí del cantón primero Alajuela de la Provincia de Alajuela;
mide catorce mil trescientos veintiocho metros con cincuenta y nueve decímetros
cuadrados, y linda al norte, con Ganadera de La Loma de San Miguel S. A., y en parte Río
Sardinal; al sur, con Ganadera el Recreo, al este, con Instituto Costarricense
de Electricidad; y al oeste, con Río Sardinal. Plano catastrado A-0924273-2004.
4º—Continúese con los trámites de rigor.
5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5951,
celebrada el 07 de junio del 2011.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 22 de junio del 2011.—Lic. Erick Picado
Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2011049356).
La Constitución
Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y
Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 04 de enero de 1979,
supletoriamente, la Nº
7495, del 03 de mayo de 1995 y la ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan
la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés
público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el
Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por
medio de la Administración Pública, el cual comprende
diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres,
derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus
titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de
lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la
búsqueda del bien común.
En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad
necesita establecer una servidumbre y un sitio de poste, necesaria para el paso
de la Línea de Transmisión Cariblanco-General (Tramo PI
Sucio-General), situado en el partido cuarto Heredia, Cantón décimo Sarapiquí,
distrito tercero Horquetas; la dirección del inmueble es de la entrada a
Colonia Huetares 150 m
al sur, por carretera principal camino hacia Guápiles, y 150 m al oeste y 175 m al sur por servidumbre
agrícola, propiedad inscrita en el Registro Público en F. R. 4-132356-000,
plano catastrado H-1318630-2009.
Es propiedad de Constructivo El Arbolito de Cerro Negro, Limitada,
cédula jurídica 3-102-504218, cuyo gerente con carácter de apoderado
generalísimo es Víctor Julio Guerrero Ulate, cédula de identidad 2-228-757,
mayor, casado, agricultor, vecino de Colonia Huetares, 25 m sur del Bar y Restaurante
Huetares. El inmueble se encuentra en posesión de Víctor Guerrero Núñez, cédula
de identidad 4-168-694, mayor, casado, agricultor, vecino de Colonia Huetares; 100 m sur del Comercial
Huetares.
La propiedad se encuentra dedicada al uso agrícola. Dicho inmueble
colinda al norte: Calle pública y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas
Pacheco, al sur, Juan Chaves Paniagua y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas
Pacheco; al este: Calle pública y Steven Valerio Ávila y Mercedes Rojas
Pacheco, y al oeste, Manuel Arias Arias.
A solicitud de la
Dirección del Proyecto Transmisión Eléctrica Región
Huetar-Brunca de la U.E.N.
de Proyectos y Servicios Asociados, esta servidumbre y un sitio de poste fueron
valorados, de acuerdo con el peritaje de ley, en la suma de ¢4.639.080,75
(Cuatro millones seiscientos treinta y nueve mil ochenta colones con setenta y
cinco céntimos) según avalúo administrativo número 229-2011.
De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto
Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la
utilidad pública, así como la importancia para el Sistema Nacional
Interconectado de constituir este derecho de servidumbre y un sitio de poste,
con base en el artículo 45 de la Constitución Política
y las leyes arriba citadas.
Por tanto:
1º—Apruébense las presentes diligencias en la suma de ¢4.639.080,75
(Cuatro millones seiscientos treinta y nueve mil ochenta colones con setenta y
cinco céntimos) según avalúo administrativo número 229-2011 y comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo,
constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de
servidumbre y un sitio de poste, sobre una franja de terreno en propiedad de
Constructivo El Arbolito de Cerro Negro, Limitada, cédula jurídica
3-102-504218, cuyo gerente con carácter de apoderado generalísimo es Víctor
Julio Guerrero Ulate, cédula de identidad 2-228-757, mayor, casado, agricultor,
vecino de Colonia Huetares, 25
m sur del Bar y Restaurante Huetares. Y en posesión de
Víctor Guerrero Núñez, cédula de identidad 4-168-694, mayor, casado,
agricultor, vecino de Colonia Huetares; 100 m sur del Comercial Huetares.
El inmueble presenta una topografía plana ondulada de un 5%
aproximadamente. Mide 1 ha
734,00 m²,
con un frente de 76,00 m
a servidumbre agrícola, según plano catastrado. Esta servidumbre es de 7,00 m de ancho, de tierra y
actualmente es parte de un callejón de una plantación de palmito. La propiedad
tiene acceso al servicio de agua potable y electricidad. No existe alumbrado
público ni telefonía residencial. La cobertura celular es buena.
La propiedad está cultivada de palmito (Euterpe precatoria). No
existen construcciones que se afecten por la línea de transmisión. La forma del
terreno es regular. Está cercado en el lado este con postes de cemento con 4
hilos de alambre de púas en buen estado. En el resto de los linderos está sin
cercas.
El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de
servidumbre sobre una franja de terreno en posesión de Víctor Guerrero Núñez,
para la línea de Transmisión Cariblanco – General (Tramo PI Sucio-General). La
longitud de la línea de centro es de 127,53 m, con dirección sureste-noroeste. El
área de afectación es de 1785,40 m², lo cual representa un 16,63% del
área total de la propiedad.
El ancho de la servidumbre en este tramo es de 14,00 m (7,00 metros a ambos
lados de la línea de centro). Su forma es similar a un trapecio de base mayor 141,47 m y base menor 113,59 m con una altura de
14,00 m.
Dentro de la franja se servidumbre se ubica un sitio de poste. El sitio de
Poste Nº 25 se ubica a 68,91
m del lindero este de la propiedad.
La línea ingresa a la propiedad por la colindancia este con María de
los Ángeles Chaves Guerrero con un azimut de 299º53’55”, continúa con un azimut
hasta el sitio de poste, posteriormente continúa con un azimut de 299º51’33”,
hasta salir por el lindero norte, con Yorleni Guerrero Núñez. Bajo la línea de
servidumbre existe el cultivo de palmito y algunos árboles aislados. La
servidumbre cruza la propiedad en forma diagonal por el sector noreste. Su
topografía en este sector es plana ondulada.
De acuerdo con el croquis elaborado por Topografía del Proyecto se
tiene que los linderos de la servidumbre son; al norte: Yorleni Guerrero Núñez,
al sur, resto de la propiedad; al este, María de los Ángeles Cháves Guerrero y
oeste, resto de la propiedad.
Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se
permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios,
instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de
azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.
No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación
(árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de
los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de
carga máxima o contingencia.
Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el
nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos.
Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de
los cables conductores más bajos.
Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía
de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a
funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en la
Ley Nº 6313 del 04 de enero de 1979, citada y supletoriamente
la Ley Nº 7495
del 03 de mayo de 1995.
3º—La constitución de derecho de servidumbre y un sitio de torre
descrito se establecerá en favor de la finca del Partido de Alajuela, inscrita
en el Registro Público, matricula cuatrocientos diez mil quinientos noventa y
tres - cero cero cero, que es terreno de potrero, situada en el distinto
catorce Sarapiquí del cantón primero Alajuela de la provincia de Alajuela; mide
catorce mil trescientos veintiocho metros con cincuenta y nueve decímetros
cuadrados, y linda al norte con Ganadera de La Loma de San Miguel S. A., y en parte Río
Sardinal; al sur, con Ganadera el Recreo, al este, con Instituto Costarricense
de Electricidad; y al oeste, con Río Sardinal. Plano catastrado A-0924273-2004.
4º—Continúese con los trámites de rigor.
5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5951,
celebrada el 07 de junio del 2011.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 22 de junio del 2011.—Lic. Erick
Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2011049357).
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Expediente administrativo número
118-00049-2011, siendo que se desconoce dirección u medio de localizador, se
comunica al señor Saúl Alvarado Salazar que esta oficina local dictó resolución
de las catorce horas del día catorce de junio del dos mil once, que ordenó el
cuido provisional hasta por seis meses a favor de la persona menor de edad
Joselyn Alvarado Solano, en el hogar de la señora Olga Santa María Herra,
quedando en la oficina local de Santa Ana, el expediente administrativo en tomo
a la situación de esta persona menor de edad. Se le informa que contra dicha
resolución procede el recurso de apelación, que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva
de la Institución,
debiendo presentarlo ante la
Oficina Local de Santa Ana, ubicada cuatrocientos metros
oeste y ciento veinticinco sur de la panadería Musmanni. De presentar el
recurso debe señalar lugar o medio para recibir futuras notificaciones. De no
hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto y no existiere o por
cualquier razón no funcionara adecuadamente, las notificaciones que se dicten
se tendrán por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después
de dictadas. Plazo para interponerlo dentro de las cuarenta y ocho horas
siguientes a la tercera publicación de este edicto. Publíquese en el Diario
Oficial por tres veces consecutivas.—Oficina Local de Santa Ana, 24 de junio
del 2011.—Lic. Ernesto Romero Obando, Representante Legal.—O. C. Nº
34028.—Solicitud Nº 47012.—C-4620.—(IN2011050085).
Expediente
administrativo número 118-00021-2011, siendo que se desconoce dirección u medio
de localización se comunica a la señora María Edith Mesén Chavarría, al señor
Carlos Luis Sandí Barboza que por parte del Departamento de Atención Integral
de la institución (DAI), se dictó la resolución de las diecinueve horas con
cincuenta minutos del día once de marzo del año dos mil once, que ordenó el
cuido provisional hasta por seis meses a favor de la persona menor de edad
Tatiana Sandí Mesén, en el hogar de la señora Doris Miranda Araya, quedando en
la oficina local de Santa Ana, el expediente administrativo en tomo a la
situación de esta persona menor de edad. Se les informa que contra dicha
resolución procede el recurso de apelación, que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva
de la Institución,
debiendo presentarlo ante la
Oficina Local de Santa Ana, ubicada cuatrocientos metros
oeste y ciento veinticinco sur de la panadería Musmanni. De presentar el
recurso debe señalar lugar o medio para recibir futuras notificaciones. De no
hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto y no existiere o por
cualquier razón no funcionara adecuadamente, las notificaciones que se dicten
se tendrán por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después
de dictadas. Plazo para interponerlo dentro de las cuarenta y ocho horas
siguientes a la tercera publicación de este edicto. Publíquese en el Diario
Oficial por tres veces consecutivas.—Oficina Local de Santa Ana, 23 de junio
del 2011.—Lic. Ernesto Romero Obando, Representante Legal.—O. C. Nº
34028.—Solicitud Nº 47012.—C-4620.—(IN2011050087).
A Erick Alberto Salas
Solano, se le comunica la resolución de este Despacho de las 07:30 horas del
veinte de mayo del dos mil once, por medio de la cual se dictó medida de
protección de abrigo temporal en beneficio de la niña Yenesaret Keanan Salas
Bonilla, hasta por seis meses en el Hogar Infantil María. Recursos: contra la
presente resolución procede el recurso de apelación, el cual deberá
interponerse ante este Órgano Director en el transcurso de las cuarenta y ocho
horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto,
quien lo elevará para que sea resuelto por la Presidencia Ejecutiva
de la institución, ubicada en San José, Barrio Luján, antigua Dos Pinos y debe
señalar lugar para oír notificaciones. Se le informa que es su derecho hacerse
asesorar o representar por un profesional en Derecho así como revisar y
estudiar el expediente administrativo. Expediente Nº 646-00027-2011.—Oficina
Local de Orotina.—Lic. Eileen Flores Villarreal, Representante Legal.—O. C. Nº
34028.—Solicitud Nº 47008.—C-4220.—(IN2011050090).
A la señora Rhonda
Marie Hoerauf, se le hace saber la resolución de las nueve horas treinta
minutos del día veintiuno de junio del dos mil once, donde se da finalización
de la medida de protección de las diez horas con treinta minutos del día trece
de enero del dos mil once y se ordena la repatriación del adolescente Isaiah
Isacc Hoerauf a su país de origen Estados Unidos de América. En contra la
presente resolución procede el recurso de apelación ante esta representación
legal, sita en Llorente de Flores de Heredia, cien metros al sur de las
Oficinas del Banco Nacional de Costa Rica, y setenta y cinco metros al oeste,
quien lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Entidad ubicada en San
José, antiguo edificio Dos Pinos, dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles
siguientes a partir de la tercera publicación del presente edicto.—Oficina
Local Heredia Sur.—Lic. Marcela Ramírez Ulate, Representante Legal.—O. C. Nº
34028.—Solicitud Nº 47008.—C-4220.—(IN2011050091).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
A Damaris Molina Cáceres, mayor,
nicaragüense, demás calidades desconocidas, se le comunica la resolución
administrativa de las quince horas del día dieciséis de junio de dos mil once,
que dicta abrigo temporal en albergue institucional e incompetencia a favor de
la persona menor de edad Brandon Daniel Molina Cáceres. Indicándose que debe
señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: Procede recurso de
apelación si se plantea dentro el plazo de cuarenta y ocho horas posteriores a
la notificación. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse
asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener
acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente. Legajo
115-0502-1995.—Oficina Local de San José Oeste, junio del 2011.—Lic. Kattia
Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—O. C. 34028.—Solicitud Nº
47006.—C-10220.—(IN2011049777).
A Sigifredo Álvarez
Madrigal, se le comunica la resolución de este despacho de las 13:45 horas del
02 de junio de 2011, por medio de la cual se ordenó medida de protección de
cuido provisional a favor de la persona menor de edad Génesis Álvarez Calvo.
Recurso: Apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes al de la tercera
publicación. Ante este Órgano Director. Se le previene además, señalar lugar o
medio para atender notificaciones futuras bajo el apercibimiento de que si no
lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto, o si ya no
existiere o fuera imposible la comunicación electrónica por circunstancias no
imputables a la
Institución, las resoluciones futuras que se dicten se
tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas. Exp:
231-00044-1999.—Oficina Local de Alajuela, junio 2011.—Lic. Hazel Oreamuno
Sánchez, Representante Legal.—O. C. 34028.—Solicitud Nº
47006.—C-10220.—(IN2011049778).
A los señores Omar
Alfredo Bejarano Díaz y Eneida Palacios Beker se les comunica la Resolución
Administrativa de las quince horas del día ocho de junio del
año dos mil once, dictada por este despacho, en virtud de la cual se resuelve
medida de protección de cuido provisional, a favor de la persona menor de edad
Enatacio Bejarano Palacios, en la que se ordena ubicar a la persona menor de
edad en el hogar de los abuelos paternos los señores Bartolo Bejarano Bejarano
y María Fermina Díaz Morales a fin de que se le brinde estabilidad y todos los
cuidados que requiere. Se les notifica por medio de edicto a los progenitores
por cuanto se desconoce el paradero de los mismos. Plazo para interponer
recurso de apelación dos días hábiles, después de la segunda publicación de
este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Expediente
número 648-014-2011.—Oficina Local de Coto Brus, San Vito, 9 de junio del dos
mil once.—Lic. Ana Rocío Castro Sequeira, Representante Legal.—O. C.
34028.—Solicitud Nº 47006.—C-14420.—(IN2011049779).
EDICTO
Nº
017-2011.—Para los fines consiguientes el Departamento de Patentes de la Municipalidad de
Montes de Oca, hace saber que Liu Wu Maoyuan, con cédula Nº 8-0084-0150, ha presentado
solicitud de traspaso de patente comercial Nº 0625 a nombre de Li Yun
Feng, portadora de la cédula de residencia Nº 115600291807. La Municipalidad de
Montes de Oca otorga ocho días naturales de plazo a partir de esta publicación
para presentar objeciones.
San Pedro de Montes de Oca, 24 de mayo del
2011.—Departamento de Patentes.—Johnny Walsh Agüero.—Melania Solano C.—1
vez.—RP2011244954.—(IN2011049869).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
REPOSICIÓN
TÍTULO DE PATENTE LICORES
A quien pueda interesar, se hace saber que
han solicitado a la
Municipalidad de Goicoechea, la reposición del título de
patente de Licor Nacional Nº 80 y extranjera Nº 49 del distrito primero,
inscrita a nombre de When Shan He, cédula 6261143843488, dicha patente se
encuentra ubicada en Guadalupe 100 sur de Cortel. Lo anterior por motivo de
extravío de la misma. Cualquier interesado podrá hacer valer sus derechos ante la Municipalidad dentro
de un período de ocho días a partir de la última publicación de este aviso.
Departamento de Cobro, Licencias y Patentes
Municipales.—Carmen Bermúdez Siles, Jefa a. í.—(IN2011049687).
Resolución administrativa número
RES-015-11-DAM.—San Isidro de El General, a las doce horas con treinta minutos
del día veintiuno de marzo del año dos mil once, en la Municipalidad de Pérez
Zeledón, Despacho de la Alcaldía Municipal; se emite la siguiente
resolución que dice así:
En acatamiento de lo dispuesto a partir de la
entrada en vigencia de la Ley Nº
8611 del 12 de noviembre de 2007 y existiendo en la institución municipal que
se administra la figura de la
Primera Vice Alcaldía Municipal la cual resultó electa en el
último proceso electoral verificado el pasado 5 de diciembre de 2010 y siendo
que ya se han verificado los procedimientos correspondientes en los cuales se
han observado las normas respectivas y en acatamiento a lo que dispone el
artículo 37 del Reglamento de Procedimientos Internos Municipales el suscrito,
en su condición de máxima autoridad administrativa municipal, en el ejercicio
de las facultades que le otorgan los artículos 1º, 17, 161 siguientes y
concordantes del Código Municipal resuelve lo siguiente:
Resultando:
1º—Que la Asamblea Legislativa
de la República
de Costa Rica autorizó la Ley Nº
8611 del pasado 12 de noviembre de 2007 a través de la cual, entre otras cosas, se
creó la figura de las vicealcaldías municipales en el país al tenor de lo que
indica en Código Municipal en su numeral 14 y que dice así:
“Artículo 14.—Denomínase alcalde municipal
al funcionario ejecutivo indicado en el artículo 169 de la Constitución
Política. Existirán dos vicealcaldes municipales: un(a)
vicealcalde primero y un(a) vicealcalde segundo. El (la) vicealcalde primero
realizará las funciones administrativas y operativas que el alcalde titular le
asigne; además, sustituirá, de pleno derecho, al alcalde municipal en sus
ausencias temporales y definitivas, con las mismas responsabilidades y
competencias de este durante el plazo de la sustitución.
En los casos en que el o la vicealcalde
primero no pueda sustituir al alcalde, en sus ausencias temporales y
definitivas, el o la vicealcalde segundo sustituirá al alcalde, de pleno
derecho, con las mismas responsabilidades y competencias de este durante el
plazo de la sustitución.
En los concejos municipales de distrito, el
funcionario ejecutivo indicado en el artículo 7 de la Ley N.º 8173, es el
intendente distrital quien tendrá las mismas facultades que el alcalde
municipal. Además, existirá un(a) viceintendente distrital, quien realizará las
funciones administrativas y operativas que le asigne el o la intendente
titular; también sustituirá, de pleno derecho, al intendente distrital en sus
ausencias temporales y definitivas, con las mismas responsabilidades y
competencias de este durante el plazo de la sustitución.
Todos los cargos de elección popular a nivel
municipal que contemple el ordenamiento jurídico serán elegidos popularmente,
por medio de elecciones generales que se realizarán el primer domingo de
febrero, dos años después de las elecciones nacionales en que se elija a las
personas que ocuparán la
Presidencia y las Vicepresidencias de la República y a
quienes integrarán la
Asamblea Legislativa. Tomarán posesión de sus cargos el día
1º de mayo del mismo año de su elección, por un período de cuatro años, y
podrán ser reelegidos.”1
2º—Que el pasado 5 de diciembre de 2010 se
verificaron las últimas elecciones convocadas por el Tribunal Supremo de
Elecciones de Costa Rica para elegir a las figuras de los Alcaldes,
Vicealcaldes, Intendentes y Viceintendentes municipales, así como de los síndicos
y consejos de distrito del país.
3º—Que de conformidad con lo establecido en los artículos 9º, 99, 102
inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 52 inciso k), 147, 148,
151, 166, 201, 202, 203, 204 y 205 del Código Electoral; 12, 14, 54 y 55 del
Código Municipal; 6º y 7º de la
Ley General de Concejos Municipales de Distrito y según lo
dispuesto por este organismo electoral en la resolución Nº 405-E8-2008 de las
siete horas con veinte minutos del ocho de febrero de dos mil ocho, mediante
Decreto Nº 12-2010, publicado en La
Gaceta Nº 174 del siete de setiembre de dos mil diez,
este Tribunal convocó a todos los ciudadanos inscritos como electores en el
Departamento Electoral del Registro Civil para que, ejerciendo el derecho
constitucional al sufragio en votación OBLIGATORIA, DIRECTA Y SECRETA
concurrieran a las respectivas juntas receptoras de votos el día domingo cinco
de diciembre de dos mil diez, a fin de que procedieran a elegir alcaldes,
vicealcaldes primeros y segundos, síndicos propietarios y suplentes, miembros
propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, miembros propietarios y
suplentes de los Concejos Municipales de Distrito en los lugares que
corresponda, así como a los intendentes y viceintendentes de este último
órgano, en los términos establecidos en el antedicho decreto de convocatoria.
4º—Que conforme a la resolución Nº
0019-E11-2011 del Tribunal Supremo de Elecciones dada en San José, a las nueve
horas con treinta minutos del tres de enero de dos mil once en el proceso electoral
anterior resultaron electas las siguientes personas en los cargos propuestos al
escrutinio popular del cantón de Pérez Zeledón:
Cargo
|
Nombre
|
Cédula
Nº
|
Alcaldía
|
Luis
Mendieta Escudero
|
601500876
|
Primera
Vicealcaldía
|
Vera
Violeta Corrales Blanco
|
112770202
|
Segunda
Vicealcaldía
|
Doris
Picado Mora
|
107550297
|
Así reformado por el artículo 310 aparte a)
del Código Electoral, Ley Nº 8765 del 19 de agosto de 2009. Interpretado por Resolución
del Tribunal Supremo de Elecciones Nº 405 del 8 de febrero de 2008 de la
siguiente forma:
“Se interpreta el artículo 14 del Código
Municipal en el sentido que, en las elecciones de diciembre del 2010, se
escogerán los cargos de alcaldes, vicealcaldes, intendentes y viceintendentes,
síndicos, concejales de distrito propietarios y suplentes y miembros
propietarios y suplentes de los concejos municipales de distrito y el
nombramiento de estos funcionarios se extenderá hasta que los electos en febrero
del 2016 asuman el cargo, sea hasta el 30 de abril del 2016. Asimismo, para
armonizar el régimen electoral municipal a efecto que todos los cargos se
elijan a la mitad del período presidencial y legislativo, los regidores que
resulten electos en febrero del 2010 continuarán en sus cargos hasta el 30 de
abril del 2016, fecha en que serán sustituidos por los regidores electos en
febrero del 2016…”
5º—Que este Despacho Municipal conoce del
presente asunto y con fundamento en el artículo 37 del Reglamento de Procedimientos
Internos de esta Municipalidad y los numerales 1, 17 y 161 del Código Municipal
resuelve lo siguiente:
Considerando:
1º—Del marco jurídico de la delegación de
funciones. Que en el actual régimen de derecho administrativo costarricense es
admitida la figura de la delegación de funciones, la cual está sometida a los
límites, condiciones y desarrollo que provee al efecto la Ley General de la Administración
Pública cuando dice que:
“Artículo 89.—
1. Todo servidor podrá delegar sus funciones
propias en su inmediato inferior, cuando ambos tengan funciones de igual
naturaleza.
2. La delegación no jerárquica o en diverso grado
requerirá de otra norma expresa que la autorice, pero a la misma se aplicarán
las reglas compatibles de esta Sección.
3. No será posible la delegación cuando la
competencia haya sido otorgada al delegante en razón de su específica idoneidad
para el cargo.
4. La delegación deberá ser publicada en el
Diario Oficial cuando sea para un tipo de acto y no para un acto determinado.
Artículo 90.—La delegación tendrá siempre los
siguientes límites:
a) La delegación podrá ser revocada en cualquier
momento por el órgano que la ha conferido;
b) No podrán delegarse potestades delegadas;
c) No podrá hacerse una delegación total ni
tampoco de las competencias esenciales del órgano, que le dan nombre o que
justifican su existencia;
d) No podrá hacerse delegación sino entre órgano
de la misma clase, por razón de la materia, del territorio y de la naturaleza
de la función; y
e) El órgano colegiado no podrán delegar sus
funciones, sino únicamente la instrucción de las mismas, en el Secretario.
Artículo 91.—El delegante tendrá siempre la
obligación de vigilar la gestión del delegado y podrá ser responsable con éste
por culpa en la vigilancia. Sólo habrá lugar a culpa en la elección cuando ésta
haya sido discrecional.
Artículo 92.—Se podrá delegar la firma de
resoluciones, en cuyo caso el delegante será el único responsable y el delegado
no podrá resolver, limitándose a firmar lo resuelto por aquél.”
Conforme se observa en el texto anterior en
el campo del Derecho Administrativo costarricense, la delegación es la
traslación de un órgano superior a otro inferior del ejercicio de una
competencia, aunque el delegante mantiene la titularidad de la misma. La
delegación se concreta a través de un acto administrativo y puede ser revocada
por el delegante. Es propio de esta figura el sometimiento de la misma a un
conjunto de limitaciones que están establecidas en los artículos antes
mencionados y que efectivamente no admiten que se de la delegación de diversas
hipótesis como las que indica la legislación citada.
2º—De la autorización a los Alcaldes de delegar funciones en lo
Vicealcaldes primeros: Que conforme al párrafo segundo del artículo 14 del
Código Municipal es posible que el Alcalde Municipal delegue funciones en la Primera Vicealcaldía
tal y como se indica en ese texto que dice así:
“Existirán dos vicealcaldes municipales:
un(a) vicealcalde primero y un(a) vicealcalde segundo. El (la) vicealcalde
primero realizará las funciones administrativas y operativas que el alcalde
titular le asigne; además, sustituirá, de pleno derecho, al alcalde municipal
en sus ausencias temporales y definitivas, con las mismas responsabilidades y
competencias de este durante el plazo de la sustitución.”
Además el artículo 17 de este mismo Código
Municipal, establece en el inciso b) lo siguiente:
“Artículo 17.—Corresponden al alcalde
municipal las siguientes atribuciones y obligaciones:
(…)
b) Delegar las funciones encomendadas por esta
ley, con base en los artículos 89 y siguientes de la Ley General de la Administración
Pública…”
Como se observa, existe entonces norma
jurídica amplia y suficiente a efectos de lograr la delegación de funciones que
la Alcaldía
pueda realizar en la figura de la Primera Vicealcaldía
Municipal electa.
3º—De las funciones que se delegan. Que habiendo hecho un
diagnóstico y un análisis de las distintas funciones existentes en el Despacho
de la
Alcaldía Municipal y que actualmente están siendo realizadas
por la persona titular de ese cargo y habiendo facultación suficiente para
lograr el proceso de delegación necesario, se resuelve trasladar y asignar a la Primera Vicealcaldesa
municipal de Pérez Zeledón, señora Vera Violeta Corrales Blanco con cédula de identidad
número 112770202 para que, en esa condición y ejerciendo ese cargo realice a
partir de la comunicación efectiva de esta resolución las siguientes funciones:
a) Autorizar el uso, movilización y gestión del
equipo institucional de cualquier tipo que éste sea a través de los formularios
autorizados al efecto
b) La autorización de las acciones de personal
referidas expresamente a vacaciones y a permisos temporales de no más de dos días
para ausentarse de la institución con el propósito de realizar funciones en
otros lugares distintos al centro de trabajo.
c) La firma de correspondencia de mero trámite de
la Alcaldía
Municipal que permita agilizar la gestión de documentos,
informes, trámites, procedimientos que requieran organismos internos y externos
de la institución. Los traslados finales y la resolución final de estos asuntos
será resuelta y firmada por el Alcalde en ejercicio.
d) La firma y traslado de circulares
institucionales internas que tengan como propósito anunciar eventos de interés
institucional, girar invitaciones, desarrollar campañas, coordinar funciones,
anunciar determinadas situaciones de interés del personal y cualquier otra que
sea afín.
e) Representar a la figura del Alcalde en
actividades intrainstitucionales y además en aquellos eventos a los que el
Alcalde no pueda asistir y le haga asignado la función expresa de su
representación.
f) La autorización y firma de liquidaciones de
viáticos y de cajas chicas, siempre y cuando los montos no excedan el límite de
la caja chica establecido al efecto reglamentariamente en la institución.
g) Administrar los recursos y factores
disponibles y necesarios en el Despacho del Alcalde para que éste funcione de
manera óptima.
h) Gestionar la agenda del Alcalde Municipal en
sus ausencias temporales, atendiendo en su nombre y representación, a las
personas y organismos que requieran comunicación con la Alcaldía
directamente. Se limitará a escuchar las peticiones que se le hagan sin resolver
hasta tanto no hayan sido coordinadas y autorizadas expresamente por el Alcalde
titular.
4º—Asignación de otras funciones. La
presente resolución administrativa no limita ni restringe la potestad normativa
institucional a través de ella cual el Gobierno Municipal podrá asignar otras
funciones propias a la
Vicealcaldía primera a través de los instrumentos normativos
pertinentes, tales como reglamentos o directrices, utilizando para ello los
canales apropiados de gestión.
5º—Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial La Gaceta de
conformidad con lo que establece el artículo 89, párrafo cuarto de la LGAP. La presente
resolución entrará en vigencia una vez cumplido este requisito. Por tanto,
Con
fundamento en las normas legales y del ordenamiento jurídico vigente, del
análisis de los argumentos antes descritos y de las otras consideraciones antes
señaladas se resuelve:
Delegar en la Primera Vicealcaldía Municipal bajo la figura de
la señora Vera Violeta Corrales Blanco, con cédula de identidad número
112770202, para que, en esa condición y ejerciendo ese cargo realice a partir
de la comunicación efectiva de esta resolución las siguientes funciones:
a) Autorizar el uso, movilización y gestión del
equipo institucional de cualquier tipo que éste sea a través de los formularios
autorizados al efecto
b) La autorización de las acciones de personal
referidas expresamente a vacaciones y a permisos temporales de no más de dos
días para ausentarse de la institución con el propósito de realizar funciones en
otros lugares distintos al centro de trabajo.
c) La firma de correspondencia de mero trámite de
la Alcaldía
Municipal que permita agilizar la gestión de documentos,
informes, trámites, procedimientos que requieran organismos internos y externos
de la institución. Los traslados finales y la resolución final de estos asuntos
será resuelta y firmada por el Alcalde en ejercicio.
d) La firma y traslado de circulares
institucionales internas que tengan como propósito anunciar eventos de interés
institucional, girar invitaciones, desarrollar campañas, coordinar funciones,
anunciar determinadas situaciones de interés del personal y cualquier otra que
sea afín.
e) Representar a la figura del Alcalde en
actividades intrainstitucionales y además en aquellos eventos a los que el
Alcalde no pueda asistir y le haga asignado la función expresa de su
representación.
f) La autorización y firma de liquidaciones de
viáticos y de cajas chicas, siempre y cuando los montos no excedan el límite de
la caja chica establecido al efecto reglamentariamente en la institución.
g) Administrar los recursos y factores
disponibles y necesarios en el Despacho del Alcalde para que éste funcione de
manera óptima.
h) Gestionar la agenda del Alcalde Municipal en
sus ausencias temporales, atendiendo en su nombre y representación, a las
personas y organismos que requieran comunicación con la Alcaldía
directamente. Se limitará a escuchar las peticiones que se le hagan sin
resolver hasta tanto no hayan sido coordinadas y autorizadas expresamente por el
Alcalde titular.
Rige a partir de su publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.
San Isidro de El General, 27 de junio del
2011.—Luis Mendieta Escudero, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2011049683).
En sesión ordinaria número cero noventa y
tres-dos mil once, celebrada por el Concejo Municipal del cantón Central de
Heredia, el trece de junio de dos mil once, en el artículo IV, el cual dice:
MBA. José Manuel Ulate-Alcalde Municipal
Asunto: Remite copia de documento
DAJ-417-2011, referente a revisión de nombramiento del señor Carlos Palma
Cordero en la Junta
Directiva del Comité Cantonal de Deportes. AMH 0691-2011.
Exp. 1240.
- Seguidamente
se transcribe documento DAJ-417-2011, el cual dice:
De conformidad con el oficio SCM-0800-2011 de
fecha 06 de abril de 2011, referente a solicitud presentada por la señora Saada
M. De Lima Anouhamd – Presidenta Comité Cantonal de Deportes, para que se
revise el nombramiento del señor Carlos Palma como miembro de ese Comité
Cantonal; al respecto le indico:
La
Municipalidad
realizó un procedimiento de Contratación Directa N° 2010CD-00039-01 con el fin
de contar con un abogado externo que le brinde apoyo a esta Dirección. Para
dicho objetivo se contrató al Licenciado Adrián Cordero Benavides. En virtud de
lo anterior, adjunto el criterio solicitado el cual fue emitido por el abogado
externo, análisis que esta Dirección comparte en todos sus extremos.
- A
continuación se transcribe informe presentado por el Lic. Adrián Cordero
Benavides:
Según lo estipulado en el contrato suscrito
entre su servidor y la
Municipalidad de Heredia, para dar apoyo a la gestión de la Dirección Jurídica
a su cargo, me permito rendirle el informe relacionado con la solicitud que
hiciere la Presidente
del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Heredia para que se revise el
nombramiento del señor Carlos Palma como miembro de ese Comité.
Antecedentes:
1. Con
oficio CCDRH-064-11, fechado 29 de marzo del 2011, la Presidente del Comité
de Deportes y Recreación de Heredia, señora Saada M. De Lima Abouhmad, le envía
al Concejo Municipal una excitativa para analice la situación imperante con el
nombramiento del señor Carlos Palma como miembro de ese Comité, en vista de la
situación conflictiva que se deriva de los artículos 167 del Código Municipal y
8 del Reglamento Autónomo del Comité.
2. Ese mismo día y con el oficio CCDRH-074-2011, nuevamente la Presidente del Concejo
presenta ante el Concejo una ampliación del oficio anterior.
Sobre el fondo: Para un correcto análisis de la cuestión
planteada resulta ineludible confrontar el artículo 167 del Código Municipal
con el 8 del Reglamento Autónomo de Organización y Funcionamiento del Comité
Cantonal de Deportes y Recreación de Heredia (aprobado por el Concejo Municipal
en el ejercicio de sus competencias). Dispone el artículo 167 del Código
Municipal:
Artículo 167.—(Comité Cantonal y Comunal de
Deportes. Quiénes no Pueden Integrarlos). Los concejales, el alcalde, los
alcaldes suplentes, el tesorero, el auditor y el contador, sus cónyuges o
parientes en línea directa o colateral hasta tercer grado inclusive, están
inhibidos para integrar estos comités, los cuales funcionarán según el
reglamento que promulgue la municipalidad.”
Por su parte el artículo 8 del Reglamento
indica:
“Artículo 8º—No podrán formar parte de la Junta Directiva
del Comité Cantonal los regidores y síndicos, el alcalde, los alcaldes
suplentes, los concejales de distrito, el auditor, el subauditor, el tesorero,
el contador y personal de la
Municipalidad y del mismo Comité, sus cónyuges o parientes en
línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive.”
Como se observa, el Reglamento amplía la gama
de personas que no pueden formar parte del Comité respecto a los que establece la Ley. Concretamente,
el Reglamento contrariamente a la
Ley incluye como personas impedidas a formar parte del Comité
a los síndicos y personal de la administración, y tal como lo hace la ley, hace
extensiva ese impedimento a los cónyuges o parientes en línea directa o
colateral hasta tercer grado inclusive.
En el caso concreto, el señor Carlos Palma es el padre de un empleado
municipal, y bajo la norma del artículo 8 del Reglamento, estaría impedido para
formar parte del Comité, consecuentemente su nombramiento devendría nulo, y en
virtud de ello, procedería su anulación. Por tratarse, en caso que
efectivamente fuera nulo, de una nulidad absoluta, evidente y manifiesta habría
que sujetarse a lo previsto por el numeral 173 de la Ley General de la
Administración Pública.
No obstante lo anterior, en concepto de esta asesoría no se da tal
nulidad absoluta.
El artículo 6 de la
Ley General de la Administración
Pública regula la jerarquía de las fuentes del ordenamiento
jurídico administrativo, y conforme a la famosa pirámide de Kelson, indica como
fuente máxima a la
Constitución y en forma descendente los tratados
internacionales y las normas de la Comunidad Centroamericana;
las leyes y los demás actos con valor de ley; los decretos del Poder Ejecutivo
que reglamentan las leyes, los de los otros Supremos Poderes en la materia de
su competencia, etc.
Como puede observarse, los reglamentos están por debajo de las leyes,
de modo que si un reglamento contraviene lo dispuesto por la Ley, precisamente por la
jerarquía de la norma, prevalece la ley sobre el reglamento.
En este asunto tenemos que una disposición reglamentaria se apone a
una norma legal, y en virtud de la jerarquía comentada, está por encima la
norma legal de la reglamentaria.
El presente asunto no es ajeno a la realidad jurídica ni al quehacer
diario de los operadores del derecho, por el contrario, no es inusual que
normas de rango inferior se opongan a las de grado superior. Con mucha
regularidad, la sala Constitucional anula de nuestro ordenamiento jurídico
normas que contravienen a las constitucionales. La Sala Constitucional
en varias oportunidades (ver sentencias 3035, 3036 y 3038 todas de 1996)
analizó este asunto en relación con normas que se oponen a las constitucionales,
y lo indicado en dichos pronunciamientos son, con mucho más razón, de plena
aplicación cuando la oposición se da entre de normas de menor rango que las
constitucionales. Dijo la Sala
al respecto:
“…vinculante por sí misma para todas las
todas las autoridades y personas públicas y privadas, inclusive, con mayor
razón, para los tribunales de justicia y de toda materia. En este sentido la
sala ha definido, con el valor vincular erga ommes de sus precedentes y
jurisprudencia (artículo 13 de la Jurisdicción Constitucional),
los alcances de ducha sujeción con respecto a los tribunales de justicia, a los
que corresponde el ejercicio universal y exclusivo de la función
jurisdiccional…
a) El
derecho de la
Constitución les vincula directamente, y así deben aplicarlo
en casos sometidos a su conocimiento, sin necesidad de leyes u otras normas o
actos que lo desarrollen o hagan aplicable…”
E incluso en su sentencia 7062-95 de 22 de
diciembre de 1995 dijo que los precedentes jurisprudenciales de la Sala son vinculantes tomando
en cuenta no solo la parte dispositiva de las sentencias sino también la
considerativa.
“... Se hace la indicación, conforme a lo que
ya ha dispuesto esta Sala, que la vinculatoriedad que caracteriza a la
jurisprudencia constitucional, se refiere tanto a la parte considerativa como
dispositiva de la sentencia, en el tanto que aquella claramente condiciona y
determina esta.
Para el distinguido jurista costarricense y
Juez constitucional Dr. Ernesto Jinesta Lobo también la Administración
debe de desaplicar una norma cuando sea contraria a la Constitución. Dijo
al respecto:
“…En los votos que analizamos, la Sala Constitucional
deja claramente establecida la eficacia directa e inmediata del Derecho de la Constitución y
el poder-deber del Juez del orden común de interpretarlo y aplicarlo sin
esperar su desarrollo por el legislador en el ejercicio de su libertad de
configuración o por la Administración Pública al utilizar las potestades
reglamentarias y de auto tutela declarativa…”. (Lo resaltado no corresponde al
original).
Ahora bien, si de lo dicho por la Sala y comentado por Jinesta
Lobo se colige que la administración puede desaplicar (más no derogar) una
norma contraria a la
Constitución, con mayor amplitud puede hacerlo cuando una
norma de menor rango que la
Constitucional es contrariada por otra norma todavía de menor
rango como ocurre con la relación ley-reglamento. Desde esa perspectiva, no
cabe la menor duda que al interponerse el artículo 8 de Reglamento al 167 de la Ley, debe de desaplicarse la
norma reglamentaria y aplicarse la ley.
No obstante lo anterior, lo idóneo para evitar situaciones como la
planteada es derogar la norma reglamentaria para ajustarla a la ley.
Por otra parte, y para hacer más evidente la situación de comentario,
es necesario advertir que, con fundamento en el principio democrático derivado
de los artículos 1 y 9 de la Constitución Política, y desarrollados a nivel
municipal por los incisos g) y h) del artículo 4 y sobre todo por el artículo 5
del Código Municipal, los munícipes (entendidos éstos como los habitantes de un
cantón) tienen todo el derecho, incluso de rango constitucional de participar
activa y consciente y en forma democrática en las decisiones del gobierno
local. Siendo el Comité de Deportes y Recreación un ente adscrito a las
municipalidades, en desarrollo del principio democrático, le asiste pleno
derecho a cualquier miembro de la comunidad herediana de participar en las
decisiones que atañen a su comunidad, de modo que las restricciones o
impedimentos al ejercicio de ese derecho deben de ser interpretado en forma
restrictiva; y como en este asunto, por vía de Reglamento se establecen
impedimentos mayores a lo consignados por la ley, lo procedente es aplicar la
ley y no el reglamento.
Recomendación:
En base a las consideraciones anteriores y
los fundamentos legales desarrollados, esta asesoría externa recomienda
desaplicar para el caso del nombramiento en el Comité Cantonal de Deportes y
Recreación de Heredia al señor Carlos Palma el artículo 8 del reglamento de funcionamiento
de ese Comité, y con el propósito de evitar la existencia de normas
reglamentarias que se oponga a la ley, derogar dicho artículo para ajustarlo a
lo normado por el 167 del Código Municipal.
Con base y fundamento en el documento
AMH-0691-2011 suscrito por el señor MBA. José Manuel Ulate, Alcalde Municipal;
DAJ-417-2011 suscrito por la Lic. María Isabel Sáenz Soto, Directora de
Asuntos Jurídicos; y criterio del Lic. Andrés Cordero, abogado externo, el
Concejo Municipal acuerda por unanimidad:
A. Aprobar
en todos sus extremos la recomendación emitida por el Lic. Andrés Cordero
Benavides, abogado externo, tal y como ha sido presentada, en consecuencia:
- Se
desaplica para el caso del nombramiento en el Comité Cantonal De Deportes Y
Recreación De Heredia al señor Carlos Palma el artículo 8 del Reglamento de
Funcionamiento de ese Comité, y con el propósito de evitar la existencia de
normas reglamentarias que se oponga a la ley, derogar dicho artículo para
ajustarlo a lo normado por el 167 del Código Municipal.
B. Instruir a la administración para que proceda a publicar esta
derogatoria en el Diario Oficial.
C. Acuerdo definitivamente
aprobado.
Heredia, 27 de junio del 2011.—Lic. Enio Vargas
Arrieta, Proveedor Municipal.—1 vez.—O. C. 53948.—Solicitud Nº
48024.—C-89070.—(IN2011050046).
Por medio del acuerdo N° 18, de la sesión
ordinaria N° 22, celebrada el día 30 de mayo del año 2011, el Concejo Municipal
de Corredores acuerda trasladar las sesiones del día lunes 25 de julio, para el
día martes 26 de julio y la sesión del día lunes 15 de agosto para el día
martes 16 de agosto, mismas que se celebran en la misma hora y en el mismo
lugar salón comunal de Ciudad Neilly. Publíquese.
Corredores, 22 de junio del 2011.—Sonia
González Núñez, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2011049679).
COLEGIO
DE PROFESIONALES
EN INFORMÁTICA Y
COMPUTACIÓN
El Colegio de Profesionales en Informática y
Computación, convoca a sus miembros a la asamblea general extraordinaria que se
celebrará el sábado 30 de julio del 2011. La primera convocatoria se hará a las
10:30 a. m., en el Salón Greco del Hotel Barceló San José Palacio. De no haber
quórum, la segunda convocatoria se realizará a las 11:30 a. m., en el mismo
lugar.
Tema único:
Aprobación del Reglamento
Electoral.
Lic. Guido Contreras Montes de Oca,
Presidente.—Alonso Zúñiga Aguilar, Fiscal.—1 vez.—(IN2011051372).
El Colegio de
Profesionales en Informática y Computación, convoca a sus miembros a la
asamblea general ordinaria y extraordinaria que se celebrará el sábado 30 de
julio del 2011. La primera convocatoria se hará a la 01:30 p. m., en el Salón
Greco del Hotel Barceló San José Palacio. De no haber quórum, la segunda
convocatoria se realizará a las 02:30 p. m., en el mismo lugar. La agenda para
esta asamblea es la siguiente:
1. Plan de evacuación.
2. Establecimiento del quórum.
a) Primera convocatoria (mitad + 1) (01:30 p. m.)
b) Segunda convocatoria (los presentes) (02:30 p.
m.)
3. Lectura y aprobación de la agenda.
4. Informe de presidencia.
5. Informe de tesorería.
6. Informe de la fiscalía.
7. Regímenes disciplinarios sancionatorios y
potestad de interpretación del fiscal.
8. Informe del Tribunal de Ética.
9. Informe del Tribunal Electoral.
10. Aprobación del Reglamento Electoral.
11. Elección(es) de puesto(s) vacante(s).
12. Aprobación del presupuesto 2011-2012.
13. Mociones.
a) Conocimientos de mociones y sugerencias
(Asamblea Julio 2010) por foro electrónico.
Luego de finalizada la asamblea general se
realizará una actividad social en agradecimiento por su participación.—Lic.
Guido Contreras Montes de Oca, Presidente.—Adriana Arroyo Araya, Secretaria a.
í.—1 vez.—(IN2011051373).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
UNIVERSIDAD
MAGISTER
Ante el Departamento de Registro de la Universidad Magíster,
se ha presentado solicitud de reposición de diploma por extravío,
correspondiente al título de: Enseñanza del Inglés, grado académico: Bachillerato,
registrado en el libro de títulos bajo tomo 1, folio 70, número 1432, y en
CONESUP tomo 25, folio 79, número 1412, a nombre de Yeimi González Ardón, con
fecha 21 de noviembre del 2003, cédula de identidad 1-0965-0514. Se publica
este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—Departamento
de Registro.—Daniel Vargas Velásquez.—(IN2011047857).
ISLA
OASIS SOCIEDAD ANÓNIMA
Isla Oasis Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-319377-15, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición
de los siguientes libros: Diario Nº 1, Mayor Nº 1, Inventarios y Balances Nº 1,
Actas de Consejo de Administración Nº 1 y Actas de Asamblea Nº 1. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia
al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del
término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Rodolfo
Madrigal Cavallini, Representante Legal.—(IN2011049242).
INTERNACIONAL
DE EMPAQUES
R
A SOCIEDAD ANÓNIMA
Internacional de Empaques R A Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-220629-23, solicita ante la Dirección General
de Tributación la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 1, Mayor Nº 1,
Inventarios y Balances Nº 1, Actas de Consejo de Administración Nº 1 y Actas de
Asamblea Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante
el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración
Tributaria de San José, dentro del término de ocho días
hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Rodolfo Madrigal Cavallini,
Representante Legal.—(IN2011049243).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
GONZÁLEZ
& URIBE SOCIEDAD ANÓNIMA
González & Uribe Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-doscientos setenta y un mil noventa y siete, solicita
ante la
Dirección General de Tributación, la reposición del libro de
Asamblea General de Accionistas Número Uno. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Oeste,
dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—(IN2011049218).
UNIVERSIDAD
CATÓLICA DE COSTA RICA
La señorita Estrada Vindas Jénnifer, cédula
02-0611-0136, realizó la gestión pertinente para la reposición de su título de la Licenciatura en
Psicología ante la
Universidad, emitido el veintiséis de junio del 2009, en la
sede San Carlos, registrado en la Universidad bajo el tomo 1, folio 265, asiento
5845 y registrado en el CONESUP en el tomo 66, folio 24 y asiento 5809. Se
extiende la presente, exclusivamente, para la publicación de los edictos en el
Diario Oficial La Gaceta,
a solicitud de la interesada en la ciudad de Moravia.—San José, 26 de mayo del
2011.—Departamento de Registro.—M.S.c. Sonia Guzmán Méndez,
Directora.—(IN2011049316).
JUANCARLOVIRGINIA
S. A.
Juancarlovirginia S. A., cédula jurídica Nº
3-101-482820, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición
del siguiente libro: Actas de Asamblea de Socios 1. Quien se considere afectado
puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del
término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San
José, 23 de junio del 2011.—Lic. Aníbal Segura Vargas,
Contador.—RP2011244803.—(IN2011049456).
TALLER
INDUSTRIAL ROJAS Y HERRERA LIMITADA
Taller Industrial Rojas y Herrera Limitada,
cédula jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos cincuenta y siete mil novecientos
ochenta y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición
del siguiente libro: Actas Asamblea de Socios número uno. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia
al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del
término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic.
Gastón Sancho Cubero, Notario.—RP2011244804.—(IN2011049457).
INVERSIONES
MARÍA ADRIANA SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones
María Adriana Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-quince mil ochocientos noventa y ocho, ahora denominada Inversiones
María Adriana Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-quince mil
ochocientos noventa y ocho, solicita ante la Dirección General
de Tributación, la reposición de los siguientes libros de la sociedad Actas de
Asamblea General, Actas de Junta Directiva, Registro de Accionistas Diario,
Mayor, e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar
su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente
(Legalización de Libros) Administración Regional de San José Oeste, en el
término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el
Diario Oficial La Gaceta.
El trámite se realizará ante la Sección Regional
Oeste de Tributación Directa.—San José, veintidós de junio del dos mil
once.—Adriana Brenes Montoya, Representante Legal.—(IN2011049608).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
INVERSIONES CERDAS DINARTE
CD S. A.
Inversiones
Cerdas Dinarte CD S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-doscientos veintitrés mil ciento noventa y dos, de conformidad con el
artículo 689 del Código de Comercio, y a solicitud de los accionistas de esta
sociedad, manifiesta que se procederá a realizar la reposición de los
certificados de acciones de esta sociedad. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición en el término de un mes contados a partir de la última
publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta y en un
diario de circulación nacional. Las oposiciones podrán ser dirigidas a las
oficinas de BLP Abogados ubicadas en el Centro Empresarial Vía Lindora, cuarto
piso, con atención a Andrea González Rojas. Transcurrido el término de ley, sin
que hayan existido oposiciones y habiéndose cumplido con todo lo que establece
el artículo seiscientos ochenta y nueve del Código de Comercio, se procederá a
la reposición solicitada.—Claudio Cerdas Dinarte, Presidente.—(IN2011049632).
CASTILLO
COUNTRY CLUB S. A.
Se solicita la reposición de la acción 4794 a nombre del Castillo
Country Club S. A., cédula jurídica 3-101-015794-03. Quien se considere
afectado dirigir la oposición a la Secretaría de Junta Directiva. Por lo anterior,
solicitamos la respectiva publicación de los edictos.—27 de junio del
2011.—Jefferson Láscarez A., Jefe Financiero.—(IN2011049648).
COLEGIO
DE TRABAJADORES SOCIALES DE COSTA RICA
La
Junta Directiva
del Colegio de Trabajadores Sociales de Costa Rica, de conformidad con lo
dispuesto en el Reglamento de su Ley Orgánica, hace del conocimiento público la
solicitud de desafiliación del Colegio, interpuesta por las siguientes
Trabajadoras Sociales:
Nombre Cédula
Karla Susana
León González 1-1160-0128
Floribeth Solís Alfaro 2-0440-0284
Maribel Chaverri Víquez 4-0119-0093
Arce Blanco Andrea Cristina 1-1240-0555
Yorleny Valverde Alvarado 1-0928-0288
María Carolina Cruz Hernández 155801957305
Rosa María Oviedo Jiménez 1-0390-0461
Hannia Rodríguez Arias 4-0102-0164
Maribel Chaverri Víquez 4-0119-0093
Yessenia Fallas Jiménez 1-0960-0461
Quienes han jurado no ejercer más su
profesión como Trabajadora Social. Quien tenga alguna objeción a esta solicitud,
deberá plantearla en forma escrita dentro de los treinta días hábiles
posteriores a la publicación del tercer aviso.—San José, 25 de abril del
2011.—Dr. Jorge Arturo Sáenz Fonseca, Presidente.—(IN2011049811).
PAZ
DIVINA P.D. SOCIEDAD ANÓNIMA
Paz Divina P.D. Sociedad Anónima, con cédula
jurídica tres-ciento uno-quinientos cinco mil novecientos cincuenta y tres,
solicita ante la
Dirección General de Tributación, la reposición de los
siguientes libros, los cuales son los números uno de esta sociedad: libro de
Actas de Asamblea General, Actas de Consejo de Administración y libro de Actas
de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración
Tributaria de San José Este, dentro del término de ocho días
hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, a las catorce horas
treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Mario Alberto
Vargas Arias, Notario.—RP2011244869.—(IN2011049873).
CICLO
CINCUENTA Y TRES ONCE SOCIEDAD ANÓNIMA
Ciclo Cincuenta y Tres Once Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-466120, solicita ante la Dirección General
de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Inventarios y Balances,
Mayor, Diario y el de Asamblea General, correspondiendo a la primera reposición
de los mismos que se realiza. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente,
(Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José Este, en el
término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.
Es todo.—San José, 20 de junio del 2011.—Manuel Calvo García,
Presidente.—RP2011244892.—(IN2011049874).
Carlos Luis Quesada
Matarrita, cédula número 2-0427-0528, solicita ante la Dirección General
de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor e
Inventarios y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente de la Administración Tributaria Ciudad Quesada, dentro
del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic.
María Elieth Pacheco Rojas, Notaria.—RP2011244902.—(IN2011049875).
ACTIVITED
LIFE ENTERPRISES SOCIEDAD ANÓNIMA
Activited Life Enterprises Sociedad Anónima,
con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos seis mil doscientos cuarenta
y ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición
de los siguientes libros, los cuales son los número uno de esta sociedad: libro
de Actas de Asamblea General, Actas de Consejo de Administración, libro de
Actas de Registro de Accionistas, libro de Diario, libro Mayor y libro de
Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración
Tributaria de San José Este, dentro del término de ocho días
hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, a las nueve horas
treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Mario Alberto
Vargas Arias, Notario.—RP2011244929.—(IN2011049876).
RESIDENCIAL
MONSERRAT SOCIEDAD ANÓNIMA
Residencial Monserrat Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-101-043003, solicita ante la Dirección General
de Tributación, Delegación Este, la reposición de los siguientes libros: Diario
número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno, Actas de
Consejo de Administración número uno, Actas de Asamblea de Socios número uno.
Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración
Tributaria de San José, dentro del término de ocho días
hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Marco Daniel Vindas
González, Notario.—RP2011244989.—(IN2011049877).
INVERSIONES
ÓRBITA DE LA PAZ SOCIEDAD
ANÓNIMA
Inversiones Órbita de La Paz Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-101-447103, solicita ante la Dirección General
de Tributación, Delegación Este, la reposición de los siguientes libros: Diario
número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno, Actas de
Consejo de Administración número uno, Actas de Asamblea de Socios número uno.
Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración
Tributaria de San José, dentro del término de ocho días
hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Marco Daniel Vindas
González, Notario.— RP2011244990.—(IN2011049878).
COCINART
MHF ACADEMIA DE ARTE CULINARIO
SOCIEDAD ANÓNIMA
Cocinart MHF Academia de Arte Culinario
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-086107, solicita ante la Dirección General
de la Tributación,
la reposición por pérdida de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios
y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y
Registro de Socios, todos número uno. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición en el Área de Información y Asistencia al Contribuyente
de la
Administración Tributaria de San José Este, dentro del
término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso en el
Diario Oficial La
Gaceta.—Priscilla Herrera Fernández, Representante
Legal.—RP2011244997.—(IN2011049879).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
COLEGIO
DE PROFESIONALES EN INFORMÁTICA
Y COMPUTACIÓN
Aviso
de suspensión por morosidad
La
Junta Directiva
comunica a los colegiados suspendidos, instituciones del estado y al público en
general, que posterior a la prevención formal realizada según la dirección
aportada por el colegiado según indico vía telefónica, o en el Formulario
Complementario de Datos que señalan lugar de notificación, se acuerda suspender
por morosidad a los siguientes colegiados, según acuerdo de JD Nº ACS-001-2011
en Sesión Ordinaria Nº 19-2011 Ordinaria, del día 09 de junio del 2011. Lo
anterior en apego a lo establecido en el artículo 11 de la Ley Nº 7537.
Colegiado
Nº Nombre completo Cédula
4168 Arce Barrantes
José Pablo 1-1199-0580
3553 Calvo
González Sergio Alonso 1-1200-0561
1763 Espinoza
Meza María Gabriela 1-0751-0222
3772 Fontana
González José Claudio 1-1092-0303
2663 González
Blanco Norman 1-0746-0513
4397 González
Sancho Eduardo 9-0106-0919
4303 Hidalgo
Ortega Ezequías 6-0299-0528
3344 Lemaitre
Canales Marianela 6-0301-0893
4525 Lohrengel
Sáenz Frank 3-0335-0420
1528 Pringle
Ulate Clinton 1-0602-0109
2741 Quesada
Largaespada Mairon Eduardo 5-0312-0866
4461 Robles
Segura Karla Daniela 4-0172-0795
3287 Rodríguez
Rodríguez Luis Kendall 2-0570-0800
4531 Sánchez
Oviedo Adriana María 1-1047-0034
3834 Ugalde
Garro Shirley Xiomara 1-0732-0518
4725 Umaña
Quesada Gunther Alfonso 1-0833-0367
Lic. Guido Contreras Montes de Oca,
Presidente.—Ing. Adriana Arroyo Araya, Secretaria a. í.—1 vez.—(IN2011050022).
Ante mí, Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario Público de Alajuela,
se ha constituido mediante escritura ciento cinco, visible al folio cincuenta
vuelto del tomo sexto de mi protocolo, se modificó la cláusula sétima del acta
constitutiva de la sociedad denominada tres-ciento uno-seiscientos
veinticuatro mil novecientos cincuenta y siete s. a.—Alajuela, veintiséis
de junio de dos mil once.—Lic. Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario.—1
vez.—(IN2011049223).
Ante mí, Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario Público de Alajuela,
se ha constituido mediante escritura ciento seis, visible al folio cincuenta y
uno vuelto del tomo sexto de mi protocolo, se modificó la cláusula octava del
acta constitutiva de la sociedad denominada Ecovida Inmobiliaria S. A.—Alajuela,
veintiséis de junio de dos mil once.—Lic. Víctor Armando Rodríguez Vado,
Notario.—1 vez.—(IN2011049224).
Por escritura número doscientos treinta y nueve, de las diez horas y
cuarenta minutos del trece de junio del dos mil once, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Costa
Developers Constructions Sociedad Anónima, en la cual se
acuerda reformar la cláusula segunda del domicilio.—Lic. Cintya Cordero Brenes,
Notaria.—1 vez.—(IN2011049225).
Por escritura otorgada en esta Notaría a las nueve horas del catorce
de junio del dos mil once, se reorganiza junta directiva de la sociedad RJ
Group JM Sociedad Anónima.—Alajuela, catorce de junio del
dos mil once.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—(IN2011049229).
Por escritura otorgada en esta Notaría a las nueve horas del
veintiuno de junio del dos mil once, se modifica cláusula primera del pacto
constitutivo de la sociedad Inmobiliaria Carrizal Calvo de Alajuela
Sociedad Anónima. Presidente con facultades.—Alajuela, veintiuno de junio
del dos mil once.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—(IN2011049230).
La sociedad Ofibodegas del Oeste Sagitta Treinta y
Seis S.A., modifica su pacto constitutivo en las cláusulas segunda y
sexta, cambiar junta directiva, fiscal y nombrar agente residente.—San José,
veintiuno de junio del dos mil once.—Lic. Laura Mónica Zamora Ulloa, Notaria.—1
vez.—(IN2011049236).
Hago constar que mediante escritura número cuarenta y uno-setenta y
seis, otorgada ante esta Notaría a las catorce horas del veintidós de junio del
año dos mil once, se modificaron los estatutos de la sociedad denominada Reef
Cave Investments Sociedad Anónima.—Desamparados, veinticuatro de junio del
dos mil once.—Lic. Laura Mora Camacho, Notaria.—1 vez.—(IN2011049241).
Por escritura ante mí, en Naranjo a las ocho horas del veintitrés de
junio del dos mil once, protocolizo acta de la sociedad: Importadora de
Vehículos Carfenjo S. A. que otorga poder a Catalina Calderón Jiménez.—Lic.
William Gonzalo Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2011049252).
Por escritura pública número 52, tomo 4, otorgada en Grecia, se
protocolizó el acta dos de la sociedad denominada: Grayish Saltator Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos
dieciséis mil setecientos cincuenta y siete, en la que se limita la
representación del tesorero de esa sociedad. Escritura otorgada en Grecia, a
las 8:00 horas del día 16 de junio del 2011.—Lic. Marvin Gerardo Quesada
Castro, Notario.—1 vez.—(IN2011049253).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del
diecisiete de junio del 2011, se revocan los puestos de secretario y tesorero
de la junta directiva, así como fiscal, se llenan vacantes, se elimina el cargo
de agente residente y se establece nuevo domicilio social en relación con la
sociedad LG Construcciones Económicas LLC S. A., cédula
3-101-600354.—Lic. Renzo Alexander Céspedes Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2011049254).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del
diecisiete de junio del 2011, se designa nuevo gerente y se establece nuevo
domicilio social en relación con la sociedad 3-102-615152.—Lic. Renzo
Alexander Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2011049255).
Por escritura otorgada por mí, el día veintidós de junio del dos
once, a las diez horas, se protocolizó acta de Jardín de Ñorbo
S. A., mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda
(domicilio) y octava (administración) de su pacto social.—Lic. Pamela Navarro
Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2011049256).
Por escritura otorgada por mí, el día
dieciséis de junio del dos once, a las ocho horas, se protocolizó acta de Inmobiliaria
Villa Castelli C.T.I. S. A., mediante la cual se modifica la cláusula
primera (denominación social), segunda (domicilio) y octava (administración)
del pacto social.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2011049257).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 10:00 horas del día 23 de junio del 2011, se constituyó la empresa denominada
Obsidiana Azul S. A. Domiciliada en La Ribera de Belén, Heredia, veinticinco metros al
oeste del Hotel Marriott. Presidenta Georgina Jiménez Vásquez, cédula Nº
2-169-536. Capital social: Cien mil colones.—Belén, Heredia, 24 de junio del
2011.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2011049264).
Por escritura número ciento veinte otorgada
ante mí, a las nueve horas diez minutos del veinte de junio del año dos mil
once, se modificó la cláusula sétima y la cláusula octava, y se eliminaron las
cláusulas quinta bis, catorce y quince todas del pacto constitutivo de la Compañía
Hotelera Bonanza S. A. Igualmente, se nombró nueva
junta directiva.—San José, veinte de junio de dos mil once.—Lic. Miguel Sáenz
Ugalde, Notario.—1 vez.—(IN2011049279).
Por medio de la escritura número doscientos
trece, otorgada a las catorce horas del día veintitrés de junio del año dos mil
once, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad denominada Feanor Cove Sociedad Anónima,
por medio de la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio y la cuarta
del plazo social y se prorroga este.—Lic. José Manuel Arias González,
Notario.—1 vez.—(IN2011049281).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel
Alberto Quirós Silesky y Constructora San Carlos Del Este CSCE S. A.
constituyen Anderes Uno H Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Anderes
Uno H S. A. Domicilio social: San Joaquín de Flores, Heredia. Plazo:
Noventa y nueve años. Capital social: Diez mil colones. Objeto: Comercio.
Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—Heredia veinticuatro de junio del
año dos mil once.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(IN2011049302).
En escritura otorgada ante mí, protocolicé el
acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Anderes
Once B S. A., en la cual se modifica la cláusula octava del pacto
constitutivo.—Heredia, veinticuatro de junio del año dos mil once.—Lic. Hazel
Sancho González, Notaria.—1 vez.—(IN2011049303).
El día de hoy se constituyó la sociedad
denominada Despertar De La Conciencia Sociedad Anónima. Domiciliada en
San José, San Vicente de Moravia, cincuenta metros al norte de Romanas Ballar.
Capital social: Cien mil colones. Objeto: el comercio en general, la
importación, la exportación, la venta de servicios de medicina en general, la
agricultura, industria, ganadería en general y la educación. Plazo social:
noventa y nueve años a partir de hoy.—San José, a las diez horas del diez de
abril del dos mil once.—Lic. Evelyn Gómez Quirós, Notaria.—1
vez.—(IN2011049326).
Por escritura otorgada hoy 22 de junio del 2011, a las 15:00 horas, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad
denominada tres-ciento dos-seiscientos treinta y cinco mil cuarenta y seis
limitada, mediante la cual se acordó modificar la cláusula octava.—San
José, 22 de junio del 2011.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1
vez.—(IN2011049328).
Por escritura otorgada el día de hoy ante
esta notaría, Juan Antonio Mainieri Acuña y María Teresa Gutiérrez Gutiérrez
constituyen la sociedad Best Choice Cinco Cero Seis Sociedad Anónima. La
representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente del Consejo
de Administración. Capital social de doce mil colones.—San José, a las once
horas del día veintitrés de junio dos mil once.—Lic. José Alejandro Martínez
Castro, Notario.—1 vez.—(IN2011049329).
Yo, Marco Antonio Fernández López,
protocolicé acta de asamblea de Diad De Oro Sociedad anónima (la
“Compañía”), cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos
veintisiete mil novecientos ochenta y cinco; donde se modifica la cláusula
segunda del domicilio, novena de la representación, y se nombra junta
directiva.—Veintidós de junio de dos mil once.—Lic. Marco Antonio Fernández
López, Notario.—1 vez.—(IN2011049330).
Por escritura de las 15:00 horas del
veintidós de junio del año 2011, se protocolizó acta de asamblea de socios de Zurich
Capital Corporation C R S. A., donde se nombró nuevo presidente.—San José,
veintitrés de junio del 2011.—Lic. Manuel Porras Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2011049334).
Ante esta notaría se constituye la sociedad
de esta plaza denominada Servicios R M J Precisión Limitada, a las diez
horas del veintitrés de junio del dos mil once, siendo su gerente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, Roney Rodríguez Salas,
ante el notario Rodrigo Garita López, en Venecia de San Carlos.—Alajuela,
veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1
vez.—(IN2011049336).
Ante esta notaría se constituye la sociedad
de esta plaza denominada Servicios Valro A & Y Limitada, a las
dieciocho horas del veintitrés de junio del dos mil once, siendo sus gerentes
con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, Alexander Valverde
Benavides y Yolanda María Rodríguez Salas, ante el notario Rodrigo Garita
López, en Venecia de San Carlos.—Alajuela, veintitrés de junio del dos mil
once.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—(IN2011049337).
Por escritura ciento treinta y dos-treinta y
nueve, de las once horas del quince de junio del dos mil once, del tomo treinta
y nueve del protocolo de la licenciada Jenny Ramírez Robles, se constituyó Aca
Suministros C.R. Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Rohrmoser, de
Plaza Mayor, ciento setenta y cinco metros al oeste, capital social: cincuenta
mil colones.—San José, treinta de marzo del dos mil once.—Lic. Jenny Ramírez
Robles, Notaria.—1 vez.—(IN2011049343).
Ante mi notaría se constituyó la sociedad
denominada Inversiones El Sol Cañas LQS Sociedad Anónima.—San José, tres
del junio del año dos mil once.—Lic. Ferdinand von Herold, Notario.—1
vez.—(IN2011049348).
Mediante escritura de las dieciocho horas del
veinticuatro de febrero de dos mil once, en el protocolo del notario Ruperto
Marvin Atencio Delgado, se constituyó la sociedad Inversiones Buena Vista
Cristal Sociedad Anónima. Capital social: Diez mil colones. Plazo social:
Noventa y nueve años. Presidente: Juan Carlos Jiménez Pacheco.—San Isidro de
Pérez Zeledón, 10 de junio del 2011.—Lic. Ruperto Marvin Atencio Delgado,
Notario.—1 vez.—(IN2011049354).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad
denominada Confecciones Ejecutivas Frutos Venegas Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con un capital social de diez mil colones y un plazo
social de noventa y nueve años. Gerente Carolina Frutos Venegas.—Santo Domingo
de Heredia, 1º de junio del 2011.—Lic. Carlos Manuel Acuña Castro, Notario.—1
vez.—(IN2011049359).
Que ante esta notaría se constituyeron las
sociedades Chispas Doradas del Norte S. A. y Diamante del Oeste S. A.
y se protocoliza acta de asamblea de las sociedades Corporación Loma
Tika S. A., Proyecto El Barón Primero S. A., Proyecto El Barón
Segundo S. A., Proyecto El Barón Tercero S. A., Proyecto El Barón Cuarto
S. A. y se reforman los estatutos de la empresa Villas de Palmares EIRL y
se traspasa la misma.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Vanessa Cubillo
Arguedas, Notaria.—1 vez.—RP2011244584.—(IN2011049459).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad
anónima cuyo nombre es el siguiente Pisos y Más S. A., el día veintidós
de junio del dos mil once.—Lic. Max Alberto Aguilar Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2011244587.—(IN2011049460).
Por escritura otorgada a las 15:30 horas de
23 de junio de 2011, se constituyó Grupo Aisfa Sociedad Corredora de Seguros
Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente y secretario con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Rodrigo José
Aguilar Moya, Notario.—1 vez.—RP2011244588.—(IN2011049461).
Por escritura otorgada en mi notaría hoy a
las 14:00 horas se protocolizó en lo conducente el acta número diez,
correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
de esta plaza, Flores y Helechos Centroamericanos S. A., mediante la
cual se reforma el pacto constitutivo en lo referente al domicilio y la
administración, se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintitrés
de junio del año dos mil once.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1
vez.—RP2011244590.—(IN2011049462).
Mediante escritura pública Nº 105-4, otorgada
ante esta notaría, en Paraíso de Cartago a las 11:00 horas del 15 de junio de
2011, visible al folio 073 vuelto del tomo cuarto del protocolo del suscrito
notario público, se ha constituido la sociedad denominada Inversiones
Familiares Las Tres A S. A, capital social totalmente suscrito y pagado por
los socios.—Cartago, 22 de junio del 2011.—Lic. Óscar Rodríguez Bonilla,
Notario.—1 vez.—RP2011244591.—(IN2011049463).
La suscrita notaria Rosa María Corrales
Villalobos hace constar que se modifica la junta directiva y fiscal, se aumenta
capital y se reforma el domicilio social de Doralzuela Sociedad Anónima en
la ciudad de San José a las dieciocho horas del veintiuno de junio del dos mil
once.—Lic. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1
vez.—RP2011244593.—(IN2011049464).
Por escritura otorgada ante esta notaría
pública, se constituyó Inmobiliaria Heralcri De Oreamuno S. A., capital
suscrito y pagado.—San José, 23 de junio del 2011.—MSC. Rodney Montalbán
Rivera, Notario.—1 vez.—RP2011244594.—(IN2011049465).
El suscrito notario hace constar y da fe, que
por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del día diecinueve de junio de
dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Adrica Del Atlántico S.
A., con un capital social de diez mil colones, la representación judicial y
extrajudicial corresponde al presidente, por un plazo de noventa y nueve años.
Es todo.—San José, veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Bernal
Rodríguez Cruz, Notario.—1 vez.—RP2011244596.—(IN2011049466).
Por escritura pública número: ciento
uno-cinco del tomo quinto otorgada ante la suscrita notaria pública, se
protocoliza la creación de la sociedad Helvetica Print Masters de Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, dieciséis de junio del dos mil once.—Lic.
Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2011244600.—(IN2011049467).
En mi
notaría se ha constituido la sociedad Algaulloa Sociedad Anónima.
Presidente el socio Álvaro Eduardo Gámez Novoa. En Guadalupe a las diez horas
del catorce de junio del año dos mil once.—Lic. Andrea Ruiz Castillo,
Notaria.—1 vez.—RP2011244601.—(IN2011049468).
Rita
María Rojas Castro, Miguel Hidalgo Saborío, Erika María Hidalgo Rojas, Yendry
Milena Hidalgo Rojas, Viviana Patricia Hidalgo Rojas, Verónica Hidalgo Rojas y
Elizabeth María Hidalgo Rojas, constituyen la sociedad denominada Hidalro
S.R.L. Escritura otorgada en Grecia a las 17:00 horas del día 22 de junio
del año 2011.—Lic. Miguel Alfaro Blanco, Notario.—1
vez.—RP2011244602.—(IN2011049469).
Por
escritura otorgada por el notario licenciado Felipe Gómez Rodríguez, a las
16:00 horas del 22 de junio del 2011, se constituyó la sociedad Corporación
Morera Majemada Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Corporación Morera
Majemada S. A. Presidenta: con facultades de apoderada generalísima sin
límite de suma, la señora: María Elena Solano Zúñiga. Capital: suscrito y pago
en su totalidad.—Grecia, el día del veinticuatro de junio del dos mil
once.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2011244603.—(IN2011049470).
Por escritura
otorgada en San José a las diecisiete horas treinta minutos del veintiuno de
junio del dos mil once, ante la notaria Laura Avilés Ramírez, se constituye
sociedad anónima BCOM S. A. La representación judicial y extrajudicial
le corresponde al presidente, puesto que ocupa Bernardo González Ovares. Es
todo.—San José, veintiuno de junio del dos mil once.—Lic. Laura Avilés Ramírez,
Notaria.—1 vez.—RP2011244604.—(IN2011049471).
Por
escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Melussine Sociedad
Anónima. Se acordó reformar la cláusula de la administración, modificar el
domicilio y nombrar nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, 23 de
junio del 2011.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—RP2011244605.—(IN2011049472).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del día de hoy, se
constituyó la firma Capacitaciones Técnicas Barquero Zúñiga S. A.—Cartago,
21 de junio del 2011.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1
vez.—RP2011244606.—(IN2011049473).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del día de hoy, se
constituyó la firma Sociedad de Servicios Múltiples Machado Cerdas S. A.—Cartago,
20 de junio del 2011.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1
vez.—RP2011244607.—(IN2011049474).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario público, Carlos Alberto Monge
Morales, a las trece horas del diez de junio de dos mil once, se constituye una
sociedad anónima a la cual le corresponderá como denominación social el número
de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas le asigne
al momento de la inscripción, de conformidad con el artículo segundo del
Reglamento para la
Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando
únicamente el número de cédula de persona jurídica como denominación social,
número treinta y tres mil ciento setenta y uno.—San José, veintidós de junio
del dos mil once.—Lic. Carlos Alberto Monge Morales, Notario.—1
vez.—RP2011244612.—(IN2011049476).
Por
escritura número doscientos treinta y dos-dos, otorgada ante la suscrita
notaria, a las nueve horas del treinta y uno de mayo de dos mil once, se
protocoliza acta extraordinaria de asamblea de accionistas de la sociedad La Tuerca Films
Sociedad Anónima, en la que se modifica cláusula novena y nombramiento de
junta directiva.—San José, veintidós de junio del dos mil once.—Lic. Christy
Martínez Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2011244613.—(IN2011049477).
Por
escritura número 137 otorgada ante esta notaría se constituyó las siguientes
diez sociedades Valle Perdido Colina Atardecer
Uno Antilia Sociedad Anónima, Valle Perdido Colina Atardecer Dos Caelum
Sociedad Anónima, Valle Perdido Colina Atardecer Tres Capricornus Sociedad Anónima,
Valle Perdido Colina Atardecer Cuatro Delphinus Sociedad Anónima, Valle Perdido
Colina Atardecer Cinco Draco Sociedad Anónima, Valle Perdido Colina Atardecer
Seis Hydrus Sociedad Anónima, Valle Perdido Colina Atardecer Siete Octans
Sociedad Anónima, Valle Perdido Colina Atardecer Ocho Orion Sociedad Anónima,
Valle Perdido Colina Atardecer Nueve Sagittarious Sociedad Anónima, Valle
Perdido Colina Atardecer Diez Serpens Sociedad Anónima, Capital
social diez mil colones exactos, plazo social noventa y nueve años. Al
presidente y secretario les corresponde la representación judicial y
extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de
suma. Presidente Charles William Kuhn, pasaporte número 437660761, secretario
John Goodwin Futch, pasaporte número 710182709.—Cartago, de 14 de junio del
2011.—Lic. Lucrecia Rojas Calvo, Notaria.—1 vez.—RP2011244614.—(IN2011049478).
Por escritura número 144 otorgada ante esta
notaría se constituyó la sociedad Inversiones Superiores J & K de
Cartago Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones exactos, plazo
social noventa y nueve años. Al presidente y secretario les corresponde la
representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados
generalísimos sin limitación de suma. Presidente Keivin José Solano Oviedo,
cédula 3-379-994, secretaria Jennifer De Los Ángeles Vega Meza, cédula
3-378-899.—Cartago, 14 de junio del 2011.—Lic. Lucrecia Rojas Calvo, Notaria.—1
vez.—RP2011244615.—(IN2011049479).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó
Inmobiliaria Hispano-Peruana Sociedad Anónima, que es nombre de
fantasía, domicilio: Provincia de San José, cantón 01, distrito 01, avenida
central y primera, calle 2, edificio Trifami, tercer piso, pudiendo establecer
agencias o sucursales en cualquier lugar de la República o fuera
de ella. Plazo social: 99 años a partir de esta fecha. Capital: Totalmente
suscrito y pagado.—San José, a las 10:00 horas del 23 de junio del 2011.—Lic.
Grettel Caldera Schaubeck, Notaria.—1 vez.—RP2011244618.—(IN2011049480).
Por medio de la escritura número doscientos
once, otorgada a las dieciocho horas del día veintidós de junio del año dos mil
once, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Auiles De
Liberia Sociedad Anónima, con domicilio en Playas del Coco, Guanacaste,
capital social cien mil colones. Representación judicial y extrajudicial al
presidente de la junta directiva. Presidente el señor Pablo Andrés Mora
Cascante.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1
vez.—RP2011244619.—(IN2011049481).
Por escritura otorgada a las once horas del
veintitrés de junio de dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Alternativas Mercadológicas S.
A., en que se nombra presidente y fiscal y se reforma cláusula de la
administración.—San José, veintitrés de junio de dos mil once.—Lic. Martín
Hernández Treviño, Notario.—1 vez.—RP2011244620.—(IN2011049482).
Que por escritura otorgada a las nueve horas
del veintitrés de junio del año 2011, protocolizo acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la compañía Speed Credit S. A.
identificada con la cédula de persona jurídica número: 3-101-360943, donde se
modifica la cláusula quinta de su acta constitutiva, concerniente al capital
social. Es todo.—San Francisco de Dos Ríos, 23 de junio del año 2011.—Lic.
David Robles Rivera, Notario.—1 vez.—RP2011244622.—(IN2011049483).
En mi notaría se constituye Auto Eduva
Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, siendo su apoderado
generalísimo sin límite de suma Henrich Moya Moya, cédula uno setecientos
cincuenta y cuatro-cuatrocientos cuarenta y ocho.—Cartago, 23 de junio del
2011.—Lic. Walter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2011244624.—(IN2011049484).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las ocho y treinta horas del veintitrés de junio del dos mil once, se procede
protocolizar asamblea general y extraordinaria de Grupo Galaxy Empresarial
Sociedad Anónima Modificaciones: La administración. Es todo.—Veintitrés de
junio del dos mil once.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1
vez.—RP2011244626.—(IN2011049485).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas
cuarenta y cinco minutos del día ocho de junio del presente año, se protocoliza
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad
tres-ciento uno-quinientos veintiocho mil ochocientos veintitrés s. a.,
mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y se
nombra vocal de la junta directiva.—San José, ocho de junio del año dos mil
once.—Lic. Kattya Marcela Mejías Villalobos, Notaria.—1
vez.—RP2011244629.—(IN2011049486).
En escritura otorgada en esta notaría, a las
ocho horas del veintidós de junio del año en curso, los señores Rubén Darío
Azofeifa Calderón y Heriberto Azofeifa Calderón, constituyen la sociedad Transportes
y Reciclaje Azocal Limitada. Gerente: Rubén Darío Azofeifa Calderón.—Lic.
Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—RP2011244630.—(IN2011049487).
Luis Mauricio Solano Corella, Rodolfo José
Solano Corella y Jenny Jeannette Quirós Reid constituyen TIC Software
Development Sociedad Anónima. Presidente: Luis Mauricio Solano Corella.
Fecha de constitución: 21 de junio del año 2011. Capital social: quinientos mil
colones.—Lic. Geovanny Alberto Morales Barrantes, Notario.—1
vez.—RP2011244631.—(IN2011049488).
Por escritura otorgada en esta notaría a las
nueve horas del día de hoy, se protocolizan acuerdos de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de Super Media Sociedad Anónima
mediante la cual se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo.—San
José, veintitrés de junio del año dos mil once.—Lic. Róger Guevara Vega,
Notario.—1 vez.—RP2011244634.—(IN2011049489).
Por escritura otorgada en esta notaría a las
diez horas del día de hoy, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria
y extraordinaria de accionistas de Asa Posters Costa Rica Sociedad Anónima
mediante la cual se modifica la cláusula décimo segunda del pacto
constitutivo.—San José, veintitrés de junio del año dos mil once.—Lic. Róger
Guevara Vega, Notario.—1 vez.—RP2011244635.—(IN2011049490).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las diez horas del veintiséis de mayo del dos mil once, Ana Yamileth y Roselia
Rivas Alvarado, constituyen la sociedad de esta plaza Omnivida S. A.
Representación presidente.—Alajuela, 22 de junio 2011.—Lic. Violeta Miranda
Meza, Notaria.—1 vez.—RP2011244636.—(IN2011049491).
El suscrito notario Roberto Vargas Mora,
constituí sociedad anónima, siendo su denominación social la cédula jurídica
que le otorgue el Registro de Personas Jurídicas, ello conforme al Decreto
Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta ciento
catorce del día catorce de junio del dos mil seis. Con un capital social de
cien mil colones y un plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—Palmares,
diez de junio del dos mil once.—Lic. Roberto Vargas Mora, Notario.—1
vez.—RP2011244637.—(IN2011049492).
El suscrito, Alonso Calderón Jiménez, notario
público, con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante
escritura número cuarenta y nueve, iniciada al folio treinta y uno frente del
tomo segundo de mi protocolo, otorgada ante mi notaría a las dieciocho horas
con cuarenta minutos del día veintidós de junio del dos mil once, se constituyó
la sociedad anónima denominada Servicios Empresariales G y L Sociedad
Anónima, cuyo presidente y secretario tienen la representación judicial y
extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma.—Lic. Alonso Calderón Jiménez, Notario.—1
vez.—RP2011244638.—(IN2011049493).
Roberto Umaña Balser; notario público de San
José, hace constar que por escritura otorgada a las dieciséis horas del trece
de junio del dos mil once, escritura cien, folio ciento cuatro vuelto tomo
noveno, se constituyó la compañía denominada Windwalker Sociedad Anónima.
Capital social un mil colones, duración noventa y nueve años contados a partir
de su fundación, apoderados generalísimos: comparecen Maribel Quirós Barquero
cédula uno novecientos veinticinco-ochocientos veintinueve, señor Oseas López
Jiménez cédula ocho-cero cero setenta y siete-cero ochocientos cincuenta y
siete domiciliada en San José, avenida catorce, entre calles cuarenta y uno y
cuarenta y tres Bufete Balser & Umaña. Es todo.—San José, trece de junio
del dos mil once.—Lic. Roberto Umaña Balser, Notario.—1
vez.—RP2011244639.—(IN2011049494).
Roberto Umaña Balser; notario público de San
José, hace constar que por escritura otorgada a las quince horas del trece de
junio del dos mil once, escritura noventa y nueve, folio ciento noventa y dos vuelto
tomo noveno, se constituyó la compañía denominada Puriscal Strategic
Development Sociedad Anónima. Capital social un mil colones, duración
noventa y nueve años contados a partir de su fundación, apoderados
generalísimos: comparecen Maribel Quirós Barquero cédula uno novecientos
veinticinco-ochocientos veintinueve, señor Óseas López Jiménez cédula ocho-cero
cero setenta y siete-cero ochocientos cincuenta y siete domiciliada en San
José, avenida catorce, entre calles cuarenta y uno y cuarenta y tres Bufete
Balser & Umaña. Es todo.—San José, trece de junio del dos mil once.—Lic.
Roberto Umaña Balser, Notario.—1 vez.—RP2011244641.—(IN201149495).
Ante mí, Josefina Apuy Ulate, notaria
pública, el día diecisiete de junio del 2011, mediante la escritura ciento
cincuenta y cinco de tomo sesenta, se reforman la cláusulas cuarta y sétima, de
Representaciones y Asesoría de Costa Rica S. A., cuyo presidente es:
Eduardo Esteban Chacón Ramírez, capital social de doscientos mil colones
suscrito y pagado, por un plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—San
José, 23 de junio del 2011.—Lic. Josefina Apuy Ulate, Notaria.—1
vez.—RP2011244646.—(IN2011049496).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las quince horas del veintitrés de junio del dos mil once, se constituyó Benefit
Marketing S.R.L. Capital social totalmente suscrito y pagado. El Gerente es
representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma
pudiendo actuar individualmente.—San José, veintitrés de junio del dos mil
once.—Lic. Marco Antonio Abellan Acevedo, Notario.—1
vez.—RP2011244649.—(IN2011049497).
Mediante escritura otorgada ante mí, a las
ocho horas del dieciséis de abril del dos mil once, se constituyó E Y Z
Anafaran S. A., capital un millón de colones, presidente, secretario y
tesorero con la representación.—Golfito, diecisiete de junio del dos mil
once.—Lic. Bernal Castro Gutiérrez, Notario.—1
vez.—RP2011244650.—(IN201149498).
Mediante escritura número 171-7, otorgada a
las 15:30 horas del 21 de junio del 2011, se efectuó nombramientos en la junta
directiva, se modificó domicilio y representación de la sociedad denominada 3-101-539499
S. A.—San José, 21 de junio de 2011.—Lic. Giovanni Cavallini Barquero,
Notario.—1 vez.—RP2011244651.—(IN2011049499).
Por asamblea general extraordinaria de socios
de Juanapo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-132031, se acuerda
modificar la cláusula cuarta del pacto constitutivo y realizar un aumento de
capital a la suma de diez millones de colones.—San José, 23 de junio de
2011.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011244653.—(IN2011049500).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las trece horas del quince de junio del dos mil once, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento
uno-seiscientos nueve mil cuatrocientos cuarenta y cinco sociedad anónima,
según la cual se reforman las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo,
se acepta la renuncia de toda la junta directiva y fiscal, se hacen nuevos
nombramientos.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1
vez.—RP2011244654.—(IN2011049501).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las trece horas del veintitrés de junio del dos mil once, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Tottinos
G.O.R Sociedad Anónima. Se transforma de Sociedad Anónima a Responsabilidad
Limitada.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1
vez.—RP2011244655.—(IN2011049502).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince
horas del veintitrés de junio del presente año, se protocoliza acuerdos tomados
en asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía ACME
Internet Business Sociedad Anónima, mediante el cual se reforma la cláusula
cuarta de los estatutos.—San José, 23 de junio del 2011.—Lic. Rodolfo Loría
Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2011244663.—(IN2011049503).
La suscrita notaria hace constar que hoy he
protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa tres-ciento
uno-seis dos seis ocho cinco nueve, mediante la cual se cambia de junta
directiva.—San José, diez de junio del dos mil once.—Lic. Annette Tapia
Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2011244664.—(IN2011049504).
La suscrita notaria hace constar que he
procedido a protocolizar acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
socios de la empresa tres -ciento uno-seis dos tres tres dos dos s. a.,
por medio de la cual se reforman los estatutos y se nombra nueva junta
directiva.—San José, 10 de mayo del 2011.—Lic. Annette Tapia Zumbado,
Notaria.—1 vez.—RP2011244665.—(IN2011049505).
El suscrito Marino Muñoz Elizondo, notario
público, hace constar que ante esta notaría se ha constituido la sociedad Inversiones
Hay Forestal Sur-Sur Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía,
presidente Yeison Fernando Hay Villalobos, cédula de identidad 6-296-354, a quien le corresponde
la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo sólo en forma conjunta o
separada.—San José, 23 de junio del 2011.—Lic. Marino Muñoz Elizondo,
Notario.—1 vez.—RP2011244667.—(IN2011049506).
El suscrito Marino Muñoz Elizondo, notario
público, hace constar que ante esta notaría se ha constituido la sociedad Servicios
Múltiples Agosur Del Carmen De Abrojo Sociedad Anónima, que es nombre de
fantasía, presidente José Ricardo Acuña Enríquez, cédula de identidad 6-349-693, a quien le corresponde
la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo sólo en forma conjunta o
separada.—San José, 23 de junio del 2011.—Lic. Marino Muñoz Elizondo,
Notario.—1 vez.—RP2011244668.—(IN2011049507).
José Aníbal Coto Camacho y Xinia Carballo
Varhas constituyen sociedad cuyo nombre será asignado por Decreto Ejecutivo Nº
33171-J. Capital social: Suscrito y pagado. Presidente: El socio Coto
Camacho.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Luis Alfonso Romero Coto, Notario.—1
vez.—RP2011244669.—(IN2011049508).
En mi notaría se constituyó la sociedad
denominada Camino Eterno Sociedad Anónima. Presidente. Roberto Montiel
González. Agente residente. Sergio Elizondo Garófalo.—Heredia, 23 de junio del
2011.—Lic. Sergio Elizondo Garófalo, Notario.—1
vez.—RP2011244670.—(IN2011049509).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las
nueve horas del trece de junio del dos mil once, se concluyó la empresa Q
Buon Gelato Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—Heredia, diez
horas del veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Jorge Eduardo Morales
Fernández, Notario.—1 vez.—RP2011244671.—(IN2011049510).
Ante el notario Didier Fallas Hidalgo, por
escritura número 26, de las 17:20 horas del día 8 de junio del año 2011, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Hermanos Solano S. A.
Corresponde al presidente y secretario la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma, ocupando dichos cargos Hubert Solano Castillo, cédula 1-705-120
y Alejandro Solano Picado 3-431-435.—Cartago, 24 de junio del 2011.—Lic. Didier
Fallas Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011244675.—(IN2011049511).
En esta notaría, por escritura ciento
cuarenta y seis, otorgada el veintitrés de junio de dos mil once, se constituyó
sociedad denominada C.B.C. Ingeniería Sociedad Anónima, con domicilio en
Trinidad de Moravia, urbanización Las Rosas Orientales, casa veintiocho.
Presidente: Carlos Bejarano Carvajal.—Lic. Leonardo J. Arcia Fernández, Notario.—1
vez.—RP2011244677.—(IN2011049512).
Ante mi notaría se ha constituido la compañía
Costa Verde & Asociados Sociedad Anónima domiciliada en Cartago, Los
Ángeles, de la
Basílica ciento cincuenta metros al este, distrito Central,
cantón Central, con un capital de cien mil colones. Correspondiendo la
representación judicial y extrajudicial con poder generalísimo sin límite de
suma al presidente y secretaria. Escritura número 55 visible al folio 28 frente
del tomo VI de la notaria Nora V. Chacón Jiménez. Con fecha de otorgamiento a
las 9:00 horas del 24 de junio del 2011.—Lic. Nora Vanessa Chacón Jiménez,
Notaria.—1 vez.—RP2011244679.—(IN2011049513).
Ante el suscrito notario han comparecido
Justo Ortiz Chávez, cédula 5-0197-0725 y Hugo Ortiz Chávez, cédula 1-0990-0217.
Para solicitar la constitución de una sociedad anónima acogida al Decreto Nº
33171-J. Se cita a las personas que se vean afectadas con esta constitución a
presentarse ante la oficina del suscrito sea Desamparados, Higuito Residencial
Santa Bárbara casa 4C.—San
José, veintidós de junio del dos mil once.—Lic. Neiver P. Gutiérrez Ondoy,
Notario.—1 vez.—RP2011244681.—(IN2011049514).
Ante el suscrito notario han comparecido
Guillermo Gatjens Gómez, cédula 1-0482-0356, y Guiselle Calderón Jiménez,
cédula 1-0532-02258. Para solicitar la constitución de una sociedad anónima
llamada Gatjens Tower Construction International Sociedad Anónima. Se
cita a las personas que se vean afectadas con esta constitución a presentarse
ante la oficina del suscrito sea Desamparados, Higuito Residencial Santa
Bárbara casa 4C.—San
José veintidós de junio del dos mil once.—Lic. Neiver P. Gutiérrez Ondoy,
Notario.—1 vez.—RP2011244682.—(IN2011049515).
Ante la notaría del suscrito al ser las
dieciocho horas del veintiuno de junio del año dos mil once, se protocolizó el
acta número cinco de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Importadora Arco Iris Guqui Sociedad Anónima. Es
todo.—Heredia, al ser las siete horas treinta minutos del veintitrés de junio
del dos mil once.—Lic. Roberto Villalobos Conejo, Notario.—1
vez.—RP2011244684.—(IN2011049516).
Que hoy se ha constituido la sociedad anónima
Distribuidora Kayalpa Sociedad Anónima, domiciliada en Liberia, barrio La Victoria Sección
Alaska contiguo al parque infantil, representada por su presidente Ananías
Antonio Porras Cruz y secretario Omar Antonio Porras Mora, ambos con facultades
de apoderados generalísimos sin limite de suma.—Liberia, veinticuatro de junio
del año dos mil once.—Lic. Edith Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1
vez.—RP2011244686.—(IN2011049517).
Que hoy se ha constituido la sociedad anónima
Boalist de Guanacaste Sociedad Anónima, domiciliada en Liberia,
representada por su presidenta Alicia Muñoz Salazar y tesorero Boanerges Bustos
Ugarte ambos con facultades de apoderados generalísimos sin limite de
suma.—Liberia, veinticuatro de junio del año dos mil once.—Lic. Edith Gutiérrez
Ruiz, Notaria.—1 vez.—RP2011244687.—(IN2011049518).
Ante esta notaría, en el tomo veintitrés, en
la escritura número veinte al ser las nueve horas, del día dieciséis de junio
del año dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Grupo de
Entretenimiento Uno Sociedad Anónima en inglés One Entertainment Group
Sociedad Anónima.—San José, veintitrés de junio de dos mil once.—Lic. Jorge
Henry Vega Salazar, Notario.—1 vez.—RP2011244689.—(IN2011049519).
Por escritura número cuarenta y ocho otorgada
ante mí, a las catorce horas del veintidós de junio del dos mil once, se
constituyó la sociedad denominada Pro Mark Sociedad Anónima, con un
plazo social de noventa y nueve años y capital social de cien mil colones
representados por diez acciones comunes y nominativas.—Lic. Anaclara Vargas
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011244690.—(IN2011049520).
Mediante escritura número 90, otorgada en
conotariado por Angie Raquel Luna Monge Cinthya Calderón Rodríguez y Carlos
Valenciano Kamer, a las 12:00 horas del 23 de junio de 2011, se protocolizó el
acta de asamblea de 3-101-473127 s. a., mediante la cual se modifica la
cláusula primera de su pacto constitutivo para denominarse Ópticas Más Vista
S. A.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Cinthya Calderón Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—RP2011244691.—(IN2011049521).
Mediante escritura número 89, otorgada en
conotariado por Angie Raquel Luna Monge Cinthya Calderón Rodríguez y Carlos
Valenciano Kamer, a las 11:30 horas del 23 de junio de 2011, se protocolizó el
acta de asamblea de Condominio Oro Del Río Filial 21 Verde OSQ S. A.,
mediante la cual se modifica el domicilio social y se nombra nueva junta directiva
y fiscal.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Cinthya Calderón Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—RP2011244692.—(IN2011049522).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas treinta minutos del
veintiuno de junio del dos mil once, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-ciento dos-seiscientos
cuatro mil cuatrocientos sesenta y seis s.r.l, por la que se realiza
traspaso de cuotas de la sociedad. Se acuerda modificar la cláusula primera del
nombre denominándose: Santana’s CRR S.R.L. Se acuerda modificar la
cláusula tercera del domicilio, así como se acepta la renuncia del gerente de
la sociedad, y se hace un nuevo nombramiento.—San José, 21 de junio de
2011.—Lic. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011244693.—(IN2011049523).
Ante el Licenciado Marvin Ramírez Víquez, el día 21 de junio del
2011, se modifica el pacto constitutivo de D T W Seafood S. A.—21
de junio del 2011.—Lic. Marvin Ramírez Víquez, Notario.—1
vez.—RP2011244694.—(IN2011049524).
Por escritura otorgada el veintitrés de junio del dos mil once, a
las dieciséis horas, Tres ciento uno-seiscientos veintitrés mil
cuatrocientos setenta y cinco sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-seiscientos veintitrés mil cuatrocientos setenta y cinco; reforma la
cláusula segunda del pacto social.—San José, 23 de junio de 2011.—Lic. Ernesto
Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011244695.—(IN2011049525).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se reformó el pacto constitutivo
de la sociedad denominada Tres ciento uno-cuatro cinco cuatro cinco
ocho cuatro sociedad anónima. Domicilio social: será en el cantón quinto de
Carrillo, provincia de Guanacaste, Sardinal, Santa Rita de la escuela dos
kilómetros al norte. Nombramientos: Se acuerda hacer los nombramientos de los
puestos de la junta directiva que se dirá por el resto del período previsto:
Presidente: Carlos Marcial Gutiérrez Esquivel, mayor, soltero en unión de
hecho, administrador comercial, con cédula de identidad número uno-quinientos
noventa y cinco-setecientos sesenta y siete, vecino de Santa Rita de Sardinal
de Carrillo, Guanacaste, de la escuela Santa Rita, dos kilómetros al norte.
Secretaria: se nombra a la señora Ada Benavides Mora, mayor, soltera en unión
de hecho, ama de casa, cédula número uno-ochocientos veinte-doscientos doce,
vecina de Santa Rita de Sardinal de Carrillo, Guanacaste de la escuela de Santa
Rita, dos kilómetros al norte. Los nombrados estando presentes aceptan los
cargos conferidos y entran en posesión de los mismos a partir de este momento,
el resto de los miembros de la junta directiva permanecen en sus
puestos.—Filadelfia, Guanacaste, tres de mayo de dos mil once.—Lic. Miriam
Medina Espinoza, Notaria.—1 vez.—RP2011244697.—(IN2011049526).
Mediante escritura número cincuenta y cuatro otorgada ante la
suscrita Notaria Gaudy Garro Segura, en Heredia a las dieciocho horas del
veintidós de junio del año dos mil once, visible al folio veintiocho vuelto,
del tomo número uno de mi protocolo, los señores José Joaquín Bolaños Ruiz y
José Joaquín Bolaños Víquez constituyeron sociedad anónima, la cual se
denominará Guanacaste al Atardecer Sociedad Anónima.—Heredia, veintidós
de junio del dos mil once.—Lic. Gaudy Garro Segura, Notaria.—1
vez.—RP2011244699.—(IN2011049527).
En asamblea general extraordinaria de 3-101-623860 sociedad
anónima celebrada en el domicilio social a las 16:00 horas del 23 de junio
de 2011, se acordó modificar la cláusula segunda relativa al domicilio, y se
revocaron e hicieron nuevos nombramientos de presidente, secretario, tesorero y
fiscal.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1
vez.—RP2011244701.—(IN2011049528).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad My Fast
Ride Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse su
aditamento como Ltda.—23 de junio de 2011.—Lic. Fernando Montero López,
Notario.—1 vez.—RP2011244703.—(IN2011049529).
Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la compañía Tres-ciento uno seiscientos diez mil novecientos
cincuenta y cinco, mediante la cual se modifica la cláusula primera del
nombre: la sociedad se denominará Rancho El Dorado del Mar Sociedad Anónima
y de la representación-décimo novena. Escritura otorgada a las trece horas del
veintitrés de junio de dos mil once.—Lic. Claudio Antonio Murillo Ramírez,
Notario.—1 vez.—RP2011244704.—(IN2011049530).
Ana Patricia Gómez Marín y Marvin Segura Montero constituyen la
sociedad Servicios de Producción del Este SP,
Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del
veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Cristian Calderón Cartín y Bernardo
Gómez Salgado, Notarios.—1 vez.—RP2011244705.—(IN2011049531).
Ana Patricia Gómez Marín y Marvin Segura Montero constituyen la
sociedad Spoon Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las trece horas
quince minutos del veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Cristian Calderón
Cartín y Bernardo Gómez Salgado, Notarios.—1 vez.—RP2011244706.—(IN2011049532).
En esta Notaría, mediante escritura número ciento cinco del tomo
treinta y uno del protocolo del suscrito notario, de las 11:00 horas del 16 de
junio del dos mil once, se constituye la sociedad Soluciones Naturales
S.R.L. Capital social suscrito y pagado. Domicilio en San José. Plazo: 99
años.—San José, 23 de junio de dos mil once.—Lic. Alejandro Fernández Carrillo,
Notario.—1 vez.—RP2011244713.—(IN2011049533).
En esta Notaría, mediante escritura número ciento sesenta y
uno-diecisiete del tomo diecisiete del protocolo del suscrito notario, de las
11:00 horas del 23 de junio del dos mil once, se aumenta y modifica la cláusula
quinta del pacto constitutivo, sobre el capital social, de la empresa Centro
de Mamografía La
California S. A.—San José, 23 de junio del dos mil once.—Lic.
Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2011244714.—(IN2011049534).
En esta Notaría, mediante escritura número ciento sesenta y
dos-diecisiete del tomo diecisiete del protocolo del suscrito notario, de las
11:30 horas del 23 de junio del dos mi once, se aumenta y modifica la cláusula
quinta del pacto constitutivo, sobre el capital social, de la empresa Ultrasonografía
S. A.—San José, 23 de junio del dos mil once.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez,
Notario.—1 vez.—RP2011244715.—(IN2011049535).
Por escritura otorgada el día 23 de junio del dos mil once, ante
esta Notaría, se reforman estatutos de la sociedad anónima Inversiones R.A.B.
de Flamingo Uno Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro
de junio del dos mil once.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1
vez.—RP2011244717.—(IN2011049536).
Por escritura otorgada el día 23 de junio del dos mil once, ante
esta Notaría, se reforman estatutos de la sociedad anónima R A D de
Guanacaste Tres Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de junio del
dos mil once.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1
vez.—RP2011244718.—(IN2011049537).
Ante esta Notaría se protocolizó el acta número dos: asamblea
general extraordinaria, de P C Logic S. A. modifican cláusula
quinta pacto constitutivo, capital social a cincuenta millones de colones,
representado por cincuenta mil acciones comunes y nominativas de mil colones
cada una, debidamente suscritas y pagadas.—Cartago 23 de junio del dos mil
once.—Lic. Carlos Enrique Leiva Rojas, Notario.—1
vez.—RP2011244719.—(IN2011049538).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 17:00 horas del 15
de junio del 2011, se constituyó la sociedad denominada: Sociedad Técnica H
C Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Zapote, Quesada
Durán, Urbanización Ujarrás, casa número treinta y tres.—Veintidós de junio del
dos mil once.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1
vez.—RP2011244721.—(IN2011049539).
Por escritura otorgada a las 16:00 horas del 23 de junio del 2011,
se protocoliza acta 4 de Víctor Hugo Pérez e Hijos Sociedad Anónima.—Lic.
Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—RP2011244722.—(IN2011049540).
Asociación de Mujeres Barveñas
para el Progreso cambia junta directiva y nombra para el puesto de
presidenta a Daisy Calvo Rojas, para el puesto de vicepresidenta, Bernardita
Jiménez Montero, como secretaria, Teresita Gómez Sánchez, como tesorera Doryan
Graciela Ocampo Villalobos, como fiscal, Miriam Patricia Ortega Cerdas, como
vocal uno, Alicia Sancho León, como vocal dos, Evelia Cordero Segura, vocal
tres, Luz Emerita Ledezma Chávez, escritura otorgada a las diecinueve horas del
veintidós de junio del dos mil once.—Lic. Fanny Víquez Arguedas, Notaria.—1
vez.—RP2011244723.—(IN2011049541).
Por
escritura otorgada ante esta Notaría, a las 19:00 horas del día de hoy, se
protocolizaron acuerdos de asamblea general de socios de Bienes Raíces
Salazar y Murillo S. A., mediante los cuales se
designaron nuevos miembros de junta directiva, fiscal y agente residente; y se
reformó la cláusula segunda de los estatutos sociales.—San José, 22 de junio de
2011.—Lic. Jorge Jiménez Cordero, Notario.—1 vez.—RP2011244725.—(IN2011049542).
El
suscrito notario público Alonso Serrano Mena, da fe que a las quince horas del
día veintiséis de abril del año dos mil once, se constituyó ante esta notaría
la empresa denominada Inversiones Flor y Sol e Hijos Sociedad Anónima,
por lo que solicito se publique el respectivo edicto de ley.—San José, 27 de
abril del 2011.—Lic. Alonso Serrano Mena, Notario.—1
vez.—RP2011244728.—(IN2011049543).
El
suscrito notario público Alonso Serrano Mena, da fe que a las catorce horas
cuarenta y cinco minutos del día veintiséis de abril del año dos mil once, se
constituyó ante esta notaría la empresa denominada Inversiones Sol y Flor e
Hijos Sociedad Anónima, por lo que solicito se publique el respectivo
edicto de ley.—San José, 27 de abril del 2011.—Lic. Alonso Serrano Mena,
Notario.—1 vez.—RP2011244729.—(IN2011049544).
El
suscrito notario público Alonso Serrano Mena, da fe que a las nueve horas
treinta minutos del día catorce de junio del año dos mil once, se constituyó
ante esta notaría la empresa denominada Distribuidora Sol y Mar Sociedad
Anónima, por lo que solicito se publique el respectivo edicto de ley.—San
José, 20 de junio del 2011.—Lic. Alonso Serrano Mena, Notario.—1 vez.—RP2011244730.—(IN2011049545).
Por
escritura ciento setenta y tres-tres de las nueve horas del veinticuatro de
junio del dos mil once, otorgada ante la notaria María José Chaves Cavallini,
se nombró gerente y subgerente y se reformaron las cláusulas primera, tercera,
sexta y sétima del pacto social de la sociedad Tres-Ciento Dos-Seiscientos
Trece Mil Setecientos Noventa y Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Santo
Domingo de Heredia, veinticuatro de junio dos mil once.—Lic. María José Chaves
Cavallini, Notaria.—1 vez.—RP2011244733.—(IN2011049546).
Por
escritura ciento setenta y cuatro-tres de las diez horas del veinticuatro de
junio del dos mil once, otorgada ante la notaria María José Chaves Cavallini,
se nombró nueva junta directiva y se reformó el pacto social de la sociedad Silro
Sociedad Anónima.—Santo Domingo de Heredia, veinticuatro de junio del dos
mil once.—Lic. María José Chaves Cavallini, Notaria.—1
vez.—RP2011244734.—(IN2011049547).
Por
escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las quince horas del día
veintitrés de junio del año dos mil once, se protocoliza acta de la sociedad
denominada Tres Ciento Uno Quinientos Sesenta y Dos Mil Novecientos Diez
Sociedad Anónima por medio de la cual se modifica la cláusula quinta del
pacto constitutivo.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1
vez.—RP2011244735.—(IN2011049548).
Por
escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las quince horas del día
veintitrés de junio del año dos mil once, se protocoliza acta de la sociedad
denominada Brovilla Sociedad Anónima por medio de la cual se modifica la
cláusula sétima del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y
fiscal.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1
vez.—RP2011244736.—(IN2011049549).
Que
por escritura otorgada ante esta notaria a las nueve horas del día veintidós de
junio del año dos mil once se constituyó la sociedad denominada Distribuidora
las Socias del Norte Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito
y pagado. Corresponde al presidente y secretario la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad pudiendo actuar separadamente.—Cartago, veintidós
de junio del dos mil once.—Lic. Walter Mora Cerdas, Notario.—1
vez.—RP2011244738.—(IN2011049550).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad denominada Zizar de Llorente
Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto
constitutivo y se nombra secretaria.—San José, 22 de junio del 2011.—Lic. Hugo
Gerardo Cavero Araya, Notario.—1 vez.—RP2011244740.—(IN2011049551).
Que
por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 22 de junio del
año 2011, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad anónima Tigres
de Tamil S. A.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Pablo Fernando Ramos
Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011244741.—(IN2011049552).
A
efecto de publicación del edicto correspondiente, informo que en escritura
número 88-20 del tomo 20 de mi protocolo, del día 17 de mayo del año en curso,
al ser las 15:00 horas, comparecieron los señores Gianluca Sassu, de un solo
apellido en razón de su nacionalidad italiana, cédula de residencia número uno
tres ocho cero cero cero cero ocho cinco cero uno seis y Thomas Stapylton Hon
Thomas Rollo, de nacionalidad inglesa, cédula de residencia número uno ocho dos
seis cero cero cero cinco uno cuatro cero ocho, para constituir la sociedad
denominada Gelatomania Sociedad Anónima, nombre de fantasía.—San José, a
los 26 días del mes de mayo del año 2011.—Lic. Miguel Chacón Alvarado,
Notario.—1 vez.—RP2011244744.—(IN2011049553).
Por
escritura número 6, otorgada ante este notaria a las 18:00 horas del 22 de
junio del 2011, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Empresariales Rocobal Sociedad de Responsabilidad Limitada con domicilio
social en la provincia de San José, Barrio Francisco Peralta de la antigua
Biblioteca de la UACA,
cien al sur. Capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años. Gerente:
Jonathan Alembertt Rojas Corrales.—San José, 22 de junio del 2011.—Lic. María
Isabel García Campos, Notaria.—1 vez.—RP2011244745.—(IN2011049554).
Por
escritura otorgada ante mí, a las diez horas del quince de junio del dos mil
once protocolicé acta de Casa Exótica Vistamar C.E.V. S. A. de las ocho
horas del trece de junio del dos mil once, mediante la cual se reformó las
cláusulas segunda y sétima, se nombró nueva junta directiva, fiscal y agente
residente.—Lic. María Fernanda Chavarría Bravo, Notaria.—1
vez.—RP2011244746.—(IN2011049555).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las doce horas y treinta minutos del veinticuatro
de junio del dos mil once, se procede protocolizar asamblea general y
extraordinaria de Tres Lares Belén CCCPP Sociedad Anónima.
Modificaciones: Nombramiento de Junta Directiva y revocación poderes
generalísimos, es todo.—Veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Gerardo
Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2011244747.—(IN2011049556).
Escritura
otorgada a las 13:00 horas del 6 de junio del dos mil once, se constituyó: punto
de inicio Sociedad Anónima, domicilio social: Desamparados.—20 de junio del
2011.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1
vez.—RP2011244748.—(IN2011049557).
Escritura
otorgada: a las 13:00 horas del 6 de junio del dos mil once, se constituyó: Investimenti
crescita Sociedad Anónima, Escazú. Domicilio social: Desamparados.—20 de
junio 2011.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1
vez.—RP2011244749.—(IN2011049558).
En
esta notaría pública, la empresa Velia de Pococí S. A., reforma su
estatuto y nombra junta directiva.—Santiago de Puriscal, veintidós de junio del
dos mil once.—Lic. Carlos Rodríguez Bermúdez, Notario.—1
vez.—RP2011244750.—(IN2011049559).
Por
escritura de las 18:00 horas del 23 de junio del año 2011, se reformó la
cláusula cuarta del estatuto de la sociedad: Rapi Hielo S. A.—Lic.
Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011244753.—(IN2011049560).
Se
comunica a los interesados que según acta número uno de Consultorías y
Asesorías Dos Mil Cincuenta Sociedad Anónima, se modificó la cláusula
primera del acta constitutiva.—Lic. María de los Ángeles Solano Mora,
Notaria.—1 vez.—RP2011244759.—(IN2011049561).
Ante
esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada, M @ M Consultants
Economic And Tax Sociedad Anónima. Domiciliada en Sarchí de Valverde Vega,
Alajuela doscientos suroeste de la Mutual Alajuela.—En la ciudad de Esparza,
veinticuatro de junio del año dos mil once.—Lic. Roberto Antonio Sobrado
Zamora, Notario.—1 vez.—RP2011244761.—(IN2011049562).
Por
escrituras otorgadas ante mí, la primera a las 14.00 horas del 23 de junio y la
segunda a la 13:30 horas del 23 de junio ambas en el año 2011, protocolicé
acuerdos de asamblea de accionistas de Consultoría Moderna de Desarrollo
Empresarial S. A. y de Inversiones Inmobiliarias Los Mongitos S. A.—Lic.
Renato Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2011244763.—(IN2011049564).
Ante
esta Notaria Pública, se constituyó: Digitel ig C R Sociedad Anónima.
Capital: un millón de colones. Presidente es representante judicial y
extrajudicial como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Jeanin
Alberto Desanti Picado, Notario.—1 vez.—RP2011244764.—(IN2011049565).
Ante
esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Liberty Finanzas Sociedad
Anónima. Capital social: es la suma de diez mil colones, correspondiéndole
a Frank Josué Arias Sandoval, el carácter de apoderado generalísimo sin límite
de suma. Escritura número trescientos uno de las diecisiete horas del veintidós
de junio del 2011.—San José, 23 de junio del 2011.—Lic. Henry Alpízar Rojas,
Notario.—1 vez.—RP2011244766.—(IN2011049566).
Por
escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas con treinta minutos del
catorce de junio de dos mil once, se constituyó La Gitana del Sol
Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve
años, representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. María José
Yglesias Ramos, Notaria.—1 vez.—RP2011244768.—(IN2011049567).
Ante
mi Notaría la sociedad Profesionales en Software Prosoft S. A.,
reformó las cláusulas quinta, sétima, novena, décima y adiciona una décima
tercera y reorganiza la junta directiva.—Lic. Verónica Mora Vega, Notaria.—1
vez.—RP2011244772.—(IN2011049568).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 11 de mayo del 2011, Ronald
Villalobos Sancho y otra constituyeron la S. A. Soluciones Estructurales Arquitectónicos
S. A. Presidente: Ronald Villalobos Sancho.—Turrialba, 11 de mayo del 2011.—Lic.
Andrea Carazo Campos, Notaria.—1 vez.—RP2011244773.—(IN2011049569).
Por
escritura otorgada en San José, ante esta notaría, de las diez horas con quince
minutos del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Queretaro de Flores S. A.,
mediante la cual se reforma las cláusulas segunda y sétima de los estatutos, se
revoca el nombramiento de todos los miembros de junta directiva y fiscal y se
nombran nuevos.—San José, veintidós de junio del 2011.—Lic. Vera Denise Mora
Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2011244775.—(IN2011049570).
Ante
esta Notaría mediante escritura otorgada a las diecisiete horas del ocho de
junio del dos mil once, se ha protocolizado el acta número dos de asamblea
general extraordinaria de accionistas, modificándose la cláusula quinta del
pacto constitutivo, por un aumento del capital social de la sociedad denominada
Piñas Orgánicas Sogo Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cinco mil ochocientos veintiocho.—Grecia,
a las quince horas del veinte de junio del dos mil once.—Lic. Karolina Venegas
Morera, Notaria.—1 vez.—RP2011244776.—(IN2011049571).
Ante
esta Notaría mediante escritura otorgada a las diecisiete horas del ocho de
junio del dos mil once, se ha protocolizado el acta número uno de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas, modificándose el pacto
constitutivo de la sociedad denominada Stargazing Heights Sociedad Anónima,
cédula jurídica: tres-ciento uno-trescientos ochenta y tres mil seiscientos
setenta y uno.—Grecia, a las quince horas del veinte de junio del dos mil
once.—Lic. Karolina Venegas Morera, Notaria.—1
vez.—RP2011244777.—(IN2011049572).
Por
escritura 26-11, otorgada ante mi Notaría, a las 12:00 horas del 23 de junio
del 2011, se constituye la sociedad cuya denominación social será el número de
cédula de persona jurídica que le asignará de oficio el Registro de Personas
Jurídicas de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo 33171-J
publicado en La Gaceta
del 14 de junio del 2006. Capital: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve
años. Presidente: Gyu Jin Song.—Cartago, 23 de junio del 2011.—Lic. Edwin Arias
Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011244779.—(IN2011049573).
La
suscrita Notaría Pública Xinia Patricia Aguilar Picado, doy fe que el día
veintisiete de enero del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima de
nombre, cédula jurídica que asigne el Registro Público.—Heredia, el día
veintiuno de junio del dos mil once.—Lic. Xinia Patricia Aguilar Picado, Notaria.—1
vez.—RP2011244780.—(IN2011049574).
Yo,
Arturo Terán París, Notario Público con oficina en San José, hago de
conocimiento público que ante esta notaría, a las 15:00 horas, del 01 abril del
2011, en escritura número 92-11, se constituyó la sociedad Inversiones
Charrupí Sociedad Anónima pudiendo abreviarse su aditamento en S. A.
Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma.—San José, 01 de abril del dos mil once.—Lic. Arturo Terán París,
Notario.—1 vez.—RP2011244781.—(IN2011049575).
Yo,
Arturo Terán París, Notario Público con oficina en San José, hago de
conocimiento público que ante esta notaría, a las 8:00 horas del 13 de mayo del
año en curso, en escritura número 153-11, protocolicé acta de la sociedad Marvez
de Villa Real S. A., cédula jurídica número 3-101-467851, donde se reforma,
la cláusula sexta de la administración para que diga “corresponde a la
presidente y al tesorero la representación judicial y extrajudicial con las
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de conformidad al
artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, pudiendo actuar
conjunta o separadamente.—San José, 13 de mayo del 2011.—Lic. Carlos Arturo
Terán París, Notario.—1 vez.—RP2011244782.—(IN2011049576).
Por
escritura otorgada ante este notario, a las 9:20 horas del 23 de junio del
2011, Freddy Navarro Monge y Daniel Navarro Godínez, constituyen sociedad
anónima. De conformidad con el artículo 2 del Decreto Ejecutivo número 33171-J,
del 14 de junio del dos mil seis, cuya razón social será la cédula jurídica que
le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas, del Registro
Nacional.—San Marcos de Tarrazú, 23 de junio del 2011.—Lic. Marcelo Astúa
Valverde, Notario.—1 vez.—RP2011244783.—(IN2011049577).
Por escritura
otorgada ante mi Notaría en Tres Ríos, a las 8:00 horas del 18 de junio del
2011, se constituyó la sociedad anónima, que se denominará Taller Enderezado
y Pintura San Antonio S. A. Plazo: 100 años. Capital social: ¢10.000,00.
Domicilio: San José, Desamparados, San Antonio. Presidente: Asdrúbal Fallas
Hernández.—Lic. Eduardo Sanabria Rojas, Notario.—1
vez.—RP2011244784.—(IN2011049578).
Constitución
de Grupo Herrera Díaz Sociedad Anónima. Representación presidente y
tesorero. Domicilio San José, San Sebastián. Escritura otorgada en la ciudad de
San José, a las dieciocho horas del trece de junio del dos mil once.—Lic. Ana
Grettel Chaves Loría, Notaria.—1 vez.—RP2011244785.—(IN2011049579).
Por
escritura otorgada en mi Notaría, a las quince horas de hoy se protocolizó
nombramientos de Ditso Kunok Sociedad Anónima.—San José, nueve de junio
del 2011.—Lic. Gerardo Ruin Céspedes, Notario.—1
vez.—RP2011244787.—(IN2011049580).
Ante
el suscrito Notario se protocolizó el día de hoy, acta de la asamblea extraordinaria
de accionistas de la compañía Ríos de Cielo Plateado S. A. Se modifica
la cláusula sexta del pacto social y se nombra presidente, secretario y
tesorero de la junta directiva.—San José, catorce de junio del dos mil
once.—Lic. Róger Petersen Morice, Notario.—1 vez.—RP2011244789.—(IN2011049581).
Se
comunica en mi notaría la constitución de la sociedad anónima denominada Muebles
y Vidrios Analibe Sociedad Anónima, constituye Ólger Salazar Villalobos y
Luis Alejandro Salazar. Capital: cien mil colones, para los efectos de ley. Es
todo.—Veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Evelio Pacheco Barahona,
Notario.—1 vez.—RP2011244791.—(IN2011049582).
Ante esta notaría, se ha presentado el cambio
de junta directiva de la sociedad anónima denominada Cacan Dos Mil Sociedad
Anónima. Se lleva a cabo esta publicación para los fines pertinentes.—San
José, veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Mario Zamora Mata, Notario.—1
vez.—RP2011244792.—(IN2011049583).
Se comunica a todos los interesados que ante
la notaría de Henry Carmona Sandí, con oficina en Alajuelita, ciento veinte
este del Súper El Acapulco, se ha constituido la sociedad que se denominará Fashion
Days Sociedad Anónima, la cual cuenta con diez acciones nominativas de mil
colones. Es todo.—San José, a las ocho horas del veinticuatro de junio del dos
mil once.—Lic. Henry Carmona Sandí, Notario.—1
vez.—RP2011244793.—(IN2011049584).
En mi notaría, escritura Nº 158, de las 13:00
horas del 13 de junio del 2011, se constituyó la sociedad Al Baraka Sociedad
de Responsabilidad Limitada, con un capital social de diez mil colones.
Domicilio: en San José.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Fabián Azofeifa
Arce, Notario.—1 vez.—RP2011244796.—(IN2011049585).
Desarrollos Mayju Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-370156, modifica
estatutos constitutivos y nombran nueva junta directiva.—Cartago, 24 de junio
del 2011.—Lic. Roxana Figueroa Flores, Notaria.—1
vez.—RP2011244798.—(IN2011049586).
Inversiones Reproductivas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-12758, modifica
estatutos constitutivos y nombran nueva junta directiva.—Cartago, 24 de junio
del 2011.—Lic. Roxana Figueroa Flores, Notaria.—1
vez.—RP2011244799.—(IN2011049587).
Por escritura número noventa y uno, de las
quince horas del veintiuno de junio del dos mil once, otorgada ante esta
notaría, se modifican las cláusulas cuarta y octava del pacto social de la
sociedad Inversiones Brosori Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-doscientos veinte mil novecientos diez.—San José, 20 de junio
del 2011.—Lic. Rodolfo Montero Pacheco, Notario.—1
vez.—RP2011244805.—(IN2011049588).
Mediante escritura número doscientos treinta
y dos, otorgada ante esta notaría, a las trece horas del 24 de junio del 2011,
procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Famura
de la Playa S.
A., en la que se aumenta capital social, y se nombra secretario al señor:
Eduardo Murillo González.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Eduardo Enrique
Acuña Castro, Notario.—1 vez.—RP2011244810.—(IN2011049589).
Por escritura nueve, se constituyó la firma
de esta plaza Construcciones Sideral JKM Sociedad Anónima. Capital
social: veinte millones de colones. Presidente: Juan Alberto García González.
Domicilio: Goicoechea, San José. Fecha de otorgamiento: veinticuatro de junio
del dos mil once.—San José, Costa Rica.—Lic. Francisco Li González, Notario.—1
vez.—RP2011244815.—(IN2011049590).
Que por escritura otorgada a las once horas
del dieciséis de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Auros
Formación Empresarial Sociedad Anónima, respectivamente. El capital social
ha sido suscrito y pagado. Presidente: Gerardo Rojas Jiménez.—San José,
veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Melissa Hernández Vindas,
Notaria.—1 vez.—RP2011244816.—(IN2011049591).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad
denominada Comercial Mora Fernández R. M. Sociedad de Responsabilidad
Limitada, con un capital social de diez mil colones, y un plazo social de
noventa y nueve años. Gerentes: Ricardo Mora Valerio y María Elena Fernández
Alvarado.—Santo Domingo de Heredia, 19 de febrero del 2011.—Lic. Carlos Manuel
Acuña Castro, Notario.—1 vez.—(IN2011049592).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye
la sociedad El Ñambaro del Oeste Sociedad de Responsabilidad Limitada,
pudiendo abreviarse su aditamento como Ltda.—27 de junio del 2011.—Lic.
Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—(IN2011049593).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye
la sociedad La Eolika
del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse su
aditamento como “Ltda.”.—27 de junio del 2011.—Lic. Fernando Montero López,
Notario.—1 vez.—(IN2011049594).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye
la sociedad La Bemba
del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse su
aditamento como “Ltda.”.—27 de junio del 2011.—Lic. Fernando Montero López,
Notario.—1 vez.—(IN2011049595).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye
la sociedad La Currulaka
del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse su aditamento
como “Ltda.”.—27 de junio del 2011.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1
vez.—(IN2011049597).
Por asamblea general extraordinaria de Consalgesa
S.R.L., celebrada a las 08:50 horas del 25 de mayo del 2011, se modifica el
domicilio de la sociedad, se revoca el nombramiento del gerente y se nombra uno
nuevo.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—(IN2011049618).
Ante este notario, mediante escritura número ciento once-diez de las
diez horas y veinte minutos del veintisiete de junio de dos mil once, se
reformaron las cláusulas primera y segunda de la sociedad Corporación Stylo
Eventos S. A. Para notificaciones señalo el número de fax 2290-1931 o el
correo electrónico andres.oviedo@ciber-regulacion.co.cr. Es todo.—Veintisiete
de junio de dos mil once.—Lic. Juan Manuel Campos Ávila, Notario.—1
vez.—(IN2011049630).
Por escritura otorgada ante mí hoy, se
constituyó J.S.L de Costa Rica S. A. Capital: totalmente suscrito y
pagado.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Denise E. Álvarez Hernández,
Notaria.—1 vez.—(IN2011049635).
Por escritura otorgada ante mí hoy, se
constituyó Pret A Porter S. A. Capital: totalmente suscrito y
pagado.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Denise E. Álvarez Hernández,
Notaria.—1 vez.—(IN2011049636).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
quince horas del veintitrés de junio del dos mil once, se constituye la
sociedad anónima GMS Rojo Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de
junio del dos mil once.—Lic. Kattia Quesada Céspedes, Notaria.—1
vez.—(IN2011049637).
Por
escritura otorgada ante mi notaría, a las dieciséis horas del veintitrés de
junio del dos mil once, se constituye la sociedad anónima Terrafam Sociedad
Anónima.—San José, veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Kattia
Quesada Céspedes, Notaria.—1 vez.—(IN2011049638).
Por
escritura número 114 otorgada ante la suscrita notaria, a las 15:30 horas del
24 de junio del 2011, se protocolizaron acuerdos de asamblea general
extraordinaria de socios de Diakonal S .A. En los que se reformó el
domicilio: San José, Moravia, San Vicente del Banco Nacional de Costa Rica 500
al sur; y la representación la tendrán el presidente y el secretario de la
junta directiva.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Manuelita Jiménez E.,
Notaria.—1 vez.—(IN2011049642).
Las
Vistas de Blanca Sol Sociedad Anónima, cambió su domicilio social a cantón cero
uno, Puntarenas, distrito cero uno, Puntarenas, de la provincia de Puntarenas,
en el Bufete Núñez y Asociados, cincuenta metros al oeste de las antiguas
oficinas de Tributación Directa. Se nombra nuevo secretario de Junta Directiva,
se revoca el nombramiento de la señora Blanca Lidia Zeledón Zeledón como
secretaria y apoderada generalísima de la sociedad. Así consta mediante
escritura número treinta y ocho del tomo noveno del protocolo del notario
público Licenciado Óscar Arroyo Ledezma.—Puntarenas, 24 de junio del
2011.—Óscar Arroyo Ledezma, Notario.—1 vez.—(IN2011049649).
Por
escritura otorgada ante mí, se constituye la compañía sin denominación social
según Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, en donde se autoriza
expresamente al Registro Público de la Propiedad para que como denominación social se
indique el número de cédula de persona jurídica que dicha institución de oficio
le asigne en el momento de su inscripción, su plazo social es de noventa y
nueve años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, el
presidente, secretario y tesorero, son los representantes legales, con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, diecisiete
de junio del dos mil once.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1
vez.—(IN2011049652).
Por
escritura otorgada ante mí, se constituyó la compañía denominada Ecowind
Costa Rica Sociedad Anónima. Su plazo social es de noventa y nueve años, su
capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, el presidente y secretario,
son los representantes legales, con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma.—San José, 20 de junio del dos mil once.—Lic. Johnny Alberto
Marín Artavia, Notario.—1 vez.—(IN2011049653).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, se sustituyó la junta directiva y fiscal
y se nombró agente residente de Monte Galán Sociedad Anónima, se
modificó la cláusula segunda del domicilio social y se revocaron dos poderes
generales judiciales.—San José, a las doce horas del veinticinco de junio del
dos mil once.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1 vez.—(IN2011049654).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, se sustituyó la junta directiva y fiscal
y se nombró agente residente de Poro Poro Sociedad Anónima y se modificó
la cláusula segunda del domicilio social.—San José, a las trece horas del
veinticinco de junio del dos mil once.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1
vez.—(IN2011049655)
Por
escritura otorgada ante esta notaría, se sustituyó la junta directiva y fiscal
y se nombró agente residente de Club San Rafael Sociedad Anónima y se
modificó la cláusula segunda del domicilio social.—San José, a las catorce
horas del veinticinco de junio del dos mil once.—Lic. Ronald Soto Arias,
Notario.—1 vez.—(IN2011049656).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, se sustituyó la junta directiva, fiscal y
se nombró agente residente de Club de Playa Sociedad Anónima, y se
modificó la cláusula segunda del domicilio social.—San José, a las catorce horas
del veinticinco de junio del dos mil once.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1
vez.—(IN2011049657)
Por
escritura otorgada ante mí, a las diez horas treinta minutos del veintisiete de
junio del dos mil once, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de Gestiones Comerciales Pinos del Bosque Sociedad Anónima,
por la que modifica la cláusula tercera del pacto social.—San José, 27 de junio
de 2011.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(IN2011049659).
Por
escritura número cuarenta y dos, otorgada a las diecisiete horas del tres de
junio de dos mil once, protocolicé acta de asamblea de socios de la entidad
denominada Automóvil Alpina Trescientos Treinta Azul Sociedad Anónima,
con número de cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veinte mil
setecientos ochenta y seis, se acuerda nombrar nueva junta directiva, aceptando
y conociendo la renuncia de los anteriores miembros. Es todo.—San José, ocho de
junio del dos mil once.—Lic. Eduardo Aráuz Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2011049664).
Mediante
escritura otorgada ante mí, a las catorce horas treinta minutos del
veinticuatro de junio del dos mil once, se constituyó Soluciones Integrales
en Reciclaje Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años, capital social:
diez mil colones.—San José, veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Manuel
Enrique Ventura Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2011049666)
Mediante
escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veinticuatro de junio del
dos mil once, se constituyó Compra Sustentable Costa Rica Sociedad Anónima.
Plazo social: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones.—San José,
veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez,
Notario.—1 vez.—(IN2011049667).
Por
escrituras números cuarenta y tres-diez, cuarenta y cuatro-diez, cuarenta y
cinco-diez, cuarenta y seis-diez, cuarenta y siete-diez, cuarenta y ocho-diez,
cuarenta y nueve-diez, cincuenta-diez, cincuenta y uno-diez y cincuenta y
dos-diez, se ha protocolizado las asambleas generales ordinarias y
extraordinarias de accionistas de las sociedades: Abhaya Mudra S. A., Five O
Group S. A., Gold Coast Tickets S. A., Kolossi Property Brokers S. A., Livadia
Property Brokers S. A., Mark Frank M G A S. A., Sam Allan T P C S. A., T Cat S.
A., Topcatt International S. A., Will Ben CSA S. A., respectivamente, en
donde se nombra presidente de la junta directiva y se modifica su domicilio
social. Es todo.—San José, veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Federico
José Vega Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2011049669).
Mediante
escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 10:00 horas del día 27 de
junio del 2011, se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la
sociedad Navemar S. A., en relación a la capital social de la
empresa.—San José, 27 de junio del dos mil once.—Lic. Juan Carlos Villasuso
Morales, Notario.—1 vez.—(IN2011049681).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario, a las nueve horas del veintitrés
de junio de dos mil once, se protocolizó acta de la sociedad Clausen y
Asociados Sociedad Anónima, modificando la cláusula sétima del pacto
constitutivo.—San José veintitrés de junio de dos mil once.—Lic. Efraín Arroyo
Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2011049682).
Familia
Vargas Fernández F.V.F. S. A., cédula jurídica, tres-uno cero uno-ciento
ochenta y ocho mil ciento cincuenta y ocho, acuerda realizar modificación de
estatutos: modificación del periodo y número de miembros de la junta directiva.
Los miembros de la junta directiva de la sociedad, cumplirán un periodo de
cinco años en sus funciones y los mismos serán presidente, secretario, tesorero
y fiscal. Quinto: nuevo domicilio fiscal: Palmares, Buenos Aires, doscientos
metros norte de la Concretera Palmareña, detrás de la Fábrica de
Biscochos Palmareños. Sexto: convocatoria de asambleas de accionistas: por
medio del Diario La Gaceta
con ocho días de anticipación por lo menos. Olga Marta Vargas, Presidenta.—San
José, 27 del junio del 2011..—Lic. Adriana de los Ángeles Zamora Vargas,
Notaria.—1 vez.—(IN2011049698).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de Soluciones Informáticas IMBSI Sociedad Anónima.
Reforma cláusula segunda del domicilio cláusula sexta de los estatutos:
representación judicial y extrajudicial corresponde a presidente y secretario,
actuando en forma conjunta o separada con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma para cualquier acto o contrato.—San José,
veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Marianella Quesada Brenes,
Notaria.—1 vez.—(IN2011049724).
Por
escritura número ciento cinco-cuarenta y seis, otorgada ante los notarios
Juvenal Sánchez Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando
en el protocolo del primero a las nueve horas treinta minutos del día
veinticuatro de junio del dos mil once, donde se reforma la cláusula segunda
del pacto constitutivo de la sociedad Broz Worldwide Costa Rica Limitada.—San
José, 24 de junio de 2011.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1
vez.—(IN2011049736).
Por
escritura número ciento siete-cuarenta y seis, otorgada ante los notarios
Juvenal Sánchez Zúñiga, Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch, actuando
en el protocolo del primero a las dieciséis horas del día veinticuatro de junio
del dos mil once, se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo de la
sociedad tres-ciento uno-seiscientos veinte mil seiscientos noventa y tres
S .A., para que en adelante se denomine Wipro Technologies W.T.
Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Jorge González
Roesch, Notario.—1 vez.—(IN2011049738).
Por
escritura número ciento seis-cuarenta y seis, otorgada ante los notarios
Juvenal Sánchez Zúñiga, Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch, actuando
en el protocolo del primero, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día
veinticuatro de junio del año dos mil once, se reforma las cláusulas cuarta y
sétima se nombran gerente uno y gerente dos de la sociedad tres-ciento
dos-seiscientos veintiséis mil ciento cincuenta y cinco SRL.—San José, 24
de junio del 2011.—Lic. Alberto Saenz Roesch, Notario.—1 vez.—(IN2011049739).
Por
escritura otorgada en esta notaría, a las quince horas con veinte minutos del
veintisiete de junio del año dos mil once, se constituye sociedad denominada Oasisbliss
Gaming Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: cien
mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Gerente apoderado generalísimo sin
límite de suma y representante judicial y extrajudicial.—San José, 27 de junio
del 2011.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2011049757)
Por
escritura otorgada en esta notaría, a las diez horas con treinta minutos del
dieciséis de junio del dos mil once, se constituye sociedad denominada Business
Improvement Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital
social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Gerente apoderado
generalísimo sin límite de suma y representante judicial y extrajudicial.—San
José, 16 de junio del 2011.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1
vez.—(IN2011049758).
Por
escritura otorgada en esta notaría, a las doce horas del veinticuatro de junio
del año dos mil once, se constituye sociedad denominada Yacht Shares
Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: cien mil colones,
íntegramente suscrito y pagado. Gerente apoderado generalísimo sin límite de
suma y representante judicial y extrajudicial.—San José, 27 de junio del
2011.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2011049759).
Yo,
Adrián Echeverría Escalante, protocolicé acta de asamblea de Soluciones y
Servicios La Primavera
LLC. Limitada (La Compañía), cédula de persona jurídica
número tres-ciento dos-cuatrocientos cuarenta y dos mil ochocientos cincuenta y
uno; donde se modifica la cláusula segunda, del domicilio, de la
representación, y se nombran gerentes y agente residente.—Veintiséis de junio
de dos mil once.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1
vez.—(IN2011049763)
Mediante
escritura número 084-04, del tomo IV del protocolo del suscrito notario
público, se reforma la cláusula VIII de la constitución de la sociedad
denominada Inversiones Effeta de Santo Domingo Ltda. Escritura otorgada
en San José, a las 15 horas del 27 de junio del 2011—Lic. Mauricio López
Elizondo, Notario.—1 vez.—(IN2011049795).
Mediante
escritura número ciento treinta y dos de las diez horas del dieciséis de junio
del dos mil once, otorgada ante esta notaría, las señoras Ana Karine Niño
Gutiérrez y Raquel Patricia Navarro Quesada, constituyen la sociedad anónima
denominada Neopropiedades Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años.
Capital: diez mil colones. Domicilio: San José, Santa Ana Pozos, centro
comercial Boulevard Lindora, segundo piso, local número once. Presidenta:
Raquel Patricia Navarro Quesada y tesorera Ana Karine Niño Gutiérrez, ambas con
facultades de apoderadas generalísimas sin límite de suma pudiendo actuar
separada o conjuntamente.—San José, 16 de junio del 2011.—Lic. Gina Matarrita
Díaz, Notaria.—1 vez.—(IN2011049797).
Por
medio de escritura número ciento treinta y seis, del tomo quinto del protocolo
de la notaria, Maricruz Sánchez Carro, se modificaron las cláusulas segunda y
sexta del pacto constitutivo de la sociedad Colonial Valley Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número tres-ciento uno-tres ocho seis dos seis
dos.—Alajuela, veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Maricruz Sánchez
Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2011049802).
Por
escritura otorgada ante el suscrito, a las quince horas del veinticuatro de
junio del dos mil once, se modificó la cláusula segunda del domicilio de tres-ciento
uno-cuatrocientos setenta y ocho mil quinientos sesenta y seis sociedad anónima.—San
José, 27 de junio del 2011.—Lic. Randall Salas Alvarado, Notario.—1
vez.—(IN2011049804).
Por escritura número veintitrés-veinte, otorgada, a las diez horas
treinta minutos del veintisiete de junio del año dos mil once, que es
protocolización de acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de
accionistas de la compañía Condominio Los Itabos Filial Treinta y Ocho
Silicio Sociedad Anónima. Se reforma cláusula segunda: del domicilio;
cláusula octava: de la administración y junta directiva.—San José, veintisiete
de junio del dos mil once.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1
vez.—(IN2011049814).
Por escritura número diecisiete-veinte, otorgada, a las diez horas
del veintitrés de junio del año dos mil once, que es protocolización de
acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía 3-101-632690 Sociedad Anónima. Se reforma cláusula segunda del
domicilio y junta directiva.—San José, veintitrés de junio del dos mil
once.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—(IN2011049815).
Por escritura número veintiuno-veinte, otorgada, a las diez horas
del veintisiete de junio del año dos mil once, que es protocolización de
acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía Condominio Los Itabos Filial Treinta Aluminio Sociedad Anónima.
Se reforma cláusula segunda del domicilio; cláusula octava de la administración
y junta directiva.—San José, veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Kathya
Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—(IN2011049816).
Por escritura número
veintisiete-veinte, otorgada a las dieciséis horas quince minutos del
veintisiete de junio del año dos mil once, que es protocolización de acuerdos
tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Condominio
Los Itabos Filial Treinta y Siete Helio Sociedad Anónima. Se reforma
cláusula segunda del domicilio; cláusula octava de la administración y junta
directiva.—San José, veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Kathya Rojas
Venegas, Notaria.—1 vez.—(IN2011049818).
Por escritura número
veintidós-veinte, otorgada, a las diez horas quince minutos del veintisiete de
junio del año dos mil once, que es protocolización de acuerdos tomados en
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Condominio Los
Itabos Filial Veinticinco Yodo Sociedad Anónima. Se reforma cláusula
segunda del domicilio; cláusula octava de la administración y junta
directiva.—San José, veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Kathya Rojas
Venegas, Notaria.—1 vez.—(IN2011049819) .
Por escritura número veintiocho-veinte, otorgada, a las dieciséis
horas treinta minutos del veintisiete de junio del año dos mil once, que es
protocolización de acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de
accionistas de la compañía Condominio Los Itabos Filial Treinta y Cuatro
Oxígeno Sociedad Anónima. Se reforma cláusula segunda del domicilio;
cláusula octava de la administración y junta directiva.—San José, veintisiete
de junio del dos mil once.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1
vez.—(IN2011049820).
Ante el suscrito notario, compareció Guiselle Calderón Jiménez,
cédula número 1-0532-0258, a
comunicar mediante dicha publicación que en asamblea extraordinaria de
accionistas de Comercial G Y G del Dos Mil Siete Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-101-505694, celebrada a las quince horas treinta
minutos del once de junio del dos mil once, en primera convocatoria los
accionistas decidieron acordar modificar la cláusula sétima, revocándole el
poder generalísimo al señor Guillermo Gatjens Gómez y nombrando en su lugar a
la secretaria sea la señorita Natalia Gatjens Calderón, de calidades dichas en
la constitución de la sociedad, como representante judicial y extrajudicial con
facultades de apoderadas generalísimas sin límite de suma de la sociedad junto
con la señora Guiselle Calderón Jiménez. También modifican su actuación ya que
las mismas podrán actuar conjunta o separadamente. Se cita a cualquier
interesado que a partir de esta publicación tendrán treinta días podrán
oponerse acudiendo ante el registro correspondiente.—San José, veintiuno de
junio del dos mil once.—Lic. Neiver P. Gutiérrez Ondoy, Notario.—1
vez.—RP2011244826.—(IN2011049880).
Por escritura otorgada
ante mí, a las 17:00 horas del 14 de junio del 2011, se constituyó la sociedad Plex
ED Works Sociedad Anónima, domicilio: San José. Plazo social: 100
años. Capital íntegramente suscrito y pagado. Junta directiva: todos los miembros
con plenas facultades de representación. Es todo.—Lic. Leda Di Nápoli Perera,
Notaria.—1 vez.—RP2011244828.—(IN2011049881) .
Ante mi notaría, mediante escritura 43 del tomo 18, se protocolizó
acta número 1 de asamblea general extraordinaria de accionistas de Administración
Estratégica de Constructores Adeco S. A., modificándose estatutos y
nombrando nueva junta directiva.—San José, a las 10:00 horas del 3 de junio del
2011.—Lic. Lindy Viviana Acuña Benavides, Notaria.—1
vez.—RP2011244829.—(IN2011049882).
Comparecieron a esta
notaría, Blanca Flor Arias Madriz, cédula: 1-322-339 y Ronny Arturo Hernández
Arias, cédula: 1-785-719, para constituir la sociedad anónima Ynnor
Hernández Sociedad Anónima. Dicha sociedad fue constituida a las 11:00
horas del día 10 de junio del año 2011, por el notario Gerardo Quesada Monge,
en escritura número 347-21 del tomo 21 de su protocolo.—Lic. Gerardo Quesada
Monge, Notario.—1 vez.—RP2011244830.—(IN2011049883).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en Barva de
Heredia, se constituyó una sociedad cuyo nombre será el número de cédula
jurídica que se le asigne, presidente Álvaro Vindas Villalobos.—Barva de
Heredia, veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Rafael Salazar Fonseca,
Notario.—1 vez.—RP2011244831.—(IN2011049884).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 4 de mayo del
2011, se constituyó la empresa Franvi F.V. S. A. Segundo domicilio
social: el domicilio estará en la provincia de San José, cantón primero San
José, distrito La Merced,
barrio México, calle 20, entre avenidas 7 y 9 bis, casa esquinera número 922.
Plazo social: 100 años. Se crea un fondo de reserva legal.—Lic. Esteban H.
Rodríguez López, Notario.—1 vez.—RP2011244832.—(IN2011049885).
Ante mí, María Elieth Pacheco Rojas, el día
veintiséis de junio del dos mil once, a las once horas se constituyó la
sociedad que se denomina Rossmel Limitada. Gerentes: Melvin Rodríguez
Quirós y Rosaura Murillo Soto.—Venecia de San Carlos, Alajuela, veintiséis de
junio del dos mil once.—Lic. María Elieth Pacheco Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2011244904.—(IN2011049927).
Ante mí, María Elieth Pacheco Rojas, el día
veinticinco de mayo del dos mil once, a las diecisiete horas se constituyó la
sociedad que se denomina Feysevargon Limitada. Gerentes: Keilor Eduardo
Vargas Esquivel y Stefanny González Campos.—Venecia de San Carlos, Alajuela,
veinticinco de junio del dos mil once.—Lic. María Elieth Pacheco Rojas,
Notaria.—1 vez.—RP2011244905.—(IN2011049928).
Por escritura número 187-6 del 22 de junio
del 2011, se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de Distribuidora
Telefónica Internacional S. A., ante esta Notaría.—San José, 23 de junio
del 2011.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—RP2011244906.—(IN2011049929).
Por escritura otorgada hoy ante esta notaría,
se constituye la sociedad Manufactura y Diseño Artru S. A., con
domicilio en esta ciudad y plazo de cien años. Capital: suscrito, pagado y
representado por acciones comunes. Representantes legales: el presidente y
secretario de la junta directiva.—San José, 17 de junio del 2011.—Lic. Douglas
Soto Campos, Notario.—1 vez.—RP2011244907.—(IN2011049930).
En esta notaría a las 8:00 horas del 22 de
junio del 2011, se protocoliza la reforma de la cláusula quinta de los
estatutos de la sociedad denominada Inversiones Mora Madrigal.
Apoderado: Carlos Luis Mora González.—San José, 23 de junio del dos mil
once.—Lic. Teresita Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2011244909.—(IN2011049931).
En esta notaría, a las 16:00 horas del 23 de
junio del 2011, se reformó el domicilio de la compañía Wuchen S. A.—San
José, 27 de junio del 2011.—Lic. Manuel Monge Díaz y Doris Monge Díaz,
Notarios.—1 vez.—RP2011244910.—(IN2011049932).
Por escritura otorgada a las quince horas del
día de hoy, en esta Notaría, se constituyó la compañía domiciliada en San José,
Santa Ana, Río Oro, denominada Sistema Limbico OR Limitada. Plazo:
noventa años. Objeto: La industria, el comercio, la agricultura, la ganadería
en general y en especial servicios médicos. Capital: íntegramente suscrito y
pagado.—Escazú, diecisiete de junio del dos mil once.—Lic. Édgar Chamberlain
Trejos, Notario.—1 vez.—RP2011244911.—(IN2011049933).
Ante esta Notaría por medio de escritura
pública número 169-I, otorgada en Guanacaste a las 16:30 horas del 24 de junio
del año 2011 se protocolizó el acta número uno de la sociedad Pleasant
Oceanic Dreams Limitada, cédula jurídica 3-102-477496, en la cual se
tomaron los siguientes acuerdos: Primero: se reforma la cláusula segunda del
pacto constitutivo. Segundo: se reforma la cláusula sexta del pacto
constitutivo. Tercero: Por unanimidad de votos se remueve de sus cargos al
gerente y subgerente de la sociedad. Cuarto: Por unanimidad de votos se realiza
el siguiente nombramiento: Gerente general: Amie Evers Wessinger.—Guanacaste,
24 de junio del 2011.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2011244912.—(IN2011049934).
Ante esta Notaría por medio de escritura
pública número 170-I, otorgada en Guanacaste a las 10:00 horas del 25 de junio
del año 2011 se protocolizó el acta número nueve de la sociedad Inversiones
Arajim Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-uno cero
uno-tres seis dos cero uno siete, en la cual se tomaron los siguientes acuerdos
Primero: se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo. Segundo: se
reforma la cláusula novena del pacto constitutivo. Tercero: Por unanimidad de
votos se acuerda remover los siguientes cargos: Presidente, secretario,
tesorero, fiscal y agente residente. Cuarto: Por unanimidad de votos se
realizan los siguientes nombramientos: Presidente: Karen Conway. Secretario: Jill Beth Browne. Tesorero: Meryl Anne Suckow. Fiscal:
James Alan Handley. Agente
Residente: Priscilla Solano Castillo.—Guanacaste, 25 de junio del 2011.—Lic.
Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011244913.—(IN2011049935).
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:30
horas del 24 de junio del 2011, se constituyó la sociedad Zafiros &
Diamantes Cadi Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo social: 100
años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Junta directiva: presidente y
vicepresidente con plenas facultades de representación. Es todo.—Lic. Jorge
Francisco Ross Araya, Notario.—1 vez.—RP2011244914.—(IN2011049936).
En mi Notaría, mediante escritura 228 de las
17:00 horas del 23 de junio del 2011, se constituyó la sociedad La Finquita de Mis
Tatas Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social: diez mil
colones, representante judicial y extrajudicial el presidente y secretario con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Agente residente. Lic.
Lilliana Madrigal Valverde, Notaria.—Lic. Lilliana Madrigal Valverde,
Notaria.—1 vez.—RP2011244915.—(IN2011049937).
Por escritura número cincuenta y dos otorgada
a las diez horas del siete de abril del dos mil once, se constituyó la sociedad
Drifting y Gymkhana Sociedad Anónima Deportiva, cuyo Presidente
es el señor Jorge Esteban Brenes Quirós.—San José, veintisiete de junio del dos
mil once.—Lic. José Francisco Acevedo Gutiérrez, Notario.—1
vez.—RP2011244917.—(IN2011049938).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a
las once horas y treinta minutos del día veinte de junio del dos mil once, José
Francisco y Alberto, ambos de apellidos Acevedo Gutiérrez, constituyen Hieros
Gamos Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital: totalmente suscrito y
pagado. José Francisco Acevedo Gutiérrez, Gerente.—San José, veinte de junio
del dos mil once.—Lic. German Vega Avendaño, Notario.—1
vez.—RP2011244918.—(IN2011049939).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho
horas del dieciséis de junio del dos mil once, protocolicé acuerdos de asamblea
general extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza, U.S.G. de
Costa Rica Sociedad Anónima, en que se reforman las cláusulas segunda y
sexta del pacto social y se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Harry Castro
Carranza, Notario.—1 vez.—RP2011244919.—(IN2011049940).
El día seis de noviembre del dos mil diez; en
la ciudad de Limón, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada
denominada Isaías Monge & Zamora Limitada. Capital social de cien
mil colones. Gerente Isaías Monge Zamora.—Limón, dos de junio del dos mil
once.—Lic. Osman Frew Davidson, Notario.—1 vez.—RP2011244920.—(IN2011049941).
Por escrituras otorgada ante mí, a las 9:10,
9:20, 9:30, 9:40, 9:50, y 10:00 horas del día de hoy, se constituyeron las
compañías conforme al número de cédula jurídica que será asignado por el
Registro Público, seguido de las palabras sociedad anónima, pudiendo dichos
aditamentos abreviarse en S. A., respectivamente. Lo anterior según el
decreto número tres tres uno siete uno-J, el cual fue publicado en el Diario
Oficial La Gaceta
número ciento catorce del día catorce de junio del año dos mil seis. Plazos:
100 años. Capitales sociales suscritos y pagados.—San José, 22 de junio del
2011.—Lic. Carmen Fernández M., Notaria.—1 vez.—RP2011244923.—(IN2011049942).
Por escritura otorgada, a las diez horas
treinta minutos de hoy, ante el suscrito Notario, se constituyó Ganadera Los
Gauchos de Caño Negro Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: 99
años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Objeto: comercio, industria,
ganadería y agricultura.—San José, nueve de junio del dos mil once.—Lic. Jorge
Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—RP2011244924.—(IN2011049943).
Por escritura otorgada ante mi notaría, se
constituyó la sociedad de este domicilio, denominada Inversiones Marilon
M.C.M S. A., que es nombre de fantasía. Objeto: el comercio, industria, la
prestación de servicios en general, además podrá dedicarse a la agricultura y
la ganadería. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos
sin límite de suma.—San José, 18 de junio del 2011.—Lic. Charles Everson Weeden
Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2011244925.—(IN2011049944).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas
de hoy, ante el suscrito Notario, se constituyó Hacienda Los Gauchos de
Cuatro Bocas Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.
Capital: íntegramente suscrito y pagado. Objeto: comercio, industria, ganadería
y agricultura.—San José, nueve de junio del dos mil once.—Lic. Jorge Fernando
Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—RP2011244926.—(IN2011049945).
Por escritura otorgada ante el Notario
Público Andrés Martínez Chaves, a las 16:00 horas del 02 de junio del 2011,
Tangram S. A. y Synergie Ventures S. A., constituyen Business Process
Management & Optimization BPMO S. A. Domiciliada en San José, San
Francisco de Dos Ríos, contiguo al costado sur del Motel Paraíso, bodega color
blanco y rojo. Se hace el nombramiento de junta directiva y fiscal.—San José,
15 de junio del 2011.—Lic. Andrés Martínez Chaves, Notario.—1
vez.—RP2011244927.—(IN2011049946).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las catorce horas del veinticinco de junio del dos mil once, se constituye la
sociedad Consultoría y Asesoría Feja S. A. Presidente: Francisco Eduardo
Jiménez Araya.—San José, 25 de junio del 2011.—Lic. Wendy Solórzano Vargas,
Notaria.—1 vez.—RP2011244928.—(IN2011049947).
Marlon Sánchez Cortés, Notario Público hace
constar que mediante escritura número cincuenta y nueve, de las siete horas
cincuenta minutos del trece de enero del dos mil diez, se constituyó la
sociedad denominada Distribuciones de Carnes G & G Sociedad Anónima,
pudiendo abreviarse Distribuciones de Carnes G & G S. A.—San José, nueve
de junio del dos mil once.—Lic. Marlon Sánchez Cortés, Notario.—1
vez.—RP2011244931.—(IN2011049948).
Por escritura otorgada ante mí, a las 08:00
horas de hoy, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada cuya
denominación social será el mismo número de cédula jurídica. Capital social:
cien mil colones. Se nombra gerente: Rosibel María González Padilla; y
Subgerente: Michael José González González. Domicilio: Alajuela, Grecia, San
Roque, Barrio León Cortés Castro, setenta y cinco metros oeste del costado
oeste del gimnasio.—Grecia, 20 de junio del 2011.—Lic. Abel Sánchez Rojas,
Notario.—1 vez.—RP2011244933.—(IN2011049949).
Por escritura otorgada ante mí, a las 08:00
horas del 23 de junio del 2011, se modifico la cláusula octava del pacto social
de la sociedad denominada Constructora Alexis Alfaro y Asociados Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero nueve cero dos tres
cero.—Alajuela, 24 de junio del 2011.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1
vez.—RP2011244934.—(IN2011049950).
Por escritura otorgada ante mí, a las 08:00
horas del 24 de junio del 2011, se modificó la cláusula quinta del pacto social
de la sociedad denominada Servicios y Soluciones J C Vega Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco uno dos nueve cinco
cinco.—Alajuela, 24 de junio del 2011.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1
vez.—RP2011244935.—(IN2011049951).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a
las 10:00 horas del día 24 de junio del 2011, se protocolizó el acta número
tres de la sociedad Tolón Tolón Sociedad Anónima, en que modifican
cláusulas primera (en cuanto al nombre que cambia a Anamel Sociedad Anónima,
segunda (en cuanto al domicilio) y sexta (en cuanto a la administración); se
revocan nombramientos de junta directiva y fiscalía y se hacen nuevos
nombramientos por el resto del período. Presidente: Eduardo Martín Valverde
Escobar.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Ana Victoria Sánchez Villalobos,
Notaria.—1 vez.—RP2011244936.—(IN2011049952).
Por escritura número tres, otorgada en mi
Despacho, a las catorce horas del día veinticuatro de junio del año dos mil
once, se constituyó la sociedad cuya razón social será AMC Construction
Gruop Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo social: noventa y nueve
años. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—Grecia, veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Bergman Alonso
Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—RP2011244937.—(IN2011049953).
A las once horas del veinticuatro de junio de
dos mil once ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Ortrópico Sociedad Anónima, donde se
reforma la cláusula sexta y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Mario Eduardo
Recio Recio, Notario.—1 vez.—RP2011244938.—(IN2011049954).
Ante esta Notaría, en escritura otorgada el
27 de abril del 2011, se constituyó sociedad innominada. Presidente: Edwin
Ramírez Torres.—27 de junio del 2011.—Lic. Antonio Gutiérrez Rodríguez,
Notario.—1 vez.—RP2011244939.—(IN2011049955).
Mediante escritura otorgada ante esta
Notaría, a las doce horas, del día veintiuno de junio del año dos mil once, se
protocolizó el acta de asamblea extraordinaria número uno de la sociedad Los
Cuminates S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y un
mil trescientos treinta y seis, celebrada a las quince horas del dieciséis de
mayo del año dos mil once, donde se realiza aumento de capital social y
nombramiento de agente residente.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Álvaro
Palma Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011244940.—(IN2011049956).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, a las quince horas,
del día veintinueve de mayo del dos mil once, se constituyeron dos sociedades
denominadas: Sip Inversiones a Mi Manera y Distribuidora Línea Cuatro
Mil Costa Rica, ambas sociedades anónimas, con capitales sociales suscritos
y pagados. Presidente de las sociedades: Ignacio Prada Prada; y ambas con
plazos de: noventa y nueve años.—San José, viernes 3 de junio del 2011.—Lic.
Álvaro J. Palma Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011244941.—(IN2011049957).
Por escritura otorgada a las 10:00 horas de hoy, los señores Jorge
Alexis Madriz Muñoz y Jorge Arturo Solano Ávila, constituyen Eagles Metals
E. M. Sociedad Anónima. Domicilio: cantón de Montes de Oca, Lourdes.—San
José, 22 de junio del 2011.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1
vez.—RP2011244944.—(IN2011049958).
Por escritura otorgada en mi notaría a las quince horas del
dieciséis de junio del dos mil once, se constituye la sociedad denominada
sociedad anónima, pudiendo abreviarse UG El Predio del Tigre S.
A. Capital social: treinta y seis mil colones. Presidente: Gerardo Ugalde
Brenes, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic.
Máximo Sequeira Alemán, Notario.—1 vez.—RP2011244946.—(IN2011049959).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del día
veinticuatro de junio del dos mil diez, se constituye la sociedad: Asesoría
y Servicios de Mantenimiento Industrial Sociedad
Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: Marco Tulio Gómez
Jiménez.—Lic. Jorge Mejía Álvarez, Notario.—1
vez.—RP2011244948.—(IN2011049960).
Por escritura otorgada en esta notaría el día veinticuatro de junio
del dos mil once, a las quince horas, y conforme Decreto Ejecutivo número treinta
y tres mil ciento setenta y uno-J se constituyó una sociedad anónima.
Presidenta: Mónica Ramírez González.—Palmares de Alajuela, 24 de junio del
2011.—Lic. Rosibel Quesada Vásquez, Notaria.—1
vez.—RP2011244953.—(IN2011049961).
En Santa Ana, San José, a las nueve horas quince minutos del
veintisiete de junio del dos mil once, se constituyó Add Value it
Consulting Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones.
Con una junta directiva de tres miembros presidente, secretario, tesorero y un
fiscal.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1
vez.—RP2011244955.—(IN2011049962).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día
diecisiete de junio del dos mil once; se modificó la cláusula novena del pacto
social de la sociedad denominada: Wise Business Investment Corporation
Sociedad Anónima, modificando la representación judicial y
extrajudicial.—San José, diecisiete de junio del dos mil once.—Lic. Olga
Castillo Barahona, Notaria.—1 vez.—RP2011244957.—(IN2011049963).
El suscrito Maykool Acuña Ugalde, Notario Público con oficina en
Ciudad Colón, hace constar que a las 11:00 horas del día 28 de octubre del
2010, se ha constituido la sociedad denominada Investigaciones
Especializadas Grupo Cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada,
con un plazo social de 100 años, siendo su gerente el señor John Willy Zúñiga
Jiménez.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1
vez.—RP2011244958.—(IN2011049964).
Por escritura pública otorgada ante el Notario Héctor Manuel Fallas
Vargas, en San José, a las quince horas del veinticuatro de junio, se
constituyeron quince sociedades anónimas denominadas: Godavari Servicios
Comerciales Sociedad Anónima, Blue Nile Investments Sociedad Anónima, Tapi
River Business Sociedad Anónima, Selenga Commercial Services Sociedad Anónima,
The White Lemur Corp Sociedad Anónima, Bright Chameleon Sociedad Anónima,
Bengal Oriental Inversiones, Indri Business Sociedad Anónima, Greensboro
Business Services Sociedad Anónima, Brigth Chair Company Sociedad Anónima,
Translucid Present Sociedad Anónima, Disseny International Sociedad Anónima,
Amalie Inversiones Comerciales Sociedad Anónima, Vista de Damasco Sociedad
Anónima, Iluza Partners Sociedad Anónima, Lindsay Madrigal Alfaro
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San
José, veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas,
Notario.—1 vez.—RP2011244959.—(IN2011049965).
Por escritura otorgada el día de hoy, protocolicé el acta de la
asamblea ordinaria y extraordinaria de Quies Nocturna Sociedad Anónima,
donde se acuerda modificar la cláusula octava, nombran a junta directiva en
pleno, y se toman otros acuerdos.—Grecia, diecisiete de junio del dos mil
once.—Lic. Miguel Ángel Zumbado González, Notario.—1
vez.—RP2011244961.—(IN2011049966).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 20 de
junio del 2011, se modificó la cláusula sexta de U-Save S. A.—San José,
27 de junio del 2011.—Lic. Haidel Sequeira Guzmán, Notaria.—1
vez.—RP2011244962.—(IN2011049967).
Por escritura otorgada ante mí a las 9:00 horas del 23 de junio de
2011, se constituyó la sociedad Ettore Cincuenta y Nueve S. A.
domicilio: San Ramón de Alajuela. Capital totalmente suscrito. Plazo: 99 años.
Representación: presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma.—San Ramón de Alajuela, 27 de junio del 2011.—Lic. José Enrique Jiménez
Bogantes, Notario.—1 vez.—RP2011244964.—(IN2011049968).
Por escritura tres ocho seis, otorgada a las once horas del
dieciocho de junio del dos mil once, ante esta notaría. Se constituye la
sociedad anónima según decreto ejecutivo 33171-J S. A. Capital: diez mil
colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua,
Notario.—1 vez.—RP2011244965.—(IN2011049969).
En esta notaría a las 14 horas del 26 de junio del 2011, protocolicé
asamblea de Muslake S. A., se nombra nuevo presidente, tesorero y
secretario, se reforma representación y nombre.—Lic. José Manuel Vargas
Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2011244966.—(IN2011049970).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las diez horas de
hoy, se constituyó Pecosbill Gaucho S. A. para dedicarse por cien
años al comercio en general, presidente y secretario apoderados generalísimos
sin límite de suma.—San José, dieciocho de junio de dos mil once.—Lic. Ricardo
Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—RP2011244967.—(IN2011049971).
Ante esta notaría, a las 13:40 horas del 24 de junio del 2011, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios celebrada por Constructora
Mora y Aguilar Sociedad Anónima. Se modifica parcialmente el pacto
constitutivo, mediante la escritura número 349-21, tomo 21 del protocolo de la Lic. Tatiana
Fernández Mora.—Cartago, 24 de junio del 2011.—Lic. Tatiana Fernández Mora,
Notaria.—1 vez.—RP2011244970.—(IN2011049972).
Ante esta notaría, a las 13:30 horas del 24 de junio del 2011, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios celebrada por Distribuidora
Branke de las Brumas Sociedad Anónima. Se modifica
parcialmente el pacto constitutivo, mediante la escritura número 348-21, tomo
21 del protocolo de la
Lic. Tatiana Fernández Mora.—Cartago, 24 de junio del
2011.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1
vez.—RP2011244971.—(IN2011049973).
Ante esta notaría se ha procedido a protocolizar acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad Refrescos La Unión S. A. Se
reforma pacto constitutivo en cuanto a domicilio y objeto y representación
legal. Se nombre, nueva junta directiva y se designa fiscal.—San José, a las
diecisiete horas del día veinticuatro de junio del dos mil once.—M Sc. Ricardo
Adolfo Badilla Martínez, Notario.—1 vez.—RP2011244972.—(IN2011049974).
He constituido la sociedad Oncomédica S. A., con un
capital de cien mil colones. Plazo social de noventa y nueve años a partir de
su constitución. Representación judicial y extrajudicial corresponde al
presidente: Elías Fallas Solís y a su vicepresidenta: Dora Emilia Fallas Solís.
Apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o
separadamente.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Rosmery Solís Corea,
Notaria.—1 vez.—RP2011244973.—(IN2011049975).
Ante esta notaría se ha constituido la sociedad anónima Studies
de Costa Rica. Presidenta y apodera: Carmen María Van Der Laat
Ulloa.—Lic. Christy Eugenia Durán Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011244974.—(IN2011049976).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 9 horas del 8 de junio
del 2011 se constituyó la sociedad Aved Costa Rica S. A.
Presidente con facultades de apoderado generalísimo: Jafeth Chinchilla
Mora.—Lic. Hugo Retana Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011244976.—(IN2011049977).
En esta notaría se tramita en escritura 279-5to del 21 de junio del
2011, la constitución de la Fundación Ad Altare.—Lic.
Vera Teresita Ramírez Marín, Notaria.—1 vez.—RP2011244977.—(IN2011049978).
Hoy al ser las ocho horas del dieciséis de junio del dos mil once,
se ha constituido en Bribrí, cantón de Talamanca, Limón, la compañía Desarrollo
Economía Sociedad Anónima, con capital de diez mil colones, siendo su
presidente Luis Ángel Moran Ulate, con poder generalísimo sin límite de
suma.—Lic. Jorge Logan Portugués, Notario.—1 vez.—RP2011244979.—(IN2011049979).
Hoy al ser las trece horas del trece de junio del dos mil once, se
ha constituido en Bribrí, cantón de Talamanca, Limón, la compañía Seednsoil
Sociedad Anónima, con capital de diez mil colones, siendo su presidente el
señor Amayakowan Jude Osadolo, con poder generalísimo sin límite de suma.—Lic.
Jorge Logan Portugués, Notario.—1 vez.—RP2011244980.—(IN2011049980).
El suscrito Notario hace constar que hoy he protocolizado acta de
asamblea de la sociedad Red Little Three House S. A., donde se modificó
la cláusula sexta.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Sebastián David Vargas
Roldán, Notario.—1 vez.—RP2011244981.—(IN2011049981).
El suscrito Notario Público comunica que ante esta notaría se otorgó
escritura pública de asamblea extraordinaria de accionistas de Notaría
Internacional S. A., modificando la cláusula segunda del pacto social,
escritura otorgada en San José a las diez horas del veinticuatro de junio del
dos mil once.—Lic. Arnoldo Solano Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2011244982.—(IN2011049982).
Por escritura número cien otorgada ante esta notaría a las nueve
horas del veintitrés de junio de dos mil once, se constituyen las nueve
sociedades anónimas denominadas de la siguiente manera: Finca Los Marañones
S. A., La Llanura
del Cacao S.A., Chumbulún S. A., Los Cerros de Isla Verde S. A., Gusanito S.
A., La Plazoleta S.
A., Vista Frijolillo S. A., Hingkok S. A., y Roes Sesenta
y Nueve S. A.—Alajuela, veinticuatro de junio de dos mil once.—Lic. Nidia
Isabel Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2011244983.—(IN2011049983).
Por escritura número ciento uno, del tomo cuarenta y uno de mi
protocolo, otorgada a las ocho horas del veintisiete de junio del dos mil once,
protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Isaac
Construction Company S.A., cédula jurídica número: tres-ciento
uno-quinientos cuarenta y cinco mil setecientos siete, en la cual se modifica
la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio, y se nombra
junta directiva y fiscal.—San Rafael de Heredia, veintisiete de junio del dos
mil once.—Lic. Manuel Fco. Camacho Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2011244985.—(IN2011049984).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veintiséis de
junio del dos mil once, se constituyó la sociedad Siso Dorf Sociedad Anónima,
con plazo social de cien años.—San José, 26 de junio del 2011.—Lic. Deborah Feinzaig
Mintz, Notaria.—1 vez.—RP2011244986.—(IN2011049985).
Ante mi notaría, el día del cuatro de mayo del dos mil once, se
constituyó Computer Excellence Group Sociedad Anónima.—San José,
veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Osvaldo Muñoz Vargas, Notario.—1
vez.—RP2011244987.—(IN2011049986).
Ante esta notaría y mediante escritura pública número 254 de las
16:00 horas del 14 de junio de 2011, se ha constituido la sociedad que se
denomina Agropecuaria Eldallen Sociedad Anónima, con domicilio en
la ciudad de Orotina y con un capital social de doce mil colones
exactos.—Orotina, veinte de junio de dos mil once.—Lic. Douglas Mauricio Marín
Orozco, Notario.—1 vez.—RP2011244988.—(IN2011049987).
Escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del veinticuatro
de junio del dos mil once, se constituye la empresa de esta plaza Inversiones
Reales La Enanita
Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones.
Representación: presidente y tesorera. Plazo social: noventa y nueve años.—San
José, veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. José Luis Ureña Díaz,
Notario.—1 vez.—RP2011244991.—(IN2011049988).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las 11:00 horas
del 24 de junio de 2011, se constituyó la sociedad denominada Servicios El
Sharif S. A. Apoderados generalísimos sin límite de suma Oscar Sharif El
Jaouhari Ghannam y María Fernanda Barrantes Rodríguez.—Sarchí, 24 de junio de
2011.—Lic. Francisco Rodríguez Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2011244993.—(IN2011049989).
Ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Mavegue
Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, domiciliada en
Jicaral distrito cuarto Lepanto del cantón primero Puntarenas de la provincia
de Puntarenas, costado este de la iglesia católica, edificio color beige, cuyo
presidente es Mauricio Venegas Guerrero.—Jicaral, 22 de junio del dos mil
once.—Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas, Notario.—1
vez.—RP2011244994.—(IN2011049990).
Ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Familia
Torres Mora Sociedad Anónima, con un capital social de dieciocho mil
colones, domiciliada en San Blas de Lepanto Puntarenas distrito cuarto Lepanto
del cantón primero Puntarenas de la provincia de Puntarenas, quinientos metros
al norte de la escuela, casa color verde, cuyo presidente es Enrique Torres
Torres.—Jicaral, 22 de junio del dos mil once.—Lic. Carlos Fernando Cubero
Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011244995.—(IN2011049991).
Mediante escritura número 178-2 otorgada ante este notario a las
17:00 horas del día 24 de junio del 2011, se constituye Chinchilla Valerio
Sociedad Anónima. Capital social 100 mil colones, representación presidente
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Daniella
Segnini Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2011244998.—(IN2011049992).
Mediante escritura número 188 otorgada ante este notario a las 17:00
horas del día 10 de junio del 2011, se constituye una sociedad anónima que se
denominará Inversiones Gore Sociedad Anónima. Capital social 120 mil
colones, representación presidente y secretaria con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—Lic. Gonzalo Saavedra Brenes, Notario.—1
vez.—RP2011244999.—(IN2011049993).
Mediante escritura número 167 otorgada en esta ciudad a las 11:00
horas de hoy ante el suscrito Notario, los señores Billy, Jaime y Pablo, todos
Garita Robles constituyeron B.J.P. Asociados S. A. Capital
sucrito y pagado. Domicilio: Palmar Sur de Osa. Objeto el comercio. La
representación legal la ejercen el presidente, secretario y tesorero debiendo
actuar conjuntamente al menos dos de ellos. Se crea fondo de reserva legal y se
nombra agente residente.—San José, 22 de junio de 2011.—Lic. Floresmiro Zuleta
Pastrana, Notario.—1 vez.—RP2011245000.—(IN2011049994).
Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 23 de junio del 2011,
ante la Notaria Roxana
María Angulo Aguilar, se constituye la sociedad Solcodalmar Sociedad
Anónima. Presidenta: Melania Martínez Quirós, cédula: 3-344-256.
Domiciliada en San Juan de Tres Ríos, Residencial Loma Verde III Etapa, casa
número cuarenta y seis.—Guadalupe, 23 de junio del 2011.—Lic. Roxana María
Angulo Aguilar, Notaria.—1 vez.—RP2011245001.—(IN2011049995).
Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la compañía Comercializadora de Concreto y Asfalto
Comcoas Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sexta,
la administración. Escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del
veintisiete de junio de dos mil once.—Lic. Ana Sáenz Beirute, Notaria.—1
vez.—RP2011245002.—(IN2011049996).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Phoenix
Investments S. A., cuyo presidente es el señor David Campos Loría,
con cédula de identidad número uno-ochocientos setenta y siete-novecientos
ochenta y uno. Es todo.—San José, veintitrés de marzo del dos mil diez.—Lic.
Vera Violeta Arguedas Molina, Notaria.—1 vez.—RP2011245003.—(IN2011049997).
Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas
se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Guácimos
Van Patten Limitada, a las diez horas del veintisiete de junio del dos
mil once. Gerente uno y gerente dos con la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad, quienes tendrán las facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—Atenas, veintisiete de junio del dos mil
once.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—RP2011245005.—(IN2011049998).
Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario público con oficina en
Atenas se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Grupo
Shangó Limitada, a las diecisiete y treinta horas del veintitrés de junio
del dos mil once. Gerente con la representación judicial y extrajudicial de la
sociedad, quien tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—Atenas, veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Henry Alonso Víquez
Arias, Notario.—1 vez.—RP2011245006.—(IN2011049999).
Ante mí, Pablo Arias González, Notario Público con oficina en Atenas
se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Finca Los
Armadillos de Barroeta Limitada, a las dieciséis horas de veinte de junio
del dos mil once. Gerente y subgerente con la representación judicial y
extrajudicial de las sociedades, quines tendrán las facultades de apoderadas
generalísimas sin límite de suma.—Atenas, veintitrés de junio de dos mil
once.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—RP2011245007.—(IN2011050000).
Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario público con oficina en
Atenas se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Elegguá
Limitada, a las diecisiete horas del veintitrés de junio del dos mil once.
Gerente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quien
tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas,
veintitrés de junio del dos mil once.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias,
Notario.—1 vez.—RP2011245008.—(IN2011050001).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría al ser las 10:00 horas
del 27 de junio del 2011, se constituyó JRK entre Palmas
Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio en San
José. Objeto: genérico. Plazo: 100 años. Capital social: 12.000 colones.
Corresponde al gerente la representación judicial y extrajudicial con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Gerente: Martin
Brown.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1
vez.—RP2011245009.—(IN2011050002).
Que en mi notaría se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de Morales Salas S. A., donde se
modifican las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo.—Puntarenas, 24
de junio del 2011.—Lic. Sandra Alvarado Mondol c.c. Mondol Zumbado, Notaria.—1
vez.—RP2011245011.—(IN2011050003).
Que en mi notaría se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de Mobula del Pacífico Sur S.
A., donde se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo, y se hace
nombramiento de parte de los miembros de la junta directiva.—Puntarenas, 24 de
junio de 2011.—Lic. Sandra Alvarado Mondol c.c. Mondol Zumbado, Notaria.—1
vez.—RP2011245012.—(IN2011050004).
Que en mi notaría se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de Congomar S. A., donde modifica
domicilio social, se aumenta el capital social, se modifica la cláusula novena
del pacto constitutivo, y se hace nombramiento de nueva junta
directiva.—Puntarenas, 24 de junio de 2011.—Lic. Sandra Mondol Zumbado,
Notaria.—1 vez.—RP2011245013.—(IN2011050005).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 23 de junio de
2011, se nombra nueva junta directiva de Torre Fila Sociedad Anónima.—San
José, 23 de junio de 2011.—Lic. Dinorah Obando Hidalgo, Notaria.—1
vez.—RP2011245015.—(IN2011050006).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
diez horas del día veintitrés de junió del año dos mil once se constituyó la
sociedad denominada Grupo Tres Catorce Producciones Limitada.—San
José, 27 de junio de 2011.—Lic. Mónikha Cedeño Castro, Notaria.—1
vez.—RP2011245017.—(IN2011050007).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las diecinueve horas del veinte de junio del año dos mil once,
número cuarenta y tres-veinticuatro, se constituyó la sociedad denominada Ravav
Security Sociedad Anónima. Se nombró junta directiva y agente residente.
Presidente: Raúl Andrés Mora Mora. Es todo.— Cartago, diecinueve horas y diez
minutos del veinte de junio del dos mil once.—Lic. Dennis Leonel Alfaro Araya,
Notario.—1 vez.—RP2011245018.—(IN2011050008).
Por escritura 196-17, otorgada a las 14 horas
de hoy ante mi Notaría, se protocolizó acuerdos de Inmobiliaria Marian S. A.
para reformar cláusula primera de estatutos y se denomine en lo sucesivo: Terrazas
y Surcos del Sur S. A.—San José, 14 de junio del 2011.—Lic. Ricardo
Villalobos G., Notario.—1 vez.—RP2011245019.—(IN2011050009).
Por escritura otorgada a las once horas del diecisiete
de junio del dos mil once se constituyó la sociedad Negocios VIP Sociedad
Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Mario Enrique Pacheco Loaiza,
Notario.—1 vez.—RP2011245021.—(IN2011050010).
Por escritura otorgada a las catorce horas
del veintiuno de junio del dos mil once, se reformó la cláusula quinta de los
estatutos de la sociedad Cadbury Adams Costa Rica Sociedad Anónima.
Capital suscrito y pagado.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1
vez.—RP2011245022.—(IN2011050011).
Por escritura otorgada a las doce horas
treinta minutos del veintidós de junio del dos mil once, se reformó la cláusula
décimo segunda de los estatutos de la sociedad P.H. Chucas Sociedad Anónima.
Capital suscrito y pagado.—Lic. Édgar Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—RP2011245023.—(IN2011050012).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas
del trece de abril del año dos mil once, ante la notaria Cynthia Corrales
Mairena, los señores Jaime Echeverría Villafranca, Jaime, Adolfo y Priscila,
Echeverría Bonilla y María del Rosario Castro Mora, constituyeron la fundación
denominada: Fundación Jaime Echeverría Villafranca, con domicilio en San
José, San Francisco de Dos Ríos, de plazo perpetuo, con un patrimonio de cien mil
colones y su objeto será donaciones con fines benéficos.—San José, veinte de
junio de 2011.—Lic. Cynthia Corrales Mairena, Notaria.—1
vez.—RP2011245024.—(IN2011050013).
Por escritura otorgada a las doce horas del
veintidós de junio del dos mil once, se reformó la cláusula décimo segunda de
los estatutos de la sociedad Inversiones Eolicas La Esperanza Sociedad
Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Édgar Odio Rohrmoser, Notario.—1
vez.—RP2011245025.—(IN2011050014).
A las quince horas del veintidós de noviembre
de dos mil diez, Lym Fabiola Salas Castro constituye una fundación denominada Fundación
Despertar Hacia Un Mejor Mañana. Ante la notaria Teresita Marín
Rodríguez.—San José, veintisiete de junio de dos mil once.—Lic. Teresita Marín
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011245026.—(IN2011050015).
Por escritura número setenta y
siete-diecinueve, otorgada ante el notario José Antonio Solís Sandoval, se
constituyó la sociedad Inversiones Sandoval Sociedad Anónima,
presidenta: Virna Guinette Sandoval Ugalde.—Alajuela, 27 de junio del
2011.—Lic. José Antonio Solís Sandoval, Notario.—1 vez.—(IN2011050033).
Por escritura otorgada ante el notario
público Alfredo Álvarez Quirós, se constituyó la sociedad Global Center
Desing S. A. Capital social diez mil colones. Presidente Mauricio Garay
López.—Lic. Alfredo Álvarez Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2011050035).
Por escritura otorgada ante el notario
público Alfredo Álvarez Quirós, se constituyó la sociedad Ticotel CR S. A.
capital social cien mil colones. Presidente Juan Carlos Díaz Matarrita.—Lic.
Alfredo Álvarez Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2011050036).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 7 horas del día 28 de junio del 2011, se constituyó la empresa denominada Inversiones
Doña Olga Dos Mil Once S. A., domiciliada en San Antonio de Belén,
Heredia, 700 metros
al este de la estación del ferrocarril, presidenta: Olga Ulloa González, cédula
número 3-132-394, capital social setenta mil colones.—Belén, Heredia, 28 de
junio del 2011.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2011050043).
Protocolización del acta de la asamblea
general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Comercial
Covex Sociedad Anónima, en la cual se acuerda modificar la cláusula segunda
del domicilio y la cláusula tercera del plazo social del pacto constitutivo de
la empresa. Ante el notario Roberto E. Romero Mora. Es todo.—San José, al ser
once horas del día veintiocho de junio de dos mil once.—Lic. Roberto Enrique
Romero Mora, Notario.—1 vez.—(IN2011050045).
Ante esta notaría, a las 13:00 horas del 24
de junio del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
socios celebrada por Constructora Cabañas Agusto Limitada. Se modifica
parcialmente el pacto constitutivo, mediante la escritura número 347-21, tomo
21 del protocolo de la
Lic. Tatiana Fernández Mora.—Cartago, 24 de junio del
2011.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2011050047).
Mediante escritura cuatrocientos uno,
otorgada a las quince horas del día treinta y uno de mayo de dos mil once, se
modificó la cláusula segunda del acta constitutiva de la sociedad Vip Heli
Services Sociedad Anónima. Se modifica junta directiva.—Lic. Blanca Aurora
González Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2011050053).
Mediante asamblea general extraordinaria de
la sociedad Vista de Flamingo Número Sesenta y Uno Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta y nueve mil seiscientos
dieciocho, celebrada en su domicilio social a las diecisiete horas del
veintidós de junio del dos mil once, se reforma cláusula segunda de los
estatutos. Además se nombra junta directiva y fiscal por el resto del período.
Es todo.—Santa Cruz, Guanacaste, a las diecisiete horas del veintidós de junio
del dos mil once.—Lic. Edgar Pizarro Matarrita, Notario.—1 vez.—(IN2011050054).
En mi notaría al ser las doce horas del día
veinticinco de junio del año dos mil once, se modificó la cláusula segunda de
la sociedad denominada I.E.T. Ingeniería y Equipamiento Técnico
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
ochenta y dos mil seiscientos dieciocho. Es todo.—San José, veintisiete de
junio del dos mil once.—Lic. Maribel Arcia Fernández, Notaria.—1
vez.—(IN2011050067).
Escritura tres-uno, al ser las doce horas del
veintidós de junio del año dos mil once, en esta notaría se constituye una
sociedad Constru Teck S. A. Domicilio: San José. Presidente:
Rodolfo González Jiménez.—Lic. Luis Enrique Pastrana Reyes, Notario.—1
vez.—(IN2011050070).
Por escritura número veinticinco-noventa y
tres, otorgada ante los notarios públicos Rolando Laclé Castro y Juan Manuel
Godoy Pérez, a las once horas del día veintiocho de junio del año dos mil once,
se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Kasamemo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
3-101-623082; mediante la cual se reforma la cláusula sétima a los estatutos
sociales.—San José, veintiocho de junio del dos mil once.—Lic. Rolando Laclé
Castro, Notario.—1 vez.—(IN2011050071).
Por escritura autorizada ante esta notaría, a
las 10:15 horas del 25 de junio del 2011, se constituyó la empresa Transocean
Agency Group TAG Sociedad Anónima. Domiciliada: en la ciudad de San José.
Capital social: suscrito y pagado. Representantes con facultades de apoderados
generalísimos sin limitación de suma: el presidente, secretario y tesorero de
la junta directiva, señores: Carlos Acuña Fallas, Miguel Ángel Mena Chaves y
Jeannette Castro Castro, respectivamente.—San José, 25 de junio del 2011.—Lic.
Paúl Murillo Miranda, Notario.—1 vez.—(IN2011050072).
En esta notaría, se tramita inscripción de la
compañía denominada Venta de Lotería La Florense Sociedad
Anónima. Capital social: totalmente sucrito y pagado. Presidente: apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Lic. Ricardo Alvarado Alpízar, Notario.—1
vez.—(IN2011050081).
El suscrito notario público Ricardo León
Vargas Guerrero, con oficina en Playas del Coco, hace constar que he modificado
los poderes de representación de la sociedad tres ciento uno seis tres tres
dos cuatro siete sociedad anónima, mediante la escritura otorgada en Playas
del Coco, a las nueve horas del trece de junio del dos mil once, número
trescientos dos, iniciada al folio ciento ochenta y cuatro frente del tomo
cuarto de mi protocolo.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—(IN2011050104).
El sucrito notario público Ricardo León
Vargas Guerrero, con oficina en Playas del Coco, hace constar que he modificado
el nombre, domicilio y los poderes de representación de la sociedad tres
ciento uno seis tres seis dos uno nueve sociedad anónima, mediante la
escritura otorgada en Playas del Coco, a las diez horas del veintisiete de
junio del dos mil once, número trescientos veinte, iniciada al folio ciento
noventa y cuatro vuelto del tomo cuarto de mi protocolo.—Lic. Ricardo Vargas
Guerrero, Notario.—1 vez.—(IN2011050107).
En esta notaría, al ser las 08:00 horas del
24 de junio del 2011, se constituyó la sociedad The Blue Heron Of Nosara
Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital: suscrito y pago ¢12.000,00
colones. Gerente: Jimmy Douglas Price. Subgerente: Deborah Carter Price.—San
José, 28 de junio del 2011.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1
vez.—(IN2011050109).
En esta notaría, al ser las 09:00 horas del
24 de junio del 2011, se constituyó la sociedad Sea Hunt Of Nosara Sociedad
de Responsabilidad Limitada. Capital: suscrito y pago ¢12.000,00 colones.
Gerente: Deborah Carter Price. Subgerente: Jimmy Douglas Price.—San José, 28 de
junio del 2011.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1
vez.—(IN2011050111).
Ernesto y Alejandro, ambos de apellidos
García Pérez, constituyeron De Escambray A Sabana Sociedad Anónima.
Escritura otorgada a las diecisiete horas cinco minutos del martes 14 de junio
del 2011.—Lic. José Manuel Ortiz Durman, Notario.—1 vez.—(IN2011050117).
Karla Vanessa Parrales Concepción y Sandra
Reyes Concepción, constituyeron K S Servicios Integrales de Salud SEINSA
Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las diecisiete horas cinco minutos
del viernes 24 de junio del 2011.—Lic. José Manuel Ortiz Durman, Notario.—1
vez.—(IN2011050118).
Yo, Marco Antonio Fernández López,
protocolicé la constitución de la sociedad anónima que se denominará NW
Consulting Services Sociedad Anónima. Domiciliada: en Alajuela, con un
capital de doce millones de colones, representado por doce mil cuotas
nominativas, y representada por dos gerentes. Es todo.—San José, veintisiete de
junio del dos mil once.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1
vez.—(IN2011050120).
Por escritura número ciento seis-seis, de mi
protocolo número seis, se constituyó Cuestamoras Mantenimiento y
Administradora de Inmuebles Sociedad Anónima. Duración: de noventa y nueve
años. Domiciliada: en San José, Santa Ana, Uruca, Radial Santa Ana-Belén,
Condominio Vertical de Oficinas Forum Seis, Edificio Cuestamoras, tercer piso,
con junta directiva integrada por presidente, secretario y tesorero.—San José,
veintiocho de junio del dos mil once.—Lic. Shirley Durán Alpízar, Notaria.—1
vez.—(IN2011050122).
En esta notaría, se modificó la cláusula novena
del pacto constitutivo de la sociedad Los Bajos de Los Cartagos Sociedad
Anónima.—Alajuela, 27 de junio del 2011.—Lic. Óscar Gabriel Cordero Sáenz,
Notario.—1 vez.—(IN2011050132).
En esta notaría, se constituyó la compañía Maridiana Sociedad
Anónima, con un capital de diez mil colones.—Alajuela, 27 de junio del
2011.—Lic. Óscar Gabriel Cordero Sáenz, Notario.—1 vez.—(IN2011050133).
Por escritura de esta notaría, de las once
horas de hoy, se constituye la sociedad Osyju A F Sociedad Anónima.
Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente y tesorero con poder
generalísimo.—Alajuela, veinticinco de junio del dos mil once.—Lic. José Ángel
Solórzano Solórzano, Notario.—1 vez.—(IN2011050134).
Que por escritura otorgada ante esta notaría,
a las once horas treinta minutos del día veintiocho de junio del dos mil once,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía Ventura Nicolet S. A., mediante la cual se acordó la reforma de
la cláusula sexta del acta constitutiva.—San José, veintiocho de junio del dos
mil once.—Lic. Roberto Solano Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2011050136).
Que por escritura otorgada ante esta notaría,
a las dieciséis horas del día veintisiete de junio del dos mil once, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía Pueblo Real D H E P Seis S. A., mediante la cual se acordó la
reforma de las cláusulas segunda y sexta del acta constitutiva.—San José,
veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Roberto Solano Leiva, Notario.—1
vez.—(IN2011050137).
He constituido la empresa Inversiones
Neurohr Castellón S. A. Capital social: diez mil colones. Domicilio social:
en San José. Representación en la figura del presidente y el secretario de la
junta directiva.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Jurgen Kinderson Roldán,
Notario.—1 vez.—(IN2011050142).
Que por escritura Nº 2, visible a folio 2
frente, se constituyó la empresa denominada MMXI Propzone S.R.L.,
representada por el Chandler (nombres) Weisel (apellido), el motivo de este
edicto es la constitución de la empresa indicada. Visibles en el tomo 18 del
protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas. Uvita de Osa.
Teléfono: 2771-5855, a
las 09:00 horas del 27 de junio del 2011.—Lic. Eduardo Abarca Vargas,
Notario.—1 vez.—RP2011245027.—(IN2011050252).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al
ser las 16:20 horas del 14 de junio del 2011, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la empresa Constructora Desagramo S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-537233. Acuerdo: reforma a la cláusula primera del
pacto constitutivo.—San Isidro, Pérez Zeledón, 14 de junio del 2011.—Lic. Annia
Shirley Zúñiga Méndez, Notaria.—1 vez.—RP2011245028.—(IN2011050253).
Por escritura otorgada Nº 164, a las 08:00 horas del 21
de junio del 2011, ante mi notaría, se renovó la junta directiva y se aumentó
el capital social suscrito y pagado hasta por veinte millones de colones, de la
sociedad Banrey Sociedad Anónima. Presidente: Jorge Hugo Jiménez
Castro.—San Isidro de El General, 27 de junio del 2011.—Lic. Juan José
Castrillo Morales, Notario.—1 vez.—RP2011245029.—(IN2011050254).
Ante esta notaría, a las 12:00 horas de hoy,
se constituyó la sociedad denominada La Posada de Montecarlo S. A. Capital:
suscrito y pagado. Presidente y secretario, con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—San José, veintiuno de junio del dos mil
once.—Lic. Ingrid Reischfleger Montero, Notaria.—1
vez.—RP2011245032.—(IN2011050255).
Por escritura otorgada a las 18:30 horas, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Casa
Esquivol San José S. A., en la que se revoca poder generalísimo y se
confiere poder general sin límite de suma.—San José, veintitrés de junio del
dos mil once.—Lic. Ingrid Reischefleger Montero y Lic. Carlos Alberto Mora
Moya, Notarios.—1 vez.—RP2011245033.—(IN2011050256).
En esta notaría, a las 09:00 horas del 27 de
junio del 2011, se aumentó capital de Servicios Automotores Díaz Aros y
Llantas S.A.—Lic. Elda Zúñiga Valenciano, Notaria.—1 vez.—RP2011245034.—(IN2011050257).
Por escritura otorgada en esta notaría, en
San José, a las diez horas del día veinticinco de mayo del dos mil once, se
protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad denominada: Atlas
Publishers S. A. Se reforma cláusula segunda del domicilio, y se nombra
nueva junta directiva.—San José, 9 de junio del 2011.—Lic. Cristian Manuel
Arguedas Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2011245037.—(IN2011050258).
Por escritura otorgada en esta notaría, en
San José, de las nueve horas del día veinticuatro de junio del dos mil once, se
protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad denominada tres-ciento
uno-quinientos noventa y un mil novecientos ochenta s. a. Se reforma
nombre, domicilio y administración, se nombra presidente y secretario.—San
José, 26 de junio del 2011.—Lic. Carlos Morales Fallas, Notario.—1
vez.—RP2011245038.—(IN2011050259).
Por escritura otorgada en esta notaría, en
San José, de las diez horas del día veintiuno de junio del dos mil once, se
protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad denominada Corporación
La Arboleda Kiwi
Cuatro S. A. Se reforma la administración.—San José, 26 de junio del
2011.—Lic. Carlos Morales Fallas, Notario.—1 vez.—RP2011245039.—(IN2011050260).
En San José, ante este notario, a las nueve
horas del veintitrés de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad de
esta plaza que se denominará como Tico Novescientos Once Punto Com S. A.
Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 23 de
junio del 2011.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1
vez.—RP2011245040.—(IN2011050261).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
diecisiete horas del día veintisiete de junio del dos mil once, se constituyó
la sociedad denominada John Aguilar Legal Services Sociedad Anónima,
nombre que es de fantasía, y en idioma inglés, y su traducción al español es John
Aguilar Servicios Legales Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del
2011.—Lic. Mónikha Cedeño Castro, Notaria.—1 vez.—RP2011245041.—(IN2011050262).
Que por escritura otorgada en esta notaría, a
las 08:00 horas de hoy, la sociedad Agrícola Purabaseña Sociedad Anónima,
con cédula jurídica Nº 3-101-458873, nombró fiscal, otorgó poder general,
revocó poder generalísimo y otorgó poder generalísimo.—Heredia, 27 de junio del
2011.—Lic. José Leonel Sáenz Batalla, Notario.—1
vez.—RP2011245044.—(IN2011050263).
El suscrito notario público, hace saber que
el día ocho de febrero del dos mil once, al ser las quince horas, en esta
notaría, se constituyó una sociedad anónima, cuya razón social será el número
de cédula jurídica que le asigne el Registro Público, Sección Mercantil. Siendo
nombrado como su presidente, pudiendo actuar solo, el señor: Alay Mora Badilla,
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social:
noventa y nueve años. Objeto: servicios comerciales en general, agricultura y
otros. Es todo.—Puerto Jiménez de Golfito, Puntarenas, 4 de marzo del
2011.—Lic. Miguel Ángel Villanueva Arauz, Notario.—1
vez.—RP2011245045.—(IN2011050264).
El suscrito notario público, hace saber que
el día ocho de febrero del dos mil once, al ser las quince horas, en esta
notaría, se constituyó una sociedad anónima, cuya razón social será el número
de cédula jurídica que le asigne el Registro Público, Sección Mercantil. Siendo
nombrado como su presidente, pudiendo actuar solo, el señor: Gabriel Escudero
Archilla, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo
social: noventa y nueve años. Objeto: servicios comerciales en general, agricultura
y otros. Es todo.—Puerto Jiménez de Golfito, 15 de febrero del 2011.—Lic.
Miguel Ángel Villanueva Arauz, Notario.—1 vez.—RP2011245046.—(IN2011050265).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las doce horas del veintiuno de junio del dos mil once, se protocolizó asamblea
de socios de la sociedad Servicio de Licitaciones del Este Sociedad Anónima,
en donde se modificaron algunos artículos de sus estatutos.—San José, veintidós
de junio del dos mil once.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1
vez.—RP2011245047.—(IN2011050266).
En asamblea general extraordinaria de
accionistas de sociedad Gestión Dinámica de Proyectos Sociedad Anónima,
cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos ochenta y seis mil
setecientos cincuenta y siete. Domiciliada: en provincia de San José, San
Rafael de Escazú. Se acuerda: reformar la estipulación segunda, en lo que
respecta al domicilio de la sociedad. Escritura otorgada ante esta notaría, a
las quince horas del veintitrés de junio del dos mil once.—San José, 27 de
junio del 2011.—Lic. Uriel Ortega Hegg, Notario.—1
vez.—RP2011245048.—(IN2011050267).
Por escritura otorgada al ser las 17:00 horas
del 27 de junio del 2011, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria número veinticuatro, de la sociedad denominada Bossini S. A.,
mediante el cual se aumenta el capital social hasta por la suma de tres
millones de colones. Es todo.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Kathya Salas
Guevara, Notaria.—1 vez.—RP2011245050.—(IN2011050268).
Por escritura número setenta y
nueve-diecinueve, otorgada ante la notaria Mariana Berrocal Durban, a las ocho
horas del día veintitrés de junio del dos mil once, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Prisma
Portadas Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-doscientos treinta y tres mil setecientos treinta y siete, mediante la cual
se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo.—San José, veintitrés de
junio del dos mil once.—Lic. Mariana Berrocal Durban, Notaria.—1
vez.—RP2011245056.—(IN2011050269).
Por escritura de las 17:00 horas de hoy,
protocolicé acta de la compañía Cortijo Alanat S. A., por la cual se
reforman las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo, y se nombra
junta directiva.—Montes de Oca, 24 de junio del 2011.—Lic. Fabio Alberto Arias
Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2011245058.—(IN2011050270).
Por escritura otorgada ante mi notaría, al
ser las diecinueve horas del día veintitrés de junio del dos mil once, se
constituyó la fundación denominada Manos a la Obra.—Lic. Ana Vanessa González Zamora, Notaria.—1
vez.—RP2011245059.—(IN2011050271).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las diecisiete horas del día veintitrés de junio del dos mil once, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada 3-101-621347 s. a., donde se acuerda modificar las cláusulas
primera y sexta de los estatutos.—San José, veintitrés de junio del dos mil
once.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—RP2011245062.—(IN2011050272).
Por escrituras otorgadas el día de hoy, ante
mí, se constituyeron las compañías: Citypark Capital Group S. A., Villa
Angelita de Maruja S. A.—San Pablo de Heredia, 27 de junio del 2011.—Lic.
Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—RP2011245063.—(IN2011050273).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las once horas del diez de junio del dos mil once, se constituyó la entidad que
se denominará Avenir Real Estafe Consulting & Services INC Sociedad
Anónima. Domicilio: Heredia, San Pablo, doscientos metros al norte y
doscientos metros al oeste del Palí. Plazo: noventa y nueve años a partir de su
constitución. Capital social: quinientos mil colones. El presidente y el
tesorero de la compañía, ostentarán la representación de la misma, con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar en
forma conjunta o por separado.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1
vez.—RP2011245064.—(IN2011050274).
Yo, notario público, protocolizo acta de
socios de Esvar S. A., se reforma la cláusula octava del pacto
constitutivo.—San José, 23 de junio del 2011.—Lic. José Ramón Sibaja Montero,
Notario.—1 vez.—RP2011245065.—(IN2011050275).
Ante esta notaría, Lic. Cristian Pérez
Quirós, a las 16:00 horas del veinticuatro de junio del dos mil once, se
protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la
sociedad SSO-Group S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-597563. Se
reformó la cláusula novena de la representación, y se nombró nuevo presidente y
secretario. Es todo. Presidente: Juan Carlos González Campos.—San José, 27 de
junio del 2011.—Lic. Cristian Pérez Quirós, Notario.—1
vez.—RP2011245066.—(IN2011050276).
En mi notaría, en esta fecha, se constituyó
la sociedad Emily’s Sweet Sensations Sociedad Anónima. Capital:
cincuenta mil colones. Presidenta: Emily Elizabeth Wilson. (Dulces Sensaciones
de Emly Sociedad Anónima).—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Cecilia Herrera
Echeverri, Notaria.—1 vez.—RP2011245069.—(IN2011050277).
En mi notaría, en esta fecha, se constituyó
la sociedad Teca del Tempisque Sociedad Anónima. Capital: cincuenta mil
colones. Presidente: Javier Francisco Koberg de La Cruz.—San José, 24 de
junio del 2011.—Lic. Cecilia Herrera Echeverri, Notaria.—1
vez.—RP2011245070.—(IN2011050278).
Por medio de la escritura número ciento
cuarenta del tomo tercero de mi protocolo, otorgada en mi notaría, en Cartago,
a las dieciocho horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil once, se
constituyó la sociedad denominada A & G Editores Limitada.—Cartago,
veinte de junio del dos mil once.—Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1
vez.—RP2011245072.—(IN2011050279).
Ante esta notaría, a las diecisiete horas del
veintisiete de junio del dos mil once, se constituyó Asesorías Educativas
Universales IG Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años.
Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma.—Lic. Rocío Herrera Montero, Notaria.—1 vez.—RP2011245073.—(IN2011050280).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
17:00 horas del 24 de junio del 2011, protocolicé acta de la empresa: Proyecto
Futura Dayra G.C. S. A., mediante la cual se revoca nombramiento de
secretario, y se nombra nuevo, se modifica cláusulas novena y primera de los
estatutos sociales.—Escazú, 24 de junio del 2011.—Lic. Marlene Bustamante
Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2011245074.—(IN2011050281).
Por escritura otorgada ante mí, Giovanna
Badilla Rojas, se cambian los puestos de secretario y tesorero de la junta
directiva, así como el fiscal de Bufete Jurídico del Norte, Ruiz y Ruiz
Asociados Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-310021.—Lic.
Giovanna Badilla Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011245075.—(IN2011050282).
Por escritura otorgada ante mí, Giovanna
Badilla Rojas, se cambian los puestos de secretario y tesorero de la junta
directiva, así como el fiscal y agente residente de Naturaleza Armoniosa con
el Desarrollo A Z B X Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-500569.—Lic.
Giovanna Badilla Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011245076.—(IN2011050283).
Por escritura otorgada ante mí, Giovanna
Badilla Rojas, se cambian los puestos de secretario y tesorero de la junta
directiva, así como el fiscal y agente residente de Momentos Azules y
Tranquilos en el Campo Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº
3-101-499138.—Lic. Giovanna Badilla Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2011245077.—(IN2011050284).
Por escritura otorgada ante mí, Giovanna
Badilla Rojas, se cambian los puestos de secretario y tesorero de la junta
directiva, así como el fiscal y agente residente de Naturaleza Escondida de
Tamarindo GN Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-495071.—Lic.
Giovanna Badilla Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011245078.—(IN2011050285).
Por escritura otorgada ante mí, Giovanna Badilla Rojas, se cambian
los puestos de secretario y tesorero de la junta directiva así como el fiscal y
agente residente de Las Llanuras de la Costanera Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número 3-101-488609.—Lic. Giovanna Badilla
Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011245079.—(IN2011050286).
Por escritura otorgada ante mí, Giovanna Badilla Rojas, se cambian
los puestos de secretario y tesorero de la junta directiva así como el fiscal y
agente residente de Horizontes Rosados Cercanos de Parrita Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número 3-101-497522.—Lic. Giovanna Badilla Rojas,
Notaria.—1 vez.—RP2011245080.—(IN2011050287).
Por escritura otorgada ante mí, Giovanna Badilla Rojas, se cambian
los puestos de secretario y tesorero de la junta directiva asi como el fiscal
de Papagayo Towne Center Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
3-101-411988.—Lic. Giovanna Badilla Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2011245081.—(IN2011050288).
Por escritura otorgada en esta notaría, el día de hoy protocolicé acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de Asimesa Sociedad
Anónima, en que se reforma la cláusula cuarta del pacto social, relativa al
plazo.—San José, 24 de mayo del 2011.—Lic. Fernando Morera Solano, Notario.—1
vez.—RP2011245088.—(IN2011050289).
Por escritura otorgada a las ocho horas quince minutos del veinte de
junio del año dos mil once, ante la Lic. Hazel Rojas Rojas, notaria pública, se
protocolizó acta de asamblea general de accionista Nº 01 de la sociedad Sterregen
S. A., cédula jurídica Nº 3-101-434386, acta que modificó la formación de
la junta directiva, nombre social a San Martín de Teverga S. A., objeto
representación judicial y extrajudicial. Es todo.—Heredia, Belén, diez horas
diecinueve de junio del año dos mil once.—Lic. Hazel Rojas Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2011245090.—(IN2011050290).
Por escritura número setenta y cuatro, otorgada ante mí, a las 10:10
horas del día 27 de junio del año 2011, se constituyó la sociedad: Pizzería
Deliciosa A Tu Gusto Sociedad Anónima. Plazo social: 100 años. Capital
social: Diez mil colones.—San José, 28 de junio del año 2011.—Lic. Nancy
Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—RP2011245093.—(IN2011050291).
Por instrumento público otorgado, ante esta notaría, a las trece
horas cincuenta minutos del día seis de mayo del 2011, se protocolizó asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Irawo
Internacional S. A., con cédula jurídica número 3-101-349432, en la que se
modificó la cláusula segunda, se modificó el domicilio social.—San José, 6 de
mayo del 2011.—Lic. Cynthia Wo Ching Vargas, Notaria.—1
vez.—RP2011245094.—(IN2011050292).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del primero de
junio del año dos mil once, la sociedad 3-102-515468 sociedad de
responsabilidad limitada realiza reforma de la cláusula segunda de la
constitución referente al domicilio, igualmente procede al nombramiento de
nuevos gerentes y subgerente.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón,
veintisiete de junio del año dos mil once.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara,
Notaria.—1 vez.—RP2011245097.—(IN2011050293).
En esta notaría pública, a
las once horas del quince de junio del dos mil once, se constituye la sociedad Elemental
Inversiones S.R.L.—San José, veintiocho de junio del dos mil once.—Lic.
Alejandra María Arguedas Ortega, Notaria.—1 vez.—RP2011245098.—(IN2011050294).
Por esta escritura número veintiséis, de las diocioeho horas del
veintidós de junio del dos mil once, Hellen Sancho Garita, Arturo Sancho Rojas
y Carlos Díaz Meza, constituyeron una sociedad anónima que se denominará Global
Medical Logistics, con domicilio en Flores de Heredia, y con un capital de
diez mil colones, la cual se dedicará a la importación, almacenamiento y
distribución de medicamentos. Su plazo social es de cincuenta años. Presidente
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma la socia Hellen
Sancho Rojas.—27 de junio del 2011.—Lic. Raúl Antonio Segnini Zamora,
Notario.—1 vez.—RP2011245102.—(IN2011050296).
Ante esta notaría, los señores Luis Arriola Peña, cédula de
identidad número cinco-ciento treinta y nueve-mil ochenta y dos, y Dayanara
Arriola Chavarría, cédula de identidad número seis- doscientos setenta y
seis-ochocientos cuarenta y seis, han constituido una sociedad denominada Grupo
VIP Cero Siete Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Funge
como presidente el señor Cristhian Arriola Chavarría, cédula cinco- doscientos
veintiocho-doscientos ochenta y dos.—Lic. Carlos Johalmo Alvarado Villalobos,
Notario.—1 vez.—RP2011245103.—(IN2011050297).
Ante mi notaría, a las 14:00 horas del 2 de junio del 2011, se
constituye la sociedad denominada Arca del Gran Cantábrico S. A., se
nombra junta directiva, domicilio San José, capital cien mil colones.—2 de
junio del 2011.—Lic. Zulema Villalta Bolaños, Notaria.—1
vez.—RP2011245105.—(IN2011050298).
Ante esta notaría, los señores Johannes (nombre) Valentín (nombre)
Berie (apellido), cédula de residencia número uno dos siete seis cero cero cero
nueve uno cuatro cero siete y Bettina (nombre) Berie (apellido), pasaporte de la República de
Alemania, número tres dos uno dos cero cuatro cero cuatro siete, han
constituido una sociedad denominada Rasselbande Sociedad Anónima.
Capital social: cien mil colones. Funge como presidente el señor Johannes
(nombre) Valentín (nombre) Berie (apellido).—Lic. Carlos Johalmo Alvarado
Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2011245104.—(IN2011050299).
Por escritura número 114 de las 15:00 horas del 24 de junio del
2011, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Golden
Waterfall S.R.L., cédula jurídica 3-102-512817, en la que se modifican las
cláusulas tercera y octava del pacto social y se nombra nuevo gerente: Blake
Robert Brischke.—Lic. Rogelio Navas Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2011245106.—(IN2011050300).
Por escritura número 113 de las 14:30 horas del 24 de junio del
2011, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Crown Garden
Estates S.R.L., cédula jurídica 3-102-504869, en la que se modifican las
cláusulas tercera y octava del pacto social y se nombra nuevo gerente: Blake
Robert Brischke.—Lic. Rogelio Navas Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2011245107.—(IN2011050301).
En la protocolización de actas de la empresa Modas y Diseños
D&M Ltda., con cédula jurídica número 3-102-622201, por unanimidad se
acuerda: Realizar cambio de gerente y cambio de domicilio de la sociedad.—San
José, veinticuatro de junio del año dos mil once.—Lic. Luis Arturo Alvarez
Ulate, Notario.—1 vez.—RP2011245108.—(IN2011050302).
Ante esta notaría, por medio de escritura pública número 172-I, otorgada
en Guanacaste a las 18:00 horas del 27 de junio del año 2011, se constituyó la
sociedad denominada Playa Caliente PC Limitada, con un plazo social: 90
años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en frente del
Banco Nacional, oficina de PSC Attorneys. Capital social: doce mil colones,
gerente general Richard Charles Nebel Jr.—Guanacaste, 27 de junio del
2011.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011245109.—(IN2011050303).
Ante esta notaría, el día veinticuatro de junio del dos mil once,
Raquel Montoya Ramírez y Esteban Taylor Allen constituyen la sociedad Raquel
Montoya Centro de Estética Integral Sociedad Anónima, con un capital social
de cien mil colones.—San José, veintiocho de junio del dos mil once.—Lic. Erick
Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—RP2011245115.—(IN2011050304).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veintidós de
junio del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad Tierras del Monte del Poás Sociedad Anónima.
Se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, 22 de junio del
2011.—Lic. Ester Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—
RP20110245116.—(IN2011050305).
En esta notaría a las 15:00 horas del día de hoy se constituye la sociedad
Favimora S. A. Domicilio Villa Bonita de Alajuela. Presidente Rafael
Ángel Villalobos Venegas.—Alajuela, 7 de junio del 2011.—Lic. Marjorie Arroyo
Ocampo, Notaria.—1 vez.—RP2011245118.—(IN2011050306).
Por escritura 013-051 del tomo 51 del
protocolo del notario público Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a
las 16:00 horas del 27 de junio del 2011, la sociedad costarricense Summer
Sun S. A., sociedad costarricense con cédula jurídica tres-ciento
uno-trescientos treinta y dos mil seiscientos cuarenta y seis, modifica sus
estatutos.—San Isidro de El General, 27 de junio del 2011.—Lic. Casimiro Vargas
Mora, Notario.—1 vez.—RP2011245120.—(IN2011050307).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce
horas del veinticuatro de enero del dos mil nueve, en Ciudad Neily, Corredores,
Caroga Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cero cuarenta y cuatro mil ochenta y siete, mediante asamblea
extraordinaria, se modifica la cláusula décima tercera del pacto
constitutivo.—Ciudad Neily, veinte de junio del dos mil once.—Lic. Yadira Reyes
Wong, Notaria.—1 vez.—RP2011245123.—(IN2011050308).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Badajoz Villa
Seiscientos Cincuenta y Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos treinta mil cuatrocientos doce, mediante la cual
se modificó la cláusula segunda del domicilio, la cláusula sexta de la
administración y se conoció de revocación de cargos y se realizaron nuevos
nombramientos. Escritura doscientos cincuenta y seis, otorgada en San José a
las ocho horas del veintidós de junio del dos mil once.—Lic. Lilliam Boza
Guzmán, Notaria.—1 vez.—RP2011245125.—(IN2011050309).
Por escritura de las 15:00 horas del 24 de
junio de 2011, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la compañía: Amanecer del Cielo Occidental Tres C S. A., Se
nombra presidente: Diego Moya Meza. Se reforman cláusulas segunda: del domicilio,
San José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Los Yoses, Edificio San Ignacio,
setenta y cinco metros al sur del Automercado, quinta: del capital social, cien
mil colones y sétima: de la representación.—San José, 24 de junio del
2011.—Lic. Eladio González Solís, Notario.—1 vez.—RP2011245126.—(IN2011050310).
Mediante protocolización de acta de asamblea
general de socios otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 28 de junio
de 2011, se reformó cláusula sobre representación legal y se hacen nombramientos
de junta directiva de Juptas Sociedad Anónima.—Barva, 28 de junio del
2011.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—RP2011245127.—(IN2011050311).
Por escritura número 56 del tomo 77 de mi
protocolo, otorgada en Limón a las 16:00 horas del 15 de junio del 2011, Nemia
Kennedy Kennedy, cédula 7-0018-0605 le cedió a Junjie Li, cédula de residencia
1156000058220, la patente de licor nacional y extranjero Nº 31 de la Municipalidad del
cantón central de Limón.—Limón, 27 de junio del 2011.—Lic. José Miguel Zeledón
Gómez, Notario.—1 vez.—RP2011245129.—(IN2011050312).
En mi notaría por escritura número 13 del
tomo 77 de mi protocolo, otorgada en la ciudad de Limón, a las 12:00 horas del
28 de abril del 2011, se constituye Jolona del Caribe S. A., objeto: venta
de servicios, domicilio: Limón, capital: suscrito y pagado, presidente
apoderado generalísimo sin límite de suma.—Limón, 28 de junio del 2011.—Lic.
José Miguel Zeledón Gómez, Notario.—1 vez.—RP2011245130.—(IN2011050313).
Que por escritura otorgada ante el suscrito
notario, en San José, a las ocho horas del veinticuatro de junio del año dos
mil once, Árbol de Vida Sociedad Anónima, modificó la cláusula
cuarta.—San José, veintiocho de junio del año dos mil once.—Lic. Carlos Alberto
Méndez Mora, Notario.—1 vez.—RP2011245133.—(IN2011050314).
Ante esta notaría bajo la escritura sesenta y
tres- ocho de las trece horas del día veintiséis de junio del dos mil once, se
constituyó la sociedad Distribuidora y Procesadora de Alimentos CR A.
Con un capital suscrito y pagado de diez mil colones.—San José, 28 de junio del
año 2011.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1
vez.—RP2011245136.—(IN2011050315).
Ante esta notaria bajo la escritura
doscientos ochenta y nueve-siete de las once horas del día veintidós de enero
del dos mil once, se constituyó la sociedad Grupo Internacional de
Telecomunicaciones y Afines Sociedad Anónima. Con un capital suscrito y
pagado de dos millones de colones.—San José, 28 de junio del año 2011.—Lic.
Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—RP2011245137.—(IN2011050316).
Ante esta notaría bajo la escritura sesenta y
cuatro- ocho de las nueve horas del día veintisiete de junio del dos mil once,
se protocolizó el acta número diez de la sociedad S P & H Sociedad
Anónima. Donde se modifica el pacto social.—San José, 28 de junio del año
2011.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1
vez.—RP2011245138.—(IN2011050317).
Ante esta notaría bajo la escritura sesenta y
cinco- ocho de las once horas del día veintisiete de junio del dos mil once, se
protocolizó el acta número uno de la sociedad Inversiones Chocheforever
Limitada Sociedad Anónima. Donde se modifica el pacto social.—San José, 28
de junio del año 2011.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1
vez.—RP2011245139.—(IN2011050318).
Por escritura número ciento quince iniciada al folio cuarenta y
nueve frente del tomo dos de mi protocolo, otorgada a las dieciocho horas del
veintisiete de junio del dos mil once, se reformó la cláusula tercera de la
sociedad denominada María, Esteban y Nosotros Sociedad Anónima.—Alajuela,
27 de junio del 2011.—Lic. Katthya de la Peña Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2011245141.—(IN2011050319).
El suscrito Jorge Guillermo Oreamuno Retana,
notario público con oficina en la ciudad de San José, hace constar que en fecha
9 de junio del 2011, se constituyó la sociedad Ivamar y Sanycam S. A.—San
José, 9 de junio del 2011.—Lic. Jorge Guillermo Oreamuno Retana, Notario.—1
vez.—RP2011245143.—(IN2011050320).
Mediante asamblea general celebrada, a las
ocho horas del día primero de junio del año dos mil once se reformó la
representación y se nombra junta directiva de la sociedad Castro Garnier y
Asociados Abogados Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-331827.—San
José, 28 de junio del 2011.—Lic. Víctor Manuel Méndez Garro, Notario.—1
vez.—RP2011245146.—(IN2011050321).
Mediante escritura pública número 44,
otorgada a las 16:00 horas del 27 de junio de 2011, ante el suscrito notario
público Vicente Aurelio Lines Fournier, se revocaron todos los nombramientos
inscritos y se realizaron nuevos nombramientos de la junta directiva y se
modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo de la compañía Bovis Lend
Lease (Costa Rica) Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
3-101-309450.—San José, 27 de junio del 2011.—Lic. Vicente Aurelio Lines
Fournier, Notario.—1 vez.—RP2011245147.—(IN2011050322).
Windell Gabriel Valle, con cédula número
3-401-295 y otros constituyen S. A,, con un capital de 100.000 colones, con
domicilio San José, Montes de Oca, Sabanilla, veinticinco metros al este del
seminario San Agustín, casa portón negro, de nombre Magma Energy Company S.
A., mediante escritura número 2 047, visible al folio número 027 vuelto del
tomo 2 del notario Lic. Jorge Alberto Ramos Arrieta.—Fortuna de Bagaces,
Guanacaste, 27 de junio del año 2011.—Lic. Jorge Alberto Ramos Arrieta,
Notario.—1 vez.—RP2011245149.—(IN2011050323).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se
constituyó Git Grupo Importex Sociedad Anónima. Capital: íntegramente
suscrito y pagado. Domicilio: provincia de Guanacaste, Liberia. Plazo: noventa
y nueve años. Presidente: Leonardo Rafael Montero Álvarez.—Liberia, Guanacaste,
veinticinco de junio de dos mil once.—Lic. Jorge Roberto Segnini Villalobos,
Notario.—1 vez.—RP2011245152.—(IN2011050324).
Los señores Rufino Alberto Gil Fernández y
Rufino Andrés Gil Salazar constituyen Rag Consultora y Constructora Sociedad
Anónima. Escritura otorgada a las ocho horas con treinta minutos del
veintiocho de junio de dos mil once.—Lic. Luis Lacayo Madrigal, Notario.—1
vez.—RP2011245153.—(IN2011050325).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de Proyectos de Desarrollo La Garita S.
A., mediante la cual se modifica la cláusula tercera del pacto social y
otorga poder especial.—San Pedro de Montes de Oca, veinticuatro de junio del
dos mil once.—Lic. Juan José Echeverría Brealey, Notario.—1
vez.—RP2011245154.—(IN2011050326).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de Almacén Fiscal y General El
Coco S. A., mediante la cual se modifica la cláusula sétima del pacto
social.—San Pedro de Montes de Oca, veintisiete de junio del dos mil once.—Lic.
Juan José Echeverría Brealey, Notario.—1 vez.—RP2011245155.—(IN2011050327).
El suscrito notario, Ernesto Alfaro Conde, carné número 15884, hace
constar que mediante escritura número ciento ochenta y uno, de las nueve horas
del día seis de junio del dos mil once, se constituye la sociedad anónima
denominada: Corporación Livinmar Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 28
de junio del 2011.—Lic. Ernesto Alfaro Conde, Notario.—1
vez.—RP2011245158.—(IN2011050328).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 19:00 horas del 21 de
junio del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
socios de Mister Doncito S. A., en la que se nombran nuevos presidente y
secretario por renuncia de los anteriores.—San José, 21 de junio del 2011.—Lic.
Ligia González Martén, Notaria.—1 vez.—RP2011245159.—(IN2011050329).
Por escritura otorgada
ante mi notaría, a las 10:00 horas del 21 de junio del 2011, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de socios de Tecnomédica S. A.,
en la que se modifica cláusula quinta del pacto social.—San José, 21 de junio
del 2011.—Lic. Ligia González Martén, Notaria.—1
vez.—RP2011245161.—(IN2011050330).
Por escritura otorgada ante
mi notaría, a las 11:00 horas del 21 d.e junio del 2011, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de Constructora Sánchez Vargas S.
A., en la que se modifica cláusula quinta del pacto social.—San José, 21 de
junio del 2011.—Lic. Ligia González Martén, Notaria.—1
vez.—RP2011245162.—(IN2011050331).
Por escritura otorgada ante
mi notaría, a las 14:00 horas del 21 de junio del 2011, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de Constructora Vivienda Soñada S.
A., en la que se nombra nuevo secretario por renuncia del anterior.—San
José, 21 de junio del 2011.—Lic. Ligia González Martén, Notaria.—1
vez.—RP2011245163.—(IN2011050332).
Jiménez Belinchon S. A. y Mundoforma
Construcciones Modulares S. A., modifican la cláusula segunda del
pacto constitutivo de Jiménez Belinchon Costa Rica S. A., con
cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil setecientos
sesenta y cinco. Cláusula segunda: domicilio social será en la provincia de San
José, cantón de San José, distrito Mata Redonda, Sabana Sur, de la Librería Universal,
ciento veinticinco metros al sur, contiguo a Sodexo, sin perjuicio de tener
sucursales, agencias o filiales dentro del país o en el exterior.—Lic. Flora
Virginia Alvarado Desanti, Notaria.—1 vez.—RP2011245164.—(IN2011050333).
Ante mí, Licenciado
Javier Carvajal Portuguez, a las diecisiete horas del veinte de junio del dos
mil once, se constituyó la sociedad Mi Cuatro Por Cuatro Blanco Con Extras
Dos Mil Doce Sociedad Anónima.—San José, veinte de junio del dos mil
once.—Lic. Javier Carvajal Portuguez, Notario.—1
vez.—RP2011245165.—(IN2011050334).
Por escritura pública otorgada en esta notaría, al ser las once
horas del veinticuatro de junio del dos mil once, la suscrita notaria,
protocolicé la constitución de la sociedad denominada Transportes Basan
Vegser Sociedad Anónima.—Naranjo, veintisiete de junio de dos mil
once.—Lic. Analive Matamoros López, Notaria.—1
vez.—RP2011245168.—(IN2011050335).
Por escritura pública otorgada a las diez horas y quince minutos del
veintisiete de junio del dos mil once, se protocolizó el acta de la sociedad Cruce
del Higuerón CHD Limitada, en escritura de las once horas
del veintisiete de junio del dos mil once, se protocolizó el acta de la
sociedad denominada tres-ciento uno-seiscientos siete mil ochocientos
cincuenta y tres sociedad anónima.—San José, veintisiete de junio del dos
mil once.—Lic. Kenneth Muñoz Ureña, Notario.—1
vez.—RP2011245169.—(IN2011050336).
Por escritura otorgada
ante mí, al ser las 12:00 horas del 24 de junio de 2011, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento
uno-quinientos treinta y cinco mil setecientos setenta y cuatro sociedad
anónima, cédula jurídica: con la misma numeración del nombre, donde: se
revoca el nombramiento del presidente, secretario, tesorero y fiscal y se
nombran nuevos.—San José, al ser las 7:00 siete horas del 27 de junio de
2011.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1
vez.—RP2011245171.—(IN2011050337).
Mediante escritura
otorgada en esta notaría, se constituyó la compañía Inversiones Marve de
Guanacaste Sociedad Anónima. Presidente: Marcelino Venegas Sánchez.
Domicilio: las Juntas de Abangares, Guanacaste.—23 de junio del 2011.—Lic.
Gonzalo Rodríguez Sabat, Notario.—1 vez.—RP2011245173.—(IN2011050338).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, de las diecisiete horas del veintitrés de junio del dos mil
once, se constituyó Grupo Asesores y Consultores T. H.
S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados
generalísimos. Capital social: cien mil colones. Plazo: noventa y nueve
años.—San José, 24 de junio del 2011.—Lic. Ana Gabriela Aguilar Sánchez, Notaria.—1
vez.—RP2011245174.—(IN2011050339).
Mediante escritura otorgada ante este notaría, a las 8:00 horas del
24 de junio de 2011, se modifican las siguientes cláusulas del pacto
constitutivo: la cuarta: del capital social: 10.000 colones representado por
10.000 acciones comunes y nominativas de un colón cada una. La quinta: del
Consejo de Administración: apoderados generalísimos sin límite de suma el
presidente y tesorero, actuando siempre juntos. Se hacen los siguientes
nombramientos presidenta: Patricia Ramírez Ugalde, tesorero: Jorge Gregorio
Barboza Retana. En la sociedad Centro Médico Curime S. A.—San
José, 24 de junio del 2011.—Lic. Gabriela Gómez Solera, Notaria.—1
vez.—RP2011245175.—(IN2011050340).
Transportes Loreto Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos tres mil seiscientos treinta y
siete, reforma pacto constitutivo mediante acta protocolizada a las dieciséis
horas del veintisiete de junio del dos mil once, ante el notario Víctor Julio
Herrera Bolaños.—Lic. Víctor Julio Herrera Bolaños, Notario.—1
vez.—RP2011245176.—(IN2011050341).
Ante mí, se
protocolizó acta número dos de asamblea general de socios de la sociedad E Y
Bet Trading de Centroamérica Sociedad Anónima y se nombra nuevo secretario,
notaría.—San José, veintiuno de junio del ano dos mil once.—Lic. Gloria Melania
Aguilar Plazaola, Notaria.—1 vez.—RP2011245177.—(IN2011050342).
Yo, Jorge Pacheco Castro, notario público, hago constar que por
escritura número 251, otorgada ante mí, a las 17:00 horas del día de hoy, se
constituyó la sociedad Import and Export Izquierdo Ltda, domiciliada en:
Limón, distrito Central, en las instalaciones del Hotel Big Boy, frente al
estadio de baseball Big Boy, contiguo a la estación de autobuses Mepe. Objeto:
comercio, agricultura, ganadería, prestación de servicios, importación,
exportación y la industria. Plazo social: 99 años contados a partir de hoy.
Capital social: cien mil colones, representado por cien cuotas, de mil colones
cada una. Representada por su gerente: Eduardo Izquierdo, único apellido por su
ciudadanía, con pasaporte estadounidense número: 431277476, casado dos veces,
empresario, vecino de Limón centro.—Turrialba, 24 de junio del 2011.—Lic. Jorge
Pacheco Castro, Notario.—1 vez.—RP2011245185.—(IN2011050343).
Por escritura número
doscientos cuarenta y uno y visible en el tomo sétimo de mi protocolo, se
constituyó Marwick Global Management S. A. Es todo.—San José, 27 de
junio del 2011.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1
vez.—RP2011245186.—(IN2011050344).
Ante esta notaría,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
denominada con su número de cédula jurídica: tres-ciento dos-seis dos siete
dos tres dos s. a., a las once horas del veintidós de junio del dos
mil once. Se modificó la cláusula sétima: de la administración. La sociedad
será administrada por un único gerente, será representante judicial y
extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Se
modifica la cláusula segunda, el domicilio de esta sociedad estará ubicado en
Playa Flamingo, Santa Cruz de Guanacaste, exactamente en Ferretería
Buenaventura, ubicada a quinientos metros al sur de la entrada a Playa
Potrero.—Lic. Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1
vez.—RP2011245187.—(IN2011050345)
Mediante escritura número setenta y dos, de las dieciséis horas del
primero de junio del dos mil once, Inversiones Transportistas Los Guidos
Sociedad Anónima. Reforma cláusula segunda del pacto constitutivo.
Presidenta: Ana Lorena Muñoz Álvarez.—San José, dieciséis de junio del dos mil
once.—Lic. Ehilyn Marín Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011245189.—(IN2011050346).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veinte de junio
del dos mil once, protocolicé acta de Ocean and Sun International Group
Limitada, de las catorce horas del diecisiete de junio del dos mil once,
mediante la cual se reformó la cláusula tercera.—Lic. Rolando González
Calderón, Notario.—1 vez.—RP2011245190.—(IN2011050347).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas cuarenta minutos
del día veinticuatro de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad
denominada Fisicultura Manantial Sociedad Anónima, capital social
totalmente suscrito y pagado mediante valores, domicilio en Aguas Zarcas de San
Carlos, Alajuela, objeto el comercio, la industria, la ganadería, la prestación
de servicios y todo fin lícito. Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Lic. Freddy Pérez Barrientos, Notario.—1
vez.—RP2011245192.—(IN2011050348).
Al ser las once horas
cuarenta minutos del veintidós de junio de dos mil once, procedo a protocolizar
el acta general de asamblea general extraordinaria de tres-ciento
uno-cuatrocientos ochenta y ocho mil ochocientos setenta y dos sociedad anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y ocho mil
ochocientos setenta y dos, en la cual se reforma la cláusula: primera de la
denominación, segunda del domicilio.—Liberia, veintidós de junio de dos mil
once.—Lic. Seidy Vanessa Ibarra Lanza, Notaria.—1 vez.—RP2011245193.—(IN2011050349).
A las catorce horas
del día dieciséis de junio y a las quince horas del diecisiete de junio del dos
mil once, ante mi notaría pública, se constituyeron las sociedades mediante las
escrituras números: 256-8 y 258-8 respectivamente, denominadas: B & R
Arrendamientos Industriales Sociedad Anónima y B & B Arrendamientos
Agrícolas Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones exactos. Plazo
social: noventa y nueve años. Domicilio social: Ciudad Quesada, San Carlos,
Alajuela. Representación judicial y extrajudicial: Presidente de la junta
directiva, de la misma manera, a las diez horas, doce horas y trece horas del
veintiuno de junio del dos mil once, mediante las escrituras números: 260-8,
262-8 y 263-8 se constituyeron respectivamente Inversiones Navarra C & M
Sociedad Responsabilidad Limitada, Grupo Piamonte C & M Sociedad
Responsabilidad Limitada e Inmobiliaria Lombardia C & M Sociedad
Responsabilidad Limitada. Capital social: cien mil colones exactos. Plazo
social: noventa y nueve años. Domicilio social: Ciudad Quesada, San Carlos,
Alajuela. Representación judicial y extrajudicial: gerente y al
subgerente.—Ciudad Quesada, 28 de junio del dos mil once.—Lic. Guillermo
Francisco Webb Masís, Notario.—1 vez.—RP2011245195.—(IN2011050350).
Protocolización de
acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento
uno-quinientos cincuenta y ocho mil ciento veintitrés sociedad anónima,
mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio, la cláusula
octava de la administración. Escritura otorgada a las ocho horas del veintitrés
de junio del dos mil once.—Lic. Luis J. Uribe Chaverri, Notario.—1
vez.—RP2011245196.—(IN2011050351).
Por escritura otorgada
ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad Posada González
S. A. Presidente: apoderado generalísimo. Domicilio: Mata Plátano,
Goicoechea. Capital social: Cien mil colones.—San José, veintisiete de junio de
dos mil once.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1
vez.—RP2011245206.—(IN2011050355).
Por escritura otorgada
ante mí el día de hoy, se ha protocolizado el acta número dos de asamblea
general extraordinaria de socios de Flor de Nefertem Limitada, cédula
jurídica tres-ciento dos-quinientos cuarenta y siete mil ciento dieciséis,
mediante la cual se reforma la cláusula cuarta de los estatutos, sobre el
objeto de la sociedad.—San José, 28 de junio de 2011.—Lic. Elías Enoc Márquez
Ayala, Notario.—1 vez.—RP2011245210.—(IN2011050356).
En escritura otorgada
ante el suscrito notario, número ocho, visible al folio seis frente del tomo
dieciséis del protocolo del suscrito notario; que es protocolización de acta de
asamblea general de socios de la empresa de nombre y número de cédula tres-ciento
uno-seicientos catorce mil sesenta y nueve s. a., cambia domicilio social.—Lic.
Marcos Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—RP2011245211.—(IN2011050357).
El suscrito Carlos
Mauricio Sierra Sánchez, notario público, hace constar que mediante la
escritura número ciento sesenta y seis, del veintisiete de junio del dos mil
once, se constituyó la sociedad denominada Cambindo de CR S. A., siendo
la apoderada Nubia Arce Jiménez.—San José, veintisiete de junio del dos mil
once.—Lic. Carlos Mauricio Sierra Sánchez, Notario.—1
vez.—RP2011245212.—(IN2011050358).
Por escritura otorgada
ante esta notaría a las quince horas del diecinueve de mayo del dos mil once,
se modificó la cláusula segunda del pacto social de la sociedad de esta plaza: Casa
de Ananda Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos noventa y siete mil seiscientos
cuarenta y cuatro, mediante la cual se modifica el domicilio social de la
sociedad.—San José, 19 de mayo del 2011.—Lic. Eduardo Eladio Guardia Rouillon,
Notario.—1 vez.—RP2011245214.—(IN2011050359).
Mediante escritura
número 13, otorgada a las 9:00 horas del día 27 de junio del año dos mil once,
ante la notaria Carla Baltodano Estrada, se constituyó la sociedad denominada MEC
Latinoamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada, por un plazo de cien
años y un capital de doce mil colones.—San José, 27 de junio del año 2011.—Lic.
Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2011245215.—(IN2011050360).
Ante mi notaría por
escrituras setenta y dos y setenta y tres se protocolizan actas número uno de
las sociedades 3-101-624682 S. A. y 3-101-624588 S. A., para modificar
la cláusula primera la primera se llamará Inversiones Textiles P-O-P-L-I-N
S. A. y la segunda Inversiones y Desarrollos Textiles Recortes y Telas
D-T-R-T-L S. A., la primera al ser las ocho horas del veinte de junio y la
segunda al ser las nueve horas del veinte de junio del dos mil once.—Lic.
Karolina Meléndez Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2011245217.—(IN2011050361).
Por escritura otorgada
ante mí, a las diecisiete horas del veintiuno de junio del dos mil once, el
señor Mike Lukowiecky Grunhaus y otros, constituyen sociedad anónima denominada
Janicarro Sociedad Anónima. Presidente: Mike Lukowiecky Grunhaus.—San
José, veinticuatro de junio del dos mil once.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís,
Notario.—1 vez.—RP2011245219.—(IN2011050362).
Ante esta notaría se
protocoliza acta donde se modifica cláusula primera, segunda y novena del pacto
constitutivo de la sociedad tres ciento uno-seiscientos ocho mil ochocientos
setenta y nueve s. a. Se nombra nueva junta directiva.—San Ramón, Alajuela,
veintisiete de junio de dos mil once.—Lic. Frineth M. Salas Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—RP2011245220.—(IN2011050363).
El suscrito notario
por escritura otorgada, a las catorce horas del veinticuatro de junio de dos
mil once se revoca nombramiento de tesorero, y se sustituye por Manuel Miguez
Carames, quien se nombra como apoderado generalísimo sin límite de suma. Se
modifica la cláusula sexta, y se le confiere al tesorero, facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, de la sociedad anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-quinientos noventa y siete mil ochenta y tres
sociedad anónima.—San José, 23 de junio del 2011.—Lic. Víctor Smith Hare,
Notario.—1 vez.—RP2011245221.—(IN2011050364).
José Adolfo Urbina
Pérez y Bayardo Urbina Castillo constituyen una sociedad innominada. Escritura
otorgada en San José, a las trece horas del veintisiete de junio del año dos
mil once, ante el notario: Luis Rodrigo Poveda Rubio.—Lic. Luis Rodrigo Poveda
Rubio, Notario.—1 vez.—RP2011245222.—(IN2011050365).
Asamblea general
extraordinaria de accionistas, de la sociedad The Snapping Turtle Unit
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y
siete mil novecientos veinte, celebrada a las nueve horas del veinticuatro de
junio del dos mil once, en el domicilio social de la sociedad y según consta en
el libro de Asambleas Generales que para tales efectos lleva la sociedad, se
acordó modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad. Es
todo.—Dominical de Osa, Puntarenas, 27 de junio del 2011.—Lic. José Miguel León
Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011245223.—(IN2011050366).
Asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad The Crab Eating Raccon Unit
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos mil
trescientos sesenta y seis, celebrada a las ocho horas del veinticuatro de
junio del dos mil once, en el domicilio social de la sociedad y según consta en
el libro de Asambleas Generales que para tales efectos lleva la sociedad, se
acordó modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad. Es
todo.—Dominical de Osa, Puntarenas, 27 de junio del 2011.—Lic. José Miguel León
Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011245224.—(IN2011050367).
Por escritura otorgada
a las 14:00 horas del 31 de mayo del 2011, se constituye Publi-Cos Grupo
Najrod Sociedad Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1
vez.—RP2011245225.—(IN2011050368).
El suscrito notario
público, Wilber Jiménez Jiménez, hace constar que en escritura número
doscientos setenta y uno, visible a folio ciento cincuenta y seis frente del
tomo primero de mi protocolo, otorgada a las once horas del veintidós de junio
del dos mil once, se constituyó la sociedad Ticos Shortstackers Limitada,
pudiéndose abreviar el aditamento como Ltda.—Garabito, veintidós de junio del
dos mil once.—Lic. Wilber Jiménez Jiménez, Notario.—1
vez.—RP2011245227.—(IN2011050369).
Ante este notario
mediante escritura número: ciento sesenta y cuatro, del tomo treinta y seis de
las once horas del día veintiocho de junio del dos mil once se constituye la
sociedad denominada: Uniformes Industriales Facoma JERL Del Guarco Sociedad
Anónima. Es todo.—Cartago, veintiocho de junio del dos mil once.—Lic. José
Ángel Piedra Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011245229.—(IN2011050370).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con resolución RMT-1720-2011
de las nueve horas del día 31 de mayo del 2011, La Ministra de Trabajo y
Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-751-2011,
de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 31 de marzo del 2011, de la Junta de Pensiones e
Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión de Guerra incoadas por
Piedra Mora Adelaida cc Eulalia Piedra Mora, cédula de identidad N° 1-358-007, a partir del día 01 de
abril del 2010; por la suma de veintiséis mil ochocientos noventa y siete
colones con cero céntimos (¢26.897,00); mensuales en forma vitalicia, sin
perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la
fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Sandra
Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña,
Directora.—1 vez.—RP2011244865.—(IN2011049871).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
ASESORÍA
JURÍDICA
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Se hace saber al señor Helge Haaversen
Samuelsen, en su condición de presidente de la sociedad Proyecto Hidroeléctrico
Dikis S. A.; que el Registro de Personas Jurídicas ha iniciado diligencia administrativa
de Oposición a instancia de la señora Julieta Bejarano Hernández, en calidad de
apoderada generalísima sin límite de suma del Instituto Costarricense de
Electricidad, con la finalidad de investigar si la inscripción de la referida
sociedad transgrede el numeral 29 de la
Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, toda vez que el
Instituto gestionante es titular del derecho marcario “DIQUÍS”, registrado bajo
el Nº 195754. En tal sentido, se le confiere audiencia por el plazo de quince
días hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación
del presente edicto, a efecto de que dentro del plazo indicado, presente los
alegatos que al derecho de su representada convenga. Se le previene que en el
momento de ser notificado mediante el presente edicto o dentro del tercer día,
debe señalar lugar o medio para atender notificaciones de este Despacho, dentro
del perímetro de la ciudad de San José, bajo el apercibimiento de que si no lo
hace las resoluciones que se dicten se le tendrán por notificadas veinticuatro
horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido
imposibilita la notificación por causas ajenas a este Despacho, o bien, si el
lugar señalado no existe, permanece cerrado, su dirección es imprecisa,
incierta o inexistente. Lo anterior, de conformidad con el artículo 92 y
siguientes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº
26771-J de 18 de marzo de 1998 y sus reformas. (Ref. Exp. Nº
RPJ-010-2011).—Curridabat, 14 de junio del 2011.—Departamento de Asesoría
Jurídica.—Lic. Yolanda Víquez Alvarado, Coordinadora.—(IN2011050017).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber al señor Alberto Gerardo Rodríguez Herrera, cédula Nº
2-0369-821, que en este Registro se ventila diligencias administrativas bajo
expediente 2011-430-RIM. Con el objeto de cumplir con el principio
constitucional del debido proceso, por resolución de las 14:00 horas del 21 de
junio del año 2011, se autorizó la publicación por una vez de un edicto para
conferirle audiencia a la sociedad mencionada en la persona de su
representante, por el término de quince días contados a partir del día
siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de
que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga.
Y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe
señalar medio, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de
conformidad con los artículos 22 y 26 del Reglamento Organizacional del Registro
Inmobiliario, Decreto Ejecutivo Nº 35509-J; bajo apercibimiento de que, de no
cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas
veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el
lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los
artículos 22 y 26 del Reglamento de la materia y 11 de la Ley Nº 8687 (que es Ley de
Notificaciones Judiciales). Notifíquese. (Ref. Exp. 2011-430-RIM).—Registro
Inmobiliario, División Registral.—Curridabat, 21 de junio del 2011.—Lic. Joe
Herrera Carvajal, Asesor Jurídico.—1 vez.—O. C. Nº 11-0024.—Solicitud Nº
0971.—C-13520.—(IN2011049661).
Se hace saber a:
Carlos Andrés Rivera Noreña, cédula residencia 117000239012, propietario
registral de la finca del partido de Cartago 208666, que en este Registro
Inmobiliario se iniciaron Diligencias Administrativas de oficio bajo el
expediente 135-2011-RIM, por la supuesta doble inmatriculación de las fincas
del partido de Cartago fincas 208667, 208666, que publicitan el plano
catastrado C-l 157337-2007. En virtud de lo denunciado esta Asesoría, mediante
resolución de las 13:00 horas del 24/02/2011, se ordenó consignar advertencia
administrativa sobre la finca del partido de Cartago 208667 y resolución de las
10:00 horas del 04/04/2011, se ordenó consignar advertencia administrativa
sobre la finca del partido de Cartago 208666. Mediante resolución de las 11
horas del 04/03/2011, se brindó audiencia de ley a las partes, siendo que fue
devuelto el certificado de correos *RR032066215C4*, dirigido a esta persona,
con la indicación de: “desconocido”, con el fin de cumplir con el debido
proceso, por resolución de las 10 horas del 09/06/2011, se autorizó la
publicación por única vez, para conferirle audiencia a la persona indicada,
contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el
Diario Oficial La Gaceta;
a efecto de que dentro del dicho término presente los alegatos que a sus
derechos convenga y se le previene: que dentro del término establecido para la
audiencia, debe señalar facsímil o correo electrónico, conforme el artículo 26
del Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario, que es Decreto
Ejecutivo Nº 35509-J, del 13 de setiembre publicado en La Gaceta Nº 198,
bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se
tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual
consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya
no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de
Documentos en el Registro Público Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas,
el artículo 11 de la Ley
de Notificaciones Judiciales Nº 8687 vigentes a esta fecha, en correlación con
el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese: (Referencia Exp. Nº
135-2011-RIM).—Curridabat, nueve de junio de dos mil once.—Lic. Ruth Espinoza
Miranda, Asesoría Jurídica Registro Inmobiliario.—1 vez.—O. C. Nº
11-0024.—Solicitud Nº 0970.—C-18020.—(IN2011049662).
Se hace saber a
los señores José Ángel Maximino Gutiérrez Villareal, cédula Nº 5-206-812 en su
condición de propietario del plano catastrado número Guanacaste 1210924-2007 y
Juan Bautista Medina Reyes cédula 5-043-582. En su condición de propietario del
plano catastrado número Guanacaste 691401-1987. Que en este Registro se
iniciaron diligencias administrativas de oficio, para investigar la inscripción
de los planos de su propiedad supra señalados, por cuanto existe un traslape
documental entre ambos; y con el objeto de cumplir con el principio
constitucional del debido proceso, por resolución de las quince horas del
veinte de junio de dos mil once, se autorizó la publicación por una única vez
de un edicto para conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el
término de quince días contados a partir del día siguiente de la última
publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta”; a efecto de
que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convenga,
y se les previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe
señalar facsímil o correo electrónico, conforme el artículo 26 del Reglamento
de Organización del Registro Inmobiliario, que es Decreto Ejecutivo Nº 35509-J,
del 13 de setiembre, publicado en La Gaceta Nº 198, bajo apercibimiento, que de
no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas
veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el
lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los
artículos 20 y 21 de la Ley
Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público N°
3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, el artículo 11 de la Ley de Notificaciones
Judiciales Nº 8687 vigente a esta fecha, en correlación con el artículo 185 del
Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia Exp. Nº
617-2011-RIM).—Curridabat, 20 de junio del dos mil once.—Lic. Ana Lorena Sáenz
Jiménez, Asesora Jurídica Registro Inmobiliario.—1 vez.—O. C. Nº
11-0024.—Solicitud Nº 0969.—C-19820.—(IN2011049663).
SUCURSAL
EN CIUDAD NEILY
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
El
suscrito Jefe Administrativo de la
Sucursal de la Caja Costarricense del Seguro Social de Ciudad
Neily, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en
el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por
publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se detalla de conformidad
con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La
institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar su
situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se
dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal.
El monto adeudado se refleja al 16 de junio de 2011 y puede contemplar periodos
que ya poseen firmeza administrativa.
Nº Patronal
|
Nombre del Patrono
|
Monto
|
0-00603040755-001-001
|
Acuña Martínez Jimmy
|
141,157.00
|
2-03101563470-001-001
|
Agrícola e Industrial
Gutiérrez y Zúñiga Sociedad Anónima
|
896,677.00
|
2-03101213245-001-001
|
Aserradero Santa Cecilia
Sociedad Anónima
|
10,384.00
|
0-00104230903-002-001
|
Bermúdez Cruz Guillermo
|
194,216.00
|
9-00232766003-001-000
|
Chamorro Molina Yolanda
Antonio
|
14,213.00
|
2-03101219344-001-001
|
Expopalma de Costa Rica
Sociedad Anónima
|
7,871.00
|
2-03101164923-001-001
|
Frutas de Exportación
Sociedad Anónima
|
6,309,598.00
|
2-03101189806-001-001
|
Multividrios del Sur
Sociedad Anónima
|
847,992.00
|
2-03101497151-001-001
|
Neal AGK Sociedad Anónima
|
2,412.00
|
2-03102176990-001-001
|
Transportes Hannia &
Silvia S R L
|
187,667.00
|
0-00203380766-001-001
|
Víquez Picado Jeannette
|
8,884.00
|
Gerencia Financiera.—Unidad Gestión de Cobros.—Lic.
Abelardo Zamora Atencio, Administrador.—(IN2011049248).
GERENCIA
FINANCIERA
DIRECCIÓN
DE COBROS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
El suscrito Jefe del Área Gestión de Cobro a
Trabajadores Independientes de la Dirección de Cobros, Oficinas Centrales de la Caja Costarricense
de Seguro Social, mediante el presente edicto se procede a efectuar la
siguiente notificación por publicación a los trabajadores independientes
incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y
241 de la Ley General
de Administración Pública. La institución le concede 5 días hábiles, para que
se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme
en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial; en la
vía civil, según corresponda. Se pueden contemplar períodos que ya poseen
firmeza administrativa. El monto de la deuda se refleja a las fechas indicadas
en el listado.
Cédula
|
Nombre
|
Monto
|
Monto
de la deuda al 13 junio 2011
|
2700099851
|
Acevedo Ramírez María Elena
|
¢148.423,00
|
104890805
|
Agüero Quesada Lorena
|
¢922.977,00
|
105640940
|
Aguilar Barboza Egerico
|
¢902.703,00
|
108460474
|
Aguilar Sandí Evelyn
Priscilla
|
¢134.985,00
|
16721160
|
Alamo Jiménez Jaime
|
¢92.578,00
|
15621727
|
Alemán Cerda Miguel Ángel
|
¢103.313,00
|
104710098
|
Alvarado Mora Gerardo
Alberto
|
¢104.177,00
|
103060449
|
Álvarez Fonseca Hernán
|
¢46.262,00
|
26522276
|
Álvarez Víctor Rosa
Argentina
|
¢94.704,00
|
18311284
|
Amaya Contreras Rafael
Alexander
|
¢74.015,00
|
109650987
|
Angulo Avendaño Shirley
|
¢697.680,00
|
108680691
|
Arce Calderón Ada Maribel
|
¢324.590,00
|
106470603
|
Arias Mora Jorge Arturo
|
¢95.652,00
|
1580098983
|
Ayala Noindicaotro Santiago
Antonio
|
¢103.313,00
|
109500731
|
Azofeifa Vargas Yesenia
|
¢27.807,00
|
1850102855
|
Berrios Estrada Janiel
Javier
|
¢116.231,00
|
113500291
|
Bonilla Mesén Jeison
|
¢73.778,00
|
17480229
|
Boninsegna Noindicaotro
Massimiliano
|
¢950.201,00
|
103930565
|
Bravo Madrigal Olga Damaris
|
¢95.652,00
|
800700911
|
Brito Méndez Natacha Paola
|
¢137.786,00
|
110150677
|
Calvo Badilla Gustavo
Adolfo
|
¢978.429,00
|
203800574
|
Calvo Hernández Eduardo
|
¢58.132,00
|
17223235
|
Cano Mora Fredy Antonio
|
¢103.313,00
|
105620806
|
Carballo Cabrera Giovanni
|
¢115.766,00
|
106060964
|
Carballo López Luis Alberto
|
¢95.652,00
|
1720101088
|
Castellón Morales Lionzo
|
¢94.704,00
|
16823079
|
Castro Jiron Víctor
Secundino
|
¢880.507,00
|
110840883
|
Castro López Daniela
|
¢1.893.939,00
|
112300315
|
Castro Solano Deiberth
|
¢393.805,00
|
108500668
|
Cerdas Godínez José Alberto
|
¢1.040.474,00
|
1800101034
|
Chavarría Vado Jimy
Alexander
|
¢103.313,00
|
112650694
|
Chaverri Parajeles Misael
Jesús
|
¢878.517,00
|
105940017
|
Chinchilla Meléndez Marvin
Gerardo
|
¢108.279,00
|
111850384
|
Colomer Cascante Eliot
|
¢950.201,00
|
108340957
|
Coronado Monge Laura
Patricia
|
¢810.076,00
|
106620003
|
Cruz Agüero Errol Darynn
|
¢167.349,00
|
110640677
|
Cruz Alvarado Andrés
|
¢1.137.426,00
|
700880937
|
Cruz Suárez Ana Isabel
|
¢95.652,00
|
18550177
|
Dávila Sánchez Geral
Antonio
|
¢103.306,00
|
18915243
|
Dávila Sequeira Roberto
Carlos
|
¢103.306,00
|
800680110
|
Dehais Ortiz Rosa Adriana
|
¢878.342,00
|
109910913
|
Delgado Delgado Freddy
|
¢95.644,00
|
110180841
|
Díaz Pérez Laura
|
¢28.255,00
|
28180349
|
Duarte Jiménez Raquel Del
Carmen
|
¢54.528,00
|
1700100796
|
Eddy Heriberto López
Noindicaotro
|
¢95.609,00
|
102470062
|
Elizondo Barrientos Rosaura
|
¢967.484,00
|
1720100977
|
Encarnación Figuereo Martín
|
¢111.912,00
|
17816021
|
Espinoza Álvarez Luis Noel
|
¢59.447,00
|
17481429
|
Espinoza Noindicaotro
Carlos Ulises
|
¢42.520,00
|
15424247
|
Espinoza Romero Pedro
Rosario
|
¢160.146,00
|
16022976
|
Espinoza Valle Octavio
|
¢785.199,00
|
501280951
|
Fajardo Fajardo Rogelio
|
¢142.825,00
|
17915643
|
Félix Antonio Castro Esquivel
|
¢58.634,00
|
112090623
|
Fernández Chaves Sharon
|
¢205.261,00
|
17710191
|
Flores González Emir
|
¢880.325,00
|
15622925
|
Freddy Rivas Noindicaotro
|
¢933.617,00
|
26425939
|
García García Damaris
Isabel
|
¢127.503,00
|
108600823
|
Garro Castro Evelyn Eugenia
|
¢95.628,00
|
18311725
|
González Dávila Francisco
Ramon
|
¢103.287,00
|
111780318
|
Gutiérrez Segura Esteban
Alonso
|
¢208.375,00
|
1780102048
|
Guzmán Soler Raynier
Michael
|
¢139.897,00
|
17915620
|
Hernández Méndez Isaías
|
¢95.628,00
|
1670100232
|
Hernández Ramírez Ernesto
José
|
¢111.896,00
|
103520679
|
Herrera Corrales Olga Marta
|
¢54.974,00
|
17020891
|
Jaime Delgadillo José
Antonio
|
¢129.108,00
|
2700099586
|
Javier Hiciano María Altagracia
|
¢110.417,00
|
105290878
|
Jiménez Elizondo Luis
Guillermo
|
¢949.850,00
|
106740422
|
Jiménez Hidalgo Hilda
|
¢72.970,00
|
28315994
|
Karina Isabel Ruiz Reyes
|
¢95.591,00
|
26520877
|
Laguna Matamoros María De
Jesus
|
¢54.657,00
|
111020126
|
Lara Vega Wendy Vanessa
|
¢880.000,00
|
1700101125
|
Leiva Rodríguez Wendell
Eliseo
|
¢95.609,00
|
108430747
|
López Padilla José Alberto
|
¢82.261,00
|
109830855
|
Madrigal Sancho Lizette
|
¢878.011,00
|
108060738
|
Madrigal Vargas William
|
¢54.657,00
|
16426828
|
Marin González José Antonio
|
¢992.853,00
|
26824199
|
Martínez Matamoros Norma
Del Carmen
|
¢95.609,00
|
16680846
|
Martínez Morales Francisco
Pedro
|
¢165.988,00
|
18073117
|
Martínez Sequeira Mario
José
|
¢103.266,00
|
1890102330
|
Martínez Silva Elmer David
|
¢95.609,00
|
108030123
|
Matamoros Sánchez Dinia
Gisselle
|
¢977.851,00
|
113260230
|
Mejía Naranjo Juliana
Marcela
|
¢856.486,00
|
27978678
|
Mena Padilla Kenya Merdedes
|
¢110.601,00
|
1650100641
|
Mercado Escobar Isabel José
|
¢88.548,00
|
103800647
|
Mesen Fernández Enrique
|
¢111.872,00
|
2830099491
|
Mojica Calderon Yasari De
Los Ángeles
|
¢139.869,00
|
17020863
|
Montano Reyes Mercedes
Antonio
|
¢27.110,00
|
110070205
|
Montenegro Arguedas Paula
|
¢337.552,00
|
106840629
|
Montero Sánchez Zaida
Felicia
|
¢879.990,00
|
17909095
|
Montiel Solorzano Erwin
Hanuar
|
¢933.799,00
|
401940655
|
Mora Arce Jean Carlo
|
¢92.385,00
|
107390421
|
Mora Campos Luis Gustavo
|
¢139.918,00
|
104420247
|
Mora Salazar Marco Antonio
|
¢249.652,00
|
502780661
|
Morales Navarro Emel
Abelardo
|
¢92.322,00
|
15622249
|
Muñoz García José Denis
|
¢103.266,00
|
1820102171
|
Muñoz Pavon Aron Francisco
|
¢103.266,00
|
2780100974
|
Murillo González Juan
Carlos
|
¢94.662,00
|
107200109
|
Navarro Cordero Luis
Antonio
|
¢107.088,00
|
110540515
|
Núñez Álvarez Maricela
|
¢95.609,00
|
17020902
|
Obando Martínez Héctor José
|
¢103.245,00
|
601370417
|
Ordóñez León Rafael Ángel
|
¢27.546,00
|
2710099299
|
Orozco Gallego Luz Marina
|
¢88.297,00
|
28218567
|
Pavon Pérez Fátima Del
Socorro
|
¢877.844,00
|
105010914
|
Peraza Soto María Gabriela
|
¢887.507,00
|
501310803
|
Pizarro Pizarro Alfredo
Evaristo Del Socorro
|
¢167.564,00
|
17810544
|
Polanco Corea Roberto
Carlos
|
¢949.469,00
|
27653504
|
Ponce Obando Mayra Carmen
|
¢98.948,00
|
1800102094
|
Racines Arroyo Julio Cesar
|
¢129.059,00
|
104980931
|
Ramírez Bolaños José Ángel
|
¢139.851,00
|
109050623
|
Ramírez Delgado Alberto
Manuel
|
¢141.772,00
|
110620844
|
Ramírez Díaz Jonathan
|
¢879.824,00
|
17280708
|
Ramírez Meneses Rodolfo
|
¢179.852,00
|
109800141
|
Ramírez Taylor Delmar
|
¢95.591,00
|
17119925
|
Ramírez Tercero Ricardo
José
|
¢933.617,00
|
2760100206
|
Ramos Hernández Martha
Antonia
|
¢95.591,00
|
112870331
|
Redondo Mesen Diana Liza
|
¢992.667,00
|
109050609
|
Rivas Guadamuz Raul
|
¢81.092,00
|
26920584
|
Rivas Ramírez María Ángela
|
¢877.844,00
|
25881607
|
Rivas Ruiz María Teresa
|
¢95.591,00
|
17181391
|
Rojas Mejía German Antonio
|
¢94.643,00
|
18373933
|
Romero Rocha Kelier
|
¢54.711,00
|
800850920
|
Ruiz Fierro Paola Leonor
|
¢213.365,00
|
501180440
|
Ruiz Matarrita Delmis
Aurora
|
¢18.657,00
|
110210537
|
Sabat Palma Yerik
|
¢101.220,00
|
113270558
|
Sáenz Zúñiga David
|
¢177.622,00
|
301700050
|
Salazar Bonilla María
Isabel
|
¢26.837,00
|
27523059
|
Sánchez Peralta Yadira
|
¢33.578,00
|
1660100399
|
SantaMaría Camarena Elgidio
Manuel
|
¢129.059,00
|
18180482
|
Segovia Salgado Joel
Alberto
|
¢111.851,00
|
17227025
|
Sequeira Chávez Iván
|
¢146.837,00
|
17612092
|
Sequeira Miranda Mario José
|
¢98.948,00
|
110330080
|
Smith Soto Paulo Elías
|
¢1.000.585,00
|
108840556
|
Solano Solano Andre
Mauricio
|
¢97.209,00
|
104350406
|
Soto Montero Juan Marcos
|
¢167.239,00
|
17781768
|
Suárez Álvarez José Antenor
|
¢81.366,00
|
28222111
|
Suárez Torres Yaime
|
¢98.948,00
|
25519614
|
Tellez Castillo María del
Socorro
|
¢81.964,00
|
16927491
|
Tellez Picon Humberton
Ramón
|
¢97.894,00
|
103901475
|
Umaña Aguilar Jeannette
|
¢95.469,00
|
602140423
|
Ureña Wong Álvaro
|
¢933.617,00
|
28420026
|
Useda De Gaitan Yesenia Del
Rosario
|
¢394.918,00
|
901040976
|
Vado López Ezequiel
|
¢239.114,00
|
202600009
|
Valerio Artavia Gonzalo
|
¢163.154,00
|
103550562
|
Valverde Fallas Jorge Luis
|
¢28.236,00
|
110380767
|
Valverde Polanco Jeffry
Stiven
|
¢929.052,00
|
26324563
|
Vanegas Pravias Reina
Soledad
|
¢95.591,00
|
16826987
|
Vega Vargas Jamilton José
|
¢103.245,00
|
2710099335
|
Viafara Ordoñez Jackeline
|
¢137.662,00
|
109770185
|
Villaplana Garita Karol
Ivannia
|
¢1.035.873,00
|
18176350
|
Zambrana Martínez Jorge
Rene
|
¢103.245,00
|
109830686
|
Zelaya Moreno Mónica
|
¢54.176,00
|
2850099812
|
Zheng Noindicaotro Baoping
|
¢160.801,00
|
701060433
|
Zúñiga Moya Kattia Eugenia
|
¢95.591,00
|
Monto
de la deuda al 14 de junio 2011
|
109490597
|
Abarca Montoya Alexader
|
¢27.575,00
|
16727701
|
Abdallah Im Khdour
|
¢1.405.770,00
|
109340122
|
Acuña Amador Federico
|
¢2.808.508,00
|
110820894
|
Acuña Chacón Andrey Antonio
|
¢831.532,00
|
109550694
|
Adriana Castro Umaña
|
¢54.690,00
|
111640570
|
Agüero Camacho Jonathan
|
¢136.435,00
|
106770572
|
Agüero Chaves Lucia
|
¢2.396.685,00
|
302380297
|
Agüero Echeverria Melania
|
¢29.437,00
|
1760101764
|
Aguilar Benavides Lester
Manuel
|
¢116.249,00
|
111050035
|
Aguilar Sancho Ronald
Esteban
|
¢245.245,00
|
107540816
|
Aguilera González Gabriela
|
¢14.944.219,00
|
109640658
|
Alemán Artavia Román
|
¢1.060.958,00
|
110630666
|
Alfaro Murillo Carlos
Ricardo
|
¢128.823,00
|
202930935
|
Alfaro Zamora Sonia María
|
¢828.898,00
|
205220225
|
Alpízar Campos José Fabio
|
¢1.967.300,00
|
110990241
|
Alvarado Gómez Hazel
|
¢30.208,00
|
110620865
|
Alvarado Jiménez Jorge Alberto
|
¢1.120.864,00
|
401210501
|
Arce Alpízar Viviana Lucia
|
¢1.365.665,00
|
112330452
|
Arias Flores Noemy
|
¢417.339,00
|
17319736
|
Arias Marin Hermo Luis
|
¢1.060.848,00
|
17222318
|
Artola Castillo Manuel De
Jesús
|
¢76.554,00
|
112980048
|
Balladares Silvia Luis
Ramón
|
¢661.457,00
|
303100370
|
Barboza Vargas Alexander
|
¢933.952,00
|
101820376
|
Barrientos Bolaños Aida
|
¢115.358,00
|
603280058
|
Barrientos Vargas Esteban
Alberto
|
¢1.599.326,00
|
303550637
|
Bazan Salazar Víctor Raúl
|
¢99.481,00
|
106980267
|
Brenes Chavarría Jorge
Arturo
|
¢103.329,00
|
205290122
|
Briceño Aguilar Lexan
|
¢1.262.595,00
|
109480664
|
Bustamente Coto Eduardo
Adonay
|
¢1.813.344,00
|
103981116
|
Cajina Espinoza Hilda María
|
¢97.213,00
|
108490488
|
Calderón Fonseca Luis
Fernando
|
¢163.291,00
|
103720252
|
Calderón García Fernando
|
¢127.879,00
|
26864321
|
Calderón Martínez Sonia Del
Carmen
|
¢40.642,00
|
105920170
|
Campos Núñez Enrique
Alberto
|
¢1.333.953,00
|
111280237
|
Cano Jiménez Silvia Maribel
|
¢183.335,00
|
16522175
|
Cano Ospina Alejandro
|
¢59.959,00
|
701670972
|
Carballo García Kattya
Mayela
|
¢95.548,00
|
16322974
|
Carballo López Cesar
|
¢118.030,00
|
18317207
|
Carlos Luis Morales Robles
|
¢1.011.221,00
|
109460515
|
Carmiol Barboza Catalina
|
¢1.657.945,00
|
204640327
|
Carranza Alfaro Roberto
|
¢1.707.223,00
|
500700497
|
Carranza Carvajal Homero De
Jesús
|
¢82.365,00
|
112680878
|
Cascante Cerdas Jenny María
|
¢1.230.793,00
|
105970711
|
Cascante Mena José Ramón
|
¢1.164.075,00
|
25862348
|
Castellon Requene María
Lourdes
|
¢103.329,00
|
108270418
|
Castrillo González Alfredo
|
¢177.777,00
|
502790883
|
Castro Campos Kattia Isabel
|
¢113.664,00
|
201910195
|
Cervantes Campos Álvaro
|
¢8.508.488,00
|
303310862
|
Cervantes Rodríguez Heiner
|
¢97.185,00
|
103590629
|
Chavarría Mora Jorge
Eduardo
|
¢56.504,00
|
110810434
|
Chaves Campos Henry Joan
|
¢103.329,00
|
106700311
|
Chaves Porras Carlos
Alberto
|
¢1.605.282,00
|
106420295
|
Cordero Jiménez Ana Eugenia
|
¢1.332.393,00
|
1770101761
|
Cordero Sicle Miles
|
¢129.164,00
|
202260880
|
Corrales Solís José Fabio
|
¢2.566.691,00
|
601400322
|
Cruz Angulo Kenneth
|
¢1.624.457,00
|
205790769
|
Cubillo Arce Tatiana María
|
¢1.476.490,00
|
1550098523
|
Denegri Noindicaotro
Gerardo Enrique
|
¢170.978,00
|
18325850
|
Díaz Medrano Wilver Javier
|
¢103.323,00
|
106040497
|
Díaz Rojas Olman Roberto
|
¢1.737.319,00
|
25419556
|
Espinoza Bonilla Rosa
Ángelina
|
¢1.179.571,00
|
16326297
|
Espinoza Obando Ariel
Joaquin
|
¢1.331.184,00
|
28020722
|
Espinoza Vásquez Marelyn
|
¢867.710,00
|
17222337
|
Estrada Romero José Miguel
|
¢625.216,00
|
107180359
|
Fallas Álvarez Hayder
Alberto
|
¢117.288,00
|
104600863
|
Fallas Jiménez Melvin
Antonio
|
¢27.570,00
|
111700928
|
Fernández Huertas Heilyn
Milena
|
¢23.435,00
|
107200793
|
Fernández Marin Olga
Yorleny
|
¢1.448.495,00
|
104070839
|
Feyth Escalante Juan
Alberto
|
¢230.075,00
|
17518634
|
Flores Poveda Francisco
José
|
¢104.392,00
|
110410241
|
Fonseca Flores Wilfredo
|
¢1.498.988,00
|
111740245
|
Fonseca Solís Brayan
Alberto
|
¢112.193,00
|
107810980
|
García Piñeres Alfonso
Javier
|
¢163.248,00
|
16125988
|
German Gustavo Meneses
Cubillos
|
¢1.330.659,00
|
17524633
|
Giraldo Prado Andres
|
¢1.345.740,00
|
16726994
|
González Posada José Alex
|
¢1.838.131,00
|
501160342
|
González Ruiz Gerardo
Arturo
|
¢152.122,00
|
108540341
|
Granados Cordero Marcos
|
¢1.220.068,00
|
601760638
|
Guadamuz Corea Jacqueline
|
¢94.698,00
|
701680243
|
Hernández Cubillo William
Francisco
|
¢29.296,00
|
104360261
|
Hernández González Sandra
|
¢80.979,00
|
112160576
|
Herrera Díaz Jeffrey
Enrique
|
¢129.134,00
|
108190270
|
Herrera Raven Francisco
José
|
¢1.836.681,00
|
16226607
|
Heung Chul Lim Noindicaotro
|
¢132.545,00
|
14110514
|
James Harry Bray
Noindicaotro
|
¢2.108.864,00
|
113050004
|
Jiménez Álvarez Jenier
|
¢690.562,00
|
17027054
|
John Gilbert Valencia
Noindicaotro
|
¢1.087.843,00
|
110130730
|
Lao Araya Manfred
|
¢104.158,00
|
2850100286
|
Lira González Nancy Gabriela
|
¢173.783,00
|
113790680
|
López Aroca Jared Samir
|
¢137.712,00
|
27323026
|
López López Gloria María
|
¢1.204.624,00
|
16422074
|
Luis Fernando Gómez López
|
¢1.488.772,00
|
18118768
|
Machado García Leonel
|
¢104.146,00
|
112020881
|
Maciel Brenes Ricardo
Enrique
|
¢95.625,00
|
106850467
|
Madrigal Rojas María
Hortensia
|
¢170.635,00
|
27418325
|
Manzanarez Quirós Berta
|
¢962.130,00
|
800840222
|
Marco Antonio Quejada
Jiménez
|
¢2.763.903,00
|
15627459
|
Martínez Navarro Jony José
|
¢1.494.362,00
|
1700100578
|
Mayorquin Estrada Enrique
José
|
¢103.284,00
|
26630352
|
Mejía Castaño Susana
|
¢1.510.064,00
|
20500846
|
Mena Gómez Carlos Enrique
|
¢64.951,00
|
112700125
|
Mena Muñoz Roberto Francisco
|
¢48.168,00
|
15320118
|
Mesa Mesa José Edilberto
|
¢1.827.591,00
|
106730647
|
Molina Monge Guadalupe
|
¢13.184,00
|
602100558
|
Montoya Bermúdez Ángel
Enrique
|
¢1.174.812,00
|
110090968
|
Montoya Bonilla Marlen Del
Rocio
|
¢108.879,00
|
109830301
|
Montoya Villalobos Arlen
|
¢1.008.556,00
|
109060214
|
Mora Aguilar Nelson
Mauricio
|
¢1.782.097,00
|
105850469
|
Morales Madriz Damaris
|
¢1.927.536,00
|
16721181
|
Moreno Zamora José Noel
|
¢94.678,00
|
110760608
|
Moya Sevilla Marco Antonio
|
¢2.001.882,00
|
109400077
|
Muñoz Barrionuevo Cristian
José
|
¢886.436,00
|
107670650
|
Naranjo Astua Rafael Ángel
|
¢207.900,00
|
1850102866
|
Narvaez Rivera Miguel
Antonio
|
¢29.286,00
|
2610095154
|
Olano Sánchez Doris
Jeannette
|
¢128.739,00
|
16522942
|
Orrego Vásquez Carlos Mario
|
¢1.384.934,00
|
17219944
|
Ortiz González Domingo
Antonio
|
¢113.592,00
|
105670513
|
Ovares Cruz Rodrigo Alberto
|
¢163.183,00
|
105330743
|
Ovares Delgado Dagoberto
|
¢70.770,00
|
17913242
|
Peña Peña Jorge
|
¢1.091.408,00
|
109140634
|
Pérez Castro Yesenia
|
¢95.607,00
|
111280371
|
Pérez Fuentes Leonidas
|
¢129.081,00
|
25281956
|
Pérez Gutiérrez Elena Del
Rosario
|
¢92.339,00
|
108740135
|
Porras Solís Luis Fernando
|
¢1.446.223,00
|
800830736
|
Punongbayan Romero Roberto
José
|
¢2.411.542,00
|
1840102686
|
Quant Castrillo Edgar José
|
¢103.264,00
|
103560570
|
Quesada Cerdas Rubén Arturo
|
¢1.835.550,00
|
204910412
|
Quesada Gómez Christian
Rafael
|
¢1.330.502,00
|
104940387
|
Quesada Jiménez Randall
|
¢118.643,00
|
601630769
|
Quesada Núñez Eligio
|
¢147.060,00
|
16600771
|
Quintana Noindicaotro
Silvio José
|
¢113.592,00
|
502500978
|
Quirós Larios Juan Carlos
|
¢135.907,00
|
203730250
|
Quirós Mejía Heriberto
|
¢325.466,00
|
111300082
|
Quirós Murcia Erick Daniel
|
¢113.592,00
|
700670761
|
Quirós Ramírez Gilber
Danilo
|
¢99.827,00
|
2820098249
|
Ramírez Enciso Lola Marcela
|
¢110.593,00
|
104760866
|
Ramírez Guillen Roberto
|
¢1.639.539,00
|
17722030
|
Ramírez Rodríguez Marcos
Antonio
|
¢103.264,00
|
108790510
|
RÁngel Dinarte Oscar
Eduardo
|
¢897.447,00
|
28220624
|
Rocha Bermúdez Rosa Lilliam
|
¢110.599,00
|
17910871
|
Rocha Hurtado José Ramon
|
¢41.118,00
|
16222191
|
Rodríguez Tellez José
Miguel
|
¢103.264,00
|
105530331
|
Rohrmoser Zúñiga Annabella
|
¢1.949.480,00
|
109220634
|
Rojas Cespedes Ronald Isaac
|
¢979.171,00
|
104500680
|
Rojas Chinchilla Carlos
Alberto
|
¢1.733.263,00
|
301500698
|
Rojas Zamora Nautilio
|
¢26.174,00
|
15680972
|
Romero Vargas Silvio
|
¢885.880,00
|
14714384
|
Rosales Meléndez Miguel
Ángel
|
¢1.264.250,00
|
111670110
|
Ruiz Artavia Laura Patricia
|
¢26.788,00
|
18362748
|
Ruiz Noindicaotro Mario
Humberto
|
¢94.659,00
|
108470176
|
Salas Mora José
|
¢137.686,00
|
108600217
|
Salas Vega Lisandro
|
¢120.475,00
|
900700408
|
Salazar Castro Víctor Ángel
|
¢921.315,00
|
108360295
|
Salazar Moreira Álvaro
|
¢94.659,00
|
601880237
|
Sánchez Barrantes Carmen
Cecilia
|
¢103.264,00
|
104640240
|
Sánchez Castro Juan
Bautista
|
¢1.762.128,00
|
301880272
|
Sánchez Coto Soledad
|
¢81.832,00
|
110060370
|
Sánchez Montero Francia Marina
|
¢962.257,00
|
109510236
|
Sandí Murray Jeffry
|
¢1.271.106,00
|
107920147
|
Sandino Soto Gustavo Isidro
|
¢1.845.238,00
|
2820098315
|
Sandoval Gutiérrez Rocío
|
¢98.965,00
|
800720472
|
Sanguinetti Cabezas
Giancarlo
|
¢1.098.358,00
|
701660516
|
Sarmiento Quesada Jorge
Arturo
|
¢111.869,00
|
105890898
|
Segura Sansilvestre Rafael
Ángel
|
¢772.128,00
|
104580457
|
Semeraro Fabbrichesi
Maríanna
|
¢1.650.867,00
|
111570171
|
Severino Mora José
Guillermo
|
¢1.071.176,00
|
107580585
|
Solano Castro Marjorie
|
¢1.433.171,00
|
109730423
|
Solano Navarro Gustavo
Alonso
|
¢123.301,00
|
103400272
|
Solís Guillen Dagoberto
|
¢66.220,00
|
108260037
|
Solís Lara Ana Patricia
|
¢918.815,00
|
401050255
|
Solís Ramírez José Eduardo
|
¢1.078.356,00
|
111520687
|
Soto Alarcon David Rodolfo
|
¢1.084.659,00
|
108000413
|
Soto Cruz Luis Guillermo
|
¢1.031.790,00
|
109450876
|
Soto Soto Criss Paulino
|
¢1.142.708,00
|
17228147
|
Torres Alzate Juan Alberto
|
¢1.433.171,00
|
206220567
|
Torres Quirós Erika Torres
Quirós
|
¢1.243.512,00
|
16920632
|
Treminio Jarquín Rene
Alberto
|
¢222.522,00
|
17816152
|
Ugalde Ibarra Justo Daniel
|
¢82.971,00
|
108680172
|
Ugarte Ulate Ahmed Alonso
|
¢1.361.151,00
|
103240160
|
Umaña Bermúdez Miguel Ángel
|
¢1.110.649,00
|
106540792
|
Umaña Rojas Gerardo Antonio
|
¢1.028.549,00
|
24982253
|
Urbina Miranda Ninotzka
|
¢1.465.484,00
|
109290643
|
Ureña Vásquez Carlos
Roberto
|
¢1.844.958,00
|
15723686
|
Vallejo Henao Hernan
|
¢49.082,00
|
104970504
|
Valverde Arias Rafael Ángel
|
¢918.833,00
|
900260447
|
Vargas Elizondo Julio Cesar
|
¢908.894,00
|
109190149
|
Vargas Fernández Alex
Alberto
|
¢1.892.705,00
|
16722695
|
Vargas Lagos Noel Ángel
|
¢918.833,00
|
1910099751
|
Vargas Mendoza Humberto
Antonio
|
¢98.965,00
|
104750016
|
Vargas Rodríguez Manuel De
Jesus
|
¢925.372,00
|
114760691
|
Vargas Solís Kimberly De
Los Ángeles
|
¢95.607,00
|
900970729
|
Vega Hidalgo Ronald
|
¢1.310.723,00
|
18412127
|
Velásquez Olivas Neskui
Leonel
|
¢1.286.420,00
|
202720542
|
Venegas Gómez José Luis
|
¢113.592,00
|
106070506
|
Venegas Ulate Luis Diego
|
¢950.010,00
|
108390392
|
Villalobos Barquero María
Isabel
|
¢1.619.561,00
|
110140081
|
Vindas Lippa Kenneth Andrés
|
¢112.244,00
|
104400559
|
Vitola Mauro Marcela
|
¢29.699,00
|
800560825
|
Vul Galperin Monica Alicia
|
¢47.082,00
|
17124357
|
Wu Noindicaotro Runzhi
|
¢111.376,00
|
27422261
|
Yepes García Olga Patricia
|
¢920.561,00
|
16121980
|
Yrigoyen Tortolero Cipriano
José
|
¢1.840.907,00
|
112550964
|
Zamora Castro Krissia María
|
¢203.981,00
|
16281996
|
Zapata López Erick
Francisco
|
¢120.475,00
|
106310232
|
Zeledón Acuña Oscar
Fernando
|
¢75.977,00
|
111180515
|
Zumbado Fallas Gerardo de
Jesús
|
¢991.827,00
|
110200365
|
Zúñiga Blanco Lena
|
¢26.134,00
|
900960040
|
Zúñiga Monge Erick
Francisco
|
¢1.888.276,00
|
Monto
de la deuda al 15 de junio 2011
|
107800431
|
Abarca Villalobos Siony
Patricia
|
¢176.370,00
|
109830581
|
Acosta Rojas Jonathan
|
¢107.082,00
|
104970435
|
Agüero Badilla Renelio
Danilo
|
¢856.552,00
|
107810650
|
Agüero Fernández José
Francisco
|
¢20.822,00
|
800830186
|
Aguilar Álvarez Rolando
Alberto
|
¢1.253.848,00
|
112430732
|
Alfaro Vásquez Marlon Jesus
|
¢826.933,00
|
107530415
|
Altamirano Castro Marco
Aurelio
|
¢1.311.106,00
|
106580390
|
Alvarado Campos Rey Manuel
|
¢718.670,00
|
600700202
|
Amador Sánchez Hector
Felipe
|
¢2.076.212,00
|
18259270
|
Amoretty Talavera José
Esteban
|
¢972.803,00
|
800510512
|
Aragon Rocha Ada Keila
|
¢27.534,00
|
401610768
|
Araya Rodríguez Gilbert
|
¢134.603,00
|
111360743
|
Artavia Fallas Ricardo José
|
¢782.949,00
|
111330333
|
Artavia Morales José Andree
|
¢163.320,00
|
110880995
|
Astúa Vindas Andrés
Alejandro
|
¢335.204,00
|
28120177
|
Avendaño Martínez Eveling
Georgina
|
¢54.767,00
|
103390559
|
Badilla Mora Juan Ramón
|
¢95.992,00
|
701190932
|
Barboza Ruiz Flora
|
¢68.479,00
|
104980032
|
Barquero Araya Lilliana
|
¢2.578.725,00
|
110130697
|
Betancourt Prado Manfred
|
¢814.137,00
|
17810618
|
Blanco Barrios Melvin
Antonio
|
¢814.137,00
|
301770884
|
Blanco Solano Francisco
|
¢167.408,00
|
110340071
|
Blanco Tenorio Stefannie
|
¢1.054.211,00
|
1600099343
|
Bolaños Duarte Ismael
Emilio
|
¢94.736,00
|
15820644
|
Bolaños García Francisco
José
|
¢55.144,00
|
16821862
|
Bonilla Velásquez Álvaro
José
|
¢1.511.167,00
|
27718733
|
Caldera Martínez Claudia
María
|
¢814.137,00
|
1660100389
|
Calero Machado Carlos
|
¢94.736,00
|
501441130
|
Camareno Angulo Flor De
María
|
¢1.046.300,00
|
25900064
|
Campos García Fatima Del
Socorro
|
¢85.375,00
|
105790529
|
Carazo Ulloa Alejandro
Alberto
|
¢1.583.137,00
|
103780636
|
Cárdenas García Rafael
Alberto
|
¢28.269,00
|
17680164
|
Carlos Lico Osorio Verdecia
|
¢3.789.399,00
|
106150807
|
Carpio Zúñiga Rafael
Antonio
|
¢97.560,00
|
16526299
|
Carrera Rocha Joao Carlos
|
¢95.684,00
|
16223613
|
Carrillo Moore Sergio
Rafael
|
¢979.117,00
|
104390598
|
Castillo Quesada Patricia
|
¢576.777,00
|
109300645
|
Castro Mora Hellen Tatiana
|
¢893.637,00
|
104480844
|
Cedeño Herrera Alexis
|
¢155.152,00
|
303600429
|
Chacon Cordero Luis
Guillermo
|
¢856.552,00
|
204620816
|
Chaves Sancho Elizabeth
|
¢826.933,00
|
104870489
|
Chinchilla Aguilar Arturo
|
¢976.668,00
|
103981119
|
Chinchilla Cartin Luis
Eduardo
|
¢1.046.871,00
|
17019657
|
Corea Matus Marvin José
|
¢148.472,00
|
1770101733
|
Correa López Leonardo Fabio
|
¢49.491,00
|
601430015
|
Cortes Suárez Roger Antonio
|
¢26.724,00
|
2700099820
|
Cortez Díaz Aracely Elizabeth
|
¢94.736,00
|
105090523
|
Cubillo Burgos María Elena
|
¢26.153,00
|
105650555
|
Delgado Fernández Elias
|
¢1.109.092,00
|
27025417
|
Díaz Díaz Aura Lidia
|
¢40.982,00
|
502710741
|
Díaz Obregón William
Rodolfo
|
¢82.113,00
|
1700100752
|
Escobedo Chapman Lazaro
José
|
¢73.800,00
|
108640014
|
Espinoza Delgado José Luis
|
¢538.593,00
|
108500488
|
Espinoza Sancho Mauricio
|
¢49.491,00
|
601680323
|
Fallas Fernández Guillermo
|
¢1.037.418,00
|
205590590
|
Gallo Guevara Hermes José
|
¢147.472,00
|
105860337
|
Gamboa Delgado Lucas
|
¢2.272.528,00
|
2920097974
|
García Najares Josseling
Gabriela
|
¢54.142,00
|
205920908
|
García Reyes Yerlin
|
¢68.824,00
|
106200681
|
García Sandí Roy Gilberto
|
¢399.616,00
|
28020628
|
García Tellez Silvia Elena
|
¢54.683,00
|
26823829
|
Garzon Bautista Ángela
Cleotilde
|
¢95.660,00
|
27218024
|
Gómez Gutiérrez María
Simona
|
¢95.539,00
|
17715842
|
González Merlo Jorge Nohel
|
¢1.715.585,00
|
17880594
|
González Muñoz Guido
Mauricio
|
¢27.570,00
|
203580791
|
Guevara Cerdas Vidal
|
¢99.453,00
|
27421384
|
Guido Aburto Gladys
|
¢349.308,00
|
502030052
|
Guido Espinoza José Luis
|
¢1.353.811,00
|
17616810
|
Gutiérrez García Odilio
Jesús
|
¢94.713,00
|
900760586
|
Guzmán Arias Luis
|
¢167.365,00
|
109430576
|
Herrera Zúñiga Kattia
|
¢57.078,00
|
17027178
|
Jeanfrancois Noindicaotro
Jonas
|
¢221.342,00
|
111410320
|
Jiménez Cabezas Silvia
Gabriela
|
¢111.633,00
|
26425066
|
Jiménez Noindicaotro
Guadalupe Dionisa
|
¢95.660,00
|
104151466
|
Jiménez Varela Kenneth
|
¢108.525,00
|
900920511
|
Kearney Molina Gregory
Richard
|
¢1.970.865,00
|
203400197
|
Lara García Víctor Manuel
|
¢871.962,00
|
108920562
|
Leiva Icaza Damaris
|
¢1.330.102,00
|
112540729
|
León Hernández Rebeca María
|
¢95.640,00
|
26427473
|
Lira Lira Reyna Isabel
|
¢349.250,00
|
1860102361
|
Lombana Moreno Marco Andreo
|
¢48.177,00
|
104630524
|
López Badilla Frankiln
Diego
|
¢2.896.389,00
|
111740467
|
López Cerdas Jennifer
Andrea
|
¢1.219.957,00
|
17681894
|
López Ernesto Román
|
¢138.768,00
|
204810915
|
López Fletes Maura
|
¢2.225.777,00
|
800560262
|
López Rodríguez Mario José
|
¢122.390,00
|
16824436
|
López Sequeira Ariel
Alberto
|
¢94.696,00
|
800920637
|
Lorlister García Valencia
|
¢276.123,00
|
19125651
|
Luna Maltez Luis Miguel
|
¢103.304,00
|
17326151
|
Luna Turcios Genaro Osmir
|
¢1.243.946,00
|
111120962
|
Madrigal Castillo Jonathan Isaac
|
¢843.676,00
|
26121371
|
Mairena Álvarez Rosa Dina
|
¢29.450,00
|
110220320
|
Mairena Arce Jonathan
Esteban
|
¢1.450.456,00
|
109420755
|
Marin Varela Ricardo
|
¢68.449,00
|
26421177
|
Martínez Arias María
Soledad
|
¢893.115,00
|
111860591
|
Martínez Ledezma Juan
Carlos
|
¢170.574,00
|
1770100198
|
Martínez Martínez Bismar
|
¢94.696,00
|
28007934
|
Martínez Martínez Geysi
|
¢95.640,00
|
18017933
|
Martínez Paramo Jairo
Antonio
|
¢94.696,00
|
17219573
|
Martínez Sánchez Isaías
Rodolfo
|
¢856.093,00
|
111230145
|
Mata Wilson Ana Marcela
|
¢1.105.407,00
|
501010976
|
Matarrita Baltodano Ana
María
|
¢56.844,00
|
901100931
|
Medrano Cruz Yobanca
Tatiana
|
¢511.865,00
|
104890332
|
Meléndez Salazar German
Javier
|
¢880.565,00
|
600990402
|
Mendoza Torres José Luis
|
¢1.048.892,00
|
106770963
|
Miranda Serrano Francisco
|
¢17.000,00
|
108350375
|
Mora García Lidieth
|
¢248.771,00
|
1550098464
|
Moreno Martínez Víctor
|
¢35.210,00
|
17526238
|
Narváez Godoy Cristóbal De
Jesus
|
¢813.680,00
|
800760598
|
Naum Elías Lesbia Del
Carmen
|
¢95.640,00
|
27913450
|
Navarrette Flores Rita
Auxiliadora
|
¢95.640,00
|
800460328
|
Nogues Civit Cristina
|
¢1.340.586,00
|
27424753
|
Nubia Ixel Amador Aragón
|
¢309.085,00
|
501300303
|
Obregón Mendoza Luis
Antonio
|
¢52.986,00
|
17614084
|
Olivas Alvarado Harol
Francisco
|
¢892.949,00
|
15620546
|
Olivas Juarro Francisco
Jeronimo
|
¢77.766,00
|
110770617
|
Olsen Guillen Jerans
|
¢892.949,00
|
502060342
|
Ordóñez León Ubaldo
|
¢85.689,00
|
104440548
|
Orozco Barrantes Luis
Alberto
|
¢146.890,00
|
28118727
|
Orozco Polanco Zenovia
Isabel
|
¢95.621,00
|
17776291
|
Ortiz Jarquín Rubén
|
¢1.199.297,00
|
701630892
|
Ortiz Ortega Malconi Uriel
|
¢855.917,00
|
15458741
|
Paúl Noindicaotro Donald
Evan
|
¢858.911,00
|
103340624
|
Pereira Salazar Edgar
|
¢111.590,00
|
17773402
|
Pérez Bernald Carlos A
|
¢68.075,00
|
27319505
|
Pérez Noindicaotro Milagros
Janette
|
¢28.068,00
|
111050333
|
Pérez Rubi Kattia
|
¢68.505,00
|
114340126
|
Pérez Solís Michelle De Los
Ángeles
|
¢94.676,00
|
14780851
|
Picado Dávila Juan José
|
¢657.105,00
|
17812251
|
Pichardo Pichardo Lester Johny
|
¢138.740,00
|
108500913
|
Piedra Morera Erika
|
¢892.949,00
|
104760866
|
Ramírez Guillen Roberto
|
¢1.639.776,00
|
1740101527
|
Riascos Reyes Héctor Fabio
|
¢103.283,00
|
18116285
|
Ríos García Emilio José
|
¢112.806,00
|
18012324
|
Ríos Martínez Juan
Guillermo
|
¢148.375,00
|
303210867
|
Ríos Salazar Sergio
|
¢919.711,00
|
106760582
|
Rivera Quintana Guillermo
Jesús
|
¢893.969,00
|
106820159
|
Rodríguez Grimas Ricardo
Jesús
|
¢94.676,00
|
401320702
|
Rojas Barrantes Katya
|
¢1.267.610,00
|
27716803
|
Rosa Yamileth Pérez
Noindicaotro
|
¢1.761.953,00
|
108760497
|
Saborío Pérez José
|
¢823.355,00
|
800800772
|
Sáenz Arrianza Harol Ovidio
|
¢1.544.553,00
|
106500840
|
Sáenz Ugalde Ricardo
Eugenio
|
¢1.830.753,00
|
109820757
|
Sánchez Rosales Oscar
|
¢1.857.993,00
|
2760100648
|
Sequiera Rodríguez
Elizabeth
|
¢95.621,00
|
202610053
|
Solano Ramírez José Gerardo
|
¢27.446,00
|
600820629
|
Sosa Orias Fabio Guadalupe
|
¢147.481,00
|
105940290
|
Soto Montero Kenneth Andrés
|
¢449.718,00
|
106920054
|
Ulloa Salas Marvin
|
¢1.345.331,00
|
109460101
|
Umaña Sánchez Juan Carlos
|
¢855.917,00
|
600981444
|
Valverde Loaiciga Santos
Antonio
|
¢148.375,00
|
601410881
|
Vanderlucht Leal Antonio
|
¢3.054.097,00
|
18822188
|
Vargas Chow Luis Miguel
|
¢89.025,00
|
106300572
|
Vargas Mora Edward Adolfo
|
¢1.676.613,00
|
105460483
|
Vargas Palavicini Oscar
Luis
|
¢892.949,00
|
104810901
|
Vargas Sánchez Fanny María
|
¢40.909,00
|
18118613
|
Velásquez Jiménez Oscar
Danilo
|
¢59.123,00
|
502300895
|
Viales Muñoz Enrique Manuel
|
¢855.917,00
|
17426092
|
Víctor Reina Pineda
|
¢1.194.540,00
|
111230313
|
Villegas Montero Angie
Vanessa
|
¢975.675,00
|
108890871
|
Williams Donalson Judy
Isioni
|
¢902.286,00
|
1770100841
|
Wilmer Mancilla Diuza
|
¢167.331,00
|
600980134
|
Zamora Caravaca Víctor
Manuel
|
¢489.137,00
|
111140037
|
Zúñiga Corrales Viviana
Ghiselle
|
¢1.656.798,00
|
Monto
de la deuda al 16 de junio 2011
|
600940382
|
Acuña Salazar Marjorie
|
¢113.706,00
|
104820141
|
Aguilar Montero Carlos
Manuel
|
¢2.072.368,00
|
205010039
|
Altamirano Cascante
Groldier
|
¢110.709,00
|
203320891
|
Arguedas Conejo Álvaro
|
¢113.706,00
|
109560679
|
Arias Madrigal Davis
Eliécer
|
¢129.209,00
|
107050592
|
Astorga Tercero Eduardo
Francisco
|
¢1.259.048,00
|
602510158
|
Barquero Vásquez Alexander
|
¢103.368,00
|
108520606
|
Barrientos Hernández Jorge
Alejandro
|
¢111.979,00
|
117350092
|
Bonilla Barahona Jenny
María
|
¢1.500.620,00
|
103210874
|
Bonilla Bonilla Edwin
|
¢29.558,00
|
112470882
|
Brenes Fernández Rebeca
|
¢1.182.469,00
|
401140459
|
Brenes Sánchez Freddy Gilbert Martín
|
¢103.368,00
|
109860573
|
Brown Castro Carlos
Guillermo
|
¢129.020,00
|
107410098
|
Bustamante Solís Randall
|
¢136.889,00
|
17281689
|
Caballero Gaitan Orlando
José
|
¢143.129,00
|
17813246
|
Canales González Roger Iván
|
¢111.979,00
|
110510798
|
Cascante García Heylin
Patricia
|
¢172.146,00
|
109640855
|
Castillo Arce Oscar Alberto
|
¢64.092,00
|
16822346
|
Chamorro Ramos Ascencion de
Jesús
|
¢1.097.617,00
|
109730457
|
Chavarría Méndez Luis Diego
|
¢1.248.017,00
|
111240779
|
Chaves Espinoza Jennifer
|
¢1.261.768,00
|
502050389
|
Chinchilla Castro María De
Los Ángeles
|
¢175.068,00
|
103901044
|
Chinchilla Flores Gerardo
|
¢115.164,00
|
16927480
|
Cruz Bonilla Luis Martín
|
¢31.756,00
|
18011476
|
Cruz González José
Anastacio
|
¢103.368,00
|
111910947
|
Darcía Ulloa María
Alejandra
|
¢113.697,00
|
1620100260
|
Dávila Bonilla Cesar
Augusto
|
¢129.198,00
|
15820960
|
Dávila Carrillo Cesar
Augusto
|
¢477.283,00
|
106720858
|
Delgado Castro Edgar
Enrique
|
¢105.614,00
|
109560719
|
Delgado Vega Kattia Justina
|
¢110.619,00
|
17877665
|
Dolmos Acosta Juan Antonio
|
¢111.972,00
|
27218824
|
Donaire Meza Gregoria
Antoni
|
¢866.076,00
|
18218675
|
Duarte Olivas Ennes
Sebastian
|
¢65.495,00
|
112620240
|
Duquesne Brenes Christian
|
¢677.711,00
|
110030597
|
Echandi López Luisa
Fernanda
|
¢113.697,00
|
203720157
|
Espinoza Molina Freddy
|
¢129.198,00
|
109010661
|
Fallas Fallas Jorge Luis
|
¢168.298,00
|
2770101247
|
Fletes Rodríguez María
Magdalena
|
¢110.699,00
|
106350920
|
Fonseca Arias Vinicio
|
¢182.988,00
|
110540463
|
Fonseca Fernández Warner
Alberto
|
¢1.537.729,00
|
17527092
|
Francisco Manuel Fuentes
Hernández
|
¢430.228,00
|
18413984
|
Galeano Rodríguez Francisco
Yafett
|
¢901.181,00
|
113210776
|
Garita Méndez Marlon
Alberto
|
¢130.459,00
|
800880017
|
Giovanni Márquez Loyola
|
¢3.288.955,00
|
18080331
|
Gómez Morales Luis Manuel
|
¢74.035,00
|
109850916
|
Gómez Pereira Juan Pablo
|
¢103.340,00
|
16813120
|
González Duran Pablo
Antonio
|
¢116.261,00
|
26622374
|
González Sáenz Reina Del
Carmen
|
¢162.405,00
|
17027853
|
Granados Pineda Juan
Antonio
|
¢103.340,00
|
17000024
|
Guillen Pineda Junior Jacob
|
¢4.336.573,00
|
17422909
|
Haitham Samih Beainy
Noindicaotro
|
¢1.232.960,00
|
15525292
|
Héctor Fco Javier Piña
Noindicaotro
|
¢1.259.657,00
|
107580261
|
Hernández Bolaños Randall
Francisco
|
¢111.952,00
|
27421653
|
Hernández Espinoza Raquel
Auxiliador
|
¢64.643,00
|
112890929
|
Hernández Sibaja Susan
Milena
|
¢6.942.248,00
|
18015534
|
Herrera Pérez José
Francisco
|
¢116.261,00
|
800870135
|
Hurtado Delgado Iris
|
¢113.677,00
|
104151179
|
Jarquín Ulate Roy Francisco
|
¢68.755,00
|
17125657
|
Kim Noindicaotro Chern Jung
|
¢222.691,00
|
106030665
|
León Corrales Víctor
Leonardo
|
¢120.542,00
|
104060726
|
León Salgado Eladio Gerardo
|
¢222.646,00
|
105140335
|
López Araya Álvaro Gerardo
|
¢865.747,00
|
600740152
|
López Carazo Roberto
Guillermo
|
¢36.869,00
|
2820098286
|
López Mendoza Michelle
Alexandra
|
¢120.542,00
|
107230389
|
Marin Campos Luis Orlando
|
¢1.474.734,00
|
17522349
|
Martínez Rodríguez German
|
¢110.451,00
|
110340899
|
Méndez Castillo Yeyson
Arley
|
¢111.932,00
|
17321182
|
Montenegro Rayo Juan José
|
¢137.762,00
|
15781050
|
Montero Urbina Emilio
Leonel
|
¢128.811,00
|
111070439
|
Montoya Corrales Marvin Giovanni
|
¢1.535.948,00
|
18269533
|
Mora Quintana Yerald
Enrique
|
¢129.148,00
|
18924150
|
Mora Varela Sergio Antonio
|
¢113.654,00
|
112470623
|
Mudarra Ramírez Roberto
Antonio
|
¢2.368.816,00
|
1730101234
|
Munera Tobon Juan Carlos
|
¢67.686,00
|
16460631
|
Mustelier Pellicier
Norberto Luis
|
¢185.538,00
|
17711785
|
Ordóñez Chavarría Walter
Antonio
|
¢148.400,00
|
16522764
|
Orozco Aragon Francisco
Manuel
|
¢74.394,00
|
15780447
|
Ortiz Noindicaotro Andres
Ramiro
|
¢39.057,00
|
303330223
|
Palma Flores Yenori
|
¢97.355,00
|
900630490
|
Pérez Jiménez Yamileth
|
¢3.336.276,00
|
110380370
|
Picado Araya Wilson Alonso
|
¢36.564,00
|
602690318
|
Porras Álvarez Olman
Gustavo
|
¢128.784,00
|
103760354
|
Rey Bermúdez Luis Fernando
|
¢129.126,00
|
16920721
|
Reyes Ruiz Máximo Macario
|
¢365.254,00
|
1600099247
|
Rivas Balmaceda Luis Adolfo
|
¢95.705,00
|
109980746
|
Rivera Gutiérrez Shirley
Pamela
|
¢865.584,00
|
16121756
|
Roberto Espinoza Roberto
|
¢174.989,00
|
17125260
|
Robles Montiel Manuel
Salvador
|
¢103.300,00
|
1730100797
|
Rodríguez Rodríguez Sergio
Ramón
|
¢118.365,00
|
26725121
|
Rojas Mendoza Rosa María
|
¢74.624,00
|
17000288
|
Rolando Chara Rodríguez
|
¢331.153,00
|
111730710
|
Román Pérez Elieth
Alexandra
|
¢270.429,00
|
17712812
|
Romero Alegría Marlon
Javier
|
¢137.735,00
|
17881796
|
Ruiz Toruño Jorge Luis
|
¢58.665,00
|
105200243
|
Sáenz Campos Ana Isabel
|
¢79.492,00
|
800790562
|
Sáenz Peck Karen
|
¢1.242.011,00
|
27364082
|
Salas Sánchez Celina
|
¢110.639,00
|
800470377
|
Salazar Gambero Marcos
Antonio
|
¢7.625.419,00
|
302520600
|
Sanabria Castro Yuri Elemir
|
¢222.600,00
|
16663809
|
Sánchez Izaguirre Julio
|
¢103.300,00
|
1750101079
|
Sánchez Noindicaotro Carlos
José
|
¢107.607,00
|
602380868
|
Segura Castillo Virginia
|
¢41.110,00
|
110160721
|
Sequeira Gómez Alexander
|
¢129.126,00
|
112680396
|
Siles Marin Marlon Andres
|
¢88.717,00
|
28076853
|
Silvia María Herrera López
|
¢865.924,00
|
105880814
|
Solórzano Vargas Elvir
|
¢2.640.288,00
|
106850996
|
Soto Álvarez Johnny
|
¢1.034.753,00
|
111300688
|
Soto Castro Noe Alejandro
|
¢113.630,00
|
18579163
|
Tellez Ugarte Roger Adolfo
|
¢129.126,00
|
105330245
|
Tenorio Araya Miguel Ángel
|
¢145.635,00
|
107120548
|
Tenorio Sánchez Rocio
|
¢2.793.446,00
|
401700561
|
Torres Morera Ronald
|
¢54.845,00
|
103940378
|
Torres Quirós Ronald Ariel
|
¢2.499.820,00
|
104730433
|
Torres Vargas Ricardo
|
¢1.318.392,00
|
1610100048
|
Torrez Torrez Juan Ramón
|
¢31.372,00
|
105920390
|
Ulate Martínez Gerardo
Emilio
|
¢74.971,00
|
107340931
|
Umaña Hidalgo Giovanni
Antonio
|
¢35.650,00
|
27219885
|
Urbina Amador Martha Lorena
|
¢810.982,00
|
111040216
|
Valverde Alvarado Rodrigo
|
¢1.097.329,00
|
111930357
|
Vargas Aymerich Jonathan
José
|
¢73.691,00
|
110610781
|
Vargas Camacho Sebastian
|
¢104.161,00
|
16780874
|
Vargas Espinoza Alberto
Rafael
|
¢111.907,00
|
800730042
|
Vásquez Valle Gloria
Elizabeth
|
¢7.722.009,00
|
107640881
|
Vega Alemán Alejandra
|
¢1.455.301,00
|
17876704
|
Vílchez Ocon Noel Martín
|
¢111.907,00
|
16123581
|
Villegas Álvarez Marvin
|
¢171.834,00
|
800680443
|
Zhou Yu Shouwei
|
¢113.630,00
|
San José, 24 de junio del 2011.—Luis Diego Calderón
Villalobos, Director.—O.C. Nº 006-2011.—Solicitud Nº
48403.—C-1598000.—(IN2011050032).
SUCURSAL
CIUDAD COLÓN
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
La suscrita Violeta Rodríguez Villalta,
Administradora de la Sucursal
de la Caja
Costarricense de Seguro Social en Ciudad Colón, mayor,
casada, vecina de Zapote, mediante el presente edicto y por no haber sido
posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente
notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos
en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de
Administración Pública. En el cuadro, se indica el número patronal, nombre de
la razón social, periodo y monto de la deuda al 21 de junio del 2011. La Institución le
concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso
contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las
acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los períodos
notificados anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por
tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos
de referencia de la deuda.
Nº
Patronal Razón
social Periodo Monto
adeudado
2-03101183841-001-001 Constructora Ontic de Costa Rica
S. A. 04-05-06-07-08 y 09/2002 515.935
7-00016960885-001-001 Zepeda Alemán Óscar Danilo 12/2010; 01 y 02/2011 105.015
0-00112120147-001-001 Chavarría Araya José Antonio 04-05-06-07-08/2008; Serv Med 07/2008 1.088.989
0-00101640010-002-001 Castro Valverde Orlando Adic 08/2010 357.387
2-03101589817-001-001 Constructora Pimaco S. A. 12/2010 35.184
7-00013680668-001-001 Cardonne Arteaga Blaise 12/2009; 01-02-03-04-05-06-07- y
08/2010 337.710
0-00104600653-002-001 Aguiluz Barboza Vilma 12/2009;
01/2010 187.350
0-00104171304-001-001 Salgado Zeledón Jorge 08-09-10
y 11/2010 128.535
2-03101450056-001-001 Magerie Liluna S.A. 05/2010 68.977
0-00110310899-001-001 Chinchilla Fernández Edwin Martín 08 y 09/2010 60.438
2-03101213026-001-001 Importaciones Murisol S. A. 10/2010 35.034
0-00102560587-001-001 Di Leoni Badilla Carmela María 12/2010 31.716
2-03101329903-001-001 Grupo Ecobrasil S. A. 10-11
y 12/2010, 01-02-03-04 y 05/2011 2.748.452
0-00900760181-001-001 Chavarría Murillo Martín 10/2010; Serv Med 01/2011 48.950
Violeta Rodríguez Villalta,
Jefa.—(IN2011049756).
Por única vez se cita y emplaza a los
causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro
Obligatorio de Vehículos Automotores por muerte de:
N°
Caso
|
Nombre
|
N°
Cédula
|
Sede
|
|
2011I00400
|
Sergio Venegas Morales
|
601430641
|
San
Isidro
|
2009I01069
|
Sánchez Masís Jorge
|
601150926
|
San
Isidro
|
2011R00171
|
Rafael Araya Álvarez
|
201240208
|
Guadalupe
|
2011V00087
|
Reyes Gómez Jorge Carlos
|
CR09012011RGJ
|
Pavas
|
2011V00087
|
Reyes Gómez Tatiana
|
503420442
|
Pavas
|
2011U00417
|
Cruz Ocampo Alejandro
|
900680148
|
Guápiles
|
2011N00170
|
Villafuerte Montiel Ignacio
|
502450632
|
Nicoya
|
2011N00021
|
Esquivel Martínez William
|
502680377
|
Nicoya
|
2011B00293
|
Elizondo Mena Ivannia
|
208710219
|
Liberia
|
2011B00351
|
Ocampo González Carlos Luis
|
105010764
|
Liberia
|
2010R00409
|
Morera Villalobos José
Alberto
|
206260593
|
San
Ramón
|
2011H00319
|
Zumbado Delgado José
Antonio
|
401000891
|
Heredia
|
2010D00709
|
Arias Quesada Erick
Mauricio
|
110040506
|
Heredia
|
2011C00307
|
Núñez Rivera Carlos Gerald
|
111110961
|
Cartago
|
2011C00066
|
Umaña Navarro Olivier
Gerardo
|
104031356
|
Cartago
|
2011Q00340
|
Madrigal Agüero Fernando
|
205010476
|
Ciudad
Quesada
|
2011L00193
|
Gómez Gómez Eder
|
701600579
|
Limón
|
2011L00184
|
Mesa Anaerobis Yesenia
|
PA17021996MA
|
Limón
|
2011I00402
|
Zúñiga Sánchez Berta
Eugenia
|
103020472
|
San
Isidro
|
2011I00351
|
Aragón Sáenz Santiago
|
113730463
|
San
Isidro
|
2009Q00051
|
Miranda Chacón Carlos
Alberto
|
203140011
|
Ciudad
Quesada
|
2010Q00987
|
Bustos Pérez Óscar
|
206110294
|
Ciudad
Quesada
|
2011I00429
|
Padilla Garro María de los
Ángeles
|
109370551
|
San
Isidro
|
2011I00384
|
Urena Artavia Josué Manuel
|
115100411
|
San
Isidro
|
2011I00384
|
Jiménez Sandí Tatiana
|
113530372
|
San
Isidro
|
2011B00322
|
Hernández Rodríguez Gerardo
|
204120391
|
Liberia
|
2010ª01424
|
Herrera Arroyo Derian Josué
|
207520449
|
Alajuela
|
2011100384
|
Soto Sánchez Mario Moisés
|
702110054
|
San
Isidro
|
2011J00025
|
Chaves Marín Óscar Alberto
|
303680849
|
Cartago
|
Para que dentro del término de nueve días
hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a la Sede señalada anteriormente,
en el reclamo de sus derechos, apercibidos, que si no lo hicieren la indemnización
pasará a quien en derecho corresponda.—San José, 28 de junio del
2011.—Departamento de Comunicaciones.—Lic. Ileana Castro Fatjó, Jefa.—1 vez.—O.
C. Nº 19180.—Solicitud Nº 34997.—C-54180.—(IN2011050469).