LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
De conformidad con las facultades y atribuciones que les conceden los
artículos 50, 140 incisos 3), 8), 10), 18) y 20) y 146 de la Constitución
Política; los artículos 4, 25, 27 párrafo 1, 28 párrafo 2 inciso b) de la Ley
General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley
de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996; el artículo
18.01 párrafos 1, 3(b)(iv), 4, 5, 6 y el Anexo 18.01 (4) del Tratado de Libre
Comercio entre Centroamérica y Chile, Ley de Aprobación N° 8055 del 4 de enero
del 2001; y
Considerando:
I.—Que la Comisión de Libre Comercio del Tratado de Libre Comercio entre
Centroamérica y Chile aprobó la Decisión N° 35 de fecha 18 de octubre de 2013 y
su Anexo, relativa a la adopción de las adecuaciones al Anexo 4.03, Sección B
(Reglas de Origen Específicas aplicables entre Chile y Costa Rica, El Salvador,
Guatemala, Honduras y Nicaragua) del Tratado de Libre Comercio entre
Centroamérica y Chile, derivadas de la Quinta Enmienda al Sistema Armonizado de
Designación y Codificación de mercancías (SA 2012).
II.—Que de conformidad con la Decisión N° 35 de fecha 18 de octubre de
2013, a la fecha de entrada en vigor de esta decisión, su Anexo formará parte
integrante de dicho Tratado y sustituirá las reglas de origen específicas
establecidas en el Anexo 4.03, Sección B (Reglas de Origen Específicas
aplicables entre Chile y Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y
Nicaragua) y en la Decisión N° 21 de la Comisión de Libre Comercio de fecha 27
de setiembre de 2011, publicada mediante Decreto Ejecutivo N° 36907-COMEX del
10 de noviembre de 2011. Asimismo, la Decisión N° 21 del 27 de setiembre de
2011; modificó la Decisión N° 15 de fecha 05 de diciembre de 2006, adoptada por
Costa Rica mediante Decreto Ejecutivo N° 36349-COMEX del 25 de noviembre de
2010; por lo que es necesario adecuar las disposiciones nacionales de
conformidad con los instrumentos derivados del Tratado de Libre Comercio entre
Centroamérica y Chile.
III.—Que en cumplimiento de lo establecido en
dicho Tratado, debe ponerse en vigencia la citada Decisión. Por tanto;
Decretan:
PUBLICACIÓN DE LA DECISIÓN N° 35
DE FECHA 18
DE OCTUBRE DE 2013 DE LA COMISIÓN
DE LIBRE
COMERCIO DEL TRATADO DE LIBRE
COMERCIO
ENTRE CENTROAMÉRICA Y CHILE,
RELATIVA
A LA ADOPCIÓN DE LAS ADECUACIONES
AL
ANEXO 4.03, SECCIÓN B (REGLAS DE
ORIGEN
ESPECÍFICAS APLICABLES ENTRE
CHILE Y
COSTA RICA, EL SALVADOR,
GUATEMALA,
HONDURAS Y NICARAGUA) DEL TRATADO
DE LIBRE COMERCIO ENTRE
CENTROAMÉRICA
Y CHILE, DERIVADAS DE LA QUINTA
ENMIENDA
AL SISTEMA ARMONIZADO DE
DESIGNACIÓN
Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS
(SA 2012); Y SU ANEXO
Artículo 1º—Publíquense la Decisión N° 35 de fecha 18 de octubre de 2013
de la Comisión de Libre Comercio del Tratado de Libre Comercio entre
Centroamérica y Chile, relativa a la adopción de las adecuaciones al Anexo
4.03, Sección B (Reglas de Origen Específicas aplicables entre Chile y Costa
Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua) del Tratado de Libre
Comercio entre Centroamérica y Chile, derivadas de la Quinta Enmienda al
Sistema Armonizado de Designación y Codificación de mercancías (SA 2012); y su
Anexo, que a continuación se transcriben:
Para ver imagen solo en La Gaceta con firma digital
Artículo
2º—Modifíquese el Decreto Ejecutivo N° 36349-COMEX del 25 de noviembre de 2010,
denominado “Publicación de la Decisión N° 15 de fecha 5 de diciembre del
2006, de la Comisión de Libre Comercio del Tratado de Libre Comercio entre
Centroamérica y Chile: Reglas de origen específicas entre Chile, Costa Rica y
El Salvador, adecuaciones derivadas de la Tercera Enmienda al Sistema
Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA)”, publicado en
el Diario Oficial La Gaceta N° 21 del 31 de enero de 2011; y el Decreto
Ejecutivo N° 36907-COMEX del 10 de noviembre de 2011, denominado “Publicación
de la Decisión N° 21 de fecha 27 de setiembre de 2011 y su Anexo de la Comisión
de Libre Comercio del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile:
Adecuaciones al Anexo 4.03, Sección B (Reglas
de origen específicas aplicables entre Chile y Costa Rica, El Salvador,
Guatemala y Honduras), del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y
Chile, derivadas de la Cuarta Enmienda al Sistema Armonizado de Designación y
Codificación de Mercancías (SA)”,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 06 del 09 de enero de 2012,
Alcance N° 5, para que de conformidad con la Decisión N° 35 de fecha 18 de
octubre de 2013 de la Comisión de Libre Comercio del Tratado de Libre Comercio
entre Centroamérica y Chile, a la fecha de entrada en vigor de esta decisión,
su Anexo sustituya las reglas de origen específicas establecidas en las
decisiones números 15 del 05 de diciembre de 2006 y 21 del 27 de setiembre de
2011 de la Comisión de Libre Comercio del Tratado de Libre Comercio entre
Centroamérica y Chile.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.
Dado en la Presidencia de la República, a los veintiocho días del mes de
octubre del año dos mil trece.
Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El
Ministro de Comercio Exterior a. í, Fernando Ocampo Sánchez.—1 vez.—O. C. N°
19734.—Solicitud N° 64477.—C-1236690.—(D38085-IN2013086543).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
De conformidad con las facultades y atribuciones que les conceden los
artículos 50, 140 incisos 3), 8), 10), 18) y 20) y 146 de la Constitución
Política; los artículos 4, 25, 27 párrafo 1, 28 párrafo 2 inciso b) de la Ley
General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley
de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996; los artículos
18.01, 18.04 y 18.05 del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile,
Ley de Aprobación N° 8055 del 4 de enero del 2001; y
Considerando:
I.—Que la Comisión de Libre Comercio del Tratado de Libre Comercio entre
Centroamérica y Chile aprobó la Decisión N° 36 de fecha 18 de octubre de 2013,
relativa a la incorporación de la República de Nicaragua al Comité de Reglas de
Origen que conoce los asuntos relativos a los Capítulos 4 (Reglas de Origen), 5
(Procedimientos Aduaneros) y las Reglamentaciones Uniformes del Tratado de
Libre Comercio en mención.
II.—Que en cumplimiento de lo establecido en
dicho Tratado, debe ponerse en vigencia la citada Decisión. Por tanto,
Decretan:
PUBLICACIÓN DE LA DECISIÓN N° 36
DE FECHA 18
DE OCTUBRE DE 2013 DE LA COMISIÓN
DE LIBRE
COMERCIO DEL TRATADO DE LIBRE
COMERCIO
ENTRE CENTROAMÉRICA Y CHILE:
INCORPORACIÓN DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA AL COMITÉ
DE REGLAS DE ORIGEN
Artículo 1º—Publíquense la Decisión N° 36 de fecha 18 de octubre de 2013
de la Comisión de Libre Comercio del Tratado de Libre Comercio entre
Centroamérica y Chile: Incorporación de la República de Nicaragua al Comité de
Reglas de Origen, que a continuación se transcribe:
Para ver imágenes solo en La
Gaceta con firma digital
Artículo 2º—Rige
a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la
Presidencia de la República, a los veintiocho días del mes de octubre del dos
mil trece.
Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro
de Comercio Exterior a. í., Fernando Ocampo Sánchez.—1 vez.—O. C. N°
19734.—Solicitud N° 64477.—C-97650.—(D38086-IN2013086548).
LA PRESIDENTA DE
LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118
y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución Política.
Decretan:
Artículo 1º—Amplíase la
convocatoria a sesiones extraordinarias a la Asamblea Legislativa, hecha por el
Decreto Ejecutivo 38038-MP, a fin de que se conozca el siguiente proyecto de
ley:
Expediente N° 18.283. Reformas a la Ley de Igualdad
de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, Ley Nº 7600, del 29 de
mayo de 1996 y sus Reformas. (Anteriormente denominado): Reformas Urgentes para
Fortalecer la Ley Nº 7600, Igualdad de Oportunidades para Las Personas con
Discapacidad del 29 de mayo de 1996 y sus Reformas.
Artículo 2º—Rige a partir del 17 de diciembre de
2013.
Dado en la Presidencia de la República, el día
diecisiete de diciembre de dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El
Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—O.C. N°
19547.—Solicitud N° 150.—C-10660.—(D38092- IN2013087313).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 5) y
14), de la Constitución Política.
Decretan:
Artículo 1º—Retírese del conocimiento de sesiones extraordinarias de la
Asamblea Legislativa el siguiente proyecto de ley:
Expediente N° 18.886 Ley de Aprobación del Tratado de Libre Comercio
entre los Estados AELC y los Estados Centroamericanos.
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de diciembre del 2013.
Dado en la Presidencia de la República, el día dieciséis de diciembre de
dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la
Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—Solicitud N° 152.—O. C.
N° 19547.—C-7560.—(D38095- IN2013087304).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 5) y
14), de la Constitución Política.
Decretan:
Artículo 1º—Amplíase la convocatoria a
sesiones extraordinarias a la Asamblea Legislativa, hecha por el Decreto
Ejecutivo 38038-MP, a fin de que se conozca el siguiente proyecto de ley:
Expediente Nº 18.886 Ley de Aprobación del Tratado de Libre Comercio
entre los estados AELC y los estados Centroamericanos.
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de diciembre del 2013.
Dado en la Presidencia de la República, el día dieciséis de diciembre de
dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la
Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—Solicitud N° 152.—O. C.
N° 19547.—C-8290.—(D38096- IN2013087301).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140
inciso 5) y 14), de la Constitución Política.
Decretan:
Artículo 1º—Amplíase la convocatoria a sesiones extraordinarias a la
Asamblea Legislativa, hecha por el Decreto Ejecutivo 38.038-MP, a fin de que se
conozca el siguiente proyecto de ley:
Expediente Nº
17.838 Titulación en Inmueble Propiedad de la Junta de Administración Portuaria
y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Originalmente denominado):
Ley para brindar seguridad jurídica a los poseedores sobre la finca inscrita a
nombre de JAPDEVA, matrícula de folio real número 96658, derecho 000, de la
provincia de Limón.
Artículo 2º—Rige
a partir del 12 de diciembre del 2013.
Dado en la
Presidencia de la República, el día doce de diciembre de dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo
Benavides Jiménez.—1 vez.—Solicitud N° 152.—O. C. N° 19547.—C-10750.—(D38103-
IN2013087290).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA,
LA MINISTRA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y
COMERCIO,
Y EL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN
NACIONAL
Y POLÍTICA ECONÓMICA
En
uso de las facultades conferidas en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
la Constitución Política, los artículos 11, 25, 27, 28, párrafo 2 inciso b) de
la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; Ley
Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Nº 6054 del 14 de
junio de 1977; Ley de Planificación Nacional, Nº 5525 del 2 de mayo de 1974; Ley
Orgánica del Instituto Costarricense de Turismo, Ley Nº 1917 del 30 de julio de
1955; y Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria y Orgánica del Ministerio
de Agricultura y Ganadería, Ley Nº 7064 del 29 abril de 1987.
Considerando:
I.—Que el Poder
Ejecutivo como parte de su política se encuentra impulsando la competitividad
de la Región Brunca, de tal forma que, se pueda
lograr mejores condiciones para hacer negocios competitivos; mejorar la
productividad de las MIPYMES y su capacidad innovadora.
II.—Que desde
el mes de enero del año 2011, se ha venido gestando en la región Brunca un proceso inclusivo y multisectorial de
construcción de una estrategia de competitividad territorial con apoyo de la
cooperación internacional, en particular del Programa Conjunto (PC) “Desarrollo
de la Competitividad para la Región Brunca, en los
sectores de turismo y agroindustria, con énfasis en la creación de empleos
verdes y decentes para la reducción de la pobreza” ejecutado por agencias de
Naciones Unidas, en estrecha coordinación con el Ministerio de Economía
Industria y Comercio.
III.—Que de acuerdo al Decreto Ejecutivo N° 37027-MEIC-PLAN, se
crea el Consejo de Competitividad de la Región Brunca
(CCRB), con participación de distintas entidades y organizaciones del sector
público y privado, como instancia encargada del fortalecimiento de clima de
negocios y la competitividad de las empresas de la Región Brunca,
mediante el análisis multisectorial y la generación de propuestas consensuadas
con impacto en la mejora de las capacidades competitivas.
IV.—Que para darle personería jurídica al Consejo de
Competitividad de la Región Brunca se conforma la
“Asociación para el Desarrollo de la Región Brunca”
debidamente inscrita con personalidad jurídica propia.
V.—Que
el Consejo de Competitividad de la Región Brunca,
tiene entre sus funciones las siguientes:
a) Identificar y priorizar estrategias
sectoriales para el fortalecimiento de la competitividad regional mediante el
diálogo participativo de los distintos sectores que integran el Consejo Pleno.
b) Definir y
proponer una estrategia de competitividad intersectorial para la Región y
actualizarla conforme evolucionen las condiciones globales de la Región.
c) Proponer
políticas públicas cantonales y regionales que contribuyan a alcanzar las
condiciones necesarias para mejorar la competitividad en la Región.
d) Celebrar
acuerdos con el Gobierno Central y los Gobiernos Locales para la implementación
de políticas públicas alineadas con su propuesta estratégica de competitividad
intersectorial para la Región, acordando planes de acción y metas a corto,
mediano y largo plazo y verificar su implementación.
VI.—Que la Secretaría Ejecutiva del Consejo, creada mediante
el decreto supracitado, tiene a su cargo la
incidencia para el logro de los acuerdos del Consejo de Competitividad y el
seguimiento de los avances en el cumplimiento de la agenda de competitividad
regional, todo orientado a alcanzar los objetivos y metas trazados en materia
del fortalecimiento del clima empresarial y la competitividad de las empresas,
incluyendo cuando corresponda la generación de propuestas de acciones
correctivas.
VII.—Que para
dicho proceso se hace necesario el fortalecimiento tanto del Consejo como de la
Secretaria Ejecutiva de dicho Consejo; así las cosas, el Poder Ejecutivo en el
ejercicio de funciones legales procederá a través del Ministerio de Economía,
Industria y Comercio, Turismo, Agricultura y Ganadería; y el Ministerio de
Planificación Nacional, coadyuvar de manera técnica, lógicas y humana con los referidos
Órgano, de manera que se logre una adecuada operativización
del mismo, esto en procura de la Competitividad de la Región Brunca. Por tanto,
Decretan:
REFORMA AL
REGLAMENTO DE CREACIÓN DEL CONSEJO
DE
COMPETITIVIDAD DE LA REGIÓN BRUNCA, DECRETO
EJECUTIVO
NÚMERO 37027-MEIC-PLAN
DEL 09 DE MARZO
DE 2012
Artículo
1º—Refórmese el artículo 13 del Reglamento del Consejo de Competitividad de la
Región Brunca, Decreto Ejecutivo N° 37027-MEIC-PLAN
del 09 de marzo de 2012, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:
“Artículo
13°—Composición. La Comisión Técnica está compuesta por expertos técnicos
designados por el MEIC, MIDEPLAN, MAG, ICT, PROCOMER y los programas de
cooperación técnica internacional que estén ejecutando proyectos en la Región.
Esta comisión nombrará un coordinador, quien fungirá como enlace entre la
Secretaría Ejecutiva y la Comisión Técnica. La Comisión Técnica se convoca a
solicitud del Consejo.
Con
el objetivo de operativizar el Consejo de
Competitividad de la Región Brunca y la Secretaría
Ejecutiva del mismo, la Comisión Técnica, deberá coadyuvar a través de sus
Jerarcas y de acuerdo a sus posibilidades, con el recurso técnico, logístico y
humano necesario, para la implementación de las acciones de dicha instancia.
Los
miembros de la Comisión deberán dar seguimiento a las articulaciones políticas
y el cumplimiento de sus planes de trabajo. Asimismo, continuar con el trabajo
de apoyo a las PYMES y emprendedores de la Región, integrándolo formalmente al
modelo de Competitividad y a la agenda del Consejo de Competitividad”.
Artículo
2º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado
en la Presidencia de la República, a los dieciocho días del mes de noviembre
del dos mil trece.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Economía, Industria
y Comercio, Mayi Antillón
Guerrero.—El Ministro de Planificación Nacional y Política Económica, Roberto
Gallardo Núñez.—1 vez.—O. C. N° 18416.—Solicitud N° 32368.—C-69800.—(D38117 -
IN2013086382).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD
Con
fundamento en las atribuciones y facultades conferidas en los artículos 140
incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, en los artículos 25 inciso
1) y 28 párrafo 2, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº
6227 del 2 de mayo de 1978, en la Ley de Planificación Nacional Nº 5525 del 2
de mayo de 1974 y la Ley de Creación del Ministerio de Cultura y Juventud Nº
4788 del 5 de julio de 1971.
Considerando:
I.—Que
el país cuenta con un marco jurídico y político nacional e internacional, en
materia de derechos culturales, conformado por la Declaración Universal de los
Derechos Humanos; el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre
Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la
Declaración Universal de la UNESCO en torno a la Diversidad Cultural; la
Convención para la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural; la
Convención sobre las Medidas para prohibir e impedir la importación,
exportación y la transferencia de propiedad ilícitas de bienes culturales; la
Convención de la Organización de Estados Americanos sobre la Defensa del
Patrimonio Arqueológico, Histórico y Artístico de las Naciones Americanas; la
Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial; la
Convención sobre la Protección y la Promoción de la Diversidad de las
Expresiones Culturales; y el Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales, y que éste último instrumento internacional de
protección de derechos humanos establece en su artículo 2 la obligación de los
estados de adoptar medidas, económicas, técnicas e incluso legislativas, para
la plena efectividad de los derechos contenidos en dicho tratado que incluye
los derechos humanos culturales.
II.—Que la Ley
N° 8916 del 16 de diciembre del 2010, (Convención sobre la Protección y la
Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales), es un instrumento
que reafirma el deber de los Estados en lo concerniente a la elaboración de políticas
culturales que promuevan y protejan la diversidad de expresiones culturales, y
fundamentalmente, porque constituye el primer instrumento de derecho
internacional que enfatiza la necesidad de reconocer y afirmar la especificidad
de los bienes, los servicios y los procesos culturales, en tanto que la cultura
es portadora de identidades, valores y significados.
III.—Que las responsabilidades del Gobierno en materia cultural
se enuncian en los Artículos 76 y 89 de la Constitución Política de la República.
IV.—Que el Decreto Ejecutivo N° 36646-MP-PLAN, del 14 de junio
del 2011, establece la rectoría del Ministerio de Cultura con respecto al
Sector Cultura.
V.—Que
la cultura es una característica esencial de la humanidad, un concepto
universal y un bien público mundial generador de derechos y obligaciones que
atañen a toda la comunidad humana.
VI.—Que los Estados tienen el deber de garantizar a las
personas, los grupos sociales, las comunidades, pueblos y poblaciones
particulares de defender y exigir los derechos humanos culturales, según el
artículo 22 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
VII.—Que la cultura es un factor de cohesión social y un
recurso dinamizador de los aportes simbólicos y materiales, por tanto tiene un
papel medular en la vida política, económica y social de las poblaciones.
VIII.—Que la cultura constituye la base de los procesos
creativos de la humanidad y permiten imaginar, comunicar y difundir ideas,
conocimientos, aprendizajes.
IX.—Que la cultura tiene todo el potencial como motor, vector
y dinamizadora de procesos de desarrollo humano, socio al y económico, en el
nivel local, regional y nacional.
X.—Que
la cultura realza la imagen del país en el plano internacional. Por tanto,
Decretan:
LA POLÍTICA NACIONAL DE DERECHOS CULTURALES
2014-2023
Artículo
1º—Se establece la Política Nacional de Derechos Culturales 2014-2023, como el
marco político de largo plazo que establece el Estado Costarricense, para
lograr la efectiva promoción, respeto, protección y garantía de los derechos
culturales, que han de ser protegidos, promovidos y gestionados por la
institucionalidad pública en el período 2014-2023, y que en lo sustantivo
establecerá objetivos, metas y lineamientos estratégicos de acción.
Artículo 2º—La
Política Nacional de Derechos Culturales se propone que las personas, grupos y
comunidades ejerzan sus derechos culturales y participen de manera efectiva en
la vida cultural del país, en los niveles local, regional y nacional,
expresando libremente sus identidades culturales, en equidad de condiciones y
en un entorno institucional que reconoce, respeta y promueve la
interculturalidad. En esta medida, se plantea como una política de largo plazo
sustentada en objetivos estratégicos, se revisará y actualizará cada diez años.
Artículo 3º—La
Política Nacional de Derechos Culturales se ejecutará mediante Planes de Acción
quinquenales, donde se precisarán acciones, tiempos, instituciones
responsables, indicadores, resultados esperados y presupuestos. El Ministerio
de Cultura y Juventud coordinará el proceso de implementación de la política y
sus respectivos planes de acción, procurando la participación activa de
representantes de instituciones que se incluyen en el Sistema Nacional de
Protección y Promoción de Derechos Culturales, de organizaciones de la sociedad
civil, especialmente organizaciones culturales, comunitarias y étnicas.
Artículo
4º—Para el período 2014-2023 la Política Nacional de Derechos Culturales se
ampara en los siguientes enfoques: Derechos, sensibilidad cultural, género,
articulación, transversalidad, interculturalidad y generacional, así como en
los siguientes principios: no discriminación, igualdad, equidad, diversidad
cultural, participación, corresponsabilidad social en la Protección y Promoción
de Derechos Culturales.
Artículo 5º—Los
Ejes de Acción, los temas y objetivos estratégicos de la Política Nacional de
Derechos Culturales son los siguientes:
a) EJE ESTRATÉGICO 1: PARTICIPACIÓN EFECTIVA Y DISFRUTE DE LOS
DERECHOS CULTURALES EN LA DIVERSIDAD. Temas: 1)
Disfrute de los Derechos Culturales; 2) Diversidad e Interculturalidad; 3)
Equidad Cultural; 4) Democracia y Participación Efectiva en la vida cultural; y
5) Corresponsabilidades Culturales. Objetivo estratégico: Fortalecer la
participación efectiva de las personas, grupos y comunidades, para avanzar en
la construcción de una democracia cultural, que reconoce la diversidad y
promueve el disfrute de los derechos culturales.
b) EJE ESTRATÉGICO 2: DINAMIZACIÓN ECONÓMICA DE LA CULTURA.
Temas: 1) Relación entre cultura y desarrollo; 2) Economía creativa; 3)
Economía social y cultural solidaria. Objetivo estratégico: Promover la
dinamización económica de la cultura, a través de estímulos a la creatividad y
a la producción cultural, a nivel local, regional y nacional, ligados a los
procesos de desarrollo social y económico.
c) EJE ESTRATÉGICO 3: PROTECCIÓN Y GESTIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL,
MATERIAL E INMATERIAL. Temas: 1) Revitalización del
patrimonio cultural material e inmaterial; 2) Fomento de la participación
ciudadana en la protección y gestión del patrimonio; 3) Fortalecimiento y
articulación entre los centros de información y las entidades dedicadas a la
protección del patrimonio cultural; y 4) Relación entre patrimonio cultural y
patrimonio natural. Objetivo estratégico: Promover acciones enfocadas a
asegurar la protección y gestión participativa del patrimonio cultural,
material e inmaterial, para el fortalecimiento de las identidades y el
bienestar integral de las personas, grupos y comunidades en todo el país.
d) EJE ESTRATÉGICO 4: FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA PROMOCIÓN Y
PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS CULTURALES. Temas: 1)
Organización y fortalecimiento del sector cultura; 2) Fortalecimiento
organizativo y funcional del Ministerio de Cultura y Juventud; 3) Desarrollo
territorial, municipalidades, redes y organizaciones locales. 4) Estrategia de
información, comunicación e investigación cultural; 5) Derechos y beneficios
laborales para los trabajadores de la cultura. Objetivo estratégico: Desarrollar
un proceso de modernización institucional del Sector Cultura, que viabilice la
implementación de la Política Nacional de Derechos Culturales, para la
promoción y protección de los derechos culturales de las personas, grupos y
comunidades en todo el país.
e) EJE ESTRATÉGICO 5: DERECHOS CULTURALES DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS.
Temas: 1) Reconocimiento y respeto a las culturas indígenas; 2) Educación y
fortalecimiento de las culturas indígenas; 3) Derechos culturales, servicios y
programas estatales; 4) Recursos naturales y vivencia plena de las culturas
indígenas; 5) Estímulos al desarrollo cultural de los Pueblos Indígenas; y 6)
Aplicación de convenios y declaraciones internaciones referidas a los pueblos
indígenas. Objetivo estratégico: Reafirmar los derechos culturales de las
personas indígenas por medio de acciones afirmativas de promoción, capacitación
y sensibilización que reconozcan y permitan a los pueblos indígenas el disfrute
pleno de sus derechos culturales en una sociedad respetuosa de la diversidad y
que busca el bien común.
Artículo
6º—El Poder Ejecutivo y sus instituciones, según sus competencias, ejecutarán
la Política Nacional de Derechos Culturales y sus respectivos planes de acción,
otorgándole nivel de prioridad y asignándole los recursos necesarios para
garantizar su puesta en marcha y el alcance de los resultados previstos.
Artículo 7º—El
Poder Ejecutivo y sus instituciones incluirán, en sus planes operativos
anuales, las acciones contempladas en los planes de acción de la Política
Nacional de Derechos Culturales y, en lo inmediato, aquellas establecidas en el
Primer Plan de Acción 2014-2023.
Artículo 8º—El
Ministerio de Cultura y Juventud ejercerá la coordinación de la Política
Nacional de Derechos Culturales, que incluye el seguimiento y monitoreo de los
avances en el cumplimiento de sus objetivos y metas, mediante indicadores de
proceso e impacto. Este sistema de seguimiento y monitoreo formará parte del
Sistema Nacional de Planificación del Ministerio de Planificación Nacional y
Política Económica -MIDEPLAN-.
Artículo 9º—Se
crea el Sistema Nacional de Protección y Promoción de Derechos Culturales, con
el fin de alcanzar los objetivos propuestos en la Política Nacional de Derechos
Culturales, y para su funcionamiento estará integrado por las siguientes
instancias:
a) Un Consejo Sectorial de Cultura,
integrado por el Ministro/a Rector/a o su representante; los Directores/as de
Programas Presupuestarios, de Órganos Desconcentrados, y de las instituciones
del Sector Cultura; Jefatura de la Secretaría de Planificación Institucional y
Sectorial y la Jefatura de la Secretaría Técnica de Políticas Culturales, del
Ministerio de Cultura y Juventud. La función principal de este Consejo será
coordinar con los órganos e instituciones del Sector Cultura la armonización y
vinculación de los Planes Operativos Institucionales con las políticas y planes
sectoriales de cultura y el Plan Nacional de Desarrollo.
b) Un Consejo
Intersectorial de Políticas Culturales conformado por el Ministro Rector
del Sector, quien lo preside; jerarcas de los ministerios e instituciones de:
Educación Pública; Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones; Economía,
Industria y Comercio; Planificación Nacional y Política Económica; Ambiente y
Energía; Turismo, Justicia y Paz; Relaciones Exteriores y Culto; Trabajo y
Seguridad Social, e Instituto Nacional de Aprendizaje. Además, un representante
de las universidades estatales; dos representantes de los foros regionales
(descritos en el inciso f de este artículo), y un representante del sector
empresarial. Asimismo, este Consejo podrá convocar a otras instituciones que
considere necesario, para coordinar la ejecución de la Política de Derechos
Culturales. El Consejo Intersectorial de Políticas
Culturales es una instancia permanente de alto nivel político, que efectuará
una labor de seguimiento, apoyo e incidencia política para el avance en el
cumplimiento de los objetivos de la Política Nacional de Derechos Culturales.
c) Un Consejo de Gestión Cultural Regional, compuesto por el
director o directora Regional de Gestión Cultural, o en su defecto por un
representante del MCJ que trabaje en la región, (de acuerdo con la división
regional establecida por MIDEPLAN) quien presidirá el Consejo; un representante
de cada una de las municipalidades de la región (de acuerdo con la división
regional establecida por MIDEPLAN); un representante de aquellas instituciones
que forman parte del Consejo Intersectorial con actividades intersectoriales
que tengan representación en la región; dos representantes de cada uno de los
foros regionales de cultura (descritos en el inciso f de este artículo), , un
representante de cada uno de los pueblos étnicos, un representante de la
empresa privada y/o del sector cooperativo.
d) Una Secretaría Técnica de Políticas Culturales cuya tarea
será la de la gestión, el seguimiento y la evaluación de la Política Nacional
de Derechos Culturales. Es una instancia de nivel técnico con representación de
instituciones y sectores vinculados con la ejecución de la Política Nacional de
Derechos Culturales bajo la coordinación del Ministerio de Cultura y Juventud.
Esta tendrá una doble función: primero apoyar la gestión, el seguimiento y la
evaluación de la Política Nacional de Derechos Culturales así como la
coordinación interinstitucional, que demanda el proceso de ejecución de la
misma Política y segundo, fungir de enlace técnico entre las instituciones y el
Ministerio de Cultura y Juventud.
e) Comité técnico intersectorial. Estará conformado Secretaría
Técnica de Políticas Culturales, que lo preside, un representante de las
instituciones gubernamentales que forman parte del Consejo Intersectorial de la
PNDC y será nombrado por el jerarca respectivo. Su función principal es velar
por el cumplimiento de los compromisos adquiridos por las instituciones
estatales en el marco de la política y cualquier otra función que le designe el
Consejo Intersectorial de Políticas Culturales.
f) Los Foros Regionales de Cultura, como foros consultivos en
cada región, de acuerdo con la división regional establecida por MIDEPLAN.
Estos foros estarán compuestos por grupos y redes culturales organizados que
trabajan en pro de las gestión, promoción, investigación, difusión y producción
cultural. Cada uno de estos foros regionales nombrará un representante ante el
Consejo de Gestión Cultural Regional. Su principal función es apoyar y proponer
acciones en torno a la Política Nacional de Derechos Culturales.
Artículo 10.—Rige a partir
de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, a los
diecisiete días del mes de diciembre del dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El
Ministro de Cultura y Juventud, Manuel Obregón López.—1 vez.—O. C. N°
19754.—Solicitud N° 09634.—C-169140.—(D38120-IN2013086380).
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISOS
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la
Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la
Asociación de Desarrollo Integral de Barrio Nájera Cariari
Pococí, Limón. Por medio de su representante:
Mercedes Danilo González, cédula 2-354-586 ha hecho solicitud de inscripción de
la siguiente reforma al estatuto: Artículo N° 01 para que en adelante se lea
así los límites, por resolución DLR 57-2013 de la Dirección Nacional de
Desarrollo de la Comunidad, Dirección de Legal y Registro:
Artículo 01:
Norte: Astúa Pirie en la entrada a Mola.
Sur: Hasta la
entrada a Numancia.
Este: Roxana
Farm.
Oeste: Río Bejuco
hasta Finca San Alberto.
Dicha reforma es
visible en Resolución DLR 57-2013 folio 06 del tomo I del expediente de ADI Astúa Pirie, Pococí,
Limón expediente que se encuentra en el Departamento de Registro de la
Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha resolución de
disminución de límites fue debidamente notificada.
En cumplimiento
de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859
“Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el
termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a
cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que
formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite,
manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.
San José, a las
14:40 horas del día veintiocho de octubre del 2013.—Lic.
Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1
vez.—(IN2013084435).
El Registro
Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional
de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo
Integral de Astúa Pirie, de
Cariari, Pococí, Limón. Por
medio de su representante: Luz Marina Centeno Sorio,
cédula 6-217-533 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al
estatuto: Artículo N° 01 para que en adelante se lea así los límites, por
resolución DLR 57-2013 de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad,
Dirección de Legal y Registro:
Artículo 01:
Norte: Río Tortuguero.
Sur: Barrio
Nájera en la entrada a Mola.
Este: Río
Guápiles.
Oeste: Río Tortuguero.
Dicha reforma es
visible en Resolución DLR 57-2013 folio 06 del tomo I del expediente de ADI Astúa Pirie, Pococí,
Limón expediente que se encuentra en el Departamento de Registro de la
Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha resolución de
disminución de límites fue debidamente notificada.
En cumplimiento
de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859
“Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el
termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a
cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que
formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite,
manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.
San José, a las
14:40 horas del día veintiocho de octubre del 2013.—Lic.
Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1
vez.—(IN2013084440).
El Registro
Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección de Legal
y de Registro, hace constar: que la Asociación de Desarrollo Específica para
la Creación y Mantenimiento del Centro Diurno San Isidro de Heredia. Por medio
de su representante: Ana Lidieth de La Trinidad
Hernández González, cédula 401500657 ha hecho solicitud de inscripción de dicha
organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la
Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento
que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir
de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en
especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen
pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta
Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las
11:46 horas del día 13 de diciembre del 2013.—Lic. Rosibel
Cubero Paniagua, Jefe Departamento de Registro.—1
vez.—(IN2013084708).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOS
EDICTOS
AE-REG-E-364/2012.—La señora Salomé Artavia
Barquero, cédula de identidad o pasaporte o número de residencia: 1-0963-0996,
en calidad de representante legal de la
compañía Soluciones Agrícola de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del producto
coadyuvante de nombre comercial CARBÓN ACTIVADO EN POLVO CAA 85 WP,
compuesto a base de carbón activado. Conforme a lo que establece la Ley de
Protección Fitosanitaria Nº 7664, se solicita a terceros con derecho a oponerse
para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término
de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el
Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 10 horas con 27 minutos del 3
de diciembre del 2013.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de
Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013084686).
AE-REG-E-362-2013.—El señor Joaquín Lizano González,
cédula 1-706-329, en calidad de apoderado de la compañía Representaciones y
Suministros Agropecuarios S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial RADIAX,
compuesto a base de nitrógeno (0.8%), fosforo (0.11%), potasio (0.04%),
magnesio (0,6%), azufre (0,19%), boro (0,1%), hierro (0.16%), proteínas (10%),
polisacáridos (10%) todos declarados en peso/peso. Conforme a lo que establece
la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664, se solicita a terceros con derecho
a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del
término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este
edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a las 11:35 horas del 2 de diciembre del 2013.—Unidad
Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas,
Jefe.—1 vez.—(IN2013084691).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTOS
El señor Juan
Antonio Acosta Campos con número de cédula 401160574, vecino de San José en
calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Zoetis
Costa Rica SRL, con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente
medicamento veterinario del grupo 3: Zylexis®
fabricado por Laboratorios Animal Health, Bélgica con
los siguientes principios activos: Cada ml reconstituido contiene: Parapoxvirus ovis cepa D1701
inactivado (antígeno / ingrediente activo) y las siguientes indicaciones
terapéuticas: Como ayuda en el tratamiento de infecciones y/o enfermedades
provocadas por la tensión, estimulando la proliferación de linfocitos en
perros, gatos, caballos, ganado, cerdos así como la inducción de interferones e
interleuquinas antivirales (por ej., IL-6, IL-12,
TNF-a) en linfocitos de perros, caballos, ganado y cerdos. Con base en el
Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 7
horas del día 25 de noviembre del 2013.—Dr. Luis Zamora Chaverri,
Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2013082768).
El señor Heiner Hernández Ávila con número de cédula 1-0820-0051,
vecino de Alajuela en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Distrivet S. A., con domicilio en Alajuela, solicita el
registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Clorhexipet’s
0.5 %, fabricado por Laboratorio Farmatec Ltda.,
Colombia, con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contiene: Clorhexidina digluconato 5.0 g y
las siguientes indicaciones terapéuticas: Para la limpieza y el aseo de la piel
de los animales domésticos caninos, felinos y equinos. Coadyuvante en el tratamiento y control de las afecciones de la piel.
Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control
de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para
que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial “La Gaceta”.—Heredia, a las
10:00 horas del día 25 de noviembre del 2013.—Dr. Luis Zamora Chaverri,
Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2013083180).
El
señor Heiner Hernández Ávila con número de cédula
1-0820-0051, vecino de Alajuela en calidad de regente veterinario de la
compañía Droguería Distrivet S. A., con domicilio en
Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo
3: Clorhexipet’s FT 2 %, fabricado por Laboratorio Farmatec Ltda., Colombia, con los siguientes principios
activos: Cada 100 ml contiene: Clorhexidina digluconato 2.0 g y las siguientes indicaciones
terapéuticas: Para la limpieza y el aseo de la piel de los animales domésticos
caninos, felinos y equinos. Coadyuvante en el tratamiento y control de las
afecciones de la piel. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG
“Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a
terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección,
dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 10 horas del día 25 de noviembre del
2013.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(IN2013083608).
N°
SENASA-DG-R90-2013.—Dirección General.—Barreal de
Ulloa, Heredia, a las ocho horas del veintinueve de noviembre del año dos mil
trece.
Considerando:
I.—Que
el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), conforme a lo dispuesto por la
Ley N° 8495 del 6 de abril del 2006, es un órgano de desconcentración mínima
del Ministerio de Agricultura y Ganadería, el cual cuenta con personalidad
jurídica instrumental y tiene dentro de sus competencias administrar,
planificar, dirigir y tomar medidas pertinentes en todo el país para cumplir
con sus servicios, programas y campañas en materias de prevención, control y
erradicación de plagas y enfermedades de los animales; controlar y garantizar
la salud de los animales domésticos, acuáticos, silvestres u otros de las
diferentes especies; establecer criterios de autorización de personas físicas y
jurídicas para cada actividad específica, las responsabilidades asumidas y sus
limitaciones; establecer procedimientos de control de calidad y auditoría
técnica, tanto para el propio SENASA, como para las personas físicas y
jurídicas oficializadas o autorizadas; asimismo, velar por la administración,
el control y el uso de los recursos obtenidos al aplicar esta Ley; y además
respaldar con resultados de pruebas del laboratorio oficial, la eficacia de los
programas, las campañas y el sistema de inspección, control y evaluación,
siendo que el laboratorio oficial podrá utilizar laboratorios oferentes, de
referencia y debidamente oficializados.
II.—Que el Decreto Ejecutivo N° 34493-MAG del 10 de enero del
2008, “Reglamento para Laboratorios Oferentes de Referencia y con Ensayos
Oficializados por SENASA”, es el marco regulador de los laboratorios que
ofrezcan pruebas o ensayos oficializados, sean estos públicos o privados, nacionales
o extranjeros, en las modalidades de oferentes, de referencia, y que respaldan
los programas, las campañas y el sistema de inspección, control y evaluación
del SENASA.
III.—Que el Síndrome Respiratorio y Reproductivo Porcino es una
enfermedad de los cerdos que es de interés sanitario y comercial, toda vez que
diversos países, en su condición de socios comerciales, requieren una
certificación de laboratorio donde se garantice de que los cerdos a exportar a
dichos destinos por parte de Costa Rica, se encuentren libres de dicha
enfermedad.
IV.—Que para los anteriores efectos el SENASA, como autoridad
competente, requiere que las pruebas de laboratorio realizadas para tal efecto
y los resultados de éstas que se emitan, cuenten con carácter oficial para su
reconocimiento por parte de las autoridades competentes de otros países.
V.—Que el Laboratorio Inmunovet,
propiedad del señor Max Solano Pereira, cédula de identidad número 2-0294-0567,
ha cumplido satisfactoriamente con los trámites administrativos y requisitos
técnicos necesarios que establece el Decreto Ejecutivo N° 34493-MAG y por ello
ha solicitado la oficialización del ensayo de laboratorio “Detección de
Anticuerpos Frente al Virus Síndrome Respiratorio y Reproductivo Porcino”. Por
tanto,
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL
DE SALUD ANIMAL,
RESUELVE:
1º—Declarar como oficializado el ensayo de
laboratorio “Detección de Anticuerpos Frente al Virus Síndrome Respiratorio y
Reproductivo Porcino” bajo las normas y directrices del Servicio Nacional de
Salud Animal (SENASA), en el laboratorio de diagnóstico Inmunovet,
propiedad del señor Max Solano Pereira, cédula de identidad número 2-0294-0567,
ubicado en la ciudad de Alajuela, 200 metros norte y 175 oeste del museo Juan
Santamaría.
2º—Rige a partir de su publicación en el Diario
Oficial La Gaceta. Publíquese igualmente en la página Web del SENASA.
Expídase la certificación de estilo para el laboratorio señalado.—DR. German Rojas Hidalgo, Director General.—1 vez.—O. C. N° 002-2013.—Solicitud N°
0525.—C-64350.—(IN2013085071).
CONSEJO NACIONAL
DE VIALIDAD
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
AVISO DE ACUERDO
DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
Ref. artículo VIII sesión N° 1065-13 de fecha
21-11-13
Ingeniero
Cristian Vargas Calvo
Director Ejecutivo a. í.
Licenciada
Yorleny Hernández Segura
Proveedora Institucional
Consejo Nacional de Vialidad
Nos permitimos hacer de su conocimiento que el
Consejo de Administración, según consta en el acta de la sesión citada en la
referencia, acordó:
8.10) Antecedentes
de la empresa Constructora Santa Fe Ltda:
Acuerdo Firme:
Instruir a la Proveeduría Institucional, para que
comunique a los proveedores del CONAVI, que aquel proveedor que se encuentre
moroso con las obligaciones de la Caja Costarricense de Seguro Social, será
prevenido una sola vez, para que cumpla dentro del plazo otorgado; de no ser
así se iniciará el proceso de resolución contractual. Lo anterior, de
conformidad con el Artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense
de Seguro Social.—San José 25 de noviembre del
2013.—Lic. Magally Mora Solís, Secretaria de Actas.—O.C. N° 2105.—Solicitud N° 0855.—C-82980.—(IN2013084624).
PUBLICACIÓN DE
UNA VEZ
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
N° 034-2013.—San José, 18 de noviembre de 2013
Con fundamento en lo que establece el artículo 140,
inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo
1º—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las
disposiciones del Régimen de Servicio Civil, a la siguiente funcionaria:
Nombre
|
Cédula
|
N° puesto
|
Clase puesto
|
Carpio Leroy
Tatiana
|
01-1127-0188
|
503558
|
Profesional en Servicio Civil 1-B
|
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de agosto del 2013.
Publíquese.—Ing. Cristian
Vargas Calvo, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—O.C. N° 2105.—Solicitud N°
0853.—C-17400.—(IN2013084629).
N° 036-2013.—San
José, 02 de diciembre de 2013
Con
fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución
Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el
Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de
Servicio Civil, a la siguiente funcionaria:
Nombre
|
Cédula
|
N° puesto
|
Clase puesto
|
Hernández Segura Yorleny
|
04-0163-0535
|
000122
|
Profesional Jefe de Servicio Civil 2
|
Artículo
2º—Rige a partir del 16 de agosto del 2013.
Publíquese.—Ing. Cristian Vargas Calvo, Director Ejecutivo a. í.—1
vez.—O.C. N° 2105.—Solicitud N° 0856.—C-17400.—(IN2013084630).
N° 033-2013.—San
José, 13 de noviembre del 2013
Con
fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución
Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el
Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de
Servicio Civil, a los siguientes funcionarios:
Nombre
|
Cédula
|
N° puesto
|
Clase puesto
|
Castro
González Erick
|
07-0178-0801
|
500347
|
Profesional
en Informática, Grupo 1-A
|
López Segura
Asdrúbal
|
02-0360-0632
|
030049
|
Profesional
en Informática, Grupo 1-B
|
Alfaro
Navarro Laura
|
01-1169-0062
|
503531
|
Profesional
en Informática 3
|
Artículo
2º—Rige a partir del 16 de agosto del 2013.
Publíquese.—Ing. Cristian Vargas Calvo, Director Ejecutivo a. í.—1
vez.—O.C. N° 2105.—Solicitud N° 0852.—C-27220.—(IN2013084635).
ACUERDO Nº 038-2013
Con
fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución
Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el
Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de
Servicio Civil, a la siguiente funcionaria:
Nombre
|
Cédula
|
N° Puesto
|
Clase Puesto
|
Salas Pérez Melissa Mavet
|
04-0181-0911
|
503530
|
Profesional de Servicio Civil 2
|
Artículo
2º—Rige a partir del 16 de setiembre del 2013.
Publíquese.—San José, 2 de diciembre de 2013.—Ing. Cristian Vargas
Calvo, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—O. C. Nº 2105.—Solicitud Nº
0859.—C-17400.—(IN2013084643).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 14, título N° 96,
emitido por el Liceo San Rafael de Alajuela, en el año mil novecientos noventa
y uno, a nombre de Arguedas Madrigal Minor, cédula
2-0490-0774. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San
José, a los veinticinco días del mes de noviembre del dos mil trece.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa,
Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—(IN2013080489).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 137, título N° 1586,
emitido por Liceo de Cariari, en el año dos mil doce,
a nombre de Calderón Mata Jefferson, cédula 7-0234-0915. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los trece días del mes
de noviembre del dos mil trece.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—(IN2013080500).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 280, título Nº 2171,
emitido por el Liceo Regional de Flores, en el año dos mil cuatro, a nombre de
González Chavarría Cynthia Gabriela, cédula 4-0196-0019. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los tres días del mes de
diciembre del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—Med. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013080817).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 101, título Nº 923,
emitido por el Colegio Técnico Profesional Jesús Ocaña Rojas, en el año mil
novecientos noventa y ocho, a nombre de Soto Herrera Mary Gisela, cédula
2-0525-0730. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original y por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos
son: Herrera Herrera Mary Gisela. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dos días del mes de diciembre del dos mil
trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013080822).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 70, título Nº 791,
emitido por el Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo, en el año dos mil once,
a nombre de Arce Acuña Ana Lucía, cédula 2-0725-0132. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintidós días del mes de octubre del dos
mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013080891).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 131, asiento 15,
título Nº 890, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe Agua Buena, en el año
dos mil trece, a nombre de Vargas Cordero Helen Joana,
cédula 6-0410-0522. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los tres días del mes de diciembre del dos mil trece.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013080994).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 155, título Nº 1592,
emitido por el Colegio Gregorio José Ramírez, en el año dos mil cinco, a nombre
de Arguedas Sánchez Gregorio, cédula 1-1407-0521. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiún días del mes de noviembre del dos
mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013081015).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 15, título Nº 79,
emitido por el Centro Educativo Jorge Debravo, en el año dos mil siete, a
nombre de Mata Chinchilla Marvin Andrés, cédula 3-0446-0393. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los tres días del mes de
diciembre del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—Med. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013081039).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 73, asiento 30,
título Nº 397, emitido por el Colegio Bilingüe Enrique Malavassi
Vargas, en el año dos mil diez, a nombre de Jara Esquivel Pablo Enrique, cédula
1-1539-0194. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los
tres días del mes de diciembre del dos mil trece.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—Med. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013081068).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 155, título N° 607,
emitido por Liceo Nocturno José Joaquín Jiménez Núñez, en el año dos mil
cuatro, a nombre de Juan Carlos Rodríguez Quirós. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original y por cambio de apellido, cuyo
nombre y apellido correcto es: Juan Carlos Angulo Rodríguez, cédula
1-1152-0424. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San
José, al primer día del mes de noviembre del dos mil trece.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013081456).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Técnico Medio en Contabilidad, inscrito en el tomo 1,
folio 500, asiento N° 8320, emitido por Colegio Técnico Profesional de Heredia,
en el año dos mil seis, a nombre de Murillo Gómez Jennifer, cédula 4-0196-0159.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dos
días del mes de diciembre del dos mil trece.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—1 vez.—(IN2013081457).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
1, folio 235, título N° 2143, emitido por el Liceo Dr. Vicente Lachner
Sandoval, en el año dos mil cinco, a nombre de Rojas Navarro Víctor Eduardo,
cédula 3-0412-0720. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los veintiocho días del mes de noviembre del dos mil
trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013081688).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 27, título N° 177,
emitido por el Liceo de Chacarita, en el año mil
novecientos noventa y cuatro, a nombre de Hernández Sequeira Yahaira, cédula N° 6-0255-0942. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiocho días del mes de noviembre del
dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013081736).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 18, título N° 209,
emitido por la Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez, en el año mil novecientos
noventa y uno, a nombre de Gómez Arrieta Xiomara, cédula N° 5-0269-0600. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, a los veinticinco días del
mes de noviembre del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013081758).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 13, título N° 082,
emitido por Liceo Nocturno de Puriscal, en el año mil
novecientos noventa y uno, a nombre de Mora Alpízar
Carlos Mauricio, cédula N° 1-0816-0586. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los siete días del mes de noviembre del dos
mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013081861).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 24, título N° 712,
emitido en el año dos mil seis, y del Título de Técnico Medio en la
Especialidad de Secretariado, inscrito en el tomo 1, folio 50, título N° 875
emitido en el año dos mil, ambos títulos fueron extendidos por Colegio Técnico
Profesional de Parrita, a nombre de Jiménez Arias Marylin,
cédula N° 6-0319-0109. Se solicita la reposición de los títulos indicados por
pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones
a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los seis días del mes de diciembre del dos mil trece.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013082064).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 135, título Nº 745,
emitido por el Liceo Nocturno de Puriscal, en el año
dos mil nueve, a nombre de Jiménez Madrigal Karol,
cédula 1-1127-0124. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los veintiséis días del mes de agosto del dos mil trece.—Departamento
de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013082416).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 31, título Nº 227,
emitido por el Liceo Nocturno de Puriscal, en el año
dos mil nueve, a nombre de Mora Mora Johnny Alonso,
cédula 1-0735-0927. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los cinco días del mes de diciembre del dos mil trece.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013082465).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 154, título Nº 53 y
del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Informática en Programación,
inscrito en el tomo 1, folio 31, título N° 33, ambos títulos fueron emitidos
por el Colegio Técnico Profesional de Pital, en el
año dos mil siete, a nombre de Centeno Gutiérrez Juan Carlos, cédula
2-0652-0420. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de
los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los quince días del mes de octubre del dos mil trece.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013082480).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Técnico Medio en Contabilidad, inscrito en el tomo 1, folio 290, título Nº
4776, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Educación Comercial y de
Servicios, en el año dos mil nueve, a nombre de Marín Montero Dayra Abigail, cédula 1-1465-0057. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los nueve días del mes de
diciembre del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—Med. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013082508).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica”
Modalidad en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 66, título N° 990,
emitido por Liceo de San Carlos, en el año mil novecientos ochenta y dos, a
nombre de Guerrero Vargas Olga Lidia, cédula 2-0406-0863. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, 4 de diciembre del 2013.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013082715)
Ante este departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 64, título N° 487, emitido por el
Colegio María Inmaculada de San Carlos, en el año mil novecientos noventa y
nueve, a nombre de Matamoros Arguedas Rafael Gerardo, cédula 1-1125-0045. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, 7 de octubre del 2013.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013082716).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 104, asiento N°
3983, y del Título de Técnico Medio en Técnico Automotriz, inscrito en el tomo
3, folio 96, asiento N° 7542, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio
Vocacional de Artes y Oficios de Cartago Diurno, en el año dos mil once, a
nombre de González Brenes Allan Alberto, cédula 1-1556-0190. Se solicita la
reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, 25 de noviembre del 2013.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013083122).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 7, Título N° 34,
emitido por Colegio Técnico Profesional San Pablo de León Cortés, en el año mil
novecientos noventa y uno, a nombre de Araya Picado Freddy, cédula 1-0855-0742.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, 17 de octubre del 2013.—Departamento
de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013083151).
Ante
este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 39, Título N° 183,
emitido por Colegio Técnico Profesional La Gloria, en el año mil novecientos
noventa y ocho, a nombre de Berrocal Alvarado Patricia, cédula 1-1123-0278. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta. Dado en San José, a los dos días del mes de diciembre del dos
mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefe.—(IN2013084278).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante
este departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 20, título, N° 397, emitido por Colegio Las Américas, en el
año dos mil tres, a nombre de López López Diego
Armando, cédula 1-1276-0006. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, once de diciembre
del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013083935).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES
SOCIALES
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la autorización
extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido
a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa de
Transportistas Unidos Emprendedores del Caribe R.L., siglas COOPETRAUNEC R.L.,
acordada en asamblea celebrada el 17 de noviembre del 2012. Resolución 1461-CO.
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones
Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la
inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Presidente
|
Cristóbal Downs Bernard
|
Vicepresidente
|
Carlos Fernández Rodríguez
|
Secretario
|
Yenely Sojo Artavia
|
Vocal 1
|
Adrián Bonilla Chinchilla
|
Vocal 2
|
Clariberth Céspedes Madrigal
|
Suplente
1
|
Álvaro Douglas Douglas
|
Suplente 2
|
Jhonnys Martínez Brenes
|
Gerente
|
José María Mena
Chacón
|
5
de setiembre 2013.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez,
Jefe.—(IN2013082712).
De
conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y
Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social
denominada: Cooperativa de Productores Agrícolas y Comercialización de
Productos Agrícolas de Villa Nueva y México de Upala
R.L., siglas: COOPEVILLAMEX R.L, constituida en asamblea celebrada el 13 de
abril del 2013. Número de expediente código 1465-CO. En cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la
Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción y se envía
un extracto para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Presidente: Juan Francisco López Vargas
Vicepresidente: Jorge Castillo Chávez
Secretario: Esly
José Rodríguez Traña
Vocal
1: Javier Chamorro
Castillo
Vocal
2: Francisca Obando Salgueta
Suplente
1: Anastasio Castillo Torres
Suplente
2: Wilberth
Carrillo Castillo
Gerente: Rodolfo Carlos López Obregón
San
José, 14 de octubre del 2013.—Registro de
Organizaciones Sociales.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa a. í.—(IN2013082906).
De conformidad
con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad
Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó
introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada Unión de
Empleados del Banco de Costa Rica, siglas: UNEBANCO, acordada en asamblea
celebrada el día 21 de setiembre de 2013. Expediente S-B018. En cumplimiento
con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley
Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de
la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La
reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este
Registro, mediante Tomo: 16, Folio: 166, Asiento: 4767 del 30 de octubre del
2013. La reforma afecta la totalidad de los artículos del Estatuto.—San José, 31 de octubre del 2013.—Lic. José Joaquín Orozco
Sánchez, Jefe.—Exonerado.—(IN2013083168).
De conformidad
con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad
Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó
introducir a su Estatuto la organización social denominada Sindicato de
Profesionales del Instituto de Desarrollo
Agrario, siglas SIPROIDA, acordada en asamblea celebrada el día 30 de noviembre
del 2012. Expediente P-80. Habiéndose cumplido con lo dispuesto en el artículo
344 del Código de Trabajo y 349 de la Ley orgánica del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La reforma ha sido
inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro visible
Tomo 16, Folio 169, Asiento 4773 del 15 de noviembre del 2013. La reforma
afecta los artículos 1, 4, 7, 25 y 38 del Estatuto. Con la reforma al artículo
1 varió el nombre de la organización y en adelante será: Sindicato de
Profesionales del Instituto de Desarrollo Rural, Siglas SIPROINDER.—15 de noviembre del 2013.—Lic. José Joaquín Orozco
Sánchez, Jefe.—(IN2013083882).
De conformidad con la autorización extendida por el
señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la
inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización
social denominada: Cooperativa de Ahorro y Crédito y Servicios Múltiples La
Amistad R. L., siglas COOPEAMISTAD R. L., la cual fue aprobada en asamblea
celebrada el 22 de febrero del 2013. Resolución 10. En cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la
ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción
correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.
La reforma afecta los artículos 14, 16, 25, 30, 33, 37, 43 y 69 del Estatuto.—4 de diciembre del 2013.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez,
Jefe.—(IN2013084039).
De conformidad con la autorización extendida por el
señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la
inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la
organización social denominada Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras del
Poder Judicial, siglas: SITRAJUD, acordada en asamblea celebrada el día 15 de
noviembre de 2013. Expediente N° 936-SI. En cumplimiento con lo dispuesto en el
artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dicha reforma se inscribió
en los libros de registro que al efecto lleva este Departamento mediante tomo:
16, folio: 170, asiento: 4776, del 16 de diciembre del 2013. La reforma afecta
la totalidad de los artículos del Estatuto.—San José,
16 de diciembre del 2013.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2013086189).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO
NACIONAL
Oficina de marcas de ganado
Franklin Murillo Jiménez, cédula de identidad 0601980985, solicita la
inscripción de:
Para ver imagen solo en La
Gaceta con firma digital
como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Osa, Ciudad
Cortez, Coronado, 150 metros al sur de la escuela. Presentada el 25 de octubre
del 2013. Según el expediente N° 2013-1891. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 1 de
noviembre del 2013.—Viviana Segura de La O, Registradora.—1
vez.—(IN2013085209).
REGISTRO DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL
Cambio de Nombre Nº 87645
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad 103350794, en calidad
de apoderado especial de Cloetta Italia S.R.L.,
solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Leaf Italia S.R.L. por el de Cloetta
Italia S.R.L., presentada el día 22 de noviembre de 2013 bajo expediente 87645.
El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2002-0007761 Registro Nº 169830
GALATINE en clase 30 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta
Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—29 de noviembre de 2013.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—1
vez.—(IN2013082670).
Cambio de Nombre
N° 87560
Que Alvis González Garita,
cédula de identidad 401230225, en calidad de apoderado especial de Altian Pharma S. A., solicita a
este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Altian Pharma S. A. por el de Altian Pharma S. A., presentada
el día 19 de noviembre de 2013 bajo expediente 87560. El nuevo nombre afecta a
las siguientes marcas: 2003-0002267 Registro N° 141602 EPODALT en clase
5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28
de noviembre del 2013.—Juan Carlos Sánchez García, Registrador.—1
vez.—(IN2013083537).
Cambio de Nombre
Nº 87379
Que Mauricio Brenes Ruiz, en calidad de apoderado
especial de Antonio Lehmann Librería, Imprenta y
Litografía, S en C, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio
de Nombre de Antonio Lehmann Librería e Imprenta
Atenea S en C, cédula jurídica 3101000974 por el de Antonio Lehmann
Librería, Imprenta y Litografía, S en C, presentada el día 6 de noviembre del
2013 bajo expediente 87379. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
1900-1209900 Registro Nº 12099 LIBRERÍA LEHMANN en clase 49 Marca
Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de noviembre del 2013.—Katherin
Jiménez Tenorio, Registradora.—1 vez.—(IN201383763).
Cambio de Nombre
Nº 86889
Que María del Pilar López Quirós, cédula de
identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de Synthes
GmbH, solicita a este Registro se anote la
inscripción de Cambio de Nombre de Stratec Medical AG
por el de Synthes, presentada el día 4 de octubre del
2013 bajo expediente 86889. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
2004-0000940 Registro Nº 149280 PLIVIOPORE en clase 5 Marca
Denominativa, 2004-0000941 Registro Nº 149279 PLIVIOPORE en clase 10 Marca Denominativa, 2004-0000945
Registro Nº 149525 PLIVIOS en clase 5 Marca
Denominativa, 2004-0000946 Registro Nº 149477 PLIVIOS en clase 10 Marca Denominativa, 2004-0000947
Registro Nº 149527 PLIVIOS en clase 44 Marca
Denominativa, 2004-0000948 Registro Nº 149526 TRAVIOS en clase 10 Marca Denominativa, 2004-0000949
Registro Nº 149476 TRAVIOS en clase 44 Marca
Denominativa, 2004-0000950 Registro Nº 149278 PLIVIOPORE en clase 44 Marca Denominativa, 2004-0000954
Registro Nº 149385 OPTINIUM en clase 44 Marca
Denominativa, 2004-0000955 Registro Nº 149474 OPTINIUM en clase 10 Marca Denominativa, 2004-0000956
Registro Nº 149524 OPTINIUM en clase 5 Marca
Denominativa, 2004-0000959 Registro Nº 149543 TRAVIOS en clase 5 Marca Denominativa, 2004-0001346
Registro Nº 149433 STARDRIVE en clase 10 Marca
Denominativa, 2004-0001347 Registro Nº 149555 LC-DCP en clase 10 Marca Denominativa, 2004-0001348
Registro Nº 149542 DCS en clase 10 Marca
Denominativa, 2004-0001349 Registro Nº 149584 DHS en clase 10 Marca Denominativa, 2004-0001351
Registro Nº 149585 UHN en clase 10 Marca
Denominativa, 2004-0001354 Registro Nº 149541 TEN en clase 10 Marca Denominativa, 2004-0001355
Registro Nº 149554 LCP en clase 10 Marca
Denominativa, 2004-0001356 Registro Nº 149289 DCP en clase 10 Marca Denominativa, 2004-0001357
Registro Nº 149485 USS en clase 10 Marca
Denominativa, 2004-0001358 Registro Nº 149553 VENTROFIX en clase 10 Marca Denominativa, 2004-0001359
Registro Nº 149540 CERVIFIX en clase 10 Marca
Denominativa, 2004-0001360 Registro Nº 149539 SYNFRAME en clase 10 Marca Denominativa, 2004-0001361
Registro Nº 149587 SYNEX en clase 10 Marca
Denominativa, 2004-0001362 Registro Nº 149603 CHRONOS en clase 10 Marca Denominativa, 2004-0001363
Registro Nº 149606 CERVIOS en clase 10 Marca
Denominativa, 2004-0001364 Registro Nº 149604 SYNCAGE en clase 10 Marca Denominativa, 2004-0001365
Registro Nº 149607 UNILOCK en clase 10 Marca
Denominativa, 2004-0001366 Registro Nº 149608 FLAPFIX en clase 10 Marca Denominativa, 2004-0001367
Registro Nº 149552 POLYMAX en clase 10 Marca
Denominativa, 2004-0001368 Registro Nº 149551 NORIAN en clase 10 Marca Denominativa y 2004-0001369
Registro Nº 149550 SPIT FIX en clase 10 Marca
Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efecto de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de octubre del 2013.—Bernard Molina Alvarado,
Registrador.—1 vez.—(IN2013083801).
Cambio de Nombre Nº 86717
Que Cristian Calderón Cartín, cédula de
identidad 1-0800-0402, en calidad de apoderado especial de Signum
International S.Á.R.L. Luxembourg, Luzern Branch, solicita a este
Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Signum
International S.a.r.l. Luxembourg,
Zug Branch por el de Signum
International S.Á.R.L. Luxembourg, Luzern Branch, presentada el día
26 de setiembre del 2013, bajo expediente 86717. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 2007-0012022 Registro Nº 177951 EF EDUCATION FIRST en
clase 16 marca mixto, 2007-0012023 Registro Nº 177952 EF EDUCATION FIRST
en clase 39 Marca Mixto y 2007-0012024 Registro Nº 177953 EF EDUCATION FIRST
en clase 41 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de octubre del 2013.—María Leonor Hernández
B., Registradora.—1 vez.—(IN2013084450).
Cambio de nombre Nº 86680
Que Manuel E. Peralta Volio,
cédula de identidad 900120480, en calidad de apoderado especial
de Diageo Scotland Limited,
solicita a este registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Guinness United Distillers & Vintners
Scotland Limited por el de Diageo
Scotland Limited, domiciliada en: Edinburgh Park, 5 Lochside Way, Edinburgh EH129DT,
Escocia, presentada el día 24 de setiembre de 2013 bajo expediente 86680. El
nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-3764333 Registro Nº 37643 CARDHU
en clase 33 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única
vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—21 de octubre del 2013.—Ildreth
Araya Mesén, Registradora.—1 vez.—(IN2013084722).
Cambio de nombre Nº
86662
Que
Manuel E. Peralta Volio,
cédula de identidad 900120480, en calidad de apoderado especial de Diageo Scotland Limited, solicita
a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de United Distillers & Vintners (ER) Limited por el de Guinness United Distillers & Vintners
Scotland Limited domiciliado en: Edinburgh Park, 5 Lochside Way, Edinburgh EH129DT,
Escocia, presentada el día 24 de setiembre de 2013 bajo expediente 86662. El
nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-3764333 Registro Nº 37643 CARDHU
en clase 33 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única
vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—21 de octubre del 2013.—Ildreth
Araya Mesén, Registradora.—1 vez.—(IN2013084724).
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, vecino de San
José, apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG,
de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada ELIMINACIÓN DE CÉLULAS
DIANA POR PARTE DE CÉLULAS T CITOTÓXICAS ESPECÍFICAS DE VIRUS UTILIZANDO
COMPLEJOS QUE COMPRENDEN MHC DE CLASE 1. En la presente memoria se informa
de un complejo
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que comprende como
primer componente una parte derivada de un anticuerpo que se une
específicamente a un antígeno diana, y como segundo componente un péptido
derivado de un virus unido a un complejo de proteína de MHC de clase I. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/46; A61K 47/48; C07K
14/705; C07K 16/28; cuyos inventores son Knoetgen, Hendrik. La solicitud correspondiente lleva el número
20130609, y fue presentada a las 12:53:00 del 21 de noviembre del 2013.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 25 de noviembre del 2013.—Fabián Andrade Morales,
Registrador.—(IN2013082553).
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de F. Hoffmann-La
Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE
PIRAZOL. La invención
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se refiere a
compuestos de la fórmula en las que: Rl es hidrógeno
o fenilo opcionalmente sustituido por halógeno, CN o alcoxi
inferior o alcoxi inferior sustituido por halógeno;
R2 es hidrógeno o alquilo inferior; R3 es hidrógeno o alquilo inferior o es
fenilo opcionalmente sustituido por uno o más sustituyentes elegidos entre halógeno, ciano o alcoxi inferior sustituido por halógeno. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/424; C07D 413/12; C07D
413/14; A6lP 25/00; cuyos inventores son Galley, Guido,
Ghellamallah, Cédric, Norcross, Róger, Pflieger, Philippe. La solicitud
correspondiente lleva el número 20130582, y fue presentada a las 13:23:40 del 8
de noviembre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 22 de noviembre del
2013.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2013082554).
El
señor Víctor Vargas Valenzuela mayor, abogado, cédula número 1-335-794, vecino
de San José, en su condición de apoderado especial de Targegen
Inc., de los Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención
denominada COMPOSICIONES Y MÉTODOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA MIELOFIBROSIS.
En la presente memoria se proporcionan
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composiciones
y métodos para tratar mielofibrosis en un sujeto. Los
métodos comprenden administrar al sujeto una cantidad eficaz de compuesto que
es N-terc-butil-3-[(5-metil-2-{[4-(2-pirrolidin -l-iletoxi)
fenil] amino} pirimidin
-4-il) amino] bencenosulfonamida o una sal
farmacéuticamente aceptable del mismo o un hidrato del mismo. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/497, A61K 9/48, A61P 7/00,
cuyos inventores son Arvind Jayán, Janice Cacace, Ayalew Tefferi. La solicitud
correspondiente lleva el número 20130238 y fue presentada a las 13:37:10 del 22
de mayo de 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional .—San José, 28 de noviembre de
2013.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2013082555).
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de Nestec
S. A., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES
DE PURÉ QUE TIENEN PROPORCIONES DE CARBOHIDRATO ESPECÍFICAS Y LOS MÉTODOS PARA
UTILIZAR LAS MISMAS. Composiciones nutricionales que contienen
carbohidratos para maximizar el rendimiento y métodos para utilizar las mismas.
Las composiciones nutricionales proporcionan una composición refrescante y
fácil de consumir que proporciona cantidades adecuadas y tipos de nutrición
para proporcionar al cuerpo con un combustible apropiado para el rendimiento.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: A23L 1/06; A23L 1/09; A23L 1
/212; A23L 1/29; A23L 2 /02; A23L 2/60; A23G 9/34; cuyos inventores son Savant, Vivek Dilip,
Haile, Tesfalidet, Jiménez,
Frank Craig, Boice, Cynthia Marie, Welsh, Karlyn Ross, Zaltas, Eric Scott, Guan, Junjie, Reavlin, Lisa Diane. La
solicitud correspondiente lleva el número 20130411, y fue presentada a las
13:40:50 del 27 de agosto del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional .—San José, 18 de noviembre
del 2013.—Lic. Melisa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013082556).
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula
1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Sanofi, de
Francia, solicita la Patente de Invención denominada USO DEL ANTICUERPO
ANTI-CD19 INMUNOCONJUGADO CON MAITANSINOIDE PARA EL TRATAMIENTO DEL SÍNTOMA
TUMORES DE CÉLULAS B. Se utiliza un inmunoconjugado
de maitansinoide anti-CD19 para tratar el síntoma
tumores de células B CD19, en particular el linfoma no-Hodgkin.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/28; A61K 47/48; cuyo
inventor es Morariu, Rodica.
La solicitud correspondiente lleva el número 20130593, y fue presentada a las
12:53:17 del 13 de noviembre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación nacional .—San José, 15 de
noviembre del 2013.—Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013082557).
La señora (ita) Alejandra Castro Bonilla, céd. 1-0880-0194, mayor, abogada, vecina de Santa Ana, en
su condición de apoderada especial de Isis Pharmaceuticals
Inc. de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada MODULACIÓN DE LA EXPRESIÓN DEL TRANSDUCTOR DE SEÑALES
Y ACTIVADOR DE LA TRANSCRIPCIÓN 3 (STAT3). Se describen en la presente compuestos antisentido
y métodos para disminuir la expresión de ARNm y
proteínas STAT3. Dichos métodos, compuestos y composiciones son de utilidad
para tratar, prevenir o aliviar enfermedades hiperproliferativas.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: C07H 21/04; C12N 15/11; cuyos
inventores son: Swayze, Eric E., Freier,
Susan M., Macleod, Robert
A., Kim, Youngsoo. La solicitud correspondiente lleva
el número 20130502, y fue presentada a las 13:27:50 del 30 de setiembre del
2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 28 de noviembre del 2013.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2013083203).
La señora (ita) Alejandra Castro Bonilla, céd. 1-0880-0194, mayor, abogada, vecina de San José, en
calidad de apoderada especial de CONAIR Corporation
de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada APARATO
Y MÉTODO PARA LA PREPARACIÓN DE BEBIDAS POR INFUSIÓN. Un aparato para
preparar bebidas comprende una carcasa que tiene un depósito para líquidos y un
receptáculo en la carcasa; este es de un tamaño para recibir un envase que
contiene al menos un ingrediente de bebida que tiene partículas de un primer
tamaño. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A47J 31/02; cuyos
inventores son: Lai, Kin Man, Fung, Kam
Fai, Schnabel, Barbara Lynn, Orent, Jill Frances Kreutzer.
La solicitud correspondiente lleva el número 20130404, y fue presentada a las
9:15:22 del 21 de agosto del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 25 de noviembre del 2013.—Lic. Randall Abarca,
Registrador.—(IN2013083205).
El señor Édgar Rohrmoser Zúñiga, cédula
1-617-586, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de PZG, S. A. DE C.V., de México, solicita el Diseño Industrial
denominado MODELO INDUSTRIAL DE TAPA CORONA.
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El modelo industrial de tapa corona, tal y como se ha referido e
ilustrado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 09/07;
cuyos inventores son Zapata Navarro, Francisco Cayo Jorge. La solicitud
correspondiente lleva el número 20130450, y fue presentada a las 10:52:30 del 9
de setiembre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 4 de noviembre del
2013.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2013083832).
El
señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, abogado, vecino de
Heredia, en calidad de apoderado especial de Puratos
N.V., de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada EMULSIÓN QUE
SE PUEDE MONTAR A TEMPERATURA AMBIENTE. La presente invención se refiere a una emulsión de aceite en agua
para nata montada y una nata montada obtenida batiendo la emulsión. En 10 particular, la presente invención se refiere una emulsión
estabilizada de aceite en agua que se puede montar aumentando el contenido en
triglicérido trilaurina de su fase oleosa y a la nata
estabilizada obtenida batiendo la emulsión. La presente invención se refiere
también a los métodos para obtener esta emulsión y esta nata y a los usos de
una emulsión de aceite en agua según la 15 invención o de la nata estabilizada
según la invención. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A23L 1/19;
A23D 7/00; A23D 7/005; A23D 7/04; cuyos inventores son Dombree,
Anne, Kegelaers, Yves, Anihouvi, Prudent Placide, Danthine, Sabine, Blecker, Christopher. La solicitud correspondiente lleva el
número 20130384, y fue presentada a las 11:08:10 del 8 de agosto del 2013.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en
el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 31 de octubre del 2013.—Lic.
Randall Abarca Registrador.—(IN2013084641).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Ernesto
Gutiérrez Blanco, céd. 1-848-886, mayor de edad,
vecino de San José, apoderado especial de Enza Zaden Beheer B.V., de Países Bajos, Keygene
N.V., de Países Bajos, solicita la Patente de Invención denominada GENES QUE
PROPORCIONAN RESISTENCIA AL MILDIÚ POLVOROSO EN CUCUMIS MELO. La presente
invención se relaciona con
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genes que proporcionan
resistencia al mildiú polvoroso de la familia de Cucumis,
y especialmente Cucumis melo,
caracterizado porque dicha resistencia es proporcionada por el deterioro de los
genes presentes. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 14/415;
C12N 15/82; A01H 5/00; cuyos inventores son Diergaarde,
Paul Johan, Van Enckevort, Leonora Johanna Gertruda, Posthuma, Karin Ingeborg, Prins, Marinus Willem. La solicitud
correspondiente lleva el número 20130473, y fue presentada a las 7:35:20 del 20
de setiembre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 6 de noviembre del
2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013082720).
La
señora (ita) Alejandra Castro Bonilla, mayor,
abogada, cédula 1-0880-0194, vecina de San José, en su condición de apoderada
especial de Abbvie Biotechnology
Ltd, de Bermudas, solicita la Patente de Invención
denominada DISPOSITIVOS DE
INYECCIÓN AUTOMÁTICA CON SUPERFICIES DE AGARRE SOBREMOLDEADAS.
Dispositivos de inyección automática,
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componentes
de alojamiento para dispositivos de inyección automática y métodos para
fabricarlos. Un alojamiento ejemplificativo de un dispositivo de inyección
automática puede sobremoldearse con una o más
superficies de agarre para facilitar el agarre y manipulación del dispositivo de inyección automática por parte de un
usuario al aplicar una inyección. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A61M 5/31; A61B 5/15; cuyo(s) inventor (es) es (son) Julián,
Joseph, F., Li, Chuan, Eiger,
Aaron, B., Kurth, Mark, Katz, Sabrina, Calif, Adam, Stango, James, C. La solicitud correspondiente lleva el
número 20130399, y fue presentada a las 13:16:15 del 19 de agosto del 2013.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 05 de noviembre del 2013.—Lic.
Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013083765).La señora (ita) Alejandra Castro Bonilla, céd. 1 0880 0194, mayor de edad, vecina de San José,
apoderada especial de CONAIR Corporation de E.U.A.,
solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA Y MÉTODO DE LIMPIEZA DE UN APARATO PARA
BEBIDAS. El aparato para bebidas de la
presente invención comprende un venturi que tiene una
entrada de vapor y una entrada de leche. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A47J 31/44; cuyos inventores son: Rizzuto, Leandro, Laskowski,
Joseph. La solicitud correspondiente lleva el número 20130405, y fue presentada
a las 9:16:10 del 21 de agosto del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José,
22 de noviembre del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013083201).
La señora (ita) Alejandra
Castro Bonilla, mayor, abogada, cédula 1-0880-0194, vecina de San José, en su
condición de apoderada especial de Abbvie Biotechnology Ltd, de Bermudas,
solicita la Patente de Invención denominada DISPOSITIVOS DE INYECCIÓN
AUTOMÁTICA CON SUPERFICIES DE AGARRE SOBREMOLDEADAS. Dispositivos de inyección automática,
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Gaceta con firma digital
componentes de alojamiento para dispositivos de inyección
automática y métodos para fabricarlos. Un alojamiento ejemplificativo de un
dispositivo de inyección automática puede sobremoldearse
con una o más superficies de agarre para facilitar el agarre y manipulación del
dispositivo de inyección automática por parte de un usuario al aplicar una
inyección. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61M 5/31; A61B
5/15; cuyo(s) inventor (es) es (son) Julián,
Joseph, F., Li, Chuan, Eiger,
Aaron, B., Kurth, Mark, Katz, Sabrina, Calif, Adam, Stango, James, C. La solicitud correspondiente lleva el
número 20130399, y fue presentada a las 13:16:15 del 19 de agosto del 2013.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 05 de noviembre del 2013.—Lic.
Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013083765).
La señora (ita) Ana Catalina Monge Rodríguez, ced. 1-812-604, mayor, abogada, vecina de Curridabat, en su condición de apoderada especial de Bayer Intellectual Property GMBH, de
Alemania, solicita la Patente de Invención denominada SÍNTESIS QUIRAL DE
N-{3,4-DIFLUORO-2-[(2-FLUORO-4-YODOFENIL)AMINO]-6-METOXINFENIL}-1-[2,3-DIHIDROXI-PROPIL]CICLOPROPANOSULFONAMIDAS. La presente invención se
refiere a un novedoso método enantioselectivo
para preparar enantiómeros (S)- y (R)- de
N-{3,4-difluoro-2-[(2-fluoro-4-yodofenil)amino]-6-5-metoxifenil}-l-[2,3-dihidroxi-propil]ciclopropanosulfonamida,
a compuestos intermediarios novedosos, y al uso de dichos compuestos
intermediarios novedosos para la preparación de dichos enantiómeros
(S)- y (R)- de
N-{3,4-difluoro-2-[(2-fluoro-4-yodofenil)amino]-6-metoxifenil}-1-[2,3-dihidroxi-propil]ciclopropanosulfonamida.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: C07C 303/38; C07C 303/40; C07C
309/82; C07C 311/28; cuyos inventores son: Fey,
Peter, Mayer, Agathe, Christine. La solicitud
correspondiente lleva el número 20130618, y fue presentada a las 13:36:50 del
22 de noviembre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los
tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres dias consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y
una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 4 de diciembre del 2013.—Lic. Hellen Marín
Cabrera, Registradora.—(IN2013084439).
La
señora María del Pilar López Quirós, céd. 1 1066
0601, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Orbis Corporation, de E. U. A.,
solicita la Patente de Invención denominada BANDEJA DE TRES NIVELES. Se
proporciona una bandeja de panadería altamente eficiente. La bandeja incluye
una
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base cuadrada y se
configura para apilarse sobre otra bandeja similar en cualquiera de tres o
cuatro orientaciones para proporcionar tres o cuatro alturas diferentes de
despacho de productos entre las bandejas. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: B65D 21/032; B65D 21/02; cuyos inventores son
Stahl, Edward L. La solicitud correspondiente lleva el número 20130492, y fue
presentada a las 12:53:10 del 30 de setiembre del 2013. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 11 de noviembre del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013084731).
La
señora María del Pilar López Quirós, céd. 1 1066
0601, mayor, abogada, vecina de Escazú, en su condición de apoderada especial
de H. Lundbeck A/S, de Dinamarca, solicita la Patente
de Invención denominada DERIVADOS DE
BICICLO [3,2,1] OCTILAMIDA Y SUS USOS.
La presente invención proporciona
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derivados
de biciclo [3,2,1] octilamida de la fórmula (I): en
donde L, Rl y R2 son tal como se definen en la
presente o una de sus sales farmacéuticamente aceptables; y composiciones
farmacéuticas y sus métodos de uso. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 29/04; A61K
31/025; cuyos inventores son Li, Guiying, Zhou, Hao, Weiss, Jesse, Doller, Dario, Ford, James. La solicitud correspondiente lleva el
número 20130309, y fue presentada a las 11:12:47 del 21 de junio del 2013.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 19 de noviembre del 2013.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2013084737).
El
señor Jorge Tristán Trelles, cédula 1-392-470, mayor, abogado, vecino de San
José, en su condición de Apoderado Especial de Ifco Systems GMBH, de Alemania, solicita la Patente de Invención
denominada CAJA DE PRESENTACIÓN Y TRANSPORTE, un cajón incluye una base
(12) y por lo menos dos pares de paredes laterales opuestas entre sí (14a, 14b,
16a, 16b),
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donde la primera de
dichas paredes laterales (16b) se proyecta en dirección ascendente desde la
base (12) y en dirección vertical (18) por lo menos en parte a una altura de
extracción solamente (20) que es menor que la altura de una o más de las
paredes laterales restantes (14a, 14b, 16a) para definir una abertura lateral con dimensiones que permitan el
acceso y la extracción de los productos contenidos en el cajón a través de la
abertura lateral. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B65D 1/24;
B65D 25/00; B65D 21/02; B65D 6/18; B65D 85/30; B65D 6/26; cuyo(s) inventor(es)
es (son) Orgeldinger, Wolfgang. La solicitud
correspondiente lleva el número 20130386, y fue presentada a las 09:53:20 del
09 de agosto del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 05 de diciembre del
2013.—Licda. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2013086100).
El señor Jorge Tristán Trelles, mayor, abogado,
cédula 1-392-470, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de
IFCO Systems GMBH, de Alemania, solicita la Patente
de Invención denominada CAJA. Una caja abarca
un fondo (10) y por lo menos dos pares de paredes laterales opuestas entre sí
que se extienden
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desde el fondo (10) en dirección vertical hacia arriba.
Las paredes laterales están dispuestas de manera rebatible con respecto al
fondo (10), y en su posición desplegada pueden bloquearse entre sí. Por lo
menos una de las paredes laterales (12) abarca un mecanismo de desbloqueo (38),
que puede moverse entre una posición de descanso y una posición de desbloqueo
en la que el bloqueo (28, 30) de las paredes laterales está anulado. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: B65D 6/18; cuyo(s) inventor(es) es(son) Orgeldinger, Wolfgang. La
solicitud correspondiente lleva el número 20130387, y fue presentada a las
09:54:11 del 09 de agosto del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 05 de
diciembre del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013086102).
La señora María de la Cruz Villanea
Villegas, cédula de identidad número 1 0984 0695, mayor de edad, vecina de San
José, apoderada especial de Amgen Inc., de E. U. A., solicita la Patente de
Invención denominada INHIBIDORES POTENTES Y SELECTIVOS DE NAv1.3 y NAv1.7. Se describe una composición de material que
Para ver imagen solo en La
Gaceta con firma digital
comprende un polipéptido aislado, el cual es un inhibidor Nav1.7 restringido
periféricamente. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07K 14/435; cuyos inventores son Murray, Justin
K., Miranda, Leslie P., Mcdonough, Stefan I. La
solicitud correspondiente lleva el número 20130533, y fue presentada a las 10:49:00
del 16 de octubre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los
tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres
días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 9 de
diciembre del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013086243).
El señor Gastón Baudrit
Ruiz, céd. 1-599-078, en condición de apoderado de Janssen Biotech, Inc., de E. U.
A., solicita la Patente de Invención denominada ANTAGONISTAS DE IL-17A. Se describen
Para ver imagen solo en La
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antagonistas del anticuerpo interleucina-17A
(IL-17A), polinucleótidos que codifican los
antagonistas del anticuerpo IL-17A o fragmentos de este, y métodos para
elaborar y usar lo mencionado anteriormente. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 39/395; cuyos inventores son Elloso, Merle, Luo, Jinquan, Naso, Michael, Sweet, Raymond, Wu, Sheng-jiun, Ducata, Daniela, Della, Rauchenberger, Robert, Rutz,
Mark, Almagro, Juan, Carlos, Taudte, Susann, Wu, Bingyuan,
Obmolova, Galina, Malia, Thomas. La solicitud correspondiente lleva el número
20120298, y fue presentada a las 14:15:10 del 30 de mayo del 2012. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de octubre del 2012.—Lic. José Castro
Marín, Registrador.—(IN2013086413).
PUBLICACION DE UNA VEZ
Exp. 2011-0632.—Se
hace saber que la Licenciada Alejandra Castro Bonilla, en calidad de apoderada
especial de la compañía Abbvie Bahamas Ltd, domiciliada en las Bahamas, solicita a este Registro,
se inscriba el traspaso por cesión de la solicitud de concesión de la Patente
de Invención, denominada AGENTES
INDUCTORES DE APOPTOSIS PARA EL TRATAMIENTO DE CÁNCER Y ENFERMEDADES INMUNES Y
AUTOINMUNES, tramitada bajo el expediente número
2011-0632, y presentada el veinticinco de noviembre de dos mil once, de la
compañía titular Abbott Laboratories, a favor de la
empresa Abbvie Bahamas Ltd,
sociedad organizada y existente bajo las leyes de las Bahamas; de conformidad
con el documento de traspaso por cesión, así como el documento poder, aportados
el siete de noviembre de dos mil trece.—San José, a las trece horas veintitrés
minutos del veintiocho de noviembre del dos mil trece.—Lic. Hellen
Marín Cabrera, Registradora.—1 vez.—(IN2013083227).
Expediente
2011-0350.—Se hace saber que la Licenciada Alejandra Castro Bonilla en calidad
de apoderada especial de Abbvie Bahamas Ltd sociedad organizada y existente bajo las leyes de
Bahamas, solicita a este Registro se inscriba el traspaso por cesión de Abbott Laboratories compañía titular de la solicitud de la Patente
de Invención denominada DERIVADOS DE
TIENO [3,2-C]PIRIDINA COMO INHIBIDORES DE QUINASAS PARA EL USO EN EL
TRATAMIENTO DEL CÁNCER, a favor de la empresa Abbvie Bahamas Ltd, de conformidad
con el documento de traspaso por cesión así como el poder; aportado el siete de
noviembre de dos mil trece.—San José, a las diez horas cuarenta y nueve minutos
del veintiocho de noviembre de dos mil trece.—Lic. Melissa Solís Zamora,
Registradora.—1 vez.—(IN2013083229).
Exp. 2011-0405.—Se hace saber que la Lic. Alejandra Castro Bonilla, en
calidad de apoderada especial de la compañía Abbvie
Bahamas Ltd., solicita a este Registro se inscriba la Cesión de Derechos, en
donde la compañía Abbott Laboratories, cede a favor
de la compañía Abbvie Bahamas Ltd., la solicitud de
inscripción de la Patente de Invención denominada NUEVAS BENCENOSULFONAMIDAS COMO BLOQUEADORES DE
CANALES DE CALCIO. De
conformidad con los documentos privados de cesión aportados el siete de
noviembre de dos mil trece.—San José, 28 de noviembre
del 2013.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—1 vez.—(IN2013083230).
Exp. 2011-0524.—Se
hace saber que la Licenciada Alejandra Castro Bonilla, en calidad de apoderada
especial de la compañía Abbvie Bahamas Ltd, domiciliada en las Bahamas, solicita a este Registro,
se inscriba el traspaso por cesión de la solicitud de concesión de la Patente
de Invención, denominada PROCESO PARA
PREPARAR COMPUESTOS ANTIVIRALES, tramitada
bajo el expediente número 2011-0524 y presentada el cuatro de octubre de dos
mil once, de la compañía titular Abbott Laboratories,
a favor de la empresa Abbvie Bahamas Ltd, sociedad organizada y existente bajo las leyes de las
Bahamas; de conformidad con el documento de traspaso por cesión, así como el
documento poder, aportados el siete de noviembre de dos mil trece.—San José, a
las doce horas cincuenta y siete minutos del veintiocho de noviembre del dos
mil trece.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—1 vez.—(IN2013083232).
Expediente
2011-0123.—Se hace saber que la Licenciada Alejandra Castro Bonilla en calidad
de apoderada especial de Abbvie Bahamas Ltd sociedad organizada y existente bajo las leyes de
Bahamas, solicita a este Registro se inscriba el traspaso por cesión de Enanta Pharmaceuticals Inc y Abbott Laboratories
compañías titulares de la solicitud de la Patente de Invención denominada INHIBIDORES MACROCÍCLICOS DE SERINA PROTEASAS DE
HEPATITIS C a favor de la empresa Abbvie Bahamas Ltd, de
conformidad con el documento de traspaso por cesión así como el poder; aportado
el siete de noviembre de dos mil trece.—San José, a las doce horas diecinueve
minutos del veintiocho de noviembre de dos mil trece.—Lic. Melissa Solís
Zamora, Registradora.—1 vez.—(IN2013083234).
Exp. 2012-0571.—El
Registro de Propiedad Industrial, Oficina de Patentes de Invención hace saber
que por resolución de la ocho horas, quince minutos del veintidós de noviembre
del dos mil trece, fue inscrito el Diseño Industrial denominado EMBALAJE PARA
BOTELLAS a favor de la compañía Schoeller Arca Systems GMBH, cuyo creador es: Richard Kellerer,
de nacionalidad alemana, se le ha otorgado el número de inscripción de diseño
industrial 698, estará vigente hasta el veintidós de noviembre del dos mil veintitrés,
la Casificación Internacional de Dibujos y Modelos
Industriales Novena Edición es 09-03.—San José, a las ocho horas cinco minutos
del dos de diciembre del dos mil trece.—Lic. Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—1 vez.—(IN2013086096).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Festival
Navideño Puerto Cortés, con domicilio en la provincia de Puntarenas, cuyos
fines principales entre otros son los siguientes: Realizar actividades de bien
social en la comunidad de ciudad Cortés de Osa en la cual se realizarán
distintas actividades festivas en los meses de diciembre de cada año.
Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones
establecidas en el estatuto lo es Eduardo Aguilar Salamanca. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8
de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. (Tomo: 2013 asiento: 232806).—Curridabat, a los veintinueve días del mes de noviembre del
año dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013082709).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para
su inscripción, la reforma del estatuto de la persona jurídica: 3-002-656360,
Asociación Consejo Consultivo Nacional de Responsabilidad Sociedad de Costa
Rica, cuyo nombre será: Asociación Consejo Consultivo Nacional de Responsabilidad
Social de Costa Rica, por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de
Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales,
se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2013,
asiento: 219761.—Curridabat,
veinte de noviembre del dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—(IN2013082964).
El
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción, la reforma del
estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-066052, denominación: Asociación
Pro Artesanía y Cultura. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley
N° 218 del 8 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días
hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2013, asiento: 299131.—Dado en el Registro Nacional, a las once horas nueve
minutos y treinta y ocho segundos del veintisiete de noviembre del dos mil
trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2013082978).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para
su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Prados de
Bendición en Atenas, nombre de fantasía, con domicilio en la provincia de
Alajuela. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: enseñar y
estudiar las sagradas escrituras. Cuyo representante judicial y extrajudicial
de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y
con las demás limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente:
Jorge Vargas Artavia. Al encontrarse dicha entidad
dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de
1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Tomo: 2013, asiento: 296217.—Curridabat, veinte de noviembre del dos mil trece.—Lic.
Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2013083108).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana Roca
Mía, Vara Blanca, con domicilio en la provincia de Heredia, cuyos fines
principales entre otros son los siguientes: Predicar el evangelio del Señor
Jesucristo a toda criatura, conforme la palabra de Dios, la Biblia. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es el presidente: Carlos Adrián Herrera Méndez. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a
partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. (Tomo: 2013 asiento: 298587).—Al
ser los veintiocho días del mes de noviembre del dos mil trece.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2013083444).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Pro Vivienda
Villas de Orosi, con domicilio en la provincia de
Cartago; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Organizar,
promover y desarrollar proyectos de vivienda de interés social para beneficio
de sus asociados, cuya necesidad por vivienda sea previamente comprobada. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones
establecidas en el estatuto lo es el presidente: Fabián Ignacio Serrano Torres.
Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la
Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y
habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días
hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013 asiento: 281497 y 299368).—Curridabat, 20 de noviembre del
dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2013083517).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Damas Tilaranenses, con domicilio en la provincia de Guanacaste,
cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover por todos los
medios legales a su alcance la participación de la mujer para lograr el
desarrollo integral de la comunidad. Cuya representante judicial y
extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin
límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la
presidenta: Olga Solís Piedra. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de
Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales,
se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013,
asiento: 216239) al ser los seis días del mes de setiembre del dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director a. í.—1 vez.—(IN2013083590).
El
Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su
inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Pro Clínica de
Parrita con domicilio en la provincia de Puntarenas, Parrita, en el Salón de
Reuniones de la Dirección de la Clínica de Parrita, cuyos fines primordiales
son: Gestionar, ayudar y apoyar en todos los extremos a la Clínica de Parrita a
impulsar proyectos de desarrollo social, organizativo y vecinal. Procurar y
contribuir al mejoramiento del nivel de vida, nivel social, cultural,
educativo, organizativo de los usuarios adscritos a la Clínica de Parrita. Su
presidenta Olga Delgado Jiménez es la Representante Judicial y Extrajudicial
con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las demás
limitaciones que indica el estatuto. El Vicepresidente sustituirá al presidente
en sus ausencias temporales con iguales obligaciones y atribuciones que este
cuando lo sustituye. Por encontrarse dicha organización, dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del
08 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite; tomo: 2013,
asiento: 153752, adicional tomo: 2013, asiento: 286554.—Dado en el Registro
Nacional, a las 14 horas 59 minutos, del 07 de noviembre del 2013.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2013083798).
El Registro de
Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción,
el estatuto de la entidad denominada: Asociación Costarricense de Gerentes de
Capital Humano, con domicilio en la provincia de San José, Curridabat,
Cipreses, del Colegio SEK veinticinco metros al sur, trescientos oeste,
veinticinco al sur. Cuyos fines primordiales son: Coadyubar
al crecimiento y conservación del esfuerzo, las experiencias, los
conocimientos, las habilidades de los miembros
de la organización. Realizar seminarios, talleres así como la creación de
bibliotecas necesarias para la divulgación de los principios fundamentales de
la administración de personal. Su presidente Ricardo Davidovich
Egri es el representante judicial y extrajudicial con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las demás
limitaciones que establece el estatuto. El vicepresidente sustituirá al
presidente en sus ausencias temporales con iguales atribuciones y obligaciones.
Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas
en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y
habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a
partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a
la inscripción en trámite. Tomo: 2013, asiento: 205501, adicional; tomo; 2013,
asiento; 250442. Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 45 minutos, del 2
de octubre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013084073).
El
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del
estatuto de la persona jurídica cédula 3-002-210098, denominación: Asociación
Costarricense de Ingeniería en Mantenimiento. Por cuanto
dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2013, asiento: 275835. Dado
en el Registro Nacional, a las 6 horas 15 minutos y 59 segundos, del 20 de
noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—(IN2013084207).
El
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del
estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-643005, denominación: Asociación
Nacional de Alumnos Emprendedores de la Ingeniería Civil. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218
del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2013, asiento: 221656. Dado en el Registro Nacional, a
las 9 horas 53 minutos y 6 segundos, del 11 de octubre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013084208).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Estudiantes
del Centro Universitario Número Treinta y Siete, con domicilio en la provincia
de Puntarenas; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Buscar
el mejoramiento del rendimiento académico de los estudiantes del Centro
Universitario. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación,
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las
limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Brayan Cárcamo Luna. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939
(Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos
legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
(Tomo: 2013, asiento: 218299, adicional tomo: 2013, asiento: 275831).—Curridabat, a los seis días del
mes de diciembre del dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013084210).
El
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del
estatuto de la persona jurídica cédula 3-002-175691, denominación: Asociación
Hogar Salvando al Alcohólico de Limón Walter Rodríguez Artavia.
Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la
Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento tomo: 2013, asiento: 272509. Dado en el
Registro Nacional, a las 13 horas 57 minutos y 40 segundos, del 4 de diciembre
del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013084236).
El
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del
estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-299786, denominación Asociación
Hogar Salvando al Alcohólico Javier Umaña Barquero. Por cuanto
dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
tomo: 2013, asiento: 318734.—Dado en el Registro
Nacional, a las 12 horas 54 minutos y 15 segundos, del 9 de diciembre del
2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2013084240).
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Administradora de
Acueducto y Alcantarillado Sanitario de San Juan de Nicoya, Guanacaste, con
domicilio en la provincia de Guanacaste. Entre sus fines están: Administrar,
operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el
acueducto. Su presidenta y representante judicial y extrajudicial, con
facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones
establecidas en el estatuto, lo es Juana María Díaz Guevara. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley N° 218 del 8
de agosto de 1939 Ley de Asociaciones y sus reformas, y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Tomo: 2013, asiento: 203414, adicionales: 2013-239660 y 2013-286553.—Curridabat, a los tres días del
mes de diciembre del dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013084252).
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Chinameros de Curridabat, con
domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son
los siguientes: Protección y defensa de los dueños de chinamos en todo tipo de
espectáculos. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones
establecidas en el estatuto, lo es el presidente Johnny Alexander Quesada
Sánchez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y
sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por
quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013 Asiento: 287805).—Curridabat, a los veintiocho
días del mes de noviembre del dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—(IN2013084404).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Específica
Cementerio de San José de Alajuela, con domicilio en la provincia de Alajuela.
Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Crear una Institución
que actúe legalmente en todas las gestiones propias de la administración de un
cementerio. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las demás
limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente José Antonio
Chaves Carranza. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y
sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por
quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2013 asiento 277483).—Curridabat, a los cinco días del
mes de diciembre del año dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—(IN2013084463).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Padres de
Montes de Oca de Triatlón, con domicilio en la provincia de San José, cuyos
fines principales entre otros son los siguientes: Promover y fomentar el
desarrollo de las disciplinas deportivas de triatlón en todas sus modalidades y
distancias. Corresponde al Presidente la representación judicial y
extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con
las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es Carolina Mora Valenciano.
Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la
Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y
habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días
hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013 asiento: 122362.—Curridabat, a los veintiocho
días del mes de noviembre del año dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013084486).
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto
de la persona jurídica cédula; 3-002-056141, denominación: Federación Costarricense
de Fútbol. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del
08/08/1939, y sus reformas, Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a lo inscripción en
trámite. Documento tomo: 2013 Asiento 188609.—Dado en
el Registro Nacional, a las 12 horas 34 minutos y 16 segundos, del 8 de
noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013084507).
El
Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su
inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Pro Vivienda y
Proyectos Valle Verde de Lourdes, con domicilio en la provincia de Cartago, San
Francisco, Barrio Lourdes, de la iglesia católica setenta y cinco metros al
sur, casa color blanco con rojo. Cuyos fines primordiales son: Luchar a favor
de gestionar la compra de terrenos, para promover la construcción de viviendas
de interés social, mediante el programa de bonos de vivienda del Gobierno de la
República. Estimular la cooperación y participación activa y voluntaria de los
afiliados y futuros beneficiarios. Su Presidenta Sonia Marcela Torres Céspedes
es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada
generalísima sin límite de suma y con las demás limitaciones que indica el
estatuto. El vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias
temporales, con iguales atribuciones y obligaciones que este cuando lo
sustituye. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas
en la Ley de Asociaciones y sus Reformas N° 218 del 8 de agosto de 1939, y
habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a
partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a
la inscripción en trámite; tomo: 2013 asiento: 211481, adicionales tomo: 2013
asiento: 245397 y tomo: 2013 asiento: 289108.—Dado en el Registro Nacional, a
las 08 horas 45 minutos, del 8 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013084521).
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto
de la persona jurídica cédula: 3-002-219678, denominación: Asociación
Administradora del Acueducto Rural de Llano Grande de Mora. Por cuanto dicha
reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939, y sus
reformas, Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2013, asiento: 283693.—Curridabat, 20 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013084861).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Familiar Cristiana
de Riojalandia de Barranca, Centro de Oración
Pentecostés, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines entre
otros serán los siguientes: Divulgar el Evangelio a través de actividades evangelísticas. Cuyo representante judicial y extrajudicial
de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y
con las limitaciones establecidas en el estatuto,
lo es el presidente Francisco Gómez Gómez. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley
N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a
partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. (Tomo 2013, asiento 186766 y documento adicional tomo
2013, asiento 225155).—Curridabat,
doce de setiembre del año dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director a. í.—1 vez.—(IN2013084880).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la
Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-075616, denominación:
Asociación Fondo de Mutualidad de los Empleados de la Caja Costarricense de
Seguro Social. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218
del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento Tomo: 2013 Asiento: 103868 con adicionales): 2013-267520,
2013-287098.—Curridabat, 26
de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013084968).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Pescadores
Subsistente y Acuicultura del Caribe Sur, con domicilio en la provincia de
Limón, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover la
cultura de pesca responsable y cuido del ecosistema marino. Cuyo representante
judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el
estatuto lo es el presidente: Orlando Alfonso Daviey Daviey. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de
Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales,
se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013
Asiento: 74165) al ser los doce días del mes de noviembre del dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013085119).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Nacional de
Productores Industriales Importadores y Comerciantes de Productos Naturales
ANPRAIICON COSTA RICA, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines
principales entre otros son los siguientes: Afiliar, apoyar y proteger los
derechos e intereses de sus afiliados en su condición de microempresarios,
pequeños y medianos empresarios como productores industriales, importadores y
comercializadores de productos naturales. Cuya representante judicial y
extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima con
límite de suma hasta cinco millones de colones, y con las demás limitaciones
establecidas en el estatuto lo es la presidenta Carolina Ruiz Chacón. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a
partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. (Tomo 2013 Asiento 57473 y Adicionales tomo 2013
Asiento 181279 y Tomo 2013 Asiento 279919).—Curridabat, a los veintiún días del mes de noviembre del
dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2013086015).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Consejo
Regulador de la denominación de Origen Queso Turrialba, con domicilio en la
provincia de Cartago, cuyos fines entre otros serán los siguientes: Promover el
desarrollo de las técnicas de producción y comercialización por parte de los
productores de queso de la zona de tal forma que se ajusten a la normativa de
uso de la denominación Queso Turrialba. Cuya representante judicial y
extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin
límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el
presidente María del Rosario Pereira Camacho. Por encontrarse dicha entidad
dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de
1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación,
a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
(Tomo 2013 Asiento 253948 y Documento Adicional Tomo 2013-275583).—Curridabat, veintiuno de
noviembre del dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013086019).
El
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del
Estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-361672, denominación: Asociación
Internacional Pasión por Las Almas. Por cuanto dicha
reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento:
Tomo: 2013 Asiento: 227883.—Dado en el Registro Nacional,
a las 11 horas 41 minutos y 41 segundos, del 7 de octubre del 2013.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2013086187).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-095267, denominación: Asociación de Protección a la Infancia de San
Ramón, Alajuela. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N°
218 del 8 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento, tomo: 2013, asiento: 285172.—Curridabat, 4 de diciembre del
2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2013086211).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Face of Justice, traducción al
español El Rostro de la Justicia, con domicilio en la provincia de Cartago,
cuyos fines principales entre otros son los siguientes: proteger, defender
entrenar y amar a las víctimas de trata de personas y explotación sexual así
como también personas que se encuentran trabajando en la prostitución de Costa
Rica. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás
limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Andrés Elliot Sule. Al encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley N° 218 del 8 de
agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. (Tomo: 2013, asientos: 250603, 302870).—Curridabat, 22 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013086263).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Iglesia Adonai de Limón con domicilio en la provincia de Limón.
Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: proveer un sitio de
reunión para los asociados, mantener la alabanza y adoración al Dios vivo. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones
establecidas en el estatuto lo es el presidente: Venancio Céspedes Hernández.
Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la
ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y
habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días
hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asientos: 266487 y 310233).—Curridabat, 29 de noviembre del
2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2013086384).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Proyectos
Productivos de Copal, con domicilio en la provincia de Guanacaste; cuyos fines
principales entre otros son los siguientes: promover la actividad rural y el
desarrollo económico y social de los asociados. Cuyo representante judicial y
extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es
el presidente: José Walter Carrillo Cubero. Al encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en la ley N° 218 del 8 de agosto de 1939
(Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos
legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
(Tomo: 2013, asiento: 260887).—Curridabat,
11 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2013086412).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La
Dirección Nacional de Notariado comunica: que en esta sede administrativa se
tramitan diligencias de reposición de los folios 114 y 120 (ambos utilizados), del tomo de
protocolo número seis (6), del notario público Carlos Eduardo Sanabria Rojas,
cédula de identidad número 3-0207-0732, carné profesional número 6964, en los
cuales se otorgó las siguientes escrituras públicas y parte de ellas,
respectivamente: mil setecientos veintinueve (1729); mil setecientos treinta
(1730); mil setecientos treinta y ocho (1738) y mil setecientos treinta y nueve
(1739). Se cita a aquellas personas interesadas a fin de que dentro del mes
siguiente a la última publicación de este aviso, presenten a este Despacho la
reproducción de tales instrumentos públicos, sean 1729, 1730, 1738 y 1739 en su
poder, y se apersonen a hacer valer sus derechos según corresponda (artículo 64
del Código Notarial). (Expediente número 12-002420-0624-NO).—San
José, Curridabat, a las nueve horas, del cinco de
diciembre del dos mil trece.—Lic. Jeffry Juárez
Herrera, Abogado de Gestión y Trámite Notarial.—(IN2013084215).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
La
Dirección Nacional de Notariado hace saber:
Que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación
para el ejercicio de la función notarial del licenciado José Isaac Fonseca
Molina, cédula de identidad número 1-1247-0454, carné de abogado número 21239.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se
invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta
Dirección dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente.
13-003327-0624-NO.—San José, 28 de noviembre del
2013.—Coordinación de Gestión y Fiscalización Notarial.—Lic. Tattiana Rojas S. Abogada.—1
vez.—(IN2013083486).
La
Dirección Nacional de Notariado hace saber: Que ante este Despacho se ha
recibido solicitud de inscripción y habilitación para delegatario del ejercicio
de la función pública Estatal del notariado, por parte de Christopher José
Espinoza Fernández, cédula de identidad número 1-1259-0656, carné profesional
21073. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial,
se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la
solicitante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los
quince días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente N°
13-003250-0624-NO.—San José, 28 de noviembre del
2013.—Coordinación de Gestión y Fiscalización Notarial.—Lic. Jeffry Juárez Herrera, Abogado de Gestión Notarial.—1 vez.—(IN2013084542).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. 4356-P.—Inmueble Ayarco Sur A Y M S. A.,
solicita concesión de: 0,75 litros por segundo del acuífero, efectuando la
captación por medio del pozo sin número en finca de su propiedad en Tirrases, Curridabat, San José,
para uso doméstico, riego. Coordenadas 210.100 / 533.800 hoja Abra. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 12 de noviembre del 2013.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013082546).
Exp. 7889-A.—Gladys Cruz Jiménez, solicita concesión de: 0,1 litro por
segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Rivera
Cruz Bernal, en Pacayas, Alvarado, Cartago, para uso
agropecuario-abrevadero-lechería y consumo humano-doméstico. Coordenadas
216.565 / 559.300 hoja Istarù. Predios inferiores: No
se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de noviembre del
2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2013082560).
Exp. 8069-P.—Ganadera Cortijo El Baden S. A.,
solicita concesión de: 1 litro por segundo del acuífero, efectuando la
captación por medio del pozo CÑ-120 en finca de su propiedad en Cañas,
Guanacaste, para uso agropecuario abrevadero y consumo humano doméstico. Coordenadas
259.350 / 412.050 hoja Cañas. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 16 de octubre del 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—(IN2013082671).
Exp. 7621-A.—Juan José Valenciano Rojas solicita concesión de: 0,2
litros por segundo de la quebrada Pinol, efectuando la captación en finca de Wilbert Alexander Salas Villalobo,s
en Guadalupe, Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario-riego. Coordenadas
240.090 / 492.481 hoja Quesada. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 17 de setiembre del 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—(IN2013082684).
Exp. 15933-A.—Corporación El Ángel Dorado S. A., solicita concesión de:
0,31 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en
finca de su propiedad en Palmera, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario y
consumo humano. Coordenadas 267.474 / 495.879 hoja Aguas Zarcas, 13,29 litros
por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Palmera, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario y consumo
humano. Coordenadas 267.479 / 495.883 hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: No
se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 3 de setiembre del
2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2013082689).
Exp. 15844-A.—Centro Agrícola Cantonal de San Carlos, solicita concesión
de: 14 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en
finca de su propiedad en Ángeles (San Ramón), San Ramón, Alajuela, para uso
consumo humano-riego y turístico. Coordenadas 255.223/473.420 hoja San Lorenzo.
Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 2 de julio del 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2013082694).
Exp. 16025-A.—Fiduciaria del Occidente S. A., solicita concesión de: 40
litros por segundo del río Cuajiniquil, efectuando la
captación en finca de Fiduciaria de Occidente S. A. en Cuajiniquil,
Santa Cruz, Guanacaste, para uso autoabastecimiento en condominio riego y
turístico. Coordenadas 226.503 / 345.492 hoja Cerro Brujo. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 19 de noviembre de 2013.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013082697).
Exp. 15685-P.—Coopeguanacaste R. L., solicita
concesión de: 1,5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por
medio del pozo BE-509 en finca de su propiedad en Belén, Carrillo, Guanacaste,
para uso industria. Coordenadas 264.128 /362.374 hoja
Belén. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de agosto del
2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2013082699).
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES
Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLES
Cambio de titular de estación de
servicio
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se
tiene por correctamente presentada la solicitud de los señores German Ricardo
Solano Moncada, cédula de identidad número 3-219-656, actuando en
representación de la empresa concesionaria del servicio público de suministro
de combustibles “Turisol Arenal S. A.”, cédula de
persona jurídica número 3-101-298989, y Ricardo Chappini,
de un solo apellido por su nacionalidad italiana, pasaporte número Y A0009366,
actuando en representación de la empresa “Chiapsol S.
A.”, cédula de persona jurídica número 3-101-597065, para realizar el cambio de
titularidad de la prestación de servicio público de la estación de servicio con
código número ES-5-01-01-06, por motivo de venta del inmueble. El actual
titular de la concesión es la empresa “Turisol Arenal
S. A.” y ha utilizado el nombre comercial de “Servicentro
Metrópoli Dos”. La estación de servicio se encuentra ubicada en la provincia
Guanacaste, cantón Liberia, distrito Liberia, específicamente en la finca
inscrita en el Registro Nacional, bajo la matrícula número 37299-000, y su
propietario registral actual es la empresa anteriormente mencionada “Chiapsol S. A.”. El nombre comercial que se indicó sería
utilizado a partir del cambio de titular es “Servicentro
Liberiano”. La solicitud se tramitó conforme al artículo 77 del Decreto
Ejecutivo 30131-MINAE-S “Reglamento para la Regulación del Sistema de
Almacenamiento y Comercialización de Hidrocarburos”. Acerca de dicha solicitud,
se otorga un plazo reglamentario de quince días a partir de la primera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta, para que aquellos acreedores
e interesados se presenten a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
dispuesto por el artículo 479 del Código de Comercio.—San
José, a las diez horas del 10 de diciembre del 2013.—Ing. José Francisco Rojas
Esquivel, Director General.—(IN2013083796).
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS
SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN EN CAUCE
DE DOMINIO PÚBLICO
EDICTO
En
expediente Nº 7-2012 el señor Carlos Enrique Rudín
Arias, mayor, divorciado, empresario, vecino de Miramar de Montes de Oro,
Puntarenas, cédula 1-543-390, apoderado generalísimo de Agropecuaria Río Seco,
cédula jurídica 3-101-019563, presenta solicitud para extracción de materiales
en cauce de dominio público sobre el Río Seco.
Localización
Geográfica:
Sito
en: Ciruelas, distrito 01 Miramar, cantón 04 Montes de Oro, provincia 06
Puntarenas.
Hoja
Cartográfica:
Hoja
cartográfica Chapernal, escala 1:50.000 del I.G.N.
Localización
Cartográfica:
Entre
coordenadas generales 226850.108-226763.126 norte, 451918.455-451999.293 este
límite aguas arriba y 225637.475-225686.415 norte, 452094.021-451892.825 este
límite aguas abajo.
Área
Solicitada:
22
ha 0510.88 m2, longitud promedio 1195,42 metros, según consta en
plano aportado al folio 5.
DERROTERO:
Coordenadas del vértice N° 1
226850.108 norte, 451918.455 este.
|
LÍNEA
|
ACIMUT
|
DISTANCIA
|
|
|
°
|
‘
|
Metros
|
|
1 – 2
|
137
|
06
|
118.75
|
|
2 – 3
|
187
|
08
|
179.49
|
|
3 – 4
|
189
|
21
|
56.76
|
|
4 – 5
|
189
|
21
|
36.36
|
|
5 – 6
|
159
|
27
|
194.24
|
|
6 – 7
|
165
|
39
|
169.39
|
|
7 – 8
|
165
|
16
|
195.67
|
|
8 – 9
|
168
|
43
|
23.78
|
|
9 – 10
|
182
|
53
|
198.99
|
|
10 – 11
|
192
|
51
|
100.88
|
|
11 – 12
|
283
|
40
|
173.14
|
|
12 – 13
|
283
|
40
|
33.92
|
|
13 – 14
|
356
|
13
|
81.79
|
|
14 – 15
|
348
|
39
|
122.56
|
|
15 – 16
|
004
|
58
|
165.23
|
|
16 – 17
|
357
|
53
|
120.66
|
|
17 – 18
|
005
|
28
|
121.25
|
|
18 – 19
|
337
|
43
|
194.54
|
|
19 – 20
|
012
|
55
|
102.02
|
|
20 – 21
|
355
|
13
|
197.05
|
|
21 – 22
|
042
|
46
|
55.43
|
|
22 – 1
|
058
|
05
|
74.74
|
Edicto
basado en la solicitud inicial aportada el 15 de mayo del 2012, área y
derrotero aportados el 15 de mayo del 2012.
Con
quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación,
cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este
Registro Nacional Minero.—San José, a las catorce
horas del treinta de octubre del dos mil trece.—Registro Nacional
Minero.—Licda. Rosa María Ovares Alvarado, Jefa a. í.—(IN2013082002).
2 v. 2 Alt.
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Gloria del
Socorro Hernández, no indica segundo apellido ha dictado una resolución que en
lo conducente dice: Resolución N° 3689-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce
horas cuarenta minutos del primero de noviembre del dos mil trece. Expediente
N° 48925-2012. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos
probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Kimberly Tatiana Alemán Hernández, en el sentido que el apellido
de la madre… es “Hernández, no indica segundo apellido”; el asiento de
nacimiento de Brayan José Suárez Alemán; el asiento
de nacimiento de Ronald Moisés Suárez Alemán; el asiento de nacimiento de Róger Enrique Suárez Alemán, y el asiento de nacimiento de
Evelyn Jimena Alemán Hernández, en el sentido que el nombre y el apellido de la
madre… son “Gloria del Socorro Hernández, no indica segundo apellido”.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013083092).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Deyanyra Lisseth Miranda, no
indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución N° 3667-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos
Jurídicos.—San José, a las ocho horas diez minutos del treinta y uno de octubre
de dos mil trece. Ocurso. Exp N° 1375-2013.
Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos
probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Nayiri Téllez Miranda...; en el sentido
que el nombre y el apellido de la madre... son “Deyanyra
Lisseth Miranda, no indica segundo apellido”.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013083531).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Karla
Antonia Miranda Gómez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 3225-2013.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas siete minutos del
once de setiembre del dos mil trece. Ocurso. Exp. N°
29336-2013. Resultando: 1.—..., 2.—..., Considerando:
I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento
de nacimiento de Carlos Armando Guadamuz Miranda, el
asiento de nacimiento de Daniela Karina Guadamuz
Miranda y el asiento de nacimiento de Nicol Nallely Guadamuz Miranda, en el sentido que el nombre de la
madre... es “Karla Antonia”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013083596).
Se
hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Yojana del Carmen Jiménez, ha dictado una resolución que en
lo conducente dice: Resolución Nº 3600-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve
horas treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil trece. Exp. Nº 54290-2012. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando:
I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquense; el
asiento de matrimonio de Otto del Carmen Montenegro Ortiz con Yojana del Carmen Jiménez Gavarrete...,
en el sentido que el apellido de la cónyuge es “Jiménez no indica segundo
apellido”, el asiento de nacimiento de Katherine de los Ángeles Montenegro
Jiménez..., en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son “Yojana del Carmen Jiménez no indica segundo apellido” y el
asiento de nacimiento de Karen Yaoska Montenegro
Jiménez, en el sentido que el apellido de la madre... es “Jiménez no indica
segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013083676).
Se
hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por
Maritza del Carmen Saballos, no indica segundo
apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
3705-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las doce horas treinta y seis minutos del cuatro de noviembre del dos
mil trece. Exp. Nº 12837-2013. Resultando 1º—...,
2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de María Magdalena Gutiérrez Saballos...
en el sentido que el nombre de la madre... es “Maritza del Carmen”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013083724).
Se
hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por María
Elizabeth Acevedo Sambrana, ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución Nº 3439-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce
horas del cuatro de octubre del dos mil trece. Exp.
Nº 19722-2011/24478-2013. Resultando 1º—…, 2º—..., 3º—...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Maikel Andrey
Aguilar Sambrana... y el de Dilan
Salvador Briceño Aguilar..., en el sentido que los apellidos de la madre... son
“Acevedo Sambrana”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas,
Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2013083767).
Se hace saber que
este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Saturnina Alvarado Alvarado, ha dictado una resolución que en lo conducente
dice: Resolución Nº 3844-2013. Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección Actos Jurídicos.— San José, a las ocho horas trece minutos del
catorce de noviembre del dos mil trece. Exp. Nº
31553-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por Tanto: Rectifíquese el asiento de
matrimonio de José Salvador Parada Parada con
Saturnina Alvarado, no indica segundo apellido, en el sentido que los apellidos
de la cónyuge son “Alvarado Alvarado conocida como
Saturnina Alvarado Pérez”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013084242).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Katherine Tatiana López
Gallo, conocida como Katherine Tatiana Torres Gallo, este Registro ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1883-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las nueve horas veinte minutos del veinticuatro de mayo
del dos mil trece. Exp. N° 51172-2012. Resultando:
1º—... 2º—... 3º—...; Considerando: I.—Hechos
probados... II.—Sobre el fondo..; Por tanto:
Rectifíquense los asientos de nacimiento de Alí Josué
Villarreal Torres... y el de Nicholás Mauricio Villarreal
Torres... en el sentido que los apellidos de la madre... son “López
Gallo”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013084543).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yajaira de
los Ángeles Zúñiga Solano, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución N° 3008-2013.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cinco minutos del
veinte de agosto de dos mil trece. Ocurso. Exp N°
19703-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando único: ..., Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Yajaira de los Ángeles Zúñiga
Solano...; en el sentido que el nombre... es
“Yahaira de los Ángeles”.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013084593).
Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Maricela Morales Roldán, ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución Nº 2284-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve
horas ocho minutos del trece de junio de dos mil trece. Ocurso. Exp N° 11075-2013. Resultando: 1º—..., 2º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el
fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Valeria Pérez
Casasola, el asiento de nacimiento de Josué Mauricio Pérez Casasola y el
asiento de nacimiento de Camila Pérez Casasola, en el sentido que los apellidos
de la madre... son “Morales Roldán”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor
Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013084721).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Aracelys del Socorro Hurtado Carranza, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 717-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas
tres minutos del veinte de febrero del dos mil trece. Ocurso. Expediente N°
49008-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos
probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Allison Nahomy Rodríguez Hurtado...; en
el sentido que el nombre de la madre... es “Aracelys
del Socorro”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013084848).
Se hace saber que este Registro en diligencias de
ocurso incoadas por Denis Vidal Calderón Orozco, ha dictado una resolución que
en lo conducente dice: Resolución N° 3831-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas
veintidós minutos del trece de noviembre del dos mil trece. Ocurso. Expediente
N° 33674-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:...,
II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de
Katherine Rut López, el asiento de nacimiento de Yelin
Rut López y el asiento de nacimiento de Miller Steven Rut López, en el sentido
que los apellidos del padre... son “Calderón Orozco”.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013084856).
Se hace saber que este Registro en diligencias de
ocurso incoadas por Perlita de los Ángeles Castillo Calderón, ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución N° 976-2011.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas
y cincuenta y cinco minutos del veinte de mayo del dos mil once. Expediente N°
49023-2010. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos
probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo: ..., Por tanto:
Rectifíquense los asientos de nacimiento de Kimberly Mariana, Jeremy Antonio y
el de Yarlin María todos de apellidos Cabalceta Mendoza...; en el sentido que el primer apellido
de la madre de las personas ahí inscritas es “Castillo” y no como se consignó;
asimismo, el asiento de nacimiento de Yoselin Irma Cabalceta Calderón; en el sentido que los apellidos de la
madre de la persona ahí inscrita son “Castillo Calderón” y no como se
consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013084906).
Se hace saber que este Registro en diligencias de
ocurso incoadas por Hazel del Carmen Rocha Flores, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1855-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos
Jurídicos.—San José, a las ocho horas diez minutos del veintitrés de mayo de
dos mil trece. Ocurso. Expediente N° 5522-2013. Resultando 1º—..., 2º—...,
Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el
fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de José Adrián
Moncada Rocha, en el sentido que el nombre de la madre... es “Hazel del Carmen”.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013084930).
Se hace saber que
este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María del Sol Quesada Anchía, ha dictado una resolución que en lo conducente
dice: Resolución N° 3172-2013. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de
Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas diez minutos del cinco de
setiembre del dos mil trece. Exp. N° 24188-2013.
Resultando: 1º—... 2º—...; Considerando: l.—Hechos
Probados... II.—Sobre el Fondo... Por Tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de María del Sol Quesada Anchía... en el sentido que el nombre y el segundo apellido
del padre... son “Ibo Enrique” y “Gatjens”
respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial
Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013084957).
Se hace saber que
este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yuri Alonso Ramírez Acón, ratificadas por Álvaro Luis Mesén Campos y Mayela Alvarado Ramírez, ha dictado una resolución que en lo
conducente dice: Resolución Nº 3661-2013. Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas del treinta de octubre
del dos mil trece. Exp. Nº 11365-2012. Resultando
1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:...,
II.—Sobre el Fondo:... Por Tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de
Álvaro Luis del Carmen Mesén Campos con Mayela
Alvarado Ramírez..., en el sentido que el nombre, los apellidos, la edad, el
número de la cédula de identidad y el estado civil’’ de la cónyuge son “Gerarda Mayela Alvarado Ramírez,
hija de Josefina Alvarado Ramírez, costarricense”, “cincuenta y cuatro años”,
“cinco-ciento cincuenta y ocho-doscientos” y “soltera” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013084961).
Se hace saber que
en diligencias de ocurso incoadas por Darling del Rosario Espinoza Mejía, este
Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N°
3910-2013. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San
José, a las ocho horas cincuenta y cinco minutos del veintidós de noviembre del
dos mil trece. Exp. N° 47208-2012. Resultando: 1º—...
2º—... 3º—...; Considerando: I.—Hechos Probados... II.—Sobre el Fondo… Por Tanto: Rectifíquense los asientos de
nacimiento de Julio José Espinoza Pasos... el de Johamar
Vásquez Espinoza... y el de Josselyn Daniela Vásquez
Espinoza... en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre... son
“Darling del Rosario Espinoza Mejía”.—Lic. Rodrigo
Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013085001).
Se
hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por, Medarda de la Luz Miranda no indica segundo apellido, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3758-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos. San José, a las trece horas ocho minutos del siete de noviembre del
dos mil trece. Exp. Nº 16183-2013. Resultando: 1º—...,
2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense: el asiento de
nacimiento de, Jimena Yuvelkin Miranda Urbina... en
el sentido que el nombre y el apellido de la madre de la persona ahí inscrita
y, consecuentemente, los apellidos de la misma son: “Medarda
de la Luz Miranda, no indica segundo apellido” y “Miranda Miranda”,
respectivamente; y el asiento de nacimiento de Kevin David Carranza Miranda...
en el sentido que el nombre y el apellido de la madre...son: “Medarda de la Luz Miranda, no indica segundo
apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013085042).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por, Arlen Mabel
Requene, no indica segundo apellido, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3723-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las doce horas
treinta minutos del cinco de noviembre del dos mil trece. Ocurso. Exp. N° 29280-2012. Resultando 1º—…, 2º—..., Considerando:
I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el
asiento de nacimiento de, María Oscarlina Sánchez Requene, en el sentido que el apellido de la madre... es “Requene, no indica segundo apellido”, el asiento de nacimiento de María de los Ángeles
Sánchez Requenes, el asiento de nacimiento de Mario
Giovanni Sánchez Requene y el asiento de nacimiento
de Wayner Scoth Valle Requene, en el sentido que el nombre y el apellido de la
madre... son “Arlen Mabel Requene, no indica segundo
apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013086012).
Se hace saber que este Registro en diligencias de
ocurso incoadas por, Reyna Noemí Espinoza Benavidez, ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución Nº 3716-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas
dos minutos del cinco de noviembre de dos mil trece. Ocurso. Exp. N° 46078-2012. Resultando: 1º—…, 2°—..., Considerando:
I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por
tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de, Adner
Ezequiel López Espinoza, el asiento de nacimiento de Issis
Paola Aburto Espinoza y el asiento de nacimiento de Santiago Aburto Espinoza,
en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre... son “Reyna
Noemí” y “Benavidez” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor
Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013086069).
Se hace saber que este Registro Civil en diligencias
de ocurso incoadas por, Jorge Norberto Bonilla Campos, ratificado por Jefry Andrey, Steven Alcides y
Kenia María, todos de apellidos Campos Muñoz, ha dictado una resolución que en
lo conducente dice: Resolución Nº 3903-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las catorce
horas diez minutos del veintiuno de noviembre del dos mil trece. Ocurso. Exp. N° 22120-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—...
Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquense; las razones
marginales de reconocimiento practicadas en los asientos de nacimiento de, Yefry Andrey..., Steven
Alcides... y Kenia María..., todos de apellidos Campos Muñoz ... y el asiento
de nacimiento de, Jorge Arturo Campos Muñoz..., en el sentido que los apellidos
del padre... son “Bonilla Campos”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor
Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013086175).
Se hace saber que este Registro Civil en diligencias
de ocurso incoadas por Jaheyra Raquel Baez Luna, ha dictado una resolución que en lo conducente
dice: Resolución N° 3622-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once
horas cinco minutos del veinticinco de octubre de dos mil trece. Expediente N°
49270-2012. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos
Probados:... II.—Sobre el Fondo:... Por tanto:
Rectifíquense: el asiento de nacimiento de Cristofer Yoani Vivas Baez... y el asiento
de nacimiento de Maryeli Yulibeth
Vivas Baez... en el sentido que el nombre de la
madre... es “Jaheyra Raquel”.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—
(IN2013086195).
Se hace saber que este Registro en diligencias de
ocurso incoadas por Elías Rodríguez Quintanilla, ha dictado una resolución que
en lo conducente dice: Resolución N° 3782-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas
tres minutos del once de noviembre de dos mil trece. Expediente N° 26161-2013.
Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el
Fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Eleonor
Rodríguez Castro y el asiento de nacimiento de Kristy
Sofía Rodríguez Castro, en el sentido que el primer nombre y la nacionalidad de
la madre... son “Paula” y “nicaragüense” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013086269).
Registro Civil-
Departamento Civil
SECCIÓN DE
OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de
solicitud de naturalización
Federico Iván Solórzano Guerrero, mayor, soltero, profesional en
comunicación social y periodismo, colombiano, cédula de
residencia N° 117001084507, vecino de San José, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se
emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para
que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días
hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
N° 132266-2013.—San José, nueve de diciembre de dos
mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1
vez.—(IN2013083154).
Félix Pedro López Ampie,
mayor, casado, oficial de seguridad, nicaragüense, cédula de residencia N°
155808724109, vecino de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 133143-2013.—San José, seis de
noviembre de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013083389).
Félix Rafael López Rojas, mayor, soltero,
estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155808724002, vecino de Cartago,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten
por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes
a la publicación de este aviso. Exp. 132927-2013.—San José, once de octubre de dos mil trece.—Lic. Ricardo
Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013083390).
Alberto José Betancourt Quiroz, mayor, soltero,
cajero, nicaragüense, cédula de residencia 155803292125, vecino de Alajuela, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. 132212-2013.—San José, once de diciembre de dos mil trece.—Lic. Ricardo
Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013083468).
Emercia Riascos Beltrán, mayor,
soltera, comerciante, colombiana, cédula de residencia 1170003927100, vecina de
San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
133444-2013.—San José, diez de diciembre del dos mil
trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1
vez.—(IN2013083703).
Paul Raminfar Marton, mayor, casado, fisioterapeuta, colombiano, cédula
de residencia 117000189304, vecino de San José, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. 4814-2012.—San José, veintiuno de noviembre del dos mil trece.—Lic.
Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1
vez.—(IN2013083759).
María José Maltez Silva, mayor, casada,
profesora, nicaragüense, cédula de residencia 155805814608, vecina de San José,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten
por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes
a la publicación de este aviso. Exp. 828-2013.—San José, dieciocho de noviembre de dos mil trece.—Lic.
Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1
vez.—(IN2013084107).
Mayra Alejandra Chauta
Ibarra, mayor, soltera, empresaria, colombiana, cédula de residencia
117000597617, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2956-2010.—San José, cinco de
diciembre de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013084222).
Alberto Zuluaga Mejía, mayor, casado, médico pensionado, venezolano,
cédula de residencia 186200105701, vecino de San José, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 980-2013.—San José, veinticinco de noviembre de dos mil trece.—Lic.
Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1
vez.—(IN2013084246).
Julio César Ruíz Silva, mayor, casado, analista Jr de tesorería, nicaragüense, cédula de residencia
155802191721, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1864-2011.—San José, veinte
de noviembre del dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013084524).
Kenia Isabel Hernández Jirón, mayor, soltera,
estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155804042916, vecina de
Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
132513-2013.—San José, trece de diciembre del dos mil
trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1
vez.—(IN2013084750).
Óscar Antonio Blandón Bravo, mayor, soltero,
constructor, nicaragüense, cédula de residencia 155802468917, vecino de
Puntarenas, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 132197-2013.—San José, trece de diciembre del dos mil trece.—Lic.
Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1
vez.—(IN2013084858).
Jesica Rave Varón, mayor, soltera, encargada de
inventarios, colombiana, cédula de residencia 117000958811, vecina de San José,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten
por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes
a la publicación de este aviso. Expediente N° 913-2013.—San
José, veinte de noviembre del dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero,
Jefe.—1 vez.—(IN2013084859).
Néstor Alexander Ortiz Pedroza, mayor, casado, bombero, colombiano,
cédula de residencia 117000753615, vecino de Heredia, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 133483-2013.—San José, dieciséis de diciembre de dos mil trece.—Lic.
Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013084988).
Julissa del Rosario Gutiérrez Figueroa, mayor,
soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155803760610, vecina de
San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
133477-2013—San José, trece de diciembre del dos mil trece.—Lic.
Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1
vez.—(IN2013084991).
Erika Geovanna Polanco Penagos,
mayor, soltera, estudiante, estadounidense, cédula de residencia N°
420-173627-003324, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1794-2013.—San José, veintisiete de junio del dos mil
trece..—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013085047).
Elaina Milagro Cisneros Ulloa, mayor, soltera,
manicurista, panameña, pasaporte N° 1954558, vecina de Guanacaste, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. 132296-2013.—San José, dieciséis de diciembre del dos mil trece.—Lic.
Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1
vez.—(IN2013085116).
Elna Marlene Thomas Ellis, mayor, viuda, profesora de
inglés, nicaragüense, cédula de residencia 155802254826, vecina de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. 1026-2013.—San José, trece de diciembre del dos mil trece.—Lic.
Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1
vez.—(IN2013086055).
Heyner Augusto Soza Montano,
mayor, soltero, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155806628034,
vecino de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 133489-2013.—San José,
dieciséis de diciembre del dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013086142).
Leopoldo Martín Álvarez Pasquier,
mayor, soltero, empresario, nicaragüense, cédula de residencia N° 155802141422,
vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 132693-2013.—San José,
diecinueve de setiembre del dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero,
Jefe.—1 vez.—(IN2013086174).
Life Hernán Narváez Mera, mayor, soltero, vendedor y
demostrador, colombiano, cédula de residencia 117000462135, vecino de San José,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten
por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes
a la publicación de este aviso. Exp. 892-2013.—San José, veinte de noviembre del dos mil
trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1
vez.—(IN2013086185).
Karla Vanessa Castillo Barrios, mayor, soltera,
técnico en farmacia, nicaragüense, cédula de residencia 155808124425, vecina de
Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 1786-2011.—San José, veinte de noviembre del dos mil trece.—Lic.
Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1
vez.—(IN2013086190).
PROMOTORA DEL COMERCIO EXTERIOR
Programa anual de compras 2014
El Departamento de Proveeduría de PROCOMER, de conformidad con lo
establecido en el artículo 8 del Reglamento de Compras, comunica a todos los
interesados, que el Programa de Compras para el año 2014, se encuentra
publicado en la siguiente dirección electrónica: http://www.procomer.com/contenido/proveeduria.html.
Así mismo, se invita a todas las personas físicas y jurídicas
proveedoras de bienes o servicios, a formar parte en los Registros de
Proveedores de la Promotora, o bien actualizar la información existente.
Para esto se les recuerda que PROCOMER realiza los procesos de
contratación a través del sistema de compras electrónico Mer-link
por lo que aquellos proveedores que se encuentren incorporados en dicha
plataforma automáticamente forman parte del registro de proveedores de
PROCOMER.
Los proveedores que se encuentren en el registro interno de la
Institución, podrán seguir participando en los procesos tramitados fuera de
línea, los cuales se realizan solo en caso de excepción. Sin embargo, si desean
ofertar en los concursos publicados en Mer-link,
deberán registrarse en la plataforma en cuyo caso será necesario adquirir la
firma digital emitida por el Banco Central, la cual se puede obtener en el
Banco Popular, Banco Nacional de Costa Rica, Banco BCT, BAC San José, entre
otros.
En caso de dudas o consultas, pueden llamar al 800 Mer-link
(6375465) o bien al Departamento de Proveeduría de PROCOMER al 2505-4747 ó
2505-4748.
6 de enero del 2014.—Departamento de
Proveeduría.—Marco Alfaro Oreamuno, Jefe.—1
vez.—(IN2014000193).
SUCURSAL SEGURO SOCIAL DE GOLFITO
Programa de Adquisiciones Año
2014
Cumpliendo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Contratación
Administrativa, se da a conocer el plan anual de compras del año 2014, mismo
que puede ser consultado en la siguiente dirección electrónica de la
Institución
http://www.ccss.sa.cr/planes_de_compra_cat?cat=17
Golfito, 26 de diciembre del 2013.—Lic. Isabel
Garbanzo León MBA, Administradora a. í.—1 vez.—(IN2014000162).
ÁREA SALUD OROTINA-SAN MATEO,
REGIÓN PACÍFICO CENTRAL
PLAN DE ADQUISICIONES PARA EL AÑO
2014
UNIDAD PROGRAMÁTICA 2256
Se avisa a todos los potenciales oferentes que el Plan de Adquisiciones
del Área de Salud Orotina-San Mateo para el año 2014,
se encuentra a disposición de los interesados en la página web de la Caja
Costarricense de Seguro Social, ver detalles y mayor información en
http://www.ccss.sa.cr, telefax N° 2427-8723.
Orotina, 6 de enero del 2014.—Lic.
Natacha Venegas Arguedas, Administradora a. í.—1
vez.—(IN2014000167).
SUCURSAL DEL SEGURO SOCIAL DE PALMAR NORTE
PROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO 2014
Cumpliendo con lo
establecido en el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa, se da a
conocer el plan anual de compras del año 2014, mismo que puede ser consultado
en la siguiente dirección electrónica de la Institución:
http://www.ccss.sa.cr/planes_de_compra_cat?cat=17
Palmar Norte, 27
de diciembre del 2013.—Lic. Fulvio
Alvarado Agüero, Administrador.—1 vez.—(IN2014000168).
ÁREA DE SALUD DESAMPARADOS 3
Programa de compras para el año 2014
Para cumplir con
lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y
artículo 7 de su Reglamento, se informa que el programa de compras para el año
2014, correspondiente al Área de Salud Desamparados 3, así como las
modificaciones que se hagan durante el año a este programa, serán divulgadas en
la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social en el apartado “Planes
Anuales”. Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 6 de
enero del 2014.—Administración.—Lic. Maricela Mora
Jiménez, Administradora a. í.—1 vez.—(IN2014000219).
UNIDAD PROGRAMÁTICA 2208
Plan de adquisiciones para el año 2014
De acuerdo a lo
que establece el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el
artículo 7 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa se avisa a
todos los potenciales oferentes que el Plan de adquisiciones del Hospital San
Vicente de Paúl para el 2014, se encuentra a disposición de los interesados en
la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social, ver detalles y mayor
información en http://ccss.sa.cr o al teléfono 2562-8475, fax 2562-8506.
Heredia, 3 de
enero del 2014.—Dirección Administrativa y
Financiera.—Msc. Rosario Segura Esquivel, Directora
Administrativa a. í.—1 vez.—(IN2014000223).
ÁREA DE SALUD LOS CHILES U.E. 2484
Programa de Adquisiciones 2014
En cumplimiento
con la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, se informa que el
Programa de Adquisiciones 2014 y sus posibles modificaciones, correspondientes
a nuestra unidad, se encuentran publicados en la página Web de la Caja
Costarricense de Seguro Social. Ver detalle en http://www.ccss.sa.cr.
Los Chiles, 2 de
enero del 2014.—Administración.—MBA. Jesús Villalobos
Arrieta, Administrador.—1 vez.—(IN2014000225).
ÁREA DE SALUD CIUDAD QUESADA
Programa de Adquisiciones para el período 2014
En cumplimiento a
lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el
artículo 7 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se informa
que el Programa de Adquisiciones para el período 2014, de la Unidad Ejecutora
2483 Área de Salud Ciudad Quesada, se encuentra disponible en la página Web de
la Caja Costarricense de Seguro Social, www.ccss.sa.cr, en el enlace
“Transparencia”, “Contratación y Otros Servicios”, “Programas Anuales de
Compras 2014”.
Se les recuerda a
los interesados (proveedores y otros) que la presente publicación refleja las
necesidades proyectadas para el año 2014 de la Unidad Ejecutora 2483, Área de
Salud Ciudad Quesada, misma que puede ser modificada, (disminuida, ampliada o
suprimida), de conformidad con las necesidades reales que representen el
interés público y disposiciones de las autoridades en la materia y superiores.
Ciudad Quesada,
San Carlos, 2 de enero del 2014.—Administración.—Lic.
Carlos R. Millón Muñoz, Administrador.—1
vez.—(IN2014000250).
SUCURSAL DE PÉREZ ZELEDÓN
UNIDAD PROGRAMÁTICA 1602
PRESUPUESTO ASIGNADO A LA SUCURSAL
DE PÉREZ ZELEDÓN, AÑO 2014
En
cumplimiento con lo que establece el artículo 6 de la Ley de Contratación
Administrativa y artículo 7 de su Reglamento, informo que se encuentra
disponible mediante la página web institucional, el detalle del Presupuesto Asignado
a la Sucursal de Pérez Zeledón - Región Brunca para
el período 2014. Se encuentra disponible en la ruta: Transparencia | Planes
Anuales de Compra | Sucursales o bien en el siguiente enlace:
http://www.ccss.sa.cr/planes_de_compra_cat?cat=17.
San
Isidro de Pérez Zeledón, 2 de enero del 2014.—Lic.
Jorge Minor Mata Arias, Jefe Administrativo.—1 vez.—(IN2014000259).
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA
HOSPITAL Y ÁREA DE SALUD UPALA
UNIDAD PROGRAMÁTICA 2504
PLAN ANUAL DE COMPRAS 2014
A
los interesados en verificar el Plan Anual de Compras para el periodo 2014 del
Hospital y Área de Salud Upala, se les comunica que
este se encuentra disponible en la página oficial de la Caja Costarricense de
Seguro Social, ver detalles y mayor información en la dirección electrónica:
http://www.ccss.sa.cr, ruta de acceso “Transparencia” opción “Planes Anuales de
Compra”.
Upala, Alajuela, 6
de enero del 2014.—Lic. María López López, Directora Administrativa Financiera a. í.—Dr. Marvin Palma Lostalo,
Director General a. í.—1 vez.—(IN2014000261).
ÁREA DE SALUD DE CORREDORES
UNIDAD PROGRAMÁTICA 2758
PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS AÑO 2014
Con
base en lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa,
se informa que el Programa de Compras para el año 2014 del Área de Salud de
Corredores, Unidad Programática 2758, se encuentra a disposición de los
interesados en la página oficial de la Caja Costarricense de Seguro Social en
la dirección electrónica: https//www.ccss.sa.cr.
La
Cuesta, 6 de enero del 2014.—Lic. Kattya
Valdivia Durán, Administradora.—1 vez.—(IN2014000295).
SUCURSAL SEGURO SOCIAL LA CUESTA
UNIDAD PROGRAMÁTICA 1633
PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS AÑO 2014
Con
base en lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa,
se informa que el Programa de Compras para el año 2014 de la Sucursal Seguro
Social La Cuesta, Corredores, Puntarenas, Unidad Programática 1633, se
encuentra a disposición de los interesados en la página oficial de la Caja
Costarricense de Seguro Social en la dirección electrónica: https//www.ccss.sa.cr.,
en la ruta Transparencia/Planes Anuales de Compras/Sucursales.
La
Cuesta, 2 de enero del 2014.—Édgar Roberto Lee Morera,
Administrador.—1 vez.—(IN2014000296).
MUNICIPALIDAD SAN ISIDRO HEREDIA
PROGRAMA DE ADQUISICIONES PERIODO 2014
De conformidad con lo establecido en
el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 7 del
Reglamento de Contratación Administrativa, se da a conocer el programa de
adquisiciones para periodo 2014.
|
Monto
|
Periodo
|
|
Estimado
|
ejecución
|
PROGRAMA I – SERVICIOS
|
61.024.555.00
|
Ene. A Dic.14
|
ADMINISTRACION –AUDITORIA INTERNA
|
|
|
Póliza riesgos, servicios públicos, seguros,
Mantenimiento
|
|
|
Vehículos, Sistemas, Edificio, equipo computo,
comunicación y
|
|
|
Mobiliario; Honorarios consultorías, Serv. Jurídicos Concejo y
|
|
|
Auditoría e
Ingeniería. Gastos: Capacitación, Representación,
|
|
|
Viáticos interior y Exterior, publicidad y otros impuestos, gastos
|
|
|
Servicio de gestión y apoyo. Desarrollo Sistemas
Informáticos,
|
|
|
Impresión y Encuadernación Alquiler Maq, Eq. y
Mob. Capacitación,
|
|
|
Servicios Generales, Protocolarios y Sociales,
Gastos Representación,
|
|
|
|
|
|
PROGRAMA I – MATERIALES Y SUMINISTROS
|
19.530.000.00
|
Ene. A Dic.14
|
ADMINISTRACION – AUDITORIA INTERNA
|
|
|
Materiales necesarios para la ejecución del Programa
|
|
|
(Papelería, útiles oficina, tinta y pinturas, aseo,
combustible
|
|
|
Limpieza, cartón e impresos, materiales de resguardo
y seguridad, bolsas,
|
|
|
herramientas, repuestos, Telefónicos y Computo,
Maderas, Materiales
|
|
|
uso construcción, Textiles y Vestuario, y otros
Materiales y Suministros etc.
|
|
|
Para Auditoría Interna y Adm.).
Farmacéuticos, Productos Agroforestales
|
|
|
Otros químicos.
|
|
|
|
|
|
PROGRAMA I – BIENES DURADEROS
|
7.400.000.00
|
Ene. A Dic. 14
|
ADMINISTRACION – AUDITORIA INTERNA
|
|
|
Compra Mobiliario, equipo comunicación, oficinas,
cómputo
|
|
|
Programas y
Equipo Cómputo, Maquinaria y Equipo
Diverso
|
|
|
Cumplimiento Norma Gestión y Control Tecnologías de
Información.
|
|
|
|
|
|
PROGRAMA II – SERVICIOS
|
266.033.119.00
|
Ene. A Dic.14
|
(BASURA-CAMINOS Y CALLES-CEMENTERIO-VIAS – EDUC.
|
|
|
Y CULTURALES,
SERV.SOCIALES Y COMPLEMENTARIOS
|
|
|
PROTECCION MEDIO AMBIENTE-EMERGENCIAS CANTONALES)
|
|
Gastos rutinarios para el desarrollo del servicio,
como pólizas,
|
|
|
Disposición final basura, vehículos, servicios
públicos, capacitación
|
|
|
Servicios Públicos, información, encuadernación y
otros Alquiler
|
|
|
De maquinaria, revisión técnica, derechos
circulación, mantenimiento
|
|
|
Vías comunicación, mantenimiento vehículos, otros
servicios de
|
|
|
Gestión y apoyo, capacitación, actividades
protocolarias y sociales.
|
|
|
Servicios Sociales y Complementarias, actividades
según Ley 7142,
|
|
|
Servicios para funcionamiento Centro Red de Cuido y
Desarrollo Infantil,
|
|
|
Cementerio, mantenimiento equipo, alquiler
recolector, otros servicios de
|
|
|
Gestión y apoyo, Educativos y Culturales,
Mantenimientos Parques
|
|
|
|
|
|
PROGRAMA II MATERIALES Y SUMINISTROS
|
68.315.685.00
|
Ene. A Dic. 14
|
(BASURA-CAMINOS Y CALLES-CEMENTERIO-VIAS – EDUC.
|
|
|
Y CULTURALES- SERVICIOS SOCIALES Y COMPLEMENTARIOS
|
|
APORTE EN ESPECIE P/ SERV. Y
PROYECTOS COMUNITARIOS
|
|
Materiales necesarios para los servicios y su
desarrollo
|
|
|
(uniformes, combustible, aceites, Bolsas, materiales
y agregados
|
|
|
uso construcción, eléctricos, maderas,
metálicos, herramientas,
|
|
|
Repuestos y accesorios, Llantas, equipo seguridad,
mantenimiento
|
|
|
caminos Textiles
y vestuario, químicos, y otros
|
|
|
|
|
|
PROGRAMA II – BIENES DURADEROS
|
6.100.000.00
|
Ene. A Dic.14
|
BASURA-CAMINOS-SERV.SOC.Y COMPLEMENTARIOS
|
|
|
EDUCATIVOS Y CULTURALES
|
|
|
Compra de instrumentos musicales, equipo cementerio
|
|
|
Aportes en
especie para Serv.
Sociales y Complementarios
|
|
|
y Proyectos
Comunitarios Hogar Ancianos Nuestra Señora Ángeles y
|
|
|
Cencinai San Francisco.
Equipo y Programas Computo Oficina Mujer
|
|
|
|
|
|
PROGRAMA III – SERVICIOS
|
5.849.949.00
|
Ene. A Dic.14
|
INVERSIONES
|
|
|
Servicios generales, seguros y otras obligaciones.
|
|
|
Y otros servicios de gestión y apoyo.
|
|
|
|
|
|
III-3 - MATERIALES Y SUMINISTROS
|
23.500.000.00
|
Ene. A Dic.14
|
Materiales uso construcción:, Metálicos, Minerales
|
|
|
Y Asfálticos, Madera y sus derivados, Materiales
Plásticos
|
|
|
Otros Materiales uso construcción Proyectos
Entubados en
|
|
|
el cantón y
Mejoras Escuelas en el cantón.
|
|
|
|
|
|
III- BIENES DURADEROS
|
205.714.394.00
|
Ene a Dic.14
|
III-1 EDIFICIOS
|
|
|
Mejoras Esc del Cantón:
Esc. San
Frco. Santa
Elena,
|
|
|
Concepción y Santa Cecilia. Patrimonio Histórico
Esc. José
Martí
|
|
|
Mejoras Colegio San Isidro, Mejoras Colegio Técnico
San Isidro,
|
|
|
Mej. Esc Música, Mej. Edif. Cruz Roja, Mej. Ebais San José,
|
|
|
Ebais Concepción.
|
|
|
Mejoras Salones
Comunales del Cantón: Salón Comunal Colonia,
|
|
|
Isidreña Salón Comunal
Las Tejas. Construcción Aula Ecológica
|
|
|
|
|
|
III-2 VIAS DE COMUNICACIÓN TERRETRE
|
|
|
Fondos Ley 8114 Mantenimiento
Rutinario de la Red Vial,
|
|
|
Bacheo en el cantón Mejor. y Rehabilitación Red Vial
cantonal:
|
|
|
Mejoramiento rutinario Calle Alhajas a fin camino
|
|
|
Calle Mario Vindas, Calle
Chaves a limite San Rafael
|
|
|
Mejoramiento Calle Salomón a Calle Quebradas
Mantenimiento
|
|
|
Periódico Cuadrantes Concepción, Rehabilitación Red
Vial Calle
|
|
|
Quintana a Limite San Francisco-San Pablo.
|
|
|
Accesos Peatonales en el cantón: Segunda Etapa
acceso
|
|
|
Peatonal Reserva Municipal Calle Los Villalobos,
|
|
|
Mej. Accesibilidad
San Josecito Super Zurquí-Cancha
Deportes
|
|
|
Mejoras accesibilidad peatonal Contiguo Plaza
Concepción
|
|
|
Costado BCR y hacia Palí
según Resolución Sala Constitucional
|
|
|
|
|
|
III-5 - INSTALACIONES
|
|
|
Entubados del
Cantón: Calle Isidreña, Calle
paralela Río Lajas
|
|
|
Dirección norte-Sur, Calle Mercedes, Calle
Gringo-Calle Caricias
|
|
|
Calle Cristo Rey, Costado norte Escuela Colonia Isidreña,
|
|
|
Calle Quintana
|
|
|
|
|
|
III-6 OTROS PROYECTOS:
|
|
|
Construcción Área Recreativa Skate
Park, Mej.Cementerio
|
|
|
Gimnasio Aire Libre, San Josecito., Reconstrucción
Casco
|
|
|
Urbano. Mejoras Parques Infantiles Cantón: Calle
Gemelo,
|
|
|
Calle Itabo, Parque entre Calle Isidreña
Y Calle Vin.
|
|
|
Construcción Mallas en el cantón: Lote Municipal
Contiguo
|
|
|
Parque Infantil Valle Vistar,
Malla costado Sur y Oeste
|
|
|
Cancha Futbol San Isidro, Malla costado este Plaza
Futbol
|
|
|
San Francisco. Mejoras Canchas Multiusos: Santa Elena
|
|
|
y Concepción.
Mejoras Boulevard San Isidro, Gimnasio
|
|
|
Aire Libre San Josecito., Reconstrucción Casco
Urbano.
|
|
|
Proyecto Persona Joven, Confección y mantenimiento
|
|
|
Colectores de Residuos
|
|
|
|
|
|
CUENTAS ESPECIALES
|
1.777.301.00
|
Ene A Dic.14
|
Para Fondo
Plan de litificación
|
|
|
San
Isidro Heredia, 07 de enero del 2014.—Sandra Ramírez
Villalobos, Proveedora.—1 vez.—(IN2014000292).
ASOCIACIÓN COALICIÓN COSTARRICENSE
DE INICIATIVAS DE DESARROLLO
LICITACIÓN ABREVIADA N° LA-01-2014
Se
invita a los proveedores interesados a participar en el siguiente concurso:
Contratación de un hotel con centro de
conferencias
para
realizar un evento para un máximo de 400 personas
CINDE,
cédula jurídica N° 3-002-056152, comunica que se recibirán ofertas hasta las
02:00 p. m. del 20 de enero del 2014, para la “Contratación de un hotel con
centro de conferencias para realizar un evento para un máximo de 400 personas”.
Los documentos
que conforman el cartel, podrán solicitarse a la dirección electrónica:
jsanabria@cinde.org o bien retirarse en las oficinas de CINDE, ubicadas en
Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio Los Balcones, cuarto piso.
El cartel se
encuentra disponible en el Departamento Administrativo Financiero, de lunes a
viernes, en un horario de 08:00 a. m. a 04:00 p. m.
Jenny Carballo, Coordinadora Financiera.—1 vez.—(IN2014000268).
BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS DE COSTA
RICA
LICITACIÓN PÚBLICA LN101312
(2013LN-101312-UP)
Vehículos de Extinción de Incendios
El
Benemérito Cuerpo de Bomberos, comunica la decisión tomada por el por el
Consejo Directivo mediante Acuerdo VIII Sesión Ordinaria N° 0070, de fecha 16
de diciembre de 2013. En dicho acuerdo se adjudica la Licitación Pública Nº
101312 (2013LN-101312-UP) “Vehículos de extinción de incendio”, todo de
conformidad con lo recomendado por la administración en oficio
CBCR-039208-2013-DAB-01365 de fecha 12 de diciembre del 2013.
El detalle de
la adjudicación respectiva puede ser consultado en el portal oficial de
Internet del Benemérito Cuerpo de Bomberos www.bomberos.go.cr o bien en
nuestras oficinas ubicadas en el segundo piso del edificio central del Cuerpo
de Bomberos, en San José, avenida 3, calle 18; costado norte, de la terminal de
buses del mercado de la “Coca Cola”.
Unidad
de Proveeduría.—Lic. Guido Picado Jiménez, Jefe.—1 vez.—(IN2014000211).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000016-05101
(Declaratoria de infructuosa)
Película radiográfica de 25.40 x 30.46 cms
(10 X 12 pulgadas) no interfoliadas
A los oferentes
que participaron en el concurso supra mencionado, se les comunica que de
conformidad con lo que establecen los artículos 15 y 86 del Reglamento a la Ley
de Contratación Administrativa y Resolución Final Administrativa
DABS-03157-2013 el mismo se declara infructuoso. Ver detalles detalles y mayor información en la página Web http://www.ccss.sa.cr.
San José,
dieciocho de diciembre del dos mil trece.—Línea de
Producción de Reactivos.—Lic. Andrea Vargas Vargas,
Jefa.—1 vez.—Solicitud N° 63300.—O. C. N°
1142.—C-20420.—(IN2014000191).
ASOCIACIÓN
COALICIÓN COSTARRICENSE
DE INICIATIVAS DE
DESARROLLO
Registro de
Proveedores Institucional
CINDE, al haber suscrito un convenio de cooperación
con Procomer y Comex debe
cumplir con los artículos 46 de la Ley de Contratación Administrativa y 122 de
su Reglamento, por lo tanto invita a todas las personas físicas y jurídicas
interesadas en ser consideradas en los procesos de contratación administrativa
de bienes y servicios de la institución a inscribirse en el Registro de
Proveedores de CINDE.
El formulario de inscripción podrá ser solicitada al correo
electrónico: jsanabria@cinde.org, encargado Jonathan Sanabria, o visitando
nuestras oficinas ubicadas en San Rafael de Escazú, Centro Corporativo Plaza
Roble, edificio Los Balcones, piso 4. Información a los teléfonos: 2201-2800 y
2201-2839.
Jenny Carballo, Coordinadora Financiera.—1 vez.—(IN2014000267).
MUNICIPALIDAD SAN
ISIDRO HEREDIA
REGISTRO DE
PROVEEDORES
De conformidad con los artículo 116, 117, 118, 122,
del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa se invita a personas
físicas y jurídicas a integrar el Registro de Proveedores de esta
Municipalidad, a efecto de ser considerados como potenciales oferentes,
mediante solicitud de inscripción firmada por el interesado y el apoderado;
según sea el caso, en la oficina de Proveeduría Municipal cumpliendo con los
siguientes requisitos:
1) Nota de
solicitud dirigida al Departamento de Proveeduría la cual debe contener: las
calidades del solicitante sea persona física o jurídica, nombre del o de los
representantes legales así como indicación de los poderes que ostentan, la
firma del solicitante o representante legal, número teléfono, fax, dirección
física , electrónica, apartado postal , medio para recibir notificaciones.
2) Copia certificada por Notario Público de la cédula de identidad
proveedor, de sus representantes legales, y de la cédula jurídica
3) Original o copia reciente certificada de certificación de
inscripción, personería jurídica.
4) Original o copia reciente certificada de naturaleza y propiedad de
las acciones de la sociedad.
5) Declaración Jurada donde el proveedor declare bajo fe de juramento
que no le alcanzan ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración,
y que se encuentra al día en el pago de todo tipo de impuestos nacionales, así
como con sus obligaciones con la Caja Costarricense del Seguros Social
6) Descripción de la actividad a que se dedica y los bienes y
servicios que ofrece e incorporar listas o catálogos si los tuviera
7) Cualquier otra información que se estime conveniente.
8) Los proveedores ya inscritos podrán mediante nota informar si toda
la información presentada a la fecha se mantiene invariable, de lo contrario
suministrar la documentación de los cambios realizados.
La
documentación debe ser entrega en la oficina de Proveeduría Municipal 100 Sur
Templo Católico San Isidro Heredia o al apartado 221-3017.
San Isidro Heredia, 07 de enero del 2014.—Sandra Ramírez Villalobos, Proveedora.—1
vez.—(IN20140000294).
HOGAR DE ANCIANOS DE PIEDADES DE
SANTA ANA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 1-2013
ACLARACIÓN N° 1 AL CARTEL
Mejoras al salón multiuso y construcción de paso cubierto
entre las instalaciones y habitaciones
de parejas
La Junta Administrativa del Hogar de Ancianos de Piedades de Santa Ana
informa a los interesados en la licitación en referencia se sirvan retirar en
las instalaciones del Hogar, el documento sobre varías aclaraciones a las
condiciones técnicas, las cuales deberán ser consideradas para la presentación
de ofertas. Las demás condiciones del cartel, se mantienen invariables.
Junta Administrativa.—Juan Dionisio Sibaja Porras, Presidente.—1 vez.—(IN2014000166).
CONSEJO UNIVERSITARIO
El
Consejo Universitario de la Universidad Técnica Nacional informa sobre la
aprobación de la siguiente normativa:
1) Normativa Básica sobre Pruebas de Sustitución,
en su Acuerdo Nº 10, de la sesión Nº 35, Acta Nº 43 del 20 de noviembre del
2012.
2) Reglamento
de Uso y Servicios del Sistema Integrado de Bibliotecas y Recursos Digitales de
la Universidad Técnica Nacional, en su Acuerdo Nº 6, de la sesión Nº 30, Acta
Nº 38 del 11 de setiembre del 2012.
3) Reglamento de Estudio Independiente, en su Acuerdo Nº 7, de la
sesión Nº 35, Acta Nº 43 del 20 de noviembre del 2012.
4) Reglamento
Disciplinario Estudiantil, en su Acuerdo Nº 6, de la sesión Nº 27, Acta Nº 35
del 31 de julio del 2012.
5) Reglamento
Giras Académicas, en su Acuerdo Nº 9, de la sesión Nº 27, Acta Nº 35 del 31 de
julio de 2012.
La
normativa arriba indicada se encuentra en su versión completa y actualizada en
el portal electrónico de la Universidad Técnica Nacional www.utn.ac.cr, sección
“Normativa Universitaria”.
Rige a partir
de su publicación.
Lic. Marcelo Prieto Jiménez, Rector.—1 vez.—(IN2013085029).
MODIFICACIÓN AL REGLAMENTO DE
ORGANIZACIÓN
Y FUNCIONAMIENTO DE LA AUDITORÍA
INTERNA
En
la Sesión Ordinaria Nº 052-2013 celebrada el 16 de mayo del 2013, en el
artículo Nº 4, se acordó:
“…
2.
Con fundamento en lo expuesto, se derogan los artículos 33 y 34 que conforman
el capítulo 6 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría
Interna. Acuerdo Firme”.
San
José, 16 de diciembre del 2013.—Lic. Francini Meléndez Valverde.—Lic.
Viviana Villalobos Solano, Auditora Interna a. í.—1
vez.—(IN2013085108).
DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES
PROVEEDURÍA GENERAL
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A
las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de
Entidades Financieras, que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d)
del artículo 4 del Reglamento sobre la distribución de utilidades por la venta
de bienes adjudicados (Artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10
días hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal
solicitud ante la Dirección de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa
Rica, localizada en La Uruca, frente a la Mercedes
Benz y adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el
estado de la obligación y el saldo adeudado del señor Max Emiliano Ávila Reyes,
cédula número 7-0096-0776.
La
Uruca, 11 de diciembre de 2013.—Máster
Gian Carlo Restani Lee,
Director, Dirección Logística y Recursos.—O.C. N° 514942.—Solicitud N°
925-00368.—C-45560.—(IN2013083589).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ORI-1482-2013.—González
Rojas Cindy Vanessa, costarricense, cédula
2-0609-0413, ha solicitado reposición del título de Bachillerato en la
Enseñanza del Castellano y Literatura. Cualquier persona interesada en aportar
datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante
escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, a los veintidós días del mes de abril del dos mil trece.—MBA.
José Rivera Monge, Director.—(IN2013083653).
ORI-4916-2013.—Méndez
Tenorio Luis Carlos, costarricense, cédula 1 0691 0778, ha solicitado
reposición de los títulos de Licenciado en Farmacia y Doctor en Farmacia.
Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del
solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta
Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diez
días del mes de diciembre del año dos mil trece.—Oficina de Registro e
Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—(IN2013083909)
RECTORÍA
La
Rectoría de la Universidad Técnica Nacional informa sobre la aprobación de los
siguientes acuerdos:
1) Acuerdo R-118-2013 “Delegación de funciones en
los Decanos de Sede”.
2) Acuerdo
R-221-2013 “Delegación de funciones y atribuciones en las Vicerrectorías”.
3) Acuerdo
R-767-2013 de adición al acuerdo Nº 118-2013.
4) Acuerdo
R-772-2013 de adición al acuerdo Nº 221-2013.
Los
acuerdos arriba indicados se encuentran en su versión completa y actualizada en
el portal electrónico de la Universidad Técnica Nacional www.utn.ac.cr. sección “Normativa Universitaria”.
Rige a partir
de su publicación.
Lic. Marcelo Prieto Jiménez, Rector.—1 vez.—(IN2013085027).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se le comunica a Marco Antonio Morales Méndez, que por resolución de la
representación legal de esta Oficina Local, de las 10:00 horas del 21 de
noviembre del 2013, se inició proceso de protección en sede administrativa a
favor de la persona menor de edad Marco Jafeth
Morales Mora, en la cual se ordena el Cuido Provisional en el señor Edwin
Giovanni Mora Marín, y además se dispuso el seguimiento de la situación. Se le
confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su
interés, y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte que
tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su
elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que
permanecerá a su disposición en esta oficina local, en días y horas hábiles,
ubicada en San José, distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y
ocho, del costado suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al
sur. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus
notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere
la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24:00 horas después
de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber,
además, que contra las indicadas resoluciones procede Recurso de Apelación para
ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro de las 48:00 horas siguientes, contadas a
partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer
aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la
Adolescencia). Expediente N° 115-00409-95.—Oficina
Local de San José Oeste.—Lic. Liu Li Martínez,
Representante Legal.—Solicitud N° 13000061.—O. C. N°
36721.—C-27620.—(IN2013085000).
Se le comunica a
Mauricio Alonso Herrera Brenes, que por resolución de la representación legal
de esta oficina local, de 14:00 horas del 18 de noviembre del 2013, se inició
proceso de protección administrativa a favor del niño Jeferson
Noec Herrera González, y se le autorizó Inclusión en
Programas Oficiales o Comunitarios, de Auxilio a la Familia, y a la Persona
menor de edad. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que
presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime
necesarias, así como otro posible recurso para la reubicación de su hijo, y se
le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y
técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del
expediente, que permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en
San José, distrito Hospital, calle 14, entre avenidas 6 y 8. Deberá señalar
lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o
llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
resoluciones futuras quedarán firmes 24:00 horas después de dictadas, conforme
la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra la
indicada resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante la
Representación Legal de esta oficina local dentro de las 48:00 horas
siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de
publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo
fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del
Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N° 111-00268-2013.—Oficina Local de San José Oeste.—Lic. Liu
Li Martínez, Representante Legal.—Solicitud N°
13000061.—O. C. N° 36721.—C-26500.—(IN2013085002).
Se le comunica a Zhuang Wu, que por resolución de
la representación legal de esta Oficina Local, de las 9:00 horas del 19 de
noviembre del 2013, se inició proceso de protección en sede administrativa a
favor de la personas menores de edad Britni Angélica
Meneses Chavarría y Heytan Julián Wu
Meneses, en la cual se dispuso el seguimiento de la situación. Se le confiere
audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés,
y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte que tienen
derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección,
así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su
disposición en esta oficina local, en días y horas hábiles, ubicada en San
José, distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del
costado suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur. Deberá
señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24:00 horas después de
dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber,
además, que contra las indicadas resoluciones procede Recurso de Apelación para
ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro de las 48:00 horas siguientes, contadas a
partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer
aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la
Adolescencia). Expediente N° 111-00267-2013.—Oficina Local
de San José Oeste.—Lic. Liu Li Martínez,
Representante Legal.—Solicitud N° 13000061.—O. C. N°
36721.—C-27450.—(IN2013085003).
Oficina Local de Cañas, a Víctor Elías Álvarez Jiménez, se le comunica
la resolución de las once horas cincuenta minutos del dieciocho de junio del
dos mil trece, que ordenó inicio del proceso especial de protección y dictado
de medida especial de protección de cuido provisional en familia sustituía,
hogar de la señora Nísida Jiménez Pérez quien se
ubica en Cañas, Guanacaste, en beneficio de la persona menor de edad Paola Michell Álvarez Narváez y su hijo Demian
Álvarez Narváez. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso será
de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente N° 542-00212-2009.—Oficina Local de Cañas.—Lic.
Dinnia María Marín Vega, Representante Legal.—Solicitud N° 13000061.—O. C. N°
36721.—C-22720.—(IN2013085007).
Patronato
Nacional de la Infancia Oficina Local de Desamparados. A la adolescente Jorling Osejo Mendoza, se le comunica la resolución de las
doce horas del quince de noviembre del dos mil trece que dictó Declaratoria de Adoptabilidad de la persona menor de edad Dilany Osejo Mendoza. Notifíquese la anterior resolución a
las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se
les advierte que deben señalar lugar conocido para recibir notificaciones que
pudieran practicarse por este medio, en el entendido de que de no hacerlo, o si
el lugar señalado fuera impreciso, inexacto o llegara a desaparecer, o si el
medio seleccionado fuera defectuoso, estuviese desconectado, sin suficiente
provisión de papel, o por cualquier otro modo no imputable a esta Institución
se interrumpiera la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además que contra la
presente resolución proceden los Recursos de Revocatoria con Apelación en
subsidio , que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del
plazo de tres días siguientes a la fecha de la última notificación a las
partes, siendo el de Revocatoria de conocimiento del Órgano que dictó la
resolución y el de Apelación será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva
de esta Institución, en el entendido que de hacerlo fuera de dicho término los
Recursos devienes en inadmisibles. Exp. 116-0007-2013.—Oficina Local de Desamparados.—Lic. María Elena Roig
Vargas, Órgano Director del Procedimiento.—Solicitud
N° 13000059.—O. C. N° 36721.—C-20280.—(IN2013085013).
Se le comunica formalmente a la señora Tatiana Ramírez Gonzaga y al
señor José Ismael Dávila Sánchez la resolución administrativa dictada por la
Oficina Local del Patronato Nacional de la Infancia de Puntarenas de las nueve
horas del día veinticinco de noviembre del dos mil trece, mediante la cual se
ordenó declarar en condición de adoptabilidad
psicosocial de la persona menor de edad Brandon Dávila Ramírez, a efectos de
que se diligencie su ubicación en una familia con fines de adopción por parte
del Concejo Nacional de Adopciones. Firme la presente resolución, trasládense
los autos al Departamento de Adopciones para lo pertinente. Garantía de
defensa: Se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar
por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y
revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la
Oficina Local de Puntarenas. Recurso: Se hace saber a las partes que contra
esta resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación si se
interponen ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutiva dentro de los
tres días siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de
interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones
futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por
notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente N°
631-00013-2010. Oficina Local de Puntarenas.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Representante Legal.—Solicitud
N° 13000059.—O. C. N° 36721.—C-20150.—(IN2013085015).
Se le comunica formalmente a la señora Silvia Lorena Serrano Varela la
resolución administrativa dictada por la Oficina Local del Patronato Nacional
de la Infancia de Puntarenas de las ocho horas del día ocho de octubre del dos
mil trece, mediante la cual se ordenó como medida especial de protección el
cuido provisional de la niña Yamileth Paola Serrano Varela bajo la responsabilidad de su abuela materna Silvia Serrano
Varela, por el plazo de seis meses a partir del dictado de la citada medida. Se
ordenó seguimiento psicosocial de la persona menor de edad en el hogar recurso
y la ejecución del plan de intervención correspondiente. Garantía de defensa:
se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un
profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del
expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local de
Puntarenas. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución
procede el recurso de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la
Presidencia Ejecutivo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la
tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario
las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas
veinticuatro horas siguientes. Expediente N° 631-00095-2011.—Oficina
Local de Puntarenas.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Representante
Legal.—Solicitud N° 13000059.—O. C. N°
36721.—C-20060.—(IN2013085016).
Se le comunica formalmente al señor Roy Gerardo Lara Zúñiga la
resolución administrativa dictada por la Oficina Local del Patronato Nacional
de la Infancia de Puntarenas de las once horas del día veinticinco de setiembre
del dos mil trece, mediante la cual se ordenó como medida especial de
protección el cuido provisional de la niña Sharlize Nahomy Lara Parkinson bajo la responsabilidad de la señora
Azalea Calderón Garita, por el plazo de seis meses a partir del dictado de la
citada medida. Se ordenó realizar al Área de Trabajo Social la investigación
ampliada de los hechos denunciados y que rinda el respectivo informe. Garantía
de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar
por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y
revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la
Oficina Local de Puntarenas. Recurso: Se hace saber a las partes que contra
esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este
Despacho o ante la Presidencia Ejecutivo dentro de las cuarenta y ocho horas
siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer
recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de
lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas
transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente N° OLPUN-00058-2013.—Oficina Local de Puntarenas.—Lic. Kattia
Nydia Xatruch Ledezma,
Representante Legal.—Solicitud N° 13000059.—O. C. N°
36721.—C-19920.—(IN2013085021).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se
le comunica formalmente al señor José Edison Bedoya Londoño la resolución
administrativa dictada por la Oficina Local del Patronato Nacional de la
Infancia de Puntarenas de las once horas del día veinticuatro de setiembre del
dos mil trece, mediante la cual se ordenó como medida especial de protección el
Cuido Provisional de la niña Kiara Tahira Bedoya Calvo bajo la responsabilidad de su tío
materno Guillermo Calvo Gabuardi y la señora Dayana Ledezma Carvajal, por el
plazo de seis meses a partir del dictado de la citada medida. Se ordenó
seguimiento psico-social de las personas menores de
edad en el hogar recurso y la ejecución del plan de intervención
correspondiente. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a
hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a
tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo
concerniente existe en la Oficina Local de Puntarenas. Recurso: Se hace saber a
las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se
interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutivo dentro de las
cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En
caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender
notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se
tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes.
Puntarenas. Expediente Nº OLPUN-00057-2013. Oficina Local de Puntarenas.—Licda. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Represente Legal.—O. C. N° 36721.—Solicitud N°
13000059.—C-20300.—(IN2013085023).
Se le comunica formalmente a los señores Deigly Aramis Gutiérrez Ríos y Annett González Lefebre la
resolución administrativa dictada por la Oficina Local del Patronato Nacional
de la Infancia de Puntarenas de las quince horas treinta minutos del día
dieciséis de octubre del dos mil trece, mediante la cual se ordenó como medida
especial de protección el Abrigo Temporal de la persona menor de edad Luis Esaú
Gutiérrez González, conocido anteriormente como Luis Esaú González Lefebre, en el Albergue Gunther
ubicado en Pérez Zeledón, por el plazo de seis meses a partir del dictado de la
citada medida y se decretó Incompetencia Territorial y se refirió situación de
la persona menor de edad a la Oficina Local de Pérez Zeledón. Se ordenó
seguimiento psicosocial de la persona menor de edad en el Albergue y la
ejecución del plan de intervención correspondiente. Garantía de defensa: se le
hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un
profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del
expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local de
Puntarenas. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede
el recurso de Apelación si se interpone ante este Despacho o ante la
Presidencia Ejecutivo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la
tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación
debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las
resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas
veinticuatro horas siguientes. Puntarenas. Expediente Nº 631-00024-2001.
Oficina Local de Puntarenas.—Licda. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Represente Legal.—O. C.
N° 36721.—Solicitud N° 13000059.—C-23000.—(IN2013085024).
A, Joaquín
Alberto Rodríguez Montano, quien es mayor, de nacionalidad nicaragüense, de
domicilio y demás calidades desconocidas, se le hace saber la resolución de las
siete horas cuarenta minutos del dos de diciembre del dos mil trece, mediante
la cual se ubica a la niña Nayeli Francini
Rodríguez Villalobos, en el albergue Osito Pequitas en esta ciudad. Recurso:
Apelación ante esta oficina local quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva
en San José. Plazo: Cuarenta y ocho horas después de la última publicación de
este edicto. Expediente administrativo número 541-0065-2010.—Oficina
Local de Santa Cruz, 2 de diciembre del 2013.—Lic. German Morales Bonilla,
Representante Legal.—O. C. N° 36721.—Solicitud N°
13000059.—C-22640.—(IN2013085028).
A, Juan Bolívar Arroyo Castillo, se le comunica la
resolución de las ocho horas del tres de diciembre del dos mil trece, que
ordenó modificar la resolución de este despacho de las diez horas del doce de
setiembre del dos mil trece en lo que respeta a la ubicación de las niñas y
ordenó traslado de centro del Albergue del PANI de Grecia para el Hogarcito
Infantil de Palmares, de las niñas: Katherine Melissa y Roxana Cecilia: Arroyo
Orozco y Agnes Dahiana
Gutiérrez Gutiérrez, en lo demás queda incólume la
resolución. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso
será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible
Expediente 244-00140-13. Oficina Local de San Ramón.—Licda.
Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento.—O.
C. N° 36721.—Solicitud N° 13000059.—C-24780.—(IN2013085030).
A
la señora Blanca Bertha García Benavídez, se le
comunica la resolución administrativa de las trece horas treinta minutos del
tres de junio del dos mil trece, se dicta medidas de protección de Cuido
Provisional de las personas menores de edad Ashlly Nicolle y Kicha Naomy ambas García Benavídez,
bajo responsabilidad de la señora Gioconda del Carmen Benavídez
Cruz. Recurso: Procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro de
las veinticuatro horas, del día siguientes a la tercera publicación de este
edicto. Expediente PANI: 115-0089-09.— Oficina Local
de Alajuelita, noviembre del 2013.—Lic. Milton
Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—O. C. N° 36721.—Solicitud
N° 13000059.—C-24460.—(IN2013085033).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO
ELÉCTRICO
MUNICIPAL DE CARTAGO
La
Junta Directiva de la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de
Cartago, comunica que en artículo dos, de la sesión ordinaria cuatro mil
ochocientos cuarenta y ocho, celebrada el día tres de diciembre del dos mil
trece, dispuso lo siguiente:
Disponer
la celebración de las sesiones ordinarias para el periodo 2014, como sigue:
8-14-21-28
de enero del 2014
4-11-18-25
de febrero del 2014
4-11-18-25
de marzo del 2014
1-8-22-29
de abril del 2014
6-13-20-27
de mayo del 2014
3-10-17-24
de junio del 2014
8-15-22-29
de julio del 2014
5-12-19-26
de agosto del 2014
2-9-16-23-30
de setiembre del 2014
7-14-21-28
de octubre del 2014
4-11-18-25
de noviembre del 2014
2-9-16
de diciembre del 2014
La
sesión del 23 de diciembre se traslada para el día 05 de diciembre del 2014.
Publíquese en el diario oficial.
Cartago, 10 de diciembre 2013.—Flor
Ma. Bonilla Mora, Asistente Técnica.—1 vez.—O. C. N°
5845.—Solicitud N° 18672.—C-14880.—(IN2013085075).
ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
EDICTO
N°
009-12-2013.—Procesadora de Alimentos del Mar Pacífico S. A. con cédula
jurídica N° 3-101-053640, con base en el artículo número: 38 del Reglamento a
la Ley sobre la Zona Marítimo-Terrestre número: 6043 del 16 de febrero de 1977
y Decreto Ejecutivo Número 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en
concesión en Zona de Desarrollo Controlado del Estero, una parcela de terreno
que se ubica diagonal a la Subestación del ICE, en El Cocal, distrito: primero,
cantón: Central, provincia: Puntarenas, que mide un área de 4.153,00 m2 y que
colinda: norte, Estero de Puntarenas; sur, propiedad privada de Procesadora de
Alimentos del Mar Pacífico; este, Proyección de calle pública N° 20 y estero,
oeste, Proyección de calle pública N° 18 y estero. La presente publicación se
realiza de acuerdo al Plan Regulador aprobado para dicho sector de Puntarenas y
no otorga derechos a efectos de que disposiciones futuras de dicho plan, varíen
el destino de la parcela. Se conceden 30 días hábiles, a partir de esta única
publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas ante esta
Municipalidad, en papel sellado de un colón y los timbres correspondientes en
dos tantos.
Puntarenas, 16 de diciembre del 2013.—Bach. Carlos José Leitón Zamora,
Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2013086327).
El
Consejo Director informa acuerdo tomado en la sesión ordinaria celebrada el día
jueves 19 de diciembre del 2013, artículo 175-2013, Acta 35-2013, el cambio de
la las siguientes sesiones ordinarias. La sesión ordinaria del día jueves 2 de
enero del 2014, se traslada para el día 16 de enero del 2014, a las 9:30 a. m.
La sesión del día 23 de enero del 2014, se traslada para el día 30 de enero del
2014, a las 9:30 a. m. La sesión del día jueves 1° de mayo del 2014, se
traslada para el día miércoles 7 de mayo del 2014, a las 9:30 a. m. Acuerdo
aprobado en firme.—Ana Isabel Masís Bonilla,
Secretaria.—1 vez.—(IN2014000403).
HOTEL BAHÍA MARINA S. A.
Se convoca a asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Hotel Bahía Marina Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres guión
ciento uno guión ciento dieciséis mil doscientos cincuenta y dos, que se
llevará a cabo el lunes veinte de enero del dos mil catorce a las nueve horas
de la mañana en la primera convocatoria y en la segunda convocatoria a las diez
horas de la mañana, con el capital social presente, en su domicilio social,
sita en Alajuela Centro, ciento veinticinco metros sur de la entrada principal
de los Tribunales de Justicia, exactamente en el Despacho de la Licenciada Lisseth Sánchez Murillo. El orden del día es: I.—Ratificar
o bien nombrar o revocar el nombramiento de los administradores, de los
funcionarios que ejerzan vigilancia y Agente Residente y II.—Los demás asuntos
de carácter extraordinario que los socios acuerden.—San José, 17 de diciembre
del 2013.—María Cristina Castro Barrientos, Accionista.—1 vez.—(IN2014000136).
INMOBILIARIA MATA DE LIMÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a
todos sus socios accionistas a la asamblea general ordinaria y extraordinaria
de la sociedad, a realizarse en las oficinas de Consultoría Jurídica
Empresarial en Los Yoses, San José, trescientos
metros sur de la Agencia Subarú, a las 10:00 a.m.,
del 7 de febrero del dos mil catorce, en primera convocatoria.
Orden del día:
1) Materia de asamblea ordinaria.
2) Nombramientos de junta directiva.
3) Mociones de los señores socios.
De no haber
quórum a la hora señalada, se dará inicio a la Asamblea una hora después en
segunda convocatoria, con los socios presentes.—San José, 13 de diciembre del
2013.—Lothar Kahl,
Presidente.—1 vez.—(IN2014000154).
ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS PARA LA
GESTIÓN
INTEGRAL DE RESIDUOS ELECTRÓNICOS
La
Asociación de Empresarios para la Gestión Integral de Residuos Electrónicos
(ASEGIRE), convoca a todos sus asociados a asamblea general ordinaria que se
realizará el Hotel Radisson, el día miércoles 12 de
febrero del 2014, a las nueve horas en primera convocatoria y a las nueve y
treinta horas en segunda convocatoria, con la siguiente agenda: Capítulo
primero: Comprobación de quórum y apertura de la sesión. Capítulo segundo: Informe
de Junta Directiva. Capítulo tercero: Puntos varios. Por el mismo medio se
convoca a todos los asociados a asamblea general extraordinaria que se
realizará el Hotel Radisson, el día miércoles 12 de
febrero del 2014, a las diez horas en primera convocatoria y a las diez y
treinta horas en segunda convocatoria, con la siguiente agenda: Capítulo
primero: Comprobación de quórum y apertura de la sesión. Capítulo segundo:
Reforma a los estatutos, artículos XXI y XXXV con relación a los periodos de
nombramiento de varios puestos de Junta Directiva; y revisión de la redacción
del artículo XXIX. Capítulo segundo: Nombramiento de puestos vacantes:
presidente y vicepresidente.—Ing. Laura Cornejo,
Directora Ejecutiva, ASEGIRE Céd. 3-002-577817.—1 vez.—(IN2014000270).
CASANRADEX JHC DEL NORTE S. A.
Se
convoca a todos los accionistas a la asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la sociedad: Casanradex JHC del
Norte S. A., a celebrarse el próximo viernes 17 de enero del 2014, en salón Lazzy Frog, Hotel Coco Palms ubicado en Playas del Coco, Guanacaste, la sesión en
primera convocatoria será a las 12:00 m. d., y en segunda convocatoria a la
01:00 p. m. Los temas a tratar en dicha asamblea serán los siguientes:
1. Verificación del proceso de convocatoria.
2. Verificación
del quórum y en caso contrario hacer segunda convocatoria.
3. Nombramientos
del presidente y secretario ad hoc para dirigir la asamblea.
4. Autorizar que el idioma presencial de la asamblea sea en inglés.
5. Autorizar combinar los asuntos a tratar en la agenda con los de la
asamblea del Condominio Horizontal Residencial Palo Alto.
6. Elección de
nuevos miembros de la junta directiva.
7. Autorizar y
aprobar el nombramiento como administrador del Condominio Horizontal
Residencial Palo Alto.
8. Asuntos
varios.
9. Comisionar
a los notarios para protocolizar el acta.
En
caso de que el accionista sea una persona jurídica o persona física y no pueda
asistir y quiere ser representado en la asamblea, deberá otorgar poder especial
o carta poder, debidamente certificada por un notario público y la personería
de quien otorga el poder. Únicamente podrá votar una persona por acción, por lo
que por razones de orden y contabilización de votos, las personas que no
cumplan con lo indicado, no podrán votar en la asamblea.—Guanacaste,
11 de diciembre del 2013.—Shaun Dollan,
Presidente.—1 vez.—(IN2014000281).
CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL PALO
ALTO
Se
convoca a todos los condóminos a la asamblea general ordinaria y extraordinaria
del Condominio Horizontal Residencial Palo Alto, a celebrarse el próximo
viernes 17 de enero del 2014, en el salón Lazzy Frog, Hotel Coco Palms ubicado en
Playas del Coco, Guanacaste, la sesión en primera convocatoria será a las 12:00
m. d., y en segunda convocatoria a la 01:00 p. m. Los temas a tratar en dicha
asamblea serán los siguientes:
1. Verificación
del proceso de convocatoria.
2. Verificación
del quórum y en caso contrario hacer segunda convocatoria.
3. Nombramientos
del presidente y secretario ad hoc para dirigir la asamblea.
4. Aprobar
que la realización presencial de la asamblea se realice en idioma inglés
americano.
5. Autorizar
combinar los asuntos a tratar en la agenda del Condominio con los de la
asamblea de la sociedad Casanradex JHC del Norte S.
A.
6. Escuchar
el informe anual del presidente.
7. Revisión
del presupuesto del año anterior (2013).
8. Votar
y aprobar el presupuesto anual para el año 2014.
9. Escuchar
el informe del estado del sistema de agua (AyA).
10. Aprobar
el nombramiento de la compañía Casanradex JHC del Norte
S. A., como administradora del Condominio.
11. Asuntos
varios.
12. Comisionar a los notarios para protocolizar el
acta de la asamblea.
En
caso de que el condómino sea una persona jurídica o persona física y no pueda
asistir y quiere ser representado en la asamblea, deberá otorgar poder especial
o carta poder, debidamente certificada por un notario público y la personería
de quien otorga el poder. Únicamente podrá votar una persona por condominio,
por lo que por razones de orden y contabilización de votos, las personas que no
cumplan con lo indicado, no podrán votar en la asamblea.—Guanacaste,
11 de diciembre del 2013.—Shaun Dollan,
Representante del Administrador.—1 vez.—(IN2014000283).
SERVICIOS MÉDICOS ESPECIALIZADOS
DE ALAJUELA SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Jorge Acuña Calvo, cédula de identidad número
tres-doscientos veintinueve-doscientos trece, en mi carácter de presidente de
la Junta Directiva de la sociedad: Servicios Médicos Especializados de Alajuela
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y
tres mil doscientos noventa y seis, convoco a su asamblea general
extraordinaria, a celebrarse en su domicilio social, en primera convocatoria a
las dieciocho horas del seis de febrero del dos mil catorce, de no reunirse el
quórum requerido se celebrará segunda convocatoria una hora después del mismo
día. El orden día de la asamblea se integra por los siguientes asuntos:
Apertura de la sesión, comprobación de quórum, discusión y aprobación de la
propuesta de aumento al capital social, nueva emisión de acciones,
incorporación de nuevos socios y nombramiento de nuevo administrador para la
clínica.—Alajuela, seis de enero del dos mil
catorce.—Dr. Jorge Acuña Calvo.—1 vez.—(IN2014000312).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA MONTERREY
Ante
el Departamento de Registro de la Universidad Autónoma Monterrey, se ha
presentado solicitud de reposición de diploma, por motivo de haberse extraviado
el original correspondiente al Título de Bachillerato en Administración de
Recursos Humanos, registrado en el control de emisiones de títulos al tomo:
VIII, folio: 82, número: 2183, con fecha del 7 de abril del 2006, a nombre de
Amores Solís Raquel Andrea, cédula de identidad N° 1-1027-0846. Se solicita
publicar este edicto para oír oposiciones a la reposición indicada, dentro de
los quince días hábiles a partir de la primera publicación en La Gaceta.—San José, 29 de noviembre del 2013.—Lic. José Luis
Calderón Flores, Vicerrector.—(IN2013082895).
SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.
El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la Acción Nº
1219 a nombre de Carlos Enrique Quijano Pérez, cédula de identidad Nº
1-0416-1100 por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con
derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor
Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat,
dentro del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—San José,
27 de noviembre del 2013.—Lic. Cristian Calderón M., Gerente General.—(IN2013084348).
CONDOMINIO LA ROCA
Comunicamos
que en día no determinado, pero antes del 30 de julio del 2013, se extraviaron
los libros de actas de Asamblea de Condominio, Actas de Junta Directiva y Caja,
número uno, del Condominio La Roca, con cédula jurídica número tres-ciento
nueve-trescientos dos mil novecientos sesenta y dos, otorgado en su oportunidad
por el Registro Nacional. Informamos al público en general y a quien sea
interesado, sobre dicho extravío, por lo que no nos hacemos responsables del
uso indebido de ese documento/instrumento legal. Por lo que transcurrido el
plazo de ocho días naturales a partir de esta publicación, sin que haya
comunicación alguna procederemos a la reposición de los mismos.—Roberto Calderón Aguilar.—(IN2013086118).
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
A las siguientes personas se les
comunica que, según nuestros registros al mes de Enero 2014, se encuentran morosos. Si realizó el
pago respectivo favor ignorar esta publicación, la cual se realiza conforme con
el artículo 981 del Código de Comercio.
Nombre
|
Cédula
|
Álvarez Espinoza Marta
Eugenia
|
900310162
|
Arias López Alicia María
|
502110779
|
Carazo Johanning Sylvia
|
105310376
|
Castillo Ramírez Osvaldo
|
106410089
|
Espinoza Monge José Daniel
|
107500328
|
Guevara Rivas Ana
Lucia
|
302270781
|
Marín Arroyo Edwin
|
401051470
|
Miranda Calderón Luis Alfredo
|
203700177
|
Mora Salas Ana Laura
|
110360367
|
Picado Cordero Damaris
|
700471351
|
Quesada Monge Rodrigo
|
105240469
|
Sánchez Víquez Marlene
|
107840765
|
Ureña Jiménez Vera
|
104021296
|
M.Sc.
Félix Ángel Salas Castro, Presidente Junta Directiva.—MSc. Magda Rojas Saborío, Secretaria Junta
Directiva.—(IN2013084458). 2
v. 1 Alt.
A las siguientes personas se les
comunica que, según nuestros registros al mes de Febrero 2014, se encuentran morosos. Si realizó el
pago respectivo favor ignorar esta publicación, la cual se realiza conforme con
el artículo 981 del Código de Comercio.
Nombre
|
Cédula
|
Arcía Mayorga
Urania Aracelly
|
800810007
|
Barrionuevo Chen Apuy Floria
|
104030685
|
Blanco Zeledón Rita
|
106630668
|
Espinoza Miranda Margoth
|
401460980
|
García Padrón
Carmen Eudosia
|
800820819
|
Lopez Moraga Zailyn Vanessa
|
503030108
|
Tabor Connis William James
|
17578121473
|
Ucanan Campos Margarita
|
900510374
|
Venegas Mora Honoria
|
106450668
|
M.Sc.
Félix Ángel Salas Castro, Presidente Junta Directiva.—MSc. Magda Rojas Saborío, Secretaria Junta
Directiva.—(IN2013084462). 2
v. 1 Alt.
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
EDUCACIÓN DESARROLLO ORGANIZACIONAL
ASESORÍA Y SERVICIOS EDAS S. A.
Educación
Desarrollo Organizacional Asesoría y Servicios EDAS S. A., con cédula jurídica:
3-101-203755, solicita ante, la reposición de los siguientes libros, Actas de
Asambleas de Socios y Registro de Socios, quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante a las oficinas del Registro Nacional, dentro del
término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1
vez.—(IN2013086406).
NOVAMART-SOLUTIONS S.R.L.
Comunicamos que en día no determinado, pero antes
del 10 de noviembre del 2013, se extraviaron los libros: Acta de Asambleas de
Socios, Registro de Accionistas, Actas de Junta Directiva, Mayor, Diario e
Inventarios y Balances, todos número uno, de la sociedad denominada Novamart-Solutions S.R.L., con la cédula jurídica número
3-102-545592, cuyo asiento de legalización de libros es el 4061012067122,
otorgado en su oportunidad por Tributación Directa. Informamos al público en
general y a quien sea interesado, sobre dicho extravío, por lo que no nos
hacemos responsables del uso indebido de este documento/instrumento legal. Por
lo que transcurrido el plazo de 8 días naturales a partir de esta publicación,
sin que se haya dado comunicación alguna, procederemos a la reposición del
mismo.—Gabriela Lizano Rojas, Gerente.—1
vez.—(IN2013086425).
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
A las siguientes personas se les
comunica que, según nuestros registros al 30 de Setiembre 2013, se encuentran
morosos. Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la fecha en que
sus nombres aparezcan publicados en el diario oficial La Gaceta, de no cancelar
la suma adeudada o firmar un arreglo de pago, se iniciará el proceso
administrativo o judicial, según corresponda. Al mismo tiempo se les recuerda
que este trámite tiene como consecuencia la inhabilitación para el ejercicio
legal de la profesión.
Nombre
|
Cédula
|
Abadía González Adrián José
|
112890140
|
Alemán Cortes Karla Patricia
|
108150636
|
Arias Picado Yeinner
Jesús
|
112540316
|
Badilla Arguedas Juan Felipe
|
111360214
|
Bolaños Rodríguez Clotilde
|
108060810
|
Bonilla López Marisela
|
109270143
|
Camacho Ortiz Yoselyn
|
113180204
|
Canales Cascante Ana Lorena
|
503580291
|
Casasa Núñez Laura
|
109460164
|
Castro Castro Ana
Catalina
|
113370184
|
Chacón Arguedas Sharom
|
110280395
|
Chavarría Jiménez Lidia Fabiola
|
109110896
|
Chaves Valverde Sterling
Manuel
|
110100505
|
Corrales Blanco Vera Violeta
|
112770202
|
Coto González Minor
Vinicio
|
109720793
|
Delgado Moreira Grettel
Giselle
|
111330818
|
Duran Rivera Ericka
Patricia
|
109680420
|
Espinoza Araya Otilia Jackeline
|
109640623
|
Espinoza Pérez Valerie Natasha
|
112250849
|
Fuller Hernández Sue
|
110500128
|
Gómez Valverde María Albertina
|
108890815
|
Gutiérrez Ruiz Grettel
|
108770281
|
Hernández Murillo Karina
|
113930028
|
Jiménez Cedeño Rebeca
|
113440995
|
Jiménez Retana Randall
|
109690329
|
Jiménez Salas Karla Berlioth
|
111710337
|
Loria Murillo Luis Enrique
|
112600801
|
Maroto Cruz Jeimy
Gabriela
|
112430357
|
Martínez Castro Jessica Andrea
|
109060407
|
Meléndez Rojas David Francisco
|
111760520
|
Mora Goldoni Grizel
|
103990126
|
Mora Guido Johnny
|
109110414
|
Muñoz Rivera Amelita
|
108660487
|
Ortiz Rodríguez Ivannia
Cristina
|
108240252
|
Otárola Víquez Paula
|
113240816
|
Oviedo Cortés Alexandro
|
109970478
|
Pérez Moreno Zaida
|
112260515
|
Porras Navarro Vinicio
|
109760479
|
Portocarrero Jiménez Vanessa
|
109450765
|
Prado Solano Lissbeth
|
112050755
|
Prendas Barrantes Sureidy
|
113620182
|
Ramírez Córdoba Andrey
Esteban
|
110590415
|
Ramírez Oviedo Andrés
|
110450382
|
Ramírez Rodríguez Óscar Eduardo
|
111880199
|
Ramírez Sánchez Guadalupe
|
108220520
|
Rodríguez Durán Carolina Vanessa
|
111300881
|
Rojas Alvarado Marilyn
|
110520308
|
Salazar Horr Marlene
|
109340662
|
Salazar Salazar Cristina
Mercedes
|
108110972
|
Sánchez González Vanessa
|
110100055
|
Solano Venegas Cony Dayana
|
111570891
|
Soto Ortiz Brenda
|
110710695
|
Stewart Cordero Keith Heriberto
|
112120392
|
Torres Araya Diana del Carmen
|
113060300
|
Umaña Porras Rosibel
María
|
108240998
|
Valverde Navarro Patricia
|
112440092
|
Vargas Carranza Andrea María
|
113490945
|
Vargas Solano Jazmín
|
111350229
|
Vásquez González Carlos Luis
|
108790325
|
Vindas Espinoza Luis Eduardo
|
109830401
|
Yannarella Montero Silvia
|
108310877
|
M.Sc. Félix Ángel Salas, Presidente Junta Directiva.—MSc. Magda Rojas Saborío,
Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—(IN2013084465).
IMPORTACIONES CLÍO S. A.
Se
informa que a la empresa Importación Clío S. A., cédula jurídica
3-101-121710-05, ubicada en Moravia, se le extravió el talonario de recibos por
dinero del número 59075 al 59100, a nombre de Servicios Múltiples de Belleza y
Estética S. A., cédula jurídica 3-101-399376, por lo tanto dichos recibos ya no
tiene valor comercial alguno, ya que contablemente han sido separados del
consecutivo.—Alberto Obando León, cédula 6-262-326.
Representante Legal.—1 vez.—(IN2013085151).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del tres de
diciembre del dos mil trece, que consta de folio sesenta y cinco vuelto hasta
sesenta y siete vuelto, se protocolizó Contrato de Compraventa de Establecimiento
Mercantil de las Cafeterías II Gourmet, contraído entre Videonet
de Centroamérica S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento uno-dos
cuatro cero uno cero tres y Servicios Varios Arial S. A., cédula de
persona jurídica tres-ciento uno-tres nueve ocho siete cinco siete.—San José,
doce de diciembre del dos mil trece.—Lic. Marieta Arias Ortega, Notaria.—(IN2013084742).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las
15:00 horas del 18 de noviembre del 2013, y estando presente la totalidad del
capital social de la empresa: Transportes Ebenezer
S. A., se acuerda disolver la sociedad, de conformidad con el artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, 19 de noviembre del
2013.—Lic. Laura Marcela Hernández Gómez, Notaria.—1
vez.—(IN2013078171).
Por escritura 148-54 del tomo 54 del protocolo del
notario público Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a las 15:00 horas
del 22 de noviembre del 2013, la sociedad costarricense Tres-Ciento
Uno-Cuatrocientos Ochenta y Tres Mil S. A., cédula jurídica tres-ciento uno
- cuatrocientos ochenta y tres mil. Modifica sus estatutos.—San
Isidro de El General, 22 de noviembre del 2013.—Lic. Casimiro Vargas Mora,
Notario.—1 vez.—(IN2013081505).
SUCURSAL DE QUEPOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El
jefe de la Sucursal de la CCSS en Quepos, por no ser
posible la notificación en su domicilio, procede a efectuar la siguiente
notificación por publicación a los Patronos y Trabajadores Independientes
incluidos abajo, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General
de Administración Pública. Se le concede 5 días hábiles para normalizar su
situación, caso contrario el adeudo queda firme en sede administrativa y se
dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la Vía Civil como Penal.
El monto contempla periodos que poseen firmeza administrativa al 05-12-2013. Y se
detalla nombre, número y monto adeudado:
Garro Solano Juan Pablo, 0-00110650168-001-001
¢198.285,00, Garro Solano Juan Pablo, 0-00110650168-999-001, ¢828.094, Quepoa Servicios Administrativos Limitada,
2-03102396029-001-001 ¢287.247,00, Canvas Development Grupo Sociedad Anónima, 2-03101503845-001-001,
¢186.727,00 Spa Uno Manuel Antonio Sociedad Anónima, 2-03101489058-001-001,
¢10.385,087, Élite Villas Sociedad Anónima, 2-03101613901-001-001,
¢1.349.904,00, Total Tours Limitada, 2-03102319238-001-001, ¢72.294,00, Sarandi Colorado Sociedad Anónima, 2-03101628662-001-001,
¢835.649,00, Valverde Segura Jorge Enrique, 0-00104200079-001-001,
¢1.263.359,00, Cobros Administrativos los Maninos
Sociedad Anónima, 2-03101380656-001-001, ¢332.937,00
Lic.
Aldo Quesada Arce, Administrador.—(IN2013084626).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
De conformidad con los artículos 10 y 20 del
“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de
trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono
3-101-557744 S. A., número patronal 2-3101557744-001-001, se procede a
notificar por medio de edicto, que la Subárea de
Industria de la Dirección de Inspección, ha dictado el Traslado de Cargos
número de caso 1239-2013-0211l, que en lo que interesa indica: como resultado
material de la revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones y
diferencias salariales de la trabajadora María Magdalena Jarquín
Ponce, número de asegurada 2-74-0100413, por el período de febrero 2012 a mayo
2013. Total de salarios omitidos ¢1.827.493,64, total de cuotas obreras y
patronales de la Caja ¢408.262,00. Total de aportaciones de la Ley de
Protección al Trabajador ¢105.086,00. Consulta expediente: en esta oficina San
José, calle 7, avenida 4, edificio Da Vinci piso 3, se encuentra a su
disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere
un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su
publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones
jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír
notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el
mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de
Justicia como Primer Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio
para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se
tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de
la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 5 de
diciembre del 2013.—Subárea de Industria.—Lic. Margot
Fonseca Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2013082514).
De conformidad con los artículos 10 y 20 del
“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de
trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono
Álvarez Zúñiga Greivin Mauricio, número patronal
0-113850948-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Industria de la Dirección de Inspección, ha dictado
el Traslado de Cargos número de caso 1239-2013-02344, que en lo que interesa
indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se han
detectado omisiones y diferencias salariales de la trabajadora María Magdalena Jarquín Ponce, número de asegurada 2-74-0100413, por el
período de julio a noviembre 2010. Total de salarios omitidos ¢924.712,22 Total
de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢206.578,00. Total de aportaciones de
la Ley de Protección al Trabajador ¢53.171,00. Consulta expediente: en esta
oficina San José, calle 7, avenida 4, edificio Da Vinci piso 3, se encuentra a
su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les
confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día
siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las
alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o
medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido
por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la
Corte Suprema de Justicia como Primer Circuito Judicial de San José. De no
indicar lugar o medio para purificaciones, las resoluciones posteriores al
Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24
horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 5 de diciembre del 2013.—Subárea
de Industria.—Lic. Margot Fonseca Espinoza, Jefa a. í.—1
vez.—(IN2013082515).
DIRECCIÓN REGIONAL CENTRAL DE
SUCURSALES
El suscrito Lic. Johel A.
Sánchez Mora, Administrador de la Sucursal de Guadalupe, Caja Costarricense de
Seguro Social, mediante el presente edicto procede a notificarle el siguiente
traslado de cargos, número de caso: 1204-2013-02763 y por no haber sido posible
notificarle en su domicilio, procede a efectuar la siguiente notificación por
publicación al siguiente patrono: Camibar S. A.,
cédula N° 3101048749, número patronal 2-03101048749-001-001, de conformidad con
los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La
institución le concede diez días hábiles. El total de los presuntos salarios no
reportados oportunamente a la institución correspondientes a la trabajadora:
Andrea Paola Chacón Chavarría, cédula N° 113490642, en el período comprendido
de noviembre 2007 a febrero 2009, ascienden a ¢480.000,00 (cuatrocientos
ochenta mil colones), lo anterior representa en cuotas obrero patronales en los
regímenes de Salud e Invalidez, Vejez y Muerte la suma de ¢107.232,00 (ciento
siete mil doscientos treinta y dos colones), más veintisiete mil seiscientos
colones (¢27.600,00) correspondientes a la Ley de Protección al Trabajador. No
se incluyen intereses de ley ni cargas por otras instituciones. Se le confiere
un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su
publicación. De no indicarse lugar o medio para notificaciones, las
resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas con
solo el transcurso de veinticuatro horas contadas a partir de la fecha de la
resolución.—Sucursal de Guadalupe.—Lic. Johel Sánchez Mora, Administrador.—1
vez.—(IN2013082783).
ÁREA DE SALUD HEREDIA CUBUJUQUÍ
Exp. N° 094-13.—La Dirección Administrativa.—A: Lic. Nelson Soto
Villalobos, cédula N° 1-0098-0760, hace saber:
1. Que en su nombre se ha iniciado la instrucción
de Traslado de Cargos de las trece horas del día seis de setiembre del dos mil
trece, dictada por el Órgano Director del Procedimiento Administrativo de
Responsabilidad Disciplinaria y Patrimonial por la Caja Costarricense de Seguro
Social contenido en el expediente 094-13.
2. Expediente disciplinario y patrimonial, de
conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el CIPA, por
presuntas situaciones irregulares en la adjudicación de la compra directa
24-2006 para el Suministro de Materiales y Mano de Obra y Pintura del Área de
Salud Heredia Cubujuquí.
3. Que se le emplaza para que ejerza su derecho
de defensa dentro de los diez días hábiles siguientes de la presente
notificación.
Para el ejercicio
pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente disciplinario
ubicado en el CIPA, iniciado al efecto y hacerse representar por un abogado.—Heredia, 11 de diciembre del 2013.—Msc.
Maritza
Mejías Ramírez, Directora Administrativa.—1 vez.—(IN2013084250).