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ACUERDOS

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Y CULTO

Nº 025-2011-PE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos Nos. 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que la temática de Derechos Humanos es uno de los pilares tradicionales de la Política Exterior de Costa Rica debido a la importancia que el país le otorga a la dignidad y bienestar de las personas.

II.—Que el tema de la migración y su interrelación con los derechos humanos resultan de alto interés para el país en virtud de la incidencia del fenómeno migratorio en Costa Rica y el abordaje integral y de respeto a los derechos humanos que a nivel nacional se procura dar a este fenómeno.

III.—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, la participación en el Seminario Taller sobre los Derechos Humanos de la Población Migrante que se llevará a cabo el 10 y 11 de febrero de 2011 en Tegucigalpa, Honduras.

IV.—Que es necesaria la participación de la señora Eugenia María Gutiérrez Ruiz, Encargada del Área de Derechos Humanos de la Dirección General de Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, quien da seguimiento a este tema.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Eugenia María Gutiérrez Ruiz, cédula de identidad Nº 1-1087-0886, funcionaria del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para que participe en su calidad de Encargada del Área de Derechos Humanos en el Seminario Taller sobre los Derechos Humanos de la Población Migrante que se llevará a cabo el 10 y 11 de febrero de 2011 en Tegucigalpa, Honduras.

Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, hospedaje, alimentación, transporte interno y gastos menores serán cubiertos por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM).

Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, la funcionaría está cubierta por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 4º—Rige del 9 al 12 de febrero de 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las doce horas del día 1º de febrero de 2011.

Dr. René Castro Salazar, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 13438.—Solicitud Nº 21548.—C-19690.—(IN2011097199).

Nº PE 032-11

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en el inciso f) del artículo 4, y artículos 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que la República de Costa Rica presentó el día 18 de noviembre del 2010, un caso contra la República de Nicaragua por la Incursión, Ocupación y Uso del territorio nacional, ante la Corte Internacional de Justicia, así como una solicitud de indicación de medidas cautelares contra Nicaragua.

2º—Que la Corte Internacional de Justicia, mediante comunicación 138065, de 18 de febrero del 2011, programó una audiencia para notificar a las partes su decisión sobre la solicitud de indicación de medidas cautelares hecha por Costa Rica, y para lo cual fijó el día 8 de marzo del 2011.

3º—Que el Consultor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, especialista en Derecho Internacional, Arnoldo Brenes Castro, miembro del Equipo Jurídico para el caso, debe participar en dicha audiencia, así como en una reunión del equipo jurídico para la determinación del procedimiento siguiente.

4º—Que en el contrato suscrito entre el Ministerio y el Consultor se dispuso que el costo de traslado y viáticos al exterior los asume el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Arnoldo Brenes Castro, mayor, abogado, cédula Nº 1-621-622, Consultor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y especialista en Derecho Internacional, para que en calidad de asesor directo del Agente Designado y Jefe de la delegación Embajador Édgar Ugalde Álvarez, participe en la audiencia programada por la Corte Internacional de Justicia, a celebrarse el día 8 de marzo del 2011, y para que asista a una reunión del equipo jurídico costarricense, a celebrarse el día 9 de marzo del 2011, en la ciudad de La Haya, Reino de los Países Bajos.

Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, desayunos, almuerzos, cenas, transporte del aeropuerto al hotel y viceversa, así como gastos menores e impuestos aeroportuarios, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 082-Política Exterior, Subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos, y Subpartida 10504 de viáticos. Se autoriza la suma de US $351,00 diarios, para un total de US $2106,00, todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47, del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, el funcionario estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 4º—Rige a partir del 5 al 10 de marzo del 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las diez horas del veintiuno de febrero del dos mil once.

René Castro Salazar, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 13438.—Solicitud Nº 21553.—C-19690.—(IN2011097188).

Nº PE 033-11

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en el inciso f) del artículo 4, y artículos 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que la República de Costa Rica presentó el día 18 de noviembre del 2010, un caso contra la República de Nicaragua por la Incursión, Ocupación y Uso del territorio nacional, ante la Corte Internacional de Justicia, así como una solicitud de indicación de medidas cautelares contra Nicaragua.

2º—Que la Corte Internacional de Justicia, mediante comunicación 138065, de 18 de febrero del 2011, programó una audiencia para notificar a las partes su decisión sobre la solicitud de indicación de medidas cautelares hecha por Costa Rica, y para lo cual fijó el día 8 de marzo del 2011.

3º—Que el señor Embajador Édgar Ugalde Álvarez, es el Agente designado por Costa Rica para representar sus intereses ante la Corte Internacional de Justicia en este caso. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Édgar Ugalde Álvarez, mayor, abogado, cédula Nº 2-189-241, Embajador de Costa Rica en Colombia, para que en calidad de Agente Designado y Jefe de la delegación, participe en la audiencia programada por la Corte Internacional de Justicia, a celebrarse el día 8 de marzo del 2011, y para que asista a una reunión del equipo jurídico costarricense, a celebrarse el día 9 de marzo del 2011, en la ciudad de La Haya, Reino de los Países Bajos.

Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, desayunos, almuerzos, cenas, transporte del aeropuerto al hotel y viceversa, así como gastos menores e impuestos aeroportuarios, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 082-Política Exterior, Subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos, y Subpartida 10504 de viáticos. Se autoriza la suma de US $351,00 diarios, para un total de US $2106,00, todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47, del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, el funcionario estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 4º—Rige a partir del 5 al 10 de marzo del 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las diez horas del veintiuno de febrero del dos mil once.

René Castro Salazar, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 13438.—Solicitud Nº 21553.—C-19690.—(IN2011097189).

Nº 046-11-PE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en el inciso f) del artículo 4º, y artículos 7º y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que la República de Costa Rica presentó el día 18 de noviembre 2010, un caso contra la República de Nicaragua por la incursión, ocupación y uso del territorio nacional, ante la Corte Internacional de Justicia, así como una solicitud de indicación de medidas cautelares contra Nicaragua.

2º—Que la Corte Internacional de Justicia, mediante comunicación 138065, de 18 de febrero del 2011, programó una audiencia para notificar a las partes su decisión sobre la solicitud de indicación de medidas cautelares hecha por Costa Rica, y para lo cual fijó el día 8 de marzo del 2011.

3º—Que la abogada especialista en Derecho Ambiental, Lilliana Arrieta Quesada, fue incorporada al equipo jurídico a cargo de la Solicitud de Intervención en el caso indicado. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Lilliana Arrieta Quesada, mayor, abogada, cédula número 1-563-331, para que en calidad de Embajadora en Misión Especial y asesora del Agente Designado y Jefe de la delegación Embajador Édgar Ugalde Álvarez, participe en la audiencia programada por la Corte Internacional de Justicia, a celebrarse el día 8 de marzo del 2011, y para que asista a una reunión del equipo jurídico costarricense, a celebrarse el día 9 de marzo de 2011 en la ciudad de La Haya, Reino de los Países Bajos.

Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, desayunos, almuerzos, cenas, transporte del aeropuerto al hotel y viceversa, así como gastos menores e impuestos aeroportuarios, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082-Política Exterior, subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos y subpartida 10504 de viáticos. Se autoriza la suma de US$ 351.00 diarios, para un total de US$ 2.106.00, todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47, del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, el funcionario estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 4º—Rige a partir del 5 al 10 de marzo del 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las diez horas del 21 de febrero del año dos mil once.

René Castro Salazar, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 13438.—Solicitud Nº 21554.—C-19690.—(IN2011097174).

Nº 049-11-PE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 140, inciso 12), de la Constitución Política de la República de Costa Rica; y los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos,

Considerando:

I.—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto apoyar al Canciller en ocasión de su participación en la 16º Sesión del Consejo de Derechos Humanos, Segmento de Alto Nivel, que tendrá lugar en Ginebra, Suiza, del 28 de febrero al 1º de marzo del 2011.

II.—Que es relevante para la estrategia de Costa Rica apoyar al Ministro de Relaciones Exteriores en ocasión de las reuniones con los altos jerarcas de organismos internacionales como la OIT, OIM, UIT, RAMSAR, UNITAR-UNOSAT, así como con otros diplomáticos acreditados ante las Naciones Unidas en Ginebra, Suiza, que se llevarán a cabo del 28 de febrero al 1 de marzo de 2011.

III.—Que es necesario apoyar las gestiones del Canciller durante su visita a Washington D.C. en ocasión de las reuniones de alto nivel que sostendrá con Congresistas estadounidenses e influyentes académicos y formadores de opinión, además de una reunión con la Secretaria de Estado de los Estados Unidos de América, que se efectuarán del 2 al 4 de marzo del 2011. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Embajador Jairo Hernández Milián, cédula Nº 1-685-937, Director General de Política Exterior, para que viaje a Ginebra, Suiza del 25 de febrero al 1º de marzo del 2011 a Washington D.C. del 2 al 6 de marzo del 2011.

Artículo 2º—Los gastos por conceptos de pasajes aéreos corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 082, Dirección General de Política Exterior, subpartida 1.05.03 Transporte en el Exterior y los gastos por concepto de viáticos y transporte interno corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, Dirección de Política Exterior, subpartida 1.05.04 Viáticos en el Exterior, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos. Se autoriza la suma de $354 diarios a Ginebra, Suiza para un total de $l 770,00 y la suma de $363 diarios a Washington, D.C., Estados Unidos, para un total de $1.452,00 para un gran total de $3.222,00. Todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47, del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, el funcionario estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 4º—Rige a partir del 25 de febrero al 6 de marzo del 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los veintidós días del mes de febrero de dos mil once.

René Castro Salazar, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 13438.—Solicitud Nº 21554.—C-19690.—(IN2011097176).

Nº 050-11-PE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en el inciso f) del artículo 4º, y artículos 7º y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que la República de Costa Rica presentó el día 18 de noviembre del 2010, un caso contra la República de Nicaragua por la incursión, ocupación y uso del territorio nacional, ante la Corte Internacional de Justicia, así como una solicitud de indicación de medidas cautelares contra Nicaragua.

2º—Que la Corte Internacional de Justicia, mediante comunicación 138065, de 18 de febrero de 2011, programó una audiencia para notificar a las partes su decisión sobre la solicitud de indicación de medidas cautelares hecha por Costa Rica, y para lo cual fijó el día 8 de marzo del 2011.

3º—Que el Consultor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, especialista en Derecho Internacional, Sergio Gerardo Ugalde Godínez, miembro del Equipo Jurídico y Co-Agente para el caso, debe participar en dicha audiencia, así como en una reunión del equipo jurídico para la determinación del procedimiento siguiente.

4º—Que en el contrato suscrito entre el Ministerio y el Consultor se dispuso que el costo de traslado y viáticos al exterior los asume el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Sergio Gerardo Ugalde Godínez, mayor, abogado, cédula número 1-795-773, Consultor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y especialista en Derecho Internacional, para que en calidad de Co-Agente y asesor directo del Agente Designado y Jefe de la delegación Embajador Édgar Ugalde Álvarez, participe en la audiencia programada por la Corte Internacional de Justicia, a celebrarse el día 8 de marzo de 2011, y para que asista a una reunión del equipo jurídico costarricense, a celebrarse el día 9 de marzo de 2011 en la ciudad de La Haya, Reino de los Países Bajos.

Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, desayunos, almuerzos, cenas, transporte del aeropuerto al hotel y viceversa, así como gastos menores e impuestos aeroportuarios, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082-Política Exterior, subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos y subpartida 10504 de viáticos. Se autoriza la suma de US $351.00 diarios, para un total de US $2.106.00, todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47, del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, el funcionario estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 4º—Rige a partir del 5 al 10 de marzo del 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las diez horas del veintidós de febrero del año dos mil once.

René Castro Salazar, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 13438.—Solicitud Nº 21554.—C-19690.—(IN2011097175).

Nº 056-11-PE

LA VICEMINISTRA ADMINISTRATIVA

DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 140, inciso 12), de la Constitución Política de la República de Costa Rica; y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, el acercamiento con los países caribeños a fin de establecer contactos, compartir experiencias y afianzar la estrategia nacional hacia esa región insular.

II.—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto propiciar las condiciones necesarias para establecer un mecanismo de diálogo con la República de Cuba.

III.—Que resulta de la mayor importancia sostener conversaciones con las autoridades mexicanas con posterioridad al fallo de la Corte Internacional de Justicia.

IV.—Que es de la mayor importancia apoyar al Ministro en ocasión de su visita a México para llevar a cabo diálogos y gestiones con las autoridades locales y con los Embajadores concurrentes acreditados en Costa Rica y residentes en Ciudad de México. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Embajador Jairo Hernández Milián, cédula Nº 1-685-937, Director General de Política Exterior, para que viaje a La Habana, Cuba, del 15 al 20 de marzo del 2011 y del 20 al 23 de marzo del 2011 a la Ciudad de México D.F.

Artículo 2º—Los tiquetes aéreos, viáticos, gastos en tránsito, transporte interno, impuestos aeroportuarios, llamadas internacionales y gastos de Internet corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 082, Dirección General de Política Exterior, subpartida 1.05.03 Transporte en el Exterior y los gastos por concepto de viáticos corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, Dirección de Política Exterior, subpartida 1.05.04 Viáticos en el Exterior, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos. Se autoriza la suma de $189 diarios para un total de $1.134 para La Habana, Cuba; se autoriza la suma de $309 diarios para un total de $1.236 para la Ciudad de México, D.F., para un gran total de $2.370. Todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47, del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, el funcionario estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 4º—Rige a partir del 15 al 23 de marzo del 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las once horas del tres de marzo de dos mil once.

Marta Núñez Madriz, Viceministra Administrativa del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 13438.—Solicitud Nº 21554.—C-19690.—(IN2011097177).

Nº 056-11-PE

LA VICEMINISTRA ADMINISTRATIVA

DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 140, inciso 12), de la Constitución Política de la República de Costa Rica; y los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto participar en la Reunión de Ministros de Medio Ambiente de Centroamérica en el marco de la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo, CCAD, que se llevará a cabo durante los días 24 y 25 de marzo del 2011, en ciudad de Guatemala, Guatemala.

2º—Que es conveniente que el señor Javier Díaz Carmona, Embajador para los Asuntos Ambientales Globales, participe en esa reunión, ya que el contenido de la misma está estrechamente relacionado con los temas y las funciones que desempeña este funcionario dentro de la Dirección General de Política Exterior de este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al Embajador Javier Díaz Carmona, cédula de identidad Nº 1-443-277, para que viaje a la ciudad de Guatemala, Guatemala, los días 24 y 25 de marzo del 2011, con la finalidad de participar en la Reunión de Ministros de Medio Ambiente de Centroamérica en el marco de la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo (CCAD).

Artículo 2º—Los pasajes aéreos y los gastos de hospedaje y alimentación, serán cubiertos por la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo (CCAD). Los gastos de transporte interno, impuestos aeroportuarios, llamadas internacionales e Internet, así como los gastos menores, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 082, Dirección de Política Exterior, Subpartida 1.05.04 Viáticos en el exterior, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos. Se autoriza la suma de US$16,00 diarios para un total de US$64,00. Todo lo anterior sujeto a liquidación.

Artículos 3º—Rige del 23 de marzo al 26 de marzo del 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los veintidós días del mes de marzo del dos mil once.

Marta Núñez Madriz, Viceministra Administrativa de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 13438.—Solicitud Nº 21553.—C-19690.—(IN2011097187).

Nº 057-11-PE

LA VICEMINISTRA ADMINISTRATIVA

DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 140, inciso 12), de la Constitución Política de la República de Costa Rica; y los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto participar en el programa de reuniones organizado por la Cancillería Brasileña para el Director General de Política Exterior.

II.—Que es necesario apoyar los trabajos de la Delegación de Costa Rica durante la visita a varias ciudades de Brasil con el objeto de fortalecer las relaciones bilaterales a nivel político, incrementar las posibilidades de cooperación en varias áreas y explorar fórmulas de acción conjunta en el plano internacional. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Embajador Jairo Hernández Milián, cédula Nº 1-685-937, Director General de Política Exterior, para que viaje a Brasil del 27 de marzo al 5 de abril de 2011 para que participe en el programa de reuniones organizado por la Cancillería Brasileña, y para apoyar los trabajos de la Delegación de Costa Rica durante la visita a varias ciudades de Brasil con la finalidad de fortalecer las relaciones bilaterales.

Artículo 2º—Los tiquetes aéreos, viáticos, gastos en tránsito, transporte interno, impuestos aeroportuarios, llamadas internacionales y gastos de Internet corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 082, Dirección General de Política Exterior, subpartida 1.05.03 Transporte en el Exterior y los gastos por concepto de viáticos corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082, Dirección de Política Exterior, subpartida 1.05.04 Viáticos en el Exterior, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos. Se autoriza la suma de $290 diarios para un total de $2.900. Todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47, del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, el funcionario estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 4º—Rige del 24 de marzo al 7 de abril de 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las catorce horas del día veintiuno de marzo de dos mil once.

Marta Núñez Madriz, Viceministra Administrativa de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 13438.—Solicitud Nº 21554.—C-19690.—(IN2011097178).

Nº PE-060-11

LA VICEMINISTRA ADMINISTRATIVA

DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en el inciso f) del artículo 4º, y artículos 7º y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que la República de Costa Rica presentó el día 18 de noviembre 2010, un caso contra la República de Nicaragua por la incursión, ocupación y uso del territorio nacional, ante la Corte Internacional de Justicia, así como una solicitud de indicación de medidas cautelares contra Nicaragua.

2º—Que la abogada especialista en Derecho Ambiental, Lilliana Arrieta Quesada, incorporada al equipo jurídico a cargo de la solicitud de intervención en el caso indicado, y con base en el acuerdo de viaje Nº PE 046-11 del 21 de febrero del 2011, estará presente en La Haya, Holanda, del 5 al 10 de marzo del 2011 en la Corte Internacional de Justicia para la notificación a las partes de la decisión sobre la solicitud de indicación de medidas cautelares hecha por Costa Rica.

3º—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto aprovechar la presencia en Europa de la señora Lilliana Arrieta Quesada para que efectúe conferencias en el ámbito académico universitario con base en la estrategia de divulgación sobre este caso, y que se han gestionado ponencias sobre este tema en las Facultades de Derecho de la Universidad de Barcelona, y de la Universidad de Zaragoza, España. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Lilliana Arrieta Quesada, mayor, abogada, cédula Nº 1-563-331, para que en calidad de Embajadora en Misión Especial, viaje a España a dictar conferencias universitarias sobre el caso contra la República de Nicaragua por la Incursión, Ocupación y Uso del territorio nacional, ante la Corte Internacional de Justicia, mismas que se celebrarán los días 14 de marzo del 2011 en la Universidad de Barcelona, y el 16 de marzo del 2011 en la Universidad de Zaragoza, España.

Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, viáticos por los días 14, 15 y 16 de marzo del 2011, de transporte del aeropuerto al hotel y viceversa, así como gastos menores e impuestos aeroportuarios, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 082-Política Exterior, subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos y subpartida 1.05.04 de viáticos. Se autoriza la suma de US$ 296,00 diarios, para un total de US$ 888,00, todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47, del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, el funcionario estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 4º—Rige a partir del 11 al 17 de marzo del 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto a las diez horas del 4 de marzo del año dos mil once.

Marta Núñez Madriz, Viceministra Administrativa de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 13438.—Solicitud Nº 21554.—C-19690.—(IN2011097179).

Nº 063-11-PE

LA VICEMINISTRA ADMINISTRATIVA

DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos Nos. 7º y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas aprobó la Resolución A/RES/64/169, que proclama el año 2011 como el “Año Internacional de los Afrodescendientes”, con miras a fortalecer las medidas nacionales y la cooperación regional e internacional en beneficio de los afrodescendientes en relación con el goce pleno de sus derechos humanos.

2º—Que es de interés para el Gobierno de Costa Rica la participación en la Conferencia RegionalLa Situación de los Afrodescendientes en las Américas-Perspectivas y Desafíos”, a realizarse el día 14 de marzo del 2011, en la sede de la OEA, en la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América.

3º—Que es de interés para el Gobierno de Costa Rica participar en la “Sesión Extraordinaria del Consejo Permanente para la Celebración del Año Internacional de los Afrodescendientes”, que se celebrará el día 15 de marzo, en la sede central de la OEA, en la ciudad de Washington, D.C.

4º—Que es del interés del Gobierno de Costa Rica la participación en el evento “Los Desafíos y Desigualdades que sufren las Mujeres Afro-Descendientes e Indígenas de América Latina y el Caribe”, que se llevará a cabo del día 16 de marzo, en el Departamento de Estado de Estados Unidos, en Washington, D.C.

5º—Que es necesaria la participación en dichos eventos de la señora Epsy Campbell Barr, cédula de identidad Nº 1-0607-0983, Copresidenta de la Comisión Nacional Afrocostarricense de la Celebración del Año de los Afrodescendientes en Costa Rica y Actividades Conexas, según Decreto Ejecutivo Nº 36465-RE. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Epsy Campbell Barr, cédula de identidad Nº 1-0607-0983, Copresidenta de la Comisión Nacional Afrocostarricense de la Celebración del Año de los Afrodescendientes en Costa Rica y Actividades Conexas, para que en calidad de Embajadora en Misión Especial, participe en la Conferencia RegionalLa Situación de los Afrodescendientes en las Américas-Perspectivas y Desafíos”, a realizarse el día 14 de marzo del 2011; y en la “Sesión Extraordinaria del Consejo Permanente para la Celebración del Año Internacional de los Afrodescendientes”, que se celebrará el día 15 de marzo, ambas reuniones en la sede central de la OEA, en la ciudad de Washington, D.C. Asimismo, se le designa para que participe en el evento “Los Desafíos y Desigualdades que sufren las Mujeres Afro-Descendientes e Indígenas de América Latina y el Caribe”, que se llevará a cabo del día 16 de marzo, en el Departamento de Estado de Estados Unidos, en Washington, D.C.

Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, los viáticos, transporte interno, gastos en tránsito, e impuestos aeroportuarios, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 082, Dirección General de Política Exterior, Subpartida 1.05.04 de viáticos, se autoriza la suma de $363,00 diarios para un total de $1.815,00. Todo lo anterior sujeto a liquidación.

Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47, del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, el o la funcionaria estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 4º—Rige del 13 al 17 de marzo del 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las trece horas del día once de marzo del dos mil once.

Publíquese.—Marta Núñez Madriz, Viceministra Administrativa de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 13438.—Solicitud Nº 21554.—C-19690.—(IN2011097180).

Nº 064-11-PE

LA VICEMINISTRA ADMINISTRATIVA

DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos Nos. 7º y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas aprobó la Resolución A/RES/64/169, que proclama el año 2011 como el “Año Internacional de los Afrodescendientes”, con miras a fortalecer las medidas nacionales y la cooperación regional e internacional en beneficio de los afrodescendientes en relación con el goce pleno de sus derechos humanos.

2º—Que es de interés para el Gobierno de Costa Rica la participación en la Conferencia RegionalLa Situación de los Afrodescendientes en las Américas-Perspectivas y Desafíos”, a realizarse el día 14 de marzo del 2011, en la sede de la OEA, en la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América.

3º—Que es de interés para el Gobierno de Costa Rica participar en la “Sesión Extraordinaria del Consejo Permanente para la Celebración del Año Internacional de los Afrodescendientes”, que se celebrará el día 15 de marzo, en la sede central de la OEA, en la ciudad de Washington, D.C.

4º—Que es necesaria la participación en dichos eventos del señor Walter Robinson Davis, cédula de identidad Nº 1-0453-0916, Copresidente de la Comisión Nacional Afrocostarricense de la Celebración del Año de los Afrodescendientes en Costa Rica y Actividades Conexas, según Decreto Ejecutivo Nº 36465RE. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Walter Robinson Davis, cédula de identidad Nº 1-0453-0916, Copresidente de la Comisión Nacional Afrocostarricense de la Celebración del Año de los Afrodescendientes en Costa Rica y Actividades Conexas, para que en calidad de Embajador en Misión Especial, participe en la Conferencia RegionalLa Situación de los Afrodescendientes en las Américas-Perspectivas y Desafíos”, a realizarse el día 14 de marzo del 2011; y en la “Sesión Extraordinaria del Consejo Permanente para la Celebración del Año Internacional de los Afrodescendientes”, que se celebrará el día 15 de marzo, ambas reuniones en la sede central de la OEA, en la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América.

Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, los viáticos, transporte interno, gastos en tránsito, e impuestos aeroportuarios, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 082, Dirección General de Política Exterior, Subpartida 1.05.04 de viáticos, se autoriza la suma de $363,00 diarios para un total de $1.452,00. Todo lo anterior sujeto a liquidación.

Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47, del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, el o la funcionaria estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 4º—Rige del 13 al 17 de marzo del 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las trece horas del día once de marzo del dos mil once.

Publíquese.—Marta Núñez Madriz, Viceministra Administrativa de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 13438.—Solicitud Nº 21554.—C-19690.—(IN2011097181).

Nº 066-PE

LA VICEMINISTRA ADMINISTRATIVA

DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos Nos. 7º y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que el Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF por sus siglas en inglés) ha invitado a un funcionario de la Dirección General de Política Exterior a participar en el taller regional “Convención de las Naciones Unidas sobre Cursos de Agua Internacionales: Un marco institucional para la gestión de estos cursos”, que se llevará a cabo el 16 de marzo del 2011, en el Hotel Radisson en la ciudad de Guatemala, Guatemala.

2º—Que es de interés del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, que un funcionario de esta dependencia participe en el presente taller, dada la trascendencia del presente tema en el ámbito del derecho internacional público. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Óscar Omar Monge Castro, abogado, cédula de identidad Nº 1-528-077, Jefe del Departamento de Tratados Internacionales, de la Dirección General de Política Exterior, para que participe en el taller regional “Convención de las Naciones Unidas sobre Cursos de Agua Internacionales: Un marco institucional para la gestión de estos cursos”, que se llevará a cabo el 16 de marzo del 2011, en el Hotel Radisson en la ciudad de Guatemala, Guatemala.

Artículo 2º—Los gastos del señor Monge Castro, correspondientes a tiquete aéreo, hospedaje y alimentación serán cubiertos por el Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF por sus siglas en inglés), según invitación. De conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, se le reconoce un ocho por ciento (8%) de la tarifa diaria correspondiente a gastos menores, por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 082-Dirección General de Política Exterior, Subpartida 1.05.04 de viáticos. La suma autorizada es de $14,00 diarios, para un total de $42,00 todo lo anterior sujeto a liquidación. Asimismo se le reconoce los gastos de transporte interno e impuestos aeroportuarios.

Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47, del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, él o la funcionaria estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 4º—Rige del 15 de marzo al 17 de marzo del 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las diez horas del día diez de marzo del dos mil once.

Publíquese.—Marta E. Núñez Madriz, Viceministra Administrativa de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 13438.—Solicitud Nº 21554.—C-19690.—(IN2011097182).

Nº 068-11-PE

LA VICEMINISTRA ADMINISTRATIVA

DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 140, inciso 12), de la Constitución Política de la República de Costa Rica; y los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, que el señor Jairo Hernández Milián, Director General de Política Exterior, apoye al señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto en su participación en la Reunión del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores del Sistema de la Integración Centroamericana, SICA, durante la cual los Estados Miembros tratarán temas de relevancia para el área, y por ende para Costa Rica.

II.—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto propiciar el acercamiento político con las autoridades de Guatemala, que ejerce actualmente la Secretaría Pro Tempore del Sistema de Integración Centroamericana (SICA). Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Embajador Jairo Hernández Milián, cédula Nº 1-685-937, Director General de Política Exterior, para que viaje a ciudad Guatemala, República de Guatemala, del 14 al 16 de marzo del 2011.

Artículo 2º—Los tiquetes aéreos, viáticos, gastos en tránsito, transporte interno, impuestos aeroportuarios, llamadas internacionales y gastos de Internet corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 082, Dirección General de Política Exterior, Subpartida 1.05.03 Transporte en el exterior, y los gastos por concepto de viáticos corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 082, Dirección de Política Exterior, Subpartida 1.05.04 Viáticos en el exterior, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos. Se autoriza la suma de $200 diarios para un total de $600. Todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47, del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, el funcionario estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 4º—Rige a partir del 14 al 16 de marzo del 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las diez horas del once de marzo del dos mil once.

Marta Núñez Madriz, Viceministra Administrativa de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 13438.—Solicitud Nº 21554.—C-19690.—(IN2011097183).

Nº 072-11 PE

LA VICEMINISTRA ADMINISTRATIVA

DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 140, inciso 12), de la Constitución Política de la República de Costa Rica; y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que es relevante para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto estrechar las relaciones bilaterales con el Gobierno de Brasil.

II.—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto apoyar los trabajos del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, quien encabeza la delegación que visitará ese país.

III.—Que Brasil fue elegido como destino estratégico de la Política Exterior del Ministerio.

IV.—Que con miras a avanzar en las negociaciones de alto nivel Ministerial en sectores estratégicos de: energía, ambiente, comercio, turismo, energéticos, políticos, culturales y en materia consular, se hace necesario participar de estas reuniones. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Embajador Víctor Manuel Monge Chacón, cédula Nº 03-0196-0264, Embajador de Costa Rica en Brasil, para que viaje de Brasilia a Sao Paulo y Río de Janeiro del 29 de marzo al 3 de abril del 2011.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de boletos y viáticos serán cubiertos con la partida extraordinaria enviada para cubrir los gastos de la Triple Misión Ministerial Brasil/Costa Rica.

Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47, del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, la tarifa diaria de viáticos es de $290, para un total de $1.740,00, que cubren desayuno, almuerzo, cena, hospedaje y gastos menores, sujetos a liquidación.

Artículo 4º—Rige a partir del 29 de marzo al 3 de abril del 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los veinticinco días del mes de marzo del dos mil once.

Marta Núñez Madriz, Viceministra Administrativa de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 13438.—Solicitud Nº 21554.—C-19690.—(IN2011097184).

Nº 073-11 PE

LA VICEMINISTRA ADMINISTRATIVA

DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 140, inciso 12), de la Constitución Política de la República de Costa Rica; y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que es relevante para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto estrechar las relaciones bilaterales con el Gobierno de Brasil.

II.—Que es de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto apoyar los trabajos del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, quien encabeza la delegación que visitará ese país.

III.—Que Brasil fue elegido como destino estratégico de la Política Exterior del Ministerio.

IV.—Que con miras a avanzar en las negociaciones de alto nivel Ministerial en sectores estratégicos de: energía, ambiente, comercio, turismo, energéticos, políticos, culturales y en materia consular, se hace necesario participar de estas reuniones. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Carolina Fernández Álvarez, cédula Nº 02-0565-0955, Ministra Consejera de la Embajada de Costa Rica en Brasil, para que viaje de Brasilia a Sao Paulo del 29 de marzo al 1º de abril del 2011, como personal de apoyo para la buena marcha de la visita Ministerial.

Artículo 2º—Los gastos de boletos y viáticos serán cubiertos con la partida extraordinaria enviada para cubrir los gastos de la Triple Misión Ministerial Brasil/Costa Rica.

Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47, del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, la tarifa diaria de viáticos es de $247, para un total de $988,00, que cubren desayuno, almuerzo, cena, hospedaje y gastos menores, sujetos a liquidación.

Artículo 4º—Rige a partir del 29 de marzo al 1º de abril del 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los veinticinco días del mes de marzo del dos mil once.

Marta Núñez Madriz, Viceministra Administrativa de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 13438.—Solicitud Nº 21554.—C-19690.—(IN2011097185).

Nº 0251-2011-PE-RE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en el inciso f) del artículo 4º, y artículos 7º y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que la República de Costa Rica presentó el día 18 de noviembre del 2010, un caso contra la República de Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia.

2º—Que el funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Ricardo Otárola Pacheco, Ministro Consejero y Cónsul General en Bogotá, Colombia, quién apoya al equipo jurídico, deberá viajar a Costa Rica con el fin de participar en los preparativos finales de la Memoria que el país presentará ante la Corte Internacional de Justicia el 5 de diciembre próximo. Tales preparativos en Costa Rica se realizarán del 8 al 16 de noviembre del 2011.

3º—Que el funcionario Ricardo Otárola Pacheco, también está a cargo de la edición gráfica de la Memoria que Costa Rica tiene que presentar ante la Corte Internacional de Justicia el día 5 de diciembre del 2011, y por lo tanto viajará desde Costa Rica a La Haya, del 16 de noviembre al 2 de diciembre del 2011, con el objeto de colaborar en la edición final, revisión y proceso de impresión que se realizará en esa ciudad. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Llamar en consulta al señor David Ricardo Otárola Pacheco, mayor, abogado, cédula Nº 1-726-598, Ministro Consejero y Cónsul General de Costa Rica en Bogotá, para que como apoyo del equipo jurídico participe en los preparativos finales de la memoria del 8 al 16 de noviembre en la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores en Costa Rica. Asimismo, para que viaje a La Haya, Reino de los Países Bajos, del 16 de noviembre al 2 de diciembre del 2011, como encargado de velar por la edición gráfica de la Memoria de Costa Rica que se presentará ante la Corte Internacional de Justicia el día 5 de diciembre.

Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos para el viaje a Costa Rica y a La Haya, así como los viáticos, transporte del aeropuerto al hotel y viceversa, servicio de Internet, así como gastos menores e impuestos aeroportuarios de su viaje a La Haya, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 082-Política Exterior, Subpartida 1.05.04 de viáticos, y Programa 0-79-Actividad Central, Subpartida 1.05.03 de pasajes aéreos. Se autoriza la suma de US $351,00 diarios, para un total de US $5.967,00, todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—En virtud de que el costo de los tiquetes será asumido por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de conformidad con la Circular Nº DGVCA-NP-1035-201 y la Resolución Nº 078-10 del Ministerio de Hacienda, Tesorería Nacional y la Dirección General de Administración y Bienes y Contratación Administrativa, el funcionario deberá ceder el millaje generado por el viaje a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 4º—De acuerdo con el artículo 47, del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, el funcionario estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 5º—Rige a partir del 8 de noviembre al 2 de diciembre del 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las diez horas del veintisiete de octubre del dos mil once.

Carlos Roverssi Rojas, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—O. C. Nº 13438.—Solicitud Nº 21553.—C-21480.—(IN2011097186).

Nº 389-10-PE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 7º y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que la República de Costa Rica presentó el día 18 de noviembre 2010, un caso contra la República de Nicaragua por la Incursión, Ocupación y Uso del territorio nacional, ante la Corte Internacional de Justicia, así como una solicitud de indicación de medidas cautelares contra Nicaragua.

2º—Que la Corte Internacional de Justicia, mediante comunicación 137725, de 19 de noviembre del 2010, programó una audiencia para escuchar a las partes sobre la solicitud de indicación de medidas cautelares hecha por Costa Rica, y para lo cual fijó del 11 al 13 de enero del 2011.

3º—Que el Consultor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, especialista en Derecho Internacional, Marcelo Gustavo Kohen, miembro del Equipo Jurídico y Co-Agente para el caso, debe participar en dicha audiencia.

4º—Que en el contrato suscrito entre el Ministerio y el Consultor se dispuso que los costos de traslado y viáticos al exterior, los debe asumir el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Marcelo Gustavo Kohen, de único apellido en razón de su nacionalidad argentina, mayor, abogado, pasaporte argentino número 12955791, especialista en Derecho Internacional, para que en calidad de Co-Agente y de asesor directo del Agente Designado y Jefe de la delegación Embajador Édgar Ugalde Álvarez, participe en la audiencia programada por la Corte Internacional de Justicia, a celebrarse del 11 al 13 de enero de 2011 en la ciudad de La Haya, Reino de los Países Bajos.

Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, almuerzos, cenas, transporte del aeropuerto al hotel y viceversa, así como gastos menores e impuestos aeroportuarios, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 081 Servicio Exterior, subpartida 1.05.03 de transporte en el exterior y Programa 082 Política Exterior, subpartida 1.05.04 de viáticos en el exterior. Se autoriza la suma de US$ 351.00 diarios, para un total de US$ 2.457.00, todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—Rige a partir del 8 al 14 de enero del 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las diez horas del 16 de diciembre del año dos mil diez.

René Castro Salazar, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 13438.—Solicitud Nº 21566.—C-19690.—(IN2011097170).

Nº 390-10-PE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 7º y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que la República de Costa Rica presentó el día 18 de noviembre 2010, un caso contra la República de Nicaragua por la Incursión, Ocupación y Uso del territorio nacional, ante la Corte Internacional de Justicia, así como una solicitud de indicación de medidas cautelares contra Nicaragua.

2º—Que la Corte Internacional de Justicia, mediante comunicación 137725, de 19 de noviembre de 2010, programó una audiencia para escuchar a las partes sobre la solicitud de indicación de medidas cautelares hecha por Costa Rica, y para lo cual fijó del 11 al 13 de enero del 2011.

3º—Que el señor Ricardo Otárola Pacheco, Ministro Consejero y Cónsul General de Costa Rica en Colombia, tiene experiencia en la preparación de las carpetas de los Jueces de la Corte Internacional de Justicia y de las presentaciones audiovisuales ante dicha instancia, y por lo tanto se le ha encomendado esa tarea para ésta audiencia, razón por la cual debe participar en la misma. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Ricardo Otárola Pacheco, abogado, cédula número 1-726-598, Ministro Consejero y Cónsul General de Costa Rica en Colombia, para que en calidad de asesor directo del Agente Designado y Jefe de la delegación Embajador Édgar Ugalde Álvarez, participe en la audiencia programada por la Corte Internacional de Justicia, a celebrarse del 11 al 13 de enero del 2011 en la ciudad de La Haya, Reino de los Países Bajos.

Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, almuerzos, cenas, transporte del aeropuerto al hotel y viceversa, así como gastos menores e impuestos aeroportuarios, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 081 Servicio Exterior, subpartida 1.05.03 de transporte en el exterior y Programa 082 Política Exterior, subpartida 1.05.04 de viáticos en el exterior.

Se autoriza la suma de US$ 351.00 diarios, para un total de US$ 2.808.00, todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, el o la funcionaria estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 4º—Rige a partir del 7 al 14 de enero del 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las diez horas del 16 de diciembre del año dos mil diez.

René Castro Salazar, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 13438.—Solicitud Nº 21566.—C-19690.—(IN2011097171).

Nº PE-391-10

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 7º y Nº 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que la República de Costa Rica presentó el día 18 de noviembre 2010, un caso contra la República de Nicaragua por la Incursión, Ocupación y Uso del territorio nacional, ante la Corte Internacional de Justicia, así como una solicitud de indicación de medidas cautelares contra Nicaragua.

2º—Que la Corte Internacional de Justicia, mediante comunicación 137725, de 19 de noviembre de 2010, programó una audiencia para escuchar a las partes sobre la solicitud de indicación de medidas cautelares hecha por Costa Rica, y para lo cual fijó del 11 al 13 de enero del 2011.

3º—Que el señor Embajador Édgar Ugalde Álvarez, es el Agente designado por Costa Rica para representar sus intereses ante la Corte Internacional de Justicia en éste caso, y que, consecuentemente, debe participar en esa calidad en la audiencia indicada. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Édgar Ugalde Álvarez, abogado, cédula número 2-189-241, Embajador de Costa Rica en Colombia, para que en calidad de Agente Designado y Jefe de la delegación, participe en la audiencia programada por la Corte Internacional de Justicia, a celebrarse del 11 al 13 de enero de 2011 en la ciudad de La Haya, Reino de los Países Bajos.

Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, almuerzos, cenas, transporte del aeropuerto al hotel y viceversa, así como gastos menores e impuestos aeroportuarios, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 081 Servicio Exterior, subpartida 1.05.03 de transporte en el exterior y Programa 082 Política Exterior, subpartida 1.05.04 de viáticos en el exterior. Se autoriza la suma de US$ 351.00 diarios, para un total de US$ 2.808, todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—Rige a partir del 7 al 14 de enero del 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a las diez horas del 16 de diciembre del año dos mil diez.

René Castro Salazar, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 13438.—Solicitud Nº 21566.—C-19690.—(IN2011097172).

Nº PE-392-10

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 7º y Nº 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que la República de Costa Rica presentó el día 18 de noviembre 2010, un caso contra la República de Nicaragua por la Incursión, Ocupación y Uso del territorio nacional, ante la Corte Internacional de Justicia, así como una solicitud de indicación de medidas cautelares contra Nicaragua.

2º—Que la Corte Internacional de Justicia, mediante comunicación 137725, de 19 de noviembre de 2010, programó una audiencia para escuchar a las partes sobre la solicitud de indicación de medidas cautelares hecha por Costa Rica, y para lo cual fijó del 11 al 13 de enero de 2011.

3º—Que el señor Christian Guillermet Fernández, cédula número 1-616-763, Embajador Alterno en la Misión de Costa Rica ante la Oficina Europea de las Naciones Unidas en Ginebra, Suiza, ha colaborado con el equipo jurídico designado para el caso en la traducción de documentos al idioma francés, y por lo tanto se le ha encomendado esa tarea para ésta audiencia, razón por la cual debe participar en la misma. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Christian Guillermet Fernández, cédula número 1-616-763, Embajador Alterno en la Misión de Costa Rica ante la Oficina Europea de las Naciones Unidas en Ginebra, Suiza, para que en calidad de asesor directo del Agente Designado y Jefe de la delegación Embajador Édgar Ugalde Álvarez, participe en la audiencia programada por la Corte Internacional de Justicia, a celebrarse del 11 al 13 de enero de 2011 en la ciudad de La Haya, Reino de los Países Bajos.

Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos, almuerzos, cenas, transporte del aeropuerto al hotel y viceversa, así como gastos menores e impuestos aeroportuarios, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 081 Servicio Exterior, subpartida 1.05.03 de transporte en el exterior y Programa 082 Política Exterior, subpartida 1.05.04 de viáticos en el exterior. Se autoriza la suma de US$ 351,00 diarios, para un total de US$ 1.755,00, todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—Rige a partir del 10 al 14 de enero de 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto a las diez horas del 16 de diciembre del año dos mil diez.

René Castro Salazar, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 13438.—Solicitud Nº 21566.—C-19690.—(IN2011097173).

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

Nº TPMS/006/11

EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en el artículo 28, inciso 1) de la Ley Nº 6227 o Ley General de Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8908 o Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2011, del 19 de diciembre del 2010; el artículo 2), inciso 4) de la Ley Nº 7411 o Ley Reguladora del Otorgamiento de Pasaportes Diplomáticos y de Servicio, del 25 de mayo de 1994; el artículo 9 de la Directriz Nº 7 del 29 de noviembre de 1991; el artículo 7 inciso C) de la Ley Nº 8316 o Ley Reguladora de los Derechos de Salida del Territorio Nacional, del 26 de setiembre de 2002 y el artículo 40 del Estatuto del Servicio Civil. Acuerdo Nº 30 Sesión Ordinaria Nº 701 del 12 de octubre del 2011 de Junta Directiva del Teatro Popular Melico Salazar.

Considerando:

1º—Que el Sr. Giancarlo Protti Ramírez, Director Ejecutivo del Teatro Popular Melico Salazar y coordinador de la antena de IBERESCENA en Costa Rica en cumplimiento de sus funciones realizará la representación de nuestro país en Montevideo, Uruguay del 20 al 26 de noviembre, inclusive del 2011, con el objetivo de participar en la Reunión del Comité Intergubernamental de IBERESCENA para defender los proyectos nacionales presentados en la convocatoria 2011, ante la delegación internacional.

2º—Que su participación en IBERESCENA, es de interés para el Ministerio de Cultura y Juventud para establecer los lazos de hermandad y desarrollo artístico en Latinoamérica.

3º—Que por motivos de itinerario el señor Protti deberá salir del país el día 20 de noviembre y regresar el 26 de noviembre del 2011. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Modificar la consideración 1º y los artículos 1 y 2 del presente Acuerdo de Viaje de manera que se lean de la siguiente manera

1º Que el Sr. Giancarlo Protti Ramírez, Director Ejecutivo del Teatro Popular Mélico Salazar y coordinador de la antena de IBERESCENA en Costa Rica en cumplimiento de sus funciones realizará la representación de nuestro país en Montevideo, Uruguay del 20 al 26 de noviembre, inclusive del 2011, con el objetivo de participar en la Reunión del Comité Intergubernamental de IBERESCENA para defender los proyectos nacionales presentados la delegación internacional.”

Artículo 1º—Designar al señor Giancarlo Protti Ramírez, Pasaporte Nº C008335 como representante oficial del Teatro Popular Melico Solazar para asistir -en cumplimiento de sus funciones- durante el periodo comprendido del 20 al 26 de noviembre inclusive del 2011, con el objetivo de participar en la Reunión del Comité Intergubernamental de IBERESCENA a realizarse en Montevideo Uruguay para defender los proyectos presentados a la antena Costa Rica ante la delegación internacional.

Artículo 2º—Los gastos del señor Protti en dicha gira serán cubiertos de la siguiente manera: la Dirección Nacional de Cultura del Ministerio de Educación y Cultura de Uruguay cubrirá los gastos de hospedaje, transporte interno, y alimentación del señor Giancarlo Protti Ramírez-PROARTES cubrirá el tiquete aéreo ida y vuelta de Protti por medio de la subpartida 1.05.03 Transporte en el Exterior por un monto total aproximado de ¢1.600.000 (un millón seiscientos mil colones exactos), por medio de subpartida 1.06.01 Seguros el TPMS cubrirá el seguro INS Viajero de Protti por un monto total aproximado de $85 (ochenta y cinco dólares exactos). Los viáticos serán el 8 % para el Sr. Protti, por una suma de $109 (ciento nueve dólares exactos) de conformidad con la tabla de viáticos establecida en el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Controlaría General de la República. El monto corresponde a los días del 20 al 26 de noviembre del 2011.

Artículo 3º—Rige del 20 al 26 de noviembre del 2011.

Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, a los dieciséis días del mes de noviembre del dos mil once.

Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud.—1 vez.—(IN2011096541).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 0465-2011

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

I.—Que los señores Edward Little, de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casado, director de informática, portador del pasaporte de su país número 462668598, vecino de Estados Unidos de América, y Mauricio Salas Villalobos, mayor, casado una vez, abogado, portador de la cédula de identidad número 1-788-208, vecino de San José, en su respectivas condiciones de Gerente con facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma y de Apoderado Especial con facultades suficientes para estos efectos, de la compañía denominada Client Services CSICR S.R.L., cédula jurídica número 3-102-605038, presentaron solicitud para acogerse al Régimen de Zonas Francas ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante PROCOMER), de conformidad con la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la Sesión N° 177-2006 del 30 de octubre del 2006, conoció la solicitud de la compañía Client Services CSICR S.R.L., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Regímenes Especiales de PROCOMER número 22-2011 de fecha 24 de octubre del 2011, acordó recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento del Régimen de Zonas Francas a la mencionada empresa, al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.

III.—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto,

ACUERDAN:

1º—Otorgar el Régimen de Zonas Francas a la Compañía Client Services CSICR S.R.L., cédula jurídica número 3-102-605038, (en adelante denominada la beneficiaria), clasificándola como Industria de Servicios, de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de la Ley N° 7210 y sus reformas.

2º—La actividad de la beneficiaria consistirá en exportar servicios de gestión de cuentas por cobrar y atención al cliente.

3º—La beneficiaria operará en el Parque Industrial denominado Los Arallanes S. A., ubicado en la provincia de Heredia, específicamente en las instalaciones de la empresa de servicios beneficiaria del Régimen de Zonas Francas denominada Motif Limitada; lo anterior de conformidad con el numeral 20 del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas.

4º—La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados en la Ley N° 7210 y sus reformas, con las limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER.

Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en virtud de la Ley N° 7210 quedan supeditados a los compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del ASMC. En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en la Ley N° 7210 que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas, más allá de los plazos para la concesión de las prórrogas previstas en el artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados países en desarrollo.

Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.

5º—De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 inciso g) de la Ley de Régimen de Zonas Francas (Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas) la beneficiaria gozará de exención de todos los tributos a las utilidades, así como cualquier otro, cuya base imponible se determine en relación con las ganancias brutas o netas, con los dividendos abonados a los accionistas o ingresos o ventas, según las diferenciaciones que dicha norma contiene.

Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus servicios al mercado local, observando rigurosamente los requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de la Ley N° 7210 y sus reformas, en particular los que se relacionan con el pago de los impuestos respectivos.

6º—La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de empleo de 25 trabajadores, a más tardar el 31 de octubre de 2012. Asimismo, se obliga a realizar y mantener una inversión nueva inicial y mínima total en activos fijos de al menos US $150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 30 de agosto de 2014. Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional de un 90,48%.

PROCOMER vigilará el cumplimiento del nivel de inversión nueva inicial y mínima total en activos fijos de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con el nivel mínimo de inversión anteriormente señalado.

7º—Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el 01 de diciembre de 2011. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual PROCOMER seguirá tomando como referencia para su cálculo las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.

Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de las ventas mensuales realizadas. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, para lo cual PROCOMER tomará como referencia para su cálculo, las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.

8º—La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo, la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del medio ambiente que la legislación costarricense e internacional disponga para el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado por las autoridades competentes.

9º—La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Además, deberá permitir que funcionarios de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.

10.—En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un año, uno o varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de la Ley N° 7210, o revocarle el otorgamiento del Régimen de Zona Franca, sin responsabilidad para el Estado, todo de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento. La eventual imposición de estas sanciones será sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieren corresponderle a la beneficiaria o sus personeros.

11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.

Para el inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por la Dirección General de Aduanas como auxiliar de la función pública aduanera, según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.

12.—Las directrices que, para la promoción, administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación con ellos o con la citada Promotora.

13.—El uso indebido de los bienes o servicios exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que establece la Ley N° 7210 y sus reformas y demás leyes aplicables.

14.—La empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos los requisitos de la Ley Nº 7210, sus reformas y reglamentos, así como con las obligaciones propias de su condición de auxiliar de la función pública aduanera.

15.—De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley N° 17 del 22 octubre de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del procedimiento administrativo correspondiente. Asimismo, la empresa deberá registrarse como patrono en el sistema que la Caja Costarricense de Seguro Social disponga para ello, a partir de la fecha en que se le notifique el ingreso al Régimen de Zonas Francas.

16.—Rige a partir de su notificación.

Comuníquese y Publíquese.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los tres días del mes de noviembre del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Comercio Exterior, Anabel González Campabadal.—1 vez.—(IN2011096535).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

Nº D.M. 189-2011.—Despacho del Ministro.—San José, a las once horas del día 23 de noviembre del 2011. Nombramiento de la señora Gisela Lobo Hernández, cédula de identidad Nº 4-156-631, como Directora Ejecutiva a. í. del Teatro Popular Melico Salazar.

Resultando:

1º—Que la Ley Nº 7023 del 13 de marzo de 1986, creó al Teatro Popular Melico Salazar como órgano desconcentrado de esta Cartera Ministerial.

2º—Que el artículo 7 de dicha Ley, establece que el Ministerio de Cultura y Juventud, nombrará al Director Ejecutivo del Teatro Popular Mélico Salazar, de una terna presentada por su Junta Directiva.

3º—Que por Resolución Administrativa Nº D.M. 096-2010 de las quince horas diez minutos del 31 de mayo del 2010, se nombró al señor Giancarlo Protti Ramírez, cédula de identidad Nº 1-632-510, Director Ejecutivo del Teatro Popular Melico Salazar, del 24 de mayo del 2010 al 8 de mayo del 2014.

Considerando:

1º—Que para la realización de un viaje oficial, el señor Protti Ramírez debe ausentarse de sus labores regulares como Director Ejecutivo de dicho Teatro, del 20 al 26 de noviembre del 2011.

2º—Que debe llenarse de forma interina la vacante temporal, a efecto de no interrumpir el desarrollo normal de las labores de la Institución.

3º—Que la Junta Directiva del Teatro Popular Melico Salazar, en Sesión Extraordinaria Nº 706-2011, celebrada el día 11 de noviembre del 2011, acordó presentar la terna para estos fines, integrada por las señoras Gladys Alzate, Directora de la Compañía Nacional de Teatro, Mildred González, Directora de la Compañía Nacional de Danza y Gisela Lobo Hernández, cédula de identidad Nº 4-156-631, a efecto de que este Despacho nombre al Director Ejecutivo a. í., de dicha Institución, en tanto dure la ausencia del señor Protti Ramírez, Por tanto,

EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD, RESUELVE:

Artículo 1º—Designar a la señora Gisela Lobo Hernández, cédula de identidad Nº 4-156-631, Directora Ejecutiva a. í. del Teatro Popular Melico Salazar.

Artículo 2º—Rige a partir del 20 y hasta el 26 de noviembre del 2011.

Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud.—1 vez.—(IN2011096542).

DOCUMENTOS VARIOS

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

Resolución DGA-340-2011.—Dirección General de Aduanas.—San José, a las 10:00 horas del día 6 de diciembre de dos mil once.

Considerando:

I.—Que el artículo 6 de la Ley General de Aduanas, Nº 7557 del 20 de octubre de 1995 publicada en La Gaceta Nº 212 del 8 de noviembre de 1995 y sus reformas, establece que uno de los fines del régimen jurídico es facilitar y agilizar las operaciones de comercio exterior.

II.—Que el artículo 9 de la Ley General de Aduanas establece como funciones del Servicio Nacional de Aduanas, actualizar los procedimientos aduaneros y proponer las modificaciones de las normas, para adaptarlas a los cambios técnicos, tecnológicos y a los requerimientos del Comercio Internacional.

III.—Que el artículo 11 de la Ley General de Aduanas, señala que la Dirección General de Aduanas es el órgano superior jerárquico nacional en materia aduanera, que en el uso de su competencia le corresponde la dirección técnica y administrativa de las funciones aduaneras que esta ley y las demás disposiciones del ramo le conceden al Servicio Nacional de Aduanas, la emisión de políticas y directrices para las actividades de las aduanas y dependencias a su cargo.

IV.—Que el artículo 24 de la Ley General de Aduanas establece que la Autoridad Aduanera, sin perjuicio de las atribuciones que le corresponden como administración tributaria, previstas en la legislación tributaria, tendrá la atribución de requerir a terceros, en el ejercicio de sus facultades de control y fiscalización la presentación de información de trascendencia tributaria o aduanera.

V.—Que las Fiscalías del Ministerio Público, la Policía de Control Fiscal, otros entes policiales del país y dependencias del Servicio Nacional de Aduanas, requieren para el cumplimiento de sus funciones de criterios técnicos uniformes para determinar el valor aduanero de las mercancías decomisadas.

VI.—Que para la atención de los requerimientos de valoración de las mercancías decomisadas, la dependencia aduanera que emita el criterio de valor, requerirá de información indispensable que deberá ser aportada por el solicitante.

VII.—Que de no contar con la información requerida, con fundamento en lo normado en el artículo 85 de la Ley General de Aduanas, no tendrá efecto la consulta realizada sobre la base de datos inexactos u omisos proporcionados por el interesado. Por tanto,

Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho de cita, potestades y demás atribuciones aduaneras que otorgan los artículos 6º, 11 y 24 de la Ley General de Aduanas y sus reformas,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS, RESUELVE:

Que en las solicitudes para valorar mercancías decomisadas se debe aportar y especificar claramente la siguiente información y documentación:

1.  Fecha del hecho generador de conformidad con el artículo 55, incisos c), de la Ley General de Aduanas, relacionada con la fecha de la comisión del delito penal aduanero, o del decomiso preventivo, o bien, por el descubrimiento del delito penal aduanero.

2.  Fecha a partir de la cual se quiere la valoración de las mercancías.

3.  Número de sumaria o causa judicial y ubicación de la Fiscalía de la cual proviene la causa, en el caso que la solicitud proceda de una Fiscalía.

4.  Si se conoce: país de origen, país de procedencia de la mercancía decomisada, punto de ingreso de la misma al territorio nacional.

5.  Inventario de las mercancías a valorar (confeccionado con base en los datos consignados en el acta o actas de decomiso y/o secuestro levantada por la autoridad respectiva), con una descripción detallada y completa de las características técnicas necesarias para determinar el valor, por ejemplo:

    Tipo de mercancía

    Género: si es para hombre, mujer, niño o niña

    Material constitutivo

    Marca

    Modelo

    Estilo

    Serie

    Código de referencia para el caso de calzado, repuestos y otros

    Medida para el caso de calzado

    Tamaño

    Potencia (salida de los parlantes)

    Estado de las mercancías (nuevas, usadas, reconstruido, etc.)

    Para el caso de llantas: el perfil, ancho, circunferencia, si son lisas o con taco y si son de doble servicio

    Grado de contenido alcohólico y mililitros (para los licores)

    Color de etiquetado (en caso del whisky), años de añejamiento (en caso de Ron)

    Para Vinos es importante especificar si son espumosos, si son de uvas frescas con preparación de plantas o con preparados de sustancias aromáticas

    Unidad de medida (dependiendo de la clase o tipo de mercancías, puede ser: unidades, pares, docenas, gruesas, yardas, metros, litros, libras, kilogramos, toneladas, etc.)

    Cantidad de Bultos o Cajas

    Peso Bruto

    Cantidad en unidades comerciales

6.  Otra información importante que permita la identificación de la mercancía como el color, la forma, la talla, mecanismos de funcionamiento y composición, viscosidad; y demás especificaciones técnicas que se considere pueden incidir en el valor de las mercancías decomisadas.

     Ejemplos de descripción:

¡   Licores: Tipo: Vodka, Marca: Absolut, Tamaño: 750ml, Grado alcohólico: 40, Cantidad: 12 cajas, Peso Bruto 100 kilos, cada caja con 12 unidades.

¡   Perfumes se requiere: Tipo: Colonia con atomizador, Marca: Haiku Avon, para mujer, Tamaño: 50 ml, Cantidad: 5 cajas, Peso Bruto 5,50 kilos, cada caja con 24 unidades.

¡   Cremas: Tipo: crema para manos y cuerpo, Marca: Ellen Tracy, Tamaño: 6.8 fl. Oz., 200ml; Cantidad 20 unidades, peso bruto 3 kilos.

¡   Laca o spray para pelo: Marca: White Rain, Descripción: Hair Spray, Maximum Hola, Tamaño. 7oz, cantidad 300 unidades, peso bruto 60 kilos.

¡   Televisores: Marca: Panasonic, Modelo: CT-G2995, Serie: 26LX60L, Descripción: Televisor a color de 29 pulgadas, cantidad 2 unidades, peso bruto 38 kilos.

Para contar con mayor detalle sobre la forma en que se debe hacer la descripción de la mercancía, se puede hacer referencia al ANEXO 2 de la circular DGT-015-2007 del 20 de febrero de 2007, denominado: “Ejemplos de características necesarias para clasificar y/o valorar algunas mercancías”, el cual se adjunta a la presente resolución.

La presente Resolución deja sin efecto la circular ONVVA-007-2007 del 9 de julio de 2007, con fecha de rige 27 de julio de 2007, sobre los “Requisitos que deben cumplir las solicitudes presentadas ante el Órgano Nacional de Valoración y Verificación Aduanera para valorar mercancías decomisadas”.

Esta Resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Benito Coghi Morales, Subdirector General.—1 vez.—O. C. Nº 1357.—Solicitud Nº 34696.—C-275720.—(IN2011098435).

ANEXO Nº 2 CIRCULAR DGT-015-2007 del 20 de febrero de 2007: “EJEMPLOS DE CARACTERISTICAS

NECESARIAS PARA CLASIFICAR Y/O VALORAR ALGUNAS MERCANCÍAS”

 

Artículos

Características

Abanico de pie

Marca, modelo, material, Con motor eléctrico o no. Potencia en watts  (8414.5)

Adornos

Se debe especificar materia (plástico, madera, caucho, materia mineral, etc.)    

Aire acondicionado

Marca, modelo, serie, Aportar catalogo si es posible, indicar si viene completo o en partes, características de eficiencia energética, lugar donde se coloca)

Antenas

Marca, material, tipo de antena, aparato para el cual recibe la señal.

Aros de vehículos

Nuevos o usados, marca,  tamaño del aro, número de identificación (12, 13, 14, etc.)

Cargador de acumulador

Marca, potencia voltios, tipo de acumulador (batería) para el que se usa (celular u otros)

Baterías

Marca, tamaño, forma, sistema químico, peso y volumen (dióxido de manganeso (alcalinas), oxido de plata, níquel, etc.),  Voltaje. Recargables o no.

Acumuladores

Baterías recargables, marca, modelo, aparato que las usa, voltaje

Bloomer

Tipo de tejido, (plano o punto) tipo y cantidad de fibras (algodón, poliéster, lino, seda, etc.)

Bolsos y carteras

Material. ( plástico, textil, cuero, etc.), con asas o sin asas.

Bombillas 

Marca, forma, material, WATTS, incandescente o de descarga, con balasto o sin el, características de eficiencia energética.

Cable

Marca, tipo de cable, voltaje (tensión), material, aleación.

Caja registradora

Marca, modelo, tamaño, nueva o usada, Trabaja conexión directa o diferenciada con máquina automática para tratamiento de información

Calculadora

Marcas, material, Si pueden o no trabajar con fuente de energía exterior. Completos o desarmados

Candelas

Cera, parafina u otras, coloreadas, perfumadas o no.

CD Walkman

Marca, modelo, nuevo o usado, sin fuente de energía exterior

Cerveza en latas

Marca, Grado alcohólico volumétrico, mililitros

Cigarrillos

Marca, país de origen, Contienen tabaco o sucedáneos de tabaco

Control remoto

Marca, modelo

Cosméticos de mujer

Marca, Que tipo de cosmético (brillo de labios, lápiz labial, encrespador de pestañas, maquillaje) Descripción amplia, tamaño.

Discos compactos

Marca, grabados o sin grabar, para reproducción de sonido o imagen, o fenómenos distintos del sonido e imagen.

Edredones

Tipo de tejido, (plano o punto) tipo y cantidad de fibras (algodón, poliéster, lino, seda, etc.), marca, código o referencia.

Electrodomésticos

Tipo de electrodoméstico, marca, modelo, tamaño, estilo, serie, año de fabricación, uso, función, nuevo, usado, refaccionado eléctrico, de gas, cantidad y clase de bultos.

Embarcaciones

Marca, modelo, estilo. Año, tipo de construcción, material, país de fabricación, pies de eslora, manga o puntal, tonelaje de registro bruto y neto, nuevo o usado.

Equipo de cómputo

Marca, modelo, serie, número de parte, descripción del producto, cantidad, precio unitario, clase de bulto y cualquier otra característica de las computadoras.

Equipo de sonido

Marca, modelo, Si pueden o no trabajar con fuente de energía exterior. Completos o desarmados, descripción genérica, Número de serie, Cantidad y Bultos.

Estuche de perfume y crema

Marca, país de fabricación, contenido de cada crema, perfume, Que clase de crema: para manos, para la cara, marca, código o referencia

Estuche para celular

Materia constitutiva, marca código o referencia.

Estuches escolares (regla, lápiz, lapicero, cartuchera, borrador, tajador

Material, marca código o referencia

Fajas de mujer

Material de la faja, que tipo de faja (para la cintura, para hacer contorno), marca, código o referencia

Horno de microondas

Descripción genérica, Marca, modelo, tamaño, nuevo o usado, código o referencia, serie, cantidad y bultos.

Jabones

Marca, Presentación (barra, panes, trozos), gramos de jabón.

Joyería

Material(plata, oro, que tipo de joyería (anillos, cadenas, etc.)

Joyeros

Que tipo de joyero, marca, modelo, material  Descripción detallada

Juguetes

Marca, material,

Juegos

Descripción, marca, tipo de juego

Juego de sábanas

Marca, De punto o no. Nuevas o usadas. Estampadas o no

Juegos de computadora

Marca, modelo, que tipo de juegos, formato del juego

Lámparas

Marca, modelo, tipo de lámpara (fluorescente, ahorradora de energía, decorativa u otras),  voltaje

Lapiceros decorados

Marca, Material, Desechables o no.

Lector para CD

Marca, descripción más amplia. Qué tipo de lector. Es solo lector de música o de datos

Llantas

Marca, modelo, material, Nuevas o usadas, recauchutadas, para que tipo de vehículo (automóviles de turismo, autobuses o camiones, tractores, camión de carga)  Radiales, tipo de flotación

Manos libres /porta celular

Marca, material, Descripción  detallada. Si es un manos libres o un porta celular

Manzanas, uvas, peras,

Nombre del producto, calidad, grado, variedad, calibre o tamaño, tipo de empaque, país de origen y procedencia, tamaño del empaque, color del producto, cantidad según tamaño y precio unitario.

Máquinas y ap. eléctricos y mecánicos

Tamaño, condición (nuevo, usado, refaccionado, otro), modelo, marca, función, potencia, peso total, año de fabricación, número de motor, serie

Micrófono

Marca, modelo, Gama de frecuencia, diámetro, altura, uso

Monederos

Marca, material, tipo de monedero

Motocicletas

Nuevo o usado, Marca, año, modelo, número de marco,  cilindrada, país de procedencia y origen.

Motor

Marca, serie, año de fabricación, potencia, nuevo o usado, es eléctrico. Capacidad, combustible.

Panty Hose

Tipo de tejido, (plano o punto) tipo y cantidad de fibras (algodón, poliéster, lino, seda, etc.), modelo o referencia. Mujer o niña.

Paños

Marca, composición, Tejido de bucles o no. Nuevo o usado. De baño o para lavar

Papas frescas

Tipo y tamaño del empaque, variedad/tipo de tubérculo, calibre o tamaño del producto, calidad, presentación, uso, origen y procedencia, precio unitario, cantidad, peso, precio unitario y total y término de contratación.

Paraguas

Material del paraguas. Tipo de astil o mango.

Parlantes

Montados o no en su caja. Gama de frecuencia, diámetro y uso., nuevo o usado, marca, modelo.

Parlantes para carro

Marca, modelo, montados  o no en su caja. Gama de frecuencia, diámetro y uso

Planta amplificadora

Marca, material, Descripción detallada. Eléctricos de audiofrecuencia o no. Solo para amplificar sonido

Perfumes

Nombre, marca, país de fabricación, contenido, código o referencia

Play Station

Marca, modelo, serie, nuevo, usado, refaccionado

Prendas y complementos de vestir

Tipo de tejido: De punto, de trama y urdimbre, otros. Composición del Tejido: de lana o de pelo fino, fibra artificial, fibra sintética, algodón, otros. Tipo de prenda de vestir: pantalón, camisa, overoll, entre otros. Tipo de usuario: hombres, mujeres, niños, bebés. Condición (nuevo o usado), clase, marca, estilo

Piso cerámico y azulejo.

Calidad (primera, segunda, tercera, cuarta, entre otras), país de origen, país de procedencia, dimensiones del piso cerámico, unidad de medida en la cual fue negociada la compra, precio unitario por unidad de medida, color, INCOTERM, tipo de Mercancía, modelo, cantidad en metros cuadrados y número de cajas. 

Porta-retratos

Material, dimensiones, referencia.

Radio

Marca, modelo, serie, tamaño. Si pueden o no trabajar con fuente de energía exterior. Completos o desarmados

Radio Grabadora

Marca, modelo, serie, tamaño. Si pueden o no trabajar con fuente de energía exterior. Completos o desarmados

Radio para vehículo

Marca, modelo, Si están combinados con grabador o reproductor de sonido, con toca disco.

Rasuradora eléctrica

Marca, material, modelo, eléctrica o no

Refrigeradora

Doméstico o no. Capacidad de litros. Marca, modelo, tamaño, estilo, serie, año de fabricación, nuevo, usado, refaccionado, eléctrico, de gas, descripción genérica, cantidad y bultos.

Relojes

Marca, modelo, serie. Eléctrico o no, material, pulsera, material, para hombre o mujer.

Relojes de pared

Marca, modelo, serie. Eléctrico o no, material

Relojes Quartz

Marca, modelo, serie. Eléctrico o no, material

Repuestos para celular

Marca, Descripción detallada, modelo. Que tipo de repuestos, para que tipo de celular.

Silla

Material, con relleno o no. De comedor

Sillas para armar

Descripción amplia del producto. Tipo de armazón, modelo, marca

Sombrillas

Tipo de astil o mango.

Suiza para brincar

Marca, material, para deporte o de juguete

Teléfono inalámbrico

Marca, modelo, serie, nuevo, usado, reconstruido.

Televisor

Descripción genérica, Marca, modelo, serie, color o Blanco y Negro. Desarmados o sin desarmar. Medida de pantalla diagonal (PULGADAS), Tubo catódico, LGC, etc. Reconstruido o no, cantidad y bultos.

Tenis

Material parte superior. Marca, estilo, referencia, nuevas o usadas.

Tostador

Marca, modelo, serie, tipo de tostador ( de pan, etc.)

Válvulas

Especificar qué tipo de válvula (reductoras de presión, para trasmisiones óleo hidráulicas o neumáticas, grifería, etc., tipo de material (metal común, bronce, plástico, etc., diámetro interior y exterior, tipo de presión

Vehículos

Nuevo o usado, país de origen, Año, modelo, serie, centímetros cúbicos, tipo de combustible, cilindros, tracción. Si es pick ups, camiones cabezales: el peso total con carga máxima, capacidad de carga útil.

Video casetera

Marca, modelo, serie, material, Que tipo de video casetera, de VHS o que formato

Vidrio redondo

Descripción amplia, desbastado, pulido, para celosías o no, etc.

Vinos y licores

Marca, país de origen, tipo de licor, mililitros de alcohol por volumen, tamaño. 

Zapatos de hombres, mujeres y niños

Marca. Material de la suela. Material de la parte superior (capellada). Nuevo o Usado. Para deporte o no, modelo, referencia, género, tipo, estilo, medida.

 

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 85, título Nº 833, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Pococí, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Vega Herrera Johnny Alberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dos días del mes de setiembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MED. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011098952).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 163, título Nº 834, emitido por el Liceo Fernando Volio Jiménez, en el año dos mil diez, a nombre de Cisneros Esquivel Yeilyn Andrea. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciséis días del mes de diciembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011098956).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 27, título Nº 119, emitido por el Colegio ILPPAL, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Leitón Loría Eduardo Andrés. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta y un días del mes de agosto del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011099429).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Bachillerato en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 83, título Nº 1317, y del Título de Técnico Medio en Diseño Gráfico, inscrito en el tomo 2, folio 244, título Nº 4654, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Vocacional de Artes y Oficios, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Sequeira Cerdas Shirley Magaly. Se solicita la reposición de los títulos indicados por deterioro. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los quince días del mes de diciembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011099459).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 111, título Nº 536, emitido por el Colegio Técnico Profesional La Mansión, en el año dos mil cuatro, a nombre de Obando Fajardo Ana Mariela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiséis días del mes de setiembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2011099462).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 70, asiento Nº 10, título Nº 423, emitido por el Colegio Técnico Profesional Carlos Ml. Vicente Castro, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Chacón Chacón Fitzroy. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los doce días del mes de diciembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2011272027.—(IN2011099576).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 91, título Nº 909, emitido por el Liceo Mario Quirós Sasso, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Solera Segura Giovanna. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los cinco días del mes de febrero del dos mil diez.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—RP2011272126.—(IN2011099577).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 124, título Nº 861, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Puriscal en el año dos mil cinco, a nombre de Fonseca Calderón Yansie Carolina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. .—San José, 27 de enero del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(IN2011099762).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 130, título N° 2088, emitido por el Colegio Nocturno Presbro. Enrique Menzel, en el año dos mil ocho, a nombre de Jiménez Madrigal Mayra de los Ángeles. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, quince de diciembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2011271604.—(IN2011098583).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Bachillerato en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 73, título N° 368, y del Título de Técnico Medio en Contabilidad, inscrito en el tomo 2, folio 31, título N° 511, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional José Figueres Ferrer, en el año dos mil dos, a nombre de Arce Cordero Diana. Se solicita la reposición de los títulos indicados por deterioro. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, quince de diciembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2011271606.—(IN2011098584).

CONSEJO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

Y EDUCACIÓN ESPECIAL

En la sesión ordinaria Nº 1008, celebrada el jueves 15 de diciembre 2011, mediante acuerdo firme JD-2179-11, se acordó elegir los cargos de presidencia, vicepresidencia y secretaría de la junta directiva para el periodo 2012, a las siguientes personas:

Presidenta:           Jenny Esquivel Mesén

                    Cédula: 1-672-696

                    Estado civil: viuda

                    Profesión: Analista de Sistemas en Computación

                    Vecina de Alajuela

Vicepresidente:    Carlos Madrigal Jiménez

                    Cédula: 1-487-811

                               Estado civil: casado una vez

                    Profesión: Ingeniero Agrónomo

                    Vecino de Desamparados

Secretaria:             Marcia Acuña Centeno

                    Cédula: 9-065-297

                    Estado civil: casada una vez

                    Profesión: Médico Fisiatra

                    Vecina de Granadilla Norte

Estos nombramientos rigen del 1º de enero al 31 de diciembre del 2012.

Dra. Adriana Retana Salazar, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(IN2011099737).

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DE INVESTIGACIÓN

Y ENSEÑANZA EN NUTRICIÓN Y SALUD

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO

COSTARRICENSE DE INVESTIGACIÓN

Y ENSEÑANZA EN NUTRICIÓN Y SALUD

(INCIENSA)

Con fundamento en lo que establecen el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y el artículo 12, inciso a) del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombramiento en propiedad a Mauricio González Elizondo, cédula de identidad 1-1008-0466, en el puesto 503959 clasificado como Microbiólogo 2, código 511.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de noviembre del 2011.

Tres Ríos, 28 de noviembre del 2011.—Dra. Lissette Navas Alvarado, Directora General.—1 vez.—RP2011270397.—(IN2011096286).

Con fundamento en lo que establecen el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y el artículo 12, inciso a) del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombramiento en propiedad de Hebleen Brenes Porras, cédula de identidad 1-1113-0698, en el puesto 402491 clasificado como Microbiólogo 2, código 511.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de noviembre del 2011.

Tres Ríos, 28 de noviembre del 2011.—Dra. Lissette Navas Alvarado, Directora General.—1 vez.—RP2011270399.—(IN2011096287).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Res. Nº DOS-42-11-2011.—Departamento de Organizaciones Sociales, a las trece horas un minuto del once de noviembre de dos mil once. Diligencia de cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las diez horas treinta y cuatro minutos del treinta y uno de enero de dos mil once, del Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Golfito, en proceso de disolución de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa Autogestionaria de Costureras y Sastres de Ureña R.L., inscrita en este registro mediante resolución C-11101 del 17 de febrero de 1999, que en lo que interesa ordena: “Se dispone la disolución de Cooperativa Autogestionaria de Costureras y Sastres de Ureña R.L., (COOPEUREÑA R.L.) y se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta sentencia”, se resuelve: cancélese el asiento de inscripción de la Cooperativa Autogestionaria de Costureras y Sastres de Ureña R.L., con siglas COOPEUREÑA R.L.—Publíquese.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. Nº 32930.—Solicitud Nº 35941.—C-69830.—(IN2011094937).

Resolución número DOS-25-11-2011.—Departamento de Organizaciones Sociales, a las catorce horas tres minutos del nueve de noviembre de dos mil once. Diligencia de cancelación de asiento de inscripción. Vista la sentencia de las ocho horas del doce de mayo de dos mil once, del Juzgado de Trabajo de Osa, en proceso de disolución de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de la Cooperativa Autogestionaria de Comercialización Agrícola de la Palma de Osa R.L., inscrita en este registro mediante resolución C-1129 del 15 de abril de 1999, que en lo que interesa ordena: “Se dispone la disolución de Cooperativa Autogestionaria de Comercialización Agrícola de la Palma de Osa R.L (COOPEPALMAOSA R.L.) y se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación una vez firme esta sentencia”, se resuelve: cancélese el asiento de inscripción de la Cooperativa Autogestionaria de Comercialización Agrícola de la Palma de Osa R.L., con siglas COOPEPALMAOSA R.L. Publíquese.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—O. C. Nº 32930.—Solicitud Nº 35941.—C-69830.—(IN2011094938).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Marcas de ganado

Nº 2011-2704.—Espinoza Ugalde Daube, cédula de identidad Nº 5-221-722, mayor, casado una vez, funcionario público, con domicilio en Llanuras del Gaspar, Sarapiquí, Heredia, costado oeste de la plaza de fútbol de La Aldea, solicita el registro de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en Heredia, Sarapiquí, Llanuras del Gaspar, La Aldea, un kilómetro al norte de la plaza de deportes. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, a las nueve horas y cincuenta y dos minutos del veinticinco de agosto del 2011.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—RP2011270625.—(IN2011096698).

Cambio de nombre Nº 73902

Que Jorge Sibaja Alfaro, cédula de identidad Nº 1-600-746, en calidad de apoderado especial de Brauerei Beck GMBH & Co. KG., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Brauerei Beck GmbH & Co., por el de Brauerei Beck GMBH & Co. KG., presentada el día 28 de julio de 2011 bajo Expediente Nº 73902. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2001-0005076 Registro Nº 130274 BECK’S en clase 32 marca mixto Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de noviembre del 2011.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—1 vez.—(IN2011096593).

Cambio de Nombre Nº 74568

Que Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 1-908-006, en calidad de Apoderado Especial de Lornamead Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Lornamead Brands Inc., por el de Lornamead Inc., presentada el día 19 de setiembre del 2011 bajo expediente 74568. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-3403203. Registro Nº 34032 AQUA NET en clase 3 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de noviembre del 2011.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—RP2011270635.—(IN2011096758).

Cambio de Nombre Nº 75662

Que Melissa Mora Martin, cédula de identidad 1-1041-825, en calidad de Apoderada Especial de Kemtek S.A.S., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Kemtek Ltda., por el de Kemtek S.A.S., presentada el día 22 de noviembre del 2011  bajo  expediente 75662.  El  nuevo  nombre  afecta  a   las siguientes  marcas:  2002-0001753.  Registro Nº 137842 KEMKOL 99 E.C. en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de noviembre del 2011.—Juan Carlos Sánchez García, Registrador.—1 vez.—RP2011270636.—(IN2011096759).

Cambio de Nombre Nº 74994

Que Melissa Mora Martín, cédula de identidad 1-1041-825, en calidad de Apoderada Especial de Nutrexpa S.L., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Nutrexpa S. A., por el de Nutrexpa S.L., presentada el día 11 de octubre del 2011 bajo expediente 74994. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-5984830 Registro Nº 59848 COLA-CAO en clase 30 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de noviembre del 2011.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—1 vez.—RP2011270638.—(IN2011096760).

Cambio de Nombre Nº 74775

Que Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 1-908-006, en calidad de Apoderado Especial de Lululemon Athletica Canadá Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de, Lululemon Athletica Inc., por el de Lululemon Athletica Canadá Inc., presentada el día 29 de setiembre del 2011 bajo expediente 74775. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2004-0004318. Registro Nº 152058 en clase 25 Marca Figurativa y 2004-0004319. Registro Nº 151917 LULULEMON en clase 25 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de noviembre del 2011.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—1 vez.—RP2011270640.—(IN2011096761).

Cambio de Nombre Nº 74214

Que Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 1-908-006, en calidad de Apoderado Especial de Arteche Lantegi Elkartea S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Arteche Lantegi Elkartea S.L., por el de Arteche Lantegi Elkartea, S. A., presentada el día 24 de agosto del 2011 bajo expediente 74214. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-7687509 Registro Nº 76875 ARTECHE en clase 9 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de noviembre del 2011.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—1 vez.—RP2011270642.—(IN2011096762).

Cambio de Nombre por fusión Nº 74213

Que Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 1-908-006, en calidad de Apoderado Especial de Arteche Lantegi Elkartea S.L., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre por fusión de Ziskua 92 S.L. a favor de Ziskua 92 S. A. de Arteche Lantegi Elkartea S.L. presentada el día 24 de agosto del 2011, bajo expediente 74213. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-7687509 Registro Nº 76875 ARTECHE en clase 9 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de noviembre del 2011.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—1 vez.—RP2011270643.—(IN2011096763).

Cambio de Nombre por fusión Nº 74212

Que Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 1-908-006, en calidad de Apoderado Especial de Arteche Lantegi Elkartea S. L., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de fusión Ziskua 92 SL,  por el Ziskua 92 S. A., y Arteche Lantegi Elkartea, S.L., presentada el día 24 de agosto del 2011 bajo expediente 74212. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-7687509 Registro Nº 76875 ARTECHE en clase 9 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de noviembre del 2011.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—1 vez.—RP2011270645.—(IN2011096764).

Cambio de Nombre Nº 74208

Que Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 1-908-006, en calidad de Apoderado Especial de Ziskua 92, SL, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Ziskua S. A., por el de Ziskua 92, SL., presentada el día 24 de agosto del 2011 bajo expediente 74208. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-7687509 Registro Nº 76875 ARTECHE en clase 9 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de octubre del 2011.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—1 vez.—RP2011270646.—(IN2011096765).

Patentes de invención

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Néstor Morera Víquez, mayor de edad, abogado, con cédula de identidad número: 1-1018-975, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Astrazeneca AB., y Janssen Pharmaceutical Inc., de Suecia y Japón, solicita la Patente de Invención denominada: SALES DE DISACARINA, ÁCIDO DIFUMÁRICO, ÁCIDO DI-1-HIDROXI-2-NAFTOICO Y ÁCIDO MONOBENZOICO DEL 2-(4-((2-AMINO-4-METIL-6-(PENTILAMINO)PIRIMIDIN-5-IL)METIL)FENIL) ACETATO DE 4-(DIMETILAMINO)BUTILO. La invención proporciona sales sales de disacarina, ácido difumárico, ácido di-1-hidroxi-2-naftoico y ácido monobenzoico del 2-(4-((2-amino-4-metil-6-(pentilamino)pirimidin-5-il)metil)fenil) acetato de 4-(dimetilamino)butilo, composiciones farmacéuticas que las contienen y su uso en terapia. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes C07D 239/49 cuyos inventores son Bennett, Nicholas, James, Mcinally, Thomas, Pimm, Austen, Thom, Stephen, Isobe, Yoshiaki. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0611, y fue presentada a las 14:21:10 del 21 de noviembre de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de noviembre del 2011.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2011094893).

El señor Néstor Morera Víquez, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-1018-975, vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de Astrazeneca AB y Dainippon Sumitomo Pharma Co., Ltd. de Suecia y Japón respectivamente, solicita la Patente de Invención denominada NUEVOS DERIVADOS DE PIRIMIDINA Y SUS USOS EN EL TRATAMIENTO DEL CÁNCER Y OTRAS ENFERMEDADES

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La invención se refiere a compuestos de la fórmula (I), donde L1, R1, R2, R3, R4 y X son como se los define en la descripción. La presente invención también se refiere a procesos para la preparación de dichos compuestos, composiciones farmacéuticas que los contienen y su uso en el tratamiento de enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes 2011.01 es C07D 239/49 cuyos inventores son Bennett, Nicholas, James; Mcinally, Thomas; Thom, Stephen. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0610 y fue presentada a las 14:20:50 del 21 de noviembre de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de noviembre del 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2011094894).

El señor Néstor Morera Víquez, mayor de edad, abogado, con cédula de identidad número: 1-1018-975 vecino de San José, en su condición de apoderado especial de ST. Jude Medical Puerto Rico LLC., de Estados Unidos, solicita la Patente de Invención denominada: DISPOSITIVO PARA CIERRE DE PUNCIONES EN TEJIDO CON UN SISTEMA DE COMPACTACIÓN IMPULSADO POR UN CARRETE AUTOMÁTICO ACCIONABLE.

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Un dispositivo para cierre de punciones en tejido incluye un ancla, un tapón sellador, una sutura acoplada al tapón sellador, un dispositivo de compactación y un conjunto de transmisión automática. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes A61B 17/00 cuyo inventor es Terwey, Russell, D. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0575, y fue presentada a las 14:09:40 del 4 de noviembre del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de noviembre de 2011.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2011094895).

El señor Nestor Morera Víquez, cédula Nº 1-1018-975, mayor, abogado, vecino de Heredia, en calidad de apoderado especial de Astrazeneca AB, de Suecia, solicita la Patente de Invención denominada [1,2,4] TRIAZOLO [4,3-B] PIRIDAZINA COMO LIGANDOS DEL RECEPTOR DE ANDRÓGENOS.

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La invención se refiere a compuestos biciclicos de fórmula (I), en donde R1, R2, R3, R4, R5, X1, X2, Y, k, m, n y p son tal y como se definen en la descripción. La presente invención también se refiere a procesos para la preparación de dichos compuestos, composiciones farmacéuticas que los contienen y su uso en el tratamiento de afecciones asociadas con el receptor de andrógenos, en particular el cáncer de próstata. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 487/04, cuyo(s) inventor(es) es(son) Bradbury, Robert, Hugh, Rabow, Alfred, Arthur. La solicitud correspondiente lleva el número 20110593, y fue presentada a las 13:21:10 del 11 de noviembre de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de noviembre del 2011.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2011094896).

El señor Néstor Morera Víquez , mayor, abogado, cédula de identidad número 1-1018-975, vecino de Heredia, en su condición de apoderado especial de Merck Sharp And Dohme Corp, de los Estados Unidos, solicita la Patente de Invención denominada INHIBIDORES DEL CANAL DE POTASIO MEDULAR EXTERNO RENAL.

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Esta invención se refiere a compuestos que tienen la fórmula estructural I y sales farmacéuticamente aceptables de los mismos que son inhibidores del canal de Potasio Medular Externo Renal (ROMK) (Kirl.1). Los compuestos son útiles como diuréticos y natriuréticos y por lo tanto son útiles para la terapia y la profilaxis de trastornos resultantes de una retención de sales y agua excesiva. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes 2011.01 es C07D 307/88 cuyos inventores son Pasternak, Alexander; Shahripour, Aurash; Tang, Haifeng; Teumelsan, Nardos, H; Yang, Lihu; Zhu, Yuping; Walsh, Shawn, P. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0578 y fue presentada a las 13:13:30 del 07 de noviembre de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de noviembre de 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2011094899).

El señor Néstor Morera Víquez, mayor de edad, Abogado, con cédula de identidad número: 1-1018-975 vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Astrazeneca AB., de Suecia, solicita la Patente de Invención denominada: COMPUESTOS 1-CIANOETILHETEROCICLILCARBOXAMID A SUSTITUIDOS 750.

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La presente invención proporciona compuestos de fórmula (I), donde y, m, n, R1, R2 y Q son como se definen en la descripción, un proceso para su preparación, composiciones farmacéuticas que los contienen y su uso en terapia. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes C07D 309/14 cuyos inventores son Ford, Rhonan, Mete, Antonio, Mather, Andrew, Millichip, Ian. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0579, y fue presentada a las 13:14:10 del 07 de noviembre del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de noviembre del 2011.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2011094900).

El señor Manuel E. Peralta Volio, cédula 9-012-480, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Novartis AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS AMINOBUTÍRICOS SUSTITUIDOS COMO INHIBIDORES DE NEPRILISINA.

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La presente invención proporciona un compuesto de la fórmula (I¢); o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo, en donde R1, R2, R3, X y n se definen en la presente. La invención también se refiere a un método para la elaboración de los compuestos de la invención, y a sus usos terapéuticos. La presente invención proporciona además una combinación de agentes farmacológicamente activos y una composición farmacéutica. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07C 233/45, cuyo(s) inventores son Coppola, Gary Mark, Iwaki, Yuki, Karki, Rajeshri Ganesh, Kawanami, Toshio, Ksander, Gary Michael, Mogi, Muneto, Sun, Robert. La solicitud correspondiente lleva el número 20110617, y fue presentada a las 14:17:15 del 22 de noviembre del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de noviembre del 2011.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2011096154).

El señor Federico Ureña Ferrero, mayor de edad, abogado, cédula de identidad número 1-0901-0453, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Chung, Hyunin, de nacionalidad Koreana, solicita de la Patente de Invención denominado LÁMINA PARA FOTOGRAFÍA INTEGRAL POR REFLEXIÓN TOTAL

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La presente invención se relaciona con una lámina tridimensional por reflexión total que utiliza fotografía integral. Más particularmente, la presente invención se relaciona con una lámina tridimensional clara y estética, que incluye un arreglo de lentes formadas en un lado de una lámina de plástico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes 2011.01 es G02B 27/22 cuyo inventor es Chung, Hyunin. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0415, y fue presentada a las 11:06:00 del 05 de agosto del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de noviembre del 2011.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2011270405.—(IN2011096262).

El señor Federico Ureña Ferrero, mayor de edad, abogado, con cédula de identidad número: 1-0901-0453 vecino de San José, en su condición de apoderado especial de SICPA Holding S. A., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada “IDENTIFICACIÓN Y AUTENTICACIÓN USANDO MARCADOS DE MATERIAL DE CRISTAL LÍQUIDO POLIMÉRICO” La presente invención se refiere a un marcado de material de cristal líquido polimérico con unas determinadas características ópticas que permiten su autenticación y lectura mediante una máquina y su autenticación por el ojo humano. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes 2011.01 es C07D 401/12, A61K 31/415, A61P 11/00, A61P 29/00 cuyos inventores son Marguerettaz, Xavier, Gremaud, Frédéric, Commeureuc, Aurélien, Aboutanos, Vickie, Tiller, Thomas, Rozumek, Olivier. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0511, y fue presentada a las 13:52:40 del 29 de setiembre del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de noviembre del 2011.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2011270406.—(IN2011096263).

EL señor Federico Ureña Perrero, mayor de edad, abogado, cédula de identidad número 1-901-453, vecino San José, en su condición de apoderado especial de, Mcalister Technologies, LLC, de Estados Unidos, solicita la Patente de Invención denominada CELDA ELECTROLÍTICA Y MÉTODO DE USO DE ÉSTA. En una modalidad de la presente invención se proporciona una celda electrolítica que comprende un recipiente de contención; un primer electrodo; un segundo electrodo; una fuente de corriente eléctrica en comunicación eléctrica con el primer electrodo y el segundo electrodo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes 2011.01 es C25B 1/00 cuyo inventor es Mcalister, Roy, E. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0489, y fue presentada a las 14:02:20 del 16 de setiembre del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de noviembre del 2011.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2011270407.—(IN2011096264).

El señor Federico Ureña Ferrero, mayor, abogado, cédula número 1-901-0453, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial de Mcalister Technologies, LLC, con domicilio en los Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada APARATO Y MÉTODO PARA CONTROLAR LA NUCLEACIÓN DURANTE LA ELECTRÓLISIS.

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En una modalidad de la presente invención se proporciona una celda electrolítica que comprende: un recipiente de contención; un primer electrodo; un segundo electrodo; una fuente de corriente eléctrica en comunicación eléctrica con el primer electrodo y el segundo electrodo; un electrolito en comunicación continua con el primer electrodo y el segundo electrodo; un gas, en donde el gas se forma durante la electrólisis en, o cerca del primer electrodo; y un separador; en donde el primer electrodo se configura para controlar el lugar de la nucleación del gas al separar sustancialmente el lugar de la transferencia de electrones y la nucleación. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011-01 es H01M 8/16, cuyo (s) inventor es Roy E. Mcalister. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0488 y fue presentada a las 14:01:15 del 16 de setiembre del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de noviembre del 2011.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2011270408.—(IN2011096265).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Néstor Morera Víquez, mayor de edad, abogado, cédula de identidad número 1-679-960, vecino Heredia, en su condición de apoderado especial de Merck Sharp & Dohme Corp y Merck Canada Ltd, de Estados Unidos, y Canadá solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE INDOL COMO ANTAGONISTAS DEL RECEPTOR CRTH2. La presente invención proporciona nuevos compuestos que son antagonistas del receptor CRTH2. Los compuestos de la presente invención son útiles para el tratamiento de diversas enfermedades y transtornos mediados por prostaglandinas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes 2011.01 es C07D 403/04 cuyos inventores son Berthelette, Carl, Boyd, Michael, Colucci, John, Villeneuve, Karine, y Methot, Joey. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0455, y fue presentada a las 13:55:18 del 24 de agosto de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en ‘un periódico de circulación nacional.—San José, 13 de octubre del 2011.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2011094898).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Federico Ureña Ferrero, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-901-453, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Mcalister Technologies, LLC de los Estados Unidos, solicita la Patente de Invención denominada “APARATO Y MÉTODO PARA LA CAPTURA DE GAS DURANTE LA ELECTRÓLISIS”.

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En una modalidad de la presente invención se proporciona una celda electrolítica que comprende un recipiente de contención configurado para la presurización; un primer electrodo; un segundo electrodo; una fuente de corriente eléctrica en comunicación eléctrica con el primer electrodo y el segundo electrodo; un electrolito en comunicación continua con el primer electrodo y el segundo electrodo; un primer gas, en donde el primer gas se forma durante la electrólisis en o cerca del primer electrodo; un segundo gas, en donde el segundo gas se forma durante la electrólisis en o cerca del segundo electrodo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes 2011.01 es C25B 1/00 cuyos inventores son Mcalister, Roy, E. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0490 y fue presentada a las 14:03:30 del 16 de setiembre del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de noviembre del 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2011270409.—(IN2011096266).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Mujeres Unidas de Buenos Aires, con domicilio en la provincia de Puntarenas, cuyos fines entre otros serán los siguientes: contribuir con el desarrollo del cantón por medio de la capacitación de las mujeres del cantón de Buenos Aires, involucrándolas en cursos, talleres. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la Presidenta Miriam Agricelda Jiménez Arauz. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo, 2011 asiento 292794).—Curridabat, 2 de noviembre del 2011.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011270308.—(IN2011096267).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Centroamericana de Sociología ACAS, con domicilio en la provincia de San José, Barrio México, Urbanización Florida Norte, Apartamentos “Verde y Amarillo”, número tres. Cuyos fines principales, entre otros, son los siguientes: Promover la integración de los y las profesionales y estudiantes de Centroamérica en Sociología, la protección y defensa de sus intereses, el favorecimiento del intercambio entre sus miembros y el fortalecimiento de los lazos solidarios y de amistad. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la Presidenta: Nora Garita Bonilla. El vicepresidente sustituirá al Presidente en sus ausencias temporales, con iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2011, asiento: 160900, adicional tomo: 2011, asiento: 327133).—Curridabat, 6 de diciembre del 2011.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011270437.—(IN2011096268).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana de las Asambleas de Dios Manantial Abierto, con domicilio en la provincia de Alajuela; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: propagación de la fe cristiana con base en la doctrina de Jesucristo. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Víctor Julio Méndez Arce. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2011 asientos: 277653, 314059, 328495.—Curridabat, 29 de noviembre del 2011.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Directora a. í.—1 vez.—RP2011271476.—(IN2011096269).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

AVISO

La Dirección Nacional de Notariado, hace saber que ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial de la Licenciada Xiomara María Villegas Badilla, cédula de identidad 1-0731-0477, carné profesional 16967, por lo que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección, dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente 11-000980-0624-NO.—San José, 6 de noviembre del 2011.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2011096544).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 14402P.—Los Sueños de Ochun SRL, solicita concesión de: 1,5 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de Los Sueños de Ochun SRL., en Cóbano, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 181.242/417.557 hoja Cabuya. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 1º de diciembre del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011094906).

Exp. 6014A.—Semillas de Costa Rica S. A., solicita aumento de concesión para época seca con un embalse en cantidad de: 50 litros por segundo del Río Nimboyores, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cartagena, Santa Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario - riego - caña. Coordenadas 255.700 / 351.400 hoja Diriá. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de diciembre del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011094958).

Exp. 9845A.—Compañía de Servicios Generales Los Sueños Limitada, solicita concesión de: 24 litros por segundo de la Quebrada Puente, efectuando la captación en finca de Corporación Privada de Inversiones (CPI) S. A., en Jacó, Garabito, Puntarenas, para uso agropecuario-riego-pasto. Coordenadas 182.125/464.900 hoja Herradura. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de diciembre de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011094963).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 14981.—Sociedad de Usuarios de Agua Cedral Las Ventanas, solicita concesión de: 21,6 litros por segundo de Quebrada Piedras Negras, efectuando la captación en finca de Harold Wahrmann Brenes, en Unión, Montes de Oro, Puntarenas, para uso agropecuario-riego. Coordenadas 242.540 / 462.370 hoja San Lorenzo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de diciembre de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011270338.—(IN2011096280).

Exp. 14951A.—Pedro Gil Hernández solicita concesión de: 8,6 litros por segundo de la Quebrada Los Congos, efectuando la captación en finca de el mismo en Bagaces, Bagaces, Guanacaste, para uso agropecuario-riego. Coordenadas 276.400 / 385.500 hoja Tempisque. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de noviembre de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011270491.—(IN2011096281).

PODER JUDICIAL

ACUERDOS

LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL,

ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los montos señalados en los Acuerdos de Pago numerados del 1867-2011 al 1961-2011, por la suma líquida de ¢2.100.662.675,08; para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargo a las respectivas partidas del presupuesto. El detalle de dichos pagos puede ser consultado en la siguiente dirección electrónica:

http://www.poder-judicial.go.cr/fico/Publicacion_acuerdos_de_pago.html.

San José, 15 de noviembre del 2011.—Proceso de Tesorería.—M.B.A. Carlos Ml. Hidalgo Vargas, Jefe.—Dirección Ejecutiva.—M.B.A. Ana Eugenia Romero Jenkins, Subdirectora.—1 vez.—O. C. Nº 2011-012288.—C-8950.—(IN2011094986).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

RESOLUCIONES

Nº 7989-M-2011.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las nueve horas, diez minutos del siete de diciembre de dos mil once. Expediente Nº 488-Z-2011.

Diligencias de cancelación de credencial de concejal propietario del distrito Los Guido, cantón Desamparados, provincia San José, que ostenta el señor José Manuel Ávalos Barrantes.

Resultando:

1º—Por oficio Nº S.G.-591-72-2011 presentado ante la Secretaría de este Tribunal el 29 de noviembre de 2011, el señor Mario Vindas Navarro, Coordinador de la Secretaría General, transcribe el acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de Desamparados en la sesión ordinaria Nº 72-2011 celebrada el 22 de noviembre de 2011, por intermedio del cual ese Órgano Deliberativo conoció y aceptó la renuncia del señor José Manuel Ávalos Barrantes a su cargo como concejal propietario del distrito Los Guido, cantón Desamparados, provincia San José (folios 1-2).

2º—En el procedimiento no se notan defectos que causen nulidad o indefensión.

Redacta el Magistrado Casafont Odor; y,

Considerando:

I.—Hechos probados: Para la resolución del presente asunto se tienen por acreditados los siguientes: 1) que el señor José Manuel Ávalos Barrantes fue electo concejal propietario del distrito Los Guido, cantón Desamparados, según consta en la “Declaratoria de Elección de síndicos propietarios y suplentes y miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Desamparados de la provincia de San José, para el período legal que se iniciará el siete de febrero del dos mil once y que concluirá el treinta de abril de dos mil dieciséis.” (resolución Nº 0246-E11-2011, folios 3-12); 2) que el señor José Manuel Ávalos Barrantes fue propuesto por el partido Liberación Nacional (nómina de candidatos a folio 14); 3) que el señor José Manuel Ávalos Barrantes renunció a su cargo de concejal propietario en el distrito Los Guido, cantón Desamparados (folio 2); 4) que el Concejo Municipal de Desamparados, en la sesión ordinaria Nº 72-2011, celebrada el 22 de noviembre de 2011, conoció y aceptó la renuncia del señor José Manuel Ávalos Barrantes al cargo de concejal propietario del distrito Los Guido (folios 1-2); 5) que la candidata a concejal propietaria del distrito Los Guido, cantón Desamparados, que sigue en la nómina del partido Liberación Nacional, que no resultó electa ni ha sido designada por este Tribunal para desempeñar dicho cargo, es la señora Irene Román Alan (folios 12-14).

II.—Sobre la renuncia presentada: El artículo 56 del Código Municipal regula el tema de la renuncia de los concejales de distrito, estableciendo que:

“Para ser miembro de un Concejo de Distrito se deben reunir los mismos requisitos señalados en el artículo 22 del código para ser regidor municipal, excepto el referente a la vecindad que, en este caso, deberá ser el distrito correspondiente. En cualquier momento, los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a sus cargos; en tal caso, corresponderá al Tribunal Supremo de Elecciones reponer a los propietarios cesantes en el cargo (…).” (el subrayado no es del original).

Al haberse acreditado en el expediente que el señor José Manuel Ávalos Barrantes, en su condición de concejal propietario del distrito Los Guido, cantón Desamparados, renunció voluntariamente a su cargo y que su dimisión fue conocida por el concejo de esa municipalidad, lo procedente es cancelar su credencial y llenar la vacante conforme corresponda.

III.—Examen de fondo: 1) Sobre la sustitución de los concejales propietarios que establece el Código Electoral vigente. Este Tribunal, en virtud de la promulgación del actual Código Electoral, analizó el cambio en las reglas de sustitución de los regidores y concejales municipales. Así, en la resolución Nº 4549-M-2010 de las 13:40 horas del 22 de junio de 2010, concluyó:

“(…) el actual Código Electoral, en su artículo 208, establece nuevas reglas para la sustitución de los regidores y concejales de distrito, de forma tal que respecto de los regidores éstas aplican para los electos en las pasadas elecciones de febrero del 2010 y subsiguientes, en tanto que para los concejales se aplicarán respecto de aquellos que resulten electos en las próximas elecciones de diciembre del 2010 y subsiguientes. En efecto, de conformidad con el numeral 208, párrafo segundo, del Código Electoral, el Tribunal Supremo de Elecciones “dispondrá la sustitución llamando a ejercer el cargo, por el resto del período constitucional, a quien en la misma lista obtuvo más votos o a quien siga en la misma lista, según corresponda”. En consecuencia, para la sustitución de dichos funcionarios municipales de elección popular, este Tribunal sustituirá a los propietarios que deban abandonar sus funciones, con los candidatos de la misma naturaleza (regidores o concejales, según corresponda) que sigan en la lista del partido político del funcionario saliente.

Ahora bien, este Tribunal interpreta que solo en caso de que la lista de candidatos a propietarios se agote (sea porque todos resultaron electos o bien porque los que no lo habían sido fueron designados por este Tribunal para sustituir a propietarios y aún sea necesario realizar otra sustitución), la vacante de propietario se llenará con el primer candidato a suplente (regidor o concejal, según se trate) que resultó electo como tal, debiendo, a su vez, llenarse el vacío que deja ese suplente -ahora convertido en propietario- con el primer candidato a suplente que no haya resultado electo ni haya sido designado por este Tribunal para ocupar esa plaza quien, en este caso, pasará a ocupar el último puesto de los suplentes del partido correspondiente.”

En cuanto a la sustitución de los concejales suplentes, el actual Código Electoral no modifica o deroga tácitamente la regla dispuesta en el artículo 25 inciso d) del Código Municipal aplicable a la reposición de estos funcionarios.

2) Sobre la sustitución del concejal propietario José Manuel Ávalos Barrantes: Al cancelarse la credencial del señor José Manuel Ávalos Barrantes se produce, de entre los concejales propietarios del partido Liberación Nacional en el Concejo de Distrito Los Guido, cantón Desamparados, provincia San José, una vacante que es necesario suplir conforme lo establece el párrafo segundo del artículo 208 del Código Electoral: “(… ) llamando a ejercer el cargo, por el resto del período constitucional, a quien (…) siga en la misma lista, según corresponda”.

Así las cosas, ante la renuncia que se conoce se llama, para ejercer el cargo de concejal propietario, al candidato que sigue en la nómina de concejales propietarios del partido Liberación Nacional, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal. Para la respectiva sustitución, en orden a que se pueda constituir en debida forma el Concejo de Distrito Los Guido en el cantón Desamparados, de la provincia San José, se designa como concejal propietaria a la señora Irene Román Alan, quien ocupará el último lugar entre los concejales propietarios del citado partido, para lo cual deberá ser juramentada en tal condición a efecto de que integre el órgano de interés a la brevedad posible. Por tanto,

Se cancela la credencial de concejal propietario del distrito Los Guido, cantón Desamparados, provincia San José, que ostenta el señor José Manuel Ávalos Barrantes. Para reponer la vacante que se produce con la anterior cancelación se designa a la señora Irene Román Alan como concejal propietaria, quien ocupará el último lugar entre los concejales propietarios del citado partido. La presente designación rige a partir de la juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil dieciséis, fecha en que finaliza el presente período legal. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese a las partes en el Concejo Municipal de Desamparados.—Max Alberto Esquivel Faerron.—Juan Antonio Casafont Odor.—Mario Seing Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 13589.—Solicitud Nº 3592-11.—C-101400.—(IN20110098955).

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por, Johel Ricardo Garita Vargas, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2308-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas cinco minutos del treinta de setiembre del dos mil once. Exp. Nº 12484-2011. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados..., II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo...; Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Daniel Eduardo Garita Fonseca y Marcelo Ignacio Garita Fonseca, en el sentido que el nombre del padre... es “Johel Ricardo”.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—1 vez.—(IN2011096417).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ángela Cundano Cadrano, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2987-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas cuarenta minutos del once de noviembre del dos mil once. Exp. Nº 36723-2011. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de José Manuel Orozco Cundano..., en el sentido que el nombre y segundo apellido de la madre... son “Ángela” y “Cadrano” respectivamente.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—1 vez.—(IN2011096471).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ángela Cundano Cadrano, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2311-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas veinte minutos del dieciocho de agosto del dos mil seis. Ocurso. Exp. Nº 07192-2006. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Paola María Acosta Cadrano, en el sentido que el nombre y apellidos de la madre son “Ángela Cundano Cadrano” y no como se consignaron. Notifíquese.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2011096472).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por José Roberto Jiménez Sobalbarro, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución 2902-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las trece horas del siete de noviembre del dos mil once. Ocurso. Exp. Nº 33893-2011. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de José Roberto Jiménez Sobalbarro con Mercedes del Carmen Rodríguez no indica otro apellido..., en el sentido que el apellido de la cónyuge es “Marquina no indica segundo apellido” y no como se consignó.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—1 vez.—(IN2011096546).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Germán Ariel Castro Dávila, mayor, soltero, asistente de auditoría, nicaragüense, cédula de residencia N° 155806141710, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.2838-2010.—San José, once de noviembre de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2011270320.—(IN2011096276).

Jéssika de los Angeles Tapia Manzanarez, mayor, casada, soportista técnica, nicaragüense, cédula de residencia 155804376736, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.3014-2010.—San José, veintinueve de noviembre de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2011270374.—(IN2011096277).

Gladys Esperanza Pulido Urrea, mayor, viuda, comerciante, colombiana, pasaporte N° CC 35498103, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 4576-2011.—San José, seis de diciembre de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2011270484.—(IN2011096278).

Santos Marlene López Soza, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 270-138861-074458, vecina de Limón, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 4740-2008.—San José, veinticuatro de junio de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2011270508.—(IN2011096279).

Mario José Meléndez Gazo, mayor, soltero, técnico medio en informática con énfasis en soporte técnico, nicaragüense, cédula de residencia 155814626424, vecino de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 4720-2011.—San José, nueve de diciembre de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2011096510).

Mario José Meléndez Gazo, mayor, soltero, técnico medio en informática con énfasis en soporte técnico, nicaragüense, cédula de residencia 155814626424, vecino de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 4720-2011.—San José, nueve de diciembre de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2011096510).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL NACIONAL PSIQUIÁTRICO

ÁREA DE GESTIÓN BIENES Y SERVICIOS

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000001-2304

Sustitución subestación eléctrica baja tensión

(materiales y mano de obra especializada)

Se informa a los interesados que se encuentra disponible el cartel para Licitación Abreviada 2012LA-000001-2304 por concepto de:

Ítem único: Sustitución subestación eléctrica baja tensión (materiales y mano de obra especializada).

Fecha de visita al sitio del proyecto: 17 enero 2012 al ser las 10:00 a.m.

Fecha apertura: 2 febrero 2012 al ser las 10:00 a.m.

Ver detalles en: http://www.ccss.sa.cr.

San José, 5 de enero del 2012.—Lic. Meriam Retana Vega, Jefa.—1 vez.—(IN2012000543).

INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA 2012LN-000001-01

Precalificación de talleres para efectuar las reparaciones

de la flotilla vehicular del ICAFE en su

sede central y sedes regionales

La Unidad de Contratación Administrativa del Instituto del Café de Costa Rica invita a todos los interesados a participar en el siguiente concurso:

Concurso: 2012LN-000001-01. Fecha de apertura: 03-02-2012 Hora: 10:00 a. m. “Precalificación de talleres para efectuar las reparaciones de la flotilla vehicular del ICAFE en su sede central y sedes regionales”.

El cartel completo que rige esta contratación , se encuentra disponible en la Unidad de Contratación Administrativa, piso 3, oficinas centrales ICAFE, San José, Costa Rica, calle 1°, avenidas 18 y 20, de igual forma podrán solicitarlo a la dirección electrónica ngonzalez@icafe.cr Horario de atención al público: de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.

Unidad de Contratación Administrativa.—Lic. Carlos Sandoval Torres, Jefe.—1 vez.—(IN2012000548).

ADJUDICACIONES

SALUD

UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000027-UPIMS

Alquiler de inmueble para albergar

al Área Rectora de Salud de Mora-Palmichal

El Consejo Técnico de Asistencia Médico Social (CTAMS) con fondos del Fideicomiso 872, comunica que por Resolución Nº 0001-2012 de las 15:00 horas del 05 de enero del 2012, se adjudicó de la siguiente manera:

Propiedad SJ-0009633-1975 de María Cristina Artavia Alpízar, cédula de identidad 1-0370-0596 representada por el señor Álvaro Artavia Alpízar cédula de identidad 1-0370-0586. Oferta Nº 1.

Línea única: Alquiler de inmueble para albergar al Área Rectora de Salud de Mora-Palmichal, por un período de 1 año, prorrogable por períodos iguales hasta un máximo de 48 meses.

Monto adjudicado: quinientos cincuenta mil colones exactos (¢550.000,00) mensual.

San José, 5 de enero del 2012.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional—1 vez.—(IN2012000643).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000017-2101

(Notificación declaratoria de infructuoso)

Mejoras paliativas al Área de Soporte Nutricional

en la Farmacia Central Edificio Torre Norte

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. R. A. Calderón Guardia, le comunica a los interesados en este concurso, que la Dirección Administrativa Financiera del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, procedió a declarar infructuosa la Licitación Abreviada 2011LA-000017-2101.

Para mayor información Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr. Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.

6 de enero del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2012000628).

LICITACIÓN NACIONAL Nº 2011LA-000021-2101

Abarrotes varios

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael A. Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este concurso, que se resuelve adjudicar el mismo de la siguiente manera:

Empresa adjudicada: Industrial de Oleaginosas Americanas S.A.

Items adjudicados: 1

Monto total aproximado: (¢11.141.500,80).

Tiempo de entrega: según demanda, se realiza la primera entrega en 5 días hábiles, para tal efecto la despensa de víveres comunicará al menos con dos días de anticipación la solicitud de alimentos.

Esta compra tiene una vigencia de un año, con posibilidad de prórroga hasta por tres periodos iguales, si con al menos 60 días naturales de anticipación la Administración no comunica su deseo de darlo por terminado.

Se adjudican precios unitarios por ser bajo la modalidad de entrega según demanda, por lo que las cantidades pueden aumentar o disminuir ya que no hay un monto ni cantidad fija.

Se declaran infructuosos los ítems 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10 y 11. Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.

6 de enero del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2012000629).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000019-2101

Recolección transporte y tratamiento de material de

desecho ordinario para ser tratado industrialmente

para su nueva utilización bajo el sistema

de procedimiento de canje

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael A. Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este concurso, que se resuelve adjudicar el mismo de la siguiente manera:

Empresa adjudicada: Recicladora La Calma S. A.

Items adjudicados: 1

Frecuencia de carga y recolección: La empresa debe efectuar la recolección mínimo dos veces a la semana (martes y viernes) la recolección de los materiales recuperables.

Al ser esta una compra bajo la modalidad de canje, no se indican montos totales, pero sí se indica el costo unitario por kilogramo de cada tipo de material recuperable a ser tratado (visible en acta de adjudicación folios 000144 al 00146 del expediente administrativo). Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.

6 de enero del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a.í.—1 vez.—(IN2012000630).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE COTO BRUS

LICITACIÓN PÚBLICA 2011LN-000002

Compra de terreno como plan estratégico de desarrollo

cantonal en el distrito de Agua Buena

La Municipalidad de Coto Brus, a través del Departamento de Proveeduría informa que la Licitación Pública 2011LN-000002-01 “Compra de terreno como plan estratégico de desarrollo cantonal en el distrito de Agua Buena”. Fue adjudicado Arali Sociedad Anónima, Para cualquier información al e-mail: municotobrus.proveeduria@gmail.com, en el Departamento de la Proveeduría Municipal, Ligia Naranjo Delgado, al teléfono 2773-33-21.

San Vito, 14 de noviembre del 2011.—Proveeduría Municipal.—Ligia Naranjo Delgado.—1 vez.—(IN2012000641).

FE DE ERRATAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL Y ÁREA DE SALUD UPALA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000002-2504

Suministro de carnes

Se le comunica a los interesados en el concurso en referencia, cuya invitación a participar se publicó en el Diario Oficial La Gaceta N° 4 del cinco de enero del 2012, que la fecha límite para la apertura y recepción de ofertas se traslada para el día jueves 2 de febrero del 2012 a las 11:00 horas.

Lo anterior por error material, las demás condiciones del cartel permanecen invariables. Se informa que las modificaciones que se realicen estarán disponibles en la página Web http://www.ccss.sa.cr, ruta de acceso “Transparencia” enlace “Licitaciones”; y/o expediente de licitación.

Upala, Alajuela, 5 de enero del 2012.—Dirección General.—Dr. Luis Diego Murillo Núñez, Director a.c.—1 vez.—(IN2012000530).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2011LA-000001-2504

Suministro de lácteos y derivados

Se le comunica a los interesados en el concurso en referencia, cuya invitación a participar se publicó en el Diario Oficial La Gaceta N° 4 del cinco de enero del 2012, que la fecha límite para la apertura y recepción de ofertas se traslada para el día jueves 2 de febrero del 2012 a las 9:00 horas.

Lo anterior por error material, las demás condiciones del cartel permanecen invariables. Se informa que las modificaciones que se realicen estarán disponibles en la página Web http://www.ccss.sa.cr, ruta de acceso “Transparencia” enlace “Licitaciones”; y/o expediente de licitación.

Upala, Alajuela, 5 de enero del 2012.—Dirección General.—Dr. Luis Diego Murillo Núñez, Director a.c.—1 vez.—(IN2012000531).

HOSPITAL DR. ENRIQUE BALTODANO BRICEÑO

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2011LN-000001-2502

Suministro de verduras, frutas y legumbres

Se informa a los interesados que en la publicación N° 238 de fecha del 12 de diciembre del 2011, por un error material en el acto de adjudicación N° HEBB-DAF-586-12-2011, ítem 74 del producto manzana, se consignó la unidad de medida kilogramo (KG), siendo lo correcto unidades (UD). Se hace la corrección con oficio N° HEBB-DAF-604-12-2011. Ver detalles en: http:/www.ccss.sa.cr.

Liberia, 27 de diciembre de 2011.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Óscar Sánchez Fuentes, Jefe a. í., Coordinador Subárea de Contratación—1 vez.—(IN2012000546).

REGLAMENTOS

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

De conformidad con lo establecido en el artículo 162, inciso c) de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, la Junta Directiva dicta el siguiente reglamento interno:

REGLAMENTO PARA EL EJERCICIO

DEL NOTARIADO INSTITUCIONAL

Artículo 1º—De las definiciones. Para efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

INFOCOOP: Es la abreviación de Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.

Junta Directiva: Junta Directiva del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.

Financiamiento: Es el área encargada de la recepción, análisis, tramitación y formalización de las solicitudes de crédito provenientes de las cooperativas, así como el velar por la debida aplicación del presente Reglamento y aplicar las sanciones.

Proveeduría: La Proveeduría del INFOCOOP es la encargada de la subasta pública de los bienes muebles e inmuebles, adquiridos mediante adjudicación judicial o dación de pago y del debido traspaso de dichos bienes a terceros.

Formalizador-Financiamiento: Es el funcionario público designado por Financiamiento para atender los requerimientos de la formalización de los créditos.

Notariado: Es la función pública en la cual el notario institucional asesora a las partes en la correcta formación legal de su voluntad en los actos o contratos jurídicos y da fe de la existencia de los hechos que ocurran ante él.

Dirección Nacional de Notariado: Es el órgano encargado de regular la materia notarial, y de establecer los actos notariales para los cuales está facultado el Notario Institucional.

Notario Institucional: También denominado de planta, o notario en régimen de empleo público. Es el profesional en Derecho contratado por la Administración Pública para prestar sus servicios notariales, bajo una remuneración salarial, con dedicación exclusiva y sujeto al régimen de empleo público, y que tiene como prohibiciones el ejercicio privado de la función notarial y el cobro de honorarios al Estado y a cualquier particular por la prestación de estos servicios, pues su remuneración se da mediante el salario percibido.

Función Notarial: Todo acto notarial: Actos Notariales autorizados por el Notario Institucional: Son todos aquellos actos notariales necesarios en el proceso de formalización y registro ante el Registro Nacional de la Propiedad, de todas las garantías que le otorgan las cooperativas, como producto del otorgamiento de créditos y otros actos, únicamente puede actuar en aquellos documentos en que sea parte el INFOCOOP, ejerciendo, dentro de ese marco, las funciones notariales a que se refiere concretamente el artículo 34 del Código Notarial.

Gastos Legales: Toda suma de dinero correspondiente a los costos de los actos notariales, tales como impuestos, especies fiscales y derechos de registro, entre otros.

Artículo 2º—Objeto. El presente Reglamento tiene por objeto regular el ejercicio del notariado institucional.

El Servicio de Notariado comprenderá la ejecución de todos aquellos actos notariales que requiera el INFOCOOP de conformidad con lo establecido en el Código Notarial y el presente Reglamento, el Reglamento General de Crédito y los Lineamientos para el ejercicio y control del notariado institucional, y de aquellos actos que no requieran ser formalizados ante la Notaria del Estado, según lo establecido en el artículo 3º, inciso c de la Ley Nº 6815 del 27 de setiembre de 1982, Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y el Decreto Ejecutivo N° 14935-J del 20 de octubre de 1983, reformado por el Decreto Ejecutivo N° 15371-J del 10 de abril de 1984 Otorgamiento de Escrituras ante Notaría del Estado.

Artículo 3º—Tareas generales del Notario Institucional. En lo que concierne a la labor notarial del INFOCOOP, corresponde al Notario Institucional ejecutar sus tareas con eficacia, eficiencia, ética profesional y en estricto orden de asignación de las labores, con total observancia de los lineamientos, reglamentos y procedimientos que emitan la Dirección Nacional de Notariado y el INFOCOOP.

Artículo 4º—Suministro de información general al notario institucional. Cada departamento, según corresponda le proporcionará oportunamente al Notario Institucional copia de los documentos necesarios para la confección y otorgamiento de los instrumentos notariales y que el notario institucional estime necesarios para el buen desempeño de la labor, los cuales quedarán en poder de dicho funcionario y deberán conservarse en el protocolo de referencias, según dispone el artículo 47 del Código Notarial.

Artículo 5º—De la aplicación del reglamento. La Dirección Ejecutiva, la Subdirección Ejecutiva, Financiamiento, Administrativo Financiero y las demás dependencias del INFOCOOP, según corresponda velarán por la aplicación de las disposiciones contenidas en este Reglamento.

Artículo 6º—Deberes del notario institucional. Son deberes del Notario Institucional:

a.  Cumplir con todos los requisitos sustanciales y formales impuestos por las leyes, reglamentos, resoluciones y directrices aplicables, en la función notarial que desempeñe.

b.  Ejecutar su labor dentro de los plazos y condiciones estipulados.

c.  Brindar asesoría jurídico-notarial en los casos que se le asignen.

d.  Realizar estudios regístrales de los bienes ofrecidos en garantía y de las personas jurídicas participantes.

e.  Llevar a cabo el acto notarial en el día y hora convenidos.

f.   Confeccionar y tramitar las escrituras públicas adicionales, complementarias o reproducciones que fueren necesarias para la inscripción de la escritura principal.

g.  Rendir los informes correspondientes y todos aquellos que le soliciten los funcionarios de INFOCOOP en el desempeño de su labor.

h.  Informar de sus ausencias temporales, con la debida antelación y por escrito, a Financiamiento y al funcionario con quien está coordinando el trabajo pendiente.

i.   Presentar Informe semestral de Sobrantes en Pagos de Gastos de Inscripción y sus respectivas devoluciones.

Artículo 7º—De la responsabilidad del notario institucional. El Notario Institucional, responderá de cualquier daño, pérdida y perjuicio que ocasione por acción u omisión, tanto al INFOCOOP como a sus clientes o terceros. Lo anterior incluye la presentación inoportuna de una escritura o sus errores y defectos no subsanables, atribuibles al Notario.

Artículo 8º—La asignación de las labores notariales.

a.  Corresponde al Gerente de Financiamiento, asignar las escrituras y demás actos notariales que correspondan a la formalización de operaciones de crédito.

b.  Corresponde a la Subdirección Ejecutiva, asignar las escrituras y demás actos notariales que no correspondan a la formalización de operaciones de crédito.

c.  Tratándose de actos o contratos que deban ser formalizados ante la Notaría del Estado, a solicitud de la Subdirección Ejecutiva, el Notario Institucional se encargará de confeccionar el expediente respectivo así como el borrador o proyecto de escritura del acto o contrato y coordinar lo que corresponda ante dicha Notaría.

Artículo 9º—De la ausencia temporal del Notario Institucional: Cuando por vacaciones, incapacidad, licencia o permiso temporal se ausente el Notario Institucional nombrado por el INFOCOOP, la Dirección Ejecutiva autorizará a uno de los Asesores Legales de la Institución para que realice las funciones notariales dado la ausencia del Notario Institucional. Asimismo, el Asesor Legal seleccionado por la Dirección Ejecutiva para sustituir al Notario Institucional, deberá realizar todas las gestiones necesarias ante la Dirección Nacional de Notariado y demás Instituciones para su habilitación.

Cuando por incapacidad, el Notario Institucional y del Asesor Legal seleccionado por la Dirección Ejecutiva para sustituir al Notario Institucional, se ausenten de manera temporal del INFOCOOP, se faculta a la Subdirección Ejecutiva para que mediante procedimiento de situaciones imprevisibles contemplado en el artículo 131, inciso K del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se contraten los servicios de notariado necesarios, para lo cual se utilizará el listado de los notarios que estén debidamente inscritos en el Registro de Proveedores del INFOCOOP y deberá la Cooperativa interesada cancelar el monto correspondiente a gastos y honorarios en caso de actos o contratos que sirvan para la formalización de créditos y en caso de actos propios y requeridos por el INFOCOOP, le corresponderá a este el pago de los gastos y honorarios.

Artículo 10.—Excusa del Notario Institucional: El Notario Institucional deberá excusarse de atender la dirección de cualquier proceso judicial, cuando tenga vínculos de parentesco o prohibición por afinidad, consanguinidad o cualquier otra causa que le genere un conflicto de intereses con alguno de los comparecientes en cualquier instrumento notarial. Esta situación será comunicada por escrito, de forma inmediata al Gerente de Financiamiento, quien aplicará el procedimiento de contratación administrativa indicado en artículo 8º del presente Reglamento.

Artículo 11.—Interpretación y modificaciones. Corresponde a la Junta Directiva interpretar, reformar y derogar el presente Reglamento.

Artículo 12.—Derogatoria de otras disposiciones. El presente Reglamento deroga el Reglamento para el Servicio de Notariado, según Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la Institución, en la sesión ordinaria 3.674, artículo segundo, inciso 3.12), celebrada el 10 de octubre del 2007. Así como cualquier otra norma reglamentaria del INFOCOOP que se le oponga.

TRANSITORIO.—El Reglamento para el Ejercicio del Notariado Institucional aplicará para todos los casos no resueltos al momento de entrar en vigencia.

Rige a partir de su publicación.

El presente Reglamento para el Ejercicio del Notariado Institucional fue aprobado en la sesión de Junta Directiva número 3851, en el artículo 2, inciso 3.10 del 28 de noviembre del 2011.

San José, 13 de diciembre del 2011.—Administrativo Financiero.—Lic. Eliécer Ureña Quirós, Gerente.—1 vez.—O. C. Nº 32957.—Solicitud Nº 35943.—C-157540.—(IN2011098198).

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO

ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO

La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico de Cartago, comunica, que en artículo Nº 2, de la sesión ordinaria Nº 4.619 celebrada el veintinueve de noviembre del 2011, nuestra Junta Directiva acordó aprobar el,

REGLAMENTO DE LA CONTRALORÍA DE SERVICIOS DE

LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELÉCTRICO

MUNICIPAL DE CARTAGO

Artículo 1º—Definiciones. Para la aplicación del presente reglamento se entenderán como siguen las siguientes definiciones:

ARESEP. Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.

Consultas o solicitudes de información: Se refiere a aquellas solicitudes de clientes que son atendidas y resueltas de manera inmediata y no ameritan la apertura de un expediente.

Cliente Interno: Todo colaborador o miembro que forme parte de la organización, que por su ubicación en el puesto de trabajo, sea operativo, administrativo o ejecutivo, recibe un servicio.

Cliente Externo: Personas físicas o jurídicas externas a la empresa que demanden y/o prevean servicios a JASEC.

Expediente Cliente. Expediente electrónico de un cliente de JASEC incluido en la base de datos y sistema denominado SIPAC.

Inconformidad. Cualidad o condición de inconforme que manifieste un cliente interno o externo de JASEC referente a un asunto en particular.

ISO 9001-2008. Norma internacional que se aplica a los sistemas de gestión de calidad (SGC) y que se centra en todos los elementos de administración de calidad con los que una empresa debe contar para tener un sistema efectivo que le permita administrar y mejorar la calidad de sus productos o servicios.

JASEC. Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago.

MIDEPLAN. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica.

Queja: Gestión realizada por el cliente en la que se identifica en cualquier fase del servicio y trámite realizado la paralización o infracción de plazos señalados u omisión de trámites por parte de la Unidad responsable.

SGE. Sistema de Gestión Empresarial de JASEC en el cual constan los procedimientos e instructivos de los servicios de la Institución, como cumplimiento a la Normativa ISO 9001:2008.

SISTEMA. Sistema Nacional de Contralorías de Servicios.

UENs. Unidades Estratégicas de Negocios de JASEC

Usuario: Persona física o jurídica que hace uso de los servicios que brinde JASEC.

Artículo 2º—Contraloría de Servicios de JASEC (CS). Instancia que permite a los clientes y usuarios expresar sus necesidades en cuanto a los servicios recibidos, para promover el mejoramiento continúo en la prestación de servicios que brinda la empresa.

Artículo 3º—Propósito. El propósito de este reglamento es regular la organización y funcionamiento de la CS de la JASEC.

Artículo 4º—Ámbito de Aplicación. El presente Reglamento será aplicable a los clientes, usuarios y a la CS y a la JASEC en general.

Artículo 5º—Registro. La CS deberá estar inscrita en el registro que para tales efectos llevará la Secretaría Técnica del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios (SISTEMA), unidad del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN).

Artículo 6º—Objetivos. El Objetivo General de la CS es coadyuvar para que la prestación de servicios se realice bajo las condiciones y plazos definidos en el Sistema de Gestión Empresarial (SGE) y el ordenamiento jurídico que la rige, a fin de satisfacer de forma oportuna los requerimientos de sus clientes, así como el de brindarles la información idónea para orientar y facilitar su contacto con JASEC a través de la atención de consultas. Para ello, tendrá los siguientes objetivos específicos:

a.  Promover la eficacia, eficiencia y oportunidad en la prestación de los servicios públicos.

b.  Implementar procedimientos accesibles y expeditos para la recepción y tramitación de las inconformidades.

c.  Propiciar canales de información entre JASEC y sus usuarios.

d.  Contribuir con las distintas Unidades de la Institución en la creación y modernización de procesos y políticas que garanticen la buena prestación de los servicios públicos, como parte de la filosofía empresarial que promueve el mejoramiento continuo en la prestación de los servicios brindados.

Artículo 7º—Estructura. La CS estará a cargo de un Contralor de Servicios, quien desempeñará su puesto sin recargo de funciones y dependerá de la Junta Directiva. El Contralor de Servicios deberá cumplir con los requisitos establecidos por ley, así como con los demás atributos y competencias que precise JASEC en su Manual Descriptivo de Puestos.

Para garantizar la continuidad y calidad en el servicio, la Junta Directiva determinará la estructura interna de la CS, acorde con las necesidades y posibilidades institucionales.

Artículo 8º—Asignación de Recursos. La CS contará con un Centro Presupuestario, en el cual la Administración dotará de recursos para hacer frente a las erogaciones por concepto de remuneraciones, materiales, suministros, equipos, para que la CS cumpla satisfactoriamente con su gestión.

Artículo 9º—Ubicación de la CS. Se asignará al personal de la CS un lugar físico apto para sus funciones, el cual deberá estar ubicado en un sitio cercano al área de Atención al Cliente de JASEC, con facilidad de acceso para el usuario y debidamente rotulado.

Artículo 10.—Ámbito de Competencia. La CS es una unidad mediadora y como consecuencia de sus propias indagaciones y conclusiones sobre temas específicos podrá emitir sus recomendaciones para un mejor atender y resolver. Corresponde a la Gerencia General o a la Junta Directiva según sea el caso, la determinación de responsabilidades administrativas que pudiesen derivarse en el proceso de un servicio brindado, para lo cual la Contraloría de Servicios suministrará la información y documentación disponible en el momento que sea requerida.

Artículo 11.—Atribuciones. Para el cumplimiento de sus objetivos, la CS tendrá las siguientes funciones:

i.      Velar por el cumplimiento de los lineamientos y directrices que en materia de Contralorías de Servicios y mejoramiento al servicio público emita la Secretaría Técnica del MIDEPLAN, las acciones que se desarrollen deben estar sujetas al ordenamiento jurídico vigente y responder a las necesidades específicas de la Institución.

ii.     Elaborar e implementar procedimientos de recepción, tramitación y resolución de inconformidades y sugerencias, respecto a los servicios públicos que presta JASEC, así como establecer los mecanismos de control y seguimiento de las mismas. Los procedimientos para trámites deben ser accesibles y expeditos y deben constar oficialmente en el SGE.

iii.    Atender oportunamente las inconformidades y consultas que presenten los clientes y usuarios, trasladarlas cuando corresponda a las áreas responsables de su resolución, coordinar con las UENs y demás áreas involucradas para solucionar el problema planteado.

iv.    Mantener un registro actualizado sobre la naturaleza y frecuencia de las inconformidades y quejas, así como de las acciones institucionales acatadas o recomendadas para resolver el caso y su cumplimiento o no.

v.     Informar y orientar a los usuarios que acuden a la CS sobre aspectos de su interés relativos a los servicios que brinda JASEC.

vi.    Confeccionar y aplicar a los clientes externos, instrumentos de percepción para obtener su opinión sobre la calidad de los servicios, grado de satisfacción y las mejoras requeridas.

vii.   Propiciar medios e instrumentos de comunicación e información que permitan consultar a los clientes acerca de los servicios que presta la Institución.

viii.  Impulsar, apoyar y coordinar con las unidades involucradas, procedimientos adecuados para la atención eficiente de los trámites y planteamientos que presenten los usuarios. La implementación de todas aquellas acciones tendientes a mejorar la prestación y modernización de servicios deben estar debidamente oficializadas en el SGE.

ix.    Validar los trámites de la Institución para identificar conflictos relacionados con el exceso de requisitos y trámites administrativos, que afecten la prestación del servicio y brindar las recomendaciones correspondientes, sobre Ley N° 8220 y sus reformas y la Ley Nº 7600.

x.     Evaluar la prestación de los servicios de apoyo y ayudas técnicas requeridas por las personas con discapacidad.

xi.    Ser enlace y coordinación a nivel institucional entre la Defensoría de los Habitantes, ARESEP y demás instituciones públicas en asuntos relacionados con los objetivos de la CS.

xii.   Cualquier otra actividad compatible a la CS y que se incluya en el Manual de Puestos de los Funcionarios que conforman la CS.

Artículo 12.—Informes. La CS deberá presentar periódicamente a entes externos la siguiente información:

i.    A la Secretaría Técnica del SISTEMA un plan anual de trabajo, avalado por la Gerencia General. Dicho plan deberá presentarse en la fecha previamente establecida por la Secretaría Técnica del SISTEMA.

ii.   Copia a MIDEPLAN del informe anual de gestión, de acuerdo con la última Guía Metodológica suministrada por la Secretaría Técnica del SISTEMA. El informe deberá ser entregado en la fecha que disponga la Secretaría Técnica.

iii.  A la ARESEP informes periódicos sobre las inconformidades presentadas por los usuarios a la CS, análisis crítico sobre las razones que originan las quejas de mayor incidencia y las medidas correctivas implementadas por JASEC. La fecha de presentación de estos informes será la que designe el ente regulador mediante resolución.

iv. A la ARESEP y a la Defensoría de los Habitantes, la información que requieran referente a solicitudes de intervención gestionadas por los usuarios ante estas instancias.

Artículo 13.—Acceso a Información. Para el adecuado cumplimiento de sus funciones, la CS tendrá libre acceso a la información generada y custodiada por cada Unidad, excepto la información que la Junta Directiva, Gerencia General y Auditoría Interna cataloguen como confidencial. En el caso que se trata de información catalogada como confidencial por parte de la Gerencia General, la CS podrá solicitar a la Junta Directiva su revelación.

La CS podrá solicitar al responsable de cada Unidad una inspección y valoración técnica, así como el asesoramiento técnico en su área especializada, informes, estadísticas y cualquier otra documentación necesaria para la ejecución de estudios y la tramitación adecuada de las inconformidades presentadas por los clientes.

La CS también podrá tener acceso a los diversos Software o herramientas similares con que cuente la Institución y que utilice para la operatividad de sus actividades, el acceso al personal de la CS podrá estar limitado a modo de consulta y reportes.

Artículo 14.—Obligación de Colaboración. Para el cabal desempeño de las funciones de la CS las dependencias y funcionarios de JASEC deberán prestar su colaboración e información a la CS de manera preferente, cuando ésta lo requiera, como parte de las responsabilidades derivadas de su relación laboral.

La Contraloría de Servicios recibirá el apoyo de todas las UENs. El personal que la integre deberá guardar la confidencialidad tanto de la información y documentos que le brinden las diversas áreas, como de las denuncias que se reciban.

El funcionario que incumpla este Reglamento, lo hará incurrir en responsabilidad disciplinaria de conformidad con lo que señala el Código de Trabajo y el Reglamento Autónomo de Trabajo de JASEC.

Es obligación de todos los funcionarios contestar dentro del plazo otorgado, cualquier gestión que le formule la CS. En ningún caso este plazo podrá ser superior a cinco días hábiles, salvo que por la naturaleza del caso se amerite un estudio mayor, para lo cual deberá informarse vía correo electrónico o de forma escrita a la CS.

Artículo 15.—Solicitud de Intervención. La CS podrá solicitar a la Gerencia General su intervención cuando un funcionario o unidad ignore las solicitudes de información gestionadas por la CS, siempre que la información requerida sea fundamental para estudios y para tramitar y resolver inconformidades y quejas interpuestas por los usuarios.

Artículo 16.—Coordinación. La CS y las unidades administrativas y operativas institucionales trabajarán en forma coordinada en el ejercicio de sus funciones cuando se requiera para mejorar la prestación de los servicios. Debe existir una comunicación estrecha con la Unidad Estratégica de Negocios de Servicio al Cliente, de forma tal que se genere una realimentación eficaz para fortalecer el servicio brindado a los usuarios y lograr los objetivos indicados en este Reglamento.

Artículo 17.—Asesoría. La CS podrá requerir la asesoría de funcionarios internos o externos que estime necesarios para dar apoyo a sus actividades. En el caso de la asesoría legal, ésta le será brindada por la Asesoría Jurídica Institucional.

Artículo 18.—Seguimiento de Recomendaciones: La CS, cuando estime conveniente, podrá solicitar al funcionario responsable, referirse sobre la implementación de recomendaciones y acciones de mejora aprobadas por la Gerencia General, o bien, al progreso alcanzado en relación con su implementación.

Artículo 19.—Acceso a la CS. Toda persona física o jurídica sea usuaria de un servicio de JASEC podrá plantear ante la CS sus inconformidades y sugerencias, respecto a la prestación de los servicios brindados por la Institución, sin costo alguno y sin formalidades especiales.

La interposición de quejas ante la CS no interrumpe ni suspende los plazos administrativos ni los judiciales.

Artículo 20.—Requisitos para la Tramitación de Inconformidades y Quejas. Las inconformidades quejas y sugerencias podrán ser presentadas por los clientes a la CS sea de forma escrita, verbal, por medios electrónicos, para lo deberá suministrar la siguiente información:

a.  Identificación del usuario.

b.  Residencia y lugar para recibir notificaciones (dirección exacta, número de teléfono y/o fax y correo electrónico).

c.  Detalle de los hechos u omisiones que originan la solicitud a la CS.

d.  Indicación de las posibles personas o dependencias involucradas.

e.  Cualquier referencia o elementos de prueba.

Artículo 21.—Trámite. Las inconformidades, quejas y denuncias serán tramitadas conforme a las siguientes disposiciones:

i.      Toda solicitud que tramite la CS generará un expediente sea físico o electrónico. Para la respectiva resolución se deberá indagar con las dependencias involucradas, así como la solicitud de información según corresponda.

ii.     Las gestiones interpuestas a la CS por los usuarios, deberán incluirse en el Expediente Cliente del SIPAC confeccionando un extracto de la gestión planteada así como de la resolución de la misma.

iii.    Si en el proceso de trámite de una inconformidad o queja se determina que la CS no tiene competencia para conocer lo planteado, podrá remitir el asunto a la instancia pertinente, y deberá orientar al usuario respecto al procedimiento que debe seguir. La CS se limitará a informar al interesado sobre las investigaciones y conclusiones que determine la unidad respectiva.

iv.    Las denuncias y casos atribuibles a Energía Consumida y no Facturada producto de usos indebidos se remitirán al proceso técnico especializado en la materia. Para este tipo de denuncias todo funcionario de JASEC deberá guardar la confidencialidad del ciudadano denunciante.

v.     Los reclamos por daños en electrodomésticos o a la propiedad de usuarios, se tramitarán según lo indicado en el Reglamento por Daños a las Personas o a la Propiedad de los Clientes del Servicio Eléctrico de JASEC oficialmente publicado en la Gaceta.

vi.    La CS suspenderá la gestión de un caso cuando el mismo hecho sea conocido por otra instancia administrativa o judicial competente para resolver.

vii.   En caso que una queja se refiera a la Gerencia General, será dirigida y tramitada directamente ante la Junta Directiva.

Artículo 22.—Obligación de resolver y dar respuesta al usuario. La CS deberá atender, y dar respuesta a las inconformidades o denuncias interpuestas por los clientes con la mayor diligencia. La CS deberá informar al usuario sobre la gestión planteada en un plazo máximo de cinco días hábiles. Cuando por razones de complejidad o requerimiento de inspección técnica en el campo, la resolución definitiva no pueda brindarse en el plazo anterior, la CS dispondrá de un mes calendario, expandible para casos complejos, cuya justificación deberá incorporarse al expediente administrativo e informarlo ante la Junta Directiva. Del acto de comunicación o de la imposibilidad de efectuar éste deberá dejarse constancia en el expediente.

Artículo 23.—Obligación de Comunicar. En aquellos casos en que la CS detecte hechos irregulares por parte de un funcionario, lo informará al superior inmediato y a la Gerencia General, para que ambas dependencias validen con el Proceso Desarrollar Recursos Humanos el procedimiento disciplinario según corresponda. Lo que se relacione con asuntos laborales es competencia del Proceso Desarrollar Recursos Humanos.

Cuando se reciba una denuncia con pruebas y que podría configurar delito, la CS deberá remitir la respectiva denuncia ante la Gerencia General con el fin de que se proceda según corresponda.

Artículo 24.—Incumplimiento. El incumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Reglamento hará acreedor al funcionario de las medidas disciplinarias correspondientes, en aplicación a lo prescrito en el Código de Trabajo, Reglamento Autónomo de Trabajo de JASEC y demás normas concomitantes.

Artículo 25.—Supletoriedad: Lo que no está expresamente regulado en el presente Reglamento, aplica supletoriamente los Decretos Ejecutivos N° 32565 y N° 34587.

Artículo 26.—Vigencia. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Cartago, 12 de diciembre del 2011.—Junta Directiva.—Georgina Castillo Vega, Asistente Administrativo.—1 vez.—O. C. Nº 5064.—Solicitud Nº 18631.—C-295370.—(IN2011097167).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE PALMARES

El Concejo Municipal de Palmares mediante Acuerdo ACM-12-76-11 de la sesión ordinaria Nº 76, Cap. VI, art. 9, celebrada el 11 de octubre del 2011 aprobó por unanimidad el Reglamento para el funcionamiento de las comisiones Permanentes y Especiales de la Municipalidad de Palmares.

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE

LAS COMISIONES PERMANENTES Y ESPECIALES

DE LA MUNICIPALIDAD DE PALMARES

Considerando:

a.- El Art. 49 del Código Municipal que define la norma para el nombramiento de las Comisiones del Concejo Municipal.

b.- El Art. 50 del Código Municipal “Por medio de un reglamento interno los Concejos regularán la materia referida en este capítulo” (Capítulo V)

c.- La necesidad de normar el funcionamiento de las Comisiones del Concejo Municipal para el eficiente análisis de los temas que le son encomendados.

Por lo tanto se resuelve emitir el siguiente “Reglamento para el funcionamiento de las Comisiones Permanentes y Especiales de la Municipalidad de Palmares”.

CAPÍTULO I

Creación, instalación y conformación

Artículo 1º—En la sesión del Concejo posterior inmediata a la instalación de sus miembros, el Presidente nombrará a los integrantes de las Comisiones Permanentes, cuya conformación podrá variarse anualmente o antes por destitución, renuncia justificada o incapacidad médica mayor a 6 meses de alguno de sus miembros.

Artículo 2º—El Concejo integrará como mínimo nueve Comisiones Permanentes: de Hacienda y Presupuesto, Obras Públicas, Asuntos Sociales, Gobierno y Administración, Asuntos Jurídicos, Asuntos Ambientales, Asuntos Culturales, Condición de la Mujer y de Accesibilidad.  Al integrarlas, se procurará que participen en ellas todos los partidos políticos representados en el Concejo y que exista paridad de género.

Artículo 3º—Podrán existir las Comisiones Especiales que decida crear el Concejo; el Presidente del Concejo Municipal se encargará de integrarlas.  Cada Comisión Especial estará integrada al menos por tres miembros: dos deberán ser escogidos entre los regidores propietarios y suplentes.  Podrán integrarlas los síndicos propietarios y suplentes; estos últimos tendrán voz y voto.

Artículo 4º—Una vez nombrados y juramentados los integrantes de las comisiones por el Presidente Municipal, en la sesión de instalación que deberá celebrarse dentro de los quince días siguientes, sus miembros nombrarán de su seno a un presidente y un secretario por votación de mayoría simple.

Artículo 5º—Las comisiones sesionarán en el edificio municipal al menos una vez al mes de forma ordinaria y de forma extraordinaria en casos calificados y especiales por convocatoria de su presidencia. La fecha y hora de las sesiones deben establecerse con carácter permanente mediante acuerdo unánime de los integrantes de la comisión. La hora de las sesiones debe acordarse de tal forma que permita a la totalidad de sus miembros asistir a las sesiones sin sufrir problemas de tipo laboral y mientras no le provoque choques de horario con otra comisión.

La fecha y hora de las sesiones ordinarias podría cambiarse si resultara en un problema para el trabajo de la comisión.  Asimismo, podría variarse el lugar de la sesión de la comisión siempre y cuando sea de manera excepcional y por unanimidad de los integrantes de esta.  Los cambios de fecha y hora deben comunicarse a la Secretaría al Concejo y a su Presidencia con suficiente antelación.

CAPÍTULO II

Presidencia, Secretaría y Asesores de la Comisión:

Artículo 6º—Atribuciones y deberes del Presidente:

a)  Ser el coordinador de la Comisión que preside y convocar a reunión a sus miembros.

b)  Presidir las sesiones, abrirlas, suspenderlas, cerrarlas y dirigir el debate.

c)  Definir el orden del día de la comisión así como la documentación que se analizará en cada sesión y comunicarlo al secretario con suficiente antelación

d)  Recibir las votaciones y anunciar la aprobación o el rechazo de un asunto.

e)  Someter a votación las actas antes del inicio de una sesión, para aprobarlas oportunamente.

f)   Conceder la palabra en el orden en que se le solicitó y retirársela a quien haga uso de ella sin permiso, o se exceda en sus expresiones.

g)  Vigilar el orden en las sesiones y hacer retirar de ellas a quienes presencien el acto y se comporten indebidamente. Esto incluye a los asesores.

h)  Revisar, firmar y presentar los informes y dictámenes de Comisión ante el Concejo Municipal.

Artículo 7º—Atribuciones y Deberes del Secretario(a)

a)  Asegurarse de contar con el libro de actas debidamente legalizado por la Auditoría interna y registrar las actas al día.

b)  Dar seguimiento a los acuerdos de la Comisión y verificar que se comuniquen estos a la administración una vez aprobados por el Concejo.

c)  Llevar registro de la asistencia de los miembros de la comisión.

d)  El secretario(a) podrá delegar sus funciones sobre un secretario funcionario de la secretaría del Concejo u otro asesor de la comisión, pero será responsable por las acciones y deberes que se le encomendaron.

e)  En caso de ausencia del Presidente suplir a este en la comisión y encargar la secretaría a otro miembro, durante esa sesión.

f)   Preparar los informes y dictámenes de Comisión para ser llevados ante el Concejo en la sesión inmediata posterior a la reunión de la Comisión.

g)  Revisar el orden del día y preparar la documentación necesaria para la sesión junto con el Presidente.

Artículo 8º—Atribuciones de los asesores de Comisión. Existen tres tipos de asesores de las Comisiones:

a)  Los nombrados por cada Fracción Política representada en la comisión y que pueden acompañarlos en el desarrollo de la sesión. Estos no tienen por sí mismos ni voto ni voz, y esta última solo podrán tenerla  en la medida en que la presidencia se la otorgue a petición de un integrante de la comisión.

b)  La comisión también podrá por mayoría simple solicitar asesores externos temporales para que le ayuden en al análisis de temas específicos, previa muestra de estar debidamente calificados para ello, para lo cual comunicará el acuerdo a la Presidencia Municipal para su nombramiento.  Tendrán voz durante el período de nombramiento.

c)  Los asesores permanentes nombrados por la Presidencia Municipal y que tienen derecho a voz en todas las sesiones de Comisión.  Dentro de estos se encuentran los funcionarios de la administración municipal y los munícipes voluntarios. 

Artículo 9º—La asistencia de los funcionarios de la Municipalidad a las comisiones se considera obligatoria solo en la medida en que sea necesaria su presencia según el tema que se vaya a analizar, lo cual deberá ser comunicado por el Presidente de cada Comisión para que la Secretaría del Concejo haga la convocatoria según corresponde.

CAPÍTULO III

Desarrollo de la Sesión

Artículo 10.—Las sesiones de la Comisión deberán iniciarse dentro de los quince minutos siguientes a la hora señalada, conforme al reloj del lugar donde se lleve a cabo la sesión o en su defecto la hora que tenga el presidente. Si, pasados los quince minutos, no hubiere quórum, se dejará constancia en el libro de actas y se tomará la nómina de los miembros presentes. l quórum para las sesiones será de la mitad más uno de los miembros de la Comisión.

Artículo 11.—Durante la sesión deben respetarse las reglas para el buen trabajo de grupo.  El presidente debe instar al orden y debe actuar bajo los principios de equidad, respeto y eficiencia, preocupándose por mantener las buenas relaciones humanas dentro de la comisión.

Artículo 12.—Los acuerdos y dictámenes de las comisiones se tomarán con el carácter de firmes en cada reunión y se decidirán por simple mayoría, exceptuando los casos en que este reglamento así lo indique.

Artículo 13.—Los dictámenes de las comisiones deberán presentarse por escrito y firmados por todos los miembros de la comisión que lo emiten.   Cuando no existiere un acuerdo unánime sobre un dictamen, los miembros de la Comisión que no lo aprueben podrán rendir dictamen de minoría por separado.

Artículo 14.—El Concejo podrá pasar los asuntos y dictámenes de comisión a conocimiento de otra comisión o a una designada especialmente por la Presidencia del Concejo, para que se pronuncie sobre un caso concreto.

Artículo 15.—Podrán nombrarse subcomisiones para facilitar el trabajo de la comisión y asignarles tareas y plazos para entregar informes.  Esto será una facultad de la presidencia de la comisión, que deberá respetar los principios de equidad y eficiencia a la hora de realizar las asignaciones.

CAPÍTULO IV

Control del Trabajo

Artículo 16.—Semestralmente en la primera semana de los meses de abril y octubre, se enviará al Concejo un informe con las ausencias justificadas e injustificadas de los regidores miembros de la Comisión. Este documento se hará constar en el acta de la sesión del Concejo Municipal donde se expone.  Si se comprobara que mediante una ausencia continua injustificada se está afectando el trabajo de la comisión, la Presidencia del Concejo podrá sustituir a este miembro.

Artículo 17.—Cada año en la primera semana del mes de Abril, cada comisión deberá levantar un listado de los temas aún no vistos ni dictaminados y deberá dejar una lista de los temas pendientes de ejecución y análisis para el Concejo.  Para esto tendrá la ayuda de la Secretaría del Concejo.

Artículo 18.—Es un deber del regidor el desempeñar las funciones y comisiones que se le encarguen.  En caso de no poder hacerlo debe justificar esta excepcionalidad por escrito y comunicarla al Concejo y su Presidencia.

Artículo 19.—Para todo aquello que no conste en el presente reglamento se tendrá por medida supletoria lo establecido en el Reglamento de Sesiones de la Municipalidad de Palmares, El Código Municipal y la legislación correspondiente.

Artículo 20.—Queda exceptuada de esta normativa la Comisión municipal nombrada para la realización de Festejos Populares de Palmares que tiene su propio Reglamento de operaciones.

Artículo 21.—Las comisiones deberán resolver los asuntos encomendados por el Concejo Municipal o los que por iniciativa propia de la Comisión sean presentados previamente como su plan de trabajo y aprobados por el Concejo.

Artículo 22.—Cada Comisión atenderá los asuntos que se le encomiendan en el orden de la fecha en que los reciben por parte de la Secretaría del Concejo.

Artículo 23.—La presidencia del Concejo Municipal definirá el plazo para que cada Comisión rinda sus dictámenes.  Si se omite dicho señalamiento, la Ley General de Administración Pública indica que el plazo máximo será de 10 días naturales después de solicitado.

Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Deróguese cualquier otro Reglamento existente.

Palmares, 17 de noviembre de 2011.—Eithel Hidalgo Méndez, Secretaria del Concejo.—1 vez.—(IN2011096058).

MUNICIPALIDAD DE JIMÉNEZ

Asunto: Transcripción del acuerdo Nº 19 del artículo VI.

La Municipalidad de Jiménez en sesión ordinaria N° 73, celebrada el día lunes 7 de noviembre del año en curso, acordó:

Este Concejo acuerda por unanimidad; modificar el artículo 27 del Reglamento de Cobro Administrativo y Judicial de esta Municipalidad, el que en adelante dirá:

Artículo 27.—El tiempo máximo que se concede para hacer un arreglo de pago se detalla en el siguiente cuadro:

 

Deudas

Plazo

% Primera cuota

De

A

 

 

10.001

125.000

6 cuotas mensuales

16,50%

125.001

250.000

9 cuotas mensuales

11,10%

250.001

en adelante

12 cuotas mensuales

8,25%

Hasta completar el 100% adeudado todo ello mediante la firma de un documento en donde se establezca formalmente el arreglo de pago. Quien incumpla en una ocasión un arreglo de pago no podrá volver a hacerse acreedor de este beneficio. Dichos montos se actualizarán automáticamente cada año en enero, con el índice de precios al consumidor acumulado al 31 de diciembre del año anterior inmediato.

Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Acuerdo definitivamente aprobado.

Ciudad de Juan Viñas, 8 de noviembre del 2011.—Nuria Estela Fallas Mejía, Secretaria del Concejo.—1 vez.—RP2011270375.—(IN2011096290).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

SUCURSAL SAN ANTONIO DE BELÉN

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Yo Edgar Antonio Guardiola Mendoza, cédula de identidad Nº 6-00060-0988, solicitante del Certificado de Depósito a Plazo, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, Oficina de San Antonio de Belén, que se detalla a continuación:

 

C.D.P.

400-02-037

13540-1

Monto

$9.678.78

Emisión

16/12/2011

Vencimiento

16/03/2012

Título emitido a nombre de Edgar Guardiola Mendoza, a una tasa de interés del  1.20%. Solicito reposición de este documento por causa de Extravío. Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el término de quince días. Emitida en San Antonio de Belén, el 19 de diciembre del 2011.

Juan José Loría Gutiérrez, Supervisor Operativo.—(IN2011099766).

AGENCIA DE QUEPOS

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se comunica que el cheque de gerencia Nº 407-3 de este banco cuenta cliente Nº 15102210026440008, emitido a favor del Banco Scotiabank por la suma de ciento setenta y tres mil setecientos treinta y siete dólares con cincuenta y siete centavos ($173.737,57), emitido con fecha doce de diciembre del dos mil once, fue extraviado por la señora Magally Martínez Masís, cédula Nº 1-1059-0765. Este cheque cuenta con orden de no pago a partir del día diecisiete de diciembre del dos mil once, por el Banco Nacional de Costa Rica. Todo para que se publique para el trámite de reposición.

Quepos, 19 de diciembre del 2011.—Lic. Lewis Gyles Ortega, Gerente.—(IN2011099702).

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

S.D.E. Nº 364-099-2011.—San José, a las 8 horas del 16 de noviembre de 2011. Declárese liquidada la Cooperativa Nacional de Productores de Sal (COONAPROCAL R.L.) originalmente inscrita mediante resolución C-099 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.

Subdirección Ejecutiva.—Lic. Ronald Fonseca Vargas, Subdirector Ejecutivo.—O. C. Nº 32930.—Solicitud Nº 35941.—C-42980.—(IN2011094939).

S.D.E. Nº 365-114-2011.—San José, a las 9 horas del 16 de noviembre de 2011. Declárese liquidada la Cooperativa de Ahorro y Crédito Refaccionario de los Vecinos de Cot R.L. (COOPECOT R.L.) originalmente inscrita mediante resolución C-114 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.

Subdirección Ejecutiva.—Lic. Ronald Fonseca Vargas, Subdirector Ejecutivo.—O. C. Nº 32930.—Solicitud Nº 35941.—C-42980.—(IN2011094940).

S.D.E. Nº 336-1273-2011.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, a las 8 horas del 14 de noviembre de 2011. Por haberse disuelto voluntariamente mediante asamblea de asociados celebrada el 17 de julio de 2010, la Cooperativa Autogestionaria de Trabajadores en Servicios Misceláneos Empresariales R.L. (SERMICOOP, R.L.) inscrita en el Registro del Departamento de Organizaciones del Ministerio de Trabajo y Segundad Social mediante resolución Nº C-1273 y con fundamento en los artículos 89 y concordantes de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, se nombra como integrantes de la Comisión Liquidadora a los señores Sylvia Subirós Barrantes, cédula de identidad 1-505-324 y Jorge Enrique Chaves Villalobos, cédula de identidad 2-224-244, en representación del INFOCOOP y Sandra Alejo de único apellido, nicaragüense, cédula de residencia 155-813-534-417, en representación de los asociados. Se convoca a interesados para que en el plazo de 15 días hábiles a partir de la primera publicación, hagan valer sus derechos ante la Comisión Liquidadora en el Área de la Supervisión Cooperativa del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Publíquese.

Subdirección Ejecutiva.—Lic. Ronald Fonseca Vargas, Subdirector Ejecutivo.—O. C. Nº 32930.—Solicitud Nº 35941.—C-42980.—(IN2011094941).

S.D.E. Nº 366-586-2011.—San José, a las 10 horas del 16 de noviembre de 2011. Declárese liquidada la Cooperativa Autogestionaria de Ebanistas Minusválidos R.L. (COOPEEBAMIN, R.L.) originalmente inscrita mediante resolución C-586 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.

Subdirección Ejecutiva.—Lic. Ronald Fonseca Vargas, Subdirector Ejecutivo.—O. C. Nº 32930.—Solicitud Nº 35941.—C-42980.—(IN2011094942).

S.D.E. Nº 368-635-2011.—San José, a las 12 horas del 16 de noviembre de 2011. Declárese liquidada la Cooperativa de Taximetristas de Cartago R.L. (COOPETACA R.L.) originalmente inscrita mediante resolución C-635 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.

Subdirección Ejecutiva.—Lic. Ronald Fonseca Vargas, Subdirector Ejecutivo.—O. C. Nº 32930.—Solicitud Nº 35941.—C-42980.—(IN2011094943).

S.D.E. Nº 367-597-2011.—San José, a las 11 horas del 16 de noviembre de 2011. Declárese liquidada la Cooperativa de Autogestión de Transporte Público Popular R.L. (COOPEPOPULAR, R.L.) originalmente inscrita mediante resolución C-597 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.

Subdirección Ejecutiva.—Lic. Ronald Fonseca Vargas, Subdirector Ejecutivo.—O. C. Nº 32930.—Solicitud Nº 35941.—C-42980.—(IN2011094944).

ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN

El Ente Costarricense de Acreditación ECA, en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 12 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento, Decreto Ejecutivo número 35522-MICIT, da a conocer el estado de las siguientes acreditaciones:

1.  Área: Laboratorios de Ensayos y Calibración

     OEC acreditado contra la Norma INTE-ISO/IEC 17025:2005 Requisitos generales para la competencia de laboratorios de ensayo y calibración.

 

Nº de Acreditación

Organismo de Evaluación de la Conformidad OEC

Alcance de la acreditación

Fecha de vigencia

Dirección, correo postal, e-mail, teléfono y fax

 

LE-035

VIGENTE

Centro Nacional de Ciencia y Tecnología de Alimentos CITA - UCR

Alcance de Acreditación de Ensayos Nº LE-035

(www.eca.or.cr)

Acreditación a partir de: 11 de setiembre del 2006 de  manera indefinida, de acuerdo al artículo 11 del Decreto Ejecutivo Nº 35522

 

Reducción de alcance a partir de 29 de Noviembre del 2011, excluir los ensayos:

Análisis de nitrito por método colorimétrico y Ácido sulfuroso (total) por método de Monier Williams modificado, en las instalaciones descritas en el alcance, de manera indefinida de acuerdo al artículo 11 del Decreto Ejecutivo Nº 35522

Dirección: Detrás de la Facultad de Agronomía, Universidad de Costa Rica, Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, San Pedro, San José.

Correo Postal: 2060

Email: rebeca.lopez@ucr.ac.cr

Teléfono: 2511-8832/2511-

3431/2511-4701/25117209

Fax:2253-3762

 

LE-037

VIGENTE

Centro de Electroquímica y Energía Química CELEQ-UCR

Alcance de Acreditación de Ensayos No. LE-037 Reducción de alcance.

(www.eca.or.cr)

Acreditación a partir de:18 de Diciembre del 2006 de manera indefinida, de acuerdo al artículo 11 del Decreto Ejecutivo Nº 35522

Dirección: Edificio CELEQ en la ciudad de la investigación de la UCR, San Pedro, San José. Correo Postal: n.a.

E-mail: calidad.celeq@ucr.ac.cr; direccion.celeq@ucr.ac.cr

Teléfono: 8823-2597/2511-3375/2511-3217

Fax: 2511-3211/2511-4714/2511-3218

 

 

 

Reducción de alcance 05 de abril del 2011. de  manera indefinida, de acuerdo al artículo 11 del Decreto Ejecutivo Nº 35522

 

 

 

 

Reducción de alcance a partir de 29 de noviembre del 2011, excluir del alcance el ensayo:

 

 

 

 

Determinación de hidrocarburos en muestras de agua P-13:IT-10, en las instalaciones descritas en el alcance, de  manera indefinida, de acuerdo al artículo 11 del Decreto Ejecutivo Nº 35522

 

San José, 2 de diciembre del 2011.—Máster Maritza Madriz Picado, Gerente General.—1 vez.—(IN2011097523).

El Ente Costarricense de Acreditación ECA, en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 12 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento, Decreto Ejecutivo número 35522-MICIT, da a conocer el estado de las siguientes acreditaciones:

1.  Área: Laboratorios de Ensayos y Calibración

     OEC acreditado contra la Norma INTE-ISO/IEC 17025:2005 Requisitos generales para la competencia de laboratorios de ensayo y calibración.

 

No. de Acreditación

Organismo de Evaluación de la Conformidad OEC

Alcance de la acreditación

Fecha de vigencia

Dirección, correo postal, e-mail, teléfono y fax

LE-075

VIGENTE

Laboratorio Químico Agrícola de la Fundación Hondureña de Investigación Agrícola

Alcance de acreditación de ensayos LE-075 (disponible en la página web www.eca.or.cr)

08 de junio del 2010 de  manera indefinida, de acuerdo al artículo 11 del Decreto Ejecutivo Nº 35522

Dirección: Colonia Sula 3era calle suroeste contiguo al Instituto Patria de la Lima, Cortés, Honduras, C.A..

Correo postal: 2067

 

 

 

Suspensión parcial por proceso disciplinario  en determinación de Arsénico en agua residual por Espectrometría de Absorción Atómica Método continúo de Generación de Hidruros.

e-mail: labquimicoagricola@gmail.com/ jherrera@fhia.org.hn

Fax (504) 668-2846

Tel: (504) 668-2470

 

 

 

Desde 25 de octubre

del 2011 al 24 abril

del 2012.

 

El Ente Costarricense de Acreditación ECA, en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 12 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento, Decreto Ejecutivo número 35522-MICIT, da a conocer el estado de las siguientes acreditaciones:

2.  Área: Organismos de Inspección

     OEC acreditados contra la Norma: INTE-ISO/IEC 17020:2000 Criterios para la operación de varios tipos de organismos que realizan inspección.

 

Nº de Acreditación

Organismo de Evaluación de la Conformidad OEC

Alcance de la acreditación

Fecha de vigencia

Dirección, correo postal, e-mail, teléfono y fax

OI-006-A01 Vigente

 

 

Riteve SyC S. A.

Ver Alcance de Acreditación No. OI-006-A01 Tipo A

(disponible en la página web www.eca.or.cr)

Ampliación  de alcance como Organismo tipo A, partir de: 22 de noviembre de 2011 de  manera indefinida, de acuerdo al artículo 11 del Decreto Ejecutivo Nº 35522

Dirección: Lagunilla de Heredia, de Bomba Texaco 100 metros este.

Correo Postal: NA

E-mail: clientes@rtv.co.cr, garaya@rtv.co.cr Teléfono:  2209-2000 Fax: 2209-2001, 2293-1620

El Ente Costarricense de Acreditación ECA, en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 12 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento, Decreto Ejecutivo número 35522-MICIT, da a conocer el otorgamiento de las siguientes acreditaciones:

3.  Área: Organismos Certificación de Sistemas de gestión

     OEC acreditados contra la Guía: INTE-ISO/IEC 65:2000 Requisitos generales para los organismos que operan sistemas de certificación de productos.

 

No. de Acreditación

Organismo de Evaluación de la Conformidad OEC

Alcance de la acreditación

Fecha de renuncia

Dirección, correo postal, e-mail,

teléfono y fax

OCP-003

VIGENTE

Certificaciones Internacionales de Calidad (CIC)

Ver Alcance de Acreditación OCP-003

Organismo de Certificación de Producto

(disponible en la página web www.eca.or.cr)

Acreditación a partir de: 11 de noviembre del 2011 y de manera indefinida, de acuerdo al artículo 11 del Decreto Ejecutivo Nº 35522

Dirección: San Pedro, 150 m sur de Estación de Servicio El Higuerón, San José, Costa Rica

correo postal: 1237-2050

e-mail: fa1830@hotmail.com

teléfono: 2524-1096

fax: 2234-3096

San José, 30 de noviembre del 2011.—Máster Maritza Madriz Picado, Gerente General.—1 vez.—(IN2011097524).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

REPOSICIÓN DE TÍTULO DE PATENTE DE LICORES

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

A quien pueda interesar, se hace saber que han solicitado a la Municipalidad de Goicoechea, la reposición del título de la patente de Licor Nacional N° 36 del distrito primero, inscrita a nombre de Riquelme Vivar Lorena, cédula Nº 121800009219. Dicha patente actualmente se encuentra sin lugar de explotación. Lo anterior por motivo de extravío de la misma.

Cualquier interesado podrá hacer valer sus derechos ante la Municipalidad, dentro de un período de ocho días a partir de la última publicación de este aviso.

Goicoechea, 8 de diciembre del 2011.—Departamento de Cobro, Licencias y Patentes Municipales.—Lic. Patricia Monge Agüero, Jefa a. í.—RP2011271283.—(IN2011098615).

MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA

Traspaso de Patente de Licor

Distrito Pozos

A quien interese, se hace saber: que el señor Alfredo Echeverría Borbón, mayor, soltero, administrador de empresas vecino de San José, cédula número uno-setecientos sesenta y seis-novecientos setenta y seis, en carácter de presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad Comidas Orientales S. A. cédula jurídica uno-tres-ciento uno-doscientos noventa y ocho mil trescientos cinco, ha adquirido mediante traspaso de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y cuatro mil ochocientos doce sociedad anónima, dueña de Licencia de Licor Nº 03-05 del distrito Pozos. Según consta en Dictamen Nº 43 de la Unidad de Licencias y Patentes Municipales del 15 diciembre del 2011. Cualquier interesado podrá hacer valer sus derechos ante la Municipalidad, dentro de un período de ocho días a partir de esta publicación.

Santa Ana, 20 de diciembre del 2011.—Lic. Gerardo Oviedo Espinoza, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2011099843).

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

DEPARTAMENTO DE PATENTES

EDICTO

Nº 049-2011.—Para los fines consiguientes el Departamento de Patentes de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que Fonda El Tumis S. A., cédula jurídica Nº 3-067221-10, ha presentado solicitud de traspaso de patente comercial N-62, a nombre de Eventos Restaurante Acapulco S. A., cédula jurídica Nº 3-101-646410. La Municipalidad de Montes de Oca, otorga ocho días naturales de plazo a partir de esta publicación para presentar objeciones.

San Pedro de Montes de Oca, 1º de diciembre del 2011.—Liliana Barrantes E., Jefa Patentes.—Melania Solano C.—1 vez.—RP2011271833.—(IN2011099250).

MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ

AVISOS

La Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, por este medio les informa que nuestras instalaciones permanecerán cerradas a partir del lunes 26 al viernes 30 de diciembre del 2011, y volveremos a atender en nuestro horario normal el 02 de enero del año 2012. Esto por motivos de navidad y año nuevo.

La Cruz, Guanacaste, 13 de diciembre del 2011.—Luis Alonso Alan Corea, Vicealcalde.—1 vez.—RP2011271259.—(IN2011098612).

La Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, por acuerdo Nº 2-5B, de la sesión ordinaria Nº 42-2011 del 24 de noviembre del 2011, aprueba que los días de sesiones para el mes de diciembre del 2011, son los días 01, 08, 15 (para audiencias) todos del mes de diciembre, a las 17:30 horas y volverá a sesionar normalmente el 05 de enero del año 2012, a la misma hora y los jueves de cada mes como sesiones ordinarias, extraordinarias las que se crean convenientes de acuerdo a su urgencia y prioridad. Esto por motivos de navidad y año nuevo.

La Cruz, Guanacaste, 13 de diciembre del 2011.—Lic. Carlos Miguel Duarte Martínez, Secretario Municipal.—1 vez.—RP2011271260.—(IN2011098613).

MUNICIPALIDAD DE GOLFITO

EDICTOS

La Municipalidad de Golfito, Alcaldía Municipal hace del conocimiento que la sociedad Inversiones Sahara Tropical de Pavones Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-323850, domiciliada en Pavones, contiguo al Abastecedor Súper Mares Dos, distrito cuarto Pavón, cantón sétimo Golfito de la provincia de Puntarenas y representada por la señora Vered Blechman con único apellido Blechman en razón de su nacionalidad Israelí, mayor de edad, soltera, comerciante, con número de pasaporte 9763827, de conformidad con el artículo 38 del Reglamento de la ley 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre del 2 de marzo de 1977, Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela localizada en Río Claro de Pavones, distrito cuarto Pavón, cantón sétimo Golfito, provincia sexta Puntarenas, tramitado bajo el expediente Nº 6316-2007, dicha parcela se ubica entre los mojones del Instituto Geográfico Nacional número 343 al 346, no ubicándose en la parcela zonas clasificadas como Patrimonio Natural del Estado, según consta en el informe ACOSA-PNE-019-10 del 11 de agosto del año 2010, y consta de un área de 2 850,18 m2 según figura en el plano catastrado número P-1223911-2008. Es terreno para dedicarlo al uso  de  Zona  de  Residencial  Recreativa  (ZRR)  con  un  área  de 1 955,53 m2 y de Zona de Protección de Quebrada (ZPQ) con un área de 894,65 m2, acogiéndose al uso condicional de cabinas de baja densidad y soda y declarados así en el Plan Regulador Parcial Turístico Bahía Pavón Sector B: El Macho, linda al norte: Zona Restringida de la Zona Marítimo Terrestre, sur: Zona Restringida de la Zona Marítimo Terrestre, este: Zona Restringida de la Zona Marítimo Terrestre y oeste: calle pública y zona pública de la Zona Marítimo Terrestre. Se conceden 30 días hábiles a partir de esta única publicación a todos los interesados, para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la Oficina del Alcalde con la firma debidamente autenticada y con el timbre del Colegio de Abogados en dos tantos (original y copia). Es todo.

Golfito, 2 de noviembre de 2011.—Ana Luisa Catón Baltodano, Alcaldesa a. í.—1 vez.—RP2011270672.—(IN2011096799).

La Municipalidad de Golfito, Alcaldía Municipal hace del conocimiento que la sociedad Cortijo Mantarraya Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-321011, domiciliada en Pavones, contiguo al Abastecedor Súper Mares Dos, distrito cuarto Pavón, cantón sétimo Golfito de la provincia de Puntarenas y representada por la señora Vered Blechman con único apellido Blechman en razón de su nacionalidad Israelí, mayor de edad, soltera, comerciante, con número de pasaporte 9763827; de conformidad con el artículo 38 del Reglamento de la ley 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre del 2 de marzo de 1977, Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela localizada en Río Claro de Pavones, distrito cuarto Pavón, cantón sétimo Golfito, provincia sexta Puntarenas, tramitado bajo el expediente Nº 6315-2007, dicha parcela se ubica entre los mojones del Instituto Geográfico Nacional número 341 al 344, no ubicándose en la parcela zonas clasificadas como Patrimonio Natural del Estado según consta en el Informe ACOSA-PNE-019-10 del 11 de agosto del año 2010, y consta de un área de 1 492,83 m2 según figura en el plano catastrado número P-1216535-2008. Es terreno para dedicarlo al uso de Zona de Residencial Recreativa (ZRR) con un área de 1 492,83 m2, acogiéndose al uso condicional de cabinas de baja densidad y declarados así en el Plan Regulador Parcial Turístico Bahía Pavón Sector B: El Macho, linda al norte: Zona Restringida de la Zona Marítimo Terrestre y calle pública, sur: Zona Restringida de la Zona Marítimo Terrestre, este: Zona Restringida de la Zona Marítimo Terrestre, oeste: calle pública y zona pública de la Zona Marítimo Terrestre. Se conceden 30 días hábiles a partir de esta única publicación a todos los interesados, para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la Oficina del Alcalde con la firma debidamente autenticada y con el timbre del Colegio de Abogados en dos tantos (original y copia). Es todo.

Golfito, 2 de noviembre del 2011.—Ana Luisa Catón Baltodano, Alcaldesa a. í.—1 vez.—RP2011270673.—(IN2011096800).

AVISOS

CONVOCATORIAS

COLEGIO DE FARMACÉUTICOS DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica, convoca a todos los miembros activos del Colegio, a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará el 30 de enero del 2012, a las 18:00 horas en primera convocatoria y a las 19:00 horas en segunda convocatoria, para:

1.  Propuesta de aumento del monto de indemnización por muerte para Póliza Colectiva de Vida.

2.  Fijar la cuota mensual de colegiatura.

3.  Fijar la cuota de incorporación.

4.  Propuesta de inclusión de la especialidad: “Investigación, Desarrollo e Innovación de Medicamentos”, en el Reglamento de Especialidades Farmacéuticas.

5.  Declarar en firme los acuerdos tomados en esta Asamblea General Extraordinaria.

San José, 3 de enero del 2012.—Dra. Nuria Montero Chinchilla, Presidenta.—Dra. Sandra García Zúñiga, Secretaria.—(IN2012000517).                                                                    2 v. 2.

INSTITUTO ESTUDIOS TROPICALES

El Instituto Estudios Tropicales, S. A., convoca a asamblea extraordinaria de accionistas en su sede en el Nº 4646 alamedas, Golfito, a las 10:00 a.m. El sábado 4 de febrero del 2012. Tema único a discutir: Aumento del capital social.—Oscar E. Quirós Ruiz, Presidente.—1 vez.—(IN2012000644).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

PERIÓDICO IMPACTO SOCIEDAD ANÓNIMA

Periódico Impacto Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-146620, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración número 1, Registro de Socios número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Paola Ramírez Acosta, Notaria.—(IN2011098961).

INVERSIONES SAUMA ALBONICO SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones Sauma Albonico Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-143489, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los libros de Actas de Asamblea General de Socios Nº 1, Actas de Asamblea de Consejo de Administración Nº 1 y Registro de Socios Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante al Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, Sector Oeste, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Álvaro Antonio Sauma Albonico.—(IN2011099035).

CORPORACIÓN CUATRO MIL SEIS S. A.

Corporación Cuatro Mil Seis S. A., cédula jurídica 3-101-081239, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración número 1, Actas de Asamblea General de Socios número 1, Actas Registro de Accionistas número 1, Diario número 1, Mayor número 1, Inventarios y Balances número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Oeste dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—(IN2011099059).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

CALLE MILOS CINCO S. A.

Calle Milos Cinco S. A., cédula jurídica 3-101-299361, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros: Consejo de Administración, Asamblea General y Registro de Socios todos número uno de dicha sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, 28 de noviembre del 2011.—Daniel Trejos.—RP2011270235.—(IN2011095771).

VIFISA DE TURRIALBA S. A.

Vifisa de Turrialba S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-162465, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros: Diario Nº 2, Mayor Nº 2, Inventarios y Balances Nº 1, por haberse extraviado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia del Contribuyente de la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Astrid Binns Rodríguez, Notaria.—RP2011271757.—(IN2011099253).

CENTRO FRENOS SOLANO S.R.L.

Centro Frenos Solano S.R.L., cédula jurídica Nº 3-102-073425-37, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros de: Actas de Asambleas y Registros de Socios, ambos libros Nº 1. Quien se considere afectado lo puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 19 de diciembre del 2011.—Ana Lorena Hernández Azofeifa.—(IN2011099492).

PEÑA BRUJA SOCIEDAD ANÓNIMA

Peña Bruja Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-102762, solicita ante la Dirección General de Tributación de Liberia, Guanacaste, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 1, Mayor, Nº 1, Inventario y Balances Nº 1, Actas de Asamblea de Socios Nº 1, Actas de Registro de Socios Nº 1, Actas de Consejo de Administración Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Liberia, Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Cañas, Guanacaste, 19 de diciembre del 2011.—Lic. Nayudell Murillo Chavarría, Notaria.—(IN2011099498).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA COSTARRICENSE

Que ante el Departamento de Registro de la Universidad Tecnológica Costarricense, se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por extravío, correspondiente al título de Licenciatura en Ingeniería en Sistemas Computacionales, grado académico Licenciatura, registrado en el libro de títulos bajo el tomo 01, folio 83, asiento 1271, a nombre de Laura Isabel Molina Gutiérrez, con fecha 28 de agosto del año 2008, cédula de identidad número 1-1116-0248. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta. Se extiende la presente en San José, Costa Rica, a los trece días del mes de diciembre del dos mil once, a solicitud de la interesada.—Dayana Castro Fallas, Directora de Departamento de Registro.—RP2011271479.—(IN2011098616).

REPRESENTACIONES ESQUIVEL Y

COMPAÑÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

Representaciones Esquivel y Compañía Sociedad Anónima, la cual cuenta con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero noventa y nueve mil cuatrocientos cuarenta y nueve, solicita ante la Dirección General de la Tributación la reposición de los siguientes libros: i) libro de Actas de Junta Directiva número uno; ii) libro de Registro de Socios número uno; iii) libro de Actas de Asamblea de Socios número uno; iv) libro de Mayor número uno; v) libro de Inventarios y Balances número uno; y vi) libro de Diario número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de San José Este, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Es todo.—San José, siete de diciembre del 2011.—Alejandro Esquivel Gerli.—RP2011271536.—(IN2011098619).

SOUTHERN PACIFIC ADVENTURES SOCIEDAD ANÓNIMA

Southern Pacific Adventures Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos veintinueve mil cuatrocientos setenta y seis, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los siguientes libros: libro de Diario, tomo uno, libro de Inventario y Balances tomo uno, libro Mayor tomo uno, libro de Asamblea General de Accionistas, tomo uno, libro de Junta Directiva, tomo uno y libro de Registro de Accionistas, tomo uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Pérez Zeledón, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Kjell Arve Eggen.—RP2011271613.—(IN2011098620).

EL CRUCE DE HUACAS SOCIEDAD ANÓNIMA

El Cruce de Huacas Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-181330, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los siguientes tres libros: Actas Asamblea General número uno, Actas de Registro de Socios número uno y Actas Consejo de Administración número uno. Quien se considere afectado puede mostrar su oposición ante la Subgerencia de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Santa Cruz, Guanacaste, 5 de diciembre del 2011.—Anne Catherine Suzanne Loriot.—RP2011271618.—(IN2011098621).

HACIENDA DON JESÚS SOCIEDAD ANÓNIMA

Hacienda Don Jesús Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta mil ciento cuarenta y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas Asamblea de Socios y Registro de Socios, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notaria.—RP2011271654.—(IN2011098622).

TRANSPORTES FEROSA F Y C DE TURRIALBA LIMITADA

Transportes Ferosa F Y C de Turrialba Limitada, cédula jurídica: 3-102-261081, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asambleas, Registro de Socios, a todos los cuales corresponde el número uno, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Turrialba, 26 de setiembre del 2011.—Felipe Rodríguez Ramírez.—RP2011271681.—(IN2011098623).

CLÍNICA DENTAL VIQUEZ Y LÓPEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

Clínica Dental Víquez y López Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-111024, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asambleas, Registro de socios, todos Nº 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Mariela Paniagua Camacho, Notaria.—RP2011271262.—(IN2011098624).

AUTOCAMIONES DE COSTA RICA-AUTOCORI

SOCIEDAD ANÓNIMA

Autocamiones de Costa Rica-Autocori Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-047695, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición del siguiente libro: Actas de Consejo, número de libro 1, por extravío. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Este, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Sergio Valverde Segura, Notario.—RP2011271264.—(IN2011098625).

VERDE MUSGO FRTJ CELESTE AMARILLO

SOCIEDAD ANÓNIMA

Verde Musgo FRTJ Celeste Amarillo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-246473, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los libros: Actas de Consejo de Administración número uno, actas de Asamblea de Socios número uno, Registro de Socios número uno, Diario número uno, Mayor número uno, e Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 2 de diciembre del 2011.—Robert Ernest Mowder Jr, Presidente.—RP2011270269.—(IN2011098626).

SISTEMAS DE CONTROL DURÁN S. A.

Sistemas de Control Durán S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-seis dos nueve uno cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y balances, Actas de Asambleas Generales, Actas de Junta Directiva y Registro de Accionistas todos número uno de la citada empresa, por extravío de los mismos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Silvia Jovel Ash, Secretaria.—RP2011271370.—(IN2011098627).

JONISA DE SAN JOSÉ SOCIEDAD ANÓNIMA

Jonisa de San José Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento diez mil ochocientos cincuenta y cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración número uno y Actas de Asamblea de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Este, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, catorce de diciembre de dos mil once.—Lic. Carlos Augusto Espinoza Arceyut, Notario.—RP2011271423.—(IN2011098628).

COMPAÑÍA EXPORTADORA E IMPORTADORA

EL ZAR SOCIEDAD ANÓNIMA

Compañía Exportadora e Importadora El Zar Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-148378, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Registro de Socios Nº 1, Asamblea General Nº 1, Junta Directiva Nº 1, Mayor Nº 1, Inventarios y Balances Nº 1, Mayor Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Dewin Brenes Fernández, Notario.—RP2011271425.—(IN2011098629).

RAHSO DE SANTA ANA S. A.

Rahso de Santa Ana S. A., cédula jurídica Nº 3-101-198973, solicita la reposición de libros, ante Tributación Directa: Diario, Mayor, e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado dirigir oposición a la Sección de Legalización de Libros en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del aviso.—Rafael Ángel Solano Cerdas, Presidente.—(IN2011099403).

TELNET SOCIEDAD ANÓNIMA

Telnet Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y dos mil doscientos noventa y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Registro de Accionistas Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Mauricio Naranjo Hoepker, Presidente.—(IN2011099460).

TOPOPAS METROPOLITANOS S. A.

El suscrito, Jersan Pastrana Castillo, mayor, costarricense, casado dos veces, topógrafo, cédula de identidad número cinco-ciento quince-quinientos treinta y cinco, vecino de Heredia centro, urbanización Residencial del Río, casa número cuarenta y seis, en su condición de presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, de la empresa Topopas Metropolitanos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y siete mil seiscientos cincuenta y siete, domiciliada en San José, San Juan de Tibás, urbanización Los Almendros, solicita ante la Dirección General de Tributación, Regional de San José, la reposición del primer libro de Actas de Socios de la empresa. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Heredia, 17 de noviembre del 2011.—Jersan Pastrana Castillo, Presidente.—RP2011272096.—(IN2011099591).

CAR BOUTIQUE SOCIEDAD ANÓNIMA

Car Boutique Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-doscientos noventa y cinco mil ciento veintidós, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: libro número uno de Actas de Asamblea General de Accionistas. Libro número uno de Registro de Accionistas. Libro número uno de Actas de Junta Directiva. Libro número uno de Inventario y Balances. Libro número uno de Diario. Libro número uno de Mayor. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso. Presidente: Julián Burlage Schott, mayor, casado una vez, ejecutivo, vecino de San José, Rohrmoser, de Scotiabank Sabana Norte, trescientos setenta y cinco metros al oeste, portador de la cédula de identidad número: ocho-cero setenta y nueve-novecientos doce.—San José, quince de diciembre del dos mil once.—Julián Burlage Schott.—(IN2011099750).

TRANSPORTES RUTAS CUATROCIENTOS SIETE Y

CUATROCIENTOS NUEVE SOCIEDAD ANÓNIMA

Transportes Rutas cuatrocientos siete y cuatrocientos nueve sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento veinticuatro mil seiscientos cincuenta, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas Consejo Administración número uno, Registro de Socios número uno y Actas Asamblea de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de Heredia, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Alfredo Álvarez Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2011099761).

CARIARI COUNTRY CLUB S. A.

Las siguientes personas jurídicas han solicitado reposición de acciones comunes y nominativas con su correspondiente título de inversión, de la empresa Cariari Country Club S. A.

 

Nº Acción y título

Nombre

Cédula Nº

1284

Las Mitras S. A.

3-101-42131

466

Mundial Industrial S. A.

3-101-076082-34

1817

Grupo Farofo FRF S. A.

3-101-253721

2026

Comercializadora Jiménez & Quijano S. A.

3-101-230631

Por término de la ley (artículo 689 del Código de Comercio), se atenderán oposiciones en el Departamento de Secretaría de Junta Directiva, en Cariari Country Club S. A., cédula jurídica Nº 3-101-015031-18, San Antonio de Belén-Heredia. Transcurrido el plazo se procederá a la reposición.—Heredia, 20 de diciembre del 2011.—Rafael Gutiérrez Badilla, Presidente.—(IN2011099764).

CASTILLO COUNTRY CLUB S. A.

José Salas Hernández, cédula de identidad 4-150-643 a extraviado su acción 3724, por lo que ha solicitado al Castillo Country Club S. A. cédula jurídica 3-101-015794-03 la reposición de la misma, de acuerdo a los artículos 689 y 690 del Código de Comercio. Quien se considere afectado dirigir la oposición a la Secretaría de Junta Directiva. Por lo anterior, solicitamos la respectiva publicación de los edictos.—Heredia, 13 de diciembre de 2011.—Jeffersson Láscarez A., Jefe Financiero—(IN2011099768).

GRECO ESTYLOS SOCIEDAD ANÓNIMA

La sociedad Greco Estylos Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica 3-101-554561 solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición, de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, y Actas de Junta Directiva. Todos numero uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al contribuyente (legalización de libros) de la Administración Tributaría de San José Oeste, dentro del término de ocho días contados a partir de la última publicación de este aviso en el, Diario Oficial La Gaceta.—Gerardo Rodríguez Quesada, Apoderado Generalísimo.—(IN2011099782).

LE AZURRI ITALIANI SOCIEDAD ANÓNIMA

Le Azurri Italiani Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-quinientos sesenta y nueve mil ciento veintitrés, anteriormente denominada tres-ciento uno-quinientos sesenta y nueve mil ciento veintitrés, sociedad anónima, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro legal número uno denominado Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José Este, en el término hábil de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lilliana Blanco Laurito.—(IN2011099796).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

AVISA

Que la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Costa Rica, en sesión ordinaria 40-2011, celebrada el 28 de noviembre del 2011. tomó el acuerdo 2011-40-013, el cual fue ratificado en sesión 41-2011, del cinco de diciembre del año dos mil once, en el que se acogió la solicitud del beneficio de ejecución condicional planteada por la licenciada Sandra Arauz Chacón, colegiada 5799. Que en razón de lo anterior se ordena el levantamiento de la sanción de tres meses de suspensión impuesta a la citada profesional, la que fuera publicada en el Diario Oficial La Gaceta número 199 del dieciocho de octubre del año dos mil once. (Expediente número 274-08).—Lic. Rosette María Morgan Asch, Fiscal.—1 vez.—RP2011270452.—(IN2011096288).

COLEGIO DE CIRUJANOS DENTISTAS DE COSTA RICA

TARIFA GUÍA OBLIGATORIA COMO MÍNIMO

EN LA PROFESIÓN ODONTOLÓGICA, 2012

Los Odontólogos están autorizados a cobrar un monto superior, según las condiciones de su consultorio dental.

El presente tarifario se ha calculado luego de un estudio exhaustivo por parte de la Comisión de Tarifas Mínimas del Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica, para lo cual se ha utilizado diferentes parámetros entre ellos: una encuesta que fue respondida por un alto porcentaje de colegiados, análisis de costos de clínicas dentales en varios escenarios, consultas a las academias y universidades, y recomendaciones de expertos en esta área.

Este tarifario asume también que el colegiado mantiene al día el pago de sus obligaciones con la CCSS, la Dirección General de Tributación Directa, paga los impuestos de ley vigentes, y cumple con la aplicación de las tarifas mínimas y con la Ley del Timbre Odontológico.

La Tarifa Mínima aprobada toma en cuenta las medidas de BIOSEGURIDAD como: Autoclavado, Protección del operador (guantes, mascarillas, anteojos).protección del paciente (barreras físicas de protección), materiales y equipo de calidad, manejo de desechos, vacunación, y todas aquellas medidas que solícita el Ministerio de Salud para dar el permiso de funcionamiento del establecimiento dental.

Salario mínimo

El salario mínimo de un profesional en odontología que sea contratado por empresas privada, fundaciones, asociaciones solidaristas se establece en 1.546.470 (un millón quinientos cuarenta y seis mil cuatrocientos setenta colones) para un tiempo completo de 48 horas semanales, monto que incluye honorarios del profesional mas cargas sociales, asumiendo que el contratante proveerá todos los insumos requeridos, recurso humano de soporte y pacientes.

Retribución de servicios mediante pago de hora profesional

Se autoriza la contratación de profesionales en odontología mediante el sistema de retribución de servicios por hora profesional, la cual no podrá ser menos a 35.000 (treinta y cinco mil colones) en el entendido de que el contratante debe proveer todos los insumos requeridos.

Prestación de Servicios Profesionales por sistema de porcentajes:

Las siguientes son los porcentajes sugeridos para una relación entre odontólogos que laboren por el sistema de porcentajes.

Relación en sistema de porcentajes entre Odontólogos Generales

60% para el dueño de la clínica (que asume todos los gastos incluyendo materiales) y 40% para el odontólogo que brinda solamente el servicio. Deben tomarse en cuenta las garantías sociales del colegiado que no es dueño de la clínica (consultar esta información en la fiscalía).

Relación en sistema de porcentajes entre Odontólogos Generales y Especialistas

75% para el Especialista (que asume todos los gastos y se hace cargo de sus cargas sociales y las de su personal) y 25% para el Odontólogo- General dueño de la Clínica (que asume los costos fijos de la clínica).

NOTAS ADICIONALES:

1-  El cobro de los tratamientos dentales que no estén establecidos en este listado deben ser consultados y aprobados por la Comisión de Tarifas y la Junta Directiva

2.  Todos los odontólogos deberán respetar el rango mínimo. Se autoriza un cobro mayor al odontólogo según sus condiciones particulares (ubicación, número de equipos dentales, personal asistencial y de laboratorio adicional) o un gasto fijo mayor al que ha servido de base para este listado.

3.  Estas tarifas aplican para todas las instituciones, Empresas, Sociedades, Fundaciones, INS, Aseguradoras no estatales, Odontólogos en General. El irrespeto del cobro de las tarifas mínimas se tendrá como una violación al Código de Ética, se considerará competencia desleal, por lo que al odontólogo responsable se le aplicará la sanción que establezca la Ley Orgánica del Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica.

4.  El colegiado podrá establecer convenios con asociaciones solidaristas, compañías y cualquier tipo de empresa que se encuentre debidamente registrada en el Registro Mercantil, ofreciendo hasta un 10% de descuento por los servicios profesionales a partir de la tarifa mínima. Para ello deberá completar el formulario de solicitud de descuento especial a empresas, mismo que se encuentra disponible en la Fiscalía del Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica y cumplir con los requisitos establecidos para aplicación de este tipo de descuentos.

5.  Se autoriza a aquellas clínicas dentales o colegiados que fijen tarifas mayores a las establecidas por el colegio como Tarifas Mínimas, para hacer publicidad sobre descuentos en sus servicios a empresas, publicitando los precios ofrecidos, previa solicitud del aval respectivo de la Fiscalía del Colegio, sin que esto riña con el Código de Ética. No cumplir con la solicitud de aval se interpretará como violación al Código de Ética.

6.  En caso de dudas o controversias en cuanto a la aplicación de la tarifa mínima o la retribución fija, la Comisión de Tarifas y la Junta Directiva del Colegio de Cirujanos Dentistas darán previa audiencia a los interesados para resolver el diferendo.

7.  La resolución de la Junta Directiva tendrá los recursos que señala la Ley Orgánica y el pronunciamiento definitivo será de acatamiento obligatorio para el Cirujano Dentista.

 

PROCEDIMIENTO

Rango Bajo y de Seguros Solidarios (INS)

Diagnóstico y Plan de tratamiento

¢

REVISIÓN GENERAL (consiste en una revisión odontológica general que NO implica elaboración de expediente, modelos ni radiografías en un periodo de tiempo no mayor a 10 minutos. Este tipo de actividad generalmente se realiza en ferias de la salud y en la atención de empresas y solo requiere el uso de guantes y bajalenguas.

Gratuita

Examen Clínico Diagnóstico intra y extraoral (CONSISTE EN UN EXAMEN COMPLETO DE MAS DE 30 MINUTOS, CON ELABORACION DE EXPEDIENTE Y PRESENTACION AL PACIENTE DE UN DIAGNOSTICO Y PLAN DE TRATAMIENTO)

10.500

Cita perdida: no asistencia a una cita confirmada sin avisar con por lo menos 12 horas de anticipación

10.500

Modelos de Estudio

10.500

Set Fotografía extra e intraorales

10.500

Radiología

10.500

Interpretación radiológica

10.500

Radiografías periapicales, aletas y oclusales (niños y adultos)

9.500

Juego de 14 radiografías periapicales montado en marco

84.500

Set de 4 aletas y 2 periapicales

36.000

Set de 4 aletas

31.000

Radiografía Panorámica y cefalométricas convencional (Cada una)

15.500

Radiovisiografía Periapical Digital (cada una)

15.500

Radiografía Panorámica y cefalométricas digital (cada una)

20.000

Periodoncia

Profilaxis (PULIDO CON PASTA PROFILACTICA)

11.500

Raspado manual por sesión

11.500

Raspado con ultrasonido (cavitrón o similar)

21.000

Cirugía periodontal por cuadrante

36.000

Alargamiento de corona

41.000

Restauraciones temporales

Ionómeros de vidrio

10.500

Bases para restauraciones finales

10.500

Oxido de zinc o IRM

10.500

Amalgamas

Amalgamas 1 superficie

11.500

Amalgamas 2 superficies

16.000

Amalgamas 3 o mas superficies

18.000

Resinas

Clases I, III, V, VI

18.000

Clases IV, II

23.000

Sellantes de fosas y fisuras por pieza

11.500

Cosmética Dental

Blanqueamiento dental básico (con fundas)

90.500

Blanqueamiento de diente desvitalizado por cita

23.000

Blanqueamiento en una sola cita

150.000

Carillas de Porcelana

155.000

Carillas de Resina

116.000

Cierres de diastema (mesial-distal) 1 diente

26.000

Incrustaciones de resina compuesta

103.000

Incrustaciones de porcelana

129.000

Incrustación metal base

103.000

Incrustación metal noble

129.000

Recontorneo anatómico de un diente malformado

31.000

Prostodoncia Fija

142.000

Corona metal no precioso y porcelana

142.000

Corona completa metal no precioso

129.000

Corona metal precioso y porcelana

178.000

Corona 100% metal precioso

188.000

Corona 100% Porcelana

181.000

Corona Cerómero

11.000

Corona Zirconio

178.000

Corona Provisional

18.000

Hombro de porcelana por corona c/u

18.000

Corona implantosoportada

181.000

Implantes Dentales

Cirugía para colocar el implante (por cada implante)

335.000

Poste individualizado hecho a la medida en aleación noble alto contenido oro

181.000

Poste prefabricado de titánio

181.000

Mini implantes dentales de transición

181.000

Pónticos en los puentes implanto soportados por unidad

181.000

Prótesis Removible

Removible metálico cromo cobalto

181.000

Prótesis total superior o inferior (cada una)

114.000

Prótesis parcial acrílica procesada

84.000

Prótesis parcial acrílica autopolimerizable

62.000

Planos de mordida, férulas, placas de relajamiento

62.000

Rebases inmediatos cualquier material

31.000

Rebases mediatos con laboratorio

41.000

Endopostes, Pines

Postes colados (Espigas)

36.000

Endopostes acero inoxidable

20.000

Postes prefabricado y reconstrucción (resina e ionomero de vidrio)

52.000

Endodoncia

Anteriores

70.000

Premolares

88.000

Molares

108.000

Exodoncia y Cirugía

Enucleación de quiste periapical + curetaje apical

52.000

Exodoncia simple

16.000

Exodoncia compleja

26.000

Tratamiento de alveolitis por cita

10.500

Enucleaciones (por pieza)

52.000

Regularización ósea

52.000

Cirugía de tejidos blandos

52.000

Frenectomía

41.000

Cirugía de terceros molares semiimpactados

52.000

Cirugía de terceros molares impactados

72.000

Reimplantación dental post avulsión (incluye radiografías y ferulización)

52.000

Exposición quirúrgica de dientes retenidos para tracción ortodóntica

21.000

Patología

Remoción de tumores benignos: fibromas, papilomas, lipomas, mucoceles, pigmentaciones, tejidos hiperplásicos, ránulas

52.000

Biopsias incisionales para estudio y diagnóstico de diversas patologías (adicionar costo de laboratorio de patología)

62.000

Odontopediatría

Coronas acero cromado

26.000

Control de placa

10.500

Pulpotomias en piezas temporales

26.000

Pulpectomías

31.000

Exodoncia piezas temporales

15.500

Ortodoncia y Ortopedia

Aparatología removible

72.000

Ortopedia

361.000

Retenedores post tratamiento (cada uno)

36.000

Ortodoncia Fija

619.000

 

Peritajes

Costo total (incluye la entrega de un informe escrito con su opinión profesional sobre el caso examinado y las recomendaciones de cada caso, con fotografías del caso, radiografía panorámica y modelos del caso

130.000

San José, 14 de diciembre del 2011.—Dra. Nora Chaves Quirós, Presidenta.—1 vez.—(IN2011098153).

ASOCIACIÓN DE ACUEDUCTO RURAL CIEN

MANZANAS SAN MIGUEL DE TUIS

Yo, Damaris Madrigal Ramírez, cédula de identidad número tres-trescientos dieciocho-cuatrocientos, en mi calidad de presidenta y representante legal de la Asociación de Acueducto Rural Cien Manzanas San Miguel de Tuis, cédula de persona jurídica número tres-cero cero dos-trescientos dieciocho mil veintiocho, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros de: Diario, Mayor, Inventario y Balance, todos números uno, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, veintitrés de noviembre del dos mil once.—Damaris Madrigal Ramírez, Presidenta y Representante Legal.—1 vez.—RP2011271737.—(IN2011099252).

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Doninelli y Asociados S. A., mediante los cuales se fusiona con la sociedad El Pairal S. A., desapareciendo esta y prevaleciendo Doninelli y Asociados S. A.—San José, 6 de diciembre del 2011.—Lic. Mónica Romero Piedra, Notaria.—(IN2011099418).

Por escritura otorgada en esta notaría número 49 de las 10:00 horas del 20 de diciembre 2011, la señora Kirsten Ulloa Loría vende establecimiento mercantil denominado Farmacia Mercedes, situado en Mercedes Sur de Heredia, a Katherine Orúe Rivera, quedando depositado el precio en la señora Irma Loría González, quien podrá localizarse mediante el fax 2234-4596, a fin de que los interesados se apersonen a hacer valer sus reclamos dentro del plazo de 15 días naturales a partir de la primera publicación de edictos. Vencido dicho plazo, la depositaria entregará el precio a la vendedora.—San José, 21 de diciembre 2011.—Lic. Ana Catalina Pereira Mata, Notaria.—(IN2012000266).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Los señores Cristhiam Noguera Villalobos, cédula 5-347-827 y Beatriz Villalobos Brenes, cédula 6-154-180, constituyen la sociedad: Servi-Comerciales N & V Sociedad Anónima. Capital social de cien mil colones. Domiciliada en distrito cuarto: Jicaral de Lepante de Puntarenas, 50 norte del Parque. Constituida mediante escritura sesenta y nueve del tomo noveno del protocolo del notario José German Zamora Leal, en fecha 15 de diciembre del 2011.—MSc. José German Zamora Leal, Notario.—1 vez.—RP2011271941.—(IN2011099593).

Por escritura otorgada en mi Notaría hoy a las 16:00 horas se protocolizó en lo conducente el acta número dos, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, Distribuidora de Joyas de Plata S. A., mediante la cual se reforma el pacto constitutivo en cuanto al plazo social.—San José, 16 de diciembre del año 2011.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—RP2011271949.—(IN2011099594).

Por escritura otorgada en mi Notaría hoy a las 15:00 horas, se constituyó la sociedad de esta plaza, Corporación Sogo K.H.Y. S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años contados a partir de hoy. Objeto: industria, comercio, agricultura, ganadería, minería y pesca en general y en especial se dedicará a la importación y mercadeo de prendas para vestir, con énfasis para zapatos y zapatillas. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma, nombrado por todo el plazo social.—San José, 16 de diciembre del año 2011.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—RP2011271950.—(IN2011099595).

Por escritura otorgada a las catorce horas del trece de diciembre del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Hermosa Beach Estates Sociedad de Responsabilidad Limitada, que es nombre de fantasía pudiendo abreviarse en su aditamento como S.R.L., o bien Ltda. Su capital social es por la suma de doce mil colones. Corresponde la representación judicial y extrajudicial al gerente uno, gerente dos y gerente tres de la sociedad.—Lic. Merlin Leiva Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2011271954.—(IN2011099596).

Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de socios de Inversiones Vivijey S. A. Se modifica pacto social y junta directiva.—San José, a los 16 días del mes de diciembre del 2011.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—1 vez.—RP2011271962.—(IN2011099602).

Por medio de la escritura número ciento ocho, otorgada a las ocho horas del día quince de diciembre del año dos mil once, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Texas Partners Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula del domicilio, la de la administración, se revoca el nombramiento de junta directiva y fiscal y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. María Esther Quirós Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2011271963.—(IN2011099603).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del dieciséis de diciembre de dos mil once, los suscritos, Krisia Lugo Mora, cédula uno-mil doscientos treinta y nueve-doscientos sesenta y nueve. María de los Ángeles Chinchilla Cerdas, cédula uno-trescientos sesenta y siete-cero cero noventa y seis, constituyen Climatización GMC Sociedad de Responsabilidad Limitada correspondiendo al gerente y subgerente, la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma; capital social totalmente suscrito y pagado.—Cartago, dieciséis de diciembre del dos mil once.—Lic. Carlos Luis Rojas Montoya, Notario.—1 vez.—RP2011271964.—(IN2011099604).

La sociedad Ingenieros y Arquitectos Asociados IAASA Sociedad Anónima; cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y ocho mil setecientos cincuenta y seis, celebrada en su domicilio social, reforma cláusula de la representación, revoca nombramientos de junta directiva y fiscal y hace nuevos nombramientos. Escritura otorgada en Desamparados, a las nueve horas del catorce de diciembre del dos mil once, ante el notario Rodrigo Ureña Quirós.—Lic. Rodrigo Ureña Quirós, Notario.—1 vez.—RP2011271965.—(IN2011099605).

Mediante escritura número doscientos siete de las ocho horas del quince de diciembre de dos mil once, ante esta notaría se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos treinta y cuatro mil doscientos veinticuatro sociedad anónima. Se nombra presidente, secretario y tesorero de la junta directiva.—San José, quince de diciembre del dos mil once.—Lic. Luis Diego Cerdas Cisneros, Notario.—1 vez.—RP2011271966.—(IN2011099606).

Constitución de sociedad Open Pymes Sociedad Limitada, con domicilio social en San José, calle tres y cinco, avenida veintiséis.—Lic. Marianella Fonseca Rivera, Notaria.—1vez.—RP2011272038.—(IN2011099645).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 22 de noviembre del 2011, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-quinientos noventa y un mil ciento seis sociedad anónima. Se nombra presidente de junta directiva. Es todo.—San José, veintidós de noviembre del dos mil once.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1vez.—RP2011272039.—(IN2011099646).

Mediante escritura número 97-3 otorgada en San José, ante esta misma notaría a las 10:00 horas del 10 de diciembre del 2011, se constituye la sociedad denominada Manualidades Arte Creatividad y Color S. A.—San José, 19 de diciembre del 2011.—Lic. Maricruz Villasuso Morales, Notaria.—1vez.—RP2011272040.—(IN2011099647).

En escritura pública otorgada ante mí, el día trece de diciembre del dos mil once, se protocoliza acta de asamblea de socios de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y ocho mil setecientos veinte sociedad anónima, en donde se reforma la cláusula de la administración y se nombra representaciones legales. Es todo.—San José, 19 de diciembre de 2011.—Lic. Huberth Salas Ortega, Notario.—1vez.—RP2011272042.—(IN2011099648).

Por escritura número ciento treinta y ocho-dieciséis, de las nueve horas del dieciséis de diciembre del dos mil once, se constituye Venezia Sociedad Anónima, plazo noventa y nueve años, capital social quinientos mil colones exactos, presidente Carlos José Rodríguez Lemus.—San José, diecisiete de diciembre del dos mil once.—Lic. Rigoberto Jiménez Vega, Notario.—1vez.—RP2012172045.—(IN2011099649).

Mediante escritura otorgada ante esta notaria, a las 10:00 horas del 18 de diciembre del 2011, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Magobo Sociedad Anónima.—Lic. Daniel Eduardo González Mora, Notario.—1vez.—RP2011272051.—(IN2011099650).

A las 11:00 horas de hoy protocolicé asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Habibi Ltda. en la cual se modifica la cláusula sexta del pacto social y se nombran gerentes.—San José, 16 de diciembre del 2011.—Lic. José Rafael Fernández Quesada, Notario.—1 vez.—RP2011272052.—(IN2011099651).

Ante esta notaría han comparecido Katherine y Sharon ambas Estrada Alvarado, a modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad denominada Importaciones de Aluminos & Vidrios M.A.E. S. A., en cuanto al plazo social de la misma.—15 de diciembre del 2011.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—RP2011272056.—(IN2011099652).

La sociedad de esta plaza denominada Torrefactora Café Segura de San Rafael S. A., cédula jurídica 3-101-384779, en asamblea extraordinaria de accionistas celebrada el veintidós de noviembre del 2011, realizó nuevo nombramiento para la representación legal y modificación de la cláusula constitutiva décima sétima.—San José, 5 de diciembre del 2011.—Lic. Vilma María Guevara Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011272059.—(IN2011099653).

Mediante escritura número ciento cuarenta y nueve de las dieciséis horas del quince de diciembre del dos mil once, se reforma la cláusula cuarta del pacto social de la empresa Vivifuster S. A.—San José, diecinueve de diciembre del dos mil once.—Lic. Adriana Oreamuno Montano, Notaria.—1 vez.—RP2011272060.—(IN2011099654).

Ante la Notaría del suscrito al ser las diecisiete horas del dieciséis de noviembre del dos mil once, se constituyó la sociedad que se denomina Alcasol Sociedad Anónima, empresa domiciliada en Heredia, con un capital social de diez mil colones. Es todo.—Heredia al ser las diez horas treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil once.—Lic. Roberto Villalobos Conejo, Notario.—1 vez.—RP2011272061.—(IN2011099655).

Ante mí, Luis Alberto Campos Flores, Notario Público con oficina en San José, se constituye la sociedad Bodegas Industriales de Moín B.I.M. Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente apoderado generalísimo, capital suscrito y pagado. Escritura otorgada en San José, a las veinte horas del veintiséis de noviembre del dos mil once.—Lic. Luis Alberto Campos Flores, Notario.—1 vez.—RP2011272068.—(IN2011099656).

Por escritura otorgada ante mí, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Acesol S. A., cuya cédula jurídica es 3-101-223789. Se nombra nueva junta directiva, presidente, secretario y tesorero.—San José, 12 de diciembre del 2011.—Lic. Luis Carlos Gómez Robleto, Notario.—1 vez.—RP2011272069.—(IN2011099657).

La suscrita Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, notaria publica con oficina abierta en Palmares de Alajuela, constituí la fundación denominada: Fundación Proyecto de Caridad para la Humanidad Sin Fronteras, con un capital social de cinco mil colones y un plazo perpetuo. Es todo.—Palmares, diecinueve de diciembre del dos mil once.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2011272070.—(IN2011099658).

La suscrita notaria Marta Emilia Rojas Carranza, constituí sociedad anónima, siendo su denominación social la cédula jurídica que le otorgue el Registro Nacional, Registro de Personas Jurídicas, ello conforme al Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta ciento catorce del día catorce de junio del dos mil seis. Con un capital social de cien mil colones y un plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—Palmares, dieciséis de diciembre del dos mil once.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2011272071.—(IN2011099659).

Por escritura de las ocho horas del diecinueve de diciembre del 2011, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-637258, mediante la cual se reforma junta directiva, y se reforma la cláusula sétima de sus estatutos.—San José, 19 de diciembre del 2011.—Lic. Mark Beckford Douglas, Notario.—1 vez.—RP2011272072.—(IN2011099660).

Mediante escritura pública número noventa y ocho, otorgada a las ocho horas del dieciséis de diciembre del dos mil once, se reforma la cláusula del capital social, de la empresa: Autoconsa Sociedad Anónima, tres-ciento uno-trescientos ocho mil trescientos noventa y ocho.—San José, dieciséis de diciembre del dos mil once.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—RP2011272077.—(IN2011099661).

Ante esta Notaría se protocolizaron los acuerdos tomados por la Axelente S. A. a las dieciséis horas del día seis de diciembre del dos mil once. Se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo  de la sociedad de la representación. La junta directiva será conformada por presidente, vicepresidente, secretario y tesorero. La representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma la tendrán el presidente, vicepresidente y secretario, podrán actuar conjuntamente o separadamente. Solo en caso de venta o disposición de bienes deberán actuar conjuntamente el presidente con el vicepresidente o con el secretario.—Lic. E. Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2011272078.—(IN2011099662).

Ante mi, se constituyó la sociedad denominada Yama Partes de Caribe Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado, la representación le corresponde al presidente y vicepresidente, con domicilio en Guápiles, Pococí.—Limón, diecinueve de diciembre del 2011.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—RP2011272082.—(IN2011099663).

Luis Diego Chacón Bolaños, notario público, hace constar: que en mi notaría el día 14 de diciembre del presente año, la sociedad 3-101-587018 nombró nuevo presidente.—San José, 19 de diciembre del 2011.—Lic. Luis Diego Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2011272086.—(IN2011099664).

Por escritura otorgada ante mi Notaría a las 17:00 horas del 13 de diciembre del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Quinta Vista de Bajamar S. A. Se modifican cláusulas segunda, del domicilio, y sexta, de la administración y representación, del pacto constitutivo. Se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—Cartago, 13 de diciembre del 2011.—Lic. Edwin Arias Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011272087.—(IN2011099665).

Por escritura otorgada ante mi Notaría a las 15:00 horas del 13 de diciembre del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Retiro Veraniego Samara S. A. Se modifican cláusulas segunda, del domicilio, y sexta, de la administración y representación, del pacto constitutivo. Se nombra tesorero y fiscal.—Cartago, 13 de diciembre del 2011.—Lic. Edwin Arias Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011272088.—(IN2011099666).

Por escritura otorgada ante mi Notaría a las 16:00 horas del 13 de diciembre del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Residencia Turística Samara Samatur S. A. Se modifican cláusulas segunda, del domicilio, y sexta, de la administración y representación, del pacto constitutivo. Se nombra tesorero y fiscal.—Cartago, 13 de diciembre del 2011.—Lic. Edwin Arias Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011272089.—(IN2011099667).

Se constituye sociedad anónima, ante esta notaría, escritura cuarenta y uno dos mil once, por Ólger Salazar Villalobos y Alejandro Salazar Baraboza, para los alcances de ley. Es todo, al ser las ocho horas del diecinueve de diciembre del dos mil once.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—RP2011272092.—(IN2011099668).

Se constituye sociedad anónima, ante esta notaría, escritura cuarenta y dos dos mil once, por Ólger Salazar Villalobos y Alejandro Salazar Baraboza, para los alcances de ley. Es todo, al ser las ocho horas del diecinueve de diciembre del dos mil once.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—RP2011272093.—(IN2011099669).

Por escritura número noventa y cinco-cinco, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Léalo S. A. mediante la cual se reforma las cláusulas segunda y octava del estatuto.—San Rafael de Heredia, diecinueve de diciembre del dos mil once.—Lic. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2011272095.—(IN2011099670).

Por escritura Nº 99, otorgada ante mí, a las 8 horas del 17 de diciembre del 2011, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de The Mountain Seal Corporation A L Limitada, donde se reformó la cláusula 2da del pacto social, del domicilio. Es todo.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—RP2011272098.—(IN2011099671).

El suscrito Notario hace constar que mediante escritura pública número doscientos veintiuno de las quince horas del cinco de diciembre del dos mil once de mi protocolo, protocolicé asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad domiciliada en Heredia denominada Desarrollos y Controles Fáciles de Control S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y nueve mil sesenta y nueve reformando la cláusula tercera del pacto social, sobre el objeto de la sociedad.—Lic. Jorge Antonio Fournier Estrada, Notario.—1 vez.—RP2011272099.—(IN2011099672).

El suscrito notario hace constar que el día quince de diciembre del dos mil once, se constituyó la asociación de usuarios de aguas, cuya nombre es Usuarios de Agua de Calle Damas, siendo su presidenta Flor María de La Trinidad Jiménez Víquez, cédula de identidad número dos-cuatro tres tres-siete seis nueve, y el capital social de treinta y seis mil colones.—Ciudad Quesada, 19 de diciembre del 2011.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—RP2011272100.—(IN2011099673).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de Tebag Internacional Sociedad Anónima, celebrada en San José, a las 19:00 horas del 2 de moviembre del año en curso, mediante la cual se reforman las cláusulas 1ª, 5ª y 7ª del pacto social, se revocaron nombramientos de directivos y del fiscal, se nombraron sustitutos y se tomaron otros acuerdos.—San José, 16 de diciembre del 2011.—Lic. Javier A. Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—RP2011272101.—(IN2011099674).

Protocolización de actas de asambleas generales extraordinarias de Grupo Delgado Sociedad Anónima celebradas en San José, a las 14:00 horas del 2 de diciembre del 2000 y a las 8:00 horas del 20 de febrero del 2003, así como de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la misma sociedad de 18:00 horas del 5 de este mes, mediante las cuales por motivo de renuncia se designaron miembros de junta directiva y fiscal, se reformaron las cláusulas 2ª y 4ª del pacto social y se tomaron otros acuerdos.—San José, 16 de diciembre del 2011.—Lic. Javier A. Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—RP2011272102.—(IN2011099675).

Por escritura autorizada a las 10:00 horas del 16 de diciembre de 2011, protocolicé acuerdos de la asamblea general de accionistas de Agroindustrias del Pacífico (AGROPAC) S. A. en que se reforma el estatuto social en cuanto a domicilio y representación y administración.—Liberia, 16 de diciembre de 2011.—Lic. Mónica María Camacho Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2011272103.—(IN2011099676).

Por escritura número 77 otorgada ante mi notaría a las 18 horas del 14 de diciembre de 2011, la sociedad Solórzano Lara y Asociados Sociedad Anónima, cédula 3-101-283618 reformó la cláusulas primera y sexta de los estatutos y nombró nuevo secretario, tesorero y fiscal.—San José, 14 de diciembre de 2011.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—RP2011272106.—(IN2011099677).

Protocolización de acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Balnearios Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda aumentar el capital social de la compañía y reformar la cláusula quinta del capital social y la cláusula segunda del domicilio. Escritura otorgada, a las catorce horas treinta minutos del dieciséis de diciembre del dos mil once.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1 vez.—RP2011272107.—(IN2011099678).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve y cincuenta horas de dieciséis de diciembre de dos mil once, se nombran miembros nuevos de junta directiva y modificó cláusula domicilio social, de la sociedad tres-ciento uno-seis tres ocho cero uno seis sociedad anónima.—San José, diecisiete de diciembre de dos mil once.—Lic. Gustavo Chinchilla Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2011272108.—(IN2011099679).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve y treinta y cinco horas de dieciséis de diciembre de dos mil once se nombran miembros nuevos de junta directiva y modificó cláusula domicilio social, de la sociedad tres-ciento uno-seis cuatro uno cuatro nueve cinco sociedad anónima.—San José, diecisiete de diciembre de dos mil once.—Lic. Gustavo Chinchilla Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2011272109.—(IN2011099680).

Por escritura ciento cinco, otorgada en Ciudad Neily, once horas del diecinueve de diciembre del dos mil once, ante el suscrito notario se protocolizó en acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de Aventuras del Golfo Dulce Sociedad Anónima y se reformó la cláusula II. Se nombró nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Ciudad Neily, once horas del diecinueve de diciembre del dos mil once.—Lic. Roy Faustino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011272111.—(IN2011099681).

Por escritura ciento seis, otorgada en Ciudad Neily, once horas treinta minutos del diecinueve de diciembre del dos mil once, ante el suscrito notario se protocolizó en acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de Entada Giga Sociedad Anónima y se reformó la cláusula X. Se nombró nuevo presidente.—Ciudad Neily, al ser doce horas del día diecinueve de diciembre del dos mil once.—Lic. Roy Faustino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011272112.—(IN2011099682).

Por escritura de las 10:00 horas del 13 de diciembre del 2011, se constituyó la sociedad denominada Intl Crazybits Sociedad de Responsabilidad Limitada, se nombra gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, catorce de diciembre del dos mil once.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—RP2011272113.—(IN2011099683).

Por escritura otorgada en Grecia a las once horas del diecinueve de diciembre del dos mil once, compareció: Giovanni Barrantes Barrantes y protocolizó cambio de junta directiva de la sociedad anónima con razón social igual que su cédula jurídica: tres ciento uno- seiscientos cuarenta y cuatro mil quinientos ochenta y uno. Objeto: la compra y venta de fincas, presidenta Marcela Ulate Ulloa, con todas las facultades.—Grecia, diecinueve de diciembre del 2011.—Lic. Giovanni Barrantes Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2011272117.—(IN2011099684).

Por escritura otorgada en mi notaría hoy a las diez horas, se constituyó RMC Arte y Comida Sociedad Anónima, plazo cien años contados a partir de hoy, domicilio, San José, cantón y distrito Curridabat. Objeto: comercio, industria, importación y exportación en general, representación de casas nacionales y extranjeras, en particular asesoría en alimentos y bebidas, servicios de catering, planeación de eventos, administración de centros de comidas. Capital diez mil colones. Representada por su presidenta, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, cargo que ocupa Raquel Madrigal Castro. Escritura otorgada en San José, el nueve de octubre del dos mil once.—Lic. Montserrat Brich Mesegué, Notaria.—1 vez.—RP2011272118.—(IN2011099685).

Por escritura ante mí, de las 9:00 horas del 19 de noviembre del 2011, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Condominios Colina Real Cinco Epsilon S. A., modificándose la cláusula tercera del objeto.—San José, 19 de diciembre del 2011.—Lic. Mauricio José Molina Valverde, Notario.—1 vez.—RP2011272119.—(IN2011099686).

Se hace constar que mediante escritura pública otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, modificó el plazo social de la sociedad CFW Costa Rica GYM Corporation Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno quinientos treinta y ocho mil ciento sesenta y seis, para que en lo sucesivo se lea así: “El plazo de vigencia de la empresa será de tres años, siete meses, once días a partir de su constitución, venciendo el dos de enero del dos mil doce”.—San José, nueve de noviembre del dos mil once.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2011272120.—(IN2011099687).

A las 14:00 horas del 14 de diciembre de 2011, folio 19 frente, tomo I protocolo de David Guzmán Guzmán, protocolizamos acta 5: asamblea general de accionistas de International Petroleum IPCR S. A., cédula 3-101-419914, y se modifica cláusulas primera y segunda del pacto social relativas al nuevo domicilio: San José, Escazú, Guachipelín, Condominio Antigua casa 14 y al plazo social, que vencerá el 15 de diciembre de 2011.—San José a las 10:00 horas del 15 de diciembre de 2011.—Lic. Laura Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—RP2011272121.—(IN2011099688).

Se hace constar que mediante escritura pública otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, modificó el plazo social de la sociedad Ganadera Eslin Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno cero cuarenta y ocho mil doscientos noventa y tres, para que en lo sucesivo se lea así: “El plazo de vigencia de la empresa será de treinta años, cuatro meses, veintisiete días a partir de su constitución, venciendo el dos de enero del dos mil doce”.—San José, nueve de noviembre del dos mil once.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2011272122.—(IN2011099689).

Se hace constar que mediante escritura pública otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, modificó el plazo social de la sociedad Canal Metropolitano Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno trescientos ochenta y ocho mil ochocientos setenta y cuatro, para que en lo sucesivo se lea así: “El plazo de vigencia de la empresa será de siete años, un mes, diecisiete días a partir de su constitución, venciendo el dos de enero del dos mil doce”.—San José, nueve de noviembre del dos mil once.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2011272123.—(IN2011099690).

Se hace constar que mediante escritura pública otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, modificó el plazo social de la sociedad Elements TM Rohrmoser Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno cuatrocientos ochenta y dos mil cuatrocientos cuatro, para que en lo sucesivo se lea así: El plazo de vigencia de la empresa será de cuatro años, nueve meses, doce días a partir de su constitución, venciendo el dos de enero del dos mil doce.—San José, nueve de noviembre del dos mil once.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2011272124.—(IN2011099691).

En mi notaría al ser las quince horas del seis de diciembre del dos mil once, se reformó la cláusula novena de pacto constitutivo de la sociedad Arquedas y Arquitectos Sociedad Anónima.—San José, doce de diciembre del dos mil once.—Lic. Doris Eugenia Rodríguez Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2011272127.—(IN2011099692).

Ante esta Notaría Pública al ser las quince horas del día doce de diciembre del dos mil once, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inmobiliaria Galipan Sociedad Anónima, para reformar la cláusula quinta del capital social.—Lic. Sergio José Solano Montenegro, Notario.—1 vez.—RP2011272130.—(IN2011099693).

Ante esta Notaría Pública al ser las quince horas treinta minutos del día diez de diciembre del dos mil once, se constituyó la sociedad Kraski GL Sociedad Anónima. Presidente el señor Patryk Piotr Jara Krasinska.—Lic. Sergio José Solano Montenegro, Notario.—1 vez.—RP2011272131.—(IN2011099694).

Ante esta notaría pública al ser las doce horas treinta minutos del día diez de diciembre del dos mil once, se constituyó la sociedad Chaverri & Coto G.A. Sociedad Anónima. Presidenta la señora Ana Patricia Chaverri Coto.—Lic. Sergio José Solano Montenegro, Notario.—1 vez.—RP2011272132.—(IN2011099695).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del día 15 de diciembre del 2011, protocolicé asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Rosales y Asociados Internacional S. A. Se reforma la cláusula de la administración y se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—Lic. Ruhal Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—(IN2011099697).

Constitución de la sociedad anónima denominada Soluciones Gake Sociedad Anónima. Capital social: ¢10.000. Plazo: 99 años. Representación judicial y extrajudicial: presidente.—San José, 19 de diciembre del 2011.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2011099698).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas cuarenta minutos del dieciséis de diciembre del dos mil once, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada denominada Monarte Exclusividades Limitada. Domicilio: Heredia, San Pablo, quinientos metros al este del Mall Paseo de las Flores, local a mano izquierda, contiguo al Supermercado M y C. Capital social: mil colones. Se nombraron dos gerentes.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2011099699).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del dieciséis de diciembre del dos mil once, protocolicé actas de asambleas generales extraordinarias de accionistas de la sociedad Aseguradora del Istmo (ADISA) Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos diecinueve mil ochocientos, de las dieciséis horas del dieciocho de mayo de dos mil once y de las once horas del dos de agosto de dos mil once, mediante las cuales se reforman las cláusulas quinta y vigésimo segunda de los estatutos.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2011099700).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del 15 de diciembre de dos mil once, protocolicé acta de asamblea general de cuotistas de la sociedad How Good It Can Be Limitada, con número de cédula de persona jurídica 3-102-476159, mediante la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos, y se nombran nuevos gerentes.—Lic. Rolando González Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2011099701).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del quince de diciembre del dos mil once, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y tres mil cuatrocientos veintiocho sociedad anónima, con mismo número de cédula de persona jurídica, de las diez horas del treinta de agosto de dos mil once, mediante las cuales se reforma la cláusula sexta de los estatutos.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2011099703).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad ZZ&RA-CR Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-604403, mediante la cual se reforman del pacto social: la cláusula de la representación y se nombra nuevo tesorero. Escritura otorgada a las once horas del dieciséis de diciembre del 2011.—Lic. Nataly Mireya Espinoza Alvarado, Notaria.—1 vez.—(IN2011099705).

Por escritura pública número ciento dieciocho-tres, otorgada a las quince horas treinta minutos del dieciséis de diciembre del dos mil once, se modificó la cláusula segunda: del domicilio, sexta: de la administración y décima: asambleas del pacto constitutivo de la sociedad denominada tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil doscientos tres sociedad anónima. Es todo.—San José, diecinueve de diciembre del dos mil once.—Lic. Alejandro Goicuria Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2011099707).

Por escritura otorgada hoy a las 12:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Mentes Soñadoras Limitada, mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda del domicilio, sexta de la administración y se nombra gerente. Firmo en la ciudad de San José, el día 16 del mes de diciembre del 2011.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2011099720).

Por escritura otorgada hoy a las 11:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cinco mil ciento sesenta y tres sociedad anónima, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula primera del nombre, para denominarse a futuro como Iminds Brokers Sociedad Anónima (Iminds Corredores Sociedad Anónima) y la cláusula segunda del domicilio social. Firmo en la ciudad de San José, el día 16 del mes de diciembre del 2011.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2011099722).

Mediante escritura número trescientos siete, se constituyó una sociedad anónima, que se denominará Oxbow C.R. Sociedad Anónima, se nombraron los miembros de junta directiva, fiscal y agente residente.—Lic. Natalia López Quirós, Notaria.—1 vez.—(IN2011099740).

Mediante escritura número trescientos setenta y cuatro del tomo cinco de mi protocolo, protocolicé la asamblea general extraordinaria de cuotistas de Forrajes del Diquís Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la cual se reforma las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo y se nombra una nueva gerente.—Lic. Carolina Mora Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2011099741).

Por escritura otorgada ante mí, se reforma la cláusula octava de la administración, del pacto constitutivo, de la sociedad Ocon Carvajal Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-609461. Se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: José Francisco Correa Navas, secretario: Luis Fernando Bejarano Orozco.—San José, 19 de diciembre del 2011.—Lic. Mauricio Arias Ruiz, Co-Notario.—1 vez.—(IN2011099759).

En mi notaría en Esparza, a las diez horas del quince de diciembre del dos mil once, por escritura pública número doscientos setenta y seis, iniciada a folio ciento veinticinco vuelto, del tomo cuarenta del protocolo del suscrito Notario, Emiliano Porras Venegas, cédula número seis-ciento treinta y tres-ciento uno, Jerry Porras Mendoza cédula número seis-trescientos cuatro-ochocientos veintisiete y Luis Emilio Porras Mendoza, cédula número seis-trescientos ochenta-novecientos setenta, constituyen sociedad con razón social su número de cédula jurídica.—Esparza, veinte de diciembre del dos mil once.—Lic. Luis Gerardo Álvarez Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2011099779).

Ante esta notaría ha comparecido Fernando Fernández Mora, a reformar el pacto constitutivo del Mora en mis Raíces Sociedad Anónima, en sus cláusulas segunda, novena, décima, décima sétima.—8 de diciembre del 2011.—Lic. Sandra Obando Juárez, Notaria.—1 vez.—(IN2011099780).

Ante esta notaría ha comparecido Fernando Fernández Mora, a reformar el pacto constitutivo de Consultoría Integral FF Sociedad Anónima, en sus cláusulas segunda, novena, décima, décima octava.—8 de diciembre del 2011.—Lic. Sandra Obando Juárez, Notaria.—1 vez.—(IN2011099781).

Ante esta notaría, a las ocho horas del diecinueve de diciembre del dos mil nueve, se constituye una sociedad denominada Executive Jet Handling S. A. Domicilio: su domicilio social será Alajuela. Plazo social: cien años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veinte de diciembre del dos mil once.—Lic. Ana Morales Víquez, Notaria.—1 vez.—(IN2011099785).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Stef Surf El Delfín Sociedad Anónima mediante la cual se reforma la cláusula de la administración. Escritura otorgada en San José, ante el Notario Público Juan Manuel Aguilar Víquez, a las nueve horas del veinte de diciembre del dos mil once.—Lic. Juan Manuel Aguilar Víquez, Notario.—1 vez.—(IN2011099791).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Dolphin One Sociedad Anónima mediante la cual se reforma la cláusula de la administración. Escritura otorgada en San José, ante el notario público Juan Manuel Aguilar Víquez a las ocho horas del veinte de diciembre del dos mil once.—Lic. Juan Manuel Aguilar Víquez, Notario.—1 vez.—(IN2011099792).

Ante la notaría de la suscrita, Marcela Padilla Valverde, con oficina en San Rafael de Alajuela, mediante la escritura número ciento setenta y cuatro otorgada a las doce horas del día veinte de diciembre de dos mil once, se reforma la cláusula octava de los estatutos de la compañía Paseo del Ángel Uriel Tres Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-quinientos cuatro mil novecientos dos. Es todo.—Alajuela, veinte de diciembre de dos mil once.—Lic. Marcela Padilla Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2011099794).

Publicación del edicto nombramientos, representación y cambio de domicilio de la sociedad anónima denominada Desarrollos Urbanísticos Bloque Sgrah Veinticinco S. A.—San José, 20 de diciembre del 2011.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2011099795).

Por escritura otorgada en esta Notaría en San José, de las nueve horas del veinte de diciembre del año dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Perla Luna de Loto S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, 20 de diciembre del 2011.—Lic. Carlos Morales Fallas, Notario.—(IN2011099798).

NOTIFICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El Ministerio de Obras Públicas y Transportes, avisa que de conformidad con la Resolución Nº 070-2011-TASC del Tribunal Administrativo de Servicio Civil de las trece horas diez minutos del día diecinueve de setiembre del dos mil once, en donde resuelve: ... “Se rechaza el Recurso de Apelación interpuesto por la servidora Dominga Mora Argueta, portadora de cédula de identidad número 05-0205-0565 y se confirma la resolución número 11468 dictada por el Tribunal de Servicio Civil, a las ocho horas con veinticinco minutos del veinte de enero de dos mil diez, que declara con lugar la gestión de despido promovida por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes para despedir si responsabilidad para el estado a la servidora indicada, autorizando al Poder Ejecutivo para proceder a su despido”. Que mediante Acuerdo del Poder Ejecutivo Nº 177 de fecha 18 de noviembre del 2011, se acuerda despedir con justa causa y sin responsabilidad para el Estado a la servidora Dominga Mora Argueta, cédula de identidad número 05-0205-0565, con rige 16 de noviembre del 2011. Que mediante oficio DRH Nº 2011-3315-RC de fecha 27 de octubre del 2011, emitido por el Departamento de Registro y Control de la Dirección de Recursos Humanos del MOPT, se le comunicó el despido a la señora Mora Argueta, sin que se le pudiera ubicar en las diferentes ocasiones que se le visitó su casa de habitación como se demuestra en la actas de notificación que constan en los archivos de la Dirección de Recursos Humanos.—San José, 21 de noviembre deL 2011.—Lic. Francisco J. Jiménez, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—O. C. Nº 11426.—Solicitud Nº 34495.—C-40275.—(IN2011096656).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RMT-2985-2011 de las nueve horas del día 27 de octubre del 2011. La Ministra de Trabajo y Seguridad Social resuelve impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-2574-2011, de sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas del 20 de setiembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Bolívar Rodríguez Raquel, cédula de identidad N° 5-044-089, a partir del 1º de junio del 2011; por la suma de sesenta y seis mil cuatrocientos doce colones con cero céntimos (¢66.412,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional.—1 vez.—RP2011271495.—(IN2011098605).

De conformidad con resolución RMT-2962-2011 de las nueve horas del 18 de octubre del 2011. La Ministra de Trabajo y Seguridad Social resuelve impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-2017-2011, de sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas del 28 de julio del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Castro Carvajal Rafaela cc Rafaelita Castro Carvajal, cédula de identidad N° 2-191-550, a partir del 1º de diciembre del 2010; por la suma de sesenta y cuatro mil novecientos colones con cero céntimos (¢64.900,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional.—1 vez.—RP2011271564.—(IN2011098606).

De conformidad con resolución RMT-2958-2011 de las nueve horas del día 26 de octubre del 2011, la Ministra de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-2644-2011, de sesión celebrada en San José, a las 09:00 horas del 20 de setiembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión de Guerra incoadas por Herrera Murillo Bertha María, cédula de identidad Nº 2-245-403, a partir del día 1º de junio del 2006, por la suma de cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta y cuatro colones con cero céntimos (¢44.254,00), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora.—1 vez.—RP2011271856.—(IN2011099233).

De conformidad con resolución RMT-3137-2011 de las nueve horas del día 3 de noviembre del 2011, la Ministra de Trabajo y Seguridad Social Resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-2584-2011, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 20 de setiembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Jiménez Rojas Belarmina, cédula de identidad Nº 6-032-927, a partir del día 1 de junio del 2011; por la suma de sesenta y seis mil cuatrocientos doce colones con cero céntimos (¢66.412,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora.—1 vez.—(IN2011099757).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se hace saber a: Fernando Segura López con cédula de identidad uno-trescientos sesenta y cinco-seiscientos treinta y uno, en su condición de presidente, de la sociedad Comercializadora de Seguros Ceqsa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos un mil ochocientos sesenta y ocho (Exp. Nº RPJ-060-2011); Gerardo Antonio Solano Sevilla con cédula de identidad uno-cuatrocientos cincuenta y cuatro-doscientos veintinueve, en su condición de presidente, de la sociedad Corporación de Seguros el Roble Sociedad Anónima, registrada en el sistema automatizado bajo el número de cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos tres mil ochocientos noventa y ocho (Exp. Nº RPJ-063-2011); Edgar Gómez Ajoy con cédula de identidad seis-ciento noventa y tres-doscientos cuarenta y tres, en su condición de presidente, de la sociedad Mercadeo Profesional de Seguros Sociedad Anónima, registrada en el sistema automatizado bajo el número de cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuatro mil treinta y siete (Exp. Nº RPJ-064-2011); Jeannetteh Siu Arrióla con cédula de identidad uno-quinientos cincuenta y siete-setecientos siete, en su condición de presidente, de la sociedad Comercializadora de Seguros Siu Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuatro mil ciento ochenta y seis (Exp. Nº RPJ-065-2011); Georgina Fumero Vargas con cédula de identidad tres-doscientos cuarenta y cuatro-doscientos cuarenta y seis, en su condición de presidente, de la sociedad Fuvi Seguros Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuatro mil setecientos ochenta y uno (Exp. Nº RPJ-066-2011); Ricardo Rojas Gómez con cédula de identidad uno-cuatrocientos veintisiete-quinientos ochenta y cuatro, en su condición de presidente, de la sociedad Administradora y Consultaría Internacional de Reaseguros P LC Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuatro mil ochocientos cincuenta (Exp. Nº RPJ-067-2011); Yadira Mena Baltodano con cédula de identidad ocho-cincuenta y uno-ochocientos cincuenta y cuatro, en su condición de presidente, de la sociedad Seguros de Protección Futura Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento noventa y nueve mil cuatrocientos cuarenta y dos (Exp. Nº RPJ-054-2011); Melvin Mora Chinchilla con cédula de identidad nueve-cero doce-cero diecisiete, en su condición de presidente, de la sociedad Comercializadora de Seguros de Costa Rica N G Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuatro mil ochocientos ochenta y siete (Exp. Nº RPJ-068-2011); Ricardo Rojas Gómez con cédula de identidad uno-cuatrocientos veintisiete-quinientos ochenta y cuatro, en su condición de presidente, de la sociedad Tecniservicios en Seguros y Finanzas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuatro mil ochocientos noventa y uno (Exp. Nº RPJ-069-2011); Rodolfo Román Carvajal con cédula de identidad uno-quinientos dieciocho-doscientos veintisiete, en su condición de presidente, de la sociedad Centro de Seguros Dos Mil Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cinco mil ciento cincuenta y cuatro (3-101-205154) (Exp. Nº RPJ-070-2011).; que el Registro de Personas Jurídicas ha iniciado diligencia administrativa oficiosa en virtud de lo estipulado por el inciso b) del artículo veintinueve, así como por el Transitorio noveno, ambos de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros, número ocho mil seiscientos cincuenta y tres de siete de agosto de dos mil ocho. A efecto de proceder como en derecho corresponde, otorgando el debido proceso a los interesados, todo ello, con fundamento en la circular DRPJ 11-2010 del 25 de agosto del año 2010, dictada por la Dirección de este registro, de conformidad con lo estipulado por el artículo noventa y siete del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº veintiséis mil setecientos setenta y uno-J de dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y ocho y sus reformas, se ha ordenado consignar advertencia administrativa de manera preventiva en las inscripciones regístrales de la citada sociedad y por este medio se le confiere audiencia por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que dentro del plazo indicado, presente los alegatos que a sus derechos convenga. Publíquese por 3 veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat, 14 de noviembre del año 2011.—Lic. Fabricio Arauz Rodríguez, Asesor Departamento de Asesoría Jurídica.—O. C. Nº 11-507.—Solicitud Nº 36513.—C-209450.—(IN2011096969).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El suscrito Director Regional a. í. de la Dirección Regional de Sucursales de la Caja Costarricense del Seguro Social, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se detalla de conformidad con los S.A. artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. El monto adeudado se refleja al 8 de diciembre de 2011 y puede contemplar periodos que ya poseen firmeza administrativa.

 

Nº Patronal

Nombre de Patrono

Monto

Sucursal

203040736

González Sibaja Minor

2.714.620

1403

1510098772

Charles Larry Thompson No indica otro

2.312.133

1403

603680899

Bolaños Gutiérrez Natalie Mariela

947.527

1403

3101486596

Inversiones Riqueza Atacama Sociedad Anónima

722.879

1403

600750372

Bogantes Mora Jeannette

732.574

1403

601650887

Patricia María Vargas Calvo

979.621

1403

3102288465

Cafetos Montaña Verde Limitada

1.816.524

1403

302130954

José Miguel Sanabria Solano

499.640

1403

105010816

Chacon Gómez María De Los Ángeles

559.604

1403

3101318762

Cybertecnología De Costarica Cybertec Sociedad Anónima

388.172

1403

601430428

Calvo Benavides Otilio

1.147.869

1403

501490471

Isabel Rojas Apuy

347.900

1403

202630512

Avendaño Cruz Víctor Hugo

990.884

1403

800170216

Reyes Dávila Elba

828.150

1403

114760701

Ramírez Vargas Max Andrés

802.372

1403

600640956

Manuel Ángel De Jesús Vélez Córdoba

337.774

1403

3101492850

Construcciones Don Juan Sociedad Anónima

316.403

1403

601520297

Pedro Wilber Chaves Jiménez

744.937

1403

3101350918

Carjo Internacional Sociedad Anónima

5.924.270

1403

900920864

Picado Méndez Marvin

1.150.522

1403

601620721

Salazar Campos María De Los Ángeles

243.499

1403

900140859

José Ronulfo Arguedas Arguedas

360.471

1403

603430822

Zamora Duran Jockselyn Elena

388.481

1403

3101159702

Proyectos Tapanlu Sociedad Anónima

185.435

1403

603260802

Arroyo Ovares Joseph Francisco

211.890

1403

600620778

Alberto Paris Chaverri

399.495

1403

602330100

Villafuerte Moncada Luis Orlando

204.225

1403

3101480665

Madale S A

3.976.446

1403

203270079

Ruiz Rodríguez María Del Rosario

192.625

1403

600870982

Mora Hidalgo María Mayela

902.581

1403

603420387

Bolaños Gutiérrez Gerardo

819.672

1403

602680401

Sequeira Ruiz German

150.760

1403

16857801

Wong Kuok Son

373.864

1403

600990003

José Ezequiel Sánchez Marchena

764.921

1403

108330035

Dhiser Barrantes Eric Alberto

347.853

1403

601740404

Ugalde Mejías Miriam Del Socorro

495.612

1403

3101157925

Tienda Y Bazar Lorena Sociedad Anónima

171.647

1403

112320455

Matarrita Soto Pablo

125.861

1403

602400059

Rodríguez Brenes Ruth

1.065.706

1403

602100780

Madrigal Porras Mario Francisco

141.623

1403

502830937

Caravaca Mejía Gerardo Alberto

141.000

1403

603430687

Alfaro Fallas Leynor

113.053

1403

105730910

José Manuel Castillo Villalobos

947.946

1403

104840726

Diermessen Mora Mitzi

113.880

1403

601300343

Delgadillo Solano Alejandro

88.328

1403

205000247

Salazar Soto Christian Ismael

484.477

1403

13654793

Alcamo Piccione Frank

112.372

1403

15650161

David Carlile Clark

115.051

1403

601950835

Aguirre Marchena Luis Alfonso

89.094

1403

3101514101

Costa Rica Aerial Photographs C.R.A.P. Sociedad Anónima

89.499

1403

601440716

Rojas Rojas José Marciano

277.229

1403

26057808

Gloria Esther Figueroa Crespo

104.627

1403

601520381

Porras Méndez Juan Ramón

806.923

1403

603850536

Vindel Sirias Yerlin

723.817

1403

107870131

Salvadora Cambronero Badilla

103.622

1403

108800219

Fernández Rivera Erick Mauricio

81.026

1403

109290939

Arias García Cristofer

1.365.483

1403

601500385

Arroyo Carballo Eduardo Antonio

98.327

1403

101970769

Rodríguez Santos Juana

89.744

1403

601950915

Brenes Bogarín Elisa De Los Ángeles

66.808

1403

2-03101458660-001-001

Repuestos Y Servicios Renosa Sociedad Anónima

1.528.638

1405

2-03101319108-001-001

Monteverde Monkey Tur Sociedad Anónima

4.089.069

1405

0-00205960248-001-001

Corrales Santamaría Alicia Juliana

2.457.509

1405

0-00502580507-002-001

Calderón Obando Luis Enid

3.774.335

1405

2-03101346134-001-001

Miamaya Producciones Sociedad Anónima

774.013

1405

0-00602360552-001-001

Sandí Morales José Lidier

1.724.641

1405

0-00601830498-002-001

Figuerola Swart Francisco

175.846

1405

7-01730101289-999-001

Walter Daniel Cordero Cantillano

1.306.007

1405

0-00103790609-999-001

Brilla Salazar Eduardo

746.741

1405

7-00026631401-001-001

Johnsen Nanci Lyn

1.277.293

1405

0-00109090611-001-001

Rosales Chavarría Douglas

1.752.923

1405

2-03101581406-001-001

Consorcio Sunset Express Sociedad Anónima

458.275

1405

0-00602430429-001-001

Ugalde López Sonia María

459.697

1405

2-03101339539-001-001

Gaspar Y Matute S.A.

3.045.456

1405

0-00602080681-001-001

Ana Lucia Castro Leitón

596.571

1405

0-00602780405-001-001

Mora Medrano Alexander

433.352

1405

0-00602790131-001-001

Rodríguez Segura Xinia

1.018.109

1405

2-03101404775-001-001

Los Kakos De Monteverde Sociedad Anónima

794.387

1405

0-00101970744-001-001

Ulloa Antillón Rodolfo

370.820

1405

0-00502810350-001-001

Arias Mora Emilio

432.527

1405

0-00601330137-001-001

González Loria Víctor Manuel

603.875

1405

0-00601220334-001-001

Araya Falcón Robert

1.871.900

1405

2-03101334630-001-001

Almacén Codi Sociedad Anónima

347.969

1405

0-0028119396-001-001

Whitman No indica otro Rienne Marzo

889.278

1405

0-00503390943-001-001

Arias Martínez Wilberth Antonio

681.354

1405

0-00800400958-001-001

Ortiz Ortiz Socorro

283.774

1405

0-00501800603-001-001

Álvarez Hidalgo Higinio

213.838

1405

2-03102339771-001-001

Flor De Vida Ltda.

189.900

1405

0-00600760519-001-001

Jeannette Esquivel Ávila

257.737

1405

2-03101369294-001-001

Corporación Fox Maple Sociedad Anónima

513.847

1405

0-00105430828-001-001

Corrales Morales Miguel Ángel

227.442

1405

7-00017481335-001-001

Badminton Jhon Stephen

221.717

1405

0-00202540690-001-001

Sibaja Rodríguez Rodrigo

170.957

1405

2-03002404824-001-001

Asociación Amigos Taxistas De Santa Elena

125.438

1405

0-00108020162-001-001

Medina Obando José Luis

1.105.509

1405

2-03101400462-001-001

Arybello Sociedad Anónima

95.221

1405

2-03101559110-001-001

Constructora Agro Convento Sociedad Anónima

4.297.769

1405

0-00602310438-001-001

Chávez Porras Juan Carlos

3.380.048

1405

3101417074

Aguilar Hermanos Empresa Constructora S A

26.790.550

1413

401000876

Alvarado Moreira Jorge

2.696.956

1413

202720364

Badilla Alfaro José Rafael

1.291.493

1413

502600218

Baltodano Berríos José Alejandro

791.237

1413

25856962

Camac Ramírez Victoria Esther

3.638.537

1413

3101339626

Construquick De San José Sociedad Anónima

2.792.264

1413

503010430

Cortés Camacho Oscar

1.206.649

1413

502710915

Cortes Parajeles Ronny

2.076.898

1413

3102534400

Fuerza Verde Las Brisas  S. R. L.

10.096.151

1413

3006100489

Fundación Escuela De Reforestación De Costa Rica

1.206.604

1413

500278250

Gómez Gómez María Félix

1.123.597

1413

3101047178

Hermanos Ajoy Sociedad Anónima

1.448.018

1413

3101290048

Kearmy Sociedad Anónima

1.280.718

1413

26160863

Munn No Indica otro Janice Lorie

4.160.779

1413

3101429222

Mv Miracle Marina Sociedad Anónima

1.585.207

1413

3101127091

Novema Sociedad Anónima

16.727.214

1413

502920866

Obando Hernández Verónica Isabel

872.203

1413

3101150468

Playa Negra De Santa Cruz Sociedad Anónima

4.007.275

1413

3101487299

Roland Guiones Sociedad Anónima

3.583.157

1413

3101552556

Samara Security Services Sociedad Anónima

1.420.510

1413

3101457947

Servicios Médicos Mily K Y A Sociedad Anónima

835.784

1413

27463065

Tsuprynovich No indica otro Maryia

941.673

1413

501880309

Vega Sequeira Víctor Manuel

785.991

1413

204510647

Yene María Zumbado Valverde

1.792.048

1413

2-03101420920-001-001

Talentfusion Sociedad Anónima

3.224.967

1408

2-03101303539-001-001

Inversiones Carmayrc De La Pampa Sociedad Anónima

4.129.261

1408

2-03101404768-001-001

Servicios De Seguridad Alear. Jj Sociedad Anónima

3.999.647

1408

2-03101256585-001-001

Comercializadora De Materias Primas La Lupita S A

3.706.689

1408

2-03101529967-001-001

Vidrios Poveda Y González Sociedad Anónima

2.535.451

1408

2-03101202468-001-001

Aldino De Liberia Sociedad Anónima

3.282.140

1408

2-03101127992-001-001

Tapioca De San José Sociedad Anónima

3.160.876

1408

2-03101569086-001-001

Auto Repuestos Guanacaste Sa

4.635.934

1408

2-03101018079-001-001

Agropecuaria Las Palmas Sociedad Anónima

2.669.471

1408

2-03101023055-001-002

Agropecuaria La Danta Sociedad Anónima

3.293.381

1408

2-03101388989-001-001

Avalúos Y Repuestos De Occidente C.G. S A

1.982.346

1408

2-03101121128-001-001

Almacén José Martínez (Aljomar) Sociedad Anónima

2.655.789

1408

2-03101439377-001-001

Telecomunicaciones La Pampa Sociedad Anónima

2.193.949

1408

2-03101242401-001-001

Constructora El Tercer Milenio Sociedad Anónima

3.231.491

1408

2-03101432205-001-001

Studio Tres Arquitectos Sociedad Anónima

1.769.405

1408

2-03101300320-001-001

Arroba Sol Internacional G Y D Sociedad Anónima

3.914.109

1408

0-00502770227-001-001

Monestel Pizarro Doris

5.846.545

1408

2-03101272463-001-001

Moto Veleros De Costa Rica S.A.

346.387

1408

0-00502010101-001-001

Jiménez Rodríguez Ethilma Benedicta

607.359

1408

0-00107330580-999-001

Vargas Duarte Rita María

1.309.667

1408

0-00600760627-999-001

García Pérez Pedro José

2.891.975

1408

0-00502900301-999-001

Delgado Corona Luis Diego

1.708.378

1408

0-00701120246-999-001

Ramírez Torres David

3.650.207

1408

0-00701120246-001-001

Ramírez Torres David

3.650.207

1408

2-03101388336-001-001

Distribuidora Acacen A Y C S.A.

393.521

1408

2-03101577913-001-001

Proyectos Generales P Y G C.R. S.A.

68.500

1408

502850202

Jiménez Vargas Guillermina

201.728

1408

0-00502800612-999-001

Gómez García Mario Enrique

1.627.507

1408

0-00502160638-999-001

Rodríguez Rodríguez Yohanny

2.592.393

1408

0-00503200861-999-001

Ríos Mairena Jorge Bismark

1.388.188

1408

2-03101406819-001-001

Seguridad Privada Josbelth Y Lobo S.A.

10.378.631

1408

2-03101207975-001-001

Paraíso Bienes Raíces Y Desarrollos S.A.

259.311

1408

2-03101624777-001-001

Pro-Garden Lzv S.A.

175.824

1408

2-03101133496-001-001

Grupo Papagayo Gp S.A.

55.621.877

1408

2-03101550725-001-001

Corporación Génesis Cabrera Y Vega S.A.

7.517.373

1408

2-03101518231-001-001

Pacific Floral Events S.A.

396.278

1408

2-03101469731-001-001

El Gavilán Valiente De Upala S.A.

373.022

1408

2-03102628644-001-001

Dalug Srl

430.830

1408

0-00204150369-002-001

Araya Rojas José Hernán

535.634

1408

2-03102105305-008-001

Hermanos Chinchilla Rodríguez Limitada

78.593.478

1408

0-00205170480-001-001

Zamora Vargas Jorge Arturo

1.127.383

1408

2-03101207864-001-001

Cadena Mayorista Guanacasteca (Camagua) S.A.

1.235.292

1408

2-03101353172-002-001

Teleferia San Andresito Internacional S.A.

3.390.374

1408

En los siguientes casos el monto adeudado se refleja al 09 de Diciembre de 2011 y puede contemplar periodos que ya poseen firmeza administrativa.

 

Nº Patronal

Nombre de Patrono

Monto

Sucursal

2-03101512773-001-001

Transportes Chévez Macheco S.A.

317.743

1408

0-00108010761-001-001

Keane Alfaro Herberth

1.093.242

1408

0-00503780642-001-001

Fuertes Vásquez Carlos Alfonso

522.046

1408

2-03101163038-001-001

Tecuitlat S.A.

542.570

1408

2-03101588146-001-001

Fruticolor S.A.

545.882

1408

2-03101279474-001-001

Almacén Móvil Soluciones S. A.

6.225.923

1407

0-00501750781-001-001

Sirias Wong Ileana

5.731.816

1407

2-03101170321-002-001

Importadora Felina S. A.

4.299.201

1407

2-03101218000-001-001

Agrícola Cachorro Pinto S. A.

2.317.983

1407

2-03101138687-001-001

Cuatro De Mayo S. A.

6.585.622

1407

2-03101108768-001-001

Fallas Y Fallas S. A.

1.180.297

1407

2-03101305836-001-001

Dis Ama De Cañas S. A.

1.577.475

1407

0-00502250812-001-001

Briceño Salazar Elier Lorenzo

2.070.015

1407

2-03101208008-001-001

Gokavi Comercializadora De Guanacaste S A

728.631

1407

0-00800690486-002-001

Gutiérrez Lima Lidia Magdalena

777.394

1407

0-00303150310-001-001

Vega Sánchez Fabián

553.357

1407

2-03101067630-001-001

Servicentro Quesada & Chacón S. A.

517.089

1407

2-03101324348-002-001

Fabrica De Concretos Mubri S. A.

848.589

1407

2-03101305309-001-001

Desarrollos Gran Tempisque Dgt S. A.

385.509

1407

2-03101359352-001-001

Multiservicios Webb S. A.

375.172

1407

2-03101099677-001-001

Agropecuaria Río Genio S. A.

304.375

1407

2-03101065298-001-001

Aicet De Costa Rica S. A.

683.252

1407

2-03101080197-001-001

Desarrollos Secoma S. A.

5.915.359

1407

2-03101258173-001-001

S B S Consultores Internacionales Y Asociados S. A.

207.215

1407

0-00800690486-001-001

Gutiérrez Lima Lidia Magdalena

777.394

1407

2-003101180107-001-001

Moliere Sociedad Anónima

66.430

1431

2-03101442537-001-001

Hearsay Interpreting Sociedad Anónima

2.455.594

1412

2-03101163554-001-001

Treinta Y Ocho Cinco Sociedad Anónima

2.692.167

1412

2-03101478843-001-001

Woodcraft Factory Sociedad Anónima

3.274.476

1412

0-00202390455-001-001

Araya Monge Emilia María

3.572.578

1412

2-003102390428-001-001

Realty Consultants And Services Of Papagayo Limitada

3.652.886

1412

2-003101210497-001-001

Pizarro Y Canales Sociedad Anónima

3.197.632

1412

2-003101549165-001-001

Estylos Y Decoración Servimarmol Sociedad Anónima

2.146.951

1412

2-003101449122-001-001

Inversiones Hermanos Juárez Sociedad Anónima

2.193.058

1412

2-003101285708-001-001

Playa Gringo G B P I Sociedad Anónima

3.227.512

1412

2-003101290942-001-001

Cañera Paso Real Sociedad Anónima

4.448.830

1412

0-000102150502-001-001

Brenes González Álvaro

4.919.291

1412

2-003101533462-001-001

3-101-533462 Sociedad Anónima

4.006.746

1412

0-000900630539-006-001

Jiménez Porras Greivin

5.726.889

1412

2-003101244290-002-001

Carabineros De La Península Sociedad Anónima

14.094.547

1412

2-003101485626-001-001

Lomas De Wilder Ciento Siete Sociedad Anónima

1.957.743

1412

2-003101490112-001-001

3-101-490112 Sociedad Anónima

1.869.873

1412

2-003101218894-001-001

Inversiones El Sueño De Ocotal En Guanacaste S A

4.321.133

1412

2-003101433312-001-001

Hotel Aguillo Sociedad Anónima

7.537.507

1430

0-000111210124-001-001

Cajina Zúñiga Heidy Vanessa

274.741

1430

2-003101097140-001-001

Ferretería El Campesino Sociedad Anónima

526.039

1416

0-000204940815-001-001

Arroyo Rodríguez Didier Antonio

5.584.350

1416

0-000202950895-001-001

Leonel González García

335.400

1416

502620360

Arias Mora Efraín

103.465

1416

0-000800400581-001-001

Delgado Serrano Salvador

22.263

1416

2-003101105362-001-001

Paz Verde Sociedad Anónima

93.496

1416

2-003101069164-001-001

Agropecuaria Bella Paz Sociedad Anónima

7.851

1416

0-00201950202-001-001

Suárez Oconitrillo Juan

4.068.689

1410

2-03102012478-001-001

Hacienda La Trampa Limitada

3.878.826

1410

2-03101093567-001-001

Construcciones Mant. Turrialba Del Atlántico S.A.

4.188.271

1410

2-03102058421-001-001

Castro Y Asoc. Arq. E Ing. Consultores Ltda.

6.284.541

1410

2-03101163317-001-001

Agua Inversiones Aguin S.A.

9.297.228

1410

2-03101080787-001-001

Camaronera Tilaranense S.A.

3.098.263

1410

0-00204630577-001-001

Erick Suárez Soto

1.643.065

1410

2-03102010262-001-001

Hacienda Cimarrón Limitada

1.689.892

1410

0-00106600678-001-001

Aguilera Chavarría Jorge Arturo

1.348.934

1410

0-00202440561-001-001

Zamora Valverde Octavio

2.018.342

1410

0-00602460880-001-001

Gutiérrez Serrano Karen Jeannette

998.367

1410

7-00015119197-001-001

Parra Valencia Absalón

768.583

1410

7-00016614072-002-001

Timmerman Timmerman Michael Wilhelm

931.816

1410

2-03102136560-001-001

Tanques Sépticos De Costa Rica Srl.

660.758

1410

2-03101423263-001-001

Servicios Quice De Abangares S.A.

580.840

1410

0-00503340821-001-001

Sandí Garay Roldan

1.314.775

1410

0-00502870944-001-001

Rodríguez Salazar Asdrúbal

941.226

1410

0-00202540909-001-001

Alfaro Esquivel Arturo José

414.025

1410

2-03101384315-001-001

Camaroncito De Plata S.A.

3.311.468

1410

0-00501310738-002-001

Alfaro Castro Cristina De Los Ángeles

349.316

1410

0-00602780661-001-001

Morera Marin Listh

450.536

1410

0-00401370902-001-001

Salas Jara Eduardo

663.252

1410

0-00900670399-002-001

Rodríguez Espinoza Luis Enrique

5.929.884

1410

2-03101182702-001-001

Arvada De Las Juntas S.A.

2.152.205

1410

2-03101385255-001-001

Constructora Industrial Quevi De Abangares S.A.

249.451

1410

2-03101303124-001-001

Constructora Abangares S.A.

671.843

1410

2-03101118617-001-001

Lipi S.A.

359.520

1410

2-03008112379-001-001

Jta. Educ. Escuela Peñas Blancas Colorado

417.589

1410

0-00102310203-001-001

Maximiliano Pradilla Solano

191.344

1410

2-03101347260-001-001

Mezbal Trading Co S.A.

741.422

1410

2-03101177675-001-001

Servicios Misceláneos De Abangares S.A.

180.203

1410

0-00401390445-001-001

Zumbado Segnini Carlos

1.179.293

1410

0-00501920109-002-001

Javier Arturo Ortiz Villalobos

155.809

1410

2-03101461634-001-001

Js Del Río S.A.

6.045.425

1410

2-03101292119-001-001

Servicios Hermanos Chepito S.A.

1.386.608

1410

2-03101341668-001-001

Mecánica Pérez & Fonseca De Abangares S.A.

266.668

1410

0-00601130686-001-001

Guerrero Rojas Carlos Alberto

4.195.208

1410

7-01430098770-001-001

Sol Arriaza Ricardo

2.438.939

1433

2-03101293572-001-001

Green Water Boats Sociedad Anónima

1.417.516

1433

2-03101434093-001-001

Gone Fishing Consulting Sociedad Anónima

2.690.512

1433

0-00205100238-001-001

Araya Alpízar Freddy Francisco

3.142.677

1433

2-03101383161-001-001

Jardín Plaza Meteorito Sociedad Anónima

1.191.706

1433

2-03101324301-001-001

Servicios Industriales Wilva Sociedad Anónima

1.088.737

1433

2-03002150173-001-001

Asociación Pro Mejoras De Playa Tamarindo

1.051.075

1433

2-03101381382-001-001

Costa Negra Sociedad Anónima

3.446.483

1433

2-03101483985-001-001

How Bad Five O Six Food Group S.A.

1.890.851

1433

7-00014254822-001-001

Inversiones Blexivas Glecitec Sociedad Anónima

2.082.206

1433

2-03105478166-001-001

Constructora Electromecánica Pimaco Emp. Inv.Resp.

811.156

1433

2-03101386316-001-001

Violimar De Tamarindo Sociedad Anónima

782.379

1433

0-00401220736-001-001

Valerio Cerdas Luis Fernando

2.026.949

1433

0-00502660144-001-001

Rosales Balladares Ada Trinidad

714.310

1433

2-03101485942-001-001

Propomeromai Sociedad Anónima

708.221

1433

2-03101406564-001-001

Inversiones Xvl Dieciocho Mil S.A.

2.571.991

1433

2-03101371423-001-001

Big Gauna S.A.

583.954

1433

2-03101481824-001-001

Long Coast Sociedad Anónima

3.596.186

1433

0-00502920494-001-001

Mora Valverde Marcelo

845.364

1433

7-00016659260-001-001

Leman No indica otro Phillip Sherman

546.281

1433

2-03101083901-001-001

Dyb Electromecánica Y Tecnología Sociedad Anónima

2.800.364

1433

2-03101419379-001-001

Monning Sunshine Sociedad Anónima

497.172

1433

7-00014953916-001-001

Dimaggio Dimaggio Anthony Edward

876.324

1433

7-00027124353-001-001

Jackson Noincaotro Mary Elizabeth

921.171

1433

2-03101174657-001-001

Cosola Sociedad Anónima

453.557

1433

2-03101456549-001-001

Puerto Esmeralda Bagaces Sociedad Anónima

426.990

1433

0-00204410414-001-001

Cortes Esquivel Ana Lidia

1.045.701

1433

2-03101367261-001-001

Inversiones Olbena Real Sociedad Anónima

606.147

1433

7-00026659449-001-001

Fernanda Cubas María

895.869

1433

2-03101142966-001-001

Giellegi Sociedad Anónima

414.393

1433

2-03101427987-001-001

Dreaming Awake Sociedad Anónima

342.231

1433

2-03101401529-001-001

West Palm Home Construct Sociedad Anónima

898.257

1433

2-03101360776-001-001

Bio Vilage One Sociedad Anónima

582.764

1433

0-00601840025-001-001

Shelf Of Tamarindo Sociedad Anónima

1.086.220

1433

2-03101504558-001-001

Muebles Y Cocinas Mobilinea M L C Sociedad Anónima

1.080.529

1433

0-00601450938-001-001

Rosales Obando Damaris

547.583

1433

2-03101428848-001-001

Tamarindo Global Services Sociedad Anónima

783.754

1433

2-03101315033-001-001

Casarbol Sociedad Anónima

1.658.878

1433

2-03101385544-001-001

Inmobiliaria Marbella Del Pacifico I.M.P. S.A.

1.694.031

1433

2-03101033252-001-001

Tia Tica Sociedad Anónima

603.586

1433

2-03101503685-001-001

Sage Greens Sociedad Anónima

595.052

1433

0-00501430279-001-001

Eithel Delgado Solórzano

3.008.788

1433

2-03101391837-001-001

Happy Days Tamarindo Sociedad Anónima

1.338.949

1433

2-03101454217-001-001

Corporación Cafetalera Nasua S.A.

1.357.808

1433

7-00018181154-001-001

Shepard Leman Jr Phillip

1.122.979

1433

2-03101403577-001-001

Mango Amra R.A.O.E. S.A.

527.869

1433

2-03101154432-001-001

Mefmal Sociedad Anónima

2.918.279

1433

2-03101365212-001-001

Construcenter Tamarindo Sociedad Anónima

3.074.273

1433

2-03101386760-001-001

Tamol Sea Investments S.A

4.200.837

1415

2-03101482133-001-001

3-101-482133 S.A

4.118.475

1415

2-03101005574-001-001

Distribuidora Guanacasteca S.A

2.875.068

1415

2-03101363268-001-001

Pacific Singing Dolphin S.A

2.189.858

1415

7-00017125286-001-001

Miguel Roca Soñe

2.132.428

1415

7-00015156312-001-001

Biense Kuik No indica otro

2.059.369

1415

0-00500310831-001-001

María Isabel Concepción Arrieta González

1.855.536

1415

7-00017235438-001-001

Izaak Warmenhoven No indica otro

1.766.715

1415

2-03101288876-001-001

Inversiones Villas Matagalpa

1.621.206

1415

2-03101218745-001-001

Constructora Eudes S.A

1.561.581

1415

2-03101372990-001-001

Bum Up Corporation S.A

1.511.959

1415

2-03101161606-001-001

Corporación De Ingenieros Y Arqu De Gte S.A

1.337.431

1415

0-00107090018-002-001

Fabricio Rojas Caravaca

1.926.102

1415

0-00104760674-001-001

Freddy Jiménez Chacon

1.235.950

1415

2-03002236217-001-001

Asoc. Para El Desar Soc De La Microcuenca S.A

1.469.996

1415

2-03101337424-001-001

Distribuidora Frama Escazuceña S.A

1.630.968

1415

2-03101376675-001-001

Corporación Vílchez Camacho V&C S.A

1.101.882

1415

0-00501540465-001-001

Manuel Guerrero Arias

3.899.152

1415

0-00601840025-001-001

Luis Ángel Centeno Ramírez

1.086.220

1415

0-00503040385-001-001

Alex Yorhany Cisnero Zúñiga

3.111.134

1415

2-03101241002-001-001

Vmpg Pura Vida Deli S.A

1.004.840

1415

2-03101432874-001-001

Mathilda Del Mar S.A

985.504

1415

2-03101300538-001-001

Gutiérrez Solís Rivas S.A

965.322

1415

2-03101320978-001-001

Montañas Verdes Ecológicas S.A

2.166.504

1415

7-00016012015-001-001

Alan Snitkin No indica otro

889.625

1415

2-03101034967-001-001

Concreto Rojisa Guanacasteco S.A

830.335

1415

2-03101465466-001-001

Guanacastecan Indian V A S.A

820.091

1415

2-03101218649-001-001

Esperanza De Las Colinas Jhh S.A

799.621

1415

0-00302040733-001-001

Miguel Francisco Rodríguez Vargas

2.901.489

1415

7-00014254822-001-001

Richard Starheck Steven

2.082.206

1415

0-00502780457-001-001

Gustavo López Gutiérrez

937.296

1415

2-03101164138-001-001

Arthado S.A

1.796.373

1415

2-03101278949-001-001

Servicios Diversos De Guanacaste S.A

4.119.600

1415

2-03101322538-001-001

Butterfly Bouquets S.A

929.567

1415

2-03101411175-001-001

Grupo Inversor Frontera Azul

542.962

1415

2-03101363555-001-001

Inversiones Turísticas Playa Flamingo Gte

1.324.954

1415

2-03101220400-001-001

Constructora Inmobiliaria Costa Rica Bahía

2.757.479

1415

2-03101487678-001-001

Desarrollos E Inversiones Vcp Y Mapachín

877.794

1415

2-03101535618-001-001

Surf Camp Costa Rica S.A

3.575.240

1415

2-03102044238-001-001

Transportes Diría S.A

2.686.427

1415

2-03101275863-001-001

Guanacaste Piscinas S.A

2.294.300

1415

7-00015454858-001-001

William Joseph Fisher No indica otro

1.033.154

1415

2-03101083901-001-001

Eurocondo S.A

2.800.364

1415

0-00103400580-001-001

Mario Rodrigo Gutiérrez Garita

2.189.594

1415

2-03002236217-002-001

Asoc. Para El Desar Soc De La Microcuenca S.A

1.469.996

1415

2-03101286393-001-001

Servicios Eléctricos Y Telefónicos La Pampa

2.028.377

1415

2-03101118990-001-001

Paraíso Estival

1.059.744

1415

2-03101216669-001-001

Tablitequis Sg S.A

1.264.420

1415

2-03101026904-002-001

La Mata De Caña S.A

1.477.990

1415

0-00502930410-001-001

Sergio Francisco Chavarría Jaén

1.382.232

1415

2-03101197989-001-001

Seguros Charr S A

824.821

1415

2-03101135610-001-001

Asesores De Investigación Y Seguridad Asinse S.A

1.576.483

1415

0-00501610706-001-001

Frank David López Ramírez

1.376.756

1415

2-03101134812-001-001

Constructora Maseru S.A

1.297.946

1415

2-03101157872-001-001

Asesores y Consultores K C L K S.A

1.514.895

1415

Gerencia Financiera.—Dirección Regional de Sucursales Chorotega.—Lic. Sergio Rodríguez Venegas, Director Regional a. í.—(IN2011097661).

SUCURSAL EN PALMAR NORTE

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El suscrito Jefe Administrativo de la Sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social de Palmar Norte y Ciudad Cortés, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se detalla de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la vía civil como penal. El monto adeudado se refleja a las fechas indicadas en los recuadros y pueden contemplar periodos que ya poseen firmeza administrativa.

 

SUCURSAL DE PALMAR NORTE

MONTO ADEUDADO AL 16/11/2011

N° Patronal

Nombre Patrono

Monto

1

3101007711

BANANERA DEL TÉRRABA SOCIEDAD ANÓNIMA

31.561.863,00

2

3004129182

CONSORCIO COOPERATIVO BANANERO DEL SUR R L

164.597.771,00

3

3101081460

BANANERA CHANGUINA SOCIEDAD ANÓNIMA

16.281.444,00

4

3004129183

CONSORCIO BANANERO COOPERATIVO DE FINCA DIEZ R L

1.787.070,00

5

3101108741

BANANERA BORUCA SOCIEDAD ANÓNIMA

1.915.334,00

6

3101200251

EMPRESA DE MAQUINARIA PESADA TALLER Y CONSTRUCCIÓN MAYKO SOCIEDAD ANÓNIMA

1.198.969,00

7

3004078138

COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN DE PALMA Y CACAO DE PALMAR SUR R L

2.419.879,00

8

3004084516

COOPERATIVA AUTOGESTIONARIA DE PRODUCCIÓN PALMA Y CACAO R L

8.125

9

3101231765

COADESUR SOCIEDAD ANÓNIMA

63.652,00

10

3101384462

CORCOVADO MYSTIC SOCIEDAD ANÓNIMA

779.163,00

11

104380652

CAMPOS CAMPOS RODRIGO

5.109.432,00

12

103640475

BALFOURE BRENES ROBERTS

17.643,00

13

3101042314

DANPA SOCIEDAD ANÓNIMA

306.197,00

14

102440320

FERNÁNDEZ AGUILAR CLARA LUZ

812.110,00

15

501300438

BARRANTES MENDOZA JOSÉ ELEUTERIO

3.011.513,00

16

3101014252

EMPRESAS VIERA SOCIEDAD ANÓNIMA

2.836.429,00

17

3101132369

INVERSIONES DOMINICAL OCHO SOCIEDAD ANÓNIMA

2.638.795,00

18

103210129

MONGE BERMÚDEZ JESÚS

2.311.762,00

19

3101367411

LOMAS CORONADO SOCIEDAD ANÓNIMA

79.396,00

20

15553097

HUSTLER NO INDICA OTRO LARRY CRAIG

2.125.651,00

21

16024916

CASTILLO ROCHA FRANCISCO

2.482.905.001

22

3101336345

COSTA RICA REAL ESTATE SERVICE M L S SOCIEDAD ANÓNIMA

1.784.215,00

23

3101338421

COMPAÑÍA TARIMAS DE PALMAR SOCIEDAD ANÓNIMA

1.442.879,00

24

3101048768

COSTA RICA ESTHER SOCIEDAD ANÓNIMA

39.084,00

25

401090696

ESQUIVEL ARGUELLO MARCO ANTONIO

136.999,00

26

105650858

PACHECO ROMERO MARIO HUMBERTO

1.219.088,00

27

3101280190

CÓRDOBA DESARROLLO Y CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

84.283,00

28

205190669

CRISTIAN VEGA RODRÍGUEZ

250.358,00

29

26230112

BERRY NO INDICA OTRO MARNA LYNNE

143.447,00

30

3004071614

COOPERATIVA DE AUTOGESTIÓN DE PIEDRAS BLANCAS R L

1.146.722,00

31

202820004

CHAVES CAMPOS JORGE LUIS

1.106.156,00

32

14211092

JAN RUDOLF MASEK NO INDICA OTRO

1.044.217,00

33

3101149761

OFICINA DE REPRESENTACIONES TURÍSTICAS OSATUR SOCIEDAD ANÓNIMA

696.755,00

34

203070917

VEGA MAROTO RAÚL

231.149,00

35

3101016452

COASTAL PLASTICS SOCIEDAD ANÓNIMA

787.239,00

36

601710536

BOLAÑOS ROSALES PABLO

353.958,00

37

602390718

BARRANTES GUERRERO GREIVIN DE LOS ÁNGELES

287.375,00

38

601940832

SOTOMAYOR BARRIOS JORGE

703.707,00

39

401100425

DÍAZ VEGA LUIS FERNANDO

53.935,00

40

601230301

QUIRÓS QUIRÓS JULIO CÉSAR

337.421,00

41

602250066

CUBERO MORA ROLANDO

71.158,00

42

3101355463

INVERSIONES BARRANTES BAGUE DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

569.539,00

43

3101522448

SISTEMAS GEOTÉRMICOS GLOBALES GEOSIS SOCIEDAD ANÓNIMA

560.178,00

44

3101494423

INVERSIONES FERRETERAS CHIRRIPÓ DEL SUR I.F.CH.S SOCIEDAD ANÓNIMA

249.430,00

45

3101307572

ECOLE AMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

490.159,00

46

603290867

MORALES ESCALANTE OSCAR

500.731,00

47

3101183941

SAN MARCO DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

48.019,00

48

3101152913

CONSTRUCCIONES BALSO DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

334.076,00

49

3101077000

ROCA BALLENA SOCIEDAD ANÓNIMA

194.105,00

50

105030379

CASTRO MONTES ORLANDO

379.130,00

51

15858143

JOHANNES WIJBENGA WIJBENGA

361.404,00

52

3101435893

BLUE MOON OF VENTANAS SOCIEDAD ANÓNIMA

127.437,00

53

600900736

SEQUEIRA SEQUEIRA RAFAEL ÁNGEL

41.001,00

54

110980367

MOYA CASTRO TONY

313.094,00

55

3101157571

PRODUCCIONES CO RI DE SOCIEDAD ANÓNIMA

283.465,00

56

3101295087

GRUPO COMERCIAL TÉRRABA G C T S. A.

279.935,00

57

3101125057

MAPLASTIC INVERSIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

271.786,00

 

AGENCIA DE CIUDAD CORTÉS

MONTO ADEUDADO AL 16/11/2011

 

N° Patronal

 

Nombre Patrono

 

Monto

 

1

3101294872

CLUB DEPORTIVO OSA S A D SOCIEDAD ANÓNIMA

149.222,00

2

3102370624

MEGATECK A & R LIMITADA

644.905,00

3

3101367858

CONSTRUCCIONES J Y J VISTAS DEL PACIFICO SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

23.188,00

4

3101203656

CARNES REFRIGERADAS DEL PACIFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

706.116,00

5

103600227

BARRANTES MESEN LUIS

1.027.756,00

8

602830647

GARITA LEZCANO NELSON

1.027.756,00

9

3101420655

KIWI AND MANGO SOCIEDAD ANÓNIMA

104.144,00

10

3101480717

3-101-480717 SOCIEDAD ANÓNIMA

198.485,00

11

3101265675

VISTAS DEOSA SOCIEDAD ANÓNIMA

49.280,00

12

601930472

LÓPEZ MONTERO LUIS MARIANO DEL CARMEN

116.918,00

13

602450179

ZÚÑIGA ZÚÑIGA GILBERTO

511.923,00

14

107090742

JIMÉNEZ SEGURA MARTÍN

446.684,00

15

3101411658

SEMPER PARATUS SOCIEDAD ANÓNIMA

247.711,00

16

3101514518

3-101-514518 SOCIEDAD ANÓNIMA

671.523,00

17

3101430096

MOUNT FOREST LAS CEREZAS OSA SOCIEDAD ANÓNIMA

628.211,00

18

3101116116

FINCA PERLA DE BALLENA SOCIEDAD ANÓNIMA

555.009,00

19

1740100657

HUGHES NO INDICA OTRO JASON MARK

487.715,00

20

3101536984

LEBLANC INVESTMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA

13.098,00

21

15153054

CHURCH NO INDICA OTRO STEVAN MAXWELL

449.175,00

22

17458807

SWOFFORD NO INDICA OTRO RONALD EDWARD

416.909,00

23

3101342622

TIGRITO PODEROSO DE MONTANA Z Y W SOCIEDAD ANÓNIMA

412.854,00

24

110610520

CORRALES VALVERDE SILENY

354.197,00

25

15118250

DAVID ANDREW MATHIESON MATHIESON

236.434,00

26

102890925

MESEN CERDAS JESÚS

201.736,00

27

16359946

DENECOCHEA NO INDICA OTRO CARLOS CÉSAR

325.084,00

28

3101300599

SOL DE AMANECER SOCIEDAD ANÓNIMA

176.142,00

29

111360035

REYES BLANCO LUIS GUILLERMO

57.180,00

30

24709166

MACHÓN MIRASOL ANA ELBA

136.573,00

31

3101492034

BLOW FISH SURF SOCIEDAD ANÓNIMA

106.779,00

32

17158862

POUGER NO INDICA OTRO ARNAUD JEAN ALBERT

104.231,00

33

3101120671

SÁNDALOS DEL MAR SOCIEDAD ANÓNIMA

91.048,00

34

3101120672

AMORES DE OSA SOCIEDAD ANÓNIMA

89.249,00

35

3101301732

EL EMISARIO DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

30.582,00

36

23951854

GRAHAN NO INDICA OTRO SHARON ALVINA

28.522,00

37

3101404160

BAVARIA OJOCHAL RESTAURANTE DE ALEMANIA COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

6.449,00

37

3101321756

LAGO CALIENTE DEL VOLCÁN S. A.

1.331.621,00

Gerencia Financiera.—Unidad Gestión de Cobro.—Lic. Fulvio Alvarado Agüero, Administrador.—(IN2011095090).

DIRECCIÓN REGIONAL DE SUCURSALES HUETAR ATLÁNTICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El suscrito Director Regional de la Dirección Regional de Sucursales Huetar Atlántica CCSS, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se detalla de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. El monto adeudado se refleja al 20 de noviembre de 2011 en el caso de la Sucursal de Bri-Brí. al 31 de octubre del 2011 en el caso de la Sucursal de Cariari y Pto. Viejo, Sarapiquí. Al 07, 08 de noviembre del 2011, la Sucursal de Guácimo. Al 10 de octubre del 2011 en el caso de la Sucursal de Sixaola. Al 04, 05, 11 y 17 de noviembre de 2011 la Sucursal de Fortuna, y puede contemplar periodos que ya poseen firmeza administrativa.

 

Nº Patronal

Nombre de patrono

Monto ¢

Sucursal

2-03101387626-001-001

TROPICALES TALES S. A.

51.014,00

Bri-Brí

7-00017126031-002-001

VICENZO MORRONE NOINDICAOTRO

451.956,00

Bri-Brí

2-03101380745-001-001

PATERIL GUAPILEÑA S. A.

73.041,00

Bri-Brí

2-03101190127-001-001

LAGO DULCE DEL VALLE S. A.

69.692,00

Bri-Brí

2-03102534401-001-001

3-102-534401 SRL

284.272,00

Bri-Brí

2-03101336487-001-001

INVENCIONES NOTRE DAME S. A.

294.697,00

Bri-Brí

7-01820100017-001-001

RICHMOND NOINDICAOTRO MICHAEL

165.683,00

Bri-Brí

2-03101039970-001-001

LAGO AZUL, S. A.

25.593.212,00

Cariari

2-03101192491-001-001

DISTRIBUIDORA GUVI DE CARIARI, S. A.

5.005.474,00

Cariari

2-03101027086-001-001

TROPIFOODS SOCIEDAD ANONIMA

3.771.637,00

Cariari

2-03002196278-001-001

ASOCIACIÓN CAMPESINA LIMONENSE PARA LA PROTECCIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES

3.468.500,00

Cariari

2-03101041194-001-001

BERMUDEZ Y BERMUDEZ SOCIEDAD ANONIMA

1.411.072,00

Cariari

0-00103830108-001-001

QUESADA FALLAS MANUEL GERARDO

2.712.705,00

Cariari

7-00015462888-001-001

MARCIANO SOLIS ALLEN

1.103.368,00

Cariari

2-03101009848-001-001

BANANERA DEL CARIBE SOCIEDAD ANONIMA

747.558,00

Cariari

0-00205980742-001-001

MENDEZ GAMBOA ISMAEL

824.691,00

Cariari

2-03101468395-001-001

COMPAÑÍA SAVID JUAREZ DE CARIARI JB SOCIEDAD ANONIMA

493.882,00

Cariari

0-00701590333-001-001

QUIROS AGUILAR MARIANA

605.854,00

Cariari

0-00701600814-001-001

CUBILLO CAMACHO MAITE

415.780,00

Cariari

0-00104730554-001-001

MENESES HERRERA CARMEN

250.760,00

Cariari

0-00103410434-001-001

TORRES ALVAREZ CARMEN

193.551,00

Cariari

0-00108650114-001-001

MONTERO GUEVARA RICARDO

256.405,00

Cariari

0-00205430073-001-001

CAMBRONERO MESEN JOBET GERSON

222.767,00

Cariari

0-00107230790-001-001

ELIZONDO VEGA MELVIN

226.755,00

Cariari

7-02570091358-001-001

MORALES HERNANDEZ MARIA INES

193.974,00

Cariari

0-00114450659-001-001

ROBLES MARCHENA KENNY

213.602,00

Cariari

2-03101121644-001-001

ROZOS SOCIEDAD ANONIMA

157.864,00

Cariari

0-00105050445-001-001

CUBILLO JIMENEZ FLOR MARIA

117.200,00

Cariari

2-03101566801-001-001

HATI 2008

150.546,00

Cariari

0-00106420702-001-001

GOMEZ ROJAS RAINIER

118.006,00

Cariari

0-00204540760-001-001

AGUILAR RODRIGUEZ ALEXANDER

86.333,00

Cariari

0-00701470761-001-001

DELGADO VILLALOBOS JONATHAN ULISES

96.412,00

Cariari

0-00601160223-001-001

MANZANARES LOPEZ FLOR MARIA

83.911,00

Cariari

0-00110960686-001-001

DIAZ GONZALEZ JAZMIN

32.281,00

Cariari

0-00900290053-001-001

FERNANDEZ VINDAS FERNANDO

71.463,00

Cariari

2-03101108823-001-001

EUROPCAR SOCIEDAD ANONIMA

50.960,00

Cariari

0-00109730788-001-001

NARANJO BOLAÑOS JOSE AURELIO

45.104,00

Cariari

0-00109730788-001-001

ELIZONDO MARTINEZ SERGIO

44.886,00

Cariari

0-00111840223-001-001

MURILLO FERNANDEZ JOSE ANDRES

47.360,00

Cariari

0-00701060528-001-001

GUTIERREZ ZUÑIGA YESENIA

49.450,00

Cariari

0-00700460499-001-001

HERNANDEZ SALAS ELADIO

25.626,00

Cariari

0-00602320036-001-001

SEGURA GARCIA MARTIN

6.660,00

Cariari

0-00104700809-001-001

AGUERO CHACON JORGE ABELARDO

211.911,00

Sixaola

0-00700890749-001-001

ESPINOZA RODRIGUEZ JOSE

95.800,00

Sixaola

0-00700470914-001-001

FEDERICO THOMAS THOMPSON

77.559,00

Guácimo

0-00303080189-001-001

GONZALEZ QUESADA KATTIA VANESSA

63.243,00

Guácimo

0-00303080189-999-001

GONZALEZ QUESADA KATTIA VANESSA

216.898,00

Guácimo

9-00227502009-001-000

RÍOS HERRERA SILVIA

56.047,00

Guácimo

0-00701050702-001-001

CASTRO ROJAS CARLOS

109.513,00

Guácimo

7-00017217221-001-001

CHEN CHEN JIAN YUN

229.667,00

Guácimo

7-00017217221-999-001

CHEN CHEN JIAN YUN

1.743.468,00

Guácimo

2-03101201098-001-001

NORVARA S. A.

7.211,00

Guácimo

2-03004061085-001-001

COOP. DE AUTOGESTION DE TRABAJO Y PRODUCCIÓN LA MALANGA R L

735.188,00

Guácimo

0-00700660478-001-001

FREDDY GERARDO MORA OVIEDO

10.148,00

Guácimo

2-03101533221-001-001

SEGURIDAD HELEB BLUE S. A.

106.297,00

Guácimo

2-03102117633-001-001

EMPRESA COMERCIALIZADORA AGROPECUARIA PRODUCTICO SRL

150.664,00

Guácimo

2-03101080513-001-001

CITRICOS DE DOS RÍOS S. A.

58.100,00

Guácimo

2-03101321308-001-001

ELECTROSERVICIOS W F B R S. A.

50.541,00

Guácimo

2-03101148740-001-001

INVERSIONES INMOBILIARIAS JOLAMA S. A.

59.217,00

Guácimo

2-03101139331-001-001

HELICONIAS EXOTICAS S. A.

841.623,00

Guácimo

2-03101191311-002-001

MANTENIMIENTO C Y J S. A.

42.035,00

Guácimo

7-00016522375-001-001

LAM ZAMORA FRANK JEAN

25.719,00

Guácimo

0-00105770979-001-001

GUEVARA BARRIENTOS CARLOS JOSE

50.953.00

Guácimo

9-00163095005-001-001

JOHNSTON HOWARD WILLIAM

21.152,00

Guácimo

0-00111060358-999-001

MENDEZ RODRIGUEZ CARMEN

81.985,00

Guácimo

2-03101149599-001-001

CONSTR. PALMA S. A.

18.452,00

Fortuna

2-03101175832-001-001

COMPAÑÍA MULT. SEGURA Y BRENES S. A.

15.815,00

Fortuna

0-00800630492-001-001

LAY BING CHANG FUNG

886.641,00

Fortuna

0-00601250931-001-001

SÁNCHEZ CHOZA JORGE E.

3.691.406,00

Fortuna

2-03101212533-001-001

CONSTR. LIMONENSE SOLÍ S. A.

27.942,00

Fortuna

2-03101149599-001-001

CONSTR. PALMA S. A.

18.452,00

Fortuna

2-03101175832-001-001

COMPAÑÍA MULT. SEGURA Y BRENES S. A.

15.815,00

Fortuna

0-00800630492-001-001

LAY BING CHANG FUNG

886.641,00

Fortuna

0-00601250931-001-001

SÁNCHEZ CHOZA JORGE E.

3.691.406,00

Fortuna

2-03101212533-001-001

CONSTR. LIMONENSE SOLÍ S. A.

27.942,00

Fortuna

0-00104910138-001-001

CANTILLO MALAVASI JOSÉ FEDERICO

371.999,00

Pto. Viejo Sarapiquí

0-00104910138-002-001

CANTILLO MALAVASI JOSÉ FEDERICO

108.577,00

Pto. Viejo Sarapiquí

2-03101286494-001-001

VIGILANCIAS BARRANTES Y LEON JJ S. A.

460.189,00

Pto. Viejo Sarapiquí

0-00602780874-001-001

QUIRÓS ARGUIJO RONALD

21.903,00

Pto. Viejo Sarapiquí

0-00202780962-002-001

MIRANDA QUIRÓS WILLIAMS

561.405,00

Pto. Viejo Sarapiquí

15 de diciembre del 2011.—Gerencia Financiera.—Lic. Óscar Vindas Masís, Director Regional.—(IN2011099776).

El suscrito Director Regional de la Dirección Regional de Sucursales Huetar Atlántica CCSS, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se detalla de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. El monto adeudado se refleja al 25 de octubre de 2011 en el caso de la Sucursal de Guápiles. Al 12 y 19 de octubre 2011 en el caso de la Sucursal de Batán. Al 12, 13, 24, 25, y 28 de octubre del 2011 en el caso de la Sucursal de Limón, y puede contemplar periodos que ya poseen firmeza administrativa.

 

Nº patronal

Nombre de patrono

Monto ¢

Sucursal

7-0027910655-001-001

IVETTE CAROLINA FLETES GUIDO

173.302,00

Guápiles

2-03105506512-001-001

ASESORES TÉCNICOS FAGARO EMPRESA INDIVIDUAL DE R. L.

115.723,00

Guápiles

2-03101485662-001-001

SEGURIDAD EL DANTE DEL ATLÁNTICO S. A.

59.865,00

Guápiles

00107420010-999-001,

DELGADO ARTAVIA MIGUEL ÁNGEL

210.426,00

Guápiles

2-03102091738-001-001

RARI COSTA RICA LIMITADA

149.695,00

Guápiles

2-03102128508-001-001

ESTRUCTURAS METÁLICAS DE POCOCÍ S. R. L.

423.916,00

Guápiles

2-03102137898-001-001

CASA RÍO BLANCO S. R. L.

19.393,00

Guápiles

2-03101311509-001-001

INVESMENT RCR S. A.

350.846,00

Guápiles

2-03101352977-001-001

EDUCACIÓN PARA ELÑ SIGLO XXI S. A.

39.529,00

Guápiles

0-00302600950-999-001

ROJAS RIVERA ADOLFO

664.780,00

Guápiles

0-00103460648-999-001

BRENES SÁENZ JORGE GERARDO

222.987,00

Guápiles

0-00106650575-999-001

BERRROCAL FERNÁNDEZ ALVIN

441.480,00

Guápiles

0-00110560262-999-001

SABORÍO SALAS JONATHAN

576.181,00

Guápiles

7-00015758207-999-001

MARTÍNEZ ARGUETA FRANCISCO TRINIDAD

1.010.746,00

Guápiles

0-00503380468-999-001

PARRA DÍAZ LUIS GUILLERMO

267.438,00

Guápiles

2-03101270672-001-001

EMPACADORA JUNIOR S. A.

1.513.617,00

Guápiles

2-03102151273-001-001

EMPRESA FARMACÉUTICA BOCA DE R. L.

42.307,00

Guápiles

0-00600610684-001-001

LEONEL GONZÁLEZ PORRAS

59.314,00

Guápiles

2-03102083378-001-001

BAR Y RESTAURANTE LA PARADA NURY LIMITADA

644.784,00

Guápiles

2-03101229405-001-001

INVERSIONES TURÍSTICAS DE POCOCÍ S. A.

259.275,00

Guápiles

2-03101030075-003-001

TIENDA CID S. A.

61.754,00

Guápiles

2-03102105305-002-001

HERMANOS CHINCHILLA RODRÍGUEZ LIMITADA

1.151.679,00

Guápiles

0-00601031420-001-001

BRAUDIGAN QUIRÓS ANTONY

66.210,00

Guápiles

0-00102580283-002-001

CHINCHILLA VALERIO  FERNANDO SERGIO

61.974,00

Guápiles

0-00105560628-001-001

MESÉN NÚÑEZ ILEANA MARÍA

303.291,00

Guápiles

2-03101285644-001-001

AGREGOSESORÍAS DON ALEXIS S. A.

514.403,00

Guápiles

0-00107660606-001-001

GONZÁLEZ OCAMPO CONSUELO MARLEN

20.987,00

Guápiles

2-03101178009-001-001

AGRÍCOLA FREDDY BOLAÑOS S. A.

658.416,00

Guápiles

2-03101317671-002-001

SERVICIOS VARIOS DEL COMERCIO ZÚÑIGA Y FAMILIA S. A.

35.202,00

Guápiles

2-03101255870-001-001

COMPAÑIA DE APLICACIONES AGROQUÍMICAS S. A.

2.247.905,00

Guápiles

0-00203610164-001-001

QUIRÓS JIMÉNEZ SILVIA ELENA

260.419,00

Guápiles

0-00502550543-001-001

QUIRÓS JIMÉNEZ RONALD

31.493,00

Guápiles

0-00107200725-001-001

ÁLVAREZ ALPÍZAR MARCO TULIO

68.472,00

Guápiles

2-03101245208-001-001

MÚLTIPLE TECNOLOGÍA DOS MIL S. A.

184.984,00

Guápiles

2-03101268670-001-001

INVERSIONES VE Y VI S. A.

156.999,00

Guápiles

2-03101311270-001-001

CONSTRUMADERA S. A.

929.025,00

Guápiles

2-03101310636-001-001

MULTISERVICIOS DE SEGURIDAD ALCA TRAZ S. A.

198.470,00

Guápiles

2-03101107998-002-001

CONSTRUCTORA JR GONZÁLEZ S. A.

337.004,00

Guápiles

0-00302860703-001-001

NAVARRO QUIROS RONALD

773.027,00

Guápiles

2-03102095548-001-001

CONSTRUCTORA SOLANO ROJAS S. R. L.

158.590,00

Guápiles

2-03101229586-001-001

INDUSTRIA DE LA IMPRESIÓN AM S. A.

80.563,00

Guápiles

2-03101231983-001-001

TALLER DE PRECISIÓN TRES A DE POCOCÍ S. A.

312.474,00

Guápiles

2-03101207426-001-001

OLKE DE POCOCI S. A.

520.203,00

Guápiles

2-03101318435-001-001

REPUESTOS POR CAMIONES, CABEZALES Y BUSES CABUS S. A.

146.212,00

Guápiles

2-03101063605-002-001

DISTRIBUIDORA ALEXANDER S. A.

379.990,00

Guápiles

0-00301640206-002-001

NUÑEZ VETRANO ADOLFO

316.533,00

Guápiles

2-03101293382-001-001

ARTE Y DISEÑO DECA S. A.

545.983,00

Guápiles

2-03101226896-001-001

INMOBILIARIA CARIBE DEL TRÓPICO S. A.

22.453,00

Guápiles

0-00203070496-001-001

LOPEZ ELIZONDO ALLAN

160.552,00

Batán

0-00602280358-999-001

ARIAS PICADO FERNAN

1.011.744,00

Batán

0-00108760315-999-001

MARTÍNEZ ARIAS IBSEN GERARDO

1.544.287,00

Batán

2-03101096458-001-001

ILIOS S.A.

1.583.870,00

Batán

2-03101153047-001-001

INDUSTRIAS BLOQUERAS DOS MIL S.A.

1.129.419,00

Batán

3101141887

COMPAÑIA DE ESTIBA Y SERVICIOS  PORTUARIOS S.A.

74.572.780,00

Limón

3101192775

AGENCIA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA ELECTRONICA ASVESA

68.623.799,00

Limón

3004084099

COOPERATIVA DE USUARIOS DEL TRANSPORTE Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE LIMON R L

63.855.158,00

Limón

3101105106

SEGURIDAD LIMONENSE GRANT S.A.

24.037.055,00

Limón

3101241890

MULTISERVICIOS GRANT S.A.

17.582.654,00

Limón

700680810

SAAVEDRA CHACON EDUARDO ELIECER

15.465.087,00

Limón

3101338407

MULTISERVICIOS WINGCARIBE & ASOCIADOS S.A.

12.207.822,00

Limón

700460148

HUTCHINSON MADRIZ DAVID

32.072.951,00

Limón

301710455

ARCE VEGA ALFREDO

14.293.236,00

Limón

3002144620

ASOCIACION CAMARA NACIONAL DE PRODUCTORES DE PLATANO

13.735.213,00

Limón

3101338407

MULTISERVICIOS WINGCARIBE & ASOCIADOS SOCIEDAD ANONIMA

12.283.922,00

Limón

3101015419

HIDROCARBUROS DEL ATLANTICO SOCIEDAD ANONIMA

12.223.325,00

Limón

900490224

UREÑA VALVERDE FRANKLIN

11.311.952,00

Limón

3101426929

MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCION M.O.C. COMAS SOCIEDAD ANONIMA

11.021.718,00

Limón

3101130773

SEGURIDAD REY DEL CARIBE SOCIEDAD ANONIMA

11.212.599,00

Limón

3101176947

ASESORES CONTABLES UNIDOS ATLANTICOS A C U T SOCIEDAD ANONIMA

9.985.351,00

Limón

302150916

ALBERTO SOLANO BROWN

8.680.668,00

Limón

3101422815

CORPORACION JOUSELAL SOCIEDAD ANONIMA

8.711.881,00

Limón

3101230704

TRASNPORTES VILLA V Y S SOCIEDAD ANONIMA

9.945.131,00

Limón

3101122504

CONSTRUCCIONES Y DRENAJES LIMONENSES SOCIEDAD ANONIMA

7.963.925,00

Limón

3101224933

DYSUAR SOCIEDAD ANONIMA

7.253.745,00

Limón

3101159693

RACHELLE Y SUS NIETAS SOCIEDAD ANONIMA

6.972.835,00

Limón

3101253035

SEGURIDAD DEL ATLANTICO SOCIEDAD ANONIMA

6.856.336,00

Limón

203350595

MANUEL EBERTO PORRAS CORDERO

7.851.937,00

Limón

501210923

VICTOR RAMON VILLAVICENCIO RUIZ

7.579.466,00

Limón

700700284

MARCO ANTONIO BARRANTES MATA

6.454.604,00

Limón

3101378968

G S P GESTOR DE SERVICIOS PORTUARIOS SOCIEDAD ANONIMA

6.436.952,00

Limón

107430568

SONIA MARIA ORTEGA ROMERO

6.168.071,00

Limón

3101068149

COCOLITO DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA

6.125.344,00

Limón

900150227

GERARDO AGUILAR MATA

6.042.700,00

Limón

3101216865

SEGURIDAD GARCIA DEL ATLANTICO SOCIEDAD ANONIMA

6.029.899,00

Limón

3101313140

DISTRIBUCIONES SERFEL SOCIEDAD ANONIMA

5.851.121,00

Limón

3101253885

MULTISERVICIOS PINTEX DEL CARIBE SOCIEDAD ANONIMA

5.612.827,00

Limón

3101230343

OPERACIONES PORTUARIAS KENFIELD SOCIEDAD ANONIMA

5.634.851,00

Limón

10579033

JORGE VILLANEA VILLEGAS

5.433.145,00

Limón

3101029231

LISI SOCIEDAD ANONIMA

1.142.506,00

Limón

3101344345

THE THREE POTES D C R SOCIEDAD ANONIMA

1.144.510,00

Limón

3102067826

INVERSIONES SHUM E HIJOS LIMITADA

1.026.388,00

Limón

700730628

IRMA CALIMORE CALIMORE

1.135.874,00

Limón

700230531

ELISEO FERMIN JOSEPH WIGNALL

1.067.973,00

Limón

700960616

JOSE LUIS GUTIERREZ MORAGA

1.253.075,00

Limón

700650237

RODOLFO VALENTINO WILSON ROWE

1.219.902,00

Limón

700910822

RAYAN THONEY MOODIE MOODIE

1.216.222,00

Limón

900560748

HIDALGO ALVARADO LUIS ANGEL

1.095.264,00

Limón

701030161

SHERRION MARSHAL SINCLER

1.117.738,00

Limón

701080179

IVETH ARIAS FALLAS

1.088.569,00

Limón

14654259

RON DOUCET NOINDICAOTRO

1.063.042,00

Limón

107570762

JULIA MOLINA MORA

1.050.470,00

Limón

110610216

JORGE ALBERTO RICHARDS LAWRENCE

2.236.020,00

Limón

601250215

GEORGE EGBERT THOMAS WYNTER

1.255.190,00

Limón

700330979

CHARLES LEWIS PARKS

1.268.675,00

Limón

800450308

ROSA EDUARDA JACAMO HERNANDEZ

2.308.317,00

Limón

3101215381

MULTISERVICIOS ROVIR DEL CARIBE SOCIEDAD ANONIMA

1.026.669,00

Limón

3004294299

COOPERATIVA DE AUTOGESTION DE TRANSPORTE DE CARGA Y DESCARGA DE LIMON R L

1.044.821,00

Limón

3102027625

FARMACIA LIMONENSE HERTOM LIMITADA

1.074.078,00

Limón

3101065143

CARIBA DE LIMON SOCIEDAD ANONIMA

1.099.893,00

Limón

3101227496

G Y C CONSTRUCCIONES Y REMODELACIONES SOCIEDAD ANONIMA

1.111.359,00

Limón

3101005937

LA PROVEEDORA ROGELIO E PARDO SOCIEDAD ANONIMA

1.119.717,00

Limón

3101053750

INVERSIONES BRUNO DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA

1.137.757,00

Limón

108010781

JACQUELINE RAMIREZ REDONDO

1.020.250,00

Limón

3101301451

COSSERA SOCIEDAD ANONIMA

1.006.205,00

Limón

3101124547

SERVILLANTAS DE LIMON SOCIEDAD ANONIMA

1.056.065,00

Limón

3101380001

HIPHOPER DE HEREDIA SOCIEDAD ANONIMA

984.542,00

Limón

3011056986

FEDERACION SINDICAL AGRARIA NACIONAL

959.676,00

Limón

3101184300

CORPORACION FERAC CF SOCIEDAD ANONIMA

834.083,00

Limón

3101023805

TRANSPORTES LIMONENSES SOCIEDAD ANONIMA

857.806,00

Limón

3101201642

SERVICIO DE REPARACION MANTENIMIENTO Y ASESORIA EN COMPUTACION AVANZADA SOCIEDAD ANONIMA

888.185,00

Limón

302940630

MARVIN ARGUEDAS MORA

908.154,00

Limón

700501260

CASTILLO SERRANO VINICIO

915.357,00

Limón

3101099600

KASHA SOCIEDAD ANONIMA

769.586,00

Limón

3101090231

DEPOSITO DE MADERAS Y MATERIALES NAVARRO Y CORDOBA SOCIEDAD ANONIMA

769.572,00

Limón

26060587

ZAMORA MERLO LIGIA

996.823,00

Limón

3012219148

SKODAEXPOR A.S

692.666,00

Limón

3101091699

UMATO SOCIEDAD ANONIMA

699.655,00

Limón

3101196117

CONSTRUCTORA ARRIETA Y RODRIGUEZ SOCIEDAD ANONIMA

714.014,00

Limón

3101163451

MAGO DEL CARIBE SOCIEDAD ANONIMA

741.656,00

Limón

3101156571

MACLARO SOCIEDAD ANONIMA

748.793,00

Limón

3101485156

SCARLETT CARIBBEAN DREAM SOCIEDAD ANONIMA

778.788,00

Limón

3101184640

MULTISERVICIOS SPANA WO DE LIMON SOCIEDAD ANONIMA

774.740,00

Limón

3101371015

KENT & JASON SOCIEDAD ANONIMA

792.497,00

Limón

3101099600

KASHA SOCIEDAD ANONIMA

769.586,00

Limón

3101090231

DEPOSITO DE MADERAS Y MATERIALES NAVARRO Y CORDOBA SOCIEDAD ANONIMA

769.572,00

Limón

701170204

HERRERA CAMACHO GUISELLE

724.259,00

Limón

600990361

VILLALOBOS ALVARADO CLAUDIA

730.481,00

Limón

700330648

STEWART CHRISTIE LOIS

1.119.642,00

Limón

700900830

LEON GUZMAN FRANCISCO

710.646,00

Limón

3101193915

SUPLIDORA ALFA DEL ATLANTICO SOCIEDAD ANONIMA

413.736,00

Limón

700970550

PIZARRO GOMEZ SABI

689.712,00

Limón

700630497

PEREZ PEREZ SHIRLEY

671.302,00

Limón

3002204674

ASOCIACION ADMINISTRADORA DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADO SANITARIO DE BARRA DE PARISMINA

641.240,00

Limón

3102407018

SEGURIDAD MARSU M & S LIMITADA

609.490,00

Limón

3101453333

EL REY DE SANTA MARTA SOCIEDAD ANONIMA

602.843,00

Limón

3101275917

EQUIPOS AGROINDUSTRIALES MAR SOCIEDAD ANONIMA

549.170,00

Limón

3101346801

INGENIERIA EN DIAGNOSTICO Y MANTENIMIENTO IDM SOCIEDAD ANONIMA

544.548,00

Limón

3101109749

TURICARIBE DEL ATLANTICO SOCIEDAD ANONIMA

526.641,00

Limón

3101187145

SERVICIOS GENERALES CIENTO DIECINUEVE N G SOCIEDAD ANONIMA

510.681,00

Limón

3105397570

EMPRESA MULTISERVICIOS G.H.G INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

503.014,00

Limón

3101200100

GUARIA COMERCIAL DEL CARIBE SOCIEDAD ANONIMA

497.648,00

Limón

3101196257

INVERISONES D & D ACUÑA SOCIEDAD ANONIMA

482.874,00

Limón

3101255779

SEVICAR SEGURIDAD Y VIGILANCIA DEL CARIBE SOCIEDAD ANONIMA

465.462,00

Limón

700790259

JONES VILLIERS JOHNNY

827.677,00

Limón

Limón, 19 de diciembre del 2011.—Gerencia Financiera –Lic. Óscar Vindas Masís, Director Regional.—(IN2011099777).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

HOSPITAL NACIONAL DE GERIATRÍA Y GERONTOLOGÍA

DR. RAÚL BLANCO CERVANTES

De conformidad con lo estipulado en el Artículo 76, del Reglamento Interior de Trabajo de la CCSS y Proceso Administrativo Disciplinario que involucra como investigado al señor Óscar Ortiz Alvarado, cédula de identidad: 1-1116-0712, Auxiliar de Enfermería; la Dirección de Enfermería, del Hospital Nacional de Geriatría y Gerontología Dr. Raúl Blanco Cervantes; notifica ratificación de despido del funcionario, por ausencias injustificadas de los días 5, 21 y 27 de agosto del año 2011.—Dirección de Enfermería.—Lic. Alejandra Sandoval Barahona, Directora de Enfermería a. í.—(IN2011099839).

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DE

CEMENTERIOS DE GOICOECHEA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta del siguiente acuerdo en sesión ordinaria N° 17-2011 del día jueves 24 de noviembre 2011, artículo 7°, asuntos varios, Departamento de Cobros Administrativos, acorde con lo ordenado por el artículo 214, siguientes y concordantes, de la Ley General de Administración Pública, y con los acuerdos y alcances del Decreto Ejecutivo N° 32177-SP, artículo 44° inciso 2, Alcance N° 1 del Diario Oficial La Gaceta N° 6 del 10 de enero del 2005. Se procede a iniciar Procedimiento Ordinario Administrativo de Cobro contra María Cristina Quirós Castro, cédula 1-0270-0997, Arrendataria de esta junta por cuanto mediante notificación de cobros del 3 de setiembre del 2011 del Departamento de Cobros, adeudando al día 2 de diciembre 2011 a la Junta, la suma de ¢82.399,40 (ochenta y dos mil trescientos noventa y nueve colones con cuarenta céntimos) por concepto de cuatro años (2008, 2009, 2010 y 2011) de mantenimientos atrasados. Por lo que deberá presentarse dentro de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de dicha publicación en las oficinas centrales, sita Guadalupe centro, del Parque costado noroeste, en los altos Correos de Costa Rica.—Guadalupe, 2 de diciembre del 2011.—Dirección Administrativa.—Lic. Aracelly González Fernández.—RP2011271587.—(IN2011098607).

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la Administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta del siguiente acuerdo en sesión ordinaria N° 17-2011 del jueves 24 de noviembre 2011, artículo 7° asuntos varios, Departamento de Cobros Administrativos. Acorde con lo ordenado por el artículo 214, siguientes y concordantes, de la Ley General de Administración Pública, y con los acuerdos y alcances del Decreto Ejecutivo N° 32177-SP, artículo 44° inciso 2, Alcance N° 1 del Diario Oficial La Gaceta N° 6 del 10 de enero del 2005. Se procede a iniciar Procedimiento Ordinario Administrativo de Cobro contra María del Rocío Loaiza Coto, cédula 1-0772-0226, Arrendataria de esta Junta, por cuanto mediante notificación de cobros del 3 de setiembre del 2011 del Departamento de Cobros, adeudando al día 2 de diciembre 2011, a la Junta la suma de ¢75.134,80 (setenta y cinco mil ciento treinta y cuatro colones con ochenta céntimos) por concepto de cuatro años (2008, 2009, 2010 y 2011) de mantenimientos atrasados. Por lo que deberá presentarse dentro de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de dicha publicación en las oficinas centrales, sita Guadalupe centro, del Parque costado noroeste en los altos Correos de Costa Rica.—Guadalupe, 2 de diciembre del 2011.—Dirección Administrativa.—Lic. Aracelly González Fernández.—RP2011271588.—(IN2011098608).

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la Administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta del siguiente acuerdo en sesión ordinaria N° 17-2011 del jueves 24 de noviembre 2011, artículo 7° asuntos varios, Departamento de Cobros Administrativos. Acorde con lo ordenado por el artículo 214, siguientes y concordantes, de la Ley General de Administración Pública, y con los acuerdos y alcances del Decreto Ejecutivo N° 32177-SP, artículo 44° inciso 2, Alcance N° 1 del Diario Oficial La Gaceta N° 6 del 10 de enero del 2005. Se procede a iniciar Procedimiento Ordinario Administrativo de Cobro contra Paulino González Calvo, Arrendatario de esta Junta, por cuanto mediante notificación de cobros del 3 de setiembre del 2011 del Departamento de Cobros, adeudando al día 2 de diciembre 2011 a la Junta, la suma de ¢187.086,90 (ciento ochenta y siete mil ochenta y seis colones con noventa céntimos) por concepto de cuatro años (2008, 2009, 2010 y 2011) de mantenimientos atrasados. Por lo que deberá presentarse dentro de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de dicha publicación en las oficinas centrales, sita Guadalupe centro, del Parque costado noroeste en los altos Correos de Costa Rica.—Guadalupe, 2 de diciembre del 2011.—Dirección Administrativa.—Lic. Aracelly González Fernández.—RP2011271589.—(IN2011098609).

Por haberse notificado y recibido la notificación el día 9 de setiembre del 2011 y cumplido el plazo estipulado en la misma, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta del siguiente acuerdo en sesión ordinaria N° 17-2011 del jueves 24 de noviembre 2011, Artículo 7° asuntos varios, Departamento de Cobros Administrativos. Acorde con lo ordenado por el artículo 214, siguientes y concordantes, de la Ley General de Administración Pública, y con los acuerdos y alcances del Decreto Ejecutivo N° 32177-SP, artículo 44° inciso 2, Alcance N° 1, del Diario Oficial La Gaceta N° 6 del 10 de enero del 2005. Se procede a iniciar Procedimiento Ordinario Administrativo de Cobro contra Víctor Manuel Ledezma Varela, cédula 6-0097-0129, Arrendatario de esta Junta por cuanto mediante notificación de cobros del 9 de setiembre del 2011 del Departamento de Cobros, adeudando al día 2 de diciembre 2011 a la Junta la suma de ¢82.692,70. (ochenta y dos mil seiscientos noventa y dos colones con setenta céntimos) por concepto de cuatro años (2008, 2009, 2010 y 2011) de mantenimientos atrasados. Por lo que deberá presentarse dentro de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de dicha publicación en las oficinas centrales sita Guadalupe centro, del Parque costado noroeste en los altos Correos de Costa Rica.—Guadalupe, 2 de diciembre del 2011.—Dirección Administrativa.—Lic. Aracelly González Fernández.—RP2011271590.—(IN2011098610).

Por haberse notificado y recibido la notificación el día 30 de setiembre del 2011 y cumplido el plazo estipualdo en la misma, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta del siguiente acuerdo en Sesión Ordinaria N° 17-2011 del día jueves 24 de noviembre 2011 artículo 7° asuntos varios, Departamento de Cobros Administrativos. Acorde con lo ordenado por el Artículo 214, siguientes y concordantes, de la Ley General de Administración Pública, y con los acuerdos y alcances del Decreto Ejecutivo N° 32177-SP, artículo 44° inciso 2, Alcance N° l, del Diario Oficial La Gaceta N° 6 del 10 de enero del 2005. Se procede a iniciar Procedimiento Ordinario Administrativo de Cobro contra Óscar Carmona Sánchez, cédula 1-0187-0704, Arrendatario de esta Junta, por cuanto mediante notificación de cobros del 30 de setiembre del 2011 del Departamento de Cobros, adeudando al día 2 de diciembre del 2011 a la Junta la suma de ¢82.692,70 (ochenta y dos mil seiscientos noventa y dos colones con setenta céntimos) por concepto de cuatro años (2008, 2009, 2010 y 2011) de mantenimientos atrasados. Por lo que deberá presentarse dentro de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de dicha publicación en las oficinas centrales sita Guadalupe centro, del Parque costado noroeste en los altos Correos de Costa Rica.—Guadalupe, 2 de diciembre del 2011.—Dirección Administrativa.—Lic. Aracelly González Fernández.—RP2011271591.—(IN2011098611).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

En virtud de lo resuelto en la Resolución Procedimiento Especial Sancionatorio por Incumplimientos Urbanos seguido por el Subproceso de Control Urbano, de las diez horas con cincuenta minutos del 25 de enero de 2011, la cual a la fecha se encuentra firme sin que dentro del plazo otorgado se procediera a poner a derecho la construcción edificada sin permiso de construcción en la finca 1-210275-001 y 002, de conformidad con el Artículo 150 de la Ley General de la Administración Publica, se le intima por primera vez para que en el plazo de 5 días contados a partir de la notificación de la presente orden, proceda por su cuenta a demoler dichas obras, caso contrario la Municipalidad procederá a demoler las edificaciones.—10 de noviembre del 2011.—Dirección Urbanismo.—Arq. Gustavo Zeledón Céspedes, Control Urbano.—1 vez.—(IN2011098454).

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

Lista de Contribuyentes Morosos Municipalidad de Curridabat, Bienes Inmuebles y Servicios Municipales

 

CONTRIBUYENTE

CÉDULA

FINCA

MONTO ADEUDADO

PAEZ MORA VILMA PATRICIA

102340083

078811

 ¢48.103,00

RAMIREZ ALVARADO FREDDY JOSÉ

109150706

483520

 ¢69.875,00

MONGE SANCHEZ MARLENE

106050 040

134616

 ¢59.695.00

ANAKURNIKOBA S. A.

3101547140

600084

¢189.291.00

ER-CO II DE ORO LTDA.

3102513498

398771

¢243.857.00

CONDOMINIO MONTERAN LOTE SESENTA Y SIETE OFT S. A.

3101380533

063620/063621

¢1.398.076.05

ADMINISTRATIVO CONSEJO NACIONAL DE RECTORES

3007045437

296214

¢543.635.00

3101488854 SOCIEDAD ANONIMA

3101488854

492458

¢984.093.00

DISTRIBUIDORA EL GRIAL INTERNACIONAL S. A.

3101147565

554859

¢684.512.00

ESPINOZA TREJOS PAOLA

111890841

070430

¢128.010.00

LOPEZ SANDOVAL LUIS TOBIAS

80760185

184443

¢134.065.00

INVERSIONES LA REINA CH G Y L S. A.

3101289414

026430

¢160.797.00

JIMENEZ JIMÉNEZ JOSE LUIS

601300379

378410

¢112.750.00

VEGA NEDRANO MARCELINO

502740020

503304

 ¢96.968.00

ULLOA MENA HUBER

107130274

457891

¢429.719.00

Lista de Contribuyentes Morosos Municipalidad de Curridabat Cementerio

 

CONTRIBYUENTE

CÉDULA

Nº DERECHO

MONTO ADEUDADO

AGUILAR ARROYO JAIME

301610957

D-4-058

¢152.568,00

RODRIGUEZ PORTILLA MANUEL

107790685

D-108

¢106.429,00

ROJAS OVARES LAURA

107830958

D-1-093

¢152.568.00

ALVARADO BRENES NELLY

301530968

S-1-113

¢227.612,00

ARAYA FERNANDEZ LUIS GERARDO

106580347

D-021

¢227.612.00

BARBOZA DIAZ JORGE

101770364

C-092

¢86.015.00

BERMUDEZ ALANIZ JORGE

601190859

D-3-112

¢152.568.00

BRENES BRENES MANUEL

300840735

S-3-020

¢151.747.00

BRENES MENDOZA SUGEY

110020304

C-109

¢133.483.00

LEIVA NAVARRO GRACE

105480764

D-4-152

¢115.509.00

LOPEZ ALEMAN MIRNA

108180241

C-077

¢283.146.00

PORTILLA SANDOVAL BERNARDO

105440855

D-3-066

¢133.724.00

MONTOYA CARVAJAL MARIA CRISTINA

101700920

D-2-077

¢291.598.00

MONGE BOGANTES ADRIANO

103730442

C-088

¢57.845.00

MORA SANCHEZ ELSA

301950363

A-029

¢86.181.00

NUÑEZ SALGUERO BLANCA LIA

700290884

S-4-155

¢57.845.00

RODRIGUEZ RODRÍGUEZ ANGELINA

200940822

S-4-129

¢106.643.00

SÁNCHEZ SÁNCHEZ JOSÉ

100720025

D-2-100

¢213.297.00

SIBAJA CHACON HECTOR GERARDO

103590048

B-074

¢128.361.00

SIBAJA OVARES EDWIN ROBERTO

103630661

S-4-106

¢86.181.00

TENORIO SANCHEZ ROCIO

107120548

D-131

¢183.990.00

UREÑA MORALES HILDA

101152583

B-028

¢242.663.00

VARGAS MEDINA ALEXIS

102790133

D-140

¢158.431.00

CALDERON CUBERO ALEXANDER

106240876

D-3-094

¢330.065.00

CARVAJAL AMADOR CARMEN

105690322

C-108

¢96.255.00

FERNANDEZ SOLIS CARMEN

103951418

T-3-105

¢706.148.00

DELGADO DIAZ CARMEN

101052787

S-4-019

¢185.795.00

GONZALEZ ACUÑA REYNA

106680272

D-055

¢86.181.00

La Municipalidad de Curridabat hace saber a quien interese que en el Cementerio existen los derechos antes mencionados, pertenecientes a contribuyentes que no han honrado sus cuotas por venta de derechos y mantenimiento.  Se emplaza por 30 días a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a la Administración del Cementerio, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario esta Municipalidad procederá a disponer del citado derecho, con la finalidad de recuperar el adeudo tributario existente por concepto de cuotas de mantenimiento y derechos de venta.—Lic. Óscar Cordero Calderón, Responsable.—1 vez.—RP2011271735.—(IN2011099251).

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

La Unidad de Gestión de Cobro de la Municipalidad de Grecia notifica a los siguientes contribuyentes, que se encuentran en estado de morosidad por el no pago de tributos municipales, y se les otorga un plazo de 15 días hábiles para la regularización de su deuda, caso contrario, se tramitará por la vía judicial. Se recuerda que el monto corresponde solo al principal y que se deben añadir los intereses de Ley. Para mayor información al teléfono 2494-5050, Unidad de Gestión de Cobro.

 

Cédula

Nombre

Período inicial

Periodo final

Monto ¢

3101530155

3101530155 S. A.

200802

201104

365.474,00

3101533001

3101533001 S. A.

200801

201104

400.000,00

3101624641

3101624641 S. A.

200701

201104

67.256,00

0202000862

ACOSTA PORRAS RAFAEL

199601

201112

74.736,50

0204290650

ACUÑA GONZALEZ LISBETH MARIA

200802

201112

113.547,00

0202930788

ACUÑA ROJAS ALFONSO

200603

201112

83.979,50

3101091736

AGRIC. GANADERA RIO CUARTO S. A.

200803

201104

1.109.099,55

3101410020

AGRICOLA LOS CHAMELOS ALFARO S. A.

200402

201112

1.739.369,38

0204560936

AGUERO CASTRO MARIA LOURDES

200804

201112

67.642,50

0205620973

AGUILAR ESPINOZA GUSTAVO ADOLFO

200704

201104

102.967,71

0202940645

AGUILAR OSES LUIS FERNANDO

200301

201112

377.694,12

0900530903

AGUILAR PICADO LUZ MERY

200101

201104

80.354,04

0202260065

AGUILERA HIDALGO CARLOS

199601

201112

106.837,66

0204310323

AGUILERA HIDALGO MARIO

200308

201112

136.340,72

0203920126

ALFARO ALFARO ALLEN VIRGILIO

200704

201104

78.996,00

0203210309

ALFARO ALFARO CARLOS ENRIQUE

200803

201104

83.502,00

0108290083

ALFARO ALFARO JESUS ALBERTO

200301

201112

141.909,57

0202640836

ALFARO BARRANTES DAVID

200504

201112

69.270,00

0204030129

ALFARO BARRANTES JORGE ARTURO

200801

201112

275.690,00

0203850974

ALFARO BARRANTES MARTA ELENA

200801

201112

388.877,48

0202030831

ALFARO BARRIENTOS CARLOS

200301

201112

148.652,25

0201090092

ALFARO BOGANTES HORTENCIA

199601

201112

75.681,00

0202840568

ALFARO BOGANTES MARLENE

200511

201112

118.914,12

0900410339

ALFARO CAMPOS JOSE ANTONIO

200506

201112

133.856,12

0400860358

ALFARO CARVAJAL ELIECER

200501

201112

378.448,57

0204220671

ALFARO CHAVEZ ROSIBEL

200202

201104

109.716,00

0203410743

ALFARO HIDALGO EDGAR GERARDO

200804

201112

115.608,00

0203800863

ALFARO PORTUGUEZ LIZ PATRICIA

200805

201112

70.355,28

0401850594

ALFARO QUESADA BRYAN ROLANDO

200403

201104

93.761,08

0401940347

ALFARO QUESADA DAVID ESTEBAN

200403

201104

93.761,08

0205500568

ALFARO QUESADA KENSY GERARDO

200403

201112

199.516,33

0204280205

ALFARO QUESADA MARIA DEL CARMEN

200603

201104

103.633,50

0206100943

ALFARO RAMIREZ DOUGLAS JESUS

200802

201112

103.026,00

0205130137

ALFARO RODRIGUEZ CARLOS EDUARDO

200807

201112

259.819,25

0203120540

ALFARO RODRIGUEZ LILLIAM

200708

201112

81.852,50

0205350357

ALFARO RODRIGUEZ MERILIN

200402

201112

276.445,29

0204180358

ALFARO RODRIGUEZ VERA VIOLETA

199903

201104

91.606,00

0205340531

ALFARO ROJAS ANDREA

200808

201112

97.140,81

0204810001

ALFARO ROJAS JUAN CARLOS

199601

201112

153.988,17

0202170233

ALFARO ROJAS OLMAN

200301

201112

101.568,00

0203020608

ALFARO ROJAS RICARDO

199601

201112

97.713,50

0204200461

ALFARO ULLOA ERIT

200804

201112

67.642,50

0204220492

ALFARO VARGAS JORGE MARIO

200802

201104

185.421,00

0205690546

ALFARO ZAMORA KATTIA

200805

201112

73.631,25

3101602963

ALFASO S. A.

200803

201112

340.734,86

0202490291

ALPIZAR BOLAÑOS EDUARDO

200801

201104

118.272,00

0204020678

ALPIZAR LOPEZ MARIA DEL ROSARIO

200701

201112

81.835,00

0203390608

ALPIZAR UGALDE ALVARO

200307

201112

232.080,14

0204330865

ALPIZAR UGALDE OSCAR

200508

201112

215.415,50

0204930534

ALPIZAR VARGAS ADALBERTO

200501

201112

180.440,12

0204180466

ALPIZAR VARGAS DARIO BERNAL

200803

201112

78.621,75

0113220052

ALTAMIRANO ARCE PAMELA

200806

201112

123.120,00

0200980450

ALVARADO AVILA HILMA

200705

201112

116.777,63

0203690730

ALVARADO BOGANTES DEYANIRA

200809

201112

84.246,25

0203770080

ALVARADO GOMEZ FRANCISCO

200801

201112

90.548,00

0202890088

ALVARADO GONZALEZ LETICIA

200809

201112

85.898,25

0203140332

ALVARADO GRANADOS RAFAEL

200701

201112

86.799,00

0204620703

ALVARADO LOPEZ MARIA DEL ROCIO

200801

201112

65.279,00

0204180343

ALVARADO MONGE LUIS ANTONIO

200806

201112

92.912,00

0203360890

ALVARADO OVARES PABLO

200303

201112

137.170,27

0302710336

ALVARADO PEREIRA LETICIA

200311

201112

133.391,72

0203990475

ALVARADO RODRIGUEZ JOSE FRANCISCO

199901

201112

252.322,70

0203780177

ALVARADO SANDI SONIA

200504

201112

115.314,75

0200980740

ALVAREZ AGUILAR ROSA AMABLE

199902

201104

129.601,00

0302860760

ALVAREZ GUZMAN ELIAS ADOLFO

200702

201104

108.599,82

0203420587

ALVAREZ HIDALGO HEYNER

200609

201112

98.220,12

0203260006

ALVAREZ MEJIA FLOR MARIA

200805

201112

66.697,25

0202650180

ALVAREZ QUIROS MARIA DE LA TRINIDAD

200808

201112

80.493,50

0203920110

ALVAREZ SANCHEZ EFRAIN

200506

201112

330.126,64

0204620580

ANGULO RODRIGUEZ ANA YURI

200802

201104

166.410,00

0900190121

ARAYA ARIAS IVETTE

200311

201112

147.164,68

0203970938

ARAYA ARROYO ALEXANDER

200701

201112

89.244,12

0204620441

ARAYA JIMENEZ MARJORIE

200704

201112

156.178,24

0900670748

ARAYA QUIROS JORGE ROBERTO

200206

201112

94.620,41

0203000890

ARAYA SALAS FLOR MARIA

200801

201112

65.238,50

0701650978

ARAYA ZUÑIGA DAVINIA

200604

201104

67.761,00

0202831370

ARCE NUÑEZ BLANCA ROSA

200708

201112

87.521,26

0107600227

ARGUELLO VARGAS IVONNE

199702

201112

78.864,79

0200386373

ARIAS CESPEDES JULIA

200404

201112

80.122,00

0205850911

ARIAS LOBO KARLA TATIANA

200805

201112

140.267,25

0105330579

ARIAS MARTINEZ LUISA

200601

201112

196.646,40

0205820733

ARIAS SALAS ELIZABETH MARIA

200601

201112

111.749,25

3101233488

ARLEO FREALE SOCIEDAD ANONIMA

200403

201104

121.200,00

0104460903

ARLEY MOLINA ALVARO ENRIQUE

200803

201112

86.161,75

0203340291

ARRIETA ARAYA RICARDO ALBERTO

200803

201112

69.105,75

0104041356

ARRIETA BOGARIN CARLOS JESUS

199609

201112

184.938,17

0900680900

ARRIETA JIMENEZ IVO ALEJO

200602

201112

170.211,85

0203060776

ARRIETA JIMENEZ JOSE ANTONIO

200809

201112

110.409,75

0202860756

ARRIETA JIMENEZ MANUEL ANGEL

199701

201112

206.467,22

0204270463

ARRIETA JIMENEZ SERGIO FREDDY

200712

201112

80.059,50

0205070308

ARRIETA SANTAMARIA LUIS JESUS

200404

201112

140.211,36

0203080867

ARRIETA VARGAS NIDIA MARIA

200604

201104

79.126,00

3102441346

ARRIEVI DE LOS ANGELES LIMITADA

200703

201104

92.083,03

0205190472

ARROYO NUÑEZ ALEXANDER

200403

201104

183.290,00

0300890688

ARROYO VARGAS JOSE ANGEL

199601

201112

162.911,37

0203330522

ARROYO VISCAINO ORLANDO

200801

201112

72.032,25

0107550056

ARTAVIA ORTIZ MARIA DE LOS ANGELES

200802

201104

275.871,00

0108110955

ARTAVIA PORRAS JOSE

200802

201104

175.029,00

3002205661

ASOC DE MUJERES AGROINDUSTRIALES SAN LUIS

200801

201112

80.187,50

3002004554

ASOC EVANGELIA CENTROAMERICANA C R (AMEN)

200203

201112

828.214,76

3002166712

ASOC IGLESIA WESLEYANA INTERNACIONAL DE C.R.

200702

201112

1.023.031,25

3101243373

AUTO COMERCIAL DE OCCIDENTE ACOCAR S. A.

199901

201112

80.883,48

0204390707

AVILA BARQUERO MARVIN ANTONIO

200712

201112

73.495,50

0204630972

AVILA CAMACHO HEINER

199907

201112

187.766,37

0108560640

BADILLA GONZALEZ ALBERTO JOSE

200801

201104

101.824,54

0202620898

BADILLA MATAMOROS GLADYS

200601

201104

198.000,00

51N1612733

BAGDANYANTS TATIANA

200701

201104

194.613,80

3101345923

BAJA MONTAÑITA SOCIEDAD ANONIMA

200804

201104

192.500,00

0203190611

BALLESTERO ALVARADO ANA LUCIA

200307

201112

137.136,27

0108010657

BALLESTERO ALVARADO JEANNETTE

200709

201112

77.885,25

0203770882

BALLESTERO ESQUIVEL RONALD ANTONIO

200803

201104

119.598,83

0203710713

BALLESTERO SALAZAR VICTOR JULIO

200808

201112

113.098,22

0108080206

BARBOZA ALFARO MONICA REBECA

200701

201104

127.771,52

0110320994

BARBOZA VARGAS ANDRES

200803

201104

113.452,42

0204340207

BARQUERO BARRANTES MARIA ANTONIETA

200601

201112

244.739,79

0201860279

BARQUERO NUÑEZ ROBERTO

200801

201112

72.032,25

0204520315

BARQUERO RODRIGUEZ MARIO ALBERTO

200304

201112

176.994,06

0900580322

BARQUERO RODRIGUEZ ROBERTO

200807

201112

84.442,77

0203360785

BARQUERO VARGAS VICTOR MANUEL

200801

201104

108.448,00

0202550171

BARRANTES BARRANTES BELEIDA

200501

201112

84.628,25

0204430786

BARRANTES CONEJO MATILDE MARLENE

200612

201112

101.667,54

0204260660

BARRANTES CORDERO JOSE RICARDO

200801

201112

67.525,00

0501270665

BARRANTES FONSECA MARCOS

200704

201104

139.031,00

0204220598

BARRANTES GONZALEZ GERMAN ROBERTO

200701

201112

65.715,47

0106840877

BARRANTES HIDALGO SONIA MARIA

200609

201112

123.484,12

0204010564

BARRANTES JIMENEZ ELGER

200602

201112

137.294,86

0106810955

BARRANTES LIZANO FLOR MARCELA

200806

201112

109.716,00

0204500871

BARRANTES LORIA BEATRIZ

200606

201112

111.088,12

0204390768

BARRANTES LORIA EUGENID

200001

201112

281.709,71

0205330143

BARRANTES MIRANDA AYME

200702

201104

119.065,00

0203200353

BARRANTES PANIAGUA ANA DAISY

200402

201104

434.072,00

0204470655

BARRANTES RODRIGUEZ ELSA MARIA

200801

201112

196.402,00

0203200133

BARRANTES ROJAS REYNIER

200611

201112

99.354,12

0204640478

BARRANTES VELAZQUEZ DAMARIS

200308

201112

136.340,72

270146904081362

BARRERA GALEANO FELIX ANTONIO

200801

201112

82.261,00

0204470654

BASTOS VARGAS LUIS ALBERTO

200001

201112

172.687,47

0110310949

BENAVIDES RUIZ HAROLD SANTIAGO

200804

201104

105.950,00

0122220027

BENAVIDES VARGAS JUAN

200401

201112

356.880,22

0204920978

BERMUDEZ GUADAMUZ TERESA CECILIA

200802

201104

69.768,00

0602030769

BERMUDEZ MORA LILLIANA

200508

201112

110.428,12

0204230101

BOGANTES BOLAÑOS CARMEN

199601

201112

263.299,24

0202410877

BOGANTES BOGANTES ZORAIDA

200803

201104

79.035,84

0201490447

BOGANTES BOLAÑOS ANALIVE

199701

201112

138.768,62

0201750573

BOGANTES CESPEDES ELIECER

200104

201112

147.575,61

0201290973

BOGANTES SALAZAR ANA CELIA

200701

201112

97.255,50

0204180319

BOGANTES VEGA YORLENY MARIA

200708

201112

70.397,83

0204640365

BOLAÑOS ALFARO ANA PATRICIA

200803

201104

427.521,93

0205400467

BOLAÑOS ALFARO YADIRA

200810

201112

70.891,00

0204210434

BOLAÑOS ALPIZAR NURIA

200804

201112

236.741,15

0203120541

BOLAÑOS BOGANTES PILAR

200404

201112

138.496,00

0204690602

BOLAÑOS BOGANTES YAMILETH

200809

201112

67.213,59

0205580090

BOLAÑOS CAMPOS KAROL

200411

201112

181.314,12

0205330505

BOLAÑOS CASTRO DELIO JOSE

200701

201112

149.253,00

0202670436

BOLAÑOS CHACON RAFAEL EMILIO

200208

201112

623.692,74

0106220867

BOLAÑOS GONZALEZ RANDALL

199904

201112

149.337,52

0900670527

BOLAÑOS HERRERA ANABEL DE JESUS

200404

201112

89.675,05

0204490763

BOLAÑOS HIDALGO MARIA AURELIA

199702

201112

136.978,12

0203230932

BOLAÑOS HIDALGO NORMAN

200808

201112

96.085,50

0201340452

BOLAÑOS MURILLO LUIS ANGEL

200701

201112

112.034,75

0204770675

BOLAÑOS ROMAN OLGA

200501

201112

104.105,75

0205180485

BOLAÑOS SANCHO DANICSA MARIA

200702

201104

145.067,50

0204450914

BOLAÑOS VARGAS ALEXANDER GERARDO

200402

201112

67.322,32

0206080424

BONILLA SALAZAR CEDRICK ANTONIO

200804

201104

385.248,91

0203140063

CABEZAS RAMIREZ CARLOS ENRIQUE

200311

201112

302.627,44

0111050936

CALDERON ARCE JULISSA

200704

201112

73.692,57

0109610826

CALDERON ROJAS CRISTIAN

200804

201112

78.548,25

0109170102

CALVO NUÑEZ JUAN FRANCISCO

200805

201112

120.335,25

0602390661

CALVO ZUÑIGA YAMILETH

200601

201104

69.000,00

0108240731

CAMACHO BOGANTES CARMEN LIDIA

200803

201112

99.105,75

0203000874

CAMACHO BOGANTES JUAN JOSE

200708

201112

84.372,50

0202640959

CAMACHO FONSECA GUIDO ALEXIS

200704

201112

234.135,25

0203130924

CAMPOS AGUILERA ABEL FRANCISCO

200401

201112

114.550,50

0203920228

CAMPOS AGUILERA ANNIA MARIA

200102

201104

73.199,50

0203720104

CAMPOS AGUILERA MIGUEL ANGEL

199901

201104

72.915,25

0205420685

CAMPOS CAMPOS XENIA MARIA

200702

201112

116.907,68

0203610674

CAMPOS CHAVEZ JUAN

200602

201112

73.849,00

0204650279

CAMPOS MORA RITA ISABEL

200602

201104

83.752,00

0204410933

CAMPOS QUESADA ALFONSO

200801

201112

87.824,25

0204370881

CAMPOS SEGURA MARJORIE DEL CARMEN

200303

201104

69.212,75

0206570382

CANTILLANO MOLINA ALEXANDRA

199903

201112

184.290,57

0202570454

CARBALLO UGALDE BERTALINA

200803

201112

74.105,75

0203560252

CASCANTE AGUERO MARIA ELENA

200708

201112

79.348,50

0101390839

CASCANTE BARBOZA ISMAEL

200303

201112

79.642,00

0108260719

CASCANTE MYRIE CYNTHIA VANESSA

200803

201104

101.066,00

0203380531

CASCANTE VASQUEZ ISMAEL A.

200601

201104

103.984,00

0900420366

CASTELLON BERROCAL ROLANDO

199704

201112

309.472,17

0204340216

CASTRO DAVIS LIGIA MARCELA

200804

201104

69.688,00

0205020867

CASTRO BARRANTES AIDA

200804

201112

77.142,50

0200685618

CASTRO CASTRO ELIDA

199601

201104

105.510,00

0104790867

CASTRO CONEJO MARVIN

200803

201112

645.192,18

0201850869

CASTRO HERRERA IRMA

200501

201112

182.820,00

0900270393

CASTRO LEDEZMA JUAN

199601

201104

137.878,00

0203210438

CASTRO MORALES EIDA

200703

201112

65.909,00

0204630241

CASTRO RODRIGUEZ JORGE ALBERTO

200809

201112

72.374,25

0202590527

CASTRO ROJAS ALFREDO

200710

201112

82.718,00

0202960895

CASTRO SALAS JORGE MANUEL

200802

201112

71.804,00

0108770203

CASTRO SANCHEZ JUAN LIBERTH

200803

201112

75.125,75

3101433461

CASTRO UMARIABA S. A.

200809

201112

122.201,25

0103690433

CASTRO ZUÑIGA JOSE LUIS

200701

201104

511.722,09

0602040564

CEDEÑO CEDEÑO FRANCISCO JAVIER

200604

201104

179.623,20

0900680860

CERDAS MORA FLOR

200202

201104

86.123,75

0202180526

CERVANTES FERRETO LUIS

200001

201112

150.915,72

0200790718

CESPEDES NUÑEZ JUAN

200701

201112

667.111,80

0205080582

CESPEDES QUESADA MAYNOR

200003

201104

77.898,00

0204780361

CESPEDES SOLIS MARIA AMELIA

200802

201112

80.393,00

0202840145

CESPEDES ULATE DAVID ARNOLDO

200811

201112

65.867,75

0401460094

CESPEDEZ HIDALGO DANILO

200603

201104

153.812,00

0202410880

CHACON GONZALEZ RAIMUNDO

200804

201104

204.585,00

0204490760

CHAVARRIA CHAVERRI ESTRELLA AURORA

200601

201112

118.744,96

0203700022

CHAVERRI ROJAS JOSE FRANCISCO

200709

201112

89.913,25

0205210402

CHAVERRI SALAS JOSE DIONISIO

200501

201112

123.002,50

0201630353

CHAVES ABARCA MARCO TULIO

200805

201112

66.179,25

0101250689

CHAVES CASTRO RAMON FRANCISCO

200802

201104

72.510,00

0204940689

CHAVES CERVANTES DOUGLAS ALBERTO

200803

201112

125.742,00

0108090763

CHAVES CERVANTES LUIS GERARDO

200403

201112

135.683,72

0203080424

CHAVES ESPINOZA RUSTELINA

200301

201112

141.909,57

0109330741

CHAVES MORALES SILVANA

200402

201112

89.002,97

0203960788

CHAVES RODRIGUEZ JOSE ENRIQUE

200703

201112

418.830,56

0204510771

CHAVES SOTO SHIRLEY PATRICIA

200701

201104

239.000,00

0202620424

CHINCHILLA BLANCO JORGE EDUARDO

200804

201104

127.132,00

0203310827

CHINCHILLA CALVO MARIA DEL CARMEN

200606

201112

74.669,37

0205260810

CHINCHILLA GOMEZ DENIS

200801

201104

66.756,00

0205410445

CHINCHILLA VALENCIANO ETELGIVE

200709

201112

77.727,96

0105720680

CHINCHILLA WATSON CARLOS VINICIO

200702

201104

113.658,52

3101089428

CIA. AGRICOLA IND. LA MONTAÑA S. A.

200601

201104

180.000,00

0204920268

CISNEROS ALVARADO KATTIA MARIA

200802

201112

392.684,12

3101184350

COMERCIAL TACAREÑA SOLIS Y ROJAS S. A.

200802

201104

195.000,00

3101068284

COMPAÑIA CAFETALERA LEON HERMANOS S. A.

200803

201112

400.173,49

0201470101

CONEJO CARRANZA VICTOR JULIO

199801

201112

173.687,47

0201990419

CONEJO CASTRO NOEMY

200801

201112

104.934,25

0110060514

CONEJO CRUZ MANFRED

200704

201112

167.038,68

0203810386

CONEJO GUTIERREZ OSCAR ELIAS

200712

201112

153.015,50

0201250821

CONEJO OROZCO ANGELA

200802

201112

66.074,00

3101242401

CONSTRUCTORA EL TERCER MILENIO S. A.

200804

201104

182.521,00

3101492690

CONSTRUCTORA IRIARETANA ORO SIETE S. A.

200501

201112

175.219,62

3004045144

COOP CONSUMO CAJON LOS ANGELES GRECIA

200401

201112

71.473,75

0204020479

CORDERO CALDERON DONALD ENRIQUE

200811

201112

72.031,75

0202250600

CORDERO GOMEZ URIBES

200301

201112

102.008,74

0204520946

CORELLA ALVARADO MILET ANTONIO

200001

201112

166.687,47

0204940046

CORELLA BOLAÑOS MARIA YORLENE

200704

201112

65.035,00

0204440906

CORELLA BONILLA VINICIO

199901

201112

151.124,12

0203350158

CORELLA MORERA MARIO ALBERTO

200703

201112

78.894,00

0203840072

CORELLA ROJAS RONALD ALFONSO

200402

201104

77.500,00

0502580773

CORONADO SANCHEZ MELVIN

200801

201112

86.344,25

3101207401

CORP MARVIFRA DE PUNTARENAS S. A.

200803

201112

292.209,20

3101324210

CORPORACION FAYMA S C, S. A.

200804

201104

69.056,00

0201380282

CORRALES SOTO MARIO

200601

201104

124.448,00

3101106361

COSE (CORPORACION DE SERVICIOS) S. A.

199903

201104

109.387,00

0202480938

CRUZ BOLAÑOS JOAQUIN BERNARDO

200103

201104

140.772,00

0203300264

CRUZ CASTRO JOSE PABLO

200104

201112

168.504,97

0201390935

CRUZ SEGURA EDWIN

199601

201112

67.041,00

0204280274

CUBERO SALAS MAIRENE

199601

201104

74.622,50

0900750073

CUBERO SALAS RAFAEL ANGEL

200503

201112

185.426,12

0401780741

DELGADO BONILLA RAQUEL MARIA

200504

201104

65.027,50

0205740234

DELGADO OVIEDO KATHIA GABRIELA

200802

201104

129.385,00

270172779100213

DIAZ DIAZ ANGELA MERICEA

200702

201112

72.885,00

0502660187

DIAZ LOPEZ LORENZO

200701

201112

78.362,75

3102519242

EL REGALO QUE DIOS ME CONCEDIO LTDA

200801

201104

470.000,00

3101357985

ENMADERAS SOCIEDAD ANONIMA

200803

201104

564.296,62

0601680727

ESPINOZA ARGUEDAS VIRGINIA EMILIA

200611

201112

152.211,56

0601160291

ESPINOZA CANTILLO FLORIBETH

200703

201104

240.234,00

0203120666

ESPINOZA CRUZ MIRIAM

200605

201112

99.502,12

0205100281

ESQUIVEL CORRALES JAIME FRANCISCO

200803

201104

188.788,00

0204410929

ESQUIVEL CORRALES JAVIER ALBERTO

200803

201112

259.926,75

0203390699

ESQUIVEL GUEVARA FLORA INES

200701

201112

77.577,52

0203970625

ESQUIVEL HIDALGO KEILOR BERNAL

200803

201112

180.488,88

pas701992675

EUGENE MICHAEL SULLIVAN

200604

201104

90.636,00

3102149456

F CUARENTA Y CUATRO LIMITADA

200801

201104

103.408,36

3101219259

FARDOMAR S. A.

200603

201104

735.702,00

0202080214

FERNANDEZ MENDEZ ARCADIO

200503

201112

102.952,00

0100330100

FLORES GONZALEZ MARTIN

200407

201112

125.483,72

0110380303

FLORES MADRIGAL JOSE MIGUEL

200502

201104

71.757,08

0203240559

FONSECA CHAVERRI MARJORIE

200705

201112

141.724,31

3101380363

FRUTAS DEL CAMPO D Y L SOCIEDAD ANONIMA

200801

201104

227.308,00

0601031365

FUENTES FUENTES GLADYS

200604

201104

80.547,00

0204220864

GALLO ARAGON ALI

200003

201112

253.999,92

0203440720

GAMBOA CONEJO JOSE FRANCISCO

200801

201112

167.808,00

3101442382

GANADERA DE OCCIDENTE H Y A GA S. A.

200801

201104

100.000,00

3101070733

GANADERA EL CHAMORRITO DE CUTRIS S. A.

200804

201104

145.015,17

0302770571

GARCIA ALVARADO BLANCA ROSA

200806

201112

75.023,17

0205860926

GARCIA MORA ALFONSO

200710

201112

207.262,00

0301780363

GARCIA NAVARRO EDUARDO

200303

201112

137.170,27

0203480312

GARCIA RIVERA MANUEL

199903

201112

202.791,72

0203590918

GARCIA RODRIGUEZ MARCOS ALFREDO

200810

201112

75.543,00

0203800828

GOMEZ BARRANTES RAFAEL ANGEL

200803

201112

76.735,00

0205490680

GOMEZ BOLAÑOS LUCY MARIA

200001

201112

165.942,12

0202190568

GOMEZ SALAS ORFILIO

200201

201112

268.848,24

0204310033

GONZALEZ ALFARO ANA ISABEL

200403

201104

233.629,63

0202220429

GONZALEZ ALVARADO FLOR MARIA

200701

201112

160.027,55

0205250428

GONZALEZ CASTRO YORLI MARIA

200806

201112

77.575,00

0204500749

GONZALEZ GARCIA RITA MAYELA

200701

201112

79.195,63

0205340376

GONZALEZ HERNANDEZ CRISTINA

200702

201104

411.013,00

005963001999

GONZALEZ NICUNDANO LUIS FELIPE

200704

201104

67.329,00

0106540867

GONZALEZ RODRIGUEZ EDGARDO

200803

201112

121.281,00

0301850967

GONZALEZ RODRIGUEZ EDUARDO

200802

201112

165.749,75

0205050430

GONZALEZ RODRIGUEZ LENIN

200701

201112

1.159.723,16

0202420644

GONZALEZ RODRIGUEZ ROSA MIRIAM

200607

201112

279.429,72

0108050129

GONZALEZ VEGA ERICK

200710

201112

162.478,46

0203590986

GONZALEZ VEGA MARCIA

200701

201112

239.713,08

0401260714

GUERRERO ROJAS FLOR MARIA

200701

201104

268.760,00

0204130325

GUERRERO VARGAS MARTHA EUGENIA

200801

201112

67.375,25

0110380141

GUEVARA RAMIREZ FRANCELA

200801

201104

101.824,54

0203360546

GUEVARA SEGURA ROBERTO

199608

201112

193.258,52

0204770655

GUTIERREZ CAMACHO ALLEM MAURICIO

200801

201104

105.003,50

0202680157

GUTIERREZ CAMPOS FERNANDO E

200812

201112

65.936,50

0301820798

GUTIERREZ IROLA JORGE

199903

201112

137.105,72

0900530049

GUTIERREZ JIMENEZ GILBERTO

199503

201112

196.994,97

0203080657

GUTIERREZ VARGAS DELFIN

200103

201112

124.666,12

5555000139

HACIENDA PINTO

200801

201112

72.032,25

3101067433

HENCHOZ TURISMO S. A.

200701

201104

233.039,70

3101364687

HERMANOS QUEVI SOCIEDAD ANONIMA

200804

201104

79.060,00

0203260088

HERNANDEZ BARQUERO JUANA MARIA

200201

201104

71.209,28

0205880427

HERNANDEZ MURILLO RAMON DAVID

200802

201104

70.320,00

0204540793

HERNANDEZ MURRILLO ROSBERLY

200802

201104

70.320,00

0109700454

HERNANDEZ RAMIREZ OSCAR MAURICIO

200601

201104

72.756,00

0204200713

HERNANDEZ SEGURA ANA MAYELA

200803

201112

69.105,75

0107920789

HERNANDEZ VALERIO MARIA ELENA

200801

201112

126.032,25

0204890320

HERRERA LUNA MARIA LUISA

200701

201112

67.325,00

0202030336

HERRERA MURILLO MARIA ELENA

200804

201104

214.019,00

0203120683

HIDALGO ARROYO MILADY

200401

201104

67.916,00

0202930299

HIDALGO BARRANTES ANA CECILIA

200801

201112

127.476,45

0203110832

HIDALGO CASTRO LUIS GUILLERMO

200704

201112

169.979,25

0203640071

HIDALGO CUBERO MARIA EUGENIA

200207

201112

374.453,90

0203770108

HIDALGO NUÑEZ JORGE LUIS

199201

201112

681.479,80

0204600968

HIDALGO RODRIGUEZ ANA LORENA

200603

201104

106.584,27

0105400501

HIDALGO RODRIGUEZ LUIS GERARDO

200609

201112

459.255,75

0203820177

HIDALGO RODRIGUEZ OMAR GERARDO

199904

201112

242.340,60

0200988335

HIDALGO VIQUEZ ALICE

199901

201104

95.698,00

3101263872

IMPORTACIONES MELBA RGA S. A.

200502

201112

804.086,18

3102172191

IMPORTADORA HEYMA DE TURES S.R.

200301

201112

144.229,01

3101192254

INMOBILIARIA LACBRO S. A.

200804

201112

123.171,79

3101280505

INTERNATIONAL TRANSPORT SERVICE I T S S. A.

200603

201112

494.160,00

3101391452

INVERS Y TRANSPORTES ARAYA Y ROJAS DJAP S. A.

200804

201104

189.680,00

3101214345

INVERSIONES JULGUS S. A.

200804

201104

463.596,00

3101507575

INVERSIONES LOS GALLOS JUJOLUAL S. A.

199601

201112

77.441,50

3101089311

INVERSIONES PEREZ SALAZAR S A

200604

201112

208.090,12

0106330161

JARA VALVERDE FREDDY RENE

200501

201112

102.973,80

0203100821

JARA VALVERDE MAYDA

200504

201104

111.258,61

0204430433

JIMENEZ BERROCAL ANA IRIS

200503

201112

193.334,12

0203140160

JIMENEZ BOLAÑOS OLGER GERARDO

200609

201112

126.972,12

0202970718

JIMENEZ BOLAÑOS VILMA MARIA

200801

201112

276.129,31

0202210075

JIMENEZ CARRANZA JUVENAL

200302

201112

97.730,25

0202230688

JIMENEZ ESQUIVEL EDUARDO

200802

201104

72.286,60

0203850812

JIMENEZ GARCIA GERARDO

200801

201112

113.911,50

0204650566

JIMENEZ GARCIA MARIA DE LOS ANGELES

200801

201112

144.581,88

0205970171

JIMENEZ HIDALGO KENNETH

200803

201104

97.988,00

0106180506

JIMENEZ QUESADA GERMAN ANTONIO

200601

201104

185.518,40

0201410498

JIMENEZ RODRIGUEZ ANTONIO

200704

201112

83.458,75

0203700482

JIMENEZ SALAZAR CARLOS YURAN

200811

201104

87.248,00

0202870010

KOPPER CORRALES OSCAR EDUARDO

200001

201112

1.250.754,34

3101283689

L T J INVERSIONES TOJUL S. A.

200804

201104

625.000,00

3101411393

LA CASA DEL MAPA S. A.

200801

201104

125.440,00

3101193542

LECA DE PALMARES S. A.

200801

201104

106.944,00

0203990481

LEDEZMA MURILLO EUGENIO

199901

201104

92.836,12

0602080062

LEON RODRIGUEZ LUIS ANGEL

200803

201104

101.608,00

0701100939

LEPIZ SALAZAR JUAN ALONSO

200810

201112

96.435,00

0503010444

LIPPI PICADO ANA AUXILIADORA

200504

201104

66.900,00

0203880745

LIZANO MONGE FLOR DE MARIA

199801

201112

172.080,72

0207360610

LIZANO MONGE MARLENE

200307

201112

135.673,02

0205260995

LIZANO MONGE OLIVIA MARIA

200307

200712

65.104,02

0201590665

LIZANO SALAZAR JESUS

199801

201112

210.644,80

0203980407

LOBO BOGANTES JOSE MANUEL

200701

201112

85.802,00

0205340513

LOBO MATAMOROS ERIKA

200801

201104

72.098,80

0203590202

LORIA ARROYO ALVARO EDUARDO

200508

201112

107.362,26

0502560704

LORIA CALDERON CARLOS ALBERTO

200809

201112

81.722,25

0900530856

LORIA MONGE WILLIAM HUMBERTO

200807

201112

137.887,00

3101252785

LOS ANGELES DEL MILENIUN A D S. A.

200803

201104

246.813,00

0103060566

MADRIGAL CORRALES CARLOS

199601

201112

219.738,24

0203430058

MADRIZ ALVARADO RAFAEL ANGEL

200506

201112

154.712,60

0109020523

MADRIZ CASTRO RONALD GERARDO

200801

201112

66.260,75

0110480073

MAINIERI BRICEÑO WENDY

200704

201104

85.776,50

0202841369

MARIN ALVARADO MARIO

200801

201104

126.055,62

0204430868

MARIN ARAYA FRANCISCO

200307

201112

137.136,27

0501740084

MARIN BATISTA DIMAS ORLANDO

200701

201104

80.900,00

0203750981

MARIN GONZALEZ SOLEDAD MAYELA

200704

201112

252.555,31

0900510995

MARIN MESEN JOSE OCTAVIO

200601

201112

74.415,00

0205070409

MAROTO ALVAREZ ERIKA

200501

201104

410.293,00

0202910893

MAROTO CRUZ ROBERTO

200308

201112

71.064,30

0203760111

MAROTO MOLINA SAUL

200801

201112

66.640,75

0502740680

MARTINEZ HERNANDEZ HERNAN GIOVANNI

200709

201112

140.797,25

0203220222

MATAMOROS ZELEDON EFRAIN

200711

201112

104.958,75

0202630445

MEJIA JIMENEZ JOSE GILBERTO

200307

201112

151.268,49

0204830065

MEJIAS ESQUIVEL MARIA DEL CARMEN

200307

201112

137.136,27

0502550286

MEJIAS ESQUIVEL ROSA ICELA

200703

201104

557.441,75

0900870492

MEJIAS SALAS JOHNSON

200501

201104

86.604,00

0110400722

MENDEZ CORTES DIDIER

200801

201104

101.312,00

0108210688

MERINO RODRIGUEZ ALICE

200801

201104

95.264,00

9000526605

MIGUEL CABILLA FRANCISCO

199903

201112

96.076,37

0203640736

MIRANDA ALVAREZ OSCAR MARIO

200601

201104

147.840,00

0204750538

MIRANDA CAMBRONERO MARTA

200210

201112

144.296,22

0202950406

MIRANDA VEGA OLIVIA MERCEDES

200303

201112

207.104,03

0203000428

MOLINA ARRIETA LUIS ALBERTO

199601

201112

86.047,00

0204650320

MOLINA BARRANTES PATRICIA

200803

201112

68.415,00

0204590363

MOLINA QUIROS BERNARDITA

199601

201112

185.052,67

0202950954

MOLINA RODRIGUEZ ASDRUBAL

200307

201112

154.251,41

0203630327

MOLINA VARGAS YOLANDA

199704

201112

104.064,12

0401220318

MONGE BOGANTES ANA CRISTINA

200804

201112

79.098,50

0108370638

MONGE MORA JOSE GERARDO

200307

201112

169.040,04

0204900701

MONGE SALAS HAMMER ALEXANDER

200501

201112

68.821,00

3101370669

MONTE TEBAS S. A.

200804

201104

67.730,00

0200786204

MONTERO ARAYA HERIBERTO

200612

201112

72.219,58

0203270885

MONTERO BARRANTES SILVANA

200701

201112

75.272,61

0204280975

MONTERO CHACON MARVIN

200811

201112

70.711,75

0202460759

MONTERO ELIZONDO CARMEN YOLANDA

200708

201112

83.190,36

0203780610

MONTERO MUÑOZ HERIBERTO

199901

201112

192.995,27

0203340525

MONTES MADRIGAL MARIA DE LOS ANGELES

200412

201112

139.140,12

0110420428

MORA ARIAS CRUZ ARMANDO

200804

201112

190.772,50

0205020871

MORA AVILA GEISEL

200801

201112

72.032,25

0202030282

MORA BOLAÑOS NIDIA NATALIA

200202

201104

72.082,00

0104840985

MORA HERNANDEZ WILLIAM GERARDO

200701

201112

247.181,00

27010931146254

MORA MENDOZA YELBA

200702

201112

105.572,00

0201390823

MORA OROZCO RAFAELA

199901

201112

109.624,12

0202330851

MORA PIEDRA CARLOS LUIS

200803

201104

119.504,00

0203810617

MORALES ALFARO LETICIA

200801

201112

136.835,84

0202990170

MORALES CERDAS JOSE

200304

201112

237.770,37

0202881378

MORALES FONSECA GLADYS MIRIAM

200701

201112

287.815,71

0900980142

MORALES HERNANDEZ SILVIA

200801

201104

129.780,00

0900710864

MORALES VILLALOBOS LUIS GUILLERMO

200804

201112

68.253,50

0206440398

MORERA BARQUERO LUIS GERARDO

200810

201112

66.585,81

0205910431

MOYA MIRANDA INGRID PATRICIA

200802

201104

103.125,00

0105270462

MOYA QUESADA JORGE ARTURO

200801

201104

83.745,66

0106540725

MUÑOZ LIZANO SIDEY LETICIA

200501

201112

109.940,12

0205320328

MUÑOZ SERRANO VIVIAN FRANCELA

200704

201104

70.724,00

0201050415

MURILLO ACEVEDO MISAEL

199601

201104

169.690,00

0203310331

MURILLO ALFARO PEDRO

200802

201112

746.318,25

0205810534

MURILLO ALPIZAR ROXANA

200806

201112

73.784,00

0202960701

MURILLO BLANCO MARITZA DAMARIS

200805

201112

66.179,25

0201080421

MURILLO CASTRO MOISES

199903

201104

70.900,00

0201190854

MURILLO CEDEÑO JUAN MANUEL

200702

201104

578.861,50

0201010415

MURILLO CEDEÑO MISAEL

199901

201104

99.336,00

0203950237

MURILLO JIMENEZ AMADO

200801

201104

241.456,00

0202320755

MURILLO OCONITRILLO GERMAN

199903

201112

75.773,25

0203080412

MURILLO OCONITRILLO MIREYA LIDIA

200102

201104

91.632,27

0203730732

MURILLO OCONITRILLO ZEIDY

199601

201112

164.200,17

0202930408

MURILLO QUESADA JOHEL

200602

201112

103.144,12

0205810391

MURILLO QUIROS GABRIELA

200701

201104

195.392,00

0204970866

MURILLO VILLALOBOS SHEILIN

200803

201112

72.761,75

0112010561

NAVARRO BARRANTES LAURA MARIA

200604

201104

75.945,00

0204870330

NAVARRO BOZA LUIS DIEGO

199801

201112

155.530,76

0203360096

NAVARRO CASASOLA ROSA MARIA

200303

201112

149.395,37

0204110505

NAVARRO MONTERO YANORY

200801

201112

88.924,25

0109650538

NUÑEZ ARTAVIA HEYNOR ENRIQUE

200711

201112

86.874,75

0203890143

NUÑEZ CESPEDES VILMA

200011

201112

179.634,97

0900500865

NUÑEZ FONSECA CARLOS ALBERTO

200404

201112

80.705,28

0204280197

NUÑEZ VARGAS MARCO VINICIO

200804

201112

119.479,64

0109240161

OBANDO LUNA RONAL ULISES

200703

201112

108.042,12

0201230273

OCONITRILLO ARAYA MARIA RENEE

200801

201112

307.803,00

0203140737

OCONITRILLO ARIAS RUFINA

200803

201112

73.094,75

0900020466

OCONITRILLO CONEJO ADIS

200706

201112

105.163,00

0204410061

OCONITRILLO RIVERA JUAN CARLOS

200803

201112

88.439,76

0503020747

ORTEGA GUTIERREZ GIOCONDA

200803

201104

219.816,00

0206130531

ORTEGA ZUÑIGA JENNY VANESSA

200801

201104

75.176,00

0503100265

OSORNO OSORNO WARREN

200802

201104

150.821,40

0201090452

OVARES VALENCIANO MARIA LUISA

200303

201112

137.170,27

0204360097

OVIEDO ALFARO MARVIN MARTIN

200103

201112

112.277,07

0204720508

OVIEDO ALFARO RODRIGO ALBERTO

200701

201112

67.332,48

0204450912

OVIEDO ALFARO SERGIO

200603

201112

174.940,00

0205260121

OVIEDO QUESADA ERICK FRANCISCO

200404

201104

281.483,00

0204580728

OVIEDO RODRIGUEZ THAIS

200802

201104

77.400,72

0205200977

OVIEDO SOTO GAZEL DE LOS ANGELES

200508

201112

160.172,12

0302730805

PALMA QUIROS REINALDO

200310

201112

127.647,64

0107400184

PALMA SALAZAR LUIS GUILLERMO

200501

201112

71.677,60

0205250884

PANIAGUA ROJAS ALEJANDRA

199901

201112

95.821,12

0107420438

PARRA HENRY RONNEY ANTONIO

200704

201112

84.307,28

0105380007

PEÑA SANTAMARIA OLGA

200305

201112

138.727,37

0204690958

PERALTA RAMOS JAIME

199601

201104

90.668,00

0201330671

PERALTA RODRIGUEZ GUIDO

200004

201112

112.974,12

0122220134

PEREZ ARTAVIA RAFAEL ANGEL

200706

201112

157.160,00

0401130795

PEREZ SOLANO MIGUEL ULISES

200802

201112

73.085,00

0204030792

PICADO BARRANTES EDGAR

200804

201112

70.238,00

27015819009121

PINEDA MORALES AUXILIADORA

200503

201104

98.138,00

3101361954

PLAZA BENICLET S. A.

200803

201104

522.578,00

0202570221

PORRAS ARIAS BERNY

200411

201112

138.234,12

0203460349

PORRAS ARIAS NIDIA MARIA

200509

201112

118.458,36

0205410787

PORRAS BARAHONA ALEJANDRO

200501

201112

246.118,29

0205870643

PORRAS BARQUERO DEIVER

200805

201112

66.179,25

0204330876

PORRAS BARRANTES ROSAURA

200501

201112

124.510,12

0204020475

PORRAS BOGANTES MAINOR

200803

201112

166.924,18

0202470705

PORRAS BOGANTES MANUEL

200712

201112

73.495,50

0202820976

PORRAS ESPINOZA ENRIQUE

200704

201112

193.898,00

0115600871

PORRAS ROJAS MELISSA MARIA

200706

201112

82.275,00

0201250794

PORRAS SABORIO JUAN RAFAEL

200701

201112

68.209,50

0204110214

PORRAS VILLALOBOS LUIS ALBERTO

200101

201112

147.328,12

0202280750

PORTUGUEZ CHACON BLANCA NIEVES

199602

201104

98.771,00

3101454264

PURPLE SKY FARMS S. A.

200604

201104

85.123,00

0203730689

QUESADA ACOSTA EDWIN MARTIN

200801

201112

168.253,00

0203310819

QUESADA ALFARO LUIS ANGEL

200310

201112

183.806,72

0203470979

QUESADA ALFARO MARVIN

200704

201112

74.543,00

0203720188

QUESADA ALFARO ROLANDO

200508

201112

110.428,12

0205250451

QUESADA AVILA ADRIANA MARIA

200701

201104

102.125,00

0200930523

QUESADA AVILA LINO

199601

201112

213.278,07

0203540293

QUESADA BOLAÑOS JOSE RAFAEL

200802

201112

127.129,00

0205380973

QUESADA BOLAÑOS MARIA DEL CARMEN

200412

201112

170.855,12

0203630437

QUESADA CASTRO MARVIN

200701

201104

115.384,72

0204510162

QUESADA CRUZ ENRIQUE

200409

201112

581.565,77

0202650540

QUESADA HERRERA ADEMAR

200801

201112

177.276,50

0301520241

QUESADA MARTINEZ LIDUVINA

200704

201104

131.375,00

0203460638

QUESADA NUÑEZ MARCO ANTONIO

200804

201112

74.866,00

0201780736

QUESADA PORRAS QUIRICO

200703

201112

90.275,00

0203470239

QUESADA RODRIGUEZ ETILMA ADERITH

200811

201112

78.387,75

0200631107

QUESADA ROJAS DELFINA

199903

201104

100.000,00

0203040760

QUESADA ROJAS MARIA ISABEL

200803

201112

489.195,50

0204300134

QUESADA SOTO VICTOR MANUEL

200803

201112

180.237,00

0204010130

QUESADA UGALDE WILLIAM

199903

201112

178.145,60

0203230924

QUESADA ULATE SANTIAGO

200402

201112

129.165,50

0502360169

QUIROS GUTIERREZ JORGE

200501

201112

143.022,12

0204120490

QUIROS MADRIGAL CARLOS LUIS

200609

201112

130.903,52

0204940196

QUIROS MONGE ANA YANSY

200801

201112

98.632,25

0202250604

QUIROS SANCHEZ LIDIA

200607

201112

97.074,12

0204310678

RAMIREZ AGUILERA JOSE FRANCISCO

200701

201112

217.211,45

0204400369

RAMIREZ ALVARADO JUAN PEDRO

200612

201112

128.446,93

0204480421

RAMIREZ CHAMORRO LAURA LORENA

200809

201112

126.854,25

0204190227

RAMIREZ DELGADO JOSE GERARDO

200804

201104

109.483,56

0203240306

RAMIREZ LEDEZMA MARVIN

200211

201112

151.276,67

0201060071

RAMIREZ RAMIREZ GILBERTO

200701

201112

125.201,50

0205100995

RAMIREZ RODRIGUEZ ALEJANDRA

200806

201112

100.236,00

0202790225

RAMIREZ SERRANO TARCICIO

200601

201112

130.707,39

0204750325

RETANA CAMPOS ENID MARIA

200203

201112

134.067,11

0110880686

RETANA CASCANTE MANUEL NORBERTO

200801

201112

101.320,50

0202850521

RETANA SOLIS MARIA ESTHER

200411

201112

121.354,12

2709871539791

REYES LOPEZ JOSE GABRIEL

200801

201104

90.000,00

0201680390

RIGIONI ARIAS SOLEDAD

200801

201112

421.683,90

0203000965

RIVERA ALVARADO OSCAR HUMBERTO

200701

201104

106.880,00

0109430216

RIVERA CARDENAS MARCIA YORLENY

200303

201112

92.607,90

0204290803

RIVERA MOLINA RONALD GERARDO

200607

201112

97.074,12

0601910890

RIVERA SOTO LUIS ANGEL

200208

201112

145.887,32

3101086996

RODBOL SOCIEDAD ANONIMA

200804

201104

65.798,00

0202570333

RODRIGUEZ ALVARADO ANA MARIA

200702

201112

72.677,75

0205520830

RODRIGUEZ ALVAREZ GERSON EDUARDO

200806

201112

237.666,00

0202110734

RODRIGUEZ ALVAREZ MARIA ADITA

200501

201112

90.069,00

0202680763

RODRIGUEZ BASTOS JORGE LUIS

200804

201112

99.488,00

0203580303

RODRIGUEZ BASTOS MARIA JULIA

200711

201112

93.798,75

0201930208

RODRIGUEZ CAMPOS IRIS

200704

201104

69.455,00

0206470813

RODRIGUEZ CORDOBA ALEXIS GERARDO

200801

201112

99.801,00

0107810229

RODRIGUEZ DIBELLA ABNER

200804

201112

144.736,29

0203970617

RODRIGUEZ FERNANDEZ LUIS MANUEL

200401

201112

111.405,00

0701470839

RODRIGUEZ GUERRERO JENNIFER

200701

201112

65.162,39

0202670176

RODRIGUEZ HIDALGO MARIA DEL CARMEN

200811

201112

66.499,75

0203810503

RODRIGUEZ LIZANO FLOR

200307

201112

100.555,02

0203130923

RODRIGUEZ MADRIGAL OSCAR

200411

201112

144.120,12

0203960983

RODRIGUEZ MOLINA MARIO ALBERTO

200303

201112

428.263,52

0204650551

RODRIGUEZ NUÑEZ CARLOS ALBERTO

200509

201112

113.678,12

0204950807

RODRIGUEZ QUESADA ANA BEATRIIZ

200804

201112

75.803,25

0202670175

RODRIGUEZ RODRIGUEZ CARMEN

200704

201112

93.978,25

0204840316

RODRIGUEZ RODRIGUEZ JAIME ENRIQUE

200603

201112

154.806,12

0202940441

RODRIGUEZ RODRIGUEZ LUZ ELBA

199801

201112

160.819,20

0109830605

RODRIGUEZ RODRIGUEZ MARIA MERCEDES

200702

201112

158.655,12

0201030389

RODRIGUEZ RODRIGUEZ ODILI

199901

201112

125.118,12

0204050454

RODRIGUEZ RODRIGUEZ RITA CECILIA

200602

201112

85.876,00

0203800869

RODRIGUEZ ROJAS JOSE LUIS

200602

201112

129.006,79

0107770186

RODRIGUEZ SOLANO KATERINE

200803

201104

81.711,00

0900730550

RODRIGUEZ ULATE MINOR

199509

201112

191.042,37

0203970608

RODRIGUEZ ZAMORA VICTOR

200701

201112

243.727,34

0900470339

ROJAS ALFARO GERARDO

200801

201112

175.050,00

0201190056

ROJAS ALFARO PORFIRIO

200001

201104

234.244,60

0200675501

ROJAS ALFARO RAFAEL

199601

201112

209.490,57

0203440396

ROJAS ALFARO RUBEN

200803

201112

73.448,50

0204960285

ROJAS ARAYA JACQUELINE

200704

201104

160.298,95

0105450772

ROJAS ARAYA LUIS GUILLERMO

200402

201104

145.328,00

0203420281

ROJAS ARAYA XINIA MARIA

200803

201112

68.525,00

0205210391

ROJAS BARBOZA EDWIN

200501

201112

129.202,12

0204740695

ROJAS BOLAÑOS JOHEL RICARDO

200203

201112

163.895,37

0109770561

ROJAS CASTRO VERONICA

200103

201104

76.398,00

0202060882

ROJAS CHAVERRI GERARDO

199903

201112

84.199,00

0202560397

ROJAS FERNANDEZ EMILIA

200610

201112

93.159,12

0205620861

ROJAS MORALES MIGUEL ANTONIO

200801

201112

70.229,00

0205860354

ROJAS OVIEDO JOSE ESTEBAN

200411

201112

191.214,12

0204310079

ROJAS PORRAS SILVIA ELENA

200701

201104

136.399,70

0204550081

ROJAS RIVERA LEONARDO FABIO

200801

201112

77.969,75

0200842390

ROJAS RODRIGUEZ RAUL

199601

201112

192.752,02

0205390875

ROJAS ROJAS ANNIA MILENA

200810

201112

75.591,00

0202881475

ROJAS SALAZAR MARIA CECILIA

200810

201112

78.219,00

0108330005

ROJAS VALVERDE MINOR

200812

201112

65.311,50

0111570498

ROJAS VEGA EMILIA FRANCELA

200704

201104

125.003,00

0203690702

ROJAS ZAMORA ALFONSO

200604

201112

327.436,24

0202340887

ROJAS ZAMORA GERMAN

200803

201112

71.950,00

0201970917

ROJAS ZAMORA IRMA.

200102

201112

90.840,00

0203300244

ROMAN GUZMAN JOSE JOAQUIN

199701

201112

129.162,12

0204530507

ROMAN MENDEZ MARIA DEL ROSARIO

200004

201112

127.892,42

0201820857

ROMAN RODRIGUEZ ROSALINA

200508

201112

201.674,00

0207550036

ROMAN VASQUEZ KENIA MARIA

200311

201112

144.867,72

0800430354

RUBIO YANES CESAR EUGENIO

200701

201112

89.244,12

0202830337

RUIZ SOLIS JOSE FRANCISCO

200308

201112

136.340,72

0204060633

RUIZ SOLIS XINIA

200208

201112

145.887,32

3101298856

SACATERA S. A.

199901

201112

234.928,34

0204810306

SACIDA SACIDA MARVIN

200801

201112

174.793,25

0203910033

SALAS ARIAS JOSE EDUARDO

200807

201112

93.624,75

0600960465

SALAS RAMIREZ VILMAR

200104

201104

70.322,00

0205440369

SALAS SANCHEZ WARNER

200103

201112

83.091,90

0200442433

SALAS SOTO ADORACION

199903

201112

143.577,50

0204060376

SALAS VARGAS ROQUE

200408

201104

121.200,00

0202751235

SANCHEZ BARRANTES MARCOS

200707

201112

130.811,75

0602090703

SANCHEZ BERROCAL JUDITH

199509

201112

193.026,37

0205040324

SANCHEZ CUBERO IVANNIA LORETTA

200803

201112

151.873,35

0401460286

SANCHEZ FERNANDEZ EDGAR

200810

201112

83.561,36

0203500003

SANCHEZ GONZALEZ ISABEL CRISTINA

199701

201112

76.915,00

0203930323

SANCHEZ OROZCO MARIA CELESTE

200206

201112

229.162,72

0602030164

SANCHEZ PEREZ ELI

200707

201112

80.811,75

0107540690

SANCHEZ QUESADA MAURICIO

200804

201112

253.474,90

0206710974

SANCHEZ RODRIGUEZ ALEJANDRO

199903

201104

79.959,56

0900960439

SANCHEZ VIQUEZ ROY HANS

200801

201112

173.687,46

0205100603

SANCHEZ ZAMORA WARNER GERARDO

200812

201112

70.796,01

0203350458

SANCHO FERNANDEZ OLGA MARTA

200502

201104

264.991,52

0109430953

SANOU VARGAS DYALA

200702

201104

76.108,00

0204340794

SEGURA CAMPOS HENRY ALBERTO

200104

201112

231.183,87

0207570666

SEGURA CHAVERRI ISSAC

200608

201112

102.793,12

0601690518

SEGURA PEREZ WILMEX

200608

201112

95.769,12

0204250950

SEQUEIRA ALVARADO HARRY

200504

201112

114.364,12

0113400794

SEQUEIRA ARRIETA JOSETH ANDRÉS

200504

201112

167.715,65

2709995740497

SEQUEIRA LIZANO GILBERTO

200804

201104

122.461,94

0204200745

SERRANO CUBERO WILL

200604

201112

225.546,73

0114500101

SIBAJA ARIAS MARIA DEL MAR

200701

201104

96.736,65

0204530019

SIBAJA MIRANDA MARIA FRANCISCA

200704

201112

81.590,00

0501400502

SILES SILES MARGARITA

200710

201112

79.998,00

0206430349

SOLANO LAZO JONATHAN ANTONIO

200801

201112

123.340,50

0106110954

SOLANO MORALES JAVIER

200303

201112

100.556,00

0501270746

SOLANO VILLEGAS JACINTO

199801

201104

85.091,25

0204900329

SOLIS ALFARO INES

200804

201104

75.000,00

0202070181

SOLIS BENAVIDES JOSE JOAQUIN

200704

201112

96.621,00

0205180948

SOLIS JIMENEZ LAURA MAYELA

200806

201112

101.988,00

0205390295

SOLIS ORIAS MARCOS VINICIO

200703

201104

76.842,00

0109330608

SOLIS RAMIREZ XINIA PATRICIA

200210

201112

174.447,11

0201800482

SOLIS ROJAS MARCO TULIO

200804

201104

195.455,00

0202740352

SOLIS ROJAS RICARDO

200804

201104

86.450,00

0205180065

SOLIS VIQUEZ EDUARDO ARNOLDO

200803

201112

112.008,00

0201600340

SOLORZANO SOLORZANO EDGAR

200801

201104

100.000,00

3101545998

SOLUCIONES INMOBILIARIAS FERPA S. A.

200801

201104

103.504,00

0900660297

SORO MIRANDA EDWIN GERARDO

200501

201104

82.502,00

0204050452

SOTO CONEJO RITA MARIA

200805

201112

81.071,25

0206170979

SOTO MADRIGAL JOSE PABLO

200801

201112

74.164,50

0201020733

SOTO MONTERO CARMEN YOLANDA

200307

201112

100.555,02

0108100635

SUAREZ AGUIAR CARLOS EDUARDO

200704

201104

178.231,00

0201760414

SUAREZ FONSECA MARIA MARTA

200501

201112

261.363,00

0202720602

SUAREZ GONZALEZ GERARDO

200801

201112

105.401,00

135RE000096001999

SUAZO SOTO WILMER ALBERTO

200803

201104

102.374,00

3101586164

TENCHA S. A.

200702

201104

115.310,75

3102244422

TRANSPORTES BOLAÑOS DE C.R. LTDA

200701

201104

1.898.181,00

0202841481

TREJOS RAMIREZ RODOLFO

200809

201112

84.503,89

0203880780

UGALDE CAMPOS PATRICIA EUGENIA

200503

201112

102.701,28

0203770106

UGALDE HIDALGO RAFAEL ANGEL

200303

201112

149.395,37

0200186275

UGALDE PORRAS FELIPA

199601

201104

175.552,00

0204230706

UGALDE RAMIREZ ALVARO

200601

201112

131.676,12

0203590988

ULATE ALVARADO JOAQUINA

200601

201112

70.935,00

0204490808

ULATE ALVARADO JORGE ARMANDO

199504

201112

333.542,80

0601230668

ULATE VARGAS YENNY

200303

201112

138.213,84

0108060089

UMAÑA VARGAS GERARDO

200810

201112

70.183,00

0108070720

UREÑA VARGAS WESLY ANTONIO

200701

201104

484.636,50

0109810135

URREA VARGAS MARIA FERNANDA

200602

201104

258.065,46

0501930216

VALENCIA VALENCIA JOSE FORTUNATO

200103

201104

99.498,00

0205260345

VALENCIANO RODRIGUEZ ROSAURA

200104

201112

184.474,04

0202750853

VALENCIANO UGALDE SEGUNDO JOSE

200604

201112

207.924,29

0204030844

VALENCIANO ZAMORA VICTOR MANUEL

199911

201112

192.910,77

0700510828

VALENTIN JIMENEZ SOLANO

200703

201104

240.234,00

27016780709746

VALLEJO MONTIEL ERICK ADOLFO

200804

201112

67.642,50

0204230948

VALVERDE ESQUIVEL LIZBETH

200701

201112

409.375,80

0205240061

VALVERDE FALLAS MARIA GABRIELA

200504

201112

115.235,00

0109320656

VARGAS ACOSTA VICTOR ANDRES

200804

201112

73.818,50

0200786498

VARGAS AGUILAR VIDAL

199903

201104

78.150,00

0203840845

VARGAS ALFARO CARLOS EDUARDO

200802

201112

180.235,00

0204410381

VARGAS BRENES LIMBER

200406

201112

126.470,72

0204700107

VARGAS CRUZ JEANNETTE

200612

201112

121.195,56

0500410359

VARGAS GUERRERO JOSE RAFAEL

200701

201112

76.826,25

0201440736

VARGAS JIMENEZ ABIGAIL

200201

201112

210.143,22

0202670133

VARGAS JIMENEZ ROGER

199601

201112

180.389,12

0205180482

VARGAS JIMENEZ YESENIA

200804

201112

85.734,50

0204730292

VARGAS LOPEZ DAVID GERBER

200701

201104

264.360,00

0205170104

VARGAS MOLINA ERILIN GUSTAVO

200811

201112

92.655,75

0204930866

VARGAS MONGE CHRISTIAN ALBERTO

200511

201112

123.658,12

0205410363

VARGAS NAVARRO JOHANA

200804

201104

87.761,25

0203730739

VARGAS SEGURA VICTOR MANUEL

200001

201112

291.352,52

0203780721

VARGAS VALVERDE OLGA MARTA

200805

201112

69.319,25

0204210861

VARGAS VARGAS CARLOS LUIS

200407

201112

169.015,24

0800870739

VARON BARRIOS ALIRIO

200601

201104

75.000,00

3101544199

VARQUEZA DEL SECTOR SUR S. A.

200803

201112

74.933,20

0203120380

VASQUEZ ALFARO XINIA

200805

201112

66.179,25

0502230014

VASQUEZ SUAREZ INES

200801

201112

72.032,25

3101068395

VECECHI S. A.

199903

201104

188.842,00

0204120549

VEGA CASTILLO JOAQUIN

200502

201112

117.712,12

0106040103

VEGA CHAVERRI LUCRECIA

200801

201112

112.206,50

0200990395

VEGA HIDALGO CLAUDIO

200601

201112

154.867,32

0204830547

VEGA JIMENEZ MARIA GINA

200805

201112

79.531,25

0900820096

VEGA MORALES ROGELIO ARTURO

200402

201112

220.661,72

0201930439

VEGA ROJAS MARIA ESMERALDA

200701

201104

303.144,00

0205750094

VEGA SANTAMARIA CHRISTIAN ALONSO

200706

201112

91.343,00

0205240325

VENEGAS CHAVERRI KARLA MARCELA

200812

201112

74.796,50

0110720158

VENEGAS HERRERA JUAN PABLO

200803

201104

114.282,15

0202960164

VENEGAS VARGAS AZUCENA

200710

201112

76.422,00

3101483747

VILLAISA SAROZ SOCIEDAD ANONIMA

200801

201112

290.259,10

0600570748

VILLALOBOS BARQUERO CARLOS LUIS

200807

201112

120.756,75

0204500773

VILLALOBOS CHACON JOSE ANTONIO

199812

201112

254.882,42

0502600611

VILLALOBOS LEZAMA RAUL ANTONIO

199903

201112

128.648,12

0203640959

VILLALOBOS MATA MARIA ISABEL

200710

201112

69.343,86

0204400713

VILLALTA HERNANDEZ GUILLERMO ANTONIO

200608

201112

85.123,97

3101451352

VILLAS VA LA AURORA SOCIEDAD ANONIMA

200803

201104

414.731,62

0204410059

VINDAS AVILA OLGA PATRICIA

200701

201112

131.097,00

0203440307

VINDAS TORRES LUIS HUMBERTO

200501

201112

73.565,00

0202930069

VIQUEZ ALFARO EDGAR GERARDO

200811

201112

83.951,75

0107860914

VIQUEZ BOLAÑOS ANA PATRICIA

200801

201112

364.385,54

0205190273

VIQUEZ LIZANO JULIO CESAR

200704

201112

122.569,50

0205350680

VIQUEZ SERRANO CINDY YAJAIRA

199801

201104

80.756,48

3102508112

VLU STUDIO CO CR SOCIEDAD RESP. LTDA

200801

201112

114.958,50

1026514516

WADE MARIA DOLORES

200803

201112

67.061,25

3012231431

XANADU INTERNATIONAL HOLDINGS INC

200802

201104

523.335,00

3101282423

XPERTEK S. A.

200701

201104

102.460,00

0202771299

ZAMORA ALFARO HERNAN ENRIQUE

200702

201104

106.224,00

0201340177

ZAMORA BOLAÑOS ORFILIA

200501

201104

110.332,80

0204240395

ZAMORA CAMPOS LISBETH MARIA

200801

201112

171.213,00

0203790443

ZAMORA CAMPOS LUIS GUILLERMO

200803

201112

193.189,50

0205070621

ZAMORA CORTES HORACIO ARMANDO

200701

201112

117.399,25

0203950293

ZAMORA GONZALEZ ALEXANDER

200801

201112

273.040,50

0202780567

ZAMORA MURILLO EFREN BENIGNO

200009

201112

821.743,58

0204700275

ZAMORA OVIEDO ARTURO

200509

201112

109.214,12

0205710061

ZAMORA SANCHEZ WILLIAM RODOLFO

200803

201104

85.162,00

3101470379

ZETA ELE CUATRO S. A.

200701

201104

79.544,52

0603330034

ZUÑIGA OROZCO RONALD

200803

201104

96.927,00

Grecia, 20 de diciembre del 2011.—Administración Tributaria.—Mba. Alina Álvarez A., Coordinadora.—1 vez.—(IN2011099710).

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