DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE
LA COMUNIDAD
AVISO
El Registro Público de
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección de Legal y de
Registro de Dinadeco, hace constar que: la Asociación de Desarrollo Integral de
Barrio La Lucha de Daniel Flores de Pérez Zeledón. Por medio de su
representante: Rony Pizarro Piñar, cédula Nº 602940188 ha hecho solicitud de
inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de
Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16
del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días
hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública
o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que
estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a
esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 08:28 horas del día 06
de diciembre del 2017.—Departamento de Registro.—Licda. Odilie Chacón Arroyo,
Jefa.—1 vez.—( IN2017197321 ).
DIRECCIÓN
GENERAL DE TRIBUTACIÓN
AVISO
Que de conformidad con lo establecido en el
segundo párrafo del artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, adicionado por el artículo 2 de la Ley de Fortalecimiento de la
Gestión Tributaria, N° 9069 de 10 de setiembre del 2012, se concede a las
entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de
intereses difusos, un plazo de diez días hábiles contados a partir de la
primera publicación del presente aviso, con el objeto de que expongan su
parecer respecto de los siguientes proyectos de resolución denominados “Trámite
de autorizaciones para comprar sin el pago del Impuesto General sobre las
Ventas y/o Impuesto Selectivo de Consumo” y el proyecto “Trámite de compras sin
el pago del Impuesto General sobre las Ventas para Comerciantes Proveedores del
Estado”. Las observaciones sobre estos proyectos en referencia, deberán
expresarse por escrito o dirigirlas al correo electrónico
notificaciones-DSC@hacienda.go.cr o en la Dirección de Servicio al
Contribuyente, sita San José, Edificio La Llacuna, calle 5, avenida central y
primera, piso número 13.
Para los efectos indicados, el citado proyecto
se encuentra disponible en el sitio web: http://www.hacienda.go.cr en la
sección “Propuestas en consulta pública” opción “Proyectos Reglamentarios
Tributarios” (http://www.hacienda.go.cr/contenido/13130-proyectos-reglamentarios).—San
José, a las nueve horas del veintinueve de noviembre de dos mil
diecisiete.—Carlos Vargas Durán, Director General.—( IN2017202264 ). 2 v.1.
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 178, Título N° 2261, emitido por el Liceo
de Puriscal en el año dos mil cinco, a nombre de Ramírez Arias Jesús Andrey,
cédula 1-1355-0856. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciocho días
del mes de diciembre del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017202848 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 17, asiento 31, título Nº 158, emitido por el Colegio Valle
del Sol, en el año dos mil catorce, a nombre de Cambronero Ureña Arnoldo,
cédula Nº 7-0255-0039. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciocho
días del mes de diciembre del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017202854 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo
01, folio 150, título Nº 801, emitido por el Instituto de Educación Dr.
Clodomiro Picado Twight, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Calderón
Vargas María Isabel, cédula Nº 3-0275-0256. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los catorce días del mes de diciembre del dos mil diecisiete.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017203139 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Para
ver marcas con sus respectivas imágenes, favor ir a La Gaceta con firma digital en PDF
Mikhail Razov, cédula de residencia
164300013303, en calidad de apoderado generalísimo de Ricanza International S.
A., cédula jurídica 3-101-701567, con domicilio en San José, av. 7. calle 62A,
tercer piso del único edificio de tres pisos, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: TROPICAL SENSATION RICANZA FRESH AND SWEET,
como marca de comercio en clases: 29; 30 y 31
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: aceite
de coco, coco deshidratado, grasa de coco, mantequilla de coco, fruta enlatada,
pulpa de fruta, refrigerios a base de fruta, frutas en conserva, frutos secos
preparados, verduras, hortalizas y legumbres en conserva, en clase 30: azúcar,
azúcar candi, cacao, bebidas a base de cacao, productos a base de cacao, café,
aromatizantes de café, café, bebidas a base de café, preparaciones vegetales
utilizadas como sucedáneos del café, saborizantes de café, café sin tostar,
sucedáneos del café, y en clase 31; Caña de azúcar, cocos, frutas frescas,
verduras, hortalizas y legumbres frescas. Reservas: de los colores: blanco y
morado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de setiembre de
2017. Solicitud N° 2017-0009304. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de octubre de
2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017194758 ).
Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez, cédula de identidad Nº
303040085, en calidad de apoderado especial de Great Wall Motor Company Limited
con domicilio en: 2266 Chaoyang South Street, Baoding, Hebei 071000, China,
solicita la inscripción de: POATING
como marca de servicios en clase
35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de agencias
de importación-exportación; promoción de ventas para terceros; servicios de
abastecimiento para terceros (abastecimiento de productos y servicios para
otras empresas); mercadeo; publicidad; presentación de productos en cualquier
medio de comunicación para su venta al por menor; provisión de un mercado en
línea para compradores y vendedores de bienes y servicios; consultoría en
organización y dirección de negocios. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 24 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0008292. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 04 de setiembre del 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017197005 ).
Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez, cédula de identidad 303040085,
en calidad de Apoderado Especial de Great Wall Motor Company Limited, con
domicilio en 2266 Chaoyang South Street, Baoding, Hebei 071000, China, solicita
la inscripción de: POATING
como marca de servicios, en
clase 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 37 Estaciones
de servicio (reabastecimiento de carburante y mantenimiento); mantenimiento y
reparación de vehículos a motor; mantenimiento de vehículos; tratamiento
antioxidante para vehículos; asistencia en caso de avería de vehículos
(reparación); engrase de vehículos; limpieza de vehículos; pulido de vehículos;
barnizado; instalación mantenimiento y reparación de máquinas; tratamiento
contra la herrumbre; recauchutado de neumáticos; vulcanización de neumáticos
(reparación); balanceo de neumáticos. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 24 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0008288. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 01 de setiembre del 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017197006 ).
Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez, cédula de identidad 303040085,
en calidad de apoderado especial de Great Wall Motor Company Limited, con domicilio
en 2266 Chaoyang South Street, Baoding, Hebei 071000, China, solicita la
inscripción de: POATING
como marca de fábrica en clase
12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Vehículos de
locomoción terrestre, aérea, acuática y férrea; automóviles; carros;
autocaravanas; automóviles sin conductor (vehículos autónomos); vehículos
eléctricos; motores para vehículos terrestres; motores para vehículos
terrestres; cajas de cambios para vehículos terrestres; carrocerías de
automóviles; chasis para automóviles; ruedas de vehículos; cubiertas de
neumáticos pata automóviles; tapizados para interiores de vehículos; bolsas de
aire (dispositivos de seguridad para automóviles); parachoques para
automóviles; ruedas libres para vehículos terrestres; embragues para vehículos
terrestres; frenos de vehículos; capós de motor para vehículos; parabrisas;
retrovisores; amortiguadores para automóviles; puertas para vehículos; bombas
de aire para bicicletas; carritos; equipos para reparar cámaras de aire. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de agosto de 2017.
Solicitud Nº 2017-0008279 A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 01 de setiembre de
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017197007 ).
Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez, cédula de identidad 303040085,
en calidad de apoderado especial de Shandong Jinyu Industrial Co., Ltd., con
domicilio en Economic Develoment Zone, Guangrao County, Dongying City, Shandong
Province, China, solicita la inscripción de: GALLOPRO CALLOPIRD
como marca de fábrica en clase(s): 12.
Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Cubiertas de
neumáticas para vehículos; neumáticos, cámara de aire para neumáticos; carcasas
de neumáticos; cubertas de neumáticas para automóviles; cubiertas (neumáticos)
para ciclos y bicicletas; neumáticos sólidos para ruedas de vehículos, equipos
de reparación para tubos interiores; automóviles; bicicletas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 24 de agosto del 2017. Solicitud N°
2017-0008281. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 01 de setiembre del 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017197008 ).
Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez, cédula de identidad Nº
303040085, en calidad de apoderado especial de Shandong Jinyu Industrial Co.,
Ltd., con domicilio en: Economic Develoment Zone, Guangrao County, Dongying
City, Shandong Province, China, solicita la inscripción de: CROSSPRO
como marca de fábrica en clase
12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Cubiertas de
neumáticos para vehículos; neumáticos; cámaras de aire para neumáticos;
carcasas de neumáticos; cubiertas de neumáticos para automóviles; cubiertas
(neumáticos) para ciclos y bicicletas; neumáticos sólidos para ruedas de
vehículos; equipos de reparación para tubos interiores; automóviles;
bicicletas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de agosto
del 2017. Solicitud N° 2017-0008280. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 01 de
setiembre del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017197011 ).
Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez, cédula de identidad 303040085,
en calidad de Apoderado Especial de Shandong Jinyu Industrial Co., Ltd., con
domicilio en Economic Develoment Zone, Guangrao County, Dongying City, Shandong
Province, China, solicita la inscripción de: VORACIO
como marca de fábrica, en clase
12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Cubiertas de neumáticos para
vehículos; neumáticos; cámaras de aire para neumáticos; carcasas de neumáticos;
cubiertas de neumáticos para automóviles; cubiertas (neumáticos) para ciclos y
bicicletas; neumáticos sólidos para ruedas de vehículos; equipos de reparación
para tubos interiores; automóviles; bicicletas. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 24 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0008278. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 1 de setiembre del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017197012 ).
Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez, cédula de identidad Nº
303040085, en calidad de apoderado especial de Shandong Jinyu Tire Co., Ltd con
domicilio en: Nº 260, Qingken Road, Dawang Town, Guangrao, County, Dongying
City, Shandong Province, China, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica en clase
12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: cubiertas de
neumáticos para vehículos; neumáticos; cámaras de aire para neumáticos;
carcasas de neumáticos; cubiertas de neumáticos para automóviles; cubiertas
(neumáticos) para ciclos y bicicletas; neumáticos sólidos para ruedas de
vehículos; equipos de reparación para tubos interiores; automóviles;
bicicletas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de agosto del 2017.
Solicitud N° 2017-0008277. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 01 de setiembre del
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017197013 ).
Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez, cédula de identidad 303040085,
en calidad de apoderado especial de Shandong Jinyu Industrial Co., Ltd., con
domicilio en Economic Develoment Zone, Guangrao County, Dongying City, Shandong
Province, China, solicita la inscripción de: CILERRO
como marca de fábrica en clase(s): 12.
Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Cubiertas de
neumáticos para vehículos; Neumáticos; cámaras de aire para neumáticos;
carcasas de neumáticos; cubiertas de neumáticos para automóviles; Cubiertas
(neumáticos) para ciclos y bicicletas; neumáticos sólidos para ruedas de
vehículos; equipos de reparación para tubos interiores; automóviles;
bicicletas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de agosto
del 2017. Solicitud N° 2017-0008276. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1° de setiembre
del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017197014 ).
Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez, cédula de identidad 303040085,
en calidad de Apoderado Especial de Shandong Jinyu Industrial Co., Ltd., con
domicilio en Economic Develoment Zone, Guangrao County, Dongying City, Shandong
Province, China, solicita la inscripción de: champoint
como marca de fábrica, en clase
12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Cubiertas de
neumáticos para vehículos; neumáticos; cámaras de aire para neumáticos;
carcasas de neumáticos; cubiertas de neumáticos para automóviles; cubiertas (neumáticos)
para ciclos y bicicletas; neumáticos sólidos para ruedas de vehículos; equipos
de reparación para tubos interiores; automóviles; bicicletas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 24 de agosto del 2017. Solicitud N°
2017-0008275. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de setiembre del 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017197015 ).
Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez, cédula de identidad Nº
303040085, en calidad de apoderado especial de Zkteco Co., Ltd., con domicilio
en: Nº 26, Pingshan 188 Industry Zone, Tangxia Town, Dongguan City, China,
solicita la inscripción de: ZKBioSecurity
como marca de fábrica en clase 9
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aparatos de
procesamiento de datos; programas informáticos grabados; tarjetas magnéticas de
identificación; programas informáticos (software descargable); aplicaciones
descargables para teléfonos inteligentes; software para el control de
terminales de autoservicio; periféricos informáticos; tarjetas de circuitos
integrados; monitores (hardware); cerraduras biométricas de huellas dactilares;
dispositivo de reconocimiento facial; cronógrafos (aparatos para registrar el
tiempo); relojes de fichar; registro de asistencia de máquinas; equipo de
comunicaciones de red; aparatos eléctricos de vigilancia; detectores; equipo de
comunicaciones de red; chips (circuitos integrados); alarmas; cerraduras
eléctricas; instalaciones eléctricas antirrobo; sistemas electrónicos de
control de acceso para puertas interconectadas. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 24 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0008290. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 07 de setiembre del 2017.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2017197016 ).
Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez, cédula de identidad 303040085,
en calidad de Apoderado Especial de Zkteco Co., Ltd., con domicilio en N° 26,
Pingshan 188 Industry Zone, Tangxia Town, Dongguan City, Guangdong, China,
solicita la inscripción de: ZKBioSecurity
como marca de servicios, en
clase 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 42 Investigación
técnica, investigación y desarrollo de nuevos productos para terceros;
instalación de software como servicio; copia de seguridad de daros fuera de
sitio: programación de ordenadores; consultoría en diseño y desarrollo de
hardware; diseño de sistemas informáticos; instalación de software para
computadoras; proporcionar información sobre tecnología informática y
programación de sitio web; conversión de datos o documentos de un soporte
físico a un soporte electrónico; servicios de cifrado de datos; ordenador de
nubes; servicios de cartografía. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 24 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0008291. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 7 de setiembre del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017197017 ).
Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez, cédula de identidad 303040085,
en calidad de apoderado especial de Guangdong Saiman Investment Co., Ltd., con
domicilio en Room 405B, Zibian Building 2, N° 48 Chenjiaci Avenue, Liwan
District, Guangzhou, China, solicita la inscripción de: MINI SO
como marca de servicios en clase(s): 35.
Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35:
Presentación de productos en cualquier medio de comunicación para su venta al
por menor; publicidad; gestión comercial de licencias de productos y servicios
para terceros; agencias de importación-exportación; promoción de ventas para
terceros; mercadeo; provisión de un mercado en línea para compradores y
vendedores de bienes y servicios; consultoría en materia de recursos humanos;
optimización de motores de búsqueda para la promoción de ventas; búsqueda de
patrocinadores. Fecha: 12 de setiembre de 2017. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 1° de setiembre del 2017. Solicitud N° 2017-0008602. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 12 de setiembre del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017197018 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Luis Manuel Gutiérrez Chacón,
casado una vez, cédula de identidad 107960788, en calidad de apoderado especial
de Establishment Labs S. A., cédula jurídica 3101366337, con domicilio en La Garita,
Zona Franca Coyol, edificio B-15, oficinas de Establishment Labs, Alajuela,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Motivalmagine Center como marca
de servicios en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Servicios médicos, tratamientos de belleza, a saber, procedimientos
estéticos, quirúrgicos y reconstructivos, que incluye herramientas de
planeamiento y medición de resultados post procedimiento. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 30 de agosto de 2017. Solicitud Nº 2017-0008540.
A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 27 de setiembre de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017174980 ).
Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez, cédula de identidad Nº
303040085, en calidad de apoderado especial de Meizu Technology, Ltd, con
domicilio en: Meizu Technology Building, Technology & Innovation Coast,
Zhuhai, Guangdong, P.R. China, China, solicita la inscripción de: MEIZU
como marca de fábrica en clase 9
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aparatos de
procesamiento de datos, aplicaciones de software descargables para teléfonos
inteligentes; periféricos informáticos; computadoras tablet; gafas
inteligentes; relojes inteligentes; balanzas; teléfonos inteligentes; redes
facilitadoras de la comunicación; cubiertas para teléfonos inteligentes; capas
protectoras adaptadas para teléfonos inteligentes; enrutadores de red; aparatos
de televisión; auriculares; videocámaras para vehículos; decodificador de
televisión; auriculares de realidad virtual; gabinetes para altavoces; cámaras
de fotografía; adaptador para autorretratos; aparatos de análisis de aire;
materiales para red eléctrica; cables usb; adaptadores eléctricos; aparatos
para conexiones eléctricas; adaptadores de corriente eléctrica; baterías
recargables; baterías eléctricas; cargadores para baterías eléctricas; aparatos
de reconocimiento facial; manos libres para teléfonos; accesorio rastreador de
actividad; videocámaras; instrumentos de medida; gafas 3d; aparatos eléctricos
para la prevención de robos. Fecha: 22 de setiembre de 2017. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 12 de setiembre del 2017. Solicitud N°
2017-0008955. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 22 de setiembre del 2017.—Rolando
Cardona Monge, Registrador.—( IN2017197019 ).
Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez, cédula
de identidad 303040085, en calidad de apoderado especial de Tianjin Wanda Tyre
Group Co, Ltd, con domicilio en Yixingbu Town, Beichen District, Tianjin City,
China, solicita la inscripción de: OBOR como marca de fábrica y comercio
en clase(s): 12. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 12; Cubiertas de neumáticos para automóviles; cámaras de aire para
bicicletas; neumáticos; neumáticos para bicicletas; cubierta de neumáticos para
vehículos; carcasas de neumáticos, equipos para reparar cámaras de aire; neumáticos
tubulares; bandas de rodadura para recauchutar neumáticos; neumáticos para
aviones. Fecha: 10 de octubre de 2017. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 25 de setiembre del 2017. Solicitud N° 2017-0009401. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 10 de octubre del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017197020 ).
Arnoldo Sauter Becker, casado una vez, cédula de identidad 104620725, en
calidad de apoderado generalísimo de Sauter Mayoreo Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101217607 con domicilio en Curridabat, frente a Saturnia, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Kenington
como marca de fábrica y
comercio, en clase: 16. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
cartón, papel, artículos de esas materias, productos de imprenta, material de
encuadernación, artículos de papelería, material para artistas, pinceles,
máquinas de escribir, material didáctico, fotografías, adhesivos. Fecha: 22 de
noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de
noviembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0011125. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22
de noviembre del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017197046 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad
109330536, en calidad de apoderada especial de Sociedad Alimentos de Primera S.
A., con domicilio en corregimiento de José Domingo Espinar, Vía Domingo Díaz,
Edificio Bonlac, distrito de San Miguelito, Ciudad de Panamá, Panamá, solicita
la inscripción de: BONLAC VAINILAC
como marca de fábrica y comercio
en clase: 29 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
29; lácteos, yogurt, bebidas lácteas todas a base de vainilla o con sabor a
vainilla. Reservas: De colores: blanco, gris y negro. Fecha: 1 de diciembre de
2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de octubre del 2017.
Solicitud N° 2017-0009782. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1 de diciembre del
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017197093 ).
Alejandro Redondo Soto, divorciado, cédula de identidad Nº 109020451, en
calidad de apoderado especial de Ministerio de Justicia y Paz, cédula jurídica
Nº 2100042006, con domicilio en: Central, Catedral, 50 metros al norte de la
Clínica Bíblica, frente a la Escuela Marcelino García Flamenco, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ REPÚBLICA DE
COSTA RICA
como marca de servicios en
clases 41 y 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
41: servicios de formación de personas y en clase 45: servicios jurídicos y de
vigilancia. Reservas: de los colores: azul, amarillo y blanco. Fecha: 16 de
noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de
setiembre del 2017. Solicitud N° 2017-0009055. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
16 de noviembre del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—O.C. Nº 30893.—Solicitud
Nº 21195.—( IN2017197152 ).
Mayra Castro Elizondo, casada primeras
nupcias, cédula de identidad 9-0058-0076, en calidad de Apoderada Especial de
Industrias Melian del Valle S. A., cédula jurídica 3-101-276057, con domicilio
en Pérez Zeledón, Barrio Morazán, 500 metros norte de la escuela, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: A CLASES CON ESTILO, como señal
de propaganda en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 50: Para promocionar Uniformes escolares y colegiales, en relación con
la marca 2000-8424, Travesuras. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 2 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0009700. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 16 de noviembre del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017197177 ).
Luis Mauricio Montenegro Castro, soltero, cédula de identidad 111310619,
con domicilio en La Unión, San Juan, Residencial Rioja, casa 46, Cartago, Costa
Rica, solicita la inscripción de: MONTEBRUNO,
como marca de fábrica en clase: 25.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: camisetas, camisas,
chaquetas, conjuntos de vestir, faldas, gabardinas, pantalones, pijamas,
prendas de vestir, uniformes, vestidos y todos los demás productos incluidos en
esta clase. Fecha: 20 de octubre de 2017. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 03 de octubre de 2017. Solicitud N° 2017-0009730. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 20 de octubre de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017197178 ).
Gassan Nasralah Martínez, casado una vez,
cédula de identidad Nº 105950864, en calidad de apoderado especial de
Inversiones Oridama S. A., cédula de identidad Nº 3-101-081719, con domicilio
en: San Miguel de Desamparados 900 metros al sur del Ebais El Llano antigua
Fábrica de Embutidos, calle Sabanillas, Costa Rica, solicita la inscripción de:
DOXIBIOTIC MEDIGRAY, como marca de fábrica y comercio en clase 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos
e higiénicos, especialmente antibióticos, jarabes, geles, tabletas, cápsulas,
soluciones, suspensiones, ampollas, supositorios, cremas, polvos. Fecha: 27 de
noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de
noviembre del 2017. Solicitud N° 2017-0011392. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
27 de noviembre del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017197298 ).
Francisco Agüero Mora, unión libre, cédula de identidad 206690156 con
domicilio en San Francisco de Dos Ríos, de la Biblioteca Rafael Arias, 25
metros este, casa 2 pisos, mano izquierda, portón rojo, Costa Rica, solicita la
inscripción de: TICOVet como nombre comercial en clase internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a farmacia y
clínica veterinaria, ubicado en Cartago, Guarco, Tobosí, de la iglesia 150
metros norte, casa blanca, mano derecha, contiguo a la panadería La Espiga. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de octubre del 2017.
Solicitud Nº 2017-0010616. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de noviembre del
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017197307 ).
Libni Jahzeel Ortiz Quirós, soltera, cédula de identidad N° 114800961;
Valeria Campos Cubero, soltera, cédula de identidad 115080377 y Laura Méndez
Luna, soltera, cédula de identidad 603860556, con domicilio en Tibás, Llorente,
de La Nación 300 metros este y 300 metros sur, casa a mano izquierda color
beige, Costa Rica; El Roble, Urbanización El Descanso, casa 1B, Alajuela, Costa
Rica y Lagunilla Residencial Real Santamaría, este casa 245, Heredia, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Circe boutique como nombre comercial en
clase: Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de productos de
moda, ropa, collares, zapatos, bisutería, y de más productos de lujo
relacionados a la moda (camisas, vestidos, collares, aretes, anillos, relojes,
pantalones, bufandas, medias, bisutería), ubicado en San José, Moravia,
diagonal a Plaza Los Colegios. Reservas: color rosado, rojo, morado con rojo y
verde. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 24 de octubre de 2017. Solicitud Nº
2017-0010436.A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de noviembre de 2017.—César Alfonso
Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017197310 ).
Ricardo Alberto Rodriguez Valderrama, soltero, Cédula de identidad
113780918, en calidad de apoderado especial de Mercantil Farmacéutica S. A. con
domicilio en Moravia, Barrio Los Colegios, costado norte del parqueo de Pizza
Hut, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PROSEREN MEFASA FARMA
como marca de fábrica en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 5; Producto farmacéutico para la prevención de la
hiperplasia prostática benigna. Fecha: 27 de noviembre de 2017. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 12 de julio del 2017. Solicitud N°
2017-0006740. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de noviembre del 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017197314 ).
Maribel Sinfonte Fernández, soltera, cédula de identidad 107160611, en
calidad de apoderada especial de Raíces de Targua Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101610765 con domicilio en San José, Curridabat, Granadilla, de Plaza
Freses; 300 metros norte, 300 metros oeste, 50 metros noreste, Apartamento Doña
Ana número 1., Costa Rica, solicita la inscripción de: tpa TALLER DE PAISAJE Y
AMBIENTE
como marca de servicios en
clase: 44 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: Producción
agrícola, viveros. Fecha: 8 de noviembre de 2017. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 3 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0009705.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 8 de noviembre del 2017.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2017197398 ).
Maribel Sinfonte Fernández, soltera, cédula de identidad 107160611, en
calidad de apoderada especial de Raíces de Targua Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101610765, con domicilio en San José, Curridabat, Granadilla, de
Plaza Freses, 300 metros norte, 300 metros oeste, 50 metros noreste,
Apartamento Doña Ana N° 1, Costa Rica, solicita la inscripción de: tpa TALLER
DE PAISAJE Y AMBIENTE, como marca de servicios en clase: 36 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente:
promotores inmobiliarios, estructuración de inversiones inmobiliarias. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 3 de octubre de 2017. Solicitud N°
2017-0009703. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de octubre de 2017.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2017197399 ).
Bernard Sasserath Devoitille, divorciado, cédula de identidad Nº
801100564, en calidad de apoderado generalísimo de Raíces de Targua Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3101610765, con domicilio en: San José, Curridabat,
Granadilla, de Plaza Freses 300 metros norte, 300 metros oeste, 50 metros
noreste, Apartamento Doña Ana Nº 1, Costa Rica, solicita la inscripción de: tpa
TALLER DE PAISAJE Y AMBIENTE
como marca de servicios en clase
37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
construcción, supervisión de obra y movimientos de tierra. Fecha: 19 de octubre
de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de octubre del 2017.
Solicitud N° 2017-0009706. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 19 de octubre del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017197400 ).
Maribel Sinfonte Fernández, soltera, cédula de identidad 107160611, en
calidad de Apoderada Especial de Raíces de Targuá Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101610765, con domicilio en San José, Curridabat, Granadilla, de
Plaza Freses 300 metros norte, 300 metros oeste, 50 metros noreste, Apartamento
Doña Ana número 1, Costa Rica, solicita la inscripción de: tpa TALLER DE
PAISAJE Y AMBIENTE
como marca de servicios en clase
42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de
arquitectura, diseño de espacios urbanos, diseño de plazas, parques, piscinas,
diseño de espacio exterior, diseños de planes maestros, planificación de
proyectos, lotificación, ingeniería ambiental. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 3 de octubre del 2017. Solicitud Nº 2017-0009704. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 19 de octubre del 2017.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2017197401 ).
Robert Christian Van Der Putten Reyes, divorciado, cédula de identidad
800790378, en calidad de apoderado especial de Disagro de Guatemala S. A., con
domicilio en Anillo Periférico 17-36, Zona 11, Guatemala 01011, Guatemala,
solicita la inscripción de: +N NITRO XTEND,
como marca de fábrica y comercio en clase: 1
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: fertilizantes
minerales, orgánicos, inorgánicos, para aplicación en la tierra, edáficos,
foliares, solubles, mezclas físicas, químicas, fertilizantes compuestos o
sencillos, abonos para las tierras y cultivos. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 28 de agosto de 2017. Solicitud N° 2017-0008430. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 5 de setiembre de 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017197413 ).
Robert Christian Van Der Putten Reyes, divorciado, cédula de identidad
800790378, en calidad de apoderado especial de Disagro de Guatemala S. A., con
domicilio en Anillo Periférico 17-36, zona 11, Guatemala 01011, Guatemala,
solicita la inscripción de: +N NITRO EXPAND
como marca de fábrica y comercio
en clase: 1 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 1 Fertilizantes
minerales, orgánicos, inorgánicos, para aplicación en la tierra, edáficos,
foliares, solubles, mezclas físicas, químicas, fertilizantes compuestos o
sencillos, abonos para las tierras y cultivos. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 28 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0008429. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 5 de setiembre del 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017197414 ).
Robert C. Van Der Putten Reyes, divorciado, cédula de identidad
800790378, en calidad de apoderado especial de Disagro de Guatemala, S. A., con
domicilio en Anillo Periférico 17-36, Zona 11, Guatemala 01011, Guatemala,
solicita la inscripción de: EUROTECH como marca de fábrica y comercio en clase:
31. Internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 31: Granos y productos agrícolas, hortícolas y forestales,
no comprendidos en otras clases; animales vivos; frutas y verduras, hortalizas
y legumbres frescas; semillas; plantas y flores naturales; alimentos para
animales; malta. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de julio de
2017. Solicitud Nº 2017-0006800. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 09 de octubre de
2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2017197415 ).
Marcas
de ganado
Solicitud N° 2017-2522.—Ref:
35/2017/5300.—Carlos Eduardo Castro Solano, cédula de identidad 1-0356-0948, en
calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Ganadera Rio Germania
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-250964, solicita la inscripción de: C4G, como marca de ganado, que
usará preferentemente en Limón, Siquirres, Germania, de la plaza de deportes de
Milano; 2.5 kilómetros este, camino viejo hacia El Silencio. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.
Presentada el 01 de diciembre del 2017. Según Solicitud N° 2017-2522.—Karol
Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2017197126 ).
Solicitud Nº 2017-2410.—Ref: 35/2017/5050.—Víctor Hugo Barrientos
Zamora, cédula de identidad 0206400384, solicita la inscripción de:
Para ver imagen solo en La Gaceta
con formato PDF
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Alajuela, San Carlos, Pital, San Marcos de Cerro Blanco, de
Chaparrón, mil quinientos metros de la escuela pública, galerón de madera y bodega
de zinc, con un contenedor de cuarenta y ocho pies encima. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 16 de noviembre del 2017. Según el expediente Nº
2017-2410.—Luz Vega Registradora.—1 vez.—( IN2017197143 ).
Solicitud N° 2017-2410.—Ref: 35/2017/5050.—Víctor Hugo Barrientos
Zamora, cédula de identidad 0206400384, solicita la inscripción de:
Para ver imagen solo en La Gaceta
con formato PDF
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Alajuela, San Carlos, Pital, San Marcos de Cerro Blanco, de
Chaparrón, mil quinientos metros de la escuela pública, galerón de madera y
bodega de zinc, con un contenedor de cuarenta y ocho pies encima. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto. Presentada el 16 de noviembre del 2017. Según Solicitud N°
2017-2410.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2017197146 ).
Solicitud Nº 2017-2445.—Ref. 35/2017/5158.—Carlos Luis Valverde Monge,
cédula de identidad 1-0373-0772, solicita la inscripción de:
5 D
Q
Como marca de ganado, que usará
preferentemente en San José, Dota, Copey, Santa Rosa, finca Las Vueltas y Los
Alpes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto. Presentada el 22 de noviembre del 2017. Según el
expediente Nº 2017-2445.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—(
IN2017197333 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Cámara de
Emprendedores Oromontanos, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Montes
de Oro, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Organizar y
brindar información a los emprendedores de la comunidad de Montes de Oro. Cuya
representante, será la presidenta: Carla Patricia Cubillo Delgado, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento: Tomo: 2017, Asiento: 711068.—Dado en el Registro Nacional, a las 8
horas 36 minutos y 39 segundos, del 28 de noviembre del 2017.—Lic. Henry Jara
Solís, Director a. í.—1 vez.—( IN2017197058 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Escuela de Fomento
Musical de Platanar, con domicilio en la provincia de: Alajuela-San Carlos,
cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover las artes
musicales en la juventud y buscar ayuda económica o material, para niños, niñas
y jóvenes estudiantes de música, en la comunidad de Platanar. Cuyo representante,
será el presidente: Daniel Ramón Mora Rodríguez, con las facultades que
establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2017.
Asiento: 628024.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 0 minutos y 5
segundos, del 03 de noviembre del 2017.—Lic. Henry Jara Solís, Director a. í.—1
vez.—( IN2017197116 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Desarrollo
Vivienda Vistas de Guatuso, con domicilio en la provincia de: San José -
Desamparados, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover
la integridad a los asociados a fin de solucionar su problema habitacional.
Cuyo representante, será el presidente: Luis Alberto Cordero Contreras, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento:
tomo: 2017, asiento: 623365.—Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 56
minutos y 35 segundos, del 28 de noviembre del 2017.—Lic. Henry Jara Solís,
Director a. í.—1 vez.—( IN2017197214 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para
su inscripción la Reforma del estatuto de la: Asociación Escuela de Música
Sinfónica de La Zona de Los Santos, entre las cuales se modifica el nombre
social, que se denominará: Asociación Escuela de Música Café Tarrazú Dota León
Cortés. Por cuanto dichas reformas cumplen con la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y
sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento: Tomo: 2016, Asiento: 776095.—Dado en el Registro Nacional a las 12
horas 24 minutos y 18 segundos, del 3 de noviembre del 2017.—Lic. Henry Jara
Solís, Director a. í.—1 vez.—( IN2017202691 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-660839, denominación: Asociación Administradora del Acueducto y
Alcantarillado Sanitario de Caimitalito y Portal de Belén Belén de Nosarita
Nicoya Guanacaste. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº
218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de
esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016 Asiento: 764293.—Dado en el
Registro Nacional, a las 11 horas 39 minutos y 54 segundos, del 24 de noviembre
del 2017.—Lic. Henry Jara Solís, Director a. í.—1 vez.—( IN2017197332 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Alianza por la Vida
Costa Rica, con domicilio en la provincia de: San José-Escazú, cuyos fines
principales, entre otros son los siguientes: Promover la protección de la vida,
organizar eventos que tengan relación con la divulgación de los principios de
la asociación y en defensa de la vida. Cuyo representante, será el presidente:
Sadie Morgan Asch, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de
esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento tomo: 2017 asiento: 647297.—Dado en el
Registro Nacional, a las 9 horas 7 minutos y 36 segundos, del 28 de noviembre
del 2017.—Lic. Henry Jara Solís, Director a. í.—1 vez.—( IN2017197404 ).
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La señora(ita) Laura Valverde
Cordero, cédula de identidad Nº 13310307, en calidad de apoderada especial de
Xellia Pharmaceuticals APS, solicita la Patente PCT denominada COMPOSICIONES
DE ANTIBIÓTICO. Se proveen soluciones que comprenden un antibiótico
glicopéptico, por ejemplo, Vancomicina, y un aminoácido o derivado de
aminoácido tal como N-acetil-Glicina o N-acetil-D-Alanina. Estas soluciones son
estables o estabilizadas por periodos de tiempo largos en condiciones de uso
normal y almacenamiento y pueden ser formuladas como soluciones farmacéuticas
para usarse en sujetos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K
38/14, A61K 47/26, A61K 9/08 y A61P 31/04; cuyos inventores son Jasprica, Ivona
(HR); Keser, Sabina (HR) y Pindric, Katarina (HR). Prioridad: N° 62/076,400 del
06/11/2014 (US) y N° 62/168,749 del 30/05/2015 (US). Publicación internacional:
WO/2016/071495 A1. La solicitud correspondiente lleva el Nº 2017-0000234, y fue
presentada a las 08:55:20 del 05 de junio de 2017. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 03 de noviembre de
2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017197095 ).
La señor(a)(ita) Laura Valverde Cordero,
cédula de identidad 113310307, en calidad de Apoderada Especial de NGAN, Teng
Ye; NGAN, Teng Han y NGAN, Teng Chee,
solicita la Patente PCT denominada UN MÉTODO PARA TRATAR EL EFLUENTE
PRODUCIDO A PARTIR DE UN PROCESO DE MOLIENDA DE ACEITE DE PALMA. La presente
invención se refiere a un método para el tratamiento del efluente producido a
partir de un proceso de molienda de aceite de palma, que comprende las etapas
de remover los sólidos (20) del efluente, en donde los sólidos removidos se
forman en productos secos, remover el agua (30) del efluente para la
reutilización del agua en el proceso de molienda de aceite de palma, extraer
aceite (40) del efluente para formar un lodo residual, en donde las etapas de
retirar los sólidos, remover el agua, y extraer el aceite se llevan a cabo en
orden secuencial de sólidos, agua y aceite.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B01D 1/06, B01D 21/00,
B01D 3/06, C02F 1/04, C02F 11/00, C11B 1/10 y C11B 3/16; cuyo(s) inventor(es)
es(son) NGAN, Teng Ye (MY); NGAN, Teng Chee (MY) y NGAN, Teng Han; (MY).
Prioridad: N° PI2015700404 del 10/02/2015 (MY). Publicación Internacional:
WO2016/129986. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000368, y fue
presentada a las 09:35:09 del 9 de agosto de 2017. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de noviembre del
2017.—Viviana Segura de la O., Registradora.—( IN2017197096 ).
El señor Quesada Camacho Federico, cédula de
identidad Nº 107040087, y Gallardo Camacho Adalberto, solicita el Modelo
Utilidad denominado: PIÑATA DE ACTIVACIÓN A DISCRECIÓN. P.A.A.D posee
varias características que la hacen única. La descarga de su contenido, se
puede realizar a discreción del operador en el momento que lo desee y no hasta
su fractura o colapso, como usualmente sucede en las piñatas tradicionales.
Además, puede ser reutilizable varias veces. Lo que permite tener estas
características, es su construcción robusta y su diseño de funcionamiento. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A63H 37/00; cuyo(s) inventor(es)
es(son) Gallardo Camacho, Adalberto (CR) y Quesada Camacho, Federico (CR). La
solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000515, y fue presentada a las
08:25:21 del 10 de noviembre del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez
en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de noviembre del
2017.—Viviana Segura de la O.—( IN2017197224 ).
REGISTRO
NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR
Y DERECHOS CONEXOS
Ana Lucía Alvarado Méndez, mayor, soltera,
psicóloga, cédula de identidad número 1-1460-727, vecina de San José, solicita
la inscripción de los derechos patrimoniales a su nombre en la obra artística,
divulgada e individual que se titula EL VESTIDO TRADICIONAL DE LAS MUJERES
NGABE. La obra consiste en una colección de 30 ilustraciones que retratan
la cultura y tradiciones de la población indígena ngäbe, lustra tradiciones
como el baile jegui, el juego de bolsería, las artesanías, así como la
confección y el uso del vestido tradicional de las mujeres ngäbes. Los derechos
morales pertenecen a su autora Daniela Priscilla Ramos Solís, mayor, casada,
diseñadora, cédula de identidad número 1-1297-793, vecina de San José.
Publiquen por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que
terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción
solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación,
conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos N°
6683. Expediente 9399.—Curridabat, 4 de diciembre del 2017.—Licda. Adriana
Bolaños Guido, Registradora.—1 vez.—( IN2017197109 ).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
INSCRIPCIÓN
Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro
de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio
A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante
este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: JORGE ALBERTO CARMONA
JIMÉNEZ, con cédula de identidad número 1-1232-0335, carné número 24141.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se
invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de
que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15)
DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Proceso Administrativo N°
49370.—San José, 20 de diciembre del 2017.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos,
Abogado – Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2018205089 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIA PÚBLICA. La DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca,
costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE
SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y
HABILITACIÓN como delegataria para ser y ejercer la función pública Estatal del
NOTARIADO, por parte de: MARÍA FERNANDA AGUILAR MADRIGAL, con cédula de
identidad número 1-1400-0800, carné número 23083. De conformidad con lo
dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan
hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que
lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS
HÁBILES siguientes a esta publicación. Proceso Nº 51363.—San José, 8 de enero
del 2018.—Unidad Legal Notarial.—Anaida Cambronero Anchía, Abogada.—1 vez.—(
IN2018205126 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO PÚBLICO. La DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado
Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER:
Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN
como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO,
por parte de: ALEX ANTONIO MONGE VILLALOBOS, con cédula de identidad número
6-0263-0770, carné número 25498. De conformidad con lo dispuesto por el
artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o
situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo
comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES
siguientes a esta publicación. Proceso Nº 50797.—San José, 21 de diciembre del
2017.—Anaida Cambronero Anchía, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2018205181
).
DIRECCIÓN DE AGUAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-0181-2017.—Exp. Nº
16745A.—María Sonia Bermúdez León, solicita concesión de: 0.03 litros por
segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Grace Carvajal
Lizano, en San Miguel, Desamparados, San José, para uso consumo
humano-doméstico. Coordenadas: 202.352/528.733, hoja Abra. Predios inferiores:
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 18 de julio del 2017.—Unidad
Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017203862
).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. 13965P.—RS Florizel S. A.,
solicita concesión de: 2 litros por segundo del acuífero, efectuando la
captación por medio del pozo AZ-76 en finca de RS Florizel S. A. en Pital, San
Carlos, Alajuela, para uso agropecuario-riego. Coordenadas 272.897 / 506.966
hoja Aguas Zarcas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de julio del
2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2018204509 ).
ED-UHTPCOSJ-0128-2017. Exp. 17007P. Corporación
Industrial Vicisme de Cartago S. A., solicita concesión de: 1 litro por segundo
del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo IS-984 en finca del
solicitante en San Nicolás, Cartago, para uso consumo humano y riego.
Coordenadas 208.446/545.056 hoja Istaru. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 12 de setiembre de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles,
Pacífico Central.—Marilyn Mora Vega.—( IN2018204518 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-UHTPCOSJ-0228-2017.—Exp. Nº 15950A.—Playa Cativo INNC Ltda.,
solicita concesión de: 0.94 litros por segundo del nacimiento Buenavista,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Sierpe, Osa, Puntarenas,
para uso consumo humano doméstico y turístico hotel. Coordenadas:
74.382/611.924, hoja Rincón. Predios inferiores: Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 30 de noviembre del 2017.—Departamento de
Información.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2018204777 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
CERRO
VISTA S. A.
Se convoca a los accionistas de Cerro Vista Properties
S. A., titular de la cédula tres-ciento uno-cuatrocientos siete mil ochocientos
treinta y cinco, a la asamblea general extraordinaria de socios, a celebrarse
un kilómetro este de la escuela San Pedro, Guayabo, Bagaces, Guanacaste, el día
23 de enero del 2018, a las 8:30 a.m. y una hora después en segunda
convocatoria con el número de socios presentes. En la asamblea se tratará el
siguiente orden del día: A) Autorización al Presidente Harry (nombre) Eugene
(segundo nombre) French JR, (único apellido por razón de nacionalidad), para
que realice ante notario público, escritura de venta del inmueble Partido:
Guanacaste, Folio Real: cuarenta y dos mil trescientos ochenta y uno.—Bagaces,
dos de enero del dos mil dieciocho.—Harry Eugene French JR.—( IN2018204815 ).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
OFI-BODEGAS
DEL OESTE DRACO
QUINCE
SOCIEDAD ANÓNIMA
Convocatoria sesión de Junta
Directiva
En
cumplimiento de los estatutos de la sociedad Ofi-Bodegas del Oeste Draco Quince
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-499599 se procede a hacer convocatoria
oficial para realizar sesión extraordinaria de Junta Directiva de dicha
sociedad a realizarse en su domicilio social el martes dieciséis de enero del
2018.—San José, 21 de diciembre del 2017.—Lic. Jorge A. Pacheco Oreamuno, Notario.—1
vez.—( IN2017203427 ).
UNIMAR
INDUSTRIAL
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Se convoca a los
accionistas a la asamblea general ordinaria y extraordinaria a celebrar el día
14 de febrero del 2018, a las nueve de la mañana en el domicilio social San
Antonio de Desamparados, cincuenta metros al sur y trescientos metros al oeste
de la iglesia católica. Se conocerá el siguiente orden del día: 1) Cambios en
la junta directiva. 2) Asuntos varios. La primera convocatoria será a las: 9.00
a.m., en caso de no haber quórum la segunda convocatoria, será una hora después
con el número de accionistas presentes. Todo de conformidad con los artículos
164, 165, 171 y concordantes del Código de Comercio—San José, 8 de enero del
2018.—Junta Directiva.—Lic. Eliécer Montero Brenes, Presidente.—1 vez.—(
IN2018204955 ).
RESIDENCIAS LA ALHAMBRA
S. A.
Convocatoria de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de
Residencias La Alhambra S. A., cédula jurídica Nº 3-101-040637, para el día 4
de febrero del 2018. Orden del día: nombramiento
de Junta Directiva. Nombramiento de Apoderado Especial y Judicial Especial.
Aprobación de reposición de Libros por extravío. Conocimiento de Asuntos de
Interés de socios sobre activos. Solicitud de aportes para gastos
administrativos. Asuntos varios. Notario Álvaro Arguedas Durán.—San José, 09 de
enero del 2018.—Lic. Álvaro Arguedas Durán, Notario.—1 vez.—( IN2018205068 ).
GANADERA
SAN FELIPE
SOCIEDAD ANÓNIMA
De conformidad con lo establecido se convoca
a todos los accionistas que integran el capital social a una asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la empresa Ganadera San Felipe
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-014089, en su domicilio social
en la ciudad de San Jose, Sabana Sur de la Librería Universal seiscientos metros
sur y ciento setenta y cinco metros oeste, oficinas del Grupo Condeduque, a las
catorce horas del cinco de febrero del año dos mil dieciocho. Si a la hora
señalada no se hubiese constituido el quórum necesario, la Asamblea se
celebrará una hora después o sea a las quince horas, cualquiera que sea el
número de accionistas que se encuentren presentes, para conocer y resolver
acerca de los siguientes acuerdos:
1) Verificación del quórum y apertura de la Asamblea.
2) Informe General de la Administración de la Empresa.
3) Ratificar los Estado Financieros de los últimos seis años.
4) Reforma a los Estatutos Constitutivos.
5) Nombramiento de nueva Junta Directiva.
San José, 9 de enero del 2018.—Federico Apestegui
Pacheco, cédula 9-024-0173, Presidente.—1 vez.—( IN2018205233 ).
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA
DE CENTRO AMÉRICA
Ante el Registro de la Universidad Autónoma de Centro
América se ha presentado la solicitud de reposición de los títulos de:
Licenciatura en Medicina, emitido por esta casa de estudios el 20 de enero de
1993, inscrito en el tomo: II-V9-2592, Doctor en Medicina, emitido por esta
casa de estudios el 14 de diciembre de 1993, inscrito en el tomo III-V3-774, a
nombre de Bravo García Nelson Raúl, cédula de identidad número 1-0760-0361. Se
solicita la reposición por haberse extraviado los originales. Se pública este
edicto para oír oposición a las reposiciones solicitadas dentro de los quince
días hábiles a partir de la publicación en el Diario Oficial.—Campus J.
Guillermo Malavassi V., Cipreses.—Curridabat, 13 de diciembre del 2017.—Adrián
Espinoza Potoy, Registrador.—( IN2017202335 ).
PUBLICACIÓN DE UNA
VEZ
H.R.S. ERILEI SOCIEDAD ANÓNIMA
La sociedad H.R.S. Erilei Sociedad Anónima cédula jurídica:
tres-ciento uno-cuatro dos dos nueve cuatro tres, domiciliada en San Ramón
solicita ante el Registro Público la reposición de los siguientes libros: de
asamblea de socios, junta directiva y libro de accionistas, por extravío.—San
Ramón, 18 de diciembre del año 2017.—Licda. María Isabel Rodríguez Herrera,
Notaria.—1 vez.—( IN2017203076 ).
RECICLADORA
ALFA GLOBAL
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Aviso
por reposición de libros. Recicladora Alfa Global Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número 3-101-618784, solicita ante el Registro Nacional la reposición
por extravío de los siguientes libros societarios: tomo uno del Libro de
Registro de Socios, del tomo uno del Libro de Actas de Asamblea de Socios, y
del tomo uno del Libro de Actas de Junta Directiva de esta sociedad. Se
confiere el plazo de ocho días a quienes se consideren afectados con lo
anterior para que manifiesten lo correspondiente.—San José, 19 de diciembre de
2017.—Ileana María González Herrera, Presidenta.—1 vez.—( IN2017203082 ).
THE OBLIVION INVESTMENTS
SOCIEDAD ANÓNIMA
Se hace
saber que los Libros Número Uno de Actas de Asamblea General, Registro de
Accionistas y Actas de Junta Directiva The Oblivion Investments Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno seiscientos cuatro mil
trescientos veintidós, se están reponiendo por extravío.—Licda. Tatiana María
de la Cruz Segura, Notaria.—1 vez.—( IN2017203554 ).
En nombre de: Mi
Gitana Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-556934, se
informa que, su representación legal comparecerá, dentro del plazo de ley, ante
mi notaría, a efecto de otorgar escritura mediante la cual se solicita al
Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución
de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas Nº 9428.—San José, 14 de diciembre del 2017.—Dra. Ingrid
Palacios Montero, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017201892 ).
Ante esta notaría por escritura dos-doscientos
cincuenta y nueve, otorgada a las quince horas del cuatro de diciembre del dos
mil diecisiete, se protocoliza el acta número cuatro de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la compañía Oscar e Hijos Sociedad Anónima,
cédula jurídica número res-ciento uno-cero noventa y tres mil seiscientos
treinta y ocho, en donde por acuerdo de socios se da por disuelta la
sociedad.—San Isidro de El General, catorce de diciembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1 vez.—( IN2017202326 ).
Ante esta notaría, se presentan los socios que
representan la totalidad del capital social de la sociedad Dranaka de Escazú
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta y
nueve mil trescientos cincuenta y cuatro, a fin de que ante esta notaría se
tramite solicitud de cese de la disolución de dicha sociedad y la misma sea
habilitada nuevamente, ya que, los impuestos fueron cancelados y la sociedad se
encuentra al día, todo de acuerdo a la Ley noventa y cuatro ochenta y
cinco.—San Jose, 18 de diciembre del 2017.—Lic. Joan Salazar Garreta,
Notario.—1 vez.—( IN2017202331 ).
Por escritura otorgada, a las dieciséis horas del
dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete, se solicita el cese de
disolución de la sociedad GUARuMO Langosta Estates Sociedad Anónima.
Notario público Luis Diego Núñez Salas, teléfono 22918500.—San José, 18
de diciembre del 2017.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—(
IN2017202332 ).
Por escritura 29 de las 08:00 horas del 16 de
diciembre del 2017, ante esta notaría se protocoliza acta de la compañía Villa
Sanchal S. A., por la cual se modifica: “cláusula octava” del estatuto “en
cuanto a la representación legal”; se nombra nuevo presidente y secretario,
junta directiva y fiscal.—San José, 16 de diciembre del 2017.—MSc. Marcos
Osvaldo Araya Díaz, Notario.—1 vez.—( IN2017202333 ).
Por escritura Nº 7 otorgada a las 15:00 horas del
día 20 de octubre del 2017, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de Grupo Valle Solepan Sociedad de Responsabilidad Limitada,
donde se acuerda disolver la sociedad.—San José, 18 de diciembre del 2017.—MSc.
Marcos Osvaldo Araya Díaz, Notario.—1 vez.—( IN2017202334 ).
En escritura pública otorgada ante mí, el día siete
de setiembre del dos mil diecisiete, se disuelve por acuerdo de accionistas la
sociedad denominada Canuk C. A. Consultores Sociedad Anónima, con cedula
jurídica tres-ciento uno-cinco tres cuatro ocho seis nueve. Es todo.—Cartago,
dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Paulina Bonilla Guillen,
Notaria.—1 vez.—( IN2017202336 ).
En mi notaría en Esparza, a las 10:15 minutos del
13 de abril del 2016, por escritura pública otorgada en el protocolo de la
notaria Virginia Vindas Soto, Marianela Umaña Montealegre, cédula N° 9-049-888,
María José Gómez Umaña, cédula N° 3-464-239 y Edgar Corrales Umaña, cédula N°
1-1082-164, constituyen la Sociedad denominada Inversiones Majed Puntarenas
S. A., domiciliada en Carrizal de Puntarenas.—Esparza, 18 de diciembre del
2017.—Licda. Virginia Vindas Soto, Notaria.—1 vez.—( IN2017202337 ).
En escritura pública otorgada ante mí, el día
dieciocho de diciembre del año dos mil diecisiete, se disuelve por acuerdo de
accionistas la sociedad denominada sociedad denominada tres-ciento dos-cinco
nueve siete nueve ocho uno Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cedula
jurídica tres-ciento dos-cinco nueve siete nueve ocho uno. Es todo.—Cartago,
dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Paulina Bonilla Guillen,
Notaria.—1 vez.—( IN2017202338 ).
En escritura pública otorgada ante mí el dieciocho
de diciembre del dos mil diecisiete, se disuelve por acuerdo de accionistas la
sociedad denominada Tres-Ciento Dos-Seis Siete Cinco Ocho Dos Uno Limitado,
con cedula de persona jurídica número tres-ciento dos-seis siete cinco ocho dos
uno. Es todo.—Cartago, dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Paulina Bonilla Guillen, Notaria.—1 vez.—( IN2017202340 ).
En escritura pública otorgada ante mí el dieciocho
de diciembre del dos mil diecisiete, se disuelve por acuerdo de accionistas la
sociedad denominada Living Spaces Arquitectura L.S.A. Sociedad
Anónima, con cedula de persona jurídica número tres-ciento uno-seis siete
cinco cero uno seis. Es todo.—Cartago, dieciocho de diciembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Paulina Bonilla Guillén, Notaria.—1 vez.—( IN2017202341 ).
Por escritura número 20-18 del tomo número 18 de mi
protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las 13:00 horas del 20 de
noviembre de 2017, compareciendo la totalidad del capital social de Vait Danari
Ltda., cédula jurídica 3-102-660962, se disuelve la sociedad, según la
directriz DRPJ-003-2012. Jorge Guzmán Calzada, cédula 1-729-432.—Lic. Jorge
Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—( IN2017202342 ).
Por escritura número 25-18 del tomo número 18 de mi
protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las 11:00 horas del 27 de
noviembre de 2017, se protocolizó el acta 1 de la asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de Japonicum Verde S. A., mediante la cual
se reformaron las cláusulas, segunda referente al domicilio y octava referente
a la administración. Jorge Guzmán Calzada, cédula 1-729-432.—Lic. Jorge Guzmán
Calzada, Notario.—1 vez.—( IN2017202343 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
15:00 horas del 15 de diciembre del 2017, ante esta notaría se protocolizó el
acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Vereda Acrópolis CR.
S. A., mediante la cual se solicita la disolución de dicha compañía.—San José,
15 de diciembre de 2017.—Lic. Adolfo Antonio García Baudrit, Notario.—1 vez.—(
IN2017202344 ).
Que
por escritura Nº 75, visible a folio 69 vuelto se acordó disolver la empresa Pineapple
Paradise Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº
3102663248. Visible en el tomo: 29 del protocolo del suscrito notario público,
el motivo de este edicto es la disolución de la empresa indicada.—Uvita de Osa,
a las 14:00 horas del 18 de diciembre del 2017.—Lic. Eduardo Abarca Vargas,
Notario.—1 vez.—( IN2017202347 ).
El suscrito, James Tsui Kam, cédula número
uno-cero ocho tres cinco-cero tres ocho ocho, y Wai Ching Tsui Voi, cédula
número ocho-cero cero cuatro nueve-cero ocho cero seis, como titulares del 100%
de las acciones que representan la totalidad del capital social de la sociedad:
Jatsui Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-219499, de conformidad
con el transitorio II de la Ley Nº 9428, solicito el cese de la disolución con
los efectos retroactivos que ello conlleva.—Santa Cruz, 18 de diciembre del
2017.—Msc. Carlos Luis Matarrita Duarte, Notario Público.—1 vez.—( IN2017202352
).
Por escritura número noventa y seis, otorgada ante
la notaria Laura Fernández Castro, a las siete horas del diecinueve de
diciembre del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de: Grupo
Costarricense de Ganaderos GCG S. A., mediante la cual se reforma la
representación social, junta directiva, domicilio social y se elimina el cargo
de agente residente.—San José, diecinueve de diciembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Laura Fernández Castro, Notaria.—1 vez.—( IN2017202353 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
15:00 horas del 14 de diciembre del 2017, se solicita al Registro Público el
cese de disolución de la sociedad denominada Servicios de Emergencias Fumigación
y Destaqueos Totales Once Doce, S. A.—San José, 14 de diciembre del
2017.—Lic. Manrique Quirós Rohrmoser, Notario.—1 vez.—( IN2017202356 ).
A las 12:00 horas del día 15 de diciembre del año
2017, se protocolizó en conotariado con el notario público Robert Christian van
der Putten Reyes, el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad ST Kitts Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar la
cláusula del domicilio del pacto constitutivo. Es todo.—San José, 15 de
diciembre del 2017.—Lic. Eric Scharf Taltelbaum, Notario.—1 vez.—( IN2017202358
).
Por escritura de las 18:00 horas del 18 de noviembre del 2017, se
constituyó la sociedad: Vidrio Arte Solano S.R.L. Domicilio: San Rafael
del cantón de Poás de Alajuela. Gerente: Susana Solano Obando. Objeto: Comercio
y servicios.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—(
IN2017202360 ).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 18:00 horas del 14 de
diciembre del 2017, se solicitó el cese de la disolución de Productos Dorita
S. A., cédula 3-101-120898.—San Juan de Tibás, 14 de diciembre del
2017.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—( IN2017202366 ).
Ante esta notaría, por escritura número sesenta y
cinco otorgada a las ocho horas del día dieciocho de noviembre del dos mil
diecisiete, se disolvió la sociedad denominada Consultoría Servicex Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
noventa y ocho mil setecientos ochenta y uno. Es todo.—San José, diecinueve de
diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Gabriela Jiménez Sánchez, Notaria.—1
vez.—( IN2017202374 ).
Los suscritos Eliécer Rivera Sandí, cédula de identidad uno-trescientos
diez-trescientos veinticuatro y Wensin Barahona Sancho, cédula de identidad
uno-mil cuarenta y nueve-trescientos cuarenta y ocho, como socios y
representando más del cincuenta y uno por ciento de las acciones, solicitamos
al Registro Público, el cese de la disolución de la sociedad Inversiones
Barariveca de Pérez Zeledón Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-595025,
de conformidad con el Transitorio II, Leyes 9485 y 9428. Es todo.—San Isidro de
Pérez Zeledón, 14 de diciembre del dos mil diecisiete.—Eliécer Rivera
Sandí.—Wensin Barahona Sancho.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—(
IN2017202379 ).
El suscrito notario Jorge Julián Ortega Volio, carné
número 15401, hace constar que mediante escritura número noventa y dos-once, de
las ocho horas del día doce de diciembre del año dos mil diecisiete, se
solicita el cese del proceso de disolución y liquidación de la sociedad Plantation
Acres Ienisei Trece HMI S. A., cédula jurídica 3-101-437113.—Jacó, doce de
diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Julián Ortega Volio, Notario.—1
vez.—( IN2017202382 ).
El suscrito notario Jorge
Julián Ortega Volio, carné número 15401, hace constar que mediante escritura
número noventa y cinco-once, de las nueve horas del día catorce de diciembre
del año dos mil diecisiete, se solicita el cese del proceso de disolución y
liquidación de la sociedad Costa Rica Aborigen Autóctona COT S. A.,
cédula jurídica 3-101-563713.—Jacó, catorce de diciembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Jorge Julián Ortega Volio, Notario.—1 vez.—( IN2017202383 ).
El suscrito notario Jorge Julián Ortega
Volio, carné número 15401, hace constar que mediante escritura número noventa y
ocho-once, de las catorce horas treinta minutos del día catorce de diciembre
del dos mil diecisiete, protocoliza acta de la sociedad Tres-Ciento
Dos-Quinientos Noventa y Siete Mil Setecientos Noventa y Siete S.R.L.,
cédula jurídica 3-102-597797, modifica domicilio, administración y nombra
gerentes.—Jacó, catorce de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Julián
Ortega Volio, Notario.—1 vez.—( IN2017202384 ).
El suscrito notario
Jorge Julián Ortega Volio, carné número 15401, hace constar que mediante
escritura número Noventa y Siete-Once, de las catorce horas del día catorce de
diciembre del año dos mil diecisiete, protocoliza acta de la sociedad Tres-Ciento
Dos-Quinientos Noventa y Ocho Mil Quinientos Ochenta y Tres S.R.L., cédula
jurídica 3-102-598583, modifica domicilio, administración y nombra
gerentes.—Jacó, catorce de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Julián
Ortega Volio, Notario.—1 vez.—( IN2017202385 ).
El suscrito notario Jorge Julián Ortega Volio, carné
número 15401, hace constar que mediante escritura número noventa y nueve-once,
de las quince horas del día catorce de diciembre del año dos mil diecisiete,
protocoliza acta de la sociedad Tres- ciento dos- Quinientos noventa y ocho
mil quinientos dieciocho S.R.L., cédula jurídica Nº 3-102-598518, modifica
domicilio, administración y nombra gerentes.—Jacó, catorce de diciembre del año
dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Julián Ortega Volio, Notario.—1 vez.—(
IN2017202386 ).
Mediante escritura ciento cinco, otorgada a
las 14 horas 30 minutos del 8 de diciembre del 2017, ante el notario público
Lic. Enrique Curling Alvarado la señora Jennirer de Los Ángeles Vaglio
Villalobos, mayor, casada tres veces, cédula 1-1025-0237, vecina de San Isidro
de Coronado, en calidad de dueña de la totalidad de acción de la empresa Inversiones
Vagsa e Hijos S. A., cédula jurídica número 3-101-663203, con domicilio en
San José, Desamparados, Calle Fallas e inscrita en el Registro Público, Sección
Mercantil, al tomo 2011, asiento 100679, disolvió dicha sociedad.—Lic. Enrique
Curling Alvarado.—1 vez.—( IN2017202388 ).
El suscrito, Víctor Iván Espeleta Jiménez,
mayor, soltero, Informático, vecino de San José, Sabanilla de Montes de Oca,
con cédula de identidad número uno-cero novecientos sesenta y dos-cero
trescientos cuarenta, por medio del presente edicto informo que, como titular
de siete acciones que representan el setenta por ciento de la totalidad del
capital social de la sociedad denominada Cruza El Puente Azulado Sociedad
Anónima, cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-doscientos
sesenta y siete mil trescientos treinta y siete, compareceré, dentro del plazo
de ley, ante notario público a efecto de otorgar escritura pública mediante la
cual se solicitará al registro de personas jurídicas del registro público, el
cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el
Transitorio Segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo
del 2017 y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a las ocho horas del día catorce de diciembre del dos mil
diecisiete.—Víctor Iván Espeleta Jiménez.—1 vez.—( IN2017202391 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
diez horas del quince de diciembre del 2017, mediante acuerdo de socios se
solicitó el cese de la disolución de la sociedad Comercializadora Millobeta
Sociedad Anónima, cedula jurídica número 3-101-606107. Es todo.—San José,
dieciocho de diciembre del 2017.—Lic. Yurly Alguera Martínez, Notaria.—1 vez.—(
IN2017202393 ).
La suscrita, Vivian
María Pérez Echeverría, mayor, casada una vez, Psicopedagoga, vecina de San
José. Curridabat, granadilla y con cédula de identidad número uno-cero
seiscientos setenta y tres-cero ochocientos noventa y siete, por medio del
presente edicto informó que, como titular del cien por ciento de las acciones,
de la totalidad del capital social de la sociedad denominada Tecnology
Developer Group Sociedad Anónima cédula de personería jurídica
número tres-ciento uno-quinientos diez mil ochocientos cuatro, compareceré,
dentro del plazo de ley, ante notario público a efecto de otorgar escritura
pública. Mediante la cual se solicitará al Registro de Personas Jurídicas del
Registro Público, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo
dispuesto en el Transitorio Segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428
de 21 de marzo del 2017 y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a las ocho horas del día catorce de diciembre del dos mil
diecisiete.—Vivian María Pérez Echeverría.—1 vez.—( IN2017202394 ).
Por escritura número ciento dos-once,
otorgada ante esta notaría, a las 9:30 horas del día dieciocho de diciembre del
2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad: Ara del Mar Villa Número Diecisiete Sociedad Anónima,
mediante la cual se revocaron y realizaron nuevos nombramientos.—Licda. Lilliam
Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—( IN2017202397 ).
Carlos David Arburola
Gómez, cédula 4-153-787 y Virenia García Rojas, cédula 5-303-746, en calidad de
dueños de la totalidad del capital social de Internacional CR-Panama Treding
Group S. A., cédula jurídica 3-101-646040, solicitan al Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional aplicar a esta sociedad el cese o
cambio de estado de disuelta a inscrita, por haber sido pagado en su totalidad
lo adeudado por concepto del impuesto generado por la Ley 9024. Lo anterior, de
conformidad con la ley número 9428 que reforma el Transitorio Segundo de la
citada Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas.—San Isidro de Heredia, 13 de
diciembre del 2017.—Lic. Gerardo Valverde Badilla, Notario.—1 vez.—(
IN2017202399 ).
Mediante escritura 209-14 otorgada ante este
notario, a las 13:00 horas del quince de diciembre del 2017, se reforman las
cláusulas segunda, octava y se adiciona una clausula décima en la sociedad Inversiones
Taru del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-473585. Es todo.—Guanacaste, 15 de diciembre del 2017.—Lic. Juan Antonio
Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—( IN2017202400 ).
Por escritura otorgada
ante mí, a las 09:00 horas del día 19 de diciembre del 2017, se modificó la
cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Ecológica Montegriego
& CO S. A., cédula de persona jurídica número 3-1010-574726.—San José,
19 de diciembre del 2017.—Msc. Mario Peña Chacón, Notario.—1 vez.—(
IN2017202401 ).
Por escritura número ciento tres-once,
otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del día dieciocho de diciembre
del 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad Ara del Mar Villa Número Cincuenta y Cuatro Sociedad Anónima,
mediante la cual se revocaron y realizaron nuevos nombramientos.—Licda. Lilliam
Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—( IN2017202402 ).
Por escritura número noventa y nueve-once,
otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del día dieciocho de diciembre del
2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad: Ara del Mar Villa Número Cuatro Sociedad Anónima, mediante
la cual se revocaron y realizaron nuevos nombramientos.—Licda. Lilliam Boza
Guzmán, Notaria.—1 vez.—( IN2017202403 ).
Por escritura número cien-once, otorgada ante
esta notaría, a las 08:30 horas del día dieciocho de diciembre del 2017, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Ara del Mar Villa Número Uno Sociedad Anónima, mediante la cual
se revocaron y realizaron nuevos nombramientos.—Licda. Lilliam Boza Guzmán,
Notaria.—1 vez.—( IN2017202404 ).
Por escritura número ciento uno-once,
otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del día dieciocho de diciembre del
2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad Ara del Mar Villa Número Veintitrés Sociedad Anónima,
mediante la cual se revocaron y realizaron nuevos nombramientos.—Licda. Lilliam
Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—( IN2017202405 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
doce horas del dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete se protocolizó el
acta número dos de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Cognitive
Capital Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos ochenta y cinco mil seiscientos veinticinco, mediante la cual
se modifica la cláusula de la representación, la cláusula del domicilio y se
nombra nuevo secretario de la junta directiva.—San José, 19 de diciembre del
2017.—Licda. Floribeth Herrera Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2017202407 ).
David Jiménez Navarro, cédula 1-0762-0428,
solicita el cese de la disolución de la empresa Punto de Fuga Arquitectura
S. A., cédula jurídica 3-101-590151. Escritura otorgada en la ciudad de San
José, a las 19:00 horas del 15 de diciembre del 2017.—San José, 15 de diciembre
del 2017.—Lic. Edwin Martín Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—( IN2017202408 ).
Manuel Francisco Villalobos Cordero, cédula
1-0500-0113, solicita el cese de la disolución de la empresa Agroindustrial
Estela S. A., cédula jurídica 3-101-102433. Escritura otorgada en la ciudad
de San José, a las 10 horas 30 minutos, del 15 de diciembre del 2017.—San José,
15 de diciembre del 2017.—Lic. Edwin Martín Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—(
IN2017202409 ).
Ana Leyla Leandro Escobar, cédula 1-0836-0802
y Ana Cecilia Escobar Salazar, cédula 1-0377- 0611, solicitan el cese de la
disolución de la empresa Bar y Restaurante Típico Añoranzas S. A.,
cédula jurídica 3-101-123441. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a
las 10:30 horas del 18 de diciembre del 2017.—Lic. Edwin Martín Chacón,
Notario.—1 vez.—( IN2017202410 ).
Javier Leandro Arrieta, cédula 1-0199-0087,
solicitan el cese de la disolución de la empresa Inversiones Doscientos S.
A., cédula jurídica 3-101-072450. Escritura otorgada en la ciudad de San
José, a las 11 horas, del 18 de diciembre del 2017.—Lic. Edwin Martin Chacón
Saborío, Notario.—1 vez.—( IN2017202411 ).
El suscrito Víctor Hugo Cubero Pérez, mayor, casado una vez, Abogado,
vecino de San José, cédula uno-seiscientos treinta y cinco-quinientos noventa y
ocho, por medio del presente edicto informamos que como titular de más del
cincuenta y uno por ciento de las acciones que representan la totalidad del
capital social de las empresas R C A Víctor Sociedad Anónima, cédula
jurídica: tres-ciento uno-uno ocho tres cuatro nueve seis, empresa que tuvo su
domicilio en la ciudad de San José, Condominio Los Manantiales Tres Gris
Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres- ciento uno-tres tres seis siete
nueve nueve siete, empresa que tuvo su domicilio en la ciudad de San José, y Montaña
de Ensueño B Cincuenta Y Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento
uno-tres dos cero ocho cinco nueve, empresas que tuvieron su domicilio en la
ciudad de San José por este medio solicita al Registro Público Mercantil el
cese de la disolución de las sociedades antes descritas a efecto de que dichas
personas jurídicas queden en la misma condición jurídica en que se encontraban
antes de su disolución, con los efectos retroactivos que ello conlleva. San
José, dieciocho de diciembre de dos mil diecisiete, comparezco dentro de plazo
de ley ante notario público a efecto de otorgar escritura pública mediante la
cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el
cese de la disolución de dicha sociedad, al amparo de lo dispuesto por el
transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 del 21 de marzo del
2017 y su reforma.—San José, dieciocho de diciembre de dos mil diecisiete.—Lic.
Víctor Hugo Cubero Pérez, Abogado.—1 vez.—( IN2017202412 ).
La suscrita Leda María Pérez Chinchilla, cédula de identidad:
1-0325-0801 mayor, divorciada una vez, Ama de Casa, vecina de San José, cédula
uno-cero trescientos veinticinco-cero ochocientos uno, por medio del presente
edicto informamos que como titular de más del cincuenta y uno por ciento de las
acciones que representan la totalidad del capital social de las empresas Promotora
Arte Mueble P A M Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-tres
cuatro cero seis siete siete, empresa que tuvo su domicilio en la ciudad de San
José y Desarrolladora Arte Mueble D V J Sociedad Anónima, cédula
jurídica: tres-ciento uno-tres cuatro cero seis seis tres, empresa que tuvo su
domicilio en la ciudad de San José por este medio
solicita al Registro Público Mercantil el cese de la disolución de las
sociedades antes descritas a efecto de que dichas personas jurídicas queden en
la misma condición jurídica en que se encontraban antes de su disolución, con
los efectos retroactivos que ello conlleva. San José, dieciocho de diciembre de
dos mil diecisiete, comparezco dentro de plazo de ley ante notario público a
efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de dicha
sociedad, al amparo de lo dispuesto por el transitorio segundo de la Ley de Personas
Jurídicas N° 9428 del 21 de marzo del 2017 y su reforma.—San José, dieciocho de
diciembre de dos mil diecisiete.—Leda María Pérez Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(
IN2017202413 ).
Franklin Earl Robinson Barnaby, mayor, viudo, comerciante, cédula de
identidad número siete-cero treinta y siete-quinientos veintisiete, vecino de
Limón, Siquirres, contiguo a la Clínica, por medio del presente edicto informa
que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que
representan la totalidad del capital social, de la sociedad denominada Industrial
Siquirreña Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-siete siete siete ocho cero, comparecerá dentro del plazo de ley, ante
notario público a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio II de la
Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos
veintiocho de veintiuno de marzo del dos mil diecisiete y su
reforma.—Siquirres, doce de diciembre del dos mil diecisiete.—Franklin Earl
Robinson Barnaby, Notario.—1 vez.—( IN2017202414 ).
Por escritura otorgada ante mí a las dieciséis horas, del 13 de
diciembre del 2017, se reforman los estatutos de la sociedad Maryzel S. A.
Se modifica la cláusula de administración.—Lic. Edwin Martín Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—( IN2017202416 ).
Por escritura otorgada 18 de diciembre del 2017, se reformó la cláusula
cuarta de los estatutos sociales de la sociedad denominada En Las Manos de
Dios Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-566776 el cual vencerá
el día treinta y uno de diciembre del dos mil diecisiete.—San José, 15 de
diciembre del 2017.—Lic. Manuel Barboza Arce, Notario.—1 vez.—( IN2017202418 ).
Mediante escritura otorgada a las nueve horas del día
de hoy, el señor Alexander Pirie Robson protocolizó el acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Fergus S. A.,
mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto
constitutivo, se revocan los nombramientos de miembros de junta directiva, y se
llenan sus vacantes con nuevos nombramientos.—San José, catorce de diciembre
del dos mil diecisiete.—Lic. Bernal Chavarría Soley, Notario.—1 vez.—(
IN2017202419 ).
Por la escritura número ciento once- cincuenta y tres
ante mi notaría, se reforma el domicilio social y la conformación de la junta
directiva de la sociedad Grupo Varco CRC Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos nueve mil noventa y
uno.—Ciudad Quesada, quince de diciembre del dos mil diecisiete.—Licenciada
Rita Waldina Arce Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017202421 ).
Mediante la escritura número ocho iniciada en folio
cinco frente del tomo uno de la notaria Dariana Francini Morales Marín, y de
conformidad con el artículo 19 y 201 del Código de Comercio se acordó la
disolución de la sociedad South Gardens Corporation Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-594101, en San Isidro de El General a las diecisiete
horas del catorce de diciembre del año 2017.—Msc. Dariana Francini Morales
Marín, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017202422 ).
El suscrito José Luis Villegas Valverde, cédula número
seis-ciento ochenta y nueve-doscientos treinta y tres, mayor, casado una vez,
comerciante, vecino de Palmares de Pérez Zeledón, cincuenta metros este de la
Escuela, en mi condición de dueño de más del cincuenta y uno por ciento de las
acciones que componen el capital social, solicito al Registro Púbico el cese de
la disolución de la empresa denominada Real States Pacific Blue Business
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta mil
seiscientos setenta y cuatro, de conformidad con el Transitorio II, Leyes Nos.
9485 y 9428. Es todo.—Pérez Zeledón, doce de diciembre del dos mil
diecisiete.—José Luis Villegas Valverde.—Lic. Jorge William Ávila Obando,
Notario.—1 vez.—( IN2017202423 ).
Yo, Oscar Fernando Muñoz Linkimer, notario
público con oficina en la ciudad San Isidro de El General, Avenida Central
Altos de Tienda Cosméticos, a solicitud expresa de los señores Frederick, que
es su nombre Greenber, que es su único apellido en razón de ser ciudadano de
los Estados Unidos de Norte América, quien es mayor, soltero, empresario,
vecino de San José, con pasaporte de su país número M cuatro dos ocho cuatro
uno dos, y Artur Paul, que es su nombre Cote, que es su único apellido en razón
de ser ciudadano de los Estados Unidos de norte América, quien es mayor,
soltero, empresario, vecino de San Jose, con pasaporte de su país número uno
cinco cero seis cuatro cero seis cuatro dos, quienes en su conjunto tienen el
ciento por ciento del capital social, solicito al registro proceder a suspender
la disolución de la sociedad denominada A.R.I de San José Sociedad Anónima,
la cual tuvo como cédula jurídica la número tres-ciento uno-ciento sesenta y
siete mil ochocientos ochenta y tres, lo anterior en aplicación a lo dispuesto
por el Transitorio Segundo de la Ley nueve mil cuatrocientos veintiocho
reformado a su vez por la Ley nueve mil cuatrocientos ochenta y cinco. En fe de
lo anterior firmo en la ciudad de San Isidro de El General, a los once días del
mes de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Oscar Fernando Muñoz Linkimer,
Notario.—1 vez.—( IN2017202424 ).
Ante esta notaría, se protocolizo actas de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Mercedes Benz
Quinientos XVII SRL cédula N° 3-102-749694; y de Corporación Fintec DFCT
S. A., cédula 3-101-113924, en las que se modificó la cláusula segunda del
pacto constitutivo. Además, se solicitó reactivación de las sociedades
disueltas por morosidad en el pago de impuestos de Manchafón S. A., cédula
N° 3-101-548398; Alimentos Racing Gourmet Ltda, cédula N° 3-102-626542;
y la denominada con su número de cédula jurídica 3-102-579092, SRL
cédula N° 3-102-579092.—San José, 19 de diciembre del 2017.—Lic. Manfred
Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2017202425 ).
Por escritura otorgada ante la suscrita
notaria, a las 8:00 horas del 18 de diciembre del 2017, Fun Zone Inc S. A.,
protocoliza acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas en donde se acuerda disolver y liquidar la compañía.—San José, 18
de diciembre del 2017.—Licda. Andrea Gallegos Acuña, Notaria.—1 vez.—(
IN2017202427 ).
Hoy protocolicé acuerdos
de las sociedades Mar de Oro del Caribe S. A. y Stucolor S. A., mediante
la cual se fusionaron en una sola sociedad prevaleciendo la sociedad Mar de
Oro del Caribe S. A. Además, se reforma la cláusula quinta del capital
social en la sociedad Mar de Oro del Caribe S. A. San José, 18 de
diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Ricardo Calvo Gamboa, Notario.—1 vez.—(
IN2017202430 ).
La suscrita Luduvina Oviedo Hidalgo, mayor de
edad, pensionada, casada una vez, actualmente separada de hecho, cédula de
identidad dos-cero doscientos sesenta y dos-cero ciento noventa y seis, vecina
de Grecia, trescientos cincuenta metros al sur de la Delegación de la Guardia
Rural, provincia de Alajuela, por medio del presente edicto informa que, como
titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la
totalidad del capital social de Inversiones Hermanos Arce Oviedo S. A.,
con cédula jurídica N° 3-101-490977, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante
notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.
Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha.—Ciudad
de Grecia, a las once horas del quince del mes de diciembre del dos mil
diecisiete.—Luduvina Oviedo Hidalgo.—1 vez.—( IN2017202435 ).
Ante esta notaría, se acordó el cese de
disolución por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el Transitorio
II de la Ley N° 9428 de la sociedad Consultoría Integral Naranjo Rojas
Limitada, cédula de persona jurídica N° 3-102-661989.—Heredia, 18 de
diciembre del 2017.—Licda. Alejandra Arias Madrigal, Notaria.—1 vez.—(
IN2017202437 ).
Por escritura número
ciento sesenta y nueve, otorgada ante mí, a las diecinueve horas del diecisiete
de diciembre del dos mil diecisiete, se constituyó la siguiente sociedad: Importaciones
SYM GZ Sociedad Anónima. Presidente con plenas facultades, domiciliada en
San José, San Francisco de Dos Ríos, capital social cien dólares, íntegramente
suscrito y pagado mediante letras de cambio.—San José, diecinueve de diciembre
del dos mil diecisiete.—Lic. Juan José Quirós Meléndez, Notario.—1 vez.—(
IN2017202441 ).
Por escritura número ciento sesenta y siete,
otorgada ante mí, a las diez horas del quince de diciembre del dos mil
diecisiete, comparece Helga Von Breymann Miranda, en su condición de una
accionista que representa la totalidad del capital social, y solicita el cese
de la disolución de la compañía Desarrollos Lovaina S. A.—San José,
quince de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan José Quirós Meléndez,
Notario.—1 vez.—( IN2017202443 ).
A las siete horas del
diecisiete de diciembre del dos mil diecisiete, protocolizo acta de asamblea
general extraordinaria de socios de Limac de Coto Brus S. A. cédula
jurídica tres-uno cero uno-cero cinco dos seis cero siete, en la cual se
modifican las cláusulas sobre domicilio social, capital social y de la
administración y representación.—San José, diecisiete de diciembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Roberto Quirós Coronado, Notario.—1 vez.—( IN2017202444 ).
A las ocho horas del
diecisiete de diciembre del dos mil diecisiete, protocolizo acta de asamblea
general extraordinaria de socios de Moto Brus S. A., cédula jurídica
tres-uno cero uno-cuatro cuatro tres cero cero cinco, en la cual se acuerda
transformar la sociedad anónima en sociedad de responsabilidad limitada
denominada Tubito S. R. L.—San José, dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Roberto Quirós Coronado, Notario.—1 vez.—( IN2017202445 ).
A las ocho horas y quince minutos del diecisiete de diciembre del dos
mil diecisiete, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios
de Motos Corcovado S.A., cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro cuatro
cuatro cuatro ocho seis, en la cual se acuerda transformar la sociedad anónima
en sociedad de responsabilidad limitada denominada Agropecuaria CT S. R. L.—San
José, dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Roberto Quirós
Coronado, Notario.—1 vez.—( IN2017202446 ).
A las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos
mil diecisiete, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de socios
de Forcanasso S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-seis dos cinco
cinco dos cero, en la cual se acuerda transformar la sociedad anónima en
sociedad de responsabilidad limitada.—San José, dieciocho de diciembre del dos
mil diecisiete.—Lic. Roberto Quirós
Coronado, Notario.—1 vez.—( IN2017202447 ).
A las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de diciembre
del dos mil diecisiete, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de
socios de Serrai S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-seis uno cinco
uno dos seis, en la cual se acuerda transformar la sociedad anónima en sociedad
de responsabilidad limitada.—San José, dieciocho de diciembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Roberto Quirós Coronado,
Notario.—1 vez.—( IN2017202448 ).
A las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
diecisiete de diciembre del dos mil diecisiete, protocolizo acta de asamblea
general extraordinaria de socios de Corporación Contu S. A., cédula
jurídica tres-uno cero uno-cinco tres dos dos cuatro tres, en la cual se
acuerda transformar la sociedad anónima en sociedad de responsabilidad
limitada.—San José, dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Roberto
Quirós Coronado, Notario.—1 vez.—( IN2017202449 ).
A las nueve horas y quince minutos del diecisiete de diciembre del dos
mil diecisiete, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de socios
de Consubito S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-seis uno ocho tres
tres dos, en la cual se acuerda transformar la sociedad anónima en sociedad de responsabilidad
limitada.—San José, dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Roberto
Quirós Coronado, Notario.—1 vez.—( IN2017202450 ).
Ante mí notaría, a las nueve horas del dieciocho de diciembre de dos mil
diecisiete, protocolicé acta N° 15 de asamblea general extraordinaria de Inversiones
Pelón de Belén S.A., en la que se nombre nueva junta directiva.—Lic. Óscar
Emilio Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—( IN2017202451 ).
Ante mí notaría a las ocho horas del dieciocho de diciembre del dos mil
diecisiete, protocolicé acta N° 11 de asamblea general extraordinaria de Agropecuaria
la Fortuna de Muzar S. A., en la que se nombra nueva junta directiva.—Lic.
Óscar Emilio Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—( IN2017202452 ).
El suscrito Dan Globerman, de único apellido en razón de su nacionalidad
israelí, mayor, casado una vez, diseñador industrial, vecino de San José, San
Rafael de Escazú, San Antonio, Urbanización Vista de Oro, casa número ochenta y
uno, cédula de residencia costarricense número 137600004032, por medio del
presente edicto informa que, como titular de
más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad
del capital social de 3-101-556708 S. A., cédula jurídica número
3-101-556708, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a
efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la
sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.—San
José, a las 11 horas del 18 de diciembre del 2017.—Dan Globerman.—Lic. Juan
Ignacio Mas Romero, Notario.—1 vez.—( IN2017202454 ).
El suscrito notario Roberto Vargas Mora, hace constar y da fe que
protocolicé el acta de asamblea de socios de la sociedad Avenara de Palmares
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco dos seis tres cero
uno, en donde se llevó la disolución de la sociedad. Es todo.—Palmares, 18 de
diciembre del 2017.—Lic. Roberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017202457 ).
Ante esta notaría, a las 08:00 horas del 19 de diciembre 2017, escritura
Nº 72-30 visible al folio 144 frente, del tomo 30 del protocolo del notario
Julio Renato Jiménez Rojas se acuerda la disolución de la Tres-Ciento
Uno-Seis Seis Dos Dos Cuatro Cuatro Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-seis seis dos dos cuatro cuatro.—San José, 19
de diciembre 2017.—Lic. Julio Renato Jiménez Rojas, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017202458 ).
Ante mí, Lic. Anthony Fernández Pacheco, por documento público otorgado
en esta Notaría mediante la escritura número ciento diez del tomo trece de mi
protocolo, de las catorce horas del dieciocho de diciembre del dos mil
diecisiete, la compañía Yojujc S. A., solicita cese de disolución de la
sociedad.—Lic. Anthony Fernández Pacheco, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017202459 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas treinta
minutos del día dieciocho de diciembre del año dos mil diecisiete, se solicita
el cese de la disolución de la entidad denominada Ganadera Los Crestones
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-cero noventa
y nueve mil seiscientos veinte.—Alajuela, 18 de diciembre del año 2017.—Lic.
Jorge Arturo Rodríguez Cruz, Notario Público.—1 vez.—( IN2017202460 ).
Por escritura trescientos sesenta y nueve bis otorgada a las catorce
horas del dieciocho de diciembre del año dos mil diecisiete, la suscrita
notaria protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la empresa de esta plaza Echeval Sociedad Anónima, mediante la cual se
reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo en cuanto a la
administración.—San José, dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Susana María Ureña Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2017202461 ).
El suscrito Dan Globerman, de único apellido en razón de su nacionalidad
israelí, mayor, casado una vez, diseñador industrial, vecino de San José, San
Rafael de Escazú, San Antonio, Urbanización Vista de Oro, casa número ochenta y
uno, cédula de residencia costarricense Nº 137600004032, por medio del presente
edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las
acciones que representan la totalidad del capital social de D G
Construcciones S. A., cédula jurídica Nº 3-101-217799, comparecerá, dentro
del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública
mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en
el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo
del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.
Lugar y fecha: San José, a las 10 horas y 30 minutos del 18 del mes de
diciembre del año 2017.—Dan Globerman.—Lic. Juan Ignacio Mas Romero, Abogado.—1
vez.—(IN2017202462 ).
Ante esta notaría se acordó el cese de disolución por acuerdo de socios
de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la Ley Nº 9428 de la sociedad
Mini Tractores E y C de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica Nº 3-101-65549.—Heredia, 18 de diciembre de 2017.—Licda. Alejandra
Arias Madrigal.—1 vez.—( IN2017202463 ).
Ante esta notaría se acordó el cese de disolución por acuerdo de socios
de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la Ley Nº 9428 de la
sociedad Mountain Peak CR Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
Nº 3-101-409696.—Heredia, 18 de diciembre de 2017.—Licda. Alejandra Arias
Madrigal, Notaria.—1 vez.—( IN2017202464 ).
El suscrito notario hace constar y da fe, que mediante escritura
otorgada ante mí, al ser las diez horas treinta minutos del día doce de
diciembre del año en curso, los socios de la compañía Bruma de Otoño Empresa
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y
mil trescientos sesenta y uno, disuelta mediante ley número nueve mil
veinticuatro, actuando de conformidad con el transitorio II de la Ley nueve mil
cuatrocientos veintiocho, publicada en La Gaceta número ciento
veintisiete, alcance número doscientos cincuenta, comparecieron para otorgar
solicitud de cese de disolución de la entidad mencionada, dirigida al Registro
Nacional de Personas Jurídicas.—San José, primero de diciembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017202466 ).
El suscrito Dan Globerman, de único apellido en razón de su nacionalidad
israelí, mayor, casado una vez, diseñador industrial, vecino de San José, San
Rafael de Escazú, San Antonio, Urbanización Vista de Oro, casa número ochenta y uno, cédula de residencia costarricense
Nº 137600004032, por medio del presente edicto informa que, como titular de más
del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del
capital social de A L Seguridad S. A., cédula jurídica Nº 3-101-205611,
comparecerá dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar
escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas
Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en
el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha.—San José, a las 10 horas y
22 minutos del 18 del mes de diciembre del 2017.—Lic. Juan Ignacio Mas
Romero, Abogado.—1 vez.—( IN2017202467 ).
Ante esta notaría, se procede la protocolización de la disolución de la
sociedad Vargas Agro S. A., cédula jurídica Nº 3-101-721949, mediante
escritura N° 126 del tomo 8., teléfono 25532284.—Cartago, 5 de diciembre del
2017.—Lic. José Carlos Barquero Arce, Notario Público.—1 vez.—( IN2017202468 ).
Por escritura pública
otorgada ante esta notaria de las 10:00 horas del 18 de diciembre 2017, se adiciona
principal otorgada ante la notaria de la Licenciada Ana Isabel Lee Quirós, de
las 10:00 horas del 27 setiembre del 2017, en cuanto se lea el nombre de la
sociedad Space VR Empresa Individual de Responsabilidad Limitada,
pudiendo abreviarse Space VR E.I.R.L.—San José, 18 de diciembre del
2017.—Lic. Ana Isabel Lee Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2017202471 ).
Ante esta notaría, a las 11:00 horas del 15
de diciembre 2017, escritura número 69-30 visible al folio 139 frente, del tomo
30 del protocolo del notario Julio Renato Jiménez Rojas se acuerda: nombrar
presidente, secretaria y apoderado generalísimo de la sociedad Cañas Altas
Pacífico Norte S. A., cédula de persona jurídica 3-101-210317.—San José, 15
de diciembre 2017.—Lic. Julio Renato Jiménez Rojas, Notario.—1 vez.—(
IN2017202473 ).
Se hace constar que en
escritura número treinta y ocho de las doce horas del ocho de diciembre del año
dos mil diecisiete, la sociedad M Y X Sociedad Anónima, cédula jurídica
número 3-101-610290 solicito ser reactivada ya que fue disuelta por ley
9428.—Licda. Dexiana Obando Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2017202476 ).
La suscrita, Vanessa de los Ángeles Rodríguez
Castro, mayor de edad, casada una vez, Licenciada en Mercadeo, portadora de la
cédula de identidad uno-mil ciento dieciocho-ochocientos cincuenta y ocho y
vecina de Nicaragua, Managua, Las Colinas, Residencial Terracota Dos, casa
siete, por medio del presente edicto informa que, como titular del ochenta por
ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de La
Dinastía Quirós Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatro cero uno dos cuatro nueve, dentro del plazo de ley, ante notaría
pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al
Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución
de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.—San José,
18 de diciembre del 2017.—Vanessa de los Ángeles Rodríguez Castro.—1 vez.—(
IN2017202477 ).
Protocolización del acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Flint Ink Costa
Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento
noventa y un mil setecientos ochenta y nueve, en la cual se reforma la cláusula
segunda del pacto social, del domicilio. Escritura otorgada a las doce horas
treinta minutos de dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Cinzia
Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—( IN2017202478 ).
Los suscritos, Isidoro Daniel Eskenasi Cauvi,
mayor, casado una vez, administrador, vecino de San José, Lindora, Santa Ana,
Residencial Valle del Sol, casa uno tres seis-tres, portador de la cédula de identidad
residencia número uno seis cero cuatro cero cero cero nueve cinco dos dos
cinco, y Flora Lépiz Coronado, mayor, casada una vez, empresaria, del mismo
vecindario que el anterior, cédula de
identidad número uno-cero ocho uno nueve-cero uno cinco uno, por medio del
presente edicto informamos que, como titulares de más del cincuenta y un por
ciento de las acciones que representan ¡a totalidad del capital social de Ally”S
In The Filds Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-413101,
comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar
escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad, al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas
Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.—San José, a las
ocho horas treinta minutos del dieciocho del mes de diciembre del dos
mil diecisiete.—Isidoro Daniel Eskenasi Cauvi y Flora Lépiz Coronado.—1 vez.—(
IN2017202480 ).
Los suscritos, Isidoro Daniel Eskenasi Cauvi, mayor, casado una vez,
administrador, vecino de San José, Lindora, Santa Ana, Residencial Valle del
Sol, casa uno tres seis-tres, portador de la cédula de identidad residencia
número uno seis cero cuatro cero cero cero nueve cinco dos dos cinco, y Flora
Lépiz Coronado, mayor, casada una vez, empresaria, del mismo vecindario que el
anterior, cédula de identidad número uno-cero ocho uno nueve-cero uno cinco
uno, por medio del presente edicto informamos que, como titulares de más del
cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del
capital social de Jerez del Sol Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-276966, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a
efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la
sociedad, al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.
Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las ocho
horas treinta minutos del dieciocho del mes de diciembre del dos mil
diecisiete.—Isidoro Daniel Eskenasi Cauvi.—1 vez.—( IN2017202481 ).
Los suscritos, Isidoro Daniel Eskenasi Cauvi, mayor, casado una vez,
Administrador, vecino de San José, Lindora, Santa Ana, Residencial Valle del
Sol, casa uno tres seis-tres, portador de la cédula de identidad residencia
número uno seis cero cuatro cero cero cero nueve cinco dos dos cinco, y Flora
Lépiz Coronado, mayor, casada una vez, empresaria, del mismo vecindario que el
anterior, cédula de identidad número uno-cero ocho uno nueve-cero uno cinco
uno, por medio del presente edicto informamos que, como titulares de más del
cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del
capital social de Arrendadora Poemape del Oeste Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-419910, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante
notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de la sociedad, al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su
reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a
las ocho horas treinta minutos del dieciocho del mes de diciembre del dos mil
diecisiete.—Isidoro Daniel Eskenasi Cauvi.—1 vez.—( IN2017202482 ).
El suscrito, Gonzalo Gallardo de Torres, con cédula de identidad número
uno-seiscientos ochenta y dos-setecientos setenta y ocho, como dueño del 100%
del capital social, de la sociedad La Casa del Golf Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y nueve mil
trescientos veinticinco; compareceré dentro del plazo de ley ante notario
público a efecto de otorgar escritura donde se solicitará el cese de disolución
de la sociedad ante el Registro Público. Es todo.—Turrialba, a las ocho horas
del ocho de diciembre de dos mil diecisiete.—Gonzalo Gallardo de Torres.—1
vez.—( IN2017202483 ).
Por escritura otorgada ante la notaria úublica Viriam Fumero Paniagua a
las diez horas del dia quince de diciembre del año dos mil diecisiete, por
unanimidad de socios que conforman la totalidad del capital social, se acordó
solicitar al Registro Nacional, Sección Mercantil, el Cese de la Disolución de
la sociedad Elijo de Turrialba Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-
ciento uno- ciento noventa y nueve mil ciento sesenta y nueve.—San José, quince
de diciembre de dos mil diecisiete.—José Luis Brenes Angulo.—Elizabeth Vega
Quirós.—1 vez.—( IN2017202487 ).
Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad Alasan
Azul S. A., capital totalmente suscrito y pagado, Presidente y tesorera
apoderados generalísimos, plazo cien años, domiciliada en Santa Teresa de
Cóbano.—Marco Antonio Lizano Monge, Notario.—1 vez.—( IN2017202489 ).
Que por escritura número
81 visible a folio 76 frente del tomo 29 del protocolo del notario público
licenciado Eduardo Abarca Vargas, se modificó en forma total del pacto social
de la empresa Cardoll DGJ Limitada, cédula jurídica N° 3102413461, Uvita
de Osa, tel. 2771-58-55, a las 08:00 horas del 19 de diciembre del 2017.—Lic.
Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017202491 ).
A solicitud de Milton
Eugenio Campos Rodríguez, cédula 2-414-392, se procederá en esta notaría a
realizar escritura de solicitud de cese de disolución de la sociedad Proyecto
Familiar Campos Rodríguez S. A., cédula N° 3-101-648401.—San Ramón, 19 de
diciembre del 2017.—Lic. Mario Alexis González Zeledón, Notario.—1 vez.—( IN2017202494
).
Protocolización de acuerdos de la firma Comercializadora
Yafa S. A., en los que se reforma la cláusula del plazo social. Escritura
otorgada en San José, a las 09 horas del 19 de diciembre del 2017, ante el
notario Juan José Lara Calvo.—Lic. Juan José Lara Calvo, Notario.—1 vez.—(
IN2017202496 ).
El suscrito Deike Suzanne Freytag Schmuser,
mayor, divorciada, administradora de negocios, vecina de Santa Rosa de Santo
Domingo de Heredia, con cédula de identidad número uno cero cinco nueve dos
cero seis cinco tres, por medio del presente edicto informo que como dueño de
más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad
del capital social de Inversiones Avellino S. A., cédula jurídica N°
3-101-299289, compareceré, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a
efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicitara al Registro
de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la
sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.—San José, 18
de diciembre del 2017.—Deike Suzanne Freytag Schmuser.—1 vez.—( IN2017202499 ).
Por escritura otorgada ante las notarias Martha Araya Chaverri y Laura
Zumbado Loría, a las ocho horas del dieciocho de diciembre de dos mil
diecisiete, se protocoliza el acta de asamblea de socios de Daily Tours S.
A., mediante la cual se modifica el domicilio, ubicándose ciento cincuenta
metros oeste de la Contraloría General de la República, edificio Edicol, tercer
piso. Es todo.—San José, dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Laura
Zumbado Loría.—1 vez.—( IN2017202500 ).
Por escritura número ciento treinta y tres del tomo décimo del suscrito
notario público, otorgada a las ocho horas treinta minutos del día quince de
diciembre del dos mil diecisiete, se solicitó al Registro de Personas Jurídicas
el cese de la disolución de Crelvic Investments S. A., con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos tres mil ochocientos
catorce.—San José, quince de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Julio
Enrique Zelaya Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—( IN2017202502 ).
Por escritura pública número: ciento dieciocho
otorgada ante mí a las ocho horas del diecinueve de diciembre del dos mil
diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios
de la sociedad The Black Dahlia S. A., por medio de la cual se
transformó en una sociedad de responsabilidad limitada denominada The Black
Dahlia S.R.L. Notario Público: Francisco Soto Vega.—Lic. Francisco Soto
Vega, Notario Público.—1 vez.—( IN2017202503 ).
Corporación Luna Gitana S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y seis
mil ochocientos veintisiete, en asamblea general extraordinaria celebrada en su
domicilio a las once horas del diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete,
donde se acuerda disolver la sociedad. acta protocolizada ante la notaria
pública María Carolina Zumbado Murillo.—Heredia, diecinueve de diciembre de dos
mil diecisiete.—Licda. María Carolina Zumbado Murillo.—1 vez.—( IN2017202508 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 12 de
diciembre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Pensaholic
Sociedad Anónima.—San José, 18 de diciembre de 2017.—Lic. Goldy Ponchner
Geller, Notario Público.—1 vez.—( IN2017202510 ).
Por escritura número 179 otorgada ante esta notaría a las 16:45 horas
del día 17 de diciembre del año 2017, tomo 4, visible al folio 104 frente y
vuelto, por solicitud de accionistas dueños del cien por ciento del capital
social, se solicita el cese de disolución de la sociedad cuya denominación
social es el número de cédula jurídica Nº 3-101-661192 Sociedad Anónima.
Es todo.—San José, 18 de diciembre del año dos mil diecisiete.—Lic. José Eladio
Fallas Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2017202516 ).
El suscrito notario hace constar que, por escritura otorgada ante mí, a
las quince horas del siete de diciembre del año dos mil diecisiete, se solicitó
al Registro Nacional el cese de disolución de la sociedad denominada Frutos
de Be Sociedad Anónima. Es todo.—San José, diecinueve de diciembre del dos
mil diecisiete.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar.—1 vez.—( IN2017202517 ).
Que ante esta notaría pública mediante escritura número doce del tomo
décimo, de fecha 18 de diciembre del 2017, se acordó por quien ostenta el cien
por ciento de las acciones, el cese de disolución de conformidad con lo
establecido en el transitorio II de la Ley 9428, de la sociedad denominada La
Ford de Mi Corazón Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres
ciento uno cuatrocienots setenta y nueve mil uno.—San José, dieciocho de
diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Shirley Sánchez Bustamante, Notaria
Pública.—1 vez.—( IN2017202518 ).
La suscrita, Carmen Lidia Vega Picado, mayor, viuda, ama de casa, vecina
de Villarreal, Santa Cruz, Guanacaste, Playa Tamarindo, del Hotel Jardín de
Edén, ciento cincuenta metros este en casa Jabalí, placa de cerámica con nombre
Casa Jabalí en el muro (Unicornio Blanco tamaño natural), portadora de la
cédula de identidad número cinco-cero uno siete cero-cero cuatro seis tres, por
medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un
por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de El
Minero de Abangares C L V P Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-trescientos ochenta y ocho mil seiscientos setenta y nueve,
comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar
escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas
Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en
el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha: San José, a las nueve horas
quince minutos del dieciocho de diciembre de dos mil diecisiete.—Carmen Lidia
Vega Picado.—1 vez.—( IN2017202519 ).
Por escritura número veintiuno otorgada ante mi notaría en la ciudad de
Carrillos de Poás de Alajuela, a las trece horas del ocho de diciembre del dos
mil diecisiete, iniciada al folio dieciocho vuelto del tomo trece de mi
protocolo, protocolizada en lo conducente mediante acta número uno del libro de
Asambleas número uno se disuelve la sociedad limitada Rogue Crew R C T
Tamarindo SRL, cédula jurídica número tres-ciento dos-siete tres cero nueve
ocho tres. Notaria. Adriana Núñez Solano, carné Nº 10823.—Licda. Adriana Núñez Solano, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2017202520 ).
Ante mi notaría, a las 12:00 del 18 de diciembre del
2017, se reinscribe Jardín de Niños San Isidro S. A.—San José, 18 de
diciembre del 2017.—Lic. Farid Breedy G., Notario Público.—1 vez.— (
IN2017202521 ).
Por escritura otorgada a las 13:00 horas del día de
hoy, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Oraseco
Sociedad Anónima por la cual, se reforma la cláusula de los estatutos sobre
el objeto social.—San José, 18 de diciembre del 2017.—Lic. Luis Paulino Salas
Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017202522 ).
Por escritura número doce-trece otorgada ante mi notaría, a las catorce
horas del ocho de diciembre del dos mil diecisiete, iniciada al folio doce
frente, tomo trece de mi protocolo, la sociedad anónima R M J H Guana S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro ocho cero cinco cinco cuatro,
protocolizó en lo conducente el acta número tres del libro número uno de
asamblea de accionistas, mediante la cual se nombró nueva junta
directiva.—Licda. Adriana Núñez Solano, Notaria.—1 vez.—( IN2017202523 ).
Por escritura número ciento ochenta y seis-dos,
otorgada ante esta notaría a las 20:00 horas del dieciocho de diciembre del dos
mil diecisiete, se constituyó la sociedad Tico Trabajos de Ingeniería y
Construcción S. A., domiciliada en Cartago, La Unión, San Juan, de Walmart,
Curridabat; trescientos metros este, cien metros sur, cien metros oeste,
Residencial Loma Verde, segunda etapa, casa número veintiséis, cuyo capital
social es la suma de diez mil colones y el objeto: la prestación de servicios
de ingeniería para diseñar y confeccionar planos, así como la construcción, el
ejercicio del comercio, la industria, la agricultura en general.—Heredia,
dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Erika Patricia Guido
Díaz, Notaria.—1 vez.—( IN2017202525 ).
Por escritura otorgada a las 12:00 horas del
día de hoy, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de la
compañía Avilak AK Limitada, por la cual se acuerda su disolución y se
aprueba su liquidación.—San José, 18 de diciembre del 2017.—Lic. Luis Paulino Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—(
IN2017202526 ).
A todas aquellas personas
que tengan interés y relación de cualquier naturaleza con la empresa Altos de Nunciatura
Guanacaste Unidad Dos C Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y siete mil cuatrocientos setenta y
siete, así como al público en general, se les hace saber que los accionistas
que son propietarios del cien por ciento del capital social suscrito y pagado
de las referidas empresas, comparecerán en escritura pública a solicitar al Registro
Nacional el cese de su disolución, de manera que esta sociedad quede en la
misma condición en que se encontraba antes de su disolución, con los efectos
retroactivos que ello conlleva, según lo regulado por la reforma del
Transitorio Segundo de la ley N° 9428, impuesto de las personas jurídicas de 21
de marzo de 2017. Cualquier comunicación dirigirla al Licenciado Erasmo Rojas
Madrigal al correo electrónico erasmorojas@brasacr.com.—Lic.
Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2017202527 ).
Por escritura N° 101 otorgada a las 12:00
horas del 06 de diciembre del 2017, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de la empresa Medical Holding Corporation Sociedad Anónima,
donde se reforma estatutos.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—(
IN2017202528 ).
Por escritura otorgada hoy ante mí, a las
nueve horas del diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete comparecen
accionistas solicitando cese de estado de disolución de “Quinta Villa Mar VE
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica 3-101-292988, de
conformidad con la ley 9485.—San José, 19 de diciembre del 2017.—Lic. Ricardo
José Retana Chinchilla, Notario.—1 vez.—( IN2017202535 ).
Oscar de Mezerville Cantillo, cédula de
identidad número tres-ciento setenta y ocho-quinientos cinco, informo que, como
titular del cien por ciento de las acciones que representan la totalidad del
capital social de Agropecuaria Ferive S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- ciento cuarenta y un mi
novecientos cuarenta y dos, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante una
notaria pública, a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se
solicitará al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de
la disolución de la indicada sociedad, al amparo de lo dispuesto en el
Transitorio Segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de
marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, 13 de diciembre del 2017.—Oscar de Mezerville Cantillo.—1
vez.—( IN2017202536 ).
Se hace saber que mediante escritura número
treinta y siete visible al folio treinta y cuatro vuelto del tomo décimo octavo
de mi protocolo, otorgada a las trece horas del dieciocho de diciembre del dos
mil diecisiete, cumpliendo con los requisitos legales establecidos al efecto,
se disolvió la entidad denominada Rudol S. A., celebrada su domicilio
social, Barva de Heredia, San José de La Montaña, cédula jurídica tres-ciento
uno-doscientos sesenta y ocho mil trescientos sesenta. Lo anterior para los
efectos legales pertinentes.—Heredia, diciembre dieciocho del dos mil
diecisiete.—Lic. Manuel Zumbado Araya, Notario.—1 vez.—( IN2017202537 ).
Por escritura otorgada
en esta ciudad a las dieciséis horas del dieciocho de diciembre de dos mil
diecisiete, los dueños de la totalidad de las acciones que componen el capital
social, solicitan el cese de su disolución de la sociedad denominada Las
Rocas de Islita Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos veinticinco mil setecientos sesenta y seis.—San José, 18 de
diciembre de 2017.—Licda. Carolina Segnini Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017202538
).
El suscrito Jorge Isaac
Rodríguez Cartín, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Piedades, Santa
Ana; del costado norte, de la iglesia, trescientos metros norte, portador de la
cédula de identidad número uno-trescientos cuarenta y seis-trescientos veintinueve
por medio del presente edicto informo que como titular de más del cincuenta y
un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social
de Analu S. A., cédula jurídica número 3-101-024693 comparecerá, dentro
del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública
mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en
el Transitorio Segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de
marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a las 10:00 horas del día 16 del mes de diciembre del
2017.—Jorge Isaac Rodríguez Cartín.—1 vez.—( IN2017202539 ).
Mediante la escritura número ciento
veinticuatro tomo tres otorgada ante esta notaría, a las nueve horas cuarenta
minutos del diez de noviembre del dos mil diecisiete, se realiza el cambio de puestos de la junta directiva del secretario y
tesorero de la Sociedad Anónima Ecco Tres Inmobiliaria
cedula jurídica tres ciento uno siete cuatro
siete seis uno uno y la representación judicial y extrajudicial la tendrán
únicamente el presidente y secretario.—Alajuela, al ser quince horas del
dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Johanna Isabel Meneses
Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2017202542 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 17:30 horas del 18 de diciembre 2017, protocolicé el acta de asamblea de
cuotistas de Ultra Chem Costa Rica S.R.L., 3-102-706194, que reformó el
nombre por Nexeo Solutions Costa Rica, S.R.L.—San José, 18 de diciembre
del 2017.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2017202543 ).
Que por escritura número 280 otorgada a las once horas
del diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete ante mi notaría, se solicita
cese de la disolución de la sociedad Importadora Internacional Arguero
Sociedad Anónima cédula jurídica número tres-ciento uno-noventa mil
trescientos cincuenta y cuatro.—San José, 19 de diciembre del 2017.—Licda.
Johanna Bonilla Ulloa.—1 vez.—( IN2017202544 ).
Que por escritura número 281, otorgada a las once horas quince minutos
del diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete, ante mi notaría, se
solicita cese de la disolución de la sociedad Montagne y Asociados Sociedad
de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cero
noventa mil novecientos cinco.—San José, 19 de diciembre del 2017.—Licda.
Johanna Bonilla Ulloa, Notaria.—1 vez.—( IN2017202545 ).
Heather Nancy (nombre) Baker (apellido), sin segundo
apellido en razón de su nacionalidad de los Estados Unidos de América,
portadora del pasaporte de Canadá L 1117909, y actualmente con el pasaporte
número H H 884190, como propietaria del 100% del capital social de Pan de
Trigo S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-200646, solicita el cese de la
disolución de dicha entidad de conformidad con el transitorio II, Ley
9428.—Santa Ana, 13 de diciembre del 2017.—Heather Nancy Baker.—1 vez.—(
IN2017202547 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas
del 14 de diciembre del 2017, se modificaron las cláusulas: segunda y octava de
la compañía denominada: Haapsalu S.R.L. Licda. Doris Eugenia Rodríguez
Chaves, carné Nº 16383, notaria pública.—San Jose, 15 de diciembre del
2017.—Licda. Doris Eugenia Rodríguez Chaves, Notaria.—1 vez.—( IN2017202549 ).
En mi notaría, a las once horas del
veintiocho de noviembre del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de la
sociedad: Proceso Perla Mozaicos Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Se modificó cláusula primera y tercera. Se solicita la publicación de este
edicto para lo que en derecho corresponda.—San José, veintiocho de noviembre
del dos mil diecisiete.—Licda. Karen Melissa Morelli Alfaro, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2017202550 ).
Ante mí, Marvin Aguirre
Chaves, notario público de San José, se protocolizó asamblea general
extraordinaria de la empresa: Lafort Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-uno cero uno-cuatro tres tres cero siete cuatro, otorgada a las dieciséis
horas del catorce de noviembre del dos mil diecisiete, mediante la cual se
nombra presidente y secretario en la junta directiva por el resto del plazo
social.—San José, quince de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Marvin
Aguirre Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2017202554 ).
Por escritura Nº 146 de las 16:00 horas del
30 de mayo del 2017, tomo 5 de la suscrita notaria Eugenia Brenes Rojas, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad: International
Construction Parts S. A., cédula jurídica Nº 3-101-680335, donde modifica
la cláusula quinta del pacto social.—San José, 30 de mayo del 2017.—Licda.
Eugenia Brenes Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017202556 ).
Por escritura Nº 30 de las 08:05 minutos del
01 de julio del 2017, del tomo 5 del notario Omar Rolando Brenes Arroyo, se
protocoliza acta de la sociedad: Rodsoga Apto Treinta y Dos S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-591196. Se modifican cláusula segunda, sexta.—San
José, primero de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Omar Rolando Brenes Arroyo, Notario.—1 vez.—( IN2017202558 ).
Por escritura otorgada
hoy ante mí, Arroyo Espuma de Junquillal Ltda., modificó la cláusula
segunda de los estatutos con relación al plazo.—San José, 13 de diciembre del
2017.—Lic. Alejandro Matamoros Bolaños, Notario Público.—1 vez.—( IN2017202560
).
Por escritura otorgada número doscientos
seis-cuarenta y uno ante la suscrita notaria, a las trece horas del veintitrés
noviembre del dos mil diecisiete se constituyó la sociedad Procesos
Alimenticios Múltiples Sociedad Civil.—San Isidro de Pérez Zeledón, cinco
diciembre del dos mil diecisiete.—Msc. Ileana Hidalgo Somarribas, Notaria.—1
vez.—( IN2017202564 ).
El suscrito Olman Fernández Villalobos, mayor, soltero, mecánico, vecino
de San Vito, Coto Brus, Puntarenas, Barrio Las Brisas, contiguo a la Escuela,
cédula de identidad número cinco-ciento sesenta y dos-doscientos quince, por
medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y uno
por ciento de las cuotas, que representan la totalidad del capital social de Servicio
Automotriz Fernández de Coto Brus Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
número tres-ciento dos-quinientos cuarenta y tres mil noventa y uno,
comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura
pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo
dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de
21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La
Gaceta.—San Vito, Coto Brus, a las ocho horas del dieciocho de diciembre
del dos mil diecisiete.—Lic. Olman Fernández Villalobos.—1 vez.—( IN2017202566
).
El suscrito, Edwin Humberto Estrada Hernández,
mayor, casado dos veces, geólogo, con cédula de identidad número
uno-cuatrocientos dieciséis-mil doscientos setenta y ocho, vecino de
Goicoechea, Guadalupe, en mi condición de propietario de la totalidad del
capital social de Corporación Minera del Atlántico CMA Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos veinticinco mil
seiscientos setenta y uno, solicito el cese de la disolución de la sociedad
indicada, para lo cual realizaré las diligencias respectivas ante el Registro
de Personas Jurídicas.—San José, quince de diciembre del dos mil
diecisiete.—Edwin Humberto Estrada Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2017202567 ).
En esta notaría, a las 15:00 horas del 14 de
diciembre del 2017, por escritura 270, del protocolo 10 del suscrito notario,
protocolicé solicitud de cese de disolución de sociedad Pan Europeo Graffiti
S. A., cédula 3-101-615849.—Lic. Jorge Antonio Arias Barrantes, Notario.—1
vez.—( IN2017202568 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 17:30 horas del 18 de diciembre del 2017, se protocoliza acta de: Guiana
de San José S. A., cédula jurídica Nº 3-101-185878, por la cual se liquida
y se disuelve la sociedad en cuestión.—San José, nueve horas del diecinueve de
diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Soren Araya Madrigal, Notaria.—1
vez.—( IN2017202569 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 17 horas y 30 minutos, del 15 de diciembre del 2017, se protocoliza acta
de: Costa Rica Inmediato S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-quinientos cuarenta y nueve ochenta y cuatro, por la cual se liquida y se
disuelve la sociedad en cuestión.—San José, nueve horas del dieciocho de
diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Soren Araya Madrigal, Notaria
Pública.—1 vez.—( IN2017202570 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del 15 de
diciembre del 2017, se protocoliza acta de: Imaginar Galería y Decoración S.
A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos tres mil doscientos
noventa y tres, por la cual se liquida y se disuelve la sociedad en
cuestión.—San José, diez horas del dieciocho de diciembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Soren Araya Madrigal, Notaria.—1 vez.—( IN2017202571 ).
Por escritura pública número dos-treinta y
cuatro, otorgada ante mí notaría, a las doce horas quince minutos del quince de
diciembre del dos mil diecisiete, se disuelve la sociedad denominada: Multiservicios
D.M.R. de Cartago Sociedad Anónima, domiciliada en Cartago, San Francisco,
Agua Caliente, Condominio Las Veredas, casa sesenta y nueve, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos seis mil quinientos
trece.—Cartago, quince de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Andrés
Cordero Leandro, Notario Público.—1 vez.—( IN2017202573 ).
Por escritura pública número
veintiuno-treinta y cuatro otorgada ante mí notaría, a las nueve horas del
diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete, se solicita el cese de la
disolución de la sociedad denominada: Estructuras Corrales Barboza Sociedad
Anónima, domiciliada en Cartago, San Nicolás, Quircot, Urbanización
Garabito, de la Escuela doscientos este y doscientos noroeste, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y dos mil
novecientos cuarenta y tres.—Cartago, quince de diciembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Jorge Andrés Cordero Leandro, Notario.—1 vez.—( IN2017202574
).
Por escritura pública número seis-treinta y
cuatro, otorgada ante mí notaría, a las quince horas cincuenta y cinco minutos
del quince de diciembre del dos mil diecisiete, se solicita el cese de la disolución
de la sociedad denominada: Inversiones Faleizu Sociedad Anónima,
domiciliada en Cartago, Los Ángeles, cuatrocientos norte del Súper Hormiga de
Oro, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta
cuatro mil quinientos treinta.—Cartago, quince de diciembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Jorge Andrés Cordero Leandro, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017202575 ).
En la notaría del Lic.
Álvaro Meza Lazarus, se protocolizó asamblea general extraordinaria de
accionistas, de la sociedad: Corporación Hincuz CHX Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintitrés
mil ochocientos setenta y cinco, en la que se acordó la disolución de la
sociedad. Es todo.—San José, veintiuno de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Álvaro José Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—( IN2017202576 ).
Mediante escritura Nº 16 de las 13:20 horas
del día 18 de diciembre del 2017, se nombra gerente uno de la sociedad: Ropa
& Moda Vip Boutique Limitada. Teléfono: 26432386, 88449969.—San José,
19 de diciembre del 2017.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—(
IN2017202577 ).
En la notaria del licenciado Álvaro Meza Lazarus, se
protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad Inversiones
Mulatos Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-ciento dieciocho mil cuatrocientos diecinueve en la que se acordó la
disolución de la sociedad. Es todo.—San José, veintiuno de noviembre de dos mil
diecisiete.—Lic. Álvaro Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—( IN2017202578 ).
La suscrita notaria hace constar que mediante escritura número cincuenta
y dos de su protocolo número veinte, se disolvió la empresa denominada Tres
- Uno Cero Uno-Seis Siete Seis Cinco Tres Ocho Sociedad Anónima.—Puntarenas,
quince de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Rosannette Naranjo Rojas,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017202579 ).
La suscrita notaria pública Irene Arrieta Chacón hago constar que en
escritura pública número doscientos ochenta y tres, el Amalia Bolaños Guevara,
cédula de identidad número seis-cero dos nueve dos-cero tres cero dos, soltera,
educadora, vecina de Puntarenas centro costado norte de la estación de
bomberos, como titular del cien por ciento de las acciones que representan la
totalidad del capital social de la sociedad denominada Inversiones Azo B
& G Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres ocho
cinco cinco tres uno, comparece dentro del plazo de ley, ante mi notaría
pública a efecto de solicitar al Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en
el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número nueve cuatro dos
ocho del veintiuno de marzo del dos mil diecisiete, y su reforma. Publíquese
una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Puntarenas, 15 de diciembre del
dos mil diecisiete.—Amalia Bolaños Guevara.—Licda. Irene Arrieta Chacón,
Notaria Púbica.—1 vez.—( IN2017202581 ).
La suscrita notaria pública Irene Arrieta Chacón hago constar que la
señora Ana Cecilia Bravo Vargas, mayor de edad, casada una vez, empresaria,
portadora de la cédula de identidad número seis-cero cero seis siete-cero nueve
cero cuatro, vecina de Carrizal cincuenta metros al oeste de la Farmacia
Carrizal, Puntarenas, dueña del cien por ciento del capital social de la
sociedad denominada Inmobiliaria Terra Bella del Pacífico Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco ocho uno dos nueve siete,
comparece dentro del plazo de ley, ante mi notaría pública a efecto de
solicitar al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de
la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio
segundo de la Ley de Personas Jurídicas número nueve cuatro dos ocho del
veintiuno de marzo del dos mil diecisiete, y su reforma. Publíquese una vez en
el Diario oficial La Gaceta.—Puntarenas, 13 de diciembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Irene Arrieta Chacón, Notaria Púbica.—1 vez.—( IN2017202586
).
Por escritura otorgada a las 13:00 horas del día 08 de
diciembre del 2017, se constituye la sociedad Blotico Sistema Constructivo
Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años.—San José, 08 de diciembre del
2017.—Licda. Jeannette Salazar Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2017202588 ).
La suscrita notaria pública Irene Arrieta Chacón hago constar que el
señor Henry Trejos Hernández, mayor de edad, cédula de identidad número
seis-cero uno siete nueve-cero ocho cinco cuatro, vecino de La Palma de Puerto Jiménez,
divorciado, agricultor, vecino de La Palma de Puerto Jiménez, del almacén
Mayoreo de Osa ochocientos metros al sur, Puntarenas como titular de más del
cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del
capital social de la sociedad denominada Agropecuaria
Trejos Hernández Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cinco dos siete siete cero cero, domiciliada en La Palma del distrito
segundo Puerto Jiménez, del cantón sétimo Golfito de la provincia de Puntarenas
del almacén La Palma ochocientos metros al sur, comparece dentro del plazo de
ley, ante mi notaría pública a efecto de solicitar al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad
al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas
Jurídicas número nueve cuatro dos ocho del veintiuno de marzo del dos mil
diecisiete, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Puntarenas,
13 de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Irene Arrieta Chacón, Notaria
Pública.—1 vez.—( IN2017202589 ).
Los suscritos: Juan Carlos Cascante Artavia,
casado una vez, agricultor, cédula de identidad número seis-uno cinco seis-cero
nueve seis, y Xinia María Ramírez Segura, casada una vez, ama de casa, cédula
de identidad número seis-uno seis ocho-tres uno dos; ambos vecinos de Santa
Rosa de Montes de Oro, Puntarenas, de la entrada Cuatro Cruces, mil quinientos
metros al norte, por medio del presente edicto informan que, como titulares de
más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad
del capital social de la sociedad denominada: Casra J.X.G.M. Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-seis
tres uno cuatro cuatro cuatro, comparecerá dentro del plazo de ley, ante
notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas número nueve cuatro dos ocho del veintiuno de
marzo del dos mil diecisiete, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario
oficial La Gaceta.—Puntarenas, ocho de diciembre del dos mil
diecisiete.—Juan Carlos Cascante Artavia.—Xinia María Ramírez Segura.—1 vez.—(
IN2017202590 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho
horas quince minutos del diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada
Villa Matapalo Centenario KXV Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula de persona jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos cincuenta y un mil
quinientos quince, de las ocho horas treinta minutos del dieciocho de diciembre
del dos mil diecisiete, mediante la cual se reforma la cláusula segunda de los
estatutos y se nombra nuevo agente residente.—Licda. Mariana Isabel Alfaro
Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2017202591 ).
Por escritura otorgada ante mí a las nueve horas del diecinueve de
diciembre de dos mil diecisiete, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Uno Yoga Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
cuarenta y seis mil cuarenta y cinco, de las ocho horas del diecinueve de
diciembre del dos mil diecisiete, mediante la cual se disuelve la
sociedad.—Licda. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2017202592 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas del
quince de diciembre del dos mil diecisiete, se solicitó el cese de disolución
de la sociedad denominada Inversiones Latinas del Caribe I L C Sociedad
Anónima.—Licda. Netzy Yanina Soto Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017202593 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del
diecisiete de diciembre del dos mil diecisiete, se solicita al Registro de
Nacional, Personas Jurídicas, el cese de la disolución de la sociedad Desarrollos
Los Pinos del Monte P L Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cinco uno ocho cuatro nueve seis, al amparo de la ley número
nueve cuatro ocho cinco, publicada el diecinueve de octubre del dos mil
diecisiete, en la que reforma el transitorio II de la Ley de Impuesto a las
Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho.—San José,
dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Isabel Chavarría
Corrales, Notaria.—1 vez.—( IN2017202594 ).
En mi notaria, el siete de diciembre del dos mil
diecisiete, se protocoliza cese de disolución de la sociedad Mar Blue Group
S. A. Es todo.—San José, siete de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Ana Sophia Lobo León, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017202597 ).
Por escritura pública otorgada ante esta
notaría, se protocolizó el acta constitutiva
de la sociedad Investigaciones y Consultorías Brenes y Morales Sociedad
Anónima, constituida por los socios Harry Alberto Brenes Mata, cédula
109730018 y Andrea María Morales Rojas, cédula de identidad 111370329.—San
José, 5 de diciembre del 2017.—Lic. Andrés Carrillo Rosales, Notario.—1
vez.—( IN2017202598 ).
El suscrito Roberto Moraga Araya, mayor,
divorciado una vez, empresario, vecino de Palmira de Carrillo, Guanacaste;
doscientos metros noreste, de la delegación policial portador de la cédula de
identidad número dos-trescientos setenta-seiscientos cincuenta, por medio del
presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan
la totalidad del capital social de EGH Noventa y Cinco S. A., cédula jurídica
número tres-ciento uno-ciento sesenta y siete mil seiscientos noventa y cuatro,
comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar
escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el Transitorio Segundo de la Ley de Personas
Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez
en el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha: Bagaces, a las doce horas
cincuenta minutos del quince del mes de diciembre del año dos mil
diecisiete.—Licda. Guisella Lara Camacho, Notaria.—1 vez.—( IN2017202600 ).
Mediante escritura pública N° 7-10 he
protocolizado acta de asamblea de socios de “Integra Capital Interamericana
S. A.”, cédula jurídica 3-101-418280, en la cual se acuerda disolver la
sociedad. Interesados presentar oposiciones ante el Registro Nacional.—San
José, 11 de diciembre del 2017.—Carlos A. Báez Astúa, Notario.—1 vez.—(
IN2017202601 ).
El suscrito Roberto Moraga Araya, mayor,
divorciado una vez, empresario, vecino de Palmira de Carrillo, Guanacaste;
doscientos metros noreste, de la delegación policial portador de la cédula de
identidad número dos-trescientos setenta-seiscientos cincuenta, por medio del
presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento
de las acciones que representan la totalidad del capital social de Trescientos
Sesenta Grados Constructivos S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y dos mil seiscientos noventa v cinco,
comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar
escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas
Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez
en el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha: Bagaces, a las doce horas
y cuarenta y dos minutos del quince del mes de diciembre del año dos mil
diecisiete.—Licda. Guisella Lara Camacho, Notaria.—1 vez.—( IN2017202602 ).
El suscrito Ricardo Audino Díaz Rodríguez,
mayor, casado en segundas nupcias, agente de ventas, portador de la cédula
número ocho-cero cuarenta y uno-trescientos quince, vecino de San Pedro de
Montes de Oca, Barrio Saprissa; cien metros norte, de las Residencias
Estudiantiles de la Universidad de Costa Rica; por medio del presente edicto informa que, como titular de más del
cincuenta y un por ciento de las cuotas que representan la totalidad del
capital social de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada
Radnueve Por Ciento Inversiones cédula jurídica número tres-ciento
cinco-cuatrocientos veintisiete mil setecientos cincuenta y dos, comparecerán,
dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura
pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo
dispuesto en el Transitorio Segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428
de 21 de marzo del 2017 y su reforma. Publíquese una vez en el Diario
Oficial La Gaceta. Lugar y fecha: San José, 19 de diciembre de
2017.—Licda. María Isabel García Campos, Notaria.—1 vez.—( IN2017202603 ).
Por escritura otorgada a las ocho horas del
quince de diciembre del año dos mil diecisiete, protocolicé de acta de sociedad
Ganadera Nelson Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cero treinta y dos mil cuatrocientos sesenta y ocho, en la que
se realiza el cese de la disolución de dicha sociedad.—Ciudad Quesada,
diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Arturo Hidalgo
Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2017202604 ).
Mediante escritura número ciento cuarenta y
nueve-ocho, visible al folio ciento cinco frente, del tomo ocho del protocolo
del notario, Andrés Francisco González Anglada, se disuelve por acuerdo se
socios la sociedad denominada Tres-Ciento Dos-Cinco Dos Dos Tres Nueve Seis
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cedula jurídica número tres-ciento
dos-cinco dos dos tres nueve seis. Es todo.—Nosara, Guanacaste, al ser las once
horas veinte minutos del diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1 vez.—( IN2017202607 ).
El suscrito Ricardo Audino Díaz Fonseca,
mayor, soltero, administrador de negocios, portador de la cédula número
uno-ochocientos cincuenta y ocho-ciento tres, y vecino de San Pedro de Montes
de Oca, de las Residencias Estudiantiles de
la Universidad de Costa Rica; cien al norte, Calle Quirós; por medio del
presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento
de las acciones que representan la totalidad del capital social de Inmobiliaria
Las Cumbres de Escalón S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-trescientos cuarenta y siete mil setecientos setenta y tres,
comparecerán, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar
escritura pública mediante la cual se solicita al registro de personas
jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el Transitorio Segundo de la Ley de Personas
Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez
en el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha: San José, 19 de diciembre
de 2017.—Licda. María Isabel García Campos, Notaria.—1 vez.—( IN2017202608 ).
Se comunica que mediante escritura número
ciento sesenta y nueve del tomo nueve, de folio sesenta vuelto, de las once
horas del veinte de setiembre del dos mil diecisiete, el suscrito notario Lic.
Máximo Rojas López, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
socios de Corporación Internacional BC Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-ciento dos mil treinta y dos, de las nueve horas del diecinueve
de setiembre del dos mil diecisiete, acta en que se modificó el acta
constitutiva de dicha sociedad en el punto referente al domicilio social, para
que en adelante dicho domicilio sea Grecia. Río Cuarto, de la entrada de La
Colonia del Toro; ochocientos metros al sur, edificio a mano izquierda color
champagne. Acta finalizada a las diez horas del mismo día y año y firmada por
el presidente, secretario y accionistas.—Aguas Zarcas, veinte nueve de noviembre
del dos mil diecisiete.—Lic. Máximo Rojas López, Notario.—1 vez.—( IN2017202609
).
Por escritura otorgada ante las notarias,
Martha Araya Chaverri y Laura Zumbado Loría, a las diez horas del dieciocho de
diciembre de dos mil diecisiete, se protocoliza el acta de asamblea de socios
de Irrational Exuberance S. A., mediante la cual se modifica el
domicilio, ubicándose del Centro Comercial Plaza Rohrmoser; trescientos metros
norte y setenta y cinco oeste; y se modifica la administración, agregando el
cargo de vicepresidente y otorgando facultades a todos los puestos de la junta
directiva.—San José, diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Laura Zumbado Loría, Notaria.—1 vez.—( IN2017202610 ).
Ante esta notaría, se protocolizó acta de
asamblea de socios por disolución de la sociedad denominada: Inversiones
Sbike CR Sociedad Anónima, portadora de la cédula jurídica 3-101-680172.
Notario público: José Eduardo Díaz Canales.—Guápiles de Pococí, dieciocho de
diciembre del 2017.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—(
IN2017202612 ).
Se emplaza a cualquier interesado para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, haga valer sus derechos u oponerse judicialmente de conformidad con el
artículo 207 del Código de Comercio en relación a la disolución de la sociedad
denominada Loma del Mar Surf Club Limitada, cédula jurídica
3-102-468821.—Jacó, 18 de diciembre del 2017.—Lic. César Augusto Mora Zahner,
Notario.—1 vez.—( IN2017202614 ).
Por escritura otorgada a las 14:30 horas del
18 de diciembre de 2017 ante el suscrito notario, se solicita al Registro
Nacional, el cese de disolución de la sociedad Las Brisas Cariñosas Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos catorce mil ochenta y
cinco, de conformidad con la ley nueve mil cuatrocientos ochenta y cinco.—San
José, dieciocho de diciembre de 2017.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1
vez.—( IN2017202615 ).
Por escritura otorgada a las 14 horas del 18
de diciembre de 2017 ante el suscrito notario, se solicita al Registro
Nacional, el cese de disolución de la
sociedad Precious Wood of the Lake Lot Seventeen Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y tres mil ciento
cuarenta, de conformidad con la ley nueve mil cuatrocientos ochenta y
cinco.—San José, dieciocho de diciembre de 2017.—Lic. Franklin Morera Sibaja,
Notario.—1 vez.—( IN2017202617 ).
Ante esta notaría, a las 12:00 horas del 18 de
diciembre del 2017, con la comparecencia del noventa por ciento del capital
social, se solicita el cese de la disolución de Los Valles del Cernicalo
Sociedad Anónima, domiciliado en Alajuela, Urbanización Santa Elena,
segunda rotonda casa número quince, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y cinco mil ocho mediante la escritura
número doscientos noventa y cuatro-veintisiete, del tomo 27 del protocolo del
Lic. José Luis Pacheco Murillo.—San José, dieciocho de diciembre de dos mil
diecisiete.—Lic. José Luis Pacheco Murillo,
Notario.—1 vez.—( IN2017202618 ).
Ante esta notaría, a solicitud de Eduardo
Ruíz Munguía y María Lourdes Rivera Zúñiga, quienes ostentan la totalidad del
capital social de Instituto Integral de Salud Familiar ISF S.
A., cédula jurídica número 3-101-286248, se solicitó la liquidación de
dicha sociedad.—San José, 19 de diciembre del 2017.—Lic. Jorge Gerardo Cerdas
Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2017202619 ).
Ante esta notaría, a las 10:00 horas del 18
de diciembre del 2017, con la comparecencia
del noventa por ciento del capital social, se solicita el cese de la disolución
de Gerardo Durán A. Y Asociados Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número tres-ciento uno-cero sesenta y ocho mil ochenta y dos, domiciliada
en San José, doscientos setenta y cinco metros norte, de la Toyota del Paseo
Colón, a mano derecha, mediante la escritura número doscientos noventa y
tres-veintisiete, del tomo 27 del protocolo del Lic. José Luis Pacheco
Murillo.—San José, dieciocho de diciembre de dos mil diecisiete.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—(
IN2017202621 ).
Por escritura otorgada a las 13:30 horas del
18 de diciembre de 2017 ante el suscrito notario, se solicita al Registro
Nacional, el cese de disolución de la
sociedad Classic Land Development Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veintidós mil setecientos cuarenta, de
conformidad con la ley nueve mil cuatrocientos ochenta y cinco.—San
José, dieciocho de diciembre de 2017.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1
vez.—( IN2017202623 ).
Por escritura otorgada a las 13 horas del 18
de diciembre de 2017 ante el suscrito notario, se solicita al Registro
Nacional, el cese de disolución de la sociedad Exhuberant Jewels Of The Lake
Lot Twelve Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos
treinta y tres mil ciento treinta y dos, de conformidad con la Ley nueve mil
cuatrocientos ochenta y cinco. Tel. 2290-1059.—San José, dieciocho de diciembre
del dos mil diecisiete.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—(
IN2017202624 ).
Por escritura número ciento quince-tres, de las 12:00 horas del 11 de
diciembre del 2017, otorgada ante esta Notaría, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad Rosac de San José S. A. Se nombra
junta directiva y fiscal.—Concepción, La Unión 12 de diciembre del 2017.—Licda.
Marta Vargas Arrieta, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017202630 ).
Por escritura número dos-setenta y seis, del tomo segundo, otorgada ante
esta notaría a las ocho horas del día dieciocho de diciembre del año dos mil
diecisiete, se protocoliza acta asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad Valpo del Caribe Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número 3-101-384537, con domicilio social en Heredia, San Pablo, Residencial La
Amada, lote número sesenta y ocho, en la que se acuerda por unanimidad, la
disolución de la misma, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso
d) del Código de Comercio de la República de Costa Rica. Es todo.—San José,
dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete..—Licda. Laura Eugenia Montero
Aguilar, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017202631 ).
Por escritura otorgada ante mi, en la ciudad de San José, a las ocho
horas del día doce de diciembre del año dos mil diecisiete, la compañía
domiciliada en San Francisco de Heredia, Inmobiliaria El Jardín Tropical S.
A., modifica la cláusula tercera de su pacto constitutivo para permitirle
rendir fianza a favor de socios y de terceros. Notario: John Gilbert Alfaro
Fallas.—San José, diciembre diecinueve del dos mil diecisiete.—Lic. John
Gilbert Alfaro Fallas Notario Público.—1 vez.—( IN2017202635 ).
Solicitamos el cese de la disolución y la
reinscripción en el Registro Nacional, Sección Mercantil, de la sociedad: Palermo
de Natibla Noventa y Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-346104
(tres-ciento uno-), de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 9485.—San
José, 18 de diciembre del 2017.—Ana Cristina Cortés Odio, cédula Nº
1-0414-1256.—Natalia Blanco Cortés, cédula
Nº 1-1492-0612, Socias.—1 vez.—( IN2017202636 ).
El suscrito: Enrique Rojas Chavarría, mayor,
casado por segunda vez, comerciante, vecino de La Granja de Palmares de
Alajuela, seiscientos metros oeste y seiscientos sur de Banco Popular, portador
de la cédula de identidad número: uno-seiscientos cincuenta y nueve-doscientos
setenta y tres, por medio del presente edicto informa que, como titular de más
del cincuenta y un por ciento de las cuotas, que representan la totalidad del
capital social de: Inversiones Charone Limitada, cédula jurídica número:
tres-ciento dos-doscientos treinta y un mil doscientos ochenta y ocho,
comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita
al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017 y su reforma.
Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Palmares de Alajuela,
a las ocho horas del día diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete.—Enrique
Rojas Chavarría.—1 vez.—( IN2017202637 ).
El suscrito: Enrique Rojas Chavarría, mayor,
casado por segunda vez, comerciante, vecino de La Granja de Palmares de
Alajuela, seiscientos metros oeste y seiscientos sur de Banco Popular, portador
de la cédula de identidad número: uno-seiscientos cincuenta y nueve-doscientos
setenta y tres, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento
de las cuotas, que representan la totalidad del capital social de: Servicios
Enroma José Enrique Limitada, cédula jurídica número: tres-ciento
dos-cuatrocientos cuarenta y un mil cero sesenta y tres, comparecerá, dentro
del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública
mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en
el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo
del 2017 y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La
Gaceta.—Palmares de Alajuela, a las ocho horas del día diecinueve de
diciembre del dos mil diecisiete.—Enrique Rojas Chavarría.—1 vez.—(
IN2017202638 ).
El suscrito: Enrique Rojas Chavarría, mayor,
casado por segunda vez, comerciante, vecino de La Granja de Palmares de
Alajuela, seiscientos metros oeste y seiscientos sur de Banco Popular, portador
de la cédula de identidad número: uno-seiscientos cincuenta y nueve-doscientos setenta y tres, por medio del presente
edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las
cuotas, que representan la totalidad del capital social de: Inversiones
Rojas Chavarría I E C Ltda., cédula jurídica número: tres-ciento
dos-doscientos treinta y ocho mil quinientos cuarenta y ocho, comparecerá,
dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura
pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo
dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas Nº
9428 de 21 de marzo del 2017 y su reforma. Publíquese una vez en el Diario
Oficial La Gaceta.—Palmares de Alajuela, a las ocho horas del día
diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete.—Enrique Rojas Chavarría.—1
vez.—( IN2017202639 ).
Ante el notario público
Martín Álvarez Zamora, con oficina en Alajuela, en escritura pública número
cuarenta y nueve-dos, de fecha 18 de diciembre del 2017, se protocolizó acta de
asamblea extraordinaria de la empresa Numérica 3-101-718617, acta número
dos, donde solicitan se disuelva esta sociedad. Es todo. Teléfono oficina:
2440-3886.—Alajuela, 18 de diciembre del 2017.—Lic. Martín de Jesús Álvarez
Zamora, Notario Público.—1 vez.—( IN2017202640 ).
El suscrito: Víctor Julio Ruiz Méndez, mayor,
soltero, comerciante, vecino de La Granja de Palmares de Alajuela, cuatrocientos
metros al oeste de Pulpería Hermanos Vargas, portador de la cédula de identidad
número: dos-doscientos noventa-mil trescientos noventa y cinco, por medio del
presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento
de las cuotas, que representan la totalidad del capital social de: Vijurumen
Ltda., cédula jurídica número: tres-ciento dos-cuatrocientos cincuenta y
dos mil doscientos ochenta, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría
pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al
Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución
de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017 y su reforma. Publíquese una
vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Palmares de Alajuela, a las
dieciocho horas del día dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Víctor
Julio Ruiz Méndez.—1 vez.—( IN2017202641 ).
Ante el notario público Martín Álvarez
Zamora, con oficina en Alajuela, en escritura pública número cincuenta-dos, de
fecha 18 de diciembre del 2017, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria
de la empresa: Golden Fruit Company Sociedad Anónima, numérica
3-101-722619, en acta número dos, donde solicitan se disuelva esta sociedad. Es
todo. Teléfono oficina: 2440-3886.—Alajuela, 18 de diciembre del 2017.—Lic.
Martín de Jesús Álvarez Zamora, Notario Público.—1 vez.—( IN2017202642 ).
La suscrita Michelle Anissa Levy Sánchez,
mayor, viuda una vez, empresaria, vecina de Escazú, Trejos Montealegre, del
Vivero Exótico, cien oeste y ciento cincuenta sur con cédula uno-novecientos
setenta y nueve-setecientos noventa y dos, por medio del presente edicto
Informa que, como titular de más del cien por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Insitio
Circuitos Publicitarios Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-trescientos cuarenta mil cuatrocientos veinticinco,
comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar
escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas
número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese en el diario
oficial La Gaceta.—San José, dieciocho de diciembre del dos mil
diecisiete.—Michelle Anissa Levy Sánchez.—1 vez.—( IN2017202643 ).
La suscrita Ana Cecilia Román Trigo, quien es
mayor, casada una vez, vecina de San José, Escazú, San Rafael, Barrio Trejos
Montealegre, de Rostipollos trescientos metros al norte cien metros al este y
veinticinco metros al sur, portadora de la cédula de identidad número uno-cero
cuatrocientos cuarenta y cuatro-cero quinientos sesenta y siete, por medio del
presente edicto informa que, como titular de más del cien por ciento de las
acciones que representan la totalidad del capital social de: Termopholis
Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos mil cuatrocientos sesenta y seis, comparecerá,
dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura
pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo
dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de
21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Ana
Cecilia Román Trigo.—1 vez.—( IN2017202644 ).
Yo Carlos Eduardo Vargas Chacón, protocolizó acta de
la asamblea de la sociedad denominada Tecnologías Profesionales P Y T
Sociedad Anónima, en la que se acuerda disolver la sociedad.—Tres Ríos,
diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Eduardo Vargas
Chacón, Notario Público.—1 vez.—( IN2017202645 ).
El suscrito Steven Ferris Quesada, mayor, casado en primeras nupcias,
abogado, vecino de San José, Escazú, titular de la cédula de identidad número
uno-uno uno cuatro tres- seis nueve cuatro; por medio del presente edicto informa que, como titular de la
totalidad del capital social de la sociedad Nuestra Escapada Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-seis tres
cinco seis seis seis, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría
pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al
Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución
de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la
ley de personas jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017 y su reforma.—San
José, 19 de diciembre del 2017.—Lic. Steven Ferris Quesada, Abogado.—1 vez.—(
IN2017202647 ).
Por escritura número 1396-2 otorgada a las 9:00 horas del 19 de
diciembre del 2017, se protocoliza transformación de Villa Cortés de la Cruz
Sociedad Anónima a Villa Cortés de la Cruz Sociedad Civil.—San José,
19 de diciembre 2017.—Lic. Róger Antonio Hidalgo Zúñiga, Notario Público.—1
vez.—( IN2017202648 ).
Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea ordinaria para
disolver la empresa Klimaire Sociedad Anónima, por medio de escritura
número 35 de las 07:00 horas del día primero de diciembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Ana Carolina Quintero Fernández, Notaria.—1 vez.—(
IN2017202665 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, José Enrique Chaves Rojas,
Wilbert Gutiérrez Urbina, Heiner Arias Arias, constituyen Intelligent
Transport Solution Networks ITSN S. A. Escritura otorgada en San José, a
las 12 horas del 19 de diciembre del 2017.—Lic. Édgar Hernández Mora,
Notario.—1 vez.—( IN2017202683 ).
He protocolizado acta de la empresa GA &P Industries de Costa
Rica S. A., en la cual se modificó el nombre a Sigil Engineering S. A.
y se hacen nuevos nombramientos, teléfono 87065082.—San José, dieciocho de
diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Manuel Villalobos Rodríguez,
Notario Público.—1 vez.—( IN2017202689 ).
Ante esta notaría por escritura número trescientos catorce, otorgada el
dieciocho de diciembre dos mil diecisiete, se disolvió sociedad con cédula
jurídica Tres-Ciento Dos- Seis Dos Tres Ocho Siete Siete Sociedad de
Responsabilidad Limitada, Teléfono 2553-0737, celular 8391-9619.—Licda.
Katia Jacqueline Serrano Retana, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017202690 ).
Ante mi notaría se ha solicitado la reactivación de
la sociedad denominada 3-101-521141 Sociedad Anónima, con cédula
jurídica Nº 3-101-521141, en virtud de haberse cancelado el asiento registral
por adeudos con el Impuesto de Personas Jurídicas.—18 de diciembre 2017.—Licda.
Kathia María Portilla Arguedas, Notaria.—1 vez.—( IN2017202692 ).
El suscrito notario hago constar que, en esta
notaría, se protocolizó mediante escritura Nº 313 del tomo 2 de mí protocolo,
la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la empresa: Moonlight
Garden Sociedad Anónima, compañía debidamente inscrita y en plena vigencia
en el Sistema Mecanizado de Personas Jurídicas del Registro Mercantil, bajo
cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y siete mil
quinientos cincuenta, donde se acordó por unanimidad disolver la compañía. Es
todo.—San José, catorce de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Hermmoth
Rothe Paniagua, Notario Público.—1 vez.—( IN2017202695 ).
La suscrita Floriberta Pérez Marín, mayor, soltera,
pensionada, cédula Nº 2-268-643, vecina del Tanque de La Fortuna de San Carlos,
frente a la Escuela, por medio del presente edicto informa que, como titular de
la totalidad del capital accionario de: Inversiones Misael P Y P Sociedad
Anónima, cédula de personería jurídica Nº 3-101-319161, domiciliada en
Alajuela, San Carlos, La Fortuna, cincuenta metros al sur del Banco de Costa
Rica, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de
otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas
Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017 y su reforma. Publíquese una vez en
el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 13:00 horas del 18 de
diciembre del 2017.—Floriberta Pérez Marín.—1 vez.—( IN2017202696 ).
Por escritura número ciento uno del tomo seis,
otorgada ante el notario público Maximiliano Villalobos Vargas, se acordó
solicitar el cese de disolución de la sociedad denominada: Audio Génesis del
Este Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-139128.—Alajuela, diecinueve
de diciembre del dos mil diecisiete.—Firma Ilegible.—1 vez.—( IN2017202697 ).
El suscrito notario hago constar que, en esta
notaría, se protocolizó mediante escritura Nº 314 del tomo 2 de mi protocolo,
la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la empresa: Tower Diskrol
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-quinientos noventa y cuatro mil quinientos noventa y seis, donde se acordó
por unanimidad disolver la compañía. Es todo.—Catorce de diciembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Hermmoth Rothe Paniagua, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017202698 ).
Por escritura número cien del tomo seis, otorgada
ante el notario público Maximiliano Villalobos Vargas, se acordó solicitar el
cese de disolución de la sociedad denominada: Corporación Dan Luz de
Alajuela Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-256109.—Alajuela,
diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Maximiliano Villalobos
Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017202699 ).
El 19 de diciembre del 2017, ante esta notaría, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de. Doña Mary
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-587133, en la cual se conoce la
renuncia del tesorero y se hace nuevo nombramiento.—Grecia, 19 de diciembre del
2017.—Licda. Laura López Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2017202701 ).
Close Buy Investments Limitada Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número: tres-ciento dos-cuatrocientos
cuarenta y cuatro mil ciento noventa y cuatro, solicita el cese de su disolución
y reactivar su estatus jurídico. Es todo.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017202702 ).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy
protocolicé el acta de disolución la sociedad Inversiones Bechave de
Chachagua Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro
cero seis seis uno ocho.—San José, diez de diciembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Rafael Ángel Ugalde Quirós, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017202704 ).
Ante
esta notaría a las 11:00 horas, del 14 de diciembre del año 2017, se constituyó
la compañía Servicios Aduaneros Continental Sociedad Anónima.—San José,
19 de diciembre del año 2017.—Lic. Wilbert Garita Mora, Notario.—1 vez.—(
IN2017202706 ).
Inversiones
Garita Machado Sociedad Anónima, cédula jurídica
Nº 3-101-272704 solicita su reactivación amparado a la ley 9485, “Ley Lázaro”.
En las ciudad de Cartago a las quince horas del dieciocho de diciembre del dos
mil diecisiete ante el notario Daniel Valverde Schmidt.—Cartago, 19 de diciembre
del 2017.—Lic. Daniel Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—( IN2017202708 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las
quince horas treinta minutos del dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete,
donde se protocolizan acuerdos de acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Aliaxis Latin
American Services S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula novena del
pacto constitutivo de la compañía referente a la administración.—San José,
dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller
Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017202710 ).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las
quince horas del dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Perforación y Conducción de Aguas S.
A. Donde se acuerda modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo de
la compañía referente a la junta directiva.—San José, dieciocho de diciembre
del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—(
IN2017202711 ).
Ante esta notaría, al ser las trece horas diez
minutos del día diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete, se otorgó
escritura mediante la cual se solicitó el cese de la disolución por Ley número
nueve mil veinticuatro de la sociedad MOCCI Internacional I N T Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
setenta y cinco mil ochocientos sesenta y nueve.—San José, a los diecinueve
días del mes de diciembre de dos mil diecisiete.—Lic. María Lucrecia Quesada
Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017202712 ).
Mediante escritura número 276-13, otorgada el día
de hoy, el único socio de Maquila Química S. A., cédula: 3-101-60202, le
solicita a Registro Nacional el cese de la disolución de dicha sociedad.—San
José, 19 de diciembre del 2017.—Lic. Ricardo González Fournier, Notario.—1
vez.—( IN2017202713 ).
Mediante escritura número 275-13, otorgada el día
de hoy, el único socio de Cotacachi S. A., cédula: 3-101-169802, le
solicita al Registro Nacional el cese de la disolución de dicha sociedad.—San
José, 19 de diciembre del 2017.—Lic. Ricardo González Fournier, Notario.—1
vez.—( IN2017202714 ).
Mediante escritura número 277-13, otorgada el día
de hoy, el único socio de Ganadería Los Crikes S. A., cédula:
3-101-85925, le solicita al Registro Nacional el cese de la disolución de dicha
sociedad.—San José, 19 de diciembre del 2017.—Lic. Ricardo González Fournier,
Notario.—1 vez.—( IN2017202717 ).
Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 13 de
diciembre del 2017 ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad, Four Grinz
Limitada; mediante la cual se reforma clausulas sexta y sétima, y se
acuerda nombrar gerente.—San José, 13 de diciembre del 2017.—Lic. Adolfo
Antonio García Baudrit, Notario.—1 vez.—( IN2017202718 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las
diez horas treinta minutos del diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete,
donde se protocoliza el acta de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada
Grupo Plaza Danta Ltda. Donde se acuerda modificar la cláusula quinta de
los estatutos de la compañía referente al capital social.—San José, diecinueve
de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller Barquero,
Notaria.—1 vez.—( IN2017202721 ).
Por escritura otorgada a las 15:30 horas del 13 de
diciembre del 2017, ante esta notaría se protocolizó el acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Tres-Ciento
Dos-Setecientos Cuarenta y un Mil Treinta y Cinco, Sociedad de Responsabilidad
Limitada, mediante la cual se reforma clausulas sexta y sétima, y se
acuerda nombra gerente.—San José, 13 de diciembre del 2017.—Lic. Adolfo Antonio
García Baudrit, Notario.—1 vez.—( IN2017202722 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
once horas del trece de diciembre de dos mil diecisiete, se disolvió la
sociedad Paradise Found In Two Thousand And Eight Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos
cincuenta y cinco mil setecientos noventa y dos. Es todo.—Cóbano de Puntarenas,
quince de diciembre de dos mil diecisiete.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera,
Notario.—1 vez.—( IN2017202723 ).
La empresa Minera Industrial Acosta S. A.,
cédula jurídica tres-ciento uno-cero ochenta y uno mil trescientos trece, con
domicilio real en San Rafael, Pococí, Limón, doscientos metros al oeste de
Súper San Miguel, está solicitando al Registro de Personas Jurídicas el cese de
la disolución ordenada en aplicación de la Ley nueve mil veinticuatro.—Licda.
María del Carmen Otárola Zúñiga, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017202734 ).
Mediante escritura pública número treinta, visible
al folio veinte frente y vuelto, del tomo segundo del protocolo de la suscrita
notaria, de fecha once de diciembre del año dos mil diecisiete, los socios de Constructora
Umaña y Porras Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
tres-ciento dos-uno cuatro seis nueve tres dos, solicitan la disolución de la
sociedad por haber cumplido los fines para los que fue creada.—Guápiles, 10 de
agosto del 2015.—Licda. María de los Ángeles Villalobos Araya, Notaria
Pública.—1 vez.—( IN2017202735 ).
Mediante escritura pública otorgada a las nueve
horas del veintiocho de noviembre del dos mil diecisiete, se solicita el cese
de la disolución de la sociedad JHV Constructores S. A.—Lic. Daniel
Salazar Araya, Notario.—1 vez.—( IN2017202740 ).
Se hace del conocimiento solicitud de cese de
disolución de sociedad Catarata Canopy Tour Sociedad Anónima, cédula
jurídica número: tres-ciento uno-trescientos treinta y un mil ochocientos
cuarenta y tres, conforme a la ley número nueve mil cuatrocientos ochenta y
cinco.—Liberia, dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Ana María
Rivas Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017202741 ).
Se hace del conocimiento solicitud de cese de
disolución de sociedad: Aventuras Baltodano de Liberia Sociedad Anónima,
cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cinco mil
seiscientos veinte, conforme a la Ley número nueve mil cuatrocientos ochenta y
cinco.—Liberia, dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Ana María
Rivas Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017202743 ).
Se hace del conocimiento solicitud de cese de
disolución de sociedad: Ganadera Mi Rey de Liberia Sociedad Anónima,
cédula jurídica número: tres-ciento uno-ochenta y un mil ciento veintiuno,
conforme a la Ley número nueve mil cuatrocientos ochenta y cinco.—Liberia,
dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Ana María Rivas Quesada,
Notaria.—1 vez.—( IN2017202745 ).
Se hace del conocimiento solicitud de cese de
disolución de sociedad Tajo de Buena Vista Sociedad Anónima, cédula jurídica
número: tres-ciento uno-doscientos cuarenta y seis mil cuatrocientos ochenta y
seis, conforme a la ley número nueve mil cuatrocientos ochenta y
cinco.—Liberia, dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Ana María
Rivas Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017202746 ).
Se hace del conocimiento solicitud de cese de
disolución de sociedad, Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Cincuenta y Un Mil
Quinientos Cuarenta y Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica número:
tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y un mil quinientos cuarenta y uno,
conforme a la ley número nueve mil cuatrocientos ochenta y cinco.—Liberia,
dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Ana María Rivas Quesada,
Notaria.—1 vez.—( IN2017202747 ).
El suscrito notario hace constar que por acuerdos
de socios se acordó disolver la sociedad Propiedades Basaldella Inc Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos seis mil ciento
sesenta y cuatro.—San José, diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete.—Lic.
Juan Pablo Arias Mora.—1 vez.—( IN2017202749 ).
El suscrito notario hace constar que por acuerdos
de socios se acordó disolver la sociedad Zucarello Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y tres mil
doscientos cincuenta y cuatro. Lic. Juan Pablo Arias Mora.—San José, diecinueve
de diciembre de dos mil diecisiete.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1
vez.—( IN2017202751 ).
Que ante esta notaría pública, se disolvió por
acuerdo unánime de socios de conformidad con lo establecido en el artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad denominada Sociedad
Corporación Inmobliaria Villa Cabal S. A., cédula persona jurídica número
tres-ciento uno-doscientos ochenta y siete mil setecientos noventa y dos. Quien
se considere afectado puede manifestar su oposición en domicilio social ubicado
en Liberia, Guanacaste, barrio Moracia, de la Cruz Roja, ciento veinticinco
metros al este, en el término de un mes a partir de la publicación de este
aviso.—Licda. Lucía Viales Sotela, Notaria.—1 vez.—( IN2017202752 ).
Ante esta notaria, al ser las quince horas del
catorce de diciembre del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Haciendas del
Reventazón Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula sétima del
pacto social.—San José, catorce de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Wendy Solórzano Vargas, Notaria Publica.—1 vez.—( IN2017202753 ).
Ante esta notaría, mediante escritura de las 11:00
horas del 04 de diciembre del 2017, protocolizamos acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas, mediante la cual se disuelve la sociedad
denominada C Y N Stema Sociedad Anónima.—Lic. Alberto Eduardo Esquivel
Meléndez y Lic. José Enrique Sequeira Segura, Abogados y Notarios.—1 vez.—(
IN2017202754 ).
Ante la suscrita notaria se protocolizó acuerdo de
desincripción de la sociedad denominada Hrhosaymas Sociedad Anónima,
otorgada a las diecisiete y treinta horas del dieciocho de diciembre del año
dos mil diecisiete.—Licda. Irene Salazar Jiménez, cédula 6-129-421, Notaria.—1
vez.—( IN2017202755 ).
Ante la suscrita notaria se solicitó el cese de
disolución de la sociedad anónima denominada Insumos Médicos Thermage
Sociedad Anónima, otorgada a las once horas del trece de diciembre del año
dos mil diecisiete.—Licda. Irene Salazar Jiménez, cédula 6-129-421, Notaria.—1
vez.—( IN2017202757 ).
Por escritura número 249 de las 09:15 horas del 15
de diciembre, 2017 Transposervicios BP Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-475504, reformó la cláusula en cuanto al capital social a la suma la suma
de ciento cuarenta y ocho millones de colones, representado por diez acciones
comunes y nominativas de catorce millones ochocientos mil de colones cada una.
Capital: suscrito y pagado. El socio Gerardo Enrique Jiménez Trejos, suscribe y
paga el aporte de capital. Las acciones serán firmadas por el presidente de la
junta directiva y podrán emitirse títulos que amparen una o más acciones.—Lic.
Luis Alberto Paniagua Acuña, Notario.—1 vez.—( IN2017202758 ).
La suscrita notaria Natalia Molina Chinchilla da
fe, que en mi notaría, a las ocho horas del trece de diciembre del dos mil
diecisiete, se nombró como presidente de Rancho Corcovado RC Sociedad
Anónima, a Javier González Serrano. Es todo.—Palmar Norte, Osa, Puntarenas
a las nueve horas del trece de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Natalia
Molina Chinchilla, Notaria.—1 vez.—( IN2017202759 ).
Ante la suscrita notaria se llevó a cabo la
solicitud de disolución de la sociedad Osa Networks JJL Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento
dos-setecientos cuarenta y tres mil seiscientos veintinueve, celebrada en su
domicilio social, otorgada a las dieciséis horas del trece de diciembre del dos
mil diecisiete.—Msc. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—(
IN2017202761 ).
Por escritura otorgada ante mí, se modifica la
cláusula quinta del capital social de la firma Fernández y Rohrmoser
Sociedad Anónima.—San José, 19 de diciembre del 2017.—Lic. Daniel Aguilar
González, Notario.—1 vez.—( IN2017202764 ).
Por
escritura autorizada a las diecisiete horas del ocho de diciembre del dos mil
diecisiete, se constituyó la sociedad Digital COMMS M.Z.P. Sociedad Anónima,
con domicilio en San José, Escazú.—San José, diecinueve de diciembre del dos
mil diecisiete.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—(
IN2017202767 ).
Marlo
Trejos Hampf, propietario del noventa por ciento de las acciones de la sociedad
Arroba Arquitectos Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-doscientos setenta y cuatro mil quinientos cincuenta y
ocho solicito ante el Registro de Personas Jurídicas el cese de disolución de
la sociedad mencionada. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Registro de Personas Jurídicas dentro del término de ocho
días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Marlo Trejos Hampf.—1
vez.—( IN2017202769 ).
Mediante
escritura pública número 40, otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del
día 08 de diciembre de 2017, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios número 26 de la sociedad S-Suplidora de Máquinas y
Reparaciones Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-314301, celebrada a
las 17:00 horas del día 04 de diciembre de 2017, modificándose del pacto
constitutivo la cláusula novena de la representación de la junta directiva y
además se revocaron nombramientos de la junta directiva.—San José, 08 de
diciembre del 2017.—Lic. Carlos Alberto Rojas Badilla, Notario.—1 vez.—(
IN2017202771 ).
Por escritura número 250 de las 9:30 horas del 15
de diciembre, 2017 Tarimas y Embalajes de Maderas Certificadas Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-462802 reforma cláusula quinta aumentando el
capital social a la suma de tres mil seiscientos noventa y cuatro millones de
colones, el cual será representado por diez acciones comunes y nominativas de
trescientos sesenta y nueve cuatrocientos millones de colones, firmadas por el
presidente de la compañía y se podrán emitir títulos que representen una o más
acciones.—Luis Alberto Paniagua Acuña, Notario.—1 vez.—( IN2017202773 ).
La suscrita notaria hace constar que ante mí, se
protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de cuotistas
de la compañía Servicios Outsourcing D P Limitada, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento dos-trescientos treinta y ocho mil cuarenta y seis,
en la cual se modificó la cláusula cuarta: del plazo.—San José, diecinueve de
diciembre de dos mil diecisiete.—Licda. Carolina Quirós Rojas, Notaria
Pública.—1 vez.—( IN2017202774 ).
Por escritura número 251 de las 10:00 horas del 15
de diciembre del 2017 Forestales Latinoamericanos Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-463014 reforma cláusula quinta aumentando el capital
social a la suma de dos mil novecientos millones de colones, el cual será
representado por diez acciones comunes y nominativas de doscientos noventa
millones de colones cada una firmadas por el presidente de la compañía y se
podrán emitir títulos que representen una o más acciones.—Lic. Luis Alberto
Paniagua Acuña, Notario.—1 vez.—( IN2017202775 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
20:00 horas del 18 de diciembre del año 2017, se hacen nuevos nombramientos de
la junta directiva y se cambia nombre de la sociedad Los Azules Crestones S.
A. a Paemval Neurocirugía S. A., cédula N° 3-101-486030.—San José, a
las 20:00 horas del 18 de diciembre del 2017.—Lic. Luis Carlos Vargas Leiva,
Notario.—1 vez.—( IN2017202776 ).
Por escritura número 168 de las 10:15 horas del 19
de diciembre del 2017, Comercializadora y Exportadora del Istmo S. A.,
cédula jurídica 3-101-581518 por haberse disuelto se liquidó.—Lic. José Pablo
Charpantier Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017202778 ).
Por escritura de las veinte horas de hoy. Laboratorios
Químicos Arvi Sociedad Anónima modifica clausula sétima del pacto social y
aumenta límite de suma a su gerentes como apoderados a dos millones de
dólares.—Cartago, dieciséis de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Luis
Anselmo Solano Vargas, Notario Público.—1 vez.—( IN2017202779 ).
Por escritura número 167 de las 10:00 horas del 19
de diciembre del 2017 Retail San Carlos S. A., cédula jurídica
3-101-731718 por haberse disuelto se liquidó.—Lic. José Pablo Charpantier
Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017202781 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
nueve horas del dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la Sociedad
denominada Villa Cecilia Las Tejas Sociedad Anónima, con cédula jurídica
tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y seis mil catorce. Se reforma cláusula
segunda, novena y se hacen nuevos nombramientos de junta directiva y
fiscal.—Licda. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2017202782 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
diez horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil
diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad denominada Finca Olivia Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y seis mil novecientos
sesenta y seis. Se acepta la renuncia de presidente, vicepresidente y fiscal y
se hacen nuevos nombramientos de Junta Directiva y Fiscal.—Licda. María Viviana
Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2017202783 ).
Protocolización de acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad N.S de San Pablo Uno One S. A.,
mediante la cual se modifica el pacto constitutivo de la sociedad.—San José,
dieciséis horas del 12 de diciembre 2017.—Licda. Lucett Watler Ellis José,
Notario.—1 vez.—( IN2017202785 ).
La suscrita Catherine Vanessa Mora Chavarría, carné
19189, hago constar que ante mi notaría se encuentra tramitando el cambio de
junta directiva de la empresa Asesores de Cobros ASECOBSA Sociedad Anónima,
cedula jurídica tres-ciento uno-quinientos cincuenta y cuatro mil ochocientos
tres, por lo que solicito se publique el edicto de ley respectivo. Es todo.—San
José, 18 de diciembre del 2017.—Licda. Catherine Mora Chavarría, Notaria.—1
vez.—( IN2017202808 ).
Denia Cruz Morera, notaria pública con oficina en
Alajuela AV 7 C. 1 y 3 comunica que por la escritura 360 del tomo 19 de mi
protocolo Consultorías Asesorías y Organización de Sistemas Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101 513882, procede a modificar artículo 7 del
pacto constitutivo para que el presidente y secretario tengan poder
generalísimo sin límite de suma otorguen poderes quórum con dos miembros y en
empate decida el presidente.—Alajuela, 30 de agosto de 2017.—Licda. Denia Cruz
Morera, Notaria.—1 vez.—( IN2017202809 ).
Mediante escritura pública número ochenta y
ocho-trece, de las dieciséis horas del día catorce de diciembre del dos mil
diecisiete, se modificó la cláusula referente al plazo social, prorrogándose el
mismo; y se ratifican los nombramientos de los miembros de la junta directiva y
fiscal, y se eliminan los agentes residentes de la sociedad denominada Compañía
Inversionista TEJ S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-cero diez mil seiscientos cuarenta y dos.—San José, catorce de diciembre
del dos mil diecisiete.—Lic. Adrián Alvarenga Odio, Notario.—1 vez.—(
IN2017202810 ).
Por escritura 198 del tomo 5, otorgada ante esta
notaría, los socios cuotistas solicitan al Registro Público, Personas
Jurídicas, el cese de la disolución de la sociedad Constructora Arce y
Jiménez de Sarchí Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Sarchí Norte de
Valverde Vega, a las diez horas veinticinco minutos del quince de diciembre del
2017.—Licda. Mayela Marlene Espinoza Loría, Notaria.—1 vez.—( IN2017202812 ).
Por escritura ocho del tomo ocho, otorgada ante
está notaría, los socios accionistas solicitan al Registro Público Sección
Personas Jurídicas, el cese de la disolución de la sociedad Agroexportadora
Arial de Costa Rica Sociedad Anónima con cédula jurídica tres-ciento
uno-tres ocho siete tres siete siete.—Alajuela, al ser diez horas del día
diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Vinicio Villegas Arroyo,
Notario.—1 vez.—( IN2017202813 ).
Los suscritos, León Carmiol Gutiérrez, con cédula
de identidad número 2-0278-0177 y María Auxiliadora Cuadra Tapia, con cédula de
identidad número 8-0047-0724, por medio del presente edicto informamos que como
titulares de la totalidad del capital social de Juaromar Uno Sociedad
Anónima, con cédula jurídica: 3-101-110191, compareceremos, dentro del
plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública
mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en
el Transitorio Segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de
marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La
Gaceta. Lugar y fecha: Alajuela, a las trece horas del 12 de diciembre de
2017.—León Carmiol Guitérrez y María Auxiliadora Tapia.—Lic. Walter Rodríguez
Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017202814 ).
El suscrito Rodrigo Brenes Brenes, mayor,
divorciado una vez, comerciante, vecino de Cariari, Pococí, Limón, Restaurante
Paraíso Natural, cédula tres-dos cinco nueve-cinco nueve dos, por medio del
presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento
de las acciones, que representan la totalidad del capital social de Rigoson
Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-quinientos cuatro mil
ochocientos cincuenta y uno, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría
pública a efecto de
otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el Transitorio Segundo de la Ley de Personas
Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez
en el Diario Oficial La Gaceta.—Pococí, a las nueve horas del trece de
diciembre del dos mil diecisiete.—Rodrigo Brenes Brenes.—Lic. Randall Ramírez
Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017202815 ).
Los suscritos, Cristian Antonio Lobo Altamirano,
con cédula de identidad número 2-0530-0534 y Xenia Altamirano Herrera, con
cédula de identidad número 2-0289-1168, por medio del presente edicto
informamos que como titulares de la totalidad del capital social de Soluciones
It Sociedad Anónima, con cédula jurídica: 3-101-481060,
compareceremos, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de
otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el Transitorio Segundo de la Ley de Personas
Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez
en el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha: Alajuela, a las doce
horas del 12 de diciembre de 2017.—Cristian Antonio Lobo Altamirano y Xenia
Altamirano Herrera.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(
IN2017202816 ).
Por escrituras otorgadas a las 8:00, 8:30, 9:00 y
9:30 horas del día 14 de diciembre de 2017, se solicitó el cese de la
disolución de las compañías Urtena Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-doscientos veinticinco mil setecientos cuarenta y uno, Inversiones
Anatolia Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-trescientos sesenta y siete mil seiscientos sesenta, Estrutec Ingeniera
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos setenta y
ocho mil seiscientos cuarenta y tres e Inversiones Vallespin de La Trocha
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos
veinticinco mil quinientos cincuenta respectivamente, según ley número nueve
mil cuatrocientos ochenta y cinco.—San José, 14 de diciembre de dos mil
diecisiete.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1 vez.—( IN2017202818 ).
Ante esta notaría, en Orotina, a las quince horas
del trece de diciembre del dos mil diecisiete, se realizó cese de disolución
de: Horizontes Médicos Sociedad Anónima.—Lic. José Ronny Sandí
Chavarría, Notario.—1 vez.—( IN2017202819 ).
Ante esta notaría, en Orotina, a las diecisiete
horas del diez de noviembre del dos mil diecisiete, se realizó cese de
disolución de: Duquesa de Cañas Sociedad Anónima.—Lic. José Ronny Sandí
Chavarría, Notario Público.—1 vez.—( IN2017202820 ).
Por escritura otorgada a las ocho horas del
diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete, se solicitó el cese de la
disolución de la compañía: Osblana Treinta y Uno Doce Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y un
mil trescientos treinta y nueve, según Ley número nueve mil cuatrocientos
ochenta y cinco.—San José, diecinueve de diciembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Suny Sánchez Achío, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017202824
).
En esta notaría, se constituyó la sociedad: Adalidia
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, diecinueve de diciembre del
dos mil diecisiete.—Lic. Fabio Solórzano Rojas, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017202825 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
8:00 horas del 11 diciembre, 2017, se fusionaron las mercantiles Borge
Construcciones Sociedad Anónima, Constructora Alta Vista Sociedad
Anónima y Urbanizadora Siglo Veinte Sociedad Anónima, prevaleciendo Urbanizadora
Siglo Veinte Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2017.—Licda.
Melina Cortés Castro, Notaria.—1 vez.—( IN2017202826 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría pública, a
las 15:00 horas del 19 de diciembre de 2017, Hacienda Jurásica S. A.,
varía su domicilio social.—Lic. David Dumani Echandi, Notario.—1 vez.—(
IN2017202827 ).
El suscrito Luis Gerardo Álvarez Segura, mayor, casado
una vez, empresario, vecino de Miramar de Puntarenas del hogar de ancianos;
veinticinco metros norte, cédula número seis-ciento ochenta-doscientos cinco,
por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y
un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social
de la sociedad Inversiones Gerarxini Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-doscientos tres mil ciento cincuenta,,
comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar
escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el Transitorio Segundo de la Ley de Personas
Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez
en el Diario Oficial La Gaceta.—Miramar, a las once horas y treinta
minutos del catorce del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.—Shirley
Ávila Cortes.—1 vez.—( IN2017202828 ).
En esta notaría, se otorgaron escrituras
solicitando la desincripción de las sociedades compañía ABZ Internacional S.
A., Tienda de Novedades Arauka S. A., Arauka del
Este S. A. y Mei Hao Yi Sa.—Alajuela, 19 de diciembre del
2017.—Lic. Edgar Alejandro Solís Moraga, Notario.—1 vez.—( IN2017202829 ).
El suscrito Erickson Mendez Zúñiga, mayor, casado
una vez, empresario, vecino de Miramar, Puntarenas, del Banco Nacional setenta
y cinco metros norte, portador de la cédula número seis-trescientos treinta y
tres-doscientos uno, por medio del presente edicto informa que, como titular de
más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad
del capital social de la sociedad Consorcio Méndez y Sáenz Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos doce mil cero noventa y
cuatro, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de
otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el Transitorio Segundo de la Ley de Personas
Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez
en el Diario Oficial La Gaceta.—Miramar, a las once horas y treinta
minutos del catorce del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.—Shierley
Ávila Cortés.—1 vez.—( IN2017202831 ).
Yo, Víctor Manuel Arias Benavides, cédula de
identidad número 1-799-085, en mi condición de propietario de la totalidad del
capital social de First Flamingo Marina Village S.A., cédula jurídica
número 3-101-528747, comunico que tramitaré ante el Registro de Personas
Jurídicas, el cese de la disolución de dicha sociedad, de conformidad con
Transitorio II, Ley 9428.—San José, 19 de diciembre de 2017.—Lic. Alonso Vargas
Araya, Notario.—1 vez.—( IN2017202832 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número
doscientos veintiuno de las diecinueve horas treinta minutos del dieciocho de
diciembre de dos mil diecisiete, se presenta: Luis Eduardo Duran Piedra,
portador de la cédula de identidad número tres-cero dos tres nueve-cero uno uno
cinco, casado una vez, vecino de San Cristóbal Sur de Desamparados, barrio
Linda Vista, de la Pulpería Castillo; ochocientos metros suroeste en condición
de propietario de la totalidad de las acciones que componen todo el capital
social de la compañía Agrícola Cafetalera La Guaria Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuarenta y ocho diez
dieciséis, solicita el cese de disolución de dicha sociedad, y por ende la reactivación
de la misma con los efectos retroactivos que conlleva.—San José, diecinueve de
diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1
vez.—( IN2017202833 ).
En mi notaría en escritura pública de las 15:50
horas del 12 de diciembre del 2017, los señores Iván Alberto Ramírez Alfaro,
cédula 1-892-015 y Yesenia María Orozco Alpízar, cédula 1-959-347, solicitan al
Registro Público el cese de la disolución de la sociedad Caballete S. A.,
cédula jurídica 3-101-354603.—Ciudad Quesada, 12 de diciembre del 2017.—Lic.
Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2017202836 ).
En mi notaría por escritura a las 12:00 horas del 6
de diciembre del 2017, se protocolizó acta de la sociedad Centro Educativo
Victoria S. A., por la cual se acuerda la disolución de la sociedad.
Cualquier interesado o acreedor podrá presentar su oposición en el domicilio
social de esta sociedad.—Ciudad Quesada, seis de diciembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2017202837
).
Por escritura número 26-19 otorgada ante mí, a las
09 horas del 15 de diciembre del 2017, se modificó la cláusula quinta del
capital social del pacto constitutivo, dándose un aumento del capital social de
la Ortoqirúrgicos Chowcruz S. A.—Ciudad Quesada, 16 de diciembre del
2017.—Lic. Walter José Jiménez Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017202841 ).
Se comunica que según el transitorio II de la Ley
N° 9428, ya cancelados los montos adeudados se solicitará ante el Registro
Nacional, el cese de disolución, de la compañía Consultores Hidgol H G
Sociedad Anónima, la que quedará en la misma condición jurídica previa a la
disolución, que a los efectos es: razón social Consultores Hidgol H G Sociedad
Anónima. Domicilio: San José, Urbanización Las Luisas de Barrio Córdoba, 100 metros al sur de la
primera entrada a la derecha. Objeto: el comercio, la industria, el transporte,
la construcción, la agricultura; podrá rendir toda clase de fianzas y garantías
a favor de socios o terceros; y el plazo es del 21/05/2000 al 21/05/2099;
capital social ¢10.000,00 representado por 10 acciones comunes y nominativas de
¢1.000,00 cada una; el presidente y secretario tendrán la representación
judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma, pudiendo ejercer sus poder conjunta o separadamente, la junta
directiva y fiscal duraran en sus cargos por todo el plazo social y forman su
junta directiva, presidente Luis Diego Hidalgo Hernández, cédula 2-0442-0573,
secretario Jouliana Goldoni Vargas, cédula 1-0835-0409; tesorero: Luis
Francisco Goldoni Vargas, cédula 1-0720-0198 y la fiscal Lidiette Vargas Moya,
cédula 5-096-805.—Lic. Luis Francisco Goldoni Vargas, Notario.—1 vez.—(
IN2017202844 ).
Ante
esta notaría, a las 9:30 horas de hoy se modificaron el capital social y los
aportes de proyección de apoyo Propas Sociedad Civil. Registro de
Personas Jurídicas. Carné: 10169 Escritura otorgada en Herradura, Puntarenas,
13 de mayo del 2017.—Lic. Alberto José Fajardo Monge, Notario.—1 vez.—(
IN2017202845 ).
Por escritura otorgada a las 16 horas de hoy,
protocolicé acta de Sur Global Pack S. A., mediante la que se modificó
el objeto y la administración, y se nombró nueva junta directiva.—San José, 19
de diciembre del 2017.—Lic. Arnoldo André Tinoco, Notario.—1 vez.—(
IN2017202849 ).
Se hace saber a todos los interesados que Espinoza
y Garro e Hijos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cincuenta y nueve mil cuatrocientos noventa, solicita el cese del proceso
de disolución y liquidación de la sociedad y restablecer su estatus legal
respectivo antes de dicha disolución, así como la vigencia de los nombramientos
para todos los efectos legales. Es todo.—Pérez Zeledón, diecinueve de diciembre
del dos mil diecisiete.—Licda. María Jesús Espinoza Garro, socia de la
compañía.—1 vez.—( IN2017202850 ).
Mediante escritura pública otorgada ante esta
notaría, a las catorce horas del diecinueve de diciembre del dos mil
diecisiete, se protocolizó acta de la R O B Cincuenta Punto Uno
Sociedad Anónima, mediante la cual se procede a hacer disolución de la
sociedad por acuerdo de socios, se procede a publicar edicto de conformidad con
lo establecido por el artículo doscientos siete del Código de Comercio.—San
José, diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Gabriela Martínez
Gould, Notaria.—1 vez.—( IN2017202853 ).
Se comunica que según el transitorio II de la Ley
N° 9428, ya cancelados los montos adeudados se solicitará ante el Registro
Nacional, el cese de disolución, de la compañía 3-101-548675 Sociedad
Anónima, la que quedará en la misma condición jurídica previa a la
disolución, que al efecto es: Razón social 3-101-548675 Sociedad
Anónima. Domicilio: Guanacaste, Carrillo Palmira, de la entrada al ingenio
de central azucarera tempisque, 400 metros al norte. Objeto: comercio,
industria, transporte, construcción, turismo, agricultura, minería, adquirir
bienes muebles o inmuebles, derecho y concesiones, enajenarlos y gravarlos,
rendir fianzas y garantías; y el plazo es del 24/07/2008 al 24/07/2107. Capital
social: ¢30.000,00 representado por 6 acciones comunes y nominativas de
¢5000,00 casa una; presidente y secretario ejercen la representación judicial y
extrajudicial con facultades
de apoderados generalísimos sin limitación de suma, pudiendo actuar
separadamente hasta ¢1.500.000,00, y de forma conjunta en todo acto que supere
la suma indicada; la junta directiva y fiscal durarán en sus cargos todo el
plazo social, y la conforman, presidente David Martínez Vargas, mayor, cédula
5-217-535, secretario Norman Alfaro Alfaro, mayor, cédula 5-338-272; tesorero
Andrés Martínez Vargas, cédula 5-044-733, y el fiscal Eduardo Badilla Duarte,
mayor, cédula 5-161-512.—Lic. Luis Francisco Goldoni Vargas, Notario.—1 vez.—(
IN2017202855 ).
Se comunica que según el transitorio II de la Ley
N° 9428, ya cancelados los montos adeudados se solicitará ante el Registro
Nacional, el cese de disolución, de la compañía SMP ARQ Sociedad Anónima,
la que quedará en la misma condición jurídica previa a la disolución, que al
efecto es: razón social SMP ARQ Sociedad Anónima. Domicilio:
Guanacaste-Carrillo Filadelfia, diagonal a las oficinas del banco nacional de
costa rica, oficina número siete. Objeto: comercio, industria, agricultura, turismo.
podrá rendir fianza y garantía cuando perciba retribución económica; y el plazo
es del 13/08/2005 al 13/08/2104; capital social ¢10.000,00 representado por 2
acciones comunes y nominativas de ¢5.000,00 cada una; presidente ejerce la
representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado
generalísimo sin limitación de suma; la junta directiva y fiscal duraran en sus
cargos todo el plazo social, y la conforman, presidente: Silvia Estela Masís
Peña, cédula 1-878-444, secretario Juan Masís Bonilla, cédula 5-104-615;
tesorero Laura Masís Peña, y fiscal Ana Vanesa Obando Vargas, cédula
1-827-906.—Lic. Luis Francisco Goldoni Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017202856
).
Por escrituras otorgadas ante mi notaría el pasado
cuatro de diciembre, se solicita el cese del proceso de disolución de las
compañías Inversiones y Asesoría Dan S. A., y Ladin de Santa
Ana S. A.—San José, 18 de diciembre del 2017.—Lic. Jorge Luis Fonseca
Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2017202857 ).
Por escritura otorgada por el suscrito notario a
las 9:00 horas del 19 de diciembre del 2017, se acordó la disolución de Tecnotrans
Siglo XXI S. A.—Lic. Olman Aguilar Castro, Notario.—1 vez.—( IN2017202858
).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de
hoy, los propietarios que representan el por cien por ciento del capital
social, solicitaron al registro proceder a suspender la disolución de la
sociedad Goyco Sociedad Anónima, cuya cédula de persona jurídica es
tres-ciento uno-seiscientos treinta mil setecientos noventa, en aplicación a lo
dispuesto por el transitorio segundo de la ley nueve mil cuatrocientos ochenta
y cinco.—Alajuela, uno de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Eduardo Gamboa
Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017202859 ).
Ante esta notaría, al ser las trece horas treinta
minutos del día diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete, se otorgó
escritura mediante la cual se solicitó el cese de la disolución por Ley número
nueve mil veinticuatro de la sociedad Caribe Mundo de Pelucas Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
veintidós mil setecientos noventa y siete.—San José, a los diecinueve días del
mes de diciembre de dos mil diecisiete.—Lic. María Lucrecia Quesada Barquero,
Notaria.—1 vez.—( IN2017202860 ).
Por escritura número doscientos cincuenta y seis
otorgada ante la notaria Vilma María Guevara Mora, a las 11:30 horas del día 7
de diciembre del 2017, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de
accionistas de la firma Anasusnileve Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-01-257267, en la que se acordó: disolver la sociedad.—San José, 20 de
diciembre del 2017.—Licda. Vilma María Guevara Mora, Notaria.—1 vez.—(
IN2017202862 ).
Que ante mi notaría, la compañía Comercial
Alvarado y Gómez A Cag Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento
uno-doscientos ochenta y ocho mil cuarenta y cinco, ha solicitado la disolución
de la misma, de conformidad con el Transitorio II de la Ley 9428. Oposiciones
al fax 2685-4147.—Licda. Jenny María Ramos González, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2017202863 ).
Mediante escritura pública otorgada ante esta
notaría a las dieciocho horas del diecinueve de diciembre del dos mil
diecisiete, se protocolizó acta de la sociedad IDECO Ingeniería Desarrollo y
Construcción Sociedad Anónima, mediante la cual se procede a hacer aumento
de capital social mediante reforma de la cláusula quinta del pacto
constitutivo.—San José, diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Gabriela Martínez Gould, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017202864 ).
Ante esta notaría, se acordó el cese de disolución
por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el transitorio II de
la Ley 9428 de la sociedad Construcciones Tibás Sociedad Anónima, cédula
de persona jurídica número 3-102-77410.—Heredia, 19 de diciembre de
2017.—Licda. Alejandra Arias Madrigal, Notaria.—1 vez.—( IN2017202865 ).
Por
escritura otorgada en mi notaría, a las 08:00 horas del 09 de diciembre del
2017; se modificó el pacto constitutivo de Vientos de la Ventura S. A.;
cédula jurídica: 3-101-516410. Domicilio social: Alajuela, Central, Condominio
Botánica, casa número sesenta y siete-A. Cambio de presidente y
secretario.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017202869 ).
Se hace saber a todos los interesados que Inversiones
Odontomédicas DDELCA Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos ocho mil quinientos ochenta y cuatro, solicita el cese del
proceso de disolución y liquidación de la sociedad y restablecer su estatus
legal respectivo antes de dicha disolución, así como la vigencia de los
nombramientos para todos los efectos legales. Es todo.—Pérez Zeledón,
diecinueve de diciembre del año dos mil diecisiete.—Licda. María Jesús Espinoza
Garro, Notaria.—1 vez.—( IN2017202871 ).
Por escritura otorgada a las ocho horas del veinte
de diciembre del dos mil diecisiete, que es protocolización de acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios, por unanimidad de votos de
disolvió la sociedad Mitayo Internacional Sociedad Anónima, domiciliada
en Guanacaste, Liberia, Barrio Roble de Sabana, trescientos metros al norte de
Autocarrocería Liberia, entrada al boulevard, primera casa a la derecha, cédula
jurídica número 3-101-419225. Es todo.—Liberia, veinte de diciembre del
2017.—Lic. Germán José Berdugo González, Notario.—1 vez.—( IN2017202872 ).
Por escritura otorgada en mi notaría, hoy a las
11:00 horas se protocolizó el acta número cinco correspondiente a la asamblea
general extraordinaria de Villas Mil Bello Puerto S. A., cédula jurídica
3-101-132840, mediante la cual se reforma el pacto constitutivo en cuanto al
domicilio social, administración, se actualiza el número de pasaporte, se crea
el cargo de vocal y se nombra agente residente por el resto de plazo
social.—San José, 19 de diciembre del 2017.—Licda. Marcela Corrales Murillo,
Notaria.—1 vez.—( IN2017202874 ).
La
sociedad Betucha S. A., cédula jurídica Nº 3-101-129828, inscrita en el
Registro Mercantil, al tomo 738, folio 55, asiento 65, representada por su
presidente, con poder generalísimo sin limitación de suma, Bernal Turcios
Chaverri, mayor, divorciado una vez, abogado, cédula Nº 6-0102-1397, vecino de
Heredia, en su condición de propietaria del cincuenta y cinco por ciento de las
acciones de la sociedad Marina Guaitil, cédula jurídica Nº 3-101-155203,
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de dicha sociedad con el fundamento en el transitorio II de la Ley
de Impuesto a las Personas Jurídicas Nº 9428.—Heredia, 118 de diciembre del
2017.—Lic. Bernal Turcios Chaverri, Presidente.—1 vez.—( IN2017202876 ).
Por escritura número doscientos setenta y cuatro,
se acuerda disolver la sociedad Inversiones Álvarez & Mora Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y ocho
mil ochocientos ochenta y dos. Es todo.—Monterrey, San Carlos, quince horas
treinta minutos del diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete.—Lic. Ricardo
Reyes Cálix, Notario.—1 vez.—( IN2017202878 ).
Se comunica que según el transitorio II de la Ley N°
9428, ya cancelados los montos adeudados se solicitará ante el Registro
Nacional, el cese de disolución, de la compañía Consultores Hidgol H G
Sociedad Anónima, la que quedará en la misma condición jurídica previa a la
disolución, que a los efectos es: razón social Consultores Hidgol H G
Sociedad Anónima; domicilio: San José urbanización Las Luisas de Barrio
Córdoba, 100 metros al sur de la primera entrada a la derecha; objeto: el comercio, la industria, el transporte, la construcción, la
agricultura; podrá rendir toda clase de fianzas y garantías a favor de socios o
terceros; y el plazo es del 21/05/2000 al 21/05/2099; capital social ¢10.000,00
representado por 10 acciones comunes y nominativas de ¢1.000,00 casa una; el
presidente y secretario tendrán la representación judicial y extrajudicial con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo ejercer sus
poder conjunta o separadamente, la junta directiva y fiscal durarán en sus
cargos por todo el plazo social, y forman su junta directiva, presidente Luis
Diego Hidalgo Hernández, cédula Nº 2-0442-0573, secretario Jouliana Goldoni
Vargas, cédula Nº 1-0835-0409; tesorero Luis Francisco Goldoni Vargas, cédula
Nº 1-0720-0198, y el fiscal Lidiette Vargas Moya, cédula Nº 5-096-805.—Lic. Luis
Francisco Goldoni Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017202879 ).
Se
deja constancia que en esta notaría Daled PVS Cincuenta y Ocho S. A.,
mediante escritura otorgada a las once horas con veinte minutos del trece de
diciembre del dos mil diecisiete protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria accionistas del doce de diciembre del dos mil diecisiete en la
cual se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Roberto Soto Vega.—1 vez.—(
IN2017202881 ).
Se deja constancia que en esta notaría Quefaso
de Jacó S. A. mediante escritura otorgada a las once horas del diecinueve
de diciembre del dos mil diecisiete protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas del diecisiete de diciembre del dos mil
diecisiete en la cual se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Roberto Soto Vega,
Notario.—1 vez.—( IN2017202882 ).
Por escritura otorgada por el suscrito notario, a
las 08:00 horas del 19 de diciembre del 2017, se acordó la disolución de Tikizia
Imágenes S. A.—Lic. Olman Aguilar Castro, Notario.—1 vez.—( IN2017202883 ).
En la notaría de la Licda. María Cecilia Ramírez
Gómez, con oficina en San José, en el protocolo veinticuatro folio cuarenta y
cinco escritura número ciento uno, se solicita el cese de la disolución de la
empresa: Tres Ciento Uno Quinientos Setenta y Cuatro Setecientos Treinta y
Tres Sociedad Anónima, mediante acta realizada y aprobada por la totalidad
del capital social.—Licda. María Cecilia Ramírez Gómez, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2017202884 ).
En la
notaría de la Licda. María Cecilia Ramírez Gómez, con oficina en San José, se
protocolizó el acta número uno de Mobishop Sociedad Anónima. Escritura
número 100 del tomo 24, folio 44 , se acuerda la disolución de la
sociedad.—Licda. María Cecilia Ramírez Gómez, Notaria.—1 vez.—( IN2017202885 ).
Ante esta notaría, al ser las catorce horas
veinticinco minutos del día diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete, se
otorgó escritura mediante la cual se solicitó el cese de la disolución por Ley
número nueve mil veinticuatro de la sociedad Punto de Novedades DFA Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos
cuarenta y un mil ochocientos veintiuno.—San José, a los diecinueve días del
mes de diciembre de dos mil diecisiete.—Licda. María Lucrecia Quesada Barquero,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017202886 ).
Mediante escritura pública número ochenta de las
dieciséis horas de diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones
S&P Ámbar S. A.—Naranjo, veinte de diciembre de dos mil
diecisiete.—Licda. Analive Matamoros López, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2017202887 ).
En mi
notaría, escritura de fecha 18 de diciembre del 2017, tomo 24, se protocolizó
acta junta directiva de: Asociación de Iglesias Evangelistas de Costa Rica,
cédula jurídica Nº 3-002-071302. Presidente: Gerardo Rojas Álvarez.—Licda.
Marlene Isabel Guzmán Muñoz, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017202890 ).
Cese de disolución. Mediante escritura Nº 170 de
folio 126 vuelto del tomo 4 de mí protocolo, Juan Bernardo Soto Calderón,
portador de la cédula de identidad Nº 2-0539-0958, en su condición de
propietario de la totalidad del capital social de la empresa: Tres-Ciento
Uno-Quinientos Trece Mil Setecientos Treinta y Cinco Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica Nº 3-101-513735, procede a solicitar al Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, la cesación de la disolución de la
citada entidad en virtud de lo establecido en transitorio II de la Ley Nº
9428.—Heredia, 20 de diciembre del 2017.—Lic. Jorge Eduardo Ramos Ramos,
Notario.—1 vez.—( IN2017202891 ).
El suscrito notario Billy Latouche Ortiz, hace
constar que, en esta notaría, se protocolizó Polaina Brava Sociedad de Responsabilidad
Limitada; y se disolvió Plasticom Internacional INC Sociedad Anónima.
Es todo.—Firmo en Palmar Norte, Osa, Puntarenas, al ser las siete horas del día
veinte de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Billy Latouche Ortiz,
Notario.—1 vez.—( IN2017202893 ).
Por escritura otorgada en San José, a las once
horas del dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete, ante mi notaría, Jaime
Murillo Herrera, cédula número uno-seiscientos cuarenta y uno-trescientos
diecinueve, y Connie Vargas Porras, cédula número cinco-doscientos
veinte-cuatrocientos catorce, solicitan el cese de disolución de la sociedad Complejo
Turístico El Peñón S.A.—Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1
vez.—( IN2017202895 ).
Por escritura protocolizada por mí, al ser las
20:00 horas del 19 de diciembre de 2017, se disuelve la sociedad: Indu
Maathai S. A.—Heredia, 19 de diciembre de 2017.—Licda. María Lourdes
Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—( IN2017202897 ).
Por
escritura otorgada a las 8 horas de hoy, protocolicé acuerdos de la sociedad, Kempton
Arm Sociedad Anónima, domiciliada en San José. Donde se acordó modificar la
cláusula de la administración.—San José, 19 de diciembre del 2017.—Lic. Arturo
Varela Aguilar, Notario Público.—1 vez.—( IN2017202900 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas del 20 de diciembre del
2017 se protocolizo acta de asamblea general ordinaria extraordinaria de Inversiones
Jomagra Punta Indio S. A., cédula jurídica Nº 3-101-506204, se reforma
cláusulas 5 y 8, se nombra presidente y tesorero de la junta directiva.—Lic.
Gustavo Acuña Alvarado, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2017202902 ).
Por escritura número ochenta y seis otorgada ante
ésta notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la empresa Ecotierra Investigación y Análisis en Economía y Valoración
Ambiental Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-trescientos sesenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y tres,
por medio de la cual se reformaron las cláusulas primera, segunda y tercera del
pacto constitutivo.—San José, 12 de diciembre de dos mil diecisiete.—Firma
ilegible.—1 vez.—( IN2017202903 ).
Que mediante escritura número ochenta y tres, del
tomo dieciséis del notario Ronald E. González Calderón, se solicita la cesación
de disolución de la sociedad Chaves y Madrigal S. A., persona con cédula
de tres-ciento uno-cinco cuatro cinco tres ocho ocho, de conformidad con la
circular DPJ-cero uno tres-dos mil diecisiete.—San José, veinte de diciembre
del dos mil diecisiete.—Lic. Ronald E. González Calderón, Notario.—1 vez.—(
IN2017202904 ).
Por escritura número ochenta y siete, otorgada ante
esta notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la empresa: Unión Abril Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta mil quinientos sesenta y dos, por
medio de la cual se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo en
cuanto a su domicilio.—San José, 13 de diciembre del 2017.—Firma Ilegible.—1
vez.—( IN2017202905 ).
Por escritura de las 08:00 horas de hoy, se
disuelve la sociedad: IMC, Ingeniería, Mantenimiento y Construcción Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno cinco siete
nueve tres ocho cuatro. Notaria: María Elena González Larrad, carné Nº 3729. La
suscrita notaria hace constar y da fe que la anterior es igual a su
original.—San José, 18 de diciembre del 2017.—Licda. María Elena González
Larrad, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017202908 ).
Se protocoliza acta de la asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de Playa Grande Pingüino Number
Twenty Three S.A.., celebrada en Cabo Velas, Santa Cruz, Guanacaste, a las
10:30 horas del 18 de diciembre del 2014. Se acordó: reformar las cláusulas
segunda y sexta, así como nombrar nueva junta directiva y fiscal.—San José, a
las 09:00 horas del 19 de diciembre del 2017.—Licda. Ivannia Zúñiga Vidal,
Notaria.—1 vez.—( IN2017202910 ).
Por escritura otorgada ante mí Balcones
Callampa Pmam Diez S. A. solicita cese de disolución.—San José, 19 de
diciembre de 2017.—Lic. Jaime Weisleder Weisleder, Notario.—1 vez.—(
IN2017202912 ).
Ante esta notaría, por escritura número ciento
cinco-veinte, otorgada en San José, a las 09:00 horas del 20 de diciembre del
2017, los socios de la sociedad Agrícola Cerdas Morales Internacional C.R.
S. A., cédula Nº 3-101-212961, solicitan al Registro Nacional el cese de la
disolución de dicha sociedad.—San José, 20 de diciembre del 2017.—Lic. Juan
Carlos Herrera Díaz, Notario.—1 vez.—( IN2017202913 ).
Ante
mi notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad: Grupo Alse CA Sociedad Anónima, donde se
conviene disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Tibás, 19 de diciembre del
2017.—Licda. Gloriana Arias Mora, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017202914 ).
El día de hoy, en esta notaría, se constituyó la
sociedad denominada: Escénica La Semilla Sociedad Anónima. Capital:
cincuenta mil colones, suscrito y pagado. Plazo social: de cien años. Correo
electrónico: mvargascav@hotmail.com.—San José, 28 de noviembre del 2017.—Lic.
Marco Antonio Vargas Cavallini, Notario Público.—1 vez.—( IN2017202916 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, el día de
hoy, el señor Álvaro José Meza Lázarus, portador de la cédula de identidad
número siete-cero cero seis uno-cero tres seis cuatro, en su condición de
apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad extranjera: Penspen
Limited, cédula jurídica número tres-cero doce-siete cuatro uno seis siete
cero, compareció ante
esta notaría a efectos de solicitar al Registro proceder a suspender la
disolución de la sucursal: Penspen Limited, cuya cédula de persona
jurídica es tres-cero doce-tres cero siete cero cinco seis, en aplicación a lo
dispuesto por el transitorio segundo de la Ley nueve mil cuatrocientos
veintiocho, reformado a su vez por la Ley nueve mil cuatrocientos ochenta y
cinco.—San José, diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Diego
Alejandro Rudin Arguedas, Notario Público.—1 vez.—( IN2017202919 ).
Ante mi notaría, se ha solicitado la reactivación
de la sociedad denominada: Vistas de Flamingo Número Treinta y Dos Sociedad
Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-189589, en virtud de haberse
cancelado el asiento registral por adeudos con el Impuesto de Personas
Jurídicas.—San José, 19 de diciembre del 2017.—Licda. Ana Cristina Arce
Sequeira, Notaria.—1 vez.—( IN2017202920 ).
Ante mi notaría, se ha solicitado la reactivación
de la sociedad denominada: Vistas de Flamingo Número Treinta y Ocho Sociedad
Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-189595, en virtud de haberse
cancelado el asiento registral por adeudos con el Impuesto de Personas
Jurídicas.—San José, 19 de diciembre del 2017.—Licda. Ana Cristina Arce
Sequeira, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017202921 ).
Ante mi notaría, se ha solicitado la reactivación
de la sociedad denominada: Vistas de Flamingo Número Ocho Sociedad Anónima,
con cédula jurídica Nº 3-101-189569, en virtud de haberse cancelado el asiento
registral por adeudos con el Impuesto de Personas Jurídicas.—San José, 19 de
diciembre del 2017.—Licda. Ana Cristina Arce Sequeira, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2017202922 ).
Ante mi notaría, se ha solicitado la reactivación
de la sociedad denominada: Vistas de Flamingo Número Cinco Sociedad Anónima,
con cédula jurídica Nº 3-101-189568, en virtud de haberse cancelado el asiento
registral por adeudos con el Impuesto de Personas Jurídicas.—San José, 19 de
diciembre del 2017.—Licda. Ana Cristina Arce Sequeira, Notaria.—1 vez.—(
IN2017202923 ).
Ante mi notaría se ha solicitado la reactivación
de la sociedad denominada Vistas de Flamingo Número Nueve Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número 3-101-189570, en virtud de haberse cancelado el
asiento registral por adeudos con el Impuesto de Personas Jurídicas.—19 de
diciembre 2017.—Licda. Ana Cristina Arce Sequeira, Notaria.—1 vez.—(
IN2017202924 ).
Mediante
escritura 99 otorgada ante la suscrita notaria, a las 11 horas del 18 de
diciembre de 2017, los socios Anwar Gazel Kammeijer y Andrea Messeguer Nájera
teniendo más del porcentaje requerido por ley acordaron cesar la disolución de
la sociedad HBH Playa Grande Sociedad Anónima cédula jurídica
3-101-158482.—Guanacaste, 18 de diciembre de 2017.—Licda. Mónica Umaña
Barrantes, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017202925 ).
Mediante escritura 100 otorgada ante la suscrita
notaria a las 12 horas 30 minutos del 19 de diciembre de 2017, los socios
Roberto Gazel González y Ricardo Thompson Thompson teniendo más del porcentaje requerido
por ley acordaron cesar la disolución de la sociedad Maravillas de Río
Cuarto Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-443093.—San José, 19 de
diciembre de 2017.—Licda. Mónica Umaña Barrantes, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2017202926 ).
El suscrito notario hace constar que, por escritura
otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 19 de diciembre de dos 2017. se
constituyó la sociedad denominada Giragon Import, Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Es todo.—San José, 19 de diciembre de 2017.—Lic.
Christian Garnier Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2017202927 ).
En
escritura ochenta y ocho se constituye Corporación Sin Fronteras M.F.R.
Gerente con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma
representación judicial y extrajudicial.—San José, 19 de diciembre dos mil
diecisiete.—Lic. Ronald Rodolfo López Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2017202934 ).
La suscrita, María Auxiliadora Barba Barba, mayor,
viuda, comerciante, vecina de Guanacaste, Cañas, ciento cincuenta metros sur de
la panadería Musmani, casa mano derecha, quien porta y exhibe la cédula de
identidad número ocho cero cero cinco cuatro cero siete nueve uno, por medio
del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por
ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de la
sociedad Joromo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero
uno-dos dos cuatro nueve nueve uno, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante
notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su
reforma. Publíquese una vez en el diario oficial La Gaceta..—Cañas,
Guanacaste, a las diecisiete horas del nueve de diciembre de dos mil
diecisiete.—Lic. Sirio Henry Obando Vindas, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017202935 ).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, el
día de hoy se protocoliza acta de la sociedad Belluno San Sociedad de
Responsabilidad Limitada, en la que se aprueba la disolución de la
sociedad.—San José, 19 de diciembre de 2017.—Licda. Carmen Aguilar Mora,
Notaria.—1 vez.—( IN2017202941 ).
Debidamente facultado al efecto, protocolicé acta
de asamblea general extraordinaria de socios de: Importadora y Exportadora
de Cueros para Centroamérica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-setecientos veinticuatro mil cuatrocientos ochenta y
dos, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 08 horas 30
minutos del 19 de diciembre del 2017.—Lic. Miguel Antonio Rodríguez Espinoza,
Notario Público.—1 vez.—( IN2017202942 ).
Ante esta notaría pública, se acordó el cese de
disolución por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el
transitorio II de la Ley Nº 9428 la sociedad denominada: Skinera Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento
diecinueve mil trescientos noventa y uno. Lic. Alan Elizondo Medina, carné Nº
20276.—San José, diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Alan
Elizondo Medina, Notario Público.—1 vez.—( IN2017202943 ).
Hoy, se ha protocolizado acuerdo de: Atrevia
& ICN S. A., donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José,
15 de diciembre del 2017.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017202944 ).
El suscrito Jorge Soto García, mayor de edad,
casado, comerciante, vecino de Limón, cédula Nº 4-0148-0756, por medio del
presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento
de las acciones que representan la totalidad del capital social de Lubricentro
Vargas Rodríguez Limón S.A., cédula jurídica Nº 3-101-482105, comparecerá,
dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura
pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo
dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de
21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, 15 de diciembre del 2017.—Jorge Soto García.—1 vez.—(
IN2017202946 ).
El suscrito Manuel Enrique Monge Vargas, mayor de
edad, casado, comerciante, vecino de Limón, cédula Nº 1-0337-0321, por medio
del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por
ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de: José
Monge E Hijos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-0657261, comparecerá, dentro
del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública
mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en
el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo
del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 18 de diciembre del 2017.—Manuel Enrique Monge Vargas.—1 vez.—(
IN2017202947 ).
Por escritura número ciento cincuenta y nueve de
las quince horas del día del diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete,
otorgada ante esta notaría, se modifican las cláusulas: primera, segunda,
tercera y octava del pacto constitutivo de la sociedad: Jardín Infantil
Pasitos del Saber Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos veintitrés mil treinta y nueve. Rodolfo Enrique Montero
Pacheco, abogado y notario, carné Nº 2563.—San José, diecinueve de diciembre
del dos mil diecisiete.—Lic. Rodolfo Enrique Montero Pacheco, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017202949 ).
Protocolización del acta de la asamblea general
ordinaria de cuotistas de la empresa denominada: Servicios Técnicos
Electrofil Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la cual se acuerda
modificar las cláusulas: primera del pacto constitutivo y se nombra nuevo
gerente de la junta directiva. Es todo.—San José, diecinueve de diciembre del
dos mil diecisiete.—Lic. Roberto Enrique Romero Mora, Notario.—1 vez.—(
IN2017202951 ).
Por
escritura número 83, otorgada a las 17:30 horas del día de hoy, ante Notarios
Públicos Roberto León Gómez y Esteban Carranza Kopper, se protocolizó el acta
de la sociedad Grupo Financiero GMG, S. A., donde se modificó la cláusula
quinta de los estatutos de la sociedad.—San José, 19 de diciembre, 2017.—Lic.
Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—( IN2017202954 ).
Por
escritura número 84, otorgada a las 18:00 horas del día de hoy, ante Notarios
Públicos Roberto León Gómez y Esteban Carranza Kopper, se protocolizó el acta
de la sociedad Financiera Credilat, S.A., donde se modificó la cláusula
quinta de los estatutos de la sociedad.—San José, 19 de diciembre, 2017.—Lic.
Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—( IN2017202955 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del diecinueve de
diciembre del 2017, comparece el porcentaje de accionistas requerido por la ley
9485, de la empresa Inmobiliaria Naiot S.A., cédula jurídica número
3-101-444537, y solicita al Registro Nacional, Registro de Personas Jurídicas,
el cese de su disolucion, con base en la ley número 9485, publicada en La
Gaceta número 197, Alcance 250 del 19 de Octubre del 2017.—Licda. Teresita
Miranda Bermúdez, Notaria.—1 vez.—( IN2017202956 ).
Ante mí, Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, se solicita
el cese de disolución de Aerofinca Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y siete mil ochocientos
sesenta, quedando esta persona jurídica en la misma condición jurídica en que
se encontraba antes de su disolución, con los efectos retroactivos que ello
conlleva.—San José, veinte de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Dan
Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2017202958 ).
Ante mí, Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, se solicita
el cese de disolución de Loewen Security Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos diecisiete mil seiscientos
cuarenta y dos, quedando esta persona jurídica en la misma condición jurídica
en que se encontraba antes de su disolución, con los efectos retroactivos que
ello conlleva.—San José, veinte de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Dan
Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2017202959 ).
Ante mi, Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, se solicita
el cese de disolución de Fiduciaria de Custodia Inmobiliaria Limitada,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-doscientos setenta y seis
mil cuatrocientos ochenta, quedando esta persona jurídica en la misma condición
jurídica en que se encontraba antes de su disolución, con los efectos
retroactivos que ello conlleva.—San José, veinte de diciembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2017202960 ).
Mediante
escritura número doscientos treinta y cinco de las dieciséis horas del día de
hoy visible al folio ciento sesenta y ocho vuelto del tomo ocho de mi
protocolo, los accionistas de Castro & Madrigal Consultores, Abogados,
Contadores y Notarios Públicos SA, solicitaron el cese de disolución de la
sociedad referida.—San José, diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete.—Licda.
Sinda Góchez Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017202961 ).
Mediante escritura número doscientos treinta y seis
de las ocho horas del día de hoy visible al folio ciento sesenta y nueve frente
del tomo ocho de mi protocolo, Lupanya S. A., reforma cláusula según del
domicilio de la sociedad.—San José, veinte de diciembre de dos mil
diecisiete.—Licda. Sinda Góchez Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017202962 ).
Por escritura número trescientos veintiuno-ocho, se
solicita el cese de la disolución, de la sociedad Inversiones Primiyo de
Occidente Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos
ochenta y cinco mil novecientos veinticinco. En con notariado: Lic. Fernando
Campos Céspedes.—Licda. Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria.—1 vez.—(
IN2017202963 ).
Por escritura número trescientos veinte-ocho, se
solicita el cese de la disolución, de la sociedad Servicio de Maquinaria
Agricola U Y B Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-doscientos cinco mil cuatrocientos cuarenta y ocho. En con notariado: Lic.
Fernando Campos Céspedes.—Licda. Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria.—1 vez.—(
IN2017202964 ).
Por escritura número trescientos veintidós-ocho, se
solicita el cese de la disolución, de la sociedad El Gato Goloso Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta y un mil
ochocientos sesenta y cuatro. En con notariado: Lic. Fernando Campos
Céspedes.—Licda. Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017202965 ).
Por escritura número 22-16, otorgada a las catorce
horas del dieciocho de diciembre de 2017, ante esta notaría, Diana Elke
Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la
sociedad denominada White Dove Los Sueños Sociedad de Responsabilidad
Limitada, donde se acuerda la disolución de la compañía. Es
todo.—Puntarenas, 18 de diciembre de 2017.—Licda. Diana Pinchanski Fachler,
Notaria.—1 vez.—( IN2017202969 ).
En esta notaría, al ser las dieciséis horas del
diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete, se realiza la cesación de
disolución de la sociedad denominada Conservacionistas del Tenorio Sociedad
Anónima, con cedula jurídica número cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos once mil seiscientos veintidós.—Upala, 19 de diciembre del
2017.—Lic. Carlos Ramírez Badilla., Notario.—1 vez.—( IN2017202970 ).
Ante esta notaría, se modifica la cláusula segunda
de la sociedad tres-ciento uno-setecientos treinta y siete mil ochocientos
setenta Sociedad Anónima. Otorgado en Heredia, al ser las catorce
horas del diecinueve de diciembre del año dos mil diecisiete.—Licda. Iliana
Cruz Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2017202971 ).
Ante
esta notaría, se modifica la cláusula segunda de la sociedad tres-ciento uno
setecientos treinta y siete mil ochocientos sesenta y cuatro Sociedad
Anónima.—Heredia, al ser las catorce horas del diecinueve de diciembre del
año dos mil diecisiete.—Licda. Iliana Cruz Alfaro, Notaria.—1 vez.—(
IN2017202973 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, el día
19 de diciembre de 2017, se protocolizó el acta número tres de la asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas, de la sociedad: Prival
Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S. A., en la
cual se acordó modificar la cláusula quinta del pacto social.—San José, 20 de
diciembre de 2017.—Lic. George De Ford González, Notario.—1 vez.—( IN2017202974
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, el día 19 de diciembre de 2017, se
protocolizó el acta número tres de la asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios, de la sociedad denominada: Inversiones Palza S. A.,
en la cual se acordó disolver y liquidar la sociedad.—San José, 19 de diciembre
de 2017.—Lic. George De Ford González, Notario.—1 vez.—( IN2017202977 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, el
día 19 de diciembre de 2017, de conformidad con el Transitorio Segundo de la
ley nueve mil cuatrocientos veintiocho, se solicitó el cese de la disolución de
la sociedad denominada: El Tamarindo JLR S. A. y consecuentemente la
reinscripción de la misma.—San José, 19 de diciembre de 2017.—Lic. George De
Ford González, Notario.—1 vez.—( IN2017202978 ).
Ante esta notaría pública, mediante escritura
número 101-12 de las 11:30 horas del 19 de diciembre del 2017; se acordó el cese
de disolución por acuerdo de socios de la sociedad denominada Vertice
Informativo Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-596696; de
conformidad con lo establecido en el Transitorio Segundo de la ley 9428.—San
Ramón, Alajuela, 19 de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Carolina Muñoz
Solís, Notaria.—1 vez.—( IN2017202984 ).
Ante
mí, Zaida Valderrama Rodríguez, notaria pública de Alajuela, a las 11:00 horas
del 19 de diciembre del 2017, se disolvió la sociedad Tarita Negrita Srl.,
cédula jurídica número 3-102-685704.—Alajuela, 19 de diciembre del 2017.—Licda.
Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017202985 ).
Por escritura otorgada ante mí, en la ciudad de San
José, a las catorce horas treinta minutos del día diecinueve de diciembre del
dos mil diecisiete, los señores Kourosh Salimi Tari Salimi Tari, cédula de
identidad ocho-cero setenta y nueve-ochocientos ocho, y María Gabriela Monge
Vargas, cédula de identidad uno-novecientos ochenta y siete-cuatrocientos
catorce, solicitan el cese de la disolución de la sociedad Sahar SM Sociedad
de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento
dos-doscientos noventa y seis mil treinta y seis.—San José, 19 de diciembre del
2017.—Licda. Adriana salgado calvo, Notaria.—1 vez.—( IN2017202986 ).
Por escritura otorgada ante mí, en la ciudad de
San José, a las 14:00 horas del 19 de diciembre del 2017 se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Constructora Faisan
Dorado de La Garita Sociedad Anónima. Se nombra
presidente.—San José, 19 de diciembre del 2017.—Licda. Adriana Salgado Calvo,
Notaria.—1 vez.—( IN2017202987 ).
Por escritura de las catorce horas de hoy se
solicita la disolución por parte de la totalidad de los miembros fundadores y
dueños de la totalidad del capital social de la sociedad denominada Alto
Elocha Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-trescientos noventa y dos mil trescientos dieciocho.—San José, diecinueve
de diciembre de dos mil diecisiete.—Lic. José Alberto Tioli Ávila, Notario.—1
vez.—( IN2017202989 ).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito
notario, el día diecinueve de diciembre del 2017, la totalidad de los socios de
la entidad Consultoría Nova Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-ciento veintiún mil trescientos veintisiete, solicitan ante el
registro público sección mercantil, el cese de disolución de la referida
sociedad.—San José, 20 de diciembre del 2017.—Guillermo Guerrero Corrales.—1
vez.—( IN2017202990 ).
Que mediante acta de la sociedad denominada Stewart
Investmets Dos Mil Diez S. A., con cédula de persona jurídica número:
tres-ciento uno-seis uno cinco seis uno cero, domicilio en la ciudad de
Alajuela al ser las doce horas del catorce de diciembre del a fío dos mil diecisiete.
Presidida por Randa II Stewart Piedra, mayor, casado una vez, Ingeniero en
Electrónica, vecino de Alajuela, portador de la cédula de identidad número
dos-quinientos diez-doscientos veinticinco y estando presente la totalidad del
capital social de la sociedad, se prescinde del trámite de convocatoria previa
de ley, y se procede a tomar el siguiente acuerdo por unanimidad. Primero: Se
conviene reactivar el estatus jurídico de la sociedad de conformidad con lo
establecido en el Transitorio Segundo de la Ley nueve mil cuatrocientos
veintiocho reformado a su vez por la Ley nueve mil cuatrocientos ochenta y
cinco y por consiguiente se solicite al Registro Nacional el cese de la
disolución de la sociedad. Es todo.—Alajuela, catorce de diciembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Pablo Eliécer Valerio Soto, Notario.—1 vez.—( IN2017202992).
Por escritura número trescientos dieciséis del tomo
diez del suscrito notario Pablo Eliécer Valerio Soto, carné catorce mil ciento
veintiocho, se protocolizó acta de la sociedad denominada CDPM Vision Hair
& Copee Internacional S. A., con cedula de persona jurídica numero:
tres-ciento uno-siete cero cuatro uno uno cero, se
modificó la presidencia y secretaria de la junta directiva así como la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Alajuela, diecinueve de
diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Pablo Eliécer Valerio Soto, Notario.—1
vez.—( IN2017202993 ).
Mediante escritura pública número ciento veinte
otorgada ante el suscrito notario el día de hoy se otorgan solicitudes de cese
de disolución de sociedad anónima ordenada por la ley número: nueve cero dos
cuatro, firmadas por los socios en forma unánime y total, referentes a las
sociedades: Los Almendros Verdes Dos Mil Seis S. A., cédula jurídica:
tres-ciento uno-cuatro cinco seis cero cinco siete, Finca León Solano Dos
Mil Seis S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatro cinco ocho seis dos
cuatro y Quinta Las Violetas Dos Mil Seis S. A., cédula jurídica:
tres-ciento uno-cuatro cinco ocho dos dos cinco. En las tres sociedades son los
mismos socios. Es todo.—Diez horas del día veinte de diciembre del año dos mil
diecisiete.—Lic. Adrián Fernández Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017202994 ).
Número ciento treinta. Ante mí, José Eduardo Díaz
Canales, notario público con oficina en la ciudad de Guápiles de Pococí,
veinticinco metros al norte del Banco de Costa Rica, pero de paso por la ciudad
de San José centro, comparece: Kenneth Payne Hughes, sin segundo apellido en
razón de su nacionalidad estadounidense, divorciado una vez, empresario, con
pasaporte de ese país número cuatro seis seis nueve cuatro cero cuatro ocho
seis vecino de Georgia Estados Unidos de América, en trescientos Old Pretoria
Road, Albany, Georgia tres uno siete dos uno, en representación y como Presidente
con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la compañía
domiciliada en la República de los Estados Unidos de América, Estado de
Georgia, Atlanta, en trescientos Albany Georgia tres uno siete dos uno y
denominada: “Thrush Aircraft Inc”, registrada y vigente en el Registro
Mercantil del Estado de Georgia de los Estados Unidos de América a través del
número uno cuatro ocho cero dos cuatro siete cinco y fundada el pasado día
veinticinco de junio del dos mil tres, personería jurídica de los cual el
suscrito notario da fe con vista de Certificado de Persona Jurídica del Estado
de Georgia, Atlanta de los Estados Unidos de América suscrito por el Secretario
de Estado señor Brian P. Kemp con el número cero tres tres cinco siete siete
cuatro del día veintitrés de agosto del dos mil diecisiete, dejando copia en mí
protocolo de referencias, sociedad que se encuentra vigente y dice: Primero:
Que en mi condición dicha y dejando constancia que tiene personería bastante y
suficiente para este acto en nombre de su mandante Thrush Aircraft Inc,
solicita al Registro se sirva constituir Una Sucursal de esa compañía en Costa
Rica y a la vez otorga en su condición dicha un poder generalísimo sin límite
de suma en favor del señor: Kenneth Payne (nombre) Hughes (único apellido) sin
segundo apellidos en razón de su nacionalidad estadounidense, de calidades
supra indicadas, quien estando presente en este acto acepta de conformidad el
mandato conferido en su favor, quedando el apoderado con las facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma de conformidad al artículo un mil
doscientos cincuenta y tres del Código Civil, pudiendo sustituir su mandato en
todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo sin por ello
perder su poder. Segundo: el compareciente Kenneth Payne Hughes en su condición
dicha declara: Que el nombre de la sociedad que representa y otorga este Poder
es la denominada: “Thrush Aircraft Inc”; II. El Domicilio lo es en la República
de Los Estados Unidos de América, Estado de Georgia, en la ciudad de Atlanta,
trescientos Albany, Georgia tres uno siete dos uno, pudiendo establecer
sucursales u oficinas en otros países o localidades, empero la Sucursal tendrá
su domicilio en Costa Rica, en la ciudad de Guápiles de Pococí de la Provincia
de Limón, del Supermercado Pali cincuenta metros al sur, segunda planta; III.
El Objeto de esa compañía estadounidense: a) La compraventa y exportación de
aviones comerciales y/o para la fumigación aérea y transporte aéreo en todas su
modalidades (pasajeros, carga, correo y taxi aéreo), ingeniería y mantenimiento
de aviones, representación de casas fabricantes de aviones, alquiler y
fletamento de aeronaves, b) Realizar toda clases de operaciones comerciales,
industriales, administrativas, agrícolas y financieras, sin limitación de
especie alguna, en Estados Unidos de América y cualquier parte del mundo, sin
excepciones que las establecidas por las leyes y c) En general dedicarse a
cualquier negocio lícito en cualquier parte del mundo; IV. Que el Capital
Social autorizado de esa sociedad consistirá en la suma de: tres millones de
dólares moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. V. Que el plazo
social de duración y existencia de la sociedad es de forma perpetua; VI. Que el
único director de la sociedad lo es el hoy compareciente. Tercero: Que el
otorgante declara que tanto el, como la empresa que él representa, así como el
apoderado señor Hughes están sujetos a las leyes y jurisdicción de la República
de Costa Rica, en cuanto a todos los actos que ejecuten en Costa Rica y
expresamente renuncian a las leyes de su domicilio y que el suscrito deja
constancia de su poder para otorgar este acto y suficiente personería para
hacerlo. Es todo. Extenderé un primer testimonio. Leído lo escrito a la
otorgante y al apoderado, lo aprobaron y firmamos conformes en la ciudad de San
José a las diez horas treinta minutos del día veinte de diciembre del dos mil
diecisiete. Ilegible. Ilegible. JEDC. Lo anterior es copia fiel y exacta de la
escritura pública numero ciento treinta visible e iniciada al folio frente
ciento cuarenta y dos del tomo ochenta y nueve del protocolo del suscrito
notario la cual resulto conforme al momento de confrontarla con su original y
la expido como un primer testimonio de la hora de otorgar la matriz.—Lic. José
Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—( IN2017202995 ).
Que ante esta notaría pública, se acordó el
cese de disolución por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en
el transitorio II de la Ley 9428 la sociedad denominada Distrigas, Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos
setenta y un mil novecientos cuarenta y uno.—San José, 01 de diciembre del
2017.—Licda. Marcela Vargas Madrigal, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017202997 ).
Mediante la escritura
número setenta y nueve otorgada a las veintiún horas del quince de diciembre de
dos mil diecisiete ante el notario Sergio Jiménez Odio, se solicita el cese de
disolución de la compañía Borinquen Mil Novecientos Sesenta S. A., con cédula
jurídica número tres-ciento uno-cuatro tres tres dos uno tres, por cuanto la
misma se encuentra al día con el pago del Impuesto de Personas Jurídicas.—San
José, quince de diciembre de dos mil diecisiete.—Sandra María Mora Esquivel.—1
vez.—( IN2017202998 ).
En mi notaría comparecen la señora Ligia
Mayela Araya Álvarez, mayor, viuda, de oficios del hogar, vecina de San Antonio
de Desamparados, con cédula de identidad número uno-trescientos noventa y
tres-mil trescientos cuarenta y ocho, como titular de más del cincuenta y un
por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Gonara
S. A., cédula jurídica número 3-101-041717 comparecerá, dentro del plazo de
ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la
cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el
cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el
transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo
del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 18 de diciembre de 2017.—Lic. Ronald Ramírez Garita, Notario.—1 vez.—(
IN2017202999 ).
Mediante escritura número
ochenta y dos, otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del veinte de
diciembre del dos mil diecisiete, por acuerdo de socios de la compañía: Investments
JB & JB Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-649807, se acuerda
la disolución de la misma.—Grecia, 20 de diciembre del 2017.—Licda. Carol
Fabiola Murillo Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2017203000 ).
Por escritura número treinta y cuatro,
otorgada ante esta notaría, a las quince horas del diecinueve de diciembre del
dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea de socios de: Cartogua
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos
dieciocho mil ochocientos cuarenta y ocho, en la cual, mediante acuerdo firme y
unánime de los socios, se acordó la disolución de la sociedad. Es todo.—San
José, diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Édgar Odio
Rohrmoser, Notario.—1 vez.—( IN2017203003 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 13:00 horas del día 19 de diciembre del 2017, la empresa VLP Buff Five
D, Sociedad de Responsabilidad Limitada, protocolizó acuerdos en donde se
conviene modificar la cláusula novena, respecto de la Administración.—San José,
20 de diciembre del 2017.—Lic. Mauricio París Cruz, Notario.—1 vez.—(
IN2017203006 ).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas
del trece de noviembre del dos mil diecisiete, se acuerda reformar la cláusula
segunda, cláusula del domicilio, de los estatutos sociales de la sociedad Arce
Asesores Costa Rica, Sociedad Anónima.—Lic. Mario Pacheco Flores,
Notario.—1 vez.—( IN2017203007 ).
Por escritura número once
otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del dieciocho de diciembre
del dos mil diecisiete, por acuerdo unánime y en firme de socios se reformó la
cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad El Monasterio de Cronos
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-doscientos sesenta y cuatro mil doscientos setenta y tres, referente a la
administración. Es todo.—San José, a las catorce horas del diecinueve de
diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1
vez.—( IN2017203008 ).
La suscrita, Maricruz
Sánchez Carro, mayor, abogada, vecina de Alajuela, con cédula de identidad
número 2-491-943 en representación del señor James Alan (nombre) Ganzer
(apellido) mayor de edad, soltero, artista, ciudadano estadounidense, con
pasaporte número 564116913, vecino de Las Flores Heights, número 21657, Malibú,
California, Estados Unidos América, por medio del presente edicto informo que
el señor Ganzer, en su condición de titular del cien por ciento del capital
social de la sociedad Doce de Las Marisma, Sociedad Anónima, con cédula
jurídica 3-101-423991, se presentaré ante mi Notaría y/o la del Notario de su
elección, dentro del plazo de ley, a efecto de otorgar escritura pública
mediante la cual le solicitará al Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en
el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de
marzo del 2017, y su reforma.—Licda. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(
IN2017203010 ).
La suscrita, Maricruz Sánchez Carro, mayor,
abogada, vecina de Alajuela, con cédula de identidad número 2-491-943, en
representación de los señores Scott Paul Mesteller, mayor, soltero, ciudadano
estadounidense, empresario, con pasaporte de su país número 561510903 y Michael
Martin Reeves mayor, soltero, empresario, ciudadano estadounidense, con
pasaporte número 561566909, ambos vecinos de Finca Tranquila, Quepos,
Puntarenas, en su condición de titulares del cien por ciento del capital social
de la sociedad Fire Valley, Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número 3-101-519234, se presentaran por si o por medio de apoderado,
ante mi notaría y/o la del Notario de su elección, dentro del plazo de ley, a
efecto de otorgar escritura pública mediante la cual le solicitará al Registro
de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la
sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.—Licda.
Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—( IN2017203011 ).
La suscrita, Maricruz
Sánchez Carro, mayor, abogada, vecina de Alajuela, con cédula de identidad
número 2-491-943 en representación de la fundación Stichting Gaia, con número
de identificación 816283758, domiciliada en Holanda, y representada por el
señor Johannes Peter María Joseph (nombre) Palmen (apellido), de único apellido
en razón de su nacionalidad Holandesa, mayor, de edad, pensionado, casado una
vez, vecino de Pommardlaan, Países Bajos, en su condición de titular del cien
por ciento del capital social de la sociedad Magic Forest Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número 3-101-519234, se presentaran por si o por
medio de apoderado, ante mi Notaría y/o la del Notario de su elección, dentro
del plazo de ley, a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual le
solicitará al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de
la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio
segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017 y
su reforma.—Licda. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—( IN2017203012 ).
La suscrita, Maricruz Sánchez Carro, mayor,
abogada, vecina de Alajuela, con cédula de identidad número 2-491-943 en
representación de los señores Patricia Franzius Aguirre, mayor, casada una vez,
ciudadana Venezolana, odontóloga, vecina de Venezuela, Oripoto, Caracas, con
pasaporte de su país número 042 197 212, y Eduardo José Salazar González,
mayor, casado una vez, publicista, mismo domicilio que la señora Franzius,
ciudadano venezolano, con pasaporte número 1 41905626 en su condición de
titulares del cien por ciento del capital social de la sociedad Olas y Mas
Nada, Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-533816,
se presentaran por si o por medio de apoderado, ante mi Notaría y/o la del
Notario de su elección, dentro del plazo de ley, a efecto de otorgar escritura
pública mediante la cual le solicitará al Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo
dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428
de 21 de marzo del 2017, y su reforma.—Licda. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1
vez.—( IN2017203013 ).
Las suscritas Gloria
María Rodríguez Paniagua, casada una vez, Médica, con cédula: cinco-ciento
ochenta y cinco-ochocientos setenta y cinco, vecina de Santa Bárbara de Heredia
y Lis Rodríguez Paniagua, divorciada, Odontóloga, vecina del Barrio La Granja
de Nicoya Guanacaste, con cédula: uno-mil sesenta y cinco-trescientos cuarenta
y seis, por medio del presente edicto informamos que, como titulares del cien
por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Inversiones
Issys y Hasta Más de Ley S.A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos setenta y ocho mil ochocientos noventa y dos, comparecerán,
dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura
pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo
dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428
de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el diario oficial La
Gaceta.—Nicoya, Guanacaste, 12 de diciembre del año 2017.—Gloria María
Rodríguez Paniagua y Lis Rodríguez Paniagua.—1 vez.—( IN2017203017 ).
El suscrito Rolando Rodríguez Vargas,
soltero, Abogado, con cédula uno-mil trescientos setenta nueve-seiscientos
noventa, vecino de Nicoya, doscientos metros este y veinticinco sur del Banco
Nacional, por medio del presente edicto informo que, como titular del cien por
ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Roma
Green Deveploments R y V Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos seis mil quinientos setenta y uno, comparecerá, dentro del
plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública
mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en
el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de
marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el diario oficial La
Gaceta.—Nicoya, Guanacaste, 12 de diciembre del año 2017.—Lic. Rolando Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(
IN2017203019 ).
El suscrito Juan Rolando
Rodríguez Paniagua, casado en segundas nupcias, abogado, con cédula cinco-doscientos
seis-ciento treinta y uno, vecino de Nicoya, del Campo Ferial quinientos metros
en Hacienda Río Perico, por medio del presente edicto informo que, como titular
de más del cincuenta y uno por ciento de las acciones que representan más del
cincuenta y uno por ciento del capital social de Bosques Chorotega Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y dos mil
setecientos treinta y uno, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría
pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al
Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución
de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017 y su
reforma.—Guanacaste, Nicoya, 12 de diciembre del 2017.—Lic. Juan Rolando
Rodríguez Paniagua, Notario.—1 vez.—( IN2017203022 ).
Ante esta notaría, por medio de escritura
pública se modificó el pacto social de la sociedad Inversiones Nube Blanca
S. A, 3-101-012626. Licenciado Alberto Baraquiso Leitón, Notario
Público.—San José, diecinueve de diciembre del año dos mil diecisiete.—Lic.
Alberto Baraquiso Leitón, Notario.—1 vez.—( IN2017203023 ).
Ante esta notaría, por medio de escritura
pública se modificó el pacto social de la sociedad Franjo Sega S. A,
3-101-553585 S.A. Licenciado Alberto Baraquiso Leitón, Notario Público.—San
José, diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete.—Lic. Alberto Baraquiso
Leitón, Notario.—1 vez.—( IN2017203024 ).
A las 09:00 horas del día 16 de setiembre de
2017, ante esta Notaría, se protocolizó actas de las sociedades L Doscientos
Dos Mil Seis Rojo, S.A e Inmobiliaria Cerro Montecristo, Sociedad
Anónima. Se fusionan ambas sociedades, prevalece Inmobiliaria Cerro
Montecristo, Sociedad Anónima, se modifica la cláusula tercera del
domicilio y quinta del capital social, aumente a treinta mil colones.—San José,
dieciocho de diciembre del año 2017.—Licda. Margarita Morales Marín, Notaria.—1
vez.—( IN2017203049 ).
En esta notaría,
escritura Nº 134-4, el 100% del capital social solicitan al Registro Nacional,
reactivar el estatus jurídico en base al “Transitorio II de la Ley número nueve
mil cuatrocientos veintiocho”, de la sociedad: Herva S Tres Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta mil ciento treinta y
seis. Presidente: Yunny Sanabria Vargas, cédula número 1-0782-0661.—Lic.
Greivin Ureña Fuentes, Notario.—1 vez.—( IN2017203050 ).
Dora María González Sandino, mayor de edad,
casada una vez, administradora del hogar, costarricense, con cédula de
identidad número seis-cero noventa y tres-seiscientos diecinueve, vecina de
Chomes de Puntarenas, de la Misión Evangélica doscientos metros al este; y
Hilda Teresa Zeledón González, mayor de edad, casada una vez, costarricense,
cédula de identidad número seis-doscientos veintisiete-quinientos dieciocho,
administradora del hogar, vecina de la misma dirección que la anterior,
accionistas mayoritarias de la sociedad denominada Dosano Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco seis tres ocho ocho seis, siendo
la señora Dora María González Sandino, su presidenta con facultades de
apoderada generalísima sin límite de suma, siendo el capital social por la suma
de diez mil colones representados por diez acciones comunes y nominativas,
cuatro acciones corresponden a la señora González Sandino y dos acciones a
Zeledón González, solicitan de acuerdo a la Ley noventa y cuatro veintiocho, el
cese de la disolución de la entidad: Dosano Sociedad Anónima, mediante
escritura Nº 352-05.—A las 09:00 horas del 15 de diciembre del 2017.—Licda.
Selenia Guzmán Ruiz, Notaria.—1 vez.—( IN2017203051 ).
Ante esta notaría, mediante escritura Nº 377,
otorgada a las 19:00 horas del día 20 de octubre del 2017, visible al folio 180
del tomo quinto de mí protocolo, solicitó ante el Registro Nacional, la
disolución de la sociedad: Quebrada Las Mangas Dawa S. A., con cédula
jurídica Nº 3-101-57246.—San José, 13 de diciembre del 2017.—Lic. Rafael Ángel
Guillén Monge, Notario Público.—1 vez.—( IN2017203052 ).
El suscrito Juan Rolando Rodríguez Paniagua,
casado en segundas nupcias, abogado, con cédula número cinco-doscientos
seis-ciento treinta y uno, vecino de Nicoya, del Campo Ferial quinientos metros
en Hacienda Río Perico, por medio del presente edicto informo que, como titular
del cien por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital
social de: Sierra Menorca Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-trescientos treinta mil seiscientos veintiocho, comparecerán,
dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura
pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo
dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de
21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La
Gaceta.—Nicoya, Guanacaste, 12 de diciembre del 2017.—Juan Rolando
Rodríguez Paniagua, Abogado.—1 vez.—( IN2017203054 ).
Protocolización de acta
número diecisiete de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Herrera y Elizondo S. A., con número de cédula jurídica
tres-ciento uno-setenta mil seiscientos ochenta y tres, cambio de junta
directiva y representantes legales. Escritura otorgada en la cuidad de Heredia,
a las ocho horas del diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete. Es
todo.—Lic. Gerardo Alonso Benavides Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017203055 ).
Por escritura número setenta y seis-dos,
otorgada ante esta notaría, notarios: Olman Eduardo Madrigal Acuña, Juan Manuel
Godoy Pérez y Rolando Clemente Laclé Zúñiga, a las catorce horas del día
diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Divino ID Online
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-668364, mediante la cual se
acuerda la disolución y liquidación de la sociedad, y se nombra liquidador.—San
José, diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Manuel Godoy
Pérez, Notario Público.—1 vez.—( IN2017203056 ).
Ante esta notaría por
escritura otorgada a las 14:00 horas del día 19 de diciembre del 2017, se
protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios
de la sociedad: Tres-Ciento Uno-Quinientos Dieciséis Mil Trescientos Doce
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-quinientos dieciséis mil trescientos doce, donde se acuerda la disolución
de la sociedad.—San José, 19 de diciembre del 2017.—Lic. Guillermo Emilio
Zúñiga González, Notario.—1 vez.—( IN2017203057 ).
Donación, traspaso y cambio de gerente de Inversiones
Médico Veterinarias E.I.R.L. con número de cedula jurídica tres- ciento
cinco- ciento sesenta y siete mil doscientos cincuenta y siete. Escritura
número doscientos catorce- cinco, otorgada en la ciudad de Heredia a las nueve
horas del diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete. Es todo.—Lic. Gerardo
Alonso Benavides Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017203065).
Protocolización de acta número uno de
asamblea general extraordinaria de la Sociedad Tres Hermanos LGA S.A.
con número de cedula jurídica: tres- ciento uno- quinientos setenta y dos mil
setecientos setenta y dos, solicitud de cese de disolución. Escritura otorgada en
la ciudad de Heredia a las ocho horas del veinte de enero del año dos mil
diecisiete. Es todo.—Lic. Gerardo Alonso Benavides Sánchez, Notario.—1 vez.—(
IN2017203066 ).
Protocolización de acta número uno de
asamblea general extraordinaria de la sociedad Corporación Macer S. A.,
con número de cédula jurídica tres-ciento uno-ciento tres mil seiscientos
noventa y cinco, solicitud de cese de disolución. Escritura otorgada en la
cuidad de Heredia a las ocho horas con treinta minutos del veinte de enero del
dos mil diecisiete. Es todo.—Lic. Gerardo Alonso Benavides Sánchez, Notario.—1
vez.—( IN2017203067 ).
Protocolización de acta número catorce de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Veterinaria La
Semilla S. A., con número de cédula jurídica: tres-ciento uno-ciento diez
mil trescientos treinta y dos, cambio de junta directiva y representantes
legales. Escritura otorgada en la ciudad de Heredia a las ocho horas con
treinta minutos del diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete. Es todo.—Lic.
Gerardo Alonso Benavides Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017203068 ).
Se concede un plazo de quince días a partir del tercer día hábil de esta
publicación, para que el contribuyente arriba indicado cancele la deuda. De no
hacerlo, el caso será trasladado a la Oficina de Cobros Judiciales para el
trámite correspondiente. Publíquese.—Lic. Carlos Vargas Duran, Director
General.—Licda. Marianela Monge Granados, Gerente Tributario.—1 vez.—O. C. N°
3400031806.—Solicitud N° 102953.—( IN2017197847 ).