REFORMA
DEL ARTÍCULO 10 DE LA LEY DE
REGULACIÓN
Y COMERCIALIZACIÓN DE
BEBIDAS
CON CONTENIDO ALCOHÓLICO
N.°
9047, DE 25 DE JUNIO DE 2012
WILLIAM
ALVARADO BOGANTES
Y
OTROS SEÑORES DIPUTADOS
EXPEDIENTE
N.° 19.488
DEPARTAMENTO
DE SERVICIOS
PARLAMENTARIOS
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
Con la promulgación de la Ley N.° 9047
se presentaron una serie de cuestionamientos de los sujetos que ostentaban patentes para la
comercialización de bebidas alcohólicas, quien representados por la Cámara de
Patentados de Costa Rica, Cámara Nacional de Comerciantes Detallistas y Afines,
la Cámara de Patentados Heredianos, presentaron tres Acciones de
Inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional contra dicha ley.
Entre las resoluciones de mayor interés del Órgano
Constitucional en el Voto Número 2013—011499 del 29 de agosto del 2013, señaló
en lo que nos interesa:
“(…) el tributo denominado “patente”
que deben cancelar los titulares de una licencia para el expendio de bebidas
con contenido alcohólico consiste en
un impuesto que se paga en razón de la licencia autorizada, no de la venta de
los licores en sí misma (…) Por su naturaleza, el impuesto municipal
denominado “patente” está comprendido en la clasificación establecida en el
artículo 4 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, que define al
impuesto, la tasa y las contribuciones especiales; de suerte que constituye una
figura tributaria, cuya naturaleza, objetivos y fines provienen de la potestad
tributaria propia de las municipalidades; y en la que el hecho generador
no lo constituye una prestación efectiva o potencial de un servicio público
individualizable, ni la renta o utilidades de los negocios o empresas que se
desarrollan en una jurisdicción determinada, esto es, en un cantón, sino la
expedición de la licencia para la realización de una actividad lucrativa,
precisamente, en esa jurisdicción”. (Lo subrayado y resaltado no es del original).
La Sala Constitucional, en este voto
razona la inconstitucionalidad de la siguiente forma:
“Ciertamente, esta Sala debe reconocer
algunas bondades plasmadas en el numeral 10 de la nueva Ley Nº 9047, como por
ejemplo, que el legislador ordinario se haya preocupado por cobrar la patente
según la clase de licencia de que se trate y, a su vez, haya contemplado rangos
mínimos y máximos de cobro al menos en algunas clases de licencias (A, B y D);
empero, aun aplicando esas reglas, este Tribunal considera que para cierto tipo
de locales comerciales, las sumas definidas en el artículo 10 devienen
desproporcionadas e irrazonables”.
En este mismo voto la Sala
Constitucional declaró la inconstitucionalidad del impuesto con fundamento a lo
irrazonable y desproporcionado de los montos y la falta de gradualidad con
respecto a cada licencia. Al respecto se indicaba:
“(…) Pese a lo expuesto, esta Sala
observa que en lo regulado anteriormente por la Ley N° 10, se establecían
diferencias en el pago de derechos de patente según el potencial de mercado del
lugar en que estaba ubicado cada negocio, lo que resulta más acorde al
principio de justicia tributaria, toda vez que una patente que por ejemplo
pague un salario base en un lugar céntrico (cabecera de provincia),
potencialmente le representa al negocio afectado una menor carga económica, que
si se le cobrara el mismo monto a un negocio localizado en un lugar alejado,
todo ello a pesar de que ambos establecimientos correspondan a una misma clase
de licencia. Precisamente, el artículo 10 de la Ley N° 9047, aunque establece
distintos cánones para el pago de derechos trimestrales según la clase de
licencia (clases A, B, C, D y E) y, además, fija rangos mínimos y máximos al
menos en algunas clases de licencia (como por ejemplo, en las A, B y D), lo
cierto es que tales diferenciaciones resultan insuficientes a los efectos de
graduar tales montos según el potencial económico de los negocios dentro de
cada clase de licencia en específico. Desde esta perspectiva, en opinión de
este Tribunal, para que el ajuste planteado en la nueva regulación resulte
razonable y proporcionado, se necesita que el monto del pago de derechos
trimestrales se gradúe conforme al potencial de explotación de cada negocio
dentro de su correspondiente clase de licencia según sea su ubicación, tamaño,
tipo de infraestructura, entre otros parámetros objetivo”.
En síntesis, la Sala Constitucional da
énfasis a la potencialidad de la explotación de cada negocio conforme a la
clase de licencia y a una serie de parámetros objetivos como ubicación, tamaño,
infraestructura, número de empleados u otros que ayudarían a determinar tal
potencial. Al respecto se indica en el voto de cita:
“Así las cosas, la Sala encuentra una
inconstitucionalidad en cuanto a este motivo: El numeral 10 de la nueva Ley Nº
9047 establece rangos para el pago de derechos trimestrales sin que se gradúe
su aplicación conforme al potencial de explotación de cada negocio dentro de su
específica clase de licencia según sea su ubicación, tamaño, tipo de
infraestructura, entre otros parámetros objetivos, lo que lesiona principios
básicos citados en esta sentencia, como la capacidad económica del
contribuyente, justicia tributaria, igualdad, entre otros...”
En el seno de la Comisión de Asuntos
Municipales, se encuentran tres proyectos de ley para reformar el artículo 10 indicado,
con los números 18.834 de 31 de julio de 2013, 18.845 de 21 de agosto del 2013
y 18.778, de 20 de mayo de 2013, cuyo problema es que fueron presentados en
fecha anterior al voto de la Sala Constitucional por lo que son comprensibles
las inconsistencias que se puedan haber presentado en las propuestas con
relación al voto 2013—011499 de la Sala Constitucional y el Dictamen del
Departamento de Servicios Técnicos, con lo que se concluye que fue necesario
crear un nuevo proyecto a la mayor brevedad posible y después de estudiar
diferentes propuestas y análisis técnicos sobre esta temática, se propone una
nueva iniciativa que busca ser más equitativa y responde a los parámetros
objetivos de proporcionalidad y razonabilidad, que derivan de lo resuelto por
el órgano constitucional, el Departamento de Servicios Técnicos y el consenso
de las organizaciones representativas indicadas.
Analizada esta situación, los legisladores nos hemos
reunido con diferentes grupos que tienen interés directo y representación en
aras de lograr un consenso en la aclaración y en la justicia que debe imperar
en esta materia, entre los cuales podemos citar las cámaras empresariales como
la Cámara de Patentados de Costa Rica (Canapacori), Cámara Costarricense de
Restaurantes (Cacore), Cámara de Patentados Heredianos, (CPH), Cámara Nacional
de Turismo (Canatur), Cámara Costarricense de Hoteles (CCH) y la Cámara
Nacional de Comerciantes Detallistas y Afines (Canacodea), comandados por esta
última, además de la Asociación Nacional de Alcaldes e Intendentes (ANAI) y la
Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL), entre otros.
En razón de que se ha concluido que uno de los
artículos que presenta mayores problemas en su aplicación lo constituye el
artículo 10 de la Ley N.° 9047, y buscando la potencialidad del negocio como lo
señala la Sala Constitucional, es que después de estudiar diferentes propuestas
y análisis técnicos sobre esta temática, se propone una iniciativa que busca
ser más equitativa y que responde a parámetros objetivos que derivan de lo
resuelto por el órgano constitucional.
Por las razones expuestas, someto a la consideración
de los señores diputados este proyecto de ley.
LA
ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA
DE COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA
DEL ARTÍCULO 10 DE LA LEY DE
REGULACIÓN
Y COMERCIALIZACIÓN DE
BEBIDAS
CON CONTENIDO
ALCOHÓLICO,
N.° 9047,
DE
25 DE JUNIO
DE
2012
ARTÍCULO 1.- Para que se reforme el artículo 10 de
la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico,
N.° 9047, de 25 de junio del 2012, y que literalmente diga:
“Artículo
10.- Los sujetos
pasivos que tengan licencia para el expendio de bebidas con contenido
alcohólico deberán realizar, trimestralmente a la municipalidad respectiva, el
pago por anticipado de este derecho que se establecerá según el tipo de
licencia que le fue otorgado a cada establecimiento comercial conforme a su
actividad principal.
Los parámetros para determinar la
potencialidad del negocio serán:
a) Personal empleado por la empresa, b) Valor
de las ventas anuales netas del último período fiscal y, c) Valor de los
activos totales netos del último período fiscal; con los cuales se aplicará la
siguiente fórmula:
P=[ (0,6 x pe/30) + (0,3 x van/VNcs) +
(0,1 x ate/ATcs) ] x 100
Donde::
P: Puntaje obtenido por la empresa.
pe: Personal promedio empleado por la
empresa durante el último período fiscal.
NTcs: Parámetro de referencia para el
número de trabajadores de los sectores de comercio y servicios.
van: Valor de las ventas anuales netas de
la empresa en el último período fiscal.
VNcs: Parámetro monetario de referencia
para las ventas netas de los sectores de comercio y servicios.
ate: Valor de los activos totales netos de
la empresa en el último período fiscal.
AFcs: Parámetro monetario de referencia para
los Activos Netos de los sectores de comercio y servicios.
Igualmente
los valores para cada uno de los parámetros indicados; serán los siguientes:
Parámetros Comercio y
Servicios
|
NTcs =
|
30
|
VNcs =
|
2.979.000.000,00
|
AFcs =
|
931.000.000,00
|
Los valores NTcs, VNcs y AFcs, serán
actualizados según lo hace anualmente el Ministerio de Hacienda.
Para el caso del AFcs, no podrá tener un valor menor
de diez millones de colones.
Con sustento en esta fórmula las empresas se
clasificarán en las siguientes subcategorías de acuerdo al puntaje obtenido:
Subcategoría 1. Microempresas (puntaje obtenido menor
o igual a 10).
Subcategoría 2.
Pequeñas
empresas (puntaje obtenido mayor de 10 y menor o igual a 35).
Subcategoría 3.
Medianas
empresas (puntaje obtenido mayor de 35, pero menor o igual a 100).
Subcategoría 4. El resto de empresas (puntaje
obtenido mayor de 100).
Los rubros a cobrar en razón del
otorgamiento de la patente municipal, para las diferentes categorías y subcategorías,
se establece conforme a la siguiente tabla:
Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF
ARTÍCULO 2.- Para que se aprueben los siguientes
transitorios para la implementación de la presente reforma del artículo 10 de
la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico,
N.° 9047, de 25 de junio de 2012, y que literalmente digan:
“TRANSITORIO 1.- Las empresas que estén iniciando y
todavía no hayan declarado en el último período fiscal, pagará el monto
establecido en la categoría correspondiente y el rubro establecido en la
subcategoría 1.
TRANSITORIO 2.-
Las patentes
sin explotación comercial provenientes de la anterior ley número 10 del año
1936, tendrán un plazo único de seis meses contados a partir de la presente
reforma para colocar dichas patentes o renunciarlas sin pago alguno ante la
municipalidad respectiva.
TRANSITORIO 3.-
A la entrada en
vigencia de esta reforma, y por una única vez, las municipalidades condonarán
las deudas acumuladas por concepto de licencia ante la imposibilidad de pago de
los altos montos de cobro.”
Rige a partir de su publicación.
William
Alvarado Bogantes José
Francisco Camacho Leiva
Juan
Rafael Marín Quirós Juan
Luis Jiménez Succar
Paulina
María Ramírez Portuguez Marco
Vinicio Redondo Quirós
Franklin
Corella Vargas Rosibel
Ramos Madrigal
Rafael
Ángel Ortiz Fábrega Gerardo
Vargas Rojas
DIPUTADAS Y DIPUTADOS
4 de marzo de 2015
NOTA: Este proyecto pasó a estudio e informe de la
Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local
Participativo.
1 vez.—O. C. N° 25003.—Solicitud N°
28942.—C-107970.—(IN2015017127).
Nº
42-14-15
EL
DIRECTORIO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA
DE COSTA RICA
En sesión ordinaria Nº 038-2014
celebrada el 10 de diciembre del 2014.
SE
ACUERDA:
Autorizar la participación de la
diputada Marcela Guerrero Campos en el curso “Técnica Legislativa y
Administración Parlamentaria” se celebrará en el Centro de Formación de la
Cooperación Española de Antigua Guatemala, del 20 al 23 de enero del 2015.
Asimismo se acuerda otorgar a la legisladora
Guerrero Campos los pasajes aéreos y los viáticos correspondientes, de
conformidad de conformidad con lo que establece el Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos y con el itinerario de vuelo.
Finalmente, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 10 del citado reglamento, una vez concluida la participación de la
legisladora en dicha actividad, se le solicita remitir a la Comisión de
Relaciones Internacionales el respectivo informe de misión. Acuerdo firme,
irrevocable y definitivamente aprobado.
San José, a los nueve días del mes de
febrero del dos mil quince.—Henry Mora Jiménez, Presidente.—Luis Vásquez
Castro, Primer Secretario.—Jorge Rodríguez Araya, Segundo Secretario.—1 vez.—O.
C. N° 25003.—Solicitud N° 28269.—C-20650.—(IN2015013251).
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO
DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Con fundamento en las atribuciones que
les confieren el artículo 140, incisos 3), 18) y 20) de la Constitución
Política; los artículos 24, 25, 27, 28, 59, 83 y 103 de la Ley N° 6227, Ley
General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978 y sus reformas y los
artículos 4° y 69 a 72 de la Ley N° 1860, Ley Orgánica del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social del 21 de abril de 1955 y sus reformas.
Considerando:
I.—Que el artículo 13, inciso c) de la
Ley N° 8292, Ley General de Control Interno de 31 de julio del 2002, publicada
en La Gaceta N° 169 del 4 de setiembre del 2002, establece para el
Jerarca la obligación de evaluar el funcionamiento de la estructura
organizativa de la Institución y tomar las medidas pertinentes para garantizar
el cumplimiento de los fines institucionales, en estricto apego al Ordenamiento
Jurídico y técnico aplicable.
II.—Que el Decreto N° 37775-MTSS de fecha 5 de junio
del 2013 publicado en La Gaceta N° 138 del 18 de julio del 2013, con la
estructura organizacional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ha
sufrido modificaciones producto de variaciones en el funcionamiento cotidiano
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
III.—Que el Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, bajo los lineamientos que emite MIDEPLAN, realizó una reorganización
parcial que modifica la estructura organizacional generando la Creación de la
Dirección Nacional de Economía Social Solidaria y Movilidad Social.
IV.—Que las modificaciones a la estructura
organizacional se logró acatar lo establecido en la legislación relativa a
control interno y administración pública, evaluación en la duplicidad de
funciones y programas, y en general todas aquellas normas cuyo objetivo es el
mejoramiento de los servicios públicos que brinda este Ministerio.
V.—Que se hace necesario armonizar la estructura
organizacional para efectos de tener orden, control y eficiencia, de tal manera
que tanto los funcionarios como los administrados usuarios de los distintos
servicios tengan una claridad respecto a la estructura organizacional.
VI.—Que mediante oficio DM-329-14 de 26 de setiembre
del 2014, la Ministra de Planificación Nacional y Política Económica, registró
y avaló la nueva organización del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de
acuerdo con las disposiciones normativas: Ley N° 5525 de 2 de mayo de 1974, Ley
de Planificación Nacional, N° 7668 del 9 de abril de 1997, Decreto Ejecutivo N°
26893-MTSS-PLAN del 6 de enero de 1998 y Directriz N° 021-Plan del 17 de mayo
del 2007 emitida por MIDEPLAN para formalizar, comunicar y divulgar
oficialmente los Lineamientos Generales para Reorganizaciones Administrativas,
considerando que se cumplió con los requisitos determinados para los procesos
de reorganización administrativa.
VII.—El Ministerio de Planificación Nacional y
Política Económica (MIDEPLAN) se ha propuesto apoyar y fortalecer el Sistema
Nacional de Planificación en todos sus componentes, desde las Unidades de
Planificación Institucional, para ello se ha diseñado el macro proceso de
reorganización administrativa, el cual establece la obligatoriedad que las
Instituciones responsables de la reorganización tramiten la publicación en el
Diario Oficial La Gaceta, de la nueva estructura organizacional vía
decreto ejecutivo. Por tanto,
Decretan:
La siguiente,
ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DEL MINISTERIO
DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Artículo
1º—Modifíquese la estructura, organización y funcionamiento del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, de manera que se adecue a la estructura orgánico
funcional que seguidamente se detalla:
Ministro
Consejo Superior
de Trabajo (staff).
Dirección General de Auditoría (staff).
Departamento de Auditoría DESAF-FODESAF.
Departamento de Auditoría Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Departamento Auditoría Transferencias y órganos Adscritos.
Departamento Auditoría Seguimiento de Recomendaciones.
Género (staff).
Contraloría de Servicios (staff).
Consejo de
Intermediación de Empleo (staff).
Asuntos Jurídicos (staff)
Departamento Asesoría Interna y
Resoluciones.
Departamento de
Asesoría Externa y Reglamento.
Departamento
Asuntos Internacionales.
Prensa (staff)
Dirección General de Planificación de
Trabajo-DGPT (staff)
Departamento de Investigación de
Mercado Laboral (DIMEL).
Departamento de
Estudios Socioeconómicos.
Departamento de
Desarrollo Organizacional.
Departamento de
Asesoría en Control Interno.
Viceministros
Dirección Nacional de Inspección
General de Trabajo
Región Central
Región Huetar
Norte
Región Huetar
Atlántica
Región
Chorotega
Región Brunca
Región Pacífico
Central
Gestión
Asesoría Legal
Dirección de Asuntos Laborales
Departamento Relaciones de Trabajo.
Departamento
Resolución Alterna de Conflictos.
Departamento
Organizaciones Sociales.
Departamento
Evaluación y Análisis.
Departamento
Coordinación Técnica.
Dirección Nacional de Empleo
Departamento Intermediación,
Orientación y Prospección de Empleo.
Departamento
Migraciones Laborales.
Departamento
Generación de Empleo.
Dirección Nacional de Seguridad Social
Departamento Protección al Trabajador.
Departamento
Equiparación e Igualdad de Oportunidades para la Persona con Discapacidad.
Departamento de
Promoción, Recreación y Asistencia al Trabajador.
Dirección General Administrativa y
Financiera y Oficialía Mayor
Departamento de Gestión del Capital
Humano
Unidad Organización del Trabajo.
Unidad Dotación
de Recurso Humano.
Unidad
Servicios del Recurso Humano.
Unidad
Capacitación y Desarrollo.
Unidad
Servicios de Bienestar Social.
Departamento Servicios Generales
Departamento de Tecnologías de
Información y Comunicación
Unidad Base de Datos.
Unidad Sistemas
de Información.
Unidad de
Infraestructura, Telecomunicaciones y Soporte Técnico.
Unidad de
Proyectos y Gestión Administrativa.
Unidad de
Seguridad Informática y Gestión de Calidad y Riesgo.
Departamento Proveeduría
Departamento Administración de
Recursos de Información
Dirección Financiera
Departamento Presupuesto.
Departamento
Tesorería.
Departamento
Contabilidad.
Departamento
Transferencias.
Dirección de Nacional de Pensiones
Departamento Declaración de Derechos.
Departamento
Pagos.
Departamento
Investigación y Desarrollo.
Departamento de
Gestión de la Información.
Asesoría Legal.
Asesoría
Económica Actuarial.
Dirección de Desarrollo Social y
Asignaciones Familiares (DESAF)
Departamento Asesoría Legal
Departamento Gestión
Departamento Presupuesto
Departamento Gestión de Cobro
Unidad de Cobro Administrativo.
Unidad de Cobro
Judicial.
Unidad de
Control de la Deuda.
Departamento Evaluación, Control y
Seguimiento
Unidad de Control y Seguimiento.
Unidad de
Evaluación.
Dirección de Economía Social Solidaria
y Movilidad Social
Unidad Políticas-Proyectos y
Programas.
Departamento Programa Nacional de
Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa (PRONAMYPE) y Movilidad Social
Unidad Técnica de Apoyo.
Unidad de
Desarrollo Empresarial.
Órganos Desconcentrados
Consejo Nacional de Salarios.
Departamento de
Salarios Mínimos.
Consejo de
Salud Ocupacional.
Departamento de
Medicina, Seguridad e Higiene Ocupacional.
Tribunal
Administrativo de la Seguridad Social del Régimen de Pensiones y Jubilaciones
del Magisterio Nacional.
Artículo 2º—La finalidad de esta
reorganización es procurar la mayor eficiencia del servicio público, así como
de las tareas, actividades, funciones y atribuciones encomendadas por el
ordenamiento jurídico al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, dentro del
debido respeto a los derechos de los administrados y la normativa que regula el
quehacer institucional, así como de los deberes y derechos de sus funcionarios.
Artículo 3º—Este decreto deja sin efecto el Decreto
Ejecutivo N° 37775-MTSS de fecha 5 de junio del 2013, publicado en La Gaceta
N° 138 del 18 de julio del 2013.
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en San José, a los treinta y un
días del mes de enero del año dos mil quince.
LUIS GUILLERMO
SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Víctor Morales Mora.—1
vez.—O. C. N° 23786.—Solicitud N° 1693.—C-106.430.—(D38874 - IN2015014365).
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren
los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los
artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1), y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley N°
6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus
reformas; la Ley N° 8131, Ley de la
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de
setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo N°
32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; y la Ley N° 9289, Ley de
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del 2015 de 1º de diciembre de 2014 y sus reformas.
Considerando:
1º—Que el inciso g) del artículo 5 de la Ley N° 8131,
publicada en La Gaceta N° 198 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas,
establece que el presupuesto debe ser de conocimiento público por los medios
electrónicos y físicos disponibles.
2º—Que
el inciso b) del artículo 45 de la citada Ley N° 8131, autoriza al Poder
Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias no contempladas en el
inciso a) del mismo artículo, según la reglamentación que se dicte para tal
efecto.
3º—Que
mediante el Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN, publicado en La Gaceta
N° 74 de 18 de abril de 2006 y sus reformas, se establece la normativa técnica,
referente a las modificaciones presupuestarias que el Gobierno de la República
y sus dependencias pueden efectuar a través de Decreto Ejecutivo.
4º—Que el artículo 61 del Decreto Ejecutivo N°
32988-H-MP-PLAN citado, autoriza para que mediante decreto ejecutivo elaborado
por el Ministerio de Hacienda, se realicen traspasos de partidas
presupuestarias entre los gastos autorizados en las leyes de presupuesto
ordinario y extraordinario de la República del ejercicio que se tratare, sin
modificar el monto total de los recursos asignados al programa.
5º—Que
se hace necesario emitir el presente Decreto a los efectos de atender
modificación presupuestaria de la Asamblea Legislativa, la cual se requiere
para cumplir con los objetivos y metas establecidas en la Ley N° 9289,
publicada en el Alcance Digital N° 80 a La Gaceta N° 241 de 15 de
diciembre de 2014.
6º—Que
el Ente Legislativo incluido en el presente decreto ha solicitado su
confección, cumpliendo con lo dispuesto en la normativa técnica y legal
vigente, a los efectos de impulsar el programa de movilidad laboral voluntaria
y llenar otras necesidades institucionales.
7º—Que
a los efectos de evitar la innecesaria onerosidad que representa el gasto de la
publicación total de este Decreto de modificación presupuestaria para el órgano
involucrado, habida cuenta de que las tecnologías de información disponibles en
la actualidad permiten su adecuada accesibilidad sin perjuicio de los
principios de transparencia y publicidad; su detalle se publicará en la página
electrónica del Ministerio de Hacienda, concretamente en el vínculo de la
Dirección General de Presupuesto Nacional, y su versión original impresa, se
custodiará en los archivos de dicha Dirección General. Por tanto;
Decretan:
Artículo 1º—Modifícase el artículo 3º de la Ley N°
9289, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2015, publicada en el Alcance Digital N° 80 a La
Gaceta N° 241 de 15 de diciembre de 2014, con el fin de realizar el
traslado de partidas en el Órgano del Gobierno de la República aquí incluido.
Artículo
2º—La modificación indicada en el artículo anterior es por un monto de
trescientos cinco millones de colones sin céntimos (¢305.000.000,00) y su
desglose en el nivel de programa y subpartida presupuestaria estará disponible
en la página electrónica del Ministerio Hacienda en la siguiente dirección:
www.hacienda.go.cr (Modificaciones Presupuestarias), y en forma impresa, en los
archivos que se custodian en la Dirección General de Presupuesto Nacional.
Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación en el
Diario Oficial.
Dado en la Presidencia de la República, a los tres
días del mes de marzo del año dos mil quince.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Hacienda,
Helio Fallas Venegas.—1 vez.—O. C. Nº 25003.—Solicitud Nº
5403.—C-40200.—(D38910 - IN2015017181).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE DESARROLLO
DE
LA COMUNIDAD
AVISOS
El Registro Público de Asociaciones de
Desarrollo de la Comunidad del Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que
la Asociación de Desarrollo Específica para la Construcción y Mantenimiento del
Salón Comunal Sector Nº 8 de los Guidos Desamparados, San José. Por medio de su
representante: Irene Gerardina Román Alan, cédula 601460891 ha hecho solicitud
de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de
Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16
del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días
hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública
o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que
estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a
esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 09:43 horas del día
25/02/2015.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua Jefa.—1
vez.—(IN2015013273).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta
Dirección ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 132, asiento N° 780, emitido por
el Colegio Nocturno de Pococí, en el año dos mil tres, a nombre de Álvarez
Garita Argerie Eugenia, cédula 7-0171-0588. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San
José, a los veinte días del mes de febrero del dos mil quince.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar,
Jefa.—(IN2015012513).
Ante esta
Dirección ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 3, folio 48, título N° 1037, emitido por
el Liceo Elías Leiva Quirós, en el año dos mil, a nombre de Camacho Morales Ana
Lucrecia, cédula 3-0378-0837. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cuatro días
del mes de febrero del dos mil quince.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015012518).
Ante este Departamento he presentado
la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 1, folio 31, título N° 147, emitido por el Saint Mary High School, en el año dos mil
ocho, a nombre de González Mansilla
Mauricio Javier de Jesús. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los tres días
del mes de diciembre del dos mil catorce.—Departamento Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Liliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015012778).
Ante esta Dirección ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el Tomo 2, Folio 438, Título N° 2202, emitido por el Liceo Rodrigo Facio
Brenes, en el año dos mil diez, a nombre de Centeno Aguilar María Elena, cédula
1-1489-0333. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial “La Gaceta”.—Dado en San José, a los trece días del mes de
febrero del dos mil quince.—Departamento Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015012783).
Ante esta Dirección ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 4, folio 45, título N° 410, emitido por el Colegio Lincoln, en el año
dos mil ocho, a nombre de Soto Salas Marisela, cédula 1-1419-0718. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los veintitrés días del mes de febrero del dos mil
quince.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora
Aguilar, Jefa.—(IN2015012800).
Ante esta Dirección ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 20, título N° 076, emitido por el Colegio Deportivo de Limón,
en el año dos mil uno, a nombre de Redondo Alvarado Andrey Ricardo, cédula
7-0156-0272. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticuatro días del
mes de febrero del dos mil quince.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015012926).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 51, título N° 0183, emitido por el Liceo de
Bijagua, en el año dos mil dos, a nombre de Barrantes Salazar Yenny Loriana. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los veinte días del mes de enero del dos mil
doce.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—Msc. Trino Zamora Zumbado,
Jefe.—(IN2015013339).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 21, asiento N° 1168, emitido por el Colegio Bilingüe San Judas
Tadeo, en el año dos mil, a nombre de Garro Reinhardt Rodolfo Andrés, cédula
1-1180-0171. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinticuatro días del mes
de febrero del dos mil quince.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015013247).
Ante este Departamento he presentado
la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo
1, folio 58, título N° 726, emitido por el Liceo Luis Dobles Segreda, en el año
mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Rojas Herrera Adrián, cédula
1-0657-0801. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecinueve días del mes
de diciembre del dos mil catorce.—Departamento Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Liliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015013355).
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 55, título N° 200, emitido por el Colegio
Técnico Profesional de Pital, en el año dos mil, a nombre de Calderón Quirós
Maureen Andrea, cédula 2-0578-0186. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—San
José, veinticinco de agosto del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015013724).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 143,
título N° 656, emitido por el Liceo Antonio Obando Chan, en el año dos mil
trece, a nombre de Torres Garita Franklin Andrey, cédula N° 115800947. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, a los veintisiete días del mes de febrero del dos
mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa, Directora.—(IN2015014124).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Letras,
inscrito en el tomo 1, folio 42, título N° 430 emitido por el Instituto
Superior Julio Acosta García, en el año mil novecientos setenta y tres, a
nombre de Ana Julieta Ulate Ramírez, cédula N° 203160148. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los veintisiete días del mes de febrero del dos mil
quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa, Directora.—(IN2015014192).
Ante esta Dirección ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo II, folio 70, asiento N° 458, emitido por el Colegio Nuestra Señora
Desamparados, en el año dos mil nueve, a nombre de Rivas Beckford Jeisy Jusel,
cédula N° 1-1507-0878. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecisiete
días del mes de octubre del dos mil catorce.—Félix Barrantes Ureña,
Director.—(IN2015014194).
CONSEJO
NACIONAL DE REHABILITACIÓN
Y EDUCACIÓN
ESPECIAL
Mediante acuerdo en Firme
CD-2992-2015, tomado en Sesión Ordinaria N° 1089 celebrada el martes 24 de
febrero del 2015 en el Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial,
posterior a la votación donde se encuentran con 6 votos a favor de 6 presentes
con derecho a voto se designa al señor
Francisco Azofeifa Murillo como Secretario Ejecutivo a. í. desde el 01 de marzo
hasta 31 de diciembre del 2015.
Secretario Ejecutivo a .í.
Francisco Azofeifa Murillo
Costarricense.
Soltero.
Licencia en derecho, cédula:
1-931-366.
Vecino de la Municipalidad de Santo
Domingo 50 metros oeste.
Erick Hess Araya,
Secretario Ejecutivo.—1 vez.—(IN2015014739).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Marcas
de ganado
Carlos Luis Rodríguez Moraga, cédula
de identidad 0602460882, solicita la inscripción de:
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como marca de ganado, que usará
preferentemente en Puntarenas, Central, Lepanto, Lepanto, de la plaza de
deportes 100 metros oeste. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 27 de agosto
del 2014. Según el expediente N° 2014-1612.—San José, 10 de setiembre del
2014.—Lic. Vivian Segura De la O, Registradora.—1 vez.—(IN2015012905).
Paul Jason Bernhagen, cédula de residencia
184000699827, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de
Asociación Organización de Caridad
Penuel Inc., cédula jurídica 3-002-318652, solicita la inscripción de:
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como marca de ganado, que usará
preferentemente en Puntarenas, Esparza, San Rafael, Maratón, finca propiedad de
la Asociación, frente a la Ermita Católica, en Campamento Penuel. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto. Presentada el 9 de febrero del 2015. Según el expediente N°
2015-250.—San José, 11 de febrero del 2015.—Luz Vega, Registradora.—1
vez.—(IN201512907).
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Solicitud N° 2015-344.—David Antonio Neily Morales,
cédula de identidad 0111000340, solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará preferentemente en San
José, Mora, Jaris, Villa Jaris, 2 kilómetros al noroeste de la iglesia
católica, portón café a mano izquierda. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el
20 de febrero del 2015, según el expediente N° 2015-344.—San José, 23 de
febrero del 2015.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(IN2015013282).
Solicitud Nº
2014-2120.—Marcos Montenegro Picado, cédula de identidad 0202771135, solicita
la inscripción de: Z3P como marca de ganado, que usará preferentemente
en Alajuela, Los Chiles, Caño Negro, caserío Santa Ana, del templo católico 150
metros al oeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto. Presentada el 21 de noviembre del
2014, según el expediente N° 2014-2120.—San José, 24 de noviembre del
2014.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—(IN2015013288).
Solicitud N° 2015-130.—Jahaira Vargas
Maroto, cédula de identidad 0205660881, solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Alajuela, San Carlos, Cutris, San José, 1 kilómetro al sur de la escuela local.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto. Presentada el 27 de enero del 2015, según el
expediente N° 2015-130.—San José, 28 de enero del 2015.—Luz Vega,
Registradora.—1 vez.—(IN2015013483).
Solicitud
N° 2015-229.—Fidel Ernesto Gómez Fontecha, cédula de identidad 0800970419,
solicita la inscripción de: FOGT Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDFcomo marca de ganado, que usará preferentemente en
Cartago, Turrialba, La Suiza, Pacayitas, Finca La Oropéndola, de Los Ojos de
Agua de La Margarita 1300 metros hasta topar con cerca. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 06 de febrero del 2015, según el expediente N°
2015-229.—San José, 09 de febrero del 2015.—Luz Vega, Registradora.—1
vez.—(IN2015013532).
N° 2015-240.—Sandra Vargas Paniagua, cédula de
identidad 0105230936, solicita la inscripción de:
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como marca de ganado, que usará preferentemente en
Guanacaste, Carrillo, Palmira, Paso Tempisque, del Parque Paso Tempisque, 2
kilómetros hacia el oeste, donde existe un molino de viento a mano derecha. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto. Presentada el 09 de febrero del 2015, según el
expediente N° 2015-240.—San José, 20 de febrero del 2015.—Luz Vega,
Registradora.—1 vez.—(IN2015013571).
Marcas
de ganado
Solicitud Nº
2015-199.—José Ramón Chaves Cerdas, cédula de identidad 0203300727,
solicita la inscripción de:
Ⅰ Ⅰ
6
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Limón, Matina, Matina, La Esperanza, 300 metros sur de la Pulpería La Teja. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación
de este edicto. Presentada el 05 de febrero del 2015. Según el expediente Nº
2015-199.—San José, 06 de febrero del 2015.—Luz Vega, Registradora.—1
vez.—(IN2015013591).
Marcas de ganado
Solicitud Nº 2015-302.—Luis Alfonso Siles Solano,
cédula de identidad 0104941494, solicita la inscripción de:
X S
4
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Guanacaste, Nicoya, Quebrada Honda, San Juan, de la Hacienda Trejos 1.5
kilómetros este. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto. Presentada el 16 de febrero del 2015.
Según el expediente Nº 2015-302.—San José, 18 de febrero del 2015.—Luz Vega,
Registradora.—1 vez.—(IN2015013611).
Patentes
de Invención
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
La señor(a) (ita) Alejandra Castro Bonilla, céd.
1-0880-0194, mayor de edad, vecina de San José, apoderada especial de
Pharmacyclics Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada FORMAS CRISTALINAS DE UN INHIBIDOR DE
TIROSINA QUINASA DE BRUTON. Se describe
aquí al inhibidor de tirosina quinasa (Btk) de Bruton
1-((R)-3-(4-amino-3-(4-fenoxifenil)-1H-pirazolo[3,4-d]
pirimidin-1-il)piperidin-1-il)prop-2-en-l-ona, incluyendo las formas cristalinas,
solvatos y sus sales aceptables en el campo farmacéutico. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A61K 47/38; A61K 47/30; A61K 9/48; A61P 35/00; A61P 29/00; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Smyth, Mark, Goldman, Erick, Wirth, David, D., Purro,
Norbert. Prioridad: 04/06/2012 US 61/655,38; 12/12/2013 WO 2013/184572. La
solicitud correspondiente lleva el número 20140558, y fue presentada a las
9:55:45 del 4 de diciembre del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 9 de febrero del 2015.—Lic. Fabián
Andrade Morales, Registrador.—(IN2015012826).
La señor(a) (ita) Alejandra Castro
Bonilla, céd. 1-0880-0194, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de
apoderada especial de Idenix Pharmaceuticals Inc., de E.U.A., solicita la
Patente de Invención denominada COMPUESTOS D-AMINOÁCIDOS PARA ENFERMEDAD HEPÁTICA. En el presente documento se
proporcionan compuestos, composiciones y métodos para el tratamiento de
enfermedades y afecciones hepáticas, incluyendo infecciones por el VHC. En
ciertas realizaciones, se desvelan compuestos y composiciones de derivados de
nucleósido, que se pueden administrar solos o en combinación con otros agentes
antivirales. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes
es: C07H 19/20; C07H 19/10; cuyo(s) inventor(es) es(son) Mayes, Benjamin
Alexander, Stewart, Alistair James, Moussa, Adel M. Prioridad: 22/05/2012 US
61/650,414; 30/08/2012 US 61/695,218; 08/10/2012 US 61/711,131; 28/11/2013//WO2013/177219.
La solicitud correspondiente lleva el número 20140533, y fue presentada a las
9:21:00 del 21 de noviembre del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 9 de febrero del 2015.—Lic.
Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2015012828).
El señor Víctor Vargas Valenzuela,
céd. 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, Apoderado Especial de
Sintética S. A., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada
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SOLUCIÓN DE
ACETAMINOFÉN SUPERSATURADA INYECTABLE PARA LA ADMINISTRACIÓN POR LA ESPINA DORSAL. La presente invención se refiere a
una solución acuosa inyectable de acetaminofén para uso en el tratamiento o en
la prevención de dolor mediante administración por la espina dorsal; en donde
la solución inyectable de acetaminofén está supersaturada La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 9/00; A61K 31/167; A61P 29/00;
cuyo(s) inventor(es) es (son) Mitidieri, Augusto, Donati, Elisabetta,
Caronzolo, Nicola. Prioridad: 29/06/2012 IT MI2012A001154; 03/01/2014 WO
2014/002042. La solicitud correspondiente lleva el número 20150036, y fue
presentada a las 13:39:17 del 27 de enero del 2015. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de enero del
2015.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2015013084).
El señor Víctor Vargas Valenzuela,
céd. 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de
Sanofi, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada
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NUEVOS
DERIVADOS DE TIENOPIRIMIDINA, PROCESOS PARA SU PREPARACIÓN Y SUS USOS
TERAPÉUTICOS. La presente
invención se refiere a compuestos de fórmula (I): La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07D 495/04; A61P 35/00; A61K 31/505; cuyo(s)
inventor(es) es (son) Carry, Jean-Christophe, Chatreaux, Fabienne, Deprets,
Stéphanie, Duclos, Olivier, Leroy, Vincent, Mallart, Sergio, Melon-Manguer,
Dominique, Mendez-Perez, Maria, Vergne, Fabrice. Prioridad: 03/04/2012 FR
1253044; 10/10/2013 WO 2013/150036. La solicitud correspondiente lleva el
número 20140435, y fue presentada a las 14:15:45 del 22 de setiembre del 2014.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 2 de febrero del 2015.—Lic. Fabián Andrade Morales,
Registrador.—(IN2015013085).
El señor Víctor Vargas Valenzuela,
mayor, abogado, céd 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención
denominada
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NUEVOS
DERIVADOS DE PIRIDINA.
La invención se refiere a un compuesto de fórmula (I) en el que Al, A2 y Rl a
R6 se definen tal como en la descripción y en las reivindicaciones. El
compuesto de fórmula (I) puede usarse como un medicamento. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 401/14; A61K 31/443; A61K
31/444; cuyo(s) inventor(es) es(son) Anselm, Lilli, Banner, David, Haap,
Wolfgang, Kuhn, Bernd, Luebbers, Thomas, Peters, Jens-Uwe, Spinnler, Beat.
Prioridad: 21/08/2012 EP 12181247.3; 27/02/2014 WO WO2014/029722. La solicitud
correspondiente lleva el número 20150073, y fue presentada a las 14:01:46 del
11 de febrero del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 12 de febrero del 2015.—Licda. Melissa Solís
Zamora, Registradora.—(IN2015013087).
El señor Víctor Vargas Valenzuela,
cédula 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de
Ishihara Sangyo Kaisha, Ltd, de Japón, solicita la patente de invención
denominada:
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COMPOSICIÓN HERBICIDA QUE TIENE
ACTIVIDAD HERBICIDA MEJORADA.
A fin de reducir la carga del medioambiente sobre un área donde se aplica un
herbicida o sobre un área que rodea al mismo más que nunca, se ha requerido
mejorar la actividad de un ingrediente activo herbicida y reducir su dosis en
la medida de lo posible. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N
25/30; A01N 43/56; A01P 13/00; cuyos inventores son Kikugawa, Hiroshi, Yamada,
Ryu, Endo, Mitsuru, Satake, Yoshikazu. Prioridad: 29/06/2012 JP 2012-147798;
03/04/2014 WO 2014/003202. La solicitud correspondiente lleva el número
20140579 y fue presentada a las 14:24:53 del 15 de diciembre del 2014.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 10 de febrero del 2015.—Lic. Fabián Andrade Morales,
Registrador.—(IN2015013090).
El señor Víctor Vargas Valenzuela,
mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de
apoderado especial de Genentech Inc., de E.U.A., solicita la patente de
invención denominada: ANTICUERPOS E INMUNOCONJUGADOS ANTI-CD79B. La
invención proporciona anticuerpos e inmunoconjugados anti-CD79b y métodos para
usar los mismos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 47/48;
A61P 35/00; cuyos inventores son Polakis, Paul, Polson, Andrew, Spencer, Susan
Diane, Yu, Shang-Fan. Prioridad: 09/07/2012 US 61/669,270. La solicitud
correspondiente lleva el número 20150049 y fue presentada a las 14:30:00 del 4
de febrero del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Melissa Solís
Zamora, Registradora.—(IN2015013091).
El señor Víctor
Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en
calidad de apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la
patente de invención denominada: AZAHETEROCICLOS COMO INHIBIDORES BIR2 Y/O
BIR3. Se dan a conocer compuestos de fórmula (I) o sales farmacéuticamente
aceptables de los mismos, en la que R1, R2, R3, m, n y q se definen en la
presente solicitud y métodos de utilización de dichos compuestos en el
tratamiento del cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D
217/26; A61K 31/40; A61K 31/47; C07D 401/12; C07D 405/06; C07D 409/12; C07D
209/44; cuyos inventores son Hogg, Joan Heather, Le, Kang, Lou, Yan, Mischke, Steven
Gregory, Remiszewski, Stacy. Prioridad: 15/08/2012 US 61/683, 253/20/02/2014
//WO2014/026882. La solicitud correspondiente lleva el número 20150041, y fue
presentada a las 14:00:50 del 29 de enero del 2015. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de febrero del
2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2015013093).
El señor Víctor
Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en
calidad de apoderado especial de Oncomed Pharmaceuticals Inc., de E.U.A.,
solicita la patente de invención denominada: AGENTES DE UNIÓN DE PROTEÍNA DE
R-ESPONDINA HUMANA (RSPO3) Y USOS DE LOS MISMOS. La presente invención se
relaciona con agentes de unión de RSPO, particularmente agentes de unión de
RSPO y métodos de uso de agentes para tratar enfermedades tales como cáncer. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/395; cuyos inventores son
Gurney, Austin L, Bond, Christopher J. Prioridad: 13/07/2012 US 61/671,421;
16/01/2013 US 61/753,184; 15/03/2013 US 61/789,156; 16/01/2014 //
WO2014/012007. La solicitud correspondiente lleva el número 20150065 y fue
presentada a las 14:43:20 del 9 de febrero del 2015. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de febrero del
2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2015013094).
El señor Víctor
Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José,
apoderado especial de Genentech Inc., de E.U.A, solicita la patente de
invención denominada: ANTICUERPOS ANTI-CD79B E INMUNOCONJUGADOS. La
invención proporciona anticuerpos anti-CD79b inmonoconjugados y métodos para
usarlos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 47/48; A61P
35/00; cuyos inventores son Polakis, Paul, Polson, Andrew, Spencer, Susan
Diane, Yu, Shang-Fan, Zheng, Bing. Prioridad: 09/07/2012 US 61/669,268;
15/11/2012 US 61/726,742; 16/01/2014 WO 2014/011521. La solicitud
correspondiente lleva el número 20150046 y fue presentada a las 14:25:10 del 4
de febrero del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2015013095).
El señor Néstor Morera Víquez, mayor,
Abogado, céd 1-1018-975, vecino de Heredia, en su condición de apoderado
especial de Novartis AG, de Suiza, solicita la patente de invención denominada
Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF
MODULADORES DE LA RUTA DEL COMPLEMENTO Y USOS DE LOS MISMOS. La presente invención provee un compuesto de fórmula I: un
método para fabricar los compuestos de la invención, y sus usos terapéuticos.
La presente invención provee, además, una 15 combinación de agentes
farmacológicamente activos y una composición farmacéutica. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 403/06; A61P 27/02; A61P 37/00; C07D 413/06; C07D 417/06;
cuyos inventores son): Adams, Christopher Michael, Babu, Charles, Ding, Jian,
Ehara, Takeru, Jendza, Keith, Karki, Rajeshri Ganesh, Kawanami, Toshio, Xue,
Liang, Mainolfi, Nello, Powers, James J, Serrano-Wu, Michael H, JI, Nan, Zhang,
Chun. Prioridad: 04/05/2012 US 61/642,798; 14/03/2013 US 61/782,820;07/11/2013
WO WO2013/164802. La solicitud correspondiente lleva el número 20140508, y fue
presentada a las 14:01:15 del 4 de noviembre del 2014. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de enero del
2015.—Licda. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2015013275).
El señor Néstor
Morera Víquez, mayor, abogado, céd 1-1018-975, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Bayer Pharma Aktiengesellschaft, de
Alemania, solicita la patente de invención denominada DERIVADOS DE
ESTRA-1,3,5(10),16-TETRAENO 3-SUSTITUIDOS, MÉTODOS PARA SU PREPARACIÓN,
PREPARACIONES FARMACÉUTICAS QUE LOS CONTIENEN, ASÍ COMO SU USO PARA LA
PREPARACIÓN DE MEDICAMENTOS. La invención se refiere a inhibidores de
AKR1C3 y a métodos para su preparación, su uso para el tratamiento y/o la
prevención de enfermedades, así como a su uso para la preparación de
medicamentos para el tratamiento y/o la prevención de enfermedades, en especial
de trastornos hemorrágicos y endometriosis. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07J 43/00; A61K 31/58; A61P 5/28; A61P 5/32;
cuyos inventores son: Bothe, Ulrich, Busemann, Matthias, Fischer, Oliver
Martin, Barak, Naomi, Rotgeri, Andrea, Marquardt, Tobías, Stegmann, Christian.
Prioridad: 10/07/2012 de 10 2012 211 970; 16/01/2014 // WO2014/009274. La
solicitud correspondiente lleva el número 20150007, y fue presentada a las
11:48:52 del 9 de enero del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 13 de enero del 2015.—Licda.
Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2015013277).
El señor Néstor
Morera Víquez, céd. 1-1018-975, mayor, abogado, vecino de Heredia, en calidad
de apoderado especial de Novartis AG, de Suiza, solicita la patente de
invención denominada INHIBIDORES DE DGAT1 DE ÉTER CÍCLICO DE CABEZA DE
PUENTE. La invención se refiere a los compuestos de la fórmula (I) útiles
para el tratamiento de los trastornos mediados por aciltransferasa de
acil-CoA-diacil-glicerol 1 (DGAT1), por ejemplo, los trastornos metabólicos. La
invención también proporciona métodos para el tratamiento de los trastornos, y
los compuestos y las composiciones etc. para su tratamiento. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 413/12; A61K 31/422; A61K
31/424; A61P 3/00; A61P 3/04; A61P 3/10; C07D 417/12; cuyos inventores son
Chen, Xin, Ding, Yiping, Duvadie, Rohit, Gai, Yu, Harrison, Tyler, Liu, Qian,
Larrow, Jay, Mao, Justin Yik Ching, Patel, Sejal, Ye, Jiong, Zecri, Frederic,
Zheng, Xuchun, Zheng, Rui, Zhou, Yizong. Prioridad: 27/04/2012 US 61/639,341;
15/03/2013 CN 2013/072735;15/03/2013 US 61/787,695; 31/10/2013 //WO2013/160873.
La solicitud correspondiente lleva el número 20140494, y fue presentada a las
13:38:30 del 27 de octubre del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 20 de enero del 2015.—Lic. Randall
Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2015013280).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
El señor Edgar Zürcher Gurdián, cédula 1-532-390,
mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de AGQ Technological
Corporate S. A., de España, solicita la Patente de Invención denominada
Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF
VIGILANCIA Y CONTROL DE LAS CONDICIONES
DEL SUELO. Varios métodos
se proporcionan para la vigilancia y control de las condiciones del suelo. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A01B 79/00; A01C 21/00; G01N 1/14;
G01N 1/16; G01N 33/24; cuyos inventores son Martínez, Estanislao, Martínez,
Ph.D. Prioridad: 27/02/2012 US 61/603,680; 09/06/2013 WO 2013/128232. La
solicitud correspondiente lleva el número 20140402, y fue presentada a las
14:23:27 del 26 de agosto del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico.—San José, 23 de enero del 2015.—Lic. Fabián Andrade Morales,
Registrador.—(IN2015013804).
Registro
Civil-Departamento Civil
SECCIÓN
DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Exp. Nº 4135-2014.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas del nueve de
febrero del dos mil quince. Diligencias de ocurso presentadas por Juan
Francisco Pérez Pérez, cédula de identidad número ocho-ciento ocho-ciento diez,
vecino Dulce Nombre, La Unión, Cartago, tendente a la rectificación de su
asiento de naturalización y del asiento de su matrimonio con María de los
Ángeles Hortensia Vega Fernández, conocida como Flor Vega Fernández, en el sentido
que el segundo apellido de la persona inscrita y del cónyuge del precitado
matrimonio es Coronado. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica
del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto
por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes
interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a
partir de su primera publicación.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic.
Gerardo Enrique Espinoza Sequeira Jefe a. í.—(IN2015012073).
La Proveeduría Institucional informa que se modifica
el Plan Anual de Compras, Actividad Central, del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto para el periodo 2015, los interesados tienen a disposición
el mismo en el Sistema CompraRed en la dirección
https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de la fecha de
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
San José, 10 de marzo del 2015.—Lic. José Ángel Soto
Varela.—1 vez.—O.C. N° 23861.—Solicitud N° 28963.—C-9030.—(IN2015017129).
MODIFICACIÓN
PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 2015
La Dirección de
Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que a partir de
esta fecha se ha publicado Modificación al Plan Anual de Adquisiciones del
Ministerio de Seguridad Pública correspondiente al siguiente programa
presupuestario 09002 Escuela Nacional de Policía el cual se encuentra a su
disposición en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr. En el link de
COMPRARED
San José 12 de marzo de
2015.—Proveeduría Institucional.—Lic. Mario Umaña Mora, Director.—1 vez.—O.C.
N° 24965.—Solicitud N° 28974.—C-11240.—(IN2015017131).
DIRECCIÓN
DE PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2015LN-000003-33101
Servicios
de Mantenimiento Correctivo del Sistema Centralizado de Semáforos de La
República de Costa Rica
La Dirección de Proveeduría Institucional del
Ministerio de Obras Públicas y Transportes, recibirá ofertas hasta las 10:00
horas del 21 de abril del 2015, para la contratación citada anteriormente.
El cartel se encuentra a disposición gratuitamente en
el sistema CompraRed, en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared de Internet.
San José, 11 de marzo del 2015.—MBA. Jesús Eduardo
Hernández López, Subdirector de Proveeduría Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
24955.—Solicitud Nº 28994.—C-12240.—(IN2015017137).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2015LA-000012-01
Remodelación
oficina BCR-Centro Comercial
Plaza
La Ribera de Belén en Heredia
Se informa a los interesados en la
licitación en referencia, que el Banco de Costa Rica recibirá ofertas por
escrito hasta las once horas con treinta minutos (11:30 a.m.) del día 7 de
abril del 2015, las cuales deben ser depositadas en el buzón de la Oficina de
Compras y Pagos del BCR, ubicada en tercer piso Oficinas Centrales, entre
avenida central y segunda, calles 4 y 6.
El cartel de la licitación que incluye las
especificaciones técnicas y condiciones generales, estará disponible en esa
misma oficina, en un horario de 8:30 a.m. a 3:30 p.m.
La visita al sitio se realizará el día jueves 19 de
marzo del 2015 a las 3 p.m. en compañía del Arq. Jorge Contreras Corrales y el
Ing. Marco Herrera Víquez, Tel. 2211-6007, Ext. 36649, en la oficina ubicada en
el Centro Comercial Plaza La Ribera de Belén en Heredia.
San José, 11 marzo del 2015.—Oficina
Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O.C. N°
64891.—Solicitud N° 28989.—C-17850.—(IN2015017134).
LICITACION
ABREVIADA N° 2015LA-000001-01
Servicio
de Limpieza y Aseo en las Instalaciones del INCOP en Puerto Caldera,
Puntarenas, San José. Quepos y Golfito
El Departamento de Proveeduría del INCOP invita a
participar en la Licitación Abreviada N° 2015LA-000001-01 por “Contratación de
Servicios de Limpieza y Aseo en las Instalaciones del INCOP en Puerto Caldera,
Puntarenas, San José, Quepos y Golfito”.
El
plazo para la recepción de ofertas vence el día 24 de marzo del 2015 a las
10:00 horas en Puerto Caldera.
Los
interesados en participar podrán obtener el cartel de licitación en el
siguiente link electrónico http://www.incop.go.cr/proveeduria.php?p=109 o bien
el mismo podrá ser solicitado en los correos jamadrigal@incop.go.cr o
jbravo@incop.go.cr a partir de la
publicación de este aviso.
Mba. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1
vez.—O. C. Nº 27830.—Solicitud Nº
29009.—C-15340.—(IN2015017143).
HOSPITAL
DR. RAFAEL Á. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN
ABREVIADA 2015LA-000007-2101
Por
concepto de Ruxolitinib 5 mg comprimidos
Se informa a los interesados en la
Licitación Abreviada 2015LA-000007-2101, por concepto de Ruxolitinib 5 mg
comprimidos, que la fecha máxima de recepción de ofertas es el día 10 de abril
de 2015 a las 09:00 a.m.
El cartel se puede adquirir en
la Administración del Hospital, por un costo de ¢500. Vea detalles en
http://www.ccss.sa.cr.
San José, 11 de
marzo del 2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. David Sánchez
Valverde.—1 vez.—(IN2015016917).
LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000011-2101
Filtro Bacteriológico Viral
Se informa a los interesados en
la Licitación Abreviada 2015LA-000011-2101, por concepto de Filtro
Bacteriológico Viral, que la fecha máxima de recepción de ofertas es el día 7
de abril de 2015 a las 10:00 a.m.
El cartel se puede adquirir en la Administración del
Hospital, por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 11 de marzo del
2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. David Sánchez Valverde.—1
vez.—(IN2015016923).
HOSPITAL MÉXICO
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000007-2104
Por la adquisición de Set para Monitoreo de Presión
Invasiva
Se comunica: fecha de recepción
de ofertas el miércoles 25 de marzo de 2015 a las 9:00 horas.
San José, 10 de marzo de
2015.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—(IN2015017083).
LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000010-2104
Por la adquisición de Sensores de Pulsioximetría
Se comunica: fecha de recepción
de ofertas el miércoles 26 de marzo de 2015 a las 9:00 horas.
San José, 10 de marzo de
2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro,
Coordinadora.—1 vez.—(IN2015017084).
El Instituto de
Desarrollo Rural comunica la apertura del siguiente proceso:
LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000003-01
Adquisición de insumos químicos para la siembra de
maíz,
frijol y café en asentamientos administrados
por la subregión de San Isidro
Fecha y hora de
recepción de ofertas: viernes 20 de marzo 2015, a las 10:00 horas, (10:00
a.m.), en el Área de Contratación y Suministros, oficinas centrales del INDER.
El cartel está a disposición a
partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, puede retirarse
personalmente en nuestras Oficinas Centrales, ubicadas en San José, San Vicente
de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln, 200 metros al oeste, 100 metros al sur
y 250 metros al oeste, Área de Contratación y Suministros, planta alta del
Edificio B, en horario de 8:00 horas hasta las 16:15 horas; el cartel no tiene
costo. Puede descargarse de la página web del Inder www.inder.go.cr, menú de
Licitaciones, o puede solicitarse enviando un correo electrónico a la dirección
mrmorales@inder.go.cr sin embargo la legalidad de las ofertas está condicionada
a que se ajusten al cartel en forma digital original que posee el Inder, del
cual se tiene impresión adjunta en el expediente del proceso licitatorio para
fines de verificación y evaluación de ofertas.
San Vicente de
Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Lic. Karen Valverde
Soto.—1 vez.—(IN2015016862).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000017-02
Compra de máquinas y otros equipos de costura,
tapicería y zapatería
El Proceso de Adquisiciones de la
Unidad Regional Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje estará
recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 10 de abril del 2015.
Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en
el Proceso de Adquisiciones de la Unidad
Regional Central Oriental, ubicado de Pizza Hut Paseo Colón, 250 metros al sur
contiguo a la Iglesia San Juan Bosco, Edificio Don Bosco, Primer Nivel, o bien
ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Lic. Allan Altamirano Díaz,
Encargado Unidad de Compras Institucionales.—1 vez.—O. C. Nº 23930.—Solicitud
Nº 23930.—C-13540.—(IN2015017146).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000008-02
Suministro de bombas
La Dirección de
Suministros de Recope invita a participar en la Licitación Abreviada Nº
2015LA-000008-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo
piso de las Oficinas Centrales de Recope, Edificio Hernán Garrón, sita en
Urbanización Tournón Norte San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del
periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 10 de abril del 2015.
Se les informa a los
proveedores y demás interesados que los carteles únicamente estarán disponibles
a través de la página WEB de Recope www.recope.go.cr.
Se recuerda a los proveedores y
demás interesados que a través del sitio WEB www.recope.com, se encuentran
publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por
RECOPE.
Dirección de
Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O.C. N°
03942.—Solicitud N° 28979.—C-15440.—(IN2015017132).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000009-02
Suministro, instalación y puesta
en marcha de celdas en refinería
La Dirección de Suministros de
Recope invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2015LA-000009-02, para
lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las Oficinas
Centrales de Recope, Edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte
San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, hasta
las 10:00 horas del día 13 de abril del 2015.
Se les informa a los proveedores y demás interesados que
los carteles únicamente estarán disponibles a través de la página WEB de Recope
www.recope.go.cr.
La visita al sitio para explicar los alcances técnicos
y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a cabo el día 18 de
marzo del 2015 a las 10:00 horas en la entrada principal de la Refinería en
Limón.
Se recuerda a los proveedores y demás interesados que
a través del sitio WEB www.recope.com, se encuentran publicadas las
licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.
Dirección de Suministros.—Ing.
Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 003942.—Solicitud Nº
29042.—C-19840.—(IN2015017165).
MUNICIPALIDAD DE GARABITO
LICITACION ABREVIADA N° 2015LA-000001-MUGARABITO
Servicio de recolección, transporte y disposición
final de residuos sólidos
La Municipalidad de Garabito
informa que recibirá ofertas hasta las trece horas (13:00) del 24 de marzo del
2015, para la licitación en referencia las cuales deberán ser presentadas en la
Oficina de Proveeduría, ubicada en Edificio Municipal, primera planta, Jacó,
Garabito.
El cartel de la contratación que
incluye las especificaciones técnicas y condiciones generales, pueden
solicitarlo al siguiente correo electrónico proveeduría_munigarabito@yahoo.es.
Lic. Alonso Salas Amador,
Proveedor Municipal a. í.—1 vez.—(IN2015017140).
LICITACIÓN ABREVIADAN 2014LA-000036-01
Remodelación Oficina BCR La Cruz en Guanacaste
El Banco de Costa
Rica informa que la Comisión de Contratación Administrativa, en reunión 09-2015
CCADTVA del 03 de marzo del 2015, acordó adjudicar la licitación en referencia
a la empresa Sistemas y Construcciones AG Ltda., por la suma de
¢204.614.910,06, más ¢10.885.151,00 por imprevistos de diseño.
Además, adjudicó
el contrato de mantenimiento del aire acondicionado, grupo electrógeno y UPS
por la suma total de ¢4.492.660,00 anuales.
Monto total de la
adjudicación ¢219.992.721,06.
San José, 11 de
marzo del 2015.—Oficina Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano.—Área de
Licitaciones.—1 vez.—O.C. N° 64891.—Solicitud N°
28986.—C-12360.—(IN2015017133).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000040-01
Adquisición de licenciamiento del Software Oracle
Database Standar Edition y del software Oracle Web Logic Enterprise Edition
Se comunica a los interesados en
la licitación en referencia que, la Comisión de Contratación Administrativa, en
reunión 09-2015 CCADTVA del 3 de marzo del 15, acordó adjudicarla a la empresa Control
Electrónico S. A., por un monto total de US $105.001.08.
Oficina de Compras y
Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 64891.—Solicitud Nº
28992.—C-8470.—(IN2015017135).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000010-05101
(Declaratoria de infructuosa)
Tornillo canulado autoperforable y autorroscante
A todos los
interesados en el presente concurso se les comunica que el concurso
2014LN-000010-05101-tornillo canulado autoperforable y autorroscante, se
declara infructuosa.
Ver mayor información a través
del sito comprared en la siguiente dirección electrónica: https://
www.hacienda.go.cr/comprared
San José, 11 de
marzo del 2015.—Línea de Producción de Insumos Médicos.—Lic. Vilma Arias
Marchena, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud N°
5063.—C-11370.—(IN2015016840).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000049-2101
Leuprorelina acetato 11.25 mg/fco. amp. Liofilizado
La Subárea de
Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, les
comunica a los interesados en este concurso, que se resolvió adjudicar el ítem
1 de la siguiente manera:
Empresa
adjudicada: CEFA Central Farmacéutica S. A.,
Cantidad: 420 FA, monto
unitario: $554,00. Monto total adjudicado: $232.680,00. Monto en letras:
doscientos treinta y dos mil seiscientos ochenta con 00/100 dólares, ver
detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 10 de
marzo del 2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. David Sánchez
Valverde, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2015016920).
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL Nº 2013LN-000034-PRI
(Readjudicación)
Compra
de vehículos, camiones y motocicletas
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados cédula jurídica 4-000-042138, comunica que
mediante Acuerdo de Junta Directiva Nº 2015-096 del 9 de marzo del 2015, se
readjudican las posiciones 5 y 7 de la Licitación Pública Nacional Nº
2013LN-000034-PRI, “Compra de vehículos, camiones y motocicletas” de la siguiente
manera: Oferta 2: Purdy Motor
S. A., posición 7 por un monto de $506.900,00 (Impuestos incluidos) y
Oferta 8: Vehículos Internacionales VEINSA S. A., posición 5 por un
monto de $1.323.000,00 (Impuestos incluidos)
Dirección
Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O.C. N° 00728.—Solicitud
N° 28965.—C-13380.—(IN2015017130).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000001-01
Productor para el VI Torneo de Ajedrez Alajuela 2015
La Municipalidad
del cantón Central de Alajuela, comunica que la Alcaldía Municipal según
resolución de las nueve horas y cincuenta y dos minutos del día tres de marzo
de dos mil quince, adjudica la Licitación Abreviada 2015LA-000001-01 “Productor
para el VI Torneo de Ajedrez Alajuela 2015” al señor Bernal Gabriel González
Acosta cédula 1-854-567 por un monto de ¢18.000.000,00. Notifíquese.
Lic. Johanna
Madrigal Vindas, Proveedora Municipal.—1 vez.—(IN2015016921).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
COMPRA DIRECTA 2006 CD-000043
Sillas fijas
Por este medio se
informa que en Resolución AABS-2194-2014, de las siete horas treinta y tres
minutos del día diecisiete de diciembre de dos mil catorce, se resolvió lo
siguiente: Por tanto,
Por los hechos
antes expuestos, la prueba documental ofrecida y el fundamento legal indicado,
se resuelve: Imponer a la empresa: Mercadeo Institucional B.R. S. A., la
correspondiente sanción de apercibimiento por el atraso de 85 días en la única
entrega del producto: sillas fijas, código institucional: 7-80-01-0340. Dicha
sanción consiste en una formal amonestación escrita dirigida a dicha casa
comercial, a efecto de que corrija su conducta para que a futuro no reincida en
su accionar, constituyendo como tal un antecedente para la aplicación, dentro
de los tres años posteriores a la firmeza de la presente resolución, de la
posible sanción de inhabilitación establecida en el inciso a) del artículo 100
de la Ley de Contratación Administrativa. Lo anterior por cuanto, según ha
manifestado el Registro Institucional de Proveedores, la empresa Mercadeo
Institucional B.R. S. A., no se encuentra apercibido o inhabilitado para el
código: 7-80-01-0340. 2)- Procédase con el cobro del monto correspondiente a
USD $1.046,25 por concepto de la cláusula penal. A la presente resolución le
caben los recursos de revocatoria y apelación dentro del plazo de tres días
hábiles a partir del día siguiente a la notificación. El primero debe ser
presentado y resuelto ante el Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios y el
segundo ante la Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios, todo de
conformidad con el artículo 217 del reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa y artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública.
Notifíquese.
Área de
Adquisiciones.—Lic. Maynor Gerardo Barrantes Castro, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
1142.—Solicitud N° 1515.—C-29700.—(IN2015016833).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2015LA-000005-01
(Aclaración)
La Proveeduría General del Banco Nacional comunica a
los interesados en la Licitación Abreviada N° 2015LA-000005-01 lo siguiente,
que el día 9 de marzo del 2015, se publicó en La Gaceta N° 47 la
invitación y visita al sitio del proceso supracitado. Debido al corto tiempo
que se dió para la coordinación de visitas al sitio se debe de aclarar lo
siguiente:
Las
visitas al sitio se han reprogramado de la siguiente manera:
Oficina
de Siquirres, ubicada 50 metros sur de la estación de servicio Acon, el día 17
de marzo a las 10:00 am. Preguntar por la señora Gioconda Castro Vargas, Jefa
de Oficina.
Oficina
de Guatuso, ubicada contiguo a la Agencia del MAG, el día 18 de marzo a las
10:00 am. Preguntar por el señor William Villegas Rojas, Jefe de Oficina.
Las demás condiciones del cartel
permanecen invariables.
La Uruca, 11 de marzo del 2015.—Proveeduría
General.—Ing. Douglas Noguera Porras, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº
517819.—Solicitud Nº 28990.—C-16600.—(IN2015017139).
LICITACIÓN
PÚBLICA 2014LN-000005-UTN
Servicios
de seguridad
En la publicación de La Gaceta N° 47 del
9 de marzo del 2015, página 61, se publicó por error material lo siguiente:
Seguridad Salas y Acuña S. A., cédula jurídica N° 3-101-185597.
Y lo correcto es:
Seguridad Salas y Acuña S. A., cédula jurídica N° 3-101-419957.
Todo lo demás permanece invariable.
Proveeduría Institucional.—Lic. Miguel Ángel González
Matamoros, Director.—1 vez.—(IN2015017167).
DIRECCIÓN
DE SERVICIOS INSTITUCIONALES
LICITACIÓN
PÚBLICA 2015LN-000001-1161
(Modificación)
Adquisición
de ambulancias
Se comunica a los interesados que se
modifica el punto 2.4 de las condiciones generales establecidas en el cartel de
Licitación Pública 2015LN-000001-1161, de la siguiente manera:
“La forma de pago será mediante apertura
de carta de crédito local, una vez que se acredite su recepción o recibo
definitivo y a satisfacción del objeto contratado”
Así mismo, se prorroga el plazo de
apertura de ofertas hasta el 7 de abril de 2015 a las 11:00 am.
Las demás condiciones se mantienen invariables.
Lic. Jennifer Zúñiga Ruiz,
Coordinadora de Logística.—1 vez.—(IN2015016978).
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL Nº 2014LN-000034-PRI
(Circular Nº 3)
Diseño,
suministro, instalación, construcción, puesta en marcha, operación y
transferencia tecnológica de los
sistemas
de bombeo, remoción de hierro y manganeso
y
desinfección para el campo de pozos de Sand Box, Talamanca, Limón, y el sistema
de bombeo para la
tubería
de impulsión para los sistemas: integrado
de
agua potable para Limón Sur
y
Hone Creak Puerto Viejo
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a
los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que se prorroga
el plazo para la recepción de ofertas hasta las 10:00 horas del 08 de abril del
2015. Además a partir de la presente publicación podrán hacer retiro de la
Circular Nº 2, en la Dirección de Proveeduría del AyA sita en el Módulo C, piso
3 del edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas, o bien descargarse en la
dirección electrónica www.aya.go.cr
Lic. Jeniffer Fernández Guillén,
Dirección de Proveeduría.—1 vez.—O.C. N° 00728.—Solicitud N°
28961.—C-18820.—(IN2015017128).
PROCESO
ADQUISICIONES
LICITACION
ABREVIADA 2015LA-000005-08
(prorroga)
Equipos
para confección, monitoreo y certificación de cableado estructurado y fibra
óptica para redes
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional
Brunca, del instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los interesados en
esta licitación, que la apertura se prorroga para el 27 de marzo del 2015, a
las 10:00 en el mismo lugar, mientras se resuelven recursos de objeción al
cartel.
Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado Unidad de
Compras Institucionales.—1 vez.—O. C. Nº 23930.—Solicitud Nº
29025.—C-9250.—(IN2015017145).
PROVEEDURÍA
ADMINISTRACIÓN PORTUARIA
Se avisa a los interesados en el concurso que se
detalla a continuación, que se amplía el plazo para la recepción y apertura de
ofertas de la:
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2015LN-000002-01
Suministro de materiales, equipo y mano de obra para:
1. Instalación
del sistema de rieles de traslación grúas post-Panamax.
2.
Ducto de protección para cable de alta tensión (Panzerbelt).
3.
Sistema eléctrico para el funcionamiento de grúas post-Panamax.
Ampliación fecha y hora de apertura: 22 de abril del
2015, a las 10:00 horas.
Administración Portuaria.—Lic. Walter Anderson
Salomons, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 4767.—Solicitud Nº
29047.—C-11560.—(IN2015017169).
MUNICIPALIDAD
DE BELÉN
COMPRA
DIRECTA CONCURSADA 2015CD-000010-01
Construcción
y Equipamiento de un Centro
de
Red de Cuido y Desarrollo Infantil
La Municipalidad de Belén a los
interesados en participar en la Compra Directa Concursada 2015CD-000010-01
(según autorización de la Contraloría General de la República DCA-3374)
“Construcción y Equipamiento de un Centro de Red de Cuido y Desarrollo Infantil
(CECUDI)”, que la fecha de apertura de ofertas, se prorrogará para las 10:00 a.
m., del 19 de marzo del 2015. En la visita del 9-03-2015 se hicieron
aclaraciones, a los interesados solicitarlas en la Unidad de Bienes y Servicios
al correo bienesyservicios1@belen.go.cr o bienesyservicios3@belen.go.cr.
Belén, 10 de marzo del 2015.—Unidad de
Bienes y Servicios.—Marcos Porras Quesada, Coordinador.—1 vez.—O.C. N°
30538.—Solicitud N° 28946.—C-12190.—(IN2015017126).
REMATE
N° 1-2015
El Instituto
Nacional de Fomento Cooperativo avisa a todos los interesados del remate que se
celebrará a las 10:00 horas del 17 de abril de 2015, en el Auditorio de su
Edificio Central (tercer piso), sita 400 metros al norte del Hospital de Niños
(calle 20 avenidas 5 y 7), de las siguientes propiedades inmuebles, inscritas
al Folio Real, libres de
gravámenes.
Aspectos Generales.
1. Garantía
de cumplimiento: 10% del monto total adjudicado. Esta garantía deberá ser
cancelada por el adjudicatario, en la Tesorería del INFOCOOP, en el mismo acto
al momento del cierre del remate, en efectivo o cheque certificado del Sistema
Bancario Nacional.
2. El monto total adjudicado deberá ser pagado en
efectivo o cheque certificado del Sistema Bancario Nacional, en un plazo máximo
de 3 días hábiles siguientes al día del remate. En caso de que el adjudicatario
no realice la cancelación del bien rematado, se ejecutará la garantía de
cumplimiento.
3. Los bienes rematados se entregarán en el estado
y condiciones en que se encuentran, luego de la cancelación del 100% del monto
ofertado, sin que la Institución asuma responsabilidad de ninguna especie, por
lo que el comprador releva al INFOCOOP de toda responsabilidad presente y
futura de cualquier reclamo posterior a la venta.
4. Es obligación del adjudicatario ceñirse
estrictamente a las exigencias del remate y a los términos de su oferta.
Consecuentemente, el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas aquí
contempladas, dará lugar a la rescisión del respectivo contrato y la pérdida de
la garantía de cumplimiento, a favor del INFOCOOP, sin perjuicio de accionar en
la vía jurisdiccional el resarcimiento de daños y perjuicios causados al
INFOCOOP, en virtud de los incumplimientos.
5. La respectiva escritura de traspaso se
formalizará dentro de los diez días hábiles posteriores a que el rematante
pague la totalidad del precio respectivo, la cual se otorgará ante el Notario
Institucional, del INFOCOOP por lo que no se requiere el pago de honorarios y/o
por medio de un Notario particular atendiendo lo estipulado en el oficio
FI-533-2013. No obstante los gastos legales necesarios para el trámite de
inscripción deberán de ser cancelados por el adjudicatario al momento de
constituirse el acto.
6. El adjudicatario deberá pagar el 100% de la
suma correspondiente a los honorarios del Notario. El impuesto de traspaso,
derechos de registro y especies fiscales correrá por cuenta del comprador en la
parte que le corresponda.
7. Para poder actuar en representación de una
persona jurídica, el representante legal deberá apersonarse al acto del remate
con el original de su personería jurídica, la que deberá ser extendida por un
Notario Público o por la Sección Mercantil del Registro Público, con no más de
un mes de antigüedad.
8. El adjudicatario deberá presentar constancia
que a la fecha del remate se encuentra inscrito, al día y activo en el pago de
las obligaciones obrero patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social,
o bien, que tiene un arreglo de pago aprobado por ésta, vigente al momento de
la apertura del remate.
9. Los aspectos no contemplados, se regirán por
la Ley de Contratación Administrativa, el Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa y Normas Conexas, aplicables en la materia.
Fincas
en segundo remate:
1. Finca
inscrita al folio real 5-165534-000.
A) Localización:
distrito 03 Puerto Carrillo, cantón 11 Hojancha, provincia Guanacaste.
B) Dirección: 500 metros al suroeste del Hotel
Leyenda, camino a Puerto Carrillo.
C) Características del inmueble: mide 2.716,03 m2,
según plano catastrado N° 5-1044627-2006. Corresponde a un terreno vacante, de
forma irregular, topografía plano ondulada, con una pendiente en promedio
estimada en un 15%. La finca es de ubicación medianera, con frente de 35,21
metros a calle pública en pavimento y a nivel de esta vía. Posee servicios
públicos de electricidad, agua potable, telefonía y alumbrado.
D) Base de referencia: ¢50.925.562,50 (cincuenta
millones novecientos veinticinco mil quinientos sesenta y dos colones con
50/100). Avalúo Administrativo N° AA-29-2014, Administración Tributaria de
Puntarenas, Dirección General de Tributación.
2. Finca
inscrita al folio real 5-184339-000
A) Localización:
distrito 01 Hojancha, cantón 11 Hojancha, provincia Guanacaste.
B) Dirección: 50 metros al oeste de la esquina
suroeste del Parque de Hojancha.
C) Características del inmueble: Tiene un área de
1.808,71 m2, según plano catastrado N° G-1277350-2008. Corresponde a
un terreno de forma ligeramente irregular, topografía plana en general y
esquinero, con un frente total a calles públicas pavimentadas y en buen estado
de 81,34 metros, a nivel con cordón y caño.
Posee tres
construcciones viejas con daños notables observables a simple vista, sin ningún
valor de mercado.
D) Base de referencia: ¢97.670.340,00 (noventa y
siete millones seiscientos setenta mil trescientos cuarenta colones exactos).
Avalúo Administrativo N°AA-30-2014, Administración Tributaria de Puntarenas,
Dirección General de Tributación.
Nota: Los interesados podrán inspeccionar las fincas
inscritas al folio 5-184339-000 a las 10:00 horas y la finca inscrita al folio
real 5-165534-000 a las 13:00 horas del 08 de abril de 2015, previa cita al
teléfono 2256-2944, extensiones 2650, 2651, 2659 ó 2655.
Procedimiento
del remate.
1. A
la hora y fecha señalada la persona que presidirá el acto abrirá el concurso
para el remate de las propiedades.
2. Las propuestas se irán pregonando conforme se
vayan presentando, así como las pujas o mejoras que se formulen, hasta que no
haya quien mejore la última oferta, con lo cual se dará por cerrado el acto del
remate, declarando adjudicatario al oferente que haya hecho la última mejor
oferta de cada uno de los bienes objeto de este remate. Las propuestas de
mejora de precio no serán menores de ¢100.000,00 (Cien mil colones exactos) en
cada ocasión o puja.
3. Las ofertas verbales que se formulen
comprometen al oferente.
4. Se dejará constancia de los datos del segundo
mejor postor y lugar para notificaciones, para el caso que el adjudicatario
incumpla con sus obligaciones.
5. Los oferentes que se presenten deberán
identificarse con su cédula de identidad si son nacionales o documento idóneo
en caso de extranjeros.
San José, 9 de marzo de 2015.—Lic.
Eliecer Ureña Quirós, Gerente Administrativo Financiero.—1 vez.—O. C. N°
35445.—Solicitud N° 29028.—C-108840.—(IN2015017149).
El Instituto Nacional de Fomento
Cooperativo avisa a todos los interesados del remate que se celebrará a las
10:00 horas del 17 de abril de 2015, en el Auditorio de su Edificio Central
(tercer piso), sita 400 metros al norte del Hospital de Niños (calle 20
avenidas 5 y 7), de las siguientes propiedades inmuebles, inscritas al Folio
Real, libres de gravámenes.
Aspectos
Generales.
1. Garantía
de cumplimiento: 10% del monto total adjudicado. Esta garantía deberá ser
cancelada por el adjudicatario, en la Tesorería del INFOCOOP, en el mismo acto
al momento del cierre del remate, en efectivo o cheque certificado del Sistema
Bancario Nacional.
2. El monto total adjudicado deberá ser pagado en
efectivo o cheque certificado del Sistema Bancario Nacional, en un plazo máximo
de 3 días hábiles siguientes al día del remate. En caso de que el adjudicatario
no realice la cancelación del bien rematado, se ejecutará la garantía de
cumplimiento.
3. Los bienes rematados se entregarán en el
estado y condiciones en que se encuentran, luego de la cancelación del 100% del
monto ofertado, sin que la Institución asuma responsabilidad de ninguna
especie, por lo que el comprador releva al INFOCOOP de toda responsabilidad
presente y futura de cualquier reclamo posterior a la venta.
4. Es obligación del adjudicatario ceñirse
estrictamente a las exigencias del remate y a los términos de su oferta.
Consecuentemente, el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas aquí
contempladas, dará lugar a la rescisión del respectivo contrato y la pérdida de
la garantía de cumplimiento, a favor del INFOCOOP, sin perjuicio de accionar en
la vía jurisdiccional el resarcimiento de daños y perjuicios causados al
INFOCOOP, en virtud de los incumplimientos.
5. La respectiva escritura de traspaso se
formalizará dentro de los diez días hábiles posteriores a que el rematante
pague la totalidad del precio respectivo, la cual se otorgará ante el Notario
Institucional, del INFOCOOP por lo que no se requiere el pago de honorarios y/o
por medio de un Notario particular atendiendo lo estipulado en el oficio
FI-533-2013. No obstante los gastos legales necesarios para el trámite de
inscripción deberán de ser cancelados por el rematante al momento de
constituirse el acto.
6. El adjudicatario deberá pagar el 100% de la
suma correspondiente a los honorarios del Notario. El impuesto de traspaso,
derechos de registro y especies fiscales correrá por cuenta del comprador en la
parte que le corresponda.
7. Para poder actuar en representación de una
persona jurídica, el representante legal deberá apersonarse al acto del remate
con el original de su personería jurídica, la que deberá ser extendida por un
Notario Público o por la Sección Mercantil del Registro Público, con no más de
un mes de antigüedad.
8. El adjudicatario deberá presentar constancia
que a la fecha del remate se encuentra inscrito, al día y activo en el pago de
las obligaciones obrero patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social,
o bien, que tiene un arreglo de pago aprobado por ésta, vigente al momento de
la apertura del remate.
9. Los aspectos no contemplados, se regirán por
la Ley de Contratación Administrativa, el Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa y Normas Conexas, aplicables en la materia.
Fincas
en primer remate:
1. Finca
inscrita al folio real 2-107614-000.
A) Localización:
distrito 04 Piedades Norte, cantón 02 San Ramón, provincia Alajuela.
B) Dirección: 7 km del centro de San Ramón, hacia
el Bajo de los Rodríguez.
C) Características del inmueble: mide 22.929,28 m2,
según plano catastrado A-60004-1999. Presenta una topografía con pendiente
plana y suave en los primeros 40m, luego la pendiente es mayor de 30% hasta el
límite con el Río Barranca. La finca se encuentra afectada por la Ley 7575, Ley
Forestal con el límite con el Río Grande en el extremo noreste de la propiedad.
Posee servicio de electricidad, agua potable, alumbrado, servicio telefónico.
Existe un recibidor de café y un galerón.
D) Base de referencia: ¢50.058.560,00 (cincuenta
millones cincuenta y ocho mil quinientos sesenta colones exactos). Avalúo
Administrativo N° A-112-2014, Administración Tributaria de Alajuela, Dirección
General de Tributación.
2. Finca
inscrita al folio real 2-343985-000.
A) Localización:
distrito 02 San Juan, cantón 08 Poás, provincia 02 Alajuela.
B) Dirección: Urbanización los Chorros, lote N°
21.
C) Características del inmueble: tiene un área de
434,25 m2, según Plano Catastrado N° A-547210-1999. Corresponde al
lote 21 de la Urbanización Los Chorros, tiene un frente de 10,00 m y un fondo
de 33,46m, forma algo irregular, topografía plana y se encuentra a nivel de la
vía, tiene cordón, acera y caño. Esta propiedad cuenta con servicio de
electricidad, agua potable, alumbrado, servicio telefónico.
D) Base de referencia: ¢17.370.000,00 (diecisiete
millones trescientos setenta mil colones exactos). Avalúo Administrativo
N°A-110-2014, Administración Tributaria de Alajuela, Dirección General de
Tributación.
3. Finca
inscrita al folio real 2-339739-000.
E) Localización:
distrito 07 San Isidro, cantón 02 San Ramón, provincia 02 Alajuela.
F) Dirección: 600 mts este del centro de San Ramón
hasta la comunidad del Progreso.
G) Características del inmueble: tiene un área de
20.966,88 m2, según plano catastrado N° A-252627-1995, tiene un
frente de 186,26 m, forma irregular, se encuentra a nivel de la vía. Los
servicios públicos de electricidad, agua potable, alumbrado y telefónico se
encuentran en la zona, pero no en el frente de la propiedad, tiene pendiente de
un 45% en el frente de la calle y luego hay una planicie donde se encuentra un
planché de concreto. La finca se encuentra afectada por Ley 7575, Ley Forestal
con el límite con el Río Grande en el extremo noreste de la propiedad.
H) Base de referencia: ¢76.430.640,00 (setenta y
seis millones cuatrocientos treinta mil seiscientos cuarenta colones exactos).
Avalúo Administrativo N° A-111-2014, Administración Tributaria de Alajuela,
Dirección General de Tributación.
4. Finca
inscrita al folio real 2-261606-000.
I) Localización:
distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, provincia 02 Alajuela.
J) Dirección: Urbanización COOPEURVI R.L., Las
Brisas, Ciudad Quesada.
K) características del inmueble: mide 633,11 m2,
según Plano Catastrado N°A-0975888-1991, de ubicación medianera, al final de
calle asfaltada, tiene un frente de 16,99 m, forma algo irregular, cuenta con
cordón y caño, no así acera, presenta bajo nivel con respecto a la calle que
puede ser afectada por la cercanía con una quebrada que pasa cerca del lindero
sur. Por lo tanto, este terreno presenta algunas limitaciones y requiere para
poder construir de invertir en movimientos de tierra y obras de conservación de
suelos. Esta propiedad cuenta con servicio de electricidad, agua potable,
alumbrado, servicio telefónico.
L) Base de referencia: ¢7.597.320,00 (siete
millones quinientos noventa y siete mil trescientos veinte colones exactos).
Avalúo Administrativo N° A-108-2014, Administración Tributaria de Alajuela,
Dirección General de Tributación.
Nota: los interesados podrán
inspeccionar la finca inscrita al folio 2-343985-000 el 06 de abril de 2015 a
las 09:00 horas, la finca inscrita al folio real 2-107614-000 el 06 de abril de
2015 a las 13:00 horas, la finca inscrita al folio real 2-339739-000 el 06 de
abril de 2015 a las 15:00 horas y la finca inscrita al folio real 2-261606-000
el 07 de abril de 2015 a las 11:00 horas previa cita al teléfono 2256 29 44,
extensiones 2650, 2651, 2659 ó 2655.
Procedimiento
del remate.
1. A
la hora y fecha señalada la persona que presidirá el acto abrirá el concurso
para el remate de las propiedades.
2. Las propuestas se irán pregonando conforme se vayan
presentando, así como las pujas o mejoras que se formulen, hasta que no haya
quien mejore la última oferta, con lo cual se dará por cerrado el acto del
remate, declarando adjudicatario al oferente que haya hecho la última mejor
oferta de cada uno de los bienes objeto de este remate. Las propuestas de
mejora de precio no serán menores de ¢100.000,00 (Cien mil colones exactos) en
cada ocasión o puja.
3. Las ofertas verbales que se formulen
comprometen al oferente.
4. Se dejará constancia de los datos del segundo
mejor postor y lugar para notificaciones, para el caso que el adjudicatario
incumpla con sus obligaciones.
5. Los oferentes que se presenten deberán
identificarse con su cédula de identidad si son nacionales o documento idóneo
en caso de extranjeros.
San José, 9 de marzo de 2015.—Lic.
Eliecer Ureña Quirós, Gerente Administrativo Financiero.—1 vez.—O. C. N°
35444.—Solicitud N° 29029.—C-146000.—(IN2015017152).
SISTEMA
INTEGRADO FINANCIERO CONTABLE
Para ver imágenes solo en La
Gaceta con formato PDF
1 vez.—O. C. N°
2015014283.—Solicitud N° 28405.—C-241.040.—(IN2015014107).
SUPERINTENDENCIA
GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS
Publicación de la Superintendencia
General de Entidades Financieras con base en la información suministrada por
los intermediarios financieros.
BALANCE
DE SITUACIÓN COMBINADO
DEL SISTEMA
BANCARIO NACIONAL
Al 31 de enero
del 2015
(en miles de
colones)
Para ver imágenes solo en La Gaceta con formato PDF
Notas:
1 Esta
publicación se realiza en acatamiento de lo dispuesto en el Artículo 19 de la
Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional y se ha elaborado con base en la
información suministrada por las entidades financieras disponibles en nuestras
bases de datos al 17/02/2015
2. En el sitio Web de la SUGEF (www.sugef.fi.cr)
se puede consultar los estados financieros individuales de los bancos con un
mayor nivel de detalle, de este periodo y de periodos anteriores, así como otra
información adicional.
Javier Cascante Elizondo,
Superintendente General.—1 vez.—Solicitud N° 28216.—C-30510.—(IN2015013727).
AVISO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
El
Banco Nacional de Costa Rica, Oficina Principal, provincia de San José, avisa a
las siguientes personas que tienen pendiente su retiro de bienes en Custodia
por Cajitas de Seguridad abiertas por incumplimiento de contrato:
Cajita
|
Nombre
|
Identificación
|
Apertura
|
510
|
Manuel Alberto Mata Sandoval
|
1-0652-0475
|
26-06-2014
|
1667
|
Rodrigo Alberto Díaz Vargas
|
1-0510-0523
|
26-06-2014
|
2530
|
Roy Adams Highfill
|
205884970
|
26-06-2014
|
5706
|
Luz Rene Echeverría Rodríguez
|
1-0420-0410
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26-06-2014
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1236
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Interbolsa
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3-101-088512-19
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29-07-2014
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Para mayor información puede
comunicarse a los teléfonos Nos. 2212-2330 ó 2212-3923, Custodia de Valores,
Oficina Principal del Banco Nacional de Costa Rica, Jefatura, Custodia y
Administración de Valores OP. Marvin Hernández Ramos.
La Uruca, 23 de febrero del
2015.—Alejandra Trejos Céspedes, Proveeduría General.—O. C. N° 517819.—Solicitud
N° 28205.—C-45240.—(IN2015013803).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
A las entidades acreedoras
supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras, que para
acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del Reglamento
sobre la distribución de utilidades por la venta de bienes adjudicados
(Artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días hábiles,
deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal solicitud ante
la Dirección de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica,
localizada en La Uruca, frente a la Mercedes Benz y adjuntar una certificación
de un contador público autorizado sobre el estado de la obligación y el saldo
adeudado de la señora Silvia Morales Rodríguez, cédula 6-0306-0332.
San José, 24 de febrero del 2015.—Lic.
Erick Aguilar Díaz, Proveeduría General.—1 vez.—O. C. N° 517819.—Solicitud N°
28248.—C-13860.—(IN2015013331).
A las entidades acreedoras supervisadas por la
Superintendencia General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo
dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del reglamento sobre la
distribución de utilidades por la venta de bienes adjudicados (Artículo 1 de la
Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días hábiles, deberán presentar a través
de sus representantes legales formal solicitud ante la Dirección de Recursos
Materiales del Banco Nacional de Costa Rica, localizada en La Uruca, frente a
la Mercedes Benz y adjuntar una certificación de un contador público autorizado
sobre el estado de la obligación y el saldo adeudado del señor Israel
Villalobos Alvarado, cédula 5-0234-0926.
San José, 24 de febrero del 2015.—Lic. Erick Aguilar
Díaz, Proveeduría General.—1 vez.—O. C. N° 517819.—Solicitud N°
28249.—C-13840.—(IN2015013431).
A las entidades acreedoras supervisadas por la
Superintendencia General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo
dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del reglamento sobre la
distribución de utilidades por la venta de bienes adjudicados (Artículo 1 de la
Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días hábiles, deberán presentar a través
de sus representantes legales formal solicitud ante la Dirección de Recursos
Materiales del Banco Nacional de Costa Rica, localizada en La Uruca, frente a
la Mercedes Benz y adjuntar una certificación de un contador público autorizado
sobre el estado de la obligación y el saldo adeudado del señor Asdrúbal
Francisco García Briceño, cédula 5-0282-0439.
San José, 24 de febrero del 2015.—Lic. Erick Aguilar
Díaz, Proveeduría General.—1 vez.—O. C. N° 517819.—Solicitud N°
28251.—C-13960.—(IN2015013434).
VICERRECTORÍA
DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ORI-559-2015.—Álvarez
Pérez Arturo José, R-011-2015, pasaporte: 075979960, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Médico Cirujano, Universidad Centroccidental “Lisandro
Alvarado”, Venezuela. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria, Rodrigo Facio, 5 de febrero del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N°
28253.—C-35700.—(IN2015013576).
ORI-608-2015.—Echeverría
Alvarado Priscilla, R-225-2009-B, cédula: 9-0064-0150, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Máster Universitario en Historia del Arte
Contemporáneo y Cultura Visual, Universidad Autónoma de Madrid y la Universidad
Complutense de Madrid, España. La persona interesada en aportar información de
la solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria, Rodrigo Facio, 9 de febrero del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N°
28254.—C-39980.—(IN2015013578).
ORI-553-2015.—Contreras
Lemus Carmen Emilia, R-21-2015, pasaporte: 075267335, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Odontóloga, Universidad de Zulia,
Venezuela. La persona interesada en aportar información de la solicitante podrá
hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo
Facio, 5 de febrero del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José
Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N°
28255.—C-34370.—(IN2015013581).
ORI-545-2015.—Ely
Brian Edmund, R-031-2015, pasaporte: 478045677, solicitó reconocimiento y equiparación del título
Doctor de Medicina, Universidad de California, Estados Unidos. La persona
interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito
ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 4 de febrero del
2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.
C. N° 130859.—Solicitud N° 28256.—C-34530.—(IN2015013585).
ORI-543-2015.—Fonseca
Hernández Danae, R-023-2015, cédula 901300571, solicitó reconocimiento y equiparación del título
Licenciada de Psicología, Universidad del Valle de México, México. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 4 de febrero del
2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.
C. N° 130859.—Solicitud N° 28257.—C-34880.—(IN2015013595).
ORI-530-2015.—Guzmán
Verri Gian Giacomo, R-028-2015, céd.111230818, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Doctor en Filosofía con Énfasis en Física, Universidad
de California, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria,
Rodrigo Facio, 4 de febrero del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N°
28258.—C-24530.—(IN2015013599).
ORI-533-2015.—Kharitonov
Elizabeth, R-032-2015, pasaporte 20650739, solicitó reconocimiento y equiparación del título
Bachillerato en Humanidades, Universidad Bar-Iilan, Israel. La persona
interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito
ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 4 de febrero del
2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.
C. N° 130859.—Solicitud N° 28260.—C-23200.—(IN2015013602).
ORI-547-2015.—Lara
Aguilar José Daniel, R-027-2015, cédula 1-1326-0817, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Máster de Ciencias Aplicadas Ingeniería Eléctrica e
Informática, Universidad De Waterloo, Canadá. La persona interesada en aportar
información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro
de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria, Rodrigo Facio, 4 de febrero del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N°
28261.—C-36370.—(IN2015013605).
ORI-457-2015.—León
Aguilar Gerardo José, R-14-2015, cédula 1-1301-0262, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Bachiller en Música, Concordia College, Estados Unidos. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 30 de enero
de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N° 28262.—C-34320.—(IN2015013607).
ORI-550-2015.—Quirós
Vargas Roberto, R-034-2015, cédula 1-0634-0310, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Doctorado en Ciencia y Tecnología Ambientales,
Universitat Autónoma de Barcelona, España. La persona interesada en aportar
información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro
de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria, Rodrigo Facio, 5 de febrero del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N°
28263.—C-36060.—(IN2015013614).
ORI-609-2015.—Sáenz
Torres Mario Alberto, R-25-2015, cédula: 5 0362 0546, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina,
Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante podrá
hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo
Facio, 9 de febrero del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José
Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N°
28264.—C-35040.—(IN2015013616).
ORI-611-2015.—Tinjaca
García Jeannette, R-29-2015, pasaporte: AN587552, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Contador Público, Universidad Santo Tomás, Colombia. La
persona interesada en aportar información de la solicitante podrá hacerlo por
escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 9 de febrero
del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N° 28265.—C-34480.—(IN2015013617).
ORI-528-2015.—Vega
Sanabria María José, R-024-2015, céd.109740642, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Magíster en Gestión y Políticas Públicas, Universidad
de Chile, Chile. La persona interesada en aportar información de la solicitante
podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo
Facio, 3 de febrero del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José
Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N°
28266.—C-23720.—(IN2015013631).
ORI-347-2015.—Vivas
Bosch Laura Beatriz, R-15-2015, pasaporte 053975230, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Médico Cirujano,
Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado”, Venezuela. La persona
interesada en aportar información de la solicitante podrá hacerlo por escrito
ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 26 de enero del
2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C.
N° 130859.—Solicitud N° 28267.—C-35500.—(IN2015013635).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
La Junta de Becas de la Universidad Nacional,
comunica al señor Leonardo Sebiani Serrano, exbecado de la Universidad
Nacional, la resolución administrativa dictada por dicha instancia, tomada por
Acuerdo N° A-JB-cero cero uno-dos mil catorce, según el Artículo sexto de la
sesión ordinaria N° dieciocho-dos mil catorce, celebrada el trece de noviembre
del dos mil catorce, y registrado bajo el oficio A-JB-cero cero uno-dos mil
catorce del diecisiete de noviembre de dos mil catorce, mediante el cual se
acuerda por unanimidad: a) rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por
su apoderado generalísimo, en contra del acuerdo A-JB-cero cero cuatro-dos mil catorce, del veinticinco de agosto del dos mil
catorce, tomado en la sesión ordinaria N° cero trece-dos mil catorce, celebrada
el veintiuno de agosto del dos mil catorce; b) elevar al Tribunal Universitario
de Apelaciones, el recurso de apelación y nulidad concomitante, formulado; c)
comunicar al señor Sebiani Serrano que se le otorga un plazo de ocho días
hábiles, a partir de la recepción del acuerdo, para que proceda a ampliar sus
argumentos y realice los descargos correspondientes ante el Tribunal
Universitario de Apelaciones.—Juntas de Becas.—M.Sc. Luis Ovares Rodríguez,
Presidente.—O. C. N° 23276.—Solicitud N° 32971.—C-65600.—(IN2015013212).
AVISOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Res. PE-AD-0005-2015.—Presidencia Ejecutiva.—San José,
a las quince horas con treinta minutos del día veintitrés de enero de dos mil
quince. Resolución que realiza delegación a la funcionaria Ana Argerie cc.
Anargerie Alvarado Ulloa.
Resultando:
1º—Que el Patronato Nacional de la Infancia, es el
ente rector en materia de niñez y adolescencia, de conformidad con el artículo
55 de la Constitución Política.
2º—Que
el Patronato Nacional de la Infancia, en aras de salvaguardar los derechos de
las personas menores de edad, dado que estamos llamados a garantizar los
derechos y principios consagrados en la Convención Sobre los Derechos del Niño,
el Código de la Niñez y Adolescencia, y la Ley Orgánica del Patronato Nacional
de la Infancia, en especial el principio del Interés Superior del Niño, cuenta
con Oficinas Locales que atienden a lo largo del país y en las que los
representantes legales asumen la representación judicial y extrajudicial, sin
perjuicio de la representación general que ejerce el Presidente Ejecutivo.
3º—Que
por disposición legal y por motivos de orden público, debe garantizarse la
continuidad en la prestación del servicio que la institución brinda en todo el
país, en especial la atención y protección integral de la niñez y la
adolescencia. Debido a lo anterior, es que se cuenta con el Departamento de Atención
Inmediata, que es un servicio del Patronato Nacional de la Infancia en el Área
Metropolitana mediante el cual se brinda atención a emergencias durante las 24
horas del día, los 7 días de la semana sean estos feriados o no, salvaguardando
de esta manera la parte sustantiva de nuestra entidad, este servicio cuenta a
la vez con abogados.
Considerando:
1º—Que acorde al artículo 26 de la Ley Orgánica del
Patronato Nacional de la Infancia, se señala que la representación legal
(judicial y extrajudicial) de las Oficinas Locales recae sobre el representante
legal nombrado para tal efecto por la Presidencia Ejecutiva. El artículo 27, de
ese mismo cuerpo legal indica que ese representante deberá ser un profesional
en Derecho, miembro activo del colegio profesional respectivo y a la vez
actuará con independencia de criterio; pero jerárquicamente se encuentra sujeto
a esta Presidencia Ejecutiva. Por otro lado, el artículo 11 inciso i) de esa
Ley Orgánica, menciona que entre las atribuciones de la Junta Directiva se encuentra
la creación de oficinas y servicios requeridos para la consecución de sus
fines. Como se observa, la Ley Orgánica viene a establecer la forma en que se
ejerce la representación del PANI y es en asuntos relacionados directamente con
la labor ordinaria o sustantiva de la institución, a saber la representación y
defensa de los derechos e intereses de las personas menores de edad, en los
procesos jurisdiccionales y administrativos en los que se encuentren
involucrados. Por otro lado, la Junta Directiva para satisfacer la continuidad
de los servicios institucionales y acorde a la necesidad e interés público,
creó el Departamento de Atención Inmediata, servicio institucional que brinda
atención a emergencias en el Área Metropolitana, durante las 24 horas del día,
los 7 días de la semana sean estos feriados o no, salvaguardando de esta manera
la parte sustantiva de nuestra entidad. Es importante destacar que el
Departamento de Atención Inmediata cuenta con abogados, que al igual que sus
homólogos de las oficinas locales, deben representar y garantizar los derechos
e intereses de las personas menores de edad tanto en la parte judicial como
administrativa. Queda claro entonces, que el Departamento de Atención
Inmediata, al igual que las oficinas locales desarrolla una labor sustantiva,
pero no se establece específicamente en la mencionada Ley Orgánica que los
abogados del Departamento de Atención Inmediata tengan dicha representación
legal judicial y administrativa, que si se confiere a los abogados de las oficinas
locales. Es por lo anterior, que esta Presidencia Ejecutiva debe realizar una
delegación de la misma para dichos funcionarios. Por tanto,
De
acuerdo con la anterior fundamentación fáctico-jurídica, esta Presidencia
Ejecutiva resuelve lo siguiente:
1º—Con fundamento en lo dispuesto en la Ley Orgánica
del Patronato Nacional de la Infancia número 7648, así como los artículos 89 al
92 de la Ley General de la Administración Pública, delego la representación
Judicial y Administrativa, en diligencias ante cualquier autoridad que competan
al Patronato Nacional de la Infancia en el ejercicio de su función sustantiva y
representación de los derechos e intereses de las personas menores de edad,
para que la ejerza en todo el país, así como también firme en las actas,
resoluciones administrativas, relacionadas con los procedimientos internos en
materia sustantiva, exceptuando aquellos que por cualquier título dispongan de
dinero o cualquier bien de la entidad, en la licenciada Ana Argerie cc.
Anargerie Alvarado Ulloa, mayor, casada, abogada, de cédula de identidad número
uno-cero novecientos ochenta y tres-cero trescientos ochenta y siete, vecina de
San José, Alajuelita, abogada institucional destacada en el Departamento de
Atención Inmediata.
2º—Rige
a partir de la publicación de este acto en el Diario Oficial La Gaceta.
Comuníquese.—Ana
Teresa León Sáenz, Presidenta Ejecutiva.—O. C.
N° 36800.—Solicitud N° 150000010.—C-71620.—(IN2015013649).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A Lorenzo Antonio Hernández Dávila, se
le (s) comunica la resolución de las once horas con cuarenta minutos del
veinticuatro de diciembre del dos mil catorce, mediante la cual se da inicio al
Proceso Especial de Protección de la persona menor de edad Bryan Josué
Hernández Sibaja, y se ordena su Cuido Provisional por un plazo no mayor de
seis meses en recurso familiar. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la
presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de dos días hábiles
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso será
de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente OLT-00311-2014.—Oficina Local de Tibás.—Mag. Hazel Oreamuno Sánchez,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 36800.—Solicitud N°
15000008.—C-24330.—(IN2015013625).
Al ser las diez horas del día catorce
de enero del año dos mil quince. Se le comunica al señor Jorge Patricio Herrera
Chacón, la resolución de las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del día
trece de enero del año dos mil quince que ordenó el inicio del proceso especial
de protección en sede administrativa y dictado de medida de protección de
capacitación o adiestramiento en artes u oficios vocacionales en beneficio de la
persona menor de edad M.F.H.G. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra
la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de
recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución,
en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en
inadmisible. Expediente OLU-00297-2014.—Oficina Local de Upala-Guatuso.—Licda.
Katia Corrales Medrano, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C.
N° 36800.—Solicitud N° 15000008.—C-31520.—(IN2015013626).
A quien interese se le comunica que
por resolución de las once horas treinta minutos del día catorce de enero del
año dos mil quince, se declaró estado de abandono en sede administrativa de la
persona menor de edad Karina Maryeri Calderón Obando. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación,
a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución proceden los
recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato
siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de
revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de
apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente
número 531-00070-2008.—Oficina Local de Upala-Guatuso.—Licda. Katia Corrales
Medrano, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. N°
36800.—Solicitud N° 15000008.—C-24830.—(IN2015013627).
Se hace saber a los progenitores Doris
Zambrana Ubeda y Carlos David Ubeda Zambrana, que se le comunica, que por
Resolución Administrativa del Departamento de Atención Inmediata de las nueve
horas del quince de setiembre del dos mil catorce, (DAI) Dicta medida de
protección en sede administrativa de cuido provisional a favor de la PME:
Jeremy Jusué Ubeda Zambrana. Para que permanezca con la abuela materna señora
Marbeli Ubeda Zambrana. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir
de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual
deberá interponerse ante este oficina local, en forma verbal o escrita; oficina
que lo elevara ante el Órgano Superior. La presentación del recurso no suspende
los efectos de la resolución dictada. Asimismo se les emplaza a señalar lugar o
medio para notificaciones futuras bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el
lugar señalado fuera impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, las
resoluciones posteriores quedaran notificadas con el simple transcurrir de
veinticuatro horas después de dictadas. Igual sucederá cuando se haga imposible
la notificación en el medio señalado. Expediente administrativo número
115-00377-2008.—Oficina local de Hatillo.—Lic. Jorge Alonso Rodríguez Ulate,
Representante Legal.—O. C. N° 36800.—Solicitud N°
15000006.—C-19410.—(IN2015013630).
Al Señor Lorenzo Gutiérrez Ramírez se
le comunica la resolución de las de las diez horas del día dieciséis de
diciembre del año dos mil catorce que se inició proceso especial de protección
a favor de las personas menores de edad Rosa Angélica Gutiérrez Jirón y Brenda
Sofía Jirón Salazar. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible.—Oficina Local Heredia Sur.—Lic.
Jorge Alvarado Tabash, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N°
36800.—Solicitud N° 15000006.—C-27300.—(IN2015013640).
A la señora Yoriluz Umanzor Umanzor se
le comunica la resolución de las de las quince horas del día once de diciembre
del año dos mil catorce que ordenó la medida de cuido provisional de la persona
menor de edad Aarón Josué Mayorquín Umanzor en la figura de los señores Julio
Roberto Reyes Arango y Maritza García García. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación,
a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones
futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace
saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de
apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del
plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación
a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de
esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible.—Oficina Local Heredia Sur.—Lic. Jorge Alvarado Tabash,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 36800.—Solicitud N°
15000006.—C-28600.—(IN2015013642).
Se le comunica a cualquier interesado
que por resolución de la Representación Legal de esta Oficina Local de Santa
Ana, de las nueve horas del seis de enero de dos mil quince, y dentro del
proceso de protección especial en vía administrativa, en la cual se declara a
la persona menor de edad Gerardo Badilla Cruz en estado de abandono en vía
administrativa, en razón del fallecimiento de sus progenitores Rosa Dinora Cruz
Herrera Y Gerardo Badilla Murillo. De igual forma en este acto se otorgó el
depósito administrativo de dicho niño a la abuela paterna Blanca Rosa Murillo
Monge. Se les confiere audiencia a los interesados por tres días hábiles, para
que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estimen
necesarias, y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y
representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar
las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta oficina
local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, Cantón Santa Ana sita de
la Cruz Roja 175 metros al oeste y 150 metros al suroeste. Deberá señalar lugar
conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones
futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de
Notificaciones Judiciales. Se les hace saber, además, que contra las indicadas
resoluciones procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de
esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48
horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la
fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139
del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N°
118-00131-2012.—Oficina Local de Santa Ana.—Lic. Randall Alberto Durán Ortega,
Representante Legal.—O. C. N° 36800.—Solicitud N°
15000006.—C-29980.—(IN2015013643).
A Tony Leonardo Céspedes Luna, se le
comunica la resolución de las 10:00 horas del 10 de noviembre del año 2014 y de
las 8:00 horas del día 12 de enero del año 2015, que ordenó respectivamente el
inicio del proceso especial de protección de su hija Karla Dailyana Céspedes
Murcia en el albergue de Naranjo y la posterior revocatoria de medida, por
retorno de su hija con la progenitora María Andrea Murcia Torres. Notifíquese
la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de
habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Exp. OLNA-00150-2014.—Oficina Local
de Naranjo.—Licda. Rosario Cruz Carvajal, Órgano Director del Procedimiento
Administrativo.—O. C. N° 36800.—Solicitud N° 15000006.—C-22740.—(IN2015013644).
A Rosa Rosario Quirós Galeano, se les
comunica la resolución de las diez horas del quince de enero del dos mil
quince, que ordenó inicio del proceso especial de protección en sede
administrativa, y medida de cuido provisional de los niños Samuel Andrés,
Génesis Daniela y María José Quirós Galeano, con la señora Juana Paula Galeano
López, por un plazo de seis meses, siendo la fecha de vencimiento el 15 de
julio del 2015. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de dos días hábiles siguientes
a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de
conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido
que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.—Exp.
OLSR-00233-2014.—Oficina Local de San Ramón.—Licda. Ana Lorena Fonseca Méndez,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 36800.—Solicitud N° 15000006.—C-27360.—(IN2015013645).
A Geannina
Yanicelly Roa se le comunica la resolución de este despacho de las 14:45 horas
del trece de enero del dos mil quince, en virtud de la cual se ordenó el cuido
provisional del niño Diego André Vallejos Yanicelly en el hogar de su abuela
materna, señora Leda Roa Granados, por un plazo de seis meses, con vencimiento
al trece de julio del dos mil quince. Recursos: contra la presente resolución
procede el recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante este Órgano
Director en el transcurso de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a
partir de la tercera publicación de este edicto, quien lo elevará para que sea
resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la institución, ubicada en San José,
Barrio Luján, antigua Dos Pinos y debe señalar lugar para oír notificaciones.
Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar por un
profesional en Derecho así como revisar y estudiar el expediente
administrativo. Exp. OLOR-00139-2014 Oficina Local de Orotina.—Lic. Eileen Flores
Villarreal, Representante Legal.—O. C. N° 36800.—Solicitud N°
15000006.—C-17720.—(IN2015013646).
A Jeymy Ramón
Vallejos Arias se le comunica la resolución de este despacho de las 14:45 horas
de trece de enero del dos mil quince, en virtud de la cual se ordenó el cuido
provisional del niño Diego André Vallejos Yanicelly en el hogar de su abuela
materna, señora Leda Roa Granados, por un plazo de seis meses, con vencimiento
al trece de julio del dos mil quince. Recursos: Contra la presente resolución
procede el recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante este Órgano
Director en el transcurso de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a
partir de la tercera publicación de este edicto, quien lo elevará para que sea
resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la institución, ubicada en San José,
Barrio Luján, antigua Dos Pinos y debe señalar lugar para oír notificaciones.
Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar por un
profesional en Derecho así como revisar y estudiar el expediente
administrativo. Exp. OLOR-00139-2014 Oficina Local de Orotina. Lic. Eileen
Flores Villarreal, Representante Legal.—O. C. N° 36800.—Solicitud N°
15000006.—C-17710.—(IN2015013648).
A quien interese,
se le comunica resolución de las nueve horas del trece de enero del dos mil
quince que ordenó inicio del proceso especial de protección en sede
administrativa y dictado de medida de modificación de guarda, crianza y
educación a favor de la persona menor de edad Ashly Pamela Madrigal Alfaro.
Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en
su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile
para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible.—Exp. OLBA-00068-2012.—Oficina Local
de Buenos Aires, Puntarenas.—Lic. Esperanza Reyes Sequeira, Coordinadora y
Representante Legal.—O. C. N° 36800.—Solicitud N° 15000011.—C-32860.—(IN2015013651).
A quien
interese se le comunica resolución de
las quince horas quince minutos del doce de noviembre del dos mil catorce, se
dictó la medida de Protección de Cuido Provisional, a favor de la persona menor
de edad Gabriel Soto Ramírez. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después-de dictadas. Se les hace saber además, que contra la
presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de
recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución,
en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en
inadmisible.—Exp. OLBA-00156-2014.—Oficina Local de Buenos Aires,
Puntarenas.—Lic. Esperanza Reyes Sequeira, Coordinadora y Representante
Legal.—O. C. N° 36800.—Solicitud N° 15000011.—C-30220.—(IN2015013652).
A quien interese,
se le comunica resolución de las nueve horas veinte minutos del tres de octubre
del dos mil catorce, que dicto la medida de Protección de Cuido Provisional, a
favor de las personas menores de edad Libni y Leslie ambas apellidos Navarro
Rodríguez. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso
será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en
inadmisible.—Exp. OLBA-00231-2013.—Oficina Local de Buenos Aires,
Puntarenas.—Licda. Esperanza Reyes Sequeira, Coordinadora y Representante
Legal.—O. C. N° 36800.—Solicitud N° 15000011.—C-32120.—(IN2015013653).
A quien interese,
se le comunica resolución de las quince horas quince minutos del quince de
diciembre del dos mil catorce, se dictó la medida de Protección de Cuido
Provisional, a favor de la persona menor de edad Siany Sofía Brenes Sibaja.
Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en
su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido
para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para
recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o
llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible.—Exp. 643-00021-2012.—Oficina Local
de Buenos Aires, Puntarenas.—Licda. Esperanza Reyes Sequeira, Coordinadora y
Representante Legal.—O. C. N° 36800.—Solicitud N°
15000011.—C-31610.—(IN2015013655).
A la señora Cindy Vanessa Hernández
Salazar, de otras calidades y domicilio ignorados; se le comunica que mediante resolución
de las 10:00 horas del 02 de diciembre del 2014, se inicia proceso especial de
protección a favor de la persona menor de edad Derek Andrey Hernández Salazar
por existir denuncia. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra
la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de
recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución,
en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en
inadmisible. Se deberá publicar este edicto por tres veces consecutivas en el
Diario Oficial La Gaceta. Expediente Administrativo:
OLPO-00122-2014.—Oficina Local de Pococí.—Msc. María Gabriela Hidalgo Hurtado,
Abogada.—O. C. N° 36800.—Solicitud N° 15000011.—C-23380.—(IN2015013656).
A la señora Marianela Mora González,
de otras calidades y domicilio ignorados; se le comunica que mediante
resolución de las 12:00 horas del 23 de diciembre del 2014 se inicia proceso
especial de protección a favor de la persona menor de edad Alexa Mariany Mora
González por existir denuncia. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra
la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de
recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución,
en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en
inadmisible. Se deberá publicar este edicto por tres veces consecutivas en el
Diario Oficial La Gaceta. Expediente Administrativo:
OLPO-00117-2014.—Oficina Local de Pococí.—Msc. María Gabriela Hidalgo Hurtado,
Abogada.—O. C. N° 36800.—Solicitud N° 15000011.—C-23240.—(IN2015013658).
A la señora Mayra Alejandra Ruiz Vega,
de otras calidades y domicilio ignorados; se le comunica la siguiente
resolución de las 15:00 horas del 14 de noviembre del 2014 (la modificación de
la medida de protección de abrigo temporal y en su lugar se dicta la medida de
protección de cuido provisional en hogar sustituto a favor de la persona menor
de edad Mathew Leonardo Díaz Ruiz a fin de que permanezca ubicado a cargo de
los señores Carmen Varela Salas y Diómedes Jiménez Valverde. Notifíquese la
anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de
habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Se deberá publicar este edicto por
tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta. Expediente
Administrativo: OLPO-00032-2014.—Oficina Local de Pococí.—Msc. María Gabriela
Hidalgo Hurtado, Abogada.—O. C. N° 36800.—Solicitud N°
15000011.—C-25760.—(IN2015013659).
Al señor Benigno Gerardo Barrantes
Barrantes, se le notifica las resoluciones de las ocho horas con veintiún
minutos del dos de diciembre del año dos mil catorce, se refiere a Medida de
Protección de Abrigo Temporal en Alternativa Institucional, resolución
administrativa de las diez horas y seis minutos del cuatro de diciembre de dos
mil catorce, se refiere a Modificación de la Medida antes citada, resolución
administrativa de las nueve horas del nueve de diciembre de dos mil catorce y
resolución administrativa de las trece horas del diecinueve de diciembre de dos
mil catorce, se refiere a resolución de elevación de Recurso de Apelación
interpuesto por el señor Pablo Usaga Carrasquilla. Contra las presentes
resoluciones podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A
quo, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho
recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta
y ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe
señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro
de esta Oficina Local, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las
resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas. Expediente Administrativo número 112-00346-95.—Oficina
Local de San José Este.—Lic. Greylin Castillo Gutiérrez, Representante
Legal.—O. C. N° 36800.—Solicitud N° 15000009.—C-21550.—(IN2015013660).
A las catorce horas del cuatro de
febrero del dos mil quince, se le comunica, al señor Ayuob Mustafa Hasan
Shaikh, la resolución de las ocho horas con cuarenta y tres minutos del día
treinta de diciembre del año dos mil catorce, que ordenó medida de Cuido.
Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en
su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para
recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o
llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Expediente número.
OLG-00025-2015.—Oficina Local de Guadalupe.—MSc. Alma Nuvia Zavala Martínez,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 36800.—Solicitud N°
15000009.—C-26430.—(IN2015013661).
Se le comunica a
los señores Randall Eliécer Solórzano Calvo, mayor, con cedula número
1-1089-0633, costarricenses y Fabiola Reyes Abarca, mayor, con cedula de
identidad 115770114, costarricenses, que por resoluciones de la representación
legal de la Oficina Local de Guadalupe, de las catorce horas del diecinueve de
enero del dos mil catorce, se le otorgó Medida de cuido temporal a la persona
menor de edad Emily Alaine Solórzano Reyes. Se les confiere audiencia por tres
días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las
pruebas que estime necesarias, y se les advierte que tienen derecho a hacerse
asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar
y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en
esta Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, de las siete
horas y treinta minutos y hasta las dieciséis horas, ubicada en Guadalupe del
Segundo Circuito Judicial de Goicochea, 75 metros este. Deberá señalar lugar
conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones
futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación
supletoria del artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras
Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto N° 11302-2002, de las 15:41
horas de 27 de noviembre de 2002, de la Sala Constitucional. Se le hace saber,
además, que contra dicha resolución proceden los recursos de revocatoria y de
apelación en subsidio, los que deberá interponer dentro de los tres días
hábiles siguientes, contados a partir de la última notificación a las partes,
siendo competencia de esta oficina local resolver el de revocatoria, el de
apelación corresponderá a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es
potestativo usar uno o ambos recursos, pero será inadmisible el interpuesto
pasado los tres días señalados. Expediente N° OLG-00023-2015.—Oficina Local de
Guadalupe.—MSc. Alma Nuvia Zavala Martínez, Representante Legal.—O. C. N°
36800.—Solicitud N° 15000009.—C-31330.—(IN2015013662).
A quien tenga
interés se le (s) comunica la resolución de las nueve horas del tres de febrero
del dos mil quince, mediante la cual se declara administrativamente el estado
de abandono de la persona menor de edad, Yoselin de los Ángeles Martínez Lara
debido al fallecimiento de su progenitora la señora Ana Lucía Martínez Lara.
Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en
su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile
para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Expediente OLT-00275-2014.—Oficina
Local de Tibás.—Mag. Hazel Oreamuno Sánchez, Órgano Director del
Procedimiento.—O. C. N° 36800.—Solicitud N° 15000009.—C-23400.—(IN2015013663).
A quien interese,
se comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local
de Grecia de las nueve horas del veintiocho de enero del año en curso, en la
que se resuelve: 1) Dar inicio al Proceso Especial de Protección en Sede
Administrativa. II) Se ordena ubicar al niño Dorian Alexander Calderón
Carvajal, bajo el Cuido Provisional de los señores Juana Rodríguez Salmerón y
Jorge Calderón Carvajal, quienes deberán acudir a este Despacho a aceptar el
cargo conferido. III) La presente medida vence el veintiocho de enero del año
dos mil quince, plazo dentro del cual deberá resolverse la situación jurídica
del niño. IV) Se ordena al área de trabajo social de este despajo realizar una
investigación ampliada de los hechos, en un plazo máximo de 25 días naturales.
V) Brindar seguimiento social de parte de esta Oficina Local a la situación de
la persona menor de edad al lado del recurso familiar. En contra de lo ordenado
se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la
institución; se podrá interponer dentro de las 48 horas siguientes a su
notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde
recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo
facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere
defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Exp. OLGR-00028-2015.—Oficina Local de
Grecia, 28 de enero del 2015.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante
Legal.—O. C. N° 36800.—Solicitud N° 15000009.—C-22860.—(IN2015013665).
Al señor Agustín
Hernández Velásquez, se le comunica que por resolución de las ocho horas del
tres de febrero del año dos mil quince, se da inicio al proceso especial de
protección a favor de la persona menor de edad Jonathan Hernández Pavón. Se le
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones,
dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina
Local, la cual se encuentra situada en La Unión, Residencial La Antigua, casa
N° 143 o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones
que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si
el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de
apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá
interponer ante ésta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas
siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última
notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la
Adolescencia). Exp. OLLU-00002-2015.—Oficina Local de La Unión.—Lic. Flor
Robles Marín, Representante Legal.—O. C. N° 36800.—Solicitud N°
15000009.—C-17760.—(IN2015013666).
Al señor Justo
Robleto Suazo, se le comunica la resolución de las dieciocho horas con quince
minutos del veintiocho de enero de dos mil quince, que ordenó el inicio del
Proceso Especial de Protección y dictado de medida de abrigo temporal a favor
de su hija Karol Robleto Jarquín. Notifíquese la anterior resolución a las
partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra
la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de
recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución,
en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en
inadmisible. Expediente Administrativo: OLSAR-00210-2014.—Oficina Local de
Sarapiquí.—Lic. Merelyn Alvarado Robles, Órgano Director del Procedimiento.—O.
C. N° 36800.—Solicitud N° 15000009.—C-30250.—(IN2015013667).
A la señora
Marianella Martínez González y el señor José Lorenzo López Cruz, se les
comunica que por resolución de las ocho horas del veintiocho de enero del año
dos mil quince, se da inicio al proceso especial de las personas menores de
edad Alejandro y Jennifer Esther ambos de apellidos López Martínez. Se le
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones,
dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina
Local, la cual se encuentra situada en La Unión, Residencial La Antigua, casa
N° 143 o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones
que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si
el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de
apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá
interponer ante ésta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas
siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última
notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la
Adolescencia). Exp. OLLU-00007-2015.—Oficina Local de La Unión.—Lic. Flor
Robles Marín, Representante Legal.—O. C. N° 36800.—Solicitud N°
15000009.—C-18590.—(IN2015013668).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A la señora Alana Spencer Porras, se le notifica la
resolución de las ocho horas del doce de junio del dos mil catorce, dictada por
Msc. Alma Nuvia Zavala Martínez, Representante Legal Pani Oficina Local San
José Este, se resolvió: cuido provisional, en beneficio de la persona menor de
edad Luis Alejandro Núñez Spencer bajo responsabilidad de los abuelos paternos,
los señores Flora Isabel Incera Jiménez, mayor, ama de casa, con cédula de
identidad número 1-0524-0465 y Luis Bolívar Núñez Correa, mayor, con cédula de
identidad número 3-0236-0145. Lo anterior por un plazo máximo de seis meses,
mientras no sea revocado en vía administrativa o judicial. Contra la presente
resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo,
quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se
podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho
horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe
señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro
de esta Oficina Local, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las
resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas. Exp. 145-00049-2006.—Oficina Local de San José Este.—Lic.
Greylin Castillo Gutiérrez, Representante Legal.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000013.—C-21350.—(IN2015013732).
Al señor Benigno Gerardo Barrantes
Barrantes, se le notifica la resolución de Presidencia Ejecutiva de las diez
horas del siete de enero del dos mil quince. Resolución de previo
pronunciamiento y la de las once horas y cuarenta minutos del cinco de febrero
del año dos mil quince, en la que se resolvió: Revocar parcialmente la medida
de protección, de las diez horas y seis minutos del cuatro de diciembre del año
dos mil catorce, dictada por esta Oficina Local en la cual se le confiere
medida de abrigo temporal a favor de las personas menores de edad Luis Alfonso
Usaga Orozco y Yerlin Izbeth Barrantes Orozco en el Albergue Roosevelt, para
que las personas menores de edad supra citadas regresen al hogar de su
progenitura la señora Marta Cecilia Orozco Blanco. Contra la presente
resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo,
quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se
podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho
horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe
señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro
de esta Oficina Local, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las
resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas. Exp. 112-00346-1995.—Oficina Local de San José Este.—Lic.
Greylin Castillo Gutiérrez, Representante Legal.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000013.—C-24290.—(IN2015013734).
Al señor José Abilio Díaz Mondragón,
se le notifica las siguiente resolución, de las doce horas del ocho de junio
del año dos mil catorce, en la que se resolvió: Iniciar el proceso especial de
protección en sede administrativa, a favor de la persona menor de edad Joshua
de Jesús Díaz Monge, aprobando la medida de cuido provisional en el hogar de su
abuela materna, la señora Nuria Chanto Cruz. Contra la presente resolución
podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo
elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá
interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas
siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar
lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta
Oficina Local, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones
posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas. Expediente N° 143-00093-2014.—Oficina Local de San José Este.—Lic.
Greylin Castillo Gutiérrez, Representante Legal.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000013.—C-19470.—(IN2015013735).
Al señor Manuel Quesada Portales, se
le notifica la resolución de las catorce horas del diecinueve de diciembre del
año dos mil catorce, dictada por la Oficina Local San José Este, en la que se
inicia Proceso Especial de Protección en sede administrativa, y se dicta medida
de protección de orientación, apoyo y seguimiento temporal, a favor de las
personas menores de edad Roy Isaac Quesada Baltodano y Cristy Quesada
Baltonado. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de
apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo elevará a la Presidencia
Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal
o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación.
Se advierte a las partes que se debe señalar lugar o medio para atender
notificaciones futuras dentro del perímetro de esta Oficina Local, bajo el
apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le
tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. Exp.
143-00093-2013.—Oficina Local de San José Este.—Lic. Greylin Castillo Gutiérrez,
Representante Legal.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000013.—C-19750.—(IN2015013738).
A: Raquel Osegueda Rivera y José
Ausberto Espinoza Espinoza, se le comunica la resolución de las ocho horas del
doce de febrero del dos mil quince, que ordenó inicio del proceso especial de
protección en sede administrativa, y medida de cuido provisional de Alexander
Espinoza Osegueda, con la señora: María del Socorro Rivera García, por un plazo
de seis meses, siendo la fecha de vencimiento el 12 de agosto del 2015. Notifíquese
la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de
habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de dos días hábiles siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: OLSR-00038-2015.—Oficina
Local de San Ramón.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del
Procedimiento.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº 15000013.—C-27490.—(IN2015013740).
A la señora Ana Luisa Ortega Bermúdez,
se le notifica la resolución de las ocho horas cincuenta y ocho minutos del
ocho de mayo del año dos mil catorce, dictada por el Departamento de Atención
Inmediata en la que se inicia Proceso Especial de Protección en sede
administrativa, y se dicta medida de protección de orientación, apoyo y
seguimiento temporal, a favor de las personas menores de edad Alexandra Ortega
Bermúdez y Bruno Emanuel Ortega Bermúdez, y la de las diez horas y diez minutos
del día nueve de octubre del año dos mil catorce, en la que se ordena la
revocatoria de la medida de orientación, apoyo y seguimiento otorgada a favor
de las citadas personas menores de edad. Contra la presente resolución podrá
interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo elevará
a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá interponer
en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a
su notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar lugar o medio
para atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta Oficina Local,
bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se
le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. Expediente
N° 143-00133-2014.—Oficina Local de San José Este.—Lic. Greylin Castillo
Gutiérrez, Representante Legal.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000014.—C-23320.—(IN2015013743).
Al señor Arturo Diosdado Morales
Ramírez, se le notifica la resolución de las catorce horas del dos de octubre
del dos mil catorce, en la que se resolvió: Iniciar el proceso especial de
protección en sede administrativa, a favor de la persona menor de edad Richard
Joseph Morales Morales, aprobando la medida de cuido provisional en el hogar de
la señora Francis Morales Morales. Se indica que la presente medida de
protección tiene una vigencia de hasta seis meses en tanto no se modifique en
vía administrativa o judicial. Contra la presente resolución podrá interponerse
recurso de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo elevará a la
Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá interponer en
forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su
notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar lugar o medio para
atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta Oficina Local, bajo
el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le
tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. Expediente N°
143-00161-2014.—Oficina Local de San José Este.—Lic. Greylin Castillo
Gutiérrez, Representante Legal.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000014.—C-21190.—(IN2015013744).
Al señor Carlos Andrés Marín Calderón,
se le notifica la resolución de las ocho horas del día primero de setiembre del
año dos mil catorce, se resolvió: cuido provisional, en beneficio de la persona
menor de edad Joshua Cliford Marín Rodríguez, bajo responsabilidad de la señora
Ileana Teresa Cabrera, nicaragüense, cédula de residencia número 155814139823.
Lo anterior por un plazo máximo de seis meses, mientras no sea revocado en vía
administrativa o judicial. Contra la presente resolución podrá interponerse
recurso de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo elevará a la
Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá interponer en
forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su
notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar lugar o medio para
atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta Oficina Local, bajo
el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le
tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. Exp.
111-0144-2012.—Oficina Local de San José Este.—Lic. Greylin Castillo Gutiérrez,
Representante Legal.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000014.—C-18830.—(IN2015013745).
Al señor Ernesto Caridad De León
Fresneda, se le notifica la resolución de las dieciocho horas con cinco minutos
del diecisiete de setiembre del año dos mil catorce, dictada por el Lic. Albán
Araya Gómez, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia por
Delegación de la Presidencia Ejecutiva. Departamento de Atención Integral, se
resolvió: cuido provisional, en beneficio de la persona menor de edad Fabián
Esteban De León Hernández bajo responsabilidad de su tía materna Marilyn
Hernández Bonilla, mayor de edad, estudiante de Derecho y propietaria de una
estética, portadora de la cédula de identidad número 1-1245-0577 y el cuido
provisional, en beneficio de la persona menor de edad Madelen Rebeca De León
Hernández, bajo responsabilidad de su tía materna, la señora Alejandra
Hernández Bonilla, mayor de edad, esteticista, portadora de la cédula de
identidad 1-889-830. Lo anterior por un plazo máximo de seis meses, mientras no
sea revocado en vía administrativa o judicial. Contra la presente resolución
podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo
elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá
interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas
siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar
lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta
Oficina Local, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones
posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas. Exp. 143-00156-2014.—Oficina Local de San José Este.—Lic. Greylin
Castillo Gutiérrez, Representante Legal.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000014.—C-25850.—(IN2015013748).
Al señor Geiner Johanny Guevara
Yanten, se le notifica la resolución de las once horas del veintisiete de enero
del año dos mil quince, en la que se resolvió: Iniciar el proceso especial de
protección en sede administrativa, a favor de la persona menor de edad Dalia
Valentina Guevara Tenorio, aprobando la medida de abrigo temporal en Ong Hogar
Sol. Se indica que la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta
seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial. Contra la
presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina
Local A quo, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución.
Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las
cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes
que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro
del perímetro de esta Oficina Local, bajo el apercibimiento de que si no lo
hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas. Expediente N° 143-00005-2015.—Oficina Local
de San José Este.—Lic. Greylin Castillo Gutiérrez, Representante Legal.—O. C.
Nº 36800.—Solicitud Nº 15000014.—C-20810.—(IN2015013750).
Al señor Rafael Bermúdez Solano, se le
notifica las siguientes resoluciones, la de las quince horas del dieciséis de
diciembre del dos mil catorce, en la que se resolvió: Iniciar el proceso especial
de protección en sede administrativa, a favor de la persona menor de edad Taisy
Bermúdez Solís, aprobando la medida de cuido provisional en el hogar del señor
Mario Alberto Ruiz Hidalgo, la de las diez horas cincuenta minutos del
veintiséis de enero del dos mil quince, en la que se modifica la resolución
administrativa de las quince horas del dieciséis de diciembre del dos mil
catorce, para que la persona menor de edad supra citada sea ubicada en Albergue
Institucional Vargas Araya bajo medida de abrigo temporal y la de las catorce
horas del día cuatro de febrero del dos mil quince en la que se ordena la
revocatoria del abrigo temporal otorgado a la persona menor de edad Taisy
Bermúdez Solís. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación
ante la Oficina Local A quo, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la
Institución. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito
dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a
las partes que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones
futuras dentro del perímetro de esta Oficina Local, bajo el apercibimiento de
qe si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas
con el transcurso de veinticuatro horas. Exp. N° l11-05776-1998.—Oficina Local
de San José Este.—Lic. Greylin Castillo Gutiérrez, Representante Legal.—O. C.
Nº 36800.—Solicitud Nº 15000014.—C-23990.—(IN2015013751).
A la señora Verónica Sandoval López,
se le notifica la resolución de las nueve horas del día tres de octubre del año
dos mil catorce, se resolvió: Se ordena la Revocatoria en su totalidad de la
Medida de Protección de las trece horas y quince minutos del diecisiete de
junio del año dos mil catorce, emitida por la Oficina Local del Oeste, mediante
la cual otorgó el cuido temporal de las personas menores de edad Marlon José
Ramírez Sandoval y Luis Gerardo Ramírez Sandoval. Contra la presente resolución
podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo
elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá
interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas
siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar
lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta
Oficina Local, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones
posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas. Exp. 111-0310-2010.—Oficina Local de San José Este.—Lic. Greylin
Castillo Gutiérrez, Representante Legal.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000014.—C-19610.—(IN2015013752).
Se hace saber a
la progenitora Alejandra Martínez Vásquez, que se le comunica, que por
Resolución Administrativa de la Oficina Local de Hatillo, de las trece horas
del trece de agosto del año dos mil catorce. Dicta medida de protección en sede
administrativa de abrigo temporal en la Ong Hogar Infantil Blanca Flor, a favor
de la Pme: Julián Martínez Vásquez y de inclusión en programas oficiales o
comunitarios de tratamiento a la progenitura Alejandra Martínez Vásquez. Plazo
para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de
este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante
este oficina local, en forma verbal o escrita; oficina que lo elevara ante el
Órgano superior. La presentación del recurso no suspende los efectos de la
resolución dictada. Asimismo se les emplaza a señalar lugar o medio para
notificaciones futuras. Bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar
señalado fuera impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, las resoluciones
posteriores quedaran notificadas con el simple transcurrir de veinticuatro
horas después de dictadas. Igual sucederá cuando se haga imposible la notificación
en el medio señalado. Expediente Administrativo número 147-00054-2014.—Oficina
Local de Hatillo.—Lic. Walter Soto Mora, Representante Legal.—O. C. Nº
36800.—Solicitud Nº 15000015.—C-19790.—(IN2015013755).
Se hace saber a
los progenitores Doris Zambrana Ubeda y Carlos David Ubeda Zambrana, que se le
comunica, que por Resolución Administrativa del Departamento de Atención
Inmediata de las nueve horas del quince de setiembre del dos mil catorce, (DAI)
Dicta medida de protección en sede administrativa de cuido provisional a favor
de la PME: Jeremy Josué Ubeda Zambrana. Para que permanezca con la abuela
materna señora Marbeli Ubeda Zambrana. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho
horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de
apelación el cual deberá interponerse ante este Oficina Local, en forma verbal
o escrita; oficina que lo elevara ante el órgano superior. La presentación del
recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Asimismo se les
emplaza a señalar lugar o medio para notificaciones futuras. Bajo
apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuera impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, las resoluciones posteriores quedaran
notificadas con el simple transcurrir de veinticuatro horas después de
dictadas. Igual sucederá cuando se haga imposible la notificación en el medio
señalado. Expediente administrativo número 115-00377-2008.—Oficina Local de
Hatillo.—Lic. Jorge Alonso Rodríguez Ulate, Representante Legal.—O. C. Nº
36800.—Solicitud Nº 15000015.—C-19410.—(IN2015013758).
Se hace saber a
los progenitores Hany Hernández Calero, que se le comunica, que por Resolución
Administrativa de la Oficina Local de Hatillo, de las diez horas veinte minutos
del cuatro de febrero del dos mil quince. Dicta inicio de proceso especial de
protección en sede administrativa y medida de protección de cuido provisional a
favor de la PME: Diandra Jiménez Hernández. Para que permanezca con la señora
Dilana Aguiero Valverde. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir
de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual
deberá interponerse ante este oficina local, en forma verbal o escrita; oficina
que lo elevara ante el órgano superior. La presentación del recurso no suspende
los efectos de la resolución dictada. Asimismo se les emplaza a señalar lugar o
medio para notificaciones futuras. Bajo apercibimiento que de no hacerlo o si
el lugar señalado fuera impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, las
resoluciones posteriores quedaran notificadas con el simple transcurrir de
veinticuatro horas después de dictadas. Igual sucederá cuando se haga imposible
la notificación en el medio señalado. Expediente administrativo número
147-00021-2015.—Oficina Local de Hatillo.—Lic. Jorge Alonso Rodríguez Ulate,
Representante Legal.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000015.—C-19510.—(IN2015013759).
A: Yasiris
Hernández Jiménez, se le comunica la resolución de las 9:00 horas del 10 de
febrero del año 2015, que da inicio al proceso especial de protección de su
hija Guiselle Tatiana Téllez Hernández. Notifíquese la anterior resolución a
las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se
les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Exp. OLNA-00044-2015.—Oficina Local
de Naranjo.—Lic. Rosario Cruz Carvajal, Órgano Director del Procedimiento
Administrativo.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº 15000015.—C-19980.—(IN2015013760).
A: Yésica María Alfaro Hidalgo, se le
comunica la resolución de las 11:30 horas del 10 de febrero del año 2015, que
ordenó respectivamente el inicio del proceso especial de protección de su hija
Grace María Blandón Alfaro. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien,
señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar
señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra
la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso
será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Exp. OLNA-00020-2015.—Oficina Local de Naranjo.—Lic. Rosario Cruz Carvajal,
Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000015.—C-20230.—(IN2015013761).
Se le comunica a los señores Abel
Flores Flores y Clementina Montezuma Bejarano, la Resolución Administrativa de
las doce horas del día cinco de noviembre del año dos mil catorce, dictada por
este Despacho, en virtud de la cual se confiere medida de protección de cuido
provisional a favor de las personas menores de edad Alejandro y Milenys ambos
de apellidos Flores Montezuma, para lo cual se ordena que Alejandro permanezca
en el Hogar Solidario Comunal de la señora Yamayda Ramírez Chavarría y que
Milenys permanezca ubicada en el Hogar Solidario Comunal de la señora Yorleny
Jiménez Pereira, a fin de que se le brinde cuido, protección, estabilidad,
atención, hogar, así como todos los cuidados que requieren por su condición de
persona menor de edad. Se le notifica por medio de Edicto al progenitor por
cuanto se desconoce el paradero de la misma. Plazo para interponer Recurso de
Apelación dos días hábiles, después de la segunda publicación de éste Edicto en
el Periódico Oficial La Gaceta. Expediente número
OLCB-00149-2014.—Oficina Local de Coto Brus, 25 de noviembre del año dos mil
catorce.—Lic. Ana Rocío Castro Sequeira, Representante Legal.—O. C. Nº
36800.—Solicitud Nº 15000015.—C-17600.—(IN2015013762).
Se le comunica a la señora Katherine
Andrea González Garita de nacionalidad Panameña, la Resolución Administrativa
de las once horas del día veinticinco de agosto del año dos mil catorce,
dictada por este Despacho, en virtud de la cual se confiere medida de
protección de cuido provisional a favor de las personas menores de edad Yerland
Geovanny y Cristel Pamela ambos de apellidos Muñoz González, para que
permanezca ubicada en el Hogar Solidario Familiar de la señora Damaris Muñoz
Sánchez, Tía Paterna, a fin de que se le brinde cuido, protección, estabilidad,
atención, hogar, así como todos los cuidados que requieren por su condición de
persona menor de edad. Se le notifica por medio de Edicto a la progenitura por
cuanto se desconoce el paradero de la misma. Plazo para interponer Recurso de
Apelación dos días hábiles, después de la segunda publicación de éste Edicto en
el Periódico Oficial La Gaceta. Expediente número OLCB-00038-2014.—Oficina
Local de Coto Brus, 25 de noviembre del año dos mil catorce.—Lic. Ana Rocío
Castro Sequeira, Representante Legal.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000015.—C-16230.—(IN2015013763).
Se le comunica al señor Lidier Chaves
Segura, la Resolución Administrativa de las trece horas del día dieciocho de
noviembre del año dos mil catorce, dictada por este Despacho, en virtud de la
cual se confiere medida de protección de cuido provisional a favor de las
personas menores de edad Kimberly Yaritza y Keysi Yesslin ambas de apellidos
Chaves Herrera, en el Hogar Solidario Familiar de la señora María Isabel Chaves
Segura, Tía Paterna, a fin de que se le brinde cuido, protección, estabilidad,
atención, hogar, así como todos los cuidados que requieren por su condición de
persona menor de edad. Se le notifica por medio de Edicto al progenitor por
cuanto se desconoce el paradero del mismo. Plazo para interponer Recurso de
Apelación dos días hábiles, después de la segunda publicación de éste Edicto en
el Periódico Oficial La Gaceta. Expediente número
OLCB-00174-2014.—Oficina Local de Coto Brus, San Vito, 25 de noviembre del año
dos mil catorce.—Lic. Ana Rocío Castro Sequeira, Representante Legal.—O. C. Nº
36800.—Solicitud Nº 15000015.—C-15110.—(IN2015013765).
Se le comunica a
la señora Zoraida Montezuma Alvarado de nacionalidad Panameña, la Resolución
Administrativa de las catorce horas quince minutos del día veinticinco de
noviembre del año dos mil catorce, dictada por este Despacho, en virtud de la
cual se resuelve Medida de Protección de Cuido Provisional, a favor de la
persona menor de edad Soraya, Isaura, Sor Ángel y Dayra todos de apellidos
Montezuma Alvarado, y se ordena ubicarlas en el Hogar Solidario Familiar de la
señora Amelia Montezuma Alvarado, tía materna, a fin de que se le brinde cuido,
protección, estabilidad, atención, hogar, así como todos los cuidados que
requieren por su condición de persona menor de edad. Se le notifica por medio
de Edicto al progenitor por cuanto se desconoce el paradero de la misma. Plazo
para interponer Recurso de Apelación dos días hábiles, después de la segunda
publicación de éste Edicto en el Periódico Oficial La Gaceta.
Expediente número OLCB-00202-2014.—Oficina Local de Coto Brus, San Vito, 25 de
noviembre del año dos mil catorce.—Lic. Ana Rocío Castro Sequeira,
Representante Legal.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000015.—C-16260.—(IN2015013766).
A la señora
Carmen Robleto Guardado, se le comunica la resolución de las quince horas de
veintidós de diciembre que ordenó el inicio del proceso especial de protección
a favor de su hija María De Luz Robleto Guardado. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación,
a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Expediente Administrativo N°
OLSAR-00007-2013.—Oficina Local de Sarapiquí.—Lic. Merelyn Alvarado Robles,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000012.—C-29100.—(IN2015013769).
Al señor Raudin
Gilberto Barrantes Barquero de la resolución dictada por la Oficina Local de
San José Oeste, se le comunica la resolución de las 18:11 horas del día 12 de
noviembre del año 2014, con la cual se da inicio al proceso especial de
protección en sede administrativa y se resuelve cuido provisional de la persona
menor de edad: Nidya Jimena Barrantes González, por el término de hasta seis
meses, en el hogar del señor Romel
Barquero Elizondo, vecino de San José, Tibás, Cinco Esquinas, Copey bajo
Piuses, frente a Pollos El Rey. Se le confiere audiencia por tres días hábiles,
para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime
necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar
por abogado y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días
y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente
administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos a
las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su
disposición en esta oficina local, ubicada en San José, Distrito Hospital, sita
en calle catorce, avenidas seis y ocho, del costado suroeste del parque La
Merced, ciento cincuenta metros al sur. Deberá señalar lugar conocido o número
de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo,
o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si
el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin
suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán
firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones
Judiciales. Se le hace saber, además, que contra las indicada resolución
procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta
institución, el cual deberán interponer ante
esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a
partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer
aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la
Adolescencia). Exp. N° 111-00283-2014.—Oficina Local de San José Oeste.—Lic.
Marisol Piedra Mora, Representante Legal.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000012.—C-32660.—(IN2015013770).
Al señor Robert Hamilton Sharpe, se le
comunica la resolución de las 10:00 del día 31 de octubre del año 2014, con la
cual se da inicio al proceso especial de protección en sede administrativa y se
resuelve abrigo temporal de la persona menor de edad: Leonela Luby Cortés
Oporta, por el término de hasta seis meses, en un albergue institucional.
Orientación apoyo y seguimiento temporal a la familia. Así mismo y en caso de
requerirse se podrá remitir a programas oficiales o comunitarios de protección
a la familia, de las personas menores de edad Leonela Luby Cortés Oporta y
Barbara Suzan Sharpe Oporta, por el término de hasta seis meses, prorrogable
por el tiempo que fuere necesario si así lo exigiere el mejor interés de las
citadas personas menores de edad. Así mismo la resolución de las 14:50 del día
03 de noviembre del 2014 se dicta la siguiente modificación y se adiciona a la
resolución de las diez horas del día treinta de octubre del dos mil catorce, el
abrigo temporal de la persona menor de edad: Bárbara Suzan Sharpe Oporta, por
el término de hasta seis meses, en un albergue institucional. Se le confiere
audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés,
y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho
a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así
como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que
para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete
horas con treinta minutos a las once horas con treinta minutos en días hábiles,
el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en San
José, Distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del
costado suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur. Deberá
señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de
dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber,
además, que contra las indicada resolución procede Recurso de Apelación para
ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a
partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer
aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la
Adolescencia). Exp. N° 111-00099-2010.—Oficina Local de San José Oeste.—Lic.
Marisol Piedra Mora, Representante Legal.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000012.—C-40120.—(IN2015013771).
A Adolfo de los Ángeles Chaves García
y Miriam de los Ángeles Solano Martínez, se les comunica la resolución de las
09:00 horas del 9 de febrero del año 2015, que ordenó respectivamente el inicio
del proceso especial de protección de su hija Kristhel Chaves Solano. Notifíquese la anterior resolución a las
partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra
la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso
será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Exp. N° OLNA-00030-2015.—Oficina Local de Naranjo.—Lic. Rosario Cruz Carvajal,
Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000012.—C-20790.—(IN2015013772).
A: Frander
Antonio Gómez Bustamante, se les comunica la resolución de la Oficina Local de
Naranjo, de las 11:30 horas del día 3 de febrero de 2015, que modifica la medida de protección de
abrigo temporal de la niña Ariana Nohemy Gómez Sánchez, en la alternativa Casa
Viva, para ser reubicada mediante el cuido provisional con la abuela materna
Lidia María Sánchez Alpízar. Notifíquese la anterior resolución a los
interesados con la advertencia que deberán
señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus
notificaciones, en el entendido de que de no hacerlo, o si el lugar señalado
fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24
horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 12 de la
Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el
contenido del Voto N° 11302-2002, de las 15:41 horas de 27 de noviembre de
2002, de la Sala Constitucional. Se le
hace saber que contra dicha resolución procede el recurso de apelación, el que deberá
interponerse en el plazo de 2 días hábiles, contadas a partir de la
notificación, ante el mismo Órgano, quién lo elevara para su resolución ante la
Presidencia Ejecutiva, ubicada
trescientos metros al sur de la Casa Matute Gómez, Barrio Luján, San José. Será
inadmisible el recurso interpuesto pasado el plazo establecido. Expediente N°
OLNA-00200-2014.—Oficina Local de Naranjo.—Lic. Rosario Cruz Carvajal, Órgano
Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000012.—C-23410.—(IN2015013774).
A quien interese, se les comunica la
resolución de las 10 horas del cinco de enero del 2015, que declaró en estado
de abandono al niño Josué Pereira Mendoza,
ordenando su depósito administrativo con fines de adopción, bajo la
responsabilidad de los señores Doris Méndez Jiménez y Erick Caleron Ramírez.
Contra la presente resolución se podrá interponer el Recurso de Revocatoria con
Apelación en subsidio ante esta Representación Legal, dentro de los tres días
siguientes a su firmeza, siendo que el
de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de
apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución. También se les
advierte que deben señalar lugar para oir notificaciones, bien, señalar número
de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Expediente administrativo N° 644-0031-2014.— Oficina Local
de Desamparados, 11 de febrero del 2014.—Lic. Ana Virginia Quirós Tenorio,
Representante Legal.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000016.—C-19370.—(IN2015013775).
Se le comunica a Christian Madrigal
Bustamante, que por resolución de la representación legal de esta oficina
local, de las quince horas del
veintinueve de enero del dos mil quince, se inició proceso de protección en
sede administrativa a favor de las personas menores de edad Nickole Merelin
Madrigal Mora y Isaac Josué Mora Cascante, en la cual se dispuso medida de
Abrigo temporal y seguimiento de la
situación. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente
los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se
les advierte que tienen derecho a hacerse
asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como
consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su
disposición en esta oficina local, en días y horas hábiles, ubicada en Santiago
de Puriscal, Barrio Corazón de Jesús, 350 metros al norte de la Estación de
Bomberos, frente al Estadio Municipal. Deberá señalar lugar conocido o número
de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo,
o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si
el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin
suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán
firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones
Judiciales. Se le hace saber, además, que contra las indicadas resoluciones
procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta
institución, el cual deberán interponer ante
esta Representación Legal de la Oficina Local de Puriscal dentro de las
48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la
fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139
del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N°
OLPU-00005-2015.—Oficina Local de Puriscal.—Lic. Liu Li Martínez, Representante
Legal.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº 15000016.—C-28320.—(IN2015013777).
A: Katy Noemi
Valdivia Herrera. Se le comunica la resolución de las quince horas del nueve de
febrero del dos mil quince, donde se resuelve: I) Dar inicio al Proceso
Especial de Protección en Sede Administrativa a favor de las personas menores
de edad Isaac David Valdivia Herrera y Jesús David Valdivia Herrera. II) Se
ordena el cuido provisional de las personas menores de edad Isaac David
Valdivia Herrera y Jesús David Valdivia Herrera en el hogar solidario de su
abuela materna, María Concepción Herrera Díaz. La presente medida de protección
tiene una vigencia de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía
administrativa o judicial, teniendo como fecha de vencimiento el nueve de
agosto del dos mil quince, plazo dentro del cual deberá definirse la situación
psico-socio-legal de las personas menores de edad. III) En cuanto a la interrelación familiar,
se dispone que las visitas por parte de la señora Katy Noemi Valdivia Herrera a
sus hijos serán de una hora un día del fin de semana, siempre y cuando la madre
no se halle, bajo los efectos de alguna sustancia adictiva, dichas visitas se
harán en forma supervisada por la abuela materna u otro adulto según acuerdo de
partes, en caso de que surjan conflictos al respecto las partes deberán de
acudir a esta Oficina, con la profesional a cargo, a fin de llegar a un acuerdo
y/o se recomiende la suspensión de las visitas. IV) Se ordena la Inclusión de
la señora María Concepclión Herrera Díaz, y a las personas menores de edad
Isaac David Valdivia Herrera y Jesús David Valdivia Herrera en todos aquellos
programas de Ayuda a la Familia y a las PME del Instituto Mixto de Ayuda Social
(IMAS). V) Se le advierte a la señora Katy Noemi Valdivia Herrera su deber
de integrarse a un grupo de crecimiento
personal de educación a padres de los que imparte Trabajo Social de la Clínica
Marcial Rodríguez y/o Trabajo Social del Hospital San Rafael y/o grupo a fin de
su comunidad, debiendo de aportar informes periódicos de avance a esta oficina.
VI) Se le advierte a la señora Katy Noemi Valdivia Herrera su deber de
someterse a valoración de IAFA y de cumplir con las recomendaciones dadas por
dicho Instituto, debiendo rendir informes de avance periódicamente a esta
oficina. VII) Se le advierte a la señora Katy Noemi Valdivia Herrera que debe
someterse a la orientación, apoyo y seguimineto a la familia, que le brindará
esta institución en el tiempo y forma que se les indique. Para lo cual se le
indica que deben coopera con la Atención Institucional, lo que implica asistir
a las citas que se le brinden así como cumplimiento de las indicaciones
emitidas. VIII) Se le designa a la Licenciada Isela Chavarría Salazar,
trabajadora Social de la Oficina Local de Alajuela para que realice
investigación ampliada de los hechos y rinda informe dentro del plazo de
veinticinco días naturales. IX) Se le otorga a la progenitora Katy Noemi
Valdivia Herrera, el plazo de cinco días hábiles dentro del cual podrán ofrecer
la prueba de descargo pertinente. X) Comuníquese esta Resolución al Juzgado de
Familia del I Circuito Judicial de Alajuela. Notifíquese la anterior resolución
a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes
se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de 48 horas (dos días hábiles) siguientes a la fecha de la
última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la
Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de
dicho término el recurso deviene en inadmisible. Se previene a las partes
involucradas en el Procesos que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar
o representar por un profesional en derecho así como tener acceso al expediente
administrativo para el estudio, revisión o fotocopias. Expediente
Administrativo N° 231-00032-2007.—Oficina Local de Alajuela.—Lic. Marianela
Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000016.—C-71510.—(IN2015013778).
A: Julio Damián Vargas Flores se le
comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de
Grecia de las ocho horas del once de febrero del año en curso, en la que se
resuelve: Dar inicio al proceso especial de protección en sede administrativa y
se le hace saber a Julio Damián Vargas Flores que en fecha ocho de diciembre
del año dos mil catorce, se recibe denuncia, de parte de la señora María Ulate
Alvarado, la cual se presenta a manifestar que hace un año tiene bajo su
cuidado a su sobrina la joven Daniela Vargas Ulate, de 13 años de edad, refiere
que la madre de la joven falleció hace dos años y Daniela quedó bajo el cuidado
de una tía materna de nombre Luz Marina Ulate Alvarado, pero hace un año la
joven decidió irse a vivir con ella. Dice que el motivo de su consulta es por
el hecho de que se encuentra realizando gestiones en el IMAS para construir un
agregado (dormitorio) para la joven, ya que duerme en la sala, pero que le
pidieron la custodia de la misma, por lo que se presenta a solicitarla. En
razón de que tales hechos podrían constituir una supuesta violación o amenaza
del derecho a que la persona menor de edad Daniela Vanessa Vargas Ulate pueda
crecer, desarrollarse y ser cuidada por sus progenitores, (artículo 30 del
Código de la Niñez y Adolescencia), hija de Julio Damián Vargas Flores y
Gerarda Joaquina Ulate Alvarado (quien se encuentra fallecida), cuyo domicilio
es Grecia, Bolívar, San Luis, Calle Las Parcelas. Se designa a la profesional
en trabajo social de la Oficina Local de Grecia para que investigue los hechos
denunciados y rinda informe dentro del plazo de cincuenta días naturales. Así
mismo se da audiencia a las partes para ser escucharlas y que aporten prueba.
En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la
Presidencia Ejecutiva de la institución; se podrá interponer dentro de las 48
horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar,
casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio
electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Exp. N°
OLGR-00299-2014.—Oficina Local de Grecia, 11 de febrero del 2015.—Lic. Carmen
Lidia Durán Víquez.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000016.—C-41740.—(IN2015013779).
A: Katerin
Eugenia Quesada Hernández se le comunica
la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia de
las nueve horas del doce de febrero del año en curso, en la que se resuelve: I)
Dar inicio al Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa. II) Se
ordena ubicar al niño Joshua Fabricio Sibaja Quesada, bajo el cuido provisional
de la señora Xenia Hernández Arroyo, quien deberá acudir a este despacho a
aceptar el cargo conferido. III) La presente medida vence el día doce de agosto
del año dos mil quince, plazo dentro del cual deberá resolverse la situación
jurídica del niño. IV) Se ordena al área psicológica de este despacho realizar una investigación ampliada de los
hechos, en un plazo máximo de 25 días naturales. V) Se le ordena a los señores
Hernaldo José Sibaja Sibaja y Katerin Eugenia Quesada Hernández, someterse a
orientación, apoyo y seguimiento a la familia, a través del área de psicología
de esta Oficina Local en el tiempo y forma que se les indique. Para lo cual, se
les dice que deben cooperar con la Atención Institucional, lo que implica
asistir a las citas que se le brinden así como cumplimiento de las indicaciones
emitidas. VII) Los progenitores podrán visitar a su hijo en la casa de
habitación de la guardadora, previo acuerdo con la misma. En contra de lo
ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva
de la institución; se podrá interponer dentro de las 48 horas siguientes a su
notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde
recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo
facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere
defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Exp. N° OLGR-00245-2014.—Oficina Local
de Grecia, 12 de febrero del 2015.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez,
Representante Legal.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000016.—C-36090.—(IN2015013781).
Se le comunica a
Antonio Reyes Jeffer, la resolución de las quince horas y cinco minutos del
treinta de junio de dos mil catorce, mediante la cual se ordena “Brindar apoyo,
orientación y seguimiento a la familia” y otras. En contra de la presente
resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado,
dentro de un plazo de 48 horas, contados a partir de la tercera publicación del
presente edicto. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir
sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar
señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones
posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas
después de dictada. Exp. N° 112-000129-2014.—Guadalupe, 16 de febrero del
2015.—Lic. Roberto Marín A., Representante Legal.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000017.—C-13020.—(IN2015013783).
Se le comunica a
Deyanira Vigil Mendoza y a Francisco Delgado Pérez, resolución de las ocho
horas del nueve de febrero de dos mil quince, que es declaratoria de
adoptabilidadad de Moisés Delgado Vigil. En contra de la presente resolución
proceden los recursos de revocatoria con apelación en subsidio para ante el
Superior en grado, dentro de un plazo de tres días después de notificada. El de revocatoria lo
resolverá el órgano que dictó la resolución y el de apelación se elevará ante
el Jerarca Institucional. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para
recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el
lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones
posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas
después de dictada. Exp. N° 112-00097-2014.—Oficina Local de Guadalupe, 18 de
febrero del 2015.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante Legal.—O. C. Nº
36800.—Solicitud Nº 15000017.—C-14200.—(IN2015013784).
Se le comunica a
Kimberly Barquero Acevedo, la resolución de las ocho horas del veinte de enero
de dos mil quince, que es declaratoria de adoptabilidadad de Alexia Barquero
Acevedo. En contra de la presente resolución proceden los recursos de
revocatoria con apelación en subsidio para ante el Superior en grado, dentro de
un plazo de tres días después de
notificada. El de revocatoria lo resolverá el órgano que dictó la resolución y
el de apelación se elevará ante el Jerarca Institucional. Deberá además señalar
lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro
de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el
medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el
sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Exp. N° 112-00091-2013.—Oficina
Local de Guadalupe, 17 de febrero del 2015.—Lic. Roberto Marín Araya,
Representante Legal.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº
15000017.—C-13930.—(IN2015013785).
A: Ileana Castillo Benites, se le
comunica la resolución de las 13:30 horas del 18 de febrero del año 2015, que
ordenó respectivamente el inicio del proceso especial de protección de su hijo
Martín Alexander Castillo Benites. Notifíquese la anterior resolución a las
partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra
la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de
recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución,
en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en
inadmisible. Exp. N° OLCH-00021-2013.—Oficina Local de Naranjo.—Lic. Rosario
Cruz Carvajal, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº
36800.—Solicitud Nº 15000017.—C-20270.—(IN2015013787).
CONVOCA
A CONSULTA PÚBLICA
Se invita a los ciudadanos a presentar
sus oposiciones o coadyuvancias a la propuesta de la Autoridad Reguladora de
los Servicios Públicos de:
APLICACIÓN
DEL MODELO DE AJUSTE
EXTRAORDINARIO
PARA EL SERVICIO
DE DISTRIBUCIÓN
QUE PRESTA LA
COOPERATIVA DE
ELECTRIFICACIÓN
RURAL DE SAN
CARLOS R.L.
(COOPELESCA
R.L.)
El 22 de octubre del 2003, mediante la
resolución RRG-3237-2003 la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos aprobó el “Modelo
de fijación extraordinario de tarifas para el servicio de distribución de
energía eléctrica, que se aplicará cuando se le hayan fijado tarifas para
compra de energía eléctrica y para el
servicio de transmisión” y sus modificaciones. Esta metodología fue modificada
mediante resolución RRG-215-2010.
Mediante las resoluciones RIE-017-2015 y
RIE-018-2015, publicadas en el Alcance N° 11 a La Gaceta N° 40 del 26 de
febrero del 2015, la Intendencia de Energía aprobó ajustes tarifarios a los
sistemas de generación y transmisión del ICE por 15,25% y 23,20%
respectivamente.
En respuesta a dicha fijación
tarifaria del sistema de generación del ICE, corresponde realizar de oficio la
fijación extraordinaria para aquellas empresas que hayan cumplido con los
requerimientos expuestos en la RRG-3237-2003, dando como resultado lo siguiente:
Empresa
|
Ajuste
|
Coopelesca R.L.
|
5,58%
|
Adicionalmente derivado de este ajuste, corresponde
modificar los cargos correspondientes al Costo Variable por Combustible (CVC),
según el siguiente detalle:
Periodo
|
CD
|
II trimestre 2015
|
0,36%
|
III trimestre 2015
|
2.19%
|
IV trimestre 2015
|
1.13%
|
El plazo máximo para presentar sus
oposiciones o coadyuvancias vence el día viernes 20 de marzo de 2015 a las
dieciséis horas (4 p. m.).
Las oposiciones o coadyuvancias se pueden presentar:
en las oficinas de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicadas
en el Edificio Turrubares del Oficentro Multipark, Guachipelín de Escazú, San
José o al fax 2215-6002 o por medio del correo electrónico(*):
consejero@aresep.go.cr.
Las oposiciones o coadyuvancias deben estar sustentadas con las razones de hecho y
derecho, debidamente firmadas y
consignar el lugar exacto, correo electrónico o el número de fax, para efectos
de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.
En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea interpuesta por persona
física, esta deberá aportar fotocopia de su cédula; y si es interpuesta por
personas jurídicas, deberán aportar además certificación de personería vigente.
Se hace saber a los interesados que esta consulta
pública se realiza conforme a las resoluciones RRG-7205-2007, RJD-017-2012 y
RJD-128-2012 de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.
Se informa que la propuesta se tramita en el
expediente ET-015-2015, y se puede consultar en las instalaciones de la ARESEP
y en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr (Expedientes).
(*) En el caso de que la oposición o
coadyuvancia sea enviada por medio de correo electrónico, ésta debe de estar
suscrita mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma
debe de ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados.
Marta Monge Marín, Dirección General
de Atención al Usuario.—1 vez.—O. C. N° 8377-2015.—Solicitud N°
29042.—C-54350.—(IN2015017163).
La Municipalidad de Belén, informa que
del 30 de marzo al 3 de abril del 2015, la Institución cerrará sus instalaciones, con el fin de incorporarse a
las celebraciones de Semana Santa.
Belén, Heredia, 26 de febrero del
2015.—Ing. Horacio Alvarado Bogantes, Alcalde Municipal.—1 vez.—O. C. N°
030538.—Solicitud N° 28454.—C-10.560.—(IN2015014108).
RIQUEZA
VERDE SOCIEDAD ANÓNIMA
Convoca a todos sus accionistas a la
asamblea general, ordinaria y extraordinaria de socios, a celebrarse en la
oficina en Ciudad Cariari, a las 10:00 horas del 1° de abril del 2015, en
primera convocatoria. En caso de no existir el quórum necesario la asamblea se
verificará en segunda convocatoria, una hora después de la que fue citada para
la primera, y se hará con el número de socios presentes.
Puntos
a tratar:
a) Nombramiento
de Directivos.
b) Elección de la empresa auditora para el período
2014-2015
San José, 6 de marzo del 2015.—Roslyn
Beswick, Presidente.—1 vez.—(IN2015015908).
EL
INSTITUTO PROFESIONAL MULTIDICIPLINARIO
I. P. M. SOCIEDAD
ANÓNIMA
El Instituto Profesional Multidiciplinario I. P. M.
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y
un mil setecientos setenta y uno, con domicilio en Guápiles, Limón, de la
Mutual de Cartago de Ahorro y Préstamo, doscientos metros al este, por medio de
su presidente señor Giovanni Badilla Garro, cédula de identidad número
siete-cero sesenta y tres-novecientos cuarenta y cinco, en su condición
apoderado generalísimo sin límite de suma de dicha sociedad. Convoca a asamblea
general ordinaria y extraordinaria a los socios y accionistas, que se celebrará
el día lunes 31 de marzo del 2015. Primera convocatoria a las 14 horas y
segunda convocatoria a las 15 horas. Agenda: Comprobación de quórum. Lectura y
aprobación del acta anterior. Aprobación del orden del día. Elección de la
nueva junta directiva: presidente, tesorera, secretaria y fiscal. Modificación
del pacto constitutivo (cambio domicilio social) cierre.—Giovanni Badilla
Garro, Presidente.—1 vez.—(IN2015016825).
CONDOMINIO
NUEVO CENTRO COLÓN
Convoca a los copropietarios a asamblea general a
celebrarse el día 26 de marzo de 2015, a las diez horas con treinta minutos, en
la Sala de Presidencia de Agencia de Viajes Colón para conocer los siguientes
puntos:
1. Lectura del
Acta Anterior
2. Informe
de Presidencia
3. Aprobación
de Estados Financieros
4. Aprobación
de Presupuesto
5. Conocimiento
y aprobación de medidas para el cumplimiento de la Ley 7600
6. Conocimiento,
ratificación y aprobación de convenios de cooperación con el Condominio Centro
Colón
7. Puntos
Varios.
La primera convocatoria será a las 10:30 horas. De no
haber quórum, la segunda convocatoria será a las 11:00 horas.
Lic. Efraín Navarro Rojas, Secretario Ejecutivo.—1
vez.—(IN2015017035).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
CENTRO
CAMPERO LOS REYES S. A.
Jorge Luis Vega
Chinchilla, cédula 1-281-441, solicita la reposición del certificado Nº P00129
por 1 Acción Común, de la sociedad Centro Campero Los Reyes S. A., por
extravío. Se reciben oposiciones en el plazo de ley mediante el fax 2255-0224 ó
al email gvarela@losreyescr.com.—Jorge Luis Vega Chinchilla.—(IN2015013281).
UNIVERSIDAD
CATÓLICA DE COSTA RICA
Ante el registro
de la Universidad Católica de Costa Rica, se ha presentado la solicitud de la
reposición de dos títulos: Bachillerato en Ciencias de la Educación con énfasis
en Educación Religiosa III ciclo y Educación Diversificada, emitido el 25 de
junio del 2010, en la Sede San José, registrado en la Universidad bajo el Tomo
1, Folio 285, número 6252 y registrado en el CONESUP en el Tomo 66, Folio 44 y
número 6216 y Licenciatura en Ciencias de la Educación con énfasis en Educación
Religiosa para III ciclo y Educación Diversificada, emitido el 23 de mayo del
2014, en la Sede de San José, registrado en la Universidad bajo el tomo 2,
folio 10, número 8640, y registrado en CONESUP, código de la Universidad 41, asiento
51267, a nombre de José Santos Arias Bravo, identificación 155804389421. Se
solicita la reposición de los dos títulos por el cambio del número de
identificación de residente permanente número 155804389421, a la cédula de
identidad número 8-0108-0954, con el nombre José Santos Bravo Arias, conocido
como: José Santos Arias Bravo, emitida por el Tribunal Supremo de Elecciones.
Se extiende la presente,
exclusivamente, para la publicación de los tres edictos en el Diario Oficial La
Gaceta, a fin de oír oposiciones hasta por 15 días de la última
publicación, a solicitud del interesado en la ciudad de Moravia, San José, a
los veinticinco días del mes de febrero del dos mil quince.—Moravia, 25 de
febrero de 2015.—Lic. Magdalena Noguera Navarrete, Directora.—(IN2015013286).
UNIVERSIDAD DE CIENCIAS MÉDICAS
Ante el
Departamento de Registro de la Universidad de Ciencias Médicas de
Centroamérica, UCIMED, se ha presentado la solicitud de reposición del Título
de Licenciatura en Medicina y Cirugía, emitido por esta casa de estudios el
veintidós de marzo del dos mil doce, inscrito en el tomo cero uno, folio ciento
ochenta y cinco, asiento treinta y dos de la UCIMED, y bajo el tomo cuarenta y
uno, folio ciento treinta y seis, asiento tres mil quinientos sesenta y siete
del CONESUP a nombre de Giovanni Gerardo Córdoba Solís, cédula número cuatro
cero uno nueve tres cero cero dos nueve. Se solicita la reposición del título
por extravío. Se publica este edicto 3 veces para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la publicación en el
Diario Oficial.—San José, Campus Universitario UCIMED, 25 de febrero del
2015.—Lic. Guido Álvarez González, Coordinador de Registro.—(IN2015013436).
Yo, Gloria Estela
Chaves Gómez, abogada, divorciada una vez, cédula uno-setecientos
catorce-setecientos setenta y cinco, carné 7108, vecina de San Rafael de Poás
de Alajuela, detrás de la escuela del lugar, comunico: que hace aproximadamente
once años me sustrajeron mi título de abogada de la oficina de mi casa, situada
en Liberia, Guanacaste. En virtud de lo anterior me encuentro realizando el
trámite de reposición del título mencionado ante el Colegio de Abogados.—Lic.
Gloria Estela Chaves Gómez, Notaria.—(IN2015013684).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se comunica a todos los interesados que el 27 de febrero del 2015, se
celebró un traspaso de establecimiento mercantil como aporte de capital, entre
Hotel Fiesta de Playa Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-ochenta y cinco mil setecientos quince, y Hoteles DT Puntarenas Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-seiscientos noventa y dos mil setenta y ocho, mediante el cual la primera
traspasó a la segunda el negocio Hotel Doubletree Resort by Hilton Puntarenas.
Las partes señalan como lugar de notificaciones la dirección física Escazú,
Centro Corporativo Plaza Roble, edificio Los Balcones, cuarto piso. Hoteles DT
Puntarenas S.R.L.—Alberto Raven Odio, Representante Legal.—(IN2015012877).
UNIVERSIDAD
LATINA DE COSTA RICA
Por medio de la presente la
Universidad Latina de Costa Rica certifica que ante este Registro se ha
presentado solicitud de reposición del título de Licenciatura en La Enseñanza del
Inglés, emitido por la Universidad Latina de Costa Rica a nombre de Edgar
Antonio Porras Araya, cédula Nº 602910669, inscrito en el Libro de la
Universidad en el tomo V, folio 154, asiento 28998. Se solicita la reposición,
por motivo que el estudiante extravió el original del título. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial. Se
extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar de la
fecha.—Pablo Gutiérrez Rodríguez.—(IN2015013719).
COMMERCIAL BEVERAGES
FARM S. A.
El señor Alberto Sauter Cardona, cédula 1-673-129, en
su condición de representante de la sociedad Commercial Beverages Farm S. A.,
cédula jurídica 3-101-337692; solicita la reposición de un certificado de
acciones a nombre de su representada, representativo de 1.000 acciones comunes
y nominativas de ¢1,00 (un colón) cada una, correspondiente a la totalidad del
capital social de la sociedad Yazoo City Nueve S. A., cédula jurídica número
3-101-370322. Cualquier objeción debe enviarse dentro del mes siguiente a la
tercera publicación de este aviso a las oficinas de Vector Legal, San José,
Escazú, Trejos Montealegre, Centro Corporativo El Cedral, torre 4, piso tres.—San
José, 25 de febrero de 2015.—Alberto Sauter Cardona,
Representante.—(IN2015013780).
COMMERCIAL BEVERAGES
FARM S. A.
El señor Alberto Sauter Cardona, cédula 1-673-129, en
su condición de representante de la sociedad Commercial Beverages Farm S. A,
cédula jurídica 3-101-337692; solicita la reposición de un certificado de
acciones a nombre de su representada, representativo de 1.000 acciones comunes
y nominativas de ¢l,00 (un colón) cada una, correspondiente a la totalidad del
capital social de la sociedad Missoula Ocho S. A., cédula jurídica
3-101-373695. Cualquier objeción debe enviarse dentro del mes siguiente a la
tercera publicación de este aviso a las oficinas de Vector Legal, San José,
Escazú, Trejos Montealegre, Centro Corporativo El Cedral, torre 4, piso
tres.—San José, 25 de febrero del 2015.—Alberto Sauter Cardona,
Representante.—(IN2014013782).
O&R TRUST SERVICES
S. A.
O&R Trust Services S. A., cédula jurídica N°
3-101-253973, informa que por causa de extravío, Danny Ilsley Hutchins ha
solicitado la reposición del Certificado de Participación Fiduciaria N° 235,
emitido el 25 de febrero de 2011, correspondiente al Fideicomiso de Garantía y
Custodia Marina Pez Vela - 2008, suscrito en San José el 24 de enero de 2008,
en el cual la suscrita sociedad es Fiduciaria. Cualquier persona que tenga
algún interés o reclamo respecto a la reposición de este título, deberá
notificarlo por escrito en San José, Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble,
Edificio Los Balcones, cuarto piso. De no recibir comunicación alguna, la
Fiduciaria procederá con la reposición del título en un plazo de un mes desde
la última publicación de este aviso, todo de conformidad con el artículo 689
del Código de Comercio.—Alberto Raven Odio.—(IN2015013802).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
INVERSIONES ALE DE PUEBLO NUEVO SOCIEDAD ANÓNIMA
Al ser las once horas treinta minutos del seis de
febrero del año dos mil quince, Inversiones Ale de Pueblo Nuevo Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-354902, solicita la reposición del libro de
actas de asamblea.—Limón, 6 de febrero del año dos mil quince.—Licda. Atalia
Miranda Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2015012836).
TERUCA
Y VÍCTOR SOCIEDAD ANÓNIMA
Quien suscribe Juan José Flores Carballo, abogado,
mediante poder especial administrativo conferido por don Francisco Piedra
Cerdas, mayor, casado en primeras nupcias, administrador de empresas, vecino de
Cartago, Paraíso, con cédula de identidad número uno-cero seiscientos
setenta-cero ochocientos diecisiete, en su calidad de apoderado generalísimo
sin límite de suma de la empresa: Teruca y Víctor Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y cinco mil quinientos
dieciocho, se le consignó y facultó al suscrito dar publicidad a la renovación
de libros contables de la empresa referida.—Cartago, primero de febrero del dos
mil quince.—Lic. Juan José Flores Carballo, Notario.—1 vez.—(IN2015012987).
INVERSIONES
ANTEK SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Antek Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número 3-101-422534, solicita ante el Registro Nacional, Sucursal de
San José, la reposición de los libros, Acta de Registro de Socios, Acta de
Asamblea de Accionista y Acta de Consejo de Administración, todos número uno.
Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el Registro,
Sucursal de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la
publicación de este aviso.—18
de febrero de 2015.—Lic. Cynthia Wo Ching Vargas, Notaria.—1 vez.—Solicitud N°
27943.—(IN2015013428).
RÍO KAPA S. A.
Rigoberto Ovares Alfaro, cédula 2-0341-0468, en
representación de Río Kapa S. A., cédula jurídica 3-101-619271, solicita la
legalización de los libros legales de la compañía—Heredia, 25 de febrero del
2015.—Lic. Rigoberto Ovares Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2015013560).
LUAYMAN
DE PALMARES SOCIEDAD ANÓNIMA
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas y
quince minutos del veintiséis de febrero de dos mil quince, la sociedad
denominada Luayman de Palmares Sociedad
Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos nueve
mil seiscientos setenta y tres, solicitó al Registro Mercantil la reposición de
los libros sociales a raíz del extravío de los mismos. Es todo.—Heredia,
veintisiete de febrero de dos mil quince.—Licda. Isabel Bolaños Madrigal,
Notaria.—1 vez.—(IN2015013998).
THE
FIRST SUNSET S. A.
Por escritura número ciento ochenta y tres-ocho, de
esta notaría, la entidad The First Sunset S. A., solicita al Registro el correspondiente
número de legalización de libros y la reposición del libro Registro de
Accionistas.—San José, 28 de enero del 2015.—Lic. Aída Araya Cascante,
Notaria.—1 vez.—(IN2015014040).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
En escritura otorgada ante esta notaría, a las once
horas del catorce de enero del dos mil quince, FESA Formas Eficientes
Sociedad Anónima, reduce capital social.—Lic. Marco Vinicio Solano Gómez,
Notario.—1 vez.—(IN2015012018).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Por escritura otorgada ante esta notaría, se
constituye la sociedad Promotora de Convenios de Costa Rica Sociedad Anónima,
domicilio Heredia, Urbanización La Palma.—San José, 18 de febrero de 2015.—Lic.
Manuel Rey González, Notario.—1 vez.—(IN2015011636).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Ante esta notaría
se constituyó la Sociedad Anónima Carmen y Manuel S. A., cuyo presidente
será Óscar Alejandro García Pérez, cédula uno-uno cinco siete siete- cinco seis
dos, capital social ochocientos mil colones con aporte de finca domicilio
social Villa Ligia, Pérez Zeledón, exactamente mil seiscientos metros sur de la
escuela.—Licda. Hilda Calderón Calvo, Notaria.—1 vez.—(IN2015012672).
Ante mi notaría,
por escritura otorgada a las diecisiete horas del día dos de diciembre del año
dos mil catorce se acuerda disolver y liquidar la sociedad Ansefa M Y G del
Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- trescientos setenta
y tres mil seiscientos tres.—Lic. Óscar Andrés Segura Navarro, Notario.—1
vez.—(IN2015012674).
Por escritura
otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Asesores Jurídicos
Asociados S. A., mediante los cuales, se modifica la cláusula octava y se
nombra nuevo presidente y tesorero de la junta directiva.—San José, 23 de
febrero del 2015.—Lic. Juan Pablo Morales Campos, Notario.—1
vez.—(IN2015012677).
Por escritura
otorgada a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de febrero
del dos mil quince, se reformó las cláusulas segunda y décima primera de la
sociedad Villa Diez del Oasis Sociedad Anónima.—Lic. Catalina Moya
Azucena, Notaria.—1 vez.—(IN2015012680).
La sociedad La
Última Odisea Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno-
trescientos treinta y dos mil ochocientos cincuenta y seis, informa a todos los
interesados socios; primero; que se nombra como nueva secretaria a la señora
Soledad Castro Mendoza, cédula de identidad número siete- cero noventa y
siete-seiscientos trece, mediante la última asamblea general extraordinaria
realizada el pasado doce horas del diecinueve de enero del año dos mil quince.—Licda.
Adriana Astúa Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2015012681).
A las 12:00 horas
del 23 de diciembre del 2014, se constituyó la sociedad denominada Tomógrafo
Sur Sociedad Responsabilidad Limitada, en donde aparece como gerentes:
Mayra Alexandra Becerra Gómez, mayor, cédula de identidad número ocho- cero
cero ochenta y seis-novecientos catorce, Jorge Francisco Blen Esposito, cédula
de identidad número uno- mil doscientos treinta cinco- novecientos noventa y
cinco, Jorge Mario Sáenz Bonilla, cédula de identidad número uno- mil ciento
sesenta- cuatrocientos treinta y cinco y María Gabriela Guevara Moreira, cédula
de identidad número uno- mil doscientos veintiséis- cero treinta y ocho, todos
con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar
solamente de manera conjunta. Plazo social noventa y nueve años. Agente
residente Licda. Adriana Astúa Quesada.—Licda. Adriana Astúa Quesada,
Notaria.—1 vez.—(IN2015012683).
Por escritura
otorgada a las 13:00 horas del 19 de febrero del 2015, se constituye la empresa
Agricultura Integral de Costa Rica, AGRINTEGRA S. A.—San José, 19 de
febrero del 2015.—Lic. Ana Victoria Ledezma Matarrita, Notaria.—1
vez.—(IN2015012684).
Por escritura
otorgada ante mí se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad denominada Resoco Costa Rica S. A., se
reformaron la cláusula de la administración y se reeligió la junta directiva y
el fiscal. Es todo.—San José, 29 de enero del 2015.—Lic. José Alberto Schroeder
Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015012687).
Mediante
escritura número 148-53, otorgada ante esta notaría, a las diez horas cuarenta
y cinco minutos del nueve de diciembre del dos mil catorce, mediante el cual se
solicita disolver la sociedad Inversiones Venegas & Vindas Finca de la
Colonia Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-551725.—Lic. Gustavo Adolfo
Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2015012688).
En mi notaría a
las 10:11 horas del 23 de febrero del 2015, se nombra presidente de la sociedad
denominada Fábrica de Muebles Montero FMM de Alajuela S. A., notario
Daniel Arroyo Bravo, presidenta Paula Durán Valerio se solicita la publicación
de edicto para lo que en derecho corresponda.—Alajuela, 23 de febrero del
2015.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—(IN2015012690).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 13 de febrero del
2015, se acordó reformar el domicilio de la sociedad Componentes Intel de
Costa Rica S. A..—San José, 15 de enero del 2015.—Dr. Ignacio Monge Dobles,
Notario.—1 vez.—(IN2015012694).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada CR Económicos Punto COM Limitada.—San José, 16 de
diciembre del 2014.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1
vez.—CE2014008734.—(IN2015012695).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 20 minutos del 04 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Administración
Activa V.E.L Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2014.—Lic.
Ligia Rodríguez Moreno, Notaria.—1 vez.—CE2014008735.—(IN2015012696).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Nicapinol Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Alvis
González Garita, Notario.—1 vez.—CE2014008736.—(IN2015012697).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones y Desarrollos Jardines del Sol Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Eduardo
Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014008737.—(IN2015012698).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 45 minutos del 15 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada La Flor de Belman Sociedad Anónima.—San José, 16 de
diciembre del 2014.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1
vez.—CE2014008738.—(IN2015012699).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Environmental APP.CR. Limitada.—San José, 16 de
diciembre del 2014.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1 vez.—CE2014008739.—(IN2015012700).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 08 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Amelot Noventa y SEIS Limitada.—San José, 16 de
diciembre del 2014.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1
vez.—CE2014008740.—(IN2015012701).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada JSTCR Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Shirley Ávila Cortes, Notaria.—1
vez.—CE2014008741.—(IN2015012702).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de
octubre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Yaganajica Sociedad Anónima.—San José, 16 de
diciembre del 2014.—Lic. Eduardo Arauz Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2014008742.—(IN2015012703).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Divika Dive Limitada.—San José, 16 de diciembre del
2014.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—CE2014008743.—(IN2015012704).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada P.A.S Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 16 de
diciembre del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega Muñoz, Notaria.—1
vez.—CE2014008744.—(IN2015012705).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 24 de
octubre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Desarrollo Barroguez Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Georgia Lorena Montt
Villacura, Notaria.—1 vez.—CE2014008745.—(IN2015012706).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a
las 09 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Millenia Asesora de Inversión (Costa Rica) Sociedad
Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega
Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014008746.—(IN2015012707).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11 horas 00 minutos del 02 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Auto Partes Número Uno Sociedad Anónima.—San José,
16 de diciembre del 2014.—Lic. Alberto Pauly Sáenz, Notario.—1
vez.—CE2014008747.—(IN2015012708).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 02 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Auto Partes Número Dos Sociedad Anónima.—San José,
16 de diciembre del 2014.—Lic. Alberto Pauly Sáenz, Notario.—1
vez.—CE2014008748.—(IN2015012709).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Dream Vacation Management Sociedad Anónima.—San
José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1
vez.—CE2014008749.—(IN2015012710).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 12 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Ridgeback Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2014008750.—(IN2015012711).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Waterloo International Holding Company Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Clara
Eugenie Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2014008751.—(IN2015012712).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a
las 09 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Living Alive Limitada.—San José, 16 de diciembre del
2014.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1
vez.—CE2014008752.—(IN2015012713).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada C.R. Life Aquatic Limitada Limitada.—San José, 16 de
diciembre del 2014.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca, Notario.—1
vez.—CE2014008753.—(IN2015012714).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Velsim Sociedad Anónima.—San José, 16 de
diciembre del 2014.—Lic. Mercedes Vásquez Agüero, Notaria.—1
vez.—CE2014008754.—(IN2015012715).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de
noviembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Central América Superior Motors Sociedad Anónima.—San
José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos,
Notario.—1 vez.—CE2014008755.—(IN2015012716).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 07 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Auto de Lujo Parabens Negro Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Randall Francisco
Alvarado Cubillo, Notario.—1 vez.—CE2014008756.—(IN2015012717).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a
las 14 horas 00 minutos del 01 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada AFC Servicios Contables Sociedad Anónima.—San José,
16 de diciembre del 2014.—Lic. Adrián Alvarenga Odio, Notario.—1
vez.—CE2014008757.—(IN2015012718).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Igcord Sociedad Anónima.—San José, 16 de
diciembre del 2014.—Lic. Guillermo Solórzano Marin, Notario.—1
vez.—CE2014008758.—(IN2015012719).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a
las 14 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Costa Rica Rental Managemet Dominical Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Casimiro
Alberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—CE2014008759.—(IN2015012720).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Macova Primos Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San
José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Sharon Núñez Milgram, Notaria.—1
vez.—CE2014008760.—(IN2015012721).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Místico Ciento Cuarenta y Siete Sociedad Anónima.—San
José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Glorielena Alvarado Orozco, Notaria.—1
vez.—CE2014008761.—(IN2015012722).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 07 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Propiperez Zumi de San José Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Randall Francisco
Alvarado Cubillo, Notario.—1 vez.—CE2014008762.—(IN2015012723).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones y Afines Barattos Sociedad Anónima.—San
José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1
vez.—CE2014008763.—(IN2015012724).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 04 de noviembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada CWSUS Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre
del 2014.—Lic. Christian Pérez Quirós, Notario.—1
vez.—CE2014008764.—(IN2015012725).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Technological Innovation Systems Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Christian
Pérez Quirós, Notario.—1 vez.—CE2014008765.—(IN2015012726).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Azul Rosa Punto Com Sociedad Anónima.—San José, 16
de diciembre del 2014.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1
vez.—CE2014008766.—(IN2015012727).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada The Elements Traducida Al Español Como Los Elementos
Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Fredy Alonso
Ramírez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2014008767.—(IN2015012728).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Seguricel Telematics Sociedad Anónima.—San José, 16
de diciembre del 2014.—Lic. Mariela Solano Obando, Notaria.—1
vez.—CE2014008768.—(IN2015012729).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Costa Rica Life Aquatic And Sport Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca, Notario.—1
vez.—CE2014008769.—(IN2015012730).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 13 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Scmaurial Sociedad Anónima.—San José, 16 de
diciembre del 2014.—Lic. Geanina Soto Chaves, Notaria.—1
vez.—CE2014008770.—(IN2015012731).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 12 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada International Brands Sociedad Anónima.—San José, 16
de diciembre del 2014.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1
vez.—CE2014008771.—(IN2015012732).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a
las 10 horas 30 minutos del 11 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Kuno Management Limitada.—San José, 16 de diciembre del
2014.—Lic. Mariela Solano Obando, Notaria.—1 vez.—CE2014008772.—(IN2015012733).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Desarrollos E Inversiones JS y Rizo Sociedad Anónima
Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Verny Gustavo
Valerio Hernández, Notario.—1 vez.—CE2014008773.—(IN2015012734).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a
las 17 horas 00 minutos del 12 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Ridgeback South Inc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2014008774.—(IN2015012735).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 06 de noviembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada NDTEC Consultoría Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San
José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1
vez.—CE2014008775.—(IN2015012736).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Hilltop Limitada.—San José, 16 de
diciembre del 2014.—Lic. Cristhian Ruiz Álvarez, Notario.—1
vez.—CE2014008776.—(IN2015012737).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Desarrollo Comercial Colpan Sociedad Anónima.—San
José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1
vez.—CE2014008777.—(IN2015012738).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 28 de noviembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada ECO Centroamérica UER Sociedad Anónima.—San José, 16
de diciembre del 2014.—Lic. Federico Piedra Poveda, Notario.—1
vez.—CE2014008778.—(IN2015012739).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 03 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Cardeño Carmona Sociedad Anónima.—San
José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1
vez.—CE2014008779.—(IN2015012740).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Inmobiliaria El Cafeterito Sociedad Anónima.—San
José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1
vez.—CE2014008780.—(IN2015012741).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Distribuidora Vasco Sociedad Anónima.—San José, 16
de diciembre del 2014.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1
vez.—CE2014008781.—(IN2015012742).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Grupo Mil Novecientos Veintidós Sociedad Anónima.—San
José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Mariela Solano Obando, Notaria.—1
vez.—CE2014008782.—(IN2015012743).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Blue Butterfly Of The South Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Jonatan Fabián Valverde
Piedra, Notario.—1 vez.—CE2014008783.—(IN2015012744).
Por escritura
otorgada ante mí a las ocho horas del veintitrés de febrero del dos mil quince,
se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Frozen
Frog Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula octava de su pacto
social.—San José, veintitrés de febrero del dos mil quince.—Lic. Alfredo
Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—(IN2015012749).
En escritura
otorgada ante el notario Francisco Conejo Vindas, a las 9:30 horas del 4 de
febrero del 2015, se modifica la cláusula 2° del pacto social de M A W Osa
Transport Sociedad Anónima.—San José, 5 de febrero del 2015.—Lic. Francisco
Manuel Conejo Vindas, Notario.—1 vez.—(IN2015012753).
En escritura
otorgada ante el notario Francisco Manuel Conejo Vindas, a las 9 horas del 5 de
febrero del 2015, se modifica la cláusula 2° del pacto social de Osa Tucán
Sociedad Anónima.—San José, 5 de febrero del 2015.—Lic. Francisco Manuel
Conejo Vindas, Notario.—1 vez.—(IN2015012756).
Ante esta notaría
al ser las nueve horas del veinticuatro de febrero del año dos mil quince, se
modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada Equipos
Mata Sociedad Anónima. Presidente Rodrigo Mata Castro.—San José,
veinticuatro de febrero del dos mil quince.—Lic. Víctor Julio Rivas Tinoco,
Notario.—1 vez.—(IN2015012757).
Se hace constar
que mediante escritura otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se
modificó la cláusula de administración del pacto constitutivo de la empresa Inversiones
Palemaca Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres ciento uno
quinientos veintiocho mil doscientos ochenta y siete.—San José, diecinueve de
febrero del año dos mil quince.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1
vez.—(IN2015012758).
El veintiuno de
febrero del dos quince se constituyó GAM S. A. Presidente: Geinner
Agüero Monge, cédula número seis-trecientos cuarenta y uno-ochocientos treinta
y uno, domiciliada Naranjal de Puerto Viejo de Sarapiquí, Heredia costado oeste
de la plaza de fútbol Capital social: diez mil colones.—Sarapiquí, 21 de
febrero del 2015.—Lic. Freddy Urbina Méndez, Notario.—1 vez.—(IN2015012759).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del día veintitrés de febrero del
2015, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
compañía Central American Del Portico Investment SRL, cédula de persona
jurídica número 3-102-692341, mediante la cual se reforma la cláusula primera
del pacto constitutivo.—Lic. Marcela Vargas Madrigal, Notaria.—1
vez.—(IN2015012761).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría, a las diecisiete horas, del día quince de
noviembre del año dos mil catorce, se constituyó la sociedad denominada Provizona
Costa Rica S. A., Capital social suscrito y pagado. Presidente: Wilson
Vinicio Carazo Leiva; plazo: noventa y nueve años.—Heredia, Jueves 19 de
febrero de 2015.—Lic. Andrés Oviedo Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2015012763).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría, a las diecisiete horas del día ocho de
febrero del año dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea
extraordinaria número tres de la sociedad Mechecal Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres- ciento uno doscientos dieciséis mil
ochocientos veintitrés, celebrada a las nueve horas del dieciocho de enero de
dos mil ocho, donde se acuerda modificar el domicilio social y procede al
cambio de la junta directiva.—Heredia, jueves 19 de febrero de 2015.—Lic.
Andrés Oviedo Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2015012767).
Por escritura
número 129 otorgada ante la suscrita notaria a las 12:00 horas del 30 de enero
del 2015, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de
socios de Sasso Levy S. A., en los que se acordó la disolución de la
sociedad. Cualquier interesado puede oponerse judicialmente a la disolución,
que no se base en causa legal o pactada, dentro de los 20 días siguientes a
esta publicación.—San José, 23 de febrero del 2015.—Licda. Manuelita Jiménez
Esquivel, Notaria.—1 vez.—(IN2015012769).
La suscrita
notaria pública Alejandra Arias Madrigal, doy fe que el día veinte de enero del
dos mil quince, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Instituto
de Oftalmología Especializada y Láser Doctor Cabezas Charpentier Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- trescientos nueve mil
novecientos nueve.—Firmo en Heredia, al ser las diez horas cincuenta minutos
del veinte de febrero del dos mil quince.—Lic. Alejandra Arias Madrigal,
Notaria.—1 vez.—(IN2015012774).
La suscrita
notaria pública Alejandra Arias Madrigal, doy fe que el día veinte de enero del
dos mil quince, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Tres-
Ciento Uno- Seiscientos Cuarenta y Ocho Mil Doscientos Noventa y Tres Sociedad
Anónima.—Firmo en Heredia al ser las diez horas cincuenta minutos del
veinte de febrero del dos mil quince.—Lic. Alejandra Arias Madrigal, Notaria.—1
vez.—(IN2015012776).
Mediante
escritura pública otorgada en San José a las quince horas del doce de febrero
del año dos mil quince, ante el notario Público Eduardo Augusto Cordero Sibaja,
se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de las empresas
denominadas Beirut Sociedad Anónima y Apartamentos Monserrat FM-MK
Sociedad Anónima, cédulas de personas Jurídicas número tres - ciento uno -
cero veintiún mil ochocientos veinticuatro y tres-ciento uno-trescientos
setenta y tres mil cuatrocientos noventa y ocho respectivamente en la que se
acordó por unanimidad fusionar ambas sociedades, prevaleciendo Beirut S. A.
Es todo.—San José, 12/02/2015.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1
vez.—(IN2015012781).
Mediante
escritura N° 12 otorgada ante esta notaría el día 16 de noviembre del 2010 se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la
sociedad Canyon Properties International Limitada, donde se reforma la
cláusula quinta del pacto social aumentándose su capital social.—Lic. Lilliam
Soto Hines, Notaria.—1 vez.—(IN2015012787).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las 13:00 horas del 18 de febrero del 2015, se
protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de Playa
Azul Diecisiete Verde A.D.E. Sociedad Anónima, en la que se modificaron las
cláusulas segunda y octava.—San José, 18 de febrero de 2015.—Lic. Juan Carlos
Cersosimo D’Agostino, Notario.—1 vez.—(IN2015012795).
Por escritura
otorgada ante esta Notaría a las 13:15 horas del 18 de febrero de 2015, se
protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de Playa
Azul Quince Rosa P.Q.R. Sociedad Anónima en la que se modificaron las
cláusulas segunda y octava.—San José, 18 de febrero del 2015.—Lic. Juan Carlos
Cersosimo D’Agostino, Notario.—1 vez.—(IN2015012796).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las 12:45 horas del 18 de febrero del 2015, se
protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de Corsario
de San Leonardo Sociedad Anónima, en la que se modificaron las cláusulas
segunda y octava.—San José, 18 de febrero de 2015.—Lic. Juan Carlos Cersosimo
D’Agostino, Notario.—1 vez.—(IN2015012798).
Por escritura
número 101-10 de las 13:00 horas del 20 de febrero del 2015. Otorgada ante esta
notaría. Se nombra nueva junta directiva de la sociedad Inversiones Familia
Murillo Cortes e Hijos Sociedad Anónima. Presidenta: Jeannette Cortes
Sequeira.—Liberia, 21 de febrero del 2015.—Lic. Olga Matarrita Rojas,
Notaria.—1 vez.—(IN2015012808).
Por escritura
número 102-10 de las 14:00 horas del 20 de febrero del 2015. Otorgada ante esta
notaría. Se nombra nueva junta directiva de la sociedad Industria Ganadera
el Recreo Sociedad Anónima. Presidenta: Efigenia Arrieta Aguirre.—Liberia,
21 de febrero del 2015.—Lic. Olga Matarrita Rojas, Notaria.—1
vez.—(IN2015012809).
Por escritura
Doscientos cincuenta y dos, del tomo Ochenta y seis de mi protocolo, se
modificó la junta directiva de la sociedad El Aullido de Rusti S. A.
Representación judicial y extrajudicial: el presidente.—San José, ocho horas
del veintitrés de febrero del dos mil quince.—Lic. Juan Carlos Araya Masís,
Notario.—1 vez.—(IN2015012814).
La suscrita Luz
Marina Vásquez Pacheco, notaría pública, protocolicé acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Seguridad de Occidente
GSWP Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- trescientos
treinta y dos mil novecientos ochenta y uno, para realizar nombramiento de
tesorero y secretaria en junta directiva y fiscal. Es todo.—Palmares,
veintitrés de febrero del año dos mil quince.—Licda. Luz Marina Vásquez
Pacheco, Notaria.—1 vez.—(IN2015012817).
Ante esta notaría
se ha protocolizado acta de asambleas generales extraordinarias de la sociedad Inversiones
Pacheco Vega, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-259316. Se realizó
nombramiento de vicepresidente.—Palmares, 23 de febrero del año 2015.—Lic.
Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—(IN2015012819).
La suscrita Marta
Emilia Rojas Carranza, notaría pública, protocolicé acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Inversiones Nangui
Sociedad Anónima, cédula Jurídica tres- ciento uno- sesenta y cinco mil
ochenta y tres, para realizar aumento de capital y nombramiento de presidente,
tesorero y secretaria en junta directiva. Es todo.—Palmares, veinte de febrero
del año dos mil quince.—Licda. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1
vez.—(IN2015012821).
El suscrito
notario hace constar que mediante escritura pública número ciento veintidós,
otorgada a las once horas diez minutos del veintitrés de febrero de dos mil
quince, se protocolizó acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria
de Accionistas de la sociedad denominada Desarrolladores Help You Sociedad
Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos cuarenta y seis mil novecientos ochenta y ocho, mediante la
cual se reformaron las cláusulas segunda y sétima de los estatutos sociales,
respectivamente, referentes al domicilio y administración sociales. Es
todo.—San José veintitrés de febrero de dos mil quince.—Lic. Ivannia Méndez
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2015012830).
Por escritura
otorgada hoy ante mí a las 9 horas, se protocoliza reforma de la cláusula 3 de
los estatutos de la sociedad con domicilio en San José Rodríguez Quirós y
Stone S. A..—San José, 21 de enero del 2015.—Lic. Luis Gerardo Brenes
Solano, Notario.—1 vez.—(IN2015012831).
Por escritura
numero trescientos, otorgada a las nueve horas del trece de febrero de dos mil
quince la sociedad Isla Los Ángeles, se nombra junta directa y agente
residente.—San José, 17 de febrero 2015.—Lic. Marvin Roldan Granados,
Notario.—1 vez.—(IN2015012846).
En mi notaría he
protocolizado el acta número cinco de la empresa Davallia Greens Sociedad
Anónima, se nombran presidente y tesorero.—Alajuela, 24 de febrero del
2015.—Lic. Ariel González Arias, Notario.—1 vez.—(IN2015012852).
Que los notarios
Federico José Jiménez Solano y Marianella Mora Barrantes, actuando en el
protocolo del primero, en escritura número 05 otorgada a las 08:00 horas del 24
de febrero del 2015, otorgan escritura protocolizando el acta número ocho, la
sociedad denominada: Plantación Argenson Bárbara Dos Mil Nueve Victoria Dos
Mil Uno Sociedad Anónima.—San José, 09 horas 30 minutos del 24 de febrero
del 2015.—Licda. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2015012855).
Que los notarios
Federico José Jiménez Solano y Marianella Mora Barrantes, actuando en el
protocolo del primero, en escritura número 02 otorgada a las 09:00 horas del 23
de febrero del 2015, otorgan escritura protocolizando el acta número siete, la
sociedad denominada: Plantación Argenson Sofía Dos Mil Cuatro Sociedad
Anónima.—San José, 09 horas 15 minutos del 24 de febrero del 2015.—Licda.
Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2015012857).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 24 de febrero del 2015, se
solicitó disolver en sede notarial la sociedad: Leeko Multifood S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-626315.—San José, 08:00 horas del 25 de febrero del
2015.—Licda. Doris Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—(IN2015012858).
Por escritura
número doscientos diecinueve, otorgada a las dieciséis horas del seis de
febrero del dos mil quince, se reformó la cláusula sétima de la compañía: M
Y J Mercadeo al Comercio y Logística Sociedad Anónima.—Lic. Verny Valerio
Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2015012860).
Conforme
escritura otorgada ante el notario Mario Alexander Sánchez Maroto, los señores
Saira Mayela Moya González, cédula N° 7-0045-0872, y Greilyn Michelle Azofeifa
Morales, cédula N° 1-1595-0827, constituyen la sociedad: Transportes Ortega
Morales e Hijos Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio:
Guácimo, Guácimo, Limón, 800 metros oeste de la Bomba Total sobre la Ruta
Nacional 32. Capital social: ¢100.000 colones, totalmente suscrito y
pagado.—Guápiles, 23 de febrero del 2015.—Lic. Mario Alexander Sánchez Maroto,
Notario.—1 vez.—(IN2015012867).
Ante esta
notaría, por escritura otorgada a las doce horas del veinticuatro de febrero
del dos mil quince, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
la compañía: Autotransportes Bolson S. A., donde se reforma la cláusula
segunda y se nombra junta directiva.—San José, veinticuatro de febrero del dos
mil quince.—Licda. Gabriela Quirós Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2015012869).
Ante esta
notaría, por escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del
veinticuatro de febrero del dos mil quince, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de la compañía: Inversiones Playa Potrero Azul S. A.,
donde se reforma la cláusula segunda y se nombra junta directiva.—San José,
veinticuatro de febrero del dos mil quince.—Licda. Gabriela Quirós Zúñiga,
Notaria.—1 vez.—(IN2015012871).
En escritura
ciento veintitrés del tomo cuarto del protocolo del notario Mauricio Bonilla
Robert, a las nueve horas del veinticuatro de febrero del dos mil quince, se
protocolizó el acta primera de: Machuca Mango Treinta y Uno Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos
catorce mil ochocientos veintiocho, mediante la cual nombraron nuevos gerentes
y se reformaron las cláusulas: tercera - domicilio; sexta - convocatorias;
octava - representación; décima cuarta - gerente, y décima octava - representación
social - de los estatutos. Es todo.—San José, veinticuatro de febrero del dos
mil quince.—Lic. Mauricio Bonilla Robert, Notario.—1 vez.—(IN2015012874).
Por escritura
otorgada ante mí, a las nueve horas del día veinticuatro de noviembre del dos
mil catorce, se procedió al nombramiento de la nueva junta directiva de la
sociedad: Vistas de Cachisa, Videca S. A. Presidenta: María Lorena
Quintero Cogollo.—San José, veinticuatro de noviembre del dos mil
catorce.—Licda. Ruth Ester Solano Vásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2015012896).
Por escritura
otorgada ante mí, a las nueve horas con treinta minutos del día veinticuatro de
noviembre del dos mil catorce, se procedió al nombramiento de la nueva junta
directiva de la sociedad: Inversiones Doncolo de San José S. A.
Presidenta: María Lorena Quintero Cogollo.—San José, veinticuatro de noviembre
del dos mil catorce.—Licda. Ruth Ester Solano Vásquez, Notaria.—1
vez.—(IN2015012897).
Por escritura
otorgada ante mí, a las ocho horas con treinta minutos del día veinticuatro de
noviembre del dos mil catorce, se procedió al nombramiento de la nueva junta
directiva de la sociedad: Diseños Multinacionales Rowan del Oeste S. A.
Presidenta: María Lorena Quintero Cogollo.—San José, veinticuatro de noviembre
del dos mil catorce.—Licda. Ruth Ester Solano Vásquez, Notaria.—1
vez.—(IN2015012898).
Por escritura
otorgada ante mí, a las trece horas con treinta minutos del día nueve de
diciembre del dos mil catorce, se procedió al nombramiento de la nueva junta
directiva de la sociedad: Tres Ciento Uno Cuatrocientos Cincuenta y Tres Mil
Ochocientos Veintitrés S. A. Presidenta: María Lorena Quintero Cogollo.—San
José, nueve de diciembre del dos mil catorce.—Licda. Ruth Ester Solano Vásquez,
Notaria.—1 vez.—(IN2015012899).
Por escritura
otorgada ante mí, a las ocho horas del día veinticuatro de noviembre del dos
mil catorce, se procedió al nombramiento de la nueva junta directiva de la
sociedad: AZ Internacional S. A. Presidenta: María Lorena Quintero
Cogollo.—San José, veinticuatro de noviembre del dos mil catorce.—Licda. Ruth
Ester Solano Vásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2015012900).
Por escritura
otorgada ante mí, a las diecisiete horas del día once de diciembre del dos mil
catorce, se procedió al nombramiento de la nueva junta directiva de la sociedad:
Imágenes Diagnósticas Veterinarias S. A., así como a la modificación de
la cláusula octava de los estatutos. Presidenta: Alexandra Vargas Pérez.—San
José, once de diciembre del dos mil catorce.—Licda. Ruth Ester Solano Vásquez,
Notaria.—1 vez.—(IN2015012901).
Se hace constar
que ante esta notaría de Víctor Hugo Castillo Mora, mediante escritura número
cincuenta y ocho, del tomo seis, del día veintidós de enero del dos mil quince,
se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de: Viax Dental
Lab Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
setenta mil ciento noventa y ocho, en donde se reforma la cláusula quinta del
acta constitutiva de la sociedad indicada.—San José, veintiocho de enero del
dos mil quince.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora, Notario.—1 vez.—(IN2015012902).
Se hace constar
que ante esta notaría de Víctor Hugo Castillo Mora, mediante escritura número
cincuenta, del tomo seis, del día trece de diciembre del dos mil catorce, se
protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de: Viax Dental
Lab Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
setenta mil ciento noventa y ocho, en donde se reforma la cláusula quinta del
acta constitutiva de la sociedad indicada.—San José, siete de enero del dos mil
quince.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora, Notario.—1 vez.—(IN2015012904).
El suscrito Mario
Alberto Solano Rodríguez, en mi condición de notario público hago constar y doy
fe que en el protocolo segundo en escritura número trescientos diecinueve, se
constituyó la sociedad denominada con el nombre de fantasía: Inversiones
Especialized Rodríguez & Solano de Esparza Sociedad Anónima, pudiendo
abreviarse: Inversiones Especialized Rodríguez & Solano de Esparza S. A.
Segundo: El domicilio social de la sociedad será en Esparza, provincia de
Puntarenas, frente a Palí. Constituida por: Walter Rodríguez Cano, cédula N°
7-0113-0961; Josué Esteban Solano Solano, cédula N° 6-0403-0636, y Carlos
Francisco Campos Monge, cédula N° 4-0158-0183, todos vecinos de Esparza,
provincia de Puntarenas, de la Iglesia Católica doscientos metros sur y cien
metros este.—Esparza, 23 de febrero del 2015.—Lic. Mario Alberto Solano
Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2015012910).
Ante esta
notaría, se constituyó: Consultora Conam Sociedad Anónima. Siendo: Jerry
Alberto Valverde Quirós, cédula de identidad N° 6-245-013, el presidente; José
Miguel Monge Cordero, cédula de identidad N° 1-1342-231, ostentando el cargo de
secretario, y Édgar Augusto Mata Traña, cédula de identidad N° 5-328-678,
ostentando el cargo de tesorero, todos con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada en La Sabana de Tarrazú, a
las 10:00 horas del 25 de enero del 2015.—Lic. Lisandro Valverde Porras, Notario.—1
vez.—(IN2015012911).
Por escritura
otorgada ante el notario Marco Antonio Vargas Valverde, a las diecisiete horas
del diecisiete de febrero del dos mil quince, se protocoliza acta de: Inversiones
Chirimba Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda
y se nombra nueva secretaria.—San José, veintidós de febrero del dos mil
quince.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2015012913).
Por escritura
otorgada ante el notario Marco Antonio Vargas Valverde, a las doce horas del
veintitrés de noviembre del dos mil catorce, Tony de Jesús y Maritza, ambos
Vargas Monge, cédula de identidad número seis-doscientos
veinticuatro-setecientos dieciocho, y nueve-ciento seis-cuatrocientos sesenta y
ocho, respectivamente, constituyen: Inmobiliaria Varmon TZU Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Representación: gerente y subgerente.—San José,
veintidós de febrero del dos mil quince.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde,
Notario.—1 vez.—(IN2015012917).
El suscrito
notario hace constar que en mi notaría, mediante escritura número ciento
cuarenta y cuatro, del veinticuatro de febrero del dos mil quince, protocolicé
acuerdos de asamblea general de: J Y M Jiménez y Miranda Exportaciones e
Importaciones S.R.L., en donde se reforma su pacto constitutivo y se
nombran nuevos gerentes.—San José, veinticuatro de febrero del dos mil
quince.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—(IN2015012919).
Que por escritura
pública otorgada ante esta notaría, al ser las diez horas del veinticuatro de
febrero del dos catorce, se disuelve la sociedad denominada: Delaware
International Holdings S. A., cédula jurídica N° 3-101-544638. Es todo.—San
José, veinticuatro de febrero del dos mil catorce.—Licda. Andrea Héctor Vargas,
Notaria.—1 vez.—(IN2015012921).
Por escritura de
las 16:00 horas del 1° de enero del 2015, se disolvió la compañía: Alve de
Alajuela S. A., cédula jurídica N° 3-101-086451.—Lic. José Pablo
Charpantier Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2015012925).
Por escritura
ciento seis, otorgada ante este notario, a las ocho horas del veintitrés de
febrero del dos mil quince, se protocolizó acta dos de asamblea general
extraordinaria de socios de: Arrienda Costa Madeiro CR S. A., mediante
la cual se acuerda modificar la representación.—San José, veintitrés de febrero
del dos mil quince.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1
vez.—(IN2015012928).
En asamblea
general extraordinaria de Arbia Internacional Sociedad Anónima, cédula
jurídica N° 3-101-337036, celebrada a las diez horas del veinte de febrero del
dos mil catorce, se toma en firme por unanimidad los siguientes acuerdos. Uno:
Se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo para que diga: “Sexta: la
administración estará a cargo del presidente, secretario y tesorero, quienes
podrán ser socios o extraños, correspondiéndoles al presidente la
representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma, conforme lo dispuesto en el artículo 1253 del
Código Civil. Dos: Se nombra como secretario a: Giovanny Manuel Ferreira
Bellino, pasaporte de Venezuela N° 13465095. Tres: se otorga poder general
judicial al Lic. Álvaro Moya Ramírez, cédula N° 1-0589-0230, confiriéndole al
efecto las facultades que determina el artículo 1288 del Código Civil. Cuatro:
se otorga poder general sin limitación de suma al señor: Álvaro Moya Ramírez,
cédula N° 1-0589-0230, confiriéndole al efecto las facultades que determina el
artículo 1255 del Código Civil. Cinco: es el nuevo domicilio social de la
empresa: Guachipilín de Escazú, San José, Condominio Rincón de la Quebrada,
casa número diecinueve. Acuerdos debidamente protocolizados en escritura N° 050
visible al folio treinta y nueve vuelto del tomo segundo del notario Rodrigo
Arturo Chavarría Zamora.—Lic. Rodrigo Arturo Chavarría Zamora, Notario.—1
vez.—(IN2015012929).
En asamblea
general extraordinaria de: Corporación Proexve Limitada, cédula jurídica
N° 3-102-615606, celebrada a las doce horas del diez de setiembre del dos mi
catorce, se toma en firme por unanimidad los siguientes acuerdos. Uno: el nuevo
domicilio social de la compañía será: Guachipilín de Escazú, San José,
Condominio Rincón de la Quebrada, casa número diecinueve. Dos: se revoca el
poder generalísimo sin límite de suma de los señores: Álvaro Moya Ramírez, con
cédula N° 1-0589-0230, y Carlos Elizondo Vargas, con cédula N° 1-1073-0241.
Tres: se rescinde el nombramiento del agente residente, Lic. Álvaro Moya
Ramírez, con cédula N° 1-0589-0230. Acuerdos debidamente protocolizados en
escritura N° 051 visible al folio cuarenta y uno vuelto del tomo segundo del
notario Rodrigo Arturo Chavarría Zamora.—Lic. Rodrigo Arturo Chavarría Zamora,
Notario.—1 vez.—(IN2015012931).
Por escritura
otorgada el 18 de febrero del 2015, se modifica cláusula 8 del pacto
constitutivo, se nombra junta directiva, se adiciona cláusula 15 del pacto
constitutivo de la sociedad: Credi Q Leasing S. A.—San José, 19 de
febrero del 2015.—Msc. Frank Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—(IN2015012933).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, el 23 de febrero del 2015, a las 08:00 horas, se
constituyó: Verde Cuántico.—San José, 24 de febrero del 2015.—Lic.
Mauricio Marín Sevilla, Notario.—1 vez.—(IN2015012934).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 14:00 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada será su correspondiente
número de cédula jurídica, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Ejecutivo número Tres Tres Uno Siete Uno–J Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2014.–Lic. José Joaquín Soto
Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2014008784.—(IN2015012935).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 18 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Strathcona Developments Sociedad De Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2014.–Lic. Eduardo Alfonso Márquez
Fernández, Notario.—1 vez.—CE2014008785.—(IN2015012936).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada NAE Energía Más Limpia Sociedad Anónima.—San José,
16 de diciembre del 2014.–Lic. Marvin Gerardo Quesada Castro, Notario.—1
vez.—CE2014008786.—(IN2015012937).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 13 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Aogashima Limitada.—San José, 17 de diciembre del
2014.–Lic. Steven Ferris Quesada, Notario.—1 vez.—CE2014008787.—(IN2015012938).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Killer Monchis MFH de Orotina Sociedad Anonima Sociedad
Anónima.—San José, 17 de diciembre del 2014.–Lic. Thais Melissa Hernández
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014008788.—(IN2015012939).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 14 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Capital Global Investments Limitada.—San José, 17 de
diciembre del 2014.–Lic. Silvia Arias Ulate, Notaria.—1
vez.—CE2014008789.—(IN2015012940).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Casa Color Domum Colorem Sociedad De Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2014.–Lic. Federico Piedra Poveda,
Notario.—1 vez.—CE2014008790.—(IN2015012941).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 30 minutos del 10 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada AB Turner Properties Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2014.–Lic. Shirley Ávila Cortes,
Notaria.—1 vez.—CE2014008791.—(IN2015012942).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Nurispot Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre
del 2014.–Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—CE2014008792.—(IN2015012943).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 00 minutos del 05 de Agosto del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Parqueo La Villa Sociedad Anónima.—San José, 17 de
diciembre del 2014.–Lic. Gonzalo Monge Herrera, Notario.—1
vez.—CE2014008793.—(IN2015012944).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 10 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Aerial Robotixs Sociedad Anónima. San José, 17 de
diciembre del 2014.–Lic. Federico Piedra Poveda, Notario.—1
vez.—CE2014008794.—(IN2015012945).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Ámbar Torre Sabana A.T.S. Sociedad Anónima.—San
José, 17 de diciembre del 2014.–Lic. Juan Gerardo Acosta Mora, Notario.—1
vez.—CE2014008795.—(IN2015012946).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 13 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Roagri Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre
del 2014.–Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—1
vez.—CE2014008796.—(IN2015012947).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada The JSBR Groupllc Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2014.–Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1
vez.—CE2014008797.—(IN2015012948).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 10 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada MDAS Dreams Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2014.–Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez,
Notaria.—1 vez.—CE2014008798.—(IN2015012949).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 10 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Lighthouse Partnership Sociedad Anónima.—San José,
17 de diciembre del 2014.–Lic. Carlos Guillermo Ureña Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2014008799.—(IN2015012950).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 10 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Helsan Dos Mil Quince Sociedad Anónima.—San José, 17
de diciembre del 2014.–Lic. LUIS Fernando Fallas Marín, Notario.—1
vez.—CE2014008800.—(IN2015012951).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 14 horas 30 minutos del 04 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Kepon Club Sociedad Anónima.—San José, 17 de
diciembre del 2014.–Lic. Carlos Guillermo Ureña Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2014008801.—(IN2015012952).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Merlina Seis-Veinticuatro Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Orlando Gustavo Araya
Amador, Notario.—1 vez.—CE2014008802.—(IN2015012953).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Milonga de Concepción Sociedad Anónima.—San José, 17
de diciembre del 2014.—Lic. Ricardo Javier Hidalgo Murillo, Notario.—1
vez.—CE2014008803.—(IN2015012954).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 17 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Zero Graffity Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Allan
Salazar López, Notario.—1 vez.—CE2014008804.—(IN2015012955).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Celau Sociedad Anónima.—San José, 17 de
diciembre del 2014.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1
vez.—CE2014008805.—(IN2015012956).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 10 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Sun Sangrala Limitada.—San José, 17 de diciembre del
2014.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas,
Notaria.—1 vez.—CE2014008806.—(IN2015012957).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 07 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Quadbridge Limitada.—San José, 17 de diciembre del
2014.—Lic. Andrea Karolina Rojas Mora, Notaria.—1
vez.—CE2014008807.—(IN2015012958).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 10
horas 35 minutos del 13 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada AB Servicios de Ingeniería Electromecánica Sociedad Anónima.—San
José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1
vez.—CE2014008808.—(IN2015012959).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Inmobiliaria Sabalito Limitada.—San José, 17 de
diciembre del 2014.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1
vez.—CE2014008809.—(IN2015012960).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Brooksnbrehn CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Roberto José Araya Lao, Notario.—1
vez.—CE2014008810.—(IN2015012961).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 16 horas 40 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada M & G Solar de Centroamérica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. José Antonio Silva
Meneses, Notario.—1 vez.—CE201408811.—(IN2015012962).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Defrut Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2014008812.—(IN2015012963).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 10 horas 00 minutos del 12 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Grip CO Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Marianela Sáenz Alfaro, Notaria.—1
vez.—CE2014008813.—(IN2015012964).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 20 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Trelay Autismo Integral Sociedad Anónima.—San José,
17 de diciembre del 2014.—Lic. Xiomara María Villegas Badilla, Notaria.—1
vez.—CE2014008814.—(IN201512965).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 18 horas 35 minutos del 03 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada D.A.V.J.Trading Company Sociedad Anónima.—San José,
17 de diciembre del 2014.—Lic. Edgardo
Salvador Mena Paramo, Notario.—1 vez.—CE2014008815.—(IN2015012966).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 10 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Bienes Raíces Paraíso Sem Limite Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Juan
Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—CE2014008816.—(IN2015012967).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Digitalizados Acsa Sociedad Anónima.—San José, 17 de
diciembre del 2014.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1
vez.—CE2014008817.—(IN2015012968).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00
minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Higuerón
Hill Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del
2014.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1
vez.—CE2014008818.—(IN2015012969).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 16 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Zucar Medical Sociedad Anónima.—San José, 17 de
diciembre del 2014.—Lic. Liliana Angélica Hernández Vargas, Notario.—1
vez.—CE2014008819.—(IN2015012970).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 10 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada P.I. Development Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1
vez.—CE2014008820.—(IN2015012971).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad Denominada Grupo Saramo Sociedad Anónima.—San José, 17 de
diciembre del 2014.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1
vez.—CE2014008821.—(IN2015012972).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 17 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada No Shoes Nation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1
vez.—CE2014008822.—(IN2015012973).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 17 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Okomo Sociedad Anónima.—San José, 17 de
diciembre del 2014.—Lic. Carlos Eduardo Gutiérrez Monge, Notario.—1
vez.—CE2014008823.—(IN2015012974).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 17 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Oasis Dos Mil Siete R & J Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Alejandro
Bettoni Traube, Notario.—1 vez.—CE2014008824.—(IN2015012975).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Distrito Cultural Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1
vez.—CE2014008825.—(IN2015012976).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 07 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Reserva Acuífera A.Q. Sociedad Anónima.—San José, 17 de
diciembre del 2014.—Lic. Carlos Alpízar Alfaro, Notario.—1
vez.—CE2014008826.—(IN2015012977).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 10 horas 35 minutos del 13 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada AB Consultoría Electromecánica Sociedad Anónima.—San
José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1
vez.—CE2014008827.—(IN2015012978).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada The Elements Sociedad Anónima.—San José, 17 de
diciembre del 2014.—Lic. Fredy Alonso Ramírez Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2014008828.—(IN2015012979).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 14 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Urbis Forum Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1
vez.—CE2014008829.—(IN2015012980).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada D A Varela & Asociados Attorney AT Law Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1
vez.—CE2014008830.—(IN2015012981).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Accents On Knits Limitada.—San José, 17 de diciembre
del 2014.—Lic. Fabiola Soler Bonilla, Notaria.—1
vez.—CE2014008831.—(IN2015012982).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 12 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Vert Nature Bleu Invest Limitada.—San José, 17 de
diciembre del 2014.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1
vez.—CE2014008832.—(IN2015012983).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Social Data Mining Sociedad Anónima.—San José, 17 de
diciembre del 2014.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1
vez.—CE2014008833.—(IN2015012984).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Delicias Benavente Sociedad Anónima.—San
José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Ricardo Javier Hidalgo Murillo, Notario.—1
vez.—CE2014008834.—(IN2015012985).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 10 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Importadora J A Samo Sociedad Anónima.—San José, 17
de diciembre del 2014.—Lic. Lilliana Soto Chacón, Notaria.—1
vez.—CE2014008835.—(IN2015012986).
Ante esta
notaría, el día 23 de febrero del 2015, mediante escritura N° 87-1, se
protocolizó el acta de la sociedad: Cervecería Gambrivius de Centroamérica
Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó modificar la cláusula de
administración y se nombraron nuevos miembros de junta directiva. Es todo.—San
José, 23 de febrero del 2015.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario.—1
vez.—(IN2015013042).
El suscrito notario
da fe que a las diecisiete horas con treinta minutos del diecinueve de febrero
del dos mil quince, se consignó el acta de asamblea general extraordinaria de
cuotistas de: Tres-Ciento Dos-Seiscientos Ochenta y Siete Mil-Ciento Treinta
y Tres Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos ochenta
y siete mil ciento treinta y tres, en la que se acuerda reformar las cláusulas
sétima y primera.—San José, diecinueve de febrero del dos mil quince.—Lic.
Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(IN2015013043).
El suscrito
notario da fe que a las diecisiete horas con treinta minutos del diecinueve de
febrero del dos mil quince, se consignó el acta de asamblea general
extraordinaria de cuotistas de: Tres-Ciento Dos-Seiscientos Ochenta y Siete
Mil-Ciento Treinta y Tres Limitada, cédula jurídica número tres-ciento
dos-seiscientos ochenta y siete mil ciento treinta y tres, en la que se acuerda
reformar las cláusulas sétima y primera.—San José, diecinueve de febrero del
dos mil quince.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(IN2015013043).
El suscrito
notario da fe que a las quince horas del diecinueve de febrero del dos mil
quince, se consignó el acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de:
Tres-Ciento Dos-Seiscientos Ochenta y Siete Mil-Cero Cincuenta y Ocho
Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos ochenta y
siete mil cero cincuenta y ocho, en la que se acuerda reformar las cláusulas
sétima y primera.—San José, diecinueve de febrero del dos mil quince.—Lic.
Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(IN2015013044).
Ante esta
notaría, en la ciudad de Cartago, al ser las dieciocho horas veinte minutos del
veinticuatro de febrero del dos mil quince, se protocolizó el acta número tres
de la asamblea general extraordinaria de socios de la entidad denominada: Agro
Servicios y Fumigaciones BOA Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-trescientos cuarenta mil sesenta y uno, modificándose los
nombramientos de presidente, tesorero secretario y por el resto de plazo
social.—Lic. Jorge Eduardo Salazar Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2015013046).
Ante esta
notaría, en la ciudad de Cartago, al ser las dieciocho horas diez minutos del
veinticuatro de febrero del dos mil quince, se protocolizó el acta número uno
de la asamblea general extraordinaria de socios de la entidad denominada: Corporación
Agroquimsa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos setenta mil quinientos cuarenta y ocho, modificándose los
nombramientos de presidente, tesorero secretario y por el resto de plazo
social.—Lic. Jorge Eduardo Salazar Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2015013047).
Ante esta
notaría, en la ciudad de Cartago, al ser las dieciocho horas del veinticuatro
de febrero del dos mil quince, se protocolizó el acta número cinco de la
asamblea general extraordinaria de socios de la entidad denominada: Representaciones
Agropecuarias Agroquim Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos diecinueve mil quinientos ocho, modificándose los nombramientos
de tesorero, secretario y fiscal, y por el resto de plazo social.—Lic. Jorge
Eduardo Salazar Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2015013048).
Por escritura
otorgada ante el suscrito notario, se protocolizó acta de asamblea
extraordinaria de socios de la sociedad: Konta Gestión Integral S. A.,
donde se modificó la cláusula quinta de los estatutos.—San José, 24 de febrero
del 2015.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—(IN2015013069).
Ante esta
notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de: Maravilla
Monterromo INC S. A., se modificó paco social.—San José, 24 de febrero del
2015.—Lic. Roberto Quirós Coronado, Notario.—1 vez.—(IN2015013071).
Ante esta
notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de: Curaray
INC S. A., se modificó paco social.—San José, 24 de febrero del 2015.—Lic.
Roberto Quirós Coronado, Notario.—1 vez.—(IN2015013073).
Por escritura
otorgada hoy ante mí, se protocolizan acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas de: Reflejos de Sombras S. A., e Inversiones
Mysila S. A., mediante los cuales la primera se fusiona con la segunda
prevaleciendo ésta la cual reforma las cláusulas segunda, quinta, sexta y
octava del pacto social.—San José, 9 de febrero del 2015.—Lic. Jorge Goicoechea
Guardia, Notario.—1 vez.—(IN2015013092).
Ante esta
notaría, a las 09:00 horas del 24 de febrero del 2015, se protocolizó acta de
asamblea general de accionistas de la sociedad: Pro Moda S. A., mediante
la cual se acordó la reforma de la cláusula N° 4 del pacto constitutivo.—San
José, 24 de febrero del 2015.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1
vez.—(IN2015013103).
Ante esta
notaría, a las 09:00 horas del 23 de febrero del 2015, se acordó constituir la
sociedad: Inmobiliaria Thiseus Ltda.—San José, 24 de febrero del
2015.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2015013104).
Mediante
escritura número veinticuatro-uno del tomo uno del protocolo de la Licda.
Andrea Alvarado Rodríguez, con fecha del veintitrés de febrero del dos mil
quince, se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo de: Tres-Ciento
Dos-Seiscientos Catorce Mil Ochocientos Cuarenta y Dos Limitada.—Licda.
Andrea Alvarado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2015013105).
Mediante
escritura número doscientos ochenta y uno-treinta y siete del tomo treinta y
siete del protocolo de la Licda. María del Milagro Arguedas Delgado, en
conotariado con la Licda. Carmen Lidia Elizondo Vásquez, se constituyó sociedad
denominada: Grupo Ecoferretero Sociedad Anónima.—Licda. Carmen Lidia
Elizondo Vásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2015013108).
Por escritura
otorgada el día veintitrés de febrero del dos mil quince, se disuelve la
compañía: Vuelo de Oro Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y cinco mil ciento noventa y siete.—San
José, veintitrés de febrero del dos mil quince.—Licda. Nancy Tattiana Zúñiga
Oses, Notaria.—1 vez.—(IN2015013110).
Protocolización
de acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada: Comercializadora
Dupan Veinticuatro Horas Sociedad Anónima. Escritura número ciento tres,
otorgada a las diez horas con diez minutos del cuatro de febrero del dos mil
quince.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2015013111).
Por escritura
otorgada ante mí, a las 12:15 horas del 30 de enero del 2015, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de Sociedad Anónima Inversiones
Eymac de Costa Rica.—Licda. Sandra Chacón Sánchez, Notaria.—1
vez.—(IN2015013117).
Por escritura
número treinta y dos, otorgada ante mí, a las 22:30 horas del 29 de enero del
2015, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de: Sociedad
Anónima Hermanos Quirós Arce, nuevos nombramientos de la junta directiva y
fiscal.—Licda. Sandra Chacón Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2015013122).
Por escritura
número 102, otorgada en mi notaría, a las 12:00 horas del 23 de febrero del
2015, se protocolizó acta número 5 de la asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad: Correduría Aduanera Record
Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social: San José. Se reformó la
cláusula quinta del pacto social aumentándose el capital social.—Licda. Yenny
Rocío Arguello Chaverri, Notaria.—1 vez.—(IN2015013143).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 14 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Encantada Group of The Caribean Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Johnny
Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—CE2018008836.—(IN2015013148).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 13 horas 00 minutos del 12 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Pitstop Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Alwin Mendoza Oviedo, Notario.—1
vez.—CE2014008837.—(IN2015013149).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 14 horas 00 minutos del 12 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones F.J.E. Sociedad Anónima.—San José, 17 de
diciembre del 2014.—Lic. Joaquín Bernardo Molina Hernández, Notario.—1
vez.—CE201508838.—(IN2015013150).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 16 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Ciencias Industriales Sv Sociedad Anónima.—San José,
17 de diciembre del 2014.—Lic. Alwin Mendoza Oviedo, Notario.—1
vez.—CE2014008839.—(IN2015013151).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 16 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Vital Prime Funds Management Sociedad Anónima.—San
José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1
vez.—CE2014008840.—(IN2015013152).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 16 horas 00 minutos del 13 de Noviembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada SB Dao Wellness Sociedad Anónima.—San José, 17 de
diciembre del 2014.—Lic. Sonia Víquez Chaverri, Notaria.—1
vez.—CE201508841.—(IN2015013153).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 15 horas 00 minutos del 3 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Jaco Fine Meats & More Sociedad Anónima.—San
José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Iván Darío Villegas Franco, Notario.—1
vez.—CE201508842.—(IN2015013154).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 15 horas 15 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Burman Zuck Holdings Limitada.—San José, 17 de
diciembre del 2014.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—CE2014008843.—(IN2015013155).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 16 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada M S Soluciones Sociedad Anónima.—San José, 17 de
diciembre del 2014.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1
vez.—CE201508844.—(IN2015013156).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 17 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Dismetales Sociedad Anónima.—San José, 17 de
diciembre del 2014.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1
vez.—CE2014008845.—(IN2015013157).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 16 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada CR Projects Controller S. R. L. Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Casimiro
Alberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—CE2014008846.—(IN2015013158).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 00 minutos del 24 de Noviembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Anfama de Zarcero Sociedad Anónima.—San
José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Javier Alfaro Blanco, Notario.—1
vez.—CE2014008847.—(IN2015013159).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Hermanos Laipa Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre
del 2014.—Lic. Mónica Marcela Zúñiga Sylvester, Notario.—1 vez.—CE2014008848.—(IN2015013160).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Corporación Barbieri Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Javier Alfaro Blanco,
Notario.—1 vez.—CE2014008849.—(IN2015013161).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 13 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Importaciones y Exportaciones Aguilar & Morales
Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del 2014.—Lic. Mario Cordero
Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2014008850.—(IN2015013162).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Gea Spa Salón Multiplaza Escazú Sociedad Anónima.—San
José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Santiago Eduardo Arguedas Pitti,
Notario.—1 vez.—CE2014008851.—(IN2015013163).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 15 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Gea SPA Salón Terramall Sociedad Anónima.—San José,
18 de diciembre del 2014.—Lic. Santiago
Eduardo Arguedas Pitti, Notario.—1 vez.—CE2014008852.—(IN2015013164).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 15 horas 15 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Fibreco Fibras Ecológicas Sociedad Anónima.—San
José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1
vez.—CE2014008853.—(IN2015013165).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada La Costa Viva Gte Limitada.—San José, 18 de
diciembre del 2014.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1
vez.—CE2014008854.—(IN2015013166).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 19 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Greenbus Sociedad Anónima.—San José, 18 de diciembre
del 2014.—Lic. Dinia Chavarría Blanco, Notaria.—1
vez.—CE2014008855.—(IN2015013167).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 20 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Gea SPA Salón Multicentro Sociedad Anónima.—San
José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Santiago Eduardo Arguedas Pitti,
Notario.—1 vez.—CE2014008856.—(IN2015013168).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Daikokuten del oeste Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Mauricio Quirós
González, Notario.—1 vez.—CE2014008857.—(IN2015013169).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 17 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Gea SPA Mall San Pedro Sociedad Anónima.—San José,
18 de diciembre del 2014.—Lic. Santiago Eduardo Arguedas Pitti, Notario.—1
vez.—CE2014008858.—(IN2015013170).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 04 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Monte de Los Olivos LYE Sociedad Anónima Sociedad
Anónima.—San José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Silvia Garbanzo Corrales,
Notaria.—1 vez.—CE2014008859.—(IN2015013171).
mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 40 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Gea SPA Salón Metrópolis Sociedad Anónima.—San José,
18 de diciembre del 2014.—Lic. Santiago Eduardo Arguedas Pitti, Notario.—1
vez.—CE2014008860.—(IN2015013172).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 17 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada GEA SPA Salón Las Flores Sociedad Anónima.—San José,
18 de diciembre del 2014.—Lic. Santiago Eduardo Arguedas Pitti, Notario.—1
vez.—CE2014008861.—(IN2015013173).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 12 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Comercializadora & Distribuidora Don Afonso Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de diciembre del 2014.—Lic.
Roberto Carlo Castillo Araya, Notario.—1 vez.—CE2015008862.—(IN2015013174).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 16 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Teltronic Sociedad Anónima.—San José, 18 de
diciembre del 2014.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—CE2014008863.—(IN2015013175).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 18 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Big Daddy Pura Vida Limitada.—San José, 18 de
diciembre del 2014.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1
vez.—CE2014008864.—(IN2015013176).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 18 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Complejo Integral Caribe Sociedad Anónima.—San José,
18 de diciembre del 2014.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2014008865.—(IN2015013177).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Mi Perfume Favorito Sociedad Anónima.—San José, 18
de diciembre del 2014.—Lic. Rodrigo
Chacón Martínez, Notario.—1 vez.—CE2014008866.—(IN2015013178).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 18 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Guana Diciembre Dos Mil Catorce Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Esteban
Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—CE2014008867.—(IN2015013179).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada The Peppermint Blog Sociedad Anónima.—San José, 18
de diciembre del 2014.—Lic. Nancy Harbottle Morales, Notario.—1
vez.—CE2014008868.—(IN2015013180).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 12 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Botica Internacional De Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Alejandro Montero Vargas, Notario.—1
vez.—CE2014008869.—(IN2015013181).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Pardo Verde XXI Sociedad Anónima.—San José, 18 de
diciembre del 2014.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1
vez.—CE2014008870.—(IN2015013182).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 20 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Anandrea de la Palma Sociedad Anónima.—San José, 18
de diciembre del 2014.—Lic. Luis Ángel Rodríguez León, Notario.—1
vez.—CE2014008871.—(IN2015013183).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Gea SPA Salón Plaza Lincoln Sociedad Anónima.—San
José, 18 de diciembre del 2014.—Lic.
Santiago Eduardo Arguedas Pitti, Notario.—1
vez.—CE2014008872.—(IN2015013184).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 15 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Gea Spa Salón Pinares Sociedad Anónima.—San José, 18
de diciembre del 2014.—Lic. Santiago
Eduardo Arguedas Pitti, Notario.—1 vez.—CE2014008873.—(IN2015013185).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 12 de
diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Cuestamoras Energía Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Rebeca María Arias Campos, Notario.—1 vez.—CE2014008874.—(IN2015013186).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Rogar Sociedad Anónima.—San José, 18 de diciembre
del 2014.—Lic. Arnoldo Solano Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2014008875.—(IN2015013187).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Gourmundo Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Ivannia Méndez Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2014008876.—(IN2015013188).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 15 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Soporte Crítico Internacional Sociedad Anónima.—San
José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Max
Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—CE2014008877.—(IN2015013189).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 17 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Segalpi Sociedad Anónima.—San José, 18 de
diciembre del 2014.—Lic. Ana Sofía Lobo León, Notaria.—1
vez.—CE2014008878.—(IN2015013190).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 00 minutos del 06 de Noviembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Costa Rica International Aero Club Sociedad Anónima.—San
José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Arnoldo Solano Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2014008879.—(IN2015013191).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada C M & A S Soluciones Sociedad Anónima.—San José,
18 de diciembre del 2014.—Lic. Marco
Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2014008880.—(IN2015013192).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 16 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Sunrise Estates Sociedad Anónima.—San José, 18 de
diciembre del 2014.—Lic. Cecilia Ester Tristán Trelles, Notaria.—1
vez.—CE2014008881.—(IN2015013193).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 10 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Comercial Cote-K Internacional Sociedad Anónima.—San
José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Percy Chamberlain Bolaños, Notario.—1
vez.—CE2014008882.—(IN2015013194).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 04 de
noviembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Aclasa Sociedad Anónima.—San José, 18 de diciembre
del 2014.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1
vez.—CE2014008883.—(IN2015013195).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12
horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Scheurell Investment Properties Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Juan Pablo Miranda
Badilla, Notario.—1 vez.—CE2014008884.—(IN2015013196).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11
horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Bigiaoui Davet Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Jonatan Fabián Valverde Piedra, Notario.—1
vez.—CE2014008885.—(IN2015013197).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 12 horas 00 minutos del 18 de diciembre del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Botica Internacional Quince de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Alejandro Montero Vargas, Notario.—1
vez.—CE2014008886.—(IN2015013198).
En esta notaría,
mediante escritura pública 188-21, Roger Bravo Álvarez, constituye la
fundación: Always Bluegreen, misma que será perpetua y cuyo domicilio
será en la provincia de Guanacaste, del cruce a Hacienda Vieja con dirección al
puente de La Amistad, dos kilómetros al norte.—San José, dos de febrero del dos
mil quince.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1
vez.—(IN2015013199).
Mediante
escritura número ciento treinta y dos del tomo décimo segundo de mi protocolo,
se modificó el domicilio social, forma de representación, plazo de duración de
cargos de junta directiva y nombramientos de junta directiva, fiscal y agente
residente de: Centro Global de Negocios Corporativos Costa Rica CNC Sociedad
Anónima, con cédula jurídica N° 3-101-483172.—San José, 20 de febrero del
2015.—Lic. Siumin Vargas Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2015013202).
Por escritura
número noventa y dos, otorgada ante la suscrita notaria, a las ocho horas del
veinticinco de febrero del dos mil quince, se modifica la cláusula segunda de
los estatutos de la compañía denominada: Tres-Ciento Uno-Seiscientos Setenta
y Cinco Mil Cuatrocientos Quince Sociedad Anónima.—San José, veinticinco de
febrero del dos mil quince.—Msc. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1
vez.—(IN2015013216).
Por escritura
otorgada ante mí, a las diez horas del diecisiete de febrero del dos mil
quince, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
entidad: Distribuidora Paquile de Alajuela S. A., celebrada en su
domicilio social a las nueve horas del catorce de febrero del dos mil quince,
donde se realizaron cambios de presidente y tesorero de la junta
directiva.—Alajuela, ocho horas del veinticuatro de febrero del dos mil quince.—Lic.
Rodrigo Chacón Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2015013222).
Por asamblea
general extraordinaria de socios de las 14:00 horas del 15 de diciembre del
2014, se acordó la modificación de las cláusulas de domicilio social y aumento
de capital social de la firma: Autotransportes Pecuarios de Costa Rica S. A.—Cartago,
18 de febrero del 2015.—Lic. Carlos Mata Ortega, Notario.—1
vez.—(IN2015013223).
Mediante
escritura N° 190-14, de las 08:00 horas del 23 de febrero del 2015, otorgada
ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de: Distribuidora La Pista S. A. Se reforma
cláusula octava en cuanto a la administración y se nombra nuevo
tesorero.—Licda. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2015013241).
Por escritura
otorgada ante mí, en San José, a las quince horas del veinte de febrero del dos
mil quince, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
socios de la sociedad: Trisan S. A., en la que se modifica el pacto
constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—San José, veinticuatro de
febrero del dos mil quince.—Lic. Carlos Roberto Solórzano López, Notario.—1
vez.—(IN2015013244).
Por medio de
escritura número ciento treinta y ocho, otorgada a las 12:00 horas del 24
febrero del 2015, ante el notario público Paúl Oporta Romero, se protocoliza
acta de la sociedad: Tres-Ciento Dos-Seiscientos Noventa y Dos Mil
Cuatrocientos Cuarenta y Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada, donde se
reforma cláusula primera del pacto constitutivo correspondiente a la razón
social.—Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, 24 de febrero del 2015.—Lic. Paúl
Oporta Romero, Notario.—1 vez.—(IN2015013256).
Que mediante
escritura número ciento treinta y cinco, otorgada a las 12:00 horas del 23 de
febrero del 2015, por el notario público Paúl Oporta Romero, se protocoliza
acta número cinco donde se acordó disolver la sociedad denominada: Cabo
Tamarindo Sur CTS Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-doscientos cuarenta y tres mil doscientos dieciocho. Es todo.—Tamarindo,
Santa Cruz, Guanacaste, veintitrés de febrero del dos mil quince.—Lic. Paúl
Oporta Romero, Notario.—1 vez.—(IN2015013257).
Por escritura
otorgada ante mí, se modifica a las diez horas del día 25 de febrero del 2015,
el nombre de la sociedad: MK Anannuki Internacional Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de febrero del 2015.—Lic. Lucía Odio
Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2015013261).
Mediante acta
número cuatro de las nueve horas treinta minutos del cinco de febrero del dos
mil quince, de la sociedad: OM Moly Cuarenta y Tres Sociedad Anónima,
tres ciento uno-trescientos sesenta y nueve mil cuatrocientos setenta y ocho,
se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo, se nombró presidente,
secretario, tesorero y agente residente por el resto del plazo social.—Sámara,
Guanacaste, veintitrés de febrero del dos mil quince.—Licda. Fabiola López
González, Notaria.—1 vez.—(IN2015013267).
Por escritura
número uno del tomo ocho de mi protocolo, se reformó la junta directiva de: Win
Win Global S. A.—Santo Domingo de Heredia, 20 de febrero del 2015.—Licda.
Ana Militza Salazar Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2015013269).
Por escritura
número uno del tomo ocho de mi protocolo se reformó la junta directiva de Doble
H de Los Lagos S. A.—Santo Domingo de Heredia, 20 de febrero de
2015.—Licda. Ana Militza Salazar Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2015013270).
Mediante
escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 12:30 horas del día 24 de
febrero del 2015, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Varcli
Pinares S. A., cédula jurídica número 3-101-274538, en donde se modifica la
cláusula segunda y se cambia el tesorero, secretario, fiscal.—San José, 24 de
febrero del 2015.—Lic. Juan Carlos Villasuso Morales, Notario.—1
vez.—(IN2015013278).
Por escritura de
protocolización de acta de United Special Service and Company
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos catorce mil
cuatrocientos sesenta y siete, otorgada ante mí, a las quince horas del veinte
de febrero de dos mil quince, se reforman las cláusulas segunda del pacto
constitutivo en cuanto al domicilio, se reforma la cláusula sétima de la
administración y representación judicial y extrajudicial, y se nombra nuevo
secretario.—Lic. Luis Diego Arias Trigo, Notario.—1 vez.—(IN2015013289).
Por medio de
escrituras otorgadas en la ciudad de San José, a las 12:00 y 13:00 horas del 20
de febrero del 2015, se protocolizó actas de la sociedad denominada CC Mal
País Limitada, por medio de la cual se cambia la cláusula quinta y novena
del pacto constitutivo.—Lic. Carlos Alberto Echeverría Alfaro, Notario.—1
vez.—(IN2015013290).
Por medio de
escrituras otorgadas en la ciudad de San José, a las 14:00 y 15:00 horas del 20
de febrero del 2015, se protocolizó actas de la sociedad denominada CC Las
Catalinas Limitada; por medio de la cual se cambia la cláusula quinta y
novena del pacto constitutivo.—Lic. Carlos Alberto Echeverría Alfaro,
Notario.—1 vez.—(IN2015013291).
Ante la notaria
pública, Ofelia Miller Bryan, mediante escritura otorgada a las dieciséis horas
treinta minutos del día dieciocho de febrero del dos mil quince, se constituyó
la sociedad denominada Marovica Sociedad Anónima, con domicilio en
Barrio Santa Eduviges, cantón y distrito primero de la provincia de Limón.
Presidente, Rodrigo Vindas Martínez, cédula siete-ciento trece-quinientos
ochenta y ocho.—Limón, veinticuatro de febrero de dos mil quince.—Licda. Ofelia
Miller Bryan, Notaria.—1 vez.—(IN2015013297).
Ante esta
notaría: se constituyó la sociedad Same Shore Consulting Sociedad Anónima,
con un capital social de doscientos dólares moneda de curso legal de los
Estados Unidos de Norteamérica, representado por diez acciones comunes y
nominativas de veinte dólares cada una, la sociedad será representada por el
presidente y secretario ambos con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma, pudiendo actuar de forma conjunta o separada.—San José, 24 de
febrero del 2015.—Lic. Joan Salazar Garreta, Notario.—1 vez.—(IN2015013298).
Hoy protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Geli General y
Limpieza Sociedad Anónima. Se reforma cláusula quinta.—San José, 23 de
febrero del 2015.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—(IN2015013299).
D. S. Lee Young
Corporations Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-
cuatrocientos treinta y seis mil novecientos ochenta, nombra un nuevo
presidente, secretario, agente residente por el resto del plazo social, además
modifica su domicilio social, el objeto social y la representación legal. Es
todo.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—(IN2015013306).
Mediante
escritura pública otorgada a las ocho horas del día veinticinco de febrero del
dos mil quince, se modifica la cláusula cuarta de la sociedad Transportes
Dirola de Alajuela Sociedad Anónima.—Alajuela, nueve horas del
veinticinco de febrero del dos mil quince.—Licda. Lilliana Soto Chacón,
Notaria.—1 vez.—(IN2015013310).
Ante esta
notaría, se realiza cambio de junta directiva de la sociedad anónima denominada
Espag Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos veintidós mil ciento noventa y uno.—24 de febrero del
2015.—Licda. Wendy Mayela Mora Garro, Notaria.—1 vez.—(IN2015013315).
Inversiones
Midijac Sociedad Anónima, en asamblea general extraordinaria, celebrada el
día 20 de enero del 2015, a las 10:30 horas, modifica la cláusula sexta del
pacto constitutivo y nombra vicepresidente.—Ciudad Neily, 24 de febrero del
2015.—Lic. Luis A. Canales Cortés, Notario.—1 vez.—(IN2015013316).
El suscrito
notario público, Billy Latouche Ortiz, hace constar que en esta notaría, se
disolvieron Constructora Ramírez y Chaverri Sociedad Anónima; Eco-Cabañas
La Selva Sociedad Anónima, Corporación Lapandra Sociedad Anónima. Es
todo. Firmo en Palmar Norte, Osa, Puntarenas, al ser las catorce horas del día
diecisiete de febrero del dos mil quince.—Lic. Billy Latouche Ortiz, Notario.—1
vez.—(IN2015013317).
Flor María
Delgado Zumbado, comunica que ante su notaría se constituyó sociedad anónima
cuya denominación social será Gaby y sus Dos Hijos Sociedad Anónima;
para dedicarse a toda clase de negocio lícito.—Belén, veinticinco de febrero
del dos mil quince.—Lic. Flor María Delgado Zumbado.—1 vez.—Solicitud N°
28321.—(IN2015013319).
Por escritura
otorgada ante este notaría, a las quince horas del día veinte de febrero de dos
mil quince, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Señor y Señora Costa S. A., cédula jurídica 3-101-483686,
en la que se reformó la cláusula sexta del pacto social y se realizaron
nombraron de junta directiva y fiscal.—San José, veinte de febrero de dos mil
quince.—Licda. Priscila Picado Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2015013321).
Por escritura
pública número 265 visible a folio 185V del tomo 1, de la suscrita notaria se
protocolizó acta de asamblea general ordinaria de la Asociación Iglesia
Cristiana de Hatillo, cédula jurídica número 3-002-045880, en la cual se
solicita la reforma parcial de la cláusula sexta de los estatutos.—San José, 25
de febrero del 2015.—Lic. Lucrecia Flaqué Murillo, Notaria.—1 vez.—Solicitud N°
28330.—(IN2014013323).
Protocolización
de acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la
sociedad denominada Redwood del Pacífico Electrical Consulting Limitada,
con cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos diez mil setecientos
cincuenta y ocho, en la cual se acuerda disolver la compañía. Escritura
otorgada en San José, ante el notario público, Sergio Aguiar Montealegre, al
ser las trece horas del veinticuatro de febrero de dos mil quince.—Lic. Sergio
Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(IN2015013324).
Que por escritura
número 190, visible a folio 179 vuelto, se nombró nuevo presidente Las
Brisas de Bahía Ballena Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-333149.
Visible en el tomo 24 del Protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca
Vargas.—Uvita de Osa, a las 08:00 horas del 25 de febrero del 2015.—Lic.
Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Solicitud 28320.— (IN2015013327).
Por escritura
número 154-1 de las ochos horas del trece de febrero del dos mil quince, se
protocolizó acta de asamblea general número 1, modificando la cláusula de
representación de la sociedad Inversiones Hermanos Garend Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-01-297787.—Alajuela, veintitrés de febrero del dos mil
quince.—Lic. Javier Alberto Turcios Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015013330).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Centro
Médico Los Olivos Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil
colones conformados por cien acciones comunes y nominativas, con domicilio
social ubicado en San José, Mora, Ciudad Colón, doscientos cincuenta metros
sur, de la iglesia católica, presidente y secretaria con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, con un plazo social de noventa y
nueve años.—Alajuela, veinticuatro de febrero del dos mil quince.—Lic. Javier
Alberto Turcios Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015013332).
Por escritura
pública número 266 bis visible a folio 188F del tomo 1, de la suscrita notaria
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
Verditica Forestal S.R.L., cédula jurídica número 3-102-164242, en la
cual se solicita la disolución de la empresa.—San José, 25 de febrero del
2015.—Lic. Lucrecia Flaqué Murillo, Notaria.—1 vez.—Solicitud N°
28336.—(IN2015013336).
Por escritura
otorgada ante mí, a las 15 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de 3-102-487535 S.R.L., mediante la
cual se modificó la administración y se nombró nuevo gerente.—San José, 24 de
febrero del 2015.—Lic. Alonso Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
28317.—(IN2015013340).
En esta notaría,
se protocolizó acta modificando el plazo social de la sociedad Physical Care
de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-589454, para que su
vencimiento se lea 19 de diciembre del 2014.—San José, 25 de febrero del
2015.—Lic. Jéssica Pérez Araya, Notaria.—1 vez.—Solicitud N°
28316.—(IN20140133341).
Por escritura
otorgada en San José, a las 20 horas del 24 de febrero de 2015, Círculo
Empresarial Paladio Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
3-101-613379 cambia su domicilio a la provincia de San José, cantón Curridabat,
distrito Sánchez, condominio Monterán, casa 34-1.—San José, 25 de febrero del
2015.—Lic. Monique Azuola Castro, Notaria.—1 vez.—Solicitud N°
28306.—(IN2015013344).
Que por acta de
asamblea general extraordinaria de Sueño de Ballenas S. A., cédula
jurídica 3-101-382508, celebrada en su domicilio social, el 10 de mayo del
2014, se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo y se
nombran nuevos miembros de la junta directiva y agente residente. Es todo.—San
Isidro, Pérez Zeledón, 24 de febrero del 2015.—Lic. Annia Shirley Zúñiga
Méndez, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 28304.—(IN2015013345).
Que por escritura
número 65, de las 9:00 horas del 18 de febrero del 2015, ante el notario, José
Francisco Pereira Torres, se otorgó escritura de modificación de junta
directiva de Condocasa Tres Rioja Sociedad Anónima.—Cartago, 18 de
febrero del 2015.—Lic. José Francisco Pereira Torres, Notario.—1
vez.—(IN2015013346).
El suscrito
notario hace saber al público, que ante sus oficios se otorgó escritura número
4 protocolo 2, de disolución de la sociedad Servicios de Protección Física
S. A., cédula jurídica 3-101-569236.—24 de febrero del 2015.—Lic. José
David Vaquerano Rivera, Notario.—1 vez.—(IN2015013350).
Ante esta notaría
por medio de escritura pública número 33-VI, otorgada en Guanacaste, a las
17:00 horas del 24 de febrero del año 2015, se protocolizó el acta número uno
de la sociedad denominada J & B Patient Services S. A., en la cual
se tomaron los siguientes acuerdos: Primero: Se acuerda modificar la cláusula
segunda del domicilio de la sociedad. Segundo: Se remueven del puesto a
tesorero y fiscal. Tercero: Se nombra en el puesto de tesorero a Enid Isabel
Zúñiga Campos y a Tatiana Isabel Rojas Zúñiga en el puesto de
Fiscal.—Guanacaste, 24 de febrero del 2015.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1
vez.—Solicitud N° 28303.—(IN2015013352).
Acta constitutiva
de la sociedad Go Green Sociedad Anónima, constituida mediante escritura
pública, sesenta y cinco, otorgada a las dieciséis horas del día treinta de
enero del dos mil quince, visible a folios treinta y tres frente del tomo
veintitrés de la notaria Tatiana Camacho Acosta, carné diez mil treinta y
uno.—Heredia, 30 de enero del 2015.—Lic. Tatiana Camacho Acosta, Notaria.—1
vez.—(IN2015013353).
Por escritura otorgada, a las
11:00 horas del 21 de febrero del año 2015, se constituyó la sociedad Quixote
Marketing Group Sociedad Anónima, capital social 100.000 colones.
Plazo 99 años. Presidente y secretario con facultades de apoderados
generalísimo sin límite de suma actuando conjuntamente.—San José, 21 de febrero
del año 2015.—Lic. Carlos Enrique López Baltodano, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
28302.—(IN2015013354).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09
horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Jungle Republic DCR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2014008887.—(IN2015013356).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15
horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Accredited Management Services Limitada.—San José, 18 de
diciembre del 2014.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1
vez.—CE2014008888.—(IN2015013357).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12
horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Proyectos Verdes de Coto Brus Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de diciembre del 2014.—Licda. Marianela Carvajal
Carvajal, Notaria.—1 vez.—CE2014008889.—(IN2015013358).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15
horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Affiliated Central Management Services Limitada.—San José, 18
de diciembre del 2014.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1
vez.—CE2014008890.—(IN2015013359).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13
horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Minacokito Sociedad Anónima.—San José, 18 de diciembre del
2014.—Licda. Gloriana Arias Mora, Notaria.—1 vez.—CE2014008891.—(IN2015013360).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15
horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Central Global Management Services Limitada.—San José, 18 de
diciembre del 2014.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—CE2014008892.—(IN2015013361).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 00
horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Corporación Santi Barbieri Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Javier Alfaro Blanco, Notario.—1
vez.—CE2014008893.—(IN2015013362).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15
horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Tres H Sociedad Anónima.—San José, 18 de diciembre del
2014.—Licda. Cristina Roper Williams, Notaria.—1
vez.—CE2014008894.—(IN2015013363).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15
horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Trans Marketing Limitada.—San José, 18 de diciembre del
2014.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—CE2014008895.—(IN2015013364).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09
horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Infinito Versol Sociedad Anónima.—San José, 18 de diciembre
del 2014.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1
vez.—CE2014008896.—(IN2015013365).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16
horas 30 minutos del 05 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Discover VIP Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 18 de
diciembre del 2014.—Lic. Jorge Hernández Calvo, Notario.—1
vez.—CE2014008897.—(IN2015013366).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14
horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Development & Hub Consulting Firm Sociedad Anónima.—San
José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Augusto Ronney Arce Marín, Notario.—1
vez.—CE2014008898.—(IN2015013367).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 20 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Comercial UK Sociedad Anónima.—San José, 18 de
diciembre del 2014.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—CE2014008899.—(IN2015013368).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 16 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Manolos Valverde CIA Constructora Sociedad Anónima.—San
José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Yeudi Aguirre Aguirre, Notario.—1
vez.—CE2014008900.—(IN2015013369).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 12 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Lilium Flor de Paz Sociedad Anónima.—San José, 18 de
diciembre del 2014.—Lic. José Andrés Masis Calvo, Notario.—1
vez.—CE2014008901.—(IN2015013370).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 16 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Fasi Consultores S.A Sociedad Anónima.—San José, 18
de diciembre del 2014.—Lic. Juan Carlos Castillo Quirós, Notario.—1
vez.—CE2014008902.—(IN2015013371).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 19 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Baret Solar Sociedad Anónima.—San José, 18 de
diciembre del 2014.—Licda. Ana Yancy Fuentes Porras, Notaria.—1
vez.—CE2014008903.—(IN2015013372).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Indecomm Global Services Sociedad Anónima Sociedad
Anónima.—San José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Roberto José Esquivel
Cerdas, Notario.—1 vez.—CE2014008904.—(IN2015013373).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 12 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Hacienda Cuatro Jotas T Wong Sociedad Anónima.—San
José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Rafael Medaglia Gómez, Notario.—1
vez.—CE2014008905.—(IN2015013374).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Geobunker: Bio-Arquitectura, Bio-Construcción y
Resistencia Antisísmica Sociedad Anónima.—San José, 18 de diciembre del
2014.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2014008906.—(IN2015013375).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 10 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Photo Flair Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Eitel Eduardo Álvarez Ulate, Notario.—1
vez.—CE2014008907.—(IN2015013376).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 10 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Compañía Inversora Energía del Plata Sociedad Anónima.—San
José, 18 de diciembre del 2014.—Lic. Álvaro Enrique Leiva Escalante, Notario.—1
vez.—CE2014008908.—(IN2015013377).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Luxcos Universe Sociedad Anónima.—San José, 18 de
diciembre del 2014.—Lic. Marvin Alberto Céspedes Méndez, Notario.—1
vez.—CE2014008909.—(IN2015013378).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 17 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada CR Villas Ocotal Limitada.—San José, 18 de diciembre
del 2014.—Lic. Alan Garro Navarro, Notario.—1
vez.—CE2014008910.—(IN2015013379).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 30 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada La Villa de las Carnes Sociedad Anónima.—San José,
18 de diciembre del 2014.—Lic. Roberto Villegas Espinoza, Notario.—1
vez.—CE2014008911.—(IN2015013380).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 15 horas 45 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Energit Holding Sociedad Anónima.—San José, 18 de
diciembre del 2014.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1
vez.—CE2014008912.—(IN2015013381).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 17 horas 00 minutos del 01 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Hermanchia los Chompis Sociedad Anónima.—San José,
18 de diciembre del 2014.—Lic. Gabriel Andrés Segura Corrales, Notario.—1
vez.—CE2014008913.—(IN2015013382).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 15 minutos del 14 de noviembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Costa Rican Public Administration and Public Policy
Program CRPAPPP Sociedad Anónima.—San José, 18 de diciembre del 2014.—Lic.
Adrián Alberto Quesada Arias, Notario.—1 vez.—CE2014008914.—(IN2015013383).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 13 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Gonzhida Sociedad Anónima.—San José, 18 de diciembre
del 2014.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2014008915.—(IN2015013384).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 19 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Conexión Logística Centroamericana Sociedad Anónima.—San
José, 18 de diciembre del 2014.—Licda. Ana Grettel Chaves Loria, Notaria.—1
vez.—CE2014008916.—(IN2015013385).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 15 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Jiménez Asesores Sociedad Anónima.—San José, 18 de
diciembre del 2014.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1
vez.—CE2014008917.—(IN2015013386).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 15 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Supepa Sociedad Anónima.—San José, 18 de diciembre del
2014.—Lic. José Gabriel Jerez Cerda, Notario.—1
vez.—CE2014008918.—(IN2015013387).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 14 horas 00 minutos del 12 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada El Cuchillo Veinticuatro Sociedad Anónima.—San José,
18 de diciembre del 2014.—Lic. Vianney Saborío Hernández, Notario.—1
vez.—CE2014008919.—(IN2015013388).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 16 horas 00 minutos del 20 de noviembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Chávez & Soto Sociedad Anónima.—San José, 18 de
diciembre del 2014.—Lic. Luis Diego Salazar Gonzalo, Notario.—1
vez.—CE2014008920.—(IN2015013389).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00
minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Séptima
Inv Corp Sociedad Anónima.—San José, 19 de diciembre del 2014.—Lic.
Fernando José Solano Rojas, Notario.—1 vez.—CE2014008921.—(IN2015013390).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 19 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Gamma Holdings Sociedad Anónima.—San José, 19 de
diciembre del 2014.—Licda. Andrea Ovares López, Notaria.—1
vez.—CE2014008922.—(IN2015013391).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 16 horas 30 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Fashion Secret Sociedad Anónima.—San José, 19 de
diciembre del 2014.—Lic. Alberto Baraquiso Leitón, Notario.—1
vez.—CE2014008923.—(IN2015013392).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 10 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Smart Apps Consultores Sociedad Anónima.—San José,
19 de diciembre del 2014.—Lic. Belisario Antonio Solano Solano, Notario.—1
vez.—CE2014008924.—(IN2015013393).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Yurmi Sociedad Anónima.—San José, 19 de diciembre
del 2014.—Licda. Heleen Villalobos Brenes, Notaria.—1
vez.—CE2014008925.—(IN2015013394).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 19 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada R & C de la Costa Azul LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de diciembre del 2014.—Lic. José
Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—CE2014008926.—(IN2015013395).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Eye Sociedad Anónima.—San José, 19 de diciembre del
2014.—Licda. Heleen Villalobos Brenes, Notaria.—1
vez.—CE2014008927.—(IN2015013396).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 12 horas 30 minutos del 08 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Consolid Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 19
de diciembre del 2014.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2014008928.—(IN2015013397).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 15 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Huaca Finca Sociedad Anónima.—San José, 19 de
diciembre del 2014.—Lic. Alonso Vargas Araya, Notario.—1
vez.—CE2014008929.—(IN2015013398).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 18 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Giga Tech Solutions G & G Sociedad Anónima.—San
José, 19 de diciembre del 2014.—Licda. Christy Alejandra Martínez Carvajal,
Notaria.—1 vez.—CE2014008930.—(IN2015013399).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada RLA Sociedad Anónima.—San José, 19 de diciembre del
2014.—Licda. Heleen Villalobos Brenes, Notaria.—1
vez.—CE2014008931.—(IN2015013400).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 18 horas 30 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Wecfa Constructora Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de diciembre del 2014.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2014008932.—(IN2015013401).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 00 minutos del 19 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Liatifar del Oeste Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de diciembre del 2014.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1
vez.—CE2014008933.—(IN2015013402).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 10 horas 00 minutos del 19 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Silk Turquesa Limitada Limitada.—San José, 19 de
diciembre del 2014.—Lic. Carlos Alberto Riba Gutiérrez, Notario.—1
vez.—CE2014008934.—(IN2015013403).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 18 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Reniva Sociedad Anónima.—San José, 19 de diciembre
del 2014.—Lic. Pablo Eliecer Valerio Soto, Notario.—1
vez.—CE2014008935.—(IN2015013404).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 30 minutos del 19 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Decolor Diseño Interiores Sociedad Anónima.—San
José, 19 de diciembre del 2014.—Lic. Manuel Antonio Vílchez Campos, Notario.—1
vez.—CE2014008936.—(IN2015013405).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 07 horas 15 minutos del 19 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Grupo de Agricultores y Cafetaleros Unidos los Criques
Sociedad Anónima.—San José, 19 de diciembre del 2014.—Lic. Mayling Quirós
Barquero, Notario.—1 vez.—CE2014008937.—(IN2015013406).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, de las dieciséis horas del veintitrés de
febrero del año dos mil quince, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria número uno de la sociedad Soda y Souvenirs El Jardín Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos noventa y siete mil
cero veintinueve, la cual modificó la cláusula novena del estatuto constitutivo
de dicha sociedad, acordando que la representación legal, judicial y
extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, estará
a cargo del presidente, el secretario y el tesorero, quienes podrán actuar
conjunta o separadamente.—San Ramón, Alajuela, martes 24 de febrero de
2015.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
28300.—(IN2015013409).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00
minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada AA
JJ Internacional Sociedad Anónima.—San José, 19 de diciembre del 2014.—Lic.
Carlos Eduardo Gutiérrez Monge, Notario.—1 vez.—CE2014008938.—(IN2015013407).
Por asamblea
general de socios se modificó el acta constitutiva de la sociedad denominada TRES-CIENTO
UNO-QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS S. A.,
presidenta Ana Gabriela Meneses Gómez.—Cartago 19 de febrero del 2015.—Lic.
Eduardo Cortés Morales, Notario.—1 vez.—(IN2015013410).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las 7:00 horas del 23 de febrero del 2015, se
protocolizó acta de asamblea de socios de Despacho Lara Eduarte S.C.,
mediante la cual se transforma en sociedad anónima, se nombra junta directiva y
fiscal.—San José, 23 de febrero del 2015.—Lic. Heidel Sequeira Guzmán,
Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 28290.—(IN2015013411).
Por escritura
147-10 de las 13:00 horas del 24 de
febrero de 2015, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de socios de Agropecuaria Siles y Núñez S. A., cédula jurídica
3101139417. Se acuerda modificar junta
directiva del pacto constitutivo y se hace nuevos nombramientos.—Lic. Ricardo
Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 28291.—(IN2015013412).
Asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Comercio Electrónico de Costa
Rica CR CR Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres uno
cero uno dos cinco tres cinco tres tres, celebrada en su domicilio social, La
Uruca, del Taller Vargas Matamoros; cien metros al norte, a las quince horas
del trece de febrero del dos mil quince, con la asistencia de la totalidad del
capital social, motivo por el cual se prescinde del trámite de convocatoria
previa, se toman los siguientes acuerdos. Primero: Se acuerda modificar la
cláusula primera del pacto constitutivo de la empresa. Como consecuencia de lo
anterior, la cláusula primera del pacto constitutivo se leerá así: Primero la
sociedad se denominará Ripe Holding Sociedad Anónima, que es nombre de
fantasía y se puede abreviar a Ripe Holding S. A. Segundo: Se acuerda
remover de su cargo al actual fiscal y en sustitución se nombra al señor John
Henry Maduro; de un solo apellido en razón de su nacionalidad holandesa,
médico, casado una vez, con número de pasaporte de su país NM cuatro LD cuatro
ocho cero siete, el aquí nombrado se encuentra presente por lo que en este
mismo acto acepta su respectivo cargo y entra en posesión del mismo.—Lic.
Shirley Quirós Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2015013413).
Por escritura
145-10 de las 12:00 horas del 24 de febrero de 2015, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de Puntadas Damaris S. A,
cédula jurídica 3101183370. Se acuerda modificar domicilio y junta directiva
del pacto constitutivo del domicilio.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1
vez.—Solicitud N° 28289.—(IN2015013414).
Ante esta notaria
por medio de escritura pública número 31-VI, otorgada en Guanacaste a las 14:00
horas del 24 de febrero del 2015, se protocolizó el acta número uno de la
sociedad denominada Key Double You S. A., en la cual se tomaron los
siguientes acuerdos: Primero: Se Acordó reformar la cláusula sexta del pacto
constitutivo.—Guanacaste, 24 de febrero del 2015.—Lic. Laura Coto Rojas,
Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 28283.—(IN2015013416).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas del 9 de febrero del 2015,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Aguas-Doce Mil Ochocientos Cincuenta del Mediterráneo Sociedad
Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula primera, cambiando su
razón social a Colorlab Sociedad Anónima, además se removió de su cargo
al actual secretario nombrándose en su lugar a Ana Lucía Bolaños González,
quien aceptó el cargo.—San José, 24 de febrero del 2015.—Lic. Fernando Vega
Montero, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 28282.—(IN2015013418).
En esta notaría,
a las 10:00 horas del 2 de febrero del 2015, mediante escritura número 84 del
tomo 6, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de 3-101-669045
S. A. cédula jurídica número 3-101-669045, en la cual se acuerda nombrar
nueva junta directiva y fiscal; así como modificar el domicilio social de la
compañía.—San Lorenzo de Flores, 24 de febrero del 2015.—Lic. Max Alonso Víquez
García, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 28276.—(IN2015013419).
Que por escritura
número 188, visible a folio 178 vuelto, se acordó disolver la empresa Peña
Santa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-257459. Visible en el tomo 24
del protocolo del suscrito notario público, el motivo de este edicto es la
disolución de la empresa indicada.—Uvita de Osa, a las 12:00 horas del 24 de
febrero del 2015.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
28246.—(IN2015013421).
Por escritura Nº
44 otorgada a las 8:00 horas del día 24 de febrero del 2014, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones Pecasa Sociedad
Anónima, donde se reformó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2015013435).
Mediante
escritura número treinta y nueve de las quince horas del veinticinco de
noviembre del año dos mil trece, visible a folio veinticuatro frente y vuelto
del tomo quinto del protocolo del notario, Rodrigo Rojas Brenes, se protocoliza
acta de asamblea extraordinaria de socios número uno de la entidad denominada Geosofar
Sociedad Anónima, con cédula de personería jurídica tres-ciento
uno-doscientos cincuenta y dos mil cuatrocientos cincuenta y cuatro, la cual en
su acuerdo primero procede a reformar la cláusula quinta del pacto constitutivo
para que en lo sucesivo diga de la siguiente forma: Quinta: La sociedad será
administrada por una junta directiva compuesta por cuatro miembros quienes se
denominarán presidenta, vicepresidenta, tesorera y secretaria, todas durarán en
sus cargos todo el plazo de la sociedad. En todo caso estos nombramientos
podrán ser revocados por simple mayoría de votos. La presidenta y
vicepresidenta tendrán la representación judicial y extrajudicial con
facultades de apoderadas generalísimas sin límite de suma, de conformidad con
lo que señala el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil,
pudiendo a los efectos actuar conjunta o separadamente.—Lic. Rodrigo Rojas
Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2015013437).
En esta notaría
mediante escritura pública número 001-29, otorgada en San Isidro de Heredia a
las 8:00 horas del 21 de febrero del 2015, se reformaron las cláusula 1. 2. 4.
y 6 del acta constitutiva de la sociedad Cueros Colombianos Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número 3-101-660745, y se nombró nueva junta
directiva y fiscal.—Lic. Iván Villalobos Ramírez, Notario.—1
vez.—(IN2015013440).
Ante esta
notaría, han comparecido los socios para disolver la sociedad Sarabi
Banecheren S. A., cédula jurídica 3-101-648036. Es todo.—Heredia, 25 de
febrero del 2015.—Lic. Mauricio Bolaños Delgado, Notario.—1
vez.—(IN2015013441).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las diez horas del veinticinco de febrero del dos
mil quince, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Universidad Politécnica Internacional UPI
Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman cláusulas segunda y sexta,
se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José,
veinticinco de febrero del dos mil quince.—Lic. Raymundo José Macis Delgado,
Notario.—1 vez.—(IN2015013478).
Mediante asamblea
general extraordinaria de Ultra Ever Dry Costa Rica S. A., celebrada en
sus oficinas, a las 7:00 horas del 25 de febrero del 2015, se reforma la
cláusula primera del pacto constitutivo referente a la razón social y se cambia
para que la sociedad se denomine Nanotec Costa Rica Sociedad Anónima.—Grecia,
a las 9:00 horas del 25 de febrero del 2015.—Alfonso Segura Fernández,
Notario.—1 vez.—(IN2015013479).
Por escritura
otorgada a las 9:00 horas de hoy, protocolizo acta de la compañía de este
domicilio, Invexco S. A., reformando cláusulas segunda y quinta
del pacto social.—San José, 23 de febrero del 2015.—Lic. Juan José Rímolo
Bolaños, Notario.—1 vez.—(IN2015013481).
Por escritura
otorgada a las 8:00 horas de hoy, protocolizo acta de la compañía de este
domicilio, Molonitz S. A., reformando cláusulas segunda y quinta del
pacto social.—San José, 23 de febrero del 2015.—Lic. Juan José Rímolo Bolaños,
Notario.—1 vez.—(IN2015013482).
Por escritura
otorgada a las quince horas del día de hoy, ante el notario Randall Salas
Alvarado, se constituyó la sociedad Comercializadora Akita Sociedad Anónima.
Plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José veinte de
febrero del dos mil quince.—Lic. Randall Salas Alvarado, Notario.—1
vez.—(IN2015013484).
Por escritura
otorgada ante mí, a las 12:00 horas del 27 de enero del 2015, se constituyó la
sociedad Sumariz V & B Sociedad Anónima, con capital social
totalmente suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 27 de enero del 2015.—Lic. Evelyn
Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2015013486).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del 25 de febrero del 2015, se
constituye la sociedad El Cañón de Bryce S. A. El presidente será
el apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social totalmente
suscrito y pagado.—Lic. Piero Gervasoni Brugiotti, Notario.—1
vez.—(IN2015013488).
Por escritura
otorgada por el suscrito notario Adrián Lizano Pacheco; a las 12:00 del día 24
de febrero del 2015, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Azul Silvestre Lafa de Tamarindo S.
A., en la cual se reforman la cláusula segunda y la cláusula sexta del
pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 24 de febrero del 2015.—Lic.
Adrián Lizano Pacheco, Notario.—1 vez.—(IN2015013491).
Café Java El Coco
S. A., cédula 3-101-647988, anuncia que se modificó la cláusula sexta
referente a la administración. Es todo—Lic. Andrés Villalobos Araya, Notario.—1
vez.—(IN2015013492).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 17 horas 04 minutos del 10 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Dacar Automotriz del Este Sociedad Anónima.—San
José, 19 de diciembre del 2014.—Licda. Vera Violeta Salazar Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2014008939.—(IN2015013494).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 30 minutos del 19 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Aldebarán
Brands Sociedad Anónima.—San José, 19 de diciembre del 2014.—Lic. Edgardo
Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2014008940.—(IN2015013495).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Helical Piles Sociedad Anónima.—San José, 19 de
diciembre del 2014.—Licda. Cinthya Calderón Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2014008941.—(IN2015013496).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada Transaction American Marketing Limitada.—San
José, 19 de diciembre del 2014.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1
vez.—CE2014008942.—(IN2015013497).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16
horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Asesores Fasi S.A Sociedad Anónima.—San José, 19 de diciembre
del 2014.—Lic. Juan Carlos Castillo Quirós, Notario.—1 vez.—CE2014008943.—(IN2015013498).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11
horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Lomas Verdes de Alto Villegas Sociedad Anónima.—San José, 19
de diciembre del 2014.—Lic. Sergio Vargas López, Notario.—1
vez.—CE2014008944.—(IN2015013499).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08
horas 00 minutos del 19 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Chriseri Sociedad Anónima.—San José, 19 de diciembre del
2014.—Lic. Jorge Arturo Granados Moreno, Notario.—1
vez.—CE2014008945.—(IN2015013500).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 15 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Soporte Crítico Internacional SCI Sociedad Anónima.—San
José, 19 de diciembre del 2014.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1
vez.—CE2014008946.—(IN2015013501).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 18 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Brecas Sociedad Anónima.—San José, 19 de diciembre
del 2014.—Licda. Elive Estela Muñoz Villafuerte, Notaria.—1
vez.—CE2014008947.—(IN2015013502).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Indecomm Global Services Sociedad Anónima.—San José,
19 de diciembre del 2014.—Lic. Roberto José Esquivel Cerdas, Notario.—1
vez.—CE2014008948.—(IN2015013503).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 30 minutos del 17 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Celang Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de diciembre del 2014.—Licda. Heleen Villalobos
Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2014008949.—(IN2015013504).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 45 minutos del 12 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada IWG Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 19 de
diciembre del 2014.—Licda. Ihara Suleyka González Medina, Notaria.—1
vez.—CE2014008950.—(IN2015013505).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 30 minutos del 19 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada F & M & Exporters Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de diciembre del 2014.—Licda. Raquel Núñez González,
Notaria.—1 vez.—CE2014008951.—(IN2015013506).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Yurmi Uno Sociedad Anónima.—San José, 19 de
diciembre del 2014.—Licda. Heleen Villalobos Brenes, Notaria.—1
vez.—CE2014008952.—(IN2015013507).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 19 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Asesorías en la Prescripción del Entrenamiento Fsico
para la Salud, Deporte y Afines Sociedad Anónima.—San José, 19 de Diciembre
del 2014.—Licda. Vera Violeta Salazar Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2014008953.—(IN2015013508).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 13 horas 35 minutos del 12 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Sago Ocho Sociedad Anónima.—San José, 19 de
diciembre del 2014.—Licda. Ihara Suleyka González Medina, Notaria.—1
vez.—CE2014008954.—(IN2015013509).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 14 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Uvita Private Chef and Catering Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de diciembre del 2014.—Lic. Owen
Amen Montero, Notario.—1 vez.—CE2014008955.—(IN2015013510).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 12 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2011, se constituyó la
sociedad denominada RDS Three-A Lot Twelve in Tambor Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de diciembre del 2014.—Licda. Isabel
María Vásquez Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2014008956.—(IN2015013511).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 45 minutos del 19 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Arguedas Zeledón Sociedad Anónima.—San
José, 19 de diciembre del 2014.—Licda. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1
vez.—CE2014008957.—(IN2015013512).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Comercios del Valle S.U.R Convasur Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de diciembre del 2014.—Licda.
Marcela Vargas Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2014008958.—(IN2015013513).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 10 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Daikokuten Inversiones Corporativas Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de diciembre del 2014.—Lic. Mauricio
Quirós González, Notario.—1 vez.—CE2014008959.—(IN2015013514).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 15 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Los Hijos Gringos Limitada.—San José, 19 de diciembre del
2014.—Licda. Silvia Vega Carballo, Notaria.—1
vez.—CE2014008960.—(IN2015013515).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Eye Ben Sociedad Anónima.—San José, 19 de diciembre
del 2014.—Licda. Heleen Villalobos Brenes, Notaria.—1
vez.—CE2014008961.—(IN2015013516).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 13 horas 00 minutos del 19 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada CR Soluciones Infinitas Sociedad Anónima.—San José,
19 de diciembre del 2014.—Licda. Cinthya Calderón Rodríguez, Notaria.—1
vez.—CE2014008962.—(IN2015013517).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 16 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada El Cru de los Tres Sociedad Anónima.—San José, 19 de
diciembre del 2014.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1
vez.—CE2014008963.—(IN2015013518).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 14 horas 00 minutos del 19 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Producciones Blancas Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de diciembre del 2014.—Lic. Jorge Arturo Granados
Moreno, Notario.—1 vez.—CE2014008964.—(IN2015013519).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10
horas 00 minutos del 19 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Ingeniería y Laboratorio Balgon Sociedad Anónima.—San José,
19 de diciembre del 2014.—Lic. Eladio González Solís, Notario.—1
vez.—CE2014008965.—(IN2015013520).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 10 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Intex MYC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de diciembre del 2014.—Lic. Kerby Alfonso Rojas Alfaro, Notario.—1
vez.—CE2014008966.—(IN2015013521).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 07 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada M&S Diagnóstico por Imágenes Sociedad Anónima.—San
José, 19 de diciembre del 2014.—Licda. Magally Herrera Jiménez, Notaria.—1
vez.—CE2014008967.—(IN2015013522).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08
horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Crisantemo de Heredia Sociedad Anónima.—San José, 22 de
diciembre del 2014.—Licda. Carolina Mora Solano, Notaria.—1
vez.—CE2014008968.—(IN2015013523).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2014, se constituyó
la sociedad denominada RLA Saba Sociedad Anónima.—San José, 22 de
diciembre del 2014.—Licda. Heleen Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2014008969.—(IN2015013524).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 14 horas 00 minutos del 09 de agosto del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones las Ventosas Sociedad Anónima.—San José,
22 de diciembre del 2014.—Lic. José Huber Fernández Aguilar Otario, Notaria.—1
vez.—CE2014008970.—(IN2015013525).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Monte Sión Sociedad Anónima.—San José,
22 de diciembre del 2014.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1
vez.—CE2014008971.—(IN2015013526).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a
las 19 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Club de Vecinos de Tierra Pacífica Sociedad Anónima.—San
José, 22 de diciembre del 2014.—Lic. Gerardo Constantino Sibaja Álvarez,
Notario.—1 vez.—CE2014008972.—(IN2015013527).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Ataeca Ataúdes Ecológicos del Caribe Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de diciembre del 2014.—Licda. Ofelia
Jiménez Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2014008973.—(IN2015013528).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15
horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad
denominada Agro López y Núñez Osa Sociedad Anónima.—San José, 22 de
diciembre del 2014.—Lic. Minor Zamora Castellón, Notario.—1
vez.—CE2014008974.—(IN2015013529).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Ink Jet Limitada.—San José, 22 de diciembre del
2014.—Lic. Mario Alonso Arias Agüero, Notario.—1
vez.—CE2014008975.—(IN2015013530).
Mediante
escritura autorizada por mí, a las trece horas del veinticinco de febrero del
dos mil quince, se modificó la cláusula novena de la administración de la
sociedad Earcandling Mothers Organization S. A.—San José, veinticinco de
febrero del dos mil quince.—Lic. Gabriela Barrantes Alpízar, Notaria.—1
vez.—(IN2015013534).
El suscrito, Luis
Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José,
hago constar que el día veinte de febrero del dos mil quince, protocolicé acta
de la empresa Desarrolladora Barreal de Heredia D.B.H. S. A.,
en la cual se modifica disminuye el capital social de la compra.—San José,
veinticinco de febrero del dos mil quince.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez,
Notario.—1 vez.—(IN2015013535).
Mediante
escritura autorizada por mí, a las doce horas del veinticinco de febrero del
dos mil quince, se modificó la cláusula novena de la administración de la
sociedad Harmony Cone S.A.—San José, veinticinco de febrero del dos mil
quince.—Lic. Gabriela Barrantes Alpízar, Notaria.—1 vez.—(IN2015013536).
Por escritura
número veintiséis del tomo seis del protocolo del suscrito notario, otorgada a
las 17:00 horas del 16 de febrero del 2015, protocolicé acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria Octo S. A., reforma la cláusula
sétima del pacto y nuevos nombramientos.—San José, dieciséis de febrero del dos
mil quince.—Lic. Luis Antonio Solazar Villalobos, Notario.—1
vez.—(IN2015013537).
Ante mí, José
Antonio Aiza Juárez, notario con oficina abierta en la ciudad de Nicoya,
setenta y cinco metros al oeste, de Radio Sistema Cultural Nicoyano, la
sociedad denominada Fjji de Nicoya Sociedad Anónima, reformó la
cláusula cuarta del pacto constitutivo.—Nicoya, Guanacaste, veinticinco de
febrero del dos mil quince.—Lic. José Antonio Aiza Juárez, Notario.—1
vez.—(IN2015013538).
El suscrito notario público,
Ricardo Vargas Guerrero; con oficina en Guanacaste, Playas del Coco, hace
constar que se revocó el nombramiento del secretario y se modificaron los
poderes en el pacto constitutivo de la sociedad denominada Coco Plaza
Dieciséis Q R Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cuatro cinco ocho seis uno dos, mediante la escritura otorgada
en Guanacaste, Playas del Coco; a las diez horas con quince minutos del cinco
de febrero dos mil quince, escritura número ciento ochenta y tres, iniciada al
folio ciento veintinueve vuelto del tomo sétimo de mi protocolo. Es
todo.—Playas del Coco, diez horas del veinticuatro de febrero del dos mil
quince.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—(IN2015013540).
Mediante escritura 221 otorgada
ante esta notaria, a las 7:00 horas del 26 de febrero de 2015 se acuerda
nombrar junta directiva de la asociación Vida Abundante del Sur VAS,
periodo del 1° de diciembre del 2014 al 30 de noviembre del 2016.—San José, 26
de febrero de 2015.—Licda. Paola Vargas Castillo, Notaria.—1 vez.—Solicitud N°
28355.—(IN2015013557).
Rodolfo Enrique Pacheco Domínguez;
cédula 9-0012-0051, en representación de
Inversiones Pacdom S. A., cédula jurídica 3-101-92975, solicita la
reposición de los siguientes libros legales: registro de socios, y actas de
asambleas de junta directiva, por haberse extraviado los mismos.—San José, 9 de
diciembre del 2014.—Lic. Rodolfo Enrique Pacheco Domínguez, Notario.—1
vez.—(IN2015013558).
Yo protocolicé acuerdos de la sociedad
Costa Esterillos Estates Membrillo Doscientos S. A., se modifican la
cláusulas de administración y domicilio del pacto social. Es todo.—San José,
veinticinco de febrero de dos mil quince.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez
Fernández, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 28353.—(IN2015013559).
Por escritura número doscientos
treinta y tres, ante este notario se cambió el nombre de la sociedad llamada Q&C Dos Mil Asesores Independientes
Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-trescientos treinta mil
quinientos veintisiete por Integral Consultoría en Gestión Empresarial
Sociedad Anónima.—Cartago, 25 de febrero del 2015.—Lic. Esteban Martínez
Fuentes, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 28341.—(IN2015013561).
Por escritura
otorgada ante el notario público, Óscar Luis Trejos Antillon; número 43 del
tomo 16, de las 20:00 horas del día 25 del mes de febrero del 2015, se
protocoliza la asamblea de socios de la
sociedad denominada Inversiones Sauma Esquivel S. A., donde se nombra
junta directiva y fiscal y se modifica el domicilio.—San José, 26 de febrero
del 2015.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillon, Notario.—1 vez.—(IN2015013566).
Mediante
escritura pública número ciento cincuenta y uno protocolicé un acta de asamblea
general extraordinaria de socios de Corporación Miwi S. A.—Naranjo,
diecinueve de febrero del dos mil quince.—Lic. Analive Matamoros López,
Notaria.—1 vez.—(IN2015013567).
Por escritura
de esta notaría el día de hoy, se ha reformado el pacto constitutivo de
la sociedad denominada Cathay Leasing S. A., se modifica la cláusula
cuarta objeto social.—San José, veintitrés de febrero del dos mil quince.—Lic.
Gerardo Sibaja Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2015013572).
Ante este
notario, mediante escritura número cuarenta y cuatro de las ocho horas del
veinticinco de febrero del dos mil quince, se modificó la cláusula del plazo de
la sociedad denominada Inversiones Maypic Sociedad Anónima, con cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-cero seis cinco siete ocho tres. Es
todo. San José.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—(IN2015013582).
Mediante
escritura ante mí otorgada en San José, a las diez horas del veintiuno de febrero
del dos mil quince, se constituyó Gracias a Dios Número Tres S. A. El
capital social se pagó en dólares.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1
vez.—(IN2015013586).
Hoy he
protocolizado acuerdos de la sociedad Cesa Tecnología S. A., por la que
se modifica la cláusula primera de la razón social.—San José, 25 de febrero del
2015.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—(IN2015013587).
Mediante
escritura autorizada por mí, a las trece horas del veinticinco de febrero del
dos mil quince, se modificó la cláusula novena de la administración de la
sociedad AACE Angelics, Aquaponics, Carpentry and Education S. A.—San
José, veinticinco de febrero del dos mil quince.—Lic. Gabriela Barrantes
Alpízar, Notaria.—1 vez.—(IN2015013592).
Mediante
escritura otorgada a las nueve horas del veinte de febrero del dos mil quince,
se realizó protocolización de acta de disolución de la sociedad de esta plaza J
J Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2015.—Lic.
Gloriana Vicarioli Guier, Notaria.—1 vez.—(IN2015013597).
Por escritura
otorgada en esta notaría, a las 17:00 horas del día 30 de enero del dos mil
quince, se protocolizó acta de Santiago El Mayor S. A., mediante
la cual se disuelve la sociedad.—San José, veinticuatro de febrero del dos mil
quince.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—(IN2015013608).
Por escritura
otorgada en esta notaría, a las 16:00 horas del día 30 de enero del dos mil
quince, se protocolizó acta de Los Arcángeles de San Miguel S. A.,
mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, veinticuatro de febrero del
dos mil quince.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1
vez.—(IN2015013610).
Por escritura
otorgada en esta notaría, a las 10:00 horas del día 23 de febrero del dos mil
quince, se protocolizó acta de tres-ciento uno-quinientos noventa y dos mil
novecientos veintiséis s. a., mediante la cual se modifica la
cláusula quinta del capital y se nombra presidente.—San José, veinticinco de
febrero del dos mil trece.—Lic. Francisco José Rucavado Luque, Notario.—1
vez.—(IN2015013612).
Por escritura
otorgada ante mí, la sociedad Juyoluma Sociedad Anónima, reforman las
cláusulas quinta y sexta del pacto constitutivo.—San José, veinticinco de
febrero del dos mil quince.—Lic. Roberto Sossa Sandí, Notario.—1 vez.—(IN2015013613).
Yo, Mario Alberto
Mesén Araya, protocolizo acta número tres de asamblea general extraordinaria de
socios de Opti Salud Veinte Veinte S. A., cédula jurídica 3-101-661780,
se reforma cláusula sexta y se nombra tesorero. Escritura número 314, tomo 37
del 10 de julio del 2014, del suscrito notario.—San José, 10 de julio del
2014.—Lic. Mario Alberto Mesén Araya, Notario.—1 vez.—(IN2015013624).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día veinticuatro de
febrero del 2015, en el protocolo de la suscrita notaria, Carolina Barrantes
Jiménez, escritura número diez del protocolo 90 a las dieciséis horas se
constituyó la sociedad Wipasol Sociedad Anónima.—Santa Rosa, Pocosol,
veinticuatro de febrero del dos mil quince.—Lic. Carolina Barrantes Jiménez,
Notaria.—1 vez.—(IN2015013628).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día veinte de febrero del mes
de febrero del año en curso, se modifica la cláusula vigésima de los estatutos
de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos noventa mil ciento treinta y tres
sociedad anónima.—San José, 20 de febrero del 2015.—Lic. Juan Carlos
Hernández Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2015013634).
Ante mí, Ángel
Torres Bravo, notario público con oficina en Cartago, mediante escritura otorgada
a las diez horas del veintitrés de febrero del dos mil quince, se constituyó la
sociedad de esta plaza Autos La Unión de Costa Rica Sociedad Anónima.—Cartago,
a las nueve horas del veinticuatro de febrero del dos mil quince.—Lic. Ángel
Torres Bravo, Notario.—1 vez.—(IN2015013641).
Ante esta
notaría, mediante escritura doscientos sesenta y siete-tomo dos, de las
diecisiete horas del veintiocho de noviembre del dos mil catorce, se
protocolizan las actas de las asambleas extraordinarias de las sociedades denominadas:
Hacienda Tempisque Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-nueve mil
sesenta y seis y Aritilegia Services Sociedad Anónima, cédula
tres-ciento uno-trescientos noventa y seis mil doscientos cincuenta y uno,
donde ambas sociedades se fusionan prevaleciendo Hacienda Tempisque Sociedad
Anónima.—25 de febrero del 2015.—Lic. Óscar Andrés Navarro Segura,
Notario.—1 vez.—(IN2015013647).
En esta notaría
mediante escritura de las 11:00 horas del 25 de febrero del 2015, protocolicé
acuerdos de asamblea de socios de la sociedad Euroclidon F Y G Sociedad
Anónima, en la cual se reforma cláusula sexta de los estatutos y se nombra
agente residente.—San José, 25 de febrero del 2015.—Lic. Kadir Cortés Pérez,
Notario.—1 vez.—(IN2015013669).
Que por escritura
número cincuenta y nueve-once otorgada ante los notarios públicos, Catalina
Soto Mora y Andrés Waisleder Goldberg, a las once horas del veinticuatro de
febrero del dos mil quince, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Zona Franca La Lima S. A., mediante la cual
se transforma la sociedad de anónima a sociedad de responsabilidad limitada, se
acuerda la reforma integral de los estatutos de compañía, y se nombran primero
y segundo gerente y fiscal.—San José, veinticuatro de febrero del dos mil
quince.—Lic. Catalina Soto Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2015013673).
Que por escritura
número cincuenta y siete-once otorgada ante los notarios públicos Catalina Soto
Mora y Andrés Waisleder Goldberg, a las diez horas treinta minutos del
dieciséis de febrero del dos mil quince, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de socios de Credix World S. A., mediante
la cual se reforma la cláusula segunda que literalmente reza: II. Del
Domicilio. El domicilio social será en la provincia de San José; Colima, Tibás,
trescientos metros al oeste del cruce a Llorente, Centro Comercial Expreso
Tibás, Local PB dieciséis, pudiendo establecer agencias y sucursales o ambos,
en cualquier lugar del país o fuera de él, se incrementa el capital social en
la suma de dos millones quinientos mil dólares, moneda del curso legal de los
Estados Unidos de América, quedando el capital social de la compañía en la suma
de seis millones de dólares, moneda del curso legal de los Estados Unidos de
América, y se reforma la cláusula quinta del capital social.—San José,
dieciséis de febrero del dos mil quince.—Lic. Catalina Soto Mora, Notaria.—1
vez.—(IN2015013675).
Por escritura
otorgada en mi notaría a las 9 horas del 26 de febrero de 2015, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de socios de Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Dos Mil Trescientos Cuarenta y Siete S. A., en virtud de la
cual se reformó la cláusula segunda del pacto social, y se nombró nueva junta
directiva.—San Juan de Tibás, 26 de febrero de 2015.—Lic. José Alberto Campos
Arias, Notario.—1 vez.—(IN2015013676).
Por escritura
otorgada en mi notaría a las 8 horas del 26 de febrero de 2015, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de socios de Tango del Sur S. A.,
en virtud de la cual se reformaron las cláusulas segunda y octava del pacto
social y se nombró apoderado general y nuevo agente residente.—San Juan de
Tibás, 26 de febrero de 2015.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1
vez.—(IN2015013677).
Ante esta notaría
a las 18:00 horas del 25 de febrero del 2015, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas celebrada por Quintas Palo Verde
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-561786. Se reforma
parcialmente el pacto constitutivo, se nombra nueva junta directiva mediante la
escritura número 372-04 del tomo 04 del protocolo de la Lic. Laura Daniela
Fernández Mora.—Cartago, 26 de febrero del 2015.—Lic. Laura Daniela Fernández
Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2015013680).
Ante esta notaría
a las 17:40 horas del 25 de febrero del 2015, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas celebrada por Transportes Hidalgo y
Pereira del Guarco Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-416936. Se reforma parcialmente el pacto constitutivo, se nombra nueva
junta directiva mediante la escritura número 371-04 del tomo 04 del protocolo
de la Lic. Laura Daniela Fernández Mora.—Cartago, 26 de febrero del 2015.—Lic.
Laura Daniela Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2015013681).
Ante esta notaría
a las 9:00 horas del 9 de febrero del 2015, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas celebrada por Kyrazzu Servicios
Inmobiliarios S. A. Se reforma parcialmente el pacto constitutivo,
se nombra nueva junta directiva mediante la escritura número 333-04 del tomo 04
del protocolo de la Lic. Laura Daniela Fernández Mora.—Cartago, 25 de febrero
del 2015.—Lic. Laura Daniela Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2015013682).
Mediante
escritura número doscientos cuarenta y nueve del día veintidós de enero del dos
mil quince, se realizó cambio de la junta directiva de la sociedad Condominio
Belén Dos F Jaen Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y cinco mil
doscientos setenta y nueve.—San José, 20 de febrero del 2015.—Lic. Ana Sánchez
Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2015013686).
Por escritura
otorgada en mi notaría, a las doce horas del veinticuatro de febrero del dos
mil quince; se modificó el pacto constitutivo de Reparación de Llantas
Veinticuatro Horas S. A.; cédula jurídica tres-ciento uno-uno seis
cero ocho cero seis. Aumenta capital social a veinticinco millones de
colones.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—(IN2015013687).
Asamblea general
extraordinaria de la empresa: Factoreo Herediano S. A. Domiciliada: en
la ciudad de Lagunilla, Heredia, doscientos metros norte de Jardines del
Recuerdo, cédula jurídica N° 3-101-563893, celebrada en su domicilio social, a
las 08:00 horas del día 25 de febrero del 2015, con la asistencia de la
totalidad del capital social, motivo por el cual se prescinde del trámite de
convocatoria previa y se toman los siguientes acuerdos: Se acuerda reformar la
cláusula primera de la escritura constitutiva, referente a su denominación,
para que en lo sucesivo diga así: La sociedad se denominará: Agropecuaria
Herediana Sociedad Anónima.—Licda. Luisa Jorleny Morales Acosta, Notaria.—1
vez.—(IN2015013688).
Por medio de
escritura número dieciséis del tomo sétimo del protocolo de la notaria Maricruz
Sánchez Carro, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios número dos del empresario Pahiery Comercial
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres tres cero siete nueve
ocho, mediante la cual se acordó por unanimidad de votos disolver y liquidar la
sociedad. Por no haber bienes ni activos que repartir entre los socios se
prescinde de dicho trámite.—Alajuela, tres de febrero del dos mil
quince.—Licda. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2015013691).
Ante mí se constituyó
la empresa: Vistas del Mar de Guarumal Sociedad
Anónima. Domicilio social: Puriscal. Capital: cien mil colones pagado en
parte con aporte.—San José, veinte de febrero del dos mil quince.—Licda.
Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2015013694).
El catorce de
febrero del dos mil quince se llevó a cabo en Grecia la asamblea general
ordinaria y extraordinaria de la asociación denominada Asociación Religiosa
Asamblea de Iglesias Cristianas en Costa
Rica, cédula jurídica número tres-cero cero dos-uno siete tres cuatro cinco
nueve. Siendo que en la misma se procedió a efectuar el nombramiento de los
nuevos miembros de junta directiva, a saber presidente, vicepresidente,
secretario, subsecretario, tesorero, subtesorero, vocal, lo mismo que el nombramiento
de un nuevo fiscal.—Grecia, veinticuatro de febrero del dos mil quince.—Lic.
Gilferd Alfonso Banton Beckford, Notario.—1 vez.—(IN2015013697).
Al ser las diez
horas cuarenta minutos del diez de febrero del año dos mil quince se constituyó
la sociedad anónima Simplex Network. Presidente, vicepresidente,
secretario y tesorero como apoderados generalísimos actuando conjunta o
separadamente. Domicilio: San José, Paso Ancho.—Lic. Javier Clot Barrientos,
Notario.—1 vez.—(IN2015013699).
Al ser las once
horas del diez de febrero del dos mil quince se constituyó la sociedad anónima CR
Properties del Bosque Dimipecan. Presidente,
vicepresidente, secretario y tesorero como apoderados generalísimos actuando
conjunta o separadamente. Domicilio: San José, Paso Ancho.—Lic. Javier Clot
Barrientos, Notario.—1 vez.—(IN2015013701).
Al ser las diez
horas treinta minutos del diez de febrero del dos mil quince se constituyó la
sociedad anónima Investments Merosufe. Presidente, vicepresidente,
secretario y tesorero como apoderados generalísimos actuando conjunta o
separadamente. Domicilio: San José, Paso Ancho.—Lic. Javier Clot Barrientos,
Notario.—1 vez.—(IN2015013702).
Ante esta
notaría, Lic. Robert Coto Quirós, Fabiola Zaray Cordero Núñez, mayor, soltera,
cédula 1-1386-655, vecina de Alajuela, Carrillos, es apoderada generalísima sin
límite de suma de Pesmarex Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-88675, domiciliada en Alajuela, Carrillos Bajo de Poás, de la fábrica de
leche y miel ciento cincuenta metros al norte.—Cartago, 23 de febrero del
2015.—Lic. Robert Coto Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2015013714).
Ante este notario
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
empresa Tres-Ciento Uno-Seiscientos Dieciséis Mil Cuatrocientos Noventa
y Dos Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos dieciséis mil cuatrocientos noventa y dos. Se
modifica cláusula segunda del pacto constitutivo.—Turrialba, diecinueve de
febrero del dos mi quince.—Lic. Guillermo Brenes Cambronero, Notario.—1
vez.—(IN2015013715).
Por escritura
otorgada ante la suscrita notaria a las dieciocho horas del veinticinco de
febrero del dos mil quince, se protocoliza el acta número dos de la sociedad Maquinaria
BYM de Turrialba Limitada, en la cual se reforma la
cláusula quinta del estatuto social.—Turrialba, veinticinco de febrero del dos
mil quince.—Licda. Xennia Montero Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2015013718).
Ante esta notaría
se protocoliza asamblea general extraordinaria de la sociedad Motta Global
de Costa Rica Sociedad Anónima. Donde se conoce la renuncia del tesorero de
la junta directiva y del fiscal. Teniendo de tesorera a Cindy Grisela Céspedes
Sánchez y fiscal a Willian Prado Coto.—Alajuela, veintiséis de febrero del dos
mil quince.—Licda. María Francela Herrera Ulate, Notaria.—1
vez.—(IN2015013723).
Mediante la
escritura otorgada ante mí en la ciudad de San José, las 15:00 horas del día 24
de febrero dos mil quince se modifica la cláusula sétima de la administración
de los estatutos sociales de la Compañía Agropecuaria El Surco S. A.—Lic.
Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—1 vez.—(IN2015013725).
Por escritura 424
del tomo 7 del protocolo del suscrito notario, la sociedad HF Las Flores Uno
Sociedad Anónima, reformó las cláusulas: 1 y 2 del pacto social.—Heredia,
25 de febrero del 2015.—Lic. Lindbergh Arrieta Zárate, Notario.—1
vez.—Solicitud N° 28325.—(IN2015013736).
Mediante
escritura N° 7 otorgada, ante esta notaría a las 11:00 horas del 25 de febrero
del 2015, se modificó cláusulas de domicilio y administración, y se nombró
gerentes de la sociedad Adipromo Costa Rica Limitada.—Villarreal, 25 de
febrero del 2015.—Lic. Jill Corrales Mora, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
28329.—(IN2015013741).
Por escritura
otorgada a las 11:00 horas del 24 de febrero de 2015, se protocolizan acuerdos
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones
Daumca de San José S. A., titular de la cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos dieciséis mil treinta y
ocho, por virtud de la cual se modifica la cláusula de la administración y la
del nombre, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera: C&R
INTI Talentos Sociedad Anónima.—Lic. José Manuel Ortiz Durman y Lic.
Margarita Odio Rohrmoser, Notarios.—1 vez.—(IN2015013749).
Por escritura de
las 14:00 horas del 3 de setiembre de 2014, Corporación de Servicios Fermont
S. A. protocoliza acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas por las cuales se modifica la cláusula de la
administración.—Lic. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—(IN2015013753).
Por escritura
pública número doscientos nueve-diecinueve, otorgada a las nueve horas del
veinticinco de febrero del año en curso, se modifica cláusula segunda del pacto
constitutivo, del domicilio; y cláusula sétima, en cuanto a la administración;
de la entidad denominada Biotech CR GRM S. A. Se concretan
nombramientos.—Cartago, 25 de febrero del 2015.—Lic. Francisco José Castro
Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2015013756).
Por escritura
otorgada en San José ante la notaria Raquel Núñez González a las 09 horas 30
minutos del 18 de diciembre del 2014, se acordó disolver la sociedad 3-101-637954
con igual cédula jurídica a su denominación.—San José, 28 de enero del
2015.—Licda. Raquel Núñez González, Notaria.—1 vez.—(IN2015013767).
Por escritura
otorgada en San José ante la notaria Raquel Núñez González a las 08 horas 30
minutos del 18 de diciembre del 2014, se acordó disolver la sociedad Inversiones
Industriales Doce Doce Ibu S. A. con cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y seis mil seiscientos dieciocho.—San
José, 28 de enero del 2015.—Licda. Raquel Núñez González, Notaria.—1
vez.—(IN2015013773).
Por escritura
otorgada en San José ante la notaria Raquel Núñez González a las 08 horas del
18 de diciembre del 2014, se acordó disolver la sociedad Consultores
Heredianos FMJW S. A. cédula jurídica 3-101-506790.—San José, 28 de
enero del 2015.—Licda. Raquel Núñez González, Notaria.—1 vez.—(IN2015013776).
Mediante
escritura número ciento cuarenta del protocolo primero de esta notaría, se
nombró secretario, tesorero, fiscal y se modificó la cláusula sexta del pacto
constitutivo de la sociedad Raclé Occidental Sociedad Anónima, cédula
tres-ciento uno-seiscientos veinticuatro mil seiscientos cincuenta y tres. Es
todo.—San José, 25 de febrero de 2015.—Lic. Roberto Cordero Brenes, Notario.—1
vez.—(IN2015013797).
Ante esta
notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del veintiséis de febrero del
dos mil quince, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la
compañía Tres-Ciento Uno-Seiscientos Veintiséis Mil Ciento Sesenta y
Seis S. A., donde se reforman las cláusulas segunda, sexta y se
nombra junta directiva.—Cartago, veintiséis de febrero del dos mil
quince.—Licda. Paola Di Pippa Estrada, Notaria.—1 vez.—(IN2015013806).
Ante esta
notaría, al ser las doce horas del veinte de febrero del dos mil quince,
comparece el señor Herbert Valerín Valladares y Maureen Solano Zúñiga, a
disolver la sociedad Base Tres del Atlántico S. A., se
solicita al registro la disolución de la misma. Dado en esta capital el
veintiséis de febrero del dos mil quince.—Lic. Jorge González Ramírez,
Notario.—1 vez.—(IN2015013807).
Por escrituras
número 283 y 284 de las 7:00 y 7:30 horas del día 26 de febrero del 2015 se
protocolizan actas de asamblea de las compañías Damero DMR Sociedad Anónima
y 31025670365 Limitada y se acuerda disolver la compañía. Es todo.—San
José, 26 de febrero del 2015.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—(IN2015013809).
Mediante
escritura otorgada por la notaria pública Mariela Solano Obando, a las 8:00
horas del día 25 de febrero del 2015, se protocoliza asamblea general
extraordinaria de la compañía Instituto Applica S. A., donde se
modifica la cláusula sexta del pacto social referente a la administración de la
compañía.—San José, 26 de febrero del 2015.—Licda. Mariela Solano Obando,
Notaria.—1 vez.—(IN2015013810).
Ante esta notaría
mediante escritura 126 otorgada a las 8:00 horas del 26 de febrero del 2015, se
constituyó la sociedad de esta plaza denominada Outsourcing Logístico
Empresarial OLE S. A. cuyo representante en calidad de presidente
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es Róger Vigot
Aguilar, mayor, casado una vez, ejecutivo de ventas, vecino de Cartago, Barrio
El Carmen, portador de la cédula de identidad número uno-setecientos
once-ochocientos cuarenta y tres. Es todo.—San José, 26 de febrero del
2015.—Licda. Cindy Vanessa Scott Lee, Notaria.—1 vez.—(IN2015013814).
Que mediante
escritura otorgada a las 08 horas del 09 de diciembre del 2014, ante esta
notaría, se protocoliza acta de la sociedad Aceros Modernos Fer Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-363606, donde se disuelve la sociedad.
Presidente: Fernando González Bermúdez.—San José, 12 de diciembre del
2014.—Lic. Jorge Armando Cartín Estrada, Notario.—1 vez.—(IN2015013816).
Ante esta notaría
se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Vargas
& Garita Ingenieros Consultores Sociedad Anónima, se modifica cláusula
quinta del pacto constitutivo.—Turrialba, veintiséis de febrero del dos mil
quince.—Lic. Guillermo Brenes Cambronero, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
28385.—(IN2015013817).
Que mediante
escritura otorgada a las 10 horas del 02 de febrero del 2015, ante esta
notaría, se protocoliza acta de la sociedad Litografía e Imprenta
Fotoprint Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-102203, donde se reforma
el pacto social y se nombra junta directiva. Presidente: Carlos Enrique
Gutiérrez Mora.—San José, 12 de junio del 2009.—Lic. Jorge Armando Cartín
Estrada, Notario.—1 vez.—(IN2015013819).
Protocolización
de acta de asamblea de la sociedad Montero Rudin Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-101-011404. Acta N° 30 de las 10 horas 28 de enero del
2015. Cambio de junta directiva y nuevos nombramientos. Escritura otorgada en
San José a las nueve horas del veinticinco de febrero del 2015.—Eduardo Montero
García.—Lic. Álvaro Eduardo Mata Bustamante, Notario.—1 vez.—(IN2015013823).
Protocolización
de acta de asamblea de la sociedad Adredo Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-317014. Acta N° 7 de las 10 horas 28 de enero del 2015.
Cambio de junta directiva y nuevos nombramientos. Escritura otorgada en San
José a las nueve horas treinta minutos del veinticinco de febrero del
2015.—Eduardo Montero García.—Lic. Álvaro Eduardo Mata Bustamante, Notario.—1
vez.—(IN2015013827).
Asamblea
extraordinaria de accionistas de Inversiones Lourdes S. A. Se reforma la
cláusula novena de la administración: presidente, secretario y tesorero con
facultades de apoderados generalísimos. Se nombra secretario. Escritura
otorgada en San José a las diecisiete horas del veintisiete de febrero del dos
mil quince.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(IN2015013832).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las diez horas del dieciséis de febrero del dos
mil quince, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios
celebrada por Jorcel de Guanacaste Sociedad Anónima, en la
que se modifican las cláusulas, quinta y décima
de su pacto constitutivo, y se nombra nueva junta directiva.—San Ramón,
Alajuela, 16 de febrero del 2015.—Lic. Alfredo Cordero Cordero, Notario.—1
vez.—(IN2015013848).
Ante esta notaría
se protocoliza asamblea general extraordinaria de la sociedad La Purruja
Fascinante de Sabanilla Sociedad Anónima. Donde se conocen las renuncias y
los nuevos nombramientos de la junta directiva secretaria: Janina Hernández
Soto, tesorero: Ramón Diego Hernández Soto, vocal: Bernal Hernández Soto.—Alajuela,
veinticinco de febrero del dos mil quince.—Licda. María Francela Herrera Ulate,
Notaria.—1 vez.—(IN2015013854).
Ante esta notaría
se protocoliza asamblea general extraordinaria de la sociedad La Purruja
Fascinante de Sabanilla Sociedad Anónima. Donde se conoce la renuncia y el
nuevo nombramiento del fiscal: Leda Méndez Vargas.—Alajuela, veinticinco de
febrero del dos mil quince.—Licda. María Francela Herrera Ulate, Notaria.—1
vez.—(IN2015013858).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, el día de hoy, se modifica la cláusula octava
del pacto constitutivo de la sociedad
denominada: Itres Information Technologies S. A.—San José, 28 de febrero
del 2015.—Lic. Alessio Blandón Castellón, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
28472.—(IN2015014112).
Ante la notaría
de Gilbert Ulloa Astorga, el día de hoy, se modificó la cláusula sexta del
pacto constitutivo, de la sociedad: Luces del Valle Casa Vásquez S. A.,
mediante escritura setenta y cuatro, visible a folio sesenta y siete frente,
del protocolo treinta del suscrito.—San José, 19 de febrero del 2015.—Lic.
Gilbert Ulloa Astorga, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 28470.—(IN2015014113).
Mediante
escritura pública número cincuenta y nueve, otorgada ante mí, a las trece horas del veinticuatro de febrero
del dos mil quince, se protocolizó acta de: Ingeniería Demetal S. A., en
la cual se reforma artículos primero y segundo de su estatuto social.—San José,
24 de febrero del 2015.—Licda. Maricela Peña Acuña, Notaria.—1 vez.—Solicitud
N° 28458.—(IN2015014115).
Por escritura otorgada
ante mí, a las 07:00 horas del día 27 de febrero del 2015, se acordó modificar
las cláusulas tercera: objeto y sétima: administración, de la sociedad: Central
de Agroquímicos San Rafael S. A.—Alajuela, a las 08:00 horas del 27 de
febrero del 2015.—Lic Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
28439.—(IN2015014117).
Ante el suscrito
notario, se protocolizó el día veinticinco de febrero del dos mil quince, el
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Empresa
John Wilson Thompson Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula sétima en
cuanto a la administración.—San José, veintisiete de febrero del dos mil
quince.—Lic. William Richard Philps Moore, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
28436.—(IN2015014118).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 12 de febrero del 2015,
protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de: Alquilym
Sociedad Anónima, en la cual se reforma cláusula de la representación y
administración.—San José, 18 de febrero del 2015.—Licda. Olga Isabel Romero
Quirós, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 28250.—(IN2015014131).
Por escritura
número setenta y dos-nueve, con fecha al ser las diecisiete horas del cinco de
febrero del dos mil quince, protocolicé acta número siete asamblea general
extraordinaria de la sociedad: Compañía Hermanos Navarro y Sojo Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y tres mil
seiscientos treinta y cuatro, donde se modifica la cláusula quinta aumento del
capital social a cien millones de colones.—Guápiles, cinco de febrero del dos
mil quince.—Licda. Guiselle Arias López, Notaria.—1 vez.—Solicitud N°
27470.—(IN2015014133).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 28 de agosto
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Venegas y Araya Sociedad
Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2014.—Lic. Byron Ruiz Padilla,
Notario.—1 vez.—CE2014008976.—(IN2015014223).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 00 minutos del 23 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Solagrint
Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2014.—Lic. Luis Alonso
Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—CE2014008977.—(IN2015014224).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 23 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Dantiscos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del
2014.—Lic. Marcos Osvaldo Araya Díaz, Notario.—1 vez.—CE2014008978.—(IN2015014225).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 23 de
Diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Importadora
D.M.Q Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 23 de
diciembre del 2014.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1
vez.—CE2014008979.—(IN2015014226).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 12 de Junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Exporta Facil O.R.
de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 24 de diciembre del
2014.—Lic. Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1
vez.—CE2014008980.—(IN2015014227).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 23 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Bermuda del Sur Limitada.—San José, 24 de diciembre del 2014.—Lic. José
Alfredo Campos Salas, Notario.—1 vez.—CE2014008981.—(IN2015014228).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 30 minutos del 22 de diciembre
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Quiron & Ayax
Sociedad Anónima.—San José, 26 de diciembre del 2014.—Lic. Luis Diego
Chaves Solís, Notario.—1 vez.—CE2014008982.—(IN2015014229).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Hacienda
Garibaldi Chicharronera Steak House Sociedad Anónima.—San José, 26 de
diciembre del 2014.—Lic. Fernando Vargas Rojas, Notario.—1
vez.—CE2014008983.—(IN2015014230).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 00 minutos del 26 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Casa Julio
Dehos Cantin Limitada.—San José, 26 de diciembre del 2014.—Lic. Alan Masis
Angulo, Notario.—1 vez.—CE2014008984.—(IN2015014231).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 00 minutos del 18 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Importaciones
Mara Sociedad Anónima.—San José, 27 de diciembre del 2014.—Lic. María
Cecilia Valverde Marín, Notario.—1 vez.—CE2014008985.—(IN2015014232).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 8 horas 30 minutos del 18 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos y
Obligaciones Joshua del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 27 de diciembre
del 2014.—Lic. María Cecilia Valverde Marín, Notaria.—1
vez.—CE2014008986.—(IN2015014233).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 9 horas 00 minutos del 18 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Compendio
Familiar VVM & LVM Sociedad Anónima.—San José, 27
de diciembre del 2014.—Lic. María Cecilia Valverde Marín, Notaria.—1
vez.—CE2014008987.—(IN2015014234).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 9 horas 30 minutos del 18 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora
VM del Occidente Sociedad Anónima.—San José, 27 de diciembre del 2014.—Lic.
María Cecilia Valverde Marín, Notaria.—1 vez.—CE2014008988.—(IN2015014235).
Mediante escritura
otorgada ante esta notario a las 10 horas 00 minutos del 27 de diciembre del
año 2014, se constituyó la sociedad denominada SS Producción de
Eventos Sociedad Anónima.—San José, 27 de diciembre del 2014.—Lic. Alonso
Jesús Chaves Fernández, Notario.—1 vez.—CE2014008989.—(IN2015014236).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 12 horas 00 minutos del 25 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Odontológicas Alfra Sociedad Anónima.—San José, 28 de diciembre del
2014.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1
vez.—CE2014008990.—(IN2015014237).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 13 horas 30 minutos del 25 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
J.I.S Sociedad Anónima.—San José, 29 de diciembre del 2014.—Lic.
Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—CE2014008991.—(IN2015014238).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 8 horas 00 minutos del 29 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Casa Ideal de
Llamalladies Sociedad Anónima.—San José, 29 de diciembre del 2014.—Lic.
Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—CE2014008992.—(IN2015014239).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 7 horas 00 minutos del 16 de diciembre
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo Adriale AP
Limitada.—San José, 30 de diciembre del 2014.—Lic. Gonzalo Ernesto
Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—CE2014008993.—(IN2015014240).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 14 horas 00 minutos del 6 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Pampa Negra
del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 30 de diciembre del
2014.—Licda. Evelin de los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2014008994.—(IN2015014241).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 8 horas 00 minutos del 31 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Construequipos
Sociedad Anónima.—San José, 31 de diciembre del 2014.—Lic. Alejandra Mateo
Fernández, Notaria.—1 vez.—CE2014008995.—(IN2015014242).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 9 horas 00 minutos del 18 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada tendrá como razón
social el número que le asigne el Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional Sociedad Anónima.—San José, 31 de diciembre del 2014.—Lic. Geanina
Soto Chaves, Notaria.—1 vez.—CE2014008996.—(IN2015014243).
Mediante escritura otorgada ante
esta notario a las 17 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2014, se
constituyó la sociedad denominada Academia Pro Artes Vida Sociedad Anónima.—San
José, 31 de diciembre del 2014.—Lic. Elizabeth Fallas Espinoza, Notaria.—1
vez.—CE2014008997.—(IN2015014244).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 9 horas 00 minutos del 17 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Okomo de Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2015.—Lic. Carlos Eduardo
Gutiérrez Monge, Notario.—1 vez.—CE2015000001.—(IN2015014322).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 11 horas 00 minutos del 26 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Dos Cocos Locos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2015.—Lic.
Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—CE2015000002.—(IN2015014323).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 9 horas 00 minutos del 5 de enero
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Marengo Sociedad de
Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5
de enero del 2015.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2015000003.—(IN2015014324).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 8 horas 00 minutos del 5 de enero
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Productos del Caribe
Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2015.—Lic. Gustavo Alonso
Rodríguez Murillo, Notario.—1 vez.—CE2015000004.—(IN2015014325).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 9 horas 00 minutos del 5 de enero
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Marengo del Bejuco
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2015.—Lic.
Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2015000005.—(IN2015014326).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 13 horas 00 minutos del 4 de
noviembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Aclasa Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2015.—Lic. Eduardo
Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—CE2015000006.—(IN2015014327).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 8 horas 00 minutos del 5 de enero
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Del Caribe CR Agrícola
Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2015.—Lic. Gustavo Alonso
Rodríguez Murillo, Notario.—1 vez.—CE2015000007.—(IN2015014328).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 8 horas 00 minutos del 5 de enero
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Pulmahue Sales CO
Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2015.—Lic. Rebeca Maiggretth
Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2015000008.—(IN2015014329).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 11 horas 00 minutos del 6 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Monte Sión Services Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2015.—Lic.
Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—CE2015000009.—(IN2015014330).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 10 horas 00 minutos del 5 de enero
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Hotel D’angelo Limitada.—San
José, 5 de enero del 2015.—Lic. Luis Diego Herrera Elizondo, Notario.—1
vez.—CE2015000010.—(IN2015014331).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 15 horas 30 minutos del 30 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Noman Limitada.—San
José, 5 de enero del 2015.—Lic. Ricardo José Cañas Escoto, Notario.—1
vez.—CE2015000011.—(IN2015014332).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 13 horas 00 minutos del 16 de
diciembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Surfaduro
Limitada.—San José, 5 de enero del 2015.—Lic. Ricardo José Cañas Escoto,
Notario.—1 vez.—CE2015000012.—(IN2015014333).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 8 horas 30 minutos del 5 de enero
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Hermanos Siesar Barahona
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2015.—Licda.
Aura Isabel Céspedes Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2015000013.—(IN20150014334).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 9 horas 30 minutos del 5 de enero
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada S.G.A Sandoval
Gómez y Asociados Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2015.—Lic.
Rodrigo Arturo Chavarría Zamora, Notario.—1 vez.—CE2015000014.—(IN2015014335).
Mediante
escritura otorgada ante esta notario a las 11 horas 00 minutos del 2 de enero
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada La Terra Degli
Alberi Giganti Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero
del 2015.—Lic. Rodrigo Gerardo Barahona Israel, Notario.—1
vez.—CE2015000015.—(IN2015014336).
SERVICIO
NACIONAL DE ADUANAS
Exp. ANEX-DN-010-2012.—Res ANEX-DN-010-2015.—Aduana La Anexión, Liberia a las ocho
horas con cinco minutos del veinte de enero del dos mil quince.
Inicio de Procedimiento Ordinario contra el señor
Rafael Alvarado Granados, cédula 2-314-332 tendiente a determinar el posible
cobro de los impuestos del vehículo marca GMC, vin Nº 1GKEL19W9PB529380.
Considerando:
I.—Mediante acta de inspección Ocular
y/o Hallazgo Nº 0399 de la Policía de Control Fiscal (PCF) se deja constancia
de los hechos acontecidos en Villareal de Tamarindo de Guanacaste, el día 05 de
febrero del 2011, acto en el cual procedieron a decomisar al señor Rafael Alvarado
Granados, cédula 2-314-332, un vehículo usado marca GMC, Safari, blanco, placas
3ELB598, Vin Nº 1GKEL19W9PB529380, debido a que el señor Alvarado Granados al
presentar la documentación que amparaba la estadía del automotor dentro del
territorio, suministro el Certificado de Importación Temporal de Vehículo para
Fines No Lucrativos Nº 45104, documentación que procedieron a verificar en la
Aduana de Peñas Blancas, para que se realizara la consulta en el Sistema
Informático Tica, obteniendo como resultado que dicha información no aparece
registrada, por lo que se logró constatar que el automóvil en esos momentos no
contaba con documentación que legalizara la estadía del vehículo dentro del
territorio nacional.
II.—Mediante acta de inspección ocular o hallazgo Nº
0400 del 05 de febrero del 2011, los funcionarios de ese cuerpo policial
procedieron a trasladar el citado automotor a las instalaciones del Almacén
Fiscal Alpha, código A222, para su custodia, bajo el movimiento de inventario
Nº 3682 del 08/02/2011.
III.—Mediante consulta en el Sistema Informático
Tica, módulo Vehitur, se verificó que el vehículo supra no tiene registro de
ingreso al territorio nacional ( ver folio 42-44).
IV.—Mediante oficio ANEX-096-2011-2011 del 10 de
mayo del 2011 se realizó la liquidación previa del vehículo supra calculando el
monto de la obligación tributaria aduanera en ¢512.556,15 (quinientos doce mil
quinientos cincuenta y seis colones con 15/100).
V.—Objeto de la Litis: En el presente asunto
la Administración inicia procedimiento ordinario contra el señor Rafael
Alvarado Granados, cédula de identidad 2-314-332, en calidad de poseedor del
automotor debido a que el vehículo se encontraba a su cargo, el día que se
realizó el decomiso, por lo que se convierte en la persona compelida a cumplir
con el pago de la obligación tributaria, salvo persona que demuestre su
titularidad; tendiente a determinar el posible cobro de la obligación
tributaria aduanera, determinado mediante criterio técnico supra, vehículo
usado marca GMC, Safari SLE, Station Wagon Familiar, 4300 cc, gasolina, 1993,
4x2, automático, cabina sencilla, blanco, estándar, vin 1GKEL19W9PB529380,
clase tributaria 2226856, valor de importación ¢648.600,00 (seiscientos
cuarenta y ocho mil seiscientos colones con 00/100), partida arancelaria
8703338023 usados de modelos de 6 o más años anteriores, por un monto calculado
en ¢512.556,15 (quinientos doce mil quinientos cincuenta y seis colones con
15/100) desglosado de la siguiente manera: Selectivo de consumo 53%:
¢343.758,00 (trescientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta y ocho mil
colones 00/100) Ley 6946 1%: ¢6.486,00 (seis mil cuatrocientos ochenta y seis
colones con 00/100) ventas 13%: ¢162.312,15 ( ciento sesenta y dos mil
trescientos doce colones con 15/100) más timbres de Ley.
VI.—Base Jurídica: Sobre la Competencia del
Gerente, el artículo 13 de la Ley General de Aduanas (LGA) y los artículos 6 y
8 señalan en resumen que el Servicio Nacional de Aduanas se encuentra facultado
para actuar como órgano contralor del comercio internacional de la República,
encomendándosele la aplicación del ordenamiento jurídico aduanero así como la
función de recaudar los tributos a que están sujetas las mercancías objeto de
ese comercio internacional. Para el cumplimiento cabal de los fines citados se
dota a la Administración Aduanera de una serie de poderes, atribuciones,
facultades, competencias e instrumentos legales que permiten a esa
Administración, el cumplimiento de la tarea encomendada. Facultades que se
encuentran enumeradas en forma explícita a favor de la Administración (entre
otros, los artículos 6 a 9 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano III, 4
y 8 del Reglamento al Código Aduanero Uniforme Centroamericano. Artículo 6 del
Código Aduanero Uniforme Centroamericano III (CAUCA).
El artículo 22 de la LGA faculta al Servicio
Nacional de Aduanas para el análisis, la aplicación, supervisión,
fiscalización, verificación, investigación y evaluación del cumplimiento de las
disposiciones de esta Ley, sus Reglamentos y las demás normas reguladoras de
los ingresos o las salidas de mercancías del territorio nacional así como de la
actividad de las personas físicas o jurídicas que intervienen en las
operaciones de comercio exterior.”
El artículo 23 dispone que el control podrá ser inmediato,
a posteriori y permanente. El control inmediato se ejercerá sobre las
mercancías desde su ingreso al territorio aduanero o desde que se presenten
para su salida y hasta que se autorice su levante. El control a posteriori se
ejercerá respecto de las operaciones aduaneras, los actos derivados de ellas,
las declaraciones aduaneras, las determinaciones de las obligaciones
tributarias aduaneras, los pagos de los tributos y la actuación de los
auxiliares de la función pública aduanera y de las personas, físicas o
jurídicas, que intervengan en las operaciones de comercio exterior, dentro del
plazo referido en el artículo 62 de esta Ley.
Se ejercerá también el control inmediato sobre las
mercancías que, con posterioridad al levante o al retiro, permanezcan sometidas
a alguno de los regímenes aduaneros no definitivos, mientras estas se
encuentren dentro de la relación jurídica aduanera para fiscalizar y verificar
el cumplimiento de las condiciones de permanencia, uso y destino.” Siendo para
el caso concreto las facultades para determinar la obligación tributaria
aduanera y exigir la obligación tributaria aduanera.
En el presente caso estamos en ausencia de
documentos que respalden el ingreso del automotor al territorio nacional que
compruebe que el automotor se acogió a algunos de los regímenes contemplados en
la legislación aduanera, ya que al ingresar cualquier tipo de mercancías al
territorio nacional, se crea entre el Estado y los administrados, una relación
jurídica aduanera, constituida por los derechos y obligaciones de carácter
tributario aduanero, como consecuencia de las entradas y salidas, potenciales o
efectivas de mercancías del territorio aduanero. Por lo que la obligación
tributaria aduanera se convierte en un vínculo jurídico que surge entre el
Estado y el sujeto pasivo por la realización del hecho generador previsto en la
Ley, constituida por los derechos e impuestos exigibles en la importación y
exportación de mercancías.
VII.—El presente procedimiento, va encaminado a
hacer cumplir las obligaciones tributarias establecidas por Ley, de no
comprobarse que el automotor supra se encuentra respaldado a algún documento
que acredite la estancia en el país, mediante un permiso de importación
temporal, pago de la obligación tributaria correspondiente o documento idóneo,
existiría un adeudo tributario a favor del fisco de ¢512.556,15 (quinientos
doce mil quinientos cincuenta y seis colones con 15/100) más timbres de Ley,
monto determinado según el estudio y cálculo previo, de acuerdo a las
características con las que cuenta la motocicleta. Por tanto,
Con fundamento en las consideraciones
expuestas y citas legales invocadas, esta Gerencia, resuelve: Primero:
Dar por iniciado el procedimiento ordinario contra el señor Rafael Alvarado
Granados, cédula 2-314-332, en calidad de poseedor del automotor debido a que
se encontraba a su cargo, el día que se realizó el decomiso, tendiente a
conocer la verdad real de los hechos relacionados y el posible cobro de
impuestos del vehículo que se encuentra en el Depósito Fiscal ALPHA, código
A222, bajo el movimiento de inventario 3682 del 08/02/2011, vehículo usado
marca GMC, Safari SLE, Station Wagon Familiar, 4300 cc, gasolina, 1993, 4x2,
automático, cabina sencilla, blanco, estándar, vin 1GKEL19W9PB529380, clase
tributaria 2226856, valor de importación ¢648.600,00 (seiscientos cuarenta y
ocho mil seiscientos colones con 00/100), partida arancelaria 8703338023 usados
de modelos de 6 o más años anteriores, por un monto calculado en ¢512.556,15
(quinientos doce mil quinientos cincuenta y seis colones con 15/100) desglosado
de la siguiente manera: Selectivo de consumo 53%: ¢343.758,00 (trescientos
cuarenta y tres mil setecientos cincuenta y ocho mil colones 00/100) Ley 6946
1%: ¢6.486,00 (seis mil cuatrocientos ochenta y seis colones con 00/100) ventas
13%: ¢162.312,15 (ciento sesenta y dos mil trescientos doce colones con 15/100)
más timbres de Ley. Segundo: Se le otorga un plazo de quince días
hábiles a partir de su notificación para que presente los alegatos y pruebas
pertinentes, a la vez se le informa que la autoridad aduanera podrá prorrogar
mediante resolución motivada de oficio o a instancia de parte interesada este
plazo para los efectos de presentación de prueba. Y de igual forma a solicitud
de parte interesada dará audiencia oral y privada por un término de 8 días. Se
pone a disposición del interesado el expediente, mismo que podrá ser consultado
y fotocopiado en el Departamento Normativo de esta Aduana. Se le previene al
obligado que debe señalar lugar físico o medio para atender notificaciones
dentro del perímetro administrativo de esta Aduana, advirtiéndosele que de no
hacerlo o si el lugar indicado fuera impreciso, incierto o no existiere, las
resoluciones que se dicten se les tendrá por notificadas con el solo transcurso
de veinticuatro horas. Notifíquese. Al señor Rafael Alvarado Granados, cédula
2-314-332.—Lic. Ingrid Ramón Sánchez, Gerente.—1 vez.—O. C. N°
3400024313.—Solicitud N° 28242.—C-113800.—(IN2015013240).
Exp. ANEX-DN-033-2013.—Res
ANEX-DN-012-2015.—Aduana La Anexión, Liberia, a las ocho horas con diez minutos
del veinte de enero del dos mil quince.
Inicio de Procedimiento Ordinario contra el señor
Jeff Brian Calderwood, pasaporte Nº 435927973 tendiente a determinar el posible
cobro de los impuestos del vehículo marca Ford, vin Nº 1FBJS31S6VHB93882.
Considerando:
I.—Mediante acta de inspección Ocular
y/o Hallazgo Nº 9507 de la Policía de Control Fiscal (PCF) se deja constancia
de los hechos acontecidos en Tamarindo, Guanacaste el día 10 de mayo del 2013,
acto en el cual procedieron a decomisar al señor Jeff Brian Calderwood,
pasaporte Nº 435927973, el vehículo marca Ford, club Wagon, 1996, vin
FBJS31S6VHB93882, debido a que al solicitarle los documentos que ampararán la
permanencia legal de dicho automotor dentro del territorio nacional, manifestó
no contar con la documentación.
II.—Mediante acta de inspección ocular o hallazgo Nº
151 del 13 de mayo del 2013 (folio 13), los funcionarios de ese cuerpo policial
procedieron a trasladar el citado automotor a las instalaciones del Almacén
Fiscal Alpha, código A222, para su custodia, bajo el movimiento de inventario
Nº 7772 del 16/05/2013 (folio 25).
III.—Mediante consulta realizada en el Sistema
Informático Tica, módulo Vehitur, del automotor vin Nº 1FBJS31S6VHB93882 se
verificó que no existe registro de entrada al país (ver folios 29-31).
IV.—Mediante oficio ANEX-DT-092-2013 del 16 de
setiembre del 2013 se realizó la liquidación previa del vehículo supra
calculando el monto de la obligación tributaria aduanera en ¢1.004.126,00 (un
millón cuatro mil ciento veintiséis colones con 00/100).
V.—Objeto de la Litis: En el presente asunto
la Administración inicia procedimiento ordinario contra el señor Jeff Brian
Calderwood, pasaporte Nº 435927973, en calidad de poseedor del automotor debido
a que se encontraba a su cargo, el día que se realizó el decomiso, por lo que
se convierte en la persona compelida a cumplir con el pago de la obligación
tributaria, salvo persona que demuestre su titularidad; procedimiento tendiente
a determinar el posible cobro de la obligación tributaria aduanera, determinado
mediante criterio técnico supra, vehículo usado tipo microbús, marca Ford,
estilo Club Wagon Súper E 350 XLT, 6800 cc, 4x4, gasolina, 1997, automático, 14
pasajeros, gris, semifull, cabina sencilla, vin Nº 1FBJS31S6VHB93882, clase
tributaria 2449386, partida arancelaria 8702906010 Microbuses que cumplan con
las características con puerta para el chofer, con o sin puerta para el
copiloto con una o más puertas corredizas o plegables de doble hoja que abran
hacia fuera o hacia adentro... valor de importación $5.074,12 (cinco mil
setenta y cuatro colones con 12/100) su equivalente en colones de ¢2.560.248,72
(dos millones quinientos sesenta mil doscientos cuarenta y ocho colones con
72/100) con un total de impuestos ¢1.004.126,00 (un millón cuatro mil ciento
veintiséis colones con 00/100) desglosado de la siguiente manera DAI
¢358.435,00 (trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos treinta y cinco
colones con 00/100) Ventas ¢620.088,50 (seiscientos veinte mil ochenta y ocho
colones con 50/100) Ley 6946 ¢25.602,50 (veinticinco mil seiscientos dos
colones con 50/100) más timbres de Ley.
VI.—Base Jurídica: Sobre la Competencia del
Gerente artículo 13 de la Ley General de Aduanas( LGA) y los artículos 6 y 8
que señalan en resumen que el Servicio Nacional de Aduanas se encuentra
facultado para actuar como órgano contralor del comercio internacional de la
República, encomendándosele la aplicación del ordenamiento jurídico aduanero
así como la función de recaudar los tributos a que están sujetas las mercancías
objeto de ese comercio internacional. Para el cumplimiento cabal de los fines
citados se dota a la Administración Aduanera de una serie de poderes,
atribuciones, facultades, competencias e instrumentos legales que permiten a
esa Administración, el cumplimiento de la tarea encomendada. Facultades que se
encuentran enumeradas en forma explícita a favor de la Administración (entre
otros, los artículos 6 a 9 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano III, 4
y 8 del Reglamento al Código Aduanero Uniforme Centroamericano. Artículo 6 del
Código Aduanero Uniforme Centroamericano III (CAUCA).
El artículo 22 de la LGA faculta al Servicio
Nacional de Aduanas para el análisis, la aplicación, supervisión,
fiscalización, verificación, investigación y evaluación del cumplimiento de las
disposiciones de esta Ley, sus Reglamentos y las demás normas reguladoras de
los ingresos o las salidas de mercancías del territorio nacional así como de la
actividad de las personas físicas o jurídicas que intervienen en las
operaciones de comercio exterior.”
El artículo 23 dispone que el control podrá ser
inmediato, a posteriori y permanente. El control inmediato se ejercerá sobre
las mercancías desde su ingreso al territorio aduanero o desde que se presenten
para su salida y hasta que se autorice su levante. El control a posteriori se
ejercerá respecto de las operaciones aduaneras, los actos derivados de ellas,
las declaraciones aduaneras, las determinaciones de las obligaciones
tributarias aduaneras, los pagos de los tributos y la actuación de los
auxiliares de la función pública aduanera y de las personas, físicas o
jurídicas, que intervengan en las operaciones de comercio exterior, dentro del
plazo referido en el artículo 62 de esta Ley.
Se ejercerá también el control inmediato sobre las
mercancías que, con posterioridad al levante o al retiro, permanezcan sometidas
a alguno de los regímenes aduaneros no definitivos, mientras estas se
encuentren dentro de la relación jurídica aduanera para fiscalizar y verificar
el cumplimiento de las condiciones de permanencia, uso y destino.” Siendo para
el caso concreto las facultades para determinar la obligación tributaria
aduanera y exigir la obligación tributaria aduanera.
En el presente caso estamos en la ausencia de
documentos que respalden el ingreso del automotor al territorio nacional que
compruebe que el automotor se acogió a algunos de los regímenes contemplados en
la legislación aduanera, ya que al ingresar cualquier tipo de mercancías al
territorio nacional, se crea entre el Estado y los administrados, una relación
jurídica aduanera, constituida por los derechos y obligaciones de carácter
tributario aduanero, como consecuencia de las entradas y salidas, potenciales o
efectivas de mercancías del territorio aduanero. Por lo que la obligación
tributaria aduanera se convierte en un vínculo jurídico que surge entre el
Estado y el sujeto pasivo por la realización del hecho generador previsto en la
Ley, constituida por los derechos e impuestos exigibles en la importación y
exportación de mercancías.
VII.—El presente procedimiento, va encaminado a
hacer cumplir las obligaciones tributarias establecidas por Ley, de no
comprobarse que el automotor supra se encuentra respaldado a algún documento
que acredite la estancia en el país, mediante un permiso de importación
temporal, pago de la obligación tributaria correspondiente o documento idóneo,
existiría un adeudo tributario a favor del fisco de ¢1.004.126,00 (un millón
cuatro mil ciento veintiséis colones con 00/100) más timbres de Ley, monto
determinado según el estudio y cálculo previo, de acuerdo a las características
del automotor. Por tanto,
Con fundamento en las consideraciones
expuestas y citas legales invocadas, esta Gerencia, resuelve: Primero:
Dar por iniciado el procedimiento ordinario contra el señor Jeff Brian
Calderwood, pasaporte Nº 435927973, en calidad de poseedor del automotor debido
a que se encontraba a su cargo, el día que se realizó el decomiso, tendiente a
conocer la verdad real de los hechos relacionados y el posible cobro de
impuestos del vehículo que se encuentra en el Depósito Fiscal ALPHA, código
A222, bajo el movimiento de inventario 7772 del 16/05/2013, vehículo usado tipo
microbús, marca Ford, estilo Club Wagon Súper E 350 XLT, 6800 cc, 4x4,
gasolina, 1997, automático, 14 pasajeros, gris, semifull, cabina sencilla, vin
Nº 1FBJS31S6VHB93882, clase tributaria 2449386, partida arancelaria 8702906010
Microbuses que cumplan con las características con puerta para el chofer, con o
sin puerta para el copilo con una o más puertas corredizas o plegables de doble
hoja que abran hacia fuera o hacia adentro... valor de importación $5.074,12
(cinco mil setenta y cuatro colones con 12/100) su equivalente en colones de
¢2.560.248,72 (dos millones quinientos sesenta mil doscientos cuarenta y ocho
colones con 72/100) con un total de impuestos ¢1.004.126,00 (un millón cuatro
mil ciento veintiséis colones con 00/100) desglosado de la siguiente manera DAI
¢358.435,00 (trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos treinta y cinco
colones con 00/100) Ventas ¢620.088,50 (seiscientos veinte mil ochenta y ocho
colones con 50/100) Ley 6946 ¢25.602,50 (veinticinco mil seiscientos dos
colones con 50/100) más timbres de Ley. Segundo: Se le otorga un plazo
de quince días hábiles a partir de su notificación para que presente los
alegatos y pruebas pertinentes, a la vez se le informa que la autoridad
aduanera podrá prorrogar mediante resolución motivada de oficio o a instancia
de parte interesada este plazo para los efectos de presentación de prueba. Y de
igual forma a solicitud de parte interesada dará audiencia oral y privada por
un término de 8 días. Se pone a disposición del interesado el expediente, mismo
que podrá ser consultado y fotocopiado en el Departamento Normativo de esta
Aduana. Se le previene al obligado que debe señalar lugar físico o medio para
atender notificaciones dentro del perímetro administrativo de esta Aduana,
advirtiéndosele que de no hacerlo o si el lugar indicado fuera impreciso,
incierto o no existiere, las resoluciones que se dicten se les tendrá por
notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas. Notifíquese. Al señor
Jeff Brian Calderwood, pasaporte Nº 435927973.—Lic. Ingrid Ramón Sánchez,
Gerente.—1 vez.—O. C. N° 3400024313.—Solicitud N°
28244.—C-114330.—(IN2015013248).
Exp. ANEX-DN-058-2013.—Res ANEX-DN-013-2015.—Aduana La Anexión, Liberia, a las ocho
horas con veinte minutos del veinte de enero del dos mil quince.
La Administración Aduanera procede a iniciar
Procedimiento Ordinario contra el señor John Gregory Macfaden, pasaporte N°
467743603 para determinar la verdad real de los hechos acontecidos, según acta
de inspección ocular o hallazgo N° 11355 del 30 de agosto del 2013 de la
Policía de Control Fiscal.
Considerando:
I.—Mediante acta de inspección ocular
o hallazgo N° 11355 del 30 de agosto del 2013 levantada en Tamarindo de Santa
Cruz de Guanacaste, por los funcionarios de la Policía de Control Fiscal,
consta el decomiso efectuado al señor John Gregory Macfaden, pasaporte N°
467743603 del vehículo usado marca Mitsubishi, vin JA4MW31R11J029852, 2001,
placas 4YTC472, debido a que según las acciones policiales, descritas en el
acta supra, el Certificado de Importación Temporal para Fines No Lucrativos
(VEHITUR) Nº 37602 con fecha de vencimiento 10 de junio del 2013 se encontraba
vencido al momento del decomiso, por lo que el vehículo no podía circular
dentro del territorio nacional.
II.—Según consulta en el sistema informático Tica,
el vehículo descrito en el considerando anterior se encuentra amparado al
VEHITUR Nº 37602 emitido en Aduana Peñas Blancas el día 12 de marzo del 2013
con fecha de vencimiento 10 de junio del 2013, mediante el cual se autorizó al
señor John Gregory para conducir dentro del territorio nacional el vehículo
supra.
III.—Mediante oficio sin número de fecha 08 de enero
del 2015 el Departamento Técnico de esta Aduana, procedió a realizar la
liquidación previa del vehículo usado supra, calculada por un monto de
¢2.124.809,78 (dos millones ciento veinticuatro mil ochocientos nueve colones
con 78/100).
IV.—Objeto de la Litis: En el presente asunto
la Administración inicia procedimiento ordinario contra el titular del VEHITUR
37602 señor John Gregory Macfaden, pasaporte N° 467743603, tendiente a
determinar el posible cobro de la obligación tributaria aduanera del vehículo
supra, obligación que nació al no reexportar, importar definitivamente o
destinar a otro régimen, previo al vencimiento del plazo otorgado, debido a que
el automotor ingresó al país el día 12 de marzo del 2013 y el plazo de
permanencia dentro del territorio nacional autorizado era hasta el 10 de junio
del 2013, no obstante el día 30 de agosto del 2013 (día del decomiso) el
automotor permanecía dentro del territorio nacional, por lo que es deber de la
administración realizar el cobro de la obligación tributaria aduanera. El
iniciar el presente procedimiento cobratorio, no es una facultad discrecional
de la aduana, sino que es un imperativo legal ante el incumplimiento operado,
por lo que en aplicación del principio de legalidad resulta ajustado a derecho
el inicio del cobro de impuestos del vehículo usado Marca: Mitsubishi, Montero,
XLS, 2001, champagne, gasolina, 4x4, automático, todo terreno, 4 puertas, 3500
cc, cabina sencilla, semifull, clase tributaria 2335085 valor de importación
¢2.902.250,00 (dos millones novecientos dos mil doscientos cincuenta colones
con 00/100), partida arancelaria 870324702 y un total de impuestos a cancelar
de ¢2.124.809,78 (dos millones ciento veinticuatro mil ochocientos nueve
colones con 78/100) desglosado de la siguiente manera: ventas 13%: ¢702.707,28
(setecientos dos mil setecientos siete colones con 28/100) Selectivo de consumo
48% ¢1.393.080,00 (un millón trescientos noventa y tres mil ochenta colones con
00/100) Ley 6946 1% ¢29.022,50 (veintinueve mil veintidós colones con 50/100)
más timbre de ley.
V.—Base Jurídica: Sobre la Competencia del
Gerente artículo 13 de la Ley General de Aduanas y los artículos 6 y 8 que
señalan en resumen que el Servicio Nacional de Aduanas se encuentra facultado
para actuar como órgano contralor del comercio internacional de la República,
encomendándosele la aplicación del ordenamiento jurídico aduanero así como la
función de recaudar los tributos a que están sujetas las mercancías objeto de
ese comercio internacional. Para el cumplimiento cabal de los fines citados se
dota a la Administración Aduanera de una serie de poderes, atribuciones,
facultades, competencias e instrumentos legales que permiten a esa
Administración, el cumplimiento de la tarea encomendada. Facultades que se
encuentran enumeradas en forma explícita a favor de la Administración (entre
otros, los artículos 6 a 9 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano III, 4
y 8 del Reglamento al Código Aduanero Uniforme Centroamericano. Artículo 6 del
Código Aduanero Uniforme Centroamericano III (CAUCA).
Sobre el “Control Aduanero” se
encuentran en el artículo 22 de la LGA de la siguiente manera:
El artículo 22
de la LGA faculta al Servicio Nacional de Aduanas para el análisis, la
aplicación, supervisión, fiscalización, verificación, investigación y
evaluación del cumplimiento de las disposiciones de esta Ley, sus Reglamentos y
las demás normas reguladoras de los ingresos o las salidas de mercancías del
territorio nacional así como de la actividad de las personas físicas o
jurídicas que intervienen en las operaciones de comercio exterior.”
El artículo 23
dispone que el control podrá ser inmediato, a posteriori y permanente. El
control inmediato se ejercerá sobre las mercancías desde su ingreso al
territorio aduanero o desde que se presenten para su salida y hasta que se
autorice su levante. El control a posteriori se ejercerá respecto de las
operaciones aduaneras, los actos derivados de ellas, las declaraciones
aduaneras, las determinaciones de las obligaciones tributarias aduaneras, los
pagos de los tributos y la actuación de los auxiliares de la función pública
aduanera y de las personas, físicas o jurídicas, que intervengan en las
operaciones de comercio exterior, dentro del plazo referido en el artículo 62
de esta Ley.
Se ejercerá también el control
inmediato sobre las mercancías que, con posterioridad al levante o al retiro,
permanezcan sometidas a alguno de los regímenes aduaneros no definitivos,
mientras estas se encuentren dentro de la relación jurídica aduanera para
fiscalizar y verificar el cumplimiento de las condiciones de permanencia, uso y
destino.” Siendo para el caso concreto las facultades para determinar la
obligación tributaria aduanera y exigir la obligación tributaria aduanera.”
Siendo para el caso concreto las
facultades para determinar la obligación tributaria aduanera y exigir la
obligación tributaria aduanera.
Dicha facultad la ejerce la
Administración en forma excepcional pues de conformidad con el artículo 32 del
Código Aduanero Uniforme Centroamericano III (CAUCA III) corresponde al declarante
o a su representante realizar la determinación de la obligación tributaria
aduanera. Dentro de los casos de excepción en que corresponde a la
Administración determinar el adeudo tributario están los previstos en los
artículos 106 del Reglamento al Código Aduanero Uniforme Centroamericano III
pero también deben incluirse aquellos casos de operaciones temporales en los
que no ha existido una determinación previa del adeudo o que existiendo la
misma solo haya tenido como fin el rendimiento de la garantía legal. En los
casos mencionados de operaciones temporales cuando venza el plazo de la
operación y el interesado no haya reexportado la mercancía ni la haya importado
previamente corresponderá a la Administración la determinación del adeudo
tributario.
Respecto a la
prescripción en las operaciones temporales, cuando llegado el plazo de su
vencimiento no son sometidas a un régimen definitivo ni reexportadas el plazo
debe computarse desde el día siguiente a la fecha de vencimiento de la
operación temporal ya que correlacionando el artículo 166 c) con el artículo
446 del Reglamento a la Ley General de Aduanas tenemos que el término de
permanencia de éstas mercancías estará dado hasta por el plazo otorgado en el
status migratorio del turista, por lo tanto en el presente caso, la
autorización para la permanencia de la mercancía bajo el régimen de
importación temporal se otorgó del 12 de marzo del 2013 al 10 de junio del 2013.
Dado que en el presente caso estamos en presencia del incumplimiento al deber
de reexportar el vehículo antes del vencimiento del plazo, lo cual generó
posiblemente la importación de pleno derecho del bien y la obligación en el
presente caso a falta de garantía de determinar y cobrar la obligación
tributaria aduanera a través del procedimiento ordinario.
Lo anterior por cuanto así
expresamente se dispone en el artículo 139 del Reglamento al Código Aduanero
Uniforme Centroamericano que dispone, en los casos de las mercancías importadas
temporalmente, que al vencimiento del plazo de permanencia no hubieran sido
reexportadas o destinadas a cualquiera de los demás tratamientos legalmente
autorizados, se considerarán por ministerio de ley importadas definitivamente
al territorio aduanero y consecuentemente estarán afectas a los derechos e
impuestos vigentes a la fecha del vencimiento de dicho plazo y al cumplimiento
de las obligaciones aduaneras no tributarias. Para tal efecto se ejecutará la
garantía que se hubiere rendido o en su defecto la autoridad aduanera iniciará
el procedimiento que corresponda”.
De forma tal que en aplicación
estricta del numeral 139 del Reglamento al Código Aduanero Uniforme
Centroamericano transcrito, la principal consecuencia del vencimiento del plazo
sin la respectiva reexportación, importación definitiva o destinación a otro
régimen, lo constituye la finalización de la importación temporal, procediendo
la ejecución de la garantía o bien, si esta no es obligatoria como sucede en el
presente asunto, el cobro de la obligación tributaria será en los términos
ordenados en el segundo párrafo del artículo 442 del Reglamento a la Ley
General de Aduanas que a la letra prescribe: La autoridad aduanera en el
escenario planteado debe observar el artículo 440 del Reglamento a la Ley
General de Aduanas y el artículo 168 de la Ley General de Aduanas. El primer
artículo establece la obligación de cancelar el régimen y el segundo artículo,
la obligación de exigir el cumplimiento de la obligación tributaria aduanera V.
En conclusión, de comprobarse la presunta clasificación arancelaria, la clase
tributaria y el valor aduanero, existiría un posible adeudo tributario aduanero
total a favor del Fisco por la suma de ¢2.124.809,78 (dos millones ciento
veinticuatro mil ochocientos nueve colones con 78/100) por parte del señor John
Gregory en calidad de Titular del VEHITUR Nº 37602 al no reexportar, importar
definitivamente o destinar a otro régimen, previo al vencimiento del plazo
otorgado para que circulara con el vehículo de cita. Por tanto,
Con fundamento en las consideraciones
expuestas y citas legales invocadas, esta Gerencia, resuelve: Primero:
Dar por iniciado el procedimiento ordinario contra el señor John Gregory
Macfaden, pasaporte N° 467743603, en su condición de titular del VEHITUR Nº
37602, tendiente a conocer la verdad real de los hechos relacionados y el
posible cobro de impuestos del vehículo usado Marca: Mitsubishi, Montero, XLS,
2001, champagne, gasolina, 4x4, automático, todo terreno, 4 puertas, 3500 cc,
cabina sencilla, semifull, clase tributaria 2335085 valor de importación ¢2.902.250,00
(dos millones novecientos dos mil doscientos cincuenta colones con 00/100),
partida arancelaria 870324702 y un total de impuestos a cancelar de
¢2.124.809,78 (dos millones ciento veinticuatro mil ochocientos nueve colones
con 78/100) desglosado de la siguiente manera: ventas 13%: ¢702.707,28
(setecientos dos mil setecientos siete colones con 28/100) Selectivo de consumo
48% ¢1.393.080,00 (un millón trescientos noventa y tres mil ochenta colones con
00/100) Ley 6946 1% ¢29.022,50 (veintinueve mil veintidós colones con 50/100)
más timbre de ley. Segundo: Se le otorga un plazo de quince días hábiles
a partir de su notificación para que presente los alegatos y pruebas
pertinentes, a la vez se le informa que la autoridad aduanera podrá prorrogar
mediante resolución motivada de oficio o a instancia de parte interesada este
plazo para los efectos de presentación de prueba. Y de igual forma a solicitud
de parte interesada dará audiencia oral y privada por un término de 8 días. Se
pone a disposición del interesado el expediente, mismo que podrá ser consultado
y fotocopiado en el Departamento Normativo de esta Aduana. Se le previene al
obligado que debe señalar lugar físico o medio para atender notificaciones
dentro del perímetro administrativo de esta Aduana, advirtiéndosele que de no
hacerlo o si el lugar indicado fuera impreciso, incierto o no existiere, las
resoluciones que se dicten se les tendrá por notificadas con el solo transcurso
de veinticuatro horas. Notifíquese. Al señor John Gregory Macfaden, pasaporte
N° 467743603, mediante edicto publicado en el Diario Oficial La Gaceta y
al Departamento Técnico de esta Aduana.—Lic. Ingrid Ramón Sánchez, Gerente.—1
vez.—O. C. N° 3400024313.—Solicitud N° 28245.—C-148150.—(IN2015013249).
DIRECCIÓN
REGIÓN CENTRAL DE SUCURSALES
SUCURSAL
DE DESAMPARADOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
El suscrito Licenciado Johel Sánchez Mora. Administrador de la Caja
Costarricense del Seguro Social Sucursal Desamparados. Mediante el presente
edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado,
procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y
trabajadores independientes incluidos en la lista que se detalla. De
conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración
Pública. En el listado se indica el número patronal o del trabajador
independiente nombre de la razón social
o nombre del trabajador independiente y monto de la deuda al mes de febrero de
2015. La institución le concede 5 días hábiles para que se presenten a
normalizar su situación caso contrario el adeudo quedará firme en sede
administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la
vía civil como penal. Los periodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza
en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro
deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda. 3101531536 3-101-531536
¢2.167.338 - 3101443871 Administradora de Negocios Turísticos Antur S. A.
¢693.211 - 3101398371 Alertauno de C.R. S. A. ¢1.395.214 - 101075009 Alpízar
Morales Ricardo ¢875.731 - 16526172 Álvarez Rodas Carlos Nelson ¢5.520.185 -
109740277 Ampie Salazar Francis David ¢2.811.051 - 3101577922 Arte y Diseño
Modular S. A. ¢3.951.780 - 3101615979 Asesorías Certific Mr S. A. ¢2.043.444 -
3101124346 Asoc Cultural Amistad del Libro Acal S. A. ¢1.443.491 - 3002361573
Asociación Deportiva Desamparados ¢663.297 - 3002045571 Asociación Industrias
de Buena Voluntad de C.R. ¢2.351.452 - 3101176211 Audemar Super Tecnología S.
A. ¢1.931.097 - 3101582102 Audiotronic S. A. ¢2.478.138 - 3101519086 Autoparts
Depot Sucursal Uno Sur S. A. ¢681.507 - 3101409821 Autorepuestos Valejo S. A.
¢849.845 - 3101143430 Avornia S. A. ¢910.400 - 3101401791 Bar Bulldogs S. A.
¢8.486.044 - 3101490287 Bar y Restaurant Rincón de Uno Aserrí S. A. ¢1.403.436
- 3101079096 Barro Barroco S. A. ¢8.652.234 - 401020742 Benavides Benavides
María Angélica ¢3.002.798 - 2880099970 Betanco Garacho Ada Lyla ¢3.265.036 -
3101291933 Boddinn S. A. ¢1.779.602 - 3101207236 Bredela S. A. ¢622.859 -
105450941 Calvo Vargas Francisco José ¢3.621.476 25519616 Carballo Osorio Lea
Isabel ¢2.548.094 - 12205073 Cardona Cardona César ¢3.093.095 - 3101638225
Caribe Gourmet De C.R S. A. ¢853.640 - 18312138 Carlos Antonio Máltez Bermúdez
¢1.227.553 - 3101252828 Carrocerías M C Precisión S. A. ¢3.623.038 - 104270324
Cascante Abarca William Gerardo ¢884.969 - 3101369548 Caza Fantasías S. A.
¢5.722.306 - 3101366882 CCN Desarrollos Habitacionales S. A. ¢2.956.245 -
3101006918 Central Distribuidora Industrial S. A. ¢12.154.871 - 3101576740
Centro Cerrajero Allan S. A. ¢10.782.397 - 3101340247 Centro de Arte Creativo
Leadam S. A. ¢642.492 - 3101085612 Centro Deportivo Estrellas S. A. ¢930.907 -
3101125510 Centro Educativo Madelene Medford S. A. ¢1.231.237 - 102040339
Chacón Peralta Jaime ¢1.417.903 - 16864721 Chaves Morales Clarence Javier
¢1.661.739 - 106540931 Chaves Rivera Marjohnny ¢10.908.207 - 104650247 Chaves
Rojas Carlos Alberto ¢2.007.367 - 3101602210 Cmv Centro Médico Vida S. A.
¢1.688.519 - 3101079869 Cofimal S. A. ¢2.276.489 - 110470041 Cole Quirós Jerry
¢4.365.960 - 3101336919 Comando de Seguridad Horizontes S. A. ¢724.293 -
3101414699 Comercializadora Internacional La Solución S. A. ¢2.324.457 -
3101251902 Compañía de Limpieza Kelly Clean S. A. ¢792.286 - 3101430259 Compu
Office C.R S. A. ¢3.858.191 - 3101371451 Constructora Catiza S. A. ¢995.291 -
3101101044 Constructora Equipo y Maquinaria Industrial S. A. ¢1.877.126 -
3101293787 Construvidrios Imagenes de C.R S. A. ¢1.683.302 - 3101027522
Consurba S. A. ¢922.902 - 3105304380 Control de Plagas Zuaba Empresa Individual
de R.L ¢1.611.367 - 106370953 Cordero Hernández Evelyn Maritza ¢887.613 -
3101589175 Corporación Esgon S. A. ¢1.283.689
- 3101355035 Corporación Alianza Modas S. A. ¢926.085 - 3101242579 Corporación
Charis S. A. ¢1.095.607 - 3101255207 Corporación de Servicios en Seguridad G Y
G S. A. ¢648.414 - 3101463670 Corporación Internacional Isabel P.L.C.M. S. A.
¢751.804 - 3101263768 Corporación Intertrack S. A. ¢2.498.876 - 3101141775
Corporación Noventa y Tres W & C S.
A. ¢4.929.492 - 3101040095 Corporación Víquez Mata S. A. ¢2.695.040 -
3101630435 Corvo BG de Centroamérica S. A. ¢1.069.595 - 301470711 Coto Trejos
Alexis ¢2.329.631 - 105500683 Cruz Rivera Ronny ¢1.583.843 - 3101213290 D E C
Desarrollo de Empresas Comerciales El Sol de Centroamérica S. A. ¢5.902.828 -
103490379 Delgado Villalobos Dinia María ¢1.337.922 - 107850318 Díaz Chaves
José Ademar ¢3.440.316 - 3101634911 Distribuidora Celfast-Tica Internacional S.
A. ¢659.262 - 3101096230 Distribuidora de Gefa S. A. ¢890.496 - 3101540629
Distribuidora Terra de Jericó S. A. ¢770.774 - 3101402574 E P G Bordados
Fantasía S. A. ¢550.216 - 3101424493 Eclectika Amma S. A. ¢2.009.971 -
3101619437 Electrosistemas Agüinaga S. A. ¢692.728 - 3101473615 Elite Proyectos
en Vidrio S. A. ¢1.248.836 - 104020030 Fallas López José Manuel ¢2.174.246 -
106740533 Fallas Vindas Aníbal Francisco ¢3.317.030 - 105820787 Fallas Zamora
Patricia ¢3.848.321 - 3101095991 Farmacéutica Alquimia S. A. ¢15.931.154 -
3101271067 Farmacia La Fila S. A. ¢1.017.747 - 602010777 Fernández Aguilar
Ramón ¢2.515.262 - 3101053639 Fibrocarrocerías Enrique Quirós S. A. ¢2.875.267
- 701580245 Fonseca Alí Jennifer Gabriela ¢2.193.345 - 3006125820 Fundación Iriria
Tsochok ¢1.636.236 - 106650459 García Chavarría Yolanda María ¢2.207.060 -
3012220037 Génesis Internacional Systems Inc. ¢819.188 - 3101343926 Gieda Grupo
Industrial de Estructuras de Acero S. A. ¢2.188.597 - 107490880 Gómez Méndez
Carlos Alberto ¢2.433.721 - 17125344 Gómez Roldán Rodrigo ¢2.483.014 - 26221701
Gosset Gosset Nicole Evelyne ¢797.980 - 3101566448 Gruas Movicars S. A.
¢947.097 - 3101453000 Grupo de Seguridad Latina C.R S. A. ¢817.207 - 3101653665
Grupo Empresarial Metropolitano Vega S. A. ¢1.214.969 - 3101422442 Grupo
Fiduciaria L G U S. A. ¢746.562 - 3101206409 Grupo Irresa S. A. ¢718.534 -
3101540283 Grupo Jorami S. A. ¢557.330 - 3101230710 Grupo Tecnológico H & S
S. A. ¢585.631 - 106530703 Guillén Campos Ronald ¢3.270.632 - 3101657171 Gusmodi
del Sur S. A. ¢711.718 - 700501161 Gutiérrez Hernández Francisco ¢2.711.667 -
107110588 Guzmán Marín Saúl Jerónimo ¢6.241.323 - 103760528 Hernández Álvarez
Virginia ¢665.755 - 303990539 Hidalgo Hidalgo José Alejandro ¢1.204.897 -
3101513269 Iacsa-Grupo Europeo S. A. ¢887.233 - 3101398976 Icono Deportivo ID
S. A. ¢7.034.519 - 3101404960 Imperio Zen Am S. A. ¢2.212.226 - 3101207624
Importaciones Delaxmi S. A. ¢1.057.634 - 3101273886 Importaciones Equinoccial de C.R.
S. A. ¢656.839 - 3101553403 Industrial Clara S. A. ¢477.932 - 3101298294
Industrias Morave S. A. ¢2.840.773 - 3101345027 Inmobiliaria Electricidad Total
S. A. ¢1.032.407 - 204900649 Inocente de Jesús Laguna Hernández ¢3.428.595 -
3101064415 Instituto de Asesores en Recursos Humanos S. A. ¢4.419.170 -
3101105824 Inversiones Cassal del Sur S. A. ¢1.695.731 - 3101582060 Inversiones
de Seguridad Pineda y Álvarez S. A. ¢4.399.571 - 3101306857 Inversiones Golcha
S. A. ¢1.383.056 - 3101185375 Inversiones Lucem S. A. ¢674.194 - 3101275708
Inversiones Majimram S. A. ¢1.648.012 - 3101599189 Inversiones Marpe S. A.
¢7.698.634 - 3101186824 Inversiones Rima del Este S. A. ¢787.103 - 3101510908
Inversiones Travierso S. A. ¢1.268.100 - 3102677924 Inversiones V&M de
Belleza & Asociados Limitada ¢475.778 - 3101146338 Investigaciones Técnicas
y Seguridad S. A. ¢2.052.263 - 3101425272 JFNH Consultores S. A. ¢3.535.229
103280324 Jiménez Quirós Omar ¢1.369.842 - 3101364891 Joba Estructuras
Metálicas S. A. ¢2.006.153 - 118520161 Jonathan Camacho Argüello ¢2.171.840 -
3101642736 Juang Bang Ken Da S. A. ¢1.100.904 - 3101642630 Last Line Security
Solutions S. A. ¢1.419.414 - 13307798 León no indica otro Sander ¢743.329 -
3102016481 Lineco Limitada ¢3.368.142 - 111140707 López Corrales Freddy Rolando
¢1.040.376 - 3101393408 Los Halcones Security m. R. A. S. A. ¢3.495.662 -
3101520738 Ludaco Constructora S. A. ¢2.395.779 - 800900104 Lukin Lukina Sergey
Vitalievich ¢858.017 - 3101378144 M Y M Comunicacion Actual S. A. ¢743.500 -
3101176625 Mantenimientos y Remodelaciones Muñoz S. A. ¢754.126 - 1610100074
Marcelo Vladimir Salcedo Aldaz ¢1.629.733 - 113420146 María de los Ángeles
Zúñiga García ¢906.453 - 3101164856 Marikathy Internacional S. A. ¢907.638 -
3101382754 Marjimpe Construcciones S. A. ¢1.059.944 - 202791000 Marlen Alfaro
Palma ¢1.145.545 - 3102590607 Maya de San Francisco Limitada ¢810.590 -
3101494461 Mayo Lluviosos J & S S. A. ¢2.287.432 - 3101286602 Medicamentos
y Suministros Farmacéuticos S. A. ¢911.104 - 3101273070 Mega Partes Alfa &
Omega S. A. ¢705.135 - 602900993 Méndez Castillo Henry ¢965.629 502430469
Mendoza Matarrita Errol ¢2.243.303 - 3101460857 Milarastua S. A. ¢3.844.366 -
104630034 Monge Obando Eduardo ¢1.607.190 - 3101040288 Montajes y
Mantenimientos Eléctricos e Industriales S. A. ¢4.110.660 - 3102013106 Montero
y Pochet Limitada ¢4.858.193 - 109510833 Moore Cortés Christian Leebert
¢1.489.720 - 110680323 Mora Álvarez Jenniffer Gabriela ¢3.432.989 900840533
Mora Ulloa Flor ¢913.470 - 105740238 Morales Chavarría Luis Fernando ¢1.050.251
- 800450085 Morelli Cosenza Gennaro ¢2.399.522 - 3101608831 Multiservicios
Rocana S. A. ¢1.462.870 3101400276 Multiservicios Valverde S. A. ¢635.103 -
107280980 Murillo Gutiérrez Doviana ¢1.891.381 - 16726002 Narváez Cruz Sergio
Félix ¢4.116.344 - 106500146 Navarro Garita José Joaquín ¢902.211 - 3101471962
Nemus Corporación Intern S. A. ¢793.377 - 106830760 Núñez Brenes William
¢2.095.759 - 3101112023 Óptica Sing Desamparados S. A. ¢14.434.672 - 3101053169
Origen del Pino Número Uno y Compañía S. A. ¢2.952.350 - 3105221864 Oseadri E I
R L ¢3.253.107 - 3101032503 Pan Cito S. A. ¢1.687.931 - 3101373339 Panadería y
Pastelería Alférez S. A. ¢1.532.055 - 3101120599 Panadería y Pastelería San
Bosco S. A. ¢2.633.250 - 17618111 Parra Posada Jesús Gilberto ¢5.084.609 -
14312088 Pérez Barrientos Carlos ¢1.396.257 - 3101110793 Plasti Empake S. A.
¢1.080.736 - 3101546897 Polarizados Universales G.Ch.S. A. ¢947.989 - 602440631
Prendas Salazar José ¢3.135.248 - 3101339280 Presicion B S M S. A. ¢1.648.267 -
3102131611 Pris G Y R Limitada ¢1.389.083 - 3101498033 Procesadora y
Distribuidora El Éxito S. A. ¢516.991 - 3101362917 Profit Strategy Group - Psg
S. A. ¢1.413.437 - 3101594670 Promisol Centroamérica S. A. ¢595.536 -
3102432897 Propiedades Yellow Mountain Limitada ¢1.718.833 - 3101390831
Proyectos Constructivos J Y M S. A. ¢1.594.623 - 105590935 Quesada Godínez José
Urbano ¢1.991.127 - 3101081956 Químicas Recosa S. A. ¢1.205.097 - 15961359
Quintanilla Jarquín José ¢1.169.173 - 111740700 Quirós Zamora Gustavo Adolfo
¢957.642 - 3101212602 R L A Creaciones Lovic S. A. ¢1.827.202 - 105830830
Ramírez Jiménez Randall ¢1.618.968 - 3101366452 Remodelaciones y Construcciones
Macon L Ch S. A. ¢1.884.385 - 3101581300 Representaciones Mavi R&M C.R S.
A. ¢1.297.143 - 602090805 Retana Morales German Gerardo ¢5.082.825 - 108020727
Rivera Delgado Rodolfo Alexander ¢4.042.185 - 301400985 Rivera Venegas Rodolfo
¢585.575 - 3102646241 Roch Quality Print Sociedad de R.L ¢1.038.266 - 108050772
Rodríguez Alvarado Gabriela ¢4.365.736 - 17020235 Rodríguez Martínez José Ángel
¢2.812.339 - 102810805 Rojas Naranjo Ronald ¢2.655.642 - 3101461784 S.o.s. Home And Building S. A.
¢998.441 - 102050026 Salazar Salazar Vera ¢3.320.342 - 205160010 Sánchez Castro
Douglas ¢3.316.704 - 3101388615 Sea Biscuit S. A. ¢1.403.426 - 3101351766
Seguridad Profesional Dorado S. A. ¢21.015.801 - 3101255853 Seguridad Sosa S.
A. ¢1.061.107 - 3101512652 Servicios & Desarrollos Vega & Vega S. A.
¢776.556 - 3101188395 Servicios De Seguridad Tactika Center S. A. ¢1.704.588 -
3102037887 Servicios Lithográficos Limitada ¢2.105.369 - 3101318159 Servicios
Logísticos y Mensajería S L M S. A. ¢2.505.789 - 3101556939 Servicios Ópticos
Opticot S. A. ¢1.186.697 - 3101517824 Servicios Profesionales Vilhi S. A.
¢22.393.395 - 3102508468 Solo Radiadores M Y P Aguas Limpias Sociedad de R.L
¢941.055 - 3101268602 Sterisafe Latinoamérica S. A. ¢1.784.512 - 3101317922
Suplidora Acrelu de Centro América S. A. ¢6.730.739 - 3101024363 Taller Promobi
S. A. ¢1.144.288 - 3101344733 Taxis Unidos Desamparadeños S. A. ¢1.502.853 -
3101009153 Textiles Flex S. A. ¢2.873.542 - 105860107 Ulate Jiménez Edwin
¢1.673.496 - 112020455 Valverde Corrales Ana Sofía ¢2.549.603 - 106530128
Valverde Jiménez Fanny Vanesa ¢4.506.151 - 303540742 Vargas Solano Alejandro
¢3.877.832 - 3101611288 Vidrios y Aluminios Cristal S. A. ¢698.543 - 3101393879
Vidrios y Aluminios San Rafael Ticol S. A. ¢869.406 - 3101464626 Villalewis S.
A. ¢270.767 - 3101404243 Vista Real Vrp del Pacífico S. A. ¢1.765.445 -
3101334485 Zeus Ediciones Publicitarias S. A. ¢609.839 - 3101353177 Zincamet S.
A. ¢1.647.868.—Lic. Johel Sánchez Mora, Jefe Administrativo.—(IN2015013813).
ASESORÍA
LEGAL
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Expediente RV-00044-11.—Proceso
ordinario administrativo de revocatoria de adjudicación y nulidad de título
parcela N° 8 del Asentamiento Cañuela.
Dirección Región Central, Cartago. Asesoría Legal.
Órgano Director, a las 15:24 horas del 25 de febrero del 2015. Con fundamento
en las facultades que otorga la Ley de Tierras y Colonización N° 2825 de 14 de octubre de 1961 y sus reformas,
la Ley de Transformación del IDA en el Inder N° 9036 del 11 de mayo de 2012 y
el Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras, se
inicia el presente Proceso Administrativo de Revocatoria de Adjudicación y
Nulidad de Titulo, instruido en expediente RV-00044-11 contra los señores Jorge
Luis Vargas Acosta, cédula N° 2-0289-0918 y Nidia Rojas Rodríguez, cédula N°
5-0137-1235, adjudicatarios de la parcela N° 8 del Asentamiento Cañuela, sito
en Cañuela distrito 3-San José cantón 6-Naranjo de la Provincia de Alajuela,
según acuerdo tomado por la Junta Directiva en el artículo N° XXVIII de la
sesión N° 053-00, celebrada el 31 de julio de 2000. Este procedimiento se
instruye por la supuesta violación del artículo 68, inciso 4), párrafo b) de la
Ley de Tierras y Colonización N° 2825, es decir: “Por el abandono injustificado
de la parcela...”, y en vista de que el domicilio de los adjudicados es
desconocido al no localizarse ni en la zona ni en el predio, se procede a
notificarles esta resolución mediante publicación de dos edictos en el Diario
Oficial La Gaceta, notificación que se tendrá por hecha una vez vencido
el término del emplazamiento, el cual no será menor a quince días hábiles
contados a partir del día siguiente de la segunda publicación. Se ha fijado
para la comparecencia y recepción de prueba las 10:30 horas del día 16 de abril
de 2015, debiendo comparecer personalmente y no por medio de apoderado, pudiendo
hacerse acompañar por un profesional en Derecho o un especialista en la
materia, ante esta Asesoría Legal, en la
Dirección Regional de Cartago, ubicada ciento setenta y cinco metros al norte
de la Capilla María Auxiliadora en Cartago, a hacer valer sus derechos y
ejercer defensa sobre los cargos imputados, debiendo presentar en ese mismo
acto toda la prueba que crean conveniente, debiendo los testigos identificarse
debidamente. Vencida la hora señalada
para la audiencia, cualquier gestión atinente a comparecer se tendrá por
extemporánea con las consecuencias legales que se derivan de la
extemporaneidad. Se les previene señalar
lugar, dentro del perímetro de la ciudad de Grecia, donde atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que de no hacerlo así, cualquier resolución posterior
se tendrá por notificada con el solo transcurso de veinticuatro horas, igual
consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya
no existiere. Se informa que para consulta o fotocopia el expediente se
encuentra en la Dirección Regional de Cartago. Notifíquese.—Órgano
Director.—Lic. Ramón Luis Montero Sojo, Especialista en Derecho Agrario y
Ambiental.—(IN2015013493).
Expediente
RV-00043-11.—Proceso ordinario administrativo de revocatoria de adjudicación y
nulidad de título, lote N° 8 del Asentamiento Cañuela.
Dirección Región Central,
Cartago. Asesoría Legal. Órgano
Director. A las 11:04 horas del 25 de febrero del 2015. Con fundamento en las
facultades que otorga la Ley de Tierras y Colonización N° 2825 de 14 de octubre
de 1961 y sus reformas, la Ley de Transformación del IDA en el Inder N° 9036
del 11 de mayo de 2012 y el Reglamento para la Selección y Asignación de
Solicitantes de Tierras, se inicia el presente Proceso Administrativo de Revocatoria
de Adjudicación y Nulidad de Titulo, instruido en expediente RV-00043-11 contra
los señores Jorge Luis Vargas Acosta, cédula N°
2-0289-0918 y Nidia Rojas Rodríguez, cédula N° 5-0137-1235,
adjudicatarios del lote N° 8 del Asentamiento Cañuela, sito en Cañuela distrito
3-San José cantón 6-Naranjo de la Provincia de Alajuela, según acuerdo tomado
por la Junta Directiva en el artículo N° 1 de la sesión N° 004-01, celebrada el
15 de enero de 2001. Este procedimiento se instruye por la supuesta violación del
artículo 68, inciso 4), párrafo b) de la Ley de Tierras y Colonización N° 2825,
es decir: “Por el abandono injustificado de la parcela...”, y en vista de que
el domicilio de los adjudicados es desconocido al no localizarse ni en la zona
ni en el predio, se procede a notificarles esta resolución mediante publicación
de dos edictos en el Diario Oficial La Gaceta, notificación que se
tendrá por hecha una vez vencido el término del emplazamiento, el cual no será
menor a quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la segunda
publicación. Se ha fijado para la comparecencia y recepción de prueba las 8:30
horas del día 16 de abril de 2015, debiendo comparecer personalmente y no por
medio de apoderado, pudiendo hacerse acompañar por un profesional en Derecho o
un especialista en la materia, ante esta Asesoría Legal, en la Dirección
Regional de Cartago, ubicada ciento setenta y cinco metros al norte de la
Capilla María Auxiliadora en Cartago, a hacer valer sus derechos y ejercer
defensa sobre los cargos imputados, debiendo presentar en ese mismo acto toda
la prueba que crean conveniente, debiendo los testigos identificarse
debidamente. Vencida la hora señalada
para la audiencia, cualquier gestión atinente a comparecer se tendrá por
extemporánea con las consecuencias legales que se derivan de la
extemporaneidad. Se les previene señalar lugar, dentro del perímetro de la
ciudad de Grecia, donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que
de no hacerlo así, cualquier resolución posterior se tendrá por notificada con
el solo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el
lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Se informa que para
consulta o fotocopia el expediente se encuentra en la Dirección Regional de
Cartago. Notifíquese.—Órgano Director.—Lic. Ramón Luis Montero Sojo,
Especialista en Derecho Agrario y Ambiental.—(IN2015013531).
MUNICIPALIDAD
DE BELÉN
La Municipalidad de Belén, comunica a
los propietarios de las siguientes fincas que se encuentran ubicadas en el
cantón de Belén, que acogiéndose en los artículos 75, 76, 76 bis y 76 ter, del
Código Municipal, atentamente les solicitamos proceder a limpiar tanto los
lotes donde no haya construcciones y como aquellos con viviendas deshabitadas o
en estado de demolición; garantizar adecuadamente la seguridad, la limpieza y
el mantenimiento de propiedades, cuando se afecten las vías y propiedades
públicas o a terceros en relación con ellas.
Fernando
Gómez González pasaporte AAA815556 Finca 94109
Sonia
Cruz Leiva cédula de identidad 0301540665 Finca 77306
Wong
Song Dae pasaporte 304496370 Finca 68642
Zafiro
Místico S. A. cédula 3101347884 Fincas 98515 y
98517
De no atender estas disposiciones en
un plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de la presente notificación procederemos de conformidad con las
facultades que nos conceden los artículos citados, efectuando los trabajos
correspondientes con el respectivo cobro y las Multas e Intereses que proceden.
Una vez transcurrido estos cinco (5) días y de conformidad con el artículo 5º
del Reglamento para el cobro de tarifas por servicios brindados por omisión de
los propietarios de Bienes Inmuebles, se le informa que la Municipalidad
procederá en un plazo mínimo de 24 horas a realizar el servicio u obra
requerido mediante contratación, cuyo costo efectivo de la corta del zacate, de
acuerdo al presupuesto establecido equivale a un monto de:
Fernando Gómez
González, Finca 94109 ¢
58.363,20
Sonia Cruz
Leiva, Finca 77306 ¢
40.530,00
Wong Song Dae Finca 68642 ¢ 153.165,57
Zafiro Místico
S. A. Finca 98515 ¢
51.338,00
Zafiro Místico
S. A. Finca 98517 ¢
53.499,00
Belén, 25 de febrero de 2015.—Área de
Servicios Públicos.—Ing. Dennis Mena Muñoz, Director.—1 vez.—O. C. N°
030685.—Solicitud N° 28326.—C-32520.—(IN2015013443).
FÁBRICA
NACIONAL DE LICORES
En La Gaceta Nº 46 del viernes
6 de marzo del 2015, en la página 42, se publicó por error material lo siguiente:
LICITACIÓN
ABREVIADA 2035LA-000001-PV
y
correcto debió de ser:
LICITACIÓN
ABREVIADA 2015LA-000001-PV
Todo lo demás permanece igual.
La Uruca, San José, marzo del 2015.—Jorge
Vargas Espinoza, Director General de la Imprenta Nacional.—1
vez.—(IN2015017178).