N° 0002-2017-H.—San José, 30 de enero de 2017
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE HACIENDA
Considerando:
1º—Que el señor Yonder Cerdas Trigueros,
mayor de edad, casado, Licenciado en Administración Aduanera y Comercio
Exterior, portador de la cédula de identidad uno- mil cuatrocientos ocho-ciento
treinta y nueve, vecino de Heredia, cantón Central, distrito San Francisco,
Residencial la Lilliana, segunda etapa, casa número seis, mediante formulario
presentado ante el Departamento de Estadística y Registro de la Dirección
General de Aduanas el 22 setiembre de 2016, solicitó la inscripción para actuar
como Auxiliar de la Función Pública Aduanera (Agente Aduanero Independiente),
conforme lo dispuesto en el Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA),
Ley número 8360 del 24 de junio de 2003, publicado en La Gaceta número
130 del 8 de julio de 2003, la Ley número 7557 del 20 de octubre de 1995, Ley
General de Aduanas, publicada en La Gaceta número 212 del 8 de noviembre
de 1995 y sus reformas, Decreto Ejecutivo número 25270-H del 14 de junio de
1996, Reglamento a la Ley General de Aduanas, publicado en el Alcance número 37
a La Gaceta número 123 del 28 de junio de 1996 y sus reformas. (Folio
1).
2º—Que mediante oficio número
oficio-DGA-DGT-ER-0551-2016 de fecha 21 de octubre de 2016, el señor Benito
Coghi Morales, Director General de Aduanas, rindió dictamen favorable a la
solicitud presentada por el señor Yonder Cerdas Trigueros. (Folios 23 y 24)
3º—Que el gestionante aportó los siguientes
documentos de interés:
a) Formulario de solicitud de autorización para ejercer como Agente
Aduanero en las Aduanas Central y Santamaría. (Folio 1 y 11)
b) Fotocopia certificada por la Notaria Pública
Kattia Quirós Chévez de la cédula de identidad número 1-1408-139, perteneciente
al señor Cerdas Trigueros. (Folios 2 y 3)
c) Fotocopia certificada por la Notaria Pública
Kattia Quirós Chévez del título de Licenciatura en Administración Aduanera,
otorgado por la Universidad de Costa Rica al señor Cerdas Trigueros (Folios 4 y
5)
d) Constancia de fecha 22 de setiembre de 2016,
mediante la cual el señor Jerry Víctor Portuguez Méndez, funcionario de
Plataforma de Servicios de la Caja Costarricense de Seguro Social, indica que
al señor Cerdas Trigueros no se incluye cotizando para el Régimen de Pensiones
Jubilaciones de Invalidez Vejez y Muerte con el Patrono Estado, ni en ninguna
de sus Instituciones. (Folio 7)
e) Certificación de Antecedentes Penales de las
nueve horas con diecinueve minutos del doce de enero de dos mil diecisiete,
emitida por la señora Itzia Araya García, Jefe del Registro Judicial, en la que
se indica que no registra antecedentes penales a nombre al señor Cerdas
Trigueros.
(Folio 25)
f) Constancia número PS-7083-2017 de fecha 12
enero de 2017, mediante la cual la señora Evelyn Cabezas Murillo, funcionaria
de la Plataforma de Servicios del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas
de Costa Rica, señala que el señor Cerdas Trigueros es miembro activo,
registrado en el Área de Administración de Aduanas y se encuentra al día en sus
obligaciones. (Folio 26)
g) Declaración Jurada de las doce horas con
treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil dieciséis, rendida por el
señor Cerdas Trigueros ante la Notaria Pública Kattia Quirós Chévez, en la que
señala lo siguiente: (Folio 11)
i. Que su domicilio legal está situado en la Provincia Heredia,
Cantón Central, Distrito San Francisco, Residencial la Lilliana, segunda etapa,
casa número seis
ii. Que el señor Cerdas Trigueros cuenta con más
de 5 años de experiencia en materia aduanera.
iii. Que cuenta con el equipo de cómputo, programa
de cómputo y medios para la trasmisión electrónica de datos, según los
requerimientos y formatos establecidos por el Servicio Nacional de Aduanas, es
(Sofware) Delta TX cuyo desarrollador es Tecnysis Sociedad Anónima para
realizar las transmisiones electrónicas; para Agente Aduanero, y generar Declaraciones
Únicas Aduaneras (DUA’s) dicho programa de cómputo se encuentra decididamente
autorizado por el Ministerio de Hacienda
iv. Que el lugar donde realizará operaciones para
la Jurisdicción de la Aduana Santamaría será en la Provincia de Heredia, Cantón
Belén, distrito la Asunción, del mal Real Cariari cuatrocientos metros al norte
frente a la Zona Franca América.
v. Que el lugar donde se custodiaran las
declaraciones aduaneras y documentos originales e información derivada de su
operación en el régimen, para Aduana Central será provincia de San José, cantón
Central, distrito Pavas, zona industrial de las oficinas administrativas de
Pizza Hut, cien metros al sur y cien metros al oeste, oficinas de Grupo
ALFIDEPA.
vi. Que los medios para recibir notificaciones son
fax número veintidós diez-noventa y ocho-setenta y siete, y correo electrónico
aduanasl@coritrans.com
h) Formulario para presentación de caución para solicitud de
autorización como auxiliar y para renovación de fecha 22 de setiembre de 2016,
a nombre del señor Cerdas Trigueros. (Folio 13)
i) Certificado de enmienda de Garantías de
Cumplimiento número 610080416 de fecha 16 de setiembre 2016, emitida por el
Banco LAFISE, por cuenta de Yonder Cerdas Trigueros, y por orden de Almacenes
Fiscales y de depósitos Depósito de Pavas S. A., cédula jurídica número
3-101661655, a favor del Ministerio de Hacienda, por la suma de diez mil
dólares exactos ($10.000.00), con una vigencia a partir del 19 setiembre de
2016 al 30 de junio de 2017. (Folio 14)
j) Certificado de enmienda de Garantías de
Cumplimiento número 610080417 de fecha 16 de setiembre 2016, emitida por el
Banco LAFISE, por cuenta de Yonder Cerdas Trigueros, y por orden de Almacenes
Fiscales y de depósitos Depósito de Pavas S.A., cédula jurídica número
3-101661655, a favor del Ministerio de Hacienda, por la suma de ocho mil
dólares exactos ($ 8.000.00), con una vigencia a partir del 19 setiembre de
2016 al 30 de junio de 2017. (Folio 15)
k) Constancia de Inscripción de Obligaciones
Tributarias emitido el 13 de octubre de 2016, mediante la cual se indica, que
el señor Cerdas Trigueros se encuentra inscrito en el sistema tradicional del
Impuesto sobre la Renta y el Impuesto de Ventas. (Folio 20)
l) Documento de fecha 29 de setiembre de 2016,
mediante el cual el señor José Antonio Rivera Monge, Director de Registro de la
Universidad de Costa Rica, confirmó que el título de Licenciatura en
Administración de Aduanas a nombre del señor Cerdas Trigueros, se encuentra
debidamente inscrito. (Folio 19)
4º—Que al entrar en vigencia el
8 de julio del 2003, el Segundo Protocolo de Modificación del Código Aduanero
Uniforme Centroamericano III, aprobado mediante Ley número 8360 de fecha 24 de
junio de 2003, publicada en La Gaceta número 130 del 8 de julio de 2003,
este no refiere mención de ningún requisito para la autorización de Agente
Aduanero Persona Natural, sino que faculta a los países signatarios para que
vía reglamento puedan establecer los requisitos, lo cual se infiere de las
disposiciones contenidas en los artículos 16 y 110 de dicho Código.
Con fundamento en lo anterior,
la legislación Nacional procedió a regular los requisitos mínimos y las
obligaciones que deben acatar las personas que en adelante pretendieran ejercer
la actividad de Agente Aduanero Persona Natural, en la Ley número 7557 de fecha
20 de octubre de 1995, denominada Ley General de Aduanas, y sus reformas, la
cual en sus artículos 29, 29 bis y 34, establecen los requisitos generales e
impedimentos para que las personas físicas operen como auxiliares de la función
aduanera, a saber: tener capacidad legal para actuar, estar anotadas en el
registro de auxiliares que establezca la autoridad aduanera, mantenerse al día
en el pago de sus obligaciones tributarias y cumplir con los requisitos estipulados
en la Ley General de Aduanas y sus reglamentos entre otros. Asimismo, quedó
dispuesto en esa Ley, que la persona que requiera ser autorizada como Agente
Aduanero debe poseer al menos grado universitario de licenciatura en
Administración Aduanera y contar con experiencia mínima de dos años en esta
materia.
6º—En complemento a lo dispuesto en la Ley
General de Aduanas, su Reglamento en los artículos 78 y 104, dispone cuales son
los documentos adicionales que deben presentar las personas que soliciten ser autorizados
como Agente Aduanero, entre los cuales destacan: original o fotocopia
debidamente certificada por notario público o de la institución de enseñanza
respectiva del título académico de Licenciado en Administración Aduanera y una
Declaración Jurada que demuestre la experiencia mínima de dos años en materia
Aduanera.
7º—Que al entrar a regir el CAUCA III antes
citado, surgió la necesidad de adecuar la legislación aduanera nacional a los
nuevos requerimientos del mercado común centroamericano y de los instrumentos
de integración, por lo que las reformas sufridas en la legislación nacional
referente a los requisitos que deberán cumplir las personas que soliciten ser
autorizados como Agentes Aduaneros responden al cumplimiento de los
lineamientos establecidos en los instrumentos internacionales antes citados.
8º—Que el señor Cerdas Trigueros ha cumplido
a satisfacción con los requisitos que ordenan el Código Aduanero Uniforme
Centroamericano (CAUCA), Ley número 8360 del 24 de junio de 2003, publicado en La
Gaceta N° 130 del 8 de julio de 2003, la Ley número 7557 del 20 de octubre
de 1995, Ley General de Aduanas, publicada en La Gaceta número 212 del 8
de noviembre de 1995 y sus reformas, Decreto Ejecutivo número 25270-H del 14 de
junio de 19%, Reglamento a la Ley General de Aduanas, publicado en el Alcance
N° 37 a La Gaceta número 123 del 28 de junio de 1996 y sus reformas, por
lo que procede otorgar la autorización para que ejerza la actividad de Agente
Aduanero.
9º—Que de conformidad con lo establecido en los
artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, los decretos,
acuerdos, resoluciones y órdenes del Poder Ejecutivo, requieren para su validez
las firmas del Presidente de la República y del Ministro del ramo. Por tanto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE HACIENDA, ACUERDAN:
Autorizar al señor Yonder Cerdas
Trigueros, de calidades indicadas, para actuar como Agente Aduanero
Independiente, en las Aduanas Central y Santamaría, se le indica que deberá cumplir
con todas las obligaciones legales y reglamentarias que el ejercicio de la
función impone. Rige a partir de su publicación, la cual deberá ser tramitada y
cubierta económicamente por el gestionante.
Comuníquese la Dirección General de Aduanas y
a la Dirección General de Tributación, devuélvase el expediente administrativo
a la Dirección General de Aduanas, notifíquese al señor Yonder Cerdas Trigueros
y publíquese.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El
Ministro de Hacienda, Helio Fallas V.—1 vez.—( IN2017114577 ).
N° 024-MOPT
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Conforme a las facultades
conferidas en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política y en los
artículos 10, inciso I y 143 de la Ley General de Aviación Civil N° 5150 del 14
de mayo de 1973 y sus reformas, y artículo 145 de la Ley General de
Administración Pública N° 6227 del 2 de mayo de 1978, y sus reformas.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Impartir su
aprobación a lo actuado por el Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo
quinto de la sesión ordinaria N° 05-2016 celebrada por el Consejo Técnico de
Aviación Civil el 18 de enero de 2017; se aprobó la resolución N° 12-2017 donde
se le otorga a la empresa Aerovías de México Sociedad Anónima de Capital
Variable, cédula de persona jurídica 3-012-470959, representada por el señor
Carlos Víquez Jara, ampliación al Certificado de Explotación para brindar los
servicios regulares de pasajeros, carga y correo en la ruta Guadalajara,
México-San José, Costa Rica y viceversa.
Artículo 2º—Otorgar dicha Ampliación por el
mismo plazo del Certificado de Explotación aprobado mediante Resolución número
181-2015 del 29 de setiembre de 2015.
Dado en la Presidencia de la
República, a los tres días del mes de febrero del dos mil diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El
Ministro de Obras Públicas y Transportes, Carlos Villalta Villegas.—1 vez.—O.
C. N° 789.—Solicitud N° 20213.—( IN2017114774 ).
N° 026-MOPT
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO
DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Conforme a las facultades
conferidas en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política y en los
artículos 10, inciso I y 143 de la Ley General de Aviación Civil N° 5150 del 14
de mayo de 1973 y sus reformas, y artículo 145 de la Ley General de
Administración Pública N° 6227 del 02 de mayo de 1978, y sus reformas.
ACUERDAN:
Artículo 1°—Impartir su
aprobación a lo actuado por el Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo
sexto de la sesión ordinaria N° 94-2016 celebrada por el Consejo Técnico de
Aviación Civil el 14 de diciembre de 2016; se aprobó la resolución N° 225-2016
donde se le otorga a la empresa Alianza Glancelot C. A. (Albatros Airlines),
cédula de persona jurídica número 3-012-719768, representada por el señor Juan
Carlos Retana Otárola, un Certificado de Explotación para ofrecer servicios de
vuelos internacionales regulares de pasajeros, carga y correo, a partir de la
aprobación del CTAC, bajo los siguientes términos:
Tipo de Servicio: servicios de vuelos regulares
internacionales de pasajeros, carga y correo.
Ruta: Caracas, Venezuela-San José, Costa Rica y
viceversa.
Frecuencias: las operaciones se realizarán los días
lunes, miércoles y viernes de cada semana.
Derechos de tráfico: tercera y cuarta libertad.
Tipo de aeronave: Boeing 737-500.
Aeropuertos de operación: la compañía señala como base de
operaciones el Aeropuerto Internacional Juan Santamaría y como aeropuerto
alterno el Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós en Liberia,
Guanacaste.
Artículo 2°—Otorgar el
Certificado de Explotación por un plazo de 5 años contados a partir de su
expedición, o sea hasta el 14 de diciembre del 2021.
Dado en la Presidencia de la
República, a los tres días del mes de febrero del año dos mil diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLIS RIVERA.—El
Ministro de Obras Públicas y Transportes, Carlos Villalta Villegas.—1 vez.—O.
C. N° 789.—Solicitud N° 20214.—( IN2017114772 ).
N° 027-MOPT
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Conforme a las facultades
conferidas en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política y en los
artículos 10, inciso I) y 143 de la Ley General de Aviación Civil N° 5150 del
14 de mayo de 1973 y sus reformas, y artículo 145 de la Ley General de
Administración Pública N° 6227 del 2 de mayo de 1978, y sus reformas.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Impartir su
aprobación a lo actuado por el Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo
tercero de la sesión ordinaria N° 07-2016 celebrada por el Consejo Técnico de
Aviación Civil el 25 de enero de 2017; se aprobó la resolución N° 14-2017 donde
se le otorga a la empresa Condor Flugdienst GMBH, cédula de persona jurídica
número tres-cero doce-ciento veintidós mil ciento sesenta y cinco, representada
por el señor Dieter Matzen Lohse, la modificación al certificado de
explotación, para brindar servicios regulares internacionales de pasajeros,
carga y correo, quedando la ampliación de la ruta como se detalla: Múnich,
Alemania - Punta Cana, República Dominicana - San José, Costa Rica y viceversa,
con una frecuencia de 1 vuelo semanal, ejerciendo derechos de tráfico de
tercera, cuarta y quinta libertad del aire.
Artículo 2º—Otorgar dicha modificación, a
partir de la presente aprobación y hasta por el mismo plazo del Certificado de
Explotación aprobado mediante Resolución número 20-2002 del 11 de marzo de 2002
y publicado en La Gaceta número 71 del 15 de abril de 2002, el cual
vence el 15 de abril de 2017.
Dado en la Presidencia de la
República, a los treinta días del mes de enero del dos mil diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El
Ministro de Obras Públicas y Transportes, Carlos Villalta Villegas.—1 vez.—O.
C. N° 789.—Solicitud N° 20215.—( IN2017114770 ).
N° 028-MOPT
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Conforme a las facultades
conferidas en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política y en los
artículos 10, inciso 1 y 143 de la Ley General de Aviación Civil N° 5150 del 14
de mayo de 1973 y sus reformas y artículo 145 de la Ley General de Administración
Pública N° 6227 del 02 de mayo de 1978 y sus reformas.
ACUERDAN:
Artículo 1°—Impartir su
aprobación a lo actuado por el Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo
undécimo de la sesión ordinaria N° 88-2016 celebrada por el Consejo Técnico de
Aviación Civil el 29 de noviembre de 2016; se aprobó la resolución N° 217-2016
donde se le otorga la renovación del certificado de explotación a la empresa
DHL Aeroexpreso Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
3-012-213140, representada por el señor Tomás Federico Nassar Pérez, bajo los
términos y condiciones que se indican a continuación:
Servicios a brindar: transporte aéreo internacional
de carga y correo en la modalidad de vuelos regulares y no regulares.
Rutas, Derechos de Tráfico y Frecuencias:
Servicios regulares exclusivos
de carga y correo:
Ruta 1: Panamá-Miami-San
José-Panamá, con derechos de tercera, cuarta y quinta libertad y una frecuencia
de cinco (5) vuelos semanales.
Ruta 2: Panamá-Miami-San José-San
Pedro Sula-Miami, con derechos de tercera, cuarta y quinta libertad y una
frecuencia de tres (3) vuelos semanales.
Servicios no regulares
exclusivos de carga y correo:
Ruta 1: Panamá-San
José-Miami-Panamá.
Ruta 2: Panamá-Miami-San
José-Miami- Panamá.
Ruta 3: Panamá-San
José-Guatemala-Miami-Panamá.
Con derechos de tercera, cuarta
y quinta libertad.
Artículo 2°—Otorgar el
Certificado de Explotación por un plazo de 15 años contados a partir de su
expedición, o sea hasta el 29 de noviembre del 2031.
Dado en la Presidencia de la
República, a los tres días del mes de febrero del dos mil diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLIS RIVERA.—El
Ministro de Obras Públicas y Transportes, Carlos Villalta Villegas.—1 vez.—O.
C. N° 789.—Solicitud N° 20216.—( IN2017114766 ).
N°029-MOPT
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Conforme a las facultades
conferidas en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política y en los
artículos 10, inciso I y 143 de la Ley General de Aviación Civil Nº 5150 del 14
de mayo de 1973 y sus reformas, y artículo 145 de la Ley General de
Administración Pública Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, y sus reformas.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Impartir su
aprobación a lo actuado por el Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo
cuarto de la sesión ordinaria Nº 05-2017 celebrada por el Consejo Técnico de
Aviación Civil el 18 de enero de 2017; se aprobó la resolución Nº 11-2017 donde
se le otorga a la empresa United Airlines Inc., cédula de persona jurídica
3012122411, representada por el señor Yuri Herrera Ulate, ampliacion al
Certificado de Explotación para para brindar los servicios los servicios
regulares de pasajeros, carga y correo en las rutas Denver-Liberia-Denver y
Denver-Liberia-Newark.
Artículo 2.—Otorgar dicha ampliación por el
mismo plazo del Certificado de Explotación aprobado mediante Resolución número
25-2000 del 07 de abril de 2000.
Dado en la Presidencia de la
República, a los tres días del mes de febrero del año dos mil diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLIS RIVERA.—El
Ministro de Obras Públicas y Transportes, Carlos Villalta Villegas.—1 vez.—O.
C. N° 789.—Solicitud N° 20217.—( IN2017114762 ).
Nº 189-2016-C.—San José, 09 de noviembre del 2016
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA
DE CULTURA Y JUVENTUD
Con fundamento en lo establecido
por los artículos 140, inciso 2, y 146 de la Constitución Política, 25, inciso
1 de la Ley General de Administración Pública y 2 del Estatuto de Servicio
Civil,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad
en el Ministerio de Cultura y Juventud, destacada en el Museo Dr. Rafael Ángel
Calderón Guardia a la señorita Shirley Johanna Solano Picado, cédula de
identidad N° 3-410-800, en el puesto N° 509380 de Profesional de Servicio Civil
1B, especialidad Administración Generalista, por resolución de la Nómina de
Elegibles N° 00985-2016 de la Dirección General de Servicio Civil.
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de noviembre
del 2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de
Cultura y Juventud, Sylvie Durán Salvatierra.— 1 vez.—( IN2017114849 ).
N° 0494-2016
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos
140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27
párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) y 157 de la Ley General de la
Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen
de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la
Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del
Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996; el
Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado
Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo
Ejecutivo N° 175-2015 de fecha 21 de abril de 2015, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 106 del 03 de junio de 2015; modificado por el
Informe N° 78-2015 de fecha 05 de junio de 2015, emitido por la Promotora del
Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante “PROCOMER”); a la empresa Rain
Forest Water RFW S. A., con cédula jurídica N° 3-101-662666, se le otorgaron
los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas
Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento,
clasificándola como Industria Procesadora, de conformidad con el inciso f) del
artículo 17 de dicha Ley.
II.—Que mediante documentos presentados los
días 30 de setiembre del 2015, 23 y 26 de septiembre de 2016, en la Dirección
de Regímenes Especiales de PROCOMER, la empresa RAIN FOREST WATER RFW S.A.,
solicitó la modificación del porcentaje de valor agregado nacional (VAN).
III.—Que la instancia interna de la
Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta
Directiva de PROCOMER en la Sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006,
conoció la solicitud de la empresa Rain Forest Water RFW S. A., y con
fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe
de la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER N° 119-2016, acordó
recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo,
al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus
reformas y su Reglamento.
IV.—Que se han observado los procedimientos
de Ley. Por tanto;
ACUERDAN:
1°—Modificar el Acuerdo
Ejecutivo N° 175-2015 de fecha 21 de abril de 2015, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 106 del 03 de junio de 2015 y sus reformas, para
que en el futuro la cláusula sétima se lea de la siguiente manera:
“7. La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de empleo
de 18 trabajadores, a más tardar el 15 de junio del 2015. Asimismo, se obliga a
realizar una inversión nueva inicial y mínima total en activos fijos de al
menos US $1.000.000,00 (un millón de dólares, moneda de curso legal de los
Estados Unidos de América), a más tardar el 01 de junio del 2015. Finalmente,
la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor
agregado nacional de un 57,89%.
PROCOMER vigilará el
cumplimiento del nivel de inversión antes indicado, de conformidad con los
criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de
Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de
Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de
ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha
empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla
con el nivel mínimo de inversión anteriormente señalado.”
2°—En todo lo que no ha sido
expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo N°
175-2015 de fecha 21 de abril de 2015, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta N° 106 del 03 de junio de 2015 y sus reformas.
3°—Rige a partir de su notificación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en la Presidencia de la
República. San José, a los ocho días del mes de noviembre del dos mil
dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Comercio
Exterior a. í., Jhon Fonseca Ordoñez.— 1 vez.—( IN2017114782 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE
LA COMUNIDAD
El Registro Público de
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo
de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de San
Agustín de Pérez Zeledón. Por medio de su representante: Asdrúbal Gerardo
Bermúdez Retana, cédula 1-696-398 ha hecho solicitud de inscripción de la
siguiente reforma al estatuto: Artículo N° 01 para que en adelante se modifique
el límite sur: Límite sur: Dando inicio en la finca de Danilo López Arias finca
número 141359, continuando por la finca de Erodita Araya Jiménez finca número
212696, Siguiendo por la finca de Romilio Garro Padilla finca número 124590,
continúa por la finca de Grettel Retana Brenes finca número 256437000,
siguiendo por la finca del señor Olman Valverde Bermúdez finca 1229046000,
continua por la finca del señor Mauro Ramírez Ureña finca 227913000 siguiendo
por la finca del señor Benjamín Fallas Mora finca SJ 6345192000, continua
Virginia Ramírez Ureña finca 339394000, continúa por finca del señor Alejandro
Antonio Garro Fallas finca 239997000, concluyendo en la finca de la señora
Virginia Ramírez Ureña finca SJ 5341859000. Dicha reforma es visible a folio 05
del tomo I del expediente de la organización comunal en mención que se
encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo
de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea
general ordinaria de afilados celebrada el día 05 de noviembre del 2016. En
cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la
Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza
por el termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso,
a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para
que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite,
manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a
las doce horas veinte minutos del día primero de marzo del dos mil
diecisiete.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa Departamento de Registro.—1
vez.—( IN2017114832 ).
DIRECCIÓN
GENERAL DE TRIBUTACIÓN
Que de conformidad con lo
establecido en el segundo párrafo del artículo 174 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, adicionado por el artículo 2 de la Ley de
Fortalecimiento de la Gestión Tributaria, N° 9069 de 10 de setiembre del 2012,
se concede a las entidades representativas de intereses de carácter general,
corporativo o de intereses difusos, un plazo de diez días hábiles contados a
partir de la primera publicación del presente aviso, con el objeto de que
expongan su parecer respecto del proyecto de resolución denominado “Reforma
integral de la resolución número DGT-R-033-12 de las diez horas veinticinco
minutos del catorce de noviembre de dos mil doce”. Las observaciones sobre el
proyecto en referencia, deberán expresarse por escrito y dirigirlas al correo
electrónico: DirecciondetributacionInternacionalTT@hacienda.go.cr, o a la
Dirección de Tributación Internacional y Técnica Tributaria, sita en San José,
Edificio La Llacuna, piso 14, calle 5, avenida central y primera. Para los
efectos indicados, el citado proyecto se encuentra disponible en el sitio web:
http://www.hacienda.go.cr en la sección “Propuestas en consulta pública”,
opción “Proyectos Reglamentarios Tributarios”. Publíquese por dos veces.—San
José, a las nueve horas del trece de febrero del dos mil diecisiete.—Carlos
Vargas Durán, Director General de Tributación.—O. C. N° 3400031806.—Solicitud
N° 78747.—( IN2017114518 ). 2 v. 2.
CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL
N° 27-2017.—Ministerio de Obras
Públicas y Transportes. Consejo Técnico de Aviación Civil.—San José, a las 5:30
horas del 14 de febrero del dos mil diecisiete.
Se conoce solicitud de la señora Afina Nassar
Jorge, apoderada generalísima de la compañía Delta Airlines Inc., para que se
le autorice a su representada, la suspensión temporal de la ruta: New York,
Estados Unidos-San José, Costa Rica y viceversa.
Resultando:
1º—Que la compañía Delta
Airlines Inc. cuenta con un certificado de explotación vigente hasta el 15 de
julio del 2023, otorgado mediante resolución número 51-2008 del 30 de abril de
2008, publicado en La Gaceta número 136 del 15 de julio de 2008,
otorgado por el Consejo Técnico conforme al Acuerdo suscrito entre los
Gobiernos de Costa Rica y los Estados Unidos de América, el cual le permite
operar en las siguientes rutas:
Atlanta, Georgia, Estados
Unidos-San José, Costa Rica y viceversa Los Ángeles, Estados Unidos-San José,
Costa Rica y viceversa New York, Estados Unidos-San José, Costa Rica y
viceversa Minneapolis, Estados Unidos-San José, Costa Rica y viceversa Atlanta,
Georgia, Estados Unidos-Liberia, Costa Rica y viceversa Minneapolis, Minnesota,
Estados Unidos - Liberia, Costa Rica y viceversa.
Los Ángeles, Estados
Unidos-Liberia, Costa Rica y viceversa
New York, Estados
Unidos-Liberia, Costa Rica y viceversa
2º—Que mediante nota de fecha 28
de noviembre del 2016, la señora Atina Nassar Jorge, apoderada generalísima de
la compañía Delta Airlines Inc., presentó al Consejo Técnico de Aviación Civil,
la solicitud para la suspensión temporal de la ruta: New York, Estados
Unidos-San José, Costa Rica y viceversa, del 04 de enero al 28 de febrero del
2017.
3º—Que mediante oficio número
DGAC-UDTA-INF-0031-2017 de fecha 02 de febrero del 2017, la Unidad de Transporte
Aéreo en lo que interesa recomendó:
Autorizar a la compañía Delta
Airlines Inc. la suspensión temporal de la ruta JFK-SJO-JFK con efectividad
retroactiva a partir del 04 de enero del 2017 y hasta el 28 de febrero del
2017.
Recordar a la compañía Delta Airlines
Inc., que de previo a reiniciar operaciones en la ruta New York Estados
Unidos-San José, Costa Rica y viceversa, debe presentar ante el CTAC, con al
menos 30 días de antelación el itinerario de operación y las tarifas que se
aplicarán.
4º—Que en el dictado de esta
resolución se han observado las normas y procedimientos de ley.
Considerando:
I.—Sobre los hechos: Que
para efectos del dictado de esta resolución se tienen por ciertos los
resultandos anteriores por constar así en el expediente administrativo que al
efecto lleva la Asesoría Legal de la Dirección General de Aviación Civil.
II.—Sobre el fondo del asunto: El
objeto sobre el cual se centra la presente resolución versa sobre la solicitud
realizada por la compañía Delta Airlines Inc., para suspender temporalmente las
operaciones de la ruta New York, Estados Unidos-San José, Costa Rica y
viceversa.
En consulta realizada a la Caja Costarricense
de Seguro Social el día 03 de agosto del 2016, se verifica que la compañía
Delta Airlines Inc. se encuentra al día con el pago de sus obligaciones obrero
patronales, así como con FODESAF, IMAS e INA.
Se efectuó consulta de las obligaciones
patronales y otras obligaciones dinerarias, encontrándose que la 06 de febrero
del 2017, la compañía Delta Airlines Inc. no presenta morosidad con las
siguientes instituciones:
Para ver imagen solo
en La Gaceta con fornato PDF
El fundamento legal para la suspensión de
vuelos se basa en lo que establece el artículo 173 de la Ley General de
Aviación Civil, el cual señala lo siguiente:
“Artículo 173.-
Ninguna empresa de transporte
aéreo puede cambiar o abandonar una ruta o parte de ella sin autorización
previa del Consejo Técnico de Aviación Civil”.
Con fundamento en los hechos
descritos y citas de ley. Por tanto,
EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
Autorizar a la compañía Delta
Airlines Inc., cédula jurídica 3-012-130869, representada por la señora Alina
Nassar Jorge, la suspensión temporal de la ruta: New York, Estados Unidos-San José,
Costa Rica y viceversa, (JFK-SJO-JFK) con efectividad retroactiva a partir del
04 de enero del 2017 y hasta el 28 de febrero del 2017.
Recordar a la compañía Delta Airlines Inc.
que de previo a reiniciar operaciones en la ruta New York, Estados Unidos-San
José, Costa Rica y viceversa, debe presentar ante el CTAC, con al menos 30 días
de antelación el itinerario de operación y las tarifas que se aplicarán
Aprobado por el Consejo Técnico
de Aviación Civil, mediante artículo sexto de la sesión ordinaria N° 12-2017,
celebrada el día 14 de febrero del 2017.
Carlos Villalta Villegas,
Presidente.—1 vez.—O. C.
N° 789.—Solicitud N° 20218.—( IN2017114778 ).
CONSEJO DE
TRANSPORTE PÚBLICO
Comunica a los concesionarios y permisionarios
del
servicio público de taxi
Que se adicionó el acuerdo
contenido en el artículo 7.3 de la sesión ordinaria N° 38-2015 del 2 de julio
del 2015, en el sentido de que la no presentación de un taxímetro audible y con
la correspondiente impresora será considerado como Falta Leve hasta el 30
de junio del 2017 y a partir del 1° de julio del 2017, el no cumplimiento de
dicho requisito será considerado como Falta Grave. La información sobre
la programación para la adquisición de dicho dispositivo se encuentra
disponible en el sitio web de este Consejo http://www.ctp.go.cr.—Lic. Mario
Humberto Zarate Sánchez, Director Ejecutivo.—1 vez.—( IN2017115031 ).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 65, título N° 474, emitido por el Liceo
Carrillos de Poás, en el año dos mil diez, a nombre de Roldán Vega Luis
Alejandro, cédula: 2-0685-0068. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a
los veintiún días del mes de febrero del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017113912 ).
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo II, Folio 03, título N° 811,
emitido por el Liceo San Gabriel de Aserrí, en el año dos mil cinco, a nombre
de Mora Varela José Daniel, cédula Nº 1-1322-0092. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado
en San José, a los veintiún días del mes de febrero del dos mil
diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017113978 ).
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 107, título N° 471,
emitido por el Liceo de Pavón, en el año dos mil catorce, a nombre de Durán
Bermúdez Luis Isabel, cédula: 801080322. Se solicita la reposición del título
indicado por deterioro del título original. Se pública este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los veintidós días del mes de febrero del dos mil
diecisiete.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017114249 ).
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 65, título N° 632,
emitido por el Liceo Rodrigo Facio Brenes, en el año mil novecientos noventa y
seis, a nombre de Herradora Alvarado Rebeca, cédula: 1-1013-0796. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los diez días del mes de febrero del dos mil
diecisiete.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017114325 ).
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de
bachiller en educación media, inscrito en el Tomo 1, Folio 34, Título N° 77,
emitido por el Escuela Liceo María Auxiliadora de San José, en el año dos mil
dos, a nombre de Gallardo Carranza Ana Katherine, cédula: 1-1244-0268. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiún días del mes de febrero del
dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017114404 ).
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 35, título N° 132, emitido por el Colegio Técnico Profesional
Santa Lucía en el año dos mil quince, a nombre de Carpio Quesada Sucethy
Dahiana, cédula: 3-0504-0467. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 27 de febrero del 2016.—Dirección
de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2017114559 ).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
Ante esta dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media,
inscrito en el Tomo 1, Folio 68, Título N° 779, emitido por el Liceo
Experimental Bilingüe de Naranjo, en el año dos mil once, a nombre de Jiménez
Castro Ligia Milena, cédula: 1-1374-0973. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los veintidós días del mes de febrero del dos mil diecisiete.—Dirección
de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2017114606 ).
Ante
esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 28, Título N° 142,
emitido por el Liceo Innovación Educativa Pocora en el año dos mil ocho, a
nombre de Sánchez Sandí Shirley María, cédula: 7-0185-0811. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los veintisiete días del mes de febrero del dos mil
diecisiete.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017114900 ).
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 3, folio 135, asiento N°
1855, emitido por el Liceo Elías Leiva Quirós, en el año dos mil cinco, a
nombre de Rivera Bellido Eleinee Daniela, cédula: 01-1379-0342. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los veinte días del mes de febrero del dos mil
diecisiete.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017114997 ).
Ante
esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo II, Folio 106, Título N°
2879, emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez, en el año dos mil nueve,
a nombre de Guadamuz Villafuerte Cristhel, cédula: 5-0386-0207. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los veintiún días del mes de febrero del dos mil
diecisiete.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017115032 ).
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 156, título N° 535,
emitido por el Colegio Académico Nocturno de Buenos Aires en el año dos mil
seis, a nombre de Morales Villanueva David Mauriel, cédula: 1-1314-0534. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 27 de febrero del 2017.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2017115806 ).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, este Registro ha
procedido a la inscripción de la reforma aprobada por la organización social
denominada: Sindicato de Trabajadores de la Junta de Pensiones del Magisterio
Nacional, siglas: SITRAJUNTA, acordada en asamblea celebrada el 7 de mayo del
2014, J-17. Habiéndose cumplido con lo dispuesto en el artículo 344 del Código
de Trabajo y 49 de la Ley orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, se procede a la inscripción correspondiente. La reforma ha sido
inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este registro visible
tomo 16, folio 244, asiento 4929 del 17 de febrero del 2017. La reforma afecta
el artículo 27 del estatuto.—San José, 17 de febrero del 2017.—Lic. Eduardo
Díaz Alemán, Jefe.—( IN2017114895 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Propiedad industrial
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Para ver imágenes de marcas solo en La Gaceta con formato PDF
Francisco Jara Castillo, casado,
cédula de identidad 109100286, en calidad de apoderado generalísimo de Inmobilaria
Tarrazú SJ Costa Rica S. A., cédula jurídica 3101301633, con domicilio en
Pavas, del Ice 100 norte, 175 oeste casa blanca con gris dos plantas a mano
derecha, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MUNDO MAYORISTA
como nombre comercial en clase: internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 49: Un establecimiento comercial dedicado
a: la venta de artículos escolares para el hogar, artículos de bazar,
herramientas, deportivos, juegos y juguetes, vestimenta y artículos de aseo o
cuidado personal, cosméticos, alimentos no perecederos, equipo biomédico e
higiénicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de enero
del 2017. Solicitud Nº 2017-0000715. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de
febrero del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017114101 ).
Luis
Pal Hegedüs, casado una vez, cédula de identidad 105580219, en calidad de
apoderado especial de Finansconsult EOOD, con domicilio en 16 Altzeco STR.,
4000 Plovdiv, Bulgaria, solicita la inscripción de: FALCON como marca de
fábrica y comercio en clase: 34. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: productos de tabaco. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 09 de enero de 2017. Solicitud N° 2017-0000045. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 20 de enero de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017114186 ).
Ronny
Alberto Ruiz Pérez, soltero, cédula de identidad 602660279 con domicilio en
Monteverde; cien metros sur, el BNCR de Costa Rica, solicita la inscripción de:
SLEEPERS SLEEP CHEAPER HOSTEL como marca de servicios en clase: 43
Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 43
Servicios de hospedaje temporal. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 13 de febrero del 2017, según Solicitud N° 2017-0001271. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 21 de febrero del 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017114202 ).
Leda
Ureña Umaña, casada una vez, cédula de identidad 105380228 con domicilio en
Guayabos, Curridabat, del Gold Gym; 50 metros norte 150 metros este, casa
número 4, Costa Rica, solicita la inscripción de: Psiconstelar
como nombre comercial en clase: Internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 49 Un establecimiento comercial dedicado al
servicio de psicoterapia ya la implementación de procesos denominados
constelaciones familiares, talleres sobre constelaciones familiares y todo lo
relacionado con salud mental psicología clínica, familiar, niñez, adolescencia
y desde atención individual y grupal y servicios que involucren la armonía
corporal y espiritual, ubicado en Guayabos, Curridabat, del Gold Gym; 50 metros
norte 150 metros este, casa número 4. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 9 de noviembre del 2016, según la Solicitud N° 2016-0011000. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 5 de diciembre del 2016.—Randall Abarca Aguilar
Registrado.—( IN2017114230 ).
Marianella
Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial
de Telefónica S. A., con domicilio en Gran Vía, 28, 28013, Madrid, España,
solicita la inscripción de: Talentum
como marca de servicios en clases: 35; 36; 38 y 42,
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 35: Agencias de
talentos [gestión o empleo]; servicios de ayuda a la explotación o dirección de
empresas comerciales o industriales, servicios de emisión de franquicias
relativas a la ayuda en la explotación de una empresa comercial, servicios de
asesores y consultas para la organización y dirección de negocios,
estimaciones, informes e investigaciones en negocios comerciales, asistencia y
consultas para la dirección de negocios, estudio de mercados, investigación de
mercados, agencia de información comercial, y de importación y exportación;
servicios de búsqueda de informaciones en ficheros informáticos (para
terceros), gestión de ficheros informáticos, compilación y sistematización de
datos en un ordenador central; servicios de publicidad; difusión de anuncios
publicitarios y alquiler de espacios publicitarios, 36: Concesión de becas de
estudios y de becas escolares; servicios de inversión de tasas escolares;
planificación financiera relacionada con tasas escolares; disposición de
préstamos temporales; financiación de proyectos; seguros; operaciones
financieras; operaciones monetarias; negocios inmobiliarios, 38: Servicios de
telecomunicaciones; transmisión electrónica de datos y documentos a través de
terminales de ordenador y dispositivos electrónicos; telecomunicación de
información (incluyendo páginas web); servicios de comunicaciones consistentes
en proporcionar acceso a múltiples usuarios a una red de información global
computarizada (Internet/Interanet) para la transmisión y difusión de cualquier
tipo de información, imagen o sonido; servicios de radiodifusión y
comunicaciones interactivas; servicios de direccionamiento y de unión para
telecomunicaciones; comunicaciones por redes de fibras ópticas; comunicaciones
por terminales de ordenador; transmisión de mensajes y de imágenes asistida por
ordenador; transmisión vía satélite, servicios telefónicos; servicios de
telecomunicación móvil; servicios de acceso a un portal de Internet; servicios
de acceso a transacciones comerciales a través de redes de comunicación
electrónicas; servicios de difusión y transmisión de información a través de
redes o Internet. y 42: Servicios científicos y tecnológicos, así como
servicios de investigación y diseño en estos ámbitos; servicios de análisis e
investigación industriales; diseño y desarrollo de equipos informáticos y de
software; servicios de investigación y consultoría relacionados con software
para ordenadores; laboratorio de investigación; investigación tecnológica y
estudios técnicos y tecnológicos; facilitación de información de tecnología
científica; suministro del uso temporal de software no descargable para su uso
en la creación y publicación de diarios y blogs en línea, desarrollo y diseño
de hardware, proyectos y estudios de investigación técnica. Reservas: Del
color: azul oscuro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de
setiembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0009414. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
13 de octubre del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017114242 ).
Manuel
E. Peralta Volio, cédula de identidad 900120480, en calidad de apoderado
especial de Comité International Olympique con domicilio en Chateau de Vidy;
1007 Lausanne, Suiza, solicita la inscripción de: TOKYO 2020
como marca de servicios en clases: 35 y 41 Internacionales
para proteger y distinguir lo siguiente: 35 Publicidad; difusión de anuncios
publicitarios por todo tipo de medios, en particular en forma de mensajes
temáticos centrados en valores humanos; publicidad mediante patrocinio; gestión
de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina;
promoción de productos y servicios de terceros, mediante acuerdos
contractuales, en particular de colaboración (patrocinio) y de licencias, a fin
de incrementar su fama, mejorar su imagen o hacerles beneficiar de la corriente
de simpatía derivada de la fama y la imagen de culturales o deportivos, en
particular internacionales, así como de la corriente de simpatía provocada por
los mismos; promoción de productos y servicios de terceros por el llamado factor
de interés inicial que lleva a los consumidores a preferir, entre una multitud
de competidores, los productos o servicios que les son ofrecidos gracias a
signos, emblemas o mensajes destinados a captar su atención; promoción de
productos y servicios de terceros mediante la llamada transferencia de imagen;
alquiler de espacios publicitarios de todo tipo y en todo tipo de soporte,
digital o no; administración comercial de la participación de equipos
nacionales en competiciones de atletismo internacionales y promoción del apoyo
a dichos equipos ante el público y los medios interesados; servicios de gestión
de inventarios; consultoría en materia de servicios de control de existencias;
publicidad por marketing directo para terceros que consiste en la comercialización
de bases de datos; consultoría en publicidad por marketing directo para
terceros que consiste en la comercialización de bases de datos; servicios de
consultoría en reorganización comercial; servicios de gestión de parques de
camiones y automóviles, a saber, facturación y consultoría en servicios de
gestión administrativa de parques de camiones y automóviles; servicios de
consultoría en administración comercial; gestión administrativa de centrales
eléctricas de terceros; consultoría en negocios relacionados con la gestión de
centrales eléctricas, servicios comerciales, a saber, administración de
contratos de reparación y de revisión, servicios de gestión de cadenas de
abastecimiento y servicios de consultoría sobre la compra y el suministro de
servicios y productos químicos, gestión de abastecimiento e inventarios de
productos, limitación de costos; consultoría, marketing, análisis de precios y
costos de dispositivos de purificación electroquímica de líquidos para uso
industrial; gestión administrativa, comercial y técnica de archivos
informáticos; servicios de introducción y procesamiento de datos; servicios de
venta minorista de máquinas y aparatos eléctricos y electrónicos (agrupamiento,
para terceros, de una amplia gama de productos, a fin de que los consumidores
puedan examinarlos y adquirirlos a su conveniencia en una tienda de venta
minorista de artículos eléctricos), información sobre la venta de materias
primas, información comercial, agencias de información comercial, alquiler de
fotocopiadoras; promoción de la venta de productos y servicios de terceros, así
mismo mediante anuncios publicitarios, concursos promocionales, reducciones y
primas en forma de loterías promocionales, descuentos, puntos de reducción y
ofertas de valor añadido relacionadas con la utilización de tarjetas de pago;
promoción de competiciones y acontecimientos deportivos para terceros;
promoción de conciertos y acontecimientos culturales de terceros, organización
de exposiciones con fines comerciales o publicitarios; suministro de
documentación, a saber, publicidad postal, distribución de material
publicitario, distribución de muestras, reproducción de documentos; anuncios
publicitarios para la promoción de ventas al por menor de productos y
servicios; servicios de suministro de información sobre el comercio electrónico
y la venta electrónica minorista; suministro de información sobre la compra de
productos y servicios en línea por Internet y otras redes informáticas;
servicios de documentación turística a través de las agencias de turismo, a
saber, publicidad sobre transportes, viajes, hoteles, alojamientos, alimentos y
comidas, deportes, actividades recreativas y visitas turísticas; mantenimiento
de bases de datos informatizadas; gestión de archivos informáticos, a saber, la
gestión de archivos digitales que comprende un portafolio de imágenes y
secuencias de video diseñados para su uso bajo licencia en la publicidad
tradicional y en la promoción de un comportamiento (publicidad moral);
servicios de venta al por menor y al por mayor de neumáticos; servicios de
venta al por menor y al por mayor de artículos de deporte; servicios de venta
al por menor y al por mayor de partes y piezas de bicicletas. y 41 Educación;
formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales,
programas deportivos y culturales de entretenimiento por televisión;
organización de exposiciones con fines culturales y educativos; organización de
loterías y competiciones; servicios de juegos de azar y apuestas sobre deportes
o relacionadas con los deportes; servicios de entretenimiento prestados durante
acontecimientos deportivos o relacionados con acontecimientos deportivos;
organización de actividades y acontecimientos deportivos y culturales;
organización de competiciones deportivas reales o virtuales; explotación de
infraestructuras deportivas; servicios de alquiler de equipos de audio y vídeo,
producción de películas que no sean publicitarias; producción de grabaciones
sonoras y de vídeo; presentación y distribución de películas y grabaciones
sonoras y de vídeo; alquiler de películas y grabaciones sonoras y de vídeo;
alquiler y suministro por medio de una red informática de productos educativos
y recreativos interactivos, a saber, discos compactos interactivos, CD-ROM,
juegos informáticos; servicios de entretenimiento, a saber, presentación de
productos educativos y recreativos interactivos, en particular discos compactos
interactivos, CD-ROM, juegos informáticos; transmisión de acontecimientos
deportivos por radio y televisión; servicios de producción de programas de
radio y televisión, así como de cintas de vídeo; producción de dibujos
animados; producción de programas de animación para la televisión; servicios de
reserva de entradas para espectáculos y acontecimientos deportivos; cronometraje
de actividades deportivas; organización de concursos de belleza;
entretenimiento interactivo; servicios de apuestas en línea; suministro de
juegos por Internet; prestación de servicios de tómbolas; información sobre
actividades recreativas o educativas suministradas en línea mediante un banco
de datos o por Internet; servicios de juegos electrónicos por Internet;
suministro de publicaciones electrónicas en línea; publicación de libros,
revistas, textos (que no sean textos publicitarios) y publicaciones periódicas;
publicación de libros, revistas, textos (que no sean textos publicitarios) y
publicaciones periódicas electrónicas en línea; suministro de música digital
por Internet; suministro de música digital por sitios Web MP3 de Internet;
suministro de resultados deportivos; servicios de información sobre deportes y
acontecimientos deportivos; alquiler de grabaciones de sonido e imágenes;
servicios de producción de audio; servicios de información sobre
acontecimientos deportivos suministrados en línea mediante una base de datos
informática o por Internet; servicios de edición y publicación; suministro de
música digital (no descargable); suministro de música digital por
telecomunicaciones; servicios de información estadística sobre resultados
deportivos e índices de audiencia de competiciones deportivas; formación sobre
la utilización y el funcionamiento de sistemas de señalización y notificación
de cruce en las industrias del tránsito y del ferrocarril; servicios educativos
en el ámbito de la imaginología medicina y del diagnóstico, a saber, dirección
de seminarios, conferencias, simposios y talleres sobre la industria
farmacéutica, destinados a médicos y empleados de empresas farmacéuticas;
servicios educativos, a saber, dirección de seminarios, conferencias, simposios
y talleres en el ámbito de las ciencias de la vida y de la biotecnología para
científicos e investigadores; dirección de seminarios sobre problemas de
tratamiento de las aguas industriales; servicios de formación en los ámbitos
antes mencionados; servicios de formación en materia de gestión y en medicina
para la utilización de instrucciones y demostraciones suministradas en línea, a
través de Internet, y de redes internas y externas; servicios educativos, a
saber, dirección de talleres de formación práctica, cursos y seminarios que
incluyen demostraciones en el ámbito de la medicina y la gestión; diseño,
realización y dirección de cursos, seminarios y todo tipo de actividades de
formación en el ámbito informático; organización y celebración de conciertos;
reserva de localidades para espectáculos; presentaciones cinematográficas;
información sobre actividades recreativas; producción de películas; producción
de espectáculos; producciones teatrales; servicios de explotación de campos de
golf; clubes deportivos (entrenamiento y mantenimiento físico); campamentos
(cursillos) de perfeccionamiento deportivo; representación de espectáculos en
vivo; proyección de películas; organización de espectáculos (servicios de
empresarios); servicios de campamentos de vacaciones (actividades recreativas);
estudios de cine; servicios de reporteros; suministro de publicaciones
electrónicas en línea (no descargables); servicios de espectáculos de
variedades; servicios educativos, a saber, dirección de cursos, seminarios, presentaciones,
presentaciones de vídeo; suministro de material educativo, a saber, difusión de
material en el ámbito de los conocimientos financieros; servicios educativos en
el ámbito del turismo; servicios de información en el ámbito turístico, a saber,
servicios de información sobre reserva de entradas para acontecimientos
recreativos; servicios de información en el ámbito turístico, a saber,
servicios de información en el ámbito recreativo; servicios de información en
el ámbito turístico a saber, servicios de información sobre el calendario de
actividades deportivas, culturales y
recreativas; servicios recreativos en el ámbito de la asistencia a turistas;
servicios de reservas turísticas, a saber, servicios de reserva de actividades
y diversiones; servicios de asistencia a turistas para la reserva de billetes
de acontecimientos recreativos; servicios de asistencia a turistas en relación
con el calendario de actividades deportivas, culturales y recreativas; premios
gratificantes los autores de actos o rendimientos excepcionales; organización y
dirección de las ceremonias relacionadas con la entrega de premios y
recompensas. Prioridad: Se otorga prioridad N° 54231/2016 de fecha 06/04/2016
de Suiza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de setiembre del
2016, según Solicitud N° 2016-0009326. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de ocutbre
del 2016.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017114243 ).
Cinthia
Esquivel Alfaro, casada dos veces, cédula de identidad 205950125, con domicilio
en Carrizal, exactamente de la iglesia católica de Carrizal 150 metros oeste,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: MI TIERRA PICANTE como
marca de comercio en clase: 29, internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Productos alimenticios de origen vegetal, en especial el chile en
todas sus variedades, así como las verduras, hortalizas y legumbres y otros
productos hortículas comestibles preparados para su consumo o conservación. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre del 2016.
Solicitud Nº 2016-0011630. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 09 de diciembre del
2016.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017114253 ).
Erika
María López Vargas, casada una vez, cédula de identidad 205880313 con domicilio
en Carrizal, frente al nuevo Ebais, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
de: arttica comunicación visual, como marca de comercio en clases: 16 y 38
internacionales
para proteger y distinguir lo siguiente: 16: fotografías y
38: comunicación afín a la fotografía. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de diciembre de 2016. Solicitud N° 2016-0012396. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 03 de febrero de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017114254 ).
Priscilla
de los Ángeles Arguedas Guzmán, soltera, cédula de identidad 111220657, en
calidad de apoderada generalísima de Ubidoctor S. A., cédula jurídica
3101729258, con domicilio en cantón central de Alajuela, distrito primero, El
Llano, diagonal a la esquina noreste de la iglesia de La Agonía, Alajuela,
Costa Rica, solicita la inscripción de: UBIDOCTOR
como marca de fábrica en clase: 9 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Programas informáticos y software de todo
tipo, independientemente de su soporte de grabación o medio de difusión,
incluido el software grabado en soportes magnéticos o descargado de una red informática
remota. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de diciembre del
2016. Solicitud Nº 2016-0012395. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de enero del
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017114257 ).
Luis
Fernando Rojas Chavarría, casado una vez, cédula de identidad 203760113, en
calidad de apoderado generalísimo de Muebles Don Bosco Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101174482, con domicilio en Palmares, Rincón de Zaragoza, 500 metros
al norte de la Capilla, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: M D B
Muebles Don Bosco S. A., como marca de fábrica en clase: 20 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: muebles de madera.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de febrero de 2017.
Solicitud N° 2017-0001032. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de febrero de
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017114264 ).
Carlos
Villanueva Arauz, casado una vez, cédula de identidad 601090002, en calidad de
Apoderado Especial de Industria Naekca Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica 3402711158 con domicilio en Villa Ligia de San Isidro de El
General de Pérez Zeledón, frente al taller Atencio, segunda casa, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: 20 NAEKCA 15
como marca de fábrica en clases: 30 y 31. Internacionales.
Para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Café, té, cacao, azúcar, tapioca,
sagú, sustituto del café, harina, preparaciones hechas de cereales, pan,
pastelería, helados, miel, jarabe de melaza, levadura, polvo para esponjar,
sal, moztaza, vinagre, salsas, (condimentos) especies, hielo. y 31 Productos
agrícolas, hortícolas, y forestales, granos no comprendidos en otras clases,
animales vivos, frutos y vegetales frescos, semillas, plantas y flores
naturales, productos alimenticios para animales y malta. Reservas: De los colores
blanco, verde, amarillo y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de febrero de 2017. Solicitud Nº 2017-0001039. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 23 de febrero de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017114270 ).
Alejandro
Acosta Mora, casado una vez, cédula de identidad 105450972, en calidad de
apoderado generalísimo de Tres H To Go Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101703937, con domicilio en Rohrmoser contiguo a Prisma Dental, edificio Torre
Sol, primer piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Chicha
pop como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 49: Un establecimiento comercial dedicado a servicios
de restaurante, ubicado en San José, Rohrmoser, contiguo a Prisma Dental
edificio Torre Sol, primer piso. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 13 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001258. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 17 de febrero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017114287 ).
Luis
Pal Hegedus, casado una vez, cédula de identidad 105580219, en calidad de
Apoderado Especial de Defacto Perakende Ticaret Anonim Sirketi con domicilio en
Ataturk Mahallesi, Bahariye Caddesi N° 31, Kucukcekmece Istanbul, Turquía, solicita la inscripción
de: DeFacto
como marca de fábrica y servicios en clases: 3; 18; 25 y
35. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 3:
Preparaciones para blanquear y para limpiar, detergentes que no sean para el
uso en operaciones de manufactura y para propósitos médicos, blanqueador para
lavar ropa, suavizantes de tela para lavar ropa, removedores de manchas,
detergentes para lavar platos; perfumería; cosméticos; fragancias; desodorantes
para uso personal y animal; jabones; preparaciones para el cuidado dental;
dentífricos, pulidores dentales, preparaciones para el blanqueamiento dental,
enjuagues dentales, no para uso médico; preparaciones abrasivas; tela de
esmeril; lija; piedra pómez; pastas abrasivas; preparaciones pulidoras para
cuero, vinil, metal y madera, pulidores y cremas para cuero, vinil, metal y madera,
cera para pulir. Clase 18: Cuero y pieles de animales sin trabajar o
semitrabajadas, imitaciones de cuero, cuero grueso, cuero utilizado en forros;
productos hechos de cuero, imitaciones de cuero u otros materiales, diseñados
para cargar artículos, incluidos en esta clase; bolsos, billeteras, cajas y
baúles hechos de cuero o cuero grueso; portallaves, baúles (equipaje), maletas;
sombrillas; parasoles; sombrillas para el sol, bastones, látigos; arnés;
talabartería; estribos; correas de cuero (talabartería). Clase 25: Vestimenta,
incluyendo ropa interior y ropa para el exterior, que no sea vestimenta
especial con propósitos de protección; calcetines, bufandas (vestimenta),
chales, bandanas, pañuelos, fajas (vestimenta); calzado, zapatos, pantuflas,
sandalias; sombrerería, sombreros, gorras con visera, boinas, gorras
(sombrerería); gorros y Clase 35: Trabajos de oficina; servicios secretariales;
arreglo de suscripciones a periódicos para terceros; compilación de
estadísticas; alquiler de máquinas para oficina; sistematización de información
en bases de datos computarizadas; contestación de teléfonos para suscriptores
no disponibles; gestión de negocios comerciales, administración comercial y
consultoría comercial; contaduría; servicios de consultoría comercial,
reclutamiento de personal, posicionamiento de personal, agencias de empleo,
agencias de importación exportación; servicios de posicionamiento de personal
temporal; subastas; la unión, para beneficio de otros, de una variedad de
productos, permitiendo a los consumidores observar y comprar dichos productos,
tales servicios pueden ofrecerse por tiendas al por menor, tiendas de descuento
al por mayor, a través de medios electrónicos u órdenes por correos por
catálogos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de
setiembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0008996. A efectos de publicación téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de
noviembre de 2016.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017114305 ).
Luis
Pal Hegedüs, casado una vez, cédula de identidad 105580219, en calidad de
apoderado especial de Finansconsult EOODc, con domicilio en 16 Altzeco STR.,
4000 Plovdiv, Bulgaria, solicita la inscripción de: CORSAIR, como marca
de fábrica y comercio en clase: 34 internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: productos de tabaco. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 9 de enero de 2017. Solicitud N° 2017-0000044. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 20 de enero de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017114306 ).
Simón
Alfredo Valverde Gutiérrez, casado una vez, cédula de identidad 303760289, en
calidad de apoderado especial de UPL Limited, con domicilio en UPL House, 610
B/2, Bandra Village, Off Western Express Highway, Bandra East, Mumbai-400 051,
India, solicita la inscripción de: ZANDER, como marca de fábrica y
comercio en clases: 1 y 5 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: clase 1: productos fertilizantes y químicos para uso en la
agricultura, fertilizantes multi-micro nutrientes, nutriente orgánico para el
crecimiento de plantas, aditivos químicos para fungicidas, aditivos químicos
para insecticidas, conservantes para flores, químicos para silvicultura,
fósforo y en clase 5: pesticidas, insecticidas, fungicidas, herbicidas,
vermicidas, sustancias para matar roedores, vermicidas, preparaciones para
eliminar mala hierba y destruir plagas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 6 de diciembre de 2016, solicitud N° 2016-0011933. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 20 de febrero de 2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—(
IN2017114308 ).
Herbert
Montero Camacho, casado dos veces, cédula de identidad 104370925 con domicilio
en Coronado, San Rafael de Coronado, Villa Emaur, de Pusupas Tazumal; 150 sur y
75 este, Costa Rica, solicita la inscripción de: La Negra Escabeches, dips y
conservas
como marca de fábrica y comercio en clase: 29
Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 29 Escabeches, dips y
conservas. Reservas: De los colores: blanco, verde, rojo, naranja y negro. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de octubre del 2016, según
Solicitud No. 2016-0009605. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de octubre del
2016.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN201114351 ).
Oswaldo
Fernández Salazar, casada una vez, cédula de identidad 900980544, en calidad de
apoderado generalísimo de Diferva de Turrialba Limitada, cédula jurídica
3102277331, con domicilio en Turrialba, Santa Rosa, de la Delegación de la
Guardia de Asistencia Rural, 25 metros norte, 50 metros este, Cartago, Costa
Rica, solicita la inscripción de: DIFER
como nombre comercial en clase: internacional para proteger
y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado al comercio
venta de confites, galletas, dulces, chicles y todo tipo de alimento comestible
(chocolates, galletas, chicles, caramelos duros, bebidas en polvo) ubicado en
Alajuela, 200 metros norte de la delegación de tránsito en Río Segundo de Alajuela,
oficentro Terrun, bodega 52. Reservas: de los colores: rojo y azul. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 31 de enero de 2017. Solicitud N°
2017-0000846. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de febrero de 2017.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2017114366 ).
Alejandra
Bastida Álvarez, casada una vez, cédula de identidad 108020131, en calidad de
apoderada especial de Gruma S.A.B de C.V., con domicilio en Río de la Plata N°
407 oste, Colona del Valle, San Pedro, Garza García, Nuevo León, México,
solicita la inscripción de: Pa’Jamar
como marca de fábrica y comercio en clases: 29 y 30
Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 29 papas tostadas y
fritas, maníes salados y dulces. y 30 tortillas tostadas, tortillas, masa de
maíz, y derivados de maíz, bizcochos, frituras de harina de maíz y trigo,
tostadas, nachos, bolitas de queso inflado, todo tipo de pastelería, repostería
y confitería. Reservas: De los colores: amarillo, blanco, rojo, celeste y azul.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de febrero del 2017, según
Solicitud N° 2017-0001168. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de febrero del 2017.—Milena
Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017114378 ).
Alejandra
Bastida Álvarez, casada una vez, cédula de identidad 108020131, en calidad de
Apoderada Especial de Gruma, S.A.B. de C.V., con domicilio en Río de la Plata
N° 407 Oste, Colona del Valle, San Pedro, Garza García, Nuevo León, México,
solicita la inscripción de: TortiRicas Sabor Dulce
como marca de fábrica y comercio en clase: 30.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Tortillas de maíz
con sabor dulce. Reservas: de los colores: morado, anaranjado, rojo, amarillo y
blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de febrero de 2017.
Solicitud Nº 2017-0001170. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de febrero de
2017.—Milena Marín Jiménez Registradora.—( IN2017114379 ).
Alejandra
Bastida Álvarez, casada una vez, cédula de identidad 108020131, en calidad de
apoderada especial de Gruma, S.A.B. de C.V., con domicilio en Río de la Plata N°
407 oste, Colona del Valle, San Pedro, Garza García, Nuevo León, México,
solicita la inscripción de: TortiRicas Sabor Chile Tortillas de Maíz
como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Tortillas de maíz con sabor a chile.
Reservas: De los colores: anaranjado, rojo, café, verde, amarillo y blanco. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de febrero del 2017.
Solicitud Nº 2017-0001171. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de febrero del
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017114380 ).
Alejandra
Bastida Álvarez, casada una vez, cédula de identidad Nº 108020131, en calidad
de apoderada especial de Gruma S.A.B. de C.V., con domicilio en Río de la Plata
Nº 407 Oste, Colona del Valle, San Pedro, Garza García, Nuevo León, México,
solicita la inscripción de: TortiRicas Especial para Freir Tortillas de Maíz
como marca de fábrica y comercio, en clase: 30
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Tortillas de maíz
especial para freir. Reservas: de colores: anaranjado, rojo, amarillo y blanco.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de febrero del 2017.
Solicitud Nº 2017-0001172. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de febrero del
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017114381 ).
Alejandra
Bastida Álvarez, casada una vez, cédula de identidad 108020131, en calidad de
apoderada especial de Gruma S.A.B. de C.V., con domicilio en Río de La Plata N°
407 OSTE, Colona del Valle, San Pedro, Garza García, Nuevo León, México,
solicita la inscripción de: TortiRicas TRADICIONALES
como marca de fábrica y comercio en clase: 30.
Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Tortillas de maíz.
Reservas: De los colores: Anaranjado, rojo, amarillo y blanco. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 09 de febrero del 2017, según
Solicitud N° 2017-0001173. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de febrero del
2017.—Milena Marín Jiménez Registradora.—( IN2017114382 ).
Saadat
Baksh Awan Ruiz, casado, cédula de identidad 112070213, en calidad de apoderado
generalísimo de PizzerÍa Picola Pub Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-718769 con domicilio en San Pedro de Montes de Oca, de Pastelería Samar
25 metros al sur, Costa Rica, solicita la inscripción de: DEEP DISH
como marca de fábrica en clase: 30. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: 30 Pizza. Reservas: de los colores blanco,
negro y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de enero de
2017. Solicitud Nº 2017-0000666. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de febrero de
2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017114416 ).
María
Noemi Rodríguez Badilla, viuda, cédula de identidad 900460792, con domicilio en
San Pedro de Montes de Oca, 75 metros al sur, del antiguo Higuerón, Costa Rica,
solicita la inscripción de: De Copey, como marca de fábrica y comercio
en clase: 29 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: confituras,
compotas y jaleas artesanales. Reservas: de los colores: morado y blanco. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de julio de 2016.
Solicitud N° 2016-0007248. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de setiembre de
2016.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017114428 ).
Marianella
Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial
de Syngenta Participations AG, con domicilio en Schwarzwaldallee 215, 4058
Basel, Suiza, solicita la inscripción de: GRADUATE como marca de fábrica
y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Preparaciones para destruir y combatir animales dañinos; fungicidas,
herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de
noviembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0011704. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
08 de diciembre del 2016.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017114437
).
Marianella
Arias Chacón, cédula de identidad Nº 106790960, en calidad de apoderada
especial de Probelte S. A., con domicilio en Murcia, Espinardo, Ctra. de
Madrid, Km. 384, España, solicita la inscripción de: BELTANOL como marca
de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y
veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y
sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés;
complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para
apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 22 de julio del 2016. Solicitud Nº
2016-0007124. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 08 de diciembre del 2016.—Grettel
Solís Fernández, Registradora.—( IN20171144939 ).
Manuel
E. Peralta Volio, cédula de identidad 900120480, en calidad de apoderado
especial de Unilever N.V., con domicilio en Weena 455, 3013 Al Rotterdam,
Países Bajos, solicita la inscripción de: POND´S como marca de fábrica y
comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Jabón; jabón medicado; preparaciones de limpieza; perfumería; aceites
esenciales; desodorantes y antitranspirantes; preparaciones para el cuidado del
cabello; champús y acondicionadores; colorantes para el cabello; productos para
estilizar el cabello; preparaciones para el aseo/tocador no medicadas;
preparaciones de baño y ducha; preparaciones para el cuidado de la piel;
aceites, cremas y lociones para la piel; preparaciones para afeitar; preparaciones
para antes del afeitado y después del afeitado; colonia; preparaciones
depilatorias; productos para el bronceado y protección solar; cosméticos;
preparaciones para el maquillaje y remover el maquillaje; jalea de petróleo;
preparaciones para el cuidado de los labios; polvos de talco; lana de algodón
para usos cosméticos; palitos de algodón para fines cosméticos; toallas de
papel, almohadillas o toallitas impregnadas o prehumedecidas con lociones para
la limpieza personal o cosméticas; máscaras de belleza, paquetes faciales. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de noviembre del 2016.
Solicitud Nº 2016-0011460. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de noviembre del
2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017114440 ).
Marianella
Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial
de Ultimate Fitness Group, LLC, con domicilio en 1815 Córdova Road, Suite 206,
Fort Lauderdale, FL 33316, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: ORANGETHEORY como marca de fábrica y servicios en clase(s): 25 y 41,
internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 25: Prendas de
vestir, a saber, artículos para la cabeza/sombrerería, prendas para la parte
superior del cuerpo, pantalones, camisas, camisetas, pantalones de buzo, pantalones
cortos, calcetines; calzado; pulseras y 41: Proporcionar instalaciones para
acondicionamiento físico y ejercicio; servicios de clubes deportivos, a saber,
proporcionar instrucciones y equipos en el campo del ejercicio físico. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 28 de octubre del 2016. Solicitud Nº
2016-0010634. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de noviembre del 2016.—Wendy López
Vindas, Registradora.—( IN2017114443 ).
Marianella
Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de Apoderado Especial
de Astrazeneca AB con domicilio en SE151 85 Södertälje, Suecia, solicita la
inscripción de: TAGRISSO como marca de fábrica y comercio en clase: 5.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones y
sustancias farmacéuticas. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 9 de diciembre de 2016. Solicitud Nº 20160012067. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 15 de diciembre de 2016.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017114448 ).
Marianella
Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial
de Lubrizol Advanced Materials Inc., con domicilio en 9911 Brecksville Road,
Cleveland, Ohio 44141-3247, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: FLOWGUARD como marca de fábrica y comercio en clase: 17 Internacional para
proteger y distinguir lo siguiente: 17 Tubos y accesorios de cloruro de
polivinilo clorado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de
diciembre del 2016, según la Solicitud Nº 2016-0011827. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 12 de diciembre del 2016.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017114452 ).
Marianella
Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial
de Probelte S. A., con domicilio en Murcia, Espinardo, Ctra. de Madrid, KM.
384, España, solicita la inscripción de: SPOILER, como marca de fábrica y
comercio en clase: 5 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: productos
farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos
higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para
uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para
personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes
e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos;
fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1° de
diciembre de 2016. Solicitud N° 2016-0011763. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de
diciembre de 2016.—Rina Ruiz Mata, Registrador.—( IN2017114453 ).
Manuel
E. Peralta Volio, cédula de identidad 900120480, en calidad de apoderado
especial de Kuraray Co., Ltd., con domicilio en 1621, Sakazu, Kurashiki City,
Okayama Prefecture, Japón, solicita la inscripción de: Kuraray
como marca de fábrica y comercio en clase: 18.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Cuero; imitaciones de
cuero; tela de cuero; tela de imitación de cuero; equipaje; bolsos, carteras y
otros artículos para cargar; estuches para artículos de tocador (vendidos
vacíos); paraguas/sombrilla y sus partes; bastones y sus partes; látigos,
arneses y guarnicioneros. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 01 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0011762. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 12 de diciembre del 2016.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017114454 ).
Manuel
E. Peralta Volio, cédula de identidad 90124080, en calidad de apoderado
generalísimo de Productora La Florida S. A., cédula jurídica 3-101-306901 con
domicilio en Echeverría, distrito 2° de Belén, en las instalaciones de
Cervecería Costa Rica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: ELEGÍ
AYUDAR
como marca de servicios en clase: 45 Internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 45 Un programa de voluntariado y ayuda.
Reservas: De los colores anaranjado, turquesa, verde, amarillo y fucsia. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de octubre del 2016, según
Solicitud N° 2016-0010464. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de diciembre del
2016.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017114455 ).
Marianella
Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial
de Ajinomoto Co., Inc., con domicilio en 15-1, Kyobashi 1-Chome, Chuo-Ku, Tokyo,
Japón, solicita la inscripción de: AJINOMOTO, como marca de fábrica y comercio
en clase: 32 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: cervezas; aguas
minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas;
siropes y otras preparaciones para hacer bebidas; bebidas deportivas;
preparaciones para hacer bebidas deportivas; bebidas energizantes; bebidas sin
alcohol; preparaciones para hacer zumos de frutas; bebidas de suero de leche;
bebidas isotónicas; preparaciones para hacer bebidas isotónicas. Reservas: de
los colores: rojo, amarillo, verde y anaranjado. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 3 de octubre de 2016. Solicitud N° 2016-0009638. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 13 de diciembre de 2016.—Ildreth Araya Mesen,
Registradora.—( IN2017114456 ).
Marianella
Arias Chacón, cédula de identidad 1-0679-0960, en calidad de apoderada especial
de Syngenta Participations AG, con domicilio en Schwarzwaldallee 215, 4058
Basel, Suiza, solicita la inscripción de: ASTALEC como
marca de fábrica y comercio en clases: 1 y 5 Internacionales, para proteger y
distinguir lo siguiente: Clase 1: Productos químicos para la agricultura, la
horticultura y la silvicultura; productos para tratar semillas; abonos para el
suelo. y Clase 5: Productos para eliminar animales dañinos; fungicidas,
herbicidas, insecticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 22 de noviembre del 2016, según Solicitud N° 2016-0011458. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 29 de noviembre del 2016.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017114461 ).
Manuel
E. Peralta Volio, cédula de identidad 900120480, en calidad de Apoderado
Especial de Unilever N. V. con domicilio en Weena 455, 3013 Al Rotterdam,
Países Bajos, solicita la inscripción de: DOVE como marca de fábrica y
comercio en clase: 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Jabones; jabones líquidos; preparaciones para el lavado de manos; preparaciones
para el baño y la ducha, incluidos geles para ducha y espuma de baño;
perfumería, aceites esenciales; cosméticos; agua de colonia; loción para
después de afeitar; aerosoles de perfume para el cuerpo; desodorantes para uso
personal; antitranspirantes; espuma de afeitar, gel de afeitar, lociones de
pre-afeitado y después del afeitado; polvos de talco; preparaciones para antes
del afeitado y después del afeitado; aceites, cremas y lociones para la piel;
preparaciones de aromaterapia; preparaciones para masajes; preparaciones para
el cuidado de la piel; preparaciones depilatorias; productos para el bronceado
y protección solar; productos para el maquillaje y para remover maquillaje;
jalea de petróleo/vaselina para uso cosmético; preparaciones para el cuidado de
los labios; lana de algodón, bastoncillos de algodón para uso cosmético;
almohadillas cosméticas; toallitas impregnadas con lociones cosméticas;
almohadillas, pañuelos desechables o toallitas limpiadoras pre-humedecidas o
impregnadas; máscaras de belleza, paquetes faciales; preparaciones para el
cuidado del cabello y el cuero cabelludo; champús y acondicionadores;
colorantes para el cabello; tintes para el cabello; lociones para el cabello;
preparaciones para ondular el cabello; lacas/espray para el cabello; polvos
para el cabello; apósitos para el cabello; lacas para el cabello; mousses para
el cabello; esmaltes para el cabello; geles para el cabello; hidratantes para
el cabello; líquido para el cabello; tratamientos para la preservación del
cabello; tratamientos desecantes para el cabello; aceites para el cabello;
tónico capilar; cremas para el cabello; dentífricos; enjuagues bucales no medicinales;
preparaciones para el cuidado de la boca y los dientes; pulimento dental; polvo
dental; pasta dental; preparaciones para el aseo/tocador no medicadas. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 22 de noviembre de 2016. Solicitud Nº
2016-0011459. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de noviembre de 2016.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017114464 ).
Giulio
Sansonetti Hautala, casado, cédula de identidad 111780002, en calidad de
apoderado especial de Altius Lex S. A., Cédula jurídica 3101442659, con
domicilio en Zapote de la sede lechera 50 metros norte 100 metros este y 75
metros norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Altius Lex
abogados
como marca de servicios en clase 45 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Clase 45: L E X Servicios jurídicos
(legales y notariales). Reservas: De abogados los colores: negro, dorado. No se
hace reserva del término: “ABOGADOS”. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 13 de enero del 2017, solicitud Nº 2017-0000300. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 7 de febrero del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017114497 ).
Luis
Carlos Cordero Cruz, soltero, cédula de identidad número 112250022, en calidad
de apoderado generalísimo sin límite de suma de 3-101-708165 Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-708165, con domicilio en Barrio Escalante, 25 metros al
este rotonda El Farolito Restaurante Il Volpino, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Jester Brewing Company como marca de fábrica y
comercio en clase: 32 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Cerveza artesanal y cerveza en general. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 16 de diciembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0011523. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 27 de febrero de 2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—(
IN2017114501).
María
Lourdes Solís Razza, casada una vez, cédula de identidad Nº 111850874 con
domicilio en Llorente de Tibás, urbanización Talamanca, casa Nº 1, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: CEREZO
como marca de servicios en clase: 35. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Servicios publicitarios. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 20 de febrero del 2017. Solicitud N°
2017-0001492. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 24 de febrero del 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017114503 ).
José
Manuel Alfaro Arias, soltero, cédula de identidad Nº 419200273, en calidad de
apoderado generalísimo de Usekol Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3101565984, con domicilio en: Santa Bárbara, El Roble 400 metros al este de
ferretería Acosta, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: USEKÖL
como marca de servicios en clase: 37. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Servicios relacionados con la construcción
de edificios, servicios de empresas especializadas en la instalación de
calefacción, servicios de inspección de proyectos de construcción, servicios de
reparación relacionados con la electricidad, servicios de reparación de un
edificio. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de noviembre del
2016. Solicitud N° 2016-0011225. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 23 de noviembre del
2016.—Ivonne Mora Ortega, Registrador.—( IN2017114509 ).
José
Isaías Arias Picado, en calidad de apoderado generalísimo de 3102728253
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102728253con domicilio
en Coto Brus, 200 m al sur de la entrada al Balneario del Barrio de Lourdes de
Sabalito, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: Agua Buena
CERVECERÍA
como nombre comercial, para proteger y distinguir lo
siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la fabricación de cerveza
artesanal. Ubicado doscientos metros al sur de la entrada al Balneario el Barco
de Lourdes de San Vito, Coto Brus, Puntarenas, Costa Rica. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 6 de febrero del 2017, solicitud Nº 2017-0001018.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 23 de febrero del 2017.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2017114512 ).
Jessica
Salas Venegas, casada, cédula de identidad 112210610, en calidad de gestor
oficioso de Irene Nassar Jorge, soltera, cédula de identidad 113460702; María
José Castro Acosta, soltera, cédula de identidad 113580896 y Daniela Rivas
Garro, soltera, cédula de identidad 113690050, domicilio en Curridabat, Costa
Rica; Escazú, Costa Rica y Cariari, Costa Rica, solicita la inscripción de: O-PÖP
como marca de servicios en clase: 42. Internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: Diseño de moda. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 23 de agosto del 2016. Solicitud Nº 2016-0008128. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 23 de noviembre del 2016.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017114529 ).
Jessica
Salas Venegas, casada, cédula de identidad 112210610, en calidad de apoderada
especial de Eternit Colombiana S. A., con domicilio en Carrera 7 N° 26-20, piso
16 en Bogotá D.C., Colombia, solicita la inscripción de: ETERBOARD como
marca de fábrica y comercio en clase: 19 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Clase 19: Tejas, materiales de construcción no
metálicos, tubos rígidos no metálicos para la construcción; asfalto, pez y
betún; construcciones transportables no metálicas, monumentos no metálicos,
columnas para publicidad (no metálicas), alabastro, vidrio de alabastro, arena
y piedra para acuario, piedra artificial, cemento de asbesto, mortero de
asbesto, asfalto, estructuras de aviarios (no metálicos), cubiertas de techo
(no metálicos), cubiertas de piso (no metálicos), ladrillos, materiales de
construcción (no metálicos), vidrio para construcción, paneles para
construcción (no metálicos), productos de papel, piedra y madera para
construcción, cubiertas y productos o materiales de concreto o cemento (no
metálicos) para construcción, productos y materiales de barro, de corcho,
ductos y tubería no metálicas para construcción, estructuras no metálicas,
cubiertas bituminosas para techos y para construcciones, horno de alta
temperatura para cemento, cureñas (armazones) para trabajo bajo el agua, madera
de tonel, cornisas no metálicas, cubiertas de alquitrán para techo y pisos,
alquitrán, tiza y fieltro para la construcción y los demás productos comprendidos
en la clase. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de
diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012117. A efectos de publicación téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de enero
del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017114530 ).
Jessica
Salas Venegas, casada, cédula de identidad Nº 112210610, en calidad de
apoderada especial de Eternit Colombiana S. A., con domicilio en Carrera 7 Nº
26-20, piso 16 en Bogotá D.C., Colombia, solicita la inscripción de: ETERPLAC
como marca de fábrica y comercio, en clase: 19 internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: tejas, paneles, materiales de construcción no metálicos, tubos
rígidos no metálicos para la construcción, asfalto, pez y betún; construcciones
transportables no metálicas, monumentos no metálicos, columnas para publicidad
(no metálicas), alabastro, vidrio de alabastro, arena y piedra para acuario,
piedra artificial, cemento de asbesto, mortero de asbesto, asfalto, estructuras
de aviarios (no metálicos), cubiertas de techo (no metálicos), cubiertas de
piso (no metálicos), ladrillos, materiales de construcción (no metálicos),
vidrio para construcción, paneles para construcción (no metálicos), productos
de papel, piedra y madera para construcción, cubiertas y productos o materiales
de concreto o cemento (no metálicos) para construcción, productos y materiales
de barro, de corcho, ductos y tubería no metálicas para construcción,
estructuras no metálicas, cubiertas bituminosas para techos y para
construcciones, cureñas (armazones) para trabajo bajo el agua, madera de tonel,
cornizas no metálicas, cubiertas de alquitrán para techo y pisos, alquitrán,
tiza y fieltro para la construcción y los demás productos comprendidos en la
clase. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de diciembre del
2016. Solicitud Nº 2016-0012118. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 09 de enero del
2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017114531 ).
Jessica
Salas Venegas, casada, cédula de identidad Nº 112210610, en calidad de
apoderada especial de Jairo Enrique Malaver Torres, casado dos veces con
domicilio en Bogotá, D.C, calle 127A N° 53A-45, piso 11 oficinas 1101 y 1104,
Centro Empresarial Colpatria torre II, Colombia, solicita la inscripción de: EVOLUCIÓN
EN MOVIMIENTO, como señal de propaganda en clase: 50. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar ascensores, elevadores,
aparatos de elevación y de transporte vertical en general, transportadores,
bandas y correas transportadoras, así como demás equipos, partes y suministros
que dentro de esta clase, hagan parte de los aparatos de elevación y transporte
vertical, número de registro 135029. Servicios de reparación, instalación y
conservación de ascensores o de aparatos de elevación; renovación y
modernización de aparatos de transporte vertical en general, a través de la
realización de mejoras técnicas y estéticas a los mismos, registro número
135031. Servicios de producción, compra, venta y comercialización de toda clase
de equipos de transporte vertical; consultas profesionales no relacionadas con
la dirección de negocios; trabajos de ingeniería; estudio de tráfico;
interventoría y asesoría en transporte vertical, registro número 135030. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 19 de enero del 2017. Solicitud N°
2017-0000478. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 31 de enero del 2017.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017114532 ).
Roberto
Abreu Lachner, cédula de identidad 113280694, en calidad de apoderado
generalísimo de Jardín del Escalante Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101721667con domicilio en Escazú, San Rafael, Complejo Avenida Escazú,
edificio 101, segundo piso, oficina de Grupo Habla, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: LOLITA ALMA URBANA
como nombre comercial en clase internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: 49 Un establecimiento comercial dedicado a: plaza
comercial, con especialidad en espacios gastronómicos y actividades culturales
al aire libre, ubicada en la República de Costa Rica, Provincia San José,
Cantón San José, Distrito El Carmen, ciento cincuenta metros al este de la
Estación del Ferrocarril al Atlántico, paralelo a la línea férrea. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 27 de enero del 2017, solicitud Nº
2017-0000770. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de febrero del 2017.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2017114533 ).
Nuria
Luna Fonseca, casada una vez, cédula de identidad 202710135, en calidad de
apoderada generalísima de Biscochos Nuria Ltda., cédula jurídica 3102098366,
con domicilio en, Costa Rica, solicita la inscripción de: Nuria’s
como marca de comercio en clase: 30 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Clase 30: Pan, productos de pastelería y
confitería. Reservas: De los colores: rosado y café. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 7 de diciembre del 2016. Solicitud Nº
2016-0011971. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de enero del 2017.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2017114538 ).
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
Fernanda Solano Pereira, soltera, cédula de identidad Nº
114130117, con domicilio en: Oreamuno, San Rafael, de la pulpería Cruz Azul 100
metros al norte, 25 metros al oeste, 800 metros al norte en barrio San
Francisco y 50 metros al oeste de la pulpería La Amistad, casa color gris con
terracota y portones negros, a mano derecha, Nº 38, Cartago, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Productos Churuca
como marca de fábrica y comercio en clase 29 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: chile picante artesanal, escabeche,
jaleas, verduras picadas, frutas picadas o enteras, productos lácteos (leche,
queso, natilla), huevos. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 03 de noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0010811. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017114618 ).
Anabelle
Castillo López, soltera, cédula de identidad Nº 203130976, en calidad de
apoderado generalísimo de Viajes Alcala S. A., cédula jurídica Nº 3101148917,
con domicilio en: Escazú, plaza Roble, edificio Pórtico, oficina Nº 5, primer
piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ALEX SU ASISTENTE DE
VIAJE
como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Software de asistencia de viajes.
Reservas: de colores: rojo y celeste. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de octubre del 2016. Solicitud N° 2016-0010173. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 16 de enero del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2017114621 ).
Carlos
Roberto López León, casado, cédula de identidad 107880621, en calidad de
apoderado especial de Latin Farma, Sociedad Anónima, con domicilio en Zona
Franca, Parque Industrial Zeta-La Unión S. A., 4TA calle y 2DA avenida “A” lote
18 “A” KM. 30.5, Amatitlán, Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: ODDONTOLIDO como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 5 Productos farmacéuticos, anestésicos
locales, odontológico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de
enero del 2017, según solicitud Nº 2017-0000877. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de
febrero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017114696 ).
Carlos
Roberto López León, casado, cédula de identidad 107880621, en calidad de
apoderado especial de A. Menarini Latin America Sociedad Limitada, Unipersonal
con domicilio en Calle Alfonso XII, NÚMERO 587, Badalona, Barcelona, España,
solicita la inscripción de: CAPICAPS como marca de fábrica y comercio
en clases 3 y 5 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: clase
3: Jabones, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello,
dentífricos y en clase 5: Productos farmacéuticos y sustancia dietéticas para
uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de enero
del 2017, según solicitud Nº 2016-0011654. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 07 de febrero
del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017114697 ).
Carlos
Roberto López León, casado, cédula de identidad Nº 107880621, en calidad de:
apoderado especial de Laboratorios Menarini S. A., con domicilio en: calle
Alfonso XII, 587, Badalona, Barcelona, España, solicita la inscripción de: como
marca de servicios en clase 35 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: publicidad;
gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina,
relacionados con las actividades y giro comercial de la empresa Laboratorios
Menarini S. A., siendo éstos la manufactura y distribución comercial de
productos farmacéuticos. Reservas: de los colores: rojo, azul y gris. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 13 de enero del 2017. Solicitud N°
2017-0000270. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 13 de febrero del 2017.—Wendy López
Vindas, Registradora.—( IN2017114698 ).
Carlos
Roberto López León, casado, cédula de identidad Nº 107880621, en calidad de
apoderado especial de Laboratorios Menarini S. A., con domicilio en: calle
Alfonso XII, 587, 08912, Badalona, Barcelona, España, solicita la inscripción
de:
como marca de fábrica y comercio en clases: 3 y 5.
Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 3:
Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa;
preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de
perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos y
en clase 5: Productos farmacéuticos analgésicos. Reservas: De los colores:
Rojo, azul y gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de enero
del 2017. Solicitud N° 2017-0000271. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 13 de
febrero del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017114700 ).
Carlos
Roberto López León, casado, cédula de identidad 107880621, en calidad de
apoderada especial de Latin Farma, Sociedad Anónima, con domicilio en Zona
Franca, Parque Industrial Zeta - La Unión S. A. 4TA calle y 2DA Avenida “A”
lote 18”A” KM. 30.5, Amatitlán, Guatemala, solicita la inscripción de: ODDONTOARTI como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 5 Producto farmacéuticos, anestésicos
locales, odontológicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de
enero del 2017, según solicitud Nº 2017-0000881. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de
febrero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017114701 ).
Carlos
Roberto López León, casado, cédula de identidad 107880621, en calidad de
apoderado especial de Latin Farma, Sociedad Anónima, con domicilio en Zona
Franca, Parque Industrial Zeta-La Unión S. A., 4TA calle y 2DA avenida “A” lote
18 “A” KM. 30.5, Amatitlán, Guatemala, solicita la inscripción de: ODDONTOPRILO como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 5 Producto farmacéuticos, anestésicos
locales, odontológicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de
enero del 2017, según solicitud Nº 2017-0000883. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de
febrero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017114702 ).
Kimberly Yurica Herrera,
soltera, cédula de identidad 114390362, en calidad de apoderada generalísima de
Yurika Arquitectura Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101674873con domicilio
en Tilarán; 25 Metros sur del Palacio Episcopal, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Yurica Springs como marca de comercio en clase:
32. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 32 Agua mineral
embotellada de manantial. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 1° de diciembre del 2016, según solicitud Nº 2016-0011774. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 19 de enero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017114729 ).
Irene
Antich Artavia, casada una vez, cédula de identidad Nº 112290565, con domicilio
en: Francisco Peralta, Los Yoses, San Pedro, Costa Rica, solicita la
inscripción de: DRINK & DRAW COSTA RICA
como marca de servicios en clase 41 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: sesiones de dibujo con música. Reservas: no
se hace reserva del término: “COSTA RICA”. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 08 de setiembre del 2016. Solicitud N° 2016-0008816. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 19 de setiembre del 2016.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017114731 ).
Jairo
Azofeifa Montero, casado una vez, cédula de identidad Nº 108850349 y Allan Mora
Jiménez, casado una vez, cédula de identidad Nº 110310550, con domicilio en:
San Isidro de Heredia, de la escuela Santa Cecilia, 300 metros este, 800 metros
norte y 50 metros oeste., Heredia, Costa Rica y 175 metros norte de la iglesia
católica de San Jerónimo de Moravia, Costa Rica, solicita la inscripción de: LA
KUARTA (DISEÑO)
como marca de servicios en clase 41 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: servicios de un grupo de interpretación
musical. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de enero del 2017.
Solicitud N° 2017-0000281. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 14 de febrero del 2017.—Ildreth
Araya Mesén, Registradora.—( IN2017114777 ).
José
Antonio Jaikel Aguilar, casado una vez, cédula de identidad Nº 204140799, con
domicilio en: Piedades de Santa Ana, Residencial Hacienda Paraíso, casa 23, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: LOS LITROS PARADA ESTRATÉGICA
como marca de fábrica y comercio en clase internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado
a la venta de todo tipo de alimentos, y bebidas, abarrotes, de ferretería, farmacia,
productos de limpieza para el hogar, productos para animales, productos
alimenticios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de enero
del 2017. Solicitud N° 2017-0000672. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 21 de
febrero del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017114786).
Edgar
Rohrmoser Zúñiga, divorciado, cédula de identidad 106170586, en calidad de
apoderada especial de Edgar Herrmann Urich-Sass Von Heinsberg, con domicilio en
Colibrí N° 14 Col. Bellavista C.P. 01141, Ciudad de México, México, solicita la
inscripción de: MAKYCO como marca de fábrica y comercio en clase: 16. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Plastilina, crayones, acuarelas,
lápices; borradores; artículos de papelería; pinceles; pegamentos de papelería
para uso doméstico; material didáctico con la excepción de aparatos; clips,
tablas aritméticas; blocs de dibujo; cartón; compases de dibujo; cuadernos;
material de dibujo; instrumentos de dibujo; material escolar; plumas para
escribir; artículos de escritura; instrumentos de escritura; escuadras de
dibujo; gomas de borrar; hojas de papel; libretas; marcadores [artículos de
papelería]; minas de lápices; pizarrones; borradores para pizarrones; sellos;
tiza para escribir. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de
mayo del 2016. Según solicitud Nº 2016-0005133. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16
de agosto del 2016.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017114813 ).
Johnny
Alexander Carmona Solano, soltero, cédula de identidad Nº 108420636, en calidad
de apoderado generalísimo de Masterzon CR Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3101727041, con domicilio en: San José, Mata Redonda, centro comercial Sabana
Sur, local número cincuenta y seis, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Mz MASTERZON CR
como marca de fábrica en clase 38 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: una plataforma o portal web transaccional.
Reservas: de colores: azul y negro. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 15 de diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012243. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 03 de febrero del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017114823 ).
Úrsula
Rivera Willeke, casada una vez, cédula de identidad Nº 106690280, en calidad de
apoderada especial de Glunos Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101718686,
con domicilio en: Montes de Oca, barrio Dent, Oficentro Latitud Dent, oficina
Nº 0-312, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GLUNO’S LIBRE DE
GLUTEN
como marca de servicios en clase 35 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Gestión de negocios comerciales y demás
servicios incluidos en esta clase. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 24 de enero del 2017. Solicitud N° 2017-0000603. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 23 de febrero del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017114826 ).
José
Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad Nº 104330939, en
calidad de apoderado especial de Veto Global Sourcing con domicilio en: Akara
Building 24 de Castro Street Wickams Bay, L Road Town, Tortola, Islas Vírgenes
(Británicas), solicita la inscripción de: veto INNOVAMOS PARA TI
como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: tomacorrientes, switches, enchufes,
interruptores ding-dongs (timbres eléctricos para puertas), cajetines (cajas
para portaobjetos incluidas en clase 9), jacks, dimes (máquinas contables
incluidas en clase 9), plafones (lámparas ópticas incluidas en clase 9),
amarras plásticas (mangos de unión para cables eléctricos), porteros
eléctricos, brakers (interruptores), caja para exteriores (cajas de distribución
(electricidad), clicks (interruptores), conmutadores, placas decorativas
(placas para baterías y placas para acumuladores eléctricos) y material
eléctrico de uso doméstico (a saber, aparatos e instrumentos de conducción,
distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la
electricidad. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de
diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012451. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
16 de enero del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017114871 ).
José
Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad Nº 104330939, en
calidad de apoderado especial de Veto Global Sourcing con domicilio en: Akara
Building 24 de Castro Street Wickams Bay, I Road Town, Tortola, Islas Vírgenes
(Británicas), solicita la inscripción de: veto INNOVATING FOR YOU
como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: tomacorrientes, switches, enchufes,
interruptores ding-dongs (timbres eléctricos para puertas), cajetines (cajas
para portaobjetos incluidas en clase 9), jacks, dimes (máquinas contables
incluidas en clase 9), plafones (lámparas ópticas incluidas en clase 9),
amarras plásticas (mangos de unión para cables eléctricos), porteros
eléctricos, brakers (interruptores), caja para exteriores (cajas de
distribución (electricidad)), clicks (interruptores), conmutadores, placas
decorativas (placas para baterías y placas para acumuladores eléctricos) y
material eléctrico de uso doméstico (a saber, aparatos e instrumentos de
conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de
la electricidad. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de
diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012452. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
16 de enero del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registrador.—( IN2017114873 ).
José
Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad Nº 104330939, en
calidad de apoderado especial de Coatings Foreign IP Co. LLC, con domicilio en:
Corporation Trust Center, 1209 Orange Street, Wilmington, Delaware 19801,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ZurCa by Axalta
como marca de fábrica y comercio en clase: 2.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Colores, barnices,
lacas, preservativos antioxidantes y contra la deterioración de la madera,
materias tintóreas, mordientes, resinas naturales, metales en hojas y en polvo
para pintores y decoradores. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 06 de junio del 2016. Solicitud N° 2016-0005403. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 29 de setiembre del 2016.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017114874 ).
José
Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad Nº 104330939, en
calidad de apoderado especial de Backaldrin Osterreich The Kornspitz Company
GMBH, con domicilio en: Jochen-Rindt-Strasse 15, 1230 Viena, Austria, solicita
la inscripción de: backaldrin The Kornspitz Company
como marca de fábrica y servicios en clases 30 y 36
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Harinas
y preparaciones a base de cereales; granos procesados, almidones y productos
derivados, preparaciones y levaduras para hornear; mezclas para hornear; polvo
para hornear; preparaciones aromáticas para alimentos; pastas, batidos y
mezclas para los mismos; productos horneados, confitería, chocolate y postres;
bolas de masa hervida, pasta; especias y en clase 36: Publicidad, incluida la
promoción de bienes, servicios y concursos; gestión y organización de empresas;
servicios de consultoría; mercadeo; demostración de mercancías; venta al por
menor en el sector alimentario; venta al por mayor de productos alimentarios;
selección y presentación de bienes y servicios utilizando material impreso o
vía medios electrónicos de comunicación para permitir el comercio de estos
bienes y servicios; distribución de muestras; organización de ferias (ferias de
muestras), exposiciones y presentaciones de productos con fines comerciales y
publicitarios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de
diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012068. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
20 de diciembre del 2016.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017114875
).
José
Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad Nº 104330939, en
calidad de apoderado especial de Backaldrin Osterreich The Kornspitz Company
GMBH, con domicilio en: Jochen-Rindt-Strasse 15, 1230 Viena, Austria, solicita
la inscripción de: BACKALDRIN
como marca de fábrica y servicios en clases) 30 y 35
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: harinas
y preparaciones a base de cereales; granos procesados, almidones y productos
derivados, preparaciones y levaduras para hornear; polvo para hornear;
preparaciones aromáticas para alimentos; pastas, batidos y mezclas para los
mismos; productos horneados, confitería, chocolate y postres; bolas de masa
hervida, pasta; especias y en clase 35: publicidad, incluida la promoción de
bienes, servicios y concursos; gestión y organización de empresas; servicios de
consultoría; mercadeo; demostración de mercancías; venta al por menor en el
sector alimentario; venta al por mayor de productos alimentarios; selección y
presentación de bienes y servicios utilizando material impreso o vía medios
electrónicos de comunicación para permitir el comercio de estos bienes y
servicios; distribución de muestras; organización de ferias (ferias de muestras),
exposiciones y presentaciones de productos con fines comerciales y
publicitarios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de
diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012292. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
10 de enero del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017114876 ).
José
Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad Nº 104430939, en
calidad de apoderado especial de Aliphos Belgium S. A., con domicilio en:
Avenue Jean Monnet 1- Monnet Center International Laboratory, 1348 Louvain-La
Neuve, Bélgica, solicita la inscripción de: Aquaphos
como marca de fábrica y comercio en clases) 1 y 31
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1: aditivos
químicos para la fabricación de alimento para animales y en clase 31: alimentos
para animales; forraje de fortalecimiento para animales. Prioridad: se otorga
prioridad N° 015503543 de fecha 22/09/2016 de España. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 02 de diciembre del 2016. Solicitud N°
2016-0011824. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 19 de enero del 2017.—Johnny Rodríguez
Garita, Registrador.—( IN2017114877 ).
José
Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad Nº 104430939, en
calidad de apoderado especial de Panel Rey S. A., con domicilio en: Serafín
Pena Sur Nº 938, Col. Centro, Monterrey, Nuevo León C.P.64000, México, solicita
la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio en clase 19 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Materiales para construcción no
metálicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de
diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012066. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
20 de diciembre del 2016.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017114878
).
Randall
Mauricio Rojas Quesada, divorciado, cédula de identidad Nº 204870005, en calidad
de apoderado especial de Corporación Camino a San Juan Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3101299001, con domicilio en: San Carlos, Pital, costado este de
Coopecoocique, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: PEDACITO DE
CIELO HOTEL ECO LODGE
como nombre comercial en clase internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado al hospedaje,
venta de alimentos y servicio de turismo en la zona norte del país, ubicado en
Alajuela, San Carlos, Santa Rita de Boca Tapada de Pital, 1 kilómetro y medio
al norte de la escuela. Reservas: de los colores: verde y blanco. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 02 de febrero del 2017. Solicitud N°
2017-0000940. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 16 de febrero del 2017.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2017114928 ).
Irina
Arguedas Calvo, soltera, cédula de identidad Nº 113790869, en calidad de
apoderada especial de 3-101-696158 Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3101696158, con domicilio en: Curridabat, Granadilla Norte, del taller Wabe,
200 metros al norte y un kilómetro este, residencial Bosques de Altamonte, casa
5, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ENDARO en paleta
SABORES AUTENTICOS
como marca de fábrica y servicios en clases 30 y 35
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: helados
artesanales y en clase 35: venta de helados artesanales. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 12 de diciembre del 2016. Solicitud N°
2016-0012096. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 14 de febrero del 2017.—César Alfonso
Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017114955 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de Courtroom Television Network LLCcon domicilio en 600
Third Avenue, Nueva York, Nueva York 10016, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: IMPRACTICAL JOKERS como marca de servicios
en clase 41 internacional para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 41:
Servicios de entretenimiento, a saber series de programas transmitidos mediante
multimedia y caracterizados por exhibir programas de comedia, de acción, de
drama, de realidad (interacción real) y de aventura, todos ellos distribuidos
mediante varias plataformas a través de múltiples formas de transmisión de
medios de comunicación. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de
diciembre del 2016, según solicitud Nº 2016-0011937. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14
de diciembre del 2016.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017114959 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada
especial de Laboratorios Grossman S. A., con domicilio en Calzada de Tlalpan N°
2021, Col. Parque San Andrés, Delegación Coyoacán, C.P. 04040 México, D.F.,
México, solicita la inscripción de: Bye Bye como
marca de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Clase 3: Preparaciones para blanquear y otras
sustancias para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y
raspar (preparaciones abrasivas); jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos,
lociones para el cabello; dentífrico, repelentes para insectos. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 6 de diciembre del 2016, según
solicitud Nº 2016-0011936. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de diciembre del
2016.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN20171145960 ).
Víctor
Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad 1335794, en calidad de apoderado
especial de Johnson & Johnson con domicilio en One Johnson & Johnson
Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933., Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: AUTOSURE como marca de fábrica y comercio
en clase: 5. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5
Reactivos para uso en laboratorios médicos. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de setiembre del 2016, según solicitud Nº 2016-0011608. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 9 de enero del 2017.—Randall Abarca Aguilar Registrador.—(
IN2017114961 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de E. & J. Gallo Winery con domicilio en 600 Yosemite
Boulevard Modesto, estado de California 95354, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: J VINEYARDS como marca de fábrica y
comercio en clase: 33. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Clase 33: Vinos de todo tipo. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de octubre del 2016, según solicitud Nº 2016-0010559. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 10 de enero del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017114962 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de Gestora
oficiosa de Hyundai Mobis Co. Ltd., con domicilio en 203 Teheran-Ro
(Yeoksam-Dong), Gamgnam-Gu, Seúl, Corea del Sur, República Popular Democrática
de Corea, solicita la inscripción de: KRELL como
Marca de fábrica y comercio en clase: 9. Internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Clase 9: Equipo de audio para automóviles, a saber,
auriculares, reproductores de discos compactos, reproductores de discos
versátiles digitales (DVD’s), reproductores de discos ópticos pre-grabados,
dispositivos de transferencia continua de medios digitales, procesadores de
señal digital, altoparlantes, altavoces para sonidos graves, amplificadores,
ecualizadores, filtros electrónicos usados en aplicaciones de audios,
replicadores para dispositivos de audio digital, de recibidores, de
sintonizadores de radio satelital AM/FM, de soportes de altavoz, de
auriculares, de rejillas de altavoces y para dispositivos twitter (altavoz
especializado en altas frecuencias) . Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de octubre del 2016, según solicitud Nº 2016-0010554. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 22 de diciembre del 2016.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017114963 ).
María
Vargas Uribe, Divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de Colucid Pharmaceuticals Inc., con domicilio en 222 Third
Street, Suite 1320, Cambridge, Massachusetts, 02142, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: EXGEMIG como marca de fábrica y comercio
en clase: 5. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 5:
Preparaciones farmacéuticas para uso humano. Prioridad: Se otorga prioridad N°
87/019,480 de fecha 29/04/2016 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2016, según solicitud Nº
2016-0010432. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de enero del 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017114964 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de Colucid Pharmaceuticals Inc., con domicilio en 222 Third
Street, Suite 1320, Cambridge, Massachusetts, 02142, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: MIGBREVI como marca de fábrica y comercio
en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 5:
Preparaciones farmacéuticas para uso humano. Prioridad: Se otorga prioridad N°
87/019,471 de fecha 29/04/2016 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2016, según solicitud Nº
2016-0010431. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de enero del 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017114965 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de Nexans Chile S. A., con domicilio en Ureta Cox 930,
8930029 San Miguel, Santiago Metropolitana, Chile, solicita la inscripción de: MADECO como Marca de fábrica y comercio en clase: 9 Internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Aparatos e instrumentos de conducción,
distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la
electricidad; hilos y cables eléctricos; cables e hilo electrónicos; cables
para telecomunicaciones; conectores; conmutadores; manguitos de unión y fundas
para cables e hilos eléctricos, electrónicos y para telecomunicaciones;
componentes y accesorios para conexiones eléctricas, electrónicas y telecomunicaciones
sea por medio de cable o de hilos; conductores eléctricos. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 12 de julio del 2016, según solicitud Nº
2016-0006729. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de enero del 2017.—Bernard Molina
Alvarado, Registrador.—( IN2017114966 ).
María
Vargas Uribe, Divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de Johnson & Johnson, con domicilio en One Johnson &
Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: VALIVAND como marca de fábrica y comercio
en clase: 5. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Preparaciones farmacéuticas de uso humano para la prevención y tratamiento de
enfermedades virales, enfermedades autoinmunes e inflamatorias, enfermedades
cardiovasculares, enfermedades del sistema nervioso central, dolor,
enfermedades dermatológicas, enfermedades gastrointestinales, enfermedades
infecciosas, enfermedades metabólicas, enfermedades oncológicas, enfermedades
oftálmicas y enfermedades respiratorias. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 13 de setiembre del 2016, según solicitud Nº 2016-0009020. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 12 de diciembre del 2016.—Bernard Molina Alvarado,
Registrador.—( IN2017114967 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de Johnson & Johnson con domicilio en One Johnson &
Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933., Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: AUTOSURE como marca de fábrica y comercio en
clase: 10. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 10 Monitor
para registrar concentraciones mínimas recomendadas caracterizado para ser
vendido como un componente integral de un reprocesador endoscópico automático.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de setiembre del 2016,
según solicitud Nº 2016-0009446. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de enero del
2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2017114968 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de Colucid Pharmaceuticals Inc., con domicilio en 222 Third
Street, Suite 1320, Cambridge, Massachusetts, 02142, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: MIGZACTI como marca de fábrica y comercio
en clase: 5. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 5:
Preparaciones farmacéuticas para uso humano. Prioridad: Se otorga prioridad N°
87/019,463 de fecha 29/04/2016 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2016, según solicitud Nº
2016-0010430. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de enero del 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017114969 ).
Víctor
Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de
apoderado especial de Laboratorios Vijosa S. A. de C.V., con domicilio en calle
L-3, N° 10, Zona Industrial Merliot Antigua Cuscatlán, Departamento de la
Libertad, El Salvador, solicita la inscripción de: ULTRAFLEX como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios;
productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias
dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos
alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos;
material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para
eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 17 de marzo del 2016, según solicitud Nº
2016-0002650. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de diciembre del 2016.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017114970 ).
Víctor
Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de
apoderado especial de Arla Foods Amba, con domicilio en Soenderhoj 14, DK-8260
Viby J, Dinamarca, solicita la inscripción de: ARLA VITAKIDS
como Marca de fábrica y comercio en clase: 29. Internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Leche en polvo, crema en polvo así como otros
productos lácteos en polvo; productos mixtos en polvo producidos especialmente
a partir de leche; leches y cremas condensadas y esterilizadas UHT
(ultrapasteurizada), todos los productos anteriores para niños. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio del 2015, según solicitud
Nº 2015-0005641. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de enero del 2017.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN20171144974 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de Laboratorios Grossman S. A., con domicilio en Calzada de
Tlalpan N° 2021, Col. Parque San Andrés, Delegación Coyoacán, C.P. 04040
México, D.F., México, solicita la inscripción de: SulZinc como
Marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Clase 5: Productos farmacéuticos y medicamentos, en
particular, coadyuvante en el manejo de la diarrea persistente en niños. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de diciembre del 2016,
según solicitud Nº 2016-0011939. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de diciembre del
2016.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017114975 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de Gildan Activewear SRL., con domicilio en Newton, Christ
Church, BB 17047, Barbados, solicita la inscripción de: ODOR GUARD como Marca de fábrica y comercio en clase: 25. Internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 25: Prendas de vestir, calzado,
sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de diciembre
del 2016, según solicitud Nº 2016-0011941. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de diciembre
del 2016.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017114976 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de Johnson & Johnson, con domicilio en One Johnson &
Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: Prolok como marca de fábrica y comercio en
clase: 10. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 10:
Implantes quirúrgicos utilizados en cirugías ortopédicas para adherir tendones y
ligamentos al cuerpo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de
diciembre del 2016, según solicitud Nº 2016-0012021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21
de diciembre del 2016.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017114977
).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de BASF Agro B.V., Amhem (NL) Zweigniederlassung Zürich, con
domicilio en IM Tiergarten 7, Zurich, Suiza, solicita la inscripción de: AVYTE como marca de fábrica y comercio en clases: 1 y 5 Internacionales
para proteger y distinguir lo siguiente: 1 Químicos usados en agricultura,
horticultura y silvicultura; especialmente preparaciones para fortalecer las
plantas, preparaciones químicas y/o biológicas para manejar el estrés en
plantas, preparaciones para regular el crecimiento de las plantas,
preparaciones químicas para el tratamiento de semillas, surfactantes, químicos
naturales o artificiales para ser usados como cebos sexuales o agentes para
confundir insectos. y 5 Preparaciones para destruir y combatir animales
dañinos; insecticidas, fungicidas, herbicidas, pesticidas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 13 de diciembre del 2016, según solicitud Nº
2016-0012160. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de diciembre del 2016.—Wendy López
Vindas, Registradora.—( IN2017114978 ).
María
Vargas Uribe, Divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de BASF SE., con domicilio en Carl-Bosch-Strasse 38,
Ludwigshafen AM Rhein, Alemania, solicita la inscripción de: KILYMOS como marca de fábrica y comercio en clases: 1 y 5 Internacionales
para proteger y distinguir lo siguiente: 1 Químicos usados en agricultura,
horticultura y silvicultura; especialmente preparaciones para fortalecer las
plantas; preparaciones químicas y/o biológicas para manejar el estrés en
plantas, preparaciones para regular el crecimiento de las plantas,
preparaciones químicas para el tratamiento de semillas, surfactantes, químicos
naturales o artificiales para ser usados como cebos sexuales o agentes para
confundir insectos. y 5 Preparaciones para destruir y combatir animales
dañinos; insecticida, fungicidas, herbicidas, pesticidas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 13 de diciembre del 2016, según solicitud Nº
2016-0012162. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de diciembre del 2016.—Wendy López
Vindas, Registradora.—( IN2017114979 ).
María
Vargas Uribe, Divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de BASF Agrochemical Products B.V., con domicilio en
Groningensingel 1, 6835 EA, Arnhem, Países Bajos, solicita la inscripción de: COMTUVA como Marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para destruir y combatir
animales dañinos; insecticidas, fungicidas, herbicidas, pesticidas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 13 de diciembre del 2016. Según
solicitud Nº 2016-0012167. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de diciembre del
2016.—Wendy López Vindas Registradora.—( IN2017114980 ).
María
Vargas Uribe, Divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de Covestro Deutschland AG, con domicilio en
Kaiser-Wilhelm-Alle 60, 51373 Leverkusen, Alemania, solicita la inscripción de:
MAKROLON como marca de fábrica y comercio en clases: 1 y 17.
Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 1: Productos
químicos usados en la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la
agricultura, la horticultura y la silvicultura; resinas artificiales en bruto,
materias plásticas en bruto; abonos para el suelo composiciones extintoras;
preparaciones para templar y soldar metales; productos (sustancias) químicos
para conservar alimentos; materias curtientes; adhesivos (pegamentos) en la
industria. Y Clase 17: Caucho, gutapercha, goma, amianto, mica y productos de
estas materias no comprendidos en otras clases; productos de materias plásticas
semielaborados; materiales para calafatear, estopar y aislar; tubos flexibles
no metálicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de
diciembre del 2016, según solicitud Nº 2016-0012283. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10
de enero del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017114981 ).
Víctor
Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de
apoderada especial de Telemundo Network Group Llc., con domicilio en 2290 West
8TH avenue, Hialeah, Florida 33010, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: HISTORIAS
DE HEROES como marca colectiva en clases: 35 y
44. Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: 35 Servicios para
promover el interés y la concientización en el público sobre enfermedades, en
la relación con prevención de enfermedades, acerca de tratamientos para
combatir enfermedades y con respecto a procesos de recuperación luego de las
enfermedades. y 44 Servicios para suministrar un sitio web caracterizado por
información en el área de la salud, de la prevención de enfermedades, en el
tratamiento contra enfermedades y en la recuperación/convalecencia luego de las
enfermedades. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de
diciembre del 2016, según solicitud Nº 2016-0012493. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de
enero del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017114982 ).
Víctor
Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de
apoderado especial de Castrol Limited, con domicilio en Technology Centre,
Whitchurch Hill, Pangbourne, Reading RG8 7QR, Reino Unido, solicita la
inscripción de: TURBOMAX como marca de fábrica y comercio en clase: 4 Internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 4 Aceites y grasas industriales,
lubricantes: aceites y grasas lubricantes; aditivos no químicos para
lubricantes y grasas; aceites para engranajes; aceites de transmisión. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 22 de diciembre del 2016, según
solicitud Nº 2016-001253. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de enero del
2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017114983 ).
María
Vargas Uribe, Divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de Schell & Kampeter Inc., con domicilio en 103 North
Olive, Meta, Missouri, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: DIAMOND CARE como
marca de fábrica y comercio en clase: 31. Internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 31 Alimento para mascotas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 9 de enero del 2017, según solicitud Nº
2017-0000002. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de enero del 2017.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2017114984 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de Etablissementen Franz Colruyt, con domicilio en
Eddingensesteenweg 196,1500 Halle, Bélgica, solicita la inscripción de: CARA como marca de fábrica y comercio en clase(s): 32. Internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: 32 Cervezas; aguas minerales y
gaseosas, y otras bebidas sin alcohol; bebidas a base de frutas y zumos de
frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 9 de enero del 2017, según solicitud Nº
2017-0000006. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de enero del 2017.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2017114991 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de Neostrata Company Inc., con domicilio en 307 College Road
East, Princeton, New Jersey 08540, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: COVERBLEND como marca de fábrica y comercio en clase: 3.
Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos de uso
cosmético, a saber, limpiadoras faciales para uso cosmético, lociones para uso
cosmético, hidratantes para uso cosmético, cremas para uso cosmético, geles
para uso cosmético, sueros para uso cosmético, tonificadoras para uso
cosmético, productos de uso cosmético, a saber, lavados exfoliantes para uso
cosmético, lociones exfoliantes para uso cosmético, exfoliantes en forma
granulada para uso cosmético, protectores solares para uso cosmético,
mascarillas faciales para uso cosmético, productos para dermoabrasión (peeling)
facial para uso cosmético, cremas y sueros anti envejecimiento para uso
cosmético; productos de uso cosmético, a saber, limpiadoras para el cuerpo para
uso cosmético, lociones para uso cosmético, hidratantes para uso cosmético,
cremas para uso cosmético, geles para uso cosmético; cremas para los ojos para
uso cosmético, mascarillas para párpados para uso cosmético; cosméticos, a saber,
bases de maquillaje y corrector, todos los productos antes mencionados
comprendidos en esta clase. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 13 de octubre del 2016, según solicitud Nº 2016-0010042. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 11 de enero del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2017114992 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de NBC Universal Media LLC., con domicilio en 30 Rockefeller
Plaza, New York, New York 10112, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: NBC como marca de servicios en clase: 38
Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: 38 Servicios de difusión
de televisión; servicios de difusión de televisión por cable; servicios de
difusión de televisión por satélite; servicios de difusión inalámbrica;
servicios de transmisión de video por solicitud; servicios de comunicación, a
saber, servicios de transmisión de voz, de audio, de sonidos, de video, de
imágenes, de gráficos, de mensajes, y de datos por medio de redes de telecomunicaciones,
por medio de redes de comunicaciones inalámbricas, por medio de la Internet,
por medio de servicios de redes de información y redes de datos; servicios de
transmisión, a saber, servicios de transmisión de televisión por cable, de
transmisión por satélite, de transmisión de televisión, y de transmisión
electrónica de datos, de gráficos, de sonidos y videos; servicios de
transmisión y de transmisión continua de programas de audio y de contenido
visual así como de contenido de medios de comunicación mediante redes globales
de computadora y mediante redes de comunicación inalámbricas; servicios de
transmisión continua de datos; servicios de transmisión continua y de entrega
de realidad virtual y de contenido digital ; servicios de medios de comunicación
móviles en el ámbito de transmisiones electrónicas dentro de un contexto de
medios de entretenimiento; servicios de transmisión por internet; servicios de
archivos multimedia; servicios de tableros electrónicos para boletines;
servicios para proveer espacios para conversaciones cortas (chatrooms) y foros
en línea para transmisión de mensajes entre usuarios de computadoras en
relación con películas cinematográficas, con programas de televisión, con
eventos de actualidad, con perfiles, con temas culturales, políticos y de
estilos de vida; servicios para proveer, en línea, espacios para conversaciones
cortas(chatrooms) para redes sociales; servicios para proveer espacios para
salones de conversaciones cortas (chatrooms) virtuales establecidos mediante
mensajes de texto; servicios para proveer foros en línea para comunicaciones en
el campo de audio, de video y de contenido audiovisual; servicios de
comunicaciones por medio de terminales de computadora; servicios de transmisión
electrónica de opiniones sobre entretenimiento e información mediante la
internet, mediante dispositivos electrónicos, digitales y móviles, mediante
redes de comunicaciones y mediante redes de telecomunicaciones inalámbricas;
servicios para proveer a otros usuarios acceso a infraestructura de redes para
usar entrega, transmisión, almacenamiento y transmisión continua (streaming) de
contenido audiovisual y de medios de comunicación. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2016, según solicitud Nº
2016-0012278. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de enero del 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017114993 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de Universal City Studios Llc., con domicilio en 100
Universal City Plaza, Universal City, California 91608, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: UNIVERSAL como
marca de servicios en clases: 38 y 41 Internacionales, para proteger y
distinguir lo siguiente: clase 38: servicios de difusión de televisión;
servicios de difusión de televisión por cable; servicios de difusión de
televisión por satélite; servicios de difusión inalámbrica; servicios de
transmisión de video por solicitud; servicios de comunicación, a saber,
servicios de transmisión de voz, de audio, de sonidos, de video, de imágenes,
de gráficos, de mensajes, y de datos por medio de redes de telecomunicaciones,
por medio de redes de comunicaciones inalámbricas, por medio de la internet,
por medio de servicios de redes de información y de redes de datos; servicios
de transmisión, a saber, servicios de transmisión de televisión por cable, de
transmisión por satélite, de transmisión de televisión, y de transmisión
electrónica de datos, de gráficos, de sonidos y de video; servicios de
transmisión y de transmisión continua de programas, de audio y de contenido
visual así como de contenido de medios de comunicación mediante redes globales
de computadora y mediante redes de comunicaciones inalámbricas; servicios de
transmisión continua de datos; servicios de transmisión continua y de entrega
de realidad virtual y de contenido digital; servicios de medios de comunicación
móviles en el ámbito de transmisiones electrónicas dentro de un contexto de
medios de entretenimiento; servicios de transmisión por internet; servicios de archivos
multimedia; servicios de tableros electrónicos para boletines; servicios para
proveer espacios para conversaciones cortas (chatrooms) y foros en línea para
transmisión de mensajes entre usuarios de computadoras en relación con
películas cinematográficas, con programas de televisión, con eventos de
actualidad, con perfiles, con temas culturales, políticos y de estilos de vida;
servicios para proveer, en línea, espacios para conversaciones cortas
(chatrooms) para redes sociales; servicios para proveer espacios para salones
de conversaciones cortas (chatrooms) virtuales establecidos mediante mensajes
de texto; servicios para proveer foros en línea para comunicaciones en el campo
de audio, de video y de contenido audiovisual; servicios de comunicaciones por
medio de terminales de computadora; servicios de transmisión electrónica de
opiniones sobre entretenimiento e información mediante la internet, mediante
dispositivos electrónicos, digitales y móviles, mediante redes de
comunicaciones y mediante redes de telecomunicaciones inalámbricas servicios
para proveer a otros usuarios acceso a infraestructura de redes para usar en
entrega, transmisión, almacenamiento y transmisión continua (streaming) de
contenido audiovisual y de medios de comunicación. Y clase 41: servicios de
producción y distribución de programas de televisión y de películas
cinematográficas; servicios de producción y distribución de grabaciones de
sonidos y de contenido visual; servicios de programación de televisión;
servicios para proveer video, programas de televisión y películas
cinematográficas por solicitud; servicios para proveer videos, programas de
televisión y películas cinematográficas no descargables; servicios de
entretenimiento, a saber, servicios para suministrar programas multimedia;
servicio de información sobre entretenimiento; servicios de producción y
distribución de videos y de juegos móviles interactivos; servicios de
entretenimiento, a saber, proveer juegos en línea, juegos jugados en la web,
juegos de realidad virtual, juego interactivos, juegos de video y juegos
móviles; servicios de software de juegos de realidad virtual; servicios para
ofrecer entretenimiento mediante una red global de comunicación en el ámbito de
sitios web caracterizado por una amplia variedad de información de interés
general sobre entretenimiento en relación con películas cinematográficas, en
relación con programas de espectáculos televisivos, de videos, de cortos
cinematográficos, de fotografías, y de otros materiales multimedia; servicios
para ofrecer un sitio web para propósitos de entretenimiento caracterizado por
tecnología que permite a usuarios subir y compartir fotos, videos, gráficos,
datos y contenido multimedia; servicios de entretenimiento, a saber, servicios
para proveer redifusión multimedia y retransmisión vía internet; servicios para
proveer publicaciones electrónicas en línea, no descargable; servicios de
publicación de libros; servicios de distribución de música, de grabaciones, de
producciones, y de publicaciones; servicios de presentación de actuaciones en
vivo; servicios de organización y conducción de exhibiciones relacionadas a
películas cinematográficas y a filmes de televisión; servicios de guías
turísticos; servicios de parques de diversión y servicios de parques temáticos.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2016,
según la solicitud N° 2016-0012282. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de enero del
2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017114994 ).
María
Vargas Uribe, Divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
Apoderada especial de The Cartoon Network Inc., con domicilio en 1050 Techwood
Drive, N.W, Atlanta, Estado de Georgia 30318, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: MIGHTY MAGISWORDS como Marca de Comercio y
Servicios en clases: 9; 16; 25; 28; 29; 30; 32 y 41 Internacionales para
proteger y distinguir lo siguiente: 9 Grabaciones de audio, grabaciones
audiovisuales; altoparlantes portátiles de audio, reproductores de discos
compactos, estéreos personales, bases de conexiones electrónicas, audífonos y
auriculares en set, audífonos, computadoras personales y computadoras tipo
tableta, almohadillas para ratón, mouse (ratones) para computadora, teclados
para computadora, memorias USB, máquinas de karaoke, transmisor-receptor
portátil, teléfonos, calculadoras, reglas, computadoras, cámaras
(fotográficas), películas (fotográficas), imanes decorativos, marcos para fotos
digitales; cascos protectores para practicar deportes, tubos para practicar
buceo, máscaras para nadar, anteojos protectores para nadar (goggles);
anteojos, anteojos para protegerse del sol, marcos y estuches para los mismos;
carpetas descargables de audio, carpetas descargables de video, carpetas
audiovisuales descargables, carpetas descargables de imágenes; programas de computadora,
cartuchos de video juegos, programas de computadoras de juegos de video,
programas descargables de computadora (software) para dispositivos les,
tarjetas de memoria para máquinas de juegos de video; bolsas (cubiertas) para
dispositivos electrónicos personales, a saber teléfonos celulares, computadoras
tipo laptops, computadoras tipo tableta, cámaras digitales, reproductores
digitales de audio y lectores de libros electrónicos, mangas protectoras
(cubiertas), tapas (cobertores) y estuches para teléfonos celulares, para
computadoras tipo laptops, para computadoras tipo tableta, para cámaras
digitales, para reproductores digitales de audio y para lectores de libros
electrónicos, placas para teléfonos celulares, cordones y dijes para teléfonos
celulares., 16 Impresos, y artículos de papel a saber, libros, libros de
historietas, libros para pintar, revistas, boletines, libros para actividades,
papelería, cuadernos para tomar notas, diarios, tarjetas para notas, tarjetas
de felicitación, postales intercambiables, lapiceros, lápices, crayones
marcadores, tizas, sets de pinturas y estuches para los mismos; borradores,
calcomanías, etiquetas, calcomanías transferibles por medio de calor, carteles
y/o afiche envolturas para libros, marcadores para libros, calendarios, papel
para envolver regalos, papel para fiestas de cumpleaños y papel para
decoraciones de fiestas, álbumes para fotografías, álbumes de recodes, sujeta
libros, portapapeles de clip (artículos de oficina) posabotellas y/ o posavasos
de papel, blocs de dibujo, fólderes, tarjetas postales, esténciles, tableros
magnéticos, pizarras blancas, pizarras para escribir con tiza, pizarras para
dibujar., 25 Prendas de vestir para hombres, mujeres y niños, a saber,
camisetas, delantales, trajes para trotar (buzos), pantalones, pantalones
cortos, camisetas sin mangas (tank tops), baberos de tela para bebés, enaguas,
blusas, vestidos, tirantes suéteres, chaquetas, abrigos, trajes para usar en la
nieve, corbatas, batas, sombreros, viseras para protegerse del sol, cinturones
(fajas), bufandas, pijamas, ropa interior, botas, zapatos, zapatos tenis,
sandalias, botines, medias, para usar en la casa, con suelas antideslizantes,
trajes de baño; trajes y máscaras para Halloween., 28 Juguetes y artículos
deportivos incluyendo juegos y artículos para jugar figuras de acción y
accesorios para los mismos, juguetes de peluche; balones; juguetes para usar en
la bañera, juguetes para rociar con agua, juguetes inflables, burbujas de
jabón; juguetes para montar, vehículos de juguete; muñecas, accesorios para
muñecas, ropa para muñecas, juegos de cartas, juegos de naipes, juegos de mesa,
rompecabezas, bloques de construcción; utensilios de juguete para cocinar y
hornear; bancos de juguetes; papalotes; discos voladores; monopatines y/o
patinetas, patines de hielo, patines de ruedas, patines de ruedas en línea;
bolas; bates para béisbol, guantes para batear; flotadores para nadar para uso
recreacional, dispositivos de flotación consistentes en tablas para nadar para
uso recreacional; tablas para surfear, tablas para nadar para uso recreacional,
patas de rana, máscaras de papel, sombreros de papel para fiestas, piñatas
adornos para árboles de Navidad; juguete tipo silla de diferentes formas,
moldeable para jugar (bean bags); controles para consolas de juego, unidades de
juegos electrónicos que se llevan en la mano, máquinas de pinball, palancas de
mando de juegos de computadora y de video, mesas para actividades para niños.,
29 Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y
vegetales en conserva, secas y cocidas; huevos; frutas en conserva jaleas,
confituras, compota de manzanas, bocadillos de frutas confitadas, bocadillos de
frutas deshidratadas, bocadillos a base de fruta y soya; vegetales crujientes;
frutas crujientes; alimentos y bebidas a base de productos lácteos incluyendo
yogurt y bebidas a base de yogurt., 30 Alimentos y bebidas, a saber, panecillos
(biscuits), galletas dulces, galletas saladas, pan, cereal, cereal en barras,
botanas a bases de cereales, goma de mascar, chocolate, bebidas a base de
chocolate, helados, helados cremosos, yogures congelados, confitería congelada,
cocoa, bebidas a base de cocoa, té frío, queques, avena, biscochos dulces y
salados (pretzels), productos de pastelería, confituras para decoraciones de
queques, waffles, confitería, caramelos, comidas preparadas a base de fideos,
caramelos de menta; pasteles, pizza, palomitas de maíz, pudines, tortas
(queques) de arroz, botanas a base de arroz, emparedados., 32 Jugos de frutas,
jugos de vegetales, bebidas carbonatadas, limonadas, gua de soda (seltzer),
aguas minerales y gaseosas, bebidas para deportistas, bebidas no alcohólicas,
granizados (smoothies) siropes para elaborar bebidas. y 41 Servicios de
entretenimiento a saber programas para proveer entretenimiento y contenido por
medio de televisión, por medio de satélite por medio de la Internet por medio
de redes inalámbricas de comunicación y por medio de otros medios electrónicos
de comunicación, servicios para proveer publicaciones electrónicas no
descargables en línea; servicios para proveer in sitio web caracterizado por
contenido audio visual, por información sobre entretenimiento y juegos en
línea; servicios para proveer música en línea, no descargable, servicios para
proveer videos en línea, no descargables, servicios de presentación de
espectáculos en vivo; servicios de contenidos de entretenimiento digital. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de enero del 2017, según
solicitud Nº 2017-0000105. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de enero del 2017.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017114995 ).
Víctor
Vargas Valenzuela, divorciado, cédula de identidad Nº 103350794, en calidad de
apoderado especial de CISA S.p.A., con domicilio en: Via Oberdan 42, 48018
Faenza (Ravenna), Italia, solicita la inscripción de: CISA
como marca de fábrica y comercio en clases 6 y 9
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 6: llaves,
cerraduras, cerraduras cilíndricas, candados, cerraduras de mortaja y partes de
las mismas, mecanismos y dispositivos no eléctricos para abrir y cerrar puertas
y portones, manijas para puerta (picaportes) metálicos, palancas (manijas) de
puertas y pomos (tiradores) de metal, barras (de empuje) de emergencia;
dispositivos anti pánico de salida, partes de fijación para puertas de
seguridad y en clase 9: cerraduras eléctricas y partes de las mismas,
mecanismos y dispositivos eléctricos para abrir y cerrar puertas, portones y
mecanismos y dispositivos eléctricos para abrir y cerrar puertas, portones con
pines magnéticos y control de tablero; lectores electrónicos de tarjetas para
validación de seguridad y control de acceso; tarjetas inteligentes codificadas
y tarjetas de credenciales que contienen programación para validación de
seguridad y control de acceso; programas de computadoras y aplicaciones para
usar en el área de seguridad y control de acceso. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 10 de julio del 2015. Solicitud N° 2015-0006589.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 13 de enero del 2017.—Sabrina Loáiciga Pérez,
Registradora.—( IN2017114998 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de
apoderado especial de Merck Kgaa. con domicilio en: Frankfurter Strasse 250,
D-64293 Darmstadt, Alemania, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones farmacéuticas para usar
en el campo de la oncología. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 16 de junio del 2016. Solicitud N° 2016-0005859. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 23 de junio del 2016.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017114999 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de
apoderada especial de Casio Keisanki Kabushiki Kaisha (Casio Computer Co.,
Ltd.) con domicilio en: 6-2, Hon-Machi 1-Chome, Shibuya-Ku, Tokio, Japón,
solicita la inscripción de: LampFree
como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Proyectores; proyectores de pantalla
de cristal líquido y proyectores de video; proyectores de diapositivas;
proyectores de multimedia; proyectores de fotografías; asistentes
(dispositivos) digitales personales; computadoras personales; componentes de
hardware de computadora; periféricos de computadora; programas (software) para
computadoras; cables eléctricos; adaptadores AC (corriente alterna); celdas
galvánicas; cargadores de baterías; tarjetas de memoria; discos compactos
(memoria solo de lectura); memorias; tarjetas de circuitos integrados (tarjetas
inteligentes). Reservas: de los colores: Negro, blanco, verde y azul. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 09 de enero del 2017. Solicitud N°
2017-0000003. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 18 de enero del 2017.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2017115000 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de Cilag GmbH International, con domicilio en Gubelstrasse
34, 6300 ZUG, Suiza, solicita la inscripción de: ogx beauty pure and simple,
como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para
el cuidado del cabello productos para el cuidado del cabello, a saber, champús,
acondicionadores, geles, espumas, aerosoles, lociones, sueros, productos de
peluquería, emolientes, nutrientes para el cabello, aceites, alisadores y
tratamientos reparadores, no medicados; lociones y humectantes para la piel y
para el rostro, limpiadoras para la piel y para el rostro, exfoliantes para el
cuerpo, aceites para el cuerpo, baños para el cuerpo y jabones para el cuerpo;
preparaciones para protegerse del sol. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de diciembre de 2016. Solicitud N° 2016-0012434. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 12 de enero de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017115001 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de Tholstrup Cheese A/S, con domicilio en Sønderhøj 14,
DK-8260 VIBY J, Dinamarca, solicita la inscripción de: CASTELLO SINCE 1893,
como marca de fábrica y comercio en clase: 29 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: leche y productos
a base de leche, incluyendo quesos; aceites y grasas comestibles, mantequilla,
productos lácteos para untar (productos mezclados con mantequilla), mezclas
hechas de mantequilla y de aceite vegetal, mezclas líquidas hechas de
mantequilla y de aceite vegetal. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 13 de diciembre de 2016. Solicitud N° 2016-0012169. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 21 de diciembre de 2016.—Rolando Cardona Monge Registrador.—(
IN2017115002 ).
Víctor
Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de
apoderado especial de FKA Distributing Co., LLC comerciando como Homedics LLC.,
con domicilio en 3000 Pontiac Trail, Commerce Township, Estado de Michigan
48390, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: HOMEDICS THERA•P,
como marca de fábrica y comercio en clases: 4; 10; 11; 20 y 24 internacionales,
para proteger y distinguir lo siguiente: clase 4: cera de parafina en forma
granulada (bolitas) para usar como recargas de cera en un baño de parafina
caliente para propósitos cosméticos y terapéuticos. Clase 10: aparatos para
hidroterapia de baños (lavados) para pies; masajeadores para baños (lavados) de
pies; componentes eléctricos para baños (lavados) de pies, a saber, utillajes
para pedicura, equipo (instrumental) para pedicura, reposapiés, y cabezas
(partes) usadas en masajes para hidroterapia vendidos como componentes
integrales de lavados (baños) para masajes de pies; masajeadores para uso
personal; almohadas y almohadones masajeadores; masajeadores para el cuerpo, el
cuello y la espalda; masajeadores, incluyendo masajeadores para pies; productos
para uso terapéutico, a saber, compresas calientes/frías, compresas magnéticas,
set de compresas magnéticas, vendajes de compresión que contienen magnetos;
monitores de presión sanguínea para uso médico; aparatos médicos, a saber,
baños de parafina caliente para propósitos cosméticos y terapéuticos. Clase 11:
componentes de aparatos eléctricos (tinas de pedicura) para baños (lavados) de
pies, a saber, manijas, reposapiés y cabezas de masajeadores para usar en baño
(lavados) de pies; aparatos portátiles (tinas de pedicura) para baños (lavados)
de pies. 20 Almohadas y almohadones; colchones; colchonetas y sobre-colchones.
Clase 24: accesorios para almohadas, a saber, fundas, cobertores, fundas para
almohadas; almohadillas para colchón; cobertores para colchón. Prioridad: se
otorga prioridad N° 87/049,690 de fecha 25/05/2016 de Estados Unidos de
América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de noviembre de
2016. Solicitud N° 2016-0011566. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de enero de
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017115003 ).
Víctor
Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de
apoderado especial de FKA Distributing Co., LLC Comerciando Como Homedics LLC.,
con domicilio en 3000 Pontiac Trail, Commerce Township, Estado de Michigan
48390, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: HOMEDiCS sleep
solutions
como marca de fábrica y comercio en clases: 9 y 11
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 9: Máquinas de
sonidos y máquinas de sonidos que incorporan dispositivos de proyección de
reproductores de multimedia que incluyen radios, relojes y altoparlantes;
estaciones de acoplamiento (conexiones) para dispositivos electrónicos
portátiles y para reproductores de multimedia; aparatos para la reproducción de
sonidos, a saber, acondicionadores (reguladores) de sonido, máquina de ruido
blanco (dispositivo que produce sonidos aleatorios; que emite una señal no
correlativa); dispositivo que anula o transforma el ruido; aparatos que
reproducen sonidos de la naturaleza y sonidos del medio ambiente, aparatos que
emiten sonidos relajantes y aparatos de sonido que incorporan tecnología inalámbrica;
aparatos usados en terapias de aroma; audífonos, auriculares y audífonos
intrauriculares caracterizados por estar pregrabados con ritmos binaurales,
naturaleza, medio ambiente, sonidos binaurales y ruido blanco; dispositivos
electrónicos para monitoreo, medición, y carga a la internet, o de otros
dispositivos electrónicos conectados, o de información acerca de datos sobre
niveles de sueño, incluyendo horas dormidas y calidad de sueño. Clase 11.
Almohadillas calentados y enfriados eléctricamente. Prioridad: se otorga
prioridad N° 87/047,799 de fecha 24/05/2016 de Estados Unidos de América. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 23 de noviembre de 2016. Solicitud N°
2016-0011565. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de enero de 2017.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017115004 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de
apoderada especial de Cilag GMBH International, con domicilio en: Gubelstrasse
34, 6300 Zug, Suiza, solicita la inscripción de: MaUi MOISTURE
como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para el cuidado del
cabello; productos para el cuidado del cabello, a saber, champús,
acondicionadores, geles, espumas, aerosoles, lociones, sueros, productos de
peluquería, emolientes, nutrientes para el cabello, aceites, alisadores y
tratamientos reparadores, no medicados; lociones y humectantes para la piel y
para el rostro, limpiadores para la piel y para el rostro, exfoliantes para el
cuerpo, baños para el cuerpo y jabones para el cuerpo; preparaciones para
protegerse del sol. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de
octubre del 2016. Solicitud N° 2016-0010557. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 18 de
enero del 2017.—James Phillips Guardado, Registrador.—( IN2017115005 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de
gestor oficioso de Heartland Consumer Products LLC, con domicilio en 14300 Clay
Terrace BLVD., Suite 249, Carmel, Indiana 46032, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: S
como marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: edulcorantes naturales; sustitutos del
azúcar. Prioridad: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de octubre
del 2016. Solicitud N° 2016-0009943. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 08 de
diciembre del 2016.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017115006 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de
apoderado especial de Koch Industries, INC., con domicilio en: 4111 E 37TH
Street North, Wichita Kansas 67220, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: k
como marca de fábrica y comercio en clases: 1, 7, 9 y 11
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1:
fertilizantes y aditivos fertilizantes para uso doméstico, de agricultura y
comercial; aditivos químicos para fertilizantes por la inhibición de ureasa;
células para investigaciones científicas de laboratorio; reactivos en el ámbito
de ácidos nucleicos y de proteína para uso en investigaciones científicas,
industriales y de agricultura; químicos y productos químicos; en clase 7: aparatos de extracción; máquinas
y máquinas herramientas; motores y motores de inyección (excepto para vehículos
terrestres); máquinas acopladoras y componentes de transmisión (excepto para
vehículos terrestres); implementos de agricultura que no sean operados
manualmente; incubadoras para huevos; distribuidores automáticos; separadores
de vapores líquidos y lavador de gases; partes de máquinas para el
procesamiento de químicos, a saber, torres internas de fraccionamiento
(destilación de mezclas líquidas) incluyendo bandejas, platos para soportes, o
cuerpos (estructuras) de metal, plástico o cerámica para usar como rellenos en
columnas o torres durante procesos químicos o físicos; y torres de
fraccionamiento y columnas de cerámica, ladrillo u otros materiales para usar
con corrosivos; planchas de apoyo o cuerpos de metal, plástico o cerámica para
usar como rellenos en columnas o torres durante procesos químicos o físicos;
secadores en aerosol y partes de los mismos; y separadores de vapores líquidos
y lavadores de gases; columnas o torres de fraccionamiento de cerámica,
ladrillo u otros materiales adecuados para usar con corrosivos; en clase 9:
componentes de interconexión eléctricos, electrónicos o de fibra óptica;
aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos,
cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control
(inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de
conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de
la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o
imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos,
DVD y otros soportes de grabación digitales; equipo de procesamiento de datos,
computadoras; programas (software) de computadoras y en clase 11: membranas,
módulos de membranas y sistemas que contienen membranas y módulos de membranas
usados para la separación y concentración de fluidos; aparatos de alumbrado,
calefacción, producción de vapor, cocción, refrigeración, secado, ventilación y
distribución de agua, así como instalaciones sanitarias; membranas de
filtración, módulos y elementos para usar en la industria de productos lácteos;
sistemas de tratamiento de aguas y de aguas residuales y de desalinazación, que
consisten primordialmente de osmosis inversa de espiral y de membranas de
nanofiltración para usar en la desalinización de aguas salobre y de agua de mar
para la industria de agua potable municipal y para usos industriales,
comerciales o domésticos; torres internas de fraccionamiento (destilación de
mezclas líquidas) incluyendo bandejas, platos para soportes, o cuerpos de
metal, plástico o cerámica para usar como rellenos en columnas o torres durante
procesos químicos o físicos; secadores en aerosol y partes de los mismos; y
separadores de vapores líquidos y lavadores de gases; columnas o torres de
fraccionamiento de cerámica, ladrillo u otros materiales adecuados para usar
con corrosivos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de
diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012024. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
19 de diciembre del 2016.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017115007
).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de
apoderada especial de Koch Industries, INC., con domicilio en: 4111 E 37TH
Street North, Wichita Kansas 67220, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: KOCH
como marca de fábrica y comercio en clases 1, 7, 9 y 11
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1:
fertilizantes para uso doméstico, de agricultura y comercial; aditivos químicos
para fertilizantes por la inhibición de ureasa; células para investigaciones
científicas de laboratorio; reactivos en el ámbito de ácidos nucleicos y de
proteínas para uso en investigaciones científicas, industriales y de
agricultura; químicos y productos químicos; en clase 7: aparatos de extracción;
máquinas y máquinas herramientas; motores y motores de inyección (excepto para
vehículos terrestres); máquinas acopiadoras y componentes de transmisión
(excepto para vehículos terrestres) implementos de agricultura que no sean
operados manualmente; incubadoras para huevos; distribuidores automáticos; separadores
de vapores líquidos y lavador de gases; partes de máquinas para el
procesamiento de químicos, a saber, torres internas de fraccionamiento
(destilación de mezclas líquidas) incluyendo bandejas, platos para soportes, o
cuerpos (estructuras) de metal, plástico o cerámica para usar como rellenos en
columnas o torres durante procesos químicos o físicos; y torres de
fraccionamiento y columnas de cerámica, ladrillo u otros materiales para usar
con corrosivos; planchas de apoyo o cuerpos de metal, plástico o cerámica para
usar como rellenos en columnas o torres durante procesos químicos o físicos;
secadores en aerosol y partes de los mismos; y separadores de vapores líquidos
y lavadores de gases columnas o torres de fraccionamiento de cerámica, ladrillo
u otros materiales adecuados para usar con corrosivos; en clase 9: componentes de interconexión
eléctricos, electrónicos o de fibra óptica; aparatos e instrumentos
científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de
pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección), de salvamento y
de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución,
transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos
de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de
registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos, DVD y otros soportes
de grabación digitales; equipo de procesamiento de datos, computadoras;
programas (software de computadoras y en clase 11: membranas, módulos de membranas
y sistemas que contienen membranas y módulos de membranas usados para la
separación y concentración de fluidos; aparatos de alumbrado, calefacción,
producción de vapor, cocción, refrigeración, secado, ventilación y distribución
de agua, así como instalaciones sanitarias; membranas de filtración, módulos y
elementos para usar en la industria de productos lácteos; sistemas de aguas y
aguas residuales y de desalinazación, que consisten primordialmente de osmosis
inversa de espiral y de membranas de nanofiltración para usar en la
desalinización de agua salobre y de agua de mar para la industria de agua
potable municipal y para usos industriales, comerciales o domésticos; torres
internas de fraccionamiento (destilación de mezclas líquidas) incluyendo bandejas,
platos para soportes, o cuerpos de metal, plástico o cerámica para usar como
rellenos en columnas o torres durante procesos químicos o físicos; secadores en
aerosol y partes de los mismos; y separadores de vapores líquidos y lavadores
de gases; columnas o torres de fraccionamiento de cerámica, ladrillo u otros
materiales adecuados para usar con corrosivos. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 08 de diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012023. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 19 de diciembre del 2016.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017115008 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de
gestor oficioso de Dale Carnegie & Associates, Inc. con domicilio en: 290
Motor Parkway, Hauppauge, New York 11788, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: Dale Carnegie
como marca de fábrica y comercio en clases 9, 16 y 41
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Programas
de computadora (software), discos compactos digitales, discos compactos (CD’s),
discos versátiles digitales (DVD’s), grabaciones MP3 y publicaciones
electrónicas descargables que suministran información y guía a personas y a
empresas en el desarrollo efectivo de comunicaciones, de relaciones
interpersonales, de liderazgo, de ventas, de administración y de otras
destrezas de trabajo; en clase 16: Material impreso, a saber, libros
instruccionales, folletos, boletines, panfletos, circulares, revistas,
publicaciones y material de enseñanza en el ámbito de relaciones humanas, de comunicaciones
efectivas, de diálogos efectivos, de mejoramiento de memoria, de presentaciones
efectivas, de solución de problemas, de resolución de conflictos, de diversidad
e inclusión, de manejo/control de estrés, de administración de tiempo, de
relaciones personales y de relaciones con los clientes, de administración de
negocios, de desarrollo de arrojo, de auto estima y de habilidades de
liderazgo, así como de destrezas en ventas y en clase 41: Servicios de cursos y
seminarios en vivo y de servicios educacionales y de instrucción ofrecidos en
línea en forma simultánea y en forma asincrónica, a saber, servicios para
impartir cursos y seminarios en vivo, y cursos y seminarios en línea,
conferencias talleres o seminarios interactivos, que se transmite por Internet
(webinars), redifusión multimedia (podcasts) enfocados en relaciones humanas,
el uso de comunicaciones efectivas, de diálogos efectivos, de mejoramiento de
memoria, de presentaciones efectivas, de solución de problemas, de resolución
de conflictos, de diversidad e inclusión, de manejo/control de estrés, de
administración de tiempo, de relaciones interpersonales y de clientes, de
administración de negocios, de desarrollo de arrojo, de auto estima y de
habilidades de liderazgo, de destrezas en ventas y de otras destrezas de
negocios para personas, negocios, organizaciones de educación y de agencias de
gobierno; servicios para ofrecer un sitio web caracterizado por información y
guía para personas y para negocios en el desarrollo efectivo de la comunicación,
de las relaciones interpersonales, en liderazgo, en venta y administración de
otras destrezas comerciales. Prioridad: Se otorga prioridad N° 87/249,398 de
fecha 28/11/2016 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 20 de diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012433. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 19 de enero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017115009 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de
apoderado especial de Telefónica S. A., con domicilio en: Gran Vía, 28, 28013,
Madrid, España, solicita la inscripción de: movistar AURA
como marca de fábrica y servicios en clases 9 y 42
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: aplicaciones
informáticas descargables; aplicaciones de móviles descargables para
transmisión de datos; software de realidad virtual; gafas de realidad virtual;
hardware de realidad virtual; cascos auriculares de realidad virtual; programas
de juegos de realidad virtual (software); interfaces (software); aparatos
eléctricos de control de robots; aparatos de transferencia de datos
interactiva; routers de redes informáticas; software informático para la
creación de sitios web dinámicos; software de desarrollo de sitios web; bases
de datos electrónicas; procesadores de datos; datos grabados electrónicamente
redes de datos; programas informáticos para comunicación de datos; equipos para
comunicación de datos y redes informáticas; software de tratamiento de datos;
hardware de comunicación de datos; instrumentos de recogida de datos; software
para análisis de datos comerciales; software de aplicaciones de ordenador para
teléfonos móviles; software interactivo; software informático para el
suministro inalámbrico de contenidos software de comunicaciones; software
informático para la integración de aplicaciones y bases de datos; software
informático para controlar y gestionar aplicaciones de servidor de acceso;
software para mejorar las capacidades audiovisuales de aplicaciones multimedia;
gráficos descargables para teléfonos móviles; mapas digitales de ordenador;
equipos y dispositivos de comunicación inalámbricos; dispositivos de red de
área local inalámbrica; sensores de fibra óptica; sensores electrónicos;
sensores sincrónicos; aparatos e instrumentos científicos náuticos, geodésicos,
fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesar, de medida, de señalización,
de control (inspección), de socorro (salvamento) y de enseñanza; aparatos e
instrumentos para la conducción, distribución, transformación, acumulación,
regulación o control de la electricidad; aparatos para el registro,
transmisión, reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro
magnéticos, discos acústicos y ópticos; distribuidores de cambio de monedas y
-mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas
calculadoras, equipo para el tratamiento de la información y ordenadores,
programas de ordenador grabados y registrados, pantallas (de ordenador y de
televisión), teclados (informática), ratones (informática), CD-Rom, aparatos de
telefonía, transmisores y receptores de imagen y sonido, centrales telefónicas;
teléfonos; repetidores telefónicos; contestadores telefónicos; extintores;
publicaciones electrónicas (descargables electrónicamente); agendas
electrónicas; aparatos de intercomunicación; interfaces (informática);
programas de juegos; lápices electrónicos (para unidades de representación
visual); lectores (informática); periféricos de ordenador; tarjetas magnéticas;
aparatos de televisión; mecanismos de previo pago para aparatos de televisión;
módems; tonos de llamada descargables para teléfonos móviles; escolares
(aparatos -); servidores para la nube; software para la supervisión de la red
de nube; aparatos de telecomunicaciones portátiles; aparatos para
telecomunicaciones móviles; hardware; microchips [hardware informático];
hardware VPN [red privada virtual]; llaves web USB para el lanzamiento
automático de URL de sitios web preprogramados; archivos de música digital
(descargable) facilitados desde sitios web de mp3 en internet memorias
intermedias (buffer) de datos; aparataos de transferencia de datos interactiva;
aparatos e instrumentos de navegación y posicionamiento electrónicos y vía
satélite incluyendo sistemas de posicionamiento global y en clase 42: servicios
científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en
estos ámbitos; servicios de análisis e investigación industriales; diseño y
desarrollo de software informático, incluyendo diseño y desarrollo de software
de realidad virtual; desarrollo de programas para simular experimentos o series
de experimentos en un laboratorio óptico virtual; servicios de asesoramiento
relacionados con interfaces hombre-máquina para software informático;
actualizan de software informático; alquiler mantenimiento de software
informático; provisión del uso temporal de software no descargable en línea
para permitir a los usuarios programar contenidos de audio, vídeo, texto y
otros contenidos multimedia, incluyendo música, conciertos, vídeos, radio,
televisión, noticias, deportes, juegos, eventos culturales y programas
relacionados con el entretenimiento; desarrollo de soluciones de software para
proveedores y usuarios de internet facilitación del uso temporal de software informático
no descargable para el proceso de envíos en redes informáticas, redes de
intranet e internet; servicios de diseño de sitios web; diseño de páginas web;
diseño de portales web; alquiler de servidor web; programación de páginas web;
hospedaje de sitios web de terceros en un servidor informático para una red
informática global; servicios de utilización temporal de aplicaciones web
creación y mantenimiento de sitios web para terceros suministro de información
en materia de tecnología informática y programación a través de sitios web;
servicios de almacenaje de datos; servicios de desarrollo de bases de datos;
servicios de cifrado de datos; servicios de migración de datos; servicios de
compresión digital de datos informáticos; desarrollo de programas de datos;
servicios de descodificación de datos; servicios de seguridad de datos
[cortafuegos]; servicios de análisis de datos técnicos; servicios de custodia
externa de datos; servicios de actualización de bases de datos de software;
investigación en materia de procesamiento de datos; asesoramiento técnico
relacionado con el procesamiento de datos, programación de software para
importar y gestionar datos; programación informática para internet; alquiler de
ordenadores; análisis de sistemas informáticos antivirus (servicios de
protección, informática); asesoramiento en tecnologías de la información;
consultoría en diseño y desarrollo de hardware; consultoría en software;
consultoría en software; control a distancia de sistemas informáticos;
conversión de datos o documentos de un soporte físico a un soporte electrónico;
digitalización de documentos (escaneado); diseño de sistemas informáticos;
diseño industrial; estudio de proyectos técnicos; investigación científica;
investigación técnica; investigación y desarrollo de nuevos productos para
terceros; programación de ordenadores; provisión de motores de búsqueda para
internet recuperación de datos informáticos; software como servicios (SaaS);
servicios informáticos en la nube; servicios de consultoría en redes y aplicaciones
en la nube; prestación de sistemas informáticos virtuales mediante informática
en la nube; programación y alquiler de software operativo para acceder y
utilizar redes informáticas en la nube; servicios de consultoría en hardware;
servicios de desarrollo y diseño de hardware. Reservas: de los colores: azul
oscuro Pantone 7469C, azul claro Pantone 3115C; morado Pantone 247; rosa oscuro
Pantone 1925; verde Pantone 353; blanco; negro. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 20 de diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012432. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 12 de enero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017115011).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de
apoderado especial de Villeroy & Boch AG, con domicilio en: 14-18
Saaruferstrasee, D-66693 Mettlach, República Federal de Alemania, solicita la
inscripción de: vivo VILLEROY & BOCH
como marca de fábrica y comercio en clases 8, 21 y 24
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 8: herramientas
e instrumentos de mano accionados manualmente; artículos de cuchillería,
tenedores y cucharas armas blancas; maquinillas de afeitar; abre ostras;
hachas; maquinillas para cortar la barba; podaderas de árboles; podaderas
[tijeras de jardinero]; cubertería (cuchillos, tenedores y cucharas); sierras
de arco; mechas (partes de herramientas de mano); perforadoras [herramientas de
mano]; porta-brocas [herramientas de mano]; trinquetes [herramientas de mano];
taladros [herramientas de mano]; berbiquíes [herramientas de mano]; pies de
cabra (palancas); martillos de vidriero; planchas de ropa; puñales; abrelatas
no eléctricos; taladros; punzones botadores; cortadores de huevos no
{eléctricos; hierros (herramientas no para uso eléctrico); piolets; aparatos eléctricos
o no de depilación; estuches para navajas y maquinillas de afeitar; macetas de
albañil; limas [herramientas] pulidores de uñas eléctricos o no; cuchillos
escamadores; pica-carne (herramientas de mano); fresas (herramientas de mano);
dispositivos accionados a mano para peluquería; podaderas de jardinero; tijeras
de podar; herramientas de jardinería accionadas manualmente; rebanadoras de
verduras y hortalizas; planchas de satinado; rastrillos de golf; buriles;
cinturones portaherramientas; tenacillas para rizar el cabello; pinzas de
depilar; maquinillas para cortar el pelo eléctricas o no; binadores
[herramientas]; hachas de carnicero; martillos [herramientas]; perforadoras
[herramientas de mano]; mangos de serrucho; herramientas impulsadas manualmente;
rastrillos [herramientas de mano]; palancas; gatos manuales; hocinos; cepillos
de carpintero; cuchillas de cepillo de carpintero taladro cepillador; gubias;
mazos; legras; atomizadores y pulverizadores para insecticidas accionados
manualmente; cuchillos de caza; escardaderas (herramientas manuales); hierros
para moldurar; hojas de afeitar; rasquetas (herramientas de mano) escoplos;
instrumentos agrícolas manuales sierras de vaivén manuales; saca-bocados
(herramientas); machetes; accesorios de manicura eléctricos; trullas buriles;
hojas (herramientas); cuchillos (armas); cuchillos escamadores guadañas;
morteros para machacar; enhebradores; limas de aguja; limas de uñas; alicates
para cutículas; pulidoras de uñas, eléctricas o no eléctricas cortaúñas eléctricos
y no eléctricos; sacaclavos; accesorios de manicura; accesorios de pedicura
remachadoras [herramientas de mano]; cascanueces; recolectores de fruta;
aparatos para perforar las orejas; aparatos para eliminar los parásitos de las
plantas; llanas; picos; pinzas; cortadores de pizza no eléctricos; cortadoras
de césped impulsadas manualmente maquinillas de afeitar; accesorios para el
afeitado; rastrillos [herramientas]; cortatubos [herramientas]; sables; vainas
de sable; hojas para sierras (partes de herramientas); sierras (herramientas);
rascadores [herramientas]; instrumentos de afilar; palas [herramientas];
tijeras (cizallas, tijeras para ramas, tijeras de jardinería); hojas de
cizalla; herramientas de corte accionadas manualmente; macetas (martillos); instrumentos
para afilar hojas y cuchillas; instrumentos de mano para el afilado; piedras de
afilar; limas de uñas; cortadores de queso no eléctricos; cortadores de pizza
no eléctricos; herramientas de corte; destornilladores; tornillos de banco;
cárceles de carpintero [gatos]; tranchetes [chairas, cuchillas de zapatero];
espadas; zapas; guadañas; espátulas [herramientas]; layas [palas] [herramientas
de mano]; picos [herramientas de mano]; escardaderas; macetas de albañil;
cinceles; martillos de vidriero; cuberterías de plata [cuchillos, tenedores y
cucharas]; azadas para malas hierbas (herramientas manuales); escardadoras
[herramientas de mano]; gatos elevadores; rizadores de pestañas; alicates; en
clase 21: cubos de basura; aparatos no eléctricos para quitar el polvo copas
para beber; jarras para cerveza; macetas [tiestos]; bomboneras mantequeras
[vajilla]; cajas para el pan; cestas para el pan [paneras]; cepillos (excepto
pinceles); vidrio pintado; adornos de porcelana; ollas no eléctricas para
cocinar al vapor; aparatos desodorizantes para uso personal; cubos hueveras;
juegos de aceitera y vinagrera; palillos chinos [utensilios de mesa]; cepillos
eléctricos [con excepción de partes de máquinas]; peines eléctricos;
abrebotellas, eléctricos y no eléctricos; frascos; botellas; figuras
[estatuillas] de porcelana, cerámica o cristal; sartenes de cocina (no
eléctricas); exprimidores de fruta no eléctricos para uso doméstico;
cristalería para uso doméstico; fuentes para servir legumbres, verduras y
hortalizas; servicios para especias [especieros]; vasos, recipientes de vidrio;
utensilios y recipientes para uso doméstico y culinario (que no sean de metales
preciosos ni chapados); bolas de vidrio; parrillas (utensilios de cocina);
soportes para parrillas; mezcladores no eléctricos para uso doméstico;
toalleros; utensilios para uso doméstico; termos; recipientes de cocina;
artículos de cristalería; servicios de café; campanas para queso; cajas para
galletas; artículos de cerámica para uso doméstico; jarras; cántaros; candeleros;
cestas para uso doméstico; moldes para pasteles; objetos de arte de porcelana,
cerámica, terracota o cristal; artículos de loza de cocina, baterías de ollas;
moldes (utensilios de cocina); peines y esponjas; prensa-ajos (utensilio de
cocina); marmitas; utensilios de cocina; soportes para cuchillos de mesa;
mezcladoras manuales, molinos para la cocina, no eléctricos; molinillos de mano
para uso doméstico; aparatos para hacer tallarines [instrumentos de
accionamiento manual]; copas para fruta; vidrio en bruto y semielaborado
(excepto vidrio de construcción), instrumentos de limpieza accionadas
manualmente; batidoras no eléctricas; agitadores (utensilios de cocina);
agitadores de cóctel; cestas para picnic (con vajilla); pimenteros; vajillas;
porcelana y loza, todos los productos mencionados, comprendidos en la clase 21;
portaviandas; material de limpieza; tablas de cortar para la cocina; porta
jabones [jaboneras]; jaboneras; platillos para jabón; dispensadores de jabón;
porta menús; vajillas; ensaladeras; saleros; tazones (cuencos); esteras de
bandeja; soperas; bandejas giratorias [utensilios de mesa]; servilleteros;
cocteleras; raspadores (utensilios de cocina); palas [utensilios de mesa];
ollas no eléctricas para cocinar al vapor; tamices (utensilios domésticos);
cedazos (utensilios domésticos); cajas para té; artículos de vajillería;
servicios de mesa [vajilla]; servicios de té [vajilla]; bandejas para la
comida; utensilios de mesa; vasijas; artículos de loza; artículos de alfarería;
tazas teteras; platos; recipientes para beber; cristalería para bebidas;
distribuidores de papel higiénico; platillos [platos pequeños]; jarrones; porta
velas (objetos de decoración); jaboneras para pared; gofreras no eléctricas;
hervidores no eléctricos; soportes para cepillos de dientes; azucareros;
objetos decorativos y artísticos de vidrio, porcelana o materiales similares a
la porcelana y en clase 24: tejidos y productos textiles no comprendidos en
otras clases; ropa de cama y de mesa; ropa de baño (con excepción de vestidos);
ropa de cama y mantas; almohadones [fundas de almohada]; revestimientos de
materias plásticas para muebles; cortinas de ducha de materias textiles o
plásticas; cortinas de materias textiles o plásticas; abrazaderas de materias
textiles para cortinas; toallas; ropa blanca; posabotellas y posavasos [ropa de
mesa]; revestimientos de materias textiles para muebles; manteles individuales;
servilletas de materias textiles; cubrecamas; tapetes de mesa que no sean de
papel; caminos de mesa; manteles que no sean de papel; mantelería no de papel;
fundas para tapas de inodoro; hule; tapizados murales de materias textiles;
servilletas de materias textiles; pañuelos de bolsillo de materias textiles. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de enero del 2017.
Solicitud N° 2017-0000007. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 18 de enero del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017115012 ).
Carlos
Manuel Jiménez Marín, casado 2 veces, cédula de identidad 203240329, en calidad
de apoderado generalísimo de Soporte Vital de Costa Rica Sociedad Anónima, con
domicilio en Guadalupe, El Alto, frente a los tanques de Acueductos y
Alcantarillados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SOPORTE
VITAL DE COSTA RICA, como marca de comercio y servicios en clase: 44
internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: servicios médicos.
Reservas: de los colores: amarillo blanco, azul y rojo. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 22 de diciembre de 2016. Solicitud N°
2016-0012510. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de enero de 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017115044 ).
Kareem
Augusto Pugh Vose, soltero, cédula de identidad 701690361, con domicilio en
Goicoechea, Mata de Plátano, Residencial Prusia, casa 82, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Mama´s Rum Cake
como nombre comercial en clase: internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Clase 49: Un establecimiento comercial
dedicado a elaboración de un queque elaborado con ron como producto de
pastelería. Ubicado en Limón, Costa Rica, 150 metros oeste del Hospital Tony Facio
Castro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de diciembre del
2016. Solicitud Nº 2016-0012103. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de febrero del
2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017115086 ).
Mary
Carmen Marín Lara, casada dos veces, cédula de identidad 90920677, con
domicilio en La Guácima Abajo, 1 km al oeste del liceo la Guácima, Alajuela,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Pets Paradise
como marca de servicios en clase: 44 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Servicios veterinarios. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 6 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001016.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 28 de febrero del 2017.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2017115117 ).
Mary
Carmen Marín Lara, casada 2 veces, cédula de identidad 900920677, con domicilio
en La Guácima 1 km al oeste del liceo la Guácima, Alajuela, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Pets Paradise Dogs Hotel & Training Center
como marca de servicios en clase(s): 41 y 43 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: 41: Doma y adiestramiento canino 43:
Hospedaje para animales de compañía. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 22 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012519. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 24 de enero del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017115118
).
Mary
Carmen Marín Lara, casada 2 veces, cédula de identidad 900920677, con domicilio
en La Guácima, 1 km al oeste del Liceo La Guácima, Alajuela, Costa Rica,
solicita la inscripción de: DR. Freimann
como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Producción de alimentos, golosinas y
formulaciones para mascotas. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 22 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012520. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 16 de enero del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017115119 ).
Hildred
Román Víquez, divorciada, cédula de identidad 108330923, en calidad de
apoderada especial de El Balcón del Marisco Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101313942, con domicilio en costado norte del Liceo de Costa Rica, casa número
1690, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: EL BALCÓN DEL MARISCO
como marca de servicios en clase: 43 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de restauración (alimentación);
bar, catering service. Reservas: De los colores: rojo, azul, negro y blanco. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de enero del 2017.
Solicitud Nº 2017-0000315. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de febrero del
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017115131 ).
Hildred
Román Víquez, divorciada, cédula de identidad 1833923, en calidad de apoderada
especial de El Balcón del Marisco Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101313942,
con domicilio en costado norte del Liceo de Costa Rica, casa N° 1690, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: El Balcón del Marisco, como nombre
comercial en clase 49 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a restaurante, cafetería, bar, catering service. San José,
Curridabat, de la Librería Universal, 300 metros al este. Reservas: de los
colores: rojo, azul, negro y blanco. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 16 de enero de 2017. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de febrero de
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017115132 ).
Hildred
Román Víquez, divorciada, cédula de identidad 108330923, en calidad de
apoderada especial de El Balcón del Marisco Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101142174, con domicilio en costado norte del Liceo de Costa Rica, casa N°
1690., San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BOCAS DEL MAR
como marca de servicios en clase: 43 internacional para
proteger y distinguir lo siguiente: Restaurante, cefetería, bar, catering
service. Reservas: de las palabras “BOCAS DEL MAR” y del diseño y de los
colores azul, celeste, rojo y blanco. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el: 16 de enero de 2017. Solicitud N° 2017-0000317. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 15 de febrero de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017115133 ).
Hildred
Román Víquez, divorciada, cédula de identidad 108330923, en calidad de
apoderado especial de Leaho Refrigeración Industrial Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-204902, con domicilio en La Asunción de Belén, 400 metros este
de la entrada a Pedregal, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:
GRUPO LEAHO
como marca de servicios en clase: 37. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Instalación, construcción, reparación y
mantenimiento preventivo y correctivo de proyectos electromecánicos, mecánicos,
eléctricos, sistemas de aire acondicionado, ventilación, y refrigeración y
energía solar comercial e industrial. Reservas: De los colores azul, amarillo y
blanco. No se hace reserva de la palabra “Grupo”. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 26 de enero de 2017. Solicitud Nº 2017-0000689. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 16 de febrero de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017115134 ).
Hildred
Román Víquez, divorciada, cédula de identidad 108330923, en calidad de
Apoderado Especial de Leaho Refrigeración Industrial Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101204902, con domicilio en La Asunción de Belén, exactamente 400
metros este de la entrada a Pedregal, Heredia, Costa Rica, solicita la
inscripción de: GRUPO LEAHO
como marca de fábrica y comercio en clase 11. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Equipos de congelación, aire
acondicionado, ventilación y refrigeración industrial y comercial, evaporadores
y condensadores de refrigeración y para aires acondicionados, aparatos de
calefacción y ventilación accionados por energía solar, máquinas para hacer,
almacenar y dispensar hielo. Reservas: De los colores: azul, amarillo y blanco,
No se hace reserva de la palabra: “GRUPO”. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 26 de enero de 2017. Solicitud Nº 2017-0000690. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 16 de febrero de 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017115135 ).
Bryan
Vega Brenes, soltero, cédula de identidad 112660522, con domicilio en San
Antonio de Coronado, del Pollo Almosa 400 norte, Urbanización Las Flores, casa
Nº 18, Costa Rica, solicita la inscripción de: LOPLE EVENTOS
como marca de servicios en clase: 41. Internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de entretenimiento,
actividades deportivas, culturales, eventos masivos, eventos sociales, eventos
corporativos, eventos institucionales, educación y formación. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 20 de febrero de 2017. Solicitud Nº
2017-0001495. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de febrero de 2017.—Cesar Alfonso
Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017115163 ).
Ronny
Rodríguez Noguera, casado una vez, cédula de identidad 503380936, con domicilio
en Barrio Coopevigaua N° 3, Guápiles, Pococí, Limón, Costa Rica, solicita la
inscripción de: ROCONO, como nombre comercial en clase: internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado
a la venta de productos y servicios, ubicado frente a la Escuela de Valle Azul,
Los Ángeles de San Ramón. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 31 de enero de 2017. Solicitud N° 2017-0000866. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 8 de febrero de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017115187 ).
Kattia
Vargas Álvarez, casada, cédula de identidad 109520076, en calidad de Apoderado
Especial de APM Costa Rica Direct, S. A., cédula jurídica 3-101-715219 con domicilio
en Santa Ana, de la Cruz Roja 100 metros norte, edificio Plaza Murano, oficina
33, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CR DIRECT
como marca de servicios en clase: 35. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Servicios para la operación mercados en
línea para los vendedores y compradores de bienes y servicios; servicios de
comercio en línea en el que los vendedores de productos posteriores o servicios
que se ofrecen a la compra y venta o licitación a través de Internet con el fin
de facilitar la venta de bienes y servicios por terceros a través de una red
informática; servicios que proporcionan retroalimentación evaluativa y
calificaciones de los vendedores de bienes y servicios, retroalimentación sobre
el valor y los precios de los bienes y servicios, sobre el desempeño de los
compradores y vendedores, sobre la entrega y la experiencia comercial global en
conexión con lo anterior; servicios para proporcionar una guía de búsqueda de
publicidad en línea que ofrece los bienes y servicios de los vendedores;
servicios de proporcionar una base de datos de evaluación en línea para
compradores y vendedores; servicios de publicidad y publicidad como tal;
servicios de negocios, a saber; proporcionar un sitio web que ofrece a los usuarios
la capacidad de crear páginas web personalizadas que ofrecen información
definida por el usuario en el ámbito de los derechos de propiedad intelectual y
las políticas de observancia de la propiedad intelectual, con el fin de ayudar
a los participantes del programa con preguntas y peticiones relacionadas con la
utilización de la propiedad intelectual por parte de los demás en un mercado en
línea. Reservas: De los colores: rojo, azul y blanco. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 22 de junio de 2016. Solicitud Nº 2016-0006032. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 5 de setiembre de 2016.—Bernard Molina Alvarado,
Registrador.—( IN2017115301 ).
Kattia
Vargas Álvarez, casada, cédula de identidad 109520076, en calidad de Apoderado Especial
de APM Costa Rica Direct S. A., cédula jurídica 3101715219 con domicilio en
Santa Ana de la cruz roja 100 metros norte, edificio plaza Murano, oficina 33,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CR DIRECT
como nombre comercial en clase: Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado los
servidos de comercialización en línea, tales como: servicios para la operación
de mercados en línea para los vendedores y compradores de bienes y servicios; servicios
de comercio en línea en el que los vendedores de productos posteriores o
servicios que se ofrecen a la compra y venta o licitación a través de internet
con el fin de facilitar la venta de bienes y servicios por terceros a través de
una red informática; servicios que proporcionan retroalimentación evaluativa y
calificaciones de los vendedores de bienes y servidos, retroalimentación sobre
el valor y los precios de los bienes y servicios, sobre el desempeño de los
compradores y vendedores, sobre la entrega y la experiencia comercial global en
conexión con lo anterior; servidos para proporcionar una guía de búsqueda de
publicidad en línea que ofrece los bienes y servicios de los vendedores;
servicios de proporcionar una base de datos de evaluación en línea para
compradores y vendedores; servicios de publicidad y publicidad como tal;
servicios de negocios, a saber: proporcionar un sitio web que ofrece a los
usuarios la capacidad de crear páginas web personalizadas que ofrecen
información definida por el usuario en el ámbito de los derechos de propiedad
intelectual y las políticas de observancia de la propiedad intelectual, con el
fin de ayudar a los participantes del programa con preguntas y peticiones
relacionadas con la utilización de la propiedad intelectual por parte de los
demás en un mercado en línea, ubicado en San José Santa Ana de la cruz roja 100
metros norte, edificio Plaza Murano, oficina 33. Reservas: De los colores:
rojo, azul y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio de
2016. Solicitud Nº 2016-0006033. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de septiembre de
2016.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2017115302 ).
Javier
Enrique Blanco Murillo, casado una vez, cédula de identidad 203620597, en
calidad de apoderado generalísimo de Helados Sensación Limitada, cédula
jurídica 3102368681, con domicilio en Grecia Barrio El Mezón, cuatrocientos al
norte de la pulpería La Parada, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
de: FELICIDAD, como nombre comercial en clase: 49 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a
heladerías, ubicado en Alajuela, Grecia, Barrio El Mezón, 400 metros al norte
de la Pulpería La Parada. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 15 de febrero de 2017. Solicitud N° 2017-0001365. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 20 de febrero de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017115315
).
Rafael
Gabriel Castillo Blanco, divorciado una vez, cédula de identidad 205240804, en
calidad de Apoderado Generalísimo de Logística Integrada Centroamericana Ling
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101655698 con domicilio en Montes de Oca
Mercedes 200 metros oeste de la rotonda La Bandera, Ofiplaza del este, edificio
D, piso 2, oficina número 11, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Linc
como nombre comercial: Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a Transporte
internacional vía aérea, terrestre y marítima, correduría aduanera, almacenaje
fiscal, manejo y administración de inventarios y distribución nacional, ubicado
trescientos metros oeste, trescientos metros norte, cien metros este de EPA,
San Antonio de Belén, Heredia. Reservas: De los colores: azul y rojo. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 02 de noviembre de 2016. Solicitud Nº
2016-0010769. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de noviembre de 2016.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017115316 ).
Freddy
Zerapio Flores Sáenz, divorciado una vez, cédula de residencia 160400025311con
domicilio en Tibás, San José, Costa Rica , solicita la inscripción de: Jhomi
como marca de fábrica y comercio en clases: 3; 30 y 32.
Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: 3 Preparaciones para
blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar,
pulir, desengrasar y raspar; jabones, productos de perfumería, aceites
esenciales, cosméticos, lociones capilares, dentífricos., 30 Café, té, cacao y
sucedáneos del café; arroz: tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de
cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel,
jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas
(condimentos); especias; hielo. y 32 Cerveza; aguas minerales y gaseosas y
otras bebidas sin alcohol; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes
y otras preparaciones para elaborar bebidas. Reservas: de los colores: Blanco y
verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de enero de 2017.
Solicitud Nº 2017-0000566. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 01 de febrero de
2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017115317 ).
José
Sandoval Navarro, casado una vez, cédula de identidad 204400023, en calidad de
apoderado generalísimo de La Maquila Lama Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101196511, con domicilio en Alajuela, San Rafael, de la Cruz Roja, 50 metros
al sur, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Santa Isabel como
marca de fábrica y comercio en clases: 29; 30; 31 y 32 internacionales,
para proteger y distinguir lo siguiente: clase 29: frutas y
verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas;
jaleas, confituras, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y
grasas comestibles. Clase 30: mostaza, vinagre, salsas (condimentos); especias
y mayonesa; café, té y cacao. Clase 31: granos y productos agrícolas,
hortícolas y forestales, no comprendidos en otras clases; animales vivos;
frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas; semillas; plantas y flores
naturales; alimentos para animales; malta y clase 32: cerveza; aguas minerales
y gaseosas, y otras bebidas sin alcohol; bebidas a base de frutas y zumos de
frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. Reservas: de los
colores: blanco, rojo y amarillo. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 1° de febrero de 2017. Solicitud N° 2017-0000916. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 15 de febrero de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017115318 ).
José
Miguel Montero Cruz, cédula de identidad 205430285, en calidad de apoderado
generalísimo de Inversiones Hermanos Montero Cruz, cédula jurídica
3-101-370180con domicilio en Naranjo San Miguel doscientos al sur y cincuenta
al oeste del estadio, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: CHUNCHE
como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 25 Vestidos, calzados, sombrerería. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 22 de abril del 2016, solicitud Nº 2015-0003802.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 7 de noviembre del 2016.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2017115319 ).
Jorge
Guido Delgado, casado una vez, cédula de identidad 600980126, en calidad de
apoderado generalísimo de Fideos Precocidos de Costa Rica Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101023673, con domicilio en Santo Domingo, un kilómetro al
norte de la Iglesia, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Vigui
Bebida sabor a Churchill, como marca de fábrica y comercio en clase: 32
internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: gaseosas, y otras
bebidas sin alcohol; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y
otras preparaciones para elaborar bebidas, todas las anteriores con sabor a
Churchill. Reservas: de los colores azul, blanco, rojo, negro y rosado. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 22 de diciembre de 2016. Solicitud N°
2016-0012522. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de febrero de 2017.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2017115320 ).
Marco
Antonio Jiménez Carmiol, casado una vez, cédula de identidad 102990846, en
calidad de apoderado especial de Lenovo (Beijing) Limited con domicilio en N° 6
Chuangye Road, Shangdi Information Industry Base, Haidian District, 100085
Beijing, China, solicita la inscripción de: LENOVO LEGION como marca de
fábrica y comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 9 Computadoras personales; computadores de escritorio; computadoras
todo en uno; ordenadores portátiles; computadoras portátiles: Monitores de
ordenador; accesorios de ordenador, a saber, auriculares, ratón, alfombrillas
para ratón, teclados; equipos y accesorios de computadora para juegos; a saber,
ordenadores portátiles de juegos, cubos de juegos, torres de juegos, teclados
de juegos, controladores de juegos, ratones de juegos y auriculares de juegos.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de febrero del 2017,
solicitud Nº 2017-0001288. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de febrero del
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017115350 ).
Carlos
Eduardo Calvo Alvarado, casado una vez, cédula de identidad 105690408, en
calidad de apoderado especial de Laboratorios Compañía Farmacéutica L. C. S. A,
cédula jurídica 3101021545con domicilio en Goicoechea, Guadalupe, del Segundo
Circuito Judicial, 250 metros al oeste y 150 metros al sureste, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: FUCONAPS como marca de fábrica en
clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Un producto
farmacéutico para uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 07 de febrero del 2017, solicitud Nº 2017-0000087. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 09 de febrero del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017115352 ).
Carlos
Eduardo Calvo Alvarado, casado una vez, cédula de identidad 105690408, en
calidad de apoderado generalísimo de Laboratorios Compañía Farmacéutica L.C.,
S. A., cédula jurídica 3101021545, con domicilio en Goicoechea, Guadalupe, del
Segundo Circuito Judicial, 250 metros al oeste y 150 metros al sureste, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: DOLO-NEUROFIN como marca
de fábrica en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Un producto farmacéutico para uso humano. Contiene Diclofenaco más vitaminas
B1, B6, B12; y funciona como analgésico, antineurítico y antiinflamatorio.
Lumbalgias, cervicalgias, braquialgias, radiculitis, neuropatías periféricas de
diversas etiopatogenia; neuralgias faciales, neuralgia de trigémino, neuralgia
intercostal, neuralgia herpética, neuropatía alcohólica, neuropatía diabética,
síndrome de conducto del carpo, fibromialgia, espondilitis. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 22 de noviembre del 2016. Solicitud Nº
2016-0011488. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de febrero del 2017.—Jamie Phillips
Guardado, Registrador.—( IN2017115353 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de The Latin América Trademark Corporation,
con domicilio en edificio gomosa, primer piso, avenida Samuel Lewis, Ciudad de
Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: CERVIXEPT como marca de
fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas
y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico
o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y
animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas
dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos;
fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de
febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001056. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de
febrero del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017115356 ).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Kohler CO.,
con domicilio en 444 Highland Drive, Kohler, Wisconsin, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: LAVANDA como marca de fábrica y
comercio en clase: 11. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
11 Aparatos para suministro de agua y para propósitos sanitarios, instalaciones
y accesorios de plomería, fregaderos, retretes (servicios sanitarios),
lavamanos, bidés, bañeras, cabezales de duchas, grifos, llaves de paso
(grifos), dispositivos, con sensor, para llenado de agua en baños, duchas. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de enero del 2017, según
Solicitud N° 2017-0000004. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de enero del
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017114985 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de gestor oficioso de Matthias Rath, soltero, pasaporte C8HFHKGFM,
con domicilio en P 1260 Memorex Drive, Santa Clara, CA 95050, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: VitaCforte como marca de fábrica y
comercio en clase: 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
29 Verduras y otros productos comestibles de horticultura, preparados para el
consumo o conservación, incluidos en la clase 29, en particular, frutas y
verduras cocidas y secas en conserva; jaleas, mermeladas, salsas de frutas; los
anteriores que contengan o incluyan la vitamina c. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 6 de setiembre del 2016. Solicitud Nº
2016-0008706. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de febrero del 2017.—Wendy López
Vindas, Registradora.—( IN2017115357 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de gestor oficioso de DR. Matthias Rath, soltero, pasaporte
C8HFHKGFM, con domicilio en P 1260 Memorex Drive, Santa Clara, CA 95050,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: VitaCforte como
marca de fábrica y comercio en clase: 32 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no
alcohólicas; bebidas de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones
para hacer bebidas, todos los anteriores que contengan o incluyan la vitamina
c. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de febrero del 2016.
Solicitud Nº 2017-0008705. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de febrero del
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017115358 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de The Latin American Trademark Corporation,
con domicilio en Edificio Comosa, primer piso, avenida Samuel Lewis, Ciudad de
Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: HEMOR como marca de fábrica
y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y
sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o
veterinario, alimentos para bebes; complementos alimenticios para personas y
animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas
dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos;
fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de
febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001055. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de
febrero del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017115359 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de Dongguan Benson Automobile Glass Co., Ltd.,
con domicilio en Ludong Village, Humen Town, Dongguan City, Guangdong Province
523935, República Popular de China, China, solicita la inscripción de: BENSON,
como marca de fábrica y comercio en clase: 12 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: transportadores
aéreos, propulsores de hélice; cubiertas de neumáticos para vehículos;
parabrisas; limpia parabrisas; ventanillas de vehículos; retrovisores;
dispositivos antideslumbrantes para vehículos; bicicletas; coches. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 3 de febrero de 2017. Solicitud N°
2017-0000966. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de febrero de 2017.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2017115361 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de 3G Office, S.L., con domicilio en C/ Eloy
Gonzalo, 18 -Bajo Interior, 28010 Madrid, España, solicita la inscripción de:
3goffice, como marca de servicios en clase: 41 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: educación; formación;
servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales; organización
de exposiciones con fines culturales o educativos; organización de eventos;
simposiums; congresos; edición de textos que no sean publicitarios; publicación
electrónica de libros y periódicos en línea; servicios de clubs de
entretenimiento o educación. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 9 de febrero de 2017. Solicitud N° 2017-0001185. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 16 de febrero de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017115362 ).
Modesto
Blanco Umaña, casado una vez, cédula de identidad Nº 203020280, en calidad de
apoderado generalísimo de Travel Excellence Sociedad Anónima, cédula jurídica
Nº 3-101-186587, con domicilio en San José, Barrio Don Bosco, calle 34,
avenidas 6 y 8, Nº 431, Costa Rica, solicita la inscripción de: Travel
Excellence Tour Operator Costa Rica
como nombre comercial, en clase: internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a
agencia de viajes y turismo receptivo nacional e internacional. Reservas: no se
reserva el término Costa Rica. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 13 de enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000280. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 17 de febrero del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2017115368 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de Altera Corporation, con domicilio en 101
Innovation Drive, San Jose, California United States of America, 95134, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: CYCLONE, como marca de
fábrica y comercio en clase: 9 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: semiconductores, circuitos integrados, aparatos lógico programables
y microprocesadores. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1° de
febrero de 2017. Solicitud N° 2017-0000899. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de febrero
de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017115369 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de Altera Corporation, con domicilio en 101
Innovation Drive, San Jose, California 95134, United States of America, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: ARRIA, como marca de
fábrica y comercio en clase: 9 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: circuitos integrados, aparatos lógico programables y
microprocesadores. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1° de febrero
de 2017. Solicitud N° 2017-0000898. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de febrero de
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017115370 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada general de The Latin American Trademark Corporation,
con domicilio en Edificio Comosa, primer piso, Avenida Samuel Lewis, Ciudad de
Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: SYRAST, como marca de
fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Productos oftalmológicos. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 08 de febrero de 2017. Solicitud N° 2017-0001130. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 15 de febrero de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017115371 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderado especial de The Latin American Trademark Corporation
con domicilio en edificio Comosa, primer piso, avenida Samuel Lewis, Ciudad de
Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: CALIGRAST como marca de
fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 5 Productos oftalmológicos. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 8 de febrero del 2017, solicitud Nº 2017-0001129. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 15 de febrero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017115372 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de Swiss Core Group Latam S. A. con domicilio
en Plaza Panorama, Alto de Las Palomas 350 metros oeste de la sub-estación del
ICE, Costa Rica, solicita la inscripción de: TENSIOCORE como marca de
fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas
y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico
o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y
animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas
dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos;
fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de
febrero del 2017, solicitud Nº 2017-0001329. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de
febrero del 2016.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017115373 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderado especial de Swiss Core Group Latam S. A. con domicilio
en Plaza Panorama, Alto De Las Palomas 350 metros oeste sub-estación del ICE,
Costa Rica, solicita la inscripción de: REFLUCORE como marca de fábrica
y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y
sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o
veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y
animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas
dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos;
fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de
febrero del 2017, solicitud Nº 2017-0001328. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de
febrero del 2016.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017115374 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de Swiss Core Group Latam S. A., con domicilio
en Plaza Panorama, Alto las Palomas 350 m. oeste de la subestación del ICE,
Costa Rica, solicita la inscripción de: BACTOCORE, como marca de fábrica
y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y
sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o
veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y
animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas
dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos;
fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de
febrero de 2017. Solicitud N° 2017-0001327. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de
febrero de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017115375 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de Swiss Core Group Latam S. A., con domicilio
en Plaza Panorama, Alto las Palomas, 350 m. oeste de la subestación del ICE,
Costa Rica, solicita la inscripción de: FENACORE, como marca de fábrica
y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y
sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o
veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y
animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas
dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos;
fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de
febrero de 2017. Solicitud N° 2017-0001326. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de
febrero de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017115376 ).
Fabiola
Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad 109530774, en calidad de
apoderado especial de Procaps S. A. con domicilio en calle 80 N° 7813-201,
Barranquilla, Colombia, solicita la inscripción de: VAXIDUO como marca
de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 5 Productos farmacéuticos para uso humanos, preparaciones químicas
para uso farmacéutico, tabletas (pastillas) para uso farmacéutico, píldoras
para uso farmacéutico, suplementos dietarios, sustancias dietéticas para uso
médico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de febrero del 2017,
solicitud Nº 2017-0001231. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de febrero del
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017115377 ).
Fabiola
Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad 109530774, en calidad de
apoderado especial de Procaps S. A. con domicilio en calle 80 N° 78B-201,
Barranquilla, Colombia, solicita la inscripción de: ARTIPLUS 2.0
como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos para uso humanos,
preparaciones químicas para uso farmacéutico, tabletas (pastillas) para uso
farmacéutico, píldoras para uso farmacéutico, suplementos dietarios, sustancias
dietéticas para uso médico. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 10 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001230. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 16 de febrero del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017115378 ).
Fabiola
Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad 109530774, en calidad de
apoderado especial de Procaps S. A. con domicilio en calle 80 N° 78B-201,
Barranquilla, Colombia, solicita la inscripción de: ESOFAX PLUS como
marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 5 Productos farmacéuticos para uso humanos,
preparaciones químicas para uso farmacéutico, tabletas (pastillas) para uso
farmacéutico, píldoras para uso farmacéutico, suplementos dietarios, sustancias
dietéticas para uso médico. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 10 de febrero del 2017, solicitud Nº 2017-0001229. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 16 de febrero del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017115379 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderado especial de Swiss Core Group Latam S. A. con domicilio
en Plaza Panorama, Alto de Las Palomas 350 metros oeste sub-estación del Ice,
Costa Rica, solicita la inscripción de: HYPERCORE 40 como marca de
fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 5 Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones
higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para
uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para
personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes
e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales
dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 14 de febrero del 2016, solicitud Nº 2017-0001314. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 20 de febrero del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2017115380 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de Andland Overseas S. A., con domicilio en
Edificio Global Bank, Oficina 2302, Cuidad de Panamá, Panamá, solicita la
inscripción de: Alerxy, como marca de fábrica y comercio en clase: 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos para la
rinitis alérgica, estacional o perenne. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 14 de febrero de 2017. Solicitud N° 2017-0001317. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 17 de febrero de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2017115381 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de Swiss Core Group Latam S. A., con domicilio
en Plaza Panorama, Alto de las Palomas, 350 m. oeste de la subestación del ICE,
Costa Rica, solicita la inscripción de: DUROCORE, como marca de fábrica
y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y
sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o
veterinario, alimentos pan bebés; complementos alimenticios para personas y
animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas
dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos;
fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de
febrero de 2017. Solicitud N° 2017-0001403. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de
febrero de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017115382 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, cédula de identidad 109840695, en calidad de
apoderada especial de Swiss Core Group Latam S. A., con domicilio en Plaza
Panorama, Alto de las Palomas, 350 m. oeste subestación del ICE, Costa Rica,
solicita la inscripción de: HONGOCORE, como marca de fábrica y comercio
en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y
sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o
veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y
animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas
dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos;
fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de
febrero de 2017. Solicitud N° 2017-0001404. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de
febrero de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017115383 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de Swiss Core Group Latam S. A. con domicilio
en Plaza Panorama, Alto de Las Palomas 350 metros oeste sub-estación del ICE,
Costa Rica, solicita la inscripción de: DOLOCORE como marca de fábrica y
comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones
farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso
médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario,
alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales;
emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales;
desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas,
herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de febrero
del 2017. Solicitud Nº 2017-0001321. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de
febrero del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017115384 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de Swiss Core Group Latam S. A., con domicilio
en Plaza Panorama, Alto de las Palomas 350 m oeste de la sub-estación del ICE,
Costa Rica, solicita la inscripción de: REDUCORE como marca de fábrica y
comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Aciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias
para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o
veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y
animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas
dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos;
fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de
febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001322. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de
febrero del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017115385 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderado especial de Swiss Core Group Latam S. A., con domicilio
en Plaza Panorama, Alto de las Palomas 350 m oeste sub-estación del ICE, Costa
Rica, solicita la inscripción de: HYPERCORE 80 como marca de fábrica y
comercio en clase(s): 5, internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas
y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico
o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y
animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas
dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos;
fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de
febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001323. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de
febrero del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017115386 ).
Laura
Smith Hare, divorciada una vez, cédula de identidad 700460421, con domicilio en
250 mts norte antigua Botica Solera, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: El Poder de Sanar y la Magia de la Naturaleza como señal
de propaganda en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Clase 50: Para promocionar productos de perfumería, aceites, esencias,
cosméticos, lociones, todo tipo de velas artesanales utilizando materiales de
alumbrado como cera, grasas y parafina para crear elementos de iluminación, en
relación a la marca “NATURALEZA ORGANICA MISTICA”, número de expediente
2016-10145. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de
noviembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0011206. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
27 de febrero del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017115393
).
Fernando
Contreras López, casado, cédula de identidad 900440264, en calidad de apoderado
especial de Representaciones Televisivas Repretel S. A., cédula jurídica
3101139097, con domicilio en La Uruca, del Hospital México, 300 metros al
oeste, edificio Repretel, San José, Costa Rica , solicita la inscripción de: La
Ley de la Calle como marca de servicios en clase(s): 38. internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 38: Servicios de difusión y
transmisión de programas televisivos. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 17 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001451. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 28 de febrero del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017115419 ).
Roberto
José Rojas Bernini, soltero, cédula de identidad Nº 113740869, en calidad de
representante legal de Hacienda Santa María de Sarapiquí S. A., cédula jurídica
Nº 3101094182, con domicilio en: 600 mts norte de la Comandancia, Heredia,
Costa Rica, solicita la inscripción de: GOAT MILK • MONTE CAPRINO
como nombre comercial en clase internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a fabricación,
distribución, comercialización de leche de cabra y sus derivados, ubicado en
Horquetas de Sarapiquí, Heredia, 10 kilómetros camino a Caño Negro. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 07 de febrero del 2017. Solicitud N°
2017-0001041. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 14 de febrero del 2017.—Wendy López
Vindas, Registradora.—( IN2017115467 ).
María
Laura Vargas Cabezas, soltera, cédula de identidad Nº 111480307, en calidad de
apoderado especial de Natural Aloe de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº
3101441901, con domicilio en: Liberia, cuatro kilometres al sur de la entrada
principal a Liberia, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: NATURMANAN
como marca de fábrica y comercio en clases 1 y 5
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1:
polisacáridos y fracciones de polisacáridos del aloe vera, para su uso como
espesantes, para su uso en aromatización, para su uso en coloración, para su
uso en conservación, para su uso en fermentación, y para su uso en la
fabricación de productos alimenticios y en clase 5: productos nutracéuticos
(nutrientes aislados, suplementos dietéticos y productos herbarios) para uso terapéutico
y como suplemento dietético, preparados nutracéuticos para animales,
complementos nutricionales, suplementos nutricionales, preparaciones de aloe
vera para uso farmacéutico. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 23 de diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012593. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 01 de marzo del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017115480 ).
Roberto
Abreu Lachner, cédula de identidad Nº 113280694, en calidad de apoderado
generalísimo de Grupo Habla CR Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101697603,
con domicilio en: Escazú, San Rafael, al frente de la entrada principal del
Costa Rica Country Club en condominio Almendar, número siete A, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: HABLA BEBIDAS
como nombre comercial en clase 49 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento, dedicado a la
importación, venta y comercialización de vinos, licores, refrescos, y distintas
bebidas con o sin contenido alcohólico, ubicado en República de Costa Rica,
provincia San José, cantón San José, distrito San Sebastián, doscientos metros
al norte de la rotonda de San Sebastián en la carretera de circunvalación,
edificio de Habla Bebidas, ubicado a mano izquierda. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 27 de enero del 2017. Solicitud N° 2017-0000769.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 08 de febrero del 2017.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2017115492 ).
Juan
Carlos Agüero Arroyo, casado una vez, cédula de identidad 106550854, con
domicilio en BLVD. Ernesto Rohrmoser, Ave 27, Transversal 98/ calle 100, Pavas,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: HAPPIKUT
como marca de fábrica y servicios en clases: 8 y 35
internacional para proteger y distinguir lo siguiente: clase 8: Herramientas e
instrumentos de mano accionados manualmente y clase 35 Gestión de negocios
comerciales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de febrero
de 2017. Solicitud N° 2017-0001047. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1° de marzo de
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017115552 ).
Monserrat
Alfaro Solano, casada, cédula de identidad 111490188, en calidad de apoderada
especial de Natural Mineral Waters Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101711178, con domicilio en Turrialba, 200 metros al este y un kilómetro al
norte del Templo Católico, distrito Tres Equis, Cartago, Costa Rica, solicita
la inscripción de: AQUA NATURA N W C
como marca de fábrica y comercio en clase: 32
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Agua mineral. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 30 de enero de 2017. Solicitud N°
2016-0010989. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978..—San José, 2 de febrero de 2017.—Ivonne Mora Ortega
Registradora.—( IN2017115575 ).
Monserrat
Alfaro Solano, casada, cédula de identidad 111490188, en calidad de apoderada
especial de Natural Mineral Waters Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101711178, con domicilio en Turrialba, 200 metros al este y un kilómetro al
norte del templo católico, distrito Tres Equis, Cartago, Costa Rica, solicita
la inscripción de: AQUA RICA N W C como marca de fábrica y comercio en
clase: 32 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Agua mineral. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de enero del 2017.
Solicitud Nº 2016-0010990. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de febrero del
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017115580 ).
Enrique
Antonio Gamboa Castro, casado una vez, cédula de identidad 107940102, con
domicilio en Heredia, San Pablo, del Mall Paseo de las Flores, 350 metros al
este calle Cordero pasando la línea del tren, primer condominio a mano derecha,
oficinas de entrada al condominio de color blanco de nombre: Condominio
Interamerica, N° 4, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Naturalis
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30, internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: Café molido y en grano. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 13 de diciembre del 2016. Solicitud Nº
2016-0012158. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de febrero del 2017.—Bernard Molina
Alvarado, Registrador.—( IN2017115607 ).
Andrea
María Ruiz Castillo, casada, cédula de identidad 206370422, en calidad de
apoderado generalísimo de Distribuidora Valverde Disval, Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101487353con domicilio en Poas Carrilos, Alto de Poas 300
metros al noroeste del supermercado la Primavera, Alajuela, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Sarusa
como marca de comercio en clase: 30, internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Tacos de res, burritos. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 27 de enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000762.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 8 de febrero del 2017.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2017115614 ).
Luis
Diego Acuña Vega, soltero, cédula de identidad 111510238, en calidad de
apoderado especial de Adriana Cavazos Valerín, casada una vez, cédula de
identidad 109560258, con domicilio en Condominio Valle Arriba N° 442, 750
metros suroestede Plaza Rolex, San Rafael de Escazú, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: SHINE, como nombre comercial, para proteger
y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la
prestación de servicios y programas tendientes al desarrollo personal y
profesional de terceros, incluyendo clases, seminarios, teleseminarios,
conferencias, talleres, sesiones privadas y grupales; coaching ejecutivo y de
vida; orientación vocacional; desarrollo de liderazgo; consultoría en los
campos de desarrollo personal y profesional, coaching, orientación vocacional y
desarrollo del liderazgo; ubicado en Condominio Valle Arriba N° 442, 750 metros
suroeste de Plaza Rolex, San Rafael de Escazú, San José, Costa Rica. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 30 de enero de 2017. Solicitud N° 2017-0000798.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 28 de febrero de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017115631 ).
Luis
Diego Acuña Vega, soltero, cédula de identidad 111510238, en calidad de
apoderado especial de Dixie Consumer Products LLC, con domicilio en 133
Peachtree Street NE, Atlanta, Georgia 30303, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: DIXIE, como marca de fábrica y comercio en
clase: 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Forros
cobertores de papel para bandejas no incluidos en otras clases. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 15 de febrero de 2017. Solicitud N°
2017-0001345. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de febrero de 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017115642 ).
Luis
Diego Acuña Vega, soltero, cédula de identidad 111510238, en calidad de
apoderado especial de Philippe Starck, casado dos veces con domicilio en 22 Rua
Tenente Valadim, P 2750-502 Cascais, Portugal, solicita la inscripción de: STARCK como marca de fábrica y servicios en clases
3; 9; 20 y 42. internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 3 Cosméticos para el cuidado e higiene de la piel y del cabello; perfume,
colonia, aguas perfumadas y de tocador; maquillaje; aromatizantes ambientales;
preparaciones para el baño, la ducha y para afeitarse; jabones; esmaltes y
productos para las uñas; preparaciones para la higiene oral; todo lo anterior
con fines no medicinales., en clase 9
Brazaletes conectados [instrumentos de medición]; células fotovoltaicas;
cadenas, estuches y cordones para gafas y para teléfonos; gafas; anteojos;
anteojos para deportes; binoculares; lupas; anteojos para sol; relojes
inteligentes; marcos para gafas; teléfonos móviles; teléfonos celulares;
auriculares; cascos protectores para deportes, en clase 20 Obras de arte de
madera, cera, yeso o materias plásticas; toda clase de muebles, espejos, marcos
no comprendidos en otras clases; cajas de madera o plástico; recipientes de
materias plásticas para empaquetar; contenedores no metálicos de almacenamiento
o transporte; mesitas auxiliares; almohadones; acabados decorativos calados;
abanicos; figuras de madera, cera, yeso o materias plásticas; agarraderas de
cuchillos no-metálicas; paragüeros; revisteros; toalleros [mueblería];
percheros; expositores [muebles], y en clase 42 Servidos de arquitectura;
decoración de interiores; diseño de artes gráficas; consultoría en arquitectura
para construcción y conversión de áreas internas y externas; consultoría en el
campo del ahorro energético; consultoría tecnológica; diseño industrial; diseño
de logos y empaque; diseño de modas; testeo de materiales y textiles; estudios
de proyectos técnicos; planeamiento urbano y consultoría; diseño de planos;
investigación y desarrollo de nuevos productos para terceros; diseño de
productos; creación ornamental y estética de productos como muebles y objetos;
investigación en el campo de la protección ambiental; estilismo [diseño
industrial]. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de enero
del 2017, solicitud Nº 2017-0000322. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de
febrero del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017115643 ).
María
Del Milagro Chaves Desanti, casada dos veces, cédula de identidad 106270794, en
calidad de apoderado especial de Atlantic Pacific Equipment Inc. con domicilio
en 10904 Crabapple Road, Roswell, Georgia 30075, Georgia, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: AT-PAC como marca de fábrica y
comercio en clases 6; 37 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: 6 Andamios metálicos; aparatos de andamiaje, a saber tablas de
armazón de metal, materiales de metal para andamios; estructuras portátiles de
andamios metálicos; torres metálicas para andamios; plataformas de acceso para
andamios metálicos; dispositivos de anclaje para estructuras de andamios de
metal; plataformas de trabajo para andamios metálicos; escaleras metálicas;
artículos de metal para uso en la construcción, a saber, herrajes metálicos en
forma de orillas, soportes, tirantes, placas base, rodillos, rieles, clavijas,
pinzas, componentes metálicos fabricados para cimientos de edificios, tabiques
metálicos, soportes metálicos; abrazaderas metálicas para el manejo de cargas;
marcos de seguridad para alturas elevadas, a saber, andamios metálicos; equipos
de seguridad para uso en operaciones de construcción y mantenimiento de
edificios, a saber, puertas metálicas de seguridad, escaleras metálicas,
tensores metálicos, tirantes tirantes de seguridad metálicos; partes y piezas para
todos los productos mencionados, a saber, accesorios de carpintería metálicos,
accesorios de forma de anillo de metal; armazones para cimientos de hormigón,
andamios para mantenimiento de calderas,
dispositivos manuales elevación de materiales, a saber, ruedas de
ginebra, brazos de pescante; paletas de almacenamiento, a saber, jaulas
metálicas, insertos metálicos; accesorios de metal. , 37 Alquiler, instalación,
reparación, desmantelamiento de andamios; gestión y consulta para la
planificación de andamios; servicios de gestión de proyectos de construcción en
el ámbito del andamiaje; alquiler de andamios de construcción, plataformas de
trabajo y construcción. y 42 Servicios
de ingeniería de andamios y diseño de andamios; servicios de desarrollo de productos
e ingeniería para terceros; desarrollo de productos y consultoría en el ámbito
del andamiaje. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de noviembre
del 2016, solicitud Nº 2016-0010992. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de
noviembre del 2016.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017115645 ).
Jorge
Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad
de apoderado especial de Ebel
International Limited con domicilio en Argyle House 41ª, Cedar Avenue,
Hamilton, HM12, Bermudas, solicita la
inscripción de: L´BEL SEDUISCENT como marca de fábrica y comercio en
clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 3 Productos
cosméticos y de belleza tales como maquillaje, productos de perfumería,
preparaciones cosméticas para el cuidado e higiene personal y preparaciones
cosméticas para tratamiento facial, corporal y capilar. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 6 de diciembre del 2016, solicitud Nº
2016-0011910. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de diciembre del 2016.—Rina Ruiz
Mata, Registradora.—( IN2017115658 ).
María
Del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad 106260794, en calidad de
apoderada especial de Jeunesse Global Holdings Llc, con domicilio en 701
International Parkway, Lake Mary, Florida 32746, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: ZEN, como marca de fábrica y servicios en
clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos
farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos
higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para
uso médico o veterinario; alimentos para bebés; complementos alimenticios para
personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes
e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos;
fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de
abril de 2016. Solicitud N° 2016-0003650. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de abril de
2016.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017115659 ).
Margarita
María Medina Rendon, casada, cédula de residencia 117001287701, en calidad de
apoderada generalísima de Dulce Milagro S. A., cédula jurídica 3101687181, con
domicilio en Brasil de Mora, Condominio Novara N° 3, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: dulce milagro
como marca de comercio y servicios en clase(s): 30,
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Insumos repostería,
azúcares, premezclas queques, masas glaze en colores, sprinkles y grageas,
emulsiones, saborizantes, colorantes, royal icins, dry fondant, moldes silicona,
moldes para chocolates, talleres repostería, fundant, cake pops, macarons,
chocolatería. Reservas: De los colores: blanco, rosado, lila, verde y café. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de octubre del 2016.
Solicitud Nº 2016-0010477. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de noviembre del
2016.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017115670 ).
Margarita
María Medina Rendon, casada, cédula de residencia 117001287701, en calidad de
apoderada generalísima de Dulce Milagro S. A., cédula jurídica 3101687181, con
domicilio en Brasil de Mora, Condominio Novara N° 3, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: M BROWNIES MENAMORA REPOSTERÍA CREATIVA
como marca de fábrica en clase(s): 30 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Fabricación y elaboración de repostería,
brownies, blondies, alfajores, macaroons, queques artesanales, galletas.
Reservas: De los colores: morado, verde y café. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 4 de noviembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0010478. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 4 de noviembre del 2016.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017115672 ).
Jorge
Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad
de apoderado especial de Ebel International Limited, con domicilio en Argyle
House 41ª, Cedar Avenue, Hamilton, HM12, Bermudas, solicita la inscripción de: L’BEL
LUMISCENT, como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Productos cosméticos y de belleza tales
como maquillaje, productos de perfumería, preparaciones cosméticas para el
cuidado e higiene personal y preparaciones cosméticas para tratamiento facial,
corporal y capilar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el: 6 de
diciembre de 2016. Solicitud N° 2016-0011911. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de
diciembre de 2016.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017115673 ).
Jorge
Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad
de apoderado especial de GFA (AUST) PTY Ltd, con domicilio en 61 Sunmore Close,
Heatherton Victoria 3202, Australia, solicita la inscripción de: BYS,
como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: cosméticos, jabones, preparaciones de limpieza para
uso personal, perfumería, aceites esenciales, lociones capilares. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 9 de diciembre de 2016. Solicitud N°
2016-0012041. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de diciembre de 2016.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017115674 ).
María
del Milagro Chaves Desanti, casada dos veces, cédula de identidad 106260794, en
calidad de apoderada especial de Jeunesse Global Holdings Llc., con domicilio
en 701 International Parway, Lake Mary, Florida 32746, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: NEVO como marca de fábrica y
comercio en clase: 32. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
32 Aguas minerales y otras bebidas sin alcohol; bebidas a base de frutas y
zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 23 de noviembre del 2016, según
Solicitud N° 2016-0011570. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de diciembre del
2016.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017115676 ).
Jorge
Tristán Trelles, cédula de identidad 103920470, en calidad de Apoderado
Especial de PFIP International con domicilio en 190 Elgin Avenue, George Town,
Grand Cayman KY1-9005, Islas Caimán , solicita la inscripción de: pf
como marca de servicios en clase 41 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: servicios de instrucción y capacitación
sobre aptitud y entrenamiento físico; servicios de club de salud, a saber,
suministro de instrucción y equipo en el campo del ejercicio físico. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 30 de agosto de 2016. Solicitud Nº
2016-0008451. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de diciembre de 2016.—Jamie Phillips
Guardado, Registrador.—( IN2017115697 ).
Hazel
Enid Sánchez Alfaro, casada una vez, cédula de identidad 602700495, en calidad
de apoderada generalísima de Roleisa Farmacéutica Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101703924 con domicilio en calle 28, 50 metros sur de Pizza Hut Paseo
Colón edificio Grano de Oro local 1000, Barrio Don Bosco distrito Hospital, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ROLEISA FARMACEUTICA,
como marca de fábrica en clase: 5 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias
preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 17 de febrero de 2017. Solicitud Nº 2017-0001462.
A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 23 de febrero de 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017115698 ).
Luis
Manuel Gutiérrez Chacón, soltero, cédula de identidad número 107960788, en
calidad de apoderado especial de Establishment Labs S. A., cédula jurídica N°
3101366337, con domicilio en La Garita, Zona Franca Coyol, edificio B-15,
Oficinas de Establishment Labs, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
de: MINT, como marca de fábrica en clase: 5 internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: Productos de uso médico en una técnica quirúrgica
para colocar implantes de silicona de gel. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 28 de octubre de 2016. Solicitud N° 2016-0010627. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 27 de febrero de 2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—(
IN2017115699 ).
Luis
Manuel Gutiérrez Chacón, casado una vez, Cédula de identidad 107960788, en
calidad de Apoderado Especial de Establishment Labs S. A., cédula jurídica
3101366337 con domicilio en La Garita, zona franca Coyol, edificio B15,
Oficinas De Establishment Labs, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Motivated
como señal de propaganda en clase: Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: 50 Para promocionar aparatos e instrumentos
de física, programas informáticos, software programas informáticos grabados,
escáneres, implantes quirúrgicos artificiales, prótesis, aparatos e
instrumentos médicos, cirugía plástica, servicios de clínicas médicas,
asistencia médica, servicios hospitalarios, servicios de salud, servicios de
enfermeros, servicios de centro de salud, implantes, cosméticos, cremas,
lociones, productos farmacéuticos y productos higiénicos para medicina.
Relacionado con las marcas “Motiva Implants” con Registros número 250248,
252185, 252193 y a “Motiva Imagine” registro 259305. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 16 de febrero de 2017. Solicitud Nº 2017-0001388.
A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 21 de febrero de 2017.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2017115700 ).
Luis
Manuel Gutiérrez Chacón, soltero, cédula de identidad 107960788, en calidad de
apoderado especial de Establishment Labs S. A., cédula jurídica 3101366337con
domicilio en La Garita, zona franca Coyol, edificio B15, oficinas de
Establishment Labs, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: MotivaHybrid
como marca de fábrica en clase: 9. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: 9 Aparatos e instrumentos científicos. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de febrero de 2017.
Solicitud Nº 2017-0001154. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de febrero de
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017115701 ).
Luis
Manuel Gutiérrez Chacón, Casado Una Vez, Cédula de identidad 107960788, en
calidad de Apoderado Especial de Establishment Labs S.A., Cédula jurídica
3101366337con domicilio en La Garita, zona franca Coyol, edificio B15, oficinas
de Establishment Labs, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Motival Hybrid
como marca de fábrica en clase: 10. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Aparatos e instrumentos quirúrgicos,
médicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de febrero de 2017.
Solicitud Nº 2017-0001155. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de febrero de
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017115702 ).
Luis
Manuel Gutiérrez Chacón, casado una vez, cédula de identidad 107960788, en
calidad de Apoderado Especial de Establishment Labs S. A., cédula jurídica
3101366337 con domicilio en La Garita, zona franca Coyol, edificio B15,
Oficinas de Establishment Labs, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Motiva Hybrid
como marca de fábrica en clase: 3. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: cosméticos y lociones capilares. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 9 de febrero de 2017. Solicitud Nº
2017-0001152. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de Febrero de 2017.—Wendy López
Vindas, Registradora.—( IN2017115703 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de The Latin América Trademark Corporation con
domicilio en edificio Comosa, primer piso, avenida Samuel Lewis, ciudad de
Panamá, Panamá , solicita la inscripción de: POEN LIDCLEAN
como marca de fábrica y comercio en clase: 3.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para
blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar,
pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites
esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 05 de diciembre de 2016. Solicitud Nº
2016-0011886. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de enero de 2017.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2017115714 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada una vez, cédula de identidad 109840695, en
calidad de apoderada especial de Vertiv CO., con domicilio en 1050 Dearborn
DR., Columbus, Ohio 43085., Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: v
y como marca de servicios en clase: 40. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: fabricación de soluciones de energía
eléctrica para aplicaciones de redes; fabricación de fuentes de alimentación
para aplicaciones de equipos informáticos, industriales y de comunicaciones.
Prioridad: Se otorga prioridad N° 86/971,730 de fecha 11/04/2016 de Estados
Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de octubre
de 2016. Solicitud Nº 2016-0009696. A efectos de publicación téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de enero de
2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017115715 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada una vez, cédula de identidad 109840695, en
calidad de apoderada especial de Vertiv Co., con domicilio en 1050 Dearborn
DR., Columbus, Ohio 43085, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: V VERTIV
como marca de fábrica y comercio en clase: 11.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Climatizadores para
enfriamiento para centros de procesamiento de datos; unidades y sistemas de
enfriamiento para gabinetes de servidores y centros de procesamiento de datos;
unidades de enfriamiento para computadoras y salas informáticas; condensadores
de aire acondicionado para su uso en el enfriamiento para centros de
procesamiento de datos, salas informáticas y otras aplicaciones de equipos
informáticos y electrónicos; deshumidificadores para su uso en el enfriamiento
para centros de procesamiento de datos, salas informáticas y otras aplicaciones
de equipos informáticos y electrónicos. Prioridad: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 04 de octubre de 2016. Solicitud Nº 2016-0009710.
A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 20 de enero de 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017115716 ).
Fabiola
Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad Nº 109530774, en calidad de
apoderado especial de Marcela Castro Santonastasio, casada una vez, cédula de
identidad Nº 107510801, con domicilio en: Guachipelín de Escazú, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Sorella
como marca de fábrica y comercio en clase 14 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: metales preciosos y sus aleaciones,
así como productos de estas materias o chapados no comprendidos en otras
clases; artículos de joyería, bisutería, piedras preciosas; artículos de
relojería e instrumentos cronométricos. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012362. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 13 de enero del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017115717 ).
Mayra
Guerrero Jiménez, soltera, cédula de identidad Nº 601310152, en calidad de
apoderado generalísimo de El Macizo de Barva S. A., cédula jurídica Nº
3101311910, con domicilio en: Santa Bárbara, Heredia, en el hotel Monte
Campana, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Monte Campana
como marca de servicios en clase 43 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: servicios de restaurante cuyo fin es
preparar alimentos y bebidas para consumo, y para procurar el hospedaje
temporal en hoteles. Servicios de restaurante y de hotelería. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 14 de noviembre del 2016. Solicitud
N° 2016-0011165. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 09 de enero del 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017115734 ).
Fabiola
Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad 109530774, en calidad de
apoderado especial de Masterdent Ltda., con domicilio en Envigado, Antioquia,
Colombia, solicita la inscripción de: Starvit, como marca de fábrica y comercio
en clase: 10 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: aparatos e
instrumentos quirúrgicos, médicos, odontológicos y veterinarios, así como miembros,
ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 19 de diciembre de 2016. Solicitud N°
2016-0012361. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de febrero de 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017115738 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de Cooperativa de Productores de Leche Dos
Pinos R. L., con domicilio en Alajuela, del Aeropuerto, 7 kilómetros al oeste,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Delicitrus, como marca de
fábrica y comercio en clase: 32 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: bebidas y zumos de
frutas cítricas, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas de sabor
cítrico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de octubre de 2016.
Solicitud N° 2016-0009763. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de febrero de
2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017115739 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad Nº 109840695,
en calidad de apoderada especial de Public Joint Stock Company Gazprom Neft
(JSC Gazprom Neft), con domicilio en Lit. A, 5 Galernaya ST., 190000, Saint
Petersburg, Federación de Rusia, solicita la inscripción de: G-BOX
como marca de fábrica y comercio, en clases: 1 y 4
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 1: Líquidos
para circuitos hidráulicos; líquidos para frenos; fluidos para la dirección
asistida; líquidos para la trasmisión; refrigerantes para motores de vehículos.
Clase 4: Aceites para uso industrial; lubricantes fluidos de corte; aceite
combustible; aceites lubricantes, aceites para motores; grasas lubricantes;
diesel; petróleo; combustible para motores. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 23 de enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000573. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 01 de febrero del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017115740 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de Public Joint Stock Company Gazprom Neft
(JSC Gazprom Neft), con domicilio en Lit. A, 5 Galernaya ST., 190000, Saint
Petersburg, Federación de Rusia, solicita la inscripción de: G-SPECIAL, como
marca de fábrica y comercio en clases: 1 y 4 internacionales,
para proteger y distinguir lo siguiente: clase 1: líquidos
para circuitos hidráulicos; líquidos para frenos; fluidos para la dirección
asistida; líquidos para la transmisión; refrigerantes para motores de vehículos
y en clase 4: aceites de uso industrial; lubricantes; fluidos de corte; aceite
combustible; aceites lubricantes; aceites para motores; grasas lubricantes;
diesel; petróleo; combustible para motores. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 23 de enero de 2017. Solicitud N° 2017-0000572. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 1° de febrero de 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017115741 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de The Latin America Trademark Corporation con
domicilio en edificio Comosa, primer piso, Avenida Samuel Lewis, Ciudad de
Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: RESTORAFILM COMPLEX 848 como
marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 3 Preparaciones para blanquear y otras sustancias para
lavar ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones;
productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares;
dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de noviembre
del 2016, solicitud Nº 2016-0010927. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de
noviembre del 2016.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017115750 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderado especial de Cooperativa de Productores de Leche Dos
Pinos R. L., cédula jurídica 3-004-045002con domicilio en del aeropuerto 7
kilómetros al oeste, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: NUTRICORONADO
Y VITABUENA como marca de fábrica y comercio en clase 29 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: 29 Carne, pescado, carne de ave y
carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en
conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos;
leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 7 de noviembre del 2016, solicitud Nº
2016-0010928. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de noviembre del 2016.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017115751 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, cédula de identidad 109840695, en calidad de
apoderado especial de Ricardo Cordero Oreamuno, soltero, cédula de identidad
109440778 con domicilio en con domicilio en calle Guachipelín, Residencial
Quintanar, Condominio Andros N. 1 (detrás de la gasolinera G24), San Rafael de
Escazú, San José, 10203, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Patatús
como marca de comercio en clase internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 49 Un establecimiento comercial dedicado a la venta de productos
macrobióticas, ubicado en Calle Guachipelín, Residencial Quintanar, Condominio
Andros N. 1 (Detrás de la asolinera G24), San Rafael de Escazú, San José,
10203. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de noviembre del
2016, solicitud Nº 2016-0010929. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de noviembre del
2016.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017115752 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderado especial de Cooperativa de Productores de Leche Dos
Pinos R. L., con domicilio en del aeropuerto 7 kilómetros al oeste, Alajuela,
Costa Rica, solicita la inscripción de: CHOCO SNACK como marca de
fábrica y comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 30 Helados que contengan chocolate. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 01 de noviembre del 2016, solicitud Nº 2016-0010709. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017115753 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada una vez, cédula de identidad 109840695, en
calidad de apoderado especial de Hayat Kimya Sanayi Anonim Sirketi con
domicilio en Mahir Iz Cad. N° 25 Altunizde, Üsküdar, Istanbul, Turquía,
solicita la inscripción de: Evony como marca de fábrica y comercio en
clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 10 Empapadores
para camas; empapadores de cama para incontinentes; sábanas para incontinente.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de agosto del 2016,
solicitud Nº 2016-0007669. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de noviembre del
2016.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2017115754 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de Edwards Lifesciences Corporation, con domicilio
en One Edwards Way, Irvine, CA 92614, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: FLOTRAC, como marca de fábrica y comercio en clase: 10
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Dispositivos médicos,
incluyendo, sensores médicos y los transductores de presión para la
monitorización continua de las presión arterial. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 18 de noviembre de 2016. Solicitud N° 2016-0011384. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 26 de enero de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017115755 ).
María
de la Cruz Villane Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de Edwards Lifesciences Corporation, con
domicilio en One Edwards Way, Irvine, Cal 92614, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: INSPIRIS, como marca de fábrica y comercio en clase:
10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Dispositivos
médicos, incluyendo, válvulas cardíacas, quedando excluidos implantes mamarios
y expansores de tejido mamario y partes relacionadas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 18 de noviembre de 2016. Solicitud N°
2016-0011383. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de enero de 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017115756 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de Intel Corporation, con domicilio en 2200
Mission College Boulevard, Santa Clara, California, 95052, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: INTEL NERVANA como marca de fábrica
y comercio en clases: 9 y 42. Internacionales. Para proteger y distinguir lo
siguiente: 9 Equipo de cómputo (hardware); hardware informático para su uso en
aprendizaje automático, algoritmos de aprendizaje y análisis de datos; equipo
de cómputo (hardware) para un sistema de representación de número variable;
programas informáticos (software) para un sistema de representación de número
variable; programas informáticos (software) para el aprendizaje automático y el
análisis de datos; software para su uso en el diseño y desarrollo de algoritmos
de aprendizaje automático, redes neuronales profundas, análisis de datos;
programas bibliotecas para su uso en el diseño y desarrollo de algoritmos de
aprendizaje automático y redes neuronales profundas; programas de bibliotecas
de software para su uso en análisis de datos; bibliotecas de diseño, a saber,
archivos de datos electrónicos descargables para su uso en circuitos integrados
y diseño de semiconductores; matrices de puerta programables de campo conocidas
como FPGA en la naturaleza de circuitos integrados y microcontroladores;
circuitos integrados; Semiconductores; Microprocesadores; chipsets de
computadora; GPUs; chipsets gráficos de computadora. y 42 Software de
computación para uso en la nube para el aprendizaje automático, aprendizaje
automático escalado, análisis de datos y el desarrollo de redes neuronales
profundas; Proporcionando sistemas informáticos virtuales, unidades de
procesamiento gráfico (GPU) y entornos virtuales de computación de plataformas de
computación en la nube, como un servicio que ofrece plataformas de software
para uso en aprendizaje automático, aprendizaje automático escalado, análisis
de datos y el desarrollo de redes neuronales profundas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 12 de enero de 2017. Solicitud Nº 2017-0000221. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 30 de enero de 2017.—Rina Ruiz Mata Registradora.—(
IN2017115757 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, Cédula de identidad 109840695,
en calidad de Apoderado Especial de The Latin America Trademark Corporation con
domicilio en edificio Comosa, primer piso, avenida Samuel Lewis, ciudad de
Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: MA’AT HIDRISAGE como marca
de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa;
preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de
perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de diciembre de 2016.
Solicitud Nº 2016-0011889. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de diciembre de
2016.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017115758 ).
Maria
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de Apoderado Especial de The Latin America Trademark Corporation con
domicilio en edificio Comosa, primer piso, avenida Samuel Lewis, ciudad de
Panamá, solicita la inscripción de: SOIE HIDRISAGE como marca de fábrica
y comercio en clase: 3 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa;
preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de
perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de diciembre de 2016.
Solicitud Nº 2016-0011888. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de diciembre de
2016.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017115759 ).
María
De La Cruz Villane Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de The Latin America Trademark Corporation con
domicilio en edificio Comosa, primer piso, avenida Samuel Lewis, ciudad de
Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: JEUNÉ HIDRISAGE como marca
de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: 3 Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la
ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones;
productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares;
dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de diciembre
de 2016. Solicitud Nº 2016-0011887. A efectos de publicación téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de diciembre de
2016.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017115760 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada una vez, cédula de identidad número
109840695, en calidad de Apoderada Especial de Kaeser Kompressoren SEcon
domicilio en Carl-Kaeser-STR.26, 96450 Coburg, Alemania, solicita la
inscripción de: Sigma Air Manager como marca de fábrica y comercio en
clase: 9. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: dispositivos
y aparatos para el procesamiento de datos, incluyendo equipo para adquisición
de datos y aparatos para adquisición de datos; programas informáticos grabados en
soportes de datos y/o memorias de datos; ordenadores e instalaciones
consistiendo completamente o principalmente de dichos elementos; memorias de
datos, discos tipo disquetes, discos duros magnéticos y cintas magnéticas,
memorias de burbujas magnéticas, memorias de estado sólido, unidades de cinta
magnética, discos de almacenamiento óptico y / o mecánicamente codificado y los
sistemas de cinta de almacenamiento; aparatos y dispositivos electrotécnicos y
electrónicos, comprendidos en la clase 09; sensores para la adquisición de
cantidades físicas, comprendidos en la clase 09; dispositivos para la
grabación, transmisión y reproducción de sonido, imágenes y datos; panes de los
productos antes mencionados, comprendidos en la clase 09 internacional. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 19 de marzo de 2014. Solicitud Nº
2014-0002481. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de diciembre de 2016.—Sabrina Loaíciga
Pérez, Registradora.—( IN2017115761 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de Apoderado Especial de Agro Technologies International con
domicilio en San Rafael de Escazú 200 metros oeste de La Paco, edificio Spazio,
Costa Rica, solicita la inscripción de: ASCO ROOT GOLD como marca de
fábrica y comercio en clase: 1. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Fertilizantes de suelos. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de diciembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0012425. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 9 de enero de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017115762 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de Apoderado Especial de Agro Technologies International S. A. con
domicilio en Escazú, 200 oeste del Centro Comercial Paco, Edificio Spazio
Ejecutivo, oficina número 5., San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
STIMULAGRO GOLD como marca de fábrica y comercio en clase: 1.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Fertilizantes de
suelos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de diciembre de
2016. Solicitud Nº 2016-0012429. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de enero de
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017115763 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, Cédula de identidad 109840695,
en calidad de Apoderado Especial de Agro Technologies International S. A. con
domicilio en Escazú, 200 metros oeste del centro comercial Paco, edificio
Spazio ejecutivo, oficina número 5, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: NEM GUARD GOLD como marca de fábrica y comercio en
clase: 1. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Acondicionadores de suelos. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de diciembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0012430. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 9 de enero de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017115764 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de Apoderado Especial de Gynopharm S. A. con domicilio en
Curridabat, 100 metros sur y 50 este de MC Donald’s, Costa Rica, solicita la
inscripción de: EDYSVEN como marca de fábrica y comercio en clase: 5.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones
farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso
médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario,
alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales;
emplastos, material para apósitos; material para empastese improntas dentales;
desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos, fungicidas,
herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de
diciembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0012210. A efectos de publicación téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de
diciembre de 2016.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017115767 ).
María
Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad 109330536, en
calidad de Apoderado Especial de Alimentos Maravilla Sociedad Anónima, con
domicilio en Calzada Roosevelt número ocho guión treinta y tres, zona tres, de
Municipio de Mixco, Departamento de Guatemala, en la República de Guatemala,
solicita la inscripción de: OZONE como marca de fábrica y comercio en
clase: 32. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: bebidas no
alcohólicas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de diciembre
de 2016. Solicitud Nº 2016-0011986. A efectos de publicación téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de diciembre de
2016.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017115801 ).
María
Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad 109330536, en
calidad de apoderada especial de Alimentos Maravilla Sociedad Anónima, con
domicilio en Calzada Roosevelt número ocho guión treinta y tres, zona tres, de
Municipio de Mixco, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la
inscripción de: OZONE como marca de fábrica y comercio en clase: 29,
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Bebidas lácteas. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de diciembre del 2016.
Solicitud Nº 2016-0011985. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de diciembre del
2016.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017115804 ).
María
Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad 109330536, en
calidad de apoderada especial de Alimentos Maravilla Sociedad Anónima, con
domicilio en Calzada Roosevelt número ocho guión treinta y tres, zona tres, de
Municipio de Mixco, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la
inscripción de: ABONDI como marca de fábrica y comercio en clase: 32
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Bebidas no alcohólicas.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de diciembre del 2016.
Solicitud Nº 2016-0011989. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de diciembre del
2016.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017115811 ).
María
del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad 106260794, en calidad de
apoderada especial de Uber Technologies Inc., con domicilio en 1455 Market
Street, 4TH Floor, San Francisco, California 94103, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: UBEREATS como marca de fábrica y servicios
en clase(s): 9; 35; 38; 39 y 42 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Clase 9: Software de cómputo para coordinar y contratar servicios de
transporte; software de cómputo para contratar y organizar servicios de
entrega. Clase 35: Servicios de publicidad y promoción; gestión de negocios;
administración de negocios; administración de empresas en el campo del
transporte y la entrega: servicios de gestión empresarial en el campo del
transporte y la entrega; servicios computarizados de pedidos de alimentos, y
abarrotes; servicios computarizados de pedidos que incluye bienes de consumo de
terceros, alimentos y abarrotes; servicio de pedidos en línea que incluye bienes
de consumo de terceros, alimentos y abarrotes; trabajos de oficina; servicios
de tienda al por menor en línea que incluye bienes de consumo de terceros,
alimentos y abarrotes; servicios de tienda de abarrotes en línea; servicios de
comparación de compras; monitoreo, gestión y rastreo de envíos de paquetes;
monitoreo y rastreo de envíos de paquetes para garantizar la entrega a tiempo
con fines comerciales; servicios de consultoría de gestión empresarial en el
campo del transporte y la entrega; suministro de un sistema basado en la web y
en portales en línea en el campo del comercio del consumidor-al-negocio para
que los consumidores entren, gestionen y modifiquen su información de
preferencia de consumo para su uso por comerciantes para crear y gestionar ofertas
para la entrega a los consumidores. Clase 38: Servicios de telecomunicaciones,
a saber, llamadas de enrutamiento, mensajes SMS y notificaciones de alerta para
terceros locales operadores de vehículos motorizados y agentes de entrega de
alimentos y abarrotes en la vecindad de la persona que llama mediante teléfonos
móviles; servicios de telecomunicación a saber, llamadas de enrutamiento,
mensajes SMS, y notificaciones de alerta para servicios al por menor y
entregas; telecomunicaciones. Clase 39:
Suministro de un sitio web que ofrece información en relación con servicios de
entrega y reservaciones para servicios de entrega; transporte; embalaje y
almacenaje de productos; organización de viajes; entrega de documentos; entrega
de alimentos; entrega de paquetes; transporte y entrego de productos; entrega
de mensajes; entrega urgente de productos por vehículos; recolección, entrega y
almacenamiento de objetos personales; suministro de información en relación con
recolección y entrega de bienes en tránsito; servicios de entrega;
almacenamiento temporal de las entregas; servicios de transporte y entrega por
carretera; suministro de información e información de rastreo a terceros en
relación con el estado de la recolección y entrega a través del acceso a Internet
y teléfono; servicios de seguimiento, a saber, suministro de rastreo
electrónico de paquetes y documentos para terceros. Y Clase 42: Suministro de
uso temporal de software no-descargable en línea para proveer servicios de
transporte y entrega, reservaciones para servicios de transporte y entrega y
para despacho de vehículos motorizados a los clientes; diseño y desarrollo
software de cómputo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de
octubre del 2016. Solicitud Nº 2016-0010539. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de diciembre
del 2016.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017115918 ).
Alejandro
Gabriel Sibaja Delcore, casado una vez, cédula de identidad 109820674, en
calidad de representante legal de Vitaminas y Minerales Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101008990, con domicilio en San José Barrio González Lahmann
número 1092 frente a calle 23 avenida 10 bis, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: NUTRITECH como marca de fábrica y comercio en clase(s):
5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos y
sustancias veterinarias (medicamentos veterinarios, vacunas, vitaminas)
incluidas en esta clase. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 1 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0011778. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 7 de febrero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017115955 ).
Ana
Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad 108120604, en
calidad de apoderada especial de Banco Cuscatlan de El Salvador S. A., con
domicilio en Edificio Pirámides, kilómetro 10.5, carretera Panamericana, San
Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: Creando Futuro como
marca de servicios en clase: 36. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Seguros; operaciones financieras; operaciones monetarias; negocios inmobiliarios,
servicios prestados en el marco de operaciones financieras y monetarias, así
como los servicios relacionados con contratos de seguros de todo tipo incluidos
en esta clase. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de
noviembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0010865. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
16 de diciembre del 2016.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017115968 ).
Ana
Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad 1812804, en
calidad de apoderada especial de The Bank Of Nova Scotia, con domicilio en 44
King Street West, Toronto, Canadá, solicita la inscripción de: BENEFICIA TE
CUIDA como marca de fábrica y servicios en clase: 36 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Seguros, operaciones financieras,
operaciones monetarias, negocios inmobiliarios, y todos los servicios incluidos
en esta clase servicios relacionados con operaciones financieras o monetarias,
a saber: los servicios de instituciones bancarias o instituciones afines, tales
como las operaciones de cambio o de compensación, servicios de instituciones de
crédito que no sean bancos, tales como las cooperativas de crédito, las
compañías financieras individuales, los prestamistas; servicios de sociedades
de inversión y de sociedades de cartera; servicios de corredores de bienes y
valores; servicios relacionados con negocios operaciones monetarias con
garantía de agentes fiduciarios; servicios relacionados con la emisión de
cheques de viaje y de cartas de crédito; servicios de arrendamiento con opción
de compra (leasing); servicios de administradores de propiedades, a saber,
servicios de alquiler, tasación de bienes inmuebles o financiación; servicios
relacionados con seguros, tales como los servicios prestados por agentes o
corredores de seguros, servicios prestados a los asegurados y los servicios de
suscripción de seguros. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de
diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012130. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
16 de febrero del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017115980 ).
Luis
Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de
apoderado especial de Honda Motor Co., Ltd., con domicilio en 1-1,
Minami-Aoyama 2-Chome, Minato-Ku, Tokyo 107-8556, Japón, solicita la
inscripción de: DIO como marca de fábrica y comercio en clase: 12
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Motocicletas;
vehículos; aparatos de locomoción terrestre; aérea o acuática y partes y
accesorios para los mismos. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 03 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000975. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 13 de febrero del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017115983 ).
Luis
Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de
apoderado especial de Honda Motor Co., Ltd. con domicilio en 1-1, Minami-Aoyama
2-Chome, Minato-Ku, Tokyo 107-8556, Japón, solicita la inscripción de: CBR
como marca de fábrica y comercio en clase: 12. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Motocicletas; vehículos; aparatos de locomoción
terrestre; aérea o acuática, y partes y accesorios para los mismos. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 03 de febrero del 2017. Solicitud Nº
2017-0000976. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de febrero del 2017.—Rina Ruiz
Mata, Registradora.—( IN2017115984 ).
Luis
Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de
apoderado especial de Animale Group, S. A., con domicilio en Edificio Torre
Global Bank, calle 50, piso 36, ciudad de Panamá, Panamá, solicita la
inscripción de: ANIMALE SEDUCTION como marca de fábrica y comercio en
clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Fragancias y
perfumería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de febrero
del 2017. Solicitud Nº 2017-0001166. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de
febrero del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017115985 ).
Ana
Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad 108120604, en
calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V., con domicilio en calle
3 norte N° 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México,
C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: HERO BY ARABELA como
marca de fábrica y comercio en clase: 21 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Utensilios y recipientes para uso doméstico y
culinario; peines y esponjas; cepillos, materiales para fabricar cepillos;
material de limpieza; artículos de cristalería, porcelana y loza; cepillos de
dientes; cepillos de dientes eléctricos; cabezales para cepillos de dientes
eléctricos; instrumentos de limpieza de dientes y encías a base de irrigación
para uso doméstico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de
enero del 2017. Solicitud Nº 2017-000. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de enero
del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017115998 ).
Ana
Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad 108120604, en
calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V., con domicilio en calle
3 norte N° 102 Parque Industrial Toluca 2000, Cd. de Toluca, Estado de México,
C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: HERO BY ARABELA, como
marca de fábrica y comercio en clase: 14 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: metales preciosos y sus aleaciones; artículos de
joyería, bisutería, piedras preciosas; artículos de relojería e instrumentos
cronométricos; despertadores; pulseras (joyería); pulseras de materias textiles
bordadas (joyería). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de
enero de 2017. Solicitud N° 2017-0000064. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de enero de
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017116002 ).
Jorge
Arturo Sauma Aguilar, casado una vez, cédula de identidad 900440869, en calidad
de apoderado generalísimo de Corporación Bananera Nacional Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101018968, con domicilio en Zapote, 125 metros al noroeste de
la Casa Presidencial, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CORBANA
NOTIFAX, como marca de comercio en clase: 16 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: publicaciones semanales de un boletín que
contiene información sobre los precios de referencia de banano en los mercados
internacionales donde se comercializa la fruta, de los sucesos y políticas
relevantes en materia bananera en costa rica y en el resto del mundo,
información sobre el tipo de cambios en los mercados de consumo de banano y de
monedas de los países productores de banano. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 22 de febrero de 2017. Solicitud N° 2017-0001589. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 1° de marzo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017116004 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de Asics Corporation, con domicilio en 7-1-1
Minatojima-Nakamachi Chuo-Ku, Kobe 650-8555, Japón, solicita la inscripción de:
ASICS Tiger, como marca de fábrica y comercio en clase: 25
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Ropa, calzado,
sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de
diciembre de 2016. Solicitud N° 2016-0012516. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de enero
de 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017116053 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada una vez, cédula de identidad 109840695, en
calidad de apoderada especial de Vertiv Co., con domicilio en 1050 Dearborn
DR., Columbus, Ohio 43085, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: VERTIV, como marca de servicios en clase: 40 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Clase 40: Fabricación de soluciones de
energía eléctrica para aplicaciones de redes; fabricación de fuentes de
alimentación para aplicaciones de equipos informáticos, industriales y de
comunicaciones. Prioridad: se otorga prioridad N° 86/963,818 de fecha
04/04/2016 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 4 de octubre de 2016. Solicitud N° 2016-0009689. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 18 de enero de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2017116054 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderado especial de Cooperativa de Productores de Leche Dos
Pinos R. L. con domicilio en del aeropuerto 7 kilómetros al oeste, Alajuela,
Costa Rica, solicita la inscripción de: LA GRANJITA DE CORONADO como
marca de fábrica y comercio en clase 29 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 29 Leche y sus derivados lácteos. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 22 de diciembre del 2016, solicitud Nº
2016-0012518. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 11 de enero del 2017.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2017116055 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada una vez, cédula de identidad 109840695, en
calidad de apoderado especial de Vertiv Co., con domicilio en 1050 Dearborn
Dr., Columbus, Ohio 43085, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: VERTIV como marca de fábrica y comercio en clase 6 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 6: Sistemas de páneles metálicos
que comprenden páneles metálicos para paredes, techos, pisos y puertas y sus
accesorios de montaje de metal para su uso en el con trol del flujo de aire de
enfriamiento en centros de procesamiento de datos y salas informáticas;
bandejas de cables de metal; construcciones metálicas prefabricadas para
aplicaciones para centros de procesamiento de datos; sistemas compuestos de
laminados de metal y fibra para envolver conductos, bandejas de cables y acero
estructural. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de octubre
del 2016, solicitud Nº 2016-0009687. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de enero
del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017116056 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada una vez, cédula de identidad 109840695, en
calidad de apoderada especial de Vertic Co., con domicilio en 1050 Dearborn
Dr., Columbus, Ohio 43085, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: VERTIV como marca de servicios en clase 41 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Clase 41: Servicios educativos, a saber,
conducción de clases, seminarios y talleres en el campo de los sistemas de
energía eléctrica, gestión de infraestructura para centros de procesamiento de
datos y distribución de materiales de capacitación relacionados. Prioridad: Se
otorga prioridad N° 86/963,818 de fecha 04/04/2016 de Estados Unidos de
América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de octubre del 2016,
solicitud Nº 2016-0009692. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de enero del
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017116057 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderado especial de Eckes-Granini Group GMBH con domicilio en Ludwig-Eckes-Platz
1, 55268 Nieder-Olm, Alemania, solicita la inscripción de: Granini como
marca de fábrica y comercio en clase 32 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 32 Cerveza; aguas minerales y gaseosas, y otras
bebidas sin alcohol; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y
otras preparaciones para elaborar bebidas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 10 de enero del 2017, solicitud Nº 2017-0000100. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 20 de enero del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2017116058 ).
María
de la Cruz Villanea Villegas, casada una vez, cédula de identidad 109840695, en
calidad de apoderado especial de Vertiv Co., con domicilio en 1050 Dearborn
DR., Columbus, Ohio 43085, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: VERTIV como marca de fábrica y comercio en clase 11 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 11: Climatizadores para
enfriamiento para centros de procesamiento de datos; unidades y sistemas de
enfriamiento para gabinetes de servidores y centros de procesamiento de datos;
unidades de enfriamiento para computadoras y salas informáticas; condensadores
de aire acondicionado para su uso en el enfriamiento para centros de
procesamiento de datos, salas informáticas y otras aplicaciones de equipos
informáticos y electrónicos; deshumidificadores para su uso en el enfriamiento
para centros de procesamiento de datos, salas informáticas y otras aplicaciones
de equipos informáticos y electrónicos. Prioridad: Se otorga prioridad N°
86/963,808 de fecha 04/04/2016 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 4 de octubre del 2016, solicitud Nº 2016-0009691.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 16 de enero del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017116059 ).
María
De La Cruz Villanea Villegas, casada una vez, cédula de identidad 109840695, en
calidad de apoderada especial de Vertiv Co., con domicilio en 1050 Dearborn
Dr., Columbus, Ohio 43085, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: VERTIV, como marca de servicios en clase: 37 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: instalación, mantenimiento y reparación de
sistemas de enfriamiento para centros de procesamiento de datos; instalación,
mantenimiento y reparación de equipos de alimentación, informáticos y de
comunicaciones; instalación, mantenimiento y reparación de sistemas de
acondicionamiento de aire de salas informáticas (CRAC por sus siglas en
inglés); instalación, mantenimiento y reparación de baterías; instalación,
mantenimiento y reparación de sistemas de energía eléctrica; instalación,
mantenimiento y reparación de baterías y celdas de combustible para sistemas de
energía eléctrica. Prioridad: se otorga prioridad N° 86/963,818 de fecha
04/04/2016 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 4 de octubre de 2016. Solicitud N° 2016-0009690. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 16 de enero de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2017116060 ).
Melissa
Mata Agüero, casada una vez, cédula de identidad Nº 114350326, en calidad de
apoderada especial de Dōterra Holdings LLC. con domicilio en: 389 South
1300 West, Pleasant Grove, Utah 84062, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: CPTG como marca de fábrica y comercio en clase 5
internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: complementos
nutricionales alimenticios, preparaciones a base de minerales y vitaminas,
destinados a beneficiar la salud de las persona, para uso no medicinal. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 08 de febrero del 2017. Solicitud N°
2017-0001124. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 14 de febrero del 2017.—Ildreth Araya
Mesén, Registradora.—( IN2017116101).
Melissa
Mata Agüero, casada una vez, cédula de identidad Nº 114350326, en calidad de
apoderada especial de Dōterra Holdings LLC. con domicilio en: 389 South
1300 West, Pleasant Grove, Utah 84062, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: CPTG como marca de fábrica y comercio en clase 9
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: materiales digitales, a
saber: CD de audio y video, DVD de audio y video, archivos de audio y video
descargables que ofrecen herramientas educativas y de formación sobre los
aceites esenciales y la venta directa, archivos de audio y video descargables;
medios digitales, a saber: CD y DVD de audio y video, archivos de audio y video
descargables y CDs que incluyen y promueven herramientas educativas y de
formación sobre los aceites esenciales y la venta directa; publicaciones
electrónicas grabadas o no en soportes (incluyendo a través de internet). Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de febrero del 2017.
Solicitud N° 2017-0001125. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 14 de febrero del
2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017116102 ).
Melissa
Mata Agüero, casada una vez, cédula de identidad Nº 114350326, en calidad de
apoderada especial de Dōterra Holdings LLC. con domicilio en: 389 South
1300 West, Pleasant Grove, Utah 84062, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: CPTG
como marca de fábrica y comercio en clase 16 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: material impreso, artículos de
papelería, panfletos, folletos, volantes, catálogos, revistas, calcomanías y
materiales de instrucción. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de
febrero del 2017. Solicitud N° 2017-0001126. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 14 de
febrero del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017116104 ).
María
Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad 109330536, en
calidad de apoderado especial de Alimentos Maravilla Sociedad Anónima, con
domicilio en Calzada Roosevelt número ocho guión treinta y tres, zona tres, del
Municipio de Mixco, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la
inscripción de: ABONDI como marca de fábrica y comercio en clase 29
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 29 Bebidas lácteas. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de diciembre del 2016,
solicitud Nº 2016-0011987. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de diciembre del
2016.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017116120 ).
German
Jesús Paniagua Cascante, casado una vez, cédula de identidad 108570450, en
calidad de apoderado generalísimo de Unimer Unidad de Investigación y Mercadeo
Sociedad Anónima, Cédula jurídica 3101086031con domicilio en barrio Dent, de la
entrada a parqueos del Mall San Pedro, 150 metros oeste, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: NOISE
como marca de servicios en clase 35 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de investigación de mercados,
encuestas, sondeos de opinión pública por cualquier medio, entrevistas de
mercados y opinión pública, consultas, programas de investigación de mercados y
opinión pública, así como los servicios que comportan el registro,
transcripción, composición, compilación, transmisión o sistematización de
comunicaciones escritas y de grabaciones, la explotación o compilación de datos
matemáticos o estadísticos, los servicios que comportan la ayuda en la
explotación o la dirección de una empresa comercial o la ayuda en la dirección
de negocios o funciones comerciales de una empresa industrial o comercial, así
como los servicios de empresas de publicidad que se encargan esencialmente de
comunicaciones al público, de declaraciones o de anuncios por todos los medios
de difusión y en relación con toda clase de mercancías o de servicios. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 11 de noviembre del 2016, solicitud
Nº 2016-0011128. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 1° de febrero del 2017.—Rolando
Cardona Monge, Registrador.—( IN2017116135 ).
Germán
Jesús Paniagua Cascante, casado una vez, cédula de identidad 108570450, en
calidad de apoderado generalísimo de Unimer Unidad de Investigación y Mercadeo
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101086031con domicilio en barrio Dent, de la
entrada a parqueos del Mall San Pedro, 150 metros oeste, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: GENTICO
Como marca de servicios en clase 35 y 41 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35 Servicios de investigación
de mercados, encuestas, sondeos de opinión pública por cualquier medio,
entrevistas de mercados y opinión pública, consultas, programas de
investigación de mercados y opinión pública, así como los servicios que
comportan el registro, transcripción, composición, compilación, transmisión o
sistematización de comunicaciones escritas y de grabaciones, la explotación o
compilación de datos matemáticos o estadísticos, los servicios que comportan la
ayuda en la explotación o la dirección de una empresa comercial o la ayuda en
la dirección de negocios o funciones comerciales de una empresa industrial o
comercial, así como los servicios de empresas de publicidad que se encargan
esencialmente de comunicaciones al público, de declaraciones de anuncios por
todos los medios de difusión y en relación con toda clase de mercancías de
servicios, en este sentido se incluye también el proteger y distinguir con
ella, eventos, pautas publicitarias en cualquier medio de comunicación, que se
utilicen para atraer la atención de los consumidores o usuarios sobre cualquier
producto, servicio, empresa, establecimiento o local comercial., y en clase 41
educación y formación, específicamente en relación a investigación de mercados
y opinión pública. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de
noviembre del 2016, solicitud Nº 2016-0011122. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3
de febrero del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017116136 ).
German
Jesús Paniagua Cascante, casado una vez, cédula de identidad 108570450, en
calidad de apoderado generalísimo de Unimer Unidad de Investigación y Mercadeo
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-086031, con domicilio en Barrio Dent,
de la entrada a Parqueos del Mall San Pedro, 150 metros oeste, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: BRAIN PULSE, como marca de servicios
en clase: 35. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de investigación
de mercados, encuestas, sondeos de opinión pública por cualquier medio,
entrevistas de mercados y opinión pública, consultas, programas de
investigación de mercados y opinión pública, así como los servicios que
comportan el registro, transcripción, composición, compilación, transmisión o
sistematización de comunicaciones escritas y de grabaciones, la explotación o
compilación de datos matemáticos o estadísticos, los servicios que comportan la
ayuda en la explotación o la dirección de una empresa comercial o la ayuda en
la dirección de negocios o funciones comerciales de una empresa industrial o
comercial, así como los servicios de empresas de publicidad que se encargan
esencialmente de comunicaciones al público, de declaraciones o de anuncios por
todos los medios de difusión y en relación con toda clase de mercancías o de
servicios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de
noviembre de 2016. Solicitud N° 2016-0011123. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 01 de
febrero de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017116137 ).
Kenneth
Kiang Tung, casado una vez, cédula de identidad 110440563, en calidad de
Apoderado Generalísimo de Plásticos Uchosa Centroamericana Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101438007, con domicilio en Pavas, zona industrial, 75 metros
al sur del bar El Rincón de Mi Tata, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Kitchen pro
como marca de comercio en clases: 8 y 21. Internacionales.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 8: Cuchillos, tenedores y
cucharas, todos de material plástico. Y Clase 21: Utensilios y recipientes de
uso culinario como jarritos, jarras, vasos, beberitos, botellas, picheles,
cubeteras para hacer hielo, tazas, platos, bandejas, tazones, coladores, tablas
de picar, escurridores, organizadores, recipientes para comida (tupper),
envases, portacubiertos, vajillas, ollas y recipientes para microondas,
dipensadores, ensaladeras, dulceras, tazones, servilleteros, salseros, todos de
material plástico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de diciembre
de 2016. Solicitud Nº 2016-0011993. A efectos de publicación téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 01 de febrero de
2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017116138 ).
Kenneth
Kiang Tung, casado una vez, cédula de identidad 110440563, en calidad de
Apoderado Generalísimo de Plásticos Uchosa Centroamericana Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101438007, con domicilio en Pavas zona industrial, 75 metros
al sur del bar El Rincón de Mi Tata, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: home pro
como marca de comercio en clases: 20 y 21. Internacionales.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 20: Muebles organizadores,
estantes, gaveteros, sillas y bancos, cajas de herramientas, todos de material
plástico. Y Clase 21: Utensilios y recipientes de uso doméstico como
palanganas, tinas para bebés, baldes, basureros, canastas, cajas multiuso,
jaboneras, organizador para baños (organizar shampoo, jaboles), organizador de
cepillos de dientes, portasepillos, perchas (ganchos para ropa), papeleras,
gaveteros de mesa, alcancías, cartucheras (pequeños recipientes o cajas de
plástico que se utilizan para guardar o portar distintos objetos de tamaño pequeño de uso doméstico), palo de
piso con escurridor, todos de material plástico. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 7 de diciembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0011992. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 31 de enero de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2017116139 ).
Kenneth
Kiang Tung, casado una vez, cédula de identidad 110440563, en calidad de
Apoderado Generalísimo de Plásticos Uchosa Centroamericana Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101438007, con domicilio en Pavas zona industrial, 75 metros
al sur del bar El Rincón de Mi Tata, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Plásticos Uchosa
como marca de comercio en clases 8, 20 y 21
internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: clase 8: Cuchillos,
tenedores y cucharas, todos los productos de material plástico. Clase 20:
Muebles organizadores, estantes, gaveteros, sillas y bancos, cajas para
herramientas, todos los productos de material plástico y en clase 21:
Utensilios y recipientes de uso culinario y doméstico como; jarritos, jarras,
vasos, beberitos, botellas picheles, cubeteras para hacer hielo, tazas, platos,
bandejas, tazones, coladores, tablas de picar, escurridores, organizadores,
recipientes para comida (tupper), envases, portacubiertos, vajillas, ollas y
recipientes para microondas, dispensadores, ensaladeras, dulceras, tazones,
servilleteros, salseros, palanganas, tinas para bebés, baldes, basureros,
canastas, cajasmultiuso, jaboneras, organizador para baños (organizar shapoo,
jaboles), organizador de cepillos de dientes, portasepillos, perchas (ganchos
para ropa), papeleras, gaveteros de mesa, alcancías, cartucheras (pequeños
recipientes o cajas de plástico que se utilizan para guardar o portar distintos
objetos de tamaño pequeño de uso doméstico), palo de piso con escurridor, todos
los productos de material plástico. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 07 de diciembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0011991. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 31 de enero de 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2017116140 ).
Melissa
Mata Agüero, casada una vez, cédula de identidad 114350326, en calidad de
apoderada especial de Dōterra Holdings Llc., con domicilio en 389 South
1300 West, Pleasant Grove, Utah 84062, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: CPTG, como marca de fábrica y comercio en clase: 3
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aceites esenciales,
aceites para masaje, aceites para uso cosmético, saborizantes a base de aceites
esenciales para bebidas, productos para aromatizar el ambiente, productos de
perfumería, aceites aromáticos, aceites cosméticos (aceites esenciales),
productos aromáticos perfumados, aromas para fragancias, preparaciones
fragantes, aceites para el cuerpo, aceites perfumados, fragancias para las
habitaciones, preparaciones aromáticas, productos de belleza, preparaciones de
belleza y cosméticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de
febrero de 2017. Solicitud N° 2017-0001127. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de
febrero de 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2017116327 ).
María
Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad Nº 109330536, en
calidad de apoderada especial de Plástico Industrial Centroamericano Sociedad
Anónima, con domicilio en Avenida Petapa y 55 calle, zona 12, Guatemala,
solicita la inscripción de: TALISHTE
como marca de fábrica y comercio, en clase: 20
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: depósitos plásticos y
muebles plásticos para el hogar. Reservas: de los colores: azul y amarillo. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre del 2016. Solicitud
Nº 2016-0011335. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 02 de marzo del 2017.—Cesar Alfonso
Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017116349 ).
María
Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad 109330536, en
calidad de Apoderado Especial de Plástico Industrial Centroamericano Sociedad
Anónima, con domicilio en Avenida Petapa y 55 calle, zona 12, Guatemala,
solicita la inscripción de: TALISHTE
como marca de fábrica y comercio en clase: 20.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: depósitos plásticos y
muebles plásticos para el hogar. Reservas: de los colores: azul y amarillo. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre de 2016.
Solicitud Nº 2016-0011335. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de marzo de 2017.—Cesar
Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017116356 ).
Jorge
Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad
de Apoderado Especial de AMPM S. A., con domicilio en Managua, Rotonda El
Gueguense 200 metros al sur, plaza España, tienda AMPM, Nicaragua, solicita la
inscripción de: (CAS:ANDO)
como marca de servicios en clase: 35. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: 35 Publicidad: consiste en publicar, en
cualquier medio de difusión, comunicaciones, declaraciones o anuncios
relacionados con todo tipo de productos o servicios; gestión de negocios
comerciales; administración comercial; agrupamiento para el beneficio de
terceros, de productos diversos (excepto su transporte), para que los
consumidores puedan examinarlos y comprarlos a su conveniencia servicio
prestado por comercios minoristas y mayoristas. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 23 de diciembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0012609. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 16 de enero de 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017116518 ).
Steven
Vega Figueroa, soltero, cédula de identidad 114470096, en calidad de apoderado
especial de Miller Blog Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101725586, con domicilio
en Sabana Oeste, de la casa liberacionista, 200 metros norte, 25 oeste, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: NANE MILLER BLOG como
marca de servicios en clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Consultoría relacionada con servicios de publicidad y promoción. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de febrero del 2017.
Solicitud Nº 2017-0001722. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de marzo del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017116533 ).
Carlos
Alberto Rivera Chavarría, casado una vez, cédula de identidad 107160796, en
calidad de apoderado generalísimo de Cooperativa de Caficultores y Servicios
Múltiples de Tarrazú R. L. con domicilio en San Marcos de Tarrazú, 1,5 km. al
sur del parque, Costa Rica, solicita la inscripción de: DELIPULPA como
marca de comercio en clase: 31. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Alimento para animales. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 12 de setiembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0008898. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 23 de setiembre del 2016.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017116534 ).
Fernando
Suárez Castro, casado una vez, cédula de identidad 107530220, en calidad de
apoderado generalísimo de Todo Motor Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101193068con domicilio en Grecia, 50 metros norte del Banco Nacional, Bufete
Suarez y Asociados, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: HIMALAYAN
como marca de comercio en clase 12 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Clase12: Vehículos, aparatos locomoción, terrestre, aérea o
acústica, motocicletas, cuadra ciclos, bici motos, scooters, y side by side
(hacemos referencia tractomulas). Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 10 de enero del 2017, solicitud Nº 2017-0000083. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 28 de febrero del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017116544 ).
Carolina
Arguedas Millet, casada una vez, cédula de identidad 113110258, en calidad de
Apoderado Especial de Laboratory Sustaining Design, Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101444208, con domicilio en Escazú, San Rafael, Centro Corporativo
Plaza Roble, edificio El Patio, tercer piso, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: LSD LABORATORY SUSTAINING DESIGN
como marca de servicios en clases: 37 y 42.
Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 37: Los
servicios de construcción e ingeniería civil comprendidos en la clase 37,
Consultoría en materia de ingeniería civil en construcción, la construcción de
obras de ingeniería civil, entre otras comprendidas en la clase 37 y clase: 42
Los servicios de arquitectura e ingeniería civil, elaboración de plano y
proyectos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de
noviembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0011058. A efectos de publicación téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de
diciembre de 2016.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017116554 ).
Jorge
Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad
de apoderado especial de Byd Company Limited., con domicilio en Yan An Road,
Kuichong, Longgang, Shenzhen 518119, China, solicita la inscripción de: BYD
como marca de fábrica y comercio en clases: 7; 12 y 37.
Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: 7 Máquinas agrícolas;
aparatos de transporte (minería); mezcladoras; mezcladoras de hormigón
(máquinas); máquinas de movimiento de tierra; niveladoras (Bulldozers);
excavadoras; pulverizador de suelos; máquinas de barrido de carretera
(autopropulsadas); aparatos de lavado; máquinas y aparatos eléctricos de
limpieza: instalaciones de aspiración de polvo para fines de limpieza; disposición
de desechos; disposición de basura; Máquinas compactadoras de basura; máquinas
compactadoras de desechos; quitanieves; Instalaciones de remoción de polvo para
fines de limpieza., 12 Material rodante para vías férreas; locomotoras;
remolques (vehículos); carritos de golf; vehículos refrigerados; cubos de rueda
para automóvil; apoyacabezas para asientos de vehículos; cubos de ruedas para
vehículos; chasis de vehículo; ambulancias; vehículos de locomoción por tierra,
aire, agua o ferrocarril; carros; autobuses de motor; autobuses turísticos de
motor; camiones; carretillas elevadoras; vagones; camiones de aspersión;
vehículos eléctricos; furgonetas (vehículos); carros deportivos; motocicletas;
carritos basculantes; tranvías; vehículos para mezclar hormigón: coches de
acampar; casas rodantes; motos de nieve; vehículos de control remoto, que no
sean juguetes; motores eléctricos para vehículos terrestres; motores para
vehículos terrestres; cuerpos de automóviles; pastillas de freno para
automóviles; teleféricos; camiones basculantes; aviones; barcos. 37 Lubricación
de vehículos; lavado de vehículos; pulido de vehículos; tratamiento
anticorrosivo para vehículos; mantenimiento de vehículos; limpieza de
vehículos; asistencia para averías vehiculares (reparación); servicio de
reposición de batería de vehículos, impermeabilización; reenlatado; servicio de
pulverización y revestimiento; reencauche de llantas; vulcanización de
neumáticos (reparación); Servicio de equilibrio dinámico de llantas; Reparación
de neumáticos de caucho; instalación y reparación de alarmas contra incendio;
instalación y reparación de alarmas antirrobo; Instalación y reparación de
teléfonos; reparación de bombas; Reparación de líneas eléctricas.
Prioridad: Se otorga prioridad N°
20624149 de fecha 12/07/2016 de China, N° 20759962 de fecha 25/07/2016 de China
y N° 20760077 de fecha 25/07/2016 de China. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 23 de diciembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0012556. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 17 de enero de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017116572 ).
María
del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad Nº 106260794, en calidad de
apoderado especial de Elías Benhamu Sultán, soltero, pasaporte XDC407270 con
domicilio en: CC Bal Harbour, Nivel M, local 34-B, Vía Italia, Paitilla,
Panamá, solicita la inscripción de: BLIXI, como marca de fábrica y
comercio en clase 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
bolsas plásticas herméticas para almacenar y congelar, papel envoltorio
plástico para alimentos. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012391. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 09 de enero del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017116578 ).
Jorge
Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad Nº 103920470, en calidad
de apoderado especial de Sinergium Biotech S. A., con domicilio en: ruta
Panamaricana KM 38.7, localidad de Garin, código postal 1619, provincia de
Buenos Aires, Argentina, solicita la inscripción de: VIPSEL, como marca
de fábrica y comercio en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y
veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y
sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés;
complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material
apósitos; empastes para empastes e improntas dentales; desinfectantes;
productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 23 de diciembre del 2016. Solicitud
N° 2016-0012610. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 16 de enero del 2017.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2017116587 ).
María
del Milagro Chaves Desanti, casada dos veces, cédula de identidad 106260794, en
calidad de apoderado especial de Huawei Technologies Co., Ltd. con domicilio en
Administration Building Huawei Technologies Co., Ltd. Bantian, Longgang
District, Shenzhen, China, solicita la inscripción de: Honor Note como
marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 9 Cargadores de baterías; fuente de energía móvil
(baterías recargables); computadores portátiles (tablet); computadores
portátiles (laptop); computadores portátiles (notebook); bolsas adaptadas para
computadoras portátiles (laptops); baterías eléctricas; auriculares; altavoces;
reproductores multimedia portátiles; aparatos de transmisión de sonido;
videocámaras; cámaras (fotografía); correas de teléfono celular; teclados de
computadora; ratón (periférico de computadora); fundas para teléfono;
brazaletes magnéticos codificadas de identificación; auriculares; podómetros;
aparato de monitorización eléctrica; brazaletes conectados (instrumentos de
medida); programas informáticos grabados (programas); programas operativos
grabados para computadores; programas informáticos (software descargable);
aplicaciones de software descargables; lentes inteligentes (smartglasses);
relojes inteligentes (smartwatches); película protectora adaptada para
pantallas de computadora; rastreadores de actividad portátiles; fundas para los
teléfonos inteligentes (smartphones); estuches para los teléfonos inteligentes
(smartphones); película protectora adaptada para pantallas de teléfonos
móviles; brazos extensibles para autofotos [monopies de mano]; videoteléfonos;
marcos de fotos digitales; micrófonos; acopladores (equipos de procesamiento de
datos); aparato de procesamiento de datos; tarjetas de circuitos integrados
(tarjetas inteligentes); transpondedores; cajas de altavoces; receptor de audio
y vídeo; pantallas de vídeo; equipos de comunicación de red; fundas para los
computadoras portátiles; teléfonos inteligentes (smartphones). Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 22 de diciembre del 2016, solicitud
Nº 2016-0012506. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 11 de enero del 2017.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2017116603 ).
Jorge
Tristán Trelles, divorciado 1 vez, cédula de identidad 103920470, en calidad de
apoderado especial de Giti Tire Pte. Ltd. con domicilio en 9 Oxley Rise N°
01-02, The Oxlet, Singapur 238697, Singapur, solicita la inscripción de: GITI
como marca de fábrica y comercio en clase 12 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: 12 Llantas [neumáticos]; llantas para
automóviles [neumáticos], neumáticos [llantas]; llantas [neumáticos] para
ruedas de vehículos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de
diciembre del 2016, solicitud Nº 2016-0012347. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
10 de enero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017116604 ).
Luis
Diego Acuña Vega, soltero, cédula de identidad 111510238, en calidad de
Apoderado Especial de Bajaj Auto Limited, con domicilio en Akurdi, Pune 411
035, India, India, solicita la inscripción de: VINCENT como marca de
fábrica y comercio en clase: 12. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: 12 Vehículos; vehículos y aparatos de locomoción por tierra, aire,
agua y riel; vehículos terrestres; automóviles; tapas para automóviles; cadenas
para automóviles; chasis para automóviles y vehículos; llantas para
automóviles; ejes de vehículos; bicicletas eléctricas; carrocerías para
vehículos, automóviles y motocicletas; fibras y forros de frenos para
vehículos; segmentos de freno para vehículos; pastillas de freno para
automóviles; discos de freno para vehículos; frenos para vehículos; embragues
para vehículos terrestres; bielas para vehículos terrestres que no sean partes
de motores; acoplamientos para vehículos terrestres; indicadores de dirección e
intermitentes para vehículos y motocicletas; máquinas motrices para vehículos
terrestres; bancadas de motor para vehículos terrestres; motores para vehículos
terrestres; ruedas libres para vehículos terrestres; cajas de cambios para
vehículos terrestres; engranajes para vehículos terrestres; bocinas para
vehículos terrestres; tapacubos; sujeciones para cubos de ruedas;
portaequipajes para vehículos y motocicletas; redes portaequipajes para
vehículos; ciclomotores; scooteres; motocicletas; pies de apoyo para
motocicletas; asientos, sillines de motocicleta y sus cobertores; marcos de
motocicleta; manillares de motocicleta; motores de motocicleta; motores
eléctricos para vehículos terrestres; guardabarros; dispositivos
antiderrapantes para cubiertas de neumáticos de vehículos; aros de llantas de
vehículos y de motocicletas; llantas sólidas para vehículos; llantas frontales
y traseras; cobertores para llantas de repuesto; amortiguadores de suspensión
para vehículos; cadenas de transmisión para vehículos terrestres; árboles de
transmisión para vehículos terrestres; transmisiones para vehículos terrestres;
llantas para ruedas de vehículos y de motocicletas; vehículos de dos llantas;
vehículos de dos llantas motorizados; vehículos de tres llantas motorizados;
vehículos de cuatro llantas motorizados; tapizados para interiores de
vehículos; parachoques para vehículos; asientos para vehículos; accesorios de
motocicleta; alforjas para motocicletas; sidecares; cinta de agarre para
manillares; basculante para motocicleta; cadenas de motocicletas; descansa pies
para motocicletas; cobertores y cobertores de asiento para motocicletas;
campanas para motocicletas; cofres para motocicletas; rayos para ruedas de
motocicletas; manivelas para motocicletas; marchas de cadena para motocicletas;
guardabarros para motocicletas; motocicletas para motocross; ruedas libres para
motocicletas; pedales para motocicletas; pedales de freno para motocicletas;
piñones para motocicletas; cadenas para impulsar motocicletas; agarres y
agarraderas para motocicletas y sus manivelas; horquillas para motocicletas;
bombas de aire para motocicletas; tubos internos para motocicletas; marchas y
palancas de marchas para motocicletas; discos de freno para motocicletas;
partes estructurales para motocicletas; bocinas para motocicletas; suspensiones
para motocicletas; cámaras de aire para neumáticos; espaciadores frontales para
motocicletas; cables de frenos para motocicletas; mordazas para frenos de
motocicletas; rotores de frenos de motocicletas; montajes de luces frontales y
traseras para motocicletas; cables de clutch para motocicletas; paneles frontales
de dash; amortiguadores para manivelas de motocletas; sellos de empaque para
motocicletas; palancas de control para manivelas de motocicletas; carenado y
carenado aerodinámicos para motocicletas y vehículos; suspensiones fronteras y
traseras para motocicletas; sistemas de transmisión para motocicletas; espejo
para vehículos y motocicletas; tanques de combustible, gas y gasolina para
vehículos y motocicletas; sistemas de suspensión para vehículos motorizados;
cojines para descansa pies para motocicletas; cobertores para horquillas de
motocicletas; muflas para motocicletas; alfombrillas protectoras para
motocicletas; silenciadores para motocicletas; sostenes para motocicletas;
partes y piezas para los bienes antes indicados no incluidos en otras clases.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de febrero de 2017.
Solicitud Nº 20170001381. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de marzo de
2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017116683 ).
María
Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad 109330536, en
calidad de apoderado especial de Fábrica de Bebidas Gaseosas Salvavidas S. A.
con domicilio en tercera avenida norte final, Finca El Zapote, Zona Dos, Ciudad
de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: MAYA RAINFOREST
como marca de fábrica y comercio en clase 32 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 32 Agua pura y aguas mineralizada. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 4 de diciembre del 2015, solicitud Nº
2015-0011709. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de marzo del 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017116694 ).
María
Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad 109330536, en
calidad de apoderada especial de Alimentos Sociedad Anónima, con domicilio en
kilómetro 15.5 de la carretera a El Salvador, Municipio de Santa Catarina
Pinula, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: TU
AMIGO TENDERO como señal de propaganda en clase: internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar preparaciones hechas de
base de maíz con sabor a queso y productos a base de harina con sabor a queso,
relacionado a la marca Chobix Remix en clase 30 (24489), y la marca de fábrica
y comercio Señorial Quesifritos Quesiño registro número 239735. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 11 de diciembre del 2015. Solicitud
Nº 2015-0011957. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de diciembre del 2016.—Katherin
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017116695 ).
Roxana
Cordero Pereira, cédula de identidad 101610034, en calidad de apoderada
especial de Grupo Bimbo S.A.B de C.V. con domicilio en prolongación Paseo De La
Reforma N° 1000, Colonia Peña Blanca, Santa Fe, 01210, distrito federal,
México, solicita la inscripción de: VERYGÜEL como marca de fábrica y
comercio en clases 29; 30 y 31 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: 29 Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne;
frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y
cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche y productos lácteos;
aceites y grasas comestibles. 30 Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz;
tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de
pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura,
polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias;
hielo, y 31 Productos agrícolas, hortícolas y forestales; granos y semillas en
bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas;
plantas y flores naturales; animales vivos; alimentos para animales; malta. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de enero del 2017,
solicitud Nº 2017-0000482. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de enero del
2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017116724 ).
Roxana
Cordero Pereira, cédula de identidad 111610034, en calidad de apoderada
especial de Zodiac International Corporation, con domicilio en calle 50,
Edificio Global Plaza, 6to piso, Panamá, solicita la inscripción de: LINATRA
como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, Para proteger y
distinguir lo siguiente: 5 Preparaciones farmacéuticas y veterinarias;
preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias
dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebes, complementos
alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos;
material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para
eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 8 de febrero del 2017, solicitud Nº 2017-0001115.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 14 de febrero del 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017116733 ).
Roxana
Cordero Pereira, cédula de identidad 111610034, en calidad de apoderado
especial de Avon Products, Inc. con domicilio en 601 Midland Avenue, Rye, New
York 10580, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ANEW
INFINITE EFFECTS como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: 3 Cosméticos, fragancias, artículos de
tocador no medicinales, aceites esenciales, preparados cosméticos para el
cuidado personal, para el cuidado de la piel, para el cuidado de los ojos, para
el cuidado de los labios, para el cuidado del cabello, para el cuidado de los
pies y para el cuidado de las uñas. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 30 de enero del 2017, solicitud Nº 2017-0000802. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 9 de febrero del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017116734 ).
Roxana
Cordero Pereira, cédula de identidad 101610034, en calidad de apoderado
especial de Zodiac International Corporation con domicilio en calle 50, Torre
Global Plaza, 6to piso, Panamá, solicita la inscripción de: OLAFAS como
marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Producto farmacéuticos y de uso humano para el
tratamiento de enfermedades y afecciones del sistema digestivo y/o del
metabolismo; agentes antineoplástico e inmunomoduladores. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 14 de noviembre del 2016, solicitud Nº
2016-0011181. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de febrero del 2017.—Bernard Molina
Alvarado, Registrador.—( IN2017116735 )
Roxana
Cordero Pereira, cédula de identidad 1-1161-0034, en calidad de apoderado
especial de Zodiac International Corporation, con domicilio en calle 50,
edificio Global Plaza, 6to piso, Panamá, solicita la inscripción de: MACINTA
como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: 5 Preparaciones farmacéuticas y veterinarias;
preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias
dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebes, complementos
alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos;
material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para
eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 8 de febrero del 2017, solicitud Nº 2017-0001117.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 15 de febrero del 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017116736 ).
José
Martin Azofeifa Rodríguez, cédula de identidad 112780244, en calidad de
apoderado especial de Dentsply Sirona Inc. con domicilio en Corporation Service
Company, 2711 Centerville Road, Suite 400, Wilmington, County of New Castle,
Delaware 19808, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: DENTSPLY
M-ACCEESS como marca de fábrica en clase 10 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 10 Aparatos e instrumentos quirúrgicos y
odontológicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de julio
del 2016, solicitud Nº 2016-0007310. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 6 de marzo
del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017116749 ).
Maritza
de los Ángeles Rodríguez Loría, soltera, cédula de identidad 205720577, en
calidad de apoderada generalísima de Flor María Castro Chaves, casada, cédula
de identidad 203240833 con domicilio en La Cruz de Peñas Blancas de San Ramón,
Alajuela; 800 metros al sur, del Abastecedor El Almendro, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Plantes Medicinales CHICAFLOR como marca
de fábrica en clase 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Clase 31: El empaque de las plantas medicinales sin procesar es decir plantas
totalmente naturales, específicamente se pretende proteger el empaque de las
siguientes plantas: orégano, menta, jengibre, albahaca y culantro. Reservas:
Del color negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de febrero
del 2017, según Solicitud N° 2017-0000985. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de febrero
del 2017.—Rina Ruiz Mata, Presidenta.—( IN2017116826 ).
Cambio de
Nombre N° 108891
Que Muñoz Global Servicios Profesionales
M Y M LTDA., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de
Nombre de F.A. Arias & Muñoz-Costa Rica Limitada, cédula jurídica
3-102-335594 por el de Muñoz Global Servicios Profesionales M Y M LTDA.,
presentada el día 17 de enero del 2017, bajo expediente 108891. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 2006-0003710 Registro N° 167021 ProWrite
en clase 41 Marca Denominativa y 2007-0009489 Registro N° 196132 E W L
Prowrite English Writing for Lawyers en clase 41 Marca Mixto. Publicar en La
Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley
N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—1 vez.—(
IN2017114879 ).
Cambio de
nombre N° 107865
Que María Vargas Uribe,
divorciada, cédula de identidad 107850918, en calidad de apoderado especial de
Livisto Group GMBH, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio
de nombre de Animedica Group GMBH por el de Livisto Group GMBH, domicilio en IM
Suedfeld 9, D-48308 Seden-Bösensell, Alemania presentada el 8 de diciembre de
2016, bajo expediente 107865. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
2015-0009452 Registro N° 251123 Livisto en clases 5, 31 Marca
Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017115014 ).
Cambio de Nombre
N° 108290
Que Víctor Vargas Valenzuela,
casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de
Tommy Hilfiger Licensing LLC., solicita a este Registro se anote la inscripción
de Cambio de Nombre de Tommy Hilfiger Licensing Inc., por el de Tommy Hilfiger
Licensing LLC., presentada el día 21 de diciembre del 2016, bajo expediente
108290. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1996-0000897 Registro
N° 97471 en clase 3 Marca Figurativa. Publicar en La Gaceta Oficial por
única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1 vez.—( IN2017115015 ).
Cambio de
Nombre por fusión Nº 107011
Que María Vargas Uribe,
divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de
Rashman Corporation, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio
de nombre por fusión de Prestige Medical Corporation por el de Rashman
Corporation, presentada el día 10 de noviembre del 2016 bajo expediente N°
107011. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1996-0002272 Registro
Nº 98430 PRESTIGE MEDICAL en clase 10 Marca Denominativa. Publicar en La
Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley
Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—1 vez.—(
IN2017115013 ).
Marcas de
Ganado
Solicitud N° 2017-372.—Ref.:
35/2017/757.—José Manuel Rojas Elizondo, cédula de identidad 6-0257-0715,
solicita la inscripción de:
7 J
R
como marca de ganado, que usará preferentemente
en Puntarenas, Buenos Aires, Boruca, 1 kilómetro de la escuela de Mayal, Maíz
de Boruca. Presentada el 20 de febrero del 2017, según el expediente N°
2017-372. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registrador.—1 vez.—(
IN2017114620 ).
Solicitud
N° 2017-261. Ref: 35/2017/567.—Christian Alonso Pérez Núñez, cédula de
identidad 0113750961, solicita la inscripción de: J6N como marca de
ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, Aguas Claras, San
Antonio, 1 kilómetro al este de la escuela de la localidad. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Según el expediente Nº 2017-261.—Presentada el 09 de febrero del
2017.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2017114799 ).
Solicitud
N° 2017-271.—Ref: 35/2017/786.—Yadira Morales Chacón, cédula de identidad
6-0104-0639, en calidad de apoderado generalísimo con limite de suma de
Agropecuaria Industrial San Roque Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-054134, solicita la inscripción de:
Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Puntarenas, Esparza, Macacona, por entrada a San Jerónimo, 1 km., al norte de
Súper Victoria. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto. Presentada el 10 de febrero del 2017.
Según Solicitud N° 2017-271.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—(
IN2017114827 ).
REGISTRO DE
PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
El Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad:
Asociación de Empresas de Outsourcing Central Gate en Español Asociación de
Empresas de Tercerización Portón Central, con domicilio en la provincia de:
Heredia-Heredia, cuyos fines principales entre otros son los siguientes:
posicionar y consolidar la industria costarricense de tecnologías y servicios
en mercados globales, promover las exportaciones de servicios de tecnología
costarricenses, promover soluciones de tecnologicas a las demandas propias del
mercado, responder con eficiencia y eficacia la demanda de los mercados
globales, luchar por que se promulgue la legislación más adecuada al desarrollo
de las tecnologías y servicios de costa rica, promover el libre y franco
intercambio. Cuya representante será la presidenta: Gina María Solari Valdez,
con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad
dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2016, asiento: 742510, con adicional: 2016-816104.—Dado en el
Registro Nacional, a las 10 horas 44 minutos y 9 segundos del 20 de febrero del
2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017114740 ).
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la
entidad: Asociación Costarricense Medicina de Bienestar ACMB, con domicilio en
la provincia de: Alajuela-San Carlos, cuyos fines principales, entre otros son
los siguientes: Promover la educación y el conocimiento científico de la
medicina de bienestar sostenible, conocida como medicina de estilo de vida.
Cuyo representante, será el presidente: Henry Alberto Villegas Corrales, con
las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2016, asiento: 663558 con adicional (es): 2016-778836.—Dado en
el Registro Nacional, a las 8 horas 40 minutos y 29 segundos, del 14 de febrero
del 2017.—1 vez.—( IN2017114973 ).
Patentes de
invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Rafael A. Quesada
Vargas, cédula de identidad 109940112, en calidad de apoderado especial de
Roiman Quesada Castro, cédula de identidad 108560938, solicita el modelo
utilidad denominado INODORO MEJORADO PARA EXTRACCIÓN DE OLORES. La
invención se refiere a un inodoro que ha sido mejorado, por medio de la
inserción de un extractor de olor, que se acciona con un sensor automático, que
extrae dichos malos olores por los mismos orificios donde luego saldrá al
movimiento de descargue del tanque, evitando con ello el contagio de virus,
gérmenes, bacterias y otros. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es:
E03D 9/00; cuyo inventor es Quesada
Castro Roiman (CR). Prioridad: Publicación internacional:... La solicitud
correspondiente lleva el N° 2017-0000053 y fue presentada a las 12:37:25 del 14
de febrero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 17 de febrero de 2017.—Randall Piedra Fallas,
Registrador.—( IN2017114201 ).
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
El señor Luis Diego Castro
Chavarría, cédula de identidad 106690228, en calidad de apoderado especial de
Farmacéuticos Rayere S. A., solicita la Patente PCT denominada COMPOSICIÓN
FARMACÉUTICA QUE COMBINA UN ANTICONVULSIVANTE Y UN DERIVADO DEL ÁCIDO
NICOTÍNICO. La combinación de gabapentina con clonixinato de lisina (CLG)
permite aliviar el dolor neuropático originado tanto por neuropatía diabética
como por una lesión al nervio. La combinación CLG produce una sinergia en el
efecto antialodínico, cuando la alodinia ha sido generada por un daño mecánico
directo al tejido nervioso o cuando se ha producido como consecuencia de una
patología diabética. El efecto terapéutico de la combinación CLG es de 3 a 11
veces mayor que el efecto que tiene cada uno de los fármacos por separado. La
combinación de CLG es segura ya que no muestra efectos adversos en la actividad
motora, ni alteraciones en parámetros neurológicos, tampoco daño a nivel
hepático o renal. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/195, A61K 31/455 y A61P
25/00; cuyos inventores son Juárez Lora, Martha Rosaura (MX); Aguilera Suárez,
Graciela de los Ángeles (MX) y Gómez Sánchez, Carmen Miguel (MX). Prioridad:
Publicación Internacional: WO2015/194926. La solicitud correspondiente lleva el
número 2016-0000573, y fue presentada a las 13:06:59 del 8 de diciembre de 2016.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 26 de enero del 2017.—Viviana Segura De La O,
Registradora.—( IN2017114573 ).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
El señor Juan Carlos Agüero
Arroyo, cédula de identidad 106550854, solicita el modelo utilidad denominado PERFORADOR
DE SACHES. EI dispositivo tiene como objeto la perforación/apertura de
saches con aderezos para alimentos y el dispensado correspondiente a través del
mismo canal perforado como medio de salida. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: B26D 1/06, B26F 1/46, B65D 75/48 y B65H 35/06;
cuyos inventores son Juan Carlos Agüero Arroyo (CR). Prioridad: Publicación
Internacional. La solicitud correspondiente lleva el N° 2017-0000038 y fue presentada
a las 09:42:48 del 07 de febrero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de febrero de
2017.—Randall Piedra Fallas, Registradora.—( IN2017114695 ).
El
señor Juan Carlos Agüero Arroyo, cédula de identidad 106550854, solicita el
Diseño Industrial denominado PERFORADOR DE SACHES.
Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF
Perforador de saches de aderezos descritos en las figuras.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 07-06; cuyo inventor
es Juan Carlos Agüero Arroyo (CR). Prioridad: Publicación Internacional. La
solicitud correspondiente lleva el N° 2017-0000039 y fue presentada a las
09:43:48 del 07 de febrero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 27 de febrero de 2017.—Randall
Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017114699 ).
La
señora (ita) María Vargas Uribe, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de Hanmi Pharm. Co. Ltd., solicita la patente PCT denominada
COMPOSICIÓN PARA TRATAR DIABETES, QUE CONTIENEN UN CONJUGADO DE ANÁLOGO DE
INSULINA DE ACCIÓN PROLONGADA Y UN CONJUGADO DE PÉPTIDO INSULINOTRÓPICO DE
ACCIÓN PROLONGADA, la presente invención se refiere a una composición para
la prevención o tratamiento de la diabetes que incluye un conjugado de insulina
de acción prologada y un conjugado de péptido insulinotrópico de acción
prolongada, y un método para tratar la diabetes. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación
internacional de patentes es: A61K 38/26, A61K 38/28, A61K 47/30, A61K 47/48;
cuyos inventores son: Kim, Jung Kuk (KR); Kim, Dae, Jin (KR); Heo, Yong, Ho
(KR); Choi, In, Young (KR); Jung, Sung, Youb (KR) y Kwon, se, Chang (KR).
Prioridad: N° 10-2014-0065072 del 29/05/2014 (KR). Publicación internacional:
WO2015/183038. La solicitud correspondiente lleva el número 2016- 0000582, y
fue presentada a las 14:47:02 del 13 de diciembre de 2016. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 31 de enero del 2017.—Randall Piedra Fallas,
Registrador.—( IN2017114941 ).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIO PÚBLICO. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas
en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro,
Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE
SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCION Y
HABILITACIÓN como delegatario para
ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MAURICIO
MONTERO QUIROS, con cédula de identidad número 1-1003-0421, carné
número 20351. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del
Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten
la conducta del solicitante, a efecto
de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15)
DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente Nº
17-000203-0624-NO.—San José, 22 de febrero del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Amelia
Zeledón Lostalo, Abogada.—1 vez.—( IN2017118351 ).
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A)
PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall
San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario
para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MAUZEN
ANDREA SÁNCHEZ RIVERA, con cédula de identidad número 1-1425-0321,
carné número 25116. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11
del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que
afecten la conducta de la
solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro
de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.
Expediente Nº 17-000196-0624-NO.—San José, 22 de febrero del 2017.—Unidad Legal
Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—( IN2017118379 ).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-0071-2017.—Exp.
11951-P.—Pacífico Medieval S. A., solicita concesión de: 0.1 litro por segundo
del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo QP-49 en finca de su propiedad
en Quepos, Aguirre, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas
374.866 / 446.466 hoja Quepos. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 21 de febrero del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—( IN2017116462 ).
ED-UHSAN-0059-2016.—Expediente
Nº 17411A.—Centro Internacional de Inversiones CII S. A., solicita concesión
de: 2 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en
finca de su propiedad en: San Pedro, Valverde Vega, Alajuela, para uso
agroindustrial y consumo humano. Coordenadas 238.288 / 501.911 hoja Naranjo;
1.5 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en
finca de su propiedad en: San Pedro, Valverde Vega, Alajuela, para uso
agroindustrial y consumo humano. Coordenadas 238.312 / 501.561 hoja Naranjo.
Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de diciembre
de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2017116538 ).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
ED-0850-2016.—Exp.
3283P.—Instituto Nacional de Seguros, solicita concesión de: 0.95 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo sin número en
finca de su propiedad en Carmen, San José, San José, para uso comercial y
consumo humano-comercial. Coordenadas: 213.400 / 528.300 hoja Abra. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 09 de diciembre del 2016.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—O. C. Nº 0018523.—Solicitud
Nº 20305.—( IN2017118256 ).
ED-UHSAN-0051-2016.—Exp.
17305-A.—Sonidos del Agua HM S. A, solicita concesión de: 0.3 litros por
segundo del nacimiento sin nombre fría, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Fortuna, San Carlos, Alajuela, para uso turístico. Coordenadas
273.890 / 462.490 hoja Fortuna. 10 litros por segundo de la quebrada sin nombre
termal, efectuando la captación en finca de su propiedad en Fortuna, San
Carlos, Alajuela, para uso turístico. Coordenadas 273.889 / 462.492 hoja
Fortuna. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 29 de setiembre del 2016.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017118329 ).