EDITORIAL LA
NAVE SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a los socios de
Editorial La Nave
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cincuenta y ocho mil tres a la asamblea general ordinaria y extraordinaria
de la sociedad, a realizarse el día lunes 30 de julio del 2012 a las 2:00 p. m., en
primera convocatoria, que se tendrá por constituida con las tres cuartas partes
del capital social debidamente representado, y en segunda convocatoria a las
03:00 p. m., teniéndose por constituida con el capital social representado que
se encuentre presente, se llevará a cabo en el domicilio social de la sociedad,
y los puntos a tratar serán los siguientes:
a) Revocatoria y nombramiento de junta directiva;
b) Modificación general de Estatutos para
adecuarlo a la normativa vigente, entre otros el domicilio, la administración,
la representación, la vigilancia, la convocatoria, las asambleas de socios y el
objeto de la sociedad.
c) Incorporación
de nuevos socios, emisión de asientos de registro de socios y emisión de las
acciones correspondiente.
Nota: Los libros legales y demás
documentos pertinentes a esta asamblea se encuentran en el domicilio social de
la sociedad, y podrán ser consultados por cualquier miembro de la asamblea, si
existieren otros puntos importantes a tratar podrán ser añadidos a esta agenda.—San José, 3 de julio del 2012.—Marina Ramírez Altamirano,
Vicepresidenta.—1 vez.—(IN2012072866).
AGROPECUARIA EL SURCO S. A.
Se convoca a los accionistas de
Agropecuaria El Surco S. A., a una asamblea general ordinaria y extraordinaria
a celebrarse a las doce horas del martes 28 de agosto del año en curso, en
Hotel Country Inn Belén, Heredia a efecto de conocer de los siguientes
aspectos:
1) Conocer la renuncia del presidente, tesorero y vocal 3.
2) Nombramiento del presidente, tesorero y vocal
3
3) Incorporación de una cláusula a los estatutos
en relación con la convocatoria de asamblea de accionistas.
4) Modificación de la cláusula segunda del
domicilio de la sociedad.
5) Nombramiento de nuevo agente residente.
6) Asuntos varios.
En caso de no contar con el
quórum de ley, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria una hora
después, con el número de socios presentes, en el mismo lugar y para conocer de
los mismos puntos indicados en esta convocatoria.
Los accionistas podrán hacerse representar
mediante carta-poder debidamente autenticada, de conformidad con lo establecido
en el artículo 146 del Código de Comercio. El representante de personas
jurídicas, deberá de acreditar su personería jurídica mediante certificación
registral o notarial.—Alajuela, 29 de junio del
2012.—Luis Mesalles Jorba, Presidente.—1 vez.—RP2012311526.—(IN2012073327).
ANDURIL INC. S. A.
Se convoca a asamblea general
extraordinaria de Anduril INC. S. A., cédula jurídica 3-101-416248, a celebrarse el
día 04 de agosto del dos mil doce, a las once horas en primera convocatoria, si
no hubiera quórum a esa hora se realizará una hora después, con cualquier
número de socios que se encuentre presente. La asamblea se realizará en
Garabito, Jacó, restaurante El Hicaco. La agenda a conocer será la siguiente:
a) Autorización para la venta total o parcial de la finca del Partido
de Puntarenas matrícula uno siete siete cinco uno cuatro-cero cero cero.
b) Revisión de la situación actual de la empresa
en el fideicomiso I-1997/2008 y toma de decisiones sobre actuaciones futuras.
c) Venta total o parcial de la posición de
fideicomitente en el fideicomiso I-1997/2008.
d) Autorización al Presidente de la empresa para
que pueda suscribir los documentos necesarios para realizar los actos
autorizados según los puntos a) y b) anteriores.
e) Modificación de los artículos 2 (del
domicilio) 5 (del capital social), 6 (de la Junta Directiva)
de los estatutos de la sociedad.
f) Incorporación de un nuevo artículo al
estatuto para que regule lo relativo a las convocatorias de asambleas
generales.
g) Participación de la empresa como parte de un
acuerdo con otras sociedades para continuar con el desarrollo del proyecto
inmobiliario en Jacó.
La presente asamblea se convoca
según acuerdo firme de la
Junta Directiva del 29 de junio del 2012. Los accionistas
deberán presentar documento de identidad vigente, o en el caso de personas
jurídicas la personería jurídica con no más de un mes de emitida.—San José, 2 de julio del 2012.—Michell Trejos Neurohr,
Secretario.—1 vez.—RP2012311463.—(IN2012073328).
MESAC Y ASOCIADOS S. A.
Se convoca a los accionistas de
la sociedad denominada Mesac y Asociados S. A., cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-doscientos setenta y cinco mil trescientos sesenta, a
fin de que se hagan presentes a la celebración de la asamblea general
extraordinaria de accionistas de la citada sociedad que se llevará a cabo a las
trece horas del día treinta de julio del dos mil doce, de no asistir a esta
Asamblea la totalidad del capital social se convoca para las trece horas del
día treinta y uno de julio del año dos mil doce, de no presentarse a esta
Asamblea todos los accionistas se convoca a una última Asamblea para las trece
horas del primero de agosto del dos mil doce, donde se celebrará válida y
eficazmente con el capital social presente de conformidad con los estatutos de
la sociedad. Dicha Asamblea se celebrará en su domicilio social, sea en San
José, Pavas, de la
Escuela Carlos Sanabria Mora setenta y cinco metros al
oeste.—San José, cuatro de julio del dos mil doce.—Sandra Odette González
Ortiz, Secretaria.—1 vez.—(IN2012073369).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
HOTEL Y CLUB PUNTA LEONA S. A.
Para efectos del artículo 689
del Código de Comercio, el Hotel y Club Punta Leona S. A., hace saber a quién
interese, que por haberse extraviado al propietario, repondrá la acción Nº 0973 a nombre de Inversiones
Sasquia Limitada, cédula de persona jurídica Nº 3-102-048080. Cualquier persona
interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última
publicación de este aviso.—San José, 04 de junio de 2012.—Boris Gordienko
Echeverría, Secretario Junta Directiva.—(IN2012063409).
Quien suscribe Dr. Álvaro Vargas
Pérez, mayor casado por segunda vez, vecino de Golfito, portador de cédula
602620963, carné Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica 7972, hace
constar que las recetas de psicotrópicos Nº 0679251 al 0679300, así como las
recetas de estupefacientes Nº 1879883 al 1879892 fueron extraviados, lo
anterior a efecto que sean tomadas las medidas pertinentes. Es todo.—San José
veintiséis de julio del dos mil doce.—Álvaro Vargas Pérez.—(IN2012063579).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
BANCO
BCT
El suscrito Orlando Johanning Ferris, con cédula
de identidad número 1-747-032, solicita la reposición por motivos de extravío
del Cheque de Gerencia emitido por Banco BCT número 010640 de fecha 28 de
febrero del 2012 a
favor del señor Miguel Merz Martin.—San José, 18 de junio del 2012.—Orlando
Johanning Ferris.—RP2012306527.—(IN2012069763).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Por escritura otorgada ante mí
el día de hoy al ser las 8:20 horas del 21 de junio del 2012, protocolicé
acuerdos para disolución de la empresa Inversiones Elizondo S. A.—San
José, 21 de junio del 2012.—Licda. Loana Leitón Porra, Notaria.—1
vez.—RP2012306522.—(IN2012064012).
Por escritura otorgada ante mí
el día de hoy al ser las 13:00 horas del 21 de junio del 2012, protocolicé
acuerdos para disolución de la empresa Almacenes de Materiales Eléctricos
Osmín Vargas S. A.—San José, 21 de junio del 2012.—Licda. Loana Leitón
Porras, Notaria.—1 vez.—RP2012306523.—(IN2012064013).
Por escritura otorgada ante mí
el día de hoy al ser las 8:00 horas del 21 de junio del 2012, protocolicé
acuerdos para disolución de la empresa Inversiones Vargas 2000 del Norte S.
A.—San José, 21 de junio del 2012.—Licda. Loana Leitón Porras, Notaria.—1
vez.—RP2012306524.—(IN2012064014).
Por escritura otorgada ante mí,
el día de hoy al ser las 13:00 horas del 20 de junio del 2012, protocolicé
acuerdos para disolución de la empresa Hacienda El Rodeo S. A.—San José,
20 de junio del 2012.—Licda. Loana Leitón Porras, Notaria.—1
vez.—RP2012306525.—(IN2012064015).
Por escritura otorgada ante mí
el día de hoy al ser las 11:30 horas del 20 de junio del 2012, protocolicé
acuerdos para disolución de la empresa Computación Actual C.A.O.V.E. S. A.—San
José, 20 de junio del 2012.—Licda. Loana Leitón Porras, Notaria.—1
vez.—RP2012306526.—(IN2012064016).
Por escritura otorgada a las
once horas treinta minutos del veintiuno de junio de! dos mil doce, ante esta
notaría, se disuelve la sociedad Estudios Ambientales Proeco Sociedad
Anónima.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Dr. Femando Zamora
Castellanos, Abogado y Notario.—1 vez.—RP2012306529.—(IN2012064017).
Por Escritura otorgada a las
doce horas del dieciséis de marzo del dos mil doce, se reestructura el consejo
de administración nombrándose nuevo presidente, tesorero secretario y se nombra
nuevo fiscal y se modifica la clausula sexta de la administración de la entidad
El Pollo Caribeño Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-quinientos cincuenta y cuatro mil seiscientos treinta y dos.—Alajuela,
dieciséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Braulio Murillo Segura, Notario.—1
vez.—RP2012306530.—(IN2012064018).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las once horas y quince minutos del diecinueve de junio del
año dos mil doce, se protocolizó asamblea extraordinaria de disolución de la
sociedad de esta plaza Vargas Salgado Sociedad Anónima.—San José,
diecinueve de junio del año dos mil doce.—Lic. Bernal Fuentes Vargas,
Notario.—1 vez.—RP2012306531.—(IN2012064019).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las trece horas y quince minutos del diecinueve de junio
del año dos mil doce, se protocolizó
asamblea extraordinaria de disolución de la sociedad de esta plaza Salgado
Hermanos S Y V Sociedad Anónima.—San José, diecinueve de junio del
año dos mil doce.—Lic. Bernal Fuentes Vargas, Notario.—1
vez.—RP2012306532.—(IN2012064020).
El suscrito Notario hace constar
y da fe, que mediante escritura pública otorgada ante mí a las 10:00 horas del
día 21 de junio de 2012, se procedió a disolver las siguientes sociedades: (i)
Los Altos FF Uno Laurel, S.A.; (ii) Los Altos FF Seis Lora, S.A; (iii) Los
Altos FF Siete Oropéndola, S.A.; (iv) Los Altos FF Ocho Malinche, S. A.; (v)
Los Altos FF Nueve Amapola, S.A.; (vi) Los Altos FF Catorce Pelícano, S.A.;
(vii) Los Altos FF Quince Gaviota, S.A.; (viii) Los Altos FF Dieciséis Níspero,
S.A.; (ix) Los Altos FF Diecisiete Ceibo, S.A.; (x) Los Altos FF Dieciocho Guaria,
S.A.; (xi) Los Altos FF Diecinueve Itabo, S.A.; (xii) Los Altos FF Veinte
Pochote, S.A.; (xiii) Los Altos FF Veintiuno Almendro, S.A.; (xiv) Los Altos FF
Veintiséis Kingfisher, S.A.; (xv) Los Altos FF Veintisiete Aracari, S.A.; (xvi)
Los Altos FF Veintiocho Girasol, S.A.; (xvii) Los Altos FF Veintinueve Guácimo,
S.A.; (xviii) Los Altos FF Treinta Guanacaste, S.A.; (xix) Los Altos FF Treinta
y Uno Tempisque, S.A.; (xx) Los Altos FF Treinta y Dos Cocobolo, S.A.; (xxi)
Los Altos FF Treinta y Tres Jacaranda, S.A.; (xxii) Los Altos FF Treinta y Ocho
Tanager, S.A.; (xiii) Los Altos FF Treinta y Nueve Manakin, S.A.; (xxiv) Los
Altos FF Cuarenta Heliconia, S.A.; (xxv) Los Altos FF Cuarenta y Uno Bamboo,
S.A.; (xxvi) Los Altos FF Cuarenta y Dos Teca, S.A.; (xxvii) Los Altos FF
Cuarenta y Tres Espavel, S.A.; (xxviii) Los Altos FF Cuarenta y Cuatro Jícaro,
S.A.; (xxix) Los Altos FF Cuarenta y Cinco Corteza, S.A.; (xxx) Los Altos FF
Cincuenta Colibrí, S.A.; (xxxi) Los Altos FF Cincuenta y Uno Caracara, S.A.;
(xxxii) Los Altos FF Cincuenta y Dos Jengibre, S.A.; (xxxiii) Los Altos FF
Cincuenta y Tres Orquídea, S.A.; (xxxiv) Los Altos FF Cincuenta y Cuatro Jobo,
S.A.; (xxxv) Los Altos FF Cincuenta y Cinco Cenizaro, S.A.; (xxxvi) Los Altos
FF Cincuenta y Seis Cristóbal, S.A.; (xxxvii) Los Altos FF Cincuenta y Siete
llang llang, S.A.; (xxxviii) Los Altos FF Sesenta y Dos Mot Mot, S.A.; (xxxix)
Los Altos FF Sesenta y Tres Macaw, S.A.; (xl) Los Altos FF Sesenta y Cuatro
Mango, S.A.; (xli) Los Altos FF Sesenta y Cinco Manzano, S.A.; (xlii) Los Altos
FF Sesenta y Seis Pejibaye, S.A.; (xliii) Los Altos FF Sesenta y Siete
Gallinazo, S.A.; (xliv) Los Altos FF Sesenta y Ocho Bejuco, S.A.; (xlv) líos’
Altos FF Sesenta y Nueve Matapalo, S.A.; (xlvi) Los Altos FF Setenta y Cuatro
Quetzal, S. A.(xlvii) Los Altos FF Setenta y Cinco Toucan, S.A. Es todo.—San
José, 21 de junio de 2012.— Lic. Alonso J. Lara Tomas, Notario.—1
vez.—RP2012306533.—(IN2012064021).
Por escritura otorgada a las
doce horas del veintitrés de junio del dos mil doce, se reestructura el consejo
de administración nombrándose nuevo presidente y se modifica la clausula sexta
de la administración de la entidad Inversiones Giovasega Johasegar Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta y cinco mil novecientos
treinta y ocho.—Alajuela, veintitrés de junio del dos mil doce.—Lic. Braulio
Murillo Segura, Notario.—1 vez.—RP2012306534.—(IN2012064022).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 9:30 horas del quince de junio del 2012, donde comparecen los socios de
la sociedad Servicios Computacionales Remi Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-202659 y mediante asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada, se acuerda la
disolución de la compañía.—San José, veinticinco de junio del 2012.—Lic. Jaime
Garro Canessa, Notario.—1 vez.—RP2012306535.—(IN2012064023).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 11:00 horas del 21 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Manrovi
del Este S. A.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Mariana Dittel Quesada,
Notaria.—1 vez.—RP2012306536.—(IN2012064024).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 15:00 horas del quince de junio del 2012, donde se protocoliza acuerdos
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada Servicios Computacionales Ceper e Hijos Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-101-262304, donde se acuerda la disolución de la
compañía.—San José, veinticinco de junio del 2012.—Lic. Jaime Garro Canessa,
Notario.—1 vez.—RP2012306537.—(IN2012064025).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 16:30 horas del 21 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Dance
Factory S. A.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Mariana Dittel Quesada,
Notaria.—1 vez.—RP2012306538.—(IN2012064026).
Que Lady Gartorres, Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica tres-uno cero uno-dos nueve siete
cinco tres siete, hace constar que celebró asamblea general ordinaria y
extraordinaria el pasado 12 de junio del 2012, a las diecisiete
horas en su domicilio social.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Manuel
Alberto Umaña Torres, Notario.—1 vez.—RP2012306539.—(IN2012064027).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 10:30 horas del diecinueve de junio del 2012, donde comparecen los socios
de la sociedad Eco Agro Varpe Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-264190 y mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad, se acuerda la disolución de la compañía.—San José,
veinticinco de junio del 2012.—Lic. Jaime Garro Canessa, Notario.—1 vez.—RP2012306540.—(IN2012064028).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 11:30 horas del diecinueve de junio del 2012, donde se protocoliza
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Familia C R Castro Rojas Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-305221, donde se acuerda la disolución de la
compañía.—San José, veinticinco de junio del 2012.—Lic. Jaime Garro Canessa,
Notario.—1 vez.—RP2012306541.—(IN2012064029).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 16:00 horas del quince de junio del 2012, donde se protocoliza acuerdos
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada Distribuidora Dinamo Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-088887, donde se acuerda la disolución de la compañía.—San José,
veinticinco de junio del 2012.—Lic. Jaime Garro Canessa, Notario.—1
vez.—RP2012306542.—(IN2012064030).
Los señores accionistas de la
sociedad Asesoría Comercial Petrova JKTT Limitada, titular de la cédula jurídica tres - ciento dos - trescientos cincuenta y
nueve mil cincuenta y cuatro, acuerdan disolver y desinscribir dicha sociedad
en el Registro Mercantil.—Licda. Yamileh Rodríguez Alfaro, Notaria.—1
vez.—RP2012306543.—(IN2012064031).
Los señores accionistas de la
sociedad Ecoyumbo Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa mil
setecientos sesenta y tres, acuerdan disolver y desinscribir dicha sociedad en
el Registro Mercantil.—Licda. Yamileh Rodríguez Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012306544.—(IN2012064032).
Mediante escritura otorgada en
mi notaría, a las 10:00 horas del 21 de junio del 2012, se otorgó escritura de
disolución de Consorcio Familiar Real Alfaro Acuña S. A., cédula
jurídica 3-101-438533. Los interesados pueden oponerse en el plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Mario Alberto Umaña
Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012306545.—(IN2012064033).
Los señores accionistas de la
sociedad Marcoscenter Limitada, titular de la cédula jurídica tres
ciento dos-doscientos ochenta y cinco mil ochenta y siete, acuerdan disolver y
desinscribir dicha sociedad en el Registro Mercantil.—Licda. Yamileh Rodríguez
Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012306546.—(IN2012064034).
Los señores accionistas de la
sociedad Havigama Limitada, titular de la cédula jurídica tres-ciento
dos-doscientos ochenta y cinco mil ochocientos noventa y dos, acuerdan disolver
y desinscribir dicha sociedad en el Registro Mercantil.—Licda. Yamileh
Rodríguez Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012306547.—(IN2012064035).
Mediante escritura otorgada en
mi Notaría a las 11:00 horas del 20 de junio del 2012, se otorgó escritura de
disolución de Vigilancia Integrada Parra Limitada, cédula jurídica
3-102-237370. Los interesados pueden oponerse en el plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este aviso.—Lic. Mario Alberto Umaña Rojas,
Notario.—1 vez.—RP2012306548.—(IN2012064036).
Mediante escritura otorgada ante
mí, a las dieciséis horas del catorce de junio del año dos mil doce, se acuerda
la disolución y liquidación de la sociedad denominada C V Mareceva Sociedad
Anónima. Presidenta: María Elena Ceciliano Valverde.—San Juan Sur, Cartago,
catorce de junio del año dos mil doce.—Licda. Yirlanny Castro Navarro,
Notaria.—1 vez.—RP2012306549.—(IN2012064037).
Escritura de disolución y
liquidación de Hebillas Rivera y Mendoza Sociedad Anónima, escritura
otorgada en San José, a las 14:00 horas del 21 de junio del año 2012.—San José,
25 de junio del año 2012.—Licda. Ana Giselle Zamora Espinosa, Notaria.—1
vez.—RP2012306550.—(IN2012064038).
Escritura de disolución y
liquidación de Presentaciones Internacionales R M Sociedad Anónima,
escritura otorgada en San José, a las 12:30 horas del 21 de junio del año
2012.—San José, 25 de junio del año 2012.—Licda. Ana Giselle Zamora Espinosa,
Notaria.—1 vez.—RP2012306551.—(IN2012064039).
Por escritura autorizada en esta notaría a las
9:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Grupo Alpino S.
A., en que se disolvió la compañía y se adjudicó único activo a Mauricio Quirós
Acosta.—San José, 22 de junio de 2012.—Lic. Alfonso Herrera Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012306552.—(IN2012064040).
Por escritura autorizada en esta notaría, a las
9:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de La Quinta de
Veintitrés Bis Café S. A., en que se acuerda disolver la sociedad,
adjudicándose la totalidad de sus activos al socio Juan José Herrera
Vargas.—San José, 20 de junio de 2012.—Lic. Carlos Ml. Alvarado Sojo, Notario.—1 vez.—RP2012306553.—(IN2012064041).
Escritura de disolución y liquidación de Auto
Repuestos Japón R J Sociedad Anónima, escritura otorgada en San José, a las
13:00 horas del 21 de junio del año 2012.—San José, 25
de junio del año 2012.—Licda. Ana Giselle Zamora Espinosa, Notaria.—1 vez.—RP2012306554.—(IN2012064042).
Escritura de disolución y liquidación de Repuestos
y Accesorios Reyco Sociedad Anónima, escritura otorgada en San José, a las
12:00 horas del 21 de junio del año 2012.—San José, 25
de junio del año 2012.—Licda. Ana Giselle Zamora Espinosa, Notaria.—1 vez.—RP2012306555.—(IN2012064043).
Por este medio el suscrito notario, hace constar
que a las nueve horas del día veintitrés de junio del dos mil doce, mediante
escritura número dieciséis, otorgada en el tomo siete de mi protocolo, se
protocolizaron acuerdos de asamblea de socios de la sociedad Corporación Rio
Madre del Atlántico Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-dos nueve ocho nueve cuatro cinco, en los que se acuerda la disolución de
la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos
uno, inciso d) del Código de Comercio. Es todo.—Siquirres,
veinticuatro de junio del dos mil doce.—Lic. Geovanny Astúa Arce, Notario.—1 vez.—RP2012306556.—(IN2012064044).
La suscrita Notaria hago constar que a las 8:00
horas del día 22 de junio del año 2012 en la escritura 166-5, se reformó las
clausulas 8 y 9 de Brassert Properties Sociedad Anónima y se nombra de
secretario a Rosette Desireé Brassert.—Licda. Paola
Arias Marín, Notaria.—1
vez.—RP2012306557.—(IN2012064045).
Por este medio el suscrito notario, hace constar
que a las once horas del día veintitrés de junio del dos mil doce, mediante
escritura número diecisiete, otorgada en el tomo siete de mí protocolo, se
protocolizaron acuerdos de asamblea de socios de la sociedad Numa de
Siquirres Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-uno ocho
cero cero seis cuatro, en los que se acuerda la disolución de la sociedad por
acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del
Código de Comercio. Es todo.—Siquirres, veinticuatro
de junio del dos mil doce.— Lic. Geovanny Astúa Arce, Notario.—1
vez.—RP2012306558.—(IN2012064046).
Los señores accionistas de la sociedad Inversiones
Comerciales Con Visión Limitada, titular de la cédula jurídica tres-ciento
dos-trescientos noventa y seis mil cuatrocientos ocho, acuerdan disolver y
desinscribir dicha sociedad en el Registro Mercantil.—Licda.
Yamileh Rodríguez Alfaro, Notaria.—1
vez.—RP2012306559.—(IN2012064047).
Rafael Segura Herrera y Rosa María Pochet Bolaños,
solicitaron la disolución de la sociedad Torre de Jade Sociedad Anónima.—Licda. Grace Mora Acuña, Notaria.—1
vez.—RP2012306560.—(IN2012064048).
Por escritura otorgada a las 11:04 horas del día
20 de junio del año 2012, se disuelve y liquida la siguiente sociedad
mercantil: Arte Creativo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno - ciento cuarenta y cinco mil seiscientos ochenta a
partir del 20 de junio del año 2012. Lo anterior en virtud de acuerdo de socios.—Licda Lauren Leandro Castillo, Notaria.—1
vez.—RP2012306561.—(IN2012064049).
Por escritura otorgada a las nueve horas treinta
minutos del catorce de junio del dos mil doce, ante esta notaría, por acuerdo
de socios se acuerda disolver la sociedad denominada Servicio en Línea de
Costa Rica Sociedad Anónima.—Cartago, quince de junio del dos mil
doce.—Lic. Jorge Monge Jiménez, Notario.—1
vez.—RP2012306562.—(IN20120640450).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario,
número ciento ochenta uno de las diecisiete horas treinta minutos del
veintinueve de mayo del año dos mil doce, se tomó el acuerdo de disolución de
la sociedad Los Nazireos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento
uno-doscientos sesenta y cinco mil novecientos noventa y tres.—Heredia,
primero de junio del año dos mil doce.—Lic. Carlos Alberto Aguilar Vargas,
Notario.—1 vez.—RP2012306565.—(IN20120640451).
Se reforma pacto constitutivo de la sociedad
anónima Multiservicios Vega y Mas Munsa Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veintisiete mil setenta y uno, otorgada
a las catorce horas del veintiuno de junio del año dos mil doce.—Lic. Eric Giovanny Fallas Siles, Notario.—1
vez.—RP2012306567.—(IN20120640452).
Ante mi notaría, al ser la 10:30 horas del 25 de
junio del 2012, se presentan los socios de Comercializadora Costarricense de
Huevos y Derivados Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-448557, a disolver la
sociedad.—Lic. Minor Gerardo Álvarez López, Notario.—1 vez.—RP2012306568.—(IN20120640453).
Ante mi notaría, al ser las 12:14 horas del día 18
de junio del año 2012, se constituyó la sociedad denominada Importaciones
Yacarini Sociedad Anónima, con domicilio en La Trinidad de Moravia, de la Iglesia La Trinidad,
cien metros norte, ciento cincuenta este y setenta y cinco sur, casa número
catorce, cuyos representantes legales son los señores Anthony Will Yacarini
Torres y Jorge Martín Yacarini Torres, cédulas de identidad respectivamente
números: 8-093-913 y 8-095-599, ambos con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Capital
social: cien mil colones.—Lic. Pablo López Vindas,
Notario.—1 vez.—RP2012306570.—(IN20120640454).
Mediante escritura número 201-6, otorgada ante el
notario público José Antonio Pérez Brenes, a las 10 horas 5 minutos del 22 de
junio del 2012, se constituyó la sociedad L & L CORP S.R.L. Plazo
social de cien años. Capital social: diez mil colones. Domicilio social: San
José, Mercedes, Montes de Oca del Banco Bac San José de la Rotonda de la Bandera, setenta y cinco
metros al oeste, Ofiplaza del Este, Edifico C, Bufete A. Guardia, Montes &
Asociados. Gerente: Carolina Montes Solano.—Lic. José
Antonio Pérez Brenes, Notario.—1
vez.—RP2012306573.—(IN20120640455).
Por escritura número 32, otorgada ante el suscrito
notario, a las 11:30 horas del 21 de junio del 2012, se protocolizaron acuerdos
de asamblea general extraordinaria de socios de Bella Vista del Valle
Central Limitada, en los que se acordó la disolución de la sociedad. Cualquier
interesado puede oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en
causa legal o pactada, dentro de los 30 días siguientes a esta publicación.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Marco Antonio Jiménez
Carmiol, Notario.—1
vez.—RP2012306576.—(IN20120640456).
Ante mi notaría, por escritura número 207,
otorgada a las 12:00 horas, del día catorce de junio del año dos mil doce, el
señor Noé Rodríguez Espinoza, en su calidad de socio de la empresa de esta
plaza Bienes Inmuebles Las Tres Letras, Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-375421, mediante la cual se acordó la disolución de la
sociedad por no tener actividad.—San José, 25 de junio
del año 2012.—Lic. Alexander Eduardo Rojas Salas, Notario.—1
vez.—RP2012306577.—(IN20120640457).
Por escritura número 33 otorgada ante el suscrito
notario, a las 11:45 horas del 21 de junio del 2012, se protocolizaron acuerdos
de asamblea general extraordinaria de socios de Transportes El Rosario
Sociedad Anónima, en los que se acordó la disolución de la sociedad. Cualquier
interesado puede oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en
causa legal o pactada, dentro de los 30 días siguientes a esta publicación.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Marco Antonio Jiménez
Carmiol, Notario.—1
vez.—RP2012306578.—(IN20120640458).
El notario Harold Núñez Muñoz, protocolizó en San
José, a las 8:00 horas del 25 de junio del 2012, acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de Fumy Control S. A., en donde se acordó
la disolución de la empresa.—San José, 25 de junio del
2012.—Lic. Harold Núñez Muñoz, Notario.—1
vez.—RP2012306579.—(IN20120640459).
Por escritura número ciento setenta y siete,
otorgada a las nueve horas del día veinticinco de junio del dos mil doce, ante
este notario, se procede a la disolución de la sociedad Centro de
Iluminación El Dorado Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
tres-ciento uno-ciento veinte mil quinientos cuarenta y siete.—San José, 25 de
Junio de 2012. Teléfono 2593-0101.—Lic. Alberto
Acevedo Gutiérrez, Notario.—1
vez.—RP2012306580.—(IN20120640460).
Por escritura número ciento setenta y ocho,
otorgada a las nueve horas treinta minutos del día veinticinco de junio del dos
mil doce, ante este notario, se procede a la disolución de la sociedad Corporación
Eléctrica Superior Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos noventa mil ciento sesenta y cinco. Teléfono 2593-0101.—San José, 25 de junio de 2012.—Lic. Alberto Acevedo
Gutiérrez, Notario.—1
vez.—RP2012306581.—(IN20120640461).
Al ser las 13:00 horas del día
de hoy, la empresa Finsa S. A., cédula jurídica 3-101-005417, modifica
las cláusulas 2, 12, 14 y 15 del pacto constitutivo y nombra nueva junta
directiva.—San José 19 de junio del 2012.—Lie. German Vega Ugalde, Notario.—1
vez.—RP2012306666.—(IN2012064137).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 17:00 horas del 20 de junio del 2012, los socios de Ana Dos B Ltda,
acordaron su disolución y liquidación, según artículo 201 inciso d) del Código
de Comercio. Este aviso se realiza conforme lo estipulado en el artículo 207
del Código de Comercio.—Lic. Priscilla Soto Quirós, Notaria.—1
vez.—RP2012306667.—(IN2012064138).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 19:00 horas del 20 de junio del 2012, el socio de la sociedad Grupo
Peba S. A., acordó su disolución y liquidación, según artículo 201 inciso
d) del Código de Comercio. Este aviso se realiza conforme lo estipulado en el
artículo 207 del Código de Comercio.—Lic. Priscilla Soto Quirós, Notaria.—1
vez.—RP2012306668.—(IN2012064139).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 7:00 horas del 19 de junio del 2012, los socios de las siguientes
sociedades: Fregui R & R Sociedad Anónima, Seguridad Privada El
Sol Sociedad Anónima, Galea Azul Sociedad Anónima y Farmacia Sol
Central C C Sociedad Anónima, acordaron su disolución y liquidación,
según artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Este aviso se realiza
conforme lo estipulado en el artículo 207 del Código de Comercio.—Lic.
Priscilla Soto Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012306670.—(IN2012064140).
Por escritura otorgada a las
once horas del veinticinco de junio, se solicita disolver la sociedad
denominada Puente Encantado S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis.—Tres Ríos, 25 de
junio del 2012.—Lic. Roxana Sanabria Castillo, Notaria.—1
vez.—RP2012306672.—(IN2012064141).
Por escritura otorgada a las
ocho horas del dieciocho de junio, se solicita disolver la sociedad denominada Aries
Condino S.A,, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento treinta y cuatro mil
ochocientos noventa y cinco.—Tres Ríos, 25 de junio del 2012.—Lic. Roxana
Sanabria Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2012306673.—(IN2012064142).
Por escritura otorgada a las
ocho horas del veintidós de junio, se solicita disolver la sociedad denominada Vista
de la Hacienda Dos
S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos veinticuatro mil
novecientos setenta y seis.—Tres Ríos, 25 de junio del 2012.—Lic. Roxana
Sanabria Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2012306674.—(IN2012064143).
Por escritura otorgada a las
nueve horas del dieciocho de junio, se solicita disolver la sociedad denominada
Industrial Ascor S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos
dieciséis mil seiscientos noventa y siete.—Tres Ríos, 25 de junio del
2012.—Lic. Roxana Sanabria Castillo, Notaria.—1
vez.—RP2012306675.—(IN2012064144).
Mediante asamblea general
extraordinaria de socios de la empresa RM Aseco Ciencias Contables y
Tecnológicas S. A., cédula jurídica 3-101-344633, se disuelve la sociedad.
Es todo.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Mario Alberto Piña Líos,
Notario.—1 vez.—RP2012306676.—(IN2012064145).
Por escritura otorgada a las
diez horas del veinticinco de junio, se solicita disolver la sociedad
denominada Senderos Montañosos S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-trescientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos siete.—Tres Ríos, 25 de
junio del 2012.—Lic. Roxana Sanabria Castillo, Notaria.—1
vez.—RP2012306677.—(IN2012064146).
Mediante asamblea general
extraordinaria de socios de la empresa E M Murillo y Asociados S. A.,
cédula jurídica 3-101-340.289, se disuelve la sociedad. Es todo.—San José, 18
de junio del 2012.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1
vez.—RP2012306678.—(IN2012064147).
Mediante asamblea general
extraordinaria de socios de la empresa Ciru Dent S. A., cédula jurídica
3-101-525458, se disuelve la sociedad. Es todo.—San José, 18 de junio del
2012.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1
vez.—RP2012306679.—(IN2012064148).
Mediante asamblea general
extraordinaria de socios de la empresa Espinoza Jackson Consultores y
Asociados S. A., cédula jurídica 3-101-337.391, se disuelve la sociedad. Es
todo.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1
vez.—RP2012306680.—(IN2012064149).
A las once horas del veinticinco
de junio del dos mil doce, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de
la sociedad Paisajes de la
Tierra Mía S. A., donde se acordó disolver la sociedad de
acuerdo con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio.—Cartago,
veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora, Notario.—1
vez.—RP2012306681.—(IN2012064150).
Mediante asamblea general
extraordinaria de socios de la empresa Al Asif Consultorías Contables S. A.,
cédula jurídica 3-101-340349, se disuelve la sociedad. Es todo.—San José, 18 de
junio del 2012.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1
vez.—RP2012306682.—(IN2012064151).
A las diez horas del veinticinco
de junio del dos mil doce, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de
la sociedad Playas y Montañas por la Dolce Vita S. A., donde se acordó disolver la
sociedad de acuerdo con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de
Comercio.—Cartago, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Ramón
Arias Mora, Notario.—1 vez.—RP2012306683.—(IN2012064152).
Mediante escritura número
doscientos cuarenta y nueve, se disuelve Clínica Odontológica Juca Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y
ocho mil trescientos noventa y cuatro.—San José, doce de junio del dos mil
doce.—Lic. Ericka María Castro Argüello, Notaria.—1
vez.—RP2012306684.—(IN2012064153).
Por asamblea general
extraordinaria de la sociedad denominada Centro Psicológico y de Desarrollo
Integral Nirvana Sociedad Anónima, se procedió a realizar la disolución de
la misma a partir del treinta y uno de mayo del dos mil doce.—Lic. Senia
Rodríguez Arias, Notaria.—1 vez.—RP2012306688.—(IN2012064154).
Por acuerdo unánime de socios de
la sociedad Grupo de Comercialización y Diversión Veinte de Agosto S. A.,
cédula jurídica 3-101-539234, se procede a realizar la disolución de la misma a
partir del 22 de junio del 2012.—Lic. Isel Robles Villalobos, Notaria.—1
vez.—RP2012306689.—(IN2012064155).
Por acuerdo unánime de socios de
la sociedad Comercializadora Barval de Costa Rica S. A., cédula jurídica
3-101-411158, se procede a realizar la disolución de la misma a partir del 22
de junio del 2012.—Lic. Isel Robles Villalobos, Notaria.—1
vez.—RP2012306690.—(IN2012064156).
Por acuerdo unánime de socios de
la sociedad Soluciones Técnicas Industriales del Itsmo Limitada, cédula
jurídica 3-102-202687, se procede a realizar la disolución de la misma a partir
del 22 de junio del 2012.—Lic. Isel Robles Villalobos, Notaria.—1
vez.—RP2012306691.—(IN2012064157).
Por escritura otorgada por el
suscrito notario a las 13:00 horas del 22 de junio del 2012, se acordó la
disolución de Multiservicios Bustari S. A.—Lic. José Andrés Esquivel
Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012306693.—(IN2012064158).
Por escritura otorgada por el
suscrito notario a las 11:00 horas del 22 de junio del 2012, se acordó la
disolución de Inversiones Aguilar y Aragón S. A.—Lic. José Andrés
Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012306694.—(IN2012064159).
Por escritura otorgada por el
suscrito notario a las 10:00 horas del 22 de junio del 2012, se acordó la
disolución de Pato Pinto S. A.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves,
Notario.—1 vez.—RP2012306695.—(IN2012064160).
La suscrita notaria Marta Emilia
Rojas Carranza, constituí sociedad anónima siendo su denominación social la
cédula jurídica que le otorgue el Registro Nacional, Registro de Personas
Jurídicas, ello conforme al decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta
y uno-J, publicado en La
Gaceta ciento catorce del catorce de junio del dos mil
seis. Con un capital social de cien mil colones y un plazo social de noventa y
nueve años. Es todo.—Palmares, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic.
Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012306696.—(IN2012064161).
Por escritura otorgada por el suscrito
notario a las 9:00 horas del 22 de junio del 2012, se acordó la disolución de la Compañía Constructora
Olman Aguilar S. A.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1
vez.—RP2012306697.—(IN2012064162).
Por escritura otorgada por el
suscrito notario a las 8:00 horas del 21 de junio del 2012, se acordó la
disolución de Inversiones Herbosa Inc S. A.—Lic. José Andrés
Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012306698.—(IN2012064163).
En mi notaría la sociedad Inversiones
Favisa del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-uno seis
uno uno cinco tres, por acuerdos de socios se disuelve la sociedad. Es
todo.—San Ramón de Alajuela, a las once horas del veinticinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Alan Cordero Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012306699.—(IN2012064164).
Ante esta notaría mediante
escritura número 119-4 de las ocho horas del veinticinco de junio del dos mil
doce, se protocolizó acta de disolución de la sociedad anónima denominada Soluranas
S.A., cédula jurídica 3-101-570911, por lo que se ordena su respectiva
publicación de ley para lo que en derecho corresponda.—Atenas, 25 de junio del
2012.—Lic. Cristian Alejandro Chaverri Acosta, Notario.—1
vez.—RP2012306700.—(IN2012064165).
Ante esta notaría mediante
escritura número 120-4 de las ocho horas treinta minutos del veinticinco de
junio del dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de la sociedad
anónima denominada Mayfra Z.F.R. S. A., cédula jurídica 3-101-458765,
por lo que se ordena su respectiva publicación de ley para lo que en derecho
corresponda.—Atenas, 25 de junio del 2012.—Lic. Cristian Alejandro Chaverri
Acosta, Notario.—1 vez.—RP2012306702.—(IN2012064166).
Ante esta notaría el día de hoy
se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Q.F. Products S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil ciento setenta y cuatro, en la que se
disuelve y queda debidamente liquidada.—San José, 24 de junio de 2012.—Lic.
Roberto Castillo Castro, Notario.—1 vez.—RP2012306703.—(IN2012064167).
Por escritura otorgada por la
suscrita Dafne Lizette Blanco Varela, a las doce horas del veintidós de junio
de dos mil doce, se modificaron las cláusulas del domicilio y de la
representación de la sociedad tres-ciento uno-quinientos noventa mil
setecientos sesenta y seis sociedad anónima.—San José, veintidós de junio
del dos mil doce.—Lic. Dafne Lizette Blanco Varela, Notaria.—1
vez.—RP2012306704.—(IN2012064168).
Que por escritura número
cincuenta y ocho-uno, otorgada ante esta notaría a las diecinueve horas del
trece de junio del dos mil doce, se aprueba la disolución de Plaza Florencia
JMAK S.A., cédula tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y siete mil
quinientos ochenta.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Rebeca
María Arias Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012306705.—(IN2012064169).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las nueve horas con treinta minutos del veinticinco de junio del dos
mil doce, se protocolizó acta de asamblea de socios de la empresa Breal
Mercantil Sociedad Anónima, para su disolución.—San José, 25 de
junio del 2012.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1
vez.—RP2012306706.—(IN2012064170).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las quince horas con veinte minutos del veintidós de junio del dos
mil doce, se protocolizó acta de asamblea de socios de la empresa Roelvi del
Norte Sociedad Anónima, Para su disolución.—San José, 25 de junio
del 2012.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1
vez.—RP2012306707.—(IN2012064171).
Ante esta notaría se constituyó
la sociedad denominada Mendezu M Y Z Sociedad Anónima, con un capital
social de diez mil colones, domiciliada en La Fresca de Lepanto, Puntarenas distrito cuarto
Lepanto, del cantón primero Puntarenas de la provincia de Puntarenas, contiguo
a la escuela, casa color crema, cuyo presidente es José Luis Méndez
Artavia.—Jicaral, 22 de junio del 2012.—Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas,
Notario.—1 vez.—RP2012306708.—(IN2012064172).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 9:30 horas del 25 de junio del 2012, se protocolizó el acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Cer Cero Cero
Achatadera S. A., donde se modifica la cláusula segunda del pacto
social.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Melania Campos Lara, Notaria.—1
vez.—RP2012306711.—(IN2012064173).
Por escritura otorgada ante esta
notaría en fecha veinte de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada: Auto Futuro Prazu
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
ochenta y ocho mil trescientos veintiocho, mediante la cual se acuerda la
disolución de la misma conforme al artículo 201 inciso d del Código de
Comercio.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Orlando José Díaz Hernández,
Notario.—1 vez.—RP2012306712.—(IN2012064174).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 9:00 horas del 25 de junio del 2012, se protocolizó el acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Costa
Esterillos Estates Teurcio Trescientos Cincuenta y Uno S. A., donde se
modifica la cláusula segunda del pacto social.—San José, 25 de junio del
2012.—Lic. Melania Campos Lara, Notaria.—1 vez.—RP2012306713.—(IN2012064175).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 8:00 horas del 25 de junio del 2012, se protocolizó el acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Costa
Esterillos Estates Piscuala Ciento Noventa y Seis S. A., donde se modifica
la cláusula segunda del pacto social.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic.
Melania Campos Lara, Notaria.—1 vez.—RP2012306714.—(IN2012064176).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 8:30 horas del 25 de junio del 2012, se protocolizó el acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Costa
Esterillos Estates Lampaza Ciento Noventa y Uno S. A., donde se modifica la
cláusula segunda del pacto social.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Melania
Campos Lara, Notaria.—1 vez.—RP2012306716.—(IN2012064177).
Por escritura otorgada por el
suscrito notario Omar Ayales Aden, a las doce horas del diecinueve de junio del
dos mil doce, protocolicé la constitución de una sociedad de responsabilidad
limitada cuya razón social será e-Relativity S.R.L, su domicilio social
será Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, Centro Comercial
Pacífico, local número cuatro, oficina de Solers Abogados, su capital social
será sesenta mil colones, su plazo será noventa y nueve años a partir de su
constitución y su administración estará a cargo de un gerente y un subgerente a
quienes les corresponderá la representación judicial y extrajudicial con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Playas del Coco,
diecinueve de junio de dos mil doce.—Lic. Omar Ayales Aden, Notario.—1
vez.—RP2012306717.—(IN2012064178).
Ante esta notaría se protocolizó
y constituyó la sociedad denominada Conversiones Ecológicas de Costa Rica
Sociedad Anónima. Notarios: Francinie Castillo Ramos y José Eduardo Díaz
Canales.—Guápiles de Pococí, 21 de junio del 2012.—Lic. José Eduardo
Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2012306720.—(IN2012064179).
En mi notaría se ha procedido a
otorgar la escritura por medio de la cual el representante de la entidad cuya razón
social es: Importaciones Escandinavas Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos catorce mil quinientos
cincuenta y siete, estando debidamente autorizado por la asamblea de socios y
por no haber realizado desde su constitución, actividad comercial alguna
acuerdan su disolución de conformidad con la estipulación constante y vigente,
en el artículo doscientos uno del Código de Comercio vigente a la
fecha.—Cartago, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. José Gerardo Coto Mora,
Notario.—1 vez.—RP2012306721.—(IN2012064180).
Ante mí, Zaida Valderrama
Rodríguez notaria pública de Alajuela, a las 8 horas del 21 de junio del 2012,
se disolvió la empresa Condominio Montecristo Estilo Elba Bloque B-Décimo
Primero S. A., cédula jurídica número 3-101-380575.—Alajuela, 21 de junio
del 2012.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1
vez.—RP2012306723.—(IN2012064181).
Ante mí, Zaida Valderrama
Rodríguez notaria pública de Alajuela, a las 16 horas del 20 de junio del 2012
se disolvió la empresa Camen Belén S. A., cédula jurídica número
3-101-139277.—Alajuela, 20 de junio del 2012.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—RP2012306724.—(IN2012064182).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las dieciséis horas treinta minutos del dieciocho de junio del dos
mil doce el señor José Eduardo Morales Román, mayor, soltero, contador público,
con cédula número: cinco-dos tres ocho-dos seis cinco, vecino de Alajuela
centro, ciento veinticinco metros sur del Banco Popular, renunció a la
presidencia de la junta directiva de la entidad denominada Success Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-doscientos sesenta y
dos mil setecientos setenta y cuatro.—Alajuela, 18 de junio del 2012.—Lic.
Hernán Fernando León Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012306725.—(IN2012064183).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las quince horas diecisiete minutos del diecinueve de junio del dos
mil doce, se acordó disolver la entidad denominada Ruskos Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número: tres-ciento uno-trescientos setenta y ocho mil
cuatrocientos cincuenta y seis por acuerdo de socios, de conformidad con el
artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Alajuela, 19 de
junio del 2012.—Lic. Hernán Fernando León Chaves, Notario.—1
vez.—RP2012306726.—(IN2012064184).
Por escritura de las 19:00 horas
del 23 de junio del 2012, la asamblea de socios acordó disolver y liquidar la
sociedad: Royro Servicios Generales J A Y W S. A., cédula
3-101-504243.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2012306727.—(IN2012064185).
Por escritura de las 21:00 horas
del 15 de junio del 2012, la asamblea de socios acordó disolver la sociedad: 3-102-462037
S.R.L., cédula 3-102-462037.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2012306728.—(IN2012064186).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las quince horas siete minutos del 19 de junio del 2012, se acordó
disolver la entidad denominada Las Astromelias Sociedad Anónima, con
cédula jurídica: tres-ciento uno-trescientos setenta y siete mil novecientos
treinta y siete, por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo 201
inciso d del Código de Comercio.—Alajuela, 19 de junio del 2012.—Lic. Hernán
Fernando León Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012306729.—(IN2012064187).
Por escritura de las 20:00 horas
del 15 de junio del 2012, la asamblea de socios acordó disolver la sociedad: Asesoría
de Contabilidad y Asuntos Financieros Acontafi S. A., cédula
3-101-101331.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012306730.—(IN2012064188).
Por escritura otorgada en esta
notaría en San José, a las once horas del dieciocho de junio del dos mil doce,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad
denominada Bound For Paradise S. A., se revocan los cargos de
presidente, secretario, tesorero y fiscal y se nombran nuevos en los cargos
vacantes, se nombra agente residente.—San José, veinte de junio del dos mil
doce.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—RP2012306731.—(IN2012064189).
Por escritura de las 20:00 horas
del 21 de junio del 2012, la asamblea de socios acordó disolver la sociedad: Inversión
Total Ismec S. A., cédula 3-101-242889.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez
Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012306732.—(IN2012064190).
Por escritura de las 19:00 horas
del 21 de junio del 2012, se constituyó la sociedad: Grupo SSMD S. A.
Domicilio: San José. Presidenta: Sonia Chavarría Ledezma.—Lic. Maynor Ignacio
Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012306733.—(IN2012064191).
Por escritura otorgada a las
doce horas del veintidós de junio, se solicita fusionar las sociedades
denominadas Samuel Víquez S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero
sesenta y siete mil seiscientos sesenta y cuatro, Devilma S. A., cédula
jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y ocho mil quinientos cuarenta y
siete, Agro Dika S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-dieciocho mil
quinientos cuarenta, Inmobiliaria Río Chiquito de La Unión S. A., cédula
jurídica tres-ciento uno-trescientos veinticuatro mil doscientos treinta y Corporación
Comercial Santa Marta S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ochenta y tres
mil cuatrocientos cuatro, mediante la absorción de la quinta por el resto de la
sociedades, se modifica la cláusula quinta del pacto social de Corporación
Comercial Santa Marta S. A., aumentando el capital social.—Tres Ríos, 25 de
junio del 2012.—Lic. Roxana Sanabria Castillo, Notaria.—1
vez.—RP2012306734.—(IN2012064192).
Por escritura otorgada ante mí a
las 18:00 horas del 20 de junio del 2012, se constituyó Servicios Técnicos
Digitales Universales STDU S. A. Presidente y secretario con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: San José.
Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—San José, 20 de junio del
2012.—Lic. Gabriel Álvarez Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012306737.—(IN2012064193).
Por escritura número ciento
uno-dos del tomo segundo, a las 8 horas del 25 de junio del 2012, ante la
notaria Gloriana Monge Muñoz y por escritura número noventa y cuatro-undécimo
del tomo undécimo a las 9 horas del 25 de junio del 2012, otorgada ante la
notaria Kembly Mora Salas, respectivamente se van a disolver las sociedades: Idoneus
Soluciones Sociedad Responsabilidad Limitada y Costa Rica Invesments A
Limited Liabily Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Grecia de
Alajuela, 25 de junio de 2012.—Lic. Gloriana Monge Muñoz, Notaria.—1
vez.—RP2012306738.—(IN2012064194).
Asamblea extraordinaria de
accionistas de Grankeys Ventures S. A., se acuerda disolver la sociedad
de conformidad con el Código de Comercio y la Ley nueve mil veinticuatro. Escritura otorgada en
San José, a las catorce horas del veintitrés de junio del dos mil doce.—Lic.
Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—RP2012306739.—(IN2012064195).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las catorce horas cuarenta minutos del diecinueve de junio del dos
mil doce, se acordó disolver la entidad denominada Inversiones Vealso
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos
veinticinco mil ochocientos cuarenta y uno, por acuerdo de socios de
conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de
Comercio.—Alajuela, 19 de junio del 2012.—Lic. Hernán Fernando León Chaves,
Notario.—1 vez.—RP2012306740.—(IN2012064196).
Corporación Leiva y López
Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número 3-101-594557, acuerda la disolución de la
sociedad de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio y
prescinde del nombramiento de liquidador conforme se establece en el acta
constitutiva, por no existir activos ni pasivos que liquidar.—Cartago, 25 de
junio de 2012.—Lic. Alejandra Rojas Carballo, Notaria.—1
vez.—RP2012306741.—(IN2012064197).
Kalelo Inversiones Sociedad
Anónima, cédula
de persona jurídica número 3-101-405448, acuerda la disolución de la sociedad
de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio y prescinde
del nombramiento de liquidador conforme se establece en el acta constitutiva,
por no existir activos ni pasivos que liquidar.—Cartago, 25 de junio de
2012.—Lic. Alejandra Rojas Carballo, Notaria.—1
vez.—RP2012306743.—(IN2012064198).
Por escritura número ciento
setenta y seis, otorgada ante mí, a las doce horas del siete de junio del dos
mil doce, se disolvió la sociedad Inversiones Parini S. A., cédula de
persona jurídica tres-ciento uno-ciento noventa y siete mil ciento veintiséis,
sesión celebrada el veintiocho de marzo del dos mil doce.—San José, veintidós
de junio del dos mil doce.—Lic. Yendry Gutiérrez Bermúdez, Notaria.—1
vez.—RP2012306744.—(IN2012064199).
Por escritura otorgada ante esta
notaría se disuelven las sociedades Iussum Business Solutions S. A. y Iussum
Business Solutions S. A. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas
del 7 de junio del 2012.—Lic. Édgar Hernández Mora, Notario.—1
vez.—RP2012306745.—(IN2012064200).
En la notaría compareció Melvin
Alpízar Guzmán, a protocolizar acuerdos de asamblea general extraordinaria a
las catorce horas del quince de junio del dos mil doce, en donde se disuelve la
sociedad Comercial Bioriolus L.C. Sociedad Anónima.—Lic. José Luis Monge
Fernández, Notario.—1 vez.—RP2012306746.—(IN2012064201).
Por escritura otorgada ante esta
notaría se disuelve la sociedad Techno City del Este S.R.L. Escritura
otorgada en San José, a las trece horas del 20 de junio del 2012.—Lic. Édgar
Hernández Mora, Notario.—1 vez.—RP2012306747.—(IN2012064202).
Por escritura otorgada ante esta
notaría se disuelve la sociedad Mensajería Tenorio & Villalobos S. A.
Escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas del 4 de junio del
2012.—Lic. Édgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—RP2012306748.—(IN2012064203).
Ante mi notaría Eugene Eleuthere
(nombre) Pollock (apellido), solicita disolución de Calakmul Sociedad
Anónima. Escritura pública otorgada en San José, a las nueve horas del
veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Jimmy Monge Sandí, Notario.—1
vez.—RP2012306751.—(IN2012064204).
Por esta notaría se protocoliza
actas de asamblea general de socios de las sociedades anónimas Primos
Felices S. A., Argent Capital S. A. e Isla Damas de la Fantasi S. A., Mega
Porte S. A. y Los Mitos de Atenas S. A., se solicita la disolución y
la sociedad Argent Capital S. A., nombra junta directiva y fiscal de la Federación de
Mutuales de Ahorro y Préstamo de Costa Rica, se nombra junta
directiva y fiscal.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Eric Vizcaíno Dávila,
Notario.—1 vez.—RP2012306752.—(IN2012064205).
Se acuerda disolución de
sociedad denominada Autos Pollon E.C.R Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos veintinueve mil ochocientos
treinta y dos. Otorgada en San Isidro de Alajuela, a las doce horas del quince
de junio del dos mil doce.—Alajuela, 22 de junio del 2012.—Lic. Beatriz Saborío
Álvarez, Notaria.—1 vez.—RP2012306753.—(IN2012064206).
El día de hoy en mi notaría se
constituyó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Servicios
de Contabilidad Gerencial S. A., cédula tres-ciento uno-ciento cuarenta y
siete mil trescientos noventa y cinco, acta en la cual por unanimidad de socios
se acordó la disolución de dicha sociedad.—San Ramón de Alajuela, a las trece
horas del veintitrés de junio del dos mil doce.—Lic. Guadalupe Lorena Valverde
Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012306754.—(IN2012064207).
Por escritura de las 9:00 horas
del 25 de junio de 2012 otorgada ante esta notaría pública, se solicita se
declare la disolución de la sociedad Bassher Ayarco Sociedad Anónima.—25
de junio de 2012.—Lic. Benjamín Gutiérrez Contreras, Notario.—1
vez.—RP2012306755.—(IN2012064208).
Por escritura otorgada a las
16:00 horas del 22 de junio del 2012, mediante escritura número 256, se acuerda
disolver la sociedad Rodríguez Colón Promotores Limitada, cédula
jurídica Nº 3-102-079529, domiciliada en Heredia, Residencial Los
Arcos.—Naranjo, 22 de junio del 2012.—Lic. Olga Fernández Sibaja, Notaria.—1
vez.—RP2012306756.—(IN2012064209).
Por medio de escritura otorgada
en San José, a las 10:00 horas del 4 de mayo del 2012, se liquidó la empresa
denominada Servicios Jurídicos Sava Sociedad Anónima.—San José, 4 de
mayo del 2012.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1
vez.—RP2012306757.—(IN2012064210).
Ante esta notaría se procede a
la disolución de la sociedad Centro de Herramientas y Maquinaria del Este
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
ochenta y tres mil cero cero tres.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Óscar
Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2012306758.—(IN2012064211).
Ante esta notaría se procede a
la disolución de la sociedad Distribuidora Ferretera ARSA Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta mil
cuatrocientos cincuenta y uno.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Óscar Sáenz
Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2012306760.—(IN2012064212).
Ante esta notaría se procede a
la disolución de la sociedad Consorcio Salas Ledezma Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos doce mil doscientos
cuarenta y siete.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Óscar Sáenz Ugalde,
Notario.—1 vez.—RP2012306761.—(IN2012064213).
Ante esta notaría, se procede a
la disolución de la sociedad Inversiones Xalache Sociedad Anónima, con
cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y cinco mil
doscientos cincuenta y nueve.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Óscar Sáenz
Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2012306762.—(IN2012064214).
Las sociedades Distribuidora
Oriental Chan Figueroa, cédula jurídica 3101068880, Panadería Pan de
Vida S. A., cédula jurídica 3101496523, Cien Punto Tres FM La Paz del Dial S. A.,
cédula jurídica 3101297175, Siburzorg S. A., cédula jurídica 3101238023,
y Barquero y Salazar S. A., cédula jurídica 31010722504,
solicitan su disolución.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Gustavo Adolfo
Moncada Mora, Notario.—1 vez.—RP2012306763.—(IN2012064215).
Por escritura otorgada ante esta
notaría el de hoy se disolvió la sociedad; Repuestos La Paulina Sociedad
Anónima.—San José, treinta de abril del dos mil doce.—Lic. Joel Valverde
Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012306764.—(IN2012064216).
En mi notaría por escritura
pública número ochenta y tres-nueve, de las 12:00 horas del 22/6/2012,
protocolicé, cambio de fiscal y secretario, en Century Procesamiento S. A.,
cédula jurídica 3-101-857-355.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Luis Diego
Hidalgo Rivera, Notario.—1 vez.—RP2012306765.—(IN2012064217).
En mi notaría se ha procedido a
modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo de Ingenería P C R
Sociedad Anónima, aumentando el capital social de sesenta mil colones
exactos a la suma de veinte millones de colones, representado por diez acciones
comunes y nominativas de dos millones de colones cada una íntegramente
suscritas y pagadas, mediante dos letras de cambio, quedando distribuido de la
siguiente manera: Alfonso Gerardo Mora Rojas, cédula 1-742-394 el cual suscribe
y paga cinco acciones; Vilma Patricia Prada Monge, cédula 1-971-819 la cual
suscribe y paga cinco acciones.—San José, veinticinco de junio de dos mil
doce.—Lic. Mirta Elizabeth Sequeira Torres, Notaria.—1
vez.—RP2012306766.—(IN2012064218).
Ante la notaría de la Licenciada Yannory
Triunfo Otoya, se reformó la cláusula sexta y décima tercera del pacto
constitutivo de la sociedad Creanimación Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y dos mil doscientos
veinticinco.—San José, veintiuno de junio de dos mil doce.—Licda. Yannory
Triunfo Otoya, Notaria.—1 vez.—RP2012306767.—(IN2012064219).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a
las 14:00 horas del 22 de junio del 2012, se protocolizaron acuerdos de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Comedores
Institucionales Chateau Ltda, mediante los cuales, se acordó disolver y
liquidar la sociedad.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Jessica Ward Campos,
Notaria.—1 vez.—RP2012306768.—(IN2012064220).
Inmobiliaria VSD del Pacífico
Inc Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno -doscientas cuarenta y seis
mil trescientos once, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y
siete mil quinientos cuarenta y uno acuerdan fusionarse, prevaleciendo Productos
de Concreto de Costa Rica PCC S. A., según escritura número sesenta y dos,
tomo primero del protocolo del Lic. Carlos González Sáenz, fax 2271-2061.—Lic.
Carlos González Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012306769.—(IN2012064221).
Por escritura otorgada por el
suscrito notario a las 18:00 horas del 19 de junio del 2012, se acordó la
disolución de Procol Proyectos Colón S. A.—Lic. José Andrés Esquivel
Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012306770.—(IN2012064222).
Alex Fernández González y Joe
Díaz Valladares, solicitan desinscripción de Zazfull S. A., cédula
jurídica número 3-101-348240, fax 2222-8897.—Lic. Carlos González Sáenz,
Notario.—1 vez.—RP2012306771.—(IN2012064223).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a
las 15:00 horas del 22 de junio del 2012, se protocolizaron acuerdos de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Hammersmith Flats Ltda,
mediante los cuales, se acordó disolver y liquidar la sociedad.—San José, 22 de
junio del 2012.—Lic. Jessica Ward Campos, Notaria.—1
vez.—RP2012306772.—(IN2012064224).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a
las 14:30 horas del 22 de junio del 2012, se protocolizaron acuerdos de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Notting Hill
Estate Ltda, mediante los cuales, se acordó disolver y liquidar la sociedad.—San
José, 22 de junio del 2012.—Lic. Jessica Ward Campos, Notaria.—1
vez.—RP2012306773.—(IN2012064225).
Por escritura otorgada por el
suscrito notario a las 17:00 horas del 19 de junio del 2012, se acordó la
disolución de Importaciones Aguilei S. A.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves,
Notario.—1 vez.—RP2012306774.—(IN2012064226).
Por escritura otorgada por el
suscrito notario a las 12:00 horas del 22 de junio del 2012, se acordó la
disolución de Alquileres y Eventos GDS S. A.—Lic. José Andrés
Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012306775.—(IN2012064227).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las dieciséis horas del veinticuatro de junio del dos mil doce, se
protocolizó la declaración jurada de socios de la compañía Kasagodu Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y
cuatro mil diez, en donde se disuelve la sociedad anónima.—San José,
veinticinco de junio del dos mil doce.—Licda. Elizabeth Chan Chan, Notaria.—1
vez.—RP2012306777.—(IN2012064228).
En mi notaría se protocolizaron
acuerdos de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza
denominada Kefraal S.A., mediante escritura número setenta y
siete-dieciséis al ser las doce horas con treinta y tres minutos del
veinticinco de junio del año dos mil doce, consistente en cambio de junta
directiva.—Licda. María del Pilar Mora Navarro, Notaria.—1
vez.—RP2012306778.—(IN2012064229).
Ante esta notaría se otorgó la
escritura número doscientos veintitrés-dos, donde la sociedad Avant
Consulting Group Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-doscientos noventa y nueve mil novecientos cuarenta y nueve,
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas en la cual
se acuerda disolver la sociedad, se nombra liquidador. El liquidador muestra el
último balance general con cierre al 30 de setiembre de 2011, que muestra un
patrimonio de noventa mil colones, como único haber a favor de los socios, y se
procede con la liquidación a los socios. Se comunica a todos los interesados
para que a partir de los treinta días siguientes de esta publicación, procedan
si a bien lo tienen de conformidad con lo dispuesto en el artículo doscientos
siete del Código de Comercio, hacer llegar sus oposiciones.—San José, veintiuno
de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Hidalgo Matlock, Notario.—1
vez.—RP2012306779.—(IN2012064230).
La suscrita notaria pública
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Multiservicios León y
Granada S. A., celebrada el 16 de mayo del 2012, mediante la cual se
reforma el pacto social, además se nombra junta directiva y fiscal.—San José,
19 de junio del 2012.—Lic. Xinia Ma. Meléndez Sánchez, Notaria.—1
vez.—RP2012306781.—(IN2012064231).
Sara y Andrew Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-293333,
han acordado su disolución. Escritura 209 otorgada en San José a las 8:00 horas
del 15 de junio 2012.—Licda. Xinia María Meléndez Sánchez, Notaria.—1
vez.—RP2012306782.—(IN2012064232).
Ante mí, Maricruz Uba Loaiza,
notaria publica con oficina abierta en la cuidad de Cartago, se acuerda
liquidar la sociedad Plaza Group Business Solution Consosorcio Internacional,
inscrita con el número de cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos
veintisiete mil veintiuno. En la cuidad de Cartago, al ser las diecisiete horas
del doce de junio del dos mil doce.—Licda. Maricruz Uba Loaiza, Notaria.—1
vez.—RP2012306783.—(IN2012064233).
Por escritura número: 113-2012,
de las 10:00 horas del 1 de junio del 2012, del tomo cuatro, se protocolizó
acta número dos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria
Ibérica de San José S. A., cédula jurídica 3-101-3187541, donde se hacen
nuevos nombramientos en su junta directiva: presidenta: María de las Nieves
Sánchez Cantillano, cédula de identidad 1-640-519, mayor, divorciada una vez,
vecina de San José Moravia, en Residencial La Guaria Orienta,.
Secretario: Guillermo Antonio Sánchez Cantillano, cédula de identidad
9-058-284, mayor, casado una vez, vecino de San Pedro en Lourdes de Montes de
Oca.—San José 25 de abril del 2012.—Licda. Carmen María Arana Gómez, Notaria.—1
vez.—RP2012306785.—(IN2012064234).
Por escritura número: 112-2012,
de las 8:00 horas del 1 de junio del 2012, del tomo cuatro, se protocolizó acta
número dos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Análisis en
Sistemas Ansí S. A., cédula jurídica 3-101-383332, donde se reforma la
cláusula sexta del pacto constitutivo para que en adelante se lea así: sexta:
la sociedad será administrada por una junta directiva compuesta por tres
miembros presidente, secretario y tesorero: la vigilancia de la sociedad estará
a cargo de un fiscal, los miembros de la junta directiva y el fiscal durarán en
sus cargos durante todo el plazo social. La representación judicial y
extrajudicial de la sociedad corresponderá al presidente y al secretario, ambos
con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando de
forma conjunta y con facultades suficientes para abrir, cerrar y operar cuentas
corrientes y bancarias, pudiendo estas ser en colones, dólares o euros o
cualesquiera otra moneda en cualquiera de los bancos del Sistema Bancario
Nacional o de la banca privada que opera en el país. Podrán sustituir su poder
en todo o en parte, reservándose o no sus facultades, revocar sustituciones y
hacer otras de nuevo. Para llenar los puestos de junta directiva y del fiscal
se hacen los siguientes nombramientos: secretario: Ristmar Arturo Neira
Mairena, cédula 1-0972-0408. Tesorero: Nujelahe Neira Mairena, cédula
1-1074-0520 y para el puesto de fiscal: Alister Francisco Neira Mairena, cédula
1-1257-0734.—San José 25 de junio del 2012.—Licda. Carmen María Arana Gómez,
Notaria.—1 vez.—RP2012306786.—(IN2012064235).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las dieciséis horas del veintiuno de junio del dos mil doce,
protocolizo actas de la sociedad Solo VIP S. A., mediante la cual
se acuerda la disolución de dicha sociedad.—Tres Ríos, 21 de junio del
2012.—Licda. Grettel Cristina Zúñiga Tortos, Notaria.—1 vez.—RP2012306787.—(IN2012064236).
En esta notaría, a las 8:00
horas del día de hoy, se protocolizan actas de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de Iotazanas, Epsilonzanas, Charlie Montain,
Blithe Spirit, Emel Brand, Jolly Jar, Diamante en Bruto
y Cinco Manzanas, todas S. A., mediante las que se reforman
cláusulas segunda y novena de sus estatutos sociales, se crea cláusula del
agente residente, se nombran vacantes en la junta directiva, fiscal y agente
residente.—San José, 10 de mayo del 2012.—Lic. Jorge Jiménez Cordero,
Notario.—1 vez.—RP2012306788.—(IN2012064237).
El suscrito notario Álvaro
Arguedas Duran, protocoliza acuerdo tomado en asamblea general ordinaria y
extraordinaria el acta número 2 de la sociedad denominada Absolom
Internacional S. A., con cédula jurídica número 3-102-337272, que disuelve
la misma.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Álvaro Arguedas Durán,
Notario.—1 vez.—RP2012306789.—(IN2012064238).
El suscrito notario Álvaro
Arguedas Duran, protocoliza acuerdo tomado en asamblea general ordinaria y
extraordinaria del acta número 1 de la sociedad denominada Acritela
Industrial de Centroamérica Limitada, con cédula jurídica número
3-102-370148, que disuelve la misma.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic.
Álvaro Arguedas Duran, Notario.—1 vez.—RP2012306790.—(IN2012064239).
Mediante escritura otorgada ante
mí, se disuelve la sociedad Sancho y Arguello S. A., cédula
jurídica 3-101-631236. Domiciliada en el centro de Palmares.—Alajuela,
Palmares, 20 de junio del 2012.—Lic. Armando Blanco González, Notario.—1
vez.—RP2012306791.—(IN2012064240).
El suscrito notario Álvaro
Arguedas Duran, protocoliza acuerdo tomado en asamblea general ordinaria y
extraordinaria el acta número 4 de la sociedad denominada Distribuidora
Bemol S. A., con cédula jurídica número 3-101-69528, que disuelve la
misma.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Álvaro Arguedas Duran, Notario.—1
vez.—RP2012306792.—(IN2012064241).
El suscrito notario Álvaro
Arguedas Duran, protocoliza acuerdo tomado en asamblea general ordinaria y
extraordinaria el acta número 2 de la sociedad denominada Dabula S. A.,
con cédula jurídica número 3-101-336231, que disuelve la misma.—San José, 21 de
junio del 2012.—Lic. Álvaro Arguedas Duran, Notario.—1
vez.—RP2012306793.—(IN2012064242).
El suscrito notario Álvaro
Arguedas Duran, protocoliza acuerdo tomado en asamblea general ordinaria y
extraordinaria el acta número 4 de la sociedad denominada Corporación
Artemetal Internacional S. A., con cédula jurídica número 3-101-200867, que
disuelve la misma.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Álvaro Arguedas Duran,
Notario.—1 vez.—RP2012306794.—(IN2012064243).
Por medio de la escritura número
ocho otorgada ante la notaria Marianela Portuguez Sánchez, a las quince horas
del dieciocho de junio del año dos mil doce, se acuerda la disolución de la
sociedad denominada Tico Tienda Punto Com Sociedad Anónima, titular de
la cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-dos siete siete cero
seis tres y en virtud de que no existen pasivo y activo que repartir se declara
liquidada esta sociedad.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Licda.
Marianela Portuguez Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012306795.—(IN2012064244).
Mediante escritura pública
otorgada ante esta notaría los socios acordaron la disolución de la sociedad Deportes
Yireh Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-399847.—San José, 25 de junio
del 2012.—Lic. Víctor Manuel Méndez Garro, Notario.—1
vez.—RP2012306796.—(IN2012064245).
Mediante escritura pública
otorgada ante esta notaría los socios acordaron la disolución de la sociedad Inversiones
Presto-Ipsa-Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-646296.—San José, 25 de
junio del 2012.—Lic. Víctor Méndez Garro, Notario.—1
vez.—RP2012306797.—(IN2012064246).
Mediante escritura pública
otorgada ante esta notaría los socios acordaron la disolución de la sociedad Deportes
Santana Sociedad Anónima Deportiva, cédula jurídica 3-101-479795.—San José,
25 de junio del 2012.—Lic. Víctor Méndez Garro, Notario.—1
vez.—RP2012306798.—(IN2012064247).
Por acuerdo unánime de socios de
la sociedad Diversión y Entretenimiento de Occidente Mil Novecientos Ochenta
y Nueve S. A., cédula jurídica 3-101-538078, se procede a realizar la
disolución de la misma, a partir del 22 de junio del año dos mil doce.—Licda.
Isel Robles Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2012306687.—(IN2012064248).
Por escritura número ciento
sesenta y siete-uno, iniciada en folio ciento catorce frente del tomo primero
de la Licda. Senia
Rodríguez Arias, se procedió a realizar la disolución de la sociedad Grupo
Los Pollitos Sociedad Anónima, a partir del día trece de junio del dos mil
doce.—Licda. Senia Rodríguez Arias, Notaria.—1
vez.—RP2012306685.—(IN2012064249).
Por escritura número ciento
ochenta y cinco, otorgada a las nueve horas del veintiséis de junio del dos mil
doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Barichara Sociedad Anónima, en la cual se acuerda
disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Licda. Elluany Coto Barquero,
Notaria.—1 vez.—(IN2012064252).
Mediante escritura número
doscientos treinta y cinco otorgada ante esta notaría a las nueve y treinta
horas del veintidós de junio del dos mil doce, se disuelve la plaza social Inversiones
Rulaimen Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres
cuatro uno cinco uno seis, se emplaza a los interesados. Es todo.—Belén, al ser
quince horas treinta minutos del día veinticinco de junio del dos mil
doce.—Licda. Miriam Ivannia Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012064264).
En esta notaría, a las 16:00
horas del 23 de junio del 2012, los socios de Moheva Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-145178 acordaron disolver la sociedad y prescindir del
trámite de liquidación.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1
vez.—(IN2012064266).
En esta notaría a las 13:00
horas del 22 de junio del 2012, el suscrito notario protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de Paulafer & Asociados Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-365319, mediante la que se acuerda disolver la sociedad y
prescindir del trámite de liquidación.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins,
Notario.—1 vez.—(IN2012064268).
Mediante escritura número
doscientos cuarenta y uno otorgada ante esta notaría a las quince horas veinte
minutos del veinticinco de junio del año dos mil doce, se disuelve la plaza
social Clínica Dental del Divino Amore Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-cuatro seis tres tres uno siete, se emplaza a
los interesados. Es todo.—Belén, al ser diecisiete horas del día veinticinco de
junio del dos mil doce.—Licda. Miriam Ivannia Alfaro Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2012064270).
Mediante escritura número
doscientos cuarenta otorgada ante esta notaría a las quince horas del
veinticinco de junio del año dos mil doce, se disuelve la plaza social Enviromental
Waste Solucions Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatro seis uno siete cero seis, se emplaza a los interesados.
Es todo.—Belén, al ser dieciséis horas veinte del día veinticinco de junio del
dos mil doce.—Licda. Miriam Ivannia Alfaro Vagas, Notaria.—1
vez.—(IN2012064271).
Por escritura de 7:00 horas de
hoy, se constituyó Portafolio de Inversiones APA S. A. Capital:
íntegramente suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Presidente y secretario con
facultades.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Tobías D’ambrosio Umaña,
Notario.—1 vez.—(IN2012064272).
Mediante escritura número
doscientos treinta y nueve otorgada ante esta notaría a las trece horas
cuarenta minutos del veintidós de junio del año dos mil doce, se disuelve la
plaza social Tecnivet Aesores y Representantes Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-dos seis cuatro cero cinco tres, se
emplaza a los interesados. Es todo.—Belén, al ser dieciséis horas treinta
minutos del día veinticinco de junio del dos mil doce.—Licda. Miriam Ivannia
Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012064273).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las catorce horas del veinticinco de este mes de junio dos mil doce,
se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de socios mediante la
cual se dispone la disolución de la sociedad Inmobiliaria Jorlen S. A.,
a partir del treinta de mayo de este año dos mil doce, y se designa como
liquidador a su presidente Jorge Ruphuy Mora, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Lic. Óscar Arias Valverde, Notario.—1
vez.—(IN2012064274).
Por escritura autorizada por mí,
a las 11:00 horas del 18 de junio del 2012, se solicitó disolución de INCOA
Ingeniería y Computación Avanzada S. A.—San José, 22 de junio
del 2012.—Lic. Guillermo José Herrera Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2012064275).
Mediante escritura número
doscientos treinta y ocho otorgada ante esta notaría a las trece horas treinta
minutos del veintidós de junio del año dos mil doce, se disuelve la plaza
social Kradifest Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-uno ocho ocho siete dos uno, se emplaza a los interesados. Es todo.—Belén,
al ser dieciséis horas quince minutos del día veinticinco de junio del dos mil
doce.—Licda. Miriam Ivannia Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012064277).
Mediante escritura número
doscientos treinta y siete otorgada ante esta notaría a las trece horas veinte
minutos del veintidós de junio del ánodos mil doce, se disuelve la plaza social
Proasol Procesados Agroindustriales Solís y Asociados Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco ocho ocho uno cuatro,
se emplaza a los interesados. Es todo.—Belén, al ser dieciséis horas del día
veinticinco de junio del dos mil doce.—Licda. Miram Ivannia Alfaro Vargas,
Notaria.—1 vez.—(IN2012064279).
Mediante escritura número doscientos treinta y
seis otorgada ante esta notaría a las doce horas del veintidós de junio del dos
mil doce, se disuelve la plaza social Dixiana Obando Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-tres uno nueve uno cinco siete, se emplaza a
los interesados. Es todo.—Belén al ser quince horas
cuarenta minutos del día veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Miriam
Ivannia Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012064280).
Ante mí Ana Isabel Fallas
Aguilar, notaria pública con oficina abierta en San José, en escritura número
34 visible al folio 47 frente y vuelto tomo undécimo de mi protocolo, se
protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de Licorera
Rojo Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-sesenta y ocho mil
trescientos veinte, celebrada en el domicilio de la sociedad, a las dieciséis
horas del veinte de mayo de dos mil doce, en la que se acuerda disolver y
liquidar la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo 201,
inciso d) del Código de Comercio, la presente publicación se realiza para
efectos del artículo 207 Código de Comercio.—San José, 25 de junio del
2012.—Licda. Ana Isabel Fallas Aguilar, Notaria.—1 vez.—(IN2012064282).
Ante mí Ana Isabel Fallas
Aguilar, notaria pública con oficina abierta en San José, en escritura número
35 visible al folio 47 vuelto y 48 frente tomo undécimo de mi protocolo, se
protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de El
Mesón Boruca Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cincuenta y tres mil novecientos ochenta y cinco, celebrada en el domicilio
de la sociedad, a las doce horas del veinte de mayo de dos mil doce, en la que
se acuerda disolver y liquidar la sociedad por acuerdo de socios, de
conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, la presente
publicación se realiza para efectos del artículo 207 Código de Comercio.—San
José, 25 de junio del 2012.—Licda. Ana Isabel Fallas Aguilar, Notaria.—1
vez.—(IN2012064283).
Ante mí Ana Isabel Fallas
Aguilar, notaria pública con oficina abierta en San José, en escritura número
35 bis visible al folio 48 frente y vuelto tomo undécimo de mi protocolo, se
protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de Sarei
R S Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos
dieciocho mil quinientos, celebrada en el domicilio de la sociedad, a las doce
horas del veinte de mayo de dos mil doce, en la que se acuerda disolver y
liquidar la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo 201,
inciso d) del Código de Comercio, la presente publicación se realiza para
efectos del artículo 207 Código de Comercio.—San José, 25 de junio del
2012.—Licda. Ana Isabel Fallas Aguilar, Notaria.—1 vez.—(IN2012064284).
Que en mi notaría se protocolizó
el acta numerada dos de la sociedad denominada Lazy Crab Property Holding
SRL., a través de la cual se acuerda disolver la compañía.—San José, 26
de junio del 2012.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—(IN2012064285).
El suscrito, Alonso Calderón
Jiménez, notario público, con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que
mediante escritura número veintisiete, iniciada al folio quince frente, del
tomo tres de mi protocolo, otorgada ante mi notaría a las diez horas del
veintidós de junio del dos mil doce, se acordó revocar nombramientos del
secretario, y fiscal, con nuevos nombramientos, se reforma la cláusula primera,
del domicilio, de la sociedad anónima denominada El Polvorón Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-treinta y siete mil seiscientos
uno.—Lic. Alonso Calderón Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012064289).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 442 otorgada a las 15:00 horas del 25 de junio del 2012, se
procede a disolver la sociedad de nombre Trasportes Corporación
Agroindustrial El Garabito Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-68740.—Licda. María del Rocío Montero Vílchez, Notaria.—1
vez.—(IN2012064290).
El suscrito, Alonso Calderón
Jiménez, notario público, con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que
mediante escritura número veintiséis, iniciada al folio catorce frente, del
tomo tres de mi protocolo, otorgada ante mi notaría a las nueve horas treinta
minutos del veintidós de junio del dos mil doce, se acordó revocar
nombramientos del secretario, tesorero y fiscal, con nuevos nombramientos, se
reforma la cláusula primera, del domicilio, y la cláusula quinta de la
administración de la sociedad anónima denominada Quebrador San Miguel
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ochenta y un mil
novecientos sesenta y nueve.—Lic. Alonso Calderón Jiménez, Notario.—1
vez.—(IN2012064291).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 441 otorgada a las 14:00 horas del 25 de junio del 2012 se
procede a disolver la sociedad de nombre Trasportes Agrocafetalera El
Manantial, cédula jurídica 3-101-72889.—Licda. María del Rocío Montero
Vílchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012064292).
Por escrituras otorgadas ante esta
notaría se disolvieron las sociedades denominadas Capitales Gringos S. A.,
Carro Angelino S. A., Lugre del Mar S. A., Jumechichas
de Tibás Ciento Cincuenta S. A., Grupo López y Montenegro S. A.,
A y M International Software S. A., Grupo A y K Ingenieros
Consultores y Constructores S. A., Rayqui S. A., Plásticos
Veluand S. A., Distribuciones Plasqui S. A., Grupo Creativo
Promored S. A., A M S Portafolio de Talentos S. A.,
ante la notaría del Lic. Rolando Guardiola Arroyo.—Lic. Rolando Guardiola
Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2012064293).
Por escritura otorgada ante esta
notaría se protocolizó asamblea de socios en la que Limón Container Terminal
(LICONTE) S. A., acordó su disolución.—San José, a las siete
horas del siete de junio del dos mil doce.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1
vez.—(IN2012064299).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 14:00 horas del día 26 de abril del 2012, se solicita la
disolución de la sociedad de esta plaza Los Bocheros S. A.—San José, 30
de abril del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1
vez.—(IN2012064300).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 8:00 horas del día 30 de abril del 2012, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta
plaza Palabra de Dios S. A., por la que se disuelve la misma.—San
José, 30 de abril del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1
vez.—(IN2012064302).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 8:15 horas del día 30 de abril del 2012, se protocoliza acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Brand
Frank S. A., por la que se disuelve la misma.—San José, 30 de abril del
2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2012064303).
Ante mí, se protocolizaron actas
y comparecieron socios a disolver sociedades para los efectos de la ley 9024 de
las siguientes sociedades: Telumar S. A., Corporación Macasy
Centroamericana S. A., Importaciones Tecnológicas Mundiales S. A., Corporación
Comercial El Diamante S. A., Agroexportadora Euroflex S. A., Comercializadora
de Exportaciones Alvi S. A., Muebles y Decoraciones Apego S. A.,
Sunitga del Dos Mil S. A., K de Costa Rica S. A. e Ivette
Centro Facial S. A.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Licda.
Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012064304).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 8:30 horas del día 30 de abril del 2012, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta
plaza Auriga Cuarta S. A., por la que se disuelve la misma.—San José, 30
de abril del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1
vez.—(IN2012064305).
Por escritura número: setenta y
uno, de las 8:00 horas del 24 de junio del 2012, la sociedad Inactiva Inmobiliaria
Diciembre Uno del Mar Sociedad Anónima, se disuelve, por medio del
procedimiento notarial previsto en el transitorio del artículo catorce de la
ley de impuesto a las sociedades, número 9024, todo lo anterior a solicitud de
la señora Rita Albertazzi Blanco. Escritura otorgada ante notario, Gonzalo
Velásquez Martínez.—Lic. Gonzalo Velásquez Martínez, Notario.—1
vez.—(IN2012064307).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 8:45 horas del día 30 de abril del 2012, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta
plaza Centro Químico R. C. S. A., por la que se disuelve la
misma.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier,
Notario.—1 vez.—(IN2012064308).
Ante mí se protocolizó acta de
la empresa: Itskatzu Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula
sexta de la administración.—San José, veinticinco de junio del dos mil
doce.—Licda. Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012064309).
Por escritura número: setenta y
dos, de las 9:00 horas del 24 de junio del 2012, la sociedad inactiva Ricitos
de Oro y Los Tres Osos Sociedad Anónima, se disuelve, por
medio del procedimiento notarial previsto en el transitorio del artículo
catorce de la ley de impuesto a las sociedades, número 9024, todo lo anterior a
solicitud del señor Gideon Lin. Escritura otorgada ante notario: Gonzalo
Velásquez Martínez.—Lic. Gonzalo Velásquez Martínez, Notario.—1
vez.—(IN2012064310).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 9:00 horas del día 30 de abril del 2012, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta
plaza Distribuidora Centro Químico de Costa Rica S. A., por la que se
disuelve la misma.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli
Guier, Notario.—1 vez.—(IN2012064311).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 9:15 horas del día 30 de abril del 2012, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta
plaza Distribuidora Centro Químico R. C. S. A., por la que se disuelve
la misma.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier,
Notario.—1 vez.—(IN2012064312).
Por escritura número: setenta,
de las 23:45 horas del 23 de junio del 2012, la sociedad inactiva Medfactory
Sociedad Anónima, se disuelve, por medio del procedimiento notarial
previsto en el transitorio del artículo catorce de la ley de impuesto a las
sociedades, número 9024, todo lo anterior a solicitud del señor Gideon Lin.
Escritura otorgada ante notario: Gonzalo Velásquez Martínez.—Lic. Gonzalo
Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2012064313).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 9:30 horas del día 30 de abril del 2012, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta
plaza Magma del Occidente S. A., por la que se disuelve la misma.—San
José, 30 de abril del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1
vez.—(IN2012064314).
Por escritura número: sesenta y
nueve, de las 23:30 horas del 23 de junio del 2012, la sociedad inactiva Euromed
Securities and Warranties Sociedad Anónima, se disuelve, por medio
del procedimiento notarial previsto en el transitorio del artículo catorce de
la ley de impuesto a las sociedades, número 9024, todo lo anterior a solicitud
del señor Juan José Chacón Quirós. Escritura otorgada ante notario: Gonzalo
Velásquez Martínez.—Lic. Gonzalo Velásquez Martínez, Notario.—1
vez.—(IN2012064316).
En escritura autorizada por la
suscrita notaría a las nueve horas del día veintinueve de mayo de dos mil doce,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones
Driffield Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda fusionar por
absorción la sociedad Inversiones Driffield S. A., con la sociedad Quichicho
S. A.—San José, veinticinco de junio de dos mil doce.—Licda. Lucrecia
Agüero Guier, Notaria.—1 vez.—(IN2012064317).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 9:45 horas del día 30 de abril del 2012, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta
plaza Vagón Veinte S. A., por la que se disuelve la misma.—San José, 30
de abril del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1
vez.—(IN2012064319).
Por escritura número: sesenta y
siete, de las 23:00 horas del 23 de junio del 2012, la sociedad inactiva Silimed
Centroamérica y Caribe Sociedad Anónima, se disuelve, por medio del
procedimiento notarial previsto en el transitorio del artículo catorce de la
ley de impuesto a las sociedades, número 9024, todo lo anterior a solicitud del
señor Juan José Chacón Quirós. Escritura otorgada ante notario: Gonzalo
Velásquez Martínez.—Lic. Gonzalo Velásquez Martínez, Notario.—1
vez.—(IN2012064320).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 10:00 horas del día 30 de abril del 2012, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta
plaza Farmacéutica Centro Químico S. A., por la que se disuelve la
misma.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier,
Notario.—1 vez.—(IN2012064321).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 10:15 horas del día 30 de abril del 2012, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta
plaza Altiplano del Oriente S. A., por la que se disuelve la
misma.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier,
Notario.—1 vez.—(IN2012064323).
Por escritura número sesenta y
ocho de las 23:15 horas del 23 de junio de 2012, la sociedad inactiva Plástica
y Estética Sociedad Anónima se disuelve, por medio del procedimiento
notarial previsto en el transitorio del artículo catorce de la Ley de Impuesto a las
Sociedades, número 9024, todo lo anterior a solicitud del señor Juan José
Chacón Quirós. Escritura otorgada ante notario: Gonzalo Velásquez
Martínez.—Lic. Gonzalo Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2012064324).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 16:00 horas del día 5 de mayo del 2012, se solicita la
disolución de la sociedad de esta plaza Instituto Compu Visual S. A.—San
José, 6 de mayo del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1
vez.—(IN2012064325).
Por escritura número setenta y
tres, de las 10:00 horas del 24 de junio de 2012, la sociedad inactiva Castor
y Ardilla Sociedad Anónima se disuelve por medio del procedimiento notarial
previsto en el transitorio del artículo catorce de la Ley de Impuesto a las
Sociedades, número 9024, todo lo anterior a solicitud de la señora Gloriana
Mejía Calderón. Escritura otorgada ante Notario: Gonzalo Velásquez
Martínez.—Lic. Gonzalo Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2012064326).
Por escritura otorgada ante el
suscrito Notario a las 7:00 horas del día 25 de mayo del 2012, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta
plaza Agroindustrias Sureños S. A., por la que se nombra nuevo
secretario.—San José, 25 de mayo del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier,
Notario.—1 vez.—(IN2012064327).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 8:30 horas del día 25 de mayo del 2012, se solicita la
disolución de la sociedad de esta plaza Dismagaza S. A.—San José,
25 de mayo del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1
vez.—(IN2012064329).
Por escritura otorgada ante el
suscrito Notario a las 7:00 horas del día 19 de junio del 2012, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta
plaza Excellent-Pro S. A., por la que se disuelve la misma.—San
José, 19 de junio del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1
vez.—(IN2012064330).
Por escrituras otorgadas a las 15:00 horas de
25 de junio del 2012, ante los notarios públicos Eugenio Francisco y Renato,
ambos Ortiz Álvarez, se acordó la disolución de las sociedades: A) Weinlug
S. A y B) Luga Vichi S. A., ambas domiciliadas en Cartago.—Lic.
Eugenio Francisco Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2012064331).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario a las 7:15 horas del día 19 de junio del 2012, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Mar
Profundo S. A., por la que se disuelve la misma.—San José, 19 de junio del
2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2012064332).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 8:00 horas del 25 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de Osuna Inversiones S. A.—Licda. Sandra
Araya Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2012064335).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 7:30 horas del día
19 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad de esta plaza La Braña S. A., por la que se
disuelve la misma.—San José, 19 de jumo del 2012.—Lic Giancarlo Vicarioli
Guier, Notario.—1 vez.—(IN2012064336).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario a las 7:45 horas del día 19 de junio del 2012, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Alarmas
de Alta Tecnología S. A., por la que se disuelve la misma.—San José,
19 de junio del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2012
64337).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario a las 7:45 horas del día 19 de junio del 2012, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza As
de Luz S. A., por la que se disuelve la misma.—San José, 19 de junio del
2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2012 64338).
Por escritura otorgada ante el suscrito
Notario a las 15:00 horas del día 21 de junio del 2012, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Forestales
Palo Verde Dos Mil Trece S. A por la que se disuelve la misma.—San José, 21
de junio del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2012
64339).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario a las 15:30 horas del día 21 de junio del 2012, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Corporación
Ryton S. A., por la que se disuelve la misma.—San José, 21 de junio
del 2012.—Lic Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2012064341).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario a las 16:30 horas del día 21 de junio del 2012, se solicita la
disolución de la sociedad de esta plaza Inversiones Luire S. A.—San
José, 21 de junio del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1
vez.—(IN2012064342).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 17:00 horas del día 21 de junio del 2012, se solicita la
disolución de la sociedad de esta plaza Lacrot S. A.—San José, 21
de junio del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1
vez.—(IN2012064343).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario a las 8:00 horas del día 22 de junio del 2012, se solicita la
disolución de la sociedad de esta plaza Tehilem Producciones S. A.—San
José, 21 de junio del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1
vez.—(IN2012064345).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario a las 9:00 horas del día 22 de junio del 2012, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Bazzano
S. A., por la que se disuelve la misma.—San José, 21 de junio del
2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2012064347).
Por escritura número cuarenta y nueve otorgada
en esta notaría a las doce horas quince minutos del veintiuno de junio del dos
mil doce, se disuelve por acuerdo unánime de socios la sociedad Scala
Importaciones Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento
uno-seiscientos tres mil quinientos cincuenta, domiciliada en Alajuela,
Palmares, Rincón de Zaragoza, ciento cincuenta metros oeste de la iglesia del
lugar.—San José, 21 de junio del año 2012.—Licda. Andrea Hernández Villarreal,
Notaria.—1 vez.—(IN2012064348).
Por escritura número cuarenta y
ocho otorgada en esta notaría a las doce horas del veintiuno de junio del dos
mil doce, se disuelve por acuerdo unánime de socios la sociedad Scala Design
and Construction Sociedad Anónima, cédula jurídica numero: tres-ciento
uno-seiscientos ocho mil cuatrocientos treinta y seis, domiciliada en Alajuela,
Palmares, Rincón de Zaragoza, ciento cincuenta metros oeste de la iglesia del
lugar.—San José, 21 de junio del año 2012.—Licda. Andrea Hernández Villarreal,
Notaria.—1 vez.—(IN2012064349).
Por escritura número ciento dieciocho otorgada
en esta notaría a las catorce horas del veinte de junio del dos mil doce, se
disuelve por acuerdo unánime de socios la sociedad Servicios Especializados
Guillen Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-tres ocho
seis uno cinco tres, domiciliada en Alajuela, Residencial Lisboa, cuatrocientos
metros oeste de la entrada principal, quinta entrada a mano derecha, casa
P-cuatro.—San José, 21 de junio del año 2012.—Lic. Rolando García Segura,
Notario.—1 vez.—(IN2012 64350).
Por escritura otorgada ante mí,
a las quince horas del día veintiuno de junio del año dos mil doce, se
protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad Peruohio Sociedad Anónima, donde se acuerda
reformar la cláusula segunda del domicilio del pacto social.—San José,
veintidós de junio del dos mil doce.—Licda. Ligia María González Leiva,
Notaria.—1 vez.—(IN201264353).
Por escritura otorgada ante mí,
a las doce horas del día trece de junio del año dos mil doce, se protocolizan
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad Inversiones Virleo JMSR, Sociedad Anónima donde
se acuerda otorgar poder generalísimo.—San José, quince de junio del año dos
mil doce.—Licda. Ligia María González Leiva, Notaria.—1 vez.—(IN2012064354).
Por escritura otorgada ante mí,
a las diez horas del día veinte de junio del año dos mil doce, se protocolizan
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad Total Contract Hospitality Sociedad Anónima, donde se acuerda
reformar la cláusula tercera del pacto social.—San José, veinte de junio del
dos mil doce.—Licda. Ligia María González Leiva, Notaria.—1
vez.—(IN2012064356).
Por escritura otorgada ante el
suscrito a las ocho horas diez minutos del veintiséis de junio del dos mil
doce, se modificó la cláusula primera del pacto constitutivo de Entornos
Invisibles del Ultimo Universo Astral Sociedad Anónima.—San José, 26 de
junio del 2012.—Lic. Randall Salas Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2012064357).
Por escritura otorgada ante mí,
a las quince horas del día diecinueve de junio del año dos mil doce, se
protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad The Cotton Store Sociedad Anónima, donde se
acuerda reformar las cláusulas segunda y octava del pacto social, se conocen
renuncias y se nombran presidente, tesorero y fiscal.—San José, veinte de junio
del año dos mil doce.—Lic. Ligia María González Leiva, Notaria.—1
vez.—(IN2012064358).
Por escritura otorgada a las
ocho horas del veinticinco de junio del dos mil doce, ante esta notaría, por
acuerdo de socios se acuerda disolver la sociedad Kirsa del Oriente S.
A.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Karine Niño
Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2012064359).
Por escritura otorgada a las
catorce horas del veinticinco de junio del dos mil doce, ante esta notaría, por
acuerdo de socios se acuerda disolver la sociedad Asesores en Mercadeo AKP
Occidental S. A.—San José, veinticinco de junio del dos mil
doce.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2012064360).
Ante esta notaría ha sido
disuelta la sociedad Ecotratamiento Hídrico Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-uno cero uno-dos cinco tres cero nueve cinco, mediante asamblea
general extraordinaria de socios.—San José, veintiséis de junio del dos mil
doce.—Lic. Óscar Alberto Talavera Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2012064364).
Mediante la escritura número
ciento noventa y tres de las diecinueve horas del trece de junio del año dos
mil doce, la cual se encuentra visible en su inicio de folio ciento dos vuelto
al ciento tres vuelto del tomo tercero del protocolo de la notaria pública
Gabriela Tatiana Fernández Román, se reforman las cláusulas segunda, tercera y
octava y se nombra nueva junta directiva, de la empresa Servicios de
Control Administrativo Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y cuatro mil ochocientos sesenta
y tres.—San José, trece de junio del año dos mil doce.—Lic. Gabriela Tatiana
Fernández Román, Notaria.—1 vez.—(IN2012064365).
Mediante escritura otorgada en
mi notaría el día de hoy, se acordó la disolución de la sociedad Centro de
Estudio y Capacitación del Psicodiagnóstico de Rorschach Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y seis mil
trescientos sesenta y uno.—San José, 24 de junio del 2012.—Lic. Ligia Mayela
Arce Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2012064366).
Ante esta notaría, en escritura
otorgada a las ocho horas del veintiséis de junio del dos mil doce, número
veintisiete, iniciada al folio catorce vuelto, tomo cinco de mi protocolo, se
disuelve y liquida la sociedad Vital Tratamiento y Purificación de Agua
Sociedad Anónima, de acuerdo al transitorio II de la Ley noventa veinticuatro.—Lic.
Yolanda Cecilia Solano Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012064367).
Ante esta notaría, en escritura
otorgada a las diez horas del veinticinco de junio de dos mil doce, número
veinticinco, iniciada al folio ocho vuelto, tomo cinco de mi protocolo, se
disuelve y liquida la sociedad Roesma de Pérez Zeledón Sociedad Anónima,
de acuerdo al transitorio II de la
Ley noventa veinticuatro.—Lic. Yolanda Cecilia Solano
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012064368).
Ante esta notaría, en escritura
otorgada a las catorce horas treinta minutos del veintitrés de junio del dos
mil doce, número veintidós, iniciada al folio once vuelto, tomo cinco de mi
protocolo, se disuelve y liquida la sociedad Familia Guevara Gómez
Sociedad Anónima, de acuerdo al transitorio II de la Ley noventa veinticuatro.—Lic.
Yolanda Cecilia Solano Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012064369).
Ante esta notaría, en escritura
otorgada a las diez horas del diecinueve de junio de dos mil doce, número
dieciséis, iniciada al folio ocho vuelto, tomo cinco de mi protocolo, se
disuelve y liquida la sociedad Roseso PP Sociedad Anónima,
de acuerdo al transitorio II de la
Ley noventa veinticuatro.—Lic. Yolanda Cecilia Solano
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012064370).
Mediante escritura otorgada ante
esta misma notaría a las ocho horas del día veintidós de junio del doce, se
disuelve y liquida la sociedad Alquilit Sociedad Anónima, con cédula
jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta y tres mil trescientos treinta y
siete.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Gabriela Tatiana
Fernández Román, Notaria.—1 vez.—(IN2012064371).
Mediante escritura otorgada ante
esta misma notaría a las ocho horas del día veintidós de junio del doce, se
disuelve y liquida la sociedad Lucana Internacional Sociedad Anónima,
con cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta y un mil novecientos
ocho.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Gabriela Tatiana
Fernández Román, Notaria.—1 vez.—(IN2012064373).
Mediante escritura otorgada ante
esta misma notaría a las ocho horas del día veintidós de junio del doce, se
disuelve y liquida la sociedad Digital Printing Futuras World
Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos ochenta y dos mil seiscientos sesenta y cinco.—San José,
veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Gabriela Tatiana Fernández Román,
Notaria.—1 vez.—(IN2012064374).
Mediante escritura otorgada ante
esta misma notaría a las ocho horas del día veintidós de junio del doce, se
disuelve y liquida la sociedad Diseños Publicitarios e
Impresión DPI Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno
doscientos sesenta y dos mil quinientos veintitrés.—San José, veintidós de
junio del dos mil doce.—Lic. Gabriela Tatiana Fernández Román, Notaria.—1
vez.—(IN2012064375).
Mediante escritura otorgada ante
esta misma notaría a las ocho horas del día veintidós de junio del doce, se
disuelve y liquida la sociedad Carrocerías Austral Sociedad
Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y tres
mil ciento ochenta y dos.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic.
Gabriela Tatiana Fernández Román, Notaria.—1 vez.—(IN2012064378).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Repalinsa Internacional Sociedad Anónima.
Los socios acuerdan por ser una sociedad inactiva y no tener pasivos ni activos
disolver la sociedad y liquidarla en su totalidad.—San José, veinte de junio
del dos mil doce.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1
vez.—(IN2012064379).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Mitacoma Sociedad Anónima. Los socios
acuerdan por ser una sociedad inactiva y no tener pasivos ni activos disolver
la sociedad y liquidarla en su totalidad.—San José, veinticinco de junio del
dos mil doce.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012064380).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Distribuidora Toschi A P Sociedad Anónima. Los
socios acuerdan por ser una sociedad inactiva y no tener pasivos ni activos
disolver la sociedad y liquidarla en su totalidad.—San José, veintiuno de junio
del dos mil doce.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1
vez.—(IN2012064381).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Desarrollo Urbanístico El Coyol Dugo Sociedad Anónima.
Los socios acuerdan por ser una sociedad inactiva y no tener pasivos ni activos
disolver la sociedad y liquidarla en su totalidad.—San José, veinticinco de
junio del dos mil doce.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1
vez.—(IN2012064382).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Corporación Soto Rojas Sociedad Anónima.
Los socios acuerdan por ser una sociedad inactiva y no tener pasivos ni activos
disolver la sociedad y liquidarla en su totalidad.—San José, veinticinco de
junio del dos mil doce.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1
vez.—(IN2012064383).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Condominios CR Dos Media Luna Sociedad Anónima, Los
socios acuerdan por ser una sociedad inactiva y no tener pasivos ni activos
disolver la sociedad y liquidarla en su totalidad.—San José, veinticinco de
junio del dos mil doce.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1
vez.—(IN2012064384).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Urbaviso Sociedad Anónima. Los socios acuerdan por ser
una sociedad inactiva y no tener pasivos ni activos disolver la sociedad y
liquidarla en su totalidad.—San José, veinticinco de junio del dos mil
doce.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012064385).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de La
Cuchara Gourmet Sociedad Anónima.
Los socios acuerdan por ser una sociedad inactiva y no tener pasivos ni activos
disolver la sociedad y liquidarla en su totalidad.—San José, veinticinco de
junio del dos mil doce.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1
vez.—(IN2012064386).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Labores Administrativas del Oeste Sociedad Anónima. Los
socios acuerdan por ser una sociedad inactiva y no tener pasivos ni activos
disolver la sociedad y liquidarla en su totalidad.—San José, veinte de junio
del dos mil doce.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1
vez.—(IN2012064387).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Repuestos ya del Oeste Sociedad Anónima. Los socios
acuerdan por ser una sociedad inactiva y no tener pasivos ni activos disolver
la sociedad y liquidarla en su totalidad.—San José, veinte de junio del dos mil
doce.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012064388).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Repuestos al Instante Sociedad Anónima. Los socios
acuerdan por ser una sociedad inactiva y no tener pasivos ni activos disolver
la sociedad y liquidarla en su totalidad.—San José, veinte de junio del dos mil
doce.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012064389).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Constructora Varadero Sociedad Anónima. Los socios
acuerdan por ser una sociedad inactiva y no tener pasivos ni activos disolver
la sociedad y liquidarla en su totalidad.—San José, veinticinco de junio del
dos mil doce.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012064390).
Mediante escritura otorgada ante
esta misma notaría a las ocho horas del día veintidós de junio del doce, se
disuelve y liquida la sociedad Tres D Lenticulares de Costa Rica Sociedad
Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos treinta y tres mil
ciento veintinueve.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic.
Gabriela Tatiana Fernández Román, Notaria.—1 vez.—(IN2012064391).
Por escritura otorgada ante esta
notaría el día veinticinco de junio del dos mil doce, a las catorce horas las
sociedades Casa Bella S. A., y Easy Nails S. A., se
disuelven—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Roger Antonio Hidalgo Zúñiga,
Notario.—1 vez.—(IN2012064392).
Por escritura otorgada ante esta
notaría el día veinticinco de junio del dos mil doce, a las ocho horas, se
reforma la cláusula sexta de los estatutos de la sociedad El Hidalgo S.
A., tres-ciento uno-doscientos dieciséis mil seiscientos treinta.—San José,
26 de junio del 2012.—Lic. Elsa Maribel Cortés Sorto, Notaria.—1
vez.—(IN2012064393).
Por escritura número doscientos
veintiocho-cuatro, otorgada en Heredia, a las ocho horas del día veintiuno de
junio del dos mil doce, ante esta notaría La Compañía Kiler
Monchis Soda S. A., cédula jurídica 3-101-654418, mediante acta de
asamblea general extraordinaria número uno, acordó la disolución total de esta
sociedad.—Heredia, 21 de junio del 2012.—Lic. Julio Sandoval Alfaro, Notario.—1
vez.—(IN2012064394).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría a las doce horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se
procede a disolver definitivamente la empresa denominada Desarrollos Tres VM
Sociedad Anónima cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y
seis mil novecientos noventa y siete.—San José, veinticinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012064395).
Ante mí, Rodolfo Javier
Gutiérrez Arias, notario público, escritura número sesenta y nueve, folio
cincuenta y dos vuelto, tomo primero, se protocoliza acta de asamblea de la
sociedad Seguros Empresariales y Personales de San José S. A. Se acuerda
disolver la sociedad.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Rodolfo Javier
Gutiérrez Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012064396).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría a las ocho horas del veintitrés de junio del dos mil doce, se
procede a disolver definitivamente la empresa denominada Inversiones Ajaca
FCA Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos nueve uno uno uno
uno.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Hans Van der Laat
Robles, Notario.—1 vez.—(IN2012064397).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
compañía tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y seis mil ochocientos ocho,
sociedad anónima, celebrada al ser las catorce horas y cincuenta minutos
del día cuatro de junio del dos mil doce, en donde se reforma la cláusula
primera. Es todo.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo
Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(IN2012064398).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría a las ocho horas treinta minutos del veintitrés de junio del dos
mil doce, se procede a disolver definitivamente la empresa denominada Inversiones
Cofesa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco seis nueve
tres uno ocho.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Hans Van
der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(IN2012064399).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
compañía tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y seis mil ochocientos cinco
sociedad anónima, celebrada al ser las trece horas y cincuenta minutos del
día veinticuatro de mayo del dos mil doce, en donde se reforma la cláusula
sétima. Es todo.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo
Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(IN2012064400).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría a las doce horas treinta minutos del veintitrés de junio del dos
mil doce, se procede a disolver definitivamente la empresa denominada Grupo
Internacional Promark Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-quinientos veinte mil cuatrocientos cincuenta y cinco.—San José,
veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Hans Van der Laat Robles,
Notario.—1 vez.—(IN2012064401).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría a las once horas del veintitrés de junio del dos mil doce, se
procede a disolver definitivamente la empresa denominada Inversiones Iuvare
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos sesenta y
nueve mil novecientos treinta y dos.—San José, veinticinco de junio del dos mil
doce.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(IN2012064402).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría a las nueve horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se
procede a disolver definitivamente la empresa denominada City Fitness
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco uno tres dos nueve
nueve.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Hans Van der Laat
Robles, Notario.—1 vez.—(IN2012064403).
Por escritura ante el suscrito
notario a las 9:00 horas del 26 de junio del 2012, se disuelve y liquida la
sociedad Estefanata Inte S. A.—Lic. Ricardo Morera
Briceño, Notario.—1 vez.—(IN2012064404).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría a las diez horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se
procede a disolver definitivamente la empresa denominada Importaciones
Erigas Gova de Costa Rica Sociedad Anónima cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres.—San José,
veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1
vez.—(IN2012064405).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría a las diez horas treinta minutos del veintitrés de junio del dos
mil doce, se procede a disolver definitivamente la empresa denominada Productora
Inducit, Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco quinientos
sesenta y nueve mil trescientos diecisiete.—San José, veinticinco de junio del
dos mil doce.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(IN2012064406).
Ante esta notaría se disolvió la
sociedad Compañía La
Espinela S. A.,
así consta en escritura otorgada en San Antonio de Belén, a las doce horas del
veintiuno de junio del dos mil doce, ante la notaria Lizeth Genoveva León
Gómez.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Lizeth Genoveva León
Gómez, Notaria.—1 vez.—(IN2012064408).
Ante la notaría del suscrito al
ser las trece horas del veinte de junio del año dos mil doce, se protocolizó el
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad que se
denomina La
Tulevieja Sociedad Anónima, en donde se acuerda su
disolución. Es todo. En Heredia al ser las dieciséis horas treinta minutos del
veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Roberto Villalobos Conejo, Notario.—1
vez.—(IN2012064410).
Ante la notaría del suscrito al
ser las quince horas del quince de junio del año dos mil doce, se protocolizó
el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad que se
denomina Italo Valpolicella Sociedad Anónima, en donde se acuerda su
disolución. Es todo. En Heredia al ser las ocho horas treinta minutos del
veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Roberto Villalobos Conejo, Notario.—1
vez.—(IN2012064411).
Ante la Licenciada Mónica
Lleras Barrantes, la señora Sheida Solano Ortiz, cédula 1-831-601, renuncia a
su cargo en la sociedad Construcciones Horizontes del Este S. A.,
cédula jurídica 3-101-180045. Quien se considere afectado por este proceso,
puede manifestar su oposición en el término de Ley, contados a partir de su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, Costa Rica, 26 de
junio del 2012.—Lic. Mónica Lleras Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2012064413).
Ante el Lic. Juan Carlos Chávez
Alvarado, se disolvió la sociedad Corporación Cuatro de Jaco S. A.,
cédula jurídica: 3-101-271560, de conformidad con el artículo doscientos uno,
inciso d) del Código de Comercio. Quien se considere afectado por este proceso,
puede manifestar su oposición en el término de Ley, contados a partir de su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, Costa Rica, 22 de
junio del 2012.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1
vez.—(IN2012064414).
Ante el Lic. Juan Carlos Chávez
Alvarado, se disolvió la sociedad Lleba S. A., cédula jurídica:
3-101-102399, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del
Código de Comercio. Quien se considere afectado por este proceso, puede
manifestar su oposición en el término de Ley, contados a partir de su
publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, Costa Rica, 26 de
junio del 2012.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1
vez.—(IN2012064415).
Ante el Lic. Juan Carlos Chávez
Alvarado, se disolvió la sociedad Aire del Desierto S. A., cédula
jurídica: 3-101-216854, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso
d) del Código de Comercio. Quien se considere afectado por este proceso, puede
manifestar su oposición en el término de Ley, contados a partir de su
publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, Costa Rica, 26 de
junio del 2012.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1
vez.—(IN2012064416).
Ante el Lic. Juan Carlos Chávez
Alvarado, se disolvió la sociedad Inversiones Lleras Coto S. A.,
cédula jurídica: 3-101-320731, de conformidad con el artículo doscientos uno,
inciso d) del Código de Comercio. Quien se considere afectado por este proceso,
puede manifestar su oposición en el término de Ley, contados a partir de su
publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, Costa Rica, 26 de
junio del 2012.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1
vez.—(IN2012064417).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, número tres-sesenta y cinco, de las trece horas del veinticinco de
junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Inversiones y Desarrollos de Centroamérica, Sociedad Anónima,
mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 26 de junio del
2012.—Lic. Andrés Morales Castrillo, Notario.—1 vez.—(IN2012064422).
Por escritura otorgada ante esta
misma notaría a las 17:00 horas del día 21 de junio del 2012, se acuerda la
disolución de la sociedad Sistemas Pluviales en Polietileno MP Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-277947.—Alajuela, 21 de junio del
2012.—Lic. Diego José Guevara Guerrero, Notario.—1 vez.—(IN2012064423).
En escritura 309, tomo 3 de mi
protocolo, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de Unielec
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3401-368939, otorgada a las 18:40 horas
del 22 de junio de 2012. Se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el
artículo 201 inciso B y D, del Código de Comercio.—Lic. Ileana María Sanabria
Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012064424).
Por escritura otorgada ante esta
notaría se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
disolución de la sociedad Unfinished Rapsodie Sociedad Anónima.—San
José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Laura Gabriela Chaverri
Gómez, Notaria.—1 vez.—(IN2012064425).
Por escritura otorgada ante esta
notaría se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
disolución de la sociedad Condo Herencia Baralf Sociedad Anónima.—San
José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Laura Gabriela Chaverri
Gómez, Notaria.—1 vez.—(IN2012064426).
Por escritura otorgada ante esta
notaría se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
disolución de la sociedad Titaniun y Platiniun Sociedad Anónima.—San
José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Laura Gabriela Chaverri
Gómez, Notaria.—1 vez.—(IN2012064427).
Por escritura otorgada ante esta
notaría se constituyó la sociedad Harmony Flavours & Ingrediente
Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de junio del año dos mil doce.—Lic.
Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—(IN2012064428).
Por escritura otorgada ante esta
notaria se protocoliza acuerdos de asamblea extraordinaria de socios, cambio de
junta directiva de la sociedad Administradora de Bienes Vizcaya Sociedad
Anónima.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Laura
Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—(IN2012064429).
Por escritura otorgada ante esta
notaria se protocoliza acuerdos de asamblea extraordinaria de socios, cambio de
junta directiva de la sociedad Inversiones Amalfi Int Sociedad Anónima.—San
José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez,
Notaria.—1 vez.—(IN2012064430).
Por escritura otorgada a las
10:00 horas del 25 de junio del 2012, protocolicé la asamblea general ordinaria
y extraordinaria de la sociedad Conservas del Agro Sociedad Anónima,
cédula 3-101-365203, en que se acordó su liquidación y disolución.—San José, 25
de junio del 2012.—Lic. Alfredo Antonio López Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2012064431).
Por escritura otorgada hoy a las
9:30 horas, al no poseer la sociedad activos, ni pasivos, por no existir bienes
ni suma alguna que distribuir entre los socios y de conformidad con el inciso
d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó en disolver y
liquidar la sociedad denominada Equipos Oculares del Parque Sociedad Anónima.
Firmo en San José, el día 25 del mes de junio del 2012.—Lic. Mauricio Bonilla
Robert, Notario.—1 vez.—(IN2012064432).
Por escritura otorgada hoy a las
11:00 horas, al no poseer la sociedad activos, ni pasivos, por no existir
bienes ni suma alguna que distribuir entre los socios y de conformidad con el
inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó en
disolver y liquidar la sociedad denominada Mentes Ingeniosas Limitada.
Firmo en San José, el día 25 del mes de junio del 2012.—Lic. Mauricio Bonilla
Robert, Notario.—1 vez.—(IN2012064433).
Por escritura otorgada ante esta
notaria se protocoliza acuerdos de
asamblea extraordinaria de socios, cambio de junta directiva de la sociedad Chilerrica
Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic.
Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—(IN2012064434).
Por escritura otorgada hoy a las
11:30 horas, al no poseer la sociedad activos, ni pasivos, por no existir
bienes ni suma alguna que distribuir entre los socios y de conformidad con el
inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó en
disolver y liquidar la sociedad denominada Equipos Diagnósticos Vista del
Parque Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Mauricio
Bonilla Robert, Notario.—1 vez.—(IN2012064436).
Por escritura otorgada hoy a las
12:00 horas, al no poseer la sociedad activos, ni pasivos, por no existir
bienes ni suma alguna que distribuir entre los socios y de conformidad con el
inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó en
disolver y liquidar la sociedad denominada Instituto de Cornea Sociedad
Anónima.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Mauricio Bonilla Robert,
Notario.—1 vez.—(IN2012064437).
Por escritura autorizada a esta
notaría a las 9:00 horas del 25 de junio del año 2012, se protocolizó
disolución y liquidación de la sociedad: Servicios Integrados de
Telecomunicaciones y Electromecánicas San José S. A.—San José, 26 de
junio del año 2012.—Lic. Marco Antonio Molina Quirós, Notario.—1
vez.—(IN2012064438).
Que mediante la escritura número
trescientos sesenta y tres otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco,
otorgada en la ciudad de Alajuela, a las once horas cuarenta y cinco minutos
del día veinticinco de junio del ano dos mil doce, se disolvió la sociedad
anónima denominada Propiedades Pachi Limitada, cédula jurídica numero
tres-ciento dos-dos nueve siete cinco cero ocho.—Alajuela, veintiséis de junio
del dos mil doce.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012064439).
Que mediante la escritura número
trescientos setenta otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco,
otorgada en la ciudad de Alajuela, a las diez horas del día veintiséis de junio
del año dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima denominada Moda Mafor
S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro cero siete cuatro
tres uno.—Alajuela, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Nidia Sibaja
Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012064440).
Que mediante la escritura número
trescientos sesenta y nueve otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja
Blanco, otorgada en la ciudad de Alajuela, a las nueve horas cuarenta y cinco
minutos del día veintiséis de junio del año dos mil doce, se disolvió la
sociedad anónima denominada tres-ciento uno-cinco seis uno tres dos seis
s.a. cédula jurídica número tres-ciento uno-tres cinco seis uno tres dos
seis.—Alajuela, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Nidia Sibaja Blanco,
Notaria.—1 vez.—(IN2012064441).
Por escritura autorizada a esta
notaría a las 10:00 horas del 26 de junio del año 2012, se protocolizó
disolución y liquidación de la sociedad: Consorcio Costarricense de la Confección Unitex
S. A.—San José, 26 de junio del año 2012.—Lic. Marco Antonio Molina
Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2012064442).
Que mediante la escritura número
trescientos sesenta y ocho otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco,
otorgada en la ciudad de Alajuela, a las nueve horas treinta minutos del día
veintiséis de junio del año dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima
denominada Agroindustrial Monte Llano S. A., cédula jurídica
número tres-ciento uno-tres cinco siete cuatro cinco seis.—Alajuela, veintiséis
de junio del dos mil doce.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1
vez.—(IN2012064443).
Por escritura otorgada el día de
hoy, Dart Frog Sociedad Anónima, acuerda por unanimidad de socios su
disolución. Escritura otorgada en Grecia, a las catorce horas del trece de
junio del dos mil doce.—Lic. Miguel Ángel Zumbado González, Notario.—1
vez.—(IN2012064445).
Por escritura otorgada el día de
hoy, protocolicé el acta de la asamblea ordinaria y extraordinaria de Proyecto
Vista de Carbonal Sociedad Anónima, donde se acuerda por unanimidad de
socios la disolución de la sociedad.—Grecia, siete de mayo del dos mil
doce.—Lic. Miguel Ángel Zumbado González, Notario.—1 vez.—(IN2012064446).
Por escritura otorgada el día de
hoy, Nicdal Incorporated Sociedad de Responsabilidad Limitada, acuerda
por unanimidad de socios su disolución. Escritura otorgada en Grecia, a las
dieciséis horas del trece de junio del dos mil doce.—Lic. Miguel Ángel Zumbado
González, Notario.—1 vez.—(IN2012064447).
Por escritura otorgada el día de
hoy, Pinguin Chick Sociedad de Responsabilidad Limitada, acuerda por
unanimidad de socios su disolución. Escritura otorgada en Grecia, a las quince
horas del trece de junio del dos mil doce.—Lic. Miguel Ángel Zumbado González,
Notario.—1 vez.—(IN2012064448).
Por escritura número 64 del tomo
tercero de mi protocolo, otorgada ante esta notaría en Sarchí Norte de Valverde
Vega a las 13:00 horas del día 21 de junio del 2012, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios número uno de la sociedad Parque
Recreativo Los Chorros Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-572881,
mediante la cual por acuerdo unánime de socios y por no haber cumplido su
objetivo social se disolvió dicha sociedad.—Sarchí Norte, 14:00 horas del día
21 de junio del 2012.—Licda. Mayela Marlene Espinoza Loría, Notaria.—1
vez.—(IN2012064449).
Por escritura número 65 del tomo
tercero de mi protocolo, otorgada ante esta notaría en Sarchí Norte de Valverde
Vega a las 13:30 horas del día 21 de junio del 2012, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios número uno de la sociedad Los
Pistoleros Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-550230 mediante la cual
por acuerdo unánime de socios y por no haber cumplido su objetivo social se
disolvió dicha sociedad.—Sarchí Norte, 14:10 horas del día 21 de junio del
2012.—Licda. Mayela Marlene Espinoza Loría, Notaria.—1 vez.—(IN2012064450).
Por escritura número 66 del tomo
tercero de mi protocolo, otorgada ante esta notaría en Sarchí Norte de Valverde
Vega a las 14:00 horas del día 21 de junio del 2012, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios número uno de la sociedad La Danza del Caballo
Loco Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-552959, mediante la cual por
acuerdo unánime de socios y por no haber cumplido su objetivo social se
disolvió dicha sociedad.—Sarchí Norte, 14:15 horas del día 21 de junio del
2012.—Licda. Mayela Marlene Espinoza Loría, Notaria.—1 vez.—(IN2012064451).
Por escritura número 67 del tomo tercero de mi protocolo, otorgada ante
esta notaría en Sarchí Norte de Valverde Vega a las 14:30 horas del día 21 de
junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
socios número uno de la sociedad El Valle de los Osos Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-548966, mediante la cual por acuerdo unánime de socios y
por no haber cumplido su objetivo social se disolvió dicha sociedad.—Sarchí
Norte, 14:20 horas del día 21 de junio del 2012.—Lic. Mayela Marlene Espinoza
Loría, Notario.—1 vez.—(IN2012064452).
Por escritura número 68 del tomo
tercero de mi protocolo, otorgada ante esta notaría en Sarchí Norte de Valverde
Vega a las 15:00 horas del día 21 de junio del 2012, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios número uno de la sociedad El
Silencio de los Inocentes Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-552925,
mediante la cual por acuerdo unánime de socios y por no haber cumplido su
objetivo social se disolvió dicha sociedad.—Sarchí Norte, 14:25 horas del día
21 de junio del 2012. Licda. Mayela Marlene Espinoza Loría, Notaria.—1
vez.—(IN2012064453).
Por escritura número 69 del tomo
tercero de mi protocolo, otorgada ante esta notaría en Sarchí Norte de Valverde
Vega a las 15:30 horas del día 21 de junio del 2012, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios número uno de la sociedad El
Cementerio de los Elefantes Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-550201,
mediante la cual por acuerdo unánime de socios y por no haber cumplido su
objetivo social se disolvió dicha sociedad.—Sarchí Norte, 14:30 horas del día
21 de junio del 2012.—Licda. Mayela Marlene Espinoza Loría, Notario.—1
vez.—(IN2012064454).
Que mediante la escritura número
trescientos sesenta y siete otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja
Blanco, en la ciudad de Alajuela, a las nueve horas quince minutos del día
veintiséis de junio del año dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima
denominada Piedra Roja S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-cero seis cuatro cinco nueve ocho.—Alajuela, veintiséis de junio del dos
mil doce.—Licda: Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012064455).
Que mediante la escritura número
trescientos sesenta y seis otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco
en la ciudad de Alajuela, a las nueve horas del día veintiséis de junio del año
dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima denominada tres- ciento uno-
cinco nueve seis siete ocho tres s. a. cédula jurídica número tres-ciento
uno- cinco nueve seis siete ocho tres.— Alajuela, veintiséis de junio del dos
mil doce.—Licda: Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012064456).
Que mediante la escritura número
trescientos sesenta y cinco otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja
Blanco, otorgada en la ciudad de Alajuela, a las ocho horas cuarenta y cinco
minutos del día veintiséis de junio del año dos mil doce, se disolvió la
sociedad anónima denominada tres-ciento uno- cuatro ocho cuatro tres siete
ocho s. a. cédula jurídica número tres-ciento uno- cuatro ocho cuatro tres
siete ocho.—Alajuela, veintiséis de junio del dos mil doce.—Licda. Nidia Sibaja
Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012064457).
Que mediante la escritura número
trescientos sesenta y tres bis otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja
Blanco, en la ciudad de Alajuela, a las trece horas del día veinticinco de
junio del año dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima denominada L. M.
L. Alvonte S. A. cédula jurídica numero tres-ciento uno-tres
siete ocho cero nueve cinco.—Alajuela, veintiséis de junio del dos mil
doce.—Licda: Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012064458).
Que mediante la escritura número
trescientos cincuenta y seis otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja
Blanco, en la ciudad de Alajuela, a las nueve horas treinta minutos del día
veinticinco de junio del año dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima
denominada IKA Mombai Representaciones S. A., cédula
jurídica número tres-ciento uno-tres nueve cuatro cero uno uno.—Alajuela
veinticinco de junio del dos mil doce.—Licda. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1
vez.—(IN2012064459).
Que mediante la escritura número
trescientos cincuenta y siete otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja
Blanco, en la ciudad de Alajuela, a las diez horas del día veinticinco de junio
del año dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima denominada Condominio
Colina Real Seis C S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-tres dos seis nueve tres tres.—Alajuela, veinticinco de junio del dos mil
doce.—Licda. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012064460).
Que mediante la escritura número
trescientos cincuenta y ocho otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja
Blanco, en la ciudad de Alajuela, a las diez horas quince minutos del día
veinticinco de junio del año dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima
denominada La Tortuga
en Marte S. A., cédula jurídica número tres- ciento uno- cuatro
cuatro nueve nueve nueve cinco.—Alajuela, veinticinco de junio del dos mil
doce. Licda. Nidia Sibaja Blanco,
Notaria.—1 vez.—(IN2012064461).
Que mediante la escritura número
trescientos cincuenta y nueve otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja
Blanco, en la ciudad de Alajuela, a las diez horas treinta minutos del día
veinticinco de junio del año dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima
denominada Porky S. A., cédula jurídica número tres- ciento uno- cero
dos cinco uno ocho cinco.—Alajuela, veinticinco de junio del dos mil
doce.—Licda: Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012064462).
Por escritura pública 237-1, de
las 9:00 horas, del veintiséis de junio de 2012, autorizada por el notario
público Hermán Emilio García Osorio, se constituyó la empresa Bucco To The
Top Entertainment, Sociedad Anónima.—San José, 26 de junio de 2012.—Lic.,
Herman Emilio García Osorio, Notario.—1 vez.—(IN2012064463).
Por escritura de las 13:00 horas
del 26 de junio del 2012, protocolicé disolución de Distribuidora de Licores
Sabanilla S. A.—Lic. Hugo Retana Hidalgo, Notario.—1
vez.—(IN2012064464).
Que mediante la escritura número
trescientos sesenta otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, en la
ciudad de Alajuela, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del día
veinticinco de junio del año dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima
denominada Ganadera Tacares S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno- uno cero siete dos cinco cuatro.—Alajuela, veinticinco de
junio del dos mil doce.—Licda. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1
vez.—(IN2012064465).
Que mediante la escritura número
trescientos sesenta y uno otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco,
en la ciudad de Alajuela, a las once horas del día veinticinco de junio del año
dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima denominada Monihome S.
A., cédula jurídica número tres-ciento uno- cuatro dos tres nueve cero
nueve.—Alajuela, veinticinco de junio del dos mil doce.—Licda. Nidia Sibaja
Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012064466).
Que mediante la escritura número
trescientos sesenta y dos otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco,
en la ciudad de Alajuela, a las once horas quince minutos del día veinticinco
de junio del año dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima denominada Condominio
Siete Gris Colinas S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-
dos seis nueve cero cero siete.—Alajuela, veinticinco de junio del dos mil
doce.—Licda. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012064467).
Por escritura veintiuno-once,
otorgada hoy ante mí, compareció la totalidad del capital social solicitando
disolver la entidad: Famarko Sociedad Anónima, cédula jurídica número:
tres- ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil ciento veinticuatro.—Licda.
Erika Morera Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2012064468).
Los accionistas de la sociedad Insularis
Life Sociedad Anónima., cédula 3-101-397217, acuerdan disolver dicha
sociedad. Oposiciones dentro del plazo de Ley. Escritura se protocoliza ante
esta notaría. Lic. Adelia González Rojas. Notaría Pública, oficina en San José,
Santa Ana, del Banco Popular 200 sur y 250 oeste, fax: 2282-4327. Tel.
2282-40-08.—Santa Ana, 26 de junio del año 2012.— Lic. Adelia González Rojas,
Notaria.—1 vez.—(IN2012064470).
Los accionistas de la sociedad Murillo
y Barrantes Sociedad de Responsabilidad Limitada., cédula 3-102-033463,
acuerdan disolver dicha sociedad. Oposiciones dentro del plazo de Ley.
Escritura se protocoliza ante esta notaría. Lic. Adelia González Rojas, Notaría
Pública, oficina en San José, Santa Ana, del Banco Popular 200 sur y 250 oeste,
fax, 2282-43-27. Tel. 22-82-40-08.—Santa Ana, 25 de junio del 2012.— Lic.
Adelia González Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012064471).
Los accionistas de la sociedad Autotransportes
Valle del Sol Sociedad Anónima., cédula 3-101-334641, acuerdan disolver
dicha sociedad. Oposiciones dentro del plazo de Ley. Escritura se protocoliza
ante esta notaría. Lic. Adelia González Rojas, Notaria Pública, oficina en San
José, Santa Ana, del Banco Popular 200 sur y 250 oeste, fax 22-82-43-27. Tel.
22-82-40-08.—Santa Ana, 25 de junio del 2012.—Lic. Adelia González Rojas,
Notaria.—1 vez.—(IN2012064472).
Los accionistas de la sociedad Trymarolsa
Sociedad Anónima, cédula 3-101-433943, acuerdan disolver dicha sociedad. Oposiciones
dentro del plazo de Ley. Escritura se protocoliza ante esta notaría. Lic.
Adelia González Rojas, notaría pública, oficina en San José, Santa Ana, del
Banco Popular 200 sur y 250 oeste, fax 22-82-43-27. Tel. 22-82-40-08.—Santa Ana, 25 de junio del 2012.—Lic. Adelia María
González Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012064473).
Los accionistas de la sociedad Instituto de
Sostenibilidad, Ecología, Arte, Mente e Investigación Sociedad
Anónima, cédula 3-101-533334, acuerdan disolver dicha sociedad. Oposiciones
dentro del plazo de Ley. Escritura se protocoliza ante ésta notaría. Lic.
Adelia González Rojas, notaría pública, oficina en San José, Santa Ana, del
Banco Popular 200 sur y 250 oeste, fax 22-82-43-27. Tel. 22-82-40-08.—Santa Ana, 25 de junio del 2012.—Lic. Adelia María
González Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012064474).
Los accionistas de la sociedad La Balanza Mágica
Sociedad Anónima, cédula 3-101-389437, acuerdan disolver dicha sociedad. Oposiciones
dentro del plazo de Ley. Escritura se protocoliza ante esta notaría. Lic.
Adelia González Rojas, notaría pública, oficina en San José, Santa Ana, del
Banco Popular 200 sur y 250 oeste, fax, 22-82-43-27. Tel. 22-82-40-08.—Santa Ana, 25 de junio del 2012.—Lic. Adelia María
González Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012064475).
Los accionistas de la sociedad La Mina Contenta
Sociedad Anónima, cédula 3-101-389937, acuerdan disolver dicha sociedad. Oposiciones
dentro del plazo de Ley. Escritura se protocoliza ante ésta notaría. Lic.
Adelia González Rojas, notaría Pública, oficina en San José, Santa Ana, del
Banco Popular 200 sur y 250 oeste, fax 22-82-43-27. Tel. 22-82-40-08.—Santa Ana, 25 de junio del 2012.—Lic. Adelia María
González Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012064476).
En la escritura otorgada por esta notaría se
disuelve la sociedad Instituto de Capacitación y Desarrollo Humano ICADE
Sociedad Anónima, Comunicación Integrada de Latinoamérica
CI Sociedad Anónima, e Inmobiliaria Santa Eulalia S. A. y se
constituye nueva sociedad con nombre Fashion Di-Frank Inversiones Sociedad
Anónima.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Linda Todd
Lazo, Notaria.—1 vez.—(IN2012064478).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
dieciocho horas del veinte de junio del dos mil doce, se acuerda la disolución
de la sociedad Centro de Aventuras Tropicales Sociedad Anónima.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Mario
Enrique Pacheco Loaiza, Notario.—1
vez.—(IN2012064479).
Por escritura de las dieciséis
horas del veinticinco de junio del dos mil doce, ante la notaría del Licenciado
José Pablo Fernández Narváez, se disolvió la sociedad Color Design S.
A.—Lic. José Paolo Fernández Narváez, Notario.—1
vez.—(IN2012064480).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las 8:00 horas del 25 de junio de 2012, se protocoliza carta de
renuncia de personería de la entidad Corporación de Servicios
Médicos Juan Pablo II S. A, con cédula jurídica número 3-101-246241. Es
todo.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Gloriana Montiel Zúñiga, Notaria.—1
vez.—(IN2012064482).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las 10:00 horas del 26 de junio de 2012, se disuelve la entidad Capital
Fusion Group S. A., con cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos noventa y seis setecientos noventa y dos mil. Es todo.—San
José, 26 de junio de 2012.—Lic. Jorge Enrique Gonzalo Villalobos, Notario.—1
vez.—(IN2012064483).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las 10:15 horas del 26 de junio de 2012, se disuelve la entidad Monval
Internacional S. A, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos setenta y siete cuatrocientos diecinueve. Es todo.—San José, 26
de junio de 2012.—Lic. Jorge Enrique Gonzalo Villalobos, Notario.—1
vez.—(IN2012064484).
Por escritura otorgada ante mí,
hoy en San José, el señor don Carlos Luis Jenkins Salazar, disuelve la
sociedad, domiciliada en San José, denominada La Nicoyana Limitada.—San
José, 23 de junio de 2012.—Lic. Harvey Alvarado Herrera, Notario.—1
vez.—(IN2012064490).
Por escritura número ciento
cuarenta, otorgada ante la notaría del Lic. Juan Daniel Acosta Gurdián, a las
nueve horas del día veinticinco de junio del dos mil doce, se protocoliza acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Lecoma
Inversiones Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-quinientos cuarenta y dos mil trescientos uno, mediante la cual
se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veinticinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Juan Daniel Acosta Gurdián, Notario.—1 vez.—(IN2012064492).
Por escritura número ciento
treinta y nueve, otorgada ante la notaría del Lic. Juan Daniel Acosté Gurdián,
a las ocho horas del día veinticinco de junio del dos mil doce, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Peletizados
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres -ciento
uno-ciento setenta y seis mil quinientos sesenta y seis, mediante la cual se
acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veinticinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Juan Daniel Acosta Gurdián, Notario.—1 vez.—(IN2012064493).
Por escritura número sesenta y
cinco-cuatro, otorgada ante esta notaria, Karla Villalobos Carballo, a las diez
horas del día veinte de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Mago Goyanes Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero setenta
y siete mil quinientos sesenta y ocho, mediante la cual se acuerda la
disolución de la sociedad.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic.
Karla Villalobos Carballo, Notaria.—1 vez.—(IN2012064494).
Por escritura número ciento
treinta y siete, otorgada ante la notaría del Lic. Juan Daniel Acosta Gurdián,
a las nueve horas del día veintiuno de junio del dos mil doce, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Costa
Rica Global Enterprise S. A., con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-quinientos sesenta y siete mil quinientos noventa, mediante la
cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veintiuno de junio del
dos mil doce.—Lic. Juan Daniel Acosta Gurdián, Notario.—1 vez.—(IN2012064495).
Por escrituras otorgadas ante el
suscrito, las sociedades El Cuartel de la Artillería S. A., Las Sillas
del Boulevard S. A., La Cafetería y
Restaurante del Boulevard S. A., La Casa del Toro
S. A., Hasta la
Maceta S. A., Corporación
Desarrollo Urbano Coruba S. A., Los Churros de la Avenida S. A., La Churrería del
Boulevard S. A., La
Soledad de Manolos S. A. y Soda El
Prado Limitada, acuerdan disolver y liquidar las mismas.—Lic. Francisco
Hernán Barth Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2012064496).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las quince horas con cinco minutos del día veinticinco de junio
del dos mil doce, se constituyó, se disolvió y se liquidó la sociedad Livita
S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero treinta y cuatro mil
novecientos ochenta y cinco. Presidente, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Lic. Denis de Jesús Zamora Fuentes, Notario.—1
vez.—(IN2012064497).
Por escritura número ciento
treinta y seis, otorgada ante la notaría del Lic. Juan Daniel Acosta Gurdián, a
las ocho horas del día veintiuno de junio del dos mil doce, se protocoliza acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Motos Raybar
de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y nueve mil
quinientos noventa y uno, mediante la cual se acuerda la disolución de la
sociedad.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Daniel
Acosta Gurdián, Notario.—1 vez.—(IN2012064498).
Por escritura otorgada en mi
notaría, a las 11:00 horas del 15 de junio del año en curso, se protocoliza
acta de asamblea extraordinaria de accionistas, mediante la cual se modifica la
cláusula segunda y se nombra junta directiva y fiscal de la sociedad denominada
E Y R Grupo Servicios Internacional del Norte S. A.—Alajuela,
15 de junio del 2012.—Lic. Carlos Martínez Ocampo, Notario.—1
vez.—(IN2012064500).
Por escritura número 98, tomo 7
de mi protocolo, otorgada a las 9:00 horas del 25 de junio de 2012, el único
socio acuerda en firma la disolución de la sociedad Mangoro Internacional S.
A., cédula jurídica 3-101-102958, con domicilio en San José.—San José, 25
de junio de 2012.—Lic. Rodolfo Alfaro Pineda, Notario.—1 vez.—(IN2012064501).
Por escritura número 99, tomo 7
de mi protocolo, otorgada a las 9:30 horas del 25 de junio de 2012, el único
socio acuerda en firma la disolución de la sociedad Inmobiliaria Monte Carlo
S. A., cédula jurídica 3-101-120767, con domicilio en San José.—San José,
25 de junio de 2012.—Lic. Rodolfo Alfaro Pineda, Notario.—1
vez.—(IN2012064503).
Por escritura ciento seis
otorgada en San José, a las 11:00 horas del 22 de junio del 2012, ante esta
notaría se protocolizó por acuerdo expreso de los socios, la disolución de la
entidad Restbar Soft S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro cero
ocho cuatro uno cero, domiciliada en Alajuela.—San José, 25 de junio del
2012.—Lic. Luis Echeverri Trujillo, Notario.—1 vez.—(IN2012064504).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las nueve horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se procede
a la disolución de Ricadri de Guácimo Sociedad Anónima.
No se liquidan bienes.—Heredia, nueve horas del veintiséis de junio del dos mil
doce.—Lic. Roberto Ulate González, Notario.—1 vez.—(IN2012064505).
Por escritura otorgada, a las
nueve horas del veinticuatro de junio del dos mil doce, se protocoliza la disolución
de la sociedad Naranjales del Mar S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos treinta y siete mil sesenta y tres. Por escritura otorgada, a
las doce horas del veinticuatro de junio del dos mil doce, se disuelve la
sociedad Doña Silvia S. A., cédula jurídica tres-ciento uno. Por
escritura otorgada, a las catorce horas del veinticuatro de junio del dos mil
doce, se protocoliza la disolución de la sociedad Bavarian Alpine White S.
A., cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos veintiún mil quinientos
sesenta y seis.—San José, veinticuatro de junio del dos mil doce.—Lic. Daniel
León Núñez, Notario.—1 vez.—(IN2012064506).
Ante este notario público, José
Fermín Morales Campos, se constituye escritura número ciento ochenta y seis,
iniciada en el folio ciento dieciocho frente, del tomo seis de mi protocolo, en
donde se realiza la disolución de la sociedad: Floris del Tejar Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y
cinco mil-doscientos noventa y siete. Es todo.—Dado en Alajuela, el veintiséis
de junio del dos mil doce.—Lic. José Fermín Morales Campos, Notario.—1
vez.—(IN2012064507).
Por escritura Nº 393-17,
otorgada ante mi notaría, a las 18:00 horas del 21 de junio del 2012, se acordó
disolver las sociedades denominadas: Confecciones Yessenia S. A.; A.D.N
Gráfica Global S. A., e Inversiones Torse S. A.—San José, 21 de
junio del 2012.—Lic. Ricardo Villalobos González, Notario.—1
vez.—(IN2012064508).
Por escritura Nº 44, otorgada
ante mi notaría, a las 10:00 horas del 25 de junio del 2012, se acordó disolver
la sociedad denominada: Abogados y Asesores Marma S. A.—San José, 25 de
junio del 2012.—Lic. Greivin Ureña Fuentes, Notario.—1 vez.—(IN2012064509).
Ante este notario público, José
Fermín Morales Campos, se constituye escritura número ciento ochenta y cinco,
iniciada en el folio ciento diecisiete vuelto, del tomo seis de mi protocolo,
en donde se realiza la disolución de la sociedad: Inversiones Gomu Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos diez
mil doscientos noventa y ocho. Es todo.—Dado en Alajuela, el veintiséis de
junio del dos mil doce.—Lic. José Fermín Morales Campos, Notario.—1
vez.—(IN2012064510).
Ante este notario público, José
Fermín Morales Campos, se constituye escritura número ciento ochenta y cuatro,
iniciada en el folio ciento diecisiete frente, del tomo seis de mi protocolo,
en donde se realiza la disolución de la sociedad: Regalos Samalú Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-noventa y cinco mil
veintiocho. Es todo.—Dado en Alajuela, el veintiséis de junio del dos mil
doce.—Lic. José Fermín Morales Campos, Notario.—1 vez.—(IN2012064511).
Mediante asamblea general
extraordinaria de socios, con fundamento en el artículo doscientos uno del
Código de Comercio, se acordó y quedó en firme la disolución de la empresa: Inmobiliaria
Las Flores IF S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
treinta y un mil ochocientos cuarenta y uno, de lo cual da fe la notaria que se
dirá con vista en el acta de asamblea citada. Es todo.—Heredia, dieciocho de
junio del dos mil doce.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1
vez.—(IN2012064518).
Mediante asamblea general
extraordinaria de socios, con fundamento en el artículo doscientos uno del
Código de Comercio, se acordó y quedó en firme la disolución de la empresa: Inversiones
Rodas S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cero treinta y seis mil
quinientos treinta y dos, de lo cual da fe la notaria que se dirá con vista en
el acta de asamblea citada. Es todo.—Heredia, dieciocho de junio del dos mil
doce.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(IN2012064519).
Mediante asamblea general
extraordinaria de socios, con fundamento en el artículo doscientos uno del
Código de Comercio, se acordó y quedó en firme la disolución de la empresa: Inversiones
J & V Asociados S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-cero
cuarenta y dos mil quinientos siete, de lo cual da fe la notaria que se dirá
con vista en el acta de asamblea citada. Es todo.—Heredia, veintiséis de junio
del dos mil doce.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(IN2012064520).
Por escritura otorgada ante mí, a las 09:00 horas
del día 22 de junio del 2012, protocolicé asamblea extraordinaria de socios de
la sociedad: Sakira S. A. Se disuelve la sociedad.—Lic.
Ruhal Barrientos Saborío, Notario.—1
vez.—(IN2012064521).
Por escritura doscientos
cuarenta y cuatro, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veinticinco
de junio del dos mil doce, por acuerdo de socios, se disuelve la entidad
denominada: Compañía Consultora de Información Arancelaria Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-073580.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Marvin
Roldán Granados, Notario.—1 vez.—(IN2012064524).
Mediante escritura Nº 134-3,
otorgada ante esta misma notaría, a las 15:00 horas del 18 de junio del 2012,
se acuerda por unanimidad de socios hacer la disolución de la sociedad
denominada: Conte Guerra y Cuenca S. A., cédula jurídica Nº
3-101-448974.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Maricruz Villasuso Morales,
Notaria.—1 vez.—(IN2012064527).
Mediante escritura Nº 135-3,
otorgada ante esta misma notaría, a las 11:00 horas del 21 de junio del 2012,
se acuerda por unanimidad de socios hacer la disolución de las sociedades
denominadas: Grupo Forte Inversora y Arrendadora S. A., cédula jurídica
Nº 3-101-309883, e Industria de Tratamiento de Agua S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-309927.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Maricruz
Villasuso Morales, Notaria.—1 vez.—(IN2012064528).
Por escritura ciento veinticuatro-cuatro,
otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintidós de junio del dos mil
doce, por acuerdo de socios, se disuelve la entidad denominada: Vílchez
Shadid y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-194606.—San
José, 22 de junio del 2012.—Lic. Irina Castro Gamboa, Notaria.—1
vez.—(IN2012064530).
Por escritura ciento
veinticinco-cuatro, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta
minutos del veintidós de junio del dos mil doce, por acuerdo de socios, se
disuelve la entidad denominada: Royal Papagayo Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3-101-405978.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Irina Castro
Gamboa, Notaria.—1 vez.—(IN2012064531).
Por asamblea general
extraordinaria de socios de Cala-Cala del Río S. A., cédula jurídica Nº
3-101-510325, de las dieciocho horas del veinticinco de junio del dos mil doce,
protocolizada por el suscrito notario, el 26 de junio del 2012, se acuerda
disolver la sociedad, sin existir activos o pasivos que liquidar, por lo que no
se nombra liquidador y se tiene por liquidada.—San José, 26 de junio del
2012.—Lic. Guillermo Guerrero Corrales, Notario.—1 vez.—(IN2012064532).
Mediante escritura trescientos
diecisiete, folio nueve frente, se disuelve y liquida la sociedad: Inversiones
Las Plameras de La Unión S.G
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-570013.—Tres Ríos, 26 de junio
del 2012.—Lic. Rolando Rojas Navarro, Notario.—1 vez.—(IN2012064533).
Mediante escritura otorgada en
esta ciudad, a las once horas del treinta de mayo del dos mil doce, se
constituyó la sociedad denominada: Yuch Y L R Sociedad de Responsabilidad
Limitada. Domicilio: Desamparados, Alajuela. Gerente: apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Alajuela, 5 de junio del 2012.—Lic. María
González Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2012064534).
Mediante escritura otorgada en
esta ciudad, a las dieciséis horas del dieciocho de marzo del dos mil doce, se
constituyó la sociedad denominada: Hermanos Muñoz Cordero Sociedad Anónima.
Domicilio: Alajuela. Presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, vocal
uno, vocal dos, vocal tres y vocal cuatro: representantes legales con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela, 14 de
junio del 2012.—Lic. Nuria Rodríguez Vásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2012064535).
Mediante escritura otorgada en
esta ciudad, a las quince horas quince minutos del veintidós de junio del dos
mil doce, protocolicé acta de la sociedad denominada: Morera y Soto Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero noventa y un mil
seiscientos diecinueve-treinta, mediante la cual se disuelve esa sociedad por
acuerdo de socios.—Alajuela, 22 de junio del 2012.—Lic. María González Campos,
Notaria.—1 vez.—(IN2012064536).
Mediante escritura otorgada en esta
ciudad, a las quince horas del veintidós de junio del dos mil doce, protocolicé
acta de la sociedad denominada: Organización Naniquin Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos catorce mil seiscientos
cincuenta y seis, mediante la cual se disuelve esa sociedad por acuerdo de
socios.—Alajuela, 22 de junio del 2012.—Lic. María González Campos, Notaria.—1
vez.—(IN2012064537).
Mediante escritura otorgada en
esta ciudad, a las dieciséis horas del veintiuno de junio en curso, protocolicé
acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la compañía: Comisariato
Finca Doce Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica cláusula segunda
del pacto social, se crea cláusula décimo primera bis, y se hacen nombramientos
de junta directiva y fiscal.—Alajuela, 21 de junio del 2012.—Lic. María
González Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2012064538).
Mediante escritura otorgada en
esta ciudad, a las catorce horas del diecinueve de junio del dos mil doce, se
otorgó escritura mediante la cual se disuelve la sociedad denominada: Jenkitronics
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento
dos-doscientos seis mil ochocientos ochenta y cuatro, por acuerdo de
socios.—Alajuela, 19 de junio del 2012.—Lic. María González Campos, Notaria.—1
vez.—(IN2012064540).
Mediante escritura otorgada en
esta ciudad, a las dieciséis horas del once de junio del dos mil doce,
protocolicé acta de la sociedad denominada: Renicku Palo Seco Sociedad
Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula octava de los estatutos
sociales relativa a la representación.—Alajuela, 12 de junio del 2012.—Lic.
María González Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2012064542).
Por escritura número ciento
ochenta y uno otorgada a las dieciocho horas del diecinueve de junio del dos mil
doce, los señores: Sander Pacheco Araya, cédula número uno-seiscientos
veintiuno-quinientos ochenta y cinco, y Vera Vanessa Salas Moreno, cédula
número cinco-doscientos cincuenta y nueve-trescientos noventa y uno, han
decidido disolver y liquidar la sociedad: Geosistemas Informáticos PS S. A.,
cédula número tres-ciento uno-ciento sesenta y cinco mil ochocientos noventa y
dos.—Alajuela, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Jimmy Núñez Ramírez,
Notario.—1 vez.—(IN2012064543).
Mediante escritura otorgada en
esta ciudad, a las dieciséis horas treinta minutos del cinco de junio del dos
mil doce, protocolicé acta de la sociedad denominada: Bonilla y Saborío
Arquitectos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos dieciséis mil quinientos setenta y cinco, mediante la cual se
disuelve esa sociedad por acuerdo de socios.—Alajuela, 5 de junio del
2012.—Lic. María González Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2012064544).
Mediante escritura otorgada en
esta ciudad a las nueve horas cincuenta minutos del ocho de junio de dos mil
doce se disuelve la sociedad denominada Super D Castro
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero sesenta y nueve mil
seiscientos cincuenta y nueve, por acuerdo de socios.—Alajuela, 8 de junio del
2012.—Lic. María González Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2012064545).
Mediante escritura otorgada en
esta ciudad a las diecisiete horas del cinco de junio de dos mil doce,
protocolicé acta de la sociedad denominada Nurysa Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta mil cuarenta y dos, mediante la
cual se disuelve esa sociedad por acuerdo de socios.—Alajuela, 5 de junio del
2012.—Lic. María González Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2012064546).
Por escritura otorgada en la
ciudad de San José a las 11:30 horas del 25 de junio del 2012, protocolizo acta
de asamblea extraordinaria de accionistas de Castillo y Barrantes Sociedad
Anónima, mediante la cual se disuelve la sociedad.—Lic. Fernán Pacheco
Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2012064547).
Por escritura otorgada a las 9:30
horas del 26 de junio del 2012, se constituyó la sociedad denominada Jungle
Style LLC Limitada. Plazo: 99 años. Objeto: la comercialización en general.
Representante legal: los gerentes, capital social: doce mil colones suscrito y
pagado. Domicilio: Goicoechea, San José.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1
vez.—(IN2012064548).
Por escritura otorgada a las
9:00 horas del 25 de junio del 2012, se constituyó la sociedad denominada Costalanda
Investments Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Objeto: la comercialización
en general. Representante legal: el gerente, capital social: treinta mil
colones suscrito y pagado. Domicilio: Curridabat, San José.—Lic. Fernán Pacheco
Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2012064549).
Por escritura número treinta y
tres otorgada ante los notarios Eduardo Sancho Arce y Laura Fernández Castro a
las diez horas quince minutos del veintiséis de junio del año dos mil doce, se
protocolizó acta de la sociedad Lacon Real State S. A., mediante la cual
se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veintiséis de junio del dos
mil doce.—Lic. Laura Fernández Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2012064550).
Por escritura otorgada en la
ciudad de San José a las 14:30 horas del 26 de junio del 2012, protocolizo acta
de asamblea extraordinaria de socios de Slow M Ocean Limitada, mediante
la cual se disuelve la sociedad.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1
vez.—(IN2012064551).
Por escritura número treinta y
dos otorgada ante los notarios Eduardo Sancho Arce y Laura Fernández Castro a
las diez horas del veintiséis de junio del año dos mil doce, se protocolizó
acta de la sociedad Lacon Concretos Premezclados S. A., mediante la cual
se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veintiséis de junio del dos
mil doce.—Lic. Laura Fernández Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2012064552).
Que ante esta notaría pública,
se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el
artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio, la sociedad
denominada Camaca Puerta Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-tres
seis nueve tres tres cero. Quien se considere afectado, puede manifestar su
oposición en la dirección física ubicada en Puntarenas, veinticinco metros al
oeste de restaurante El Cevichito, en Bufete Núñez & Asociados, en el
término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—Puntarenas,
veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Mariano Núñez Quintana, Notario.—1
vez.—(IN2012064553).
Que ante esta notaría pública,
se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo
doscientos uno- inciso d) del Código de Comercio, la sociedad denominada Lova
F Y H Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-trescientos dos mil doscientos dieciocho. Quien se considere afectado,
puede manifestar su oposición en la dirección, ubicada en Puntarenas,
veinticinco metros al oeste de restaurante El Cevichito, en Bufete Núñez &
Asociados, en el término de un mes a partir de la publicación de este
aviso.—Puntarenas, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Mariano Núñez
Quintana, Notario.—1 vez.—(IN2012064555).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las quince horas del veintiuno de junio del año dos mil doce, se
acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Poliart Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y cuatro mil
setecientos setenta y siete.—San José, veintiuno de junio del dos mil
doce.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012064556).
Por escritura número doce del
diecinueve de junio del dos mil doce, otorgada ante esta notaría se protocolizó
el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de Sistemas
Verdes Internacional S. A., mediante la cual se reforma la
junta directiva.—Escazú, 28 de junio del 2012.—Lic. Mario Valverde Brenes,
Notario.—1 vez.—(IN2012064557).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las diecisiete horas treinta minutos del veintiuno de junio del año
dos mil doce, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Intelinvest
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
cincuenta y siete mil ciento cincuenta y nueve.—San José, veintiuno de junio
del dos mil doce.—Lic. Kattya Marcela Mejias Villalobos, Notaria.—1
vez.—(IN2012064558).
En escrituras otorgadas en esta
notaría a las once horas, once horas treinta minutos, doce horas y doce horas
treinta minutos, todas del veintiséis de junio del año en curso, los socios
respectivos acuerdan constituidos en asamblea general de accionistas la
disolución de las sociedades: G Y G Motriz S. A., Grupo Barceloneta
S. A., Torno y Fresadura Algrace S. A., Servicios Universal Diesel S. A.—San
José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Johanny Retana Madriz,
Notaria.—1 vez.—(IN2012064559).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
compañía tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y seis mil ochocientos siete
sociedad anónima, celebrada al ser las dieciséis horas y dos minutos del
día cuatro de junio del dos mil doce, en donde se reforma la cláusula primera y
sétima. Es todo.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo
Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(IN2012064560).
En escrituras otorgadas en esta
notaría a las diez horas y diez horas y treinta minutos, ambas del veintiséis
de junio del año en curso, los socios respectivos acuerdan constituidos en
asamblea general de accionistas la disolución de las sociedades Jupin Fútbol
Cinco S. A. y B Y B Sistemas S. A.—San José, veintiséis de junio del
dos mil doce.—Lic. Johanny Retana Madríz, Notaria.—1 vez.—(IN2012064561).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
compañía tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y seis mil ochocientos once
sociedad anónima, celebrada al ser las catorce horas y cincuenta minutos
del día cuatro de junio del dos mil doce, en donde se reforma la cláusula
primera. Es todo.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo
Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(IN2012064562).
En escritura otorgada en esta
notaría a las ocho horas del veintiséis de junio del año en curso, el señor
Gerardo Luis Chaves Morales, en su condición de único socio ha acordado la disolución
de la sociedad Compuelec Asesorías S. A.—San José,
veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notaria.—1
vez.—(IN2012064563).
Hoy ante esta notaría se
realizaron asambleas generales de socios de las compañías AB Trust de Costa
Rica Sociedad Anónima, Monteluna Sociedad Anónima y Aguas del
Pozo Dulce Sociedad Anónima en la que se solicitan las disoluciones de las
empresas. No existen bienes, obligaciones, activos o pasivos que liquidar, por
lo que se prescinden del nombramiento de liquidador.—San José, veintiséis de
junio del dos mil doce.—Lic. Luis Miguel Carballo Pérez, Notario.—1
vez.—(IN2012064564).
Ante esta notaría, se acuerda disolver la empresa Vehículos
Lombardia S. A. cédula 3-101-541102; Matthias Wolff, pasaporte COKG3k9W8. Escritura
otorgada el 26 de junio del 2012.—Lic. Juan Pablo
Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(IN2012064675).
Yo María Angélica Cordero Robles, cédula
3-0171-0037, carné 1316 notaría pública, hago saber a posibles interesados que
por escritura número veintiséis, visible a folio cincuenta y uno vuelto del
tomo vigésimo octavo de mi protocolo se protocoliza acta número diez, de
asamblea general extraordinaria de socios, mediante la cual se declara la disolución
de Centro de Producción y Televisión Cemprotel Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-245669.—Lic.
María Angélica Cordero Robles, Notaria.—1
vez.—(IN2012064676).
Ante esta notaría, los socios acuerdan disolver la
empresa Industrias Dusseldorf S. A. cédula 3-101-531166; Matthias Wolff,
pasaporte COKG3k9W8. Escritura otorgada el 26 de junio del 2012.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1
vez.—(IN2012064677).
Ante esta notaría, se acuerda disolver la empresa Bienes
Raíces Nuremberg S. A. cédula 3-101-541029; Presidente: Hjördis Bettina
Lourdes Oberländer, pasaporte de su país número 3212023588. Escritura otorgada el 26 de
junio del 2012.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza,
Notario.—1 vez.—(IN2012064678).
Ante esta notaría se protocolizó acta de
disolución de entidad Eduticonsulting Sociedad Anónima. Escritura
otorgada en San José, a las dieciséis horas del veintiséis de junio del dos mil
doce.—Lic. Ricardo Marín Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012064679).
Ante esta notaría se protocolizó acta de
disolución de entidad Kavasca Ecoland Sociedad Anónima. Escritura
otorgada en San José, a las quince horas del veintiséis de junio del dos mil
doce.—Lic. Ricardo Marín Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012064680).
Ante esta notaría se protocolizó acta de
disolución de entidad Stepin Latinoamérica Sociedad Anónima. Escritura
otorgada en San José, a las catorce horas del veintiséis de junio del dos mil
doce.—Lic. Ricardo Marín Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012064681).
Ante esta notaría se protocolizó acta de disolución
de entidad Escuela Latinoamericana de Áreas Protegidas Sociedad Anónima.
Escritura otorgada en San José, a las trece horas del veintiséis de junio del
dos mil doce.—Lic. Ricardo Marín Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012064682).
Ante esta notaría se protocolizó acta de
disolución de entidad Universidad Estatal de Oklahoma Sociedad Anónima. Escritura
otorgada en San José, a las doce horas del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Marín Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2012064683).
Ante esta notaría se protocolizó acta de
disolución de entidad Escuela de Negocios de Edinburgo Sociedad
Anónima. Escritura otorgada en San José, a las once horas del veintiséis de
junio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Marín Vargas,
Notario.—1 vez.—(IN2012064684).
Ante esta notaría se protocolizó acta de
disolución de entidad 3-101-607086 sociedad anónima. Escritura otorgada
en San José, a las quince horas del veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Marín Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2012064685).
Ante esta notaría se protocolizó acta de
disolución de entidad Asesorías Contables Najar López Ortiz y
Asociados Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las trece
horas del veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Ricardo
Marín Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012064686).
Ante esta notaría, los socios acuerdan disolver la
empresa Almacén de Depósito Fiscal y General
Pozos S. A. cédula 3-101-177801; Secretario: Javier Guardia Acosta, cédula
de identidad 1-678-612. Escritura otorgada el 25 de junio del 2012.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1
vez.—(IN2012064687).
Ante esta notaría, los socios acuerdan disolver la
empresa Inmobiliaria Alpes Nevados S. A., cédula 3-101-541072; Matthias
Wolff, pasaporte COKG3k9W8. Escritura otorgada el 26 de junio del 2012.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1
vez.—(IN2012064688).
Ante esta notaría, los socios acuerdan disolver la
empresa Vehículos Dusseldorf S. A., cédula 3-101-541983; Matthias Wolff,
pasaporte COKG3k9W8. Escritura otorgada el 26 de junio del 2012.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1
vez.—(IN2012064689).
Ante esta notaría, los socios acuerdan disolver la
empresa Bienes Raíces Dusseldorf S. A., cédula 3-101-541458;
Matthias Wolff, pasaporte COKG3k9W8. Escritura otorgada el 26 de junio del 2012.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1
vez.—(IN2012064690).
Ante esta notaría, los socios acuerdan disolver la
empresa Inmobiliaria Lombardia S. A., cédula 3-101-541998; Matthias
Wolff, pasaporte COKG3k9W8. Escritura otorgada el 26 de junio del 2012.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1
vez.—(IN2012064691).
Ante esta notaría, los socios acuerdan disolver la
empresa Inmobiliaria Dusseldorf S. A., cédula 3-101-541173 Matthias
Wolff, pasaporte COKG3k9W8. Escritura otorgada el 26 de junio del 2012.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1
vez.—(IN2012064692).
Ante esta notaría, los socios acuerdan disolver la
empresa Industrias Alpes Nevados S. A., cédula 3-101-541257
Matthias Wolff, pasaporte COKG3k9W8. Escritura otorgada el 26 de junio del 2012.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1
vez.—(IN2012064693).
Ante esta notaría, los socios acuerdan disolver la
empresa Industrias Bremen S. A., cédula 3-101-541973; Presidente:
Matthias Wolff, pasaporte COKG3k9W8. Escritura otorgada el 26 de junio del 2012.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1
vez.—(IN2012064694).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad K&B
Chahal Limitada con un plazo de cien años y un capital social de cien mil colones
exactos.—San José, veintiséis de junio del dos mil
doce.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1
vez.—(IN2012064695).
Ante esta notaría se procede a la liquidación de
la sociedad Tres uno cero uno cinco cuatro tres ocho ocho dos S. A.
de conformidad con el transitorio dos de la Ley número nueve mil veinticuatro y de artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San
José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—(IN2012064696).
Mediante escritura número 116-5, otorgada a las
10:00 horas del 25 de junio de 2012, se acuerda la disolución de la sociedad
denominada Inversiones Pergamino SPV S. A., cédula jurídica
número: 3-101-265453. Domicilio.—Cartago, 26 de junio
de 2012.—Lic. Carlos Eduardo Gutiérrez Monge, Notario.—1
vez.—(IN2012064697).
Por escritura otorgada a las nueve horas del
veintiséis de junio del dos mil doce, se modifica la cláusula sétima del pacto
social de la compañía Libamex Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cincuenta y nueve mil ochocientos noventa y tres.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Luis Diego Núñez
Salas, Notario.—1 vez.—(IN2012064698).
Mediante escritura número 117-5, otorgada a las
11:00 horas del 25 de junio de 2012, se acuerda la disolución de la sociedad
denominada Inversiones Pieval Hermanos S. A., cédula jurídica número:
3-101-372698. Domicilio Cartago.—26 de junio de
2012.—Lic. Carlos Eduardo Gutiérrez Monge, Notario.—1
vez.—(IN2012064699).
Ante la notaría del licenciado
Francisco Javier Vega Guzmán, se han presentado las siguientes sociedades: Ecoaventuras
y Turismo de Costa Rica S. A., y Jaza y Jaza Digital Soluciones S. A., a
fin de iniciar proceso de disolución notarial. A fin de que terceros
interesados puedan manifestar lo de su interés, se emite el presente
edicto.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Francisco Javier
Vega Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2012064704).
Roy González Guzmán, notario con oficina en
Alajuela, hago constar que el veintidós de junio del dos mil doce, mediante
escritura doscientos setenta y siete, se protocolizó acuerdos de asamblea
general, mediante los cuales se disolvió la sociedad Montero y Sibaja
Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-ciento setenta y un mil noventa y
cinco.—Alajuela, veinticinco de junio del dos mil
doce.—Lic. Roy González Guzmán, Notario.—1
vez.—(IN2012064705).
Mediante escritura número 209-1,
otorgada a las 13:00 horas del 23 de junio de 2012, se acordó la disolución de
la sociedad denominada Corporación Villafranco y Vargas S. A. Domicilio:
San José.—San José, 26 de junio de 2012.—Lic. Fernando
Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012064706).
Roy González Guzmán, notario con oficina en
Alajuela, hago constar que el veintiuno de junio del dos mil doce, mediante
escritura doscientos setenta y seis, se protocolizó acuerdos de asamblea
general, mediante los cuales se disolvió la sociedad Hermanos Araya Chaves
Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-ciento cincuenta y dos mil
doscientos sesenta y ocho.—Alajuela, veinticinco de
junio del dos mil doce.—Lic. Roy González Guzmán, Notario.—1
vez.—(IN2012064707).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 7:00 horas del 21 de junio del 2012, los socios de la sociedad RQMA
Asesores Legales Sociedad Anónima, acordaron su disolución y liquidación,
según artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. Este aviso se realiza
conforme lo estipulado en el artículo 207 del Código de Comercio.—Lic.
Priscilla Soto Quirós, Notaria.—1 vez.—(IN2012064709).
Mediante escritura número 208-1,
otorgada a las 12:00 horas del 23 de junio de 2012, se acordó la disolución de
la sociedad denominada Consultores de Sistemas Administrativos e
Industriales S. A. Domicilio: San José.—San José, 26 de junio de 2012.—Lic.
Fernando Jiménez Mora, Notario.—1
vez.—(IN2012064710).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, el día veintidós de junio a las catorce horas del año dos mil doce, se
acordó disolver las sociedades denominadas Taller M T M Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y siete mil seiscientos
noventa y tres e Inversiones Rumo Internacional Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y dos mil setecientos sesenta y
nueve.—San José, veintiséis de junio de dos mil doce.—Lic. Adolfo Vega Camacho,
Notario.—1 vez.—(IN2012064711).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, el día veintiuno de junio a las quince horas del año dos mil doce, se
acordó disolver la sociedad denominada Aralcrí Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cinco mil doscientos
treinta y seis.—San José, veintiséis de junio de dos mil doce.—Lic. Adolfo Vega
Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2012064713).
Por escritura número 223,
otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general de socios
de Comercial La Yunta C.L.Y.
S. A., mediante la cual se solicita la disolución de dicha empresa.—Lic.
Esteban Quesada Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2012064715).
Mediante escritura número 219-1,
otorgada a las 9:00 horas del 26 de junio de 2012, se acordó la disolución de
la sociedad denominada Iuris Lex Asesores S. A. Domicilio: Cartago.—San
José, 26 de junio de 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1
vez.—(IN2012064716).
Por escritura número 199, otorgada
ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general de socios de Óscar
Murillo y Asociados Asesores en Relaciones Públicas S. A., mediante la cual
se solicita la disolución de dicha empresa.—Lic. Esteban Quesada Murillo,
Notario.—1 vez.—(IN2012064717).
Por escritura otorgada en la
ciudad de San José, a las 14:00 horas del 25 de junio del 2012, se procedió a
la disolución de sociedad anónima denominada A Toda Vela Sociedad Anónima. Cualquier
interesado puede oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en
causa legal o pactada, dentro de los 30 días siguientes a esta publicación.—San
José, 26 de junio del 2012.—Lic. Marco Antonio Jiménez Carmiol, Notario.—1
vez.—(IN2012064718).
Por escritura otorgada en la
ciudad de San José, a las 14:15 horas del 25 de junio del 2012, se procedió a
la disolución de sociedad anónima denominada El Barro Hecho Arte Sociedad
Anónima. Cualquier interesado puede oponerse judicialmente a la disolución,
que no se base en causa legal o pactada, dentro de los 30 días siguientes a
esta publicación.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Marco Antonio Jiménez
Carmiol, Notario.—1 vez.—(IN2012064719).
Por escritura otorgada en la
ciudad de San José, a las 14:30 horas del 25 de junio del 2012, se procedió a
la disolución de sociedad anónima denominada Farmacia Sabanilla Sociedad
Anónima. Cualquier interesado puede oponerse judicialmente a la disolución,
que no se base en causa legal o pactada, dentro de los 30 días siguientes a
esta publicación.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Marco Antonio Jiménez
Carmiol, Notario.—1 vez.—(IN2012064720).
Por escritura otorgada en la
ciudad de San José, a las 14:45 horas del 25 de junio del 2012, se procedió a
la disolución de sociedad anónima denominada M. A. R. E. L. Internacional Sociedad
Anónima. Cualquier interesado puede oponerse judicialmente a la disolución,
que no se base en causa legal o pactada, dentro de los 30 días siguientes a
esta publicación.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Marco Antonio Jiménez
Carmiol, Notario.—1 vez.—(IN2012064721).
Por escritura otorgada en la
ciudad de San José, a las 15:00 horas del 26 de junio del 2012, se procedió a
la disolución de sociedad anónima denominada Transporte Internacional
Costarricense de Aviación Tica Sociedad Anónima. Cualquier interesado puede
oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o
pactada, dentro de los 30 días siguientes a esta publicación.—San José, 27 de
junio del 2012.—Lic. Marco Antonio Jiménez Carmiol, Notario.—1
vez.—(IN2012064722).
Por escritura otorgada ante esta
misma notaría, a las 8:00 horas del 25 de junio del 2012, se disolvió la
sociedad tres-ciento uno-quinientos diez mil trescientos sesenta y cinco
sociedad anónima, de conformidad con el artículo 201, incisos d) del Código
de Comercio.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Jorge Sánchez Chacón,
Notario.—1 vez.—(IN2012064723).
Ante el suscrito notario
público, siendo las 9:00 horas del día 28 de mayo del 2012, se solicitó la
disolución de la sociedad Carvajal y González S. A., cédula jurídica
3-101-236546.—San José, 28 de mayo de 2012.—Lic. Olman Yorly Soto Vanegas,
Notario.—1 vez.—(IN2012064724).
Por escritura otorgada ante esta
misma notaría, a las 14:30 horas del 22 de junio del 2012, se protocolizó el
acta número 12 de asamblea general extraordinaria de socios de Agencia de
Viajes Fortuna S. A., en la cual en la cual se acuerda disolver la sociedad
por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código
de Comercio. Misma fecha.—Lic. Manuel Francisco Jones Chacón, Notario.—1
vez.—(IN2012064725).
Por escritura otorgada ante esta
misma notaría, a las 16:15 horas del 20 de junio del 2012, se protocolizó el
acta número 1 de asamblea general extraordinaria de socios de Aceres Deporte
S. A., en la cual en la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de
socios, de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio.
Misma fecha.—Lic. Manuel Francisco Jones Chacón, Notario.—1
vez.—(IN2012064726).
Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria
de la sociedad Naturaleza del Malva Real Sociedad Anónima, donde se
acordó disolver la sociedad.—San José, veintiséis de
junio del dos mil doce.—Licda. Livia Meza Murillo, Notaria.—1
vez.—(IN2012064727).
Por escrituras otorgadas ante mí, se disolvieron
las sociedades Traviar de Escazú Sociedad Anónima, Turismo Regional Sociedad
Anónima, Compañía Agronáutica de Costa Rica Sociedad Anónima y Piklet
Group Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del
2012.—Licda. Lilliana Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012064728).
Mediante escritura número 228-1, otorgada a las
8:00 horas del 27 de junio de 2012, se acordó la disolución de la sociedad
denominada 3-101-535826 S.A. Domicilio: Heredia.—San
José, 27 de junio de 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012064729).
Por escritura otorgada ante el notario Fernando
Solano Rojas, San José, a las 14:00 horas del 22 de junio del 2012, se disolvió
la sociedad Zerim S. A.—San José, 25 de junio
del 2012.—Lic. Fernando Solano Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012064730).
Por escritura otorgada ante el notario Fernando
Solano Rojas, San José, a las 12:00 horas del 22 de junio del 2012, se disolvió
la sociedad D.H.S. Vínculo Perfecto S. A.—San José, 25 de junio del
2012.—Lic. Fernando Solano Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012064731).
Por escritura otorgada ante el notario Fernando
Solano Rojas, San José, a las 11:00 horas del 22 de junio del 2012, se disolvió
la sociedad Artículos Decorativos y Artísticos S. A.—San José, 25 de
junio del 2012.—Lic. Fernando Solano Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012064732).
Por escritura otorgada ante el notario Fernando
Solano Rojas, San José, a las 10:30 horas del 22 de junio del 2012, se modificó
la cláusula primera del pacto social de Grupo Comercial de las Tortas DLT
Número Dos S. A., y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Fernando Solano
Rojas, Notario.—1
vez.—(IN2012064733).
Mediante escritura número 227-1, otorgada a las
7:00 horas del 27 de junio de 2012, se acordó la disolución de la sociedad
denominada Consultores JC&JM De Centroamérica S.A. Domicilio: San
José.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. Fernando
Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012064735).
Mediante escritura número 224-1, otorgada a las
17:00 horas del 26 de junio de 2012, se acordó la disolución de la sociedad
denominada Grupo Las Tierras del Sur S. A. Domicilio: Heredia.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. Fernando Jiménez
Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012064736).
Mediante escritura número 223-1, otorgada a las
16:00 horas del 26 de junio de 2012, se acordó la disolución de la sociedad
denominada Grupo Las Tierras del Norte S. A. Domicilio: Heredia.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. Fernando Jiménez
Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012064737).
Mediante escritura número 213-1, otorgada a las
11:00 horas del 25 de junio de 2012, se acordó la disolución de la sociedad
denominada Registros Alfavar S. A. Domicilio: San José.—San
José, 26 de junio de 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012064738).
Fabrizio Ravetti Aguayo, notario público con
oficina en San José, doy fe que en mi notaría, a las diecisiete horas del
veinticuatro de junio del dos mil doce, se acordó por unanimidad de los
accionistas, disolver la firma de esta plaza Valcarrosa del Norte Sociedad
Anónima.—Lic. Fabrizio Ravetti Aguayo, Notario.—1 vez.—(IN2012064740).
Mediante escritura número 212-1, otorgada a las
10:00 horas del 25 de junio de 2012, se acordó la disolución de la sociedad
denominada Grupo Informático S. A. Domicilio: San José.—San
José, 26 de junio de 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012064741).
Mediante escritura número 214-1, otorgada a las
12:00 horas del 25 de junio de 2012, se acordó la disolución de la sociedad
denominada Consultoría Margis S. A. Domicilio: San José.—San José, 26 de junio de 2012.—Lic. Fernando Jiménez
Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012064742).
Mediante escritura número 211-1, otorgada a las
9:30 horas del 25 de junio de 2012, se acordó la modificación de junta
directiva, modificación de domicilio social, modificación de representación de
la sociedad denominada Corporación Seguridad Uno, S. A. Domicilio: San
José.—San José, 26 de junio de 2012.—Lic. Fernando
Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012064743).
Mediante escritura número 220-1, otorgada a las
10:00 horas del 26 de junio de 2012, se acordó la disolución de la sociedad 3-101-530458
S. A. Domicilio: San José.—San José, 26 de junio
de 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora,
Notario.—1
vez.—(IN2012064744).
Disolución de la sociedad Prado del Sur y
Asociados Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José a las diecisiete
horas treinta minutos del día veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Edgar Fallas García, Notario.—1 vez.—(IN2012064745).
Disolución de la sociedad Iberan Sociedad
Anónima. Escritura otorgada en San José a las diecisiete horas cuarenta
minutos del día veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic.
Juan Edgar Fallas García, Notario.—1 vez.—(IN2012064747).
Mediante escritura otorgada a las siete horas del
veintisiete de junio del dos mil doce, ante esta notaría se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de BMW X Cinco Verde Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y
seis mil setecientos cuarenta y uno, en la cual se modificó la cláusula segunda
del pacto constitutivo, del domicilio social y se cambió junta directiva.—Lic. Sonia Elena Salgado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012064749).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las doce horas de hoy, por acuerdo de socios se convino en disolver Del
Rio Golf Community D.R.G.C. S. A.—Liberia, veinte
de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Chaves Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012064751).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las once horas de hoy, por acuerdo de socios se convino en disolver Villas
del Río V.D.R.S.A. Exclusivas S. A.—Liberia, veinte de junio del dos mil
doce.—Lic. Carlos Chaves Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012064752).
Ante esta notaría, se protocolizó acuerdo de
socios de disolución de las sociedades: Nuestro Nuevo Horizonte del Este
S.A., cédula jurídica 3-101-081-403, Urbanización Linda S.A., cédula
jurídica 3-101-204136, Constructora Nuevo Hogar S.A. cédula jurídica
3-101-43158, Equipo Desarrollo Nacientes del Tiribi, cédula jurídica
3-101-226729, Centro de Servicios Múltiples S.A., cédula jurídica
3-101-132781, Urbanizadora La
Carreta S.A., cédula jurídica 3-101-233570, Desarrollos
Urbanísticos Metropolitanos S.A., cédula jurídica 3-101-191287, Industrias
María Emilia S.A., cédula jurídica 3-101-224588, Milliken S. A.,
cédula jurídica 3-101-224832, Sonbrela S.A., cédula jurídica
3-101-224608, Arquitoldos Lonatica S.A., cédula jurídica
3-101-168359.—Liberia, 26 de junio del 2012.—Licda. María Lourdes Delgado Lobo,
Notaria.—1 vez.—(IN2012064753).
Ante esta notaría se protocolizó acuerdo de socios
de disolución de las sociedades: Ecovías Tierraenzima S.A., cédula
jurídica 3-101-349001, Confecciones Caribe S.A., cédula jurídica
3-101-024336, Desarrollos Completos de Occidente, cédula jurídica
3-101-123224, Desarrollos Industriales del Este DIESA S.A. cédula
jurídica 3-101-137408, Industrias Gema de San Pedro, cédula jurídica
3-101-089816.—Liberia, 26 de junio del 2012.—Licda. María
Lourdes Delgado Lobo, Notaria.—1 vez.—(IN2012064755).
Ante esta notaría, se protocolizó acuerdo de
socios de disolución de las sociedades GL S Guanacaste Legal Services S.A,
cédula jurídica 3-101-401230, Comercial Lobo y Delgado S.A., cédula
jurídica Nº 3-101-49315, Alulo De La Bajura S.A., cédula jurídica 3-101-303161, Delo
de La Bajura S.A.,
cédula jurídica 3-101-331676, Los Gallos de Irigarays S.A, cédula
jurídica 3-101-386217.—Liberia, 22 de junio del
2012.—Licda. Krissel Chacón Aguilar, Notaria.—1 vez.—(IN2012064757).
Por escritura número 84-3, otorgada ante el
notario Luis Diego Delgado Coronado, a las 15:00 horas del 22 de junio del
2012, se protocolizó acta número dos de asamblea extraordinaria de socios de la
sociedad con domicilio en Liberia, denominada Daluga Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-628644, donde se acuerda
por unanimidad de socios la disolución de la sociedad.—Liberia,
25 de junio del 2012.—Lic. Luis Diego Delgado Coronado, Notario.—1 vez.—(IN2012064760).
SUCURSAL DE HEREDIA
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El suscrito Licenciado Miguel A.
Vargas Rojas, Administrador de la
Sucursal de Heredia, Caja Costarricense de Seguro Social,
mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el
domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por
publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos en el cuadro
que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración
Pública. A continuación se detallan por nombre de los patronos y trabajadores
independientes, número patronal y el monto de la deuda al 7 de junio del 2012. La Institución le concede
5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario
el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones
de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados
anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de
aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la
deuda.
Patronos
Ax-Inc Sociedad Anónima 3101586556 ¢2.522.834,00
Bodegas San
Pedro JLR Sociedad Anónima 3101461464 ¢283.305,00
Calvo Sánchez
Rita María 106980934 ¢29.081,00
Cárcamo Álvarez
Pedro Ant 14851761 ¢313.165,00
Carranza
González María Elena 401460659 ¢27.721,00
Colorbox
Sociedad Anónima 3101620379 ¢202.080,00
Constructora y
Consultora Viga S. A. 3101593738 ¢31.503,00
Corporación
Ticoporo S. A. 3101625931 ¢28.306,00
Daicana Sociedad
Anónima 3101562105 ¢87.999,00
Dental Arts
International S. A. 3101295262 ¢33.818.758,00
Esquivel
Fernández Mario Alberto 401220321 ¢2.469.786,00
Freight Cargo
Costa Rica S. A. 3101587766 ¢141.979,00
Galeno Miranda
Yadira del Carmen 800800289 ¢59.025,00
García Castaño
Orlando 1650100540 ¢1.349.434,00
García Cortés
María Mireya 107430148 ¢4.685,00
García Zúñiga
Gerardo Antonio 106880138 ¢325.078,00
Garro Rojas
Víctor Hogo 601120504 ¢171.326,00
Generación
Isaafel Limitada 3102400698 ¢96.987,00
González Cruz
José Francisco 203400113 ¢222.329,00
González Zamora
Elizabeth 900100889 ¢166.759,00
Grupo Astur
Asesores Turísticos S. A. 3101201798 ¢50.090,00
Inversiones
Cuatro Jades S. A. 3101417586 ¢2.617.896,00
Inversiones
E.A.L. De Las Lajas S. A. 3101385720 ¢257.161,00
Inversiones
Lépiz y Ramos S. A. 3101507609 ¢275.896,00
Medrano Express
Sociedad Anónima 3101366739 ¢261.840,00
Montero Guido
Carlos Alberto 104740884 ¢208.014,00
Montero Sánchez
Gilda 401450893 ¢496.020,00
Montero
Buenaventura Fabio 14714662 ¢3.180.004,00
MPC Administrative
Ourtsourcing S. A. 3101473573 ¢1.397.044,00
Mora Pérez Karla
Vanessa 205140713 ¢202.263,00
Moreira Arias
Rafael 400402941 ¢38.321,00
Multibaterías
Sociedad Anónima 3101636759 ¢269.990,00
Nieblas Pérez
Sandra 27125096 ¢38.876,00
Nijeme Del Sol
Sociedad Anónima 3101442652 ¢2.443.352,00
Ovares Ulate Ana
Catalina 401800035 ¢218.264,00
Pacheco Sánchez
María Eugenia 401000854 ¢12.293,00
Paniagua Zeledón
Darwin 110450778 ¢841.588,00
Prado Elizondo
Elena 117070130 ¢827.179,00
Producciones
Creativas Internacionales S. A. 3101155577 ¢619.471,00
Rosales
Pocasangre Claudio José 112060348 ¢73.967,00
Rostran Jiron
Armel Antonio 17874871 ¢101.485,00
Salgado Alfaro
Nelson Manuel 15052297 ¢89.432,00
Seas Jiménez
Fernando Alberto 104530726 ¢1.290.885,00
Servicios en
Decoraciones M & N S. A. 3101205696 ¢156.953,00
Status Textiles
Sociedad Anónima 3101287646 ¢58.287,00
Transmovi del
Valle A M S. A. 3101388374 ¢1.369.539,00
Vargas Esquivel
Héctor Emilio 401500693 ¢33.788,00
Venegas Hidalgo
Manfred 401710308 ¢34.880,00
Venice Soft de
Centroamérica S. A. 3101495653 ¢876.425,00
TRABAJADORES INDEPENDIENTES
Alpízar Chavarría Olivier Geovanni 401670114 ¢564.124,00
Bustamante
Jiménez Rodrigo Eduardo 104210135 ¢1.221.708,00
Cárdenas No
indica otro Víctor W 1560100307 ¢2.889.663,00
Choso Esquivel
Rolando Erick 108660183 ¢1.803.370,00
Chavarría Rojas
Jason Francisco 111190125 ¢1.701.541,00
Fonseca
Rodríguez Mario Alberto 103840085 ¢624.152,00
González Cruz
José Francisco 203400113 ¢518.190,00
López García
Ronald 1740101530 ¢3.927.513,00
López Ruiz Luis
Fernando 110180210 ¢1.868.625,00
Naranjo Elizondo
Juan Manuel 109750703 ¢1.049.808,00
Parra Montes
Olga María 103940266 ¢368.465,00
Quintero Espinoza
Jorge 104000686 ¢1.024.177,00
Ramírez Araya
Marta Margarita 104190224 ¢1.207.982,00
Ramírez Paniagua
Luis Guillermo 108050042 ¢497.858,00
Rodríguez Víquez
William 401041382 ¢968.710,00
Rosales
Pocasangre Claudio José 112060348 ¢1.054.966,00
Lic. Miguel A. Vargas
Rojas.—Jefe a. í.—(IN2012065433).
GERENCIA
FINANCIERA
DIRECCIÓN
DE INSPECCIÓN
Por ignorarse el domicilio actual del patrono
Compañía de Seguridad Los Centinelas Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3101339935, número patronal 2-03101339935-001-001 y número patronal anterior
9-284036008-001-000, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del
“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
Trabajadores Independientes”, de la Caja Costarricense
de Seguro Social (Caja), se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Servicios
Financieros de la Caja,
ha dictado el traslado de cargos que en lo que interesa dice: “La Subárea de Servicios
Financieros, conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar
el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores
Independientes, hace de su conocimiento, que como resultado de la investigación
realizada por esta dependencia, se observaron presuntos incumplimientos en las
obligaciones para con la Caja,
a saber: Omisiones de salarios devengados por los trabajadores estipulados en
el expediente administrativo, bajo el número de caso 1236-2012-01067. El
detalle de los meses, por omisiones salariales consta en las hojas de trabajo que
rolan en el expediente administrativo. Total de salarios ¢2.219.549,70, total
de cuotas obreras y patronales ¢489.379,00, Banco Popular Obrero ¢22.197,00,
Fondo de Capitalización Laboral ¢66.587,00, Fondo Pensión Complementaria
¢11.098, Aporte Patronal Banco Popular ¢5.548,00, INS ¢22.197,00. Consulta
expediente en esta oficina sita segundo piso edificio Da Vinci, Av. 4, C-7
teléfono 2522-3028 o 2522-3030, se encuentra a su disposición el expediente
para los efectos que dispone la
Ley. Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a
partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de
descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe
señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San
José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones
posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificados con solo el
transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la resolución. Notifíquese.—San José, 27 de junio del 2012.—Subárea de Servicios
Financieros.—Lic. Mayela Azofeifa Castro, Jefa.—1
vez.—(IN2012066016).
Por ignorarse el domicilio
actual del patrono MSCR Market Solutions Sociedad Anónima, número patronal
2-3101614536-001-001, número patronal anterior 9-00376747003-001-000, actividad
de investigación de mercados y realización de encuestas, de conformidad con lo
dispuesto en el numeral 241 de la Ley General de la Administración Pública,
se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Servicios
Financieros de la Dirección
de Inspección, de la
Caja Costarricense del Seguro Social, ha dictado el Traslado
de Cargos que en lo que interesa indica: La Subárea de Servicios Financieros, conforme lo
dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las
Obligaciones Patronales y Trabajadores Independientes de la Caja, se permite hacer de su
conocimiento los resultados de la revisión salarial efectuada por esta
Dependencia, donde se ha detectado inicialmente las siguientes omisiones y
diferencias salariales a la
Institución, de los trabajadores indicados en los folios
(0002-0071), del expediente administrativo y las cuales se indican en la hoja
de trabajo incorporada en el expediente administrativo folio 0075-0076 por
diferentes lapsos del periodo comprendido entre diciembre 2009 a octubre del 2011. El
detalle de los períodos, omisiones salariales constan en la hoja de trabajo que
rola en el expediente administrativo. Total Salarios: ¢1.557.725,80. Total de
cuotas de Invalidez, Vejez y Muerte: ¢118.237,00. Total de cuotas de Enfermedad
y Maternidad: ¢229.774,00. Banco Popular Obrera ¢15.577,00. Fondo de
Capitalización Laboral ¢46.732,00. Fondo de Pensión Complementaria Obligatoria
¢7.791,00. Aporte Patronal Banco Popular ¢3.902,00. Instituto Nacional de
Seguros ¢15.577,00. Consulta expediente en esta oficina sita segundo piso
edificio Da Vinci, Av. 4, C-7 teléfono 2522-3029, Fax: 2258-5770, se encuentra
a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se le confiere un
plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su
publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas
pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro
del perímetro administrativo de San José. De no indicar lugar o medio para
notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán
por notificados con solo el transcurso de 24 horas, contadas a partir de la
fecha de la resolución. Notifíquese.—San José, 16 de marzo del 2012.—Subárea de
Servicios Financieros.—Lic. Mayela Azofeifa Castro.—1 vez.—(IN2012066020).
Ante la imposibilidad de
notificar a la patona Odio Bernardi Elena, número patronal
0-0109240128-001-001, actividad servicio doméstico, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales
y de Trabajadores Independientes”, de la Caja, se procede a notificar por medio de edicto,
que la Subárea
de Servicios Diversos, del Área de Aseguramiento y Fiscalización de Servicios
de Inspección, dictó el traslado de cargos que en lo que interesa indica que
como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se determinó presunto
incumplimiento patronal por omisión del reporte a la Caja de la trabajadora
Avendaño Martínez Berta Julia, en el período comprendido entre el 22 de agosto
2008 al 17 de diciembre del 2010, que consta en la hoja de trabajo contenida en
el expediente administrativo. Total de salarios ¢4.009.666,00, cuotas obreras
patronales ¢888.028,00, LPT ¢230.557,00. Se le confiere un plazo de diez días
hábiles contados a partir del quinto día de su publicación, para hacer las
alegaciones jurídicas pertinentes y ofrecer las pruebas de descargo. Se le
previene que debe señalar lugar o medio para notificaciones en el perímetro
administrativo de las oficinas centrales de la Caja, mismo que para efectos jurisdiccionales ha
establecido la Corte
Suprema de Justicia en el primer circuito judicial de San
José. Si lo señalado fuese medio, no aplica la restricción relativa al
perímetro administrativo. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las
resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con
solo el transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la resolución.
Consulta expediente: en esta oficina ubicada en el 2 piso del edificio Davinci
de la CCSS, av
4, c. 7 telefax 2522-30-30, se encuentra a su disposición el expediente para
los efectos que dispone la ley. Notifíquese.—San José, 18 de junio del
2012.—Subárea de Servicios Diversos.—Lic. Octaviano Barquero Chacón, Jefe.—1
vez.—(IN2012066024).
Por ignorarse el domicilio
actual del patrono Datascension Inc S. A., número patronal
2-3101319014-001-001, número patronal anterior 278.394-00 4, con actividad
Telecomunicaciones, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 241 de la Ley General de la Administración Pública,
se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Servicios de
Trasporte, de la Dirección
de Inspección, de la
Caja Costarricense de Seguro Social, ha dictado el Traslado
de Cargo de fecha 23 de marzo del 2011, que en lo que interesa indica: La Subárea de Servicios de
Transporte, conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes de
la Caja, se
permite hace de su conocimiento los resultados de la revisión de
Responsabilidad Solidaria efectuada por esta dependencia, donde se han
detectado la presunta responsabilidad entre esta empresa y Organon Investiments
S. A., por las cuotas que fueren en deber de Datascension Inc. S. A. El detalle
de total de sumas pendientes de cancelar a la Caja al 16 de abril del 2012 es de
¢1.369.222.841,00. Consulta expediente en esta oficina sita segundo piso
edificio Da Vinci, Av. 4, C-7 teléfono 2522-3029, fax: 2258-5770, se encuentra
a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se le confiere un
plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación,
para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes.
Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro
administrativo de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones,
las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificados
con solo el transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la
resolución. Notifíquese.—San José, 21 de mayo del 2012.—Subárea de Servicios de
Transporte.—Lic. Efraím Artavia Sánchez, Jefe.—1 vez.—(IN2012066026).
Por ignorarse el domicilio
actual del patrono Roundbox Media S. A., número patronal 2-03101421172-001-001,
número patronal anterior 311.951.003, de actividad consultores en programas de
informáticas, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 241 de la Ley General de la Administración Pública,
se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Servicios
Financieros de la Dirección
de Inspección, de la
Caja Costarricense del Seguro Social, ha dictado el Traslado
de Cargos que en lo que interesa indica: la Subárea de Servicios Financieros, conforme lo
dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las
Obligaciones Patronales y Trabajadores Independientes de la Caja, se permite hacer de su
conocimiento los resultados de la revisión salarial efectuada por esta
Dependencia, donde se han detectado inicialmente las siguientes omisiones
salariales a la
Institución, de los trabajadores Jairo Barahona Garita y
Jorge Eduardo Elizondo Barquero los cuales se indican en la hoja de trabajo
incorporada en el expediente administrativo folio 0021, por el periodo
comprendido junio 2006 y febrero del 2007, respectivamente. El detalle de los
períodos, omisiones salariales constan en la hoja de trabajo que rolan en el
expediente administrativo. Total Salario ¢203.558,40, Total de cuotas de
Invalidez, Vejez y Muerte, ¢14.757,00, Total de cuotas de Enfermedad y
Maternidad ¢30.024,00, Banco Popular Obrero ¢2.036,00, Fondo de Capitalización
Laboral ¢6.107,00, Fondo de Pensión Complementaria Obligatoria ¢1.017,00,
Aporte Patronal Banco Popular ¢509,00, Instituto Nacional de Seguro ¢2.036,00.
Consulta expediente en esta oficina sita segundo piso edificio Da Vinci, Av. 4,
C-7 teléfono 2522-3029, Fax 2258-5770, se encuentra a su disposición el
expediente para los efectos que dispone la Ley. Se le confiere un plazo de diez días hábiles
contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer
pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le
previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro
administrativo de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones,
las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificados
con solo el transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la
resolución. Notifíquese.—San José, 3 de mayo del 2012.—Subárea de Servicios
Financieros.—Lic. Mayela Azofeifa Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2012066029).
Por ignorarse el domicilio
actual del patrono Francisco José Bermúdez Reyes, número patronal
7-00016281731-001-001, número patronal anterior 9-00366529007-001-000,
actividad mantenimiento y reparación de vehículos, de conformidad con lo
dispuesto en el numeral 241 de la Ley General de la Administración Pública,
se procede a notificar por medio de edicto, que conforme lo dispone el artículo
10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales
y de Trabajadores Independientes de la
Caja, se permite hacer de su conocimiento los resultados de
la investigación realizada donde se tiene que el patrono Francisco José
Bermúdez Reyes, número patronal 7-00016281731-001-001, sustituyó como patrono a
Autolavado, Avenida Catorce Calle Quince, número patronal
2-03102344222-001-001, al continuar con la misma actividad económica
relacionada con mantenimiento de vehículos, por lo que se presume la existencia
de responsabilidad patronal solidaria aplicable a Francisco José Bermúdez
Reyes, por las cuotas obreras y patronales que es en deber de Autolavado Avenida
Catorce Calle Quince, al 30 de setiembre del 2009, según lo establece el
artículo 30 de la Ley
Constitutiva de la Caja Costarricense
de Seguro Social. Consulta expediente en esta oficina sita segundo piso
edificio Da Vinci, calle 7, avenida 4; se encuentra a su disposición el
expediente para los efectos que dispone la Ley. Se le confiere un plazo de diez días hábiles
contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer
pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le
previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del
perímetro administrativo establecido por la caja, el mismo que para los efectos
jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Primer Circuito
Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las
resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificados con
solo el transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la resolución.
Notifíquese.—San José, 13 de junio del 2012.—Subárea de Servicios de
Transporte.—Lic. Efraím Artavia Sánchez, Jefe.—1 vez.—(IN2012066036).
Por ignorarse el domicilio
actual del patrono Fuerza Centinela Internacional FCI. Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3101382499, número patronal 2-03101382499-001-001 y número
patronal anterior 283,500-002, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones
Patronales y de Trabajadores Independientes”, de la Caja Costarricense
de Seguro Social (Caja), se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Servicios
Financieros de la Caja,
ha dictado el traslado de cargos que en lo que interesa dice: “La Subárea de Servicios
Financieros, conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar
el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores
Independientes, hace de su conocimiento, que como resultado de la investigación
realizada por esta dependencia, se observaron presuntos incumplimientos en las
obligaciones para con la Caja,
a saber: Omisión de los salarios devengados por Ana Lorena Fonseca Araya con
cédula número 1-1059-0833, por los meses de diciembre 2007 y (2 días )
enero-2008. El detalle de los meses y salarios omitidos consta en las hojas de
trabajo que rolan en el expediente administrativo. Total de salarios
¢181,295.46, total de cuotas obreras y patronales ¢39.884,00, Banco Popular
Obrero ¢1.813,00, Fondo de Capitalización Laboral ¢5.439,00, Fondo Pensión
Complementaria ¢907,00, Aporte Patronal Banco Popular ¢453,00, INS ¢1.813,00.
Consulta expediente: en esta oficina sita segundo piso edificio Da Vinci, Av.
4, C-7 teléfono 2522-3028 o 2522-3030, se encuentra a su disposición el
expediente para los efectos que dispone la ley. Se le confiere un plazo de diez
días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para
ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se
le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro
administrativo de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones,
las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificados
con solo el transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la
resolución. Notifíquese.—San José, 14 de mayo del 2012.—Subárea de Servicios
Financieros.—Lic. Mayela Azofeifa Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2012066058).
Por ignorarse el domicilio
actual del patrono Sefecsa Servicios Efectivos S. A., número patronal
2-03101348785-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del
“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
Trabajadores Independientes”, se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Servicios
Financieros del Área de Aseguramiento y Fiscalización de Servicios conforme lo
dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las
Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, hace de su
conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se
determinó presunto incumplimiento patronal por haber omitido asegurar, ante la Caja a 1 trabajador en el
período de julio del 2008. El detalle de periodos y salarios omitidos consta en
las hojas de trabajo que rolan en el expediente administrativo. Total de
salarios ¢180.000,00, total de cuotas ¢41.801,00, Banco Popular Obrero
¢1.900,00, Fondo Capitalización Laboral ¢6.700,00, Fondo Pensión Complementaria
¢950,00, Aporte Patronal Banco Popular ¢475,00, Instituto Nacional de Seguros
¢1.800,00. Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del
sexto día de su publicación, para ofrecer las pruebas de descargo y hacer las
alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para
notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José, de no indicar
lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de
cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas contadas a
partir de la fecha de la resolución. Si lo señalado fuese un medio, no aplica
la restricción relativa al perímetro administrativo de la Caja. Consulta
expediente en esta oficina situada en el segundo piso de edificio Da Vinci,
avenida 4a, calle 7 teléfono 2522-3030, fax 2258-5770, se encuentran a su
disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Notifíquese.—San
José, 14 de mayo del 2012.—Subárea de Servicios Financieros.—Lic. Mayela
Azofeifa Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2012066060).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Por ignorarse el domicilio actual de la empresa
Comfort System de Costa Rica S. A. y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 241 y siguientes 146, 149, 150, 214, 215, 320 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública,
artículo 1 y 18.1 de la Ley
de cobro judicial, 1045 del Código Civil, se le comunica que esta proveeduría
mediante su nota 5225-1146-2012 del 13 de junio del 2012, procedió al cobro por
la suma de ¢32.972.230,00, por concepto de daños y perjuicios ocasionados a la
administración en la
Contratación Directa 2008-1718. De conformidad con la
normativa invocada téngase este comunicado como la segunda intimación de cobro.
Por este mismo medio de comunicación se le informa a la empresa Comfort System
de Costa Rica S. A que proceda a la cancelación de dicho monto en cualquiera de
las siguientes cuentas bancarias, Banco Nacional 182535-5, Banco de Costa Rica
192911-9, Banco de Costa Rica (dólares) 48761-9.—Dirección
de Proveeduría.—Ing. Luis Acuña Rodríguez.—O. C. Nº 356441.—Solicitud Nº
47492.—C-56420.—(IN2012063424).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Órgano Director.—Acto de
apertura del Procedimiento Ordinario Administrativo, seguido contra la empresa La Carreta de Tilarán S. A.,
propietaria del Restaurante La
Carreta.—San José, a las catorce horas del siete de junio del
dos mil doce.
Resultando:
1º—Que por resolución de la Gerencia General
del Instituto Costarricense de Turismo G-1429-2012 del cuatro de junio del
2012, se nombra como órgano director al Lic. Pablo Valverde Madrigal como
Titular y al Lic. Jorge Arturo Solano Soto, como suplente, ambos del
Departamento de Gestión y Asesoría Turística, con la asesoría de la Dirección Legal,
para dar inicio al procedimiento ordinario administrativo contra la empresa La Carreta de Tilarán S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-183454, propietaria del Restaurante La Carreta, a fin de
determinar posibles incumplimientos a lo establecido en el Reglamento de las
Empresas y Actividades Turísticas.
2º—Que a la empresa La Carreta de Tilarán S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-183454, fue declarada turística según resolución de la Gerencia G-560-2001
del 12 de marzo del 2001, para desarrollar la actividad gastronómica en el establecimiento
denominado Restaurante La
Carreta.
3º—Que según oficio ORLLN-106-2012 del 7 de
marzo del 2012, la señora Yoryanela Benavides Guzmán, Supervisora de este
Instituto, informa sobre la inspección realizada al establecimiento
gastronómico.
Considerando:
I.—Que al Instituto
Costarricense de Turismo, según disposiciones expresas contenidas en el
Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo Nº
25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996 y sus reformas, le compete conocer y
resolver todo lo relacionado con la aplicación del mencionado Reglamento.
II.—Que de conformidad con el artículo 11
inciso b), del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, el ICT
tiene la obligación de ejercer control y vigilancia sobre las empresas declaradas,
efectuando inspecciones periódicas.
III.—Que el artículo 13, incisos a), d) e i)
respectivamente del mismo Reglamento, establece que a las empresas declaradas
turísticas se les exige “cumplir con lo que dispone este Reglamento, la
legislación vigente y demás normas o disposiciones especiales que regulen su
funcionamiento”, “informar al Instituto de cualquier modificación en la planta
física, instalaciones o servicios que puedan provocar un cambio en cuanto al
tipo, categoría o características principales del establecimiento” y “reportar
cualquier cambio de propietario, administradores, accionistas, gerente,
domicilio, razón social, nombre comercial u otro cambio en la operación de la
empresa”.
IV.—Que según informe de inspección
ORLLN-106-2012 del 7 de marzo del 2012, la señora Yoryanela Benavides Guzmán,
Supervisora de este Instituto en la Oficina Regional de Llanuras del Norte, informa
que el día 7 de marzo del 2012, visitó el domicilio del Restaurante La Carreta, a saber,
Guanacaste, Tilarán, detrás de la
Catedral, con el propósito de corroborar la operación del
mismo y aplicar los anexos 1 y 3 del Reglamento de las Empresas y Actividades
Turísticas. Que la señora Benavides Guzmán, informa que una vez en el sitio
pudo verificar, que ese Restaurante dejó de operar y según información de los
vecinos desde hace aproximadamente seis meses dejó de funcionar, además observó
un rótulo de que el establecimiento está en venta. Que según oficio
ORLLN-290-2012 del 4 de abril del 2012, se trata de notifica la situación
anterior a los apoderados de la empresa, titular de la declaratoria turística,
en el lugar que habían establecido para tal fin, otorgándole un plazo de diez
días para que se refiera al respecto. Que no obstante, no fue posible
notificarles por cuanto el lugar de notificaciones era el mismo restaurante que
no está en operación.
V.—Que en el caso concreto que nos ocupa,
existen indicios que la empresa La
Carreta de Tilarán S. A., cédula jurídica Nº 3-101-183454,
propietaria del establecimiento gastronómico denominado Restaurante La Carreta, ubicado en
Guanacaste, Tilarán, detrás de la
Catedral, ha supuestamente infringido lo dispuesto en los
incisos a), i) y j) del artículo 13, del Reglamento de las Empresas y
Actividades Turísticas, al no encontrarse en operación el establecimiento
gastronómico al cual la
Gerencia de este Instituto le había otorgado en su
oportunidad la
Declaratoria Turística, ni haber informado lo sucedido a este
Instituto con el mismo, pudiendo hacerse acreedora a las sanciones establecidas
en el artículo 16 del Reglamento en cuestión, a saber amonestación escrita,
suspensión de la
Declaratoria Turística, cancelación de los beneficios
otorgados por recomendación del Instituto, cancelación de los beneficios
comprendidos en el artículo 11, incisos c) y e) o la cancelación de la Declaratoria Turística.
Por tanto:
De conformidad con lo expuesto,
artículo 13 incisos a), i) y j) del Reglamento de las Empresas y Actividades
Turísticas, y con fundamento en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública,
que rigen lo concerniente a los procedimientos administrativos, este órgano
director cita al apoderado de la empresa La Carreta de Tilarán S. A., cédula jurídica Nº
3-101-183454, propietaria del establecimiento gastronómico denominado
Restaurante La Carreta,
ubicado en Guanacaste, Tilarán, detrás de la Catedral, para que se
presente solo o en compañía de un profesional en Derecho, al Departamento de
Gestión y Asesoría Turística del Instituto Costarricense de Turismo, a la
comparecencia oral y privada prevista en los artículos 218 y 309 inciso 1.) de la Ley General de la Administración Pública,
a celebrarse quince días hábiles posteriores a la tercera publicación, a las
quince horas.
Se previene según lo dispuesto en los
artículos 218, 309 y 312 inciso 2), de la Ley General de la Administración Pública,
que debe presentarse todas las pruebas antes o en el momento de la
comparecencia, bajo apercibimiento de que en caso contrario caducaría su
derecho.
Se previene al apoderado de la empresa
referida, que en su primer escrito deberá indicar el medio, sea este fax o
correo electrónico para recibir notificaciones presentes y futuras, bajo
apercibimiento de que si no lo hiciere quedará notificado de las resoluciones
posteriores en el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas las
mismas.
Con base en los artículos 217 y 272 de la Ley General de la Administración Pública,
se pone a disposición del interesado el expediente administrativo en la sede de
este Órgano Director, ubicada en el Departamento de Gestión y Asesoría
Turística.
Contra la presente resolución procederán los
recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse, ante este
Órgano Director, en el plazo de veinticuatro horas a partir de esta
notificación. El recurso de revocatoria será resuelto por el Órgano Director y
el de apelación por la
Gerencia del Instituto.—Lic. Pablo Valverde Madrigal, Órgano
Director del Procedimiento.—O. C. Nº 14854.—Solicitud
Nº 12882.—C-358160.—(IN2012062634).
Órgano Director.—Acto de
apertura del Procedimiento Ordinario Administrativo seguido contra la empresa
Quetzal Motivo Limitada, propietaria de la Agencia de Viajes Quetzal Motivo.—San José, a las
quince horas del siete de junio del dos mil doce.
Resultando:
1º—Que por resolución de la Gerencia General
del Instituto Costarricense de Turismo G-1419-2012 del cuatro de junio del
2012, se nombra como órgano director al Lic. Pablo Valverde Madrigal como
Titular y al Lic. Jorge Arturo Solano Soto, como Suplente, ambos del
Departamento de Gestión y Asesoría Turística, con la asesoría de la Dirección Legal,
para dar inicio al procedimiento ordinario administrativo contra la empresa
Quetzal Motivo Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-266688, propietaria de la Agencia de Viajes Quetzal
Motivo, a fin de determinar posibles incumplimientos a lo establecido en el
Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas.
2º—Que a la empresa Quetzal Motivo Limitada,
cédula jurídica Nº 3-102-266688, fue declarada turística según resolución de la Gerencia G-1937-2000
del 04 de setiembre del 2000, para desarrollar la actividad de Agencia de
Viajes en el establecimiento denominado Agencia de Viajes Quetzal Motivo.
3º—Que según oficio
DGA-3078-2012 del 29 de marzo del 2012, el señor Rafael Soto Quirós, Supervisor
de este Instituto, informa sobre la inspección realizada al domicilio de la
agencia de viajes.
Considerando:
I.—Que al Instituto
Costarricense de Turismo, según disposiciones expresas contenidas en el
Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo Nº
25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996 y sus reformas, le compete conocer y
resolver todo lo relacionado con la aplicación del mencionado Reglamento.
II.—Que de conformidad con el artículo 11
inciso b), del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, el ICT
tiene la obligación de ejercer control y vigilancia sobre las empresas
declaradas, efectuando inspecciones periódicas.
III.—Que el artículo 13, incisos a), d) e i)
respectivamente del mismo Reglamento, establece que a las empresas declaradas
turísticas se les exige “cumplir con lo que dispone este Reglamento, la
legislación vigente y demás normas o disposiciones especiales que regulen su
funcionamiento”, “informar al Instituto de cualquier modificación en la planta
física, instalaciones o servicios que puedan provocar un cambio en cuanto al
tipo, categoría o características principales del establecimiento” y “reportar
cualquier cambio de propietario, administradores, accionistas, gerente, domicilio,
razón social, nombre comercial u otro cambio en la operación de la empresa”.
IV.—Que según informe de inspección
DGA-3078-2012 del 29 de marzo del 2012, el Licenciado Rafael Soto Quirós,
Supervisor del Departamento de Gestión y Asesoría Turística, informa que el día
28 de marzo del 2012, visitó el domicilio acreditado en este Instituto, de la Agencia de Viajes Quetzal
Motivo, a saber, San José, Barrio Escalante, avenida nueve, calle 35, con el
propósito de corroborar la operación de la misma. Que una vez en el sitio pudo
verificar que la Agencia
de Viajes no opera en ese domicilio. Que además no consta en el expediente
administrativo de la empresa, que la misma haya notificado a este Instituto lo
sucedido. Que no fue posible notificar la situación anterior a los apoderados
de la empresa ya que no consta en el expediente lugar o medio para recibir
notificaciones. Que no consta en el expediente administrativo de la empresa
comunicación alguna referente al cambio de domicilio o lo sucedido con la agencia
de viajes referida, por cuanto si bien es cierto existe documentación en el
expediente administrativo de una empresa llamada Q.M. Incentivos S. A., ésta no
es la titular de la declaratoria turística ni el domicilio en donde opera esa
empresa, a saber, Complejo Los Delfines en Paquera, Puntarenas, no es el
acreditado por este Instituto.
V.—Que en el caso concreto que nos ocupa,
existen indicios que la empresa Quetzal Motivo Limitada, cédula jurídica Nº
3-102-266688, propietaria de la
Agencia de Viajes Quetzal Motivo, ubicada en San José, Barrio
Escalante, Avenida nueve, calle 35,
ha supuestamente infringido lo dispuesto en los incisos
a), i) y j) del artículo 13, del Reglamento de las Empresas y Actividades
Turísticas, al no encontrarse en operación la agencia de viajes en el domicilio
aprobado en su oportunidad por este Instituto cuando le fue otorgada la
declaratoria turística, ni haber informado lo sucedido a este Instituto con la
misma, ya que si bien es cierto en el expediente existe documentación de una
empresa Q.M. Incentivos S. A., ésta no es la titular de la declaratoria
turística ni el domicilio en que opera es el aprobado, pudiendo hacerse
acreedora a las sanciones establecidas en el artículo 16 del Reglamento en
cuestión, a saber amonestación escrita, suspensión de la Declaratoria Turística,
cancelación de los beneficios otorgados por recomendación del Instituto,
cancelación de los beneficios comprendidos en el artículo 11, incisos c) y e) o
la cancelación de la
Declaratoria Turística. Por tanto:
De conformidad con lo expuesto,
artículo 13 incisos a), i) y j) del Reglamento de las Empresas y Actividades
Turísticas, y con fundamento en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública,
que rigen lo concerniente a los procedimientos administrativos, este órgano
director cita al apoderado de la empresa Quetzal Motivo Limitada, cédula
jurídica Nº 3-102-266688, propietaria de la Agencia de Viajes Quetzal Motivo, ubicada en San
José, Barrio Escalante, Avenida nueve, calle 35, para que se presente solo o en
compañía de un profesional en Derecho, al Departamento de Gestión y Asesoría
Turística del Instituto Costarricense de Turismo, a la comparecencia oral y
privada prevista en los artículos 218 y 309 inciso 1.) de la Ley General de la Administración Pública,
a celebrarse quince días hábiles posteriores a la tercera publicación, a las
catorce horas.
Se previene según lo dispuesto en los
artículos 218, 309 y 312 inciso 2), de la Ley General de la Administración Pública,
que debe presentarse todas las pruebas antes o en el momento de la
comparecencia, bajo apercibimiento de que en caso contrario caducaría su
derecho.
Se previene al apoderado de la empresa
referida, que en su primer escrito deberá indicar el medio, sea este Fax o correo
electrónico para recibir notificaciones presentes y futuras, bajo
apercibimiento de que si no lo hiciere quedará notificado de las resoluciones
posteriores en el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas las
mismas.
Con base en los artículos 217 y 272 de la Ley General de la Administración Pública,
se pone a disposición del interesado el expediente administrativo en la sede de
este Órgano Director, ubicada en el Departamento de Gestión y Asesoría
Turística.
Contra la presente resolución procederán los
recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse, ante este
Órgano Director, en el plazo de veinticuatro horas a partir de esta
notificación. El recurso de revocatoria será resuelto por el Órgano Director y
el de Apelación por la
Gerencia del Instituto.—Lic. Pablo Valverde Madrigal, Órgano
Director del Procedimiento.—O. C. Nº 14854.—Solicitud Nº
12882.—C-363800.—(IN2012062635).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Órgano Director. Acto de
Apertura del Procedimiento Ordinario Administrativo seguido contra la empresa
Rancho Jaiza S. A., propietaria de la Agencia de Viajes Receptiva Jaiza Tours.—San
José, a las once horas del tres de mayo del dos mil doce.
Resultando:
1º—Que por resolución de la Gerencia General
del Instituto Costarricense de Turismo G-1061-2012 del veinticuatro de abril
del 2012, se nombra como órgano director al Lic. Pablo Valverde Madrigal como
Titular y al Lic. Jorge Arturo Solano Soto, como Suplente, ambos del
Departamento de Gestión y Asesoría Turística, con la asesoría de la Dirección Legal,
para dar inicio al procedimiento ordinario administrativo contra la empresa
Rancho Jaiza S. A., cédula jurídica N° 3-101-112590, propietaria de la Agencia de Viajes
Receptiva Jaiza Tours, a fin de determinar posibles incumplimientos a lo
establecido en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas.
2º—Que la empresa Rancho Jaiza S. A., cédula
jurídica N° 3-101-112590, fue declarada turística según resolución de la Junta Directiva
tomada en la sesión N° 4600, artículo 5, del 30 de octubre de 1995, para
desarrollar la actividad de agencia de viajes receptiva en el establecimiento
denominado Agencia de Viajes Receptiva Jaiza Tours y posteriormente se le
otorgó el Contrato Turístico N° 756 del 09 de enero de 1996.
3º—Que según oficio DGA-2380-2012 del 12 de
marzo del 2012, la señorita Vanessa Calderón Rojas, Supervisora de este
Instituto, informa sobre la inspección realizada a la agencia de viajes citada.
Considerando:
I.—Que al Instituto
Costarricense de Turismo, según disposiciones expresas contenidas en el
Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo N°
25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996 y sus reformas, le compete conocer y
resolver todo lo relacionado con la aplicación del mencionado Reglamento.
II.—Que de conformidad con el artículo 11
inciso b), del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, el ICT
tiene la obligación de ejercer control y vigilancia sobre las empresas
declaradas, efectuando inspecciones periódicas.
III.—Que el artículo 13, incisos a), d) e i)
respectivamente del mismo Reglamento, establece que a las empresas declaradas
turísticas se les exige “cumplir con lo que dispone éste Reglamento, la
legislación vigente y demás normas o disposiciones especiales que regulen su
funcionamiento”, “informar al Instituto de cualquier modificación en la planta
física, instalaciones o servicios que puedan provocar un cambio en cuanto al
tipo, categoría o características principales del establecimiento” y “reportar
cualquier cambio de propietario, administradores, accionistas, gerente,
domicilio, razón social, nombre comercial u otro cambio en la operación de la
empresa”.
IV.—Que según informe de inspección
DGA-2380-2012 del 12 de marzo del 2012, la señorita Vanessa Calderón Rojas,
Supervisora del Departamento de Gestión y Asesoría Turística, informa que el
día 22 de febrero del 2012, visitó el domicilio de la Agencia de Viajes
Receptiva Jaiza Tours, registrado en este Instituto a saber, San José, Sabana
Sur, 150 metros
al norte de la
Contraloría General de la República, Edificio
Edicol Segundo Piso, con el propósito de corroborar la operación de la misma.
Que una vez en el sitio pudo verificar que la Agencia de Viajes no opera
en ese domicilio. Que además no consta en el expediente administrativo de la
empresa, que la misma haya notificado a este Instituto lo sucedido. Que no fue
posible notificar la situación anterior a los apoderados de la empresa ya que
no consta en el expediente lugar o medio para recibir notificaciones. Que no
consta en el expediente administrativo de la empresa comunicación alguna
referente al cambio de domicilio o lo sucedido con la agencia de viajes
referida.
V.—Que en el caso concreto que nos ocupa,
existen indicios que la empresa Rancho Jaiza S. A., cédula jurídica N°
3-101-112590, propietaria de la
Agencia de Viajes Receptiva Jaiza Tours, ubicada en San José,
Sabana Sur, 150 metros
al norte de la
Contraloría General de la República, Edificio
Edicol segundo piso, ha supuestamente infringido lo dispuesto en los incisos
a), i) y j) del artículo 13, del Reglamento de las Empresas y Actividades
Turísticas, al no encontrarse en operación la agencia de viajes receptiva a la
cual la Gerencia
de este Instituto le había otorgado en su oportunidad la Declaratoria Turística,
pudiendo hacerse acreedora a las sanciones establecidas en el artículo 16 del
Reglamento en cuestión, a saber amonestación escrita, suspensión de la Declaratoria Turística,
cancelación de los beneficios otorgados por recomendación del Instituto,
cancelación de los beneficios comprendidos en el artículo 11, incisos c) y e) o
la cancelación de la
Declaratoria Turística, ello implicaría la cancelación del
contrato turístico, según lo establece el artículo 15 del Reglamento a la Ley de Incentivos para el
Desarrollo Turístico, N° 6990. Que para la anterior cancelación será suficiente
la mera constatación, por parte del Instituto Costarricense de Turismo, de la
pérdida en firme del requisito de la Declaratoria Turística,
lo cual será ejecutable vía resolución de la Gerencia General
de este Instituto. Por tanto,
De conformidad con lo expuesto, artículo 13
incisos a), i) y j) del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, y
con fundamento en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública,
que rigen lo concerniente a los procedimientos administrativos, este órgano
director cita al apoderado de la empresa Rancho Jaiza S. A., cédula jurídica N°
3-101-112590, propietaria de la
Agencia de Viajes Receptiva Jaiza Tours, ubicada en San José,
Sabana Sur, 150 metros
al norte de la
Contraloría General de la República, Edificio
Edicol, segundo piso, para que se presente solo o en compañía de un profesional
en Derecho, al Departamento de Gestión y Asesoría Turística del Instituto
Costarricense de Turismo, a la comparecencia oral y privada prevista en los
artículos 218 y 309 inciso 1. de la Ley General de la Administración Pública,
a celebrarse quince días hábiles posteriores a la tercera publicación, a las
trece horas.
Se previene según lo dispuesto en los
artículos 218, 309 y 312 inciso 2, de la Ley General de la Administración Pública,
que debe presentarse todas las pruebas antes o en el momento de la
comparecencia, bajo apercibimiento de que en caso contrario caducaría su derecho.
Se previene al apoderado de la empresa
referida, que en su primer escrito deberá indicar el medio, sea este fax o
correo electrónico para recibir notificaciones presentes y futuras, bajo
apercibimiento de que si no lo hiciere quedará notificado de las resoluciones
posteriores en el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas las
mismas.
Con base en los artículos 217 y 272 de la Ley General de la Administración Pública,
se pone a disposición del interesado el expediente administrativo en la sede de
este Órgano Director, ubicada en el Departamento de Gestión y Asesoría
Turística.
Contra la presente resolución procederán los
recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse, ante este
Órgano Director, en el plazo de veinticuatro horas a partir de esta
notificación. El recurso de revocatoria será resuelto por el Órgano Director y
el de Apelación por la
Gerencia del Instituto.
Lic. Pablo Valverde Madrigal,
Órgano Director del Procedimiento.—O.C. Nº
14854.—Solicitud Nº 12882.—C-372260.—(IN2012062637).
Acto de Apertura del
Procedimiento Ordinario Administrativo seguido contra la empresa Pam Paul Tours
S. A., propietaria de la
Agencia de Viajes Minorista del mismo nombre.—San José, a las
diez horas del tres de mayo del dos mil doce.
Resultando:
1º—Que por resolución de la Gerencia General
del Instituto Costarricense de Turismo G-1060-2012 del veinticuatro de abril
del 2012, se nombra como órgano director al Lic. Pablo Valverde Madrigal como
Titular y al Lic. Jorge Arturo Solano Soto, como Suplente, ambos del
Departamento de Gestión y Asesoría Turística, con la asesoría de la Dirección Legal,
para dar inicio al procedimiento ordinario administrativo contra la empresa Pam
Paul Tours S. A., cédula jurídica N° 3-101-067314, propietaria de la Agencia de Viajes
Minorista del mismo nombre, a fin de determinar posibles incumplimientos a lo
establecido en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas.
2º—Que a la empresa Pam Paul Tours S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-067314, fue declarada turística según resolución de la Junta Directiva
tomada en la sesión N° 3623, artículo 6, del 15 de enero de 1986, para
desarrollar la actividad de agencia de viajes minorista en el establecimiento
denominado Agencia de Viajes Minorista Pam Paul Tours.
3º—Que según oficio DGA-3398-2012 del 18 de
abril del 2012, el señor Rafael Soto Quirós, Supervisor de este Instituto,
informa sobre la inspección realizada a la agencia de viajes citada.
Considerando:
I.—Que al Instituto
Costarricense de Turismo, según disposiciones expresas contenidas en el
Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo N°
25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996 y sus reformas, le compete conocer y
resolver todo lo relacionado con la aplicación del mencionado Reglamento.
II.—Que de conformidad con el artículo 11
inciso b), del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, el ICT
tiene la obligación de ejercer control y vigilancia sobre las empresas
declaradas, efectuando inspecciones periódicas.
III.—Que el artículo 13, incisos a) d) e i)
respectivamente del mismo Reglamento, establece que a las empresas declaradas
turísticas se les exige “cumplir con lo que dispone este Reglamento, la
legislación vigente y demás normas o disposiciones especiales que regulen su funcionamiento”,
“informar al Instituto de cualquier modificación en la planta física,
instalaciones o servicios que puedan provocar un cambio en cuanto al tipo,
categoría o características principales del establecimiento” y “reportar
cualquier cambio de propietario, administradores, accionistas, gerente,
domicilio, razón social, nombre comercial u otro cambio en la operación de la
empresa”.
IV.—Que según informe de inspección
DGA-3398-2012 del 18 de abril del 2012, el señor Rafael Soto Quirós, Supervisor
del Departamento de Gestión y Asesoría Turística, informa que el día 17 de
marzo del 2012, visitó el domicilio de la Agencia de Viajes Minorista Pam Paul Tours,
registrado en este Instituto a saber, San José, 500 metros este de la Embajada Americana
en Pavas, con el propósito de corroborar la operación de la misma. Que una vez
en el sitio pudo verificar que la
Agencia de Viajes no opera en ese domicilio. Que además no
consta en el expediente administrativo de la empresa, que la misma haya
notificado a este Instituto lo sucedido. Que no fue posible notificar la
situación anterior a los apoderados de la empresa ya que según estudio
registral, la dirección que consta es San José, calles 19-21 ó 100 metros norte y 100
oeste de la Iglesia
Santa Teresita y según les informaron en esa dirección operó
la agencia de viajes pero que hace muchos años ya no opera. Que no consta en el
expediente administrativo de la empresa comunicación alguna referente al cambio
de domicilio o lo sucedido con la agencia de viajes referida.
V.—Que en el caso concreto que nos ocupa,
existen indicios que la empresa Pam Paul Tours S. A., cédula jurídica N°
3-101-067314, propietaria de la
Agencia de Viajes Minorista del mismo nombre, ubicada en San
José, 500 metros
este de la Embajada
Americana en Pavas, ha supuestamente infringido lo dispuesto
en los incisos a), i) y j) del artículo 13, del Reglamento de las Empresas y
Actividades Turísticas, al no encontrarse en operación la agencia de viajes
minorista a la cual la
Gerencia de este Instituto le había otorgado en su
oportunidad la
Declaratoria Turística, pudiendo hacerse acreedora a las
sanciones establecidas en el artículo 16 del Reglamento en cuestión, a saber
amonestación escrita, suspensión de la Declaratoria Turística,
cancelación de los beneficios otorgados por recomendación del Instituto,
cancelación de los beneficios comprendidos en el artículo 11, incisos c) y e) o
la cancelación de la
Declaratoria Turística. Por tanto,
De conformidad con lo expuesto, artículo 13
incisos a), i) y j) del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, y
con fundamento en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública,
que rigen lo concerniente a los procedimientos administrativos, este órgano
director cita al apoderado de la empresa Pam Paul Tours S. A., cédula jurídica
N° 3-101-067314, propietaria de la
Agencia de Viajes Minorista del mismo nombre, ubicada en San
José, Pavas, 500 metros
este de la Embajada
Americana, para que se presente solo o en compañía de un
profesional en Derecho, al Departamento de Gestión y Asesoría Turística del
Instituto Costarricense de Turismo, a la comparecencia oral y privada prevista
en los artículos 218 y 309 inciso 1. de la Ley General de la Administración Pública,
a celebrarse quince días hábiles posteriores a la tercera publicación, a las
nueve horas.
Se previene según lo dispuesto en los
artículos 218, 309 y 312 inciso 2, de la Ley General de la Administración Pública,
que debe presentarse todas las pruebas antes o en el momento de la comparecencia,
bajo apercibimiento de que en caso contrario caducaría su derecho.
Se previene al apoderado de la empresa
referida, que en su primer escrito deberá indicar el medio, sea este Fax o
correo electrónico para recibir notificaciones presentes y futuras, bajo
apercibimiento de que si no lo hiciere quedará notificado de las resoluciones
posteriores en el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas las
mismas.
Con base en los artículos 217 y 272 de la Ley General de la Administración Pública,
se pone a disposición del interesado el expediente administrativo en la sede de
este Órgano Director, ubicada en el Departamento de Gestión y Asesoría
Turística.
Contra la presente resolución procederán los
recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse, ante este
Órgano Director, en el plazo de veinticuatro horas a partir de esta
notificación. El recurso de revocatoria será resuelto por el Órgano Director y
el de Apelación por la
Gerencia del Instituto.
Lic. Pablo Valverde Madrigal,
Órgano Director del Procedimiento.—O.C. Nº 14854.—Solicitud Nº
12882.—C-346880.—(IN2012062638).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Órgano Director del Procedimiento Administrativo
de Revocatoria de Adjudicación y Nulidad de TÍtulo lote N° 270 Asentamiento
Campesino Centro de Población Sixaola. Expediente 740 (R) r Bataán de Matina
provincia Limón a las nueve horas con veinte minutos del veintiuno de junio del
dos mil doce. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y 108 del
Reglamento Autónomo para la
Selección y Adjudicación de Solicitantes de Tierra, publicada
en La Gaceta N°
38 del 22 de febrero del 2008 con reformas publicadas en La Gaceta N° 94 del
16 de mayo del 2008, en los artículos 110, 111 y 112 del Reglamento Autónomo de
Procedimientos Administrativos del Instituto de Desarrollo Agrario publicado en
La Gaceta Nº
116 del 16 de junio de 2010, se constituye este órgano Director por acuerdo de
junta directiva tomado artículo 1º, sesión 031-003 celebrada el 1° de julio del
2003, para instruir la investigación administrativa a fin de determinar la
verdad real de los hechos ocurridos en el lote N° 270 del Asentamiento
Campesino Centro de Población Sixaola, ubicado en la localidad de Sixaola, distrito
Sixaola, cantón Talamanca, provincia de Limón el cual fue adjudicado mediante
el acuerdo de junta directiva artículo XIII, de la sesión 044-97, con fecha 24
de junio de 1997 y se inscribió en el Registro Público Folio Real Matrícula N°
7-078560-000 a
favor Isidoro Díaz Venegas, cédula N° 7-0126-0523 por cuanto la Oficina Subregional
de Talamanca determina en informe Osta-317-2012 de fecha Bribrí, 13 de junio
del 2012, que el señor Isidoro Díaz Venegas, cédula N° 7-0126-0523
adjudicatario y titular registral del predio ha incurrido en la causal Abandono
Injustificado, negligencia y ineptitud del predio y Explotación Indirecta
regulado en el artículo 68 inciso 4) párrafos b) c) y d) de la Ley de Tierras y Colonización
N° 2825 14 de octubre de 1961 y sus reformas. Se informa al administrado que
tiene derecho al recurso de revocatoria contra la resolución inicial del órgano
Director y de Apelación contra la
Resolución final de la Junta Directiva
los cuales deben interponerse ante este órgano Director en el momento procesal
correspondiente. Al administrado, se les previene que dentro del plazo de tres
días contados al día siguiente de la notificación, debe señalar lugar o medio
para atender notificaciones en casa u Oficina dentro del perímetro administrativo
de la Dirección
Regional sita en Batán de Matina, doscientos metros al oeste
del Colegio Agropecuario, sede del órgano Director, o un número de fax ubicado
dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo, las
resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas con solo el transcurso de
veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá sí el lugar señalado o el
medio indicado, fuese impreciso, incierto o ya no existiere. Al administrado
Isidoro Díaz Venegas, cédula N° 7-0126-0523 se les concede audiencia, por el
término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la
publicación del segundo edicto, de La
Gaceta para que se apersone ante el Órgano Director en
defensa de sus derechos y ofrezcan las pruebas de descargo que considere
oportunas. Para dicha audiencia se señalan a las quince horas con treinta
minutos del ocho de agosto del dos mil doce y deben acudir personalmente y no
por medio de Apoderado, aunque si tienen derecho a estar asesorados por un
abogado si lo desean. Asimismo se le indica que en el mismo acto de la
comparecencia o en fecha anterior, por escrito podrá aportar las pruebas en su
favor que considere oportuna y hacer los alegatos que estime pertinentes, so
pena de caducidad de tal derecho, en el entendido de que no le serán recibidos
en fecha posterior a la señalada. Se hace del conocimiento de los administrados
que el proceso se instruye por presunto incumplimiento en la causal de abandono
injustificado, negligencia y ineptitud del predio, explotación indirecta
regulado en el artículo 68, inciso 4) párrafos b) c) y d) de la Ley de Tierras y Colonización
N° 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, referida a la causal de
explotación indirecta del predio. Se pone en su conocimiento, el expediente
administrativo Nº 740-R r el cual se encuentra en la Oficina del Órgano
Director en la
Dirección Regional Huetar Atlántica, sita en Batán de Cantón
de Matina provincia de Limón, doscientos metros al oeste del Colegio
Agropecuario, el cual podrán revisar y fotocopiar dentro del horario normal del
Instituto. Se le informa a los administrados que se les está notificando por
edicto ya que no fueron localizados en el predio, Asentamiento, ni en la Región Huetar
Atlántica se desconoce su domicilio o paradero inclusive por sus vecinos y
familia según acta que consta en el expediente. Remítase esta resolución a la Imprenta Nacional
para la publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese.—Lic. Rolando Chaves Castro conocido como
Rolando Castro Arce, Órgano Director.—(IN2012064756).
Mediante Tribunal de Distrito de los Estados
Unidos para el Distrito Sur de Florida, caso: 0:12-cv-60544-KAM/ expediente
FLSD 03/28/2012, página 1 de 1 AO 440, citatorio en una Acción Civil,
Demandante Michael J. Peter y David S. Sebag, Demandado: Thomas E. Lustgraaf
c/o Hotel Amón, avenida 11, calle 3 Bis, San José, 1000 Costa Rica. Se notifica
el citatorio de acción civil a Thomas E. Lustgraaf. Por favor apersonarse si no
responde, se presentará sentencia en rebeldía en su contra por la compensación
solicitada en la demanda, también debe presentar su respuesta o petición ante
el tribunal.—San José, 26 de junio de 2012.—Lic. Manuel Antonio Calderón
Segura, Notario.—1 vez.—(IN2012064499).