DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
DIRECCION DE ASUNTOS LABORALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad
con la autorización extendida
por la Dirección de Asuntos
Laborales, este Registro ha procedido a la inscripción de la organización sindical denominada Sindicato de Trabajadores de la
Música y Afines siglas
SITRAMUSA, al que se le asigna el
código 1058-SI, acordado en asamblea celebrada
el 14 de setiembre de 2021.
Habiéndose cumplido
con las disposiciones contenidas
en el artículo
344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad, se procede a la inscripción correspondiente.
La organización
ha sido inscrita en los registros que al efecto lleva este
Departamento, visible al tomo:
único del Sistema Electrónico
de File Master, asiento: 812-SJ-103-SI del 15 de diciembre
de 2021.
La Junta Directiva
nombrada en la asamblea constitutiva celebrada el 14 de setiembre de 2021, con una vigencia
que va desde el 14 de setiembre de 2021 al 30
de setiembre de 2023 quedo conformada de la siguiente manera:
Presidencia:
|
Carlos
Roberto Gutiérrez Hine
|
Vicepresidencia:
|
Adolfo
Rodríguez Arrieta
|
Secretaría de Actas:
|
Henry
Alberto Gamboa Venegas
|
Secretaría de Finanzas:
|
Freddy
Rodríguez Arrieta
|
Secretaría de Educación
y Organización:
|
Lizbeth
Soto Sánchez
|
Secretaría de Relaciones
Públicas y Comunicación:
|
William
Rodrigo Hernández Castillo
|
Vocal
1:
|
Leonel
Obando Mendoza
|
Fiscalía:
|
Carlos
Alberto Salgado Méndez
|
San José, 17 de diciembre de 2021.—Lic. Eduardo Diaz Alemán, Jefe.—( IN2022613703 ).
De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de
Asuntos Laborales, este Registro ha procedido a la inscripción de la
organización sindical denominada: Sindicato de Trabajadores/as de la Pesca de
Camarón y Afines siglas SINTRAPESCA, al que se le asigna el código 1059-SI,
acordado en asamblea celebrada el 13 de febrero de 2021.
Habiéndose cumplido
con las disposiciones contenidas
en el artículo
344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad, se procede a la inscripción correspondiente.
La organización
ha sido inscrita en los registros que al efecto lleva este
Departamento, visible al tomo:
único del Sistema Electrónico
de File Master, asiento: 813-SJ-104-SI del 15 de diciembre
de 2021.
La Junta Directiva
nombrada en la asamblea constitutiva celebrada el 13 de febrero de 2021, con una vigencia
que va desde el 13 de febrero de 2021 al 31 de
enero de 2024 quedo conformada de la siguiente manera:
Secretario General:
|
Gerardo
Salazar Alvarado
|
Secretaría General Adjunta:
|
José
Domingo López Rodríguez
|
Secretaría de Educación
y Género:
|
Ana
Rosa Martínez Rosales
|
Secretaría de Conflictos
y Salud Laboral:
|
Eduardo
Arguedas Gómez
|
Vocal:
|
Alexis
Álvarez Cruz
|
Fiscal:
|
Uriel
Parra Hernández
|
San José, 22 de diciembre de 2021.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—( IN2022613706 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO
NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Para ver
las marcas con sus respectivas
imágenes solo en La Gaceta con formato PDF
Solicitud Nº 2021-0003252.—María Gabriela Miranda
Urbina, casada, cédula de identidad
111390272, en calidad de apoderada especial de Kimberly-Clark Worldwide Inc. con domicilio en Neenah, Wisconsin, Estados Unidos de América , solicita la inscripción de: KOTEX,
como marca de fábrica y comercio en clase 25 Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 25: ropa Interior, bragas y lencería. Fecha: 21 de abril de 2021. Presentada el: 13 de abril de 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de abril de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que (sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2021566279 ).
Solicitud N°
2021-0009844.—Randall Joshua Cabezas
Solano, apoderado especial de RC Resoluciones
Computarizadas S. A., cédula de identidad N°
3101183032, con domicilio en calle 10 Ave. 6, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción
como nombre comercial en clase 49. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a macrobiótica. Ubicado en Condominios Centro Comercial
Hatillo 6. Fecha: 23 de diciembre de 2021. Presentada el 28 de octubre de 2021.
San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 23 de diciembre de 2021. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2022613473 ).
Solicitud N° 2021-0009806.—Nelson
Blanco Gómez, casado en
primeras nupcias, cédula de identidad N° 205200285,
con domicilio en Costa Rica, Cartago, El Guarco, Tobosi,
3 km oeste de RTV, Condominio La Rueda, Cartago, Costa Rica, solicita la
inscripción
como marca de comercio
y servicios en clases: 1 y 40. Internacionales.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 1: oxígeno para uso industrial; preparaciones
para enmendar suelos; preparaciones para regular el crecimiento de las plantas; preparaciones químicas de protección contra el tizón del trigo; preparaciones químicas de protección contra las
enfermedades de la vid; preparaciones
químicas de protección
contra las enfermedades de las plantas
de cereales; preparaciones químicas de uso científico que no sean para uso médico ni
veterinario; productos para
preservar semillas; productos químicos para conservar alimentos; productos químicos para purificar el agua;
productos químicos para uso agrícola, excepto
fungicidas, herbicidas, insecticidas y parasiticidas; productos químicos para uso hortícola, excepto fungicidas, herbicidas, insecticidas y parasiticidas; productos químicos para uso industrial.; en clase 40: descontaminación
de materiales peligrosos; purificación del aire; tratamiento del agua. Fecha: 30 de noviembre de 2021. Presentada el: 28 de octubre de 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de noviembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2022613481 ).
Solicitud N° 2021-0008450.—María Monserrat Soto Roig, cédula de identidad N° 112920641,
en calidad de apoderada especial de Essentia Legal Crlimitada, cédula jurídica N° 3102803398, con domicilio en Cartago-La Unión, Tres
Ríos, Urbanización Laitaba, casa 32F, de la entrada
principal de la urbanización, segunda entrada, a la izquierda, calle sin
salida, al final de la calle, en la rotonda, casa a mano derecha/Costa Rica,
30301, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica
en clase: 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un
software de gestión y autogestión,
tanto para computadoras como
para aplicaciones móviles,
para optimizar servicios legales y la interacción entre
abogados y clientes. Reservas:
no se hace reserva de los colores del diseño. Fecha: 14 de diciembre de 2021. Presentada el 16 de setiembre de 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2022613482 ).
Solicitud Nº 2021-0008449.—María
Monserrat Soto Roig, cédula de identidad
112920641, en calidad de apoderada especial de Essentia
Legal CR Limitada, cédula de residencia 3102803398 con domicilio en Cartago-LA
Unión Tres Ríos, Urbanización La Itaba casa 32F, de
la entrada principal de la urbanización, segunda entrada a la izquierda calle
sin salida al final de la calle, en la rotonda casa a mano derecha/Costa Rica,
30301, San José, Costa Rica , solicita la inscripción
como
marca de servicios en clase(s): 42. Internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 42: Servicios de cloud
computing o computación en la nube; programación
informática; diseño de software; consultoría en computación; conversión de
programas y datos informáticos; distintos de la conversión física; conversión
de datos o documentos de medios físicos a electrónicos; copia de seguridad de
datos fuera del sitio; almacenamiento y guarda digital de data en general
relacionados con el sector legal. Reservas: No se hace reserva de los colores
del diseño. Fecha: 14 de diciembre de 2021. Presentada el: 16 de septiembre de
2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art.
28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador(a).—( IN2022613497
).
Solicitud N° 2021-0007647.—Wilberth
Morales Araya, soltero, cédula de identidad N°
207730060, en calidad de apoderado generalísimo de Perfumería Online CR
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3-102-807712, con domicilio en
Desamparados-San Rafael Abajo Urbanización Ciudad Luz Casa 2513 casa mano
derecha, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Fragrancex
como marca de comercio en clase: 3. Internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 3: Perfumería y fragrancias.
Fecha: 22 de noviembre de 2021. Presentada el 24 de agosto de 2021. San José:
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 22 de noviembre de 2021. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2022613501 ).
Solicitud Nº 2021-0011101.—Michael
Jara Castillo, casado una vez, cédula de identidad N°
701320125, con domicilio en Pococí, Guápiles, 100 mts
sur veterinaria Tauro, Limón, Costa Rica, solicita la inscripción
como
marca de servicios en clase 45. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Servicios jurídicos. Fecha: 15 de diciembre de 2021. Presentada el
07 de diciembre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de
diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se
rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por
un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2022613509 ).
Solicitud N° 2021-0009915.—Tatiana Fonseca Fernández, soltera, cédula de identidad N° 113300007, en calidad de apoderada generalísimo de Tati
del Mar Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3101808397, con domicilio en Santa Cruz, Cabo Velas, Playa Grande, del
Restaurante Café del Pueblo, 200 metros norte y 35 oeste, casa a mano derecha,
color gris claro, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca
de servicios en clase: 42. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
42: Consultoría
en arquitectura, servicios de arquitectura, gestión de proyectos de arquitectura, servicio de arquitectura de interiores, servicio de arquitectura y planificación urbanísticas, servicios de asesores en construcción (asesoramiento en arquitectura) y consultoría en arquitectura y elaboración de planos de construcción. Fecha: 7 de diciembre de 2021. Presentada el: 1 de noviembre de 2021. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 7 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2022613511 ).
Solicitud N° 2021-0011184.—María del Rocío
Quirós Arroyo, cédula de identidad N° 108710341, en calidad de apoderado especial de Doterra Holdings LLC., con domicilio en: 389 South 1300
West, Pleasant Grove, Utah 84062, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción:
como marca
de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de educación; la organización y desarrollo de proyectos para
fines educativos que tienen
como objetivo mejorar la vida de las personas desfavorecidas y empobrecidas. Fecha: 15 de diciembre de 2021. Presentada el: 09 de diciembre de 2021. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registrador(a).—(
IN2022613543 ).
Solicitud N° 2021-0011185.—María
Del Rocío Quirós Arroyo, cédula de identidad N°
108710341, en calidad de apoderado especial de Doterra
Holdings Llc., con domicilio en 389 South 1300 West,
Pleasant Grove, Utah 84062, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de:
como marca de servicios
en clase: 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de caridad, es decir, proporcionar apoyo financiero a personas desfavorecidas con el fin de facilitar la salud, el bienestar y el desarrollo económico;
la coordinación de contribuciones
no monetarias a organizaciones benéficas y sin
fines de lucro; la organización
y desarrollo de proyectos
que tienen como objetivo mejorar la vida de las personas desfavorecidas
y empobrecidas. Fecha: 15
de diciembre de 2021. Presentada
el: 9 de diciembre de 2021.
San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2022613544 ).
Solicitud N°
2021-0009346.—Cindy Noelia Morales González,
casada dos veces, cédula de identidad N°
111200927, con domicilio en San Josecito, Alajuelita, calle El Alto, 800 oeste
de Tanques AYA, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MADERO NEGRO
como marca
de servicios en clases: 41 y 43. Internacionales.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 41: Fogatas (servicios de entretenimiento),
fiestas familiares, cumpleaños,
matrimonios, eventos corporativos al aire libre.; en clase 43: Servicios
de camping. Fecha: 11 de noviembre
de 2021. Presentada el: 14
de octubre de 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de noviembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2022613545 ).
Solicitud Nº 2021-0010398.—David
Alberto Ledezma Bravo, soltero, cédula de identidad N°
114300919, con domicilio en: San Diego de La Unión, seiscientos metros al oeste
y veinticinco metros al sur de la plaza de San Diego, casa a mano izquierda,
Costa Rica, solicita la inscripción de: APETOS, como marca de fábrica y
comercio en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
frutas preparadas, cortadas, envasadas, cocidas, procesadas, deshidratadas,
encurtidas, secas, confitada, troceadas, mousse de frutas, jaleas, confituras,
compotas, aceite y grasas comestibles. Fecha: 18 de noviembre de 2021.
Presentada el: 12 de noviembre de 2021. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 18 de noviembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena
Marín Jiménez, Registradora.—( IN2022613552 ).
Solicitud Nº
2021-0010351.—María Laura
Torres Solís, cédula de identidad N° 117250643, en calidad de apoderado especial de Carlos Valderde Gómez,
soltero, cédula de identidad N° 112740695, con
domicilio en San José, San Francisco de Dos Ríos, Los Sauces del Parque Los Sauces; 200 metros
norte, en las instalaciones de Clínica
San Francisco, Costa Rica, solicita la inscripción
como nombre comercial en clase: Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: empresa dedicada a la
comercialización d.e toda clase de servicios de
optometría, oftalmología, y de salud visual, así como accesorios referentes a
la salud visual. Ubicado en San José, San Francisco de Dos Ríos, Los Sauces, del
Parque los Sauces 200 mts. norte, Instalaciones de
Clínica San Francisco Reservas: Se hace reserva de toda tipografía y color
Fecha: 14 de diciembre de 2021. Presentada el 12 de noviembre de 2021. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 14 de diciembre de 2021. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2022613574 ).
Solicitud Nº 2021-0011327.—Manuela
Molina Loaiza, divorciada, cédula de identidad N°
109630470, con domicilio en: Alajuela, La Garita, Turrúcares de la entrada
principal de Villa Cares 200 metros sur y 800 metros suroeste, Alajuela, Costa
Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios
en clase 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de educación. Fecha: 20 de diciembre de 2021. Presentada el 15 de diciembre de 2021. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2022613583 ).
Solicitud Nº 2021-0011087.—Daniel
Alonso Murillo Campos, cédula de identidad N° 108270893, en calidad de apoderado generalísimo de VMG Healthcare Products Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3101201700, con domicilio en Guachipelín, Escazú 800 mts
noroeste del paso a desnivel a Multiplaza, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción
como marca de comercio en clase 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: producto farmacéutico. Fecha: 13 de diciembre de 2021.
Presentada el: 07 de diciembre de 2021. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 13 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Rándall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2022613595 ).
Solicitud Nº
2021-0011086.—Daniel Alonso Murillo Campos,
casado una vez, cédula de identidad 108270893, en calidad de Apoderado Especial
de VMG Healthcare Products
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101201700 con domicilio en Escazú, Guachipelín, 800 mts., noroeste del
paso a desnivel de Multiplaza, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de comercio en clase: 5 Internacional Vefalexin
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Producto farmacéutico
Fecha: 13 de diciembre de 2021. Presentada el: 7 de diciembre de 2021. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 13 de diciembre de 2021. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2022613596 ).
Solicitud N° 2021-0011411.—Lothar
Volio Volkmer, casado una vez, cédula de identidad N° 109520932, en calidad de apoderado especial de Corporación Techos y Aluminios de Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N°
3102804985, con domicilio en Pavas Rohrmoser,
cincuenta metros norte del AYA, Edificio Torre Cordillera, piso nueve, oficinas
de Latinalliance, Costa Rica, solicita la inscripción
de: ALUMITICA, como nombre comercial, para proteger y distinguir lo
siguiente: un establecimiento comercial dedicado a ventas de acero al por
mayor, ubicado en Los Lagos, Antigua Bodega Mabe, carretera principal Heredia,
Costa Rica. Fecha: 3 de enero de 2022. Presentada el 17 de diciembre de 2021.
San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 3 de enero de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—(
IN2022613598 ).
Solicitud Nº 2021-0011036.—María
Laura Valverde Cordero, casada una vez, cédula de identidad 113310307, en
calidad de apoderado especial de S.C. Johnson & Son, Inc. con domicilio en
1525 Howe Street Racine, Wisconsin 53403-2236, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: FIRST DATE FLOWERS como marca de fábrica y
comercio en clase(s): 3. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 3: Limpiador multiuso; limpiador de inodoro. Fecha: 15 de
diciembre de 2021. Presentada el: 6 de diciembre de 2021. San José: Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 15 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2022613601 ).
Solicitud Nº
2021-0011412.—Lothar Volio Volkmer, casado una vez, cédula de identidad N° 109520932, en calidad de apoderado especial de Alutech Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101625109, con domicilio en: San José-San José, Pavas Rohrmoser, 50 mts norte del AYA,
edificio Torre Cordillera, piso 9, oficinas de Latin
Alliance Costa Rica, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ALUTECH,
como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado a ventas de acero al por mayor ubicado en
Los Lagos, antigua bodega Mabe, carretera principal Heredia. Fecha: 03 de enero
de 2022. Presentada el 17 de diciembre de 2021. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 03 de enero de 2022. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—(
IN2022613603 ).
Solicitud N° 2021-0011037.—María
Laura Valverde Cordero, casada una vez, cédula de identidad N°
113310307, en calidad de apoderada especial de Yibin Kaiyi Automobile CO., LTD., con domicilio
en 328 Room, Enterprise Service
Center, N°
17, Lingang Avenue, Yibin Lingang Economic And Technological Development Zone, Yibin City, Sichuan Province, China, solicita la inscripción de:
como marca
de fábrica y servicios en clases: 12 y 37 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 12: autocares;
vehículos eléctricos; vehículos de locomoción por
tierra, aire, agua o rieles; bicicletas; camiones; vagones; motocicletas; tranvías; carros; autocaravanas; mecanismos de propulsión para vehículos terrestres; carros sin conductor (carros autónomos); techos para automóviles; cinturones de seguridad para asientos de vehículos;
cubos para ruedas de vehículos; tapicería para vehículos; ventanas para vehículos; manivelas (volantes)
para vehículos; espejos retrovisores laterales para vehículos; en clase
37: servicios de mantenimiento
y reparación de vehículos de motor; servicios de pulverización para automóviles; reconstrucción de maquinaria desgastada o destruida parcialmente; estaciones de servicio de vehículos (repostaje y mantenimiento); recauchutado de neumáticos; engrase de vehículos; lavado de vehículos; tratamiento antioxidante para vehículos; mantenimiento de vehículos; limpieza de vehículos; servicios de reparación de averías de vehículos; anticorrosión; balanceo de neumáticos. Fecha: 15 de diciembre de 2021. Presentada el 6 de diciembre de 2021. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2022613608 ).
Solicitud N° 2021-0009299.—Wilberth
Morales Araya, soltero, cédula de identidad 207730060, en calidad de apoderado
generalísimo de Perfumería Online
Sociedad Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N°
3102807712, con domicilio en: Desamparados, San Rafael Abajo Urbanización
Ciudad Luz casa 2513 a mano derecha casa verde, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Onlinex, como marca de
fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: perfumería y fragancias. Fecha: 15 de noviembre de 2021. Presentada
el: 13 de octubre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de
noviembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2022613613 ).
Solicitud N° 2021-0010943.—Daniel
Alberto Zumbado Rodríguez, soltero,
cédula de identidad N° 402280234, en calidad de
apoderado generalísimo de Slothy Tropical Fruits Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N°
3102832972, con domicilio en Calle Don Chico Urbanización Industrial La
Asunción 100 m este 100 m sur Edificio Donostia Local 2, Costa Rica, solicita
la inscripción
como marca
de fábrica y comercio en
clases: 30. Internacionales.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 30: Café, café tostado en grano, y café molido, café sin tostar. Fecha: 17 de diciembre de 2021. Presentada el: 2 de diciembre de 2021. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en
ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2022613614 ).
Solicitud N° 2021-0011134.—María del Milagro Chaves Desanti, casada en segundas nupcias, cédula de
identidad N° 106260794, en calidad de apoderado
especial de The Coca-Cola Company, con domicilio en One Coca-Cola Plaza, Atlanta, Georgia 30313, Estados Unidos
de América, solicita la inscripción de: TOPO TIME como marca de fábrica
y comercio, en clase(s): 32 internacional(es). Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 32: Cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no
alcohólicas; bebidas de frutas y jugos de frutas; siropes y otras preparaciones
para hacer bebidas. Fecha: 13 de diciembre del 2021. Presentada el: 08 de
diciembre del 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de
diciembre del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se
rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por
un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registrador(a).—( IN2022613626 ).
Solicitud N° 2021-0010678.—María Laura Valverde Cordero, casada una vez, cédula
de identidad N° 113310307, en calidad de apoderada
especial de S.C. Johnson & Son Inc., con domicilio en 1525 Howe Street,
Racine, Wisconsin 53403-2236, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: EXPOSIS, como marca de fábrica y comercio en clases: 5 y
11 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparados para
matar malezas y destruir animales dañinos; insecticidas; anti-polillas;
repelentes de insectos; fungicidas; rodenticidas.; en clase 11: aparatos para
dispensar insecticidas o repelentes de insectos. Fecha: 16 de diciembre de
2021. Presentada el 23 de noviembre de 2021. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 16 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne
Mora Ortega, Registradora.—( IN2022613636 ).
Solicitud N° 2021-0011132.—Lothar Arturo Volio Volkmer, soltero, cédula de identidad N° 109520932, en calidad de apoderado especial de Altian Pharma Sociedad Anónima, con domicilio en 13 Avenida A, 2-95, Zona 2, Colonia la
Escuadrilla, Municipio De Mixco, Departamento Guatemala Del, Guatemala,
solicita la inscripción de: LIZMIN, como marca de comercio en clase: 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos,
preparaciones para uso médico; productos higiénicos y sanitarios para uso
médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para
bebés; complementos alimenticios para personas; emplastos, material para
apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes. Fecha:
22 de diciembre de 2021. Presentada el 8 de diciembre de 2021. San José: Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 22 de diciembre de 2021. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2022613644 ).
Solicitud N° 2021-0007586.—María
Laura Valverde Cordero, casada una vez, cédula de identidad N°
113310307, en calidad de apoderada especial de Proyecto Tenorio Lodge CFDD Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101397581, con domicilio en
Upala, Bijagua, del cruce del retiro, 250 mts. al
este, a mano izquierda, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:
como marca
de servicios en clase: 43. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de hospedaje temporal; restauración
(alimentación). Reservas:
no se hace reserva de las
palabras TENORIO LODGE. Fecha: 16 de diciembre de 2021. Presentada el 23 de agosto de 2021. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley
N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—(
IN2022613651 ).
Solicitud N° 2021-0011131.—Lothar
Volio Volkmer, casado una vez, cédula de identidad N° 109520932,
en calidad de apoderado especial de Altian Pharma Sociedad Anónima, con domicilio en trece, avenida “A”, dos guión noventa
y cinco, zona dos, Colonia La Escuadrilla, Municipio de Mixco Departamento de
Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: OBICALEX como marca de
comercio, en clase(s): 5 internacional(es). Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico;
productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias
dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; complementos alimenticios
para personas; emplastos, material para apósitos; material para empastes e
improntas dentales; desinfectantes. Fecha: 22 de diciembre del 2021. Presentada
el: 08 de diciembre del 2021. San José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
22 de diciembre del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador(a).—( IN2022613669 ).
Solicitud N° 2020-0007597.—Arnaldo
Bonilla Quesada, cédula de identidad N° 107580660, en
calidad de apoderado especial de American Outlet USA CR Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3101795083, con domicilio en Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, frente a Palí, edificio
de dos plantas, color blanco, con cortinas metálicas, Costa Rica, solicita la inscripción de: A
O American Outlet, como nombre comercial en clase: 49 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: establecimiento comercial dedicado a tienda
por departamentos para la venta mayorista y minorista de artículos para el
hogar y oficina, muebles, textiles, prendas de vestir, calzado, herramientas y
decoración, ubicado en Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, frente a Palí, edificio
de dos plantas, color blanco, con cortinas metálicas. Fecha: 29 de junio de
2021. Presentada el 18 de setiembre de 2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 29 de junio de 2021. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2022613705 ).
Solicitud Nº 2021-0001654.—Arnaldo
Bonilla Quesada, cédula de identidad 107580660, en calidad de apoderado
especial de Productos Ved Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101420648 con
domicilio en Vázquez de Coronado, San Isidro, del Súper Kam
200 metros al este y 300 metros al sur, casa cuatro-A / Costa Rica, Coronado,
Costa Rica, solicita la inscripción de: PULPIFRUTA como marca de fábrica
y comercio en clase(s): 30. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 30: Helados comestibles de frutas. Fecha: 9 de marzo de
2021. Presentada el: 22 de febrero de 2021. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 9 de marzo de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna
Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2022613708 ).
Solicitud Nº 2021-0011140.—Ronald
Sancho Espinoza, cédula de identidad
401370285, en calidad de apoderado generalísimo de Knueve
Internacional S.A., Cédula jurídica 3101141045 con domicilio en 200 mts sur de Basílica de Santo Domingo, Heredia, Costa Rica,
solicita la inscripción de: El chaquetazo como
nombre comercial en clase(s): Internacional(es). Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a: restaurante y
bar ubicado en Heredia, Barva, 80 mts sur de la
Iglesia. Fecha: 13 de diciembre de 2021. Presentada el: 8 de diciembre de 2021.
San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 13 de diciembre de 2021. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2022613709 ).
Solicitud N° 2021-0003741.—Arnaldo
Bonilla Quesada, cédula de identidad N° 107580660, en
calidad de apoderado especial de Alpha Marketing Services
Ltda., cédula jurídica N° 3102797427, con domicilio
en San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Edificio Sigma
Business Center, Costa Rica, solicita la inscripción de: AM ALPHA MARKETING LA
como marca
de servicios en clase: 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
35: Servicios de Publicidad, gestión,
organización y administración de negocios comerciales,
Asesoramiento en el campo de la gestión empresarial
y el marketing, marketing digital y consultoría en mercadeo. Fecha: 17 de agosto de 2021. Presentada el: 26 de abril de 2021. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de agosto de 2021. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2022613710 ).
Solicitud Nº 2021-0001111.—Carlos
Roberto Ramírez Guzmán, soltero, cédula de identidad N°
205900741, con domicilio en Los Ángeles Centro, La Fortuna, San Carlos,
provincia de Alajuela, 11801, Curridabat, Costa Rica, solicita la inscripción
de: HAMACA
como
marca de fábrica y comercio en clase 31. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas,
tubérculos frescos como yuca, papa, zanahoria Reservas: De los colores azul,
rojo, amarillo, anaranjado Fecha: 12 de agosto de 2021. Presentada el 05 de
febrero de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de
agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina
Ruiz Mata, Registradora.—( IN2022613711 ).
Solicitud N° 2021-0010787.—Julio
Cesar Pacheco Vargas, casado una vez, cédula
de residencia N° 155802291300,
en calidad de apoderado especial de Central Hidraulica
CHCR de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3101802108, con domicilio en Ipís de Goicoechea, de
los Tanques de A Y A, ciento setenta y cinco metros al oeste., San José, Costa
Rica, solicita la inscripción
como marca
de comercio en clase: 7. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Reparación y fabricación de cilindros hidráulicos, venta y reparación de componentes, y reparación de componentes oleo hidráulicos, mangueras hidráulicas, sellos hidráulicos, reconstrucción de cremalleras, bombas y cajas de timón. Máquinas y máquinas herramientas; motores y motores de combustión interna, acoplamientos y componentes de transmisión. Fecha: 08 de diciembre de 2021. Presentada el 25 de noviembre de 2021. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 08 de diciembre
de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Walter
Alfaro González, Registrador.—( IN2022613712 ).
Solicitud Nº 2020-0007247.—Arnaldo
Bonilla Quesada, cédula de identidad N° 107580660, en
calidad de apoderado especial de Lubricars S.A.,
cédula jurídica N° 3101691717, con domicilio en: San
José, Plaza González Víquez de La Pantera Rosa 100 metros al sur, Costa Rica,
solicita la inscripción de: LUBRIPACK, como marca de servicios en clase
37. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de
mantenimiento, limpieza, instalación y reparación. Fecha: 24 de mayo de 2021.
Presentada el 08 de setiembre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. 24 de mayo de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2022613713 ).
Solicitud Nº 2021-0002927.—Arnaldo
Bonilla Quesada, cédula de identidad N° 107580660, en
calidad de apoderado especial de Inversiones Internacionales RJE Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3101695362, con domicilio en:
Heredia-Santa Bárbara San Juan
del cruce de Cinco Esquinas setecientos metros norte casa de dos plantas, Costa
Rica, solicita la inscripción de: +K’ PO
como nombre para proteger
y distinguir: establecimiento comercial dedicado a restaurante y al expendio de alimentos preparados. Fecha: 14 de abril de 2021. Presentada el: 26 de marzo de 2021. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de abril de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2022613714 ).
Solicitud Nº 2021-0010131.—Jairo
Manuel Vindas Sojo, soltero, cédula de identidad N°
304550468, en calidad de apoderado generalísimo de Welsys
Co S.R.L., cédula jurídica N° 3102716437, con
domicilio en: Montes de Oca, Barrio Los Yoses, trescientos metros sur de la
Corte Interamericana de Derechos Humanos, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: WELSYS SMART TECH -SMART SOLUTIONS
como marca de comercio
en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aparatos de videovigilancia por televisión, sistemas de videovigilancia. Fecha: 17 de noviembre de 2021. Presentada el: 08 de noviembre de 2021. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de noviembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Wálter
Alfaro González, Registrador.—( IN2022613715 ).
Solicitud Nº 2021-0005518.—Arnaldo
Bonilla Quesada, cédula de identidad N° 107580660, en
calidad de apoderado especial de Mutual Seguros Sociedad Corredora de Seguros
S.A., cédula jurídica N° 3101188895, con domicilio
en: San José, Catedral, Barrio González Lahmann, 125 metros al sur de la
antigua casa Matute Gómez, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MS
CORREDORA MUTUAL SEGUROS
como marca de servicios en clase 36 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: agencia de seguros, corretaje de seguros y reaseguros.
Asesoría en materia de seguros. Reservas: del diseño, las letras MS y de las
palabras Corredora Mutual Seguros, los colores amarillo, blanco y negro. Fecha:
30 de junio de 2021. Presentada el: 18 de junio de 2021. San José. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de
junio de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Wálter Alfaro
González, Registrador(a).—( IN2022613718 ).
Solicitud Nº 2021-0011149.—María
Del Milagro Chaves Desanti, casada dos veces, cédula
de identidad 106260794, en calidad de Apoderado Especial de UPL Corporation Limited con domicilio
en 6TH Floor, Suite 157B, Harbor Front Building, President John Kennedy
Street, Port Louis, Mauricio, solicita la inscripción de: DRYLINE como
Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 1 y 5. Internacional(es). Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1: Productos químicos para uso en
la industria, así como en la agricultura, horticultura y silvicultura; resinas
artificiales sin procesar, plásticos sin procesar; sustancias para curtir
pieles y cueros de animales; compostaje, abonos, fertilizantes; preparaciones
biológicas para uso en la industria y la ciencia.; en clase 5: Herbicidas,
pesticidas, insecticidas, fungicidas, vermicidas, rodenticidas, eliminadores de
malezas, preparaciones para matar las malas hierbas y eliminar alimañas. Fecha:
13 de diciembre de 2021. Presentada el: 8 de diciembre de 2021. San José: Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 13 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2022613753 ).
Solicitud Nº
2021-0008838.—Francisco Ernesto Corrales
Madrigal, soltero, cédula de identidad 111900089, con domicilio en Palmares,
Daniel Flores, Pérez Zeledón, frente a Gasolinera El Jorón,
Costa Rica, solicita la inscripción:
como marca de fábrica
y comercio en clase(s): 31 internacional(es),
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 31: Concentrado de alimentos para animales, ganado bovino, porcino, equino, alimento para aves y especies menores, en todos
sus fases de crecimiento. Reservas: de los colores: azul y verde. Fecha:
30 de noviembre del 2021. Presentada
el: 30 de septiembre del
2021. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de noviembre del 2021.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2022613779 ).
Solicitud Nº 2021-0010409.—Natalia
Raquel Cornejo Arias, casada una vez, cédula de identidad 304010643, con
domicilio en: 800 metros oeste y 25 norte del antiguo Depósito Santa Rosa, La
Colonia, Guápiles, Pococí, Costa Rica, solicita la inscripción
como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado a la preparación y venta de alimentos, en
especial repostería de todo tipo, ubicado en Pococí, Guápiles, La Colonia, 800
metros oeste y 25 norte del antiguo Depósito Santa Rosa. Fecha: 20 de diciembre
de 2021. Presentada el: 15 de noviembre de 2021. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de diciembre de
2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en
una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita,
Registrador(a).—( IN2022613791 ).
Solicitud N° 2021-0009007.—Óscar
Picado Lizano, divorciado una vez, cédula de identidad N°
106840011, en calidad de apoderado generalísimo de Total Seafood
Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3101555101, con domicilio en Hatillo 6, acera N° 4, casa N° 5, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de:
como marca de comercio
en clase: 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: carne de cerdo, pavo, res, mariscos, pescado, embutidos, extractos de carne, frutas, verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congelado,
secos y cocidos, jaleas, confituras, compotas, huevos,
leche y productos lácteos,
carne caza. Fecha: 14 de diciembre
de 2021. Presentada el 6 de
octubre de 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—1 vez.—(
IN2022613795 ).
Solicitud Nº 2021-0009006.—Oscar
Picado Lizano, divorciado una vez, cédula de identidad N° 106840011,
en calidad de apoderado especial de HDO Holding Foods
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101767353,
con domicilio en Tibás, de la Bomba de San Juan 400 mts
al oeste, frente a la Iglesia De Jesucristo De Los Santos de Los Últimos Días,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca
de comercio en clase 29. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Carne, cerdo, pavo, res, mariscos, pescado, embutidos, extractos de carne; frutas, verduras, hortalizas, legumbres en conserva,
congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos;
leche y productos lácteos;
carne de caza, aceites y grasas
comestibles. Fecha: 26 de noviembre
de 2021. Presentada el 06
de octubre de 2021. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 26 de noviembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2022613796 ).
Solicitud Nº
2021-0010959.—Roberto López Hernández, casado por tercera vez, cédula de
identidad N° 401650429, con domicilio en: San Pablo,
San Pablo Residencial El Páramo casa 18, Heredia, Costa Rica, solicita la
inscripción
como marca
de servicios en clase 39 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de transporte, servicio de mensajería para la entrega de paquetes. Reservas: se reservan los colores amarillo, naranja, morado y violeta. Fecha: 17 de diciembre de 2021. Presentada el: 02 de diciembre de 2021. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador(a).—(
IN2022613800 ).
Solicitud Nº
2021-0009940.—Willy Armando Carvajal Carvajal, soltero, cédula de identidad 402020819 con
domicilio en Barva, San José De La Montaña, 1 KM AL noroeste de la iglesia
católica, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: EMERGENT como
marca de servicios en clase: 45. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 45: Servicios de asesoría jurídica para personas, empresas,
organizaciones, gobiernos y proyectos de emprendimiento, incluyendo servicios legales: migratorios,
comerciales, laborales, civiles, internacionales, emprendimiento, tecnología, penales, contenciosos, financieros,
bancarios, tributarios, cumplimiento normativo, propiedad intelectual y, en
general, de diversas ramas y ámbitos del Derecho. Reservas: De los colores:
blanco y negro. Fecha: 23 de diciembre de 2021. Presentada el: 2 de noviembre
de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de diciembre de 2021. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita,
Registradora.—( IN2022613827 ).
Solicitud Nº 2021-0011358.—Jeudy Araya Martínez, casado una vez, cédula de identidad
112180033, con domicilio en Pérez Zeledón, San Isidro del El General, La Lucha,
ochocientos metros al este de la escuela SINAÍ, casa color verde, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción
como nombre comercial en clase(s):
Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Para proteger un
establecimiento comercial dedicado a rectificación y reparación de frenos de
vehículo. Venta de repuestos para frenos de vehículo. Ubicado en Pérez Zeledón,
San Isidro de El General, La Lucha, ochocientos metros al este de la escuela
Sinaí, contiguo a la casa color verde Reservas: De los colores; negro, celeste
y blanco Fecha: 22 de diciembre de 2021. Presentada el: 16 de diciembre de
2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de diciembre de 2021. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2022613828 ).
Solicitud Nº 2021-0011276.—Eduardo
Santamaría Acuña,
casado dos veces, cédula de identidad N° 111110404,
con domicilio en San Sebastián, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como nombre comercial.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a brindar servicios de taller de vehículos, venta de automóviles y venta de repuestos de vehículos; ubicado en San José. Barrio
México, costado oeste del Liceo de San José. Fecha: 17 de diciembre de 2021. Presentada el 14 de diciembre de 2021. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto.17 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo85 de la Ley N° 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2022613846 ).
Solicitud N° 2021-0010742.—Roberto
Enrique Cordero Brenes, cédula de identidad N°
111660540, en calidad de apoderado especial de Soto Global Corporation
Limitada, cédula jurídica N° 3102776847, con
domicilio en San José-Escazú,
distrito San Antonio, seiscientos metros al sur de Campo
Santo La Piedad, Restaurante Fogo Rodizio., Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios
en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Servicios
de realización y promoción
de conciertos. Reservas: La
solicitante se reserva el uso exclusivo
del distintivo marcario en cualesquiera tamaños, formas, colores, tipos o formas de letras y combinaciones de colores. Fecha: 21 de diciembre de 2021. Presentada el: 24 de noviembre de 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2022613847 ).
Solicitud Nº 2021-0011323.—José
Edgardo García Vargas, cédula de identidad 104200180, en calidad de apoderado
generalísimo de GAIA Mediación y RAC Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-110193, con domicilio en San José, Goicoechea, del
Wall cien metros al este y ciento cincuenta metros al norte casa a mano
izquierda, Costa Rica, solicita la inscripción de: GAIA Mediación como marca de
Servicios en clase 45. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Servicio jurídico de mediación y resolución alterna de conflictos. Fecha: 20 de
diciembre de 2021. Presentada el 15 de diciembre de 2021. San José. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 20 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Randall
Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2022613852 ).
Solicitud Nº
2021-0011268.—Carmen María Lonis Bolaños, cédula de identidad 303070023, en calidad
de Apoderado Generalísimo de Alimentos de LYSS S. A., cédula jurídica
3101715059 con domicilio en Provincia Cartago, Cantón Turrialba, Distrito
Central, Barrio San Rafael. 150 metros oeste de la Capilla Católica., Turrialba,
Costa Rica, solicita la inscripción
como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 29 y 30. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 29: Ajo procesado; Jaleas, mermeladas, compotas; Pasta de
ajo; ajo en conserva; Jaleas, mermeladas, compotas, frutas y verduras para untar; Chiles en conserva; Cebollas
procesadas; cebollas en conserva; en
clase 30: Pesto (salsa); salsa de chile;
salsa chimichurri; Ajo molido; Ajo procesado para su uso como condimento;
Salsa picante; Salsas picantes Reservas:
No se hacen reservas Fecha: 17 de diciembre de 2021. Presentada el: 14 de diciembre de 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2022613855 ).
Solicitud Nº 2021-0007597.—Fabiola
Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad 109530774, en calidad de
apoderado especial de Cooperativa Autogestionaria de Servicios Integrales de
Salud, cédula jurídica 3004087662 con domicilio en Pavas, Santa Fe, de la
Empresa Demasa 400 metros oeste, contiguo a Parque
Empresarial del Oeste y frente al plantel del ICE, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de:
COOPESALUD R.L.,
como marca de servicios
en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios integrales de salud a personas. Fecha: 1 de septiembre del 2021. Presentada el: 23 de agosto del 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto.
1 de septiembre del 2021. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”
Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2022613872 ).
Solicitud Nº
2021-0011323.—José Edgardo García Vargas,
cédula de identidad 104200180, en calidad de apoderado generalísimo de Gaia
Mediación Y Rac Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-110193, con domicilio en San José, Goicoechea, del Wall cien metros al
este y ciento cincuenta metros al norte casa a mano izquierda, Costa Rica,
solicita la inscripción de: GAIA Mediación como marca de servicios en
clase(s): 45. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 45: Servicio jurídico de mediación y resolución alterna de conflictos.
Fecha: 20 de diciembre de 2021. Presentada el: 15 de diciembre de 2021. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 20 de diciembre de 2021. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2022613873 ).
Solicitud Nº
2021-0011323.—José Edgardo García Vargas,
cédula de identidad 104200180, en calidad de apoderado generalísimo de Gaia
Mediación Y RAC Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-110193, con domicilio
en San José, Goicoechea, del Wall cien metros al este y ciento cincuenta metros
al norte casa a mano izquierda, Costa Rica, solicita la inscripción de: GAIA
Mediación como marca de servicios en clase(s): 45. Internacional(es). Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 45: Servicio jurídico de mediación
y resolución alterna de conflictos. Fecha: 20 de diciembre de 2021. Presentada
el: 15 de diciembre de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
20 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art.
28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Randall
Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2022613878 ).
Solicitud Nº 2021-0010803.—Adolfo
Campos Suarez, casado una vez, cédula de
identidad 203690038, en calidad de apoderado generalísimo de Oroplex Sociedad De Responsabilidad Limitada, cédula
jurídica 3102812224 con domicilio en San Carlos, La Tigra, frente al Ebais de la localidad, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción
como marca de servicios en clase(s): 45.
Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 45:
Servicios de red social en línea. Reservas: De los colores: dorado. Fecha: 3 de
enero de 2022. Presentada el: 25 de noviembre de 2021. San José: Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 3 de enero de 2022. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal
Garita, Registradora.—( IN2022613926 ).
Solicitud Nº
2021-0010575.—Helia Betancourt Plasencia,
casada en segundas nupcias, cédula de identidad 800350217, en calidad de
apoderado generalísimo de Betancourt Clinical S. A.,
cédula jurídica 3101593436, con domicilio en San Rafael de Escazú, Bello Horizonte,
Condominio Rivergrand Calle El Amanecer, casa número
doce, San José, Costa Rica , solicita la inscripción
como
marca colectiva en clase(s): 3. Internacional(es). Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 3: Cremas cosméticas. Fecha: 21 de diciembre de 2021.
Presentada el: 18 de noviembre de 2021. San Jose: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 21 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—(
IN2022613952 ).
Solicitud Nº
2021-0010579.—Rita María Calvo González, cédula de identidad 110940091, en calidad
de Apoderado Especial de Oganem Rojo Sociedad Anonima, cédula jurídica 3101179185 con domicilio en San
José calle 20 sur, avenida 6, numero
2003, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción
como Marca de Comercio y Servicios en clase(s): 3; 35 y 39. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 3: Aceites
esenciales.; en clase 35: Venta al por mayor y al
detalle de aceites esenciales.; en clase 39: Distribución de aceites esenciales Reservas: Con fundamento al artículo 9 inciso f) de la Ley de
Marcas y otros Signos Distintivos, al artículo 16 literal c), y 18 párrafo
segundo del Reglamento, reservo los colores utilizados en el
mismo; si reservo la exclusividad sobre la palabra “EVA ESENCIAL”. Fecha:
21 de diciembre de 2021. Presentada
el: 19 de noviembre de
2021. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2022613970 ).
Solicitud Nº
2021-0011362.—Juan Eduardo Alfaro Monge,
casado dos veces, cédula de identidad N° 109030336,
en calidad de apoderado especial de Green Trust International, cédula jurídica N° 3012683455, con domicilio en: segundo piso edificio
Bellavista Cuesta Moras, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios en clase 42 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: servicios de medición y análisis de emisiones de gases
de efecto invernadero, a saber servicios de
verificación de gases efecto invernadero. Fecha: 22 de diciembre de 2021.
Presentada el: 16 de diciembre de 2021. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 22 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2022613972 ).
Solicitud Nº
2021-0007890.—Ileana Cerdas Vega, unión
libre, cédula de identidad 304260999, con domicilio en Guadalupe, del Súper 99,
50 metros norte y 75 oeste Condominio Portón Gris casa 14, Cartago, Costa Rica,
solicita la inscripción de: ROSA morena,
como marca de servicios
en clase(s): 35 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 35: Gestión
de negocios comerciales, administración comercial o
industrial destinada a la venta
y distribución de artículos
de joyería, bisutería, metales, cristales y sus aleaciones, piedras preciosas y semipreciosas para comercios mayoristas, minoristas y al detalle. Fecha: 4 de octubre del 2021. Presentada el: 31 de agosto del 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de octubre del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”
Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2022614002 ).
Solicitud Nº 2021-0011125.—Diego
Emilio Arias Morera, cédula de identidad N°
603430527, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Esemp del Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101697157, con domicilio en: Puntarenas, Esparza, Espiritu Santo, Maraponal, 25 metros
al norte de la Clínica de
Esparza, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios
en clase 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de restaurante. Fecha: 22 de diciembre de 2021. Presentada el: 08 de diciembre de 2021. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Wálter
Alfaro González, Registrador(a).—( IN2022614005 ).
Solicitud Nº
2021-0011448.—María Laura Monge Espinach, cédula de
identidad 1-1023-310, en calidad de Apoderado Especial de José Adán Díaz
Chavarría, cédula de identidad 800940927 con domicilio en trescientos metros al
sur y quinientos metros al este de la Escuela Del Bosque de San Marín de Peñas
Blancas, San Ramón, Alajuela, casa de una planta de color celeste, Alajuela
Costa Rica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
como Marca de Servicios
en clase(s): 41. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 41: Educación;
formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales. Reservas: Se reserva los colores: Café oscuro, café claro,
verde oscuro, verde claro. Fecha: 23 de diciembre de 2021. Presentada el: 20 de diciembre de 2021. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. 23 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2022614070 ).
Solicitud Nº
2021-0011239.—Oscar Marío
Zuñiga Cambronero, cédula de identidad
104810525, en calidad de apoderado generalísimo de Cooperativa Agrícola
Industrial Victoria R.L., cédula jurídica 3-101-045031, con domicilio en
Alajuela, Grecia, San Isidro, Costa Rica, solicita la inscripción
como
marca de comercio en clase(s): 30. Internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 30: Café en grano, molido, en pergamino y instantáneo Fecha: 20 de diciembre de 2021. Presentada
el: 13 de diciembre de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
20 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2022614078 ).
Solicitud Nº 2021-0011309.—Melania
Cubero Soto, cédula de identidad 112290787, en calidad de apoderado especial de
Central Azucarera Tempisque S. A., cédula jurídica 3101027805, con domicilio en
Guanacaste, Guardia de Liberia, 6 kilómetros al sureste de la Escuela de la
Localidad, Guanacaste, Costa Rica, solicita la
inscripción de: TEMPISQUITO, como marca de fábrica en clase 33
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Vinos espirituosos y
licores. Fecha: 20 de diciembre del 2021. Presentada el: 15 de diciembre del
2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de diciembre del 2021. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex
Villegas Méndez, Registrador.—( IN2022614097 ).
Solicitud Nº 2021-0010805.—María
Laura Valverde Cordero, casada una vez, cédula de identidad 113310307, en
calidad de apoderado especial de Beijing Hotgen Biotech Co., Ltd. con domicilio en 9TH Building,
N°9 Tianfu Street, Daxing Biomedical Industry Base, Zhongguancun Science Park, Daxing District, Beijing,
República Popular de China, China, solicita la inscripción
como
marca de fábrica y comercio en clase 10 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 10: Aparatos de análisis de sangre; Aparatos
e instrumentos médicos; Aparatos de prueba
para fines médicos; Aparatos de diagnóstico para fines médicos; Láseres
para fines médicos; Aparatos e instrumentos dentales; Bolsas de hielo para
fines médicos; Implantes quirúrgicos [materiales artificiales]; Artículos
ortopédicos. Fecha: 7 de diciembre de 2021. Presentada el: 25 de noviembre de
2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 7 de diciembre de 2021. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca
Madrigal Garita, Registradora.—( IN2022614102 ).
Solicitud Nº
2021-0011447.—María Laura Monge Espinach, cédula de identidad
1-1023-0310, en calidad de apoderado especial de José Adán Díaz Chavarría,
cédula de identidad 800940927, con domicilio en trescientos metros al sur y
quinientos metros al este de la Escuela del Bosque de San Marín de Peñas
Blancas, San Ramón, Alajuela, casa de una planta de color celeste, Alajuela,
Costa Rica, solicita la inscripción
como nombre comercial,
para proteger y distinguir
lo siguiente: Un establecimiento
comercial; donde se brindan servicios; turísticos de educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades culturales y ambientales. Ubicado en 300 metros sur y 500
metros este de la Escuela El Bosque, La Fortuna,
Alajuela. Reservas: se reserva
los colores: Café oscuro,
café claro, verde oscuro, verde claro. Fecha: 23 de diciembre del 2021. Presentada el: 20 de diciembre del 2021. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de diciembre del 2021.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2022614107 ).
Solicitud N° 2021-0009946.—Adiel Picado Prendas, casado una vez, cédula de identidad N° 503550966, con domicilio en El Dos de Tilarán, cantón Tilarán, Distrito Cabeceras,
Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de:
como nombre
comercial en clase: 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado restaurante y turismo, ubicado en Guanacaste, Tilarán, Cabeceras,
el Dos de Tilarán, contiguo a Torre Telefónica, local color celeste. Fecha: 13 de diciembre de 2021. Presentada el 2 de noviembre de 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—(
IN2022614119 ).
Solicitud Nº
2021-0010452.—José Miguel Sibaja Castro,
cédula de identidad 112940324, en calidad de apoderado generalísimo de Compañía Más Fruta S & S Sociedad Anónima, cédula de
identidad 3101757229, con domicilio en Puntarenas, Esparza Cerillos, San Jerónimo, 400 metros al oeste del Salón Comunal, Costa Rica, solicita la
inscripción como marca de fábrica y servicios en clase(s): 19; 20 y 40
internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 19: Jacenenas, cenadores, enrejados, suelos, contraventanas,
paneles, puertas, vigas, viguetas, cobertizos para jardín, marcos de puertas,
molduras de pared, marcos de ventanas, tableros de cubiertas, artesanado,
entablado y revestimiento de pisos y suelos todos de madera; en clase 20:
Baúles, rótulos, arcones, barricadas, sofás, jardineras, persianas, divanes,
barriles, placas, letreros, cajas, cajones, papeleras, maceteros, muebles,
camas, estanterías, estantes, esferas de adorno, recipientes para empaquetar,
perillas, tiradores y picaportes para puertas, muebles de jardín, muebles para
exteriores, escalones, manijas para ventanas, somieres, armazones para camas,
topes de puertas, persianas de interior, muebles para el hogar, mesas, molduras
para cuadros, y fotos todos de madera; en clase 40: servicios de ensamblaje de
ebanistería, servicios personalizados de fabricación, tratamiento y
transformación de ebanistería. Reservas: No se hacen reservas Fecha: 7 de
diciembre del 2021. Presentada el: 16 de noviembre del 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 7 de diciembre del 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2022614120 ).
Solicitud Nº
2021-0011287.—Arlenia
Fonseca Rojas, casada dos veces, cédula de identidad 502240308 con domicilio en
San Antonio De Belén Residencial Bosques De Doña Rosa CASA 27 J, Heredia, Costa
Rica, solicita la inscripción
como Marca de Fábrica en clase 25 internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 25: Ropa deportiva, para Surf & Skate. Reservas: De los colores: negro, blanco y naranja rojizo. Fecha: 16 de diciembre de 2021. Presentada el: 14 de diciembre de 2021. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2021614121 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Solicitud Nº 2021-0008261.—Diego Armando Coto Hernández, soltero, cédula
de identidad 11198489, con domicilio
en Cartago, Turrialba, El Coyol,
primera etapa, casa 13A,
Turrialba, Costa Rica, solicita la inscripción de: ÓPTICA SANTA LUCIANA,
como nombre comercial
en clase(s): internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Servicios
de Óptica y Optometría. Reservas: verde claro, verde oscuro. Fecha:
2 de noviembre del 2021. Presentada
el: 10 de septiembre del
2021. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 2 de noviembre del 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registrador.—(
IN2022614128 ).
Solicitud Nº 2021-0011248.—Jorge
Badilla Badilla, soltero, cédula de identidad
113740826 con domicilio en Alajuelita Centro, 125 m este de la Casa Cural SJ,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como Nombre Comercial
en clase(s): Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
49: Un establecimiento comercial
dedicado a Gimnasio ubicado en Alajuelita
Centro, 75 metros este de la casa Cural,
San José, Gimnasio Bull. Fecha:
16 de diciembre de 2021. Presentada
el: 13 de diciembre de
2021. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2022614134 ).
Solicitud Nº 2021-0007356.—Víctor
Gerardo López Jiménez, divorciado una vez, cédula de identidad N° 900800517, en calidad de apoderado generalísimo de
Inversiones Cosvic S.A., con domicilio en: 100 metros
oeste y 100 sur de Acueductos y Alcantarillados, casa esquinera a mano derecha,
de dos plantas, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: U B LAUBE LA
UNIVERSIDAD DE LA BELLEZA
como marca de servicios
en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de belleza para
personas. Fecha: 15 de octubre
de 2021. Presentada el: 13
de agosto de 2021. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de octubre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—( IN2022614135 ).
Solicitud N° 2021-0010493.—Stefany Barrantes Morales, casada cuatro
veces, cédula de identidad N° 113540380,
en calidad de apoderado generalísimo de Kalistro del
Sur S. A., cédula jurídica N° 3101349322, con
domicilio en Monte Azul, Paso Ancho frente al ICE casa 8L, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio, en clase(s): 31 internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31: Frijoles frescos.
Reservas: No hace reserva del término Coto Brúcenos. Fecha: 04 de enero del
2022. Presentada el: 16 de noviembre del 2021. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 04 de enero del 2022. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en
ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela
Chango Trejos, Registrador(a).—( IN2022614178 ).
Solicitud Nº 2021-0010889.—Paola
Castro Montealegre, casada una vez, cédula de identidad 111430953, en calidad
de apoderado especial de Global Trade Services, INC, una sociedad organizada y existente de
conformidad con las leyes de Estados Unidos de América con domicilio en 1964 W Corporate Way, Anaheim,
California, 92801, Estados Unidos de América, solicita la inscripción,
como marca
de fábrica y comercio en clase 9 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 9: Cámaras de seguridad doméstica; concentradores de automatización
del hogar compuestos por altavoces activados por software
de voz, hardware y software para operar
luces, cerraduras, abre-puertas
de garaje, termostatos, cámaras y alarmas de seguridad para el hogar conectados y habilitados para internet; sistemas
de automatización del hogar
compuestos por hardware de computadora,
controladores inalámbricos
y con cable, y software descargable
para automatizar electrodomésticos,
iluminación, HVAC, sistemas
de seguridad, energía eléctrica; tableros interactivos con pantalla
digital, en concreto, paneles de visualización de señales digitales, quioscos informáticos interactivos, en concreto, sistemas de quioscos informáticos interactivos que comprenden ordenadores, hardware informático,
periféricos informáticos y pantallas táctiles de ordenador para ser utilizados en la provisión de asistencia e información en la configuración de interiores y exteriores; terminales de puntos de venta
(pos); quioscos informáticos
interactivos que comprenden
ordenadores, hardware informático,
pantallas de ordenador, periféricos informáticos y
software operativo informático
para ser utilizados en la compra automatizada de alimentos y productos para beber; pantallas táctiles; ordenadores de escritorio; kits o sistemas informáticos básicos semiensamblados, que comprenden estuches, placas madre, procesadores, tarjetas de memoria, tarjetas de video, unidades de
disco duro y fuentes de alimentación; almohadillas y ventiladores de enfriamiento para
ordenadores; partes y componentes para ordenadores, en concreto, procesadores
de computadora, placas madre, discos duros, teclados, tarjetas de memoria, tarjetas de video, monitores de computadora; estaciones de acoplamiento para ordenadores; estuches para teclados para móviles inteligentes; ordenadores portátiles y laptops con y sin funciones
táctiles; placas madre para ordenadores; filtros de pantalla de ordenador; protectores de pantalla para ordenadores, en concreto, protectores
y películas para pantalla; servidores informáticos; dispositivos informáticos de una
sola placa, en concreto, ordenadores con tablero único; tabletas electrónicas; tarjetas de video; cubre teclados; servidores; ordenadores de internet de las cosas
(iot), en concreto, ordenadores personales, ordenadores electrónicos, ordenadores móviles; servidores de internet
de las cosas (iot), en concreto, servidores
de red, servidores de internet, servidores
informáticos; bolsas, estuches y fundas especialmente diseñados para dispositivos informáticos, periféricos y componentes;
cargadores de baterías para ordenadores
portátiles y laptops; adaptadores
de corriente para ordenadores;
cascos auriculares; teclados de ordenador;
soportes para televisores; ratones de ordenador; bases y soportes para ordenadores; lápices electrónicos; altavoces externos para ordenadores; cables informáticos;
aparatos de alimentación ininterrumpida (sai) para ordenadores; unidades de disco duro internas; dispositivos de almacenamiento de
datos, en concreto, unidades de disco duro flash, discos duros externos; cajas para discos duros; discos duros (hdd); tarjetas de memoria flash; unidades de estado sólido (ssd) internas; unidades de estado sólido externas (ssd); tarjetas de memoria, en concreto,
tarjetas micro sd; cintas para almacenamiento de información para computadoras; lectores ópticos; soportes de almacenamiento de datos, en concreto,
unidades de almacenamiento
flash; soportes magnéticos
de almacenamiento o grabación
de datos; monitores informáticos; ordenadores con videojuegos interactivos; accesorios de juegos de ordenador, en concreto,
altavoces; tarjetas de
video internas y externas; escáneres; escáneres multifunción; escáneres de tarjetas de negocios; escáneres de documentos; escáneres de fotografías; escáneres de imágenes; escáneres electrónicos; impresoras matriciales; impresoras multifunción, en concreto, combinación
de impresora de documentos,
fac, copiadora y escáner; impresoras de inyección de tinta; impresoras de documentos, en concreto, impresoras de etiquetas; impresoras fotográficas; material para impresoras,
en concreto, cartuchos para impresoras rellenados y sin rellenar; impresoras de ordenador y partes de impresoras tales como cables para impresoras y componentes para impresoras; encaminadores de redes; hardware de ordenador;
dispositivos de puntos de acceso,
en concreto, módems inalámbricos portátiles y alámbricos para crear puntos de acceso inalámbricos móviles; conmutadores kvm; redes en malla, en
concreto, hardware de redes informáticas
o hardware para LAN (redes de área local); módems; hardware informático de almacenamiento conectado a la red
(nas); tarjetas de red;
hardware de ordenadores, en
concreto, extensores de red
inalámbricos; centros de
red para ordenadores; hardware para ordenador, en concreto,
repetidores de red; servidores/reproductores de transmisión
secuencial de red, en concreto, dispositivos para
la transmisión de contenido
multimedia digital (streaming); conmutadores de red; transceptores de red; antenas de
red; servidores de impresión;
sistemas de wifi, en concreto, servidores
para redes; conmutadores para comunicación
en red, tarjetas de
interface de red, adaptadores de red, servidores de red; interruptores
de comunicación de redes informáticas;
dispositivos informáticos móviles, en concreto,
computadoras portátiles, tabletas, teléfonos inteligentes, dispositivos digitales móviles; teléfonos inteligentes, en concreto, teléfonos
móviles; software de pago móvil descargable, en concreto, software descargable para el procesamiento de pagos;
interfaces de pantallas táctiles,
en concreto, pantallas táctiles; sensores de identidad de huellas dactilares; robots de inteligencia artificial; robots humanoides
con inteligencia artificial; maquinas
automatizadas de Inteligencia
artificial, en concreto, maquinas accionadas o controladas mediante software de inteligencia artificial; software descargable
de sistemas operativos;
software de reconocimiento vocal; aplicación descargable
para la programación de interfaz
de software; software descargable para mensajería instantánea; software
para ordenador descargable
para su uso en la gestión de datos en el
campo de la inteligencia artificial; software desarrollador, en concreto, software descargable
para desarrollar aplicaciones
de comercio electrónico
para ordenador; conjunto de software integrado descargable para su uso en
la gestión de datos en el campo de la inteligencia artificial; plataformas
de software descargable para dispositivos
ponibles, en concreto, software para rastrear
la actividad, la ubicación,
los signos vitales, biométricos, la posición del cuerpo, el movimiento,
los patrones de marcha, las
condiciones ambientales y
para cascos de realidad virtual; plataformas
de software descargable para relojes
inteligentes, en concreto, software descargable
para rastrear actividad, ubicación, signos vitales, biometría, datos ambientales, posición corporal, movimiento; altavoces de audio activados por voz; altavoces activados por voz con pantallas; software operativo descargable para dispositivos de llamadas de voz y vídeo; relojes inteligentes; auriculares; auriculares dispositivos
electrónicos portátiles, en concreto, rastreadores
de actividad, monitores de condiciones ambientales, monitores de movimiento; programas informáticos descargables que utilizan inteligencia artificial para su uso en reconocimiento
facial; soportes para hardware informático
y productos electrónicos de
consumo en forma de teléfonos móviles, ordenadores portátiles, tabletas, cámaras; conectores de cables; televisores,
de consumo y comerciales; monitores de televisión; altavoces para dispositivos electrónicos de consumo. Fecha: 14 de diciembre del 2021. Presentada el: 30 de noviembre del 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de diciembre del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2022614218 ).
Solicitud Nº 2021-0008132.—Karla
Lezama Carranza, casada una vez, cédula de identidad 111430803 con domicilio en
San Pablo, Rincón Verde 2. casa 14 I, Heredia, Costa Rica, solicita la
inscripción de: DZ DOGZILLA
como nombre comercial en clase: Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a: Venta de Hot Dogs, Milkshakes, Hamburguesas,
papas, Nachos, Fryes, Smoothies,
Lemonades, Helados, ubicado en: Heredia, Plaza Bratsi, 4to local, contiguo al Banco General. Fecha: 21 de
setiembre de 2021. Presentada el: 7 de setiembre de 2021. San José: Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 21 de setiembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022614219
).
Solicitud N° 2021-0003105.—Paola
Castro Montealegre, casada, cédula de identidad N°
111430953, en calidad de apoderado especial de Isaac Calderón Birch, casado, Pasaporte G34846913 con domicilio en Río
Duero N°
17, Colonia Cuauhtémoc, 06500, CDMX, México, 06500, CDMX México, México,
solicita la inscripción de: VENTO como marca de fábrica y comercio en
clase 12 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 12:
motocicletas; motonetas; cuatrimotos. Fecha: 13 de diciembre de 2021.
Presentada el: 8 de abril de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
13 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2022614236 ).
Solicitud No. 2021-0002684.—Randall Marín Fernández, soltero,
cédula de identidad 109610838, en calidad de apoderado generalísimo de Segurex Fire Protection
S.A. con domicilio en Moravia, San Jerónimo 100 metros al norte de la iglesia
católica, San José, Costa Rica , solicita la
inscripción de: SEGUREX
como marca de fábrica
y comercio en clases 9 y 37 internacionales.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 9: Extinguidores extintores y sus repuestos ( manómetro, válvula);
en clase 37: Servicios de recarga y mantenimiento de extintores. Fecha: 9 de julio de 2021. Presentada el: 22 de marzo de 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 9 de julio de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(
IN2022614239 ).
Solicitud N° 2021-0011207.—Arnaldo
Garnier Castro, cédula de identidad N° 105630548, en
calidad de apoderado generalísimo de Blue Zone
Guanacaste S. A., cédula jurídica N°
3101680433, con domicilio en Costa Rica, San José, Santa Ana, Lindora, Edificio
Vía Lindora, tercer piso, 10903, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de:
como marca
de fábrica y comercio en clase: 30 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: miel de abeja. Reservas: diseño, color dorado. Fecha: 20
de diciembre de 2021. Presentada
el 10 de diciembre de 2021.
San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—1 vez.—(
IN2022614240 ).
Solicitud Nº
2021-0011346.—María Fernanda Festa
Mendieta, soltera, cédula de identidad 121250028 con domicilio en Calle Barrio
Carranza, casa 4 A mano izquierda, Curridabat, Curridabat, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción
como Marca de Servicios en clase: 42. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 42: Servicio de diseño de moda. Fecha: 20 de diciembre de 2021. Presentada el: 15 de diciembre de 2021. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2022614246 ).
Solicitud Nº 2021-0010896.—Arnaldo
Garnier Castro, cédula de identidad N° 105630548, en
calidad de apoderado generalísimo de Blue Zone
Guanacaste S.A., cédula jurídica N° 3101680433, con
domicilio en: San José, Santa Ana, Pozos, Barrio Lindora, edificio Centro
Corporativo Lindora, tercer piso, 10903, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Tridimensional diseño
como marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: miel de Abeja. Fecha: 04 de enero de 2022.
Presentada el: 01 de diciembre de 2021. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 04 de enero de 2022. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca
Madrigal Garita, Registradora.—( IN2022614248 ).
Solicitud Nº 2021-0010005.—Karla
Solís Marín, soltera, cédula de identidad N°
109200786, con domicilio en 300 mts. norte escuela de
Brasil de Mora, portón azul, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios en clase 35. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Blog informativo y artículos de
opinión para personas mayores a 40 años; directorio comercial; recomendación de
productos y/o servicios; marketplace de productos;
bolsa de empleo para personas mayores de 40 años. (El agrupamiento, por cuenta
de terceros, de una amplia gama de productos, excepto su transporte, para que
los consumidores puedan verlos y adquirirlos con comodidad; estos servicios
pueden ser prestados por comercios minoristas o mayoristas, distribuidores
automáticos, catálogos de venta por correspondencia o medios de comunicación electrónicos
tales como sitios web o programas de televenta; - Los servicios de publicidad,
de marketing y de promoción, por ejemplo, la distribución de muestras, el
desarrollo de conceptos publicitarios, la redacción y publicación de textos
publicitarios; - La organización de ferias comerciales y de exposiciones con
fines comerciales o publicitarios). Reservas: Se reservan los siguientes
colores: Nº 455d79 Azul Nº
FFAA5F Amarillo Nº DA717F Rosado Nº
AC6D82 Morado Nº 4A4156 Morado oscuro Fecha: 10 de
diciembre de 2021. Presentada el 03 de noviembre de 2021. San José. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 10 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Grettel
Solís Fernández, Registradora.—( IN2022614249 ).
Solicitud Nº
2021-0005681.—Daniela Quesada Cordero,
casada, cédula de identidad N° 113240697, en calidad
de apoderado especial de Soluciones en Aluminio y Vidrio RMR S.R.L., cédula
jurídica N° 3102706794, con domicilio en: Zapote,
Quesada Durán, de la antigua Panadería Merayo, 50
metros al sur, 50 metros al este, tercera casa a mano derecha, de dos plantas,
color terracota con balcones, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
SAV
como marca de servicios en clase 37 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: servicios de construcción, mantenimiento, instalación
y reparación de ventanería
de todo tipo, montaje de andamios, supervisión (dirección) de obras de
construcción, limpieza de ventanas / limpieza de cristales de ventana,
instalación de puertas y ventanas, albañilería y aislamiento de construcciones.
Fecha: 24 de agosto de 2021. Presentada el: 23 de junio de 2021. San José. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 24 de agosto de 2021. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—(
IN2022614252 ).
Solicitud Nº 2021-0011108.—Ana
Patricia Báez Bonilla, casada una vez, cédula de identidad 111780855, en
calidad de Apoderado Especial de Rafael Ángel Retana Ríos, casado una vez,
cédula de identidad 111210057 con domicilio en Desamparados, San Juan De Dios
120 metros al este de la esquina sureste de la plaza de deportes, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción
como Marca de Servicios
en clase 41 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Servicios
de formación y educación en música. Fecha:
5 de enero de 2022. Presentada
el: 7 de diciembre de 2021.
San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de enero de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2022614256 ).
Solicitud Nº 2021-0008591.—Claudio
Murillo Ramírez, cédula de identidad N° 115570443, en
calidad de apoderado especial de British American Tobacco
(Brands) Inc. con domicilio en 251 Litlle Falls Drive, Suite 100, Wilmington, de 19808-1674,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: NEBULAR como
marca de comercio en clase 34. Internacional. Para proteger y distinguir:
Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; para enrollar tu propio tabaco;
tabaco de pipa; productos de tabaco; sustitutos de tabaco ( que no sean para
uso médico); cigarros; cigarrillos; encendedores; encendedores de cigarros;
fósforos; artículos para fumadores; papel para cigarrillos; tubos de
cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para liar
cigarrillos; máquinas manuales para inyectar tabaco en tubos de papel;
cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de
tabaco con el fin de ser calentados. Fecha: 05 de octubre de 2021. Presentada
el 22 de septiembre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
05 de octubre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Adriana Bolaños Guido, Registradora.—( IN2022614272 ).
Solicitud Nº 2021-0010411.—Claudio
Murillo Ramírez, cédula de identidad N° 105570443,
en calidad de apoderado especial de Consorcio Interamericano Caribe de
Exportación, Sociedad Anónima CICADEX
con domicilio en San Juan de Tibás, de la Iglesia Católica, 325 metros al este,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CHEETAH como marca de
comercio en clase 25. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 25: Ropa, vestido y calzado. Fecha: 25 de noviembre de 2021.
Presentada el 15 de noviembre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. 25 de noviembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2022614273 ).
Solicitud Nº
2021-0003750.—Kristel Faith
Neurohr, cédula de identidad 11143447, en calidad de
Gestor oficioso de Manscaped, LLC con domicilio en
10054 OLD Grove Road, San Diego California 92131, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: THE CROP SHAVER como Marca de Comercio en
clase 8 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 8:
Navajas de afeitar; hojas de afeitar; cartuchos de cuchillas reemplazables;
cortapelos no eléctricos; afeitadora no eléctrica. Fecha: 26 de mayo de 2021.
Presentada el: 27 de abril de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
26 de mayo de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Katherine
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022614274 ).
Solicitud N°
2021-0007975.—Claudio Murillo Ramírez,
cédula de identidad N° 105570443, en calidad de
apoderado especial de British American Tobacco (Brands) Inc., con domicilio en 251 Little Falls Drive,
Suite 100, Wilmington, DE 19808-1674, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: ALASKA DUSK como marca de comercio en clase 34
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 34:
Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; para enrollar tu propio tabaco;
tabaco de pipa; productos de tabaco; sustitutos del tabaco (que no sean para
uso médico); cigarros; cigarrillos; encendedores; encendedores de cigarros;
fósforos; artículos para fumadores; papel para cigarrillos; tubos de
cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para liar
cigarrillos; máquinas manuales para inyectar tabaco en tubos de papel;
Cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de
tabaco con el fin de ser calentados. Fecha: 7 de diciembre de 2021. Presentada
el: 2 de septiembre de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 7
de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registradora.—( IN2022614275 ).
Solicitud Nº 2021-0009158.—Claudio
Murillo Ramírez, cédula de identidad 105570443, en calidad de apoderado
especial de Dermofarm S.A.U., con domicilio en
Leonardo Da Vinci, 16-22 - Parc Can Sant Joan 08191 -
Rubí (Barcelona), España, solicita la inscripción de: cumlaude
lab:
como marca
de comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
3: Jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, toallitas húmedas de limpieza para uso higiénico y cosmético; lociones capitales; dentífricos. Fecha: 18 de octubre del 2021. Presentada el: 8 de octubre del 2021. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de octubre del 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2022614276 ).
Solicitud N° 2021-0009157.—Claudio
Murillo Ramírez, cédula de identidad N°
1-0557-0443, en calidad de apoderado especial de Dermofarm
S.A.U., con domicilio en Leonardo Da Vinci, 16-22-Parc Can Sant Joan 08191-Rubi
(Barcelona), España, solicita la inscripción de: cumlaude
lab:
como marca
de comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
5: productos farmacéuticos;
toallitas humedecidas con loción farmacéutica; sustancias dietéticas para uso médico; complementos
alimenticios para uso médico; emplastos, material para apósitos, desinfectantes; productos higiénicos y sanitarios para uso médico. Fecha: 14 de octubre de 2021. Presentada el 8 de octubre de 2021. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de octubre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Rebeca
Madrigal Garita, Registradora.—(
IN2022614277 ).
Solicitud Nº
2021-0006249.—Kristel Faith
Neurohr, cédula de identidad N° 111430447, en calidad de
gestor oficioso de Manscaped LLC, con domicilio en:
10054 Old Grove Road, San Diego California 92131, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: MANSCAPED LEVEL UP
como marca
de comercio en clase 8 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: cortapelos eléctricos; afeitadoras eléctricas; cortapelos eléctricos y con pilas; maquinillas para cortar el pelo; topes de uñas; cortauñas; limas de uña; tijeras
de uñas; pinzas; hojas de afeitar; navajas de afeitar; afeitadoras no eléctricas. Prioridad: Fecha: 15 de noviembre de 2021. Presentada el: 08 de julio de 2021. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de noviembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Jamie
Phillips Guardado, Registrador(a).—(
IN2022614278 ).
Solicitud Nº
2021-0011267.—Fabricio José Blanco Vargas,
soltero, cédula de identidad N° 11460995, en calidad
de apoderado general de Roast & Toast Limitada, cédula jurídica N°
3102808688, con domicilio en: La Uruca, Condominio Condado del Palacio, APT.
505B, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica
y comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: café. Fecha: 16 de diciembre de 2021. Presentada el: 14 de diciembre de 2021. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho
Calvo, Registrador.—( IN2022614288 ).
Solicitud N° 2021-0010094.—Cristian Mauricio Tenorio Bonilla. soltero, cédula de identidad N° 112110150, con domicilio en Aserrí, San Gabriel, 1
kilómetro al sureste del cementerio de San Gabriel, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
como marca
de comercio en clase: 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
32: aguade manantial. Fecha: 14 de diciembre de 2021. Presentada el 5 de noviembre de 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2022614309 ).
Solicitud Nº 2021-0010611.—Michael
Mata Valverde, casado, cédula de identidad 112980810, en calidad de apoderado
generalísimo de Soluciones Lex Proactiva Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica 3102836429, con domicilio en Alajuela, 600 metros noreste del
Estadio Alejandro Morera Soto, 20101, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción,
como marca
de servicios en clases: 41 y 45 internacionales,
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 41: Academias (educación); educación; transferencia de conocimientos especializados; en clase 45: Administración jurídica de licencias; asesoramiento jurídico para
responder a convocatorias de licitación;
concesión de licencias de propiedad intelectual; concesión de licencias de
software (servicios jurídicos);
concesión de licencias (servicios jurídicos) en el marco
de edición de software; consultoría
sobre propiedad intelectual; investigación jurídica; mediación; registro de nombres de dominio (servicios jurídicos); servicios de agencias de detectives; servicios
de arbitraje; servicios de asesoramiento jurídico sobre mapeo de patentes; servicios de auditoría de observancia jurídica; servicios de contenciosos; servicios de defensa jurídica; servicios de investigación sobre personas desaparecidas; servicios de preparación de documentos jurídicos; servicios de solución
extrajudicial de controversias; servicios
de vigilancia de los derechos de propiedad
intelectual con fines de asesoramiento
jurídico; servicios de vigilancia jurídica; servicios jurídicos en el ámbito
de la inmigración; servicios
jurídicos relacionados con
la negociación de contratos
para terceros. Fecha: 6 de diciembre del 2021. Presentada el: 19 de noviembre del 2021. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de diciembre del 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2022614312 ).
Solicitud Nº 2021-0008607.—Mark
Beckford Douglas, casado una vez, cédula de identidad N°
108570192, en calidad de gestor oficioso de Hard Rock
Limited, con domicilio en: 26 New Street, St. Helier; Jersey JE2 3RA, Reino Unido, solicita la
inscripción
como marca
de fábrica y servicios en clases: 9 y 41 internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: software y aplicaciones informáticas en línea de juegos
electrónicos descargables y
no descargables para su uso en teléfonos
móviles, ordenadores móviles, ordenadores personales y otros dispositivos electrónicos móviles; software descargable y
no descargable en línea, a
saber, juegos de azar, juegos
sociales, juegos gratuitos y apuestas deportivas, juegos de casino y póquer a través de Internet y de dispositivos inalámbricos y en clase 41: servicios
de entretenimiento, a saber, la prestación
de juegos, incluidos los juegos de azar, los juegos sociales, los juegos gratuitos y las apuestas deportivas gratuitas, los juegos de casino y de póquer a través de Internet; servicios de entretenimiento en forma de prestación de servicios de apuestas y juegos de azar,
casinos, apuestas deportivas
y de carreras de caballos; servicios
de entretenimiento en forma
de apuestas de ligas y torneos deportivos de fantasía; organización y celebración de eventos sociales relacionados con apuestas o juegos de azar; servicios de juegos en forma de juegos de casino en línea; Servicios
de apuestas deportivas en línea; facilitación
de juegos de ordenador interactivos en línea en el
ámbito de los casinos, el
bingo, el póquer, las carreras de caballos, los deportes,
los juegos de azar, las recompensas
y las competencias; suministro
de software y aplicaciones informáticas
de juegos electrónicos descargables y no descargables en línea; servicios
de entretenimiento, a saber, organización
y realización de concursos
de juegos de azar interactivos
entre pares a través de una red informática
mundial, redes sociales y teléfonos móviles, dispositivos electrónicos personales y sistemas de juegos electrónicos portátiles; servicios de apuestas deportivas y de otros juegos de azar mediante casa de apuestas en establecimientos físicos o virtuales tal prestación de servicios de apuestas podrán ser realizada antes o durante dichos eventos. Fecha: 13 de diciembre de 2021. Presentada el 22 de septiembre de 2021. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2022614362 ).
Solicitud N° 2021-0008610.—Mark
Beckford Douglas, casado una vez, cédula de identidad N°
108570192, en calidad de gestor oficioso de Hard Rock
Limited, con domicilio en 26 New Street, St. Helier, Jersey JE2 3RA, -, Jersey, solicita la inscripción
como marca
de fábrica y servicios en
clases: 9 y 41. Internacionales.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 9: Software y aplicaciones informáticas en línea de juegos electrónicos descargables y no descargables para su uso en teléfonos
móviles, ordenadores móviles, ordenadores personales y otros dispositivos electrónicos móviles; software descargable y
no descargable en línea, a saber, juegos de azar, juegos sociales, juegos gratuitos y apuestas deportivas, juegos de casino y póquer a través de Internet y de dispositivos
inalámbricos.; en clase 41: Servicios de entretenimiento, a saber, la prestación
de juegos, incluidos los juegos de azar, los juegos sociales, los juegos gratuitos y las apuestas deportivas gratuitas, los juegos de casino y de póquer a través de Internet; servicios de entretenimiento en forma de prestación de servicios de apuestas y juegos de azar,
casinos, apuestas deportivas
y de carreras de caballos; Servicios
de entretenimiento en forma
de apuestas de ligas y torneos deportivos de fantasía; Organización y celebración de eventos sociales relacionados con apuestas o juegos de azar; Servicios de juegos en forma de juegos de casino en línea; Servicios
de apuestas deportivas en línea; Facilitación
de juegos de ordenador interactivos en línea en el
ámbito de los casinos, el
bingo, el póquer, las carreras de caballos, los deportes,
los juegos de azar, las recompensas
y las competencias; Suministro
de software y aplicaciones informáticas
de juegos electrónicos descargables y no descargables en línea; Servicios
de entretenimiento, a saber, organización
y realización de concursos
de juegos de azar interactivos
entre pares a través de una red informática
mundial, redes sociales y teléfonos móviles, dispositivos electrónicos personales y sistemas de juegos electrónicos portátiles; Servicios de apuestas deportivas y de otros juegos de azar mediante casa de apuestas en establecimientos físicos o virtuales tal prestación de servicios de apuestas podrán ser realizada antes o durante dichos eventos. Fecha: 13 de diciembre de 2021. Presentada el: 22 de septiembre de 2021. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2022614363 ).
Solicitud N° 2021-0009373.—Mark
Beckford Douglas, casado una vez, cédula de identidad N°
108570192, en calidad de gestor oficioso de Panda Planner
Inc., con domicilio en 841 Worcester Street, Suite 506, Natick,
MA 01760, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica
y comercio en clase: 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: planificadores diarios; calendarios; agendas; diarios. Fecha: 22 de noviembre de 2021. Presentada el 15 de octubre de 2021. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de noviembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2022614364 ).
Solicitud Nº 2021-0008609.—Mark
Beckford Douglas, casada una vez, cédula de identidad 108570192, en calidad de
Gestor oficioso de SSAB Technology AB con domicilio
en Box 70, Stockholm, 101 21, Suecia, solicita la
inscripción de: DUROXITE como Marca de Fábrica y Comercio en clase 6 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 6: Metales comunes y sus
aleaciones; metales en bruto y metales semiacabados; materias metálicas sin
procesar y semiprocesadas; acero; productos de acero para las industrias de minería, cantería y arena, construcción, cemento
y hormigón, carbón y energía, metalurgia, reciclaje, agricultura, transporte, vehículos (trenes, autobuses,
camiones), silvicultura y pesca; productos de acero para aplicaciones de
elevación, transporte, minería, agricultura, trenes y autobuses; materiales de
construcción de acero; cromo y sus aleaciones; aceros chapados con
revestimientos resistentes al desgaste; placas con revestimientos de carburo de
cromo; chapados compuestos de carburo de cromo combinados con productos de
acero; piezas de desgaste y otros tipos de productos de acero; placas de acero
y metálicas resistentes al desgaste; láminas de metales comunes y sus
aleaciones con superficies resistentes a la abrasión; componentes de placas de
acero con revestimientos resistentes al desgaste para las industrias de la
minería, las canteras y la arena, la construcción, el cemento y el hormigón, el
carbón y la energía, las obras metálicas, el reciclaje, la agricultura, el
transporte, los vehículos (trenes, autobuses, camiones), la silvicultura y la
pesca; componentes de placas de acero con revestimientos resistentes al
desgaste para aplicaciones de elevación, de transporte, mineras, agrícolas, de
trenes y de autobuses; artículos de ferretería metálicos; placas metálicas. Fecha:
16 de noviembre de 2021. Presentada el: 22 de septiembre de 2021. San José: Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 16 de noviembre de 2021. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—(
IN2022614365).
Solicitud Nº 2021-0008613.—Mark
Beckford Douglas, casado una vez, cédula de identidad N°
108570192, en calidad de apoderado especial de Hard
Rock Limited con domicilio en 26 New Street, St. Helier, Jersey, JE2 3RA, solicita la inscripción de: HARD
ROCK CASINO como marca de fábrica y servicios en clases: 9 y 41.
Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Software
y aplicaciones informáticas en línea de juegos electrónicos descargables y no
descargables para su uso en teléfonos móviles, ordenadores móviles, ordenadores
personales y otros dispositivos electrónicos móviles; software descargable y no
descargable en línea, a saber, juegos de azar, juegos sociales, juegos
gratuitos y apuestas deportivas, juegos de casino y póquer a través de Internet
y de dispositivos inalámbricos; en clase 41: Servicios de entretenimiento, a
saber, la prestación de juegos, incluidos los juegos de azar, los juegos
sociales, los juegos gratuitos y las apuestas deportivas gratuitas, los juegos
de casino y de póquer a través de Internet; servicios de entretenimiento en
forma de prestación de servicios de apuestas y juegos de azar, casinos,
apuestas deportivas y de carreras de caballos; Servicios de entretenimiento en
forma de apuestas de ligas y torneos deportivos de fantasía; Organización y
celebración de eventos sociales relacionados con apuestas o juegos de azar;
Servicios de juegos en forma de juegos de casino en línea; Servicios de
apuestas deportivas en línea; Facilitación de juegos de ordenador interactivos
en línea en el ámbito de los casinos, el bingo, el póquer, las carreras de
caballos, los deportes, los juegos de azar, las recompensas y las competencias;
Suministro de juegos electrónicos descargables y no descargables en línea;
Servicios de entretenimiento, a saber, organización y realización de concursos
de juegos de azar interactivos entre pares a través de una red informática
mundial, redes sociales y teléfonos móviles, dispositivos electrónicos
personales y sistemas de juegos electrónicos portátiles; Servicios de apuestas
deportivas y de otros juegos de azar mediante casa de apuestas en
establecimientos físicos o virtuales tal prestación de servicios de apuestas
podrán ser realizada antes o durante dichos eventos Fecha: 14 de diciembre de
2021. Presentada el: 22 de setiembre de 2021. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 14 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca
Madrigal Garita, Registradora.—( IN2022614366 ).
Solicitud Nº 2021-0008616.—Mark
Beckford Douglas, casado una vez, cédula de identidad 108570192, en calidad de
apoderado especial de Hard Rock Limited
con domicilio en 26 New Street, ST. Helier; Jersey
JE2 3RA, solicita la inscripción de: HARD ROCK SPORTSBOOK como marca de
fábrica y servicios en clase(s): 9; 25 y 41. Internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 9: Software y aplicaciones informáticas en
línea de juegos electrónicos descargables y no descargables para su uso en
teléfonos móviles, ordenadores móviles, ordenadores personales y otros
dispositivos electrónicos móviles; software descargable y no descargable en
línea, a saber, juegos de azar, juegos sociales, juegos gratuitos y apuestas
deportivas, juegos de casino y póquer a través de internet y de dispositivos inalámbricos;
en clase 25: Sudaderas, camisetas, camisetas de tirantes, albornoces, vestidos,
calcetines, sombreros, shorts, pantalones, camisones, bandas [pañuelos para el
cuello], calzoncillos bóxer, trajes de baño [bañadores], cinturones [prendas de
vestir], batas [guardapolvos] para niños, chaquetas, gorras de béisbol; en
clase 41: Servicios de entretenimiento, a saber, la prestación de juegos,
incluidos los juegos de azar, los juegos sociales, los juegos gratuitos y las
apuestas deportivas gratuitas, los juegos de casino y de póquer a trasvés de
internet; servicios de entretenimiento en forma de prestación de servicios de
apuestas y juegos de azar, casinos, apuestas deportivas y de carreras de
caballos; servicios de entretenimiento en forma de apuestas de ligas y torneos
deportivos de fantasía; organización y celebración de eventos sociales
relacionados con apuestas o juegos de azar; servicios de juegos en forma de
juegos de casino en línea; servicios de apuestas deportivas en línea;
facilitación de juegos de ordenador interactivos en línea en el ámbito de los
casinos, el bingo, el póquer, las carreras de caballos, los deportes, los
juegos de azar, las recompensas y las competencias; Suministro de juegos
electrónicos descargables y no descargables en línea; servicios de
entretenimiento, a saber, organización y realización de concursos de juegos de
azar interactivos entre pares a través de una red informática mundial, redes
sociales y teléfonos móviles, dispositivos electrónicos personales y sistemas
de juegos electrónicos portátiles; servicios de apuestas deportivas y de otros
juegos de azar mediante casa de apuestas en establecimientos físicos o
virtuales tal prestación de servicios de apuestas podrán ser realizada antes o
durante dichos eventos. Fecha: 14 de diciembre de 2021. Presentada el: 22 de
septiembre de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de
diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal
Garita, Registradora.—( IN2022614367 ).
Solicitud Nº 2021-0006180.—Christina
Viktoria Schaal Vargas,
soltera, cédula de identidad N° 115750551, en calidad
de apoderado especial de Agua de Coco Estudio, Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica N°
3102802857, con domicilio en Mata Redonda, Sabana Sur, Oficentro La Sabana,
torre 6 piso 7, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios en clase 41 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 41: Fotografía, producción de videos. Fecha:
9 de diciembre de 2021. Presentada el: 6 de julio de 2021. San José. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 9 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo Registrador.—( IN2021614381 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Solicitud Nº 2021-0010985.—Alberto González Arrieta, soltero, cédula de identidad
109880685, en calidad de Apoderado Generalísimo de Lombritica Sociedad Anónima,
Cédula jurídica 3101251852 con domicilio
en El Guarco, San Isidro,
La Cangreja, kilometro treinta y cuatro mil medio sobre
La Interamericana Sur, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción
como Marca de Comercio en clase(s): 1. Internacional(es).
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 1: Fertilizante Biorgánico. Reservas: Del color:
negro y verde. Fecha: 20 de
diciembre de 2021. Presentada
el: 3 de diciembre de 2021.
San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—(
IN2022614175 ).
Solicitud Nº 2021-0011552.—María
Eugenia Cubero Ugalde, casada una vez, cédula de identidad N°
109160496 con domicilio en Coronado, Condominio Quintana De Los Reyes N° 21, Costa Rica
, solicita la inscripción de:
como marca
de fábrica y comercio en clase 21 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 21, utensilios y recipientes para uso doméstico y culinario, utensilios de tocador, artículos para el hogar y la vivienda, adornos de uso personal y común, artículos decorativos de cerámica, porcelana, loza, barro cocido o vidrio. Fecha: 5 de enero de 2022. Presentada el 22 de diciembre de 2021. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de enero de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ivonne
Mora Ortega, Registrador.—( IN2022614384 ).
Solicitud Nº 2021-0010984.—María
José Hernández Ibarra, soltera, cédula de identidad 111610851, en calidad de
Apoderado Especial de Alpha Legal S. A., cédula jurídica 3-101-680362 con
domicilio en Montes De Oca, Distrito San Pedro, Barrio Dent,
200 metros norte de Grupo Q, Contiguo al Hotel Jade, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción
como Marca de Servicios
en clase 45 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 45: Servicios
legales en general, incluyendo pero no limitado a las siguientes áreas del Derecho: Civil, Penal, Corporativo,
Tributario, Bancario,
Financier, Admnistrativo, Propiedad
Intelectual, Inmobiliario, Seguros, Notarial, Registral, Bursátil,
Comercial, Público,
Privado, Fiscal, Laboral, Constitucional, Familia, Migratorio, Comercio Internacional,
Internacional, Derecho de la Competencia,
Municipal, Derechos del Consumidor, servicios y asesoría relacionados con litigio
judicial, arbitraje, fideicomisos,
urbanismos, nombres de dominio, propiedad intelectual, investigación jurídica, inscripción de registros sanitarios Fecha: 22 de diciembre de 2021. Presentada el: 3 de diciembre de 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2022614405 ).
Solicitud Nº
2021-0008799.—José Andrés Corvetti Aguado, casado una vez, cédula de identidad
106310543, en calidad de apoderado especial de Laboratorios Santa Fe, Sociedad Anonima con domicilio en Ciudad de Guatemala, 13 calle,
7-71, de la zona 10, Guatemala, solicita la inscripción de: MANO DE SANTO
como
marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos y veterinarios,
productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico,
alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos; material para empastar
los dientes y para improntas dentales; desinfectantes, productos para la
destrucción de animales dañinos, fungicidas,
herbicidas. Fecha: 5 de noviembre de 2021. Presentada el: 29 de
septiembre de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de
noviembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2022614425 ).
Solicitud Nº 2021-0008981.—María
Laura Valverde Cordero, casada una vez, cédula de identidad N°
113310307, en calidad de apoderado especial de Nutram
Pet Products Inc con domicilio en: 35 Martin’s
Lane, Elmira, Ontario, N3B2Z5, Canadá, solicita la inscripción de: NUTRAM
NORTH FREEZE- DRIED, como marca de fábrica y comercio en clase 31
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: alimentos para
mascotas; golosinas para mascotas. Fecha: 03 de enero de 2022. Presentada el 05
de octubre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 03 de
enero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en
una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita,
Registradora.—( IN2022614440 ).
Solicitud Nº 2021-0010807.—María Del Milagro Chaves Desánti,
casada dos veces, cédula de identidad 106260794, en calidad de apoderado
especial de The Coca-Cola Company, con domicilio en
Once Coca Cola Plaza, Atlanta, Georgia 30313, Estados Unidos, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: COCA-COLA, como marca de fábrica y
comercio en clase: 33 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 33: Bebidas alcohólicas, excepto cervezas; preparaciones alcohólicas
para hacer bebidas. Fecha: 2 de diciembre del 2021. Presentada el: 25 de
noviembre del 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 2 de
diciembre del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2022614465 ).
Solicitud N° 2021-0011403.—María
del Milagro Chaves Desanti, casada dos veces, cédula
de identidad N° 106260794, en calidad de apoderado
especial de Beijing Deepcool SCI-Tech
Co., Ltd., con domicilio en N° 101, Floor 1-4, Building 10, Dijin Road 9, Haidian District, Beijing, China, solicita la inscripción
como marca
de fábrica y comercio, en clase(s): 9 internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 9: Hardware de cómputo; dispositivos periféricos de cómputo; alfombrillas para ratón; soportes adaptados para computadoras portátiles
(laptops); aplicaciones de software de cómputo, descargables; programas operativos de cómputo, grabados; cables eléctricos; adaptadores eléctricos; medidores de flujo; ordenadores; teclados de computadora; ratón [periférico de ordenador]; auriculares; micrófonos;
diodos emisores de luz
[LED]; soportes para aparatos
fotográficos; cámaras [fotografía]. Fecha: 04 de enero del 2022. Presentada el: 17 de diciembre del 2021. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 04 de enero del 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2022614470 ).
Solicitud N°
2021-0005610.—Nicol Rudin
Arroyo, casada una vez, cédula de
identidad N° 111400962, en calidad de apoderada
especial de Greivin Rivas Castrillo, casado una vez, cédula de identidad N° 603090463, y Mayron Guerrero Gabuardi, casado una vez, cédula de identidad N° 603140455, con domicilio en 400 metros al norte de la
Escuela La Guardía,
Barranca, Barranca, Puntarenas, Costa Rica y San Carlos, Ciudad Quesada, de la
McDonald´s 250 metros al este,
Urbanización La Colina, Costa Rica, solicita la inscripción de: SCORPION BAY
OUT THERE MAS FINA
como marca de comercio
en clase: 25. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Prendas
de vestir, calzado, sombrería, ropa para surf, ropa para playa, ropa deportiva. Reservas: De los colores: blanco y negro. Fecha: 29 de julio de 2021. Presentada el: 22 de junio de 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de julio de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2022614497 ).
Solicitud Nº
2021-0001990.—Nicol Rudín
Arroyo, casada una vez, cédula de identidad N° 111400962,
en calidad de apoderada especial de Zeus Shop Sociedad Anónima, cédula jurídica
N° 3-101-655159, con domicilio en: Liberia,
Urbanización Daniel Oduber, casa N° 84, Guanacaste,
Costa Rica, solicita la inscripción de: LA BAÑERA DE ZEUS
como nombre
comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a peluquería canina y venta de accesorios para mascotas. Ubicado en Guanacaste, Liberia, Urbanización
Daniel Oduber, casa N° 84. Fecha: 29 de julio de 2021. Presentada el: 04 de marzo de 2021. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de julio de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Rebeca
Madrigal Garita, Registradora.—(
IN2022614499 ).
Solicitud N° 2021-0011382.—Mauricio
Bonilla Robert, cédula de identidad N° 109030770,
en calidad de apoderado especial de Luminova Pharma Corporation GmbH, con domicilio en Dr. J. Bollag
& Cie. Ag, Unter Altstadt
10, 6302 Zug, Suiza, solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos para
tratar enfermedades crónicas y agudas, productos farmacéuticos para el
tratamiento cardio metabólico, hipertensión, e insuficiencia cardiaca,
problemas gastrointestinales, enfermedades respiratorias, dolor agudo o
crónico, productos analgésico, antiinflamatorios, antirreumáticos,
antibióticos, productos antiparasitarios; preparaciones de vitaminas;
suplementos alimenticios/dietéticos/dietarios a base de mezclas de vitaminas,
minerales, aminoácidos, proteínas, hierbas y/u otros nutrientes; complementos
alimenticos a base de colágeno, suplementos dietéticos con colágeno
hidrolizado, suplementos nutricionales de péptido de colágeno y colágeno para
uso médico; preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y
sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o
veterinario, alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas o
animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e
impresiones dentales; desinfectantes, geles antibacterianos; geles corporales
medicinales; geles para uso dermatológico; geles corporales para uso
farmacéutico; geles tópicos para uso médico y terapéutico; geles desinfectantes
antibacterianos para la piel a base de alcohol, gel desinfectante para las
manos; alcohol para uso tópico, alcohol en gel; productos veterinarios;
productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Reservas: Se
hace reserva del color azul como consta en el diseño. Adicionalmente, la
titular se reserva el uso exclusivo de la marca para ser utilizada en todos los
tamaños, fondo, y formas, los cuales se podrán aplicar o fijar en material
publicitario, papelería en general, paquetes, muestras, anuncios, materiales
descriptivos y en propaganda o como se considere conveniente. Fecha: 22 de
diciembre del 2021. Presentada el: 16 de diciembre del 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 22 de diciembre del 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2022614504 ).
Solicitud Nº
2021-0011404.—María del Milagro
Chaves Desanti, casada en segundas nupcias, cédula de
identidad N° 106260794, en calidad de apoderado
especial de Physiol, con domicilio en: Parc Scientifique Du Sart Tilman, Allée
Des Noisetiers 4, 4031 Liège,
Bélgica, solicita la inscripción de: FINEVISION BY BVI, como marca de
fábrica y comercio en clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 10: aparatos e instrumentos médicos y quirúrgicos, en
particular para el cuidado de los ojos; ojos artificiales; lentes (prótesis
intraoculares) para implantación quirúrgica; implantes intraoculares Fecha: 03
de enero de 2022. Presentada el: 17 de diciembre de 2021. San José. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 03 de enero de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2022614505 ).
Solicitud N° 2021-0011337.—Karla
Villalobos Wong, soltera, cédula de identidad N°
110360375, en calidad de apoderada especial de Asociacion Horizonte Positivo, cédula jurídica N°
3002674691, con domicilio en San José, Boulevard de Rohrmoser,
Sabana Oeste, del Banco Scotiabank, 165 metros al oeste, Edificio Ramoco, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
como marca
de servicios en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
41: desarrollo de proyectos
de educación, actividades deportivas y culturales. Fecha: 22 de diciembre de 2021. Presentada el: 15 de diciembre de 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Walter
Alfaro González, Registrador.—( IN2022614506 ).
Solicitud N° 2021-0009917.—Osvaldo
de Jesús Calderón Solano, soltero, cédula de identidad N°
304650369, con domicilio en Paraíso, seiscientos metros norte y veinticinco
metros oeste del Mercado Municipal de Paraíso, Cartago, Costa Rica, solicita la
inscripción
como marca de servicios
en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Actividades
deportivas relacionadas a
la enseñanza y práctica de boxeo. Reservas: De los colores: blanco y negro. Fecha: 13 de diciembre de 2021. Presentada el: 1 de noviembre de 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2022614507 ).
Solicitud N° 2021-0011302.—Karla
Villalobos Wong, soltera, cédula de identidad N°
110360375, en calidad de apoderada especial de Asociación Horizonte Positivo, cédula jurídica N° 3002674691, con domicilio en San José, Boulevard de Rohrmoser, Sabana Oeste, del Banco Scotiabank, 165 metros
al oeste, edificio Ramoco, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de:
como marca
de servicios en clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: gestión y administración de proyectos empresariales elaboración de métodos de análisis y aplicación de planes estratégicos
y proyectos de gestión; redacción de informes y estudios de proyectos empresariales, todos relacionados con energía, combate a la pobreza, reactivación económica y empleo, educación, gobernanza e infraestructura. Fecha: 20 de diciembre de 2021. Presentada el 14 de diciembre de 2021. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2022614510 ).
Solicitud Nº 2021-0007984.—Jason
de Los Ángeles Ugalde Mejías, casado en primeras nupcias, cédula de identidad N° 206260722, con domicilio en: San Pedro, Montes de Oca,
del Súper Tacho, 175 metros al noroeste del Barrio Saprissa, en calle Quirós,
APT. 9, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: T TUAWOD
como marca
de fábrica y comercio en clase 25. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. Fecha: 05 de octubre de 2021. Presentada el 02 de setiembre de 2021. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 05 de octubre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—(
IN2022614513 ).
Solicitud N° 2021-0011581.—María Del Milagro Chaves Desanti, casada dos
veces, cédula de identidad N° 106260794, en
calidad de apoderada especial de Tres Ciento Dos Ochocientos Veintinueve Mil
Setenta y Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N°
3102829073, con domicilio en Upala, Canalete, 100 metros al norte del Ebais de Canalete, casa a mano izquierda, portón eléctrico,
color café, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:
como marca
de fábrica y comercio en clases: 1; 16 y 21 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1: abonos
compost para plantas a base de estiércol
de ganado y el desperdicio de producto de origen vegetal, hojas y otros desechos que se transforman en abono para el
suelo; en clase 16: bolsas y empaques de material Kraft de diferentes
tamaños y empaques como portavasos, vasos, cajas; en
clase 21: productos compostables y/o biodegradables, en
forma de bolsas y empaques
para alimentos de diferentes
tamaños y formas, incluyendo además cuchillería y vajillas compostables y/o biodegradables. Fecha:
5 de enero de 2022. Presentada
el 22 de diciembre de 2021.
San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de enero de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2022614516 ).
Solicitud Nº 2021-0009369.—Gianfranco
Rodríguez Bovieri, cédula de identidad 109580137, en calidad de apoderado
especial de Finanzas Para La Tecnología Fintec
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101820474 con domicilio en San José, Escazú
Urbanización Vista de Oro, del Centro Cívico de la Municipalidad de Escazú,
trescientos metros al sur, trescientos metros al oeste, casa contiguo segunda
caseta de guarda, muro de ladrillo, 10202, San José, Costa Rica
, solicita la inscripción
como marca de servicios en clases: 35 y 36.
Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35:
Inteligencia de negocios; Compilación de datos matemáticos o estadísticos; La
búsqueda de datos en archivos informáticos para terceros; Los servicios de
gestión informática de archivos; Actualización y mantenimiento de datos en
bases de datos informáticas; Búsqueda de datos en archivos informáticos para
terceros; Compilación de información en bases de datos informáticas; registro
de datos; Sistematización de información en bases de datos informáticas;
Auditorías financieras; Valoración de negocios comerciales; en clase 36: La
Investigación financiera; Servicios de asesoría de negocios financieros;
Servicios de asesoría de negocios bursátiles; Negocios inmobiliarios; Estructuraciones
financieras; Análisis Financiero; La gestión financiera; La administración de
bienes inmuebles. Reservas: No tiene reservas. Fecha: 20 de diciembre de 2021.
Presentada el: 15 de octubre de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 20 de diciembre de 2021. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2022614518 ).
Solicitud N° 2019-0005539.—Maria Laura Valverde Cordero, casada una
vez, cédula de identidad N° 113310307, en calidad de
gestor oficioso de PHYSIOL, con domicilio en Parc Scientifique du Sart Tilman, Allée des Noisetiers 4, 4031 Liège,
Bélgica, solicita la inscripción de: FINEVISION BY PHYSIOL como marca de
fábrica y comercio en clases: 5 y 10. Internacionales. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 5: Preparaciones farmacéuticas para el
tratamiento de cataratas; preparaciones farmacéuticas viscosas para el
tratamiento de cataratas; en clase 10: Aparatos e instrumentos quirúrgicos, en
particular para el cuidado de los ojos; ojos artificiales; lentes (prótesis
intraoculares) para implantes quirúrgicos; implantes intraoculares. Fecha: 20
de diciembre de 2021. Presentada el: 20 de junio de 2019. San José: Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 20 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2022614520 ).
Solicitud Nº
2021-0008604.—Rafael Ángel Quesada Vargas,
casado, cédula de identidad 109940112, en calidad de Apoderado Especial de
Green Supply División Aguas Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101748272 con domicilio en Oreamuno, del Colono 200 metros al oeste,
Edificio Suministros Verdes, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: Green
Life GS como Marca de Fábrica y Comercio en
clases 1 y 3 internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
1: Fertilizante líquido para plantas.; en clase 3: Productos de desinfección y
limpieza doméstica. Fecha: 1 de octubre de 2021. Presentada el: 22 de
septiembre de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 1 de
octubre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro
González, Registrador.—( IN2022614522 ).
Solicitud N° 2021-0011383.—Mauricio
Bonilla Robert, cédula de identidad N° 109030770, en
calidad de apoderado especial de Luminova Pharma Corporation GmbH, con domicilio en Dr. J. Bollag
& Cie. Ag, Unter Altstadt
10, 6302 Zug, Suiza, solicita la inscripción de: COSMONOVA como marca de
fábrica y comercio, en clase(s): 3 internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 3: Productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales; dentífricos no
medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales; preparaciones
para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para
limpiar, pulir, desengrasar y raspar. Reservas: La titular se reserva el uso
exclusivo de la marca para ser utilizada en todos los colores, tamaños, fondo,
y formas, los cuales se podrán aplicar o fijar en material publicitario,
papelería en general, paquetes, muestras, anuncios, materiales descriptivos y
en propaganda o como se considere conveniente. Fecha: 22 de diciembre del 2021.
Presentada el: 16 de diciembre del 2021. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 22 de diciembre del 2021. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2022614524 ).
Solicitud Nº 2021-0010262.—Mauricio
Bonilla Robert, cédula de identidad N° 109030770, en calidad de apoderado especial de Luminova Pharma Corporation GmbH con domicilio en
Dr. J. Bollag & Cie. Ag, Unter
Altstadt 10, 6302 Zug, Suiza, solicita la inscripción
de: EFINEX XR como marca de
fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos Reservas: La titular se
reserva el uso exclusivo de la marca para ser utilizada en todos los colores,
tamaños, fondo, y formas, los cuales se podrán aplicar o fijar en material
publicitario, papelería en general, paquetes, muestras, anuncios, materiales
descriptivos y en propaganda o como se considere conveniente. Fecha: 1 de
diciembre de 2021. Presentada el: 10 de noviembre de 2021. San José. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 1 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2021614526 ).
Solicitud Nº
2021-0010520.—Felicia Zamora Vargas,
divorciada dos veces, cédula de identidad 103420017, en calidad de apoderado
generalísimo de Gotas Gordas Limitada, cédula jurídica 3102628655 con domicilio
en Santa Ana Alto de las Palomas Residencial Valle Del Sol Calle Lajas Casa
Número 1, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como
marca de fábrica y comercio en clases: 3; 29; 30 y 31. Internacionales. Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Productos cosméticos todos a
base de la fruta de Pitahaya de ungüentos cosmético para la cara, agua
refrescante cosmética para la cara, preparación para perfumar el ambiente,
productos de perfumería; en clase 29: Para proteger conservas de la fruta de
Pitahaya congelada, deshidratada y pulpa, y confituras, todas hechas con la
fruta de Pitahaya; en clase 30: Productos de pastelería y confitería a base de
pitahayas, helados cremosos de pitahayas, y tés de infusión de pitahaya; en
clase 31: Para proteger la marca para comercializar el fruto frescos de
Pitahaya. Fecha: 30 de noviembre de 2021. Presentada el: 17 de noviembre de
2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de noviembre de 2021. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022614527 ).
Solicitud Nº
2021-0006998.—Mauricio Bonilla Robert,
cédula de identidad N° 109030770, en calidad de
apoderado especial de Luminova Pharma
Corporation GMBH, con domicilio en: DR. J. Bollag & Cie. AG, Unter Altstadt 10, 6302 Zug, Suiza, San José, Santa Ana, Suiza, solicita la inscripción de: LISINOVUM, como
marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos, a saber, productos
farmacéuticos para tratamiento cardiometabólico,
hipertensión arterial e insuficiencia cardiaca; productos higiénicos y
sanitarios para uso médico. Reservas: la titular se reserva el uso exclusivo de
la marca para ser utilizada en todos los colores, tamaños, fondo, y formas, los
cuales se podrán aplicar o fijar en material publicitario, papelería en general, paquetes, muestras, anuncios, materiales descriptivos y en propaganda o
como se considere conveniente. Fecha: 03 de diciembre de 2021. Presentada el:
03 de agosto de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 03 de
diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar
Madriz, Registradora.—( IN2022614528 ).
Solicitud Nº 2021-0011272.—Monserrat
Alfaro Solano, cédula de identidad N° 119490188,
en calidad de apoderado especial de Grupo Solido S. A., cédula jurídica N° 3-101-131155,
con domicilio en Escazú, de la Rotonda del Puente de Multiplaza-Escazú, seiscientos
metros noroeste y ciento cincuenta metros sur, última bodega a mano derecha,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MONARCH, como marca de
fábrica y comercio en clase 2. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Pinturas; lacas; mordientes; barnices; pinturas de aluminio;
preparaciones anticorrosivas; pinturas bactericidas; enlucidos para madera
[pinturas]; secantes [agentes de secado] para pinturas; mordientes para madera;
tintes para madera; productos para conservar la madera; aglutinantes para
pinturas; diluyentes para pinturas; espesantes
para pinturas; esmaltes [barnices]; enlucidos [pinturas]; pinturas ignífugas,
reparaciones antiherrumbre; pintura arquitectónica;
pintura automotriz. Fecha: 16 de diciembre del 2021. Presentada el 14 de
diciembre del 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de
diciembre del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en
una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos,
Registradora.—( IN2022614530 ).
Marcas de ganado
Solicitud Nº 2021-1897.—Ref: 35/2021/3942.—Ronaldo
Gómez
Urbina, cédula de identidad N° 7-0124-0574, solicita la inscripción de:
A G
I 1
como marca de ganado,
que usará preferentemente en Limón, Siquirres, Siquirres, Waldek, El Potro, veinticinco metros al norte. Presentada el 19 de julio del 2021. Según el expediente Nº 2021-1897. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los 10 días hábiles contados
a partir de la publicación
de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradores.—1
vez.—( IN2022614509 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones Civiles
El Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción la Reforma del estatuto de la
persona jurídica cédula: 3-002-774762, denominación: Asociación Costarricense
de Cirugía
Urológica y Afines. Por cuanto dicha reforma
cumple con lo exigido por
la Ley Nº 218 del 08 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: tomo: 2021, asiento: 771040.—Registro
Nacional, 14 de diciembre del 2021.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2022614455 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Jungle
School Parents Association, con domicilio en la provincia de:
Guanacaste-Santa Cruz, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
brindar educación integral y holística para
los hijos de los asociados y miembros de la comunidad. Crear un espacio para la
creación de arte y conciencia ecológica para los hijos de los asociados y miembros de la comunidad.
Promover un abordaje educativo y social, fomentando la equidad educativa entre
los niños de la región. Cuyo representante, será el presidente: Gorich Tholken, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento Tomo: 2021, Asiento: 778924.—Registro Nacional, 21 de
diciembre de 2021.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1
vez.—( IN2022614487 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Productores de Lácteos PAMI, con domicilio en la provincia de:
Guanacaste, Nicoya. Cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Recibir de los asociados una cuota de leche preestablecida, para la elaboración
de productos lácteos, en busca de mayores oportunidades y crecimiento para los
asociados y sus familias. En casos excepcionales también podrá recibir de no
asociados cuotas de leche, siempre que haya previa autorización de la Junta
Directiva. Producir de todos los derivados de la leche. Producción y promoción
de los productos lácteos que elabore la asociación en sus diferentes
presentaciones. Cuyo representante, será el presidente: José Eugenio Guevara
Brenes, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº
218 del 08 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento: tomo: 2021, asiento: 736979.—Registro
Nacional, 04 de enero del 2022.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1
vez.—( IN2022614501 ).
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Pablo Enrique Guier
Acosta, cédula de identidad N°
107580405, en calidad de apoderado especial de Ferrer Internacional,
S.A., solicita la Patente PCT denominada FORMAS
DE DOSIFICACIÓN SÓLIDAS FARMACÉUTICAS O NUTRACÉUTICAS DE MÚLTIPLES CAPAS QUE COMPRENDEN PIRIDIMA Y/O DERIVADOS DE
PURINA Y VITAMINAS B, PREPARACIÓN Y USOS DE ESTAS. La presente invención se refiere a una
forma de dosificación sólida farmacéutica o nutracéutica de múltiples capas que
comprende al menos un derivado de pirimidina, un derivado de purina o cualquier
sal o solvato de estos y al menos una vitamina del grupo B. También se
proporcionan tres métodos para producir dichas formas de dosificación 5 sólidas
farmacéuticas o nutracéuticas de múltiples capas. Además, la presente invención
también se refiere a los usos terapéuticos de dichas formas de dosificación
sólidas farmacéuticas o nutracéuticas de múltiples capas, particularmente, para
el tratamiento y/o la prevención de la neuropatía periférica. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/00 y A61K 9/24; cuyos
inventores son: Fernández Mollar, Berta (ES) y Martín Sáiz,
Pablo (ES). Prioridad: N° 19382340.8 del 06/05/2019
(EP). Publicación Internacional: WO/2020/224795. La solicitud correspondiente
lleva el número 2021-0000588, y fue presentada a las 09:31:02 del 26 de
noviembre de 2021. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José, 03 de diciembre de
2021. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y
una vez en un periódico de circulación nacional.—Oficina
de Patentes.—Kelly Selva Vasconcelos.—( IN2021611707 ).
El señor Simón Valverde Gutiérrez, cédula de identidad N° 303760289, en calidad de apoderado especial de 3SI
Security Systems Inc., solicita la Patente Nacional
París denominada DISPOSITIVO DE RASTREO DE SEGURIDAD CON SUPRESIÓN DE ALERTA
CON BASE EN ZONA. Un método para activar una alerta de seguridad usando un
dispositivo de rastreo, que incluye detectar el movimiento usando un sensor de
movimiento del dispositivo de rastreo, determinar que el movimiento detectado
cumple con el umbral de movimiento, detectar uno o más puntos de acceso
inalámbricos en proximidad al dispositivo de rastreo, determinar que el uno o
más puntos de acceso inalámbricos no correspondan a un punto de acceso
inalámbrico reconocido, y de conformidad con la determinación que el uno o más
puntos de acceso inalámbrico reconocido, activar una alerta de seguridad. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: H04W 4/029; cuyos inventores son
Cromer, Brandon (US); Hipp, Terry (US); Tran, Quang Ngoc (US); Green, Anthony
Hugh (US) y Aldoretta, David Phillip (US). Prioridad:
N° 63/027,603 del 20/05/2020 (US). La solicitud
correspondiente lleva el número 2021-0000263, y fue presentada a las 14:15:37
del 20 de mayo de 2021. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 6 de diciembre de
2021.—Oficina de Patentes.—María
Leonor Hernández Bustamante.—( IN2022613877 ).
El señor Simón Valverde Gutiérrez, cédula de identidad
N° 303760289, en calidad de
apoderado especial de 3SI Security Systems Inc.,
solicita la Patente Nacional París denominada DISPOSITIVO DE RASTREO DE
SEGURIDAD CON SUPRESIÓN DE ALERTA CON BASE EN ZONA. Un método para activar
una alerta de seguridad usando un dispositivo de rastreo, que incluye detectar
el movimiento usando un sensor de movimiento del dispositivo de rastreo,
determinar que el movimiento detectado cumple con el umbral de movimiento,
detectar uno o más puntos de acceso inalámbricos en proximidad al dispositivo
de rastreo, determinar que el uno o más puntos de acceso inalámbricos no
correspondan a un punto de acceso inalámbrico reconocido, y de conformidad con
la determinación que el uno o más puntos de acceso inalámbrico reconocido,
activar una alerta de seguridad. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes
es: H04W 4/029; cuyos inventores son: Cromer, Brandon (US); Hipp,
Terry (US); Tran, Quang Ngoc
(US); Green, Anthony Hugh (US) y Aldoretta, David
Phillip (US). Prioridad: N° 63/027,603 del 20/05/2020
(US). La solicitud correspondiente lleva el número 2021-0000263, y fue
presentada a las 14:15:37 del 20 de mayo de 2021. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 06 de diciembre de 2021.—Oficina de Patentes.—María Leonor Hernández Bustamante.—( IN2022614018 ).
La señora María Del Pilar López Quirós, en
calidad de Apoderado Especial de CONAIR Corporation,
solicita la Patente Nacional sin Prioridad denominada ACCESORIO DE BOQUILLAS MÚLTIPLES PARA SECADOR
DE CABELLO. Se proporciona un accesorio de
boquillas múltiples para un secador de cabello. El accesorio de boquillas
múltiples tiene al menos dos boquillas que concentran el flujo de aire y
optimizan la presión de aire existente mientras maximizan el volumen 5 del
flujo de aire. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados; cuyo inventor es Carlucci, Vito James (US). La solicitud
correspondiente lleva el N° 2021-0000593, y fue presentada
a las 12:36:02 del 26 de noviembre del 2021. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 3 de diciembre del 2021.—Oficina de Patentes.—Kelly Selva Vasconcelos.—(
IN2022614181 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La señora
María Vargas
Uribe, cédula de identidad N°
107850618, en calidad de apoderado especial de SQZ Biotechnologies
Company, solicita la Patente
PCT denominada SUMINISTRO DE BIOMOLÉCULAS A PBMCs PARA MODIFICAR UNA RESPUESTA INMUNE. La presente solicitud proporciona células sanguíneas periféricas mononucleares (PBMCs)
que comprenden un antígeno,
métodos de producción de dichas PBMCs, y métodos de utilización de dichas PBMCs,
tales como la modulación de
una respuesta inmune en un individuo. En ciertas realizaciones,
las PBMCs están acondicionadas
al incubar la PBMC en presencia de un coadyuvante. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
A61K 35/17, C12N 15/87 y C12N 5/078; cuyos inventores son Loughhead, Scott
(US); Bernstein, Howard (US); Blagovic, Katarina
(US); Sharei, Armon R. (US); Hlavaty,
Kelan (US); Booty, Matthew (US); Yarar, Defne (US); Ozay, Ennrah Ilker (US) y Smith,
Carolyne Kelly (US). Prioridad: N° 19161964.2 del
11/03/2019 (EP), N° 62/812,225 del 28/02/2019 (US), N° 62/841,089 del
30/04/2019 (US), N° 62/886,799 del 14/08/2019 (US), N° 62/933,304 del
08/11/2019 (US) y N° 62/948,732 del 16/12/2019 (US). Publicación
Internacional: WO/2020/176789. La solicitud
correspondiente lleva el número 2021-0493, y fue presentada a las 13:43:03 del
23 de setiembre de 2021. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 6 de diciembre de
2021.—Oficina de Patentes.—Kelly
Selva Vasconcelos.—( IN2022614327 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIO
PÚBLICO. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas
en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN
Y HABILITACIÓN como delegataria
para ser y ejercer la función
pública Estatal del
NOTARIADO, por parte de: MARIANA SALAZAR VARGAS,
con cédula de identidad N°4-0233-0163, carné N°30138. De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los
QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.—San José, 22 de diciembre del
2021.—Lic. Paul S. Gabert
Peraza, Abogado.—Unidad Legal Notarial.—Proceso N°140742.—1 vez.—(
IN2022615329 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO PÚBLICO. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall
San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este
Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como
delegataria para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por
parte de: MARIANA SALAZAR VARGAS, con cédula de identidad N° 4-0233-0163,
carné N° 30138. De conformidad con lo
dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan
hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que
lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES
siguientes a esta publicación.—San José, 22 de
diciembre del 2021.—Lic. Paul S. Gabert Peraza.
Abogado-Unidad Legal Notarial. Proceso N° 140742.—1 vez.—( IN2022615363 ).
HABILITACIÓN
DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A).
La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de
Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A,
5to. piso, HACE SABER: Que ante este
Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del
NOTARIADO, por parte de: YANEL ARAUZ VILLAGRA, con cédula de identidad
número 602910830, carné número 29917.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial,
se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de
que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS
HÁBILES siguientes a esta publicación.—San José, 22 de
diciembre del 2021.—Tattiana Rojas Salgado,
Abogada-Unidad Legal Notarial. Expediente N° 140682.—1 vez.—( IN2022615420 ).
AMBIENTE Y ENERGÍA
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-UHTPSOZ-0071-2021. Expediente N° 8943.—Carol, Quesada
Chavarría,
solicita concesión de: 0.82 litro
por segundo del río Buena Vista, efectuando la captación en
finca de Manuel Antonio Quesada Mora en Rivas, Pérez Zeledón, San José, para uso
agropecuario - riego - ornamentales. Coordenadas 158.600
/ 574.073 hoja San Isidro 1:50. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 15 de diciembre de
2021.—Unidad Hidrológica Térraba.—María
Paula Alvarado Zúñiga.—( IN2022614282 ).
ED-0980-2021.—Exp. N° 11418P.—Alice María Aguilar Castro, solicita concesión de: 0.02 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo sin
número en finca de Tranque Comercial S. A., en Uruca (Santa Ana), Santa Ana,
San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 212.400 / 515.400 hoja
Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José,
21 de diciembre del 2021.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2022614333 ).
ED-0775-2021. Expediente N° 8951.—La
Catarata de La Montaña del Norte en Heredia S.A., solicita concesión de: 1.46 litros por segundo del río Guararí (Toma 2), efectuando la captación en finca de Ricardo Herrera Arias en Santo Domingo
(Santa Barbara), Santa Bárbara,
Heredia, para uso agropecuario - pisicultura - abrevadero,
consumo humano doméstico,
agropecuario – riego, turístico cabinas
y piscina. Coordenadas 231.600 / 521.250 hoja Barva. 0.13 litro por segundo del
nacimiento sin nombre 1, efectuando la captación en finca de Ricardo Herrera Arias en Santo Domingo
(Santa Barbara), Santa Bárbara,
Heredia, para uso agropecuario - pisicultura -
abrevadero, consumo humano doméstico,
agropecuario – riego, turístico cabinas
y piscina. Coordenadas 231.300 / 521.250 hoja Barva. 1.89 litro por segundo del
río Guararí (Toma 1), efectuando la captación en finca de Ricardo Herrera Arias en Santo Domingo
(Santa Bárbara), Santa
Bárbara, Heredia, para uso
agropecuario - pisicultura - abrevadero, consumo
humano doméstico,
agropecuario - riego, turístico cabinas
y piscina. Coordenadas 231.550 / 521.250 hoja Barva. 0.38 litro por segundo del
nacimiento sin nombre 2, efectuando la captación en finca de Ricardo Herrera Arias en San José de La Montaña, Barva, Heredia, para uso
agropecuario - pisicultura - abrevadero, consumo
humano doméstico,
agropecuario - riego, turístico cabinas
y piscina. Coordenadas 231.750 / 522.100 hoja Barva. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de octubre de 2021.—Departamento
de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2022614336 ).
ED-0015-2022.—Exp. N° 20158P.—Elmundoruefenacht SRL.,
solicita concesión de: 0.5 litros por segundo del acuífero, efectuando la
captación por medio del pozo RG-1062 en finca de su propiedad en Atenas,
Atenas, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 219.375 / 495.934 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 06 de enero del 2022.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2022614460 ).
ED-1140-2020.—Exp. 20916PA.—De conformidad con
el Decreto 41851-MP-MINAE-MAG, Banco Improsa
Sociedad Anónima, solicita el registro de un pozo sin número perforado
en su propiedad y la consiguiente concesión de aprovechamiento de agua en
cantidad de 4 litros por segundo en Chomes,
Puntarenas, Puntarenas, para uso agroindustrial aplicaciones agroquímicas
(llenado de tanquetas), consumo humano industrial – oficinas y piscina.
Coordenadas 226.328 / 439.023 hoja Chapernal. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de
la primera publicación.—San José, 03 de diciembre de
2020.—David Chaves Zúñiga.—( IN2022614477 ).
ED-0019-2022.—Expediente N°
22573.—Anais Salazar Granados, solicita concesión de: 0.03 litros por segundo del nacimiento naciente sin nombre,
efectuando la captacion en finca de Santana Ulises
Del Carmen Salazar Zúñiga en Cortes, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano.
Coordenadas 111.146/588.233 hoja Coronado. Quienes se consideren lesionados
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de enero de 2022.—Marcela Chacón
Valerio, Departamento de Información.—( IN2022614478 ).
ED-0025-2022.—Exp. 22577.—Peak South Pacific Investments Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.04 litros por segundo del nacimiento
naciente sin nombre, efectuando la captación en finca de Peak
South Pacific Investments
Sociedad Anónima en Cortes, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano y
agropecuario - riego. Coordenadas 111.504 / 588.184 hoja Coronado..
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 07 de
enero de 2022.—Departamento de
Información.—Marcela Chacón Valerio.—( IN2022614479 ).
ED-0026-2022.—Expediente N°
22578.—Peak South Pacific Investments Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.04
litros por segundo del nacimiento naciente sin nombre, efectuando la captación
en finca de Peak South Pacific
Investments Sociedad Anónima en Cortes, Osa,
Puntarenas, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 111.505 /
588.185 hoja Coronado. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 07 de enero de 2022.—Departamento de Información.—Marcela Chacón
Valerio.—( IN2022614480 ).
ED-0021-2022. Exp.
22561P.—Sueños de Luz Sociedad de Responsabilidad Limitada,
solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del acuífero sin nombre,
efectuando la captación por medio del pozo en finca de ídem en Savegre, Quepos, Puntarenas, para uso consumo
humano. Coordenadas 151.430 / 535.146 hoja. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 06 de enero de 2022.—Departamento de
Información.—Marcela Chacón Valerio.—( IN2022614538 ).
ED-UHTPSOZ-0002-2022.—Exp. N° 22571.—Banco Improsa
Sociedad Anónima, solicita concesión
de: 8 litros por segundo del Río
Buena Vista, efectuando la captación
en finca de William Quesada Mora en Rivas, Pérez Zeledón, San José, para uso agropecuario-riego. Coordenadas 156.226 / 573.647
hoja San Isidro. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 06 de enero del 2022.—Unidad Hidrológica Térraba.—María Paula Alvarado
Zúñiga.—( IN2022614561 ).
ED-0023-2022.—Exp. N° 15204P.—Intermanagement Costa Rica Limitada, solicita
aumento de caudal de 1 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación
por medio del pozo Pozo Artesanal en finca de su
propiedad en Río Jiménez, Guácimo, limón, para uso consumo humano,
industria y riego. Coordenadas 250.312 / 581.374 hoja Guácimo. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 07 de enero del
2022.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2022614590 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-UHTPSOZ-0001-2022.
Exp. 13333.—Willian Quesada
Mora, solicita concesión
de: 2 litros por segundo
del Río Buena
Vista, efectuando la captación
en finca de su propiedad en Rivas, Pérez Zeledón, San José, para uso riego. Coordenadas 156.226 /
573.647 hoja San Isidro 1:50. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 06 de enero de
2022.—Unidad Hidrológica Térraba.—María
Paula Alvarado Zúñiga.—( IN2022614569 ).
ED-0909 2021. Expediente N°
22434.—Ana Isabel, Chinchilla
Hidalgo, solicita concesión de: 0.05
litro por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de idem en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano.
Coordenadas 123.209 / 571.738 hoja Coronado. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de noviembre de 2021.—Departamento
de Información.—Marcela Chacón Valerio.—( IN2022614796 ).
ED-0931-2021.—Exp. N° 22338P.—Visión Of Hope CR Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.05
litros por segundo del acuífero sin nombre, efectuando la captación por medio
del pozo en finca de idem en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano.
Coordenadas 133.425 / 564.614 hoja Repunta. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 06 de diciembre del
2021.—Departamento de Información.—Marcela Chacón Valerio.—( IN2022614797 ).
ED-0012-2022.—Expediente N°
22569.—Andrés Jiménez Steller, solicita concesión de: 0.62 litros por segundo del
nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca del solicitante en Cirrí Sur, Naranjo, Alajuela, para uso consumo humano y
agropecuario-riego. Coordenadas 239.278 / 494.273 hoja Quesada. 0.38 litros por
segundo de la Quebrada Quebrada Palmita, efectuando
la captación en finca de en Cirrí Sur, Naranjo,
Alajuela, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 239.289 /
494.273 hoja Quesada. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 05 de enero de 2022.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano
Penado.—( IN2022614856 ).
ED-0030-2022 Expediente N°
22582.—José Miguel, Gomara Jiménez, solicita concesión de: 0.3 litro por segundo de la Quebrada Mamey,
efectuando la captación en finca de idem en Jiménez
(Golfito), Golfito, Puntarenas, para uso consumo humano, agropecuario riego y
turístico. Coordenadas 62.475 /
597.201 hoja Golfo Dulce. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 10 de enero de 2022.—Departamento de Información.—Marcela Chacón
Valerio.—( IN2022614904 ).
ED-0956-2021.—Expediente N°
22502.—Lilliam Navarro Piedra, solicita concesión de: 2 litros por
segundo del nacimiento la cuenca, efectuando la captación en finca de en
Quebradilla, Cartago, Cartago, para uso agropecuario abrevadero, consumo
humano-doméstico y agropecuario-riego. Coordenadas 201.927 / 534.267 hoja Caraigres. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 11 de diciembre de 2021.—Departamento de Información.—David Chaves
Zúñiga.—( IN2022614922 ).
ED-0031-2022.—Expediente N°
22583.—Óscar Chinchilla
Camacho, solicita concesión de: 0.05
litros por segundo del Nacimiento Naciente Claudio, efectuando la captación en finca de en Santa Cruz (Turrialba), Turrialba,
Cartago, para uso agropecuario abrevadero - riego y consumo humano doméstico. Coordenadas: 217.149 / 565.432, hoja Tucurrique. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 10 de enero del 2022.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—(
IN2022615001 ).
ED-0014-2022.—Exp. 13015P.—Inversiones S. A. y SA Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.03 litros por segundo
del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-1558, en finca de su propiedad en Escazú, Escazú, San José, para uso consumo humano-doméstico, agropecuario - riego -pasto y turístico -
piscina. Coordenadas: 213.100 / 520.300, hoja Abra. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 06 de enero del 2022.—Departamento de
Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2022615024 ).
ED-0022-2022.—Exp. 22562.—Helberth Gamboa Godínez, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de idem en
General, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano. Coordenadas: 140.970 /
576.622, hoja Repunta. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 07 de enero del 2022.—Departamento de Información.—Marcela Chacón
Valerio.—( IN2022615038 ).
ED-0006-2022.—Expediente N°
9391P.—Merceditas Castro Vargas, solicita
concesión de: 0,05 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por
medio del pozo AB-1953 en finca de su propiedad en Piedades, Santa Ana, San José, para uso consumo humano-doméstico.
Coordenadas 212.480 / 511.660 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 05 de enero de 2022.—Departamento de
Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2022615071 ).
ED-0825-2021, Exp.
7454P.—Reciclados Plásticos Industriales Sociedad Anónima,
solicita concesión de: 5 litros por segundo del acuífero, efectuando la
captación por medio del pozo MN-96 en finca de su propiedad en Pacuarito, Siquirres, Limón, para uso consumo humano -
doméstico y industrial. Coordenadas 231.750 / 596.550
hoja Matina. 9 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por
medio del pozo MN-97 en finca de su propiedad en Pacuarito,
Siquirres, Limón, para uso consumo humano - doméstico y
industrial. Coordenadas 231.600 / 596.575 hoja Matina. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de octubre de 2021.—Departamento
de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2021615113 ).
ED-0008-2022.—Exp. N° 22566P.—The Crab Eating
Racoon Unit Sociedad Anónima,
solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del pozo sin nombre, efectuando
la captación en finca de idem en Bahía Ballena, Osa,
Puntarenas, para uso consumo humano y turístico. Coordenadas 126.132 / 566.663
hoja Coronado. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 05 de enero del 2022.—Departamento de Información.—Marcela Chacón
Valerio.—( IN2022615145 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-0003-2022.
Exp. 12744P.—Valle del Norte S. A., solicita concesión de: 0,02 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio
del pozo AB-1757 en finca
de su propiedad en Curridabat, Curridabat, San José, para uso consumo
humano - doméstico. Coordenadas
210.900 / 532.350 hoja Abra. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 05 de enero de 2022.—Departamento de Información.—Evangelina
Torres Solís.—( IN2022615172 ).
ED-0001-2022. Expediente N°
3111.—Sociedad de Usuarios de Agua de Productores Agropecuarios de
Piedra Azul, solicita concesión de: 17
litros por segundo del Nacimiento Matías, efectuando la captación en finca de Municipalidad de Cervantes en
Cervantes, Alvarado, Cartago, para uso agropecuario - abrevadero, consumo
humano - doméstico y agropecuario
- Riego. Coordenadas 210.500 / 558.800 hoja Istarú. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 05 de enero de 2022.—Departamento de
Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2022615369 ).
ED-0899-2021. Exp.
6647P.—Plásticos Modernos S.A., solicita concesión de: 4.5 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo AB-1428 en finca de su
propiedad en La Ribera, Belén, Heredia, para uso consumo humano e industrial.
Coordenadas 219.750 / 517.500 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de noviembre de 2021.—Departamento
de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2022615419 ).
ED-0033-2022. Expediente N°
22586.—Fincas del Congo de
Brunca Sociedad Anónima, solicita
concesión de: 0.05
litro por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de idem en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano.
Coordenadas 131.739 / 565.516 hoja Repunta. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de enero de 2022.—Departamento de Información.—Mardela Chacón Valerio.—( IN2022615452 ).
ED-0018-2022.—Expediente N°
22572.—Sociedad de Usuarios de Agua San Isidro de Sucre, solicita concesión de: 5 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la
captación en finca de María de los Ángeles Blanco Alfaro, en Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso
consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas: 249.873 / 493.234, hoja
Quesada. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José,
06 de enero del 2022.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—(
IN2022615455 ).
DED-0027-2022.—Expediente N°
22579.—Sociedad de Usuarios de Agua RYG de San Vicente, solicita
concesión de: 7 litros
por segundo del Río Peje,
efectuando la captación en finca de
Claudio Varela Herrera, en Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso consumo
humano y agropecuario - riego. Coordenadas: 250.911 / 493.876, hoja Quesada.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 10 de
enero del 2022.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—(
IN2022615476 ).
ED-0034-2022-2020.—Expediente N° 12067P.—Urbanizadora La Laguna Sociedad Anónima, solicita concesión de: 1,50 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo AB-2179, en finca de su
propiedad en Colón, Mora, San José, para uso
consumo humano - doméstico y agropecuario - riego - pasto. Coordenadas:
211.450 / 511.240, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 10 de enero del 2022.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2022615479 ).
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito Notario ubicada en San José, Escazú,
cien metros al sur de Multiplaza,
Edificio Atrium cuarto piso, con una base de treinta y cinco mil doscientos setenta y seis dólares con veintisiete centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América, libre de anotaciones, de colisiones y/o infracciones, y gravámenes; sáquese a remate el vehículo placa
RRF023, marca: Hyundai, estilo:
Santa Fe Gls, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas,
carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, número de chasis:
KMHSU81CDHU784120, año
fabricación: 2017, color: negro, número motor: G4KEHA930082, cilindrada: 2400 centímetros cúbicos, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las dieciséis horas veinte minutos del dos de febrero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará
a las dieciséis horas veinte
minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintidós con
la base veintiséis mil cuatrocientos
cincuenta y siete dólares con veinte centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas veinte minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintidós con la base de ocho mil
ochocientos diecinueve dólares con seis centavos moneda
de curso legal de los Estados
Unidos de América (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801 a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria extrajudicial de Yamileth
Masis Diaz y Diego Alejandro Soto Rengifo.
Exp.: 320-2021.—Nueve horas veinte
minutos del diecisiete de diciembre del año 2021.—Msc.
Frank Herrera Ulate.—( IN2022615254 ). 2
v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito Notario ubicada en San José, Escazú,
cien metros al sur de Multiplaza,
Edificio Atrium cuarto piso, con una base de diez mil sesenta y seis dólares con treinta y tres centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, libre de anotaciones,
de colisiones y/o infracciones,
y gravámenes; sáquese a
remate el vehículo placa BQD939, marca: Hyundai, estilo: Grand I 10, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
carrocería: sedan 4 puertas,
tracción: 4x2, número de chasis:
MALA841CAJM298449, año
fabricación: 2018, color: plateado,
número
motor: G4LAHM727583, cilindrada: 1200 centímetros cúbicos, combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las quince
horas veinte minutos del
dos de febrero del año dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará
a las quince horas veinte minutos
del veintitrés de febrero
del dos mil veintidós con la base siete
mil quinientos cuarenta y nueve dólares con setenta y cuatro centavos moneda
de curso legal de los Estados
Unidos de América (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas veinte minutos
del dieciséis de marzo del
dos mil veintidós con la base de dos mil quinientos dieciséis dólares con cincuenta y ocho centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo
en la cuenta bancaria IBAN CR87015201001024217801 a nombre
del acreedor en el Banco de Costa Rica. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria
extrajudicial de Francisco Alonso Monge Corrales. Exp: 317-2021.—Ocho horas veinte minutos del diecisiete de diciembre del año 2021.—Msc. Frank Herrera Ulate.—(
IN2021615252 ). 2 v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito Notario ubicada en San José, Escazú, cien metros al sur de Multiplaza, Edificio Atrium cuarto piso, con una base de diecisiete mil seiscientos cuarenta y tres dólares con noventa y ocho centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América, libre de anotaciones, colisiones
y/o infracciones, y gravámenes;
sáquese a remate el vehículo Placa BQP991, marca: Chevrolet, estilo:
Cavalier Premier, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, carrocería:
Sedan 4 puertas, tracción:
4x2, número de chasis:
LSGKB54H3KV026473, año fabricación:
2018, color: blanco, número
motor: L2B181033858, cilindrada: 1500 centímetros cúbicos, combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas cuarenta minutos del dos de febrero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cuarenta minutos del veintitrés de febrero del dos mil
veintidós, con la base trece
mil doscientos treinta y
dos dólares con noventa y ocho centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cuarenta minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintidós, con
la base de cuatro mil cuatrocientos diez dólares con noventa y nueve centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo
en la cuenta bancaria IBAN CR87015201001024217801 a nombre
del acreedor en el Banco de Costa Rica. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria
extrajudicial de María
Del Pilar López Martínez. Expediente N°
315-2021.—Once horas cuarenta minutos
del dieciséis de diciembre
del 2021.—Msc Frank Herrera Ulate.—( IN2022615250 ). 2
v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito Notario ubicada en San José, Escazú,
cien metros al sur de Multiplaza,
Edificio Atrium cuarto piso, con una base de nueve mil treinta y un dólares con veintitrés centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América, libre de anotaciones, colisiones
y/o infracciones, y gravámenes;
sáquese a remate el vehículo placa BNB348, marca: Chevrolet, estilo: Spark
LTZ, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería:
sedan 4 puertas Hatchback, tracción:
4x2, número
de chasis: KL1CM6CA3HC795118, año
fabricación: 2017, color: plateado,
número
motor: LV7170250834, cilindrada: 1400 centímetros cúbicos, combustible:
gasolina. para tal efecto se señalan las catorce horas del dos de febrero
del año dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas del
veintitrés de febrero del
dos mil veintidós con la base seis mil setecientos setenta y tres dólares con cuarenta y dos centavos moneda de
curso legal de los Estados
Unidos de América (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas del dieciséis de marzo del dos mil veintidós con
la base de dos mil doscientos
cincuenta y siete dólares con ochenta centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801 a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria extrajudicial de Iván Alfonso Mora Navarro. Exp.:
313-2021.—once horas del dieciséis de diciembre del año 2021.—Msc. Frank Herrera Ulate.—(
IN2021615248 ). 2
v. 1.
En
la puerta exterior del Despacho
del suscrito notario ubicada en San José, Escazú, cien
metros al sur de Multiplaza, edificio
Atrium cuarto piso, con una
base de veintiún
mil setenta y dos dólares con treinta
y ocho centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América, libre de anotaciones, pero
soportando la colisión bajo
la sumaria número
20-000405-0174-TR, y la denuncia de tránsito al tomo 0800, asiento
00779069, secuencia 001; sáquese
a remate el vehículo placa BSS805, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería:
sedán 4 puertas, tracción: 4X2, número de chasis: 3KPC2411ALE089544, año fabricación: 2020, color: negro, número motor: G4LCKE712838, cilindrada: 1400 centímetros cúbicos, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las quince horas del dos de febrero
del año dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del veintitrés
de febrero del dos mil veintidós
con la base quince mil ochocientos cuatro dólares con veintiocho centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas del dieciséis de marzo
del dos mil veintidós con la base de cinco mil doscientos sesenta y ocho dólares con nueve centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801 a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria extrajudicial de Kisha Venessa Baker Joseph, expediente N° 316-2021.—Doce
horas del dieciséis de diciembre
del año 2021.—Msc Frank
Herrera Ulate.—( IN2022615251 ). 2
v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito notario ubicada en San José, Escazú,
cien metros al sur de Multiplaza,
Edificio Atrium cuarto piso, con una base de doce mil ochocientos cincuenta y tres dólares con treinta y seis centavos moneda de
curso legal de los Estados
Unidos de América, libre de anotaciones, colisiones y/o infracciones, y gravámenes; sáquese a remate el vehículo Placa
BFG608, Marca: Hyundai, Estilo: I40 GLS, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, carrocería:
Sedan 4 puertas Hatchback, tracción:
4x2, número
de chasis: KMHLC81CBDU042599, año
fabricación: 2013, color: blanco,
número
Motor: G4NACU202929, cilindrada: 2000 centímetros cúbicos, combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan once horas cuarenta minutos del dos de febrero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas cuarenta minutos del veintitrés de febrero del dos mil
veintidós con la base nueve
mil seiscientos cuarenta dólares con dos centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cuarenta minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintidós, con
la base de tres mil doscientos
trece dólares con treinta y cuatro centavos moneda
de curso legal de los Estados
Unidos de América (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN CR87015201001024217801
a nombre del acreedor en el Banco de Costa Rica. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria extrajudicial de Ronald Rafael Reyes Chinchilla.
Exp: 308-2021.—Nueve horas del quince de diciembre del año 2021.—Msc. Frank Herrera Ulate.—(
IN2022615243 ). 2 v. 1.
En
la puerta exterior del Despacho
del suscrito notario ubicada en San José, Escazú, cien
metros al sur de Multiplaza, edificio
Atrium cuarto piso, con una
base de ocho mil cuatrocientos
setenta y tres dólares con noventa centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América, libre de anotaciones, colisiones
y/o infracciones, y gravámenes;
sáquese a remate el vehículo placa JCN168, marca: Hyundai, estilo: Elantra
GLS, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, carrocería: sedan 4 puertas,
tracción: 4X2, número de chasis:
KMHDH41CBEU160797, año fabricación:
2014, color: blanco, número motor: G4FGEU276663, cilindrada: 1600 centímetros cúbicos, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan once horas veinte minutos del dos de febrero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas veinte
minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintidós con
la base seis mil trescientos cincuenta
y cinco dólares con cuarenta y dos
centavos moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas veinte minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintidós con
la base de dos mil ciento dieciocho
dólares
con cuarenta y siete
centavos moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801 a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo
de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria extrajudicial de Jesson
Enrique Camacho Navarro, expediente N° 307-2021.—Ocho horas cuarenta minutos del quince de diciembre
del año 2021.—Msc Frank
Herrera Ulate.—(
IN2022615242 ). 2 v. 1.
En la puerta exterior del despacho del suscrito notario, ubicada en San José, Escazú, cien metros al sur de Multiplaza,
Edificio Atrium cuarto piso, con una base de quince mil novecientos
noventa y cinco dólares con catorce centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América, libre de anotaciones, colisiones
y/o infracciones, y gravámenes;
sáquese a remate el vehículo placa: BSD281, marca: Hyundai, estilo: Grand I10
GLS, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas,
tracción: 4x2, número de chasis: MALA841CAKM325255, año fabricación: 2019, color: gris, número motor: G4LAJM926056, cilindrada: 1200 centímetros cúbicos, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan once horas del dos de febrero
del año dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas del veintitrés
de febrero del dos mil veintidós,
con la base once mil novecientos noventa
y seis dólares
con treinta y cinco centavos,
moneda de curso legal de
los Estados Unidos de América (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las once horas del dieciséis
de marzo del dos mil veintidós,
con la base de tres mil novecientos
noventa y ocho dólares con setenta y ocho centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801 a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria extrajudicial de Juan Vicente Herrera Rodríguez. Exp: 306-2021.—Ocho horas veinte minutos del quince de diciembre
del año 2021.—Msc. Frank Herrera Ulate.—( IN2022615241 ). 2
v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito notario, ubicada en San José, Escazú, cien
metros al sur de Multiplaza, Edificio
Atrium, cuarto piso, con
una base de veintiséis
mil cuatrocientos treinta y
cinco dólares con sesenta y dos
centavos, moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América, libre de anotaciones, colisiones y/o infracciones, y gravámenes; sáquese a remate el vehículo: BRY222, marca: Hyundai,
estilo: H 1, categoría: microbús, capacidad: 12 personas, carrocería:
microbús,
tracción: 4X2, N° de chasis: KMJWA37KAKU024322, año fabricación: 2019, color: blanco,
numero motor: D4CBJ636771, cilindrada:
2500 centímetros cúbicos,
combustible: diesel. Para tal efecto
se señalan las catorce
horas cuarenta minutos del tres de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cuarenta minutos del veinticuatro de febrero del dos
mil veintidós, con la base diecinueve
mil ochocientos veintiséis dólares con setenta
y un centavos moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintidós, con la base de seis mil seiscientos
ocho dólares con noventa centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o deposito en efectivo
en la cuenta bancaria IBAN CR87015201001024217801, a nombre
del acreedor en el Banco de Costa Rica. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria
extrajudicial de María
Gabriela Chaves Picado y Jean Lung Rosales Chaves. Expediente
N° 212-2021. A las nueve horas cuarenta
minutos del veintiuno de diciembre del 2021.—Msc Frank
Herrera Ulate.—( IN2022615237 ). 2
v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito notario ubicada en San José, Escazú, cien
metros al sur de Multiplaza, Edificio
Atrium cuarto piso. Con una
base de dieciséis mil novecientos
sesenta y un dólares con ochenta y cinco centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, libre de anotaciones, colisiones y/o infracciones, y gravámenes; sáquese a remate el vehículo TYT319, Marca: Chevrolet, Estilo:
Cavalier Premier, Categoría: Automóvil,
Capacidad: 5 personas, carrocería:
Sedán 4 puertas, tracción: 4X2, número de chasis:
LSGKB54H1KV161192, año fabricación:
2019, color: azul, número
Motor: L2B182854007, cilindrada: 1500 centímetros cúbicos, combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas veinte minutos del tres de febrero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las once horas veinte minutos
del veinticuatro de febrero
del dos mil veintidós, con la base de doce mil setecientos veintiún dólares con treinta y ocho centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas veinte minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintidós, con
la base de cuatro mil doscientos cuarenta
dólares con cuarenta y seis
centavos moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801 a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria extrajudicial de Manuel Navarro Martínez. Expediente N° 205-2021.—Nueve
horas veinte minutos del diecisiete de noviembre del año 2021.—M.Sc. Frank Herrera Ulate.—( IN2022615236 ). 2 v.
1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito notario, ubicada en San José, Escazú, cien
metros al sur de Multiplaza, Edificio
Atrium cuarto piso, con una
base de treinta y dos mil setecientos
veintiocho dólares con setenta
y nueve centavos, moneda de
curso legal de los Estados
Unidos de América, libre de anotaciones, colisiones y/o infracciones, y gravámenes; sáquese a remate el vehículo placa:
CL 295875, marca: Isuzu, estilo:
D Max LS, categoría: carga liviana,
capacidad: 5 personas, carrocería:
camioneta Pick-Up caja abierta o Cam-Pu, tracción: 4x4, número de chasis: MPATFS85JGT001056, año fabricación: 2016, color: verde, número motor:
4JJ1NX7079, cilindrada: 3000 centímetros
cúbicos, combustible: diesel. Para tal efecto, se señalan las diez horas del siete de febrero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas del veintiocho de febrero del dos mil
veintidós, con la base de veinticuatro
mil quinientos cuarenta y
seis dólares
con cincuenta y nueve
centavos, moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del veintiuno de marzo del dos mil veintidós, con
la base de ocho mil ciento ochenta y dos dólares con diecinueve centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801 a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria extrajudicial
de Ronald Freddy Álvarez Quesada. Exp.: 244-2021.—Ocho
horas del veintitrés de diciembre
del año 2021.—Msc. Frank Herrera Ulate.—( IN2022615269 ). 2
v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito notario, ubicada en San José, Escazú, cien
metros al sur de Multiplaza, Edificio
Atrium cuarto piso, con una
base de diez mil ciento dieciocho dólares con setenta y ocho centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América, libre de anotaciones, gravámenes,
pero soportando la colisión bajo el número de sumaria
19-002531-0497-TR; sáquese a remate el vehículo Placa:
905852, Marca: Hyundai, Estilo: Accent GL, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4X2, número de chasis:
KMHCT41DACU117604, año fabricación:
2012, color: gris, número
motor: G4FCBU661196, cilindrada: 1600 centímetros cúbicos, combustible:
gasolina. Para tal efecto, se señalan las catorce horas veinte minutos del tres de febrero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las catorce
horas veinte minutos del veinticuatro de febrero del dos
mil veintidós, con la base siete
mil quinientos ochenta y nueve dólares con ocho centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas veinte minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintidós, con la
base de dos mil quinientos veintinueve
dólares
con sesenta y nueve
centavos, moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801 a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria extrajudicial de Francisco González Briceño. Exp.: 331-2021.—Nueve horas veinte minutos del
veintiuno de diciembre del año 2021.—Msc.
Frank Herrera Ulate.—( IN2022615268 ). 2
v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito notario, ubicada en San José, Escazú, cien
metros al sur de Multiplaza, Edificio
Atrium cuarto piso, con una
base de trece mil seiscientos
setenta y dos dólares con treinta
y nueve centavos, moneda de
curso legal de los Estados
Unidos de América, libre de anotaciones, de colisiones y/o infracciones, y gravámenes; sáquese a remate el vehículo placa:
CL 271218, marca: Nissan, estilo:
Navara LE, categoría: carga liviana,
capacidad: 5 personas, carrocería:
camioneta Pick-Up caja abierta o Cam-Pu, tracción: 4x4, número de chasis: MNTVCUD40Z0049323, año fabricación: 2013, color: blanco,
número
motor: YD25462326T, cilindrada: 2488 centímetros cúbicos, combustible:
diesel. Para tal efecto, se
señalan las catorce horas
del tres de febrero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas del
veinticuatro de febrero del
dos mil veintidós, con la base diez
mil doscientos cincuenta y
cuatro dólares
con veintinueve centavos, moneda
de curso legal de los Estados
Unidos de América (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas del diecisiete de marzo del dos mil veintidós, con
la base de tres mil cuatrocientos
dieciocho dólares con nueve centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801 a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria extrajudicial de Gilberto José Contreras Leal. Exp.: 330-2021.—Nueve
horas del veintiuno de diciembre
del año 2021.—Msc. Frank Herrera Ulate.—( IN2022615267
). 2 v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito Notario ubicada en San José, Escazú,
cien metros al sur de multiplaza,
Edificio Atrium cuarto piso. con una base de trece mil setecientos cincuenta y nueve dólares con setenta y ocho centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, libre de anotaciones,
de colisiones y/o infracciones,
y gravámenes; sáquese a
remate el vehículo placa BQR183, marca: Chevrolet, estilo: BEAT LT, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, carrocería:
sedan 4 puertas, tracción:
4x2, número
de chasis: MA6CG5CD8JT002079, año fabricación:
2018, color: blanco, numero
motor: B12D1Z1180608HN7X0035, cilindrada: 1200 centímetros cúbicos, combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta minutos del tres de febrero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará
a las trece horas cuarenta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintidós con
la base diez mil trescientos
diecinueve dólares con ochenta y tres centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintidós con la base de tres mil
cuatrocientos noventa y
cuatro dólares con noventa
y cuatro centavos moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo debera ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801 a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria extrajudicial de Andy Daniel Esquivel Ramírez. Expediente: 329-2021.—Ocho horas cuarenta minutos del veintiuno de diciembre del año 2021.—Msc Frank Herrera Ulate.—(
IN2022615266 ). 2
v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito notario, ubicada en San José, Escazú, cien
metros al sur de Multiplaza, Edificio
Atrium cuarto piso, con una
base de veinte mil novecientos
quince dólares
con setenta y dos centavos, moneda
de curso legal de los Estados
Unidos de América, libre de anotaciones, de colisiones y/o infracciones, y gravámenes; sáquese a remate el vehículo placa:
BSD221, marca: Hyundai, estilo:
Accent GLS, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas,
tracción: 4x2, número de chasis:
3KPC3411AKE067324,
año fabricación: 2019, color: negro, número motor: G4LCJE737857, cilindrada: 1400 centímetros cúbicos, combustible: gasolina.
Para tal efecto, se señalan las trece horas veinte minutos del tres de febrero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas veinte minutos del veinticuatro de febrero del dos
mil veintidós, con la base quince mil seiscientos ochenta y seis dólares con setenta y nueve centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas veinte minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintidós, con la base de cinco
mil doscientos veintiocho dólares con noventa y tres centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (25% de la base origina). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801 a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria extrajudicial de Ramón Antonio Sanabria Rodríguez y Ramón Andrés Sanabria Brenes. Exp.:
328-2021.—Ocho horas veinte
minutos del veintiuno de diciembre del
año 2021.— Msc. Frank Herrera Ulate.—( IN2022615265 ). 2 v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito Notario ubicada en San José, Escazú, cien metros al sur de Multiplaza, Edificio Atrium cuarto piso, con una base de diez mil quinientos veintiocho dólares con veinte centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América, libre de anotaciones, de colisiones y/o infracciones, y gravámenes; sáquese a remate el vehículo Placa
BDK202, marca: Hyundai, estilo:
Elantra GLS, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, carrocería:
Sedan 4 puertas, tracción:
4x2, número de chasis:
KMHDH41EADU679522, año fabricación:
2013, color: azul, número
motor: G4NBCU291646, cilindrada: 1800 centímetros cúbicos, combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas del tres de febrero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las trece
horas del veinticuatro de febrero
del dos mil veintidós, con la base siete mil ochocientos noventa y seis dólares con quince
centavos moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas del diecisiete de marzo del dos mil veintidós, con
la base de dos mil seiscientos treinta
y dos dólares con cinco
centavos moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América (25% de la
base original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo
en la cuenta bancaria IBAN CR87015201001024217801 a nombre
del acreedor en el Banco de Costa Rica. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria
extrajudicial de Roberto Adolfo Montenegro Montero y Norman Roberto Montenegro
Solano. Expediente N° 327-2021.—Ocho
horas del veintiuno de diciembre
del 2021.—Msc Frank Herrera Ulate.—( IN2022615264 ). 2 v. 1.
En
la puerta exterior del Despacho
del suscrito notario ubicada en San José, Escazú, cien
metros al sur de Multiplaza, edificio
Atrium cuarto piso, con una
base de trece mil ciento noventa y ocho dólares con veintidós
centavos moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América, libre de anotaciones, colisiones y/o infracciones, y gravámenes; sáquese a remate el vehículo placa BRQ053, marca: Chevrolet, estilo:
Beat LTZ, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, carrocería: sedan 4 puertas,
tracción: 4X2, número de chasis:
MA6CH5CD4KT042674, año fabricación:
2019, color: blanco, número motor:
B12D1Z1182778HN7X0075, cilindrada: 1200 centímetros cúbicos, combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas del dos de febrero del
año dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas del veintitrés de febrero del dos mil
veintidós con la base nueve
mil ochocientos noventa y ocho dólares con sesenta y seis
centavos moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas del dieciséis de marzo del dos mil veintidós con la base de tres mil
doscientos noventa y nueve dólares con cincuenta y cinco centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801 a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria extrajudicial de Mauricio Olivas Ruiz, expediente N° 303-2021.—Trece
horas del diez de diciembre
del año 2021.—Msc Frank
Herrera Ulate.—( IN2022615238 ). 2
v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito Notario ubicada en San José, Escazú,
cien metros al sur de Multiplaza,
Edificio Atrium cuarto piso. Con una base de quince mil ciento
treinta y siete dólares con veinticuatro centavos
moneda de curso legal de
los Estados Unidos de América, libre de anotaciones, colisiones y/o infracciones, y gravámenes; sáquese a remate el vehículo Placa BMN804, Marca:
Chevrolet, Estilo: Cruze
Premier, Categoría: automóvil,
Capacidad: 5 Personas, Carrocería:
Sedan 4 puertas, tracción:
4X2, Número
de Chasis: 3GIB85EM2HS54I994, Año Fabricación:
2017, Color: negro, Número
Motor: 1HS541994, Cilindrada: 1400 centímetros cúbicos, Combustible:
Gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas veinte minutos del dos de febrero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las diez horas veinte minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintidós con
la base once mil trescientos cincuenta
y dos dólares con noventa y
tres centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas veinte minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintidós con
la base de tres mil setecientos
ochenta y cuatro dólares
con treinta y un centavos moneda
de curso legal de los Estados
Unidos de América (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo
en la cuenta bancaria IBAN CR87015201001024217801 a nombre
del acreedor en el Banco de Costa Rica. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria
extrajudicial de Eduardo Rojas Sáenz. Expediente: 304-2021.—Trece horas
veinte minutos del diez de diciembre del año 2021.—Msc Frank Herrera Ulate.—(
IN2022615239 ). 2 v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito notario ubicada en San José, Escazú, cien
metros al sur de Multiplaza, Edificio
Atrium cuarto piso. Con una
base de diecisiete mil ochocientos
veintitrés dólares con cuarenta centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América,
libre de anotaciones, colisiones
y/o infracciones, y gravámenes;
sáquese a remate el vehículo placa: BSP956, marca: Hyundai, estilo: I20 GL, categoría: Automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería:
Sedán 4 puertas hatchback, tracción: 4x2,
número de chasis:
MALBM51CAKM644653, año fabricación:
2019, color: Gris, número motor: G4LCJU037690, cilindrada: 1400 centímetros cúbicos, combustible: Gasolina.
Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta minutos del dos de febrero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará
a las diez horas cuarenta minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintidós con
la base trece mil trescientos
sesenta y siete dólares con cincuenta y cinco centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintidós con
la base de cuatro mil cuatrocientos cincuenta y cinco dólares con ochenta y cinco centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América (25% de la
base origina). Notas: Se le
informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801 a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria extrajudicial de José Andrés Barrios Jerez. Expediente
N° 305-2021.—Ocho horas del quince de diciembre del año 2021.—M.Sc. Frank
Herrera Ulate.—(
IN2022615240 ). 2 v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito notario, ubicada en San José, Escazú, cien
metros al sur de Multiplaza, Edificio
Atrium cuarto piso, con una
base de veintiséis
mil quinientos setenta y ocho dólares con quince centavos, moneda
de curso legal de los Estados
Unidos de América, libre de anotaciones, colisiones y/o infracciones, y gravámenes; sáquese a remate el vehículo placa:
SJB 018114, marca: Hyundai, estilo:
H 1, categoría: microbús, capacidad:
12 personas, carrocería: microbús, tracción:
4x2, número
de chasis: KMJWA37KALU121810, año
fabricación: 2020, color: blanco,
número
motor: D4CBK968959, cilindrada: 2500 centímetros cúbicos, combustible:
diesel. Para tal efecto, se
señalan las doce horas del
dos de febrero del año dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las doce
horas del veintitrés de febrero
del dos mil veintidós, con la base diecinueve mil novecientos treinta y tres dólares con sesenta y un centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las doce horas del dieciséis de marzo del dos mil veintidós, con
la base de seis mil seiscientos cuarenta
y cuatro dólares
con cincuenta y tres
centavos, moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801 a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria extrajudicial de Alexandra Alvarado Sandoval.
Exp: 309-2021.—Doce horas del quince de diciembre del año 2021.—Msc. Frank Herrera Ulate.—(
IN2022615244 ). 2
v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito Notario ubicada en San José, Escazú, cien metros al sur de Multiplaza, Edificio Atrium cuarto piso, con una base de veinticuatro mil cuatrocientos setenta y cinco dólares con cuarenta y un
centavos moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América, libre de anotaciones, colisiones y/o infracciones, y gravámenes; sáquese a remate el vehículo Placa BTL241, marca: Hyundai, estilo: Creta GL,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería:
todo terreno 4 puertas, tracción: 4x2, número de chasis:
MALC281CBLM639787, año fabricación:
2020, color: azul, número
motor: G4FGKW563749, cilindrada: 1600 centímetros cúbicos, combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas del dos de febrero
del año dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas del veintitrés de febrero del dos mil
veintidós, con la base dieciocho
mil trescientos cincuenta y
seis dólares con cincuenta
y cinco centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas del dieciséis de marzo del dos mil veintidós, con
la base de seis mil ciento dieciocho
dólares con ochenta y cinco centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo
en la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801 a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria extrajudicial de María Victoria Manzanida Vargas. Expediente N° 3102021.—Doce horas
veinte minutos del quince
de diciembre del 2021.—Msc
Frank Herrera Ulate.—( IN2022615245 ). 2 v. 1.
En
la puerta exterior del Despacho
del suscrito notario ubicada en San José, Escazú, cien
metros al sur de Multiplaza, edificio
Atrium cuarto piso, con una
base de doce mil doscientos
treinta dólares con cuarenta y siete centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América, libre de anotaciones, colisiones
y/o infracciones, y gravámenes;
sáquese a remate el vehículo placa BND776, marca: Chevrolet, estilo: Spark
Classic LTZ, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, carrocería: sedan 4 puertas
hatchback, tracción: 4X2, número de chasis:
MA6CH6CD8HT000720, año fabricación:
2017, color: blanco, número motor: B12D1170040283, cilindrada: 1200 centímetros cúbicos, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las trece horas veinte minutos del dos de febrero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas veinte minutos del veintitrés de febrero del dos mil
veintidós con la base nueve
mil ciento setenta y dos dólares con ochenta y cinco centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas veinte minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintidós con la base de tres mil
cincuenta y siete dólares con sesenta y un centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o deposito en efectivo
en la cuenta bancaria IBAN CR87015201001024217801 a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria extrajudicial de Yhulyana
de los Ángeles Acosta
Castro, expediente N° 311-2021.—Doce
horas cuarenta minutos del
quince de diciembre del año
2021.—Msc Frank Herrera Ulate.—( IN2000615246 ). 2 v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito Notario ubicada en San José, Escazú,
cien metros al sur de Multiplaza,
Edificio Atrium cuarto piso, con una base de ocho mil ciento veintiún dólares con dos centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, libre de anotaciones,
colisiones y/o infracciones,
y gravámenes; sáquese a
remate el vehículo placa BHP586, marca: Chevrolet, estilo: SPARK LT, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
carrocería: sedan 4 puertas
HATCHBACK, tracción: 4X2, número de chasis:
KL1CM6CD0FC705768, año fabricación:
2015, color: plateado, número motor: B12D1217765KD3, cilindrada: 1200 centímetros cúbicos, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta minutos del dos de febrero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará
a las trece horas cuarenta minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintidós con
la base seis mil noventa dólares
con setenta y seis centavos moneda
de curso legal de los Estados
Unidos de América (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintidós con
la base de dos mil treinta dólares
con veinticinco centavos moneda
de curso legal de los Estados
Unidos de América (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo debera ser emitido a favor del acreedor o deposito en efectivo
en la cuenta bancaria IBAN CR87015201001024217801 a nombre
del acreedor en el Banco de Costa Rica. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria
extrajudicial de Cirsabel Vega Palacios. Expediente: 312-2021.—Trece horas
del quince de diciembre del año
2021.—Msc Frank Herrera Ulate.—( IN2022615247 ). 2 v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito Notario ubicada en San José, Escazú,
cien metros al sur de Multiplaza,
Edificio Atrium cuarto piso, con una base de nueve mil treinta y un dólares con veintitrés centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América, libre de anotaciones, colisiones
y/o infracciones, y gravámenes;
sáquese a remate el vehículo placa BNB348, marca: Chevrolet, estilo: Spark
LTZ, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería:
sedan 4 puertas Hatchback, tracción:
4x2, número
de chasis: KL1CM6CA3HC795118, año
fabricación: 2017, color: plateado,
número
motor: LV7170250834, cilindrada: 1400 centímetros cúbicos, combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas del dos de febrero
del año dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas del
veintitrés de febrero del
dos mil veintidós con la base seis mil setecientos setenta y tres dólares con cuarenta y dos centavos moneda de
curso legal de los Estados
Unidos de América (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas del dieciséis de marzo del dos mil veintidós con
la base de dos mil doscientos
cincuenta y siete dólares con ochenta centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801 a nombre
del acreedor en el Banco de Costa Rica. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria
extrajudicial de Iván Alfonso Mora Navarro. Exp.: 313-2021.—once horas del dieciséis de diciembre del año 2021.—Msc.
Frank Herrera Ulate.—( IN2021615248 ). 2
v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito notario, ubicada en San José, Escazú, cien
metros al sur de Multiplaza, Edificio
Atrium cuarto piso, con una
base de trece mil ochocientos
noventa y cuatro dólares con setenta
y siete centavos, moneda de
curso legal de los Estados
Unidos de América, libre de anotaciones, colisiones y/o infracciones, pero soportando la denuncia de tránsito al tomo: 0800, asiento: 00596020, secuencia:
001; sáquese a remate el vehículo placa: BSZ452, marca: Chevrolet, estilo: Beat
LT, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas
Hatchback, tracción: 4x2, número de chasis:
MA6CG6CD6LT045408,
año fabricación: 2020, color: plateado, número
motor: B12D1Z1192830JVXX0290, cilindrada: 1200 centímetros cúbicos, combustible:
gasolina. Para tal efecto, se señalan las catorce horas veinte minutos del dos de febrero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas veinte minutos del veintitrés de febrero del dos mil
veintidós, con la base diez
mil cuatrocientos veintiún dólares con siete
centavos, moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas veinte minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintidós, con
la base de tres mil cuatrocientos
setenta y tres dólares con sesenta y nueve centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801 a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución
prendaria extrajudicial de Frank Arrieta Chavarría. Expediente. 314-2021.—Once horas veinte
minutos del dieciséis
de diciembre del año 2021.—Msc. Frank Herrera Ulate.—(
IN2022615249 ). 2 v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito Notario ubicada en San José, Escazú,
cien metros al sur de Multiplaza,
Edificio Atrium cuarto piso, con una base de diez mil sesenta y seis dólares con treinta y tres centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, libre de anotaciones,
de colisiones y/o infracciones, y gravámenes; sáquese a remate el vehículo placa BQD939, marca: Hyundai, estilo: Grand I 10, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número de chasis:
MALA841CAJM298449, año
fabricación: 2018, color: plateado,
número
motor: G4LAHM727583, cilindrada: 1200 centímetros cúbicos, combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las quince
horas veinte minutos del
dos de febrero del año dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará
a las quince horas veinte minutos
del veintitrés de febrero
del dos mil veintidós con la base siete
mil quinientos cuarenta y nueve dólares con setenta y cuatro centavos moneda
de curso legal de los Estados
Unidos de América (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas veinte minutos
del dieciséis de marzo del
dos mil veintidós con la base de dos mil quinientos dieciséis dólares con cincuenta y ocho centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN CR87015201001024217801 a nombre
del acreedor en el Banco de Costa Rica. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria
extrajudicial de Francisco Alonso Monge Corrales. Exp: 317-2021.—Ocho horas veinte minutos del diecisiete de diciembre del año 2021.—Msc.
Frank Herrera Ulate.—( IN2021615252 ). 2
v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito notario, ubicada en San José, Escazú, cien
metros al sur de Multiplaza, Edificio
Atrium cuarto piso, con una
base de veintidós
mil doscientos sesenta y
dos dólares
con treinta y dos centavos, moneda
de curso legal de los Estados
Unidos de América, libre de anotaciones, de colisiones y/o infracciones, y gravámenes; sáquese a remate el vehículo placa:
BJX496, marca: Hyundai, estilo:
Tucson GLS, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, carrocería: todo
terreno 4 puertas, tracción: 4x4, número de chasis:
KMHJ3813DGU090417, año fabricación:
2016, color: azul, número motor: G4NAFU098562, cilindrada: 2000 centímetros cúbicos, combustible: gasolina.
Para tal efecto, se señalan las quince horas cuarenta
minutos del dos de febrero
del año dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cuarenta
minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintidós,
con la base dieciséis
mil seiscientos noventa y
seis dólares
con setenta y cuatro centavos, moneda
de curso legal de los Estados
Unidos de América (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas cuarenta minutos
del dieciséis de marzo del
dos mil veintidós, con la base de cinco
mil quinientos sesenta y cinco dólares con cincuenta y ocho centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801 a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria extrajudicial de Adonay
Alberto Ceciliano Olmos y Cdelirio
Sociedad Anónima. Expediente. 318-2021.—Ocho horas cuarenta minutos del diecisiete de diciembre del año 2021.—Msc. Frank Herrera Ulate.—(
IN2022615253 ). 2 v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito notario ubicada en San José, Escazú, cien
metros al sur de Multiplaza, Edificio
Atrium cuarto piso, con una
base de treinta y cinco mil
doscientos setenta y seis dólares con veintisiete centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, libre de anotaciones, de colisiones y/o infracciones, y gravámenes; sáquese a remate el vehículo placa: RRF023, marca: Hyundai, estilo: Santa Fe
GLS, categoría: Automóvil, capacidad: 7 personas, carrocería:
Todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, numero de chasis:
KMHSU81CDHU784120, año fabricación:
2017, color: Negro, número motor: G4KEHA930082, cilindrada: 2400 centímetros cúbicos, combustible: Gasolina.
Para tal efecto se señalan las dieciséis horas veinte minutos del dos de febrero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará
a las dieciséis horas veinte
minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintidós con
la base veintiséis mil cuatrocientos
cincuenta y siete dólares con veinte centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las dieciséis horas veinte minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintidós con la base de ocho mil
ochocientos diecinueve dólares con seis centavos moneda
de curso legal de los Estados
Unidos de América
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801 a nombre del acreedor en el Banco de Costa Rica.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria extrajudicial de Yamileth
Masís Díaz y Diego Alejandro Soto Rengifo.
Expediente N° 320-2021.—Nueve
horas veinte minutos del diecisiete de diciembre del año 2021.—M.Sc. Frank Herrera Ulate.—( IN2022615255 ). 2 v.
1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito Notario ubicada en San José, Escazú,
cien metros al sur de Multiplaza,
Edificio Atrium cuarto piso, Con una base de diez mil doscientos cuarenta y cinco dólares con diez centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América, libre de anotaciones, de colisiones y/o infracciones, y gravámenes; sáquese a remate el vehículo Placa
MRC187, Marca: Mitsubishi, Estilo: MIRAGE, Categoría: Automóvil, Capacidad: 5 personas, carrocería:
Sedan 4 Puertas HATCHBACK, tracción:
4X2, Número
de Chasis: MMBXTA03AGH000477, Año Fabricación:
2016, color: negro, Número
Motor: 3A92UCH9934, Cilindrada: 1193 centímetros cúbicos, combustible:
Gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas del tres de febrero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará
a las diez horas del veinticuatro
de febrero del dos mil veintidós
con la base siete mil seiscientos
ochenta y tres dólares con ochenta y dos
centavos moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas del diecisiete de marzo del dos mil veintidós con la base de dos mil quinientos
sesenta y un dólares con veintisiete centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo debera ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN CR87015201001024217801 a nombre
del acreedor en el Banco de Costa Rica. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria
extrajudicial de Juliette Paola Álvarez Rodríguez. Expediente:
321-2021.—Ocho horas del veinte
de diciembre del año 2021.—Msc Frank Herrera Ulate.—( IN2022615256 ). 2
v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito notario ubicada en San José, Escazú, cien
metros al sur de Multiplaza, Edificio
Atrium, cuarto piso, con
una base de once mil ochocientos noventa
y dos dólares
con treinta y ocho centavos
moneda de curso legal de
los Estados Unidos de América, libre de anotaciones, de colisiones y/o infracciones, y gravámenes; sáquese a remate el vehículo Placa: BMV821, Marca:
Hyundai, Estilo: Grand I10 GLS, Categoría:
automóvil,
Capacidad: 5 personas, carrocería:
Sedan, 4 puertas, hatchback, tracción:
4X2, N° de chasis: MALA851AAHM505436, año fabricación: 2017, color: blanco, N° Motor: G3LAGM156600, cilindrada: 1000 centímetros cúbicos, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las diez horas veinte minutos del tres de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas veinte minutos del veinticuatro de febrero del dos
mil veintidós, con la base ocho
mil novecientos diecinueve dólares con veintiocho centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas veinte minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintidós, con
la base de dos mil novecientos setenta
y tres dólares con nueve centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801, a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria
extrajudicial de Erick Humberto Zumbado Bolaños. Expediente N° 322-2021. A las ocho
horas veinte minutos del 20
de diciembre del 2021.—Msc. Frank Herrera Ulate.—( IN2022615259 ). 2
v. 1.
En la puerta exterior del Despacho del suscrito notario ubicada en San José, Escazú, cien metros al sur de Multiplaza,
edificio Atrium cuarto piso, con una base de veintiséis mil ciento
veinticinco dólares moneda
de curso legal de los Estados
Unidos de América, libre de anotaciones, de colisiones y/o infracciones, y gravámenes; sáquese a remate el vehículo Placa
BLN736, Marca: Chevrolet, estilo: Captiva LTZ, Categoría: automóvil, Capacidad: 7 personas, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4X4, número de chasis:
KL1FC6E67GB533079, año fabricación:
2016, color: blanco, número Motor: Z22D1161720042, cilindrada: 2200 centímetros cúbicos, combustible: diésel. Para tal
efecto se señalan las diez horas cuarenta minutos del tres de febrero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cuarenta minutos del veinticuatro de febrero del dos
mil veintidós, con la base diecinueve
mil quinientos noventa y tres dólares con setenta y cinco centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintidós, con
la base de seis mil quinientos treinta
y un dólares
con veinticinco centavos moneda
de curso legal de los Estados
Unidos de América (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801 a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria extrajudicial de Jorge Alonso Bogantes
Cortés. Expediente N° 323-2021.—Ocho
horas cuarenta minutos del veinte de diciembre del año 2021.—Msc Frank Herrera Ulate.—(
IN2022615260 ). 2 v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito Notario ubicada en San José, Escazú, cien metros al sur de Multiplaza,
Edificio Atrium cuarto piso, con una base de trece mil novecientos dólares con veintitrés centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América, libre de anotaciones, de colisiones y/o infracciones, y gravámenes; sáquese a remate el vehículo Placa
BRL980, marca: Chevrolet, estilo:
Beat LTZ, categoría:
automóvil, capacidad: 5
personas, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número de chasis: MA6CH5CD7KT036402, año fabricación: 2019, color: anaranjado, numero motor: B12D1Z2182488HN7X0308, cilindrada: 1200 centímetros cúbicos, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las once horas del tres
de febrero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las once horas del veinticuatro de febrero del dos
mil veintidós con la base diez
mil cuatrocientos veinticinco
dólares con diecisiete
centavos moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas del diecisiete de marzo
del dos mil veintidós, con la base de tres mil cuatrocientos setenta y cinco dólares con cinco centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo
en la cuenta bancaria IBAN CR87015201001024217801 a nombre
del acreedor en el Banco de Costa Rica. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria
extrajudicial de Silvia Valverde Rojas y David De Jesús Lobo Hernández. Expediente N° 324-2021.—Nueve
horas del veinte de diciembre
del 2021.—Msc Frank Herrera Ulate.—( IN2022615261 ). 2 v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito notario ubicada en San José, Escazú, cien
metros al sur de Multiplaza, Edificio
Atrium cuarto piso. Con una
base de cuarenta y ocho mil
quinientos veintiocho dólares con ochenta y seis
centavos moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América, libre de anotaciones, de colisiones y/o infracciones, y gravámenes; sáquese a remate el vehículo Placa: CL 311856, Marca:
Isuzu, Estilo: D Max LS, categoría:
Carga liviana, Capacidad: 5
personas, carrocería:
Camioneta Pick-Up Caja abierta o Cam-pu, tracción: 4X4, número de chasis: MPATFS86JJT005720, año fabricación: 2018, color: azul, número Motor: 4JK1SK5194, cilindrada:
2500 centímetros cúbicos,
combustible: diésel.
Para tal efecto se señalan las once horas cuarenta minutos del tres de febrero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuara a las once horas cuarenta minutos del veinticuatro de febrero del dos
mil veintidós, con la base treinta
y seis mil trescientos noventa
y seis dólares con sesenta
y cuatro centavos moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas cuarenta minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintidós, con
la base de doce mil ciento treinta y dos dólares con veintiún centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801 a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria extrajudicial de Jorge Arturo Caamaño Arce. Expediente
N° 325-2021.—Nueve horas cuarenta
minutos del veinte de diciembre del año 2021.—M.Sc.
Frank Herrera Ulate.—( IN2022615262 ). 2
v. 1.
En
la puerta exterior del despacho
del suscrito notario ubicada en San José, Escazú, cien
metros al sur de Multiplaza, Edificio
Atrium, cuarto piso, con
una base de once mil novecientos noventa
y seis dólares
con ochenta y nueve
centavos moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América, libre de anotaciones y gravámenes pero soportando la colisión bajo el número de sumaria N°
18-006523-0174-TR; sáquese a remate el vehículo placa:
BPB766, marca: Chevrolet, estilo:
Beat LT, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas,
hatchback, tracción: 4x2, número de chasis:
MA6CG6CD6JT000479, año fabricación:
2018, color: negro, número motor:
B12D1Z2171578HN7X0336, cilindrada: 1200 centímetros cúbicos, combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las doce horas del tres de febrero del dos mil veintidós. De
no haber postores el segundo remate se efectuará a las doce horas del veinticuatro de febrero del dos
mil veintidós, con la base ocho
mil novecientos noventa y siete dólares con sesenta y seis
centavos moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las doce horas del diecisiete de marzo del dos mil veintidós, con la base de dos mil novecientos
noventa y nueve dólares con veintiún
centavos moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor del acreedor o depósito en efectivo en
la cuenta bancaria IBAN
CR87015201001024217801, a nombre del acreedor en el
Banco de Costa Rica. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria
extrajudicial de Andrea Tatiana Gómez Campos. Expediente N°
326-2021.—A las diez horas del 20 de diciembre del 2021.—Msc Frank
Herrera Ulate.—( IN2022615263
). 2
v. 1.
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
RBT TRUST SERVICES LTDA.
RBT Trust Services Ltda. (el “Fiduciario”), cédula de
persona jurídica número
3-102-472322, en calidad de
fiduciario del Fideicomiso “Contrato de Préstamo y Fideicomiso Constelación Láctea/RBT/2013”,
(el “Fideicomiso”), procederá a subastar los bienes que adelante se dirán, mediante las siguientes subastas: (i) Primera
subasta: a las quince
horas del día siete (7) de febrero
del año dos mil veintidós
(2022); (ii) Segunda subasta: a las quince horas del día veintidós
(22) de febrero del año dos
mil veintidós (2022); y, (iii) Tercera subasta: a las quince horas del día nueve
(09) de marzo del año dos
mil veintidós (2022). Todas
las subastas se celebrarán en las oficinas de Invicta Legal, ubicadas en San José, Escazú, 200 metros
sur de la entrada de los cines de Multiplaza, EBC
Centro Corporativo, piso
10. Los bienes
inmuebles por subastar son
las fincas del Partido de San José que se describen a
continuación, y que serán subastados de la siguiente manera: (A) Como una unidad, por comprender un apartamento, un parqueo y una bodega, las siguientes
fincas filiales del partido
de San José: (i) Finca sesenta y un
mil trescientos cuarenta y cinco - F - cero cero cero, con las siguientes características: Naturaleza:
edificio Lago B dos, finca filial ciento
noventa y uno, ubicada en el nivel
tres, destinada a uso residencial en proceso de construcción.
Situación: distrito
cuarto Uruca, cantón noveno Santa Ana, de la provincia de San José. Linderos:
norte, área común de pasillo; sur, área común de pared; este, finca
filial ciento noventa y
dos; y oeste, área común de gradas y área común de pared. Medida: ciento un
metros con doce decímetros cuadrados. Plano catastrado: SJ-un
millón doscientos cuarenta y siete mil trescientos cuarenta y tres-dos mil siete; sin anotaciones ni gravámenes según indica el Registro Nacional al día de
hoy. (ii) Finca sesenta y un mil setecientos setenta y nueve - F - cero cero cero, con las siguientes características: Naturaleza:
finca filial número seiscientos
trece ubicada en el nivel
uno destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situación: distrito cuarto Uruca, cantón
noveno Santa Ana, de la provincia
de San José. Linderos: norte, finca filial seiscientos
catorce; sur, finca filial seiscientos
doce; este, área común de zona verde; y oeste, área común de calle. Medida: catorce
metros con treinta decímetros
cuadrados; Plano catastrado:
SJ-un millón ochenta y
cuatro mil seiscientos noventa
y uno- dos mil siete; sin anotaciones
ni gravámenes según indica el Registro Nacional al día de hoy. (iii) Finca sesenta y un mil setecientos ochenta-F-cero cero cero, con las
siguientes características:
Naturaleza: finca filial número seiscientos catorce ubicada
en el nivel
uno destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situación: distrito
cuarto Uruca, cantón noveno Santa Ana, de la provincia de San José; Linderos:
norte, finca filial seiscientos
quince; sur, finca filial seiscientos trece; este, área
común de zona verde y oeste: área común
de calle. Medida:
catorce metros con treinta decímetros cuadrados. Plano catastrado: SJ-un millón ochenta y cuatro mil seiscientos noventa y dos - dos mil siete;
sin anotaciones ni gravámenes según indica el Registro Nacional al día de
hoy. El precio base para la primera
subasta de las tres fincas filiales descritas anteriormente será
la suma de cien
mil dólares (US$100.000,00), moneda
de curso legal de los Estados
Unidos de América.
(B) De forma individual, la
finca del partido de San José matrícula
seiscientos dos mil ciento
siete - cero cero cero, con las siguientes características: Naturaleza:
terreno de frutales. Situación: distrito
primero Santa Ana, cantón noveno
Santa Ana, de la provincia de San José. Linderos: norte, calle pública y Condominios Avalon en parte; sur, Banco Improsa, S.A.; este, calle pública
y oeste, Banco Improsa S.A.
y Condominios Avalon en parte. Medida: mil seiscientos setenta y dos metros
con noventa y dos decímetros
cuadrados. Plano catastrado:
SJ-un millón doscientos treinta y cuatro mil setecientos cuarenta - dos mil siete; sin anotaciones y con los gravámenes
que se indican el Registro Nacional al día de hoy. La venta
de dicha finca incluirá todos los permisos obtenidos ante las entidades gubernamentales correspondientes y los que se obtendrán
para el desarrollo inmobiliario de la misma. El precio base para la primera subasta del inmueble descrito anteriormente será la suma de doscientos cincuenta y siete mil quinientos cincuenta dólares (US$257.550.000,00), moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América. Para la segunda subasta,
el precio base será un 75% del precio
base determinado para cada
una de las fincas en la primera
subasta. Para la tercera subasta será un 25% del precio base determinado para cada una de las fincas en la primera subasta. Queda entendido que para que una oferta sea válida, el oferente deberá
entregarle al Fiduciario, según corresponda, un 15%
del precio base de las fincas que pretenda
adjudicarse, en primera y segunda subasta, y un 100% del precio
base de las fincas que pretende adjudicarse
para la tercera subasta.
Como excepción a lo anterior, y en
concordancia con lo que establece
el Código Procesal Civil en relación con los procesos de remate en la vía judicial, los Fideicomisarios
Principales podrán participar de las subastas indicadas sin necesidad de efectuar el depósito
previo. Dichos montos deberán ser entregados al Fiduciario mediante entero bancario, a la orden del Fiduciario, o cheque de gerencia
de un banco costarricense, o cualquier
otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación del Fiduciario, además debe señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto
del remate el oferente no paga la totalidad de lo ofrecido al Fiduciario, deberá depositar, dentro del tercer día, salvo que los Fideicomisarios
Principales autoricen un plazo mayor, el precio total de su oferta, mediante cheque de gerencia, dinero en efectivo, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación del Fiduciario. Si el mejor oferente
no paga la totalidad del precio dentro del plazo señalado, el remate se tendrá por insubsistente, en consecuencia, el quince
por ciento del depósito se entregará a los ejecutantes como indemnización fija de daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento, y el resto en abono
al crédito de los Fideicomisarios
Principales, previa deducción
de los gastos, tributos, honorarios y cualquier otro gasto que haya causado el
presente fideicomiso. Se deja constancia que una vez que los bienes antes descritos hayan sido adjudicados y/o vendidos, y que dichas adjudicaciones y/o ventas se declaren firmes, se haya pagado la totalidad del precio de venta y/o adjudicación producto del proceso de ejecución, y no existan sumas adeudadas al Fiduciario que hayan sido generadas por la administración, gestión o ejecución del presente fideicomiso, el Fiduciario, por medio de cualquiera
de sus representantes, comparecerá
ante Notario Público de la elección del Fiduciario a otorgar escritura(s) pública(s) correspondiente(s)
al(los) traspaso(s) de las fincas anteriormente
indicadas, a favor del comprador y/o adjudicatario correspondiente, producto del proceso de ejecución del fideicomiso. El adjudicatario y/o comprador deberá
asumir de forma completa, el pago de los honorarios y gastos legales del Notario Público elegido por el Fiduciario para efectuar el traspaso
indicado y para que el Notario Público pueda presentar el(los) testimonio(s) de la(s) escritura(s)
de traspaso ante el Registro Nacional en un plazo improrrogable de ocho días naturales contados a partir de la firma de la(s) escritura(s) pública (s).
Se deja constancia que en cualquier momento
antes de realizarse las subastas
aquí referidas, se podrá cancelar la totalidad de las sumas adeudadas al amparo del crédito garantizado y todos los honorarios, tributos, seguros y demás gastos causados por el Fideicomiso, caso en el
cual se suspenderá el proceso de venta
de las fincas de forma individual.
Juvenal
Sánchez Zúñiga, Gerente
01.—1 vez.—(
IN2022615173 ).